LA
GACETA N° 154 DEL 11 DE
AGOSTO DEL 2016
DECRETOS
N° 39722-MOPT
Nº 39770-MGP
N° 39781-MGP
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
DOCUMENTOS VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
HACIENDA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
EDUCACIÓN PÚBLICA
CULTURA Y JUVENTUD
JUSTICIA Y paz
AMBIENTE Y ENERGÍA
PODER JUDICIAL
ACUERDOS
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
RESOLUCIONES
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
SEGURIDAD PÚBLICA
BANCO DE COSTA RICA
AVISOS
LICITACIONES
PODER JUDICIAL
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
BANCO DE COSTA RICA
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS
DEL PACÍFICO
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
ADJUDICACIONES
CULTURA Y JUVENTUD
PODER JUDICIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS
DEL PACÍFICO
UNIVERSIDAD NACIONAL
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
MUNICIPALIDADES
VARIACIÓN DE PARÁMETROS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
REGISTRO DE PROVEEDORES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AVISOS
FE DE ERRATAS
PODER JUDICIAL
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
BANCO DE COSTA RICA
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
REGLAMENTOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
CULTURA Y JUVENTUD
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
AVISOS
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA
Y PAZ
FE DE ERRATAS
HACIENDA
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
En uso
de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de
la Constitución Política, el artículo 28 de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de
1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 13 inciso i) de la
Ley N° 1581 del 30 de mayo de 1953, Estatuto de Servicio Civil.
Considerando:
1º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del
5 de julio del 2010 y sus reformas, se emitió el “Reglamento Autónomo de
Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”.
2º—Que en fecha del 15 de mayo del 2015 fue publicado
en el Diario Oficial La Gaceta Nº 93 el Decreto Ejecutivo Nº 38999-MP-RE-JP-SP-MG-H-MAG-MEIC-MINAE-MOPT-MEP-S-MTSS-COMEX-MIDEPLAN-MICITT-MIVAH-MC-TUR-MDHIS-MCM
MIDEPOR, que emitió la “Política del Poder Ejecutivo para Erradicar de sus
Instituciones la Discriminación hacia la Población Sexualmente Diversa”.
3º—Que
en atención a la exhortación efectuada por el Despacho de la Segunda
Vicepresidencia de la República, se procede adicionar y/o modificar el artículo
2 inciso m), el artículo 41 inciso 6), el artículo 44 inciso aa), el artículo
99.1 inciso a), el artículo 99.2 inciso 4) y 5) del Decreto Ejecutivo Nº
36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de
Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, a fin de incorporar
las regulaciones pertinentes en esta materia.
4º—Que en cumplimiento al artículo 13 inciso i) del
Estatuto de Servicio Civil, la Dirección General de Servicio Civil, otorgó a la
presente reforma el visto bueno mediante Oficio Nº AJ-275-2016. Por tanto,
Decretan:
REFORMA
AL DECRETO EJECUTIVO Nº 36235-MOPT
“REGLAMENTO AUTÓNOMO DE SERVICIOS DEL
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Artículo
1º—Se adiciona un inciso m), que se ubicará después del inciso 1) al artículo 2
del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas
“Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes”, el cual se leerá de la siguiente manera:
“m) Compañero(a): Aquella persona que convive en unión libre,
en forma estable y bajo un mismo techo, con otra del mismo sexo o diferente por
un año o más.”
Artículo
2º—Se modifica el inciso 6) del artículo 41 del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT
del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de Servicios del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, para que en lo sucesivo se lea de
la siguiente manera:
“Artículo 41.-Además de las consignadas en los
artículos 71 del Código de Trabajo, 39 del Estatuto de Servicio Civil, 50 de su
Reglamento, son obligaciones de los servidores(as) del Ministerio:
(...)
6) Portar,
en lugar visible de su vestimenta, el carné institucional de identificación
oficial emitido por la Dirección de Recursos Humanos, y velar porque éste se
mantenga en buen estado de conservación; así como utilizar el carné para el
ingreso y salida de la Institución por medio del Sistema de Control de Accesos
Automáticos (S.C.A.A.) en las instalaciones del MOPT, en que este Sistema haya
sido implementado y velar porque dicho carné se mantenga en buen estado de
conservación, éste último servirá como auxiliar en cuanto al control de
asistencia, en caso de verificación de alguna falta disciplinaria. Documento
que reconocerá las identidades de género de acuerdo a lo que solicite el o la
funcionario(a), aspecto que se limitará a la fotografía del carné.”
Artículo
3º—Se adiciona un inciso aa), que se ubicará después del inciso z), al artículo
44 del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas
“Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes”, el cual se leerá de la siguiente manera:
“aa. Incurrir en prácticas discriminatorias
hacia cualquier servidor(a) o usuario(a) de la Institución por razones de edad,
etnia, raza, género, identidad de género, religión, filiación política, grado
académico, idioma, ocupación o por tener cualquier tipo de discapacidad. En
caso de tener noticia, ya sea de manera personal o por interpósita persona, de
que algún servidor(a) de la institución incurrió en estas prácticas, deberá
informar a su superior(a) inmediato(a) para que tome las medidas necesarias o lo
comunique a la autoridad competente”.
Artículo
4º—Se modifica el artículo 76 del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de
julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio
de Obras Públicas y Transportes”, para que en lo sucesivo se lea de la
siguiente manera:
“Artículo 76.—Además de las faltas y sanciones
correspondientes, contenidas en otros artículos del presente Reglamento, se
considerarán faltas graves las infracciones a las disposiciones de los
artículos 11, 14,31; artículo 41 incisos 1), 2), 3), 4), 7), 8), 9), 10), 12),
13), 14), 16), 18), 20), 21), 22), 24), 25), 26), 28), 29), 30), 31), 32), 34)
y 36); artículo 42, incisos a), b), c), e), f), g), i), j), k), ñ), o), p), q),
r), s), t), u), v) y w); artículo 43, incisos a), b), c), d), e), f), g), h),
i), j) y k); artículo 44, incisos b), c), e), f), g), h), i), j), k), l), n),
ñ),o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z) y aa); artículo 45, incisos
a), b), c), d), e), f), g), h), i), j) y k); y los artículos 71, 86, 87, 89,
93, 99 párrafo penúltimo, 107 y 121 de este Reglamento, las cuales se
sancionarán conforme a los principios de razonabilidad, proporcionalidad y
dependiendo de la gravedad de la falta, de la siguiente manera:
a) Suspensión
sin goce de salario de tres hasta quince días naturales.
b) Despido
sin responsabilidad patronal.”
Artículo
5º—Se modifica el inciso a) del artículo 99.1, del Decreto Ejecutivo Nº
36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de
Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, para que en lo
sucesivo se lea de la siguiente manera:
“99. 1) Licencias con goce de salario
El jefe(a) inmediato(a) podrá conceder licencia
con goce de sueldo hasta por una semana, en caso de matrimonio del servidor o
servidora, fallecimiento de alguno del padre o de la madre, hijos (as),
hermanos (as), cónyuge o compañero(a). El disfrute de este beneficio se
concederá a partir del día en que ocurra el hecho.”
Artículo
6º—Se modifica los incisos 4) y 5) del artículo 99.2, del Decreto Ejecutivo Nº
36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de
Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, para que en adelante
se lea de la siguiente manera:
“99.2) Licencias sin goce de salario (...)
4) Dos
años a instancia de un gobierno extranjero o de un organismo internacional o
regional debidamente acreditado en el país, o de fundaciones cuyos fines
beneficien directamente al Estado, o cuando se trate del cónyuge o compañero
(a) de un o una becario (a), que deba acompañarlo (a) en su viaje al exterior.
A juicio del máximo jerarca respectivo(a), estas licencias podrán prorrogarse
hasta por un período igual siempre y cuando prevalezcan las condiciones que la
originaron.
5). Cuatro
años, a instancia de cualquier institución del Estado, o de otra Dependencia
del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del cónyuge o compañero(a) de un
funcionario(a) nombrado(a) en el Servicio Exterior; o en los casos de los
funcionarios (as) nombrados(as) en otros cargos públicos. El plazo anterior
podrá ampliarse hasta por un período igual, cuando subsistan las causas que
motivaron la licencia original”.
Artículo
7º—Rige a partir de su publicación.
Dado
en la Presidencia de la República.—San José, a los 19 días del mes de abril del
2016.
Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y
Transportes, Ing. Carlos Villalta Villegas.—1 vez.—O. C. N° 27898.—Solicitud N°
12372.—( D39722 - IN2016048786 ).
LA
SEGUNDA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la
Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2)
acápite b) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6725 de
10 de marzo de 1982, reformada por Ley Nº 7974 del 04 de enero de 2000 y el
Acuerdo N° 0029-05-2016 de la Sesión Ordinaria N° 002-2016, celebrada el día 10
de mayo de 2016, por la Municipalidad del cantón de Poás, provincia de
Alajuela. Por tanto,
Decretan:
Artículo
1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Poás, provincia de
Alajuela, el día 29 de junio de 2016, con motivo de la celebración de las
Fiestas Cívicas de dicho Cantón, con las salvedades que establecen las leyes
especiales.
Artículo
2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el
jerarca de dicha institución quien determine, con base en el artículo 213 del
Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les
otorgará como asueto a los funcionarios de esa Cartera que laboren para ese
Cantón.
Artículo
3º—En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el
jerarca del Ministerio de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14
párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el
día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección
que laboren en ese Cantón.
Artículo
4°.- En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será
el jerarca de esa Institución quien determine, con base en el artículo 6 inciso
c) de la Ley 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley
Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día
señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que
laboren en ese Cantón.
Artículo
5º—No se concede el presente asueto a los servidores policiales que pertenezcan
a los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en
virtud de que su labor no puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del
orden público y por lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Seguridad Pública N° 5482.
Artículo
6º—Rige el día 29 de junio de 2016.
Dado
en la Presidencia de la República.—San José, a las nueve horas del día
diecinueve de mayo del año dos mil dieciséis.
ANA
HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Luis Gustavo
Mata Vega.—1 vez.—O.C. Nº 28707.—Solicitud Nº 0790.—( D39770 – IN2016048849 ).
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y
POLICÍA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos
3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 27 inciso 1) y 28
inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública del 2 de
mayo de 1978 y;
Considerando:
1º—Que el Estado costarricense ratificó la Convención de las Naciones
Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional mediante Ley Nº 8302 del
12 de setiembre de 2002, publicada en La Gaceta Nº 123, de 27 de junio
de 2003 así como los Protocolos que la complementan: “para Prevenir, Reprimir y
Sancionar la Trata de Personas especialmente Mujeres y Niños”, ratificado mediante
Ley Nº 8315 del 26 de setiembre de 2002 y “el Tráfico Ilícito de Migrantes por
tierra, mar y aire”, ratificado mediante Ley Nº 8314 del día 26 de setiembre
del 2002.
2º—Que el artículo 33 de la Ley N° 9095 del 26 de octubre de 2012,
establece que le corresponde a las instituciones del Estado integrantes de la
Coalición, destinar lo necesario para la aplicación de medidas concretas que
desalienten la demanda de la trata de personas, faciliten su detección, alerten
a la población en general, y en especial, a las personas funcionarias de la
existencia y efectos de esta actividad criminal.
3º—Que el artículo 53 de la Ley N° 9095 establece como uno de los
destinos del Fondo Nacional contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de
Migrantes (FONATT) la prevención del delito de trata de personas.
4º—Que mediante el acuerdo siete de la Tercera Sesión Extraordinaria
del pleno de la Coalición Nacional Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y
Trata de Personas (CONATT) del veintitrés de julio de dos mil quince, se
aprueba el proyecto “Campaña Corazón Azul Contra la Trata de Personas”
presentado por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) para la
utilización de recursos del FONATT.
5º—Que mediante el acuerdo seis de la Tercera Sesión Ordinaria del pleno
de la Coalición Nacional Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de
Personas (CONATT) del veintisiete de agosto de dos mil quince, se establece la
adición de la CONATT a la Campaña Internacional de las Naciones Unidas
denominada “Corazón Azul Contra la Trata de Personas” así como realizar las
coordinaciones respectivas para implementarla en nuestro país del 2016 al 2020.
6º—Que Costa Rica es un país de origen, tránsito y destino para la
trata de personas, en el cual se han identificado más de un centenar de
víctimas extranjeras y nacionales, adultas y personas menores de edad de ambos
sexos, producto de la esclavitud de seres humanos.
7º—Que en marzo de 2008, en Viena, Austria, la Oficina de Naciones
Contra la Droga y el Delito lanzó la campaña “Corazón Azul” contra la trata de
personas, un movimiento la campaña internacional “Corazón Azul” busca crear
conciencia respecto del impacto negativo de la trata de personas en la sociedad
y motivar a gobiernos y comunidades, empresas e individuos, a adoptar medidas
que contribuyan a frenar este delito.
8º—Que millones de personas se encuentran atrapadas como víctimas de
este delito, el cual expone a sus víctimas a situaciones de explotación sexual,
laboral, extracción de órganos, servidumbre doméstica, mendicidad, adopción
irregular, entre otras; y deja ganancias millonarias a las redes de crimen
organizado, lo que lo convierte en uno de los negocios más lucrativos del
mundo, tan solo por detrás del narcotráfico y la venta de armas.
9º—Que la Campaña Corazón Azul es una iniciativa mundial de
sensibilización que a través del arte, el deporte, y los diálogos con los
principales actores de la sociedad, pretende alertar a la comunidad,
especialmente jóvenes y niños, acerca del impacto negativo de la trata de personas
e incentivar la participación del gobierno e instituciones para sensibilizar a
la población costarricense ya que se dirige a todas las clases sociales, a
personas de todas las edades y a todos los sectores que componen. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA DE INTERES PÚBLICO Y NACIONAL DE
LA CAMPAÑA INTERNACIONAL DE LAS
NACIONES
UNIDAS DENOMINADA “CORAZÓN AZUL
CONTRA LA TRATA DE PERSONAS”
Artículo 1º—Declaratoria. Se declara de interés público y
nacional las actividades destinadas a la implementación de la Campaña
Internacional de las Naciones Unidas denominada “Corazón Azul Contra la Trata
de Personas”, en tanto promueve la prevención de la trata de personas a la
sociedad costarricense para el período 2016-2020.
Artículo 2º—Colaboración. Las instituciones del Sector Público
y el Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, contribuirán con
recursos en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de
sus propios objetivos, con las actividades e iniciativas relacionadas con el
fomento de la Campaña Internacional de las Naciones Unidas denominada “Corazón
Azul Contra la Trata de Personas”.
Artículo 3º—Participación. Las instituciones miembros de la
CONATT deberán participar y cooperar para facilitar y fortalecer las acciones que
permitan el desarrollo de estas actividades e iniciativas, realizando las
acciones que estimen pertinentes en lo atinente a simplificación y eficiencia
administrativa.
Artículo 4º—Simplificación de trámites y eficiencia Administrativa.
La Administración Pública Central contribuirá aplicando las reglas de
simplificación de trámites, eficiencia administrativa y coordinación
interinstitucional, incentivando con ello el desarrollo, fortalecimiento y
expansión de Campaña Internacional de las Naciones Unidas denominada “Corazón
Azul Contra la Trata de Personas”.
Artículo 5º—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.
Dado en la Presidencia de la República, a los diecisiete días del mes
de mayo del dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—( D39781 -
IN2016048571 ).
N° 574 - P
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) y 146 de
la Constitución Política y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración
Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978), en la Ley Reguladora de los Gastos de
Viaje y Gastos por concepto de Transportes para todos los Funcionarios del
Estado (N° 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la Ley de Presupuesto Ordinario
y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 (N° 9341
de 01 de diciembre de 2015) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la
República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo de 2001).
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, cédula de
identidad número 1-407-1385, Ministra de Planificación Nacional y Política
Económica, para que viaje y participe en el Seminario Internacional “Los
Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Construcción de Futuros para América
Latina y el Caribe” y a la “Reunión de Autoridades de Planificación de América
Latina y Caribe”, organizados por la Comisión Económica para América Latina y
el Caribe (CEPAL) y el Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación
Económica y Social (ILPES), a realizarse en Santiago, Chile, del 18 al 20 de
mayo 2016.
Artículo 2º—ILPES cubrirá gastos por concepto de transporte y
viáticos. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN), cubrirá gastos por concepto impuestos sobre boletos de transporte,
tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte y póliza de
seguro por accidente (INS: Seguro de Viajeros con Asistencia) con cargo al
Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica),
Programas 863 (Actividades Centrales) y 874 (Planificación y Coordinación
Económica, Social e Institucional) Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el
Exterior) 1.05.04 y 1.06.01 (Seguros) en la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016.
Artículo 3º—La señora Sánchez Oviedo, una vez finalizada la visita
rendirá un informe a su superior jerárquico en un plazo no mayor de ocho días
naturales, contados a partir de su regreso, en el que describa las actividades
desarrolladas, los resultados obtenidos y beneficios logrados para la
institución y el país en general.
Artículo 4º—Durante la ausencia de la señora Sánchez Oviedo, se nombra
como Ministro a. í. al señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de identidad
número 1-466-644.
Artículo 5º—Rige de las 08:30 horas del 17 de mayo a las 19:00 horas
del 21 de mayo de 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el día once de mayo del año
dos mil dieciséis.
Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.— 1 vez.—O. C. N° 27033.—Solicitud
N° 8658.—( IN2016048533
).
N°
577-P
LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) y 146 de
la Constitución Política y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración
Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978), en la Ley Reguladora de los Gastos de
Viaje y Gastos por concepto de Transportes para todos los Funcionarios del
Estado (N° 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la Ley de Presupuesto Ordinario
y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 (N° 9341
de 1° de diciembre de 2015) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la
República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo del 2001).
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, cédula de
identidad número 1-407- 1385, Ministra de Planificación Nacional y Política
Económica, para que viaje y participe en el Seminario de Alto Nivel “Horizontes
2030: la igualdad en el Centro del Desarrollo Sostenible”, organizado por
la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la Secretaría
de Relaciones Exteriores del Gobierno de México, a realizarse en Ciudad de
México, México, los días 26 y 27 de mayo 2016.
Artículo 2º—CEPAL cubrirá gastos por concepto de transporte y
viáticos. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN), cubrirá gastos por concepto impuestos sobre boletos de transporte,
tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte y póliza de
seguro por accidente (INS: Seguro de Viajeros con Asistencia) con cargo al
Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica),
Programas 863 (Actividades Centrales) y 874 (Planificación y Coordinación
Económica, Social e Institucional) Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el
Exterior) 1.05.04 y 1.06.01 (Seguros) en la Ley de Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016.
Artículo 3º—La señora Sánchez Oviedo disfrutará de su descanso semanal
los días 28 y 29 de mayo de 2016. Los gastos por concepto de viáticos y transporte
de esos días serán asumidos bajo su responsabilidad, sin que exista cargo
alguno al Erario Público.
Artículo 4º—La señora Sánchez Oviedo, una vez finalizada la visita
rendirá un informe a su superior jerárquico en un plazo no mayor de ocho días
naturales, contados a partir de su regreso, en el que describa las actividades
desarrolladas, los resultados obtenidos y beneficios logrados para la
institución y el país en general.
Artículo 5º—Durante la ausencia de la señora Sánchez Oviedo, se nombra
como Ministro a. í. al señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de identidad
número 1-466-644.
Artículo 6º—Rige de las 06:00 horas del 25 de mayo a las 23:10 horas
del 29 de mayo del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el día dieciocho de mayo del
dos mil dieciséis.
Publíquese.
ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—1 vez.—O. C. N°
27736.—Solicitud N° 8659.—( IN2016048536 ).
N° 16-2016-MGP
EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones conferidas en el artículo 141 de la
Constitución Política, el artículo 28 de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y los artículos 1, 9, 10 y 11 de la
Ley General de Migración y Extranjería, Ley N° 8764 del 01 de setiembre de 2009;
y el Decreto N° 060-2014-MGP publicado en La Gaceta N° 231 del lunes 01
de diciembre de 2014.
Considerando:
1º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 535-P de 04 de abril de 2016,
publicado en el Diario Oficial, La Gaceta, N° 94 del 17 de mayo de 2016,
se nombró al señor Carlos Andrés Alvarado Quesada, con cédula de identidad N°
1-1060-0078, como Ministro de Trabajo y Seguridad Social.
2º—Que mediante Oficio número DMT-0440-2016 de 18 de abril de 2016, el
Ministro de Trabajo y Seguridad Social, señor Carlos Andrés Alvarado Quesada,
designó como representante de ese Ministerio ante el Consejo Nacional de
Migración al Viceministro de Asuntos Laborales, señor Harold Villegas Román,
con cédula de identidad número 1-0862-0742.
ACUERDA:
Artículo 1º—Modificar el Acuerdo N° 060-2014-MGP del 6 de noviembre de
2014, publicado en el Diario Oficial, La Gaceta N° 231 del 1° de
diciembre de 2014, para que se designe como titular y representante ante el
Consejo Nacional de Migración por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, a los señores Carlos Andrés Alvarado Quesada, con cédula de identidad
N° 1-1060-0078 y Harold Villegas Román, cédula de identidad N° 1-0862-0742,
respectivamente. En lo demás se mantiene incólume.
Artículo 2º—Rige a partir del dieciocho de abril de dos mil dieciséis.
Dado en la Ciudad de San José, a las trece horas del día siete de
junio del dos mil dieciséis.
Luis Gustavo Mata Vega, Ministro de Gobernación
y Policía.—1 vez.—O.C. N° 26841.—Solicitud N° 5360.—( IN2016048570 ).
N° MEP 041-2016
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la
Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a los señores Ricardo Alberto Riveros Rojas, cédula
de identidad N°.108560277, Ingeniero Industrial de la Dirección de Educación
Técnica y Capacidades Emprendedoras; Luis Andrés Loría Calderón, cédula de
identidad N°.110110241, Profesor de Biología del Instituto Julio Acosta García
ya la señora Arlette Orozco Muñoz, cédula de identidad N°.206440689, Docente
Técnica del Colegio Técnico Profesional Piedades Sur, para que participen en la
“Feria Intel internacional de ciencia e ingeniería (ISEF)”, que se realizará en
la Arizona, Estados Unidos de América del 8 al 13 de mayo del 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, serán cubiertos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones y los gastos correspondientes a la manutención y hospedaje
serán cubiertos por el Intel Costa Rica.
Artículo 3º—Los señores Riveros Rojas y Loría Calderón y la señora
Orozco Muñoz en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso
deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección
de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las
actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados
para la institución y para el país en general.
Artículo 4º—Que durante los días del 07 al 14 de mayo del 2016, en que
se autoriza la participación de los señores Ricardo Alberto Riveros Rojas y
Luis Andrés Loría Calderón y la señora Arlette Orozco Muñoz en la “Feria Intel
internacional de ciencia e ingeniería (ISEF)”, devengarán el 100% de sus
salarios.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 7 al 14 de mayo del
2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticinco días del
mes de abril del dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11376.—( IN2016048972 ).
Nº
MEP 042-2016
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución
Política.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Iván Mena Hidalgo, cédula de identidad N° 108560488,
Director de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, para
que participe en la “Reunión de expertos en enseñanza y formación técnica y
profesional (EFTP)”, que se realizará en Santiago, Chile del 05 y 06 de mayo
del 2016.
Artículo
2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Oficina Regional de
Educación para América Latina y el Caribe-UNESCO Santiago.
Artículo
3º—El señor Mena Hidalgo en un plazo de ocho días naturales contados a partir
de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a
la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan
las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios
logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4º—Que durante los días del 04 al 07 de mayo del 2016, en que se autoriza la
participación del señor Iván Mena Hidalgo en la “Reunión de expertos en
enseñanza y formación técnica y profesional (EFTP)”, devengará el 100% de su
salario.
Artículo
5º—El presente acuerdo rige a partir del 04 al 07 de mayo del 2016.
Dado
en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de abril
del año dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C.
Nº 28534.—Solicitud Nº 11376.—( IN2016048973 ).
MEP
043-2016
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución
Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de
diciembre de 2015) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y
de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la
República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Lilliam Mayela Mora Aguilar, cédula
de identidad N° 106360173, Directora de la Dirección de Gestión y Evaluación de
la Calidad, para que participe en el “Taller de formación: Uso de la evidencia
para la toma de decisiones de política educativa y el fortalecimiento docente”,
que se realizará en Cartagena de Indias, Colombia del 23 al 27 de mayo del
2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Oficina Regional de
Educación para América Latina y el Caribe (UNESCO Santiago).
Artículo 3º—Se incluyen los cánones por concepto de seguro de viaje
serán reembolsados por la subpartida 10504 del Programa 550-00. Todo sujeto a
la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo 4º—La señora Mora Aguilar en un plazo de ocho días naturales
contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior
jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación,
en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos
y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo 5º—Que durante los días del 22 al 28 de mayo del 2016, en que
se autoriza la participación de la señora Lilliam Mayela Mora Aguilar en el
“Taller de formación: Uso de la evidencia para la toma de decisiones de
política educativa y el fortalecimiento docente”, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 22 al 28 de mayo
del 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los doce días del mes de
mayo del año dos mil dieciséis.
Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de
Educación Pública a. í.—1 vez.—O.C. N° 28534.—Solicitud N° 11376.—(
IN2016048974 ).
N°
044-2016-MEP
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el
artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio
económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre de 2015)
y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar la señora Karla Vanessa Alfaro Gutiérrez, cédula de identidad N°
108370360, Asesora Regional de Ciencias de la Dirección Regional de Educación
de Heredia, para que participe en el “7mo Seminario Internacional sobre
educación de las ciencias en la escuela “La main à la pâte”, que se realizará
en Paris-Francia, del 6 al 11 de junio de 2016.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de alojamiento y manutención, serán cubiertos por
Fondation La main à la pâte.
Los
gastos correspondientes de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos
por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 550-00, de
por un monto de dos mil dólares con cero centavos ($2.000,00). Todo lo anterior
sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo
3º—La señora Alfaro Gutiérrez en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010
referente al “Millaje” todo funcionario público que realice un viaje financiado
con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el
funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública
el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.
Artículo
5º—Que durante los días del 4 al 12 de junio de 2016, en que se autoriza la
participación de la señora Karla Vanessa Alfaro Gutiérrez en el “7mo Seminario
Internacional sobre educación de las ciencias en la escuela “La main à la
pâte”, devengará el 100% de su salario.
Artículo
6º—El presente acuerdo rige a partir del día 4 al 12 de junio de 2016.
Dado
en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de mayo del año
dos mil dieciséis
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C.
N° 28534.—Solicitud N° 11376.—( IN2016048975 ).
MEP
045-2016
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución
Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N°9341 del 10 de diciembre
de 2015) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la
República.
ACUERDA
Artículo 1º—Designar al señor Jorge Alberto Gamboa Barrantes, cédula
de identidad N° 1-1039-0988, Director del Instituto de Desarrollo Profesional
Uladislao Gámez Solano, para que participe en el “Taller de formación: Uso de
la evidencia para la toma de decisiones de política educativa y el
fortalecimiento docente”, que se realizará en Cartagena de Indias, Colombia del
23 al 27 de mayo del 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Oficina Regional de
Educación para América Latina y el Caribe (UNESCO Santiago).
Artículo 3º—Se incluyen los cánones por concepto de seguro de viaje
serán reembolsados por la subpartida 10504 del Programa 550-00. Todo sujeto a
la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo 4º—El señor Gamboa Barrantes en un plazo de ocho días
naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su
superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y
Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los
resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el
país en general.
Artículo 5º—Que durante los días del 22 al 28 de mayo del 2016, en que
se autoriza la participación del señor Jorge Alberto Gamboa Barrantes en el
“Taller de formación: Uso de la evidencia para la toma de decisiones de
política educativa y el fortalecimiento docente”, devengará el 100% de su
salario.
Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 22 al 28 de mayo
del 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los doce días del mes de
mayo del año dos mil dieciséis.
Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28535.—Solicitud N° 11376.—( IN2016048976 ).
Nº
MEP 047-2016
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución
Política.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Warner Ruiz Chaves, cédula de identidad N° 111510700,
Asesor Nacional de la Dirección de Desarrollo Curricular y a la señora Dixie
Emilia Brenes Vindas, cédula de identidad N° 2-0479-0254, Estadístico del
Departamento de Análisis Estadístico, para que participen en el Taller “Hacia
una metodología regional para el análisis de indicadores de fracaso escolar”,
del 1 y 2 de junio del 2016 en San Pedro Sula, Honduras. Asimismo, el señor
Warner Ruiz Chaves, participará en el “II Encuentro Regional sobre la Inclusión
de la juventud rural en la implementación de políticas y estrategias
regionales”, los días 06 y 07 de junio de 2016, en San Pedro Sula, Honduras.
Artículo
2º—Para el Taller, los gastos por concepto de transporte aéreo de ida - regreso
y hospedaje, serán cubiertos por el Fondo de las Naciones Unidas para la
Infancia (UNICEF) y los gastos correspondientes a la manutención serán
cubiertos por la Secretaría de Educación de Honduras. Para el Encuentro los
gastos por concepto de transporte aéreo de ida - regreso y hospedaje, y
manutención serán cubiertos por el Instituto Interamericano de Cooperación para
la Agricultura-IICA.
Artículo
3º—El señor Ruiz Chaves y la señora Brenes Vindas en un plazo de ocho días
naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su
superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y
Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los
resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el
país en general.
Artículo
4º—Que durante los días del 31 de mayo al 03 de junio de 2016, en que se autoriza
la participación del señor Warner Ruiz Chaves y la señora Dixie Emilia Brenes
Vindas en el Taller “Hacia una metodología regional para el análisis de
indicadores de fracaso escolar” y al señor Warner Ruiz Chaves los días 06 y 07
de junio de 2016 en el “II Encuentro Regional sobre la Inclusión dela juventud
rural en la implementación de políticas y estrategias regionales”, devengarán
el 100% de sus salarios.
Artículo
5º—El presente acuerdo rige a partir del 31 de mayo al 03 de junio de 2016 y
los días 06 y 07 de junio de 2016.
Dado
en el Ministerio de Educación Pública, a los diecisiete días del mes de mayo
del año dos mil dieciséis.
Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de Educación Pública a. í.—1
vez.—O.C. Nº 28535.—Solicitud Nº 11376.—( IN2016048977 ).
N°
049-2016-MEP
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la
Constitución Política.
ACUERDA
Artículo 1º—Designar a la señora Ana Patricia Vásquez Chaves, cédula
de identidad N° 1-0753-0520, Directora del Centro Nacional de Recursos para la
Educación Inclusiva (CENAREC), para que participe en el “V Congreso de
Educación”, que se realizará en Guatemala del 21 al 23 de junio del 2016.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: la Universidad del Valle de Guatemala.
Artículo 3º—La señora Vásquez Chaves en un plazo de ocho días
naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su
superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y
Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los
resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el
país en general.
Artículo 4º—Que durante los días del 20 al 24 de junio del 2016, en
que se autoriza la participación de la señora Ana Patricia Vásquez Chaves en el
“V Congreso de Educación”, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 20 al 24 de junio
del 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticuatro días
del mes de mayo del dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11377.—( IN2016048999 ).
Nº
MEP 052-2016
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el
artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio
económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre de 2015)
y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Rafael González Palacios, cédula de identidad N°
109500889, Asesor Nacional de Matemáticas de la Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad, para que participe en el “Programa de elaboración de
ítems” en el marco del proyecto PISA-D, que se realizará en Quito-Ecuador, del
07 al 10 de junio de 2016.
Artículo
2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa
Presupuestario 550-00, por un monto de mil doscientos dólares con cero centavos
de dólar ($1.200,00), los gastos correspondientes al alojamiento y manutención
serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, para
un monto de novecientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($950,00),
para un monto total de dos mil ciento cincuenta dólares con cero centavos de
dólar ($2.150,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del
plazo establecido.
Artículo
3º—El señor González Palacios en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010
referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje
financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por
tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación
Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.
Artículo
5º—Que durante los días del 06 al 11 de junio de 2016, en que se autoriza la
participación del señor Rafael González Palacios en el “Programa de elaboración
de ítems” en el marco del proyecto PISA-D, devengará el 100% de su salario.
Artículo
6º—El presente acuerdo rige a partir del día 06 al 11 de junio de 2016.
Dado
en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de mayo
del año dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C.
Nº 28534.—Solicitud Nº 11377.—( IN2016049000 ).
Nº
MEP 053-2016
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución
Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración
Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de
diciembre del 2015) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y
de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la
República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Juan Carlos García Vargas, cédula de
identidad N° 106330288, Asesor Nacional de Ciencias y Evaluación de la
Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en el
“Programa de elaboración de Ítems” en el marco del proyecto PISA-D, que se
realizará en Quito-Ecuador, del 7 al 10 de junio del 2016.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida
presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 550-00, por un monto de mil
doscientos dólares con cero centavos de dólar ($1.200,00), los gastos
correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la subpartida
presupuestaria 10504 del mismo programa, para un monto de novecientos cincuenta
dólares con cero centavos de dólar ($950,00), para un monto total de dos mil
ciento cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($2.150,00), todo sujeto a
la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo 3º—El señor García Vargas en un plazo de ocho días naturales
contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior
jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación,
en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos
y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo 4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico
DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que
realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder
el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio
de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del
tiquete aéreo.
Artículo 5º—Que durante los días del 06 al 11 de junio del 2016, en
que se autoriza la participación del señor Juan Carlos García Vargas en el
“Programa de elaboración de ítems” en el marco del proyecto PISA-D, devengará
el 100% de su salario.
Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 6 al 11 de junio
del 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del
mes de mayo del dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11377.—( IN2016049001 ).
MEP
055-2016
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la
Constitución Política.
ACUERDA
Artículo 1º—Designar a la señora Rocío Solís Gamboa, cédula de
identidad N° 1-0485-0256, Representante del Ministerio de Educación Pública
ante la Comisión Costarricense de Cooperación con la UNESCO, para que participe
en el “Encuentro de Cultura, Naturaleza y Gobierno”, que se realizará en Santa
Cruz de la Sierra, Bolivia del 13 al 14 de junio del 2016.
Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos
por: Suarez Museum of Natural Science & History.
Artículo 3º— La señora Solís Gamboa en un plazo de ocho días naturales
contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior
jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación,
en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos
y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo 4º—Que durante los días del 12 al 15 de junio del 2016, en
que se autoriza la participación de la señora Rocío Solís Gamboa en el
“Encuentro de Cultura, Naturaleza y Gobierno”, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 12 al 15 de junio
del 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintisiete días del
mes de mayo del dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de
Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11377.—( IN2016049002 ).
N°
057-2016-MEP
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el
artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio
económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre del
2015) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Adriana Sequeira Gómez, cédula de identidad N°
110930980, Profesional 2 del Despacho de la Ministra, para que participe en la
“Consulta Subregional para América Central y el Caribe hispanoparlante sobre
educación integral en pubertad y sexualidad”, que se realizará en Antigua,
Guatemala del 28 al 29 de junio del 2016.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y
alimentación serán cubiertos por la Oficina Regional de Educación para América
Latina y el Caribe (UNESCO Santiago).
Artículo
3º—Se incluyen los cánones por concepto de seguro de viaje serán reembolsados
por la subpartida 10504 del Programa 550-00. Todo sujeto a la liquidación
correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo
4º—La señora Sequeira Gómez en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
5º—Que durante los días del 27 al 30 de junio del 2016, en que se autoriza la
participación de la señora Adriana Sequeira Gómez en la “Consulta Subregional
para América Central y el Caribe hispanoparlante sobre educación integral en
pubertad y sexualidad”, devengará el 100% de su salario.
Artículo
6º—El presente acuerdo rige a partir del día 27 al 30 de junio del 2016.
Dado
en el Ministerio de Educación Pública, a los catorce días del mes de junio del
año dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N°
28534.—Solicitud N° 11377.—( IN2016049003 ).
Nº
MEP 059-2016
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución
Política.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al señor Fernando Gerardo Ulloa Rodríguez, cédula de identidad N°
105220399, Jefe del Departamento de Control Interno y Gestión del Riesgo de la
Dirección de Planificación Institucional, para que participe en la “Reunión
regional de gestión integral del riesgo de desastres y sector educación”, que se
realizará en Honduras el 23 y 24 de junio del 2016.
Artículo
2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Centro de
Coordinación para la Prevención de los Desastres Naturales en América Central
(CEPREDENAC).
Artículo
3º—El señor Ulloa Rodríguez en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4º—Que durante los días del 22 al 25 de junio del 2016, en que se autoriza la participación
del señor Fernando Gerardo Ulloa Rodríguez en la “Reunión regional de gestión
integral del riesgo de desastres y sector educación”, devengará el 100% de su
salario.
Artículos
5º—El presente acuerdo rige a partir del 22 al 25 de junio del 2016.
Dado
en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de junio del
año dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C.
Nº 28534.—Solicitud Nº 11377.—( IN2016049004 ).
Nº
061-2016-MEP
EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la
Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a las señoras Rosa Carranza Rojas, cédula de
identidad N° 2-0334-0019, Directora de la Dirección de Desarrollo Curricular;
Rosa María Jiménez López, cédula de identidad N° 502350334, Directora de la
Dirección Regional de Educación de Liberia; Silvia Vargas Madrigal, cédula de
identidad N° 1-658-946, Jefa del Departamento de Transporte, Gloria Eugenia
Calvo Barquero, cédula de identidad N° 1-969-255, Subdirectora de la Dirección
de Vida Estudiantil; Kristie Barrios Valenciano, cédula de identidad N°
1-1371-0102, Enlace de Cooperación de la Dirección de Asuntos Internacionales y
Cooperación; los señores Mario Alfaro Rodríguez, cédula de identidad N°
1-0497-0596, Profesor de Enseñanza General Básica 1 del Despacho de la
Viceministra Académica; Minor Cordero Vargas, cédula de identidad N°
1-06770771, Jefe del Departamento de Gestión de Empresas y Educación
Cooperativa; Chechey González Arce, cédula de identidad N° 1-700-467, Asesor
Nacional de la Dirección de Vida Estudiantil; Grehivin Avilés Ortiz, cédula de
identidad N° 5-0323-0349, Asesor Regional de Estudios Sociales y Cívica de la
Dirección Regional de Educación de Liberia; Luis González Balmaceda, cédula de
identidad N° 1-857-495, Oficinista de la Dirección de Desarrollo Curricular;
Raimond Alonso Bonilla Cascante, cédula de identidad N° 4-0159-0352, Conductor
del Departamento de Transporte y Miguel Villarreal Acuña, cédula de identidad
N° 5-0250-0139, Conductor de la Dirección Regional de Educación de Liberia,
para que participen en la “I Reunión Bilateral Costa Rica- Nicaragua, Fiestas
Patrias”, que se realizará en Nicaragua, el día 07 de julio de 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte terrestre de ida y
regreso, serán cubiertos por el Ministerio de Educación Pública (MEP) y los
gastos correspondientes a la manutención serán cubiertos por el Ministerio de
Educación de Nicaragua.
Artículo 3º—Las señoras Carranza Rojas, Jiménez López, Vargas
Madrigal, Calvo Barquero, Barrios Valenciano y los señores Alfaro Rodríguez,
Cordero Vargas, González Arce, Avilés Ortiz, González Balmaceda, Bonilla
Cascante y Villarreal Acuña en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberán presentar un informe a sus superiores jerárquico
con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo 4º—Que durante el día del 07 de julio de 2016, en que se
autoriza la participación de las señoras Rosa Carranza Rojas, Rosa María
Jiménez López, Silvia Vargas Madrigal, Gloria Eugenia Calvo Barquero, Kristie
Barrios Valenciano y los señores Mario Alfaro Rodríguez, Minor Cordero Vargas,
Chechey González Arce, Grehivin Avilés Ortiz, Luis González Balmaceda, Raimond
Alonso Bonilla Cascante y Miguel Villarreal Acuña en la “I Reunión Bilateral
Costa Rica- Nicaragua, Fiestas Patrias”, devengarán el 100% de sus salarios.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige el día 07 de julio de 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días del mes
de julio del dos mil dieciséis.
Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de
Educación Pública, a. í.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11377.—(
IN2016049005 ).
N° 030-16-PLAN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN
NACIONAL
Y POLÍTICA ECONÓMICA
Con fundamento en lo dispuesto en artículos 140 inciso 1) y 146 de la
Constitución Política y 25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración
Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978).
ACUERDAN:
Artículo 1º—Cesar a la señora Stefanny Sáenz Ledezma, cédula de
identidad número 4-157-545, como Oficial Mayor con recargo de la Dirección
Ejecutiva del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN), a partir del veinte de junio de dos mil dieciséis.
Artículo 2º—Rige a partir del veinte de junio de dos mil dieciséis.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiún días
del mes de junio de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Planificación Nacional y Política Económica, Olga Marta Sánchez Oviedo.—1
vez.—O. C. N°
27736.—Solicitud N° 8660.—( IN2016048539 ).
Nº 048-MP-MTSS-MINAE-MH-MOPT-MAG-PLAN
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA;
TRABAJO
Y SEGURIDAD SOCIAL; AMBIENTE Y
ENERGÍA;
HACIENDA;
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES;
AGRICULTURA
Y GANADERÍA, Y LA MINISTRA
DE
PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA
ECONÓMICA
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 inciso 8)
y 146 de la Constitución Política, el artículo 27 de la Ley General de la
Administración Pública, Ley Nº 6227 del 30 de mayo de 1978 y el Reglamento de
Organización y Funcionamiento de los Consejos Regionales de Desarrollo, Decreto
Ejecutivo Nº 39453-MP-PLAN del 29 de febrero del 2016; y,
Considerando:
I.—Que mediante el Acuerdo Presidencial Nº 039-MP-MTSS-MINAE-MH-MOPT-MAG
del 25 de julio del 2015, se crea la Mesa de Trabajo por Guanacaste para la
Mejora de la Calidad de Vida y la Promoción del Empleo y Desarrollo Productivo.
II.—Que de conformidad con lo establecido en ese Acuerdo, la Mesa se
instaló el 28 de agosto del 2015 en Liberia, Guanacaste.
III.—Que la Mesa es integrada por representantes del Poder Ejecutivo,
Poder Legislativo, sectores sociales y productivos de la provincia y entidades
académicas que han sesionado una vez al mes de manera periódica, para un total
de 10 sesiones divididas entre sesiones de trabajo y plenarias.
IV.—Que en el espacio se dio una identificación y priorización de
proyectos estratégicos para la provincia de manera consensuada entre los
sectores que lo integran y a partir de los 6 ejes de trabajo definidos a saber:
agua e infraestructura hídrica, productividad agropecuaria y pesquera, empleo y
producción, infraestructura vial y aeroportuaria, vivienda, educación, salud y
cultura y, por último, investigación e innovación.
V.—Que se definió una cartera de 133 proyectos totales estructurados
en una matriz que contempla los datos principales de cada uno: nombre, resumen
ejecutivo, población meta, objetivos, resultados esperados, presupuesto, fuente
de financiamiento, fecha de inicio, fecha de finalización, porcentaje de
avance, contrapartes y responsables.
VI.—Que de los 133 proyectos, 66 se encuentran en ejecución, 47 están
por iniciar y 20 ya han sido ejecutados. Respecto a los proyectos en ejecución
corresponde gestionar un mecanismo de seguimiento por parte de los actores
sociales, políticos y productivos y un enlace permanente entre los mismos y el
Poder Ejecutivo.
VII.—Que en virtud de que la Mesa se gestó como un proceso plenamente
participativo es necesario mantener la participación ciudadana como un eje
esencial en el seguimiento de los proyectos allí derivados.
VIII.—Que mediante el artículo 1º del Decreto Nº 39453-MP-PLAN del 29
de febrero del 2016, Reglamento de Organización y Funcionamiento de los
Consejos Regionales de Desarrollo, se definen a estos como un “…conjunto
articulado de instituciones públicas, Gobiernos Locales, actores privados y
organizaciones cívico comunales, que permitan definir acciones para promover el
desarrollo regional, territorial y cantonal con participación ciudadana.”
IX.—Que el 24 de junio del 2016 se conformó el Consejo Regional de
Desarrollo de la región Chorotega con el propósito de coordinar las políticas y
proyectos de la provincia de Guanacaste.
X.—Que es considerado de máximo interés público que el trabajo
realizado por la Mesa sea acompañado con los órganos del Consejo Regional de
Desarrollo de la región Chorotega. Lo anterior, con el fin de unificar el
abordaje de los proyectos que se desarrollan, con la planificación nacional. Por
tanto,
ACUERDAN:
PROCESO DE TRANSICIÓN DE LA MESA
DE TRABAJO POR GUANACASTE AL
CONSEJO
REGIONAL DE DESARROLLO (COREDES)
“JULIO CESAR JAÉN”
Artículo 1º—La coordinación de la Mesa de Trabajo por Guanacaste para
la Mejora de la Calidad de Vida y la Promoción del Empleo y Desarrollo
Productivo y las instituciones públicas en ella participantes iniciarán un
proceso de transición y acompañamiento para que los órganos del Consejo
Regional de Desarrollo (COREDES) de la región Chorotega “Julio Cesar Jaén”, a
partir de sus competencias y funciones, participen en la ejecución y
seguimiento de los proyectos en desarrollo generados en el marco de la Mesa.
Artículo 2º—Para tales efectos, los Comités Intersectoriales
Regionales, en concordancia con el artículo 16 del Decreto Nº 39453-MP-PLAN,
deberán coordinar, programar, acompañar la ejecución y seguimiento de los
proyectos concertados.
Artículo 3º—En el caso de los proyectos ubicados en el área de Agua e
Infraestructura Hídrica, estos seguirán a cargo del Programa Integral de
Abastecimiento de Agua para Guanacaste (PIAAG), integrándose, además, el Comité
Intersectorial Regional de Ambiente.
Artículo 4º—Los Comités Intersectoriales Regionales, el PIAAG y
aquellas instancias que coordinen la ejecución de los proyectos de la Mesa,
deberán emitir, a través de sus coordinaciones institucionales, un informe de
avances y resultados ante el Directorio de COREDES de manera bimensual.
Artículo 5º—El Comité Intersectorial Regional Social, coordinado por el
IMAS, a través de su dirección regional, desarrollará su trabajo en el marco de
la Estrategia Puente al Desarrollo, en concordancia con el Acuerdo del Consejo
Presidencial Social Nº 69.
Artículo 6º—El Directorio del COREDES coordinará para informar a la Asamblea
General de los avances de los proyectos y su seguimiento.
Artículo 7º—Los Ministros que coordinan la ejecución de los
respectivos proyectos deberán rendir cuentas de manera semestral ante la
Asamblea General de COREDES sobre el estado de la ejecución.
Artículo 8º—Se hará entrega al Directorio de COREDES de la región
Chorotega de una ficha técnica por cada uno de los 133 proyectos establecidos
en la Mesa de Trabajo por Guanacaste para la Mejora de la Calidad de Vida y la
Promoción del Empleo y Desarrollo Productivo como traslado formal para el
respectivo seguimiento de su implementación.
Artículo 9º—Queda facultada la Mesa de Trabajo por Guanacaste para la
Mejora de la Calidad de Vida y la Promoción del Empleo y Desarrollo Productivo
para coordinar de ahora en adelante con el Consejo de Desarrollo Regional para
lo que corresponda y fungir como órgano de consulta y asesoría permanente del
COREDES de la región Chorotega.
Artículo 10.—Rige a partir de su publicación.
Dado en la provincia de Guanacaste, a los veinticinco días del mes de
julio del dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de la Presidencia, Sergio
Iván Alfaro Salas; la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica,
Olga Marta Sánchez Oviedo; el Ministro de Ambiente y Energía, Édgar Gutiérrez
Espeleta; el Ministro de Hacienda, Helio Fallas Venegas; el Ministro de Trabajo
y Seguridad Social, Carlos Alvarado Quesada; el Ministro de Agricultura y
Ganadería, Luis Felipe Arauz Cavallini; el Ministro de Obras Públicas y Transportes,
Carlos Villalta Villegas, y la Testigo de Honor, Marta Villegas Alvarado.—1
vez.—O. C. Nº 29194.—Solicitud Nº 8664.—( IN2016054092 ).
Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las 10:30
horas del día 18 del mes de julio del 2016.
Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento
provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la
construcción del proyecto denominado “Duplicación del Puente sobre el Rio
Virilla, Ruta Nacional N° 32”.
Resultando:
1º—Mediante oficio N° DAJ-ABI-2016-1497 del 30 de junio del 2016,
remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección
Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se
procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar
de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a
tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de
2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, en
relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al
Sistema de Folio Real Matrícula Número 373568-000, cuya naturaleza es: terreno
de potrero con una casa, situado en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás,
de la provincia de San José, con una medida de 19.518,33 metros cuadrados, y
cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: al
norte, con Río Virilla; al sur con calle pública en medio otro, al Este con
Calle Pública en medio otros, y al oeste con Sociedad Vargas Solera y Cía.
Limitada.
2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de
terreno equivalente a 992,00 metros cuadrados, según plano catastrado N°
1-1891374-2016. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del
proyecto denominado “Duplicación del Puente sobre el Río Virilla, Ruta
Nacional N° 32”.
3º—Constan en el expediente administrativo número 29.150 a que se
refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:
Plano Catastrado N°
1-1891374-2016, mediante el cual establece que para los efectos del mencionado
proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 992,00 metros
cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar;
4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la
presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción
del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la
documentación requerida, conoce este Despacho y
Considerando:
De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación
del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de julio de 1971
y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a
cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia,
ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas
otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las
disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con
Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de noviembre de 2014,
publicada en La Gaceta N° 24 del 4 de febrero del 2015, establece en sus
artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública
requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar
derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea
declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que
contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro
Público.
De conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de
interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
Inscripción al Registro Público
de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 373568-000.
Naturaleza: terreno de potrero
con una casa.
Ubicación: Situado en el
distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Linderos,
lo indicado en el plano catastrado N° 1-1891374-2016.
Propiedad: Extra Kocab Sociedad
Civil, cédula jurídica N° 3-106-238117, representada por el señor Javier
Francisco García Penón, cédula N° 1-476-256.
De dicho inmueble se necesita un
área total en conjunto de 992,00 metros cuadrados, para la construcción del
proyecto denominado “Duplicación del Puente sobre el Río Virilla, Ruta
Nacional N° 32”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de
Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en
el Registro Público de la Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario
para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con
la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos
por la Ley N° 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto,
EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
RESUELVE:
1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al
Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número
373568-000, situado en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la
provincia de San José y propiedad de Extra Kocab Sociedad Civil, cédula
jurídica N° 3-106-238117, representada por el señor Javier Francisco García
Penón, cédula N° 1-476-256, un área de terreno equivalente a 992,00 metros
cuadrados, según plano catastrado N° 1-1891374-2016, necesaria para la
construcción del proyecto denominado “Duplicación del Puente sobre el Río
Virilla, Ruta Nacional N° 32”.
2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro
Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se
ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y
conforme a lo prescrito por la Ley N° 9286.
3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar
con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de
terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a
lo prescrito por la Ley de Expropiaciones.
Publíquese y Notifíquese.—Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras
Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 4333.—Solicitud N° 60746.—(
IN2016048839 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE
LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro,
hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Elena de Santa
Cecilia de la Cruz, distrito Santa Cecilia, cantón de la Cruz, Guanacaste. Por
medio de su representante: Luis Ángel Castillo García, cédula 503530575, ha
hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido
en el materia, se emplaza por el término de ocho de este aviso, a cualquier
persona, pública Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta
Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 11:13 horas del día 21 de
julio del 2016.—Área Legal y de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1
vez.—( IN2016048295 ).
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo
Específica por la Seguridad, Recreación y Zonas Verdes de Urbanización González
de Coronado, San José. Por medio de su representante: Raúl Antonio Rojas
Maykall, cédula 1-488-924 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente
reforma al estatuto: Artículo N° 17 para que en adelante se lea así: Artículo
17. Para que en adelante se permita y se agregue que se permita la figura de
dos fiscales. Dicha reforma es visible a folio 46, del tomo I del expediente de
la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de
Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo,
dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de
afiliados celebrada el día 19 de marzo 2016. En cumplimiento de lo establecido
en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de
la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las trece horas del día
dieciocho de julio del dos mil dieciséis.— Departamento de Registro.—Licda.
Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2016048646 ).
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la
Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo
Integral de la Francia de Siquirres, Limón. Por medio de su representante:
Arturo Salazar Vargas, cédula 203000750 ha hecho solicitud de inscripción de
dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento
que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir
de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en
especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta
Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 13:08 horas del día
22/07/2016.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefatura de Registro.—1 vez.—( IN2016048687
).
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de
Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo
Integral de Matapalo de Sámara de Nicoya, Guanacaste. Por medio de su representante:
Benedicto Guadamuz Zúñiga, cédula ha hecho solicitud de inscripción de la
siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 4 para que en adelante se lea así:
Artículo 4º—Para que se modifique inciso:
Recaudar contribuciones entre sus miembros para financiar la
consecución, esenciales, se cobrará cuotas voluntarias de cinco mil colones por
lote vio que viva dentro de los territorios de la organización.
Dicha reforma es visible a folio 20 del tomo I del expediente de la
organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro
de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha
modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados
celebrada el día 4 de junio del 2016.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del
Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta
materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la
publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial
a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la
inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de
Registro.—San José, a las doce horas veinte minutos del día cuatro de junio del
dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua,
Jefa.—1 vez.—( IN2016048689 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
CREACIÓN DE LA COMISIÓN PARA EL ANÁLISIS,
PROPUESTA DE NORMATIVA Y
SEGUIMIENTO
DEL PROYECTO OCDE/G20 SOBRE LA
EROSIÓN DE LA BASE IMPONIBLE Y
EL TRASLADO DE BENEFICIOS
Resolución N° DGT-R-036-2016 y N° DGH-028-2016- Dirección General de
Tributación y Dirección General de Hacienda. Ministerio de Hacienda, San José,
a las nueve horas del veinticuatro de junio de dos mil dieciséis.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y sus reformas, Ley N° 4755 del 3 de mayo de 1971, faculta a la
Administración Tributaria para dictar normas generales tendientes a la correcta
aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las
disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
II.—Que mediante Decreto Ejecutivo N° 35688-H del 27 de noviembre de
2009, se emitió el “Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General
de Tributación”, el cual en su artículo 6º faculta a esta Dirección General
para aprobar las resoluciones, instrucciones o directrices que resulten
oportunas para el logro de los objetivos de la Dirección.
III.—Que la Dirección General de Tributación
está organizada funcionalmente, siguiendo las mejores prácticas de la gestión
tributaria moderna. Con arreglo a este principio organizativo, se tienen
asignadas a diferentes órganos administrativos, las funciones del cumplimiento
de las obligaciones tributarias, el control de su cumplimiento y de la
regularización de dichos incumplimientos.
IV.—Que en el año 2013, los Ministros de Hacienda del G20 le
solicitaron a la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico, en
adelante OCDE, desarrollar un plan de acción para tratar los problemas de la
erosión de la base imponible y el traslado de beneficios de un modo coordinado
y completo.
V.—Que así surgió el proyecto denominado “Erosión de la Base Imponible
y el Traslado de Beneficios” (OECD/G20 Base Erosion and Profit Shifting
Project), en adelante Plan de Acción BEPS, que tiene como objetivo proporcionar
a los diferentes Estados, instrumentos que ayuden a luchar contra la erosión de
la base imponible y el traslado de utilidades, propiciado por la integración
comercial de las empresas; muchas de ellas pertenecientes a un mismo grupo
económico.
VI.—Que el Plan de Acción BEPS contempla 15 acciones, cuyas versiones
finales culminaron en setiembre de 2015, y proponen medidas a implementar en
los impuestos sobre las utilidades, en los impuestos sobre el valor agregado,
en el Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y sobre el Patrimonio, en
las Directrices de la OCDE aplicables en materia de precios de transferencia a
empresas multinacionales y que deben ser tomadas en cuenta por las
administraciones tributarias en sus actuaciones de control, así como medidas
para regular el comercio transfronterizo de servicios e intangibles, contenidas
igualmente en la Directriz Internacional sobre el Impuesto al Valor Agregado.
VII.—Que la OCDE extendió la invitación para que países no miembros
trabajen en igualdad de condiciones con los países miembros y del G20, para
identificar y atacar las prácticas fiscales que las empresas, en su búsqueda
por reducir sus cargas fiscales, han llevado al límite de la planificación
fiscal aceptable, generando una planificación fiscal agresiva cuyo fin es
atentar contra los ingresos fiscales de una jurisdicción.
VIII.—Que mediante oficio N° DM-0349-2015 del 23 de febrero de 2015,
el Ministro de Hacienda, señor Helio Fallas, se comprometió con el Secretario
General de la OCDE, señor Ángel Gurría, al expresar su disposición y respaldo,
en nombre del Gobierno de Costa Rica, al Plan de Acción BEPS.
IX.—Que el Ministerio de Hacienda se ha unido al desarrollo del marco
inclusivo para el combate de las BEPS propuesto por el Comité de Asuntos
Fiscales de la OCDE, quién encomendó a sus Grupos de Trabajo el estudio de las
Acciones BEPS con el propósito de finalizarlas, emitir mecanismos para su
implementación y dar seguimiento.
X.—Que los países miembros de la OCDE y del G20 extenderán su
cooperación con el Plan de Acción BEPS hasta el 2020, para así completar el
trabajo pendiente y garantizar una supervisión selectiva y eficaz de las
medidas acordadas. A mediados del 2016 se definirá un marco para efectuar dicha
supervisión con vistas a mejorar la integración de otros países interesados.
XI.—Que por las razones expuestas y siendo que Costa Rica participa
como Asociado BEPS para luchar contra las situaciones que propician la evasión
y elusión fiscal que atentan contra la recaudación fiscal, se considera
necesario emitir una resolución mediante la cual se constituya la “Comisión
para el análisis, propuesta de normativa y seguimiento del Plan de Acción
BEPS”.
XII.—Que de conformidad con el artículo 174 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, no es necesario cumplir con el paso previo de
publicación del proyecto de resolución, por cuanto se trata de un asunto que
reviste un evidente interés público y que no afecta en modo alguno los
intereses de particulares. Por tanto,
RESUELVE:
“CREACIÓN DE LA COMISIÓN PARA EL ANÁLISIS,
PROPUESTA DE NORMATIVA Y
SEGUIMIENTO
DE LAS ACCIONES DEL PROYECTO
OCDE/G20
SOBRE LA EROSIÓN DE LA BASE
IMPONIBLE
Y EL TRASLADO DE BENEFICIOS DEL
MINISTERIO DE HACIENDA”
Artículo 1º—Creación y objetivos. Créase la Comisión para el
análisis, propuesta de normativa y seguimiento de las acciones del Proyecto
OCDE/G20 sobre la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios, en
adelante, Comisión BEPS.
Su labor se llevará a cabo bajo los principios de coherencia con la
legislación local, sustancia económica y la transparencia en la implementación
de las normativas.
Artículo 2º—Funciones. Para cumplir sus objetivos, la Comisión
BEPS debe:
a) Definir los lineamientos para el análisis, propuesta y seguimiento
de las acciones BEPS, mediante un cronograma de trabajo, previamente notificado
a la Dirección General de Tributación, el cual debe ser actualizado cada seis
meses, de conformidad con las disposiciones que emita la OCDE relacionadas con
este proyecto.
b) Rendir a la Dirección General de Tributación, cada tres meses, un
informe sobre los avances de la comisión conforme al horizonte de tiempo dado
por la OCDE y el cronograma de trabajo.
c) Dar seguimiento a las acciones BEPS, en concordancia con los
lineamientos que defina la OCDE, a través de sus grupos de trabajo o distintos
comités.
Artículo 3º—Integración. La Comisión BEPS está integrada por
las siguientes direcciones y funcionarios en su condición personal, quienes
ostentan los cargos que a continuación se detallan:
Nombre |
Cédula |
Dependencia |
Cargos |
Gerardo Durán
Ortiz |
103620386 |
Dirección de Grandes
Contribuyentes Nacionales |
Coordinador |
Flor Rodríguez
Gamboa |
203450464 |
Dirección de
Recaudación |
Subcoordinadora |
Adriana
Contreras Matarrita |
206300564 |
Dirección
General de Tributación |
Funcionaria de
Apoyo |
Marianela
Leandro Mata |
304300087 |
Dirección
General de Tributación |
Funcionaria de
Apoyo |
Amalia Ramírez
Chaves |
401210728 |
Dirección de
Grandes Contribuyentes Nacionales |
Miembro |
Jorge Richard
Muñoz Núñez |
401680505 |
Dirección
General de Hacienda |
Miembro |
Juan Carlos
Chaves Berrocal |
205090359 |
Dirección de
Grandes Contribuyentes Nacionales |
Miembro |
Karina Herrera
Chinchilla |
109680512 |
Dirección de
Recaudación |
Miembro |
Marco Antonio
León Tenorio |
112450426 |
Dirección de
Tributación Internacional y Técnica Tributaria |
Miembro |
Noe Guillermo
Alfaro Rojas |
401480410 |
Dirección de
Tributación Internacional y Técnica Tributaria |
Miembro |
Rafael Bonilla
Vindas |
104610596 |
Dirección de
Grandes Contribuyentes Nacionales |
Miembro |
Ricardo
Caballeros Vela |
800540364 |
Dirección de
Grandes Contribuyentes Nacionales |
Miembro |
Sussy Calvo
Solís |
111440167 |
Dirección de
Fiscalización |
Miembro |
Los funcionarios designados para sustituir interinamente a los
titulares, por sus vacaciones, permisos o incapacidades, asumirán, de pleno
derecho, su participación en la Comisión BEPS en tanto esté en vigencia su
nombramiento interino, siendo responsables en igualdad de condiciones a los
demás miembros de la comisión. Le corresponderá a cada Dirección Funcional
nombrar a los sustitutos tomando en consideración los criterios técnicos y de
idoneidad para su elección.
Artículo 4º—Potestades de la Comisión. La Comisión BEPS podrá
requerir la colaboración de otras áreas técnicas del Ministerio de Hacienda
para la elaboración de los estudios técnicos y jurídicos que respalden las
acciones a emprender y sustenten la propuesta normativa a emitir.
La Comisión BEPS podrá solicitar a los funcionarios de este Ministerio
que asisten a las reuniones de los Grupos de Trabajo, foros, seminarios,
capacitaciones o similares, organizados por la OCDE o por cualquier otra
institución pública o privada, nacional o internacional, que aborden temas
relacionados con el Plan de Acción BEPS, transmitir la información y
conocimiento que obtengan de dicho evento, mediante los medios que la comisión
oportunamente dispondrá.
Artículo 5º—Sesiones ordinarias y extraordinarias. La Comisión
BEPS sesionará una vez por semana, el día viernes de forma ordinaria, en un
horario entre las ocho y las dieciséis horas. Le corresponde al Coordinador
presidir las sesiones, designar el horario y enviar, con veinticuatro horas de
antelación, la agenda de los temas a tratar, y en su ausencia, dichas funciones
serán ejercidas por la Subcoordinadora.
En forma extraordinaria, la Comisión BEPS sesionará cuando sea
necesario; para estos efectos debe suministrarse la agenda de los temas a
tratar y el horario de la sesión; quién la preside hará la convocatoria con
cuarenta y ocho horas de anticipación.
Ante eventuales ausencias del Coordinador y de la Subcoordinadora, la
comisión será presidida por quien el Coordinador o Subcoordinadora
oportunamente designe y lo hará de conocimiento a los demás miembros de la
comisión.
El lugar de reunión para las sesiones ordinarias y extraordinarias
será la sala de reuniones de la Dirección General Tributación o la sala de
reuniones de la Subdirección General de Tributación. De común acuerdo, los
miembros de la comisión podrán variar el lugar de las sesiones.
Previo al inicio de cada reunión, quien preside debe presentar la
agenda de los temas a tratar. Se debe levantar una minuta de cada sesión y dar
seguimiento a los acuerdos tomados. La minuta debe ser levantada por quién
funge como funcionario de apoyo, quién cuenta con un plazo de veinticuatro
horas para la elaboración de la misma. Los miembros de la comisión contarán con
un plazo de veinticuatro horas para realizar observaciones al acta, quienes
devolverán el acta a las funcionarias de apoyo de la comisión. Dicha acta debe
estar firmada antes del inicio de la sesión ordinaria siguiente por el
Coordinador, Subcoordinadora y miembros de la comisión.
Al finalizar cada sesión, quien preside debe hacer una síntesis de los
acuerdos tomados y asignar los temas a tratar en la próxima sesión, los
responsables de desarrollarlos o bien la continuidad sobre un tema, en caso de
ser necesario. Esto deberá quedar debidamente evidenciado en la minuta de la
sesión.
Artículo 6º—Quórum y votación. Se considera integrado el quórum
con la presencia de seis miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple.
Artículo 7º—Seguimiento. La Dirección de Tributación
Internacional y Técnica Tributaria asumirá las funciones de seguimiento de las
propuestas normativas que emita la Comisión BEPS, correspondiéndole el apoyo a
las Direcciones Generales para la presentación de las reformas legales o
administrativas necesarias.
Artículo 8º—Vigencia. La presente resolución rige a partir del
24 de junio de 2016.
Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director
General de Tributación.—Priscilla Piedra Campos, Directora General de
Hacienda.—Jenny Jiménez Vargas, Directora de Técnica Tributaria.—1 vez.—O.C. N°
27182.—Solicitud N° 1166.—( IN2016048854 ).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
UNIDAD REGISTRO DE AGROQUÍMICOS
Y EQUIPOS DE APLICACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
AE-REG-E-018/2016.—El señor Bernal Moya Vargas, cédula de identidad:
2-0438-0907, en calidad de representante legal de la compañía Maquinaria y
Tractores Ltda, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José,
solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo: Sembradora, Marca: John
Deere, Modelo: 1010, Peso: 834 kilogramos y cuyo fabricante es: Industrias John
Deere S. A., de CV, México. Conforme a lo establece la Ley de Protección
Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado
dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a
las 10:30 horas del 15 de julio del 2016.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefa Unidad
de Registro.—( IN2016048581 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
AE-REG-E-020/2016.—La señorita Erika Bernal Rempening, cédula
127600224831, en calidad de Representante Legal de la compañía Bayer S. A.,
cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita el
registro del producto formulado Clase Insecticida y de nombre comercial Movento
15 OD, compuesto a base de Spirotetramate. Conforme a lo que establece la Ley
de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a
oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del
término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a
las 09:00 horas del 19 de julio del 2016.—Departamento de Agroquímicos y
Equipos.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—( IN2016048264 ).
AE-REG-E-01912016.—El
señor José Pablo Sánchez Hernández, cédula 1-0895-0867, en calidad de
Representante Legal de la compañía Taminco Limitada, cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fungicida
(formulado) de nombre comercial Banguard 42 SC, compuesto a base de THIRAM,
conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el
Decreto Ejecutivo número 33495-MAG-S-MINAE-MEIC. Se solicita a terceros con
derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado
dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de
la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a las 10:00 horas del 19 de julio del 2016.—Unidad de Registro de Agroquímicos
y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—( IN2016048561
).
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Everardo
Carmona Estrada, cédula de identidad número 1-0903-0317, en calidad de
apoderado generalísimo de la empresa Ecdea Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número 3-101-118784, ha solicitado para su representada Renovación al
certificado de explotación para brindar los servicios de Escuela de enseñanza
aeronáutica, en la modalidad de preparación de pilotos privados y comerciales y
ampliación para la habilitación de vuelos por instrumentos, en aeronaves de ala
fija. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil, Ley número
5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, y el Reglamento para el
Otorgamiento de Certificados de Explotación, Decreto Ejecutivo número 37972-T
del 16 de agosto de 2013, publicado en La Gaceta número 205 de 24 de
octubre de 2013; y demás disposiciones nacionales concordantes. El Consejo
Técnico de Aviación Civil en el artículo sexto de la sesión extraordinaria
número 50-2016 celebrada el día 15 del mes de julio de 2016, señaló que la
solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los
interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita
y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles
siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La
audiencia pública se celebrará a las 09:00 horas del tercer día hábil siguiente
al vencimiento del emplazamiento.—Enio Cubillo Araya, Director General.—1
vez.—O. C. N° 25622.—Solicitud N° 14562.—( IN2016048205 ).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 474, título N° 2563, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas
Calvo, en el año dos mil diez, a nombre de Hernández Picado Yuleisy Maribel,
cédula 1-1531-0523. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veintinueve días del mes de junio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016048281 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título N° 392,
emitido por el Liceo de Chachagua, en el año dos mil trece, a nombre de Karen
Vannesa Montiel Olives. Se solicita la reposición del título indicado por
corrección del apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Karen Vannesa
Montiel Olivas, cédula: 2-0758-0519. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los ocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016048444 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 01, folio 341, título N° 3306, emitido por el
Colegio de Naranjo, en el dos mil once, a nombre de Porras Arrieta Rossany
Andrea, cédula 2-0719-0598. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veinte días del mes de julio del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016048657 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 51, asiento
22, título N° 350, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe Agua Buena, en el
año dos mil tres, a nombre de González Flores Laura, cédula Nº 6-0351-0818. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de mayo del
dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016048731 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 02, Folio 45, Título N° 2329, emitido por el Liceo
de Poás, en el año dos mil diez, a nombre de Gómez Trejos Alejandro José,
cédula: 2-0702-0922. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
dieciocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016048885 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DEL ARCHIVO NACIONAL
COMISIÓN
NACIONAL DE SELECCIÓN
Y ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS
Res.
01-2016- CNSED.—Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos—San
José a las 10:00 horas del 18 de marzo de dos mil dieciséis.
Considerando:
I.—Que
de conformidad con el artículo 2° de la Ley N° 7202, Ley del Sistema Nacional
de Archivos, esta resolución es de aplicación para los órganos del Sistema
Nacional de Archivos y de los Archivos de los poderes Legislativo, Judicial y
Ejecutivo, y de los demás entes públicos, cada uno con personalidad jurídica y
capacidad de derecho público y privado.
II.—Que
el artículo 3° de la Ley N° 7202, establece que todos los documentos con valor
científico cultural son bienes muebles y forman parte del patrimonio científico
cultural de Costa Rica, que la determinación del valor científico-cultural del
documento corresponderá a la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de
Documentos y que se consideran de valor científico-cultural aquellos documentos
textuales, manuscritos o impresos, gráficos, audiovisuales y legibles por
máquina que, por su contenido, sirvan como testimonio y reflejen el desarrollo
de la realidad costarricense.
III.—Que
el artículo 31 de la Ley N° 7202, establece que la Comisión Nacional de
Selección y Eliminación de Documentos es el Órgano de la Dirección General del
Archivo Nacional, encargado de dictar las normas sobre selección y eliminación
de documentos, de acuerdo con su valor científico cultural.
IV.—Que
el artículo 35 de la Ley N° 7202 establece que todas las instituciones a que se
refiere el artículo 2 de la ley supracitada incluida la Dirección General del
Archivo Nacional, estarán obligadas a solicitar el criterio de la Comisión
Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, cada vez que necesiten
eliminar algún tipo documental. También deberán considerar las resoluciones que
al respecto emita la Comisión Nacional, las que serán comunicadas por escrito,
por medio del Director General del Archivo Nacional.
V.—Que
el artículo 120 del Reglamento a la Ley N° 7202 dispone que una de las
funciones de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos es
dictar normas sobre selección y eliminación de los documentos que producen las
instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Archivos.
VI.—Que
el artículo 131 del Reglamento de cita, establece que las entidades productoras
podrán hacer sus consultas a través de la tabla de plazos de conservación, que
es un instrumento en el que constan todos los tipos documentales producidos o
recibidos en una oficina o institución, en el cual se anotan todas sus
características y se fija el valor administrativo y legal.
VII.—Que
el artículo 132 del Reglamento a la Ley N° 7202, dispone que una vez aprobadas
las tablas de plazos, las instituciones pueden eliminar los tipos documentales
autorizados sin consultar nuevamente a la Comisión. Sin embargo, las tablas de
plazos aprobadas deben someterse a una revisión, tanto del Comité
Institucional, como de la Comisión Nacional, cada cinco años, para determinar
si los criterios originales son aún válidos.
VIII.—Que
el artículo 135 del Reglamento a la Ley N° 7202 establece que cada autorización
para eliminar documentos emanada de la Comisión Nacional comprenderá única y
exclusivamente los tipos documentales que expresamente se señalan en ella. Por
tanto,
Con
base en las facultades que le confieren el artículo 31 de la Ley del Sistema
Nacional de Archivos y los artículos 120 y 131 de su Reglamento, la Comisión
Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, mediante acuerdo No. 17,
tomado en la sesión 09-2016 de 18 de marzo de 2016, acordó emitir las
siguientes normas, de acatamiento obligatorio para las instituciones que forman
parte del Sistema Nacional de Archivos:
01.2016. Establecer una declaratoria general de
documentos con valor científico cultural, en todas las instituciones que
conforman el Sector Público Costarricense establecido por el Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica, de acuerdo con el siguiente
detalle:
A. Series
documentales que se declaran con valor científico cultural en todas las
Unidades de Tecnologías de la Información o sus similares (Departamentos de
Cómputo, Unidades de Informática, Telecomunicaciones) de las instituciones que
conforman el Sector Público Costarricense.
Documentos originales o en su defecto copia en soporte papel; y
documentos electrónicos con firma digital avanzada.
1. Actas
o minutas de la Comisión Gerencial de Tecnologías de la Información.
Reflejan la toma de decisiones institucionales y el desarrollo tecnológico de
la entidad.
2. Planes
estratégicos informáticos, sus expedientes y evaluaciones. Demuestran el
desarrollo tecnológico evolutivo de la institución.
3. Expedientes
de desarrollos de sistemas de información relacionados con la labor sustantiva
de la institución. Demuestran el desarrollo informático de las tecnologías de
la información en la función pública, su seguimiento, la inversión del Estado
en la implementación y su impacto.
B. Series
documentales que se declaran con valor científico cultural en todas las
Oficinas de Prensa; Relaciones Públicas; Comunicación o Protocolo de las
instituciones que conforman el Sector Público Costarricense. Documentos
originales o en su defecto copia en soporte papel; y documentos electrónicos
con firma digital avanzada.
1. Afiches.
Conservar un ejemplar considerando los siguientes aspectos del ámbito de
producción:
a. Públicos:
aquellos que reflejen las funciones sustantivas de la institución.
b. Privados y particulares: aquellos que reflejen su relación con la
sociedad costarricense. Por ejemplo los
afiches relacionados con los programas de responsabilidad social, ambiental,
entre otros.
c. Internacionales: aquellos en donde conste la participación
costarricense como copatrocinador o colaborador en el extranjero de algún
evento relevante en el ámbito político, académico, deportivo, cultural o
científico.
2. Álbumes
de recortes de periódicos organizados. Conjunto de recortes de periódico
ordenados en forma cronológica, relacionados con el quehacer de la institución.
3. Campañas publicitarias en prensa escrita, radio y televisión y
sus productos finales. Evidencian las actividades sustantivas
realizadas por las instituciones.
4. Discursos sustantivos del Presidente de la República y los
jerarcas de las instituciones públicas y Poderes de la República (en papel, en
video o audio): Reflejan el pensamiento y las acciones de los
representantes del gobierno.
5. Invitaciones de actividades relevantes para la institución.
6. Libro de marca, sobre imagen, logo y marca comercial, rótulos,
etc.
7. Memorias institucionales.
8. Publicaciones (materiales de pequeño formato: folletos,
programas de mano, volantes, trípticos, boletines, revistas institucionales)
que reflejen información de carácter sustantivo. Conservar un ejemplar por
publicación.
9. Fotografías (positivo, negativo y digital). Conservar de 3 a
5 unidades de cada evento o actividad que evidencie o refleje las funciones
sustantivas, a criterio del Encargado del Archivo Central y el Jefe de la
Oficina Productora.
C. Series
documentales que se declaran con valor científico cultural en Áreas de
Cooperación Internacional, Organismos Internacionales o sus similares de las
instituciones que conforman el Sector Público Costarricense. Documentos originales o en su defecto copia
en soporte papel; y documentos electrónicos con firma digital avanzada.
1. Correspondencia
con embajadas y organismos internacionales.
2. Convenios de cooperación internacional e interinstitucional.
3. Informes de viajes oficiales. Conservar los informes de
viajes oficiales de funcionarios, que
sean de carácter sustantivo o que hayan generado algún impacto.
4. Proyectos de cooperación nacional e internacional ejecutados,
así como las evaluaciones e informes de ejecución de los proyectos
seleccionados. Reflejan los planes, objetivos y metas a desarrollar a nivel
nacional por medio del uso de recursos interinstitucionales y extranjeros.
Esta Comisión Nacional entiende como documento
textual en soporte electrónico el documento producido con firma digital
avanzada, que aplique lo dispuesto en la Ley Nº 8454 “Ley de Certificados,
Firmas Digitales y Documentos Electrónicos”, y su reglamento, así como lo
establecido en la “Política de formatos oficiales de los documentos
electrónicos firmados digitalmente”, emitida por la Dirección de Certificados
de Firma Digital del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones,
publicada en el Alcance 92 de La Gaceta N° 95 de 20 de mayo de 2013.
En caso de que el documento se haya producido
originalmente en soporte papel, se conservará este soporte. En caso de que se digitalice el documento
original producido en soporte papel, esa digitalización deberá realizarse
cumpliendo los lineamientos que emita la Junta Administrativa del Archivo
Nacional en esa materia. En ningún
momento se deberá entender que un documento digitalizado sustituye al documento
producido con las formalidades en soporte papel o con firma digital avanzada y
no implica la sustitución o la eliminación.
02.2016. Todas las instituciones que conforman el
Sector Público Costarricense establecido por el Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica, quedan autorizadas para eliminar las siguientes
series documentales, cuando caduque la vigencia administrativa y legal
establecida por los Comités Institucionales de Selección y Eliminación de
Documentos, en todas las unidades administrativas y sustantivas de las
instituciones en donde se custodien:
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF 03.2016. Los criterios para conservar los documentos
declarados con valor científico cultural son los siguientes: la protección de
derechos de los ciudadanos; coyunturas históricas relevantes a nivel social,
político, económico, naturales, ambientales y otros; que reflejen la
trascendencia de la entidad productora como testimonio de su actividad o
función; la antigüedad del documento; la singularidad del documento entendido
como documento único ya sea por la información que contiene o por la función
específica del ente productor o cualquier otra característica que lo haga
único.
Las series documentales incluidas en la norma
01.2016 deben ser incorporadas en las tablas de plazos de conservación de
documentos que cada Comité Institucional de Selección y Eliminación de
Documentos (Cised) presente ante esta Comisión Nacional, las cuales serán
analizadas de acuerdo con los criterios antes expuestos. Es criterio de los Cised incluir o no las
series documentales consignadas en la norma 02.2016.
Las series documentales que no fueron incluidas en las normas 01.2016 y
02.2016 deberán ser sometidas a consulta de esta Comisión Nacional si se desean
eliminar.
Deróguese
la norma 3.2008 emitida mediante la Resolución CNSED-01-2009 publicada en La
Gaceta N° 101 de 27 de mayo del 2009.
Transitorio
1º—Las presentes normas serán aplicables para todas las series documentales
incluidas en esta resolución, producidas antes y después de su publicación.
Transitorio
2º—Modifíquense los transitorios de las resoluciones CNSED-01-2014 y
CNSED-02-2014 publicadas en La Gaceta No. 5 del 8 de enero del 2015,
para que se lean de la siguiente manera “Las presentes normas serán aplicables
para todas las series documentales incluidas en esta resolución, producidas
antes y después de su publicación.”
Las
presentes normas rigen a partir de su publicación.
Comuníquese.—Carmen Campos Ramírez, Directora Ejecutiva.—1 vez.—O. C. N°
3512.—Solicitud N° 10569.—( IN2016049080 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Cambio de Nombre Nº
101892
Que
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de
apoderado especial de American-Cigarette Company (Overseas) Limited, solicita a
este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de The House of
Edgeworth Incorporated por el de American-Cigarette Company (Overseas) Limited,
presentada el día 22 de febrero de 2016 bajo expediente 101892. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2007-0013579 Registro Nº 186991 Vogue en
clase 34 Marca Mixto 2008-0003537 Registro Nº 186733 en Clase 34 Marca
Figurativa, 2008-0004442 Registro Nº 186977 Vogue Arome en clase 34
Marca Mixto, 2008-0004444 Registro N° 186810 Vogue Arome en clase 34
Marca Mixto, 2008-0004445 Registro Nº 186812 Vogue AROME BALADE ALJ PARC
en clase 34 Marca Mixto, 2008-0007681 Registro N° 189906 VOGUE CARACTERE
en clase 34 Marca Denominativa, 2009-0000250 Registro Nº 192812 VOGUE
CARACTERE en clase 34 Marca Mixto 2009-0000912 Registro Nº 192903 VOGUE
PLATINE en clase 34 Marca Denominativa, 2009-0004153 Registro Nº 198202 Vogue
en clase 34 Marca Denominativa, 2009-0006883 Registro Nº 200207 Vogue
Frisson en clase 34 Marca Denominativa, 2009-0007078 Registro Nº 200753 Vogue
en clase 34 Marca Mixto y 2013-0007148 Registro Nº 235932 Vogue •
DESIGNED IN PARÍS • en Clase 34 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta
oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 29 de febrero del 2016.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—1 vez.—( IN2016048460 ).
Cambio de Nombre Nº
104523
Que Luis Diego Castro Chavarría, casado una vez, cédula de identidad Nº
106690228, en calidad de apoderado especial de Horiba ABX SAS, solicita a este
Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de ABX S. A. por el de
HORIBA ABX SAS, presentada el día 12 de julio de 2016 bajo expediente 104523.
El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0006060 Registro Nº 152368
ABX LEUCODIFF en clase 5 Marca Denominativa y 2004-0006061 Registro Nº
152476 ABX FLUOCYTE en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—(
IN2016048468 ).
Marcas de ganado
SE REPRODUCE POR ERROR DE IMPRENTA
Solicitud N° 2016-1117.—Johnny Campos Rodríguez, cédula de identidad
0501500375, solicita la inscripción de
J K
6
como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste Santa Cruz, 27 de Abril, río Seco, de la
iglesia católica 500 metros al norte. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
02 de junio del 2016. Según el expediente N° 2016-1117.—San José, 14 de junio
del 2016.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016038830 ).
-0-0-0-0-0-0-0-
Sol. N° 2016-1244.—Víctor
José Salazar Espinoza, cédula de identidad 0501090418, solicita la inscripción
de: Para
ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Bagaces, Bagaces, Pijije, 700 metros sur de la escuela del lugar,
en finca Montecristo, a mano izquierda carretera a San Ramón. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para haceros valer ante este
Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación
de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2016. Según el expediente N°
2016-1244.—San José, 11 de julio del 2016.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1
vez.—( IN2016048233 ).
Solicitud N°
2016-1460.—Francisco Sequeira Rojas, cédula de identidad 7-0051-1336, solicita
la inscripción de:
Z E
4
como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí,
Roxana, Punta Riel, casa hogar Tía Tere 400 norte. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para haceros valer ante este Registro,
dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 18 de julio del 2016. Según el expediente N°
2016-1460.—San José, 19 de julio del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1
vez.—( IN2016048290 ).
Solicitud Nº
2016-1356.—Francisco Carmona Vargas, cédula de identidad 0601820169, solicita
la inscripción de:
3 C
V
como marca
de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Colorado, Chirripocito;
8 kilómetros al norte de la Escuela San Juan. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
6 de julio del 2016. Según el expediente Nº 2016-1356.—San José, 7 de julio del
2016.—Lic. Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016048313 ).
Solicitud N°
2016-1374.—Víctor Manuel Azofeifa Álvarez, Cédula de identidad 0111950153,
solicita la inscripción de:
SY7
como marca de ganado, que usará preferentemente
en Limón, Guácimo, Pocora, Argentina, 700 metros norte del puente Quebrada
Honda, contiguo a la antigua piñera Lindora. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
7 de julio del 2016. Según expediente N° 2016-1374.—San José, 8 de julio del
2016.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016048467 )
Solicitud Nº
2016-1196.—Sayre Andrea Castro Zúñiga, cédula de identidad Nº 0205930767,
solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Los
Chiles; Los Chiles, Cristo Rey, un kilómetro al este del centro educativo
Cristo Rey camino a Caño Castilla, mano izquierda. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 16 de junio del 2016. Según el expediente N°
2016-1196.—San José, 22 de junio del 2016.—Viviana Segura De la O,
Registradora.—1 vez.—( IN2016048477 ).
Solicitud N°
2016-1320.—Gilbert Porras Méndez, cédula de identidad 2-0391-0586, solicita la
inscripción de:Para
ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como
marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael,
Santa Fe; 1 kilómetro al este, de la escuela de Santa Fe. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 01 de julio del 2016. Según la Solicitud N°
2016-1320.—San José, 06 de julio del 2016.—Licda. Karol Claudel Palma,
Registradora.—1 vez.—( IN2016048521 ).
Solicitud Nº 2016-1367.—José Luis Martínez Zamora, cédula de
identidad Nº 5-0096-0479, solicita
la inscripción de: J 5 L, como marca de ganado, que
usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, San Juan, 4 kilómetros
al este de la escuela de San Juan. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 07 de
julio del 2016. Según el expediente N° 2016-1367.—San José, 08 de julio del
2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016048523 ).
Solicitud Nº 2016-1433.—Juan Carlos Averrus Cerdas, cédula de identidad
2-0400-0283, solicita la inscripción de: Y3T como marca de ganado, que
usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, Samen, 300 metros al norte del Río Samen Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 14 de julio del 2016. Según el expediente Nº 2016-1433.—San José, 15 de julio
del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016048524 ).
Solicitud Nº
2016-1454.—Daniel Espinoza Alfaro, cédula de identidad 0601590441 Yetty
Fernández Mora, cédula de identidad 0700980137, solicita la inscripción de:
9
F E
como marca de ganado, que usará preferentemente
en Limón, Pococí, La Rita, El Cedral, 150 metros norte de la iglesia católica,
casa a mano derecha. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para haceros valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 15 de julio del 2016.
Según el expediente N° 2016-1454.—San José, 19 de julio del 2016.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2016048594 ).
Solicitud N°
2016-1469.—Alexandra Patricia Sandí Gutiérrez, cédula de identidad 0108350518,
solicita la inscripción de:
7 8
I
como marca de ganado, que usará preferentemente
en Guanacaste, Santa Cruz, Arado, Finca La Mina, carretera al Bosque Diría. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 19 de julio del 2016. Según
expediente N° 2016-1469.—San José, 20 de julio del 2015.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2016048625 ).
Solicitud Nº
2016-1400.—Óscar Alban Alfaro Azofeifa, cédula de identidad Nº 0107790178,
solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San
Carlos, San Francisco de La Palmera, del Rancho Huetar 2 kilómetros al sur. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio del 2016. Según el
expediente N° 2016-1400.—San José, 21 de julio del 2016.—Elda Cerdas Badilla,
Registradora.—1 vez.—( IN2016048649 ).
Solicitud Nº
2016-1462.—Walter Villalobos Jiménez, cédula de identidad 0502530428, solicita
la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela,
Upala, Upala, San Fernando, de la agencia Coca Cola, 100 metros oeste y 300
metros sur. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 18 de julio del 2016. Según el expediente Nº 2016-1462.—San José,
19 de julio del 2016.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016048776 ).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Mujeres y Hombres por un Futuro Mejor de
Puntarenas, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Puntarenas, cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: Ayudar al desarrollo de la
comunidad, apoyar el orden, las buenas costumbres y respeto mutuo de las
personas, mantener el orden de la comunidad, gestionar, ayudar y apoyar a los
asociados a impulsar proyectos de desarrollo social y organizativo, gestionar y
apoyar la creación de servicios sociales y comunales como un medio que conlleve
a la superación individual, fomentando el bien personal, el bien común social
el espíritu de ayuda mutua y el trabajo conjunto, cuyo representante, será la
presidenta Xiomara Molina Ledezma, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento:
109144 con adicionales: 2016-166869, 2016-263723.—Dado en el Registro Nacional,
a las 11 horas 36 minutos y 0 segundos, del 19 de julio del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016048250 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Federación Deportiva Comité Paralímpico Integral, con domicilio en la provincia
de: San José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Promover el deporte en todas las disciplinas deportivas paralímpicas, en ambos
géneros, en todas las modalidades y categorías, que tiene el Comité Paralímpico
Internacional, cuyo representante, será la presidenta María de Los Ángeles
Monge Alvarado, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 336753 con adicional: 2016-463432.—Dado
en el Registro Nacional, a las 12 horas 58 minutos y 12 segundos, del 18 de
julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2016048323 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la: Asociación Deportiva Costarricense de Esgrima,
entre las cuales se modifica el nombre social, que se denominará: Asociación
Deportiva Central de Esgrima, Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley Nº
218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 39 minutos
y o segundos, del 04 de julio del 2016- Documento tomo: 2016, asiento:
33327.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016048334 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Folclórica Herencia Sancarleña, con domicilio en la provincia de:
Alajuela-San Carlos, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Formar y mantener un grupo de proyección e investigación folclórica en Venecia
y comunidades vecinas, dirigido a la participación activa e inserción de los
jóvenes y niños en el campo de la cultura regional y nacional a través de la
danza y la música, cuyo representante, será el presidente: Giovanni Mora
Elizondo, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Tomo: 2016 Asiento: 155137 con adicional(es): 2016-323411.—Dado en el
Registro Nacional, a las 12 horas 21 minutos y 26 segundos, del 16 de mayo del
2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016048660 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Iberoamericana de Vida, Responsabilidad, Ética y Derecho Biored, con
domicilio en la provincia de: San José-Goicoechea, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Promover la
investigación científica y tecnológica en todas las áreas del conocimiento con
énfasis en la problemática bioética, así como en el análisis ético y jurídica y
en la fundamentación del derecho, cuya representante, será la presidenta: María
del Rosario Rodríguez Cadilla Ponce, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento:
258929.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 51 minutos y 6
segundos, del 21 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016048852 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Deportiva de Judo y Deportes Similares Corleone De San Luis, con
domicilio en la provincia de: San José-Acosta, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: Dirección, coordinación, organización, supervisión,
promoción y fomentar todos lo relacionado con el judo en ambos géneros y en
todos sus categorías a nivel nacional e internacional de acuerdos con sus
propios estatutos y reglamentos y los entes oficiales de esta disciplina
deportiva; promover el judo mediante la enseñanza y la práctica de esta
disciplina deportiva; establecer programas de extensión deportiva y recreativa
dirigidos a la comunidad. Cuyo representante, será el presidente: Edgardo Mora
Abarca, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 340505. Dado en el Registro Nacional, a
las 15 horas 12 minutos y 32 segundos, del 18 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2016049017 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación de Medicina Integral Terapias Alternativas y
Complementarias de Costa Rica, con domicilio en la provincia de: Heredia-Santa
Bárbara, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el
desarrollo de la físico terapia tanto a nivel nacional como internacional,
organizar a los físicoterapeutas a efecto de que por la unidad y la solidaridad
se puedan conseguir avances tanto materiales como morales en el ejercicio de la
profesión físicoterapeuta. Cuyo representante, será el presidente: Óscar Soto
Jiménez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento: tomo: 2016, asiento: 357112.—Dado en el Registro Nacional,
a las 9 horas 58 minutos y 42 segundos, del 6 de julio del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016049040 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación Esperanza Viva en Pro de Personas con VIH en Pobreza y Pobreza
Extrema del Territorio Nacional ASEV, con domicilio en la provincia de: San
José- Desamparados, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Contribuir mediante acciones de incidencia política, contraloría social,
acciones que coadyuven al cumplimiento del Plan Estratégico Nacional (PEN)
elaborado por el CONASIDA, a los compromisos y estrategias nacionales e
internacionales que el país se haya comprometido en miras del mejoramiento de
la calidad de vida de las personas con VIH-SIDA, especialmente la población que
se encuentra en pobreza y pobreza extrema, así como también a la implementación
de diferentes, cuyo representante, será la presidenta Rosibel Zúñiga Guardia, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2015, asiento: 594362 con adicional: 2016-346765.—Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 10 minutos y 30 segundos, del 18 de julio del
2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016049301 ).
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor Édgar Zürcher
Gurdián, mayor, vecino de Escazú, cédula 1-532-390, en calidad de Apoderado
Especial de Honda Motor Co., Ltd, de Japón, solicita el Diseño Industrial
denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF MOTOCICLETA. Una
motocicleta tal y como se muestra en las figuras. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 12/11; cuyos inventores son Katagiri,
Kiyoshi, Tsujimoto, Arihide. Prioridad: 13/10/2015 JP 2015-022519. La solicitud
correspondiente lleva el número 20160169, y fue presentada a las 14:12:50 del
12 de Abril del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 01 de julio del 2016.—Walter Campos Fernández,
Registrador.—( IN2016048354 ).
La señora (ita) María del
Pilar López Quirós, cédula 110660601, mayor, vecina de San José, en calidad de
apoderada especial de Amgen Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF PROTEÍNAS DE UNIÓN A ANTÍGENO CONTRA
PROPROTEÍNA CONVERTASA SUBTILISINA/KEXINA TIPO 9 (PCSK9). Se describen proteínas de unión a antígeno que interactúan con
la proteína convertasa subtilisina/kexina tipo 9 (PCSK9). La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/40; A61P 3/06; A61K 39/395;
cuyos inventores son Nigel Pelham Clinton Walker, Derek Evan Piper, Bei Shan,
Wenyan Shen, Joyce Chi Yee Chan, Chadwick Terence
King, Randal Robert Ketchem, Christopher Mehlin, Teresa Arazas Carabeo, Qiong
Cao, Jackson, Simón Mark. Prioridad: 23/08/2007 US 60/957,668; 21/12/2007 US
61/008, 965;09/01/2008 US 61/010,630. Publicación Internacional: 26/02/2009
WO2009/026558A1. La solicitud correspondiente lleva el número 20150295, y fue
presentada a las 12:51:00 del 23 de Marzo del 2010. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de junio del
2016.—Licda. Ma. Leonor Hernández, Registradora.—( IN2016048355 ).
El señor Luis Diego
Castro Chavarría, mayor, vecino de San José, cédula 1-669-228, en calidad de
apoderado especial de Curadev Pharma PVT Ltd, de India, solicita la Patente de
Invención denominada: Para
ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF CICLODEXTRINA.
La invención proporciona un método para preparar sulfoalquil éter-B-ciclodextrina.
El método comprende primero poner en contacto una ciclodextrina con una base
para formar una ciclodextrina activada. A continuación el método comprende
poner en contacto por separado la ciclodextrina activada con una alquil sultona
para formar la sulfoalquil éter-B-ciclodextrina. La reacción de activación se
lleva a cabo por lote y la reacción de sulfoalquilación se lleva a cabo bajo
condiciones de flujo continuo. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: C08B 37/16; A61K 47/40; A61K 47/48; cuyos inventores son Savage,
Tammy, Wicks, Stephen, Mitchell, John. Prioridad: 17/07/2013 GB 1312737,8;
17/07/2013 US 61/847,509; 16/07/2014 WO 2014GB 52173. Publicación
Internacional: 22/01/2015 WO2015/008066. La solicitud correspondiente lleva el
número 20160025, y fue presentada a las 13:03:00 del 14 de enero del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 20 de junio del 2016.—Walter Campos Fernández,
Registrador.—( IN2016048447 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, vecino de San José, cédula
Nº 1-669-228, en calidad de apoderado especial de Karos Pharmaceuticals, INC,
de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada COMPUESTOS ESPIROCICLICOS COMO INHIBIDORES
DE TRIPTOFANO HIDROXILASA. La presente invención se refiere a compuestos
espirocíclicos que son inhibidores de triptófano hidroxilasa (TPH),
particularmente la isoforma 1 (TPH1), que son útiles en el tratamiento de
enfermedades o trastornos asociados con serotonina periférica, incluso, por
ejemplo, enfermedades gastrointestinales, cardiovasculares, pulmonares,
inflamatorias, metabólicas y de baja masa ósea, así como síndrome de serotonina
y cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/10; A61K
31/438; A61P 1/00; A61P 29/00; A61P 35/00; A61P 9/00; cuyos inventores son de
Lombaert, Stephane, Goldberg, Daniel R., Brameld, Kenneth, Sjogren, Eric Brian,
Scribner, Andrew. Prioridad: 06/09/2013 US 61/874.545; 05/11/2013 US
61/899.943; 29/05/2014 US 61/004.385; 05/09/2014 WO 2014US054202. Publicación
Internacional: 12/03/2015 WO2015/035113. La solicitud correspondiente lleva el
Nº 20160163, y fue presentada a las 13:58:25 del 05 de abril del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 20 de junio del 2016.—Wálter Campos Fernández,
Registrador.—( IN2016048454 ).
La señora(ita) Denise
Garnier Acuña, cédula 1-487-992, mayor, vecina de San José, en calidad de
apoderada especial de Abbvie Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada Para
ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF DERIVADOS DE SULFONAMIDA COMO AGENTES
INDUCTORES DE APOPTOSIS CON SELECTIVIDAD POR BCL-2 PARA EL TRATAMIENTO DEL
CANCER Y ENFERMEDADES COMUNES. Compuestos que
inhiben la actividad de las proteínas anti-apoptóticas Bc1-2 o Bcl-XL,
composiciones que contienen dichos compuestos y métodos para tratar
enfermedades durante las cuales se expresa la proteína anti-apoptótica Bcl-2.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 405/12; A61K 31/404; A61P
35/00; C07D 209/32; C07D 211/96; C07D 213/64; C07D 215/20; C07D 217/16; C07D
235/26; C07D 249/04; C07D 295/14; C07D 309/14; C07D 401/12; C07D 295/125; cuyos
inventores son Bruncko, Milan, Ding, Hong, Doherty, George, A, Elmore, Steven,
W., Hasvold, Lisa, Hexamer, Laura, Kunzer, Aaron, R., Mantei, Robert, A.,
Mcclellan, William, J, Park, Chang, H, Park, Cheol-min, Petros, Andrew, M,
Song, Xiaohong, Souers, Andrew, J, Sullivan, Gerard, M, Tao, Zhi-fu, Wang,
Gary, T, Wang, Le, Wang, Xilu, Wendt, Michael, D. Prioridad: 05/12/2008 US
61/120,275;26/05/2009 US 61/181,180; 04/12/2009 WO 2009US066790. Publicación
Internacional: 10/06/2010 WO2010/065865. La solicitud correspondiente lleva el
número 20160269, y fue presentada a las 12:57:10 del 22 de junio del 2011.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 29 de junio del 2016.—Licda. María Leonor Hernández B.,
Registradora.—( IN2016048465 ).
El señor José Antonio
Muñoz Fonseca, cédula Nº 1-433-939, mayor, vecino de San José, en calidad de
apoderado especial de Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea Colombiana, de
Colombia, solicita la Patente de Invención denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con
formato PDF PATRÓN
DE CAMUFLADO CON LÍNEAS ONDULANTES. La presente solicitud hace referencia a un
patrón de camuflaje basado en dos diseños, el primero de ellos un estampado
camuflado compuesto de dos a 15 colores, dos o más tonalidades o dos o más
matices del mismo color, que tiene diferentes reflectancias, y un segundo
diseño, que comprende una serie de líneas ondulantes diagonales superpuestas
sobre el estampado del primer diseño, preferiblemente formando una malla de
rombos, que en conjunto aumentan la capacidad de mimetizarse con el ambiente en
distintos entornos, entre ellos; selva, bosque, sabana, desierto, y urbano,
tanto de día como de noche, aun con el uso de equipos de visión nocturna. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: F41H 3/00; cuyo inventor es Mora
Gámez, Iván Harvey. Prioridad: 14/11/2013 CO CO/2013/267732; 14/05/2014 WO
2014CO000005. Publicación Internacional: 21/05/2015 WO2015/070826. La solicitud
correspondiente lleva el Nº 20160260, y fue presentada a las 10:01:50 del 10 de
junio del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes
a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 17 de junio del 2016.—Licda. Ma. Leonor Hernández,
Registradora.—( IN2016048554 ).
El señor José Antonio Muñoz Fonseca, céd. 1-433-939, mayor, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Bayer Animal Health GMBH, de
Alemania, solicita la Patente de Invención denominada: NUEVAS
PIRAZOLIL-HETEROARILAMIDAS COMO AGENTES PLAGUICIDAS. La invención comprende
entre otros pirazolil-heteroarilamidas de fórmula general en la que los restos
A1-A4, T, W, Q, R1 y Z1-Z3 presentan los significados citados en la
descripción. Además se describen procedimientos para la preparación de
compuestos de fórmula (I). Los compuestos de acuerdo con la invención son
adecuados de forma 10 particular para combatir insectos, arácnidos y nematodos
en agricultura así como ectoparásitos en veterinaria. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación
internacional de patentes es: C07D 401/14; C07D 231/38; A01N 43/56; cuyos
inventores son: Schwarz, Hans-Georg;, Maue, Michael;, ILG, Kerstin;, Görgens,
Ulrich;, Turberg, Andreas;, Horstmann, Sebastián;, Köbberling, Johannes,
Lindner, Niels;. Prioridad: 03/01/2014 EP 14150153.6; 30/12/2014 WO
2014EP079440. Publicación Internacional: 09/07/2015 WO2015/101622. La solicitud correspondiente
lleva el número 20160311, y fue presentada a las 14:47:49 del 4 de julio del
2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 5 de julio del 2016.—Licda. María Leonor Hernández B.,
Registradora.—( IN2016048555 ).
El señor Néstor Morera
Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, en calidad de apoderado de Meals de Colombia
S.A.S., de Colombia, Inversiones Prestigio S.A.S., de Colombia, solicita la
Patente de Invención denominada
DISPOSITIVO DE
EXTRUSIÓN Y CARTUCHO COLAPSABLE QUE CONTIENE MATERIAL ALIMENTICIO EXTRUDIBLE. Dispositivo de extrusión y un cartucho colapsable que contiene
material alimenticio extrudible, preferiblemente helado Para ver imagen solo en La Gaceta con
formato PDF blanco. El dispositivo de extrusión
consta de un pistón fijo, una recamara móvil con dos extremos, en donde, por
uno de sus extremos está dispuesta para recibir el pistón fijo y, en el otro
extremo, tiene un orificio de salida de recamara móvil está dispuesta para
alojar un cartucho colapsable que contiene un
material alimenticio extrudible que se extrude a través de una boquilla que se
alinea con el orificio de salida de recamara móvil. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A23G 9/28; A23G 3/28; B65D 83/00; B65D 47/20;
B65D 21/08; cuyo(s) inventor(es) es(son) González Posada, Esteban, de Castro
Risatti, Carlos Heriberto. Prioridad: 25/07/2013 CO 13-176483; 25/07/2014
WO 2014IB063438. Publicación Internacional: 29/01/2015 W02015/011691. La
solicitud correspondiente lleva el número 20160096, y fue presentada a las
14:35:32 del 25 de febrero del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 16 de junio del 2016.—Lic. Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016048666 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula N° 1-1018-975, mayor, vecino de San
José, en calidad de apoderado especial de Glaxosmithkline Intellectual Property
Development Limite, de Reino Unido, Astex Therapeutics Limited, de Reino Unido,
solicita la patente de invención denominada REGULADORES DE Nrf2. La
presente invención se refiere a análogos de bis arilo, composiciones
farmacéuticas que los contienen y a su uso como reguladores de Nrf2. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de patentes es: C07D 417/10; cuyos inventores: son:
Boehm, Jeffrey Charles, Davies, Thomas Glanmor, Woolford, Alison Jo-anne,
Griffiths-Jones, Charlotte Mary, Willems, Hendrika Maria Gerarda, Norton,
David, Saxty, Gordon, Heightman, Thomas Daniel, Li, Tindy, Kerns, Jeffrey K,
Davis, Roderick S., Yan, Hongxing. Prioridad: 18/12/2013 US 61/917,466;
16/04/2014 US 61/980,091; 17/12/2014 WO 2014IB067027. Publicación
internacional: 25/06/2015 WO2015/092713. La solicitud correspondiente lleva el
número 20160272, y fue presentada a las 10:02:43 del 17 de junio del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 20 de junio del 2016.—Licda. María Leonor Hernández B., Registradora.—(
IN2016048667 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, vecino de San
José, en calidad de apoderado de Merck Sharp & Dohme B.V., de Países Bajos,
solicita la Patente de Invención denominada: SISTEMA DE
ADMINISTRACIÓN FARMACOLÓGICO. En el presente documento se describe un sistema de administración
farmacológico intravaginal que comprende (i) un núcleo que comprende un primer
polímero termoplástico y un primer agente terapéutico, en el que el primer
agente terapéutico se disuelve en el primer polímero termoplástico , y (ii) una
capa externa que rodea el núcleo que comprende un segundo polímero
termoplástico, en el que el primer agente terapéutico es menos permeable en el
segundo polímero termoplástico que el primer polímero termoplástico, y un
segundo agente terapéutico en forma sólida, en el que el segundo agente
terapéutico está cargado en una porción de la capa externa. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 09/00; A61K 47/32; A61K
31/565; A61K 31/569; cuyos inventores son Verhoeven, Willy J. H., de Graaff,
Wouter. Prioridad: 11/12/2013 US 61/914,500; 12/12/2013 EP 13196737.4;
19/06/2015 WO 2015US086491. Publicación Internacional: 18/06/2015
WO2015/086491. La solicitud correspondiente lleva el número 20160261, y fue presentada
a las 14:03:40 del 10 de junio del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de junio del
2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016048668 ).
El señor Néstor Morera
Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado
especial de Sumitomo Chemical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de
Invención denominada MÉTODO PARA REDUCIR LOS DAÑOS DE PLAGAS EN LA FRUTA DEL
BANANO. Proporcionar un nuevo método para
reducir los daños de plagas a la fruta del banano. Un método nuevo para reducir
los daños de plagas a la fruta de banano, que comprende una etapa de envolver
una red similar a una banda alrededor de al menos un sitio seleccionado de un
pedúnculo, una inflorescencia, un pecíolo y un pseudotallo de un banano. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01G 13/02; cuyo inventor es
Sakamoto, Norihisa. Prioridad: 09/09/2014 JP 2014-183017. La solicitud correspondiente lleva el número
20150468, y fue presentada a las 12:59:00 del 08 de setiembre del 2015.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2016.—María
Leonor Hernández B., Registradora.—( IN2016048669 ).
El señor Néstor Morera Víquez, mayor, vecino de Heredia, cédula Nº
1-1018-975, en calidad de apoderado especial de Gilead Sciences Inc, de E.U.A.,
solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA QUINASA
REGULADORA DE LA SEÑAL DE APOPTOSIS. La presente solicitud se refiere a
compuestos que tienen la actividad inhibitoria de la guinasa reguladora de la
señal de apoptosis (ASK1), por lo tanto, son útiles en el tratamiento de
condiciones mediadas por ASK1, incluyendo trastornos autoinmunes, enfermedades
inflamatorias, enfermedades cardiovasculares, diabetes, nefropatía diabética,
enfermedades cardio-renales incluyendo la enfermedad de riñón, enfermedades fibróticas,
enfermedades respiratorias, EPOC, fibrosis pulmonar idiopática, lesión pulmonar
aguda, enfermedades hepáticas agudas y crónicas, y enfermedades
neurodegenerativas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 417/14;
A61K 31/443; A61P 25/00; A61P 29/00; cuyos inventor es Notte, Gregory.
Prioridad: 20/12/2013 US 61/918,784; 15/12/2014 WO 2014US070362. Publicación
Internacional: 25/06/2015 W02015/095059. La solicitud correspondiente lleva el
Nº 20160268, y fue presentada a las 13:21:26 del 15 de junio del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 16 de Junio del 2016.—Wálter Campos Fernández, Registrador.—(
IN2016048670 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A)
PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro
de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, edificio
A, 5to. piso. HACE SABER: Que ante
este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer la función
pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: LIDIETTE CARVAJAL
SÁNCHEZ, cédula de identidad número 1-0636-0652, carné profesional
21695. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial,
se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince
(15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente Nº
15-001291-0624-NO.—San Pedro, 13 de julio del 2016.—Unidad Legal
Notarial.—Firma delegada por Resolución RE-DE-DNN-011-2016.—Anaida Cambronero
Anchía, Jefa.—1 vez.—( IN2016048424 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall
San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JÉSSICA
SANDÍ CUBILLO, con cédula de identidad número 1-1320-0719, carné
número 24305. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del
Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten
la conducta del (de la) solicitante,
a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DIAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº
16-001409-0624-NO.—San José, 14 de julio del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Lic.
Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2016048504 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A)
PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del
Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: CAROL
TATIANA ARRIETA HERRERA, con cédula de identidad número 2-0651-0871, carné
número 24420. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la
conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a
esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Expediente Nº 16-001423-0624-NO.—San José, 15 de julio del
2016.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—Firma
Delegada por Resolución RE-DE-DNN-011-2016.—1 vez.—( IN2016048836 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro,
Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso. HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN
Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte
de: CAROLINA CAMPOS SOLÍS, cédula de identidad número 2-0704-0156,
carné profesional 24140. De conformidad con lo dispuesto por el artículo
11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta del (de la)
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente N° 16-001428-0624-NO.—San Pedro, 15 de julio
del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Anaida Cambronero Anchía, Jefa.—Firma Delegada
por Resolución RE-DE-DNN-011-2016.—1 vez.—( IN2016048837 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO(A) La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall
San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: CARLOS
ANDRÉS DÍAZ MONTERO, con cédula de identidad número 1-1043-0538, carné
número 24245. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la
conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a
esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Expediente N° 16-001292-0624-NO.—San José, 8 de julio del
2016.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Anaida Cambronera Anchía, Abogada.—1 vez.—(
IN2016049044 ).
DIRECCIÓN
DE AGUA
Edictos
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ED-0645-2016. Exp 11989A.—Corporación de
Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 600 litros por
segundo del río general, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso agropecuario - riego - frutal.
Coordenadas 132.225 / 589.665 hoja repunta. Predios inferiores: No se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 11 de julio de 2016.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2016051512 ).
ED-0651-2016.—Exp. N°
11491A.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión
de: 400 litros por segundo del Río Sonador, efectuando la captación en finca de
su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso agropecuario-riego-frutal.
Coordenadas 137.630 / 592.255 hoja Buenos Aires. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de julio del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016051514 ).
Exp. 8231-A.—Hacienda La Gota de Agua S. A., solicita concesión de: 0,32
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de Gerardo Rodríguez Quesada en Fortuna (Bagaces), Bagaces, Guanacaste, para
uso agropecuario-abrevadero. Coordenadas 297.000/413.600 hoja Miravalles.
Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 19 de abril del 2016.—Departamento de Información.—Manuel García
Interián, Coordinador.—( IN2016051697 ).
ED-UHSAN-0020-2016.—Exp.
N° 17089A.—Carmen María Muñoz Trigueros, solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo del Nacimiento Milagrosa, efectuando la captación en finca de Ana
Lorena Rojas Zamora en Concepción (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo
humano. Coordenadas 216.200 / 496.150 Hoja Balsa. Predios inferiores: no se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de abril de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016051718 ).
ED-UHSAN-0019-2016.—Exp. N° 17084A.—Angie Karina Muñoz Trigueros,
solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento Casa de Piedra,
efectuando la captación en finca de Ana Lorena Rojas Zamora en Concepción
(Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 216.100 /
495.950 Hoja Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—Departamento de Información.—San José, 28 de abril del
2016.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016051720 ).
ED-UHSAN-0025-2016.—Exp. N° 17099A.—Miguel Ángel Muñoz Salas y otro,
solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Nacimiento Milagrosa,
efectuando la captación en finca de Ana Lorena Rojas Zamora en Concepción,
Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 216.200 / 496.150 Hoja
Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—Departamento de Información.—San José, 3 de mayo del 2016.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016051722 ).
ED-UHSAN-0024-2016.—Exp.
N° 17098A.—Miguel Ángel Muñoz Salas y otro, solicita concesión de: 0.05 litros
por segundo del Nacimiento Estrella del Desierto, efectuando la captación en
Finca de Ana Lorena Rojas Zamora en Concepción (Atenas), Atenas, Alajuela, para
uso consumo humano. Coordenadas 215.950 / 496.000 hoja rio grande. Predios
inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de mayo
del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016051723 ).
ED-UHSAN-0026-2016.—Exp. N° 17101A.—Miguel Angel Muñoz Salas y otro,
solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del Nacimiento Casa de Piedra,
efectuando la captación en finca de Ana Lorena Rojas Zamora en Concepción,
Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 216.100 / 495.950 Hoja
Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 4 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016051724 ).
Exp. 16977A.—Municipalidad de San Carlos, solicita concesión
de: 40 litros por segundo del nacimiento Agua Azul, efectuando la captación en
finca de Nacientes de la Fortuna S. A. en Fortuna (San Carlos), San Carlos,
Alajuela, para uso Consumo Humano-poblacional. Coordenadas 273.130 / 463.974
hoja Fortuna. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 19 de febrero del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016052803 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
ED-0601-2016.—Exp. N° 17165P.—Transportes que Mueven T Q M
S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-600 en finca de su
propiedad en Ceiba, Orotina, Alajuela, para uso consumo humano,
agropecuario-riego y piscina doméstica. Coordenadas 208.338 / 466.251 hoja
Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio
del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016052914 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
ED-0383-2016. Exp 17029A.—Club de Golf Los Delfines, S. A., solicita
concesión de: 6 litros por segundo del nacimiento El Espavel, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso
Agropecuario - Riego. Coordenadas 193.045 /425.010 hoja río Ario. 6 litros por
segundo del río Viga, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso agropecuario - riego. Coordenadas
192.264 / 425.483 hoja río Ario. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 30 de marzo de 2016.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador Departamento de Información.—( IN2016053187 ).
ED-0616-2016.—Exp. N°
6919P.—Marina Punta Piedra Amarilla S. A., solicita concesión de: 3,33 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RA-21 en
finca de su propiedad en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso Turístico.
Coordenadas 191.643 / 424.706 hoja Río Ario. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 24 de junio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2016053189 ).
ED-0670-2016.—Exp.
10549-P. Cemex S. A., solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-744 en finca de su
propiedad en Patarra, Desamparados, San José, para uso industria-construcción.
Coordenadas 205.391/532.134 hoja Abra. 0.5 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo AB-755 en finca de su propiedad en
Patarra, Desamparados, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas
205.386 / 532.335 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 26 de julio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2016053356 ).
ED-0508-2016.—Exp.
10252A.—Asociación de Guías y Scout de Costa Rica, solicita concesión de: 0,096
litros por segundo del nacimiento vuelta 6, efectuando la captación en finca de
su propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso
turístico-recreación. Coordenadas 208.525 / 534.415 hoja Istarú, 0,575 litros
por segundo del nacimiento La Chirraca, efectuando la captación en finca de su
propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso consumo
humano-otro, turístico-restaurante y bar, consumo humano-otro y
turístico-recreación. Coordenadas 207.700 / 539.360 hoja Istarú. 0,04 litros
por segundo del nacimiento Aquitaba, efectuando la captación en finca de su
propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso
turístico-restaurante y bar. Coordenadas 207.740 / 539.670 hoja Istarú 0,027
litros por segundo del nacimiento Garabito, efectuando la captación en finca de
su propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso
turístico-recreación. Coordenadas 208.000 / 539.710 hoja Istarú. // 0,143
litros por segundo del nacimiento vuelta 8, efectuando la captación en finca de
su propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso
turístico-recreación. Coordenadas 208.530 / 534.480 hoja Istarú.—Douglas David
Alvarado.—(IN2016053936 ).
ED-0653-2016.—Exp. N°
17189P.—Jorge Rojas Solórzano, solicita concesión de: 0.25 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1887 en finca de
Inmobiliaria Faro del Mar C Y M S. A., en Escazú, Escazú, San José, para uso
consumo humano. Coordenadas 211.940 / 519.020 Hoja Salitral. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 12 de julio del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016053952 ).
LA
DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:
Girar
a la orden de los interesados los montos señalados en los Acuerdos de Pago
numerados del N° 01 al 1079 del 2016, por la suma líquida de ¢40.724.412.298,62
(enero ¢1.439.714.436,86; febrero ¢12.347.089.133,68; marzo ¢7.646.511.708,83;
abril ¢10.523.489.852,96; y mayo ¢8.767.607.166,29), para atender el pago de
las cuentas correspondientes con cargo a las respectivas partidas del
presupuesto. El detalle de dichos pagos puede ser consultado en la siguiente
dirección electrónica:
http://www.poder- judicial.go.cr/fico/Publicación_acuerdos_de_pago.html
San
José, 21 de junio del 2016.—MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora
Ejecutiva.—Departamento de Financiero Cont.—M.B.A. Carlos M. Hidalgo Vargas,
Jefe.—M.B.A. Rodrigo Arroyo Guzmán, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº
2016-062187.—Solicitud Nº 1202.—( IN2016048430 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
Exp. Nº
55484-2015.—Registro Civil.—Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San
José, a las diez horas cuarenta minutos del primero de marzo del dos mil
dieciséis. Diligencias de ocurso presentadas por Miriam Madrigal León, cédula
de identidad número 1-0521-0388, vecina de San Vicente, Moravia, San José,
tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento en el sentido que la
fecha de su nacimiento es doce de enero de mil novecientos cincuenta y ocho.
Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones
y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario
Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan
valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera
publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016047900 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Manuela Ureña
Ureña y Esteve Casóliba Nicolás, se ha dictado la resolución N° 1487-2016, que
en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las diez horas treinta y cuatro minutos del nueve de
marzo de dos mil dieciséis. Exp. N° 44402-2015. Resultando 1º—..., 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de matrimonio de, Esteve Nicolás Casoliba y María
Manuela Ureña Ureña, en el sentido que los apellidos del cónyuge son Casóliba
Nicolás.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048269 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Berenice Ariza
Ruiz, se ha dictado la resolución N° 3760-2016, que en lo conducente dice:
Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
trece horas del veintiocho de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 20491-2016
Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el
fondo:... Por tanto, rectifíquense el asiento de naturalización de Berenice
Ariza Ruiz, en el sentido que el día de nacimiento de la misma, el nombre del padre y el segundo
apellido de la madre son diecisiete, Hermenegildo y Mateus, respectivamente y
el asiento de matrimonio de Jesús Alberto Berón no indica segundo apellido con
Berenice Ariza Ruiz, en el sentido que el nombre del padre y el segundo apellido de la madre de la cónyuge
son Hermenegildo y Mateus, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048293 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Haron José Pérez Morales, se ha dictado la
resolución N° 3253-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas del
nueve de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 937-2016. Resultando: 1º—...,
2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Gael Levi Pérez García, en el sentido
que el nombre del padre es Haron José.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048350
).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Iraida del Socorro Ugarte Chavarría, se ha
dictado la resolución N° 6752-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.
San José, a las ocho horas del once de diciembre de dos mil quince. Exp. N°
41900-2015. Resultando 1º—... 2º— ... Considerando: I.—Hechos Probados: ...
II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de
Deiby Abraham Meléndez Ugarte, en el sentido que el nombre de la madre es
Iraida del Socorro.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Lic.
Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048562 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Concepción del Carmen Quintanilla, se ha
dictado la resolución N° 6868-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas
cincuenta y cuatro minutos del veintitrés de diciembre de dos mil quince.
Expediente N° 42559-2015. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.-Hechos
probados:..., II.-Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Cristhofer David Rivas Quintanilla, en el sentido que el nombre y
el apellido de la madre son Concepción del Carmen Quintanilla, no indica
segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048566
).
Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas por
Bernon Córdoba López, se ha dictado la resolución N° 3456-2016 que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las doce horas treinta minutos del catorce de junio de
dos mil dieciséis. Expediente N° 6636-2016. Resultando 1.-..., 2.-...,
Considerando: I.-Hechos probados:..., II.-Sobre el fondo:... Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Bernon José Córdoba López, en
el sentido que el primer nombre es Vernon.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048595
).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Luz Johana Trujillo Urrutia, se ha dictado
la resolución N° 2361-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas once
minutos del diecinueve de abril de dos mil dieciséis. Exp. N° 27448-2014. Resultando:
1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por
tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Ericka Johanna Montiel
Trujillo, en el sentido que el nombre de la madre es Luz Johana.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—( IN2016048604 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por, Santos Ignacio Silva, único apellido, se ha
dictado la resolución N° 3254-2016, que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las diez horas treinta minutos del nueve de junio del
dos mil dieciséis. Exp. N° 2073-2016. Resultando 1º—…, 2º—…, Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el
asiento de matrimonio de, Santos Ignacio Silva no indica segundo apellido con
María Elsa Santana Avilés, en el sentido que el nombre y el apellido de la
madre del cónyuge son Ángela Silva, no indica segundo apellido.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048633 ).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por. María de los Ángeles Betanco,
no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución Nº 3132-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección
Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cuarenta y dos minutos del dos de
setiembre de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 4569-2013. Resultando: 1º—...,
2º—..., Considerando: I.—Hechos probados, II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Angie Gabriela Salinas Betanco, en el
sentido que el apellido de la madre… es “Betanco, no indica segundo
apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048653 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Leonel Ernesto López Centeno, se ha dictado
la resolución N° 3453-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas del catorce de
junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 38229-2015. Resultando: 1º—..., 2º—....
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de matrimonio de Leonel Ernesto López López, conocido
como Leonel Ernesto López Centeno con Gloria Cecilia Mejía Chaves, en el
sentido que el segundo apellido de la madre del cónyuge, consecuentemente el
segundo apellido del mismo es Centeno. Asimismo, déjese sin efecto el conocido
como del cónyuge en el precitado asiento.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048711
).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Flor de María Rizo Velásquez, se ha dictado
la resolución N° 2139-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas
cincuenta y ocho minutos del siete de abril de dos mil dieciséis. Exp. N°
53762-2015. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de
Ashley Brianna López Rizo, en el sentido que el nombre de la madre es Flor de
María.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048755 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Josefa
María Villega Mendoza, se ha dictado la resolución N° 5819-2015, que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las quince horas veinticinco minutos del veintiséis de
octubre del dos mil quince. Exp. N° 35465-2015. Resultando: 1º—..., 2º—… 3.—...
Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento de Angie Nayara Hurtado
Villegas y de Jensy María Hurtado Villegas, en el sentido que el primer
apellido de la madre es Villega.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048785 ).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sara Valeria Medrano Castillo,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 167-2013.
Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las
diez horas quince minutos del once de enero de dos mil trece. Ocurso.
Expediente N° 44045-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Ariana Yunaisy Balmaceda Medrano...; en el sentido que el nombre
de la madre... es “Sara Valeria”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048834 ).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yorleni Liseth López García, ha
dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1629-2010.
Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las diez
horas veinte minutos del veintiocho de julio del dos mil diez. Ocurso.
Expediente N° 23050-2010. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Johnny Alexánder Bustos López en el
sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Yorleni
Liseth” y no como se consignó.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048838 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por, Nellys Guadalupe Cuadra Jiménez, se ha dictado la resolución N° 3666-2016, que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las nueve horas del veintidós de junio del dos mil
dieciséis. Exp. N° 14334-2016. Resultando: 1º—…, 2º—..., Considerando I: Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de, Anthonny Bradley López Cuadra, en el sentido que el nombre de la
madre es Nellys Guadalupe.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1 vez.—( IN2016049039 ).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
José Rafael Díaz Rumie, mayor, casado, administrador de negocios,
chileno, cédula de residencia número 115200002031, vecino de Escazú,
Guachipelín, Residencial Condominio Cerro Alto, número 307, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 130478-2014.—San José, a las 12:26 horas del
19 de julio de 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2016048220 ).
Francis Damaris Orozco Díaz, mayor, soltera, trabajadora Manual de la
Municipalidad, nicaragüense, cédula de residencia N° 155804039636, vecina de
Barrio Cristo Rey de la escuela República de Nicaragua 200 al este y 50 al
norte casa mano izquierda portón negro, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.:
463-2016.—San José, 4 de julio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a.
í.—1 vez.—( IN2016048263 ).
Fernando Baquero García,
mayor, casado, Ingeniero Civil, colombiano, cédula de residencia N° 117000571535,
vecino de Curridabat, San José, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
134863-2015.—San José, 01 de julio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe
a. í.—1 vez.—( IN2016048508 ).
José David Echeverri
Sanabria, mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia N° DI
117001396710, vecino de San José, Pozos de Santa Ana de Vindi 100 norte,
residencial Montana condominio Hacienda Uno casa 24, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente Nº 137993-2015.—San José, 4 de julio de
2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe de a. í.—1 vez.—( IN2016048541 ).
Lucrecia Berenice Melero
Infante, mayor, casada, programadora informática, venezolana, cédula de
residencia N° 186200066713, vecina de 150 oeste de la Bomba los Ángeles,
Boulevard, Las Palmas rotonda 3 casa 90, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
467-2016.—San José, 15 de julio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a.
í.—1 vez.—( IN2016048647 ).
José Luis Martínez Rivas,
mayor, soltero, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia N°
155802578927, vecino de San José, Desamparados, San Rafael Abajo, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 637-2016.—San José, 20 de julio de
2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048665 ).
Luis Fernando Valencia
Encarnación, mayor, soltero, comerciante, panameño, cédula de residencia N°
159100221627, vecino de San José, San Sebastián 200 norte de Maxi Palí, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Expediente Nº 385-2016.—San José, 19 de julio de
2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048715 ).
Eduvige Sequeira Sequeira, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155815074931, vecina de Alajuela, Guatuso, San Rafael,
Silencio, 100 este del cementerio, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
135662-2015.—San José, 13 de junio del 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores,
Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048796 ).
R-DC-65-2016.—Contraloría General de la República.—Despacho
Contralor.—San José, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del catorce
de julio del dos mil dieciséis.
Considerando:
I.—Que de conformidad con lo dispuesto en la “Ley Reguladora de Gastos
de Viaje y Transporte de Funcionarios del Estado”, Nº 3462 de 26 de noviembre
de 1964, corresponde a la Contraloría General de la República regular dicha
materia y, en consecuencia, realizar las modificaciones que procedan, así como
revisar y ajustar periódicamente sus tarifas. Tal normativa contempla las
disposiciones generales a que deben supeditarse las erogaciones que, por
concepto de gastos de viaje y de transporte, realizan los funcionarios o
empleados del Estado y de las instituciones y empresas públicas o estatales,
cuando deben desplazarse dentro o fuera del país, en cumplimiento de sus
funciones.
II.—Que la Sala Constitucional, en resolución Nº 1997-05825 de 19 de
setiembre de 1997, refiriéndose al artículo 1º de la Ley Nº 3462, definió la
competencia de la Contraloría General de la República en esta materia.
III.—Que con base en la atribución contenida en el artículo 5º de la
Ley Nº 3462, este Órgano Contralor procedió a publicar en el Diario Oficial La
Gaceta Nº 120 del 22 de junio del 2016, el aviso sobre el proyecto de
modificación de los artículos 18 inciso d) (Tarifas en el interior del país),
19 (Otras localidades) y 34 (Tarifas en el exterior del país) del “Reglamento
de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos”, a fin de poder
recibir observaciones y objeciones de los interesados.
IV.—Que en razón de haberse atendido las observaciones recibidas con
motivo de la publicación aludida en el considerando III, esta Contraloría
General resuelve modificar los artículos referidos supra del “Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos” y, a su vez,
publicar el texto completo y actualizado del Reglamento citado en el sitio web
de la Institución (www.cgr.go.cr), ello con base en la atribución contenida en
el artículo 5º de la Ley Nº 3462, previo aviso en el Diario Oficial La
Gaceta.
RESUELVE:
1º—Modificar el artículo 18 inciso d), el artículo 19 y el artículo 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
2º—Informar, mediante aviso en el Diario Oficial La Gaceta, la
publicación íntegra del referido Reglamento en el sitio web de la Contraloría
General de la República (www.cgr.go.cr).
3º—Comunicar que la referida normativa entrará a regir a partir de la
publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta Digital.
Publíquese.
Marta E. Acosta Zúñiga, Contralora General de
la República.—1 vez.—O. C. Nº 160449.—Solicitud Nº 17307.—( IN2016051074 ).
Modificación Plan Anual de Adquisiciones 2016
La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los
interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan
Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al
siguiente programa presupuestario 09002 Escuela Nacional de Policía el cual se
encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en
el link de Comprared, así como en la dirección electrónica www.sicop.go.cr
San José 8 de agosto del 2016.—Dirección Proveeduría
Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. N°
3400027400.—Solicitud N° 62150.—( IN2016054076 ).
BCR SAFI
MODIFICACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO
2016
Para
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Oficina Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano,
Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N° 62013.—( IN2016053589 ).
COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA
Modificación Programa Anual de Adquisiciones 2016
De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de la Ley de
Contratación Administrativa y el artículo Nº 7 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el
período 2016, se proyecta contratar lo siguiente:
Para
ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Nota: Las adquisiciones se cancelarán con presupuesto propio del
Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, el cual está contemplado en el
Programa Anual de Gasto Ordinario. Dirección Financiera.
Licda. Mayela Guillén Garro, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 709.—Solicitud N° 62126.—( IN2016054082
).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales
proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000048-PROV
Compra de una Solución en Alta Disponibilidad
para Optimizar la
Infraestructura
Tecnológica del Poder Judicial
Fecha y hora de apertura: 12 de setiembre del 2016, a las 10:00 horas.
El cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente
publicación. Para ello, los interesados deben acceder a través de Internet, en
la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/, en el aparte de
invitación, y seleccionar el cartel en mención.
San José, 8 de agosto del 2016.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli
Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2016053736 ).
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente
procedimiento de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000170-PROV
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de centrales
telefónicas, bajo la modalidad según demanda
Fecha y hora de apertura: 2 de setiembre de 2016, a las 10:00 horas.
El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la
presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de
Internet, en la siguiente dirección:
www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.
San José, 09 de agosto de 2016.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa Proceso
de Adquisiciones.—1 vez.—( IN2016054184 ).
LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000033-01
Contratación de una solución tecnológica integral
en la nube, para comercio
electrónico
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a.m.) del 19 de setiembre, para la
“Contratación de una solución tecnológica integral en la nube, para comercio
electrónico.”
El cartel puede ser retirado sin costo adicional en la Oficina de
Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección General de Infraestructura
y Compras del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca a partir de esta
publicación.
La Uruca, 11 de agosto del 2016.—Proveeduría General.—Ing. Douglas
Noguera Porras, Supervisor Operativo.—1 vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N°
62120.—( IN2016054084 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-000160-01
Procesamiento y tratamiento de desechos reciclables y no
reciclables de cajeros
automáticos, alineados con las
normas ambientales vigentes por
las leyes actuales
según las autoridades competentes
El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las diez
horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del día jueves 18 de agosto de 2016,
para la licitación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el
buzón de la Oficina de Contratación Administrativa, ubicado en el tercer piso
de Oficinas Centrales, San José Avdas. 0 y 2, Calles 4 y 6.
El cartel de la contratación incluye las especificaciones técnicas y
condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de
atención de 09:00 a.m. a 4:00 p.m., asimismo lo puede obtener a través de la
página electrónica www.bancobcr.com
Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1
vez.—O. C. 65540.—Solicitud N° 62197.— ( IN2016054194
).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2016LN-000023-DCADM
Compra
de servidores
Apertura:
para las 10:00 horas del día 09 de setiembre del 2016. Retiro del cartel:
Oficinas Centrales, de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m., 6to piso,
División de Contratación Administrativa. Costo: ¢2.500.00 (dos mil quinientos
colones con 00/100).
División
Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—(
IN2016053154 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2016CD-000281-01
Contratación
de los Servicios de una firma especialista en
Recursos Humanos, para el apoyo a la Unidad de
Capital
Humano en el proceso de Reclutamiento y Selección de
personal dentro del Concurso Interno y/o
externos
para ocupar las plazas vacantes
en Auditoría Interna
El
Departamento de Proveeduría del INCOP invita a participar en la Contratación
Directa 2016CD-000281-01 para la “Contratación de servicios de una firma
especialista en Recursos Humanos, para el apoyo a la Unidad de Capital Humano
en el proceso de Reclutamiento y Selección de personal dentro del Concurso Interno y/o externos para
ocupar las plazas vacantes en Auditoría Interna”.
Los
interesados en participar en esta Contratación podrán solicitar el Pliego de
Condiciones al correo jbravo@incop.go.cr a partir de la publicación de este
aviso.
El
plazo para la recepción de ofertas vence el día 22 de agosto del 2016 a las
10:00 horas en la Oficina de Proveeduría del INCOP en Puerto Caldera.
Mba.
Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. N° 28315.—Solicitud N° 61994.—( IN2016053195 ).
LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000003-99999
Compra de papel para la editorial bajo demanda
La Universidad Estatal a Distancia requiere Adquirir diferentes tipos
de papeles y cartulinas, necesarios para la adecuada operación de la Editorial
de la UNED, bajo el sistema de entrega según demanda por un período de 2 años
prorrogable por 2 periodos adicionales para un total de 6 años.
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por
escrito, hasta las 10:00 horas del 08 de setiembre del 2016.
Los interesados tienen el Cartel a disposición vía Internet, en forma
gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de
Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de
Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero
céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED,
sita, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla,
Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos, 2253-2907 y 2224-6739.
Sabanilla, 08 de agosto del 2016.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche,
Jefa.—1 vez.— ( IN2016053739 ).
GERENCIA DE PENSIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000002-9121
Desinstalación de equipos actuales de Aire Acondicionado, compra,
instalación, puesta en marcha y mantenimiento
de equipos de Aire Acondicionado
del Edificio Jorge
Debravo de la Gerencia de
Pensiones de la Caja
Costarricense del Seguro Social
El Área Administrativa de la Dirección Financiera Administrativa con
base en la decisión de inicio número AA-1159-2016 suscrita en fecha 5 de agosto
2016 invita a todos los interesados a participar en el siguiente concurso:
Licitación Abreviada N° 2016LA-000002-9121 por concepto de “Desinstalación de
equipos actuales de Aire Acondicionado, compra, instalación, puesta en marcha y
mantenimiento de equipos de Aire Acondicionado del Edificio Jorge Debravo de la
Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense del Seguro Social”.
Se recibirán ofertas hasta el día 30 de agosto del 2016 en el Área
Administrativa de la Gerencia de Pensiones, 2do piso del Edificio Jorge
Debravo. La apertura se realizará el día 30 de agosto 2016 a las 10:15 a. m.
Área Administrativa de la Gerencia de Pensiones, Segundo piso del Edificio
Jorge Debravo.
El cartel se puede adquirir en el Área Administrativa de la Gerencia
de Pensiones, en el segundo piso del edificio Jorge Debravo ubicado en la
avenida 8 calle 21, San José. El día para la visita al sitio se realizará el
día jueves 18 de agosto 2016 las 10:00 a. m., en el segundo piso del Edificio
Jorge Debravo con el Ing. Brayan Cairol Delgado.
San José, 8 de agosto 2016.—Lic. Rebeca Watson
Porta, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2016053564 ).
HOSPITAL
DR. MAX TERÁN VALLS
TIPO DE PROCEDIMIENTO:
LICITACIÓN ABREVIADA (ART.97 R.L.C.A.)
N° 2015LA-000007-2308
Instrumental médico para uso en sala de operaciones
y otros repuestos para equipos
de sala de operaciones
del Hospital Dr. Max Terán Valls
Comunicación acto final
La Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Hospital
Dr. Max Terán Valls, en atención a Resolución Administrativa N° 018-2016 de
fecha 03-08-2016 dictada por el Director Administrativo y Financiero de este
Centro Hospitalario resuelve adjudicar el concurso en marras.
Para lo cual, se les comunica a los interesados en el presente
concurso el resultado del mismo, disponible en nuestra página Web, en la
siguiente dirección:
http:
//www.ccss.sa.cr/licitaciones detalle?up=2308f:ttipo=ADJ.
Quepos, 4 de agosto del 2016.—Subárea de Planificación y Contratación
Administrativa.—Licda. Ana Liseth Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(
IN2016053738 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2016LN-000004-2101
Camas hospitalaria eléctrica y manual, que
promueve la Dirección de
Enfermería
Se informa a los interesados a participar en la Licitación Pública
Nacional N° 2016LN-000004-2101, por concepto de camas hospitalaria eléctrica y
manual, que promueve la Dirección de Enfermería, que ya se encuentran
disponibles las modificaciones. Las cuales se puede adquirir en la
Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia; ubicada 100
metros oeste, del Instituto Meteorológico Nacional o 100 metros oeste, de la
entrada del Servicio de Admisión costado noroeste del Hospital.
San José, 09 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano,
Coordinador.— 1 vez.—( IN2016054090 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
N° 2016LN-000002-2101
Reactivos varios para la determinación de pruebas hormonales
y pruebas especiales, que
promueve el Servicio
de Laboratorio de Hormonas
Se informa a los interesados a participar en la Licitación Pública
Nacional N° 2016LN-000002-2101, por concepto de Reactivos varios para la
determinación de pruebas hormonales y pruebas especiales, que promueve el
Servicio de Laboratorio de Hormonas, que ya se encuentran disponibles
aclaraciones y modificaciones. Las cuales se puede adquirir en la
Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia; ubicada 100
metros oeste, del Instituto Meteorológico Nacional o 100 metros oeste, de la
entrada del Servicio de Admisión; costado noroeste, del Hospital.
San José, 9 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano,
Coordinador.— 1 vez.—( IN2016054091 ).
HOSPITAL
MÉXICO
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000048-2104
Por
la adquisición de: Lenalidomida
25 mg cápsulas
Se
comunica fecha de recepción de ofertas el 19 de agosto del 2016, a las 09:00 a.
m.
San José, 09 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Msc. Denny Miranda Boza, Jefe a. í.—( IN2016054131 ).
COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000057-03
Compra de motores eléctricos y dispositivos
de arranque de motores
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental
del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito
hasta las 10:00 horas del 19 de agosto del 2016. Los interesados podrán retirar
el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones
sita en Naranjo, Alajuela; 300 metros al sur, del cruce de Cirrí, o bien ver la
página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62092.—(
IN2016053997 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2016CD-000090-10
Compra de estante de acero inoxidable
El Proceso Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto
Nacional de Aprendizaje recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta
las 9:00 horas del 22 de agosto del 2016. Los interesados podrán retirar el
pliego de condiciones, el cual es gratuito y está a disposición de los
interesados en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del
INA, ubicada 300 metros este y 25 norte, del Parque Central de Cartago. Ver
página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/ConsultaCarteles/.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62094.—(
IN2016054066 ).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA 2016CD-000278-01
Contratación de servicios de monitoreo de noticias del INA
y publicidad contratada por el
INA en medios de comunicación
como radio, prensa escrita,
medios digitales y televisión
El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional
de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del
17 de agosto del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones
el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5
kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA,
dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62096.—(
IN2016054074 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO NACIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000003-00300
(SICOP:
2016LN-000001-0009600001)
Construcción IV etapa del Edificio
Archivo Nacional
La Proveeduría Institucional del Archivo Nacional comunica a los
interesados la adjudicación del concurso para construir el edificio que
albergará la IV etapa del Archivo Nacional. El trámite se encuentra disponible
a través del sitio Web SICOP en la siguiente dirección electrónica https://www.sicop.go.cr. Se adjudica esta licitación a
la empresa Constructora Navarro & Avilés S. A cédula jurídica 3-101-058433
por un monto de ¢1.698.000.000,00 (mil seiscientos noventa y ocho millones de
colones exactos).
San José, 11 de agosto del
2016.—Proveeduría.—Lic. Graciela Chaves Ramírez, Proveedora
Institucional.— 1 vez.—( IN2016053992 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de
contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión 74-16 del 4 de agosto de 2016, artículo IV, se dispuso
adjudicarlo de la forma siguiente:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000133-PROV
Compra de UPS para el edificio de los Tribunales de Cartago
A: Consorcio Power Solutions S. A., cédula jurídica
3-101-423076, con un precio total adjudicado de $31.400,00. Demás
características y condiciones según cartel.
San José, 09 de agosto del 2016.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly
Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2016054185 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2015LN-000018-DCADM
(Comunicación de Adjudicación)
Contratación
de servicios profesionales para notariado externo
La
División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal, hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Pública Nº
2015LN-000018-DCADM, que la Comisión de Licitaciones Públicas, mediante Acta Nº
778-2016 del 04 de agosto del 2016, resolvió adjudicar la presente licitación
en los siguientes términos:
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Garantía
de cumplimiento: cada adjudicatario deberá rendir la correspondiente garantía
de cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de
la adjudicación del concurso por un monto de ¢1.000.000,00 (un millón de
colones con 00/100) y con una vigencia de 50 meses.
Demás
condiciones y requisitos de conformidad con el cartel definitivo, las ofertas
de los adjudicatarios, el informe de adjudicación N° 80-2016 y el documento
contractual que se suscribirá entre las partes.
Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—( IN2016053156
).
BENEMÉRITO
CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2016LN-000004-UP
Servicios
de mantenimiento preventivo y correctivo
para los equipos auxiliares de combustión
interna de 2 y 4
tiempos del Cuerpo de Bomberos de Costa Rica
Se
comunica a los interesados que la Unidad de Proveeduría mediante oficio
CBCR-023025-2016-PRB-01144 del 03 de agosto de 2016 acordó adjudicar la
licitación referida a la Oferta N° 2: Motores Cronos S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-609184, por un monto máximo anual: ¢84.000.000,00.
Lo anterior
constituye un resumen de la adjudicación cuyo detalle completo podrá ser
consultado en el expediente el cual se encuentra a disposición de los
interesados en nuestras oficinas ubicadas en el segundo piso del edificio
central del Cuerpo de Bomberos, en San José, avenida 3, calle 18; costado
norte, de la terminal de buses del mercado de la “Coca Cola”.
Unidad de Proveeduría.—Lic. Jéssica Delgado
López, Jefa.—1 vez.—( IN2016053040 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000010-01
Proyecto de Renovación Tecnológica-Infraestructura
de Red II Parte
El Departamento de Proveeduría del INCOP comunica que la Gerencia
General mediante oficio CR-INCOP-GG-2016-0866 dispuso avalar la adjudicación de
la Licitación Abreviada 2016LA-000010-01 para el “Proyecto de Renovación
Tecnológica-Infraestructura de Red II Parte” a la oferta presentada por la
empresa Quicknet FRL & Solutions S. A., por un monto de $40.396,94
(cuarenta mil trescientos noventa y seis dólares con 94/100).
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor
General.— 1 vez.—O. C. N° 28315.—Solicitud N°
62148.—( IN2016054078 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SIMPLIFICADA
N° 2015LPNS-000002-PMIUNABM
(Comunicación de adjudicación)
Residencias y obras deportivas Campus Nicoya
País: Costa Rica
Proyecto: Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior.
Nº del préstamo: 8194-CR-UNA
Alcance del contrato: Residencias y Obras Deportivas Campus Nicoya
Número de licitación: Licitación Pública Nacional Simplificada N°
2015LPNS-000002-PMIUNABM
La Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional comunica a los
proveedores que participaron en la contratación 2015LPNS-000002-PMIUNABM
Residencias y Obras Deportivas Campus Nicoya, que mediante resolución número
UNA-PI-D-RESO-807-2016, de las quince horas del día tres de agosto del dos mil
dieciséis, se dispuso adjudicar el concurso según la siguiente información:
Los licitantes que presentaron ofertas y los precios que se leyeron en
voz alta en el acto de apertura de las ofertas, son los siguientes:
Consorcio Metriz Umaña, por un monto de $2.856.208,54
dólares.
Loto Ingenieros Constructores S.
A., por un monto de ¢1.680.836.413,59 colones.
Acuerdo consorcial (USA-CR-2015), por un monto de
¢1.225.476.673,35 colones.
Torres e Ingenieros S. A., por un monto de $3.603.379,00
dólares.
Navarro y Avilés S. A., por un monto de
¢1.781.515.000,00 colones
Diseño, Ingeniería y
Arquitectura, DIA S. A., por un monto de ¢1.949.000.000,00 colones.
Ingeniería GAIA S. A., por un monto de
¢1.631.121.348,42 colones.
Consorcio SOGEOSA-TILMON, por un monto de
¢1.756.454.355,42 colones.
Los nombres de los licitantes
cuyas ofertas fueron evaluadas y precios evaluados de cada oferta evaluada son:
Consorcio Metriz Umaña, por un monto de $2.856.208,54
dólares.
Loto Ingenieros Constructores S.
A., por un monto de ¢1.680.836.413,59 colones.
Acuerdo consorcial (USA-CR-2015), por un monto de
¢1.225.476.673,35 colones.
Torres e Ingenieros S. A., por un monto de $3.603.379,00
dólares.
Navarro y Avilés S. A., por un monto de
¢1.781.515.000,00 colones
Diseño, Ingeniería y
Arquitectura DIA S. A., por un monto de ¢1.949.000.000,00 colones.
Ingeniería GAIA, S. A., por un monto de
¢1.631.121.348,42 colones.
Consorcio SOGEOSA-TILMON, por un monto de
¢1.756.454.355,42 colones.
El nombre de los licitantes cuyas ofertas fueron rechazadas y las
razones de su rechazo son los siguientes:
Consorcio Metriz-Umaña: No presenta la certificación
de Personería Jurídica y certificación de fecha de constitución de la empresa.
Si bien estas omisiones pueden referirse a aspectos subsanables, estos no se
solicitaron debido a que existe un incumplimiento mayor que se describe a
continuación:
En el apartado Garantía del
Proyecto de las Especificaciones Técnicas de los documentos de licitación, se
solicita que: “El oferente deberá ofrecer una garantía general de 3 años en la
obra civil y 3 años en pintura, además de 1 año en los equipos, todo a partir
de la recepción provisional de las obras”. No obstante el oferente, en el
apartado “9. Garantía de las Obras” de la oferta, presenta una nota que indica
expresamente: “todos nuestros trabajos tienen una garantía de seis (6) meses a
partir de la recepción provisoria de la obra”. De esta forma al ser la garantía
ofrecida por el licitante inferior a la garantía requerida en los documentos de
licitación se presenta una desviación sustancial que afecta el objeto del
contrato.
Ingeniería GAIA S. A.: No presenta la certificación
de Personería Jurídica, fichas técnicas, facturas proformas de equipos en
general y factura proforma de la planta de tratamiento solicitadas en las
Especificaciones Técnicas, tampoco presenta el flujo-grama o cronograma
financiero indicado en el punto 4.4, Plan de trabajos e inversiones del cartel.
No indica la aceptación de las garantías adicionales solicitadas para las
líneas 1.4, 1.5 y 3.1 del Cuadro de Cantidades y Costos de Equipos y del
tablero de baloncesto indicado en las Especificaciones Técnicas. Si bien estas
omisiones pueden referirse a aspectos subsanables, estos no se solicitaron
debido a que existe un incumplimiento mayor que se detalla a continuación:
En el Cuadro de Cantidades y
Costos de Obra Civil omite las primeras 11 líneas, que corresponden a los ítems
de trabajos preliminares necesarios para la debida realización del objeto
contractual, entre los que se mencionan: “bodega, instalaciones provisionales,
movimiento de tierras, demolición de parqueo de bicicletas y botada de
escombro, trazado residencias”. Lo anterior representa una desviación
significativa en la cuantificación de la obra a construir, puesto que estos
rubros representan un porcentaje importante dentro de las obras constructivas,
modificando forma sustancial el objeto del contrato.
Torres e Ingenieros S. A.: El formulario de la oferta
presentado no está firmado por el representante legal de la empresa. No
presenta flujo-grama o cronograma financiero solicitado en el punto 4.4. “Plan
de trabajos e inversiones” del cartel, no indica la descripción de la planta de
tratamiento, ni las garantías adicionales solicitadas para las líneas 1.4, 1.5
y 3.1 del Cuadro de Cantidades y Costos de Equipos y el tablero de baloncesto
solicitado en las Especificaciones Técnicas. Si bien estas omisiones pueden referirse
a aspectos subsanables, estos no se solicitaron debido a que existe un
incumplimiento mayor que se detalla a continuación:
En el Cuadro de Cantidades de
Obra Civil omite el ítem 92.05 (9 bancas tipo 1) y en los siguientes ítems
presenta una variación de cantidades que no pueden considerarse errores de
digitación: línea 43.01 (indicó 33 m2 y eran 59 m2), línea 43,02 (indicó 59 m2
y eran 33m2), línea 43.03 (indicó 43m2 y eran 59m2) y línea 43.04 (indicó 59m2
y eran 43m2). Las variaciones anteriores representan una desviación
significativa en la cuantificación de la obra a construir, ya que estos rubros
representan un porcentaje importante dentro de las obras constructivas,
modificando forma sustancial el objeto del contrato.
El nombre del licitante seleccionado,
el precio cotizado, plazo de entrega y objeto del contrato adjudicado, es:
Se adjudica a Acuerdo Consorcial
(USA-CR-2015), la Construcción de Residencias y Obras Deportivas Campus Nicoya,
por un monto de ¢1.225.476.673,35 (mil doscientos veinticinco millones
cuatrocientos setenta y seis mil seiscientos setenta y tres colones con 35/100)
plazo de ejecución de las obras es de 365 días naturales contados a partir de
la orden de inicio de las obras.
Adicionalmente, se comunica que de acuerdo al punto 2.65 “Información
sobre adjudicaciones por el prestatario”, de las Normas de Adquisiciones de
Bienes, Obras y Servicios Distintos a los de Consultoría con Prestamos del
BIRF, Créditos de la AIF y Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial,
cualquier licitante que desee corroborar las consideraciones sobre las cuales
su oferta no fue seleccionada, debe dirigir su solicitud al prestatario, si un
licitante solicita una reunión de aclaración, éste debe asumir todos sus costos
para asistir a la reunión.
Heredia, 08 de agosto del 2016.—Proveeduría Institucional.—M.A.P.
Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. N° P0026418.—Solicitud N°
62165.—( IN2016054183 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SIMPLIFICADA
Nº EDU
ITCR-219-PS-B-2015LPNS-0005-APITCRBM
(Resolución de adjudicación)
Adquisición de equipo electrónico y línea blanca
para Edificio Residencias
Estudiantiles
El Instituto Tecnológico de Costa Rica informa que: en lo concerniente
a la Licitación Pública Nacional Nº EDU ITCR-219-PS-B-2015LPNS-0005-APITCRBM
“Adquisición de equipo electrónico y línea blanca para Edificio Residencias
Estudiantiles”, con fecha 05 de agosto del 2016, la Rectoría resolvió lo
siguiente:
1. Rechazar la oferta presentada por la empresa: ProRepuesto PHI S.
A., que se presentó en el proceso licitatorio para la Licitación Pública
Nacional Simplificada Nº EDU ITCR-219-PS-B-2015LPNS-0005-APITCRBM “Adquisición
de equipo electrónico y línea blanca para Edificio Residencias Estudiantiles”,
según las normas de adquisiciones del Banco Mundial. Lo anterior, dado que fue
la única oferta que se recibió y en la cual se cotizó parcialmente el lote Nº 1
y según lo establecido en la cláusula 3.1.4 de las Instrucciones a los
Licitantes, se debe cotizar el 100% de los artículos indicados en cada lote y
el 100% de las cantidades indicadas para cada artículo. Por lo tanto se debe
relanzar un nuevo proceso licitatorio.
Cartago, 08 de agosto del 2016.—Departamento
de Aprovisionamiento.—Licda. Kattia Calderón Mora, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
20163145.—Solicitud Nº 62067.—( IN2016053735 ).
HOSPITAL DE LA ANEXIÓN, UP: 2503
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA: 2016LA-000004-2503
Insumos varios de anestesia, central de esterilización
y equipos y sala de operaciones”
Comunica que se ha prorrogado la fecha de emisión del Acto de
Adjudicación del concurso 2016LA-000004-2503 “Insumos varios de Anestesia,
Central de Esterilización y equipos y Sala de operaciones”, quedando como fecha
máxima para adjudicar el día viernes 02 de setiembre, 2016.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones
Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Yorleny
Zúñiga Ramírez, Coordinadora.—1 vez.—(IN2016053951 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000017-2101
Mantenimiento preventivo y correctivo
para varios equipos
La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael
Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se
resolvió adjudicar la contratación de la siguiente manera:
Empresa adjudicada: Multiservicios Electromédicos S. A., ítems:
1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7. Monto Adjudicado: $39.750,00. Monto en letras: Treinta y
nueve mil setecientos cincuenta con 00/100 dólares. Entrega: Según cartel.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 9 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—( IN2016054089 ).
HOSPITAL
SAN VICENTE DE PAÚL
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000013-2208
Por mantenimiento preventivo y correctivo
para esterilizadores a vapor
La
Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl,
comunica, el resultado del concurso de la Licitación Abreviada
2016LA-000013-2208 por “Mantenimiento preventivo y correctivo para
esterilizadores a vapor”, se adjudica a la Empresa:
Elvatron S. A.
Ítem
Nº 1
Monto total: $61.600.00
(sesenta y un mil seiscientos dólares exactos).
Heredia,
08 de agosto del 2016.—Dirección Administrativa.—MSc. Óscar Montero Sánchez,
Director Administrativo y Financiero.—1 vez.—( IN2016054124 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
UNIDAD REGIONAL HUETAR NORTE
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-06
Compra de montacargas y accesorios
(elevador de tijera eléctrico y
montacargas)
La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional
Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su acta Nº 14-2016, del
día 08 de agosto del 2016, artículo III, tomó el siguiente acuerdo de
conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y administrativo, según
detalle:
Adjudicar las líneas del
concurso de la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000004-06, para la “Compra de
montacargas y accesorios (Elevador de tijera eléctrico y montacargas)”, a la
empresa: Tecadi Internacional S. A. las líneas: 1 y 2, por un monto de
$50.737,00 (cincuenta mil setecientos treinta y siete dólares) con plazo de
entrega de 60 días hábiles, por cumplir técnicamente con lo solicitado en el
cartel de Licitación y obtener el mayor puntaje de acuerdo a los elementos de
adjudicación y metodología de comparación de ofertas.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de
Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62088.—(
IN2016053979 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000003-06
Compra de maquinaria para trabajar
la madera y sus derivados
La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional
Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su acta Nº 13-2016, del
día 04 de agosto del 2016, artículo III, tomó el siguiente acuerdo de
conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y administrativo, según
detalle:
Adjudicar las líneas del concurso de la Licitación Abreviada Nº
2016LA-000003-06, para la “Compra de maquinaria para trabajar la madera y sus derivados”, a las empresas: Tecnosagot
S. A., las líneas: 12, 17 y 18, por un monto de ¢2.326.825,00 (dos millones
trescientos veintiséis mil ochocientos veinticinco colones netos) con plazo de
entrega de 25 días hábiles; Aceros Carazo Reimers S. A., las líneas: 2,
3, 10, 13 y 20, por un monto de $20.892,00 (veinte mil ochocientos noventa y
dos dólares) con plazo de entrega de 70 días hábiles; Indianápolis S. A.,
las líneas: 1, 4 y 8, por un monto de ¢1.119.300,00 (un millón ciento
diecinueve mil trescientos colones netos) con plazo de entrega de 25 días
hábiles. Capris S. A., las líneas: 11, 15 y 16 por un monto de
¢4.435.752,20 (cuatro millones cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos
cincuenta y dos colones con veinte) con plazo de entrega de 70 días hábiles,
por cumplir técnicamente con lo solicitado en el cartel de Licitación y obtener
el mayor puntaje de acuerdo a los elementos de adjudicación y metodología de
comparación de ofertas. Además se Declaran Infructuosas las líneas: 5, 6, 7, 9,
14 y 19.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. 24626.—Solicitud N° 62089.—( IN2016053983
).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000017-02
Compra de Equipo de Electrónica
para Telecomunicaciones
La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional
Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 021-2016,
celebrada el 8 de agosto del 2016, artículo III tomó el siguiente acuerdo:
Adjudicar la Licitación Abreviada N° 2016LA-000017-02, “Compra de
Equipo de Electrónica para Telecomunicaciones”, basados en el dictamen técnico
NE-PGA-370-2016, realizado por la dependencia responsable de analizar las
ofertas, el dictamen legal AL-URCO-146-2016; así como los elementos de
adjudicación consignados en el punto 13 del cartel, de la siguiente manera:
Al oferente Nº 1: Sistemas Binarios de Costa Rica S. A., las
líneas Nº 6 y 7, por un monto de $5.257,00 por cuanto cumple técnicamente con
lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada;
además su precio se considera razonable.
Al oferente Nº 4: Comcast Mesoamérica S. A., la línea Nº 1 y 4,
por un monto de $3.200,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en
el cartel y especificaciones técnicas para las líneas indicadas; además su
precio se considera razonable.
Al oferente Nº 5: GBM de Costa Rica S. A., la línea Nº 8, por
un monto de $42.049,30 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el
cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se
considera razonable.
Al oferente Nº 6: Coasin Costa Rica S. A., la línea Nº 2, 3 y
5, por un monto de $15.409,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado
en el cartel y especificaciones técnicas para las líneas indicadas; además su
precio se considera razonable.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62090.—(
IN2016053995 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000016-02
Compra de equipo de comunicación
La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional
Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 021-2016,
celebrada el 08 de agosto del 2016, artículo II tomó el siguiente acuerdo:
Adjudicar la Licitación Abreviada 2016LA-000016-02, “Compra de Equipo
de Comunicación”, basados en el dictamen técnico USST-ADQ-326-2016, realizado
por la dependencia responsable de analizar las ofertas, el dictamen legal
AL-URCO-147-2016; así como los elementos de adjudicación consignados en el
punto 13 del cartel, de la siguiente manera:
Al oferente Nº 4: SPC Internacional S. A., la línea Nº
2, por un monto de $71.250,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado
en el cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su
precio se considera razonable.
Línea infructuosa: Nº 1, por incumplimientos técnicos.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62091.—( IN2016053996
).
COMPRA
DIRECTA Nº 2016CD-000106-07
(Infructuoso)
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo
del sistema de circuito cerrado
CCTV del
Centro Nacional Especializado
Náutico Pesquero
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del
Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el concurso de la Compra
Directa N° 2016CD-000106-07 “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo
del sistema de circuito cerrado CCTV del Centro Nacional Especializado Náutico
Pesquero”, se declara Infructuoso, según acta del Proceso de Adquisiciones Nº
128-2016 del día 5 de agosto de 2016, de acuerdo a estudio técnico
URMA-PSG-630-2016.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62093.—(
IN2016054065 ).
COMPRA
DIRECTA 2016CD-000047-03
Compra de detergentes y desinfectantes para áreas
de procesamiento de alimentos
El Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional
Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje Ing. Fabián Zúñiga
Vargas en el Acta N° 039-2016, celebrada el día 05 de agosto del 2016, artículo
I, tomó el siguiente acuerdo:
Adjudicar la Compra Directa 2016CD-000047-03, Compra de Detergentes y
Desinfectantes para áreas de Procesamiento de Alimentos, en los siguientes
términos, según estudios técnicos NSIA-PGA-231-2016 y estudio administrativo
URCOC-PS-J-0061-2016:
Empresa |
Líneas
asignadas |
Monto (¢) |
Plazo de
Entrega |
|
Distribuidora Florex Centroamericana S. A. |
1-3-6-7-8 y 9 |
¢1.063.469,00 |
10 días
hábiles |
|
Infructuosa |
2 y 4 |
¢0.00 |
|
|
Desierta |
5 |
¢0.00 |
|
|
Total |
|
|
¢1.063.469,68 |
|
Motivos |
Cantidad |
Líneas |
|
|
Incumplen técnicamente |
2 |
2 y 4 |
|
|
Interés institucional |
1 |
5 |
|
|
Total |
3 |
|
|
|
• Se declaran Infructuosas las líneas Nº 2 y Nº 4 porque los
oferentes no cumplen técnicamente y se declara desierta la línea Nº 5 por
intereses institucionales.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62095.—(
IN2016054073 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000013-02
Contratación de los servicios para la implementación
de escritorios virtuales
Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según acuerdo
tomado por la Gerencia General de RECOPE, mediante oficio GG-0511-2016, de
fecha 3 de agosto del 2016, de acuerdo con el siguiente detalle:
Oferta N° |
Uno (1) Base 3-C |
Oferente: |
Componentes El Orbe S. A. |
Apoderada General: |
Jeannette Marín Cantarero |
Monto total: |
$370.013,53 impuestos incluidos |
Descripción: |
Oferta Base 3-C: Ampliación de
la infraestructura para la implementación de los escritorios virtuales en los
centros de datos del Edificio Hernán Garrón, Oficinas Centrales y del Plantel
El Alto y la publicación de éstos en el portal empresarial de RECOPE. |
Demás condiciones conforme el
cartel y la oferta. Detalle: Equipos: • Ocho (8) Servidores para escritorios virtuales marca Hewlett
Packard Enterprise, modelo HPE Proliant DL360 Generation9 (Gen9) de última
generación liberada por el fabricante, con orden especial a fábrica para
cubrir con lo solicitado, con tarjeta controladora HP H240 incorporada.
Precio unitario $19.951,29 s.i.v., precio total $180.359,63 i.v.i. • Ocho (8) Tarjetas Aceleradoras de Gráficos – HPE Nvidia Quadro
M4000, Graphics Accelerator. Precio unitario $966,31s.i.v., precio total
$8.735,48 i.v.i. • Dos (2) Servidores marca HPE modelo HPE Proliant DL360
Generation9 (Gen9) de última generación liberada por el fabricante, con orden
especial a fábrica para cubrir con lo solicitado. Precio unitario $16.431,08
s.i.v., precio total $37.134,24 i.v.i. • Instalación de los servidores: Precio unitario y total
$2.800,00 exento del impuesto de ventas. Licenciamiento: • Trescientos treinta (330) licencias VMWare Horizon 7 Enterprise (Named Users).
Precio unitario $250,91, precio total $82.799,06 exento de impuesto de
ventas. • Trescientos treinta (330) Production Support/Subscription for
VMware Horizon 7 Enterprise (Named Users) for 1 year. Precio unitario $98,14,
precio total $32.385,12 exento del impuesto de ventas. • Un (1) servicio de implementación de Escritorios Virtuales de
acuerdo a lo solicitado en el cartel. Precio unitario y total $12.360,00
exento del impuesto de ventas. • Un (1) servicio de publicación de Escritorios Virtuales de
acuerdo a lo solicitado en el cartel. Precio unitario y total $6.430,00
exento del impuesto de ventas. • Un (1) servicio de Instalación y Configuración del portal de
Workspace Horizon de VMware de acuerdo a lo solicitado en el cartel. Precio
unitario y total $5.810,00 exento del impuesto de ventas. |
|
Capacitación: de acuerdo a lo
solicitado en el cartel. Precio unitario y total $1.200,00 exento del
impuesto de ventas. Demás especificaciones
conforme la oferta y el cartel respectivo. |
|
Forma de pago: |
Crédito a treinta (30) días,
mediante transferencia bancaria,
cancelándose un 75% del valor de los equipos contra la entrega de los
mismos y el 25% restante, así como el resto de las actividades se cancelarán
contra la entrega del diseño, implementación y capacitación a
satisfacción de RECOPE. |
Tiempo de entrega: |
Suministro e implementación:
Cuarenta y cinco (45) días naturales. |
Lugar de entrega e instalación: |
Edificio Hernán Garrón y
Plantel El Alto de Ochomogo. |
Garantía: |
• Equipos: Cinco (5) años, con un horario de
atención de cuatro (4) horas, con seis (6) horas garantizadas para
sustitución de partes, siete (7) días a la semana y trescientos sesenta y
cinco (365) días al año, emitida por el fabricante y en el sitio donde estén
instalados los equipos. |
|
• Implementación de la solución: Doce (12)
meses, con atención las veinticuatro
(24) horas del día y trescientos
sesenta y cinco (365) días al año. |
|
• Software: Un (1) año, por
parte del fabricante de la marca VMware de acuerdo con el licenciamiento
suministrado, incluyendo derecho a actualizaciones de versiones y derecho
para abrir casos con el fabricante con un tiempo de respuesta de 4 horas como
máximo. Estas garantías rigen a partir
de la aceptación y puesta en operación, tanto para los materiales, equipos y
componentes como para la instalación. |
Notas importantes:
1º—El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total
adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha
probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando los demás
requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de la Contratación
Administrativa y su Reglamento.
2º—El presente concurso se formalizará con el respectivo pedido, el
cual deberá ser aprobado internamente por la Dirección Jurídica de RECOPE. A
efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies fiscales de ley,
en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el
contratista.
3º—El adjudicatario durante el proceso de formalización de este
concurso deberá aportar la personería jurídica conforme se señala en el
apartado 1.11.1.1 del cartel.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del
sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y
contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1
vez.—O. C. N° 2015004132.—Solicitud N° 62164.—( IN2016054181 ).
MUNICIPALIDAD
DE POÁS
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2016CD-000097-ASISTA
Contratación
para los servicios de administración
y operacionalidad del Cecudi ubicado en el
distrito
de Sabana Redonda del cantón de Poás
La
suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo Municipal de la
Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del cantón de
Poás, en su sesión ordinaria Nº 014-2016 celebrada el 03 de agosto del 2016, en
forma unánime y definitivamente aprobado, tomó el Acuerdo N° 216-08-2016 para
adjudicar a María Vanessa Arias Fallas con cédula de identidad número
1-1032-0274 el proceso de Contratación Directa concursada 2016CD-000097-ASISTA
“Contratación para los servicios de administración y operacionalidad del Cecudi
ubicado en el distrito de Sabana Redonda del cantón de Poás. Publíquese en el
diario oficial La Gaceta. Acuerdo unánime y definitivamente aprobado.
Publíquese
en el Diario Oficial La Gaceta.
San
Pedro de Poás, 04 de agosto 2016.—Roxana Chinchilla F., Secretaria.—1 vez.—(
IN2016053962 ).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
En atención al documento DFE-AMTC-1822-08-2016 del Área de
Medicamentos y Terapéutica Clínica, se modifica las fichas técnicas de los
siguientes medicamentos abajo descritos:
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Las Fichas Técnicas citadas se encuentran disponibles en la Subárea de
Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 12 del Edificio
Laureano Echandi, Oficinas Centrales, Caja Costarricense de Seguro Social.
Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios.—Lic. Mauricio
Hernández Salas, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 6479.—( IN2016054110
).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN FINAL 0003-2016
COMPRA 2012LN-000006-2101
Concepto de lavado y planchado de gabachas
El Área de Gestión de Bienes Servicios de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 204 y 212 y siguientes y concordantes del Reglamento de
Contratación Administrativa, procede en esta vía a comunicar que mediante
resolución final N° 003-2016, del 09 de junio de 2016, la firmeza de la sanción
por inhabilitación que cubre todas las contrataciones que realizar con la
administración pública por un periodo de tres años, a la empresa Lavandería
Lavamas S. A., con base en artículo 100 inciso i) de la Ley de Contratación
Administrativa, en el código 0-06-10-0072. Notifíquese.
San José.—Área de Gestión de Bienes y Servicio.—Licda. Laura Torres
Carmona.—1 vez.—( IN2016054088 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA
SANTA GERTRUDIS SUR
La Junta de Educación de la Escuela Santa Gertrudis Sur, con cédula
jurídica número: 3-008-066940 invita a todas las y los interesados en formar
parte del Registro de Proveedores, para la compra de alimentos del comedor estudiantil
de dicha institución en tres módulos: frutas y verduras, abarrotes y productos
cárnicos. Lo anterior para el ejercicio económico 2017. Las solicitudes se
recibirán hasta las dieciséis horas del treinta y uno de agosto de dos mil
dieciséis, el formulario y pliego de requisitos estará a disposición de las y
los interesados en la oficina principal de la Escuela Santa Gertrudis Sur en
Santa Gertrudis Sur, Grecia, Alajuela, a partir de la publicación del
respectivo aviso en el horario de 07:00 a.m. a 04:00 p.m., y no tendrá ningún
valor económico. Es todo. Publíquese.
Lic. Alexis Rafael Castrillo González,
Presidente.—1 vez.—( IN2016054128 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000025-PROV
(Aviso de Modificación N° 1)
Análisis de situación actual y definición de una hoja de ruta
que permita adaptar e
implementar los sistemas de gestión
y los procesos relacionados para
el Gobierno y Gestión
de TI en el Poder Judicial,
según los marcos genéricos
y prácticas relacionadas
descritas en COBIT 5
El Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales
proveedores interesados a participar en el procedimiento indicado, que existen
modificaciones al cartel, las cuales se pueden obtener sin costo alguno a
través de Internet, en la dirección www.poder-judicial.go.cr/proveeduría,
en el aparte “invitaciones”, Cartel.
Demás términos y condiciones permanecen invariables.
San José, 9 de agosto de 2016.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly
Argüello Araya, Jefe.—1 vez.—( IN2016054186 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000021-01
(Modificación al cartel)
Contratación de una (1) empresa
que brinde horas hábiles por
demanda para el desarrollo y
mantenimiento de aplicaciones
residentes en los equipos Unisys
del Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, le informa
que el pliego de condiciones de la Licitación abreviada 2016LA-000021-01 para
la “Contratación de una (1) empresa que brinde horas hábiles por demanda para
el desarrollo y mantenimiento de aplicaciones residentes en los equipos Unisys
del Banco Nacional”, se le realizaron modificaciones, en el punto seis (6) del
apartado de condiciones especiales.
Lo anterior según el oficio SCOM-1064-2016, artículo 6 de la sesión
ordinaria N° 807-2016 celebrada el 03 de agosto 2016.
Con la modificación solicitada se debe leer:
Profesional con grado académico mínimo de bachiller en alguna carrera
de Ciencias de la Computación y Maestría en Administración de Proyectos o
título PMP (Project Manager Professional). Los títulos académicos deberán haber
sido extendidos por cualquier Centro de Educación reconocido por el Ministerio
de Educación de Costa Rica. El título de PMP (Project Manager Professional)
deberá haber sido emitido por el PMI (Project Management Institute). Como
elemento probatorio deberán presentar fotocopia del título debidamente
certificado por un Notario o una autoridad competente.
La modificación al cartel puede apreciarse en el expediente
administrativo a partir del presente comunicado.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
Ing. Douglas Noguera Porras, Supervisor
Operativo/ Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N° 62122.—(
IN2016054083 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000024-01
(Primera modificación)
Contratación de una (1) empresa que brinde horas hábiles
por demanda para la atención de requerimientos
y desarrollo
de nuevos módulos solicitados para Internet
Banking Personal,
Internet Banking Corporativo, BN Móvil
Personal, BN móvil
Corporativo, Middleware, Módulo Administrador,
BN-Quiscos, BN-Servicio
La
Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la
Licitación Abreviada Nº 2016LA-000024-01 lo siguiente:
En el artículo 05 de la sesión ordinaria N°
807-2016, celebrada por el Subcomité de Licitaciones el 03 de julio de 2016,
autorizan la primera modificación al cartel del proceso de cita.
Modificaciones
al cartel:
Apartado C. Condiciones especiales, punto 7.
Requisitos mínimos del personal, subpunto 7.2 Líder técnico, inciso a).
Se deberá leer:
Profesional con grado académico mínimo de
bachiller en alguna carrera de Ciencias de la Computación y Maestría en
Administración de Proyectos o título PMP (Project Manager Professional). Los
títulos deberán haber sido extendido por cualquier Centro de Educación
reconocido por el Ministerio de Educación de Costa Rica. El título de PMP
(Project Manager Professional) deberá haber sido emitido por el PMI (Project
Management Institute). Como elemento probatorio deberán presentar fotocopia del
título debidamente certificado por un Notario o una autoridad competente.
Las
demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La
Uruca, 09 de agosto del 2016.—Douglas Emilio Noguera Porras, Supervisor de la
Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N° 62119.—( IN2016054085
).
(Modificación Nº 3)
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000005-01
Servicio de aseo y limpieza por hora en puntos
de venta del Banco de Costa Rica
El Banco de Costa Rica informa a todos los interesados en la
licitación en referencia, que la fecha de apertura se ha trasladado para el
miércoles 14 de setiembre del 2016, a las 10:30 a.m. El resto de las
condiciones se mantienen invariables.
Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo
Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N° 62116.—(
IN2016054087 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000012-DCADM
(Prorroga N° 2)
Contratación de servicio para el suministro e instalación
de muebles modulares” (consumo
según demanda)
Se les comunica a los interesados que se prorroga de oficio la fecha y
hora para la apertura de ofertas de este concurso, para el día 19 de agosto del
2016 a las 10:00 horas. Demás condiciones y requisitos permanecen invariables.
División de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García,
Jefe.—1 vez.—( IN2016053155 ).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
OFICINA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000004-2307
Instalación de red telefónica IP y cableado estructurado
Comunica a los interesados en el concurso 2016LA-000004-2307 que se
procede a revisar los recursos de objeción al cartel presentados ante la
Dirección Administrativa del Hospital por las Empresas participantes en el
concurso.
Se tramitan las aclaraciones y solicitud de modificaciones al cartel,
las cuales se encuentran publicadas en la página web de la CCSS o pueden ser
solicitadas a los siguientes correos electrónicos: driverar@ccss.sa.cr;
ibinnsm@ccss.sa.cr
Planificación de Bienes y Servicios.—Lic. Cristian Aguilar Quesada.—1
vez.—( IN2016053963 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-00019-PRI
(Circular
Nº 2)
Adquisición,
instalación y puesta en funcionamiento de los
equipos de monitoreo de cloro residual en las
redes
de distribución de agua potable
El
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AYA), cédula jurídica
Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la
licitación arriba indicada, que se modifica la fecha de apertura de las ofertas
para las 10:00 horas del 22 de agosto del 2016.
Además,
se amplía el plazo para el estudio y la adjudicación a 50 días hábiles,
contados desde la fecha de apertura de las ofertas.
Licda.
Iris Fernández Barrantes, Dirección de Proveeduría.— 1 vez.—O. C. N° 6000001412.—Solicitud N° 62001.—(IN2016053347).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000009-SUTEL
(Modificación
del cartel y traslado de fecha de apertura de ofertas)
Actualización
de la plataforma web para
Registro de Usuarios Prepago
La
Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica N°
3-007-566209, ubicada en Guachipelín de Escazú, edificio Tapantí, tercer y
cuarto piso, 100 metros al norte de Construplaza, mediante su área de
Proveeduría, avisa a todos los oferentes interesados en participar en la
licitación de referencia, que mediante el oficio N° 05601-SUTEL-DGC-2016 de la
Dirección General de Calidad, con fecha 4 de agosto del 2016, se modifica el
cartel correspondiente a este proceso. Además se amplía la fecha de recepción
de ofertas, quedando estipulada la misma para el 23 de agosto del 2016, hasta
las 14 horas.
Para
lo anterior, dicho oficio se encuentra disponible para su consulta, en el sitio
web http://sutel.go.cr/proveeduria/contrataciones-vigentes, o puede ser solicitado
directamente al correo electrónico juancarlos.saenz@sutel.go.cr.
Noilly
Chacón González, Área de Proveeduría.—1 vez.—O. C. N°
2307-16.—Solicitud N° 61988.—( IN2016053049 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000013-SUTEL
(Corrección fecha de apertura de
ofertas)
Contratación para adquirir servicios de una herramienta
de software y organización
logística para llevar a cabo
una licitación a través del
método de subasta de reloj
sobre bloques de espectro en las
bandas de 1800
MHz y 1900/2100 MHz para el
desarrollo
de sistemas de
Telecomunicaciones
Móviles Internacionales
en Costa Rica
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica
número 3-007-566209, ubicada en Guachipelín de Escazú, edificio Tapantí, tercer
y cuarto piso, 100 metros al norte de Construplaza, mediante su área de
Proveeduría, indica a todos los oferentes interesados en participar en la
licitación de referencia, que por un error involuntario, se indicó mal la fecha
de presentación de las ofertas, la cual fue publicada en el Diario Oficial La
Gaceta número 150 con fecha 05 de agosto del 2016.
Por lo anterior, se indica que debe leerse la fecha y hora
correctamente como se encuentran estipuladas en el cartel, según lo siguiente:
Se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 29 de agosto del año 2016.
Los demás términos del cartel permanecen invariables.
Área de Proveeduría.—Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. N°
OC-2307-16.—Solicitud N° 62018.—( IN2016053603 ).
COMISIÓN
NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS
La
Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de
Emergencias (CNE) mediante Acuerdo de Junta Directiva de la CNE N.091-05-2016,
tomado en Sesión Ordinaria N.07-05-16 del 4 de mayo de 2016, modificó los
artículos 53 y 68 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicio, para que
en adelante se lean:
Artículo
53.—Jornada de Trabajo. La jornada ordinaria de trabajo será continua y
acumulativa, constituida por un mínimo de cuarenta horas semanales, de lunes a
viernes, iniciándose a las ocho horas y concluyendo a las dieciséis horas. No
obstante, la Administración podrá señalar jornadas diferentes al personal que
esté laborando en la atención de emergencias en la primera fase o en primer
impacto, cuando con ello no se afecte la salud de los funcionarios. También
podrán acordarse horarios y jornadas de trabajo diferentes en casos especiales
para el personal de la CNE.
Los
servidores de la CNE tendrán derecho a un descanso máximo de quince minutos por
la mañana y quince minutos por la tarde para tomar un refrigerio, los cuales se
tomarán en las áreas de comedor destinadas para tal efecto. Así mismo
dispondrán de cuarenta y cinco minutos, comprendidos entre 11:30 a. m. y las
14:00 p. m., como tiempo de almuerzo. Los servidores que no hicieran uso de los
tiempos de descanso o alimentación, no podrán reclamar compensación alguna.
Los
tiempos de descanso serán dispuestos por las jefaturas inmediatas, a efecto de
que no se afecte el trabajo y la continuidad del servicio, por lo que aquellas
serán responsables de la forma en que su respectivo personal haga uso de los
mismos y de la organización de la unidad a su cargo.
La
modificación del horario de la jornada laboral, sólo podrá ser autorizado por
la Presidencia de la CNE, bajo causa justificada, ésta variación de horario no
podrá ser menor a una hora.
Debe
contar con el visto bueno de la jefatura inmediata, quien deberá velar por la no
afectación del servicio y supervisar el tiempo efectivo del funcionario.
Artículo
68.—Concepto de llegada tardía. Se considerará llegada tardía el ingreso
al trabajo después de los quince minutos de la hora exacta fijada para el
comienzo de las labores. En casos muy calificados, a juicio del jefe inmediato,
se podrán justificar las llegadas tardías hasta un máximo de cinco, dentro de
un mismo mes calendario, a efecto de no aplicar la sanción correspondiente.
Igualmente deberá informar de las llegadas tardías no justificadas, a efecto de
aplicar las sanciones que puedan corresponder.
En los
casos en que el funcionario registre su ingreso posterior a la hora fijada para
el inicio de sus labores pero de previo al vencimiento al plazo de los quince
minutos, deberá compensar el tiempo por el ingreso tardío al finalizar su
jornada diaria. Si el funcionario no realiza dicha compensación, el ingreso se
considerará como una llegada tardía injustificada y sancionada como se indica
en los artículos siguientes.
Julissa
María Ulate Arias.—1 vez.—O. C. N° 17072.—Solicitud N°
60910.—( IN2016048718 ).
CENTRO CULTURAL E HISTÓRICO
JOSÉ FIGUERES FERRER
REGLAMENTO PARA SOLICITUD DE USO
DE ESPACIO
PARA
EXPOSICIONES Y/O ACTIVIDADES CULTURALES
EN EL CENTRO CULTURAL E
HISTÓRICO
JOSÉ FIGUERES FERRER
Se informa que Reglamento para Solicitud de Uso de Espacio para
Exposiciones y/o Actividades Culturales en el Centro Cultural e Histórico José
Figueres Ferrer se encuentra a disposición en la página del Centro Cultural e
Histórico José Figueres Ferrer, en la dirección
https://www.centrojosefigueres.org.
Fernando González Vásquez, Director.—1 vez.—O. C. N° 003-2016.—Solicitud N° 16108.—( IN2016048805 ).
El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Estadística y Censos.
En uso de las facultades que le confiere el artículo 22, literal e) de
la Ley Nº 7839 de fecha 15 de octubre de 1998, publicada en el Alcance Nº 77-B
a La Gaceta Nº 214 de fecha 4 de noviembre de 1998.
Considerando:
I.—Que con el fin de garantizar una mayor eficiencia en las labores y
gestiones administrativas que realiza el Instituto Nacional de Estadística y
Censos ‘INEC’ en cumplimiento del fin público para el cual fue creado, se
consideró necesario promulgar el ‘Reglamento Interno del Consejo Directivo y de
la Gerencia’, de fecha 27 de marzo del año 2000, publicado en La Gaceta
Nº 107 de fecha 5 de junio del año 2000, como instrumento jurídico mediante el
cual se establece y regula, entre otros, la integración, atribuciones,
facultades, derechos, deberes y obligaciones de esas dependencias
institucionales;
II.—Que en el Reglamento supracitado no se contempla el procedimiento
para otorgar vacaciones a la persona que ocupe la Gerencia y Auditoría Interna
en el eventual caso de que el Consejo Directivo no se encuentre legalmente
conformado;
III.—Que para una eficiente gestión en el otorgamiento de vacaciones
bajo el supuesto anteriormente señalado, corresponde modificar el inciso ñ) del
artículo 5 del Reglamento Interno del Consejo Directivo y de la Gerencia. Por
tanto,
ACUERDA:
1º—Modificar el inciso ñ) del artículo 5 del Reglamento Interno del
Consejo Directivo y de la Gerencia, de fecha 27 de marzo del año 2000,
publicado en La Gaceta Nº 107 de fecha 5 de junio del año 2000, para que en lo sucesivo se lea de
la siguiente manera:
“ñ. Conocer y autorizar, de previo, las vacaciones, licencias, con o
sin goce de salario, y permisos del Gerente y del Auditor Interno. En el
eventual caso que esas gestiones no se puedan conocer anticipadamente en el
seno de este Órgano, por situaciones de causa fortuita o fuerza mayor, podrá
autorizarlos de forma directa el Presidente del Consejo Directivo o en su
defecto el Vicepresidente, para cuyos efectos el Gerente o el Auditor Interno,
conforme corresponda, informará al Consejo Directivo lo pertinente en la sesión
ordinaria o extraordinaria siguiente a la fecha de esa aprobación”
2º—Rige a partir de su publicación.
Aprobado por el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 3, de la sesión
ordinaria N° 814-2016, de fecha 14 de
junio del año 2016.
Floribel Méndez, Gerente.—1 vez.—( IN2016048829 ).
COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica
comunica que, con las potestades otorgadas en el artículo 10° del Decreto
Ejecutivo N° 37717-5 “Reglamento de Maestrías y Doctorados en Áreas de las
Ciencias Médicas”, la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de
Costa Rica, en la Sesión Ordinaria 2016-07-13, celebrada el 13 de julio de
2016, se acordó:
Incluir la Maestría en
Psiquiatría Forense en la lista oficial reconocida por el Colegio de Médicos y
Cirujanos
Reconocer como sinónimo de la
Maestría en Psiquiatría Forense el siguiente término: Maestría en Salud Mental
Forense.
Establecer de carácter
obligatorio para los médicos que soliciten la inscripción en la Maestría en
Psiquiatría Forense el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el
Reglamento de Maestrías y Doctorados Académicos en Áreas de las Ciencias
Médicas y demás legislación relacionada vigente.
Dr. Alexis Castillo Gutiérrez,
Presidente.—1 vez.—( IN2016049438 ).
MUNICIPALIDAD
DE OROTINA
El
Concejo Municipal de Orotina en el acta de la sesión ordinaria N° 17, celebrada
el día 18/07/2016 artículo 5 inciso acuerda aprobar reforma
REGLAMENTO
AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN
Y SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE OROTINA
Se
reforma el artículo 34 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de
la Municipalidad de Orotina, publicado en La Gaceta Nº 70 del 11 de
abril de 2007, que actualmente dice:
“Artículo 34.—El desempeño, de los servidores
nombrados en propiedad será evaluado y calificado, en la primera quincena del
mes de julio de cada año, la calificación se expresará en términos de: regular,
bueno, muy bueno y excelente.”
Para
que se lea así:
“Artículo 34.—El desempeño, de los servidores
nombrados en propiedad será evaluado y calificado, en la primera quincena del
mes de junio de cada año, la calificación se expresará en términos de: regular,
bueno, muy bueno y excelente.”
Justificación: Ajustar la norma al artículo 137 del Código
Municipal, que refiere la primera quincena del mes de junio (no de julio) de
cada año, para la evaluación y calificación de los servidores en propiedad.
Publíquese
en el Diario Oficial La Gaceta.
Kattia María Salas Castro, Secretaria del Concejo.— 1 vez.—( IN2016048291 ).
MUNICIPALIDAD DE LEÓN
CORTÉS
El
Concejo Municipal de León Cortés, en sesión ordinaria Nº 008, celebrada el 20
de junio del 2016 en acuerdo Nº 04 dice: Se acuerda modificar el inciso a) del
artículo Nº 3, así como el artículo Nº 35 del Reglamento de Acueducto en los
siguientes términos:
Artículo 33.—La orden de suspensión del
servicio de agua, se hará efectiva cuando el Alcalde Municipal o el funcionario
que este designe al efecto así lo indique, cuando surja cualquiera de las
siguientes situaciones:
a) No
pague oportunamente el servicio de agua, pasado los quince días naturales
posteriores al cierre del período al cobro, y trascurridos tres días hábiles
después de haber sido notificado previamente en una ocasión, por cualquiera de
los medios autorizados por la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687.
Artículo 35.—El cobro del agua se hará en forma
mensual.
María Isabel Ureña Solís, Secretaria de Concejo.— 1 vez.—( IN2016048590
).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Theodoro Mezger, cédula de residencia Nº 1756000897709, ha
presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el
título Bachiller en Ciencias (B.Sc) obtenido en la Universidad Técnica de
Munich. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este
trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 14 de junio del 2016.—Departamento de Admisión y
Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N°
20150003.—Solicitud N° 59152.—( IN2016048048 ).
El señor Mario Roberto
Chacón Rivas, cédula de identidad Nº 107410535 ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título doctorado en
aplicaciones de la informática obtenido en la Universidad de Alicante.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este
trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 01 de julio 2016.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing.
Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N°
59168.—( IN2016048092 ).
El señor Javier Mauricio
Obando Ulloa, cédula de identidad Nº 303330780, ha presentado para el trámite
de reconocimiento y equiparación el diploma con el título Doctor en Tecnología
Agraria y Alimentaria, obtenido en la Universidad Politécnica de Cartagena.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este
trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 18 de abril del
2016.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. N° 201500003.—Solicitud N° 60540.—( IN2016048093 ).
ÁREA
DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS
UNIDAD
DE ÍNDICES DE PRECIOS
El
Instituto Nacional de Estadística y Censos avisa que los Índices de Precios de
la Construcción base febrero 2012, correspondientes al mes de mayo del 2016,
son los siguientes:
Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Elizabeth
Solano Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. Nº
4474.—Solicitud Nº 60381.—( IN2016049420 ).
RESOLUCIÓN
ADMINISTRATIVA
La
Municipalidad de Desamparados, Alcaldía Municipal, a las once horas del día
treinta de junio de dos mil dieciséis.
En
cumplimiento de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 4 de diciembre
de 2008; Ley General de la Administración Pública Nº 6227, Código de Normas y
Procedimientos Tributarios; Ley del Impuesto de Bienes Inmuebles Nº 7509 del 9
de mayo de 1995, resuelve designar adicionalmente como notificador a los
siguientes funcionarios:
Apellidos |
Nombre |
Nº cédula |
López Monge |
Mario |
1-1417-0569 |
Jiménez Siles |
Gilberth |
1-0720-0958 |
Oviedo Henríquez |
Eliécer |
8-0109-0902 |
Solís Palma |
Cristian |
1-1030-0692 |
Vargas Castro |
Brandon |
1-1404-0111 |
Orozco Obando |
Joel |
1-1603-0535 |
Vargas Corrales |
Alejandro |
1-1235-0970 |
Cascante Sevilla |
Aaron |
1-0768-0871 |
Guerrero Solano |
Yoseth |
1-0951-0315 |
Torres Morera |
Michael |
1-1171-0121 |
Sandí Ureña |
Daniel |
1-1325-0690 |
Rodríguez Sandí |
Wender |
1-1596-0249 |
Ureña Fonseca |
Taylor |
1-1492-0737 |
Herrera Solís |
Ever |
8-0077-0217 |
Mercado Pérez |
Edwin |
8-0109-0003 |
Fonseca Pineda |
Jean Carlo |
1-1648-0075 |
Mora Madrigal |
Marco Tulio |
1-0785-0359 |
Rodríguez Sorio |
Pablo |
1-1566-0717 |
Chacón Barrantes |
Pablo |
1-1299-0359 |
Marchena Serrano |
Héctor |
1-0431-0124 |
Barquero Quirós |
Stewart |
1-0147-0395 |
Rige a
partir de su publicación. Publíquese.
Lic. Gilberth Jiménez Siles, Alcalde Municipal.— 1 vez.—( IN2016048811 ).
Le comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en
la Sesión Ordinaria Nº 10, Acta Nº 10 del 04 de julio del 2016, que indica lo
siguiente:
Acuerdo AC-175-16 “Se acuerda: Con fundamento en los
artículos 11, los contenidos en el Título XII y 129 de la Carta Política de la
República de Costa Rica; el artículo 7° del Código Civil N° 30; en la Ley
General de la Administración Pública N° 6227 en sus artículos 157 y 240; los
cánones 4, 44, 45, 75, párrafo V, 76 y 76 ter. del Código Municipal N° 7794; el
acuerdo AC-076-16 de la sesión ordinaria número trescientos diez que rola al
acta cuatrocientos sesenta y siete del cuatro de abril de dos mil dieciséis y
con base en las recomendaciones contenidas en el oficio número MPHAC-157-2016
fechado el día cuatro de julio de dos mil dieciséis, dictado por la Dirección
Administrativa del Macro Proceso Financiero Administrativo, con acuse de recibo
de la Secretaría del Despacho de la Alcaldía de las catorce horas con cincuenta
y dos minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis y el oficio AL-769-16
del Despacho de la Alcaldía Municipal de fecha cuatro de julio de dos mil
dieciséis; las cuales hace suyas este Concejo y las toma como fundamento para
adoptar esta decisión, acuerda: Único: Revisar el acuerdo AC-076-16 de la
sesión ordinaria trescientos diez, que rola al acta cuatrocientos sesenta y
siete del cuatro de abril de dos mil dieciséis de este Concejo; y adicionar la
siguiente frase cuyo texto dirá: “Procédase a publicar en forma íntegra el
presente acuerdo municipal en el diario oficial La Gaceta, de acuerdo
con lo establecido en el párrafo quinto del artículo 75 del Código Municipal
número 7794; instruyéndose en la Secretaría del Concejo Municipal su
publicación. Notifíquese el presente acuerdo en el Despacho de la Alcaldía
Municipal al señor Alcalde, para lo de respectiva competencia. En lo no modificado
o adicionado, el acuerdo original resta incólume en todos sus extremos”.
Declarado definitivamente aprobado.
Lic. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaria Municipal a. í.— 1 vez.—(
IN2016048284).
Le comunico el acuerdo
adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria N° 310, Acta
N° 467 del 04 de abril del 2016, que indica lo siguiente:
Acuerdo AC-076-16”Se acuerda:
“Con fundamento en los artículos 11 y 170 de la Constitución Política, 11 y 13
de la Ley General de la Administración Pública, Ley que Crea Concepto Salario
Base para Delitos Especiales del Código Penal, 04, 75 y 76 del Código
Municipal, se aprueba actualizar las multas fijadas en el artículo 76 del
Código Municipal, de la siguiente manera: a) Por no limpiar la vegetación de sus
predios situados a orillas de las vías públicas ni recortar la que perjudique
el paso de las personas o lo dificulte, un mil trescientos treinta y nueve
colones con 61/100 (¢1.339,61) por metro lineal del frente total de la
propiedad. b) Por no cercar los lotes donde no haya construcciones o existan
construcciones en estado de demolición, un mil setecientos ochenta y seis
colones con 22/100 (¢1.786,22) metro lineal del frente total de la propiedad.;
c) Por no separar, recolectar ni acumular, para el transporte y la disposición
final, los desechos sólidos provenientes de las actividades personales,
familiares, públicas o comunales, o provenientes de operaciones agrícolas,
ganaderas, industriales, comerciales y turísticas solo mediante los sistemas de
disposición final aprobados por la Dirección de Protección al Ambiente Humano
del Ministerio de Salud, cuatrocientos cuarenta y seis colones con 62/100
(¢446,62) por metro cuadrado del área total de la propiedad.; d) Por no
construir las aceras frente a las propiedades ni darles mantenimiento, dos mil
doscientos treinta y dos con 59/100 colones (¢2.232.59) por metro cuadrado del
frente total de la propiedad.; e) Por no remover los objetos, materiales o
similares de las aceras o los predios de su propiedad, que contaminen el
ambiente u obstaculicen el paso, ochocientos noventa y dos colones con 99/100
(¢892,99)por metro lineal del frente total de la propiedad.; f) Por no contar
con un sistema de separación, recolección, acumulación y disposición final de
los desechos sólidos, aprobado por la Dirección de Protección al Ambiente
Humano del Ministerio de Salud, en las empresas agrícolas, ganaderas,
industriales, comerciales y turísticas, ochocientos noventa y dos colones con
99/100 (¢892,99) por metro lineal del frente total de la propiedad, cuando el
servicio público de disposición de desechos sólidos es insuficiente o
inexistente o si por la naturaleza o el volumen de los desechos, este no es
aceptable sanitariamente.; g) Por obstaculizar el paso por las aceras con gradas
de acceso a viviendas, retenes, cadenas, rótulos, materiales de construcción o
artefactos de seguridad en entradas de garajes, dos mil doscientos treinta y
dos colones con 59/100 (¢2.232.59) por metro lineal del frente total de la
propiedad.; h) Por no instalar bajantes ni canoas para recoger las aguas
pluviales de las edificaciones, cuyas paredes externas colinden inmediatamente
con la vía pública, tres mil quinientos setenta y dos colones con 20/100
(¢3.572.20) metro lineal del frente total de la propiedad.; i) Por no ejecutar
las obras de conservación de las fachadas de casas o edificios visibles desde
la vía pública cuando, por motivos de interés turístico, arqueológico o
patrimonial, lo exija la municipalidad, dos mil doscientos treinta y dos colones
con 59/100 (¢2.232.59) por metro cuadrado del frente total de la propiedad. Si
se trata de instituciones públicas la suma adeudada por concepto de multa se
disminuirá un veinticinco por ciento (25%), para actividades agrícolas,
ganaderas, industriales, comerciales y turísticas se aumentará un cincuenta por
ciento (50%)”.
Declarado definitivamente aprobado.
Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaria
Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2016048285 )
Le comunico el acuerdo
adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria N° 11, acta
N° 11 del 11 de julio del 2016, que indica lo siguiente:
Acuerdo
AC-185-16 “Se acuerda:
Modificar el Acuerdo AC-77-15 de la sesión ordinaria 258, acta 388 del 6 de
abril del 2015 del Concejo Municipal de Escazú, denominado Reglamento para el
otorgamiento de becas para estudio a munícipes de Escazú; reglamento municipal
N° 258, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 87 del 7 de mayo de
2015 y sus reformas, para que en el futuro los artículos cuarto y décimo, se lean
de la siguiente manera:
1º—Adiciónese el literal i) al artículo 4, cuyo
texto dirá: “En caso de extrema necesidad, desgracia o infortunio se permitirá
el ingreso de solicitud de beca fuera del periodo ordinario de recepción. Para
determinar la necesidad del caso la Trabajadora Social Municipalidad realizara
la visita al solicitante a más tardar 24 horas después de presentada la
solicitud de beca”.
2°—Adiciónese al artículo 10 in fine, la
siguiente frase que dirá: “La beca en caso de infortunio se concederá a la
persona estudiante de forma retroactiva por el periodo que rige a partir de la
presentación de la solicitud hasta el plazo contemplado en el párrafo anterior”
3º—En todo lo que no ha sido expresamente
modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo AC-77-15 de la sesión
ordinaria 258, acta 388 del 6 de abril del 2015 del Concejo Municipal de
Escazú, denominado Reglamento para el otorgamiento de becas para estudio a
munícipes de Escazú; reglamento municipal número 258, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 87 del 7 de mayo de 2015 y sus reformas.
4°—Rige a partir de su notificación.
Declarado
definitivamente aprobado
Comuníquese
y publíquese.—Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaría Municipal a. í.—1
vez.—( IN2016048286 ).
Le comunico el acuerdo
adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria N° 05, acta
N° 05 del 30 de mayo del 2016, que indica lo siguiente:
Acuerdo AC-144-16 “Se acuerda: Con dispensa de trámite de comisión: Con
fundamento en las disposiciones de los artículos 11, 169 de la Constitución
Política, 11, 12 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, los
artículos 13 inciso a) y e), 17 inciso d), I), y n) del Código Municipal y
artículos 1, 2, 3, 5,18,19, 20 de la Ley de Expropiaciones N° 7495 y sus
reformas y siguiendo las recomendaciones contenidas en los oficios
PCA-V-2016-0196, PCV-234-2016, VM-208-14, US-1509-2016, PDT-1158-2016, informe
N° 002-2016 y en el oficio 597 suscrito por el Alcalde Municipal Arnoldo
Barahona Cortés, los cuales hace suyos este Concejo y las toma como fundamento
de esta decisión acuerda: Primero: Se declara de interés público para su
expropiación, la siguiente finca: 1-Partido
de San José, matrícula de folio real 593411-000, naturaleza terreno para
construir, situada en distrito 3 San Rafael, cantón 2 Escazú, de la provincia
de San José, linderos: norte, calle pública; sur, Carlos Saborío Zúñiga, Jirasa
S. A., Ángela Hohmarster; este, Santa Bárbara S. A., oeste, calle pública.
Mide: mil seiscientos treinta y seis metros con noventa decímetros cuadrados,
plano catastrado SJ-1250967-2008, con un área de 1 636,90 m², propiedad de
Metrópoli Real de Escazú S. A., cédula jurídica 3101-333391, por las siguientes
razones: Segundo: Que en la zona del Bajo de Los Anonos habita una gran
cantidad de población que vive en situación de hacinamiento y precariedad. Que
en la actualidad esta población no cuenta con el servicio de un Centro de
Atención Integral Infantil. Que la Municipalidad tiene interés en contar con un
predio que garantice espacio adecuado para la construcción de una Red de Cuido,
dirigido a prestar un servicio de cuido de niños y niñas residentes dentro del
distrito de San Rafael que por sus necesidades de formación y crecimiento
integral, deben contar con un espacio físico para el desarrollo de sus
capacidades, conforme al Plan Gubernamental de Red Nacional de Cuido y
Desarrollo Infantil declarado de interés público mediante Decreto Ejecutivo N°
36020-MP-S-MEP y la Ley General de Centros de Atención Integral N° 8017 (CAI).
Que la declaratoria de interés público se impulsa de esta manera, ya que una de
las realidades más evidentes en la sociedad actual es el fenómeno de la
incorporación de la mujer al mercado laboral remunerado, aspecto que ha
generado un impacto visible en la institución familiar y la necesidad de
redefinir las responsabilidades de cuido de las personas menores de edad, labor
que recae en la mayoría de los casos sobre las mujeres. Que como Gobierno Local
nace la responsabilidad junto al Estado de establecer alternativas de cuido que
potencie el crecimiento integral de los niños y niñas y brindar un apoyo a las
mujeres para su inserción laboral aspecto que se ha venido fortaleciendo a
través de la instalación de los Centros de Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI)
en el país. Que se toma en cuenta la necesidad de brindar atención en salud de
manera integral a una determinada región del cantón, para lo cual se consideró
la condición de vida, género, discapacidad, etnia, condición económica y social,
condición de los recursos geográficos y naturales, lo anterior son aspectos que
permiten garantizar la atención hacia sectores con mayores carencias y
necesidades, de manera que se puede priorizar las regiones más rezagadas con el
fin de inyectarles recursos y reducir las brechas sociales y económicas que
existen, por lo tanto se pudo determinar que se identificaron asentamientos con
mayor vulnerabilidad como lo es la localidad de Bajo Anonos, partiendo de esa
condición el objeto del proyecto es atender dicha localidad, considerando la
cantidad de núcleos familiares establecidos y los beneficios que un Centro de
Atención Integral conllevaría a esta localidad. Tercero: De conformidad con el
artículo 20 de la Ley de Expropiaciones vigente, se solicita al Registro
Nacional de la Propiedad Inmueble se sirva mantener la anotación provisional
respectiva sobre el inmueble anteriormente mencionado Partido de San José, matrícula de folio real 593411-000,
naturaleza terreno para construir, situada en distrito 3 San Rafael, cantón 2
Escazú, de la provincia de San José, linderos: norte, calle pública, sur,
Carlos Saborío Zúñiga, Jirasa S. A., Ángela Hohmarster; este, Santa Bárbara S.
A., oeste, calle pública. Mide: mil seiscientos treinta y seis metros con
noventa decímetros cuadrados, plano catastrado SJ-1250967-2008, con un área de
1 636,90 m², que pertenece a Metrópoli Real de Escazú S. A., cédula jurídica
3-101-333391. Cuarto: Publíquese este acuerdo en el diario oficial La Gaceta
para todos los efectos legales pertinentes. Notifíquese este acuerdo a la
sociedad Metrópoli Real de Escazú S. A., propietaria del inmueble antes
descrito. Notifíquese este acuerdo al señor Alcalde Municipal en su despacho,
para lo de su cargo.” Declarado.
Lic.
Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaría Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2016048287
).
Le comunico el acuerdo
adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria N° 06, acta
N° 06 del 6 de junio del 2016, que indica lo siguiente:
Acuerdo
AC-161-16 “Se acuerda: Con
fundamento en el artículos 11 y los contenidos en el Título XII de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; en la Ley General de la
Administración Pública N° 6227, en sus artículo 11, 13 y 157, los cánones 44 y
45 del Código Municipal N. 7794, la Ley N° 9286 Reforma Integral de la ley N.
7495, Ley de Expropiaciones, del 3 de mayo de 1995, y sus reformas en su
artículo 20 y con base en las recomendaciones contenidas el oficio AL-634-16
del Despacho de la Alcaldía, el acuerdo AC-228-14 y el acuerdo AC-144-16; las
cuales hace suyas este Concejo y las toma como fundamento de esta decisión
acuerda: Primero: Revisar y corregir el artículo tercero del acuerdo número
AC-144-16 de la sesión ordinaria 5, que rola al acta 5 del 30 de mayo de 2016.
Y sustituir del texto original la frase: “se solicita al Registro Nacional de
la Propiedad Inmueble se sirva mantener la anotación provisional respectiva
sobre el inmueble anteriormente mencionado”. Por la siguiente frase cuyo texto
dirá: “se sirva anotar la presente declaratoria de interés público”(…).
Segundo: En lo restante, el acuerdo de marras resta incólume en todos sus
extremos.”
Declarado
definitivamente aprobado.
Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaria
Municipal, a. í.— 1
vez.—( IN2016048288 ).
En el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de:
Garita Ramírez Profirio y Fam. Garita Arrieta, Porfirio falleció 25 setiembre
1993, los miembros de la familia Garita Arrieta, solicitan traspasar este
derecho a uno de ellos y además desean incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: Mayra Garita Arrieta, cédula
04-0133-0286
Beneficiarios: Asdrúbal Garita Arrieta, cédula
04-0089-0722, Ruperto Garita Arrieta, cédula 04-0096-0762, Hilda María Garita
Arrieta, cédula 04-0096-0760, Ada Lía Garita Arrieta, cédula 04-0100-0908,
Zulay Garita Arrieta, cédula 04-0103-1282, Lesbia Garita Arrieta, cédula
04-0106-0475, Yolanda Garita Arrieta, cédula 04-0110-0954, Doris Garita
Arrieta, cédula 04-0115-0676, Gustavo Enrique Garita Arrieta, cédula
04-0125-0050, Dixie Garita Arrieta, cédula 04-0142-0808, Silvia Garita Arrieta,
cédula 04-0147-0724.
Lote N° 101 Bloque P, medida 6 metros cuadrados para 4 nichos,
solicitud 204, recibo 75753, inscrito en Folios 15 Libro 2, el cual fue
adquirido el día 18 de junio de 1985. Datos confirmados según constancia
extendida por la Administración de Cementerios con fecha 12 de julio de 2016.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(
IN2016048294 ).
Dirección de Servicios y
Gestión de Ingresos
En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de:
Familia Bonilla Espinoza, los integrantes de la familia desean se traspase este
derecho y además desea incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendatario: Juan Bonilla Morales, cédula 04-0057-0971
Beneficiarios: Luis Alberto Bonilla Espinoza, cédula
04-0103-0699
Guiselle Bonilla
Espinoza, cédula 04-0105-0914
Manuel Enrique
Bonilla Espinoza, cédula 04-0109-0538
Juan Carlos Bonilla
Espinoza, cédula 04-0110-0935
Nuria María Bonilla
Espinoza, cédula 04-0114-0075
Víctor Bonilla
Espinoza, cédula 04-0116-0504
Xinia Bonilla
Espinoza, cédula 09-0047-0170
Marta Eugenia Bonilla
Espinoza, cédula 04-0131-0859
Damaras Bonilla
Espinoza, cédula 04-0138-0348
Annia María Bonilla
Espinoza, cédula 04-0140-0579.
Lote Nº 115 Bloque B, medida 6 metros cuadradas, para 4 nichos,
solicitud 2073-2909, recibo no indica, inscrito en Folio 59 y 64 Libro 1, el
cual fue adquirido el día 29 de setiembre de 1974. Datos confirmados según
constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 10 de julio
de 2016.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho
sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(
IN2016048344 ).
En el Cementerio Central
Heredia, existe un derecho a nombre de: Familia Acosta Alvarado, la única hija
viva de la familia, solicita traspasar este derecho y además desean incluir
beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: Miriam Acosta Alvarado, cédula
04-0064-0401
Beneficiarios: Eugenio Hernández Acosta, cédula
01-0446-0755
Ana Gabriela Hernández Acosta,
cédula 01-0619-0999
Ronald Francisco Hernández
Acosta, cédula 04-0115-0754
Luis Fernando Hernández Acosa,
cédula 04-0121-0369.
Lote Nº 36 Bloque L, medida 9 yardas cuadradas, para 6 nichos,
solicitud 1677, recibo 8161, inscrito en Folios 1 Libro 45, el cual fue
adquirido el día 24 de febrero de 1968. Datos confirmados según constancia
extendida por la Administración de Cementerios con fecha 12 de julio de 2016.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda- tener
derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica
de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso
contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(
IN2016048648 ).
En el Cementerio Anexo
Central de Heredia, existe un derecho a nombre de: Arabela Espinoza Chaves,
fallecida los hermanos e hijos solicitan se traspase este derecho y además
desea incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: Aida
Chavarría Espinoza,
cédula
04-0139-0066
Beneficiarios: Patricia
Chavarría Espinoza,
cédula
04-0147-0518
Alfonso
Chavarría Espinoza,
cédula
04-0127-0272
Ana Cecilia
Chavarría Espinoza,
cédula
04-0142-0801
Isabel Chavarría
Espinoza,
cédula
04-0123-0378
Leda Chavarría
Espinoza,
cédula
04-01-30-0805
María Eugenia
Chavarría Espinoza,
cédula
09-0062-0119
María Bernarda
Chavarría Espinoza,
cédula
04-0112-0347
María del Carmen
Chavarría Espinoza,
cédula
04-0106-1100
Julio Chavarría
Espinoza,
cédula
04-0103-0756
María Rosario
Chavarría Espinoza,
cédula
04-0101-0356
Lote
Nº 82 Bloque A, medida 6 metros cuadradas, para 4 nichos, solicitud 204, recibo
107950, inscrito en Folio 38 Libro 2, el cual fue adquirido el día 15 de
febrero de 1996. Datos confirmados según constancia extendida por la
Administración de Cementerios con fecha 07 de julio de 2016. Se emplaza por 30
días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que
se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a
fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a
nombre de la petente.
Lic.
Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016048673
).
En el Cementerio Cenizal
de Heredia, existe un derecho a nombre de: Mena Campos Francisco, fallecido 17
junio del 1973, los hijos vivos solicitan traspasar este derecho y además
desean incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendatario: Manuel Antonio Mena Ugalde, cédula
04-0097-0279
Beneficiarios: Ligia Vargas Mena, cédula 03-0178-0372
María
Cecilia Vargas Mena, cédula 06-0068-0393
Virginia
Vargas Mena, cédula 04-0092-0471
Luis
Alberto Ledezma Mena, cédula 04-0099-0730
Lote Nº 33 Bloque G, medida 3 varas cuadradas, para 2 nichos,
solicitud 818 y 1098, recibo 471-J y 2062, inscrito en Folio 26 y 37 Libro 1,
el cual fue adquirido 12 marzo 1960. Datos confirmados según constancia
extendida por la Administración de Cementerios con fecha 12 de julio de 2016.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá
dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—(
IN2016048828 ).
EL
CONCEJO CONOCE Y ACUERDA:
Suficientemente
discutido, se somete a votación el dictamen de la Comisión Permanente de Obras,
de fecha 16 de junio del 2016, se acogen en todos sus extremos, las
recomendaciones indicadas en dicho dictamen. Votos afirmativos de los señores
regidores y regidora, Tomás Azofeifa Villalobos, Marta María Elizondo Vargas,
Luis Fernando Salas Calvo, Rafael Ángel Bolaños Villalobos y Johnny Alvarado
Bolaños.
EL
CONCEJO CONOCE Y ACUERDA:
Considerando
que se cuenta con el dictamen afirmativo de la comisión de obras, cuya
aprobación consta en el punto anterior, cumpliéndose con lo dispuesto en
artículo 44 del Código Municipal. Se somete a votación el fondo de la moción y
se acuerda lo siguiente:
Moción presentada por: regidores: Marta
Elizondo, Tomas Azofeifa y Rafael Bolaños, con las correciones propuestas.
I.—Resultando:
El
agua es un “bien social”, tiene un fuerte impacto en la calidad de vida de las
personas y la responsabilidad de la administración del servicio es una
obligación Constitucional de los Municipios.
1º—La
problemática que genera la insuficiencia de recurso hídrico por parte del
acueducto administrado por la Municipalidad de Santo Domingo, le impide cumplir
con su responsabilidad de suministrar de manera continua agua potable, con
calidad y en cantidad suficiente, tanto en invierno como en verano, a la totalidad
de los habitantes del cantón.
2º—Ante
la ausencia del Plan Regulador local, urge que la Municipalidad adopte una
política para la administración del recurso hídrico y el otorgamiento de nuevos
permisos de construcción, antes de que el desajuste entre la oferta y la
demanda del servicio hídrico sea mayor, obligación contemplada en nuestra Carta
Magna en su artículo 169, que nos dicta que la administración de los intereses
y prestación de servicios locales en cada Cantón, estará a cargo del Gobierno
Municipal, e igualmente la Sala Constitucional ha reconocido la potestad
atribuida a las Municipalidades para planificar el desarrollo urbano, dentro de
la respectiva circunscripción territorial, complementado con la Ley de
Planificación Urbana, que reconoce esta competencia concreta a los municipios.
Esa responsabilidad Municipal además se encuentra contemplada en las siguientes
normas: Artículo 4 del Código Municipal, artículos 4° y 113 de la Ley General
de la Administración Pública, artículo 58 inciso 6) de la Ley de Planificación
Urbana, artículos 3 y 4 del Código Municipal, Ley de Aguas, artículo 5°, 10, 11
y 17 de la Ley General de Agua Potable, Ley General de Salud, Reglamento para
la Calidad del Agua Potable, Artículo 28 siguientes y concordantes de la Ley
Orgánica del Ambiente. Votos de la Sala Constitucional: 1684-91, 309-91,
6706-93, 144-95, 1108-96, 2002-08696, 5445-99 y 2001-00591, 2011-10176, entre
otros.
3º—La
práctica de la perforación de pozos privados para hacer frente a los proyectos
urbanísticos en nuestro cantón, violenta lo dispuesto por la institución
rectora en materia de aguas subterráneas, SENARA, porque pone en riesgo los
niveles de recarga de los acuíferos de Barva y Colima, alterando el equilibrio
ambiental que debe existir para que soporte la extracción de este recurso.
Además, dicha perforación de pozos, no ha logrado el objetivo de incrementar la
capacidad del acueducto municipal, puesto que la conexión para aprovechar el
excedente, requiere de una inversión importante en obra civil y adquisición de
equipos, así como la integración de los mismos al Acueducto.
Considerando:
I.—A
raíz de la función social de la propiedad y su relación con las limitaciones al
derecho de propiedad-párrafo segundo del artículo 45 de la Constitución Política,
se modifica la base jurídica sobre la que descansa la protección de la
propiedad y de ser un derecho exclusivo para el individuo, pasa a
corresponderle una obligación en forma de la armónica convivencia de la
sociedad, siendo que esta función social obliga a todo individuo de cumplir
ciertas obligaciones comunales en razón directa del lugar que ocupa la
propiedad y los intereses del grupo social, (véase voto 2011-10176). Es por
ello que la Sala Constitucional reconoce” Que la actividad privada está sometida
en el caso de las construcciones a un fuerte régimen de derecho público, pues
es de primer interés la preservación de los recursos hídricos, al punto que
gozan de tutela constitucional,” “No podrá imponerse una restricción al derecho
de propiedad de forma indefinida, todo lo contrario, un plazo impuesto permite
determinar si persisten las mismas condiciones fácticas y jurídicas que impida
el otorgamiento de nuevos permisos constructivos”(Voto Sala Constitucional
2011-10176).
II.—A
los ciudadanos domingueños, usuarios del acueducto Municipal, conforme a lo
dispuesto por el artículo 50 de la Constitución Política, les asiste como un
derecho fundamental a la salud, y a un ambiente sano, el gozar de un
abastecimiento de agua potable sostenible, en calidad y cantidad; en razón de
lo cual la Municipalidad debe adoptar acuerdos que procuren con ello el mayor
bienestar general de la colectividad respecto a la prestación de este servicio
público, tanto en cantidad como en calidad; para lo cual debe considerarse que
hasta tanto no se cuente con un estudio integral del acueducto, con la
previsión de recursos para las mejoras del mismo y con un Plan Regulador
Cantonal, debe adoptarse una posición precautoria que no permita aprobar
indiscriminadamente las solicitudes de disponibilidad de agua potable del
Acueducto Municipal; y por consiguiente solo es posible aprobar las que se
refieran a viviendas unifamiliares pero no las referidas a proyectos
urbanísticos, ni condominios, ni fraccionamientos, dado que de autorizarse los
mismos podría comprometerse o desmejorarse el servicio que actualmente se
brinda; todo lo anterior en cumplimiento y respeto de los derechos
constitucionales de los munícipes del cantón de Santo Domingo, que actualmente
gozan del suministro de agua potable por medio del Acueducto Municipal.
III.—Que
ante este panorama el Concejo Municipal, en su conformación anterior al 1° de
mayo, mediante sesión N° 489-2016 del 25 de abril del año en curso, acordó la
mora para proyectos urbanísticos y de desarrollo. Dado que su período estaba a
días de concluir, ésta medida estuvo vigente hasta el 31 de abril.
IV.—Que,
del 31 de abril del año en curso a la fecha, la Municipalidad no ha adoptado
medidas contundentes para garantizarle a la población actual el suministro de
agua potable de manera continua, además se continúa sin Plan Regulador local.
Por
tanto:
En
razón de lo antes expuesto y por las atribuciones legales y constitucionales
conferidas a este Concejo: Mocionamos para que se dicte una moratoria por el plazo
de seis meses a partir de esta fecha, en el otorgamiento de permisos de
construcción y la consecuente denegatoria de disponibilidad de agua potable,
para Proyectos de fraccionamientos con fines urbanísticos, condominios o
urbanizaciones, comerciales e industriales. Se autoriza únicamente a tramitar
permisos de construcción unifamiliares, pequeños comercios (*definido en
adendum), las industrias que vayan a ubicarse en la zona industrial de Santa
Rosa, siempre y cuando cuenten con la disponibilidad de agua potable.
Asimismo,
que por el mismo plazo se suspenda toda práctica que tolere, condicione,
permita o autorice de manera implícita, la perforación de pozos privados por
parte del Municipio.
Que en
el plazo de la suspensión antes expuesta, se realicen los estudios para
determinar la capacidad real del acueducto municipal, las acciones necesarias
para fortalecerlo, considerando también la situación de los pozos privados
ligados a proyectos inmobiliarios, a efecto que se determinen las acciones
procedentes para que el Municipio haga una gestión integral del Recurso
Hídrico.
Esta
norma no afecta los permisos de construcción que ingresaron en la Municipalidad
con anterioridad a esta moratoria y que hayan cumplido a la fecha con la
tramitología y superado por lo menos los trámites y requisitos” que son como
mínimo, los provistos por la Dirección de Servicios y Ordenamiento Territorial:
los Requisitos generales 1.5, 1.6, 1.11, 1.13, los de 4.1 a 4.4 y que se
adicionan en el adendum de esta moción.
MUNICIPALIDAD
DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA
CONCEJO MUNICIPAL
Adendum a moción de moratoria en permisos de
construcción decretada por este Concejo Municipal en su sesión ordinaria N°. 9.
Requisitos
mínimos a cumplir para tener por aprobados proyectos antes del decreto de la
moratoria en los permisos de construcción y toda conforme moción aprobada en la
sesión ordinaria N° 9 del Concejo Municipal.
1.
Requisitos generales:
1.5 Uso
del suelo aprobado
1.6 Visto bueno de ubicación, uso distinto al residencial.
1.11 Planos constructivos con visado APC.
1.13 Copia solicitud de visado eléctrico (CFIA).
4.
Servicio de Agua Potable: (según corresponda)
4.1 Disponibilidad,
constancia o paja de agua aprobada y de acuerdo al proyecto solicitado en
cantidad y categoría, Acueducto Municipal, debe estar vigente.
4.2 Recibo de servicio, AyA o disponibilidad AyA con no más de un
mes de antigüedad o de la ESPH, según corresponda.
4.3 Concesión de pozo Dirección Aguas MINAET.
4.4 Autorización de pozo del Condominio.
Otros
que determine la Administración en función del proyecto.
(*) Se
entiende por pequeños comercios aquellos que en razón de su operación no tengan
más de cien metros cuadrados de local, su mano de obra proviene del núcleo
familiar o no tengan más de tres personas asalariadas, estén dentro del régimen
simplificado de tributación de impuestos y en razón de su giro del negocio y
tamaño estén limitados a mayor crecimiento. En nuestro cantón tipifican los
bazares, barberías, salones de servicios personales, librerías y otros de esta
misma categoría o estrato.
Se
instruye al ingeniero Randall Madrigal Ledezma, alcalde municipal a la
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, rige un día después de su
publicación. Asimismo se instruye a la secretaria para que traslade y notifique
al señor Alcalde Municipal el acuerdo correspondiente. Votos afirmativos de los
señores regidores y regidora, Tomás Azofeifa Villalobos, Marta María Elizondo
Vargas, Luis Fernando Salas Calvo, Rafael Ángel Bolaños Villalobos y Johnny
Alvarado Bolaños.
Sométase
a discusión y votación para declarar por parte de este Concejo Municipal
acuerdo definitivamente aprobado y en firme, en aplicación del artículo 45 del
Código Municipal. Votos afirmativos de los señores regidores y regidora, Tomás
Azofeifa Villalobos, Marta María Elizondo Vargas, Luis Fernando Salas Calvo,
Rafael Ángel Bolaños Villalobos y Johnny Alvarado Bolaños.
Sesión
N° 12-2016 de fecha 20 de junio del 2016, artículo V inciso 1).
Gabriela Vargas Aguilar, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2016048809 ).
La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, mediante acuerdo Nº VI.1, de
la sesión ordinaria Nº 24-2016, celebrada el día 30 junio del año en curso,
aprueba el cambio de horario para la realización de las sesiones ordinarias del
Concejo Municipal de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, dichas sesiones
continuarán siendo los jueves a las 4:45 p.m. Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.
La Cruz, Guanacaste, 22 de julio del 2016.—Departamento de Proveeduría.—Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.— 1 vez.—(
IN2016048815 ).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y
ARTES
CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL
EXTRAORDINARIA CXXV
Convocar a asamblea general extraordinaria CXXV para el 19 de agosto
del 2016, a las 16:00 horas en primera convocatoria y a las 17:00 horas en
segunda convocatoria, a realizarse en su Sede ubicada en Desamparados de
Alajuela, con el siguiente Orden del día:
ORDEN DEL DÍA:
I. Apertura y comprobación del quórum.
II. Himno Nacional de Costa Rica.
III. Himno del Colegio.
IV. Aprobación del orden del día.
V. Exposición de lineamientos a seguir en la
asamblea.
VI. Otorgamiento de poder especial a la M.Sc.
Lilliam González Castro, Presidenta, para que conjunta o separadamente suscriba
contratos de arrendamiento de bienes inmuebles y muebles, estos últimos por
tiempo superior a un año.
VII. Construcción o compra de edificio que
albergará la Sede del Colegio en San José.
VIII. Análisis de la admisibilidad de recursos de
apelación en subsidio presentado por Francisco Aguirre Escobar, colegiado,
contra el acuerdo de Junta Directiva Nº 23 de la sesión Nº 082-2015 del 02 de
setiembre del 2015.
IX. Conocimiento y resolución de recurso de
apelación en caso de ser admitido.
X. Presentación, discusión y votación de la
propuesta para reforma del inciso e) del artículo 25 y derogatoria del artículo
46, ambos del Reglamento General del Colegio.
XI. Derogatoria Reglamento de Crédito, aprobado
en la Asamblea General Extraordinaria Nº LXXXV del 30 de julio de 1994.
XII. Derogatoria Reglamento de Incorporaciones,
aprobado en la Asamblea General Extraordinaria Nº C del 14 de febrero del 2004.
XIII. Clausura de la asamblea.
La documentación estará
disponible a partir del viernes 12 de agosto del 2016, en la página web del
Colegio: www.colypro.com.—Lilliam González Castro, Presidenta Junta
Directiva.—Jimmy Güell Delgado, Secretario Junta Directiva.—( IN2016050611 ). 2 v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA
El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica convoca a Asamblea
General Ordinaria Nº 133-2016, que se celebrará el día 16 de setiembre de 2016
para conocimiento, discusión y votación del presupuesto ordinario
correspondiente al período 2016-2017. La Asamblea dará inicio a las dieciocho
horas, con los miembros presentes, de conformidad con el artículo Nº 10 de la
Ley 1269 y 9 del Reglamento respectivo. La asamblea se llevará a cabo en el
Auditorio San Mateo, en la sede central del Colegio de Contadores Privados de
Costa Rica, Calle Fallas de Desamparados.
Orden del Día
1) Verificación del quórum.
2) Lectura y aprobación del orden del día.
3) Himno Nacional de Costa Rica.
4) Himno del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.
5) Palabras del Presidente del Colegio de Contadores Privados de Costa
Rica, Máster José Antonio Corrales Chacón.
6) Presentación de proyecto de presupuesto ordinario del período
octubre 2016 - setiembre 2017, para análisis, a cargo del CPI. Marvin Marín
Muñoz, Tesorero.
7) Discusión y votación del proyecto de presupuesto ordinario
2016-2017.
8) Cierre de Asamblea.
El proyecto de presupuesto estará disponible a partir del 12/09/2016
en nuestra página web www.contador.co.cr.
Notas:
A) De conformidad con el artículo Nº 10 de nuestra Ley Orgánica y sus
reformas, sólo se conocerán los asuntos para los cuales fueron convocadas las
Asambleas.
B) Conforme lo establece el Reglamento de Asambleas en su artículo Nº
6, sólo se permitirá la participación en las Asambleas a aquellos Contadores
Privados Incorporados que se encuentren al día en el pago de las cuotas de
colegiatura al mes de julio de 2016.
C) Los Colegiados que deseen integrarse a las Asambleas encontrándose
en estado de morosidad, podrán hacerlo previo pago de sus cuotas atrasadas en
la caja auxiliar de Tesorería que para tal efecto se ubicará en nuestra sede.
D) Además del recibo cancelado de acuerdo con el literal C), deberán
presentar su carné de Colegiado o cédula de identidad, a efecto de otorgarles
el derecho de voz y voto.
E) Para la permanencia en el recinto de la Asamblea, una vez iniciada
ésta, se aplicará para todos los presentes el artículo Nº 7 del Reglamento de
Asambleas.
San José, 08 de agosto del 2016.—CPI. José Antonio Corrales Chacón,
Presidente.—CPI. Hans Aparicio Molina, Primer Secretario.—1 vez.—( IN2016054070
).
Asamblea General
Extraordinaria 143-2016
El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica convoca a asamblea
general extraordinaria Nº 143-2016, que se celebrará el día 16 de setiembre del
2016. La asamblea dará inicio en primera convocatoria a partir de las dieciséis
horas, y de no haber el cuórum de ley, dará inicio a las diecisiete horas en
segunda convocatoria, de conformidad con el artículo Nº 10 de la Ley 1269 y 9
del Reglamento respectivo. La asamblea se llevará a cabo en el Auditorio San
Mateo, en la sede Central del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica,
Calle Fallas de Desamparados, con el siguiente orden del día:
Orden del Día
1. Verificación del quórum.
2. Lectura y aprobación del orden del día.
3. Himno Nacional de Costa Rica.
4. Himno del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.
5. Palabras del Presidente del Colegio de Contadores Privados de Costa
Rica CPI. José Antonio Corrales Chacón.
6. Conocimiento del Recurso de Apelación presentado por el CPI. Carlos
Alberto Ugarte Acevedo, investigado en el Expediente Administrativo 06-2016.
7. Cierre de Asamblea.
Notas:
A. De conformidad con el artículo Nº 10 de nuestra Ley Orgánica y sus
reformas, sólo se conocerán los asuntos para los cuales fueron convocadas las
Asambleas.
B. Conforme lo establece el Reglamento de Asambleas en su artículo Nº
6, sólo se permitirá la participación en las Asambleas a aquellos Contadores
Privados incorporados que se encuentren al día en el pago de las cuotas de
colegiatura al mes de julio del 2016.
C. Los Colegiados que deseen integrarse a las Asambleas encontrándose
en estado de morosidad, podrán hacerlo previo pago de sus cuotas atrasadas en
la caja auxiliar de Tesorería que para tal efecto se ubicará en nuestra sede.
D. Además del recibo cancelado de acuerdo con el literal C), deberán
presentar su carné de Colegiado o cédula de identidad, a efecto de otorgarles
el derecho de voz y voto.
E. Para la permanencia en el recinto de la Asamblea, una vez iniciada
ésta, se aplicará para todos los presentes el artículo Nº 7 del Reglamento de
Asambleas.
San José, 8 de agosto del 2016.—CPI. José Antonio Corrales Chacón,
Presidente.—CPI. Hans Aparicio Molina, Primer Secretario.—1 vez.—( IN2016054071
).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
SMOKIN PIG SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Los señores Bobby Lee (nombres) Lindsey Jr (apellido), con un solo
apellido en Razón de su nacionalidad estadounidense, pensionado, vecino de
Playa Potrero, Santa Cruz de Guanacaste, y con cedula de residencia
costarricense número: 184001891330 se encuentra en proceso de venta a Jill a
(nombre) Webster (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad
estadounidense, mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Guanacaste,
portadora del pasaporte de su país P547574678 y Amy Jeanne (nombre) Fachko
(apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense,
mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Guanacaste, portadora del
pasaporte de su país P547574679, la totalidad del capital social de la sociedad
Smokin Pig Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica
número 3-102-700531, sociedad propietario del establecimiento comercial de
restaurante ubicado en Guanacaste, cantón Santa Cruz, distrito Playa Potero,
que opera bajo el nombre comercial Smokin Pig. Se cita a acreedores e
interesados, para que se presenten dentro del término de quince días a partir
de la primera publicación de este aviso, a hacer valer sus derechos de
conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio, en Guanacaste, Santa
Cruz, Playa Tamarindo, Centro Comercial Plaza Conchal, segundo piso, local
dieciocho-b, oficina de la firma Expertis legal en horario de oficina de ocho
de la mañana a cinco de la tarde de lunes a viernes, la venta se realizará el
día 25 de julio del dos mil dieciséis.—Guanacaste, 22 de julio del 2016.—Licda.
Denise Eduviges Varela Sánchez, Notaria.—(IN2016049052).
SAGA
INGENIERÍA S. A.
Saga Ingeniería S. A., con cédula jurídica 3-101-571807 comunica por
este medio el extravío del cupón del Banco Lafise de un CDI número 100020262,
con fecha 06 de marzo del 2013 por el monto de ¢235.869,70 (doscientos treinta
y cinco mil ochocientos sesenta y nueve colones 70/100). Cabe mencionar que
dicho cupón no se encontraba endosado. Esto para efectos de reposición según el
Código de Comercio.—Ing. Grettel Chang Ugarte, Representante Legal.—(
IN2016049304 ).
CENTRO
VACACIONAL BANCOSTA S. A.
Hace constar que revisado el libro de accionistas, aparece como socio
Vega Calderón Luis Gerardo, cédula 3-231-632, con la acción 641, la cual se
reporta como extraviada, por lo que se solicita su reposición.—San José, 27 de
julio del 2016.—Alfonso Redondo Álvarez, Secretario.—( IN2016049360 ).
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
La Universidad Interamericana de Costa Rica,
certifica que ante la Oficina de Registro, se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Maestría en Ingeniería Industrial, inscrito bajo el
Tomo 1, Folio 20, Número 490 de esta Universidad y el Tomo 43, Folio 328,
Número 11572 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada
(CONESUP), emitido a los 20 días del mes de abril del año 2009, título a nombre
de Erick Álvarez Ramírez, cédula de identidad número 401570433. Se solicita la
reposición de los títulos indicados anteriormente por pérdida de los originales
debido a extravío. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo. Se emite la presente en Heredia, Costa
Rica, a los quince días del mes de julio del año dos mil dieciséis.—Neda Blanco
López, Directora.—( IN2016049564 ).
Se comunica a todos los
interesados que el primero de julio del dos mil dieciséis se celebró un
contrato de compraventa de negocio entre Baxter Export Costa Rica, S.R.L.,
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos setenta y tres mil
setecientos siete y Baxalta Bioscience Costa Rica, S.R.L., cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-setecientos cinco mil doscientos ochenta y
cuatro, mediante el cual Baxalta Bioscience Costa Rica, S.R.L. compró el
negocio operado por Baxter Export Costa Rica, S.R.L. relacionado con
biociencia. El precio de compraventa será depositado en el adquiriente, Baxalta
Bioscience Costa Rica, S.R.L., de conformidad con el artículo cuatrocientos
ochenta y uno del Código de Comercio. Asimismo, según lo establecido en el
artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio, se cita a los
acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince
días a partir de la primera publicación de este aviso, a hacer valer sus
derechos ante el depositario. Los acreedores deberán hacer llegar nota por
escrito al depositario con evidencia de su acreencia de conformidad con los
requisitos de ley. El depositario señala para recibir la documentación de los
acreedores e interesados a la dirección física: Escazú, Centro Corporativo
Plaza Roble, edificio Los Balcones, cuarto piso, oficinas de Zurcher Odio &
Rayen. Baxalta Bioscience Costa Rica, S.R.L.—Ronald Lachner González, Apoderado
Generalísimo.—( IN2016049810 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
GANADERA DON ALEJO. S. A.
Ante esta notaría, se hace de
conocimiento público el extravío de los dos libros sociales, Libro de Registro
de Socios y el Libro de Actas del Consejo de Administración de la sociedad
Ganadera don Alejo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero tres dos ocho
cuatro siete de los cuales se procederá a la reposición.—San José Santa Ana, 25
de julio del 2016.—Licda. Irene Cruz Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2016049308 ).
CONSTRUCTORA
GONZALO DELGADO S. A.
Yo, Gonzalo Delgado Ramírez, cédula de identidad número uno-seiscientos
cuarenta y cuatro-ciento treinta y ocho, en mi condición de vicepresidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la entidad
Constructora Gonzalo Delgado S. A., cédula de persona jurídica 3-101-60618, por
causa de extravío del Libro de Registro de Accionistas de la empresa, procedo a
realizar la reposición del mismo.—San José, 22 de julio del 2016.—Gonzalo
Delgado Ramírez.—Licda. Ana Vásquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049344 ).
TEXTILES
KATUIR S. A.
Por escritura pública de las 09:00 horas del 20 de julio de 2016, el
señor Samuel Rabinovich Dyner, con cédula de residencia uno uno siete cero cero
cero cero dos dos cinco dos tres, en su condición de presidente de la junta directiva con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Consorcio Inversionista Mercantil C. I. M.
S. A., cédula jurídica número 3-101-195733, domiciliada en San José, San José,
Sabana Oeste, del Antiguo Rancho Luna, trescientos metros oeste, solicita ante
el Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas, la reposición por
extravío de los libros número uno de Actas de Asamblea de Socios, Registro de
Socios y Actas del Consejo de Administración.—Santa Ana, 20 de julio del
2016.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—( IN2016049440 ).
DESARROLLOS
LOS ÁNGELES DLA S. A.,
Desarrollos Los Ángeles DLA S. A., cédula de
persona jurídica número 3-101-1369427, hace constar que en lugar y fecha
desconocido se extraviaron los libros sociales de la empresa por lo que ha
solicitado al Registro Nacional la reposición de los tomos N° 2 de los libros
de Registro de Socios, Actas de asamblea de Socios y Actas de Junta
Directiva.—San José veintidós de julio de dos mil dieciséis.—Marco Vinicio
Varela Fallas, Presidente.—1 vez.—( IN2016049496 ).
LYFORD
HOLDINGS L. H S. A.
Lyford Holdings L. H S. A., cédula de persona jurídica número
3-101-454427, hace constar que en lugar y fecha desconocido se extraviaron los
libros sociales de la empresa por lo que ha solicitado al Registro Nacional la
reposición de los tomos N° 2 de los libros de Registro de Socios, Actas de
asamblea de Socios y Actas de Junta Directiva.—San José veintidós de julio de
dos mil dieciséis.—Marco Vinicio Varela Fallas, Presidente.—1 vez.—(
IN2016049498 ).
WILD
WILLIE’S WESTERN WORLD S. A.
Wild Willie’s Western World S. A., cédula de
persona jurídica número 3-101-477710, hace constar que en lugar y fecha
desconocido se extraviaron los libros sociales de la empresa por lo que ha
solicitado al Registro Nacional la reposición de los tomos N° 2 de los libros
de Registro de Socios, Actas de asamblea de Socios y Actas de Junta
Directiva.—San José veintidós de julio de dos mil dieciséis.—Marco Vinicio
Varela Fallas Presidente.—1 vez.—( IN2016049501 ).
ESCOBAL
KILÓMETRO CUARENTA Y NUEVE SRL.
Escobal Kilómetro Cuarenta y Nueve SRL., cédula de persona jurídica
número 3-102-664019, hace constar que en lugar y fecha desconocido se
extraviaron los libros sociales de la empresa por lo que ha solicitado al
Registro Nacional la reposición de los tomos N° 2 de los libros de Registro de
Cuotistas y Actas de asamblea de Cuotistas.—San José veintidós de julio de dos
mil dieciséis.—Marco Vinicio Varela Fallas, Gerente.—1 vez.—( IN2016049503 ).
TRANSPORTES
GOGI
José Francisco Morice Castañeda, mayor, casado, empresario, con cédula
5-271-551, vecino de Filadelfia, presidente de Transportes Gogi, con cédula
3-101-601300, solicita al Registro Público, la reposición de los libros de
Actas de Registro de Accionistas, el de Acta de Asamblea de Accionistas, el de
Acta de Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventario y Balances de su
representada, citando a todo aquel que se considere afectado a dirimir su
oposición al Área de Legalización de Libros del Registro Público, en el término
de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de éste
aviso.—Filadelfia, 19 de julio. del 2016.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2016049563 ).
AD
JEJU DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA
AD Jeju del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno
cinco tres tres cinco uno ocho, solicita ante el Registro Nacional, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea
General de Socios, Registro de Socios y Actas del Consejo de Administración,
todos en número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante el Área de información y asistente al contribuyente de la Administración
Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—Licda. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(
IN2016049631 ).
MGP
COMPONENTES BRITÁNICOS S. A.
En escritura otorgada a las 11:00 del 10 de junio del 2016, de MGP
Componentes Británicos S. A., cédula jurídica 3-101-397968, se solicitó
reposición de libro de asamblea de socios por extravío.—San José, 15 de julio
del 2015.—Licda. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—( IN2016049682
).
COLEGIO
DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA
Conocido lo ordenado por el Tribunal Contencioso Administrativo del
Segundo Circuito Judicial de San José Anexo A, según resolución de las 11:45
horas del 4 de julio de 2016, expediente 16-005500-1027-CA, se suspende la
ejecución de la sanción impuesta al Lic. Ramón Humberto Romero Rodríguez, según
se dispuso por acuerdo de junta directiva número 588-2015 SO27 de sesión
ordinaria N° 27-2015 del 21 de setiembre de 2015, publicado en La Gaceta
N° 136 del jueves 14 de julio de 2016, hasta tanto no se resuelva el proceso en
esta instancia judicial.—Lic. Mauricio Artavia Mora, Director Ejecutivo.—1
vez.—( IN2016049815 ).
INVERSIONES
BARRANTES SUAREZ DE LA COSTA SOCIEDAD ANÓNIMA
La compañía Inversiones Barrantes Suarez de la Costa Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-322728, informa que se ha extraviado su libro número uno
de Actas de Asambleas por lo que se encuentra tramitando ante el Registro
Nacional la respectiva reposición. Oposiciones al fax 2685-4147.—Licda. Jenny
María Ramos González, Notario.—1 vez.—( IN2016049829 ).
BAMBÚ
TICO DE PARAMO SOCIEDAD ANONIMA
Yo Manuel Retana Jiménez, cédula de identidad número uno-cero
cuatrocientos siete-mil trescientos veintitrés, en mi calidad de presidente y
representante legal de la sociedad denominada Bambú Tico de Paramo Sociedad
Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil
ochocientos cuarenta y uno, domiciliada en San José, Pérez Zeledón, Paramo de
la Iglesia Católica doscientos metros oeste. Comunico el extraviado del libro
de Registro de Socios número Uno. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de
la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones.—San Isidro,
Pérez Zeledón veintidós de julio del dos mil dieciséis.—Manuel Retana
Jiménez.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2016049850 ).
OPTIMED
SOCIEDAD ANÓNIMA
En representación de la sociedad denominada Optimed Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y
ocho mil seiscientos treinta y uno, procedo a realizar el trámite de reposición
de los siguientes libros legales: Libro de Actas de Asamblea de Accionistas, Libro
de Registro de Socios, Libros de Actas de Asamblea de Junta Directiva, en razón
de que por causa involuntaria los mismos fueron extraviados.—San José,
veintiséis de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1
vez.—( IN2016049884 ).
BERNARDITA
Y MERCY SOCIEDAD ANONIMA
Yo, Mercy Granados Fonseca, cédula 6-263-273, soltera, comerciante,
vecina de San Marcos de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas, frente a la iglesia
católica, en mi condición de Presidenta, hago constar que hemos iniciado la
Reposición y Legalización de libros de Actas de Registro de Accionistas número
uno; Actas Asambleas Generales número uno, de la entidad Bernardita y Mercy
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-647494, del Registro de Personas
Jurídicas, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público
3-101-647494.—Mercy de los Ángeles Granados Fonseca, Presidenta.—1 vez.—(
IN2016049941
INDUSTRIA
MAQUILADORA PLÁSTICA
DELQUI ASESORES S. A.
Comunicamos que en día no determinado se
extravió el libro legal de: Actas de Asambleas General, de la sociedad
denominada Industria Maquiladora Plástica Delqui Asesores S. A., cédula
jurídica 3-101-453256, cuyo asiento de legalización del libro es el
4061010848614 fue otorgado en su oportunidad. Informamos al público en general
y a cualquier interesado sobre dicho extravío, por lo que no asumimos
responsabilidad por el uso indebido de dicho documento. Transcurrido el plazo
de ocho días naturales a partir de esta publicación, sin que se haya dado
comunicación alguna al correo electrónico gina_zunigacastro©yahoo.com
procederemos a la reposición del mismo.—Jorge Arturo Quirós Jiménez.—1 vez.—(
IN2016049970 ).
PRODUCTOS GRIEGOS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Se informa del extravío de los Libros de la
Sociedad denominada Productos Griegos Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero veintisiete mil cuatrocientos noventa y cuatro, y se
solicita al Registro Público su reposición. Presidente: Álvaro Céspedes
Soto.—Lic. Juan Carlos Solís Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016049972 ).
TAMMY
PROPIEDADES S. A.
Por haberse extraviado los libros legales de la compañía Tammy
Propiedades S. A., se solicita la reposición de los mismos.—San José, 19 de
julio del 2016.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN2016050016 ).
Z
SWIMWEAR S. A.
Por haberse extraviado los libros legales de la
compañía Z Swimwear S. A., se solicita la reposición de los mismos.—San José,
19 de julio del 2016.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN2016050018
).
Ante
esta notaría mediante escritura número doscientos dieciséis-catorce de diez
horas del cinco de julio del dos mil dieciséis, se ha protocolizado el acta
número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la
sociedad denominada Autos Rojas de Grecia ERLR Sociedad Anónima; cédula
jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil doscientos cincuenta y
cinco, en la cual se acuerda cancelar la fusión de esta sociedad con la
sociedad Autos Rojas EGR Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento
uno-trescientos noventa y tres quinientos treinta; se reforman las clausulas
segunda (Domicilio), sétima (Junta Directiva) y parcialmente la décima primera
(Representación) de su pacto constitutivo.—Grecia a las quince horas con
treinta minutos veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Karolina
Venegas Morera, Notaria.—( IN2016049434 ). 2
v. 1.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante
escrituras 8, 9 y 10 otorgadas ante esta notaría a las doce horas y treinta
minutos del 25 de julio de 2016, Ulises Ávila Castro, cédula 5-150-655, en su
condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de: Servicentro
Nicoya S. A. cédula 3-101-088784, Distribuidora ACAS S. A. cédula
3-101-073383 y El Cacique Nicoa UAC S. A., cédula 3-101-458591, solicita
se otorgue el número de legalización de los libros de actas de sus
representadas. Es todo.—Nicoya, 25 de julio del 2016.—Olga Irene Granados
Porras.—1 vez.—( IN2016048771 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rústico Café Aries
Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2016.–Lic. Rafael Mauricio
Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2016006412.—( IN2016049084 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rústico Raíces Sociedad
Anónima.—San José, 24 de mayo del 2016.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez
González, Notario.—1 vez.—CE2016006413.—( IN2016049085 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rústico Ónix Mármol
Sociedad Anónima. .—San José, 24 de mayo del 2016.—Lic. Rafael Mauricio
Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2016006414.—( IN2016049086 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 17 del mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tecnologías No
Convencionales TNC Limitada.—San José, 24 de mayo del 2016.—Licda. Ilem
Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016006415.—(IN2016049087).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Bonver Inversiones Inmobiliarias Sociedad Anónima.—San José,
24 de mayo del 2016.—Licda. Lucía Isabel Wille Saénz, Notaria.—1
vez.—CE2016006416.—( IN2016049088 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Kamoiran Sociedad Anónima.—San
José, 24 de mayo del 2016.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1
vez.—CE2016006417.—( IN2016049089 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 10 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Promo Smart Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Arauz
Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2016006418.—( IN2016049090 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 20 minutos del 19 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada R & L Inversiones
Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2016.—Licda. Enid Álvarez
Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2016006419.—( IN2016049091 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 18 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cronos T & T Sociedad
de Responsabilidad Limitada.— San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Josué
Hidalgo Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016006420 .—( IN2016049092 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Súper Carnes Mejías y
Pérez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del
2016.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2016006421.—( IN2016049093
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jimmy Hendrix Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Eugenia María Hernández Carballo,
Notaria.—1 vez.—CE2016006422.—( IN2016049094 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Queralt & Rodríguez
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Emily Tatiana
Guevara Torres, Notaria.—1 vez.—CE2016006423.—( IN2016049095 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jiménez & Corredor
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Rolando Álvarez
Araya, Notario.—1 vez.—CE2016006424.—( IN2016049096 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 10 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nueva Luz Centro de
Atención y Formación para Adultos con Discapacidad Sociedad Anónima.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Ana María Masis Bolaños, Notarioa.—1
vez.—CE2016006425.—( IN2016049097 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Recursos Ecológicos
Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana,
Notario.—1 vez.—CE2016006426.—( IN2016049098 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada PJGS Ocular Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Libni Muñoz Sarmiento,
Notario.—1 vez.— CE2016006427.—( IN2016049099 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hotel Lagarta Lodge
Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Víctor Armando Rodríguez
Vado, Notario.—1 vez.— CE2016006428.—( IN2016049100 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hestia de Grecia Sociedad
Anónima.—San José, 25 de Mayo del 2016.–Lic. Juan Luis Céspedes Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2016006429.—( IN2016049101 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lucas &
Matthew Sociedad Anónima.— San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Johnny
Vinicio Matute Obando, Notario.—1 vez.—CE2016006430.—( IN2016049102 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercial Talm Inversiones
Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Federico Baldioceda
Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2016006431.—( IN2016049103 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Océano Cedros de Cabuya
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic.
Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2016006432.—( IN2016049104 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nalalo LLC Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1
vez.—CE2016006433.—( IN2016049105 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada SRCR Human Resources
Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Amy Pamela Rodríguez
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016006434.—( IN2016049106 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 03 minutos del 18 de mayo
del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Escuela de Manejo
Kilómetros Seguros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de
mayo del 2016.—Lic. Geovanni Varela Dijeres, Notario.—1 vez.—CE2016006435.—(
IN2016049107 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Producción Agrícola Kava
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Joaquín Alvarado
Rojas, Notario.—1 vez.—CE2016006436.—( IN2016049108 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Hatterasgt Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25
de mayo del 2016.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1
vez.—CE2016006437.—( IN2016049109 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Somos Machina Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Dinia
Chavarría Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2016006438.—( IN2016049110 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 30 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Cinco Garnier ICG Sociedad Anónima.—San José, 25
de mayo del 2016.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1
vez.—CE2016006439.—( IN2016049111 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Adventures C .R. LLC
Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Marco Antonio Sánchez
Pereira, Notario.—1 vez.—CE2016006440.—( IN2016049112 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Macude
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic.
Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2016006442.—( IN2016049114
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Comercializadora Hermanos Castillo Sociedad Anónima.—San José,
25 de mayo del 2016.—Licda. Rita Patricia Calderón Alfaro, Notaria.—1
vez.—CE2016006443.—( IN2016049115).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importadora Kiroba
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Silvia María Ocampo
Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2016006444.—( IN2016049116 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Doronitos CR
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Armando Moreno
Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2016006445.—( IN2016049117 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Río Kamoiran Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador,
Notario.—1 vez.—CE2016006446.—( IN2016049118 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Upchurch Investment
Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Alberto Matamoros
Suarez, Notario.—1 vez.—CE2016006447.—( IN2016049119 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Angelina Mariet
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Marcela Padilla
Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2016006448.—( IN2016049120 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Medifix Salud Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Daniel Guillen Jiménez,
Notario.—1 vez.— CE2016006449.—( IN2016049121 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Angelina Ilse Uno AP
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Marcela Padilla
Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2016006450.—( IN2016049122 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Vitshumbi
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Armando Moreno
Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2016006451.—( IN2016049123 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada TEC Facilities Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños
Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2016006452 .—( IN2016049124 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Emes S&L
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Melania de los
Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2016006453.—( IN2016049125 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Malu Property Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Yosandra
Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016006454.—( IN2016049126 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Polarizado Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Josselyn Tropper
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016006455.—( IN2016049127 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de
febrero del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sol Libre de
Costa Rica Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Hans Van Der Laat
Robles, Notario.—1 vez.—CE2016006456.—( IN2016049128 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Laca Holdings Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós,
Notario.—1 vez.—CE2016006457.—( IN2016049129 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sola L R Sociedad Anónima.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo López Solano, Notario.—1
vez.—CE2016006458.—( IN2016049130 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Churrelenos y Más
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Hans Van Der Laat
Robles, Notario.—1 vez.—CE2016006459.—( IN2016049131 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Arca Arce Canales Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1
vez.—CE2016006460.—( IN2016049132 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Car-Lia Agrícola Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Johnny
Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2016006461.—( IN2016049133 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada F.L.G. Viajeros del Este
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic.
Juan Pablo Gamboa Amador, Notario.—1 vez.—CE2016006462.—( IN2016049134 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Compass Experience
W&H Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Manfred
Fischel Robles, Notario.—1 vez.—CE2016006463.—( IN2016049135 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Easypllace Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Barrantes,
Notario.—1 vez.—CE2016006464.—( IN2016049136 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Hatterasgt Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1
vez.—CE2016006465.—( IN2016049137 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Máquinas Web CR Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Fernando Hernández
Aguiar, Notario.—1 vez.—CE2016006466.—( IN2016049138 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Polar Bears de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Víctor Hugo Fernández
Mora, Notario.—1 vez.—CE2016006467.—( IN2016049139 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Silviterra Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notario.—1
vez.—CE2016006468 .—( IN2016049140 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Corporación L.I.N.K. Internacional K.E.M.D. Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—CE2016006469.—( IN2016049141 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Servicios Easy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2016006470.—( IN2016049142 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lusso Ochenta y Cuatro
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Alvis González
Garita, Notario.—1 vez.—CE2016006471.—( IN2016049143 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Strategos Empresariales
Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carolina Argüello Bogantes,
Notaria.—1 vez.—CE2016006472 .—( IN2016049144 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Microcervecería Salsa
Brava Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Alvis González
Garita, Notario.—1 vez.—CE2016006473.—( IN2016049145 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Ryoma Water Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1
vez.—CE2016006474.—( IN2016049146 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Quedo Congelado Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Ana Cecilia Castro Calzada,
Notaria.—1 vez.—CE2016006475.—( IN2016049147 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Galería Treinta y Dos
Cartago Lima Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del
2016.—Licda. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—CE2016006476.—(
IN2016049148 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Logística
Segna Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Marlene Brenes
Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2016006477.—( IN2016049149 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Yoses Times Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate,
Notario.—1 vez.—CE2016006478.—( IN2016049150 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Strategos Empresariales en Redes Comerciales Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1
vez.—CE2016006479.—( IN2016049151 ).
mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bitrex Land Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—
CE2016006480.—( IN2016049152 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Barbering & Co
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de Mayo del 2016.—Lic. Luis Diego Acuña Vega, Notario.—1
vez.—CE2016006481.—( IN2016049153 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada INARD Inversores Nacionales en Arriendos Limitada.—San José,
25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2016006482.—( IN2016049154 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Grupo GCG
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. José Andrés Masis
Calvo, Notario.—1 vez.—CE2016006483.—( IN2016049155 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jased Ani Sociedad
Anónima.— San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Erika María Vázquez Boza,
Notaria.—1 vez.—CE2016006484 .—( IN2016049156 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sukarne Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz
Herrera, Notario.—1 vez.—CE2016006485.—( IN2016049157 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Asesorías Legales Tamayo & Asociados Sociedad Anónima.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2016006486.—( IN2016049158 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Provia El Jobo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—CE2016006487.—( IN2016049159 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación A&B
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Gaudy Ureña Vargas,
Notario.—1 vez.—CE2016006488.—( IN2016049160 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 20 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Castro
Gómez Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Allan Artavia
Solís, Notario.—1 vez.—CE2016006489.—( IN2016049161 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada APP Empleo Trescientos Sesenta Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Teresita Monge Díaz,
Notaria.—1 vez.—CE2016006490.—( IN2016049162 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importadora Gasa Sociedad
Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Allan Artavia Solís,
Notario.—1 vez.—CE2016006491.—( IN2016049163 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Macude del
Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del
2016.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2016006492.—(
IN2016049164 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 20 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora JBR
Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.–Lic. Allan Artavia Solís,
Notario.—1 vez.—CE2016006493.—( IN2016049165 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de marzo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alpha Consulting Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1
vez.—CE2016006494.—( IN2016049166 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12 horas 50 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Níspero Chicle Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—CE2016006495.—(
IN2016049167 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rubio Aesthetic Medicine
Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leiton,
Notario.—1 vez.—CE2016006496.—( IN2016049168 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 19 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Patrimonio Quesada Moya Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo,Notario.—1
vez.—CE2016006497.—( IN2016049169 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rapipartes Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. José Joaquín
Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2016006498.—( IN2016049170 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Smart Management
Consulting SMC Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Alejandro
Solano Flores, Notario.—1 vez.—CE2016006499.—( IN2016049171 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Huafa Sociedad Anónima.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Xinia María Meléndez Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2016006500.—( IN2016049172 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Il Fiore CR
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Xinia Mayela Campos
Campos, Notaria.—1 vez.—CE2016006501.—( IN2016049173 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Farocarr Sociedad Anónima.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Enrique Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006502.—(
IN2016049174 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cuarenta y
Uno C Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Alfaro
Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2016006503.—( IN2016049175 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hestia Sabor del
Mediterráneo Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Juan
Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006504.—( IN2016049176 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Electrizar
Electromecánica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo
del 2016.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2016006505.—(
IN2016049177 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 20 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pera Tica Limitada.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1
vez.—CE2016006506.—( IN2016049178 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora Iberia
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Xinia María
Meléndez Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2016006507.—( IN2016049179 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
12 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Compañía de Servicios CTSR de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—
CE2016006508.—( IN2016049180 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 50 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Innoval Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Josefina Apuy Ulate,
Notaria.—1 vez.—CE2016006509.—( IN2016049181 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 08 horas 01 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Nocturnal Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Esteban Villegas Quesada, Notario.—1
vez.—CE2016006510.—( IN2016049182 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 09 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Leandro`S Comercial L&L Sociedad Anónima.—San José, 26 de
mayo del 2016.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1
vez.—CE2016006511.—( IN2016049183 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dessrobat Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Ester Moya Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2016006512.—( IN2016049184 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo del
año 2016, se constituyó la sociedad denominada E Z Wash Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Carlos
Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2016006513.—( IN2016049185 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 18 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Mobility Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Elsa María Vásquez Calderón, Notaria.—1
vez.—CE2016006514.—( IN2016049186 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mundo Tropical Azul
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Einar José
Villavicencio López, Notario.—1 vez.—CE2016006515.—( IN2016049187 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 05 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sacceds Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Carlos
Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2016006516.—( IN2016049188 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Casa de Doña Delia
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Harold Rafael Ureña
Agüero, Notario.—1 vez.—CE2016006517.—( IN2016049189 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Car Lia Agrícola Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—
CE2016006518.—( IN2016049190 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada C&V Asesores Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Roy Ramírez Quesada,
Notario.—1 vez.—CE2016006519.—( IN2016049191 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Malu Property of Tamarindo LLC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Yosandra Apú Rojas,
Notaria.—1 vez.—CE2016006520.—( IN2016049192 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Medifix Salud Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Daniel Guillén Jiménez,
Notario.—1 vez.—CE2016006521.—( IN2016049193 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada RNJ XXIII Sociedad
De Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic.
Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2016006522.—( IN2016049194 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Adventures C. R. Limitada.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1
vez.—CE2016006523.—( IN2016049195 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Black Gold Buffalo Republic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Leslie Moreira Apu, Notario.—1
vez.—CE2016006524.—( IN2016049196 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Brachos Accesorios
Tecnológicos Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. María José
Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2016006525.—( IN2016049197 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Carnes y Carnes del Sur
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Harold Rafael Ureña
Agüero, Notario.—1 vez.—CE2016006526.—( IN2016049198 ).
mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada FDMI Precisión Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Luciana Acevedo Gutiérrez,
Notaria.—1 vez.—CE2016006527.—( IN2016049199 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 08 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Torre Blanca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
26 de mayo del 2016.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2016006528.—(
IN2016049200 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Diseños
Modulares A&B Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Gaudy
Ureña Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006529.—( IN2016049201 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversion Dist Cuatro
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic.
German Serrano García, Notario.—1 vez.—CE2016006530.—( IN2016049202 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada FAI Amón Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Miguel
Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2016006531.—( IN2016049203 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Verdimonio Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. José Antonio Gómez Cortes,
Notario.—1 vez.—CE2016006532 .—( IN2016049204 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Arguedas y Granados
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. José Joaquín Jiménez
Chew, Notario.—1 vez.—CE2016006533.—( IN2016049205 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tebuka Sociedad Anónima.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—CE2016006534.—(
IN2016049206 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ludamuca Sociedad Anónima.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.—
CE2016006535.—( IN2016049207 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sierra Voluntaria
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. José Antonio Gómez
Cortés, Notario.—1 vez.—CE2016006536.—( IN2016049208 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 16 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Academia de Aprendizaje
Continuo Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Reynaldo
Arias Mora, Notario.—1 vez.—CE2016006537.—( IN2016049209 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Altos de Guachipilín Cuatro AGC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers,
Notario.—1 vez.—CE2016006538.—( IN2016049210 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Alacrán Negra
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic.
Andrés Lanza Méndez, Notario.—1 vez.—CE2016006539.—( IN2016049211 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Consultorios Medicorp M
& M Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—CE2016006540.—(
IN2016049212 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Global Fitness Solutions
Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Harold Alberto Chamberlain
Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016006541.—( IN2016049213 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Fame Maquinaria F&G Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1
vez.—CE2016006542.—( IN2016049214 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 15 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Singh Enterprises
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Héctor Manuel Fallas
Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006543.—( IN2016049215 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ticoburguesas Ave Dos
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Víctor Hugo Fernández
Mora, Notario.—1 vez.—CE2016006544.—( IN2016049216 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria H.C. de
Occidente Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Arnulfo
Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—CE2016006545.—( IN2016049217 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Sivar Consultores Financieros Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Elías Shadid Esquivel,
Notario.—1 vez.—CE2016006546.—( IN2016049218
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rimele Investments
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Oscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016006547.—( IN2016049219 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada C&A Asesores Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Ana María Rivas Quesada,
Notaria.—1 vez.—CE2016006548.—( IN2016049220 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Academia Logos Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Byron Ruiz Padilla, Notario.—1
vez.—CE2016006549.—( IN2016049221 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Corporación Link Internacional KEMD Limitada.—San José, 26 de
mayo del 2016.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—CE2016006550.—( IN2016049222 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Uniendo Esfuerzos M.G.C.
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Sonia Carrillo
Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2016006551.—( IN2016049223 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples M Y M
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Leyden Briceño Bran,
Notario.—1 vez.—CE2016006552.—( IN2016049224 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 16 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada LBS Servicios de
Alimentación Servicios One Dos Nueve Cero Ocho Sociedad Anónima.—San José,
26 de mayo del 2016.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1
vez.—CE2016006553.—( IN2016049225 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Gloria Products and
Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del
2016.—Lic. María del Carmen Otárola Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2016006554.—(
IN2016049226 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Gestion y Desarrollo De Proyectos En Ingenieria GDP Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1
vez.—CE2016006555.—( IN2016049227 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Creasala Conexión HUB
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Brenes
Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2016006556.—( IN2016049228 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Alpha Business Consulting Limitada.—San José, 26 de
mayo del 2016.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2016006557.—(
IN2016049229 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Security Task Force
Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Herrero
Knohr, Notario.—1 vez.—CE2016006558.—( IN2016049230 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercial Xivan Sociedad
Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Ávila González,
Notario.—1 vez.—CE2016006559.—( IN2016049231 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 08 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Valle de Nuria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1
vez.—CE2016006560.—( IN2016049232 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada PYT Corporación Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Soren
Araya Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016006561.—( IN2016049233 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 59 minutos del 16 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hardassah Aire
Acondicionado Sistema Eléctrico General Sociedad Anónima.—San José, 27 de
mayo del 2016.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2016006562.—( IN2016049234 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada HG Legacy, Consulting
& Investment Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic.
Ariel Ramírez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2016006563.—( IN2016049235 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dagoberto ID
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Santiago Eduardo
Arguedas Pitti, Notario.—1
vez.—CE2016006564 .—( IN2016049236 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 21 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Autopartes K S D Sociedad
Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Kensy Díaz Badilla,
Notaria.—1 vez.—CE2016006565.—( IN2016049237 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada F D Z Vaglio Sociedad
Anónima.—San José, 27 de Mayo del 2016.—Licda. Margarita Arias Formoso,
Notaria.—1 vez.—CE2016006566.—( IN2016049238 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada El Pan de Cada Día para
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Erwen Yanan Masís Castro, Notario.—1
vez.—CE2016006567.—( IN2016049239 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 15 horas 00 minutos del 14 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada A Z Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 27 de
mayo del 2016.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—CE2016006568.—(
IN2016049240 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alvisca
Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Marco Antonio Sánchez
Pereira, Notario.—1 vez.—CE2016006569 .—( IN2016049241 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rectificadora Técnica
Geon Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Santiago Eduardo
Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2016006570.—( IN2016049242 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 02 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Splash de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1
vez.—CE2016006571.—( IN2016049243 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de Mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada FB Centroamérica Sociedad
Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Mariela Hernández Brenes,
Notaria.—1 vez.—CE2016006572.—( IN2016049244 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Derkim de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.–Lic. Ricardo Sossa Siles,
Notario.—1 vez.—CE2016006573.—( IN2016049245 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Auditorias Ezequisa
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic.
Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2016006574.—( IN2016049246 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 30 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Julivar Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.–Lic. Pablo Arias
González, Notario.—1 vez.—CE2016006575.—( IN2016049247 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Razu Sociedad Anónima.—San
José, 27 de mayo del 2016.–Lic. Joaquín Bernardo Molina Hernández, Notario.—1
vez.—CE2016006576.—( IN2016049248 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Accessart Sociedad
Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.–Lic. Eduardo Román Gómez,
Notario.—1 vez.—CE2016006577.—( IN2016049249 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Consultorios Medicorp C
& G Sociedad Anónima.—San José, 27
de mayo del 2016.–Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—CE2016006578.—(
IN2016049250 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 12 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pintando Cerámica
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Andrés Adolfo
Villalobos Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016006579.—( IN2016049251 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada C&A Asesores Legales
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Ana María Rivas
Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016006580.—( IN2016049252 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Xivan Sociedad
Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Ávila González,
Notario.—1 vez.—CE2016006581.—( IN2016049253 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Uniendo Esfuerzos MGC
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Sonia Carrillo
Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2016006582.—( IN2016049254 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada SRCR Human Resources del
Oeste Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Amy Pamela Rodríguez
Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016006583.—( IN2016049255 )
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Copper Design International Group Sociedad Anónima.—San José,
27 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—1
vez.—CE2016006584.—( IN2016049256 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 15 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Singh Overseas Enterprises Sociedad Anónima.—San José, 27 de
mayo del 2016.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1
vez.—CE2016006585.—( IN2016049257 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 29 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Blue Tucan Investments
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Nathalie Elizondo
Montero, Notaria.—1 vez.—CE2016006586.—( IN2016048258 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada D L M Consulting
Group Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Walter Xavier
Niehaus Bonilla , Notario.—1 vez.—CE2016006587.—( IN2016049259 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Hermanos Turísticos
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Manuel Gimenez
Costillo, Notario.—1 vez.—CE2016006588.—( IN2016049260 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Invertibas LF Sociedad
Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Mario Alfonso Peña Chacón,
Notario.—1 vez.—CE2016006589.—( IN2016049261 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cospan Internacional
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Rita Patricia
Calderón Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2016006590.—( IN2016049262 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mallcoopesol Sociedad
Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Rolando Romero Obando,
Notario.—1 vez.—CE2016006591.—( IN2016049263 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 22 de
febrero del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Gali
Porras Limitada Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Cristian
Alejandro Chaverri Acosta, Notario.—1 vez.—CE2016006592.—( IN2016049264 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Wein Five The Palms
Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Carolina Arguello Bogantes,
Notaria.—1 vez.—CE2016006593.—( IN2016049265 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Florsol F.S Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Federico
Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—CE2016006594.—( IN2016049266 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Teceele Limitada.—San
José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1
vez.—CE2016006595.—( IN2016049267 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jared Michaels Costa Rica
Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Mariana Isabel Alfaro
Salas, Notaria.—1 vez.—CE2016006596.—( IN2016049268 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 02 minutos del 22 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rodhe Sociedad Anónima.—San
José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Kattia Priscilla Castro Calvo, Notaria.—1
vez.—CE2016006597.—( IN2016049269 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pagos y Servicios
Múltiples M y M Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic.
Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—CE2016006598.—( IN2016049270 )
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Alucom
Costa Rica Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Luis Diego Herrera
Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2016006599.—( IN2016049271 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 30 minutos del 23 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jaravar Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Pablo Arias
González, Notario.—1 vez.—CE2016006600.—( IN2016049272 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Troconis Ingeniería
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Minor Gómez Calvo,
Notario.—1 vez.—CE2016006601.—( IN2016049273 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 18 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Chocofresas Café Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Jennifer
Vargas López, Notaria.—1 vez.—CE2016006602.—( IN2016049274 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 14 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Supplytech Imports
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Jhonatan Ricardo
García Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016006603.—( IN2016049275 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 19 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias
R & L Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Enid
Álvarez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2016006604.—( IN2016049276 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada JMFG Representaciones
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Paulo Fernando Araya
Valverde, Notario.—1 vez.—CE2016006605.—( IN2016049277 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 50 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lafs Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Carolina
Arguello Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2016006606.—( IN2016049278 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ramsule
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Joaquín Bernardo
Molina Hernández, Notario.—1 vez.—CE2016006607.—( IN2016049279 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Focascu Sociedad Anónima.—San
José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notario.—1
vez.—CE2016006608.—( IN2016049280 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Angulo Sociedad
Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Enrique Segura
Amador, Notario.—1 vez.—CE2016006609.—( IN2016049281 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 30 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Transporte de Niko Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1
vez.—CE2016006610.—( IN2016049282 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ave Comercial Properties
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic.
Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2016006611.—( IN2016049283 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Canalete LCS
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Lariza Guevara Moya,
Notaria.—1 vez.—CE2016006612.—( IN2016049284 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Xivan Alimentos XV
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Ávila
González, Notario.—1 vez.—CE2016006613.—( IN2016049285 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Florsol FS Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Federico
Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—CE2016006614.—( IN2016049286 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jimcris Sociedad Anónima.—San
José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Mario Jesús Jiménez Vásquez, Notario.—1
vez.—CE2016006615.—( IN2016049287 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Sabana del Guarco C y
R Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Lilliam Hidalgo
Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2016006616.—( IN2016049288 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Futura Finca Filial Nueve Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San
José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1
vez.—CE2016006617.—( IN2016049289 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Stellar Institucional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2016006618.—( IN2016049290 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rain Forest Water CLV
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Alejandro Campos
Henao, Notario.—1 vez.—CE2016006619.—( IN2016049291 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Solidez Presente y Futura
Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Juan Manuel Godoy
Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016006620.—( IN2016049292 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jossman Dormond Sociedad
Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Jennie Morera Esquivel,
Notaria.—1 vez.—CE2016006621.—( IN2016049293 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 12 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada SMC Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
27 de mayo del 2016.—Licda. Irene María Jiménez Barletta, Notaria.—1
vez.—CE2016006622.—( IN2016049294 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Maxkarterb Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Esteban
Villegas Castro, Notario.—1 vez.—CE2016006623.—( IN2016049295 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Parish Surfah Limitada.—San
José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1
vez.—CE2016006624.—( IN2016049296 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Laz Ten The Palms
Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum,
Notario.—1 vez.—CE2016006625.—( IN2016049297 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 18 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Luis Fernando Delgado Cárdenas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Raquel Reyes Arias,
Notaria.—1 vez.—CE2016006626.—( IN2016049298 ).
Ante
la notaria pública Freyda Nazira Valladares Morales, mediante escritura numero
ciento sesenta-dos, ocho horas del dieciocho de julio del dieciséis. Se
constituyó la sociedad de esta plaza Dentals Experts Sociedad Anónima.—San
José, a las once horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda.
Freyda Nazira Valladares Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2016049299 ).
Mediante
escritura número 31, otorgada a las 10:00 horas del 28 de mayo de 2016, en el
tomo 15 del protocolo del notado público Walter Gerardo Gómez Rodríguez, se
acuerda cambiar la cláusula de administración de la sociedad Quingo S. A,
con cédula jurídica 3-101-010691.—San José, 28 de mayo del 2016.—Lic. Walter
Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016049303 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diecinueve de julio de dos mil
dieciséis, que es de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Sestius S. A., se acuerda reforma de estatutos.—San
José, a las doce horas del veinte de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Ernesto
Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016049305 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las trece horas del diecinueve de julio de dos
mil dieciséis, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Servicios Carpe S. A., se acuerda disolver.—San
José, a las trece horas, del veinte de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Ernesto
Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016049306 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas del diecinueve de julio de dos
mil dieciséis, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Septentrion S. A., se acuerda disolver.—San José, a
las catorce horas, del veinte de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Ernesto
Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016049307 ).
Por
escritura número seis otorgada a las nueve horas del veintiséis de julio del
dos mil dieciséis, ante el notario público Daniel Eduardo Muñoz Herrera, se
protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la sociedad Pinturas Austral Sociedad Anónima, donde se acuerda
modificar la cláusula quinta de los estatutos sobre el capital.—San José,
veintiséis de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera,
Notario.—1 vez.—( IN2016049314).
Por
escritura número 307 de las 12:00 horas del 19 de julio del 2016, se constituye
la sociedad Oils Palmares S. A. Presidente y secretario son apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 19 de julio 2016.—Lic. Juan Pablo
Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2016049315 ).
Mediante
escritura 301 del protocolo 18, a las 16:00 horas del 14 de julio del 2016
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Grupo Cartaginés del Mar S. A., en la cual aumenta el
capital social.—Cartago, 14 de julio del 2016.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano,
Notario.—1 vez.—( IN2016049320 ).
Mediante
escritura numero ciento ochenta y ocho, del tomo cuarto, hoy protocolicé
asamblea general extraordinaria de la sociedad Ovetum Sociedad Anónima,
en lo conducente se modifica la cláusula decima del pacto social. Se nombra
presidente, secretario y tesorero.—San José, 25 de julio del 2016.—Lic. Luis
Guillermo Marín Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2016049327 ).
Mediante la escritura número 134-9, autorizada en
mi notaría al ser las 11:00 horas del día 26 de julio del 2016, protocolicé el
acta de asamblea general de accionistas de la sociedad con nuevo domicilio en
Cartago, Oriental, de la clínica Fernando Volio, cincuenta metros al sur,
propiamente en la Clínica Orosi, denominada Exámenes de Corazón de Cartago
Sociedad Anónima, en la cual se nombran nuevos miembros de junta directiva
y fiscalía y se modifica el domicilio social de la sociedad.—San José, 26 de
julio del 2016.—Licda. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notario.—1 vez.—( IN2016049338
).
Mediante
la escritura número 133-9, autorizada en mi notaría al ser las 12:00 horas del
día 22 de julio del 2016, se constituyó la sociedad con domicilio en San José,
Moravia, San Blas del Lagar cincuenta metros al este, denominada Quimika SW
Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de $200,00 y una
duración de 99 años.—San José, 26 de julio del 2016.—Licda. Fresia Ma. Ramos
Ugarte, Notaria.—1 vez.—( IN2016049339 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del veintisiete de julio
del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de la compañía Rodricava de San José S. A., donde se nombra nueva junta
directiva.—San José, veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Licda.
Gabriela Quirós Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2016049343 ).
Laura Paniagua Mejías y María Virginia Mejías
Vargas, Constituyen la sociedad anónima denominada Emdaz S. A. Escritura
otorgada en Grecia a las 17:00 horas del día 14 de julio del año 2016.—Lic.
Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016049348 ).
Por
escritura otorgada ante mí, Nidia Arias Vindas, a las 14:30 horas del 21 de
julio del 2016, se disolvió Piripa de Sámara S.A., cédula jurídica
3-101-538670.—Flores, 21 de julio del 2015.—Licda Nidia Arias Vindas,
Notaria.—1 vez.—( IN2016049349 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas treinta minutos del
día veintiséis de julio del año dos mil dieciséis, el señor Manuel Antonio
Sequeira Ortega y la señora Evelyn Sequeira Ortega, constituyen la sociedad
anónima de ésta plaza Luna Gigante Sociedad Anónima. Plazo social cien
años. Capital social cien dólares. Presidente Manuel Antonio Sequeira
Ortega.—San José, 27 de julio del 2016.—Lic. Wilfred Arguello Muñoz, Notario.—1
vez.—( IN2016049353 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas del día veintiséis
de julio del dio dos mil dieciséis, el señor Manuel Antonio Sequeira Ortega y
la señora Evelyn Sequeira Ortega, constituyen la sociedad anónima de ésta plaza
Inversiones Urieluna Sociedad Anónima. Plazo social cien años. Capital
social cien dólares. Presidente Manuel Antonio Sequeira Ortega.—San José, 27 de
julio del 2016.—Lic. Wilfred Arguello Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016049354 ).
Ante
la notaría del Licenciado Ricardo Pérez Montiel, cédula número seis-cero siete
nueve-cero nueve uno, tomo 8, escritura 131, se aumenta capital de Calzado
Denisse SYM S. A., cédula jurídica 3-101-403151.—San José, 22 julio
2016.—Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—( IN2016049362 ).
Protocolización
de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Tres-Ciento
Dos-Setecientos Diecinueve Mil Setecientos Once S. R. L., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos diecinueve mil setecientos
once, en la cual se modifica la cláusula primera del pacto social. Escritura
otorgada a las doce horas del veintidós de julio del dos mil dieciséis.—Licda.
Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—( IN2016049380 ).
Protocolización
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Apololab
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
sesenta y cinco mil quinientos ochenta y ocho, en la cual se modifica la
cláusula segunda del pacto social; escritura otorgada a las diez horas del
veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Saénz Beirute, Notaria.—1
vez.—( IN2016049381 ).
En mi notaría, a las diez horas del diecinueve de
julio del dos mil dieciséis, se reformó la cláusula segunda: domicilio, del
pacto constitutivo de la sociedad denominada Desarrollos SAG Harbor DHS S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil
novecientos.—San José, 26 de julio del 2016.—Licda. María del Rocío Quirós
Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2016049383 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea de cuotistas
de la sociedad denominada Cle Prosperity Plus Limitada, en donde se
acuerda reformar la cláusula de la administración y hacer nuevos nombramientos
de la sociedad.—San José, 22 de julio del 2016.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto,
Notario.—1 vez.—( IN2016049402 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea de cuotistas
de la sociedad denominada ECL Plus, Limitada, en donde se acuerda
reformar la cláusula de la administración y hacer nuevos nombramientos de la
sociedad.—San José, 22 de julio del 2016.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto,
Notario.—1 vez.—( IN2016049407 ).
Por escritura de esta notaría el día de hoy, se ha
reformado el pacto constitutivo de la sociedad denominada Clínica Pediátrica
Limitada. Se modifica la cláusula quinta capital social; sexta:
administración y representación.—San José, 21 de julio del 2016.—Lic. Gerardo
Constantino Sibaja Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2016049418 ).
Por
escritura de esta notaría el día de hoy, se ha reformado el pacto constitutivo
de la sociedad denominada Banco Cathay de Costa Rica S. A. Se modifica
la cláusula cuarta: capital social.—San José, 21 de julio del 2016.—Lic.
Gerardo Constantino Sibaja Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2016049423 ).
Mediante
escritura pública otorgada a las dieciocho horas del trece de julio del dos mil
dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de IN
Costa Rica Ingeniería S. R. L., para modificación del pacto social.—Lic.
Daniel Salazar Araya, Notario.—1 vez.—( IN2016049425 ).
Ante
esta notaría, mediante escritura número doscientos dieciséis-catorce de diez
horas del cinco de julio del dos mil dieciséis, se ha protocolizado el acta
número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad
denominada Inversiones La Lingolia Limitada; cedula jurídica tres-ciento
dos-trescientos cincuenta y tres mil doscientos setenta y cuatro, mediante la
cual se reforman las clausulas segunda (domicilio) y parcialmente la décima
primera (representación) de su pacto constitutivo.—Grecia a las quince horas
con treinta minutos veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Karolina
Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2016049427 ).
ante
esta notaría, mediante escritura número treinta y dos- quince, de las nueve
horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, se ha protocolizado el
acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas,
de la sociedad denominada Multillantas de Guanacaste Sociedad Anónima;
cedula jurídica tres-ciento uno-seiscientos setenta y cinco mil nueve, en la
cual se acuerda reformar las clausulas segunda (domicilio), octava (junta
directiva) de su pacto constitutivo.—Grecia a las quince horas con treinta y
cinco minutos veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Karolina
Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2016049431 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las once horas cuarenta minutos del día
veintiséis de julio de dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Flexipark Once Casandra S. A. Donde se acuerda reformar la
cláusula de representación de los estatutos.—San José, veintiséis de julio del
dos mil dieciséis.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(
IN2016049432 ).
Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad
denominada Inversiones Santilu Sociedad Anónima; otorgada mediante la
escritura pública número doscientos dos, iniciada a folio ochenta y ocho frente
del torno diez de mi protocolo, de fecha diecisiete horas del catorce de julio
del dos mil dieciséis. Presidente Jesús Duran Solano; capital social mil
dólares moneda de curso de los Estados Unidos de Norteamérica, domiciliada en
la provincia de San José, Aserrí, del Mirador Ram Luna ochocientos metros sur,
segunda entrada a mano derecha; plazo social: noventa y nueve años.—Licda.
Susana María Ureña Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016049437 ).
Ante
esta notaría Armando Villalobos Mora, cédula 1-1301-248 y Alexander Morgan
Rodríguez, cédula 1-1371-497, constituyeron la sociedad anónima Avam.
Presidente el primero.—Desamparados, 20 de julio del 2016.—Lic. Claudio Enrique
Badilla Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049447 ).
Mediante
escritura número tres, otorgada ante la notaria Nidia Alvarado Morales, a las
nueve horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, tomo nueve de este
protocolo, se protocoliza acta de disolución de la entidad Global Sourcing Latam
S. R. L., acuerdo tomado en asamblea general extraordinaria por unanimidad
de capital social.—Licda. Nidia Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—(
IN2016049454 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 10:58 horas del 19 julio de 2016, se
modificó, la junta directiva de la sociedad Cheverísimo Sociedad Anónima.—San
José, 19 julio del 2016.—Lic. Juana Brown Castro, Notaria.—1 vez.—(
IN2016049456 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del 26 de julio
del 2016, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de Distribuidores de La Zona Tropical, Sociedad Anónima.
Donde se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra presidente y
secretario de la junta directiva y fiscal.—San José, 26 de julio del 2016.—Lic.
Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—( IN2016049458 ).
Por
escritura otorgada a las once horas del veintinueve de junio, se protocolizó
acta de asamblea de la sociedad Alternativas de Telecomunicaciones (ALTEL)
Ltda., mediante la cual se modificaron varias cláusulas del pacto
social.—Lic. Adrián Mora Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016049461 ).
Protocolización
del acta de la asamblea general extraordinaria de Importadora Brigo
Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula
segunda y novena del pacto constitutivo. Escritura protocolizada en San Pablo
de Heredia a las nueve horas del veintidós de julio del dos mil quince, ante el
notario Juan Carlos Martínez Araya.—Lic. Juan Carlos Martínez Araya, Notario.—1
vez.—( IN2016049463 ).
Por
escritura otorgada ante este notario, se constituye la sociedad Transalva
FAV S. A., con domicilio social en San Rafael de Esparza, Puntarenas.
Capital nueve mil colones. Presidente Luis Emilio Alpízar Rojas.—Lic. Alfredo
Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016049467 ).
Por
escritura otorgada ante este notario, se constituye la sociedad Familia Alva
Fav S. A., con domicilio social en San Rafael de Esparza, Puntarenas.
Capital nueve mil colones. Presidente Luis Emilio Alpízar Rojas.—Lic. Alfredo
Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016049468 ).
Por
escritura otorgada a las diez horas del día de hoy, se protocolizó acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Health Depot
para su Salud Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican la cláusula
quinta en cuanto al capital social.—San José, 22 de julio del dos mil
dieciséis.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2016049469 ).
Por
escritura ante esta notaría, de las 13:00 horas del 06 de julio de 2016, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Salsas y
Condimentos Briomol Sociedad Anónima, en donde se nombra tesorera y
fiscal.—San Antonio Desamparados, 6 de julio del 2016.—Lic. Mario Antonio
Guzmán García, Notario.—1 vez.—( IN2016049474 ).
En
Escritura nueve, otorgada en Guápiles, a las 13:00 horas del 15 de junio del
2016, visible a folio cero cero cuatro vuelto, del tomo VI del protocolo de la
notaria Carmen María Solano Rojas, comparece Carlos Luis Vargas Sevilla, cédula
de identidad 7-057-401, y como único socio de Multiservicios Arco Iris
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-265573, solicita al registro
disolver la sociedad.—San José, 26 de junio del 2016.—Licda. Carmen María
Solano Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016049479 ).
Se
hace saber que ante esta notaría, se protocolizó acuerdos de Préstamos
Hermanos Ortiz Sociedad Anónima, en la que se cambia presidente y tesorero
de la junta directiva, en asamblea general extraordinaria número uno de fecha
treinta de junio dos mil dieciséis. Se emplaza a los interesados para efecto de
que dentro del plazo legal a partir de la publicación de este edicto se
apersonen para valer sus derechos.—San José, 26 de julio 2016.—Lic. Ernesto
Ortiz Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049480 ).
Mediante
escritura ciento cincuenta y siete-nueve del veintiséis de julio del dos mil
dieciséis, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de
cuotistas de NA Navarro y Araya, cédula 3-102-69001, donde se nombra
gerente y se cambia razón social.—Cartago, veintisiete de julio del dos mil
dieciséis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—( IN2016049482 ).
Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 1° de
junio del 2016, se protocolizó acta número uno de la asamblea de la sociedad Condominio
Vistas de Nunciatura Bijarro Número Treinta y Ocho Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número 3-101-646910 y se reforma clausula sétima de los
estatutos.—Licda. Tatiana Cecilia Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2016049489
).
Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 1° de
junio del 2016, se protocolizó acta número uno de la asamblea de la sociedad Condominio
Vistas de Nunciatura Camibar Número Setenta y Uno Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número 3-101-646957 y se reforma clausula sétima de los
estatutos.—Licda. Tatiana Cecilia Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2016049490
).
Yo
protocolicé acuerdos de la sociedad Inversiones Ocampo S. A., se acuerda
modificar la cláusula de capital social.—San José, veintiséis de julio de dos
mil dieciséis.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—(
IN2016049499 ).
El suscrito notario, hace constar que mediante la
escritura número quince-tres, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas
cuarenta minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, se reformó la
cláusula sexta del pacto constitutivo, de la sociedad Desarrollos Analíticos
D. A. S. A. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos ochenta y siete mil novecientos trece.—San José, a las nueve
horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Allan Artavia Solís,
Notario.—1 vez.—( IN2016049500 ).
Por
escritura número ciento dieciocho, otorgada ante la notaria pública Priscilla
Soto Quirós, a las trece horas del día veintiséis de julio del dos mil
dieciséis, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de
accionistas de las compañías (i) Bolsa Nacional de Valores S. A., con cédula
jurídica número tres-ciento uno-cero dieciséis mil novecientos sesenta y tres;
(ii) Central de Valores de La Bolsa Nacional de Valores S. A. con cédula
jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos
sesenta y cinco; (iii) Fundeval S. A., con cédula jurídica número tres-uno cero
uno-tres siete tres dos tres seis; (iv) Instituto Centroamericano de Finanzas y
Mercado de Capitales, S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento
once mil cuatrocientos ochenta y cinco; mediante la cual las sociedades se
fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Bolsa
Nacional de Valores S. A.—San José, veintiséis de julio de dos mil
dieciséis.—Licda. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2016049502 ).
El
suscrito notario público Wilber Jiménez Jiménez, hace constar que en escritura
número doscientos cincuenta y dos-dos visible al folio ciento cuarenta y. ocho
frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada al ser las catorce horas del
trece de julio del dos mil dieciséis, se modificó el pacto constitutivo de la
sociedad Inmobiliaria Tavolara MDF Sociedad Anónima.—Garabito, trece de
julio del dos mil dieciséis.—Lic. Wilber Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—(
IN2016049507 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría a las 18:00 horas del 18 de julio de 2016, se
constituyó Industrias de la Capsaicina, presidenta Pamela Rodríguez
González.—Montelimar, Goicoechea, 21 de julio de 2016.—Lic. Donald Ramón Rojas
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049510 ).
En mi notaría, a las diez horas del catorce de
julio del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta de la sociedad Rapichispa
H Y R S. A., cédula jurídica 3-101-706079. Se modificó cláusula quinta y
séptima. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho
corresponda.—San Rafael de Alajuela el 22 de julio del 2016.—Licda. Ana C.
Jiménez Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2016049558 ).
En
esta notaría pública, se ha protocolizada acta extraordinaria de socias de la
empresa JOSERO S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cero cuatro cero
tres cero tres, donde se reforman las cláusulas: tercera, quinta y décima-segunda
del pacto constitutivo. Asimismo de nombra nueva junta directiva. Quien se
sienta perjudicado en dichas reformas que lo hagan saber al Registro Nacional
en el plazo de ley.—San José, veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Lic.
Carlos Rodríguez Bermúdez, Notario.—1 vez.—( IN2016049562 ).
Escritura
protocolizada el día de hoy de Asamblea Extraordinaria de socios de Baguarí
S. A., se modifican cláusulas siete y ocho estatutos, se reorganiza junta
directiva y fiscal. Corresponde al Presidente la representación judicial y
extrajudicial de la sociedad, nombrado por resto plazo social Gregorio de la
Vega Esquivel.—San José, veintidós de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Edwin
Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2016049565 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las trece horas
treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, fueron
protocolizados acuerdos de la asamblea general extraordinaria de socios de Shalom
Sociedad Anónima, en que se modifican los estatutos sociales en cuando al
domicilio social y en cuanto a la eliminación del cargo de agente
residente.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol,
Notario.—1 vez.—( IN2016049567 ).
Por asamblea general extraordinaria de accionistas
número uno de la mercantil de Torres Granadilla Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-688644, celebrada a las 13:00 horas del 19 de julio de 2016, se
reformó la cláusula quinta de su pacto constitutivo y se aumentó su capital
social.—San José 27 de julio de 2016.—Lic. César Gómez Montoya LL.M, Notario.—1
vez.—( IN2016049569 ).
Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 27 de
julio del 2016, se reestructura la cláusula de la administración de la entidad Mega
Compras de San José Sociedad Anónima, con cédula jurídica
3-101-706220 y la entidad Súper Los Amigos Ciruelas Sociedad Anónima,
con cédula jurídica 3-101-712122.—Alajuela 27 de julio del 2016.—Lic. Braulio
Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—( IN2016049570 ).
Por
escritura otorgada a las 08:00 horas del 27 de julio del 2016, se reestructura
el consejo de administración nombrándose nuevo gerente y la cláusula de la
administración de la entidad Importadora y Exportadora Imporex Poniente
Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica
3-101-714379.—Alajuela 27 de julio del 2016.—Lic. Braulio Ulises Murillo
Segura, Notario.—1 vez.—( IN2016049571 ).
Por
escritura otorgada a las 17:00 horas del 26 de julio del 2016, se reestructura
el consejo de administración nombrándose secretaria y tesorero de las entidad Súper
Ferreterías y Mas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-706817.—Alajuela
27 de julio del 2016.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—(
IN2016049572 ).
Por
escritura pública número seis-catorce, otorgada ante esta notaría a las diez horas
del día nueve de junio del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad Sumicomp
P y D Sociedad Anónima, Presidente Gustavo Arias Arce.—Lic. Carlos Luis
Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—( IN2016049576 ).
Por
escritura pública número treinta y nueve-catorce, otorgada ante esta notaría, a
las nueve horas del día diecinueve de junio del año dos mil dieciséis, se
constituyó la sociedad Agrocebo Sociedad Anónima, Presidente Esteban
José Mora Segura.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—( IN2016049577
).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas veinte minutos del 12 de julio de
2016, se protocolizaron acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Ascarandro S. A., se reformó la
cláusula segunda del domicilio de la sociedad.—San José, 26 de julio del
2016.—Lic. Luis Antonio Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016049589 ).
Por
escritura de las 09:00 horas del 26 de julio del año 2016, se acuerda disolver
la sociedad Blue Letter Media Sociedad de Responsabilidad Limitada,
titular de la cédula de persona jurídica número 3-102-682319.—San José, 26 de
julio del 2016.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—( IN2016049596 ).
Ante
esta autoridad, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa Importaciones Industriales Masaca S. A. Cedula 3-101-145964, se
incrementa el capital social a la suma de 250 millones de colones. Se varía
junta directiva.—Tibás, a las 14:00 horas del 26 de julio 2016.—Lic. Jorge Ruiz
González, Notario.—1 vez.—( IN2016049624 ).
Mediante
escritura número doscientos cuarenta, otorgada ante esta notaría, a las ocho
horas del veintiséis de julio de dos mil dieciséis, se protocoliza acta de La
Tribu de Benjamín Sociedad Anónima. Se nombre presidente.—San José, siete
de junio de dos mil dieciséis.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1
vez.—( IN2016049626 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el
día 26 de julio de 2016, se protocolizó el acta número ciento sesenta y cuatro
de la asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Prival Bank
(Costa Rica) S. A., en la cual se acordó modificar la cláusula quinta del
pacto social.—San José, 26 de julio de 2016.—Lic. George De Ford González,
Notario.—1 vez.—( IN2016049627 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas quince minutos del
dieciocho de Julio del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Hubco
Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-dos dos nueve siete
cuatro. Se acepta la renuncia del presidente y tesorero y se procede a realizar
nuevos nombramientos.—Licda María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(
IN2016049628 ).
Por
escritura 172-28, de las 08:30 horas del día 22 de julio de 2016, se constituye
sociedad sin nombre, capital social suscrito y pagado, se nombra junta
directiva.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016049634 ).
Ante
mí, se constituyó Vemca Veintitrés S. A., capital suscrito y pagado en
dólares U. S., plazo 99 años.—San José, 27 de julio de 2017.—Lic. José Ramón
Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—( IN2016049646 ).
En
mi notaría, mediante escritura trescientos veintinueve otorgada el día
dieciséis de junio del dos mil dieciséis, a las ocho horas, se constituye
sociedad anónima todo lo anterior de la empresa Ebba de Costa Rica Sociedad
Anónima, cualquier interesado, sírvase apersonarse a reclamar sus
derechos.—San José veintisiete de julio del dos mil dieciséis, notificaciones
al fax 2443-8341 con atención a la aquí notaria Alexandra Alfaro
Navarro.—Licda. Alexandra Alfaro Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049671 ).
En
mi notaría, mediante escritura trescientos veintisiete otorgada el día diez
de del dos a las diez horas, se constituye sociedad
anónima todo lo anterior de la empresa Balche de Los Dioses Sociedad Anónima,
cualquier interesado, sírvase apersonarse a reclamar sus derechos.—San José
veintisiete de julio del dos mil dieciséis, notificaciones: al fax 2443-8341
con atención a la aquí notaria Alexandra Alfaro Navarro.—Licda. Alexandra
Alfaro Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049672 ).
En
mi notaría, mediante escritura trescientos treinta y seis otorgada el día
veinticuatro de julio del dos mil dieciséis, a las diecinueve horas, se
constituye sociedad anónima todo lo anterior de la empresa Faria Import
Sociedad Anónima, cualquier interesado, sírvase apersonarse a reclamar sus
derechos.—San José veintisiete de julio del dos mil dieciséis, notificaciones
al fax 2443-8341 con atención a la aquí notaria Alexandra Alfaro
Navarro.—Licda. Alexandra Alfaro Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049673 ).
En
mi notaría, mediante escritura trescientos treinta y dos otorgada el día cuatro
de julio del dos mil dieciséis, a las ocho horas, se constituye sociedad anónima
todo lo anterior de la empresa Turquoise Dream Sociedad Anónima,
cualquier interesado, sírvase apersonarse a reclamar sus derechos.—San José
veintisiete de julio del dos mil dieciséis, notificaciones al fax 2443-8341 con
atención a la aquí notaria Alexandra Alfaro Navarro.—Licda. Alexandra Alfaro
Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049674 ).
Ante
esta notaría, comparece el señor Javier Esquivel Isern, mayor, con cédula de
identidad número 106480005. Y dice que se reforma la cláusula octava únicamente
en cuanto a la representación, la que ahora corresponderá solo al presidente,
además se sustituye la junta directiva de la sociedad de esta plaza Activa y
Excelencia Empresarial Las Tres P S. A., cédula jurídica 3-101-711648.—San
José 27 de julio del 2016.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—(
IN2016049678 ).
Ante esta notaría, comparece el señor Javier
Esquivel Isern, mayor, con cédula de identidad número 106480005. Y dice que se
ha sustituido la junta directiva de la sociedad de esta plaza Esquivel
Arquitectura S. A. Cédula jurídica 3-101-470026.—San José 27 de julio del
2016.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049680 ).
Ante
esta notaría, comparece el señor Javier Esquivel Isern, mayor, con cédula de
identidad número 106480005. Y dice que se ha sustituido la junta directiva de
la sociedad de esta plaza La Cuchara Deliciosa S. A. Cédula jurídica
3-101-470218.—San José 27 de julio del 2016.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo,
Notario.—1 vez.—( IN2016049681 ).
Ante esta notaría, comparece el señor Javier
Esquivel Isern, mayor, con cédula de identidad número 106480005. Y dice que se
reforma la cláusula novena únicamente en cuanto a la representación, la que
ahora corresponderá solo al presidente, además se sustituye la junta directiva
de la sociedad de esta plaza Contacto Comunicación Estratégica S. A.
Cédula jurídica 3-101-613409.—San José 27 de julio del 2016.—Lic. Asdrúbal Vega
Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049684 ).
Ante
esta notaría, comparece el señor Javier Esquivel Isern, mayor, con cédula de
identidad número 106480005. Y dice que se ha sustituido la junta directiva de
la sociedad de esta plaza Comunicación Global R. P. S. A. Cédula
jurídica 3-101-228078.—San José 27 de julio del 2016.—Lic. Asdrúbal Vega
Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049686 ).
Por
medio de la escritura número doscientos treinta y nueve, otorgada a las quince
horas del día veintiuno de junio del año dos mil dieciséis, ante esta notaría,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Cincuenta y
Cuatro Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda disolver esta
sociedad al no tener deudas, ni pasivos ni activos, por lo que no se nombra
liquidador que asuma esta función al no ser necesaria y por lo que se revoca el
poder de sus representantes.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(
IN2016049688 ).
Por escritura otorgada ante notaría del notario
licenciado Francisco José Rivera Gómez, en San José, a las doce horas del día
quince de julio del año dos mil dieciséis, se constituye sociedad: Inversiones
LSG Inc. Sociedad Anónima, presidente Tulio Rafael Pineda Mejía.—San José,
veintisiete de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Francisco José Rivera
Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2016049689 ).
Por
medio de la escritura número doscientos cincuenta, otorgada a las ocho horas
del día veintitrés de junio del año dos mil dieciséis, ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad
Coco Ocean Condo Limitada por medio de la cual se acuerda disolver esta
sociedad al no tener deudas, ni pasivos ni activos, por lo que no se nombra
liquidador que asuma esta función al no ser necesaria y por lo que se revoca el
poder de sus representantes.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—(
IN2016049690 ).
Ante
esta notaría a las 16:00 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de Faval del Sur S. A., donde se
reforma la cláusula del capital social.—San José, 26 de julio del año
2016.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016049707 ).
Ante
esta notaría a las 14:00 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de Auto Repuestos AV Diez S. A., donde
se reforma la cláusula del capital social.—San José, 26 de julio del año
2016.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016049708 ).
Ante
esta notaría a las 15:00 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de Repuestos Usados Avenida Diez S. A.,
donde se reforma la cláusula del capital social.—San José, 26 de julio del año
2016.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016049709 ).
Protocolización
de acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Uptodate Amphora
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica
tres-ciento dos-trescientos diecinueve mil cuatrocientos veinte, en la cual se
aprueba trasladar el domicilio de la sociedad al Reino de España, escritura
otorgada a las trece horas del veintiséis de julio del dos mil
dieciséis.—Licda. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—( IN2016049712 ).
El suscrito notario, hace constar que protocolizó
el acta número cuatro de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios
de la sociedad Promotora Inmobiliaria A. E. I., S. A., mediante la cual
se reforman las cláusulas segunda (del domicilio), y sexta (de la junta
directiva).—San José, veintiséis de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Juan Pablo
Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049759 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, a las catorce
horas, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Sesenta y Dos Mil Quinientos Doce S. R. L., cédula jurídica
número 3-102-662512. Se modifica domicilio social para que se tenga como nuevo,
Dominical de Osa, Puntarenas, cincuenta metros al sur de la Sucursal del Banco
de Costa Rica.—San Isidro de Pérez Zeledón. 27 de julio del dos mil dieciséis.—Licda.
Sonia Jiménez Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2016049760 ).
Por
escritura otorgada a las 17:00 horas del 26 de julio de 2016, los señores
Rómulo Eduardo Pacheco Sibaja, y Luis Guillermo Marín Bonilla, constituyeron la
sociedad: Residencycr Punto Com Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Heredia,
27 de julio de 2016.—Licda. América Zeledón Carrillo, Notaria.—1 vez.—(
IN2016049761 ).
Con
vista en el libro de actas de asamblea general de socios de la sociedad Cuarenta
y Cinco Quince de San José S. A., con cédula de persona jurídica número
3-101-465861, de que a las 11:00 horas del 25 de julio del 2016, se realizó la
asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad
del capital social, en la cual se tomó los acuerdos que dicen así: se reforma
cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta
directiva.—Heredia, 26 de julio del 2016.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado,
Notario.—1 vez.—( IN2016049763 ).
Mediante escritura de las
13:00 horas, del 04 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad denominada
Pinturas La Paleta Sociedad Anónima.—San José, 26 de julio del
2016.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049767 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas
del día veintidós de junio del año dos mil dieciséis, se protocolizo el acta de
la sociedad Fairfield Oliva Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula
segunda.—San José, veintidós de junio del año dos mil dieciséis.—Lic. Eugenio
Santi Hurtado, Notario.—1 vez.—( IN2016049770 ).
Por medio de escritura
otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las
quince horas con cincuenta minutos del día veintiséis de julio del año en
curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios
de Ranita Gorda de Vista del Mar, Sociedad Anónima, por medio de la cual
se acuerda modificar la cláusula primera del pacto social, se revoca el
nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente.—San
Isidro de Pérez Zeledón, veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Ana
Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2016049771 ).
Por
escritura 39, de las 17:00 horas del 27 de julio del 2016, ante el notario
Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la sociedad Golden Products
Sociedad Anónima, traducción al castellano Productos Golden Sociedad
Anónima, domicilio Cartago, Occidental, Guadalupe, plazo 100 años a partir
de la constitución. Objeto comercio, importación y otros. Capital social
1.000.000 de colones en 100 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones
cada una, pagado en aporte de bienes muebles. Administración presidente,
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 27 de julio del 2016.—Lic.
Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2016049772 ).
La
sociedad 3-101-531463 S. A., protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria. Escritura otorgada en Grecia a las 13.00 horas del día 22 de
julio del 2016.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2016049778
).
Ante mi notaría, se hace
constar que la sociedad Residencias Sol & Luna Uno S. A., ha
modificado la cláusula quinta en cuanto al aumento de capital. San José
veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Tamara Montecinos Ahumada,
Notaria.—1 vez.—( IN2016049779 ).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del 20 de julio de 2016, Complejo
Turístico Palo Verde CTP Sociedad Anónima, reformó la cláusula segunda del
domicilio y la cláusula novena de la representación del pacto
constitutivo.—Cañas, Guanacaste, 20 de julio de 2016.—Licda. Ana Solano Jerez,
Notario.—1 vez.—( IN2016049782 ).
Por
escrituras otorgadas en la ciudad de San José, a las 14:00 horas del 23 de
julio y a las 18:00 horas del 26 julio del 2016, protocolizo actas de asamblea
extraordinaria de socios de Square Investments Amex S. A y Nereo
Trade Service Ltda., mediante la cual se forman las cláusulas de domicilio
del pacto social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016049785 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintisiete de julio del
año dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Robleterra Sociedad Anónima, en la cual se reformó la
cláusula sétima.—San José, veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Licda.
Gabriela Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016049791 ).
Ante
este notario público, José Fermín Morales Campos, se constituye escritura
número doscientos trece, iniciada en el folio ciento treinta y uno vuelto, del
tomo diez de mi protocolo, en donde se modifica la cláusula sétima del pacto
constitutivo de la sociedad Tim Inversiones Alajuelenses Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta mil seiscientos cuarenta y
dos, referente a la junta directiva y representación de dicha
sociedad.—Alajuela el 27 de julio del dos mil dieciséis.—Lic. José Fermín
Morales Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016049796 ).
La suscrita notaria Laura
Virginia Baltodano Acuña, carné 19308, hace constar que ante esta notaría se ha
protocolizado el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
compañía Cajiao y Lara S. A., cédula jurídica 3-101-700069, donde se
realiza el cambio junta directiva; y se modifica la cláusula octava: de la
junta directiva.—San José, 27 de julio de dos mil dieciséis.—Licda. Laura
Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—( IN2016049797 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las
dieciséis horas del veinticinco de julio del año dos mil dieciséis, se
constituye la sociedad Inversiones y Multiservicios Marítimos Balasa S. A.,
capital social aporte de un millón de colones. Presidente Joan Balasa
Denaga.—Lic. Jorge Mejía Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2016049799 ).
Por instrumento público
número treinta y nueve otorgado en mi notaría en San José, a las catorce horas
del dieciocho julio de dos mil dieciséis, se protocolizó la asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad Creare Inmobiliaria Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos ochenta y seis mil seiscientos treinta, mediante la cual se
modifica la cláusula tercera del pacto social de la compañía, referida al
objeto social.—San José, veintisiete de julio de dos mil dieciséis.—Licda.
Catalina Chaves Salomón, Notaria.—1 vez.—( IN2016049804 ).
Mediante escritura otorgada a las doce horas del veintisiete de enero del
dos mil dieciséis, ante la notaria Sandra Echeverría Mesén se constituyó la
sociedad de esta plaza denominada ConnectingIdeas Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada. Gerente con facultades de apoderado
generalísimo.—San José, 27 de julio del 2016.—Licda. Sandra Echeverría Mesén,
Notaria.—1 vez.—( IN2016049805 ).
Por
escritura pública número setenta y tres otorgada ante mí, a las nueve horas del
veintiocho de julio del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta número uno de
la sociedad Fivenca Sociedad Anónima. En donde se acordó reformar la
cláusula quinta del capital social, y la cláusula sexta de la
administración.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016049817 ).
Se modifica
cláusula octava del pacto constitutivo de Xpinno Experiencia e Innovación S.
A., cédula jurídica 3-101-573169, y se nombra junta directiva y
fiscal.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2016049819 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veintisiete
de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea de accionistas
de la sociedad Grupo San Bernardino BFB Sociedad Anónima mediante la
cual se reforma la cláusula de administración y la cláusula de domicilio.—San
José, veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Elías Shadid Esquivel,
Notario.—1 vez.—( IN2016049831 ).
La Agropecuaria
La Yunta Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos cincuenta y cuatro mil novecientos ochenta y cuatro,
domiciliada en Hojancha, Guanacaste, ha revocado el puesto de fiscal y ha hecho
un nuevo nombramiento. Oposiciones al fax 2685-4147.—Licda. Jenny Maria Ramos
González, Notaria.—1 vez.—( IN2016049837 ).
Por escritura otorgada en
esta notaría, a las 11:30 del 18 de julio del 2016, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria
Floivala S. A. Se acuerda reformar la cláusula segunda.—Lic. Dewin Brenes
Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2016049839 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las ocho horas veinticinco minutos del día del veintiocho
de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad A Connection DMC S. A., con cédula
de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos ochenta y siete mil ochocientos
ochenta y tres, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la
disolución y liquidación de la sociedad.—San José veintiocho de julio del dos
mil dieciséis.—Lic. Claudia Minerva Domínguez Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2016049841 ).
Por escritura doscientos veintiséis-veintitrés,
otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del día treinta y uno de
marzo de dos mil dieciséis, se acuerda modificar las clausulas segunda, del
domicilio y clausula sexta de la administración, de la sociedad Recauchadora
Remi S. A.—San José, catorce de junio de dos mil dieciséis.—Lic. Paul
Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016049842 ).
Por escritura número
218-4 otorgada ante esta notaría, al ser las 09:00 del 28 de julio del 2016, se
protocoliza acta de asamblea Spark Flow Sociedad Anónima, donde se
modificó la cláusula quinta.—San José, 28 de julio de 2016.—Licda. Andrea
Ovares López, Notaria.—1 vez.—( IN2016049844 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 11 de julio del
2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
empresa Edificaciones y Desarrollos Austral Soluciones S. A. cj
3-101-389530. Acuerdo único disolución de la empresa.—San Isidro, Pérez
Zeledón, 12 de julio del 2016.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—(
IN2016049845 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la firma de ésta plaza Corporación Aduanera
Sisma Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula primera del pacto social
para que en adelante se denomine Grupo Logístico de Carga GLC Sociedad
Anónima; se modifica la cláusula segunda del pacto social, del domicilio;
se modifica la cláusula sexta del pacto social, de la administración.—San José,
8 de julio de 2016.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016049846
).
Por medio de escritura
otorgada en San José, a las 09:00 horas del 27 de julio del año 2016, se protocolizaron
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa
denominada Zif Latinoamérica Sociedad Anónima, mediante la cual se
modificó la cláusula quinta, referida al capital social.—San José, 27 de julio
del año 2016.—Lic. Oscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016049852 ).
Que
por acta de asamblea general extraordinaria de R Y R El General Nuevo de
Pérez Zeledón Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-622063, celebrada el
día 12 de julio del año dos mil dieciséis, se modifica la cláusula segunda de
las constitutivas, en cuanto al domicilio de la sociedad, se nombran nuevos
miembros de la junta directiva.—San Isidro de Pérez Zeledón 12 de julio del año
dos mil dieciséis.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016049867 ).
Que
por acta de asamblea general extraordinaria de Multiservicios sin Fronteras
Multifron Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-202440, celebrada el día
02 de mayo del año dos mil dieciséis, se modifica la cláusula primera de las
constitutivas, en cuanto al domicilio, la cláusula segunda de las
constitutivas, en cuanto al objeto de la sociedad, y la cláusula séptima de las
constitutivas, en cuanto a la administración de la empresa.—San Isidro de Pérez
Zeledón 26 de julio del año dos mil dieciséis.— Lic. Jimmy Vargas Venegas,
Notario.—1 vez.—( IN2016049870 ).
Por escritura cincuenta y seis-nueve, otorgada
ante esta notaría, se aumenta el capital social de la entidad Ingeniería
Civil ICSA S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento nueve mil
trescientos veintiséis. Capital social actual quince millones quinientos doce
mil colones.—San José, veintiuno de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Aída
Gabriela Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—( IN2016049872 ).
Que
por acta de asamblea general extraordinaria de Comercializadora Hermayna
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-307654, celebrada el día 12 de
julio del año dos mil dieciséis, se modifica la cláusula cuarta de las
constitutivas, en cuanto al capital social, realizando aumento de capital
accionario.—San Isidro de Pérez Zeledón 14 de julio del año dos mil
dieciséis.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016049874 ).
Mediante escritura número setenta y dos otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2016, se reformaron los
estatutos, específicamente en cuanto a la cláusula del plazo, de la sociedad
denominada Palmas Verdes del Norte PV S. A., cédula de persona jurídica
número: 3-101-647267.—San José, 28 de julio del 2016.—Licda. Marcela Padilla
Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2016049880 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituyó Inversiones de Los Angeles LCM
Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, capital suscrito y
pagado en dólares, se nombra presidente con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma, secretario, tesorero, fiscal y agente
residente. Capital suscrito y aportado en dólares.—San José, 23 de julio del
2016.—Lic. Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—( IN2016049883 ).
En
fecha veintisiete de junio del dos mil dieciséis, mediante escritura numero
doscientas setenta y seis otorgada ante el notario público Jorge Bonilla Perla,
de paso por San José, Medi Servicios de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada, reforma estatutos en cuanto a domicilio y la
representación, y nombra gerente.—San José, veintisiete de junio del dos mil
dieciséis.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—( IN2016049885 ).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario a las 09:00 horas hoy, se protocolizaron acuerdos de
asamblea general de accionistas de Raines Laguardia S. A., reformando
estatutos y reestructurando junta directiva.—San José, 26 de julio de dos mil
dieciséis.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049886 ).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario a las 10:00 horas hoy, se protocolizaron acuerdos de
asamblea general de Accionistas de Inversiones Raines S. A., reformando
estatutos, cláusula del plazo social.—San José, 26 de julio de dos mil
dieciséis.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049887 ).
Debidamente
autorizado, protocolice en lo conducente acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Autorespuestos de Partes San Sebastián Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula quinta del pacto
constitutiva.—San José, 27 de julio del 2016.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez,
Notario.—1 vez.—( IN2016049890 ).
Por
esta escritura otorgada en esta notaría en San José, a las doce horas y
cincuenta minutos del día veintisiete de julio del año dos mil dieciséis, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Dust
and Din Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta y se revocan los
cargos de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—San José,
veintisiete de julio, dos mil dieciséis.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1
vez.—( IN2016049892 ).
En mi notaría, a las 19:30 del 27 julio 2016, se reforma pacto
constitutivo clausula sexta, se nombró secretario y tesorero de la sociedad
denominada Grupo Visari Egec S. A., domiciliada en Alajuela.—Lic. Daniel
Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—( IN2016049894 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría, de las diez horas del 22 de julio de 2016, se
constituyó la sociedad que se identificará solo con el número de cédula
jurídica. Manifiesto bajo mi responsabilidad que el capital social fue
pagado en moneda de los Estados Unidos Americanos.— Heredia, San Pablo, 27 de
julio de 2016.—Lic. Jorge Ronald García Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016049899
).
Ante
esta notaría, escrituras 238 y 239 de las 08:00 horas y 09:00 horas del 28 de
julio del año 2016, se reforma el domicilio social y cláusula de la
administración de Inmobiliaria Terra Rocallosas Sociedad Anónima, y
cláusula de la administración de Family Garden Sociedad Anónima.—Lic.
José Pablo Arce Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016049910 ).
El
suscrito notario, hace constar que en mi notaría, mediante escritura número
ciento veintiuno del veintidós de julio del dos mil dieciséis y escritura
número ciento veintitrés del veintiséis de julio del dos mil dieciséis,
protocolicé acuerdos de asamblea general de Guieco Sociedad Anónima y El
Navara Negro Dos Mil Nueve CTG Sociedad Anónima, respectivamente, en donde
se reforma sus pactos constitutivos y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—San José, veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Gastón Sancho
Cubero, Notario.—1 vez.—( IN2016049912 ).
Por
escritura número 65-13 otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 27 de julio de
2016, se constituyó la sociedad que
tendrá por denominación social Metta Empresas con Propósito Sociedad Anónima,
domiciliada en San José, avenida sexta, calles veintiuno y veintiséis, casa dos
mil ciento cincuenta y ocho, con un plazo de noventa y nueve años, capital
social de ciento veinte mil colones, presidente Carolina Leñero Jiménez, cédula
de identidad número uno-mil ciento siete-novecientos treinta.—San José, 27 de
julio de dos mil dieciséis.—Licda. Clara Eugenia Hütt Pacheco, Notaria.—1
vez.—( IN2016049917 ).
Por
escritura número 64-13 otorgada ante mí, a las 11:30 horas del 27 de julio de
2016, se constituyó la sociedad que
tendrá por denominación social CC Capitalismo Consciente Sociedad Anónima,
domiciliada en San José, avenida sexta, calles veintiuno y veintiséis, casa dos
mil ciento cincuenta y ocho, con un plazo de noventa y nueve años, capital
social de cien mil colones, presidente Fernando Javier Leñero Testart, cédula
de identidad número ocho-cero cuarenta y nueve-seiscientos sesenta y tres.—San
José, 27 de julio de dos mil dieciséis.—Licda. Clara Eugenia Hütt Pacheco,
Notaria.—1 vez.—( IN2016049919 ).
Por escritura otorgada el día de hoy, se
protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
Sigocal S. A., en que se reformaron las clausulas segunda y séptima de
los estatutos en cuanto a su domicilio, y se nombra nueva junta directiva,
fiscal y agente residente.—San José, 02 de julio del 2016.—Lic. Mario Alberto
Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—( IN2016049923 ).
Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Automotores
Planicies de Treves S. A., en que se reformaron las clausulas segunda y
séptima de los estatutos en cuanto a su domicilio, y se nombra nueva junta
directiva y fiscal.—San José, 02 de julio del 2016.—Lic. Mario Alberto Sandoval
Pineda, Notario.—1 vez.—( IN2016049924 ).
Mediante
escritura pública número ciento treinta y ocho, otorgada ante esta notaría, al
ser las diez del día veintidós de julio del año dos mil dieciséis, se
constituyó la sociedad denominada Recamax Sociedad Anónima.—Ciudad
Neily, veintidós de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Yanzy Rodríguez Reyes,
Notaria.—1 vez.—( IN2016049931 ).
Por escritura número
ciento trece, otorgada en mi despacho a las quince horas del día veintisiete de
julio del dos mil dieciséis, se realizó protocolización de cambio de nombre de
la sociedad Petro-Systems, S.R.L., cédula jurídica tres-ciento
dos-setecientos ocho mil cuatrocientos noventa y siete.—Grecia, veintisiete de
julio de dos mil dieciséis.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1
vez.—( IN2016049935 ).
Ante
el notario público, Diego Alonso Pacheco Guerrero, mediante escritura otorgada
a las ocho horas del seis de mayo del año dos mil dieciséis se constituyó la sociedad
de esta plaza Soluciones Integrales ICM Sociedad Anónima.—San José, a
las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Diego
Pacheco Guerrero, Notario.—1 vez.—( IN2016049945 ).
El suscrito notario hace constar, que mediante
escritura otorgada a las catorce horas del día de hoy, Alfredo López Salazar y
Patricia González Murillo constituyen Inversiones Troman Sociedad Anónima,
capital social doce mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América.
Domicilio San José. Objeto comercio, industria, etc.—San José, catorce de julio
del año dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Guardia Vázquez, Notario.—1 vez.—(
IN2016049947 ).
Mediante escritura de las
once horas del veintiuno de julio del año dos mil dieciséis, las señoras
Cinthya Santamaría Díaz y Griselda Morera Castro, constituyen la sociedad Montec
Montajes Técnicos S. A. Presidenta Cinthya Santamaría Díaz. Plazo social
será de noventa y nueve años. Capital social cien mil colones exactos,
constituido por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada
una. Objeto, el desarrollo de montajes técnicos de casas, bodegas, edificios,
muros, todos de material metálico; igualmente la sociedad podrá ejercer el
comercio, la industria, la agricultura y la ganadería en general, etc.—San José,
veintiuno de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Edgar Gilberto Alfaro Muñoz,
Notario.—1 vez.—( IN2016049948 ).
Mediante escritura número
31 de las 12:00 horas del 22 de julio del 2016, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inti-versiones S. A.,
en la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 22
de julio del 2016.—Licda. Sylvia Ivethe Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—(
IN2016049954 ).
La
suscrita notaria Kattia Vargas Álvarez, hace constar que se realizó cambio de
junta directiva y domicilio de la sociedad denominada Colinas de Masaya,
portadora de la cédula de identidad número tres-ciento uno-trescientos
veintitrés mil novecientos cuarenta y uno, en la escritura doscientos cuarenta
y cuatro visible al folio ciento cincuenta y cuatro frente del tomo cuarto de
mi protocolo.—Heredia a las ocho horas del veintisiete de julio del año dos mil
dieciséis.—Licda. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2016049955 ).
Mediante
escritura número quince del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las
catorce horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Central de Extintores Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica 3-101-600515, se reforma el pacto social en su cláusula séptima y se
nombran nuevos personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez
Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049958 ).
Por
escritura de las 13:00 horas de hoy, se protocolizó acta de la sociedad Importaciones
y Distribuciones NOR S. A., en la que se modifica la cláusula quinta de los
estatutos aumentando el capital social.—San José, 27 de julio del 2016.—Lic.
Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2016049960 ).
Mediante
escritura número catorce del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las
catorce horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil dieciséis, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Ledi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-022016,
se reforma el pacto social en su cláusula décima y se nombran nuevos
personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro,
Notaria.—1 vez.—( IN2016049961 ).
Mediante
escritura número trece del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las
catorce horas treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciséis, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Proconta Costa Rica C.R.C. Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica 3-101-501321, se reforma el pacto social en su cláusula octava y se
nombran nuevos personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez
Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049962 ).
Mediante
escritura número dieciséis del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las
catorce horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil dieciséis, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
compañía Esnola B Q Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
3-101-241461, se reforma el pacto social en su cláusula séptima y se nombran
nuevos personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro,
Notaria.—1 vez.—( IN2016049963 ).
Mediante
escritura número diecisiete del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las
catorce horas treinta minutos del veintidós de julio del dos-mil dieciséis, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía
Electriz B Q Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-277198,
se reforma el pacto social en su cláusula séptima y se nombran nuevos
personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro,
Notaria.—1 vez.—( IN2016049965 ).
Mediante escritura número dieciocho del tomo
primero, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del
veintitrés de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la compañía Gases Médicos
Industriales Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-254369, se
reforma el pacto social en su cláusula octava y se nombran nuevos
personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro,
Notaria.—1 vez.—( IN2016049968 ).
Ante
esta notaría, el día veintisiete de julio del dos mil dieciséis al ser las
dieciséis horas, mediante escritura número treinta y seis, iniciada al folio
veinticuatro frente del tomo veintitrés, el suscrito notario protocoliza acta
de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada Inversiones
Agrícolas Vega y Merino INVEMESA Sociedad Anónima, mediante la cual se
nombra como nuevo presidente a Marvin de Jesús Vega Durán y como nueva tesorera
se nombra a Elizabeth Bolívar Hidalgo.—San José, veintiocho de julio de dos mil
dieciséis.—Lic. Edgar Barrantes Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049975 ).
Yo, Marco Antonio Fernández López, protocolicé acta de asamblea
extraordinaria de la sociedad Tres-Uno Cero Uno-Cinco Cuatro Dos Seis Dos
Seis Sociedad Anónima, de cédula de persona jurídica tres-uno cero
uno-cinco cuatro dos seis dos seis, en la que se acuerda, modificar la cláusula
de la administración.—San José, veintiocho de julio del dos mil dieciséis.—Lic.
Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—( IN2016049976 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día
veintisiete de julio de dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de
asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Trans-Rig Internacional SRL.
Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José,
veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Betzabeth Miller Barquero,
Notario.—1 vez.—( IN2016049977 ).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 25 de julio del 2016, los señores José Manuel
Salazar Navarrete, cedula 19335-597 y Silvia Virginia Salazar Xirinachs, cedula
1-592-493, constituyeron la sociedad Agropecuaria. Vía Carrillo S. A.
Presidente el primero, capital ¢120.000,00, domicilio: San Pedro de Montes de
Oca. Plazo: 99 años. Objeto el comercio en general.—Lic. José Manuel Llibre
Romero, Notario.—1 vez.—( IN2016049980 ).
Ante la notaría del licenciado Mauricio
Calderón Solís, con oficina abierta en San José, Edificio Rodó, calle dos entre
avenidas tres y cinco, se constituye la sociedad denominada Constructora y
Servicios Villareal Sociedad Anónima.—San José, 19 de julio del 2016.—Lic.
Mauricio Calderón Solís, Notario.—1 vez.—( IN2016049985 ).
Que por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas
treinta minutos del día nueve de junio de dos mil dieciséis, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Koala
Day Care de Costa Rica Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-667537,
mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula sexta del pacto
constitutivo, sobre la administración de la sociedad, nombrando dos gerentes
para los periodos previstos, siendo el gerente uno Rebeca Carvajal Carvajal y
el gerente dos Adriana Reyes Rodríguez.—San José, veintiocho de julio del año
dos mil dieciséis.—Lic. Luis Alfredo Medrano Steele, Notario.—1 vez.—(
IN2016050001 ).
Por escritura otorgada a la notaria Georgina
Rojas D’ Avanzo, a las diez horas del veintiocho de mayo del dos mil dieciséis,
correspondiente al cambio junta directiva según la cláusula undécima del pacto
constitutivo de la sociedad Tintes Pro HSN de Occidente Sociedad Anónima.—San
José ,veintiocho de mayo del 2016.—Licda. Georgina Rojas D’ Avanzo, Notaria.—1
vez.—( IN2016050004 ).
Ante mí Ana Cristina Hidalgo García, notaria pública con oficina en
Cartago, Oreamuno, Cot, diagonal a la estación de Servicio Corazón de Jesús, a
las 11:14 horas del 26 de julio de 2016, se protocolizó el acta número uno de
asamblea ordinaria y extraordinaria de Inversiones Siles Moya Sociedad
Anónima, en donde se modificó la cláusula sexta de administración y se
nombró presidente y tesorero.—Licda. Ana Cristina Hidalgo García, Notaria.—1
vez.—( IN2016050006 ).
Ante mí Ana Cristina Hidalgo García, notaria pública con oficina en Cartago,
Oreamuno, Cot, diagonal a la Estación de Servicio Corazón de Jesús, a las 11:30
horas del 22 de julio de 2016, se protocolizó el acta número cinco de asamblea
ordinaria y extraordinaria de Agropecuaria Nueva Cañada O Y H Sociedad
Anónima, en donde se modificó la cláusula segunda y quinta; reorganización
de la junta directiva y fiscal, nombramiento de nuevos miembros.—Licda. Ana
Cristina Hidalgo García, Notario.—1 vez.—( IN2016050007 ).
Por escritura otorgada ante la notaria Georgina Rojas D’Avanzo, a las
diez horas del cuatro junio del dos mil dieciséis, correspondiente al cambio
junta directiva según la cláusula undécima del pacto constitutivo de la
sociedad East Hills Estate Sociedad Anónima.—San José ,cuatro de junio
del 2016.—Licda. Georgina Rojas D’avanzo, Notaria.—1 vez.—( IN2016050008 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de
julio del 2016, se protocoliza acta de asamblea de Fundadores de la
Fundación Clínica Cañera del Dolor y Cuidados Paliativos, cédula jurídica
3-006-644755, mediante la cual se reforma la cláusula 15 del acta
constitutiva.—San José, 28 de julio del 2016.—Licda. Guisella Alejandra Morales
González, Notaria.—1 vez.—( IN2016050019 ).
Por medio de escritura otorgada al ser las ocho
horas del día cinco de julio del año dos mil dieciséis, ante el notario Esteban
Cherigo Lobo, los socios, Jorge Adrián Solano Seravalli, cédula número uno-uno
uno cinco seis-cero dos siete nueve y Melba Jiménez Olaso con cédula número
uno-nueve ocho nueve-cinco ocho cero, constituyeron la sociedad denominada por
su nombre de fantasía Olaso & Partners Legal Advisors S. A.—Heredia,
veintinueve de julio del dos mil.—Lic. Esteban Cherigo Lobo, Notario.—1 vez.—(
IN2016050024 ).
El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina
en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos
sesenta y ocho, iniciada al folio ciento setenta y uno frente del tomo primero
de mi protocolo, otorgada ante mi notaria a las doce horas del día veintiocho
de julio de dos mil dieciséis, se revocó el nombramiento del fiscal,
procediéndome a nombrar a otro fiscal en sociedad anónima denominada Orotransport
Company Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos veinticinco mil ciento cuarenta y tres.—Lic. Carlos Gerardo
Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016050027 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 30 minutos del 15 de agosto del año 2015, se constituyó la
sociedad denominada Info Tech UM Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San
José, 10 de abril del 2016.—Lic. Eduardo Alberto Castillo Mora, Notario.—1
vez.—CE2016004266.—( IN2016051075 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Life Mobility &
Relocation Solutions Limitada.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Orlando
Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2016004267.—( IN2016051076 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Lion Sociedad
Anónima.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Luis Fernando Jiménez
Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016004268.—( IN2016051077 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gareba Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Cristóbal
Gerardo Arias Porras, Notario.—1 vez.—CE20160051078.—( IN2016051078 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 07 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Extremo Oriente Sociedad
Anónima.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Jeimy Natasha Chaves Avilés,
Notario.—1 vez.—CE2016004270.—( IN2016051079 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de Marzo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sergol del Norte Sociedad
Anónima.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Rubén Gerardo Chaves Ortiz,
Notario.—1 vez.—CE2016004271.—( IN2016051080 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Tsidkenu
Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Eugenio Francisco
Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016004272.—( IN2016051130 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 08 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Solvercac Centroamérica y Caribe Sociedad Anónima.—San José,
12 de abril del 2016.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1
vez.—CE2016004273.—( IN2016051131 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lesko 2016 Inversiones
Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Mario Alberto
Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016004274.—( IN2016051132 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada The Pura Vida In Paradise
Corp Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma,
Notario.—1 vez.—CE2016004275.—( IN2016051133 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de marzo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Usikraft Centroamérica
Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Carlos Alberto
Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2016004276.—( IN2016051134 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Calvbrunnen Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Simón Alfredo
Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2016004277.—( IN2016051135 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 30 minutos del 05 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Movimientos y Excavaciones Borbón Sociedad Anónima.—San José,
12 de abril del 2016.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1
vez.—CE2016004278.—( IN2016051136 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Don Tamin Sociedad
Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Paola Arias Marín,
Notaria.—1 vez.—CE2016004279.—( IN2016051137 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Top Box Research Sociedad
Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1
vez.—CE2016004280.—( IN2016051138 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 01 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Natural Smile Lab
Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Alejandra Bastida
Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2016004281.—( IN2016051139 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Atrapa Sueños Cero Cinco
Dos Cuatro Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ana Patricia
Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016004282.—( IN2016051140 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 29 de marzo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bap Green Sociedad
Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo,
Notario.—1 vez.—CE2016004283.—( IN2016051141 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Transportes Alfhurt
Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Zoila Araya
Moreno, Notaria.—1 vez.—CE2016004284.—( IN2016051142 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 04 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada S&E Species Food
Services Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ana Cecilia Solís
Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2016004285.—( IN2016051143 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Abeceda Group Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José,
12 de abril del 2016.—Lic. Augusto Ronney Arce Marin, Notario.—1
vez.—CE2016004286.—( IN2016051144 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada FFJR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ismene
Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2016004287.—( IN2016051145 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 00 minutos del 08 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada More Tree Trust Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de abril del 2016.—Lic. Jorge
Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—CE2016004288.—( IN2016051146 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de marzo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Montes Motors Sociedad
Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua,
Notario.—1 vez.—CE2016004289.—( IN2016051147 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 07 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Unser Outlet Store
Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Kerby Alfonso Rojas Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2016004290.—( IN2016051148 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 06 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Dharma Salud CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1
vez.—CE2016004291.—( IN20160051149 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 11 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importación Empino Feng
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic.
William de Los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2016004292.—(
IN2016051150 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 24 de marzo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada MCleish Florida VDL Lote
Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del
2016.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2016004293 .—(
IN2016051151 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 29 de marzo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Stevandpen Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Franklin
López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2016004294.—( IN2016051152 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 01 de abril del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Integra Salud Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril
del 2016.—Licda. Carmen María Bergueiro
Pereira, Notaria.—1 vez.—CE2016004295.—( IN2016051153 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de marzo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hakabrel Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Franklin
López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2016004296.—( IN2016051154 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Arigato del Sur Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Ronald
Soto Arias, Notario.—1 vez.—CE2016004297.—( IN2016051155 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos
del 11 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importadora
de Equipos de Refrigeración Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del
2016.—Lic. Luis Gerardo Carvajal Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016004298 .—( IN2016051156 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30
minutos del 07 de abril del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Casa Tita Enoe Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril
del 2016.—Licda. Ana Patricia Vargas
Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016004299.—( IN2016051157 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Sistema Diamante Costa Rica
Sociedad Anónima.— San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ligia Rodríguez
Moreno, Notaria.—1 vez.—CE2016004300.—( IN2016051158 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 45 minutos del 05 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Mar de Grecia & Sucesores
Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Carlos Alpízar Alfaro,
Notario.—1 vez.—CE2016004301.—( IN2016051159 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 31 de marzo del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Cirugía Cardio Infantil B & R
Limitada.— San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez
Brandt, Notario.—1 vez.—CE2016004302.—( IN2016051160 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada MR Fetish Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ismene
Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2016004303.—( IN2016051161 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos
del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Aragort
Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del
2016.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2016004304.—(
IN2016051162 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 06 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Clean Garden Sociedad Anónima.—San
José, 12 de abril del 2016.—Licda. Silvia Gabriela Meza Navarro, Notaria.—1
vez.—CE2016004305.—( IN2016051163 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 12 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada DRS J&B Retired Limitada.—San
José, 12 de abril del 2016.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1
vez.—CE2016004306—( IN2016051164 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 11 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Arimar Siglo XXI Sociedad
Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández
Badilla, Notario.—1 vez.—CE2016004307.—( IN2016051165 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora Tierra Eco Casa
Verde Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. José Alberto
Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—CE2016004308.—( IN2016051166 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de marzo del año
2016, se constituyó la sociedad denominada ICS Servicios Fiduciarios
Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Carla Amador
Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2016004309.—( IN2016051167 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de marzo del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Matejoc Sociedad Anónima.—San
José, 12 de abril del 2016.—Licda. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1
vez.—CE201600431.—( IN201605168 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada ARA & SAN A T O B Sociedad
Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo,
Notario.—1 vez.—CE2016004311.—( IN2016051169 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 05 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Econsultores Sociedad Anónima.—San
José, 12 de abril del 2016.—Lic. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2016004312.—( IN2016051170 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Alma de Hada Talamanca Limitada.—San
José, 12 de abril del 2016.—Lic. Liza Bertarioni Castillo, Notario.—1
vez.—CE2016004313.—( IN2016051171 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada FFJPR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín,
Notaria.—1 vez.—CE2016004314.—( IN2016051172 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 12 de abril del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Cacao Magic Costa Rica Limitada.—San
José, 12 de abril del 2016.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2016004315.—( IN2016051173 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Castro y Elizondo
Casteli Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Leilani
Calderón González, Notaria.—1 vez.—CE2016004316.—( IN2016051174 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 08 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada G.G.D.K. De Turrialba Sociedad Anónima.— San José, 12 de abril
del 2016.—Licda. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2016004317 .—(
IN2016051175 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Farmacias Mendiola NJ Sociedad
Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Jorge Alberto Molina
Corrales, Notario.—1 vez.—CE2016004318.—( IN2016051176 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de febrero del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Virens Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1
vez.—CE2016004320.—( IN2016051178 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Budita de Nosara XXI Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. César
Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2016004321
.—( IN2016051179 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Daylife Sociedad
Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Carlos Josue Morales Fallas,
Notario.—1 vez.—CE201604322.—( IN2016051180 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 04 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Pasticciere HG Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Rafaela
Solano Granados, Notaria.—1 vez.—CE2016004323.—( IN2016051181 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Kamishalex PK Sociedad Anónima.—San
José, 12 de abril del 2016.—Lic. Rafael Agustín Corrales Chavarría, Notario.—1
vez.—CE2016004324.—( IN2016051182 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de marzo del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Euro Alimentos S C C Sociedad Anónima.—San
José, 12 de abril del 2016.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—CE2016004325.—( IN2016051183 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Emmanuel Dos Mil Dieciséis
Sociedad Anónima.— San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Sonia Lucrecia
Carvajal González, Notaria.—1 vez.—CE2016004326.—( IN2016051184 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de abril del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Emmanuel Dos Mil Dieciséis
Sociedad Anónima.— San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Sonia Lucrecia
Carvajal González, Notaria.—1 vez.—CE2016004327.—( IN2016051185 ).
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DE PRIMERA VEZ
Expediente
Nº 198-2016.—Ministerio de Educación Pública.—La Dirección de Recursos Humanos,
a: Katherine González Espinosa, cédula N° 3-0347-0513
HACE
SABER:
I.—Que
en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de
conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de
Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al
cargo.
II.—Que
de la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los
siguientes supuestos hechos:
a) Que en
su condición de Profesora de Enseñanza Media –especialidad Español- en el Liceo
experimental Bilingüe de Río Jiménez, adscrito a la Dirección Regional de
Educación de Guápiles, Circuito 04, supuestamente, no se presentó a laborar el
día 11 de marzo del 2016, lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior
inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto,
justificación posterior idónea. (Ver folios del 35 al 47 del expediente de
marras)
b) Que en
su condición de Profesora de Enseñanza Media –especialidad Español- en el Liceo
experimental Bilingüe de Río Jiménez, supuestamente, a pesar de dar aviso a su
superior inmediato, no presentó justificación idónea de sus ausencias,
concretamente los originales de las incapacidades correspondientes a los
períodos que van del 08 al 10 de marzo, del 14 al 28 de marzo; todos del 2016,
los cuales envía solo por correo electrónico, dificultando el poder tramitar el
nombramiento de algún sustituto. (Ver folios 35 al 47 del expediente de marras)
III.—Que
de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o
de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se
establece en los artículos 39 inciso a), artículo 57 incisos a), c) y h) del
Estatuto de Servicio Civil; artículos 8 inciso b), 12 incisos k) y l), 15
inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 inciso a) del
Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública, todos los
anteriores en concordancia con el artículo 81 inciso l) del Código de Trabajo,
que eventualmente acarrearían una sanción que podría ir desde una suspensión
sin goce de salario hasta el cese de interinidad sin responsabilidad para el
Estado.
IV.—Que
se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días
hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las
pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos
sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente
dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser declarada
inadmisible la referida prueba.
Para
el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente
disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.
V.—Que
la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión
Disciplinaria de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación
Pública, ubicado en el edificio Rofas, cuarto piso, frente a emergencias del
Hospital San Juan de Dios, debiendo señalar medio o lugar para atender
notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará notificada de
forma automática dentro de las 24 horas siguientes, de conformidad con el
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687. La no presentación
de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta
etapa procedimental.
VI.—Que
contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios de
Revocatoria y/o Apelación previstos en los artículos 345 y 346 de la Ley
General de la Administración Pública, los cuales deben formularse dentro del
término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El
primero será resuelto por esta instancia y el segundo por la Ministra de
Educación Pública.—San José, 16 de mayo del 2016.—Yaxinia Díaz Mendoza,
Directora.—O.C. Nº 28535.—Solicitud Nº 18134.—( IN2016048578 ).
Expediente N°
295-2016.—Ministerio de Educación Pública.—Dirección de Recursos Humanos. A:
Yahaira Vanessa Alfaro Kelly, cédula N° 07-1480-755.
HACE
SABER:
I.—Que
a su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de
conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de
Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al
cargo.
II.—Que
de la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los
siguientes supuestos hechos:
Que usted, en su condición de Profesora de
Enseñanza General Básica en el Centro Educativo Juan Santamaría de Curridabat,
circuito Nº 04, adscrito a la Dirección Regional de Educación de San José
Central; supuestamente, no se presentó a laborar los días 22, 25, 26, 27, 28 y
29 de abril, así como los días 02, 03, 04, 05, 06, 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17,
18, 19, 20, 21, 22 y 23 de mayo; todos del año 2016. Lo anterior sin dar aviso
oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente
previsto, justificación posterior idónea. (Ver folios 01 al 12 del expediente
de marras).
III.—Que
de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o
de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se
establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil;
artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 inciso b); 12 incisos
k) y 1) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 incisos a), o) y q)
del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública, que
eventualmente acarrearían una sanción que podría ir desde una suspensión sin
goce de salario, hasta la presentación de las gestiones de autorización de
despido ante el Tribunal de la Carrera Docente.
IV.—Que
se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días
hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las
pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos
sobre los que versarán las respectivas deposiciones, así como la
correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de poder ser
declarada inadmisible la referida prueba.
Para el
ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente
disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.
V.—Que
la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión
Disciplinaria de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación
Pública, ubicado en el Edificio ROFAS, cuarto piso, frente a emergencias del
Hospital San Juan de Dios. Debiendo señalar medio o lugar para atender
notificaciones -Ley de Notificaciones N° 8687- bajo apercibimiento que en caso
contario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas
siguientes, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al
ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental. Que contra este traslado
de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios de revocatoria -ante
esta instancia- y de apelación -ante el Tribunal de Carrera Docente- de
conformidad con lo previsto en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil,
siempre que se presenten dentro de los cinco días siguientes a la notificación
de este acto.—San José, 13 de junio del 2016.—Yaxinia Díaz Mendoza,
Directora.—O. C. N° 28535.—Solicitud N° 18139.—( IN2016048589 ).
Expediente Nº
307-2016.—Ministerio de Educación Pública.—La Dirección de Recursos Humanos,
José Urbano Aguilar Murcia, cédula N° 03-458-335
HACE
SABER:
I.—Que
a su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de
conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de
Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al
cargo.
II.—Que
de la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los
siguientes supuestos hechos:
a) Que
usted, en su condición de Profesor de Enseñanza General Básica en el Centro
Educativo Koiyawari circuito Nº 07; adscrito a la Dirección Regional de
Educación de Turrialba; supuestamente, no se presentó a laborar los días 11,
18, 19, 25, 26 y 27 de mayo del año 2016. Lo anterior sin dar aviso oportuno a
su superior inmediato y sin aportar justificación alguna dentro del término
normativamente previsto de ley. (Ver folios 01 a 04 del expediente de marras)
III.—Que
de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o
de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se
establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil;
artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b);
artículo 12 incisos c) y k) y artículo 15 inciso b) del Reglamento de la
Carrera Docente; lo que podría acarrear una sanción que podría ir desde una
suspensión sin goce de salario de hasta 30 días, hasta el cese de interinidad
sin responsabilidad patronal.
IV.—Que
se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días
hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las
pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos
sobre los que versarán las respectivas deposiciones, así como la
correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de poder
declarar inadmisible la referida prueba.
Para
el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente
disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.
V.—Que
la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión
Disciplinaria, de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación
Pública, ubicado en el Edificio ROFAS, cuarto piso, frente a emergencias del
Hospital San Juan de Dios. Debiendo señalar medio o lugar para atender
notificaciones bajo apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de
forma automática dentro de las 24 horas siguientes, de conformidad con el
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687. La no presentación
de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta
etapa procedimental.
VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos
ordinarios de revocatoria y/o apelación previstos en los artículos 345 y 346 de
la Ley General de la Administración Pública, los cuales deben formularse dentro
del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación.
El primero será resuelto por esta instancia y el segundo por la Ministra de
Educación Pública.—San José, 13 de junio del 2016.—Yaxinia Díaz Mendoza,
Directora.—O.C. Nº 28535.—Solicitud Nº 18138.—( IN2016048600 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Se
hace saber a: Elber Cáceres Rodríguez, pasaporte N° 13450750 en su calidad de presidente
inscrito de la sociedad Prefabricados Davivienda S. A., cédula jurídica Nº
3-101-341905, que a través del expediente Nº DPJ-055-2016 del Registro de
Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa por cuanto:
mediante escrito presentado a este Registro, a las 13:00 horas del 01 de julio
del 2016, la señora Denise Garnier Acuña, cédula de identidad Nº 1-487-992, en
su calidad de apoderada especial de Banco Davivienda S. A., sociedad
domiciliada y existente bajo las leyes de la República Colombiana, y el señor
Sigifredo Fonseca Bolaños, cédula de identidad Nº 3-334-192, en su condición de
apoderado generalísimo de la sociedad Banco Davivienda (Costa Rica) S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-46008, plantean gestión administrativa a fin de solicitar
el cambio de razón social y/o anulación del registro de la sociedad
Prefabricados Davivienda S. A., cédula jurídica Nº 3-101-341905, basando dicha
solicitud en el siguiente cuadro fáctico: A) Que en el Registro de Personas
Jurídicas se encuentra actualmente registrada la sociedad Prefabricados
Davivienda S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-341905, razón social que debe ser
anulada debido a que violenta los derechos de su representada porque utiliza el
término Davivienda que es propiedad industrial de Banco Davivienda S. A. desde
su origen en Colombia, a partir del año 1997 antes que la sociedad
Prefabricados Davivienda S. A. se inscribiera en Costa Rica; B) Que su
representada pertenece a un grupo empresarial que tiene sus origines en
Colombia y desde su inicio dicho grupo se ha dedicado a incursionar en diversos
sectores tales como el financiero; asegurador; construcción, entre otros; que
en el sector financiero su representada se ha destacado y posicionado su
distintivo más importante Davivienda, no solo en Colombia sino en todos los
países a los que su representada se ha extendido. Que en el año 2012 la
Superintendencia General de Entidades Financieras aprobó la compra de la
operación del HSBC en Costa Rica, Honduras y El Salvador, de esa manera es que
Banco Davivienda S. A. inicia sus operaciones en Costa Rica por medio de lo que
anteriormente fue el Banco HSBC; C) Que la denominación Davivienda como tal, se
encuentra registrada como marca de comercio en la República Colombiana desde el
año 1997; y que en el año 2012 Banco Davivienda S. A. cuando inició operaciones
en Costa Rica registró varias marcas en Costa Rica; D) Que la doctrina ha
establecido con respecto a la materia marcaria, pero por identidad de razón es
aplicable a una razón social como es del caso que nos ocupa, que una marca o
signo distintivo es considerado notorio cuando es conocido por el sector
pertinente; que Davivienda ha sido reconocida como signo o marca notoria en
Colombia, su país de origen, mediante la resolución número 2148 emitida por la
Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia de fecha 03 de enero del
2013; que la denominación Davivienda cumple con todos los requisitos del
artículo 45 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, y que la
coexistencia de otras sociedades mercantiles inscritas en el Registro Mercantil
que utilizan la denominación Davivienda, evidentemente ha generado confusión en
el público consumidor y particularmente con la clientela tanto del Banco
Davivienda S. A. como de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A., quienes en forma
errónea tienden a identificar estas otras sociedades como parte del Banco
Davivienda y eso representa un evidente perjuicio ante la notoriedad del
distintivo y la casita roja que lo identifica; E) Que previo a realizar esta solicitud
se envió una carta en la cual se le solicitaba a las compañías titulares de
este signo, que de manera voluntaria procedieran a desinscribir esta
denominación y modificaran su razón social; que dicha carta fue notificad por
medio de notario público y se les otorgó un plazo prudencia para proceder a
realizar los cambio o contactar a mi representada para convenir en un acuerdo
para el cese del uso del nombre comercial, sin embargo no han procedido a
modificar el nombre de la compañía; F) Que los representantes legales de la
sociedad Prefabricados Davivienda S. A. son de nacionalidad colombiana, razón
por la cual esto a la hora de obtener el registro de la compañía bajo la cual
operan conocían ya la denominación Davivienda y su trayectoria e incluso su
notoriedad en su país de origen y lo que hicieron fue replicarla en nuestro
país de manera impropia. Con base en todo lo anterior solicitan se declare la
nulidad de la denominación Davivienda en la sociedad Prefabricados Davivienda
S. A. y se ordene a sus personeros cambiar el nombre de la razón social de la
compañía sin utilizar la denominación Davivienda y en caso de renuencia se
solicita se ordene anular el registro de la sociedad en cuestión. A efecto de
proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a los
interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del
veinticinco de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este
registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del
Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número veintiséis mil
setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y
ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de
manera preventiva en las inscripciones registrales de la citada sociedad y por
este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente
edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a
sus derechos convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial
La Gaceta.—Curridabat, 14 de julio del año 2016.—Departamento de
Asesoría Jurídica.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico.—(
IN2016048538 ).
Documento admitido
traslado al titular
Ref: 30/2016/4888. Skechers
USA Inc. II C/ Central American Brands Inc. Documento: nulidad por parte de terceros
(Skechers U.S. A., INC. II prese). Nro. y fecha: anotación/2-99667 de
18/11/2015. Expediente: 2012-0000383 Registro Nº 218297 Skechers en clase 30
Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:26:11 del 2
de febrero de 2016.
Conoce
este Registro, la solicitud de nulidad, promovida por el Lic. Édgar Zurcher
Gurdian, como apoderada de la empresa Skechers USA Inc. II, contra el registro
de la marca de fábrica y comercio “Skechers”, registro Nº 218297, para proteger
y distinguir “confitería, barras, bombones y bebidas de chocolate, cacao en
polvo y bebidas a base de chocolate”, en clase 30 internacional, cuya
titularidad es de Central American Brands INC. Conforme a lo previsto en el
artículo 37 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y 48 y 49 del
Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud
de nulidad, al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a
partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a
pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto
las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente
se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a
las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se
advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare
la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará
notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran
veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y
34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de
que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de
la Administración Pública. Se le señala al titular del signo, que las pruebas
que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada
(haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado
correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la
Ley General de Administración Pública. Se advierte al titular que, de incumplir
con lo requerido, no será tomada en cuenta la prueba que no cumpla con dichas
formalidades, al momento de resolver la solicitud presentada. Se hace saber al
titular del signo distintivo, que un juego de copias de la prueba queda a su
disposición en el expediente administrativo, para su correspondiente retiro.
Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—( IN2016049083 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE HEREDIA
ATH-132-2016.—En La Gaceta Digital del jueves 11 de febrero N°
29, Alcance N° 16, se publicó edicto con oficio N° ATH-06-2016, por no
localización de un contribuyente y según artículo 157 de la ley General de la
Administración Pública, señala que en cualquier tiempo la Administración podrá
rectificar errores materiales o de hecho y los aritméticos, en apego a esta
norma es que esta Gerencia Tributaria procede a subsanar el error material
cometido por ésta dependencia en el oficio de cita, así que para el
contribuyente Quepos Green Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula 310265987226, donde dice incorrectamente sanción número
9222000775373 por un monto de 3.992.700,00, léase correctamente
189.700,00, en lo demás se mantienen igual. *
Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de
esta publicación, para que el contribuyente arriba indicado cancele la deuda.
De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros judiciales para
el trámite correspondiente. Publíquese.
Carlos Vargas Duran, Director General.—Freddy Jiménez Cubero, Gerente
Tributario.—1 vez.—O. C. N° 27182.—Solicitud N° 1164.—( IN2016053605 ).