LA
GACETA N° 161 DEL 23 DE
AGOSTO DEL 2016
ACUERDOS
CONSEJO DE GOBIERNO
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
DOCUMENTOS VARIOS
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
AMBIENTE
Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
AVISOS
ADJUDICACIONES
CONSEJO NACIONAL DE RECTORES
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
AVISOS
NOTIFICACIONES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
FE DE ERRATAS
AVISOS
Nº 223
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta
y tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo
de Gobierno, según consta en el artículo segundo del acta de la sesión
ordinaria número ciento dos, celebrada el catorce de junio del dos mil
dieciséis, tomó el acuerdo que textualmente dice: “Tener por conocido el oficio
AL-DSDI-OFI-10-16 de fecha 08 de junio del 2016, suscrito por el señor Marco
William Quesada Bermúdez, Director de la Secretaría del Directorio de la
Asamblea Legislativa, en el que comunica la ratificación de los nombramientos
de las señoras Victoria Eugenia Hernández Mora y Silvia Charpentier
Brenes, como Directoras ante la Junta Directiva del Banco Central de Costa
Rica. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria
del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº 3400028382.—Solicitud Nº 62014.—(
IN2016053592 ).
Nº
0036-2016-SE-RE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo
146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48
y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18
y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es
labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos
humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que
la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio
basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y
en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Primer
Secretario con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad
de Viena, Austria, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la
apertura del Concurso Interno número CCSE-061-15 del 9 de junio del 2015, con
el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio
Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-0065-15 del 8
de julio del 2015, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los
resultados del Concurso Interno para el cargo de Primer Secretario con
funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena, Austria.
VI.—Que mediante Resolución DM-093-2015 del 14 de julio del
2015, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática para el puesto Primer Secretario con
funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena,
Austria.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia
de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia
nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo
Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y removidos
por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento no se
suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a
Daniel Gerardo López Zúñiga, cédula Nº 3-0380-0203 en el cargo de Primer
Secretario con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica
en la ciudad de Viena, Austria. Esto en virtud de que posee una Licenciatura en
Relaciones Internacionales con énfasis en Política Exterior y Diplomacia de la
Universidad Nacional y una Maestría en Relaciones Internacionales y
Diplomáticas con énfasis en Administración de Proyectos de Cooperación
Internacional de la Universidad Nacional, cuenta con una amplia experiencia
profesional como docente universitario en Relaciones Internacionales en
diversas universidades nacionales. Por estas razones la Administración
considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que
el señor Daniel Gerardo López Zúñiga ha cumplido con los requisitos que se
establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del
Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre
materia consular con una nota de 95%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar al señor Daniel Gerardo López Zúñiga, cédula Nº 3-0380-0203 en el
cargo de Primer Secretario con funciones consulares, en comisión, en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Viena, Austria, a partir del 01 de abril
del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los
requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de
la República.
Artículo
2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo
máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción
respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018.
Dado
en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº
5133.—( IN2016050475 ).
Nº
0037-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20,
y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica;
los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los
artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal,
de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones
que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la
Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar,
en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y
que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de
la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4
de la Ley General de Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento
de un Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Santo
Domingo, República Dominicana, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto
ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre
del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el
Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de
referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del
Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió
al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno
para el cargo de Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad
de Santo Domingo, República Dominicana.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del
20 de enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto
Consejero y Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Santo Domingo,
República Dominicana.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en
comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por
razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el
artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán
libremente nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (...)”, de manera
que con el presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera
dicha potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de
funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto ha decidido nombrar al señor Luis Diego Carro Montoya, cédula 1-0866-0766
en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en
la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana. Esto en virtud de que es
Licenciado en Derecho y Notario Público de la Universidad de Costa Rica, cuenta
con una especialidad en Impuestos por el Centro Interamericano de
Administraciones Tributarias (CIAT), con vasta experiencia como asesor jurídico
en materia tributaria. Por estas razones la Administración considera que es una
persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que el señor Luis Diego Garro Montoya ha cumplido con los
requisitos que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al
Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen
sobre materia consular con una nota de 95%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Luis Diego Garro Montoya, cédula
1-0866-0766 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de
Costa Rica en la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, a partir del 01
de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con
todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio
Exterior de la República.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones
en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la
inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 1° de abril del 2016 y hasta el 1° de abril
del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLIS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N°
29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050476 ).
Nº
0038-2016-SE-RE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo
146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48
y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18
y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es
labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos
humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses
del Estado.
III.—Que
la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio
basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y
en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero y
Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay, el
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso
Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el
personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este
Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-008-16 del 2
de febrero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los
resultados del Concurso Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay.
VI.—Que mediante Resolución DM-049-2016 del 8 de febrero del
2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática para el puesto Consejero y Cónsul en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Montevideo, Uruguay.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia
de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia
nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo
Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y
removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente nombramiento
no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a
la señora María Miriam Lezama López, cédula Nº 6-0106-0476 en el cargo de
Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de
Montevideo, Uruguay. Esto en virtud de que es Licenciada en Derecho de la
Universidad Autónoma de Centro América, Notario Público de la Universidad
Autónoma de Centro América, que ha desempeñado labores en la Comisión Nacional
de Asuntos Indígenas (CONAI) como Jefe del Departamento Legal, con experiencia
en asuntos administrativos, laborales y agrarios; docente de derecho en la
Universidad Autónoma de Centro América, Universidad de San José y Universidad
Central. Por estas razones la Administración considera que es una persona
idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que
la señora María Miriam Lezama López ha cumplido con los requisitos que se
establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del
Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre
materia consular con una nota de 90%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora María Miriam Lezama López, cédula Nº 6-0106-0476 en el
cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de Montevideo, Uruguay, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01
de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos
en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Artículo
2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo
máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción
respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018.
Dado
en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. Nº 29101.—Solicitud
Nº 5133.—( IN2016050477 ).
Nº
0039-2016-SE-RE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo
146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48
y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18
y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es
labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia
de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia
establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos
humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que
la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio
basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y
en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero y
Cónsul en el Consulado General de Costa Rica en la ciudad de Houston, Texas,
Estados Unidos de América, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó
la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del
2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el
Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de
referencia.
V.—Que la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19
de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los
resultados del Concurso Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en el
Consulado General de Costa Rica en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos
de América.
VI.—Que
mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del 2016, el señor Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de funcionarios de carrera
diplomática para el puesto Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa
Rica en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia
de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia
nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo
Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y
removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la
Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a
la señora Rosa Patricia Arguedas Vargas, cédula Nº 1-0898-0792 en el cargo de
Consejero y Cónsul, en comisión, en el Consulado General de Costa Rica en la
ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América. Esto en virtud de que es
Licenciada en Derecho y Notario Público de la Universidad Autónoma de Centro América,
que ha desempeñado labores en el Ministerio de Justicia, Ministerio de
Seguridad Pública, Ministerio de Educación como asesora legal, con experiencia
en procesos administrativos de cobro y trámites notariales registrales. Por
estas razones la Administración considera que es una persona idónea para
desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que
la señora Rosa Patricia Arguedas Vargas ha cumplido con los requisitos que se
establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del
Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre
materia consular con una nota de 90%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Rosa Patricia Arguedas Vargas, cédula Nº 1-0898-0792 en
el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en el Consulado General de Costa
Rica en la ciudad de Houston, Texas, Estados Unidos de América, a partir del 01
de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con
todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio
Exterior de la República.
Artículo
2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo
máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción
respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018.
Dado
en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº
5133.—( IN2016050478 ).
N°
0040-2016-SE-RE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y el
artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los
artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los
artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
Considerando:
I.—Que es
labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos
humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que
la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio
basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y
en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4° de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero y
Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y
Tobago, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del
Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de
que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este
Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19
de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los
resultados del Concurso Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del
2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática para el puesto Consejero y Cónsul en la Embajada
de Costa Rica en la ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia
de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia
nacional. En el mismo sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo
49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados
y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la
Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a
la señora Evelyn Patricia Gutiérrez Soto, cédula 6-0191-0336 en el cargo de
Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de
Puerto España, Trinidad y Tobago. Esto en virtud de que es Master en Relaciones
Internacionales Iberoamericanas de la Universidad Rey Juan Carlos, España,
Doctora en Comunicación y Paz de la Universidad Para la Paz de las Naciones
Unidas, Licenciada en Psicología Clínica de la Universidad Latina de Costa
Rica, Licenciada en Administración de Servicios Sociales Infantiles de la
Universidad Estatal a Distancia, que ha desempeñado labores en la Universidad
Estatal a Distancia sede Puntarenas y en el INCOP; cuenta con amplia
experiencia de trabajo en el sector privado en cargos gerenciales. Por estas
razones la Administración considera que es una persona idónea para desempeñar
el cargo antes mencionado.
IX.—Que
la señora Evelyn Patricia Gutiérrez Soto ha cumplido con los requisitos que se
establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del
Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre
materia consular con una nota de 90%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Evelyn Patricia Gutiérrez Soto, cédula 6-0191-0336 en el
cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de Puerto España, Trinidad y Tobago, a partir del 16 de abril del 2016 y
hasta el 16 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos
establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la
República.
Artículo
2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo
máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción
respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
3º— Rige a partir del 16 de abril del 2016 y hasta el 16 de abril del 2018.
Dado
en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud
N° 5133.—( IN2016050479 ).
Nº
0041-2016-SE-RE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20, y el artículo
146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los artículos 48
y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los artículos 15, 18 y
26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,
Considerando:
I.—Que es
labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos
humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que
la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio
basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y
en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro
Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia,
Brasil, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del
Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de
que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este
Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-008-16 del 02
de febrero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los
resultados del Concurso Interno para el cargo de Ministro Consejero y Cónsul
General en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia, Brasil.
VI.—Que mediante Resolución DM-049-2016 del 8 de febrero del
2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Ministro Consejero y
Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Brasilia, Brasil.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia
de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia
nacional. En el mismo sentido, se recuerda que de conformidad con el artículo
49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente
nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el
presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad
de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a
la señora Flor de María Sánchez Orozco, cédula Nº 5-0167-0416, Ministro
Consejero y Cónsul General, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de Brasilia, Brasil. Esto en virtud de que es Licenciada en Sociología y
Master en Relaciones Internacionales y Diplomacia de la Universidad Nacional, y
cuenta con un Posgrado en Ciencias Sociales con Especialidad en Relaciones
Internacionales de la FLACSO, que ha ejercido cargos de analista en el
Ministerio de Planificación Nacional y de especialista en el IICA; cuenta con
amplia experiencia de trabajos para Programas de Naciones Unidas para el
Desarrollo, en la Defensoría de los Habitantes, conocimientos en gestión de la
cooperación internacional, estrategias y mecanismos de relacionamiento externo;
además es docente en la Maestría de Relaciones Internacionales en la
Universidad Nacional. Por estas razones la Administración considera que es una
persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que
la señora Flor de María Sánchez Orozco ha cumplido con los requisitos que se
establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del
Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre
materia consular con una nota de 85%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Flor de María Sánchez Orozco, cédula Nº 5-0167-0416,
Ministro Consejero y Cónsul General, en comisión, en la Embajada de Costa Rica
en la ciudad de Brasilia, Brasil, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el
01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos
establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la
República.
Artículo
2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo
máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción
respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018.
Dado
en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O.C. Nº 29101.—Solicitud Nº
5133.—( IN2016050480 ).
N°
0044-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8, 12, 20,
y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica;
los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los
artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República.
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio de
Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la idoneidad del personal,
de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones
que se deben desempeñar, en concordancia con la estrategia establecida en la
Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone
incorporar, en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política
Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior
acorde con los intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y
que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de
la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4
de la Ley General de Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento
de un Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica
en la ciudad de San Salvador, El Salvador, el Ministro de Relaciones Exteriores
y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de
diciembre del 2015, con el fin de que el personal de carrera diplomática
destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara para obtener el
puesto de referencia.
V.—Que la Comisión Calificadora del
Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19 de enero del 2016, remitió
al señor Ministro de Relaciones Exteriores los resultados del Concurso Interno
para el cargo de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de San Salvador, El Salvador.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del
20 de enero del 2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
declaró la inopia de funcionarios de carrera diplomática para el puesto de
Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la
ciudad de San Salvador, El Salvador.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, el
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en
comisión cuando existe inopia de los funcionarios de carrera diplomática o por
razones de conveniencia nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el
artículo 49 del mismo Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente
nombrados y removidos por el Poder Ejecutivo (...)”, de manera que con el
presente nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad
de la Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de
funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y
Culto ha decidido nombrar a Percy Kenneth Rodríguez
Argüello, cédula N° 1-0838-0557 en el cargo de Ministro Consejero con funciones
consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de San
Salvador, El Salvador. Esto en virtud de que cuenta con un Bachillerato en
Historia de la Universidad de Costa Rica, una Maestría en Relaciones
Internacionales y Diplomacia de la Universidad Nacional y Maestría en
Comunicación y Mercadeo de la Universidad Latina de Costa Rica; ha desempeñado
cargos públicos, laboró como consultor e investigador, es autor de libros y
artículos en revistas especializadas; como Alcalde ejerció funciones de
administración pública, es profesor y director de la Escuela de Relaciones
Internacionales en la Universidad Latina con funciones de gestión académica,
administrativa y planificación estratégica, ha coordinado investigaciones y
como Editor revisó numerosos estudios sobre el panorama económico, social, y
político nacional e internacional. Por estas razones la Administración
considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que el señor Percy Kenneth Rodríguez
Argüello ha cumplido con los requisitos que se establecen en el artículo número
dieciocho del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de
Costa Rica y aprobó el examen sobre materia consular con una nota de 85%. Por
tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar a Percy Kenneth
Rodríguez Argüello, cédula 1-0838-0557 en el cargo de Ministro Consejero con
funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de
San Salvador, El Salvador, a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de
abril de 2018; en virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en
el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Artículo 2°—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones
en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la
inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3°—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de
abril del 2018.
Dado en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N°
29101.—Solicitud N° 5133.—( IN2016050481 ).
N°
45-2016-SE-RE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y el
artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los
artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los
artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República.
Considerando:
I.—Que es
labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos
humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que
la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio
basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y
en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro
Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de
Kingston, Jamaica, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la
apertura del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015,
con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio
Interno de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19
de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los
resultados del Concurso Interno para el cargo de Ministro Consejero con
funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Kingston,
Jamaica.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del
2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Ministro Consejero con
funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Kingston,
Jamaica.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia
de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia
nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo
Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y
removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la
Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a
Ernesto del Carmen Villavicencio Ruiz, cédula 5-0133-0544 en el cargo de
Ministro Consejero con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de
Costa Rica en la ciudad de Kingston, Jamaica. Esto en virtud de que es
Licenciado en Relaciones Económicas Internacionales de la Academia de Estudios
Económicos de Bucarest, con un Postgrado en Diplomacia de la Universidad Hyperion de Rumania, cuenta con experiencia previa en
funciones diplomáticas, es autor de varios libros, laboró en CENPRO, en PROCOMER
coordinando programas de capacitación y promoción de exportaciones, realizó el
curso de especialidad en Promoción de Exportaciones de JICA en Japón, ha sido
docente en la Universidad Interamericana de Costa Rica, Universidad Latina de
Costa Rica, Universidad Interamericana y en el Colegio Universitario de
Alajuela. Por estas razones la Administración considera que es una persona
idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que
el señor Ernesto del Carmen Villavicencio Ruiz ha cumplido con los requisitos
que se establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto
del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre
materia consular con una nota de 80%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a Ernesto del Carmen Villavicencio Ruiz, cédula 5-0133-0544 en el
cargo de Ministro Consejero con funciones consulares, en comisión, en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Kingston, Jamaica, a partir del 01 de
abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en virtud de que cumple con
todos los requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio
Exterior de la República.
Artículo
2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo
máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción
respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
3º—Rige a partir del 01 de abril del 2016 y hasta el 01 de abril del 2018.
Dado
en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud
N° 5133.—( IN2016050482 ).
N°
46-2016-SE-RE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y el
artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los
artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los
artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República,
Considerando:
I.—Que es
labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos
humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que
la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio
basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y
en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4° de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Consejero y
Cónsul en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá, el Ministro
de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del Concurso Interno N°
CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el fin de que el personal de
carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio concursara
para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-001-16 del 19
de enero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los
resultados del Concurso Interno para el cargo de Consejero y Cónsul en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá.
VI.—Que mediante Resolución DM-012-2016 del 20 de enero del
2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Consejero y Cónsul en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia
de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia
nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo
Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y
removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la
Administración.
VIII.—Que en virtud de la inopia de funcionarios de carrera
diplomática, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a
Carlos Eduardo Umaña Alvarado, cédula 1-1156-0779 en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la
Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa, Canadá. Esto en virtud de que
cuenta con un Bachillerato y la Maestría en Economía de la Universidad de Costa
Rica, un Máster in International Economic Law and Policy de la Universidad
de Barcelona, se ha desempeñado como asesor y negociador comercial en COMEX, en
el IICA y para CATRADE Grupo Consultor; como investigador en la Academia de
Centroamérica y en el Instituto IICE. Por estas razones la Administración
considera que es una persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que
el señor Carlos Eduardo Umaña Alvarado ha cumplido con los requisitos que se
establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del
Servicio Exterior de la República de Costa Rica y aprobó el examen sobre
materia consular con una nota de 80%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a Carlos Eduardo Umaña Alvarado, cédula 1-1156-0779 en el cargo de Consejero y
Cónsul, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la ciudad de Ottawa,
Canadá, a partir del 1° de abril del 2016 y hasta el 01 de abril de 2018; en
virtud de que cumple con todos los requisitos establecidos en el Reglamento del
Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Artículo
2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo
máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción
respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
3º—Rige a partir del 1° de abril del 2016 y hasta el 1° de abril del 2018.
Dado
en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—EL Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud
N° 5133.—( IN2016050483 ).
N°
47-2016-SE-RE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con
fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, incisos 8), 12), 20), y el
artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; los
artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y los
artículos 15, 18 y 26 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la
República.
Considerando:
I.—Que es
labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la excelencia y la
idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la
importancia de las funciones que se deben desempeñar, en concordancia con la
estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar, en la mayor
medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos
humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que
la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio
basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y
en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de
Administración Pública.
IV.—Que con miras a realizar el nombramiento de un Ministro
Consejero y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad
de Seúl, Corea, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura
del Concurso Interno número CCSE-105-15 del 16 de diciembre del 2015, con el
fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno
de este Ministerio concursara para obtener el puesto de referencia.
V.—Que la
Comisión Calificadora del Servicio Exterior mediante oficio CCSE-008-16 del 2
de febrero del 2016, remitió al señor Ministro de Relaciones Exteriores los
resultados del Concurso Interno para el cargo de Ministro Consejero y Cónsul
General en la Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea.
VI.—Que mediante Resolución DM-049-2016 del 8 de febrero del
2016, el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, declaró la inopia de
funcionarios de carrera diplomática para el puesto de Ministro Consejero y
Cónsul General en la Embajada de Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl,
Corea.
VII.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República, el Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto puede hacer nombramientos en comisión cuando existe inopia
de los funcionarios de carrera diplomática o por razones de conveniencia
nacional. En el mismo sentido, de conformidad con el artículo 49 del mismo
Estatuto: “Los funcionarios en Comisión serán libremente nombrados y
removidos por el Poder Ejecutivo (…)”, de manera que con el presente
nombramiento no se suspende ni limita de ninguna manera dicha potestad de la
Administración.
VIII.—Que
en virtud de la inopia de funcionarios de carrera diplomática, el Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto ha decidido nombrar a la señora Sofía Cristina
Salas Monge, cédula 1-1013-0804, en el cargo de Ministro Consejero y Cónsul
General, en comisión, en la Embajada de
Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea. Esto en virtud de que posee la
Licenciatura en Derecho de la Universidad de Costa Rica, una especialidad en
Derecho Notarial de la Universidad de Costa Rica y la Maestría en Derechos
Humanos de la University of Essex, UK, cuenta con
experiencia como coordinadora técnica y administrativa de proyectos y
asistencia a migrantes vulnerables en la Organización Internacional para las
Migraciones (OIM). Por estas razones la Administración considera que es una
persona idónea para desempeñar el cargo antes mencionado.
IX.—Que
la señora Sofía Cristina Salas Monge ha cumplido con los requisitos que se
establecen en el artículo número dieciocho del Reglamento al Estatuto del
Servicio Exterior de la República de Costa Rica, y aprobó el examen sobre
materia consular con una nota de 95%. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Nombrar a la señora Sofía Cristina Salas Monge, cédula N° 1-1013-0804, en el
cargo de Ministro Consejero y Cónsul General, en comisión, en la Embajada de
Costa Rica con sede en la ciudad de Seúl, Corea, a partir del 01 de junio del
2016 y hasta el 01 de junio de 2018; en virtud de que cumple con todos los
requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de
la República.
Artículo
2º—La persona designada en este cargo deberá asumir funciones en un plazo
máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción
respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo
3º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 y hasta el 01 de junio del 2018.
Dado
en la Presidencia de la República, el 17 de marzo del 2016.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 29101.—Solicitud
N° 5134.—( IN2016050497 ).
Nº
0052-2016-SE-RE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De
conformidad con el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública.
Considerando:
I.—Que
mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 0033-2016-SE-RE del 15 de marzo del 2016, se
nombró a la señora Yanis Lucrecia Quesada Sancho,
cédula de identidad Nº 1-0752-0531, en el cargo de Consejero y Cónsul, en
comisión, en la Embajada de Costa Rica en Managua, Nicaragua.
II.—Que el nombre correcto de la funcionaria es Yanis Lucrecia Quesada Chanto.
III.—Que
se requiere corregir el error material y modificar el artículo primero del
Acuerdo Nº 0033-SE-RE del 15 de marzo del 2016, para consignar correctamente el
nombre de la señora Yanis Lucrecia Quesada Chanto,
cédula de identidad Nº 1-0752-0531. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Modificar el artículo primero del Acuerdo Ejecutivo Nº 0033-SE-RE del 15 de
marzo del 2016, para que en adelante se lea:
“Artículo
1º—Nombrar a la señora Yanis Lucrecia Quesada Chanto,
cédula Nº 1-0752-0531, en el cargo de Consejero y Cónsul, en comisión, en la
Embajada de Costa Rica en Managua, Nicaragua a partir del 15 de marzo del 2016
y hasta el 15 de marzo de 2018, en virtud de que cumple con todos los
requisitos establecidos en el Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de
la República.”
Artículo
2º—Rige a partir del 15 de marzo del 2016 y hasta el 15 de marzo del 2018.
Dado
en la Presidencia de la República, el 18 de abril del 2016.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones
Exteriores y Culto a. í., Alejandro Solano Ortiz.—1 vez.—O.C. Nº
29101.—Solicitud Nº 5134.—( IN2016050498 ).
Nº
0053-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18 y 19 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo 41 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que se sometió al Concurso para
el Servicio Exterior de la República, número CCSE-105-2015 del 16 de diciembre
de 2015, la plaza de Ministro Consejero con funciones consulares en la Embajada
de Costa Rica en el Reino de los Países Bajos.
II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto mediante
resolución DM-053-2016 del 16 de febrero del 2016, designó en el cargo de
Ministro Consejero con funciones consulares, en promoción, en la Embajada de
Costa Rica en el Reino de los Países Bajos, al Tercer Secretario de carrera
diplomática, señor Christian Peter Kandler Rodríguez,
cédula de identidad número 1-0593-0720. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Tercer Secretario de carrera diplomática, señor
Christian Peter Kandler Rodríguez cédula de identidad
número 1-0593-0720, de su cargo en el Servicio Interno al cargo de Ministro
Consejero con funciones consulares, en promoción, en la Embajada de Costa Rica
en el Reino de los Países Bajos, a partir del 01 de junio del 2016.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir funciones
en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la
inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del
Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 al 01 de junio del
2019.
Dado en la Presidencia de la República, el 09 de mayo del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto.—Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. Nº
29101.—Solicitud Nº 5134.—( IN2016050499 ).
N°
0054-2016-SE-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos 140 inciso 12 y 146 de la
Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 18 y 19 del
Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo 41 del Reglamento
al Estatuto del Servicio Exterior de la República.
Considerando:
I.—Que se sometió al Concurso para
el Servicio Exterior de la República, número CCSE-105-2015 del 16 de diciembre
de 2015, la plaza de Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa Rica
en el Chicago, Estado de Illinois, Estados Unidos de América.
II.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto mediante
resolución DM-053-2016 del 16 de febrero del 2016, designó en el cargo de
Consejero y Cónsul, en promoción, en la Embajada de Costa Rica en el Reino de
los Países Bajos, al Agregado de carrera diplomática, señor Gustavo Adolfo
Ramírez Baca, cédula de identidad número 1-1230-0625. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Rotar al Agregado de carrera diplomática, señor Gustavo Adolfo Ramírez Baca, cédula de
identidad número 1-1230-0625, de su cargo en el Servicio Interno al cargo de
Consejero y Cónsul, en promoción, en el Consulado General de Costa Rica en
Chicago, Estado de Illinois, Estados Unidos de América, a partir del 01 de
agosto del 2016.
Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir funciones
en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la
inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno
del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Artículo 3º—Rige a partir del 01 de agosto del 2016 al 01 de agosto
del 2019.
Dado en la Presidencia de la República, el 09 de mayo del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O.C. N°
29101.—Solicitud N° 5134.—( IN2016050500 ).
Resolución DM-DJ-325-2016.—Ministerio de Relaciones Exteriores y
Culto.—Despacho del Ministro.—San José, a las quince horas con cuarenta minutos
del día tres de agosto del dos mil dieciséis.
Manuel Antonio González Sanz, cédula de identidad Nº 1-720-207,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, según nombramiento que consta en el
acuerdo de la Presidencia de la República número 001-P del 08 de mayo del 2014;
de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 inciso a), 89 y siguientes
de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227, del 02 de mayo de
1978 y con el artículo 6º del Reglamento de Tareas y Funciones del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, Decreto Ejecutivo Nº 19561.
RESUELVE:
Delegar el conocimiento y la firma de las resoluciones para ejecución
de partidas presupuestarias de todos los programas de este Ministerio, exigidas
por la Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del año 2016, Ley Nº 9341 del primero de diciembre del dos
mil quince, así como todo documento de carácter presupuestario en el señor
Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo de este Ministerio, cédula
de identidad Nº 1-472-775. La presente resolución modifica la resolución
DM-DJ-018-2016, de fecha 22 de enero del 2016.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y notifíquese al
señor Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo.
Manuel A. González Sanz, Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº
62899.—Solicitud Nº 19317.—( IN2016053030 ).
Resolución
DM-DJ-327-2016.—Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.—Despacho del
Ministro.—San José, a las quince horas con cuarenta minutos del día cuatro de
agosto del dos mil dieciséis.
Manuel Antonio González Sanz, cédula de identidad Nº 1-720-207,
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, según nombramiento que consta en el
acuerdo de la Presidencia de la República Nº 001-P del 08 de mayo del 2014; de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 inciso a), 89 y siguientes de
la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227, del 02 de mayo de
1978 y con el artículo 6º del Reglamento de Tareas y Funciones del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, Decreto Ejecutivo Nº 19561.
RESUELVE:
En procura de una administración más eficiente, delegar el
conocimiento y la firma de los documentos referentes a liquidación de viáticos
en el exterior del país, como suplente del señor Viceministro Alejandro Solano
Ortiz, en el señor Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo de este
Ministerio y portador de la cédula de identidad Nº 1-472-775. La presente
resolución modifica la resolución DM-DJ-033-2014, de fecha 21 de mayo del 2014.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta y notifíquese al
señor Mario Nájera Villalobos, Coordinador Administrativo.
Manuel A. González Sanz, Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº
62899.—Solicitud Nº 19317.—( IN2016053031 ).
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
La señora Ingrid Lerma Delgado con de cédula
8-0100-0827, vecina de Alajuela, en calidad de apoderada generalísima de la
compañía Vets and Pets
Trading Costa Rica S. A., con domicilio en Alajuela. Solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 4: Kit Test Lipasa Pancreática
Felina fabricado por IDEXX Inc. de Estados Unidos de América, con los
siguientes principios activos Cada prueba contiene: Anticuerpos monocionales anti fPL y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Prueba rápida para la determinación de
los niveles de lipasa pancreática específica en suero felino. Con base en el
Decreto Ejecutivo N°. 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos
Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan
valer en este Departamento, dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial
La Gaceta.—Heredia, a las 10 horas del día 11
de julio del 2016.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de
Registro.—1 vez.—( IN2016050508 ).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 2, Folio 20, Título N° 871, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe
de la Cruz, en el año dos mil trece, a nombre de Víctor Morales Jean Carlos,
cédula 5-0397-0678. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José,
a los veintiocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—Dirección de
Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016051823 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, “Rama Académica”
Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 01, folio 145, título Nº 1568,
emitido por el Liceo Rodrigo Facio, en el año mil novecientos ochenta y cinco,
a nombre de Kattia Monge Ramírez. Se solicita la
reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyo nombre y apellido
correcto es: Kattia Kawer
Ramírez, cédula Nº 1-0737-0486. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los catorce días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016051309 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
Marcas de ganado
Solicitud
N° 2016-1391.—Juan Rafael Mora Hernández, cédula de
identidad 2-0166-0894, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma
de Asolico Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-368624, solicita la inscripción de:
S 8
E
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Heredia, Sarapiqui, La Virgen, San Miguel, Colonia
Carvajal, de la escuela 4 kilómetros al este. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
11 de julio del 2016. Según expediente N° 2016-1391.—San
José, 12 de julio del 2016.—Karol Claudel
Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016050487 ).
REGISTRO DE PERSONAS
JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto
de la entidad: Asociación Fintech Centroamérica y El
Caribe, con domicilio en la provincia de: San José-Escazú, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Procurar los intereses generales
de sus asociados en cualquier asunto de interés común ante todo tipo de
entidades y organizaciones públicas y privadas ya sean nacionales o
internacionales prestándoles asesoría y apoyo para solucionar sus problemas
particulares. Cuyo representante, será el presidente: Ernesto José Leal Medal, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 402820.—Dado
en el Registro Nacional, a las 13 horas 41 minutos y 32 segundos, del 21 de
julio del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016050143 ).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la
entidad: Asociación Cristiana Beth Shalom Internacional, con domicilio en la
provincia de: Guanacaste-Liberia, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: propagación de la fe cristiana, todo con base en la doctrina de
Jesucristo divulgando y enseñando la Palabra de Dios, contenida en las Sagradas
Escrituras y para tal efecto podrá instalar salas o iglesias donde podrán
celebrar sus reuniones, cultos religiosos y educacional, cultural e
intelectual, para todos sus asociados y publico simpatizante. Cuyo
representante, será el presidente: Luis Miguel Ramos Consuegra, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2016, asiento: 403192.—Dado en el
Registro Nacional, a las 8 horas 33 minutos y 51 segundos, del 27 de junio del
2016.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—(
IN2016050496 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INTELECTUAL
Patente
de invención
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Víctor Vargas Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, vecino
de San José, en calidad de apoderado de Genentech Inc, de E.U.A., solicita la Patente de Invención
denominada: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF INHIBIDORES DE SERINA/TREONINA CINASA. La presente invención se refiere a compuestos
que tienen la fórmula I en donde R1, X1, X2,
X3 y X4 como se define en la presente son inhibidores de la cinasa
ERK. También se describen composiciones y métodos para tratar trastornos hiperproliferativos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C07D 498/16; C07D 471/16; A61K 31/435; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Kolesnikov,
Aleksandr, Do, Steven. Prioridad: 06/12/2013 US
61/912,905; 03/12/2014 WO 2014US068452. Publicación internacional: 11/06/2015
WO2015/085007. La solicitud correspondiente lleva el número 20160309, y fue
presentada a las 14:10:30 del 04 de julio del 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 06 de julio del 2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016051362 ).
El señor Víctor Vargas
Valenzuela, cédula Nº 1-335-794, mayor, vecino de San José, en calidad de
apoderado de Genentech, Inc., de E.U.A., solicita la
Patente de Invención denominada: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF COMPOSICIONES Y MÉTODO PARA TRATAR CONDICIONES ASOCIADAS CON EL COMPLEMENTO. La invención proporciona métodos y
composiciones para tratar varias enfermedades degenerativas (por ejemplo, AMD)
con un inhibidor del factor D (por ejemplo, anticuerpo anti-factor D o
fragmento de unión al antígeno de este). También se proporcionan métodos de
selección o identificación de pacientes para el tratamiento con un inhibidor
del factor D. Los métodos incluyen el uso de biomarcadores
pronósticos y/o predictivos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
C12Q 1/68; cuyo(s) inventor(es) es(son) Yaspan, Brian, Graham, Robert Royal, Dressen,
Amy, Li, Zhengrong, Strauss, Erich, Bugawan, Teodorica. Prioridad: / /; 16/08/2013 US 61/866,651; 30/08/2013 US 61/872,098;
11/08/2014 WO 2014US050579; 02/05/2014 US 61/988,012; 07/07/2014 US 62/021,487.
Publicación internacional: 19/02/2015 WO2015/023596.
La solicitud
correspondiente lleva el número 20160132, y fue presentada a las 13:18:04 del
16 de marzo del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 14 de julio del 2016.—Lic.
Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016051363 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A)
PÚBLICO (A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MAUREEN BARBOZA
ALVARADO, con cédula de identidad número 1-1020-0723, carné número 24029.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de
que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15)
DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp.
16-001435-0624-NO.—San José, 15 de julio del
2016.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2016050551 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ANA
LIDIETTE PEÑA GUTIÉRREZ, con cédula de identidad número 5-0216-0427,
carné número 17775. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente Nº 16-001449-0624-NO.—San José, 21 de julio
del 2016.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos.—1 vez.—(
IN2016051058 ).
El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, por medio del
Viceministerio de Telecomunicaciones, de conformidad con lo contenido en el
artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública Nº 6227, somete a
consulta pública no vinculante de las instituciones y público
en general:
El “Proyecto Canon de Reserva del Espectro
Radioeléctrico 2017 pagadero
2018 y Plan
Operativo Institucional 2017”,
emitido
por parte de la Superintendencia
de Telecomunicaciones
Las personas interesadas podrán hacer llegar sus observaciones o
comentarios a la Dirección de Evolución y Mercado de Telecomunicaciones del
Viceministerio de Telecomunicaciones, del Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Telecomunicaciones (MICITT), ubicada en San José, Barrio Tournón,
Edificio Almendros, diagonal a las oficinas del Sistema Nacional de Áreas de
Conservación (SINAC), en el horario de 08:00 a. m. a 04:00 p. m., al fax:
2211-1280 o al correo electrónico: planeacion@telecom.go.cr dentro del plazo de
diez días hábiles a partir de la presente publicación.
Para consultar el texto del proyecto presentado por SUTEL, favor
visitar la dirección electrónica:
http://www.telecom.go.cr/cp_canon_2017.—Cynthia Morales, Directora a. í. de
Concesiones y Normas en Telecomunicaciones, Viceministerio de
Telecomunicaciones.—Licda. Gabriela Vargas Salmerón,
Encargada de Publicaciones.—1 vez.—O. C. Nº
3400027420.—Solicitud Nº 62700.—( IN2016056880 ).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ED-0359-2012.—Exp. N° 9731P.—Agroravi
S. A., solicita concesión de: 5 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo AB-1605 en finca de su propiedad en Paracito,
Santo Domingo, Heredia, para uso agroindustrial. Coordenadas 219.770 / 532.750
hoja abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de julio del
2013.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2013049803 ).
Registro civil-Departamento civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso
incoadas por Karla María Flores no indica segundo apellido ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 2891-2014. Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas
veintiún minutos del dos de setiembre de dos mil catorce. Expediente Nº
29451-2014. Resultando: 1°—..., 2°—... Considerando: l.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Ian Santiago Megelas
Flores... en el sentido que e!
nombre y el apellido de la madre,... son “Karla María Flores no indica segundo
apellido”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial
Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016050504 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Juan José Mayorquín
Ruiz, se ha dictado la resolución N° 3432-2016, que en lo conducente dice:
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del quince de
junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 4704-2016.
Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—... Considerando: I.—Hechos
Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
rectifíquense los asientos nacimiento de Fabián José Ruiz Pavón; de Nayeli Francisca Ruiz Ramírez; y de Natalia de los Ángeles
Ruiz Ramírez, en el sentido que los apellidos del padre son Mayorquín
Ruiz.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial
Mayor Civil.—Lic. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016050541 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Marisol Rivas García, se ha dictado la
resolución N° 3497-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas
treinta minutos del quince de junio del dos mil dieciséis. Exp.
N° 41978-2015. Resultando 1°—..., 2°—…, 3°—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Walter Sequeira
Díaz, en el sentido que el primer apellido de la madre es Rivas.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2016050568 ).
Se hace saber que en
diligencias incoadas por Hernán Camilo Sánchez Bolaño, se ha dictado la
resolución Nº 3860-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas del cinco de
julio del dos mil dieciséis. Expediente Nº 46347-2015. Resultando: 1º—…, 2º—…,
3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el Fondo:…; Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Camila Hurtado Palma, en el sentido
que la persona inscrita debe tenerse registralmente como hija únicamente de
Johanna Carolina Palma Vásquez, costarricense.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016051625 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Ernesto Salvador López Meléndez, mayor, unión libre, ejecutivo de
ventas, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155808233611, vecino de San
José, Desamparados San Jerónimo Residencial Tauro casa 25, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Expediente Nº 138276-2015.—San
José, 20 de junio de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2016050488 ).
Dexter Agustín Esposito Silveyra, mayor, soltero, publicista, venezolano, cédula de
residencia N° DI 186200063924, vecino de Guachipelín
de Escazú, Loma Real, Condominio La Salamandra casa 2, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 138282-2015.—San José, 20 de junio del 2016.—Lic. German Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050495 ).
Sofía del Carmen
Valenzuela Reyes, mayor, soltera, estudiante, mexicana, cédula de residencia N°
DI 148400131035, vecina de San José, 1.5 km al este de Wal-Mart Curridabat,
Residencial Santa Lucía, casa 23 carretera vieja a Tres Ríos, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 138056-2015.—San José, 23 de junio de 2016.—German Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050515 ).
Edwin Trejos Luna, mayor,
casado, economista, nicaragüense, cédula de residencia número 155804361905,
vecino de Tres Ríos, La Unión, Cartago, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 134955-2015.—San José, a
las 1:53 horas del 26 de noviembre del 2015.—German Alberto Rojas Flores, Jefe
a. í.—1 vez.—( IN2016050518 ).
Lesly Vanessa Requene Castro, mayor, soltera,
servidora doméstica, nicaragüense, cédula de residencia N° 155821525025, vecina
de El Carmen Guadalupe San José, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 136368-2015.—San José, 20 de
abril de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2016050520 ).
Katerine Garcia Mejía, mayor, soltera,
ingeniera, colombiana, cédula de residencia N° DI 117000006414, vecina de
Heredia, Central, San Francisco, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 138295-2015.—San José, 20
de junio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2016050521 ).
Lorena Álvarez Yandun, mayor, soltera, soporte técnico, colombiana, cédula
de residencia N° DI 117001057929, vecina de San José, Cuatro Reinas de Tibás
del Mega Super; 100 norte, Condominio Toñita Apartamento 42, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 137953-2015.—San josé, 29 de julio del 2016.—German Alberto Rojas Flores,
Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050545 ).
María Adela Vásquez
López, mayor, unión libre, comerciante independiente, salvadoreña, cédula de
residencia N° 122200334701, vecina de Desamparados, Los Guidos,
Sector 3 calle 8, casa N° 12, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 137151-2015.—San José, 21 de
abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1
vez.—( IN2016050555 ).
Dora Cecilia Restrepo
Monsalve, mayor, viuda, pensionada, colombiana, cédula de residencia N° DI
117000434733, vecina de Heredia, San Francisco, Condominio Hacienda San
Agustín, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito a este registro, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
138298-2015.—San josé, 20 de
junio del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016050580
).
CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-001459-01
Contratación de una empresa que realice el análisis y rediseño
de la estructura organizacional de
la Auditoría
General del Banco Nacional
El pliego de condiciones y planos de este proceso podrá ser retirado a
partir de este momento, en la oficina de la Proveeduría General, situada en el
edificio de la Dirección de Recursos Materiales del Banco Nacional de Costa
Rica, en La Uruca, frente a la Mercedez
Benz, sin costo alguno.
Las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría General, a más tardar
a las diez (10:00 a.m.) horas, según reloj ubicado en este despacho, del día 29
de agosto del 2016.
La Uruca, 23 de
agosto del 2016.—Dirección General de Infraestructura
y Compras.—Lic. Erick Aguilar Díaz, Supervisor de Carteles.—1
vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N° 63028.—( IN2016057086 ).
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN SAN JOSÉ OESTE
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA UNIDAD PEDAGÓGICA
DANIEL ODUBER QUIRÓS
CONTRATACIÓN PÚBLICA N° 001-2016
Productos Alimenticios Comedor Escolar del Curso Lectivo
2017 (Productos alimenticios
cárnicos, lácteos, frutas,
verduras, legumbres y abarrotes)
La Junta Administrativa de La Unidad Pedagógica Daniel Oduber Quirós, invita a participar en La Contratación
Pública N° 001-2016, para el suministro de Productos Alimenticios Comedor
Escolar del Curso Lectivo 2017 (Productos alimenticios cárnicos, lácteos,
frutas, verduras, legumbres y abarrotes).
La contratación se financiará por transferencia directa del Programa
PANEA, según acuerdo del acta número 281, artículo 6 del 16 de agosto del 2016.
Dicho Cartel estará disponible del 24 de agosto al 13 de setiembre del
2016, en las instalaciones del Centro Educativo, en Oficina de La Dirección de
8:00 a.m. a 3:30 p.m.
El
Costo del Cartel
es de ¢5.000,00
y podrán depositarlo a la cuenta:
N° 100-1-000-144030-4. Cuenta Cliente: 15100011440304.
Nota Aclaratoria: Se comunica a otros interesados en participar en Las
Contrataciones Administrativas para Cocinero y Servicios Profesionales
(Tesorero Contador) que del 5 al 26 de octubre se estará llevando a cabo el
Proceso de Licitación al cual tendrán acceso, solicitando El Cartel de
Licitación de 8:00 a.m. hasta las 3:30 p.m. en la Oficina de La Dirección de La
Unidad Pedagógica.
Yorlen Jiménez
Carvajal, Presidente.—1 vez.—( IN2016056998 ).
LICITACION PÚBLICA Nº 2016LN-000001-CNR
Proyecto: compra e instalación de sistema de aire
acondicionado para el edificio A del CONARE
El Consejo Nacional de Rectores avisa que mediante sesión Nº 24-16 del
16 de agosto del 2016, se acuerda en firme readjudicar
la Licitación Pública Nº 2016LN-000001-CNR “Proyecto: compra e instalación de
sistema de aire acondicionado para el edificio A del CONARE” de la siguiente
forma:
Climatisa Climatización Industrial S. A., cédula jurídica 3-101-505197.
Proyecto: Compra e instalación de sistema de aire acondicionado para el
edificio A del Consejo Nacional de Rectores. Incluye mano de obra y materiales.
Plazo de ejecución 15.5 semanas. Todo de acuerdo al cartel y la oferta
presentada. Total adjudicado a Climatisa
$590.900,00.
Pavas, 18 de agosto del 2016.—Proveeduría.—MAP.
Jonathan Chaves Sandoval.—1 vez.—O. C. N°
0014628.—Solicitud N° 63056.—( IN2016057090 ).
En el Cementerio Central, existe un derecho a nombre de Familia
Hidalgo Campos y Villalobos Campos, los hermanos de ambas familias solicitan se
traspase este derecho a uno de ellos y además desean incluir beneficiarios,
indicándose así:
Arrendataria: María de los Ángeles
Hidalgo Campos, cédula 04-0095-0232
Beneficiarios: María Cristina Hidalgo
Núñez, cédula 04-0140-0385
Francine Melissa Arce Hidalgo, cédula 04-0209-0079
Dayan Cristina Arce Hidalgo, cédula
04-0248-0904
Jorge Villalobos Campos, cédula
02-0173-0928
Santiago Villalobos Campos,
cédula 04-0087-0313
Susana Villalobos Campos, cédula
02-0162-0335
Lote Nº 105 Bloque F, medida 9 metros cuadrados, para 6 nichos,
solicitud 2511, recibo 13974, inscrito en Folio 1 Libro 68. Datos confirmados
según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 30 de
junio del 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener
derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica
de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso
contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador.—1 vez.— ( IN2016050546 ).
En el cementerio Mercedes, existe un derecho a
nombre de: Álvarez Brenes Alexis, la que en vida fue su esposa solicita se le
traspase este derecho y además desea incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: Blanca
Rosa Masís Quesada, cédula 03-0219-0717
Beneficiarios: Paula
Alejandra Álvarez Masís, cédula 01-0934-0651
Esteban Alexis
Álvarez Masís, cédula 04-0185-0002
Laura Álvarez Masís, cédula 04-0172-0116
José Pablo Álvarez Masís 04-0190-0243
Lote Nº 21 Bloque F, medida 6 metros cuadradas, para 4 nichos, solicitud
235, recibo 63328, inscrito en Folio 11 Libro 1, el cual fue adquirido el día
16 de octubre de 1993. Datos confirmados según constancia extendida por la
Administración de Cementerios con fecha 07 de julio de 2016. Se emplaza por 30
días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que
se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a
fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a
nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016050552 ).
La Municipalidad de Orotina informa: que
mediante acuerdo definitivamente aprobado por el Concejo Municipal de Orotina, en sesión ordinaria número 14-2016, artículo 06,
aparte 2, inciso 2). Comunicado mediante oficio MO CM 0083 16 2016-2020. Donde
se autoriza la actualización de la tarifa de recolección y disposición final de
desechos de la siguiente manera:
Según estudio Municipalidad |
Tarifa |
|
Redondeada |
Residencial |
3.958,00 |
Comercial 1 |
9.894,00 |
Comercial 2 |
19.788,00 |
Comercial 3 |
31.660,00 |
Comercial 4 |
47.491,00 |
Comercial 5 |
63.321,00 |
Institucional |
7.915,00 |
Que en fecha 8 de julio de 2016, se ha publicado por primera vez la
actualización de la tarifa.
Por tanto: Se procede a publicar por segunda vez las tarifas
aprobadas, ratificando las mismas.
Orotina, 01 de agosto del 2016.—Mba. Margoth
Montero Jiménez, Alcaldesa Municipal.—1 vez.—(
IN2016050548 ).
EL CONCEJO MUNICIPAL DE OROTINA EN EL ACTA
DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA
20-2016
CELEBRADA EL DÍA 28-07-2016,
ARTÍCULO 1, INCISOS 1-2
Considerando:
Que mediante acuerdo tomado en la sesión ordinaria Nº 363, celebrada
el 09 de setiembre de 2014, el Concejo Municipal ha aprobado el nuevo modelo
tarifario, y ha sido publicada la fórmula y su justificación, en el diario
oficial en fecha 31 de octubre de 2014, La Gaceta 210. Por tanto;
El Concejo Municipal de Orotina,
autoriza la actualización de la tarifa de parques y aseo de vías y sitios
públicos de la siguiente manera:
Se establece la fórmula que se
aplicará en el caso del servicio de parques a cada una de las propiedades del
distrito primero del cantón de Orotina:
Para
ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF
Nota: El equivalente a 0,06113%
Se establece la fórmula que se aplicará en el caso de aseo de vías y
sitios públicos aplicados a cada una de las propiedades del distrito primero
del Cantón de Orotina:
Para ver imagen solo en La Gaceta
con formato PDF
Nota: El equivalente a 0,05934%
2.- Aprobar en la totalidad el documento presentado por la
administración tributaria denominado entrega de estudios tarifarios aseo de
vías y sitios públicos y parques año 2016, ya que es un asunto de legalidad,
justicia y solidaridad tributaria.”
Aprobada la dispensa de trámite de comisión el fondo y la firmeza con
cinco votos de los Regidores Castillo Castro, Esquivel Agüero, Rojas Baltodano,
González Salas y Montero Rodríguez. Acuerdo firme publíquese en el diario
oficial La Gaceta así mismo la administración convoca a audiencia
pública el próximo 19 de agosto a la 1:30 p.m. En la sala de sesiones del
Concejo Municipal de la Municipalidad de Orotina. Los
expedientes de estos reajustes de tasas se encuentran a disposición en el
Departamento de la Administración Tributaria.
Kattya Salas Castro, Secretaria.—1 vez.—( IN2016050549 ).
INMOBILIARIA ARMORICA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Armorica
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
treinta y tres mil doscientos noventa y nueve, solicita ante el Registro de
Personas Jurídicas la reposición de los libros de Actas de Asamblea General y
Actas de Junta Directiva número uno. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas dentro del
término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Juan
Carlos Rossi Lara, Presidente.—1 vez.—( IN2016051555
).
VILLATORRES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
Yo, Ricardo Adolfo Rojas Kopper, mayor de
edad, casado una vez, Ingeniero Industrial, vecino de San José, Pozos de Santa
Ana, Bosques de Lindora, casa número ciento treinta y
nueve, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos ochenta-cuatrocientos
seis, en mi condición de gerente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma de Villatorres Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos siete mil setecientos ochenta, por este medio hago constar que
hemos iniciado la reposición de los libros de Asamblea General, Registro de
Accionistas y Junta Directiva de dicha sociedad debido a su extravío sin
conocer su paradero.—San José, primero de agosto de dos mil dieciséis.—Ricardo
Rojas Kooper, Gerente.—1 vez.—( IN2016051736 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por
escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinticinco de julio del año
dos mil dieciséis, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad BC Network Sociedad Anónima,
donde se acuerda reformar la cláusula octava del pacto constitutivo, revocar
nombramientos de secretario, tesorero y fiscal y hacer otros de nuevo.—San José, cuatro de agosto del año dos mil
dieciséis.—Licda. Ligia María González Leiva, Notaria.—1
vez.—( IN2016051390 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaría,
en la ciudad de San José a las trece horas de hoy, se constituyó Cospersacr Sociedad Anónima. Capital social
totalmente inscrito y pagado. Domicilio San José. Plazo social cien años.—San José, tres de agosto del dos mil dieciséis.—Licda.
Marcela Filloy Zerr,
Notaria.—1 vez.—( IN2016051500 ).
Por escritura autorizada a las nueve horas de hoy,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones
Maraca de Guápiles S. A., en que se modifica la cláusula sexta de sus
estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad, se
elimina el agente residente, se ratifica en sus cargos al presidente y al secretario
y se nombran nuevos tesorero y fiscal.—San José,
primero de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz,
Notario.—1 vez.—( IN2016051503 ).
Esta
notaría protocolizó acta de asamblea general de socios de Agropecuaria Luna
de Octubre S. R. L., cédula tres-ciento dos-cero ochenta y seis mil
quinientos veinticuatro, en la cual se reforman las cláusulas segunda, tercera,
séptima y octava de los estatutos.—San José, 28 de julio de 2016.—Lic. Enio Dino Blando Valverde,
Notario.—1 vez.—( IN2016051524 ).
Por
escritura de protocolización de acta, otorgada ante en notaría, a las 18:00
horas del 03 de agosto del 2016, de la empresa Inversiones Veinticuatro
Garita-Alajuela S. A., se reformó cláusula segunda domicilio, y se nombró
nueva junta directiva y fiscal.—Heredia, Belén, 23 de junio del 2016.—Lic.
Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(
IN2016051525 ).
Ante
esta notaría, se solicitó realizar protocolización de cambio de junta directiva
de la sociedad anónima Piedra y Montero, cedula jurídica 3-101-150483.—Cartago, 02 de agosto del 2016.—Lic. Adrián Tames Muñoz, Notario.—1 vez.—(
IN2016051527 ).
Por
escritura número ciento cincuenta y cinco-nueve otorgada a las 09:00 horas del
día 04 de agosto del año 2016, protocolicé una acta de la asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima Tres-Ciento Uno-Seiscientos Dieciocho
Mil Ochocientos Cincuenta y Dos Sociedad Anónima, se nombra nuevo
presidente y tesorera.—San José, 04 de agosto
dieciséis.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2016 051531).
Por
escritura número ciento cincuenta y seis-nueve otorgada a las 10:00 horas del
día 04 de agosto del año 2016, protocolicé una acta de la asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima Tocarema
Altos Trescientos Tres Sociedad Anónima, se nombra nuevo presidente,
secretario, tesorera y fiscal.—San José, 04 de agosto del dos dieciséis.—Licda.
Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1
vez.—( IN2016051533 ).
Por escritura otorgada a las nueve horas del once
de junio de dos mil dieciséis, se modifica nombre de la sociedad Equipos
Topográficos S. A. por Tres D Mapping S. A.—San José, uno
de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. Daniel León Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2016051547 ).
Por
escritura pública otorgada a las trece horas del veinticinco de julio de dos
mil dieciséis, protocolicé acuerdos de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Marketing Guanacasteco LB Sociedad Anónima,
por los que se aumenta el capital social y se modifica el número de acciones.—Liberia, dos de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. Gerardo
Andrés Camacho Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016051551
).
Por
escritura otorgada hoy protocolicé el acta de la asamblea general
extraordinaria de accionistas celebrada por Los Cuarzos de Piedra S. A.,
en la que se modifica cláusula cuarta del plazo.—San
Ramón, Alajuela, 3 de agosto de 2016.—Lic. Luis Adrián Quirós Carmona, Notario.—1 vez.—( IN2016051559 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las
14:00 horas del 21 de julio del 2016, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Consultoría y Tasación Cimeca S. A. Se disuelve la sociedad.—Cartago,
21 de julio del 2016.—Lic. Edwin Arias Jiménez, Notario.—1
vez.—( IN2016051561 ).
Mediante escritura de protocolización de acta de Cárnicas
San Martín S. A. se procedió a reformar las clausulas segunda del domicilio
y sétima de la administración de esa sociedad, así mismo se nombró nueva junta
directiva. Escritura 189 folio 87 vuelto tomo tres de 14 horas 3 agosto del
2016.—San José, 4 de agosto del 2016.—Lic. José Miguel
Zúñiga Zúñiga, Notario.—1
vez.—( IN2016051622 ).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de Esparza, a las
14:30 horas del 21 de octubre de 2015, Carlos Alberto Peña Díaz, cédula de
residencia 186200541416, José Gregorio Martínez Gamardo,
cédula de residencia 186200541630 y Rafael Ángel Martínez Gamardo,
cédula de residencia 186200540522, constituyen una sociedad anónima denominada MG
& PD S. A., domiciliada en Esparza, distrito primero, cantón segundo de
la provincia de Puntarenas, específicamente en Esparza centro, de la Escuela
Arturo Torres setenta y cinco metros norte, con un plazo social de 99 años y un
capital social de 120.000 colones.—Licda. Virginia Vindas
Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2016051660 ).
El
día de hoy ante esta notaria, se ha otorgado escritura mediante la cual la
compañía Temperatura Alta Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de
Alajuela, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro
mil seiscientos treinta y nueve, nombra secretario de la junta directiva.—Alajuela, primero de agosto del año dos mil dieciséis.—
Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—(
IN2016051672 ).
Ante
esta notaría por escritura otorgada a las 10:00 horas del día 29 de julio del
año 2016, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Overseas
Management Trust Services Inc
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-689276, en la
que se acuerda la modificación de la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, 3 de agosto del año 2016.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1
vez.—( IN2016051677 ).
Ante
esta notaría, por escritura de las diecisiete horas treinta minutos del trece
de julio del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Vistas Lindas de Santa Rosa S. A. Capital social diez mil colones;
totalmente suscrito y pagado. Domicilio Alajuela, Barrio San José, frente al
costado norte del Templo Católico. Presidente Jefry
Rodríguez Rodríguez. Plazo social noventa y nueve
años.—Alajuela 21 de julio del 2016.—Lic. Aníbal
Zavaleta Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2016051694 ).
Por escritura número 57-8, del tomo número 8 de mi protocolo, otorgada
a las 15:30 horas del 28 de junio del 2016, el señor Vernor
Lines Sancho y la sociedad V L & Asociados
Limitada, constituyeron una sociedad anónima.—Lic.
Raymundo Volio Leiva, Notario.—1
vez.—( IN2016051710 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizan acuerdos de
asamblea general extraordinaria de socios de Amapola Cuatro S. A., por
medio de los cuales se reforma la cláusula primera del nombre, segunda
domicilio, sétima representación y se nombra junta directiva y fiscal.—San José, 3 de agosto del 2016.—Licda. Ana Isabel Borbón
Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2016051713 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 03 de agosto del
2016, se nombra nuevo presidente de la junta directiva; y fiscal; de la
sociedad Tanano & C.A.L.I.F.A.C. S. A.—Ciudad
Quesada, 3 de agosto del 2016.—Licda. Ivannia Barboza
Carvajal, Notaria.—1 vez.—( IN2016051719 ).
En escritura número ciento setenta de las diez horas del veintinueve
de julio del año dos mil dieciséis, protocolice acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Vita Bellavista Casa Doscientos
Catorce Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta y seis mil setecientos treinta y seis, reformando las
cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, veintinueve de julio del 2016.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—(
IN2016051739 ).
La suscrita notaria pública, hago constar
que mediante escritura número cuarenta y cuatro del tomo uno de mi protocolo,
se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa Softdial S. A., en donde se realizó cambio de
junta directiva y modificación parcial de la cláusula sexta del pacto
constitutivo.—San José, 4 de agosto del 2016.—Licda. Ana Laura Vásquez Alfaro,
Notaria.—1 vez.—( IN2016051741 ).
Mediante protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de
socios otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del siete de abril
del año dos mil dieciséis, se aumenta el capital social de la sociedad
denominada Construcciones Yireh Sociedad Anónima.—Barva, 3 de agosto de 2016.—Lic.
Zamantha Pamela Cedeño Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2016051745 ).
Por escritura número 2-2 otorgada ante los notarios públicos Ariel
Leiva Fernández y Daniel Guillén Jiménez, a las 16 horas del 01 de junio de
2016, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de Agrícola El Cántaro S. A., mediante la cual se acordó la
reforma de la cláusula 5 del pacto social.—San José,
21 de julio de 2016.—Lic. Daniel Guillén Jiménez, Notario.—1
vez.—( IN2016051758 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 4
de agosto del 2016, se protocolizó asamblea general de accionistas de Savoy Royalty S. A., en San José, en su
domicilio social, a las 11:00 horas del 3 de agosto del 2016, se reformaron las
cláusulas segunda y sexta referentes al domicilio social y la representación.—San José, 4 de agosto de 2016.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—(
IN2016051764 ).
Se hace saber que por escritura pública número
24-7, otorgada ante mí notaría; a las 08:30 horas del día 28 de junio de 2016,
se disuelve la sociedad denominada Corporación Gova Sociedad Anónima,
domiciliada en Cartago centro, con cédula de persona jurídica número
3-101-105453.—Cartago 04 de julio de 2016.—Lic. Óscar
Eduardo Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—(
IN2016051771 ).
Por escritura otorgada ante mí Ilse González Menéndez, constituyo A
Best Harvest Sociedad Anónima,
abreviado a su aditamento S. A. Plazo social: noventa y nueve años.
Representación legal ejerciendo su presidente Jonnathan
Núñez Barrantes y tesorero Winston Fernández Escobar, conjuntamente.—San José, cuatro de agosto del dos mil dieciséis.—Licda.
Ilse González Menéndez, Notaria.—1 vez.—( IN2016051773
).
Mediante escritura pública número 38-7,
otorgada ante esta notaría, en Cartago a las 08:00 horas del 27 de julio de
2016, visible al folio 022 frente del tomo 7 del protocolo del suscrito notario
público, se ha constituido la sociedad denominada Inversiones Flapa Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S. A.,
capital social totalmente suscrito y pagado por los socios.—Cartago,
27 de julio de 2016.—Lic. Óscar Rodríguez Bonilla, Notario.—1
vez.—( IN2016051774 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Multicultivos del Pacífico
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic.
Roldán Morales Novoa, Notario.—1 vez.—CE2016005517.—(
IN2016052394 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 6 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Bohemia Venture Investments Limitada.—San José, 6 de mayo del
2016.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—CE2016005526.—( IN2016052403 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 3 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Bruno Zafiro Limitada.—San José, 6
de mayo del 2016.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1
vez.—CE2016005527.—( IN2016052404 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 05 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Harbour
Ventures Limitada.—San José, 06 de mayo del
2016.—Lic. Ricardo Barquero Córdoba, Notario.—1
vez.—CE2016005528.—( IN2016052405 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 9 horas 30 minutos del 6 de mayo del
2016, se constituyó la sociedad denominada Visus
Merchandising Sociedad Anónima.—San José, 6 de
mayo del 2016.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—CE2016005529.—( IN2016052406 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 5 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Pinkmeup Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Cecilia Naranjo
Arias, Notaria.—1 vez.—CE2016005530.—( IN2016052407 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 30 de abril del
2016, se constituyó la sociedad denominada Meta y Paz Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Fernández
Delgado, Notario.—1 vez.—CE2016005531.—( IN2016052408
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Desarrollos Urbanísticos Garabito Azul GMH Sociedad Anónima.—San
José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio,
Notario.—1 vez.—CE2016005532.—( IN2016052409 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 15 minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inmobiliaria Rokafa de la Fuente
Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Astrid Binns Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2016005533.—( IN2016052410 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 05 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Marisquería El Puente
Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Licda.
Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1
vez.—CE2016005534.—( IN2016052411 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada AD Corp
Cloud Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del
2016.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1
vez.—CE2016005535.—( IN2016052412 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13 horas 00 minutos del 04 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Oficinas CCIFCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Manuel Enrique Ventura
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016005536.—(
IN2016052413 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 13 horas 00 minutos del 5 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Taller Mecánico Hermanos Ramírez Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Xinia
María Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—CE2016005537.—(
IN2016052414 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 00 minutos del 29 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jovisan
Incorporated Sociedad Anónima.—San José, 6 de
mayo del 2016.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2016005538.—( IN2016052415 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 30 minutos del 03 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Consulta Médica
Oncológica JMBD Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Karla Vanessa
Corrales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2016005539.—(
IN2016052416 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Distribuidora de Pollo y Huevos San Benito S. B Sociedad Anónima.—San
José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—CE2016005540.—( IN2016052417 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 06 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada González y Restrepo Comercializadora
Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Celenia
Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—CE2016005541.—(
IN2016052418 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 10 horas 00 minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Rents Cinco Cero Seis Sociedad
Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Fernando Dionisio Zamora
Castellanos, Notario.—1 vez.—CE2016005542.—(
IN2016052419 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 40 minutos del 02 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inspiration
Design Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Ismene Arroyo Marin, Notario.—1
vez.—CE2016005543.—( IN2016052420 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 03 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Baptista & Company
Business Services Limitada.—San
José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Karla
Vanessa Corrales Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2016005544.—(
IN2016052421 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 6 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lordeco
Realty Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del
2016.—Lic. René Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1
vez.—CE2016005545.—( IN2016052422 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 30 minutos del 04 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Single Tropical Birds of Junquillal C.O.J.D
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic.
Lauren Roxana Campos Campos, Notaria.—1 vez.—CE2016005546.—( IN2016052423 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 27 de abril
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Jadamat
Latam Sociedad Anónima.—San
José, 6 de mayo del 2016.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—CE2016005547.—( IN2016052424 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 4 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Red Social Lógica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava,
Notario.—1 vez.—CE2016005548.—( IN2016052425 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 5 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Guerrero Sociedad
Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Denis
Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1
vez.—CE2016005549.—( IN2016052426 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas 00 minutos del 5 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Balmofrawi
Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del
2016.—Lic. Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—CE2016005550.—( IN2016052427 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 5 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Professional English Services Inc. Sociedad Anónima.—San José, 6 de
mayo del 2016.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1
vez.—CE2016005551.—( IN2016052428 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 14 horas 00 minutos del 15 de abril del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Instituto Tecnológico del Sur ITESUR Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Augusto José Rojas
Trejos, Notario.—1 vez.—CE2016005552.—( IN2016052429
).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 00 horas 00 minutos del 6 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rosa Gue
Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Óscar Mata Muñoz,
Notario.—1 vez.—CE2016005553.—( IN2016052430 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a
las 04 horas 00 minutos del 23 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Grupo Muebles Varios y Solano Sociedad Anónima.—San José, 6
de mayo del 2016.—Lic. Darwin Giovanni Williams Anglin,
Notario.—1 vez.—CE2016005554.—( IN2016052431 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 6 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada A&T Comercial
Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del
2016.—Lic. Ana María Trejos Zamora, Notaria.—1
vez.—CE2016005555.—( IN2016052432 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 5 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Privada Villalareso D&J Sociedad Anónima.—San José, 6 de
mayo del 2016.—Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1
vez.—CE2016005556.—( IN2016052433 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00 minutos del 28 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Residencia del Cerro
Congo Sociedad Anónima. San José, 6 de mayo del 2016.—Licda.
Andrea Bonilla Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2016005557.—( IN2016052434 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 18 horas 00 minutos del 18 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Osarq
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic.
Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1
vez.—CE2016005558.—( IN2016052435 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13 horas 30 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Centro Interamericano para la Salud Global Sociedad Anónima.—San
José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016005559.—( IN2016052436 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Lógica APP SM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
06 de mayo del 2016.—Lic. Guillermo Francisco Sánchez Sava,
Notario.—1 vez.—CE2016005560.—( IN2016052437 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 5 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora Arroca Sociedad Anónima.—San
José, 6 de mayo del 2016.–Lic. Mileny Quesada
Avendaño, Notario.—1 vez.—CE2016005561.—( IN2016052438
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 5 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Hotel y Sala de Eventos
la Condesa Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo
del 2016.–Lic. Federico Calvo Pérez, Notario.—1
vez.—CE2016005562.—( IN2016052439 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13 horas 00 minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada KC Royals Development
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic.
Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1
vez.—CE2016005563.—( IN2016052440 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Echandi Biología Molecular
Sociedad Anónima.—San José, 06 de mayo del
2016.—Lic. Yiell Flores Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016005564.—( IN2016052441 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15 horas 00 minutos del 06 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada JLBW Dain Tree
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Licda.
Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1
vez.—CE2016005565.—( IN2016052442 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 08 de abril
del 2016, se constituyó la sociedad denominada NAV Star
Consulting Sociedad Anónima.—San
José, 06 de mayo del 2016.—Licda. Loana Leitón Porras, Notaria.—1
vez.—CE2016005566.—( IN2016052443 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Trazo Veinticuatro Sociedad
Anónima.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Edgar
Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2016005567.—(
IN2016052444 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 12 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Campo de Criptana Sociedad Anónima.—San
José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Loana Leitón Porras, Notaria.—1
vez.—CE2016005568.—( IN2016052445 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 6 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Olivos de Dios
Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Licda. Magally
Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016005569.—(
IN2016052446 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 13 minutos del 06 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora y Bienes
Raíces K Y P Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del 2016.—Lic. Gustavo
Casado Ramos, Notario.—1 vez.—CE2016005570.—(
IN2016052447 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13 horas 00 minutos del 4 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Guru Driver RC-GD Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 06 de mayo del 2016.—Lic. Fabio Arturo
Guerrero Díaz, Notario.—1 vez.—CE2016005571.—(
IN2016052448 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 08 horas 00 minutos del 6 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Scandinavian Management Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
06 de mayo del 2016.—Licda. Ivannia Méndez Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—CE2016005572.—( IN2016052449 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 22 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Inmobiliaria RDGZ Dos Mil Cuatro Sociedad Anónima.—San José,
06 de mayo del 2016.—Lic. Sergio José Solano Montenegro, Notario.—1 vez.—CE2016005573.—( IN2016052450 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 3 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Outsourcing
Proag Sociedad Anónima.—San José, 6 de mayo del
2016.—Lic. Raúl Emilio Acosta Arias, Notario.—1
vez.—CE2016005574.—( IN2016052451 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 45 minutos del 17 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Star
Cargo Service Sociedad Anónima.—San José, 22 de
mayo del 2016.—Lic. Álvaro Enrique Moreno Gómez, Notario.—1
vez.—CE2016006251.—( IN2016052466 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 28 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Zara Limitada.—San José, 03 de mayo del 2016.—Licda. Ginnette Arias Mora, Notaria.—1
vez.—CE2016005391.—( IN2016052503 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30 minutos del 26 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Orgánicos de Costa Rica
OCR Sociedad Anónima.—San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. José Antonio
Solís Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2016005392.—(
IN2016052504 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 28 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Importaciones JYBMD
Sociedad Anónima.—San José, 03 de mayo del 2016.—Licda. Ana Yancy Fuentes Porras, Notaria.—1
vez.—CE201605393.—( IN2016052505 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 28 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Auren Sociedad Anónima.—San José, 03 de mayo del
2016.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1
vez.—CE2016005394.—( IN2016052506 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de mayo
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Moving
and Relocutions Service y
GG Limitada.—San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Eduardo Ajoy Zeledón, Notario.—1
vez.—CE2016005395.—( IN2016052507 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 18 horas 00 minutos del 02 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Transportes Turísticos Ana Laura Sociedad Anónima.—San José, 03 de mayo del 2016.—Lic. Minor
Roberto Duran Chinchilla, Notario.—1
vez.—CE2016005396.—( IN2016052508 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 28 de abril
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Ramviquez
Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Ana Lorena Umaña Rojas, Notario.—1
vez.—CE2016005397.—( IN2016052509 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de abril
del 2016, se constituyó la sociedad denominada Fulcon
Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2016005398.—( IN2016052510 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 29 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada Jovi Incorporated
Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Vera Violeta Salazar Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2016005399.—( IN2016052511 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30
minutos del 15 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada A.I.A.
del Caribe Sociedad Anónima.—San José, 4 de mayo del 2016.—Lic.
Herman Mora Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016005400.—(
IN2016052512 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 11 horas 00
minutos del 2 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Patmonjo Limitada.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Priscilla Solano Castillo, Notaria.—1
vez.—CE2016005401.—( IN2016052513 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría
a las 14 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Soul of The Jungle Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 4 de mayo del
2016.—Lic. César Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2016005402.—( IN2016052514 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 28 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Piñas y Tubérculos del
Edén Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Lolita Arias
Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2016005403.—( IN2016052515
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00
minutos del 25 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada KRF
El Látigo Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ronald
Eduardo González Calderón, Notario.—1
vez.—CE2016005404.—( IN2016052516 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Transportes Refrigerados Jiménez Vargas Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Coto
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016005405.—( IN2016052517
).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 16 horas 00 minutos del 19 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Taltu de Alajuela Sociedad Anónima.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Lic. Adrián Alvarado Corella, Notario.—1
vez.—CE2016005406.—( IN2016052518 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 00
minutos del 02 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa
de Tranquilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ana Patricia
Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016005407.—(
IN2016052519 ).
Mediante escritura otorgada ante esta Notaría a las 10 horas 30
minutos del 27 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dos
Tucanes Pura Vida Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Ana
Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016005408.—(
IN2016052520 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 15 horas 30 minutos del 03 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada J.J.A Asociados Sociedad
Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Murillo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016005409.—(
IN2016052521 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nesma
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda.
Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016005410.—( IN2016052522 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00
minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
Luiska Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Teresita Chaves Castillo, Notario.—1
vez.—CE2016005411.—( IN2016052523 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00
minutos del 29 de abril del 2016, se constituyó la sociedad denominada Autos
Las Vegas Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo
del 2016.—Lic. Eugenia María Hernández Carballo, Notaria.—1
vez.—CE2016005412.—( IN2016052524 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00
minutos del 03 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Miyamoto International Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2016005413.—( IN2016052525 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 03 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Manzana
Rosa de Bello Horizonte Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Jeannina Saborío Zúñiga, Notaria.—1 vez.—CE2016005414.—( IN2016052526 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 04 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Conejo
Vaquez Limitada.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016005415.—( IN2016052527 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30
minutos del 02 de mayo del 2016, se constituyó la sociedad denominada Liam Baby House Sociedad Anónima.—San
José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Gerardo Andrés Camacho Quirós, Notario.—1 vez.—CE2016005416.—( IN2016052528 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 20 minutos del 23 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cerba
Ferretería Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda.
Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notaria.—1
vez.—CE2016005417.—( IN2016052529 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Óptima Encuentro Y Bienestar H-J Sociedad Anónima.—San
José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Dennis Alfredo León Chinchilla, Notario.—1 vez.—CE2016005418.—( IN2016052530 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios y Soluciones E
& CH Corp. Sociedad Anónima.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Lic. Ángel Valdivia Sing, Notario.—1 vez.—CE2016005419.—( IN2016052531 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30
minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Moneyline Investment
Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del
2016.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2016005420.—( IN2016052532 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de abril
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Euroimport
Nacional Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Roy Alberto
Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—CE2016005421.—(
IN2016052533 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Finchley
Group Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic.
Pablo Peña Ortega, Notario.—1 vez.—CE2016005422.—(
IN2016052534 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 30
minutos del 03 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Francois International Sociedad Anónima.—San
José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Cecilia Ester Tristán Trelles, Notaria.—1 vez.—CE2016005423.—( IN2016052535 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lot Thirty
Two VDPG Caracara Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Ana Mercedes Sancho
Rubí, Notaria.—1 vez.—CE2016005424.—( IN2016052536 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ultrabox
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic.
Juan José Nassar Güell, Notario.—1
vez.—CE2016005425.—( IN2016052537 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las
15 horas 00 minutos del 29 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada Transportes Refrigerados DJV Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Carlos Coto Madrigal,
Notario.—1 vez.—CE2016005426.—( IN2016052538 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00
minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fontech Cero Uno Sociedad Anónima.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Adrián Lizano Pacheco,
Notario.—1 vez.—CE2016005427.—( IN2016052539 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 00 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Total Software Solutions
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Analive Azofeifa Monge, Notario.—1 vez.—CE2016005428.—( IN2016052540 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30
minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Estrada
Debazach Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus,
Notario.—1 vez.—CE2016005429.—( IN2016052541 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Altituda
Verde Pacífico Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Óscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016005430.—(
IN2016052542 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00
minutos del 30 de abril del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Biomimesis Sociedad Anónima.—San José, 04 de
mayo del 2016.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1
vez.—CE2016005431.—( IN2016052543 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Serenidad del Océano
Limitada.—San José, 04 de mayo del 2016.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara,
Notaria.—1 vez.—CE2016005432.—( IN2016052544 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 50
minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Billy
Dogs Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Adrian Echeverría
Escalante, Notario.—1 vez.—CE2016005433.—(
IN2016052545 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 27 de abril del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Comercializadora Viax Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de mayo del
2016.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1
vez.—CE2016005434.—( IN2016052546 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Investment
Management Experts Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de mayo del 2016.—Lic. Omar Jalil Ayales
Adén, Notario.—1 vez.—CE2016005435.—( IN2016052547 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 00 minutos del 04 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Minnesota Irish Gte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04
de mayo del 2016.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez,
Notario.—1 vez.—CE2016005436.—( IN2016052548 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 09 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Katanore
Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo del 2016.—Licda. María Teresa Urpi Sevilla, Notaria.—1
vez.—CE2016005671.—( IN2016052685 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 10 de mayo
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Villa Almendro Sociedad
Anónima.—San José, 10 de mayo del 2016.—Lic. Darwin Giovanni Williams Anglin, Notario.—1
vez.—CE2016005672.—( IN2016052686 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 00 minutos del 06 de mayo del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Desarrollo el Burgo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 09 de mayo del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1
vez.—CE2016005583.—( IN2016052714 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 05
minutos del 09 de mayo del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Portugalete
Quinto A Sociedad Anónima.—San José, 09 de mayo del 2016.—Licda. Blanca
Rosa Rodríguez Ruiz, Notaria.—1 vez.—CE2016005584.—(
IN2016052715 ).
DIRECCION DE INSPECCIÓN
De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para
Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores
Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Servicios de
Seguridad Privada y Mantenimiento de Áreas Verdes Sociedad Anónima, número
patronal 2-03101577144-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que
la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de Alajuela, ha dictado
el Traslado de Cargos número de caso 1302-2016-578, que en lo que interesa
indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado
omisiones salariales de los trabajadores detallados en hoja de trabajo, folios
0042 a 0043 del expediente administrativo, por el período en estudio que
comprenden desde octubre del dos mil cuatro a marzo del dos mil seis, con dos
trabajadores. Total de salarios omitidos ¢8.900.397,45, Total de cuotas obreras
y patronales de la Caja ¢2.017.720,10. Total de aportaciones de la Ley de
Protección al Trabajador ¢511.772,85. Consulta expediente: en esta oficina
Alajuela, Ciudad Central, de la esquina sureste de los Tribunales de Justicia
cien metros este y veinticinco metros norte, antiguo Hospital San Rafael de
Alajuela, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Alajuela, 28 de julio del
2016.—Lic. Luis Gerardo Cruz Cruz, Jefe.—1 vez.—( IN2016050561 ).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS,
FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
En la Política POL/PRO-SC01 Trámites de Plataforma de Servicios,
política específica C “Trámite de Carné”, punto 3, léase correctamente:
Inciso a.2
2. Debe aportar una declaración
jurada emitida por un notario público en hoja de seguridad no protocolizada,
timbrada y sellada en donde se demuestre la unión de hecho, atendiendo los
requisitos del artículo 242 del Código de Familia.
Inciso f.2
2. Aportar una declaración
jurada emitida por un notario público en hoja de seguridad no protocolizada,
timbrada y sellada, y la documentación que demuestre la convivencia mínima de
tres años.
Junta Directiva.—M.Sc.
Lilliam González Castro, Presidenta.—1 vez.—(
IN2016056433 ).