LA GACETA N° 213 DEL 07 DE NOVIEMBRE DEL 2016

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CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

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CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

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FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

MUNICIPALIDADES

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PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 688-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, N° 6227 y Dictamen de la Procuraduría General de la República N° C-475-2006, del 28 de noviembre de 2006.

Considerando:

Único.—Que de conformidad con el Dictamen de la Procuraduría General de la República número C-475-2006 del 28 de noviembre de 2006, en cuanto al disfrute de vacaciones por parte de los Ministros y Viceministros, se determinó que en razón de la naturaleza de las funciones que desempeñan se consideran funcionarios públicos, acorde con el artículo 192 constitucional. En este sentido ha dispuesto la Procuraduría en el mencionado Dictamen que: “... al consistir las vacaciones en un derecho fundamental, ciertamente todos aquellos funcionarios de la naturaleza igual o similar a la que tiene el Alcalde Municipal, (según párrafo segundo del artículo 586 del Código de Trabajo) también tienen derecho a las vacaciones anuales, en los términos postulados en el tantas veces citado artículo 59 constitucional... “ Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Conceder al señor Marcelo Jenkins Coronas, cédula de identidad número uno - seiscientos cuarenta ocho - cero once, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, el disfrute de vacaciones del 19 al 22 de setiembre del 2016.

Artículo 2º—Durante la ausencia del señor Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, de las 00:01 horas del 19 de setiembre hasta las 24:00 horas del 22 de setiembre del 2016 se nombra como Ministra a. í. a la señora Carolina Vásquez Soto, cédula de identidad cuatro - cero ciento cincuenta - cero setecientos setenta y siete, Viceministra de Ciencia y Tecnología.

Artículo 3º—Rige a partir de las 00:01 horas del 19 de setiembre hasta las 24:00 horas del 22 de setiembre del 2016.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día trece de setiembre del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 3400027211.—Solicitud N° 68650.—( IN2016077626 ).

Nº 699-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo establecido en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que como parte de los compromisos asumidos con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para la adhesión el señor Marcelo Jenkins Coronas, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, debe participar en la actividad denominada “Worshop on Open Science and Digital Innovation-The Digitalisation of STI” y en “109th Session of the Committee for Scientific and Technological Policy” (CSTP), donde se evaluará la labor del ministerio y del sector de ciencia, tecnología e innovación, en el marco de los cuestionarios contestados y las misiones realizadas por la OCDE, así como en la participación de los distintos Comités de dicha organización. Dichas actividades se celebrarán los días 24, 25 y 26 de octubre de 2016, en la ciudad de París, República Francesa.

II.—Que adicionalmente el señor Ministro ha recibido invitación de la señora Mariana Barrios, Senior Content Producer para participar como ponente en “Bett Latin America Leadership Summit- Cumbre de Líderes en Educación y Tecnología”, catalogada por la Organización para las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) como el principal foro de la región para la discusión del impacto de la tecnología en la educación. Dicha Cumbre es una plataforma única para reflexionar, debatir, aprender de casos de estudio innovadores y conocer los proyectos más importantes del sector, los cuales ayudarán a definir el futuro del progreso de la educación en América Latina. Se realizará los días 27 y 28 de octubre de 2016 en el Centro Banamex, en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Marcelo Jenkins Coronas, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, cédula de identidad número 1-0648-0011, para que participe en: A) La reunión denominada en la actividad denominada “Worshop on Open Science and Digital Innovation-The Digitalisation of STI” y en “109th Session of the Committee for Scientific and Technological Policy (CSTP). Dichas actividades se celebrarán los días 24, 25 y 26 de octubre de 2016, en la ciudad de París, República Francesa; B) El foro denominado “Bett Latin America Leadership Summit- Cumbre de Líderes en Educación y Tecnología”, que se realizará los días 27 y 28 de octubre de 2016 en el Centro Banamex, en la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos. Los días 21, 22, 27, 29 de octubre del 2016 el señor Ministro se encontrará en tránsito.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo y terrestre lo cubre el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT). Los gastos por concepto de alojamiento y alimentación del 21 al 26 de octubre de 2016 los cubre el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX). Los gastos por concepto de alojamiento y alimentación del 27 al 28 de octubre de 2016 los cubre la Secretaría de Educación Pública (SEP).

Artículo 3º—Durante la ausencia del señor Marcelo Jenkins Coronas, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, se nombra como Ministra a. í., a la señora Carolina Vásquez Soto, cédula de identidad 4-0150-0777, Viceministra de Ciencia y Tecnología, de las 14:37 horas del 21 de octubre de 2016 a las 13:49 horas del 29 de octubre de 2016.

Artículo 4º—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, cubierta por MICITT.

Artículo 5º—De conformidad con el artículo 5° de la Resolución N° 78-2010 del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.

Artículo 6º—En un plazo de ocho días naturales, contados a partir de su regreso, el señor Jenkins Coronas deberá presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 7º—Rige a partir de las 14:37 horas del 21 de octubre de 2016 a las 13:49 horas del 29 de octubre de 2016.

Dado en la Presidencia de la República, a los tres días del mes de octubre del dos mil dieciséis.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 3400027211.—Solicitud N° 68640.—( IN2016077615 ).

Nº 718-P

LA SEGUNDA VICEPRESIDENTA

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

De conformidad con lo establecido en el artículo 26, incisos a) y b) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”.

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo de Viaje N° 699-P del 3 de octubre de 2016, se autorizó al señor Marcelo Jenkins Coronas, cédula de identidad N° 1-0648-0011, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, para que viaje a la ciudad de París, República Francesa y participe en la actividad denominada “Worshop on Open Science and Digital Innovation–The Digitalisation of STI” y en “109th Session of the Committeefor Scientific and Technological Policy” (CSTP), los días 24 al 26 de octubre de 2016; y a la ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, para participar como ponente en “Bett Latin América Leadership Summit- Cumbre de Líderes en Educación y Tecnología”, los días 27 y 28 de octubre de 2016. Durante los días 21, 22, 27, 29 de octubre del 2016, el señor Ministro se encontrará en tránsito.

II.—Que el artículo 2 del Acuerdo de Viaje N° 699-P del 03 de octubre de 2016, debe modificarse, ya que los gastos por concepto de alojamiento y alimentación del 21 de octubre de 2016 correrán por cuenta del señor Ministro y del 22 al 26 de octubre de 2016 serán cubiertos por el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX). Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º— Modificar el artículo 2° del Acuerdo N° 699-P del 3 de octubre de 2016, para que se lea de la siguiente forma:

“Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo y terrestre lo cubre el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT). Los gastos por concepto de alojamiento y alimentación del 21 de octubre de 2016 correrán por cuenta del señor Ministro; y los gastos por concepto de alojamiento y alimentación del 22 al 26 de octubre de 2016 los cubre el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX). Los gastos por concepto de alojamiento y alimentación del 27 al 28 de octubre de 2016 los cubre la Secretaría de Educación Pública (SEP).”

Artículo 2º— Esta modificación rige a partir de las 14:37 horas del 21 de octubre de 2016 a las 13:49 horas del 29 de octubre del 2016.

Dado en la Presidencia de la República, a los diez días del mes de octubre de dos mil dieciséis.

ANA HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—1 vez.—O. C. N° 3400027211.—Solicitud N° 68654.—( IN2016077631 ).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

Nº 001213.—Poder Ejecutivo.—San José, a las trece horas y cincuenta y tres minutos del día once del mes de agosto del dos mil dieciséis.

Conoce este Despacho de gestión administrativa de pago en favor de Auto Servicio TSO S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290669, representada por el señor Gerardo Murillo Solís, cédula Nº 1-382-420, por concepto de derecho comercial de las actividades relacionadas al servicio automotriz y venta de accesorios, misma se realizaba en inmueble inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº 140325-003-004-005-006-007, ubicado el distrito 05 Zapote, cantón 01 San José, de la provincia de San José, expropiado para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Paso a Desnivel de la Rotonda de las Garantías Sociales y de la Rotonda-UCR-Guadalupe”.

Resultando:

1º—Que en el Alcance Nº 84 del 26 de mayo del 2016, se publicó la Resolución Administrativa Nº 000634 del 10 de mayo del 2016, mediante la cual se determinó conforme las disposiciones de la Ley de Expropiaciones Nº 9286 del 11 de noviembre del 2014, “declarar de utilidad público” y adquirir el inmueble propiedad de Jefferson Fernando Matamoros Pan, menor de edad con cuenta cédula Nº 1-1769-334, representado por sus padres Tun Lin Pan Duh, cédula Nº 8-069-962, y Juan Luis Matamoros Mesén, cédula Nº 3-185-978, quienes ejercen la patria potestad, Joan Sebastián Matamoros Pan, cédula Nº 1-1650-066, Internacional Glass Company S. A., cédula jurídica Nº 3-101-643858, y como parte interesada en su condición de usufructuario Juan Luis Matamoros Mesén, cédula Nº 3-185-978, y Flor María Centeno Valverde, cédula Nº 3-195-763, e inscrito en el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº 140325-003-004-005-006-007, un área de terreno equivalente a 1.002,88 metros cuadrados, según plano catastrado Nº SJ-748165-88, para ser utilizada en la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Paso a Desnivel de la Rotonda de las Garantías Sociales y de la Rotonda-UCR-Guadalupe”.

2º—Que en el inmueble indicado en el resultando primero, la empresa Auto Servicio TSO S. A., realizaba actividades comerciales relacionadas al servicio automotriz y venta de accesorios, razón por la cual el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, inició un expediente administrativo, cuyo número es: 29.140.

3º—Que mediante Avalúo Administrativo Nº 2016-075 del 13 de julio del 2016, el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, indica el monto a reconocer a favor de la empresa Auto Servicio TSO S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290669, por concepto de derecho comercial, que resultó afectado por la expropiación del inmueble descrito en el resultando primero de la presente resolución.

4º—Que mediante escrito sin número de fecha 22 de julio del 2016, la empresa Auto Servicio TSO S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290669, aceptó el Avalúo Administrativo Nº 2016-075 del 13 de julio del 2016, señalado en el resultando anterior.

5º—Que en razón de tales hechos procede este Despacho a resolver.

Considerando:

I.—Hechos probados: Se tienen como demostrados todos los resultandos de la presente resolución.

II.—Sobre el fondo: Visto el expediente que al efecto lleva el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, tenemos que la actividad comercial desarrollada por la empresa Auto Servicio TSO S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290669, resultó afectada por las diligencias de expropiación llevadas a cabo por este Ministerio, en contra del inmueble inscrito ante el Registro Público de la Propiedad al Sistema de Folio Real matrícula Nº 140325-003-004-005-006-007, ubicado el distrito 05 Zapote, cantón 01 San José, de la provincia de San José, por cuanto dicho inmueble es necesario para el proyecto de obra pública denominado: “Paso a Desnivel de la Rotonda de las Garantías Sociales y de la Rotonda-UCR-Guadalupe”.

Sobre el particular, establece la Ley de Expropiaciones en su artículo 6º, lo que a continuación se transcribe en lo conducente:

“Artículo 6º—Sujetos pasivos. Las diligencias de expropiación se tramitarán en tantos expedientes separados cuantos sean los titulares de los inmuebles y los derechos por expropiar, pero en el caso de los copropietarios, se tramitarán en uno solo.

Si el inmueble, mueble o derecho afecto a la expropiación está en litigio, como partes de las diligencias de expropiación se tendrán a quienes aparezcan en el expediente como directamente interesados, a los propietarios o los titulares de las cosas o derechos, a quienes figuren, con derechos sobre la cosa, en el Registro Nacional”.

De conformidad con la norma legal transcrita supra, así como del Avalúo Administrativo Nº 2016-075 del 13 de julio del 2016, del Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, procede el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, reconocer a la empresa Auto Servicio TSO S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290669, la suma de ¢60.356.385,00 (sesenta millones trescientos cincuenta y seis mil trescientos ochenta y cinco colones exactos), que corresponde a la indemnización por concepto de derecho comercial. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVEN:

1º—Reconocer a favor de la empresa Auto Servicio TSO S. A., cédula jurídica Nº 3-101-290669, la suma de ¢60.356.385,00 (sesenta millones trescientos cincuenta y seis mil trescientos ochenta y cinco colones exactos), de conformidad con el Avalúo Administrativo Nº 2016-075 del 13 de julio del 2016, realizado por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles, que corresponde a la indemnización por concepto de derecho comercial.

2º—Se da por agotada la vía administrativa.

Notifíquese y publíquese.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Obras Públicas y Transportes, Carlos Villalta Villegas.—1 vez.—O. C. Nº 4333.—Solicitud Nº 9801.—( IN2016077887 ).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

  SC-016-2016.—San José, 21 de octubre del 2016.

Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido la siguiente resolución:

DG-206-2016: Modificar el Manual de Clases Anchas (Resolución DG-055-97 y sus reformas, específicamente en las clases de Técnico en Informática 1, 2, 3 y 4, de tal manera que los requisitos se lean como se indica en la presente resolución.

Publíquese.—Lic. Hernán A. Rojas Angulo. MBA, Director General.—1 vez.—O.C. N° 3400028618.—Solicitud N° 68614.—( IN2016077447 ).

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

JUNTA ADMINISTRATIVA DE LA DIRECCIÓN

GENERAL DE MIGRACIÓN Y EXTRANJERÍA

Resolución JADME-078-10-2016.—Ministerio de Gobernación y Policía.—Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería.—San José, al ser las once horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis. Se delega la ejecución y firma únicamente en las órdenes de compra de contratación administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, en el Sistema de Compras Gubernamentales CompraRed, en la funcionaria Máster Olga Nidia Vega Barrantes, cédula de identidad Nº 4-0146-0663, en calidad de Coordinadora del Subproceso de Programación y Control de la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Migración y Extranjería.

Resultando:

1º—Que la Ley Nº 8764 publicada en el Diario Oficial La Gaceta Nº 170 del 1º de setiembre del 2009, con rige a partir del 1º de marzo del 2010, en el Título XIV, artículos 246, 247 y 248 crea la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería como un órgano con desconcentración mínima del Ministerio de Gobernación y Policía, y contará con personalidad jurídica, instrumental y presupuestaria, para administrar el presupuesto de la Dirección General, el Fondo de Depósitos de Garantía, el Fondo Especial de Migración y el Fondo Social Migratorio y el Fondo Nacional contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes. La Junta Administrativa podrá adquirir bienes, servicio; contratar y suscribir contratos, para el cumplimiento de los fines de la Dirección General de Migración y Extranjería.

2º—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 30411-H, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 84 del 03 de mayo del 2002, se crea la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Migración y Extranjería, la cual se regirá por lo dispuesto por el Decreto Ejecutivo Nº 28656-H, y contará con las facultades que le confiere el artículo 105 y concordantes de la Ley de Contratación Administrativa.

3º—Que mediante Dictamen C-207-2007, del 25 de junio del 2007, emitido por la Procuraduría General de República se acotó en nuestro Ordenamiento Jurídico que: “...los límites impuestos por los artículos 89 y 90 LGAP-limites inherentes a la delegación de competencias - no son aplicables al instituto de la delegación de firmas. Igualmente se apunta que en nuestro Derecho, la Ley no contiene una enumeración de las actuaciones respecto de las cuales no cabría la delegación de firmas: Si la decisión de fijar tarifas no es delegable, se plantea el problema de la firma de las resoluciones que fijen tarifas. Pues bien, este punto es objeto de regulación también por la Ley General de la Administración Pública. De lo dispuesto en el numeral 92 de dicha Ley se deriva en forma clara la posibilidad de delegar la firma de resolución. Establece tal numeral: “Artículo 92.—Se podrá delegar la firma de resoluciones, en cuyo caso el delegante será el único responsable y el delegado no podrá resolver, limitándose a firmar lo resuelto por aquél...”

4º—Que en virtud de que la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, -ente rector de esta materia-, en pronunciamiento DGABGA-NP-567-2010, establece que la delegación en los términos del artículo 89, es de carácter personalísimo, y se mantendrá vigente siempre y cuando el delegante y el delegado sean las mismas personas; y si alguna de estas cambiare esa delegación quedará sin efecto; se hace necesario designar nuevamente por medio de resolución fundada, a la persona que efectuará las etapas y procedimientos de contratación administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería.

5º—Que en virtud de la especialidad de la materia y dadas las distintas responsabilidades y competencias que le atañen a quien desempeñe el cargo de Presidente de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería resulta necesario, para el óptimo funcionamiento de la Administración el delegar funciones conforme lo contempla el Ordenamiento Jurídico Costarricense vigente.

6º—Que mediante acuerdo Nº 019-2015 MGP, con fundamento en las atribuciones que le confiere el artículo 28 inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública, y artículo 247 de la Ley General de Migración y Extranjería Nº 8764, se nombra como miembro suplente del Ministro de Gobernación y Policía y Seguridad Pública ante la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, a la señora Carmen Muñoz Quesada, con todos los derechos y atribuciones que el cargo estipula.

7º—Que mediante Circular Nº DGABCA-087-2016 la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa indicó que una vez que los funcionarios y funcionarias proceden a renovar su firma digital, no tendrán la posibilidad de realizar transacciones dentro del Sistema de Compras Gubernamentales CompraRed, esto a partir del 20 de junio del 2016, por cuanto el Banco Central procedió a realizar actualizaciones en los componentes de los certificados digitales.

8º—Que en fecha 06 de setiembre del 2016, la Máster Erika García Díaz realizó la renovación del certificado digital, por lo que está imposibilitada a realizar transacciones en el Sistema de Compras Gubernamentales CompraRed.

9º—Que los días 02 de noviembre del 2016 al 16 de noviembre del 2016, ambos inclusive, el MBA. Agustín Barquero Acosta, Director Administrativo Financiero de la Dirección General de Migración y Extranjería, se encontrará en su período de vacaciones.

10.—Que en sesión ordinaria Nº 56 celebrada el 25 de octubre del 2016, mediante acuerdo Nº 6, el órgano colegiado de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería por unanimidad acordó: “Aprobar la firma de la presente resolución”. Acuerdo firme”.

11.—Que en el dictado de la presente resolución, se han observado los procedimientos de Ley.

Considerando:

I.—Que la Procuraduría General de la República por medio del Dictamen Nº C-251-2012 del 25 de octubre del 2012, ha señalado que: “...Las delegaciones de firma se hacen in concreto, es decir, en razón de la personalidad, tanto del delegante como del delgado. Si, por tanto, se produce un cambio de identidad del delegante o del delegado, la delegación de firma cesa inmediatamente, a menos que una nueva delegación sea consentida por la nueva autoridad en beneficio del nuevo delegado...”

II.—Que mediante Decreto Ejecutivo Nº 30411-H, publicado en La Gaceta Nº 84 del 03 de mayo del 2002, se crea la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Migración y Extranjería, otorgándole las facultades que le confiere el artículo 105 y concordantes de la Ley de Contratación Administrativa.

III.—Que mediante Decreto Nº 30640-H publicado en La Gaceta Nº 166 del día 30 de agosto del 2002, se dictó el Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios de Gobierno, estableciendo en su artículo 26 la posibilidad de crear otras Proveedurías dentro de cada Ministerio, otorgándoles en el artículo 10, la facultad para actuar dentro de los procedimientos de contratación administrativa, y a su vez, contemplando el artículo 12 de dicho Reglamento, que durante la ausencia del Proveedor, asumirá sus funciones el Sub-proveedor o/y el superior jerárquico inmediato de la Proveedora.

IV.—Que el artículo 106 de la Ley de Contratación Administrativa, establecen la obligación para el superior jerárquico del órgano, entre otra firma y la emisión de la orden de compra. Por su parte, faculta al Ministro de Gobierno o máximo jerarca de la institución, para delegar la firma, siempre y cuando se observen los límites y disposiciones establecidas en la Ley General de la Administración Pública y, debiendo publicarse en el Diario Oficial La Gaceta, paralelamente comunicar a la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa. Asimismo, esa normativa le otorga la facultad de autorizar en el sistema automatizado de contratación establecido al efecto, los pedidos originados en adjudicaciones firmes, los cuales deberá firmar únicamente con posterioridad a la aprobación en el mismo sistema automatizado por parte de la persona en que faculte, pudiendo ser delegadas estas atribuciones en el Proveedor Institucional, o en el Subproveedor Institucional o el superior jerárquico del Proveedor, en caso de ausencia del mismo, mediante resolución debidamente publicada en el Diario Oficial La Gaceta y comunicada a la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, de conformidad con el artículo 92 de la Ley General de la Administración Pública y lo dispuesto en la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, en materia de delegación de firma.

V.—Que el Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios del Gobierno y sus reformas en su artículo, 12 inciso h), atribuye a la Proveeduría Institucional la emisión de los pedidos en los trámites de contratación cuya adjudicación se encuentra firme, siempre y cuando hayan sido previamente adoptada la decisión inicial y cumplidos los requisitos previos, se trasladará, en el sistema electrónico de compras, por la Dirección Nacional de Presupuesto o en la persona que se designe para ello.

VI.—Que de conformidad con los supuestos estipulados en el Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías Institucionales de los Ministerios del Gobierno y sus reformas, establece en los numerales 10° inciso a), 12º inciso h) del Decreto Nº 30640-H reformado por Decreto Ejecutivo Nº 31483-H del 19 de agosto del 2003, se establecen como funciones específicas de la Proveeduría y de la persona del proveedor, en razón de la inhabilitación de un proveedor comercial: “...a) Recibir, tramitar y custodiar toda clase de documentos y expedientes relacionados con sus funciones y proceder a su archivo cuando corresponda”. Así como lo concerniente a la recopilación de pruebas tendientes a “... h) Revisar y autorizar en el sistema automatizado de contratación establecido al efecto, siempre y cuando esta función haya sido delegada, los pedidos originados en adjudicaciones firmes, los cuales deberá firmar únicamente con posterioridad a la aprobación en el mismo sistema automatizado, por parte de la Dirección General de Presupuesto Nacional o de la persona en que ésta delegue dicha función”. Lo anterior, siempre en resguardo, y respecto a las normas de igual o superior jerarquía.

VII.—Que en virtud de la especialidad de la materia y dadas las distintas responsabilidades y competencias que le atañen a quien desempeñe el cargo de Presidente de la Junta Administrativa de la Dirección General de Migración y Extranjería, con fundamento en la normativa citada anteriormente, autoriza la delegación no jerárquica en los términos del artículo 89 inciso 2) de la Ley General de la Administración Pública. Por tanto,

LA PRESIDENTA DE LA JUNTA ADMINISTRATIVA

DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MIGRACIÓN

Y EXTRANJERÍA, RESUELVE:

1º—De conformidad con la Ley General de la Administración Pública, Ley General Migración y Extranjería Nº 8764, Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento, así como la normativa conexa: Delegar en la MBA. Olga Nidia Vega Barrantes, cédula de identidad Nº 4-0146-0663, en calidad de Coordinadora del Subproceso de Programación y Control de la Proveeduría Institucional de la Dirección General de Migración y Extranjería, la firma de las órdenes de compra que se realicen en el Sistema de Compras Gubernamentales CompraRed, en las fechas comprendidas entre el 02 de noviembre del 2016 y el 16 de noviembre del 2016, ambos inclusive.

2º—Comuníquese a la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa y publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

3º—Rige del 02 de noviembre del 2016 hasta el 16 de noviembre del 2016 inclusive.—Carmen María Muñoz Quesada, Presidenta Junta Administrativa.—1 vez.—O. C. Nº 26841.—Solicitud Nº 5370.—( IN2016084428 ).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

RESOLUCIÓN SOBRE LA COMPETENCIA PARA FIRMAR

LAS RESOLUCIONES DE DETERMINACIÓN DE LA

OBLIGACIÓN TRIBUTARIA Y EL RECURSO DE

REVOCATORIA CONTRA LAS MISMAS

N° DGT-R-52-2016.—Dirección General de Tributación.—San José, a las ocho horas del catorce de octubre de dos mil dieciséis.

Considerando:

I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755 de 29 de abril de 1971 y sus reformas, faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales para la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijan las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

II.—Que el artículo 145 del citado Código, establece: “Contra el acto administrativo de liquidación de oficio, emitido con la disconformidad del sujeto fiscalizado, cabrá el recurso de revocatoria, bajo las siguientes condiciones: a) Este recurso será potestativo y, si se optara por interponerlo, se deberá presentar dentro de los treinta días hábiles siguientes a la notificación del acto de liquidación de oficio, ante el órgano de la administración territorial o de grandes contribuyentes, que lo haya dictado, el cual será competente para resolverlo. b) (…) c) La revocatoria somete a conocimiento del órgano competente, para su resolución, todas las cuestiones que ofrezca el expediente, planteadas en el recurso. (…)”.

III.—Que el artículo 149 señala: “Las sanciones administrativas tributarias serán impuestas por los órganos de la Administración Tributaria que dicten los actos administrativos mediante los cuales se determinen los tributos o, en su caso, los ingresos por retenciones a cuenta de ellos”.

IV.—Que el artículo 150 del mismo Código preceptúa: “Ante esa propuesta, el titular del órgano de la administración territorial o de grandes contribuyentes que esté tramitando el expediente, dictará la resolución imponiendo la sanción, si así corresponde, dentro de los cinco días hábiles siguientes. La resolución debe estar debidamente fundamentada y cumplir con los requisitos que le sean aplicables del artículo 147 de este Código. (…) Contra esa resolución cabrá el recurso de revocatoria ante el órgano de la administración territorial o de grandes contribuyentes que dictó el acto.”

V.—Que el artículo 77 del Reglamento de Procedimiento Tributario, Decreto Ejecutivo N° 38277-H del 7 de marzo de 2014 y sus reformas, regula que la competencia de la Administración Tributaria se limita por razón del territorio y de las funciones, siendo que las facultades de las Administraciones Tributarias Territoriales se circunscriben a los sujetos pasivos adscritos a éstas, de acuerdo con el domicilio fiscal registrado, salvo para la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales, cuya competencia es en todo el territorio nacional, pero circunscrita únicamente a los sujetos pasivos registrados como grandes contribuyentes nacionales.

VI.—Que en concordancia con lo establecido en los artículos 70 y 129 de la Ley General de la Administración Pública, de aplicación supletoria de conformidad con el artículo 155 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, los cuales expresamente determinan que la competencia será ejercida por el titular del órgano respectivo y que el acto deberá dictarse por el órgano competente y por el servidor regularmente designado al momento de dictarlo, se tiene que los actos administrativos dictados por las Administraciones Tributarias Territoriales y de Grandes Contribuyentes Nacionales, deben ser emitidos por los órganos competentes según la función gestionada, y firmados por los respectivos titulares atendiendo a esta asignación de competencia, la cual se encuentra regulada en el “Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación”, Decreto Ejecutivo N° 35688-H del 27 de noviembre de 2009 y sus reformas.

VII.—Que al disponer el legislador tributario en el artículo 149 citado, que las sanciones administrativas tributarias serán impuestas por los mismos órganos que dicten los actos mediante los cuales se determinan los tributos, y al establecer el artículo 150 siguiente que las resoluciones que imponen las sanciones deben ser dictadas por el titular del órgano de la Administración Territorial o de Grandes Contribuyentes que este tramitando el expediente, se concluye que la voluntad del legislador es que sean los gerentes de las administraciones tributarias territoriales o, en su caso, el Director de Grandes Contribuyentes Nacionales, los que resuelvan las impugnaciones presentadas contra el traslado de cargos y observaciones, dicten y firmen las resoluciones determinativas de impuesto y el recurso de revocatoria contra las mismas, así como la resolución confirmatoria cuando no se interponga impugnación. Lo anterior se reafirma con lo dispuesto en el artículo 150 citado.

VIII.—Que el Reglamento de Procedimiento Tributario dispone en su transitorio VI que el Director General de Tributación debe establecer mediante resolución general, el órgano competente de la Administración Tributaria que debe firmar los actos administrativos que determinan la obligación tributaria.

IX.—Que de conformidad con el artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, no es necesario cumplir con el requisito previo de publicación de este proyecto de resolución, por cuanto se trata de un asunto que no está afectando intereses de carácter general o difusos, ya que es la ley la que establece la competencia para la firma de estos actos y de esta misma forma se ha venido aplicando hasta la fecha, por lo que no conlleva modificación alguna en la práctica. Por tanto,

EL DIRECTOR GENERAL DE TRIBUTACIÓN,

RESUELVE:

Artículo 1°—La competencia para resolver las impugnaciones presentadas contra el traslado de cargos y observaciones, dictar y firmar las resoluciones determinativas de impuesto y el recurso de revocatoria contra las mismas, dictar y firmar la resolución confirmatoria cuando no se interponga impugnación, le corresponde a los gerentes y subgerentes de las administraciones territoriales o, en su caso, al Director de Grandes subgerentes de las administraciones territoriales o, en su caso, al Director de Grandes Contribuyentes Nacionales y el Subdirector correspondiente, en forma conjunta.

Artículo 2°—Vigencia. Rige a partir de su publicación.

Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General.—1 vez.—O. C. N° 3400029381.—Solicitud N° 68490.—( IN2016077470 ).

DEROGATORIA DEL ARTÍCULO 5 DE LA RESOLUCIÓN

N° DGT-08-2008 DEL 16 DE ABRIL DE 2008

Resolución N° DGT-R-53-2016.—San José, a las ocho horas con cinco minutos del catorce de octubre de dos mil dieciséis.

Considerando:

I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755 de 3 de mayo de 1971 y sus reformas y el numeral 6, inciso c) del Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación, Decreto Ejecutivo N° 35688- H de 27 de noviembre de 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 14 del 21 de enero de 2010, facultan a la Dirección General de Tributación a aprobar las resoluciones, instrucciones o directrices que resulten oportunas para el logro de los objetivos de la Dirección.

II.—Que el Ministro de Hacienda presentó una solicitud de reconsideración a la Procuraduría General de la República de los dictámenes números C-260-2009 de 18 de setiembre de 2009 y C-233-2013 de 25 de octubre de 2013, en los cuales se indica que del análisis de los artículos 1 y 26, ambos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, en adelante LISR, los artistas extranjeros que brinden espectáculos públicos ocasionales, que no puedan reputarse como domiciliados en nuestro país a tenor de la LISR y su Reglamento, no están obligados a tributar por los ingresos que perciban provenientes de los espectáculos públicos, motivo por el cual los promotores u organizadores de dichos espectáculos no están obligados a practicar retención alguna a título de impuesto sobre la renta. Asimismo indica que tampoco procede la retención del 15% a que refiere el artículo 59 de la LISR, por cuanto, según su criterio, no se estaría en presencia de servicios personales.

III.—Que mediante dictamen N° C-302-2015 de 6 de noviembre de 2015, la Procuraduría General de la República manifestó que a la fecha, el marco jurídico de este pronunciamiento es el mismo existente al momento en que se emitieron los dictámenes C-260-2009 y C-233-2013 antes citados, por lo que no existe mérito para reconsiderarlos, manteniendo en todos sus extremos los dictámenes referidos.

IV.—Que el citado dictamen emitido por la Procuraduría General de la República es de acatamiento obligatorio para la Administración Tributaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de República, por lo que se hizo necesario, en atención a los principios de seguridad jurídica y de legalidad que rigen las actuaciones de la Administración Pública, revisar las resoluciones emitidas por la Dirección General de Tributación números DGT-08-2008 del 16 de abril de 2008 y DGT-R-004-2012 del 21 de febrero de 2012, ambas relacionadas con el tema de los espectáculos públicos, y se considera que se debe derogar el artículo 5 de la resolución N° DGT-08-2008, el cual establece que las rentas provenientes de los espectáculos públicos efectuados por los no domiciliados, se encuentran sujetas a la retención del 15% como impuesto único y definitivo, aplicada sobre el ingreso bruto, de conformidad con el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

V.—Que se omite el procedimiento establecido en el artículo 174 del Código Tributario, por cuanto la derogación expresa de estas resoluciones que perdieron su vigencia no afecta los intereses de los contribuyentes, ya que por el pronunciamiento de la Procuraduría General de la República, no se les va a aplicar el impuesto a los no domiciliados que obtengan ingresos provenientes de un espectáculo público efectuado en el territorio nacional. Por tanto,

Resuelve:

Artículo 1º—Deróguese el artículo 5 de la resolución N° DGT-08-2008 del 16 de abril de 2008.

Artículo 2º—Se mantiene incólume la resolución No. DGT-R-004-2012 del 21 de febrero de 2012, la cual modifica al artículo 7 de la resolución N° DGT-08-2008 del 16 de abril de 2008.

Artículo 3º—Vigencia- Rige a partir de su publicación.

Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General de Tributación.—1 vez.—O.C. N° 3400029381.—Solicitud N° 68491.—( IN2016077476 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 118, título N° 670, emitido por el Liceo experimental Bilingüe de Santa Cruz, en el año dos mil trece, a nombre de Sergio Ramón Rivera. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y cambios de apellidos cuyos nombres y apellidos correctos son: Rojas Castro Sergio Ramón, cédula: 9-0134-0480. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076062 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 65, título N° 212, emitido por el Liceo Manuel Emilio Rodríguez Echeverría, en el año dos mil diez, a nombre de Brenes Castillo Brenda Yerlin, cédula Nº 3-0472-0564. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, al primer día del mes de setiembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076100 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 57, título N° 2765, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año dos mil trece, a nombre de Yimmy Fernando Sandi Vargas. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Jimmy Fernando Sandi Vargas, cedula: 1-1597-0030. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076328 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 139, Título N° 459, emitido por el Liceo Hernán Vargas Ramírez, en el año dos mil ocho, a nombre de Rivera Zamora Esteban Alonso, cédula 3-0452-0286. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de diciembre del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076343 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 12, título N° 154, emitido por el Colegio Calasanz, en el año mil novecientos ochenta y nueve, a nombre de Hidalgo Díaz Mariamalia, cédula 2-0473-0590. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076372 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 1, asiento 19, título N° 19-88, emitido por el Liceo Nocturno de Pérez Zeledón, en el año mil novecientos ochenta y ocho, a nombre de Hernández Mora Ricardo, cédula N° 1-0816-0229. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintinueve días del mes de febrero del dos mil dieciséis.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076377 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media , inscrito en el Tomo III, Folio 10, Título N° 3879, emitido por el Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, en el año dos mil diez, a nombre de Fernández Agüero Gerald Andrés, cédula: 2-0688-0726. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076438 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en la “Rama de Ciencias” , inscrito en el tomo I, folio 9, título N° 117, emitido por el Colegio Nocturno de Santa Cruz, en el año mil novecientos setenta y seis, a nombre de Gómez Ruiz Lilliam Mayela, cédula Nº 900500666. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076727 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 06, título N° 974, emitido por el Liceo de Ciudad Neily, en el año dos mil cinco, a nombre de Alpízar Barrantes Stephanie, cédula N° 6-0361-0916. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076736 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 214, título N° 1315, emitido por el Colegio Técnico Profesional Umberto Melloni Campanini, en el año dos mil diez, a nombre de Cruz Álvarez Grettel, cédula: 6-0401-0144. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinte días del mes setiembre de del dos mil dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076765 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 20, Título N° 146, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de Sáenz Sandi Dennis, cédula: 1-0929-0449. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076849 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 95, título N° 469, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Santa Elena, en el año dos mil catorce, a nombre de Valverde Medina María José, cédula: 6-0430-0235. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los catorce días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076874 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 215, Asiento 15, Título N° 1351 y del Título de Técnico Medio en Secretariado Ejecutivo, inscrito en el Tomo 1, Folio 122, Asiento 19, Título N° 553, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Umberto Melloni Campanini, en el año dos mil diez, a nombre de Zumbado Molina Karla María, cédula: 2-0699-0487. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076935 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 281, título N° 1220, emitido por el Liceo de Curridabat, en el año dos mil seis, a nombre de Hernández Vargas Edgar Andrés, cédula: 1-1338-0607. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076940 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 41, asiento N° 687, emitido por el Colegio Bilingüe San Judas Tadeo, en el año mil novecientos noventa y cinco, a nombre de Ling Jiménez Luis Rolando, cédula: 1-1014-0764. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los catorce días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016076983 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media , inscrito en el tomo 1, folio 418, título N° 2956, emitido por el Liceo de Esparza, en el año dos mil catorce, a nombre de Escalante López Ahmed David, cédula N° 6-0433-0252. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los catorce días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016077189 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 45, título N° 1052, emitido por el Colegio Santa Ana, en el año dos mil trece, a nombre de Chaves Marchena Sharon Rebeca, cédula: 1-1654-0228. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, el día veintidós del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—1 vez.—( IN2016077497 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

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PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

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Cambio de Nombre Nº 105576

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad Nº 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet INC., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet INC., presentada el día 1 de septiembre de 2016 bajo expediente 105576. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1995-0003168 Registro Nº 95564 COOPERSOL en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077287 ).

Cambio de Nombre Nº 105582

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad Nº 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet INC., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de setiembre de 2016 bajo expediente 105582. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-4325105 Registro Nº 43251 TRIBRISSEN en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077296 ).

Cambio de Nombre Nº 105581

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557 en calidad de Apoderado Especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 01 de setiembre de 2016 bajo expediente 105581. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5518610 Registro Nº 55186 COOPERS en clase 10 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077319 ).

Cambio de nombre Nº 105580

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de Setiembre de 2016 bajo expediente 105580. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5520005 Registro N° 55200 COOPERS en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077320 ).

Cambio de Nombre N° 105848

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc. solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el 14 de setiembre de 2016, bajo expediente 105848. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-6642805 Registro N° 66428 ATROBAN en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077321 ).

Cambio de Nombre Nº 105834

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad Nº 110350557, en calidad de apoderado especial de Intervet INC., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet INC., presentada el día 14 de septiembre de 2016 bajo expediente 105834. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1992-0006713 Registro Nº 82673 AE + POX en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077323 ).

Cambio de nombre Nº 105836

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad N° 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de SCHERING-PLOUGH ANIMAL HEALTH CORPORATION por el de Intervet Inc., presentada el día 14 de setiembre de 2016, bajo expediente N° 105836. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0002101 Registro Nº 98426 LACTAPLUS en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077324 ).

Cambio de Nombre Nº 105573

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad Nº 110350557, en calidad de apoderado especial de Intervet INC., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet INC., presentada el día 1 de septiembre de 2016 bajo expediente 105573. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2003-0008542 Registro Nº 146986 COVEXIN en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077325 ).

Cambio de Nombre N° 105546

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el 1° de setiembre de 2016, bajo expediente 105546. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1995-0003171 Registro N° 94033 NOVALEP en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077326 ).

Cambio de Nombre Nº 105557

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de setiembre de 2016 bajo expediente 105557. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7070905 Registro Nº 70709 PITMAN-MOORE en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077327 ).

Cambio de Nombre N° 105550

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de setiembre de 2016 bajo expediente 105550. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5519331 Registro N° 55193 COOPER en clase 31 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077329 ).

Cambio de Nombre Nº 105567

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad Nº 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de setiembre de 2016 bajo expediente 105567. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1992-0006710 Registro Nº 82670 COCCIVAC-D en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077331 ).

Cambio de nombre Nº 105555

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad N° 110350557, en calidad de apoderado especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de septiembre de 2016 bajo expediente N° 105555. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5518905 Registro Nº 55189 COOPER en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077333 ).

Cambio de Nombre Nº 105552

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad Nº 110350557, en calidad de Apoderada Especial de Intervet INC., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet INC., presentada el día 1 de setiembre de 2016 bajo expediente 105552. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5519110 Registro Nº 55191 COOPER en clase 10 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077334 ).

Cambio de nombre Nº 105548

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderado especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de Septiembre de 2016 bajo expediente 105548. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1995-0003770 Registro N° 94401 COOPERMEC en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077336 ).

Cambio de Nombre N° 105561

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el 1° de setiembre de 2016, bajo expediente 105561. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5518101 Registro N° 55181 COOPERS en clase 1 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077337 ).

Cambio de Nombre Nº 105569

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad Nº 110350557, en calidad de Apoderado Especial de Intervet INC., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet INC., presentada el día 1 de septiembre de 2016 bajo expediente 105569. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5518203 Registro Nº 55182 COOPERS en clase 3 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077339 ).

Cambio de nombre Nº 105570

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad N° 110350557, en calidad de apoderadA especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de SCHERING-PLOUGH ANIMAL HEALTH CORPORATION por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de septiembre de 2016, bajo expediente N° 105570. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5518307 Registro Nº 55183 COOPERS en clase 7 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Wendy López Vindas, RegistradorA.—1 vez.—( IN2016077340 ).

Cambio de nombre Nº 105571

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderado especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1° de septiembre del 2016 bajo expediente 105571. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5518421 Registro N° 55184 COOPERS en clase 21 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077341 ).

Cambio de Nombre Nº 105572

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557 , en calidad de Apoderado Especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de Septiembre de 2016 bajo expediente 105572. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1994-0001110 Registro Nº 87780 COOPERSOL FORTE en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077342 ).

Cambio de nombre Nº 105575

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad N° 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de setiembre de 2016, bajo expediente N° 105575. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5518531 Registro Nº 55185 COOPERS en clase 31 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077344 ).

Cambio de Nombre Nº 105554

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de setiembre de 2016 bajo expediente 105554. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-6701405 Registro Nº 67014 DECATIX en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077345 ).

Cambio de Nombre N° 105562

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderado especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el 1° de setiembre de 2016, bajo expediente 105562. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2005-0003417 Registro N° 157336 EMUNADE en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077346 ).

Cambio de Nombre N° 105559

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderado especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de Septiembre de 2016 bajo expediente 105559. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1997-0009257 Registro N° 108488 SPECTRAZOL en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077351 ).

Cambio de Nombre Nº 105828

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 14 de setiembre de 2016 bajo expediente 105828. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5649005 Registro Nº 56490 IMIZOL en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077352 ).

Cambio de Nombre Nº 105577

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de setiembre de 2016 bajo expediente 105577. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-6582905 Registro Nº 65829 GRENADE en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016077354 ).

Cambio de nombre Nº 105563

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de setiembre de 2016 bajo expediente 105563. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1995-0003170 Registro Nº 94032 BROILERBRON en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077355 ).

Cambio de Nombre N° 105564

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 1 de setiembre de 2016 bajo expediente 105564. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1995-0003169 Registro N° 94031 CASTLE-VAC-K en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077356 ).

Cambio de Nombre Nº 105565

Que Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderada especial de Intervet Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Schering-Plough Animal Health Corporation por el de Intervet Inc., presentada el día 01 de setiembre de 2016 bajo expediente 105565. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1997-0009243 Registro Nº 108486 CEPRAVIN en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Lic. Wendy López Vindas, Registradora.—1 vez.—( IN2016077357 ).

Cambio de nombre N° 105490

Que Una Aine Ni Fhiachain, soltera, cédula de residencia 137200000321 en calidad de Apoderado General de VVWDF/ Biendemujer, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de nombre de Women’s Well-Being & Development Foundation por el de VVWDF/ Biendemujer, presentada el día 30 de agosto de 2016 bajo expediente 105490. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2009-0007374 Registro Nº 197897 WWD-F WOMEN’S WELLBEING & DEVELOPMENT FOUNDATION en clase 49 Marca Mixto, 2010-0005567 WISE HEART BOOKS en clase 9 16 Marca Mixto, 2010-0005568 Registro Nº 203976 WISE HEART WORLD en clase 9 28 Marca Mixto, 2010-0009358 Registro Nº 207716 WISE HEART BOOKS en clase 9 16 Marca Mixto y 2010-0009359 Registro Nº 207167 GRANOS SOLIDARIOS en clase 45 Marca Mixto. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Rolando Cardona Monge, Registradora.—( IN2016077518 ).

Marcas de Ganado

Solicitud N° 2016-1858.—Ock San Aju Calvo, cédula de identidad 0113300479, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Puntarenas, Lepanto, Vainilla, finca Vainilla, de la iglesia de Vainilla  400 metros  sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 5 de setiembre del 2016. Según la Solicitud N° 2016-1858.—San José, 19 de setiembre del 2016.—Lic. Vivian Segura De la O, Registradora.—1 vez.—( IN2010677384 ).

Solicitud Nº 2016-2191.—Olman Ramírez Arguedas, cédula de identidad 0502610808, solicita la inscripción de:

R   Z

4

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Canalete centro, 100 m al oeste de la plaza de deportes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre del 2016. Según el expediente Nº 2016-2191.—San José, 19 de octubre del 2016.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—( IN2016077419 ).

Solicitud N° 2016-2192.—Luis Ángel Murillo Ocampo, cédula de identidad 0501490106, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Santa Clara, un kilómetro al norte de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre del 2016. Según el expediente N° 2016-2192.—San José, 19 de octubre del 2016.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016077421 ).

Solicitud N° 2016-2005.—Jorge Alberto Aguilar Araya, cédula de identidad 0302770635, solicita la inscripción de:

K   L

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como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Guácimo, Duacari, específicamente en el Limbo, frente al Salón Maravis. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 22 de setiembre del 2016, según el expediente N° 2016-2005.—San José, 23 de setiembre del 2016.—Viviana Segura De la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016077541 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Geoporter Costa Rica, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Osa, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Trabajar con diferentes comunidades en Costa Rica para identificar asuntos que tengan un significativo componente geoespacial. Cuyo representante, será la presidenta: Tania Calderón Montero, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 356108 con adicional(es): 2016-530990, 2016-630163. Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 53 minutos y 59 segundos, del 14 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016077434 ).

Registró de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de agricultores y ganaderos el triunfo de terrón colorado de Pocosol de San Carlos de Alajuela, con domicilio en la provincia de: Alajuela-San Carlos, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: gestionar el mejoramiento social, cultural, educativo, organizativo y productivo de los agricultores asociados, cuyo representante, será el presidente: Nelson Enrique Alpízar Romero, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 549650 con adicional: 2016-611502.—Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 14 minutos y 29 segundos, del 04 de octubre del 2016.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2016077440 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Costarricense de Trabajadores Extrahospitalarios, con domicilio en la provincia de: San José, Desamparados, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: fomentar la formación, capacitación y en general el aprendizaje de los agremiados extrahospitalarios de la asociación, a través de programas, cursos, charlas y todo tipo de educación que tienda a mejorar sus conocimientos técnicos, así como su bienestar general, en función de una mejor atención a los usuarios finales. Cuyo representante será el presidente: Gustavo Alonso Mora Quesada, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 615022.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 46 minutos y 53 segundos del 28 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016077500 ).

El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Manantial de Vida de Panica, con domicilio en la provincia de: Puntarenas, Puntarenas, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: realizar sin fines de lucro el desarrollo socioeducativo y de evangelización de sus asociados, dentro del concepto integral del ser humano y enseñando el Evangelio de Jesucristo. Cuyo representante, será el presidente: Giovanni Montero Berrocal, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 152384.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 8 minutos y 57 segundos del 14 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016077578 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-465439, denominación: Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Montana. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016 asiento: 646261.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 44 minutos y 2 segundos, del 14 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016077588 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Alianza e Integración de Personas con Discapacidad del Cantón de Poás, provincia de Alajuela, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Poás, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover el desarrollo integral de la persona con discapacidad, tanto mayores de edad como menores de edad, con el propósito de favorecer su participación plena en la sociedad, cuyo representante, será el presidente: Carlos Hernández Madrigal, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 494162 con adicional: 2016-573009.—Dado en el Registro Nacional a las 11 horas 24 minutos y 56 segundos, del 9 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016077589 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Rescate y Protección de la Cuenca del Rio Tempisque y los Demás Ríos de Guanacaste, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Carrillo, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover y vigilar que el rio tempisque y sus afluentes no sean concesionados en más de la capacidad que corresponda según criterios legales, científicos, ambientales y de protección del manto acuífero. Cuyo representante, será el presidente: Joaquín Bernardo Paniagua Rodríguez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 612242.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 59 minutos y 48 segundos, del 14 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2016077632 ).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 1010180975, en calidad de apoderado especial de Novartis AG., solicita la Patente PCT denominada AMINO-HETEROARIL-BENZAMIDAS COMO INHIBIDORES DE CINASA. La presente invención proporciona un compuesto de la fórmula (I), o una sal del mismo y los usos terapéuticos de estos compuestos. La presente invención proporciona además composiciones farmacéuticas que comprenden estos compuestos, y composiciones que comprenden estos compuestos con un co-agente terapéutico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/4418, A61P 35/00, C07D 213/73, C07D 241/20, C070 401/04, CO7D 401/06, CO7D 401/12, CO7D 403/06, CO7D 405/04, CO7D 405/14, CO7D 409/04 y CO7D 413/14; cuyo(s) inventor(es) es(son) Lindvall, Mika (FI); Min, Zhongcheng (CN); Pecchi, Sabina (IT); Kou, Xiang (CN); Jiang, Qun (CN); WANG, Xiaojing Michael (US); Poon, Daniel (US); Han, Wooseok (KR); Huang, Zilin (CN); Rauniyar, Vivek (NP); Zhu, Shejin (CN); ZHOU, Jianguang (CN); Pfister, Keith Bruce (US); Ding, Yu (CA); Pan, Yue (CN); Bagdanoff, Jeffrey T (US); Lee, Patrick (US); Zhang, Qiong (CN) y Jin, Jeff Xianming (US). Prioridad: N° 61/898,761 del 01/11/2013 (US). Publicación Internacional: WO2015/066188. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000175, y fue presentada a las 11:30:53 del 15 de abril de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de setiembre del 2016.—Walter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016076200 ).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 1-1018-0975, en calidad de apoderado especial de Pfizer Inc., solicita la patente PCT denominada INHIBIDORES DE DIACILGLICEROL ACILTRANSFERASA 2.En la presente se describen compuestos de la fórmula I que inhiben la actividad de la diacilglicerol aciltransferasa 2 (DGAT2) y sus usos en el tratamiento de enfermedades relacionadas con estos en animales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/4545, A61K 31/506, A61K 31/5377, A61P 3/00, C07D 401/04, C07D 401/14, C07D 413/14, C07D 487/04 y C07D 491/08; cuyos inventores son Futatsugi, Kentaro (US); Cabral, Shawn; (US); Hepworth, David; (US); Huard, Kim; (US); Kung, Daniel Wei-Shung; (US); Orr, Suvi Tuula Marjukka; (FI) y Song, Kun; (CN). Prioridad: N° 61/954,351 del 17/03/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/140658. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000405 y fue presentada a las 11:23:26 del 9 de setiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de setiembre del 2016.—Walter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016076201 ).

La señora Giselle Reuben Hatounian, Cédula de identidad 1010550703, en calidad de apoderado especial de Qualcomm Incorporated, solicita la Patente PCT denominada MÉTODOS Y APARATOS PARA PROVISIÓN DE CREDENCIALES EN DESPLIEGUES DE REDES. Un método, un aparato y un producto de programa de computadora para la comunicación inalámbrica donde se proporciona provisión de credenciales para el despliegue de redes. Como tal, el método, aparato y producto de programa de computadora puede proveer a un equipo de usuario (UE) a pesar de que el UE no tiene ninguna credencial de seguridad válida, a fin de proporcionar acceso a una red (por ejemplo, una red que utiliza una banda de frecuencia basada en contención, tal como red avanzada de evolución a largo plazo (LTE) en la banda de frecuencia de radio basada en contención). En consecuencia, en algunos aspectos, el método, aparato y producto de programa de computadora de la presente pueden permitir al UE realizar un procedimiento de provisión con una o más entidades de red para obtener uno o más parámetros de credenciales de seguridad.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: HO4L 29/06 yHO4W 12/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Horn, Gavin Bernard; (US); Palanigounder, Anand; (US); Ahmavaara, Kalle Ilmari (US) y Griot, Miguel; (US). Prioridad: N° 14/528,848 del 30/10/2014 (US) y N° 61/916,580 del 16/12/2013 (US). Publicación Internacional: WO2015/094491. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000324, y fue presentada a las 14:25:10 del 14 de julio de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 29 de septiembre de 2016. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016076323 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Marcha de Cartagena, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Santa Cruz, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Dotar de mejores recursos a la banda de marcha de Cartagena de Santa Cruz de Guanacaste para un mejor desempeño de sus integrantes en las presentaciones que realizaran en los diferentes lugares del país, Cuyo representante, será el presidente: Jose Tomas Guadamuz Zúñiga, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley No. 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016 asiento: 384055.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 32 minutos y 46 segundos, del 22 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016076329 ).

La señora(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la patente PCT denominada NUEVOS COMPUESTOS BICICLICOS DE 7 ESLABONES. La invención proporciona nuevos compuestos que tienen la fórmula general (i) en la que R1, R2, A1 y a2 tienen el significado aquí descrito, composiciones que incluyen estos compuestos y métodos de uso de dichos compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A61K 31/551, A61P 1/16, A61P 3/00, A61P 37/08 y C07D 487/04; cuyos inventores son: Kuehne, Holger (DE); Hunziker, Daniel; (CH); Hert, Jérôme; (CH); Mattei, Patrizio; (CH) y Rudolph, Markus; (CH). Prioridad: N° 14161756.3 del 26/03/2014 (EP). Publicación internacional: WO2015/144609. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000418, y fue presentada a las 14:20:07 del 13 de septiembre del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de setiembre del 2016.—Walter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016076546 ).

La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la patente PCT denominada: NUEVOS COMPUESTOS BICÍCLICOS. La invención proporciona nuevos compuestos que tienen la fórmula general (I): en la que R1, R2, A, W, m, n, p y q tienen los significados aquí descritos, composiciones que incluyen dichos compuestos y métodos de uso de los compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/407, A61K 31/55, A61P 1/16, A61P 3/00 y C07D 487/04; cuyos inventores son Hert, Jérôme (CH); Mattei, Patrizio (CH); Hunziker, Daniel (CH); Kuehne, Holger (DE); Di Giorgio, Patrick (CH) y Rudolph, Markus (CH). Prioridad: N° 14161760.5 del 26/03/2014 (EM). Publicación Internacional: WO2015/144605. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000419 y fue presentada a las 14:21:29 del 13 de setiembre del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016076548 ).

La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de E Hoffmann-La Roche AG., solicita la patente PCT denominada DERIVADOS DE ETILINO. La presente invención se refiere a compuestos de fórmula I en el que Y es N o C-R1’; R1’ es hidrógeno o F; R1 es hidrógeno, halógeno o alquilo inferior sustituido con halógeno; R2 es hidrógeno o alquilo inferior; o R2 forma junto con R4 un anillo heterocíclico de 6 miembros que contiene -CH2-CH2-0-CH2-o CH2-CH2-NR-C(O); R es hidrógeno, alquilo inferior, fenilo o bencilo; R3 es fenilo o piridinilo, en el que el átomo de N en el grupo de piridinilo puede estar en diferentes posiciones; R4’ es hidrógeno, alquilo inferior o alcoxialquilo inferior; R4 es hidrógeno, alquilo inferior, fenilo opcionalmente sustituido con halógeno o alcoxi inferior, o es cicloalquilo, o es piridinilo opcionalmente sustituido con halógeno, alquilo inferior, alcoxi inferior o =0, o es pirimidinilo opcionalmente sustituido con alquilo inferior, alcoxi inferior o =0, o es 1-alquilo inferior-piridinilo, o es pirazinilo, o es piridazinilo opcionalmente sustituido con alquilo inferior, alcoxi inferior o =0, o es 1-metilpirrolo[2,3-b]piridin-5-il, o es 6-imidazo[1,2-b]piridazin-6-il; o R4 forma junto con R4’ un anillo heterocíclico de 4, 5 o 6 miembros que contiene -(CH2)5-, -CH2-CH2-O-CH2-CH2-, -CH2-CH2-CH2-, -CH2-CH2-CH2-CH2-, -CH2-O-CH2-CH2- o CH2-CH2-CH2-O-CH2; R5 y R5’ son hidrógeno o alquilo inferior; o R4 forma junto con R5 un anillo saturado de 5 miembros que contiene -CH2-CH2-CH2-; o a una sal farmacéuticamente aceptable o sal de adición de ácido, a una mezcla racémica, o a su correspondiente enantiómero y/o isómero óptico y/o estereoisómeros del mismo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/505, A61K 31/506, A61K 31/519, A61K 31/527, A61P 25/16, A61P 25/22, C07D 239/22, C07D 401/04, C07D 401/10, C07D 401/14, C07D 403/04, C07D 471/04, C07D 487/04, C07D 491/107 y C07D 498/04; cuyos inventores son Jaeschke, Georg (DE); Guba, Wolfgang (DE); Ricci, Antonio (IT); Rueher, Daniel (CH); Vieira, Eric (CH); Biemans, Barbara (NL); Plancher, Jean, Marc (FR) y O’hara, Fionn (GB). Prioridad: N° 14156461.7 del 25/02/2014 (EM). Publicación Internacional: WO/2015/128307. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000384 y fue presentada a las 14:30:28 del 23 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de setiembre de 2016.—Walter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016076549 ).

La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Janssen Biotech, Inc., solicita la Patente PCT denominada TERAPIAS DE COMBINACIÓN CON ANTICUERPOS ANTI-CD38. La presente invención se refiere a terapias de combinación con anticuerpos anti-CD38. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 16/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Doshi, Parul (US). Prioridad: N° 61/946,002 del 28/02/2014 (US) y N° 62/006,386 del 02/06/2014 (US). Publicación Internacional: WO/2015/130728. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000388, y fue presentada a las 13:59:01 del 25 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de octubre del 2016.—María Leonor Hernández B., Registradora.—( IN2016076552 ).

La señora(ita) María Vargas Uribe, en calidad de apoderada especial de Janssen Biotech Inc., solicita la patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-CD38 PARA EL TRATAMIENTO DE LA LEUCEMIA LINFOBLÁSTICA AGUDA. La descripción se refiere a terapias de combinación que usan anticuerpos ANTI-CD38. Específicamente, la descripción proporciona métodos para tratar a un sujeto que tiene leucemia linfoblásfica aguda (ALL), con el uso de un anticuerpo anti-CD38, en donde el anticuerpo anti-CD38 induce la muerte de células de ALL in vitro por citotoxicidad mediada por células dependiente de anticuerpos (ADCC), fagocitosis celular dependiente de anticuerpos (ADCP), citotoxicidad dependiente de complemento (CDC), apoptosis, o modulación de la actividad enzimática de CD38 in vitro. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A61k 31/475, A61K 39/00, A61K 39/395 y CO7K 16/40; cuyos inventores son: Doshi, Parul (US). Prioridad: N° 61/946,008 del 28/02/2014 (US) y N° 62/004,540 del 29/05/2014 (US). Publicación internacional: WO/2015/130732. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000387, y fue presentada a las 13:58:22 del 25 de agosto del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de octubre del 2016.—María Leonor Hernández B., Registradora.—( IN2016076554 ).

La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Riboscience LLC., solicita la patente PCT denominada DERIVADOS DE NUCLEOSIDO SUSTITUIDOS CON 4´-DIFLUOROMETILO COMO INHIBIDORES DE LA REPLICACIÓN DE ARN DE LA INFLUENZA. La solicitud describe derivados de nucleósido de la Fórmula I como inhibidores de la replicación de ARN de la influenza. En particular, la solicitud describe el uso de derivados de nucleósido de purina y pirimidina de la Fórmula I como inhibidores de la replicación de ARN de la influenza y composiciones farmacéuticas que contienen tales compuestos. . La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C07H 19/06 y C07H 19/207; cuyos inventores son: Smith, Mark (US) y Klumpp, Klauss G. (US). Prioridad: N° 61/936,569 del 06/02/2014 (US). Publicación internacional: WO2015/120237. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000400, y fue presentada a las 13:59:45 del 1° de setiembre del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de octubre del 2016.—María Leonor Hernández Bustamante, Registradora.—( IN2016076555 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad 1-1055-0703, en calidad de apoderada especial de Qualcomm Incorporated, solicita la patente PCT denominada DETERMINACIÓN DEL TAMAÑO DE LA PALETA, ENTRADA DE PALETA Y FILTRADO DE BLOQUES CODIFICADOS POR LA PLATE EN LA CODIFICACIÓN DE VIDEO. Se describen técnicas para la codificación en base a la paleta. En la codificación en base a la paleta, un codificador de video puede formar una paleta como una tabla de colores para representar datos de video de un bloque dado. La codificación en base a la paleta puede ser útil para codificar bloques de datos de video que tienen una cantidad relativamente pequeña de colores. En lugar de codificar los valores reales de píxeles o sus residuales para el bloque dado, el codificador de video puede codificar valores de índices para uno o más de los pixeles. Los valores de índices asignan los pixeles a entradas en la paleta que representan los colores de los pixeles. Se describen técnicas para determinar si deshabilitar el filtrado, tales como el desbloqueo del filtrado, o el filtrado de muestra de adaptación compensada (SAO), de bloques codificados por la paleta en un codificador de video o un decodificador de video. Asimismo, se describen técnicas para modificar un tamaño de la paleta y entradas de paleta de una paleta en el codificador de video en base a los costos de la tasa de distorsión. . La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: H04N 19/80 y H04N 19/94; cuyos inventores son Zou, Feng (CN); Joshi, Rajan Laxman (US); Karczewicz, Marta (US); Pu, Wei (CN) y Sole Rojals, Joel (ES). Prioridad: N° 14/667,900 del 25/03/2015 (US) y N° 61/970,838 del 26/03/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/148814. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000447 y fue presentada a las 14:23:26 del 26 de septiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de setiembre de 2016.—María Leonor Hernández Bustamante, Registradora.—( IN2016076875 ).

La señora María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Amgen Inc, solicita la Patente PCT denominada VARIANTES DE POLIPÉPTIDOS RECEPTORES DE ACTIVINA IIB Y APLICACIONES DE ÉSTOS (DIVISIONAL). La presente invención proporciona polipéptidos y proteínas del receptos de activina Ilb estabilizado capaz de unirse e inhibir la actividades de la activina A, miostatina, o GDF-11. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 14/705; cuyo(s) inventor(es) es(son) Jeonghoon, Sun (KR); Michaels, Mark Leo (US); HQ, Han (US); Yue-Sheng, Li (US); Deshpande, Rohini (US); Lei-Ting, Tony Tam (US) y Boone, Thomas C (US). Prioridad: N° 61/200,250 del 26/11/2008 (US) y N° 61/259,060 del 06/11/2008 (US). Publicación Internacional: WO2010/062383. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000443, y fue presentada a las 12:17:25 del 23 de setiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de setiembre de 2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016076930 ).

El señor Simón Alfredo Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 303760289, en calidad de Apoderado Especial de Jiangsu Hengrui Medicine Co., Ltd y Shanghai Henrigrui Pharmaceutical Co. Ltd, solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPO PD-1, FRAGMENTO DE UNION AL ANTIGENO DE ESTE Y USO MÉDICO DE ESTE. La presente invención proporciona un anticuerpo PD-1 humano, un fragmento de unión al antígeno de este, y un uso médico de este, y proporciona además un anticuerpo quimérico y anticuerpos humanizados que comprenden una región determinante de la complementariedad (CDR) del anticuerpo, una composición farmacéutica que comprende el anticuerpo PD-1 humano y el fragmento de unión al antígeno de este, y el uso del anticuerpo en la preparación de medicamentos para el tratamiento de enfermedades o trastornos.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61P 35/00, C07K 16/28, C l2N 15/31, C12N 15/70 y C12N 15/81; cuyo(s) inventor(es) es(son) YE, Xin (CN); Lin, Jufang (CN); Zhang, Lei (CN); Tao, Weikang (CN); CAO, Guoqing (CN); Zhang, Lianshan (CN); QU, Xiangdong (CN) y Yuan, Jijun (CN). Prioridad: N° 201310681942.6 del 12/12/2013 (CN). Publicación Internacional: WO2015/085847. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000319, y fue presentada a las 14:13:40 del 12 de julio de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de setiembre de 2016.—Walter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016077178 ).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de Advanced Regen Medical Technologies, LLC, solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIONES PARA LA RESTAURACIÓN DE CÉLULAS Y MÉTODOS PARA LA PREPARACIÓN Y UTILIZACIÓN DE LAS MISMAS. Un método que comprende obtener una primera muestra de células de un primer individuo; obtener una segunda muestra de células de un segundo individuo; cultivar la primera muestra de células en presencia de al menos una porción de un medio de cultivo de la segunda muestra de células por un periodo con un rango entre aproximadamente 24 horas y aproximadamente 6 semanas para producir una composición restauradora; y poner en contacto la composición restauradora con la segunda muestra de células por un periodo con un rango entre aproximadamente 24 horas y aproximadamente 6 semanas para producir una composición restaurada. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 35/14 yC12N 5/02; cuyo inventor es Giampapa, Vincent C (US). Prioridad: N° 61/919,165 del 20/12/2013 (US). Publicación Internacional: WO2015/095794. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000307, y fue presentada a las 14:20:05 del 1° de julio de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 8 de setiembre del 2016.—Walter Campos Fernández, Registrador.—( IN2016077179 ).

El señor Simón Valverde Gutiérrez, cédula de identidad 3-0376-0289, en calidad de apoderado especial de Acetylon Pharmaceuticals, Inc., solicita la Patente PCT denominada COMBINACIONES DE INHIBIDORES DE HISTONA DEACETILASA Y FÁRMACOS INMUNOMODULADORES. La invención se refiere a combinaciones que comprenden un inhibidor de HDAC y un fármaco inmunomodulador para el tratamiento del linfoma en un sujeto que lo necesita. También se proporcionan en la presente métodos para tratar el linfoma en un sujeto que lo necesita que comprenden administrarle al sujeto una cantidad eficaz de una de las combinaciones anteriores. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/16 yA61P 37/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Quayle, Steven, Norman (US) y Jones, Simon, Stewart (US). Prioridad: N° 61/911,086 del 03/12/2013 (US) y N° 62/061,368 del 08/10/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/084905. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000308, y fue presentada a las 14:20:55 del 1 de julio de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.— San José, 12 de setiembre de 2016.—María Leonor Hernández Bustamante, Registradora.—( IN2016077180 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: LUIS ALBERTO RODRÍGUEZ GARRO, con cédula de identidad número 6-0115-0976, carné número 2137. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº16-001956-0624-NO.—San José, 23 de setiembre del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Jeffry Juárez Herrera, Abogado.—1 vez.—( IN2016077641 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. Piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: DIANA MARCELA GUTIÉRREZ CENTENO, cédula de identidad número 5-0306-0740, carné profesional 17121. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a esta publicación. Expediente Nº16-001964-0624-NO.—San Pedro, 06 de octubre del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Jeffry Juárez Herrera, Jefe a.í.— Firma delegada por Resolución RE-DE-DNN-039-2016.—1 vez.—( IN2016077678 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. Piso. HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NORA LILLIAM PACHECO JIMÉNEZ, cédula de identidad número 1-0548-0532, carné profesional 23058. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº16-002017-0624-NO.—San Pedro, 05 de octubre del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Jeffry Juárez Herrera. Jefe a.í. Firma delegada por Resolución RE-DEDNN- 039-2016.—1 vez.—( IN2016077688 )

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GISELLE SOLÍS RODRÍGUEZ, con cédula de identidad número 4-0164-0113, carné número 24312. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 16-002027-0624-NO.—San José, 05 de octubre del 2016.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Jeffry Juárez Herrera, Abogado.—1 vez.—( IN2016077975 )

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0822-2016.—Exp. N° 17337A.—Alexander Canales Soto, solicita concesión de: 0.006 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en Finca de Aliento de La Montaña S. A., en concepción, San Rafael, Heredia, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 225.400 / 529.200 hoja Barva. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 14 de octubre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016079475 ).

ED-0698-2014.—Exp. N° 16041P.—3-102-607840 SRL, solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CU-63 en finca de su propiedad en Curubandé, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano y agropecuario-riego. Coordenadas 297.841 / 376.978 hoja Curubandé. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 01 de diciembre de 2014.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016079862 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0837-2016.—Exp. N° 16212P.—Agrorice de Milano S. A., solicita concesión de: 0.6 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-373 en finca de El mismo en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso industrial. Coordenadas 278.400 / 364.500 hoja Carrillo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de octubre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016083518 ).

ED-0836-2016.—Exp. N° 17334P.—Black Beauty Development Costa Rica S. A., y otros, solicita concesión de: 4,2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CJ-67 en finca de su propiedad en Cabo Velas, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico para autoabastecimiento en condominio para 240 personas. Coordenadas 223.349 / 350.153 Hoja Cerro Brujo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 25 de octubre del 2016.— Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016083530 ).

ED-0776-2016.—Exp. N° 7479A.—Luis Roberto Conejo Conejo, solicita concesión de: 0.11 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rolando Pacheco Muñoz en San Rafael (La Unión), La Unión, Cartago, para uso agropecuario-abrevadero, consumo humano-doméstico, agropecuario-riego-frutal y turístico-piscina. Coordenadas 208.300 / 538.900 Hoja Istaru. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de setiembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016083599 ).

ED-0781-2016.—Exp. N° 17302A.—William Quirós Rivera, solicita concesión de: 0.06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en san Miguel, Desamparados, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 200.421 / 529.968 Hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de setiembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016083748 ).

ED-0786-2016. Exp 17304A.—Juan Bautista Quirós Rivera, solicita concesión de: 0.06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Miguel, Desamparados, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 200.198 / 529.645 hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de setiembre de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016083749 ).

Exp. N° 16509P.—Banco Crédito Agrícola de Cartago, solicita concesión de: 25 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CÑ-168 en finca de su propiedad en Bagaces, Guanacaste, para uso agropecuario-piscicultura. Coordenadas 272.982/408.397 hoja Cañas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de enero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016083770 ).

PODER JUDICIAL

ACUERDOS

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

ACORDÓ:

Girar a la orden de los interesados los montos señalados en los Acuerdos de Pago numerados del N° 2033 al 2331 del 2016 (el acuerdo de pago 2331-2016 corresponde a otras deducciones de alquileres por concepto de tarifa básica de agua), por la suma líquida de ¢10.406.450.952,59 para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargo a las respectivas partidas del presupuesto. El detalle de dichos pagos puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica: http://www.poder-judicial.go.cr/fico/Publicación_acuerdos_de_pago.html

MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva a. í.—1 vez.—O. C. N° 62187.—Solicitud N° 68517.—( IN2016077540 ).

Girar a la orden de los interesados los montos señalados en los Acuerdos de Pago numerados del N° 3592 y 3595 del 2015, por la suma líquida de ¢452.280.951,80 (de mayo a setiembre de 2016), para atender el pago de las cuentas correspondientes con cargo a las respectivas partidas del presupuesto. El detalle de dichos pagos puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica: http://www.poder-judicial.go.cr/fico/Publicación_acuerdos_de_pago.html

MBA. Dinorah Álvarez Acosta, Subdirectora Ejecutiva a. í.—1 vez.—O.C. N° 62187.—Solicitud N° 68519.—( IN2016077542 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil -Departamento Civil

OFICINA DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Melissa Rodríguez Matarrita, se ha dictado la resolución N° 3491-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas y veinte minutos del quince de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 2965-2016. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Melissa Rodríguez Matarrita, en el sentido que el nombre y los apellidos del padre son José Domingo Wilber Arrieta Rodríguez.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016077415 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Arellys del Carmen Jarquín Sánchez, se ha dictado la resolución N° 5049-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cincuenta minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis. Exp. N° 30418-2016. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos Probados: ... II.— Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Kimberly Barrantes Jarquín y de Alex Antonio Carrillo Jarquín, en el sentido que el nombre de la madre es Arellys del Carmen.—Lic. Carlos Luis.—Brenes Molina Oficial Mayor Civil a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1 vez.—( IN2016077471 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Rosalina Zúñiga López, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1128-2012. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas un minuto del veintiséis de marzo del dos mil doce. Ocurso. Exp. N°.43896-2011. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—..., Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III. Sobre el Fond , Por Tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Dennis Antonio López Zúñiga; en el sentido que el segundo apellido de la madre...es “López”.— Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016077479 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Josefina Alemán Gálvez, se ha dictado la resolución N° 4880-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las dieciséis horas dos minutos del dos de setiembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 20570-2016. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Santiago Alonso Barquero Alemán, en el sentido que la nacionalidad de la madre es salvadoreña.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016077530 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Massiel del Carmen Sevilla, no indica segundo apellido, se ha dictado la resolución N° 4426-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas veinte minutos del diez de agosto de dos mil dieciséis. Exp. N° 8050-2015. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos Probados: ... II.—Sobre el Fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos nacimiento de Christoper Alejandro Rosas Sevilla; de Ilana Camila López Sevilla; y de Santiago Alonso López Sevilla, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre son Massiel del Carmen Sevilla, no indica segundo apellido.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016077616 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lesli Margarita Reyes Fernández, se ha dictado la resolución N° 4700-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas y dos minutos del veinticinco de agosto de dos mil dieciséis. Exp. N° 9672-2016. Resultando 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Keiner Josué Gallo Reyes, en el sentido que el nombre de la madre es Lesli Margarita.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016077627 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ivette Carolina Quintanilla Cortez, se ha dictado la resolución N° 2745-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas veintisiete minutos del tres de mayo de dos mil dieciséis. Expediente N° 51443-2015. Resultando: 1.-..., 2.-..., Considerando: I.-Hechos probados:..., II.-Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de José Gabriel Rivera Quintanilla, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre son Ivette Carolina y Cortez.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2016077642 ).

AVISOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Roque Jacinto Becerra Montes, mayor, divorciado, técnico textil, peruano, cédula de residencia N° 160400194729, vecino de Heredia, Aurora de las Bodegas de Palí 200 al este casa 25mm, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1909-2016.—San José, 22 de setiembre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016077318 ).

Edwin José Mejía Vasconzelos, mayor, soltero, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155804784300, vecino de Alajuela, Urbanización Solcasa, apartamentos Raquel, 100 sur y 50 este, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 2060-2016.—San José, 22 de setiembre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016077381 ).

Josefa del Carmen García Jiménez, mayor, casada, trabajadora doméstica, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155813728111, vecino/a de San José, Rancho Redondo Goicoechea, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 446-2016.—San José, 22 de setiembre de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—( IN2016077382 ).

Blanca Emilia Guandique Araniva, mayor, soltera, música, salvadoreña, cédula de residencia N° DI 122200443533, vecina de Mercedes, Montes de Oca, Residencial Torreón casa 23, 300 norte y 200 este de Muñoz y Nane, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.18-2016.— San José, 01 de junio de 2016.—Vinicio Mora Mora, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016077478 ).

Dubys Cantillo Torres, mayor, casada, esteticista, colombiana, cédula de residencia N° 117001293914, vecino de San José, Sabana Sur, 150 norte del Colegio Cotepecos, Apartamentos Guiden, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.2083-2016.—San José, 24 de octubre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016077498 ).

Saray de los Ángeles Eugarrios Eugarrios, mayor, soltera, estudiante, nicaragüense, cédula de residencia N° 155803916224, vecina de Heredia, Guararí, Villa Paola casa E01, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1847-2016.—San José, 2 de setiembre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016077515 ).

María Fernanda Chacin Lorenzo, mayor, casada, odontóloga, venezolana, cédula de residencia N° 186200042703, vecina de San José, Guachipelín de Escazú, Construplaza; 2.5 km al norte, 600 sur, Condominio Puerta Sol casa 6, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 137451-2015.—San José, 22 de setiembre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016077561 ).

José Ricaurte Burbano Vargas, mayor, casado, Gerente de Sistemas, colombiano, cédula de residencia N° 117001266303, vecino de Orotina, Ala Juela, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1695-2016.—San José, 22 de setiembre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jef a. í.—1 vez.—( IN2016077579 ).

Maryan Cristina Santa María Silva, mayor, soltera, enfermera, nicaragüense, cédula de residencia N° 155814775906, vecina de Pijije de Bagaces, Guanacaste, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 1481-2016.—San José, 24 de octubre de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—( IN2016077580 ).

Angie Lizeth Tuquerres Henao, mayor, soltera, estudiante, colombiana, cédula de residencia N° 117001438915, vecina de San Lorenza de las Flores, Heredia, del Megasúper, 150 este y 150 norte, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1820-2016.—San José, 22 de setiembre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016077611 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

La Proveeduría Institucional informa que se modifica el Plan Anual de Compras, Actividad Central y Servicio Exterior, del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto para el periodo 2016, los interesados tienen a disposición el mismo en el Sistema Integrado de Compras Públicas, en la página web https://www.sicop.go.cr de Internet a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

San José, 31 de octubre del 2016.—Lic. José Ángel Soto Varela.—1 vez.—O. C. Nº 1205062899.—Solicitud Nº 69605.—( IN2016084932 )

LICITACIONES

CULTURA Y JUVENTUD

TEATRO NACIONAL DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA

Aplicación del recubrimiento para protección pasiva

contra fuego para El Teatro Nacional de Costa Rica

La Proveeduría Institucional del Teatro Nacional de Costa Rica, invita a participar a los interesados en el presente concurso, para lo cual, se le informa que la apertura de las ofertas se realizará el miércoles 16 de noviembre del 2016 a las 11:00 a.m., asimismo se indica que se realizará una visita al sitio el día miércoles 09 de noviembre a las 10:00 a.m. Las especificaciones cartelarias pueden ser accesadas por medio del Sistema de Compras Públicas SICOP del Ministerio de Hacienda.

San José, 01 de noviembre del 2016.—Proveeduría Institucional.—Magister Adriana Quesada Chavarría, Proveedora.—1 vez.—O. C. Nº Cd-264-11-20.—Solicitud Nº 69387.—( IN2016084877 ).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000064-PROV

Alquiler de local para ubicar la oficina de atención

y protección a víctimas del delito en Alajuela

Fecha y hora de apertura: 5 de diciembre de 2016, a las 10:00 horas.

Los respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.

San José, 03 de noviembre de 2016.—Proceso de Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2016084836 ).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

Invitación a presentar Expresiones de Interés

Servicios de Consultoría

(SUPERVISIÓN DE OBRA)

SBCC-01-2016

Institución: Fideicomiso BNCR-MEP LEY N° 9124

País: Costa Rica

Proyecto: CR-L1053 Proyecto Construcción y Equipamiento de Infraestructura Educativa (PCEIE).

Sector: Educación

Préstamo: BID N° 2824/OC-CR-BID

Llamado: Solicitud de muestras de interés.

Fecha límite: 30 de noviembre del 2016

1.  El Fideicomiso BNCR-MEP Ley N° 9124, ha recibido un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para financiar el costo de la construcción y supervisión de obras de infraestructura en 79 Centros educativos y 24 Canchas Multiusos, en donde se propone utilizar parte de los fondos para efectuar los pagos correspondientes a servicios de consultoría que apoyen a la Unidad Ejecutora del Programa, inspeccionando las obras de Diseño, Construcción y Equipamiento que se construirán en los próximos dos años en Costa Rica.

2.  OBJETIVO GENERAL: Seleccionar varias empresas para la confección de Listas Cortas de Firmas Consultoras que estén interesadas en presentar una propuesta para la ejecución de los “Servicios de apoyo a la Supervisión del Diseño, Construcción y Equipamiento” de las obras de infraestructura de Centros educativos y Canchas Multiusos, incluyendo edificios administrativos, aulas académicas, comedores, baterías de servicios sanitarios, pasos a cubierto que ejecuta el Fideicomiso BNCR-MEP Ley No. 9124 conforme acuerdo a los Términos de Referencia y a las Bases y Solicitud de Propuesta Técnica del Proyecto.

3.  ALCANCE DE LOS SERVICIOS:

Servicios de Supervisión de las obras de infraestructura civil del Programa.

Objetivo: El propósito es seleccionar varias Firmas Consultoras que posean al menos 10 años de experiencia profesional que le proporcionen al Fideicomiso BNCR-MEP Ley N° 9124, el personal especializado (Gerente de Obra, ingeniero estructural, arquitecto, ingeniero mecánico o ingeniero electromecánico, ingeniero electricista o ingeniero electromecánico, regente ambiental), con la experiencia necesaria para realizar las labores de supervisión–inspección del proceso constructivo, control de cronogramas y avance de obra, revisión de órdenes de cambio, e supervisión inspección de obra arquitectónica, estructural y electromecánica, y que suministren todos los recursos necesarios para llevar a cabo los controles técnicos, revisión de memorias de cálculo, diseños y planos constructivos, coordinación de pruebas de laboratorio, mediciones de cantidades de obra, verificación de la calidad de la construcción y verificación del cumplimiento de las obligaciones ambientales, entre otros. Las actividades se realizarán durante todo el periodo de ejecución de los Diseños, trámite de permisos, Construcción y Equipamiento de las obras de infraestructura educativa mencionadas anteriormente.

Las Firmas Consultoras interesadas deberán proporcionar información que indique que están calificadas para suministrar los servicios requeridos (descripción de trabajos de inspección, indicación de características básicas de los proyectos (monto, características, plazo), hojas de vida empresarial, experiencia en supervisión, disponibilidad de personal que tenga los conocimientos pertinentes, normas de calidad que posea la firma, entre otros).

Las Firmas Consultoras interesadas deberán suministrar la información que demuestre que poseen experiencia suficiente en labores de inspección de proyectos de infraestructura educativa o proyectos similares como edificios residenciales multifamiliares, comerciales, oficinas, institucionales, etc. No se consideran como proyectos similares los bodegas, estructuras que no sean edificios tales como obras portuarias, residencias unifamiliares de cualquier tamaño, urbanizaciones, entre otros, detallando los proyectos realizados, duración de los mismos, él área total en planta de las edificaciones del proyecto en metros cuadrados, costo final de construcción de cada proyecto y los montos de honorarios recibidos por las consultorías realizadas.

Alcance: Cobertura en 7 provincias del país, estas son: San José, Alajuela, Cartago, Puntarenas, Guanacaste, Heredia y Limón.

4.  Presupuesto Estimado para los Servicios de Supervisión: US $3.500.000,00 Tres millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América, que serán destinados a la contratación de las firmas escogidas para apoyar las supervisiones de todos los lotes de obras que se construirán como parte de la ejecución del proyecto.

5.  Las contrataciones se llevaran a cabo procesos de contratación por lotes de obras o procesos individuales.

6.  Las Firmas Consultoras serán seleccionadas conforme a los procedimientos indicados en las Políticas para la Selección y Contratación de Consultores financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo GN-2350-9, y podrán participar en ella todos los concursantes de países de origen que sean elegibles, según se especifica en dichas políticas. Las listas cortas deben preferiblemente incluir al menos seis firmas con una amplia representación geográfica; idealmente, no más de dos firmas de la lista corta podrán pertenecer al mismo país

7.  Las Firmas Consultoras serán seleccionadas en base al método de Selección Basada en la Calidad y el Costo (SBCC), descrito en las Políticas del BID para contratación de servicios de Consultoría.

8.  Las Firmas Consultoras se podrán asociar con otras firmas en forma de asociación en participación de alguna figura jurídica reconocida por la normativa costarricense o subcontratistas con el fin de mejorar sus calificaciones, en la Solicitud de Propuesta se indicarán los porcentajes aceptados de subcontratación. A los efectos de establecer la lista corta, la nacionalidad de la firma será la del país en que se encuentre legalmente constituida o incorporada y en el caso de asociación en participación, será la nacionalidad de la firma que se designe como representante.

9.  Para la presentación de Propuestas Técnicas y Económicas se notificará en su momento a las Firmas Consultoras que integren la lista corta para este proceso.

10.   Las Firmas Consultoras interesadas pueden obtener más información para presentar la muestra de interés, mediante consultas al correo electrónico:

fideicomisomepbncr@bncr.fi.cr Asunto SBCC-01-2016

11.   Las expresiones de interés y toda la información de las firmas interesadas debe ser enviada en idioma Español en forma escrita y en un medio electrónico (Cd, memory usb / usb drive). La información debe ser presentada y registrada en el Edificio principal del Banco Nacional, San José, Costa Rica, avenida 1ra y 3era. Segundo piso, Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones, a más tardar hasta las 14:00 horas del día 30 de noviembre de 2016, (hora local Costa Rica). También puede enviarse por mensajería Courier. La información que llegue después de esa hora y fecha no será recibida.

Atención: Lourdes Fernández Quesada.

Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones

Edificio principal Banco Nacional, San José, Costa Rica, avenida 1ra y 3era. Segundo piso, Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.

Ciudad: San José

País: Costa Rica

La Uruca, 03 de noviembre del 2016.—Alejandra Trejos Céspedes, Asesora Operativa-Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 522965.—Solicitud N° 69613.—( IN2016084953 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000015-99999

Compra de UPS

La UNED requiere la adquisición de una UPS para la Dirección de Tecnología, Información y Comunicación, con el propósito de cumplir con los objetivos y metas establecidos dentro del plan operativo anual institucional.

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito, hasta las 14:00 horas del 25 de noviembre del 2016. Los interesados tienen el Cartel a disposición vía Internet, en forma gratuita, en el sistema de Compr@Red, en la página web del Ministerio de Hacienda, a partir de esta fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros, previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este, de la Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán consultas a los teléfonos, 2253-2907 y 2224-6739.

Sabanilla, 02 de noviembre del 2016.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa.—1 vez.—( IN2016083959 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. TOMÁS CASAS CASAJÚS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000002-2703

Suministro de gases medicinales e industriales

El Área Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Dr. Tomás Casas Casajús, comunica que ya se encuentra disponible el Concurso de la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000002-2703, para la Contratación del Suministro de Gases Medicinales e Industriales, con apertura de ofertas el día 29 de noviembre del 2016, a las 10:00 horas. El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación, estará disponible para los interesados en la Subárea de Contratación Administrativa, localizada en Ojo de Agua, Ciudad Cortés, Osa, Puntarenas.

Para mayor información ingresar en la página Web www.ccss.sa.cr., teléfonos 2786-4065 / 2786-8160, Fax: 2786-4065.

Ciudad Cortés, 02 de noviembre del 2016.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Sr. Sergio Li Wong, Jefe.—1 vez.—( IN2016084331 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica Nº 4-000-0142143, comunica la apertura del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000050-02

Construcción de paso de tubería a través del río Uvita”,

de la Región Brunca, Sub-región Río Claro

Fecha y hora de apertura de la licitación 25 de noviembre del 2016, a las 09:00 horas.

Los carteles podrán ser descargados en la página web de la Institución www.inder.go.cr apartado Contrataciones, sub menú Contrataciones Administrativas, sección Departamento Infraestructura. Las ofertas deberán ser presentadas en las oficinas del Área de Contratación y Suministros del Inder, edificio B, segunda planta, antes de la hora y fecha señaladas para tal efecto y la apertura se realizará inmediatamente después de concluida la recepción de ofertas. Para verificación y evaluación de ofertas, regirá el cartel original impreso que forma parte del expediente administrativo del proceso licitatorio. Consultas 2247-7514.

Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2016084826 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2016CD-000144-08

Servicio de lavado y secado de equipos de protección

contra incendios para la Unidad Regional

Brunca del Instituto Nacional

de Aprendizaje, I.N.A.

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje de la Unidad Regional Brunca, Invita a los proveedores interesados y empresarios en general a participar en la Contratación Directa de esta compra de escasa cuantía. 2016CD-000144-08 “Servicio de lavado y secado de equipos de protección contra incendios”.

Que el plazo máximo para presentar ofertas es para el Próximo 15 de noviembre del año 2016, a las 10:00 horas.

Este pliego de condiciones es gratuito y está a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros sur, del supermercado Coopeagri, Barrio Villa Ligia, Daniel Flores. Pérez Zeledón, San José y en la siguiente dirección electrónica: http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles/.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 69564.—( IN2016083964 ).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA LICEO DE CALLE FALLAS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 01-2016

Suministro de productos alimenticios para el comedor

durante el curso lectivo 2017

La Junta Administrativa Liceo de Calle Fallas, invita a participar en la Licitación Pública N° 01-2016, para el “Suministro de productos alimenticios para el comedor escolar durante el curso lectivo 2017”.

La invitación está enfocada a proveedores que se dediquen a la actividad de distribución de productos alimenticios: Cárnicos, lácteos, frutas, verduras, legumbres y abarrotes; según demanda.

Esta contratación será financiada mediante la transferencia directa del programa PANEA a la cuenta de la Junta.

Dicho cartel podrá ser retirado desde el 09 de noviembre hasta el día 29 de noviembre del año en curso, de 08:00 a.m. a 04:00 p.m. horas en la Dirección del Centro Educativo, sitio Calle Fallas Desamparados.

Marcelina Morales Fonseca, Presidenta Junta Administrativa.—1 vez.—( IN2016084952 ).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

Se comunica a todos los interesados en los procedimientos de contratación que se dirán, que por acuerdos del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 100-16, celebrada el 1° de noviembre del año en curso, artículo VIII y XI respectivamente, se dispuso adjudicarlos de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000033-PROV

Compra de microcomputadoras

A: Asesoría Inmobiliaria y Negocios Red Global S. A., cédula jurídica 3-101-344598.

Línea N° 1: precio total $351.440,00.

_____

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000024-PROV

Compra de mouse ergonómico y teclado ergonómico

A: Distribuidora Comercial Tres Ases S. A., cédula jurídica N° 3-101-074549-10.

Línea N° 1: Compra de 550 unidades de mouse ergonómico por un monto total de $13.898.50.

Línea N° 3: Compra de 520 unidades de mouse ergonómico Large por un monto total de $12.516.40.

A: UMC S. A., cédula jurídica N° 3-101-153345

Línea N° 2: Compra de 1250 unidades de teclado ergonómico por un monto total de $41.125.00.

Para todos los casos, demás características según pliegos de condiciones.

San José, 3 de noviembre del 2016.—MBA. Yurli Arguello Araya, Jefa, Proceso de Adquisiciones.—1 vez.—( IN2016084869 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. MAX TERAN VALLS

TIPO DE PROCEDIMIENTO:

LICITACIÓN ABREVIADA (ART.97 R.L.C.A.)

N° 2016LA-000002-2308

Servicio transporte de pacientes vía aérea

La Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Hospital Dr. Max Terán Valls, en atención a Resolución Administrativa N°002-2016 de fecha 01-11-2016 dictada por el Director Administrativo y Financiero de este Centro Hospitalario resuelve declarar desierto el concurso en marras.

Para lo cual, se les comunica a los interesados en el presente concurso el resultado del mismo, disponible en nuestra página web, en la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2308&tipo=ADJ.

Quepos, 02 de noviembre del 2016.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Edith Priscila Villalobos Arias, Coordinadora a. í.—1 vez.—( IN2016083994 ).

LICITACIÓN ABREVIADA (ART.97 R.L.C.A.)

N° 2016LA-000003-2308

Sistemas de aire acondicionado tipo paquete

(suministro e instalación del equipo)

La Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Hospital Dr. Max Terán Valls, en atención a Resolución Administrativa de Acta de Adjudicación N° 029-2016 de fecha 01-11-2016 dictada por el Director Administrativo y Financiero de este Centro Hospitalario resuelve adjudicar el concurso en marras.

Para lo cual, se les comunica a los interesados en el presente concurso el resultado del mismo, disponible en nuestra página web, en la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones detalle?up=2308&tipo=ADJ.

Quepos, 2 de noviembre del 2016.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Edith Priscila Villalobos Arias, Coordinadora a. í.—1 vez.—( IN2016083995 ).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

SUBÁREA DE REACTIVOS Y OTROS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2015LN-000012-05101

Ítem único: reforzamiento de Plataforma Tecnológica Institucional mediante

la adquisición de 48 servidores tipo Blade, un sistema de almacenamiento

con una capacidad cruda de 200 Tera bytes y licenciamiento

vmware para 20 de los 48 servidores Blade

para el establecimiento de un cluster

de vidualización

La Caja Costarricense de Seguro Social les informa a todos los interesados que por medio de Acuerdo de Junta Directiva en el Artículo 19° de la sesión N° 8869 celebrada el 20 de octubre del 2016, se aprobó la readjudicación del ítem único del concurso citado a favor de la empresa GBM de Costa Rica; Oferta 01 (uno). Para mayor información y detalles en el expediente electrónico www.hacienda.go.cr.

Para consultas dirigirse a la Licda. Andrea Vargas Vargas, Jefa de la Subárea de Reactivos y Otros o a la Licda. Jéssica Bianco González, Analista Encargada.

San José, 02 de noviembre del 2016.—Área de Adquisiciones y Bienes y Servicios.—Licda. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 15779.—( IN2016084732 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica Nº 4-000-0142143, comunica la readjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000024-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

El Huaco (etapas I y II) cc El Paso, Dirección Chorotega,

Oficina Subregional Santa Cruz

“Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino El Huaco (etapas I y II) cc El Paso, Dirección Chorotega, Oficina Subregional Santa Cruz” Una vez resuelto el recurso presentado para este proceso y acogiéndose a los términos presentados en el mismo, se procede a readjudicar a favor de la oferta presentada por Constructora Hermanos Brenes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-172938, el cual obtuvo un total de 92.13 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢164.441.940,50 (ciento sesenta y cuatro millones cuatrocientos cuarenta y un mil novecientos cuarenta colones con 50/100), con un plazo de ejecución total de 110 días naturales, según Resolución GG-1242-2016 del 25 de octubre de 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2016084808 ).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000028-02

Construcción del Acueducto en el Asentamiento Campesino La

Florita, Dirección Huetar Caribe, Oficina Subregional Cariari

Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tecnología en el Uso de Aguas S. A., cédula jurídica 3-101-456307, el cual obtuvo un total de 100.00 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢47.014.591,25 (cuarenta y siete millones catorce mil quinientos noventa y un colones con 25/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales, según oficio GG-1267-2016 del 2 de noviembre de 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—( IN2016084809).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000029-02

Contratación de mano de obra y materiales (llave en mano)

para la construcción de las líneas de distribución

eléctrica en los asentamientos La Morenita,

Expotropic, Imperio II (pacela 14-Laguna)

y Villa Aurora (sector parcela 73),

de la Dirección Huetar Caribe,

Oficina Subregional Siquirres

Adjudicar a favor de la oferta presentada por Controles Eléctricos de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-097424, el cual obtuvo un total de 99.38 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢96.457.129,00 (noventa y seis millones cuatrocientos cincuenta y siete mil ciento veintinueve colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 80 días naturales, según oficio GG-1267-2016 del 02 de noviembre de 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2016084810 )

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica Nº 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000030-02

Construcción de mejoras al acueducto de Golfito, Puntarenas, Dirección Brunca, Oficina Subregional Río Claro

“Construcción de mejoras al acueducto de Golfito, Puntarenas, Dirección Brunca, Oficina Subregional Río Claro”. Adjudicar a favor de la oferta presentada por Tecnología en el uso de Aguas S. A., cédula jurídica Nº 3-101-456307, el cual obtuvo un total de 100.00 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢102.819.772,47 (ciento dos millones ochocientos diecinueve mil setecientos setenta y dos colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 120 días naturales, según oficio GG-1267-2016 del 02 de noviembre de 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2016084811 ).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica N° 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000031-02

Contratación de mano de obra y materiales (llave en mano)

para la construcción de las líneas de distribución eléctrica

en el Asentamiento Agua Fría, Dirección Chorotega,

Subregión Liberia

Adjudicar a favor de la oferta presentada por Compañía Constructora Corelsa S. A., cédula jurídica 3-101-043404, el cual obtuvo un total de 100.00 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢33.320.150,34 (treinta y tres millones trescientos veinte colones con 34/100), con un plazo de ejecución total de 28 días naturales, según oficio GG-1267-2016 del 02 de noviembre de 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—( IN2016084812).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica Nº 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000032-02

Construcción en bambú de dos aulas y una batería sanitaria

en el Asentamiento Campesino Osa, sector Karate,

Dirección Brunca, Sub-región Osa

“Construcción en bambú de dos aulas y una batería sanitaria en el Asentamiento Campesino Osa, sector Karate, Dirección Brunca, Sub-región Osa” Adjudicar a favor de la oferta presentada por Bambutico Delparamo S. A., cédula jurídica Nº 3-101-414841, el cual obtuvo un total de 100.00 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢148.201.917,00 (ciento cuarenta y ocho millones doscientos un mil novecientos diecisiete colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 90 días naturales, según oficio GG-1267-2016 del 02 de noviembre de 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2016084813 ).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula Jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000033-02

Construcción de puente vehicular sobre el Río Claro

en Pavones de Río Claro, Dirección Brunca,

Oficina Subregional de Río Claro

Adjudicar a favor de la oferta presentada por Puente Prefa Limitada, cédula jurídica 3-102-038751, el cual obtuvo un total de 100.00 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢131.120.602,49 (ciento treinta y un millones ciento veinte mil seiscientos dos colones con 49/100), con un plazo de ejecución total de 140 días naturales, según oficio GG-1267-2016 del 02 de noviembre del 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016084819 ).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica N° 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000034-02

Construcción de caminos en el Asentamiento Ocochovi en

Buenos Aires de Puntarenas, Dirección Brunca, Oficina

Subregional de Río Claro

Adjudicar a favor de la oferta presentada por Alcapra ACP S. A., cédula jurídica 3-101-516925, el cual obtuvo un total de 88.44 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢123.910.900,00 (ciento veintitrés millones novecientos diez mil novecientos colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 40 días naturales, según oficio GG-1267-2016 del 2 de noviembre de 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—( IN2016084820 ).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica Nº 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000035-02

Construcción de salón de uso múltiple y una batería

sanitaria en el Asentamiento Las Américas,

Dirección Huetar Norte, Oficina

Subregional Upala

“Construcción de salón de uso múltiple y una batería sanitaria en el Asentamiento Las Américas, Dirección Huetar Norte, Oficina Subregional Upala”, adjudicar a favor de la oferta presentada por Constructora y Consultora Makoma S. A., cédula jurídica Nº 3-101-617761, el cual obtuvo un total de 88.44 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢ 32.650.000,00 (treinta y dos millones seiscientos cincuenta mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales, según oficio GG- 1267-2016 del 02 de noviembre de 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2016084821 ).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000036-02

Construcción de salón de uso múltiple y una batería sanitaria

en el Asentamiento El Cacao, Dirección Huetar Norte,

Oficina Subregional Upala

Adjudicar a favor de la oferta presentada por Diseños y Estructuras Hidalgo S. A., cédula jurídica 3-101-417011, el cual obtuvo un total de 100.00 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢28.539.831,00 (veintiocho millones quinientos treinta y nueve mil ochocientos treinta y un colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales, según oficio GG- 1267-2016 del 2 de noviembre del 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—( IN2016084822 ).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula Jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000037-02

Construcción de dos aulas escolares, un comedor

escolar y una batería sanitaria en el Asentamiento

Los Ingenieros, Dirección Huetar Norte,

Oficina Subregional Upala

Adjudicar a favor de la oferta presentada por Diseños y Estructuras Hidalgo S. A., cédula jurídica 3-101-417011, el cual obtuvo un total de 98.15 puntos. El precio total a pagar es la suma de ¢61.131.040,00 (sesenta y un millones ciento treinta y un mil cuarenta colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 90 días naturales, según oficio GG-1267-2016 del 02 de noviembre del 2016.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto, Coordinadora.—1 vez.—( IN2016084823 ).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000020-2101

(Notificación de adjudicación)

Accesorios e instrumental para Histeroscopio y Laparoscopio

La Sub Área de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que se resolvió adjudicar la contratación de la siguiente manera:

Empresa adjudicada Nº 1: Kendall Innovadores en Cuidados al Paciente S. A.

Ítemes: 20, 21 y 22.

Monto aproximado adjudicado: $20.700,00

Monto en letras: Veinte mil setecientos dólares con 00/100.

Empresa adjudicada Nº 2: Eurociencia Costa Rica S. A.

Ítemes: 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 13, 15, 16, 17, 18, 19 y 24.

Monto aproximado adjudicado: $70.417,77

Monto en letras: Setenta mil cuatrocientos diecisiete dólares con 77/100.

Empresa adjudicada Nº 3: Gerard o Elsner S. A.

Ítemes: 4, 14 y 23.

Monto aproximado adjudicado: €9.289,00

Monto en letras: Nueve mil doscientos ochenta y nueve euros con 00/100.

Ver detalles en http://www .ccss.sa.cr.

San José, 03 de noviembre del 2016.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—( IN2016084873 ).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

DIRECCIÓN DE APROVISIONAMIENTO

DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000023-05101

Ítem uno: tornillos canulados autoperforante y autorrocante,

de titanio, para hueso cortical y esponjosa

Ítem dos: tornillos canulados pequeños autoperforante

y autorrocante, de titanio, para hueso cortical y esponjoso

Los ítem uno y dos de este concurso se adjudicó a la empresa Biotec Biotecnología de Centroamérica, S. A., por un precio unitario de $94,00 por cada ítem. Modalidad por consignación. “vea detalles y mayor información en la página Web http://www.ccss.sa.cr.”

San José, 03 de noviembre del 2016.—Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Sub Área de Insumos Médicos.—Licda. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 1142.—Solicitud Nº 13845.—( IN2016084907 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000080-03

Contratación de Servicios de Control Integrado de Plagas

(Fumigación) con Criterios Ambientales para el CRP

de Naranjo, Edificios Administrativos, Instalaciones

y Almacén de la Unidad Regional Central Occidental

El Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje Ing. Fabián Zúñiga Vargas en el acta N° 066-2016, celebrada el día 01 de noviembre del 2016, artículo II, tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Contratación Directa 2016CD-000080-03, para la Contratación de Servicios de Control Integrado de Plagas (Fumigación)con Criterios Ambientales para el CRP de Naranjo, Edificios Administrativos, Instalaciones y Almacén de la Unidad Regional Central Occidental, en los siguientes términos, según estudio técnico URMA-PSG-940-2016, y estudio administrativo URCOC-PS-J-0099-2016:

    Adjudicar la línea 1, a la oferta Nº 1 presentada por Control Ecológico de Plagas Taboada y Asociados S. A., por un monto trimestral de ¢232.500,00 y un monto anual de ¢930.000,00 (cuatro visitas al año) por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

    Adjudicar la línea 2, a la oferta Nº 1 presentada por Control Ecológico de Plagas Taboada y Asociados S. A., por un monto trimestral de ¢78.562,50 y un monto anual de ¢314.250,00 (cuatro visitas al año) por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 69562.—( IN2016083961 ).

COMPRA DIRECTA N° 2016CD-000076-03

Contratación de servicios de lavado general de vehículos

de la Unidad Regional Central Occidental,

según demanda de cuantía estimada

El Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje Ing. Fabián Zúñiga Vargas en el acta N° 066-2016, celebrada el día 01 de noviembre del 2016,  artículo I, tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Contratación Directa N° 2016CD-000076-03, para la Contratación de servicios de lavado general de vehículos de la Unidad Regional Central Occidental, según demanda de cuantía estimada” monto estimado de ¢14.000.000,00, en los siguientes términos, según estudio técnico URMA-PSG-938-2016, y estudio administrativo URCOC-PS-J-0103-2016:

    Adjudicar la línea 1, a la oferta N° 1 presentada por Juan Carlos Torres Jiménez., los montos recomendados por el servicio son los indicados en el  siguiente cuadro.

 

Estilo

OFERENTE N° 1: JUAN CARLOS TORRES JIMÉNEZ

Lavado de carrocería (lavado y limpieza general)

Lavado de carrocería y encerado

Lavado de carrocería, encerado y  lavado chasis

Lavado de carrocería, encerado, lavado de chasis y motor

Limpieza profunda de tapicería

Automóvil

¢7.000,00

¢7.000,00

¢13.000,00

¢16.000,00

¢20.000,00

Vehículo liviano

¢8.000,00

¢8.000,00

¢14.000,00

¢18.000,00

¢20.000,00

Pick up

¢9.000,00

¢8.000,00

¢16.000,00

¢19.000,00

¢20.000,00

Microbús 15 pasajeros

¢12.000,00

¢10.000,00

¢17.000,00

¢20.000,00

¢35.000,00

Buseta 30 pasajeros

¢22.000,00

¢20.000,00

¢32.000,00

¢37.000,00

¢50.000,00

 

 

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 24626.—Solicitud N° 69563.—( IN2016083963 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000030-MUNIPROV

Adquisición e implementación de los módulos de tesorería

y contabilidad, integrados al Sistema Financiero

Wizdom, Evolution, Core Tributario y Delphos

A los interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal del Cantón Central de Cartago, en Acta N° 38-2016, Artículo N° XXIII de sesión ordinaria celebrada el 25 de octubre del 2016, acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:

Oferente:      OPTEC SISTEMAS S. A., cédula jurídica N° 3-101-170861

Línea única: Adquisición e implementación de los módulos de tesorería y contabilidad, integrados al Sistema Financiero Wizdom, Evolution, Core Tributario y Delphos.

Monto total de la oferta: ¢ 39.880.000,00 (Treinta y nueve millones, ochocientos ochenta mil colones exactos).

Plazo de entrega: (850) horas dentro en un periodo no mayor a (6) meses, a partir de la orden de inicio.

Forma de pago: Acepta la indicada en el cartel.

Todo lo demás de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

Proveeduría.—Guillermo Coronado Vargas, Jefe.—1 vez.—( IN2016084729 ).

MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ

PROVEEDURÍA MUNICIPAL

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2016CD-000237-01

Contratación de un sistema de localización

de contribuyentes para Departamento de Cobros

La Municipalidad de Santa Cruz, Guanacaste comunica a los interesados de este proceso de contratación administrativa, que la Alcaldía Municipal mediante resolución administrativa de las ocho horas con cincuenta y tres minutos del trece de octubre del 2016 declaró infructuoso el presente proceso de contratación.

Santa Cruz, Guanacaste, 25 de octubre del 2016.—Lic. Keylor Jaén Rosales, Proveedor Municipal.—1 vez.—(I N2016084833 ).

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000014-PROV

(Aclaración Nº 1)

Servicio de Lavado, Esterilización, Secado

y Planchado de Prendas Según Demanda

El Departamento de Proveeduría avisa a todo el potencial interesado a participar en el procedimiento de contratación en referencia, que existen aclaraciones al cartel correspondientes a las especificaciones técnicas, las cuales pueden ser consultadas en el cartel que se encuentra en el sitio web de esta Proveeduría a partir de esta publicación. La fecha de apertura de las ofertas se mantiene invariable. Los demás términos y condiciones permanecen inalterables.

San José, 03 de noviembre del 2016.—Proceso de Adquisiciones.—M.B.A. Yurli Arguello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2016084841 )

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000035-MUNIPROV

Contratación para llevar a cabo los trabajos

de modelación hidráulica del acueducto municipal

de los sectores abastecidos por gravedad (planta

potabilizadora) del distrito de San Francisco,

para la optimización y operación del sistema

de hidrantes, para una cantidad aproximada

de 5.000 servicios (fijos y medidos)

A los interesados en esta licitación se les hace saber que se realiza la modificación al cartel según se indica:

En la Sección II, Especificaciones Técnicas, punto N° 8 de los requisitos de admisibilidad, debe de leerse correctamente:

“El proponente podrá presentar un Cartógrafo Titulado o Profesionales en Topografía, Ingeniero en diferentes ramas, Geógrafo, Geólogo u otro profesional que mediante documentos debidamente certificados del Colegio respectivo de incorporación y de proyectos similares, demuestre el conocimiento y la experiencia para realizar las actividades de integración, manipulación y procesamiento de datos espaciales a un sistema de información geográfico con un proyecto no menor de 6 meses de duración”

Todo lo demás permanece invariable.

Guillermo Coronado Vargas, Jefe de Proveeduría.—1 vez.—( IN2016084730 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se avisa a la señora Maritza García, (un solo apellido en razón de su nacionalidad), quien es mayor, de nacionalidad hondureña, demás calidades desconocidas, que por resolución de las catorce horas con cinco minutos del cinco de octubre del dos mil dieciséis, la representación legal del Patronato Nacional de la Infancia de Tibás, resuelve el inicio del proceso especial de protección, y medida de abrigo temporal, en favor de la persona menor de edad de nombre Nathalie Gabriela Bonilla García. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso de apelación, mismo que deberá interponerse ante esta representación en el término improrrogable de cuarenta y ocho horas, luego de la última publicación de este edicto, el mismo será resuelto en definitiva por la Presidencia Ejecutiva del Patronato Nacional de La Infancia, con arreglo al numeral 139 del Código de Niñez y Adolescencia. Procedimiento. Oficina Local de Tibás  Expediente OLT-00078-2016.—Lic. Mario Enrique Tenorio Castro, Órgano Director.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000056.—( IN2016077584 ).

A los señores Javier Antonio Sandoval Arroyo y Yury Esther León Laguna, mayores, cédulas de identidad números cuatro-ciento noventa y cuatro-trescientos cuarenta y cinco y ciento treinta y cinco RE cero ocho seis dos cuatro cuatro cero cero mil novecientos noventa y nueve respectivamente, la segunda de nacionalidad nicaragüense,  con domicilio exacto demás calidades desconocidas por esta oficina local se les comunica la resolución de las trece horas del trece de octubre de dos mil dieciséis que ordenó el inicio de Proceso especial de protección y dictó Abrigo Temporal en favor de la persona menor de edad Nicole Sofía Sanvoval León, ubicándola en Casa Maín en San Lorenzo de San Joaquín de Flores, Heredia remitiéndose el expediente al Área Psicosocial  de esta oficina para que se realice investigación de segunda instancia de la situación en un plazo de veinticinco días, continúen tratando de localizar a los padres, valoren la situación de la hermana de Nicole y definan situación de la niña. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas por edicto al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a quienes se les advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución inicial descrita procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00290-2016.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 40694.—Solicitud N° 16000056.—( IN2016077585 ).

Heredia Norte, a la señora Priscilla Condanedo se le comunica la resolución de las diez horas con treinta minutos del día seis de octubre del dos mil dieciséis, que ordenó abrigo temporal en un albergue institucional e incompetencia territorial a la Oficina Local de Corredores. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00285-2016.—Oficina Local de Pani Heredia Norte.—Lic. Marcela Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000056.—( IN2016077586 ).

A quien interese se le comunica resolución de las quince horas del dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, en donde se inició proceso especial de protección en sede administrativa y dictado de medida de protección de cuido provisional de la persona menor de edad Karla Alissa Rivera Badilla, por abuso de la autoridad parental en contra de la persona menor de edad por parte de su progenitora. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta representación legal y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLBA-00084-2014.—Oficina Local de Buenos Aires.—Licda. Esperanza Reyes Sequeira, Coordinadora.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000056.—( IN2016077587 ).

Se le comunica al señor Carlos Alberto Villanea Montes, mayor, casado, masculino, costarricense, cédula de identidad número 601660540, de oficio y domicilio desconocidos, progenitor de la persona menor de edad Yervis Alberto Villanea Castillo: que por resolución de las siete horas cincuenta minutos del doce de febrero de dos mil dieciséis, bajo el expediente administrativo número OLQ-00009-2016, se dictó medida de protección y se ordenó tratamiento en régimen de internamiento en alternativa de protección Hogar Crea de Niños y Adolescentes de Heredia. Notifíquese: la anterior resolución a la parte interesada, personalmente o en su casa de habitación, a quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se le hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Persona  menor de edad: Yervis Alberto Villanea Castillo. Progenitores: Carlos Alberto Villanea Montes y Deyanira Castillo Zúñiga.  Expediente: OLQ-00009-2016.—Oficina Local de Quepos.—Lic. Maribel Calderón Jiménez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000056.—( IN2016077590 ).

Se le comunica al señor Ronald Merino Mora, mayor, costarricense, soltero, cédula de identidad número 6-279-634, de oficio y domicilio desconocidos, progenitor de la persona menor de edad Fransuas Magaly Merino Zúñiga: que por resolución de las catorce horas del once de agosto de dos mil dieciséis, bajo el expediente administrativo N° OLQ-00110-2016, se ordenó el Inicio de Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa a favor de la persona menor de edad indicada ubicándola en recurso comunal con la señora Sandra Alvarado Castillo. Notifíquese la anterior resolución a la parte interesada, personalmente o en su casa de habitación, a quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se le hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que de hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Quepos.—Licda. Maribel Calderón Jiménez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000056.—( IN2016077591 ).

A las quince horas del día veintidós de septiembre del dos mil dieciséis a la señora María Regina Fernández Zúñiga se le comunica la resolución de las dieciséis horas veintidós minutos del día veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, en la que se dicta resolución de inicio del proceso especial de protección y medida de protección de abrigo temporal, expediente administrativo OLBA-000131-2015. Notifíquese la anterior resolución a la parte interesada, personalmente o en su casa de habitación, a quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Persona menor de edad: Fernando Joser Obando Fernández. Progenitores: Juna Rafael Obando Mayorga, María Regina Fernández Zúñiga. Expediente: OLBA-000131-2015.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000056.—( IN2016077592).

A las catorce horas del día veintidós de setiembre del dos mil dieciséis, a la señora Grettel Ivannia Víctor Ugalde se le comunica la resolución de las catorce horas seis minutos del día ocho de agosto del dos mil dieciséis, en la que se dicta resolución de inicio del proceso especial de protección y medida de protección de cuido provisional y la resolución de las ocho horas del seis de septiembr4e del dos mil dieciséis, donde se mantiene dicha medida de protección. Expediente administrativo OLBA-000131-2015. Notifíquese la anterior resolución a la parte interesada, personalmente o en su casa de habitación, a quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Persona menor de edad: Yuliana Alfaro Víctor. Progenitores: Jorge Arturo Alfaro Pérez, Grettel Ivannia Víctor Ugalde. Exp. N° OLOS-00020-2016.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 40694.—Solicitud N° 16000056.—( IN2016077593 ).

INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

D.E. Nº 1357-1305-2014.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 9 horas del 30 de setiembre de 2016. Declárese liquidada la Cooperativa Autogestionaria de Artesanos y Artesanas de Costa Rica R. L. (COOPEARTECO, R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-184 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O.C. Nº 36658.—Solicitud Nº 67699.—( IN2016076085 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

D.E.Nº 1354-184-2014.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 9:00 horas del 30 de setiembre del 2016.

Declárese liquidada la Cooperativa Las Musas R.L., (COOPEMUSAS, R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-184 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—O. C. N° 36672.—Solicitud N° 67700.—( IN2016077360 ).

D.E. N° 1356-1169-2014.—San José, 9 horas del 30 de setiembre de 2016. Declárese liquidada la Cooperativa de Comercialización Coopeambiente R. L. (COOPEAHA R. L.) originalmente inscrita mediante resolución C-1169 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra   bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a.  í.—O.C. N° 36670.—Solicitud N° 67706.—( IN2016077363 ).

D.E. Nº1355-814-2014.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, 9:00 horas del 30 de setiembre del 2016.—Declárese liquidada la Cooperativa Agropecuaria Industrial y de Servicios Múltiples El Guayacán, R.L. (COOPEGUAYACAN R.L.) originalmente inscrita mediante resolución C-184 del Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, por haber rendido la Comisión Liquidadora, designada al efecto, el informe final de liquidación y, ajustarse el mismo a las disposiciones de los artículos 88 a 93 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Dicho informe se encuentra bajo la custodia del Área de Supervisión Cooperativa de este Instituto. Comuníquese al Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que proceda a su cancelación definitiva. Publíquese.

Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. i.—O. C. N° 36671.—Solicitud N° 67707.—( IN2016077364 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

D.E. 1389-998-2016.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9 horas del 5 de octubre de 2016.—Por haberse disuelto mediante sentencia 269-2015 del 22 de setiembre del 2015 del Juzgado de Trabajo de San Ramón, la Cooperativa de Vivienda el Esfuerzo R.L., inscrita en el Registro del Departamento de Organizaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución número 998 del 1° de febrero de 1996 y con fundamento en los artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se nombra como integrantes de la Comisión Liquidadora a los señores Alejandro Marín Pacheco, cédula de identidad 1-625-756 y Jorge Enrique Chaves Villalobos, cédula de identidad 2-224-244, en representación del INFOCOOP y al señor Gina Isabel Solís Somarribas, cédula 6-0134-0728, en representación de los asociados. Se convoca a interesados para que en el plazo de 15 días hábiles, a partir de la primera publicación, hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Área de Supervisión del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Publíquese.

Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. N° 36682.—Solicitud N° 68226.—( IN2016077519 ).

D.E. Nº 1390-1363-2016.—San José, a las 9 horas del 05 de octubre del 2016. Por haberse disuelto mediante sentencia de las 8:55 horas del 29 de octubre del 2015, por el Juzgado de Trabajo de San Carlos, la Cooperativa Agrícola e Industrial de Pital R. L. (Coopevargas R. L.), inscrita en el Registro del Departamento de Organizaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante resolución número 1363, del 19 de abril del 2006 y con fundamento en los artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se nombra como integrantes de la Comisión Liquidadora a los señores Alejandro Marín Pacheco, cédula de identidad 1-625-756 y Jorge Enrique Chaves Villalobos, cédula de identidad 2-224-244, en representación del Infocoop y a la señora, Viria Rodríguez Vega, cédula 2-298-015, en representación de los asociados. Se convoca a interesados para que en el plazo de quince días hábiles, a partir de la primera publicación, hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Área de Supervisión del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Publíquese.

Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. N° 36680.—Solicitud N° 68227.—( IN2016077534 ).

D.E. N° 1391-102-2016.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 9 horas del 05 de octubre de 2016. Por haberse disuelto mediante sentencia 103 del 25 de marzo del 2015, del Juzgado de Trabajo de Liberia, la Cooperativa de Productores de Piedra Caliza R.L., inscrita en el Registro del Departamento de Organizaciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, mediante resolución número 1023, del 16 de setiembre de 1996 y con fundamento en los artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se nombra como integrantes de la Comisión Liquidadora a los señores Alejandro Marín Pacheco, cédula de identidad 1-625-756 y Jorge Enrique Chaves Villalobos, cédula de identidad 2-224-244, en representación del INFOCOOP y al  señor Víctor Fernández Mora, cédula 6-0182-0540, en representación de los asociados. Se convoca a interesados para que en el plazo de 15 días hábiles, a partir de la primera publicación, hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Área de Supervisión del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Publíquese.

Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. N° 36681.—Solicitud N° 68228.—( IN2016077536 ).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

Contrato de uso compartido de infraestructura

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que las empresas Instituto Costarricense de Electricidad y Cable Caribe Sociedad Anónima, han firmado un Contrato de Servicios de Uso Compartido de Infraestructura, el cual podrá ser consultado y reproducido en el expediente I0053-STT-INT-01655-2016, disponible en las oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark, Edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.

San José, 28 de octubre del 2016.—Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario.—1 vez.—O. C. N° OC-2307-16.—Solicitud N° 69539.—( IN2016083981 ).

Contrato de uso compartido de infraestructura

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que las empresas Instituto Costarricense de Electricidad y Cable Televisión Doble R. Sociedad Anónima, han firmado un Contrato de Servicios de Uso Compartido de Infraestructura, el cual podrá ser consultado y reproducido en el expediente I0053-STT-INT-01654-2016 disponible en las oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark, Edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.

San José, 28 de octubre del 2016.—Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario.—1 vez.—O. C. N° OC-2307-16.—Solicitud N° 69540.—( IN2016083983 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de Solera David, sus descendientes desean traspasar el derecho, además desea incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendatario:     Miguel Ángel Solera Campos, cédula 04-0076-0606

Beneficiarios:     David Solera Campos, cédula 09-0025-0150

                           Ángel Alberto Solera Ramírez, cédula 04-0146-0259

Lote N° 288, bloque I, medida 6 metros cuadrados para 4 nichos, solicitudes 356 y 352, recibo 527-c y 342-c, inscrito en folio 12, libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 23 de setiembre de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.—Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016077328 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

CORPORACIÓN PLAYA LAGARTO SOCIEDAD ANÓNIMA

Se le convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Playa Lagarto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno ocho dos tres seis cero, que se celebrará el día 8 de diciembre del 2016, en San José, Costa Rica, oficinas de Nassar Abogados, Oficentro Torres del Campo, torre uno, piso dos, ruta ciento ocho, San Francisco, Goicoechea, a las 11:30 en primera convocatoria, en caso de no concurrir el quórum de ley, se llevará a cabo la asamblea en segunda convocatoria, una hora después, con el número de socios con derecho a voto que se encuentren presentes.

En dicha asamblea se conocerán los siguientes puntos:

Discutir y aprobar o improbar los estados financieros de la sociedad, correspondientes al ejercicio del año 2016.

Aprobar o improbar los gastos extraordinarios necesarios para la ampliación del pozo y la primera fase del desarrollo del bien inmueble de la sociedad.

Aprobar o improbar el presupuesto ordinario del bien inmueble de la sociedad para el año 2017.

Se advierte a los socios que sólo podrán participar en la asamblea de accionistas aquellos socios que exhiban sus acciones originales y que estén debidamente inscritos como tales en el libro de registro de accionistas.

26 de octubre del 2016.—Carlos Rodríguez Vargas, Presidente.—1 vez.—( IN2016084083 ).

COMPAÑÍA FERNÁNDEZ Y ROHRMOSER S. A.

(Cédula jurídica: 3-101.048459)

Convocatoria asamblea general ordinaria y extraordinaria

de la Compañía Fernández y Rohrmoser S. A.

Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria a todos los accionistas el próximo veintidós de noviembre del dos mil dieciséis, a las once horas en primera convocatoria, debiendo contar con el quórum de ley para proceder y a las doce horas del mismo día en segunda convocatoria con los presente, en las oficinas de Sfera Legal, en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Pórtico, tercer piso, oficina número tres.

El orden del día será:

1.  Modificación de la cláusula segunda del pacto social de la compañía relativa al domicilio.

2.  Conocer y votar la propuesta de traslado de libros legales y documentos varios de la compañía al nuevo domicilio social.

3.  Modificación de la cláusula sexta del pacto social de la compañía relativa a las acciones.

4.  Modificación de la cláusula sétima del pacto social de la compañía relativa a la administración.

5.  Modificación de la cláusula novena del pacto social de la compañía relativa a las asambleas.

6.  Elección de la conformación de una nueva junta directiva para la compañía.

7.  Conocer y votar la propuesta de cesión del fideicomiso de la finca SJ-282119-000.

8.  Conocer y votar la propuesta de alquiler de la finca SJ-655118-000.

9.  Conocer y votar la propuesta de que la compañía acepte la deuda documentada mediante la hipoteca de Banco Davivienda de las fincas SJ-33537-F-000 y SJ-33693-F-000.

10    Conocer y votar la propuesta de pago a Fernández Aguilar Sociedad Anónima de la suma de $67.385,41 (sesenta y siete mil trescientos ochenta y cinco dólares con cuarenta y un centavos) para liberar las fincas H-139097-F-000, H-139287-F-000 y H-139288-F-000.

11.   Ratificar lo actuado por la socia Ana Lorena Fernández Rohrmoser en relación con la venta de la finca del Partido de San José, Folio Real N° 181187-000.

12.   Convocar a una nueva asamblea general de accionistas en el mes de enero de 2017 para conocer los estados financieros de la compañía, la información financiera correspondiente al año 2016, los contratos vigentes de la compañía y aprobar el presupuesto para el año 2017.

13.   Asuntos varios que los socios acuerden discutir.

En San José el primero del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Luis Alfonso Fernández Rohrmoser, Presidente.—Ana Lorena Fernández Rohrmoser, Vicepresidenta.—Isabel María Fernández Rohrmoser, Secretaria.—1 vez.—( IN2016084905 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

REPOSICIÓN DE TÍTULO ABOGADA EN DERECHO

Yo, Cindy Dayana Murillo Artavia, mayor, soltera, vecina de Tilarán, Guanacaste, Nuevo Arenal, un kilómetro al sur del cementerio, portadora de la cédula de identidad número 2-626-163, solicito la reposición de Titulo de Abogada en Derecho, por motivo de haberse extraviado el original, ante el Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica. Se solicita publicar este edicto para oír oposiciones a la reposición indicada, a partir de su última publicación.—Liberia, 5 de octubre del 2016.—Licda. Cindy Dayana Murillo Artavia.—( IN2016076254 ).

GRUPO EMPRESARIAL ESCAZÚ L Y M S. A.

Se cita a acreedores e interesados para que se presenten ante esta notaria, sita en San Antonio de Escazú, Centro Comercial El Descanso, local número ocho, dentro del término de 15 días a partir de la primera publicación de este aviso, a hacer valer sus derechos respecto a la compraventa del establecimiento mercantil denominado: Los Pooles, situado en Escazú Centro; 75 metros al norte, de la esquina noroeste, del parque de Escazú, dedicado a sala de juegos, pooles y maquinas, efectuada el día 19 de setiembre del 2016, ante esta notaria, por parte de Grupo Empresarial Escazú L Y M S. A. a favor de Los Paisajes S. A.—Escazú, 23 de setiembre del 2016.—Licda. Marta Ramírez Fonseca, Notaria.—( IN2016076326 ).

MOKALY PRODUCTIVE CORPORATION LIMITADA

Mokaly Productive Corporation Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos trescientos setenta y siete mil cincuenta y siete, con domicilio social en San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur, solicita ante El Registro de Personas Jurídicas, Sección Mercantil, Registro Público, la reposición de los siguientes libros: Registro de Cuotistas N° 1 y Asamblea General N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante dicho Registro, en el término de ocho (8) días hábiles contados a partir de la última publicación en un Diario de Circulación Nacional.—Pamela Kamer, Gerente y Representante Legal.—( IN2016076351 ).

MOKALY PRODUCTIVE CORPORATION LIMITADA

Mokaly Productive Corporation Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos setenta y siete mil cincuenta y siete, con domicilio social en San José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier cincuenta metros al sur, solicita ante El Registro de Personas Jurídicas, Sección Mercantil, del Registro Público, la reposición de los siguientes libros: Registro de cuotistas N° 1 y Asamblea General N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante dicho Registro, en el término de ocho (8) días hábiles contados a partir de la última publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Publíquese por tres (3) veces consecutivas en el Diario oficial La Gaceta.—Pamela Kamer Gerente.—1 vez.—( IN2016076353 ).

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS

La Universidad Internacional de las Américas hace constar que, ante la Oficina de Registro, se ha presentado por parte del señor Buchheim Kern Sebastian, cédula de identidad ocho cero cero siete tres cero cero cinco uno, la solicitud de reposición de su Título de Bachillerato en Administración de Empresas, emitido por esta Universidad, registrado en el libro de títulos bajo el tomo I, folio 242, asiento 4109, con fecha del 15 de diciembre del 2000. El señor Buchheim Kern Sebastian, solicita la reposición del mismo por haber extraviado el original. Se publica este edicto con el fin de escuchar oposiciones a dicha reposición dentro del término de 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se emite el presente, a solicitud del interesado, a los diez días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—Dr. Máximo Sequeira Alemán, Rector.—( IN2016076575 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

LÍNEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (LACSA), hace constar a quien interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá el siguiente certificado de acciones:

           Certificado N°                 Acciones                                 Serie

                     203                               480                                         A

                     204                               378                                         B

Nombre del accionista: Pérez Soto Vicencio. Folio N° 305.

San José, 30 de setiembre del 2016.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—( IN2016076640 ).

Mediante escritura número veintiuno-sesenta, del tomo sesenta, otorgada ante el notario público Casimiro Alberto Vargas Mora, a las 11:45 horas de hoy, la sociedad Rosario Resorts S. A., cédula jurídica N° 3-101-322388 vendió a Hart Center S. R. L., cédula jurídica N° 3-102-725981, el establecimiento mercantil de hotel y restaurante denominado Hotel Vista Ballena, ubicado en Bahía Ballena de Osa de Puntarenas. Conforme a lo dispuesto en el artículo 481 del Código de Comercio se cita a interesados y acreedores para que en el plazo de 15 días contados a partir de la primera publicación de este aviso, hagan valer sus derechos ante la Depositaria del precio, la empresa E&T Escrow & Trust Solutions S. R. L., sociedad costarricense domiciliada en San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, cincuenta metros al oeste de Disco Centro, frente a consultoría del doctor Jiménez, con cédula jurídica N° 3-102-190856.—Uvita de Osa, Puntarenas, 14 de octubre del 2016.—Lic. Casimiro Alberto Vargas Mora, Notario.—( IN2016076670 ).

UNIVERSIDAD PANAMERICANA

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Panamericana, se ha presentado la solicitud de reposición de título, por motivo de pérdida, correspondiente al Título de Bachiller en Inglés, en el grado académico de Bachillerato, registrado en el Libro de Títulos, de la Universidad Panamericana bajo en tomo 02, folio 05, Nº 4725, a nombre de Alpízar Barrantes Stephanie, cédula de identidad Nº 6-0361-0916. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación de La Gaceta.—Lic. Gina María Brilla Ramírez, Rectora.—( IN2016076731 ).

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachillerato en la Enseñanza del Inglés, inscrito bajo el tomo XI, folio 74, asiento 53749 de esta Universidad y del Título de Licenciatura en la Enseñanza del Inglés, inscrito bajo el tomo 7316, folio 1, asiento 68002 de esta Universidad, ambos títulos a nombre de Stephanie Mora Pérez, cédula de identidad Nº 701930612. Se solicita la reposición de los títulos indicados anteriormente por extravío de los originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—San José, 20 de octubre del 2016.—Departamento de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2016076770 ).

La sociedad United Motors Costa Rica S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-132383, ha cedido su nombre comercial y logotipo bajo registro 192825, a la empresa Modisuno de Centroamérica S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos diecinueve mil ochocientos ochenta y ocho, junto con el establecimiento comercial que lo emplea. Se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación, ante esta notaría a hacer valer sus derechos.—Lic. Lothar Arturo Volio Volkmer, Notario.—( IN2016077039 ).

INMOBILIARIA LOS JARDINES

Para efectos de reposición yo María Alejandra Catarinella Arrea, cédula identidad N° 1-0513-0534, en mi condición de propietaria de la acción y título N° 1268, hago constar que he solicitado a Cariari Country Club S. A., hoy Inmobiliaria los Jardines, la reposición de los mismos por haberse extraviado. Por término de la ley, se atenderán oposiciones en el Departamento de Secretaria de Junta Directiva en Cariari Country Club S. A., San Antonio de Belén, Heredia y transcurrido el mismo se procederá a la reposición.—Heredia, 20 de octubre del 2016.—María Alejandra Catarinella Arrea, Propietaria.—( IN2016077064 ).

CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL EL ALAMO

Condominio Horizontal Residencia El Alamo, cédula de persona jurídica número 3-109-478585, solicita ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público de la Propiedad, la legalización por reposición de los siguientes libros: Número dos Actas de Asamblea de Condominos, Número dos Actas de Junta Directiva y número dos de Caja. Lo anterior por haberse extraviado todos. Quien se considere afectado, puede manifestar su oposición al correo electrónico elalamocondo@hotmail.com atención Andrea Sequeira Jara, y/o ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público de la Propiedad, en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este aviso.— Luis Carlos Valverde Guerrero, cédula de identidad 1-1034-0390, apoderado de La Segunda Finca Limitada, cédula jurídica 3-102-656302.—San José, 9 de agosto del 2016.—Luis Carlos Valverde Guerrero.—( IN2016077142 ).

COSTA RICA COUNTRY CLUB S. A.

Para efectos de reposición la suscrita, Alexandra Macaya Hayes, cédula de identidad número 1-772-747, en mi condición de apoderada generalísima sin límite de suma de Ernesto Macaya Ortiz, cédula de identidad número 1-263-638, propietario de la acción N° 255 del Costa Rica Country Club S. A., cédula jurídica número 3-101-002477, hago constar que he solicitado la reposición de dicha acción, por haberse extraviado la misma. Por el término de Ley, las oposiciones podrán dirigirse a la secretaría de junta directiva, en San Rafael de Escazú.—San José, 24 de agosto del 2016.—Alexandra Macaya Hayes, Apoderada Generalísima.—( IN2016077246 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

AP POLLO

Se cita a acreedores e interesados a hacer valer sus derechos en el traspaso del nombre comercial AP Pollo, cédula jurídica 3-101-242466, que se tramita en el Registro de la Propiedad Industrial bajo el Registro N° 123503.—Lic. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, Notario.—( IN2016077612 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

TRANSPORTES L.R. PASTRAN S. A.

La suscrita, Keily Solano Araya, con cédula de identidad número 6-0356-0329, apoderada generalísima sin límite de suma de Transportes L. R. Pastran S. A., cédula jurídica 3-101-421300, comunico el extravío de los libros de Junta Directiva, Asamblea de Socios y Registro de Accionistas, por lo que informo al público en general su extravío y no asumimos responsabilidad por el uso indebido de éstos. Transcurrido el plazo de 08 días naturales a partir de esta publicación sin que se haya dado comunicación alguna al correo monicarroyo@gmail.com, procederé con su reposición.—Alajuela, seis de setiembre del dos mil dieciséis.—Keily Solano Araya, Apoderada.—Lic. Mónica Elena Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—( IN2016077383 ).

CORRALES Y SOTO SOCIEDAD ANÓNIMA

Corrales y Soto Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-152698, por motivo de extravío realiza la reposición del libro de Registro de Accionistas Número Uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el despacho competente, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Walter Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016077443 ).

LUZ ALTA DE COSTA RICA S. A.

Yo, Alonso Abdelnour Vásquez, cédula 9-0069-0785, presidente y apoderado generalísimo de Luz Alta de Costa Rica S.A., cédula jurídica 3-101-110253, solicito la reposición de los libros Mayor, Inventarlos y Balances, Diario, Actas de Asamblea General, Registro de Accionistas y de Junta Directiva por haberse extraviado, legalización 4061009082216.—San José, 9 de setiembre del 2016.—Alonso Abdelnour Vásquez, Presidente.—1 vez.—( IN2016077444 ).

AMI PHARMA ENTERPRISES SOCIEDAD ANÓNIMA

La suscrita, Emma Johanna Chaves Calderón, mayor, divorciada una vez, farmacéutica, vecina de la provincia de San José, Santa Ana, Pozos, Residencial Parque Valle del Sol, número veinticuatro, portadora de la cédula de identidad número: uno-ochocientos treinta y tres-ochocientos ochenta y seis, actuando en mi condición de Presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Ami Pharma Enterprises Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos diez mil ciento veintinueve, con domicilio social en la provincia de San José, Santa Ana Pozos, Residencial Parque Valle del Sol, número veinticinco, por este medio hago constar a cualquier tercero interesado que en vista de que los libros de la sociedad denominados: a) Actas de Asamblea General, Actas de Registro de Accionistas y Actas de Consejo de Administración; fueron extraviados, hemos procedido a reponer los mismos. Para la debida reposición de los libros se procedió a protocolizar la solicitud de reposición correspondiente ante la notaría del Licenciado Juan Pablo Bello Carranza, mediante la escritura número ciento diecisiete- diecisiete de las trece horas cuarenta minutos del diez de mayo del año dos mil dieciséis, visible al folio ciento treinta y ocho vuelto del protocolo diecisiete de dicho notario. Se emplaza a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el domicilio de la sociedad.—San José, 10 de mayo del 2016.—Emma Johanna Chaves Calderón, Presidenta.—1 vez.—( IN2016077458 ).

TRES PAREJAS SOCIEDAD ANÓNIMA

Tres Parejas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-sesenta y siete mil ochocientos cuarenta y nueve, por extravío de los Libros que lleva esta sociedad, solicita su reposición ante el Registro Nacional, exonerando a este último de cualquier responsabilidad.—Heredia, Belén, once horas del veintiuno de octubre de dos mil dieciséis.—Licda. Laura Mónica Zamora Ulloa, Notaria.—1 vez.—( IN2016077475 ).

CORPORACIÓN ARROCERA NACIONAL -CONARROZ-

La Corporación Arrocera Nacional -CONARROZ-, comunica que por acuerdo firme, tomado por la Junta Directiva en la sesión N° 720 del 3 de octubre de 2016, se dispuso: “2.1 (720-10-2016), nombrar al señor Eliecer Araya Fonseca, cédula 5-0143-0004, como presidente de la Junta Directiva de la Corporación Arrocera Nacional, para el período comprendido entre el 3 de octubre de 2016 hasta el 30 de setiembre del 2017. Publíquese. Acuerdo firme.” En virtud de lo anterior el Presidente tendrá las facultades que señala el artículo 44 de la Ley 8285.—San José 21 de octubre del 2016.—Minor Barboza Esquivel, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2016077581 ).

TRES-CIENTO DOS-SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO

MIL CIEN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Tres-Ciento Dos-Seiscientos Sesenta y Ocho Mil Cien Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y ocho mil cien, representada por Jimena Montesinos Lemus, mayor, casada una vez, ingeniera industrial, vecina de San José, Santa Ana, Condominio Trocadero, del Restaurante Bacchus, doscientos metros al este, novecientos metros al norte y trescientos metros al oeste, cedula de residencia número uno cuatro ocho cuatro cero cero uno cinco nueve tres tres tres, en su calidad de gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, solicita la reposición de los siguientes libros legales: Registro de Cuotistas (N° 1), Actas de Asamblea de Cuotistas (N°1).—San José, 20 de octubre del 2016.—Jimena Montesinos Lemus.—1 vez.—( IN2016077609 ).

LATICRETE DE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Laticrete de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cuatro mil seiscientos seis, solicita ante el Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros de Registro de Accionistas número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro de Personas Jurídicas dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Luis Alfonso Fernández Rohrmoser, Presidente.—1 vez.—( IN2016077636 ).

DISTRIBUIDORA VILLA MAR KC S. A.

La suscrita notaria Alejandra Jaen Hernández, da fe que mediante escritura número treinta y cuatro del tomo nueve del protocolo de la notaria Ana Gabriela Acevedo Rivera, visible al folio dieciocho vuelto de las nueve horas del diecisiete de octubre del dos mil dieciséis, Distribuidora Villa Mar KC S. A., cédula tres-ciento uno-cuatrocientos veintiún mil diez, se solicita reposición del libro de Registro de Accionistas.—Liberia, 24 de octubre del 2016.—Licda. Alejandra Jaen Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2016077964 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Al ser las diecinueve horas cuarenta y cinco minutos del día seis de mayo del dos mil dieciséis, se reforma las cláusulas primera, segunda, cuarta, quinta, sétima, décima, y se realiza cambio de junta directiva, de la empresa: Centro Comercial Alianza Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiocho mil trescientos noventa y ocho, por medio de escritura otorgada ante el notario público Alexander Elizondo Quesada.—Lic. Alexander Elizondo Quesada, Notario.—( IN2016079302 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura Nº 48 otorgada ante el suscrito notario, se constituyó el 19 de octubre 2016, la sociedad con domicilio en San José, Curridabat, de los semáforos supermercado Wal-Mart, 100 metros norte y 100 metros este, residencial Torres de Pinares, torre C, apat. 07, Inversiones Nutritica Araguaney Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital: suscrito y pagado, siendo el gerentes uno, gerente dos, y gerente tres, los apoderados generalísimos sin límite de suma; los señores María Antonieta, María Teresa, ambas Canzanese Di Silvestre, y Jesús Eduardo Alustiza Rosales.—San José, 21 de octubre 2016.—Lic. José Luis Acosta Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016077332 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11 horas del 21 de octubre del 2016, se aumenta el capital social de la sociedad Plantel Calle San Martín Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Max Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2016077347 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas del 7 de octubre de 2016 escritura número16-8 del tomo octavo de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Energías Limpias H Dos Limitada, acta de las 13:00 horas del 20 de setiembre del 2016 mediante la cual se acuerda modificar la cláusula octava referente a la administración de gerentes, se procede a nombrar un gerente.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—( IN2016077348 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 12:00 horas del 19 de octubre de 2016, escritura Nº 8-12 del tomo doce de mi protocolo, protocolicé el acta número uno de la sociedad 3-102-723638 SRL, acta de las 9:00 horas del 9 de setiembre del 2016, mediante la cual se acuerda modificar el artículo primero referente al nombre de la sociedad para que en adelante sea denominada Six Sandals In The Sand Limitada.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—( IN2016077349 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diecinueve horas del veintidós de octubre del dos mil dieciséis, el señor Luis Ángel Sequeira Hernández y la señora Roxana Arrieta Bogantes, constituyen la sociedad anónima de esta plaza Muebles y Estructuras Mobiliarias del Este Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: cien dólares. Presidente: Luis Ángel Sequeira Hernández.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016077361 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, al ser las diecinueve horas del día veinte de octubre del año dos mil dieciséis, el señor Jorge Salas Solano y la señora Mayra Salas Solano, constituyen la sociedad anónima de esta plaza Grupo Dasosa S Y S Sociedad Anónima. Plazo social: cien años. Capital social: cien dólares. Presidente: Jorge Salas Solano.—San José, 21 de octubre del 2016.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario Público.—1 vez.—( IN2016077362 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, a las dieciséis horas del veinte de setiembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Dialo Investments Sociedad Anónima. Se reforman las cláusulas quinta, octava y novena. Se modifica las cláusulas octava y novena de los estatutos. Se nombra nueve junta directiva.—San José, 20 de setiembre del 2016.—Lic. Ana Victoria Mora Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016077365 ).

Mediante escritura de las 9:00 horas del 14 de octubre del 2016, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza Global Directories Costa Rica S. A., mediante la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula primera, se nombran secretaria, tesorera de la junta directiva y fiscal, se nombra agente residente.—San José, 14 de octubre del 2016.—Lic. Alberto Francisco Alfaro Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016077366 ).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Luma & Medical Sociedad Anónima, cuya actividad es la agricultura, industria y el comercio en general, para tal fin podrá realizar cualquier acto de comercio, pudiendo dar y recibir en propiedad fiduciaria, el plazo social es de cien años, cuyos representantes son Luis Felipe Calvo Arias, Martha Eugeni Calvo Rivas y Josué Ledezma Ruiz, y fue constituida el siete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Walter Solís Amén, Notario.—1 vez.—( IN2016077378 ).

Por escritura número cuarenta y cuatro otorgada a las 13:00 horas del 21 de octubre del 2016, se nombra nueva junta directiva de Study Exchange S. A., cédula jurídica 3-101-640227.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—( IN2016077379 ).

El suscrito notario Erwin Alan Seas, en escritura número cuatrocientos veintisiete de tomo trece del día dieciséis de setiembre a las trece hora dos mil dieciséis su protocoliza acta número dos de Súper Plaza Comonial S. A., con cédula de persona jurídica tres ciento uno seis uno cinco dos seis seis. En su domicilio social se hace cambio de junta directiva. Se publica la presente por si hay terceros que se opongan o no estén de acuerdo.—San José, catorce de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Erwin Alan Seas, Notario.—1 vez.—( IN2016077396 ).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Kumi Internacional Automotriz S. A.—Escazú, 20 de octubre del 2016.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—( IN2016077397 ).

Ante mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada a las 9:00 horas del 22 del 03 de 2016 se constituyó la sociedad denominada: Eco Finca Arte de Madera Sociedad Anónima, presidente: Andrzej Buczylko, capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio social: El domicilio social será la ciudad de: Cartago, Turrialba, La Suiza, kilómetro y medio ingenio Atirro, a mano izquierda.—Turrialba, 24 de octubre del 2016.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—( IN2016077404 ).

En escritura pública otorgada ante esta notaria se constituyó la sociedad denominada Busma Tica Sociedad Anónima, su presidente es Eric Badilla Castro.—San José, 19 de octubre del 2016.—Lic. Manuel Hernández Rivera, Notario.—1 vez.—( IN2016077422 ).

En escritura pública otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Huetares de la Bajura Sociedad Anónima, su presidente es Kattia Cristobalina Vallejos Cerdas.—San José, 21 de octubre del 2016.—Lic. Manuel Hernández Rivera, Notario.—1 vez.—( IN2016077423 ).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de Electro Zona S. A., cédula jurídica N° 3-101-104454, en la que se realizó cambio de domicilio social. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, once horas veinticinco minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016077424 ).

Por escritura número doscientos del tomo tercero de mi protocolo, se constituyó la sociedad denominada Electroequipos, S. A. Presidente: Miguel Ángel González López; secretaria: Luisaura Tabares Hernández; tesorera: Miriam Claret Hernández Escobar y fiscal: Víctor José Tabares Díaz. Notario: Randall Arias Oreamuno, teléfono 8338-6332.—Santa Ana, veintidós de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2016077425 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, la sociedad: HVC Finanzas & Construcciones Sociedad Anónima, cambió su junta directiva.—San José, a las once horas veinte minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis.—Master Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—( IN2016077427 ).

Ante el notario público Guillermo Valverde Schmidt, mediante escritura otorgada a las diez horas del veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, denominada Lloclle Group Sociedad Anónima.—Cartago, a las quince horas del veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Notario Público.—1 vez.—( IN2016077428 ).

Ante el notario público Guillermo Valverde Schmidt mediante escritura otorgada a las dieciocho horas del veintidós de octubre del año dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Hatillo, frente a la Iglesia Virgen de Fátima, Casa Víquez Casavi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Cartago, a las siete horas del veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis.—Guillermo Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—( IN2016077429 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del veintisiete de setiembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea de la empresa Cordero Brothers S. A., en la que se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo, cambiando el domicilio de la mercantil.—San Isidro, Pérez Zeledón, 21 de octubre del 2016.—Lic. Geovanny Cordero Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016077431 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas quince minutos, del veintisiete de setiembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea de la empresa Inversiones Los de La Young S. A., en la que se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo, cambiando el domicilio de la mercantil.—San Isidro, Pérez Zeledón, 21 de octubre del 2016.—Lic. Geovanny Cordero Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016077432 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas treinta minutos, del veintisiete de setiembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea de la empresa A la Orden de Buenos Aires S. A., en la que se acordó reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo, cambiando el domicilio de la mercantil.—San Isidro, Pérez Zeledón, 21 de octubre del 2016.—Lic. Geovanny Cordero Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016077433 ).

Los socios de la empresa Construyendo Fortalezas de Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil ochocientos veintiocho, acuerdan disolver dicha sociedad, dejando constando que la misma es inactiva y que no tiene ninguna obligación con ningún acreedor y que no existen pasivos ni activos.—Cartago, 21 de octubre del 2016.—Lic. Minor Álvarez López, Notario.—1 vez.—( IN2016077439 ).

En mi Notaría al ser las catorce horas del veintidós de octubre de dos mil dieciséis, se protocolizó el acta número siete de asamblea general extraordinaria de socios de Soluciones Tecnológicas Empresariales STE Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta y siete mil ciento ochenta y seis, en la cual se modifica la cláusula sétima de la administración y junta directiva. Es todo.—San José, veintidós de octubre de dos mil dieciséis.—Licda. Josselyn Tropper Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016077442 ).

En acta de asamblea de socios, debidamente protocolizada en escritura pública de las 19:00 horas del 13 de octubre del 2016 del notario Armando Céspedes Abarca, se nombra nueva junta directiva de la empresa Servicios de Salud Chavarría y Asociados S.A., y se reforman las cláusulas primera, segunda y tercera del estatuto de la sociedad.—Lic. Armando Céspedes Abarca, Notario.—1 vez.—( IN2016077445 ).

Por escritura otorgada ante mí el día de hoy, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de San Juanillo del Este Sociedad Anónima, por la cual se nombra junta directiva.—San José, 21 de octubre de 2016.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2016077446 ).

Por escritura número trescientos veintitrés de las dieciocho horas del diecisiete de octubre en curso, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Corporación Albas del Cacao S.A. Nombrando Vicepresidente y reformando la cláusula octava de los estatutos.—Alajuela, 24 de octubre del 2016.—Lic. Ramiro Castro Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016077448 ).

Por escritura otorgada a las veintiún horas cero minutos del cinco de julio del dos mil dieciséis, ante esta Notaría se solicitó constitución de sociedad anónima mediante asamblea general ordinaria constitutiva de accionistas, que se denominará Inpro Telecom Sociedad Anónima. Es todo.—San José, siete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. José David Moya Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2016077450 ).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis, ante esta notaria se solicitó protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Unlimited Soft Group Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-uno cero uno-seis seis seis dos cuatro cero, donde se cambia de denominación social a Hornos y Equipos Carlos Navarro Sociedad Anónima, cambio de domicilio, cambio de junta directiva y capital social. Es todo.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. José David Moya Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2016077451 ).

Mediante escritura número treinta y cuatro-uno, otorgada por los notarios públicos Pedro González Roesch, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, a las dieciséis horas del veintiuno de octubre de dos mil dieciséis, actuando en el protocolo del primero, se fusionan las sociedades Corrugadora de Costa Rica, S.A. y Smurfit Kappa Costa Rica S. A., prevaleciendo Corrugadora de Costa Rica S. A.—San José, 21 de octubre del 2016.—Lic. Pedro González Roesch, Notario.—1 vez.—( IN2016077452 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del día 24 de octubre de 2016, la sociedad denominada Inversiones O.S.S de Costa Rica Sociedad Anónima. Reforma a la cláusula de la representación.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016077469 ).

Por escritura otorgada ante la notaria Sonia Corella Céspedes, a las quince horas del doce de octubre de dos mil dieciséis, se constituye la fundación Pasos de Fe y Esperanza. Plazo veinte años, cinco directores, domicilio Alajuela, objeto social amplio.—Licda. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2016077474 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, se disuelve la sociedad Sociedad Agencia de Seguros Protección de Vida Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y cuatro mil sesenta y cuatro. Escritura otorgada el 06 de junio de 2016.—Licda. Paola Alvarenga Barragán, Notaria.—1 vez.—( IN2016077480 ).

Por escrituras de doce y trece horas de hoy, por su orden, protocolicé actas de asambleas de socios de Repuestos Exclusivos S. A. y El Defensor de Famagurta S. A., en la cual reforma sus estatutos.—San José, 21 de octubre del 2016.—Licda. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—( IN2016077496 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del trece de octubre del año dos mil dieciséis, Inversiones Vialka Dieciséis Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-717958, reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo, de la administración y vigilancia, para limitar la representación.—San José, 21 de octubre de 2016.—Lic. Alonso Oviedo Betrano, Notario.—1 vez.—( IN2016077531 ).

Por escritura: doscientos veintitrés- seis, del tomo seis del protocolo del suscrito notario, de las 15:00 horas del 22 de octubre de 2016, se ha protocolizado acta de asamblea general extraordinaria que modifica las cláusulas del pacto constitutivo: Primero: nombre, para que en adelante se denomine: Montezuma Vip Travel Sociedad Anónima, que se traduce al español: Viajes VIP Montezuma Sociedad Anónima, cuyo número de cédula jurídica es: 3-101-488865, y cuarta: objeto, y se modifica nombramiento de junta directiva.—Cariari, Pococí, 15:00 horas del 22 de octubre de 2016.—Lic. Giovanni J. Jiménez Montero, Notario.—1 vez.—( IN2016077538 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría, en San José a las diez horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Etnialocal Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula décima de los estatutos.—San José, veintiuno de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2016077544 ).

El suscrito notario da fe que a las diez horas del trece de octubre del dos mil dieciséis, se consignó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Consorcio Boma Inpasa Cicsa Alatec S. A., cédula jurídica tres ciento uno seiscientos sesenta y cuatro mil ochocientos sesenta y dos, en la que se acuerda reformar la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, catorce de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016077553 ).

A las ocho horas del veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis, mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, se constituyó una sociedad anónima cuya denominación será su número de cédula de persona jurídica, con base al Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-J. Capital suscrito y pagado de diez mil colones. Domicilio: Santa Ana, provincia de San José.—San José, veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Irene María Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2016077560 ).

Yo, Oscar Brealey Myers, casado dos veces empresario, cédula uno siete cero uno siete dos tres, vecino de Río Cuarto de Grecia, en mi condición de presidente y representante judicial y extrajudicial sin límite de suma de Palmeras del Paraíso Tropical la Ceiba Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-450207, se convoca asamblea general extraordinaria a celebrarse en su domicilio social a las ocho horas del veintidós de noviembre del dos mil dieciséis.—Río Cuarto, Grecia.—Lic. Óscar Brealey Myres, Notario.—1 vez.—( IN2016077568 ).

Por escritura número doscientos diecinueve-doce otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Hapag Lloyd Costa Rica Sociedad Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo, se reorganiza la junta directiva y se revocan y otorgan poderes.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Yuri Herrera Ulate, Notario.—1 vez.—( IN2016077573 ).

Mediante escritura otorgada número trescientos sesenta y uno, folio ciento ochenta y cinco frente, tomo decimocuarto, de esta notaría al ser las diecisiete horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis, se modifica del pacto social de la empresa DVCP Olivo Verde Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento uno-siete uno cinco uno tres uno, las cláusulas primera, quinta y décima. Presidente el señor Felipe Muñoz Alfaro. Es todo.—San José, veinte de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Ileana Arguedas Maklouf, Notaria.—1 vez.—( IN2016077574 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría las doce horas del treinta de agosto del dos mil dieciséis. Juan Carlos y Diana ambos Bermúdez Villalobos, constituyen sociedad anónima con nombre Las Tierras de Nissi Sociedad Anónima. Domiciliada en San José, Alajuela, San Antonio. Representación: presidente apoderado generalísimo sin límite de suma.—Coronado, 2 de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Fernando González Medina, Notario.—1 vez.—( IN2016077582 ).

Mediante escritura N° 17, a las 13 horas con 00 minutos del 18 octubre del 2016, se rectifica el nombre de la sociedad denominada Twoo Yoon Sociedad Anonima, cedula jurídica 310172568, por el nombre Two Yoon Sociedad Anónima y se cambian los personeros Younghwan Kim y al señor Lamhwi Lee, por medio de la cual se acuerda: nombrar como fiscal al primero y presidente al segundo por el resto del plazo social de dicha sociedad.—San José, 18 de octubre del 2016.—Licda. Alexandra Sánchez Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2016077583 ).

Mediante escritura ante mi otorgada en San José, a las nueve horas del catorce de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó Remodelaciones Ave Fénix E.I.R.L. Gerente Bleimer Mendoza Sánchez, cédula 6-0344-0413.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2016077594 ).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, se modificó la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad Nueces Industriales Sociedad Anónima.—San José, 21 de octubre del 2016.—Lic. Federico Jenkins Moreno, Notario.—1 vez.—( IN2016077610 ).

Por escritura ciento setenta y dos, otorgada ante la notaria pública Carolina Ulate Zárate, a las diecinueve horas treinta y cinco minutos del trece de octubre del dos mil doce, se acordó la disolución de la sociedad denominada H & V Consultores Informáticos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Heredia, 13 octubre del 2016.—Licda. Carolina Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—( IN2016077613 ).

Que ante esta notaría, se tramita la inscripción de la compañía Grupo RS S. A., domiciliada en Puntarenas, Ciudad Cortés de Osa, Ojo de Agua, en Súper y Carnicería Ojo de Agua, con un capital social de diez mil colones.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—( IN2016077618 ).

Mediante escritura N° 3, visible a folio 3 frente del tomo 56 de mi protocolo, otorgada en Puntarenas, Garabito, Jacó, a las 13:00 horas del 16 de octubre de 2016, Fabián Octavio Hernández Mena, con cédula de identidad N° 1-1305-0761, constituyó Sky Tower Entertainment E.I.R.L., con domicilio empresarial en Puntarenas, Garabito, Jacó, edificio Vistas Las Palmas, apartamento N° 12. Gerente: Randy James Ignacio, con cédula de residencia N° 184000442929.—Heredia, 21 de octubre del 2016.—Lic. Juan Carlos Camacho Sequeira, Notario.—1 vez.—( IN2016077622 ).

Asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Clinic Inova Healt Laser Center Sociedad Anónima, domiciliada en la ciudad de San José, Pavas, cédula jurídica número tres-ciento uno-siete uno dos seis siete seis, informa cambio de junta directiva, es todo.—San José, 19 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Ruiz González, Notario.—1 vez.—( IN2016077624 ).

El notario firmante Alonso Serrano Mena, hace constar que en esta notaría se tramita disolución de la empresa Kellanch Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y seis mil quinientos cuarenta y siete, domiciliada en Heredia, San Rafael, Concepción, doscientos metros este y quinientos metros al noreste del abastecedor Camacho. Es todo.—San José, 23 de octubre del 2016.—Lic. Alonso Serrano Mena, Notario.—1 vez.—( IN2016077637 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 18 de octubre del 2016, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Dental World Centro América Sociedad Anónima, se acuerda nombrar vocal dos: y modifica cláusula de administración, es todo.—San José, dieciocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—( IN2016077638 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 10 de octubre del 2016, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Verde Monte del Oeste L.V.M. Sociedad Anónima, se acuerda nombrar junta directiva; y modifica cláusula de administración. Es todo.—San José, diez de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—( IN2016077639 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:00 horas del 22 de setiembre del 2016, se procede a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Auto Veloz Sociedad Anónima, se acuerda nombrar junta directiva; y modifica cláusula de administración. Es todo.—San José, veintidós de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Francisco Arturo Arias Mena, Notario.—1 vez.—( IN2016077640 ).

La suscrita Kora Ana Arias Cortés notaria pública da fe y hace constar que ante esta notaría escritura número ciento ochenta y dos, folio ciento treinta y dos frente, el día veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis a las doce horas con treinta minutos, se constituyó ante esta notaría la sociedad Inversiones Rogri E.M.J. S. A., capital social 10.000 mil colones. Es todo.—San José, veinticuatro de octubre 2016.—Licda. Korana Arias Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2016077647 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 15:40 horas del 20 de octubre de 2016, protocolicé acta de 3-102718285 Ltda., de las 08:00 horas del 17 de octubre de 2016, mediante la cual, se acuerda modificar la cláusula sexta.—Licda. Flory Gabriela Arrieta Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2016077651 ).

Por escritura N° 233-10 otorgada en esta notaría, a las nueve horas del 19 de octubre del 2016, se realizan cambios en la junta directiva y en el domicilio social de la compañía Laquesis S.A.—Alajuela, 19 de octubre del 2016.—Lic. Óscar Gabriel Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—( IN2016077655 ).

Por escritura número doscientos treinta y ocho del tomo ocho de mi protocolo, se protocolizó el cambio de junta directiva de Negocios T.R.B. S.R.L.—San José, 13 de octubre de 2016.—Licda. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016077656 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del dos de abril del año en curso; se constituyó la sociedad denominada: Farming Tow Sociedad Anónima. Presidente: Álvaro Michor Anson, con cedula siete-cero cero sesenta-ochocientos veintiséis. Capital: un millón quinientos mil colones. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. José Llibre Romero, Notario.—1 vez.—( IN2016077658 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, la sociedad de esta plaza Nutting´s Flycatcher S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos diez mil quinientos quince, reforma las cláusulas segunda del domicilio y sétima de la administración de los estatutos y nombra nueva junta directiva.—Grecia, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Adrián Alfaro Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016077663 ).

La suscrita notaria, a las 11:00 horas del 25 de julio del 2016, hace constar que en el acta número cuatro debidamente firmada, a las diez horas del primero de junio del dos mil dieciséis, se acepta la renuncia del secretario y el fiscal de la sociedad Brands Market Sociedad Anónima, revocación y nuevo nombramiento del secretario y fiscal de la junta directiva. Es todo.—San José, 19 de octubre del 2016.—Licda. Erika Esquivel Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2016077666 ).

Mediante escritura número tres del tomo nueve de mi protocolo, a las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Consorcio Litográfico Herediano S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero ochenta y cinco mil ciento treinta y cinco, donde se modificó cláusula novena de la administración, se revocó y nombró nuevo secretario, se nombró vicepresidente y se revocó y nombró nuevo fiscal. Es todo.—Heredia, a las nueve horas y cinco minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Ronny Esteban Retana Moreira, Notario.—1 vez.—( IN2016077668 ).

Ante esta notaría, por escritura de las diecisiete horas del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se modifica la cláusula quinta del capital social de la sociedad anónima denominada Transportes Turísticos Arenal Azul V I P.—La Fortuna, 22 de octubre del 2016.—Lic. Luis Alejandro Rodríguez González, Notario.—1 vez.—( IN2016077672 ).

La suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaria se modificó la cláusula de la representación de la sociedad Peko Internacional Sociedad Anónima.—Puntarenas, 10 de octubre 2016.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2016077675 ).

La suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaria se modificó la cláusula sétima de la representación de la sociedad Pesquera Manglares de Puntarenas Sociedad Anónima.—Puntarenas, 10 de octubre del 2016.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2016077676 ).

Ante Fernando Mena Alvarado, notario público con domicilio en Grecia Centro- Alajuela, 125 metros norte de Perimercados, y mediante el acta uno, la señora: Linda Margaret Soronen, pasaporte Estadunidense: 474049419, y debidamente autorizada procedió a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad: Madre Linda Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula 3-102-625866, celebrada en el domicilio de la sociedad, a las 8 horas del 26/01/2012, y se acordó cesar a dicha sociedad de su giro comercial, y por consiguiente disolverla.—Grecia 20/10/2016.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2016077677 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las doce horas del día veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, la sociedad Inversiones Odessa HGS Sociedad Anónima, cambió su junta directiva.—San José, a las doce horas cinco minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis.—Master Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—( IN2016077692 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas treinta minutos del día veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis, la sociedad: Comercializadora Sebasvarg Sociedad Anónima, cambió su junta directiva.—San José, a las once horas cuarenta minutos del veintiuno de octubre del año dos mil dieciséis.—Master Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—( IN2016077697 ).

Ante esta notaría, por escritura número ciento cuarenta y siete otorgada a las ocho horas día veintiuno de octubre del dos mil dieciséis se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Condominio Vivendis Abeto Blanco I Sociedad Anónima. Se modifican las cláusulas segunda, sétima y se nombra nueva junta directiva.—Alajuela, 21 de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Melba Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2016077701 ).

Por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del catorce de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad Fort Bridge International School S. A..—Alajuela, dieciocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—( IN2016077705 ).

Ante notario Álvaro Arguedas Durán, se constituye la sociedad Agroindustrial Plato S. A., capital social la suma de diez mil colones, domicilio San José, Ciudad Colón Centro Comercial Plaza Colón local catorce.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Álvaro Arguedas Durán, Notario.—1 vez.—( IN2016077714 ).

Los señores Óscar Luis Alfaro Alfaro y Edward Raymon Harrison, constituyen la sociedad denominada Ganadería O.T. Sociedad Anónima, capital cien mil colones. Escritura otorgada en la ciudad de San José, al ser las 10 horas del 20 de octubre del 2016, ante el notario público Wagner Chacón Castillo.—Lic. Wagner Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016077751 ).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las trece horas del veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Baxter Export Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos de la compañía.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2016077760 ).

Distribuidora Materias Primas Belén Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-siete dos cuatro uno ocho ocho, comunica que reformó cláusula segunda y octava del acta constitutiva, y nombró vicepresidente.—Belén, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2016077768 ).

Por escritura número ciento setenta y ocho otorgada ante mí, a las catorce horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Nutfruit Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula decima octava de la vigilancia.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2016077791 ).

Por escritura número ciento setenta y nueve otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Tecnoagro Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó reformar la cláusula décima cuarta de la vigilancia.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2016077793 ).

Que en la asamblea extraordinaria de la compañía Corporación Solyluz KRKR S.R.L., a las diez horas del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, en la ciudad de Tamarindo, se acordó realizar cambio en la cláusula de la administración de la compañía. Es todo.—20 de octubre del 2016.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—( IN2016077794 ).

Por escritura otorgada ante el notario público Gabriel Castro Benavides, a las 15:00 horas del 20 de octubre del 2016, se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración de los estatutos de la compañía Darwin Zone S. A., con cédula jurídica 3-101-625184.—San José, 20 de octubre del 2016.—Lic. Gabriel Castro Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2016077826 ).

Por escritura 328, a folio 167 frente del protocolo 12 de notario Marlon Arce Blanco, a las 14 horas con 30 minutos del 19 de setiembre del año 2016, se acordó la reforma del estatuto constitutivo en su cláusula octava de la sociedad Maderas de la Nueva Lucha S. A., cédula jurídica 3-101-332199.—Lic. Marlon Arce Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016077830 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas de hoy, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de Catarata Rio Celeste P & S Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, sexta y novena del pacto social, y se nombra nueva junta directiva.—Ciudad Quesada, 22 de octubre de 2016.—Licda. Heylen Zamora Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016077831 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del veintiuno de octubre de 2016, se protocolizaron acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada El Tucán S. A., se reformó la cláusula segunda del domicilio de la sociedad, y la cláusula quinta del capital social de la sociedad. Es todo.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. Luis Antonio Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016077833 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaría, en la ciudad de San José, a las quince horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Totoymeli Sociedad Anónima. Plazo social: cien años, capital social totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—( IN2016077835 ).

Por escritura trescientos treinta y uno, ante el notario Público Roberto Marín Segura, en su protocolo se constituyó la sociedad Destrucción de Documentos Recolección de Reciclaje Remas pudiendo abreviarse en S. A..—Heredia, 25 de octubre del 2016.—Lic. Roberto Antonio Marín Segura, Notario.—1 vez.—( IN2016077837 ).

Por escritura otorgada en mi notaría las 8:00 horas del día de hoy, se constituyó Kadonay S. A. Capital pagado. Domicilio: Alajuela, San Mateo. Objeto: desarrollo proyectos inmobiliarios. Presidente, secretario y tesorero apoderados generalísimos.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2016077839 ).

Que en asamblea extraordinaria de socios de la sociedad José Chanel Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento ochenta y tres mil ciento cincuenta, celebrada el siete de octubre del dos mil dieciséis, se acordó modificar la junta directiva y la cláusula de la administración.—Quepos, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Marcela Artavia Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2016077841 ).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Vaglio y Rivas S. A., con cédula jurídica 3-101-297750, celebrada a las veinte horas del siete de agosto del dos mil catorce, celebrada en su domicilio social Cartago, Cartago, urbanización la Joya, casa ocho D, mediante la cual se reforman la cláusula de administración del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva y fiscal; por el resto del plazo social. Nombramientos presidente Margarita Mora Vaglio, cédula 3-0370-0762, secretario Arnoldo Mora Vaglio, cédula 3-0357-0903, tesorero Víctor Mora Vaglio, cédula 3-0347-0852 y Fiscal Marcia Vaglio Rivas, cédula 3-0162-0064. Escritura otorgada en San José, a las ocho horas del veintisiete de noviembre del dos mil catorce.—Licda. Flora Virginia Alvarado Desanti, Notaria.—1 vez.—( IN2016077842 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 20:30 horas del 24 de octubre de 2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de JCE Belina S. A., donde se cambia cláusula de administración.—San José, 24 de octubre de 2016.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016077850 ).

Por escritura número sesenta y nueve otorgada ante esta notaría, a las 11:45 horas del 20 de octubre del 2016, Altus Consulting S. A., cédula jurídica 3-101-481987, modifica la cláusula sexta del pacto social.—San José, 20 de octubre del 2016.—Lic. William Sequeira Solís, Notario.—1 vez.—( IN2016077851 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito, a las veintiún horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Loft en Escazú Seis Cero Dos-Dos Mil Doce S. A.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Mauricio Chinchilla Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2016077852 ).

Por escritura número setenta, otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 20 de octubre del 2016, Grupo C B Dos S. A., cédula jurídica 3-101-615596, modifica la cláusula sexta del pacto social.—San José, 20 de octubre del 2016.—Lic. William Sequeira Solís, Notario.—1 vez.—( IN2016077853 ).

El notario público que suscribe debidamente autorizado para tal efecto, a las diez horas del dieciocho de octubre de dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Doña Carla de la Lomita S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos quince mil setecientos cuarenta y siete, donde se modificó el pacto social.—Cóbano de Puntarenas, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2016077862 ).

Por escritura por mí a las 17 horas del 24 de octubre del 2016, se protocolizaron las actas de asambleas generales ordinarias y extraordinarias de socios de las compañías denominadas Casita Eclipse Doscientos Tres S. A., Inversiones Azul de San José S.A. y Eclipse de Nacar S. A., mediante las cuales se acordó su fusión por absorción, prevaleciendo Eclipse de Nacar S. A., para todos los efectos legales. Asimismo, producto de la fusión, se modifica la cláusula quinta del capital de dicha entidad.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016077863 ).

Por escritura número 31, otorgada a las 15 horas del de hoy, ante notario público Roberto León Gómez, se protocolizó el acta de Bloques Titán S. A., donde se modificó la totalidad de los estatutos de la sociedad.—San José, 24 de octubre, 2016.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2016077866 ).

Por protocolización de acta ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Multinversionesterenoa M T N Sociedad Anónima S.A., cédula jurídica número tres - ciento uno - cuatrocientos sesenta y nueve mil setecientos ochenta y ocho, se modifican cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo, se nombra nuevo presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, diez horas del veintitrés de setiembre de dos mil catorce.—Lic. Javier Villalta Solano, Notario.—1 vez.—( IN2016077867 ).

Ante esta notaría, a las doce horas del día de hoy se constituyó la sociedad Kontiki Quinientos Seis SRL, plazo social: cien años, capital social: diez mil colones, Gerente: Roberto Ramírez Cordero.—San José, 20 de octubre del 2016.—Lic. Francisco Quijano Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016077869 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la reunión de cuotistas de Propertyshelf Limitada, cédula jurídica número 3-102-482079. Se reformó la cláusula del domicilio, así como la de la representación y administración. Es todo.—San José, veinticuatro de octubre del 2016.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2016077889 ).

Ante esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Jiménez Ávila Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno- quinientos treinta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco. Se eligen miembros de junta directiva y fiscal. Se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Palmares, 21 de octubre, 2016.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016077900 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Bastirma S.A., cédula jurídica N° 3-101-703889 y acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Parqueo La Fábrica S. A., cédula jurídica N° 3-101-289872. Producto de lo anterior la primera sociedad absorbe a la segunda y consecuentemente se modificó en aumento el capital social de la primera. Es todo.—San José, 21 de octubre del 2016.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2016077902 ).

En esta notaría, se ha protocolizado acta de asamblea general de socios de Inmobiliaria Var Cha M Y G Sociedad Anónima, cédula 3-101-309836, realizada a las trece horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, en donde se acuerda la disolución de la sociedad a partir del día de la fecha de la asamblea. Acuerdo al amparo de lo establecido en el inciso d), artículo doscientos uno del Código de Comercio. La presente publicación se realiza para los efectos del artículo doscientos siete del Código de Comercio.—Palmares, 25 de octubre del 2016.—Lic. Albino Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2016077903 ).

La suscrita Marta Emilia Rojas Carranza, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad denominada Corporación W L A San Car Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-doscientos setenta y cuatro mil quinientos setenta y cinco, para disolver dicha sociedad por no haber activos ni pasivos. Es todo.—Palmares, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Marta Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—( IN2016077905 ).

Por escritura número 183 otorgada en mi notaría, a las 08:00 horas del 24 de octubre de 2016, se reforma la cláusula de la Representación y Administración, correspondiente a la empresa 3-101-672081 Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-672081.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. José Fernando Fernández Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2016077906 ).

Por escritura otorgada ante la notaria pública Carolina González Víquez, a las 10:00 horas del 24 de octubre del 2016, Rene Enrique Martínez Valdivia y Melissa Delgado Cabalceta constituyen R Y M Acabados Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Santa Ana, Pozos, de la antigua Guardia Rural, cuatrocientos metros al este. Se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—San José, 24 de octubre del 2016.—Licda. Carolina González Víquez, Notaria.—1 vez.—( IN2016077908 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las doce horas del 24 de octubre del 2016, se protocolizó acta que aprueba la modificación de la cláusula quinta de administración de la Sociedad Anónima: Comercial Megatón S. A., por acuerdo tomado entre los socios, de lo cual esta notaria da fe.—Alajuela, 24 de octubre del 2016.—Licda. Mariela Paniagua Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2016077910 ).

Por escritura ciento veintisiete, tomo número dos de mi protocolo, otorgada en San José, a las nueve horas del trece de octubre, dos mil dieciséis, se reforman los estatutos de la sociedad, CCC Arquitectos, Domicilio y representación.—Lic. Yesenia Navarro Montero, Notario.—1 vez.—( IN2016077911 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, la sociedad Sendero de Shanti Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-setenta trece treinta y seis, reforma la cláusula quinta, la cláusula octava de los estatutos y hace nuevos nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Zúñiga Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016077915 ).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 14:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta N° 2, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Ecopolis S. A., mediante la cual se acuerda reformar el nombre, el objeto, la administración y se nombra nuevo secretario, tesorero, fiscal y agente residente por el resto del plazo social.—San José, 21 de octubre del 2016.—Licda. Marcela Corrales Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016077920 ).

En mi notaría, a las 9 horas del 25 de octubre de 2016, se constituyó sociedad Corsan & Zap Technologies S. A. Capital social: veinte dólares. Presidente es apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Max Eduardo Bastos Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2016077924 ).

Escritura otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 21-10-2016, de la S. A. Tres-Ciento Uno-Siete Uno Nueve Cuatro Seis Seis Sociedad Anónima. Presidente: Álvaro Enrique Esquivel González.—Lic. José Rodrigo Serrano Masis, Notario.—1 vez.—( IN2016077934 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veinticuatro de junio dos mil dieciséis, se modifica cláusula décima del pacto social de Arrendadora La Tronta S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil trescientos cinco.—Lic. Ricardo Javier Hidalgo Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2016077943 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, se nombra junta directiva y modifica cláusula novena del pacto social de Ital Air S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cincuenta y tres mil quinientos treinta y cuatro.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2016077947 ).

Yo, Allan Artavia Solís, notario público con oficina abierta en San José, hago constar que mediante la escritura número cuarenta y seis-tres, otorgada ante esta notaría a las catorce horas cuarenta minutos del seis de octubre del dos mil dieciséis, se reformó la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad denominada Proyecto Turístico Río Poás S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos ocho mil seiscientos sesenta y nueve.—San José, a las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Allan Artavia Solís, Notario.—1 vez.—( IN2016077950 ).

Ante mi notaría se constituyó la empresa denominada Servicios Generales VCV Sociedad Anónima, con domicilio en provincia de Alajuela, cantón Alajuela, distrito San Rafael, o sea Alajuela, San Rafael, doscientos metros al norte y trescientos metros al oeste de la Escuela Julia Fernández Rodríguez, sin perjuicio de que se puedan establecer agencias o sucursales dentro o fuera del país. Escritura otorgada a las doce horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis.—San José, veintiuno de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Dámaso Ruiz Carrión, Notario.—1 vez.—( IN2016077963 ).

Por escritura número doscientos uno-cuatro, otorgada ante esta notaría, notario Melissa Guardia Tinoco, a las diez horas del día dieciocho de octubre de dos mil dieciséis, se protocoliza acta de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INPROSEC Ingeniería de Proyectos de Señalización, Eléctricos y Civiles Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y cinco mil quinientos noventa y tres, mediante la cual se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—( IN2016077969 ).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Gieselia JAO S. A., mediante la cual se modifica el pacto constitutivo de la sociedad.—San José, doce horas del 18 de octubre 2016.—Licda. Lucett Watler Ellis José, Notario.—1 vez.—( IN2016077970 ).

Por escritura 356 otorgada en mi notaría, en San José a las 10:00 horas del 25 de octubre 2016, tomo 7, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Almarez de Luz Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-366151”, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Henry Alpízar Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016077981 ).

Por escritura número 66 otorgada a las 9:00 horas del 24 de octubre del 2016, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la empresa Greatwall Autos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-337159, por la que se modifican las cláusulas segunda, sobre el domicilio, cuarta, sobre el objeto, sexta, sobre la administración, de los estatutos sociales, se agrega la sexta bis, sobre la Gerencia General y se nombra nueva junta directiva, fiscal y gerente general.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. Federico Sosto López, Conotario.—1 vez.—( IN2016077986 ).

Ante el notario público Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, mediante escritura número veintiséis - cuatro, otorgada, a las diecisiete horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad de esta plaza Inversiones V Mat Cr Sociedad Anónima.—San José, a las once horas del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Bismarck Adonis Gómez Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2016077988 ).

Por instrumento público otorgada ante esta notaría a las diez horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Automotores Elvatron, Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil siete, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo que corresponde al capital social. Es todo.—San José, veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2016078004 ).

Mediante escritura pública número ciento dieciocho, tomo once, ante la notaria María Isabel González Rojas, se constituye sociedad anónima denominada Cepar S. A. Es todo.—25 de octubre del 2016.—Licda. María Isabel González Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016078011 ).

El día de hoy ante esta notaría, se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Temperatura Alta Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil seiscientos treinta y nueve, se modifica pacto constitutivo y se nombran miembros de junta directiva y fiscal.—Alajuela, veintidós de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—( IN2016078019 ).

El día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Monte Candelaria Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil cuatrocientos treinta y tres, se modifica pacto constitutivo y se nombra miembro de junta directiva y fiscal.—Alajuela, veintidós de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—( IN2016078020 ).

El día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Tiempo Actual Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil seiscientos cincuenta y siete, se modifica pacto constitutivo y se nombra miembros de junta directiva y fiscal.—Alajuela, veintidós de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—( IN2016078021 ).

El día de hoy ante esta notaría, se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Carnes Castillo del Pacífico Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil cuatrocientos ochenta y uno, se modifica pacto constitutivo y se nombra miembro de junta directiva y fiscal.—Alajuela, veintidós de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—( IN2016078022 ).

El día de hoy ante esta notaría se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Carnes Castillo C.C. Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y siete mil sesenta y cinco, se modifica pacto constitutivo y se nombra miembro de junta directiva y fiscal.—Alajuela, veintidós de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—( IN2016078023 ).

El día de hoy ante esta notaria se ha otorgado escritura mediante la cual la compañía Gitana Guacimeña Sociedad Anónima, domiciliada en La Guácima de Alajuela, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y ocho mil seiscientos veintiséis, se modifica pacto constitutivo y se nombra miembro de junta directiva y fiscal.—Alajuela, veintidós de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Mario Alberto Morera Lara, Notario.—1 vez.—( IN2016078024 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de la sociedad Multivalores Sanz López S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas quinta, sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Andrés Adolfo Villalobos Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016078031 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las ocho horas del 25 de octubre del 2016, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de 3-101-646303 S. A., cedula 3101646303, donde se nombró junta directiva y fiscal y se modifica la cláusula segunda del pacto social.—Alajuela, 25 de octubre del 2016.—Licda. Enid Álvarez Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2016078032 ).

Por escritura número doscientos cuarenta y cinco, otorgada ante mi notaría a las quince horas del quince de octubre del dos mil dieciséis, se constituye sociedad Polykret S. A. Presidente: Sergio Madrigal López.—Heredia, 15 de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Kattia Vanessa Ramos González, Notaria.—1 vez.—( IN2016078033 ).

Ante esta notaría, al ser las quince horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta por acuerdo unánime de socios de la sociedad Costa Rica Weight Loss Vacations S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos ochenta y seis mil cuatrocientos noventa y nueve.—San José, a las quince horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—( IN2016078035 ).

Mediante escritura número ochenta y tres, visible al folio: noventa y seis frente del tomo treinta y dos otorgada a las catorce horas del treinta de setiembre del dos mil dieciséis, por la notaria Sara María Barrantes Hernández, se acuerda disolver la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta y Siete Mil Ochocientos Veintinueve S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos treinta y siete mil ochocientos veintinueve, por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Grecia, 30 de setiembre del 2016.—Licda. Sara María Barrantes Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2016078037 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de la sociedad DHD Consultores S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas tercera, quinta, sexta, décima del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Andrés Adolfo Villalobos Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016078041 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 21 de octubre del 2016, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Ultra Servicios y Bienes Raíces U.P. S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula tercera del acta constitutiva.—San José, 24 de octubre del 2016.—Licda. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2016078049 ).

Por escritura 028-60 del tomo 60 del protocolo del notario público, otorgada en esta ciudad a las 12:00 horas del 25 de Setiembre del 2016, se protocoliza acuerdo de Disolución de la sociedad Riata Racho Two S. A., cédula jurídica 3-101-349503.—San Isidro de El General, 25 de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Casimiro Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016078085 ).

Por escritura otorgada por el suscrito notario a las doce horas del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, se modifica cláusula octava de los estatutos, y se acepta renuncia del secretario y se hace nuevo nombramiento de secretario, de la sociedad anónima denominada Grupo Agma Sociedad Anónima.—Lic. Andrés Gómez Tristán, Notario.—1 vez.—( IN2016078089 ).

Mediante escritura número 148-9, de las 17:00 horas del 19 de octubre del año 2016, del suscrito notario, se constituyó la fundación Construyendo Esperanza, con domicilio en San José, Santa Ana, por un plazo perpetuo, con un patrimonio de cien mil colones, cuyo objeto es realizar actividades educativas, benéficas, artísticas, literarias, científicas y en general todas aquellas dirigidas a ayudar a niños de escasos recursos; y administrada por un presidente con facultades de Apoderado General, de conformidad con el artículo 13 de la Ley de Fundaciones.—San José, 24 de octubre de 2016.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016078090 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número setenta-cinco a las dieciocho horas del día cuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de Salvilla Limitada, con cédula jurídica número: tres- ciento dos- cero cincuenta y tres mil trescientos cuarenta y tres, en la que se reforma la cláusula segunda del domicilio social y la cláusula tercera de la administración, y se nombran nuevos Gerentes. Es todo.—San José, veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Lariza Guevara Moya, Notaria.—1 vez.—( IN2016078092 ).

El suscrito notario Giovanni Salas Camacho, hace constar que hoy se constituye, sociedad anónima, de nombre mismo número de cédula jurídica S. A. Presidente; Danilo Alfaro Obregón, cédula  501110779, vicepresidente; María Obregón Vargas, de cédula 501361132, tesorero; Gianny Alfaro Obregón, cedula 503040712, secretario; Dennis Alfaro Obregón, de cedula: 701630317, fiscal: Mariam Alfaro Chaves, cedula N° 502310409, Constituida por veinte acciones.—Lic. Giovanni Salas Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2016078097 ).

Mediante escritura número ochenta y nueve del tomo décimo quinto de mi protocolo, se modificó la razón social y el domicilio social, de Academia de Aeroformación de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-304887.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. Siumin Vargas Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016078098 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas treinta minutos del treinta y uno de marzo del dos mil dieciséis, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Condominio San Sebastián Gris GE S. A., en la que se reforma la cláusula segunda del pacto social, se revocan y hacen nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, primero de abril del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—( IN2016078101 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas del veinticuatro de mayo del dos mil dieciséis, protocolicé el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Kinetix Industrial CR S. A., en la que se reforma la cláusula sétima del pacto social, se revoca y nombra tesorero.—San José, veintiocho de mayo del dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Arturo Gutiérrez Brandt, Notario.—1 vez.—( IN2016078102 ).

Por escritura otorgada en mi notaría a las siete horas del día de hoy, se constituyó Corhi El Pollo Sabrosón Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital: doscientos dólares. Presidenta con la representación judicial y extrajudicial, con facultades de Apoderada Generalísima sin límite de suma.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lidiett Solís Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2016078105 ).

Ante mí Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecinueve de julio de dos mil dieciséis, a las ocho horas y cuarenta y cinco minutos se protocolizo asamblea general extraordinaria de la sociedad tres - ciento uno - seis siete cuatro cero ocho dos, con cédula jurídica número: tres- ciento uno - seis siete cuatro cero ocho dos, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del secretario y el fiscal.—Atenas, veinte de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016078109 ).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecinueve de julio de dos mil dieciséis, a las nueve horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seis Siete Cuatro Cero Ocho Tres, con cédula jurídica número: tres - ciento uno - seis siete cuatro cero ocho tres, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del secretario y el fiscal.—Atenas, veinte de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016078110 ).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecinueve de julio de dos mil dieciséis, a las ocho horas y treinta minutos se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno- Seis Siete Cuatro Cero Ocho Uno, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-seis siete cuatro cero ocho uno, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del secretario y el fiscal.—Atenas, veinte de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016078111 ).

Ante mí Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecinueve de julio de dos mil dieciséis, a las ocho horas y quince minutos se protocolizó Asamblea General Extraordinaria de la Sociedad tres - ciento uno - seis siete cuatro cero ocho cero, con cédula jurídica número: tres - ciento uno – seis siete cuatro cero ocho cero, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del secretario y el fiscal.—Atenas, veinte de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016078112 ).

Ante mí Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el día diecinueve de julio de dos mil dieciséis, a las ocho horas se protocolizo asamblea general extraordinaria de la sociedad Farmacia Don Gerardo Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres - ciento uno - seis siete cuatro cero siete nueve, en la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del secretario y el fiscal.—Atenas, veinte de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016078113 ).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, hago constar que el cuatro de octubre del dos mil dieciséis, a las ocho horas en la ciudad de Atenas se realizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Amour Eternel Sociedad Anónima, en la cual se nombra nuevo presidente y tesorero y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Atenas, cuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016078114 ).

Ante mí, notaria pública María Alejandra Morales Carpio, mediante escritura otorgada a las 11:00 horas del 4 de febrero del 2016, se constituyó la sociedad de esta plaza Diseños Arquitectónicos en Vidrio y Aluminio Sociedad Anónima.—Heredia, a las 16:00 horas del 25 de octubre del 2016.—Licda. María Alejandra Morales Carpio, Notaria.—1 vez.—( IN2016078115 ).

La suscrita notaria Alejandra Jaén Hernández, da fe que mediante escritura numero treinta y ocho del tomo nueve del protocolo de la notaria Ana Gabriela Acevedo Rivera visible al folio veinte vuelto de las once horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, Distribuidora Villa Mar KC S. A., cédula tres- ciento uno-cuatrocientos veintiún mil diez, se reforma la cláusula sexta y se nombra nuevo presidente y vicepresidente.—Liberia, 24 de octubre del 2016.—Licda. Alejandra Jaén Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2016078116 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del dieciocho de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó asamblea extraordinaria de la sociedad de esta plaza Iluminación y Gestión de Carreteras S. A., modificándose la cláusula sexta de la junta directiva del pacto constitutivo.—San José, dieciocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Bernal Ernesto Fuentes Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016078125 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:45 horas del 25 de octubre del 2016, se protocolizó el acta número 2 de asambleas generales de Miticorp Ltda, cédula jurídica 3-102-717661, por medio de la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lida. Georgette Barguil Peña, Notario.—1 vez.—( IN2016078127 ).

Se constituyó la sociedad Multiservicios Angelus Sociedad Anónima. Capital social: diez mil colones. Presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, a las diecinueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Sandra Camacho Méndez, Notaria.—1 vez.—( IN2016078128 ).

Ante mí, Roy Zumbado Ulate, se constituye la sociedad Misoca de Puente Salas S. A., capital social la suma de diez mil colones. Presidente Luis Alonso Cambronero Rodríguez.—Santa Bárbara de Heredia, veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Roy Zumbado Ulate, Notario.—1 vez.—( IN2016078131 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría el dieciséis de agosto del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Lomas del Pacífico de Playa Potrero, cédula jurídica N° tres-cero cero dos-siete cero siete ocho tres seis, celebrada el dieciséis de abril del dos mil dieciséis, en la que se modificó de los estatutos de dicha asociación los artículos décimo segundo de la conformación y de los tipos de asamblea; décimo tercero de las atribuciones de la asamblea general ordinaria y décimo sexto de las convocatorias y las reuniones de la junta directiva.—San José, veintiuno de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—( IN2016078137 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las quince horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis, se modificó el pacto constitutivo de Almacenes El Rey Limitada, cédula jurídica: tres-ciento dos-seiscientos nueve mil doscientos noventa y siete. Domicilio social en Alajuela Central, cien metros oeste del antiguo Mall Internacional, detrás de las instalaciones de Almacenes El Rey, se aumentó el capital social a la suma de cincuenta millones de colones.—Lic. José Adrián Vargas Solís, Notario.—1 vez.—( IN2016078141 ).

Mediante escritura autorizada por mí, a las nueve horas del veinticinco de octubre de dos mil dieciséis, se modificó las cláusulas primera, segunda y novena del pacto social de la sociedad Iransportes Mercantiles Hergar S. A.—San José, veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2016078143 ).

En mi notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios Bolaños y Alpízar S. A., en la cual se modifica clausula novena de la representación del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—( IN2016078147 ).

En mi notaría, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios BA Lubricantes S. A., en la cual se modifica cláusula novena de la representación del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Sophia Lobo León, Notaria.—1 vez.—( IN2016078149 ).

Por escritura otorgada ante mí, reforman las cláusulas primera, segunda, quinta, octava, decima cuarta y se revoca nombramientos de los estatutos de la sociedad que se denominara: IKUCRG Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco seis cero seis seis dos.—Licda. Nancy Francinie Ocampo Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2016078150 ).

Por escritura número cuarenta y tres-dieciocho, otorgada ante los notarios Margarita Odio Rohrmoser, Juan Carlos León Silva, Jorge González Roesch, Juvenal Sánchez Zúñiga y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, se acuerda modificar la representación, revocar nombramiento de Gerente y realizar nuevo nombramiento, correspondiente a la sociedad Langston Realty Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—( IN2016078154 ).

Se hace constar que mediante escritura otorgada a las quince horas quince minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, ante el notario Carlos Gutiérrez Font, se protocolizaron los acuerdos de la empresa Tres Ciento Uno Seiscientos Veintidós Mil Quinientos Cuarenta y Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintidós mil quinientos cuarenta y nueve, en la cual se modifica la cláusula de administración y cláusula del domicilio.—San José, dieciocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—( IN2016078158 ).

Mediante escritura número 67 del tomo 9 de mi protocolo, se constituyó la sociedad Gonul Parterrs S. A. en español Gonul Socios S. A.—Guadalupe, 19 de setiembre del 2016.—Lic. Lucy Dayana Camacho Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2016078162 ).

Mediante escritura número 75 del tomo 9 de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada The Other Image of Guines S. A., en español La Otra Imagen de Guiones S. A., con cedula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil doscientos cincuenta y tres.—Guadalupe, 25 de octubre de 2016.—Licda. Lucy Dayana Camacho Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2016078163 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 9:00 horas del 21 de octubre de dos mil dieciséis. Se modificó cláusula Sexta del Pacto Constitutivo y nombramiento de Secretario, Tesorero y Fiscal de la sociedad de esta plaza denominada Avi Audio y Vídeo Importaciones S. A..—San José, veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Marco Antonio Castillo Incera, Notario.—1 vez.—( IN2016078169 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas del 21 de octubre de dos mil dieciséis. Se modificó cláusula sexta del pacto constitutivo y nombramiento de secretario, tesorero y fiscal de la sociedad de esta plaza denominada El Mástil y La Vela S. A.—San José, veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.—Marco Antonio Castillo Incera, Notario.—1 vez.—( IN2016078170 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 21 de octubre del 2016, se modificó cláusula sexta del pacto constitutivo y nombramiento de secretario, tesorero y fiscal de la sociedad de esta plaza denominada Sonus Audio y Video S. A.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Marco Antonio Castillo Incera, Notario.—1 vez.—( IN2016078171 ).

Mediante escritura otorgada ante mí a las 17:00 horas del 13 de octubre de 2016, la totalidad de los socios acuerda la disolución de la sociedad Menon and Putnam Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y siete mil ochocientos veintiséis. Dentro de los treinta días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución que no se base en causa legal o pactada.—San José, 13 de octubre del 2016.—Lic. Augusto José Rojas Trejos, Notario.—1 vez.—( IN2016078172 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría,  a las  doce horas treinta minutos del día treinta de agosto del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de  la sociedad Aceco TI de Centroamérica y Caribe Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos setenta y dos mil trescientos seis, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Marcela Vargas Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2016078191 ).

Por escritura otorgada ante notaria, a las 9:00 horas del 14 de setiembre de 2016, se solicita la inscripción de la sociedad denominada Inversiones B.B.B. Astorga Sociedad Anónima, la cual estará constituida por el señor Juan Burgos Astorga, como presidente y el señor Baltazar Burgos Astorga como tesorero.—Licda. Nubia Cunningham Arana, Notaria.—1 vez.—( IN2016078194 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis se protocolizó el acta constitutiva número uno de la Asociación Deportiva de Baloncesto Puntarenas (ASODEBAP). Presidenta: Gerardina Mena Castañeda, apoderada general con facultades sin límite de suma.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—( IN2016078198 ).

Ante esta notaría mediante escritura N° doscientos cincuenta y dos de mi tomo treinta y tres, se protocolizó acta Hacienda Garibaldi Chicharronera Steak House Sociedad Anónima.—Santa Ana, 26 de octubre del 2016.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016078212 ).

Ante esta notaria, mediante escritura número doscientos cuarenta y dos de mi tomo treinta y tres se protocolizó acta de Tiskolona Costa Rica Sociedad Anónima.—Santa Ana, diecinueve de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016078215 ).

Los señores José Eugenio Trueba Gutiérrez y Christopher Ricardo Gómez Cháves, constituyen la sociedad de esta plaza denominada Corporación Inmicace Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Fabián Carlos Silva Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016078220 ).

Los señores José Eugenio Trueba Gutiérrez y Christopher Ricardo Gómez Cháves, constituyen la sociedad de esta plaza denominada Corporación Pealca Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Fabián Carlos Silva Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016078221 ).

Los señores José Eugenio Trueba Gutiérrez y Christopher Ricardo Gómez Chaves, constituyen la sociedad de esta plaza denominada Corporación Turgopi Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Fabián Carlos Silva Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016078223 ).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 18:00 horas del 21 de octubre del 2016, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de La Barbería ADV SRL, cédula de persona jurídica número 3-102-662087; por medio de la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 21 de octubre del 2016.—Licda. Viviana Castro Alvarado, Notaria.—1 vez.—( IN2016078224 ).

Por escritura otorgada a las doce horas del veinte de octubre de dos mil dieciséis se constituye la sociedad Jardines El Paraíso de Belén Sociedad Anónima, ante el notario Jaime Alvarado Victoria mediante escritura número trescientos sesenta y siete del tomo cuatro de su protocolo.—San José 26 de octubre del 2016.—Lic. Jaime Alvarado Victoria, Notario.—1 vez.—( IN2016078231 ).

Mediante escritura N° 2016-13 de las 8:00 horas de hoy, protocolicé acta de Gutiérrez Marín y Asociados Sociedad de Actividades Profesionales, por la cual se transforma en Gutiérrez Marín y Asociados Limitada.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Ricardo González Foumier, Notario.—1 vez.—( IN2016078232 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de octubre del año 2016, se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada denominada según el número de cédula jurídica que se le asigne, plazo social 100 años, capital social 10 mil colones.—San José, 26 de octubre del 2016.—Licda. Perla Lipiec Goldberg, Notaria.—1 vez.—( IN2016078234 ).

El suscrito notario Eddy José Cuevas Marín, hace constar que mediante la escritura número doscientos dieciocho, del tomo dieciséis de mi protocolo se constituyó la entidad denominada Génesis Preschool Sociedad Anónima y que la presidenta de dicha empresa es la señora Siley de la Concepción Acevedo Ledezma, cédula de identidad uno-mil ciento cincuenta-cero doscientos treinta y ocho. Es todo.—Heredia, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Eddy José Cuevas Marín, Notario.—1 vez.—( IN2016078239 ).

Ante el notario público Guillermo Valverde Schmidt, mediante escritura otorgada a las once horas quince minutos del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad de esta plaza Tree House Kids Preeschool Sociedad Anónima.—Cartago, a las once horas treinta minutos del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—( IN2016078241 ).

Se comunica a todos los interesados que ante la notaría de Henry Carmona Sandi, con oficina en Alajuelita, contiguo al Campo Santo, se confecciona la sociedad Gray Matter Innovation Consulting Sociedad Anónima, con diez acciones comunes y nominativas Es todo.—San José, a las ocho horas de doce de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Henry Carmona Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2016078245 ).

Por escritura otorgada a las ocho horas del veinticinco de octubre, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Redes Integradas Corporativas Ltda., mediante la cual se modificaron varias cláusulas del pacto social.—Lic. Juan Manuel Campos Ávila, Notario.—1 vez.—( IN2016078248 ).

A las ocho horas del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, protocolicé asamblea de accionistas de la sociedad AVR Ingeniería Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-setecientos dieciséis mil quinientos veintisiete, se reforma la cláusula octava del documento constitutivo.—Heredia, 26 de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Rodrigo Gutiérrez Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016078253 ).

Por protocolización de asamblea general ordinaria realizada por esta notaría, según escritura número trescientos catorce se nombra nueva junta directiva de la Federación Costarricense de Taekwondo, cédula jurídica tres-cero cero dos-seiscientos sesenta mil quinientos sesenta y cinco.—San José, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Laura Francini Chacón Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016078255 ).

Mediante escritura N° 162-5 de las 8:00 horas del 22 de octubre del 2016 del notario David Gerardo Arrieta Carvajal, tomo 5, oficina en Heredia centro, frente a La Bomba Total, se protocolizó asamblea extraordinaria de accionistas de Inversiones Alvarado & Zamora Sociedad Anónima,  cédula número 3-101-365812, donde se modificó las cláusulas 2 y 9 del pacto constitutivo. Es todo.—Lic. David Gerardo Arrieta Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2016078257 ).

Ante esta notaría, al ser las once horas del veintitrés de setiembre de dos mil dieciséis se modificó la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Kaelci Tres Hermanas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento noventa y tres mil cuatrocientos quince, en cuanto a la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, y sus facultades para enajenar y vender bienes y se agrega un miembro más a la junta directiva a saber vicepresidente Alajuela, al ser diez horas del día veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—( IN2016078259 ).

En mi notaría, por medio de escritura N° 193, visible al folio 130, vuelto del tomo 33 de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Bufete Ortiz y Asociados S. A., cédula jurídica N° 3-101-072857, mediante la cual se modifica la cláusula novena de los estatutos en cuanto a la administración y se nombran cargos de junta directiva.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—( IN2016078264 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del día veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de socios de la sociedad denominada Trebe S. A.. Donde se acuerda reformar la cláusula de la integración de la junta directiva y administración de la compañía.—San José, veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016078268 ).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las quince horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada Eugenia y Joaquín Ltda, donde se acuerda reformar la cláusula de la administración de la compañía.—San José, veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016078269 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas del 7 de setiembre del 2016, se disolvió la sociedad denominada Gowork Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-setecientos veintidós mil doscientos setenta y cinco.—San José, 25 de setiembre del 2016.—Lic. Grevin López Torres, Notario.—1 vez.—( IN2016078272 ).

Por escritura número ciento ochenta y seis-dos, otorgada en Heredia, Central, a las diez horas del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, visible al tomo dos del protocolo del notario público Carlos Humberto Chacón Badilla, se modificó la cláusula octava el pacto constitutivo de la administración de la entidad jurídica denominada: Habitacional Berymay Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres siete nueve uno dos uno, se nombra nuevo secretario y tesorero. Presidente y secretario con plenas facultades legales actuando en forma conjunta o separadamente.—Heredia, veintiuno de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Humberto Chacón Badilla, Notario.—1 vez.—( IN2016078283 ).

Ante la suscrita notaria se constituyó la sociedad anónima de esta plaza: Estudios Académicos Profesionales de Belleza Samady Sociedad Anónima, con capital totalmente suscrito y pago.—Heredia, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Johanna Vargas Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2016078286 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del 24 de octubre del 2016, se protocolizó acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas mediante la cual se nombra nueva junta directiva y se reforma cláusula segunda de la compañía Weathertech Costa Rica S. A.—Heredia, 25 de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016078290 ).

Ante esta notaría a las diez horas quince minutos del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, se procedió a la disolución de la compañía por mutuo acuerdo de socios de Sistemas Tecnológicos de Monitoreo y Seguridad Secure IT S. A., cédula jurídica 3-101-694952.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Fernando Sobrado Chamberlain, Notario.—1 vez.—( IN2016078296 ).

Suelo Tico de Barva Sociedad Anónima Deportiva, entidad con cédula de persona jurídica N° 3 - 101 - 566832, comunica que mediante asamblea general extraordinaria celebrada en su domicilio social al ser las 09 horas 20 minutos del 09 de octubre del 2015, se sustituye al presidente de la junta directiva. Giorgio Gabriel Jiménez Herrera, nombrando al señor: Giovanni Alfredo Jiménez Herrera, a quien se le otorgan la capacidad de representación de la sociedad judicial y extrajudicial en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma. Por todo por el resto del plazo social.—Heredia, 26 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Arturo Benavides Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2016078298 ).

Ante esta notaría mediante escritura número ciento noventa y siete de las nueve horas del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis del tomo cuatro de mi protocolo, se protocolizó asamblea de socios de Fecoprobe Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-650819, que modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, a las diez horas del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Alfonso José Mojica Mendieta, Notario.—1 vez.—( IN2016078300 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del día 26 de octubre del 2016, la sociedad denominada Vue de la Coline Sociedad Anónima, reforma a la cláusula de la representación.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016078316 ).

Por escritura otorgada a las trece horas con cincuenta minutos del veintidós de octubre del año dos mil dieciséis, protocolicé el acta de disolución de la compañía Inversiones El Nance Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- quinientos noventa y cuatro mil ochocientos treinta y cuatro.—Ciudad Quesada veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Roy Alberto Ramírez Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2016078318 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, la sociedad Seguridad Leas S. A., nombra nueva junta directiva.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Ronald Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—( IN2016078322 ).

Por escritura número 146-9, de las 17:00 horas del 14 de octubre del año 2016, del suscrito Notario, se acordó constituir la sociedad Eddbix Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de octubre de 2016.—Lic. Manuel Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016078326 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Cincolagos Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y seis mil setecientos noventa y nueve, en la que se reforma la cláusula del domicilio social de la sociedad. Notificaciones: efraimvargas@ice.co.cr.—San José, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Efraím Vargas Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2016078328 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Casa Alemana de Escazú Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - ciento noventa y dos mil doscientos noventa y siete, en la que se reforma la cláusula del domicilio social de la sociedad. Notificaciones: efraimvargas@ice.co.cr..—San José, veintiséis de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Efraim Vargas Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2016078329 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8 horas del 25 de octubre de 2016, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Construeste del Valle S.A., 3-101-360602, renovando el plazo social y modificando la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016078335 ).

En la notaría de Iveth Gómez Sandi, a las14:00 horas de hoy, se constituye la sociedad Importation & Truck Service Black Dog Sociedad Anónima S. A. Capital suscrito y pagado, apoderado el presidente.—San José, 26 de octubre del 2016.—Licda. Iveth Gómez Sandi, Notaria.—1 vez.—( IN2016078336 ).

Mediante escritura número doscientos dieciocho de las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó en lo conducente acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Esterillos Estates Home Owners Association Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos cuatro mil novecientos setenta y cuatro, donde se modifica el pacto social en su cláusula sétima: de la administración.—San José, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Arturo Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016078338 ).

Mediante escritura número ciento cuarenta y nueve otorgada a las trece horas del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis ante la notaria Jéssica Rodríguez Jara, se protocolizó acta de la sociedad denominada Inversiones del Poás S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco nueve dos ocho siete seis.—San Rafael de Poás, Alajuela, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Jéssica Rodríguez Jara, Notaria.—1 vez.—( IN2016078344 ).

Por instrumento público número 111, otorgado ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 26 de octubre del 2016, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Plaza Di Vietro S. A., cédula jurídica 3-101-539945, mediante los cuales se acordó, de su pacto social, reformar las cláusulas primera (domicilio social) y quinta (administración y representación legal), además de eliminar la cláusula sexta (existencia de un agente residente).—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Carlos Andrés Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016078346 ).

Por instrumento público número 112, otorgado ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 26 de octubre del 2016, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Costa del Bálsamo S. A., cédula jurídica 3-101-353005, mediante los cuales se acordó eliminar la cláusula sexta, referente a la existencia de un agente residente, de su pacto social.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Carlos Andrés Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016078347 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas diez minutos del veintiuno de octubre dos mil dieciséis se nombra junta directiva y modifica cláusula novena del pacto social de Grupo DCD Quinientos Quince S. A. cédula jurídica tres - ciento uno - trescientos cuarenta y cuatro mil ochocientos dieciséis.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—( IN2016078352 ).

La suscrita notaria da fe que, en esta notaría al ser las once horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la compañía Lamja Sociedad Anónima, por medio de la cual se acuerda el aumento del capital social de la compañía.—San José, once horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Wendy Solórzano Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016078355 ).

Por escritura número 22 otorgada ante el suscrito notario a las 15:00 horas del 26 de octubre del 2016 se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de Aima S. A., cédula jurídica 3-101-350045 en los que se acuerda la disolución de dicha sociedad. Cualquier interesado puede oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Johnny Alberto Mora Casasola, Notario.—1 vez.—( IN2016078356 ).

En escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del 18 de octubre del 2016, se modificó la cláusula 7 del pacto social de la sociedad Producciones el Garage S. A., cédula jurídica: 3-101-667185 y se nombró secretaria.—Licda. Irene María Jiménez Barletta, Notaria.—1 vez.—( IN2016078357 ).

Por escritura número ciento ochenta y cuatro otorgada ante esta notaría a las catorce horas del cinco de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Hospitality Marketing Concepts Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la compañía, sea del domicilio social.—San José, cinco de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. María Lupita Quintero Nassar, Notaria.—1 vez.—( IN2016078359 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad Convecos Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: íntegramente suscrito y pagado, la sociedad será administrada por dos gerentes, quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial de la compañía, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 26 de octubre del 2016.—Licda. Tatiana Rojas Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2016078360 ).

Ante el notario público Guillermo Valverde Schmidt, mediante escritura otorgada a las doce horas del veintiuno de setiembre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad de esta plaza Grupo Cosbras Investments BVC Sociedad Anónima.—Cartago, a las quince horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Valverde Schmidt, Notario.—1 vez.—( IN2016078364 ).

Mediante escritura ciento setenta y ocho-dos de las diez horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de asamblea extraordinaria de Inmobiliaria la Verdad ILV Sociedad Anónima, domiciliada en San José, en los que se modifica cláusula undécima del pacto constitutivo referente a la representación y se nombra además nuevo fiscal.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Henry Mora Arce, Notario.—1 vez.—( IN2016078365 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta nueve de asamblea general ordinaria y extraordinaria de asociados de Asociación Misión de las Buenas Nuevas. Se reforma el artículo segundo del estatuto en cuanto al domicilio y se hacen nuevos nombramientos de miembros de junta directiva por el plazo de 2 años contados a partir del 16 de octubre del 2016. Escritura otorgada a las 12:00 horas del 26 de octubre del 2016.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Carlos R. Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2016078371 ).

En mí notaría, cita en Purral Abajo de Guadalupe de Goicoechea, Urbanización Las Lomas, oficina 40-D, se ha solicitado protocolizar acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Mercantil denominada Medicir. S. A., cédula jurídica número 3-101-687600, domiciliada en Guadalupe de Goicoechea, celebrada a las 19:00 horas del día 17 de octubre del 2016. Presidente Jorge Alberto Jiménez Alfaro, cédula número 1-1381-0952, para la disolución de la misma, a partir de la inscripción del Acta referida en el Registro Nacional. Se avisa a los interesados, para que dentro del término de 5 días a partir de la publicación de este edicto, manifiesten su oposición.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Édgar Gerardo Ardón Retana, Notario.—1 vez.—( IN2016078380 ).

Por escritura número doscientos quince de las trece horas del veintiuno de octubre de dos mil dieciséis se reformó la cláusula quinta de la compañía Ticotrade Logistic Group Sociedad Anónima.—Licda. Karla Magaly Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016078388 ).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Apartamentos Iguazu Sociedad Anónima, mediante la cual se aumenta el capital social, se modifican las cláusulas cuarta, quinta y octava de los estatutos sociales. Se revocan nombramientos de gerente y subgerente.—San José, cinco de agosto de dos mil dieciséis.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—( IN2016078395 ).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Finca Las Malvinas F.L.M., Sociedad Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta; y se elimina la cláusula décimo quinta de los estatutos sociales. Renuncian miembros de la junta directiva, fiscal y agente residente; y se hacen nuevos nombramientos.—San José, veintiuno de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Arnoldo Soley Soler, Notario.—1 vez.—( IN2016078396 ).

Por escritura número ciento sesenta y cuatro con fecha del once de octubre a las veinte horas, se acuerda disolver la sociedad Rodrivagra Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y cuatro mil cincuenta y cinco. Es todo.—Orotina, trece de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Bernardita Sánchez Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016078398 ).

Que mediante escritura número 214 de las 12 del 25 de octubre del 2016, en el tomo 15 del protocolo del notario público Walter Gerardo Gómez Rodríguez, se disuelve la sociedad denominada Soluciones Técnicas Integradas SRL, con cédula jurídica 3-102-687519, por lo que según el artículo 207 del Código de Comercio, se otorga un plazo de 30 días a partir de esta publicación para escuchar oposiciones.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016078401 ).

Por escritura otorgada ante mí, en conotariado con el licenciado Owen Amén Montero, carné dieciocho mil trescientos ochenta y dos, a las doce horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, mediante escritura trescientos sesenta y cuatro-seis del tomo seis del protocolo del notario Owen Amén Montero, se acuerda modificar el corregir el nombre de uno de los administradores, junta directiva y representación judicial y extrajudicial de la compañía Vista Pacífica Grande Sociedad Civil, cédula jurídica tres-ciento seis-setecientos cuatro mil sesenta y dos.—27 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—( IN2016078410 ).

Por escritura otorgada ante mí en conotariado con el Licenciado Owen Amén Montero, carné dieciocho mil trescientos ochenta y dos, a las once horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, mediante escritura trescientos sesenta y tres-seis del tomo seis del protocolo del notario Owen Amén Montero, se acuerda modificar el corregir el nombre de uno de los administradores, junta directiva y representación judicial y extrajudicial de la compañía La Mejor Vista del Pacífico Sociedad Civil, cédula jurídica tres-ciento seis-seiscientos noventa y dos mil trescientos cincuenta y siete.—27 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—( IN2016078413 ).

Por escritura otorgada ante mí en conotariado con el Licenciado Owen Amén Montero, carné dieciocho mil trescientos ochenta y dos, a las diez horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, mediante escritura trescientos sesenta y dos-seis del tomo seis del protocolo del notario Owen Amén Montero, se acuerda modificar el nombre de la sociedad, junta directiva y representación judicial y extrajudicial de la compañía AK CR Connection Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-setecientos veintidós mil novecientos veintitrés.—27 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Arturo Bermúdez Morales, Notario.—1 vez.—( IN2016078415 ).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario a las seis horas treinta minutos del día cinco de agosto de dos mil dieciséis se protocolizaron acuerdos de asamblea general de socios de Inmobiliaria Olivareta Limitada, cédula tres-ciento dos- trescientos treinta mil trescientos sesenta y seis mediante los cuales se modificó la cláusula sexta del pacto social. Es todo.—San José, veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016078417 ).

Por escritura número ciento cincuenta y ocho otorgada ante la suscrita notaria a las dieciséis horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis; se modificó la cláusula primera del pacto constitutivo de la compañía denominada Carranza & Dada S. A..—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Msc. Jennifer Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2016078419 ).

Ante este notario, por escritura número ciento noventa y dos, otorgada a las diez horas del catorce de setiembre del dos mil dieciséis, se modificó la cláusula del domicilio del pacto social constitutivo de Desarrollos Vista Alegre de Escazú, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - tres - ciento uno - ciento cincuenta y seis mil setecientos sesenta y tres. Es todo.—San José, cuatro de julio del dos mil trece.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—( IN2016078423 ).

Ante la notaria del suscrito al ser las quince horas del día veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis se protocolizó el acta número cinco de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Comercializadora de Autos JHG S. A., En donde se realiza un aumento de capital social y modifica la cláusula quinta del capital. Es todo.—En Heredia al ser las ocho horas del día veintisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—( IN2016078425 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, en San José, a las ocho horas del doce de octubre del año dos mil dieciséis, se modifica cláusula de sus estatutos sociales y se nombra nueva junta directiva de Árbol de Vida Sociedad Anónima.—San José, veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Alberto Méndez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016078434 ).

Por escritura otorgada a las 8:00 horas del 26 de octubre del 2016, se modificó la cláusula segunda en cuanto al domicilio de la sociedad F.A.R. Mil Vía Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-644573.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—( IN2016078435 ).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 26 de octubre del 2016, se constituyó la sociedad anónima cuyo nombre será igual al número de cédula jurídica que le asigne el Registro. Representación presidente y secretario.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. William Muñoz Bravo, Notario.—1 vez.—( IN2016078436 ).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad D.D. C.R. Casa del Coco Beach Sociedad Anónima. Presidente y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma. Capital diez mil colones. Domicilio: San José, entre avenidas dos y seis, calle diecinueve.—San José veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. María del Rocío Cortés Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016078448 ).

Ante esta notaría, se constituyó la sociedad L.L.C. Blue Luna Sociedad Anónima Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Capital diez mil colones. Domicilio San José, entre avenidas dos y seis, calle diecinueve.—San José veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. María del Rocío Cortés Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016078449 ).

Ante esta notaría, se protocolizaron las actas de asamblea general extraordinarias de accionistas de CH.BR.So.Ell & Sir Wrangler Walking by the Sea Number Thirty Four S. A. y BR. & CHR. Sir Wrangler Enjoing the Sunset Number Thrity Three S. A., mediante las cuales, se liquidan dichas sociedades, acorde al artículo doscientos uno, inciso “d” del Código de Comercio. Si existieren oposiciones realizar las mismas acorde al trámite establecido por Ley.—San José, veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis.—Licda. María del Rocío Cortés Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016078450 ).

Ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la sociedad 3-101-724070 S. A., mediante la cual, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. María del Rocío Cortés Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016078451 ).

Ante esta Notaría se protocolizaron las actas de asambleas general ordinarias y extraordinarias de accionistas, las sociedades Mialta S. A. y Migrephi S. A., modificándose en ambas sociedades, la cláusula segunda del pacto constitutivo; así como que, en ambas, se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, veinticuatro de octubre del año dos mil dieciséis.—Licda.  María del Rocío Cortés Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2016078452 ).

Mediante escritura 7-20 otorgada ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad iCúbica Desarrollos Inmobiliarios S. A., cédula jurídica 3-101-721682, que modifica la cláusula de la representación y se nombra nuevo tesorero de la junta directiva.—San José, 25 de octubre del 2016.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2016078455 ).

Escritura otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 25-10-2016, se protocoliza acta de asamblea general, se aumenta el capital social S. A., Cambados Consultores Sociedad Anónima. Presidente. Andrew Joseph De Caro.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notario.—1 vez.—( IN2016078456 ).

Bufete Serrano y Asociados, escritura otorgada en esta notaría, a las 15:00 horas del 25-10-2016, se protocoliza acta asamblea general, se cambia junta directiva S. A. Café Sierra Sociedad Anónima. Presidenta: Odilie Víquez Rojas.—Lic. José Rodrigo Serrano Masís, Notaria.—1 vez.—( IN2016078457 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 20:00 horas del 26 de octubre del 2016, se modifica la cláusula octava del pacto social, se nombra presidente, secretario y tesorero de la junta directiva de la sociedad denominada Global Forestry Services S. A., cédula jurídica N° 3-101-718611.—San José, 26 de octubre del 2016.—Licda. Carolina González Víquez, Notaria.—1 vez.—( IN2016078460 ).

Por escritura pública número: ciento sesenta y dos otorgada ante mí, a las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta número uno de la sociedad Propiedades Almapau Sociedad Anónima, en donde se acordó reformar la cláusula sexta de la administración.—Lic. Héctor Manuel Fallas Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016078466 ).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del nueve de octubre de este año, se constituyó la sociedad Agropecuaria Villalobos Bonilla (AGROVIBO S. A.), capital social íntegramente suscrito y pago. Presidente: Óscar Bonilla Bonilla.—Heredia, 26 de octubre del 2016.—Licda. Lourdes Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2016078475 ).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Mercopi MCI del Este S. A., cédula jurídica 3-101- 395932 del 18 de octubre del 2016, protocolizada por el suscrito notario el día 26 de octubre del 2016, se aumenta el capital social en la suma de noventa mil colones y pasa de diez mil colones a cien mil colones y se reforman las cláusulas quinta, segunda y sétima del pacto social constitutivo.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Guillermo Guerrero Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016078479 ).

Sección Mercantil William Álvarez Rojas, Amelia María Álvarez Rojas, Floribel Álvarez Rojas y Alba Nidia Álvarez Rojas, acuerdan disolver la sociedad denominada Fau&Gen Transportes Sociedad Anónima, tres-ciento uno-seiscientos ochenta y nueve mil ochocientos noventa y cuatro. Escritura otorgada en Grecia a las trece horas del día trece de setiembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Kendal Araya Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016078484 ).

Ante el suscrito notario se constituyó la sociedad de esta plaza Inversiones Solís y Quintanilla capital totalmente suscrito y pago.—Alajuela veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Jaime Jesús Flores Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2016078485 ).

Se hace constar que mediante escritura otorgada a las quince horas del día veinticinco de octubre del año dos mil dieciséis, ante el notario Carlos Gutiérrez Font se protocolizaron los acuerdos de la empresa Hongo Bello Sociedad Anónima, cédula jurídica tres ciento uno  seiscientos cuarenta y dos mil  doscientos once, en la cual se modifica la cláusula de administración y cláusula del domicilio.—San José, veinticinco  de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Gutiérrez Font, Notario.—1 vez.—( IN2016078487 ).

Se publica disolución de la sociedad denominada El Olam Web Design Limitada. Cédula jurídica número tres-ciento dos- seiscientos cuarenta y seis mil trescientos noventa y dos, según escritura 393-6, otorgada a las trece horas cuarenta y cinco minutos del primero de setiembre del año dos mil dieciséis, iniciada al folio 136F del tomo VI del protocolo de la notaria Evelin Sandoval Sandoval.—San José, 01 setiembre de 2016.—Licda. Evelin Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2016078488 ).

Mediante escritura número 208 otorgada en Tronadora de Tilarán, Guanacaste, a las 15:00 horas del 22 de octubre del 2016, se reforma la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Tucan Hill de Tronadora S. A., cédula jurídica N° 3-101-635977, referente a aumento de su capital social, se nombra nuevo presidente en junta directiva.—Licda. María Etelvina Arrieta Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—( IN2016078489 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 25 de octubre de 2016, se protocolizó acta de asamblea de cuotistas de Pura Vida OM Resort Ltda., cédula jurídica N° 3-102-713584, mediante la cual se modifica la cláusula octava del pacto social.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2016078498 ).

Por escritura número doscientos veinte-tres, otorgada a las ocho horas del veintitrés de octubre del dos mil dieciséis ante la notaria pública Viviana Solís Gómez, los señores Laura Cristina Morales Coto e Iván Fonseca Pilarte, constituyen la sociedad de responsabilidad limitada denominada: Emotion Box Marketing Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 23 de octubre del 2016.—Licda. Viviana Solís Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2016078504 ).

Ante esta notaría al ser las quince horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta número uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad Como Come Cami Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos cinco mil cuatrocientos once, mediante la cual se modificó la cláusula sexta de la representación judicial y extrajudicial del pacto constitutivo.—Cartago, 26 de octubre del 2016.—Lic. Eduardo Guardia Williams, Notario.—1 vez.—( IN2016078509 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de Palmares de Alajuela, denominada Gerardo Badilla Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veinticinco mil ciento cincuenta y cinco, en la que se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo en cuanto a la representación.—Licda. Lilliana Fernández Urpí, Notaria.—1 vez.—( IN2016078512 ).

En esta notaría, a las 12:00 horas del 14 de octubre del 2016, mediante escritura número 102 del tomo 7, se constituyó la sociedad Corporación Latinoamericana Ibysan S. A., capital social: mil dólares. Plazo social: 99 años desde su constitución. El presidente y el tesorero son los representantes judiciales y extrajudiciales de la compañía, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente.—Heredia, 26 de octubre del 2016.—Lic. Max Alonso Víquez García, Notario.—1 vez.—( IN2016078513 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, número ciento treinta, de las diez horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, del tomo cuatro de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios de la Sociedad Ocupational Health Solutions S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno- cinco uno seis siete siete siete, donde se acuerda la disolución de la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Alajuela, 26 de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Adrián Alvarado Corella, Notario.—1 vez.—( IN2016078515 ).

El suscrito notario público, Óscar Carrillo Baltodano, hace constar que por parte de los señores Matteo Stuckey y Laura María Avilán Martínez, constituyeron la sociedad cuya razón social será su cédula de persona jurídica y cuyo representante lo es la mencionada Avilán Martínez. Es todo.—Puntarenas, diecisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Óscar Carrillo Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2016078521 ).

La suscrita notaria, hace constar que por acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Tylema, cédula jurídica 3-101-112904, de las 10:00 horas del 8 del mes en curso, se modificó el pacto constitutivo y nuevos cargos directivos.—San José, 26 de octubre del 2016.—Licda. Jennifer Vanessa Taylor Fonseca, Notaria.—1 vez.—( IN2016078522 ).

La suscrita notaria, hace constar que por acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Warika Kamo S. A., cédula jurídica 3-101-663661, de las 15:00 horas del 7 del mes en curso, se modificó el pacto constitutivo y nuevos cargos directivos.—San José, 25 octubre del 2016.—Licda. Jennifer Vanessa Taylor Fonseca, Notaria.—1 vez.—( IN2016078523 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Veinticinco-Setecientos Diecinueve Sociedad Anónima, donde se acuerda; reformar las cláusulas primera, segunda, quinta, octava de los estatutos de la sociedad, se revocan nombramientos y se nombran presidente, vicepresidente y secretario, tesorero y vocal.—San José, veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis.—Licda. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2016078524 ).

Por escritura número 17-7, de las 11:45 horas del 27 de octubre del 2016, se protocoliza acuerdo que reforma la cláusula 2ª y 8ª de los estatutos de 3-101-707503 S. A., y se nombra junta directiva.—Licda. Rosa María Escudé Suárez, Notaria.—1 vez.—( IN2016078530 ).

Por escritura otorgada ante las notarias, Laura Zumbado Loría y Martha Araya Chaverri, a las ocho horas del veinticinco de octubre de dos mil dieciséis, se protocoliza el acta de asamblea de socios de Villa Albacete S.R.L., mediante la cual se modifica su domicilio, ubicándose en sabana sur, en el Bufete Medaglia y Asociados.—San José, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2016078533 ).

Mediante escritura 119 de folio 089 frente del tomo 4 de mi protocolo se ha procedido a protocolizar asamblea general extraordinaria de la empresa Southwestern Investments Ming Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-433916, en donde se transforma a una sociedad de Responsabilidad Limitada y se nombra gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Heredia, miércoles, 26 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Eduardo Ramos Ramos, Notario.—1 vez.—( IN2016078539 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos ochenta y dos de las quince con diez horas del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad BM Equiz Cinco TD Sociedad Civil.—Grecia, veinte de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016078540 ).

Por escritura número noventa y tres del tomo diez de mi protocolo se constituyó la Fundación Amigos de tu Salud otorgada en fecha veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, vigencia perpetua a partir del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, con un patrimonio de diez mil colones.—Alajuela, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Pablo Valerio Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016078549 ).

Que mediante escritura número ciento setenta y uno, otorgada en la notaría de Ramiro Saborío Castro, a las diecisiete horas del once de octubre de dos mil dieciséis, se reformó la cláusula sexta del pacto social y la cláusula décima en la sociedad Inversiones Casa de Bosque Tropical Sociedad Anónima. Corresponde al presidente y al tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 13 de octubre de 2016.—Lic. Ramiro Saborío Castro, Notario.—1 vez.—( IN2016078551 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11 horas 30 minutos del día 22 de octubre del 2016, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la entidad Centro Dermatológico y Estético Dermaline S. A., cédula jurídica N° 3-101-362784. Se nombran a nuevas personas en los cargos de tesorero y secretario. Se reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio de la sociedad.—Ciudad Quesada, 27 de octubre del 2016.—Lic. Ricardo Salazar Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016078553 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11 horas del día 22 de octubre del 2016, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la entidad Marlime de Oriente S. A., cédula jurídica N° 3-101-563356. Se nombran a nuevas personas en los cargos de tesorero y secretario. Se reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio de la sociedad.—Ciudad Quesada, 27 de octubre del 2016.—Lic. Ricardo Salazar Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016078554 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día 15 de octubre del 2016, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la entidad Dermalaser Center ER S. A., cédula jurídica N° 3-101-562562. Se nombran a nuevas personas en los cargos de tesorero y secretario. Se reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio de la sociedad.—Ciudad Quesada, 27 de octubre del 2016.—Lic. Ricardo Salazar Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016078555 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 11 horas 45 minutos del día 15 de octubre del 2016, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la entidad Dermatología Laser Center S. A., cédula jurídica n°3-101-562560. Se nombran a nuevas personas en los cargos de tesorero y secretario. Se reforma la cláusula segunda en cuanto al domicilio de la sociedad.—Ciudad Quesada, 27 de octubre del 2016.—Lic. Ricardo Salazar Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016078558 ).

En mi notaría, en ésta fecha se disolvió la sociedad Temucas Limitada, con cedula jurídica número 3-102-069890, con domicilio en San José, San José, San José, calle once, avenida ocho, Edificio Jorayte.—Licda. Juana Odilí Altamirano Urrutia, Notaria.—1 vez.—( IN2016078565 ).

En asamblea general de socios de Inversiones Naranjo y Vargas Cele R.L., se dispuso que la representación de esta entidad la continuara ejerciendo el primer gerente, Jeannette Vargas Martínez, y solo en caso de muerte de ella, la ejercerá el segundo gerente: Emilio Naranjo Loaiza.—San José, 24 de octubre del 2016.—Lic. Alejandro Delgadillo Solano, Notario.—1 vez.—( IN2016078567 ).

En escritura otorgada a las 10:30 y 10:40 horas del 25 de octubre del 2016, se protocolizan las actas de Central American Tours Catours S. A., y Vida Aventura Turística S. A., donde se modifican las cláusulas sétimas de cada sociedad, que corresponde a la representación, en ambas presidente, tesorero y secretario con facultades plenas.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Ross Araya, Notario.—1 vez.—( IN2016078570 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de: El Monpean Internacional S. A. mediante la cual se reforma la cláusula segunda de su pacto social.—San José, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—( IN2016078572 ).

Por escritura del 17 octubre 2016 la sociedad 3-102-707255 reformó pacto y nombró gerente. Por escrituras del 27 octubre se constituyeron las sociedades Multi Asesora Sephora S. A.; Multi Operaciones Atocha S. A.; Multi Operaciones Pueda del Caribe S. A., Multi Inversiones Sephora S. A., y Multi Inversiones Cibeles,  S. A.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016078573 ).

Yo, Ana Lourdes Gólcher González, notaria pública con oficina abierta en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Rambakhan Investment S. A., donde se reforma la cláusula sexta y se nombra nuevo presidente y secretario. Escritura otorgada a las catorce horas del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis.—San José, veintisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria.—1 vez.—( IN2016078575 ).

Por otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 21 de octubre del 2016 se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Niños R Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-113248. Se reformó la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 21 de octubre del 2016.—Licda. Rosa María Jiménez M., Notaria.—1 vez.—( IN2016078578 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 8:00 horas del 24 de octubre del 2016 se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Mibim Arquitectura e Ingeniería Limitada cédula jurídica N° 3-102-606444. Se reformó la cláusula del domicilio.—San José, 24 de octubre del 2016.—Licda. Rosa María Jiménez Morúa, Notaria.—1 vez.—( IN2016078580 ).

Yo Norma Quintero Ureña, notaria pública de Heredia, hago constar que mediante la escritura número trescientos diez-doce de las quince horas del seis de setiembre del dos mil dieciséis, se modifica cláusula quinta del capital social de aumentando de Toscana del Valle S. A., cédula 3-101-134337.—Heredia, 25 de octubre del 2016.—Lic. Norma Quintero Ureña, Notaria.—1 vez.—( IN2016078616 ).

En mi notaría, mediante escritura número 18 de las 15:00 horas del 19 de octubre de 2016, se constituyó la sociedad Caroxi C X Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones, pagados por los socios mediante la aportación de bienes muebles.—San José, 19 de octubre del 2016.—Licda. Monique María Zeller van Engelen, Notaria.—1 vez.—( IN2016078639 ).

En mi notaría, mediante escritura número 19 de las 11 horas del 20 de octubre de 2016, se constituyó la sociedad Sierra Alta de Amón Sociedad Anónima. Capital social de diez mil colones, pagados por los socios mediante la aportación de bienes muebles.—San José, 20 de octubre de 2016.—Lic. Monique María Zeller van Engelen, Notaria.—1 vez.—( IN2016078640 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, de San José, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de la sociedad Mahakala S. A. Se reforma el domicilio social y la cláusula de la representación, se nombra agente residente.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—( IN2016078645 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, de San José, a las nueve horas del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de la sociedad Jerez Wong S. A. Se reforma el domicilio social y la cláusula de la administración, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—(IN2016078646).

Por escritura otorgada en esta notaría, de San José, a las diez horas del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de la sociedad Tatagatha S. A. Se reforma el domicilio social y la cláusula de la administración, se nombra fiscal y agente residente.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—( IN2016078647 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, de San José, a las diez horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de la sociedad Anand Khyana S. A. Se reforma el domicilio social y la cláusula octava de la representación, se nombra agente residente.—Lic. Roxana Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—( IN2016078648 ).

Por escritura número ciento cuarenta y uno del tomo quinto del protocolo del notario Iván Darío Villegas Franco, se protocolizo asamblea extraordinaria de la sociedad Optimacomcorp Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos sesenta y cinco en la que se acordó modificar la cláusula quinta; la cual en adelante se leerá: “El capital social será de treinta y cuatro millones de colones, divididos en cien acciones comunes y nominativas de trescientos cuarenta mil colones cada acción, capital totalmente suscrito y pagado por el socio Gustavo Adolfo Yañez Morelli. El suscrito notario da fe que el aporte se hizo tal y como se expuso en forma definitiva, el socio Gustavo Adolfo Yañez Morelli suscribe y firma a favor de la presente sociedad una letra de cambio que ampara el monto suscrito, la cual será depositada en la caja fuerte de la compañía”. Es todo.—San José, veinticinco de octubre el dos mil dieciséis.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—( IN2016078656 ).

Por escritura número ciento noventa del tomo quinto del protocolo del notario Iván Darío Villegas Franco, se protocolizó Asamblea Extraordinaria de la sociedad Grupo Jaquematte Internacional C.R., Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-seiscientos tres mil novecientos setenta y tres; en la que se acordó modificar la cláusula segunda; la cual en adelante se leerá: “Su domicilio estará en San José, Santa Ana, centro comercial Momentun Lindora, seiscientos metros al norte del cruce de Santa Ana-San Antonio de Belén, frente al Automercado de Lindora, Santa Ana, Nómada, Oficina cuatro, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en los demás lugares del país o fuera de él.”. Es todo.—San José, veinticinco de octubre el dos mil dieciséis.—Lic. Iván Darío Villegas Franco, Notario.—1 vez.—( IN2016078657 ).

Se protocoliza acta de la firma de esta plaza “J G C G El Coyol Sociedad Anónima”. Se reforma cláusulas segunda, sexta, se elimina agente residente.—San José, dieciocho de agosto del año dos mil dieciséis.—Lic. Andrea Karolina Rojas Mora, y Marco Vinicio Araya Arroyo, Notarios.—1 vez.—( IN2016078660 ).

Ante esta notaría, el día tres de setiembre del dos mil dieciséis se constituyó la sociedad Lógica Aduanera Logad S. A, capital social cien mil colones el cual se paga aportando un equipo de cómputo portátil, domicilio Heredia, Flores, San Joaquín, del Mega Súper cincuenta metros oeste y setenta y cinco metros norte, plazo social noventa y nueve años, presidente Jorge Acuña Blanco.—Lic. Didier Solórzano Ruiz, Notario Cartulante.—1 vez.—( IN2016078661 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Agroservicios Super Grano S Y C Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula primera, del pacto constitutivo en relación al nombre y en lo sucesivo se denominará: Blacor Importaciones de Occidente S. A.—Naranjo, veintisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Eliott Dayan Vargas Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016078671 ).

Por escritura otorgada, ante ésta notaria, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Autotransportes Lumaca Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta mil doscientos treinta y seis. Se modifican las cláusulas segunda y sexta, relativas al domicilio social y administración, respectivamente. Se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 20 de octubre del 2016.—Lic. Mario Francisco Badilla Apuy, Notario.—1 vez.—( IN2016078672 ).

Mediante escritura número ciento setenta y uno-cuatro, otorgada al ser las ocho horas del día seis de octubre del dos mil dieciséis, se realizó la protocolización de acta número uno de cambio de junta directiva de la sociedad denominada The River Branches Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y un mil novecientos ochenta y nueve.—San Isidro de Pérez Zeledón, a las quince horas del día seis de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Mildred Ariani Morales Castrejón, Notaria.—1 vez.—( IN2016078673 ).

El suscrito notario hace constar y da fe que mediante escritura pública número 124 otorgada ante mí, a las 9:00 del 07 de octubre de 2016, se modificó la cláusula 1 y 2 del pacto constitutivo de la sociedad Golden Castle Real Estate S. A. Es todo.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—( IN2016078714 ).

El suscrito notario público, hago constar que en esta notaría, al ser 10 horas del 27 de octubre del 2016, el señor Jonathan Valverde Rivera, y la señora Andrea Durán Gómez, constituyeron la sociedad denominada Inversiones V D de Cartago Sociedad Anónima, con un capital de diez mil colones; domicilio provincia de Cartago, cantón de Cartago, distrito El Carmen cien metros al norte y doscientos cincuenta oeste del Asilo del Carmen. Presidente y secretaria con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente Jonathan Valverde Rivera.—Cartago, 27 de octubre del 2016.—Lic. Minor Gerardo Álvarez López, Notario.—1 vez.—( IN2016078720 ).

Mediante escritura 7-21 otorgada ante mí, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Radical Life Ministries S. A., cédula jurídica N° 3-101-569081, de disolución de la sociedad.—San José, 27 de octubre del 2016.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2016078721 ).

Por escritura otorgada en mi notaría en esta ciudad, a las doce horas del quince de octubre del dos mil dieciséis, el señor Marvin Villalobos Mesén y otros, realizan aumento de capital de la sociedad de Curridabat, denominada FM Casa Eléctrica Sociedad Anónima.—Lic. Enrique Araya Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016078724 ).

Se reforma nombramientos de junta directiva pertinentes a tesorero y presidente, además se modifica ante esta notaría, la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad Mensajería Condor-Ex Internacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil quinientos sesenta y nueve.—San José, nueve horas del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Manuel Antonio Ballesteros Ortega, Notario.—1 vez.—( IN2016078728 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 28 de setiembre del año dos mil dieciséis, se acuerda modificar del pacto constitutivo la cláusula segunda, sexta y reforma de junta directiva de Inversiones Tres Siete Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-713900.—San José, 25 de octubre del 2016.—Lic. María Virginia Méndez Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2016078731 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las 08:00 horas del 27 de octubre del año 2016, se protocoliza asamblea general extraordinaria de Inmobiliaria Framoso Sociedad Anónima; en virtud de la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo; y se realiza nombramiento de junta directiva y fiscal. Presidenta: María Isabel Cordero Segura.—San José, veintisiete de octubre del año 2016.—Licda. Sandra María Arce Carmona, Notaria.—1 vez.—( IN2016078735 ).

Mediante acta número nueve de asamblea general de socios de Pasarella Intima Sociedad Anónima, a las diez horas del nueve de agosto del dos mil dieciséis se modificó el cargo de presidente y se nombra en el cargo a Pedro José Duque Gómez, pasaporte y uno tres cinco seis tres siete cinco siete cinco.—Licda. Andrea Alvarado Sandi, Notaria.—1 vez.—( IN2016078737 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 13:00 horas del día 27 de octubre del 2016, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza Grupo del Rodeo S. A., por la que se varía el domicilio.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier, Notario.—1 vez.—( IN2016078742 ).

La sociedad de esta plaza Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Nueve Mil Setecientos Noventa y Dos S.R.L., cédula de persona jurídica tres-ciento dos-seiscientos ochenta y nueve mil setecientos noventa y dos entra en proceso de liquidación. Notaría de Sergio Quesada González.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—( IN2016078767 ).

La sociedad de esta plaza Chavejim S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y nueve mil setecientos cincuenta y cuatro, entra en proceso de liquidación. Notaría de Sergio Quesada González.—San José, 27 de octubre de 2016.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—( IN2016078768 ).

Por escritura de las 8 horas del 26 de octubre del 2016, se otorgó acuerdo de socios de la empresa Star Modelo Agencia y Academia S. A., mediante la cual se acuerda disolverla.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. José Francisco Chacón González, Notario.—1 vez.—( IN2016078769 ).

Protocolización de acta de asamblea de Alergia y Asma S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno trescientos ochenta y dos mil ciento quince. Notaría de Sergio Quesada González.—San José, 27 de octubre de 2016.—Lic. Sergio Quesada González, Notario.—1 vez.—( IN2016078770 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del veintiocho de octubre del dos mil quince, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de asociados de la Asociación Vivienda Fuente de Vida San Rafael, con cédula jurídica número tres-cero cero dos-cuatro cinco cero ocho siete nueve. Se acepta la renuncia de toda la junta directiva y fiscalía y se hacen nuevos nombramientos.—Licenciada María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2016078771 ).

Protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de A.T.S.I. Televisión AL Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cuatro ocho dos seis dos, en la cual se modifica la administración. Escritura otorgada en Heredia a las quince horas del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Rebeca Madrigal Garita, Notaria.—1 vez.—( IN2016078775 ).

Ante mi notaría, por escritura doscientos cinco, folio ciento dieciséis vuelto, tomo octavo, Comercializadora del Sur Decosure S. A., modifica estatutos.—San José, veintiocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—( IN2016078777 ).

Por escritura número treinta y nueve, otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del día veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios, de la entidad denominada Latam Media Devices Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: Tres-ciento uno-seiscientos sesenta y nueve mil novecientos cincuenta y uno, en la cual se modifica la cláusula quinta y novena del pacto constitutivo, y se nombra secretario de la junta directiva.—Santo Domingo de Heredia, 27 de octubre del año 2016.—Lic. Fausto Alejandro Bolaños Araya, Notario.—1 vez.—( IN2016078779 ).

Por escritura número ciento treinta y tres otorgada ante la notaria pública Dixy Vargas Brenes, protocolicé el acta número dos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad anónima denominada Desarrollo Arizona de Liberia Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento-uno ocho uno cuatro dos siete, donde se modifica la cláusula primera de la escritura de constitución.—Alajuela, a las ocho horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Dixy Vargas Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2016078782 ).

Ante esta notaria se ha procedido a protocolizar piezas de la asamblea general extraordinaria de Urbanizaciones Residenciales Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doce mil seiscientos cuarenta y uno, en la cual se modifica el plazo social, para que sea lea noventa y nueva años desde su constitución; su domicilio social actual es San José, calles cuatro y seis, avenida dieciocho, número: cuatrocientos cuarenta y uno y se ratifica los miembros de la junta directiva y fiscal; el presidente y la vicepresidenta ostentan las facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, veintisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Ernesto Ortiz Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016078783 ).

Ante mí, Rafael Ángel Salazar Fonseca notario con oficina en Heredia, la sociedad Distribuidora Jeans Internacional Sociedad Anónima nombró nuevo presidenta a Laura Meléndez Quesada, quien no tendrá representación de la sociedad.—Heredia veintiocho de octubre dos mil dieciséis.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2016078795 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis protocolicé acta de Condominio Hacienda Gregal Lote Seis MNO S. A. de las diez horas treinta minutos del veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y octava.—Lic. Andrea Morúa Vega, Notaria.—1 vez.—( IN2016078798 ).

Por escritura número cincuenta y tres-dieciocho, otorgada ante los notarios Margarita Odio Rohrmoser, Juan Carlos León Silva, Cristina Mora Granados, Alberto Sáenz Roesch, Jorge González Roesch y Juvenal Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero a las ocho horas del veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis, se acuerda modificar la cláusula séptima de las asambleas de socios de la sociedad Helechos de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Juan Carlos León Silva, Conotario.—1 vez.—( IN2016078799 ).

Por escritura pública de las quince horas del treinta de septiembre de dos mil dieciséis, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Macro Comercial S. A., titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y un mil seiscientos noventa y dos, mediante la cual se aumenta el capital social común y consecuentemente se reforma la cláusula cuarta del capital social. Es todo.—Santa Ana, treinta de septiembre de dos mil dieciséis.—Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—( IN2016078802 ).

Por medio de escritura otorgada al ser las dieciséis horas del dieciocho de octubre del año dos mil dieciséis, se protocoliza asamblea general extraordinaria número cinco de la compañía denominada Global MED FCL Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y dos mil ciento cincuenta y tres mediante la cual se reforma estatuto.—San José, diecinueve de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—( IN2016078804 ).

Por medio de escritura otorgada al ser las diez horas con treinta minutos del veinte de octubre del dos mil dieciséis, donde se solicita la legalización de los libros de la compañía denominada Cover Superficies MV Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y tres mil quinientos cincuenta y nueve.—San José, veinticuatro de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—( IN2016078805 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas del día veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la sociedad denominada 3-102-721101 SRL. Donde se acuerda modificar las cláusulas primera, segunda, cuarta, novena y décima del pacto social.—San José, veintisiete de octubre del dos mil dieciséis. Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2016078806 ).

A las once horas del dieciocho de octubre de dos mil dieciséis ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo de Desarrollo Técnico Berhnos Sociedad Anónima donde se modifica la cláusula novena del pacto social.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—( IN2016078811 ).

Mediante escritura número 217-44 otorgada a las 10:20 horas del 26 de octubre del 2016, se protocoliza acta de socios de la empresa Grupo Familiar Navarro Estrada S.R.L., por la que se reforma nombre y la administración.—Tibás, 27 de octubre del 2016.—Licda. Catherine Uribe Lorío, Notaria.—1 vez.—( IN2016078831 ).

Mediante escritura número 204-38 otorgada a las 15:26 horas del 29 de agosto de 2016, se protocoliza acta de socios de la empresa Comercializadora de la Calle Real S. A., por la que se reforma la administración.—Tibás, 27 de octubre de 2016.—Lic. Catherine Uribe Lorío, Notaria.—1 vez.—( IN2016078832 ).

Mediante escritura número 203-38 otorgada a las 15:00 horas del 29 de agosto de 2016, se protocoliza acta de socios de la empresa Erotic Toys S. A., por la que se reforma nombre y la administración.—Tibás, 27 de octubre de 2016.—Lic. Catherine Uribe Lorío, Notaria.—1 vez.—( IN2016078833 ).

Los accionistas de Tres Regalos del Cielo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cincuenta y uno setenta y nueve cincuenta y seis. Mediante asamblea general extraordinaria celebrada el día veintitrés de setiembre del dos mil dieciséis, realizaron cambio de junta directiva, y reformaron la convención I del pacto constitutivo referente al período de los nombramientos de la junta directiva.—Licda. Beatriz Morera Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016078835 ).

Ante mí, Rafael Vladimir Valverde Ramírez, Notario Público con oficina en San José, en escritura otorgada a las catorce horas del veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis, se constituyó la empresa Suventures Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, siendo su gerente la señora Theresa Mary Roberts, su capital empresarial se encuentra totalmente suscrito y pagado.—Lic. Rafael Vladimir Valverde Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016078836 ).

Mediante escritura número cuarenta y dos-uno, otorgada ante los notarios públicos Mónica Dobles Elizondo, Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch, y Alberto Sáenz Roesch, actuando en conotariado en el protocolo del primero a las quince horas del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, se aumenta el capital social de la compañía denominada TVRF Property Sociedad Anónima.—San José, 27 de octubre del 2016.—Licda. Mónica Dobles Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2016078843 ).

Por escrituras N. 39; de 27/10/2016, se protocolizó acta de asamblea de Sweer Crops Costa Rica S. A.; se modifica el nombre de la sociedad por Sweet Crops Costa Rica S. A. Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria 7664.—San José, 27 de octubre de 2016.—Lic. Xinia Mayela Campos Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2016078851 ).

Por escritura otorgada ante la notaria pública Dianela Ramírez Quesada, se modifica la cláusula de capital social aumentándose el capital social de la sociedad denominada Escuela Social Juan Veintitrés Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y tres mil doscientos cincuenta y ocho. Carné 14531.—San José, veintiocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Dianela Ramírez Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2016078852 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaria, a las doce horas del siete de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Solaris Pacífico Sociedad Anónima, y consecuentemente modificar la cláusula segunda de los estatutos, donde se cambió el domicilio, siendo el actual: San José-Puriscal, Santiago, cien metros este del Banco Popular.—Puriscal, octubre siete del 2016.—Licda. Roxana Chavarría Azofeifa, Notaria.—1 vez.—( IN2016078854 ).

En mi notaría, se procedió a protocolizar el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Minerva Bebidas S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatro cuatro cuatro siete ocho, domiciliada en Naranjo. Se acuerda en el acta supra citada el cambio del objeto de la mencionada sociedad. Es todo.—Lic. Olman Martínez Picado, Notario.—1 vez.—( IN2016078856 ).

Ante mí, Ana Lourdes Gólcher González, notaria pública con oficina abierta en San José, se constituyó la sociedad International Modern Development Sociedad de Responsabilidad Limitada. Escritura otorgada a las once horas del veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—San José, veintisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria.—1 vez.—( IN2016078857 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del diez de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó Hijona S. A., domiciliada en los Ángeles de Nandayure, Guanacaste, doscientos metros al noroeste de la iglesia católica, capital social diez mil colones, plazo social noventa y nueve años. Presidente; José Joaquín Heliberto Alvarado Castillo.—Carmona, 10 de octubre del 2016.—Mgtr. Tonis Vianey Jiménez Moya, Notario.—1 vez.—( IN2016078858 ).

Mediante escritura otorgada el día de hoy, procedo a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Asesoría Aduanal Bensa Sociedad Anónima, cedula jurídica N° 3-101-697032, mediante la cual se procede a reformar la cláusula octava del pacto social y nombrar nueva junta directiva.—San José, 23 de setiembre del dos mil dieciséis.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2016078859 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del trece de setiembre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada ALSNJ Josha Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cero cero seis cero cuatro, por medio de la cual se acordó la disolución de la sociedad y su liquidación por no existir activos ni pasivos pendientes de liquidación.—Puntarenas diecisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Carballo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016078862 ).

Se comunica que la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Un Mil Ochenta y Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y un mil ochenta y uno, reforma la cláusula octava de la junta directiva del pacto constitutivo.—Liberia, dieciocho de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Jenilee Lara Rivera, Notaria.—1 vez.—( IN2016078867 ).

Ante esta notaría, a las dieciséis horas del dieciocho de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó la Fundación Norte, con un patrimonio de cuatrocientos mil colones. Directores fundadores: Jéssica Brenes Jiménez, cédula número siete-cero uno cuatro dos-cero seis tres siete, Tamar Hines Salmon, cédula número uno-uno tres uno cinco-cero tres cinco cero. Domicilio: San José, El Carmen, Barrio Escalante, trescientos metros este de la Rotonda El Farolito, casa esquinera.—San José veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Gilberto Calvo Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2016078877 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Kirake Servicios Hoteleros Sociedad Anónima. Disolución de sociedad anónima.—Naranjo, veintisiete de octubre del dos mi dieciséis.—Licda. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2016078879 ).

En escritura número sesenta y ocho otorgada en esta notaría, al ser las once horas treinta y un minutos del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó en lo conducente el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Continental Américas Realty Company Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-337993, en la que estando representada la totalidad del capital social se prescindió del trámite de convocatoria y por unanimidad de votos, se acordó: I) Modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo, II) Revocar y remover de sus cargos al presidente, secretario, tesorero y fiscal y para el resto del plazo social se acordaron nuevos nombramientos para dichos cargos. Adicionalmente se acordó remover de su cargo al agente residente. Todos los nombrados, aceptaron los cargos. Se declararon firmes los acuerdos. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de octubre del 2016.—Licda. Marielena Mora Schlager, Notario.—1 vez.—( IN2016078888 ).

Ante esta notaría al ser las doce horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó la empresa denominada Río Nilo Medical Esthetic Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, con capital social cien mil colones, plazo social cien años a partir del día de hoy, domicilio en Heredia, Heredia, Barrio Fátima, de la Iglesia Católica, diez metros al norte y veinticinco metros al este.—San José, veintiocho de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Wendy Solórzano Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016078889 ).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 21 de setiembre del 2016, protocolicé acuerdos de la empresa Sotovac Consultores Limitada, donde se disuelve dicha sociedad.—San José, 21 de setiembre del 2016.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2016078890 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Rodríguez Alfaro S. A., mediante la cual se reforman las cláusulas primera y segunda.—San José, 26 de octubre de 2016.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—( IN2016078904 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del veinticinco de octubre del dos mil dieciséis, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad La Francesa Caribeña Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cinco mil doscientos seis, de las quince horas del veintiuno de octubre del dos mil dieciséis, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta de los estatutos y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2016078924 ).

Por escritura número setenta y siete-doce, otorgada ante el notario público Adrián Alvarenga Odio a las quince horas del día cinco de octubre del año dos mil dieciséis, se disuelve y liquida la sociedad Bacasa Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 06 de octubre del 2016.—Lic. Adrián Alvarenga Odio, Notario.—1 vez.—( IN2016078925 ).

Mediante escritura otorgada hoy, a las diez horas, se modifica la cláusula del domicilio de la sociedad denominada El Machetazo de San Isidro Sociedad Anónima, 3-101-157286.—San José, veintiséis de octubre del 2016.—Licda. Marianela Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2016078927 ).

Que por escritura otorgada ante esta Notaría a las ocho horas del día veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Construinmueble R. S. A. Sociedad Anónima.—Cartago, veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Wálter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2016078931 ).

Por escritura número N° 297 otorgada ante esta notaría, a las a las ocho horas del 26 de octubre del 2016, se modificó la representación de la sociedad, denominada Karman Bienes S. A., cédula jurídica 3-101-605528.—Cartago 26 octubre del 2016.—Lic. Walter Guillermo Moya Sanabria, Notario.—1 vez.—( IN2016078932 ).

Por escritura otorgada ante ésta notaría, a las nueve horas del veintiocho de octubre de dos mil dieciséis, se acordó modificar el pacto constitutivo de la sociedad Sun Coast Development S. A.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2016078933 ).

Por escritura otorgada ante ésta notaría a las ocho horas treinta minutos del veintiocho de octubre de dos mil dieciséis, se acordó modificar el pacto constitutivo de la sociedad Mizona Costa Rica S. A.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2016078934 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiocho de octubre de dos mil dieciséis, se acordó modificar el pacto constitutivo de la sociedad Sunco Costa Rica S. A.—Lic. Alfredo Andreoli González, Notario.—1 vez.—( IN2016078935 ).

Por escritura otorgada ante mí, el 28 de setiembre del 2016, se protocolizó el acta número 1, de la empresa Bloc Master S. A., cedula jurídica 3-101-515203 por medio de la cual se modifica la cláusula novena de los estatutos sociales.—Montes de Oca, San Pedro, veintiséis de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016078950 ).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy ante esta notaría, otorgada ante este notario y mediante escritura número treinta y tres de las trece horas treinta minutos del jueves veinte de octubre de dos mil dieciséis, se protocolizó acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: El Ebro Silencioso Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-715226, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula octava del pacto social en cuanto a sus facultades. Firmo en la provincia de San José, a las trece horas treinta minutos del jueves veinte de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Edwin Ortiz Mena, Notario.—1 vez.—( IN2016078953 ).

Mediante escritura número doscientos doce, otorgada a las catorce horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis en el protocolo de la notaria Vera María Sancho Vásquez se constituyó la sociedad denominada Costa Rica Education Exchange Sociedad Anónima. Es todo.—Palmares veintiocho de octubre del año dos mil dieciséis.—Licda. Vera María Sancho Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2016078961 ).

La suscrita notaria Maritza Araya Rodríguez, hace constar que en mi notaria se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Cohelo Socidad Anonima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cinco cero cinco seis seis. Es todo.—San Vito veintiocho de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Maritza Araya Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2016078968 ).

Por escritura número 209-5 del 19 de octubre del año 2016, el licenciado Alexander Soto Guzmán, se constituye la sociedad Inversiones David Vargas Sociedad Anonima, con domicilio social en San José, San José, Zapote, cien norte y setenta y cinco oeste de la Rotonda de las Garantías Sociales, como presidente el señor David Alonso Vargas Madriz.—San José, 28 de octubre del 2016.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2016078971 ).

Ante mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del diecinueve de octubre del dos mil dieciséis, se constituyó la empresa Emprendimiento Dos Mil Diez S. A., su presidente es: Ramiro Madriz Picado, cédula de identidad uno-trescientos noventa y cinco-ciento cincuenta y nueve.—31 de octubre del 2016.—Dr. Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016078972 ).

Por escritura número ochenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las trece horas del seis de julio del dos mil dieciséis, se le cambió la junta directiva de sociedad, Inversiones Lee S. A. y se reforma el domicilio social.—San José, a las trece horas del día veintinueve de setiembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Rodolfo Jiménez Quirós, Notario Público.—1 vez.—( IN2016078979 ).

En mi notaría, por escritura número 213 otorgada en San José a las 10:00 horas del 25 de octubre del año 2016 del tomo 18 de mi protocolo, se realizó cambio de cláusula sexta correspondiente a la administración de Cavero Enterprises S. A.—San José a las 19 horas del 25 de octubre del año 2016.—Lic. Alejandro Vargas Carazo, Notario.—1 vez.—( IN2016078981 ).

Con vista en el libro de actas de asamblea general de socios de Green Plants C.O.R.P. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil cuatrocientos setenta y nueve, del ocho horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis, se realizó la asamblea general extraordinaria, la cual estuvo representada por la totalidad del capital social, en la cual se tomó el acuerdo del nombramiento de una nueva junta directiva. Es todo.—Alajuela, San Carlos, Florencia, once horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Rodrigo Garita López, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2016078984 ).

Que en esta Notaría, se ha constituido la sociedad de esta plaza Corporación Quigo Internacional S. A. Es todo. Firmo en San José, a las ocho horas quince minutos del día lunes treinta y uno de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Andrés Durán López, Notario.—1 vez.—( IN2016078988 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría a las 08:00 horas del 11 de octubre de 2016, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Stansell Support S. A., cédula jurídica Nº 3-101-616907, mediante la cual se modifica las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2016078994 ).

Por escritura número mil treinta y cinco-cinco, otorgada ante esta Notaría, a las dieciocho horas del veinte de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta asamblea extraordinaria N° dos de Socios de 3-102-706279 S.R.L., cédula jurídica número 3-102-706279; nombramiento de gerente Guiselle Lizano Barboza, cédula número 1-0520-0941 y modificación cláusula segunda de la escritura constitutiva.—Monterrey, Montes de Oca, 24 de octubre del 2016.—Lic. Gerardo Ulises Alfaro Portuguez, Notario.—1 vez.—( IN2016078995 ).

Por escritura número ciento ochenta y uno, otorgada en mi Despacho a las dieciocho horas del día veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, se realizó protocolización de cambio de representación y domicilio de la sociedad Ingeniería y Arquitectura A M S A.,  cédula jurídica tres-ciento uno- trescientos treinta y nueve mil quinientos noventa y ocho. Es todo.—Grecia, veintisiete de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—( IN2016078999 ).

Mediante escritura otorgada en mi notaria, a las 13:30 horas del 30 de setiembre del 2016, escritura numero dieciséis, visible al folio veintidós frente del tomo tercero de mi protocolo, se realiza la escritura de disolución de la sociedad Inversiones Rogalbo S.A.—Lic. Jairo Cervantes Estrada, Notario.—1 vez.—( IN2016079003 ).

Por escritura otorgada a las catorce horas treinta minutos del catorce de setiembre dos mil dieciséis, ante esta notaria, se reforman las cláusulas primera y sétima del pacto social de la mercantil Ecological Seguridad S. A.—San José, veintisiete de octubre dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—( IN2016079013 ).

Por escritura otorgada a las nueve horas treinta minutos del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, ante esta notaría, se reforma la cláusula novena del pacto social de la mercantil Inversiones Famsau S. A.—San José, veintisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—( IN2016079015 ).

Por escritura otorgada a las diez horas del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, ante esta notaria, se reforma la cláusula sexta del pacto social de la mercantil Corporación DP Dorado Inc. S. A.—San José, veintisiete de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Guillermo Sánchez Sava, Notario.—1 vez.—( IN2016079016 ).

Ante esta notaría mediante escritura otorgada a las quince horas del primero de julio del dos mil trece, se ha constituido el pacto constitutivo de la sociedad Carrocerías y Remolques Chino Sociedad Anónima. Lo anterior mediante escritura número ciento sesenta y uno-quince visible al folio ciento sesenta y seis frente del tomo quince del protocolo de la suscrita notaria.—Grecia, a las dieciséis horas del primero de julio del dos mil trece.—Licda. Karolina Venegas Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2016079033 ).

Mediante la escritura de protocolización número treinta y nueve del protocolo dos, del suscrito notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas, a las quince horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis. La sociedad costarricense Peak Investments I. S.R.L., cedula jurídica N° 3-102-693287, modifica sus estatutos.—Uvita, Osa, Puntarenas, veintiocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2016079040 ).

Por escritura otorgada ante el notario Pablo Matamoros Arosemena, a las 08:00 horas del día 27 de octubre del 2016, Grupo Panher Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-trescientos ocho mil doscientos sesenta y nueve nombra nuevo presidente y fiscal reforma cláusula octava.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—( IN2016079044 ).

Alshotar Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero siete seis cero seis ocho, comunica que acordó disolver esta sociedad de acuerdo al artículo doscientos uno inc. d) del Código de Comercio.—Belén, veintiocho de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2016079047 ).

Por escritura otorgada ante el notario Pablo Matamoros Arosemena, a las 08:00 horas del día 28 de octubre del 2016, Homdon Sociedad Anónima cedula jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y nueve mil quinientos treinta y cinco reforma las clausulas segunda y octava.—San José, 28 de octubre del 2016.—Lic. Pablo Matamoros Arosemena, Notario.—1 vez.—( IN2016079050 ).

Mediante la escritura de protocolización número treinta y ocho del protocolo dos, del suscrito notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas a las catorce horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis. La sociedad costarricense Elysium Shores Limitada, cédula jurídica N° 3-102-673372, modifica su domicilio social.—Uvita, Osa, Puntarenas, veintiocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2016079054 ).

Mediante la escritura de protocolización número diecinueve del protocolo dos del suscrito notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas, a las dieciséis horas del cinco de octubre del dos mil dieciséis. Se acuerda disolver la sociedad costarricense Suave Suave S. A., cedula jurídica N° 3-101-359908.—Uvita, Osa, Puntarenas, veintiocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2016079058 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de: Avícola Pollo Rey Costa Rica A.P.R. S. A., cédula jurídica 3-101-387479; Transportes Kodu S. A., cédula jurídica 3-101-213559; V.A.K. Equipos del Norte S. A. cédula jurídica 3-101-221503; Avícola Tío Pepe Costa Rica ATO. S. A., cédula jurídica 3-101-404859; Productos de Pollo Komelsen y Duecic S. A., cédula jurídica 3-101-041862 Colinas Balsa, S. A., cédula jurídica 3-101-242925; Avícola del Istmo Costa Rica A.I., S. A., cédula jurídica 3-101-409086; y, Avícola Dos Mil, S. A., cédula jurídica 3-101-229272. Producto de lo anterior, la primera sociedad absorbe a las otras, y consecuentemente se modificó en aumento el capital social de la primera. Es todo.—San José, veintisiete de octubre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016079066 ).

Por escritura pública número trescientos cuarenta y seis- catorce otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veintiocho de octubre del año dos mil dieciséis se constituyó la sociedad B & C Comercial Sociedad Anónima. Presidente Karina Chaves González.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—( IN2016079075 ).

Yo Julio César Zárate Arias, notario público, con oficina abierta en la ciudad de Alajuela, el día trece de octubre del dos mil dieciséis, al ser las ocho horas, mediante escritura doscientos sesenta y cinco, procedo a protocolizar acta de asamblea número siete, de la sociedad denominada Distribuidora Comercial Rovi de Costa Rica S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos tres ocho siete dos uno, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad antes indicada, por no haberse cumplido los objetivos sociales. Es todo.—Alajuela, trece de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Julio César Zárate Arias, Notario.—1 vez.—(IN2016079077 ).

Por escritura otorgada el día de hoy, la empresa denominada Grupo Masia de Costa Rica Dos Mil Doce Sociedad Anónima, protocoliza acta. Se reforma la cláusula sétima de los estatutos. Se nombra nuevo secretario de la junta directiva.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2016079079 ).

Ante mi notaría a las dieciocho horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis, se constituyó sociedad denominada Graks Inversiones Ltda., domiciliada en San José, Cinco Esquinas de Tibás, del Abastecedor El Once, doscientos metros norte, casa mano derecha, con plazo de cien años con capital social de cien mil colones.—San José, a las diecinueve horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Hernán Sánchez Guevara, Notario.—1 vez.—( IN2016079084 ).

Ante esta notaría, a las 13 horas del 11 de setiembre del 2016, se protocolizó el acuerdo de los socios para la disolución de Inversiones Sánchez y Matamoros C Y M Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101- 667745; conforme lo establecido en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, ante el notario Danilo Barrantes Aguirre.—Alajuela, 31 de octubre del 2016.—Lic. Danilo Barrantes Aguirre, Notario.—1 vez.—( IN2016079088 ).

La suscrita notaria hace constar, que ante su notaría se protocolizó actas de asamblea general extraordinaria de la sociedad, Brightstar Costa Rica S. A. Donde se reforma la cláusula referente a su junta directiva, y se nombra nuevo subgerente. Licda. Annia Ross Muñoz, carnet de abogada y notaria 3778, cédula 1686838 teléfono: 22-20-18-67.—San José, 27 de octubre del 2016.—Licda. Annia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2016079090 ).

Por escritura de las 14:30 horas del 27 de octubre de 2016, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Recreación y Salud Alamga S. A. Se reforma el domicilio social y la cláusula del capital.—San José, 27 de octubre de 2016.—Licda. Magally Herrera Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2016079095 ).

Por escritura pública otorgada ante mí notaría, el día de hoy, se protocoliza acta número dos del libro de asamblea de socios, mediante la cual se reforma: domicilio social, nombramiento de miembro de junta directiva y modificación de la cláusula de administración de la sociedad Inversiones Irinia S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos diez mil doscientos ochenta y nueve.—San José, once de octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Vianney Saborío Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016079097 ).

El suscrito Álvaro Hernández Chan notario público da fe y hace constar que ante esta notaria en escritura siete, folio diez frente del tomo cuarto del notario Carlos González Sáenz, el día veintisiete de octubre del año dos mil dieciséis a las 12:10 se protocolizo el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Desarrolladora Sol de Verano LFJ, cédula 3-101- 715564, se reforman las clausulas Nos, 1, 2, 7, 10, del pacto constitutivo.—San José, veintisiete de octubre 2016.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—( IN2016079101 ).

El suscrito Álvaro Hernández Chan notario público da fe y hace constar que ante esta notaría en escritura seis, folio nueve frente del tomo cuarto del notario Carlos González Sáenz, el día veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis a las doce horas se protocolizo el acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de la sociedad Inversiones Corazones de Corales ZBA, cédula 3-101-715561, se reforma cláusula 2, 7, 10, del pacto constitutivo.—San José, veintiséis de octubre 2016.—Lic. Álvaro Hernández Chan, Notario.—1 vez.—( IN2016079105 ).

Ante esta notaría se constituyó la sociedad Soluciones Industriales Técnicas Solintec R.C.A Sociedad Anónima, cuya actividad es la agricultura, industria y el comercio en general, para tal fin podrá realizar cualquier acto de comercio, pudiendo dar y recibir en propiedad fiduciaria, el plazo social es de cien años, cuyos representantes son Carlos Luis Conejo Rojas, Eric Gerardo Ramírez Monge y Oscar Eduardo Abarca Fernández, y fue constituida el diecisiete de octubre del dos mil dieciséis. Carné número 13749.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—( IN2016079116 ).

A las 17:00 horas del hoy, constituí la sociedad Depósito de Materiales de Construcción y Afines San Juan Limitada, Domicilio San José, Desamparados, capital suscrito y pagado, gerentes nombrados.—San José, 26 de octubre del 2016.—Lic. Giovanni Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—( IN2016079121 ).

El suscrito notario Andrés Waisleder Goldberg, notario público con oficina en San José, Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, señala que ante su notaría se protocolizó, acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Luciérnaga Ochenta y Ocho Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres - ciento uno - seiscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos cincuenta y cuatro, mediante la cual se modifica la cláusula del domicilio de la compañía. Lo anterior consta en la escritura número ochenta y nueve - ocho, de las doce horas del día diecisiete de octubre del dos mil dieciséis, visible al tomo de protocolo número ocho.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg, Notario.—1 vez.—( IN2016079127 ).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 29 de octubre 2016, protocolicé acta extraordinaria de la asamblea uno de Inversiones Maryes S. A., cédula jurídica 3-102-466555, se reformó la cláusula sétima referida a la administración y el domicilio social.—Lic. Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2016079128 ).

En esta notaría, al ser las 16:30 horas del 20 de octubre del 2016, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Derma Plástica Sociedad Anónima, en la que se acuerda reformar la cláusula de la administración.—San losé, 20 de octubre del 2016.—Licda. Melissa Ramos Ross, Notaria.—1 vez.—( IN2016079136 ).

Mediante escritura pública otorgada a las 07 horas del 16 de octubre del 2016. Se modifica pacto constitutivo en su clausulas segunda, sexta y séptima de la sociedad Grupo Soporte del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-708717.—San José, 21 de octubre del 2016.—Licda. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—( IN2016079140 ).

Por escritura otorgada el veintiocho de octubre del dos mil dieciséis, se disuelve la compañía Inversiones Me & Ray S. A., con cédula de persona jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos cincuenta mil ciento cuarenta y ocho.—San José, veintiocho de octubre del dos mil dieciséis.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario.—1 vez.—( IN2016079146 ).

Ante la notaría del Lic. Víctor Manuel González Loría, mediante escritura número doscientos diecinueve, visible al folio ciento seis frente y vuelto, del tomo sexto del protocolo del suscrito Notario, de fecha once horas del día diecisiete de octubre del año dos mil dieciséis, se modifica la cláusula octava de los estatutos de la compañía denominada Albergues El Tucán Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y cuatro mil cien, con domicilio en Santa Elena de Monteverde de Puntarenas cien metros al sur del Banco Nacional de Costa Rica. Es todo.—San José, treinta y uno de octubre del año dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1 vez.—( IN2016079149 ).

Hoy ante mi notaría, Ariel Esteban Calero Gutiérrez y Zeneida Chavarría Guillén, constituyen Protección Privada Zeus Sociedad Anónima.—30 de octubre del 2016.—Lic. Juan Carlos Rojas Sandí, Notario Público.—1 vez.—( IN2016079152 ).

Por escritura otorgada ante mi Notaría, a las 16:00 horas del 26 de octubre de 2016, Cruztamar de Colorado Sociedad Anónima, reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo referente a la administración.—Cañas, Guanacaste, 28 de octubre de 2016.—Licda. Ester Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—( IN2016079155 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 09:00 horas del 27 de octubre de 2016, Vivero Cañas Sociedad Anónima, reformó la cláusula segunda del domicilio, siendo: “Distrito primero Cañas, cantón sexto Cañas, de la provincia de Guanacaste, de Almacén El Colono doscientos metros oeste”.—Cañas, Guanacaste, 28 de octubre de 2016.—Licda. Ester Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—( IN2016079158 ).

Se constituyen según escritura número ciento treinta y ocho del tomo primero la sociedad denominada Constructora y Desarrolladora Valeria Sociedad Anónima, con un capital social de dos millones de colones y representadas por su presidente José Ángel Paniagua Madrigal, otorgada a las trece horas del veintiocho de octubre del dos mil seis, ante el notario Enio Dino Blando Valverde.—Lic. Enio Dino Blando Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2016079162 ).

En mi notaría, a las 09 horas, del 31 de octubre de 2016, se constituyó sociedad Healthfull B y B Hollydays S. A. Capital social: veinte dólares. Presidente y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 31 de octubre de 2016.—Lic. Max Eduardo Bustos Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2016079166 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintisiete de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Veinticinco Mil Cuatrocientos Setenta y Cinco S. A. Se reforma la cláusula de la administración, se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Licda. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—( IN2016083477 ).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución acoge cancelación

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ref: 30/2016/28502.—Consorcio Comex S. A. de C.V., Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima. Documento: Cancelación por falta de uso (Interpuesta por GRUPO AGROINDU). Nro y fecha: Anotación/2-97554 de 23/06/2015. Expediente: 1998-0004235 Registro N° 1112 LINKS en clase 16 Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 08:42:49 del 26 de julio de 2016.

Conoce este Registro la solicitud de cancelación por no uso, interpuesta por Guiselle Reuben Hatounian, cédula de identidad número 1-1055-0703, en su condición de apoderada especial de la sociedad Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima, contra el registro de la marca “LINKS”, Registro N° 111253, inscrita el 21 de diciembre de 1998 y con vencimiento el 21 de diciembre de 2018, en clase 16 internacional, para proteger: Bandas adhesivas para la papelería o la casa, cintas adhesivas para la papelería o la casa, materias adhesivas para la papelería o para la casa, artículos de papelería, adhesivas, adhesivas (materias tintóreas) para la papelería o la casa, brochas (pinceles), brochas para pintores, apoya —manos (tientos) para pintores, rodillos de pintores de obras de construcción, con domicilio en Boulevard Manuel Ávila Camacho N° 138 P.H. 1 y 2, Col Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, DF, C.P. 11560, México.

Resultando:

I.—Que por memorial recibido el 23 de junio de 2015, Guiselle Reuben Hatounian, en su condición de apoderada especial de la sociedad Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima, presentó la solicitud de cancelación por falta de uso contra el registro de la marca “LINKS”, Registro N° 111253, descrita anteriormente. (Folios 1 al 6).

II.—Que por resolución de las 14:40:29 del 01 de octubre de 2015, el Registro de la Propiedad Industrial procede a dar traslado al titular del distintivo marcario, a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada (folio 17), dicha resolución fue notificada al solicitante de la cancelación el 16 de octubre de 2015. (Folio 17 vuelto).

III.—Que por resolución de las 15:52:03 del 12 de enero de 2016, el Registro de la Propiedad Industrial, ordena publicar el traslado de la cancelación en La Gaceta por tres veces consecutivas, quedando el edicto correspondiente a disposición de las partes. Esta resolución fue debidamente notificada el 29 de enero de 2016 (folio 18 vuelto), lo anterior en vista de la imposibilidad material de notificar al titular marcario luego de todos los intentos posibles y en virtud de la manifestación expresa de la accionante quien mediante escrito adicional de fecha 14 de agosto de 2015 (folio 10), manifestó que no conoce otro domicilio del titular, ni de su representante legal y que en caso de no lograr la notificación en la dirección indicada se procediera efectuar por medio de edicto.

IV.—Que por memorial de fecha 11 de mayo de 2016 el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La Gaceta N° 87, 88 y 89 con fechas 06, 09 y 10 de mayo de 2016 respectivamente. (Folios 19 al 22).

V.—Que a la fecha no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.

VI.—En el procedimiento no se nota defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados.

Primero.—Que en este registro se encuentra inscrita la marca “ LINKS”, Registro N° 111253, inscrita el 21 de diciembre de 1998 y con vencimiento el 21 de diciembre de 2018, en clase 16 internacional, para proteger: Bandas adhesivas para la papelería o la casa, cintas adhesivas para la papelería o la casa, materias adhesivas para la papelería o para la casa, artículos de papelería, adhesivas, adhesivas (materias tintóreas) para la papelería o la casa, brochas (pinceles), brochas para pintores, apoya —manos (tientos) para pintores, rodillos de pintores de obras de construcción, propiedad de la empresa Consorcio Comex S. A. de C.V., con domicilio en Boulevard Manuel Ávila Camacho N° 138 P.H. 1 y 2, Col Lomas de Chapultepec, Delegación Miguel Hidalgo, DF, C.P. 11560, México. (Folio 23).

Segundo: En este registro en fecha 23 de junio de 2015, se solicitó la marca “LINK” , expediente 2015-5981 para proteger en clase 16 internacional: Papel aluminio, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); bolsas plásticas para sándwich, bolsas plásticas para basura y uso en general, caracteres de imprenta; clichés de imprenta, solicitada por la empresa, Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima, y su estatus administrativo actual es auto suspensión de oficio. (Folio 24).

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Representación y facultad para actuar. Analizado el poder especial, documento referido por el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación y que consta de folio 7 del expediente, se tiene por acreditada la facultad para actuar en este proceso de Guiselle Reuben Hatounian, en su condición de Apoderada Especial de la sociedad Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima.

IV.—Sobre los elementos de prueba. Este registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso. (Folios 1 al 6).

V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita.

Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación, se notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 87, 88 y 89 con fechas 06, 09 y 10 de mayo de 2016 respectivamente (folios 19 al 22), sin embargo a la fecha, el titular del distintivo marcario no contestó dicho traslado.

VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, se desprenden literalmente los siguientes alegatos:

...mi representada presentó en esta fecha solicitud de la marca “LINK”, en clase 16 para proteger Papel aluminio, cartón y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); bolsas plásticas para sándwich, bolsas plásticas para basura y uso en general, caracteres de imprenta; clichés de imprenta. [...]

…la empresa Consorcio Comex S. A. de C. y. tiene inscrita a su nombre la marca “LINKS”, Registro N° 111253, inscrita el 21 de diciembre de 1998 y con vencimiento el 21 de diciembre de 2018, en clase 16 internacional, para proteger: Bandas adhesivas para la papelería o la casa, cintas adhesivas para la papelería o la casa, materias adhesivas para la papelería o para la casa, artículos de papelería, adhesivas, adhesivas (materias tintóreas) para la papelería o la casa, brochas (pinceles), brochas para pintores, apoya -manos (tientos) para pintores, rodillos de pintores de obras de construcción. [...]

 ... la marca “LINKS” no está siendo utilizada en el mercado, por lo que mi representada procede a presentar acción de cancelación por falta de uso. [...]

...fundamento la presente acción de cancelación por falta de uso en la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y en su Reglamento correspondiente, en el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, Acuerdo sobre los aspectos de los Derechos de la Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio [...]

…solicito de forma respetuosa que se acoja la presente acción y se cancele el registro de la marca “LINKS”, inscrito a favor de Consorcio Comexli S.A.DE C. V. registro número 111253[...]

VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto N° 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

...Estudiando ese artículo, pareciera que la carga de la prueba del uso de la marca, corresponde a quien alegue esa causal, situación realmente difícil para el demandante dado que la prueba de un hecho negativo, corresponde a quien esté en la posibilidad técnica o práctica de materializar la situación que se quiera demostrar.

...Ese artículo está incluido dentro del Capítulo VI de la Ley de Marcas, concretamente en las formas de “Terminación del Registro de la Marca”, y entre estas causales se establecen: control de calidad referido al contrato de licencia; nulidad del registro por aspectos de nulidad absoluta o relativa; cancelación por generalización de la marca; cancelación del registro por falta de uso de la marca y renuncia al registro a pedido del titular.

...Obsérvese como este Capítulo trata como formas de terminación del registro de la marca, tanto causales de nulidad como de cancelación, y aquí hay que establecer la diferencia entre uno y otro instituto. Esta diferenciación entre los efectos que produce la cancelación y los que produce la nulidad, se basa en el distinto significado de las causas que provocan una y otra. Las causas de nulidad afectan al momento de registro de la marca, implicando así un vicio originario, mientras que las causas de cancelación, tienen un carácter sobrevenido. Al efecto la doctrina ha dispuesto lo siguiente:

...Las prohibiciones de registro y los motivos de nulidad de marcas van indisolublemente unidos, de tal modo que éstos son consecuencia de aquéllas. Así, si un signo contraviene una prohibición de registro y, a pesar de ello es inscrito, adolece de nulidad Las causas de caducidad de la marca son extrínsecas a la misma, se producen durante su vida legal y no constituyen defectos ab origine del signo distintivo, a diferencia de las causas de nulidad (Manuel Lobato. Comentario a la Ley 17/2001 de Marcas. Editorial Civitas. Páginas 206 y 887.

...Bajo esta tesitura el artículo 37 de la ya citada Ley de Marcas, establece la nulidad de registro de una marca cuando se “contraviene alguna de las prohibiciones previstas en los artículos 7 y 8 de la presente ley”, sea en el caso del artículo 7, marcas inadmisibles por razones intrínsecas (nulidad absoluta), o en el caso del artículo 8, marcas inadmisibles por derechos de terceros (nulidad relativa). En ambos casos el Registro de la Propiedad Industrial, previo a la aprobación de inscripción de una marca, debe calificar la misma a efecto de que no incurra en las prohibiciones establecidas en los artículos dichos, ya que si se inscribe en contravención con lo dispuesto por esas normas legales, es una marca que desde su origen contiene una causal que puede provocar su nulidad, ya sea del signo como tal, como de algunos productos o servicios.

...Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal.

...Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcado, en este caso a la empresa Consorcio Comex S. A. de C.V., que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la marca “LINKS”, Registro N° 111253.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias y analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima, demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, de la solicitud de inscripción de marca que se presentó bajo el expediente 2015-5981, tal y como consta en la certificación de folio 24 del expediente, se desprende que las empresas son competidores directos.

En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

...Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.

...Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

... El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca.

Es decir, el uso de la marca debe ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca “LINKS”, Registro N° 111253, al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.

En razón de lo anterior, se concluye que dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: que no puede postergarse o interrumpirse su uso por un espacio de 5 años precedentes a la fecha en la que se instauró la acción de cancelación y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

El uso de una marca es importante para su titular ya que posiciona la marca en el mercado, es de interés para los competidores, porque les permite formar una clientela por medio de la diferenciación de sus productos; para los consumidores, ya que adquieren el producto que realmente desean con solo identificar el signo y para el Estado, pues se facilita el tráfico comercial. Por otra parte, el mantener marcas registradas sin un uso real y efectivo constituye un verdadero obstáculo para el comercio ya que restringe el ingreso de nuevos competidores que sí desean utilizar marcas idénticas o similares a éstas que no se usan.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de la Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas, aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) lo procedente es cancelar por no uso la marca “LINKS”, Registro N° 111253, descrita anteriormente.

VIII.—Sobre lo Que debe ser resuelto Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular de la marca “LINKS”, Registro N° 111253 al no contestar el traslado otorgado por ley no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para efectos de este registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación.

Por consiguiente, y de conformidad con lo expuesto debe declararse con lugar la solicitud de cancelación por no uso, interpuesta por Guiselle Reuben Hatounian, en su condición de Apoderada Especial de la sociedad Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima, contra el registro de la marca “LINKS”, Registro N°  111253. Por tanto,

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, I) Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta contra el registro de la marca “LINKS”, Registro N° 1112533 en clase 16 internacional, para proteger: Bandas adhesivas para la papelería o la casa, cintas adhesivas para la papelería o la casa, materias adhesivas para la papelería o para la casa, artículos de papelería, adhesivas, adhesivas (materias tintóreas) para la papelería o la casa, brochas (pinceles), brochas para pintores, apoya —manos (tientos) para pintores, rodillos de pintores de obras de construcción, propiedad de la empresa Consorcio Comex S. A. de C.V. II) Se ordena notificar al titular del signo mediante la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo establecido en el artículo 334 de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta Oficina 410 mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento correspondiente. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifíquese.—Lic. Cristián Chinchilla Mena, Director a. í.—( IN2016076312 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ref.: 30/2016/3399.—Hotelera Mirador del Valle c/ Raisel Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Documento: cancelación por falta de uso (Hotelera Mirador del Valle).—N° y fecha: Anotación/2-93319 de 23/09/2014.—Expediente: 2007-0016190.—Registro N° 177195 THE GREEN RESIDENCE CLUB CENTROAMERICA en clase 43 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:38:43 del 25 de enero de 2016.—Conoce este registro, la solicitud de cancelación por falta de uso presentada por la Licda. Roxana Cordero Pereira, como apoderada de Hotelera Mirador del Valle, contra el registro de la marca de servicios “THE GREEN RESIDENCE CLUB CENTROAMERICA”, con el número 177195, que protege y distingue “servicios de alimentación y hospedaje temporal’”, en clase 43 internacional, cuyo propietario es Raisel Capital SRL.

Resultando:

1°—Que por memorial recibido el 23 de setiembre de 2014, la Licda. Roxana Cordero Pereira, en representación de Hotelera Mirador del Valle, solicita la cancelación por falta de uso en contra el registro de la marca de servicios “THE GREEN RESIDENCE CLUB CENTROAMERICA”, con el número 177195, que protege y distingue servicios de alimentación y hospedaje temporal, en clase 43 internacional, propiedad de Raisel Capital SRL (F. 1 a 5).

2°—Que mediante resolución de las 11:47:25 del 28 de octubre de 2014, se le dio traslado de la solicitud de cancelación por falta de uso a la titular. (F. 11).

3°—Que por resolución de las 13:56:32 del 20 de febrero de 2015 se le previno al promovente del presente proceso para que en plazo de diez días contados a partir del día hábil siguiente a la comunicación de esta resolución y en virtud de que la notificación realizada al apoderado (a) especial señalado no puede tenerse como realizada conforme a derecho, proceda a indicar el domicilio de una apoderado en Costa Rica por medio del cual pueda realizarse la notificación efectiva al titular del signo. (F 12), Notificación real izada el 26 de febrero de 2015 (F. 12v).

4°—Que por memorial del 6 de marzo de 2015, la solicitante de la cancelación presenta la contestación de la prevención pidiendo se le notifique por publicación. (F. 13-14).

5°—Que por resolución de las 14:20:01 del 12 de marzo de 2015 se le previno al promovente de la solicitud de cancelación en virtud de la imposibilidad material de notificar conforme a derecho al titular del signo, procediera a publicar la resolución de traslado por tres veces consecutivas en La Gaceta y aporte posteriormente a ésta oficina, dentro del plazo de los siguientes seis meses los documentos donde consten las tres publicaciones materialmente efectuadas. (F 15). Notificación realizada el 19 de marzo de 2013 (F. 15v).

6°—Que por memorial de fecha 14 de octubre de 2015 el solicitante aportó copia de las publicaciones del traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La Gaceta Nos. 184, 185 y 186 de fecha 22, 23 y 24 de setiembre del 2015. (Folios 20-27).

7°—No consta en el expediente contestación al traslado de la cancelación por no uso.

8°—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados.

    Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita desde el 27 de junio de 2008, la marca de servicios THE GREEN RESIDENCE CLUB CENTROAMÉRICA, N° 177195, la cual protege y distingue: servicios de alimentación y hospedaje temporal, en clase 43 internacional, propiedad de Raisel Capital SRL.

    Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra solicitada desde el 16 de octubre del 2014, con el número 2014-8953, la marca de servicios GREEN RESIDENCE HOTEL & SUITES actualmente con suspensión, el cual pretende proteger y distinguir: en clase 43 servicios de hospedaje temporal, solicitada por Hotelera Mirador del Valle S. A.

II.—Sobre los hechos no probados. Se considera que no existen hechos de tal naturaleza que deban ser resaltados para la resolución del presente proceso.

III.—Representación. Analizado el poder remitido, se constata el poder que ostenta la Licda. Roxana Cordero Pereira sobre la empresa Hotelera Mirador del Valle S. A. (F. 6-7).

IV.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, en síntesis se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que la marca registrada no está siendo utilizada en Costa Rica por su titular. 2) Que con ésta inactividad la titular de la marca, está faltando a su obligación principal de uso sobre la marca registrada. 3) Que su representada tiene solicitada la marca “GREEN RESIDENCE HOTEL & SUITES”, en clases 43, bajo el expediente número 2014-8953, por lo que demuestra ser competidor en el mercado.

V.—Sobre el fondo del asunto. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos. Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación; lo anterior de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente se observa que, el apoderado especial que tramitó la inscripción del registro 177195 a pesar de haber sido notificado, no se apersonó al procedimiento (por lo que no hay certeza de que hoy día aún cuente con dicho poder) y al desconocer el solicitante de otro domicilio dónde notificarle en nuestra país al titular del signo, se le previno al solicitante de las presentes diligencias, que publicara dicha resolución por tres veces consecutivas; publicaciones que se efectuaron los días 22, 23 y 24 de setiembre del 2015 (F. 20-27), sin embargo, al día de hoy, el titular del distintivo marcario no ha contestado dicho traslado.

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto N° 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

“Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los articulas 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal.

Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.”

En virtud del anterior pronunciamiento del Tribunal, en el caso de las cancelaciones por falta de uso, la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a Raisel Capital SRL, que por cualquier medio de prueba debió haber demostrado la utilización de su signo.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la empresa Hotelera Mirador del Valle S. A., demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, y así se comprueba de su solicitud 2014-8953.

En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala: “Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional. (...)”.

Es decir, el uso de la marca debe de ser real la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se constata que el titular de la marca que hoy se pretende cancelar, al no contestar el traslado, ni señalar argumentos ni aportar prueba que indicara a este Registro, el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. El titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas, aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado), se procede a cancelar por no haberse comprobado el uso, el registro de la marca de servicios “THE GREEN RESIDENCE CLUB CENTROAMÉRICA”, con el número 177195, que protege y distingue “servicios de alimentación y hospedaje temporal, en clase 43 internacional; propiedad de la empresa Raisel Capital SRL.

VI.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular del signo distintivo “THE GREEN RESIDENCE CLUB CENTROAMÉRICA”, con el número 177195, al no contestar el traslado otorgado por ley, no comprobó el uso real y efectivo de su marca por lo que al no haber desvirtuado la falta de uso alegada, para efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por no acreditado el uso de la marca, procediendo a su correspondiente cancelación. Por tanto:

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento. Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por la Licda. Roxana Cordero Pereira, en representación de Hotelera Mirador del Valle, contra el registro de la marca de servicios “THE GREEN RESIDENCE CLUB CENTROAMÉRICA”, con el N° 177195 , que protege y distingue “servicios de alimentación y hospedaje temporal, en clase 43 internacional: propiedad de la empresa Raisel Capital SRL. Cancélese el registro 177195. Se ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta oficina mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento correspondiente. Comuníquese esta resolución a los interesados a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los y Derechos de Propiedad Intelectual N° 8039. Notifíquese.—Lic. Jonathan Lizano Ortiz, Subdirector a. í.—( IN2016073953 ).

Documento admitido trasladado al titular

Ref: 30/2016/5335.—Federico De Faria Castro C/ Rigoberto Valverde Jara.—Documento: Cancelación por falta de uso (Interpuesta por “Federico DeFa).—Nro y fecha: Anotación/2-99718 de 23/11/2015.—Expediente: 1900-7378600 Registro N° 73786 Mediterráneo.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 13:51:09 del 4 de febrero del 2016.—Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el señor Federico De Faria Castro, contra el registro del nombre comercial “Mediterráneo”, registro Nº 73786, la cual protege y distingue “un establecimiento comercial dedicado a la venta de ropa y zapatos; Chitado en el Centro Comercial del Sur, local Nº 30”, cuya propiedad es de Rigoberto Valverde Jara. Conforme a lo previsto en el artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-3; se procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso, al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes (se le recuerda que mediante voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, el Tribunal Registral Administrativo estableció que, en los procesos de cancelación por falta de uso, la carga de la prueba de uso corresponde al titular del signo distintivo), para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2,3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se le adviene al titular del signo, que las pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Se advierte al titular que, de incumplir con lo requerido, no será tomada en cuenta la prueba que no cumpla con dichas formalidades, al momento de resolver la solicitud presentada. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—( IN2016077373 ).

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

HOSPITAL MÉXICO

1.  Sumas adeudadas ¢300.095,73 más intereses,
Luis Diego Ramírez Céspedes, cédula 1-1343-0312.

2.- Sumas adeudadas ¢491.597,30 más intereses,
Jorge Cascante Angulo, cédula 1-1535-0823.

3.  Sumas adeudadas ¢645.362,14, más intereses,
Armando José Campos Corrales, cédula 2-0529-0545.

San José, 14 de octubre del 2016.—Unidad de Gestión Recursos Humanos.—MSc. Luis Acuña Rojas, Jefe.—( IN2016076171 ).

DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Seguridad Swat Seis Mil S. A., número patronal 2-03101354883-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social en Desamparados, ha dictado el traslado de cargos, que en lo que interesa indica: determinación de los montos exigibles. Conforme a la prueba disponible en el expediente administrativo se resuelve iniciar procedimiento, en el cual se le imputa al patrono indicado, no haber reportado a la caja, la totalidad de los salarios devengados por los trabajadores: Raúl Antonio Gómez López, en el periodo febrero 2013 a agosto del 2016. Mainor Francisco Wong Tosso, en el período octubre 2011 a enero 2012, mayo 2012 a julio 2012, setiembre 2012. Luis Castillo Agüero, en el período octubre 2011. Hernán Quirós Palacio, en el período diciembre 2011, enero 2012. Sergio López Álvarez, en el período octubre 2011 a enero 2012. Miguel Moya Morales, en el periodo abril a julio y setiembre 2012. Jorge Eduardo Quesada Garita, en el período noviembre 2011 a enero 2012. Esteban Monge Elizondo, en el período setiembre 2011. Humberto Miranda Camacho, en el período noviembre 2011 a enero 2012. Omar López Mora, en el período enero 2012. José Javier Espinoza Cortés, en el período setiembre a noviembre 2011. Carlos Acuña Solazar, en el período setiembre 2011. Willy Chacón Marín, en el período enero, abril, mayo, junio de 2012. Wílbert Cerdas Rocha, en el periodo abril a julio y setiembre de 2012. Luis Cambronero Jiménez en el período mayo a julio y setiembre de 2012. Willy Castro Mejía, en el período enero, julio, setiembre de 2012. José Mora Porras, en el período enero, marzo a julio y setiembre de 2012. Andrés González Ortiz, en el período enero 2012. Modesto Fernández Noindicaotro, en el período enero, marzo a julio, setiembre 2012. Antonio Caballero Gutiérrez, en el período enero y setiembre de 2012. Adrián Rodríguez Rivas, en el período enero 2012, Carlos José López No Indica Otro, en el periodo abril a julio y setiembre 2012. Jorge Luis Méndez Castellón, en el período marzo a julio y setiembre de 2012. Evenor Orozco Hernández, en el período abril a junio 2012. Hower Martínez Pérez, en el período julio y setiembre 2012, Ricardo Alexis Segura Villalobos, en el período enero 2016. Henry Masis Vargas, en el periodo julio 2015. Carlos Alberto Anderson Cantillo, en el período enero 2016. Kennys Antonio Montiel Obando, en el período enero 2016, todos por un monto de treinta y dos millones doscientos sesenta mil ciento setenta y tres colones con 88/100 (¢32.260.173,88), sobre el cual deberá cancelar ante la Caja Costarricense de Seguro Social las cuotas obrero-patronales de Salud e Invalidez Vejez y Muerte y las cuotas de la Ley de Protección al trabajador. Consulta expediente: en las oficinas de inspección de la Sucursal de Desamparados, sita Ciudad de Desamparados, sexto piso del Mall Multicentro Desamparados, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución, Notifíquese.—Sucursal de Desamparados, 21 de octubre del 2016.—Lic. Johel Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2016077416 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La Unidad de Recursos Humanos, del Instituto Nacional de Aprendizaje. Hace saber a Kenneth Castro Sandoval, cédula de identidad número 107450494, funcionario del Centro de Formación Profesional Polivalente de Mora, de este Instituto que mediante acción de personal N°  503333  de fecha dieciocho de octubre del 2016, se aplicará una suspensión sin goce salarial  por quince días, a partir del primero al quince de noviembre del 2016, según la Resolución LA-52-2016, de las diez horas y cuarenta y cinco minutos del día dieciocho de mayo de 2016, de la Asesoría Legal del Instituto Nacional de Aprendizaje. Se comunica lo anterior por este medio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, en razón de que el funcionario no se ubica en su lugar de trabajo, y resultó materialmente imposible localizarlo en la dirección de su residencia, proporcionada por el funcionario a la Unidad de Recursos Humanos.—San José, La Uruca, 19 de octubre del 2016.—Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—O.C. N° 24626.—Solicitud N° 68488.—( IN2016077060 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE FLORES

COBRO ADMINISTRATIVO POR MOROSIDAD

El suscrito Lic. Gerardo Rojas Barrantes, portador de la cédula de identidad número 5-0166-0396, en calidad de Alcalde de la Municipalidad de Flores, de conformidad con los artículos 11, tanto de la Constitución Política de Costa Rica, como de la Ley General de la Administración Pública, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 52 y 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a comunicar: Que dado que son lotes baldíos y por desconocerse el domicilio fiscal actual, así como del (los) Representante(s) Legal(es) habiéndose agotado las formas de localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 137 y 192 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se procede a notificar por edicto los saldos adeudados de (los) contribuyente(s) que a continuación se indican:

Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF

 

Se concede un plazo de quince días hábiles a partir del tercer día hábil de ésta publicación, para que el (los) contribuyente(s) arriba indicado(s) cancele(n) la(s) deuda(s). Nota: Los intereses varían día a día. Para los efectos de pago correspondiente, el mismo se podrá tramitar por medio del Banco de Costa Rica, Banco Nacional, Teledolar, Banco Popular, Socotiabank, Grupo Mutual, Servimás y/o en la Municipalidad de Flores en horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. de lunes a viernes. Es todo. Publíquese.—Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde.—1 vez.—( IN2016077377 ).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

Notificación de avalúos municipales

La Municipalidad de Carrillo, de conformidad con las facultades que confiere a la Administración Tributaria el párrafo tercero del artículo 17 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles (Ley Nº7509 del 7 de marzo de 1995 y sus reformas) y el artículo 137 inciso d) del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley Nº4755 del 29 de Abril de 1971 y sus reformas); por desconocerse el domicilio fiscal de los contribuyentes es necesario notificar por este medio la siguiente información, correspondiente a los avalúos realizados por nuestra Corporación Municipal para efectos del impuesto de bienes inmuebles, de las propiedades ubicadas en la jurisdicción del cantón de Carrillo que no presentaron la declaración de bienes inmuebles según lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles

 

Observaciones:

-Para el cálculo del impuesto de bienes inmuebles, se aplicará el porcentaje de copropiedad al valor total del inmueble, según lo indicado en el Registro Público.

-En caso de bienes inmuebles inscritos como fincas filiales en condominio, se considera el porcentaje de condominio para la determinación del valor.

-Para los efectos de lo que establecen los artículos 16 y 17 de la Ley de impuestos sobre Bienes Inmuebles, los avalúos que se comunican por este medio se consideran notificados a partir del tercer día de la presente publicación.—Filadelfia, Carrillo, Guanacaste.―Departamento de Catastro y Bienes Inmuebles, Oficina de Valoraciones―Msc. Álvaro Rojas Solórzano, Ingeniero de Valoraciones.—1 vez.—( IN2016077367 ).