LA
GACETA N° 187 DEL 29 DE
SETIEMBRE DEL 2016
ACUERDOS
MINISTERIO DE HACIENDA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
DOCUMENTOS VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
SEGURIDAD PÚBLICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
LICITACIONES
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
CULTURA Y JUVENTUD
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
AVISOS
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
REGLAMENTOS
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
AVISOS
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE
CARTAGO
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN
MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA-HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
CIENCIA, TECNOLOGÍA Y TELECOMUNICACIONES
N° 0031-2016-H
LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en lo que establecen los Artículos 140 inciso 2) y 146
de la Constitución Política y los Artículos 25 inciso 1°, 27 inciso 1°, 28
inciso 2° acápite b) de la Ley N°6227 Ley General de Administración Pública del
2 de mayo de 1978, y el artículo 12, inciso a) de la Ley N°1581 Estatuto de
Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar en Propiedad a los siguientes servidores del
Ministerio de Hacienda:
Para ver la imagen
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Artículo 2°—Rige. El rige será de conformidad con la fecha indicada
para cada funcionario.
Dado en la Presidencia de la República el día 28 de junio del 2016.
Ana Helena Chacón Echeverría.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—O. C. N°
27484.—Solicitud N° 13620.—( IN2016063120 ).
Nº 030-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE TRABAJO Y SEGURIDAD
SOCIAL
En uso de las facultades que les confieren los incisos 3), 18) y 20)
del artículo 140 y 146 de la Constitución Política, y con fundamento en los
numerales 25, 27, 28 y 103 de la Ley General de la Administración Pública y el
artículo 5º de la Ley Nº 14, Ley General de Pensiones.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Que mediante acuerdo Nº 06-2016 de fecha 12 de abril del
2016, el señor Ministro de Trabajo y Seguridad Social nombra como Oficial Mayor
y Director General Administrativo y Financiero al señor Ciro Barbosa Toribio,
cédula de identidad Nº 155804659433.
Artículo 2º—Que conforme al artículo 5º de la Ley Nº 14, Ley General
de Pensiones, se nombra al señor Ciro Barbosa Toribio, cédula de identidad Nº
155804659433, en el cargo de miembro propietario, ante la Junta Nacional de
Pensiones de Gracia, en representación del Ministro de Trabajo y Seguridad
Social. Y como miembro suplente a la señora Mavis Arley Castro, cédula de identidad Nº 1-933-558, conforme el
artículo 5º de la Ley Nº 14, Ley General de Pensiones.
Artículo 3º—Asimismo, se nombra a la señora Yara Vanessa Jiménez
Fallas, cédula de identidad Nº 1-871-251, en el cargo de miembro propietario,
ante la Junta Nacional de Pensiones de Gracia, en representación de la
Tesorería Nacional. Y como miembro suplente a la señora Daniela López
Hernández, cédula de identidad Nº 1-933-558, en representación de la Tesorería
Nacional, conforme el artículo 5º de la Ley Nº 14, Ley General de Pensiones.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en el Despacho del Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—San José, a los 21 días del mes de julio del 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Trabajo y Seguridad Social, Carlos Alvarado Quesada.—1 vez.—O. C. Nº 62293.—Solicitud Nº 9644.—( IN2016064660
).
N°
263-2016
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De
conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; los artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la
Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978;
así como el artículo 4 inciso c) del Reglamento de Gastos de Viaje y de
Transporte para Funcionarios Públicos;
Considerando:
I.—Que
Costa Rica aspira a alcanzar mayores niveles de desarrollo y la Organización
para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) es una herramienta para
proporcionar apoyo y guía en este proceso, ya que está orientada a promover las
mejores políticas públicas para mejorar la calidad de vida de las personas. El
Gobierno de la República ha venido trabajando con la OCDE desde el 2009 en
procura de llegar a convertirse en miembro y alcanzar, con ello, los objetivos
trazados. Las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el marco de
este proceso de ingreso-incluyendo todas las actividades preparatorias
relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo del mismo- fueron
declaradas de interés público mediante el Decreto Ejecutivo N° 37.983-
COMEX-MP, del 09 de setiembre de 2013, en el cual se designa a COMEX como
coordinador del proceso por parte del Poder Ejecutivo. Asimismo, en el Plan
Nacional de Desarrollo 2014-2018 se incluyó el fortalecimiento de las políticas
públicas, a través del ingreso de Costa Rica a la OCDE, como una meta
prioritaria de la gestión gubernamental.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial adoptada en mayo
de 2013 y la invitación formal cursada por la organización en abril de 2015
para iniciar el proceso de adhesión, se vienen ejecutando una serie de tareas
que conforman el plan de acción de Costa Rica. Posteriormente, en julio de
2015, el Consejo de la OCDE aprobó la hoja de ruta que establece el proceso y
fija los términos para su futura membresía, por tanto el país ha venido
trabajando fuertemente en el cumplimiento de estos requisitos. En el mes de
octubre de 2015, se llevó a cabo la misión oficial de lanzamiento del proceso
de adhesión a la OCDE y desde ahora y hasta el 2018, se espera que se lleve a
cabo la implementación de la hoja de ruta respectiva.
III.—Que
en este sentido, dos de los estudios previos al proceso de adhesión son la
Evaluación Completa para la adhesión a la Convención para Combatir el Cohecho
de Servidores Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales
Internacionales; y la Evaluación de Competencia. Al respecto, es de suma
importancia la participación de la delegación oficial que representará al país
en las reuniones del Comité de Competencia y del Grupo de Trabajo de la OCDE
sobre Cohecho en las Transacciones Comerciales Internacionales (Grupo de
Trabajo sobre Cohecho), con motivo de la presentación de los principales
hallazgos y desafíos en ambos temas ante los representantes de los 34 gobiernos
de la OCDE y los demás países que integran el Grupo de Trabajo sobre Cohecho.
La reunión de este Grupo de Trabajo en la cual se hará la presentación de Costa
Rica se celebrará el 16 de junio de 2016, en la sede de la OCDE en París,
Francia.
IV.—Que en relación con la reunión del Grupo de Trabajo sobre
Cohecho, es de alto interés para el Ministerio de Comercio Exterior y el
Gobierno de la República, la participación activa en la presentación citada.
Por lo anterior, resulta pertinente incluir en la delegación oficial que
representará al país en dicha presentación a los funcionarios: Jeffrey Gonzaga Flory del Poder Judicial; Tatiana Gutiérrez Delgado de la
Procuraduría General de la República y Eric Alfredo Chirino Sánchez de la
Universidad de Costa Rica, quienes asistirán en razón de su experiencia y
conocimientos técnicos en la materia, con el fin de asesorar a dicha delegación
oficial en las reuniones que se llevarán a cabo; tales funcionarios cuentan con
la anuencia de sus respectivas instituciones.
V.—Que,
por otra parte, en materia de política de competencia, Costa Rica ha trabajado
intensamente en su proceso de acercamiento a la OCDE, para lo cual
voluntariamente se sometió a una revisión inter-pares de su política de
competencia a cargo de la OCDE y del Banco Interamericano de Desarrollo (BID)
en el año 2014. De igual forma, como parte de este proceso, el país ha venido
participando en las reuniones de los diferentes grupos de trabajo que atienden
este tema, así como en las reuniones del Comité de Competencia de la OCDE. La
reunión del Comité de Competencia de la OCDE en la cual se tiene previsto
realizar la presentación de Costa Rica en el tema de política de competencia,
será el 16 de junio de 2016, en la sede de la OCDE en París, Francia. Esta es
la última etapa de un proceso para el cual un grupo de trabajo
interinstitucional, que incluye a COMEX, ha venido reuniéndose durante los
últimos meses, para atender los requerimientos de información formulados por la
OCDE y los funcionarios de su Secretaría, así como la elaboración de una
reforma de Ley que refleja las recomendaciones emanadas del examen inter-pares.
Por ello es de suma importancia integrar a la delegación oficial de Costa Rica
para esta presentación, a las funcionarias Marcela Gómez Masís,
Presidenta de la Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM) y Hazel Orozco Chavarría, de la Unidad Técnica de COPROCOM,
órgano adscrito al Ministerio de Economía Industria y Comercio; ambas
funcionarias cuentan con la anuencia de su respectivo jerarca.
VI.—Que la participación en estas reuniones es clave, ya que
se requiere que la Delegación de Costa Rica realice una presentación sobre la
situación del país y responda las preguntas de los delegados de los distintos
países; de igual forma permitirá identificar y discutir con los expertos de la
OCDE sobre los compromisos en estas áreas de cara al proceso de adhesión a esa
organización. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a las siguientes personas como integrantes de la delegación oficial
que representará al país en la presentación de Costa Rica en el tema de cohecho
ante el Grupo de Trabajo de la OCDE sobre Cohecho y en la presentación de Costa
Rica sobre política de competencia ante el Comité de Competencia de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE). Ambas
actividades se llevarán a cabo el 16 de junio de 2016, en París, Francia:
Señor Jeffrey Gonzaga Flory,
portador de la cédula de identidad número 05-0349-0886, funcionario del Poder
Judicial, señora Tatiana Gutiérrez Delgado, portadora de la cédula de identidad
número 1-0838-0944, funcionaria de la Procuraduría General de la República y el
señor Eric Alfredo Chirino Sánchez, portador de la cédula de identidad número
1-0623-0155 funcionario de la Universidad de Costa Rica, quienes participarán
en la presentación de Costa Rica ante el Grupo de Trabajo de la OCDE sobre
Cohecho el 16 de junio de 2016. Participarán en las diferentes discusiones que
tendrán lugar durante las reuniones, con el fin de conocer sobre los desafíos y
experiencias de los países miembros en la atención e implementación de acciones
sobre dicha materia.
Por su parte, la
señoras Marcela Gómez Masís, portadora de
la cédula de identidad número 1-1062-0408 y Hazel
Orozco Chavarría, portadora de la cédula de identidad número 1-0719-0255,
funcionarias de COPROCOM, órgano del Ministerio de Economía, Industria y
Comercio, participarán en la presentación de Costa Rica en el marco del proceso
de adhesión específicamente en las áreas sobre política de competencia que se
realizará ante el Comité de Competencia de la OCDE, el 16 de junio de 2016. Participarán
en las diferentes discusiones que tendrán lugar durante las reuniones, con el
fin de conocer sobre los desafíos y experiencias de los países miembros en la
definición e implementación de la política de competencia.
Los miembros de la Delegación Oficial que
representará al país en los eventos precitados, mantendrá reuniones de
coordinación previas, el día 15 de junio de 2016, con el fin de preparar todos
los aspectos relacionados con las presentaciones del 16 de junio de 2016. Todos
se trasladarán de Costa Rica hacia París, Francia, a partir del 13 de junio de
2016.
Artículo
2º—Los gastos del señor Jeffrey Gonzaga Flory, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte y de alimentación y hospedaje, ascienden a $925,96 (novecientos
veinticinco dólares con noventa y seis centavos); para el resto de los
funcionarios indicados ascienden a la suma de $1.050,40 (mil cincuenta dólares
con cuarenta centavos) para cada uno y en todos los casos sujetos a liquidación.
Tales gastos serán costeados con recursos de COMEX de las subpartidas
10501, 10503 y 10504 del Programa 792. Los gastos de transporte aéreo serán
cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del
programa 792. Cualquier erogación que por concepto de penalización deba girarse
por cambios imprevistos y debidamente justificados en los tiquetes aéreos,
serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503
del programa 792. El transporte terrestre en Costa Rica y en París, Francia,
será cubierto por la subpartida 10501 y 10503 del
programa 792. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar
de destino viajan a partir del 13 de junio y retornan a Costa Rica el 17 de
junio del 2016. Al señor Gonzaga Flory, se le
autoriza para hacer escala en Madrid, España por conexión, dado que no cuenta
con visa de los Estados Unidos de América; los demás funcionarios quedan
autorizados para hacer escala en Dallas y en Miami, Estados Unidos de América,
por conexión.
Artículo
3º—Las personas indicadas en el artículo segundo del precitado acuerdo, no
harán uso de las millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para reslizar este viaje.
Artículo
4º—Rige a partir del 13 y hasta el 17 de junio dos mil dieciséis.
San
José, a los siete días del mes de junio del año dos mil dieciséis.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio
Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud N° 14913.—(
IN2016062497 ).
Nº
410-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146
de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de
la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978;
el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de
Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada en
el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y
Considerando
I.—Que los países que integran el
istmo centroamericano son socios comerciales estratégicos para nuestro país,
ocupando el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con el fin
de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la agenda de política
comercial se ha enfocado en la modernización y profundización de la integración
económica centroamericana. Una parte fundamental de estas labores la constituye
la consolidación de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental en
el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte y dinámico, así
como la implementación de los compromisos regionales para el cumplimiento del
Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración
económica regional es un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea,
acuerdo negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos procesos de integración
económica regional y asumen una serie de compromisos en ese sentido. Por ello,
el grado de avance de los países centroamericanos en su integración regional
permitirá aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto
al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a
cabo la I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan de acción
acordado por los Ministros Responsables de la Integración Económica
Centroamericana, para el segundo semestre 2016 y como mecanismo para alcanzar
una integración comercial más profunda y sólida en la región centroamericana,
así como el cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación del señor Carlos
Marín Castro, resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio
Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Carlos Marín Castro, cédula número
1-1138-0362, funcionario de la, Dirección General de Comercio Exterior para
participar en la I ronda de negociación
del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión Aduanera Centroamericana que se
llevará a cabo del 29 de agosto al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de
Managua, Nicaragua. Participará en la reunión del Grupo Técnico de Origen que
se realizará del 31 de agosto al 02 de setiembre de 2016. El objetivo de la
reunión es continuar como la revisión de los temas pendientes para la implementación
del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea, así como las
modificaciones al Reglamento de Origen Centroamericano.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Carlos Marín Castro, por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte, alimentación y hospedaje, a saber, US$328,32 (trescientos
veintiocho dólares con treinta y dos centavos), sujeto a liquidación, con
recursos de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El
transporte terrestre en Costa Rica y en Nicaragua también será cubierto con
recursos de la Promotora. Los gastos correspondientes a llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que
por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, también serán
cubiertos con recursos de la Promotora. El transporte aéreo de ida y de
regreso, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio Exterior
(COMEX), por la subpartida 10503 del programa 796. De
igual manera, el seguro médico viajero, por la subpartida
10601 del programa 796.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que pudieran
derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 31 de agosto al 02 de setiembre de 2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.— 1 vez.—O. C. N°
28758.—Solicitud N° 14915.—( IN2016063196 ).
N°411-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146
de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de
la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978;
el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de
Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada en
el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016
y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República,
y
Considerando:
I.—Que los países que integran el
istmo centroamericano son socios comerciales estratégicos para nuestro país,
ocupando el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con el fin
de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la agenda de política
comercial se ha enfocado en la modernización y profundización de la integración
económica centroamericana. Una parte fundamental de estas labores la constituye
la consolidación de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental en
el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte y dinámico, así
como la implementación de los compromisos regionales para el cumplimiento del
Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración
económica regional es un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea,
acuerdo negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos procesos de
integración económica regional y asumen una serie de compromisos en ese
sentido. Por ello, el grado de avance de los países centroamericanos en su
integración regional permitirá aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto
al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a
cabo la I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan de acción
acordado por los Ministros Responsables de la Integración Económica
Centroamericana, para el segundo semestre 2016 y como mecanismo para alcanzar
una integración comercial más profunda y sólida en la región centroamericana,
así como el cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación del señor Federico
Arias López, resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio
Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Federico Arias López, portador de la
cédula de identidad número 01-0855-0658, funcionario de la Dirección General de
Comercio Exterior para participar en la I ronda de negociación del segundo
semestre 2016 del Proceso de Unión Aduanera Centroamericana que se llevará a
cabo del 29 de agosto al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de Managua,
Nicaragua. Participará en la reunión de los Subgrupos de Alimentos y Medidas
Sanitarias y Fitosanitarias que se realizará del 29 al 31 de agosto.
El objetivo de la reunión es continuar con la negociación del
Reglamento Técnico Centroamericano Leche UHT e iniciar con la negociación del
Reglamento Técnico Centroamericano Quesos Madurados. Asimismo, participará en
la negociación de los formularios de inspección para plantas procesadoras de
carne y productos lácteos.
Artículo 2º—Cubrir los gastos del señor Federico Arias López por
concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales
de transporte, alimentación y hospedaje, a saber, US$328,32 (trescientos
veintiocho dólares con treinta y dos centavos), sujeto a liquidación, con
recursos de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El
transporte terrestre en Costa Rica y en Nicaragua también será cubierto con
recursos de la Promotora. Los gastos correspondientes a llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que
por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, también serán
cubiertos con recursos de la Promotora. El transporte aéreo de ida y de
regreso, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio Exterior
(COMEX), por la subpartida 10503 del programa 796. De
igual manera, el seguro médico viajero, por la subpartida
10601 del programa 796.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las millas que pudieran
derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 29 al 31 de agosto del 2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca
Ordoñez, Ministro de Comercio a. í.— 1 vez.—O. C. N° 28758.—Solicitud
N° 14915.—( IN2016063197 ).
N°
414-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146
de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de
la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978;
el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de
Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada en
el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y
Considerando:
I.—Que los países que integran el
istmo centroamericano son socios comerciales estratégicos para nuestro país,
ocupando el segundo lugar en el intercambio comercial de Costa Rica. Con el fin
de potenciar los beneficios derivados de esta relación, la agenda de política
comercial se ha enfocado en la modernización y profundización de la integración
económica centroamericana. Una parte fundamental de estas labores la constituye
la consolidación de la Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental en
el proceso de consolidar la región como un bloque más fuerte y dinámico, así
como la implementación de los compromisos regionales para el cumplimiento del
Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración
económica regional es un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea,
acuerdo negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos procesos de
integración económica regional y asumen una serie de compromisos en ese
sentido. Por ello, el grado de avance de los países centroamericanos en su
integración regional permitirá aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto
al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a
cabo la I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan de acción
acordado por los Ministros Responsables de la Integración Económica
Centroamericana, para el segundo semestre 2016 y como mecanismo para alcanzar
una integración comercial más profunda y sólida en la región centroamericana,
así como el cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Paola
Orozco Alpízar, resulta de particular relevancia para
el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora Paola Orozco Alpízar,
portadora de la cédula número 01-1277-0230, funcionaria de la, Dirección
General de Comercio Exterior para participar en la I ronda de negociación del
segundo semestre 2016 del Proceso de Unión Aduanera Centroamericana que se
llevará a cabo del 29 de agosto al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de
Managua, Nicaragua. Participará en las siguientes actividades: 1) en la reunión
del Grupo Técnico de Facilitación del Comercio que se realizará del 29 al 31 de
agosto de 2016 hasta las 14:00 horas. El objetivo de la reunión es continuar
con la implementación de Estrategia Centroamericana de Facilitación del
Comercio y Competitividad con énfasis en la gestión coordinada de fronteras,
así como con las medidas prioritarias a corto plazo; 2) en la reunión de
Viceministros de Integración Económica a partir de las 14:00 horas del 31 de
agosto de 2016. El objetivo de la reunión de Viceministros es analizar los
diferentes temas que se incluyen en la agenda de la reunión en cumplimiento con
el plan de acción de este semestre como son, los compromisos derivados del
AACUE, compromisos derivados del Protocolo de Incorporación de Panamá,
integración económica centroamericana, procedimientos aduaneros y facilitación
de comercio y; 3) en las reuniones del Consejo de Ministros de Integración
Económica Centroamericana, a celebrarse el 01 de setiembre de 2016, fecha en
que participará en calidad de Asesora del señor Alexander Mora Delgado,
Ministro de Comercio Exterior. El objetivo de la reunión de ministros es
analizar los diferentes temas que se incluyen en las agendas de estas reuniones
en cumplimiento con el plan de acción de este semestre, como son los
compromisos derivados del AACUE, compromisos derivados del Protocolo de
Incorporación de Panamá, integración económica centroamericana, procedimientos
aduaneros y facilitación del comercio. Por efectos de itinerario y rutas de
vuelo regresa a Costa Rica hasta el 02 de setiembre de 2016.
Artículo 2°—Cubrir los gastos de la señora Paola Orozco Alpízar por concepto de impuestos, tributos o cánones que
se deban pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a
saber, US$601,00 (seiscientos un dólares), sujeto a liquidación, con recursos
de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte
terrestre en Costa Rica y en Nicaragua también será cubierto con recursos de la
Promotora. Los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío
de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos
conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto
a la salida como al regreso a Costa Rica, también serán cubiertos con recursos
de la Promotora. El transporte aéreo de ida y de regreso, serán cubiertos con
recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10503 del programa 796. De igual manera, el
seguro médico viajero, por la subpartida 10601 del
programa 796.
Artículo 3°—La funcionaria no hará uso de las millas que pudieran
derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo 4°—Rige a partir del 29 de agosto al 02 de setiembre del
2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.— 1 vez.—O. C. N°
28758.—Solicitud N° 14915.—( IN2016063198 ).
N°
415-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146
de la Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) de
la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978;
el artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de
Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley N° 9341, publicada en
el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de
Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio
Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría
General de la República, y
Considerando:
1º—Que los países que integran el istmo centroamericano son socios
comerciales estratégicos para nuestro país, ocupando el segundo lugar en el
intercambio comercial de Costa Rica. Con el fin de potenciar los beneficios
derivados de esta relación, la agenda de política comercial se ha enfocado en
la modernización y profundización de la integración económica centroamericana.
Una parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación de la
Unión Aduanera Centroamericana, como eje fundamental en el proceso de
consolidar la región como un bloque más fuerte y dinámico, así como la
implementación de los compromisos regionales para el cumplimiento del Acuerdo
de Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración
económica regional es un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea,
acuerdo negociado bajo una estructura de región a región, en el que las partes
reafirman su voluntad de fortalecer y profundizar sus respectivos procesos de
integración económica regional y asumen una serie de compromisos en ese
sentido. Por ello, el grado de avance de los países centroamericanos en su
integración regional permitirá aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto
al 02 de setiembre de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a
cabo la I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan de acción
acordado por los Ministros Responsables de la Integración Económica
Centroamericana, para el segundo semestre 2016 y como mecanismo para alcanzar
una integración comercial más profunda y sólida en la región centroamericana,
así como el cumplimiento de los compromisos regionales del Acuerdo de
Asociación entre Centroamérica y la Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Laura
Rodríguez Vargas, resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio
Exterior.
ACUERDA:
Artículo Primero.—Designar a la señora Laura
Rodríguez Vargas, portadora de la cédula número 02-0353-0794, funcionaria de la
Dirección General de Comercio Exterior para participar en la I ronda de
negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión Aduanera
Centroamericana que se llevará a cabo del 29 de agosto al 02 de setiembre de
2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua. Participará en las siguientes
actividades: 1) en la reunión de Directores de Integración Económica del 29 al
31 de agosto de 2016 hasta las 14:00 horas. El objetivo de la reunión de
Directores es analizar los diferentes temas que se incluyen en la agenda de
esta reunión, entre los cuales están negociar las solicitudes pendientes de
modificaciones arancelarias para insumos no producidos en la región, continuar
con la discusión de los reglamentos técnicos en proceso de armonización y tomar
decisiones en relación con los resultados de la negociación de los grupos
técnicos que se reúnen durante la ronda, así como otros asuntos relacionados
con la Integración Económica y elevar las respectivas recomendaciones a los
Viceministros y Ministros de integración económica. Asimismo, analizar el
avance en los temas relacionados con la implementación del Protocolo de
Incorporación de Panamá al Subsistema Económico y el cumplimiento de los
compromisos establecidos en el AACUE; 2) en la reunión de Viceministros de
Integración Económica a partir de las 14:00 horas del 31 de agosto de 2016. El
objetivo de la reunión de Viceministros es analizar los diferentes temas que se
incluyen en la agenda de la reunión en cumplimiento con el plan de acción de
este semestre como son, los compromisos derivados del AACUE, compromisos
derivados del Protocolo de Incorporación de Panamá, Integración Económica
Centroamericana, procedimientos aduaneros y facilitación de comercio y; 3) en
las reuniones del Consejo de Ministros de Integración Económica
Centroamericana, a celebrarse el 01 de setiembre de 2016, fecha en que
participará en calidad de Asesora del señor Alexander Mora Delgado, Ministro de
Comercio Exterior. El objetivo de la reunión de Ministros es analizar los
diferentes temas que se incluyen en las agendas de estas reuniones en
cumplimiento con el plan de acción de este semestre, como son los compromisos
derivados del AACUE, compromisos derivados del Protocolo de Incorporación de
Panamá, Integración Económica Centroamericana, Procedimientos Aduaneros y
Facilitación del Comercio. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo regresa a
Costa Rica hasta el 02 de setiembre de 2016.
Artículo Segundo.—Cubrir los gastos de la señora Laura Rodríguez
Vargas, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las
terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber, US$601,00
(seiscientos un dólares), sujeto a liquidación, con recursos de la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte terrestre en
Costa Rica y en Nicaragua también será cubierto con recursos de la Promotora.
Los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos
conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto
a la salida como al regreso a Costa Rica, también serán cubiertos con recursos
de la Promotora. El transporte aéreo de ida y de regreso, serán cubiertos con
recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10503 del programa 796. De igual manera, el
seguro médico viajero, por la subpartida 10601 del
programa 796.
Artículo Tercero.—La funcionaria no hará uso
de las millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar
este viaje.
Artículo Cuarto.—Rige a partir del 29 de
agosto al 02 de setiembre de 2016.
San José, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil
dieciséis.
Jhon Fonseca Ordoñez, Ministro de
Comercio Exterior a. í.— 1 vez.—O. C. N°
28758.—Solicitud N° 14915.—( IN2016063199).
Nº
416-2016
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política; artículo 25 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley
General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el
artículo 8, inciso b) de la Ley 7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación
del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada en el Diario
Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016
y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República,
y
Considerando:
I.—Que
los países que integran el istmo centroamericano son socios comerciales
estratégicos para nuestro país, ocupando el segundo lugar en el intercambio
comercial de Costa Rica. Con el fin de potenciar los beneficios derivados de
esta relación, la agenda de política comercial se ha enfocado en la
modernización y profundización de la integración económica centroamericana. Una
parte fundamental de estas labores la constituye la consolidación de la Unión
Aduanera Centroamericana, como eje fundamental en el proceso de consolidar la
región como un bloque más fuerte y dinámico, así como la implementación de los
compromisos regionales para el cumplimiento del Acuerdo de Asociación entre
Centroamérica y la Unión Europea (AACUE).
II.—Que de igual forma, la integración económica regional es
un elemento esencial para el AACUE y la Unión Europea, acuerdo negociado bajo
una estructura de región a región, en el que las partes reafirman su voluntad
de fortalecer y profundizar sus respectivos procesos de integración económica
regional y asumen una serie de compromisos en ese sentido. Por ello, el grado
de avance de los países centroamericanos en su integración regional permitirá
aprovechar el AACUE de una mejor manera.
III.—Que en este contexto, del 29 de agosto al 02 de setiembre
de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua se llevará a cabo la I ronda de
negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión Aduanera
Centroamericana. Lo anterior de conformidad con el plan de acción acordado por
los Ministros Responsables de la Integración Económica Centroamericana, para el
segundo semestre 2016 y como mecanismo para alcanzar una integración comercial
más profunda y sólida en la región centroamericana, así como el cumplimiento de
los compromisos regionales del Acuerdo de Asociación entre Centroamérica y la
Unión Europea.
IV.—Que la participación de la señora Marcela Chavarría Pozuelo,
resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Pozuelo, portadora de la cédula Nº
1-0847-0321, Directora de la Dirección General de Comercio Exterior para participar
en la I ronda de negociación del segundo semestre 2016 del Proceso de Unión
Aduanera Centroamericana que se llevará a cabo del 29 de agosto al 02 de
setiembre de 2016, en la ciudad de Managua, Nicaragua. Participará en las
siguientes actividades: 1) en la reunión de Viceministros de Integración
Económica a partir de las 14:00 horas del 31 de agosto de 2016. El objetivo de
la reunión de Viceministros es analizar los diferentes temas que se incluyen en
la agenda de la reunión en cumplimiento con el plan de acción de este semestre
como son, los compromisos derivados del AACUE, compromisos derivados del
Protocolo de Incorporación de Panamá, integración económica centroamericana,
procedimientos aduaneros y facilitación de comercio y; 2) en las reuniones del Consejo
de Ministros de Integración Económica Centroamericana, a celebrarse el 01 de
setiembre de 2016, fecha en que participará en calidad de Asesora del señor
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior. El objetivo de la
reunión de Ministros es analizar los diferentes temas que se incluyen en las
agendas de estas reuniones en cumplimiento con el plan de acción de este
semestre, como son los compromisos derivados del AACUE, compromisos derivados
del Protocolo de Incorporación de Panamá, integración económica
centroamericana, procedimientos aduaneros y facilitación del comercio. Por
efectos de itinerario y rutas de vuelo regresa a Costa Rica hasta el 02 de
setiembre de 2016.
Artículo
2º—Cubrir los gastos de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte, alimentación y hospedaje, a saber, US$338,00 (trescientos treinta y
ocho dólares), sujeto a liquidación, con recursos de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica (PROCOMER). El transporte terrestre en Costa Rica y en
Nicaragua también será cubierto con recursos de la Promotora. Los gastos
correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía
fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas
aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida
como al regreso a Costa Rica, también serán cubiertos con recursos de la
Promotora. El transporte aéreo de ida y de regreso, serán cubiertos con
recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10503 del programa 796. De igual manera, el
seguro médico viajero, por la subpartida 10601 del
programa 796. Se le autoriza para el uso de la firma digital para la
suscripción de documentos en trámites bajo su competencia.
Artículo
3º—La funcionaria no hará uso de las millas que pudieran derivarse del boleto
aéreo adquirido para realizar este viaje.
Artículo
4º—Rige a partir del 31 de agosto al 02 de setiembre de 2016.
San
José, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil dieciséis.
Jhon
Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—
1 vez.—O. C. Nº 28758.—Solicitud Nº 14915.—( IN2016063201 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de
la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la
Asociación de Desarrollo Integral de Sabana Grande de Nicoya. Por medio de su
representante: Sven Trankle
Sancho, cédula 5-336-990, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente
reforma al estatuto, Artículo N° 01, para que en adelante se lea así:
Artículo 01: Límites
Norte: Del Cementerio de Sabana Grande- Nambí trasando
línea imaginaria hasta el Cerro Azul.
Oeste: De los Pochotes línea imaginaria hasta el Cerro Azul.
Este: De la desembocadura de la Quebrada la Chorrera el Río Grande
siguiendo el cause del río hasta el cementerio de
Sabana Grande- Nambí.
Sur: De la desembocadura de la Quebrada la Chorrera en el Río Grande
siguiendo línea imaginaria hasta los Pochotes.
Dicha reforma fue realizada en la Asamblea del 12 de junio del 2016,
folio 195 del acta 47; que se encuentra en tomo I del expediente de la
organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro
de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad.
En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del
Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta
materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la
publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial
a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la
inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de
Registro.—San José, a las diez horas treinta minutos del primero de setiembre
del dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel
Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2016063044 ).
Resolución N° 2220-2016-MEP.—Consejo Nacional
de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), al ser las diez horas
veintiséis minutos del 29 de julio de dos mil dieciséis.
En ejercicio de las atribuciones contenidas en los artículos 1° y 2°
de la Ley Nº 6693 del 27 de noviembre de 1981 y en los artículos 2°, 3°, 4°, y
5° del Reglamento General del CONESUP Nº 29631-MEP del 18 de junio de 2001, se
resuelve lo siguiente:
Resultando:
1º—El 22 de junio del 2016, la señora Olga Marta Sánchez Oviedo, en
calidad de Ministra de Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN),
mediante oficio DM-410-16 (consecutivo 1232-16) comunica que el señor Jorge
Ortega Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948 fue
designado como representante Titular de ese Ministerio desde el 20 de junio del
2016, hasta el 20 de junio del 2018.
2º—El 22 de junio del 2016, en cumplimiento de lo dispuesto en los
artículos 11 de la Constitución Política, 1 y 2 de la Ley de Creación del
Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), número
6693 del 27 de noviembre de 1981, se procedió a juramentar al Lic. Jorge Ortega
Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948, lo cual fue
debidamente consignado en el acta de juramentación correspondiente, por un
periodo de dos años, el cual rige desde el 20 de junio del 2016 hasta el 20 de
junio del 2018.
Considerando:
I.—Que el artículo 2 de la Ley de
Creación del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada
(CONESUP), número 6693 del 27 de noviembre de 1981, señala: Artículo 2°—El
Ministerio de Educación Pública, mediante acta, juramentará a los
representantes y les dará posesión en sus cargos. Para la integración del
Consejo, requerirá a las entidades con derecho a ello, el nombramiento de sus
representantes, cuando éste proceda. Si dentro del plazo de un mes, contado a
partir de la comunicación respectiva, no se le hubiere comunicado el
nombramiento, el Ministerio lo hará de oficio.
El Consejo, en su primera sesión, elegirá, de entre sus miembros, un
vicepresidente, quien suplirá al presidente durante sus ausencias temporales.
II.—Que el artículo 3 del Reglamento General del Consejo Nacional de
Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), Decreto Ejecutivo 29631,
del 18 de junio del 2001 indica: “Artículo 3°—E1 CONESUP tendrá la
integración que determina el artículo 1° de su Ley Constitutiva y sus miembros
deberán necesariamente cumplir con los requisitos ahí señalados.
La designación de los miembros de las entidades y dependencias con
derecho a representación se hará conforme a los procedimientos internos que al
efecto tengan éstas, excepto el representante del conjunto de todas las
universidades privadas que se hará conforme a lo dispuesto en el artículo
siguiente.”
III.—Que de conformidad con lo razonado en el
oficio LYD-5828/07-2012-L de fecha 10 de julio del 2012, así emitido por la
Dirección de Leyes y Decretos, debe interpretarse que de las normas transcritas
anteriormente, se desprenden dos trámites específicos para el nombramiento de
los representantes de las instituciones con derecho a ello ante el CONESUP. El
primero de ellos es la designación de los miembros conforme los procedimientos
internos que al efecto tenga cada entidad y dependencia (artículo 3 del Decreto
Ejecutivo 29631), y el segundo, la juramentación de los representantes y puesta
en posesión del cargo que hará el Ministerio de Educación Pública (artículo 2
de la Ley 6693), todo lo cual según se manifiesta en los resultandos 1 y 2 de
la presente resolución, ya fue realizado, siendo lo procedente tener por
debidamente nombrado al Lic. Jorge Ortega Vindas,
cédula de identidad 1-1090-0948, como Representante Titular del Ministerio de
Planificación Nacional y Política Económica (MIDEPLAN), ante el Consejo
Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP), por el plazo
legal correspondiente de dos años, contabilizados a partir del 20 de junio del
2016 hasta el 20 de junio del 2018. Por tanto,
Considérese formal y válidamente nombrado al Lic. Jorge Ortega Vindas, cédula de identidad 1-1090-0948, como Representante
Titular del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica
(MIDEPLAN), ante el Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria
Privada (CONESUP), por el plazo’ legal correspondiente de dos años,
contabilizados a partir del 20 de junio del 2016 hasta el 20 de junio del 2018.
Publíquese.—Dra. Sonia Marta Mora Escalante, Ministra,
Presidenta del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada.—1 vez.—O. C. N° 28534.—Solicitud N° 19093.—( IN2016062872
).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, Rama Académica,
modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 30, título Nº 530,
en el año mil novecientos ochenta y seis, emitido por el Colegio María
Auxiliadora, a nombre de Rosabal Lizano María
Gabriela, cédula Nº 1-0775-0451. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los treinta días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016064340 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada, inscrito en el
tomo 1, folio 76, asiento N° 1449, emitido por el Colegio La Salle, en el año
mil novecientos ochenta y dos, a nombre de Hernández Cañas Luis Alberto,
cédula: 1-0657-0954. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veintitrés días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016062457 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 153, asiento N° 702, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Sardinal, en el año dos mil ocho, a nombre de Vallejos
Espinoza Diego Alonso, cédula: 5-0372-0521. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 9 de agosto del 2016.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016062657 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 29, título
N° 362, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Turrialba, en el año dos
mil nueve, a nombre de Ramírez Pérez Sofía, cédula N° 1-1533-0983. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, dieciocho días del mes de agosto del dos mil
dieciséis.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016062702 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 90, Título N° 545, emitido por el Colegio Académico de
Jiménez, en el año dos mil catorce, a nombre de Vargas Jiménez María de los
Ángeles, cédula 7-0248-0213. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los nueve días del mes de agosto del dos mil dicieséis.—Dirección
de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016063143 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 159,
título N° 1605 en el año dos mil tres, emitido por el Colegio de Limón Diurno,
a nombre de Ugalde Ramírez Gary Alberto, cédula N° 7-0197-0213. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los treinta y un días
del mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016063194 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 55, título N° 211, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Turrubares, en el año dos mil
cinco, a nombre de Yendry Guadamuz
Agüero. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título
original y corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Jendry Patricia Guadamuz Agüero,
cédula N° 1-1206-0722. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veintiséis días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016063231 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada en el Área de Ciencias, inscrito en el tomo 1, folio
40, título Nº 279, emitido por el Liceo Nocturno de Gravilias,
en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Mora Chacón Grethel, cédula Nº 1-0705-0753. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los ocho días del mes de setiembre del dos mil
dieciséis.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016064001 ).
REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de
Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma
aprobada por la organización social denominada: Unión de Comerciantes
Detallistas del Mercado Central, siglas UCODEMEC, acordada en asamblea
celebrada el 27 de abril del 2016. 59-SI. Habiéndose cumplido con lo dispuesto
en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Registro visible Tomo 16, Folio 232, Asiento 4910 del 26 de agosto del 2016. La
reforma afecta el artículo 36 del Estatuto.—26 de
agosto del 2016.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—Exonerado.—(
IN2016062851 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Se
reproduce por error de Imprenta
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Luis
Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de identidad Nº
105580219, en calidad de apoderado especial de UPL Limited,
con domicilio en UPL House, 610 B/2, Bandra Village, Off Western
Express Highway, Bandra
East, Mumbai-400 051, India, solicita la inscripción de: PRODENCE como
marca de fábrica y comercio, en clases: 1 y 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente, en clase 1: productos fertilizantes y químicos para
uso en la agricultura, fertilizantes multi-micro
nutrientes, nutriente orgánico para el crecimiento de plantas, aditivos
químicos para fungicidas, aditivos químicos para insecticidas, conservantes
para flores, químicos para silvicultura, fósforo. Clase 5: pesticidas,
insecticidas, fungicidas, herbicidas, vermicidas, sustancias para malar
roedores, vermicidas, preparaciones para eliminar mala hierba y destruir
plagas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2016.
Solicitud Nº 2016-0005196. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 07 de junio del 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2016055888
).
Marcas de ganado
Solicitud N° 2016-1782.—Carmen Lidia López
Porras, cédula de identidad 6-0101-1121, solicita la inscripción de:
L Z
8
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Puntarenas, Montes de Oro, San Isidro, Río Tiocinto,
centro del poblado de Río Tiocinto, 3 kilómetros
norte de la Iglesia Católica de Mesetas Abajo. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 24 de agosto del 2016, según el expediente N° 2016-1782.—San
José, 31 de agosto del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016062931 ).
Solicitud N° 2016-1748.—Wilfrido Acuña Valverde, cédula de identidad 0105420336,
solicita la inscripción de:
A W
3
como marca de ganado, que usará preferentemente en
San José, Pérez Zeledón, Rivas, La Piedra, 500 metros sur de la escuela. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 19 de agosto del 2016, según el
expediente N° 2016-1748.—San José, 22 de agosto del
2016.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016063062 ).
Solicitud N° 2016-1693.—Carlos Roberto Solano Ramírez, Cédula de identidad
0401510779, solicita la inscripción de:
T X
1
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, La Aldea, del cementerio 2
kilómetros norte, calle a San Luis. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 12 de
agosto del 2016. Según el expediente N° 2016-1693.—Elda
Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016063115 ).
Solicitud N° 2016-1743.—Etelvida Mora Garbanzo, cédula
de identidad 0102440753, solicita la inscripción de:
E C
5
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires, Potrero Grande, 1000 metros al
oeste de la escuela de la comunidad de Changuena. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación
de este edicto. Presentada el 18 de agosto del 2016. Según el expediente N°
2016-1743.—San José, 31 de agosto del 2016.—Viviana
Segura de la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016063224 ).
Solicitud N° 2016-1427.—Marcelo Castelli, pasaporte YA2778462, en calidad de
apoderado generalísimo sin límite de suma de Complejo Turístico Palo Verde CPT
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-204629, solicita la inscripción de:
P V
3
como marca de ganado, que usará preferentemente en
Guanacaste, Bagaces, Bagaces,
Farconiana, 2 kilómetros camino a Palo Verde. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 14 de julio del 2016. Según el expediente N°
2016-1427.—San José, 16 de agosto del 2016.—Karol Claudel Palma,
Registradora.—1 vez.—( IN2016063242 ).
REGISTRO DE PERSONAS
JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a: Miguel Ángel Carrillo Flores, cédula de identidad
1-0655-0688, en calidad de Albacea Provisional nombrado dentro de sucesorio
notarial expediente 3-2015, nombramiento visible en certificación notarial N°
23-3 de fecha 12 de junio del 2015 emitida por el Notario Público Carlos
Alberto Vargas Chavarría, que a través del Expediente DPJ-076-2016 del Registro
de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa de oficio por
cuanto: De acuerdo al Oficio DRI-04-0674-2016 del 25 de agosto del 2016
suscrito por el licenciado César Alexander Hernández Umaña, en calidad de
Asesor Jurídico del Registro Inmobiliario, mediante el cual pone en
conocimiento de este Despacho lo siguiente, se transcribe lo de importancia:
“Es de advertir que en el escrito rubricado por el Notario Vargas Chavarría
menciona que se le extravió la boleta de seguridad 1054366 serie Q, la cual, es
asociada con la presentación tomo 2016 asiento 491449. Dicha presentación
corresponde a un documento anotado en el Registro de Personas Jurídicas y versa
sobre la inscripción de un albaceazgo...”, se decreta la apertura oficiosa de
esta gestión administrativa y su tramitación de estilo, con sustento en la
circular DRPJ-011-2010 de 25 de agosto de 2010, decretada por la Dirección del
Registro de Personas Jurídicas. A efecto de proceder como en derecho
corresponde, por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince
días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación
del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los
alegatos que a sus derechos convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el
Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 07 de
setiembre del 2016.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico.—( IN2016063221 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-087412, denominación:
Asociación de Vivienda Autogestión y Ayuda Mutua de Curridabat. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2016 asiento: 499794.—Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 25 minutos y 49 segundos, del 09 de agosto
del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016062911 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-207264,
denominación: Asociación de Productores La Amistad, por cuanto dicha reforma
cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016
Asiento: 515826.—Dado en el Registro Nacional, a las 7
horas 59 minutos y 23 segundos, del 19 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016062933 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-507601, denominación: ASOCIACIÓN DE VECINOS DE URBANIZACIÓN
HERMOSA PALMS. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado
en el Registro Nacional, a las 15 horas 24 minutos y 3 segundos, del 10 de
junio del 2016- Documento Tomo: 2016 Asiento: 324057.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016063066 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad: Asociación de Agricultores Orgánicos Luz del Sol, con
domicilio en la provincia de: Alajuela, Upala, cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: promover la agricultura
orgánica como un tipo de actividad económica actual que beneficia a los
consumidores con productos libres de contaminantes. Cuyo representante será el
presidente: José Ángel Castillo Hurtado, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento:
430787.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 1
minuto y 28 segundos del 5 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016063091 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de
Vecinos de Hispania-Pavas, con domicilio en la provincia de: San José-San José,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover actividades
sociales, culturales, espirituales y recreativas en las que puedan participar
todas las personas de la comunidad. Cuyo representante, será el presidente:
José Irigoyen Tortolero, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016
Asiento: 169099 con adicional(es): 2016-394340.—Dado
en el Registro Nacional, a las 9 horas 15 minutos y 26 segundos, del 3 de
agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016063155 ).
El Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación Deportiva de Taekwondo San Isidro, Pérez Zeledón, con domicilio en
la provincia de: San José, Pérez Zeledón, cuyos fines principales entre otros
son los siguientes: Fomentar la salud de sus asociados a través de la práctica
del taekwondo. Cuyo representante será el presidente: Hugo Loaiza Martínez, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2016, asiento: 140120, con adicional: 2016-499377.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 20 minutos y
40 segundos del 18 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016063186 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Amigos de La Fe, con domicilio en la provincia de: San José- Pérez
Zeledón, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: fomentar los
principios cristianos en la zona sur de Costa Rica, propiciar espacios de
reflexión sobre las bases bíblicas teológicas del cristianismo como doctrina
social que propicia la reflexión critica y
comprometida con los sectores menos favorecidos de la sociedad, fomentar
campañas misioneras a nivel local nacional e internacional, con enfoque de
inclusión social, desarrollar actividades de formación y capacitación en áreas
afines a la fe cristiana. Cuya representante, será la presidenta: Ivannia Arias Zúñiga, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento:
192545 con adicional(es): 2016-388390, 2016-552665.—Dado
en el Registro Nacional, a las 14 horas 52 minutos y 33 segundos, del 25 de
agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016063188 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-297158, denominación:
Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de
Residencial Zurquí de San Josecito de San Isidro de
Heredia. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del
08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 567215.—Dado
en el Registro Nacional, a las 7 horas 56 minutos y 22 segundos del 30 de
agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016063227 ).
El Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación Movimiento Costarricense para la Defensa de los Derechos de las
Personas Afectadas por la Aplicación de Productos Químicos Asoproq,
con domicilio en la provincia de: Limón, Pococí,
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: defensa a nivel
nacional e internacional de todas aquellas personas que en forma directa o
indirecta se vieron afectados por el producto químico denominado Nemagon, para lo cual agruparán a los diferentes sectores
de la sociedad civil, respetando sus estructuras y objetivos propios,
otorgándoles apoyo y respaldo con miras a: promover ante la asamblea
legislativa proyectos de ley encaminados a proteger los derechos de aquellas
personas afectadas por el Nemagon. Cuyo representante
será el presidente: Salvador Mesen Mesen, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2015, asiento: 447444, con adicional (es): 2015-545023, 2016-249053.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 19 minutos y
51 segundos, del 3 de agosto del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016063241 ).
El Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación Administradora del Acueducto Rural y Alcantarillado Sanitario de Salitral,
con domicilio en la provincia de: San José, Aserrí,
cuyos fines principales entre otros son los siguientes: Administrar, operar,
dar mantenimiento, desarrollo y conservar en buenas condiciones el acueducto.
Cuyo representante será el presidente: Edgar Fernando De San Gerardo Abarca
Mata, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación
a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2016, asiento: 534017.—Dado en el
Registro Nacional, a las 9 horas 51 minutos y 47 segundos del 6 de setiembre
del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016063278 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Iglesia del Nazareno Ciudad
Refugio, con domicilio en la provincia de: San José San José, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Promover la fe cristiana. proyectarse
a la comunidad, dentro y fuera del pais, con
programas de bien social, predicar y enseñar el evangelio de nuestro señor
Jesucristo. Cuyo representante, será el presidente: Raúl Alberto de San Martin
Rojas Hernández, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016 asiento: 271639.—Dado en
el Registro Nacional, a las 13 horas 25 minutos y 17 segundos, del 8 de junio
del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016063289 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El señor Mauricio Bonilla Robert, cédula de identidad 109030770, en
calidad de apoderado especial de Nozala S.A.P.I. de
C. V., solicita el diseño industrial denominada MODELO INDUSTRIAL DE
BOLÍGRAFO. Modelo industrial de bolígrafo. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación
internacional de diseños industriales es: 19-06; cuyos inventores son: Silva
Rubio, Miguel Ángel (MX) y Hernández Vázquez Ernesto (MX). Prioridad: N°
/f/2016/000379 del 05/02/2016 (MX). La solicitud correspondiente lleva el
número 2016-0000354, y fue presentada a las 13:52:00 del 5 de agosto del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 23 de agosto del 2016.—María Leonor Hernández Bustamante,
Oficina de Patentes.—( IN2016062281 ).
El señor Mauricio Bonilla
Robert, cédula de identidad 109030770, en calidad de Apoderado Especial de Nozala, S. A.P.I. de C.V., solicita la Patente Nacional
París denominada Para ver la imagen
solo en La Gaceta en formato de PDF ARO DE SOPORTE PARA INSTRUMENTOS DE
ESCRITURA EN SUPERFICIES VERTICALES. La presente
invención se refiere a medios de soporte de instrumentos de escritura en
superficies verticales como pizarrones, rota folios u hojas de control, dichos
medios de soporte comprenden un aro donde se inserta el instrumento de
escritura u medios de adhesión a la superficie vertical. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: B43L 1/00, B43L 1/02 y B43L 27/04;
cuyos inventores son Silva Rubio, Miguel Ángel (MX) y Hernández Vázquez,
Ernesto (MX). Prioridad: N° MX/a/2016/001786 del 09/02/2016 (MX). La solicitud
correspondiente lleva el número 2016- 0000357, y fue presentada a las 11:17:40
del 9 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 23 de agosto de 2016.—María Leonor Hernández B,
Registradora.—( IN2016062286 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
El señor Uri Weinstok
Mendelewicz, cédula de identidad 108180430, en
calidad de apoderado especial de Rum Creations & Products Inc.,
solicita la diseño industrial denominado BOTELLA. Diseño ornamental para
una botella. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la clasificación internacional de diseños industriales es: 09-01;
cuyos inventores son: Marco Leone (US); Lurent
Hainaut (US); Javier de la Viuda (US); Pamela Marie Penn (US); Samantha Reader (NL) y Lucía Martín Gómez (NL). Prioridad:
N° 29/553,117 del 28/01/2016 (US). Publicación Internacional: la solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000204, y fue presentada a las 13:55:54
del 2 de mayo del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 2 de setiembre de 2016.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2016063030 ).
La señora Giselle Reuben Hatounian, cédula de
identidad 1010550703, en calidad de Apoderada Especial de Basf, SE, solicita la
Patente PCT denominada COMPUESTOS HETEROCÍCLICOS DE N-ACILIMINO. La
presente invención se refiere a compuestos de N-acilimino
de la Fórmula (I): en donde X es O o S, en
particular, O;m es un entero seleccionado de 0, 1, 2,
3, 4, 5 o 6; Het es un anillo heterocíclico de 5 o 6
miembros unido a carbono o unido a nitrógeno, W1-W2-W3-W4 representa un grupo
de la cadena de carbono conectado a N y C=N, y que así forma un heterociclo que
contiene nitrógeno saturado, insaturado o parcialmente insaturado de 5 o 6 miembros
, en donde W1, W2, W3 y W4 representan, cada uno individualmente, CRvRw, R1, R2 pueden ser hidrógeno, halógeno, etc. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/00, C07D 401/06, C07D
405/06, C07D 405/14 y C07D 417/06; cuyos inventores son Dietz,
Jochen (DE); Von Deyn, Wolfgang; (DE); Bandur, Nina Gertrud; (DE); Pohlman, Matthias; (DE) y Mclaughlin, Martin John; (DE). Prioridad: N° 61/879,691 del
19/09/2013 (US). Publicación Internacional: WO2015/040116. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000180, y fue presentada a las 14:17:13
del 19 de abril de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 26 de agosto de
2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2016063031 ).
El señor Marck Van Der Laat Robles, cédula
de identidad 1011960018, en calidad de apoderado especial de Valent Biosciences Corporation, solicita la patente PCT denominada FORMULACIONES
DE GIBERELINA CON BAJA CANTIDAD DE PRODUCTOS QUÍMICOS ORGÁNICOS VOLÁTILES.
La invención refiere a ácido giberélico (“GA3”), giberelina 4 (“GA4”), giberelina
4/7 (“GA4/7”) con baja cantidad de productos químicos orgánicos volátiles o
combinaciones de las mismas, formulaciones y métodos para su uso;
específicamente, las formulaciones de la presente invención se dirigen a las
formulaciones agrícolas que incluyen de aproximadamente 1 a aproximadamente 10%
de por lo menos una giberelina seleccionada del grupo
que consiste GA3, GA4, y GA4/7, de aproximadamente 85 a aproximadamente 99% de polietilen glicol con un peso molecular de aproximadamente
190 a aproximadamente 420, y de aproximadamente 0.1 a aproximadamente 5% de un
agente tensoactivo no iónico o aniónico,
en donde la formulación no incluye alcohol isopropílico,
y en donde los porcentajes son porcentajes en peso de la formulación. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
clasificación internacional de patentes es: A01N 43/12; cuyos inventores son: Devisetty, Bala, N (US); Venburg,
Gregory, D (US); Pienaar, Johan, Daniel (US) y Fritts, Robert (US). Prioridad: N° 61/918,821 del
20/12/2013 (US). Publicación internacional: WO2015/095312. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000281, y fue presentada a las 14:43:00
del 20 de junio de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 12 de agosto del 2016.—María Leonor Hernández
Bustamante, Registradora.—( IN2016063077 ).
La señora(ita) Mariana Vargas Roqhuett,
cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de Albeniz Etiquetaje Industrial S.L., solicita la Patente PCT
denominada MÁQUINA ETIQUETADORA. Máquina etiquetadora, que comprende una serie de dispensadores de etiquetas (2),
dispuestos en columna, un aplicador de etiquetas (3) y medios de transporte de
las etiquetas desde los dispensadores (2) hasta el aplicador (3), estando estos
vídeos constituidos por un primer módulo de transporte (4) verticalmente
desplazable y un segundo módulo de transporte (5) basculante a través de un eje
vertical. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la clasificación internacional de patentes es: B65C 1/02 y
B65C 9/18; cuyos inventores son: Albeniz
García-Falces, Eduardo (ES) y Lorente Roda, Josu (ES). Prioridad: N° P201331664
del 15/11/2013 (ES). Publicación Internacional: WO2015/071519. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000219, y fue presentada a las 10:10:13
del 11 de mayo de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 24 de agosto del 2016.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2016063087 ).
La señor(a)(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez,
cédula de identidad 108120604, en calidad de apoderada especial de Conair Corporation, solicita la
Diseño Industrial denominada Para
ver la imagen solo en La Gaceta en
formato de PDF APARATO PARA ONDULAR EL CABELLO. Aparato para ondular el cabello cuyo distintivo
es su aspecto original y detalles ornamentales. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Diseños Industriales es: 28-03; cuyos inventores son: Po Kwan Yue, Brenda (CN) y Man Siu, Kiy
(CN). Prioridad: Publicación Internacional: La solicitud correspondiente lleva
el número 2016-0000267, y fue presentada a las 13:19:50 del 15 de junio de
2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 10 de agosto de 2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2016063174 ).
La señora(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad
108120604, en calidad de apoderada especial de Bayer Pharma
Aktiengesellschaft, solicita la patente PCT denominada
Benzimidazol-2-Aminas como inhibidores de midh1.la presente invención se
refiere a Benzimidazol-2-Aminas con la fórmula general (i): donde R1, R2, R3,
R4, R5, R6, R7, R8, R9, R10, R11 y R12 son por ejemplo según se los define
aquí. Métodos para elaborarlos. Compuestos intermediarios útiles su
elaboración. Composiciones y combinaciones farmacéuticas que los comprenden. Su
uso en la manufactura de composiciones farmacéuticas útiles en la profilaxis o
el tratamiento de diversas enfermedades, particularmente de los neoplasmas, en
forma de agentes individuales o en combinación con otros ingredientes activos.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A61K
31/4184, A61P 35/00 y C07D 235/30; cuyos inventores son: Rehwinkel,
Hartmut (DE); Ring, Sven
(DE); Panknin, Olaf (DE); Anlauf,
Sonja (DE); Siebeneicher, Holger (DE); Nguyen, Duy (DE); Schwede, Wolfgang (DE);
Bauser, Marcus (DE); Zimmermann,
Katja (DE); Kaulfuss,
Stefan (DE); Neuhaus, Roland
(DE) y Blaney, Paul
Matthew (GB). Prioridad: N° 14154680.4 del 11/02/2014 (EM) y N° 14182002.7 del
22/08/2014 (EM). Publicación internacional: WO2015/121210. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016-0000361, y fue presentada a las 9:28:45
del 11 de agosto del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 17 de agosto del 2016.—Randall Piedra
Fallas, Registrador.—( IN2016063175 ).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Exp. 16987A.—Albergue
De Luna S. A, solicita concesión de: 0,34 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de en Jiménez (Golfito), Golfito,
Puntarenas, para uso turístico hotel - piscinas. Coordenadas 50.559 / 596.633
hoja carate. 0,10 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Jiménez (Golfito), Golfito, Puntarenas,
para uso turístico hotel - piscinas. Coordenadas 50.012 / 596.068 hoja Carate.
Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.
Dirección de Agua.—San José, 23 de febrero de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016066786 )
Exp. 10459A.—Rita Iris
Fuentes Méndez, solicita concesión de: 0,06 litros por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pablo, Turrubares, San José, para uso consumo humano - doméstico.
Coordenadas 210.000 / 491.100 hoja Río Grande. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 04 de febrero de 2016.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—( IN2016066845 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
ED-0715-2016. Exp. Nº 17246A.—Molicas KCA S. A., solicita
concesión de: 1,88 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de Kircua S. A., en San Francisco
(Cartago), Cartago, Cartago, para uso agropecuario-riego. Coordenadas: 210.980
/ 542.580, hoja Istarú. Predios inferiores: no se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 23 de agosto del 2016.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016066817 ).
ED-0753-2016. Exp. Nº 17271P.—Víctor
Manuel Pedro Batista, María Leoni Prevaas, solicita
concesión de: 1 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo NA-850 en finca de su propiedad en San Rafael (Poás), Poás, Alajuela, para uso
industrial-envasado de agua. Coordenadas: 230.839 / 508.564, hoja Naranjo.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 12 de setiembre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016067028 ).
ED-0742-2016. Exp. Nº 17264A.—Sergio Miranda
Torres, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin
nombre, efectuando la captación en finca de Free Town S. A., en Sierpe, Osa,
Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas: 531.470 /
958.677, hoja Sierpe. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 07 de setiembre del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016067078 ).
ED-0766-2016. Exp. Nº 17288A.—Gerardo Franci Acosta sco Castro Villegas
y Ana Lorena García Camacho, solicita concesión de: 0.006 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de El Aliento de la
Montaña S. A., en Concepción, San Rafael, Heredia, para uso consumo
humano-doméstico. Coordenadas: 225.400 / 529.200, hoja Barva.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 21 de setiembre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016067175 ).
ED-0760-2016. Exp. Nº 17282A.—La
Tertulia Familiar Dos Mil Uno Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.006
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de El Aliento de la Montaña S. A., en Concepción, San Rafael, Heredia, para uso
consumo humano doméstico. Coordenadas: 225.400 / 529.200, hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de
setiembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016067178 ).
ED-0739-2016.—Exp. N° 17262-A.—Punta Carbonera Sociedad Anónima, solicita concesión de:
1,08 litros por segundo de la Quebrada Carbonera, efectuando la captación en
finca de Lapa Río S. A. en Jiménez (Golfito), Golfito, Puntarenas, para uso
turístico. Coordenadas 261.689 / 539.961 hoja Carate. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de setiembre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016067379
).
ED-0733-2016.—Exp. 17231-P.—Inversiones
Misabueso Sociedad Anónima, solicita concesión de:
0.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo DM-92 en finca de su propiedad en Savegre,
Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 255.770 / 434.815
hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 1° de setiembre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016067417 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
ED-0752-2016.—Exp.
N° 17267P.—Condominio Horizontal Residencial Turístico y Comercial de Fincas
Filiales Primarias Individualizadas Monte del Barco, solicita concesión de: 70
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
CN-672 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso
Autoabastecimiento en Condominio, Agropecuario Abrevadero, Riego y Turístico
Hotel-Piscina-Restaurante. Coordenadas 287.044 / 360.705 hoja Carrillo Norte.
70 litros por segundo del efectuando la captación por medio del pozo CN-674 en
finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso
autoabastecimiento en Condominio, Agropecuario Abrevadero, Riego y Turístico
Hotel-Piscina-Restaurante. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de
setiembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2016067485 ).
ED-0736-2016.—Exp. N° 11352A.—Jorge
Mario Vargas Herrera, solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Jorge López Ocampo
en Sabana Redonda, Poás, Alajuela, para uso
Agropecuario-Abrevadero y Consumo Humano-Doméstico. Coordenadas 233.200 /
513.400 hoja Barva. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 02 de setiembre del 2016.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016067505 ).
Registro civil-Departamento civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso
incoadas por Judith Waleska Castillo Castillo, ha dictado una resolución que en lo conducente
dice: Resolución N° 262-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de
Actos Jurídicos. San José, a las quince horas treinta minutos del veintitrés de
enero del dos mil catorce. Exp. N° 51419-2013.
Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Allison Priscilla Vindas Castillo, en
el sentido que el nombre y los apellidos de la madre... son “Judith Waleska Castillo Castillo”.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016062942
).
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Scarleth Guadalupe López López, se ha dictado la resolución N° 4688-2016, que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las nueve horas y veintinueve minutos del veinticinco de
agosto de dos mil dieciséis. Exp. N° 49181-2015.
Resultando 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Logan Alexander Méndez López, en el
sentido que el nombre de la madre es Scarleth
Guadalupe.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2016063149 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Carmen Villachica
Matamoros, se ha dictado la resolución N° 3692-2016, que en lo conducente dice:
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
trece horas del veintidós de junio de dos mil dieciséis. Exp.
N° 17251-2016. Resultando 1º—... 2º—… Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gipsy
Fiorella Zeas Viachica, en
el sentido que el nombre y los apellidos de la madre son Carmen María Villachica Matamoro.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2016063152 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Sandra del Socorro Méndez no indica segundo
apellido, se ha dictado la resolución N° 3926-2016, que en lo conducente dice: Registro
Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho
horas treinta minutos del once de julio de dos mil dieciséis. Exp. N° 37436-2012. Resultando 1º—... 2º—... Considerando:
I.—Hechos Probados:... II.—Sobre
el fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Jipsy Dayana Castellón Méndez, en
el sentido que el apellido del padre, el nombre y el apellido de la madre son
Castellón no indica segundo apellido y Sandra del Socorro Méndez no indica
segundo apellido, respectivamente y de Angie Valeska
Castellón Méndez en el sentido, que el nombre del padre y el apellido de la
madre son Bismark y Méndez no indica segundo apellido, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. lrene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016063207 ).
Se hace saber que este
Registro, en diligencias de ocurso incoadas por Dominga Hernández no indica
segundo apellido, ha dictado la resolución N° 2692-2016, que en lo conducente
dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José,
a las once horas del dos de mayo de dos mil dieciséis. Exp.
N° 14374-2016. Resultando 1°—... 2°— Considerando: I.—Hechos
probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto:
rectifíquense los asientos de nacimiento de Laura Jaquelines
Morales Hernández, de José David Morales Hernández, Gladis Paulina Araya
Hernández y de Maidelyn Guadalupe Araya Hernández, en
el sentido que el apellido de la madre es Hernández no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—( IN2016063279 ).
Registro Civil - Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Francisco
Roberto Sequeira Medina, mayor, soltero, administrador, salvadoreño, cédula de
residencia N° 122200349923, vecino de San José, Santa Ana, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp.132771-2014.—San
José, 09 de agosto del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2016062350 ).
José Bonifacio Rivas Rivas, mayor, soltero,
supervisor de cajas, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155814909619,
vecino de Barrio Corazón de Jesús, en Escazú, 150 oeste del Club Campestre
Monte Clib, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Exp.138417-2015.—San José, 1° de junio del
2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2016062990 ).
Jacqueline del Socorro
Cruz Sáenz, mayor, soltera, operaria de empacado, nicaragüense, cédula de
residencia N° 155802175826, vecina de Alajuela, Río Segundo, 600 norte del
Supermercado Santiago, casa de alto esquinera color azul, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 671-2016.—San José, 9 de agosto del 2016.—German Alberto Rojas
Flores, Jefe a í.—1 vez.—( IN2016063051 ).
Santiago Gómez Cubillo, mayor, casado, mecánico automotriz, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155813545314, vecino de San Rafael Abajo, Desamparados,
San José, Valencia, 400 norte de Mini Súper Velencia,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Exp.753-2016.—San
José, 9 de agosto del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2016063086 ).
Holmer Javier Ortiz Ubeda,
mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° DI
155807280515, vecino de Limón, Centro, Bella Vista; 25 este, de Taller Chivi, apartamento color verde, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 137729-2015.—San José, 06 de setiembre del 2016.—German Alberto Rojas
Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016063126 ).
Juan Carlos Solano Potosme, mayor, soltero,
técnico de electrónica, nicaragüense, cédula de residencia N° 155808663611,
vecino de Heredia, San Pedro de Barva, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 136865-2015.—San José, 6 de abril del 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016063134 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN GENERAL
DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA
III Modificación al Plan de Compras
Periodo 2016 Setiembre
La Gestión de Proveeduría informa a todos los interesados que la III
Modificación al Plan de Compras correspondiente al periodo 2016, se encuentra
disponible en el Sistema Merk-Link/SICOP, en la
dirección www.merk-link.co.cr de Internet.
San José, 19 de setiembre del 2016.—Proveeduría
Institucional.—MBA. Erika García Díaz, Gestora.—1
vez.—O. C. N° 3400026841.—Solicitud N° 66241.—( IN2016067783 ).
MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2016
La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los
interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan
Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al
siguiente programa presupuestario 09003 SEGURIDAD CIUDADANA, el cual se
encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en
el link de COMPRARED, así como en la dirección electrónica www.sicop.go.cr.
San José, 23 de setiembre del 2016.—Dirección
de Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1
vez.—O. C. N° 3400026692.—Solicitud N° 66166.—( IN2016067582 ).
SUBÁREA PROGRAMACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
Addendum Plan Anual de Compras 2016
Para ver la imagen
solo en La Gaceta en formato de PDF
Área Gestión de Medicamentos-PEC.—Lic. Jorge
Arturo González Cuadra, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
1147.—Solicitud N° 6484.—( IN2016067648 ).
INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS
SERVICIOS DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR EL
APOYO A LA SUPERVISIÓN DE
MEJORAMIENTO
DE LA RUTA NACIONAL N° 160:
SECCIÓN PLAYA NARANJO - PAQUERA, LONGITUD 22,5 KM.
Institución: Ministerio de Obras
Públicas y Transportes
País: Costa Rica
Proyecto: Programa de Infraestructura de Transporte
Sector: Transporte
Préstamo N°/ 3071/OC-CR y n.° 3072/CH-CR.
Proyecto N°/ CR-L1032
Fecha límite de entrega: 14 de octubre 2016
El Gobierno de la República de Costa Rica ha recibido financiamiento
del Banco Interamericano de Desarrollo, y se propone utilizar parte de los
fondos para efectuar los servicios de apoyo a la supervisión del proyecto
mencionado anteriormente. El propósito es seleccionar una firma consultora que
proporcione el personal especializado, con la experiencia necesaria para
realizar las labores de supervisión y que suministre todos los recursos
necesarios para llevar a cabo los controles técnicos, mediciones de cantidades
de obra, levantamientos y controles topográficos, verificación del cumplimiento
del plan de gestión de la calidad enfatizando en la verificación de la calidad
de la obra, comprobación del cumplimiento de las obligaciones ambientales,
durante el periodo de ejecución del contrato de construcción de las obras,
comprobación del plan de seguridad y salud ocupacional entre otros.
El Ministerio de Obras Públicas y Transportes de Costa Rica, invita a
firmas consultoras provenientes de países elegibles para el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID) a expresar su interés en prestar los
servicios de consultoría, que posean experiencia profesional especializada en
la Supervisión de la construcción de obras viales de al menos 10 años, obtenida
esta experiencia en forma efectiva durante el periodo 2006 al 2016, tomando
como referencia la fecha cierre de esta expresión de interés. Las firmas
consultoras interesadas deberán proporcionar información que indique que están
calificadas para suministrar los servicios (descripción de trabajos de
supervisión de obras viales, indicación de características básicas de los
proyectos supervisados (monto, longitud, plazo), hojas de vida empresarial,
disponibilidad de personal que tenga los conocimientos pertinentes,
certificación en sistemas de calidad que posea la firma, entre otros). Para
presentar la información de la experiencia deberán completar el siguiente
cuadro:
Nº |
Nombre del proyecto
realizado |
Organismo contratante |
País donde
se realizó |
Duración
exacta meses o años, fecha de
inicio fecha de fin |
Monto del Contrato (US$) |
Monto de las
obras supervisadas (US$) |
1 |
… |
|
… |
|
… |
…. |
2 |
… |
|
… |
|
… |
… |
3 |
… |
|
… |
|
… |
… |
Completar según sea necesario. Para comparar y valorar las
experiencias se considerarán sólo las realizadas en los últimos diez años
(2006-2016).
Las firmas consultoras serán seleccionadas conforme a los
procedimientos indicados en las Políticas para la Selección y Contratación de
Consultores financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-9, y
podrán participar en ella todos los concursantes de países de origen que sean
elegibles, según se especifica en dichas políticas. El objetivo es conformar
una lista corta, en esta lista se incluirán seis firmas con una amplia
representación geográfica; no más de dos firmas podrán pertenecer al mismo
país. Las firmas consultoras serán seleccionadas con base en el método de
Selección Basada en la Calidad y el Costo (SBCC), descrito en las Políticas del
BID para contratación de servicios de Consultoría. Las firmas consultoras se
podrán asociar con otras firmas en forma de asociación en participación (Joint Venture) o subcontratistas con el fin de mejorar sus
calificaciones, en este caso deberán indicar cuál es la empresa líder. A los
efectos de establecer la lista corta, la nacionalidad de la firma será la del
país en que se encuentre legalmente constituida o incorporada y en el caso de
asociación en participación, será la nacionalidad de la firma que se designe
como representante. Los interesados deberán indicar el país de nacionalidad de
la firma. Las firmas consultoras interesadas pueden obtener información,
mediante consultas al correo electrónico: adquisiciones@ueppitcr.com. Las
expresiones de interés y toda la información de las firmas interesadas deberán
confeccionarse en idioma español. La información puede ser presentada y
registrada en la dirección mencionada abajo, a más tardar hasta las 18:00 horas
del día 14 de octubre 2016 (hora local Costa Rica), mediante correo ordinario, courier o correo electrónico. La información recibida
después de esa hora y fecha no será considerada.
Atención: Programa de Infraestructura de Transporte.
Dirección: San José, Piso 8 de la Torre Mercedes, Paseo Colón, oficina
de la Unidad Ejecutora INECO&ACCIONA, ubicada en Costa Rica. Teléfono:
(506) 4020-4800. E-mail: adquisiciones@ueppitcr.com.
Carlos Luis Villalta Villegas.—1 vez.—(
IN2016067775 ).
TEATRO NACIONAL
CONTRATACIÓN DIRECTA
Aplicación del recubrimiento para protección pasiva contra
fuego para el Teatro Nacional de
Costa Rica
La Proveeduría Institucional del Teatro Nacional de Costa Rica, invita
a participar a los interesados en el presente concurso, para lo cual, se le
informa que la apertura de las ofertas se realizará el 07 de octubre del 2016,
a las 11:00 a.m., así mismo se indica que se realizará una visita al sitio el
día 30 de setiembre a las 9:00 a.m. Las especificaciones cartelarias
pueden ser accesadas por medio del Sistema de Compras
Públicas SICOP del Ministerio de Hacienda.
San José, 23 de setiembre del 2016.—Proveeduría
Institucional.—Magister Adriana Quesada Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. N°
CD-227-09-20.—Solicitud N° 66102.—( IN2016067432 ).
HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000001-2205
Frutas, verduras y legumbres
Se informa a los interesados que está disponible el cartel
correspondiente a la Licitación Pública N° 2016LN-000001-2205, para la
adquisición de frutas, verduras y legumbres, su apertura se realizara el día 21
de octubre del 2016 a las 9:00 a. m.; ver detalles y más información en
www.ccss.sa.cr, o venir a retirar el cartel físico al Área de Contratación Administrativa.
Alajuela, 22 de setiembre del 2016.—Dirección
General.—Dra. Marcela Leandro Ulloa.—1 vez.—(
IN2016067560 ).
ÁREA
DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
El Hospital San Vito, comunica que se encuentra a disposición de los
interesados, el cartel para la Licitación Abreviada 2016LA-000002-2705, para la
compra del “Suministro Continuo según Demanda de Gases Medicinales e
Industriales para el Hospital San Vito”; para mayor información ingresar al
Link: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2705&tipo=LA de la
página.
La apertura será el próximo 13 de octubre del 2016 al ser las 10:00
horas”
Lic. Pedro Castillo Espinoza, Jefe.—1 vez.—( IN2016067736 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL A. CALDERON GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000044-2101
DASATINIB 100MG Comprimidos
Se informa a los interesados a participar en la Licitación Abreviada
N° 2016LA-000044-2101, por concepto de DASATINIB 100MG Comprimidos, que la
fecha de apertura de las ofertas es para el día 21 de octubre del 2016, a las
10:00 a.m. El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por
un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sacr.
San José, 27 de setiembre del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Glen Aguilar Solano, Coordinador.— 1 vez.—(
IN2016067763 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000038-PRI (Convocatoria)
Construcción y mejoras para el acueducto de Golfito
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que se
recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del 26 de octubre del 2016, para la
“Construcción y Mejoras para el Acueducto de Golfito”.
El archivo que conforma el cartel podrá accesarse
en la página www.aya.go.cr, o bien adquirirse previo pago de ¢500,00, en la
Dirección de Proveeduría de AyA, sita en el del
módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas.
Dirección de Proveeduría.—Licda.
Jeniffer Fernández Guillén.—1
vez.—O. C. N° 6000001412.—Solicitud N° 66371.—( IN2016067692 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la apertura del siguiente
proceso:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000027-01
Compra de terreno para construcción de la Oficina
Subregional en Turrialba
Fecha y hora de recepción de ofertas: Viernes, 21 de octubre 2016, a
las 14:00 horas (2:00 p.m.).
El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas
Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio
Lincoln; 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Área de
Contratación y Suministros, Planta alta del Edificio B, en horario de 8:00
horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la
página Web del INDER www.inder.go.cr menú de Contrataciones Administrativas,
Carteles, Área de Contratación y Suministros, o puede solicitarse enviando un
correo electrónico a la dirección kzamora@inder.go.cr sin embargo la legalidad
de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital
original que posee el INDER, del cual se tiene impresión adjunta en el
expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de
ofertas.
Área de Contratación y Suministros.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2016067555 ).
El Instituto de
Desarrollo Rural comunica la apertura del siguiente proceso:
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000026-01
Adquisición de plantas e insumos para la siembra de café
y cacao en territorios de la subregión
de Turrialba
Fecha y hora de recepción de ofertas: viernes 21 de octubre del 2016,
a las 10:00 horas (10:00 a. m.).
El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras oficinas
centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio
Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Área de
Contratación y Suministros, planta alta del Edificio B, en horario de 8:00
horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la
página web del Inder www.inder.go.cr menú de
CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS, CARTELES, AREA DE CONTRATACIÓN Y SUMINISTROS, o
puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección kzamora@inder.go.cr,
sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al
cartel en forma digital original que posee el Inder,
del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio
para fines de verificación y evaluación de ofertas.
Área de Contratación y Suministros.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2016067556 ).
El Instituto de
Desarrollo Rural comunica la APERTURA del siguiente proceso:
CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-000060-01
Adquisición de equipo de cómputo y audiovisual
para oficinas varias del Inder
Fecha y hora de recepción de ofertas: Jueves
06 de octubre del 2016, a las 10:00 horas.
El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas
Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio
Lincoln 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Área de
Contratación y Suministros, Planta alta del Edificio B, en horario de 8:00
horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la
página web del Inder www.inder.go.cr, en el apartado
Contratación Administrativa, Carteles, unidad de Compra: 01, o bien solicitarlo
correo electrónico a la dirección cgarciae@inder.go.cr sin embargo la legalidad
de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital
original que posee el Inder, del cual se tiene
impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de
verificación y evaluación de ofertas.
Área de Contratación y Suministros.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2016067557 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000022-01
Servicios de un Profesional de la Salud
en la Especialidad de Urología
El Proceso de Adquisiciones de la Sede Central del Instituto Nacional
de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del
21 de octubre del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones
el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita La Uruca, 2.5 kilómetros al oeste, del Hospital México, o bien
ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 66341.—( IN2016067441 ).
COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000149-07
Equipo de refrigeración comercial
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del
Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta
las 9:00 horas del 06 de octubre del 2016. Los interesados podrán retirar el
pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita
en Barranca de Puntarenas; 200 metros al norte, de la entrada principal de la
fábrica INOLASA, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 66339.—( IN2016067445 ).
BCR OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-12
Contratación de servicios profesionales para realizar desarrollos
evolutivos en el módulo de tesorería
y presupuesto de BCR Pensiones S.
A.
Se informa a los interesados en la licitación en referencia, que el
BCR Pensiones S. A., recibirá ofertas por escrito hasta las once horas con
treinta minutos (11:30 a.m.) del 10 de octubre del 2016, las cuales deben ser
depositadas en el buzón ubicado en la Oficina de Contratación Administrativa,
en el tercer piso Oficinas Centrales del BCR, entre avenida central y segunda,
calles 4 y 6.
El cartel que incluye las especificaciones técnicas y condiciones
generales, lo pueden retirar en esa misma oficina, en un horario de 9:00 a.m. a
3:00 p.m. Además, pueden obtenerlo ingresando a la página electrónica del Banco
de Costa Rica, www.bancobcr.com
San José, 26 de octubre del 2016.—Oficina
Compras y Pagos.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N°
65540.—Solicitud N° 66311.—( IN2016067430 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN
ESCUELA JULIA
FERNÁNDEZ RODRÍGUEZ
La Junta de Educación de la Escuela Julia Fernández Rodríguez,
perteneciente al Circuito Educativo 04 de la Dirección Regional Educativa de
Alajuela, sita en el distrito San Rafael, cantón Alajuela, provincia Alajuela;
costado norte, de la plaza de deportes, bajo la personería jurídica 3-008114674
debidamente acreditada, según el Reglamento General de Juntas de Educación y
Juntas Administrativas vigente, en su sesión ordinaria número 183-2016
celebrada al ser las 13:00 horas, del día 13 del mes setiembre del 2016, en su
artículo 5 y con fundamento en los términos y alcances de la Ley de
Contratación Administrativa su reglamento vigente y sus reformas y
modificaciones, Ley General de la administración pública, Ley de Control
Interno, Código de la Niñez y la Adolescencia y Normas Supletorias, procede a
invitar a los posibles interesados a participar en los siguientes procesos de
contratación abreviada que se impulsan para suplir las necesidades existentes
de estos productos a fin de brindar el servicio de alimentación a los niños y
las niñas del Centro Educativo Julia Fernández Rodríguez, por el periodo del
curso lectivo de los años 2017-2018-2019-2020. Estas contrataciones se
ejecutarán bajo la modalidad de entrega según demanda y quedan sujetas a
disponibilidad presupuestaria.
Para ver la imagen
solo en La Gaceta en formato de PDF
Los carteles de contratación en mención, pueden ser retirados en las
oficinas administrativas, del centro educativo, previa cancelación de diez mil
colones, por cada uno de ellos en la cuenta 100-1-0020014679-9 del Banco
Nacional de Costa Rica, a nombre de la Junta de Educación. Información a la
dirección del correo electrónico juntaejufer@gmail.com
San Rafael de Alajuela, 13 días del mes setiembre del 2016.—Junta de Educación.—Guiselle Sanabria Jiménez, Presidenta.— 1 vez.—(
IN2016067546 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA
I.E.G.B
REPÚBLICA DE PANAMÁ
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 0001-2016
Proveedor de alimentos para el comedor escolar curso
lectivo 2017
Se
invita a participar licitación pública para proveedor alimentos al comedor
escolar del I.E.G.B República de Panamá para el curso lectivo 2017. El cartel
lo puede adquirir en el Centro Educativo a partir del 28 de setiembre del 2016
en el horario de 8:00 am a 4:00 pm. Las ofertas se recibirán durante quince
días hábiles a partir del 28 de setiembre en el horario de 8:00 a. m. hasta
4:00 p. m. en la dirección del Centro Educativo.
Firma
ilegible.—1 vez.—( IN2016067578 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN
ESCUELA ULLOA
LICITACIÓN PÚBLICA N° EU-001-2017
Contratación de proveedor de alimentos para el comedor
Escolar Ulloa para el curso
lectivo 2017
Se hace conocimiento el proceso de Licitación Pública N° EU-001-2017,
“Contratación de proveedor de alimentos para el comedor escolar ulloa para el curso lectivo 2017”.
La Junta de Educación Escuela Ulloa, (ubicada contigua a la Iglesia
Católica, Barreal de Heredia), cédula jurídica 3-008-151890, tiene el agrado de
invitarle a participar en la Licitación Pública N° EU-001-2017, “Contratación
de proveedor de alimentos para el comedor escolar Escuela Ulloa para el curso
lectivo 2017” el cronograma será el siguiente:
Comunicado a los oferentes (invitación) y entrega de carteles: 03 de
octubre del 2016 en un horario de 8:00 a. m. a 3:00 p. m. recepción de ofertas:
24 de octubre del 2016. Apertura de ofertas: 24 de octubre del 2016.
Adjudicación de ofertas: 14 de noviembre del 2016. Objeciones: del 15 al 17 de
noviembre del 2016. Ratificación del contrato: 22 al 28 de noviembre del 2016.
Firma del contrato: 28 de noviembre del 2016.
El costo del cartel es de ¢30.000, depositarlo a la cuenta
100-01-004-010166-3 del Banco Nacional, favor presentar el depósito del Banco
para retirar el cartel.
Las ofertas se entregarán el 17 de octubre del 2016 hasta las 14
horas, en la secretaría de la institución ubicada en el Edificio de la Escuela
Ulloa, contiguo a la iglesia Católica, Barreal de Heredia. Cualquier consulta
la puede realizar a la siguiente dirección electrónica esc.ulloa@mep.go.cr. y a los teléfonos 22390994.
Cintya E. Rodríguez Naranjo, Presidenta.—1
vez.—( IN2016067767 ).
MUNICIPALIDAD
DE SANTA ANA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2016LP-000004-01
Adquisición de camiones recolectores de desechos sólidos
nuevos, modelo 2017, para 13.000 KG de carga útil
La
Municipalidad de Santa Ana invita a los potenciales oferentes a participar en
este proceso de contratación administrativa. La documentación para esta
licitación podrá obtenerse en el Departamento de Proveeduría de la
Municipalidad de Santa Ana, ubicada de la esquina noroeste de la iglesia, 50
metros norte, Santa Ana Centro, a partir del día 15 de julio del 2016, en el
horario de lunes a jueves de 2:30 a 4:30 pm, solicitarlo al correo proveeduría@santaana.go.cr o en la
página web, www.santaana.go.cr
sección transparencia, procesos de compra. Si lo adquieren por medio de la
página web favor informarlo a proveeduría, para poder tener el registro
correspondiente.
La
Apertura se realizará el día lunes 31 de octubre de 2016 a las 10:00 horas en
la Municipalidad de Santa Ana.
Karla Guerrero Mora, Encargada de
Licitaciones.— 1 vez.—( IN2016067549 ).
MUNICIPALIDAD DE
PUNTARENAS
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000003-01
Adquisición de equipo y maquinaria utilizados para la limpieza
de la playa del cantón Central de
Puntarenas” (Tractor agrícola,
vagonetas de volquete de carga liviana,
triturador de madera)
La Municipalidad de Puntarenas invita a los potenciales oferentes, a participar
en el proceso de licitación que seguidamente se detalla, para que retiren el
cartel, que estará disponible en el Departamento de Proveeduría, a partir de
esta publicación.
Ø Licitación
Abreviada 2016LA-000003-01
“Adquisición de equipo y maquinaria utilizados para la limpieza de la playa del
Cantón Central de Puntarenas” (Tractor agrícola, vagonetas de volquete de carga
liviana, triturador de madera).
Límite de recepción de ofertas: Hasta las 10:00 horas del 10 de
octubre de 2016.
Para mayor información al teléfono 2661-2104 de la Proveeduría
Municipal.
Puntarenas, 23 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2016067617 ).
GERENCIA DE LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE REACTIVOS Y OTROS
LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000022-05101
Pruebas para la determinación de hemoglobina
glicosilada (HBA1 C) automatizada
en sangre
Se informa a todos los interesados, que el ítem único “Pruebas para la
determinación de hemoglobina glicosilada (HBA1 C)
automatizada en sangre” de este concurso se adjudicó a la empresa Tecno
Diagnóstica S. A., bajo la modalidad de entrega según demanda, precio
unitario de $2,99, por un monto total estimado de $4.485.000,00, lo anterior
conforme a la sesión N° 8863, artículo 10 celebrada el 19 de setiembre de 2016
por junta directiva.
San José, 27 de setiembre de 2016.—Lic. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 13898.—( IN2016067637
).
PROCESO DE ADQUISICIONES
CONTRATACIÓN DIRECTA 2016CD-000136-07
Servicio de lavado de equipo de protección en la lucha
contra incendios (Trajes de bombero)
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del
Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el concurso de la Contratación
Directa 2016CD-000136-07 “Servicio de lavado de equipo de protección en la
lucha contra incendios (trajes de bombero)”, según acta del Proceso de
Adquisiciones Nº 157-2016 del 23 de setiembre del 2016 y con base al estudio
técnico del Núcleo Náutico Pesquero NNP-128-16, se adjudica según se detalla:
Oferta N° 1
(única): Javier
Villalobos Araya, cédula de identidad: N° 602270894 |
Línea: 1 |
Monto anual
adjudicado: ¢3.480.000,00 |
Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de
Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. N°
24626.—Solicitud N° 66431.—( IN2016067867 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000015-SUTEL
Contratación de servicios profesionales para el desarrollo de un
Benchmarking Internacional de
metodologías de cálculo
para el factor de ajuste por
eficiencia de la industria
de telecomunicaciones en Costa
Rica
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica
N° 3-007-566209, según lo autoriza el punto 4.4 del Procedimiento de Compras de
la SUTEL y con base en lo recomendado en el oficio 06753-SUTEL-DGM-2016 de la
Dirección General de Mercados, comunica a los interesados en la contratación de
referencia, que se adjudica el bien indicado, por cumplir legal y técnicamente
con lo requerido en el cartel, por ofrecer un precio razonable y por obtener el
mayor puntaje en la metodología de evaluación, según lo siguiente:
A la empresa Telecommunications Management
Group Inc (TMG),
empresa radicada en 1600 Wilson Blvd., suite 710, Arlinton, VA 22209, EE.UU por un monto de $USD 94.167,55
para el desarrollo de un comparativo o Benchmarking de metodologías de cálculo
a nivel internacional de varios países para la estimación del factor de
eficiencia de la industria de telecomunicaciones, para servicios fijos y
móviles, con el objetivo de determinar cuál metodología resultaría más viable
para aplicar en el caso de la industria de Costa Rica.
A la vez se le informa al proveedor adjudicado, que una vez que este
acto adquiera firmeza, cuenta con un plazo de 03 días hábiles como máximo, para
que entregue en la recepción de la SUTEL (tercer piso), en horario de lunes a
viernes de 8:00 a. m. a 4:00 p. m. lo siguiente:
1- Timbres fiscales de Ley o el entero de gobierno que corresponde,
por un monto de $USD 235,41.
3- Garantía de cumplimiento por el 10% del monto adjudicado.
Se cuenta con los fondos suficientes para asumir esta contratación y
se autoriza que sean utilizados de la partida “Ciencias Económicas y Sociales”
asignados a la Dirección General de Mercados.
Área de Proveeduría.—Juan
Carlos Sáenz Chaves.—1 vez.—O. C. N° 2307-16.—Solicitud N° 66407.—(
IN2016067813 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000017-SUTEL
Contratación de servicios profesionales para la definición
de los parámetros técnicos y
procedimientos de medición
sobre los servicios radioeléctricos
del PNAF y mejores
prácticas para la
disminución de interferencias
generadas por los servicios de
radiodifusión
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica
N° 3-007-566209, según lo autoriza el punto 4.4 del Procedimiento de Compras de
la SUTEL y con base en lo recomendado en el oficio 07069-SUTEL-DGC-2016 de la
Dirección General de Calidad, comunica a los interesados en la contratación de
referencia, que se adjudica el bien indicado, por cumplir legal y técnicamente
con lo requerido en el cartel, por ofrecer un precio razonable y por obtener el
mayor puntaje en la metodología de evaluación, según lo siguiente:
A la empresa Convertel CR S. A.,
ID: 3-101-022894, por un monto de $USD 177.433,47 (compuesto por $USD
171,116.04 por una oferta base y $USD 6.317,43 por la oferta opcional). Para
definir los parámetros técnicos y proponer los procedimientos de medición para
los servicios radioeléctricos presentes en el PNAF, basados en recomendaciones
de la UIT y en mejores prácticas a nivel internacional, que permitan una
disminución de las interferencias perjudiciales. Todo de conformidad con lo indicado
en el cartel y en la respectiva oferta.
A la vez se le informa al proveedor adjudicado, que una vez que este
acto adquiera firmeza, cuenta con un plazo de 03 días hábiles como máximo, para
que entregue en la recepción de la SUTEL (tercer piso), en horario de lunes a
viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. lo siguiente:
En seguimiento al punto 6.2 del
cartel, personería jurídica actualizada.
Timbres fiscales de Ley o el
entero de gobierno que corresponde, por un monto de $USD 443.5.
Garantía de cumplimiento por el
5% del monto adjudicado.
Se cuenta con los fondos suficientes para asumir esta contratación y
se autoriza que sean utilizados de la partida “Servicios de Ingeniería”
asignados a la Dirección General de Operaciones.
Proveeduría.—Juan Carlos Sáenz.—1 vez.—O. C.
N° OC-2307-16.—Solicitud N° 66405.—( IN2016067815 ).
FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES DE GUANACASTE
Para su conocimiento y trámites respectivos transcribo acuerdo tomado
por el Consejo Directivo de la Federación de Municipalidades de Guanacaste en
sesión extraordinaria N° 09-2016, celebrada el pasado viernes 23 de setiembre
en el cantón de Cañas, Guanacaste, que textualmente dice:
“Considerando:
Que con base en las calificaciones y recomendaciones del equipo de
evaluación y del Asesor Legal y por encontrarse a derecho con la garantía de
cumplimiento, se adjudica la Licitación Pública 2016LN-000001-01, a: a la
empresa Constructora CONTEK S. A., cédula jurídica 3-101-225198, por un
monto total de ¢220.000.000,00 (doscientos veinte millones con 00/céntimos).
Por tanto, se acuerda:
Acuerdo 1-ext.09-2016:
Adjudicar en base a las calificaciones y recomendación técnica del
equipo técnico de evaluación y del asesor legal, la Licitación Pública
2016LN-000001-01, a, la empresa Constructora Contek
S. A., cédula jurídica 3-101-225198, por un monto total de ¢220.000.000,00
(doscientos veinte millones con 00/ céntimos), para la Licitación Pública con
el nombre “Construcción de edificación de concreto reforzado de la Federación
de Municipalidades de Guanacaste”.
Acuerdo definitivamente aprobado y con dispensa de trámite de
comisión.
Cañas, 26 de setiembre del 2016.—Guiselle Segura Sánchez, Secretaria Administrativa.—1
vez.—( IN2016067620 ).
MUNICIPALIDAD DE FLORES
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2016CD-000047-01
Compra e instalación de basureros para el cantón de Flores
y centros verdes para el Concejo
Municipal
y el Edificio Municipal
A los interesados en el procedimiento de Contratación N°
2016CD-000047-01, se les informa que el proceso de proveeduría y bodega de la
Municipalidad de Flores en oficio PMF-AF-2016-048 del pasado 20 de setiembre,
dictó el respectivo acto final, en el cual se adjudica dicho procedimiento de
la siguiente forma:
• A la empresa PIE Promotores Inmobiliarios Especializados S. A.,
con cédula jurídica 3-101-575276, por un monto total de ¢7.250.000,00, de
conformidad con las condiciones estipuladas en el cartel y la oferta y según el
siguiente detalle:
Para ver la imagen
solo en La Gaceta en formato de PDF
En el Proceso de Proveeduría de la
Municipalidad se brindará toda la información adicional (Tel 265-71-25 Ext. 107
Fax 265-56-52).
Proveeduría.—Lic. Miguel Hernández Mejía,
Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2016067612 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000034-01
(Modificación número 1 al
cartel)
Contratación de una (1) empresa que brinde los servicios
de horas por demanda para la
atención de requerimientos
y desarrollo de nuevos módulos
para aplicaciones informáticas
utilizadas en el Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados
en la Licitación Pública Nº 2016LN-000034-01 lo siguiente:
En el artículo 05 de la sesión ordinaria Nº 1327-2016, celebrada por
el Comité de Licitaciones 21 de setiembre del 2016, autorizan la primera
modificación al cartel del proceso de cita.
Modificaciones al cartel:
En el Apartado C. Condiciones Especiales para todos los ítems, inciso
6.2), se deberá leer de la siguiente manera:
6.2. El líder técnico deberá contar con la acreditación de Project
Management Profesional, emitida por el Project Management Institute,
o una Maestría en Administración de Proyectos. Por lo que el oferente deberá
presentar una copia certificada de la documentación que acredite que su
personal cumple con dicho requisito
En el Apartado D. Criterios de
Evaluación para cada uno de los ítems, en el punto 1 asignación de puntaje para
el ítem número 1 (herramientas y ambiente Microsoft), se deberá leer de la
siguiente manera:
b.3 Ley 8204 y la normativa 105 SUGEF (5 puntos). Se asignarán dos
punto cinco (2.5) puntos, hasta un máximo de cinco (05) puntos, por cada
desarrollo y mantenimiento donde se haya aplicado la Ley 8204 y la normativa
105 SUGEF, que el oferente haya realizado dentro de los cinco (05) años previos
a la fecha para la apertura de las ofertas.
En el Apartado C. Condiciones
Especiales para todos los ítems, inciso 8.2 (Experiencia en herramientas
tecnológicas), se deberá leer de la siguiente manera:
8.2. Experiencia en herramientas tecnológicas:
El oferente dentro de los diez
(10) años anteriores a la fecha para la apertura de ofertas, deberá computar
dos (02) años de experiencia en cada una de las herramientas solicitadas en el
inciso 8.2.1 siguiente.
El cómputo de los dos (02) años
de experiencia se realizará de la siguiente manera: el oferente documentará los
servicios de desarrollo y mantenimiento que haya realizado dentro del plazo
establecido (diez (10) años anteriores a la fecha de apertura de las ofertas).
Se tomará el plazo entre la fecha final e inicial que el oferente indique
invirtió en cada uno de los servicios que documente. Esto dará como resultado
una cierta cantidad de días naturales. Para los efectos de esta contratación
setecientos veinte (720) días naturales, se computarán como dos (02) años.
Los servicios de desarrollo y
mantenimiento de software deberán haberse brindado a entidades financieras,
según se definen en los artículos 117 de la Ley Orgánica del Banco Central y 1
de la Ley de Regulación de Sociedades Financieras de Inversión y de Crédito
Especial de carácter no bancario. Se aclara al oferente que la experiencia se
puede haber efectuado en un solo servicio o que la suma de varios servicios den
la cantidad de herramientas y años que se solicitan.
En el
Apartado C. Condiciones Especiales para todos los ítems, incisos 8.3.2
(Requisitos técnicos para los desarrolladores Oracle) y 8.3.2.1 (Herramientas
tecnológicas en las que todos los profesionales deben demostrar su experiencia
o conocimiento), se deberá leer de la siguiente manera:
8.3.2 Requisitos técnicos para los desarrolladores Oracle.
Los profesionales incluidos por
el oferente, deberán haber realizado dentro de los diez (10) años anteriores a
la fecha para la apertura de las ofertas, como mínimo dos (02) proyectos en
desarrollo y mantenimiento de aplicaciones, utilizando las herramientas
indicadas en este mismo apartado incisos 8.3.2.1, 8.3.2.2, 8.3.2.3 y 8.3.2.4 de
acuerdo a como se específica.
8.3.2.1. Herramientas tecnológicas en las que todos los profesionales
deben demostrar su experiencia o conocimiento:
i. Base de Datos Oracle 10G, 11C y 12C o superior.
ii. Oracle
Business Intelligence Enterprise Edition 11C.
iii. WebLogic Server 11C R1 y Superior.
iv. Oracle BI Publisher 11.1.1.7 o superior.
v. Programación Oracle PL/SQL.
Al menos tres (03) de los profesionales ofertados deberán tener
experiencia en las herramientas:
Oracle Forms 3.0, 6i, 10G, 11C o superior.
Oracle Report
3.0, 6i ,10G, 11C o superior.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La Uruca, 30 de setiembre del 2016.—Proveeduría General.—Alejandra Trejos Céspedes,
Supervisora Operativa.—1 vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N° 66364.—(
IN2016067723 ).
GERENCIA LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE INSUMOS MÉDICOS
2016LN-000024-05101
(Aviso N° 02 prorroga y
modificación)
Bolsa de colostomía para adultos, sistema
de una pieza con medida parche 65
±5mm
A todos los interesados en el presente concurso se les informa que se
encuentra en el sistema comprared la nueva ficha
técnica versión 0046 y además se prórroga la fecha de apertura de las ofertas
para el de 18 octubre del 2016 a las 8:00 horas
Además se les informa que el tiempo de la primera entrega se modificó
según oficio AGM-5846-2016, quedando de la siguiente forma: 60 días naturales a
partir del día posterior a la notificación de la orden de compra o contrato.
El resto del cartel permanece invariable.
San José, 26 de setiembre del 2016.—Línea de
Producción de Insumos Médicos.—Licda. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. N° 1142.—Solicitud N° 13835.—( IN2016067644 ).
HOSPITAL
MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN NACIONAL 2016LN-000013-2104
Adquisición de camas eléctricas para pacientes,
mesas de noche y mesas puente
La Subárea de Contratación Administrativa
del Hospital México comunica a los interesados que la fecha de apertura del
presente concurso, se prorrogará hasta nuevo aviso. Además les informamos que
en caso de haber modificaciones estas se comunicarán por este mismo medio.
San José, 27 de setiembre del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen
Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—( IN2016067664 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000055-2104
Por la adquisición de Carro para atender
Paro Cardio
Respiratorio
La Subárea de Contratación Administrativa
del Hospital México comunica a los interesados que la fecha de apertura del
presente concurso, se prorrogará hasta nuevo aviso.
Además les informamos que en caso de haber modificaciones estas se comunicarán
por este mismo medio.
San José, 27 de setiembre del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen
Rodríguez Castro, Jefa.—1 vez.—( IN2016067666 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000016-01
Contratación de Servicios de Mantenimiento y Desarrollo
de Sistemas de Información en
Microsoft.Net,
según demanda por cuantía estimada
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje,
informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública N°
2016LN000016-01, “Contratación de Servicios de Mantenimiento y Desarrollo de
Sistemas de Información en Microsoft.Net, según demanda por cuantía estimada”,
que el cartel de la supramencionada licitación se modifica de la
siguiente manera:
En el punto 3.5, Personal Técnico, Programador:,
los siguientes puntos deben leerse correctamente de la siguiente manera:
ü Debe
estar certificado en Microsoft MCSD:Web
Applications.
ü En
conjunto, el personal ofertado para este apartado deberá contar con la
siguiente certificación o superior:
Scrum Fundamentals Certified
Credential.
El resto de especificaciones y condiciones de este cartel, se
mantienen invariables.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 66340.—( IN2016067443 ).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000006-01
Limpieza de Colectores de Residuos Ubicados
en las Vías y Sitios Públicos del
Cantón Alajuela
El día 22 de setiembre de 2016 se publicó en el Diario Oficial La
Gaceta N° 182, la adjudicación de la supracitada
licitación, por error material se indicó el Artículo N° 5, Capítulo X,
de la sesión ordinaria N° 27-2016, del 05 de julio de 2016, siendo lo
correcto:
“Artículo N° 2, Capítulo VIII, de la sesión ordinaria N° 35-2016, del
30 de agosto de 2016”
Lic. Johanna Madrigal Vindas,
Proveedora Municipal.— 1 vez.—( IN2016067850 ).
SUPERINTENDENCIA
GENERAL DE VALORES
La
Superintendencia General de Valores de conformidad con lo establecido en la Ley
8220 “Protección del ciudadano del exceso de requisitos y trámites
administrativos” publica el siguiente acuerdo:
SGV-A-217.
Superintendencia General de Valores. Despacho del Superintendente, a las
catorce horas del veintiocho de junio del dos mil dieciséis.
Considerando
que:
I. En el
artículo 11 del acta de la Sesión 1259-2016, celebrada el 14 de junio del 2016,
el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero aprobó el “Reglamento
de Intermediación y Actividades Complementarias (RIAC)”.
II. En
este reglamento se regulan las condiciones para la prestación del servicio de
asesoría de inversión y de gestión de portafolios.
III. Como
parte del servicio de asesoría de inversión y de gestión de portafolios surge
la necesidad de regular la relación entre la entidad que le preste los
servicios de intermediación de valores y la entidad que le preste el servicio
de custodia, de forma tal, que el intermediario pueda tener acceso a la
composición del portafolio del inversionista con el fin de dar seguimiento al
desempeño de dicho portafolio. Por esta razón, el intermediario de valores debe
facilitarle al inversionista la contratación del servicio de custodia a través
de una entidad autorizada, quien a su vez permita al intermediario el acceso
antes indicado.
IV. Para
cumplir con lo anterior el RIAC establece que los intermediarios de valores que
ofrezcan servicios de gestión de portafolios deben contar con un contrato
suscrito con alguna entidad de custodia autorizada, a través de la cual puedan
actuar como ordenante en la cuenta y dar seguimiento al portafolio del
inversionista.
V. Para
cumplir con esto, la entidad de custodia contratada debe abrir la cuenta a
nombre del titular de los valores o instrumentos financieros y permitir el
acceso del intermediario a la información del portafolio.
VI. Esta
autorización de acceso y la designación del ordenante deben también quedar
explícitas en el contrato de servicios que se suscriba entre el custodio y el
inversionista.
VII. En
la prestación del servicio de gestión de portafolios, el intermediario de
valores debe verificar que la entidad de custodia autorice que el cliente pueda
ejecutar estrategias de apalancamiento.
VIII. En
la prestación del servicio de asesoría de inversión, el intermediario de
valores debe suscribir un contrato de servicios con una o más entidades de
custodia autorizadas a través de las cuales pueda dar seguimiento al portafolio
del inversionista.
IX. Para
estos efectos, la entidad de custodia contratada debe abrir la cuenta a nombre
del titular de los valores o instrumentos financieros y permitir el acceso del
intermediario a la información del portafolio.
X. Esta
autorización de acceso debe quedar explícita en el contrato de servicios que se
suscriba entre el custodio y el inversionista, pero no implica que ese
intermediario sea ordenante en la cuenta de custodia del titular.
XI. De
conformidad con el artículo 8 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores, le
corresponde al Superintendente realizar todas las acciones necesarias para el
efectivo cumplimiento de las funciones de regulación, supervisión y
fiscalización que competen a la Superintendencia General de Valores.
XII. Según
lo previsto en la “Ley General de Administración Pública” y en la “Ley de
Protección al Ciudadano del exceso de trámites y requisitos”, por tratarse
de una modificación de normas a partir de una normativa aprobada que salió en
su momento a consulta, y no establecerse nuevos requisitos a los administrados,
se omite la realización de una consulta particular al mercado sobre el presente
acuerdo.
Por
tanto dispone el presente acuerdo:
SGV-A-217.
MODIFICACIÓN AL ACUERDO “SGV-A-198
ACUERDO PARA LA IMPLANTACIÓN
DEL REGLAMENTO DE CUSTODIA”
Artículo
1. Modificaciones
Se
modifica el transitorio I para que en adelante se lea de la siguiente forma:
“Transitorio
I
Las entidades de custodia cuentan con un plazo
de 8 meses contados a partir del 30 de junio de 2016 para actualizar los
contratos con sus clientes, si esto se requiere para que ostenten las
facultades necesarias para la prestación de los servicios, en consideración de
las disposiciones aprobadas en el Reglamento de Intermediación de Valores y
Actividades Complementarias”.
Artículo
2. Adiciones
Se
adiciona el Transitorio V para que se lea de la siguiente forma:
“Transitorio
V
Al vencimiento del Transitorio I cada entidad
debe remitir un plan de actualización para los contratos de los clientes
activos para su autorización a la Superintendencia General de Valores”.
Artículo
3. Vigencia
Rige a
partir del 30 de junio del 2016.
Consulte
en el sitio web de la SUGEVAL (www.sugeval.fi.cr) en su sesión de
“Normativa/Acuerdos del Superintendente/Acuerdos aplicados a Bolsas, puestos y
otras entidades”, para acceder al texto del acuerdo con todas sus reformas.
Carlos Arias Poveda, Superintendente General
de Valores.—1 vez.—O. C. Nº 4200000668.—Solicitud Nº
12905.—( IN2016062901 ).
COLEGIO DE MICROBIÓLOGOS
Y QUÍMICOS CLÍNICOS DE COSTA
RICA
Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos de Costa Rica, comunica
la inclusión del artículo 12 Bis en el Reglamento de Requisitos y Funciones
para Asistentes de Laboratorio de Microbiología y Química Clínica:
Artículo 12.—Bis:
Los Asistentes de Laboratorio debidamente inscritos en el Colegio estarán
habilitados para desempeñar funciones propias de su categoría, así como de
categorías inferiores.
Aprobado en sesión 22:2016-2017 del 30 de agosto de 2016, Acuerdo 14.
Dra. Lidette Salazar Palma, Presidenta.—1
vez.—( IN2016063019 ).
Colegio de Microbiólogos
y Químicos Clínicos de Costa Rica, comunica los siguientes cambios en la
Reglamentación del Colegio:
MANUAL DE NORMAS Y REQUISITOS PARA INSCRIPCION
DE: ASISTENTE TECNICO, TECNICO
1, TECNICO 2
Y ASISTENTE DIPLOMADO EN
LABORATORIO
DE MICROBIOLOGÍAY QUÍMICA
CLÍNICA
Para optar por la autorización en alguna de las cuatro categorías, el
interesado deberá demostrar ante la junta directiva el respectivo cumplimiento
y obligatoriedad de las siguientes normas de presentación *y los requisitos por
categoría:
* NORMAS DEPRESENTACIÓN:
1 La presentación de documentos se hará en los formularios vigentes
al momento
2 El trámite debe llevarse a cabo por el interesado, de manera
presencial en la sede del Colegio (100 metros oeste y 75 metro sur del Segundo
Circuito Judicial, Goicoechea)
3 De no poder hacerlo personalmente puede efectuarlo a través de una
persona autorizada, con documento de autorización original y expedito, firmado
por el interesado y adjuntando fotocopia de su cédula de identidad; la persona
autorizada aportará también fotocopia de su cédula de identidad que se
verificará en el Colegio al momento del trámite ante la cédula del autorizado.
Igual procedimiento se seguirá al retirar los resultados del trámite.
4 Deberá aportar documentación completa al momento de la solicitud
para que sea admitido; si falta algún documento o es incorrecta la
presentación, se devolverán al solicitante para completar o corregir.
5 Si el interesado cumple con estas normas de presentación y los
requisitos de la categoría, el solicitante debe cancelar los aranceles
dispuestos para el mismo, sin excepción.
6 La entrega y aceptación de los documentos, así como el pago de
aranceles correspondientes, no aseguran la aprobación de la solicitud;
solamente aseguran que la misma ha sido recibida para el estudio pertinente.
* Aprobado en acuerdo 3, de la sesión 21:2016-2017 de junta
directiva del Colegio de Microbiólogos y Químicos Clínicos, el día 23 de agosto
de 2016.
Dra. Lidiette Salazar Palma, Presidenta.—
1 vez.—( IN2016063020 ).
MUNICIPALIDAD
DE SANTA BÁRBARA-HEREDIA
REGLAMENTO
DE CAJA CHICA
El
Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia, mediante el
acuerdo Nº 118-2016, artículo II, sesión ordinaria Nº 7-2016, celebrada el día
14 de junio de 2016, acuerda la modificación al Reglamento de Caja Chica
publicado en La Gaceta Nº 7 del viernes 10 de enero de 1997 y modificado
en La Gaceta Nº 2 del martes 5 de enero del 2016, para que se lea
como sigue: “Modificación de los artículos 4° y 60 del Reglamento de Caja Chica
de la Municipalidad de Santa Bárbara, que realiza la Administración Municipal,
para que se lean:
Artículo 4º—Se establece en el Departamento de
Tesorería un fondo de tres cajas chicas para la compra de bienes y servicios,
cuyos montos se determinarán de la siguiente manera:
- Caja
chica cuenta corriente ¢600.000,00 (seiscientos mil colones).
- Caja
Chica Acueducto ¢400.000,00 (cuatrocientos mil colones).
- Caja
Chica Ley 8114 ¢100.000,00 (cien mil colones). Este fondo será asignado al
funcionario (a) que ocupe el cargo de Tesorero (a) Municipal”.
Artículo 6°—Se establece un tope máximo de
¢60.000,00 (sesenta mil colones) para compra de bienes y servicios. En casos
que califiquen de excepcionales, el Alcalde Municipal podrá autorizar compras
mayores de ¢60.000,00 (sesenta mil colones) hasta un máximo de ¢100.000,00
(cien mil colones)”.
Santa Bárbara de Heredia, 27 de julio de 2016.—Ana Cristina Murillo Fonseca, Secretaria Concejo
Municipal.—1 vez.—( IN2016063167 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor Luis Alberto Gómez Solano, cédula Nº 03-0282-0086, ha
solicitado la reposición de los siguientes documentos los cuales fueron
robados.
Certificado de depósito a plazo Nº 202-300-20210068 con número de
fórmula 1097457 por la suma de ¢2.860.587,00 (dos millones ochocientos sesenta
mil quinientos ochenta y siete 00/100), el cual vence el día de 16 de setiembre
del 2016, con un cupón de intereses fórmula 1097458 por la suma ¢21.287,48
(veintiún mil doscientos ochenta y siete 48/100), todos los documentos
anteriores a nombre de Luis Alberto Gómez Solano, cédula Nº 03-0282-0086.
Dichos documentos fueron emitidos por el Banco Crédito Agrícola de
Cartago.
Lo anterior para dar cumplimiento con lo que estipula nuestro Código
de Comercio, artículos 708 y 709. Transcurrido el término de quince días a partir
de la última publicación, se repondrá dicho título valor.
Cartago, 16 de setiembre del 2016.—Melissa
Solano Solano, Plataforma Universal.—( IN2016066258
).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ORI-3816-2016.—Salazar Alpírez Waldyn, costarricense, 1 0761 0770. Ha solicitado
reposición del título de Licenciado en Administración de Negocios con Énfasis
en Contaduría Pública. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la
vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser
presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, veintidós
días del mes de agosto del año dos mil dieciséis.—Oficina de Registro e
Información.— MBA José Rivera Monge, Director..—(
IN2016062303 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
ORI-4033-2016.—Sanabria Monney Óscar,
costarricense, cédula 1-0763-0289. Ha solicitado reposición de los títulos de
Licenciado en Medicina y Cirugía y Especialista en Anatomía Patológica.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los
treinta y un días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—Oficina de Registro
e Información.—José Antonio Rivera Monge, Director.—( IN2016062359 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Se le comunica a Hilda Rosa Cardoza, la resolución de las nueve horas
del once de agosto del dos mil dieciséis, en la que se dispuso: inicio de los
trámites para la repatriación de persona menor de edad Gleidy
Naomy Cardoza cardoza en
condición migratoria irregular y en riesgo social a Nicaragua para que sea
ubicada con la tía paterna Sayda María Sánchez, en
Matagalpa, Nicaragua. Que el Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez de
Nicaragua, continúe el seguimiento y atención de la presente situación de la
niña. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las
resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la
Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las
indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal de la Oficina Local
de Puriscal dentro de las 48 horas siguientes,
contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación
del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible, (artículo 139 del Código de la
Niñez y la Adolescencia). Expediente N° OLPU-00297-2015.—Oficina Local de Puriscal.—Licda.
Liu Li Martínez, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062328 ).
A Brice Lee Quirós
Carballo, se le comunica las resoluciones de las 10 horas y 30 minutos del 7 de
junio del 2016 en la que se da inicio a proceso especial de protección a favor
de Brais Mathias Quirós
Alfaro y de las 13 horas del 26 de julio del 2016, en la que se ordena mantener
proceso especial de protección. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte
que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien,
señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. se les hace
saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de
esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente: OLA-00010-2016.—Oficina
Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062329 ).
A Yuliana
Alcira Solórzano González, se le comunica la resolución de las 15 horas del 20
de julio del 2016 en la que se ordenó inicio de proceso especial de protección
a favor de la persona menor de edad Alexis Fulopp
Solórzano. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Licda. Alejandra Solís Lara, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. N° 39442.—Solicitud N°
16000043.—( IN2016062330 ).
A Eddy Antonio Padilla
Martínez, se les comunica la resolución de las ocho horas y veinte minutos del
once de agosto del dos mil dieciséis, que ordenó inicio del proceso especial de
protección en sede administrativa, y medida de cuido provisional de Lipsy Paola Padilla Vargas, bajo la responsabilidad de la
señora: Sofía Matínez Obando, por un plazo de seis
meses, siendo la fecha de vencimiento el 11 de febrero del 2017. Aunado a ello
ordenó seguimiento social. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de dos días hábiles
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLSR-00218-2016.—San Ramón.—Lic. Ana
Lorena Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062331 ).
A Eric Roberto Mora Soto,
portador de la cédula de identidad número: 1-920-861, de domicilio exacto y
demás calidades desconocidas, progenitor de las personas menores de edad
Alejandro Enoc Mora Montoya, de seis años de edad, nacido el día veinticinco de
setiembre del año dos mil nueve, bajo las citas: 1-2067-067 y Fabián Esteban
Mora Montoya, de cuatro años de edad, nacido el día ocho de junio del año dos
mil doce, bajo las citas de nacimiento número: 1-2143-449, ambos hijos de Anabelle Montoya Requene,
portadora de la cédula de identidad número: 1-1607-435, vecina de San José, Aserrí, se le comunica las resoluciones administrativas de
las once horas con cincuenta y ocho minutos del día dos de junio del año dos
mil dieciséis, de esta Oficina Local, que en lo que interesa ordenó el Deposito
Administrativo por un plazo que corre de
manera retroactiva del 06 de mayo al 10
de junio del año dos mil dieciséis, a favor de los niños indicados en la
Organización No Gubernamental Hogarcito Blanca Flor, a fin de ahondar en la
condición social actual de la progenitora. Se le comunica asimismo la
resolución administrativa de las quince horas de día treinta de junio del año
dos mil dieciséis, de esta Oficina Local, en la que se ordena el retorno de los
niños al hogar de su progenitora y la orientación, apoyo y seguimiento por
parte de esta Oficina Local a la Familia por el plazo de un año. Se le previene
al señor Mora Soto, que debe señalar medio para recibir notificaciones de las
resoluciones que se dicten por la Oficina Local competente, bajo el apercibimiento
de que en caso de omisión o si el medio señalado se encontrara descompuesto o
no recibiera las notificaciones por algún motivo ajeno a la responsabilidad del
ente emisor de la notificación, ésta operará en forma automática y se le
tendrán por notificadas las resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro
horas. Se le hace saber, además, que contra la citada
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberá
interponer en forma verbal o por escrito ante esta Oficina Local dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia
Ejecutiva de esta Institución. Publíquese por tres veces Consecutivas.
Expediente Nº OLAS-00128-2015.—Oficina Local de Aserrí.—Licda. Tatiana Torres López, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062334 ).
A quien interese se le
comunica que por resolución de las doce horas cinco minutos del veintiuno de
junio del dos mil dieciséis, se declaró estado de abandono en sede administrativa
de la persona menor de edad: Josemar Gerzon Chaves Piedra. Notifíquese la anterior resolución a
las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación a quienes se
les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con
apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación
a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta
representación legal, y el de apelación de la presidencia ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Exp. N° OLCO-00031-2016.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062335 ).
Se comunica al señor: Evenor Bustos Pomares, mayor de edad, costarricense,
soltero, portador de la cédula de identidad número 701690852 de domicilio y
demás calidades desconocidas, la resolución administrativa dictada por esta
oficina de las doce horas del primero de agosto de dos mil dieciséis, en la que
se ordena medida de protección de cuido provisional a favor de la persona menor
de edad Yaslyn Yanan Bustos
Gutiérrez, de cinco años un mes de edad, costarricense, nacido el cuatro de
julio del dos mil once, inscrito en el Registro Civil, Sección de Nacimientos
de la provincia de Limón, bajo el tomo 360, asiento 851, para que permanezca
bajo el cargo de la señora Ana Ligia Mendoza Raude,
mayor, costarricense, unión libre, ama de casa, portadora de la cedula de
identidad número 702010225, vecina de Siquirres, Pacuarito. Recursos: proceden los recursos ordinarios de
revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta
representación legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha
de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de
conocimiento de esta representación legal y el de apelación de la presidencia
ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N°
OLSI-00068-2016.—Oficina Local de Siquirres.—Lic.
Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062337 ).
Se comunica a la señora:
Santos Auxiliadora Campos Valle, mayor de edad, nicaragüense, de domicilio y
demás calidades desconocidas, la resolución administrativa dictada por esta
oficina de las diez horas del diez de junio de dos mil trece en la que se
ordena administrativamente la Modificación de Guarda, Crianza y Educación
Provisional de las personas menores de edad Yuscari
Yadira Tafalla Campos, de catorce años de edad, nacida el veintiséis de octubre
de 2003, inscrita en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia
de Limón, al tomo 0303, folio: 350, asiento 700 y Jefferson Jorge Tafalla
Campos, de nueve años, cinco meses de edad, nacido el veintitrés de diciembre
de 2006, inscrita en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia
de Limón, al tomo 0328, folio: 444, asiento 887, a fin de que las personas
menores de edad citadas permanezcan a cargo de su progenitor el señor Jorge
Luis Tafalla Chavarría, mayor de edad, costarricense, soltero, portador de la
cédula de identidad número 304050070, vecino de Turrialba, La Angostura.
Recursos: Proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en
subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las
partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta
Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Lic. Randall Quirós Cambronero.
Representante Legal. OLSI-00046-2016.—Oficina Local Pani de Siquirres.—O. C. N°
39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062339 ).
A Erica González Duarte, mayor, cédula
6-382-502, demás calidades desconocidas y Randal
Quirós Ávalos, mayor, cédula N° 6-106-124, demás calidades desconocidas, se les
comunica la resolución de las ocho horas cuarenta y siete minutos del dos de
mayo del dos mil dieciséis, dictada por este despacho en virtud de la cual se
resuelve dar inicio del proceso
especial de protección a favor de la persona menor de edad: Mónica Tatiana
Quirós González, citas de inscripción: 703290760, con fecha de nacimiento nueve
de febrero del dos mil siete. Notifíquese. Expediente: OLCO-00021-2016.—Oficina
Local de Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000044.—( IN2016062343 ).
A Ovidio Andrade
González, cédula 6-497-450, demás calidades desconocidas, se le comunica la
resolución de las diez horas cuarenta y nueve minutos del veintidós de julio
del año dos mil dieciséis, en virtud de la cual se ordena Medida de Cuido
Provisional a favor de las personas menores de edad Irma Griselda y Ander Ramzaes ambos Andrade
González, con fechas de nacimiento el dieciocho de junio del año dos mil uno y
once de setiembre del dos mil seis, con citas de inscripción: 702850835 y
605010087, respectivamente. Notifíquese. Con la advertencia de que deben
señalar Lugar o un fax o Correo Electrónico donde recibir notificaciones, en
caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a
desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
Institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras
quedaran firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta
resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá
interponerse ante esta Representación legal dentro de las 48 horas hábiles
después de notificada la presente resolución. Recurso que será resuelto por la
Presidencia Ejecutiva de la entidad. Expediente OLCO-000133-2015.—Oficina Local Pani-Corredores.—Licda.
Arelys Ruiz Bojorge
Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud N°
16000044.—( IN2016062344 ).
A Reylin López López,
mayor, cedula 6-384-907, demás calidades desconocidas, y Marcelo Solórzano Rodríguez, cedula
155804821607, demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución de
las ocho horas del veinticinco minutos del veinte de julio del dos mil
dieciséis, en virtud de la cual se ordena dar inicio al proceso especial de
protección a favor de la persona menor de edad Rachel Paola Solórzano López,
con fecha de nacimiento seis de agosto del dos mil cuatro, citas de
inscripción: 2-856-203. Expediente N° OLCO-00042-2015. Notifíquese. Oficina Local PANI-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000044.—( IN2016062345 ).
A Yendri
María Gutiérrez Gutiérrez, mayor, cédula 6-390-801,
demás calidades desconocidas, se les comunica
la resolución de las ocho horas treinta y un minutos del ocho julio del año dos
mil dieciséis, dictada por este despacho en virtud de la cual se resuelve
resolución de inicio del proceso especial de protección, a favor de la persona
menor de edad: Génesis Massiel Gutiérrez Gutiérrez, citas de inscripción: 120290655, con fecha de
nacimiento trece de julio del año dos mil ocho. Notifíquese. Expediente
OLCO-00079-2014.—Oficina Local Pani-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge,
Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud N°
16000044.—( IN2016062346 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA
VEZ
A quien interese se le comunica
que por resolución de las quince horas cuarenta minutos del cinco de abril del
año dos mil dieciséis, se declaró estado de abandono en sede administrativa de
la persona menor de edad: Steven Daniel Sibaja Gutiérrez. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los
recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato
siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de
revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de
apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp: 642-00095-98.—Oficina Local
de Corredores.—Lic. Arelys Ruiz Bojorge,
Representante Legal de Corredores.—O. C. N°
39442.—Solicitud N° 16000043.—( IN2016062336 ).
A Yina Jaén Meza, mayor,
cedula: 6-409-830, demás calidades desconocidas, y Geyner
González Soto, mayor, cedula 5-349-455, demás calidades desconocidas, se les
comunica la resolución de las once horas del cuatro de agosto del dos mil
dieciséis, en virtud de la cual se ordena Medida de Cuido Provisional a favor
de la persona menor de edad Keysy Lisbeth González
Jaén, con fecha de nacimiento el 06-11-2009, citas de inscripción: 120710589,
en el hogar de la señora: Nuria Soto Sotelo, abuela paterna. Notifíquese. Con
la advertencia de que deben señalar Lugar o un fax o Correo Electrónico donde
recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto,
impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso
estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta Institución se interrumpiera, la comunicación de las
resoluciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas después de ser
dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente el Recurso Ordinario
de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación legal dentro de
las 48:00 horas hábiles después de notificada la presente resolución, Recurso
que será resuelto por la presidencia ejecutiva de la entidad. Expediente N°
OLCO-00010-2016.—Oficina Local PANI-Corredores.—Licda.
Arelys Ruiz Bojorge,
Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud N°
16000044.—( IN2016062348 ).
A Yorleny
Gustavino Saldaña, número de cédulas 6392-857, de
domicilio y demás calidades desconocidas, se
le comunica la resolución de las trece horas cincuenta y nueve minutos del
veintinueve de setiembre del año dos mil quince, en virtud de la cual se
resuelve dar inicio al proceso especial de Protección a favor de la persona
menor de edad: Jerferson Daniel Gustavino
Saldaña, según citas de inscripción: 605270705, se da audiencia a las partes
para ser escuchadas y que aporten prueba. Se advertirá también que deben
señalar lugar donde recibir notificaciones con el apercibiendo correspondiente.
Comuníquese. Expediente OLCO-00095-2015.—Oficina Local
Pani-Corredores.—Licda. Arelys
Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O.C.
N° 39442.—Solicitud N° 16000044.—( IN2016062349 ).
A los señores Francisco
Javier Segura Cascante, cédula de identidad número uno-ocho seis siete-dos uno
cero y Xinia María Cascante Ramírez, cédula uno-siete
tres nueve-siete uno tres ambos mayores de edad, casados con domicilio exacto
desconocido y demás calidades desconocidas por esta oficina local se les
comunica la resolución de las nueve horas veinte minutos del cuatro de agosto
de dos mil dieciséis que ordenó la inclusión del joven Jordan Javier Segura Cascante en Comunidad Encuentro en San
Vito de Coto Brus, para su rehabilitación por
drogadicción por el plazo que el mismo requiera para ese efecto remitiendo el
expediente administrativo al Área de Psicología de esta oficina local para que
le brinden el seguimiento respectivo y realicen investigación ampliada en el
plazo de veinticinco días. Además les confiere audiencia para que presente los
alegatos y sea escuchada en el proceso, así como su posibilidad de aportar la
prueba que considere oportuna en este proceso. Se les confiere el término de
tres días para que manifiesten cualquier oposición o manifiesten lo que tengan
a bien manifestar. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas
por edicto al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a
quienes se les advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución inicial descrita
procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la
fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente OLHN-00594-2015.—Oficina Local Heredia
Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000045.—( IN2016062399 ).
Se le comunica al señor
Jonathan Kevin Matarrita Jhonson,
la resolución de las doce horas del día nueve de agosto del dos mil dieciséis,
que ordenó cuido provisional de los niños Aarón Castro Solís y Larissa Matarrita Castro en el hogar de sus abuelos señores Mario
Alberto Castro Quesada y Vera Violeta Solís Solís.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLHN 00169-2016.—Oficina Local de Heredia Norte.—Licda. Marcela Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 39442.—Solicitud N° 16000045.—( IN2016062400 ).
AL señor Ramón Esteban
Mora Ayara, mayor, divorciado, guía turístico, cédula
de identidad número uno-novecientos sesenta y dos-setecientos noventa y nueve,
con domicilio exacto desconocido y demás calidades desconocidas por esta
oficina local se le comunica la resolución de las quince horas treinta y seis
minutos del nueve de agosto de dos mil dieciséis que ordenó el inicio de
Proceso especial de protección y dictó medida de Orden de Internamiento a
centro especializado para rehabilitación por drogadicción en favor de la
persona menor de edad Jimena Mora Corrales, incluyéndola en Hogar Crea Tres
Ríos para su debido tratamiento por tiempo indeterminado, remitiéndose el
expediente al Área de Psicología de esta oficina local para el seguimiento
respectivo, para que realice investigación ampliada de la situación en un plazo
de veinticinco días. Se les confiere el término de tres días para que
manifiesten cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas por edicto al
desconocer su domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a quienes se les
advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución inicial descrita procede el recurso ordinario de apelación,
que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de
cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las
partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta
Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente N° OLGO-00011-2014.—Licda.
Ana Julieta Hernández Issa El Khoury.—O. C. N° 39442.—Solicitud N° 16000045.—( IN2016062401 ).
A la señora Ruth de María
Esquivel Camareno, mayor, divorciada, desempleada,
cédula uno-setecientos ochenta y cinco-trescientos seis y demás calidades
desconocidas por esta oficina local se le comunica la resolución de las catorce
horas del once de agosto de dos mil dieciséis que ordenó dio inicio al Proceso
Especial de Protección en sede administrativa y dictó Abrigo Temporal a favor
de la persona menor de edad Alejandro Daniel Esquivel Camareno,
ubicándolo en Albergue Institucional en San Rafael de Heredia por el plazo de
seis meses prorrogables judicialmente, remitiendo el expediente administrativo
al Área Psicosocial de esta oficina local para que le brinden el seguimiento
respectivo y realicen investigación ampliada en un plazo de veinticinco días.
Además les confiere audiencia para que presente los alegatos y sea escuchada en
el proceso, así como su posibilidad de aportar la prueba que considere oportuna
en este proceso. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten
cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas por edicto al desconocer su
domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a quienes se les advierte que
deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución inicial descrita procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00205-2015.—Oficina
Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa
El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—( IN2016062402 ).
Le comunica a la señora Maryina Centeno
Martínez, mayor, de nacionalidad nicaragüense, de oficio, estado civil,
documento de identidad y domicilio desconocidos, progenitora de la persona
menor de edad Kenneth David Centeno Martínez: que por resoluciones de las
dieciséis horas del diecinueve de agosto de dos mil quince; ocho horas del
primero de octubre de dos mil quince y trece horas veinticinco minutos del
veintidós de enero de dos mil dieciséis dictadas a favor del adolescente
Centeno Martínez, bajo el expediente administrativo número 643-00009-2011, en
la primera resolución modificó medida de Abrigo Temporal en Albergue
Institucional a Tratamiento en alternativa especializada; la segunda nuevamente
se modificó medida, en este caso de Tratamiento en alternativa especializada a
Abrigo Temporal en Albergue Institucional y Resolución de Revocatoria de
medida. Notifíquese: las anteriores resoluciones a la parte interesada, personalmente
o en su casa de habitación, a quien se les advierte que deberá señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que
contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria
con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación
Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última
notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de
esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Quepos.—Licda.
Maribel Calderón Jiménez, Órgano Director del Procedimiento.—O.C.
N° 39442.—Solicitud N° 16000045.—( IN2016062403 ).
Le comunica al señor
Ronald Merino Mora, mayor, costarricense, soltero, cédula de identidad número
6-279-634, de oficio y domicilio desconocidos, progenitor de la persona menor
de edad Fransuas Magaly Merino Zúñiga: que por resolución
de las catorce horas del once de agosto del dos mil dieciséis, bajo el
expediente administrativo número OLQ-00110-2016, se ordenó el inicio de proceso
especial de protección en sede administrativa a favor de la persona menor de
edad indicada ubicándola en recurso comunal con la señora Sandra Alvarado
Castillo. Notifíquese: la anterior resolución a la parte interesada,
personalmente o en su casa de habitación, a quien se le advierte que deberá
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se le hace saber además, que contra la presente resolución
proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que
deberán interponer ante esta representación legal dentro del tercer día hábil
inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo
que el de revocatoria será de conocimiento de esta representación legal, y el
de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, en el entendido
que de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina
Local de Quepos.—Licda. Maribel Calderón Jiménez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
39442.—Solicitud N°16000045 .—( IN2016062404 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
Al señor Manuel Dávila Miclin, con domicilio
desconocido, se le comunica la resolución de las 09:00 horas del 24 de agosto
del 2016, con la cual se resuelve a favor de la persona menor de edad Nora
Dávila Castro, medida de orientación, apoyo y seguimiento temporal a la
familia, la cual rige hasta el veinticuatro de febrero del dos mil diecisiete.
Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos
de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte
que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en
días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente
administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos a
las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su
disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital, sita
en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La
Merced, ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se les hace saber que Deberá
señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de
dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber,
además, que contra la indicada resolución procede Recurso de Apelación para
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes,
contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación
del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de
dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la
Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº OLSJO-00146-2016.—Oficina
Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 39442.—Solicitud N° 16000046.—( IN2016063254 ).
CONVOCATORIA
A AUDIENCIA PÚBLICA
EN PROCESO DE REFORMA PARCIAL
A LOS REGLAMENTOS DE DESARROLLO URBANO
La
Municipalidad de San José, informa que mediante acuerdo municipal N° 1,
artículo único de la sesión extraordinaria N° 002, celebrada por el Concejo
Municipal de San José el día 12 de mayo del año en curso, se ha iniciado
proceso de reforma parcial a los Reglamentos de Desarrollo Urbano,
específicamente a fin de cambiar la zonificación en parte del distrito
Catedral, con ocasión del proyecto Ciudad-Gobierno. Por tal razón, en
cumplimiento del artículo 17 inciso 1) de la Ley de Planificación Urbana, se
convoca a audiencia pública a todos los interesados, para que se conozca del
proyecto de reforma y de las observaciones verbales y/o escritas que tengan a
bien formular.
Esta
audiencia se llevará a cabo en el auditorio del edificio municipal José
Figueres Ferrer sito en av. 10, calles 34 y 36, el día sábado 22 de octubre, de
8:30 a.m. a 12 m.d.
Para
efectos de lo anterior, a partir del 30 de setiembre próximo los interesados
pueden consultar los documentos correspondientes a las modificaciones (textos y
mapas), en el sitio web de esta municipalidad www.msj.go.cr o bien obtener
copia en nuestra plataforma de servicios, ubicada en el 1° piso del edificio
José Figueres.
San
José, 26 de septiembre de 2016.—Departamento de
Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C.
Nº 137610.—Solicitud Nº 66388.—( IN2016067670 ).
El Concejo Municipal de La Unión, comunica el acuerdo tomado en la
sesión ordinaria N° 22, celebrada el jueves 4 de agosto del año en curso, en la
cual se traslada la sesión del jueves 15 de setiembre, para el viernes 16 de
setiembre del 2016, a las 7:00 p. m.
Acuerdo aprobado en firme.
La Unión, 12 de agosto del 2016.—Ana Eugenia
Ramírez Ruiz, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2016063214 ).
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Santa Bárbara de Heredia,
mediante el acuerdo Nº 221-2015 de la sesión ordinaria Nº 12-2016, celebrada el
día 18 de julio del 2016, acuerda aprobar el Dictamen de Comisión de Hacienda y
Presupuesto CHP-MSB-006-2016 el cual indica: Primero: Fijar las tasas de
intereses moratorios para tasas y patentes municipales en un 1.275 por ciento
mensual, representado anualmente en un 15.30 por ciento. Segundo: Fijar las
tasas de intereses moratorios para impuestos sobre bienes inmuebles en un
1.6926 por ciento mensual, representado en un 20.3 por ciento a año.
Santa Bárbara de Heredia, 11 de agosto del 2016.—Ana
Cristina Murillo Fonseca, Secretaria.—1 vez.—( IN2016063170 ).
El Departamento de
Catastro y Bienes Inmuebles informa, que mediante Resolución Administrativa N°
039-2016 de las nueve horas treinta minutos del veintinueve de julio del dos
mil dieciséis, la Alcaldía Municipal autoriza a publicar en el Diario Oficial La
Gaceta la actualización de las Matrices de Información de Valores de
Terrenos por Zonas Homogéneas del Cantón de Santa Bárbara de Heredia y sus seis
distritos, dicho estudio fue realizado por el Órgano de Normalización Técnica
en el año 2015.
Rige a partir de su publicación.
Alcaldía Municipal de Santa Bárbara, Heredia, 1° de agosto del 2016.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2016063185 ).
El Concejo Municipal de Nandayure procedió
con la juramentación del Funcionario Municipal José Alberto Espinoza Arias,
cédula 5-350-164, Inspector General Municipal para que pueda entregar
notificaciones de los diferentes Departamentos de este Ayuntamiento,
juramentación que consta en el artículo II de la sesión ordinaria N° 14
celebrada el 03 de agosto de 2016.
4 de agosto del 2016.—Laura Ma. Naranjo
Castillo, Secretaria Municipal a. í.—1 vez.—(
IN2016063128 ).
DEPARTAMENTO DE ZONA MARÍTIMO-TERRESTRE
EDICTOS
El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de
La Cruz, Guanacaste, hace del conocimiento público que la sociedad Asociación
para el Desarrollo Turístico y Ambiental Playa El Jobo, cédula jurídica
3-002-709930, con domicilio en San José, Santa Ana, con base en la Ley de la
Zona Marítimo Terrestre 6043 del 2 marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-1P
del 16 de diciembre de 1997, solicita en concesión un terreno localizado en
Playa El Jobo, distrito La Cruz, cantón La Cruz, provincia de Guanacaste. Mide:
tres mil ochocientos catorce metros cuadrados, (3 814 m2). Sus
linderos son: norte Patrimonio Natural del Estado; sur, calle pública; este,
zona restringida en administración de la Municipalidad de La Cruz; oeste, zona
restringida en administración de la Municipalidad de La Cruz. El uso solicitado
es Área para Cooperativas (OAC). Se advierte que la presente publicación no
otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y
frente queden sujetos a las disposiciones del plan regulador aprobado para la
zona. Se conceden 30 días hábiles, contados a partir de esta publicación para
oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad de La
Cruz en papel sellado y con los timbres correspondientes, dichos documentos con
original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.
La Cruz, 30 de agosto del 2016.—Ing.
Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016063178 ).
El Departamento de la
Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste hace del
conocimiento público que la sociedad Fourth Life EC S. A., cédula jurídica 3-101-689882 con domicilio
en San José, Santa Ana; con base en la Ley de la Zona Marítimo Terrestre 6043
del 2 marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-1P del 16 de diciembre de 1997,
solicita en concesión un terreno localizado en Playa Rajada, distrito La Cruz,
cantón La Cruz, provincia de Guanacaste. Mide: mil quinientos sesenta y tres
metros cuadrados, (1563 m2). Sus linderos son: norte, con calle
pública; sur, Patrimonio Natural del Estado; este, propiedad privada; oeste,
zona restringida en administración de la Municipalidad de La Cruz (calle
pública propuesta en plan regulador). El uso solicitado es Área Mixta para
Turismo y la Comunidad (MIX). Se advierte que la presente publicación no otorga
derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente
queden sujetos a las disposiciones del plan regulador aprobado para la zona. Se
conceden 30 días hábiles, contados a partir de esta publicación para oír
oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad de La
Cruz en papel sellado y con los timbres correspondientes, dichos documentos con
original y copia, además deberá identificarse debidamente el opositor.—La Cruz,
30 de agosto del 2016.—Ing. Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora.—1 vez.—(
IN2016063179 ).
El Departamento de la
Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, hace del
conocimiento público que la sociedad Frenesí del Pacífico S. A., cédula
jurídica 3-101-713281, con domicilio en San José, Santa Ana; con base en la Ley
de la Zona Marítimo Terrestre 6043 del 02 marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N°
7841-1P del 16 de diciembre de 1997, solicita en concesión un terreno
localizado en Playa El Jobo, distrito La Cruz, cantón La Cruz, provincia de
Guanacaste. Mide: seis mil novecientos setenta y tres (6973 m2). Sus
linderos son: norte con calle pública y sendero peatonal; sur Patrimonio
Natural del Estado; este propiedad privada; oeste, zona pública. El uso
solicitado es Área Mixta para Turismo y la Comunidad (MIX). Se advierte que la
presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin
perjuicio de que el área, uso y frente queden sujetos a las disposiciones del
plan regulador aprobado para la zona. Se conceden 30 días hábiles, contados a partir
de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en
esta Municipalidad de La Cruz en papel sellado y con los timbres
correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá
identificarse debidamente el opositor.
La Cruz, 30 de agosto del 2016.—Ing.
Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016063181 ).
El Departamento de la
Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste hace del
conocimiento público que la sociedad Playa Piedritas S. A., cédula jurídica
3-101-158317 con domicilio en San José, Santa Ana; con base en la Ley de la
Zona Marítimo Terrestre 6043 del 02 marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N°
7841-1P del 16 de diciembre de 1997, solicita en concesión un terreno
localizado en Playa Piedritas, distrito La Cruz, cantón La Cruz, provincia de
Guanacaste. Mide: cinco mil quinientos once metros cuadrados, (5 511m²). Sus
linderos son: norte, propiedad privada; sur, zona pública declarada como
Patrimonio Natural del Estado; este, calle pública; oeste, Patrimonio Natural
del Estado. El uso solicitado es el Desarrollo Turístico de Baja Densidad
(TAP-BD). Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la
misma se realiza sin perjuicio de que el área, uso y frente queden sujetos a
las disposiciones del plan regulador aprobado para la zona. Se conceden 30 días
hábiles, contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales
deberán ser presentadas en esta Municipalidad de La Cruz en papel sellado y con
los timbres correspondientes, dichos documentos con original y copia, además
deberá identificarse debidamente el opositor.
La
Cruz, 30 de agosto del 2016.—Ing. Alexandra Gonzaga
Peña, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016063183 ).
El Departamento de la
Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de La Cruz, Guanacaste hace del
conocimiento público que la sociedad Asociación Solidarista
de Empleados de Corporación Tenedora Montecristo AyS,
S. A. y Afines cédula jurídica 3-002-429626 con domicilio en Escuela Social
Juan XXIII, Curridabat; con base en la Ley de la Zona Marítimo Terrestre 6043
del 2 marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-1P del 16 de diciembre de 1997,
solicita en concesión un terreno localizado en Playa El Jobo, distrito La Cruz,
cantón La Cruz, provincia de Guanacaste. Mide: mil quinientos metros cuadrados,
(1500m2). Sus linderos son: norte, Patrimonio Natural del Estado;
sur calle pública; este, zona restringida en administración de la Municipalidad
de La Cruz; oeste, zona restringida en administración de la Municipalidad de La
Cruz. El uso solicitado es Área para Cooperativas (OAC). Se advierte que la
presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin
perjuicio de que el área, uso y frente queden sujetos a las disposiciones del
plan regulador aprobado para la zona. Se conceden 30 días hábiles, contados a
partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser
presentadas en esta Municipalidad de La Cruz en papel sellado y con los timbres
correspondientes, dichos documentos con original y copia, además deberá
identificarse debidamente el opositor.
La Cruz, 30 de agosto del 2016.—Ing.
Alexandra Gonzaga Peña, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016063184 ).
COLEGIO PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS DE COSTA
RICA
Acuerdo Nº V.1.5.9-20-09-16.—Esta Junta Directiva acuerda debido a la
suspensión de la asamblea general extraordinaria Nº 101-2016, del día 19 de
setiembre, publicada en el Diario Oficial La Gaceta los días 07 y 08 de
setiembre, que la misma se reprograma para el lunes 17 de octubre del 2016, en
primera convocatoria a las 16:30 horas y en segunda convocatoria a las 17:30
horas, sita en las instalaciones del Colegio de Profesional de Psicólogos de
Costa Rica y que tiene como punto único el Recurso de Apelación interpuesto por
el Lic. Óscar Lorenzo Chaverri Orozco, Exp. Nº 01-2015.
Se delega a la Licda. Carolina Mena Ramírez, Directora Ejecutiva,
proceder con la publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Comunicar a la Fiscalía, al Tribunal de Honor
y al Lic. Óscar Lorenzo Chaverri Orozco. Acuerdo
firme.—Junta Directiva.—Weiner
Guillén Jiménez, Presidente.—( IN2016063726 ).
2
v. 2.
COLEGIO
PROFESIONAL DE PSICÓLOGOS
DE COSTA RICA
El Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica, cédula jurídica N°
3007045287.
Acuerdo Nº V1.6.11-20-09-16.
a. Esta Junta Directiva acuerda una vez confirmado el cumplimiento
del artículo 15 de la Ley Nº 6144, convocar a la Asamblea General
Extraordinaria Nº 102-2016, el día lunes 07 de noviembre del 2016, en primera
convocatoria a las 16:30 horas y en segunda convocatoria a las 17:30 horas,
sita en las instalaciones del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica,
ubicado 600 metros este de la Estación de Servicio La Galera, carretera vieja a
Tres Ríos. Como punto único Recurso de Apelación interpuesto por la Licda. Carolayn Olmazo Ríos. Exp. Nº 16-2015.
b. Comuníquese al Tribunal de Honor, a la Fiscalía, a la Licda. Carolayn Olmazo Ríos y a la
señora Jaqueline Morales Loaiza. Acuerdo firme.
Junta
Directiva.—Weiner Guillén
Jiménez, Presidente.—( IN2016064316 ). 2
v. 2.
COLEGIO
DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica,
en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 29 y 47, inciso b) de la Ley
N° 7221, convoca, a los miembros del colegio a la asamblea general
extraordinaria que se realizará en nuestra sede central el sábado 24 de
setiembre del 2016, a partir de las 9:00 a. m. En caso de no haber quórum a la
hora indicada, la Asamblea General se reunirá una hora después 10:00 a. m. con
un mínimo de 50 miembros presentes.
El orden del día fijado para esta asamblea es el siguiente:
1. Himno Nacional.
2. Dedicado a la asamblea: Ing. Agr. Bernal Méndez Arias.
3. Conocimiento, análisis y discusión del presupuesto para el periodo
2016-2017.
4. Aprobación del presupuesto para el periodo 2016-2017.
5. Ratificación de la cuota del presupuesto.
Los documentos para esta asamblea (memoria), versión digital, estarán
disponibles en la página web del colegio www.ing-agronomos.or.cr a partir del
lunes 19 de setiembre 2016. En
cumplimiento del acuerdo N° 6 de la asamblea 136 del 31 de enero del 2009, no
se imprimirán los documentos.
Además, se informa que el día de la asamblea las instalaciones
sociales, recreativas y deportivas permanecerán cerradas.—Junta
Directiva.—Ing, Óscar Fonseca Rojas, Presidente.—Ing.
Óscar Valladares Araya, Prosecretario.—1 vez.—( IN2016062998 ).
INMOBILIARIA
MAYORGA Y ASOCIADOS S. A.
Convocatoria a asamblea general extraordinaria. Se convoca a los
accionistas de Inmobiliaria Mayorga y Asociados S. A., a la asamblea general
extraordinaria de accionistas que se celebrará en las instalaciones de la
sociedad, sitas en San José, Barrio Rohrmoser, el día
29 de octubre del 2016, a las dieciséis horas, en primera convocatoria, o a las
diecisiete horas, en segunda convocatoria. El único punto de la agenda será
autorizar o no a la presidenta para ofrecer y vender el inmueble 2-290288-000 a
un tercero y, en su caso, fijar la condiciones para la venta.—San José, 21 de
setiembre del 2016.—María del Milagro Mayorga Acuña, Presidenta.—1 vez.—(
IN2016067499 ).
CORPORACIÓN
INDUSTRIAL TECNOLOGÍA
AVANZADA S. A.
Se convoca a los socios y socias de la empresa Corporación Industrial
Tecnología Avanzada Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número
tres-ciento uno-uno siete uno seis tres siete, a la asamblea general
extraordinaria de socios el día treinta de setiembre del dos mil dieciséis; la
convocatoria será a las ocho horas. La asamblea se celebrará en el domicilio
social de la empresa, San José, Tibás San Juan, 100 norte
y 450 oeste de la municipalidad del lugar a mano izquierda. En dicha asamblea
se conocerán los siguientes puntos del orden del día. 1. Modificación de la
cláusula sétima del pacto social: analizar los puestos de junta directiva y
valorar nombramientos y remociones de la administración. 2. Modificación de la
cláusula sétima del pacto social nombrar los puestos de secretario y fiscal por
todo el resto del plazo social. Se extiende la convocatoria el señor Juan
Augusto Hernández Hernández, cédula de identidad
número uno-cuatrocientos noventa y siete-ochocientos setenta y ocho,
Presidente.—San Juan de Tibás, San José, 26 de setiembre del dos mil
dieciséis.—Juan Augusto Hernández Hernández,
Presidente.—1 vez.—( IN2016067548 ).
PANIFICADORA
INDUSTRIAS ALIMENTICIAS
LA ORQUÍDEA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se convoca a todos accionistas de la Panificadora Industrias
Alimenticias la Orquídea Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos setenta y seis mil cincuenta y cinco, a la asamblea general
extraordinaria, la cual se celebrará en su domicilio social, sito en Alajuela,
Atenas, Villa Atenas, de la entrada principal, trescientos metros al oeste, a
las 17:00 horas del 28 de octubre del 2016, en primera convocatoria y en
segunda convocatoria a las 18:00 horas del mismo día, en la cual el orden del
día será el siguiente punto único: Modificación de la cláusula sétima del pacto
constitutivo y revocatoria de nombramiento.—Atenas, 26 de setiembre del 2016.—Yenny del Socorro Uribe Vásquez, Presidenta.—1 vez.—(
IN2016067806 ).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
MACROINVERSIONES M.C., S. A.
Mediante
escritura de las 11 horas del 10 de agosto del 2016, se autoriza compraventa de
establecimiento comercial de Macroinversiones M.C. S.
A., cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos sesenta y nueve mil seiscientos
veinticinco, domiciliada en Alajuela, San Ramón, Ángeles, Bajo Rodríguez,
quinientos metros al sur de la Delegación de la Fuerza Pública: Bar y
Restaurante Rancho Maderos. Se cita y emplaza a los acreedores e interesados,
para que se presenten dentro del término de quince días, a partir de la primera
publicación a hacer valer sus derechos.—San José, 10
de agosto del 2016.—Lic. Alberto Francisco Alfaro Sánchez, Notario.—( IN2016062057 ).
Por suscripción de un
Contrato Opción de Compraventa de Acciones de Sociedad y de Establecimiento
Comercial suscrito el día 30 de agosto del 2016 entre Ryan
Bishop, cédula de residencia N° 184001361928; Thomas
Turner, pasaporte estadounidense N° 21132164, y Richard Lacey,
cédula de residencia N° 182600058024, estas personas acordaron la venta del
establecimiento mercantil denominado “Coldwell Banker-Beach Properties (Brasilito)”, propiedad de La Jolla
Beach Properties, S. A., titular de la cédula
jurídica N° 3-101-397076, así como las acciones de ésta última, dedicado a
correduría de bienes inmuebles en Playa Brasilito,
Santa Cruz, Guanacaste, Costa Rica. Con el objeto de cumplir con lo establecido
en el artículo 481 del Código de Comercio, el precio de venta de dicho
establecimiento mercantil se encontrará depositado con el abogado y notario
Alfredo Gallegos Villanea, localizable en San Rafael
de Escazú, trescientos metros Oeste del Centro Comercial Paco, oficina
trescientos seis, piso tres del Edificio Prisma; actuando como depositario.
Todos los interesados y acreedores podrán presentarse en dichas oficinas a
hacer valer sus derechos, dentro de los quince días siguientes contados a
partir de la primera publicación.—San José, 30 de agosto del 2016.—Ryan Bishop.—( IN2016062096 ).
HOLCIM
COSTA RICA S. A.
Carmen Edith Chacón Serrano cédula de identidad 1-0167-0953; solicita
la reposición de los títulos Nº 4939 Serie A por 24,769 acciones; Nº 1975 Serie
F por 5,945 acciones; Nº 1862 Serie G por 6,468 acciones, todos de la sociedad
de esta plaza Holcim Costa Rica S. A., titular de la
cedula jurídica número tres-ciento uno-cero cero seis mil ochocientos cuarenta
y seis (antes Industria Nacional de Cemento S. A.); inscrita en la Sección de
Personas Jurídicas bajo el tomo cuarenta y seis, folio quinientos treinta y
dos, asiento dieciocho mil seiscientos tres; los cuales fueron extraviados. Si
hubiese alguna persona interesada en que no se haga esta reposición, favor
hacerlo saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a esta
publicación.—29 de agosto del 2016.—Lic. Luis
Alejandro Álvarez Mora, Notario.—( IN2016062503 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA
VEZ
CASA ESTRELLA TAHMASEBI SOCIEDAD ANÓNIMA
El señor Kourosh de único apellido Tahmasebi en virtud de su nacionalidad estadounidense,
portador del pasaporte de su país número cinco cero cinco nueve cero nueve uno
seis tres; y la señora Marcie Elaine
de único apellido Myers en virtud de su nacionalidad estadounidense, portadora
del pasaporte de su país número cuatro cinco nueve ocho cinco seis ocho cinco
tres, como dueños de manera conjunta de la totalidad del capital social de la
sociedad Casa Estrella Tahmasebi Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y
tres mil trescientos setenta y tres (3-101-693373), tramitan la reposición de
todos los certificados de acciones emitidos al día de hoy y que amparen
acciones de dicha sociedad; lo anterior por haberse extraviados los mismos,
Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante la
oficina del Lic. Felipe Esquivel Delgado, ubicada en San José, Escazú, San
Rafael, Centro Corporativo Plaza, Roble, Edificio El Pórtico, tercer piso,
oficina número tres, dentro del plazo Indicado en el artículo 709 del Código de
Comercio. Es todo.—San José, seis de setiembre del año
dos mil dieciséis. Publíquese 3 veces en el Diario Oficial La Gaceta y
vez en un Diario de Circulación Nacional.—Kourosh Tahmasebi.—Marcie Elaine Myres.—(
IN2016063082 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE INGENIEROS AGRONOMOS DE COSTA RICA
COMUNICA:
Que la Junta Directiva con fundamento en lo establecido en el artículo
14 de la Ley N° 7221 y con base en la potestad que le concede el inciso k)
artículo 47 de la citada ley, acordó en su Sesión 14-2016, celebrada el 27 de
junio del 2016, suspender del ejercicio de la profesión a los siguientes
colegiados:
N° |
NOMBRE |
CÉDULA |
001413 |
SIBAJA QUESADA MARIA GABRIELA |
203180920 |
001571 |
MARTINEZ CERDAS CLAUDIA |
302250478 |
001978 |
FALLAS MORA EDGAR |
104890919 |
002064 |
DIAZ MARTINEZ EDUARDO |
501930719 |
002467 |
TORRES REDONDO LUIS |
104910755 |
003533 |
ARIAS JIMENEZ ANTONIO RONALD |
203320601 |
003627 |
SALAS SUAREZ MARCO ALEXIS |
204040465 |
003703 |
DELGADO MATAMOROS SERGIO ANTONIO |
700860991 |
004858 |
MENDEZ OSEGUEDA EDUARDO |
108820023 |
004967 |
SALAZAR JIMENEZ EDUARDO |
106830133 |
005728 |
GONZALEZ PICADO PABLO GABRIEL |
107080382 |
005729 |
MAYORGA MARENCO ROSA CANDIDA |
155811069110 |
005929 |
MESA MUÑOZ JUAN PABLO |
110470636 |
005975 |
MEJIA UREÑA IRINA YASLIN |
111170609 |
006224 |
CASTILLO UMAÑA EILEEN |
111240170 |
006436 |
RODRIGUEZ RODRÍGUEZ CESAR |
111430632 |
006566 |
ALVARADO SANDI RONALD MAXIMO |
204900577 |
006768 |
SONI CASTILLO NEETA |
206480880 |
006816 |
ESPINOZA SING JEANNETTE |
502030831 |
006882 |
ROJAS JIMENEZ VICTOR MANUEL |
205690118 |
007085 |
VARELA ORDOÑEZ LAURA SOFIA |
503710020 |
007117 |
VALERIO MADRIGAL ADRIANA DE LOS ANGELES |
401960879 |
007186 |
ROJAS ESQUIVEL CARLOS ALBERTO |
112550199 |
007914 |
PEREZ MELENDEZ DIEGO ALONSO |
207070822 |
007933 |
ARRIETA ROJAS MINOR |
503960152 |
008114 |
VEGA HERNANDEZ JUAN MANUEL |
113660656 |
0AF436 |
GARCIA DIAZ FERNANDO |
105270588 |
0AF596 |
BOLAÑOS MENDEZ LUIS DIEGO |
206760082 |
0AF643 |
ARAYA BONICHE LUIS ALFONSO |
701660861 |
Así mismo informa que el Colegio efectuará la sanciones que considere
necesarias ante quien corresponda, con el propósito de evitar que los
colegiados citados ejerzan la profesión, mientras se mantengan en su condición
de suspendidos.
San José, 01 de julio del 2016.—Ing. Agr..
Oscar Fonseca Rojas, Presidente.—Ing. For. María Lucía Valverde Muñoz, Secretaria.—1 vez.—( IN2016062989 ).
E.I.E
CORPORACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
El suscrito, Eduard Haim
(nombre) Betenas (apellido) de único apellido en
razón de su nacionalidad estadounidense, portador de la cédula de residencia
permanente uno ocho cuatro cero cero cero uno ocho uno dos cero siete. Presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma de E.I.E Corporación Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y ocho mil
doscientos sesenta y cuatro de conformidad con el artículo catorce del
Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades
Mercantiles solicita la reposición de los libros legales: I) Registro de Socios
(uno), Consejo de Administración (uno) y Asambleas Generales (uno), en virtud
de su extravío.—San José, 25 de agosto del 2016.—Eduard
Haim Betenas, Apoderado
Generalísimo.—1 vez.—( IN2016063083 ).
ASOCIACIÓN
DE PEQUEÑOS PRODUCTORES
DE PLATANO DE SANTO DOMINGO DE
SIQUIRRES
Yo, Mario Breckenridge Lobo, cédula N°
1-488-434, en mi calidad de presidente y
representante legal de la Asociación de Pequeños Productores de Plátano de
Santo Domingo de Siquirres, cédula de persona
jurídica N° 3-002-555028, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro
de Personas Jurídicas la Reposición del Libro Número Uno de Actas de Asamblea
General de Asociados, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles
a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Asociaciones.—San José, 7 de setiembre del
2016.—Mario Breckenridge Lobo, Presidente.—1
vez.—( IN2016063212 ).
COMERCIAL
INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS COSTA RICA
CISCOSA SOCIEDAD ANÓNIMA
La suscrita Carol Giselle Guillén Leiva, mayor, casada una vez,
gerente administrativa, vecina de San José, calle blancos de la plaza de
deportes trescientos norte, cien este y setenta y cinco norte, cédula de
identidad número ocho-cero sesenta y seis-novecientos noventa y cinco, en mí
calidad de apoderada generalísimo sin límite de suma de la sociedad denominada
Comercial Industrial y de Servicios Costa Rica Ciscosa
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y
nueve mil sesenta y cuatro, está realizando la reposición por extravío de los
libros de actas de registro de accionistas, libro de actas asambleas generales
y libro de actas de junta directiva. Se escuchan oposiciones ante el Registro
Público Nacional.—San José, cinco de setiembre del dos
mil dieciséis.—Carol Giselle Guillén Leiva, Apoderada Generalísima.—1 vez.—(
IN2016063216 ).
Inversiones
Automotrices Oreamuno S. A., cédula jurídica 3-101-710286 realiza reforma del artículo
noveno de sus estatutos. Presidente: Eduardo Oreamuno
Santamaría.—1 vez.—( IN2016063099 ).
Por escritura que
autoricé a las nueve horas de hoy, se protocoliza acta de la sociedad Inversiones
C G R S. A., por la cual se reforma la cláusula 5° del pacto social.—Tres Ríos, 7 de setiembre del 2016.—Lic. Rigoberto Coto
Abarca, Notario.—1 vez.—( IN2016063101 ).
Por escritura otorgada
ante mí, a las ocho horas treinta minutos del seis de setiembre del dos mil
dieciséis, protocolicé acta de Isabel María S. A., de las diez horas
treinta minutos del tres de setiembre del dos mil dieciséis, mediante la cual
se reforma la cláusula sétima.—Licda. Andrea Morúa Vega, Notaria.—1 vez.—(
IN2016063103 ).
Por escritura otorgada en
esta fecha por esta notaría, se constituye la sociedad denominada Especialistas
en Mantenimiento de la Construcción Xperts S. A.—San José, 01 de agosto del dos mil dieciséis.—Lic.
Jorge Sánchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—( IN2016063104
).
Por escritura de
protocolización de acta, otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del 7 de
setiembre del 2016 de la empresa Sogauno S.
A., se reformaron las cláusulas segunda domicilio, sexta administración.—Belén, Heredia, 7 de setiembre del 2016.—Lic. Daniel
Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016063106 ).
Por escritura de las
11:00 horas de hoy se protocolizó acta de la sociedad Inversión Central S. A.,
en la que se modifica la cláusula primera y séptima de los estatutos.—San José, 7 de setiembre del 2016.—Lic. Bernal Chavarría
Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2016063107 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, a las 16:00 horas del día 5 de septiembre del 2016, se
constituyó la empresa denominada RE VI VA S. A., capital social diez mil
colones, mediante aporte de bienes muebles e inmuebles. Presidenta: Virginia
González Campos, cédula
N° 4-155-442.—Belén, Heredia, 5 de setiembre del 2016.—Lic.
Daniel Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—(
IN2016063108 ).
Por escritura de
protocolización de acta, otorgada ante esta notaría, a las 11 horas del 06 de
setiembre del 2016 de la empresa Empresas Saurios S. A., se reformaron
las cláusulas segunda domicilio, quinta, capital social, sexta ejercicio
económico, y sétima administración, se nombró nueva junta directiva y
fiscal.—Belén, Heredia, 06 de setiembre del 2016.—Lic. Daniel Murillo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016063112 ).
Por escritura de las once
horas del doce de agosto del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad
denominada Detectives Privados y Sistemas de Seguridad B Y B Limitada,
cuyo domicilio es la ciudad de Heredia, su objeto el comercio, su plazo social
noventa y nueve años, capital social de cincuenta mil colones y su
representación corresponde a dos gerentes.—San José, 8
de setiembre del 2016.—Lic. Edgar Omar Belloso Montoya, Notario.—1 vez.—( IN2016063117 ).
Ante la notaría del
suscrito Lic. Álvaro Alcibiales Moya Ramírez, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Deca Producciones, en la que se modificaron
las cláusulas D y B del pacto constitutivo.—San José,
siete de setiembre del año dos mil dieciséis.— Lic. Álvaro Alcibiales
Moya Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016063125 ).
Ante la notaría del Lic.
Víctor Manuel González Loría, mediante escritura
número ciento cuarenta y tres, visible al folio del sesenta y nueve vuelto, del
tomo sexto del protocolo del suscrito notario, de fecha diecisiete horas del
día diecisiete de agosto del año dos mil dieciséis, se constituye la sociedad
anónima denominada Rutas Costa Rica Sociedad Anónima, con domicilio en
Santa Elena de Monteverde de Puntarenas en el Hotel Tucán.—San
José ocho de setiembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1 vez.—(
IN2016063129 ).
Quien suscribe Lic.
Rodrigo Bonilla Gamboa notario público, cédula 3-289-454, hace de conocimiento
público la solicitud hecha ante su notaria del representante legal de la
sociedad denominada Transportes Paracito S. A, cédula jurídica número:
3- 101-054120, para tramitar ante el Registro Nacional Sección Mercantil la
reposición y autorización de legalización por extravío del Tomo uno del Libro
de Registro de Socios, Libro de Actas de Asamblea de Socios y Libro de Actas
del Consejo de Administración, de la sociedad antes indicada. Cualquier
oposición a dicho acto se atenderá en San José del Hospital de la Mujer 100
metros al este y 25 metros al sur, Bufete Bonilla & Asociados. Es todo.—San José, 07 de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic.
Rodrigo Bonilla Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016063133
).
Por escritura otorgada en
mi notaría a las 15:00 horas del 6 de setiembre del 2016, se constituyó la
empresa denominada Yeye y Chalo Empresa
Individual de Responsabilidad Limitada. Plazo social 99 años. Capital
empresarial 1000 colones.—Heredia 6 de setiembre del
dos mil dieciséis.—Licda. Marjorie Morales Acosta,
Notaria.—1 vez.—( IN2016063135 ).
Ante esta notaría mediante escritura N° 284-01 de las 10:00 horas del 30
de agosto del 2016, se constituyó la Fundación Paz y Bien sin fines de lucro,
con plazo social a perpetuidad, junta administrativa conformada por cinco
directores: presidente, secretario, tesorero y dos vocales. El presidente
tendrá las facultades de apoderado general sin límite de suma.—San
José, 30 de agosto del 2016.—Licda. Yorleni Carballo
Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2016063138 ).
Ante esta notaría han
comparecido Douglas Castro Villarevia, Sindy Nathalia Méndez Zamora y
María Mayela Villarevia
Marín, a constituir la sociedad denominada Parrillada Latina Sociedad
Anónima, capital social: mil colones; plazo social: cincuenta años;
representación conjunta del presidente y secretario, presidente: Douglas Castro
Villarevia.—San José, 08 de
setiembre del 2016.—Lic. Luis Diego Araya González, Notario.—1
vez.—( IN2016063146 ).
En mi notaría, mediante
escritura número 10 de las 19:00 horas del 23 de agosto de 2016, se constituyó
la sociedad Chrimar de Costa Rica S. A.
Capital social de diez mil colones, pagados por los socios mediante la
aportación de bienes muebles.—San José, 23 de agosto
de 2016.—Licda. Monique María Zeller
van Engelen, Notaria.—1
vez.—( IN2016063150 ).
Por escritura otorgada
ante mi notaría en Heredia, a las 13 horas del 06 de setiembre del 2016, se
constituyó la sociedad denominada Merk2 Creativos Sociedad Anónima,
pudiendo abreviarse Merk2 Creativos S. A., cuyo nombre es propio y de
fantasía. Plazo: 99 años. Capital: Totalmente suscrito y pagado. Domicilio: Cubujuquí de Heredia, del Liceo Samuel Sáenz Flores, 200
metros norte y 350 metros oeste, edificio de dos plantas, segunda planta.
Objeto: Importación y exportación de bienes de comercio, negocio inmobiliario y
comercio en general. Presidenta: María Fernanda Mora Escalante, cédula 4-0201-0841.—Lic. Manuel Antonio Víquez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016063161 ).
Ante esta notaría, se
protocolizó el acta número uno, de asamblea general extraordinaria de
accionistas de tres-ciento uno-cinco seis ocho cero nueve cero Sociedad Anónima,
celebrada, el día veinticuatro de julio del dos mil dieciséis; mediante la
cual, por acuerdo unánime de socios, se acordó la disolución de la misma. Si
existieran oposiciones formularlas al domicilio social de la empresa, Río
Segundo de Alajuela veinticinco metros oeste, del templo católico.—San José, veintiocho de agosto del dos mil
dieciséis.—Licda. María del Rocío Cortes Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016063162 ).
Ante esta notaría, se
protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas
de Tres-Ciento Uno-Seis Uno Nueve Cinco Ocho Uno Sociedad Anónima,
celebrada el veinticuatro de julio del dos mil dieciséis; mediante la cual, por
acuerdo unánime de socios, se acordó la disolución de la misma. Si existieran
oposiciones formuladas al domicilio social de la empresa, Río Segundo de
Alajuela, veinticinco metros oeste del Templo Católico.—San
José, veintiocho de agosto del dos mil dieciséis.—Licda. María del Roció Cortés
Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016063163 ).
El suscrito notario público,
Eduardo Rojas Piedra, hago constar que por medio de la escritura 151-4 de las
9:00 horas del 7 de setiembre del 2016, se protocolizó acta de la sociedad Inversiones
Sombri, S. A., por medio de la cual se reforma la
cláusula del domicilio, administración y representación.—San José, 8 de marzo
del 2016.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—(
IN2016063177 ).
El suscrito notario
público, Eduardo Rojas Piedra, hago constar que por medio de la escritura
150-4, de las 8:00 del 7 de setiembre del 2016, se protocolizó acta de la
sociedad Súper Carnes Seley S. A., por medio
de la cual se reforma la cláusula del domicilio, administración y
representación.—San José, 8 de marzo del 2016.—Lic.
Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—( IN2016063180
).
Por escritura otorgada
ante mí, a las catorce horas del día siete del mes de setiembre del año dos mil
dieciséis, se nombró nueva junta directiva de la sociedad Inversiones Cataza del Valle Sociedad Anonima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y
nueve mil doscientos dieciséis.—Licda. Florita Vásquez Calderón, Notaria.—1 vez.—( IN2016063182 ).
Mediante escritura de las
16 horas 00 minutos del 2 de setiembre del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Pinturas La Paleta Sociedad Anónima.—San
José, 2 de setiembre del 2016.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo,
Notario.—1 vez.—( IN2016063189 ).
El suscrito notario hago
constar que en esta notaría se protocolizó la asamblea general extraordinaria
de la empresa Ati Costa Rica Sociedad Anónima,
con cedula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil
ochocientos sesenta y ocho, a las catorce horas del siete de setiembre del dos
mil dieciséis, acordando unánimemente reformar la representación. Es todo.—San José, siete de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Hermmoth Rothe P, Notario.—1 vez.—( IN2016063190 ).
Por escritura número
146-11, otorgada ante esta notaría a las a las 09:00 horas del 7 de setiembre
del año 2016, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Grand Yellow Bear Property Holdings S.
A., mediante la cual se reformó el domicilio social.—San José, 7 de
setiembre del 2016.—Lic. Jorge F. Baldioceda
Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2016063191 ).
NDSNG Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y un mil doscientos ochenta, modifica el domicilio social y
representación judicial y extrajudicial de la citada sociedad.—Lic.
Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—(
IN2016063195 ).
Costa Rica Moto Adventure Tours Limitada,
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos treinta y cinco
mil ciento treinta y siete, modifica el domicilio social, representación
judicial y extrajudicial de la citada sociedad, además acepta la renuncia de
los dos gerentes actuales y en su lugar nombra un nuevo gerente por el resto
del plazo social.—Lic. Luis Diego Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—( IN2016063202 ).
Transportes Turísticos
Melson Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho
mil quinientos nueve, nombra por el resto del plazo social, un nuevo secretario
y además modifica la representación judicial y extrajudicial de la citada
sociedad.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—( IN2016063203 ).
Protocolización de acta
número siete de asamblea general extraordinaria de la sociedad Comercializadora
JS Asociados Colombianos Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y un mil
novecientos cincuenta y uno, cambio de gerente de junta directiva y accionista.
Escritura otorgada en la ciudad de Heredia a las quince horas del treinta y uno
de agosto del año 2016.—Lic. Gerardo Alonso Benavides
Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016063204 ).
Ante esta notaría, bajo
la escritura doscientos quince- uno de las once horas con treinta minutos del
día treinta de agosto del dos mil dieciséis, el acta número diez de la Compañía
Despacho de Tornillos Herramientas y Materiales Sociedad Anónima. Donde se
modifica la cláusula segunda y se elige nueva junta directiva.—San
José 30 de agosto del año 2016.—Licda. Darlyn María
Caballero García, Notaria.—1 vez.—( IN2016063205 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Condominios Cr veintinueve Bibijagua Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-318293. Los socios acuerdan disolver y liquidar la
sociedad.—San José, siete de setiembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Marianella Quesada Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2016063206 ).
Tinaco de San José S.
A., reforma cláusula sexta sobre la
administración, y se nombra presidente, secretario y tesorero. Escritura
otorgada en Alajuela, a las 10:00 horas del 08 de setiembre de 2016.—Licda. Monika Valerio de Ford,
Notaria.—1 vez.—( IN2016063209 ).
Por escritura otorgada
hoy se protocolizó acta de asamblea de Inmobiliaria Paseo del Sol Número
Veintiséis Sociedad Anónima, cédula número tres-ciento uno-seiscientos mil
treinta y cinco, se modifican estatutos.—San José, dos de setiembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1
vez.—( IN2016063210 ).
Ante esta notaría se
constituyó la sociedad Centro de Cuidado Personal Women
& Men Arel Sociedad Anonima,
y se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo siendo que el plazo
social será hasta el treinta de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1
vez.—( IN2016063211 ).
Por escritura otorgada a
las catorce horas del diecisiete de junio dos mil dieciséis, protocolizo acta
de creación de sociedad anónima” presentes los señores Ángela María Jiménez
Trujillo, Laura Vanesa Hortúa Forero, Gustavo
Alejandro Hortúa Forero y Alcira Forero González,
mediante la cual se crea y se constituye una sociedad anónima.—San
Ramón, siete de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. José Rafael Ortiz
Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2016063213 ).
Mediante escritura
autorizada por mí, a las 14:00 del 12 de agosto de 2016, se protocolizó el acta
de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de Grupo CDISA DCR
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-670808; mediante
la cual se acordó aumentar su capital social.—San
José, 7 de setiembre del 2016.—Lic. Carlos Manuel Valverde Retana, Notario.—1 vez.—( IN2016063215 ).
En mi notaría el día 26
de agosto del 2016 se protocolizó acta de reformas al pacto constitutivo de la
sociedad Inversiones Jomalca Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-183861.—Lic. Luis Charpentier Acuña, Notario.—1
vez.—( IN2016063217 ).
Al ser las ocho horas del
cinco de setiembre del dos mil dieciséis escritura ciento sesenta y nueve-nueve
folio noventa vuelto, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la entidad denominada Quinta Acoyapa AYG Limitada. Se acuerda la disolución y
liquidación de la sociedad.—Lic. Allan Salazar López,
Notario.—1 vez.—( IN2016063218 ).
En esta notaría, a las
19:00 horas del 30 de agosto del 2016, mediante escritura número 76 del tomo 7,
se constituyó CRI Sinergia Comercial S. A. El presidente y el
vicepresidente son los representantes judiciales y extrajudiciales, como
apoderados generalísimos sin límite de suma. Un gerente general es apoderado
general sin límite de suma.—San Lorenzo de Flores, 8
de setiembre del 2016.—Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—( IN2016063220
).
Por escritura otorgada
ante esta notaría, el día primero de abril del dos mil dieciséis, se modifica
nombre de la sociedad tres-ciento dos-quinientos veintiún mil trescientos
setenta a Dos Rams de Centro América Limitada.—San José, 5 de agosto del 2016.—Licda. Alba Iris Ortiz
Recio, Notario.—1 vez.—( IN2016063222 ).
A las 8:00 horas del 16
de diciembre del 2015, se modificaron las cláusulas 2° y 6° del pacto
constitutivo de la empresa A&M Consultores Jurídicos Independientes S.
A., cédula jurídica 3-101-328360.—San José, 22 de agosto del 2016.—Licda. Elive Estela Muñoz Villafuerte, Notaria.—1
vez.—( IN2016063234 ).
Ante esta notaría se
protocolizó el acta de la sociedad CR Testing Associates Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos veinte mil doscientos setenta y tres, en donde se
reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San
José, 07 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Garino
Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016063245 ).
Por escritura número
ciento cuarenta y ocho-trece, otorgada a las siete horas del siete de setiembre
del dos mil dieciséis, protocolizo los acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la empresa: Porto Fiore
S. A., cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos
sesenta y nueve mil cuarenta y cinco, en donde se reforma el domicilio social.—San José, siete de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic.
Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2016063277 )
Mediante escritura número
97, otorgada ante el suscrito notario, a las once horas treinta minutos del
treinta de agosto de dos mil dieciséis, se constituye la sociedad En Busca
de La Verdad Sociedad Anónima.—San José, primero
de setiembre de dos mil dieciséis.—Lic. Frank Carlos Araya Kaudsen,
Notario.—1 vez.—( IN2016063296 ).
Mediante escritura
otorgada en ésta notaría a las diecisiete horas cero minutos del día treinta y
uno de agosto del dos mil dieciséis, se reforma la cláusula quinta del pacto
constitutivo en virtud de un aumento de capital de la entidad denominada Venko Frigore S. A.—San José, 02
de septiembre del 2016.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1
vez.—( IN2016063297 ).
Por escritura número
ciento diecinueve-tres se protocolizó acta de asamblea ordinaria extraordinaria
de socios de la sociedad denominada Constructora Teribe
S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos once
mil ochocientos diecisiete, donde se reforman las cláusulas segunda y octava
del pacto constitutivo.—San José ocho de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Derroy Jeiner Navas Beita, Notario.—1 vez.—(
IN2016063306 ).
Por escritura otorgada
ante el suscrito notario a las 13:00 horas del 07 de setiembre de 2016 se
modificó la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo de Burmax Limitada, cédula jurídica
3-102-120894. Notaría del Lic. Federico Truque Arias, en San José, Escazú,
Plaza Roble, Edificio Los Balcones, cuarto piso, oficinas Zurcher
Odio & Raven.—San José,
07 de setiembre de 2016.—Lic. Federico Truque Arias, Notario.—1
vez.—( IN2016063316 ).
Por escritura otorgada
ante mi notaría, a las 14:00 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Ole
Media S. A. Capital social íntegramente suscrito y pagado.—San
José, 7 de setiembre del 2016.—Licda. Mariela Mora Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2016063320 ).
Ante esta notaría se
protocolizó el acta de la sociedad Jaye Investments CR Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número, tres-ciento uno-trescientos cincuenta y nueve mil quinientos,
en donde se reformó la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San José, 11 de agosto del 2016.—Lic. Luis Garino Granados, Notario.—1 vez.—(
IN2016063321 ).
Por escritura otorgada
ante esta notaría a las diez horas del día ocho de setiembre del año en curso,
se modificó la cláusula cuarta de los estatutos de la sociedad Mañanero
Rojizo Real Estates Investments
Sociedad Anonima.—San José, 8 de setiembre del
2016.—Lic. Juan Carlos Hernández Jiménez, Notario.—1
vez.—( IN2016063345 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Lichtenberger
& Senno Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio del 2016.—Lic. Mario Eduardo Salazar
Camacho, Notario.—1 vez.—CE2016008738.—( IN2016065101
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Heymar
Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del
2016.—Licda. Ana Gabriela Acevedo Rivera, Notario.—1
vez.—CE2016008739.—( IN2016065102 )
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 19 horas 00 minutos del 11 de julio del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Proyectos Oasis Reforestación Sociedad Anónima.—San José, 11 de julio del 2016.—Lic. Luis Bernardo Parini Segura, Notario.—1
vez.—CE2016008740.—( IN2016065103 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 07 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Casa de Importaciones Los Andes
Internacional Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 11 de julio del 2016.—Licda. Raquel Reyes Arias, Notario.—1 vez.—CE2016008741.—( IN2016065104 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 12 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Alfaro Morales CR
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Fernando Jiménez
Mora, Notario.—1 vez.—CE2016008777.—( IN2016065140 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Número Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Licda. Leticia María
Molina Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2016008779.—(
IN2016065142 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de junio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Mainland
Cargo Capital Group Sociedad Anónima.—San José,
12 de julio del 2016.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2016008782.—( IN2016065145 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Bacco
Limitada.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1
vez.—CE2016008785.—( IN2016065148 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 06 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Grupo Arrocero San Roque Sociedad
Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic.
Johan Castillo Umaña, Notario.—1 vez.—CE2016008786.—(
IN2016065149 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Representaciones Exclusivas Arzus Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del
2016.—Licda. Kattia Mena Abarca, Notario.—1 vez.—CE2016008798.—( IN2016065161 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 12 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Foresta Desarrollos Inmobiliarios
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12
de julio del 2016.—Lic. César Augusto Mora Zahner,
Notario.—1 vez.—CE2016008799.—( IN2016065162 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 05 minutos del 07 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Billnet
Solutions Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio
del 2016.—Licda. Marjorie Arroyo Ocampo, Notaria.—1 vez.—CE2016008800.—( IN2016065163 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 12 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Thomas Preschool
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Licda. Laura Daniela
Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2016008801.—(
IN2016065164 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 01 de junio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Statera
CJL Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Geiner Enrique Molina Fernández, Notario.—1
vez.—CE2016008802.—( IN2016065165 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 24 minutos del 22 de junio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora y Consultoría Vega
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Wilberth
Picado Portuguez, Notario.—1
vez.—CE2016008803.—( IN2016065166 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 08 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Limpieza y Afines
SELIAFI Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. William Quiel Rivera, Notario.—1
vez.—CE2016008804.—( IN2016065167 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora de Carne M D L
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Luis Adrián Quirós
Carmona, Notario.—1 vez.—CE2016008805.—( IN2016065168
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 30 de junio del 2014,
se constituyó la sociedad denominada Inversiones Rcelulas
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del
2016.—Licda. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2016008806.—( IN2016065169 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Seguridad Integral El Coyote de
La Bajura Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Carlos
Alberto Berrocal Arias, Notario.—1
vez.—CE2016008807.—( IN2016065170 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 07 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Familia
Elizondo Lobo de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del
2016.—Licda. Isel Robles Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2016008808.—( IN2016065171 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Inmobiliaria Hermanos H Dos
Sociedad Anónima.—San José, 12 de julio del 2016.—Lic. Luis Paulino Salas
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016008809.—(
IN2016065172 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 45 minutos del 12 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Dandelion
Life Investments Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 12 de julio del 2016.—Licda. Isabel
Cristina Córdoba Hidalgo, Notario.—1
vez.—CE2016008810.—( IN2016065173 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Os & Os Fitness
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 12
de julio del 2016.—Lic. Pablo Bogarín Bustamante,
Notario.—1 vez.—CE2016008811.—( IN2016065174 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Consultora Cavalceta
Vargasgroup Sociedad Anónima.—San José, 12 de
julio del 2016.—Licda. Marta Viviana Corrales Trejos, Notaria.—1
vez.—CE2016008812.—( IN2016065175 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 17 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Motorepuestos Ramírez
& Barboza Sociedad Anónima.—San José, 19 de
julio del 2016.—Lic. Douglas Mauricio Marín Orozco, Notario.—1
vez.—CE2016009141.—( IN2016065176 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Desarrollos MQR Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Geovanny Astúa Arce, Notario.—1
vez.—CE2016009142.—( IN2016065177 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Complete CRC Vacations
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—CE2016009143.—( IN2016065178 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Sport Fishing
Cinco Cero Seis Limitada.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Óscar Manuel
Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016009144.—(
IN2016065179 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada M A J U C H A Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Víctor Manuel Soto Piatkina, Notario.—1
vez.—CE2016009145.—( IN2016065180 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 14 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada El Fincamiento
de la Amapola Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic.
Francisco Esquivel Sánchez, Notario.—1
vez.—CE2016009146.—( IN2016065181 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Elmode
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1
vez.—CE2016009147.—( IN2016065182 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 19 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Consultora Campo Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Luis Guillermo
Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016009148.—(
IN2016065183 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 15 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Anna D J A Limitada.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Gabriel Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2016009149.—( IN2016065184 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Yago Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Mauricio Alvarado
Prada, Notario.—1 vez.—CE2016009150.—( IN2016065185 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de junio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Espacio Constructivo Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Juan Manuel Gómez
Mora, Notario.—1 vez.—CE2016009151.—( IN2016065186 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 09 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Ito Kids Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de julio del 2016.—Lic. Roldan Morales Novoa, Notario.—1
vez.—CE2016009152.—( IN2016065187 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Beyco
Suministros Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Licda. Karla Vanessa Corrales Gutiérrez, Notaria.—1
vez.—CE2016009153.—( IN2016065188 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 13 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Anjuma
Car Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Eduardo Sancho Arce, Notario.—1
vez.—CE2016009154.—( IN2016065189 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 00 minutos del 19 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Corporación Nesyrosa
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2016009155.—( IN2016065190 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Optosolutions
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Grace Calderón
Garita, Notaria.—1 vez.—CE2016009156.—( IN2016065191
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora y Desarrolladora
Huguet Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Carlos Josué
Morales Fallas, Notario.—1 vez.—CE2016009157.—(
IN2016065192 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 19 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Inversiones Ajular
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de julio del 2016.—Lic. Gonzalo Eduardo Fajardo Lee, Notario.—1
vez.—CE2016009158.—( IN2016065193 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 24 de junio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Espacio Constructivo V R Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Juan
Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2016009159.—(
IN2016065194 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 06 horas 30 minutos del 19 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Corporación Familiar Bremosa Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Santiago Eduardo Arguedas Pitti, Notario.—1 vez.—CE2016009160.—( IN2016065195 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Milonga del Sur Tamarindo Sociedad
Anónima.— San José, 20 de julio del 2016.—Lic.
Adrián Javier Fernández Madrigal, Notario.—1
vez.—CE2016009161.—( IN2016065196 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Cayvi
Limitada.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Larios Trejos,
Notaria.—1 vez.—CE2016009162.—( IN2016065197 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Baurica
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Slawomir Wiciak Gasiorowska, Notario.—1
vez.—CE2016009163.—( IN2016065198 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Legendarios Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Santiago Eduardo
Arguedas Pitti, Notario.—1
vez.—CE2016009164.—( IN2016065199 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 20 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones El Izote Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic.
Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—1
vez.—CE2016009165.—( IN2016065200 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Motoracing
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Enrique Alvarado Peñaranda, Notario.—1
vez.—CE2016009166.—( IN2016065201 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 13 de junio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada C Y C Cacor
Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 20 de
julio del 2016.—Lic. Jonatan Javier López Arias,
Notario.—1 vez.—CE2016009167.—( IN2016065202 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2016,
se constituyó la sociedad denominada Falcon
Professional Security Services Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Juan Luis Calderón Castillo, Notario.—1 vez.—CE2016009168.—( IN2016065203 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Inversiones M A J U C H A Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic.
Víctor Manuel Soto Piatkina, Notario.—1 vez.—CE2016006196.—( IN2016065204 ) .
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 12 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Grupo Empresarial Murillo y Asociados
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Angie María
Rodríguez Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2016009170.—(
IN2016065205 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 15 minutos del 01 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Pediagen
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Magda González
Salas, Notaria.—1 vez.—CE2016009171.—( IN2016065206 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Reforestadora
Alpenweiss Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Slawomir Wiciak Gasiorowska, Notario.—1 vez.—CE2016009172.—( IN2016065207 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Caño Seco Polaco Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Carlos Coto
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016009173.—( IN2016065208
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Expectstar
Limitada.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Marielos Meléndez Hernández, Notaria.—1
vez.—CE2016009174.—( IN2016065209 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 19 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Empresa Aglomeradora
Ugalde Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Daniel
Aguilar González, Notario.—1 vez.—CE2016009175.—(
IN2016065210 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 11 horas 01 minutos del 18 de julio del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Design
& Construcción Sociedad Anónima.—San José, 20
de julio del 2016.—Lic. Antonio Gutiérrez Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2016009176.—( IN2016065211 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Ebikes
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1
vez.—CE2016009177.—( IN2016065212 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 02 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Fábrica Artesanal Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Rocío Villalobos Solís,
Notaria.—1 vez.—CE2016009178.—( IN2016065213 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Sin Nombre Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1
vez.—CE2016009179.—( IN2016065214 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 16 de mayo del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Productos Alimenticios El Pequeño
Limitada.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa,
Notario.—1 vez.—CE2016009180.—( IN2016065215 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Tesdec
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda.
Angélica Campos Barrantes, Notaria.—1
vez.—CE2016009181.—( IN2016065216 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Fantásticos Cuatro J.F. Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Adrián Javier Fernández
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2016009182.—( IN2016065217
).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada C.A.V. CAYVI C.A.V. Limitada.—San
José, 20 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1 vez.—CE2016009183.—( IN2016065218 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Consorcio Avendaño Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio
del 2016.—Lic. Rolando Romero Obando, Notario.—1
vez.—CE2016009184.—( IN2016065219 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 20 de julio del año
2016, se constituyó la sociedad denominada Rosh
Hanikra Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio
del 2016.—Lic. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—CE2016009185.—( IN2016065220 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 27 de junio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Rafagon
Seguridad Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio
del 2016.—Licda. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2016009186.—( IN2016065221 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 15 de julio del año 2016, se constituyó la sociedad
denominada GAM Alsaco Sociedad Anónima.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. Jonatan Javier López
Arias, Notario.—1 vez.—CE2016009187.—( IN2016065222 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada R Y Liang
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1
vez.—CE2016009188.—( IN2016065223 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Cav Cayvi Cav Limitada.—San José,
20 de julio del 2016.—Licda. Alejandra Larios Trejos, Notaria.—1
vez.—CE2016009189.—( IN2016065224 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Mandari
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—CE2016009190.—( IN2016065225 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Redga
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Steven Joaquín Ferris Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2016009191.—( IN2016065226 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Loveva
Terrazas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1
vez.—CE2016009192.—( IN2016065227 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Grupo de Mercadeo de la Altura GTE
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Eitel Eduardo Álvarez Ulate,
Notario.—1 vez.—CE2016009193.—( IN2016065228 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Caoy
Dos Mil Dieciseis Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic. Jorge Fernando
Salgado Portuguez, Notario.—1
vez.—CE2016009194.—( IN2016065229 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 19 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Alora International A.I. Sociedad de
responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio
del 2016.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1
vez.—CE2016009195.—( IN2016065230 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Daneve
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 20
de julio del 2016.—Licda. Karen Ginneth López Jara,
Notaria.—1 vez.—CE2016009196.—( IN2016065231 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Bufete Ramírez y Asociados Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Xinia María Arias Naranjo, Notaria.—1
vez.—CE2016009197.—( IN2016065232 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada El Poder de la Fe Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 20 de Julio del 2016.—Lic. Freddy
Guillermo Ureña Díaz, Notario.—1 vez.—CE2016009198.—(
IN2016065233 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 14 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Chamonix
Holdings Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio
del 2016.—Lic. Mauricio Bolaños Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2016009199.—( IN2016065234 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Moseca
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. José Joaquín Herrera Arias, Notario.—1
vez.—CE2016009200.—( IN2016065235 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 02 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pamplona y Micha S. A.
Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del
2016.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2016009202.—( IN2016065237 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 15 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Pizzería Montri
de San Rafael Sociedad Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Karol Cristina Guzmán Ramírez, Notaria.—1
vez.—CE2016009203.—( IN2016065238 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 18 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Cerro las Vueltas de Dota Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Lic.
Lenin Mendiola Varela, Notario.—1 vez.—CE2016009205.—(
IN2016065240 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada ZF Administración Integral Sociedad
Anónima.—San José, 20 de julio del 2016.—Licda. Anabelle
Porras Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2016009206.—(
IN2016065241 ).
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de julio del 2016,
se constituyó la sociedad denominada Casa Motmot y
Daniella Limitada.—San
José, 20 de julio del 2016.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2016009207.—( IN2016065242 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
Documento
Admitido Traslado al Titular
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
DEPARTAMENTO DE ASESORÍA JURÍDICA
Se hace saber a: Amelia María Varela Vásquez, cédula de identidad
4-0137-0087, en su calidad personal, que a través del Expediente DPJ-069-2016
del Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa por
cuanto: Mediante escrito presentado a este Registro, a las 12:17 horas del 10
de agosto del 2016, el señor José Manuel Varela Sánchez, mayor, cédula de
identidad 4-0064-0281, en su condición personal presenta gestión administrativa
a fin de solicitar la anotación de la advertencia administrativa en la
inscripción del Poder Generalísimo sin límite de suma visible a citas Tomo:
2016 Asiento: 497983, basado en el siguiente cuadro fáctico: 1) Que él nunca ha
otorgado poder generalísimo sin límite de suma a ninguna persona, pero que a
partir del 28 de julio del 2016 aparece inscrito en el Registro de Personas al
tomo 2016 asiento 497983 consecutivo 1 secuencia 1, un poder generalísimo sin
límite de suma falco que nunca otorgó, consignándose como apoderada a Amelia
María Varela Vásquez, cédula de identidad número 4-0137-0087, quien es su
sobrina; 2) Que no conoce al Notario Público Juan Carlos Vega Montoya, quien
autorizó la escritura pública número 240-7 de las 8 horas del 27 de julio del
2016; que no ha comparecido a su oficina ni firmó dicha escritura; 3) Que por
la inscripción de dicho poder falso fue víctima de un delito, ya que a las
14:31 horas del 29 de julio del 2016 se anotó en la finca de Heredia número
202923-000, de su propiedad, una compraventa presentada al tomo 2016 asiento
505217, en la que comparece Amelia María Varela Vásquez diciéndose apoderada
generalísima sin límite de suma de su persona, sin que él haya otorgado poder
alguno; 4) Que el Notario que otorgó la escritura adeuda cuotas del Fondo de
Garantía Notarial por lo que de conformidad con el inciso g) del artículo 4 del
Código Notarial estaba impedido para otorgar dicho instrumento público. Que por
todo lo anterior solicita se consigne nota de prevención sobre el poder en
cuestión. A efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido
proceso a los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-
2010 del 25 de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este
registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo 97 del Reglamento
del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo Nº veintiséis mil setecientos
setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus
reformas, se ha ordenado consignar
advertencia administrativa de manera preventiva en las inscripciones
registrales de la citado poder y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días
hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del
presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los
alegatos que a sus derechos convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el
Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 31 de
agosto del 2016.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico.—( IN2016062284 ).
Resolución de
reconstrucción de expediente
Francisco Villegas Sánchez. Expediente: Inscripción de marca de
ganado. Nro. y fecha: 2011-825 de 01 de febrero del
2011. Marca de ganado Para ver la imagen
solo en La Gaceta en formato de PDF “” diseño.—Registro de
la Propiedad Industrial, a las 08:00:00 del 12 de setiembre del 2016.
Vista la solicitud de inscripción de la marca de ganado Para ver la imagen solo en La Gaceta en formato de PDF” diseño, presentada por Francisco Villegas
Sánchez, tramitada bajo el expediente Nº 2011-825, la cual se encuentra en
trámite, y
Considerando único:
I.—Que a efecto de conocer el fondo del asunto, y por no constar en
esta oficina la ubicación material del expediente administrativo original Nº
2011-825, correspondiente a la solicitud de inscripción de la marca de ganado Para ver la imagen solo en La Gaceta en formato de PDF ” diseño para utilizarla en el anca derecha de
semovientes que pastearán en la provincia de Puntarenas, cantón de Montes de
Oro, distrito Miramar en Tajo Alto; se ordena la reconstrucción del mismo, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 8º, 9º y 24 del Reglamento a la
Ley de Marcas de Ganado, el Decreto Ejecutivo Nº 16236 del 02 de mayo de 1985
publicado en La Gaceta Nº 94 del 20 de mayo de 1985, denominado
“Reglamento para salvar las Inscripciones de Tomos en el Registro Público” y en
la Circular Nº DRPI-005-2007, de fecha 23 de febrero del 2007, relativa a la
reconstrucción de expedientes administrativos. Asimismo en
acatamiento a lo indicado en el artículo 8º del
Decreto Ejecutivo Nº 16236, se ordena la publicación una vez en el Diario
Oficial La Gaceta, de la presente resolución, para que en el plazo de 5
días hábiles, las personas interesadas comparezcan a hacer valer sus derechos,
aportando documentos, a fin de que se tomen en cuenta en la reconstrucción. Por
tanto,
Con base en las razones expuestas y citas de la Ley se resuelve: 1.
Ordenar la reconstrucción del expediente administrativo tramitado bajo el
número 2011-825, correspondiente a la solicitud de inscripción de la marca de
ganado Para ver la imagen solo en La Gaceta en formato de PDF” diseño para utilizarla en el anca derecha de
semovientes que pastearán en la provincia de Puntarenas, cantón de Montes de
Oro, distrito Miramar en Tajo Alto. 2. Ordenar la publicación
por una vez en el Diario Oficial La Gaceta, de
la presente resolución, para que en el plazo de 5 días hábiles, las personas
interesadas comparezcan a hacer valer sus derechos, aportando documentos, a fin
de que se tomen en cuenta en la reconstrucción. Notifíquese.—Lic.
Jonathan Lizano Ortiz, Subdirector a. í.—1 vez.—O. C.
Nº OC16-0048.—Solicitud Nº 65599.—( IN2016066362 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.—San José, a las diez
horas treinta minutos del siete de setiembre del dos mil dieciséis. De
conformidad con lo dispuesto en los artículos 241, 242 y 246 de la Ley General
de la Administración Pública, siendo que materialmente resultó imposible
localizar al señor Orfeo Figus Piras, cédula de
identidad N° 8-0077-0423,representante legal de la empresa Cadena de Televisión
Comunitaria del Caribe S. A., cédula jurídica número 3-101-231637, en ninguna
de las direcciones ni números telefónicos señalados para dichos efectos dentro
del expediente de otorgamiento de concesión agotándose todas las direcciones y
medios posibles y que se ignora su domicilio actual; se procede en esta vía a
notificarle mediante edicto que deberá publicarse tres veces consecutivas en el
Diario Oficial La Gaceta, lo indicado en el auto de apertura del
procedimiento administrativo ordinario de las trece horas del veintinueve de
agosto de dos mil dieciséis emitida por este órgano director y que dice: De
conformidad con lo indicado en la resolución N° 011-2016-R-TEL-MICITT de las
nueve horas del diecinueve de febrero de dos mil dieciséis suscrita por el
Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, en el Dictamen N°
C-306-2015 de fecha 11 de noviembre de 2015 de la Procuraduría General de la
República y lo dispuesto en los artículos 4, 60, 89 inciso 1), 90, 214, 229
308, 309, 310, 311, 312, 313, 314, 315, 316, 317, 318 y 319 de la Ley General
de la Administración Pública y 12, 16, 18, 19, 20, 39 (principio de paralelismo
de las competencias y principio de paralelismo de las formas) e inciso 1) in
fine del artículo 22 (en concordancia con el artículo 36 del Decreto Ejecutivo
N° 34765-MINAET “Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones”) todos de
la Ley N° 8642, “Ley General de Telecomunicaciones”; procede esta instancia a
iniciar procedimiento administrativo ordinario en contra de la empresa Cadena
de Televisión Comunitaria del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-231637, concesionaria del uso de la frecuencia del canal de televisión 28
(rango de frecuencia 554 a 560 MHz) y representada conjuntamente por los
señores Orfeo Figus Piras cédula de identidad número
8-0077-0423, Edwin Ortiz González cédula de identidad número 1-0226-0583 y Josiah Emanuel Jobson Jobson cédula de identidad número 7-0035-0365; a efectos de
determinar su eventual responsabilidad en los siguientes hechos: “1) No
utilización del recurso asignado durante los años 2010, 2012 y 2016: No
operación de las frecuencias 554 MHz a 560 MHz (Canal 28), Incumplimiento del
mínimo de transmisión de doce horas diarias. Incumplimiento de cobertura en la
zona de Limón. 2) Incumplimiento de pago del impuesto anual de radiodifusión
desde el año 2004 al 2016, deuda que asciende a la suma de ¢1.500.000,00 (un
millón quinientos mil colones sin céntimos)”. Los hechos descritos constituyen
una posible infracción a lo dispuesto en los artículos 22 inciso 1) apartados
a), b) y d) y 49 de la Ley General de Telecomunicaciones, artículos 74 incisos
a) y d), 99, 101 inciso c) del Reglamento a la Ley General de Telecomunicaciones.
De ser comprobada la comisión de dichas faltas por parte de la empresa
encausada, se le aplicara revocación de la concesión de uso de frecuencia para
radiodifusión televisiva otorgada mediante Acuerdo Ejecutivo del 24 de
noviembre de 1998. Para tal propósito, recábese la prueba pertinente, mediante
la realización de una Comparecencia Oral y Privada, a celebrarse en las
instalaciones del Viceministerio de Telecomunicaciones ubicado en el Edificio
Almendros, en Barrio Tournón frente a la Ulacit, a partir de las diez horas del día lunes 03 de
octubre de 2016 (10:00 horas, del 03/10/16), y hasta concluir con la recepción
de la prueba que se presente durante la misma. En tal oportunidad, será
atendido por los licenciados Xaviera Portuguez
Sánchez y Erick Sanabria Calvo, funcionarios designados para que, con estricta
observancia al principio del debido proceso, instruyan la presente diligencia
administrativa. La documentación y pruebas habidas en el respectivo Expediente
N° GCP-702-2013, pueden ser consultadas y fotocopiadas en la Unidad de Control
Nacional de Radio del Viceministerio de Telecomunicaciones, en días y horas
hábiles, siendo la siguiente: Documental: 1.) Oficio N° 4721-SUTEL-SCS-2013 del
20 de setiembre de 2013 (folio 1). 2.) Oficio N° 4629-SUTEL-DGC-2013 del 17 de
setiembre de 2013 (folios 02 al 11). 3). Informe N° MICITT-GAER-INF-047-2014
del 02 de mayo de 2014 (folios 13 al 24). 4) Fotocopia del Acuerdo Ejecutivo
del 28 de noviembre de 1998 (folios 25 y 26). 5) Copia de la resolución N°
RCS-199-2012 de las diez horas cuarenta y cinco minutos del 27 de junio de 2012
emitida por la SUTEL (folios 27 al 29). 6) Copia oficio N° 3615-SUTEL-DGC-2012
de fecha 24 de noviembre de 2012 (folios 30 al 41). 7) Copia del Dictamen N°
C-306-2015 de fecha 11 de noviembre de 2015 (folios 43 al 51). 8) Resolución N°
011-2016-R-TEL-MICITT de as nueve horas del diecinueve de febrero de dos mil
dieciséis (folios 52 al 54). 9) Oficio N° MICITT-DERRT-OF-007-2016 de fecha 06
de junio de 2016 (folios 61-64). 10) Oficio N° 04668-SUTEL-SCS-2016 de fecha 28
de junio de 2016 (folio 69). 11) Oficio N° 4361-SUTEL-DGC-2016 de fecha 17 de
junio de 2016 (folios 70 al 83). 12) Fotocopia del Oficio N°
04692-SUTEL-RNT-2016 de fecha 28 de junio de 2016 (folio 84). 13) Oficio N°
5259-SUTEL-DGC-2016 de fecha 26 de julio de 2016 (folios 87 al 89). 14)
Certificación N° 065-2016 del 04 de agosto de 2016 Anexo CD información digital
de mediciones Canal 28 (Folio 90). 15) Copia simple del expediente de
otorgamiento de frecuencias Canal 28. Testimonial no hay. Se le informa a los
representantes legales de la empresa Cadena de Televisión Comunitaria del
Caribe S. A., que la mencionada comparecencia oral y privada señalada es el
momento procesal oportuno para aportar y recibir toda la prueba de descargo y
los alegatos pertinentes, por lo cual, la prueba que estimen necesaria aportar
en defensa de sus intereses, pueden hacerla llegar a este Proceso, antes o en
el momento de la celebración de dicha comparecencia; de hacerlo antes, será por
escrito, indicando en caso de ofrecer prueba testimonial de descargo, sobre
cuáles hechos específicos y relacionados directamente con la falta intimada se
referirán cada uno de los deponentes. Lo anterior, de conformidad con la
normativa contenida en los artículo: 308, 309, inciso 1), 312, incisos 2) y 3)
de la Ley General de la Administración Pública, y artículos 354 y 356, del
Código Procesal Civil, todo al tenor de lo preceptuado por el artículo 229 de
la supra citada Ley General de la Administración Pública. Asimismo, se le
advierte que, de conformidad con el mismo cuerpo legal, en sus artículos 343,
345 y 346, contra el presente Auto de Apertura, proceden los recursos
ordinarios que la ley prevé, sean el de revocatoria y el de apelación. Siendo
que el primero deberá interponerse ante el mismo órgano que dicta el respectivo
acto, y el segundo, en contra del Superior de éste, sea el Ministro de esta
Cartera. Lo anterior, dentro de los plazos señalado por ley: veinticuatro horas
(24 Horas), contadas a partir de la debida notificación del presente auto. De
igual manera, se les hace saber, que les asiste el derecho de hacerse acompañar
por un abogado que los represente durante el procedimiento. Se previene también
que deberán señalar lugar para atender futuras notificaciones, de lo contrario
se les estará notificando los actos del procedimiento y la resolución final, en
el último domicilio que conste en su respectivo expediente administrativo de
conformidad con lo preceptuado por el artículo 243, inciso 1), de la ya citada
Ley General de la Administración Pública, de lo contrario se aplicará la
notificación por publicación según lo indicado en el artículo 241 del mismo
cuerpo legal. Notifíquese a las partes personalmente en la última dirección
señalada para dichos efectos dentro del expediente administrativo de la
Concesión.—Licda. Xaviera Portuguez
Sánchez y Lic. Erick Sanabria Calvo, Órgano Director.—O.
C. N° 3400027420.—Solicitud N° 64994.—( IN2016063225 ).