LA
GACETA N° 241 DEL 15 DE
DICIEMBRE DEL 2016
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
MINISTERIO DE HACIENDA
MINISTERIO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
MINISTERIO DE ECONOMÍA,
INDUSTRIA Y COMERCIO
MINISTERIO DE OBRAS
PUBLICAS Y TRANSPORTES
MINISTERIO DE SALUD
MINISTERIO DE CULTURA Y
JUVENTUD
MINISTERIO DE JUSTICIA
Y PAZ
MINISTERIO DE COMERCIO
EXTERIOR
EDICTOS
MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
DOCUMENTOS VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
LICITACIONES
PODER JUDICIAL
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
INSTITUTO TECNOLÓGICO
DE COSTA RICA
SUPERINTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES
AVISOS
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
BANCO DE COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
REGLAMENTOS
UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
AVISOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD NACIONAL
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
AUTORIDAD REGULADORA DE LOS SERVICOS PÚBLICOS
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
MUNICIPALIDAD DE PURISCAL
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD DE POÁS
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
MUNICIPALIDAD DE OREAMUNO
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE BARVA
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
MUNICIPALIDAD DE QUEPOS
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
MUNICIPALIDADES
N° 725-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones y facultades constitucionales y
legales señaladas en el artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política de
la República de Costa Rica y el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la
Administración Pública, número 6227 del dos de mayo de mil novecientos setenta
y ocho.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la Sra. Cecilia Sánchez Romero, Ministra de
Justicia y Paz, con cédula de identidad N° 1-0548-0370, para que viaje a San
Francisco, California, Estados Unidos, los días 27 y 28 de octubre de 2016 y
participe en la capacitación y asistencia técnica del modelo de la calle
Delancey, aplicadas sobre todo a las poblaciones de escasos recursos, ex
privados de libertad y personas sin hogar, entre otros. El viaje inicia el 26
de octubre y finaliza el 29 de octubre de 2016.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de tiquetes aéreos de ida y regreso, alimentación,
alojamiento, seguro médico básico y gastos misceláneos, serán cubiertos por la
oficina de Asuntos Antinarcóticos de la Embajada de Estados Unidos.
Artículo
3º—La señora Ministra rendirá un informe ejecutivo al señor Presidente de la
República en el plazo no mayor a ocho días naturales, contados a partir de su
regreso al territorio nacional, en el cual describirá las actividades
desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para el
Ministerio de Justicia y Paz y para el país en general.
Artículo
4º—En tanto dure la ausencia de la señora ministra de Justicia y Paz, se
nombrará al señor Marco Fabricio Feoli Villalobos como Ministro a. í. del
Ministerio de Justicia y Paz, cédula de identidad N° 1-1024-0006 de las 6:00
horas del 26 de octubre, hasta las 21:00 horas del 29 de octubre del 2016, en
que rige el viaje.
Artículo
5º—Rige a partir de las 6:00 horas del 26 de octubre, hasta las 21:00 horas del
29 de octubre del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, el día veinte de octubre de
dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. Nº 28232.—Solicitud Nº 16287.—( IN2016094368
).
N° 752-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en las atribuciones que le confieren el artículo 139 de
la Constitución Política de Costa Rica, el artículo 47 inciso 3) de la Ley
General de Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978. Así como
lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016, Ley N° 9341 del 01 de diciembre
de 2015 y el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios
Públicos y sus reformas.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Welmer Ramos González, portador de la
cédula de identidad número cinco-ciento noventa y uno-novecientos veinticuatro,
Ministro de Economía, Industria y Comercio, para que participe en la
Conferencia Internacional y Reunión Ministerial “Productividad y Crecimiento
Inclusivo”, actividad que tendrá lugar en Santiago de Chile, del día 05 al día
06 de diciembre del dos mil dieciséis.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, alimentación y hospedaje, serán
financiados por el programa 21500 “Actividades Centrales”, subpartida 10503
“Transporte al Exterior” y subpartida 10504 “Viáticos en el exterior”,
correspondiéndole la suma ochocientos sesenta y cinco dólares con veinte
centavos ($865,20). Los gastos correspondientes al día cuatro de diciembre del
dos mil dieciséis serán cubiertos por el funcionario sin ninguna erogación por
parte del Estado. El millaje generado por motivo de este viaje será asignado al
Ministerio de Economía, Industria y Comercio.
Artículo
3º—El señor Ramos González, en un plazo de ocho días naturales, contados a
partir de su regreso, deberá presentar un informe a su superior jerárquico, en
el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y
los beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4º—En tanto dure la ausencia del señor Ministro, nombrar como Ministra a. í., a
la señora Carmen Geannina Dinarte Romero, portadora de la cédula de identidad
número 1-1151-925, Viceministra de Economía, Industria y Comercio, de las siete
horas con treinta y seis minutos del día tres de diciembre de dos mil dieciséis
y hasta las dieciocho horas con cincuenta y ocho minutos del día siete de
diciembre del mismo año.
Artículo
5º—Rige a partir de siete horas con treinta y seis minutos del día tres de
diciembre de dos mil dieciséis y hasta las dieciocho horas con cincuenta y ocho
minutos del día siete de diciembre del mismo año.
Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes
de noviembre de año dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 29116.—Solicitud N° 5840.—( IN2016093955
).
N° 753-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la
Constitución Política de la República de Costa Rica; y los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.
Considerando:
I.—Que atendiendo a un propósito político, de ciencia, tecnología y de
alianzas en materia de negocios, del 07 al 11 de noviembre de 2016 se realizará
una gira conjunta entre el Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), Ministerio
de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) y Coalición costarricense
de iniciativas de desarrollo (CINDE) en los Estados Unidos de América para
visitar empresas de Tecnologías de la Información a fin de establecer o
profundizar las relaciones con los ejecutivos corporativos, con la oportunidad
de conocer sus planes futuros, identificar oportunidades de crecimiento y/o
diversificación, conocer de sus necesidades y compartir un mensaje de apoyo de
parte del Gobierno de la República.
II.—Que
es de interés del MICITT la participación del señor Marcelo Jenkins Coronas,
Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones en esta gira en razón de
que en su visita a los Estados Unidos de América además se finiquitará un
acuerdo de cooperación con Rice University, mediante el cual se establece una
relación académica que contribuya al desarrollo tecnológico, económico,
institucional y social de Costa Rica, y en el avance de la investigación y
becas académicas en la Universidad Rice.
III.—Que
dichas actividades están fuertemente relacionadas con los proyectos de
Cooperación Internacional consignados en el Plan Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación 2015-2021, denominados: a) Implementación de una agenda
técnica con organizaciones de cooperación en Ciencia, Tecnología e Innovación
(CTI) de alto nivel; b) Implementación de agendas estratégicas para
posicionamiento internacional de Costa Rica. Por lo que se estima que el
conocimiento en políticas científicas y tecnológicas colaborará en el
cumplimiento de una de las metas del Plan Nacional de Desarrollo, la cual es
formular e implementar la política de ciencia y tecnología de Costa Rica. Asimismo
responde al pilar de inclusión digital y a la línea de acción de acceso
universal y solidaridad del Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicaciones.
Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar al señor Marcelo Jenkins Coronas, Ministro de
Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, cédula de identidad número
1-0648-0011, para que forme parte de la delegación oficial de Costa Rica que
visitará los Estados Unidos de América del 07 al 11 de noviembre de 2016,
ocasión en la que estará atendiendo un propósito político de ciencia y
tecnología y de alianzas en materia de negocios, además de finiquitar un
acuerdo de cooperación con Rice University. Durante los días 06 y 12 de
noviembre de 2016, el señor Ministro se encontrará en tránsito.
Artículo
2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo ida y vuelta de Ciudad de San
José, República de Costa Rica a los Estados Unidos de América, transporte
terrestre, alojamiento en la ciudad de California, Estados Unidos de América,
alimentación y seguro de viaje de don Marcelo Jenkins Coronas los cubre MICITT.
Los gastos por concepto de alojamiento en la ciudad de Houston, Texas, Estados
Unidos de América los cubre el auspiciador.
Artículo
3°—Nombrar como Ministra (a) a. í. durante la ausencia del señor Marcelo
Jenkins Coronas, Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, a la
señora Carolina Vásquez Soto, cédula de identidad 4-0150-0777, Viceministra de
Ciencia y Tecnología, de las 03:00 horas del 06 de noviembre de 2016 a las
18:00 horas del 12 de noviembre de 2016.
Artículo
4°—De acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte
para Funcionarios Públicos, el funcionario estará cubierto por la póliza grupal
INS viajero, cubierta por MICITT.
Artículo
5°—De conformidad con el artículo 5° de la Resolución N° 78-2010 del Ministerio
de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones.
Artículo
6°—En un plazo de ocho días naturales, contados a partir de su regreso, el
señor Jenkins Coronas deberá presentar un informe a su superior jerárquico, en
el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
7°—Rige a partir de las 03:00 horas del 06 de noviembre de 2016 a las 18:00
horas del 12 de noviembre de 2016.
Dado en la Presidencia de la República, a los treinta y un días del
mes de octubre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 3400027211.—Solicitud N° 72456.—(
IN2016093847 ).
N° 0050-2016-H.—San José, 29 de setiembre de
2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Considerando:
1º—Que la señora Diana
Carolina Obando Vargas, mayor de edad, soltera, Licenciada en Administración
Aduanera, portadora de la cédula de identidad uno-mil trecientos
siete-novecientos sesenta y nueve, vecina de San José, San Juan De Tibás,
Florida doscientos metros al norte y doscientos metros al Oeste de
Perimercados, mediante formulario presentado ante el Departamento de
Estadística y Registro de la Dirección General de Aduanas el 15 de julio de
2016, solicitó la inscripción para actuar como Auxiliar de la Función Pública
Aduanera (Agente Aduanero Independiente), conforme lo dispuesto en el Código
Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA), Ley número 8360 del 24 de junio de
2003, publicado en La Gaceta número 130 del 8 de julio de 2003, la Ley número
7557 del 20 de octubre de 1995, Ley General de Aduanas, publicada en La Gaceta
número 212 del 8 de noviembre de 1995 y sus reformas, Decreto Ejecutivo número
25270-H del 14 de junio de 1996, Reglamento a la Ley General de Aduanas,
publicado en el Alcance número 37 a La Gaceta número 123 del 28 de junio
de 1996 y sus reformas. (Folio 1)
2º—Que mediante oficio
número OFICIO-DGA-DGT-ER-0306-2016 de fecha 23 de agosto de 2016, el señor
Benito Coghi Morales, Director General de Aduanas, rindió dictamen favorable a
la solicitud presentada por la señora Diana Carolina Obando Vargas. (Folios 19
y 20).
3º—Que la gestionante
aportó los siguientes documentos de interés:
Formulario de solicitud
de autorización para ejercer como Agente Aduanero en las Aduanas Central,
Caldera, Peñas Blancas, Santamaría, Limón y Paso Canoas. (Folio 1 y 09)
Fotocopia
certificada por el Notario Público René Orellana Meléndez de la cédula de
identidad número 1-1307-0969, perteneciente la señora Obando Vargas. (Folios 3
y 4)
Fotocopia
certificada por el Notario Público René Orellana Meléndez del título de
Licenciatura en Administración Aduanera, otorgado por la Universidad Braulio
Carrillo a la señora Obando Vargas (Folios 2 y 4)
Constancia
de fecha 14 de julio de 2016, mediante la cual la señora Ingrid Piedra Chacón,
funcionaria de Plataforma de Servicios de la Caja Costarricense de Seguro
Social, indica que la señora Obando Vargas no se incluye cotizando para el
Régimen de Pensiones Jubilaciones de Invalidez Vejez y Muerte con el Patrono
Estado, ni en ninguna de sus Instituciones. (Folio 8)
Certificación de Antecedentes
Penales de las doce horas cincuenta y nueve minutos del catorce de julio del
dos mil dieciséis, emitida por el señor Jaime Sobalvarro Mojica, Jefe a. í. del
Registro Judicial, en la que se indica que no registra antecedentes penales a
nombre la señora Obando Vargas (Folio 7).
Constancia número PS-6468-2016
de fecha 2016, mediante la cual el señor Ronny Mendoza Morales, funcionario de
Plataforma de Servicios del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de
Costa Rica, señala que la señora Obando Vargas es miembro activo, registrado en
el Área de Administración de Aduanas y se encuentra al día en sus obligaciones,
(Folio 21).
Declaración Jurada de las
diecisiete horas del catorce de julio del dos mil dieciséis rendida por la
señora Obando Vargas ante el Notario Público Rene Orellana Meléndez en la que
señala lo siguiente: (Folio 6)
Que su domicilio legal está situado en la
Provincia de San José, San Juan De Tibás, Florida doscientos metros al norte y
doscientos metros al Oeste de Perimercados.
Que la señora Obando Vargas
cuenta con más de 2 años de experiencia en materia aduanera.
Que cuenta con el equipo de
cómputo, programa de cómputo y medios para la trasmisión electrónica de datos,
según los requerimientos y formatos establecidos por el Servicio Nacional de
Aduanas, es (Sofware) VUCE 2.0 para realizar las transmisiones electrónicas;
para Agente Aduanero, y generar Declaraciones Únicas Aduaneras (DUA’s) de la
cual es promotora de Comercio Exterior (PROCOMER) dicho programa de computo se
encuentra decididamente autorizado por el Ministerio de Hacienda.
Que el lugar donde se
custodiarán las declaraciones aduaneras y documentos originales e información
derivada de su operación en el régimen, será Provincia de San José, San Juan De
Tibás, Florida doscientos metros al norte y doscientos metros al Oeste de
Perimercados.
Que los medios para recibir
notificaciones son fax número cuatro cero cero cero-dos uno cinco uno, y correo
electrónico info@slmcr.com.
Formulario para presentación de caución para
solicitud de autorización como auxiliar y para renovación de fecha 15 de julio
de 2016, a nombre la señora Obando Vargas. (Folio 9).
Certificado de enmienda de
Garantías de Cumplimiento número 0201CAU0000469 00 de fecha 15 de julio 2016,
emitida por el Instituto Nacional de Seguros, por cuenta de Soluciones
Logísticas Mundiales Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101661655, en
representación de Diana Carolina Obando Vargas, a favor de la Dirección General
de Aduanas Ministerio de Hacienda, por la suma de cincuenta mil dólares exactos
($50.000.00), con una vigencia a partir del 12 julio de 2016 al 12 de julio de
2017. (Folio 10).
Constancia de Inscripción de
Obligaciones Tributarias emitido el 22 de agosto de 2016, mediante la cual se
indica, que la señora Obando Vargas se encuentra inscrita en el sistema
tradicional del Impuesto sobre la Renta y el Impuesto de Ventas. (Folios 15 y
16).
Documento de fecha 20 de julio
de 2016, mediante el cual la señora Alejandra González López, Directora de
Registro de la Universidad Metropolitana Castro Carazo, confirmó que el título
de Licenciatura en Administración de Aduanas a nombre de la señora Obando
Vargas, se encuentra debidamente inscrito en el libro de Actas de dicha
institución, visible a Tomo 4. Folio 77, Asiento número 28883. (Folio 14).
4º—Que al entrar en vigencia el 8 de julio del 2003, el Segundo
Protocolo de Modificación del Código Aduanero Uniforme Centroamericano III,
aprobado mediante Ley número 8360 de fecha 24 de junio de 2003, publicada en La
Gaceta número 130 del 8 de julio de 2003, este no refiere mención de ningún
requisito para la autorización de Agente Aduanero Persona Natural, sino que
faculta a los países signatarios para que vía reglamento puedan establecer los
requisitos, lo cual se infiere de las disposiciones contenidas en los artículos
16 y 110 de dicho Código.
5º—Con
fundamento en lo anterior, la legislación Nacional procedió a regular los
requisitos mínimos y las obligaciones que deben acatar las personas que en
adelante pretendieran ejercer la actividad de Agente Aduanero Persona Natural,
en la Ley número 7557 de fecha 20 de octubre de 1995, denominada Ley General de
Aduanas, y sus reformas, la cual en sus artículos 29, 29 bis y 34, establecen
los requisitos generales e impedimentos para que las personas físicas operen
como auxiliares de la función aduanera, a saber: tener capacidad legal para
actuar, estar anotadas en el registro de auxiliares que establezca la autoridad
aduanera, mantenerse al día en el pago de sus obligaciones tributarias y
cumplir con los requisitos estipulados en la Ley General de Aduanas y sus
reglamentos entre otros. Asimismo, quedó dispuesto en esa Ley, que la persona
que requiera ser autorizada como Agente Aduanero debe poseer al menos grado
universitario de licenciatura en Administración Aduanera y contar con
experiencia mínima de dos años en esta materia.
6º—En
complemento a lo dispuesto en la Ley General de Aduanas, su Reglamento en los
artículos 78 y 104, dispone cuales son los documentos adicionales que deben
presentar las personas que soliciten ser autorizados como Agente Aduanero,
entre los cuales destacan: original o fotocopia debidamente certificada por
notario público o de la institución de enseñanza respectiva del título
académico de Licenciado en Administración Aduanera y una Declaración Jurada que
demuestre la experiencia mínima de dos años en materia Aduanera.
7º—Que
al entrar a regir el CAUCA III antes citado, surgió la necesidad de adecuar la
legislación aduanera nacional a los nuevos requerimientos del mercado común
centroamericano y de los instrumentos de integración, por lo que las reformas
sufridas en la legislación nacional referente a los requisitos que deberán
cumplir las personas que soliciten ser autorizados como Agentes Aduaneros
responden al cumplimiento de los lineamientos establecidos en los instrumentos
internacionales antes citados.
8º—Que
la señora Obando Vargas ha cumplido a satisfacción con los requisitos que
ordenan el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA). Ley número 8360
del 24 de junio de 2003, publicado en La Gaceta N° 130 del 8 de julio de
2003, la Ley número 7557 del 20 de octubre de 1995. Ley General de Aduanas,
publicada en La Gaceta número 212 del 8 de noviembre de 1995 y sus
reformas. Decreto Ejecutivo número 25270-H del 14 de junio de 1996, Reglamento
a la Ley General de Aduanas, publicado en el Alcance N° 37 a La Gaceta
número 123 del 28 de junio de 1996 y sus reformas, por lo que procede otorgar
la autorización para que ejerza la actividad de Agente Aduanero.
9º—Que
de conformidad con lo establecido en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política, los decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder
Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la República
y del Ministro del ramo. Por tanto,
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y
EL MINISTRO DE HACIENDA
ACUERDAN:
Autorizar a la señora Diana Carolina Obando Vargas, de calidades
indicadas, para actuar como Agente Aduanero Independiente, en las Aduanas
Central, Caldera, Peñas Blancas. Santamaría, Limón y Paso Canoas, se le indica
que deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentarias que el
ejercicio de la función impone. Rige a partir de su publicación, la cual deberá
ser tramitada y cubierta económicamente por el gestionante.
Comuníquese
la Dirección General de Aduanas y a la Dirección General de Tributación,
devuélvase el expediente administrativo a la Dirección General de Aduanas,
notifíquese a la señora Diana Carolina Obando Vargas y publíquese
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas
V.—1 vez.—( IN2016094360 ).
N° 184-PE
EL
MINISTRO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA
De conformidad con lo que establecen los artículos 140 inciso 20) y
146 de la Constitución Política, la Ley N° 8562 del 7 de diciembre del 2006, la
Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y
el artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General
de la República.
ACUERDA:
Modificar el punto 2 del acuerdo de viaje 128-PE, debe leerse:
2. Los
gastos de tiquete aéreo, alimentación y hospedaje del 25 al 27 de julio de 2016
serán cubiertos por el CABI, y los gastos de alimentación y transporte
terrestre del 24, 25 y 28 de julio de 2016 los cubrirá el Servicio
Fitosanitario del Estado-SFE-.
Dado en el Despacho Ministerial el veintiséis de agosto de dos mil
dieciséis.
Luis Felipe Arauz Cavalini.—1 vez.—O. C. Nº 126.—Solicitud Nº 14154.—( IN2016093947
).
Nº 192-PE
EL MINISTRO DE
AGRICULTURA Y GANADERÍA
De
conformidad con lo que establecen los artículos 140, inciso 20 y 146 de la
Constitución Política, la Ley N° 8562 del 07 de diciembre del 2006, la Ley N°
6227 del 02 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública y el
artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA:
1º—Autorizar
a Sr. Róger Ruiz Zapata, cédula Nº 6-131-260, funcionario del Servicio
Fitosanitario del Estado-SFE-, para que participe en la Reunión “IR-4 Food Use
and Biopesticide Workshop” que se realizará Orlando, Florida, Estados Unidos
del 21 al 23 de setiembre de 2016.
2º—Los gastos de
tiquete aéreo, alimentación, hospedaje, transporte terrestre, seguros de viaje
y gastos menores serán cubiertos por el Servicio Fitosanitario del Estado-SFE-.
3º—De acuerdo con el
Oficio Circular D.A.F.-PROVEE.-194-2011 del 31 de marzo de 2011 de la
Proveeduría Institucional y siguiendo directrices de la Dirección General de
Administración de Bienes y Contratación Administrativa del Ministerio de
Hacienda, el millaje generado por este viaje debe cederse al Ministerio de
Agricultura y Ganadería-MAG-.
4º—El funcionario
queda obligado, en un plazo de 8 días naturales, contados a partir de su
regreso, de presentar un informe a su superior jerárquico, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la Institución y para el país.
5º—Rige a partir del
20 al 24 de setiembre de 2016.
Dado
en el Despacho Ministerial el treinta y uno de agosto de dos mil dieciséis.
Luis Felipe Arauz Cavallini,
Ministro de Agricultura y Ganadería.—1
vez.—O.C. Nº 126.—Solicitud Nº 14154.— ( IN2016093948
).
Nº
125-MEIC-2016
EL
MINISTRO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 28 inciso 2 acápite b)
de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02 de mayo de
1978. Así como lo establecido en la Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico 2016, Ley N° 9341
del 1° de diciembre de 2015; la Ley de Formación Profesional y Capacitación del
Personal de la Administración Pública, Ley Nº 6362 del 03 de setiembre de 1979;
y el Reglamento de Viajes y Transportes para funcionarios Públicos de la
Contraloría General de la República, y sus reformas.
Considerando:
I.—Que es de interés para el Ministerio de Economía, Industria y
Comercio (MEIC), participar en la 35a edición de la “Conferencia Nacional de
Mejora Regulatoria”, cuyo objetivo es poder conocer los principales avances que
los países de la región han llevado a cabo en temas de alta relevancia como la
simplificación, la mejora regulatoria en el orden subnacional, la facilidad
para hacer negocios, la evaluación del flujo regulatorio y la racionalización
del acervo normativo.
II.—Que
dicha actividad se llevará a cabo en las ciudad de Valle de Bravo, México, del
22 al 24 de noviembre de 2016.
III.—Que
la participación del MEIC en esta actividad tiene como finalidad establecer un
diálogo que permita identificar soluciones a retos comunes, así como mecanismos
para promover mayores avances en la política de mejora regulatoria del país.
IV.—Que
mediante Resolución número 159-2016 del 17 de noviembre de 2016 del Despacho
Ministerial, se autorizó el gasto en la partida presupuestaria 1.05.03,
transporte en el exterior y 1.05.04, viáticos en el exterior, del señor
Viceministro Carlos Mora Gómez. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar al señor Carlos Mora Gómez, portador de la
cédula de identidad número 1-0903-0886, viceministro del MEIC para que
participe en la 35 edición de la “Conferencia Nacional de Mejora Regulatoria”,
que se llevará a cabo en la ciudad de Valle de Bravo, México, del 22 al 24 de
noviembre de 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y
alimentación, serán financiados por el programa 21500 “Actividades Centrales”,
subpartida 10503 “Transporte al Exterior” y subpartida 10504 “Viáticos al
Exterior” del Ministerio de Economía, Industria y Comercio del Ministerio de
Economía, Industria y Comercio, correspondiéndole por concepto de viáticos la
suma de seiscientos veintitrés dólares con setenta y seis centavos de dólar
($623,76). El funcionario cede el millaje generado por el viaje al Ministerio
de Economía, Industria y Comercio.
Artículo 3º—Rige a partir del día 22 de noviembre de 2016 y hasta su
regreso el día 23 de noviembre del mismo año, devengando el señor Carlos Mora
Gómez el 100% de su salario durante su ausencia.
Dado en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio en la ciudad
de San José, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.
Welmer Ramos González, Ministro de
Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. N° 29116.—Solicitud N° 11431.—(
IN2016093953 ).
N°
003-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en el Artículo 28 inciso 1 de la Ley N°
6227 o Ley General de la Administración Pública, del 02 de mayo de 1978, así
como lo dispuesto en la Ley N° 9289 o Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA)
y el Centro de Coordinación para la Prevención de los Desastres Naturales en
América Central (CEPREDENAC), suscribieron una carta de entendimiento en la que
ambas Partes determinaron la voluntad de apoyar la ejecución del proyecto
“Normas para Carreteras”, a fin de mejorar la situación de transitabilidad y
reducir la vulnerabilidad del transporte terrestre en la región.
2º—Que
en las reuniones del Comité de Ministros de Transporte de Centroamérica
(COMITRAN), se han tomado una serie de acuerdos en los que se instruyen
acciones, tales como, el consolidar un comité para revisar lo que los países
signatarios están desarrollando en la ejecución del proyecto denominado:
“Normas para Carreteras”, con especial énfasis en lo realizado por la Dirección
de Adaptación al Cambio Climático y Gestión Estratégica del Riesgo (DACGER), de
El Salvador, e identificar sinergias y trabajos conjuntos que potencien la
temática a nivel regional, así como invitar a este proceso a otros países
extraregionales que cuentan con una valiosa experticia y que además, realizan
un acompañamiento técnico y financiero en el tema.
3º—Que
en la XXXIV Reunión de la COMITRAN celebrada en la ciudad de Guatemala, en el
mes de junio del 2015, se tomó el Acuerdo N° 02-2015, que establece el marco
del desarrollo del “Manual Centroamericano de Hidráulica, Hidrología y Diseño
para Estructuras de Drenaje en Carreteras” por parte de la SIECA, para lo cual
se debe designar un experto nacional como titular del proceso y un suplente,
por cada país signatario en el tema, que formarán parte del Grupo Técnico
Regional para el desarrollo y validación técnica del referido Manual.
4º—Que
adicionalmente, se acordó que la “Dirección de Adaptación al Cambio Climático y
Gestión Estratégica del Riesgo” (DACGER) de El Salvador, fungirá como
coordinadora técnica del Grupo, con el acompañamiento de la SIECA, que además
podrán realizar las gestiones pertinentes para concretar el apoyo manifestado
por la Agencia de Cooperación Internacional del Japón (JICA), de brindar apoyo
técnico y financiero para el desarrollo de dicho instrumento regional.
5º—Que
la participación en el Segundo Taller Regional del Ingeniero Christian
Fernández Camacho, funcionario de la Secretaría de Planificación Sectorial del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), en su condición de suplente
del Grupo Técnico Regional para el desarrollo y validación técnica del referido
Manual, es de vital importancia para la obtención de los objetivos planteados a
corto y mediano plazo por la Secretaría de Integración Económica
Centroamericana (SIECA), en beneficio de los intereses de nuestro país. Por
tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar al Ing. Christian Fernández Camacho, cédula
1-0934-0045, funcionario de la Secretaría de Planificación Sectorial y suplente
del Grupo Técnico Regional encargado del desarrollo y validación técnica del “Manual
Centroamericano de Hidráulica, Hidrología y Diseño para Estructuras de Drenaje
en Carreteras”, para que participe en el “Segundo Taller de Validación de
Diagnósticos y Desarrollo de los temas contenidos en dicho Manual a realizarse
del 27 al 29 de enero de 2016 en la ciudad de San Salvador, El Salvador.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de pasajes aéreos, traslados, alimentación y
hospedaje del funcionario Christian Fernández Camacho, serán cubiertos con
recursos de la Agencia Internacional de Cooperación del Japón, (JICA por sus
siglas en Inglés), como parte del apoyo técnico y financiero que dicha Entidad
brinda para el desarrollo de dicho instrumento regional.
Artículo
3º—Que durante los días en que se autoriza la participación del señor Christian
Fernández Camacho, en el “Segundo Taller de Validación de Diagnósticos y
Desarrollo de los temas contenidos en el Manual Centroamericano de Hidrología,
Hidráulica y Drenajes en Carreteras”, a llevarse a cabo en la Ciudad de San
Salvador, El Salvador”, del 27 al 29 de enero del 2016, devengará el 100% de su
salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 27 al 29 de enero del 2016 inclusive.
Dado en
el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 12 días del mes de enero
del 2016.
Carlos Segnini Villalobos, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17817.—(
IN2016093981 ).
N° 082-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con
fundamento en lo dispuesto en artículo 28, inciso 1 de la Ley N° 6227 o Ley
General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo
dispuesto en la Ley N° 9341 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y
Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que
Costa Rica es el país responsable de la Coordinación de la Comisión Técnica de
Transportes del Proyecto Mesoamérica, que constituye un mecanismo de diálogo y
coordinación que articula esfuerzos de cooperación, desarrollo e integración
entre los diez países de la región facilitando la gestión y ejecución de
proyectos orientados a mejorar la calidad de vida de sus habitantes.
2º—Que la Comisión
Técnica Regional de Transportes tiene el compromiso de cumplir con los acuerdos
emanados de las cumbres de Presidentes que se realizan cada año con el
propósito de desarrollar proyectos comunes en la Región Mesoamericana.
3º—Que en la reunión
de Ministros de Transporte y Comisionados Presidenciales, realizada el 4 de
diciembre del 2013 en San José, Costa Rica, se acordó realizar una reunión
presencial de la Comisión Técnica Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica,
con el objetivo de definir acciones que permitan establecer compromisos para la
próxima Cumbre del Mecanismo de Diálogo y Concertación de Tuxtla.
4º—Que la
participación de la Ingeniera Joyce Arguedas Calderón y la Licenciada Ibis San
Lee Quirós, es de vital importancia para Costa Rica, en su calidad de Directora
a. í. de la Secretaría de Planificación Sectorial y Coordinadora de la Comisión
Técnica Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a la Ing. Joyce Arguedas Calderón, cédula Nº 1-874-853, Directora
a. í. de la Secretaría de Planificación Sectorial y en calidad de Coordinadora
de la Comisión Técnica Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica e Ibis
San Lee Quirós, cédula Nº 4-140-681, Asistente de la Secretaría de
Planificación Sectorial y de la coordinación del área de transportes de la
citada iniciativa, para que participen en la reunión de la Comisión Técnica
Regional de Transportes, el 11 de julio de 2016 y del 12 al 14 de julio de 2016
en el taller “Estrategias para la implementación de Observatorios Nacionales”;
ambas actividades se estarán desarrollando en la Ciudad de Santo Domingo de
República Dominicana.
Artículo 2º—Los gastos
por concepto de boleto aéreo, hospedaje y alimentación de las funcionarias
Joyce Arguedas Calderón e Ibis San Lee Quirós, serán cubiertos con recursos del
Banco Interamericano de Desarrollo (BID), como parte del apoyo técnico que
dicha entidad, como miembro del Grupo Técnico Interinstitucional, proporciona a
la Comisión Técnica Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica.
Artículo 3º—Que
durante los días en que se autoriza la participación de las señoras Joyce
Arguedas Calderón e Ibis San Lee Quirós, en la reunión de la Comisión Técnica
Regional de Transportes del Proyecto Mesoamérica y en el taller de Estrategias
para la implementación de Observatorios Nacionales, que se celebrarán los días
del 11 al 14 de julio de 2016, más los días 10 y 15 de julio en tránsito, en la
ciudad de República Dominicana, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a
partir del 10 al 15 de julio de 2016, inclusive.
Dado
en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 4 días del mes de julio
del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. Nº 301100.—Solicitud Nº 17818.—(
IN2016093982 ).
N° 086-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con
fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1) de la Ley N° 6227 o Ley
General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así como lo
dispuesto en la Ley N° 8691 o Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de
la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del Reglamento de Viajes y
Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que
la Secretaría de Planificación Sectorial funge como enlace de la Comisión
Técnica Regional de Movilidad y Logística Centroamericana, que constituye una
instancia creada por el Consejo Sectorial de Ministros de Transportes de
Centroamérica para potenciar acciones orientadas hacia la mejora de la
competitividad de los países de la región.
2º—Que la Comisión Técnica
Regional de Movilidad y Logística Centroamericana, tiene el compromiso de
cumplir con los acuerdos emanados de las reuniones de Ministros de Transportes
de Centroamérica.
3º—Que la
participación de la Ingeniera Joyce Arguedas Calderón y la Licenciada Ibis San
Lee Quirós, designadas como enlaces de la Comisión Técnica Regional de
Movilidad y Logística Centroamericana, es de vital importancia para Costa Rica,
en su calidad de titular y suplente. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo
1º—Designar a la Ing. Joyce Arguedas Calderón, cédula 1-874-853 e Ibis San Lee
Quirós cédula 4-140-681, enlaces de la Comisión Técnica Regional de Movilidad y
Logística Centroamericana, para que participen en la IV Reunión Presencial de
la Comisión, a celebrarse en la ciudad de Guatemala del 20 al 22 de julio de
2016.
Artículo 2º—Los gastos
por concepto de boleto aéreo, hospedaje y alimentación de las funcionarias
Joyce Arguedas Calderón e Ibis San Lee Quirós, serán cubiertos con recursos de
la Agencia de Cooperación Internacional de Japón (JICA), Entidad que se encuentra
apoyando la Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística Centroamericana.
Artículo 3º—Que
durante los días en que se autoriza la participación de las señoras Joyce
Arguedas Calderón e Ibis San Lee Quirós, en la IV Reunión Presencial de la
Comisión Técnica Regional de Movilidad y Logística Centroamericana, que se
celebrará los días del 20 al 22 de julio de 2016, más los días 19 y 23 de julio
en tránsito, en la ciudad de Guatemala, devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4º—Rige a
partir del 19 al 23 de julio de 2016 inclusive.
Dado
en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 08 días del mes de
julio del 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17819.—(
IN2016093984 ).
N° 094-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1 de la Ley
N°6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así
como lo dispuesto en la Ley N° 9341 o Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, la Ley N° 6362 y en el artículo 34 del
Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
I.—Que la Secretaría de Planificación Sectorial es la encargada del
Registro Vial del país y el Decreto Ejecutivo N° 39173-MOPT denominado
“Reorganización Estructural del Proceso de Planificación Sectorial e
Institucional del Ministerio de Obras Públicas y Transportes en su artículo 5°
plantea como funciones de la Secretaría de Planificación Sectorial: Ejercer el
mando técnico en materia de planificación y velar por una adecuada
intermodalidad del Sector, en aras de la implementación de los planes
estratégicos. Desarrollar, mantener actualizado y controlar el Sistema del
Registro Vial de Costa Rica, con carácter oficial nacional, de acuerdo con la
Ley General de Caminos Públicos N° 5060 y sus reformas, la Ley de
Simplificación y Eficiencia Tributaria, N° 8114 y el Decreto Nº 37908-MOPT.
II.—Que
como parte de los esfuerzos por reducir el problema de salud pública provocado
por las muertes por accidentes de tránsito en todo el territorio nacional, la
Secretaría de Planificación Sectorial del MOPT ha venido trabajando con otras
dependencias del Sector, con la finalidad de actualizar la extensa normativa
técnica y jurídica vigente. Entre otros la Ley General de Caminos Públicos N°
5060 de 1972 los Decretos Ejecutivos, reglamentos, manuales y procedimientos,
todos referente a la red vial nacional y cantonal con sus elementos inmersos en
el derecho de vía.
III.—Que
la cantidad de accidentes con fallecidos y personas con lesiones graves, (Según
la OMS cada año los accidentes de tránsito causan la muerte de aproximadamente
1,25 millones de personas en todo el mundo), aunado a la escasez de recursos
para mejorar la capacidad de la infraestructura vial, propios de los países de
la región, hace que los accidentes de tránsito se sitúen en los primeros
lugares de mortalidad a nivel mundial.
Además,
La Asamblea General de las Naciones Unidas proclamó el Decenio de Acción para
la Seguridad Vial 2011-2020, con la finalidad de salvar millones de vidas
mediante el mejoramiento de la seguridad en la vía pública y de los vehículos;
del comportamiento de los usuarios de la vía pública; y de los servicios de
urgencias.
IV.—Que
con el fin de cumplir con los objetivos propuestos por la Organización Naciones
Unidas, La Organización Mundial de la Salud y del Plan Nacional de Seguridad
Vial (Decreto Ejecutivo 29390-MOPT-S), propiamente el Artículo 1º que indica;
se cita textual “Objetivo. Con la finalidad de plantear acciones concretas y
sistemáticas de corto, mediano y largo plazo, se concreta la formulación e
implementación del Plan Nacional de la Promoción de la Seguridad vial para la
prevención de los accidentes de tránsito; esta Secretaría como encargada directa
del Registro Vial de Costa Rica, plantea como prioritario e impostergable
dentro de sus funciones, velar por que en la red vial nacional y cantonal se
incorpore en todas sus etapas desde la concepción, planificación, diseño,
ejecución, operación y mantenimiento hasta el monitoreo; el componente de
seguridad vial.
V.—Que
para materializar esta idea de una manera práctica y a muy corto plazo , como
primer paso, se propone reformar los Decretos Ejecutivos 34624-MOPT, 38578-MOPT
y el Decreto Ejecutivo 13041-T para incorporar en todas las boletas de
inventario vial tanto de la red vial nacional como red vial cantonal , los
componentes e infraestructura de seguridad vial (amortiguadores de impacto,
elementos de base frágil, bandas rugosas o sonoras, demarcación horizontal,
delineamiento de curvas, iluminación, señalización vertical, canalización del
tránsito, líneas para reducción de velocidad y facilidades peatonales con
captaluces y sonidos, sistemas de contención vehicular, entre otros), de manera
técnica y sistemática, que permitan identificar las zonas vulnerables para
accidentes de tránsito, elementos en mal estado o inexistentes , señales de
tránsito inadecuadas, captaluces, entre otros, con la finalidad de localizar a
lo largo del levantamiento del inventario vial estas deficiencias en el sistema
vial, y posteriormente brindar un informe a las dependencias encargadas de la
administración y mantenimiento, como COSEVI y CONAVI para que se tomen las
medidas correctivas que correspondan, según sus competencias.
VI.—Que
la participación en el “Curso sobre Seguridad en Carreteras: “Auditorías en
Seguridad Vial e Investigación de Accidentes de tránsito” a celebrarse en las
instalaciones del Instituto Mexicano del Transporte en Sanfandila, Municipio de
Pedro Escobedo, Querétaro del 1 al 5 de agosto de 2016, del Ingeniero Christian
Fernández Camacho, funcionario de la Secretaría de Planificación Sectorial del
Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), en su condición de encargado
del Proyecto de “ Incorporación del componente de Seguridad Vial a las boletas
de Inventario Físico de la red vial nacional y cantonal”, es de vital
importancia para la obtención de los objetivos planteados a corto y mediano
plazo por la Secretaría de Planificación Sectorial para ayudar a reducir las
muertes en carretea, en beneficio de los intereses de nuestro país. Por
tanto:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Designar al Ing. Christian Fernández Camacho, cédula 1-0934-0045,
funcionario de la Secretaría de Planificación Sectorial y encargado del
“Proyecto de Incorporación del Componente de Seguridad Vial a las boletas de
Inventario Físico de la red vial nacional y cantonal”, para que participe en el
“Curso sobre Seguridad en Carreteras: “Auditorías en Seguridad Vial e
Investigación de Accidentes de tránsito” a celebrarse en las instalaciones del
Instituto Mexicano del Transporte en Sanfandila, Municipio de Pedro Escobedo,
Estado de Querétaro, México del 1 al 5 de agosto de 2016.
Artículo
2°—Que el MOPT cubrirá los gastos por concepto de boleto aéreo hasta por la
suma de $1000,00 dólares americanos lo que se cargará a la subpartida 1.05.03,
del área 2, actividad 1 del programa 326.
Artículo
3°—Los gastos de hospedaje, alimentación, inscripción al curso y traslado del
aeropuerto al hotel y viceversa en autobús, del funcionario Christian Fernández
Camacho, serán cubiertos con recursos del MOPT por medio de la subpartida
1.05.04 del programa 326, área 2, actividad 1 por la suma de $ 1043.00 dólares
americanos.
Artículo
4°—Que durante los días en que se autoriza la participación del señor Christian
Fernández Camacho, en el “Curso sobre Seguridad en Carreteras: “Auditorías en
Seguridad Vial e Investigación de Accidentes de tránsito” a celebrarse en las
instalaciones del Instituto Mexicano del Transporte en Sanfandila, Municipio de
Pedro Escobedo, Querétaro del 1 al 5 de agosto de 2016, el funcionario
devengará el 100% de su salario.
Artículo
5°—El ingeniero Christian Fernández Camacho cede la totalidad de las millas del
presente boleto al Ministerio de Obras Públicas y Transportes.
Artículo
62.—Rige a partir del 31 de Julio al 06 de agosto de 2016 inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 27 días
del mes de julio del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17820.—(
IN2016093985 ).
Nº 100-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en la Ley Nº 9341 del Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año
2016 y al artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viajes y Transportes de la
Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL)
ha extendido invitación a la Viceministra de Infraestructura y Concesiones,
para que participe en el Workshop: Políticas de Logística, recursos naturales y
su vínculo con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), organizado por la
División de Recursos Naturales e Infraestructura de dicha Organización, el cual
se llevará a cabo del 16 al 18 de agosto del 2016, en la sede de la CEPAL en
Santiago, Chile.
2º—Que
dicho evento reunirá a autoridades de los ministerios de obras públicas,
transporte, agencias de promoción de exportaciones y organismos de integración
regional a fin de elaborar las bases de una política de logística que considere
el rol fundamental de los recursos naturales y promueva el desarrollo sostenible.
Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la Ing. Giselle Alfaro Bogantes, Viceministra
de Infraestructura y Concesiones, cédula de identidad N° 1-0924-0301, para que
viaje a Santiago, Chile, del 16 al 19 de agosto del año en curso.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo, hospedaje, alimentación y
transporte local serán cubiertos por la Comisión Económica para América Latina
y el Caribe, (CEPAL).
Artículo
3º—De conformidad con el punto 2 del Compromiso Ético de los (as) jerarcas del
Poder Ejecutivo e Instituciones Autónomas, se remitirá en el plazo de ocho días
calendario posterior a la conclusión del viaje, un informe puntual sobre el
resultado de éste.
Artículo
5º—Que durante los días que se autoriza la participación de la Ing. Giselle
Alfaro Bogantes en dicho evento devengará el 100% de su salario.
Artículo
6º—Rige a partir del 16 de agosto y hasta su regreso el día 19 de agosto del
2016.
Dado en el Despacho del Ministro de Obras Públicas y Transportes, a
los 01 días del mes de agosto del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17821.—(
IN2016093986 )
N° 101-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en Artículo 28 inciso 1 de la Ley N°
6227 o Ley General de la Administración Pública, del 2 de mayo de 1978, así
como lo dispuesto en la Ley N° 9341 o Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República, la Ley N’ 6362 y en el artículo 34 del Reglamento
de Viajes y Transportes de la Contraloría General de la República.
Considerando:
1º—Que el Ministerio de Obras Públicas y Transportes con el apoyo
técnico de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) llevó
a cabo, durante los días 21 y 22 de abril del año 2015, un taller nacional
denominado: “Política Integrada de Movilidad y Logística en Costa Rica”, con el
objetivo de propiciar los insumos necesarios para constituir los pilares
básicos que le permitan diseñar una política nacional sobre movilidad y
logística.
2º—Que
la Secretaría de Planificación Sectorial desde el año 2015 ha venido trabajando
en la elaboración de una propuesta de política pública en el tema de “Movilidad
y Logística”, que permita potenciar acciones concretas orientadas hacia la
mejora de la competitividad del país.
3º—Que
la política nacional de movilidad y logística debe brindar la visión integral
del Sector Infraestructura y Transportes y enmarcar las políticas locales,
planes y proyectos, constituyéndose en la base de la coordinación sectorial en
todos los ámbitos que afecten o sean afectados por la movilidad y la logística.
4º—Que
la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en el marco de
las actividades del proyecto UNDA “Integración logística para una explotación
más sostenible de los recursos naturales en América Latina y el Caribe”, la
División de Recursos Naturales e Infraestructura realizará un workshop
internacional para analizar el vínculo entre políticas de logística y las
cadenas logísticas de los recursos naturales.
5º—Que
la participación en el evento organizado por la CEPAL, de la Licenciada Ibis
San Lee Quirós y la Ingeniera Joyce Arguedas Calderón, que han venido
trabajando en la propuesta de la política pública sobre movilidad y logística
es de vital importancia para el país, dado que, es la primera iniciativa en
esta temática tan importante para desarrollar acciones que permitan mejorar la
competitividad interna y externa y por ende la calidad de vida de los
habitantes. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar a la Licenciada Ibis San Lee Quirós cédula
4-140-681y la Ingeniera Joyce Arguedas Calderón cédula 1-874-853, para que
participen en el Workshop: “Logística de recursos naturales y su vínculo con
los objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS)”, a celebrarse en la ciudad de
Santiago de Chile del 16 al 18 de agosto de 2016.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de boleto aéreo, hospedaje y alimentación de las
funcionarias Ibis San Lee Quirós y Joyce Arguedas Calderón, serán cubiertos con
recursos de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL),
Entidad que se encuentra apoyando la elaboración de la propuesta de política
pública sobre movilidad y logística de Costa Rica.
Artículo
3º—Que durante los días en que se autoriza la participación de las señoras Ibis
San Lee Quirós y Joyce Arguedas Calderón, en el Workshop: “Logística de
recursos naturales y su vínculo con los objetivos de Desarrollo Sostenible
(ODS)”, que se celebrará los días del 16 al 18 de agosto de 2016, más los días
15 y 19 de agosto en tránsito, en la ciudad de Santiago de Chile, devengarán el
100% de su salario.
Artículo
4º—Rige a partir del 15 al 19 de agosto de 2016 inclusive.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 05 días
del mes de agosto del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17822.—(
IN2016093988 ).
N° 108-MOPT
EL
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de
la Constitución Política, artículos 25 inciso 1), 28) inciso 1) acápite b) de
Ley General de la Administración Pública o Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978.
Así como lo dispuesto en la Ley N° 9341 Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2016 y el
artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes
el Seminario Internacional de Presupuesto Público, en el cual se abordarán
temas muy relevantes en la Administración Pública aplicables a las funciones
que ejerce el funcionario.
2º—Que
la participación del funcionario Francisco Molina Salas, será de provecho para
la Dirección Financiera así como para el resto de la Institución, en el tanto
se abordarán dos temas generales como lo son: “ Metodologías de la Evaluación
de los Resultados de la Gestión Pública y la integración de los Países en
bloques económicos y políticos. Temas que son de suma importancia en el
contexto de la realidad actual a la cual se está sujeto y los cambios que se no
avecinan en las políticas públicas y su entorno; y para lo cual la capacitación
en los mismos es de total trascendencia en un mejor desempeño del cargo debido
a la atinencia que se presenta en el ejercicio de sus funciones.
3º—Que
mediante el oficio DVA-DCD-2016-1906 de fecha 16 de agosto del 2016 de la
Dirección de Capacitación y Desarrollo de este Ministerio; dicha Dirección
emite dictamen técnico realizado por el Departamento de Becas y Licencias donde
se aprueba la participación del Licenciado Francisco Molina Salas, en el citado
Seminario, avalando los contenidos temáticos y la importancia del evento para
las labores profesionales que realiza el Licenciado Molina Salas, Director
Financiero de la Institución; según lo estipulado en la actividad denominada”
Visto bueno para actividades de capacitación previo a la elaboración del
Acuerdo de Viaje. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al Licenciado Francisco Molina Salas, Cédula N°
1-716-870 Director Financiero de este Ministerio, para que participe en el
XLIII Seminario Internacional de Presupuesto Público, mismo que se llevará a
cabo del 22 al 25 de noviembre de 2016, en Ciudad del Este República de
Paraguay.
Artículo
2º—Los gastos de alimentación y hospedaje del funcionario Molina Salas durante
los días del 21 al 26 de noviembre del 2016 serán cubiertos con recursos del
MOPT en el programa 326-05-03 y en la subpartida 10504, por un monto de $
1.470.00 dólares americanos, lo cual incluye los gastos de alimentación,
hospedaje, taxis (Aeropuerto-hotel y viceversa,). Los gastos de inscripción al
evento serán de $ 500.00 dólares americanos y serán cargados a la subpartida
1.07.01 del programa presupuestario 326-05-03.
Por la
subpartida 10503, transporte al exterior, se reconocerá para el funcionario el
boleto Aéreo y otros cargos por una suma máxima de $ 1.600.00 dólares
americanos.
Artículo
3º—El funcionario debe ceder al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la
totalidad del millaje producto de este viaje al exterior.
Artículo
4º—Que durante los días hábiles laborales del 21 al 25 de noviembre del año
2016, en que se autoriza la participación del funcionario Francisco Molina
Salas en la actividad denominada XLIII Seminario Internacional de Presupuesto
Público, en Ciudad del Este, República de Paraguay, devengará el 100% de su
salario.
Artículo
5º—Rige a partir del 21 de noviembre y hasta su regreso el día 26 de noviembre
del 2016.
Dado en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes a los 17 días
del mes de agosto del año 2016.
Carlos Villalta Villegas, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 301100.—Solicitud N° 17823.—(
IN2016093990 ).
Nº 112-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con
fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 20 y 146 de la
Constitución Política, artículos 25, inciso 1, 28, inciso 1 acápite b) de la
Ley General de Administración Pública o Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978. Así
como lo dispuesto en la Ley Nº 9341 o Ley del Presupuesto Ordinario y
Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del año 2016 y el
artículo 34 del Reglamento de Viajes y Transportes de la Contraloría General de
la República.
Considerando:
1º—Que
es de interés para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes el XXI
Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la
Administración Pública; en el cual se abordarán temas muy relevantes en la
Administración Pública aplicables a las funciones que ejerce el citado
servidor.
2º—Que la
participación del Lic. Manuel Arce Jiménez, Subdirector General División
Administrativa, será de provecho para la División Administrativa, así como para
el resto de la Institución, en el tanto se abordarán temas como la
modernización institucional, reorganización de la Administración Pública en
América Latina, entre otros; dadas las funciones que realiza, y como
Coordinador del Grupo de Trabajo de Mejora y Simplificación de Trámites, según
Ley 8220, sus Reformas y Reglamentos, Miembro de la Comisión de Becas
Institucional, de La Comisión de Gestión Ambiental entre otras, y por ser parte
de los requerimientos de capacitación y actualización profesional.
3º—Que mediante el
oficio DVA-DCD-2016-1992 de fecha 18 de agosto del 2016 de la Dirección de
Capacitación y Desarrollo de este Ministerio; dicha Dirección emite dictamen
técnico realizado por el Departamento de Becas y Licencias donde se aprueba la
participación del Licenciado Manuel Arce Jiménez en el citado Seminario,
avalando los contenidos temáticos y la importancia del evento para las labores
profesionales que realiza el Licenciado Arce Jiménez, Subdirector
Administrativo de la Institución; según lo estipulado en la actividad denominada
“Visto bueno para actividades de capacitación previo a la elaboración del
Acuerdo de Viaje”. Por tanto,
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar al licenciado Manuel Arce Jiménez, cédula Nº 0015460506,
Subdirector General de la División Administrativa, para que participe en el XXI
Congreso Internacional del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración
Pública, en Santiago, Chile, del 07 al 11 de noviembre del presente año.
Artículo 2º—Los gastos
de alimentación y hospedaje del funcionario Manuel Arce Jiménez durante los
días del 06 al 12 de noviembre del 2016, serán cubiertos con recursos del MOPT
en el programa 326-05-01 y en la subpartida 10504, por un monto de $1.444,84
(dólares americanos), lo cual incluye los gastos de alimentación y hospedaje,
taxis (aeropuerto-hotel y viceversa).
Por la subpartida
10503 se reconocerá para el funcionario el boleto aéreo y otros cargos, por una
suma máxima de $1.200.
Los gastos de
inscripción al seminario serán de $180,00 (dólares americanos), los cuales
serán cubiertos por medio de la subpartida presupuestaria 1.07.01 del programa
presupuestario 326-05-01.
Artículo 3º—El
funcionario debe ceder al Ministerio de Obras Públicas y Transportes la
totalidad del millaje producto de este viaje al exterior.
Artículo 4º—Que
durante los días hábiles laborales del 7 al 11 de noviembre del 2016, en los
que se autoriza la participación del funcionario Manuel Arce Jiménez, en el XXI
Congreso Internacional del CLAD sobre Reforma del Estado y de la Administración
Pública, en Santiago, Chile, devengará el 100% de su salario.
Artículo 5º—Rige a
partir del 6 de noviembre y hasta su regreso el día 12 de noviembre del 2016.
Dado
en el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a los 25 días del mes de
agosto del año dos mil dieciséis.
Carlos Villalta Villegas, Ministro
de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O.C. Nº 301100.—Solicitud Nº 17824.—(
IN2016093991 ).
Nº
DM-FP-981-16
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las facultades que les confieren los artículos 140 incisos
1) y 20) y 146 de la Constitución Política; 28 aparte segundo, inciso b) de la
Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”;
1, 2, 3, de la Ley N° 5395 del 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”; 6
de la Ley N° 5412 de 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de
Salud”; y Decreto Ejecutivo N° 36656 del 12 de abril del 2011 “Creación del
Consejo Nacional de Cuidados Paliativos”.
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° DM-MG-4685-15, publicado en La
Gaceta N° 241 del 11 de diciembre de 2015, se nombró al Sr. Alejandro
Vargas Bermúdez, cédula N° 3-0345-0942, como representante suplente del Centro
Nacional de Control del Dolor y Cuidados Paliativos en el Consejo Nacional de
Cuidados Paliativos.
II.—Que
el Sr. Vargas Bermúdez, presenta su renuncia como miembro del Consejo Nacional
de Cuidados Paliativos.
III.—Que
por lo anterior se hace necesario y oportuno designar la persona que lo
sustituirá. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designar como miembro suplente ante el Consejo Nacional de
Cuidados Paliativos a la siguiente persona:
María Gabriela Chaves Brenes, cédula N°
4-117-297, Centro Nacional de Control del Dolor y Cuidados Paliativos.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de junio del 2016 al 28 de julio del
2017.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los treinta y un
días del mes de mayo del dos mil dieciséis.
Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Salud, Dr.
Fernando Llorca Castro.—1 vez.—O. C. N° 29849.—Solicitud N° 17622.—(
IN2016093895 ).
N°
DM-CB-8016-2016
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las atribuciones que les confieren los artículos 146 de la
Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley N° 6227 de 2
mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”, publicada en el Diario
Oficial La Gaceta N° 15 del 22 de enero de 1979; 1 y 2 de la Ley N° 5395
de 30 de octubre de 1973 “Ley General de Salud”, publicada en el Diario Oficial
La Gaceta N° 222 del 24 de noviembre de 1973.
Considerando:
I.—Que la salud de la población es un bien de interés público tutelado
por el Estado.
II.—Que
todas las personas tienen derecho a un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado y es deber del Estado garantizar este derecho.
III.—Que
la gestión no integral de los residuos sólidos representa uno de los
principales problemas que se enfrenta como Nación, lo cual ocasiona importantes
impactos en la salud y el medio ambiente.
IV.—Que
los artículos 41 y 42 de la Ley No. 8839 del 24 de junio de 2010 “Ley para la
Gestión Integral de Residuos” publicada en el Diario Oficial La Gaceta
N° 135 del 13 de julio del 2010 y el Decreto Ejecutivo N° 38272-S del 07 de enero
del 2014 “Reglamento para la Declaratoria de Residuos de Manejo Especial”
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 58 del 24 de marzo del 2014,
establecen y desarrollan el principio de Responsabilidad Extendida del
Productor, así como la corresponsabilidad social en la gestión de residuos de
manejo especial, como son los electrónicos y eléctricos.
V.—Que
el Decreto Ejecutivo N° 35933-S del 12 de febrero del 2010 “Reglamento para la
Gestión Integral de los Residuos Electrónicos” publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 86 del 5 de mayo del 2010; constituye el marco original de la
Gestión Integral de Residuos Electrónicos y Electrónicos, y regula lo
relacionado con las Unidades de Cumplimiento, encargadas de implementar, junto
con el Gobierno Nacional, el principio de Responsabilidad Extendida del
Productor.
VI.—Que
el Ministerio de Salud, dentro de sus competencias como rector en la materia,
debe desarrollar lineamientos, directrices y guías técnicas para corrientes de
residuos específicas; así como su adaptación y evaluación periódica, a fin de
cumplir con las obligaciones contenidas en la Ley N° 8839 del 24 de junio de
2010 “Ley para la Gestión Integral de Residuos” publicada en el Diario Oficial La
Gaceta N° 135 del 13 de julio del 2010.
7°—Que
uno de los principios generales que fundamentan la gestión integral de residuos
es la corresponsabilidad social y requiere la participación conjunta,
coordinada y diferenciada de todos los productores, importadores,
distribuidores, consumidores, gestores de residuos, tanto públicos como
privados.
8°—Que
el Decreto Ejecutivo N° 37983-COMEX-MP del 9 de setiembre del 2013
“Declaratoria de interés público y otras disposiciones sobre el Proceso de
ingreso de Costa Rica a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OCDE)” publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 207 del 28
de octubre del 2013, establece como prioritarias las acciones conducentes a que
el país se incorpore a dicho organismo multilateral, a fin de contar con las
mejores políticas para la toma de decisiones que lleven a mejorar la calidad de
vida y la salud pública.
9°—Que
la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) ha emitido
la recomendación C(2004)100, Recomendación del Consejo para el Manejo
Ambientalmente adecuado de los Residuos, la que insta a los gobiernos a
elaborar e implementar políticas y programas que aseguren que los residuos son
manejados de manera ambientalmente adecuada y económicamente eficiente, sin
generar obstáculos innecesarios al comercio internacional de residuos, cuando
este sea destinado a la recuperación y reciclaje.
10.—Que
los artículos 33 al 37 de la Ley N° 8839 del 24 de junio del 2010 “Ley para la
Gestión Integral de Residuos” publicada en el Diario Oficial La Gaceta
N° 135 del 13 de julio del 2010, así como los artículos 54 al 61 del Decreto
Ejecutivo N° 37567-SMINAET- H del 2 de noviembre del 2012 “Reglamento General a
la Ley para la Gestión Integral de Residuos” publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 55 del 19 de marzo del 2013, establecen los requisitos y pautas
para el movimiento transfronterizo de residuos.
11.—Que
se considera necesario y oportuno declarar de interés público y nacional la
“Guía Técnica para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos y
Eléctricos” y su respectiva implementación. Por tanto.
ACUERDAN:
DECLARATORIA
DE INTERÉS PÚBLICO Y NACIONAL
DE LA “GUÍA TÉCNICA PARA LA
GESTIÓN INTEGRAL
DE LOS RESIDUOS ELECTRÓNICOS Y
ELÉCTRICOS”
Artículo 1°—Declárese de interés público y nacional la Guía Técnica
para la Gestión Integral de los Residuos Electrónicos y Eléctricos (RALEE), la
cual debe ser utilizada por las Unidades de Cumplimiento y Gestores autorizados
por el Ministerio de Salud, para el manejo integral de dichos residuos.
Artículo
2°—Corresponderá a las autoridades de salud del Ministerio de Salud, velar
porque dicha Norma sea cumplida.
Artículo
3°—La citada Guía se pone a disposición, para las personas que deban
consultarla, en la página web del Ministerio de Salud, cuya dirección
electrónica es www.ministeriodesalud.go.cr.
Artículo
4°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintiséis
días del mes de octubre del dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca
Castro.—1 vez.—O. C. N° 29849.—Solicitud N° 17622.—( IN2016093896 ).
N°
077-2016-C
San José,
20 de mayo del 2016
LA
SEGUNDA VICEPRESIDENTA EN EJERCICIO
DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO al DE CULTURA Y
JUVENTUD
Con fundamento en lo establecido por los artículos 140, inciso 2, y
146 de la Constitución Política, 25, inciso 1 de la Ley General de
Administración Pública y 2 del Estatuto de Servicio Civil,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Ministerio de Cultura y
Juventud, destacada en la Dirección General del Archivo Nacional a la señora
Marianela Calderón Rivera, cédula de identidad Nº 01-1286-0645, en el puesto de
Profesional de Servicio Civil 1 B, especialidad Derecho, número 101671,
seleccionada de la Nómina de Elegibles Número 1293-2013 de la Dirección General
de Servicio Civil.
Artículo
2º—Rige a partir del 01 de julio del 2013.
ANA
HELENA CHACÓN ECHEVERRÍA.—El Ministro de
Cultura y Juventud a. í., Max Enrique Valverde Soto.—
1 vez.—( IN2016093621 ).
N°
199-MJP-2016
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En el uso de las facultades conferidas en los artículos 140 inciso 1)
y 146 de la Constitución Política del 07 de noviembre de 1949, artículos 53
inciso a) y 65 de la Ley General de Policía, Ley N° 7410 del 26 de mayo de 1994
y los artículos 21, 117 y 119 del Reglamento General de la Policía
Penitenciaria, Decreto Ejecutivo N° 26061-J del 15 de mayo de 1997.
Considerando:
I.—Los servidores que se dirán, cumplen con los requisitos
establecidos en el artículo 65 de la Ley General de Policía, así como en los
artículos 21 y 117 del Reglamento General de Policía Penitenciaria; ocupando
actualmente puestos en propiedad en la Policía Penitenciaria.
II.—Además
los servidores, aprobaron satisfactoriamente el Curso Básico Policial, de
conformidad con lo estipulado en los artículos 117 y 119 del Reglamento General
de la Policía Penitenciaria.
III.—Que
en la sesión N° 01-2014 del 26-05-2014, 020-2014 del 31-07-2014, 024-2014 del
28-08-2014, 026-2014 del 11-09-2014, 040-2014 del 16-12-2014, 006-2015 del
20-02-2015, 017-2015 del 14-05-2015, 022-2015 del 29-06-2015, 029-2015 del
13-08-2015, 031-2015 del 28-08-2015, 039-2015 del 29-10-2015, 043-2015 del
26-11-2015 y 044-2015 del 03-12-2015, del Consejo de Personal de la Policía
Penitenciaria; refrendó la elegibilidad de los funcionarios en propiedad que a
continuación se indican:
ACUERDAN:
Artículo 1°—Incluir dentro del régimen del Estatuto Policial a los
siguientes funcionarios:
|
NOMBRE
COMPLETO |
N° CÉDULA |
1 |
ACOSTA GUTIÉRREZ CAROLINA |
2-0628-0355 |
2 |
AGÜERO ARCE ROSALYN |
1-1006-0730 |
3 |
AGUILAR CRUZ STEVEN ANTONIO |
4-0223-0306 |
4 |
AGUILAR SOLÍS FEDERICO
ALEJANDRO |
1-1373-0924 |
5 |
ALVARADO CAMACHO GUSTAVO ANDRÉS |
3-0465-0418 |
6 |
ARGUEDAS MADRIGAL DONALD
ANTONIO |
6-0394-0404 |
7 |
BALLADARES CENTENO CÉSAR
AGUSTO |
2-0732-0828 |
8 |
BARBOZA RIVERA DEIBY
ANTONIO |
1-1540-0370 |
9 |
BERMÚDEZ RAMÍREZ JEREMY
GERARDO |
1-1298-0782 |
10 |
CALDERÓN CASTRO KEVIN
ARNOLDO |
1-1551-0710 |
11 |
CAMPOS CORRALES DENNIS
JOAQUÍN |
1-1565-0119 |
12 |
CAMPOS ROJAS GILBERTH |
1-1216-0233 |
13 |
CAMPOS SOLÍS ADRIANA
PATRICIA CC SOLÍS POVEDA ADRIANA PATRICIA |
1-1159-0603 |
14 |
CARILLO PRADO MICHAEL
VINICIO |
1-1463-0778 |
15 |
CHACÓN RIVERA RAFAEL ÁNGEL |
6-0407-0091 |
16 |
CHAVES RODRÍGUEZ MIGUEL
ÁNGEL |
2-0636-0982 |
17 |
CLARK VALVERDE ALEJANDRA
GABRIELA |
1-1279-0236 |
18 |
CORDERO ELIZONDO ERICK
FRANCISCO |
1-1179-0196 |
19 |
CORDERO MONGE SILVIA |
1-0856-0529 |
20 |
CORTÉS PRENDAS KEYLA |
6-0388-0527 |
21 |
DÍAZ HERNÁNDEZ ANA RUTH |
5-0228-0473 |
22 |
DUARTE NAVARRO OSCAR ALONSO |
6-0377-0265 |
23 |
ESPINOZA MOLINA MARCOS
GERARDO |
6-0210-0074 |
24 |
FAJARDO GUEVARA NIDIA MARÍA |
1-1224-0440 |
25 |
FALLAS CALDERÓN CARLOS
MARIO |
1-1420-0875 |
26 |
FALLAS CASTRO YOSELYN
FRANCINNY |
1-1591-0704 |
27 |
FALLAS VARGAS DAVID DE LOS
ÁNGELES |
1-1500-0047 |
28 |
FERNÁNDEZ AGUILAR YORLENY |
1-1065-0662 |
29 |
GÓMEZ GUZMÁN RODOLFO
ENRIQUE |
3-0271-0949 |
30 |
GUIDO ESPINOZA MARIO |
5-0315-0154 |
31 |
GUTIÉRREZ CHAVARRÍA CARLOS
GERMÁN |
7-0108-0472 |
32 |
HERNÁNDEZ CARRANZA IVAN
JOSUÉ |
2-0700-0042 |
33 |
JIMÉNEZ BARRIOS MAURICIO
GUILLERMO |
1-1123-0327 |
34 |
LANUZA PÉREZ ALFREDO |
2-0695-0540 |
35 |
LEDEZMA LÓPEZ IRETH DAYANA |
6-0392-0270 |
36 |
LÓPEZ DÍAZ JUAN CARLOS |
6-0263-0044 |
37 |
LÓPEZ JIMÉNEZ GERARDO |
1-0903-0249 |
38 |
LÓPEZ PORRAS SERGIO ESTEBAN |
1-1413-0840 |
39 |
MARÍN ANCHÍA YONER GERARDO |
6-0345-0064 |
40 |
MARÍN VILLALOBOS JUAN
MANUEL |
1-1505-0167 |
41 |
MASIS GARCÍA KAROL |
1-1435-0699 |
42 |
MATARRITA VEGA GREIVIN
ARTURO |
7-0226-0871 |
43 |
MEDINA CARTÍN DAVID ENRIQUE |
7-0236-0268 |
44 |
MÉNDEZ CARRILLO LUIS DIEGO |
7-0177-0005 |
45 |
MONTIEL BRIONES JOSÉ |
7-0137-0948 |
46 |
MONTIEL PARRA LUIS GERARDO |
7-0201-0425 |
47 |
MORA ALVARADO JOHANA |
3-0412-0936 |
48 |
MORA DÍAZ NOLBER |
1-1245-0618 |
49 |
MORA ESQUIVEL JOHAN RICARDO |
1-1437-0889 |
50 |
MORA MONGE LAURA |
6-0360-0285 |
51 |
MUÑOZ CERNAS JONATHAN DAVID |
6-0412-0192 |
52 |
MUÑOZ CORTÉS JASON ANTONIO |
5-0345-0372 |
53 |
NAVARRO DURÁN ALEJANDRO
ALBERTO |
1-1512-0835 |
54 |
NUÑEZ RAMÍREZ ROGER GERARDO |
2-0653-0306 |
55 |
OBANDO DELGADO BROBERIS |
6-0345-0955 |
56 |
ORDOÑEZ ROBLES JOHAO ELÍ |
7-0145-0145 |
57 |
PEREIRA COREA ELIZABETH |
7-0108-0482 |
58 |
PÉREZ BORBÓN JENNIFFER |
1-1096-0170 |
59 |
QUIRÓS VALVERDE MAUREEN
JENNY |
2-0574-0154 |
60 |
RAMÍREZ VILLEGAS MARVIN
JOSÉ |
2-0720-0302 |
61 |
RÍOS ESTRADA DIANA YANCY |
1-1456-0482 |
62 |
RODRÍGUEZ ROBLES ELVIS
GABRIEL |
7-0225-0597 |
63 |
ROJAS VÁSQUEZ OLGER |
6-0220-0104 |
64 |
ROMÁN MORA ESTEBAN EDUARDO |
1-1619-0488 |
65 |
RUBÍ ARLEY MIRNA |
1-1010-0894 |
66 |
SÁNCHEZ ALEMAN ANA BETTY |
5-0336-0889 |
67 |
SÁNCHEZ LEDEZMA KARLA
GINETTE |
6-0352-0194 |
68 |
SOTO CORELLA JOSE MANUEL |
2-0669-0549 |
69 |
SOTO MORA ANA GABRIELA |
2-0628-0318 |
70 |
VALENCIANO CHINCHILLA
GRETEL |
1-1097-0187 |
71 |
VALVERDE DURÁN RANDALL
MAURICIO |
1-1518-0087 |
Artículo 2°—Rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los cinco días del
mes de octubre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia
Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 30588.—Solicitud N° 16170.—( IN2016093820 ).
N° 204-JP
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y
18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo
N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Salvador Esteban Beatriz Porras, cédula
de identidad N° 7-0054-0856, como representante del Poder Ejecutivo en la
Fundación Centro de Cuido Asambleas De Dios Los Guido, cédula jurídica N°
3-006-724573, inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas
Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y presentar
el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, para su respectiva inscripción.
Artículo
3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, el día veinticinco
de octubre del dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia
Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 28232.—Solicitud Nº 16288.—( IN2016094364 ).
N° 205-JP
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y
18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N’ 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo
N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor Pablo Manuel
Acuña Ramírez, cédula de identidad número 4-0198-0571, como representante del
Poder Ejecutivo en la Fundación desde casa, cédula jurídica N° 3-006-716579,
inscrita en la Sección de Personas de la Dirección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional.
Artículo
2º—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y
presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, para su respectiva inscripción.
Artículo
3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, el día cuatro de
noviembre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia
Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 28232.—Solicitud N° 16289.—( IN2016094365 ).
N° 211-JP
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En uso de las facultades conferidas por los artículos 140 incisos 3) y
18), 146 de la Constitución Política, el artículo 11 de la Ley N° 5338 del
veintiocho de agosto de mil novecientos setenta y tres y el Decreto Ejecutivo
N° 36363-JP del cinco de noviembre del dos mil diez.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Nombrar al señor Reinier Jiménez Carmona, cédula de
identidad N° 1-0849-0776, como representante del Poder Ejecutivo en la
Fundación Salvavidas de Playa al Rescate de Parrita, Puntarenas, Costa Rica,
cédula jurídica N° 3-006-716202, inscrita en la Sección de Personas de la
Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional.
Artículo
2°—Una vez publicado este acuerdo los interesados deberán protocolizar y
presentar el respectivo testimonio ante la Sección de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, para su respectiva inscripción.
Artículo
3°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, el día cuatro de
noviembre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia
Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 28232.—Solicitud N° 16290.—( IN2016094366 ).
N°
0361-2016
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la
Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica número 7638 del
30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo número 34739- COMEX-H del 29 de
agosto de 2008 y sus reformas, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de
Zonas Francas,
Considerando:
1º—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo N° 024-92 de fecha 10 de marzo de
1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 61 del 27 de marzo de
1992; modificado por el Acuerdo Ejecutivo N° 107-92 de fecha 18 de diciembre de
1992, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 26 del 8 de febrero de
1993; por el Acuerdo Ejecutivo número 138-94 de fecha 21 de diciembre de 1994,
publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 34 del 16 de febrero de
1995; por el Acuerdo Ejecutivo N° 15-96 de fecha 19 de enero de 1996, publicado
en el Diario Oficial La Gaceta N° 28 del 8 de febrero de 1996; por el
Acuerdo Ejecutivo N° 25-97 de fecha 31 de enero de 1997, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 30 del 28 de abril de 1997; por el Acuerdo
Ejecutivo N° 043-2001 de fecha 29 de marzo de 2001, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 142 del 24 de julio de 2001; por el Acuerdo
Ejecutivo N° 369-2002 de fecha 20 de agosto de 2002, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 193 del 8 de octubre de 2002; y por el Acuerdo
Ejecutivo N° 128-2014 de fecha 21 de abril de 2014. publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 95 del 20 de mayo de 2014; a COOPERATIVA
AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica N°
3-004-045086, se le adecuaron los beneficios e incentivos a los contemplados
por el artículo 20 de la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa
de servicios, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del artículo 17
de dicha Ley.
2º—Que
el señor Luis Emilio Artavia Zúñiga, mayor, casado, contador público, portador
de la cédula de identidad número 1-655-874, vecino de Alajuela, en su condición
de Apoderado Especial para estos efectos de COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE
SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica número 3-004-045086,
presentó ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante
PROCOMER), solicitud para que se le otorgue nuevamente el Régimen de Zonas
Francas a su representada, con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N°
7210, sus reformas y su Reglamento.
3º—Que
en la solicitud mencionada la COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA DE SERVICIOS AERO
INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, se comprometió a mantener
una inversión de al menos US $12.426.882,55 (doce millones cuatrocientos
veintiséis mil ochocientos ochenta y dos dólares con cincuenta y cinco
centavos, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de
la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo. Asimismo, la empresa se
comprometió a realizar una inversión nueva adicional total de US $18.000.000,00
(dieciocho millones de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de
América) y un empleo adicional de 75 trabajadores, según los plazos y en las
condiciones establecidas en la solicitud de ingreso al Régimen presentada por
la empresa. Lo anterior implica una importante oportunidad para arraigar más a
la citada empresa a Costa Rica, aumentar los empleos directos e indirectos, y
fomentar el encadenamiento entre las empresas nacionales y compañías pertenecientes
al Régimen de Zonas Francas, con la finalidad de aumentar el valor agregado de
los productos nacionales.
4º—Que
la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo
emitido por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006
del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA
DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, y con
fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe
de la Gerencia de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 37-2015, acordó someter a
consideración del Ministerio de Comercio Exterior la solicitud de ingreso al
Régimen de Zonas Francas presentada, a fin de que dicho órgano ejerza la
facultad establecida en el artículo 20 bis de la Ley de Régimen de Zonas
Francas, determine si en la especie resulta aplicable la excepción que
contempla dicho artículo, y analice si se trata de una inversión adicional cuya
magnitud y beneficios, justifican razonablemente el otorgamiento de los
incentivos fiscales establecidos en la Ley N° 7210, sus reformas y su
Reglamento.
5º—Que
en razón de lo anterior, el Poder Ejecutivo efectivamente considera que en la
especie resulta aplicable la excepción que contempla el referido artículo 20
bis de la Ley de Régimen de Zonas Francas, en tanto se trata una inversión
adicional cuya magnitud conlleva una serie de beneficios, que justifican
razonablemente el otorgamiento de los incentivos fiscales establecidos en la
Ley N° 7210, sus reformas y su Reglamento.
6º—Que
se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Otorgar el Régimen de Zonas Francas a COOPERATIVA AUTOGESTIONARIA
DE SERVICIOS AERO INDUSTRIALES R. L., cédula jurídica N° 3-004-045086, (en
adelante denominada la beneficiaria), clasificándola como Empresa de Servicios,
de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 y sus
reformas.
2º—La
actividad de la beneficiaria consistirá en brindar servicios de reparación,
mantenimiento y limpieza de aviones de turbina, otros similares y de sus partes,
así como la calibración de herramientas y la reparación de torres eólicas.
3º—La
beneficiaria operará fuera de parque industrial de zona franca, específicamente
300 metros al oeste del Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, provincia de
Alajuela.
4º—La
beneficiaria gozará de los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N°
7210 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se establecen
y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el Poder
Ejecutivo como PROCOMER,
Los
plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en virtud de la Ley
N° 7210 quedan supeditados a los compromisos asumidos por Costa Rica en los
tratados internacionales relativos a la Organización Mundial del Comercio
(OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas
Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los órganos correspondientes de la
OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del ASMC. En particular, queda
establecido que el Estado costarricense no otorgará los beneficios previstos en
la Ley N° 7210 que de acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas,
más allá de los plazos para la concesión de las prórrogas previstas en el
artículo 27 párrafo 4 del ASMC a determinados países en desarrollo.
Para
los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en consideración lo
dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, Ley N° 4755, del 3 de mayo de 1971 y sus reformas, en lo que
resulten aplicables.
Asimismo,
la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación de lo dispuesto en el
artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas,
si cumple con los requisitos y condiciones establecidos en tal normativa y sin
perjuicio de la discrecionalidad que, para tales efectos, asiste al Poder
Ejecutivo.
5º—De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley de Régimen
de Zonas Francas (Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas) la
beneficiaria gozará de exención de todos los tributos a las utilidades, así
como cualquier otro, cuya base imponible se determine en relación con las
ganancias brutas o netas, con los dividendos abonados a los accionistas o
ingresos o ventas, según las diferenciaciones que dicha norma contiene.
Dicha
beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado local, observando
rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el artículo 22 de la
Ley N° 7210 y sus reformas, en particular los que se relacionan con el pago de
los impuestos respectivos.
6º—La
beneficiaria se obliga a realizar y mantener un nivel mínimo de empleo de 667
trabajadores, a partir de la notificación del presente Acuerdo Ejecutivo, así
como a realizar y mantener un nivel mínimo total de empleo de 742 trabajadores,
a partir del 24 de julio de 2018. Asimismo, se obliga a mantener una inversión
de al menos US $12.426.882,55 (doce millones cuatrocientos veintiséis mil
ochocientos ochenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos, moneda de
curso legal de los Estados Unidos de América), a partir de la notificación del
presente Acuerdo Ejecutivo, así como a realizar y mantener una inversión nueva
adicional total de al menos US $18.000.000,00 (dieciocho millones de dólares,
moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar el 31 de
diciembre de 2020, de los cuales un total de US $10.000.000,00 (diez millones
de dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), deberán
completarse a más tardar el 24 de julio de 2018. Por lo tanto, la beneficiaria
se obliga a realizar y mantener un nivel de inversión total de al menos US
$30.426.882,55 (treinta millones cuatrocientos veintiséis mil ochocientos
ochenta y dos dólares con cincuenta y cinco centavos, moneda de curso legal de
los Estados Unidos de América). Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a
mantener un porcentaje mínimo de valor agregado nacional del 74,90%.
PROCOMER
vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes indicados, de
conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el Reglamento a la
Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser prevista en el
respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la beneficiaria, como una
obligación a cargo de ésta.
Consecuentemente,
el Poder Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que,
conforme con aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de
inversión anteriormente señalados.
7º—Una
vez suscrito el Contrato de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon
mensual por derecho de uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para
el inicio de las operaciones productivas es el día en que se notifique el
presente Acuerdo Ejecutivo. En caso de que por cualquier circunstancia la
beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en la fecha antes señalada,
continuará pagando el referido canon, para lo cual la Promotora de Comercio
Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia para su cálculo las proyecciones
de ventas consignadas en su respectiva solicitud.
Para
efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER de las ventas
mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará el cobro
retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia para su
cálculo, las proyecciones de ventas consignarlas en su respectiva solicitud.
8º—La
beneficiaria se obliga a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por
el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional
Ambiental (SETENA) y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el
Ministerio de Salud, según sea el caso, los estudios y documentos que le sean
requeridos. Asimismo, la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas
de protección del medio ambiente que la legislación costarricense e
internacional disponga para el desarrollo sostenible de las actividades
económicas, lo cual será verificado por las autoridades competentes.
9º—La
beneficiaria se obliga a presentar ante PROCOMER un informe anual de
operaciones, en los formularios y conforme a las condiciones que PROCOMER
establezca, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del año fiscal.
Asimismo, la beneficiaria estará obligada a suministrar a PROCOMER y, en su
caso, al Ministerio de Hacienda, toda la información y las facilidades
requeridas para la supervisión y control del uso del Régimen de Zonas Francas y
de los incentivos recibidos. Asimismo, deberá permitir que funcionarios de la
citada Promotora ingresen a sus instalaciones, en el momento que lo consideren
oportuno, y sin previo aviso, para verificar el cumplimiento de las obligaciones
de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su Reglamento.
10.—En
caso de incumplimiento por parte de la beneficiaria de las condiciones de este
Acuerdo o de las leyes, reglamentos y directrices que le sean aplicables, el
Poder Ejecutivo podrá imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes
hasta un año, uno o varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la
Ley N° 7210, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca, sin
responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la Ley
N° 7210, sus reformas y su Reglamento. La eventual imposición de estas sanciones
será sin perjuicio de las demás responsabilidades administrativas, civiles o
penales que pudieren corresponderle a la beneficiaria o sus personeros.
11.—Una
vez comunicado el presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá
suscribir con PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no
se presente a firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente
esta situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que
dejará sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el
inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la empresa deberá
haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como auxiliar de la
función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General de Aduanas y su
Reglamento.
12.—Las
directrices que para la promoción, administración y supervisión del Régimen
emita PROCOMER, serán de acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las
personas que directa o indirectamente tengan relación con ellos o con la citada
Promotora.
13.—El
uso indebido de los bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que
el Ministerio de Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o
devueltos y ejerza las demás acciones que establece el Código de Normas y
Procedimientos Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de
las demás sanciones que establece la Ley N° 7210 y sus reformas y demás leyes
aplicables.
14.—La
empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N°
7210, sus reformas y reglamentos, así como con las obligaciones propias de su
condición de auxiliar de la función pública aduanera.
15.—De
conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense
de Seguro Social, Ley N° 17 del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el
incumplimiento de las obligaciones para con la seguridad social, podrá ser
causa de pérdida de las exoneraciones e incentivos otorgados, previa
tramitación del procedimiento administrativo correspondiente.
16.—Por
tratarse de una empresa ubicada fuera de un Parque Industrial de Zona Franca,
dicha compañía se obliga a implementar las medidas que la Promotora de Comercio
Exterior de Costa Rica o las autoridades aduaneras le exijan a fin de
establecer un adecuado sistema de control sobre el ingreso, permanencia y
salida de personas, vehículos y bienes.
17.—La
beneficiaria queda autorizada para realizar actividades productivas fuera del
área habilitada como zona franca, por lo que podrá internar temporalmente al
territorio aduanero nacional, al amparo del Reglamento a la Ley de Régimen de
Zonas Francas, lo siguiente: Hot bonder (pistola para dar calor eléctrica),
lijadora manual, dinabrade, secadora industrial, y venilla.
18.—El
presente Acuerdo Ejecutivo rige a partir de su notificación, y sustituye el
Acuerdo Ejecutivo N° 024-92 de fecha 10 de marzo de 1992, sin alterar los
efectos producidos por el mismo durante su vigencia.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los trece días del
mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
Comuníquese y Publíquese.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Comercio
Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.— (
IN2016093844 ).
N° 0454-2016
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la
Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo
segundo, inciso b) y 157 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N°
6227 del 2 de mayo de 1978; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del
23 de noviembre de 1990 y sus reformas, la Ley de Creación del Ministerio de
Comercio Exterior y de la Promotora de] Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N°
7638 del 30 de octubre de 1996; el Decreto Ejecutivo N° 34739-Comex-H del 29 de
agosto del 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que con fundamento en el artículo 20 bis de la Ley N° 7210 del 23
de noviembre de 1990 y sus reformas, mediante Acuerdo Ejecutivo N° 238-2016 de
fecha 6 de junio de 2016, publicado en el Alcance Digital N° 130 a La Gaceta
N° 144 del 27 de julio de 2016, a la empresa AMAZON SUPPORT SERVICES COSTA RICA
S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-474379, se le otorgaron los beneficios
e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210
del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y Reglamento, clasificándola como
Empresa de Servicios, de conformidad con el inciso c) del artículo 17 de dicha
Ley.
II.—Que
mediante documentos presentados los días 25 de agosto, 2 y 13 de septiembre del
2016, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio
Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa AMAZON SUPPORT
SERVICES COSTA RICA S.R.L., cédula jurídica número 3-102-474379, solicitó la
ampliación de la actividad.
III.—Que
la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo al Acuerdo
adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006
del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa AMAZON SUPPORT
SERVICES COSTA RICA S. R. L., cédula jurídica N° 3-102-474379, y con fundamento
en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la
Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 117-2016, acordó recomendar al
Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de
lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y
Reglamento.
IV.—Que
se han observado los procedimientos de Ley. Por Tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 238-2016 de fecha 06 de junio de
2016, publicado en el Alcance Digital N° 130 a La Gaceta N°144 del 27 de
julio de 2016, para que en el futuro la cláusula segunda se lea de la siguiente
manera:
“2. La actividad de la beneficiaría consistirá en brindar servicios
de soporte de servicio al cliente, subarrendamiento de inmuebles a empresas de zona
franca, servicios de soporte administrativo de “back office”, servicios de
desarrollo de software, servicios de soporte técnico y servicio de diseño
publicitario.”
2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo
dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 238-2016 de fecha 6 de junio de 2016,
publicado en el Alcance Digital N° 130 a La Gaceta N° 144 del 27 de
julio del 2016.
3º—Rige
a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintinueve
días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
Comuníquese y Publíquese.—LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—( IN2016093727 ).
DILIGENCIAS
DE EXPROPIACIÓN
Se hace saber que este Ministerio de Obras Públicas y Transportes, de
conformidad con la Ley de Expropiaciones Nº 9286 del 11 de noviembre del 2014,
está llevando a cabo las diligencias de expropiación, en contra del inmueble
inscrito ante el Registro Público de la Propiedad, al Sistema de Folio Real
Matrícula N° 186461-001-002, ubicado en el distrito 08 Pará, cantón 03 Santo
Domingo, de la provincia de Heredia, propiedad de Oscar Sánchez González,
cédula N° 4-072-385, y de quien en vida fue Eligio Sánchez González, necesario
para la ejecución del proyecto de obra pública denominado: “Estación de Pesaje,
Sección Zurquí”.
En
razón de lo anterior, se emitió la Resolución Administrativa Nº 761 del 29 de
mayo del 2015, publicada en La Gaceta N° 118 del 19 de junio del 2015,
en la que se declara de interés público, el inmueble antes descrito, con una
medida de 13.985,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 4-1810881-2015,
modificada por la Resolución Administrativa N° 583 del 04 de mayo del 2016,
publicada en La Gaceta N° 123 del 27 de junio del 2016, viembre del
2009, publicada en La Gaceta Nº 8 del 13 de enero del 2010, en la que se
declara de interés público, el inmueble antes descrito”.
Asimismo,
mediante Avalúo Nº 2015-110 de fecha 14 de octubre del 2015, realizado por el
Ministerio de Obras Públicas y Transportes, determinó el valor del inmueble de
repetida cita, en la suma de ¢ 842.882.413,00 (ochocientos cuarenta y dos
millones ochocientos ochenta y dos mil cuatrocientos trece colones exactos).
En
virtud de lo anterior, se emplaza por 3 días, a partir de la publicación del
edicto, a cualquier interesado para que formule ante este Ministerio algún
reclamo sobre el inmueble objeto de expropiación, por cuanto a la fecha no se
ha abierto juicio sucesorio.
San José, a los 07 días del mes de noviembre del 2016.
Carlos
Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transporte.—1 vez.—O. C. Nº
4576.—Solicitud Nº 72523.— ( IN2016094324 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de
la Dirección Legal Y De Registro, hace constar: que la Asociación de Desarrollo
Especifica Pro Cen Cinai y Bienestar Comunal de Potrero Grande, Buenos Aires,
Pérez Zeledón. Por medio de su representante: Carlos Eduardo Carmen Solís
Porras, cédula Nº 106050751 ha hecho solicitud de inscripción de dicha
organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la
Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento
que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir
de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en
especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen
pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta
Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 09:40 horas del día 05 de
diciembre del 2016.—Departamento de Registro.—Licda. Odilie Chacón Arroyo.—1
vez.—( IN2016093874 ).
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El señor Erick Hoepker Alvarado, cédula de
identidad: 1-0441-0909, en calidad de representante legal de la compañía
Químicas Unidas Ltda, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de
Escazú, San José, solicita la inscripción del equipo de aplicación, tipo:
Atomizador De Mochila Motorizado, marca: Echo, modelo: DM-6120LA, peso: 11.1
kilogramos y cuyo fabricante es: Yamabico Corporation-Japón. Conforme a lo
establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037
MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante
el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles,
contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a las 08:30 horas del 17 de noviembre del
2016.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú
Miranda Vargas, Jefe.—( IN2016092885 ).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 010-2016.—San José,
18 de octubre 2016. Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso
2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo
Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio
Civil, al siguiente funcionario:
Nombre |
Cédula Nº |
Nº puesto |
Clase puesto |
Verny Jiménez Rojas |
01-1035-0316 |
509156 |
Profesional de Servicio Civil 3 GdeE Derecho |
Artículo 2º—Rige a
partir del 01 de julio del 2016.
Publíquese.—Ing.
Germán Valverde González, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O.C. Nº
4576.—Solicitud Nº 72534.—( IN2016094333 ).
DIRECCIÓN DE
GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 89, título
N° 140, emitido por el Centro de Educación Integral San Jorge, en el año dos
mil diez, a nombre de Monge Howells Tracy, cédula N° 1-1518-0870. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los dieciséis días del mes de noviembre del dos
mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092085 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 58, título N° 560, emitido por el Liceo Laboratorio de
Liberia, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Sequeira
Gutiérrez Luis Gerardo, cédula Nº 5-0322-0134. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los dieciocho días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092197 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 3, folio 55, título N° 1531, emitido por el Liceo de Pavas, en el año
dos mil trece, a nombre de Avellan Mendoza German Alexander, cédula N° 1-1567-0007.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de
julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016092221 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 4, folio 39, título N° 4136, emitido
por el Liceo Académico de Puriscal, en el año dos mil catorce, a nombre de
Vindas Fernández Luis Ricardo, cédula N° 1-1670-0060. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintiséis días del mes de octubre del dos mil dieciséis.—Med.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(IN2016092224 ).
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 166, título N° 854, emitido
por el Liceo Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil diez, a nombre de
Fajardo Lizano Marco Antonio, cédula N° 1-1532-0906. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles
a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los seis días del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092554 ).
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 133, asiento 14, título N° 383, emitido por el Colegio
Nocturno de Golfito, en el año dos mil nueve, a nombre de López Vega Katherine,
cédula N° 6-0369-0741. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veintitrés días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016092892 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 37,
asiento 09, título N° 254, emitido por el Liceo La Rita, en el año dos mil
ocho, a nombre de Chinchilla Salas Deilin, cédula N° 1-1428-0027. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de noviembre del
dos mil dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016092970 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 60, asiento 26, título N° 956 emitido por el Liceo León Cortés
Castro, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Ulate Quesada
Carmen Patricia, cédula Nº 1-1041-0430. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los veintiocho días del mes de noviembre del dos mil
dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093135 ).
Ante este departamento se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 286, Título N° 5503, y del Diploma de Técnico Medio en
Contabilidad y Costos, inscrito en el Tomo 2, Folio 413, Título N° 10513, ambos
títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional Monseñor Sanabria, en el año
dos mil cinco, a nombre de Castro Herrera Dylana Gabriela, cédula 1-1327-0067.
Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos
originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes
de noviembre del dos mil dieciséis.—Departamento de Gestión y Evaluación de la
Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093141 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 85, título N° 924, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Calle Blancos, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Alpízar
García Kenneth, cédula N° 1-0928-0216. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veintidós días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093600 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo II, Folio 266, Título N° 2963, emitido por el Liceo Anastasio Alfaro,
en el año dos mil quince, a nombre de Jiménez Monge Jimmy José, cédula
1-1650-0458. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de
diciembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora Dirección
de Gestión y Evaluación de la Calidad.—( IN2016095599 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección, se ha presentado la solicitud de reposición del
Diploma de Conclusión del II Ciclo de la Educación General Básica, emitido por
la Escuela Finca Caucho, de la DRE Coto, en el año mil novecientos ochenta y
uno, a nombre de Raúl Jaén Gutiérrez, cédula de identidad N° 6-207-355. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Ciudad Neily, 22 de noviembre del dos mil dieciséis.—MSc.
Miriam Castillo Serrano, Directora Regional.—( IN2016093622 ).
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 114, título N° 2515, emitido por el Colegio Técnico
Profesional de Educación Comercial y de Servicios, en el año dos mil cinco, a
nombre de Chaves Rodríguez Ana Cristina, cédula N° 1-1278-0406. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de noviembre del
dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093776 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 68, título N° 633, emitido por el Colegio Superior de
Señoritas, en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Carvajal
Granados Johanna María, cédula N° 1-0971-0435. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los dieciséis días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093885 ).
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 140, título N° 0341, emitido
por el Colegio Rincón Grande, en el año dos mil siete, a nombre de Sandoval
Abarca Raquel, cédula n° 1-1297-0248. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Dirección de Gestión y Evaluación de la
Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016093957 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 175, título N° 768, emitido por el Liceo de Pavas, en el año
dos mil dos, a nombre de Valles Bonilla Andi, cédula N° 2-0577-0933. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil
dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2016093964 ).
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 3, folio 105, título N° 1443, emitido
por el CINDEA Santa Cruz, en el año dos mil catorce, a nombre de Campbell Lindo
Jurgen Javier, cédula N° 7-0220-0463. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los veintidós días del mes de junio del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016094042 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 177, título N° 1667, emitido por el Colegio Técnico
Profesional de San Sebastián, en el año dos mil uno, a nombre de Cubillo
Robledo Kris Audry, cédula Nº 1-1132-0826. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los ocho días del mes de julio del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2016094193 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 157, título N° 1538, emitido por el Colegio de Santa Ana, en
el año dos mil seis, a nombre de Hidalgo Vargas Suellen Daniela, cédula N°
1-1355-0040. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del
mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2016094416 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 85, título N° 300, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Buenos Aires, en el año dos mil uno, a nombre de González Quirós Raúl
Esteban, cédula: 1-1169-0694. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cinco
días del mes de diciembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2016094437 ).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de
Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada: Sindicato de Trabajadores/as de la
Municipalidad de La Cruz, siglas SITRAMULAC, acordada en asamblea celebrada el
5 de setiembre 2016. Expediente 990-SI. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en
el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La
organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva
este Registro visible tomo 1, folio 233, asiento 4923 del 11 de noviembre del
2016.
La
junta directiva se formó de la siguiente manera:
Secretaria
General: Marcela
Barquero Cortés
Secretario General Adjunto: Sergio Alberto Mota
Morales
Secretario de Finanzas: Albert Francisco
Álvarez Chévez
Secretaria de Organización y
Educación: Rina Paola Arroyo Sánchez
Secretaria de Juventud y
Género: Astrid Karolina Mora
Herrera
Secretario de Actas: Jesús Esteban
Sanatana Quintanilla
Suplente: Ivania
Hernández Quedo
Fiscal: Julio
Esar Ortiz Monestel
San José, 11 de noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—(
IN2016094174 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
DIRECCIÓN
DE ASUNTOS LABORALES
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de
Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa de
Ahorro y Crédito de los Trabajadores del Sector Público Costarricense y las Empresas
del Sector Salud R.L., siglas COOPECAJA R.L., acordada en asamblea celebrada el
día 21 de mayo del 2016. 141-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un
extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
La
reforma afecta los artículos: 1, 46, 58, 63, 69, 73, 76, y 78 del Estatuto. Con
la reforma al artículo 1 se denominará: Cooperativa de Ahorro y crédito de los
Trabajadores del Sector Publico Costarricense y de las Empresas del Sector
Salud R.L., siglas COOPECAJA R.L.,
01 de diciembre del 2016.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—(
IN2016094237 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
María Laura Carvajal Gamboa,
divorciada, cédula de identidad 402140485 con domicilio en Hotel Mamot 1 km
oeste, res. Villas Margot, casa Nº 7, Costa Rica, solicita la inscripción de: Para ver imágen solo en La Gaceta con formato PDF Creative Tribe communication. design como marca de servicios en clase:
35. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: Publicidad, comunicación, mercadeo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 4 de octubre de 2016. Solicitud Nº 2016-0009681.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 3 de noviembre de 2016.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2016086590 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Cambio de nombre N° 35
Que Víctor Vargas
Valenzuela, cédula de identidad Nº 10335079, en calidad de apoderado especial
de Glycart Biotechnology AG, solicita a este Registro inscriba el cambio de
nombre de Glycart Biotechnology AG por el de Roche Glycart AG., presentado el
día 08 de noviembre de 2016 bajo expediente Nº 2006- 0008389. El nuevo nombre
afecta a las siguientes solicitudes: 2006- 0008389, Registro Nº 2789, ANTICUERPOS CD20 CON FUNCIÓN DEL EFECTOR Y
AFINIDAD DE ENLACE AL RECEPTOR FC MEJORADAS, Patente
PCT. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo
27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 32 de la ley citada.—San José, 11 de noviembre de
2016.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—( IN2016093627 ).
Cambio de nombre N° 36
Que Víctor Vargas
Valenzuela, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial
de Glycart Biotechnology AG., solicita a este Registro inscriba el cambio de
nombre de Glycart Biotechnology AG. por el de Roche Glycart AG., presentado el
día 08 de noviembre de 2016 bajo expediente 2010- 0011848. El nuevo nombre
afecta a las siguientes solicitudes: 2010- 0011848, ANTICUERPOS CD20 CON FUNCIÓN DEL EFECTOR Y AFINIDAD DE
ENLACE AL RECEPTOR FC MEJORADAS, Patente PCT. Publicar
en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 27 del
Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 32 de la ley citada.—San José, 15 de noviembre de
2016.—Viviana Segura de la O., Registradora.—1 vez.—( IN2016093628 ).
Cambio de Nombre Nº 106997
Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula de identidad
112780244, en calidad de Apoderado Especial de Dentsply Sirona Inc., solicita a
este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Dentsply
International Inc. por el de Dentsply Sirona, Inc., presentada el día 10 de
noviembre de 2016 bajo expediente 106997. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2010-0001333 Registro Nº 205183 Evolu x en clase 5 marca
mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con
el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—1 vez.—( IN2016094112 ).
Cambio de nombre Nº 106998
Que Jose Martín Azofeifa Rodríguez, soltero, cédula de identidad N°
112780244, en calidad de apoderado especial de Dentsply Sirona Inc., solicita a
este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de DENTSPLY INTERNATIONAL
INC. por el de DENTSPLY SIRONA, INC., presentada el día 10 de
noviembre de 2016 bajo expediente N° 106998. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1900-2719810 Registro Nº 27198 TRUBYTE en clase 10
Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094113 ).
Cambio de Nombre Nº 106999
Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero,
cédula de identidad 112780244, en calidad de Apoderado Especial de Dentsply
Sirona, Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de Dentsply International Inc. por el de Dentsply Sirona, Inc., presentada
el día 10 de Noviembre de 2016 bajo expediente 106999. El nuevo nombre afecta a
las siguientes marcas: 1900-2719710 Registro Nº 27197 BIOBLEND en clase
10 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094114 ).
Cambio de Nombre Nº 107000
Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero,
cédula de identidad 112780244, en calidad de apoderado especial de Dentsply
Sirona Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de Dentsply International Inc. por el de Dentsply Sirona Inc., presentada
el día 10 de Noviembre de 2016 bajo expediente 107000. El nuevo nombre afecta a
las siguientes marcas: 2015-0005285 Registro N° 246609 DENTSPLY en clase
5 10 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094116 ).
Cambio de Nombre Nº 107001
Que José Martín Azofeifa Rodríguez, soltero,
cédula de identidad 112780244, en calidad de Apoderado Especial de Dentsply
Sirona, Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de
nombre de Dentsply International Inc. Por el de Dentsply Sirona, Inc., presentada
el día 10 de noviembre de 2016 bajo expediente 107001. El nuevo nombre afecta a
las siguientes marcas: 2015-0005287 Registro Nº 246612 MAILLEFER en clase 5
10 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2016094117 ).
Marcas de ganado
Solicitud N° 2016-2425.—Miguel Porras Quesada, cédula de identidad
0700510807, solicita la inscripción de:
P Q
7
como marca de ganado,
que usará preferentemente en Limón, Pococí, Duacarí, Duacarí; 200 metros al
norte, de Empacadora Duacarí Cuatro. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 11 de
noviembre del 2016. Según la Solicitud N° 2016-2425.—Lic. Elda Cerdas Badilla,
Registradora.—1 vez.—( IN2016093706 ).
Solicitud Nº 2016-2399.—Manuel Sánchez
Segura, cédula de identidad Nº 0501250360, solicita la inscripción de:
X
4 S
como marca de ganado, que
usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Horquetas, Río Frío, Finca uno,
sector Tapaviento, de la escuela finca tres, trescientos metros norte, parcela
número seis, casa de cemento, color amarillo. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
09 de noviembre del 2016. Según el expediente N° 2016-2399.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2016093845 ).
Solicitud Nº 2016-2488.—Aurora González
López, cédula de identidad Nº 0501210563, solicita la inscripción de: T0G,
como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Bagaces,
Bagaces, San Bernardo, 3 kilómetros antes de llegar a Fortuna. Ref:
35/2016/5053. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir
de la publicación de este edicto. Presentada el 22 de noviembre del 2016. Según
el expediente N° 2016-2488.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2016093960 ).
Solicitud N° 2016-2080.—Uber Murillo Esquivel, cédula de identidad
0501110477, solicita la inscripción de: Para Para ver imágen solo en La
Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste,
Bagaces, San Bernardo, 3 km antes de llegar a la Fortuna. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 05 de octubre del 2016. Según expediente N° 2016-2080.—San
José, 06 de octubre del 2016.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—(
IN2016093962 ).
Solicitud N° 2016-2232.—Ref:
35/2016/4824.—Adrián José Hernández Ulate, cédula de identidad 0111060511,
solicita La inscripción de: AH4, como marca de ganado, que usará
preferentemente en Limón, Pococí, Guápiles, Calle Flores, Barrio Calle Flores,
500 metros sur de La Bloquera Paniagua, última parcela de la calle sin salida.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre del 2016, según el
expediente N° 2016-2232.—Elda Cerdas Badilla Registrador.—1 vez.—( IN2016094332
).
Solicitud Nº 2016-2355.—Johnny Vinicio Matute Obando, cédula de
identidad 205380941, solicita la inscripción de: Para ver imágen solo en La
Gaceta con formato PDF Como marca de ganado, que
usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, 250 metros este del
Banco Nacional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los diez días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 03 de noviembre del
2016. Según el expediente Nº 2016-2355.—1 vez.—Karol Claudel Palma,
Registradora.—1 vez.—( IN2016094412 ).
Solicitud N° 2016-2142.—Ref: 35/2016/4350.—Walter Henry González
Quirós, cédula de identidad 1-0638-0615, solicita la inscripción de: Para ver imágen solo en La Gaceta con formato PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en San José,
Turrubares, San Pedro, Quintas Los Manatiales, lote17. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada
el 11 de Octubre del 2016 Según el expediente N° 2016-2142.—San José, 12 de
octubre del 2016.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2016094414 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad: Asociación de Campesinos Linda Vista de Parrita, con
domicilio en la provincia de: Puntarenas-Parrita, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: impulsar y promover todo tipo de proyectos de
desarrollos y cultivos de productos agrícolas, que sean factibles a través del
tiempo y que permitan a los asociados mejorar su nivel socioeconómico, cuyo
representante, será el presidente: Álvaro Mora Chaves, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016,
asiento: 655544.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 34 minutos y 33
segundos, del 27 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016093821 ).
Registro de
Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación de Productores Agrícolas de Parrita, con domicilio en la provincia
de: Puntarenas-Parrita, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Impulsar y promover en general, pudiendo ser estos, todos aquellos
enfocados en productos tales como por ejemplo sandia y todos sus posibles derivados,
o bien, cualquier otro producto agrícola en general que la respectiva
asociación considere pertinente aprovechar, según tiempo y circunstancias. Cuyo
representante, será el presidente: Gerardo Carmona Núñez, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016,
asiento: 706258. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 16 minutos y 54
segundos, del 11 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez—( IN2016093822 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Profesionales en
Psicología de Oriente APROPSICO, con domicilio en la provincia de:
Cartago-Cartago, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Propiciar el apoyo del Colegio Profesional de Psicólogos de Costa Rica para el
Logro de sus Fines, cuyo representante, será el presidente: David Jacobo
Rodríguez Tencio, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2016. Asiento: 652793.—Dado en el Registro Nacional, a
las 14 horas 13 minutos y 49 segundos, del 8 de noviembre del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016093915 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-667271, denominación: Asociación Costarricense de Propietarios de
Autos Antiguos, Clásicos y Deportivos. Por cuanto dicha reforma cumple con lo
exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento:
735273.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 34 minutos y 24 segundos
del 15 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016094111 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Administradora del
Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Limón Pococí Cariari Campo Cuatro, con
domicilio en la provincia de: Limón-Pococí, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: Administrar, operar, dar mantenimiento, desarrollo y
conservar en buenas condiciones el acueducto, de conformidad con las
disposiciones y reglamentos que al respecto emite el Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados que serán de acatamiento obligatorio; obtener la
participación efectiva de la comunidad, en la construcción, operación,
mantenimiento y desarrollo del acueducto, colaboración en programas y campañas
de índole educativa. Cuyo representante, será el presidente: Gerardo Campos
Gómez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 538105 con adicional(es):
2016-712144.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 42 minutos y 46
segundos, del 7 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez—( IN2016094133 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-066013, denominación: Asociación Cámara Nacional de Turismo de Costa
Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 729287.—Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 22 minutos y 56 segundos del 14 de noviembre del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094156 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Centro de
Adoración la Hermosa de Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia de: San
José- Pérez Zeledón, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
difundir el cristianismo a través de la evangelización y predicación de las
enseñanzas de nuestro Señor Jesucristo, buscando un cambio en la vida humana
cree en el Señor Jesucristo, y serás salvo tu y toda tu casa. Cuyo representante,
será el presidente: Giovanni Sánchez Mora,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado
en el Registro Nacional, a las 15 horas 11 minutos y 8 segundos, del 01 de
diciembre del 2016- Documento Tomo: 2016 Asiento: 747707.—Lic. Joe Herrera Carvajal,
Asesor Jurídico.—1 vez.—( IN2016094334 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-624269, denominación: Asociación Clubes Oansa de Costa Rica. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2016, asiento: 751193.—Dado en el Registro Nacional, a las 14
horas 50 minutos y 5 segundos, del 1° de diciembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2016094358 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el estatuto de la entidad: Centro Tecnológico y del
Conocimiento, con domicilio en la provincia de: San José San José, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: promover la cultura científica y tecnológica en la
comunidad mediante la investigación aplicada ,el desarrollo tecnológico y el
intercambio académico con instituciones educativas públicas y privadas,
nacionales e internacionales. Cuyo representante, será el presidente: Harley
Guevara Rosales, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 627571 con adicional(es): 2016-659940,
2016-721492.—Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 6 minutos y 43
segundos, del 29 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2016094407 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-438586, denominación: Asociación Costa Rica Grameen. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2016, asiento: 587796.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 56
minutos y 44 segundos, del 30 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094472 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Norteña de
Orquideología, con domicilio en la provincia de: Alajuela, San Carlos, cuyos
fines principales entre otros son los siguientes: gestionar el mejoramiento
social, cultural, educativo, organizativo de sus miembros, fomentar entre sus
asociados, el espíritu de ayuda mutua en el orden social y cultural. Cuyo
representante será el presidente: Keith Uhlemhaut Peña, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 121877, con adicional:
2016-532948.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 33 minutos y 43
segundos del 14 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2016094498 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación para la Promoción de
la Pedagogía Waldorf en Costa Rica, con domicilio en la provincia de: San Jose-
Goicoechea, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Poner en
práctica y propagar la pedagogía Waldorf creada por Rudolf Steiner,
mantenimiento y gestión de un preescolar, enseñanza primaria y secundaria de la
pedagogía Waldorf en Costa Rica en cuyo caso serán patrimonio de la asociación
y gestionadas por la misma. Cuya representante, será la presidenta: Rebeca
Margarita Lazo Romero, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 627333 con
adicional(es): 2016-709190.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 37
minutos y 11 segundos, del 28 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2016094499 ).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
El señor Jorge Tristán Trelles, en calidad de
apoderado especial de Bedgear, LLC, solicita la Patente PCT denominada CAMA
AMBIENTE QUE TIENE UN SISTEMA DE RECUPERACIÓN DE CALOR. En un modelo
elaborado de acuerdo con los principios de la presente descripción, se
proporciona una cama con un sistema que incluye en un estrato la caja del
ventilador conteniendo un pluralidad de ductos, cada uno de los ductos se
comunica con un ventilador para mover el aire hacia fuera de los ductos hacia
la zona que rodea el sistema de la cama.. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A47C 21/04 y A61G 7/057; cuyos inventores son
Alletto, Eugene, Jr. (US) y Rad, Vandad, Barzin (US). Prioridad: N° 61/926,526
del 13/01/2014 (US) y N° 61/926, 540 del 13/01/2014 (US). Publicación
Internacional: W02015/106258. La solicitud correspondiente lleva el número
2016- 0000356 y fue presentada a las 14:19:49 del 08 de agosto de 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 11 de noviembre de 2016.—Viviana Segura de la O, Registradora.—(
IN2016092919 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula
de identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de Pfizer Inc.,
solicita la Patente PCT denominada 2-AMINO-6-METIL-4,4a,5,6-TETRAHIDROPIRANO[3,4-d][1,3]TIAZIN-8a(8H)-IL-1,3-TIAZOL-4-ILA. La presente invención se refiere a compuestos, tautómeros y
sales farmacéuticamente aceptables de los compuestos que se revelan, en donde
los compuestos tienen la estructura de la fórmula I, y la variable R1 es como
se define en la memoria descriptiva. También se revelan composiciones
farmacéuticas, métodos de tratamiento, métodos de síntesis e intermediarios..
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 513/04; cuyo(s)
inventor(es) es(son) O’neill, Brian Thomas (US); Brodney, Michael Aaron (US);
Rogers, Bruce Nelsen (US); Beck, Elizabeth Mary (US); Butler, Christopher Ryan
(US); Zhang, Lei; (US); Barreiro, Gabriela (US) y Lachapelle, Erik Alphie (US).
Prioridad: N° 61/977,774 del 10/04/2014 (US) y N° 62/119,862 del 24/02/2015
(US). Publicación Internacional: WO2015/155626. La solicitud correspondiente
lleva el número 2016-0000455, y fue presentada a las 14:45:33 del 29 de
setiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 25 de octubre de 2016.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2016092959 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de
apoderado especial de Pfizer Inc., solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS
HETEROAROMÁTICOS Y SU USO COMO LIGANDOS DE DOPAMINA D1. La presente
invención proporciona, en parte, compuestos de la Fórmula I: y las sales de
estos aceptables desde el punto de vista farmacéutico; procesos para la
preparación de; intermediarios usados en la preparación de; y composiciones que
contiene estos compuestos o sales, y sus usos para tratar trastornos mediados
por D1 (o asociados a D1) que incluyen, por ejemplo, esquizofrenia (por
ejemplo, sus síntomas cognitivos y negativos), trastorno esquizo típico de la
personalidad, deficiencia cognitiva (por ejemplo, deficiencia cognitiva
asociada a esquizofrenia, AD, PD o tratamiento de farmacoterapia), ADHD,
enfermedad de Parkinson, ansiedad y depresión.. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/4355, A61K 31/4365, A61K 31/437, A61K
31/497, A61K 31/506, A61K 31/513, A61K 31/519, A61P 25/16, A61P 25/18, A61P
25/24, A61P 25/28, C07D 471/04, C07D 491/048, C07D 495/04, C07D 513/04 y C07D
519/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Efremov, Ivan Viktorovich (US); Dounay,
Amy Beth (US); Subramanyam, Chakrapani (US); Gray, David Lawrence Firman (US);
Zhang, Lei (US); Mente, Scot Richard (US) y Davore, Jennifer Elizabeth (US). Prioridad:
N° 61/984,070 del 25/04/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/162515. La
solicitud correspondiente lleva el
número 2016-0000493, y fue presentada a
las 13:11:38 del 21 de octubre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de octubre de
2016.—Lic. Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016092962 ).
La señor(a)(ita) Fabiola Sáenz Quesada,
cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de apoderada especial de
Agronutrition, solicita la Patente PCT denominada BACTERIA AISLADA DEL
GÉNERO STREPTOMYCES. La presente invención se refiere a una bacteria
aislada que incluye una secuencia de ADN, referida como 16S ADNr, que codifica
el ARN ribosómico 16S de dicha bacteria, la secuencia de ADN es 100% homóloga
con la secuencia SEQ ID NO. 1, dicha bacteria aislada se selecciona del grupo
que comprende: la bacteria depositada y registrada en la CNCM bajo el Nº 1-4467
y los mutantes de dicha bacteria depositados y registrados en la CNCM bajo el
Nº 1-4467. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 63/00, A01N
63/02, C05F 11/08 y C12R 1/20; cuyos inventores son Attia, Faouzi (FR);
Cabanes, Cédric (FR) y Errakhi, Rafik (MA). Prioridad: N° 1359186 del
24/09/2013 (FR). Publicación Internacional: WO2015/044584. La solicitud
correspondiente lleva el Nº 2016-0000190, y fue presentada a las 14:28:50 del
22 de abril de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 22 de noviembre de 2016.—Viviana Segura de la
O, Registradora.—( IN2016093511 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ANOTACIÓN
DE TRASPASO N° 34
AVISO
Que Víctor Vargas Valenzuela, divorciado, cédula de identidad
103350794, en calidad de apoderado especial de Fovea Pharmaceuticals solicita a
este Registro se inscriba el traspaso de Fovea Pharmaceuticals compañía titular de la solicitud de la patente de invención
denominada DERIVADOS DE ANILINA, SU PREPRACIÓN Y SU APLIACIÓN TERAPÉUTICA,
a favor de SANOFI de conformidad con el documento de traspaso por cesión así
como el poder; aportados el 01 de noviembre de 2016. Publicar en La Gaceta por
única vez, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la
ley citada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—1 vez.—( IN2016093626 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de
identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Adama Makhteshim
Ltd., solicita la Patente PCT denominada MEZCLAS FUNGICIDAS SINÉRGICAS PARA
EL CONTROL FÚNGICO EN CEREALES. Una composición fungicida que contiene una
cantidad eficaz como fungicida del compuesto de la Fórmula I:
5-fluoro-4-imino-3-metil-1-tosil-3,4-dihidropirimidin-2(1H)-ona y al menos un
fungicida seleccionado del grupo que consiste de mancozeb, clorotalonil,
piraclostrobina, fluoxastrobina, azoxistrobina, trifloxistrobina,
picoxistrobina y cresoxim-metilo proporciona control sinérgico de hongos
seleccionados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/54;
cuyos inventores son Lorsbach, Beth (US); Owen, John, W (US) y Yao, Chenglin
(US). Prioridad: N° 61/922,616 del 31/12/2013 (US), N° 61/922,630 del
31/12/2013 (US) y N° 61/922,640 del 31/12/2013 (US). Publicación Internacional:
WO2015/103262. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2016-0000344, y fue
presentada a las 14:08:06 del 28 de julio de 2016. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 18 de noviembre de
2016.—Viviana Segura de la O., Registradora.—( IN2016093636 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche
AG, solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS MULTIESPECÍFICOS. La
presente invención se refiere a anticuerpos multiespecíficos, a su preparación
y a su utilización. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: C07K 16/22,
C07K 16/24 y C07K 16/28; cuyos inventores son: Regula, Joerg Thomas (DE);
Schaefer, Wolfgang (DE); Klein, Christian; (CH); Imhof-Jung, Sabine; (DE);
Klostermann, Stefan; (DE) y Molhoj, Michael (DE). Prioridad: N° 14163165.5 del
02/04/2014 (EP) y N° 14179034.5 del 30/07/2014 (EP). Publicación Internacional:
WO2015/150447. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000450, y
fue presentada a las 14:15:53 del 27 de setiembre de 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. San José, 14 de noviembre del 2016. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José 14 de noviembre de 2016.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2016093637 ).
La señor(a)(ita) María Vargas Uribe, cédula
de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Millennium
Pharmaceuticals Inc., solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS DE ÁCIDO
1-AMINO-2-CICLOBUTILETILBORÓNICO. La presente invención provee nuevos
compuestos útiles como inhibidores de proteasoma. La invención también provee
composiciones farmacéuticas que comprenden los compuestos de la invención y
métodos de uso de las composiciones en el tratamiento de diversas enfermedades.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/69, A61K 35/00 yCO7F
5/02; cuyos inventores son Li, Jing (CN) y Fleming, Paul E. (US). Prioridad: N°
61/194,614 del 29/09/2008 (US). Publicación Internacional: W02010/036357. La
solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000475 (Divisional 2011-0216),
y fue presentada a las 14:14:39 del 13 de octubre de 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. San José, 11 de noviembre de 2016. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—Randal Piedra Fallas, Registrador.—( IN2016093638 ).
La señora (ita) María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial
de F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS DE
2-CLORO-2DIFLUOROMETOXIFENIL PIRAZOLOPIRIMIDINA, COMPOSICIONES Y MÉTODOS DE USO
DE LOS MISMOS. Se describen en el presente documento compuestos de Fórmula
(00A) y métodos de uso como inhibidores de Janus cinasa. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/519, A61P 11/06, A61P 29/00
y C07D 487/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Li, Wei (CN); Kellar, Terry (US);
Zak, Mark Edward (US); Ray, Nicholas, Charles (GB); Goodacre, Simon, Charles
(GB); Mendoca, Rohan (US); Cheng, Yung-Xing (CN) y Yuen, Po-wai (CN).
Prioridad: Nº 62/002,547 del 23/05/2014 (US), Nº 62/101,234 del 08/01/2015 (US)
Nº 62/130,098 del 09/03/2015 (US) y CN2015/077176 del 22/04/2015 (CN).
Publicación internacional: 2015/177326 A1. La solicitud correspondiente lleva
el número 2016-0000539, y fue presentada a las 13:29:32 del 17 de noviembre del
2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Randall Piedra Fallas.—(
IN2016093639 ).
El señor Simón
Valverde Gutiérrez, cédula de identidad N° 303760289, en calidad de apoderado
especial de Tecnosuelo S. A. de C.V., solicita la Patente PCT denominada SISTEMA
Y PROCEDIMIENTOS PARA CONSTRUCCIÓN DE MICROTÚNELES. La presente invención
se refiere a un sistema y procedimiento para construir microtúneles que
comprende: definir un área de entrada y salida; instalar una pluralidad de
medios de tensión con un extremo en el área de entrada, cada uno para ser
jalado por medios de fuerza fijos alrededor del perímetro definido para el
microtúnel, y con otro extremo en el área de salida para ser fijado a una
pluralidad de medios de apoyo de una sección de conducto que será introducida
al microtúnel; alinear la sección de conducto tensando los medios de tensión a
través de medios de fuerza; excavar el terreno del área de salida por la parte
interior del conducto; jalar los medios de tensión mediante los medios de
fuerza para introducir dentro de la excavación la sección de conducto conforme
dicha excavación avanza y repetir sucesivamente los pasos de excavar y jalar
hasta introducir por completo la sección de conducto. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: E21B 7/20, E21D 9/06 y F16L 1/024; cuyo inventor
es: Blanco Blanco, Francisco José (MX). Prioridad:. Publicación Internacional:
WO2015/166294. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000430, y
fue presentada a las 12:12:05 del 16 de septiembre de 2016. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario
oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 1 de noviembre de 2016.—Viviana Segura, Registradora.—( IN2016093640 ).
El señor Marco Antonio Jiménez Carmiol,
cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Edwards
Lifesciences AG, solicita la Patente PCT denominada DISPOSITIVO DE ENGARZADO
DE ACTIVACIÓN MÚLTIPLE MÉTODOS DE USO Y FABRICACIÓN DEL MISMO. Un
dispositivo de engarzado de activación múltiple comprende engarces, un eje, un
montaje de movimiento de engarzado y un enlace. Cada engarce tiene un hueco
interior. El eje tiene una ubicación distal de engarzado, una superficie
exterior y un interior con los clips/engarces apilados en él, los engarces se
mueven a lo largo del eje longitudinal. El eje define una abertura lateral
proximal a la ubicación de engarzado y comunica el interior con el medio
ambiente fuera de la superficie exterior. El montaje de movimiento de engarzado
dentro del eje suministra el primer engarce en la ubicación distal de engarzado
al mover el primer engarce longitudinalmente desde una primera posición
proximal dentro de la ubicación distal de engarzado y regresando a una segunda
posición proximal sin el primer engarce. El enlace hala al menos una cuerda
desde lo distal del primer engarce a través del primer engarce a través de una
parte del eje y sale por el lado del eje a través de la abertura lateral. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: cuyos inventores son Kline, Korey;
(Us); Núñez, George; (Us); Cartledge, Richard; (Us); Palmer, Matthew, A.; (Us);
Deville, Derek, Dee; (Us); Méndez, Max, Pierre; (Us); Mcbrayer, M., Sean; (Us);
Bales, Thomas, 0,; (Us); Rivera, Carlos; (Us) Y Smith, Kevin, W. (Us).
Prioridad: N° 14/543,240 del 17/11/2014 (US), N° 61/905,578 del 18/11/2013
(US), N° 61/951,162 del 11/03/2014 (US) y N° 62/069,183 del 27/10/2014 (US).
Publicación Internacional: W02015/074040. La solicitud correspondiente lleva el
número 2016-0000197, y fue presentada a las 12:50:00 del 28 de abril del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. San José, 15 de noviembre de 2016.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana Segura De La O.,
Registradora.—( IN2016094270 ).
La señora(ita) Jessica Salas Venegas, cédula
de identidad 112210610, en calidad de apoderada especial de KYB Corporation,
solicita la Diseño Industrial denominada CAJA. Diseño de caja. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 09-03; cuyo(s)
inventor(es) es(son) OGURA, Eizo (JP). Prioridad: N° 2016-006495 del 25/03/2016
(JP). Publicación Internacional. La solicitud correspondiente lleva el número
2016- 0000439, y fue presentada a las 10:32:51 del 23 de setiembre de 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 17 de noviembre de 2016.—Viviana Segura de la O,
Registradora.—( IN2016094473 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A)
PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de
Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se
ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARIELA
FRANCINI CONTRERAS GONZALEZ, con cédula de identidad número 4-0173-0685,
carné número 23130. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11
del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que
afecten la conducta del (de la) solicitante,
a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°
16-002167-0624-NO.—San José, 15 de noviembre del 2016.—Unidad Legal
Notarial.—Licda. Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—( IN2016094418 ).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
DGM-TOP-ED-014-2016
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN EN CAUCE
DE DOMINIO PÚBLICO
EDICTOS
En expediente Nº
8-2016 el señor Eduardo Rodolfo Barrantes Rodríguez, mayor, casado dos veces,
ingeniero agrónomo, vecino de Pital de San Carlos, cédula Nº 2-0201-0666,
apoderado generalísimo de Agrícola Industrial La Lydia S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-015635, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio
público sobre el Río Tres Amigos.
Localización
geográfica:
Sito en: finca La
Josefina, distrito 06 Pital, cantón 10 San Carlos, provincia 02 Alajuela.
Hoja
cartográfica:
Hoja Aguas Zarcas,
escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización
cartográfica:
Entre coordenadas
generales: 268640.901 - 268639.803 Norte, 503418.277 - 503502.643 Este límite
aguas abajo y 269782.181 - 269772.908 Norte, 566888.903 - 566945.278 Este
límite aguas arriba.
Área
solicitada:
16 ha 3931.00 m2,
longitud promedio 1318.50 metros, según consta en plano aportado al folio 8.
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 268639.803 Norte,
503502.643 Este.
Línea |
Acimut |
Distancia |
||
º |
‘ |
m |
mm |
|
1 - 2 |
346 |
19 |
154 |
01 |
2 - 3 |
7 |
40 |
50 |
03 |
3 - 4 |
3 |
35 |
99 |
96 |
4 - 5 |
344 |
56 |
100 |
06 |
5 - 6 |
337 |
54 |
100 |
07 |
6 - 7 |
330 |
26 |
100 |
10 |
7 - 8 |
322 |
56 |
50 |
03 |
8 – 9 |
356 |
23 |
147 |
97 |
9 - 10 |
11 |
04 |
100 |
11 |
10 - 11 |
6 |
53 |
50 |
07 |
11 - 12 |
358 |
27 |
100 |
00 |
12 - 13 |
350 |
37 |
90 |
12 |
13 - 14 |
278 |
41 |
50 |
44 |
14 - 15 |
286 |
18 |
99 |
55 |
15 - 16 |
274 |
12 |
95 |
66 |
16 - 17 |
259 |
06 |
49 |
05 |
17 - 18 |
140 |
02 |
99 |
99 |
18 - 19 |
146 |
35 |
50 |
09 |
19 - 20 |
140 |
28 |
150 |
00 |
20 - 21 |
185 |
13 |
50 |
05 |
21 - 22 |
189 |
15 |
149 |
98 |
22 - 23 |
178 |
11 |
50 |
11 |
23 - 24 |
169 |
24 |
100 |
10 |
24 - 25 |
148 |
23 |
99 |
78 |
25 - 26 |
152 |
10 |
100 |
07 |
26 - 27 |
185 |
16 |
49 |
91 |
27 - 28 |
176 |
41 |
49 |
71 |
28 - 29 |
174 |
39 |
50 |
00 |
29 - 30 |
168 |
12 |
99 |
45 |
30 - 31 |
151 |
22 |
149 |
95 |
31 - 1 |
90 |
45 |
84 |
37 |
Edicto basado en la
solicitud inicial aportada el 5 de agosto del 2016, área y derrotero aportados
el 5 de agosto del 2016.
Con quince días hábiles de término, contados a
partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que
oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las nueve
horas veintidós minutos del 2016.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe Registro
Nacional Minero.—( IN2016092237 ). 2 v. 2.
(DGM-TOP-ED-013-2016).
En expediente Nº 2-2015 la Municipalidad de Parrita, cédula jurídica
3-014-042121, representada por el señor alcalde Freddy Garro Arias, mayor,
divorciado, cédula 1-0689-0057, solicita concesión para extracción de
materiales en cauce de dominio público sobre el Río Parrita.
Localización geográfica:
Sito en: distrito 01 Parrita, cantón 09 Parrita, provincia 06
Puntarenas.
Hoja cartográfica:
Hoja
Parrita, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización Cartográfica:
Entre coordenadas generales: 391722.99 - 391750.00 Norte, 426614.08 -
426836.68 Este límite aguas arriba y 390435.60 - 390436.06 Norte, 427969.27 -
427874.17 Este límite aguas abajo.
Área Solicitada:
Longitud promedio 1978.34 metros, según consta en plano aportado al
folio 75.
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 391750.00 Norte, 426836.68 Este.
Para ver imágen solo en La Gaceta con formato PDF
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 8 de abril del 2015,
área y derrotero aportados el 09 de noviembre del 2015.
Con quince días hábiles
de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes
tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional
Minero.—San José a las nueve horas veintidós minutos del 16 de noviembre del
2016.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe.—( IN2016092446 ). 2 v. 2.
DGM-TOP-ED-012-2016
En expediente Nº 3-2015 la Municipalidad de Parrita, cédula jurídica
3-014-042121, representada por el señor alcalde Freddy Garro Arias, mayor,
divorciado, cédula 1-0689-0057, solicita concesión para extracción de
materiales en cauce de dominio público sobre el Río Parrita.
Localización Geográfica: Sito en: Distrito 01 Parrita,
Cantón 09 Parrita, Provincia 06 Puntarenas.
Hoja Cartográfica: Hoja Parrita, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización Cartográfica: Entre coordenadas generales:
385837.09 norte, 427585.59-427443.08 Éste límite aguas abajo y
86200.00-3386148.22 norte, 427936.52-428039.79 Este límite aguas arriba.
Área Solicitada: Longitud promedio 740.56 metros,
según consta en plano aportado al folio 66.
Derrotero: Coordenadas del vértice N°
1386200.00 norte, 427936.52 este.
LÍNEA |
ACIMUT |
DISTANCIA |
||
|
º |
‘ |
m |
mm |
1-2 |
131 |
31 |
115 |
63 |
2-3 |
232 |
58 |
202 |
43 |
3-4 |
275 |
53 |
208 |
19 |
4-5 |
245 |
38 |
150 |
25 |
5-6 |
195 |
20 |
49 |
92 |
6-7 |
150 |
40 |
96 |
16 |
7-8 |
133 |
49 |
24 |
02 |
8-9 |
270 |
00 |
142 |
50 |
9-10 |
342 |
57 |
125 |
49 |
10-11 |
25 |
20 |
103 |
08 |
11-12 |
59 |
47 |
94 |
88 |
12-13 |
76 |
06 |
141 |
16 |
13-14 |
88 |
01 |
171 |
11 |
14-1 |
57 |
07 |
114 |
43 |
Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 13 de abril del
2015, área y derrotero aportados el 14 de julio del 2016.
Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda
publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer
ante este Registro Nacional Minero.
San José a las doce horas
veintidós minutos del 15 noviembre del 2016.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora,
Jefe Registro Nacional Minero.—( IN2016092467 ). 2.
v. 2.
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
Exp. 16413-P.—Grupo RZ S.A, solicita concesión
de: 4 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo GU-78 en finca de el mismo en Rita, Pococí, Limón, para uso agropecuario,
granja porcina y bovino. Coordenadas 254.873 / 555.083 hoja Guápiles. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 22 de setiembre del 2015.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016095206 ).
ED-UHTPCOSJ-0057-2016. Expediente Nº
5524P.—Proyecto Villasol PVS S. A., solicita concesión de: 17,4 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-1190 en
finca de su propiedad en San Rafael (Alajuela), Alajuela, Alajuela, para uso
consumo humano – doméstico para autoabastecimiento en condominio para 2310
personas y riego zonas verdes. Coordenadas 215.600 / 510.000 hoja Abra. Quienes
se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de
la primera publicación.—San José, 07 de noviembre de 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2016095475 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0845-2016. Expediente Nº 17350A.—María Concepción Zúñiga Hernández,
solicita concesión de: 0.05 litro por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Corralillo, Cartago, para
uso consumo humano doméstico. Coordenadas 198.330 / 528.568 hoja Caraigres.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 30 de noviembre de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2016095864 ).
Registro civil - Departamento
civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Eveling María
Luna Alvarado, se ha dictado la resolución N° 5728-2016, que en lo conducente
dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José,
a las ocho horas cincuenta minutos del siete de noviembre de dos mil dieciséis.
Expediente N° 22522-2016. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos
probados:..., II.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Dilan Gabriel Leiva Luna, en el sentido que el nombre de la madre
es Eveling María.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093684 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Rodnnyee Fidel García Ortiz y Aracelly del Rosario Hernández
Moreno, se ha dictado la resolución N° 5283-2016, que en lo conducente dice:
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
once horas cincuenta y cinco minutos del ocho de octubre del dos mil dieciséis.
Expediente N° 22859-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos
probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Rodnnyee Mathias García Hernández, en el sentido que el nombre
del padre y el nombre de la madre son
Rodnnyee Fidel y Aracelly del Rosario, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2016093714 ).
Se hace saber que este en diligencias de
ocurso incoadas por Gabriel Martín López Mercado, se ha dictado la resolución
N° 5441-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las diecisiete horas cuarenta minutos
del catorce de octubre de dos mil dieciséis. Expediente N° 23684-2016.
Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el
fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Gabriel Martín
López Díaz con Socorro Sánchez Camacho, en el sentido que el nombre del padre y
los apellidos de la madre del cónyuge son Justo Ramón y Mercado Díaz,
respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016093833 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Candida Susana Centeno Navarrete, se ha dictado la resolución N°
5764-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas del siete de noviembre
de dos mil dieciséis. Exp. N° 21624-2016. Resultando 1º—... 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Jefry Eliécer Arias Centeno, en el
sentido que el nombre de la madre es Cándida Susana.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1
vez.—( IN2016093884 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Nora del Carmen Moya Pérez, se ha dictado la resolución N°
5055-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del veinte
de setiembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 16146-2016. Resultando: 1º—...
2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Luis Sebastián Ocaña Moya, en el
sentido que el nombre de la madre es Nora del Carmen.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2016093918 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Marycela Isabel Rojas Cisnero, se ha dictado la resolución N°
5640-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cincuenta minutos del
veintiocho de octubre de dos mil dieciséis. Exp. N° 27654-2016. Resultando:
1º—… 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Emely Fabiola Rojas Cisnero, en
el sentido que el nombre de la madre es Marycela Isabel.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2016093924 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Darling Mayerling Monge Gómez, se ha dictado la resolución N°
5770-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cuarenta minutos del
ocho de noviembre del dos mil dieciséis. Exp. N° 22084-2013. Resultando: 1°—...
2°—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Brizz Loana Monge Gómez, en el sentido
que el nombre de la madre es Darling Mayerlin.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2016093958 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Nathaly Monge González, se ha dictado la resolución N° 5649-2016,
que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las diez horas treinta minutos del veintiocho de octubre
de dos mil dieciséis. Expediente N° 22414-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...;
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Elías Geovanny Castillo Monge, en el
sentido que el primer nombre del padre es Liuskar.—Lic. Carlos Luis Brenes
Molina, Oficial Mayor Civil, a. í.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2016094102 ).
Se hace
saber que en diligencias de ocurso incoadas por Maribel del Socorro Miranda
Luna, se ha dictado la resolución N° 5726-2016, que en lo conducente dice:
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
ocho horas treinta y ocho minutos del siete de noviembre de dos mil dieciséis.
Expediente N° 15402-2016. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos
probados:... II.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Elisa Elizabeth Hernández Miranda, en el sentido que el nombre y
los apellidos de la madre son Maribel del Socorro Miranda Luna.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2016094131 ).
Se hace saber
que en diligencias de ocurso incoadas por Carmenza
lveth Valle Duarte, se ha dictado la resolución N° 5709-2016, que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las doce horas cuarenta y ocho minutos del dos de
noviembre de dos mil dieciséis. Expediente N° 28470-2016. Resultando: 1.-...,
2.-... Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Sobre el fondo:... Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Iveth Sophia Leyva Valle, en el
sentido que el nombre de la madre es Carmenza lveth.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2016094140 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Yesenia del Socorro López Corea, se ha dictado la resolución N°.4633-2014,
que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil. Sección Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas siete e minutos del veintiséis de
noviembre de dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 36371-2014. Resultando: 1º—...,
2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:...,
Por tanto, rectifíqueselos asientos de nacimiento de Yesenia del Socorro López
Corea y de matrimonio de Olidier Enrique López Tijerino con Yesenia del Socorro
López Corea en el sentido que el primer apellido del padre la persona inscrita
y cónyuge es Chévez, los asientos de nacimiento de Oliver Moisés López López,
Jessica Vanessa López López y de Moisés Antonio López López, en el sentido que
el primer apellido de la madre es Chévez.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. i.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(
IN2016094310 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Ana Patricia Caceres, se ha dictado la resolución N° 6099-2016,
que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las once horas cuarenta y seis minutos del veintiocho de
noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 29201-2016. Resultando: 1°—... 2°—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
rectifíquese el asiento de nacimiento de Scarlet Vanessa Ramírez Cáceres, en el
sentido que el apellido de la madre es Cáceres.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2016094316 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Johanna Leonor Downs Espinosa, se ha dictado la resolución N°
6119-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil.
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas del veintiocho de
noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 30864-2016. Resultando: 1º—..., 2º—....
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto,
rectifíquese el asiento de naturalización de Johanna Leonor Downs Espinosa, en
el sentido que el primer apellido de la madre es Espinoza.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1
vez.—( IN2016094321 ).
Se hace saber que este Registro, en
diligencias de ocurso incoadas por Dolores del Carmen Jirón Pastora, ha dictado
la resolución N° 5286-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas y
veinte minutos del ocho de octubre de dos mil dieciséis. Exp. N° 1115- 2016.
Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el
fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Junior José,
Stephanie Vanessa, Norlan Jesús, todos de apellidos Pérez Jirón y de Diana
Nicole Jirón Pastora, en el sentido que el nombre de la madre es Dolores del
Carmen.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2016094480 ).
Se hace saber
que en diligencias de ocurso incoadas por Marco Vinicio Garro Chacón, se ha
dictado la resolución N° 3063-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
treinta y dos minutos del veinticinco de mayo de dos mil dieciséis. Exp. N°
8096-2016. Resultando: 1°—..., 2°—…, 3°—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos de
nacimiento de Merlyn Sidney Chacón Aguilar y de Jeikof Yunaikel Chacón Martínez
en el sentido que los apellidos del padre son Garro Chacón.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2016094495 ).
Registro
Civil - Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Edilberto Poveda Ortigoza, mayor, soltero, telefonista, colombiano,
cédula de residencia N° 117000836726, vecino de Desamparados, San Miguel, barrio Las Lomas, 130 m sur de la
iglesia evangélica, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Exp. N° 138343-2015.—San José, 07 de noviembre del 2016.—Lic. Germán Alberto
Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016093671 ).
Mónica Rozo Cortes, mayor, casada,
secretaria, colombiana, cédula de residencia N° 117001471101, vecina de Santa
Bárbara de Heredia, Heredia, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
136940-2015.—San José, 19 de octubre del 2016.—German Alberto Rojas Flores,
Jefe a. í Sección de Opciones y Naturalizaciones.—1 vez.—( IN2016093825 ).
Héctor Jose Sequeira Aragón, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155807544100, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4372-2016.—San José,
al ser las 09:04:18 del 5 de diciembre de 2016.—German Alberto Rojas Flores,
Jefe.—1 vez.—( IN2016093850 ).
Ana Julia Torres Caro, mayor, soltera,
empleada doméstica, colombiana, cédula de residencia N° 117000926302, vecina de
Heredia, Santo Domingo, Paracito, de la iglesia 75m oeste, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 193-2016.—San José, 19 de octubre del
2016.—German Alberto Rojas Flores Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016093872 ).
Martha Valeska
Olivas Matute, nicaragüense, cédula de residencia N° 155810757614, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 3056-2016.—San José, a las 1:03 horas del
22 de noviembre de 2016.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—(
IN2016094179 ).
Brenda Azucena López, nicaragüense, cédula
de residencia Nº DI155807211816, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente Nº 4395-2016.—San José al ser las 09:10:11 a 6 de diciembre
de 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2016094249 ).
Álvaro Serna Rojo, mayor, soltero, operario
de operación, colombiano, cédula de residencia N° 117001235614, vecino de El
Coco, Alajuela, Campamento Autista 50 izquierda urbanización Dos Pinos, casa
color blanca, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente Nº 137464-2015.—San José, 19 de octubre de 2016.—German Alberto
Rojas Flores, jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094303 ).
Aster Joaquín Sambola Ortiz, nicaragüense,
cédula de residencia 155815655112, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. N° 4250-2016.—San José, al ser las 09:23:38 a 6 de diciembre de
2016.—Lic. German Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094335 ).
Ronny Batista Del Río, cubano, Cédula de
residencia 119200085309, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
4399-2016.—San José al ser las 10:07:37 del 6 de diciembre del 2016.—Lic.
Germán Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094369 ).
José Luis Rodríguez Mañozca, mayor, soltero,
operador de instalación, colombiano, cédula de residencia N° 117001659936,
vecino de Alajuela, Plywood, de la Iglesia Católica, 300 m este, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp.1772-2016.—San José, 7 de octubre de 2016.—German
Alberto Rojas Flores, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2016094487 ).
HOSPITAL
NACIONAL PSIQUIÁTRICO
ÁREA DE
GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA
DE PLANIFICACIÓN
PUBLICACION
PLAN ANUAL COMPRAS 2017
Se informa a todos los potenciales oferentes que a partir de enero
estará disponible el Plan Anual de Compras del Hospital Nacional Psiquiátrico
del ario 2017, para mayor información ver página Web de la Caja Costarricense
Seguro Social (www.ccss.sa.cr).
San José, 12 de diciembre del 2016.—Licda. Natalia Osorno Petersen,
Jefa a. í.—1 vez.—( IN2016096009 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de
Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000091-PROV
Alquiler de local para alojar al Juzgado
Civil y Laboral,
Tribunal Civil y Laboral, y Médico Laboral de Liberia
Fecha y hora de
apertura: 12 de enero de 2017, a las 10:00 horas.
Los respectivos carteles se pueden obtener sin
costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados
podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección:
www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.
San José, 12 de
diciembre de 2016.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefe.—1 vez.—( IN2016095760 ).
MUNICIPALIDAD
DE CORREDORES
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL N° 2016LN-000001-CNL
Compra
de finca para explotación
de Tajo en el cantón de
Corredores
La Municipalidad de Corredores, con cédula jurídica N° 3-014-042114,
invita a participar en esta contratación para ello recibirá ofertas al concurso
en sobre cerrado desde las 10:00 horas del 16/12/2016 hasta las 10:00 horas del
06/01/2017.
El
cartel que contiene las condiciones específicas y generales, puede ser retirado
sin costo alguno en la Oficina de Proveeduría de la Municipalidad de
Corredores, localiza costado este del Juzgado Agrario en Ciudad Neily,
Corredores, Puntarenas.
Cualquier
consulta al respecto, sírvase llamar al número telefónico 2783-3939 extensión
120, o escribir al correo electrónico proveedor@municipaliddcorredores.go.cr.
Lic. Reymond González Zúñiga, Proveedor
Institucional.— 1 vez.—(
IN2016095949 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
N°
EDU_ITCR-220-LPN-B-2014LPN-0001-APITCRBM
(Resolución
de adjudicación)
Adquisición
de equipo de laboratorio
Escuela de Seguridad Laboral
El Instituto Tecnológico de Costa Rica informa que: en lo concerniente
a la Licitación Pública Nacional N° EDU_ITCR-220-LPN-B-2014LPN-0001-APITCRBM
“Adquisición de Equipo de Laboratorio Escuela de Seguridad Laboral”, la
Rectoría resolvió lo siguiente:
1. Adjudicar el lote N° 2 “Equipo de Medición de agentes físicos” a la
empresa Electromédica S. A. de la siguiente manera:
a) El artículo N° 1 por un monto de ¢5.131.580,00
b) El artículo N° 2 por un monto de ¢2.248.830,00
c) El artículo N° 3 por un monto de ¢3.130.072,00
d) El artículo N° 4 por un monto de ¢973.940,00
e) El artículo N° 5 por un monto de ¢4.073.295,00
f) El artículo N° 6 por un monto de ¢391.725,00
Lo
anterior debido a que esta oferta elegible cumple con todos los requisitos
técnicos.
2. Adjudicar el lote N° 3 “Equipo Médico” a la empresa Electromédica
S. A. de la siguiente manera:
a) El artículo N° 1 por un monto de ¢727.410,00
b) El artículo N° 2 por un monto de ¢2.411.555,00
c) El artículo N° 3 por un monto de ¢1.918.525,00
Lo
anterior debido a que para este lote es la única oferta presentada y cumple con
todos los requisitos técnicos.
3. Adjudicar el lote N° 5 “Dispositivos de Seguridad” a la empresa Elvatron
S. A. de la siguiente manera:
a) El artículo N° 1 por un monto de ¢2.822.196,27
b) El artículo N° 2 por un monto de ¢3.541.235,78
c) El artículo N° 3 por un monto de ¢4.739.775,81
Lo
anterior debido a que para este lote es la única oferta presentada y cumple con
todos los requisitos técnicos.
4. Rechazar la oferta de la empresa Isasa Latam S. A. para el
lote 1 “Equipo de Análisis de Laboratorio” por las siguientes razones:
En el ítem N° 1 Espectrofotómetro de
absorción atómica de llama: el nivel de ruido es 4 veces mayor del requerido;
no se incluye el set de O-Ring para análisis de solventes orgánicos, el
regulador de Nitrógeno ni regulador de Hidrógeno.
5. Rechazar la oferta de la empresa Electrónica Centroamericana S.
A. para el lote 1 “Equipo de Análisis de Laboratorio” por las siguientes
razones:
a. En el ítem N° 2 Cromatógrafo de iones: El rango de resolución
del equipo ofertado es menor al requerido.
b. En el ítem N° 3 Espectrofotómetro: Velocidad de adquisición de
datos es menor a la requerida.
6. Rechazar la oferta de la empresa Analytical Instruments S. A.,
para el lote 1 “Equipo de Análisis de Laboratorio” por las siguientes razones:
En el ítem N°1 Espectrofotómetro de absorción
atómica de llama: No posee detector fotomultiplicador, no posee alineamiento
automático de lámpara, no posee nebulizador capilar Pt-Ir. Las Lámparas
“Lumina” no son compatibles con las lámparas de cátodo hueco y el equipo no es
compatible con lámparas “Shimadzu” y no indica la posibilidad de acoplarle un
horno de grafito.
7. Rechazar la oferta de la empresa Invotor S. A., para el lote
2 “Equipo de medición de agentes físicos” por las siguientes razones:
a. En el ítem N° 3 Monitores de estrés térmico de área: El equipo
ofertado presenta características técnicas diferentes a las solicitadas.
b. En el ítem N° 4 Dosímetro de ruido: No usa criterio ACGIH que es
el utilizado en Costa Rica.
c. En el ítem N° 5 Vibrómetro: El equipo es específico para
mano-brazo y se requiere evaluar también cuerpo entero (sensores recomendados)
y la memoria flash es menor a la requerida, se requiere una mayor duración de
las baterías por los estudios que deben realizarse.
8. Rechazar la oferta de la empresa Electromédica S. A., para
el lote 6 “Equipo de muestreo personal” por la siguiente razón:
En el ítem N° 2 Bomba de muestreo personal:
El dispositivo ofertado no tiene pantalla, no se oferta el accesorio Gemini, no
indica el flujo, no indica que sea autorregulable ni corresponde al modelo
requerido.
9. Relanzar en un nuevo proceso licitatorio para los siguientes lotes:
Lote N° 1, ya que las ofertas presentadas no
cumplían con los requerimientos técnicos.
Lote N° 4, ya se no se recibieron ofertas
para el mismo.
Lote N° 6, ya que la oferta presentada no
cumplía con los requerimientos técnicos.
Cartago, 13 de diciembre del 2016.—Licda. Katthya Calderón Mora,
Directora, Departamento de Aprovisionamiento.—1 vez.—O. C. Nº
20163857.—Solicitud Nº 73347.—( IN2016096047 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000020-SUTEL
Contratación
de canales de atención de usuarios
de los servicios de la SUTEL
La Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica
No 3-007-566209, comunica a los interesados en la contratación de referencia,
que se adjudica parcialmente mediante el Acuerdo 005-072-2016, oficio
09288-SUTEL-SCS-2016 del Consejo de la SUTEL, el servicio indicado, por cumplir
legal y técnicamente con lo requerido en el cartel y por ofrecer un precio
razonable a la empresa IT Servicio de Infocomunicación S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-216432.
Línea 1: Servicio de atención de llamadas telefónicas, chat
interactivo y atención al correo informativo institucional desglosado según lo
siguiente:
Ø Atención
de llamadas (por minuto): ¢ 306.83.
Ø Atención
de chat interactivo (por minuto): ¢ 324.84
Atención del correo electrónico
(por correo atendido): ¢ 97.30
Línea 2: Servicio de recepcionista para atención presencial del público
en las instalaciones de la Superintendencia de Telecomunicaciones por un monto
por mes de ¢ 902.646.26.
Con
respecto a la línea 3 que corresponde al servicio de manejo de redes sociales
de la SUTEL, se informa que aplicando el artículo 86 del R.L.C.A se declara
desierta.
A la
vez se le informa al proveedor adjudicado, que una vez que este acto adquiera
firmeza, cuenta con un plazo de 03 días hábiles como máximo, para que entregue
en la recepción de la SUTEL (Tercer Piso), en horario de Lunes a Viernes de
08:00 am a 04:00pm lo siguiente:
En seguimiento al punto 7.2.1 del cartel,
personería jurídica actualizada.
Timbres fiscales de Ley o el
entero de gobierno que corresponde, por un monto de ¢85.922.11, según
estimación anual del costo del servicio.
Garantía de cumplimiento,
conforme a lo estipulado en el punto 13 del cartel por un monto de
¢1.718.442.16, según estimación anual del costo del servicio, con una vigencia
de 14 meses a partir de la fecha en que el acto de adjudicación adquiera
firmeza.
Esta licitación será tramitada con fondos de la partida “Otros
servicios de gestión y apoyo” del año 2017.
Es
importante mencionar que esta información es un extracto del Acuerdo de
adjudicación en mención, por lo que el mismo se encuentra en forma completa en
el expediente respectivo para lo que corresponda.
Área de Proveeduría, Noilly Chacón González.—1 vez.—O. C. Nº 2307-16.—Solicitud Nº 73349.—(
IN2016096048 ).
JUNTA
DE EDUCACION ESCUELA
GABRIELA MISTRAL, LA GUACIMA
DIRECCION
REGIONAL DE EDUCACION
DE ALAJUELA
CIRCUITO
EDUCATIVO: 04
LICITACIÓN
ABREVIADA LA-005-2016-JEEGM-CE04-DREA
Para
la adquisición de productos
alimenticios: frutas y verduras
La junta de educación, comunica resolución de adjudicación del
presente proceso de licitación abreviada, en favor del señor Oscar Segura
Hernández, número de cédula de identidad: 204770934 en razón de
haber obtenido un puntaje total de 100 en el proceso de calificación de la
oferta habiéndose cumplido con los requerimientos jurídicos, prescripciones
formales y procedimentales del presente proceso de licitación abreviada
impulsada por esta junta de educación para la compra de productos alimenticios
para el comedor escolar para el curso lectivo por el periodo 2017 hasta 2020
inclusive de cumplirse con los requisitos institucionales. En la línea de
productos: frutas y verduras para brindar el servicio de comedor escolar en el
centro educativo.
Edgar
Daniel Jiménez Soto, Presidente.—1 vez.— ( IN2016095880 )
LICITACIÓN ABREVIADA N° LA-004-2016-JEEGM-CE04-DREA
Para la adquisición de productos
alimenticios: Abarrotes
La junta de educación, comunica resolución de adjudicación del
presente proceso de licitación abreviada, en favor de Comercial Hego S. A.,
número de cédula jurídica 3-101-089623 en razón de haber obtenido un puntaje
total de 100 en el proceso de calificación de la oferta habiéndose cumplido con
los requerimientos jurídicos, prescripciones formales y procedimentales del
presente proceso de licitación abreviada impulsada por esta junta de educación
para la compra de productos alimenticios para el comedor escolar para el curso
lectivo por el periodo 2017 hasta 2020 inclusive de cumplirse con los
requisitos institucionales. En la línea de productos: Abarrotes para brindar el
servicio de comedor escolar en el centro educativo.
Edgar
Daniel Jiménez Soto, Presidente.—1 vez.—( IN2016095881 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº LA-003-EGM-CE04-DREA
Para la adquisición de productos
alimenticios: carnes
La junta de educación,
comunica resolución de adjudicación del presente proceso de licitación
abreviada, en favor del señor Óscar Segura Hernández, número de cédula de
identidad: 204770934 en razón de haber obtenido un puntaje total de 100 en
el proceso de calificación de la oferta habiéndose cumplido con los
requerimientos jurídicos, prescripciones formales y procedimentales del
presente proceso de licitación abreviada impulsada por esta junta de educación
para la compra de productos alimenticios para el comedor escolar para el curso
lectivo por el periodo 2017 hasta 2020 inclusive de cumplirse con los
requisitos institucionales. En la línea de productos: carnes para brindar el
servicio de comedor escolar en el centro educativo.
Édgar
Daniel Jiménez Soto, Presidente.—1 vez.— ( IN2016095890 ).
MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000050-99999
Transmisión de las corridas de toros
en el redondel de Zapote período 2016-2017
Se comunica a los
interesados del presente concurso, que por Acuerdo 4, artículo único, de la
Sesión Extraordinaria Nº 015, celebrada por la Corporación Municipal del cantón
Central de San José, el 05 de diciembre del año dos mil dieciséis, se adjudica
la licitación de referencia según el siguiente detalle:
CONSORCIO REPRETEL-TELETICA
Transmisión de las corridas de toros
en el redondel de Zapote período 2016-2017
|
Plazo de ejecución |
Forma de pago |
Monto adjudicado |
Consorcio Repretel-Teletica |
Del 25 de diciembre del 2016 al 08 de enero
del 2017 inclusive. Con la excepción del 2 al 5 de enero, que únicamente habrá
transmisión solo en el horario de la noche. |
Indicada en el cartel |
Precio efectivo: ¢90.300.000.00 Aporte en cuñas(30s): ¢46.253.000.00 |
San José, 09 de
diciembre de 2016.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1
vez.—O. C. Nº 138641.—Solicitud Nº 73213.—( IN2016095828 ).
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000573-01
Contratación para el mantenimiento preventivo
para eliminación de corrosión en cajas recolectoras
de los camiones recolectores de desechos sólidos
Informa que mediante
Resolución Administrativa MP-PM-RES-015-12-2016 del 08 de diciembre de 2016, se
adjudica la presente contratación al oferente Agroservicios Hípicos de
Aranjuez S. A., por la suma de ¢6.138.000,00 (seis millones ciento treinta
y ocho mil colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única oferta presentada
para el proceso y cumplir con las formalidades y requerimientos establecidos en
el cartel.
———
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000630-01
Adquisición de camión de carga liviana de
doble
cabina para la Unidad Técnica de Gestión Vial
Informa que mediante
Resolución Administrativa MP-PM-RES-016-12-2016 del 12 de diciembre de 2016, se
adjudica la presente contratación al oferente Purdy Motor S. A., por la
suma de $33.870,00 (treinta y tres mil ochocientos setenta dolares con 00/100),
por concepto de un camión doble cabina de carga liviana marca Hino año 2017. Lo
anterior, por ser la única oferta presentada para el proceso y cumplir con las
formalidades y requerimientos establecidos en el cartel.
———
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000637-01
Contratación de servicios profesionales en
geología
para trámite permiso de extracción temporal en cauce
de dominio público del río Aranjuez, así como le regencia
del mismo ante el Registro Nacional Minero
Informa que mediante
Resolución Administrativa MP-PM-RES-014-12-2016 del 07 de diciembre de 2016, se
adjudica la presente contratación a la Geol. Yannie Fallas Rodríguez,
por la suma de ¢2.950.000,00 (dos millones novecientos cincuenta mil colones
con 00/100). Lo anterior, por ser la única elegible presentada para el proceso
y cumplir con las formalidades y requerimientos establecidos en el cartel.
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2016CD-000638-01
Contratación de servicios profesionales de
regente ambiental,
para realizar trámite y aprobación de viabilidad ambiental,
para la construcción de la terminal de buses interurbana
de Puntarenas y el nuevo edificio de la Municipalidad
de Puntarenas
Informa que mediante
Resolución Administrativa MP-PM-RES-013-12-2016 del 06 de diciembre de 2016, se
adjudica la presente contratación al Biol. Pablo Morales Jiménez, por la
suma de ¢1.290.000,00 (un millón doscientos noventa mil colones con 00/100). Lo
anterior, por ser la única elegible presentada para el proceso y cumplir con
las formalidades y requerimientos establecidos en el cartel.
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000004-01
Adquisición de Low Boy para las labores de
mantenimiento
de la red vial del cantón Central de Puntarenas
El Concejo Municipal
en la Sesión Extraordinaria N° 56, celebrada el pasado 1 de diciembre de 2016,
en su artículo 3° inciso C, adjudica la presente licitación al oferente Vifisa
de Turrialba S. A., por un monto de ¢33.509.000,00 (treinta y tres millones
quinientos nueve mil colones con 00/100) por concepto de un Low Boy marca
Vifisa, modelo LB50T, año 2017. Lo anterior, por ser la única propuesta
elegible para el proceso, esto de acuerdo a los términos de establecidos en el
cartel y la oferta.
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000007-01
Suministro e instalación de juegos infantiles
de madera
en centros educativos y parques de diversas comunidades
del cantón Central de Puntarenas
El Concejo Municipal
en la Sesión Extraordinaria N° 56, celebrada el pasado 1 de diciembre de 2016,
en su artículo 3° inciso A, adjudica la presente licitación al oferente Comercializadora
Brecam de Costa Rica S. A., por un monto de ¢42.831.239,00,00 (cuarenta y
dos millones ochocientos treinta y un mil doscientos treinta y nueve colones
con 00/100). Lo anterior, por ser la única propuesta recibida para el proceso,
esto de acuerdo a los términos de establecidos en el cartel y la oferta.
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000008-01
Adquisición de agregados para la construcción
de ciclovía
entre los distritos de Barranca y El Roble
El Concejo Municipal
en la Sesión Extraordinaria N° 56, celebrada el pasado 1 de diciembre de 2016,
en su artículo 3° inciso B, adjudica la presente licitación al oferente Ingeniería
La Rioja S. A., por un monto de ¢48.000.800,00 (cuarenta y ocho millones
ochocientos colones con 00/100). Lo anterior, por ser la única propuesta
elegible para el proceso, esto de acuerdo a los términos de establecidos en el
cartel y la oferta.
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000009-01
Adquisición de una maquinaria pavimentadora
“finisher”
para mantenimiento de la red vial Cantonal
El Concejo Municipal
en la Sesión Ordinaria N° 57, celebrada el pasado 5 de diciembre de 2016, en su
artículo 5° inciso J, adjudica la presente licitación al oferente Euromateriales
Equipo y Maquinaria S. A., por un monto de $263.900,00 (doscientos sesenta
y tres mil novecientos dólares con 00/100), por concepto de una pavimentadora
marca Ammann modelo AFT 500FST-E, año 2016 o superior. Lo anterior, por ser la
única propuesta elegible para el proceso, esto de acuerdo a los términos de
establecidos en el cartel y la oferta.
Para mayor información al teléfono 2661-2104
de la Proveeduría Municipal.
Puntarenas, 12 de diciembre de 2016.—Lic.
Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2016095878 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2016CD-000622-01
Adquisición de sistema informático para
automatización
de papeles de trabajos, análisis y evaluación de riesgos,
en los estudios de la Auditoria Interna
de la Municipalidad de Puntarenas
Informa que mediante
Resolución Administrativa MP-PM-RES-017-12-2016 del 12 de diciembre de 2016,
declara infructuosa la presente contratación, por no haberse recibido
propuestas para el proceso, lo anterior en concordancia con lo establecido en
el artículo 136 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Para mayor información al teléfono 2661-2104
de la Proveeduría Municipal.
Puntarenas, 13 de diciembre de
2016.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—(
IN2016096049 ).
OFICINA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACION
PÚBLICA Nº 2016LN-000007-01
(Modificación Nº 1)
Adquisición
de UPS nuevas y repuestos por demanda
El Banco de Costa Rica, informa a todos los interesados en la
licitación en referencia, que la fecha de apertura se ha trasladado para el
viernes 27 de enero del 2017 a las 10:30 a.m.
Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 65540.—Solicitud N° 73298.—(
IN2016095947 ).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
Nº 2016LI-000008-PRI
(Circular Nº 1)
Construcción del sistema de colectores
sanitarios del sector
norte, cuencas Rivera y Torres, proyecto de mejoramiento
ambiental del área Metropolitana de San José. Quebrada
Jesús, quebrada Manzana y Desvíos
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N°
4-000-042138, comunica que a partir de la presente publicación podrán hacer
retiro de la Circular Nº 1.
Los documentos que conforman la Circular Nº 1
podrán ser solicitados en la Proveeduría Institucional del Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados de 7:00 a.m. a las 15:00 horas de
lunes a viernes o bien por escrito al correo electrónico
2016li00008pri@aya.go.cr, lo que permite un password de acceso a los mismos de
manera electrónica.
Dirección
de Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº
6000001412.—Solicitud Nº 73259.— ( IN2016095824 ).
CONSEJO
UNIVERSITARIO
El Consejo Universitario de la Universidad Técnica Nacional, comunica
que mediante acuerdo N° 6-23-2016, de la sesión ordinaria 23-2016, celebrada el
27 de octubre del 2016, acta 23-2016, se derogó el artículo 31 del “Reglamento
de Reconocimientos y Equiparaciones de Estudios Realizados en la Universidad
Técnica Nacional y Otras Instituciones de Educación Superior”, el que reza:
“Bajo ninguna circunstancia podrá el
estudiante titularse en la Enseñanza de dos especialidades técnicas, por lo que
en caso de dos o más titulaciones en distintas especialidades técnicas, el
estudiante deberá elegir entre ellas y presentar el diploma correspondiente a
la especialidad que haya elegido”.
Dicho Reglamento en su versión completa y actualizada se encuentra en
el portal electrónico de la Universidad Técnica Nacional www.utn.ac.cr, sección
“Normativa Universitaria”.
Rige a
partir de su publicación.
Rectoría.—Lic.
Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—1 vez.— (
IN2016094355 ).
FEDERACIÓN
DE COLEGIOS PROFESIONALES
UNIVERSITARIOS
REGLAMENTO
DE ORDEN Y DISCIPLINA
Artículo1º—El Comité Permanente fijará en su sesión de instalación el
día, lugar y hora de las sesiones ordinarias.
Artículo
2º—Para el despacho de los asuntos del Comité Permanente, la Presidencia
establecerá el orden del día con arreglo a las normas siguientes:
Aprobación del orden del día.
b) Aprobación del acta anterior
c) Correspondencia: La lectura de correspondencia, recibida y enviada,
será de forma resumida, mediante una minuta, quedando a criterio del Presidente
cual o cuales deben ser leídos en forma completa, asimismo lo será a petición
de un miembro del Comité Permanente.
d) Informe de la Presidencia.
e) Preposiciones de los Colegios y de los delegados. Cuando desee
incluir un punto específico en la agenda, deberá solicitarse expresamente en la
sesión anterior. Los asuntos urgentes deberán ser incluidos al tenor de lo
dispuesto por el artículo 3° del presente Reglamento.
f) Informe de comisiones y delegados
g) Asuntos varios.
Artículo 3º—El orden del día no puede ser alterado, sino es con el
voto de las dos terceras partes de los delegados presentes.
Artículo
4°---Las sesiones del Comité Permanente tendrán una duración máxima de tres
horas.
Artículo
5º—Es un deber de los miembros del Comité Permanente comunicar a la Presidencia
o a la Secretaría de la Federación, el mismo día de cada sesión ordinaria y
extraordinaria, o antes, cuando no puedan asistir a la misma.
Artículo
6º—No se celebrará sesión, si transcurridos sesenta minutos después de la hora
señalada para ello, no se completa el quórum. Durante este plazo la Presidencia
informará a los representantes sobre la conformación del quorum para iniciar la
sesión.
Artículo
7º—Si por falta de quórum no se celebrara la sesión, la presidencia convocará a
sesión extraordinaria dentro de los quince días posteriores.
Artículo
8º—Cuando un delegado o representante falte dos veces consecutivas o cuatro
alternas sin excusa en un período de un ario, el Presidente de la Federación
solicitará al presidente del Colegio respectivo para que intervenga con el fin
de que su Colegio esté debidamente representado en la siguiente sesión. Si la
anomalía no es corregida, se le cancelará la credencial al delegado y el
Colegio respectivo deberá sustituirlo.
Artículo
9º—(1) Requerimientos para el proceso de nombramientos de sus representantes
ante entes externos:
El Comité Permanente integrará una comisión
permanente de al menos cinco miembros, que se denominará “Comisión de
Nombramiento de Representantes”, con el propósito de que analice a la luz de la
normativa aplicable la documentación aportada por los colegios que presentan
candidaturas, exceptuándose los nombramientos de la asamblea de trabajadores/as
del Banco Popular que cuenta con normativa interna específica.
El Comité Ejecutivo deberá
aportar el apoyo logístico y de asesoría legal para el cumplimiento de sus
funciones.
Entre sus acciones deberá
remitir oportunamente al comité ejecutivo un cronograma de rige y vence de las
representaciones externas, así como las alertas de presentación oportuna de
informes cuatrimestrales de sus representantes según el inciso m que sigue y
además una recomendación del procedimiento para conocerlos en el Comité
Permanente.
Esta
comisión presentará el informe de cada nombramiento al Comité Ejecutivo en el
que recomendará lo acordado en sus sesiones, incluyendo los dictámenes de
minoría si los hubiere, aportará consideraciones fundamentadas sobre el rechazo
de candidaturas. El informe será agendado para conocimiento y resolución del
Comité Permanente en la sesión donde se realizarán los nombramientos analizados
y será expuesto por sus miembros.
Al menos uno de sus miembros
formará parte del grupo fiscalizador en el momento de la elección junto con al
menos tres delegados presentes de colegios que no presentaron postulantes.
Los candidatos serán propuestos por acuerdo
de Junta Directiva del colegio interesado, en el plazo requerido.
El Colegio postulante debe
adjuntar a la nominación: i- la hoja de vida del candidato/a. ii- Una
declaración jurada firmada por el postulante indicando que no hay conflicto de
interés entre las funciones a ejercer en el ente y su intereses personales y profesionales;
y que se ajusta a lo dispuesto en la Ley N° 8422 vigente contra la corrupción y
el enriquecimiento ilícito, manifestando además que se compromete a cumplir con
la normativa y objetivos de la Federación. Iii- Copia de su cédula de
identidad. Iv- Hoja de delincuencia reciente. V -Copia de sus títulos
universitarios.
El Colegio debe demostrar que se
encuentra al día en sus cuotas a la Federación aportando copia del último
recibo cancelado.
El Presidente del Colegio, por
escrito debe dar fe de que su postulante cumple con todos los requisitos y
normas establecidas y manifestará que dará seguimiento a la representación que
asume su colegiado.
Para el nombramiento de sus
Representantes la Federación comunicará al Comité Permanente y a las Juntas
Directivas de sus colegios miembros con al menos 40 días naturales de
antelación a la sesión de su nombramiento, la representación por elegir y las
condiciones inherentes. Entre otra información se debe suministrar: i-Nombre de
la representación. ii- Periodo del nombramiento. iii-Condición (Si es
remunerada o ad honorem). iv- Requisitos propios del ente donde se ejercerá la
representación. v. Normativa de la Federación y cualquiera otra información
adicional aplicable.
Las propuestas de candidatas/ os
se recibirán desde que se establece el periodo de recepción de candidaturas y
hasta cuatro días hábiles antes de la sesión donde se realiza la elección. No
se aceptarán propuestas de candidaturas ni el día, ni la sesión que se haya
fijado para realizar la elección.
El área administrativa de la Federación,
recibirá solamente las propuestas sé que presenten en el plazo establecido y
que incluyan TODOS los requisitos arriba señalados y formará un expediente de
cada candidatura, donde además constará fecha, hora y firma de recibo de toda
la documentación.
Una vez cumplido y cerrado el
tiempo de inscripción, el Comité Ejecutivo convocará a la Comisión de
Nombramiento de Representantes para que analice y recomiende en el tiempo
oportuno; además comunicará de inmediato a los delegados del Comité Permanente
los/ as postulantes recibidos.
Los candidatos que cumplan con
todos los requisitos establecidos deberán estar presentes en la elección y
tendrán cinco (5) minutos para exponer su compromiso de cumplir con los
intereses y objetivos de la Federación y con la normativa aplicable, su plan de
trabajo o el propósito por el cual aspiran a dicho puesto.
La elección será nominal y
secreta. Los votos nulos y en blanco, no se le asignan a ningún candidato/ a.
El ganador de la elección será el candidato/a que tenga mayoría simple de
votos. En caso de empate se realizarán las votaciones necesarias entre los
candidatos que hayan logrado mayoría de votos hasta que ocurra el desempate.
Una vez
tomado el acuerdo del nombramiento, el Comité Ejecutivo lo hará del
conocimiento del ente y del Colegio proponente en un plazo máximo de hasta
veinticuatro (24) horas, así como su publicación en la página Web de FECOPROU.
ll. Cuando por alguna circunstancia deba reemplazarse un representante,
debe informarse al ente externo y a los colegios que su nombramiento será para
terminar el periodo y no por un nuevo periodo.
m Quienes resulten ser representantes tendrán las siguientes
obligaciones y atribuciones además de las contenidas en la normativa vigente aplicable:
• Rendir
informes de su labor vía electrónica, al Comité Ejecutivo, cada cuatro meses a
partir de su nombramiento, así como un resumen ejecutivo del mismo ante el
Comité Permanente. El Comité ejecutivo definirá el procedimiento para ser
conocido en el Comité Permanente. Incluyendo los logros alcanzados para la
Federación.
Asistir a todas las sesiones del
Comité Permanente.
Los representantes tendrán voz y
no voto.
Podrán presentar mociones sobre
temas que considere tratar en las sesiones del Comité Permanente.
Además podrán formar parte de
las Comisiones Temporales o Permanentes.
Al finalizar cada periodo presidencial, el
Colegio que presidió la Federación, deberá incluir en su Informe Final de
Gestión las representaciones existentes, quiénes son sus representantes,
precisando a qué Colegio pertenecen, un record de asistencia al Comité Permanente
durante las sesiones del ario, el número de los informes presentados con los
logros alcanzados para la Federación en dicha representación, periodo de vigencia
del nombramiento y otra información relevante.
Transitorio: Los representantes nombrados antes de la entrada en
vigencia de la presente reforma seguirán en sus cargos en las mismas
condiciones en que fueron nombrados, hasta el vencimiento de su periodo.
Rige a partir de la fecha de aprobación. Este acuerdo deroga los
anteriores referidos al artículo 9 de este Reglamento. El acuerdo será remitido
a la Comisión de Reglamentos para su inclusión en el Reglamento de Orden y
Disciplina. Se publica en la página Web de la FECOPROU
Modificado en la Sesión CP-06-2015, según
acuerdo CP-06-03-2015
Artículo 10.—Las Comisiones Permanentes deben reunirse al menos una
vez al mes. Cuando un miembro de una Comisión faltare dos veces consecutivas o
cuatro alternas sin justificación, perderá su credencial como miembro del
Comité Permanente y del organismo correspondiente.
Artículo
11.—Este reglamento podrá ser modificado total o parcialmente con el voto de
las dos terceras partes de los delegados presentes en la sesión inmediatamente
posterior al planeamiento de las propuestas de modificación.
Rige a partir del treinta de noviembre del mil novecientos noventa y
cuatro. Aprobado por el Comité Permanente, en sesión ordinaria N° 345 del 30 de
noviembre de 1994, acuerdo N° 111.
Rafael Porras Madrigal, Presidente.—1 vez.—(
IN2016093846 ).
VICERRECTORÍA
ACADÉMICA
PROGRAMA
DE GRADUACIÓN
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional, se ha
presentado solicitud de reposición de diploma por extravío, correspondiente al
Título de Bachillerato en la Enseñanza del Inglés, grado académico:
Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo el tomo: 26, folio: 137,
asiento: 2205, a nombre de Wally Solano Jiménez, con fecha 19 de noviembre del
2010, cédula de identidad Nº 5-0312-0802. Se publica este edicto para oír
oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Heredia, 17 de noviembre del
2016.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—(
IN2016094118 ).
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Oficina Local San José Oeste, a Alba Coraima
Díaz Hernández, se le comunica la resolución de las 08:30 horas del 09 de
noviembre del 2016, dictada por ésta oficina local, que ordenó inicio de
proceso especial de protección en sede administrativa dictando medida de
guarda, crianza y educación provisional de la persona menor de edad Katalina
Madrigal Díaz, en el hogar de su progenitor el señor Jorgany Jesús Madrigal
Rodríguez, por el período máximo de seis meses. Notifíquese la
presente resolución a Alba Coraima Díaz Hernández, así como a los demás
legítimos interesados. Se advierte a las partes la necesidad de señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, preferiblemente, dentro del perímetro
de un kilómetro a la redonda de la sede Oficina Local de San José Oeste, o
bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere cerrado o llegare a
desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva
de ésta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito en la Oficina
Local de San José Oeste, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su
notificación, expediente:
OLSJO-00371-2016.—Oficina Local San José Oeste.—Licda. Seidy Chavarría Ramírez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—(
IN2016093002 ).
A Alexa Porras Muñoz, se le comunica la
resolución de las 09:30 horas del 21 de noviembre del 2016, dictada por ésta
oficina local, que ordenó inicio de proceso especial de protección en sede
administrativa dictando medida de protección de abrigo temporal, en beneficio
de la persona menor de edad Maryangel Porras Muñoz, por un plazo máximo de seis
meses, salvo prórroga judicial. Notifíquese la presente resolución a Alexa
Porras Muñoz, así como a los demás legítimos interesados. Se advierte a las partes
la necesidad de señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
preferiblemente, dentro del perímetro de un
kilómetro a la redonda de la sede oficina local de San José oeste, o bien,
señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere cerrado o llegare a
desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva
de ésta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito en la
oficina local de San José oeste, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes
a su notificación. Expediente: OLAL-00304-2015 (LEGAJO).—Oficina Local
San José oeste.—Licda. Seidy Chavarría Ramírez, Organo Director del
Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 160000061.—( IN2016093003 ).
Al señor Allan Danilo Villalobos Valerín, de
nacionalidad costarricense, titular del documento de identidad costarricense
número 1-0726-0295 con domicilio desconocido, se le comunica la resolución de
las 11:00 horas del 15 de noviembre del 2016, con la cual se resuelve a favor
de la persona menor de edad Katherine Vanessa Villalobos Carvajal, medida de
abrigo temporal, por el término de hasta seis meses en Ong. Fundación Hogar
Manos Abiertas. Así mismo se le notifica las resoluciones 10:00 del 17 de
noviembre del dos mil dieciséis. Se le confiere audiencia por tres días
hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas
que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y
representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el
expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el
expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta
minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual
permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José,
Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado
suroeste del parque La Merced, ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se les
hace saber que Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir
sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado
fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24
horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le
hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de
Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual
deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas
siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de
publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo
fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente Nº OLSJO-00114-2016.—Oficina
Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C.
N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093004 ).
A: Cecilia Gómez Gómez , mayor, cédula N°
108710025 y José Chaverri Arroyo, mayor, cédula N° 900900771, demás calidades
desconocidas, se les comunica la resolución de las quince horas veintiún
minutos del veintinueve de agosto del año dos mil dieciséis, en virtud de la
cual se ordena dar Inicio al proceso Especial de Protección a favor de la
persona menor de edad: José Joaquín Chaverri Gómez, con fecha de nacimiento
22-09-2003, citas de inscripción: 208450844, se da audiencia a las partes para
ser escuchadas y que aporten prueba. Se advertirá también que deben señalar
lugar donde recibir notificaciones. Notifíquese. Expediente
OLCO-00124-2014.—Oficina Local Pani-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge,
Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—(IN2016093007).
Se comunica la señora: Dayanna Gabriela
Montoya Díaz, mayor de edad, costarricense, soltera, portadora de la cédula de
identidad número 116700337, de domicilios y demás calidades desconocidas,
progenitora de la persona menor de edad Kylary Dayana Martínez Montoya, la
resolución administrativa de esta oficina de las dieciséis horas con cinco
minutos del doce de agosto de dos mil dieciséis, en la cual se dictó la Medida
de Protección Administrativa de abrigo temporal de la persona menor de edad:
Kylary Dayana Martínez Montoya, de diecisiete días de edad, nacida el
veintiséis de julio del dos mil dieciséis, de nacionalidad costarricense, con
citas de inscripción en el Registro Civil, sección de nacimientos de la
provincia de Limón, al tomo 400, tomo 202, asiento 404 hija de Dayanna Gabriela
Montoya Díaz y Argenis Jose Martínez Ruiz, para que permanezca ubicada en la
Asociación Iglesia Evangélica Metodista, Centro de Atención Infanto Juvenil
Hogar Metodista. Recurso: El de Apelación, señalando lugar para oír
notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San
José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación
de este edicto.—Oficina Local de Síquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero,
Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093008 ).
A Edilma Villarreal Coccio y Elvin González
Pitti mayor, calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las siete
horas del siete de octubre del año dos mil dieciséis, en virtud de la cual se
ordena medida de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Jorjan González
Villarreal, con fecha de nacimiento el 05-12-2007, citas de inscripción:
605090241, en la Alternativa de Protección Hogarcito Infantil de Corredores.
Notifíquese. Con la advertencia de que deben señalar Lugar o un fax o Correo
Electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar
fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuera
defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta Institución se interrumpiera, la
comunicación de las resoluciones futuras quedaran firmes veinticuatro horas
después de ser dictadas. En contra de esta resolución procede únicamente el
Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación
legal dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente
resolución, recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la
entidad. Expediente OLCO-00063-2016.—Oficina Local Pani-Corredores.—Lic. Arelys
Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—(
IN2016093009 ).
A Edwin Eduarte Mora, se le comunica la
resolución de las 13:00 horas del 14 de noviembre del 2016, dictada por ésta
oficina local, que ordenó inicio de proceso especial de protección en sede administrativa
dictando medida de protección de orden de inclusión a organización no
gubernamental para tratamiento, de orientación y apoyo a la familia y a la
persona menor de edad Kevin Eduarte Rodríguez, en el Programa Residencial en el
Centro de Menores del IAFA, ubicado en San Pedro de Montes de Oca, cuya medida
no posee plazo y queda sujeto al proceso de rehabilitación correspondiente.
Notifíquese la presente resolución a Edwin Eduarte Mora, así como a los demás
legítimos interesados. Se advierte a las partes la necesidad de señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, preferiblemente, dentro del perímetro
de un kilómetro a la redonda de la Sede Oficina Local de San José Oeste, o
bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto, se mantuviere cerrado o llegare a
desaparecer, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso de apelación para ante la presidencia ejecutiva
de ésta institución, el cual podrá interponerse verbalmente o por escrito en la
Oficina Local de San José Oeste, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes
a su notificación. Expediente N° OLSJO-00386-2015.—Licda. Seidy Chavarría
Ramírez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N°
16000061.—( IN2016093015 ).
A Gerardo Alfaro Méndez, mayor, cedula: 5-135-049
demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las nueve horas
quince minutos del diecinueve de setiembre del dos mil dieciséis, en virtud de
la cual se pone en conocimiento por el plazo de cinco días hábiles,
investigación ampliada de los hechos, de fecha dieciséis de setiembre del dos
mil dieciséis, para que ofrezca pruebas y presente alegatos, y la resolución de
las ocho horas del veintiocho de setiembre del año dos mil dieciséis, donde se
ordena cuido provisional a favor de la persona menor de edad Emily de los
Ángeles Alfaro Martínez, con fecha de nacimiento el 21-06-2003, citas de
inscripción: 604800667, en el hogar de la señora: María Fernanda Martínez
Jiménez, hermana. Notifíquese. Con la advertencia de que deben señalar lugar o
un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo
o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio
seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedaran firmes
veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta resolución
procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse
ante esta representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de
notificada la presente resolución, recurso que será resuelto por la presidencia
ejecutiva de la entidad. Expediente N° OLCO-00028-2016.—Oficina Local
PANI-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N°
40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093016 ).
Se le comunica a Giovanni Jiménez Zeledón la
resolución de las ocho horas con quince minutos del nueve de noviembre de dos
mil dieciséis mediante la cual se da inicio al proceso especial de protección y
se ordena orientación, apoyo y seguimiento a la familia. En contra de la
presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en
grado, dentro de un plazo de 48 horas, contados a partir de la tercera
publicación del presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio
electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta
Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz,
las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso
de 24 horas después de dictada. Expediente OLG-00513-2016.—14 de noviembre de
2016.—Oficina Local de Guadalupe.—Lic. Roberto Marín A. Representante Legal.—O.
C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—(IN2016093017).
A: Yorleny Gustavino Saldaña, número de
cédula 6392-857, de domicilio y demás calidades desconocidas, se le comunica la
resolución de las once horas del dos de agosto del año dos mil dieciséis, en
virtud de la cual se resuelve dictar medida de cuido provisional en familia
sustituta a favor de la persona menor de Edad: Jerferson Daniel Gustavino
Saldaña, según citas de inscripción: 605270705, para que permanezca en el hogar
de Rómulo Gustavino Miranda y Bernardina Saldaña Castillo, abuelos maternos.
Notifíquese. Con la advertencia de que deben señalar Lugar o un fax o Correo Electrónico donde recibir notificaciones, en caso
de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o
el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente
provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se
interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedaran firmes
veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta resolución
procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que deberá interponerse
ante esta Representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de
notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto por la Presidencia
Ejecutiva de la entidad. Expediente OLCO-00095-2015.—Oficina Local
Pani-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N°
40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093059 ).
Al señor Juan Carlos Urbina Urbina se le
comunica la resolución de las catorce horas del dieciocho de noviembre del dos
mil dieciséis que ordenó abrigo temporal de la niña Aneliz Valeria Urbina
Dávila en la organización no gubernamental casa Main. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLHN-00561-2016-2.—Licda.
Marcela Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093060 ).
A Karina María Gómez Sánchez, de
nacionalidad costarricense, con cédula de identidad número cinco-trescientos
veintitrés-cuatrocientos diecinueve, de domicilio y demás calidades
desconocidas se hace saber la resolución de once horas cinco minutos del
diecinueve de julio del dos mil dieciséis, mediante la cual esta oficina local
ordena la ubicación de la persona menor Jimmy José Parrales Gómez, en el hogar
del señor Aly Jafet Parrales Maltez. Plazo: cuarenta y ocho horas después de la
última publicación de este edicto. Expediente administrativo N°
OLSC-00089-2016.—Oficina Local de Santa Cruz, 16 setiembre del 2016.—Lic.
German Morales Bonilla, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N°
16000061.—( IN2016093061 ).
A las siete horas cuarenta y ocho minutos
del día veintiocho de octubre del dos mil dieciséis. A la señora Mora Arias
Yadira se le comunica la resolución de las once horas cincuenta minutos del día
veintiséis de octubre del dos mil dieciséis, en la que se da inicio del Proceso
Especial de Protección en Sede Administrativa y dictado de Medida de protección
de Cuido Provisional a favor del infante Indo Mora Arias. Expediente Administrativo OLOS-00106-2016. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana
Gamboa Martínez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud
N° 16000061.—( IN2016093062 ).
A Óscar Hernández Picado, mayor, cedula:
6-0362-0256, demás calidades desconocidas, se le comunica la resolución de las
once horas del siete de setiembre del año dos mil dieciséis, en virtud de la
cual se pone en conocimiento informe de investigación ampliada de los hechos,
elaborado por el Lic. Jorge Fajardo González, presente alegatos y ofrezca
pruebas. Notifíquese. Y la resolución de diez horas del dieciséis de setiembre
del dos mil dieciséis, mediante la cual se ordena medida de cuido provisional
en familia sustituta a favor de los niños: Yeison, Tannia Isabel y José Antonio
Todos Hernández Aguilar, fechas de nacimiento: 23-03-2006, 04-11-2001,
13-03-2000, citas de inscripción: 604980480, 305350444, 117720082,
respectivamente, para que permanezcan en el hogar del señor Franklin Aguilar
Álvarez, tío materno. Notifíquese: con la advertencia de que deben señalar
lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no
hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el
medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente
provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se
interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de esta resolución
procede únicamente el recurso ordinario de apelación que deberá interponerse
ante esta representación legal dentro de las 48 horas hábiles después de
notificada la presente resolución, recurso que será resuelto por la Presidencia
Ejecutiva de la entidad. Expediente OLCO-00103-2015.—Oficina Local
Corredores.—Licda. Arelys Ruiz Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud
N° 16000061.—( IN2016093063 ).
A quien interese se le comunica que por
resolución de las doce horas veintinueve minutos del diez de noviembre del año
dos mil dieciséis, se declaró estado de abandono en sede administrativa de la
persona menor de edad Cristofer Mauricio Castro Morales. Notifíquese. La
presente resolución a quien interese mediante la publicación de un edicto, por
tres veces consecutivas, en el Diario Oficial, con la advertencia que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente
resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en
subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las
partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta
Representación Legal, y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta
institución. Exp-OLS1-00087-2016.22.—Pani-Corredores.—Licda. Arelys Ruiz
Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—(
IN2016093064 ).
Se le comunica a Reiner Alvarado Solano, la
resolución de las trece horas con quince minutos del nueve de Noviembre de dos
mil dieciséis, mediante la cual se ubica a Gioconda Alvarado Sibaja al lado de la señora Joselyn Sibaja Cordero, hasta
por un plazo de seis meses en forma provisional, cautelar. En contra de la
presente resolución procede el recurso de apelación para ante el Superior en
grado, dentro de un plazo de 48 horas, contados a partir de la tercera
publicación del presente edicto. Deberá además señalar lugar o medio
electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta
Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio
ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo
transcurso de 24 horas después de dictada. Expediente OLG-00551-2015.—Oficina
Local de Guadalupe, 14 de noviembre del 2016.—Licenciado Roberto Marín A.,
Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093065 ).
Al señor Roberto Guillermo Camacho Morales,
mayor, con domicilio exacto y demás calidades desconocidas por esta oficina
local se le comunica la resolución de las nueve horas diez minutos del quince
de noviembre de dos mil dieciséis que ordenó el inicio de proceso especial de
protección y dictó medida de inclusión en favor de la persona menor de edad
Estefany Camacho Rodríguez, ubicándola en la ONG. Renacer, sita en Linda Vista
de Patarrá de Desamparados, para tratamiento por consumo de sustancias
adictivas, remitiéndose el expediente al Área de Psicología de esta oficina
para que continúe el seguimiento correspondiente a la persona menor de edad. Se
les confiere el término de tres días para que manifiesten cualquier oposición o
manifiesten lo que tengan a bien manifestar. Notifíquese la anterior resolución
a las partes interesadas por edicto al desconocer su domicilio actual exacto o
ubicación de ambos, a quienes se les advierte que deberá señalar lugar conocido
para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para
recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta Institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución inicial descrita
procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la
fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLHN-00326-2016.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta
Hernández Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N°
40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093066 ).
A Yorleny Obando Trejos, mayor, cedula
6-0333-817, y José Sánchez Salas, mayor, cédula 6-289-742, demás calidades desconocidas, se les comunica la resolución de las siete horas
treinta minutos del treinta de agosto del año dos mil dieciséis, dictada por
este despacho en virtud de la cual se resuelve Resolución de Inicio del Proceso
Especial de Protección, a favor de la persona menor de edad: Josué Sánchez
Obando, citas de inscripción: 119890084. con fecha de nacimiento 27-02-2007 y
la resolución de las siete horas treinta y dos minutos del catorce de noviembre
del año dos mil dieciséis, en la cual se ponen en conocimiento por el plazo de
cinco días hábiles, el Informe de investigación ampliada de los Hechos de fecha
diez de noviembre del año dos mil dieciséis, elaborado por Lic. Jorge Fajardo
González, Trabajador Social, presente alegatos y pruebas. Notifíquese. Oficina Local
PANI-Corredores. Expediente N° OLCO-00051-2016.—Licda. Arelys Ruiz
Bojorge, Representante Legal.—O. C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—(
IN2016093072 ).
Yudith Elaine Vega Torres. Se le comunica la
resolución de las catorce horas del veintiocho de octubre del dos mil
dieciséis. en la que se ordenó medida de protección de orden de abrigo temporal
a favor de la persona menor de edad Joshua José Vega Torres. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después - de
dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede
el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la
fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente OLA-00431-2016.—Oficina Local de Alajuela.—Licda. Alejandra Solís
Lara, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 40694.—Solicitud N°
16000061.—( IN2016093073 ).
A Yulian
Calzadilla Suárez, se le comunica la resolución de las trece horas del catorce
de noviembre del dos mil dieciséis, donde se resuelve: I.—Dar inicio al proceso
especial de protección en sede administrativa a favor de la persona menor de
edad Eva Calzadilla Solano. II.—Se ordena el cuido provisional de la persona
menor de edad Eva Calzadilla Solano en el hogar solidario de su abuela materna,
Flora Isabel Torres Arias. La presente medida de protección tiene una vigencia
de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial,
teniendo como fecha de vencimiento el catorce de mayo del dos mil diecisiete,
plazo dentro del cual deberá definirse la situación psicosociolegal de las
persona menor de edad. IV.—Se ordena el egreso de la persona menor de edad Eva
Calzadilla Solano con su abuela materna, Flora Isabel Torres Arias. V.—En
cuanto a la interrelación familiar se dispone que la presente medida no limita
el contacto de la señora Ruth Mariela Solano Torres con la persona menor de
edad, dichas visitas se realizarán conforme al acuerdo previo de la madre y la
abuela materna, siempre y cuando la madre no se halle, bajo los efectos de
alguna sustancia adictiva. VI.—Se le advierte a la señora Ruth Mariela Solano
Torres, su deber de integrarse a un grupo de crecimiento personal de educación
a padres de los que imparte trabajo social de la Clínica Marcial Rodríguez y /o
trabajo social del Hospital San Rafael y lo grupo a fin de su comunidad y/o
participar en academia de crianza que se imparte en Alajuela, debiendo de
aportar informes periódicos de avance a esta oficina. VII.—Se le advierte a la
señora Ruth Mariela Solano Torres, su deber de someterse a valoración de IAFA y
de cumplir con las recomendaciones dadas por dicho instituto, debiendo rendir
informes de avance periódicamente a esta oficina. VIII.—Se le advierte a la
señora Ruth Mariela Solano Torres, que debe someterse a la orientación, apoyo y
seguimiento a la familia, que le brindará esta institución en el tiempo y forma
que se les indique. Para lo cual se les indica que deben coopera con la
atención institucional, lo que implica asistir a las citas que se le brinden
así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. IX.—Se designa a una
profesional en psicología de la oficina local de Alajuela para que continúe
brindando atención y seguimiento a la situación de la persona menor de edad,
debiendo rendir un Plan de Intervención y Cronog Rama dentro del plazo de
veinticinco días naturales y un informe final un mes antes del vencimiento de
las medidas de protección. X) Se les otorga a los progenitores Ruth Mariela
Solano Torres y Yulián Calzadilla Suárez, el plazo de cinco días hábiles dentro
del cual podrán ofrecer la prueba de descargo pertinente. XI) Comuníquese esta
resolución al Juzgado de Familia del Primer Circuito Judicial de Alajuela.
Notifíquese la presente resolución a los señores Ruth Mariela Solano Torres y
Yulián Calzadilla Suárez, personalmente o en su casa de habitación, a quienes
se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la presidencia ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Expediente número 0LA-00520-2015.—Oficina Local del
PANI de Alajuela.—Licda. Marianela Acón Chan, Órgano Director del Procedimiento.—O.
C. N° 40694.—Solicitud N° 16000061.—( IN2016093074 ).
A Isabel Cristina Vargas Palacios se le
comunica la resolución de las catorce horas con treinta minutos del dieciocho
de octubre de dos mil dieciséis que ordenó la modificación de la Guarda Crianza
de la persona menor de edad Nayla Isabella Leiva Vargas ubicándola en el hogar
de su progenitor Rodrigo Humberto Leiva Rodríguez y la resolución de ocho horas
con quince minutos del veintiuno de octubre de dos mil dieciséis donde se
inició proceso especial de protección en favor de la persona menor de edad
Tamara Daniela Cubero Vargas y la resolución de las nueve horas del dieciséis
de noviembre de dos mil dieciséis donde se cambia el señalamiento a audiencia
oral para evacuar prueba y presentar alegatos. Notifíquese las anteriores
resoluciones a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLPR-00189-2016.—Lic.
Crist1an Francisco Ortiz Bonilla, Organo Director Del Proceso Especial De
Protección En Sede Administrativa.—O. C. Nº 40694.—Solicitud Nº 16000061.—(
IN2016093075 ).
D.E. Nº
1589-1276-2016.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las 14
horas del 21 de noviembre de 2016. Por haberse disuelto mediante sentencia del
9 de mayo de 2016 dictada por el Juzgado de Trabajo de Mayor Cuantía de San
Carlos, la Cooperativa Autogestionaria de Productores y Turismo Río Celeste
R.L. (COOPERIOCELESTE, R.L.) inscrita en el Registro del Departamento de Organizaciones
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante resolución Nº C-1276 y
con fundamento en los artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y Creación del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se
nombra como integrantes de la Comisión Liquidadora a los señores Sylvia Subirós
Barrantes, cédula de identidad Nº 1-505-324 y Jorge Enrique Chaves Villalobos,
cédula de identidad Nº 2-224-244, en representación del INFOCOOP y Milagro
Zamora Alpízar, cédula de identidad Nº 2-544-541, en representación de los
asociados. Se convoca a interesados para que en el plazo de 15 días hábiles, a
partir de esta publicación, hagan valer sus derechos ante la Comisión
Liquidadora en el Área de Supervisión del Instituto Nacional de Fomento
Cooperativo. Publíquese.
Lic. Rónald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.— 1 vez.—O.C. Nº 36769.—Solicitud Nº 72285.—( IN2016093733 ).
El Instituto Nacional de Fomento Cooperativo
(INFOCOOP) Departamento de Supervisión Cooperativa previene al Gerente de la
Cooperativa Nacional de Servicios de Vivienda R.L. (CONASERVI R.L.),
integrantes del Consejo de Administración, demás órganos administrativos y
asociados de la misma, así como a terceros interesados, que este Instituto no
tiene evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto social.
De
acuerdo con el Sistema de Información cooperativa que mantiene el Departamento
de Supervisión Cooperativa del INFOCOOP, CONASERVI R.L. tiene pendiente de
presentar los siguientes documentos:
• Dirección
exacta, apartado postal, número de teléfono, número de fax, dirección
electrónica (si la tuviere) de la cooperativa.
• Copia de las actas de Asamblea Ordinaria celebrada del 2010 al
2016, debidamente firmadas.
• Copia de los Estados Financieros (auditados o firmados por el
Gerente) del periodo 2008 al 2016.
• Copia de la certificación de la personería jurídica, extendida
por el Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social del Gerente, Consejo de Administración, Comité de Vigilancia y
Comité de Educación y Bienestar Social, vigente.
• Copia del Estatuto Social vigente registrado en el Departamento
de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
• Copia del recibo de cancelación de la Póliza de Fidelidad vigente.
• Nómina de asociados de acuerdo a la última asamblea.
• Indicar mediante nota el número de asociados por género.
• Indicar mediante nota la principal actividad económica a la que
se dedica la cooperativa.
Por otra parte, de acuerdo con los registros que al efecto lleva el
Departamento de Organizaciones Sociales del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, el nombramiento de tres miembros propietarios del Consejo de
Administración, les venció su periodo en julio del 2014, a los otros dos
miembros propietarios les venció su periodo en julio del 2013 y a los dos
suplentes les venció su periodo en julio del 2013 y no existen gestiones en
trámite para regularizar su situación registral.
De lo
anterior, deducimos que la entidad no se ajusta a lo que disponen los artículos
46, 47, 48, 53 y 98 incisos b) y c) de la Ley de Asociaciones Cooperativas
vigente y no hay evidencia de que la cooperativa esté cumpliendo con su objeto
social.
Por lo
tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 86 inciso b), 87 inciso
b) y el 97 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente, se les confiere un
plazo improrrogable de quince días hábiles, a partir de la fecha de recibo de
este apercibimiento, para que presenten al INFOCOOP evidencia de que CONASERVI
R.L., está cumpliendo con su objeto social, en su omisión, se aplicará lo que
establece el artículo 87 de la Ley de Asociaciones Cooperativas vigente.
(SC-1056-1217-2016).
Departamento de Supervisión Cooperativa.—Mgter. María del Rocío
Hernández Venegas, Gerente.—1 vez.—O. C. N° 36763.—Solicitud N° 71843.—(
IN2016093738 ).
D.E. Nº 1588-1451-2016.—San José, a las
14:00 horas del 21 de noviembre de 2016. Por haberse disuelto mediante
sentencia Nº 653 de las 09:30 horas del 04 de diciembre de 2015 dictada por el
Juzgado de Trabajo del II Circuito Judicial de la Zona Atlántica, Pococí, la
Cooperativa de Autogestión de Maquila R. L. (Coopeyireth, R. L.) inscrita en el
Registro del Departamento de Organizaciones del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social mediante resolución Nº C-1451 y con fundamento en los
artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación
del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se nombra como integrantes de la
Comisión Liquidadora a los señores Sylvia Subirós Barrantes, cédula de
identidad 1-505-324 y Jorge Enrique Chaves Villalobos, cédula de identidad
2-224-244, en representación del Infocoop y Marvy Mata Méndez, cédula de
identidad 3-0300-0523, en representación de los asociados. Se convoca a
interesados para que en el plazo de 15 días hábiles, a partir de esta
publicación, hagan valer sus derechos ante la Comisión Liquidadora en el Área
de Supervisión del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo. Publíquese.
Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.— 1 vez.—O. C. N°
36762.—Solicitud N° 71847.—( IN2016093742 ).
CONVOCA A CONSULTA PÚBLICA
Se invita a los
interesados a presentar sus oposiciones o coadyuvancias sobre la propuesta de
la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE) para el ajuste extraordinario
de los precios de los combustibles derivados de los hidrocarburos, diciembre de
2016, según el siguiente detalle:
Para ver imágen solo en La Gaceta con formato PDF
El plazo máximo para presentar sus oposiciones
o coadyuvancias vence el día miércoles 21 de diciembre de 2016 a las dieciséis
horas (4 p.m.).
Las oposiciones o coadyuvancias se pueden
presentar: ►en las oficinas de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos, ubicadas en el edificio Turrubares del Oficentro Multipark,
Guachipelín de Escazú, San José, ►o al fax 2215-6002, ►o por medio
del correo electrónico(**): consejero@aresep.go.cr
Las oposiciones o coadyuvancias deben estar
sustentadas con las razones de hecho y derecho que se consideren pertinentes,
debidamente firmadas y consignar el lugar exacto, correo electrónico o el
número de fax, para efectos de notificación por parte de la Autoridad
Reguladora de los Servicios Públicos. En el caso de que la oposición o
coadyuvancia sea interpuesta por persona física, esta deberá aportar fotocopia
de su cédula; y si es interpuesta por personas jurídicas, deberán aportar
además certificación de personería vigente.
Se hace saber a los interesados que esta
consulta pública se realiza conforme al voto Nº 2007-11266 y 2010-004042 de la
Sala Constitucional y las resoluciones RRG-7205-2007, RJD-230-2015 y
RJD-070-2016 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos.
Se informa que la propuesta se tramita en el
expediente ET-080-2016, y se puede consultar en las instalaciones de la ARESEP
y en la siguiente dirección electrónica: www.aresep.go.cr (Consulta de
expedientes).
Asesorías e información adicional: comunicarse
con el Consejero del Usuario al correo electrónico consejero@aresep.go.cr o a
la línea gratuita 8000-273737.
(**) En el caso de que la oposición o
coadyuvancia sea enviada por medio de correo electrónico, ésta debe de estar
suscrita mediante firma digital, o en su defecto, el documento con la firma
debe de ser escaneado y cumplir con todos los requisitos arriba señalados,
además el tamaño de dicho correo electrónico no puede exceder a 10,5 megabytes.
Dirección General de Atención al
Usuario.—Marta Monge Marín.—1 vez.—O. C. Nº 8781-2016.—Solicitud Nº 73291.—(
IN2016096010 ).
CEMENTERIO
CAMPO DE ESPERANZA
SAN ANTONIO DE ESCAZÚ
La Junta Administradora del Cementerio Campo de Esperanza de San
Antonio de Escazú, hace del conocimiento público, que según el artículo cuarto,
inciso i, del acta número veintisiete, de la reunión extraordinaria, celebrada
el día sábado cinco de noviembre del dos mil dieciséis, se aprobaron las
siguientes tarifas que regirán a partir del 01 de enero del 2017.
Alquiler de nichos propiedad de
la Junta, por un período de 5 años, ¢250.000,00
Inhumaciones en fosas de tierra,
por un período de 5 años, ¢75.000,00
Inhumaciones en nicho normal,
¢30,000,00
Exhumaciones en nicho normal,
¢35.000,00
Permiso para construcción de
bóvedas, ¢25.000,00
Permiso para construcción de
tapa que conecte con el osario interno de la bóveda, ¢12.000,00
Permiso para construcción de
osario externo en bóvedas, ¢15.000,00
Permiso para enchape de acera
alrededor de la bóveda, ¢15.000,00
Pegado de placa por parte de la
Junta, ¢6.000,00
Alquiler de bodega durante la
construcción de la bóveda, ¢20.000,00
Escazú, 5 de diciembre del 2016.—Mayra León
Sandi, Secretaria.—1 vez.—( IN2016093817 ).
El Concejo Municipal de Puriscal en sesión ordinaria N° 47 celebrada
el 29 de noviembre 2016, acordó, no sesionar el día 27 de diciembre del 2016.
Acuerdo 033-47-2016. Acuerdo definitivamente aprobado.
Yorleny Guevara Mora, Secretaria.—1 vez.—(
IN2016094242 ).
AVISO
La Municipalidad del Cantón de Alajuelita comunica a los estimados
vecinos y público en general, que por acuerdo de la sesión 47 ordinaria,
celebrada el día 22 de noviembre del 2016, dispuso en trasladar la sesión 52
ordinaria correspondiente al martes 27 de diciembre al día 22 de Diciembre del
presente año a las 19:00 horas.
San José, 1 de diciembre del 2016.—Sra. Emilia
Martínez Mena, Secretaria del Concejo Municipal.—1 vez.—( IN2016094241 ).
Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la
Municipalidad de Montes de Oca hace saber que los señores Ugalde Mora Jairo,
cédula 1-1043-0622, ha presentado escritura pública rendida ante la notario
José Enrique Guevara Acuña en la que dice que traspasa y cede el derecho de
cementerio fosa 357 bloque D del cementerio Nuevo de Sabanilla, a la señora
Gómez Arroyo Rosalinda cédula 1-0345-0999, quien acepta que quede inscrito a
nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se
derivan. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda
responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de
esta publicación para escuchar objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Guillermo
J. Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.— 1 vez.—( IN2016094393
).
La suscrita secretaria
Concejo Municipal, hace constar que el Concejo Municipal del cantón de Poás, en
su sesión ordinaria Nº 031-2016, celebrada el día 29 de noviembre de 2016, tomó
el Acuerdo N° 478-11-2016, en forma unánime y definitivamente aprobado, para
que la sesión ordinaria del Concejo Municipal programada el martes 27 de
diciembre del 2016, se cambie y se celebre el día lunes 26 de diciembre 2016 a
las 12:00 m.d. en la sala de sesiones de esta municipalidad.” Esto por motivo
de que la municipalidad permanecerá cerrada por la época navideña, a partir del
26 de diciembre del 2016, inclusive, abriendo nuevamente sus puertas hasta el
02 de enero del 2017.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
San Pedro de Poás, 01
diciembre 2016.—Roxana Chinchilla F., Secretaria.—1 vez.—( IN2016093698 ).
Proyecto
Tarifas Desechos Sólidos
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Cartago comunica que, en
sesión ordinaria realizada el veintinueve de noviembre del 2016, artículo 8 del
acta N° 46-16 se aprobó la actualización de las tarifas del servicio de
desechos sólidos, el cual se establece de la siguiente manera:
Desechos sólidos |
Tasa mensual (en colones) |
Tipo de usuario |
Por metro
lineal de frente de propiedad |
Residencial, Instituciones Públicas
y Religiosas |
¢228,00 |
Comercial e Industrial |
¢570,00 |
Rige treinta días después de la presente publicación de acuerdo al
artículo N° 74 del Código Municipal.
Proveeduría.—Guillermo
Coronado Vargas.—1 vez.— ( IN2016093642 ).
Se le comunica al público en general, literalmente el Artículo 30°,
Acuerdo Nº 403-2016, tomado en la Sesión Nº 046-2016, celebrada por el Concejo
Municipal el día 21 de noviembre del 2016.
Artículo
30°: Acuerdo Nº 403-2016: Moción presentada por la Regidora Propietaria Sonia
Aguilar Monge y William Gómez Gómez y la Regidora Suplente Jenny Ramírez
Brenes. Apoyada por los Regidores Ileana Bonilla Gómez, Alba Ramírez Méndez y
Adrián Masis Siles.
Se acuerda trasladar las siguientes sesiones:
La Sesión Ordinaria del día 26 de diciembre,
2016 para el día jueves 29 de diciembre del 2016.
La Sesión Ordinaria del 02 de
enero 2017 para el día 05 de enero del 2017.
Con dispensa del trámite de Comisión se declare aprobado y en firme y
se le aplique el artículo 45 del Código Municipal.
Lic.
Catalina Coghi Ulloa, Alcaldesa.—1 vez.—( IN2016093951 ).
En el Cementerio Anexo
Central de Heredia, existe un derecho a nombre de Aragón Tellez Manuel, los
descendientes del señor fallecido desean traspasar, además desean incluir
beneficiarios indicándose así:
Arrendatario: Walter Méndez
Gómez, cédula 05-0148-1394
Beneficiarios: Xinia Elizondo
Calderón, cédula 01-0527-0840
Lote Nº 130 Bloque E,
medida 3 metros cuadrados para 2 nichos, solicitud 515, recibo 1441254,
inscrito en Folio 77 Libro 2. Datos confirmados según constancia extendida por
la Administración de Cementerios con fecha 18 de noviembre de 2016. Se emplaza
por treinta días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el
mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la
Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se
inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona
Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2016093954 ).
MUNICIPALIDAD
DE BARVA, INFORMA:
El Concejo Municipal de Barva mediante acuerdo Nº 1470-2016, adoptado
en la sesión ordinaria Nº 68-2016 celebrada el día 07 de noviembre acuerda
aprobar la aplicación del descuento por pago adelantado en el primer trimestre
del año 2017 a aquellos contribuyentes que cancelen por adelantado en el primer
trimestre los impuestos sobre bienes inmuebles de todo el año; de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 11 del Reglamento para el Procedimiento de Cobro
Administrativo, Extrajudicial, Judicial y de Arreglos de Pago de nuestra
municipalidad, el artículo 25 de la Ley N° 7509 y reformado por la Ley N° 7729
Ley de Impuesto Sobre Bienes Inmuebles y el artículo 37 del Decreto Ejecutivo
N° 27601-H Reglamento a la Ley de Impuesto Sobre Bienes Inmuebles. Se aprueba
que la tasa de descuento a aplicar será del 4,50% (tasa de referencia). No
obstante se tendrán las siguientes consideraciones:
A) Si la tasa básica pasiva en el momento del pago es igual o
superior a la tasa de referencia (4,50%), se aplicará como porcentaje de
descuento 4,50%.
B) Si la tasa básica pasiva en el momento del pago es inferior a la
tasa de referencia (4,50%), se aplicará como porcentaje de descuento la tasa
básica pasiva en el momento del pago.
Licda. Karla Montero Salas, Administradora Tributaria y Financiera.—1
vez.—( IN2016093802 ).
El suscrito Dennis
Mena Muñoz en calidad de Director de Servicios Públicos, cédula Nº 1-749-046,
se hace la publicación de las tarifas vigentes de los servicios que se brindan
actualmente.
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
Denis Alfonso Mena Muñoz, Director Servicios Públicos.— 1 vez.—O.C. Nº 31657.—Solicitud Nº 72078.—( IN2016093747 ).
SECRETARÍA
DEL CONCEJO MUNICIPAL
El Concejo Municipal de Sarapiquí, en la sesión ordinaria N° 49,
celebrada el 5 de diciembre de 2016, mediante acuerdo firme número 9, dictado
bajo el artículo 4, con votación de seis votos afirmativos y uno negativo de la
totalidad de los miembros que integran ese Órgano, con vista en la propuesta
presentada por el señor Alcalde Municipal Pedro Rojas Guzmán para la aprobación
de la tasa de cobro por el servicio de recolección y tratamiento final de
desechos sólidos, así como factor de cobro para la generación de las tasas
inicial por el servicio de mantenimiento de parques y zonas verdes, aseo de
vías y sitios públicos de forma que sigue:
1°—Que se realiza audiencia pública de rigor para los servicios
urbanos de la Municipalidad de Sarapiquí: Servicio de recolección y disposición
final de desechos sólidos ordinarios, Mantenimiento de parques y Aseo de vías y
sitios públicos incoado por esta Corporación Municipal en el edificio
municipal, el 01 de diciembre de 2016 al ser las dieciséis horas; presente los
señores: Elvin Hernández Loria, Director Financiero y Víctor Barquero Rojas,
Asesor Legal de la Municipalidad de Sarapiquí y se finaliza al ser las
dieciséis horas con treinta minutos, no existiendo posiciones que absolver.
2°—Aprobar
las siguientes tarifas para los servicios urbanos propuestos en el estudio
tarifario; misma que podrá ser cobrada de manera trimestral:
1. Actualización
de la tasa trimestral para la recolección de residuos sólidos y disposición
final:
Para ver imágen solo en La Gaceta con formato PDF
2. Propuesta
del factor anual de ¢33.29 por cada millón del valor de la propiedad en el
servicio de Mantenimiento de Parques.
3. Propuesta del factor anual de ¢1.602,05 por cada millón del valor
de la propiedad en el servicio de Aseo de Vías, para la cabecera central del
distrito de Puerto Viejo.
De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 74 de la Ley N°7794 Código
Municipal, una vez aprobado y fijado, entrará en vigencia treinta días después
de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Tatiana
Duarte Gamboa, Secretaria del Concejo.—1 vez.— (
IN2016094643 ).
DEPARTAMENTO
DE ZONA MARÍTIMA TERRESTRE
EDICTOS
Los Tres Brazos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
3-102-693973, representada por Joanne Marie Richard, mayor, casada, enfermera,
pasaporte BA314485. Con base en el artículo 38 del Reglamento a la Ley sobre la
Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y el Decreto Ejecutivo
N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela de
terreno localizada en Playa Matapalo, distrito Savegre, cantón Quepos,
provincia de Puntarenas. Mide 3.295 m2, de conformidad con el Plano Catastrado
N° 6-1899352-2016, para dedicarlo a Uso de Residencia de Recreo (Área Mixta
para Turismo y Comunidad-MIX), de conformidad al Plan Regulador aprobado.
Linderos: Norte, calle pública; sur, calle Pública; este, Municipalidad de
Quepos, oeste, Municipalidad de Quepos. Se advierte que la presente publicación
no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las futuras
disposiciones del Plan Regulador aprobado en este sector de costero, afecten el
uso actual de la parcela, se conceden treinta días hábiles, para oír
oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias y ser
presentadas al Departamento de Zona Marítimo Terrestre. Además el opositor
deberá identificarse debidamente
Quepos, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Víctor Hugo Acuña Zúñiga. MBA,
Coordinador.—1 vez.—( IN2016094038 ).
Loma Mason Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-363783, representada por Elieen Annelise Mason, mayor, cédula de
residencia número 184000046728, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de
Portalón de Savegre Quepos. Con base en el Artículo 38 del Reglamento a la Ley
sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y el Decreto
Ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión una
parcela de terreno localizada en Playa Matapalo, distrito Savegre, cantón
Quepos, provincia de Puntarenas. Mide 4.353 m2, de conformidad con
el Plano Catastrado número 6-1892003-2016, para dedicarlo a Uso Turístico (Área
Mixta para Turismo y Comunidad - MIX), de conformidad al Plan Regulador
aprobado. Linderos: norte, calle pública; sur, calle pública; este,
Municipalidad de Quepos; oeste, calle pública. Se advierte que la presente
publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que
las futuras disposiciones del Plan Regulador aprobado en este sector de
costero, afecten el uso actual de la parcela, se conceden treinta días hábiles,
para oír oposiciones las cuales deberán venir acompañadas de dos copias y ser
presentadas al Departamento de Zona Marítimo Terrestre. Además el opositor
deberá identificarse debidamente.
Quepos, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Víctor Hugo Acuña Zúñiga, MBA,
Coordinador.—1 vez.—( IN2016094039 ).
PURA VIDA
ASSOCIATION TRUST
SOCIEDAD ANÓNIMA
A los socios de la sociedad Pura Vida Association Trust Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-557991, por este medio se les convoca a la
asamblea general ordinaria-extraordinaria de socios a celebrarse el día 14 de
enero del 2017, en esta ocasión en las instalaciones de la Iglesia Hope
Fellowship, segundo piso, de la Ancla 400 metros este, edificio a mano derecha,
a las 09:00 horas en primera convocatoria y a las 10:00 en segunda
convocatoria. La agenda y orden del día tratará los siguientes temas para su
votación y aprobación: 1) Registro de socios. 2) Comprobación del quórum y
apertura de la asamblea. 3) Proceder al nombramiento de presidente y secretario
AD-HOC para la asamblea. 4) Escuchar el informe por el presidente.- 5) Escuchar
y aprobar el informe contable por el periodo 2015-2016. 6) Escuchar y aprobar
el reporte de la fiscalía. 7) Remover y nombrar el fiscal y remover el agente residente.
8) Confirmación y ejecución del contrato de fideicomiso-custodia de las
acciones para la conclusión del proyecto en su parte estructural y legal, según
contrato de compromiso con Lazar Abogaods S. A., se escuchan mociones. 9)
Creación de Comités. 10) Aprobación de gastos y presupuesto para elementos y
servicios comunes del proyecto. 11) Asuntos varios. 12) Autorizar y comisionar
al notario público Juan Antonio Casafont Álvarez para que protocolicé la
presente asamblea, así como a suscribir y otorgar válidamente la (s) escritura
(s) pública (s) necesaria (s) para implementar y registrar en el Registro de la
Propiedad en Condominio el cualquier modificación, quedando además facultado
para suscribir y firmar cualesquiera notas o escrituras adicionales. 13)
Proceder a la clausura de la asamblea.- Esta convocatoria se realiza de
conformidad con lo establecido en la Cláusula novena de los Estatutos y los
artículos 158 y 164 Código de Comercio.—Playas del Coco, Guanacaste, 29 de
noviembre del 2016.—Sharon Theresa Harris Presidenta.—James Stanford White
Secretario, Responsable.—1 vez.—( IN2016093871 ).
JULIO DE
DESCANSO LIMITADA 3-102-533523
Convoca a los señores
socios a Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Cuotistas, que se
celebrará en su domicilio social, en San José, San Pedro de Montes de Oca,
barrio Los Yoses, del final de la avenida 10, 25 metros al norte y cien metros
al este, a las 10:00 horas del día 28 de febrero de 2017, en primera
convocatoria. De no haber quórum a la hora indicada, quedan convocados los
señores socios para la celebración de la asamblea una hora después, en el mismo
lugar, con los socios presentes.
Agenda de la
Asamblea:
1. Aprobar los Estados Financieros de la empresa.
2. Ratificar y determinar el estado del
incremento de capital de la empresa.
3. Modificación de la cláusula quinta de los
estatutos relativos a capital social.
4. Modificación de la cláusula sexta de los
estatutos sociales, relativos a la administración de la sociedad.
5. Comisionar a los Notarios Públicos Alonso
Vargas Araya y / o Eugenio Vargas Ramírez para protocolizar el acta de la
asamblea y para posteriormente inscribirla en el Registro Público.
08 de diciembre de 2016.—Andrew Phillip Wilt, Gerente.— 1 vez.—( IN2016095854 ).
ASOCIACIÓN PARA
EL BIENESTAR
Y AMPARO DE LOS ANIMALES
La Asociación para el Bienestar y Amparo de los Animales, por este
medio se convoca, a la asamblea general ordinaria N° 1-2017, Que se celebrara
el sábado 7 de enero 2017, a las 16:00 horas, 16:30 horas y 17:00 horas en
primera, segunda y tercera convocatoria respectivamente, en casa del asociado
Silvian Hogg, ubicada de la Pops Curridabat 200 sur y 50 este San José, para
conocer los siguientes puntos:
1 Incorporación,
exclusión y ratificación de asociados.
2. Informes de presidente, tesorero y fiscal del 2016.
3. Plan de trabajo y presupuesto para el 2017.
4. Elección de junta directiva y fiscal para el 2017.
Juan
Carlos Peralta Víquez, cédula 3-0229-0629.—1 vez.— (
IN2016095938 ).
CONDOMINIO
HORIZONTAL RESIDENCIAL
DE FINCAS FILIALES MYRA ADB
El Condominio Horizontal Residencial de Fincas Filiales Myra ADB,
cédula jurídica número 3-109-555589, por este medio se convoca a la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de Condóminos, a celebrarse el día martes 13
de enero del 2017, en el Restaurante del Hotel Mangroove, ubicado en Playa
Panamá, Guanacaste, en primera convocatoria a las 2:00 p.m. y de no contarse
con el quórum de ley se dará inicio a la asamblea con los presentes en segunda
convocatoria a las 3:00 p.m. del mismo día.
Se
discutirá la siguiente agenda:
Asuntos sobre la cuota de mantenimiento
Asuntos sobre la reserva anual
Asuntos sobre la pintura general
condominio
Creación de fondo para reserva
legal
Asuntos varios
Para ejercer válidamente su derecho de voz y voto en la Asamblea, cada
propietario de cada finca filial deberá de aportar la documentación idónea que
demuestre fehaciente y legalmente, esa condición. Las personas jurídicas
deberán de acreditar su representación vigente, mediante certificación
registral o notarial que no tenga más de cinco días naturales de emitida.
Únicamente el condómino o su apoderado podrán asistir y participar con derecho
a voz y voto en las Asambleas de Propietarios.
La Administración, André Drake Boswell, Administrador.— 1 vez.—( IN2016095977 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
Para información refiérase al Nº INT-239-2016/193-14, auto de
intimación. En San José, Granadilla de Curridabat, casa anexa número uno del
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (en adelante
CFIA), al ser las 10:59 horas del 14 de octubre del 2016, el Tribunal de Honor
instaurado por la Junta Directiva General en el acuerdo N° 17, sesión N° 31-14/15-G.E.,
de fecha 8 de setiembre de 2015, resuelve emitir y comunicar el auto de
intimación que da inicio al proceso disciplinario seguido en el expediente
administrativo 193-14, a la empresa Rosemkor Arquitectos S.A., registro número
CC-06691, cédula jurídica número 3-101-490835, por su actuación en el siguiente
asunto: En su condición de empresa responsable del contrato de consultoría
OC-618220 del 23 de agosto 2013, proyecto de vivienda, en lote con plano
H-1130007-2007, propiedad de Juan Pablo Rodríguez Aguilar, ubicado en Heredia,
San Rafael, Concepción, de la quinta La Intriga, 1 km norte-Burial, y
responsable de la materialización de la obra. Se le atribuye la presunta
comisión de los siguientes hechos: 1. Haber realizado obras constructivas en donde
se presentó: a. Que la obra quedará en abandono después de los 6 meses pactados
quedando pendiente los trabajos correspondientes a repello fino, instalación
eléctrica, tubería mecánica del primer nivel, construcción de aleros,
colocación de precintas según anexo a la denuncia a folios 43 al 46. 2.
Permitir a su profesional responsable ante el Colegio Federado de Ingenieros y
de Arquitectos de Costa Rica, arquitecto Luis Diego Segura Montero autorizara a
la Arq. Diana Agüero Selva realizar anotaciones en el cuaderno de bitácora
correspondiente a esa obra sin estar autorizada mediante anotación en el
Cuaderno de Bitácora en Obras, para ello. Según consta en folios 95-102,
correspondientes a copia del cuaderno de bitácora serie 0165749. 3. Haber
actuado en competencia desleal, al cobrar 240.000 colones por la I fase del
proyecto, diseño preliminar, y planos constructivos, monto inferior al
establecido en el arancel de servicios profesionales de consultoría para
edificaciones. Con lo actuado podría haber faltado a: Ley Orgánica del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos: Capítulo IV, artículo 8, incisos a y
b. Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos: Capítulo VI, artículo 53. Reglamento para la Contratación de Servicios
de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Capítulo II artículos 10 y 11 B,
incisos a, b, d y j. Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras
artículo 10 a y d. Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras:
capítulo I artículos 17. Arancel de servicios profesionales para edificaciones:
artículo 4. Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de
Arquitectos de Costa Rica: Capítulo I artículos 1, 2, 3, capítulo III artículo
16, Capítulo IV artículo 18 y 19. Sobre los cargos que se le hace a la empresa
Rosemkor Arquitectos S.A., se le concede el plazo improrrogable de veintiún
días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que
conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o
si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así
como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente.
Se le advierte que de no apersonarse al proceso este continuará sin su
participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo en cualquier momento, pero
sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se
encuentre (artículo 82 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA). Se
garantiza al investigado el acceso en todo momento al expediente 193-14, sus
piezas y antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a
hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquier persona
calificada que estime conveniente. Contra la presente resolución caben los
recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio (artículos 106,
107 y 108 del Reglamento del Proceso disciplinario del CFIA), para lo cual
cuenta con un plazo de SIETE DÍAS HÁBILES contados a partir del día hábil
siguiente de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante
este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será
planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General.
Asimismo, se cita a la empresa Rosemkor Arquitectos S.A., en calidad de
investigada, para que comparezca por medio de apoderado a la sede de este
órgano en el Departamento de Tribunales de Honor del CFIA, ubicada en la casa anexa número uno del edificio del CFIA en
Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia
oral y privada a que se refiere el artículo 83 del “Reglamento del Proceso
Disciplinario del CFIA”, que se llevará a cabo el día miércoles 22 de febrero
de 2017, a las 8:30 horas. En dicha audiencia podrá ejercer su derecho de
defensa y deberá aportar toda la prueba que no haya sido aportada, bajo sanción
de caducidad; podrá formular interrogatorios, argumentos y conclusiones. La no
asistencia a la comparecencia no impedirá que ésta se lleve a cabo y se resolverá
con los elementos de juicio existentes. Se apercibe al investigado, que dentro
del tercer día hábil y por escrito, de conformidad con lo establecido en los
artículos 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario y 9 del Reglamento
Especial para las Notificaciones y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá
señalar un número de fax, o bien un correo electrónico donde recibir
notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio
escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA.
Notifíquese.—tribunal de honor de empresas. Arq. Ricardo Fliman Wurgaft
Presidente.—( IN 2016092399 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
HACIENDA SACRAMENTO
De conformidad con lo
establecido por el Departamento de Propiedad Horizontal del Registro Nacional
para la reposición de libros en Condominios, yo Carmen Corrales Segura, mayor,
casada una vez, portadora de la cédula de identidad Nº 1-1073-075, en mi
condición de condómino por encontrarse vencido el nombramiento del
administrador, del Condominio Horizontal Residencial Hacienda Sacramento cédula
de persona jurídica Nº 3-109-659057, finca matriz del partido de Cartago,
matrícula 3303- -M-000, comunica a todos los interesados que se está reponiendo
el libro de Actas de Asamblea de condóminos, número uno, por haberse extraviado
el mismo. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en San
José, Montes de Oca, San Pedro, Los Yoses, avenida diez, calle 37 bis, edificio
Central Law, en el término de 8 días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, 24 de noviembre de 2016.—Carmen Corrales Segura.—(
IN2016091458 ).
CORPORACIÓN DE
FARMACIA
DEL SUR SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura otorgada ante mí Laura Virginia
Baltodano Acuña el día 30 de noviembre del 2016, Ana Eugenia Vargas Acosta,
portadora de la cédula de identidad N° 1-0612-0406, actuando en su condición de
representante de la sociedad Corporación de Farmacia del Sur Sociedad Anónima,
con cédula jurídica 3-101-165042, vende el establecimiento mercantil denominado
Farmacia San Isidro, el cual es negocio de venta y comercialización de
medicamentos farmacéuticos ubicado en: San José, Pérez Zeledón, costado norte
del Parque Central; la venta se realiza a la sociedad Jajuly & Co Sociedad
Anónima, con cédula jurídica 3-101-472671. Se cita a los acreedores e
interesados para los efectos del artículo 479 del Código de Comercio, se
presenten en el término de 15 días contados a partir de este aviso, para hacer
valer sus derechos. Actúa como depositaria del precio la Licenciada Laura
Virginia Baltodano Acuña con domicilio en San José, Montes de Oca, Los Yoses,
Barrio Dent, 250 metros norte de Grupo Q, Bufete Alpha Legal.—San José, 1° de
diciembre del 2016.—Licda. Laura
Baltodano Acuña, Notaria.—( IN2016093122 ).
UNIVERSIDAD
INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS
La Universidad Internacional de las Américas hace constar que, ante la
Oficina de Registro, se ha presentado por parte de la señora Sánchez Carvajal
Suly Nancy, cédula de identidad uno uno cuatro uno cero cero nueve dos cero, la
solicitud de reposición de su Título de Bachillerato en Periodismo emitido por
esta Universidad, registrado en el libro de títulos bajo el tomo 1, folio 439,
asiento 7447, con fecha del 31 de marzo del 2011. La señora Sánchez Carvajal
solicita la reposición del mismo por haber extraviado el original. Se publica
este edicto con el fin de escuchar oposiciones a dicha reposición, dentro del
término de 15 días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta. Se emite el presente, a solicitud de la interesada, a
los veintidós días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Dr. Máximo
Sequeira Alemán, Rector.—( IN2016093562 ).
UNIVERSIDAD
INTERNACIONAL DE LAS AMÉRICAS
La Universidad
Internacional de Las Américas, hace constar que, ante la Oficina de Registro,
se ha presentado por parte de la señora Sánchez Carvajal Suly Nancy, cédula de
identidad número uno uno cuatro uno cero cero
nueve dos cero, la solicitud de reposición de su título de Licenciatura en
Periodismo con énfasis en Periodismo Social, emitido por esta Universidad,
registrado en el libro de títulos bajo el Tomo I, Folio 298, Asiento 5061 con
fecha del 28 de noviembre del 2012. La señora Sánchez Carvajal, solicita la
reposición del mismo por haber extraviado el original. Se publica este edicto
con el fin de escuchar oposiciones a dicha reposición, dentro del término deis
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. Se emite el presente, a solicitud de la interesada, a los veintidós
días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Doctor Máximo Sequeira
Alemán, Rector.—( IN2016093563 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
BANCO CMB
DE COSTA RICA
Por este medio se hace constar que el cheque de
gerencia del Banco CMB de Costa Rica número 265330 girado en San José el día 29
de marzo del 2016, a nombre de Adriana Mora por un monto de 1.140.941,54 CRC
(colones) el cual fue destruido por error. Por lo tanto se solicita a la
entidad financiera Banco CMB se proceda con el reintegro correspondiente de
forma inmediata a mi representada.—Amparo Esquivel Benítez, Representante
Legal.—( IN2016093712 ).
A las distintas Autoridades del país y
público en general se hace saber acerca del extravío de la placa oficial de
identificación número 127, carnet institucional, permiso de conducir de la
Policía de Control Fiscal del Ministerio de Hacienda, así como carné de
aeropuertos Juan Santamaría y Daniel Oduber. Se invita a cualquier persona
interesada y que considere afectado que puede ejercer sus acciones ante las
oficinas centrales de esta Policía. Keivyn Mora Montero, costarricense,
portador de la cédula de identidad número 3-429-744.—San José, 05 de diciembre
de 2016.— Keivyn Mora
Montero.—( IN2016093910 ).
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción N°
1365, a nombre de Sonia Goicoechea Dale, cédula de identidad N° 1-0483-0267,
por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá
apersonarse ante el San Jose Indoor Club S. A., en sus oficinas, sitas en
Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—2
de diciembre del 2016.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—(
IN2016094302 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
TIERRA DE
HERMANOS RUSH S. A.
Yo Richard John Rush, de un solo apellido según las leyes de mí país,
vecino de Junquilla de Santa Cruz, Guanacaste, Condominio las Brisas del Mar,
con cédula de residencia uno uno dos cuatro cero cero cero siete seis uno cero
cero; en mi condición de presidente y representante
legal de Tierras de Hermanos Rush S.A., cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos mil doscientos noventa y nueve, solicito al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional la reposición del libro número uno de Asambleas
de Socios, el cual se extravió. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado para oír objeciones ante el Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional.—San José, 02 de abril de
2016.—Richard John Rush, Presidente y representante legal.—1 vez.—(
IN2016093630 ).
YAZ SAN JOSECITO SOCIEDAD
ANÓNIMA
Por este medio se hace saber del extravío de los libros legales:
Registro de accionistas, Asamblea de Socios y Asamblea de Junta Directiva de la
sociedad Yaz San Josecito Sociedad Anónima, domiciliada en Alajuela, Palmares,
Buenos Aires, doscientos metros al sur del Bar Mi Choza, cedula jurídica N°
tres-uno cero uno-cuatro cero cero nueve nueve cuatro. Publíquese una vez para
efectos de reposición de libros ante el Registro Público de la Propiedad.—San
José, veintidós de noviembre del dos mil dieciséis.—Yency Del Carmen Alvarado
Zúñiga, Presidenta.—1 vez.—( IN2016093894 ).
GEOTÉCNIA
INGENIERÍA Y PERFORACIÓN
GEOINPER DE COSTA RICA S. A.
El señor Luis Diego
Gamboa Méndez, cédula de identidad Nº 1-855-246,
en su calidad de presidente con facultades de apoderado generalísimo, de la
sociedad, denominada: Geotécnia Ingeniería y Perforación Geoinper de Costa Rica
S. A., cédula jurídica Nº 3-101-635638, solicitó al Registro Mercantil la
reposición del libro: Actas de Asamblea de Socios, el cual fue extraviado. Se
emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado
a fin de oír objeciones ante el Registro Mercantil.—San José, 5 de diciembre
del 2016.—Diana Catalina Varela Solano, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2016094314 ).
ASOCIACION DE
EXPENDEDORES
DE CARNE DE LA REGION BRUNCA
Yo, Natalia Calderón Alpízar, mayor, casada una
vez, comerciante, portadora de la cédula de identidad número seis - trescientos
ochenta y cinco - quinientos noventa y ocho, vecina de Ciudad Neily,
Corredores, Puntarenas, calle del comercio en Carnicería la Popular, en su
condición de presidente con facultades de Apoderada Generalísima Sin Límite de
Suma de la Asociación de Expendedores de Carne de La Región Brunca, con cédula
jurídica número tres - cero cero dos - doscientos ochenta y dos mil ochocientos
diez, con domicilio legal en Puntarenas, Corredores en las oficinas de la
Cámara de Ganaderos, situadas en las inmediaciones del redondel de toros en
Ciudad Neily, solicita al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas
Jurídicas la reposición de los siguientes libros: Libros de Diario número Dos,
Mayor número Dos, Inventarios y Balances número Dos, los cuales fueron
extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Mercantil.—En Ciudad
Neily, el día treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Natalia Calderón
Alpízar, Presidenta.—1 vez.—( IN2016094417 ).
COLEGIO
CIRUJANOS DENTISTAS DE COSTA RICA
El Colegio Cirujanos Dentistas de Costa Rica informa que por acuerdo
de asamblea general ordinaria N° 76 celebrada el 04 de diciembre del 2016, la
Junta Directiva para el período 2017 quedó constituida de la siguiente manera:
Dr. Rafael Porras Madrigal Presidente
Dra. Sylvia Gudiño Fernández Vicepresidenta
Dr. Alexis Hernández Montero Secretario
Dra. Erica Mora Ruiz Fiscal
Dra. Sofía Castro Jiménez Tesorera
Dra. Carolina Madriz Arce Vocal I
Dr. Juan Pablo Ulloa Chaverri Vocal II
Dr. Miguel Aguilar Monge, Director
Administrativo Adjunto.— 1 vez.—( IN2016094429 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El suscrito, Luis
Enrique Salazar Sánchez, notario público con oficina en la ciudad de San José,
hago constar que el día veintiocho de octubre del dos mil dieciséis,
protocolicé acta de la empresa Villas Soto S. A., en la que se modifica
la cláusula del capital social de la compañía, disminuyéndose el capital social
de la compañía, quedando el mismo en la suma de diez mil colones.—San José,
catorce de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Enrique Salazar Sánchez,
Notario.—( IN2016091408 ).
Mediante escritura otorgada a las diecinueve
horas del veintiséis de setiembre del dos mil dieciséis, se protocolizaron
sendas actas de asambleas generales de socios de las sociedades que se dirán,
por las cuales: a) Se reforma la cláusula quinta del pacto social de Reserva
Conchal S. A., disminuyéndose su capital social; y b) Reserva Conchal S.A, IMB
Florida S. A., Corporación de Inversiones FIFCO S. A., Hacienda Pura Vida M y S
S. A., Shore Red Ocean S. A., Filial Cuatro Barbados de Monte Real S. A., y
F&C Investments S. A., se fusionan, prevaleciendo Reserva Conchal Sociedad
Anónima y aumentándose su capital social.—San José, veintiséis de setiembre del
dos mil dieciséis.—Lic. Ana Lucía Espinoza: Blanco.—( IN2016094141 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy en
mi notaría, se reforma la cláusula quinta del pacto social de Desarrollos
Hoteleros Guanacaste S. A., disminuyéndose su capital social.—San José,
veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Lic. Ana Lucía Espinoza Blanco,
Notaria.—( IN2016094144 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura
protocolizada ante esta notaría de las ocho y quince horas de hoy se modifica
la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Mavima Sociedad
Anónima, y se nombra nueva junta directiva.—San José dos de noviembre del
dos mil dieciséis.—Lic. Javier Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2016093090
).
Por
escritura otorgada ante mí a las 18:30 horas del 28 de noviembre de 2016; se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad I Deserve
It Ltda., mediante la cual se modificó la representación de la
sociedad.—San Ramón de Alajuela, 29 de noviembre del 2016.—Lic. Adolfo Jeremías
Ramos González, Notario.—1 vez.—( IN2016093095 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaria se protocolizan acuerdos de la sociedad de
esta plaza Multiservicios Industriales J.M.E
Sociedad Anónima, se reforma clásula 8 de administración. Notaría
pública: Vera Violeta Salazar Rojas.—San José, 22 de noviembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Vera V. Salazar R, Notaria.—1 vez.—( IN2016093097 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaria se protocolizan acuerdos de la sociedad de
esta plaza Comaro Sociedad Anónima, se reforma cláusula 2 del domicilio
y 6 de administración. Notaría pública: Vera Violeta Salazar Rojas.—San José,
29 de octubre del dos mil dieciséis.—Licda. Vera Violeta Salazar Rojas,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093098 ).
Mediante
escritura 12-9 de las 10:00 horas del 15 de noviembre de 2016, otorgada en
Guanacaste, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Puerco
Volador S. A., cédula jurídica 3-101-237221, donde se modifica el domicilio
social de la sociedad.— Guanacaste, 15-11-2016.—Lic. Omar Ayales Adén,
Notario.—1 vez.—( IN2016093100 ).
Por
escritura otorgada ante mí notaría, de las 8:00 del día de hoy, se protocolizó
acta de la sociedad Corporación Imperial Independiente Sociedad
Anónima, mediante la cual se modificó la cláusula sétima y se reestructuró
la junta directiva.—Lic. Gustavo Álvarez Mora.—San José, 30 de noviembre,
2016.—Lic. Gustavo Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016093102 ).
Por
escritura número cuarenta y uno, tomo dieciséis, protocolicé acta número
veintisiete de asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Corporación
Ganadera Interamericana S. A., cédula jurídica 3-101-13947 mediante la cual
se cambia el domicilio social.—Liberia, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Xenia
Saborío García, Notaria.—1 vez.—( IN2016093103 ).
La suscrita Catherine Mora Chavarría,
carné número 19189, hago constar que ante esta notaría a las dieciocho horas
del día veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis, se modificó la junta
directiva y el nombre de la empresa 3-101-525927 Sociedad Anónima, mismo
número de cedula jurídica, por lo que solicito se publique el edicto de ley. Es
todo.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Lic. Catherine Mora Chavarría,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093105 ).
La suscrita
Catherine Mora Chavarría, carné número 19189, hago constar que ante esta
notaría a las trece horas del día treinta de noviembre del año dos mil
dieciséis, se modificó la junta directiva de la empresa Altos Cerro de Mayorca
Número Veinte Fucsia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos sesenta y ocho mil setecientos treinta y nueve, por lo que
solicito se publique el edicto de ley. Es todo.—San José, 1° de diciembre del
2016.—Licda. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016093106 ).
Protocolización acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Lyem Limitada, mediante la cual se reforma
cláusula sétima de la administración, y se nombran nuevo gerente y
subgerente.—San José, veinticuatro de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic.
Jorge Johanning Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016093107 ).
Mediante escritura otorgada a las 11:30
horas del 1° de diciembre del 2016, se modificó la siguiente cláusula del pacto
constitutivo: la cuarta: del objeto social: genérico, en la sociedad
Constructora Meco S. A.—San José, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Gabriela
Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—( IN2016093109 ).
Por escritura
otorgada a las doce horas del siete de noviembre del dos mil dieciséis, los
señores Gaspar Ortuño de la Goublaye de Menoval y Sergio Fernando Alvarado
Fernández, constituyen la compañía denominada Vehículos Clásicos Costa Rica
Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Desamparados, San Rafael
Arriba; detrás del Kinder Manuel Ortuño, con capital social de cien mil
colones, representado por cien acciones comunes y nominativas de un mil colones
cada una.—San José, 30 de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Henry Mora
Arce, Notario.—1 vez.—( IN2016093111 ).
Mediante
escritura número doscientos ochenta y siete de las quince horas del dieciocho
de noviembre del dos mil dieciséis ante la notaria, Licda. Ana Patricia
Calderón Zapata, se constituye la sociedad de la esta plaza denominada Panadería
Vallecito de los Ángeles Sociedad Anónima, capital,
debidamente suscrito y pagado por una vigencia de noventa y nueve años.—San
José, 30 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Patricia Calderón Zapata, Notaria.—1
vez.—( IN2016093114 ).
Por
escritura número 144 del tomo 12 de mi protocolo, otorgada a las 09:00 horas
del 1° de diciembre del año 2016, el suscrito notario protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas número 4 de la sociedad Coyol
GC&D S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-689524,
mediante la cual se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San
José, 1° de diciembre del año 2016.—Lic. Carlos Mariano Arrea Anderson,
Notario.—1 vez.—( IN2016093117 ).
Por
escritura número 143 del tomo 12 de mi protocolo, otorgada las 08:00 horas del
01 de diciembre del año 2016, el suscrito notario protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas número 1 de la sociedad Alpha
Business Consulting Ltda., con cédula de persona jurídica número
3-102-716783, mediante la cual se reforma la cláusula primera de los estatutos
sociales.—San José, 1° de diciembre del año 2016.—Lic. Carlos Mariano Arrea
ANderson, Notario.—1 vez.—( IN2016093118 ).
Northwest
C & O Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-325158, remueve presidente y en su lugar nombra como presidenta
a Mariana Villalobos Abarca.—04 de mayo del 2016.—Lic. Rodney Armando Reyes
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016093124 ).
Quien
suscribe Sandeep Aggarwal, residente canadiense portador de la cedula de
identidad número 112400180211 se apersona a la notaría del Lic. Rodrigo Bonilla
Gamboa, ubicada en San José, catedral sur frente a la terminal de buses Musoc a
constituir Sociedad Anónima de nombre Red Pill Marketing. Los teléfonos
para cualquier consulta son 2221-2644 en horario de oficina de 8:00 a.m. a 5:00
p.m.—San José 30 de noviembre del 2016.—Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, Notario.—1
vez.—( IN2016093126 ).
Por
instrumento público número treinta y cuatro, otorgado en mi notaria, en San
José, a las diez horas con treinta minutos del día primero de diciembre del dos
mil dieciséis, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Montaña y Río Jorma Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y nueve mil novecientos
noventa y cuatro, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo, en referencia a la administración.—San José, primero de diciembre
del dos mil dieciséis.—Licda. Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093127 ).
Ante mi notaría, se constituyó Servicio
Automotriz Valencia Sociedad Anónima. Plazo social noventa y nueve
años.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2016093129 ).
Ante
mí, Víctor Manuel Soto Piatkina, notario público con oficina abierta en
Alajuela, Poás, San Pedro; doscientos veinticinco metros sur, de la escuela
Pedro Aguirre Cerda, a las 11:00 horas del 1° de diciembre del 2016 se reformó
la cláusula quinta de la sociedad Archicons S. A.—Alajuela, 1° de
diciembre del 2016.—Lic. Víctor Manuel Soto Piatkina, Notario.—1 vez.—(
IN2016093130 ).
Ante
mi notaría, se constituyó la sociedad denominada Netel Redes y
Comunicaciones de Costa Rica Sociedad Anónima. Plazo social noventa
y nueve años.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2016093131
).
Ante
esta notaría, al ser las catorce horas del día treinta de noviembre del dos mil
dieciséis, se protocolizo acta mediante la cual la sociedad Micman
Multiservicios S. A., por acuerdo de socios solicita disolver
y liquidar la compañía.—San José, a los treinta días del mes de noviembre del
dos mil dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093137 ).
Ante esta notaría, mediante escritura
número once del tomo veintiuno de mi protocolo, de las nueve horas del primero
de diciembre del año en curso, se constituye la sociedad denominada USB
Estudios Musicales S. A., capital social: diez mil colones, pagado así:
mediante letra de cambio por el valor de cinco mil colones y la aportación de
consola interface de audio, por el pago de acciones por cinco mil colones; se
nombra como presidente a David Josué Bolaños Jaimes.—San José, primero de
diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Carlos Campos Salas, Notario.—1 vez.—(
IN2016093138 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las dieciocho horas del treinta de noviembre de
dos mil dieciséis, se protocolizó acta de Apaci Logísticas Sociedad
Anónima, según lo cual se realiza modificación en el pacto social referente
a la representación legal y capital social. Licenciado Isaac Montero Solera,
carnet siete mil doscientos cuarenta y cuatro.—Barva, treinta de noviembre del
dos mil dieciséis.—Lic. Isaac Montero Solera, Notario.—1 vez.—( IN2016093139 ).
Ante esta
notaría, al ser las catorce horas con diez minutos del día treinta de noviembre
del dos mil dieciséis, se protocolizó acta mediante la cual la sociedad Inversiones
Portal Dorado IPD S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y liquidar
la compañía.—San José, a los treinta días del mes de noviembre del dos mil
dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093142 ).
Por
escritura número 249 otorgada ante esta notaría, a las 16 horas del 30 de
noviembre del año 2016, se modificó la cláusula primera del nombre de la
sociedad siendo actualmente Lexgroup Consultores Sociedad Anónima
cédula jurídica 3-101-722810.—San José 1-12-2016.—Lic. José Aguilar Herrera,
Notario.—1 vez.—( IN2016093151 ).
Acta de asamblea extraordinaria de socios
de la sociedad de esta plaza denominada: Ganadera Condega Sociedad Anónima,
celebrada en su domicilio social a las quince horas del día quince de mayo del
dos mil dieciséis. Reforma: cláusula segunda. Amparo Condega Loría,
Presidenta.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Lic. Víctor Manuel Ledezma
Varela, Notario.—1 vez.—( IN2016093152 ).
Ante
esta notaría, mediante escritura N° ciento veintinueve, de las ocho horas del
veintiuno de noviembre de dos mil dieciséis, se nombra junta directiva y se
modifica cláusula sexta del pacto constitutivo relacionada con la
administración de la sociedad denominada Shobag Sociedd Anónima, cédula
jurídica 3-101-119907. Es todo.—San José, dos de diciembre del dos mil
dieciséis.—1° de diciembre del 2016.—Licda. Zulema Villalta Bolaños, Notaria.—1
vez.—( IN2016093153 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Kprichos León
Limitada.—San José, 15 de noviembre del 2016.—Lic. Orlando Gustavo Araya
Amador, Notario.—1 vez.—CE2016014849.—( IN2016093155 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Desarrolladora
Las Mercedes By Avalon Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 15
de noviembre del 2016.—Licda. Aurora Marcela Saravia Torres, Notaria.—1
vez.—CE2016014850.—( IN2016093156 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dryl Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. José Carlos Quesada
Camacho, Notario.—1 vez.—CE2016014851.—( IN2016093157 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada El Poker de
Rigo Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Bernardo
Guzmán Núñez, Notario.—1 vez.—CE2016014852.—( IN2016093158 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 02 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Quality
Consulting Group QCG Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Cordero Baltodano, Notario.—1
vez.—CE2016014853.—( IN2016093159 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada G Wada DW Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín,
Notaria.—1 vez.—CE2016014854.—( IN2016093160 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Industria de
Materias y Esencias Contemporáneas Cemani Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Grettel Chaves Loría, Notaria.—1
vez.—CE2016014855.—( IN2016093161 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 25 de
octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada J E M H V Servicios
Profesionales en Administración Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Mario Alberto Mesén Araya, Notario.—1 vez.—CE2016014856.—(
IN2016093162 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tecnoinstalaciones
Constructivas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—CE2016014857.—(
IN2016093163 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Importaciones y Exportaciones Drive Clean
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Sintique León
González, Notario.—1 vez.—CE2016014858.—( IN2016093164 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Múltiples Tizingal Diquis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Lic. Enrique Corrales Barrientos, Notario.—1
vez.—CE2016014859.—( IN2016093165 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nestegg
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Alberto Apu
Oviedo, Notario.—1 vez.—CE2016014860.—( IN2016093166 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría a las 17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Consultora y Constructora Q Y A Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Isabel Elizondo
León, Notaria.—1 vez.—CE2016014861.—( IN2016093167 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Centro Nacional
para la Resolución Alterna de Conflictos CENARAC Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Licda. Maribel Sinfonte Fernández, Notaria.—1
vez.—CE2016014862.—( IN2016093168 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hoponopono
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Gustavo Adolfo
Acuña Soto, Notario.—1 vez.—CE2016014863.—( IN2016093169 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Las Aventuras
de IIP Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Juan
Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2016014864.—( IN2016093170 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cevichitico
Barrantes Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Luis
Miguel Murillo Gómez, Notario.—1 vez.—CE2016014865.—( IN2016093171 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada TT Release Too Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Soren Araya Madrigal,
Notaria.—1 vez.—CE2016014866.—( IN2016093172 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Seahorse Dorado
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del
2016.—Lic. Cristian Guillermo Jiménez Barrantes, Notario.—1
vez.—CE2016014867.—( IN2016093173 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 49 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones del
Pacífico NGDCH Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic.
Guido Ramón Rodríguez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016014868.—( IN2016093174
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Índigo
Kilómetro Cero Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Alan
Masís Angulo, Notario.—1 vez.—CE2016014869.—( IN2016093175 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Charleston SC
Costa Rica Pad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Gabriel
Chaves Ledezma, Notario.—1 vez.—CE2016014870.—( IN2016093176 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Transportes de
Combustible El Pacífico R S Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
16 de noviembre del 2016.—Lic. Ranee Granados Monge, Notario.—1
vez.—CE2016014871.—( IN2016093177 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Matus
International Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic.
Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—CE2016014872.—( IN2016093178 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Agrícola
Comercial Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic.
Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016014873.—( IN2016093179 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gapanajo
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Gabriel
Cordero Sáenz, Notario.—1 vez.—CE2016014874.—( IN2016093180 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada CRPR Escazú
Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016014875.—( IN2016093181 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Artelesa
Pinceledes CRE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Licda. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—CE2016014876.—(
IN2016093182 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Kinco
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Jenny María
Ramos González, Notaria.—1 vez.—CE2016014877.—( IN2016093183 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Roelmu de
Guanacaste Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic.
Leonardo Diaz Rivel, Notario.—1 vez.—CE2016014878.—( IN2016093184 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Golondrina
del Monte Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy
Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2016014879.—( IN2016093185 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas 30 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Njua Verde
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Elizabeth
Jiménez Núñez, Notaria.—1 vez.—CE2016014880.—( IN2016093186 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 07 de noviembre
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tecnoinstalaciones
Constructivas Calderón y Compañía Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Paul Zúñiga Hernández, Notario.—1
vez.—CE2016014881.—( IN2016093187 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Harvest Moon
Venture Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Mónica
Zumbado Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2016014882.—( IN2016093188 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollo Empresarial del Sur Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Wilberth Samudio Mora,
Notario.—1 vez.—CE2016014883.—( IN2016093189 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rhodiola Alaska
Holding Llc Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Guillermo
Esquivel Herrera, Notario.—1 vez.—CE2016014884.—( IN2016093190 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 13 de octubre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Craviabrokers Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. José Miguel Alfaro
Gómez, Notario.—1 vez.—CE2016014885.—( IN2016093191 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Spikeandoak Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Jefte David Zúñiga
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016014886.—( IN2016093192 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gracias Gala
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Esteban Zúñiga
Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2016014887.—( IN2016093193 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Epayments
M.H.A. Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Hernán
Velasco Sasso, Notario.—1 vez.—CE2016014888.—( IN2016093194 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 20 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Matusintl
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Aldo José Mata
Morales, Notario.—1 vez.—CE2016014889.—( IN2016093195 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Agrícola
Briceño González Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic.
Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016014890.—( IN2016093196 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Serviconta VRB
Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Tobías Felipe Murillo
Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016014891.—( IN2016093197 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 07 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Mundo del Marisco Sociedad Anónima.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Murillo Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2016014892.—( IN2016093198 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Action Charters LLC Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Warner
Porras Guzmán, Notario.—1 vez.—CE2016014893.—( IN2016093199 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Oxford Gems
Company Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Nancy
Baraquiso Leitón, Notaria.—1 vez.—CE2016014894.—( IN2016093200 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Aristogatos en
las Rocas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016014895.—(
IN2016093201 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Financieras M & A Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Karen Ginneth López
Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016014896.—( IN2016093202 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 30 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Gusanca de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román
González, Notario.—1 vez.—CE2016014897.—( IN2016093203 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 50 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Slightest Edge
Entertainment Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—CE2016014898.—( IN2016093204 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Tres
Cantineros Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda.
Cindy Vanessa Picado Saborío, Notaria.—1 vez.—CE2016014899.—( IN2016093205 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Especialidades
Odontológicas de la Zona Norte Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre
del 2016.—Lic. José Enrique Sequeira Segura, Notario.—1 vez.—CE2016014900.—(
IN2016093206 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Avitov SJ
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos
Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—CE2016014901.—( IN2016093207 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Azor CRB Holdings Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Badilla Reyes,
Notario.—1 vez.— CE2016014902.—( IN2016093208 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 19 de
setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada The Blue Tailor
One Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic.
Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1 vez.—CE2016014903.—( IN2016093209
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 14 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Frutos Terra Bendita Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo
Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—CE2016014904.—( IN2016093210 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Vista Mar
Central Coast Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16 de
noviembre del 2016.—Lic. Adrián Echeverría Escalante, Notario.—1
vez.—CE2016014905.—( IN2016093211 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 40 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Reel Doc Condo
en Los Sueños Limitada.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Magally
María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2016014906.—( IN2016093212 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Sesenta y Uno Dieciséis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 16
de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1
vez.—CE2016014907.—( IN2016093213 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ludavica
Sidelfi del Sol Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic.
Olman Alberto Rivera Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2016093214 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Global Brands
Meypro Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Walter
Solís Amen, Notario.—1 vez.—CE2016014909.—( IN2016093215 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Familia Vindas Sánchez y Asociados
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Martha Sulma
Fuentes Villatoro, Notaria.—1 vez.—CE2016014910.—( IN2016093216 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Galletto
Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Leonora
Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—CE2016014911.—( IN2016093217 ).
Por
medio de escritura otorgada a las 16:00 horas del día 29 de noviembre del 2016,
se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Propiedades
Acriari Inc. Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-315272,
mediante la cual se reforma la cláusula quinta sobre la representación y se
nombre nueva junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: milena
calvo pacheco. Agente residente: Adrián Torrealba Navas.—San José. 29 de
noviembre del 2016.—Licda. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093218 ).
Por medio de escritura otorgada a las 17:00 horas
del día 29 de noviembre del 2016, se protocoliza asamblea general
extraordinaria de accionistas de la empresa inversiones bajo control, IBACO
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-183149, mediante la cual se
reforma la cláusula sexta sobre la representación y se nombra nuevo presidente
y secretaria. Presidente: Eduardo Martín Valverde Escobar. San José, 29 de
noviembre del 2016.—Licda. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093220 ).
Por
escritura otorgada a las ocho horas del diecisiete de noviembre del dos mil
dieciséis, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la empresa Propiedades Acero Proa S. A., mediante la cual
se modifican las cláusulas segunda y sexta de los estatutos. San pedro de
montes de oca, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan José
Echeverría Brealey, Notario.—1 vez.—( IN2016093221 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 12 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada El Mástil
Porteño Sociedad Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Mariano
Enrique Núñez Quintana, Notario.—1 vez.—CE2016014912.—( IN2016093222 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 30 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada North Pineapple Investments Sociedad
Anónima.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez
Astorga, Notario.—1 vez.—CE2016014913.—( IN2016093223 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 11 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Taptico
Marketing Digital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1
vez.—CE2016014914.—( IN2016093224 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Deyacris
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Yesenia
Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2016014915.—( IN2016093225 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Desarrollos en Proyectos de Combustibles
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Gregorio José
Chaves Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016014916.—( IN2016093226 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Siboh Studio
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Carla Rigioni
Soltero, Notaria.—1 vez.—CE2016014918.—( IN2016093228 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Viveka
Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda.
Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1 vez.—CE2016014919.—( IN2016093229 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 38 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada PEI Inversiones Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Laureen Jinnett Leandro
Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2016014920.—( IN2016093230 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 17 horas 30 minutos del 10 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Medilink Dos Mil Diecisiete Group Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Walter Solís Amén, Notario.—1
vez.—CE2016014921.—( IN2016093231 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 13 de octubre
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Roble Sano Arias Primero
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Cristian Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—CE2016014922.—( IN2016093232 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tasios Davies
Company Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Carolina
Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2016014923.—( IN2016093233 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Representaciones Avos de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Zúñiga
Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2016014924.—( IN2016093234 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Kintico
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Jenny María
Ramos González, Notaria.—1 vez.—CE2016014925.—( IN2016093235 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Volkano
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016014926.—( IN2016093236 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 08 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Piedras de
Quitirrisí QTRS Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic.
Jorge Arturo Granados Moreno, Notario.—1 vez.—CE2016014927.—( IN2016093237 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Luanda Limitada.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2016014928.—( IN2016093238 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Victoria
Imperial Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda.
Gladys Rozo Quevedo, Notaria.—1 vez.—CE2016014929.—( IN2016093239 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Casa OM Shanti Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. María Gabriela Elizondo
Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2016014930.—( IN2016093240 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Las Brisas
Mal País Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Marco Vinicio Campos Araya, Notario.—1 vez.—CE2016014931.—(
IN2016093241 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Niños del Sol Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden,
Notario.—1 vez.—CE2016014933.—( IN2016093243 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada LK Registrados Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.–Licda. Catalina Villalobos
Calderón, Notaria.—1 vez.—CE2016014936.—( IN2016093246 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 20 horas 00 minutos del 09 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Maquinaria y Repuestos Samazo Sociedad Anónima.—San
José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Beatriz Artavia Vásquez, Notaria.—1
vez.—CE2016014937.—( IN2016093247 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Icher
Soluciones Tecnológicas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17
de noviembre del 2016.—Lic. José Andrés Masis Calvo, Notario.—1
vez.—CE2016014938.—( IN2016093248 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 27 de
octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Geo Fresh Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Reina
María Quirós León, Notaria.—1 vez.—CE2016014939.—( IN2016093249 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Costa Rica
Bridge S T L Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic.
Federico Altamura Arce, Notario.—1 vez.—CE2016014940.—( IN2016093250 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Roscommon
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Olger Gerardo
Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2016014941.—( IN2016093251 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Moravica de
Occidente Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Olger
Gerardo Vargas Castillo, Notario.—1 vez.—CE2016014942.—( IN2016093252 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Unicasa San
Pedro Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. María
Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2016014943.—( IN2016093253 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Excell Trade
Corp Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Gloriana
Cob Guillén, Notaria.—1 vez.—CE2016014944.—( IN2016093254 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Agrícola Gros
de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic.
Rolando José Villalobos Romero, Notario.—1 vez.—CE2016014945.—( IN2016093255 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Wilder Pacific
Holdings Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1
vez.—CE2016014946.—( IN2016093256 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Azul Cristal
del Golfo Dulce Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic.
Bernal Castro Gutiérrez, Notario.—1 vez.—CE2016014947.—( IN2016093257 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 09 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación
Ellis Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Ana María
Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—CE2016014948.—( IN2016093258 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada GLB Logistics
& Box Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Sally
Madrigal Saborío, Notario.—1 vez.—CE2016014949.—( IN2016093259 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de julio
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada La Chaira Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. José
Joaquín Soto Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2016014950.—( IN2016093260 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Arthrofractura AFX Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda.
Mariella Vargas Villalobos, Notaria.—1 vez.—CE2016014951.—( IN2016093261 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Majestuosos
Arboles de Pino Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Lic. Rosa Guillermina Aguilar Ureña, Notaria.—1
vez.—CE2016014952.—( IN2016093262 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Rivaga
Soluciones Dentales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—CE2016014953.—(
IN2016093263 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Gardens Homes Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Maricela Alpízar
Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2016014954.—( IN2016093264 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Aguilar Castillo Love Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Licda. Andrea
Sáenz Mederas, Notaria.—1 vez.—CE2016014955.—( IN2016093265 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gestionadora de
Servicios Legales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2016014956.—( IN2016093266 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 04 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Epayments M H A
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Hernán Velasco
Sasso, Notario.—1 vez.—CE2016014957.—( IN2016093267 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Nuez Armadillo Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Daniel Mauricio Salazar
Araya, Notario.—1 vez.—CE2016014965.—( IN2016093275 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Cala del Pacífico Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Maricela
Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2016014966.—( IN2016093276 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Dizasa Distribuidora Zamora Salazar
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Manuel
Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—CE2016014967.—( IN2016093277 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 25 de
octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hotel Bahía
Salinas Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Raúl
Babbar Amighetti, Notario.—1 vez.—CE2016014968.—( IN2016093278 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gardens Homes
Azul Inc. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—CE2016014969.—(
IN2016093279 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Diamond Gong
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Con
Sanchun, Notario.—1 vez.—CE2016014970.—( IN2016093280 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hacienda
Sabanera LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de
noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo Salgado García, Notario.—1
vez.—CE2016014971.—( IN2016093281 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Helikaz
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo
Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2016014972.—( IN2016093282 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 45 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Spencer and
Brewster Inc Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Tobías
Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2016014973.—( IN2016093283 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Solymar PTY Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic.
Gonzalo Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2016014974.—( IN2016093284 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Alena Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Ronald
Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2016014975.—( IN2016093285 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Triple M Belén
Limitada.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy Enrique Salazar
Quirós, Notario.—1 vez.—CE2016014976.—( IN2016093286 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Aplicaciones
Médicas Radiológicas Wyr Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Luis Diego Salazar Gonzalo, Notario.—1 vez.—CE2016014977.—(
IN2016093287 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 10 minutos del 09 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones V Y
V Vargas y Valencia Limitada.—San José, 17 de noviembre del
2016.—Lic. Gabriel Álvarez Hernández, Notario.—1 vez.—CE2016014978.—(
IN2016093288 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mascoffe
Sociedad Anónima.—San José, 17 de noviembre del 2016.—Lic. Mario Enrique
Calvo Achoy, Notario.—1 vez.—CE2016014979.—( IN2016093289 ).
Se
hace constar, que por escritura número sesenta y dos del tomo 09 del protocolo
del notario Luis Diego Chacón Bolaños, otorgada a las 14:00 horas del día 28 de
octubre del año 2016, se protocolizan acuerdos de la sociedad Canal
Exclusivo Ltda., por medio del cual se reforma la cláusula segunda y
sétima.—San José, 28 de octubre del 2016.—Lic. Marvin Díaz Briceño, Notario.—1
vez.—( IN2016093298 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 05 de
octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada ST - Turismo
Sostenible Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de noviembre
del 2016.—Lic. Óscar Armando Vanegas Évora, Notario.—1 vez.—CE2016014980.—(
IN2016093300 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Shamele
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Lilliana
Patricia García Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2016014981.—( IN2016093301 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Volkano Assets
Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016014982.—( IN2016093302 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Luanda Assets
Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2016014983.—( IN2016093303 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Las Cumbres del Silencio de Turrialba
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Fabián Arias
Amador, Notario.—1 vez.—CE2016014984.—( IN2016093304 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada GM Divino
Niño Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Gerardo
Manuel Jiménez Barahona, Notario.—1 vez.—CE2016014985.—( IN2016093305 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada The First
Amended and Restated Edward F Venner Living Trust Limitada.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2016014986.—(
IN2016093306 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada V.V. Venner
Vehículo Atenas Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro
Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2016014987.—( IN2016093307 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Centro Infantil Jehová Shalom Sociedad
Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Gaudy Milena Pereira
Pérez, Notaria.—1 vez.—CE2016014988.—( IN2016093308 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 22 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alliance Sports
Agency ASA Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Juan
Luis León Blanco, Notario.—1 vez.—CE2016014989.—( IN2016093309 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Yenca Sociedad
Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Kattia Mena Abarca,
Notaria.—1 vez.—CE2016014990.—( IN2016093310 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Peces en el
Rio Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Giannina
Arroyo Araya, Notaria.—1 vez.—CE2016014991.—( IN2016093311 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Yukon
Developers Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda.
Silvia Chaves Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016014992.—( IN2016093312 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 28 de
septiembre del año se la sociedad denominada HDACRV Sociedad
Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara,
Notario.—1 vez.—CE2016014993.—( IN2016093313 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada A & F
Integral Services Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic.
Fernando Vargas Rojas, Notario.—1 vez.—CE2016014994.—( IN2016093314 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
V & B Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda.
Soren Araya Madrigal, Notaria.—1 vez.—CE2016014995.—( IN2016093315 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pájaro Loco
Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Patricia Vargas
Jara, Notaria.—1 vez.—CE2016014996.—( IN2016093316 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Latam Logistic
Cr Propco Heredia I Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Licda. Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1
vez.—CE2016014997.—( IN2016093317 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Cappuccino Apps
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Mariselle
Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—CE2016014998.—( IN2016093318 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Yenca
Centroamérica Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda.
Kattia Mena Abarca, Notaria.—1 vez.—CE2016014999.—( IN2016093319 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 05 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Negocios Yenca de Centroamérica Sociedad
Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Kattia Mena Abarca,
Notaria.—1 vez.—CE2016015000.—( IN2016093320 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Boudreau Casa
Fauna Lot Twenty Eight V.D.L. Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Isabel Nozzara Moreno Vasquez,
Notaria.—1 vez.—CE2016015001.—( IN2016093321 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Expo Logística
y Transportes Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic.
José Ramón Chavarría Saxe, Notario.—1 vez.—CE2016015002.—( IN2016093322 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lastur Sociedad
Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Anaclara Vargas
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016015003.—( IN2016093323 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Heredia Leaving
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez Renda,
Notaria.—1 vez.—CE2016015004.—( IN2016093324 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tres H Holding
Corp Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Mauricio
Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—CE2016015010.—( IN2016093330 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 25 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servicios
Técnicos Barak Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic.
Laura Priscila Carvajal Ramírez, Notaria.—1 vez.—CE2016015011.—( IN2016093331
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Arcom
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Rafael Mauricio
Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2016015012.—( IN2016093332 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Servigarro
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. José Adrián
Vargas Solís, Notario.—1 vez.—CE2016015013.—( IN2016093333 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Emagabriel de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Andrea María
Alvarado Sandi, Notaria.—1 vez.—CE2016015014.—( IN2016093334 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 15 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Los Gabrieles
Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Lindy Viviana Acuña
Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2016015015.—( IN2016093335 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 45 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Alcazar
Comunicación Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda.
Evelyn Loaiza Blanco, Notaria.—1 vez.—CE2016015016.—( IN2016093336 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Alsa
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Leonardo Díaz
Rivel, Notario.—1 vez.—CE2016015018.—( IN2016093338 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 15 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Soluciones Empresariales Internacionales
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Wilberth Samudio
Mora, Notario.—1 vez.—CE2016015019.—( IN2016093339 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Radaga Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Fernando Dionisio Zamora Castellanos,
Notario.—1 vez.—CE2016015020.—( IN2016093340 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones HGC
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Edelberto
Patricio Markossy Torres, Notario.—1 vez.—CE2016015021.—( IN2016093341 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 23 de
setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Centro de
Infertilidad y Especialidades Médicas Clínica Eva Sociedad Anónima.—San
José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Zaira Salazar Castro, Notaria.—1
vez.—CE2016015022.—( IN2016093342 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 23 de
setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Enuma Cosulting
Group Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Zaira
Salazar Castro, Notario.—1 vez.—CE2016015023.—( IN2016093343 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Teresa Bismut
Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Adrián Alvarenga Odio,
Notario.—1 vez.—CE2016015028.—( IN2016093348 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Fast Cloud Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda.
Eugenia Carazo Gólcher, Notaria.—1 vez.—CE2016015029.—( IN2016093349 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Moda Talla Plus
Tibás Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Héctor
Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2016015030.—( IN2016093350 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada IDPAY Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Eugenia
Carazo Golcher, Notaria.—1 vez.—CE2016015031.—( IN2016093351 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 16 de
octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Selva Katu
Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Rodrigo Mendieta García,
Notario.—1 vez.—CE2016015032.—( IN2016093352 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Boudreau Casa
Fauna Lot Twenty Eight VDL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
18 de noviembre del 2016.—Lic. Isabel Nozzara Moreno Vásquez, Notaria.—1
vez.—CE2016015033.—( IN2016093353 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 09 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Corporación Ellis del Norte Sociedad
Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Ana María Rodríguez
Chinchilla, Notaria.—1 vez.—CE2016015034.—( IN2016093354 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Solidarismo
Integral Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda.
Tatiana María Rodríguez Arroyo, Notaria.—1 vez.—CE2016015035.—( IN2016093355 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fuego
Inversiones Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. José Alberto
Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—CE2016015036.—( IN2016093356 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones AGH
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Manuel Enrique
Ventura Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2016015037.—( IN2016093357 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mise A Jour
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Roy Alberto
Castro Astúa, Notario.—1 vez.—CE2016015038.—( IN2016093358 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 26 de
agosto del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Hipérbole
Comunicación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de
noviembre del 2016.—Lic. Marvin Ramon Aguirre Chaves, Notario.—1
vez.—CE2016015040.—( IN2016093360 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de
agosto del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Digital Consulting
Envents and Professional Marketing Services Sociedad Anónima.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Lic. Marvin Ramón Aguirre Chaves, Notario.—1
vez.—CE2016015041.—( IN2016093361 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Helikaz Pty
Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo
Gutiérrez Acevedo, Notario.—1 vez.—CE2016015042.—( IN2016093362 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Lastur de Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Licda. Anaclara
Vargas Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016015043.—( IN2016093363 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Calega Cipriani
Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo
Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016015044.—( IN2016093364 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pulgant Antenga
Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto Hidalgo
Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016015045.—( IN2016093365 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Proyectos Nanku
Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Juan
Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016015046.—( IN2016093366 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Duranval
Calanti Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016015047.—( IN2016093367 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dullach
Vallardi Limitada.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2016015048.—( IN2016093368 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Latam Logistic
CR Propco Heredia I LLPH Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18
de noviembre del 2016.—Lic. Laura Mariana Oviedo Murillo, Notaria.—1
vez.—CE2016015049.—( IN2016093369 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Casa Familia
Ardon Sociedad Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Kattia
Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2016015050.—( IN2016093370 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 11 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Seguridad Privada Amigos Unidos Sociedad
Anónima.—San José, 18 de noviembre del 2016.—Lic. Sergio Elizondo Garófalo,
Notario.—1 vez.—CE2016015051.—( IN2016093371 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mae Production
Support Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de noviembre del
2016.—Licda. Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016015052.—(
IN2016093372 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 07 horas 30 minutos del 17 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada RH Global Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 20 de noviembre del 2016.—Licda. Georgia Lorena Montt
Villacura, Notaria.—1 vez.—CE2016015053.—( IN2016093373 ).
Por escritura otorgada en esta notaría a
las nueve horas del primero de diciembre del dos mil dieciséis se protocolizan
acuerdos de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad Ingeniería
en Mantenimiento y Administración de Inmuebles IMADI Sociedad de
Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifican la totalidad de sus
estatutos sociales y se transforma a una sociedad anónima.—San José, primero de
diciembre del dos mil doce.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario.—1 vez.—(
IN2016093385 ).
Ante esta notaria se reformó estatutos de
la sociedad Importaciones Dielizz Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica
es tres-ciento uno-siete dos seis cuatro dos cinco. Se acuerda modificar la
cláusula sexta del pacto social. Escritura otorgada al ser las diez horas con
cuarenta y tres minutos del día nueve de noviembre del dos mil dieciséis.—San
Ramón quince de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Luz Villalobos
Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2016093392 ).
Por
escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del treinta de
noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Fujitsu Consulting Costa Rica
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena del pacto
social.—San José, treinta de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos José
Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN2016093393 ).
Mary Lisandra
Lopardo Solano y Mauricio Fallas Mora, constituyen la sociedad Kapital
Audiovisual, con domicilio en San José, Barrio Dent; 100 oeste, del Parqueo
del Mall San Pedro. Plazo social: noventa y nueve años. Objeto: producciones
audiovisuales.—Alajuela, diez horas del día treinta de noviembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Adriana Zamora Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093396 ).
Por escritura otorgada ante mí, se
disolvió Proaso Limitada, cédula jurídica 3-102-669834, no hay activos
pasivos, ni actividades de ninguna naturaleza.—Golfito, 5 de noviembre del
2016.—Lic. Marco Vinicio Barrantes Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2016093398 ).
Por
escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad Interluxe Fit Group
Sociedad Anónima. Presidente y tesorero ambos con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 10 de octubre del 2016.—Licda. Flor
Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2016093401 ).
Por
asamblea general extraordinaria la empresa Importaciones Cháves Peralta S.
A., modifica la cláusula novena del pacto constitutivo y nombra nueva junta
directiva por todo el plazo social.—San José, a las catorce horas del veinte de
noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Teresita Calvo Cordero, Notaria.—1
vez.—( IN2016093404 ).
Por escritura Otorgada ante esta notaría
en fecha veintinueve de noviembre del año dos mil dieciséis, se disolvió la
sociedad denominada Cemalest Dos Mil Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres ciento uno- doscientos setenta y cinco mil trescientos setenta
y seis.—San Ramón, noviembre, 29 del 2016.—Lic. Alfredo Cordero Cordero,
Notario.—1 vez.—( IN2016093409 ).
Mediante escritura pública numero ochenta
y dos -veinticuatro, se reformó el Pacto constitutivo de Mofam Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres -ciento uno - cuatrocientos cuarenta y
cuatro mil ochocientos sesenta y nueve, en su cláusula novena.—Licda. Ana Rita
Zamora Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093414 ).
Por
escritura otorgada ante mi, a las ocho horas del veintiocho de noviembre de dos
mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Accionistas de las sociedades denominadas Racehorse
Holdings, Sociedad Anónima y Plaza Tamarindo Local Veintiuno S. A.,
en la cual se acordó la fusión de ambas empresas con la sociedad The Only
Exception, Limitada, prevaleciendo esta última. Asimismo, la sociedad
prevaleciente acuerda modificar las cláusulas del capital social, domicilio y
Administración. Es todo.—San José, treinta de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic.
Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—( IN2016093428 ).
Mediante
escritura otorgada por la Notaria Pública, Mariela Solano Obando, a las 12:00
horas del día 01 de diciembre del 2016, se protocoliza asamblea general
extraordinaria de la compañía Bar-Z de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada, mediante la cual se modifica la cláusula segunda
referente al domicilio de la compañía.—San José, 01 de diciembre del
2016.—Licda. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—( IN2016093430 ).
Protocolización
del acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa
denominada tres-ciento dos-setecientos siete mil cuatrocientos cuatro S.R.L.,
en la cual se acuerda modificar la cláusula primera del nombre para que de
ahora en adelante se lea de la siguiente manera: MEDISPA S.R.L. Es
todo.—San José, al ser ocho horas del día treinta de noviembre del dos mil
dieciséis.—Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2016093431 ).
En
esta notaría se constituyó sociedad denominada según decreto número tres tres uno
siete uno-tres del catorce de junio del dos mil seis, solicitando al Registro
de Personas Jurídicas para que como denominación social se le indique el número
de cédula jurídica que el Registro Nacional de oficio le asigne al momento de
su inscripción, con el respectivo aditamento de S. A. Capital social:
¢10.000,00 colones. Plazo: 99 años. Escritura número 47-4. Presidente: Alicia
Prado Jiménez, cédula de identidad número nueve-cero treinta y seis-cero cero
ocho.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—( IN2016093434 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintidós de
noviembre del año dos mil dieciséis, se protocolizó acta de reunión general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad Brasilito Realty Properties
Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-siete dos
cuatro seis cinco cuatro, en la cual se modifica la cláusula de representación
y nombra nuevo Gerente y Subgerente.—Guanacaste, veintidós de noviembre del año
dos mil dieciséis.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2016093474
).
Mediante
escritura numero ciento cuarenta-diecisiete, de las nueve horas del veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de acuerdo de
disolución de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios El Hirio Sociedad
Anónima, de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno,
inciso d) del Código de Comercio. Se prescinde del trámite de liquidación por
no tener la sociedad ningún activo, ni pasivo, ni actividades de ninguna
naturaleza.—San José, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan
Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—( IN2016093478 ).
Mediante escritura número
veinticuatro-cinco, de las nueve horas del primero de diciembre del dos mil
dieciséis, se reforma la cláusula octava de la administración de la sociedad CA
Cormorano Sociedad Anónima.—San José, 1° de diciembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Diorella Ugalde Maxwell, Notaria.—1 vez.—( IN2016093480 ).
Por
escritura número cuarenta y uno de las doce horas del veintinueve de noviembre
de dos mil dieciséis, ante la notaria, Clara Isabel Loría Martínez, se modifica
el pacto constitutivo de la sociedad Solórzano y Morera S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-cuarenta mil cuatrocientos veinticuatro, en relación a
la administración y se nombra nueva junta directiva. Presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma: Elvir Solórzano Araya.—Clara
Isabel Loria Martínez, Notaria.—1 vez.—( IN2016093481 ).
Por
escritura número uno-ciento cincuenta, del tomo primero, otorgada ante esta
notaría a las doce horas del día primero de diciembre del dos mil dieciséis, se
protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la sociedad R M I C Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cuarenta y cuatro mil quinientos noventa y siete,
con domicilio en San José, Tibás, doscientos norte del Salón La Pista, en la
que se acuerda por unanimidad, la reforma de su pacto social en su cláusula
referente a la administración, así como la eliminación del cargo de Agente
Residente. Es todo.—San José, primero de diciembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Laura Eugenia Montero Aguilar, Notaria.—1 vez.—( IN2016093484
).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las 09:00 horas del 28 de noviembre del
2016, se nombra nueva junta directiva, se modifica el objeto social y el
domicilio fiscal de la sociedad Sapermi Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-351510.—Licda. Adelia González Rojas, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093485 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría
el día dos de julio del año dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Las Palmas
Doradas de Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno
cero uno-uno tres cuatro seis cinco ocho, en la que se modificó las cláusulas
quinta del capital social y novena de la administración.—San José, primero de
diciembre dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—(
IN2016093490 ).
Se
hace constar que mediante la escritura N° 62, otorgada ante mí, a las 15:30
horas del 09 de noviembre del 2016, se modificó el nombre de Helical Piles
S. A., cédula 3-101-693063, para que en lo sucesivo se denomine Pilotes
Helicoidales Costa Rica S. A.—Licda. Cinthya Calderón R., Notaria.—1 vez.—(
IN2016093491 ).
Por
escritura otorgada en San José, a las 9:30 horas del primero de diciembre del
2016 ante la Notaria, Laura Avilés Ramírez, se modifican las clausulas segunda
y sexta del pacto constitutivo y se nombra nuevo vicepresidente, secretario y
tesorero de la junta directiva de la sociedad NG Inversiones Nueva Granada
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-398863. Es todo.—San
José, 1° de diciembre del 2016.—Licda. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093492 ).
Ante
esta notaría, por medio de escritura pública número 93-VIII, otorgada en
Guanacaste, a las 14:30 horas del 30 de noviembre del 2016, se protocolizó el
acta número 9 de la Asociación Administradores del Acueducto y Alcantarillado
Sanitario de Lomas del mar de Sardinal de Carrillo de Guanacaste, cedula
jurídica 3-002-515086 en la cual se tomaron los siguientes acuerdos: Primero…
segundo… tercero… cuarto: Se elige nueva junta directiva y fiscal de la
asociación, quinto… sexto:...—Guanacaste, 1° de diciembre del 2016.—Licda.
Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093494 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria
el día veintinueve de noviembre del año dos mil dieciséis, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento
uno-cinco cero ocho cuatro uno cinco Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-cinco cero ocho cuatro uno cinco, en la que se modificó
la cláusula novena de la Administración.—San José, veintinueve de noviembre del
dos mil dieciséis.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—(
IN2016093499 ).
Por escritura
número cuarenta y tres de las dieciséis horas del día primero de diciembre del
dos mil dieciséis, en la sociedad tres-ciento uno-quinientos veintiocho mil
ochocientos trece Sociedad Anónima, se aumenta su capital social en la suma
de sesenta y nueve millones novecientos mil colones quedando este en la suma de
setenta millones de colones, quedando repartido en diez mil acciones de siete
mil colones cada una; se modifica la Razón Social de esta sociedad, la cual
ahora se denominará FW Marketing Sociedad Anónima, siendo este un nombre
de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en S. A.—Alajuela, al
ser diecisiete horas treinta minutos del día primero de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Brayan Alfaro Aragón, Notario.—1 vez.—( IN2016093501 ).
Ante
esta notaría se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria
de Loma Verde de Samara décimo Primera Sociedad Anónima, en la que se
reforman estatutos.—Nicoya, diecisiete de noviembre del año dos mil
dieciséis.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2016093508 ).
Ante
esta notaría se procedió a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria
de Transportes Palquesa de Nicoya Sociedad Anónima, en la que se
reforman estatutos.—Nicoya, diecisiete de noviembre del año dos mil
dieciséis.—Lic. Cesar Jiménez Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2016093510 ).
Por escritura número 169-9, de las 17:00
horas del veintinueve de noviembre del año 2016, del suscrito notario, se
transforma la sociedad Agro Doña Dulce Tropical Sociedad Anónima,
titular de la cédula jurídica número 3-101-703977 en una sociedad de
responsabilidad limitada.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Manuel
Antonio Porras Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2016093512 ).
Por
escritura número treinta y uno otorgada ante el suscrito notario, a las nueve
horas del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se prescindió del agente
residente en la entidad denominada Propiedades Bollate Inc. Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos mil
siescientos noventa y uno, domiciliada en San José.—San José, dos de diciembre
del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—(
IN2016093514 ).
En Escrit. 25, T 1 Not. Púb. Javier Slein,
17:39 horas 30-11-2016, protocoliza asambl., accionistas Horus Jollies S. A.,
céd. jur. 3-101-661892 en lo conducente. Acuerdos: 1 Se remueve Pres. 2 Nombra
presid., Susana Rojas Márquez, céd. 8-0106-0713. Es todo.—Lic. Javier Armando
Slein Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2016093545 ).
Mediante
escritura de las catorce horas del diecisiete de noviembre del dos mil
dieciséis, protocolizada en esta Notaría, se reforma la cláusula sexta de la
sociedad Autum Air Limitada.—San José, 24 de noviembre del 2016.—Lic.
Sergio José Guido Villegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093548 ).
Mediante
escritura número cincuenta y tres-uno otorgada ante los notarios públicos
Mónica Dobles Elizondo, Juvenal Sánchez Zúñiga, Jorge González Roesch y Alberto
Sáenz Roesch, actuando en Conotariado en el protocolo del primero a las nueve
horas del treinta de noviembre del año dos mil dieciséis, se modifican las
cláusulas sexta y sétima, se nombra gerente de la sociedad Ornamentales
Williamsburg Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
30 de noviembre del 2016.—Licda. Mónica Dobles Elizondo, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093549 ).
Por
escritura número ciento sesenta-dieciséis, otorgada ante los notarios Juan
Manuel Godoy Pérez y Rolando Laclé Castro, a las dieciséis horas veintinueve de
noviembre de dos mil dieciséis, se protocoliza el acta de asamblea general
extraordinaria de la compañía Unopetrol Costa Rica S.R.L., con
cédula jurídica número tres-ciento dos-siete mil doscientos dieciocho; mediante
la cual se reforma la cláusula: Sétima, del pacto social.—San José, veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez, Notario.—1
vez.—( IN2016093550 ).
En
escritura 185-47 se constituyó la sociedad Tecnoviv S. A., presidente es
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 15 de noviembre del
2016.—Luis Martínez Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2016093557 ).
Que
ante esta notaría, se tramita modificación de junta directiva de la compañía La
Lucha del Terraba del Sur Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento noventa y ocho mil doce.—Lic. José Ricardo Guevara
Guevara, Notario.—1 vez.—( IN2016093558 ).
Mediante
escritura otorgada en mi notaría, al ser las 19 horas y 30 minutos del 01 de
diciembre del año 2016, protocolicé el acta número uno con acuerdos de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Chien-Yi Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-470237. En dicha acta se reformó la cláusula sétima de los
estatutos y se nombró nueva junta directiva.—Cartago, 01 de diciembre del
2016.—Lic. Owen Alejandro Gooden Morales, Notario.—1 vez.—( IN2016093559 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 01 de diciembre de
2016, se protocolizó acta de asamblea de cuotistas de Serenguethi Ltda.,
cédula jurídica número 3-102-456835, mediante la cual se modifican las
cláusulas segunda y octava del pacto social.—San José, 02 de diciembre del
2016.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2016093564 ).
Ante
el suscrito notario, Corporación Mirosa Sociedad Anónima, cedula
jurídica, tres-ciento uno- cuatrocientos treinta mil doscientos cincuenta y
cuatro, modifica estatutos en cláusula de domicilio social, agente residente, y
nombra junta directiva.—Ciudad Neily, a las once horas del veinticinco de
noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1
vez.—( IN2016093585 ).
Ante el suscrito notario, Hacienda
Paicito Sociedad Anónima, cedula jurídica, tres-ciento
uno-cuatrocientos diecisiete mil ciento treinta y tres, modifica estatutos en
cláusula de domicilio social, agente residente, y nombra junta
directiva.—Ciudad Neily, a las trece horas del veinticinco de noviembre del dos
mil dieciséis.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—(
IN2016093587 ).
Se
constituye la sociedad denominada Linda Vista de Bajamar Sociedad
Anónima, ante el notario Miguel Ángel Ortega Bastos al ser las nueve horas
del veintidós de noviembre del año dos mil dieciséis. Es todo.—Cartago al ser
las ocho horas del veintitrés de noviembre del año dos mi dieciséis.—Lic.
Miguel Ángel Ortega Bastos, Notario.—1 vez.—( IN2016093591 ).
Protocolización
de acuerdos de la asamblea extraordinaria de Quarterwheel Sociedad Anónima, a
las trece horas con treinta minutos del cuatro de noviembre del año dos mil
dieciséis, por medio de la cual se acuerda disolucion de sociedad.—San José,
trece horas con veinticinco minutos del treinta de noviembre del año dos mil
dieciséis.—Lic. Carlos Alfredo Umaña Balser, Notario.—1 vez.—( IN2016093592 ).
Mediante
escritura otorgada ante la notaría del Lic. Marvin Céspedes Méndez, a las 09:00
horas del 23 de noviembre del 2016, protocolizamos el acta de asamblea general
de socios de Cocoa Central Investment Distributors S. A., con
cédula de persona jurídica Nº 3-101-386826, la cual reformó la cláusula Nº 6 del pacto constitutivo y se nombró nueva
junta directiva y fiscal.—San José, 29 de noviembre del 2016.—Lic. Dan Alberto
Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2016093593 ).
En mi
notaría a las once horas con veintitrés minutos del dieciocho de noviembre del
año dos mil dieciséis se protocolizó acta de la sociedad Habibi del Sur S.
A. Se modificó cláusula novena. Se solicita la publicación de este edicto
para lo que en derecho corresponda.—San José, dos de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Ronny Salvador Guevara Mora, Notario.—1 vez.—( IN2016093601 ).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas del treinta de noviembre
del dos mil dieciséis, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Coral Reef Pearl
Limitada, mediante la cual y por acuerdo unánime de cuotistas se reformó la
cláusula sexta del pacto constitutivo referente a la administración y
representación judicial y extrajudicial de la sociedad. De igual forma se
realizó un nuevo nombramiento en la junta de administración. Es todo.—Liberia,
Guanacaste, a las doce horas del treinta de noviembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Adrián Alberto Peralta Abarca, Notario.—1 vez.—( IN2016093603
).
Por
escritura número 172-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 6
del pacto social de Maserica de Costa Rica S. A.—Heredia, 02 de diciembre
del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093604 ).
Por
escritura número 171-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 7
del pacto social de Instamasa S. A.—Heredia, 02 de diciembre del
2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093605 ).
Por
escritura número 173-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 6
del pacto social de Productos Alimenticios Crunch S. A.—Heredia, 02 de
diciembre del 2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093606 ).
Por
escritura número 174-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 8
del pacto social de Masafina S. A.—Heredia, 02 de diciembre del
2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093607 ).
Por
escritura número 175-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 11
del pacto social de Hagi Azul S. A.—Heredia, 02 de diciembre del
2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093608 ).
Por
escritura número 176-8 del 30 de noviembre del 2016, se reforma la cláusula 11
del pacto social de Magic Home Store S. A.—Heredia, 02 de diciembre del
2016.—Licda. Nicole Preinfalk Lavagni, Notaria.—1 vez.—( IN2016093609 ).
En mi
notaría, en el tomo octavo, al folio ciento veintitrés vuelto, la escritura
doscientos veinte, se modificó clausula octava de la sociedad Este Matiz
Lote dos S. A. Teléfono 83463012.—San José, primero de diciembre del dos
mil dieciséis.—Lic. Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—( IN2016093610 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas
del veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de
asamblea de socios de la sociedad Agropecuaria Santiago S. A., en la
cual se modifica la cláusula primera, del nombre, segunda, del domicilio,
sétima; del Consejo de Administración, y se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—San José, veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana
Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016093611 ).
Por
escritura otorgada ante mí a las quince horas del veintiocho de noviembre del
dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad tres-ciento
uno-seiscientos sesenta y seis mil ciento cuarenta y seis S. A., en la cual
se modifica la cláusula segunda, del Domicilio, sétima; del Consejo de
Administración, y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José,
veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lorena Coto
Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2016093612 ).
Por
escritura otorgada ante mí se constituyó la sociedad Advanced and Intepyated
Technology Solutions Aits Consulting S. A., domicilio Oreamuno de Cartago.
Plazo: cien años. Objeto: Comercio en General. Capital: totalmente pagado en
efectivo y bienes. Representación: presidente y vicepresidente con todos los
poderes.—San José, 27 de octubre del 2016.—Lic. Ricardo Vargas Villegas,
Notario.—1 vez.—( IN2016093614 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaria, a las dieciséis horas cincuenta minutos
del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada S& G
Solutions Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
treinta y dos mil veinte. Se acepta la renuncia y se nombra nuevo
presidente.—Licda. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093618 ).
Por
escritura otorgada ante mí se reformó la cláusula número décimo quinta de los
estatutos sociales de la compañía Tres Ciento Uno Cuatrocientos Noventa y Un
Mil Quinientos Setenta y Uno Sociedad Anónima.—Atenas de Alajuela, primero
de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Sarita Castillo Saborío, Notaria.—1
vez.—( IN2016093632 ).
En
escritura autorizada por la suscrita notaria a las ocho horas del día primero
diciembre del dos mil dieciséis se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Esquivel y Runnebaum Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifican las cláusulas primera, tercera y
sexta del pacto social.—San José, dos de diciembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Rebeca Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2016093644 ).
Por
escritura otorgada a las once horas del día primero de diciembre de dos mil
dieciséis, ante esta notaría se reforman cláusulas primera, segunda y quinta,
del pacto constitutivo de la sociedad denominada Solero Triscadek Sociedad
Anónima y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—Lic. Marco Aurelio
Maroto Marín, Notario.—1 vez.—( IN2016093647 ).
En
esta notaría mediante escritura número trescientos treinta y cinco se
constituye Industrias Manuel Navarro sociedad anónima. Capital
social: diez mil colones. Plazo: noventa y nueve años, presidenta, Isela
Vanessa Ramírez Pizarro.—San José, veintiocho de noviembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2016093652 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaria de las diecisiete horas del dieciocho de
noviembre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad con denominación
social el número de cédula jurídica que se le asigne, con domicilio en Patarrá
de Desamparados del Colegio Máximo Quesada; cincuenta metros al este y
cincuenta metros al norte, con un plazo de noventa y nueve años. Otorgada ante
la notaria, Maritza Muñoz Delgado. Publíquese una vez.—Licda. Maritza Muñoz
Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2016093654 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las diez horas del día uno de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó
en lo conducente el acta de asamblea de la sociedad denominada tres-ciento
dos-setecientos veintisiete mil novecientos cinco Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-727905 y en la cual se procede a
modificar la cláusula primera, del nombre: denominándose Gogetit Costa Rica
Sociedad de Responsabilidad Limitada, y se otorga poder generalísimo
limitado a la suma de 25.000,00 dólares en favor de Carlos Troconis,
venezolano, pasaporte 074437261.—Lic. Juan Gregorio Roscio Etchart, Notario.—1
vez.—( IN2016093656 ).
En
escritura otorgada a las 08:30 horas del 13 de setiembre del dos mil dieciséis,
se constituye la empresa Tecnología en Construcción ADS Sociedad Anónima,
con domicilio en San José, capital íntegramente suscrito y pagado. Presidente,
vicepresidente, secretario y tesorero con plenas facultades.—San José, 30 de
noviembre del 2016.—Lic. Carlos Alberto Guardia Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(
IN2016093659 ).
Yo
Dinia María González Cabezas, notaria pública, con oficina abierta en la ciudad
de Alajuela, el día primero de diciembre del dos mil dieciséis, al ser las
quince horas y treinta minutos, mediante escritura ciento treinta y cuatro, del
tomo quince, procedo a protocolizar acta de asamblea extraordinaria número
once, de la sociedad denominada Centro Educativo La Trinidad Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-uno cero uno seis
tres seis, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula novena del pacto
constitutivo. Es todo.—Alajuela, primero de diciembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Dinia María González Cabezas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093665
).
Ante
mí, Olga Martínez Calvo, notaría pública con oficina abierta en San José,
Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, frente a soda Twins, a las 11:00 horas del 29
de octubre del 2016, se reformó estatutos, representación de la sociedad e
integración de la junta directiva de Pavones Rincón del Paraíso
Sociedad Anónima, cédula 3-101-374449.—San José, 29 de noviembre del
2016.—Licda. Olga Martínez Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093669 ).
Ante
mí, Olga Martínez Calvo, notaria pública con oficina abierta en San José,
Aserrí, Barrio Corazón de Jesús, frente a Soda Twins, a las 11:00 horas del 29
de octubre de 2016 se reformó estatutos, representación de la sociedad e
integración de la junta directiva de Gio Gio CAHJS Sociedad Anónima,
cédula 3-101-240951.—San José, 29 de noviembre del 2016.—Licda. Olga Martínez
Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093670 ).
Ante
la notaria pública Julia Alvarado Gómez, mediante escritura otorgada a las
quince horas del veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis, se
constituyó la sociedad de esta plaza Esmera Proyectos Sociedad Anónima.—Cartago,
a las dieciséis horas del veintiocho de noviembre del año dos mil
dieciséis.—Licda. Julia Alvarado Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2016093677 ).
Por
escritura número 331-16 otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta número
seis de asamblea general ordinaria y extraordinaria dé socios de la sociedad Constructora
y Consultora Ganiber Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-342278.
Se modifica cláusula de la representación del pacto constitutivo y se nombra
nuevos representante judiciales extrajudiciales con facultades de apoderados
generalísimos sin limitación de suma pudiendo actuar separadamente presidente
Juan Carlos Obando Gamboa, cédula 3-362-346 y secretario Georges Quinaux,
cédula de residencia 112400007722.—Cartago, 02 de diciembre del 2016.—Lic.
Lucrecia Rojas Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093682 ).
La
suscrita notaria hace constar que el día de hoy, ante esta notaria y mediante
escritura pública de las ocho horas del día veintitrés de noviembre del año dos
mil dieciséis, se protocolizan los artículos primero y segundo, de M&L.
Consultorías y Peritajes Sociedad Anónima, mediante los cuales se acepta
la renuncia del fiscal, y se nombra miembro de la junta directiva. Fiscal: Mike
Alonso Osejo Villegas.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Beverly Dinorah Palma Brenes; Notaria.—1 vez.—( IN2016093686
).
La
suscrita notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaria y mediante
escritura pública de las once horas del día dos de diciembre del año dos mil
dieciséis, se protocoliza el artículo primero, de Apartamentos Santa Elena
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cero quince mil trescientos setenta y uno, mediante el cual se reforma la
Cláusula sexta del pacto social.—San José, dos de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2016093687 ).
Mediante escritura pública número
cincuenta y uno-nueve, otorgada a las once horas con treinta minutos del día
dos de diciembre del dos mil dieciséis, se acuerda por unanimidad del capital
social y al tenor del artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio,
disolver la sociedad Inversiones Wamega Sociedad Anónima, titular
de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y
un mil setecientos veintiocho, con domicilio social en Heredia.—San José, 02 de
diciembre, 2016.—Lic. Beverly Dinorah Palma Brenes, Notario.—1 vez.—(
IN2016093688 ).
Ante
esta notaría, al ser las once horas del día treinta de noviembre de dos mil
dieciséis, se protocolizó acta mediante la cual la sociedad Propiedades
Pacheco Arce PPA S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y
liquidar la compañía.—San José, a los treinta días del mes de noviembre de dos
mil dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093693 ).
Por
escritura otorgada ante la notaria Cindy Villalobos Valverde, se solicita la
disolución de la empresa Logística Abias SRL Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con cédula de persona jurídica número 3- 102-692985, domiciliada
en San José, San José, La Uruca, La Peregrina, de la escuela 75 mts
sur.—Guápiles, 9 de noviembre del 2016.—Licda. Cindy Villalobos Valverde,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093695 ).
Ante
esta notaría, al ser las trece horas con veinticinco minutos del treinta de
noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta mediante la cual la
sociedad Invapos S. A., por acuerdo de socios solicita disolver y
liquidar la compañía.—San José, treinta de noviembre de dos mil
dieciséis.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093696 ).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas
del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de Logística en Manejo de
Combustibles Ocho Uno Nueve S. A., reformando la cláusula de la
administración del pacto constitutivo.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Lic.
Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016093697 ).
Por escritura otorgada a las 11:00 horas
del día de hoy, se protocolizaron acuerdos de Eficiencia Tecnológica
Ochocientos Cincuenta y Tres S. A., reformando la cláusula de la
administración del pacto constitutivo.—San José, 2 de diciembre del 2016.—Lic.
Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016093699 ).
Por
escritura pública número doscientos ochenta-tres, a las trece horas del primero
de diciembre del dos mil dieciséis, se hizo nuevo nombramiento del presidente y
secretario de la sociedad Esterillos View Diecisiete S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y nueve mil ciento setenta y
tres.—Licda. Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2016093700 ).
Por
escritura pública número doscientos ochenta y uno de la sociedad Fibrocentro
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setenta y tres mil novecientos
ochenta y ocho, se modificó parcialmente la cláusula número siete del pacto
constitutivo, pudiendo el tesorero firmar solo conjuntamente con el presidente
o director uno.—Licda. Grace Barquero Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2016093701 ).
Mediante
escritura 35 del protocolo 19 de las 18:00 horas del 30 de noviembre del 2016,
se constituyó la sociedad Crismarjo Transportes S. A.—Cartago, 30 de
noviembre del 2016.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—(
IN2016093707 ).
Ante
mí, Fernando Mena Alvarado, notario público con oficina abierta en la ciudad de
Grecia Centro-Alajuela, compareció el señor: Guadalupe Carrillo Leal, cédula
6-111-572, y procedió a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad denominada, Guacalea del Mar Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-388713, ya que los socios acordaron en disolverla.—Grecia 29 de
noviembre del 2016.—Lic. Fernando Mena Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2016093708
).
La
Sociedad Tamarindo Transfer & Tour Limitada, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos seiscientos sesenta y ocho mil novecientos
quince, reforma la cláusula quinta de la representación de la compañía.
Escritura otorgada a las catorce horas con treinta minutos del primero de
octubre del dos mil dieciséis ante notaria, María Abigail Ruiz Rosales.—Licda.
María Abigail Ruiz Rosales, Notaria.—1 vez.—( IN2016093710 ).
Por
escritura número trescientos dos-dos, visible a folio 182 frente del tomo
segundo del protocolo del notario, William Juárez Mendoza, otorgada a las
dieciséis horas del veintiocho de
noviembre del 2016, se protocoliza acta número dos de asamblea de socios
accionistas de la sociedad denominada, Estilo
Italiano S. A., cédula jurídica 3 101-668930, mediante la cual se cambia el
nombre de la sociedad para que en lo sucesivo se llame Samara Seguridad S.
A.—Lic. William Juárez Mendoza, Notario.—1 vez.—( IN2016093723 ).
Se
hace constar que mediante escritura número 83 otorgada a las 15:00 horas del
07/11/16, por la notaria Alejandra Montiel Quirós, se protocoliza el acta N° 1
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Holding GPC
Productos de Concreto S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-686930,
mediante la cual se modifican las cláusulas: 4, 5, 6 y 7 y se incluyen las
clausulas 11 y 12 del pacto constitutivo de dicha sociedad.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Licda. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093725 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario en San José, a las 11:00 horas del
día de hoy, se constituyó la entidad de éste domicilio denominada Ignaz
Inversiones S. A. Capital: Íntegramente suscrito y pagado. Presidente:
Oscar Rafael Navarro Meza.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Lic. Javier
Camacho Granados, Notario.—1 vez.—( IN2016093751 ).
Teresa
Pérez Acosta, y Marta Dayana Molina Herrera, constituyen la sociedad de
responsabilidad limitada denominada Terdaya SRL. Escritura otorgada en
Grecia a las 13 horas del día 28 de noviembre del año 2016.—Lic. Miguel Alfaro
Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2016093753 ).
Por Escritura otorgada por el notario Lic.
Felipe Gómez Rodríguez, a las 14:30 horas del 3 de diciembre del 2016, se
disolvió la sociedad, Dyralica Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Dyralica
Sociedad Anónima S. A. Presidente con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma, la señora Diana Rodríguez
Rodríguez. Capital suscrito y pago en su totalidad. Firmo en la ciudad
de Grecia, el día 3 de diciembre del dos mil dieciséis.— Lic. Felipe Gómez
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016093754 ).
Protocolización
de acuerdos de sesión ordinaria de junta directiva de la compañía La Nación
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos mil
seiscientos cuarenta y ocho, en la cual se acuerda modificar la cláusula quinta
de los estatutos, quinta capital.
Escritura otorgada a las once horas del dos de diciembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Frescia Benavides
Ulate, Notaria.—1 vez.—( IN2016093756 ).
Ante mí Alejandro Alonso Román González,
notario con oficina en Atenas, hago constar que el dos de diciembre del dos mil
dieciséis, a las diez horas se protocolizó asamblea general extraordinaria de
la sociedad Beauty Up Store Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
tres-ciento uno-seis cuatro nueve cuatro ocho cuatro, en la cual se reforma la
cláusula segunda y octava y se revoca el nombramiento de la secretaria,
tesorero, fiscal y agente residente.—Atenas, dos de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016093757
).
Protocolización
del acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
compañía Comunicación Corporativa de Centro América Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica N° tres-ciento uno-noventa y cinco mil setecientos
cincuenta y cuatro, en la cual se modifican las cláusulas de la administración
y representación. Escritura otorgada a las catorce del primero de diciembre del
dos mil dieciséis.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2016093759
).
Ante
mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, compareció
la totalidad de las acciones que conforman el capital social de la sociedad Crystal
Holdings Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento dos-tres cuatro
cero uno seis nueve y en forma unánime mediante escritura número ciento
veinticinco otorgada en la ciudad de Atenas, a las quince horas del once de
noviembre del dos mil dieciséis. Escritura visible al folio ochenta y cinco
frente del tomo treinta y tres del protocolo del suscrito notario y por acuerdo
unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, 11 de noviembre del
2016.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016093760 ).
Protocolización
del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Heredia
Leaving Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento
uno- setecientos veintiocho mil trescientos sesenta y dos, en la cual se
modifica la cláusula del nombre. Escritura otorgada a las quince del primero de
diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093761 ).
Ante
mí Karen Daniela Oconitrillo Quesada, notaria con oficina abierta en
Estanquillos de Atenas, hago constar que el día veintidós de noviembre del dos
mil dieciséis, a las trece horas se protocolizó asamblea general extraordinaria
de la sociedad Equipos Cibernéticos G Y R Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número: tres - ciento uno -tres nueve siete seis siete seis,
en la cual se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombra la
junta directiva y el fiscal.—Atenas, veintitrés de noviembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Karen Daniela Oconitrillo Quesada, Notaria.—1 vez.—(
IN2016093770 ).
Ante
mí Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, hago constar que
el día veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis, a las quince horas y
treinta minutos se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento
Dos-Siete Uno Cinco Tres Siete Seis Sociedad de Responsabilidad Ilimitada,
cédula jurídica número tres-ciento dos-siete uno cinco tres siete seis, en la
cual se reforma las cláusula quinta del pacto constitutivo y se revoca el
nombramiento del gerente uno.—Atenas, veintiséis de noviembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—( IN2016093772 ).
Se
hace saber que Fuerza Naranja Liberiana sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-tres ocho tres dos cuatro seis, aprobó disolución de la
sociedad mediante asamblea general extraordinaria de socios. Se cita los
interesados a hacer valer sus derechos y oposiciones. En la notaría de la
Licenciada Daly Mairel González Castro en Liberia, Guanacaste, del Cuerpo de
bomberos doscientos metros al sur y veinte metros al este. Al celular 83325105
o al correo electrónico dalyemi@gmail.com.—Licda. Daly Mariel González Castro,
Notaria.—1 vez.—(IN2016093777 ).
Ante
mi notaría, se constituyó la sociedad que llevará como nombre el número de
cédula asignado sociedad anónima, domiciliada en Alajuela, Upala, Bijagua,
ochocientos metros al sur del colegio. Willy Francisco White Gutiérrez, cédula
nueve-cero cero siete cuatro-cero seis cero ocho, como Apoderado Generalísimo
sin límite de suma. El capital social será cuarenta mil colones, representadas
por dos acciones comunes y normativas de veinte mil colones cada una aporte
mediante una silla giratoria de escritorio y un escritorio de madera.—Liberia,
veinticinco de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Daly Mariel González
Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2016093778 ).
En
notaría de Rafael Ángel Morales Soto, a las 11:00 de hoy, se protocolizó acta
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad Hatzy del Este S. A.,
cedula 3-101-523574. De conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio
se avisa que dentro de los treinta días siguientes a esta publicación,
cualquier interesado que se sienta perjudicado en sus derechos podrá oponerse
judicialmente a la disolución.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Lic. Rafael
A. Morales Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016093781 ).
En mi
notaría, por escritura pública Nº 258-9 de las 16:00 horas del 30 de noviembre
del 2016, protocolicé modificación de la cláusula quinta del capital social de:
GBSYS S. A., aumentando el capital social a setenta millones de
colones.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Diego Hidalgo Rivera,
Notario.—1 vez.—( IN2016093803 ).
Ante
mí, Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa: Myel S. A.,
protocoliza la asamblea extraordinaria de socios, del once de noviembre del dos
mil dieciséis, visible a la escritura doscientos cincuenta y ocho, del tomo
treinta de protocolo, del día diecisiete de noviembre del dos mil
dieciséis.—Palmares, diecisiete de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos
Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—( IN2016093805 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la firma de ésta plaza: Condominio Ofi-Bodegas Capri Gris
Número Veinte Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula quinta del pacto
social, del capital.—San José, 26 de mayo del 2015.—Lic. Paul Zúñiga Hernández,
Notario.—1 vez.—( IN2016093806 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la firma de ésta plaza: Inmobiliaria VT Mil
Novecientos Noventa y Cuatro Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula
quinta del pacto social, del capital.—San José, 26 de mayo del 2015.—Lic. Paul
Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2016093807 ).
Que en la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de la compañía denominada: B. RQ And GI Investments
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
ochenta y ocho mil setenta y seis, celebrada a las catorce horas del dieciocho
de noviembre del dos mil dieciséis, en la ciudad de Tamarindo, se acordó
realizar cambio en las cláusula de la representación. Es todo.—Tamarindo, 02 de
diciembre del 2016.—Lic. José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—(
IN2016093813 ).
Por
escritura otorgada ante la notaria Vilma Guevara Mora, a las 18:00 horas del 01
de diciembre del 2016, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas
de: Tres-Uno Cero Uno Seis Siete Seis Cinco Cuatro Cero Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-676540, en la que se realizó cambio de miembros de
junta directiva.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Licda. Vilma Guevara Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093823 ).
Ante
mí, Álvaro Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José,
escritura otorgada a las 14:00 horas del 30 de noviembre del 2016, se revocó
puesto y se nombró presidente de la sociedad denominada: El Seis Ganador
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-dos
cero dos tres ocho dos, se nombró presidente: Ronaldo Cano Mendoza. Capital
social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio social: San José, San José,
Sabana Oeste, del Restaurante La Princesa Marina, cien metros al oeste, y
veinticinco metros al norte.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Álvaro
Barboza Orozco, Notario.—1 vez.—( IN2016093827 ).
Por
escritura de las 08:00 horas del 03 de diciembre del 2016, otorgada ante esta
notaría pública, se reforma la cláusula sexta de la administración del pacto
constitutivo, para que de ahora en adelante le corresponde al Presidente de la
junta directiva, la representación legal, judicial y extrajudicial de la
sociedad, y se nombra nuevo presidente y secretario de la sociedad denominada: LCM
Inversiones Atlántico C R Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº
3-101-514169.—San José, 03 de diciembre del 2016.—Lic. Cristian Chacón
Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016093829 ).
Por
escritura de las 20:00 horas del 01 de diciembre del 2016, otorgada ante esta
notaría pública, se constituyó la sociedad denominada: SMC Soluciones
Múltiples Corporativas-CR S.A. Plazo: 99 años a partir del 01 de diciembre
del 2016. La representación judicial y extrajudicial corresponde al presidente
de la junta directiva con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma. Capital social: $100. Domicilio: Puntarenas, cantón Puntarenas, distrito
El Roble, diagonal a la Universidad Técnica Nacional.—San José, 01 de diciembre
del 2016.—Lic. Cristian Chacón Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016093830 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las trece horas y treinta minutos del
primero de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Tres-Ciento
Uno-Quinientos Setenta y Siete Mil Ciento Sesenta y Tres Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y siete mil
ciento sesenta y tres, mediante la cual se reforma la cláusula primera del
pacto constitutivo. La sociedad se denominará: Constructora y Bienes Raíces
CPM Sociedad Anónima.—Licda. María Viviana Jiménez Ramírez, Notaria.—1
vez.—( IN2016093831 ).
Por
escritura de las 09:00 horas del 24 de noviembre del 2016, otorgada ante esta
notaría pública, se modifica la cláusula quinta del pacto social de: Medical
Tours Costa Rica S. A.—San José, 05 de diciembre del 2016.—Licda. Marcela
Murillo Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2016093832 ).
Por escritura pública número 376-18, otorgada
a las 15 horas del 02 de diciembre del 2016, se constituyó la sociedad
denominada Hermanos Fallas Monge de Aserrí S. A. capital social
íntegramente suscrito y pagado. Plazo noventa y nueve años desde constitución.
Presidente: Odette Fallas Monge.—San José, 02 de diciembre del 2016.—Lic.
Ricardo Villalobos González, Notario.—1 vez.—( IN2016093834 ).
Ante
mí Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en
escritura otorgada a las 11:00 horas del 30 de noviembre del 2016, se disolvió
la empresa Grupo Jovavi de Costa Rica SRL, cédula jurídica 3-102-583626.
Es todo.—17 de noviembre del 2016.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2016093835 ).
Fusión
por absorción: Mediante escritura número 50-25 de las 12:00 horas del 28 de
noviembre de 2016 se protocolizo I - fusión por absorción de Gurrion Pico de
Hoz Ltda., cédula jurídica 3402-451835. La cual prevalece, con las
entidades, razón social y su respectiva cédula jurídica: A- Copete de Nieve
Ltda, 3-102-451831 Gallareta Morada Ltda, 3-102-450698, Polluela
Gargantiblanca Ltda, 3-102451268 Jacana Spinoza Ltda
3-102450699 Cucu Ardilla Ltda, 3-102-448975, Mochuelo
Montañero Ltda, 3-102-449524 Cuyeo de Altura Ltda,
3-102-449530, Codorniz Pechicastaña Ltda, 3-102450943, Pavita
Chachalaca Ltda, 3-102- 450942, Codorniz Pechicastaña Ltda
3-102. 450943, Inversiones Barvas Marinas S. A. 3-101-362365 Inversiones
y Desarrollos Los Espiritus Ddl Pacifico S. A. 3-101-366486, B- Rascon
Cuelligris Ltda, 3-102-450681 Vencejon Collarejo Ltda,
3-102451444, Perdiz Montañera Ltda, 3-102451434, Chortilejo
Tildio Ltda, 3-102450542, Lechucira Serranera Ltda,
3-102-450675, Tuo Zopilotillo Ltda 3-102450544, Chucullo Frente
Blanca Ltda, 3-102-453149 Subepalo Moteado Ltda.
3-102- 453528, Jacobino Nuquiblanco Ltda 3-102-453381, Ala de
Sable Violeta Ltda 3-102459941, C-. Finca Bobo Chizo Ltda
3-10240870, ISP More Sun Limitada 3-102480620, Pájaro
Carpintero Careto Ltda 3-102-481262, Lion Parrot Ltda-
3-102481720. Kans Dove PDV Ltda 3-102480619, Montaña
Gallina de Monte Ltda 3-102480790, Little Tinamu Ltda-
3-102481263, El BerringaL Ltda- 3-102-365008 Inversiones
Los Soñadores de la Costa S. A. 3-101-358719, Map Maker
Site Ltda 3-102- 482780 Site Green Earth View Ltda
3-102482915. II- Mediante la escritura Número 51-25 de las 13:00 horas del 28
de noviembre de 2016 se protocolizó fusión por la cual la entidad Azulear
Ltda 3-102- 362309 prevale y fusiona por absorción las siguientes
sociedades: Albany ICM Ltda 3-102- 480660, Tinamu
Grande Ltda 3-102- 479651 Lote del Cuco Rayado Ltda
3-102479307, DSS Solares de Cormaran Ltda 3-102479492 EPP
Boise Ltda. 3-102479652, Klon de Colibri Ltda. 3-102480230„ Grand
Dai Ltda 3-102479310, Buco Borbon Doble B Ltda
3-102-480101, Natural Premium IUB Ltda 3-102-480637 Air
More Irc Ltda 3-102.480638, Grude lot Ltda 3-102480865 Utm
Orion Hawk Ltda 3-102-480863 Al Garete Ltda 3-102-362660.
En ambos casos, se revocan poderes y se designa nuevo gerente.—Lic. Sergio
Sánchez Bagnarello, Notario.—1 vez.—( IN2016093842 ).
Por escritura
otorgada en esta fecha por esta notaría, se constituye la sociedad denominada Robles
Esquivel del Paso Real S. A.—San José, 2 de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, Notario.—1 vez.—( IN2016093849 ).
En mi
notaría el 23 de noviembre del 2016, se protocolizó el acta de asamblea de la
sociedad Transportes Mendecor del Atlántico Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-565249, que reforma el estatuto en relación a la junta directiva
y la presentación legal de la sociedad.—Licda. Ana Laura González Cubero,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093851 ).
Mediante
escrituras números 51-17; 56-17 de las 10:00 horas; 15:00 horas; la primera del
14 de noviembre, la segunda del 19 de noviembre, protocolicé acuerdo de
disolución de las sociedades JYI Conchal S.R.L.; JJKATH Sociedad
Anónima; respectivamente.—Tamarindo, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Ricardo
Cañas Escoto, Notario.—1 vez.—( IN2016093852 ).
Por acuerdo unánime de socios en asamblea
general extraordinaria de la sociedad A.S.C. Cristiana de San Ramón Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-639590, celebrada en su domicilio
social a las 09:00 horas del 21 de octubre del 2016, se procedió a reformar las
cláusulas segunda y sétima del pacto social, también se nombró nueva junta
directiva y agente residente, se otorgó poder generalísimo sin límite de suma,
acta protocolizada en San José, a las 10:00 horas del 25 de noviembre del
2016.—Licda. Grettel Caldera Schaubeck, Notaria.—1 vez.—( IN2016093854 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría el 1° de noviembre del 2016, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad El
Zancudo S. A., se acuerda reformar la cláusula octava del pacto social de
la sociedad; se acuerda revocar los nombramientos de presidente y secretaria de
la junta directiva de la sociedad.—San José, 1° de noviembre del 2016.—Lic.
Adolfo José Hernández Aguilar.—1 vez.—( IN2016093855 ).
Mediante
la escritura número ciento veintisiete del tomo quince de mi protocolo del once
de octubre de dos mil dieciséis, se incrementa el capital social de Transportes
Jacó S. A.—San José, 23 de noviembre del 2016.—Lic. Julio Antonio Morúa
Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2016093858 ).
Por
escritura número catorce-dos, otorgada a las catorce horas del 01 de diciembre
del 2016, se constituye la empresa: Blondie Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada.—Lic. Jesús Alberto Ramírez Campos, Notario.—1
vez.—( IN2016093860 ).
Por
escritura N° ocho-dos, otorgada a las catorce horas del 24 de octubre del 2016,
se constituye la empresa: Rhoda Corp. Empresa Individual de Responsabilidad
Limitada.—Lic. Jesús Alberto Ramírez Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016093861
).
Por escritura otorgada ante mí se reforma
la cláusula novena del pacto constitutivo de Zule Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y nueve
mil quinientos cincuenta.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, cinco de
diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Eduardo Salas Rodríguez.— Lic. Eduardo
Salas Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2016093863 ).
Ante
esta notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en que se
modifica el pacto constitutivo de la sociedad Tres Ciento Uno Setecientos
Dieciséis Mil Setecientos Ochenta y Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica:
tres-ciento uno-setecientos dieciséis mil setecientos ochenta y seis.—Ciudad
Quesada, 16 de noviembre del 2016.—Licda. Sonia María Ugalde Hidalgo,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093864 ).
Ante
esta notaría a las trece horas del diez de noviembre del dos mil dieciséis, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en que se modifica el pacto
constitutivo de la sociedad Servicios de Consultoría y Constructora F Y V
Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos cuarenta y
nueve mil ochenta y tres.—Ciudad Quesada, 10 de noviembre del 2016.—Licda.
Sonia María Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093865 ).
Ante
esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en que se
procede a la disolución de la sociedad Bellart Eventos y Decoraciones
Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-quinientos veinticuatro
mil trescientos cincuenta y uno.—1° de diciembre del 2016.—Licda. Sonia María
Ugalde Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2016093866 ).
Por
escritura número ciento setenta y cuatro, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Autos Usados El Guanacaste
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-262324, se reforma el
artículo octavo de los estatutos constitutivos y junta directiva.—Liberia, 02
de diciembre del 2016.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—( IN2016093867
).
Virginia
Umaña Segura, notaria pública hace constar que mediante escritura número
noventa y siete a las quince horas del tres de octubre del año dos mil dieciséis
se constituyó Sociedad Anónima denominada Amáis y Amáis e hijos Litwin.—Lic.
Virginia Umaña Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2016093868 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de Casa de los Arce S. A., cédula jurídica número
3-101-428220. Se reformó en aumento la cláusula del capital social. Es
todo.—San José, veintinueve de noviembre de 2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui
Barzuna, Notario.—1 vez.—( IN2016093873 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de Ilpadix S. A., cédula jurídica número 3-101-414778. Se
reformó en aumento la cláusula del capital social. Es todo.—San José,
veintinueve de noviembre de 2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna,
Notario.—1 vez.—( IN2016093875 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de Arce y Sauma S. A., cédula jurídica número
3-101-43009. Se reformó en aumento la cláusula del capital social. Es todo.—San
José, veintinueve de noviembre de 2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui Barzuna,
Notario.—1 vez.—( IN2016093876 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de Arce y Córdoba S. A., cédula jurídica número
3-101-008354. Se reformó en aumento la cláusula del capital social. Es
todo.—San José, veintinueve de noviembre de 2016.—Lic. Arturo Enrique Apéstegui
Barzuna, Notario.—1 vez.—( IN2016093877 ).
Mediante
escritura que autoricé a las 13:00 horas de hoy, se protocolizaron, en su
orden, acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de las
compañías Mitra Global S. A., reformándose las cláusulas segunda
y octava de sus estatutos (referentes al domicilio y a la administración).
Además, se revocan nombramientos, y se designan sustitutos del consejo
directivo.—San José, 30 de noviembre de 2016.—Lic. Édgar Villalobos Jiménez,
Notario.—1 vez.—( IN2016093878 ).
Ante
mi notaría, a las doce horas del diecisiete de noviembre de dos mil dieciséis,
se constituyó la sociedad domiciliada en Puntarenas: Los Tres Bros
Connection S. A., su capital social es la suma de noventa dólares, moneda
de los Estados Unidos de América y su presidente es el socio David Gouttenoire
Cervioti.—San José, dieciocho de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Edgar
Vinicio Rodríguez Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2016093879 ).
Ante mi notaría, sita en Purral Abajo del
cantón de Goicoechea, Urbanización Las Lomas, oficina cuarenta D, se ha
solicitado por parte de Jorge A. Jiménez Alfaro, cédula número 1- 1381-0952,
como representante legal de la sociedad mercantil denominada Medicir S. A.,
con cédula de persona jurídica número 3-101-687600, domicilio social en
Guadalupe de Goicoechea, la disolución de dicha sociedad. Se avisa a todos los
interesados que demuestren legítimo interés en lo solicitado, para los fines
pertinentes.—San José, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Édgar Gerardo Ardón
Retana, Notario.—1 vez.—( IN2016093881 ).
Ante
esta notaría se ha disuelto la sociedad denominada: Gazu La Carpintera
S.R.L., cédula jurídica: tres-ciento dos-siete dos cinco cero ocho
seis.—San José, noviembre 22, 2016.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1
vez.—( IN2016093882 ).
En la
protocolización de actas de la empresa BM Elbiak Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número 3-101-284917, por unanimidad se acuerda:
Revocar nombramiento de Fiscal.—San José 23 de noviembre del año dos mil
dieciséis.—Lic. Franklin Solano Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2016093883 ).
Mediante
escritura número tres-cuatro otorgada ante los notarios públicos Juan Carlos
León Silva, Jorge González Roesch y Alberto Sáenz Roesch, actuando en
conotariado en el protocolo del primero a las doce horas treinta minutos del
veintiuno de noviembre del año dos mil dieciséis, se disuelve y liquida la
compañía denominada Inversiones Law Non Verba Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—(
IN2016093890 ).
Mediante
escritura número tres-cuatro otorgada ante los notarios públicos Juan Carlos
León Silva, Jorge González Roesch Y Alberto Sáenz Roesch, actuando en
conotariado en el protocolo del primero a las doce horas treinta minutos del
veintiuno de noviembre del año dos mil dieciséis, se disuelve y liquida la compañía
denominada Inversiones Law Non Verba Sociedad Anónima.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—( IN2016093891 ).
Por
escritura número ciento cinco-veintitrés, otorgada ante mí, a las quince horas
del dos de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizaron los acuerdos
tomados en asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía El
Sprinnter Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-dos
cuatro uno uno uno dos, en acta número siete: Se acuerda realizar un Aumento de
capital y se reforma la cláusula quinta del capital social. Se reforma clausula
segunda del domicilio y se reforma clausula tercera del objeto, se revocan los
nombramientos del secretario y tesorero y se hacen nuevos nombramientos, en
acta número ocho: Se acuerda realizar un aumento de capital y se reforma la
cláusula quinta del capital social.—San José, misma hora y fecha.—Lic. Kathya
Alexandra Rojas Venegas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093892 ).
Ante
esta notaría, se constituyó la compañía denominada Boutique Floral de Costa
Rica Sociedad Anónima. Capital social doscientos dólares, representado por
diez acciones comunes y nominativas de veinte dólares cada una, debidamente
suscritas y pagadas. Apoderado generalísimo sin límite de suma el
presidente.—Cartago, tres de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos
Enrique Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016093897 ).
Ante
esta notaría se constituyó la compañía denominada Boutique Floral de Costa
Rica Sociedad Anónima. Capital social doscientos dólares, representado por
diez acciones comunes y nominativas de veinte dólares cada una, debidamente
suscritas y pagadas. Apoderado generalísimo sin límite de suma el
presidente.—Cartago tres de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Enrique
Leiva Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016093898 ).
Por
escritura protocolizada por mí, hoy, a las nueve horas Camados del Sur S. A.,
modifica cláusulas segunda, octava y décimo segunda del pacto social, nombra
secretaria Carla Patricia Ramírez Jiménez, tesorero Mario Alberto Ramírez
Jiménez y fiscal.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda.
María Montserrat Brich Mesegué, Notaria.—1 vez.—( IN2016093912 ).
Por
escritura otorgada hoy, ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la
Asamblea General Extraordinaria de accionistas de la sociedad EFX de Costa
Rica S. A., cédula 3-101-544793, mediante los cuales se modifican las
cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo y se nombra agente residente
de la sociedad.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro Bettoni
Traube, Notario.—1 vez.—( IN2016093914 ).
Por
escritura otorgada al ser las doce horas del tres de diciembre del dos mil
dieciséis, que en la asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Ciento
Dos-Setecientos Veintinueve Mil Ochenta y Cinco Sociedad Limitada, cédula
jurídica ciento dos-setecientos veintinueve mil ochenta y cinco, en firme por
unanimidad se acuerda el cambio de nombre por Galleros Latinos Cr Sociedad
Limitada ante la notaria Karla Chaves Mejía. Es todo.—San José, 5 de
diciembre del 2016.—Licda. Karla Chaves Mejía, Notaria.—1 vez.—( IN2016093927
).
Mediante
escritura ante mí otorgada en San José, a las once horas del veintisiete de
noviembre del dos mil dieciséis, se constituyó Norbus YMS S. A. Capital
social cien dólares moneda de los Estados Unidos de América.—Lic. Danilo Loaiza
Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2016093929 ).
Quien
suscribe Jacob Téllez Ramírez, residente nicaragüense, portador de la cédula de
identidad N° 155818128111. Alfonso Quesada Molina, con cédula de identidad
6-0369-0340, Joksan Silva Serrano, con cédula de identidad 6-0275 0997, se
apersonan a la notaria del Lic. Rodrigo Bonilla Gamboa, ubicada en San José,
Catedral Sur, frente a terminal Musoc, a constituir sociedad anónima de nombre Grupo
Perla Porteña. Los teléfonos para cualquier consulta son: 2221-2644, en
horario de oficina: 8 a. m. a 5 p. m.—San José, 5 diciembre del 2016.—Lic.
Rodrigo Bonilla Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2016093931 ).
En
esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica,
la compañía Fuego de Pasiones Limitada, con cédula jurídica número
tres-ciento dos-quinientos cuarenta y seis mil ciento ochenta y seis.—San José,
1° de diciembre del 2016.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2016093933 ).
Por
escritura N° 86, otorgada a las 16:00 horas del día de hoy, ante los notarios
públicos Roberto León Gómez y Carlos Abarca Umaña, se protocolizó un acta de Aero
Carena del Sur Limitada, donde se modificó la cláusula segunda de sus
estatutos.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Roberto León Gómez,
Notario.—1 vez.—( IN2016093934 ).
En
esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica,
la compañía Propiedades y Viviendas Beleamsy S. A., con cédula jurídica
N° tres-ciento uno-cuatrocientos once mil ochocientos setenta y ocho.—San José,
1° de diciembre del 2016.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2016093935 ).
Por
escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas del diecinueve de
octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario público Pablo
Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la
sociedad Inmobiliaria Moderna del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos ochenta y seis mil setecientos ochenta, en
donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del
artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de octubre
del dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—(
IN2016093938 ).
Por
escritura otorgada en San José, a las diecisiete horas treinta minutos del
diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario
público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron
acuerdos de la sociedad Ultra Color Sociedad Anónima, cédula jurídica N°
tres-ciento uno-cero setenta y seis mil novecientos noventa y cuatro, en donde
se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo
doscientos uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de octubre de dos
mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093939 ).
Por
escritura otorgada en San José a las dieciséis horas cuarenta y cinco minutos
del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario
público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron
acuerdos de la sociedad Inmobiliaria Ideal del Este Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres - ciento uno - doscientos ochenta y siete mil
cinco, en donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso
d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de
octubre de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—(
IN2016093940 ).
Por
escritura otorgada en San José, a las dieciséis horas treinta minutos del
diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario
público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron
acuerdos de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Siete Mil Trescientos
Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos siete mil trescientos sesenta y cuatro, en donde se acordó la
disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo doscientos
uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de octubre de dos mil
dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093941 ).
Por
escritura otorgada en San José a las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos
del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario
público Pablo Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron
acuerdos de la sociedad Inmobiliaria los Socios del Este Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y siete mil seis, en
donde se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del
artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de octubre
de dos mil dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—(
IN2016093942 ).
Por
escritura otorgada en San José a las diecisiete horas quince minutos del diecinueve
de octubre de dos mil dieciséis, en conotariado con el notario público Pablo
Sancho Calvo, en el protocolo del mismo, se protocolizaron acuerdos de la
sociedad Huancayo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento
uno - cero noventa y seis mil ochenta y cuatro, en donde se acordó la
disolución de la sociedad de conformidad al inciso d) del artículo doscientos
uno del Código de Comercio.—San José, diecinueve de octubre de dos mil
dieciséis.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2016093943 ).
Por
escritura otorgada en San José, de las quince horas del dos de diciembre del
dos mil dieciséis, se reforman cláusulas del pacto social de la sociedad Jafeda
S. A.—Lic. Consuelo Méndez Marchena, Notaria.—1 vez.—( IN2016093944 ).
Ante esta notaría el día primero de
diciembre del dos mil dieciséis, se protocoliza acta extraordinaria de la
sociedad Consorcio Interamericano Caribe de Exportación Sociedad Anónima,
en la que modifica la cláusula sétima correspondiente a la administración de la
empresa.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Eric Esquivel
Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2016093949 ).
Por
escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas del treinta de
noviembre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la compañía Experience Vida Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.
Teléfono 2220-2068.—San José, treinta de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic.
Manfred Gerhard Marshall Facio, Notario.—1 vez.—( IN2016093952 ).
El
suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la
ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos ochenta
y ocho, iniciada al folio ciento ochenta y cuatro vuelto del tomo primero de mi
protocolo, otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del primero de
diciembre de dos mil dieciséis, se reformó la cláusula primera del pacto
constitutivo en la sociedad anónima denominada Andumex Sociedad Anónima,
cedula jurídica N° tres-ciento uno-trescientos sesenta y seis mil novecientos
veintiocho.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2016093961 ).
El
suscrito Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la ciudad
de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos noventa,
iniciada al folio ciento ochenta y seis frente del tomo primero de mi
protocolo, otorgada ante mi notaría a las dieciocho horas del primero de
diciembre de dos mil dieciséis, se reformó la cláusula primera del pacto
constitutivo y se revocó el nombramiento del agente residente en la sociedad
anónima denominada Vista Atenas Sesenta y Cuatro Sociedad Anónima,
cedula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y seis mil seiscientos
ochenta y cinco.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2016093963 ).
Ante
mi notaría, por escritura número ciento cuatro de las dieciséis horas del
primero de diciembre del dos mil dieciséis, visible al folio sesenta y ocho
vuelto del tomo ocho, se modificó la junta directiva de la sociedad Taller
Bogantes de Carrillo S. A., domiciliada en Belén de Carrillo, Guanacaste,
de la Planta de Cemex, cien metros al norte, se nombra a Marian Bogantes Ochoa
como secretaria de la junta directiva.—Licda. Marianela Moreno Paniagua,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093971 ).
CR
VEB Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
3-101-324268, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de
socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.
Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en
el término de ley contados a partir de la publicación del Diario Oficial La
Gaceta. Es todo.—Parrita, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Federico Arias
Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2016093972 ).
Ante
mi notaría al ser las 14:30 horas del 1° de diciembre del 2016, se modificó
entidad 3-101-7099 S. A. Presidente: Roy Arrieta González,
cédula2-516-770. Vicepresidente: Jorge Eduardo López Solano, cédula 3-220-653.
Secretario: Antonio Arrieta Chávez, cédula 2-243-733. Tesorero: Esteban López
Sandoval, cédula 3-499-847, domiciliada en Limón, Pococí, Guápiles, ciento
cincuenta metros al norte de La Mutual Alajuela, en Centro Comercial Dos Rios,
segundo local de la planta baja.—Licda. Sonia Carrillo Ugalde, Notaria.—1
vez.—( IN2016093973 ).
Por
escritura número 79-8, otorgada ante la notaria Ana Patricia Alfaro Acuña, a
las 11:45 horas del 2 de diciembre del año 2016, se reforma estatuto 19 de la
Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Las
Brisas de Venecia de San Carlos de Alajuela.—Licda. Ana Patricia Alfaro Acuña,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093976 ).
Mediante escritura número 225 del tomo
tercero de mi protocolo, se reforman las cláusulas segunda, sexta y décima
quinta del pacto constitutivo de Inversiones Camuati Sociedad Anónima.—Lic.
Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2016093978).
Mediante
escritura número 222 del tomo tercero de mi protocolo, se reforma la cláusula
quinta del pacto constitutivo de Servicios Ecológicos MBB Sociedad Anónima—Lic.
Randall Mas Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2016093979 ).
Mediante
escritura número doscientos dos - diecisiete de las catorce horas del dos de
diciembre de dos mil dieciséis se protocolizó acta de asamblea de socios
mediante la cual la sociedad Tres - Ciento Uno - Quinientos Cincuenta y Ocho
Mil Ciento Ochenta y Siete S. A., reforma el domicilio y nombra nueva junta
directiva y fiscal. Presidenta: Linda Caligara Andorno.—Lic. Óscar Mario Lizano
Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2016093980 ).
En
escritura N° 490, otorg en San José, 10:30 horas 21-11-2016, se constituyó Memorial
Gardens Costa Rica S. A. Capital US$200.00, dividido en 100 acciones
comunes y nominativas de US$2.00 cada una. Presid Armando Enrique Vásquez
Rojas, céd 2-0320-0558, Secret Diego Vásquez González, cédula 1-1267-0271,
ambos con Represent Judic y Extrajudic.—Licda. Ana Evelia Retana Vargas,
Notaria.—1 vez.—( IN2016093987 ).
En
escritura N° 491, otorgada en San José, 11.00 horas, del 21-11-2016, se
constituyó Camposanto Palmares S. A. Capital US$200.00, dividido en 100
acciones comunes y nominativas de US$2.00 cada una. Presidente: Armando Enrique
Vásquez Rojas, cédula N° 2-0320-0558, secretario: Diego Vásquez González,
cédula N° 1-1267-0271, ambos con Represent. Judic. y Extrajudic.—Licda. Ana
Evelia Retana Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016093989 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Ecohorizontes Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1
vez.—CE2016015054.—( IN2016093992 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 14 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Deure Farma
Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. José Joaquín Soto
Chavarría, Notario.—1 vez.—CE2016015055.—( IN2016093993 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Bufete Acuña Leandro Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Vilma del Carmen
Cordero Benavides, Notaria.—1 vez.—CE2016015056.—( IN2016093994 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 00 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Comercializadora Industrial GAO Sociedad Anónima.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1
vez.—CE2016015057.—( IN2016093995 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tropical Sands
Dominical Eco Inn Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda.
Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—CE2016015058.—( IN2016093996 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Speakhabla
Language Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Rafael Vladimir Valverde Ramírez, Notario.—1
vez.—CE2016015059.—( IN2016093997 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 04 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Blasco Ibáñez Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic.
Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—CE2016015060.—( IN2016093998
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Transesma
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Astrid Binns
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—CE2016015061.—( IN2016093999 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Dieciocho Cosmo Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda.
Carolina Gallegos Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2016015062.—( IN2016094000 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Katoki Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Roberto
Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—CE2016015063.—( IN2016094001 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada M Y S Solanos
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Giselle María
Jara Alvarado, Notaria.—1 vez.—CE2016015064.—( IN2016094002 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada EGT
Transportation Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda.
Laura Gabriela Chaverri Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2016015065.—( IN2016094003 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 20 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Puro Esfuerzo
Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Silvia Castro Quesada,
Notaria.—1 vez.—CE2016015066.—( IN2016094004 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Monte San
Miguel AOE Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Licda. María de Los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1
vez.—CE2016015067.—( IN2016094005 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Jariel Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Edelberto
Patricio Markossy Torres, Notario.—1 vez.—CE2016015068.—( IN2016094006 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 19 de enero
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Precisión M Y J Sociedad
Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Guiselle Arias López,
Notaria.—1 vez.—CE2016015069.—( IN2016094007 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación de
Inversiones Consoli-Tek CR de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Paul Andrés Portuguez Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2016015070.—( IN2016094008 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Aria Tesura Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Federico Piedra Poveda, Notario.—1
vez.—CE2016015071.—( IN2016094009 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 11 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Milvago del
Monte Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Freddy
Jiménez Chacón, Notario.—1 vez.—CE2016015072.—( IN2016094010 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Coco Ocean
Services Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. José Manuel
Arias González, Notario.—1 vez.—CE2016015073.—( IN2016094011 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 05 minutos del 26 de agosto del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Espíritu de las Olas Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Yancy Gabriela Araya
Pérez, Notario.—1 vez.—CE2016015074.—( IN2016094012 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 19 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Qubo Systems
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Eduardo Medina
Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2016015075.—( IN2016094013 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 09 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Premium Brands
Products Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Licda. Sylvia Muñoz García, Notaria.—1 vez.—CE2016015076.——(
IN2016094014 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribución
Fénix CR Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda.
Elizabeth Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—CE2016015077.—( IN2016094015 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Huber Leasing
High Standard Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Lindbergh Arrieta Zárate, Notario.—1
vez.—CE2016015078.—( IN2016094016 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Dream Away Resorts & Residences Costa
Rica Llc Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Sergio Antonio
Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—CE2016015079.—( IN2016094017 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora
Gildo G Y D Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Lic. Ruddy Antonio Saborío Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2016015080.—(
IN2016094018 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 38 minutos del 11 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
KMPCHNN Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda.
Laureen Jinnett Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2016015081.—( IN2016094019
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Las Faldas de
la Vieja Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. María
Lourdes Delgado Lobo, Notaria.—1 vez.—CE2016015082.—( IN2016094020 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Infocus
Healthcare Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda.
Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2016015083.—( IN2016094021 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Rogmar del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de
noviembre del 2016.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1
vez.—CE2016015084.—( IN2016094022 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada B & L
Holdings Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez
Renda, Notaria.—1 vez.—CE2016015085.—( IN2016094023 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 20 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fonseca
Holdings Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. María
Dolores Araya Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2016015086.—( IN2016094024 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría a las 09 horas 00 minutos del 21 de
Noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Liang & Jiang Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del
2016.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2016015087.—( IN2016094025
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Palermo Road
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Licda. Cinzia Víquez
Renda, Notaria.—1 vez.—CE2016015088.—( IN2016094026 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 28 de
setiembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Gaman
Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic.
Héctor Chaves Sandoval, Notario.—1 vez.—CE2016015089.—( IN2016094027 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 16 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Las Cumbres del Silencio S J C K de
Turrialba Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Fabián
Arias Amador, Notario.—1 vez.—CE2016015090.—( IN2016094028 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 17 de noviembre
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Velco
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Jennie Morera
Esquivel, Notaria.—1 vez.—CE2016015091.—( IN2016094029 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tenedora de
Acciones B&L Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Cinzia
Víquez Renda, Notario.—1 vez.—CE2016015092.—( IN2016094030 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 19 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada El Capataz
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Carmen Erika
Hernández Sandoval, Notaria.—1 vez.—CE2016015093.—( IN2016094031 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Capamasa Azul
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Alejandro
Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2016015094.—( IN2016094032 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 12 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Carnes y Embutidos Siquirres de Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Sussy Brenes
Alvarado, Notaria.—1 vez.—CE2016015095.—( IN2016094033 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 19 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Malisona
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Helen Lissette
Vargas Herrera, Notario.—1 vez.—CE2016015096.—( IN2016094034 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 18 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Quo Tourist
Group Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic.
Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—CE2016015097.—( IN2016094035 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Cyber Media Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Andrea
María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—CE2016015098.—( IN2016094036 ).
Por
escritura número ciento ocho otorgada ante esta Notaría Pública a las once
horas del cinco de diciembre del dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria, de la sociedad denominada Transportes Monte
Arenal S.A. Donde se acordó reformar la cláusula: sexta, de la
administración. Es todo.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—(
IN2016094037 ).
Mediante
escritura número 173 otorgada en San José a las 12:00 horas del día 1° de
diciembre del 2016, protocolicé acta del libro de asamblea general de socios de
la compañía Papa Flamingo Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-124817, donde se nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente
y se modificó la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo.—Lic. Luis
Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2016094040 ).
El
suscrito notario, hace constar que mediante escritura otorgada el 26 de
noviembre del 2016. José Gilbert Charpentier Mazar y otros, constituyen Fundación
para el Desarrollo del Bambú en Costa Rica, duración perpetua, con
domicilio en Santa Ana, carretera vieja, finca Musmani, del Rescate de Vida
Animal en el Alto de las Palomas, 300 metros al sur.—San José, 30 de noviembre
del 2016.—Lic. Abraham Vargas Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2016094043 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Universales Mye Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 21 de noviembre
del 2016.—Lic. Andrea María Meléndez Corrales, Notario.—1 vez.—CE2016015099.—(
IN2016094044 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Grupo Monge y
Villalta Limitada.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos Eduardo
Mata Ortega, Notario.—1 vez.—CE2016015100.—( IN2016094045 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Jardín Arcoiris
de Flores Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos
Eduardo Mata Ortega, Notario.—1 vez.—CE2016015101.—( IN2016094046 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Oceana Mía Azul
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Ernesto Desanti
González, Notario.—1 vez.—CE2016015102.—( IN2016094047 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mascoffe
Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Lic. Mario Enrique
Calvo Achoy, Notario.—1 vez.—CE2016015103.—( IN2016094048 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 21 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Profashionals
Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Braulio Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—CE2016015104.—( IN2016094049 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 20 de
Octubre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Sociedad Anónima
Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Georgina Rojas
D Avanzo, Notaria.—1 vez.—CE2016015105.—( IN2016094050 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada H & R
Seguridad Total Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Alicia Barzallo Fernández, Notaria.—1 vez.—CE2016015106.—( IN2016094051 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 18 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Vivieros Azalea
Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Jorge Zúñiga Calderón,
Notario.—1 vez.—CE2016015107.—( IN2016094052 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Corporación de
Inversiones Consolitek CR de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de
noviembre del 2016.—Lic. Paul Andrés Portuguez Aguilar, Notario.—1
vez.—CE2016015108.—( IN2016094053 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 19 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Mafanikio Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Carolina Gallegos
Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2016015109.—( IN2016094054 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 22 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Longchamps
Corporation Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2016015110.—(
IN2016094055 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Xin Zhong Hua Sociedad
Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Félix Ángel Hernández
Obando, Notario.—1 vez.—CE2016015111.—( IN2016094056 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
Fenicce Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda.
Elizabeth Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—CE2016015112.—( IN2016094057 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 08 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Turísticas C&J Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del
2016.—Licda. Laura Zumbado Loria, Notaria.—1 vez.—CE2016015113.—( IN2016094058
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 02 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Empresarios Unidos MCP de Orotina Sociedad
Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Johan Castillo Umaña,
Notario.—1 vez.—CE2016015114.—( IN2016094059 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 04 de julio
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Grupo Incer
Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Sianny Arce
Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2016015115.—( IN2016094060 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada San Lorenzo
Properties Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Javier
Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—CE2016015116.—( IN2016094061 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Dos Por Tres Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—CE2016015117.—( IN2016094062 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 05 horas 00 minutos del 07 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Global Shipping
Company Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. José
Joaquín Herrera Arias, Notario.—1 vez.—CE2016015118.—( IN2016094063 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de octubre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Nexusrmb CR Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Jesús Osvaldo Rojas
Oconor, Notario.—1 vez.—CE2016015119.—( IN2016094064 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 23 minutos del 19 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Innotec Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Carlos
Eduardo Blanco Fonseca, Notario.—1 vez.—CE2016015120.—( IN2016094065 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ecosoluciones
Empresariales Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Marco Vinicio Quesada Sandí, Notario.—1 vez.—CE2016015121.—( IN2016094066 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Nexos Asesoría
y Gestión Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Lic. Juan Miguel Vásquez Vásquez, Notario.—1 vez.—CE2016015122.—(
IN2016094067 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Kuora TH Dos
Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Óscar Mario
Lizano Quesada, Notario.—1 vez.—CE2016015123.—( IN2016094068 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 09 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada J M Pareja
Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Bautista
Moya Fernández, Notario.—1 vez.—CE2016015124.—( IN2016094069 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada G Z D Gozadera Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Patricia Claudia
Frances, Notaria.—1 vez.—CE2016015125.—( IN2016094070 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada SMI De San José Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Priscila Picado Murillo,
Notaria.—1 vez.—CE2016015126.—( IN2016094071 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tramisa
Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Bernardo Guzmán
Núñez, Notario.—1 vez.—CE2016015127.—( IN2016094072 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mendezalfaro
Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Jonnattan
Desanti Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2016015128.—( IN2016094073 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Servicios Fiduciarios del Este Siglo XXI
Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Juan Carlos León Silva,
Notario.—1 vez.—CE2016015129.—( IN2016094074 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 45 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Mebus MD Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Fernando Fernández Delgado, Notario.—1 vez.—CE2016015130.—( IN2016094075 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Barika Holdings Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.–Lic. Ernesto
Desanti González, Notario.—1 vez.—CE2016015131.—( IN2016094076 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 17 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Mora & G
Asociados Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Joaquín Alvarado Rojas, Notario.—1 vez.—CE2016015132.—( IN2016094077 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 07 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Construcciones
Namy Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Luis
Charpentier Acuña, Notario.—1 vez.—CE2016015133.—( IN2016094078 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se constituyó
la sociedad denominada Alimentos y Bebidas Paco & Lola Sociedad Anónima.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Guadalupe Montero Ugalde, Notaria.—1
vez.—CE2016015134.—( IN2016094079 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 30 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Odontología Profesional Alfaher Sociedad
Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Ingrid Vanessa Mata
Araya, Notario.—1 vez.—CE2016015135.—( IN2016094080 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Lara Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Marisela Araya
Araya, Notaria.—1 vez.—CE2016015136.—( IN2016094081 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dossier
Consultoría Legal Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Rodolfo Enrique Montero Pacheco, Notario.—1 vez.—CE2016015137.—( IN2016094082
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 18 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Atenas
Properties Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Carlos Francisco García Zamora, Notario.—1 vez.—CE2016015138.—( IN2016094083 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 15 de
Noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Diclodexa
Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—CE2016015139.—( IN2016094084
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 30 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Alene N. S. R. Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic.
Ronald Brealey Mora, Notario.—1 vez.—CE2016015140.—( IN2016094085 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 10 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Murillo &
Ramos Transportes Turísticos Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Arturo Monge Corrales, Notario.—1
vez.—CE2016015141.—( IN2016094086 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Tramisacr
Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Bernardo Guzmán
Núñez, Notario.—1 vez.—CE2016015142.—( IN2016094087 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 22 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Longchamps
Corporation Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de
noviembre del 2016.—Licda. Ismene Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—CE2016015143.—(
IN2016094088 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Maderas Premium
V&M Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Marta
Emilia Rojas Carranza, Notaria.—1 vez.—CE2016015144.—( IN2016094089 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Dos de Azúcar
Coffee Stop Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda.
Diana Araya Steinvorth, Notaria.—1 vez.—CE2016015145.—( IN2016094090 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 22 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada IMD Boreal Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Marco Vinicio Villegas
Arroyo, Notario.—1 vez.—CE2016015146.—( IN2016094091 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Chadesco
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del
2016.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—CE2016015147.—(
IN2016094092 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Residencial PLV
Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Magally María Guadamuz
García, Notaria.—1 vez.—CE2016015148.—( IN2016094093 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 16 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada PG
Promocionales Gráficos Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del
2016.—Lic. María José Campos García, Notaria.—1 vez.—CE2016015149.—(
IN2016094094 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de octubre
del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Pérez Vega y Elizondo
Consultoría Legal Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de
noviembre del 2016.—Lic. Adolfo Vega Camacho, Notario.—1 vez.—CE2016015150.—(
IN2016094095 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Ccuatror
Sociedad Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Ana Giselle
Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2016015151.—( IN2016094096 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Constructora
Next GCVAC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre
del 2016.—Lic. Carlos Alberto Hernández Navarro, Notario.—1
vez.—CE2016015152.—( IN2016094097 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 22 de
noviembre del año 2016, se constituyó la sociedad denominada Fuduna Costa Rica
Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Andrea Karolina Rojas
Mora, Notaria.—1 vez.—CE2016015153.—( IN2016094098 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 20 horas 00 minutos del 21 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Barika Inversiones Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Ernesto
Desanti González, Notario.—1 vez.—CE2016015154.—( IN2016094099 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 30 minutos del 18 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones del Oeste Siglo XXI Sociedad
Anónima.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Licda. Andrea Cordero Montero,
Notaria.—1 vez.—CE2016015155.—( IN2016094100 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del 21 de noviembre del
dos mil dieciséis Kuolien Inc Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica N° 3-101-385474, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas. Se reforman las cláusulas quinta y novena del
pacto constitutivo y se nombra junta directiva y fiscal.—Licda. Elizabeth
Angulo Gatjens, Notaria.—1 vez.—( IN2016094104 ).
Por
escritura de las 18:00 horas del 14 de setiembre del 2016 ante esta notaría, se
reforma clausula sétima del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones
Matapalo y Hermosa Com S. A., cédula 3-101-431996; se revoca el
nombramiento del secretaria y se nombra uno nuevo.—San José, 14 de noviembre
del 2016.—Licda. Helen Duarte Gamboa, Notaria.—1 vez.—( IN2016094107 ).
A las
once horas del treinta de noviembre de dos mil dieciséis, mediante escritura
pública otorgada ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Socata
Sociedad Anónima, con capital suscrito y pagado de veinte mil colones y
domicilio en San José, Escazú, Residencial vista Alegre.—San José, treinta de
noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Ricardo Chávez Murillo, Notario.—1 vez.—(
IN2016094108 ).
Se
reforma la cláusula segunda del pacto social, se nombra nueva junta directiva y
fiscal de Distribuidora Latinos MPFA Sociedad Anónima, cédula:
3-101-699866.—Alajuela, veintisiete de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda.
Delia A. Segura Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2016094109 ).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, se constituye la sociedad de esta plaza Faro
Soluciones Sociedad Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado, se
nombra junta directiva y fiscal.—San José, cinco de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Alejandro Wyllins Soto, Notario.—1 vez.—( IN2016094119 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 8:00 horas del 5 de diciembre del 2016, se
protocolizó acta de la empresa Celular Parking Systems Technology Costa Rica
S. A., por medio de la cual se modifica la cláusula sexta de los
estatutos sociales.—San Pedro de Montes de Oca, cinco de diciembre del dos mil
dieciséis.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016094121 ).
Por escritura pública otorgada ante esta
notaría, en la ciudad de San José al ser las quince horas con diez minutos del
primero de diciembre de dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Loyalty Miles Services
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos once
mil ciento sesenta y siete, en la que se transformó la sociedad en una sociedad
de responsabilidad limitada.—San José, dos de diciembre de dos mil
dieciséis.—Lic. Carlos Francisco Camacho González, Notario.—1 vez.—(
IN2016094122 ).
Ante
mí, Héctor Rolando Vargas Sánchez, notario público con oficina en Heredia en escritura
otorgada a las 10:00 horas del 2 de diciembre del 2016, se disolvió la empresa
cuyo nombre es su cedula jurídica número 3-102-628279 S.R.L. Es todo.—02 de
diciembre del 2016.—Lic. Héctor Rolando Vargas Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2016094134 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy
en mí notaría, se protocolizó acta de asamblea general de socios de la sociedad
Técnicas de Publicaciones Turísticas S. A., en la cual se acuerda
disolver esta sociedad a partir del día veintiséis de setiembre de dos mil
dieciséis.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana
Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094143 ).
Mediante
escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula quinta
del pacto social de Florida Inmobiliaria Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y seis mil noventa y uno,
aumentándose su capital social.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil
dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094145 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy
en mi notaria, se reforma la cláusula quinta del pacto social de North
Península Holdings (NPH) Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos treinta y dos mil sesenta y tres, aumentándose su capital
social.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis.—Licda. Ana
Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094146 ).
Mediante
escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula quinta
del pacto social de la sociedad Vinum Aura S. A., por haberse aumentado
el capital social.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil
dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094147 ).
Mediante
escritura otorgada el día de hoy en mi notaría, se reforma la cláusula quinta
del pacto social de Comapan S. A., en virtud de haberse acordado un
aumento de capital social.—San José, veintiséis de setiembre de dos mil
dieciséis.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—1 vez.—( IN2016094148 ).
Por
escritura número ciento setenta y uno del tomo dieciséis de mi protocolo,
otorgada las quince horas del 30 de noviembre del 2016, el suscrito notario
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Fine
Silhouette in Lake Views Thirteen Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica N° 3-101-437797, mediante la cual se reforman las cláusulas sétima de
los estatutos sociales.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Víquez
Carazo, Notario.—1 vez.—( IN2016094151 ).
Por
escritura N° ciento sesenta y ocho del tomo dieciséis de mi protocolo, otorgada
las diez horas del 28 de noviembre del 2016, el suscrito notario protocolicé el
acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Sierras
de Madelia Doce Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica N°
3-101-476145, mediante la cual se reforma la cláusula setima de los estatutos
sociales.—San José, 28 de noviembre del 2016.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo,
Notario.—1 vez.—( IN2016094153 ).
Mediante
escritura N° 197, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 22 de
noviembre del 2016, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
la sociedad Río Coquiba S.A., mediante la cual se modifica el domicilio
social, siendo el nuevo en San José, Escazú, Alto Las Palomas, Condominio Cerro
Real, casa treinta y cinco.—San José, 22 de noviembre del 2016.—Lic. Eugenio
Vargas Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2016094154 ).
De
conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio, mediante documento
privado de cesión de marcas, Moda Skate and Surf S. A., cédula jurídica
N° 3-101-367263, ha traspasado a favor de Lok Arenas IP S. A., cédula
jurídica 3-101-719875, los establecimientos comerciales. Diseño especial,
registro N° 253379, a Arenas Skate and Surf, registro N° 253722, a Arenas
El Parque, registro N° 253607, Community, registro N° 253686, a Arenas
Beach Bar, registro N° 254547.—San José, 15 de noviembre del 2016.—Licda.
Pamela Mora Soto, Abogada.—1 vez.—( IN2016094160 ).
Ante esta notaría se protocolizó hoy acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Inversiones
Royju Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula tercera del pacto
constitutivo.—San José, veintitrés de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic.
Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016094163 ).
El
día de hoy ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea de socios de Green
Trails C R. Car Renta Limitada, cédula 3-102-689515, en la que se modifica
la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, siete de noviembre del 2016.—Lic.
Manfred Clausen Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016094164 ).
En mi
notaria por escritura a las 11:30 horas del 29 de noviembre del 2016, se
protocolizó acta de la sociedad Flosanco San Francisco S. A.,
cédula jurídica 3-101-700834, por la cual se acuerda la disolución de la
sociedad. Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su oposición en el
domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve de noviembre del
dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—(
IN2016094167 ).
En mi
notaría por escritura a las 10:30 horas del 29 de noviembre del 2016, se
protocolizó acta de la sociedad Tres- Ciento Uno-Seis Cuatro Ocho Cero Seis
Tres S. A., cédula jurídica 3-101-648063, por la cual se acuerda la
disolución de la sociedad. Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su
oposición en el domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales,
Notario.—1 vez.—( IN2016094169 ).
En mi
notaría por escritura a las 11:00 horas del 29 de noviembre del 2016, se
protocolizó acta de la sociedad Tres- Ciento Uno- Seis Seis Cuatro
Nueve Nueve Siete S. A., cédula jurídica 3-101-664997, por la cual se
acuerda la disolución de la sociedad. Cualquier interesado o acreedor podrá
presentar su oposición en el domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada,
veintinueve de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge
Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094171 ).
En mi
notaria por escritura a las 11:15 horas del 29 de noviembre del 2016, se
protocolizó acta de la sociedad Tres- Ciento Uno-Seis Seis Cinco Cinco Ocho
Dos S. A., cédula jurídica 3-101-665582, por la cual se acuerda la
disolución de la sociedad. Cualquier interesado o acreedor podrá presentar su
oposición en el domicilio social de esta sociedad.—Ciudad Quesada, veintinueve
de noviembre del dos mil dieciséis.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales,
Notario.—1 vez.—( IN2016094172 ).
En mi
notaría a las 8:00 horas del 2 de diciembre del 2016 he protocolizado acta de
asamblea extraordinaria de accionistas de Distribuidora Pirámide Hermanos
Salas S. A., por la cual se aumenta el capital social y se modifica la
cláusula quinta referente al capital.—Ciudad Quesada, 2 de diciembre del
2016.—Lic. Gonzalo Alfonso Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2016094173 ).
Mediante
escritura pública otorgada a las 15:00 horas del 01 de diciembre del año 2016,
se disuelve la sociedad Servicios de Mensajería y Cobro Mensacob Sociedad
Anónima. Carnet: 5926.—San José, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Luis
Gustavo González Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2016094182 ).
Mediante
escritura pública otorgada a las 16:00 horas del 01 de diciembre del año 2016,
se disuelve la sociedad Servicios de Mensajería y Cobro Mensacob Sociedad
Anónima.—San José, 01 de diciembre del año 2016.—Lic. Luis Gustavo González
Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2016094184 ).
Por
escritura número veintiuno-siete, se modificó la cláusula segunda del pacto
social y se hace un nuevo nombramiento de junta directiva de la sociedad
denominada M A Enerbrina Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-doscientos sesenta y cuatro mil doscientos treinta y seis.—San José, 5 de
diciembre del 2016.—Licda. Karla Solano Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2016094196 ).
Por
escritura protocolizada ante esta notaría de las nueve horas de hoy se modifica
la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Keyki Sociedad
Anónima y se nombra nueva junta directiva.—San José, 2 de diciembre del
2016.—Lic. Erick Brealey Bejarano, Notario.—1 vez.—( IN2016094199 ).
Por
escritura 151 de las 10:00 horas del día 01-06-2016 ante esta Notaría se
protocoliza acta de la compañía Casa de la Catarata Limitada por la cual
se modifican cláusula segunda del estatuto en cuanto al domicilio; la sexta en
cuanto a la representación y se nombra gerente y subgerente; y se cancela un
poder generalísimo.—San José, 03-012016.—Lic. Agustín Alberto Monge Piedra,
Notario.—1 vez.—( IN2016094206 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 10:30 horas del 12 de octubre del
2016, se constituyó la empresa Inmobiliaria Damiluma del Mar S. A.,
Domicilio: Alajuela, Plazo social: Noventa años, Capital social: Totalmente
suscrito y pagado.—Alajuela, 12 de octubre, 2016.—Lic. José Arturo Fernández
Ardón, Notario.—1 vez.—( IN2016094210 ).
Mediante
escritura otorgada ante el suscrito notario a las trece horas treinta minutos
del día de hoy se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de
cuotistas de Kir Comercial Limitada, cédula tres-ciento dos-seiscientos
cincuenta y tres mil quinientos treinta y tres; mediante los cuales se modificó
la cláusula quinta del pacto social. Es todo.—San José, cinco de diciembre de
dos mil dieciséis.—Lic. Gabriel Clare Facio, Notario.—1 vez.—( IN2016094240 ).
El suscrito
Lic. Luis Roberto Zamora Bolaños, notario público carné 18239, protocolicé
asamblea general extraordinaria de socios de compañía Finca Las R’s S. A.,
mediante la cual se modificó la composición de la presidencia y secretaría.
Escritura número 2-45. Otorgada en la ciudad de Heredia, a las 13:00 horas 5 de
diciembre del 2016.—Lic. Luis Roberto Zamora Bolaños, Notario.—1 vez.—(
IN2016094245 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario a las 13 horas del día 05 de
diciembre del 2016, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad de esta plaza Villa IX Celeste de San Antonio
S. A., por la que se varía la administración y se nombra junta
directiva.—San José, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier,
Notario.—1 vez.—( IN2016094246 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario a las 12 horas del día 5 de
diciembre del 2016, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad de esta plaza Forestales Bellos Dos Mil Doce S.
A., por la que se varía el domicilio y la administración y se nombra junta
directiva.—San José, 5 de diciembre del 2016.—Lic. Giancarlo Vicarioli Guier,
Notario.—1 vez.—( IN2016094247 ).
Solicitud Nº 2016-2372.—Ref: 35/2016/4910.—José Antonio Díaz Rojas, cédula de identidad 0601230127,
solicita la inscripción de: D19 como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela Upala Bijagua, El Retiro, del colegio de Bijagua
800 metros al sur, un kilómetro al oeste y 500 metros al suroeste, camino a las
torres de celular. (Dos fincas se encuentran contiguas). Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 07 de noviembre del 2016. Según el expediente Nº
2016-2372.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2016094251 ).
Mediante
escritura pública otorgada ante esta notaría se protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria en la que se nombra a Priscila Andre Trejos nueva
apoderada general y generalísima sin límite de suma de la empresa Servicios
de Seguridad Moore Stahl S. A., cédula jurídica 3-101-166489.—Alajuela, 25
de noviembre del 2016.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—(
IN2016094275 ).
Mediante
escritura pública otorgada ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria en la que se nombra Priscila André Trejos nueva
apoderada general y generalísima sin límite de suma de la empresa servicios de Monitoreo
y Respuesta Armada Moore Stahl S. A., cédula jurídica
3-101-269154.—Alajuela, 25 de noviembre del 2016.—Lic. Alexander Ruiz Castillo,
Notario.—1 vez.—( IN2016094276 ).
Mediante escritura pública otorgada ante
esta notaría se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria en la que
se establece que los actuales representantes legales de la sociedad pueden
actuar en forma individual como apoderados generalísimos sin límite de suma,
todo lo anterior de la empresa Lazo Verde S. A. cédula jurídica
3-101-690321.—Alajuela, 25 de noviembre del 2016.—Lic. Alexander Ruiz Castillo,
Notario.—1 vez.—( IN2016094277 ).
Mediante
escritura pública otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria en la que se disuelve la empresa Servicios
Odontológicos Bermadent Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-trecientos diecisiete mil cuatrocientos sesenta.—Alajuela, 30 de noviembre
del 2016.—Lic. Alexander Ruiz Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2016094278 ).
Por
escritura otorgada a las diecisiete horas del primero de diciembre del dos mil
dieciséis, ante esta notaría por acuerdo de socios se acuerda la disolución de
la sociedad 3-101-550074 Sociedad Anónima.—Cartago, 2 de diciembre del
2016.—Licda. Gabriela Ocón Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094281 ).
El
suscrito Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la ciudad
de Atenas, hago constar que mediante escritura número doscientos ochenta y
nueve, iniciada al folio ciento ochenta y cinco frente del tomo primero de mi
protocolo, otorgada ante mi notaría a las diecisiete horas con treinta minutos
del primero de diciembre de dos mil dieciséis, se reformó la cláusula primera
del pacto constitutivo, en la sociedad anónima denominada Vista Atenas
Sesenta y Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento sesenta y seis mil seiscientos ochenta y seis.—Atenas, 05 de
diciembre del 2016.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2016094285 ).
Ante
la suscrita notaria, se modificó el pacto constitutivo y el domicilio social de
sociedad Arqueología Medieval Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y cinco mil ciento ochenta. Presidenta:
Martha Lorena Arauz Lacayo, vicepresidente Iván Rafael Guerra Rayen y
secretaria: Andrea Margarita Guerra Arauz. Domicilio social Alajuela, La
Guácima, Condominio las Puertas, casa F trece.—San José, treinta de noviembre
del dos mil dieciséis.—Licda. Susana María Ureña Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094289
).
Ante
la notaría del Lic. Víctor Manuel González Loría, mediante escritura número
doscientos ochenta y siete, visible al folio ciento cuarenta y uno frente y
vuelto, del tomo sexto del protocolo del suscrito notario, de fecha once horas
del día cinco de diciembre del ario dos mil dieciséis, se modifica la cláusula
sexta de los estatutos de la compañía denominada Agropecuaria Coyolar
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento diecinueve mil treinta siete, sociedad domiciliada en Las Juntas de
Abangares de Guanacaste cincuenta metros al norte y doscientos setenta y cinco
al oeste del Banco Nacional de Costa Rica. Es Todo.—San José, treinta y uno de
octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Manuel González Loría, Notario.—1
vez.—( IN2016094291 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las nueve horas del veintiocho de octubre del dos mil dieciséis; se
modifica la cláusula octava del pacto constitutivo; y se nombra nuevo
representante, de la sociedad anónima: Transmike Hernández & González
H. G. Sociedad Anónima, por el plazo social restante.—Ciudad
de La Fortuna, San Carlos Alajuela, 01 de diciembre del 2016.—Lic. Manuel
Tückler O’Connor, Notario.—1 vez.—( IN2016094292 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del treinta de
noviembre del dos mil dieciséis; protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad de esta plaza Seguridad Relámpago Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta y cinco mil
trescientos diez, mediante la cual, se reforman las clausulas primera y sexta
del pacto constitutivo, se revoca el nombramiento de junta directiva y fiscal y
se hace nuevo nombramiento por el resto del plazo social.—San José, dos de
diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Roxana Sofía Lao Méndez, Notaria.—1
vez.—( IN2016094293 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, se constituyó la compañía María
Torres Espectáculos Sociedad Anonima, domiciliada en San José, con capital
social íntegramente suscrito y pagado. Presidente y secretario apoderados
generalísimos sin límite de suma. María de los Ángeles Torres Muñoz,
Presidente.—San José, 30 de noviembre de 2016.—Lic. Sergio Masís Olivas,
Notario.—1 vez.—( IN2016094294 ).
Ante
esta notaría, a las once horas del día cinco de diciembre de dos mil dieciséis,
mediante escritura número noventa y uno, la Sociedad Comercializadora Movi
de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-
seis ocho uno nueve tres ocho, nombra nuevo Presidente en la junta
directiva.—San Ramón, cinco de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. Angélica
Campos Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2016094295 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las diez
horas con treinta minutos del doce de octubre de dos mil dieciséis, se
protocolizó el Acta número cinco de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Costa Flamingo Sociedad Anónima,
titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil
sesenta, en la cual se modifica la cláusula segunda referente al domicilio
social. Es todo.—San José, doce de octubre de dos mil dieciséis.—Licda. Silvia
Martínez Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2016094297 ).
En esta notaría de Licda. Lidia Rivera
Camacho, se constituye sociedad Camps Limitada.—San José, 06 de
diciembre 2016.—Licda. Lidia Elizabeth Rivera Camacho, Notaria.—1 vez.—(
IN2016094298 ).
Protocolicé
acuerdos de la sociedad Misifús Produccionbes Sociedad Anónima, en los
cuales se modifican las cláusulas del domicilio social y se nombra presidente,
tesorero y secretario por renuncia de los anteriores.—San José, veintidós de
noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Wilfred Argüello Muñoz, Notario.—1 vez.—(
IN2016094308 ).
Por
escritura otorgada a las 10 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Taller
de Producción y Venta de Uniformes M. M. Sociedad Anónima, domiciliada en
San José, donde se acordó el cierre de la sociedad.—San José, 7 de noviembre
del 2016.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2016094315
).
Por
escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la
sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Quince Mil Quinientos Treinta y Cuatro
Sociedad Anónima, domiciliada en San José, donde se acordó modificar la
cláusula décima y se nombró junta directiva.—San José, 05 de diciembre del
2016.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2016094317 ).
A las
14:00 horas del 28 de noviembre del 2016, se modificó la junta directiva en
cuanto al nombramiento del secretario tesorero y fiscal y se reformó la
cláusula segunda y sétima del pacto constitutivo de la sociedad denominada South
Rio Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-645531.—Lic. Belmer Segura
Godínez, Notario.—1 vez.—( IN2016094328 ).
En esta notaría, a las ocho horas del
primero de diciembre del año dos mil dieciséis se protocoliza el acta dos, de
la sociedad Kakuy Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero
uno-siete cero nueve cinco seis dos. Pérez Zeledón San José.—San José.—Lic.
Jairo Mauricio Guzmán Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2016094329 ).
Por
escritura número ciento ochenta y tres, tomo uno, otorgada ante el notario
público José Isaac Fonseca Molina, la sociedad denominada S.B.A de PZ
Sociedad Civil, cédula jurídica número tres - ciento seis- seiscientos
sesenta y un mil ciento noventa y uno, nombra un tercer Administrador quien
tendrá las mismas facultades que los Administradores actuales, en tal sentido
se nombra para dicho cargo al señor Cristhofer Bravo Méndez, cédula de
identidad número uno - mil seiscientos diecisiete — cero cero treinta y cuatro.
De igual forma, se aumenta el Capital Social la sociedad de doce mil colones a
dieciocho mil colones, para lo cual el señor Cristhofer Bravo Méndez aportó la
suma de seis mil colones exactos.—Pérez Zeledón, el dos de diciembre de dos mil
dieciséis.—Lic. José Isaac Fonseca Molina, Notario.—1 vez.—( IN2016094331 ).
Mediante
escritura pública número cincuenta y nueve, otorgada a las once horas treinta
minutos del treinta de noviembre del dos mil dieciséis, ante el notario Rafael
Ángel Gutiérrez Gutiérrez, se reformó la cláusula octava (de la junta
directiva) del pacto constitutivo de la sociedad Willkie de Centroamérica,
Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
veintitrés mil ciento cuarenta y tres.—Heredia, treinta de noviembre del
2016.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2016094340 ).
Mediante
escritura número 148 otorgada ante el notario público Norman Leslie De Pass
Ibarra, a las 11:00 horas y cincuenta y cinco minutos del 05 de diciembre de
2016, se acordó la disolución de la sociedad Modu Muebles de América S. A.,
cédula de persona jurídica número 3-101-682837. Dentro del plazo de 30 días a
partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus
derechos e intereses en la presente disolución.—San José, 5 de diciembre de dos
mil dieciséis.—Lic. Norman Leslie de Pass Ibarra, Notario.—1 vez.—(
IN2016094343 ).
Ante
esta notaría, mediante escritura trescientos noventa y tres-nueve, se
protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de la compañía Seguridad
Alfa S. A., cédula jurídica 3-101-174285, por medio de la cual se reforma
la cláusula quinta del Pacto Constitutivo y se aumenta su capital social.—San
José, 05 de diciembre de 2016.—Lic. Ronald E. Durán Molina, Notario.—1 vez.—(
IN2016094345 ).
Ante esta
notaría mediante escritura dos-diez, se protocoliza acta de asamblea
extraordinaria de socios de la compañía Cardoce & Dijeres Inversiones
S.R.L., cédula jurídica 3-101-643129 y se reforman las cláusulas primera y
sétima del pacto constitutivo, además se revoca el nombramiento de gerente y
subgerente y se nombran sustitutos en dichos cargos.—Alajuela, 5 de diciembre
del 2016.—Lic. Ronald E. Durán Molina, Notario.—1 vez.—( IN2016094346 ).
Guarantee
Secure Trape Sociedad Anónima, con cédula
jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil novecientos trece,
modifica la cláusula primera del acta constitutiva, para que en lo sucesivo
diga así: “Primera del nombre, la sociedad se denominará Administra Punto
Com, siendo este un nombre de fantasía, pudiendo abreviarse como Administra.Com
S. A.—San José, veintiocho de noviembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana
Lorena Gamboa Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2016094373 ).
Por
escritura otorgada ante mí, hoy a las ocho horas Roydly Paredes Reymer y
Juan Diego Merkt Carrillo constituyen una sociedad de responsabilidad
limitada, cuya denominación social será el número de cédula que se le
asigne.—Cartago, 5 de diciembre del 2016.—Licdo. Luis Guillermo Ramírez Víquez,
Notario.—1 vez.—( IN2016094378 ).
En mi
notaría se ha disuelto la sociedad denominada Chayotes del Paraíso E.I.R.L..
Gerente general el socio Cesar Alberto Morales Madriz. En Guadalupe a las ocho
horas del dos de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Priscilla Sánchez
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094379 ).
Mediante
la escritura número treinta y dos de la fecha diecisiete de noviembre de dos
mil dieciséis, otorgada ante el suscrito notario Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinarias de accionistas de la
sociedad Villanuz Sociedad Anónima, número de cédula jurídica
tres-ciento uno-veintiséis mil ciento cincuenta y cinco, mediante las cuales se
acuerda el aumento del capital social.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2016094380 ).
Por escritura número 29, otorgada a las 9
horas del día de hoy ante el notario público Carlos Andrés Abarca Umaña, se
protocolizó un acta de Candelillas Sociedad Anónima, donde se modificó
la cláusula segunda y sexta.—San José, 06 de diciembre, 2016.—Lic. Carlos
Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—( IN2016094381 ).
Ante
esta notaría, por escritura ciento uno, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima Blanca Vanessa Sociedad Anónima,
número de cédula jurídica: tres-ciento uno-trescientos treinta y ocho mil
ciento ochenta y tres, en la cual se acuerda la disolución de la misma.—San
José, seis de diciembre del año dos mil dieciséis.—Licda. Grace Calderón
Garita, Notaria.—1 vez.—( IN2016094382 ).
Constitución de sociedad anónima. Allan
Segura Pereira, mayor, casado una vez, comerciante, vecino de Río Claro,
Guaycará, Golfito, Puntarenas, trescientos metros al norte del Banco Nacional
de Costa Rica, con cédula número uno-ochocientos cinco-cuatrocientos cuarenta y
nueve y otros, constituyen Sociedad Anónima con la numeración que el Registro
de la Propiedad sección Mercantil otorgue, con capital social de cien dólares
en diez acciones de diez dólares cada una. Domicilio social: Río Claro,
Guaycará, Golfito, Puntarenas, trescientos metros al norte del Banco Nacional
de Costa Rica, Notario: Carlos Andrés Díaz Montero, otorgada a las ocho horas
del veinticinco de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Carlos Andrés Díaz
Montero, Notario.—1 vez.—( IN2016094387 ).
Ante
mi notaría, a las 11:00 horas del 5 de diciembre de 2016, se reformó la
sociedad denominada: Agropecuaria Pérez Benavides S. A.—San José,
dieciséis 5-12-2016.—Lic. Farid Breedy G., Notario.—1 vez.—( IN2016094389 ).
El
notario público que suscribe debidamente autorizado para tal efecto, a las
quince horas del treinta de noviembre de dos mil dieciséis, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Lenny Victoria
And John de San Isidro S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos noventa y un mil trescientos noventa y nueve, donde se modificó
el pacto social.—Cóbano de Puntarenas, 05 de diciembre de 2016.—Lic. Juan
Carlos Fonseca Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2016094397 ).
Se
hace constar, que por escritura número doscientos veintinueve de las trece
horas treinta minutos del veintitrés de noviembre dos mil dieciséis, en el tomo
tres del protocolo del notario Rodolfo Freer Campos, se disolvió la sociedad Inversiones
Rocoki S. A.—San José, 28 de noviembre del 2016.—Lic. Rodolfo Freer Campos,
Notario.—1 vez.—( IN2016094401 ).
Ante esta notaría, por escritura de las
once horas del día primero de noviembre del dos mil dieciséis, se constituyó la
sociedad: Blanca Salas BS Sociedad Anónima. Presidenta: Blanca Salas
Castro.—San José, cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Francisco
Vega Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2016094409 ).
En
escritura Nº 165, otorgada a las 16:00 horas del 30 de noviembre del 2016,
protocolicé ratificación de junta directiva de Salas y Salazar S. A.—Lic.
Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2016094410 ).
Por
escrituras otorgadas ante mí, el 05 de diciembre del 2016, se protocolizaron
actas de las empresas: El Descanso de Cañas Dulces Sociedad Anónima,
cédula Nº 3-101-509665; El Retiro de Cañas Dulces Sociedad Anónima, Nº
3-101-510171; El Remanso de Cañas Dulces Sociedad Anónima, Nº
3-101-509667, y El Éxtasis de Cañas Dulces Sociedad Anónima, Nº 3-101-510250,
por medio de la cual se fusionan dichas empresas por absorción, prevaleciendo
la última y aumentando su capital.—San Pedro de Montes de Oca, 06 de diciembre
del 2016.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2016094422 ).
Ante
mí, a las 14:30 horas del 05 de diciembre del dos mil dieciséis, escritura N°
124 del tomo 1 del protocolo de la suscrita se protocolizo acta de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Ochenta y Siete Mil Cuatrocientos Sesenta y Ocho Sociedad
Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-487468 en donde se acuerda disolver
esta sociedad. Teléfono notaría 2787-0446.—Dominical, 05 de diciembre del
2016.—Licda. Rosario Araya Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2016094423 ).
Ante
mí a las 15:00 horas del 05 de diciembre del dos mil dieciséis, escritura
número 125 del tomo 1 del protocolo de la suscrita se realizó la disolución de
la sociedad Tres-Ciento Dos- Quinientos Sesenta y Ocho Mil Noventa y Cuatro
Sociedad Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102- 568904
en donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría
2787-0446.—Dominical, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Rosario Araya Arroyo,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094427 ).
Por
escritura otorgada, a las 16:00 horas del 29 de noviembre del 2016, se
constituyó la compañía: BKF de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, diciembre 02 del 2016.—Lic. Jorge González Esquivel, Notario.—1 vez.—(
IN2016094428 ).
Ante
mí a las 15:30 horas del 05 de diciembre del dos mil dieciséis, escritura
número 126 del tomo 1 del protocolo de la suscrita se protocolizó acta de la
sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos Sesenta y Nueve Mil Ciento Cincuenta y
Uno Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula jurídica número 3-102-
569151 en donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría
2787-0446.—Dominical, 05 de diciembre del 2016.—Lic. Rosario Araya Arroyo,
Notario.—1 vez.—( IN2016094430 ).
Mediante
escritura número 218-8 de la notaria Reyna Liz Mairena Castillo se protocolizó
acta número tres, de la sociedad Inversiones Licoreras Agüero Sociedad
Anónima, se modifica domicilio social, se modifica cláusula de la
administración, se nombra nueva junta directiva. Presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 3 de diciembre del
2016.—Lic. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2016094433 ).
Que por escritura otorgada ante esta
notaría a las catorce horas del día veintitrés de noviembre del año dos mil
dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la compañía Fine Realty Holdings of The Pacific Sociedad Civil, mediante
la cual se acordó reformar la cláusula sexta del acta constitutiva.—San José,
veintinueve de noviembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Roberto Solano Leiva,
Notario.—1 vez.—( IN2016094436 ).
Por escritura
otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas del día de hoy, se protocoliza
acuerdos de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tres-Ciento Uno-
Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Doscientos Cuarenta, Sociedad Anónima
mediante los cuales se acuerda disolver legalmente la sociedad.—San José, cinco
de diciembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Rafaela Solano Granados,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094438 )
Ante
esta notaría, al ser las ocho horas diez minutos del dieciocho de noviembre de
dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Grupo
La Península de Cóbano Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos doce mil ochocientos ochenta y seis, donde se modificó la
cláusula sétima de la administración y representación, se nombró nuevo
presidente, secretario y se destituyó vocal. Presidente: Achille Charmant
Quirós Consentino. Lic. Rafael Ángel Pérez Zumbado, teléfono 2249-5824.—Ciudad
Colón, primero de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Rafael Ángel Pérez
Zumbado, Notario.—1 vez.—( IN2016094440 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 02 de diciembre
del año dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general
extraordinaria de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula
jurídica número: 3-101-012984 y de 3-101-601761 S. A., con cédula de
persona jurídica número: 3-101-601761, 3-101-510980 S. A. con cédula de
persona jurídica número: 3-101-510980 y 3-101-601750 S. A., con
cédula de persona jurídica número: 3-101-601750, mediante las cuales dichas
compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better
Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital
social.—San José, 02 de diciembre del año dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose
Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094441 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta Notaría, a las 16:00 horas del día 2 de diciembre
del año dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general
extraordinaria de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-012984 y de Carro Delivery S. A., con cédula de
persona jurídica Nº 3-101-368285, Carro Safiro S. A. con cédula de
persona jurídica Nº 3-101- 290981 y Fast Brands S. A., con cédula de
persona jurídica Nº 3-101-457574, mediante las cuales dichas compañías
acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant
Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San
José, 2 de diciembre del año dos mil dieciséis.—Lic. Vivian Rose Troper
Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094442 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del día 2 de diciembre
del año dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general
extraordinaria de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula
jurídica N° 3-101-012984 y de Perro Desquiciado S. A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-517547, KFC Caribla Investments S. A., con
cédula de persona jurídica número 3-101-456336 y Headliner S. A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-430500, mediante las cuales dichas compañías
acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant
Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San
José, 2 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper
Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094443 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 8:00 horas del día 03 de diciembre
del dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria
de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula jurídica N°
3-101-012984 y de Race Cars S. A., con cédula de persona jurídica N°
3-101- 365865, Rejov Arba S. A., con cédula de persona jurídica N°
3-101-416697 y QS Enterprise S. A., con cédula de persona jurídica N°
3-101-630894, mediante las cuales dichas compañías acordaron fusionarse,
prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant Brands S. A., la
cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San José, 03 de diciembre
del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1
vez.—( IN2016094444 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del día 3 de diciembre
del dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria
de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula jurídica N°
3-101-012984 y de Siviashing Enterprises S. A., con cédula de persona
jurídica N° 3-101-648144, Source One Distribution S. A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101- 414729 y Teppanyaki Experience S. A., con
cédula de persona jurídica N° 3-101-462396, mediante las cuales dichas
compañías acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better
Restaurant Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital
social.—San José, 3 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose
Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094445 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del día 3 de diciembre
del dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general extraordinaria
de socios de Better Restaurant Brands S. A., cédula jurídica N°
3-101-012984 y de Treatcenter S. A., con cédula de persona jurídica N°
3-101-427768, Treatworks S. A., con cédula de persona jurídica N°
3-101-430490 y Performance Restaurant Brands S. A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-468371, mediante las cuales dichas compañías
acordaron fusionarse, prevaleciendo únicamente la compañía Better Restaurant
Brands S. A., la cual a su vez reformó su cláusula del capital social.—San
José, 3 de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Vivian Rose Troper
Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094446 ).
Mediante escritura número ochenta, de las
quince horas del dos de diciembre del dos mil dieciséis, de mi protocolo número
veintitrés, Federico Méndez Jara y Mauricio Méndez Salazar, constituyen la
sociedad Femeja Limitada. Domicilio: La Trinidad de Moravia. Capital:
Diez mil colones. Plazo: Treinta años. Gerente: Federico Méndez Jara, cédula
nueve-cero cuarenta y cinco-ochocientos ochenta y uno.—San José, dos de
diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. Edgar Barrantes Mora, Notario.—1 vez.—(
IN2016094447 ).
Mediante
escritura número doscientos cincuenta y cinco otorgada ante esta notaría a las
16 horas del 05 de diciembre del 2016, se modifica el pacto constitutivo de la
plaza social Toyka Renting Económico Limitada. Un solo gerente con
capacidad legal y extrajudicial. Es todo. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria
Pública, carné 8323.—San Joaquín, Heredia, a las 19 horas del 05 de diciembre
del 2016.—Licda. Ivannia Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2016094449 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07:00 horas del 06 de diciembre del
2016, se protocolizó acta de la sociedad: Industrias Proceccal Sociedad
Anónima, en la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo,
sea se aumenta capital social.—Heredia, 06 de diciembre del 2016.—Lic. Braulio
Enrique Sánchez González, Notario.—1 vez.—( IN2016094450 ).
La
sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Diecisiete Mil Ciento Sesenta y Cinco
Sociedad Anónima, modifica parcialmente la junta directiva, realizando el
nombramiento de un nuevo presidente y secretario para cada puesto. Se nombra un
nuevo fiscal.—Tres Ríos, a los cinco días de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda.
Gaudy Milena Pereira Pérez, Notaria.—1 vez.—( IN2016094452 ).
Tres-Ciento Uno-Seiscientos Tres Mil
Trescientos Treinta y Siete S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-603337, de conformidad con el artículo 201.d del Código de
Comercio, acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 08:00 horas del 02 de
diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—(
IN2016094454 ).
BYD Teriyaki S. A., cédula 3-101-656222, de conformidad con el artículo 201.d del
Código de Comercio acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 9:00 horas
del 2 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1
vez.—( IN2016094455 ).
Caña de Pescar S. A., cédula 3-101-411269, de conformidad con el artículo 201.d del
Código de Comercio acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 10:00 horas
del 02 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094456 ).
Onix Girls S. A., cédula 3-101-532870, de conformidad con el artículo 201.d del
Código de Comercio acuerda su disolución. Escritura otorgada a las 11:00 horas
del 2 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose Troper Maguillansky, Notaria.—1
vez.—( IN2016094459 ).
QSR International S. A. cédula 3-101-635933, de conformidad
con el artículo 201.d del Código de Comercio acuerda su disolución. Escritura
otorgada a las 12:00 horas del 2 de diciembre del 2016.—Licda. Vivian Rose
Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094460 ).
El
suscrito notario público Carlos Redondo Campos, mediante el portal crea empresa
según citas de presentación del tomo 2016, asiento 579.258, se inscribió la
sociedad de responsabilidad limitada Civitec Inmobiliaria y Construcción
Sociedad de Responsabilidad Limitada la cual fue inscrita, según cédula
jurídica 3-102-724.691, sin embargo, por un error material se consignó en la
razón social era Civitec Inmobiliaria y Construcción Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cuando en realidad es Civiltec Inmobiliaria y
Construcción Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Palmares, 29 de
noviembre del 2016.—Lic. Carlos Redondo Campos, Notario.—1 vez.—( IN2016094462
).
Mediante escritura otorgada en esta
notaría, a las 13 horas del cinco de diciembre del dos mil dieciséis, y estando
presente la totalidad del capital social de la sociedad denominada Tres
Ciento Uno Cuatro Nueve Cero Cinco Dos Tres Sociedad Anónima, se reforman
las cláusulas primera del nombre y segunda del domicilio social.—San José,
cinco de diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. María Lorena Montero Vargas,
Notaria.—1 vez.—( IN2016094464 ).
Por escritura otorgada en esta notaría, a
las 9:00 horas del 5 de diciembre del 2016, se modificó el pacto social
constitutivo de la compañía Grupo Patey Oduber Ltda., que es cambio en
el plazo social.—Lic. Jorge González Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2016094465
).
Por
escritura otorgada número ciento veinte-cuatro que se encuentra en el tomo
cuarto de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de Servicios de Consultoría e Investigación de
Mercado Coeimsa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta mil trescientos cuarenta, donde se
acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, cinco de
diciembre del dos mil dieciséis.—Licda. Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1
vez.—( IN2016094466 ).
Por
escritura otorgada número ciento veintiuno-cuatro que se encuentra en el tomo
cuarto de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de
Precisión Coating Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos dos mil novecientos ochenta
y tres, donde se acuerda la reforma de la Cláusula Segunda: Domicilio del pacto
constitutivo de la compañía.—San José, cinco de diciembre del dos mil
dieciséis.—Licda. Silvia Chacón Bolaños, Notaria.—1 vez.—( IN2016094467 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del día 3 de diciembre
del año dos mil dieciséis, protocolicé las actas de asamblea general
extraordinaria de socios de Iron Mountain Reit S. A., cédula jurídica
número: 3-101-365543 y de Carro de Comida S. A., con cédula de persona
jurídica número: 3-101-367158 y 3-101-568187 S.A. con cédula de persona
jurídica número: 3-101-568187, mediante las cuales dichas compañías acordaron
fusionarse, prevaleciendo nicamente la
compañía Iron Mountain Reit S. A., la cual a su vez reformó su cláusula
del capital social.—San José, 3 de diciembre del año 2016.—Licda. Vivian Rose
Troper Maguillansky, Notaria.—1 vez.—( IN2016094468 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría,
a las ocho horas del día primero de diciembre de dos mil dieciséis, se reforma
la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Two Friends E
& E Sociedad Anónima.—San José, primero de diciembre de dos mil
dieciséis.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2016094470 ).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, la empresa Decoespejos Méndez Sociedad
Anónima, modifica cláusula de estatutos sociales y nombra miembros de la
junta directiva.—San José, ocho horas del veinticinco de julio del dos mil
dieciséis.—Lic. Reynaldo Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016094481 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí, la
empresa Méndez y Leitón Sociedad Anónima, modifica cláusula de estatutos
sociales y nombra cargos de vocal uno y tesorero de junta directiva.—San José,
ocho horas del veintiséis de febrero del dos mil dieciséis.—Lic. Reynaldo
Matamoros Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2016094483 ).
Ante
esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad Servicios de Protección Americanos APS S. A., cédula jurídica
Nº 3-101-185597, mediante la cual se modifica la razón social a Secure
Seguridad Electrónica S. A. Escritura de las 8:00 horas del 06 de diciembre
de 2016.—Licda. Bárbara Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—( IN2016094496 ).
La suscrita Catherine Mora
Chavarría, carné Nº 19189, hago constar que ante esta notaría a las catorce
horas del día dieciséis de noviembre del año dos mil dieciséis, se modificó la
junta directiva de la Asociación Iglesia Cristiana Evangélica Santuario a
Jehová de Rincón Chiquito de Alajuela, cédula jurídica número tres-cero
cero dos-seis seis cinco tres cuatro seis, por lo que solicito se publique el
edicto de Ley. Es todo, San José, 05 de diciembre 2016.—Licda. Catherine Mora
Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016094500 ).
La suscrita Catherine Mora Chavarría, carné
Nº 19189, hago constar que ante esta notaría a las trece horas del día dos de
diciembre del año dos mil dieciséis, se modificó la junta directiva de la Asociación
Deportiva de Natación de Santa Ana, cédula jurídica tres-cero cero
dos-cuatrocientos setenta y un mil trescientos ochenta y siete, por lo que
solicito se publique el edicto de Ley. Es todo.—San José, 6 de diciembre
2016.—Lic. Catherine Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—( IN2016094501 ).
Ante Alejandro Alonso Román González,
notario con oficina en Atenas, hago constar que el día treinta de noviembre del
dos mil diecisiete a las ocho horas treinta
minutos en la ciudad de Atenas se realizó asamblea general extraordinaria de la
sociedad Southern Bird Legacy Properties Limitada, en la cual se reforma
la cláusula quinta del pacto constitutivo y se revoca el nombramiento del
gerente uno y gerente dos.—Atenas, treinta noviembre del dos mil dieciséis.—Lic.
Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2016094504 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Expediente número 523-2016.—La Dirección de Recursos Humanos.—A:
Tellez Jiménez Mauren, cédula N° 06-0298-0368, hace saber:
I.—Que a su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente
disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el
Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes
inherentes al cargo.
II.—De
la información substanciada existen elementos probatorios para imputarle los
siguientes supuestos hechos:
Que en su condición de Profesora de Idioma
Extranjero en la Escuela San Francisco de Agua Buena, de la Dirección Regional
de Educación de Coto, supuestamente, no se presentó a laborar los días 01, 03,
04, 05, 08, 09, 10, 11, 12, 16, 17, 18 y 19 de agosto del 2016, lo anterior sin
dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro del término
normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios 01 al 03
del expediente de marras)
III.—Que de ser cierto el hecho que se le atribuye, usted incurriría
en faltas graves o de alguna gravedad, según las obligaciones y deberes de su
cargo, tal y como se establece en el artículo 57 incisos a), c) y h) del
Estatuto de Servicio Civil; artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo;
artículos 8 incisos a) y b) y 12 incisos c), k) del Reglamento de la Carrera
Docente; lo que podrá acarrear una sanción que iría desde una suspensión sin
goce de salario hasta de treinta días, o el planteamiento de las diligencias
administrativas de Gestión de Despido ante el Tribunal de la Carrera Docente.
IV.—Que
se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de los diez días
hábiles siguientes al recibo de la presente notificación, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio Civil, y ofrezca las
pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales, indicará los hechos
sobre los que versarán las respectivas deposiciones así como la correspondiente
dirección de los testigos bajo apercibimiento de poder ser declarada
inadmisible la referida prueba en caso de incumplimiento para el ejercicio
pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente disciplinario
iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.
V.—Que
la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de Gestión
Disciplinaria de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de Educación
Pública, ubicado en el Edificio ROFAS, cuarto piso, frente a emergencias del
Hospital San Juan de Dios, debiendo señalar medio o lugar para atender
notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará notificada de
forma automática dentro de las 24:00 horas siguientes, de conformidad con el artículo
11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687. La no presentación de la
defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese derecho en esta etapa
procedimental.
VI.—Que
contra este traslado de cargos se pueden interponer los recursos ordinarios de
revocatoria, ante esta instancia y el de apelación, para ante el Tribunal de
Carrera Docente, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 del Estatuto
de Servicio Civil, siempre que se haga dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de este acto.
San José, 07 de agosto del
2016.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—O. C. N° 28535.—Solicitud N° 15802.—(
IN2016093088 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento
admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
T-102840. Ref: 30/2016/17863. Consorzio Per La Tutela del Formaggio
Asiago. Documento: nulidad por parte de terceros (Interpuesta por “U.S. DIARY
EX). N° y fecha: Anotación/2-102840 de 12/04/2016. Expediente: 2014-0002619
Registro Nº 250805 ASIAGO en clase 47 marca denominativa.—Registro de la
Propiedad Industrial, a las 14:39:14 del 10 de mayo de 2016.
Conoce
este Registro, la solicitud de nulidad, promovida por José Antonio Muñoz
Fonseca, cédula Nº 1-433-939, en calidad de apoderado especial de U.S. Diary
Export Council, contra el registro de la Denominación de Origen ASIAGO,
registro Nº 250805, inscrita el 08 de marzo de 2016, registro internacional
924, la cual protege y distingue “quesos”, propiedad de Consorzio Per La
Tutela del Formaggio Asiago con domicilio en Piazzale Della Stazione 1, 36012
Asiago (VI).
Conforme
a lo previsto en los artículos 37, 75 y 81 de la Ley de Marcas y otros Signos
Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros
Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la
solicitud de Nulidad por parte de terceros al titular citado, para que en el
plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente
notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor
derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual
se comunica que el expediente se pone a disposición de las partes en esta
Oficina, así como un juego de copias de la acción de nulidad para el titular
del signo. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para
recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o
bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular
al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir
notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3
y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—MPI.
Tomás Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2016093907 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO
INMOBILIARIO
“Se hace saber a Ángel María Bustos Contreras,
portador de la cédula de identidad 5-0190-0572, en su condición de titular del
derecho 001 de la finca de Heredia 162002. 2) Grace Alfaro Ramírez, portadora de
la cédula de identidad 6-0517-0474, en su condición de titular del derecho 002
de la finca de Heredia 162002. 3) Ronald Humberto Matamoros Quirós, cédula
1-0538-0539 Apoderado Generalísimo de Seguridad Rago S. A., cédula jurídica
3-101-1952427 en su condición de titular de la finca de Heredia, 178413, 4) al
señor Carlos Herra Álvarez, cédula de identidad 4-0131-0154 en su condición de
interesado según documento presentado al Diario de este Registro con citas de
presentación 2016-555501 por el cual le venden el inmueble de Heredia 162002,
que en este Registro se ventila Diligencias Administrativas bajo expediente
2016-0957-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del
debido proceso, por resolución de las 11:00 horas del 05 de diciembre del año
2016, se autorizó la publicación por una vez de un edicto para conferirle
audiencia a la sucesión mencionada en la persona de su albacea o quien
demuestre estar legitimación para representarla, por el término de quince días
contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el
Diario Oficial “La Gaceta”; a efecto de que dentro de dicho término
presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro
del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír
futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos
22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto Ejecutivo
N° 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones
se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de la materia y
11 de la Ley N° 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese.
(Ref. Exp. 2016-0957-RIM).—Registro Inmobiliario.—Curridabat, 05 de diciembre
del 2016.—Lic. Joé Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. N°
OC16-0047.—Solicitud N° 72537.—( IN2016094280 ).
DIRECCIÓN
REGIÓN CENTRAL DE SUCURSALES
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La suscrita Licda. Sahudy Ortiz Jara, administradora de la Caja
Costarricense del Seguro Social Sucursal Puriscal. Mediante el presente edicto
y por no haber sido posible notificarlos en el domicilio indicado, procede a
efectuar la siguiente notificación por publicación a los patronos y
trabajadores independientes incluidos en la lista que se detalla. De
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. En el listado se indica el número patronal o del patrono, nombre de la
razón social o nombre del patrono y monto de la deuda en colones al mes de
noviembre de 2016. La institución le concede 5 días hábiles para que se
presenten a normalizar su situación caso contrario el adeudo quedará firme en
sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en
la vía civil como penal. Los periodos notificados anteriormente que ya poseen
firmeza en Sede Administrativa por tanto; en caso de aparecer en este aviso de
cobro deben ser tomados a efectos de referencia de la deuda.
2-3101644637-001-001 Oceanum S. A. ¢5.974.311,00, 2-03101554742-001-001
3-101-554742 S. A ¢3.963.672,00, 7-00018581579-001-001 Darwin Antonio Espinoza
Pérez ¢515.586,00, 7-00017716221 López no indica otro Franklin Humberto
¢387.169,00, 2-03102489120-001 Realtor Developmets S.A. ¢290.089,00,
0-00109560001-001-002 Calderón Guevara Fernando ¢924.896,00,
2-03101220285-001-001 Gimnasios Internacionales S. A. ¢56.372,00,
2-03101470901-002-001 3-101-470901 S. A. ¢403.448,00, 0-00112090038-001-001
Mora Jimenez Alejandra ¢232.597,00, 2-0310172893-001-001 Urbanizaciones y
Remodelaciones Modernas S. A. ¢3.774.695,00, 0-00105690640-001-001 Bolaños Ureña
Liana Mayari ¢403.694,00.—Licda. Sahudy Ortiz Jara, Administradora.—(
IN2016091742 ).
SUCURSAL DE
PALMAR NORTE
El Administrador de la Sucursal de la CCSS en Palmar Norte, por no ser
posible la notificación en su domicilio, procede a efectuar la siguiente
notificación por publicación a los Patronos incluidos seguidamente, de
conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública, se le concede 5 días hábiles para normalizar su situación, caso
contrario el adeudo queda firme en sede administrativa y se dará inicio a las
acciones de cobro judicial, tanto en la Vía Civil como Penal. Se detalla
nombre, número patronal y el monto adeudado:
BANANERA BORUCA
S.A.
2-03101108741-001-001 ¢158.197,20
BANANERA BORUCA
S.A.
2-03101108741-001-001 ¢309.497,22
BANANERA DEL
TERRABA S.A. 2-03101007711-002-001 ¢851.233,11
BANANERA
CHANGUINA S.A.
2-03101081460-001-001 ¢ 1.020.851,87
SERBASUR S.A.
2-03101118152-001-001 ¢ 5.685.795,29
SERBASUR S.A.
2-03101118152-001-001 ¢10.470.748,90
LINEA VERDE S.A.
2-03101055730-003-001 ¢ 2.465.063,59
MAPLASTIC
INVERSIONES S.A. 2-03101125057-001-001 ¢467.727,96
COOP. DE
PRODUCCION DE PALMA
Y CACAO DE
PALMAR SUR R.L. 2-03004078138-001-002 ¢
4.516.171,96
Lic.
Fulvio Alvarado Agüero, Administrador.—( IN2016092245 ).
SUCURSAL ATENAS
La suscrita Licda. Roxana Solano Pérez, Jefa
de la Sucursal de Atenas, Caja Costarricense de Seguro Social, mediante
presente edicto por tres veces consecutivas; por no haber sido posible
notificarlos en el domicilio indicado, procede a efectuar la siguiente notificación
por publicación a los patronos y trabajadores independientes que se detallan,
de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración
Pública. La Institución le concede 5 días hábiles, para que se presenten a
normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede
administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial. Tanto en la
vía civil como penal. Gutiérrez Arguedas Álvaro Francisco, N°
0-00203910766-001-001, planillas 11/2015 a 02/2016 por un monto ¢616.943,00.
Gutiérrez Arguedas Álvaro Francisco, N° 0-00203910766-999-001, periodo 11/2016
por un monto ¢37.486,00. Asesoría y Mercadeo Deportivo Sociedad Anon1ma, N° 2-03101552016-001-001,
periodos 03/2016 a 09/2016, por un monto de ¢453.317,00. Chavarría Díaz Randall
Alberto, N° 0-00109160931-001-001, periodos 10/2013 y 11/2013 por un monto de
¢332.256,00. Ivannia Priscilla Craane Orozco, N° 0-00109840427-001-001, planillas
07/2016 a 09/2016 por un monto ¢176.614,00. Ana Ramos Gutiérrez, N°
0-00202670939-001-001, planilla 03/2016 por un monto ¢71.121,00. Walter Rubén
Hernández Juárez, N° 0-00106680588-999-001, periodos 02/2016 a 11/2016,
adicional trab. ind. 02/2016 por un monto ¢963.676,00.—Licda. Roxana Solano
Pérez, Administradora Sucursal.—( IN2016092390 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SUCURSAL
DE PÉREZ ZELEDÓN
Por ignorarse el domicilio actual del trabajador independiente Jiménez
Guido Álvaro, número patronal 0-00203850026-999-001, actividad de venta al por
menor en locales fijos o mercado, de conformidad con lo dispuesto en el numeral
241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por
medio de edicto, que la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de
Pérez Zeledón, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que interesa indica:
La sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone el
artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones
Patronales y Trabajadores Independientes de la Caja, se permite hacer de su
conocimiento los resultados de la revisión de ingresos efectuada por esta
Dependencia, donde se han detectado inicialmente las siguientes omisiones en
cuanto a reportes de ingresos de trabajador independiente de los años 2000 al
2015, el detalle del período e ingresos omitidos consta en hojas de trabajo que
rolan en el expediente administrativo.
Total de ingresos ¢243.008.238,04
Total de cuotas de Invalidez,
Vejez y Muerte ¢16.871.717,00
Total de cuotas de Enfermedad y
Maternidad ¢24.716.51,00
Consulta expediente: en esta oficina, sita San Isidro de El General,
Plaza Comercial Los Betos, veinticinco metros al norte de la Cruz Roja
Costarricense, teléfono 2771-3536, fax 2771-3825, se encuentra a su disposición
el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de
diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación,
para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes.
Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro
del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los
efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia
estableciéndose de la siguiente forma: al sur hasta la entrada a Barrio Sagrada
Familia, al norte hasta las instalaciones del Liceo Unesco, al este hasta la
escuela de Barrio Sinaí y al oeste hasta la instalaciones del Colegio La
Asunción. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones
posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso
de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San
Isidro de El General quince de noviembre de dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Minor
Mata Arias, Jefe de Sucursal.—1 vez.—( IN2016093916 ).
Por ignorarse el domicilio actual del
trabajador independiente Black Valenciano Samuel, número patronal
0-00108660221-999-001, actividad de otras actividades de transporte
complementario, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 241 de la Ley
General de la Administración Pública, se procede a notificar por medio de
edicto, que la sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social de Pérez
Zeledón, ha dictado el Traslado de Cargos que en lo que interesa indica: La
sucursal de la Caja Costarricense de Seguro Social, conforme lo dispone el
artículo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones
Patronales y Trabajadores Independientes de la Caja, se permite hacer de su
conocimiento los resultados de la revisión de ingresos efectuada por esta
Dependencia, donde se han detectado inicialmente las siguientes omisiones en
cuanto a reportes de ingresos de trabajador independiente de los años 2004 al
2011, el detalle del período e ingresos omitidos consta en hojas de trabajo que
rolan en el expediente administrativo.
Total de ingresos ¢8.373,848,04
Total de cuotas de Invalidez,
Vejez y Muerte ¢441.139,00
Total de cuotas de Enfermedad y
Maternidad ¢476.781,00
Consulta expediente: en esta
oficina, sita San Isidro de El General, Plaza Comercial Los Betos, veinticinco
metros al norte de la Cruz Roja Costarricense, teléfono 27713536, fax 27713825,
se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la
Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto
día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer
las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido
por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la
Corte Suprema de Justicia estableciéndose de la siguiente forma: al sur hasta
la entrada a Barrio Sagrada Familia, al norte hasta las instalaciones del Liceo
Unesco, al este hasta la escuela de Barrio Sinaí y al oeste hasta la
instalaciones del Colegio La Asunción. De no indicar lugar o medio para
notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán
por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la
fecha de resolución. Notifíquese.—San Isidro de El General, quince de noviembre
de dos mil dieciséis.—Lic. Jorge Minor Mata Arias, Sucursal de Pérez Zeledón.—1
vez.—( IN2016093917 ).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SUCURSALES HUETAR NORTE
De conformidad con los
artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las
Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por no poderse
notificar en el domicilio o en el centro de trabajo del patrono Rafael Ángel
Alvarado Córdoba, número patronal 0-00205140360-001-001, se procede a notificar
por medio de edicto, que la Sucursal de Ciudad Quesada de la Dirección Regional
de Sucursales Huetar Norte, ha dictado el Traslado de Cargos, número de caso
1310-2016-01755, que en lo que interesa indica: Como resultado material de la
revisión salarial efectuada, se han detectado omisiones salariales del
trabajador José Bernal Mejías Duarte, número de cédula Nº 2-0586-0308, por el
periodo de mayo del 2006 a noviembre del 2014. Total de salarios omitidos
¢21,461,313.19, (veintiún millones cuatrocientos sesenta y un mil trescientos
trece colones con 19/100) según el cálculo de los salarios, lo que
representaría en cuotas obreras – patronales en los Regímenes de Enfermedad y
Maternidad e Invalidez, Vejez y Muerte, un monto de ¢6,003,484.00, (seis
millones tres mil cuatrocientos ochenta y cuatro colones), más los intereses
correspondientes y sin incluir las cargas sociales de las otras instituciones,
las cuales serán calculados en el momento de la cancelación. Consulta
expediente: En esta oficina, sita en la Sucursal de la C.C.S.S. de Ciudad Quesada,
200 metros al norte de la escuela Juan Chaves Rojas, en el antiguo hospital de
San Carlos, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone la Ley. Se les confiere un plazo de 10 días hábiles contados a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la C.C.S.S., el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia. De no indicar
lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de
Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas
contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Ciudad Quesada, 02 de
diciembre del 2016.—Sucursal de Ciudad Quesada.—Lic. Rodrigo Villalobos
Arrieta, Jefe.—1 vez.—( IN2016094273 ).
REGIÓN
CHOROTEGA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Oficina Asesoría Jurídica.—Región Chorotega. Liberia, Guanacaste, a
las ocho horas treinta minutos del día veintiséis de octubre del año dos mil
dieciséis. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y
Colonización número 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas y la Ley de
Transformación del Instituto de Desarrollo Agrario en el Instituto de
Desarrollo Rural número 9036 del 11 de mayo de 2012, el procedimiento indicado
en los artículos 51 a 64 del Reglamento Ejecutivo a la Ley N° 9036 Decreto
Ejecutivo N° 38975-MAG, publicado en el Alcance Digital N° 28 a La Gaceta
N° 82 del 29 de abril del año 2015, el acuerdo de junta directiva tomado en
artículo I, de la sesión 031-03 del 1° de julio del 2003, con el uso supletorio
de la Ley General de la Administración Pública y el Código Procesal Civil; se
tiene por establecido proceso administrativo ordinario de revocatoria de la
adjudicación contra la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo, cédula
jurídica 3-002-170315, el presente Procedimiento Administrativo ordinario de
revocatoria de la adjudicación del lote N° 3 del Centro de Población del
Asentamiento El Consuelo, ubicado en Cañas Dulces, Liberia, Guanacaste,
descrito en el plano catastrado G-220035-1994 y que forma parte del predio
inscrito en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, Partido de Guanacaste
folio real matrícula N° 79801-000 a nombre del Instituto de Desarrollo Rural,
mismo que les fuera adjudicado mediante acuerdo de Junta Directiva en artículo
CXLV de la sesión 012-03, celebrada el 10 de marzo del año 2003. Se instruye el
procedimiento para averiguar la verdad real de los hechos y para determinar la
procedencia de la eventual revocatoria de la adjudicación por incumplimiento de
las obligaciones contraídas con el Instituto de Desarrollo Rural y por
violación del artículo 68 inciso 4) apartado b) en relación con el 62, 66 de la
Ley N° 2825 y sus reformas, que determina que el Instituto de Desarrollo Rural
podrá revocar la adjudicación por el abandono injustificado del terreno. Se le
atribuye a la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo el incumplimiento
de las obligaciones contraídas con el INDER, por los siguientes hechos: Según
visita de fiscalización agraria con boleta FDRCH-OSRL-201600079 el 24 de mayo
del año 2016, se logra observar que el predio ha sido abandonado por parte de
la Asociación sin contar con justificación previa para ello. Se cita y emplaza
a la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo, cédula jurídica
3-002-170315 para que comparezcan a una audiencia oral y privada que se
realizará a las catorce horas del día uno de febrero del año dos mil
diecisiete, en las instalaciones de la Dirección Regional Chorotega del
Instituto de Desarrollo Rural, ubicado en Liberia, Guanacaste, seiscientos
metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz edificio a mano derecha, a
dicha audiencia la parte puede hacerse acompañar por un Abogado de su libre
elección. De la misma manera, se les hace saber que máximo al día y hora de la
audiencia puede ofrecer y aportar toda la prueba que consideren oportuna en
defensa de sus derechos y que en el caso de ser testimonial, su presentación
corre por su cuenta y deben de comparecer a la misma fecha y hora de la
audiencia señalada, para lo cual deben venir debidamente identificados,
advirtiendo a los administrados que en caso de no comparecer en la hora y fecha
señalada, sin causa que lo justifique la misma se declarará inevacuable. Se
advierte a las partes que a la audiencia programada podrán comparecer en forma
personal o por medio de apoderado debidamente acreditado, salvo si desea
declarar en cuyo caso deberá acudir en forma personal. De igual forma se les
hace saber que de comprobarse los hechos investigados se le revocará la
adjudicación del terreno, lo que consecuentemente trae aparejado que el mismo
se revierta a nombre del Instituto de Desarrollo Rural. Se pone en conocimiento
de los administrados que como prueba de la administración en el expediente que
al efecto se lleva número REV-003-2016-OSRL-ALCH: oficio OSRL-505-2016 del 21
de junio de 2016 (fs. 1 a 2), informe técnico OSRL-454-2016 del 01 de junio
2016 (fs. 3 a 6), copia de plano catastrado G-220035-94 (f. 7), consulta de
catastro (f. 8 y 9), informe de registro del predio 5-79801-000 (f. 10), copia
de acuerdo de Junta Directiva artículo CXLV de la sesión 012-03 (fs. 11 a 13),
copia de cédula jurídica (f. 14), copia de acta de asamblea general ordinaria
de la asociación (fs. 15 a 18), oficio OSRL-453-2016 del 1 de junio de 2016
(fs. 19 a 20), boleta de fiscalización FDRCH-OSRL-201600079 (fs. 21 a 39),
estado de cuenta por deudor (f. 40), constancia de crédito rural (f. 41), certificación
de personería jurídica (fs. 42 a 43), oficio DRCH-575-2016 del 14 de julio de
2016 (f. 44). El expediente se encuentra en la Asesoría Legal de la Región
Chorotega en la sede de la Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Rural
en la dirección antes citada, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su
costo en forma personal o por medio de persona debidamente autorizada por las
partes. Deben los administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la presente, señalar lugar para
escuchar notificaciones dentro del perímetro judicial de la ciudad de Liberia o
un fax que se encuentre dentro del territorio nacional, bajo apercibimiento que
de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, incierto, ya no existiere
o fuese imposible la comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con
el transcurso de veinticuatro horas después de dictada. Se advierte a los
administrados que cualquier mejora introducida en el predio posterior a la
notificación de la presente resolución, podrá ser tenida como mejora de mala
fe, con las consecuencias legales del caso y además que contra la presente
resolución cabe únicamente recurso ordinario de Revocatoria el cual deberá
interponerse dentro de las veinticuatro horas siguientes contados a partir de
la última comunicación del acto. Dicho Recurso deberá presentarse ante la
Asesoría Legal Región Chorotega del Inder. Por desconocerse el domicilio de la
Asociación de Pequeños Productores El Consuelo y tener vencida la personería,
de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración
Pública, publíquese la presente resolución por tres veces consecutivas en el
Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese. Expediente
REV-003-2016-ORSL-ALCH.—Lic. Luis Diego Miranda Guadamuz, Órgano Director del
Procedimiento.—( IN2016094105 ).
Instituto de Desarrollo Rural.—Oficina
Asesoría Jurídica, Región Chorotega.—Liberia, Guanacaste, a las ocho horas del
día veintiséis de octubre del año dos mil dieciséis. Con fundamento en las
facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización Nº 2825 del 14 de
octubre de 1961 y sus reformas y la Ley de Transformación del Instituto de
Desarrollo Agrario en el Instituto de Desarrollo Rural Nº 9036 del 11 de mayo
de 2012, el procedimiento indicado en los artículos 51 a 64 del Reglamento
Ejecutivo a la Ley Nº 9036 Decreto Ejecutivo N° 38975-MAG, publicado en el
Alcance Digital N° 28 a La Gaceta N° 82 del 29 de abril del 2015, el
acuerdo de Junta Directiva tomado en artículo I, de la sesión 031-03 del 01 de
julio del 2003, con el uso supletorio de la Ley General de la Administración
Pública y el Código Procesal Civil; se tiene por establecido proceso
administrativo ordinario de revocatoria de la adjudicación contra la Asociación
de Pequeños Productores El Consuelo, cédula jurídica Nº 3-002-170315, el
presente Procedimiento Administrativo ordinario de revocatoria de la
adjudicación con la subsecuente nulidad de título del Lote N° 38 del Centro de
Población del Asentamiento El Consuelo, ubicado en Cañas Dulces, Liberia,
Guanacaste, descrito en el plano catastrado G-217645-1994 e inscrito en el
Registro Público de la Propiedad Inmueble, partido de Guanacaste, folio real
matrícula Nº 139247-000 a nombre de la Asociación de Pequeños Productores El
Consuelo, mismo que les fuera adjudicado mediante acuerdo de Junta Directiva en
artículo 61 sesión 051-03, celebrada el 10 de noviembre del año 2003. Se
instruye el procedimiento para averiguar la verdad real de los hechos y para
determinar la procedencia de la eventual revocatoria de la adjudicación por
incumplimiento de las obligaciones contraídas con el Instituto de Desarrollo
Rural y por violación del artículo 68 inciso 4) apartado b) en relación con el
62, 66 de la ley 2825 y sus reformas, que determina que el Instituto de
Desarrollo Rural podrá revocar la adjudicación por el abandono injustificado
del terreno. Se le atribuye a la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo
el incumplimiento de las obligaciones contraídas con el INDER, por los
siguientes hechos: Según visita de fiscalización agraria con boleta
FDRCH-OSRL-201600071 el 06 de mayo del año 2016, se logra observar que el
predio ha sido abandonado por parte de la Asociación sin contar con
justificación previa para ello. Se cita y emplaza a la Asociación de Pequeños
Productores El Consuelo, cédula jurídica Nº 3-002-170315 para que comparezcan a
una audiencia oral y privada que se realizará a las nueve horas del día uno de
febrero del año dos mil diecisiete, en las instalaciones de la Dirección
Regional Chorotega del Instituto de Desarrollo Rural, ubicado en Liberia,
Guanacaste, seiscientos metros norte de los semáforos, carretera a La Cruz
edificio a mano derecha, a dicha audiencia la parte puede hacerse acompañar por
un Abogado de su libre elección. De la misma manera, se les hace saber que
máximo al día y hora de la audiencia puede ofrecer y aportar toda la prueba que
consideren oportuna en defensa de sus derechos y que en el caso de ser
testimonial, su presentación corre por su cuenta y deben de comparecer a la
misma fecha y hora de la audiencia señalada, para lo cual deben venir
debidamente identificados, advirtiendo a los administrados que en caso de no
comparecer en la hora y fecha señalada, sin causa que lo justifique la misma se
declarará inevacuable. Se advierte a las partes que a la audiencia programada
podrán comparecer en forma personal o por medio de apoderado debidamente
acreditado, salvo si desea declarar en cuyo caso deberá acudir en forma
personal. De igual forma se les hace saber que de comprobarse los hechos
investigados se le revocará la adjudicación del terreno, lo que
consecuentemente trae aparejado que el mismo se revierta a nombre del Instituto
de Desarrollo Rural. Se pone en conocimiento de los administrados que como
prueba de la administración en el expediente que al efecto se lleva número
NUL-002-2016-0SRL-ALCH: oficio OSRL-401-2016 del 16 de mayo de 2016 (fs. 1 a
2), informe técnico OSRL-372-16 del 9 de mayo 2016 (fs. 3 a 6), boleta de
fiscalización FDRCH-OSRL-201600071 (fs. 7 a 14), estado de cuenta por deudor
(f. 15), constancia de crédito rural (f. 16), copia de plano catastrado
G-217645-1994 (f. 17), estudio de registro de finca 5-139247-000 (fs. 18 a 19),
acuerdo de Junta Directiva artículo 61 de la sesión 051-03, celebrada el 10 de
noviembre de 2003 (fs. 20 a 21), certificación de personería jurídica (fs. 22 a
23), oficio DRCH-574-2016 del 14 de julio de 2016 (f. 24). El expediente se
encuentra en la Asesoría Legal de la Región Chorotega en la sede de la
Dirección Regional del Instituto de Desarrollo Rural en la dirección antes
citada, el cual podrá ser consultado y fotocopiado a su costo en forma personal
o por medio de persona debidamente autorizada por las partes. Deben los
administrados, dentro de los tres días posteriores a la notificación de la
presente, señalar lugar para escuchar notificaciones dentro del perímetro
judicial de la ciudad de Liberia o un fax que se encuentre dentro del
territorio nacional, bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar
señalado fuere impreciso, incierto, ya no existiere o fuese imposible la
comunicación, toda resolución se tendrá por notificada con el transcurso de
veinticuatro horas después de dictada. Se advierte a los administrados que
cualquier mejora introducida en el predio posterior a la notificación de la
presente resolución, podrá ser tenida como mejora de mala fe, con las
consecuencias legales del caso y además que contra la presente resolución cabe únicamente recurso ordinario de
Revocatoria el cual deberá interponerse dentro de las veinticuatro horas
siguientes contados a partir de la última comunicación del acto. Dicho Recurso
deberá presentarse ante la Asesoría Legal Región Chorotega del INDER. Por
desconocerse el domicilio de la Asociación de Pequeños Productores El Consuelo
y tener vencida la personería, de conformidad con el artículo 241 de la Ley
General de la Administración Pública, publíquese la presente resolución por
tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese,
expediente NUL-002-2016-ORSL-ALCH.—Lic. Luis Diego Miranda Guadamuz, Órgano
Director del Procedimiento.—(
IN2016094106 ).
MUNICIPALIDAD
DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
La Municipalidad de San Rafael de Heredia, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 137 y 169 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios vigente, notifica por este medio a las personas que a continuación
se indican, los saldos deudores del Impuesto de Bienes Inmuebles (B. I.) y de
Servicios Urbanos (S. U.) del período 2013. Además estas personas no han hecho
su declaración de Bienes Inmuebles, por lo que de conformidad con el artículo
51 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios el plazo de prescripción
de las obligaciones se amplió a diez años. Este artículo se modificó con la Ley
N° 9069 Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria.
Para ver imágenes solo en La Gaceta con formato PDF
San Rafael de Heredia, noviembre, 2016.—Ana María Vargas,
Administración Tributaria a. í.—1 vez.—( IN2016094287 ).