LA GACETA N° 154 DEL 11 DE AGOSTO DEL 2016

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 39722-MOPT

Nº 39770-MGP

N° 39781-MGP

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

HACIENDA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

CULTURA Y JUVENTUD

JUSTICIA Y paz

AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIONES

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

BANCO DE COSTA RICA

AVISOS

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

ADJUDICACIONES

CULTURA Y JUVENTUD

PODER JUDICIAL

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

UNIVERSIDAD NACIONAL

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

REGLAMENTOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

CULTURA Y JUVENTUD

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

AVISOS

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

FE DE ERRATAS

HACIENDA

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 39722-MOPT

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política, el artículo 28 de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el artículo 13 inciso i) de la Ley N° 1581 del 30 de mayo de 1953, Estatuto de Servicio Civil.

Considerando:

1º—Que mediante el Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas, se emitió el “Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”.

2º—Que en fecha del 15 de mayo del 2015 fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 93 el Decreto Ejecutivo Nº 38999-MP-RE-JP-SP-MG-H-MAG-MEIC-MINAE-MOPT-MEP-S-MTSS-COMEX-MIDEPLAN-MICITT-MIVAH-MC-TUR-MDHIS-MCM MIDEPOR, que emitió la “Política del Poder Ejecutivo para Erradicar de sus Instituciones la Discriminación hacia la Población Sexualmente Diversa”.

3º—Que en atención a la exhortación efectuada por el Despacho de la Segunda Vicepresidencia de la República, se procede adicionar y/o modificar el artículo 2 inciso m), el artículo 41 inciso 6), el artículo 44 inciso aa), el artículo 99.1 inciso a), el artículo 99.2 inciso 4) y 5) del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, a fin de incorporar las regulaciones pertinentes en esta materia.

4º—Que en cumplimiento al artículo 13 inciso i) del Estatuto de Servicio Civil, la Dirección General de Servicio Civil, otorgó a la presente reforma el visto bueno mediante Oficio Nº AJ-275-2016. Por tanto,

Decretan:

REFORMA AL DECRETO EJECUTIVO Nº 36235-MOPT

“REGLAMENTO AUTÓNOMO DE SERVICIOS DEL

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Artículo 1º—Se adiciona un inciso m), que se ubicará después del inciso 1) al artículo 2 del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, el cual se leerá de la siguiente manera:

“m) Compañero(a): Aquella persona que convive en unión libre, en forma estable y bajo un mismo techo, con otra del mismo sexo o diferente por un año o más.”

Artículo 2º—Se modifica el inciso 6) del artículo 41 del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 41.-Además de las consignadas en los artículos 71 del Código de Trabajo, 39 del Estatuto de Servicio Civil, 50 de su Reglamento, son obligaciones de los servidores(as) del Ministerio:

 (...)

6)  Portar, en lugar visible de su vestimenta, el carné institucional de identificación oficial emitido por la Dirección de Recursos Humanos, y velar porque éste se mantenga en buen estado de conservación; así como utilizar el carné para el ingreso y salida de la Institución por medio del Sistema de Control de Accesos Automáticos (S.C.A.A.) en las instalaciones del MOPT, en que este Sistema haya sido implementado y velar porque dicho carné se mantenga en buen estado de conservación, éste último servirá como auxiliar en cuanto al control de asistencia, en caso de verificación de alguna falta disciplinaria. Documento que reconocerá las identidades de género de acuerdo a lo que solicite el o la funcionario(a), aspecto que se limitará a la fotografía del carné.”

Artículo 3º—Se adiciona un inciso aa), que se ubicará después del inciso z), al artículo 44 del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, el cual se leerá de la siguiente manera:

“aa. Incurrir en prácticas discriminatorias hacia cualquier servidor(a) o usuario(a) de la Institución por razones de edad, etnia, raza, género, identidad de género, religión, filiación política, grado académico, idioma, ocupación o por tener cualquier tipo de discapacidad. En caso de tener noticia, ya sea de manera personal o por interpósita persona, de que algún servidor(a) de la institución incurrió en estas prácticas, deberá informar a su superior(a) inmediato(a) para que tome las medidas necesarias o lo comunique a la autoridad competente”.

Artículo 4º—Se modifica el artículo 76 del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“Artículo 76.—Además de las faltas y sanciones correspondientes, contenidas en otros artículos del presente Reglamento, se considerarán faltas graves las infracciones a las disposiciones de los artículos 11, 14,31; artículo 41 incisos 1), 2), 3), 4), 7), 8), 9), 10), 12), 13), 14), 16), 18), 20), 21), 22), 24), 25), 26), 28), 29), 30), 31), 32), 34) y 36); artículo 42, incisos a), b), c), e), f), g), i), j), k), ñ), o), p), q), r), s), t), u), v) y w); artículo 43, incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), j) y k); artículo 44, incisos b), c), e), f), g), h), i), j), k), l), n), ñ),o), p), q), r), s), t), u), v), w), x), y), z) y aa); artículo 45, incisos a), b), c), d), e), f), g), h), i), j) y k); y los artículos 71, 86, 87, 89, 93, 99 párrafo penúltimo, 107 y 121 de este Reglamento, las cuales se sancionarán conforme a los principios de razonabilidad, proporcionalidad y dependiendo de la gravedad de la falta, de la siguiente manera:

a)  Suspensión sin goce de salario de tres hasta quince días naturales.

b)  Despido sin responsabilidad patronal.”

Artículo 5º—Se modifica el inciso a) del artículo 99.1, del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“99. 1) Licencias con goce de salario

El jefe(a) inmediato(a) podrá conceder licencia con goce de sueldo hasta por una semana, en caso de matrimonio del servidor o servidora, fallecimiento de alguno del padre o de la madre, hijos (as), hermanos (as), cónyuge o compañero(a). El disfrute de este beneficio se concederá a partir del día en que ocurra el hecho.”

Artículo 6º—Se modifica los incisos 4) y 5) del artículo 99.2, del Decreto Ejecutivo Nº 36235-MOPT del 5 de julio del 2010 y sus reformas “Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Obras Públicas y Transportes”, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

“99.2) Licencias sin goce de salario (...)

4)  Dos años a instancia de un gobierno extranjero o de un organismo internacional o regional debidamente acreditado en el país, o de fundaciones cuyos fines beneficien directamente al Estado, o cuando se trate del cónyuge o compañero (a) de un o una becario (a), que deba acompañarlo (a) en su viaje al exterior. A juicio del máximo jerarca respectivo(a), estas licencias podrán prorrogarse hasta por un período igual siempre y cuando prevalezcan las condiciones que la originaron.

5). Cuatro años, a instancia de cualquier institución del Estado, o de otra Dependencia del Poder Ejecutivo, o cuando se trate del cónyuge o compañero(a) de un funcionario(a) nombrado(a) en el Servicio Exterior; o en los casos de los funcionarios (as) nombrados(as) en otros cargos públicos. El plazo anterior podrá ampliarse hasta por un período igual, cuando subsistan las causas que motivaron la licencia original”.

Artículo 7º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los 19 días del mes de abril del 2016.

Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Ing. Carlos Villalta Villegas.—1 vez.—O. C. N° 27898.—Solicitud N° 12372.—( D39722 - IN2016048786 ).

Nº 39770-MGP

LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) y 121 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6725 de 10 de marzo de 1982, reformada por Ley Nº 7974 del 04 de enero de 2000 y el Acuerdo N° 0029-05-2016 de la Sesión Ordinaria N° 002-2016, celebrada el día 10 de mayo de 2016, por la Municipalidad del cantón de Poás, provincia de Alajuela. Por tanto,

Decretan:

Artículo 1º—Conceder asueto a los empleados públicos del cantón de Poás, provincia de Alajuela, el día 29 de junio de 2016, con motivo de la celebración de las Fiestas Cívicas de dicho Cantón, con las salvedades que establecen las leyes especiales.

Artículo 2º—En cuanto a los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Cartera que laboren para ese Cantón.

Artículo 3º—En relación con los funcionarios de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda, quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa Dirección que laboren en ese Cantón.

Artículo 4°.- En relación con los funcionarios del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien determine, con base en el artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre de 1924, reformada por la Ley Nº 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los funcionarios de esa entidad que laboren en ese Cantón.

Artículo 5º—No se concede el presente asueto a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública N° 5482.

Artículo 6º—Rige el día 29 de junio de 2016.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a las nueve horas del día diecinueve de mayo del año dos mil dieciséis.

ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O.C. Nº 28707.—Solicitud Nº 0790.—( D39770 – IN2016048849 ).

N° 39781-MGP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 27 inciso 1) y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley General de la Administración Pública del 2 de mayo de 1978 y;

Considerando:

1º—Que el Estado costarricense ratificó la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional mediante Ley Nº 8302 del 12 de setiembre de 2002, publicada en La Gaceta Nº 123, de 27 de junio de 2003 así como los Protocolos que la complementan: “para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas especialmente Mujeres y Niños”, ratificado mediante Ley Nº 8315 del 26 de setiembre de 2002 y “el Tráfico Ilícito de Migrantes por tierra, mar y aire”, ratificado mediante Ley Nº 8314 del día 26 de setiembre del 2002.

2º—Que el artículo 33 de la Ley N° 9095 del 26 de octubre de 2012, establece que le corresponde a las instituciones del Estado integrantes de la Coalición, destinar lo necesario para la aplicación de medidas concretas que desalienten la demanda de la trata de personas, faciliten su detección, alerten a la población en general, y en especial, a las personas funcionarias de la existencia y efectos de esta actividad criminal.

3º—Que el artículo 53 de la Ley N° 9095 establece como uno de los destinos del Fondo Nacional contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes (FONATT) la prevención del delito de trata de personas.

4º—Que mediante el acuerdo siete de la Tercera Sesión Extraordinaria del pleno de la Coalición Nacional Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (CONATT) del veintitrés de julio de dos mil quince, se aprueba el proyecto “Campaña Corazón Azul Contra la Trata de Personas” presentado por la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME) para la utilización de recursos del FONATT.

5º—Que mediante el acuerdo seis de la Tercera Sesión Ordinaria del pleno de la Coalición Nacional Contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas (CONATT) del veintisiete de agosto de dos mil quince, se establece la adición de la CONATT a la Campaña Internacional de las Naciones Unidas denominada “Corazón Azul Contra la Trata de Personas” así como realizar las coordinaciones respectivas para implementarla en nuestro país del 2016 al 2020.

6º—Que Costa Rica es un país de origen, tránsito y destino para la trata de personas, en el cual se han identificado más de un centenar de víctimas extranjeras y nacionales, adultas y personas menores de edad de ambos sexos, producto de la esclavitud de seres humanos.

7º—Que en marzo de 2008, en Viena, Austria, la Oficina de Naciones Contra la Droga y el Delito lanzó la campaña “Corazón Azul” contra la trata de personas, un movimiento la campaña internacional “Corazón Azul” busca crear conciencia respecto del impacto negativo de la trata de personas en la sociedad y motivar a gobiernos y comunidades, empresas e individuos, a adoptar medidas que contribuyan a frenar este delito.

8º—Que millones de personas se encuentran atrapadas como víctimas de este delito, el cual expone a sus víctimas a situaciones de explotación sexual, laboral, extracción de órganos, servidumbre doméstica, mendicidad, adopción irregular, entre otras; y deja ganancias millonarias a las redes de crimen organizado, lo que lo convierte en uno de los negocios más lucrativos del mundo, tan solo por detrás del narcotráfico y la venta de armas.

9º—Que la Campaña Corazón Azul es una iniciativa mundial de sensibilización que a través del arte, el deporte, y los diálogos con los principales actores de la sociedad, pretende alertar a la comunidad, especialmente jóvenes y niños, acerca del impacto negativo de la trata de personas e incentivar la participación del gobierno e instituciones para sensibilizar a la población costarricense ya que se dirige a todas las clases sociales, a personas de todas las edades y a todos los sectores que componen. Por tanto,

Decretan:

DECLARATORIA DE INTERES PÚBLICO Y NACIONAL DE

LA CAMPAÑA INTERNACIONAL DE LAS NACIONES

UNIDAS DENOMINADA “CORAZÓN AZUL

CONTRA LA TRATA DE PERSONAS”

Artículo 1º—Declaratoria. Se declara de interés público y nacional las actividades destinadas a la implementación de la Campaña Internacional de las Naciones Unidas denominada “Corazón Azul Contra la Trata de Personas”, en tanto promueve la prevención de la trata de personas a la sociedad costarricense para el período 2016-2020.

Artículo 2º—Colaboración. Las instituciones del Sector Público y el Sector Privado, dentro del marco legal respectivo, contribuirán con recursos en la medida de sus posibilidades y sin perjuicio del cumplimiento de sus propios objetivos, con las actividades e iniciativas relacionadas con el fomento de la Campaña Internacional de las Naciones Unidas denominada “Corazón Azul Contra la Trata de Personas”.

Artículo 3º—Participación. Las instituciones miembros de la CONATT deberán participar y cooperar para facilitar y fortalecer las acciones que permitan el desarrollo de estas actividades e iniciativas, realizando las acciones que estimen pertinentes en lo atinente a simplificación y eficiencia administrativa.

Artículo 4º—Simplificación de trámites y eficiencia Administrativa. La Administración Pública Central contribuirá aplicando las reglas de simplificación de trámites, eficiencia administrativa y coordinación interinstitucional, incentivando con ello el desarrollo, fortalecimiento y expansión de Campaña Internacional de las Naciones Unidas denominada “Corazón Azul Contra la Trata de Personas”.

Artículo 5º—Vigencia. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la Presidencia de la República, a los diecisiete días del mes de mayo del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—( D39781 - IN2016048571 ).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 574 - P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978), en la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por concepto de Transportes para todos los Funcionarios del Estado (N° 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 (N° 9341 de 01 de diciembre de 2015) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo de 2001).

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, cédula de identidad número 1-407-1385, Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en el Seminario Internacional “Los Objetivos de Desarrollo Sostenible y la Construcción de Futuros para América Latina y el Caribe” y a la “Reunión de Autoridades de Planificación de América Latina y Caribe”, organizados por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Instituto Latinoamericano y del Caribe de Planificación Económica y Social (ILPES), a realizarse en Santiago, Chile, del 18 al 20 de mayo 2016.

Artículo 2º—ILPES cubrirá gastos por concepto de transporte y viáticos. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), cubrirá gastos por concepto impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte y póliza de seguro por accidente (INS: Seguro de Viajeros con Asistencia) con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica), Programas 863 (Actividades Centrales) y 874 (Planificación y Coordinación Económica, Social e Institucional) Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el Exterior) 1.05.04 y 1.06.01 (Seguros) en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016.

Artículo 3º—La señora Sánchez Oviedo, una vez finalizada la visita rendirá un informe a su superior jerárquico en un plazo no mayor de ocho días naturales, contados a partir de su regreso, en el que describa las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y beneficios logrados para la institución y el país en general.

Artículo 4º—Durante la ausencia de la señora Sánchez Oviedo, se nombra como Ministro a. í. al señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de identidad número 1-466-644.

Artículo 5º—Rige de las 08:30 horas del 17 de mayo a las 19:00 horas del 21 de mayo de 2016.

Dado en la Presidencia de la República, el día once de mayo del año dos mil dieciséis.

Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.— 1 vez.—O. C. N° 27033.—Solicitud N° 8658.—( IN2016048533 ).

N° 577-P

LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 139 inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978), en la Ley Reguladora de los Gastos de Viaje y Gastos por concepto de Transportes para todos los Funcionarios del Estado (N° 3462 de 26 de noviembre de 1964), en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016 (N° 9341 de 1° de diciembre de 2015) y en el Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República (R-4-DI-AA-2001 de 10 de mayo del 2001).

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, cédula de identidad número 1-407- 1385, Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, para que viaje y participe en el Seminario de Alto Nivel “Horizontes 2030: la igualdad en el Centro del Desarrollo Sostenible”, organizado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la Secretaría de Relaciones Exteriores del Gobierno de México, a realizarse en Ciudad de México, México, los días 26 y 27 de mayo 2016.

Artículo 2º—CEPAL cubrirá gastos por concepto de transporte y viáticos. El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), cubrirá gastos por concepto impuestos sobre boletos de transporte, tributos o tarifas que se deban pagar en terminales de transporte y póliza de seguro por accidente (INS: Seguro de Viajeros con Asistencia) con cargo al Título 217 (Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica), Programas 863 (Actividades Centrales) y 874 (Planificación y Coordinación Económica, Social e Institucional) Subpartidas 1.05.03 (Transporte en el Exterior) 1.05.04 y 1.06.01 (Seguros) en la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016.

Artículo 3º—La señora Sánchez Oviedo disfrutará de su descanso semanal los días 28 y 29 de mayo de 2016. Los gastos por concepto de viáticos y transporte de esos días serán asumidos bajo su responsabilidad, sin que exista cargo alguno al Erario Público.

Artículo 4º—La señora Sánchez Oviedo, una vez finalizada la visita rendirá un informe a su superior jerárquico en un plazo no mayor de ocho días naturales, contados a partir de su regreso, en el que describa las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y beneficios logrados para la institución y el país en general.

Artículo 5º—Durante la ausencia de la señora Sánchez Oviedo, se nombra como Ministro a. í. al señor Luis Alberto Fallas Calderón, cédula de identidad número 1-466-644.

Artículo 6º—Rige de las 06:00 horas del 25 de mayo a las 23:10 horas del 29 de mayo del 2016.

Dado en la Presidencia de la República, el día dieciocho de mayo del dos mil dieciséis.

Publíquese.

ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—1 vez.—O. C. N° 27736.—Solicitud N° 8659.—( IN2016048536 ).

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

N° 16-2016-MGP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en las atribuciones conferidas en el artículo 141 de la Constitución Política, el artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; y los artículos 1, 9, 10 y 11 de la Ley General de Migración y Extranjería, Ley N° 8764 del 01 de setiembre de 2009; y el Decreto N° 060-2014-MGP publicado en La Gaceta N° 231 del lunes 01 de diciembre de 2014.

Considerando:

1º—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 535-P de 04 de abril de 2016, publicado en el Diario Oficial, La Gaceta, N° 94 del 17 de mayo de 2016, se nombró al señor Carlos Andrés Alvarado Quesada, con cédula de identidad N° 1-1060-0078, como Ministro de Trabajo y Seguridad Social.

2º—Que mediante Oficio número DMT-0440-2016 de 18 de abril de 2016, el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, señor Carlos Andrés Alvarado Quesada, designó como representante de ese Ministerio ante el Consejo Nacional de Migración al Viceministro de Asuntos Laborales, señor Harold Villegas Román, con cédula de identidad número 1-0862-0742.

ACUERDA:

Artículo 1º—Modificar el Acuerdo N° 060-2014-MGP del 6 de noviembre de 2014, publicado en el Diario Oficial, La Gaceta N° 231 del 1° de diciembre de 2014, para que se designe como titular y representante ante el Consejo Nacional de Migración por parte del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a los señores Carlos Andrés Alvarado Quesada, con cédula de identidad N° 1-1060-0078 y Harold Villegas Román, cédula de identidad N° 1-0862-0742, respectivamente. En lo demás se mantiene incólume.

Artículo 2º—Rige a partir del dieciocho de abril de dos mil dieciséis.

Dado en la Ciudad de San José, a las trece horas del día siete de junio del dos mil dieciséis.

Luis Gustavo Mata Vega, Ministro de Gobernación y Policía.—1 vez.—O.C. N° 26841.—Solicitud N° 5360.—( IN2016048570 ).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

N° MEP 041-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a los señores Ricardo Alberto Riveros Rojas, cédula de identidad N°.108560277, Ingeniero Industrial de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras; Luis Andrés Loría Calderón, cédula de identidad N°.110110241, Profesor de Biología del Instituto Julio Acosta García ya la señora Arlette Orozco Muñoz, cédula de identidad N°.206440689, Docente Técnica del Colegio Técnico Profesional Piedades Sur, para que participen en la “Feria Intel internacional de ciencia e ingeniería (ISEF)”, que se realizará en la Arizona, Estados Unidos de América del 8 al 13 de mayo del 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones y los gastos correspondientes a la manutención y hospedaje serán cubiertos por el Intel Costa Rica.

Artículo 3º—Los señores Riveros Rojas y Loría Calderón y la señora Orozco Muñoz en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 07 al 14 de mayo del 2016, en que se autoriza la participación de los señores Ricardo Alberto Riveros Rojas y Luis Andrés Loría Calderón y la señora Arlette Orozco Muñoz en la “Feria Intel internacional de ciencia e ingeniería (ISEF)”, devengarán el 100% de sus salarios.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 7 al 14 de mayo del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticinco días del mes de abril del dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11376.—( IN2016048972 ).

Nº MEP 042-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Iván Mena Hidalgo, cédula de identidad N° 108560488, Director de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, para que participe en la “Reunión de expertos en enseñanza y formación técnica y profesional (EFTP)”, que se realizará en Santiago, Chile del 05 y 06 de mayo del 2016.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe-UNESCO Santiago.

Artículo 3º—El señor Mena Hidalgo en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 04 al 07 de mayo del 2016, en que se autoriza la participación del señor Iván Mena Hidalgo en la “Reunión de expertos en enseñanza y formación técnica y profesional (EFTP)”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 04 al 07 de mayo del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de abril del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C. Nº 28534.—Solicitud Nº 11376.—( IN2016048973 ).

MEP 043-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre de 2015) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Lilliam Mayela Mora Aguilar, cédula de identidad N° 106360173, Directora de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en el “Taller de formación: Uso de la evidencia para la toma de decisiones de política educativa y el fortalecimiento docente”, que se realizará en Cartagena de Indias, Colombia del 23 al 27 de mayo del 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe (UNESCO Santiago).

Artículo 3º—Se incluyen los cánones por concepto de seguro de viaje serán reembolsados por la subpartida 10504 del Programa 550-00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—La señora Mora Aguilar en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 5º—Que durante los días del 22 al 28 de mayo del 2016, en que se autoriza la participación de la señora Lilliam Mayela Mora Aguilar en el “Taller de formación: Uso de la evidencia para la toma de decisiones de política educativa y el fortalecimiento docente”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 22 al 28 de mayo del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los doce días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de Educación Pública a. í.—1 vez.—O.C. N° 28534.—Solicitud N° 11376.—( IN2016048974 ).

N° 044-2016-MEP

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre de 2015) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar la señora Karla Vanessa Alfaro Gutiérrez, cédula de identidad N° 108370360, Asesora Regional de Ciencias de la Dirección Regional de Educación de Heredia, para que participe en el “7mo Seminario Internacional sobre educación de las ciencias en la escuela “La main à la pâte”, que se realizará en Paris-Francia, del 6 al 11 de junio de 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de alojamiento y manutención, serán cubiertos por Fondation La main à la pâte.

Los gastos correspondientes de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 550-00, de por un monto de dos mil dólares con cero centavos ($2.000,00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—La señora Alfaro Gutiérrez en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 5º—Que durante los días del 4 al 12 de junio de 2016, en que se autoriza la participación de la señora Karla Vanessa Alfaro Gutiérrez en el “7mo Seminario Internacional sobre educación de las ciencias en la escuela “La main à la pâte”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 4 al 12 de junio de 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de mayo del año dos mil dieciséis

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11376.—( IN2016048975 ).

MEP 045-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N°9341 del 10 de diciembre de 2015) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar al señor Jorge Alberto Gamboa Barrantes, cédula de identidad N° 1-1039-0988, Director del Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, para que participe en el “Taller de formación: Uso de la evidencia para la toma de decisiones de política educativa y el fortalecimiento docente”, que se realizará en Cartagena de Indias, Colombia del 23 al 27 de mayo del 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por el Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe (UNESCO Santiago).

Artículo 3º—Se incluyen los cánones por concepto de seguro de viaje serán reembolsados por la subpartida 10504 del Programa 550-00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—El señor Gamboa Barrantes en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 5º—Que durante los días del 22 al 28 de mayo del 2016, en que se autoriza la participación del señor Jorge Alberto Gamboa Barrantes en el “Taller de formación: Uso de la evidencia para la toma de decisiones de política educativa y el fortalecimiento docente”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 22 al 28 de mayo del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los doce días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28535.—Solicitud N° 11376.—( IN2016048976 ).

Nº MEP 047-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Warner Ruiz Chaves, cédula de identidad N° 111510700, Asesor Nacional de la Dirección de Desarrollo Curricular y a la señora Dixie Emilia Brenes Vindas, cédula de identidad N° 2-0479-0254, Estadístico del Departamento de Análisis Estadístico, para que participen en el Taller “Hacia una metodología regional para el análisis de indicadores de fracaso escolar”, del 1 y 2 de junio del 2016 en San Pedro Sula, Honduras. Asimismo, el señor Warner Ruiz Chaves, participará en el “II Encuentro Regional sobre la Inclusión de la juventud rural en la implementación de políticas y estrategias regionales”, los días 06 y 07 de junio de 2016, en San Pedro Sula, Honduras.

Artículo 2º—Para el Taller, los gastos por concepto de transporte aéreo de ida - regreso y hospedaje, serán cubiertos por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y los gastos correspondientes a la manutención serán cubiertos por la Secretaría de Educación de Honduras. Para el Encuentro los gastos por concepto de transporte aéreo de ida - regreso y hospedaje, y manutención serán cubiertos por el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura-IICA.

Artículo 3º—El señor Ruiz Chaves y la señora Brenes Vindas en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 31 de mayo al 03 de junio de 2016, en que se autoriza la participación del señor Warner Ruiz Chaves y la señora Dixie Emilia Brenes Vindas en el Taller “Hacia una metodología regional para el análisis de indicadores de fracaso escolar” y al señor Warner Ruiz Chaves los días 06 y 07 de junio de 2016 en el “II Encuentro Regional sobre la Inclusión dela juventud rural en la implementación de políticas y estrategias regionales”, devengarán el 100% de sus salarios.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 31 de mayo al 03 de junio de 2016 y los días 06 y 07 de junio de 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de Educación Pública a. í.—1 vez.—O.C. Nº 28535.—Solicitud Nº 11376.—( IN2016048977 ).

N° 049-2016-MEP

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar a la señora Ana Patricia Vásquez Chaves, cédula de identidad N° 1-0753-0520, Directora del Centro Nacional de Recursos para la Educación Inclusiva (CENAREC), para que participe en el “V Congreso de Educación”, que se realizará en Guatemala del 21 al 23 de junio del 2016.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: la Universidad del Valle de Guatemala.

Artículo 3º—La señora Vásquez Chaves en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 20 al 24 de junio del 2016, en que se autoriza la participación de la señora Ana Patricia Vásquez Chaves en el “V Congreso de Educación”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 20 al 24 de junio del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11377.—( IN2016048999 ).

Nº MEP 052-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre de 2015) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Rafael González Palacios, cédula de identidad N° 109500889, Asesor Nacional de Matemáticas de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en el “Programa de elaboración de ítems” en el marco del proyecto PISA-D, que se realizará en Quito-Ecuador, del 07 al 10 de junio de 2016.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 550-00, por un monto de mil doscientos dólares con cero centavos de dólar ($1.200,00), los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, para un monto de novecientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($950,00), para un monto total de dos mil ciento cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($2.150,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—El señor González Palacios en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 5º—Que durante los días del 06 al 11 de junio de 2016, en que se autoriza la participación del señor Rafael González Palacios en el “Programa de elaboración de ítems” en el marco del proyecto PISA-D, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 06 al 11 de junio de 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de mayo del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 28534.—Solicitud Nº 11377.—( IN2016049000 ).

Nº MEP 053-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre del 2015) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Juan Carlos García Vargas, cédula de identidad N° 106330288, Asesor Nacional de Ciencias y Evaluación de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en el “Programa de elaboración de Ítems” en el marco del proyecto PISA-D, que se realizará en Quito-Ecuador, del 7 al 10 de junio del 2016.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior por concepto de transporte aéreo de ida y regreso serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10503 del Programa Presupuestario 550-00, por un monto de mil doscientos dólares con cero centavos de dólar ($1.200,00), los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, para un monto de novecientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($950,00), para un monto total de dos mil ciento cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($2.150,00), todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—El señor García Vargas en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 5º—Que durante los días del 06 al 11 de junio del 2016, en que se autoriza la participación del señor Juan Carlos García Vargas en el “Programa de elaboración de ítems” en el marco del proyecto PISA-D, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 6 al 11 de junio del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiséis días del mes de mayo del dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11377.—( IN2016049001 ).

MEP 055-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar a la señora Rocío Solís Gamboa, cédula de identidad N° 1-0485-0256, Representante del Ministerio de Educación Pública ante la Comisión Costarricense de Cooperación con la UNESCO, para que participe en el “Encuentro de Cultura, Naturaleza y Gobierno”, que se realizará en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia del 13 al 14 de junio del 2016.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: Suarez Museum of Natural Science & History.

Artículo 3º— La señora Solís Gamboa en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 12 al 15 de junio del 2016, en que se autoriza la participación de la señora Rocío Solís Gamboa en el “Encuentro de Cultura, Naturaleza y Gobierno”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 12 al 15 de junio del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintisiete días del mes de mayo del dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11377.—( IN2016049002 ).

N° 057-2016-MEP

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre del 2015) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Adriana Sequeira Gómez, cédula de identidad N° 110930980, Profesional 2 del Despacho de la Ministra, para que participe en la “Consulta Subregional para América Central y el Caribe hispanoparlante sobre educación integral en pubertad y sexualidad”, que se realizará en Antigua, Guatemala del 28 al 29 de junio del 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por la Oficina Regional de Educación para América Latina y el Caribe (UNESCO Santiago).

Artículo 3º—Se incluyen los cánones por concepto de seguro de viaje serán reembolsados por la subpartida 10504 del Programa 550-00. Todo sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—La señora Sequeira Gómez en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 5º—Que durante los días del 27 al 30 de junio del 2016, en que se autoriza la participación de la señora Adriana Sequeira Gómez en la “Consulta Subregional para América Central y el Caribe hispanoparlante sobre educación integral en pubertad y sexualidad”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 27 al 30 de junio del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los catorce días del mes de junio del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11377.—( IN2016049003 ).

Nº MEP 059-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Fernando Gerardo Ulloa Rodríguez, cédula de identidad N° 105220399, Jefe del Departamento de Control Interno y Gestión del Riesgo de la Dirección de Planificación Institucional, para que participe en la “Reunión regional de gestión integral del riesgo de desastres y sector educación”, que se realizará en Honduras el 23 y 24 de junio del 2016.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Centro de Coordinación para la Prevención de los Desastres Naturales en América Central (CEPREDENAC).

Artículo 3º—El señor Ulloa Rodríguez en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 22 al 25 de junio del 2016, en que se autoriza la participación del señor Fernando Gerardo Ulloa Rodríguez en la “Reunión regional de gestión integral del riesgo de desastres y sector educación”, devengará el 100% de su salario.

Artículos 5º—El presente acuerdo rige a partir del 22 al 25 de junio del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de junio del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 28534.—Solicitud Nº 11377.—( IN2016049004 ).

Nº 061-2016-MEP

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a las señoras Rosa Carranza Rojas, cédula de identidad N° 2-0334-0019, Directora de la Dirección de Desarrollo Curricular; Rosa María Jiménez López, cédula de identidad N° 502350334, Directora de la Dirección Regional de Educación de Liberia; Silvia Vargas Madrigal, cédula de identidad N° 1-658-946, Jefa del Departamento de Transporte, Gloria Eugenia Calvo Barquero, cédula de identidad N° 1-969-255, Subdirectora de la Dirección de Vida Estudiantil; Kristie Barrios Valenciano, cédula de identidad N° 1-1371-0102, Enlace de Cooperación de la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación; los señores Mario Alfaro Rodríguez, cédula de identidad N° 1-0497-0596, Profesor de Enseñanza General Básica 1 del Despacho de la Viceministra Académica; Minor Cordero Vargas, cédula de identidad N° 1-06770771, Jefe del Departamento de Gestión de Empresas y Educación Cooperativa; Chechey González Arce, cédula de identidad N° 1-700-467, Asesor Nacional de la Dirección de Vida Estudiantil; Grehivin Avilés Ortiz, cédula de identidad N° 5-0323-0349, Asesor Regional de Estudios Sociales y Cívica de la Dirección Regional de Educación de Liberia; Luis González Balmaceda, cédula de identidad N° 1-857-495, Oficinista de la Dirección de Desarrollo Curricular; Raimond Alonso Bonilla Cascante, cédula de identidad N° 4-0159-0352, Conductor del Departamento de Transporte y Miguel Villarreal Acuña, cédula de identidad N° 5-0250-0139, Conductor de la Dirección Regional de Educación de Liberia, para que participen en la “I Reunión Bilateral Costa Rica- Nicaragua, Fiestas Patrias”, que se realizará en Nicaragua, el día 07 de julio de 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte terrestre de ida y regreso, serán cubiertos por el Ministerio de Educación Pública (MEP) y los gastos correspondientes a la manutención serán cubiertos por el Ministerio de Educación de Nicaragua.

Artículo 3º—Las señoras Carranza Rojas, Jiménez López, Vargas Madrigal, Calvo Barquero, Barrios Valenciano y los señores Alfaro Rodríguez, Cordero Vargas, González Arce, Avilés Ortiz, González Balmaceda, Bonilla Cascante y Villarreal Acuña en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberán presentar un informe a sus superiores jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante el día del 07 de julio de 2016, en que se autoriza la participación de las señoras Rosa Carranza Rojas, Rosa María Jiménez López, Silvia Vargas Madrigal, Gloria Eugenia Calvo Barquero, Kristie Barrios Valenciano y los señores Mario Alfaro Rodríguez, Minor Cordero Vargas, Chechey González Arce, Grehivin Avilés Ortiz, Luis González Balmaceda, Raimond Alonso Bonilla Cascante y Miguel Villarreal Acuña en la “I Reunión Bilateral Costa Rica- Nicaragua, Fiestas Patrias”, devengarán el 100% de sus salarios.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige el día 07 de julio de 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los cinco días del mes de julio del dos mil dieciséis.

Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública, a. í.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 11377.—( IN2016049005 ).

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

N° 030-16-PLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE PLANIFICACIÓN NACIONAL

Y POLÍTICA ECONÓMICA

Con fundamento en lo dispuesto en artículos 140 inciso 1) y 146 de la Constitución Política y 25.1 y 27.1 de la Ley General de la Administración Pública (N° 6227 de 2 de mayo de 1978).

ACUERDAN:

Artículo 1º—Cesar a la señora Stefanny Sáenz Ledezma, cédula de identidad número 4-157-545, como Oficial Mayor con recargo de la Dirección Ejecutiva del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), a partir del veinte de junio de dos mil dieciséis.

Artículo 2º—Rige a partir del veinte de junio de dos mil dieciséis.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiún días del mes de junio de dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, Olga Marta Sánchez Oviedo.—1 vez.—O. C. N° 27736.—Solicitud N° 8660.—( IN2016048539 ).

Nº 048-MP-MTSS-MINAE-MH-MOPT-MAG-PLAN

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

LOS MINISTROS DE LA PRESIDENCIA; TRABAJO

Y SEGURIDAD SOCIAL; AMBIENTE Y ENERGÍA;

HACIENDA; OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES;

AGRICULTURA Y GANADERÍA, Y LA MINISTRA

DE PLANIFICACIÓN NACIONAL Y POLÍTICA

ECONÓMICA

En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 inciso 8) y 146 de la Constitución Política, el artículo 27 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 30 de mayo de 1978 y el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos Regionales de Desarrollo, Decreto Ejecutivo Nº 39453-MP-PLAN del 29 de febrero del 2016; y,

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Presidencial Nº 039-MP-MTSS-MINAE-MH-MOPT-MAG del 25 de julio del 2015, se crea la Mesa de Trabajo por Guanacaste para la Mejora de la Calidad de Vida y la Promoción del Empleo y Desarrollo Productivo.

II.—Que de conformidad con lo establecido en ese Acuerdo, la Mesa se instaló el 28 de agosto del 2015 en Liberia, Guanacaste.

III.—Que la Mesa es integrada por representantes del Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, sectores sociales y productivos de la provincia y entidades académicas que han sesionado una vez al mes de manera periódica, para un total de 10 sesiones divididas entre sesiones de trabajo y plenarias.

IV.—Que en el espacio se dio una identificación y priorización de proyectos estratégicos para la provincia de manera consensuada entre los sectores que lo integran y a partir de los 6 ejes de trabajo definidos a saber: agua e infraestructura hídrica, productividad agropecuaria y pesquera, empleo y producción, infraestructura vial y aeroportuaria, vivienda, educación, salud y cultura y, por último, investigación e innovación.

V.—Que se definió una cartera de 133 proyectos totales estructurados en una matriz que contempla los datos principales de cada uno: nombre, resumen ejecutivo, población meta, objetivos, resultados esperados, presupuesto, fuente de financiamiento, fecha de inicio, fecha de finalización, porcentaje de avance, contrapartes y responsables.

VI.—Que de los 133 proyectos, 66 se encuentran en ejecución, 47 están por iniciar y 20 ya han sido ejecutados. Respecto a los proyectos en ejecución corresponde gestionar un mecanismo de seguimiento por parte de los actores sociales, políticos y productivos y un enlace permanente entre los mismos y el Poder Ejecutivo.

VII.—Que en virtud de que la Mesa se gestó como un proceso plenamente participativo es necesario mantener la participación ciudadana como un eje esencial en el seguimiento de los proyectos allí derivados.

VIII.—Que mediante el artículo 1º del Decreto Nº 39453-MP-PLAN del 29 de febrero del 2016, Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Consejos Regionales de Desarrollo, se definen a estos como un “…conjunto articulado de instituciones públicas, Gobiernos Locales, actores privados y organizaciones cívico comunales, que permitan definir acciones para promover el desarrollo regional, territorial y cantonal con participación ciudadana.”

IX.—Que el 24 de junio del 2016 se conformó el Consejo Regional de Desarrollo de la región Chorotega con el propósito de coordinar las políticas y proyectos de la provincia de Guanacaste.

X.—Que es considerado de máximo interés público que el trabajo realizado por la Mesa sea acompañado con los órganos del Consejo Regional de Desarrollo de la región Chorotega. Lo anterior, con el fin de unificar el abordaje de los proyectos que se desarrollan, con la planificación nacional. Por tanto,

ACUERDAN:

PROCESO DE TRANSICIÓN DE LA MESA

DE TRABAJO POR GUANACASTE AL CONSEJO

REGIONAL DE DESARROLLO (COREDES)

“JULIO CESAR JAÉN”

Artículo 1º—La coordinación de la Mesa de Trabajo por Guanacaste para la Mejora de la Calidad de Vida y la Promoción del Empleo y Desarrollo Productivo y las instituciones públicas en ella participantes iniciarán un proceso de transición y acompañamiento para que los órganos del Consejo Regional de Desarrollo (COREDES) de la región Chorotega “Julio Cesar Jaén”, a partir de sus competencias y funciones, participen en la ejecución y seguimiento de los proyectos en desarrollo generados en el marco de la Mesa.

Artículo 2º—Para tales efectos, los Comités Intersectoriales Regionales, en concordancia con el artículo 16 del Decreto Nº 39453-MP-PLAN, deberán coordinar, programar, acompañar la ejecución y seguimiento de los proyectos concertados.

Artículo 3º—En el caso de los proyectos ubicados en el área de Agua e Infraestructura Hídrica, estos seguirán a cargo del Programa Integral de Abastecimiento de Agua para Guanacaste (PIAAG), integrándose, además, el Comité Intersectorial Regional de Ambiente.

Artículo 4º—Los Comités Intersectoriales Regionales, el PIAAG y aquellas instancias que coordinen la ejecución de los proyectos de la Mesa, deberán emitir, a través de sus coordinaciones institucionales, un informe de avances y resultados ante el Directorio de COREDES de manera bimensual.

Artículo 5º—El Comité Intersectorial Regional Social, coordinado por el IMAS, a través de su dirección regional, desarrollará su trabajo en el marco de la Estrategia Puente al Desarrollo, en concordancia con el Acuerdo del Consejo Presidencial Social Nº 69.

Artículo 6º—El Directorio del COREDES coordinará para informar a la Asamblea General de los avances de los proyectos y su seguimiento.

Artículo 7º—Los Ministros que coordinan la ejecución de los respectivos proyectos deberán rendir cuentas de manera semestral ante la Asamblea General de COREDES sobre el estado de la ejecución.

Artículo 8º—Se hará entrega al Directorio de COREDES de la región Chorotega de una ficha técnica por cada uno de los 133 proyectos establecidos en la Mesa de Trabajo por Guanacaste para la Mejora de la Calidad de Vida y la Promoción del Empleo y Desarrollo Productivo como traslado formal para el respectivo seguimiento de su implementación.

Artículo 9º—Queda facultada la Mesa de Trabajo por Guanacaste para la Mejora de la Calidad de Vida y la Promoción del Empleo y Desarrollo Productivo para coordinar de ahora en adelante con el Consejo de Desarrollo Regional para lo que corresponda y fungir como órgano de consulta y asesoría permanente del COREDES de la región Chorotega.

Artículo 10.—Rige a partir de su publicación.

Dado en la provincia de Guanacaste, a los veinticinco días del mes de julio del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de la Presidencia, Sergio Iván Alfaro Salas; la Ministra de Planificación Nacional y Política Económica, Olga Marta Sánchez Oviedo; el Ministro de Ambiente y Energía, Édgar Gutiérrez Espeleta; el Ministro de Hacienda, Helio Fallas Venegas; el Ministro de Trabajo y Seguridad Social, Carlos Alvarado Quesada; el Ministro de Agricultura y Ganadería, Luis Felipe Arauz Cavallini; el Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Villalta Villegas, y la Testigo de Honor, Marta Villegas Alvarado.—1 vez.—O. C. Nº 29194.—Solicitud Nº 8664.—( IN2016054092 ).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las 10:30 horas del día 18 del mes de julio del 2016.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Duplicación del Puente sobre el Rio Virilla, Ruta Nacional N° 32”.

Resultando:

1º—Mediante oficio N° DAJ-ABI-2016-1497 del 30 de junio del 2016, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 373568-000, cuya naturaleza es: terreno de potrero con una casa, situado en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José, con una medida de 19.518,33 metros cuadrados, y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: al norte, con Río Virilla; al sur con calle pública en medio otro, al Este con Calle Pública en medio otros, y al oeste con Sociedad Vargas Solera y Cía. Limitada.

2º—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 992,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 1-1891374-2016. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Duplicación del Puente sobre el Río Virilla, Ruta Nacional N° 32”.

3º—Constan en el expediente administrativo número 29.150 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

Plano Catastrado N° 1-1891374-2016, mediante el cual establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 992,00 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4º—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 4 de febrero del 2015, establece en sus artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

De conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

Inscripción al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 373568-000.

Naturaleza: terreno de potrero con una casa.

Ubicación: Situado en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José. Linderos, lo indicado en el plano catastrado N° 1-1891374-2016.

Propiedad: Extra Kocab Sociedad Civil, cédula jurídica N° 3-106-238117, representada por el señor Javier Francisco García Penón, cédula N° 1-476-256.

De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 992,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Duplicación del Puente sobre el Río Virilla, Ruta Nacional N° 32”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley N° 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto,

EL MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES

RESUELVE:

1º—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real Matrícula Número 373568-000, situado en el distrito 01 San Juan, cantón 13 Tibás, de la provincia de San José y propiedad de Extra Kocab Sociedad Civil, cédula jurídica N° 3-106-238117, representada por el señor Javier Francisco García Penón, cédula N° 1-476-256, un área de terreno equivalente a 992,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 1-1891374-2016, necesaria para la construcción del proyecto denominado “Duplicación del Puente sobre el Río Virilla, Ruta Nacional N° 32”.

2º—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley N° 9286.

3º—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones.

Publíquese y Notifíquese.—Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 4333.—Solicitud N° 60746.—( IN2016048839 ).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Integral de Santa Elena de Santa Cecilia de la Cruz, distrito Santa Cecilia, cantón de la Cruz, Guanacaste. Por medio de su representante: Luis Ángel Castillo García, cédula 503530575, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el materia, se emplaza por el término de ocho de este aviso, a cualquier persona, pública Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 11:13 horas del día 21 de julio del 2016.—Área Legal y de Registro.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2016048295 ).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Específica por la Seguridad, Recreación y Zonas Verdes de Urbanización González de Coronado, San José. Por medio de su representante: Raúl Antonio Rojas Maykall, cédula 1-488-924 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 17 para que en adelante se lea así: Artículo 17. Para que en adelante se permita y se agregue que se permita la figura de dos fiscales. Dicha reforma es visible a folio 46, del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el día 19 de marzo 2016. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las trece horas del día dieciocho de julio del dos mil dieciséis.— Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2016048646 ).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de la Francia de Siquirres, Limón. Por medio de su representante: Arturo Salazar Vargas, cédula 203000750 ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 13:08 horas del día 22/07/2016.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefatura de Registro.—1 vez.—( IN2016048687 ).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Matapalo de Sámara de Nicoya, Guanacaste. Por medio de su representante: Benedicto Guadamuz Zúñiga, cédula ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 4 para que en adelante se lea así:

Artículo 4º—Para que se modifique inciso:

Recaudar contribuciones entre sus miembros para financiar la consecución, esenciales, se cobrará cuotas voluntarias de cinco mil colones por lote vio que viva dentro de los territorios de la organización.

Dicha reforma es visible a folio 20 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 4 de junio del 2016.

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las doce horas veinte minutos del día cuatro de junio del dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2016048689 ).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

CREACIÓN DE LA COMISIÓN PARA EL ANÁLISIS,

PROPUESTA DE NORMATIVA Y SEGUIMIENTO

DEL PROYECTO OCDE/G20 SOBRE LA

EROSIÓN DE LA BASE IMPONIBLE Y

EL TRASLADO DE BENEFICIOS

Resolución N° DGT-R-036-2016 y N° DGH-028-2016- Dirección General de Tributación y Dirección General de Hacienda. Ministerio de Hacienda, San José, a las nueve horas del veinticuatro de junio de dos mil dieciséis.

Considerando:

I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y sus reformas, Ley N° 4755 del 3 de mayo de 1971, faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales tendientes a la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

II.—Que mediante Decreto Ejecutivo N° 35688-H del 27 de noviembre de 2009, se emitió el “Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación”, el cual en su artículo 6º faculta a esta Dirección General para aprobar las resoluciones, instrucciones o directrices que resulten oportunas para el logro de los objetivos de la Dirección.

III.—Que la Dirección General de Tributación está organizada funcionalmente, siguiendo las mejores prácticas de la gestión tributaria moderna. Con arreglo a este principio organizativo, se tienen asignadas a diferentes órganos administrativos, las funciones del cumplimiento de las obligaciones tributarias, el control de su cumplimiento y de la regularización de dichos incumplimientos.

IV.—Que en el año 2013, los Ministros de Hacienda del G20 le solicitaron a la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico, en adelante OCDE, desarrollar un plan de acción para tratar los problemas de la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios de un modo coordinado y completo.

V.—Que así surgió el proyecto denominado “Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios” (OECD/G20 Base Erosion and Profit Shifting Project), en adelante Plan de Acción BEPS, que tiene como objetivo proporcionar a los diferentes Estados, instrumentos que ayuden a luchar contra la erosión de la base imponible y el traslado de utilidades, propiciado por la integración comercial de las empresas; muchas de ellas pertenecientes a un mismo grupo económico.

VI.—Que el Plan de Acción BEPS contempla 15 acciones, cuyas versiones finales culminaron en setiembre de 2015, y proponen medidas a implementar en los impuestos sobre las utilidades, en los impuestos sobre el valor agregado, en el Modelo de Convenio Tributario sobre la Renta y sobre el Patrimonio, en las Directrices de la OCDE aplicables en materia de precios de transferencia a empresas multinacionales y que deben ser tomadas en cuenta por las administraciones tributarias en sus actuaciones de control, así como medidas para regular el comercio transfronterizo de servicios e intangibles, contenidas igualmente en la Directriz Internacional sobre el Impuesto al Valor Agregado.

VII.—Que la OCDE extendió la invitación para que países no miembros trabajen en igualdad de condiciones con los países miembros y del G20, para identificar y atacar las prácticas fiscales que las empresas, en su búsqueda por reducir sus cargas fiscales, han llevado al límite de la planificación fiscal aceptable, generando una planificación fiscal agresiva cuyo fin es atentar contra los ingresos fiscales de una jurisdicción.

VIII.—Que mediante oficio N° DM-0349-2015 del 23 de febrero de 2015, el Ministro de Hacienda, señor Helio Fallas, se comprometió con el Secretario General de la OCDE, señor Ángel Gurría, al expresar su disposición y respaldo, en nombre del Gobierno de Costa Rica, al Plan de Acción BEPS.

IX.—Que el Ministerio de Hacienda se ha unido al desarrollo del marco inclusivo para el combate de las BEPS propuesto por el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE, quién encomendó a sus Grupos de Trabajo el estudio de las Acciones BEPS con el propósito de finalizarlas, emitir mecanismos para su implementación y dar seguimiento.

X.—Que los países miembros de la OCDE y del G20 extenderán su cooperación con el Plan de Acción BEPS hasta el 2020, para así completar el trabajo pendiente y garantizar una supervisión selectiva y eficaz de las medidas acordadas. A mediados del 2016 se definirá un marco para efectuar dicha supervisión con vistas a mejorar la integración de otros países interesados.

XI.—Que por las razones expuestas y siendo que Costa Rica participa como Asociado BEPS para luchar contra las situaciones que propician la evasión y elusión fiscal que atentan contra la recaudación fiscal, se considera necesario emitir una resolución mediante la cual se constituya la “Comisión para el análisis, propuesta de normativa y seguimiento del Plan de Acción BEPS”.

XII.—Que de conformidad con el artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, no es necesario cumplir con el paso previo de publicación del proyecto de resolución, por cuanto se trata de un asunto que reviste un evidente interés público y que no afecta en modo alguno los intereses de particulares. Por tanto,

RESUELVE:

“CREACIÓN DE LA COMISIÓN PARA EL ANÁLISIS,

PROPUESTA DE NORMATIVA Y SEGUIMIENTO

DE LAS ACCIONES DEL PROYECTO OCDE/G20

SOBRE LA EROSIÓN DE LA BASE IMPONIBLE

Y EL TRASLADO DE BENEFICIOS DEL

MINISTERIO DE HACIENDA”

Artículo 1º—Creación y objetivos. Créase la Comisión para el análisis, propuesta de normativa y seguimiento de las acciones del Proyecto OCDE/G20 sobre la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios, en adelante, Comisión BEPS.

Su labor se llevará a cabo bajo los principios de coherencia con la legislación local, sustancia económica y la transparencia en la implementación de las normativas.

Artículo 2º—Funciones. Para cumplir sus objetivos, la Comisión BEPS debe:

a)  Definir los lineamientos para el análisis, propuesta y seguimiento de las acciones BEPS, mediante un cronograma de trabajo, previamente notificado a la Dirección General de Tributación, el cual debe ser actualizado cada seis meses, de conformidad con las disposiciones que emita la OCDE relacionadas con este proyecto.

b)  Rendir a la Dirección General de Tributación, cada tres meses, un informe sobre los avances de la comisión conforme al horizonte de tiempo dado por la OCDE y el cronograma de trabajo.

c)  Dar seguimiento a las acciones BEPS, en concordancia con los lineamientos que defina la OCDE, a través de sus grupos de trabajo o distintos comités.

Artículo 3º—Integración. La Comisión BEPS está integrada por las siguientes direcciones y funcionarios en su condición personal, quienes ostentan los cargos que a continuación se detallan:

Nombre

Cédula

Dependencia

Cargos

Gerardo Durán Ortiz

103620386

Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales

Coordinador

Flor Rodríguez Gamboa

203450464

Dirección de Recaudación

Subcoordinadora

Adriana Contreras Matarrita

206300564

Dirección General de Tributación

Funcionaria de Apoyo

Marianela Leandro Mata

304300087

Dirección General de Tributación

Funcionaria de Apoyo

Amalia Ramírez Chaves

401210728

Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales

Miembro

Jorge Richard Muñoz Núñez

401680505

Dirección General de Hacienda

Miembro

Juan Carlos Chaves Berrocal

205090359

Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales

Miembro

Karina Herrera Chinchilla

109680512

Dirección de Recaudación

Miembro

Marco Antonio León Tenorio

112450426

Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria

Miembro

Noe Guillermo Alfaro Rojas

401480410

Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria

Miembro

Rafael Bonilla Vindas

104610596

Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales

Miembro

Ricardo Caballeros Vela

800540364

Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales

Miembro

Sussy Calvo Solís

111440167

Dirección de Fiscalización

Miembro

 

 

Los funcionarios designados para sustituir interinamente a los titulares, por sus vacaciones, permisos o incapacidades, asumirán, de pleno derecho, su participación en la Comisión BEPS en tanto esté en vigencia su nombramiento interino, siendo responsables en igualdad de condiciones a los demás miembros de la comisión. Le corresponderá a cada Dirección Funcional nombrar a los sustitutos tomando en consideración los criterios técnicos y de idoneidad para su elección.

Artículo 4º—Potestades de la Comisión. La Comisión BEPS podrá requerir la colaboración de otras áreas técnicas del Ministerio de Hacienda para la elaboración de los estudios técnicos y jurídicos que respalden las acciones a emprender y sustenten la propuesta normativa a emitir.

La Comisión BEPS podrá solicitar a los funcionarios de este Ministerio que asisten a las reuniones de los Grupos de Trabajo, foros, seminarios, capacitaciones o similares, organizados por la OCDE o por cualquier otra institución pública o privada, nacional o internacional, que aborden temas relacionados con el Plan de Acción BEPS, transmitir la información y conocimiento que obtengan de dicho evento, mediante los medios que la comisión oportunamente dispondrá.

Artículo 5º—Sesiones ordinarias y extraordinarias. La Comisión BEPS sesionará una vez por semana, el día viernes de forma ordinaria, en un horario entre las ocho y las dieciséis horas. Le corresponde al Coordinador presidir las sesiones, designar el horario y enviar, con veinticuatro horas de antelación, la agenda de los temas a tratar, y en su ausencia, dichas funciones serán ejercidas por la Subcoordinadora.

En forma extraordinaria, la Comisión BEPS sesionará cuando sea necesario; para estos efectos debe suministrarse la agenda de los temas a tratar y el horario de la sesión; quién la preside hará la convocatoria con cuarenta y ocho horas de anticipación.

Ante eventuales ausencias del Coordinador y de la Subcoordinadora, la comisión será presidida por quien el Coordinador o Subcoordinadora oportunamente designe y lo hará de conocimiento a los demás miembros de la comisión.

El lugar de reunión para las sesiones ordinarias y extraordinarias será la sala de reuniones de la Dirección General Tributación o la sala de reuniones de la Subdirección General de Tributación. De común acuerdo, los miembros de la comisión podrán variar el lugar de las sesiones.

Previo al inicio de cada reunión, quien preside debe presentar la agenda de los temas a tratar. Se debe levantar una minuta de cada sesión y dar seguimiento a los acuerdos tomados. La minuta debe ser levantada por quién funge como funcionario de apoyo, quién cuenta con un plazo de veinticuatro horas para la elaboración de la misma. Los miembros de la comisión contarán con un plazo de veinticuatro horas para realizar observaciones al acta, quienes devolverán el acta a las funcionarias de apoyo de la comisión. Dicha acta debe estar firmada antes del inicio de la sesión ordinaria siguiente por el Coordinador, Subcoordinadora y miembros de la comisión.

Al finalizar cada sesión, quien preside debe hacer una síntesis de los acuerdos tomados y asignar los temas a tratar en la próxima sesión, los responsables de desarrollarlos o bien la continuidad sobre un tema, en caso de ser necesario. Esto deberá quedar debidamente evidenciado en la minuta de la sesión.

Artículo 6º—Quórum y votación. Se considera integrado el quórum con la presencia de seis miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple.

Artículo 7º—Seguimiento. La Dirección de Tributación Internacional y Técnica Tributaria asumirá las funciones de seguimiento de las propuestas normativas que emita la Comisión BEPS, correspondiéndole el apoyo a las Direcciones Generales para la presentación de las reformas legales o administrativas necesarias.

Artículo 8º—Vigencia. La presente resolución rige a partir del 24 de junio de 2016.

Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General de Tributación.—Priscilla Piedra Campos, Directora General de Hacienda.—Jenny Jiménez Vargas, Directora de Técnica Tributaria.—1 vez.—O.C. N° 27182.—Solicitud N° 1166.—( IN2016048854 ).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

UNIDAD REGISTRO DE AGROQUÍMICOS

Y EQUIPOS DE APLICACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AE-REG-E-018/2016.—El señor Bernal Moya Vargas, cédula de identidad: 2-0438-0907, en calidad de representante legal de la compañía Maquinaria y Tractores Ltda, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo: Sembradora, Marca: John Deere, Modelo: 1010, Peso: 834 kilogramos y cuyo fabricante es: Industrias John Deere S. A., de CV, México. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:30 horas del 15 de julio del 2016.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefa Unidad de Registro.—( IN2016048581 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

AE-REG-E-020/2016.—La señorita Erika Bernal Rempening, cédula 127600224831, en calidad de Representante Legal de la compañía Bayer S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita el registro del producto formulado Clase Insecticida y de nombre comercial Movento 15 OD, compuesto a base de Spirotetramate. Conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 09:00 horas del 19 de julio del 2016.—Departamento de Agroquímicos y Equipos.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—( IN2016048264 ).

AE-REG-E-01912016.—El señor José Pablo Sánchez Hernández, cédula 1-0895-0867, en calidad de Representante Legal de la compañía Taminco Limitada, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita inscripción del Fungicida (formulado) de nombre comercial Banguard 42 SC, compuesto a base de THIRAM, conforme a lo que establece la Ley de Protección Fitosanitaria Nº 7664 y el Decreto Ejecutivo número 33495-MAG-S-MINAE-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:00 horas del 19 de julio del 2016.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—1 vez.—( IN2016048561 ).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Everardo Carmona Estrada, cédula de identidad número 1-0903-0317, en calidad de apoderado generalísimo de la empresa Ecdea Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-118784, ha solicitado para su representada Renovación al certificado de explotación para brindar los servicios de Escuela de enseñanza aeronáutica, en la modalidad de preparación de pilotos privados y comerciales y ampliación para la habilitación de vuelos por instrumentos, en aeronaves de ala fija. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil, Ley número 5150 del 14 de mayo de 1973 y sus reformas, y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación, Decreto Ejecutivo número 37972-T del 16 de agosto de 2013, publicado en La Gaceta número 205 de 24 de octubre de 2013; y demás disposiciones nacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo sexto de la sesión extraordinaria número 50-2016 celebrada el día 15 del mes de julio de 2016, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 09:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Enio Cubillo Araya, Director General.—1 vez.—O. C. N° 25622.—Solicitud N° 14562.—( IN2016048205 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 474, título N° 2563, emitido por el Liceo José Joaquín Vargas Calvo, en el año dos mil diez, a nombre de Hernández Picado Yuleisy Maribel, cédula 1-1531-0523. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintinueve días del mes de junio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016048281 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título N° 392, emitido por el Liceo de Chachagua, en el año dos mil trece, a nombre de Karen Vannesa Montiel Olives. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Karen Vannesa Montiel Olivas, cédula: 2-0758-0519. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016048444 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 341, título N° 3306, emitido por el Colegio de Naranjo, en el dos mil once, a nombre de Porras Arrieta Rossany Andrea, cédula 2-0719-0598. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de julio del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016048657 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 51, asiento 22, título N° 350, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe Agua Buena, en el año dos mil tres, a nombre de González Flores Laura, cédula Nº 6-0351-0818. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de mayo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016048731 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 02, Folio 45, Título N° 2329, emitido por el Liceo de Poás, en el año dos mil diez, a nombre de Gómez Trejos Alejandro José, cédula: 2-0702-0922. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016048885 ).

CULTURA Y JUVENTUD

DIRECCIÓN GENERAL DEL ARCHIVO NACIONAL

COMISIÓN NACIONAL DE SELECCIÓN

Y ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS

Res. 01-2016- CNSED.—Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos—San José a las 10:00 horas del 18 de marzo de dos mil dieciséis.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el artículo 2° de la Ley N° 7202, Ley del Sistema Nacional de Archivos, esta resolución es de aplicación para los órganos del Sistema Nacional de Archivos y de los Archivos de los poderes Legislativo, Judicial y Ejecutivo, y de los demás entes públicos, cada uno con personalidad jurídica y capacidad de derecho público y privado.

II.—Que el artículo 3° de la Ley N° 7202, establece que todos los documentos con valor científico cultural son bienes muebles y forman parte del patrimonio científico cultural de Costa Rica, que la determinación del valor científico-cultural del documento corresponderá a la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos y que se consideran de valor científico-cultural aquellos documentos textuales, manuscritos o impresos, gráficos, audiovisuales y legibles por máquina que, por su contenido, sirvan como testimonio y reflejen el desarrollo de la realidad costarricense.

III.—Que el artículo 31 de la Ley N° 7202, establece que la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos es el Órgano de la Dirección General del Archivo Nacional, encargado de dictar las normas sobre selección y eliminación de documentos, de acuerdo con su valor científico cultural.

IV.—Que el artículo 35 de la Ley N° 7202 establece que todas las instituciones a que se refiere el artículo 2 de la ley supracitada incluida la Dirección General del Archivo Nacional, estarán obligadas a solicitar el criterio de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, cada vez que necesiten eliminar algún tipo documental. También deberán considerar las resoluciones que al respecto emita la Comisión Nacional, las que serán comunicadas por escrito, por medio del Director General del Archivo Nacional.

V.—Que el artículo 120 del Reglamento a la Ley N° 7202 dispone que una de las funciones de la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos es dictar normas sobre selección y eliminación de los documentos que producen las instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Archivos.

VI.—Que el artículo 131 del Reglamento de cita, establece que las entidades productoras podrán hacer sus consultas a través de la tabla de plazos de conservación, que es un instrumento en el que constan todos los tipos documentales producidos o recibidos en una oficina o institución, en el cual se anotan todas sus características y se fija el valor administrativo y legal.

VII.—Que el artículo 132 del Reglamento a la Ley N° 7202, dispone que una vez aprobadas las tablas de plazos, las instituciones pueden eliminar los tipos documentales autorizados sin consultar nuevamente a la Comisión. Sin embargo, las tablas de plazos aprobadas deben someterse a una revisión, tanto del Comité Institucional, como de la Comisión Nacional, cada cinco años, para determinar si los criterios originales son aún válidos.

VIII.—Que el artículo 135 del Reglamento a la Ley N° 7202 establece que cada autorización para eliminar documentos emanada de la Comisión Nacional comprenderá única y exclusivamente los tipos documentales que expresamente se señalan en ella. Por tanto,

Con base en las facultades que le confieren el artículo 31 de la Ley del Sistema Nacional de Archivos y los artículos 120 y 131 de su Reglamento, la Comisión Nacional de Selección y Eliminación de Documentos, mediante acuerdo No. 17, tomado en la sesión 09-2016 de 18 de marzo de 2016, acordó emitir las siguientes normas, de acatamiento obligatorio para las instituciones que forman parte del Sistema Nacional de Archivos:

01.2016. Establecer una declaratoria general de documentos con valor científico cultural, en todas las instituciones que conforman el Sector Público Costarricense establecido por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, de acuerdo con el siguiente detalle:

A.    Series documentales que se declaran con valor científico cultural en todas las Unidades de Tecnologías de la Información o sus similares (Departamentos de Cómputo, Unidades de Informática, Telecomunicaciones) de las instituciones que conforman el Sector Público Costarricense.  Documentos originales o en su defecto copia en soporte papel; y documentos electrónicos con firma digital avanzada.

1.  Actas o minutas de la Comisión Gerencial de Tecnologías de la Información. Reflejan la toma de decisiones institucionales y el desarrollo tecnológico de la entidad.

2.  Planes estratégicos informáticos, sus expedientes y evaluaciones. Demuestran el desarrollo tecnológico evolutivo de la institución.

3.  Expedientes de desarrollos de sistemas de información relacionados con la labor sustantiva de la institución. Demuestran el desarrollo informático de las tecnologías de la información en la función pública, su seguimiento, la inversión del Estado en la implementación y su impacto.

B.    Series documentales que se declaran con valor científico cultural en todas las Oficinas de Prensa; Relaciones Públicas; Comunicación o Protocolo de las instituciones que conforman el Sector Público Costarricense. Documentos originales o en su defecto copia en soporte papel; y documentos electrónicos con firma digital avanzada.

1.  Afiches. Conservar un ejemplar considerando los siguientes aspectos del ámbito de producción:

a.   Públicos: aquellos que reflejen las funciones sustantivas de la institución.

b.  Privados y particulares: aquellos que reflejen su relación con la sociedad costarricense.  Por ejemplo los afiches relacionados con los programas de responsabilidad social, ambiental, entre otros.

c.   Internacionales: aquellos en donde conste la participación costarricense como copatrocinador o colaborador en el extranjero de algún evento relevante en el ámbito político, académico, deportivo, cultural o científico.

2.  Álbumes de recortes de periódicos organizados. Conjunto de recortes de periódico ordenados en forma cronológica, relacionados con el quehacer de la institución.

3.  Campañas publicitarias en prensa escrita, radio y televisión y sus productos finales. Evidencian las actividades sustantivas realizadas por las instituciones.

4.  Discursos sustantivos del Presidente de la República y los jerarcas de las instituciones públicas y Poderes de la República (en papel, en video o audio): Reflejan el pensamiento y las acciones de los representantes del gobierno.

5.  Invitaciones de actividades relevantes para la institución.

6.  Libro de marca, sobre imagen, logo y marca comercial, rótulos, etc.

7.  Memorias institucionales.

8.  Publicaciones (materiales de pequeño formato: folletos, programas de mano, volantes, trípticos, boletines, revistas institucionales) que reflejen información de carácter sustantivo. Conservar un ejemplar por publicación.

9.  Fotografías (positivo, negativo y digital). Conservar de 3 a 5 unidades de cada evento o actividad que evidencie o refleje las funciones sustantivas, a criterio del Encargado del Archivo Central y el Jefe de la Oficina Productora.

C.    Series documentales que se declaran con valor científico cultural en Áreas de Cooperación Internacional, Organismos Internacionales o sus similares de las instituciones que conforman el Sector Público Costarricense.  Documentos originales o en su defecto copia en soporte papel; y documentos electrónicos con firma digital avanzada.

1.  Correspondencia con embajadas y organismos internacionales.

2.  Convenios de cooperación internacional e interinstitucional.

3.  Informes de viajes oficiales. Conservar los informes de viajes oficiales de funcionarios,  que sean de carácter sustantivo o que hayan generado algún impacto.

4.  Proyectos de cooperación nacional e internacional ejecutados, así como las evaluaciones e informes de ejecución de los proyectos seleccionados. Reflejan los planes, objetivos y metas a desarrollar a nivel nacional por medio del uso de recursos interinstitucionales y extranjeros.

Esta Comisión Nacional entiende como documento textual en soporte electrónico el documento producido con firma digital avanzada, que aplique lo dispuesto en la Ley Nº 8454 “Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos”, y su reglamento, así como lo establecido en la “Política de formatos oficiales de los documentos electrónicos firmados digitalmente”, emitida por la Dirección de Certificados de Firma Digital del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, publicada en el Alcance 92 de La Gaceta N° 95 de 20 de mayo de 2013.

En caso de que el documento se haya producido originalmente en soporte papel, se conservará este soporte.  En caso de que se digitalice el documento original producido en soporte papel, esa digitalización deberá realizarse cumpliendo los lineamientos que emita la Junta Administrativa del Archivo Nacional en esa materia.  En ningún momento se deberá entender que un documento digitalizado sustituye al documento producido con las formalidades en soporte papel o con firma digital avanzada y no implica la sustitución o la eliminación.

02.2016. Todas las instituciones que conforman el Sector Público Costarricense establecido por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, quedan autorizadas para eliminar las siguientes series documentales, cuando caduque la vigencia administrativa y legal establecida por los Comités Institucionales de Selección y Eliminación de Documentos, en todas las unidades administrativas y sustantivas de las instituciones en donde se custodien:

Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF 03.2016. Los criterios para conservar los documentos declarados con valor científico cultural son los siguientes: la protección de derechos de los ciudadanos; coyunturas históricas relevantes a nivel social, político, económico, naturales, ambientales y otros; que reflejen la trascendencia de la entidad productora como testimonio de su actividad o función; la antigüedad del documento; la singularidad del documento entendido como documento único ya sea por la información que contiene o por la función específica del ente productor o cualquier otra característica que lo haga único.

Las series documentales incluidas en la norma 01.2016 deben ser incorporadas en las tablas de plazos de conservación de documentos que cada Comité Institucional de Selección y Eliminación de Documentos (Cised) presente ante esta Comisión Nacional, las cuales serán analizadas de acuerdo con los criterios antes expuestos.  Es criterio de los Cised incluir o no las series documentales consignadas en la norma 02.2016.

Las series documentales que no fueron incluidas en las normas 01.2016 y 02.2016 deberán ser sometidas a consulta de esta Comisión Nacional si se desean eliminar.

Deróguese la norma 3.2008 emitida mediante la Resolución CNSED-01-2009 publicada en La Gaceta N° 101 de 27 de mayo del 2009.

Transitorio 1º—Las presentes normas serán aplicables para todas las series documentales incluidas en esta resolución, producidas antes y después de su publicación.

Transitorio 2º—Modifíquense los transitorios de las resoluciones CNSED-01-2014 y CNSED-02-2014 publicadas en La Gaceta No. 5 del 8 de enero del 2015, para que se lean de la siguiente manera “Las presentes normas serán aplicables para todas las series documentales incluidas en esta resolución, producidas antes y después de su publicación.”

Las presentes normas rigen a partir de su publicación.

Comuníquese.—Carmen Campos Ramírez, Directora Ejecutiva.—1 vez.—O. C. N° 3512.—Solicitud N° 10569.—( IN2016049080 ).

JUSTICIA Y paz

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Cambio de Nombre Nº 101892

Que Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de American-Cigarette Company (Overseas) Limited, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de The House of Edgeworth Incorporated por el de American-Cigarette Company (Overseas) Limited, presentada el día 22 de febrero de 2016 bajo expediente 101892. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2007-0013579 Registro Nº 186991 Vogue en clase 34 Marca Mixto 2008-0003537 Registro Nº 186733 en Clase 34 Marca Figurativa, 2008-0004442 Registro Nº 186977 Vogue Arome en clase 34 Marca Mixto, 2008-0004444 Registro N° 186810 Vogue Arome en clase 34 Marca Mixto, 2008-0004445 Registro Nº 186812 Vogue AROME BALADE ALJ PARC en clase 34 Marca Mixto, 2008-0007681 Registro N° 189906 VOGUE CARACTERE en clase 34 Marca Denominativa, 2009-0000250 Registro Nº 192812 VOGUE CARACTERE en clase 34 Marca Mixto 2009-0000912 Registro Nº 192903 VOGUE PLATINE en clase 34 Marca Denominativa, 2009-0004153 Registro Nº 198202 Vogue en clase 34 Marca Denominativa, 2009-0006883 Registro Nº 200207 Vogue Frisson en clase 34 Marca Denominativa, 2009-0007078 Registro Nº 200753 Vogue en clase 34 Marca Mixto y 2013-0007148 Registro Nº 235932 Vogue DESIGNED IN PARÍS • en Clase 34 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de febrero del 2016.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—1 vez.—( IN2016048460 ).

Cambio de Nombre Nº 104523

Que Luis Diego Castro Chavarría, casado una vez, cédula de identidad Nº 106690228, en calidad de apoderado especial de Horiba ABX SAS, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de ABX S. A. por el de HORIBA ABX SAS, presentada el día 12 de julio de 2016 bajo expediente 104523. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0006060 Registro Nº 152368 ABX LEUCODIFF en clase 5 Marca Denominativa y 2004-0006061 Registro Nº 152476 ABX FLUOCYTE en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—( IN2016048468 ).

Marcas de ganado

SE REPRODUCE POR ERROR DE IMPRENTA

Solicitud N° 2016-1117.—Johnny Campos Rodríguez, cédula de identidad 0501500375, solicita la inscripción de

 

J       K

6

como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste  Santa Cruz, 27 de Abril, río Seco, de la iglesia católica 500 metros al norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 02 de junio del 2016. Según el expediente N° 2016-1117.—San José, 14 de junio del 2016.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016038830 ).

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Sol. N° 2016-1244.—Víctor José Salazar Espinoza, cédula de identidad 0501090418, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Bagaces, Bagaces, Pijije, 700 metros sur de la escuela del lugar, en finca Montecristo, a mano izquierda carretera a San Ramón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para haceros valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2016. Según el expediente N° 2016-1244.—San José, 11 de julio del 2016.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016048233 ).

Solicitud N° 2016-1460.—Francisco Sequeira Rojas, cédula de identidad 7-0051-1336, solicita la inscripción de:

Z  E

4

como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Roxana, Punta Riel, casa hogar Tía Tere 400 norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para haceros valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio del 2016. Según el expediente N° 2016-1460.—San José, 19 de julio del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016048290 ).

Solicitud Nº 2016-1356.—Francisco Carmona Vargas, cédula de identidad 0601820169, solicita la inscripción de:

3     C

V

como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, Colorado, Chirripocito; 8 kilómetros al norte de la Escuela San Juan. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 6 de julio del 2016. Según el expediente Nº 2016-1356.—San José, 7 de julio del 2016.—Lic. Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016048313 ).

Solicitud N° 2016-1374.—Víctor Manuel Azofeifa Álvarez, Cédula de identidad 0111950153, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Guácimo, Pocora, Argentina, 700 metros norte del puente Quebrada Honda, contiguo a la antigua piñera Lindora. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2016. Según expediente N° 2016-1374.—San José, 8 de julio del 2016.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016048467 )

Solicitud Nº 2016-1196.—Sayre Andrea Castro Zúñiga, cédula de identidad Nº 0205930767, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Los Chiles; Los Chiles, Cristo Rey, un kilómetro al este del centro educativo Cristo Rey camino a Caño Castilla, mano izquierda. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2016. Según el expediente N° 2016-1196.—San José, 22 de junio del 2016.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016048477 ).

Solicitud N° 2016-1320.—Gilbert Porras Méndez, cédula de identidad 2-0391-0586, solicita la inscripción de:Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, Santa Fe; 1 kilómetro al este, de la escuela de Santa Fe. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 01 de julio del 2016. Según la Solicitud N° 2016-1320.—San José, 06 de julio del 2016.—Licda. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016048521 ).

Solicitud Nº 2016-1367.—José Luis Martínez Zamora, cédula  de  identidad  Nº 5-0096-0479,  solicita  la  inscripción  de: J 5 L, como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, San Juan, 4 kilómetros al este de la escuela de San Juan. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 07 de julio del 2016. Según el expediente N° 2016-1367.—San José, 08 de julio del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016048523 ).

Solicitud Nº 2016-1433.—Juan Carlos Averrus Cerdas, cédula de identidad 2-0400-0283, solicita la inscripción de: Y3T como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Guatuso, San Rafael, Samen, 300 metros al norte del Río Samen Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 14 de julio del 2016. Según el expediente Nº 2016-1433.—San José, 15 de julio del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016048524 ).

Solicitud Nº 2016-1454.—Daniel Espinoza Alfaro, cédula de identidad 0601590441 Yetty Fernández Mora, cédula de identidad 0700980137, solicita la inscripción de:

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F    E

como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí, La Rita, El Cedral, 150 metros norte de la iglesia católica, casa a mano derecha. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para haceros valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 15 de julio del 2016. Según el expediente N° 2016-1454.—San José, 19 de julio del 2016.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016048594 ).

Solicitud N° 2016-1469.—Alexandra Patricia Sandí Gutiérrez, cédula de identidad 0108350518, solicita la inscripción de:

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Arado, Finca La Mina, carretera al Bosque Diría. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 19 de julio del 2016. Según expediente N° 2016-1469.—San José, 20 de julio del 2015.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016048625 ).

Solicitud Nº 2016-1400.—Óscar Alban Alfaro Azofeifa, cédula de identidad Nº 0107790178, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, San Francisco de La Palmera, del Rancho Huetar 2 kilómetros al sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio del 2016. Según el expediente N° 2016-1400.—San José, 21 de julio del 2016.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016048649 ).

Solicitud Nº 2016-1462.—Walter Villalobos Jiménez, cédula de identidad 0502530428, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Upala, San Fernando, de la agencia Coca Cola, 100 metros oeste y 300 metros sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio del 2016. Según el expediente Nº 2016-1462.—San José, 19 de julio del 2016.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016048776 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Mujeres y Hombres por un Futuro Mejor de Puntarenas, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Ayudar al desarrollo de la comunidad, apoyar el orden, las buenas costumbres y respeto mutuo de las personas, mantener el orden de la comunidad, gestionar, ayudar y apoyar a los asociados a impulsar proyectos de desarrollo social y organizativo, gestionar y apoyar la creación de servicios sociales y comunales como un medio que conlleve a la superación individual, fomentando el bien personal, el bien común social el espíritu de ayuda mutua y el trabajo conjunto, cuyo representante, será la presidenta Xiomara Molina Ledezma, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 109144 con adicionales: 2016-166869, 2016-263723.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 36 minutos y 0 segundos, del 19 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016048250 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Federación Deportiva Comité Paralímpico Integral, con domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover el deporte en todas las disciplinas deportivas paralímpicas, en ambos géneros, en todas las modalidades y categorías, que tiene el Comité Paralímpico Internacional, cuyo representante, será la presidenta María de Los Ángeles Monge Alvarado, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 336753 con adicional: 2016-463432.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 58 minutos y 12 segundos, del 18 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016048323 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la: Asociación Deportiva Costarricense de Esgrima, entre las cuales se modifica el nombre social, que se denominará: Asociación Deportiva Central de Esgrima, Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 39 minutos y o segundos, del 04 de julio del 2016- Documento tomo: 2016, asiento: 33327.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016048334 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Folclórica Herencia Sancarleña, con domicilio en la provincia de: Alajuela-San Carlos, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Formar y mantener un grupo de proyección e investigación folclórica en Venecia y comunidades vecinas, dirigido a la participación activa e inserción de los jóvenes y niños en el campo de la cultura regional y nacional a través de la danza y la música, cuyo representante, será el presidente: Giovanni Mora Elizondo, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Tomo: 2016 Asiento: 155137 con adicional(es): 2016-323411.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 21 minutos y 26 segundos, del 16 de mayo del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016048660 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Iberoamericana de Vida, Responsabilidad, Ética y Derecho Biored, con domicilio en la provincia de: San José-Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover la investigación científica y tecnológica en todas las áreas del conocimiento con énfasis en la problemática bioética, así como en el análisis ético y jurídica y en la fundamentación del derecho, cuya representante, será la presidenta: María del Rosario Rodríguez Cadilla Ponce, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 258929.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 51 minutos y 6 segundos, del 21 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016048852 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva de Judo y Deportes Similares Corleone De San Luis, con domicilio en la provincia de: San José-Acosta, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y fomentar todos lo relacionado con el judo en ambos géneros y en todos sus categorías a nivel nacional e internacional de acuerdos con sus propios estatutos y reglamentos y los entes oficiales de esta disciplina deportiva; promover el judo mediante la enseñanza y la práctica de esta disciplina deportiva; establecer programas de extensión deportiva y recreativa dirigidos a la comunidad. Cuyo representante, será el presidente: Edgardo Mora Abarca, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 340505. Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 12 minutos y 32 segundos, del 18 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2016049017 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Medicina Integral Terapias Alternativas y Complementarias de Costa Rica, con domicilio en la provincia de: Heredia-Santa Bárbara, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el desarrollo de la físico terapia tanto a nivel nacional como internacional, organizar a los físicoterapeutas a efecto de que por la unidad y la solidaridad se puedan conseguir avances tanto materiales como morales en el ejercicio de la profesión físicoterapeuta. Cuyo representante, será el presidente: Óscar Soto Jiménez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: tomo: 2016, asiento: 357112.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 58 minutos y 42 segundos, del 6 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016049040 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Esperanza Viva en Pro de Personas con VIH en Pobreza y Pobreza Extrema del Territorio Nacional ASEV, con domicilio en la provincia de: San José- Desamparados, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Contribuir mediante acciones de incidencia política, contraloría social, acciones que coadyuven al cumplimiento del Plan Estratégico Nacional (PEN) elaborado por el CONASIDA, a los compromisos y estrategias nacionales e internacionales que el país se haya comprometido en miras del mejoramiento de la calidad de vida de las personas con VIH-SIDA, especialmente la población que se encuentra en pobreza y pobreza extrema, así como también a la implementación de diferentes, cuyo representante, será la presidenta Rosibel Zúñiga Guardia, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2015, asiento: 594362 con adicional: 2016-346765.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 10 minutos y 30 segundos, del 18 de julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016049301 ).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Édgar Zürcher Gurdián, mayor, vecino de Escazú, cédula 1-532-390, en calidad de Apoderado Especial de Honda Motor Co., Ltd, de Japón, solicita el Diseño Industrial denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF MOTOCICLETA. Una motocicleta tal y como se muestra en las figuras. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 12/11; cuyos inventores son Katagiri, Kiyoshi, Tsujimoto, Arihide. Prioridad: 13/10/2015 JP 2015-022519. La solicitud correspondiente lleva el número 20160169, y fue presentada a las 14:12:50 del 12 de Abril del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 01 de julio del 2016.—Walter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016048354 ).

La señora (ita) María del Pilar López Quirós, cédula 110660601, mayor, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Amgen Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF PROTEÍNAS DE UNIÓN A ANTÍGENO CONTRA PROPROTEÍNA CONVERTASA SUBTILISINA/KEXINA TIPO 9 (PCSK9). Se describen proteínas de unión a antígeno que interactúan con la proteína convertasa subtilisina/kexina tipo 9 (PCSK9). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/40; A61P 3/06; A61K 39/395; cuyos inventores son Nigel Pelham Clinton Walker, Derek Evan Piper, Bei Shan, Wenyan Shen, Joyce Chi Yee Chan, Chadwick Terence King, Randal Robert Ketchem, Christopher Mehlin, Teresa Arazas Carabeo, Qiong Cao, Jackson, Simón Mark. Prioridad: 23/08/2007 US 60/957,668; 21/12/2007 US 61/008, 965;09/01/2008 US 61/010,630. Publicación Internacional: 26/02/2009 WO2009/026558A1. La solicitud correspondiente lleva el número 20150295, y fue presentada a las 12:51:00 del 23 de Marzo del 2010. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de junio del 2016.—Licda. Ma. Leonor Hernández, Registradora.—( IN2016048355 ).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, vecino de San José, cédula 1-669-228, en calidad de apoderado especial de Curadev Pharma PVT Ltd, de India, solicita la Patente de Invención denominada: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF CICLODEXTRINA. La invención proporciona un método para preparar sulfoalquil éter-B-ciclodextrina. El método comprende primero poner en contacto una ciclodextrina con una base para formar una ciclodextrina activada. A continuación el método comprende poner en contacto por separado la ciclodextrina activada con una alquil sultona para formar la sulfoalquil éter-B-ciclodextrina. La reacción de activación se lleva a cabo por lote y la reacción de sulfoalquilación se lleva a cabo bajo condiciones de flujo continuo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C08B 37/16; A61K 47/40; A61K 47/48; cuyos inventores son Savage, Tammy, Wicks, Stephen, Mitchell, John. Prioridad: 17/07/2013 GB 1312737,8; 17/07/2013 US 61/847,509; 16/07/2014 WO 2014GB 52173. Publicación Internacional: 22/01/2015 WO2015/008066. La solicitud correspondiente lleva el número 20160025, y fue presentada a las 13:03:00 del 14 de enero del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio del 2016.—Walter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016048447 ).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, mayor, vecino de San José, cédula Nº 1-669-228, en calidad de apoderado especial de Karos Pharmaceuticals, INC, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada  COMPUESTOS ESPIROCICLICOS COMO INHIBIDORES DE TRIPTOFANO HIDROXILASA. La presente invención se refiere a compuestos espirocíclicos que son inhibidores de triptófano hidroxilasa (TPH), particularmente la isoforma 1 (TPH1), que son útiles en el tratamiento de enfermedades o trastornos asociados con serotonina periférica, incluso, por ejemplo, enfermedades gastrointestinales, cardiovasculares, pulmonares, inflamatorias, metabólicas y de baja masa ósea, así como síndrome de serotonina y cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 471/10; A61K 31/438; A61P 1/00; A61P 29/00; A61P 35/00; A61P 9/00; cuyos inventores son de Lombaert, Stephane, Goldberg, Daniel R., Brameld, Kenneth, Sjogren, Eric Brian, Scribner, Andrew. Prioridad: 06/09/2013 US 61/874.545; 05/11/2013 US 61/899.943; 29/05/2014 US 61/004.385; 05/09/2014 WO 2014US054202. Publicación Internacional: 12/03/2015 WO2015/035113. La solicitud correspondiente lleva el Nº 20160163, y fue presentada a las 13:58:25 del 05 de abril del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio del 2016.—Wálter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016048454 ).

La señora(ita) Denise Garnier Acuña, cédula 1-487-992, mayor, vecina de San José, en calidad de apoderada especial de Abbvie Inc., de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF DERIVADOS DE SULFONAMIDA COMO AGENTES INDUCTORES DE APOPTOSIS CON SELECTIVIDAD POR BCL-2 PARA EL TRATAMIENTO DEL CANCER Y ENFERMEDADES COMUNES. Compuestos que inhiben la actividad de las proteínas anti-apoptóticas Bc1-2 o Bcl-XL, composiciones que contienen dichos compuestos y métodos para tratar enfermedades durante las cuales se expresa la proteína anti-apoptótica Bcl-2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 405/12; A61K 31/404; A61P 35/00; C07D 209/32; C07D 211/96; C07D 213/64; C07D 215/20; C07D 217/16; C07D 235/26; C07D 249/04; C07D 295/14; C07D 309/14; C07D 401/12; C07D 295/125; cuyos inventores son Bruncko, Milan, Ding, Hong, Doherty, George, A, Elmore, Steven, W., Hasvold, Lisa, Hexamer, Laura, Kunzer, Aaron, R., Mantei, Robert, A., Mcclellan, William, J, Park, Chang, H, Park, Cheol-min, Petros, Andrew, M, Song, Xiaohong, Souers, Andrew, J, Sullivan, Gerard, M, Tao, Zhi-fu, Wang, Gary, T, Wang, Le, Wang, Xilu, Wendt, Michael, D. Prioridad: 05/12/2008 US 61/120,275;26/05/2009 US 61/181,180; 04/12/2009 WO 2009US066790. Publicación Internacional: 10/06/2010 WO2010/065865. La solicitud correspondiente lleva el número 20160269, y fue presentada a las 12:57:10 del 22 de junio del 2011. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de junio del 2016.—Licda. María Leonor Hernández B., Registradora.—( IN2016048465 ).

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula Nº 1-433-939, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea Colombiana, de Colombia, solicita la Patente de Invención denominada Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF PATRÓN DE CAMUFLADO CON LÍNEAS ONDULANTES.  La presente solicitud hace referencia a un patrón de camuflaje basado en dos diseños, el primero de ellos un estampado camuflado compuesto de dos a 15 colores, dos o más tonalidades o dos o más matices del mismo color, que tiene diferentes reflectancias, y un segundo diseño, que comprende una serie de líneas ondulantes diagonales superpuestas sobre el estampado del primer diseño, preferiblemente formando una malla de rombos, que en conjunto aumentan la capacidad de mimetizarse con el ambiente en distintos entornos, entre ellos; selva, bosque, sabana, desierto, y urbano, tanto de día como de noche, aun con el uso de equipos de visión nocturna. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: F41H 3/00; cuyo inventor es Mora Gámez, Iván Harvey. Prioridad: 14/11/2013 CO CO/2013/267732; 14/05/2014 WO 2014CO000005. Publicación Internacional: 21/05/2015 WO2015/070826. La solicitud correspondiente lleva el Nº 20160260, y fue presentada a las 10:01:50 del 10 de junio del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de junio del 2016.—Licda. Ma. Leonor Hernández, Registradora.—( IN2016048554 ).

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, céd. 1-433-939, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Bayer Animal Health GMBH, de Alemania, solicita la Patente de Invención denominada: NUEVAS PIRAZOLIL-HETEROARILAMIDAS COMO AGENTES PLAGUICIDAS. La invención comprende entre otros pirazolil-heteroarilamidas de fórmula general en la que los restos A1-A4, T, W, Q, R1 y Z1-Z3 presentan los significados citados en la descripción. Además se describen procedimientos para la preparación de compuestos de fórmula (I). Los compuestos de acuerdo con la invención son adecuados de forma 10 particular para combatir insectos, arácnidos y nematodos en agricultura así como ectoparásitos en veterinaria. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C07D 401/14; C07D 231/38; A01N 43/56; cuyos inventores son: Schwarz, Hans-Georg;, Maue, Michael;, ILG, Kerstin;, Görgens, Ulrich;, Turberg, Andreas;, Horstmann, Sebastián;, Köbberling, Johannes, Lindner, Niels;. Prioridad: 03/01/2014 EP 14150153.6; 30/12/2014 WO 2014EP079440. Publicación Internacional: 09/07/2015  WO2015/101622. La solicitud correspondiente lleva el número 20160311, y fue presentada a las 14:47:49 del 4 de julio del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 5 de julio del 2016.—Licda. María Leonor Hernández B., Registradora.—( IN2016048555 ).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, en calidad de apoderado de Meals de Colombia S.A.S., de Colombia, Inversiones Prestigio S.A.S., de Colombia, solicita la Patente de Invención denominada

DISPOSITIVO DE EXTRUSIÓN Y CARTUCHO COLAPSABLE QUE CONTIENE MATERIAL ALIMENTICIO EXTRUDIBLE. Dispositivo de extrusión y un cartucho colapsable que contiene material alimenticio extrudible, preferiblemente helado Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF blanco. El dispositivo de extrusión consta de un pistón fijo, una recamara móvil con dos extremos, en donde, por uno de sus extremos está dispuesta para recibir el pistón fijo y, en el otro extremo, tiene un orificio de salida de recamara móvil está dispuesta para alojar un cartucho colapsable que contiene un material alimenticio extrudible que se extrude a través de una boquilla que se alinea con el orificio de salida de recamara móvil. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A23G 9/28; A23G 3/28; B65D 83/00; B65D 47/20; B65D 21/08; cuyo(s) inventor(es) es(son) González Posada, Esteban, de Castro Risatti, Carlos Heriberto. Prioridad: 25/07/2013 CO 13-176483; 25/07/2014 WO 2014IB063438. Publicación Internacional: 29/01/2015 W02015/011691. La solicitud correspondiente lleva el número 20160096, y fue presentada a las 14:35:32 del 25 de febrero del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de junio del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016048666 ).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula N° 1-1018-975, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Glaxosmithkline Intellectual Property Development Limite, de Reino Unido, Astex Therapeutics Limited, de Reino Unido, solicita la patente de invención denominada REGULADORES DE Nrf2. La presente invención se refiere a análogos de bis arilo, composiciones farmacéuticas que los contienen y a su uso como reguladores de Nrf2. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C07D 417/10; cuyos inventores: son: Boehm, Jeffrey Charles, Davies, Thomas Glanmor, Woolford, Alison Jo-anne, Griffiths-Jones, Charlotte Mary, Willems, Hendrika Maria Gerarda, Norton, David, Saxty, Gordon, Heightman, Thomas Daniel, Li, Tindy, Kerns, Jeffrey K, Davis, Roderick S., Yan, Hongxing. Prioridad: 18/12/2013 US 61/917,466; 16/04/2014 US 61/980,091; 17/12/2014 WO 2014IB067027. Publicación internacional: 25/06/2015 WO2015/092713. La solicitud correspondiente lleva el número 20160272, y fue presentada a las 10:02:43 del 17 de junio del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio del 2016.—Licda. María Leonor Hernández B., Registradora.—( IN2016048667 ).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado de Merck Sharp & Dohme B.V., de Países Bajos, solicita la Patente de Invención denominada: SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN FARMACOLÓGICO. En el presente documento se describe un sistema de administración farmacológico intravaginal que comprende (i) un núcleo que comprende un primer polímero termoplástico y un primer agente terapéutico, en el que el primer agente terapéutico se disuelve en el primer polímero termoplástico , y (ii) una capa externa que rodea el núcleo que comprende un segundo polímero termoplástico, en el que el primer agente terapéutico es menos permeable en el segundo polímero termoplástico que el primer polímero termoplástico, y un segundo agente terapéutico en forma sólida, en el que el segundo agente terapéutico está cargado en una porción de la capa externa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 09/00; A61K 47/32; A61K 31/565; A61K 31/569; cuyos inventores son Verhoeven, Willy J. H., de Graaff, Wouter. Prioridad: 11/12/2013 US 61/914,500; 12/12/2013 EP 13196737.4; 19/06/2015 WO 2015US086491. Publicación Internacional: 18/06/2015 WO2015/086491. La solicitud correspondiente lleva el número 20160261, y fue presentada a las 14:03:40 del 10 de junio del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 14 de junio del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016048668 ).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula 1-1018-975, mayor, vecino de San José, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Chemical Company Limited, de Japón, solicita la Patente de Invención denominada MÉTODO PARA REDUCIR LOS DAÑOS DE PLAGAS EN LA FRUTA DEL BANANO. Proporcionar un nuevo método para reducir los daños de plagas a la fruta del banano. Un método nuevo para reducir los daños de plagas a la fruta de banano, que comprende una etapa de envolver una red similar a una banda alrededor de al menos un sitio seleccionado de un pedúnculo, una inflorescencia, un pecíolo y un pseudotallo de un banano. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01G 13/02; cuyo inventor es Sakamoto, Norihisa. Prioridad: 09/09/2014 JP 2014-183017. La solicitud correspondiente lleva el número 20150468, y fue presentada a las 12:59:00 del 08 de setiembre del 2015. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de junio del 2016.—María Leonor Hernández B., Registradora.—( IN2016048669 ).

El señor Néstor Morera Víquez, mayor, vecino de Heredia, cédula Nº 1-1018-975, en calidad de apoderado especial de Gilead Sciences Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención denominada INHIBIDORES DE LA QUINASA REGULADORA DE LA SEÑAL DE APOPTOSIS. La presente solicitud se refiere a compuestos que tienen la actividad inhibitoria de la guinasa reguladora de la señal de apoptosis (ASK1), por lo tanto, son útiles en el tratamiento de condiciones mediadas por ASK1, incluyendo trastornos autoinmunes, enfermedades inflamatorias, enfermedades cardiovasculares, diabetes, nefropatía diabética, enfermedades cardio-renales incluyendo la enfermedad de riñón, enfermedades fibróticas, enfermedades respiratorias, EPOC, fibrosis pulmonar idiopática, lesión pulmonar aguda, enfermedades hepáticas agudas y crónicas, y enfermedades neurodegenerativas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 417/14; A61K 31/443; A61P 25/00; A61P 29/00; cuyos inventor es Notte, Gregory. Prioridad: 20/12/2013 US 61/918,784; 15/12/2014 WO 2014US070362. Publicación Internacional: 25/06/2015 W02015/095059. La solicitud correspondiente lleva el Nº 20160268, y fue presentada a las 13:21:26 del 15 de junio del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de Junio del 2016.—Wálter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016048670 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, edificio A, 5to. piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: LIDIETTE CARVAJAL SÁNCHEZ, cédula de identidad número 1-0636-0652, carné profesional 21695. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente Nº 15-001291-0624-NO.—San Pedro, 13 de julio del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Firma delegada por Resolución RE-DE-DNN-011-2016.—Anaida Cambronero Anchía, Jefa.—1 vez.—( IN2016048424 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JÉSSICA SANDÍ CUBILLO, con cédula de identidad número 1-1320-0719, carné número 24305. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DIAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 16-001409-0624-NO.—San José, 14 de julio del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2016048504 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: CAROL TATIANA ARRIETA HERRERA, con cédula de identidad número 2-0651-0871, carné número 24420. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 16-001423-0624-NO.—San José, 15 de julio del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—Firma Delegada por Resolución RE-DE-DNN-011-2016.—1 vez.—( IN2016048836 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: CAROLINA CAMPOS SOLÍS, cédula de identidad número 2-0704-0156, carné profesional 24140. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente  N° 16-001428-0624-NO.—San Pedro, 15 de julio del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Anaida Cambronero Anchía, Jefa.—Firma Delegada por Resolución RE-DE-DNN-011-2016.—1 vez.—( IN2016048837 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO(A) La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: CARLOS ANDRÉS DÍAZ MONTERO, con cédula de identidad número 1-1043-0538, carné número 24245. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 16-001292-0624-NO.—San José, 8 de julio del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Anaida Cambronera Anchía, Abogada.—1 vez.—( IN2016049044 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

Edictos

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0645-2016. Exp 11989A.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 600 litros por segundo del río general, efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso agropecuario - riego - frutal. Coordenadas 132.225 / 589.665 hoja repunta. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de julio de 2016.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—(IN2016051512 ).

ED-0651-2016.—Exp. N° 11491A.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 400 litros por segundo del Río Sonador, efectuando la captación en finca de su propiedad en Volcán, Buenos Aires, Puntarenas, para uso agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 137.630 / 592.255 hoja Buenos Aires. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de julio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016051514 ).

Exp. 8231-A.—Hacienda La Gota de Agua S. A., solicita concesión de: 0,32 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Gerardo Rodríguez Quesada en Fortuna (Bagaces), Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-abrevadero. Coordenadas 297.000/413.600 hoja Miravalles. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de abril del 2016.—Departamento de Información.—Manuel García Interián, Coordinador.—( IN2016051697 ).

ED-UHSAN-0020-2016.—Exp. N° 17089A.—Carmen María Muñoz Trigueros, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Nacimiento Milagrosa, efectuando la captación en finca de Ana Lorena Rojas Zamora en Concepción (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 216.200 / 496.150 Hoja Balsa. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de abril de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016051718 ).

ED-UHSAN-0019-2016.—Exp. N° 17084A.—Angie Karina Muñoz Trigueros, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento Casa de Piedra, efectuando la captación en finca de Ana Lorena Rojas Zamora en Concepción (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 216.100 / 495.950 Hoja Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de Información.—San José, 28 de abril del 2016.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016051720 ).

ED-UHSAN-0025-2016.—Exp. N° 17099A.—Miguel Ángel Muñoz Salas y otro, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Nacimiento Milagrosa, efectuando la captación en finca de Ana Lorena Rojas Zamora en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 216.200 / 496.150 Hoja Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de Información.—San José, 3 de mayo del 2016.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016051722 ).

ED-UHSAN-0024-2016.—Exp. N° 17098A.—Miguel Ángel Muñoz Salas y otro, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Nacimiento Estrella del Desierto, efectuando la captación en Finca de Ana Lorena Rojas Zamora en Concepción (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 215.950 / 496.000 hoja rio grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 3 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016051723 ).

ED-UHSAN-0026-2016.—Exp. N° 17101A.—Miguel Angel Muñoz Salas y otro, solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del Nacimiento Casa de Piedra, efectuando la captación en finca de Ana Lorena Rojas Zamora en Concepción, Atenas, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 216.100 / 495.950 Hoja Río Grande. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de mayo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016051724 ).

Exp. 16977A.—Municipalidad de San Carlos, solicita concesión de: 40 litros por segundo del nacimiento Agua Azul, efectuando la captación en finca de Nacientes de la Fortuna S. A. en Fortuna (San Carlos), San Carlos, Alajuela, para uso Consumo Humano-poblacional. Coordenadas 273.130 / 463.974 hoja Fortuna. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de febrero del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016052803 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0601-2016.—Exp. N° 17165P.—Transportes que Mueven T Q M S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-600 en finca de su propiedad en Ceiba, Orotina, Alajuela, para uso consumo humano, agropecuario-riego y piscina doméstica. Coordenadas 208.338 / 466.251 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016052914 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-0383-2016. Exp 17029A.—Club de Golf Los Delfines, S. A., solicita concesión de: 6 litros por segundo del nacimiento El Espavel, efectuando la captación en finca de su propiedad en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso Agropecuario - Riego. Coordenadas 193.045 /425.010 hoja río Ario. 6 litros por segundo del río Viga, efectuando la captación en finca de su propiedad en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso agropecuario - riego. Coordenadas 192.264 / 425.483 hoja río Ario. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 30 de marzo de 2016.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—( IN2016053187 ).

ED-0616-2016.—Exp. N° 6919P.—Marina Punta Piedra Amarilla S. A., solicita concesión de: 3,33 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RA-21 en finca de su propiedad en Paquera, Puntarenas, Puntarenas, para uso Turístico. Coordenadas 191.643 / 424.706 hoja Río Ario. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de junio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016053189 ).

ED-0670-2016.—Exp. 10549-P. Cemex S. A., solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-744 en finca de su propiedad en Patarra, Desamparados, San José, para uso industria-construcción. Coordenadas 205.391/532.134 hoja Abra. 0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-755 en finca de su propiedad en Patarra, Desamparados, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 205.386 / 532.335 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de julio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016053356 ).

ED-0508-2016.—Exp. 10252A.—Asociación de Guías y Scout de Costa Rica, solicita concesión de: 0,096 litros por segundo del nacimiento vuelta 6, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso turístico-recreación. Coordenadas 208.525 / 534.415 hoja Istarú, 0,575 litros por segundo del nacimiento La Chirraca, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso consumo humano-otro, turístico-restaurante y bar, consumo humano-otro y turístico-recreación. Coordenadas 207.700 / 539.360 hoja Istarú. 0,04 litros por segundo del nacimiento Aquitaba, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso turístico-restaurante y bar. Coordenadas 207.740 / 539.670 hoja Istarú 0,027 litros por segundo del nacimiento Garabito, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso turístico-recreación. Coordenadas 208.000 / 539.710 hoja Istarú. // 0,143 litros por segundo del nacimiento vuelta 8, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso turístico-recreación. Coordenadas 208.530 / 534.480 hoja Istarú.—Douglas David Alvarado.—(IN2016053936 ).

ED-0653-2016.—Exp. N° 17189P.—Jorge Rojas Solórzano, solicita concesión de: 0.25 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1887 en finca de Inmobiliaria Faro del Mar C Y M S. A., en Escazú, Escazú, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 211.940 / 519.020 Hoja Salitral. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de julio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016053952 ).

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL, ACUERDA:

Girar a la orden de los interesados los montos señalados en los Acuerdos de Pago numerados del N° 01 al 1079 del 2016, por la suma líquida de ¢40.724.412.298,62 (enero ¢1.439.714.436,86; febrero ¢12.347.089.133,68; marzo ¢7.646.511.708,83; abril ¢10.523.489.852,96; y mayo ¢8.767.607.166,29), para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargo a las respectivas partidas del presupuesto. El detalle de dichos pagos puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica:

http://www.poder- judicial.go.cr/fico/Publicación_acuerdos_de_pago.html

San José, 21 de junio del 2016.—MBA. Ana Eugenia Romero Jenkins, Directora Ejecutiva.—Departamento de Financiero Cont.—M.B.A. Carlos M. Hidalgo Vargas, Jefe.—M.B.A. Rodrigo Arroyo Guzmán, Subdirector Ejecutivo.—1 vez.—O. C. Nº 2016-062187.—Solicitud Nº 1202.—( IN2016048430 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Exp. Nº 55484-2015.—Registro Civil.—Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cuarenta minutos del primero de marzo del dos mil dieciséis. Diligencias de ocurso presentadas por Miriam Madrigal León, cédula de identidad número 1-0521-0388, vecina de San Vicente, Moravia, San José, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento en el sentido que la fecha de su nacimiento es doce de enero de mil novecientos cincuenta y ocho. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016047900 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Manuela Ureña Ureña y Esteve Casóliba Nicolás, se ha dictado la resolución N° 1487-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas treinta y cuatro minutos del nueve de marzo de dos mil dieciséis. Exp. N° 44402-2015. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de, Esteve Nicolás Casoliba y María Manuela Ureña Ureña, en el sentido que los apellidos del cónyuge son Casóliba Nicolás.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048269 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Berenice Ariza Ruiz, se ha dictado la resolución N° 3760-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas del veintiocho de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 20491-2016 Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto, rectifíquense el asiento de naturalización de Berenice Ariza Ruiz, en el sentido que el día de nacimiento de la misma, el nombre del padre y el segundo apellido de la madre son diecisiete, Hermenegildo y Mateus, respectivamente y el asiento de matrimonio de Jesús Alberto Berón no indica segundo apellido con Berenice Ariza Ruiz, en el sentido que el nombre del padre y el segundo apellido de la madre de la cónyuge son Hermenegildo y Mateus, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048293 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Haron José Pérez Morales, se ha dictado la resolución N° 3253-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas del nueve de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 937-2016. Resultando: 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Gael Levi Pérez García, en el sentido que el nombre del padre es Haron José.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048350 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Iraida del Socorro Ugarte Chavarría, se ha dictado la resolución N° 6752-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas del once de diciembre de dos mil quince. Exp. N° 41900-2015. Resultando 1º—... 2º— ... Considerando: I.—Hechos Probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Deiby Abraham Meléndez Ugarte, en el sentido que el nombre de la madre es Iraida del Socorro.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048562 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Concepción del Carmen Quintanilla, se ha dictado la resolución N° 6868-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cincuenta y cuatro minutos del veintitrés de diciembre de dos mil quince. Expediente N° 42559-2015. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.-Hechos probados:..., II.-Sobre el Fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Cristhofer David Rivas Quintanilla, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre son Concepción del Carmen Quintanilla, no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048566 ).

Se hace saber que este en diligencias de ocurso incoadas por Bernon Córdoba López, se ha dictado la resolución N° 3456-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas treinta minutos del catorce de junio de dos mil dieciséis. Expediente N° 6636-2016. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.-Hechos probados:..., II.-Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Bernon José Córdoba López, en el sentido que el primer nombre es Vernon.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048595 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Luz Johana Trujillo Urrutia, se ha dictado la resolución N° 2361-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas once minutos del diecinueve de abril de dos mil dieciséis. Exp. N° 27448-2014. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el Fondo:... Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Ericka Johanna Montiel Trujillo, en el sentido que el nombre de la madre es Luz Johana.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048604 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Santos Ignacio Silva, único apellido, se ha dictado la resolución N° 3254-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas treinta minutos del nueve de junio del dos mil dieciséis. Exp. N° 2073-2016. Resultando 1º—…, 2º—…, Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de, Santos Ignacio Silva no indica segundo apellido con María Elsa Santana Avilés, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre del cónyuge son Ángela Silva, no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048633 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por. María de los Ángeles Betanco, no indica segundo apellido, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3132-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cuarenta y dos minutos del dos de setiembre de dos mil trece. Ocurso. Exp. N° 4569-2013. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados, II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Angie Gabriela Salinas Betanco, en el sentido que el apellido de la madre… es “Betanco, no indica segundo apellido”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048653 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Leonel Ernesto López Centeno, se ha dictado la resolución N° 3453-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas del catorce de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 38229-2015. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Leonel Ernesto López López, conocido como Leonel Ernesto López Centeno con Gloria Cecilia Mejía Chaves, en el sentido que el segundo apellido de la madre del cónyuge, consecuentemente el segundo apellido del mismo es Centeno. Asimismo, déjese sin efecto el conocido como del cónyuge en el precitado asiento.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016048711 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Flor de María Rizo Velásquez, se ha dictado la resolución N° 2139-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cincuenta y ocho minutos del siete de abril de dos mil dieciséis. Exp. N° 53762-2015. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Ashley Brianna López Rizo, en el sentido que el nombre de la madre es Flor de María.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048755 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Josefa María Villega Mendoza, se ha dictado la resolución N° 5819-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas veinticinco minutos del veintiséis de octubre del dos mil quince. Exp. N° 35465-2015. Resultando: 1º—..., 2º—… 3.—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Angie Nayara Hurtado Villegas y de Jensy María Hurtado Villegas, en el sentido que el primer apellido de la madre es Villega.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048785 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Sara Valeria Medrano Castillo, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: resolución Nº 167-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las diez horas quince minutos del once de enero de dos mil trece. Ocurso. Expediente N° 44045-2012. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Ariana Yunaisy Balmaceda Medrano...; en el sentido que el nombre de la madre... es “Sara Valeria”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016048834 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Yorleni Liseth López García, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1629-2010. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las diez horas veinte minutos del veintiocho de julio del dos mil diez. Ocurso. Expediente N° 23050-2010. Resultando 1.-..., 2.-..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Johnny Alexánder Bustos López en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Yorleni Liseth” y no como se consignó.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048838 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por, Nellys Guadalupe Cuadra Jiménez, se ha dictado la resolución N° 3666-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas del veintidós de junio del dos mil dieciséis. Exp. N° 14334-2016. Resultando: 1º—…, 2º—..., Considerando I: Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de, Anthonny Bradley López Cuadra, en el sentido que el nombre de la madre es Nellys Guadalupe.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1 vez.—( IN2016049039 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

José Rafael Díaz Rumie, mayor, casado, administrador de negocios, chileno, cédula de residencia número 115200002031, vecino de Escazú, Guachipelín, Residencial Condominio Cerro Alto, número 307, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 130478-2014.—San José, a las 12:26 horas del 19 de julio de 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048220 ).

Francis Damaris Orozco Díaz, mayor, soltera, trabajadora Manual de la Municipalidad, nicaragüense, cédula de residencia N° 155804039636, vecina de Barrio Cristo Rey de la escuela República de Nicaragua 200 al este y 50 al norte casa mano izquierda portón negro, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.: 463-2016.—San José, 4 de julio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048263 ).

Fernando Baquero García, mayor, casado, Ingeniero Civil, colombiano, cédula de residencia N° 117000571535, vecino de Curridabat, San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 134863-2015.—San José, 01 de julio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048508 ).

José David Echeverri Sanabria, mayor, soltero, estudiante, colombiano, cédula de residencia N° DI 117001396710, vecino de San José, Pozos de Santa Ana de Vindi 100 norte, residencial Montana condominio Hacienda Uno casa 24, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 137993-2015.—San José, 4 de julio de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe de a. í.—1 vez.—( IN2016048541 ).

Lucrecia Berenice Melero Infante, mayor, casada, programadora informática, venezolana, cédula de residencia N° 186200066713, vecina de 150 oeste de la Bomba los Ángeles, Boulevard, Las Palmas rotonda 3 casa 90, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 467-2016.—San José, 15 de julio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048647 ).

José Luis Martínez Rivas, mayor, soltero, comerciante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155802578927, vecino de San José, Desamparados, San Rafael Abajo, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 637-2016.—San José, 20 de julio de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048665 ).

Luis Fernando Valencia Encarnación, mayor, soltero, comerciante, panameño, cédula de residencia N° 159100221627, vecino de San José, San Sebastián 200 norte de Maxi Palí, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 385-2016.—San José, 19 de julio de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048715 ).

Eduvige Sequeira Sequeira, mayor, soltera, del hogar, nicaragüense, cédula de residencia N° 155815074931, vecina de Alajuela, Guatuso, San Rafael, Silencio, 100 este del cementerio, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 135662-2015.—San José, 13 de junio del 2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016048796 ).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

RESOLUCIONES

R-DC-65-2016.—Contraloría General de la República.—Despacho Contralor.—San José, a las diez horas con cuarenta y cinco minutos del catorce de julio del dos mil dieciséis.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo dispuesto en la “Ley Reguladora de Gastos de Viaje y Transporte de Funcionarios del Estado”, Nº 3462 de 26 de noviembre de 1964, corresponde a la Contraloría General de la República regular dicha materia y, en consecuencia, realizar las modificaciones que procedan, así como revisar y ajustar periódicamente sus tarifas. Tal normativa contempla las disposiciones generales a que deben supeditarse las erogaciones que, por concepto de gastos de viaje y de transporte, realizan los funcionarios o empleados del Estado y de las instituciones y empresas públicas o estatales, cuando deben desplazarse dentro o fuera del país, en cumplimiento de sus funciones.

II.—Que la Sala Constitucional, en resolución Nº 1997-05825 de 19 de setiembre de 1997, refiriéndose al artículo 1º de la Ley Nº 3462, definió la competencia de la Contraloría General de la República en esta materia.

III.—Que con base en la atribución contenida en el artículo 5º de la Ley Nº 3462, este Órgano Contralor procedió a publicar en el Diario Oficial La Gaceta Nº 120 del 22 de junio del 2016, el aviso sobre el proyecto de modificación de los artículos 18 inciso d) (Tarifas en el interior del país), 19 (Otras localidades) y 34 (Tarifas en el exterior del país) del “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos”, a fin de poder recibir observaciones y objeciones de los interesados.

IV.—Que en razón de haberse atendido las observaciones recibidas con motivo de la publicación aludida en el considerando III, esta Contraloría General resuelve modificar los artículos referidos supra del “Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos” y, a su vez, publicar el texto completo y actualizado del Reglamento citado en el sitio web de la Institución (www.cgr.go.cr), ello con base en la atribución contenida en el artículo 5º de la Ley Nº 3462, previo aviso en el Diario Oficial La Gaceta.

RESUELVE:

1º—Modificar el artículo 18 inciso d), el artículo 19 y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

2º—Informar, mediante aviso en el Diario Oficial La Gaceta, la publicación íntegra del referido Reglamento en el sitio web de la Contraloría General de la República (www.cgr.go.cr).

3º—Comunicar que la referida normativa entrará a regir a partir de la publicación de este aviso en el Diario Oficial La Gaceta Digital.

Publíquese.

Marta E. Acosta Zúñiga, Contralora General de la República.—1 vez.—O. C. Nº 160449.—Solicitud Nº 17307.—( IN2016051074 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

Modificación Plan Anual de Adquisiciones 2016

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09002 Escuela Nacional de Policía el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de Comprared, así como en la dirección electrónica www.sicop.go.cr

San José 8 de agosto del 2016.—Dirección Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. N° 3400027400.—Solicitud N° 62150.—( IN2016054076 ).

BANCO DE COSTA RICA

BCR SAFI

MODIFICACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2016

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Oficina Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N° 62013.—( IN2016053589 ).

AVISOS

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

Modificación Programa Anual de Adquisiciones 2016

De conformidad con lo estipulado en el artículo Nº 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo Nº 7 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa a todos los interesados que durante el período 2016, se proyecta contratar lo siguiente:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Nota: Las adquisiciones se cancelarán con presupuesto propio del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, el cual está contemplado en el Programa Anual de Gasto Ordinario. Dirección Financiera.

Licda. Mayela Guillén Garro, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 709.—Solicitud N° 62126.—( IN2016054082 ).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000048-PROV

Compra de una Solución en Alta Disponibilidad

para Optimizar la Infraestructura

Tecnológica del Poder Judicial

Fecha y hora de apertura: 12 de setiembre del 2016, a las 10:00 horas. El cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben acceder a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/, en el aparte de invitación, y seleccionar el cartel en mención.

San José, 8 de agosto del 2016.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2016053736 ).

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000170-PROV

Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de centrales telefónicas, bajo la modalidad según demanda

Fecha y hora de apertura: 2 de setiembre de 2016, a las 10:00 horas.

El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.

San José, 09 de agosto de 2016.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—( IN2016054184 ).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000033-01

Contratación de una solución tecnológica integral

en la nube, para comercio electrónico

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez horas (10:00 a.m.) del 19 de setiembre, para la “Contratación de una solución tecnológica integral en la nube, para comercio electrónico.”

El cartel puede ser retirado sin costo adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca a partir de esta publicación.

La Uruca, 11 de agosto del 2016.—Proveeduría General.—Ing. Douglas Noguera Porras, Supervisor Operativo.—1 vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N° 62120.—( IN2016054084 ).

BANCO DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-000160-01

Procesamiento y tratamiento de desechos reciclables y no

reciclables de cajeros automáticos, alineados con las

normas ambientales vigentes por las leyes actuales

según las autoridades competentes

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del día jueves 18 de agosto de 2016, para la licitación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Contratación Administrativa, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales, San José Avdas. 0 y 2, Calles 4 y 6.

El cartel de la contratación incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de atención de 09:00 a.m. a 4:00 p.m., asimismo lo puede obtener a través de la página electrónica www.bancobcr.com

Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. 65540.—Solicitud N° 62197.— ( IN2016054194 ).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000023-DCADM

Compra de servidores

Apertura: para las 10:00 horas del día 09 de setiembre del 2016. Retiro del cartel: Oficinas Centrales, de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m., 6to piso, División de Contratación Administrativa. Costo: ¢2.500.00 (dos mil quinientos colones con 00/100).

División Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—( IN2016053154 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2016CD-000281-01

Contratación de los Servicios de una firma especialista en

Recursos Humanos, para el apoyo a la Unidad de Capital

Humano en el proceso de Reclutamiento y  Selección de

personal dentro del Concurso Interno y/o externos

para ocupar las plazas vacantes

en Auditoría Interna

El Departamento de Proveeduría del INCOP invita a participar en la Contratación Directa 2016CD-000281-01 para la “Contratación de servicios de una firma especialista en Recursos Humanos, para el apoyo a la Unidad de Capital Humano en el proceso de Reclutamiento y Selección de personal  dentro del Concurso Interno y/o externos para ocupar las plazas vacantes en Auditoría Interna”.

Los interesados en participar en esta Contratación podrán solicitar el Pliego de Condiciones al correo jbravo@incop.go.cr a partir de la publicación de este aviso.

El plazo para la recepción de ofertas vence el día 22 de agosto del 2016 a las 10:00 horas en la Oficina de Proveeduría del INCOP en Puerto Caldera.

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. N° 28315.—Solicitud N° 61994.—( IN2016053195 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000003-99999

Compra de papel para la editorial bajo demanda

La Universidad Estatal a Distancia requiere Adquirir diferentes tipos de papeles y cartulinas, necesarios para la adecuada operación de la Editorial de la UNED, bajo el sistema de entrega según demanda por un período de 2 años prorrogable por 2 periodos adicionales para un total de 6 años.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 10:00 horas del 08 de setiembre del 2016.

Los interesados tienen el Cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página WEB del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos, 2253-2907 y 2224-6739.

Sabanilla, 08 de agosto del 2016.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.— ( IN2016053739 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE PENSIONES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2015LA-000002-9121

Desinstalación de equipos actuales de Aire Acondicionado, compra, instalación, puesta en marcha y mantenimiento

de equipos de Aire Acondicionado del Edificio Jorge

Debravo de la Gerencia de Pensiones de la Caja

Costarricense del Seguro Social

El Área Administrativa de la Dirección Financiera Administrativa con base en la decisión de inicio número AA-1159-2016 suscrita en fecha 5 de agosto 2016 invita a todos los interesados a participar en el siguiente concurso: Licitación Abreviada N° 2016LA-000002-9121 por concepto de “Desinstalación de equipos actuales de Aire Acondicionado, compra, instalación, puesta en marcha y mantenimiento de equipos de Aire Acondicionado del Edificio Jorge Debravo de la Gerencia de Pensiones de la Caja Costarricense del Seguro Social”.

Se recibirán ofertas hasta el día 30 de agosto del 2016 en el Área Administrativa de la Gerencia de Pensiones, 2do piso del Edificio Jorge Debravo. La apertura se realizará el día 30 de agosto 2016 a las 10:15 a. m. Área Administrativa de la Gerencia de Pensiones, Segundo piso del Edificio Jorge Debravo.

El cartel se puede adquirir en el Área Administrativa de la Gerencia de Pensiones, en el segundo piso del edificio Jorge Debravo ubicado en la avenida 8 calle 21, San José. El día para la visita al sitio se realizará el día jueves 18 de agosto 2016 las 10:00 a. m., en el segundo piso del Edificio Jorge Debravo con el Ing. Brayan Cairol Delgado.

San José, 8 de agosto 2016.—Lic. Rebeca Watson Porta, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2016053564 ).

HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS

TIPO DE PROCEDIMIENTO:

LICITACIÓN ABREVIADA (ART.97 R.L.C.A.)

N° 2015LA-000007-2308

Instrumental médico para uso en sala de operaciones

y otros repuestos para equipos de sala de operaciones

del Hospital Dr. Max Terán Valls

Comunicación acto final

La Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Hospital Dr. Max Terán Valls, en atención a Resolución Administrativa N° 018-2016 de fecha 03-08-2016 dictada por el Director Administrativo y Financiero de este Centro Hospitalario resuelve adjudicar el concurso en marras.

Para lo cual, se les comunica a los interesados en el presente concurso el resultado del mismo, disponible en nuestra página Web, en la siguiente dirección:

http: //www.ccss.sa.cr/licitaciones detalle?up=2308f:ttipo=ADJ.

Quepos, 4 de agosto del 2016.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Ana Liseth Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016053738 ).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N° 2016LN-000004-2101

Camas hospitalaria eléctrica y manual, que

promueve la Dirección de Enfermería

Se informa a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional N° 2016LN-000004-2101, por concepto de camas hospitalaria eléctrica y manual, que promueve la Dirección de Enfermería, que ya se encuentran disponibles las modificaciones. Las cuales se puede adquirir en la Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia; ubicada 100 metros oeste, del Instituto Meteorológico Nacional o 100 metros oeste, de la entrada del Servicio de Admisión costado noroeste del Hospital.

San José, 09 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.— 1 vez.—( IN2016054090 ).

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL

N° 2016LN-000002-2101

Reactivos varios para la determinación de pruebas hormonales

y pruebas especiales, que promueve el Servicio

de Laboratorio de Hormonas

Se informa a los interesados a participar en la Licitación Pública Nacional N° 2016LN-000002-2101, por concepto de Reactivos varios para la determinación de pruebas hormonales y pruebas especiales, que promueve el Servicio de Laboratorio de Hormonas, que ya se encuentran disponibles aclaraciones y modificaciones. Las cuales se puede adquirir en la Administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia; ubicada 100 metros oeste, del Instituto Meteorológico Nacional o 100 metros oeste, de la entrada del Servicio de Admisión; costado noroeste, del Hospital.

San José, 9 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.— 1 vez.—( IN2016054091 ).

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000048-2104

Por la adquisición de: Lenalidomida 25 mg cápsulas

Se comunica fecha de recepción de ofertas el 19 de agosto del 2016, a las 09:00 a. m.

San José, 09 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Msc. Denny Miranda Boza, Jefe a. í.—( IN2016054131 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000057-03

Compra de motores eléctricos y dispositivos

de arranque de motores

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 19 de agosto del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela; 300 metros al sur, del cruce de Cirrí, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62092.—( IN2016053997 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000090-10

Compra de estante de acero inoxidable

El Proceso Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta las 9:00 horas del 22 de agosto del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito y está a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del INA, ubicada 300 metros este y 25 norte, del Parque Central de Cartago. Ver página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/ConsultaCarteles/.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62094.—( IN2016054066 ).

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA 2016CD-000278-01

Contratación de servicios de monitoreo de noticias del INA

y publicidad contratada por el INA en medios de comunicación

como radio, prensa escrita, medios digitales y televisión

El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 17 de agosto del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62096.—( IN2016054074 ).

ADJUDICACIONES

CULTURA Y JUVENTUD

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO NACIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000003-00300

(SICOP: 2016LN-000001-0009600001)

Construcción IV etapa del Edificio

Archivo Nacional

La Proveeduría Institucional del Archivo Nacional comunica a los interesados la adjudicación del concurso para construir el edificio que albergará la IV etapa del Archivo Nacional. El trámite se encuentra disponible a través del sitio Web SICOP en la siguiente dirección electrónica https://www.sicop.go.cr. Se adjudica esta licitación a la empresa Constructora Navarro & Avilés S. A cédula jurídica 3-101-058433 por un monto de ¢1.698.000.000,00 (mil seiscientos noventa y ocho millones de colones exactos).

San José, 11 de agosto del 2016.—Proveeduría.—Lic. Graciela Chaves Ramírez, Proveedora Institucional.— 1 vez.—( IN2016053992 ).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 74-16 del 4 de agosto de 2016, artículo IV, se dispuso adjudicarlo de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2015LA-000133-PROV

Compra de UPS para el edificio de los Tribunales de Cartago

A: Consorcio Power Solutions S. A., cédula jurídica 3-101-423076, con un precio total adjudicado de $31.400,00. Demás características y condiciones según cartel.

San José, 09 de agosto del 2016.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2016054185 ).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2015LN-000018-DCADM

(Comunicación de Adjudicación)

Contratación de servicios profesionales para notariado externo

La División de Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, hace del conocimiento de los interesados en la Licitación Pública Nº 2015LN-000018-DCADM, que la Comisión de Licitaciones Públicas, mediante Acta Nº 778-2016 del 04 de agosto del 2016, resolvió adjudicar la presente licitación en los siguientes términos:

Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

Garantía de cumplimiento: cada adjudicatario deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso por un monto de ¢1.000.000,00 (un millón de colones con 00/100) y con una vigencia de 50 meses.

Demás condiciones y requisitos de conformidad con el cartel definitivo, las ofertas de los adjudicatarios, el informe de adjudicación N° 80-2016 y el documento contractual que se suscribirá entre las partes.

Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—( IN2016053156 ).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

BENEMÉRITO CUERPO DE BOMBEROS DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000004-UP

Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo

para los equipos auxiliares de combustión interna de 2 y 4

tiempos del Cuerpo de Bomberos de Costa Rica

Se comunica a los interesados que la Unidad de Proveeduría mediante oficio CBCR-023025-2016-PRB-01144 del 03 de agosto de 2016 acordó adjudicar la licitación referida a la Oferta N° 2: Motores Cronos S. A., cédula jurídica Nº 3-101-609184, por un monto máximo anual: ¢84.000.000,00.

Lo anterior constituye un resumen de la adjudicación cuyo detalle completo podrá ser consultado en el expediente el cual se encuentra a disposición de los interesados en nuestras oficinas ubicadas en el segundo piso del edificio central del Cuerpo de Bomberos, en San José, avenida 3, calle 18; costado norte, de la terminal de buses del mercado de la “Coca Cola”.

Unidad de Proveeduría.—Lic. Jéssica Delgado López, Jefa.—1 vez.—( IN2016053040 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000010-01

Proyecto de Renovación Tecnológica-Infraestructura

de Red II Parte

El Departamento de Proveeduría del INCOP comunica que la Gerencia General mediante oficio CR-INCOP-GG-2016-0866 dispuso avalar la adjudicación de la Licitación Abreviada 2016LA-000010-01 para el “Proyecto de Renovación Tecnológica-Infraestructura de Red II Parte” a la oferta presentada por la empresa Quicknet FRL & Solutions S. A., por un monto de $40.396,94 (cuarenta mil trescientos noventa y seis dólares con 94/100).

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.— 1 vez.—O. C. N° 28315.—Solicitud N° 62148.—( IN2016054078 ).

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SIMPLIFICADA

N° 2015LPNS-000002-PMIUNABM

(Comunicación de adjudicación)

Residencias y obras deportivas Campus Nicoya

País: Costa Rica

Proyecto: Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior.

Nº del préstamo: 8194-CR-UNA

Alcance del contrato: Residencias y Obras Deportivas Campus Nicoya

Número de licitación: Licitación Pública Nacional Simplificada N° 2015LPNS-000002-PMIUNABM

La Proveeduría Institucional de la Universidad Nacional comunica a los proveedores que participaron en la contratación 2015LPNS-000002-PMIUNABM Residencias y Obras Deportivas Campus Nicoya, que mediante resolución número UNA-PI-D-RESO-807-2016, de las quince horas del día tres de agosto del dos mil dieciséis, se dispuso adjudicar el concurso según la siguiente información:

Los licitantes que presentaron ofertas y los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las ofertas, son los siguientes:

Consorcio Metriz Umaña, por un monto de $2.856.208,54 dólares.

Loto Ingenieros Constructores S. A., por un monto de ¢1.680.836.413,59 colones.

Acuerdo consorcial (USA-CR-2015), por un monto de ¢1.225.476.673,35 colones.

Torres e Ingenieros S. A., por un monto de $3.603.379,00 dólares.

Navarro y Avilés S. A., por un monto de ¢1.781.515.000,00 colones

Diseño, Ingeniería y Arquitectura, DIA S. A., por un monto de ¢1.949.000.000,00 colones.

Ingeniería GAIA S. A., por un monto de ¢1.631.121.348,42 colones.

Consorcio SOGEOSA-TILMON, por un monto de ¢1.756.454.355,42 colones.

Los nombres de los licitantes cuyas ofertas fueron evaluadas y precios evaluados de cada oferta evaluada son:

Consorcio Metriz Umaña, por un monto de $2.856.208,54 dólares.

Loto Ingenieros Constructores S. A., por un monto de ¢1.680.836.413,59 colones.

Acuerdo consorcial (USA-CR-2015), por un monto de ¢1.225.476.673,35 colones.

Torres e Ingenieros S. A., por un monto de $3.603.379,00 dólares.

Navarro y Avilés S. A., por un monto de ¢1.781.515.000,00 colones

Diseño, Ingeniería y Arquitectura DIA S. A., por un monto de ¢1.949.000.000,00 colones.

Ingeniería GAIA, S. A., por un monto de ¢1.631.121.348,42 colones.

Consorcio SOGEOSA-TILMON, por un monto de ¢1.756.454.355,42 colones.

El nombre de los licitantes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo son los siguientes:

Consorcio Metriz-Umaña: No presenta la certificación de Personería Jurídica y certificación de fecha de constitución de la empresa. Si bien estas omisiones pueden referirse a aspectos subsanables, estos no se solicitaron debido a que existe un incumplimiento mayor que se describe a continuación:

En el apartado Garantía del Proyecto de las Especificaciones Técnicas de los documentos de licitación, se solicita que: “El oferente deberá ofrecer una garantía general de 3 años en la obra civil y 3 años en pintura, además de 1 año en los equipos, todo a partir de la recepción provisional de las obras”. No obstante el oferente, en el apartado “9. Garantía de las Obras” de la oferta, presenta una nota que indica expresamente: “todos nuestros trabajos tienen una garantía de seis (6) meses a partir de la recepción provisoria de la obra”. De esta forma al ser la garantía ofrecida por el licitante inferior a la garantía requerida en los documentos de licitación se presenta una desviación sustancial que afecta el objeto del contrato.

Ingeniería GAIA S. A.: No presenta la certificación de Personería Jurídica, fichas técnicas, facturas proformas de equipos en general y factura proforma de la planta de tratamiento solicitadas en las Especificaciones Técnicas, tampoco presenta el flujo-grama o cronograma financiero indicado en el punto 4.4, Plan de trabajos e inversiones del cartel. No indica la aceptación de las garantías adicionales solicitadas para las líneas 1.4, 1.5 y 3.1 del Cuadro de Cantidades y Costos de Equipos y del tablero de baloncesto indicado en las Especificaciones Técnicas. Si bien estas omisiones pueden referirse a aspectos subsanables, estos no se solicitaron debido a que existe un incumplimiento mayor que se detalla a continuación:

En el Cuadro de Cantidades y Costos de Obra Civil omite las primeras 11 líneas, que corresponden a los ítems de trabajos preliminares necesarios para la debida realización del objeto contractual, entre los que se mencionan: “bodega, instalaciones provisionales, movimiento de tierras, demolición de parqueo de bicicletas y botada de escombro, trazado residencias”. Lo anterior representa una desviación significativa en la cuantificación de la obra a construir, puesto que estos rubros representan un porcentaje importante dentro de las obras constructivas, modificando forma sustancial el objeto del contrato.

Torres e Ingenieros S. A.: El formulario de la oferta presentado no está firmado por el representante legal de la empresa. No presenta flujo-grama o cronograma financiero solicitado en el punto 4.4. “Plan de trabajos e inversiones” del cartel, no indica la descripción de la planta de tratamiento, ni las garantías adicionales solicitadas para las líneas 1.4, 1.5 y 3.1 del Cuadro de Cantidades y Costos de Equipos y el tablero de baloncesto solicitado en las Especificaciones Técnicas. Si bien estas omisiones pueden referirse a aspectos subsanables, estos no se solicitaron debido a que existe un incumplimiento mayor que se detalla a continuación:

En el Cuadro de Cantidades de Obra Civil omite el ítem 92.05 (9 bancas tipo 1) y en los siguientes ítems presenta una variación de cantidades que no pueden considerarse errores de digitación: línea 43.01 (indicó 33 m2 y eran 59 m2), línea 43,02 (indicó 59 m2 y eran 33m2), línea 43.03 (indicó 43m2 y eran 59m2) y línea 43.04 (indicó 59m2 y eran 43m2). Las variaciones anteriores representan una desviación significativa en la cuantificación de la obra a construir, ya que estos rubros representan un porcentaje importante dentro de las obras constructivas, modificando forma sustancial el objeto del contrato.

El nombre del licitante seleccionado, el precio cotizado, plazo de entrega y objeto del contrato adjudicado, es:

Se adjudica a Acuerdo Consorcial (USA-CR-2015), la Construcción de Residencias y Obras Deportivas Campus Nicoya, por un monto de ¢1.225.476.673,35 (mil doscientos veinticinco millones cuatrocientos setenta y seis mil seiscientos setenta y tres colones con 35/100) plazo de ejecución de las obras es de 365 días naturales contados a partir de la orden de inicio de las obras.

Adicionalmente, se comunica que de acuerdo al punto 2.65 “Información sobre adjudicaciones por el prestatario”, de las Normas de Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios Distintos a los de Consultoría con Prestamos del BIRF, Créditos de la AIF y Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial, cualquier licitante que desee corroborar las consideraciones sobre las cuales su oferta no fue seleccionada, debe dirigir su solicitud al prestatario, si un licitante solicita una reunión de aclaración, éste debe asumir todos sus costos para asistir a la reunión.

Heredia, 08 de agosto del 2016.—Proveeduría Institucional.—M.A.P. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. N° P0026418.—Solicitud N° 62165.—( IN2016054183 ).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SIMPLIFICADA

Nº EDU ITCR-219-PS-B-2015LPNS-0005-APITCRBM

(Resolución de adjudicación)

Adquisición de equipo electrónico y línea blanca

para Edificio Residencias Estudiantiles

El Instituto Tecnológico de Costa Rica informa que: en lo concerniente a la Licitación Pública Nacional Nº EDU ITCR-219-PS-B-2015LPNS-0005-APITCRBM “Adquisición de equipo electrónico y línea blanca para Edificio Residencias Estudiantiles”, con fecha 05 de agosto del 2016, la Rectoría resolvió lo siguiente:

1.  Rechazar la oferta presentada por la empresa: ProRepuesto PHI S. A., que se presentó en el proceso licitatorio para la Licitación Pública Nacional Simplificada Nº EDU ITCR-219-PS-B-2015LPNS-0005-APITCRBM “Adquisición de equipo electrónico y línea blanca para Edificio Residencias Estudiantiles”, según las normas de adquisiciones del Banco Mundial. Lo anterior, dado que fue la única oferta que se recibió y en la cual se cotizó parcialmente el lote Nº 1 y según lo establecido en la cláusula 3.1.4 de las Instrucciones a los Licitantes, se debe cotizar el 100% de los artículos indicados en cada lote y el 100% de las cantidades indicadas para cada artículo. Por lo tanto se debe relanzar un nuevo proceso licitatorio.

Cartago, 08 de agosto del 2016.—Departamento de Aprovisionamiento.—Licda. Kattia Calderón Mora, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 20163145.—Solicitud Nº 62067.—( IN2016053735 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DE LA ANEXIÓN, UP: 2503

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA: 2016LA-000004-2503

Insumos varios de anestesia, central de esterilización

y equipos y sala de operaciones”

Comunica que se ha prorrogado la fecha de emisión del Acto de Adjudicación del concurso 2016LA-000004-2503 “Insumos varios de Anestesia, Central de Esterilización y equipos y Sala de operaciones”, quedando como fecha máxima para adjudicar el día viernes 02 de setiembre, 2016.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones

Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Yorleny Zúñiga Ramírez, Coordinadora.—1 vez.—(IN2016053951 ).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000017-2101

Mantenimiento preventivo y correctivo

para varios equipos

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resolvió adjudicar la contratación de la siguiente manera:

Empresa adjudicada: Multiservicios Electromédicos S. A., ítems: 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7. Monto Adjudicado: $39.750,00. Monto en letras: Treinta y nueve mil setecientos cincuenta con 00/100 dólares. Entrega: Según cartel.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 9 de agosto del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—( IN2016054089 ).

HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000013-2208

Por mantenimiento preventivo y correctivo

para esterilizadores a vapor

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de Paúl, comunica, el resultado del concurso de la Licitación Abreviada 2016LA-000013-2208 por “Mantenimiento preventivo y correctivo para esterilizadores a vapor”, se adjudica a la Empresa:

Elvatron S. A.

Ítem Nº 1

Monto total: $61.600.00 (sesenta y un mil seiscientos dólares exactos).

Heredia, 08 de agosto del 2016.—Dirección Administrativa.—MSc. Óscar Montero Sánchez, Director Administrativo y Financiero.—1 vez.—( IN2016054124 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

UNIDAD REGIONAL HUETAR NORTE

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-06

Compra de montacargas y accesorios

(elevador de tijera eléctrico y montacargas)

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su acta Nº 14-2016, del día 08 de agosto del 2016, artículo III, tomó el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y administrativo, según detalle:

Adjudicar las líneas del concurso de la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000004-06, para la “Compra de montacargas y accesorios (Elevador de tijera eléctrico y montacargas)”, a la empresa: Tecadi Internacional S. A. las líneas: 1 y 2, por un monto de $50.737,00 (cincuenta mil setecientos treinta y siete dólares) con plazo de entrega de 60 días hábiles, por cumplir técnicamente con lo solicitado en el cartel de Licitación y obtener el mayor puntaje de acuerdo a los elementos de adjudicación y metodología de comparación de ofertas.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62088.—( IN2016053979 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000003-06

Compra de maquinaria para trabajar

la madera y sus derivados

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, en su acta Nº 13-2016, del día 04 de agosto del 2016, artículo III, tomó el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos, jurídicos y administrativo, según detalle:

Adjudicar las líneas del concurso de la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000003-06, para la “Compra de maquinaria para trabajar  la madera y sus derivados”, a las empresas: Tecnosagot S. A., las líneas: 12, 17 y 18, por un monto de ¢2.326.825,00 (dos millones trescientos veintiséis mil ochocientos veinticinco colones netos) con plazo de entrega de 25 días hábiles; Aceros Carazo Reimers S. A., las líneas: 2, 3, 10, 13 y 20, por un monto de $20.892,00 (veinte mil ochocientos noventa y dos dólares) con plazo de entrega de 70 días hábiles; Indianápolis S. A., las líneas: 1, 4 y 8, por un monto de ¢1.119.300,00 (un millón ciento diecinueve mil trescientos colones netos) con plazo de entrega de 25 días hábiles. Capris S. A., las líneas: 11, 15 y 16 por un monto de ¢4.435.752,20 (cuatro millones cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos cincuenta y dos colones con veinte) con plazo de entrega de 70 días hábiles, por cumplir técnicamente con lo solicitado en el cartel de Licitación y obtener el mayor puntaje de acuerdo a los elementos de adjudicación y metodología de comparación de ofertas. Además se Declaran Infructuosas las líneas: 5, 6, 7, 9, 14 y 19.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. 24626.—Solicitud N° 62089.—( IN2016053983 ).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000017-02

Compra de Equipo de Electrónica

para Telecomunicaciones

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 021-2016, celebrada el 8 de agosto del 2016, artículo III tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Abreviada N° 2016LA-000017-02, “Compra de Equipo de Electrónica para Telecomunicaciones”, basados en el dictamen técnico NE-PGA-370-2016, realizado por la dependencia responsable de analizar las ofertas, el dictamen legal AL-URCO-146-2016; así como los elementos de adjudicación consignados en el punto 13 del cartel, de la siguiente manera:

Al oferente Nº 1: Sistemas Binarios de Costa Rica S. A., las líneas Nº 6 y 7, por un monto de $5.257,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se considera razonable.

Al oferente Nº 4: Comcast Mesoamérica S. A., la línea Nº 1 y 4, por un monto de $3.200,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para las líneas indicadas; además su precio se considera razonable.

Al oferente Nº 5: GBM de Costa Rica S. A., la línea Nº 8, por un monto de $42.049,30 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se considera razonable.

Al oferente Nº 6: Coasin Costa Rica S. A., la línea Nº 2, 3 y 5, por un monto de $15.409,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para las líneas indicadas; además su precio se considera razonable.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62090.—( IN2016053995 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000016-02

Compra de equipo de comunicación

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 021-2016, celebrada el 08 de agosto del 2016, artículo II tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Abreviada 2016LA-000016-02, “Compra de Equipo de Comunicación”, basados en el dictamen técnico USST-ADQ-326-2016, realizado por la dependencia responsable de analizar las ofertas, el dictamen legal AL-URCO-147-2016; así como los elementos de adjudicación consignados en el punto 13 del cartel, de la siguiente manera:

Al oferente Nº 4: SPC Internacional S. A., la línea Nº 2, por un monto de $71.250,00 por cuanto cumple técnicamente con lo solicitado en el cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se considera razonable.

Línea infructuosa: Nº 1, por incumplimientos técnicos.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62091.—( IN2016053996 ).

COMPRA DIRECTA Nº 2016CD-000106-07

(Infructuoso)

Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo

del sistema de circuito cerrado CCTV del

Centro Nacional Especializado Náutico Pesquero

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el concurso de la Compra Directa N° 2016CD-000106-07 “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de circuito cerrado CCTV del Centro Nacional Especializado Náutico Pesquero”, se declara Infructuoso, según acta del Proceso de Adquisiciones Nº 128-2016 del día 5 de agosto de 2016, de acuerdo a estudio técnico URMA-PSG-630-2016.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62093.—( IN2016054065 ).

COMPRA DIRECTA 2016CD-000047-03

Compra de detergentes y desinfectantes para áreas

de procesamiento de alimentos

El Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje Ing. Fabián Zúñiga Vargas en el Acta N° 039-2016, celebrada el día 05 de agosto del 2016, artículo I, tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Compra Directa 2016CD-000047-03, Compra de Detergentes y Desinfectantes para áreas de Procesamiento de Alimentos, en los siguientes términos, según estudios técnicos NSIA-PGA-231-2016 y estudio administrativo URCOC-PS-J-0061-2016:

Empresa

Líneas asignadas

Monto (¢)

Plazo de Entrega

Distribuidora Florex Centroamericana S. A.

1-3-6-7-8 y 9

¢1.063.469,00

10 días hábiles

Infructuosa

2 y 4

¢0.00

 

Desierta

5

¢0.00

 

Total

 

 

¢1.063.469,68

 

Motivos

Cantidad

Líneas

 

Incumplen técnicamente

2

2 y 4

 

Interés institucional

1

5

 

Total

3

 

 

 

    Se declaran Infructuosas las líneas Nº 2 y Nº 4 porque los oferentes no cumplen técnicamente y se declara desierta la línea Nº 5 por intereses institucionales.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 62095.—( IN2016054073 ).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000013-02

Contratación de los servicios para la implementación

de escritorios virtuales

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según acuerdo tomado por la Gerencia General de RECOPE, mediante oficio GG-0511-2016, de fecha 3 de agosto del 2016, de acuerdo con el siguiente detalle:

Oferta N°

Uno (1) Base 3-C

Oferente:

Componentes El Orbe S. A.

Apoderada General:

Jeannette Marín Cantarero

Monto total:

$370.013,53 impuestos incluidos

Descripción:

Oferta Base 3-C: Ampliación de la infraestructura para la implementación de los escritorios virtuales en los centros de datos del Edificio Hernán Garrón, Oficinas Centrales y del Plantel El Alto y la publicación de éstos en el portal empresarial de RECOPE.

Demás condiciones conforme el cartel y la oferta.

Detalle:

Equipos:

     Ocho (8) Servidores para escritorios virtuales marca Hewlett Packard Enterprise, modelo HPE Proliant DL360 Generation9 (Gen9) de última generación liberada por el fabricante, con orden especial a fábrica para cubrir con lo solicitado, con tarjeta controladora HP H240 incorporada. Precio unitario $19.951,29 s.i.v., precio total $180.359,63 i.v.i.

     Ocho (8) Tarjetas Aceleradoras de Gráficos – HPE Nvidia Quadro M4000, Graphics Accelerator. Precio unitario $966,31s.i.v., precio total $8.735,48 i.v.i.

     Dos (2) Servidores marca HPE modelo HPE Proliant DL360 Generation9 (Gen9) de última generación liberada por el fabricante, con orden especial a fábrica para cubrir con lo solicitado. Precio unitario $16.431,08 s.i.v., precio total $37.134,24 i.v.i.

     Instalación de los servidores: Precio unitario y total $2.800,00 exento del impuesto de ventas.

Licenciamiento:

     Trescientos treinta (330) licencias  VMWare Horizon 7 Enterprise (Named Users). Precio unitario $250,91, precio total $82.799,06 exento de impuesto de ventas.

     Trescientos treinta (330) Production Support/Subscription for VMware Horizon 7 Enterprise (Named Users) for 1 year. Precio unitario $98,14, precio total $32.385,12 exento del impuesto de ventas.

     Un (1) servicio de implementación de Escritorios Virtuales de acuerdo a lo solicitado en el cartel. Precio unitario y total $12.360,00 exento del impuesto de ventas.

     Un (1) servicio de publicación de Escritorios Virtuales de acuerdo a lo solicitado en el cartel. Precio unitario y total $6.430,00 exento del impuesto de ventas.

     Un (1) servicio de Instalación y Configuración del portal de Workspace Horizon de VMware de acuerdo a lo solicitado en el cartel. Precio unitario y total $5.810,00 exento del impuesto de ventas.

Capacitación: de acuerdo a lo solicitado en el cartel. Precio unitario y total $1.200,00 exento del impuesto de ventas.

Demás especificaciones conforme la oferta y el cartel respectivo.

Forma de pago:

Crédito a treinta (30) días, mediante transferencia bancaria,  cancelándose un 75% del valor de los equipos contra la entrega de los mismos y el 25% restante, así como el resto de las actividades se cancelarán contra la entrega del diseño, implementación y capacitación a satisfacción  de RECOPE.

Tiempo de entrega:

Suministro e implementación: Cuarenta y cinco (45) días naturales.

Lugar de entrega e instalación:

Edificio Hernán Garrón y Plantel El Alto de Ochomogo.

Garantía:

   Equipos: Cinco (5) años, con un horario de atención de cuatro (4) horas, con seis (6) horas garantizadas para sustitución de partes, siete (7) días a la semana y trescientos sesenta y cinco (365) días al año, emitida por el fabricante y en el sitio donde estén instalados los equipos.

 

   Implementación de la solución: Doce (12) meses, con atención las  veinticuatro (24) horas del día  y trescientos sesenta y cinco (365) días al año.

 

• Software: Un (1) año, por parte del fabricante de la marca VMware de acuerdo con el licenciamiento suministrado, incluyendo derecho a actualizaciones de versiones y derecho para abrir casos con el fabricante con un tiempo de respuesta de 4 horas como máximo.

Estas garantías rigen a partir de la aceptación y puesta en operación, tanto para los materiales, equipos y componentes como para la instalación.

 

 

Notas importantes:

1º—El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, observando los demás requisitos y condiciones que al respecto establece la Ley de la Contratación Administrativa y su Reglamento.

2º—El presente concurso se formalizará con el respectivo pedido, el cual deberá ser aprobado internamente por la Dirección Jurídica de RECOPE. A efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3º—El adjudicatario durante el proceso de formalización de este concurso deberá aportar la personería jurídica conforme se señala en el apartado 1.11.1.1 del cartel. 

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. N° 2015004132.—Solicitud N° 62164.—( IN2016054181 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE POÁS

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2016CD-000097-ASISTA

Contratación para los servicios de administración

y operacionalidad del Cecudi ubicado en el distrito

de Sabana Redonda del cantón de Poás

La suscrita Roxana Chinchilla Fallas, Secretaria del Concejo Municipal de la Municipalidad de Poás, hago constar que: El Concejo Municipal del cantón de Poás, en su sesión ordinaria Nº 014-2016 celebrada el 03 de agosto del 2016, en forma unánime y definitivamente aprobado, tomó el Acuerdo N° 216-08-2016 para adjudicar a María Vanessa Arias Fallas con cédula de identidad número 1-1032-0274 el proceso de Contratación Directa concursada 2016CD-000097-ASISTA “Contratación para los servicios de administración y operacionalidad del Cecudi ubicado en el distrito de Sabana Redonda del cantón de Poás. Publíquese en el diario oficial La Gaceta. Acuerdo unánime y definitivamente aprobado.

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

San Pedro de Poás, 04 de agosto 2016.—Roxana Chinchilla F., Secretaria.—1 vez.—( IN2016053962 ).

VARIACIÓN DE PARÁMETROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

En atención al documento DFE-AMTC-1822-08-2016 del Área de Medicamentos y Terapéutica Clínica, se modifica las fichas técnicas de los siguientes medicamentos abajo descritos:

Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF

Las Fichas Técnicas citadas se encuentran disponibles en la Subárea de Investigación y Evaluación de Insumos, ubicada en el piso 12 del Edificio Laureano Echandi, Oficinas Centrales, Caja Costarricense de Seguro Social.

Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios.—Lic. Mauricio Hernández Salas, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 6479.—( IN2016054110 ).

REGISTRO DE PROVEEDORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN FINAL 0003-2016

COMPRA 2012LN-000006-2101

Concepto de lavado y planchado de gabachas

El Área de Gestión de Bienes Servicios de conformidad con lo dispuesto en el artículo 204 y 212 y siguientes y concordantes del Reglamento de Contratación Administrativa, procede en esta vía a comunicar que mediante resolución final N° 003-2016, del 09 de junio de 2016, la firmeza de la sanción por inhabilitación que cubre todas las contrataciones que realizar con la administración pública por un periodo de tres años, a la empresa Lavandería Lavamas S. A., con base en artículo 100 inciso i) de la Ley de Contratación Administrativa, en el código 0-06-10-0072. Notifíquese.

San José.—Área de Gestión de Bienes y Servicio.—Licda. Laura Torres Carmona.—1 vez.—( IN2016054088 ).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA

SANTA GERTRUDIS SUR

La Junta de Educación de la Escuela Santa Gertrudis Sur, con cédula jurídica número: 3-008-066940 invita a todas las y los interesados en formar parte del Registro de Proveedores, para la compra de alimentos del comedor estudiantil de dicha institución en tres módulos: frutas y verduras, abarrotes y productos cárnicos. Lo anterior para el ejercicio económico 2017. Las solicitudes se recibirán hasta las dieciséis horas del treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis, el formulario y pliego de requisitos estará a disposición de las y los interesados en la oficina principal de la Escuela Santa Gertrudis Sur en Santa Gertrudis Sur, Grecia, Alajuela, a partir de la publicación del respectivo aviso en el horario de 07:00 a.m. a 04:00 p.m., y no tendrá ningún valor económico. Es todo. Publíquese.

Lic. Alexis Rafael Castrillo González, Presidente.—1 vez.—( IN2016054128 ).

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000025-PROV

(Aviso de Modificación N° 1)

Análisis de situación actual y definición de una hoja de ruta

que permita adaptar e implementar los sistemas de gestión

y los procesos relacionados para el Gobierno y Gestión

de TI en el Poder Judicial, según los marcos genéricos

y prácticas relacionadas descritas en COBIT 5

El Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el procedimiento indicado, que existen modificaciones al cartel, las cuales se pueden obtener sin costo alguno a través de Internet, en la dirección www.poder-judicial.go.cr/proveeduría, en el aparte “invitaciones”, Cartel.

Demás términos y condiciones permanecen invariables.

San José, 9 de agosto de 2016.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefe.—1 vez.—( IN2016054186 ).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000021-01

(Modificación al cartel)

Contratación de una (1) empresa que brinde horas hábiles por

demanda para el desarrollo y mantenimiento de aplicaciones

residentes en los equipos Unisys del Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, le informa que el pliego de condiciones de la Licitación abreviada 2016LA-000021-01 para la “Contratación de una (1) empresa que brinde horas hábiles por demanda para el desarrollo y mantenimiento de aplicaciones residentes en los equipos Unisys del Banco Nacional”, se le realizaron modificaciones, en el punto seis (6) del apartado de condiciones especiales.

Lo anterior según el oficio SCOM-1064-2016, artículo 6 de la sesión ordinaria N° 807-2016 celebrada el 03 de agosto 2016.

Con la modificación solicitada se debe leer:

Profesional con grado académico mínimo de bachiller en alguna carrera de Ciencias de la Computación y Maestría en Administración de Proyectos o título PMP (Project Manager Professional). Los títulos académicos deberán haber sido extendidos por cualquier Centro de Educación reconocido por el Ministerio de Educación de Costa Rica. El título de PMP (Project Manager Professional) deberá haber sido emitido por el PMI (Project Management Institute). Como elemento probatorio deberán presentar fotocopia del título debidamente certificado por un Notario o una autoridad competente.

La modificación al cartel puede apreciarse en el expediente administrativo a partir del presente comunicado.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

Ing. Douglas Noguera Porras, Supervisor Operativo/ Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N° 62122.—( IN2016054083 ).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000024-01

(Primera modificación)

Contratación de una (1) empresa que brinde horas hábiles

por demanda para la atención de requerimientos y desarrollo

de nuevos módulos solicitados para Internet Banking Personal,

Internet Banking Corporativo, BN Móvil Personal, BN móvil

Corporativo, Middleware, Módulo Administrador,

BN-Quiscos, BN-Servicio

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000024-01 lo siguiente:

En el artículo 05 de la sesión ordinaria N° 807-2016, celebrada por el Subcomité de Licitaciones el 03 de julio de 2016, autorizan la primera modificación al cartel del proceso de cita.

Modificaciones al cartel:

Apartado C. Condiciones especiales, punto 7. Requisitos mínimos del personal, subpunto 7.2 Líder técnico, inciso a).

Se deberá leer:

Profesional con grado académico mínimo de bachiller en alguna carrera de Ciencias de la Computación y Maestría en Administración de Proyectos o título PMP (Project Manager Professional). Los títulos deberán haber sido extendido por cualquier Centro de Educación reconocido por el Ministerio de Educación de Costa Rica. El título de PMP (Project Manager Professional) deberá haber sido emitido por el PMI (Project Management Institute). Como elemento probatorio deberán presentar fotocopia del título debidamente certificado por un Notario o una autoridad competente.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 09 de agosto del 2016.—Douglas Emilio Noguera Porras, Supervisor de la Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N° 62119.—( IN2016054085 ).

BANCO DE COSTA RICA

(Modificación Nº 3)

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000005-01

Servicio de aseo y limpieza por hora en puntos

de venta del Banco de Costa Rica

El Banco de Costa Rica informa a todos los interesados en la licitación en referencia, que la fecha de apertura se ha trasladado para el miércoles 14 de setiembre del 2016, a las 10:30 a.m. El resto de las condiciones se mantienen invariables.

Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N° 62116.—( IN2016054087 ).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000012-DCADM

(Prorroga N° 2)

Contratación de servicio para el suministro e instalación

de muebles modulares” (consumo según demanda)

Se les comunica a los interesados que se prorroga de oficio la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso, para el día 19 de agosto del 2016 a las 10:00 horas. Demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

División de Contratación Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—( IN2016053155 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.

OFICINA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000004-2307

Instalación de red telefónica IP y cableado estructurado

Comunica a los interesados en el concurso 2016LA-000004-2307 que se procede a revisar los recursos de objeción al cartel presentados ante la Dirección Administrativa del Hospital por las Empresas participantes en el concurso.

Se tramitan las aclaraciones y solicitud de modificaciones al cartel, las cuales se encuentran publicadas en la página web de la CCSS o pueden ser solicitadas a los siguientes correos electrónicos: driverar@ccss.sa.cr; ibinnsm@ccss.sa.cr

Planificación de Bienes y Servicios.—Lic. Cristian Aguilar Quesada.—1 vez.—( IN2016053963 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-00019-PRI

(Circular Nº 2)

Adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de los

equipos de monitoreo de cloro residual en las redes

de distribución de agua potable

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AYA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que se modifica la fecha de apertura de las ofertas para las 10:00 horas del 22 de agosto del 2016.

Además, se amplía el plazo para el estudio y la adjudicación a 50 días hábiles, contados desde la fecha de apertura de las ofertas.

Licda. Iris Fernández Barrantes, Dirección de Proveeduría.— 1 vez.—O. C. N° 6000001412.—Solicitud N° 62001.—(IN2016053347).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000009-SUTEL

(Modificación del cartel y traslado de fecha de apertura de ofertas)

Actualización de la plataforma web para

Registro de Usuarios Prepago

La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica N° 3-007-566209, ubicada en Guachipelín de Escazú, edificio Tapantí, tercer y cuarto piso, 100 metros al norte de Construplaza, mediante su área de Proveeduría, avisa a todos los oferentes interesados en participar en la licitación de referencia, que mediante el oficio N° 05601-SUTEL-DGC-2016 de la Dirección General de Calidad, con fecha 4 de agosto del 2016, se modifica el cartel correspondiente a este proceso. Además se amplía la fecha de recepción de ofertas, quedando estipulada la misma para el 23 de agosto del 2016, hasta las 14 horas.

Para lo anterior, dicho oficio se encuentra disponible para su consulta, en el sitio web http://sutel.go.cr/proveeduria/contrataciones-vigentes, o puede ser solicitado directamente al correo electrónico juancarlos.saenz@sutel.go.cr.

Noilly Chacón González, Área de Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 2307-16.—Solicitud N° 61988.—( IN2016053049 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000013-SUTEL

(Corrección fecha de apertura de ofertas)

Contratación para adquirir servicios de una herramienta

de software y organización logística para llevar a cabo

una licitación a través del método de subasta de reloj

sobre bloques de espectro en las bandas de 1800

MHz y 1900/2100 MHz para el desarrollo

de sistemas de Telecomunicaciones

Móviles Internacionales

en Costa Rica

La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica número 3-007-566209, ubicada en Guachipelín de Escazú, edificio Tapantí, tercer y cuarto piso, 100 metros al norte de Construplaza, mediante su área de Proveeduría, indica a todos los oferentes interesados en participar en la licitación de referencia, que por un error involuntario, se indicó mal la fecha de presentación de las ofertas, la cual fue publicada en el Diario Oficial La Gaceta número 150 con fecha 05 de agosto del 2016.

Por lo anterior, se indica que debe leerse la fecha y hora correctamente como se encuentran estipuladas en el cartel, según lo siguiente: Se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 29 de agosto del año 2016.

Los demás términos del cartel permanecen invariables.

Área de Proveeduría.—Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. N° OC-2307-16.—Solicitud N° 62018.—( IN2016053603 ).

REGLAMENTOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DE RIESGOS

Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS

La Junta Directiva de la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias (CNE) mediante Acuerdo de Junta Directiva de la CNE N.091-05-2016, tomado en Sesión Ordinaria N.07-05-16 del 4 de mayo de 2016, modificó los artículos 53 y 68 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicio, para que en adelante se lean:

Artículo 53.—Jornada de Trabajo. La jornada ordinaria de trabajo será continua y acumulativa, constituida por un mínimo de cuarenta horas semanales, de lunes a viernes, iniciándose a las ocho horas y concluyendo a las dieciséis horas. No obstante, la Administración podrá señalar jornadas diferentes al personal que esté laborando en la atención de emergencias en la primera fase o en primer impacto, cuando con ello no se afecte la salud de los funcionarios. También podrán acordarse horarios y jornadas de trabajo diferentes en casos especiales para el personal de la CNE.

Los servidores de la CNE tendrán derecho a un descanso máximo de quince minutos por la mañana y quince minutos por la tarde para tomar un refrigerio, los cuales se tomarán en las áreas de comedor destinadas para tal efecto. Así mismo dispondrán de cuarenta y cinco minutos, comprendidos entre 11:30 a. m. y las 14:00 p. m., como tiempo de almuerzo. Los servidores que no hicieran uso de los tiempos de descanso o alimentación, no podrán reclamar compensación alguna.

Los tiempos de descanso serán dispuestos por las jefaturas inmediatas, a efecto de que no se afecte el trabajo y la continuidad del servicio, por lo que aquellas serán responsables de la forma en que su respectivo personal haga uso de los mismos y de la organización de la unidad a su cargo.

La modificación del horario de la jornada laboral, sólo podrá ser autorizado por la Presidencia de la CNE, bajo causa justificada, ésta variación de horario no podrá ser menor a una hora.

Debe contar con el visto bueno de la jefatura inmediata, quien deberá velar por la no afectación del servicio y supervisar el tiempo efectivo del funcionario.

Artículo 68.—Concepto de llegada tardía. Se considerará llegada tardía el ingreso al trabajo después de los quince minutos de la hora exacta fijada para el comienzo de las labores. En casos muy calificados, a juicio del jefe inmediato, se podrán justificar las llegadas tardías hasta un máximo de cinco, dentro de un mismo mes calendario, a efecto de no aplicar la sanción correspondiente. Igualmente deberá informar de las llegadas tardías no justificadas, a efecto de aplicar las sanciones que puedan corresponder.

En los casos en que el funcionario registre su ingreso posterior a la hora fijada para el inicio de sus labores pero de previo al vencimiento al plazo de los quince minutos, deberá compensar el tiempo por el ingreso tardío al finalizar su jornada diaria. Si el funcionario no realiza dicha compensación, el ingreso se considerará como una llegada tardía injustificada y sancionada como se indica en los artículos siguientes.

Julissa María Ulate Arias.—1 vez.—O. C. N° 17072.—Solicitud N° 60910.—( IN2016048718 ).

CULTURA Y JUVENTUD

CENTRO CULTURAL E HISTÓRICO

JOSÉ FIGUERES FERRER

REGLAMENTO PARA SOLICITUD DE USO DE ESPACIO

PARA EXPOSICIONES Y/O ACTIVIDADES CULTURALES

EN EL CENTRO CULTURAL E HISTÓRICO

JOSÉ FIGUERES FERRER

Se informa que Reglamento para Solicitud de Uso de Espacio para Exposiciones y/o Actividades Culturales en el Centro Cultural e Histórico José Figueres Ferrer se encuentra a disposición en la página del Centro Cultural e Histórico José Figueres Ferrer, en la dirección https://www.centrojosefigueres.org.

Fernando González Vásquez, Director.—1 vez.—O. C. N° 003-2016.—Solicitud N° 16108.—( IN2016048805 ).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

El Consejo Directivo del Instituto Nacional de Estadística y Censos.

En uso de las facultades que le confiere el artículo 22, literal e) de la Ley Nº 7839 de fecha 15 de octubre de 1998, publicada en el Alcance Nº 77-B a La Gaceta Nº 214 de fecha 4 de noviembre de 1998.

Considerando:

I.—Que con el fin de garantizar una mayor eficiencia en las labores y gestiones administrativas que realiza el Instituto Nacional de Estadística y Censos ‘INEC’ en cumplimiento del fin público para el cual fue creado, se consideró necesario promulgar el ‘Reglamento Interno del Consejo Directivo y de la Gerencia’, de fecha 27 de marzo del año 2000, publicado en La Gaceta Nº 107 de fecha 5 de junio del año 2000, como instrumento jurídico mediante el cual se establece y regula, entre otros, la integración, atribuciones, facultades, derechos, deberes y obligaciones de esas dependencias institucionales;

II.—Que en el Reglamento supracitado no se contempla el procedimiento para otorgar vacaciones a la persona que ocupe la Gerencia y Auditoría Interna en el eventual caso de que el Consejo Directivo no se encuentre legalmente conformado;

III.—Que para una eficiente gestión en el otorgamiento de vacaciones bajo el supuesto anteriormente señalado, corresponde modificar el inciso ñ) del artículo 5 del Reglamento Interno del Consejo Directivo y de la Gerencia. Por tanto,

ACUERDA:

1º—Modificar el inciso ñ) del artículo 5 del Reglamento Interno del Consejo Directivo y de la Gerencia, de fecha 27 de marzo del año 2000, publicado en La Gaceta Nº 107 de fecha 5 de junio del  año 2000, para que en lo sucesivo se lea de la siguiente manera:

“ñ.   Conocer y autorizar, de previo, las vacaciones, licencias, con o sin goce de salario, y permisos del Gerente y del Auditor Interno. En el eventual caso que esas gestiones no se puedan conocer anticipadamente en el seno de este Órgano, por situaciones de causa fortuita o fuerza mayor, podrá autorizarlos de forma directa el Presidente del Consejo Directivo o en su defecto el Vicepresidente, para cuyos efectos el Gerente o el Auditor Interno, conforme corresponda, informará al Consejo Directivo lo pertinente en la sesión ordinaria o extraordinaria siguiente a la fecha de esa aprobación”

2º—Rige a partir de su publicación.

Aprobado por el Consejo Directivo mediante Acuerdo Nº 3, de la sesión ordinaria  N° 814-2016, de fecha 14 de junio del año 2016.

Floribel Méndez, Gerente.—1 vez.—( IN2016048829 ).

AVISOS

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica comunica que, con las potestades otorgadas en el artículo 10° del Decreto Ejecutivo N° 37717-5 “Reglamento de Maestrías y Doctorados en Áreas de las Ciencias Médicas”, la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, en la Sesión Ordinaria 2016-07-13, celebrada el 13 de julio de 2016, se acordó:

Incluir la Maestría en Psiquiatría Forense en la lista oficial reconocida por el Colegio de Médicos y Cirujanos

Reconocer como sinónimo de la Maestría en Psiquiatría Forense el siguiente término: Maestría en Salud Mental Forense.

Establecer de carácter obligatorio para los médicos que soliciten la inscripción en la Maestría en Psiquiatría Forense el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el Reglamento de Maestrías y Doctorados Académicos en Áreas de las Ciencias Médicas y demás legislación relacionada vigente.

Dr. Alexis Castillo Gutiérrez, Presidente.—1 vez.—( IN2016049438 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

El Concejo Municipal de Orotina en el acta de la sesión ordinaria N° 17, celebrada el día 18/07/2016 artículo 5 inciso acuerda aprobar reforma

REGLAMENTO AUTÓNOMO DE ORGANIZACIÓN

Y SERVICIOS DE LA MUNICIPALIDAD DE OROTINA

Se reforma el artículo 34 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de Orotina, publicado en La Gaceta Nº 70 del 11 de abril de 2007, que actualmente dice:

“Artículo 34.—El desempeño, de los servidores nombrados en propiedad será evaluado y calificado, en la primera quincena del mes de julio de cada año, la calificación se expresará en términos de: regular, bueno, muy bueno y excelente.”

Para que se lea así:

“Artículo 34.—El desempeño, de los servidores nombrados en propiedad será evaluado y calificado, en la primera quincena del mes de junio de cada año, la calificación se expresará en términos de: regular, bueno, muy bueno y excelente.”

Justificación: Ajustar la norma al artículo 137 del Código Municipal, que refiere la primera quincena del mes de junio (no de julio) de cada año, para la evaluación y calificación de los servidores en propiedad.

Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Kattia María Salas Castro, Secretaria del Concejo.— 1 vez.—( IN2016048291 ).

MUNICIPALIDAD DE LEÓN CORTÉS

El Concejo Municipal de León Cortés, en sesión ordinaria Nº 008, celebrada el 20 de junio del 2016 en acuerdo Nº 04 dice: Se acuerda modificar el inciso a) del artículo Nº 3, así como el artículo Nº 35 del Reglamento de Acueducto en los siguientes términos:

Artículo 33.—La orden de suspensión del servicio de agua, se hará efectiva cuando el Alcalde Municipal o el funcionario que este designe al efecto así lo indique, cuando surja cualquiera de las siguientes situaciones:

a)  No pague oportunamente el servicio de agua, pasado los quince días naturales posteriores al cierre del período al cobro, y trascurridos tres días hábiles después de haber sido notificado previamente en una ocasión, por cualquiera de los medios autorizados por la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687.

Artículo 35.—El cobro del agua se hará en forma mensual.

María Isabel Ureña Solís, Secretaria de Concejo.— 1 vez.—( IN2016048590 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Theodoro Mezger, cédula de residencia Nº 1756000897709, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título Bachiller en Ciencias (B.Sc) obtenido en la Universidad Técnica de Munich. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 14 de junio del 2016.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 59152.—( IN2016048048 ).

El señor Mario Roberto Chacón Rivas, cédula de identidad Nº 107410535 ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título doctorado en aplicaciones de la informática obtenido en la Universidad de Alicante. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 01 de julio 2016.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 59168.—( IN2016048092 ).

El señor Javier Mauricio Obando Ulloa, cédula de identidad Nº 303330780, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título Doctor en Tecnología Agraria y Alimentaria, obtenido en la Universidad Politécnica de Cartagena. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 18 de abril del 2016.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 201500003.—Solicitud N° 60540.—( IN2016048093 ).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS

UNIDAD DE ÍNDICES DE PRECIOS

El Instituto Nacional de Estadística y Censos avisa que los Índices de Precios de la Construcción base febrero 2012, correspondientes al mes de mayo del 2016, son los siguientes:

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Elizabeth Solano Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. Nº 4474.—Solicitud Nº 60381.—( IN2016049420 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE DESAMPARADOS

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

La Municipalidad de Desamparados, Alcaldía Municipal, a las once horas del día treinta de junio de dos mil dieciséis.

En cumplimiento de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687 del 4 de diciembre de 2008; Ley General de la Administración Pública Nº 6227, Código de Normas y Procedimientos Tributarios; Ley del Impuesto de Bienes Inmuebles Nº 7509 del 9 de mayo de 1995, resuelve designar adicionalmente como notificador a los siguientes funcionarios:

Apellidos

Nombre

Nº cédula

López Monge

Mario

1-1417-0569

Jiménez Siles

Gilberth

1-0720-0958

Oviedo Henríquez

Eliécer

8-0109-0902

Solís Palma

Cristian

1-1030-0692

Vargas Castro

Brandon

1-1404-0111

Orozco Obando

Joel

1-1603-0535

Vargas Corrales

Alejandro

1-1235-0970

Cascante Sevilla

Aaron

1-0768-0871

Guerrero Solano

Yoseth

1-0951-0315

Torres Morera

Michael

1-1171-0121

Sandí Ureña

Daniel

1-1325-0690

Rodríguez Sandí

Wender

1-1596-0249

Ureña Fonseca

Taylor

1-1492-0737

Herrera Solís

Ever

8-0077-0217

Mercado Pérez

Edwin

8-0109-0003

Fonseca Pineda

Jean Carlo

1-1648-0075

Mora Madrigal

Marco Tulio

1-0785-0359

Rodríguez Sorio

Pablo

1-1566-0717

Chacón Barrantes

Pablo

1-1299-0359

Marchena Serrano

Héctor

1-0431-0124

Barquero Quirós

Stewart

1-0147-0395

 

Rige a partir de su publicación. Publíquese.

Lic. Gilberth Jiménez Siles, Alcalde Municipal.— 1 vez.—( IN2016048811 ).

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

Le comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la Sesión Ordinaria Nº 10, Acta Nº 10 del 04 de julio del 2016, que indica lo siguiente:

Acuerdo AC-175-16 “Se acuerda: Con fundamento en los artículos 11, los contenidos en el Título XII y 129 de la Carta Política de la República de Costa Rica; el artículo 7° del Código Civil N° 30; en la Ley General de la Administración Pública N° 6227 en sus artículos 157 y 240; los cánones 4, 44, 45, 75, párrafo V, 76 y 76 ter. del Código Municipal N° 7794; el acuerdo AC-076-16 de la sesión ordinaria número trescientos diez que rola al acta cuatrocientos sesenta y siete del cuatro de abril de dos mil dieciséis y con base en las recomendaciones contenidas en el oficio número MPHAC-157-2016 fechado el día cuatro de julio de dos mil dieciséis, dictado por la Dirección Administrativa del Macro Proceso Financiero Administrativo, con acuse de recibo de la Secretaría del Despacho de la Alcaldía de las catorce horas con cincuenta y dos minutos del cuatro de julio de dos mil dieciséis y el oficio AL-769-16 del Despacho de la Alcaldía Municipal de fecha cuatro de julio de dos mil dieciséis; las cuales hace suyas este Concejo y las toma como fundamento para adoptar esta decisión, acuerda: Único: Revisar el acuerdo AC-076-16 de la sesión ordinaria trescientos diez, que rola al acta cuatrocientos sesenta y siete del cuatro de abril de dos mil dieciséis de este Concejo; y adicionar la siguiente frase cuyo texto dirá: “Procédase a publicar en forma íntegra el presente acuerdo municipal en el diario oficial La Gaceta, de acuerdo con lo establecido en el párrafo quinto del artículo 75 del Código Municipal número 7794; instruyéndose en la Secretaría del Concejo Municipal su publicación. Notifíquese el presente acuerdo en el Despacho de la Alcaldía Municipal al señor Alcalde, para lo de respectiva competencia. En lo no modificado o adicionado, el acuerdo original resta incólume en todos sus extremos”. Declarado definitivamente aprobado.

Lic. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaria Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2016048284).

Le comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria N° 310, Acta N° 467 del 04 de abril del 2016, que indica lo siguiente:

Acuerdo AC-076-16”Se acuerda: “Con fundamento en los artículos 11 y 170 de la Constitución Política, 11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, Ley que Crea Concepto Salario Base para Delitos Especiales del Código Penal, 04, 75 y 76 del Código Municipal, se aprueba actualizar las multas fijadas en el artículo 76 del Código Municipal, de la siguiente manera: a) Por no limpiar la vegetación de sus predios situados a orillas de las vías públicas ni recortar la que perjudique el paso de las personas o lo dificulte, un mil trescientos treinta y nueve colones con 61/100 (¢1.339,61) por metro lineal del frente total de la propiedad. b) Por no cercar los lotes donde no haya construcciones o existan construcciones en estado de demolición, un mil setecientos ochenta y seis colones con 22/100 (¢1.786,22) metro lineal del frente total de la propiedad.; c) Por no separar, recolectar ni acumular, para el transporte y la disposición final, los desechos sólidos provenientes de las actividades personales, familiares, públicas o comunales, o provenientes de operaciones agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales y turísticas solo mediante los sistemas de disposición final aprobados por la Dirección de Protección al Ambiente Humano del Ministerio de Salud, cuatrocientos cuarenta y seis colones con 62/100 (¢446,62) por metro cuadrado del área total de la propiedad.; d) Por no construir las aceras frente a las propiedades ni darles mantenimiento, dos mil doscientos treinta y dos con 59/100 colones (¢2.232.59) por metro cuadrado del frente total de la propiedad.; e) Por no remover los objetos, materiales o similares de las aceras o los predios de su propiedad, que contaminen el ambiente u obstaculicen el paso, ochocientos noventa y dos colones con 99/100 (¢892,99)por metro lineal del frente total de la propiedad.; f) Por no contar con un sistema de separación, recolección, acumulación y disposición final de los desechos sólidos, aprobado por la Dirección de Protección al Ambiente Humano del Ministerio de Salud, en las empresas agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales y turísticas, ochocientos noventa y dos colones con 99/100 (¢892,99) por metro lineal del frente total de la propiedad, cuando el servicio público de disposición de desechos sólidos es insuficiente o inexistente o si por la naturaleza o el volumen de los desechos, este no es aceptable sanitariamente.; g) Por obstaculizar el paso por las aceras con gradas de acceso a viviendas, retenes, cadenas, rótulos, materiales de construcción o artefactos de seguridad en entradas de garajes, dos mil doscientos treinta y dos colones con 59/100 (¢2.232.59) por metro lineal del frente total de la propiedad.; h) Por no instalar bajantes ni canoas para recoger las aguas pluviales de las edificaciones, cuyas paredes externas colinden inmediatamente con la vía pública, tres mil quinientos setenta y dos colones con 20/100 (¢3.572.20) metro lineal del frente total de la propiedad.; i) Por no ejecutar las obras de conservación de las fachadas de casas o edificios visibles desde la vía pública cuando, por motivos de interés turístico, arqueológico o patrimonial, lo exija la municipalidad, dos mil doscientos treinta y dos colones con 59/100 (¢2.232.59) por metro cuadrado del frente total de la propiedad. Si se trata de instituciones públicas la suma adeudada por concepto de multa se disminuirá un veinticinco por ciento (25%), para actividades agrícolas, ganaderas, industriales, comerciales y turísticas se aumentará un cincuenta por ciento (50%)”.

Declarado definitivamente aprobado.

Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaria Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2016048285 )

Le comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria N° 11, acta N° 11 del 11 de julio del 2016, que indica lo siguiente:

Acuerdo AC-185-16 “Se acuerda: Modificar el Acuerdo AC-77-15 de la sesión ordinaria 258, acta 388 del 6 de abril del 2015 del Concejo Municipal de Escazú, denominado Reglamento para el otorgamiento de becas para estudio a munícipes de Escazú; reglamento municipal N° 258, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 87 del 7 de mayo de 2015 y sus reformas, para que en el futuro los artículos cuarto y décimo, se lean de la siguiente manera:

1º—Adiciónese el literal i) al artículo 4, cuyo texto dirá: “En caso de extrema necesidad, desgracia o infortunio se permitirá el ingreso de solicitud de beca fuera del periodo ordinario de recepción. Para determinar la necesidad del caso la Trabajadora Social Municipalidad realizara la visita al solicitante a más tardar 24 horas después de presentada la solicitud de beca”.

2°—Adiciónese al artículo 10 in fine, la siguiente frase que dirá: “La beca en caso de infortunio se concederá a la persona estudiante de forma retroactiva por el periodo que rige a partir de la presentación de la solicitud hasta el plazo contemplado en el párrafo anterior”

3º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo AC-77-15 de la sesión ordinaria 258, acta 388 del 6 de abril del 2015 del Concejo Municipal de Escazú, denominado Reglamento para el otorgamiento de becas para estudio a munícipes de Escazú; reglamento municipal número 258, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 87 del 7 de mayo de 2015 y sus reformas.

4°—Rige a partir de su notificación.

Declarado definitivamente aprobado

Comuníquese y publíquese.—Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaría Municipal a. í.—1 vez.—( IN2016048286 ).

Le comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria N° 05, acta N° 05 del 30 de mayo del 2016, que indica lo siguiente:

Acuerdo AC-144-16 “Se acuerda: Con dispensa de trámite de comisión: Con fundamento en las disposiciones de los artículos 11, 169 de la Constitución Política, 11, 12 y 13 de la Ley General de la Administración Pública, los artículos 13 inciso a) y e), 17 inciso d), I), y n) del Código Municipal y artículos 1, 2, 3, 5,18,19, 20 de la Ley de Expropiaciones N° 7495 y sus reformas y siguiendo las recomendaciones contenidas en los oficios PCA-V-2016-0196, PCV-234-2016, VM-208-14, US-1509-2016, PDT-1158-2016, informe N° 002-2016 y en el oficio 597 suscrito por el Alcalde Municipal Arnoldo Barahona Cortés, los cuales hace suyos este Concejo y las toma como fundamento de esta decisión acuerda: Primero: Se declara de interés público para su expropiación, la siguiente finca: 1-Partido de San José, matrícula de folio real 593411-000, naturaleza terreno para construir, situada en distrito 3 San Rafael, cantón 2 Escazú, de la provincia de San José, linderos: norte, calle pública; sur, Carlos Saborío Zúñiga, Jirasa S. A., Ángela Hohmarster; este, Santa Bárbara S. A., oeste, calle pública. Mide: mil seiscientos treinta y seis metros con noventa decímetros cuadrados, plano catastrado SJ-1250967-2008, con un área de 1 636,90 m², propiedad de Metrópoli Real de Escazú S. A., cédula jurídica 3101-333391, por las siguientes razones: Segundo: Que en la zona del Bajo de Los Anonos habita una gran cantidad de población que vive en situación de hacinamiento y precariedad. Que en la actualidad esta población no cuenta con el servicio de un Centro de Atención Integral Infantil. Que la Municipalidad tiene interés en contar con un predio que garantice espacio adecuado para la construcción de una Red de Cuido, dirigido a prestar un servicio de cuido de niños y niñas residentes dentro del distrito de San Rafael que por sus necesidades de formación y crecimiento integral, deben contar con un espacio físico para el desarrollo de sus capacidades, conforme al Plan Gubernamental de Red Nacional de Cuido y Desarrollo Infantil declarado de interés público mediante Decreto Ejecutivo N° 36020-MP-S-MEP y la Ley General de Centros de Atención Integral N° 8017 (CAI). Que la declaratoria de interés público se impulsa de esta manera, ya que una de las realidades más evidentes en la sociedad actual es el fenómeno de la incorporación de la mujer al mercado laboral remunerado, aspecto que ha generado un impacto visible en la institución familiar y la necesidad de redefinir las responsabilidades de cuido de las personas menores de edad, labor que recae en la mayoría de los casos sobre las mujeres. Que como Gobierno Local nace la responsabilidad junto al Estado de establecer alternativas de cuido que potencie el crecimiento integral de los niños y niñas y brindar un apoyo a las mujeres para su inserción laboral aspecto que se ha venido fortaleciendo a través de la instalación de los Centros de Cuido y Desarrollo Infantil (CECUDI) en el país. Que se toma en cuenta la necesidad de brindar atención en salud de manera integral a una determinada región del cantón, para lo cual se consideró la condición de vida, género, discapacidad, etnia, condición económica y social, condición de los recursos geográficos y naturales, lo anterior son aspectos que permiten garantizar la atención hacia sectores con mayores carencias y necesidades, de manera que se puede priorizar las regiones más rezagadas con el fin de inyectarles recursos y reducir las brechas sociales y económicas que existen, por lo tanto se pudo determinar que se identificaron asentamientos con mayor vulnerabilidad como lo es la localidad de Bajo Anonos, partiendo de esa condición el objeto del proyecto es atender dicha localidad, considerando la cantidad de núcleos familiares establecidos y los beneficios que un Centro de Atención Integral conllevaría a esta localidad. Tercero: De conformidad con el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones vigente, se solicita al Registro Nacional de la Propiedad Inmueble se sirva mantener la anotación provisional respectiva sobre el inmueble anteriormente mencionado Partido de San José, matrícula de folio real 593411-000, naturaleza terreno para construir, situada en distrito 3 San Rafael, cantón 2 Escazú, de la provincia de San José, linderos: norte, calle pública, sur, Carlos Saborío Zúñiga, Jirasa S. A., Ángela Hohmarster; este, Santa Bárbara S. A., oeste, calle pública. Mide: mil seiscientos treinta y seis metros con noventa decímetros cuadrados, plano catastrado SJ-1250967-2008, con un área de 1 636,90 m², que pertenece a Metrópoli Real de Escazú S. A., cédula jurídica 3-101-333391. Cuarto: Publíquese este acuerdo en el diario oficial La Gaceta para todos los efectos legales pertinentes. Notifíquese este acuerdo a la sociedad Metrópoli Real de Escazú S. A., propietaria del inmueble antes descrito. Notifíquese este acuerdo al señor Alcalde Municipal en su despacho, para lo de su cargo.” Declarado.

Lic. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaría Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2016048287 ).

Le comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la sesión ordinaria N° 06, acta N° 06 del 6 de junio del 2016, que indica lo siguiente:

Acuerdo AC-161-16 “Se acuerda: Con fundamento en el artículos 11 y los contenidos en el Título XII de la Constitución Política de la República de Costa Rica; en la Ley General de la Administración Pública N° 6227, en sus artículo 11, 13 y 157, los cánones 44 y 45 del Código Municipal N. 7794, la Ley N° 9286 Reforma Integral de la ley N. 7495, Ley de Expropiaciones, del 3 de mayo de 1995, y sus reformas en su artículo 20 y con base en las recomendaciones contenidas el oficio AL-634-16 del Despacho de la Alcaldía, el acuerdo AC-228-14 y el acuerdo AC-144-16; las cuales hace suyas este Concejo y las toma como fundamento de esta decisión acuerda: Primero: Revisar y corregir el artículo tercero del acuerdo número AC-144-16 de la sesión ordinaria 5, que rola al acta 5 del 30 de mayo de 2016. Y sustituir del texto original la frase: “se solicita al Registro Nacional de la Propiedad Inmueble se sirva mantener la anotación provisional respectiva sobre el inmueble anteriormente mencionado”. Por la siguiente frase cuyo texto dirá: “se sirva anotar la presente declaratoria de interés público”(…). Segundo: En lo restante, el acuerdo de marras resta incólume en todos sus extremos.”

Declarado definitivamente aprobado.

Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaria Municipal, a. í.— 1 vez.—( IN2016048288 ).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: Garita Ramírez Profirio y Fam. Garita Arrieta, Porfirio falleció 25 setiembre 1993, los miembros de la familia Garita Arrieta, solicitan traspasar este derecho a uno de ellos y además desean incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria:           Mayra Garita Arrieta, cédula 04-0133-0286

Beneficiarios:          Asdrúbal Garita Arrieta, cédula 04-0089-0722, Ruperto Garita Arrieta, cédula 04-0096-0762, Hilda María Garita Arrieta, cédula 04-0096-0760, Ada Lía Garita Arrieta, cédula 04-0100-0908, Zulay Garita Arrieta, cédula 04-0103-1282, Lesbia Garita Arrieta, cédula 04-0106-0475, Yolanda Garita Arrieta, cédula 04-0110-0954, Doris Garita Arrieta, cédula 04-0115-0676, Gustavo Enrique Garita Arrieta, cédula 04-0125-0050, Dixie Garita Arrieta, cédula 04-0142-0808, Silvia Garita Arrieta, cédula 04-0147-0724.

Lote N° 101 Bloque P, medida 6 metros cuadrados para 4 nichos, solicitud 204, recibo 75753, inscrito en Folios 15 Libro 2, el cual fue adquirido el día 18 de junio de 1985. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 12 de julio de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016048294 ).

Dirección de Servicios y Gestión de Ingresos

En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de: Familia Bonilla Espinoza, los integrantes de la familia desean se traspase este derecho y además desea incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendatario:      Juan Bonilla Morales, cédula 04-0057-0971

Beneficiarios:      Luis Alberto Bonilla Espinoza, cédula 04-0103-0699

                           Guiselle Bonilla Espinoza, cédula 04-0105-0914

                           Manuel Enrique Bonilla Espinoza, cédula 04-0109-0538

                           Juan Carlos Bonilla Espinoza, cédula 04-0110-0935

                           Nuria María Bonilla Espinoza, cédula 04-0114-0075

                           Víctor Bonilla Espinoza, cédula 04-0116-0504

                           Xinia Bonilla Espinoza, cédula 09-0047-0170

                           Marta Eugenia Bonilla Espinoza, cédula 04-0131-0859

                           Damaras Bonilla Espinoza, cédula 04-0138-0348

                           Annia María Bonilla Espinoza, cédula 04-0140-0579.

Lote Nº 115 Bloque B, medida 6 metros cuadradas, para 4 nichos, solicitud 2073-2909, recibo no indica, inscrito en Folio 59 y 64 Libro 1, el cual fue adquirido el día 29 de setiembre de 1974. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 10 de julio de 2016.

Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016048344 ).

En el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: Familia Acosta Alvarado, la única hija viva de la familia, solicita traspasar este derecho y además desean incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria:      Miriam Acosta Alvarado, cédula 04-0064-0401

Beneficiarios:     Eugenio Hernández Acosta, cédula 01-0446-0755

Ana Gabriela Hernández Acosta, cédula 01-0619-0999

Ronald Francisco Hernández Acosta, cédula 04-0115-0754

Luis Fernando Hernández Acosa, cédula 04-0121-0369.

Lote Nº 36 Bloque L, medida 9 yardas cuadradas, para 6 nichos, solicitud 1677, recibo 8161, inscrito en Folios 1 Libro 45, el cual fue adquirido el día 24 de febrero de 1968. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 12 de julio de 2016.

Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda- tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016048648 ).

En el Cementerio Anexo Central de Heredia, existe un derecho a nombre de: Arabela Espinoza Chaves, fallecida los hermanos e hijos solicitan se traspase este derecho y además desea incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria:        Aida Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-0139-0066

Beneficiarios:        Patricia Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-0147-0518

                                Alfonso Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-0127-0272

                                Ana Cecilia Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-0142-0801

                                Isabel Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-0123-0378

                                Leda Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-01-30-0805

                                María Eugenia Chavarría Espinoza,

                                cédula 09-0062-0119

                                María Bernarda Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-0112-0347

                                María del Carmen Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-0106-1100

                                Julio Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-0103-0756

                                María Rosario Chavarría Espinoza,

                                cédula 04-0101-0356

Lote Nº 82 Bloque A, medida 6 metros cuadradas, para 4 nichos, solicitud 204, recibo 107950, inscrito en Folio 38 Libro 2, el cual fue adquirido el día 15 de febrero de 1996. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 07 de julio de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016048673 ).

En el Cementerio Cenizal de Heredia, existe un derecho a nombre de: Mena Campos Francisco, fallecido 17 junio del 1973, los hijos vivos solicitan traspasar este derecho y además desean incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendatario:     Manuel Antonio Mena Ugalde, cédula 04-0097-0279

Beneficiarios:     Ligia Vargas Mena, cédula 03-0178-0372

                           María Cecilia Vargas Mena, cédula 06-0068-0393

                           Virginia Vargas Mena, cédula 04-0092-0471

                           Luis Alberto Ledezma Mena, cédula 04-0099-0730

Lote Nº 33 Bloque G, medida 3 varas cuadradas, para 2 nichos, solicitud 818 y 1098, recibo 471-J y 2062, inscrito en Folio 26 y 37 Libro 1, el cual fue adquirido 12 marzo 1960. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 12 de julio de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016048828 ).

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA

EL CONCEJO CONOCE Y ACUERDA:

Suficientemente discutido, se somete a votación el dictamen de la Comisión Permanente de Obras, de fecha 16 de junio del 2016, se acogen en todos sus extremos, las recomendaciones indicadas en dicho dictamen. Votos afirmativos de los señores regidores y regidora, Tomás Azofeifa Villalobos, Marta María Elizondo Vargas, Luis Fernando Salas Calvo, Rafael Ángel Bolaños Villalobos y Johnny Alvarado Bolaños.

EL CONCEJO CONOCE Y ACUERDA:

Considerando que se cuenta con el dictamen afirmativo de la comisión de obras, cuya aprobación consta en el punto anterior, cumpliéndose con lo dispuesto en artículo 44 del Código Municipal. Se somete a votación el fondo de la moción y se acuerda lo siguiente:

Moción presentada por: regidores: Marta Elizondo, Tomas Azofeifa y Rafael Bolaños, con las correciones propuestas.

I.—Resultando:

El agua es un “bien social”, tiene un fuerte impacto en la calidad de vida de las personas y la responsabilidad de la administración del servicio es una obligación Constitucional de los Municipios.

1º—La problemática que genera la insuficiencia de recurso hídrico por parte del acueducto administrado por la Municipalidad de Santo Domingo, le impide cumplir con su responsabilidad de suministrar de manera continua agua potable, con calidad y en cantidad suficiente, tanto en invierno como en verano, a la totalidad de los habitantes del cantón.

2º—Ante la ausencia del Plan Regulador local, urge que la Municipalidad adopte una política para la administración del recurso hídrico y el otorgamiento de nuevos permisos de construcción, antes de que el desajuste entre la oferta y la demanda del servicio hídrico sea mayor, obligación contemplada en nuestra Carta Magna en su artículo 169, que nos dicta que la administración de los intereses y prestación de servicios locales en cada Cantón, estará a cargo del Gobierno Municipal, e igualmente la Sala Constitucional ha reconocido la potestad atribuida a las Municipalidades para planificar el desarrollo urbano, dentro de la respectiva circunscripción territorial, complementado con la Ley de Planificación Urbana, que reconoce esta competencia concreta a los municipios. Esa responsabilidad Municipal además se encuentra contemplada en las siguientes normas: Artículo 4 del Código Municipal, artículos 4° y 113 de la Ley General de la Administración Pública, artículo 58 inciso 6) de la Ley de Planificación Urbana, artículos 3 y 4 del Código Municipal, Ley de Aguas, artículo 5°, 10, 11 y 17 de la Ley General de Agua Potable, Ley General de Salud, Reglamento para la Calidad del Agua Potable, Artículo 28 siguientes y concordantes de la Ley Orgánica del Ambiente. Votos de la Sala Constitucional: 1684-91, 309-91, 6706-93, 144-95, 1108-96, 2002-08696, 5445-99 y 2001-00591, 2011-10176, entre otros.

3º—La práctica de la perforación de pozos privados para hacer frente a los proyectos urbanísticos en nuestro cantón, violenta lo dispuesto por la institución rectora en materia de aguas subterráneas, SENARA, porque pone en riesgo los niveles de recarga de los acuíferos de Barva y Colima, alterando el equilibrio ambiental que debe existir para que soporte la extracción de este recurso. Además, dicha perforación de pozos, no ha logrado el objetivo de incrementar la capacidad del acueducto municipal, puesto que la conexión para aprovechar el excedente, requiere de una inversión importante en obra civil y adquisición de equipos, así como la integración de los mismos al Acueducto.

Considerando:

I.—A raíz de la función social de la propiedad y su relación con las limitaciones al derecho de propiedad-párrafo segundo del artículo 45 de la Constitución Política, se modifica la base jurídica sobre la que descansa la protección de la propiedad y de ser un derecho exclusivo para el individuo, pasa a corresponderle una obligación en forma de la armónica convivencia de la sociedad, siendo que esta función social obliga a todo individuo de cumplir ciertas obligaciones comunales en razón directa del lugar que ocupa la propiedad y los intereses del grupo social, (véase voto 2011-10176). Es por ello que la Sala Constitucional reconoce” Que la actividad privada está sometida en el caso de las construcciones a un fuerte régimen de derecho público, pues es de primer interés la preservación de los recursos hídricos, al punto que gozan de tutela constitucional,” “No podrá imponerse una restricción al derecho de propiedad de forma indefinida, todo lo contrario, un plazo impuesto permite determinar si persisten las mismas condiciones fácticas y jurídicas que impida el otorgamiento de nuevos permisos constructivos”(Voto Sala Constitucional 2011-10176).

II.—A los ciudadanos domingueños, usuarios del acueducto Municipal, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Constitución Política, les asiste como un derecho fundamental a la salud, y a un ambiente sano, el gozar de un abastecimiento de agua potable sostenible, en calidad y cantidad; en razón de lo cual la Municipalidad debe adoptar acuerdos que procuren con ello el mayor bienestar general de la colectividad respecto a la prestación de este servicio público, tanto en cantidad como en calidad; para lo cual debe considerarse que hasta tanto no se cuente con un estudio integral del acueducto, con la previsión de recursos para las mejoras del mismo y con un Plan Regulador Cantonal, debe adoptarse una posición precautoria que no permita aprobar indiscriminadamente las solicitudes de disponibilidad de agua potable del Acueducto Municipal; y por consiguiente solo es posible aprobar las que se refieran a viviendas unifamiliares pero no las referidas a proyectos urbanísticos, ni condominios, ni fraccionamientos, dado que de autorizarse los mismos podría comprometerse o desmejorarse el servicio que actualmente se brinda; todo lo anterior en cumplimiento y respeto de los derechos constitucionales de los munícipes del cantón de Santo Domingo, que actualmente gozan del suministro de agua potable por medio del Acueducto Municipal.

III.—Que ante este panorama el Concejo Municipal, en su conformación anterior al 1° de mayo, mediante sesión N° 489-2016 del 25 de abril del año en curso, acordó la mora para proyectos urbanísticos y de desarrollo. Dado que su período estaba a días de concluir, ésta medida estuvo vigente hasta el 31 de abril.

IV.—Que, del 31 de abril del año en curso a la fecha, la Municipalidad no ha adoptado medidas contundentes para garantizarle a la población actual el suministro de agua potable de manera continua, además se continúa sin Plan Regulador local.

Por tanto:

En razón de lo antes expuesto y por las atribuciones legales y constitucionales conferidas a este Concejo: Mocionamos para que se dicte una moratoria por el plazo de seis meses a partir de esta fecha, en el otorgamiento de permisos de construcción y la consecuente denegatoria de disponibilidad de agua potable, para Proyectos de fraccionamientos con fines urbanísticos, condominios o urbanizaciones, comerciales e industriales. Se autoriza únicamente a tramitar permisos de construcción unifamiliares, pequeños comercios (*definido en adendum), las industrias que vayan a ubicarse en la zona industrial de Santa Rosa, siempre y cuando cuenten con la disponibilidad de agua potable.

Asimismo, que por el mismo plazo se suspenda toda práctica que tolere, condicione, permita o autorice de manera implícita, la perforación de pozos privados por parte del Municipio.

Que en el plazo de la suspensión antes expuesta, se realicen los estudios para determinar la capacidad real del acueducto municipal, las acciones necesarias para fortalecerlo, considerando también la situación de los pozos privados ligados a proyectos inmobiliarios, a efecto que se determinen las acciones procedentes para que el Municipio haga una gestión integral del Recurso Hídrico.

Esta norma no afecta los permisos de construcción que ingresaron en la Municipalidad con anterioridad a esta moratoria y que hayan cumplido a la fecha con la tramitología y superado por lo menos los trámites y requisitos” que son como mínimo, los provistos por la Dirección de Servicios y Ordenamiento Territorial: los Requisitos generales 1.5, 1.6, 1.11, 1.13, los de 4.1 a 4.4 y que se adicionan en el adendum de esta moción.

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO DE HEREDIA

CONCEJO MUNICIPAL

Adendum a moción de moratoria en permisos de construcción decretada por este Concejo Municipal en su sesión ordinaria N°. 9.

Requisitos mínimos a cumplir para tener por aprobados proyectos antes del decreto de la moratoria en los permisos de construcción y toda conforme moción aprobada en la sesión ordinaria N° 9 del Concejo Municipal.

1. Requisitos generales:

1.5      Uso del suelo aprobado

1.6      Visto bueno de ubicación, uso distinto al residencial.

1.11    Planos constructivos con visado APC.

1.13    Copia solicitud de visado eléctrico (CFIA).

4. Servicio de Agua Potable: (según corresponda)

4.1      Disponibilidad, constancia o paja de agua aprobada y de acuerdo al proyecto solicitado en cantidad y categoría, Acueducto Municipal, debe estar vigente.

4.2      Recibo de servicio, AyA o disponibilidad AyA con no más de un mes de antigüedad o de la ESPH, según corresponda.

4.3      Concesión de pozo Dirección Aguas MINAET.

4.4      Autorización de pozo del Condominio.

Otros que determine la Administración en función del proyecto.

(*) Se entiende por pequeños comercios aquellos que en razón de su operación no tengan más de cien metros cuadrados de local, su mano de obra proviene del núcleo familiar o no tengan más de tres personas asalariadas, estén dentro del régimen simplificado de tributación de impuestos y en razón de su giro del negocio y tamaño estén limitados a mayor crecimiento. En nuestro cantón tipifican los bazares, barberías, salones de servicios personales, librerías y otros de esta misma categoría o estrato.

Se instruye al ingeniero Randall Madrigal Ledezma, alcalde municipal a la publicación en el Diario Oficial La Gaceta, rige un día después de su publicación. Asimismo se instruye a la secretaria para que traslade y notifique al señor Alcalde Municipal el acuerdo correspondiente. Votos afirmativos de los señores regidores y regidora, Tomás Azofeifa Villalobos, Marta María Elizondo Vargas, Luis Fernando Salas Calvo, Rafael Ángel Bolaños Villalobos y Johnny Alvarado Bolaños.

Sométase a discusión y votación para declarar por parte de este Concejo Municipal acuerdo definitivamente aprobado y en firme, en aplicación del artículo 45 del Código Municipal. Votos afirmativos de los señores regidores y regidora, Tomás Azofeifa Villalobos, Marta María Elizondo Vargas, Luis Fernando Salas Calvo, Rafael Ángel Bolaños Villalobos y Johnny Alvarado Bolaños.

Sesión N° 12-2016 de fecha 20 de junio del 2016, artículo V inciso 1).

Gabriela Vargas Aguilar, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2016048809 ).

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ

La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, mediante acuerdo Nº VI.1, de la sesión ordinaria Nº 24-2016, celebrada el día 30 junio del año en curso, aprueba el cambio de horario para la realización de las sesiones ordinarias del Concejo Municipal de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, dichas sesiones continuarán siendo los jueves a las 4:45 p.m. Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

La Cruz, Guanacaste, 22 de julio del 2016.—Departamento de Proveeduría.—Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.— 1 vez.—( IN2016048815 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL

EXTRAORDINARIA CXXV

Convocar a asamblea general extraordinaria CXXV para el 19 de agosto del 2016, a las 16:00 horas en primera convocatoria y a las 17:00 horas en segunda convocatoria, a realizarse en su Sede ubicada en Desamparados de Alajuela, con el siguiente Orden del día:

ORDEN DEL DÍA:

I.        Apertura y comprobación del quórum.

II.       Himno Nacional de Costa Rica.

III.      Himno del Colegio.

IV.      Aprobación del orden del día.

V.       Exposición de lineamientos a seguir en la asamblea.

VI.      Otorgamiento de poder especial a la M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta, para que conjunta o separadamente suscriba contratos de arrendamiento de bienes inmuebles y muebles, estos últimos por tiempo superior a un año.

VII.    Construcción o compra de edificio que albergará la Sede del Colegio en San José.

VIII.   Análisis de la admisibilidad de recursos de apelación en subsidio presentado por Francisco Aguirre Escobar, colegiado, contra el acuerdo de Junta Directiva Nº 23 de la sesión Nº 082-2015 del 02 de setiembre del 2015.

IX.     Conocimiento y resolución de recurso de apelación en caso de ser admitido.

X.       Presentación, discusión y votación de la propuesta para reforma del inciso e) del artículo 25 y derogatoria del artículo 46, ambos del Reglamento General del Colegio.

XI.     Derogatoria Reglamento de Crédito, aprobado en la Asamblea General Extraordinaria Nº LXXXV del 30 de julio de 1994.

XII.    Derogatoria Reglamento de Incorporaciones, aprobado en la Asamblea General Extraordinaria Nº C del 14 de febrero del 2004.

XIII.   Clausura de la asamblea.

La documentación estará disponible a partir del viernes 12 de agosto del 2016, en la página web del Colegio: www.colypro.com.—Lilliam González Castro, Presidenta Junta Directiva.—Jimmy Güell Delgado, Secretario Junta Directiva.—( IN2016050611 ).                2 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA

El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica convoca a Asamblea General Ordinaria Nº 133-2016, que se celebrará el día 16 de setiembre de 2016 para conocimiento, discusión y votación del presupuesto ordinario correspondiente al período 2016-2017. La Asamblea dará inicio a las dieciocho horas, con los miembros presentes, de conformidad con el artículo Nº 10 de la Ley 1269 y 9 del Reglamento respectivo. La asamblea se llevará a cabo en el Auditorio San Mateo, en la sede central del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, Calle Fallas de Desamparados.

Orden del Día

1)  Verificación del quórum.

2)  Lectura y aprobación del orden del día.

3)  Himno Nacional de Costa Rica.

4)  Himno del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.

5)  Palabras del Presidente del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, Máster José Antonio Corrales Chacón.

6)  Presentación de proyecto de presupuesto ordinario del período octubre 2016 - setiembre 2017, para análisis, a cargo del CPI. Marvin Marín Muñoz, Tesorero.

7)  Discusión y votación del proyecto de presupuesto ordinario 2016-2017.

8)  Cierre de Asamblea.

El proyecto de presupuesto estará disponible a partir del 12/09/2016 en nuestra página web www.contador.co.cr.

Notas:

A) De conformidad con el artículo Nº 10 de nuestra Ley Orgánica y sus reformas, sólo se conocerán los asuntos para los cuales fueron convocadas las Asambleas.

B) Conforme lo establece el Reglamento de Asambleas en su artículo Nº 6, sólo se permitirá la participación en las Asambleas a aquellos Contadores Privados Incorporados que se encuentren al día en el pago de las cuotas de colegiatura al mes de julio de 2016.

C) Los Colegiados que deseen integrarse a las Asambleas encontrándose en estado de morosidad, podrán hacerlo previo pago de sus cuotas atrasadas en la caja auxiliar de Tesorería que para tal efecto se ubicará en nuestra sede.

D) Además del recibo cancelado de acuerdo con el literal C), deberán presentar su carné de Colegiado o cédula de identidad, a efecto de otorgarles el derecho de voz y voto.

E)  Para la permanencia en el recinto de la Asamblea, una vez iniciada ésta, se aplicará para todos los presentes el artículo Nº 7 del Reglamento de Asambleas.

San José, 08 de agosto del 2016.—CPI. José Antonio Corrales Chacón, Presidente.—CPI. Hans Aparicio Molina, Primer Secretario.—1 vez.—( IN2016054070 ).

Asamblea General Extraordinaria 143-2016

El Colegio de Contadores Privados de Costa Rica convoca a asamblea general extraordinaria Nº 143-2016, que se celebrará el día 16 de setiembre del 2016. La asamblea dará inicio en primera convocatoria a partir de las dieciséis horas, y de no haber el cuórum de ley, dará inicio a las diecisiete horas en segunda convocatoria, de conformidad con el artículo Nº 10 de la Ley 1269 y 9 del Reglamento respectivo. La asamblea se llevará a cabo en el Auditorio San Mateo, en la sede Central del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica, Calle Fallas de Desamparados, con el siguiente orden del día:

Orden del Día

1.  Verificación del quórum.

2.  Lectura y aprobación del orden del día.

3.  Himno Nacional de Costa Rica.

4.  Himno del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica.

5.  Palabras del Presidente del Colegio de Contadores Privados de Costa Rica CPI. José Antonio Corrales Chacón.

6.  Conocimiento del Recurso de Apelación presentado por el CPI. Carlos Alberto Ugarte Acevedo, investigado en el Expediente Administrativo 06-2016.

7.  Cierre de Asamblea.

Notas:

A. De conformidad con el artículo Nº 10 de nuestra Ley Orgánica y sus reformas, sólo se conocerán los asuntos para los cuales fueron convocadas las Asambleas.

B.  Conforme lo establece el Reglamento de Asambleas en su artículo Nº 6, sólo se permitirá la participación en las Asambleas a aquellos Contadores Privados incorporados que se encuentren al día en el pago de las cuotas de colegiatura al mes de julio del 2016.

C.  Los Colegiados que deseen integrarse a las Asambleas encontrándose en estado de morosidad, podrán hacerlo previo pago de sus cuotas atrasadas en la caja auxiliar de Tesorería que para tal efecto se ubicará en nuestra sede.

D. Además del recibo cancelado de acuerdo con el literal C), deberán presentar su carné de Colegiado o cédula de identidad, a efecto de otorgarles el derecho de voz y voto.

E.  Para la permanencia en el recinto de la Asamblea, una vez iniciada ésta, se aplicará para todos los presentes el artículo Nº 7 del Reglamento de Asambleas.

San José, 8 de agosto del 2016.—CPI. José Antonio Corrales Chacón, Presidente.—CPI. Hans Aparicio Molina, Primer Secretario.—1 vez.—( IN2016054071 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

SMOKIN PIG SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Los señores Bobby Lee (nombres) Lindsey Jr (apellido), con un solo apellido en Razón de su nacionalidad estadounidense, pensionado, vecino de Playa Potrero, Santa Cruz de Guanacaste, y con cedula de residencia costarricense número: 184001891330 se encuentra en proceso de venta a Jill a (nombre) Webster (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Guanacaste, portadora del pasaporte de su país P547574678 y Amy Jeanne (nombre) Fachko (apellido), de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Guanacaste, portadora del pasaporte de su país P547574679, la totalidad del capital social de la sociedad Smokin Pig Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-700531, sociedad propietario del establecimiento comercial de restaurante ubicado en Guanacaste, cantón Santa Cruz, distrito Playa Potero, que opera bajo el nombre comercial Smokin Pig. Se cita a acreedores e interesados, para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este aviso, a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio, en Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo, Centro Comercial Plaza Conchal, segundo piso, local dieciocho-b, oficina de la firma Expertis legal en horario de oficina de ocho de la mañana a cinco de la tarde de lunes a viernes, la venta se realizará el día 25 de julio del dos mil dieciséis.—Guanacaste, 22 de julio del 2016.—Licda. Denise Eduviges Varela Sánchez, Notaria.—(IN2016049052).

SAGA INGENIERÍA S. A.

Saga Ingeniería S. A., con cédula jurídica 3-101-571807 comunica por este medio el extravío del cupón del Banco Lafise de un CDI número 100020262, con fecha 06 de marzo del 2013 por el monto de ¢235.869,70 (doscientos treinta y cinco mil ochocientos sesenta y nueve colones 70/100). Cabe mencionar que dicho cupón no se encontraba endosado. Esto para efectos de reposición según el Código de Comercio.—Ing. Grettel Chang Ugarte, Representante Legal.—( IN2016049304 ).

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S. A.

Hace constar que revisado el libro de accionistas, aparece como socio Vega Calderón Luis Gerardo, cédula 3-231-632, con la acción 641, la cual se reporta como extraviada, por lo que se solicita su reposición.—San José, 27 de julio del 2016.—Alfonso Redondo Álvarez, Secretario.—( IN2016049360 ).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

La Universidad Interamericana de Costa Rica, certifica que ante la Oficina de Registro, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Maestría en Ingeniería Industrial, inscrito bajo el Tomo 1, Folio 20, Número 490 de esta Universidad y el Tomo 43, Folio 328, Número 11572 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), emitido a los 20 días del mes de abril del año 2009, título a nombre de Erick Álvarez Ramírez, cédula de identidad número 401570433. Se solicita la reposición de los títulos indicados anteriormente por pérdida de los originales debido a extravío. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo. Se emite la presente en Heredia, Costa Rica, a los quince días del mes de julio del año dos mil dieciséis.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2016049564 ).

Se comunica a todos los interesados que el primero de julio del dos mil dieciséis se celebró un contrato de compraventa de negocio entre Baxter Export Costa Rica, S.R.L., cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos setenta y tres mil setecientos siete y Baxalta Bioscience Costa Rica, S.R.L., cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos cinco mil doscientos ochenta y cuatro, mediante el cual Baxalta Bioscience Costa Rica, S.R.L. compró el negocio operado por Baxter Export Costa Rica, S.R.L. relacionado con biociencia. El precio de compraventa será depositado en el adquiriente, Baxalta Bioscience Costa Rica, S.R.L., de conformidad con el artículo cuatrocientos ochenta y uno del Código de Comercio. Asimismo, según lo establecido en el artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio, se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este aviso, a hacer valer sus derechos ante el depositario. Los acreedores deberán hacer llegar nota por escrito al depositario con evidencia de su acreencia de conformidad con los requisitos de ley. El depositario señala para recibir la documentación de los acreedores e interesados a la dirección física: Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones, cuarto piso, oficinas de Zurcher Odio & Rayen. Baxalta Bioscience Costa Rica, S.R.L.—Ronald Lachner González, Apoderado Generalísimo.—( IN2016049810 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

GANADERA DON ALEJO. S. A.

Ante esta notaría, se hace de conocimiento público el extravío de los dos libros sociales, Libro de Registro de Socios y el Libro de Actas del Consejo de Administración de la sociedad Ganadera don Alejo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero tres dos ocho cuatro siete de los cuales se procederá a la reposición.—San José Santa Ana, 25 de julio del 2016.—Licda. Irene Cruz Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2016049308 ).

CONSTRUCTORA GONZALO DELGADO S. A.

Yo, Gonzalo Delgado Ramírez, cédula de identidad número uno-seiscientos cuarenta y cuatro-ciento treinta y ocho, en mi condición de vicepresidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la entidad Constructora Gonzalo Delgado S. A., cédula de persona jurídica 3-101-60618, por causa de extravío del Libro de Registro de Accionistas de la empresa, procedo a realizar la reposición del mismo.—San José, 22 de julio del 2016.—Gonzalo Delgado Ramírez.—Licda. Ana Vásquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049344 ).

TEXTILES KATUIR S. A.

Por escritura pública de las 09:00 horas del 20 de julio de 2016, el señor Samuel Rabinovich Dyner, con cédula de residencia uno uno siete cero cero cero cero dos dos cinco dos tres, en su condición de presidente de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Consorcio Inversionista Mercantil C. I. M. S. A., cédula jurídica número 3-101-195733, domiciliada en San José, San José, Sabana Oeste, del Antiguo Rancho Luna, trescientos metros oeste, solicita ante el Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas, la reposición por extravío de los libros número uno de Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios y Actas del Consejo de Administración.—Santa Ana, 20 de julio del 2016.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—( IN2016049440 ).

DESARROLLOS LOS ÁNGELES DLA S. A.,

Desarrollos Los Ángeles DLA S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-1369427, hace constar que en lugar y fecha desconocido se extraviaron los libros sociales de la empresa por lo que ha solicitado al Registro Nacional la reposición de los tomos N° 2 de los libros de Registro de Socios, Actas de asamblea de Socios y Actas de Junta Directiva.—San José veintidós de julio de dos mil dieciséis.—Marco Vinicio Varela Fallas, Presidente.—1 vez.—( IN2016049496 ).

LYFORD HOLDINGS L. H S. A.

Lyford Holdings L. H S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-454427, hace constar que en lugar y fecha desconocido se extraviaron los libros sociales de la empresa por lo que ha solicitado al Registro Nacional la reposición de los tomos N° 2 de los libros de Registro de Socios, Actas de asamblea de Socios y Actas de Junta Directiva.—San José veintidós de julio de dos mil dieciséis.—Marco Vinicio Varela Fallas, Presidente.—1 vez.—( IN2016049498 ).

WILD WILLIE’S WESTERN WORLD S. A.

Wild Willie’s Western World S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-477710, hace constar que en lugar y fecha desconocido se extraviaron los libros sociales de la empresa por lo que ha solicitado al Registro Nacional la reposición de los tomos N° 2 de los libros de Registro de Socios, Actas de asamblea de Socios y Actas de Junta Directiva.—San José veintidós de julio de dos mil dieciséis.—Marco Vinicio Varela Fallas Presidente.—1 vez.—( IN2016049501 ).

ESCOBAL KILÓMETRO CUARENTA Y NUEVE SRL.

Escobal Kilómetro Cuarenta y Nueve SRL., cédula de persona jurídica número 3-102-664019, hace constar que en lugar y fecha desconocido se extraviaron los libros sociales de la empresa por lo que ha solicitado al Registro Nacional la reposición de los tomos N° 2 de los libros de Registro de Cuotistas y Actas de asamblea de Cuotistas.—San José veintidós de julio de dos mil dieciséis.—Marco Vinicio Varela Fallas, Gerente.—1 vez.—( IN2016049503 ).

TRANSPORTES GOGI

José Francisco Morice Castañeda, mayor, casado, empresario, con cédula 5-271-551, vecino de Filadelfia, presidente de Transportes Gogi, con cédula 3-101-601300, solicita al Registro Público, la reposición de los libros de Actas de Registro de Accionistas, el de Acta de Asamblea de Accionistas, el de Acta de Junta Directiva, Diario, Mayor e Inventario y Balances de su representada, citando a todo aquel que se considere afectado a dirimir su oposición al Área de Legalización de Libros del Registro Público, en el término de ocho días hábiles, contados a partir de la última publicación de éste aviso.—Filadelfia, 19 de julio. del 2016.—Lic. Luis Roberto Paniagua Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016049563 ).

AD JEJU DEL OESTE SOCIEDAD ANONIMA

AD Jeju del Oeste Sociedad Anónima, cédula jurídica, tres-ciento uno cinco tres tres cinco uno ocho, solicita ante el Registro Nacional, la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea General de Socios, Registro de Socios y Actas del Consejo de Administración, todos en número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de información y asistente al contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Licda. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2016049631 ).

MGP COMPONENTES BRITÁNICOS S. A.

En escritura otorgada a las 11:00 del 10 de junio del 2016, de MGP Componentes Británicos S. A., cédula jurídica 3-101-397968, se solicitó reposición de libro de asamblea de socios por extravío.—San José, 15 de julio del 2015.—Licda. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1 vez.—( IN2016049682 ).

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

Conocido lo ordenado por el Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José Anexo A, según resolución de las 11:45 horas del 4 de julio de 2016, expediente 16-005500-1027-CA, se suspende la ejecución de la sanción impuesta al Lic. Ramón Humberto Romero Rodríguez, según se dispuso por acuerdo de junta directiva número 588-2015 SO27 de sesión ordinaria N° 27-2015 del 21 de setiembre de 2015, publicado en La Gaceta N° 136 del jueves 14 de julio de 2016, hasta tanto no se resuelva el proceso en esta instancia judicial.—Lic. Mauricio Artavia Mora, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2016049815 ).

INVERSIONES BARRANTES SUAREZ DE LA COSTA SOCIEDAD ANÓNIMA

La compañía Inversiones Barrantes Suarez de la Costa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-322728, informa que se ha extraviado su libro número uno de Actas de Asambleas por lo que se encuentra tramitando ante el Registro Nacional la respectiva reposición. Oposiciones al fax 2685-4147.—Licda. Jenny María Ramos González, Notario.—1 vez.—( IN2016049829 ).

BAMBÚ TICO DE PARAMO SOCIEDAD ANONIMA

Yo Manuel Retana Jiménez, cédula de identidad número uno-cero cuatrocientos siete-mil trescientos veintitrés, en mi calidad de presidente y representante legal de la sociedad denominada Bambú Tico de Paramo Sociedad Anónima cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos catorce mil ochocientos cuarenta y uno, domiciliada en San José, Pérez Zeledón, Paramo de la Iglesia Católica doscientos metros oeste. Comunico el extraviado del libro de Registro de Socios número Uno. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones.—San Isidro, Pérez Zeledón veintidós de julio del dos mil dieciséis.—Manuel Retana Jiménez.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2016049850 ).

OPTIMED SOCIEDAD ANÓNIMA

En representación de la sociedad denominada Optimed Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil seiscientos treinta y uno, procedo a realizar el trámite de reposición de los siguientes libros legales: Libro de Actas de Asamblea de Accionistas, Libro de Registro de Socios, Libros de Actas de Asamblea de Junta Directiva, en razón de que por causa involuntaria los mismos fueron extraviados.—San José, veintiséis de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—( IN2016049884 ).

BERNARDITA Y MERCY SOCIEDAD ANONIMA

Yo, Mercy Granados Fonseca, cédula 6-263-273, soltera, comerciante, vecina de San Marcos de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas, frente a la iglesia católica, en mi condición de Presidenta, hago constar que hemos iniciado la Reposición y Legalización de libros de Actas de Registro de Accionistas número uno; Actas Asambleas Generales número uno, de la entidad Bernardita y Mercy Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-647494, del Registro de Personas Jurídicas, inscrita en la Sección Mercantil del Registro Público 3-101-647494.—Mercy de los Ángeles Granados Fonseca, Presidenta.—1 vez.—( IN2016049941

INDUSTRIA MAQUILADORA PLÁSTICA

DELQUI ASESORES S. A.

Comunicamos que en día no determinado se extravió el libro legal de: Actas de Asambleas General, de la sociedad denominada Industria Maquiladora Plástica Delqui Asesores S. A., cédula jurídica 3-101-453256, cuyo asiento de legalización del libro es el 4061010848614 fue otorgado en su oportunidad. Informamos al público en general y a cualquier interesado sobre dicho extravío, por lo que no asumimos responsabilidad por el uso indebido de dicho documento. Transcurrido el plazo de ocho días naturales a partir de esta publicación, sin que se haya dado comunicación alguna al correo electrónico gina_zunigacastro©yahoo.com procederemos a la reposición del mismo.—Jorge Arturo Quirós Jiménez.—1 vez.—( IN2016049970 ).

PRODUCTOS GRIEGOS SOCIEDAD ANÓNIMA

Se informa del extravío de los Libros de la Sociedad denominada Productos Griegos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cero veintisiete mil cuatrocientos noventa y cuatro, y se solicita al Registro Público su reposición. Presidente: Álvaro Céspedes Soto.—Lic. Juan Carlos Solís Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016049972 ).

TAMMY PROPIEDADES S. A.

Por haberse extraviado los libros legales de la compañía Tammy Propiedades S. A., se solicita la reposición de los mismos.—San José, 19 de julio del 2016.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN2016050016 ).

Z SWIMWEAR S. A.

Por haberse extraviado los libros legales de la compañía Z Swimwear S. A., se solicita la reposición de los mismos.—San José, 19 de julio del 2016.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN2016050018 ).

Ante esta notaría mediante escritura número doscientos dieciséis-catorce de diez horas del cinco de julio del dos mil dieciséis, se ha protocolizado el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Autos Rojas de Grecia ERLR Sociedad Anónima; cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta y siete mil doscientos cincuenta y cinco, en la cual se acuerda cancelar la fusión de esta sociedad con la sociedad Autos Rojas EGR Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos noventa y tres quinientos treinta; se reforman las clausulas segunda (Domicilio), sétima (Junta Directiva) y parcialmente la décima primera (Representación) de su pacto constitutivo.—Grecia a las quince horas con treinta minutos veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Karolina Venegas Morera, Notaria.—( IN2016049434 ).             2 v. 1.

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escrituras 8, 9 y 10 otorgadas ante esta notaría a las doce horas y treinta minutos del 25 de julio de 2016, Ulises Ávila Castro, cédula 5-150-655, en su condición de apoderado generalísimo sin límite de suma de: Servicentro Nicoya S. A. cédula 3-101-088784, Distribuidora ACAS S. A. cédula 3-101-073383 y El Cacique Nicoa UAC S. A., cédula 3-101-458591, solicita se otorgue el número de legalización de los libros de actas de sus representadas. Es todo.—Nicoya, 25 de julio del 2016.—Olga Irene Granados Porras.—1 vez.—( IN2016048771 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 15 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rústico Café Aries Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2016.–Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2016006412.—( IN2016049084 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 10 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rústico Raíces Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2016.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2016006413.—( IN2016049085 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rústico Ónix Mármol Sociedad Anónima. .—San José, 24 de mayo del 2016.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2016006414.—( IN2016049086 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 17 del mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tecnologías No Convencionales TNC Limitada.—San José, 24 de mayo del 2016.—Licda. Ilem Tatiana Rojas Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016006415.—(IN2016049087).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bonver Inversiones Inmobiliarias Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2016.—Licda. Lucía Isabel Wille Saénz, Notaria.—1 vez.—CE2016006416.—( IN2016049088 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Kamoiran Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2016.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2016006417.—( IN2016049089 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Promo Smart Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 24 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2016006418.—( IN2016049090 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 20 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada R & L Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 24 de mayo del 2016.—Licda. Enid Álvarez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2016006419.—( IN2016049091 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cronos T & T Sociedad de Responsabilidad Limitada.— San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Josué Hidalgo Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016006420 .—( IN2016049092 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Súper Carnes Mejías y Pérez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Johanny Retana Madriz, Notario.—1 vez.—CE2016006421.—( IN2016049093 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jimmy Hendrix Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Eugenia María Hernández Carballo, Notaria.—1 vez.—CE2016006422.—( IN2016049094 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Queralt & Rodríguez Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Emily Tatiana Guevara Torres, Notaria.—1 vez.—CE2016006423.—( IN2016049095 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jiménez & Corredor Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Rolando Álvarez Araya, Notario.—1 vez.—CE2016006424.—( IN2016049096 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 50 minutos del 10 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nueva Luz Centro de Atención y Formación para Adultos con Discapacidad Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Ana María Masis Bolaños, Notarioa.—1 vez.—CE2016006425.—( IN2016049097 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Recursos Ecológicos Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016006426.—( IN2016049098 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada PJGS Ocular Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Libni Muñoz Sarmiento, Notario.—1 vez.— CE2016006427.—( IN2016049099 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hotel Lagarta Lodge Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Víctor Armando Rodríguez Vado, Notario.—1 vez.— CE2016006428.—( IN2016049100 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hestia de Grecia Sociedad Anónima.—San José, 25 de Mayo del 2016.–Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006429.—( IN2016049101 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lucas & Matthew Sociedad Anónima.— San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Vinicio Matute Obando, Notario.—1 vez.—CE2016006430.—( IN2016049102 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercial Talm Inversiones Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—CE2016006431.—( IN2016049103 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Océano Cedros de Cabuya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, Notario.—1 vez.—CE2016006432.—( IN2016049104 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nalalo LLC Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2016006433.—( IN2016049105 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada SRCR Human Resources Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Amy Pamela Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016006434.—( IN2016049106 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 03 minutos del 18 de mayo del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Escuela de Manejo Kilómetros Seguros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Geovanni Varela Dijeres, Notario.—1 vez.—CE2016006435.—( IN2016049107 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Producción Agrícola Kava Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Joaquín Alvarado Rojas, Notario.—1 vez.—CE2016006436.—( IN2016049108 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hatterasgt Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2016006437.—( IN2016049109 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Somos Machina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Dinia Chavarría Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2016006438.—( IN2016049110 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cinco Garnier ICG Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2016006439.—( IN2016049111 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Adventures C .R. LLC Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1 vez.—CE2016006440.—( IN2016049112 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Macude Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2016006442.—( IN2016049114 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Hermanos Castillo Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Rita Patricia Calderón Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2016006443.—( IN2016049115).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importadora Kiroba Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Silvia María Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2016006444.—( IN2016049116 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Doronitos CR Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2016006445.—( IN2016049117 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Río Kamoiran Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2016006446.—( IN2016049118 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Upchurch Investment Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Alberto Matamoros Suarez, Notario.—1 vez.—CE2016006447.—( IN2016049119 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Angelina Mariet Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2016006448.—( IN2016049120 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Medifix Salud Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Daniel Guillen Jiménez, Notario.—1 vez.— CE2016006449.—( IN2016049121 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Angelina Ilse Uno AP Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—CE2016006450.—( IN2016049122 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Vitshumbi Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Armando Moreno Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2016006451.—( IN2016049123 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada TEC Facilities Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2016006452 .—( IN2016049124 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Emes S&L Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Melania de los Ángeles Chin Wo Cruz, Notaria.—1 vez.—CE2016006453.—( IN2016049125 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Malu Property Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Yosandra Apu Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016006454.—( IN2016049126 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Polarizado Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Josselyn Tropper Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016006455.—( IN2016049127 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de febrero del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sol Libre de Costa Rica Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2016006456.—( IN2016049128 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Laca Holdings Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—CE2016006457.—( IN2016049129 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sola L R Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo López Solano, Notario.—1 vez.—CE2016006458.—( IN2016049130 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Churrelenos y Más Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—CE2016006459.—( IN2016049131 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Arca Arce Canales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Marino Castillo López, Notario.—1 vez.—CE2016006460.—( IN2016049132 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Car-Lia Agrícola Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2016006461.—( IN2016049133 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada F.L.G. Viajeros del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Notario.—1 vez.—CE2016006462.—( IN2016049134 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Compass Experience W&H Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Manfred Fischel Robles, Notario.—1 vez.—CE2016006463.—( IN2016049135 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Easypllace Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Mario Alberto Rodríguez Barrantes, Notario.—1 vez.—CE2016006464.—( IN2016049136 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Hatterasgt Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2016006465.—( IN2016049137 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Máquinas Web CR Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—CE2016006466.—( IN2016049138 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Polar Bears de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2016006467.—( IN2016049139 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Silviterra Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notario.—1 vez.—CE2016006468 .—( IN2016049140 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación L.I.N.K. Internacional K.E.M.D. Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—CE2016006469.—( IN2016049141 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios Easy Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2016006470.—( IN2016049142 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lusso Ochenta y Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—CE2016006471.—( IN2016049143 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Strategos Empresariales Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2016006472 .—( IN2016049144 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Microcervecería Salsa Brava Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Alvis González Garita, Notario.—1 vez.—CE2016006473.—( IN2016049145 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ryoma Water Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—CE2016006474.—( IN2016049146 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Quedo Congelado Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—CE2016006475.—( IN2016049147 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Galería Treinta y Dos Cartago Lima Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Marianne Lierow Dundorf, Notaria.—1 vez.—CE2016006476.—( IN2016049148 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Logística Segna Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Marlene Brenes Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2016006477.—( IN2016049149 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Yoses Times Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Arturo Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—CE2016006478.—( IN2016049150 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Strategos Empresariales en Redes Comerciales Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2016006479.—( IN2016049151 ).

mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bitrex Land Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.— CE2016006480.—( IN2016049152 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Barbering & Co Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de Mayo del 2016.—Lic. Luis Diego Acuña Vega, Notario.—1 vez.—CE2016006481.—( IN2016049153 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada INARD Inversores Nacionales en Arriendos Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Luis Paulino Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016006482.—( IN2016049154 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Grupo GCG Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. José Andrés Masis Calvo, Notario.—1 vez.—CE2016006483.—( IN2016049155 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jased Ani Sociedad Anónima.— San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Erika María Vázquez Boza, Notaria.—1 vez.—CE2016006484 .—( IN2016049156 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sukarne Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—CE2016006485.—( IN2016049157 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Asesorías Legales Tamayo & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016006486.—( IN2016049158 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Provia El Jobo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2016006487.—( IN2016049159 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación A&B Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Gaudy Ureña Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006488.—( IN2016049160 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Castro Gómez Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Allan Artavia Solís, Notario.—1 vez.—CE2016006489.—( IN2016049161 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada APP Empleo Trescientos Sesenta Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Licda. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—CE2016006490.—( IN2016049162 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importadora Gasa Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Allan Artavia Solís, Notario.—1 vez.—CE2016006491.—( IN2016049163 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Macude del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2016006492.—( IN2016049164 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora JBR Sociedad Anónima.—San José, 25 de mayo del 2016.–Lic. Allan Artavia Solís, Notario.—1 vez.—CE2016006493.—( IN2016049165 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alpha Consulting Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2016006494.—( IN2016049166 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Níspero Chicle Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—CE2016006495.—( IN2016049167 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rubio Aesthetic Medicine Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leiton, Notario.—1 vez.—CE2016006496.—( IN2016049168 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Patrimonio Quesada Moya Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo,Notario.—1 vez.—CE2016006497.—( IN2016049169 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rapipartes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. José Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2016006498.—( IN2016049170 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Smart Management Consulting SMC Limitada.—San José, 25 de mayo del 2016.—Lic. Alejandro Solano Flores, Notario.—1 vez.—CE2016006499.—( IN2016049171 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Huafa Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Xinia María Meléndez Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2016006500.—( IN2016049172 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Il Fiore CR Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—CE2016006501.—( IN2016049173 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Farocarr Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Enrique Hernández Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006502.—( IN2016049174 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Cuarenta y Uno C Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—CE2016006503.—( IN2016049175 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hestia Sabor del Mediterráneo Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006504.—( IN2016049176 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Electrizar Electromecánica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Ismene Arroyo Marín, Notario.—1 vez.—CE2016006505.—( IN2016049177 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 20 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pera Tica Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2016006506.—( IN2016049178 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora Iberia Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Xinia María Meléndez Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2016006507.—( IN2016049179 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Compañía de Servicios CTSR de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Eugenia María Rojas Rodríguez, Notaria.—1 vez.— CE2016006508.—( IN2016049180 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 50 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Innoval Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Josefina Apuy Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2016006509.—( IN2016049181 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 01 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nocturnal Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Esteban Villegas Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016006510.—( IN2016049182 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Leandro`S Comercial L&L Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2016006511.—( IN2016049183 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dessrobat Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Ester Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016006512.—( IN2016049184 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada E Z Wash Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2016006513.—( IN2016049185 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mobility Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Elsa María Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—CE2016006514.—( IN2016049186 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mundo Tropical Azul Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—CE2016006515.—( IN2016049187 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 05 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sacceds Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2016006516.—( IN2016049188 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Casa de Doña Delia Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Harold Rafael Ureña Agüero, Notario.—1 vez.—CE2016006517.—( IN2016049189 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Car Lia Agrícola Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Johnny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.— CE2016006518.—( IN2016049190 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada C&V Asesores Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Roy Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016006519.—( IN2016049191 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Malu Property of Tamarindo LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016006520.—( IN2016049192 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Medifix Salud Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Daniel Guillén Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016006521.—( IN2016049193 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada RNJ XXIII Sociedad De Responsabilidad Limitada.San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2016006522.—( IN2016049194 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Adventures C. R. Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1 vez.—CE2016006523.—( IN2016049195 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Black Gold Buffalo Republic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Leslie Moreira Apu, Notario.—1 vez.—CE2016006524.—( IN2016049196 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Brachos Accesorios Tecnológicos Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—CE2016006525.—( IN2016049197 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Carnes y Carnes del Sur Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Harold Rafael Ureña Agüero, Notario.—1 vez.—CE2016006526.—( IN2016049198 ).

mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada FDMI Precisión Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Luciana Acevedo Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2016006527.—( IN2016049199 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Torre Blanca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2016006528.—( IN2016049200 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación de Diseños Modulares A&B Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Gaudy Ureña Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006529.—( IN2016049201 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversion Dist Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—CE2016006530.—( IN2016049202 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada FAI Amón Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—CE2016006531.—( IN2016049203 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Verdimonio Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. José Antonio Gómez Cortes, Notario.—1 vez.—CE2016006532 .—( IN2016049204 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Arguedas y Granados Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. José Joaquín Jiménez Chew, Notario.—1 vez.—CE2016006533.—( IN2016049205 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tebuka Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. German Serrano García, Notario.—1 vez.—CE2016006534.—( IN2016049206 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ludamuca Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.— CE2016006535.—( IN2016049207 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sierra Voluntaria Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. José Antonio Gómez Cortés, Notario.—1 vez.—CE2016006536.—( IN2016049208 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 16 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Academia de Aprendizaje Continuo Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Reynaldo Arias Mora, Notario.—1 vez.—CE2016006537.—( IN2016049209 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Altos de Guachipilín Cuatro AGC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Esquivel Seevers, Notario.—1 vez.—CE2016006538.—( IN2016049210 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Alacrán Negra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Andrés Lanza Méndez, Notario.—1 vez.—CE2016006539.—( IN2016049211 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Consultorios Medicorp M & M Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—CE2016006540.—( IN2016049212 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Global Fitness Solutions Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Harold Alberto Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016006541.—( IN2016049213 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fame Maquinaria F&G Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Martínez, Notario.—1 vez.—CE2016006542.—( IN2016049214 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 15 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Singh Enterprises Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006543.—( IN2016049215 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ticoburguesas Ave Dos Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, Notario.—1 vez.—CE2016006544.—( IN2016049216 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria H.C. de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez, Notario.—1 vez.—CE2016006545.—( IN2016049217 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sivar Consultores Financieros Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Elías Shadid Esquivel, Notario.—1 vez.—CE2016006546.—( IN2016049218 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rimele Investments Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016006547.—( IN2016049219 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada C&A Asesores Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Ana María Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016006548.—( IN2016049220 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Academia Logos Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Byron Ruiz Padilla, Notario.—1 vez.—CE2016006549.—( IN2016049221 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Link Internacional KEMD Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—CE2016006550.—( IN2016049222 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Uniendo Esfuerzos M.G.C. Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Licda. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2016006551.—( IN2016049223 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios Múltiples M Y M Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notario.—1 vez.—CE2016006552.—( IN2016049224 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 40 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada LBS Servicios de Alimentación Servicios One Dos Nueve Cero Ocho Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. German Enrique Salazar Santamaría, Notario.—1 vez.—CE2016006553.—( IN2016049225 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Gloria Products and Services Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. María del Carmen Otárola Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2016006554.—( IN2016049226 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gestion y Desarrollo De Proyectos En Ingenieria GDP Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—CE2016006555.—( IN2016049227 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Creasala Conexión HUB Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Brenes Bonilla, Notario.—1 vez.—CE2016006556.—( IN2016049228 ).

 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alpha Business Consulting Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Federico Castro Kahle, Notario.—1 vez.—CE2016006557.—( IN2016049229 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Security Task Force Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Ignacio Herrero Knohr, Notario.—1 vez.—CE2016006558.—( IN2016049230 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercial Xivan Sociedad Anónima.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—CE2016006559.—( IN2016049231 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Valle de Nuria Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de mayo del 2016.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2016006560.—( IN2016049232 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada PYT Corporación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Soren Araya Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016006561.—( IN2016049233 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 59 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hardassah Aire Acondicionado Sistema Eléctrico General Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2016006562.—( IN2016049234 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada HG Legacy, Consulting & Investment Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Ariel Ramírez Martínez, Notario.—1 vez.—CE2016006563.—( IN2016049235 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Dagoberto ID Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti,  Notario.—1 vez.—CE2016006564 .—( IN2016049236 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 21 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Autopartes K S D Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Kensy Díaz Badilla, Notaria.—1 vez.—CE2016006565.—( IN2016049237 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada F D Z Vaglio Sociedad Anónima.—San José, 27 de Mayo del 2016.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—CE2016006566.—( IN2016049238 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada El Pan de Cada Día para Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Erwen Yanan Masís Castro, Notario.—1 vez.—CE2016006567.—( IN2016049239 ).

 Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 14 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada A Z Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—CE2016006568.—( IN2016049240 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Alvisca Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Marco Antonio Sánchez Pereira, Notario.—1 vez.—CE2016006569 .—( IN2016049241 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rectificadora Técnica Geon Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2016006570.—( IN2016049242 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Splash de Centroamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2016006571.—( IN2016049243 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 26 de Mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada FB Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Mariela Hernández Brenes, Notaria.—1 vez.—CE2016006572.—( IN2016049244 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Derkim de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.–Lic. Ricardo Sossa Siles, Notario.—1 vez.—CE2016006573.—( IN2016049245 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Auditorias Ezequisa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2016006574.—( IN2016049246 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 30 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Julivar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.–Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2016006575.—( IN2016049247 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Razu Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.–Lic. Joaquín Bernardo Molina Hernández, Notario.—1 vez.—CE2016006576.—( IN2016049248 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Accessart Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.–Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—CE2016006577.—( IN2016049249 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Consultorios Medicorp C & G Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.–Licda. Alejandra Castro Peck, Notaria.—1 vez.—CE2016006578.—( IN2016049250 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 12 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pintando Cerámica Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Andrés Adolfo Villalobos Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016006579.—( IN2016049251 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada C&A Asesores Legales Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Ana María Rivas Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016006580.—( IN2016049252 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alimentos Xivan Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—CE2016006581.—( IN2016049253 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Uniendo Esfuerzos MGC Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2016006582.—( IN2016049254 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada SRCR Human Resources del Oeste Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Amy Pamela Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016006583.—( IN2016049255 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Copper Design International Group Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Augusto Cordero Sibaja, Notario.—1 vez.—1 vez.—CE2016006584.—( IN2016049256 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 15 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la  sociedad denominada Singh Overseas Enterprises Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016006585.—( IN2016049257 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Blue Tucan Investments Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Nathalie Elizondo Montero, Notaria.—1 vez.—CE2016006586.—( IN2016048258 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada D L M Consulting Group Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Walter Xavier Niehaus Bonilla , Notario.—1 vez.—CE2016006587.—( IN2016049259 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Hermanos Turísticos Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Manuel Gimenez Costillo, Notario.—1 vez.—CE2016006588.—( IN2016049260 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Invertibas LF Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Mario Alfonso Peña Chacón, Notario.—1 vez.—CE2016006589.—( IN2016049261 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cospan Internacional Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Rita Patricia Calderón Alfaro, Notaria.—1 vez.—CE2016006590.—( IN2016049262 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mallcoopesol Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1 vez.—CE2016006591.—( IN2016049263 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 22 de febrero del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Gali Porras Limitada Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Cristian Alejandro Chaverri Acosta, Notario.—1 vez.—CE2016006592.—( IN2016049264 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 20 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Wein Five The Palms Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Carolina Arguello Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2016006593.—( IN2016049265 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Florsol F.S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—CE2016006594.—( IN2016049266 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Teceele Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—CE2016006595.—( IN2016049267 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jared Michaels Costa Rica Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2016006596.—( IN2016049268 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 02 minutos del 22 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rodhe Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Kattia Priscilla Castro Calvo, Notaria.—1 vez.—CE2016006597.—( IN2016049269 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pagos y Servicios Múltiples M y M Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Leyden Briceño Bran, Notaria.—1 vez.—CE2016006598.—( IN2016049270 )

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Alucom Costa Rica Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2016006599.—( IN2016049271 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 01 horas 30 minutos del 23 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jaravar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Pablo Arias González, Notario.—1 vez.—CE2016006600.—( IN2016049272 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 07 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Troconis Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Minor Gómez Calvo, Notario.—1 vez.—CE2016006601.—( IN2016049273 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 18 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Chocofresas Café Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Jennifer Vargas López, Notaria.—1 vez.—CE2016006602.—( IN2016049274 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 14 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Supplytech Imports Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Jhonatan Ricardo García Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016006603.—( IN2016049275 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 19 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias R & L Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Enid Álvarez Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2016006604.—( IN2016049276 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada JMFG Representaciones Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Paulo Fernando Araya Valverde, Notario.—1 vez.—CE2016006605.—( IN2016049277 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 50 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lafs Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Carolina Arguello Bogantes, Notario.—1 vez.—CE2016006606.—( IN2016049278 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ramsule Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Joaquín Bernardo Molina Hernández, Notario.—1 vez.—CE2016006607.—( IN2016049279 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Focascu Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Silvia Castro Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016006608.—( IN2016049280 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 26 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Angulo Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Enrique Segura Amador, Notario.—1 vez.—CE2016006609.—( IN2016049281 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Transporte de Niko Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2016006610.—( IN2016049282 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ave Comercial Properties Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Roberto Enrique Romero Mora, Notario.—1 vez.—CE2016006611.—( IN2016049283 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ganadería Canalete LCS Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Lariza Guevara Moya, Notaria.—1 vez.—CE2016006612.—( IN2016049284 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Xivan Alimentos XV Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Ávila González, Notario.—1 vez.—CE2016006613.—( IN2016049285 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Florsol FS Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—CE2016006614.—( IN2016049286 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jimcris Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Mario Jesús Jiménez Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2016006615.—( IN2016049287 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 25 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Sabana del Guarco C y R Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2016006616.—( IN2016049288 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Futura Finca Filial Nueve Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Federico Guzmán Brenes, Notario.—1 vez.—CE2016006617.—( IN2016049289 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Stellar Institucional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2016006618.—( IN2016049290 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 17 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rain Forest Water CLV Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Alejandro Campos Henao, Notario.—1 vez.—CE2016006619.—( IN2016049291 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Solidez Presente y Futura Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016006620.—( IN2016049292 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jossman Dormond Sociedad Anónima.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2016006621.—( IN2016049293 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada SMC Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Irene María Jiménez Barletta, Notaria.—1 vez.—CE2016006622.—( IN2016049294 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Maxkarterb Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Esteban Villegas Castro, Notario.—1 vez.—CE2016006623.—( IN2016049295 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Parish Surfah Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—CE2016006624.—( IN2016049296 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Laz Ten The Palms Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Lic. Eric Scharf Taitelbaum, Notario.—1 vez.—CE2016006625.—( IN2016049297 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 24 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Luis Fernando Delgado Cárdenas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 27 de mayo del 2016.—Licda. Raquel Reyes Arias, Notaria.—1 vez.—CE2016006626.—( IN2016049298 ).

Ante la notaria pública Freyda Nazira Valladares Morales, mediante escritura numero ciento sesenta-dos, ocho horas del dieciocho de julio del dieciséis. Se constituyó la sociedad de esta plaza Dentals Experts Sociedad Anónima.—San José, a las once horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Freyda Nazira Valladares Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2016049299 ).

Mediante escritura número 31, otorgada a las 10:00 horas del 28 de mayo de 2016, en el tomo 15 del protocolo del notado público Walter Gerardo Gómez Rodríguez, se acuerda cambiar la cláusula de administración de la sociedad Quingo S. A, con cédula jurídica 3-101-010691.—San José, 28 de mayo del 2016.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016049303 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diecinueve de julio de dos mil dieciséis, que es de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Sestius S. A., se acuerda reforma de estatutos.—San José, a las doce horas del veinte de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016049305 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del diecinueve de julio de dos mil dieciséis, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Servicios Carpe S. A., se acuerda disolver.—San José, a las trece horas, del veinte de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016049306 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del diecinueve de julio de dos mil dieciséis, que es asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Septentrion S. A., se acuerda disolver.—San José, a las catorce horas, del veinte de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Ernesto Gutiérrez Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016049307 ).

Por escritura número seis otorgada a las nueve horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, ante el notario público Daniel Eduardo Muñoz Herrera, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Pinturas Austral Sociedad Anónima, donde se acuerda modificar la cláusula quinta de los estatutos sobre el capital.—San José, veintiséis de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Daniel Eduardo Muñoz Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2016049314).

Por escritura número 307 de las 12:00 horas del 19 de julio del 2016, se constituye la sociedad Oils Palmares S. A. Presidente y secretario son apoderados generalísimos sin límite de suma.—Cartago, 19 de julio 2016.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2016049315 ).

Mediante escritura 301 del protocolo 18, a las 16:00 horas del 14 de julio del 2016 protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Grupo Cartaginés del Mar S. A., en la cual aumenta el capital social.—Cartago, 14 de julio del 2016.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2016049320 ).

Mediante escritura numero ciento ochenta y ocho, del tomo cuarto, hoy protocolicé asamblea general extraordinaria de la sociedad Ovetum Sociedad Anónima, en lo conducente se modifica la cláusula decima del pacto social. Se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 25 de julio del 2016.—Lic. Luis Guillermo Marín Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2016049327 ).

Mediante la escritura número 134-9, autorizada en mi notaría al ser las 11:00 horas del día 26 de julio del 2016, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad con nuevo domicilio en Cartago, Oriental, de la clínica Fernando Volio, cincuenta metros al sur, propiamente en la Clínica Orosi, denominada Exámenes de Corazón de Cartago Sociedad Anónima, en la cual se nombran nuevos miembros de junta directiva y fiscalía y se modifica el domicilio social de la sociedad.—San José, 26 de julio del 2016.—Licda. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notario.—1 vez.—( IN2016049338 ).

Mediante la escritura número 133-9, autorizada en mi notaría al ser las 12:00 horas del día 22 de julio del 2016, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Moravia, San Blas del Lagar cincuenta metros al este, denominada Quimika SW Sociedad Anónima, con un capital suscrito y pagado de $200,00 y una duración de 99 años.—San José, 26 de julio del 2016.—Licda. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—( IN2016049339 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas del veintisiete de julio del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Rodricava de San José S. A., donde se nombra nueva junta directiva.—San José, veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Gabriela Quirós Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2016049343 ).

Laura Paniagua Mejías y María Virginia Mejías Vargas, Constituyen la sociedad anónima denominada Emdaz S. A. Escritura otorgada en Grecia a las 17:00 horas del día 14 de julio del año 2016.—Lic. Miguel Alfaro Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016049348 ).

Por escritura otorgada ante mí, Nidia Arias Vindas, a las 14:30 horas del 21 de julio del 2016, se disolvió Piripa de Sámara S.A., cédula jurídica 3-101-538670.—Flores, 21 de julio del 2015.—Licda Nidia Arias Vindas, Notaria.—1 vez.—( IN2016049349 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las doce horas treinta minutos del día veintiséis de julio del año dos mil dieciséis, el señor Manuel Antonio Sequeira Ortega y la señora Evelyn Sequeira Ortega, constituyen la sociedad anónima de ésta plaza Luna Gigante Sociedad Anónima. Plazo social cien años. Capital social cien dólares. Presidente Manuel Antonio Sequeira Ortega.—San José, 27 de julio del 2016.—Lic. Wilfred Arguello Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016049353 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las trece horas del día veintiséis de julio del dio dos mil dieciséis, el señor Manuel Antonio Sequeira Ortega y la señora Evelyn Sequeira Ortega, constituyen la sociedad anónima de ésta plaza Inversiones Urieluna Sociedad Anónima. Plazo social cien años. Capital social cien dólares. Presidente Manuel Antonio Sequeira Ortega.—San José, 27 de julio del 2016.—Lic. Wilfred Arguello Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016049354 ).

Ante la notaría del Licenciado Ricardo Pérez Montiel, cédula número seis-cero siete nueve-cero nueve uno, tomo 8, escritura 131, se aumenta capital de Calzado Denisse SYM S. A., cédula jurídica 3-101-403151.—San José, 22 julio 2016.—Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—( IN2016049362 ).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Tres-Ciento Dos-Setecientos Diecinueve Mil Setecientos Once S. R. L., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos diecinueve mil setecientos once, en la cual se modifica la cláusula primera del pacto social. Escritura otorgada a las doce horas del veintidós de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Sáenz Beirute, Notaria.—1 vez.—( IN2016049380 ).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Apololab Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y cinco mil quinientos ochenta y ocho, en la cual se modifica la cláusula segunda del pacto social; escritura otorgada a las diez horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Saénz Beirute, Notaria.—1 vez.—( IN2016049381 ).

En mi notaría, a las diez horas del diecinueve de julio del dos mil dieciséis, se reformó la cláusula segunda: domicilio, del pacto constitutivo de la sociedad denominada Desarrollos SAG Harbor DHS S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y dos mil novecientos.—San José, 26 de julio del 2016.—Licda. María del Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2016049383 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Cle Prosperity Plus Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula de la administración y hacer nuevos nombramientos de la sociedad.—San José, 22 de julio del 2016.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—( IN2016049402 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada ECL Plus, Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula de la administración y hacer nuevos nombramientos de la sociedad.—San José, 22 de julio del 2016.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—( IN2016049407 ).

Por escritura de esta notaría el día de hoy, se ha reformado el pacto constitutivo de la sociedad denominada Clínica Pediátrica Limitada. Se modifica la cláusula quinta capital social; sexta: administración y representación.—San José, 21 de julio del 2016.—Lic. Gerardo Constantino Sibaja Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2016049418 ).

Por escritura de esta notaría el día de hoy, se ha reformado el pacto constitutivo de la sociedad denominada Banco Cathay de Costa Rica S. A. Se modifica la cláusula cuarta: capital social.—San José, 21 de julio del 2016.—Lic. Gerardo Constantino Sibaja Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2016049423 ).

Mediante escritura pública otorgada a las dieciocho horas del trece de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de IN Costa Rica Ingeniería S. R. L., para modificación del pacto social.—Lic. Daniel Salazar Araya, Notario.—1 vez.—( IN2016049425 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos dieciséis-catorce de diez horas del cinco de julio del dos mil dieciséis, se ha protocolizado el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Inversiones La Lingolia Limitada; cedula jurídica tres-ciento dos-trescientos cincuenta y tres mil doscientos setenta y cuatro, mediante la cual se reforman las clausulas segunda (domicilio) y parcialmente la décima primera (representación) de su pacto constitutivo.—Grecia a las quince horas con treinta minutos veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2016049427 ).

ante esta notaría, mediante escritura número treinta y dos- quince, de las nueve horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, se ha protocolizado el acta número dos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la sociedad denominada Multillantas de Guanacaste Sociedad Anónima; cedula jurídica tres-ciento uno-seiscientos setenta y cinco mil nueve, en la cual se acuerda reformar las clausulas segunda (domicilio), octava (junta directiva) de su pacto constitutivo.—Grecia a las quince horas con treinta y cinco minutos veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2016049431 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas cuarenta minutos del día veintiséis de julio de dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Flexipark Once Casandra S. A. Donde se acuerda reformar la cláusula de representación de los estatutos.—San José, veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016049432 ).

Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Santilu Sociedad Anónima; otorgada mediante la escritura pública número doscientos dos, iniciada a folio ochenta y ocho frente del torno diez de mi protocolo, de fecha diecisiete horas del catorce de julio del dos mil dieciséis. Presidente Jesús Duran Solano; capital social mil dólares moneda de curso de los Estados Unidos de Norteamérica, domiciliada en la provincia de San José, Aserrí, del Mirador Ram Luna ochocientos metros sur, segunda entrada a mano derecha; plazo social: noventa y nueve años.—Licda. Susana María Ureña Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016049437 ).

Ante esta notaría Armando Villalobos Mora, cédula 1-1301-248 y Alexander Morgan Rodríguez, cédula 1-1371-497, constituyeron la sociedad anónima Avam. Presidente el primero.—Desamparados, 20 de julio del 2016.—Lic. Claudio Enrique Badilla Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049447 ).

Mediante escritura número tres, otorgada ante la notaria Nidia Alvarado Morales, a las nueve horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, tomo nueve de este protocolo, se protocoliza acta de disolución de la entidad Global Sourcing Latam S. R. L., acuerdo tomado en asamblea general extraordinaria por unanimidad de capital social.—Licda. Nidia Alvarado Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2016049454 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:58 horas del 19 julio de 2016, se modificó, la junta directiva de la sociedad Cheverísimo Sociedad Anónima.—San José, 19 julio del 2016.—Lic. Juana Brown Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049456 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del 26 de julio del 2016, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Distribuidores de La Zona Tropical, Sociedad Anónima. Donde se reforma la cláusula segunda del pacto social y se nombra presidente y secretario de la junta directiva y fiscal.—San José, 26 de julio del 2016.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—( IN2016049458 ).

Por escritura otorgada a las once horas del veintinueve de junio, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Alternativas de Telecomunicaciones (ALTEL) Ltda., mediante la cual se modificaron varias cláusulas del pacto social.—Lic. Adrián Mora Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016049461 ).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de Importadora Brigo Internacional Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y novena del pacto constitutivo. Escritura protocolizada en San Pablo de Heredia a las nueve horas del veintidós de julio del dos mil quince, ante el notario Juan Carlos Martínez Araya.—Lic. Juan Carlos Martínez Araya, Notario.—1 vez.—( IN2016049463 ).

Por escritura otorgada ante este notario, se constituye la sociedad Transalva FAV S. A., con domicilio social en San Rafael de Esparza, Puntarenas. Capital nueve mil colones. Presidente Luis Emilio Alpízar Rojas.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016049467 ).

Por escritura otorgada ante este notario, se constituye la sociedad Familia Alva Fav S. A., con domicilio social en San Rafael de Esparza, Puntarenas. Capital nueve mil colones. Presidente Luis Emilio Alpízar Rojas.—Lic. Alfredo Álvarez Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016049468 ).

Por escritura otorgada a las diez horas del día de hoy, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Health Depot para su Salud Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican la cláusula quinta en cuanto al capital social.—San José, 22 de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2016049469 ).

Por escritura ante esta notaría, de las 13:00 horas del 06 de julio de 2016, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Salsas y Condimentos Briomol Sociedad Anónima, en donde se nombra tesorera y fiscal.—San Antonio Desamparados, 6 de julio del 2016.—Lic. Mario Antonio Guzmán García, Notario.—1 vez.—( IN2016049474 ).

En Escritura nueve, otorgada en Guápiles, a las 13:00 horas del 15 de junio del 2016, visible a folio cero cero cuatro vuelto, del tomo VI del protocolo de la notaria Carmen María Solano Rojas, comparece Carlos Luis Vargas Sevilla, cédula de identidad 7-057-401, y como único socio de Multiservicios Arco Iris Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-265573, solicita al registro disolver la sociedad.—San José, 26 de junio del 2016.—Licda. Carmen María Solano Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016049479 ).

Se hace saber que ante esta notaría, se protocolizó acuerdos de Préstamos Hermanos Ortiz Sociedad Anónima, en la que se cambia presidente y tesorero de la junta directiva, en asamblea general extraordinaria número uno de fecha treinta de junio dos mil dieciséis. Se emplaza a los interesados para efecto de que dentro del plazo legal a partir de la publicación de este edicto se apersonen para valer sus derechos.—San José, 26 de julio 2016.—Lic. Ernesto Ortiz Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049480 ).

Mediante escritura ciento cincuenta y siete-nueve del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, he protocolizado acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de NA Navarro y Araya, cédula 3-102-69001, donde se nombra gerente y se cambia razón social.—Cartago, veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Allan Salazar López, Notario.—1 vez.—( IN2016049482 ).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 1° de junio del 2016, se protocolizó acta número uno de la asamblea de la sociedad Condominio Vistas de Nunciatura Bijarro Número Treinta y Ocho Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-646910 y se reforma clausula sétima de los estatutos.—Licda. Tatiana Cecilia Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2016049489 ).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 1° de junio del 2016, se protocolizó acta número uno de la asamblea de la sociedad Condominio Vistas de Nunciatura Camibar Número Setenta y Uno Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-646957 y se reforma clausula sétima de los estatutos.—Licda. Tatiana Cecilia Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2016049490 ).

Yo protocolicé acuerdos de la sociedad Inversiones Ocampo S. A., se acuerda modificar la cláusula de capital social.—San José, veintiséis de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2016049499 ).

El suscrito notario, hace constar que mediante la escritura número quince-tres, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas cuarenta minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo, de la sociedad Desarrollos Analíticos D. A. S. A. Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil novecientos trece.—San José, a las nueve horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Allan Artavia Solís, Notario.—1 vez.—( IN2016049500 ).

Por escritura número ciento dieciocho, otorgada ante la notaria pública Priscilla Soto Quirós, a las trece horas del día veintiséis de julio del dos mil dieciséis, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías (i) Bolsa Nacional de Valores S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero dieciséis mil novecientos sesenta y tres; (ii) Central de Valores de La Bolsa Nacional de Valores S. A. con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cuatro mil cuatrocientos sesenta y cinco; (iii) Fundeval S. A., con cédula jurídica número tres-uno cero uno-tres siete tres dos tres seis; (iv) Instituto Centroamericano de Finanzas y Mercado de Capitales, S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento once mil cuatrocientos ochenta y cinco; mediante la cual las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Bolsa Nacional de Valores S. A.—San José, veintiséis de julio de dos mil dieciséis.—Licda. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2016049502 ).

El suscrito notario público Wilber Jiménez Jiménez, hace constar que en escritura número doscientos cincuenta y dos-dos visible al folio ciento cuarenta y. ocho frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada al ser las catorce horas del trece de julio del dos mil dieciséis, se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Inmobiliaria Tavolara MDF Sociedad Anónima.—Garabito, trece de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Wilber Jiménez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016049507 ).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 18:00 horas del 18 de julio de 2016, se constituyó Industrias de la Capsaicina, presidenta Pamela Rodríguez González.—Montelimar, Goicoechea, 21 de julio de 2016.—Lic. Donald Ramón Rojas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049510 ).

En mi notaría, a las diez horas del catorce de julio del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta de la sociedad Rapichispa H Y R S. A., cédula jurídica 3-101-706079. Se modificó cláusula quinta y séptima. Se solicita la publicación de este edicto para lo que en derecho corresponda.—San Rafael de Alajuela el 22 de julio del 2016.—Licda. Ana C. Jiménez Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2016049558 ).

En esta notaría pública, se ha protocolizada acta extraordinaria de socias de la empresa JOSERO S. A., cédula jurídica tres-uno cero uno-cero cuatro cero tres cero tres, donde se reforman las cláusulas: tercera, quinta y décima-segunda del pacto constitutivo. Asimismo de nombra nueva junta directiva. Quien se sienta perjudicado en dichas reformas que lo hagan saber al Registro Nacional en el plazo de ley.—San José, veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Rodríguez Bermúdez, Notario.—1 vez.—( IN2016049562 ).

Escritura protocolizada el día de hoy de Asamblea Extraordinaria de socios de Baguarí S. A., se modifican cláusulas siete y ocho estatutos, se reorganiza junta directiva y fiscal. Corresponde al Presidente la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, nombrado por resto plazo social Gregorio de la Vega Esquivel.—San José, veintidós de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Edwin Chacón Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2016049565 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las trece horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, fueron protocolizados acuerdos de la asamblea general extraordinaria de socios de Shalom Sociedad Anónima, en que se modifican los estatutos sociales en cuando al domicilio social y en cuanto a la eliminación del cargo de agente residente.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Marco A. Jiménez Carmiol, Notario.—1 vez.—( IN2016049567 ).

Por asamblea general extraordinaria de accionistas número uno de la mercantil de Torres Granadilla Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-688644, celebrada a las 13:00 horas del 19 de julio de 2016, se reformó la cláusula quinta de su pacto constitutivo y se aumentó su capital social.—San José 27 de julio de 2016.—Lic. César Gómez Montoya LL.M, Notario.—1 vez.—( IN2016049569 ).

Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 27 de julio del 2016, se reestructura la cláusula de la administración de la entidad Mega Compras de San José Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-706220 y la entidad Súper Los Amigos Ciruelas Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-712122.—Alajuela 27 de julio del 2016.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—( IN2016049570 ).

Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 27 de julio del 2016, se reestructura el consejo de administración nombrándose nuevo gerente y la cláusula de la administración de la entidad Importadora y Exportadora Imporex Poniente Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica 3-101-714379.—Alajuela 27 de julio del 2016.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—( IN2016049571 ).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 26 de julio del 2016, se reestructura el consejo de administración nombrándose secretaria y tesorero de las entidad Súper Ferreterías y Mas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-706817.—Alajuela 27 de julio del 2016.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—( IN2016049572 ).

Por escritura pública número seis-catorce, otorgada ante esta notaría a las diez horas del día nueve de junio del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad Sumicomp P y D Sociedad Anónima, Presidente Gustavo Arias Arce.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—( IN2016049576 ).

Por escritura pública número treinta y nueve-catorce, otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del día diecinueve de junio del año dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad Agrocebo Sociedad Anónima, Presidente Esteban José Mora Segura.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—( IN2016049577 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas veinte minutos del 12 de julio de 2016, se protocolizaron acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Ascarandro S. A., se reformó la cláusula segunda del domicilio de la sociedad.—San José, 26 de julio del 2016.—Lic. Luis Antonio Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016049589 ).

Por escritura de las 09:00 horas del 26 de julio del año 2016, se acuerda disolver la sociedad Blue Letter Media Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número 3-102-682319.—San José, 26 de julio del 2016.—Lic. Augusto Arce Marín, Notario.—1 vez.—( IN2016049596 ).

Ante esta autoridad, se protocoliza asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Importaciones Industriales Masaca S. A. Cedula 3-101-145964, se incrementa el capital social a la suma de 250 millones de colones. Se varía junta directiva.—Tibás, a las 14:00 horas del 26 de julio 2016.—Lic. Jorge Ruiz González, Notario.—1 vez.—( IN2016049624 ).

Mediante escritura número doscientos cuarenta, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiséis de julio de dos mil dieciséis, se protocoliza acta de La Tribu de Benjamín Sociedad Anónima. Se nombre presidente.—San José, siete de junio de dos mil dieciséis.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2016049626 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, el día 26 de julio de 2016, se protocolizó el acta número ciento sesenta y cuatro de la asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Prival Bank (Costa Rica) S. A., en la cual se acordó modificar la cláusula quinta del pacto social.—San José, 26 de julio de 2016.—Lic. George De Ford González, Notario.—1 vez.—( IN2016049627 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas quince minutos del dieciocho de Julio del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Hubco Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-dos dos nueve siete cuatro. Se acepta la renuncia del presidente y tesorero y se procede a realizar nuevos nombramientos.—Licda María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2016049628 ).

Por escritura 172-28, de las 08:30 horas del día 22 de julio de 2016, se constituye sociedad sin nombre, capital social suscrito y pagado, se nombra junta directiva.—Lic. Aníbal Granados Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016049634 ).

Ante mí, se constituyó Vemca Veintitrés S. A., capital suscrito y pagado en dólares U. S., plazo 99 años.—San José, 27 de julio de 2017.—Lic. José Ramón Sibaja Montero, Notario.—1 vez.—( IN2016049646 ).

En mi notaría, mediante escritura trescientos veintinueve otorgada el día dieciséis de junio del dos mil dieciséis, a las ocho horas, se constituye sociedad anónima todo lo anterior de la empresa Ebba de Costa Rica Sociedad Anónima, cualquier interesado, sírvase apersonarse a reclamar sus derechos.—San José veintisiete de julio del dos mil dieciséis, notificaciones al fax 2443-8341 con atención a la aquí notaria Alexandra Alfaro Navarro.—Licda. Alexandra Alfaro Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049671 ).

En mi notaría, mediante escritura trescientos veintisiete otorgada el día diez de   del dos      a las diez horas, se constituye sociedad anónima todo lo anterior de la empresa Balche de Los Dioses Sociedad Anónima, cualquier interesado, sírvase apersonarse a reclamar sus derechos.—San José veintisiete de julio del dos mil dieciséis, notificaciones: al fax 2443-8341 con atención a la aquí notaria Alexandra Alfaro Navarro.—Licda. Alexandra Alfaro Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049672 ).

En mi notaría, mediante escritura trescientos treinta y seis otorgada el día veinticuatro de julio del dos mil dieciséis, a las diecinueve horas, se constituye sociedad anónima todo lo anterior de la empresa Faria Import Sociedad Anónima, cualquier interesado, sírvase apersonarse a reclamar sus derechos.—San José veintisiete de julio del dos mil dieciséis, notificaciones al fax 2443-8341 con atención a la aquí notaria Alexandra Alfaro Navarro.—Licda. Alexandra Alfaro Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049673 ).

En mi notaría, mediante escritura trescientos treinta y dos otorgada el día cuatro de julio del dos mil dieciséis, a las ocho horas, se constituye sociedad anónima todo lo anterior de la empresa Turquoise Dream Sociedad Anónima, cualquier interesado, sírvase apersonarse a reclamar sus derechos.—San José veintisiete de julio del dos mil dieciséis, notificaciones al fax 2443-8341 con atención a la aquí notaria Alexandra Alfaro Navarro.—Licda. Alexandra Alfaro Navarro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049674 ).

Ante esta notaría, comparece el señor Javier Esquivel Isern, mayor, con cédula de identidad número 106480005. Y dice que se reforma la cláusula octava únicamente en cuanto a la representación, la que ahora corresponderá solo al presidente, además se sustituye la junta directiva de la sociedad de esta plaza Activa y Excelencia Empresarial Las Tres P S. A., cédula jurídica 3-101-711648.—San José 27 de julio del 2016.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049678 ).

Ante esta notaría, comparece el señor Javier Esquivel Isern, mayor, con cédula de identidad número 106480005. Y dice que se ha sustituido la junta directiva de la sociedad de esta plaza Esquivel Arquitectura S. A. Cédula jurídica 3-101-470026.—San José 27 de julio del 2016.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049680 ).

Ante esta notaría, comparece el señor Javier Esquivel Isern, mayor, con cédula de identidad número 106480005. Y dice que se ha sustituido la junta directiva de la sociedad de esta plaza La Cuchara Deliciosa S. A. Cédula jurídica 3-101-470218.—San José 27 de julio del 2016.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049681 ).

Ante esta notaría, comparece el señor Javier Esquivel Isern, mayor, con cédula de identidad número 106480005. Y dice que se reforma la cláusula novena únicamente en cuanto a la representación, la que ahora corresponderá solo al presidente, además se sustituye la junta directiva de la sociedad de esta plaza Contacto Comunicación Estratégica S. A. Cédula jurídica 3-101-613409.—San José 27 de julio del 2016.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049684 ).

Ante esta notaría, comparece el señor Javier Esquivel Isern, mayor, con cédula de identidad número 106480005. Y dice que se ha sustituido la junta directiva de la sociedad de esta plaza Comunicación Global R. P. S. A. Cédula jurídica 3-101-228078.—San José 27 de julio del 2016.—Lic. Asdrúbal Vega Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049686 ).

Por medio de la escritura número doscientos treinta y nueve, otorgada a las quince horas del día veintiuno de junio del año dos mil dieciséis, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil Ochocientos Cincuenta y Cuatro Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda disolver esta sociedad al no tener deudas, ni pasivos ni activos, por lo que no se nombra liquidador que asuma esta función al no ser necesaria y por lo que se revoca el poder de sus representantes.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—( IN2016049688 ).

Por escritura otorgada ante notaría del notario licenciado Francisco José Rivera Gómez, en San José, a las doce horas del día quince de julio del año dos mil dieciséis, se constituye sociedad: Inversiones LSG Inc. Sociedad Anónima, presidente Tulio Rafael Pineda Mejía.—San José, veintisiete de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Francisco José Rivera Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2016049689 ).

Por medio de la escritura número doscientos cincuenta, otorgada a las ocho horas del día veintitrés de junio del año dos mil dieciséis, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Coco Ocean Condo Limitada por medio de la cual se acuerda disolver esta sociedad al no tener deudas, ni pasivos ni activos, por lo que no se nombra liquidador que asuma esta función al no ser necesaria y por lo que se revoca el poder de sus representantes.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—( IN2016049690 ).

Ante esta notaría a las 16:00 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Faval del Sur S. A., donde se reforma la cláusula del capital social.—San José, 26 de julio del año 2016.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016049707 ).

Ante esta notaría a las 14:00 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Auto Repuestos AV Diez S. A., donde se reforma la cláusula del capital social.—San José, 26 de julio del año 2016.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016049708 ).

Ante esta notaría a las 15:00 horas de hoy, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Repuestos Usados Avenida Diez S. A., donde se reforma la cláusula del capital social.—San José, 26 de julio del año 2016.—Lic. Luis Enrique Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016049709 ).

Protocolización de acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Uptodate Amphora Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica tres-ciento dos-trescientos diecinueve mil cuatrocientos veinte, en la cual se aprueba trasladar el domicilio de la sociedad al Reino de España, escritura otorgada a las trece horas del veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Frescia Benavides Ulate, Notaria.—1 vez.—( IN2016049712 ).

El suscrito notario, hace constar que protocolizó el acta número cuatro de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Promotora Inmobiliaria A. E. I., S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio), y sexta (de la junta directiva).—San José, veintiséis de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049759 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las catorce horas, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Tres-Ciento Dos-Seiscientos Sesenta y Dos Mil Quinientos Doce S. R. L., cédula jurídica número 3-102-662512. Se modifica domicilio social para que se tenga como nuevo, Dominical de Osa, Puntarenas, cincuenta metros al sur de la Sucursal del Banco de Costa Rica.—San Isidro de Pérez Zeledón. 27 de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Sonia Jiménez Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2016049760 ).

Por escritura otorgada a las 17:00 horas del 26 de julio de 2016, los señores Rómulo Eduardo Pacheco Sibaja, y Luis Guillermo Marín Bonilla, constituyeron la sociedad: Residencycr Punto Com Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Heredia, 27 de julio de 2016.—Licda. América Zeledón Carrillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016049761 ).

Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios de la sociedad Cuarenta y Cinco Quince de San José S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-465861, de que a las 11:00 horas del 25 de julio del 2016, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó los acuerdos que dicen así: se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Heredia, 26 de julio del 2016.—Lic. Mauricio Bolaños Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2016049763 ).

Mediante escritura de las 13:00 horas, del 04 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pinturas La Paleta Sociedad Anónima.—San José, 26 de julio del 2016.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—( IN2016049767 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las trece horas del día veintidós de junio del año dos mil dieciséis, se protocolizo el acta de la sociedad Fairfield Oliva Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula segunda.—San José, veintidós de junio del año dos mil dieciséis.—Lic. Eugenio Santi Hurtado, Notario.—1 vez.—( IN2016049770 ).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita notaria pública en San Isidro de Pérez Zeledón, a las quince horas con cincuenta minutos del día veintiséis de julio del año en curso, se protocoliza el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de Ranita Gorda de Vista del Mar, Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda modificar la cláusula primera del pacto social, se revoca el nombramiento del agente residente y se nombra nuevo agente residente.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2016049771 ).

Por escritura 39, de las 17:00 horas del 27 de julio del 2016, ante el notario Giovanni Portuguez Barquero, se constituyó la sociedad Golden Products Sociedad Anónima, traducción al castellano Productos Golden Sociedad Anónima, domicilio Cartago, Occidental, Guadalupe, plazo 100 años a partir de la constitución. Objeto comercio, importación y otros. Capital social 1.000.000 de colones en 100 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones cada una, pagado en aporte de bienes muebles. Administración presidente, apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 27 de julio del 2016.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2016049772 ).

La sociedad 3-101-531463 S. A., protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Escritura otorgada en Grecia a las 13.00 horas del día 22 de julio del 2016.—Lic. Walter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2016049778 ).

Ante mi notaría, se hace constar que la sociedad Residencias Sol & Luna Uno S. A., ha modificado la cláusula quinta en cuanto al aumento de capital. San José veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1 vez.—( IN2016049779 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 16:00 horas del 20 de julio de 2016, Complejo Turístico Palo Verde CTP Sociedad Anónima, reformó la cláusula segunda del domicilio y la cláusula novena de la representación del pacto constitutivo.—Cañas, Guanacaste, 20 de julio de 2016.—Licda. Ana Solano Jerez, Notario.—1 vez.—( IN2016049782 ).

Por escrituras otorgadas en la ciudad de San José, a las 14:00 horas del 23 de julio y a las 18:00 horas del 26 julio del 2016, protocolizo actas de asamblea extraordinaria de socios de Square Investments Amex S. A y Nereo Trade Service Ltda., mediante la cual se forman las cláusulas de domicilio del pacto social.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016049785 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día veintisiete de julio del año dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Robleterra Sociedad Anónima, en la cual se reformó la cláusula sétima.—San José, veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Gabriela Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016049791 ).

Ante este notario público, José Fermín Morales Campos, se constituye escritura número doscientos trece, iniciada en el folio ciento treinta y uno vuelto, del tomo diez de mi protocolo, en donde se modifica la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Tim Inversiones Alajuelenses Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta mil seiscientos cuarenta y dos, referente a la junta directiva y representación de dicha sociedad.—Alajuela el 27 de julio del dos mil dieciséis.—Lic. José Fermín Morales Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016049796 ).

La suscrita notaria Laura Virginia Baltodano Acuña, carné 19308, hace constar que ante esta notaría se ha protocolizado el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Cajiao y Lara S. A., cédula jurídica 3-101-700069, donde se realiza el cambio junta directiva; y se modifica la cláusula octava: de la junta directiva.—San José, 27 de julio de dos mil dieciséis.—Licda. Laura Virginia Baltodano Acuña, Notaria.—1 vez.—( IN2016049797 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veinticinco de julio del año dos mil dieciséis, se constituye la sociedad Inversiones y Multiservicios Marítimos Balasa S. A., capital social aporte de un millón de colones. Presidente Joan Balasa Denaga.—Lic. Jorge Mejía Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2016049799 ).

Por instrumento público número treinta y nueve otorgado en mi notaría en San José, a las catorce horas del dieciocho julio de dos mil dieciséis, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Creare Inmobiliaria Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos ochenta y seis mil seiscientos treinta, mediante la cual se modifica la cláusula tercera del pacto social de la compañía, referida al objeto social.—San José, veintisiete de julio de dos mil dieciséis.—Licda. Catalina Chaves Salomón, Notaria.—1 vez.—( IN2016049804 ).

Mediante escritura otorgada a las doce horas del veintisiete de enero del dos mil dieciséis, ante la notaria Sandra Echeverría Mesén se constituyó la sociedad de esta plaza denominada ConnectingIdeas Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Gerente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 27 de julio del 2016.—Licda. Sandra Echeverría Mesén, Notaria.—1 vez.—( IN2016049805 ).

Por escritura pública número setenta y tres otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Fivenca Sociedad Anónima. En donde se acordó reformar la cláusula quinta del capital social, y la cláusula sexta de la administración.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016049817 ).

Se modifica cláusula octava del pacto constitutivo de Xpinno Experiencia e Innovación S. A., cédula jurídica 3-101-573169, y se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2016049819 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del día veintisiete de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea de accionistas de la sociedad Grupo San Bernardino BFB Sociedad Anónima mediante la cual se reforma la cláusula de administración y la cláusula de domicilio.—San José, veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Elías Shadid Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2016049831 ).

La Agropecuaria La Yunta Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y cuatro mil novecientos ochenta y cuatro, domiciliada en Hojancha, Guanacaste, ha revocado el puesto de fiscal y ha hecho un nuevo nombramiento. Oposiciones al fax 2685-4147.—Licda. Jenny Maria Ramos González, Notaria.—1 vez.—( IN2016049837 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 11:30 del 18 de julio del 2016, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Floivala S. A. Se acuerda reformar la cláusula segunda.—Lic. Dewin Brenes Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2016049839 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas veinticinco minutos del día del veintiocho de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad A Connection DMC S. A., con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos ochenta y siete mil ochocientos ochenta y tres, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José veintiocho de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Claudia Minerva Domínguez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016049841 ).

Por escritura doscientos veintiséis-veintitrés, otorgada ante el suscrito notario, a las nueve horas del día treinta y uno de marzo de dos mil dieciséis, se acuerda modificar las clausulas segunda, del domicilio y clausula sexta de la administración, de la sociedad Recauchadora Remi S. A.—San José, catorce de junio de dos mil dieciséis.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016049842 ).

Por escritura número 218-4 otorgada ante esta notaría, al ser las 09:00 del 28 de julio del 2016, se protocoliza acta de asamblea Spark Flow Sociedad Anónima, donde se modificó la cláusula quinta.—San José, 28 de julio de 2016.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—( IN2016049844 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 11 de julio del 2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Edificaciones y Desarrollos Austral Soluciones S. A. cj 3-101-389530. Acuerdo único disolución de la empresa.—San Isidro, Pérez Zeledón, 12 de julio del 2016.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2016049845 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la firma de ésta plaza Corporación Aduanera Sisma Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula primera del pacto social para que en adelante se denomine Grupo Logístico de Carga GLC Sociedad Anónima; se modifica la cláusula segunda del pacto social, del domicilio; se modifica la cláusula sexta del pacto social, de la administración.—San José, 8 de julio de 2016.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016049846 ).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 09:00 horas del 27 de julio del año 2016, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada Zif Latinoamérica Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula quinta, referida al capital social.—San José, 27 de julio del año 2016.—Lic. Oscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016049852 ).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de R Y R El General Nuevo de Pérez Zeledón Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-622063, celebrada el día 12 de julio del año dos mil dieciséis, se modifica la cláusula segunda de las constitutivas, en cuanto al domicilio de la sociedad, se nombran nuevos miembros de la junta directiva.—San Isidro de Pérez Zeledón 12 de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016049867 ).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de Multiservicios sin Fronteras Multifron Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-202440, celebrada el día 02 de mayo del año dos mil dieciséis, se modifica la cláusula primera de las constitutivas, en cuanto al domicilio, la cláusula segunda de las constitutivas, en cuanto al objeto de la sociedad, y la cláusula séptima de las constitutivas, en cuanto a la administración de la empresa.—San Isidro de Pérez Zeledón 26 de julio del año dos mil dieciséis.— Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016049870 ).

Por escritura cincuenta y seis-nueve, otorgada ante esta notaría, se aumenta el capital social de la entidad Ingeniería Civil ICSA S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento nueve mil trescientos veintiséis. Capital social actual quince millones quinientos doce mil colones.—San José, veintiuno de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Aída Gabriela Araya Cascante, Notaria.—1 vez.—( IN2016049872 ).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de Comercializadora Hermayna Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-307654, celebrada el día 12 de julio del año dos mil dieciséis, se modifica la cláusula cuarta de las constitutivas, en cuanto al capital social, realizando aumento de capital accionario.—San Isidro de Pérez Zeledón 14 de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Jimmy Vargas Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016049874 ).

Mediante escritura número setenta y dos otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2016, se reformaron los estatutos, específicamente en cuanto a la cláusula del plazo, de la sociedad denominada Palmas Verdes del Norte PV S. A., cédula de persona jurídica número: 3-101-647267.—San José, 28 de julio del 2016.—Licda. Marcela Padilla Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2016049880 ).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó Inversiones de Los Angeles LCM Sociedad Anónima, con domicilio social en San José, capital suscrito y pagado en dólares, se nombra presidente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, secretario, tesorero, fiscal y agente residente. Capital suscrito y aportado en dólares.—San José, 23 de julio del 2016.—Lic. Luis Carlos Gómez Robleto, Notario.—1 vez.—( IN2016049883 ).

En fecha veintisiete de junio del dos mil dieciséis, mediante escritura numero doscientas setenta y seis otorgada ante el notario público Jorge Bonilla Perla, de paso por San José, Medi Servicios de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, reforma estatutos en cuanto a domicilio y la representación, y nombra gerente.—San José, veintisiete de junio del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Bonilla Peña, Notario.—1 vez.—( IN2016049885 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 09:00 horas hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general de accionistas de Raines Laguardia S. A., reformando estatutos y reestructurando junta directiva.—San José, 26 de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049886 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario a las 10:00 horas hoy, se protocolizaron acuerdos de asamblea general de Accionistas de Inversiones Raines S. A., reformando estatutos, cláusula del plazo social.—San José, 26 de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Ugarte Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049887 ).

Debidamente autorizado, protocolice en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de socios de Autorespuestos de Partes San Sebastián Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutiva.—San José, 27 de julio del 2016.—Lic. Johnny Vargas Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016049890 ).

Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José, a las doce horas y cincuenta minutos del día veintisiete de julio del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Dust and Din Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sexta y se revocan los cargos de la junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—San José, veintisiete de julio, dos mil dieciséis.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—( IN2016049892 ).

En mi notaría, a las 19:30 del 27 julio 2016, se reforma pacto constitutivo clausula sexta, se nombró secretario y tesorero de la sociedad denominada Grupo Visari Egec S. A., domiciliada en Alajuela.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—( IN2016049894 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, de las diez horas del 22 de julio de 2016, se constituyó la sociedad que se identificará solo con el número de cédula jurídica. Manifiesto bajo mi responsabilidad que el capital social fue pagado en moneda de los Estados Unidos Americanos.— Heredia, San Pablo, 27 de julio de 2016.—Lic. Jorge Ronald García Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016049899 ).

Ante esta notaría, escrituras 238 y 239 de las 08:00 horas y 09:00 horas del 28 de julio del año 2016, se reforma el domicilio social y cláusula de la administración de Inmobiliaria Terra Rocallosas Sociedad Anónima, y cláusula de la administración de Family Garden Sociedad Anónima.—Lic. José Pablo Arce Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016049910 ).

El suscrito notario, hace constar que en mi notaría, mediante escritura número ciento veintiuno del veintidós de julio del dos mil dieciséis y escritura número ciento veintitrés del veintiséis de julio del dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de asamblea general de Guieco Sociedad Anónima y El Navara Negro Dos Mil Nueve CTG Sociedad Anónima, respectivamente, en donde se reforma sus pactos constitutivos y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, veintiséis de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—( IN2016049912 ).

Por escritura número 65-13 otorgada ante mí, a las 12:00 horas del 27 de julio de 2016,  se constituyó la sociedad que tendrá por denominación social Metta Empresas con Propósito Sociedad Anónima, domiciliada en San José, avenida sexta, calles veintiuno y veintiséis, casa dos mil ciento cincuenta y ocho, con un plazo de noventa y nueve años, capital social de ciento veinte mil colones, presidente Carolina Leñero Jiménez, cédula de identidad número uno-mil ciento siete-novecientos treinta.—San José, 27 de julio de dos mil dieciséis.—Licda. Clara Eugenia Hütt Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2016049917 ).

Por escritura número 64-13 otorgada ante mí, a las 11:30 horas del 27 de julio de 2016,  se constituyó la sociedad que tendrá por denominación social CC Capitalismo Consciente Sociedad Anónima, domiciliada en San José, avenida sexta, calles veintiuno y veintiséis, casa dos mil ciento cincuenta y ocho, con un plazo de noventa y nueve años, capital social de cien mil colones, presidente Fernando Javier Leñero Testart, cédula de identidad número ocho-cero cuarenta y nueve-seiscientos sesenta y tres.—San José, 27 de julio de dos mil dieciséis.—Licda. Clara Eugenia Hütt Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2016049919 ).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Sigocal S. A., en que se reformaron las clausulas segunda y séptima de los estatutos en cuanto a su domicilio, y se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 02 de julio del 2016.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—( IN2016049923 ).

Por escritura otorgada el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Automotores Planicies de Treves S. A., en que se reformaron las clausulas segunda y séptima de los estatutos en cuanto a su domicilio, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 02 de julio del 2016.—Lic. Mario Alberto Sandoval Pineda, Notario.—1 vez.—( IN2016049924 ).

Mediante escritura pública número ciento treinta y ocho, otorgada ante esta notaría, al ser las diez del día veintidós de julio del año dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Recamax Sociedad Anónima.—Ciudad Neily, veintidós de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Yanzy Rodríguez Reyes, Notaria.—1 vez.—( IN2016049931 ).

Por escritura número ciento trece, otorgada en mi despacho a las quince horas del día veintisiete de julio del dos mil dieciséis, se realizó protocolización de cambio de nombre de la sociedad Petro-Systems, S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos-setecientos ocho mil cuatrocientos noventa y siete.—Grecia, veintisiete de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—( IN2016049935 ).

Ante el notario público, Diego Alonso Pacheco Guerrero, mediante escritura otorgada a las ocho horas del seis de mayo del año dos mil dieciséis se constituyó la sociedad de esta plaza Soluciones Integrales ICM Sociedad Anónima.—San José, a las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Diego Pacheco Guerrero, Notario.—1 vez.—( IN2016049945 ).

El suscrito notario hace constar, que mediante escritura otorgada a las catorce horas del día de hoy, Alfredo López Salazar y Patricia González Murillo constituyen Inversiones Troman Sociedad Anónima, capital social doce mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América. Domicilio San José. Objeto comercio, industria, etc.—San José, catorce de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Guardia Vázquez, Notario.—1 vez.—( IN2016049947 ).

Mediante escritura de las once horas del veintiuno de julio del año dos mil dieciséis, las señoras Cinthya Santamaría Díaz y Griselda Morera Castro, constituyen la sociedad Montec Montajes Técnicos S. A. Presidenta Cinthya Santamaría Díaz. Plazo social será de noventa y nueve años. Capital social cien mil colones exactos, constituido por diez acciones comunes y nominativas de diez mil colones cada una. Objeto, el desarrollo de montajes técnicos de casas, bodegas, edificios, muros, todos de material metálico; igualmente la sociedad podrá ejercer el comercio, la industria, la agricultura y la ganadería en general, etc.—San José, veintiuno de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Edgar Gilberto Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016049948 ).

Mediante escritura número 31 de las 12:00 horas del 22 de julio del 2016, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Inti-versiones S. A., en la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 22 de julio del 2016.—Licda. Sylvia Ivethe Montero Gamboa, Notaria.—1 vez.—( IN2016049954 ).

La suscrita notaria Kattia Vargas Álvarez, hace constar que se realizó cambio de junta directiva y domicilio de la sociedad denominada Colinas de Masaya, portadora de la cédula de identidad número tres-ciento uno-trescientos veintitrés mil novecientos cuarenta y uno, en la escritura doscientos cuarenta y cuatro visible al folio ciento cincuenta y cuatro frente del tomo cuarto de mi protocolo.—Heredia a las ocho horas del veintisiete de julio del año dos mil dieciséis.—Licda. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2016049955 ).

Mediante escritura número quince del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Central de Extintores Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-600515, se reforma el pacto social en su cláusula séptima y se nombran nuevos personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049958 ).

Por escritura de las 13:00 horas de hoy, se protocolizó acta de la sociedad Importaciones y Distribuciones NOR S. A., en la que se modifica la cláusula quinta de los estatutos aumentando el capital social.—San José, 27 de julio del 2016.—Lic. Bernal Chavarría Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2016049960 ).

Mediante escritura número catorce del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Ledi Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-022016, se reforma el pacto social en su cláusula décima y se nombran nuevos personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049961 ).

Mediante escritura número trece del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Proconta Costa Rica C.R.C. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-501321, se reforma el pacto social en su cláusula octava y se nombran nuevos personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049962 ).

Mediante escritura número dieciséis del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del veintiuno de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Esnola B Q Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-241461, se reforma el pacto social en su cláusula séptima y se nombran nuevos personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049963 ).

Mediante escritura número diecisiete del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del veintidós de julio del dos-mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Electriz B Q Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-277198, se reforma el pacto social en su cláusula séptima y se nombran nuevos personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049965 ).

Mediante escritura número dieciocho del tomo primero, otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del veintitrés de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Gases Médicos Industriales Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-254369, se reforma el pacto social en su cláusula octava y se nombran nuevos personeros.—Heredia, 28 de julio del 2016.—Licda. Sofía Víquez Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016049968 ).

Ante esta notaría, el día veintisiete de julio del dos mil dieciséis al ser las dieciséis horas, mediante escritura número treinta y seis, iniciada al folio veinticuatro frente del tomo veintitrés, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada Inversiones Agrícolas Vega y Merino INVEMESA Sociedad Anónima, mediante la cual se nombra como nuevo presidente a Marvin de Jesús Vega Durán y como nueva tesorera se nombra a Elizabeth Bolívar Hidalgo.—San José, veintiocho de julio de dos mil dieciséis.—Lic. Edgar Barrantes Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016049975 ).

Yo, Marco Antonio Fernández López, protocolicé acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Tres-Uno Cero Uno-Cinco Cuatro Dos Seis Dos Seis Sociedad Anónima, de cédula de persona jurídica tres-uno cero uno-cinco cuatro dos seis dos seis, en la que se acuerda, modificar la cláusula de la administración.—San José, veintiocho de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—( IN2016049976 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día veintisiete de julio de dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Trans-Rig Internacional SRL. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veintisiete de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2016049977 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 25 de julio del 2016, los señores José Manuel Salazar Navarrete, cedula 19335-597 y Silvia Virginia Salazar Xirinachs, cedula 1-592-493, constituyeron la sociedad Agropecuaria. Vía Carrillo S. A. Presidente el primero, capital ¢120.000,00, domicilio: San Pedro de Montes de Oca. Plazo: 99 años. Objeto el comercio en general.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—( IN2016049980 ).

Ante la notaría del licenciado Mauricio Calderón Solís, con oficina abierta en San José, Edificio Rodó, calle dos entre avenidas tres y cinco, se constituye la sociedad denominada Constructora y Servicios Villareal Sociedad Anónima.—San José, 19 de julio del 2016.—Lic. Mauricio Calderón Solís, Notario.—1 vez.—( IN2016049985 ).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las catorce horas treinta minutos del día nueve de junio de dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Koala Day Care de Costa Rica Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-667537, mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula sexta del pacto constitutivo, sobre la administración de la sociedad, nombrando dos gerentes para los periodos previstos, siendo el gerente uno Rebeca Carvajal Carvajal y el gerente dos Adriana Reyes Rodríguez.—San José, veintiocho de julio del año dos mil dieciséis.—Lic. Luis Alfredo Medrano Steele, Notario.—1 vez.—( IN2016050001 ).

Por escritura otorgada a la notaria Georgina Rojas D’ Avanzo, a las diez horas del veintiocho de mayo del dos mil dieciséis, correspondiente al cambio junta directiva según la cláusula undécima del pacto constitutivo de la sociedad Tintes Pro HSN de Occidente Sociedad Anónima.—San José ,veintiocho de mayo del 2016.—Licda. Georgina Rojas D’ Avanzo, Notaria.—1 vez.—( IN2016050004 ).

Ante mí Ana Cristina Hidalgo García, notaria pública con oficina en Cartago, Oreamuno, Cot, diagonal a la estación de Servicio Corazón de Jesús, a las 11:14 horas del 26 de julio de 2016, se protocolizó el acta número uno de asamblea ordinaria y extraordinaria de Inversiones Siles Moya Sociedad Anónima, en donde se modificó la cláusula sexta de administración y se nombró presidente y tesorero.—Licda. Ana Cristina Hidalgo García, Notaria.—1 vez.—( IN2016050006 ).

Ante mí Ana Cristina Hidalgo García, notaria pública con oficina en Cartago, Oreamuno, Cot, diagonal a la Estación de Servicio Corazón de Jesús, a las 11:30 horas del 22 de julio de 2016, se protocolizó el acta número cinco de asamblea ordinaria y extraordinaria de Agropecuaria Nueva Cañada O Y H Sociedad Anónima, en donde se modificó la cláusula segunda y quinta; reorganización de la junta directiva y fiscal, nombramiento de nuevos miembros.—Licda. Ana Cristina Hidalgo García, Notario.—1 vez.—( IN2016050007 ).

Por escritura otorgada ante la notaria Georgina Rojas D’Avanzo, a las diez horas del cuatro junio del dos mil dieciséis, correspondiente al cambio junta directiva según la cláusula undécima del pacto constitutivo de la sociedad East Hills Estate Sociedad Anónima.—San José ,cuatro de junio del 2016.—Licda. Georgina Rojas D’avanzo, Notaria.—1 vez.—( IN2016050008 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 28 de julio del 2016, se protocoliza acta de asamblea de Fundadores de la Fundación Clínica Cañera del Dolor y Cuidados Paliativos, cédula jurídica 3-006-644755, mediante la cual se reforma la cláusula 15 del acta constitutiva.—San José, 28 de julio del 2016.—Licda. Guisella Alejandra Morales González, Notaria.—1 vez.—( IN2016050019 ).

Por medio de escritura otorgada al ser las ocho horas del día cinco de julio del año dos mil dieciséis, ante el notario Esteban Cherigo Lobo, los socios, Jorge Adrián Solano Seravalli, cédula número uno-uno uno cinco seis-cero dos siete nueve y Melba Jiménez Olaso con cédula número uno-nueve ocho nueve-cinco ocho cero, constituyeron la sociedad denominada por su nombre de fantasía Olaso & Partners Legal Advisors S. A.—Heredia, veintinueve de julio del dos mil.—Lic. Esteban Cherigo Lobo, Notario.—1 vez.—( IN2016050024 ).

El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos sesenta y ocho, iniciada al folio ciento setenta y uno frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada ante mi notaria a las doce horas del día veintiocho de julio de dos mil dieciséis, se revocó el nombramiento del fiscal, procediéndome a nombrar a otro fiscal en sociedad anónima denominada Orotransport Company Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veinticinco mil ciento cuarenta y tres.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016050027 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de agosto del año 2015, se constituyó la sociedad denominada Info Tech UM Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 10 de abril del 2016.—Lic. Eduardo Alberto Castillo Mora, Notario.—1 vez.—CE2016004266.—( IN2016051075 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Life Mobility & Relocation Solutions Limitada.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2016004267.—( IN2016051076 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 11 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Lion Sociedad Anónima.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Luis Fernando Jiménez Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016004268.—( IN2016051077 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gareba Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Cristóbal Gerardo Arias Porras, Notario.—1 vez.—CE20160051078.—( IN2016051078 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 07 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Extremo Oriente Sociedad Anónima.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Jeimy Natasha Chaves Avilés, Notario.—1 vez.—CE2016004270.—( IN2016051079 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de Marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sergol del Norte Sociedad Anónima.—San José, 11 de abril del 2016.—Lic. Rubén Gerardo Chaves Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2016004271.—( IN2016051080 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación Tsidkenu Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Eugenio Francisco Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016004272.—( IN2016051130 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Solvercac Centroamérica y Caribe Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario.—1 vez.—CE2016004273.—( IN2016051131 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lesko 2016 Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Mario Alberto Rigioni Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016004274.—( IN2016051132 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada The Pura Vida In Paradise Corp Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2016004275.—( IN2016051133 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Usikraft Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2016004276.—( IN2016051134 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Calvbrunnen Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2016004277.—( IN2016051135 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 05 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Movimientos y Excavaciones Borbón Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—CE2016004278.—( IN2016051136 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Don Tamin Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—CE2016004279.—( IN2016051137 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Top Box Research Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2016004280.—( IN2016051138 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 01 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Natural Smile Lab Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Alejandra Bastida Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2016004281.—( IN2016051139 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Atrapa Sueños Cero Cinco Dos Cuatro Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016004282.—( IN2016051140 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 29 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bap Green Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2016004283.—( IN2016051141 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Transportes Alfhurt Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Zoila Araya Moreno, Notaria.—1 vez.—CE2016004284.—( IN2016051142 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 04 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada S&E Species Food Services Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2016004285.—( IN2016051143 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Abeceda Group Sociedad De Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Augusto Ronney Arce Marin, Notario.—1 vez.—CE2016004286.—( IN2016051144 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada FFJR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2016004287.—( IN2016051145 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de  abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada More Tree Trust  Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic.  Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—CE2016004288.—( IN2016051146 ). 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Montes Motors Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Ricardo Urbina Paniagua, Notario.—1 vez.—CE2016004289.—( IN2016051147 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 07 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Unser Outlet Store Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Kerby Alfonso Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2016004290.—( IN2016051148 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 06 de  abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dharma Salud CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.—CE2016004291.—( IN20160051149 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 11 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importación Empino Feng Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. William de Los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2016004292.—( IN2016051150 ). 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 24 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada MCleish Florida VDL Lote Seis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2016004293 .—( IN2016051151 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 29 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Stevandpen Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2016004294.—( IN2016051152 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de  abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Integra Salud  Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Carmen María  Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—CE2016004295.—( IN2016051153 ). 

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hakabrel Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Franklin López Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2016004296.—( IN2016051154 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Arigato del Sur Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—CE2016004297.—( IN2016051155 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importadora de Equipos de Refrigeración Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Luis Gerardo Carvajal Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016004298  .—( IN2016051156 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 07 de  abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Tita Enoe  Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ana Patricia Vargas  Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016004299.—( IN2016051157 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 06 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sistema Diamante Costa Rica Sociedad Anónima.— San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ligia Rodríguez Moreno, Notaria.—1 vez.—CE2016004300.—( IN2016051158 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 45 minutos del 05 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mar de Grecia & Sucesores Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Carlos Alpízar Alfaro, Notario.—1 vez.—CE2016004301.—( IN2016051159 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 31 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cirugía Cardio Infantil B & R Limitada.— San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—CE2016004302.—( IN2016051160 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada MR Fetish Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2016004303.—( IN2016051161 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Aragort Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—CE2016004304.—( IN2016051162 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 06 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Clean Garden Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Silvia Gabriela Meza Navarro, Notaria.—1 vez.—CE2016004305.—( IN2016051163 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada DRS J&B Retired Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—CE2016004306—( IN2016051164 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 11 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Arimar Siglo XXI Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—CE2016004307.—( IN2016051165 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 06 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora Tierra Eco Casa Verde Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. José Alberto Pinto Monturiol, Notario.—1 vez.—CE2016004308.—( IN2016051166 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 29 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada ICS Servicios Fiduciarios Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Carla Amador Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2016004309.—( IN2016051167 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Matejoc Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE201600431.—( IN201605168 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada ARA & SAN A T O B Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2016004311.—( IN2016051169 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 05 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Econsultores Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016004312.—( IN2016051170 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alma de Hada Talamanca Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Liza Bertarioni Castillo, Notario.—1 vez.—CE2016004313.—( IN2016051171 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada FFJPR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2016004314.—( IN2016051172 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cacao Magic Costa Rica Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2016004315.—( IN2016051173 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Castro y Elizondo Casteli Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Leilani Calderón González, Notaria.—1 vez.—CE2016004316.—( IN2016051174 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada G.G.D.K. De Turrialba  Sociedad Anónima.— San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Laura Ramírez Ulate, Notaria.—1 vez.—CE2016004317 .—( IN2016051175 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Farmacias Mendiola NJ Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Jorge Alberto Molina Corrales, Notario.—1 vez.—CE2016004318.—( IN2016051176 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de febrero del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Virens Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Ronald Soto Arias, Notario.—1 vez.—CE2016004320.—( IN2016051178 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Budita de Nosara XXI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. César Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—CE2016004321  .—( IN2016051179 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 12 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios Daylife Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Carlos Josue Morales Fallas, Notario.—1 vez.—CE201604322.—( IN2016051180 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 04 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pasticciere HG Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—CE2016004323.—( IN2016051181 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 08 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Kamishalex PK Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Rafael Agustín Corrales Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2016004324.—( IN2016051182 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Euro Alimentos S C C Sociedad Anónima.—San José, 12 de abril del 2016.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—CE2016004325.—( IN2016051183 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Emmanuel Dos Mil Dieciséis Sociedad Anónima.— San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Sonia Lucrecia Carvajal González, Notaria.—1 vez.—CE2016004326.—( IN2016051184 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 10 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Emmanuel Dos Mil Dieciséis Sociedad Anónima.— San José, 12 de abril del 2016.—Licda. Sonia Lucrecia Carvajal González, Notaria.—1 vez.—CE2016004327.—( IN2016051185 ).

NOTIFICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente Nº 198-2016.—Ministerio de Educación Pública.—La Dirección de Recursos Humanos, a: Katherine González Espinosa, cédula N° 3-0347-0513

HACE SABER:

I.—Que en su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.

II.—Que de la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

a)  Que en su condición de Profesora de Enseñanza Media –especialidad Español- en el Liceo experimental Bilingüe de Río Jiménez, adscrito a la Dirección Regional de Educación de Guápiles, Circuito 04, supuestamente, no se presentó a laborar el día 11 de marzo del 2016, lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto, justificación posterior idónea. (Ver folios del 35 al 47 del expediente de marras)

b)  Que en su condición de Profesora de Enseñanza Media –especialidad Español- en el Liceo experimental Bilingüe de Río Jiménez, supuestamente, a pesar de dar aviso a su superior inmediato, no presentó justificación idónea de sus ausencias, concretamente los originales de las incapacidades correspondientes a los períodos que van del 08 al 10 de marzo, del 14 al 28 de marzo; todos del 2016, los cuales envía solo por correo electrónico, dificultando el poder tramitar el nombramiento de algún sustituto. (Ver folios 35 al 47 del expediente de marras)

III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en los artículos 39 inciso a), artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículos 8 inciso b), 12 incisos k) y l), 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 inciso a) del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública, todos los anteriores en concordancia con el artículo 81 inciso l) del Código de Trabajo, que eventualmente acarrearían una sanción que podría ir desde una suspensión sin goce de salario hasta el cese de interinidad sin responsabilidad para el Estado.

IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser declarada inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.

V.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión Disciplinaria de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el edificio Rofas, cuarto piso, frente a emergencias del Hospital San Juan de Dios, debiendo señalar medio o lugar para atender notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental.

VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios de Revocatoria y/o Apelación previstos en los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, los cuales deben formularse dentro del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El primero será resuelto por esta instancia y el segundo por la Ministra de Educación Pública.—San José, 16 de mayo del 2016.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O.C. Nº 28535.—Solicitud Nº 18134.—( IN2016048578 ).

Expediente N° 295-2016.—Ministerio de Educación Pública.—Dirección de Recursos Humanos. A: Yahaira Vanessa Alfaro Kelly, cédula N° 07-1480-755.

HACE SABER:

I.—Que a su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.

II.—Que de la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

Que usted, en su condición de Profesora de Enseñanza General Básica en el Centro Educativo Juan Santamaría de Curridabat, circuito Nº 04, adscrito a la Dirección Regional de Educación de San José Central; supuestamente, no se presentó a laborar los días 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de abril, así como los días 02, 03, 04, 05, 06, 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22 y 23 de mayo; todos del año 2016. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente previsto, justificación posterior idónea. (Ver folios 01 al 12 del expediente de marras).

III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 inciso b); 12 incisos k) y 1) del Reglamento de la Carrera Docente; artículo 42 incisos a), o) y q) del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública, que eventualmente acarrearían una sanción que podría ir desde una suspensión sin goce de salario, hasta la presentación de las gestiones de autorización de despido ante el Tribunal de la Carrera Docente.

IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones, así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de poder ser declarada inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.

V.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión Disciplinaria de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio ROFAS, cuarto piso, frente a emergencias del Hospital San Juan de Dios. Debiendo señalar medio o lugar para atender notificaciones -Ley de Notificaciones N° 8687- bajo apercibimiento que en caso contario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental. Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios de revocatoria -ante esta instancia- y de apelación -ante el Tribunal de Carrera Docente- de conformidad con lo previsto en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil, siempre que se presenten dentro de los cinco días siguientes a la notificación de este acto.—San José, 13 de junio del 2016.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O. C. N° 28535.—Solicitud N° 18139.—( IN2016048589 ).

Expediente Nº 307-2016.—Ministerio de Educación Pública.—La Dirección de Recursos Humanos, José Urbano Aguilar Murcia, cédula N° 03-458-335

HACE SABER:

I.—Que a su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.

II.—Que de la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:

a)  Que usted, en su condición de Profesor de Enseñanza General Básica en el Centro Educativo Koiyawari circuito Nº 07; adscrito a la Dirección Regional de Educación de Turrialba; supuestamente, no se presentó a laborar los días 11, 18, 19, 25, 26 y 27 de mayo del año 2016. Lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar justificación alguna dentro del término normativamente previsto de ley. (Ver folios 01 a 04 del expediente de marras)

III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; artículos 8 incisos a) y b); artículo 12 incisos c) y k) y artículo 15 inciso b) del Reglamento de la Carrera Docente; lo que podría acarrear una sanción que podría ir desde una suspensión sin goce de salario de hasta 30 días, hasta el cese de interinidad sin responsabilidad patronal.

IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil y ofrecer las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones, así como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de poder declarar inadmisible la referida prueba.

Para el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.

V.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión Disciplinaria, de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio ROFAS, cuarto piso, frente a emergencias del Hospital San Juan de Dios. Debiendo señalar medio o lugar para atender notificaciones bajo apercibimiento que en caso contrario quedará notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales Nº 8687. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental.

VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios de revocatoria y/o apelación previstos en los artículos 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, los cuales deben formularse dentro del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El primero será resuelto por esta instancia y el segundo por la Ministra de Educación Pública.—San José, 13 de junio del 2016.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O.C. Nº 28535.—Solicitud Nº 18138.—( IN2016048600 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a: Elber Cáceres Rodríguez, pasaporte N° 13450750 en su calidad de presidente inscrito de la sociedad Prefabricados Davivienda S. A., cédula jurídica Nº 3-101-341905, que a través del expediente Nº DPJ-055-2016 del Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa por cuanto: mediante escrito presentado a este Registro, a las 13:00 horas del 01 de julio del 2016, la señora Denise Garnier Acuña, cédula de identidad Nº 1-487-992, en su calidad de apoderada especial de Banco Davivienda S. A., sociedad domiciliada y existente bajo las leyes de la República Colombiana, y el señor Sigifredo Fonseca Bolaños, cédula de identidad Nº 3-334-192, en su condición de apoderado generalísimo de la sociedad Banco Davivienda (Costa Rica) S. A., cédula jurídica Nº 3-101-46008, plantean gestión administrativa a fin de solicitar el cambio de razón social y/o anulación del registro de la sociedad Prefabricados Davivienda S. A., cédula jurídica Nº 3-101-341905, basando dicha solicitud en el siguiente cuadro fáctico: A) Que en el Registro de Personas Jurídicas se encuentra actualmente registrada la sociedad Prefabricados Davivienda S. A. con cédula jurídica Nº 3-101-341905, razón social que debe ser anulada debido a que violenta los derechos de su representada porque utiliza el término Davivienda que es propiedad industrial de Banco Davivienda S. A. desde su origen en Colombia, a partir del año 1997 antes que la sociedad Prefabricados Davivienda S. A. se inscribiera en Costa Rica; B) Que su representada pertenece a un grupo empresarial que tiene sus origines en Colombia y desde su inicio dicho grupo se ha dedicado a incursionar en diversos sectores tales como el financiero; asegurador; construcción, entre otros; que en el sector financiero su representada se ha destacado y posicionado su distintivo más importante Davivienda, no solo en Colombia sino en todos los países a los que su representada se ha extendido. Que en el año 2012 la Superintendencia General de Entidades Financieras aprobó la compra de la operación del HSBC en Costa Rica, Honduras y El Salvador, de esa manera es que Banco Davivienda S. A. inicia sus operaciones en Costa Rica por medio de lo que anteriormente fue el Banco HSBC; C) Que la denominación Davivienda como tal, se encuentra registrada como marca de comercio en la República Colombiana desde el año 1997; y que en el año 2012 Banco Davivienda S. A. cuando inició operaciones en Costa Rica registró varias marcas en Costa Rica; D) Que la doctrina ha establecido con respecto a la materia marcaria, pero por identidad de razón es aplicable a una razón social como es del caso que nos ocupa, que una marca o signo distintivo es considerado notorio cuando es conocido por el sector pertinente; que Davivienda ha sido reconocida como signo o marca notoria en Colombia, su país de origen, mediante la resolución número 2148 emitida por la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia de fecha 03 de enero del 2013; que la denominación Davivienda cumple con todos los requisitos del artículo 45 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, y que la coexistencia de otras sociedades mercantiles inscritas en el Registro Mercantil que utilizan la denominación Davivienda, evidentemente ha generado confusión en el público consumidor y particularmente con la clientela tanto del Banco Davivienda S. A. como de Banco Davivienda (Costa Rica) S. A., quienes en forma errónea tienden a identificar estas otras sociedades como parte del Banco Davivienda y eso representa un evidente perjuicio ante la notoriedad del distintivo y la casita roja que lo identifica; E) Que previo a realizar esta solicitud se envió una carta en la cual se le solicitaba a las compañías titulares de este signo, que de manera voluntaria procedieran a desinscribir esta denominación y modificaran su razón social; que dicha carta fue notificad por medio de notario público y se les otorgó un plazo prudencia para proceder a realizar los cambio o contactar a mi representada para convenir en un acuerdo para el cese del uso del nombre comercial, sin embargo no han procedido a modificar el nombre de la compañía; F) Que los representantes legales de la sociedad Prefabricados Davivienda S. A. son de nacionalidad colombiana, razón por la cual esto a la hora de obtener el registro de la compañía bajo la cual operan conocían ya la denominación Davivienda y su trayectoria e incluso su notoriedad en su país de origen y lo que hicieron fue replicarla en nuestro país de manera impropia. Con base en todo lo anterior solicitan se declare la nulidad de la denominación Davivienda en la sociedad Prefabricados Davivienda S. A. y se ordene a sus personeros cambiar el nombre de la razón social de la compañía sin utilizar la denominación Davivienda y en caso de renuencia se solicita se ordene anular el registro de la sociedad en cuestión. A efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del veinticinco de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo número veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera preventiva en las inscripciones registrales de la citada sociedad y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a sus derechos convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 14 de julio del año 2016.—Departamento de Asesoría Jurídica.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico.—( IN2016048538 ).

Documento admitido traslado al titular

Ref: 30/2016/4888. Skechers USA Inc. II C/ Central American Brands Inc. Documento: nulidad por parte de terceros (Skechers U.S. A., INC. II prese). Nro. y fecha: anotación/2-99667 de 18/11/2015. Expediente: 2012-0000383 Registro Nº 218297 Skechers en clase 30 Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:26:11 del 2 de febrero de 2016.

Conoce este Registro, la solicitud de nulidad, promovida por el Lic. Édgar Zurcher Gurdian, como apoderada de la empresa Skechers USA Inc. II, contra el registro de la marca de fábrica y comercio “Skechers”, registro Nº 218297, para proteger y distinguir “confitería, barras, bombones y bebidas de chocolate, cacao en polvo y bebidas a base de chocolate”, en clase 30 internacional, cuya titularidad es de Central American Brands INC. Conforme a lo previsto en el artículo 37 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de nulidad, al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se le señala al titular del signo, que las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Se advierte al titular que, de incumplir con lo requerido, no será tomada en cuenta la prueba que no cumpla con dichas formalidades, al momento de resolver la solicitud presentada. Se hace saber al titular del signo distintivo, que un juego de copias de la prueba queda a su disposición en el expediente administrativo, para su correspondiente retiro. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—( IN2016049083 ).

FE DE ERRATAS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA DE HEREDIA

ATH-132-2016.—En La Gaceta Digital del jueves 11 de febrero N° 29, Alcance N° 16, se publicó edicto con oficio N° ATH-06-2016, por no localización de un contribuyente y según artículo 157 de la ley General de la Administración Pública, señala que en cualquier tiempo la Administración podrá rectificar errores materiales o de hecho y los aritméticos, en apego a esta norma es que esta Gerencia Tributaria procede a subsanar el error material cometido por ésta dependencia en el oficio de cita, así que para el contribuyente Quepos Green Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula 310265987226, donde dice incorrectamente sanción número 9222000775373 por un monto de 3.992.700,00, léase correctamente 189.700,00, en lo demás se mantienen igual. *

Se concede un plazo de quince días a partir del tercer día hábil de esta publicación, para que el contribuyente arriba indicado cancele la deuda. De no hacerlo, el caso será trasladado a la Oficina de Cobros judiciales para el trámite correspondiente. Publíquese.

Carlos Vargas Duran, Director General.—Freddy Jiménez Cubero, Gerente Tributario.—1 vez.—O. C. N° 27182.—Solicitud N° 1164.—( IN2016053605 ).