LA GACETA N° 20 DEL 27 DE
ENERO DEL 2017
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
MINISTERIO
DE COMERCIO EXTERIOR
MINISTERIO
DEL AMBIENTE Y ENERGÍA
DOCUMENTOS
VARIOS
HACIENDA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
RESOLUCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES
AGRICULTURA
Y GANADERÍA
OBRAS
PÚBLICAS Y TRANSPORTES
SALUD
CULTURA
Y JUVENTUD
COMERCIO
EXTERIOR
CAJA
COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
AVISOS
MUNICIPALIDADES
LICITACIONES
PODER
JUDICIAL
BANCO
DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD
NACIONAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AVISOS
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
CONSEJO
NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
MUNICIPALIDADES
REGISTRO
DE PROVEEDORES
AGRICULTURA
Y GANADERÍA
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE FERROCARRILES
MUNICIPALIDADES
FE DE
ERRATAS
BANCO
NACIONAL DE COSTA RICA
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
REGLAMENTOS
SALUD
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ELECTRICIDAD
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO COOPERATIVO
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
RÉGIMEN
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
HACIENDA
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AVISOS
FE DE
ERRATAS
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
MUNICIPALIDADES
Nº
512-2016
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28
inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227
del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada en el
Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2016
y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República,
y
Considerando:
I.—Que la Oficina Nacional de Colombia del
Proyecto de Integración y Desarrollo Mesoamericano, la Agencia Presidencial de
Cooperación Internacional (APC), el Ministerio de Comercio, Industria y
Turismo, el Ministerio de Transporte, y la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales (DIAN) de Colombia, han preparado el “Taller de Buenas Prácticas en
Facilitación Comercial en Colombia y Mesoamérica”, con el fin de socializar los
mandatos de la XV Cumbre de Tuxtla correspondientes al tema; presentar las
buenas prácticas de Colombia y de otros países de la región de Mesoamérica en
facilitación comercial; identificar oportunidades y líneas de trabajo para
promover iniciativas de Cooperación Sur-Sur entre los países del Proyecto y
contribuir a la elaboración del marco mesoamericano de facilitación comercial y
competitividad.
II.—Que en este contexto, se extendió la
invitación al Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) para participar en el
“Taller de Buenas Prácticas en Facilitación Comercial en Colombia y
Mesoamérica”, que se llevará a cabo del 10 al 14 de octubre de 2016 en la
Ciudad de Cartagena de Indias, Colombia.
III.—Que la participación de la señora Paola
Orozco Alpízar, resulta de particular relevancia para
el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Paola Orozco Alpízar, portadora de la cédula Nº 01-1277-0230,
funcionaria de la, Dirección General de Comercio Exterior para participar en el
“Taller de Buenas Prácticas en Facilitación Comercial en Colombia y
Mesoamérica”, con el fin de socializar los mandatos de la XV Cumbre de Tuxtla
correspondientes al tema, el cual se llevará a cabo del 10 al 14 de octubre de
2016 en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia. Durante su estadía
procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) presentar las buenas
prácticas de Colombia y de otros países de la región de Mesoamérica en
facilitación comercial; 2) identificar oportunidades y líneas de trabajo para
promover iniciativas de Cooperación Sur-Sur entre los países del Proyecto y; 3)
contribuir a la elaboración del marco mesoamericano de facilitación comercial y
competitividad. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo regresa a Costa Rica
el sábado 15 de octubre de 2016.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Paola Orozco Alpízar
por concepto de alimentación, hospedaje y transporte aéreo, serán cubiertos por
la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional (APC). El transporte
terrestre en Costa Rica y en Colombia, será cubierto con recursos del
Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) por la subpartida 10501; el seguro
médico viajero, será cubierto con recursos de COMEX por la subpartida 10601,
ambos del programa 796. Igualmente, los gastos relativos a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada
maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796. Se le autoriza para hacer escala en Panamá,
por conexión.
Artículo 3º—Rige a partir del 10 al 15 de octubre de 2016.
San José, a los seis días del mes de octubre
dos mil dieciséis.
Alexánder Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O.C. Nº 3400030804.—Solicitud Nº 75276.—(
IN2017103669 ).
Nº 513-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que la Secretaría Permanente del
Sistema Económico Latinoamericano y del Caribe (SELA) y la Secretaría de
Integración Económica Centroamericana (SIECA), llevará a cabo una reunión
regional del 11 al 14 de octubre del 2016 en la Ciudad de Guatemala, Guatemala,
sobre el Índice de Integración de América Latina y el Caribe.
II.—Que en el marco
de este evento, se convocó a las autoridades nacionales responsables de los
temas de integración económica de los Estados Miembros del SELA y de la SIECA,
así como a representantes de organismos regionales e internacionales y expertos
en la materia. En este sentido, se requiere la representación del Ministerio de
Comercio Exterior en el desarrollo de la reunión.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Laura Rodríguez Vargas, portadora de la cédula N° 02-0353-0794, funcionaria de
la Dirección General de Comercio Exterior para participar en la Reunión
Regional sobre el Índice de Integración de América Latina y el Caribe que se
llevará a cabo del 11 al 14 de octubre del 2016 en la Ciudad de Guatemala,
Guatemala. La funcionaria participará del 11 al 12 de octubre. Durante su
estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1)
considerar y evaluar las diferentes etapas del proceso de integración, así como
la fase en la que se encuentra cada uno de sus mecanismos subregionales en
dicho proceso y; 2) continuar con la validación de los avances en la
construcción del índice Regional de Integración Económica Centroamericana
(IRIEC). Por efectos de itinerario y rutas de vuelo viaja a partir del 10 de
octubre del 2016.
Artículo 2º—Los gastos de la señora Laura
Rodríguez Vargas, por concepto de alimentación, hospedaje y transporte aéreo,
serán cubiertos por La Secretaría Permanente del SELA. El transporte terrestre
en Costa Rica y en Guatemala, será cubierto con recursos del Ministerio de
Comercio Exterior (COMEX) por la subpartida 10501; el seguro médico viajero,
será cubierto con recursos de COMEX por la subpartida 10601, ambos del programa
796. Igualmente, los gastos relativos a llamadas telefónicas, fotocopiado y
envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y
gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento
de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por
política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida
10504 del programa 796.
Artículo 3º—Rige a partir del 10 al 12 de
octubre de 2016.
San José, a los seis días del
mes de octubre de dos mil dieciséis.
Alexander
Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. Nº 3400030804.—Solicitud Nº
75280.—( IN2017103673 ).
N° 570-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de
diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que Costa Rica participa desde
marzo de 2013 en las negociaciones de un acuerdo plurilateral sobre el comercio
de servicios en Ginebra, Suiza. Esta iniciativa fue lanzada por un grupo de
países al margen de la 8ª Conferencia Ministerial de la Organización Mundial
del Comercio (OMC), con el objetivo de alcanzar resultados en el campo de las
negociaciones de servicios, desarrollar disciplinas modernas en esta área y a
futuro poder incorporar los resultados al sistema multilateral de comercio.
II.—Que en estas negociaciones participan
técnicos de 23 Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC):
Australia, Canadá, Chile, Colombia, Corea, Costa Rica, Estados Unidos, Hong
Kong, Islandia, Israel, Japón, Liechtenstein, Mauricio, México, Nueva Zelanda,
Noruega, Pakistán, Panamá, Perú, Suiza, Taiwán, Turquía y la Unión Europea. Con
el fin de negociar y transmitir la posición nacional, se requiere de una
participación técnica especializada en los temas a tratar.
III.—Que bajo este contexto, del 02 al 10 de
noviembre de 2016 se llevará a cabo en Ginebra, Suiza la Ronda de Negociaciones
de la iniciativa plurilateral del Acuerdo sobre Comercio de Servicios (Trade in Services Agreement, TiSA).
IV.—Que la
participación de la señora Marcela Chavarría Pozuelo, resulta de gran
relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora
Marcela Chavarría Pozuelo, portadora de la cédula número 1-0847-0321, Directora
de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en la Ronda de Negociaciones
de la iniciativa plurilateral del Acuerdo sobre Comercio de Servicios (Trade in Services Agreement, TiSA), que se llevará
a cabo del 02 al 10 de noviembre de 2016, en París, Francia. Su participación
se llevará a cabo del 08 al 10 de noviembre. Durante su estadía procurará
cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) expresar la posición de Costa
Rica a nivel de coordinadores de negociación en relación con los temas
pendientes de la negociación, el 8, 9 y 10 de noviembre y sostener reuniones
bilaterales, según corresponda, con otros países participantes. Asimismo,
deberá reunirse a su llegada a Ginebra, con los funcionarios de la Misión de
Costa Rica ante la OMC (Jaime Coghi y Tayutic Mena) y con las funcionarias Natalia Porras y
Mariana Castro, el día 07 de noviembre, con el fin de coordinar, revisar, y
preparar algunos temas de agenda de las reuniones que se realizarán a primera
hora del día 8 de noviembre de 2016. Se le autoriza para el uso de la firma
digital para la suscripción de documentos en trámites bajo su competencia.
Artículo 2°—Cubrir los gastos de la señora
Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte, de alimentación y de hospedaje, a
saber US$1.644.00 (mil seiscientos cuarenta y cuatro dólares), sujeto a
liquidación, con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. El transporte aéreo será
cubierto con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. El transporte
terrestre en Costa Rica y en Ginebra, Suiza, será cubierto con recursos de la
subpartida 10501 y 10503; el seguro médico viajero, con recursos de la
subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes
a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al
Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según
los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para
funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está
cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a
Costa Rica, con recursos de la subpartida 10504 del programa 796. Asimismo, se
le autoriza para hacer escala en Newark, Estados Unidos de América, por
conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de
destino viaja a partir del 06 de noviembre y regresa a Costa Rica hasta el 11
de noviembre de 2016. El 06 de noviembre corresponde a fin de semana.
Artículo 3°—La funcionaria no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4°—Rige a partir del 06 al 11 de
noviembre de 2016.
San José, a los veinticinco días
del mes de octubre del año dos mil dieciséis.
Alexander
Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. N°
3400030804.—Solicitud N° 75294.—( IN2017103676 ).
N° 606-2016-COMEX-MINAE
08 de
noviembre del 2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL
MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
Y EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De conformidad con lo que
establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como el artículo
4 inciso c) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos;
Considerando:
1º—Que el gobierno ha venido
trabajando con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(OCDE) desde el 2009, con el objetivo de llegar a ser miembro de la
organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con
el Decreto Nº 37983-COMEX-MP, del 9 de setiembre del 2013, se declararon de
interés público las acciones, actividades e iniciativas desarrolladas en el
marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE y se designó a COMEX como
coordinador de tal proceso. Esta declaratoria comprende todas las actividades
preparatorias relacionadas con la organización, promoción, impulso y apoyo de
dicho proceso. Asimismo, el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 incluye como
meta prioritaria, el fortalecimiento de políticas públicas a través del ingreso
de Costa Rica a la OCDE.
II.—Que a partir de
la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo de 2013 y hasta el 2015, el Gobierno
de Costa Rica llevó a cabo un plan de acción que contribuyó con el fin de
ampliar sus vínculos con la OCDE, como resultado se obtuvo una invitación
formal para iniciar un proceso de adhesión el 9 de abril de 2015, por parte del
Consejo Ministerial de la OCDE. Posteriormente, en julio de 2015, el Consejo de
Ministros de la OCDE emitió la hoja de ruta del proceso de adhesión de Costa
Rica, con el objetivo de guiar este proceso. El proceso de ingreso incluye la
realización de 22 evaluaciones por parte de comités técnicos de la OCDE en las
siguientes áreas: inversión, anticorrupción, gobierno corporativo, mercados
financieros, seguros y pensiones privadas, competencia, asuntos fiscales,
ambiente, químicos, gobernanza pública, política regulatoria, estadísticas,
economía y desarrollo, educación, empleo, trabajo y asuntos sociales, salud,
comercio y créditos a la exportación, agricultura, pesca, políticas científicas
y tecnológicas, economía digital y consumidor.
III.—Que estos
comités técnicos se reúnen regularmente de dos a cuatro veces al año en la sede
de la OCDE en París, Francia. También realizan periódicamente reuniones
ministeriales, foros, talleres y otros eventos en la sede de la OCDE y en
diferentes países miembros para informar sobre avances y nuevas tendencias, así
como para obtener retroalimentación y dirección estratégica al trabajo que
realizan en su respectiva área. En el marco del proceso de ingreso de Costa
Rica a la OCDE, es fundamental la participación de representantes del país en
las reuniones de los comités y grupos de trabajo de dicha entidad, en
particular en los temas de los comités que evaluarán al país en el proceso de
acceso.
IV.—Que bajo este
contexto, el 14 y 15 de noviembre de 2016, en el Centro de Conferencias de la
OCDE en París, Francia, se llevará a cabo la décima reunión del Grupo de
Trabajo sobre la integración de las políticas ambientales y económicas (Working Party on
Integrating Environmental
and Economic Policies), con
el fui de ir generando un posicionamiento país sobre la interrelación de
políticas públicas en materia ambiental y económica. Durante el evento se
desarrollarán los siguientes temas (i) políticas ambientales, (ii)
comportamiento de los negocios y los resultados económicos, (iii) efectos
distributivos de las políticas ambientales, (iv) desarrollo de metodologías
para la estimación de costos y beneficios del manejo de químicos, (v)
instrumentos de planificación espacial y el ambiente, (vi) políticas
ambientales y el comportamiento individual; (vii) análisis costo-beneficio y el
ambiente.
V.—Que así mismo, el 16 y 17 de noviembre de
2016, en el Centro de Conferencias de la OCDE en París, Francia, se llevará a
cabo la sexta reunión del Grupo de Trabajo sobre Información Ambiental (Working Party on
Environmental Information),
con el fin de ir generando un posicionamiento país en temas de información
ambiental. Durante el evento se desarrollarán los siguientes temas (i)
actualización al 2017 del reporte sobre los indicadores de Crecimiento Verde de
OCDE, (ü) revisión actualizada y próximos desarrollos de los principales
indicadores de crecimiento verde, (iii) indicadores y datos en áreas
protegidas, (iv) mesa redonda sobre información ambiental; Foro de discusión
sobre el rol del gran dato (“biga data”) en el mejoramiento de la información
ambiental para la toma de decisiones, (y) información ambiental en los países
candidatos a la adhesión, (vi) reporte de progreso sobre la recolección de
datos del 2016 y su tratamiento, (vii) revisión del proceso de recolección y
tratamiento de datos, (viii) revisión del cuestionario sobre gastos e ingresos
en protección ambiental; designación del Bureau para el 2017.
VI.—Que es de alto
interés para el Ministerio de Comercio Exterior y el Gobierno de la República
la participación en tales eventos de los funcionarios designados por el
Ministerio de Ambiente y Energía de Costa Rica (MINAE) para consolidar el
proceso formal de adhesión del país a la OCDE. Asimismo, se considera una
excelente oportunidad para conocer de primera mano lo más reciente en la
materia y de esta manera, orientar el fortalecimiento de las políticas públicas
ambientales de nuestro país. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Designes a las
siguientes personas para que viajen como parte de la delegación oficial
compuesta por el Ministerio de Ambiente y Energía de Costa Rica (MINAE) y el
Ministerio de Comercio Exterior para participar en la décima reunión del Grupo
de Trabajo sobre la integración de las políticas ambientales y económicas (Working Party on
Integrating Environmental
and Economic Policies) que
se llevará a cabo los días 14 y 15 de noviembre del 2016, y en la sexta reunión
del Grupo de Trabajo sobre Información ambiental (Working
Party on Environmental Information) que se
llevará a cabo los días 16 y 17 de noviembre del 2016, ambas reuniones en la
sede de la OCDE en París, Francia. El objetivo es atender los compromisos
adquiridos por el país en el proceso de adhesión de Costa Rica la OCDE y
representar al país en la discusión de adhesión en este grupo de trabajo.
Señor Álvaro Aguilar Díaz, portador de la
cédula de identidad número 3-0215-0035, Coordinador Técnico del Centro Nacional
de Información Geoambiental (CENIGA) del Ministerio
de Ambiente y Energía de Costa Rica (MINAE). La importancia de su participación
radica en que es el coordinador del Centro Nacional de Información Geoambiental (CENIGA) del Ministerio de Ambiente y Energía
de Costa Rica (MINAE), siendo esta institución la responsable de la
implementación del Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA), a través
del cual se gestionará la información ambiental para la OCDE.
Señor Rafael Monge Vargas, portador de la
cédula de identidad número 1-1256-0981, Asesor del Despacho del Ministro de
Ambiente y Energía de Costa Rica (MINAE). La importancia de su participación
radica en que labora en el Despacho del Ministro de Ambiente y Energía de Costa
Rica, dentro del cual se desarrollan los temas ambientales y su relación con la
economía, los cuales serán desarrollados en estos grupos de trabajo. Asimismo,
el funcionario posee el conocimiento necesario para la participación en las
actividades programadas.
Durante su estadía procurarán cumplir con los
siguientes objetivos específicos: 1) Participar en la décima reunión del Grupo de
Trabajo sobre la integración de las políticas ambientales y económicas y en la
sexta reunión del Grupo de Trabajo sobre Información Ambiental; 2) Dar a
conocer los avances del país en cuanto a la implementación del Sistema Nacional
de Información Ambiental (SIMA) por medio de una presentación específica en la
reunión del día 17 de noviembre; 3) Conocer sobre el avance y participar en la
discusión de los temas específicos a tratar los días 14 y 15 de noviembre sobre
la integración de las políticas económicas y ambientales; 4) Conocer sobre el
avance y participar en la discusión de los temas específicos a tratar los días
16 y 17 de noviembre sobre la información ambiental en el contexto de la OCDE
y; 5) Evaluar posibles acciones a nivel nacional para incorporar los
requerimientos de la OCDE en los temas específicos tratados en ambas reuniones
y que el país debe de considerar en este proceso de adhesión.
Artículo 2º—Los gastos de los señores Álvaro
Aguilar Díaz y Rafael Monge Vargas, por concepto de impuestos, tributos o
cánones que se deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y
de hospedaje, a saber $1.552,08 (mil quinientos cincuenta y dos dólares con
ocho centavos) para cada uno y sujeto a liquidación, se asumirán con recursos
del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de las subpartidas 10501, 10503 y
10504 del Programa 796. El transporte aéreo y el transporte terrestre en Costa
Rica y en París, Francia, serán financiados también por COMEX, por la
subpartida 10501 y 10503 del mismo programa. El seguro viajero será cubierto
con recursos del Ministerio de Ambiente y Energía de Costa Rica (MINAE). Se les
autoriza para hacer escala en Dallas y en Miami, Estados Unidos, por conexión.
Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino
viajan a partir del 12 de noviembre y regresan a Costa Rica hasta el 18 de
noviembre de 2016. El 12 y 13 de noviembre corresponden a fin de semana.
Artículo 3º—Las personas indicadas en el
precitado acuerdo, no harán uso de las millas que pudieran derivarse del boleto
aéreo adquirido por COMEX para realizar este viaje.
Artículo 4º—Rige del 12 al 18 de noviembre
del 2016.
Dado en la Presidencia de la República, a los
ocho días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Jhon Fonseca Ordóñez.—El Ministro de Ambiente y Energía,
Édgar Gutiérrez Espeleta.—1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud N° 14954.—(
IN2017103570 ).
N° 607-2016-COMEX-H.—9 de noviembre de 2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL
MINISTRO DE HACIENDA
Y EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
De conformidad con lo que
establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como el artículo 4 inciso c)
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos;
Considerando:
I.—Que el Gobierno de la República
ha venido trabajando con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OCDE) desde 2009, con el objetivo de llegar a convertirse en
miembro y con ello mejorar la calidad de las políticas públicas en el país. En
virtud de lo anterior, mediante el Decreto Ejecutivo No. 37983-COMEX-MP, del 09
de setiembre del 2013, se declararon de interés público Las acciones,
actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de
Costa Rica a la OCDE y se designó a COMEX como coordinador de tal proceso.
Asimismo, en el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018, se incluyó como meta
prioritaria el fortalecimiento de las políticas públicas a través del ingreso
de Costa Rica a la OCDE. A partir de la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo
de 2013, el Gobierno preparó un plan de acción con el fin de ampliar sus
vínculos con la OCDE y, como resultado, en abril de 2015 obtuvo la invitación
formal para iniciar el proceso de adhesión, en el que hoy se encuentra inmerso
el país. Parte del trabajo actual incluye la participación activa en comités,
foros de discusión, grupos de trabajo y redes de la organización, a través de
los cuales los participantes se exponen a los estándares y prácticas de la
OCDE, y a herramientas idóneas para promover las mejores políticas públicas
para mejorar la calidad de vida de sus habitantes y alcanzar mayores niveles de
desarrollo.
II.—Que en este
marco, del 15 al 17 de noviembre de 2016, en el Centro de Conferencias de la
OCDE en París, Francia, se llevará a cabo la reunión del Grupo de Trabajo N° 2,
denominado Análisis de Políticas Fiscales y Estadísticas Tributarias (Working Party N° 2 on Tax Policy
Analysis and Tax Statistics) de la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos (OCDE). Dicha reunión tiene como objetivo ir generando un
posicionamiento para el país en temas de política fiscal y estadísticas
tributarias. Durante el evento se discutirán los siguientes temas: i) erosión
de bases imponibles y el traslado de beneficios (BEPS, por sus siglas en
inglés, (ii) calidad de las estadísticas de ingresos, (iii) reformas en
política fiscal de los países, iv) estadísticas de impuestos a las sociedades
y, (v) gravámenes a los salarios. Considerando que se trata de un tema en el
que se comparten las mejores prácticas existentes para el diseño e implementación
de políticas fiscales, resulta de vital importancia para impulsar los objetivos
de desarrollo pretendidos por los países.
III.—Que es de alto interés para el
Ministerio de Comercio Exterior y el Gobierno de la República, la participación
del señor Jorge Richard Muñoz Núñez, funcionario a cargo del tema en el
Ministerio de Hacienda en la delegación oficial que, por parte de Costa Rica
participará en el evento indicado. Lo anterior, como un medio para continuar
con el proceso de acercamiento a la OCDE, mejorar nuestras políticas públicas y
cumplir con los compromisos que ha asumido el país en su plan de acción, así
como continuar con las acciones relacionadas con el proceso formal de adhesión
a dicho organismo.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Designar al señor
Jorge Richard Muñoz Núñez, Encargado de Estadísticas Fiscales de la División de
Política Fiscal del Ministerio de Hacienda, portador de la cédula de identidad
número 4-0168-0505, para que integre la delegación oficial compuesta por el
Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Comercio Exterior, para participar en
la reunión del Grupo de Trabajo N° 2, denominado Análisis de Políticas Fiscales
y Estadísticas Tributarias (Working Party N° 2 on Tax
Policy Analysis and Tax Statistics) de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a
efectuarse en París, Francia, del 15 al 17 de noviembre de 2016. La importancia
de su participación, radica en que es el encargado de los temas a desarrollar
en este grupo de trabajo dentro del Ministerio de Hacienda, siendo el
responsable de coordinar los procesos de reforma tributaria que se están
impulsando en el grupo de trabajo para el proceso de adhesión de la OCDE.
Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos:
1) participar en la reunión del Grupo de Trabajo N° 2 sobre el Análisis de
Política Fiscal y Estadística; 2) contribuir en la discusión, análisis y
reflexión de las temáticas de todas las reuniones, recogiendo elementos de las experiencias de los participantes que puedan
resultar valiosas en el desarrollo interno de políticas públicas dirigidas a
potenciar estas áreas; 3) aprovechar la ocasión para fortalecer la red de
contactos que se ha establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar
el interés del país en continuar profundizando y mejorando su
participación en la OCDE, con miras a la adhesión; 4) atender las ponencias
sobre los avances en erosión de bases imponibles y el traslado de beneficios
para aplicarlas al sistema tributario nacional y; 5) conocer y analizar las
reformas en política fiscal de los países, así como sobre los gravámenes a los
salarios.
Artículo 2°—Los gastos de viaje del señor
Jorge Richard Muñoz Núñez, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte y de alimentación y de hospedaje
serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de las
subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 796; el adelanto por ese concepto
asciende a $1.249,08 (mil doscientos cuarenta y nueve dólares con ocho
centavos), sujeto a liquidación. El transporte aéreo será cubierto con recursos
de COMEX, por la subpartida 10503 del programa 796. El transporte terrestre en
Costa Rica y en París, Francia también con recursos de COMEX, por la subpartida
10501 y 10503 del programa 796. El seguro viajero será cubierto con recursos
propios. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de
destino, viaja a partir del 13 de noviembre y regresa a Costa Rica hasta el 18
de noviembre de 2016. Se le autoriza para hacer escala en Dallas y en Miami,
Estados Unidos de América, por conexión. El día 13 de noviembre corresponde a
fin de semana.
Artículo 3°—El funcionario no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido por COMEX para
realizar este viaje.
Artículo 4°—Rige a partir del 13 al 18 de
noviembre de 2016.
Dado en la Presidencia de la República. San
José, a los nueve días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Jhon Fonseca Ordóñez.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas
Venegas.—1 vez.—O. C. 3400030804.—Solicitud 14954.—( IN2017103571 ).
Nº 611-2016-COMEX-H
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
EL
MINISTRO DE HACIENDA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
De conformidad con lo que
establecen los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25 inciso 1, 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la
Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como el artículo
4 inciso c) del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios
Públicos;
Considerando:
I.—Que el Gobierno de la República
ha venido trabajando con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OCDE) desde 2009, con el objetivo de llegar a convertirse en
miembro y con ello mejorar la calidad de las políticas públicas en el país. En
virtud de lo anterior, mediante el Decreto Ejecutivo N° 37983-COMEX-MP, del 09
de setiembre del 2013, se declararon de interés público las acciones,
actividades e iniciativas desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de
Costa Rica a la OCDE y se designó a COMEX como coordinador de tal proceso.
Asimismo, en el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018, se incluyó como meta prioritaria
el fortalecimiento de las políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica
a la OCDE.
II.—Que a partir de la Decisión Ministerial
de la OCDE de mayo de 2013, el Gobierno preparó un plan de acción, con el fin
de ampliar sus vínculos con la OCDE y, como resultado, en abril de 2015 obtuvo
la invitación formal para iniciar el proceso de adhesión, en el que hoy se
encuentra inmerso el país. Parte del trabajo actual incluye la participación
activa en comités, foros de discusión, grupos de trabajo y redes de la
organización, a través de los cuales los participantes se exponen a los
estándares y prácticas de la OCDE, y a herramientas idóneas para promover las
mejores políticas públicas para mejorar la calidad de vida de sus habitantes y
alcanzar mayores niveles de desarrollo.
III.—Que en este
marco, el Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para
fines Fiscales de la OCDE ha organizado el Seminario de Capacitación,
Intercambio de Información por Requerimiento (EOIR Training Seminar).
Éste tendrá lugar en la sede del Banco Interamericano de Desarrollo en
Washington D.C., Estados Unidos de América, del 14 al 18 de noviembre de 2016 y
los organizadores han cursado una invitación a Costa Rica para participar de la
discusión. El objetivo del encuentro es que los países participantes conozcan
sobre los nuevos parámetros y metodologías de evaluación definidos por el Foro
Global sobre Transparencia e Intercambio de Información para fines fiscales.
Dentro de los temas que se desarrollarán en la reunión se destacan: (i) la
preparación de jurisdicciones para las próximas evaluaciones en las se aplicará
una nueva metodología de valoración, (ii) los nuevos términos de referencia,
(iii) el beneficiario final, (iv) las 15 acciones de la erosión de la base
imponible y el traslado de beneficios (BEPS por sus siglas en inglés), (v) los
parámetros que han sido definidos por el Foro Global sobre Transparencia e
Intercambio de Información para fines fiscales. Considerando que se trata de un
tema en el que se comparten las mejores prácticas existentes para el diseño e
implementación de esquemas fiscales, resulta de vital importancia para impulsar
los objetivos de desarrollo pretendidos por los países.
IV.—Que es de alto
interés para el Ministerio de Comercio Exterior y el Gobierno de la República,
la participación de la señora Gioconda Medrano Cubillo, funcionaria a cargo del
tema en el Ministerio de Hacienda, como un medio para continuar con el proceso
de acercamiento a la OCDE, mejorar nuestras políticas públicas y cumplir con
los compromisos que ha asumido el país en su plan de acción, así como continuar
con las acciones relacionadas con el proceso formal de adhesión a dicho
organismo.
ACUERDAN:
Artículo I.—Designar a la señora
Gioconda Medrano Cubillo, Abogada de la Dirección de Inteligencia Tributaria,
Dirección General de Tributación del Ministerio de Hacienda, portadora de la
cédula de identidad número 1-0896-0306, para que integre la delegación oficial
designada para representar a Costa Rica en el Seminario de Capacitación,
Intercambio de Información por Requerimiento (EOIR Training Seminar),
y contribuir con ello al alcance del objetivo fijado por el gobierno, de
procurar la adhesión del país a la OCDE y el consiguiente fortalecimiento de
las políticas públicas y de la calidad de vida de los habitantes de la nación.
Evento que se llevará a cabo en Washington,
Estados Unidos de América, del 14 al 18 de noviembre de 2016. La importancia de
su participación radica en que labora en la Dirección de Inteligencia
Tributaria y es la encargada en el Ministerio de Hacienda de los temas que se
abordarán durante el seminario. La participación de la Dirección General de
Tributación resulta fundamental, ya que actualmente se encuentra en la etapa de
preparación de la próxima evaluación de revisión de pares, la cual incluye la
nueva metodología de valoración que implementará el Foro Global sobre
Transparencia e Intercambio de Información para fines fiscales de la OCDE.
Dicha evaluación es una parte fundamental para lograr con éxito el ingreso de
Costa Rica a la OCDE. La misma permitirá conocer el avance que ha logrado el
país en cuanto a la disposición, manejo
y uso de la información de trascendencia tributaria y financiera en coordinación
con las instituciones del Estado. Lo anterior para cumplir con lo estipulado en
los diferentes instrumentos jurídicos tales como la Convención sobre
Asistencia Mutua en Materia Fiscal, los
Convenios de Intercambio de Información Tributaria y el Acuerdo Multilateral de
Autoridades Competentes para el Intercambio de Información Financiera. A partir
de estos instrumentos, Costa Rica se ha comprometido ante la comunidad
internacional para fortalecer la transparencia e intercambio de información, en
favor de la lucha global contra los esquemas que propician los delitos fiscales
y financieros, que debilitan los sistemas económicos mundiales. Durante su estadía procurará cumplir con los
siguientes objetivos específicos: 1) participar en el Seminario de Capacitación,
Intercambio de Información por Requerimiento; 2) participar en las diferentes
discusiones que se abordarán correspondientes a las evaluaciones de la revisión
de pares, relacionadas con otros países participantes del Seminario, con el
propósito de conocer sobre las experiencias de otras jurisdicciones en materia
de acceso y uso de la información previsiblemente pertinente para efectos
tributarios y financieros, que se utilizará para los intercambios de
información por requerimiento; 3) conocer en detalle los aspectos relacionados
con la nueva metodología de evaluación que aplicará el Foro Global en
las próximas revisiones, así como tomar nota de los detalles en los cuales
Costa Rica debe mejorar para lograr el avance más alto de cumplimiento en la
etapa de valoración de la revisión que realizará la OCDE próximamente; 4)
aprovechar la ocasión para fortalecer la red de contactos que se ha establecido
con los países miembros de la OCDE y reforzar el interés del país en continuar
profundizando y mejorando la participación de Costa Rica en la OCDE, con miras
al proceso de ingreso a la organización; 5) analizar las posibles reformas
legales, reglamentarias o de procedimiento que debe implementar el país a fin
de ingresar a la OCDE sobre los temas asociados al Intercambio de Información
Tributaria por Requerimiento. Intercambio Automático de Información Financiera
(CRS). Evaluaciones de revisión de pares.
Artículo II.—Los
gastos de viaje de la señora Gioconda Medrano Cubillo, por concepto de
impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de
transporte y de alimentación y de hospedaje serán cubiertos con recursos del
Ministerio de Comercio Exterior (COMEX)
de las subpartidas 10501, 10503 y 10504 del programa 796; el adelanto por ese
concepto asciende a $1.866,36 (mil ochocientos sesenta y seis dólares con
treinta y seis centavos), sujeto a liquidación.
El transporte aéreo será cubierto con recursos de COMEX, por la
subpartida 10503 del programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y en
Washington, Estados Unidos de América, también será cubierto con recursos de
COMEX, por la subpartida 10501 y 10503 del programa 796. El seguro viajero de
la señora Gioconda Medrano Cubillo, será cubierto con recursos propios. Se le
autoriza para hacer escala en Houston y en Newark, Estados Unidos de América,
por conexión. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar
de destino, viaja a partir del 13 de noviembre y regresa a Costa Rica hasta el
19 de noviembre de 2016. El 13 y el 19 de noviembre, corresponden a fin de semana.
Artículo III.—La
funcionaria no hará uso de las millas que pudieran derivarse del boleto aéreo
adquirido por COMEX para realizar este viaje.
Artículo IV.—Rige a
partir del 13 al 19 de noviembre del 2016.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los diez días del mes de
noviembre de dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Jhon Fonseca Ordóñez y el Ministro de Hacienda, Helio
Fallas Venegas.—1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud N° 14954.—( IN2017103572
).
COMEX-620-2016
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos
140 incisos 3) y 18 y 146 de la Constitución Política; 28 párrafo segundo,
inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Creación
del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica, N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y la Ley para las Negociaciones
Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre Comercio, Acuerdos e
Instrumentos del Comercio Exterior, N° 8056 del 21 de diciembre del 2000.
Considerando:
I.—Que desde mediados de la década
de los ochenta y con el fin de superar las limitadas dimensiones del mercado nacional,
Costa Rica inició un proceso de inserción en la economía internacional, a
través del desarrollo y ejecución de una política de comercio exterior basada
en la búsqueda de nuevas y mejores oportunidades de crecimiento y desarrollo
para todos los habitantes del país.
II.—Que para
garantizar la continuidad de su política comercial, se ha venido asignando la
mayor importancia a la agenda comercial, buscando una participación activa y
constructiva en las negociaciones comerciales multilaterales, regionales y
bilaterales.
III.—Que en la
ejecución de tal política comercial, asume un rol relevante el equipo de
negociadores comerciales del Ministerio de Comercio Exterior, pues a ellos
corresponde la presentación de las propuestas nacionales y debatir sobre su
alcance, cobertura y métodos de aplicación y, en conjunto a través del
consenso, desarrollar los marcos normativos que plasmarán tales negociaciones,
representando y defendiendo los más altos intereses del país.
IV.—Que la Ley para
las Negociaciones Comerciales y la Administración de los Tratados de Libre
Comercio, Acuerdos e Instrumentos del Comercio Exterior, dispone en su artículo
3, que los negociadores comerciales internacionales costarricenses, serán
nombrados mediante acuerdo del Poder Ejecutivo.
V.—Que en acatamiento de la ley
indicada se emitió el Acuerdo Ejecutivo N° COMEX-316-2002 del 16 de julio del
2002, publicado en La Gaceta N° 150 del 07 de agosto del 2002, mediante
el cual se nombra el primer equipo de negociadores comerciales internacionales.
ACUERDAN:
Artículo I.—Integrar a la lista
de Negociadores Comerciales Internacionales, establecida en el Acuerdo número
118-2006, de fecha 22 de mayo de 2006, a la señorita María Fernanda Bolaños
Salas, portadora de la cédula de identidad número 1-1371-0219.
Artículo II.—Rige a
partir del 17 de noviembre de 2016.
Dado en la Presidencia de la
República, a los diecisiete días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior a. í., Jhon Fonseca Ordóñez.—1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud
N° 14954.—( IN2017103573 ).
Nº 640-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en los artículos 7, 31, 34 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y
de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de
la República, y,
Considerando:
I.—Que en el marco del Tratado de
Libre Comercio entre República Dominicana-Centroamérica-Estados Unidos
(CAFTA-DR) el grupo técnico de origen ha estado trabajando en la modificación
de algunas reglas de origen de interés de los países y en la actualización de
las reglas de origen a las distintas enmiendas del Sistema Armonizado. Así
mismo, existe interés en discutir algunos temas de las directrices comunes para
la interpretación, administración y aplicación de los capítulos 3, 4 y 5 del
Tratado.
II.—Que bajo este
contexto, se llevará a cabo en la ciudad de Washington, Estados Unidos de
América del 28 al 29 de noviembre del 2016, una reunión del Grupo Técnico de
Origen para discutir los temas pendientes relacionados con reglas de origen y
asuntos aduaneros.
III.—Que la
participación del señor Carlos Marín Castro en esta reunión resulta de
particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor
Carlos Marín Castro, cédula número 1-1138-0362, funcionario de la Dirección
General de Comercio Exterior para participar en la reunión del Grupo Técnico de
Origen para negociar asuntos pendientes relacionados con reglas de origen y
asuntos aduaneros, que se llevará a cabo en la ciudad de Washington, Estados
Unidos de América del 28 al 29 de noviembre del 2016. Durante su estadía
procurará cumplir con los siguientes objetivos específicos: 1) Finalizar la
negociación de las modificaciones de reglas de origen específicas; 2) Realizar
la transposición de las reglas de origen a la VI Enmienda del Sistema
Armonizado; y 3) Analizar propuestas para el mejoramiento de las Directrices
Comunes. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de
destino, viaja a partir del 27 de noviembre y regresa a Costa Rica el 30 de
noviembre del 2016. El día 27 de noviembre corresponde a fin de semana.
Artículo 2º—Los gastos del señor Carlos Marín
Castro, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban pagar en las
terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber, US $803,40
(ochocientos tres dólares con cuarenta centavos), sujeto a liquidación, serán cubiertos con recursos del Ministerio de
Comercio Exterior (COMEX) de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa
796. El transporte aéreo será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del
programa 796. El transporte terrestre en ambos países, será cubierto con
recursos de la subpartida 10501; el seguro médico viajero, con recursos de la
subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos
correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía
fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas
aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida
como al regreso a Costa Rica, con recursos de la subpartida 10504 del
programa 796. Se le autoriza para hacer escala en Atlanta, Estados Unidos de
América, por conexión.
Artículo 3º—El funcionario no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 27 al 30 de
noviembre del 2016.
San José, a los veintitrés días
del mes de noviembre del dos mil dieciséis.
Alexander
Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud N° 75297.—(
IN2017103677 ).
N° 641-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en
los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25
inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley N°
9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 10 de diciembre de
2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el
Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de
Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la
Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que la atracción de inversión es
una tarea primordial para Costa Rica, dada su relevancia como herramienta para
impulsar el desarrollo socioeconómico. Es prioritario para el país fortalecer
las condiciones competitivas de Costa Rica requeridas para atraer y retener
inversión, ya que actualmente nos enfrentamos a un contexto mundial donde los
flujos de inversión se contraen y la competencia por atraer inversión es cada
vez más feroz. Más aún, actualmente el país enfrenta importantes retos en la
materia, tanto internos como externos, por lo que es necesario formar parte de
plataformas que permitan y faciliten la realización de la tarea, que posicionen
al país y le permita establecer contactos con otros mercados.
II.—Que la Comisión
Económica para América Latina y El Caribe (CEPAL), conjuntamente con la
Confederación de Industria de la India (CII) y el Ministerio de Asuntos
Exteriores de la India, la Secretaría de Relaciones Exteriores de México y el
Gobierno del Estado de Jalisco han organizado el Séptimo Cónclave India-América
Latina y el Caribe (ALC), a desarrollarse el 28 y 29 de noviembre de 2016 en
Guadalajara México, por primera vez en América Latina. En los últimos seis años
dicho Cónclave ha jugado un rol fundamental, convirtiéndose en una herramienta
de apoyo para promover la interrelación de los países de ALC con la India, como
posible destino de exportaciones y para explorar oportunidades de inversión. A
través de este foro, los países participantes son capaces de entablar contactos
empresariales, académicos y gubernamentales que les permiten establecer las
bases de una plataforma comercial. En el caso de Costa Rica, al ser India una
economía emergente cuya relevancia ha ido creciendo al ofrecer un dinámico
mercado interno y un potencial importante para la atracción de empresas en
sectores de interés, el establecimiento de este tipo de vínculos constituye
pieza clave en la política de atracción de inversión extranjera directa
III.—Que en virtud de lo anterior, la
participación del Ministerio de Comercio Exterior, representado por la
Dirección de Inversión -en sus labores de atracción de inversión y de
promoción-país, así como en su función rectora de la política de inversión-, es
fundamental. Se prevé que las sesiones permitirán conocer de primera mano
información actualizada y novedosa en relación con las mejores prácticas en la
tarea de atracción de inversión, en la incorporación en cadenas globales de
valor y sobre las complementariedades que existen en materia comercial y de
inversión con la India.
Además, los países participantes tendrán la
posibilidad de interactuar y establecer vínculos esenciales para la promoción
de relaciones comerciales y de inversión; con lo cual se espera que el
intercambio dote al país de las mejores herramientas disponibles para
identificar opciones y respuestas de política pública viables para el impulso
de los objetivos de desarrollo nacional, como lo es la atracción de inversión y
el posicionamiento-país.
IV.—Que la
participación de la señora Nancy Vega Reyes resulta de gran relevancia para el
Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a la señora
Nancy Vega Reyes, portadora de la cédula N° 1-1437-0630 funcionaria de la
Dirección de Inversión y Cooperación para representar a Costa Rica en el
Séptimo Cónclave India-América Latina y el Caribe (ALC) a realizarse el 28 y 29
de noviembre en Guadalajara México, y contribuir con ello a los objetivos
fijados por el Gobierno relacionados con la atracción de inversión, y el
consiguiente fortalecimiento de las políticas públicas. Durante su estadía
procurará cumplir los siguientes objetivos: 1) participar en las discusiones
del cónclave, enfocadas en temas claves como atracción de inversión, intercambio
comercial, incorporación en cadenas globales de valor, mecanismos de
cooperación; así como buenas prácticas en esas materias; 2) examinar las
mejores herramientas disponibles recomendadas por la CEPAL en la tarea de
atracción de inversión y establecimiento de redes comerciales, así como en el
establecimiento de esquemas de colaboración; 3) contribuir en la discusión,
análisis y reflexión de las temáticas expuestas, recogiendo elementos de las
experiencias de los otros países participantes que puedan resultar valiosas en
el desarrollo de políticas públicas a lo interno y: 4) fortalecer la red de
contactos que se ha establecido con los países participantes del cónclave.
Artículo 2°—Los gastos de viaje de la señora
Nancy Vega Reyes, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se deban
pagar en las terminales de transporte, alimentación y hospedaje, a saber
US$817.92 (ochocientos diecisiete dólares con noventa y dos centavos), sujeto a
liquidación, serán cubiertos con recursos del Ministerio de Comercio Exterior
(COMEX) de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de
transporte aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del
programa 796. El transporte terrestre en Costa Rica y en México será cubierto
por la subpartida 10501; el seguro médico viajero, por la subpartida 10601,
ambos del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada
maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796.
Artículo 3°—La funcionaria no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4°—Rige a partir del 27 al 30 de
noviembre de 2016.
San José, a los veintitrés días
del mes de noviembre de dos mil dieciséis.
Alexander
Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud N° 75299.—( IN2017103678 ).
Nº 660-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley Nº 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016, y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que Costa Rica es parte de la
iniciativa para impulsar la negociación de un acuerdo plurilateral que promueva
el comercio de bienes ambientales. Esta iniciativa fue anunciada en enero del
2014, por un grupo de 17 países miembros de la Organización Mundial del Comercio
(OMC), incluyendo Costa Rica. El objetivo es impulsar la liberalización
comercial de bienes ligados a tecnologías limpias que promuevan el crecimiento
verde y bajo este contexto del 27 de noviembre al 04 de diciembre del 2016, en
Ginebra, Suiza se llevará a cabo la XVIII Ronda de Negociación del Acuerdo
sobre el Comercio de Bienes Ambientales y la reunión ministerial del (EGA) por
sus siglas en inglés.
II.—Que Costa Rica
participa desde marzo del 2013 en las negociaciones de un acuerdo plurilateral
sobre el comercio de servicios en Ginebra, Suiza. Esta iniciativa fue lanzada
por un grupo de países al margen de la 8ª Conferencia Ministerial de la
Organización Mundial del Comercio (OMC), con el objetivo de alcanzar resultados
en el campo de las negociaciones de servicios, desarrollar disciplinas modernas
en esta área y, a futuro, poder incorporar los resultados al sistema
multilateral de comercio. En estas negociaciones participan técnicos de 23
Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC): Australia, Canadá,
Chile, Colombia, Corea, Costa Rica, Estados Unidos, Hong Kong, Islandia,
Israel, Japón, Liechtenstein, Mauricio, México, Nueva Zelanda, Noruega,
Pakistán, Panamá, Perú, Suiza, Taiwán, Turquía y la Unión Europea. Con el fin
de negociar y transmitir la posición nacional, se requiere de una participación
técnica especializada en los temas a tratar.
III.—Que en relación con lo anterior, del 06
al 08 de diciembre del 2016, se llevará a cabo en Ginebra, Suiza la Ronda de
Negociaciones de la iniciativa plurilateral del Acuerdo sobre Comercio de
Servicios (Trade in Services
Agreement, TiSA).
IV.—Que Costa Rica
mantiene un rol muy activo en la Organización Mundial del Comercio (OMC), donde
se trabaja intensamente en distintas iniciativas, como el Acuerdo de
Facilitación del Comercio, el Acuerdo sobre Servicios en Tecnologías de
Información, el Acuerdo sobre Bienes Ambientales, así como en Comités y grupos
de trabajo. En este marco, se llevarán a cabo reuniones de coordinación con
funcionarios de la Misión Permanente de Costa Rica ante la OMC en Ginebra,
Suiza, sobre el programa de trabajo que realiza la Misión Permanente de Costa
Rica ante la OMC.
V.—Que la participación de la
señora Marcela Chavarría Pozuelo en estas actividades, resulta de gran relevancia
para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora
Marcela Chavarría Pozuelo, portadora de la cédula número 1-0847-0321, Directora
de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en las siguientes actividades,
las cuales se llevarán a cabo en Ginebra, Suiza: en la XVIII Ronda de
Negociación del Acuerdo sobre el Comercio de Bienes Ambientales, así como en la
reunión ministerial del EGA, a efectuarse del 27 de noviembre al 04 de
diciembre de 2016. La señora Chavarría Pozuelo participará del 03 al 04 de
diciembre de 2016. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes
objetivos específicos: 1) Plantear los intereses de Costa Rica en los temas que
se discuten; 2) Participar en las reuniones bilaterales necesarias para
defender y aclarar la posición del país; y 3) Acompañar y asesorar al señor Jhon Fonseca, Viceministro de Comercio Exterior durante la
reunión Ministerial. En la Ronda de Negociaciones de la iniciativa plurilateral
del Acuerdo sobre Comercio de Servicios (Trade in Services Agreement, TiSA) y por ende, de las discusiones técnicas de alto nivel
de disciplinas para el comercio de servicios, con las cuales se busca el
desarrollo de un acuerdo que amplíe el marco normativo internacional en esta
materia, evento que se llevará a cabo del 06 al 08 de diciembre de 2016. Previo
a la ronda participará en reuniones informativas y de coordinación el 05 de
diciembre. Durante su estadía procurará cumplir con los siguientes objetivos
específicos: 1) Participar en reunión informativa y de coordinación, con
funcionarios de la Misión de Costa Rica ante la OMC, sobre el Acuerdo sobre
Comercio de Servicios (Trade in Services
Agreement, TiSA) el día 05;
2) expresar la posición de Costa Rica a nivel de coordinadores de negociación
en relación con los temas pendientes de la negociación, para los días 06 y 07
de diciembre y 3) participar en la reunión de Embajadores, el día 08 de
diciembre de 2016. Asimismo, participará en reuniones de coordinación con
funcionarios de la Misión Permanente de Costa Rica ante la OMC en Ginebra,
Suiza el 09 de diciembre de 2016, sobre el programa de trabajo que realiza la
Misión Permanente de Costa Rica ante la OMC. Participará en la evaluación del
programa de trabajo que realiza la Misión, en el marco de los diversos temas
que se encuentran en discusión actualmente, y en los que Costa Rica participa
activamente, como lo son el Acuerdo de Facilitación del Comercio, el Acuerdo
sobre el Comercio de Servicios y el Acuerdo sobre Bienes Ambientales, entre
otros. Se le autoriza para el uso de la firma digital para la suscripción de
documentos en trámites bajo su competencia.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte, de alimentación y de hospedaje, a
saber US $3.288,00 (tres mil doscientos ochenta y ocho dólares), sujeto a
liquidación, con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX) de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. El transporte aéreo será
cubierto con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. El transporte
terrestre en Costa Rica y en Suiza, será cubierto con recursos de la subpartida
10501 y 10503; el seguro médico viajero, será cubierto con recursos de la
subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos
correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía
fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de
equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y
Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas
aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida
como al regreso a Costa Rica, con recursos de la subpartida 10504 del programa
796. Asimismo, para hacer escala en Houston y en Newark, Estados Unidos de
América, por conexión. Los días corresponden a fin de semana.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 1º al 10 de
diciembre de 2016.
San José, a los veintiocho días
del mes de noviembre del dos mil dieciséis.
Alexander
Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud N° 75300.—( IN2017103679 ).
N° 661-2016
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25,
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley N° 9341, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
10 de diciembre de 2015, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2016 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que el Gobierno ha venido
trabajando con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
(OCDE) desde el 2009, con el objetivo de llegar a ser miembro de la
organización y mejorar la calidad de las políticas públicas. De conformidad con
el Decreto Ejecutivo N° 37.983- COMEX-MP, del 9 de setiembre de 2013, se
declararon de interés público las acciones, actividades e iniciativas
desarrolladas en el marco del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE. Esta
declaratoria comprende todas las actividades preparatorias relacionadas con la
organización, promoción, impulso y apoyo de dicho proceso. Asimismo, el Plan
Nacional de Desarrollo 2014-2018 incluye como meta prioritaria, el
fortalecimiento de políticas públicas a través del ingreso de Costa Rica a la
OCDE.
II.—Que a partir de
la Decisión Ministerial de la OCDE de mayo de 2013 y hasta el 2015, el Gobierno
de Costa Rica llevó a cabo un plan de acción que contribuyó con el fin de
ampliar sus vínculos con la OCDE, como resultado se obtuvo una invitación
formal para iniciar un proceso de adhesión el 09 de abril de 2015, por parte
del Consejo Ministerial de la OCDE. Posteriormente, en julio de 2015, el
Consejo de Ministros de la OCDE emitió la hoja de ruta del proceso de adhesión
de Costa Rica, con el objetivo de guiar este proceso. El proceso de ingreso
incluye la realización de 22 evaluaciones por parte de comités técnicos de la
OCDE en las siguientes áreas: inversión, anticorrupción, gobierno corporativo,
mercados financieros, seguros y pensiones privadas, competencia, asuntos
fiscales, ambiente, químicos, gobernanza pública, política regulatoria,
estadísticas, economía y desarrollo, educación, empleo, trabajo y asuntos
sociales, salud, comercio y créditos a la exportación, agricultura, pesca,
políticas científicas y tecnológicas, economía digital, y consumidor.
III.—Que en el marco
del proceso de ingreso de Costa Rica a la OCDE, es fundamental la participación
de representantes del país en las reuniones de los comités y grupos de trabajo
de dicha entidad, en particular en los temas de los comités que evaluarán al
país en el proceso de acceso.
IV.—Que como parte
de las recomendaciones que la OCDE brindó a Costa Rica en su evaluación
económica divulgada en febrero del 2016, se incluyó fortalecer el diseño
institucional para alinear las políticas a fin de impulsar la productividad,
mejorar el entorno empresarial y reducir los obstáculos a la actividad
empresarial.
V.—Que al considerar que se ha asumido el
reto de crear una Comisión de Productividad para atender las recomendaciones de
la OCDE, se hace indispensable la participación en estos foros de difusión y
discusión de buenas prácticas, con el fin de aplicar aquellas políticas y
acciones que puedan impulsar al país en temas específicos de productividad.
VI.—Que bajo este
contexto, los días 05 y 06 de diciembre de 2016, en Santiago, Chile, se llevará
a cabo la Conferencia Internacional y la Reunión Ministerial “Aumentando la
Productividad en Latinoamérica”, eventos organizados por la OCDE, con el fin de
ir generando un posicionamiento país en temas de productividad dentro de las
políticas públicas. Los temas que se discutirán en el marco del evento
incluyen: (i) el reto de la productividad en América Latina, (ii) impulsando la
productividad, (iii) estimulando el crecimiento de la productividad: el rol de
la política pública, productividad e instituciones, dinámica empresarial y
productividad, (iv) productividad inclusiva, ciudades y aglomeraciones: su
efecto en la productividad, (v) cadenas globales de valor y derrames de
conocimiento, y hacia una red de productividad latinoamericana.
VII.—Que la
participación del señor Francisco Monge Ariño resulta
de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo
1°—Designar al señor Francisco Monge Ariño, portador
de la cédula número 1-0873-0100, Subdirector General de Comercio Exterior para
participar en la Conferencia Internacional y como Asesor del señor Alexander
Mora, Ministro de Comercio Exterior en la Reunión Ministerial “Aumentando la
Productividad en Latinoamérica” de la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económicos (OCDE), las cuales se desarrollarán en Santiago de Chile,
los días 05 y 06 de diciembre de 2016. Durante su estadía procurará cumplir con
los siguientes objetivos específicos: 1) asesorar al Ministro de Comercio
Exterior en la Reunión Ministerial del 05 de diciembre; 2) identificar acciones
y medidas de política económica en materia de productividad que puedan ser
aplicables en Costa Rica y comprender los desafíos que otros países han
enfrentado y superado en su implementación; 3) aprovechar el diálogo e
intercambio de experiencias que tendrá lugar en las reuniones para mejorar el
aprovechamiento de los instrumentos asociados a temas de productividad, así
como las buenas prácticas existentes en la materia; 4) contribuir en la
discusión, análisis y reflexión de las temáticas de todas las reuniones,
recogiendo elementos de las experiencias de los participantes que puedan
resultar valiosas en el desarrollo interno de políticas públicas dirigidas a
potenciar estas áreas; y 5) aprovechar la ocasión para fortalecer la red de
contactos que se ha establecido con los países miembros de la OCDE y reforzar
el interés del país en continuar profundizando y mejorando la participación de
Costa Rica en la OCDE, con miras a la adhesión.
Artículo 2°—Cubrir los gastos del señor
Francisco Monge Ariño por concepto de impuestos,
tributos o cánones que se deban pagar en las terminales de transporte,
alimentación y hospedaje, a saber US$ 731.68 (setecientos treinta y un dólares
con sesenta y ocho centavos), sujeto a liquidación, con recursos de COMEX de la
subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. Los gastos de transporte
aéreo serán cubiertos con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. El
transporte terrestre en Costa Rica y en Chile será cubierto por la subpartida
10501; el seguro médico viajero, será cubierto por la subpartida 10601, ambos
del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas
telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio
de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos
31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios
públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada
maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la
subpartida 10504 del programa 796. Se le autoriza para hacer escala en Panamá,
por conexión.
Artículo 3°—Rige a partir del 04 al 07 de
diciembre de 2016.
San José, a los veinticuatro
días del mes de noviembre de dos mil dieciséis.
Alexander
Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud N° 75302.—( IN2017103680 ).
N° 1-MINAE
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
Con fundamento en los artículos 1,
2, 22, 23, 24, 25 y 26 de la Ley de Biodiversidad N° 7788 del 30 de abril de
1998 y los artículos 7, 8, 9, 10 y 17 del Decreto Ejecutivo N° 34433-MINAE,
Reglamento a la Ley de Biodiversidad.
Resultando:
1º—Que mediante Acuerdo N°
13-2014-MINAE, de fecha 16 de junio de 2014 se nombra en el puesto de Director
Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación al señor Julio Jurado
Fernández, por un periodo de cuatro años.
2º—Que en fecha 28 de junio de 2016, mediante
oficio SINAC-DE-1043, el señor Jurado Fernández informa a este Despacho, acerca
de la renuncia al cargo de Director Ejecutivo del SNAC, misma que sería
efectiva a partir del 1° de julio del 2016.
3º—Que mediante oficio
DM-580-2016 del 30 de junio del 2016, este Despacho nombra al señor Mario Coto
Hidalgo, con cédula 3-333-906, casado una vez, Ingeniero Forestal con Maestría
en Gestión Ambiental y vecino de San Rafael de Heredia, a partir del viernes 1°
de julio del 2016, de manera temporal, como Director a. í. del SlNAC.
4º—Que mediante oficio
DM-016-2017 de fecha 9 de enero de 2017, el Despacho Ministerial nombra en el
cargo de Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, al
señor Mario Coto Hidalgo, de calidades conocidas, a partir del 16 de enero de
2017 y por el resto de plazo de ley, es decir hasta el 16 de junio de 2018.
Considerando:
Único: Que de conformidad con lo
señalado en el artículo 26 de la Ley de Biodiversidad, corresponde al Ministro
de Ambiente y Energía nombrar al Director Ejecutivo del Sistema Nacional de
Áreas de Conservación, por un periodo de cuatro años. Por tanto,
EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA
ACUERDA:
1º—Nombrar en el puesto de
Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Áreas de Conservación, al señor
Mario Coto Hidalgo, con cédula 3-333-906, casado una vez, Ingeniero Forestal
con Maestría en Gestión Ambiental y vecino de San Rafael de Heredia, a partir
del 16 de enero de 2017 y atendiendo el resto del plazo de ley, es decir hasta
el 16 de junio de 2018, quien ocupará la plaza de Director Ejecutivo del SINAC.
2º—Rige a partir de la firma del
presente Acuerdo.
3º—Publíquese.
Dado en San José, a los doce
días del mes de enero del 2017.
Dr. Edgar E. Gutiérrez Espeleta, Ministro de Ambiente y Energía.— 1 vez.—O. C. N° 3400031518.—Solicitud N° 7015.—(
IN2017103599 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA
N° RES-DGH-002-2017.—San José, a las diez horas y treinta minutos del nueve de
enero de dos mil diecisiete.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 de la Ley
N° 4755 denominada “Código de Normas y Procedimientos Tributarios”,
faculta a la Administración Tributaria para dictar normas para la correcta
aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las
disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.
II.—Que la Ley N° 7972 de fecha 22 de
diciembre de 1999, denominada “Creación de cargas tributarias sobre licores,
cervezas y cigarrillos para financiar un plan integral de protección y amparo
de la población adulta mayor, niñas y niños en riesgo social, personas
discapacitadas abandonadas, rehabilitación de alcohólicos y
farmacodependientes, apoyo a las labores de la Cruz Roja y derogación de
impuestos menores sobre las actividades agrícolas y su consecuente sustitución”,
publicada en el Alcance N° 205-A a La Gaceta N° 250 del 24 de diciembre
de 1999, crea un impuesto específico sobre las bebidas alcohólicas de
producción nacional o importadas.
III.—Que la Ley N°
8399 de fecha 19 de diciembre del 2003, publicada en La Gaceta N° 21 del
30 de enero del 2004, reformó el artículo 1 de la citada Ley N° 7972,
estableciendo una nueva base imponible sobre los mililitros de alcohol absoluto
contenidos en las bebidas alcohólicas de producción nacional o importadas,
según la concentración de alcohol por volumen.
IV.—Que el Transitorio único de la Ley N°
8399 dispone, que el impuesto deberá actualizarse en adelante de conformidad
con el mecanismo previsto para tal efecto por el artículo 6) de la Ley N° 7972,
del 22 de diciembre de 1999 y sus reformas, el cual establece, que la Administración
Tributaria actualizará de oficio trimestralmente, el monto del impuesto
conforme con la variación del índice de precios al consumidor que determine el
Instituto Nacional de Estadística y Censos y que en ningún caso cada ajuste
trimestral podrá ser superior a un tres por ciento (3%). Asimismo, el artículo
6 del Decreto N° 29463-H, Reglamento de la Ley N° 7972, reformado por el
Decreto N° 31605-H establece que, la actualización deberá efectuarse, a partir
del primer día de cada uno de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre de
cada año, para lo cual se deberán considerar los trimestres inmediatos
anteriores a finales de cada uno de los meses de marzo, junio, setiembre y
diciembre de cada año.
V.—Que mediante resolución DGT-R-12-2014
de fecha 13 de marzo del 2014, publicada en el Diario Oficial La Gaceta
N° 129 el 7 de julio del 2014, se traslada la función de actualización del
impuesto específico sobre las bebidas alcohólicas, de la Dirección General de
Tributación a la Dirección General de Hacienda.
VI.—Que mediante resolución N°
RES-DGH-056-2016 del 10 de octubre de 2016, publicada en el Alcance N° 238C a La
Gaceta N° 208 del 31 de octubre de 2016, se actualizó el impuesto
específico por cada mililitro de alcohol absoluto a las sumas de ¢3,20, ¢3,83 y
¢4,46, para los porcentajes de alcohol por volumen de hasta 15%; más de 15% y
hasta 30%; y más de 30%; respectivamente, a partir del 1º de noviembre de 2016.
VII.—Que los niveles del índice de precios al
consumidor a los meses de setiembre de 2016 y diciembre de 2016, corresponden a
99,604 y 99,875 respectivamente, generándose una variación entre ambos meses de
cero coma veintisiete por ciento (0,27%).
VIII.—Que según la
variación del índice de precios al consumidor, corresponde ajustar el impuesto
específico por cada mililitro de alcohol absoluto, en cero coma veintisiete por
ciento (0,27%).
IX.—Que
por existir en el presente caso, razones -de interés público y de urgencia- que
obligan a la publicación de la resolución antes del 1° de febrero de 2017; no
corresponde aplicar la disposición del artículo 174 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, que obliga a la Administración a dar audiencia por
10 días a las entidades representativas de intereses de carácter general o
corporativo o de intereses difusos. Lo anterior, por cuanto podría verse
afectada la publicación en el tiempo que corresponde legalmente, y por ende el
cobro del impuesto, en virtud de que la redacción, revisión y aprobación de la
resolución inicia a partir de la determinación del índice de precios al
consumidor del mes de diciembre del 2016, que el Instituto Nacional de
Estadística y Censos realiza en los primeros días de enero de 2017, razón por
la cual con fundamento en el artículo citado, se prescinde de la publicación en
el Diario Oficial de la convocatoria respectiva. Por tanto:
RESUELVE:
Artículo 1º—Actualícense los montos del impuesto específico por cada
mililitro de alcohol absoluto, establecido en el artículo 1 de la Ley N° 7972
de fecha 22 de diciembre de 1999, denominada “Creación de cargas tributarias
sobre licores, cervezas y cigarrillos para financiar un plan integral de
protección y amparo de la población adulta mayor, niñas y niños en riesgo
social, personas discapacitadas abandonadas, rehabilitación de alcohólicos y
farmacodependientes, apoyo a las labores de la Cruz Roja y derogación de
impuestos menores sobre las actividades agrícolas y su consecuente sustitución”,
mediante un ajuste de un cero coma veintisiete por ciento (0,27%), según se
detalla a continuación:
Porcentaje de alcohol por volumen |
Impuesto (colones por mililitro de alcohol
absoluto) |
Hasta 15% |
3,21 |
Más de 15% y hasta 30% |
3,84 |
Más de 30% |
4,47 |
Artículo 2º—Al entrar en vigencia
la presente resolución, se deja sin efecto la actualización efectuada mediante
resolución número RES-DGH-056-2016 del 10 de octubre de 2016, publicada en el
Alcance N° 238C a La Gaceta N° 208 del 31 de octubre de 2016.
Artículo 3º—Rige a partir del primero de
febrero de dos mil diecisiete.
Publíquese.—Fernando Rodríguez Garro, Director General a. í.—Visto
Bueno Jose Francisco Sequeira Paniagua, Director.—1
vez.—O. C. Nº 3400031621.—Solicitud Nº 75148.—( IN2017103757 ).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
AE-REG-E-2/2017.—El señor Harold
Pacheco Alvarado, cédula 1-0746-0739, en calidad de representante legal de la
empresa Quimi-Agro de Costa Rica HB S. A., cuyo
domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de San José, solicita la inscripción
de la Cera Protectora de Frutas y Vegetales de nombre comercial LSK 14 EC,
compuesto a base de Cera Carnauba. Conforme a lo que establece la Ley de
Protección Fitosanitaria N° 7664. Se solicita a terceros con derecho a oponerse
para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término
de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de
este edicto en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a las 11:00 horas del 23 de enero del 2017.—Unidad de Registro de
Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—(
IN2017103738 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
El señor Walter Sánchez Montoya,
número de cédula 3-255-338, vecino de Cartago, en calidad de representante
legal de Proventas de Cartago S.R.L., con domicilio
en Cartago, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del
grupo 3: Doximicin, fabricado por Laboratorio Drag Pharma Chile Invetec S. A., Chile, con los siguientes principios
activos: Cada comprimido contiene: Doxiciclina hiclato 100 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas:
Para el tratamiento de enfermedades producidas por agentes sensibles a la doxiciclina tales como infecciones del tracto respiratorio
alto y bajo, infecciones bacterianas de la piel, infecciones oculares y perioculares Ehrlichiosis canina
y micoplasmosis (Hemobartonellosis
canina y felina). Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de
Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del
término de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9 horas del día 2 de diciembre del
2016.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2017103568 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 41, título N° 1182, emitido por
el Liceo de San José de Alajuela, en el año dos mil siete, a nombre de Chacón
Solís Marco Vinicio, cédula: 2-0678-0621. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado
en San José, a los doce días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2017103000 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Certificado de Conclusión de Estudios
de Enseñanza Media en el Área de Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1,
folio 04, título N° 71, emitido por el Liceo Nocturno de Guaycará,
en el año mil novecientos ochenta y uno, a nombre de Vargas Calderón Elizabeth,
cédula: 6-0165-0331. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los diez días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017103156 ).
Ante esta Dirección ha
presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 12, título N° 119, emitido por el Liceo de
Nicoya, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Orlando Salinas Acosta,
cédula Nº 1-0822-0657. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los cinco días del mes de mayo del dos mil quince.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—( IN2017103497 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media,
inscrito en el Tomo 1, Folio 43, Título N° 413, emitido por el Colegio
Redentorista San Alfonso, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de
Yara Zoraida Turcios Jiménez. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original y corrección del
nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Yara Zorayda
Turcios Jiménez. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días del mes de diciembre del dos
mil quince.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017103532 ).
Ante esta
dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 15, asiento 21, título N°
3437, emitido por el Liceo León Cortés Castro, en el año dos mil ocho, a nombre
de Arias Cruz Karol Viviana, cédula: 2-0687-0631. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días
del mes de agosto del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017103539 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 171, título N° 2260, emitido por el Colegio
Nocturno de Limón, en el año dos mil trece, a nombre de Alvarado Smith Luis,
cédula: 7-0210-0345. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San
José, a los veintisiete del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017103624 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 64, título N° 274, emitido por el Colegio
Deportivo de Limón en el año dos mil diez, a nombre de Gutiérrez Durán Joshua,
cédula: 7-0188-0201. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los dieciocho días del mes de enero del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017103712 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 3, folio 25, título N° 2534, emitido por el Colegio de Santa Ana, en el
año dos mil doce, a nombre de Morales Araya Monserrat, cédula: 1-1601-0460. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 17 de enero del 2017.—Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2017103723 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Yu Long, casado una vez, cédula de
residencia 115600305400, con domicilio en Pavas, Rohrmoser,
200 metros sur de Hotel Blanco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de:
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
como marca de comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa para deporte, zapato
para deporte, gorra para deporte. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011695. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 13 de diciembre del 2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017103442).
Yu Long, casado una vez, cédula de
residencia Nº 115600305400, con domicilio en Pavas, Rohrmoser,
200 metros sur de hotel Blanco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: FIREBIRD
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como marca de comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: zapato y gorra.
Reservas: de los colores: rojo y negro. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011697. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 14 de diciembre del 2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017103443 ).
Marta Patricia Víquez Picado,
soltera, cédula de identidad N° 203890120, en calidad de apoderada generalísima
de Grupo Corporativo V & L Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101713023
con domicilio en Curridabat, Guayabos, del Supermercado Fresh
Market 300 metros al noroeste, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: La Tabasquita
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como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 29. Internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 29
hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2016. Solicitud N°
2016-0008863. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 15 de noviembre del 2016.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017103458 ).
Laura Francinie
Solano Villalobos, casada, cédula de identidad Nº 113230383, en calidad de
apoderada generalísima de Global Fitness Solutions Limitada, cédula jurídica Nº 3102716768, con
domicilio en San Antonio de Coronado, Patalillo, 300
este y 300 sureste del mall Don Pancho, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: VITALINE, como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a: Actividades
deportivas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012463. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
12 de enero del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017103460 ).
Mark Beckford
Douglas, casado una vez, cédula de identidad N° 108570192, en calidad de
Apoderado Especial de Gloria, S. A., con domicilio en Avenida República de
Panamá, 2461, Lima 13, Perú, solicita la inscripción de: BONLE
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como marca de fábrica y comercio en
clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Té, cacao,
azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café; harinas y preparaciones a
base de cereales, pan, productos de pastelería y de confitería, helados; miel,
jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal, mostaza; vinagre, salsas
(condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011144. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017103512 ).
Mark Beckford
Douglas, casado una vez, cédula de identidad 108570192, en calidad de Apoderado
Especial de Gloria S. A. con domicilio en Avenida República de Panamá, 2461,
Lima 13, Perú, solicita la inscripción de: BONLE
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como marca de fábrica y comercio en
clase: 33. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Bebidas
alcohólicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
noviembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011145. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017103513 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ana Catalina Monge Rodríguez,
casada dos veces, cédula de identidad 108120604, en calidad de apoderada
especial de Alisios Holdings S. A., cédula jurídica 3-101-680765, con domicilio
en Escazú, Centro Corporativo El Cedral, Torre 1,
primer nivel, local 111, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALISIOS
PARQUES EÓLICOS
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como marca de servicios en clase: 40, internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Proyectos de producción y generación
de energía eólica. Reservas: De los colores verde y azul. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0007179. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 24 de octubre del 2016.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador.—( IN2016087775 ).
Yu Long, casado una vez, cédula de
residencia Nº 115600305400, con domicilio en Pavas, Rohrmoser,
200 metros sur de hotel Blanco, Costa Rica, solicita la inscripción de: GENTLE
MONSTER
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como marca de comercio en clase 3
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: perfume y crema sábila.
Reservas: del color: negro. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011699. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 18 de enero del 2017.—Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017103441 ).
Cambio de Nombre Nº 106841
Que Adrián Torrealba Navas,
soltero, cédula de identidad 106030891, en calidad de apoderado generalísimo de
Impositus Data Sit Sociedad
Anónima, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre
de tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y
cinco, S. A. por el de Impositus Data Sit Sociedad Anónima, presentada el día 2 de noviembre del
2016, bajo expediente N° 106841. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 2006-0010431 Registro Nº 169936 IMPOSITUS en clase 42 Marca
Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos
Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—( IN2017103650 ).
Cambio de nombre por fusión Nº 106566
Que María
del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad
106260794, en calidad de Apoderada Especial de Premium Mix
Group S. L., solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de, Malavella S. L.,
por el de Premium Mix Group
S.L., presentada el día 21 de octubre de 2016 bajo expediente 106566. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 2013-0000320 Registro Nº 227395 MALAVELLA
en clase 32 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—1 vez.—( IN2017103654 ).
Cambio de nombre por fusión Nº 106567
Que María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de
Apoderada Especial de Premium Mix Group
S.L., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Fontdor S.L. por el de Premium Mix
Group S.L., presentada el día 21 de octubre de 2016
bajo expediente 106567. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2013-0000319 Registro Nº 227396 FONTDOR en clase 32 Marca Denominativa.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—(
IN2017103658 ).
Cambio de nombre por fusión N° 106697
Que Jorge
Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad
de Apoderado Especial de Premium Mix Group S.L., solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de nombre de Aguas de Mondariz
Fuente del Val S.L., por el de Premium Mix Group S.L., presentada el día 27 de octubre de 2016 bajo
expediente 106697. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2014-0001149
Registro N° 235722 MONDARIZ en clase 32 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Grettel
Solís Fernández, Registradora.—1 vez.—( IN2017103660 ).
Marcas de Ganado
Solicitud Nº 2017-65.—Ref: 35/2017/133.—Rolendo Sánchez Pérez, cédula de identidad Nº 0900120152,
solicita la inscripción de: 4RS, como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Osa, Sierpe, Banegas,
200 metros al sur de la escuela Almirantes. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
17 de enero del 2017. Según el expediente N° 2017-65.—Elda
Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017103721 ).
Solicitud N° 2016-2632.—Ref. 35/2016/5352.—Aisha María
Rodríguez León, cédula de identidad 0401010389, en calidad de apoderada
generalísima sin límite de suma de Peyais S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-027331, solicita la inscripción de: PJ7, como
marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Atenas, Concepción,
Población Balsa, contiguo a la escuela de Ganadería, actualmente Universidad
Técnica Nacional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del
2016, según el expediente N° 2016-2632.—Elda Cerdas
Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017103754 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de
Artesanas Creativas para la Ecología de Bajo Laguna de Turrubares,
con domicilio en la provincia de: San José-Turrubares,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: gestionar y apoyar la
creación de servicios sociales como un medio que conlleve la superación
individual, fomentando el bien personal, el bien común social, el espíritu de
ayuda mutua y el trabajo conjunto. Cuya representante, será la presidenta: Luz
Marina Mena Valverde, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento: tomo: 2016, Asiento: 488504.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 0 minutos y
46 segundos, del 28 de setiembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017103711 ).
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Mujeres
Flor de Iris Emprendedoras para el Desarrollo en la Producción Agroindustrial y
Servicios del Cantón de Sarapiquí, con domicilio en la provincia de:
Heredia-Sarapiquí, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Tener un medio organizativo que respalde y beneficie a las mujeres del poblado
de linda vista y comunidades vecinas para impulsar proyectos de desarrollo
productivo en el marco de la microempresa, unir, compartir y aplicar
experiencias de las asociadas que ayuden a impulsar proyectos agropecuarios y
de servicios que sean económicamente factibles a través del tiempo y que
permitan a las afiliadas mejorar su nivel socio-económico. Cuyo representante,
será la presidenta: Erika Yahaira Cedeño Navarrete,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2016 Asiento: 620874.—Dado en el
Registro Nacional, a las 9 horas 49 minutos y 48 segundos, del 16 de diciembre
del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2017103714 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Real Fortaleza,
con domicilio en la provincia de: San José- San José, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Promoción y expansión del futbol para amputados
dentro y fuera del país. Cuyo representante, será el presidente: Hariston Glen Pérez Rivera, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016,
asiento: 720812. Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 28 minutos y 39
segundos, del 16 de diciembre del 2016.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(
IN2017103742 ).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La señor(a)(ita)
María Vargas Uribe, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de Apoderada
Especial de Genzyme Corporation, solicita la Patente
PCT denominada VECTORES DE AAV PARA LA TERAPIA GÉNICA DE LA RETINA Y EL SNC.
En la presente memoria se proporcionan rAAV mejorados
(p.ej., rAAV2, rAAVrh8R, etc.) para la potenciación de la terapia génica de
trastornos oculares o trastornos de SNC en donde el rAAV
comprende una o más sustituciones de aminoácidos que interactúan con el
proteoglicano heparán sulfato. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 14/71; cuyos inventores son Scaria, Abraham (US); Sullivan, Jennifer (US) y Stanek, Lisa, M. (US). Prioridad: N° 61/998,131 del
02/05/2014 (US) y N° 62/114,575 del 10/02/2015 (US). Publicación Internacional:
WO2015/168666. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2016-0000555, y fue
presentada a las 14:07:06 del 29 de noviembre de 2016. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de diciembre de
2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017102987 ).
La señor(a)(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad N° 107850618,
en calidad de Apoderada Especial de The Trustees Of The University Of Pennysylvania,
solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIONES QUE COMPRENDEN AVV QUE
EXPRESA CONSTRUCTOS DE ANTICUERPOS DUALES Y SUS USOS. Se describe un virus adenoasociado (AVV) recombinante que tiene una cápside de AAV y empaquetado en ella ácido nucleico heterólogo que expresa dos constructos de anticuerpos
funcionales en una célula. También se describen anticuerpos que comprenden una
cadena pesada y una cadena ligera procedentes de un anticuerpo heterólogo. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61P 31/12 y C12N 15/861; cuyos inventores son: Wilson, james, M
(US) y Tretiakova, Anna (US). Prioridad: N°
61/992,649 del 13/05/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/175639. La
solicitud correspondiente lleva el N° 2016-0000519, y fue presentada a las
14:29:45 del 8 de noviembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 16 de diciembre del 2016.—Viviana Segura De La O, Registradora.—(
IN2017102988 ).
La señor(a) (ita)
María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado
especial de Takeda Pharmaceutical
Company Limited, solicita la Patente PCT denominada CICLOPENTANOS
SUSTITUIDOS EN 1,2 COMO ANTAGONISTAS DEL RECEPTOR DE OREXINA. La presente
invención proporciona compuestos de fórmula (1) y sales farmacéuticamente
aceptables de estos, caracterizados por que L, X, Ra, Rb, R1, R2 y R3 son como
se definió en la memoria descriptiva, los procesos para su preparación,
composiciones farmacéuticas que los contienen y su uso en terapias. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/44, A61K 31/506, A61P
25/18, CO7D 213/74, CO7D 231/12, C07D 239/42, C07D 249/06 y CO7D 271/07; cuyos
inventores son Fieldhouse, Charlotte (GB); Glen,
Ángela (GB); Maine, Stephanie (GB); Fujimoto, Tatsuhiko (JP) y Robinson, John Stephen (GB). Prioridad: N°
14156011.0 del 20/02/2014 (EM). Publicación Internacional: WO/2015/124932. La solicitud correspondiente lleva el número
2016-0000374, y fue presentada a las 13:25:34 del 16 de agosto de 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 15 de diciembre del 2016.—Viviana Segura De La O,
Registradora.—( IN2017102989 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Eduardo Cruz Rojas,
cédula de identidad N° 204540506, solicita la Modelo Utilidad denominada DISPOSITIVO
PARA LA INSTALACIÓN DE GRIFERÍA A PRESIÓN.
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
El dispositivo para la
instalación de grifería a presión está constituido por tres piezas, cuya
fabricación es diversa, en materiales, tamaños y formas. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: E03C 1/04; cuyo inventor es:
Eduardo Cruz Rojas (CR). Prioridad. Publicación Internacional. La solicitud
correspondiente lleva el N° 2016-0000584, y fue presentada a las 09:04:00 del
15 de diciembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 23 de diciembre de 2016.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017103315 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: YESENIA MORA JIMÉNEZ,
con cédula de identidad número 6-0275-0979, carné número 24973.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. 16-002329-0624-NO.—San José,
21 de diciembre del 2016.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos.—1
vez.—( IN2017103640 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA DEL CARMEN LÓPEZ
DINARTE, con cédula de identidad número 8-0104-0714, carné número 24957. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS
HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE Nº16-002348-0624-NO.—San José, 09 de enero del 2017.—MSc.
Marjorie Mejías Orozco, Notaria.—1 vez.—(
IN2017103648 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ANDREA VILLALOBOS
SÁNCHEZ, con cédula de identidad número 6-0335-0539, carné número 24651. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS
HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 17-000011-0624-NO.—San José, 13 de enero del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Msc. Marjorie Mejías Orozco,
Abogada.—1 vez.—( IN2017103695 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER:
Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JOSÉ LUIS PÉREZ JIMÉNEZ,
con cédula de identidad número 1-0891-0423, carné número 19102. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Expediente N° 16-002340-0624-NO.—San
José, 21 de diciembre del 2016.—Unidad Legal Notarial.—MSc.
Marjorie Mejías Orozco, Abogada.—1 vez.—(
IN2017103709 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de
HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JOSÉ
VALVERDE LEITÓN, con cédula de identidad número 1-1410-0223, carné número
24539. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial,
se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del
(de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección
dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.
Expediente 16-002335-0624-NO.—San José, 21 de
diciembre del 2016.—Unidad Legal Notarial.—MSc. Marjorie Mejías Orozco, Abogada.—1 vez.—( IN2017103725 ).
DIRECCIÓN
DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ED-UHTPSOZ-0017-2016.—Exp. N° 17407A.—Natura
Imperial S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena,
Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 137.419 /
554.592 hoja Dominical. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 14 de diciembre del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas. Coordinador.—(
IN2017103885 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N° 16868P.—Patriotes de Santa Teresa S. A., solicita concesión de:
0,02 litros por segundo del Pozo CY-126, efectuando la captación en finca de Waterbugs of Santa Teresa S.A., en Cóbano, Puntarenas,
Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 182.041 / 407.038 hoja Cabuya.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 12 de enero de 2016.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017104323 ).
N° 476-E10-2017.—Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las once horas
del diecisiete de enero de dos mil diecisiete.
Liquidación de gastos permanentes del partido
Accesibilidad sin Exclusión (PASE), cédula jurídica N° 3-110-420985,
correspondientes al trimestre abril-junio de 2016. (Exp.
N° 464-Z-2016).
Resultando:
1°—Por oficio N° DGRE-775-2016
del 15 de diciembre de 2016, recibido en la Secretaría del Despacho el día 21
de esos mismos mes y año, el señor Héctor Fernández Masís, Director General del
Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (DGRE), remitió a
este Tribunal el informe N° DFPP-LT-PASE-24-2016 del 12 de diciembre de 2016,
elaborado por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos (DFPP) y
denominado: “Informe relativo a la revisión final de la liquidación
trimestral de gastos presentada por el partido accesibilidad sin exclusión para
el período comprendido entre el 01 de abril y el 30 de junio de 2016.”
(Folios 1 a 10).
2°—En auto de las 13:45 horas del 22 de
diciembre de 2016, la Magistrada instructora confirió audiencia a las
autoridades del PASE para que se pronunciaran, de estimarlo conveniente, sobre
el informe rendido por el DFPP (folio 11).
3°—Por oficio sin número del 3 de enero de
2017, recibido en la Secretaría del Despacho el 9 de esos mismos mes y año, el
señor Oscar López Arias, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del PASE,
informó que se allanaban al informe de la DFPP y que, además, no presentarían
recurso de reconsideración (folio 15).
4°—En resolución N° 341-E10-2017 de las 13:25
horas del 13 de enero de 2017, este Tribunal autorizó reconocer al PASE la suma
de ¢3.400.000,00, del rubro de organización política, correspondiente a la
liquidación parcial del periodo abril-junio de 2016 (folios 16 a 18).
5°—En los procedimientos se han observado las
prescripciones de ley.
Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y
Considerando:
I.—Reserva para gastos permanentes
y su liquidación trimestral. Por mandato del artículo 96 inciso 1) de la Constitución Política,
los partidos políticos no pueden destinar la contribución estatal, únicamente,
para atender sus gastos electorales. Siguiendo la letra del texto
constitucional, una parte de esta debe ser empleada para atender las
actividades permanentes de capacitación y organización política. La
determinación de los porcentajes destinados a cada uno de esos rubros (gastos
electorales de capacitación y de organización) es del resorte exclusivo de cada
agrupación, por intermedio de la respectiva previsión estatutaria.
El Código Electoral ordena que, al resolver
las liquidaciones de gastos presentadas por las agrupaciones políticas -luego
de celebrados los comicios respectivos-, debe conformarse una reserva que les
permita obtener el reembolso de futuros gastos en época no electoral, para
atender esas necesidades permanentes.
Esa reserva quedará constituida de acuerdo
con el monto máximo de contribución a que tenga derecho cada agrupación y según
los porcentajes predeterminados.
II.—Hechos
probados. De relevancia para la resolución de este asunto se tienen los
siguientes: 1) el PASE tiene como reserva a su favor, para afrontar gastos por
actividades permanentes de organización y capacitación, la suma de ¢593.968.217,60,
distribuida de la siguiente manera: a) ¢518.768.661,93 destinados para gastos
de organización; y, b) ¢75.199.555,67 para gastos de capacitación (ver
resolución N° 341-E10-2017 de las 13:25 horas del 13 de enero de 2017, visible
a folios 16 a 18); 2) el PASE presentó ante la Administración Electoral, dentro
del plazo legal establecido, la liquidación trimestral de gastos permanentes
del período comprendido entre el 1.° de abril y el 30 de junio de 2016, por un
monto de ¢5.657.505,00 (folios 1 vuelto y 7 vuelto); 3) esa agrupación logró
comprobar, de conformidad con el resultado de la revisión parcial efectuada por
la DGRE, gastos de organización política por la suma de ¢3.400,000,00, los
cuales fueron autorizados por este Tribunal, para su pago, en la resolución N°
341-E10-2017 antes indicada (16 a 18); 4) el PASE logró comprobar, según la
revisión final de la DGRE y el DFFP, un monto de ¢1.600.643,91 correspondiente
al rubro de organización política en el referido periodo abril-junio 2016
(folios 2 vuelto, 4, 8 y 8 vuelto); 5) el PASE acreditó haber cumplido con la
publicación del estado auditado de sus finanzas, incluida la lista de sus
contribuyentes o donantes, correspondiente al período comprendido entre el 1°
de julio 2015 y el 30 de junio de 2016 (folios 4 vuelto y 9 vuelto); 6) el PASE
no registra multas pendientes de cancelación de conformidad con los numerales
287, 288 y 300 del Código Electoral (folios 4 vuelto y 9 vuelto); y, 6) el PASE
no se encuentra inscrito como patrono ante la Caja Costarricense de Seguro
Social (folio 19).
III.—Ausencia de
oposición sobre los gastos rechazados por el DFPP. Por oficio sin número
del 3 de enero de 2017, el señor Oscar López Arias, Presidente del Comité
Ejecutivo Superior del PASE, informó que esa agrupación política se allanaba a
la liquidación aprobada, según los resultados de la revisión final
correspondiente al informe N° DFPP-LT-PASE-24-2016.
De esa suerte, no corresponde que esta
Magistratura realice un análisis de fondo de los documentos que componen la
liquidación ni de los montos objetados por el DFPP en el procedimiento de
revisión de gastos efectuado por esa dependencia.
IV.—Resultado de la
revisión parcial de la liquidación presentada por el PASE, correspondiente al
trimestre abril-junio de 2016. De acuerdo con el examen practicado por la DGRE
a la documentación aportada por el PASE, para justificar el aporte estatal con
cargo a la reserva de gastos permanentes, a la luz de lo que disponen los
artículos 107 del Código Electoral y 70 del Reglamento sobre el Financiamiento
de los Partidos Políticos, procede analizar los siguientes aspectos:
1.—Reserva de organización y
capacitación del PASE. De conformidad con lo dispuesto en la resolución N°
341-E10-2017 (visible a folios 16 a 18), el PASE tiene como reserva a su favor,
para afrontar gastos por actividades permanentes, la suma de ¢593.968.217,60,
de los cuales ¢518.768.661,93 están destinados para gastos de organización y
¢75.199.555,67 para gastos de capacitación.
2.—Gastos de organización reconocidos
al PASE. De conformidad con lo expuesto, el PASE tiene en reserva la suma de
¢518.768.661,93 para el reembolso de gastos de organización y logró comprobar
erogaciones -de esa naturaleza- por la suma de ¢1.600.643,91 (un millón
seiscientos mil seiscientos cuarenta y tres colones con noventa y un céntimos),
los que corresponde reconocer a esa agrupación política.
3.—Gastos de capacitación. De
conformidad con lo indicado en el informe rendido por la DGRE, el monto
reservado para gastos de capacitación se mantiene en ¢75.199.555,67 dado que,
para el trimestre abril-junio 2016, el PASE no presentó gastos por ese
concepto.
V.—Improcedencia de ordenar
retenciones por morosidad con la Caja Costarricense de Seguro Social en el pago
de cuotas obrero-patronales, multas impuestas pendientes de cancelación
(artículo 300 del Código Electoral) u omisión de las publicaciones ordenadas en
el artículo 135 del Código Electoral. En el presente caso, no procede
ordenar retención alguna en aplicación del artículo 300 del Código Electoral,
ya que la agrupación política no tiene multas pendientes de cancelación.
De otra parte, según se desprende de la base
de datos que recoge la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social, el
PASE no se encuentra inscrito como patrono y, por ende, no tiene obligaciones
pendientes con la seguridad social.
Finalmente, el PASE ya acreditó -ante este
Tribunal- la publicación del estado auditado de sus finanzas y la lista de sus
contribuyentes del período comprendido entre el 1° de julio 2015 y el 30 de
junio de 2016, por lo tampoco procede retención alguna por este motivo.
VI.—Monto por
reconocer. De conformidad con lo expuesto, el monto total aprobado al PASE,
con base en la revisión final de la liquidación de gastos del período
comprendido entre el 1° de abril y el 30 de junio de 2016, asciende a la suma
de ¢1.600.643,91 (un millón seiscientos mil seiscientos cuarenta y tres colones
con noventa y un céntimos) con cargo a la reserva para gastos de organización.
VII.—Reserva para
futuros gastos de organización y capacitación del PASE. Teniendo en
consideración que los gastos reconocidos por ¢1.600.643,91 corresponden al
rubro de organización política, procede deducir esa cifra de la reserva
específica establecida a favor del PASE.
Producto de esta operación, la agrupación
política mantiene en reserva, para afrontar gastos futuros, la suma de
¢592.367.573,69, de los cuales ¢517.168.018,02 están destinados para gastos de
organización y ¢75.199.555,67 para gastos de capacitación.
VIII.—Sobre la
renuncia a presentar recurso de reconsideración. En oficio sin número del 3
de enero de 2017, el señor Óscar López Arias, Presidente del Comité Ejecutivo
Superior del PASE, manifestó que “(…) no tenemos ninguna objeción con el
monto aprobado en esa resolución [referente al informe DFPP-LTPASE- 24-2016]
por la suma de ¢1.600.643,91, por lo que no se interpondrá ningún recurso de
reconsideración sobre la misma, todo lo contrario, procedemos a allanarnos a la
resolución dictada, con el fin de que quede en firme y se agilice el proceso de
giro de los recursos aprobados a nuestro Partido, por parte de la Tesorería
Nacional.” (folio 15).
En razón de ello, procede declarar firme la
presente resolución desde su adopción. Por tanto:
De acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 107 del Código Electoral y 70 del Reglamento sobre el
Financiamiento de los Partidos Políticos, se reconoce al partido Accesibilidad
sin Exclusión, cédula jurídica N° 3-110-420985, la suma de ¢1.600.643,91 (un
millón seiscientos mil seiscientos cuarenta y tres colones con noventa y un
céntimos) que, a título de contribución estatal, le corresponde por gastos de
organización válidos y comprobados del período comprendido entre el 1° de abril
y el 30 de junio de 2016, producto de la revisión final de la liquidación
correspondiente. Se informa al Ministerio de Hacienda y a la Tesorería Nacional
que el PASE mantiene a su favor una reserva de ¢592.367.573,69 (quinientos
noventa y dos millones trescientos sesenta y siete mil quinientos setenta y
tres colones con sesenta y nueve céntimos) para afrontar gastos futuros de
capacitación y organización, cuyo reconocimiento queda sujeto al procedimiento
de liquidaciones trimestrales contemplado en el artículo 107 del Código
Electoral. Tomen en cuenta el Ministerio de Hacienda y la Tesorería Nacional
que el partido Accesibilidad sin Exclusión señaló, para el depósito de lo que
le corresponde, la cuenta clásica empresarial N° 0000397102 a su nombre del
Banco Popular y de Desarrollo Comunal, la cual tiene asociado el número de
cuenta cliente 16101005110211311.
Se declara firme esta
resolución. Notifíquese lo resuelto al partido Accesibilidad sin Exclusión, a
la Tesorería Nacional, al Ministerio de Hacienda, a la Dirección General del
Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos y al Departamento de
Financiamiento de Partidos Políticos. Publíquese en el Diario Oficial.
Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017103684 ).
N° 341-E10-2017.—San José, a las trece horas veinticinco minutos del trece
de enero de dos mil diecisiete. Exp. 402-Z-2016.
Liquidación de gastos permanentes del partido
Accesibilidad sin Exclusión (PASE), cédula jurídica N° 3-110-420985,
correspondientes al trimestre abril-junio de 2016.
Resultando:
1º—Por oficio N° DGRE-708-2016
del 7 de noviembre de 2016, el señor Héctor Enrique Fernández Masís, Director
General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos (DGRE, en
lo sucesivo), remitió a este Tribunal el informe N° DFPP-LT-PASE-19-2016 del 1°
de noviembre de 2016, elaborado por el Departamento de Financiamiento de
Partidos Políticos (DFPP, en adelante) y denominado: “INFORME RELATIVO A LA
REVISIÓN PARCIAL DE LA LIQUIDACIÓN TRIMESTRAL DE GASTOS PRESENTADA POR EL
PARTIDO ACCESIBILIDAD SIN EXCLUSIÓN PARA EL PERÍODO COMPRENDIDO ENTRE EL 01 DE
ABRIL Y EL 30 DE JUNIO DE 2016.” (folios 1 a 8).
2º—En auto de las 10:05 horas del 11 de
noviembre de 2016, la Magistrada Instructora confirió audiencia a las
autoridades del PASE, por el plazo de 8 días hábiles, para que se pronunciaran,
de estimarlo conveniente, sobre el informe rendido por el DFPP (folio 9).
3º—Por oficio sin número de 17 de noviembre
de 2016, el señor Oscar López Arias, presidente del Comité Ejecutivo Superior
del PASE, informó que se allanaban al informe de la DFPP y que, además, no
presentarían recurso de reconsideración (folio 12).
4º—En los procedimientos se han observado las
prescripciones de ley.
Redacta la Magistrada Zamora
Chavarría; y
Considerando:
I.—Reserva para gastos permanentes
y su liquidación trimestral. Por mandato del artículo 96.1 de la Constitución Política, los
partidos políticos no pueden destinar
la contribución estatal, únicamente, para atender sus gastos electorales. Una
parte de esta, debe ser empleada para atender las actividades permanentes de
capacitación y organización política. La determinación de los porcentajes
destinados a cada uno de esos rubros (gastos electorales de capacitación y de
organización) es del resorte exclusivo de cada agrupación, por intermedio de la
respectiva previsión estatutaria.
El Código Electoral ordena que, al resolver
las liquidaciones de gastos presentadas por las agrupaciones políticas -luego
de celebrados los comicios respectivos-, debe conformarse una reserva que les
permita obtener el reembolso de futuros gastos en época no electoral, para
atender esas necesidades permanentes.
Esa reserva quedará constituida de acuerdo
con el monto máximo de contribución a que tenga derecho cada agrupación y según
los porcentajes predeterminados.
II.—Hechos
probados. De relevancia para la resolución de este asunto se tienen los
siguientes: 1) el PASE tiene como reserva a su favor, para afrontar
gastos por actividades permanentes de organización y capacitación, la suma de ¢597.368.217,60,
distribuida de la siguiente manera: a) ¢522.168.661,93 están destinados
para gastos de organización; y, b) ¢75.199.555,67 para gastos de
capacitación (resolución N° 6980-E1-2016 de las 9:00 horas del 19 de octubre de
2016, folios 17 a 20); 2) el PASE presentó ante la Administración
Electoral, dentro del plazo legal establecido, la liquidación trimestral de
gastos permanentes del período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de
junio de 2016, por un monto de ¢5.657.505,00 (folios 1 a 8); 3)
esa agrupación logró comprobar, de conformidad con el resultado de la revisión parcial efectuada por la DGRE, gastos de
organización política por la suma de ¢3.400,000.00 (tres millones
cuatrocientos mil colones exactos folios 2 y 7); 4) el PASE acreditó
haber cumplido con la publicación del estado auditado de sus finanzas, incluida
la lista de sus contribuyentes o donantes, correspondiente al período
comprendido entre el 1.° de julio 2015 y el 30 de junio de 2016 (folio 16); 5)
el PASE no registra multas pendientes de cancelación dado que, en la resolución
N° 1977-E10-2015, se retuvo la suma de ¢3.035.200,00 (tres millones treinta y
cinco mil doscientos colones exactos) por la única multa pendiente que tenía
(folios 8 vuelto y 22); y 6) el PASE no se encuentra inscrito como
patrono ante la Caja Costarricense de Seguro Social (folio 21).
III.—Ausencia de
oposición sobre los gastos rechazados por el DFPP. Por oficio sin número
del 17 de noviembre de 2016, el señor Óscar López Arias, presidente del Comité
Ejecutivo Superior del PASE, informó que esa agrupación política se allanaba a
la liquidación aprobada, según los resultados de la revisión parcial
correspondiente al informe n.° DFPP-LT-PASE-19-2016.
De esa suerte, y siendo que en la presente
revisión parcial de gastos no se objetaron montos, no corresponde que esta
Magistratura realice un análisis de fondo de los documentos que componen la
liquidación.
IV.—Resultado de
la revisión parcial de la liquidación presentada por el PASE, correspondiente
al trimestre abril-junio de 2016. De acuerdo con el examen practicado por
la DGRE a la documentación aportada por el PASE, para justificar el aporte
estatal con cargo a la reserva de gastos permanentes, a la luz de lo que
disponen los artículos 107 del Código Electoral y 70 del Reglamento sobre el
Financiamiento de los Partidos Políticos, procede analizar los siguientes
aspectos:
1.- Reserva de organización y
capacitación del PASE. De conformidad con lo dispuesto en la resolución N° 6980-E1-2016
(visible a folios 17-20) el PASE tiene como reserva a su favor, para afrontar
gastos por actividades permanentes, la suma de ¢597.368.217,60, de los
cuales ¢522.168.661,93 están destinados para gastos de organización y ¢75.199.555,67
para gastos de capacitación.
2.- Gastos de organización reconocidos al
PASE. De
conformidad con lo expuesto, el PASE tiene en reserva la suma de ¢522.168.661,93
para el reembolso de gastos de organización y logró comprobar erogaciones -de esa
naturaleza- por la suma de ¢3.400.000,00 (tres millones cuatrocientos
mil colones exactos), los que corresponde entonces reconocer a esa agrupación
política.
3.- Gastos pendientes de revisión sobre el
rubro de organización. De conformidad con lo señalado por la DGRE, en informe separado se
conocerá de la procedencia o no de reconocer al PASE la suma de ¢2.257.505,00
(dos millones doscientos cincuenta y siete mil quinientos cinco colones
exactos) como parte de las cuentas “Honorarios Profesionales” y “Comisiones
Pagadas”, correspondientes a la liquidación presentada para este período
(abril-junio 2016) (folios 2 y 7).
4.- Gastos de capacitación. De conformidad con lo indicado
en el informe rendido por la DGRE, el monto reservado para gastos de
capacitación se mantiene en ¢75.199.555,67 dado que, para el trimestre
abril-junio 2016, el PASE no presentó gastos por concepto de capacitación.
V.—Improcedencia de ordenar retenciones
por morosidad con la Caja Costarricense de Seguro Social en el pago de cuotas
obrero-patronales, multas impuestas pendientes de cancelación (artículo 300 del
Código Electoral) u omisión de las publicaciones ordenadas en el artículo 135
del Código Electoral. En el presente caso, no procede ordenar retención
alguna en aplicación del artículo 300 del Código Electoral, ya que la
agrupación política no tiene multas pendientes de cancelación (folio 3 vuelto).
De otra parte, según se desprende de la base
de datos que recoge la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social, el
PASE no se encuentra registrado como patrono y, por ende, no tiene obligaciones
pendientes con la seguridad social (folio 21).
Finalmente, el PASE ya acreditó -ante este
Tribunal- la publicación del estado auditado de sus finanzas y la lista de sus
contribuyentes relativa al período comprendido entre el 1° de julio 2015 y el
30 de junio de 2016, por lo tampoco procede retención alguna por este motivo
(folios 14 y 15).
VI.—Monto parcial a reconocer. De conformidad
con lo expuesto, el monto total aprobado al PASE, con base en la revisión parcial de la liquidación de gastos del
período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de junio de 2016, asciende a
la suma de ¢3.400.000,00 (tres millones cuatrocientos mil colones
exactos) con cargo a la reserva para gastos de organización.
VII.—Reserva para
futuros gastos de organización y capacitación del PASE. Teniendo en
consideración que los gastos reconocidos por ¢3.400.000,00 corresponden
al rubro de organización política, corresponde deducir esa cifra de la reserva
específica establecida a favor del PASE.
Producto de esta operación, la agrupación
política mantiene en reserva, para afrontar gastos futuros, la suma de ¢593.968.217,60,
de los cuales ¢518.768.661,93 están destinados para gastos de
organización y ¢75.199.555,67 para gastos de capacitación.
VIII.—Sobre la
renuncia a presentar recurso de reconsideración. En oficio del 29 de
noviembre de 2016, el señor Oscar López Arias, Presidente del Comité Ejecutivo
Superior del PASE, manifestó que “(…) no tenemos ninguna objeción con el
monto aprobado en esa resolución [referente al informe
DFPP-LT-PASE-19-2016] por la suma de ¢3.400.000,00, por lo que no se
interpondrá ningún recurso de reconsideración sobre la misma, todo lo
contrario, procedemos a allanarnos a la resolución dictada, con el fin de que
quede en firme y se agilice el proceso de giro de los recursos aprobados a
nuestro Partido, por parte de la Tesorería Nacional.” (folio
12).
En razón de ello, procede declarar firme la
presente resolución desde su adopción.
Por tanto:
De acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 107 del Código Electoral y 70 del Reglamento sobre el
Financiamiento de los Partidos Políticos, se reconoce al partido Accesibilidad
sin Exclusión, cédula jurídica N° 3-110-420985, la suma de ¢3.400.000,00
(tres millones cuatrocientos mil colones exactos) que, a título de contribución
estatal, le corresponde por gastos de organización válidos y comprobados del
período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de junio de 2016, producto de
la revisión parcial de la liquidación correspondiente. Se informa al Ministerio
de Hacienda y a la Tesorería Nacional que el PASE mantiene a su favor una
reserva de ¢593.968.217,60 (quinientos noventa y tres millones
novecientos sesenta y ocho mil doscientos diecisiete colones con sesenta
céntimos) para afrontar gastos futuros de capacitación y organización, cuyo
reconocimiento queda sujeto al procedimiento de liquidaciones trimestrales
contemplado en el artículo 107 del Código Electoral. Tomen en cuenta el
Ministerio de Hacienda y la Tesorería Nacional que el partido Accesibilidad sin
Exclusión señaló, para el depósito de lo que le corresponde, la cuenta clásica
empresarial N° 0000397102 a su nombre del Banco Popular y de Desarrollo
Comunal, la cual tiene asociado el número de cuenta cliente 16101005110211311.
Se declara firme esta resolución. Notifíquese lo resuelto al partido
Accesibilidad sin Exclusión, a la Tesorería Nacional, al Ministerio de
Hacienda, a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos
Políticos y al Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos. Publíquese
en el Diario Oficial.
Luis
Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora
Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—1 vez.—(
IN2017103687 ).
Registro
Civil – Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace
saber que en diligencias de ocurso incoadas por Wilmer José Ruiz López, se ha
dictado la resolución N° 298-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas
cinco minutos del veintiuno de enero de dos mil dieciséis. Exp.
N° 48012-2014. Resultando: 1°—..., 2°—…, 3°—…, Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: Rectifíquense los asientos de matrimonio de Wilmer José
Ruiz no indica segundo apellido con Gladys Mercedes Ovares Chaves c.c. Mercedes
Ovares Chaves y de Wilmer José Ruiz no indica otro apellido con Jessie Vanessa Chinchilla Navarro, en el sentido que los
apellidos del cónyuge son Ruiz López, hijo de María del Carmen Ruiz López y los
asientos de nacimientos de Joel Andrés Ruiz Chinchilla y Jahir
Santiago Ruiz Chinchilla, en el sentido que los apellidos del padre son Ruiz
López.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—( IN2017103634 ).
Se hace
saber que en diligencias de ocurso incoadas por Marta Azucena Calderón, se ha
dictado la resolución N° 5671-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
quince minutos del primero de noviembre de dos mil dieciséis, expediente N°
4392-2016. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos probados:...,
II.- Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de
Aniel Mendoza Calderón y de Sue
Obando Calderón, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre son
Marta Azucena Calderón.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017103668 ).
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Cristhian Karolina
Bravo García, se ha dictado la resolución N° 5879-2016, que en lo conducente
dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José,
a las ocho horas cuarenta minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis.
Exp. N° 32118-2016. Resultando: 1°—..., 2°—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquense los asientos
de nacimiento de Ana Grethel Bravo Sequeira, en el
sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre, consecuentemente el
segundo apellido de la misma son Cristhian Karolina, García y García, respectivamente y de Jorleny Felicita Díaz Bravo en el sentido, que el nombre y
segundo apellido de la madre son Cristhian Karolina y García, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017103674 ).
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Gabriela Campos Hall, se ha dictado la resolución N°
5152-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas diecisiete minutos del
veintiséis de setiembre de dos mil dieciséis. Expediente N° 20273-2016.
Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I - Hechos probados:..., II - Sobre el
fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Gabriela Ester
Campos Hall, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre son Evadney Delrita Migthy Hall.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017103688 ).
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por, Jaqueline del Carmen Pineda Castellón, se ha dictado la
resolución N° 4635-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas y
quince minutos del veintitrés de agosto de dos mil dieciséis. Exp.: N° 30167-2012. Resultando: 1º—... 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Yeikol Daniel Guido Pineda, en el
sentido que el nombre de la madre es Jaqueline del Carmen.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017103689).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Leticia Yarelis
Blandón, se ha dictado la resolución N° 6497-2016, que en lo conducente dice:
Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
diez horas cinco minutos del trece de diciembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 20914-2016. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—....
Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Sobre el
fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Daphne Kaori Reyes Manzanares, en el sentido que el apellido de la
madre es Blandón.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2017103713 ).
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Fátima del Socorro Zepeda Manzanárez,
se ha dictado la resolución N° 5067-2015, que en lo conducente dice: Registro
Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las siete
horas veinte minutos del veintitrés de
setiembre del dos mil quince. Exp. N° 35924-2015.
Resultando: 1º—... 2º—… 3º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Isela Sofía Zepeda Manzanares, en el
sentido que el segundo apellido de la madre de la persona inscrita es Manzanárez.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017103730 ).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Catalina Gómez Arismendi, venezolana, cédula de
residencia 186200211530, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
205-2017.—San José al ser las 12:57:12 del 18 de enero
de 2017.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1
vez.—( IN2017103435 ).
Isabel Castro Lazo, nicaragüense, cédula de residencia 155805190118, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 214-2017.—San José, al ser las 09:09:30 del 19 de enero del 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017103541 ).
Santos Hortencia
Ramírez Arce, salvadoreña, cédula de residencia N° 122200207120, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 138319-2015.—San José, 6 de diciembre del 2016.—German Alberto Rojas
Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017103564 ).
Max Sihman,
trinitario, cédula de residencia
178000003323, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
171-2017.—San José, al ser las 14:01:34 del 20 de
enero del 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017103623 ).
María Jasmina Jirón
Álvarez, nicaragüense, cédula de residencia 155809131817, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp.:178-2017.—San
José, al ser las 15:28:43 del 24 de enero de 2017.—German Alberto Rojas Flores,
Jefe.—1 vez.—( IN2017104248 ).
Programa de Compras 2017
En apego al
Artículo seis de la Ley de Contratación Administrativa y en concordancia con el
Artículo siete de su respectivo Reglamento, la Proveeduría del Programa Integral
de Mercado Agropecuario, comunica formalmente que ya se encuentra publicado y a
disposición de todos los interesados el Programa de Compras Institucional para
el periodo 2017, específicamente en la dirección electrónica www.pima.go.cr
apartado “Carteles y Publicaciones”. Cualquier consulta o aclaración sobre el
particular puede efectuarse en la Proveeduría del PIMA al teléfono 2239-1233,
extensiones 222, 258 o 267, o mediante los correos electrónicos
jgutierrez@pima.go.cr, krodriguez@pima.go.cr, rmiranda@pima.go.cr
Heredia, 24
de enero del 2017.—Lic. Roy Chaves Araya.— 1 vez.—( IN2017104244 ).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
Plan Anual de Compras para el año 2017
El Consejo Nacional de Vialidad
(CONAVI), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley de
Contratación Administrativa y 7 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, hace del conocimiento de todos aquellos potenciales proveedores
que el detalle del Plan Anual de Compras para el año 2017, se encuentra
disponible y se visualiza en las siguientes rutas de acceso:
http://www.conavi.go.cr-Proveeduría-Plan Anual de compras 2017, y en
http://www.sicop.go.cr/index.jsp-Avisos por Instituciones. Además, hace de su
conocimiento que dicho plan significa una intención de compra, sin que ello
corresponda a un compromiso de ejecución en su totalidad.
San José, 24 de enero del 2017.—Licda. Carmen Madrigal Rímola,
Directora, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N°
4910.—Solicitud N° 75764.—( IN2017104070 ).
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN EN SALUD
PLAN DE COMPRAS 2017
De conformidad con las
modificaciones a la Ley y el Reglamento de Contratación Administrativa, y según
lo establecido en el artículo 6° de la misma, se informa que el Plan de Compras
para el año 2017 correspondiente al Consejo Nacional de Investigación en Salud
(CONIS), se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema SICOP, en
la dirección http://www.sicop.go.cr.
Proveeduría Institucional.—Licda. Vanessa
Arroyo Chavarría, Proveedora.— 1 vez.—O. C. N°
34000.—Solicitud N° 75919.—( IN2017104394 ).
PLAN DE COMPRAS 2017-FIDEICOMISO
872-MS-BNCR
De conformidad con las
modificaciones a la Ley y el Reglamento de Contratación Administrativa, y según
lo establecido en el artículo 6º de la misma, se informa que el Plan de Compras
para el año 2017, correspondiente al Presupuesto del FIDEICOMISO 872
MS-CTAMS-BNCR, se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema
SICOP, en la dirección http://www.sicop.go.cr.
Proveeduría Institucional.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 34000.—Solicitud N° 75920.—( IN2017104398
).
PLAN DE COMPRAS 2017-GOBIERNO CENTRAL PROGRAMAS
GOBIERNO CENTRAL / PROGRAMAS GESTION INTRA-INSTOTUCIONAL / RECTORÍA DE LA PRODUCCIÓN
SOCIAL DE LA SALUD / PROVISIÓN DE
SERVICIOS DE SALUD
De conformidad con las
modificaciones a la Ley y el Reglamento de Contratación Administrativa, y según
lo establecido en el artículo 6º de la misma, se informa que el Plan de Compras
para el año 2017, correspondiente al Presupuesto de Gobierno Central y al
Programa Control de Tabaco, se encuentra a disposición de los interesados en el
Sistema SICOP, en la dirección http://www.sicop.go.cr.
Proveeduría Institucional.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 34000.—Solicitud N° 75921.—( IN2017104399
).
PLAN DE COMPRAS 2017-GOBIERNO CENTRAL
GOBIERNO CENTRAL/PROGRAMA CONTROL DE TABACO
De conformidad con las modificaciones
a la Ley y el Reglamento de Contratación Administrativa, y según lo establecido
en el artículo 6° de la misma, se informa que el Plan de Compras para el año
2017, correspondiente al Presupuesto de Gobierno Central y al Programa Control
de Tabaco, se encuentra a disposición de los interesados en el Sistema SICOP,
en la dirección http://www.sicop.go.cr.
Proveeduría Institucional.—Licda. Vanessa
Arroyo Chavarría, Proveedora.— 1 vez.—O. C. N°
34000.—Solicitud N° 75922.—( IN2017104401 ).
MUSEO CALDERÓN GUARDIA
PLAN ANUAL DE COMPRAS 2017
De conformidad con las
modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el Diario
Oficial La Gaceta N° 128 del 04 de julio del 2006, y de acuerdo al
artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que el Plan
Anual de Compras para el año 2017 se encuentra a disposición de los interesados
en la página oficial del Ministerio de Cultura y Juventud www.mcj.go.cr y sus
órganos adscritos, así como en el Sistema de Compras Públicas (SICOP), en la
dirección https://www.sicop.go.cr/.
San José, 25 de enero del 2017.—Luis Rafael Núñez Bohórquez, Director.—1 vez.—(
IN2017104505 ).
PROGRAMA DE COMPRAS 2017
El Ministerio de Comercio
Exterior hace de conocimiento al público que ya se encuentra publicado el Plan
de Adquisiciones del Ministerio de Comercio Exterior en la página del
Ministerio en la dirección:
http://www.comex.go.cr/acerca_comex/disposiciones_administrativas.aspx,
así como en el sistema de compras públicas SICOP
https://www.sicop.go.cr/index.jsp?lang=&logoDomain=S, de conformidad al
artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 de su
Reglamento.
Así mismo, se comunica que las modificaciones
al Plan de Adquisiciones 2017 serán publicadas en los medios antes indicados.
San José, 24 de enero del 2017.—Departamento de Proveeduría.—Gloria Jiménez Ramírez,
Proveedora.—1 vez.—O.C. N° 3400030803.—Solicitud N° 14956.—( IN2017104322 ).
CENTRO PARA LA INSTRUCCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS
(CIPA)
De acuerdo con el art. 7 del
Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa correspondiente a la
programación anual de compras del CEPA, se comunica que el mismo se encuentra a
disposición de los interesados en la página Web de la CCSS, ver detalles y
modificaciones en www.ccss.sa.cr
San José, 25 de enero del 2017.—Licda. Maritza Cantillo Quirós, Directora.—1 vez.—( IN2017104352 ).
GERENCIA MÉDICA Y UNIDADES ANEXAS
PROGRAMA ANUAL ADQUISICIONES 2017
En cumplimiento de la Ley de
Contratación Administrativa y su Reglamento se informa que los Programas
Anuales de Adquisiciones proyectados para el año 2017, correspondiente a:
Despacho de la Gerencia Médica, Dirección de Centros Especializados, Dirección de
Red de Servicios de Salud, Dirección de Proyección de Servicios de Salud,
Dirección de Compra de Servicios de Salud, Dirección de Farmacoepidemiología,
CENDEISSS, Dirección de Desarrollo de Servicios de Salud, Proyecto
Fortalecimiento de la Atención Integral del Cáncer, Centro de Gestión
Informática de la Gerencia Médica, Centro Nacional del Control del Dolor y
Cuidados Paliativos, Clínica Oftalmológica, Laboratorio Nacional de Citologías,
Laboratorio de Pruebas de Paternidad Responsable, Banco Nacional de Sangre,
Unidad Técnica de Listas de Espera, y unidades conexas a las anteriores, se
encuentran publicados en la página web de la Caja Costarricense de Seguro
Social. Ver detalles en la página http://www.ccss.sa.cr. Asimismo, cualquier
modificación a este programa durante el ejercicio económico será debidamente
publicada y visible en la dirección electrónica supracitado.
San José, 31 de enero de 2017.—Gerencia Médica.—Msc. Arturo
Herrera Barquero, Asesor.—1 vez.—( IN2017104577 ).
PROGRAMA DE COMPRAS PARA EL AÑO 2017
La Proveeduría del INCOFER hace
del conocimiento de todos los interesados, que el Programa Anual de Compras del
2017, se encuentra disponible en página web de nuestra institución: http://www.incofer.go.cr/compras-institucionales/
Lo anterior en cumplimiento con el artículo
6° de la Ley de Contratación Administrativa.
San José, 24 de enero del 2017.—Licda. Elizabeth Briceño J., Gerente Administrativa.—Marta E. Navarro Sandoval, Departamento de Proveeduría.—1
vez.—O. C. N° 2380.—Solicitud N° 75971.—( IN2017104558 ).
COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES
Y
RECREACIÓN DE CARTAGO
Cédula
Jurídica 3-007-087562
PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2017
De conformidad con lo estipulado
en el artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 7 del
Reglamento General de la Contratación Administrativa, se informa a todos los
interesados que durante el periodo 2017, se contratará lo siguiente:
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
Carlos Alberto Arrieta Salas, Director Ejecutivo.—1
vez.—( IN2017104530 ).
MUNICIPALIDAD DE GARABITO
PROGRAMA DE ADQUISICIONES AÑO 2017
El Departamento de Proveeduría
de la Municipalidad del Cantón de Garabito, se permite hacer del conocimiento
de los interesados, que de conformidad con lo que establece el artículo N° 6 de
la Ley de Contratación Administrativa y artículo N° 7 de su Reglamento, se
publica el programa para la adquisición de bienes y servicios, de acuerdo al
presupuesto ordinario del período 2017.
Se encuentra a disposición de los interesados
en la página web www.munigarabito.go.cr.
Jacó.—Licda. Ana Sofía Schmidt Quesada,
Proveedora Municipal.— 1 vez.—O. C. N°
001-2017.—Solicitud N° 75041.—( IN2017104318 ).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
DEPARTAMENTO CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
INFORMACIÓN DEL PROGRAMA ANUAL DE COMPRAS
PRESUPUESTO ORDINARIO 2017
En cumplimiento de lo dispuesto
en los artículos N° 6 de la Ley de Contratación Administrativa N° 7494 y N° 7 de
su Reglamento, se comunica a los interesados y posibles oferentes el plan anual
de compras correspondiente al presupuesto ordinario de 2017, el cual también
está a su disposición en la página de la Municipalidad de Guácimo, en el link
de proveeduría.
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
Zilenia
Venegas Vargas, Proveedora Municipal.—1 vez.—(
IN2017104260 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría
invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el
siguiente procedimiento:
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000023-PROV
Mantenimiento Preventivo, Calibración y/o Verificación
de Equipos de Varias Secciones del Departamento
de Ciencias Forenses Según Demanda
Fecha y
hora de apertura: 01 de marzo del 2017, a las 10:00 horas
El cartel se puede obtener sin
costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados
deben acceder a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/,
en el aparte de contrataciones disponibles, y seleccionar el cartel en mención.
San José, 24 de enero del 2017.—Proceso de Adquisiciones.—Licda. Yurli
Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017104314 ).
Estudio de Mercado-RFI-Contratación de servicios profesionales
especializados en
infraestructura
de tecnología
El Banco de Costa Rica, recibirá
propuestas de forma electrónica para el estudio en referencia, hasta el día 03 de
febrero del 2017, en los siguientes correos electrónicos.
ComprasOperacionTI@bancobcr.com
Los interesados pueden solicitar
las especificaciones y condiciones generales, así como las consultas, a las
direcciones electrónicas señaladas anteriormente.
Oficina de Contratación
Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano,
Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 75934.—( IN2017104432 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-SCA
Contratación de servicios de una agencia de
publicidad para la
Universidad Nacional
La Universidad Nacional por
medio de la Proveeduría Institucional invita a personas físicas o jurídicas a
participar en el concurso para la contratación de servicios de agencia de
publicidad.
Todas las ofertas se
recibirán en un sobre cerrado, en la Proveeduría Institucional de la
Universidad Nacional, ubicadas en la Ciudad de Heredia, del Colegio Mario
Vindas, San Pablo de Heredia, 300 metros norte y 75 oeste, antigua Bodega de
MABE, hasta las 14 horas del 21 de febrero del 2017.
Los carteles deberán retirarse en la
siguiente dirección: www.una.ac.cr/proveeduría/, en los documentos electrónicos
propiamente para proveedores, carteles.
Heredia, 24 de enero del 2017.—Proveeduría Institucional.—MAP. Nelson Valerio Aguilar,
Director.—1 vez.—O. C. N° P0026418.—Solicitud N°
75806.—( IN2017104317 ).
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000001-5101
Gránulos efervescentes para uso oral. Fórmula.
Envase
o ampolla con 3 G o 3.5 G
Código:
1-10-52-6920
Se informa a los interesados que
está disponible en la fotocopiadora del Edificio Jenaro Valverde, sita en el
piso comercial Oficinas Centrales de la C.C.S.S. la Licitación Abreviada N°
2017LA-000001-5101, para la adquisición de Ítem Único 38.000 AM Gránulos
Efervescentes para uso oral. Fórmula. Envase o ampolla con 3 G o 3.5 G
Código1-10-52-6920. Apertura de ofertas: 10:00 horas del día 24 de febrero del
2017, Sala de Aperturas, Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios Edificio
Laureano Echandi piso 11 Oficinas Centrales de la C.C.S.S., ubicada costado
sureste del Teatro Nacional (Avenidas 2 y 4, calles 5 y 7).
San José, 25 de enero del 2017.—Línea de Producción de
Medicamentos.—Licda. Shirley Solano Mora, Jefa, a. í.—
1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 15963.—( IN2017104343 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA LICEO DE PAVAS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 01-2017
Contratación de proveedor de alimentos curso lectivo 2017
La Junta Administrativa del Liceo
de Pavas, le invita participar en la “Contratación de proveedor de alimentos
curso lectivo 2017”, mediante Licitación Abreviada N° 01-2017.
Los interesados deben solicitar los
requisitos que aplican para la contratación, sin costo alguno, a partir de las
nueve horas del 24 y 31 de enero del 2017, en las instalaciones del Liceo de
Pavas, o solicitar una versión digital a través del correo electrónico
juntaliceopavashotmail.com.
El plazo máximo concedido para presentar las
ofertas es de ocho de la mañana hasta las doce medio día, Se atenderán
consultas por los siguientes medios: Teléfonos 4030-3618, al correo electrónico
antes mencionado.
María Rita
Salas Porras, Presidenta.—1 vez.—( IN2017104454 ).
POPULAR SOCIEDAD DE FONDOS DE INVERSIÓN
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000001-CL
Arrendamiento de equipo de cómputo
Popular Sociedad de Fondos de
Inversión le invita a participar en la Licitación de referencia, las ofertas
deberán presentarse según lo dispuesto en el cartel correspondiente, que puede
ser retirado en nuestras oficinas ubicadas en el
segundo piso del Edificio Torre Mercedes, Paseo Colón, y serán recibidas hasta
las 10:00 horas del día 15 de febrero de 2017.
San José, 25 de enero del 2017.—Proveedora.—Lic. Vilma Arana Asencio, Proveedora.—1 vez.—( IN2017104372 ).
MUNICIPALIDAD DE TURRUBARES
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000001-PMT
Adquisición de paquetes de alimentos y artículos de higiene
personal: Programa Red de Cuido Adultos Mayores
del cantón de Turrubares
Se complace en invitarles a
participar en la Licitación Abreviada 2017LA-000001-PMT que llevaremos a cabo
para la “Adquisición de paquetes de alimentos y artículos de higiene personal:
Programa Red de Cuido Adultos Mayores del cantón de Turrubares.
La oficina encargada de tramitar el
procedimiento de contratación del objeto arriba citado es la Proveeduría
Municipal que proporcionará la información adicional necesaria respecto a las
especificaciones, documentación y trámites relacionados al presente concurso.
Presentar la oferta a
más tardar el 7 de febrero del 2017 a las 10:00 horas en la oficina de la
Proveeduría Municipal. La apertura de las ofertas se llevara a cabo el 7 de
febrero del 2017 a las 10:00 horas.
Para mayor información comunicarse al
teléfono 2419-0445 o al correo electrónico: jesus.lopezeturrubares.go.cr.
Lic. Jesús
López López, Proveedor.—1
vez.—( IN2017104367 ).
DIVISIÓN FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
SECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000015-PV
Compra de tapas de metal
La Fábrica Nacional de Licores,
por medio de su Proveeduría comunica a los interesados que mediante acuerdo de
Junta Directiva N° 39143 del Consejo Nacional de Producción, sesión ordinaria
2959, artículo 4, celebrada el 18 de enero de 2017 se dispuso adjudicar la
Licitación Abreviada 2016LA-000015-PV promovida para la compra de tapas de
metal a la empresa Archana Ampoules
Pvt. Ltd., por un monto total de $201.157,56
impuestos incluidos ya que cumple satisfactoriamente con las especificaciones
técnicas solicitadas y propone un precio razonable.
Por lo anterior, se
invita al adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5%
del monto total adjudicado, con el siguiente requisito:
Esta garantía deberá contar con una vigencia
mínima de 60 días adicionales a la fecha de recepción definitiva del contrato.
Lo anterior deberá presentarse en la oficina
de la Proveeduría, dentro de los cinco días hábiles siguientes contados a
partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación. El depósito deberá
emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la Tesorería de FANAL
en Rincón de Salas, Grecia. A los demás oferentes se les invita a retirar la
garantía de participación.
Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.—1 vez.—( IN2017104551 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000005-01
Adquisición de aceites, grasas y lubricantes
para el equipo ferroviario
A los interesados en la
Licitación indicada, se les comunica que, por resolución de la junta directiva,
tomada en Sesión Ordinaria 2230-2017, Acuerdo 4657-2017, celebrada el 16 de
enero del 2017, dispuso: “Se aprueba la adjudicación de la Licitación Abreviada
N° 2016LA-000005-01, adquisición de aceites, grasas y lubricantes para el
equipo ferroviario, de acuerdo al análisis realizado a la Minuta de la Comisión
de Contratación Administrativa de INCOFER N°002-2017 del 06 de enero del 2017,
tal y como se detalla a continuación:
1. Oferta N° 1 Lubricantes Azait S. A.,
las líneas 1-3 por un monto de $60.477,60 (sesenta mil cuatrocientos setenta y
siete dólares con sesenta centavos).
2. Oferta N° 2 Lubreespeciales
Internacionales S. A., líneas 2-4-5-6 por un monto de ¢11.740.000,00 (once
millones setecientos cuarenta mil colones exactos).
Aprobado por unanimidad. En
firme.
San José,
25 de enero del 2017.—Licda. Elizabeth Briceño J.,
Gerente Administrativa.—Marta E. Navarro S., Dpto. de
Proveeduría.— 1 vez.—O. C. N° 2380.—Solicitud N° 75972.—( IN2017104614 ).
MUNICIPALIDAD DE UPALA
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-00004-01
Contratación de persona física o jurídica por
mantenimiento
de instalaciones y otras
obras del acueducto municipal
La Municipalidad de Upala, informa la adjudicación de la siguiente Licitación
Abreviada: 2016LA-00004-01, contratación de persona física o jurídica por
mantenimiento de instalaciones y otras obras del acueducto municipal.
Transcripción de acuerdo capítulo IV, que
corresponde al artículo uno, según acta N° 71-2016, de sesión ordinaria
celebrada por el Concejo Municipal el día viernes dieciséis de diciembre del
dos mil dieciséis, el cual contiene lo siguiente:
Acuerdo definitivamente aprobado en firme.
El Concejo Municipal mediante acuerdo
definitivo y en firme da su aprobación al acta de adjudicación y su
recomendación de Licitación Abreviada 2016LA-00004-01, que presenta la Comisión
Interna de adjudicación municipal, a favor de la empresa: Constructora
Estrada S. A., cédula jurídica: 3-101-306674; por un monto de hasta
¢16.246.332,00. Dieciséis millones doscientos cuarenta y seis mil trescientos
treinta y dos colones netos.
Juan Bosco Acevedo Hurtado, Alcalde.—1 vez.—(
IN2017104511 ).
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000002-01
Adquisición de dos camiones para el transporte de desechos
sólidos con caja recolectora de desechos de alta
compactación de 19 m3 (15 toneladas) como
mínimo y ambos bienes nuevos
del año 2017 o superior
La Proveeduría de la
Municipalidad de Carrillo, informa sobre el acuerdo de adjudicación emitido por
el Concejo Municipal de Carrillo, así: “…En atención a lo dispuesto por el
Concejo Municipal de Carrillo, me permito transcribirles para su trámite, el
texto del acuerdo 3, inciso 04, aparte C, emitido en la sesión ordinaria N°
03-2017, celebrada el 20 de enero del año en curso, literalmente dice: Se
acuerda: por unanimidad de votos este Concejo Municipal, dispone adjudicar
parcialmente a la empresa Maquinaria y Tractores Ltda. (MATRA), quien
obtiene 98 puntos, la Licitación Pública N° 2016LN-000002-01 “…Adquisición de
dos camiones para el transporte de desechos sólidos con caja recolectora de
desechos de alta compactación de 19 m3 (15 toneladas) como mínimo y
ambos bienes nuevos del año 2017 o superior …”, por compra de dos (2)
recolectores de basura, camiones año 2017, marca Mack,
estilo GU813, con caja recolectora MC Neilus Estandar de alta compactación 25Y3, año 2017 completamente
nuevo y un monto de $475.466.00 (cuatrocientos setenta y cinco mil
cuatrocientos sesenta y seis dolares con 00/100), y
al tipo de cambio del BCCR del 30 de noviembre de 2016, es de ¢558.40, es decir
un monto de ¢265.500.214,40 (doscientos sesenta y cinco millones quinientos mil
doscientos catorce colones con 40/100), sin el mantenimiento preventivo.
Asimismo, se autoriza a la Alcaldía, Tesorería, Contabilidad, Proveeduría,
continuar con los trámites siguientes de rigor, hasta su finalización. Cabe
indicar que la oferta de la empresa Autocamiones de Costa Rica Autocori S. A., es inadmisible, por presentarla
extemporánea la misma. Además, por no presentar la oferta en consorcio y no
presentar acuerdo consorcial con la empresa Friogama
Guanacaste S. A., cédula jurídica N° 3-101-585302, según el giro comercial, no
indica que es taller mecánico para dar mantenimiento y reparación de equipo
pesado. Además, no está el acuerdo consorcial donde el dueño del taller se
compromete a dar servicio de mantenimiento durante el periodo de la vida útil
del equipo, estimado en 12 años como mínimo, cabe indicar, qué la empresa Friogama Guanacaste S. A., cédula jurídica N° 3-101-585302,
adeuda a la CCSS la suma ¢9.607.470,00 (nueve millones seiscientos siete mil
cuatrocientos setenta colones con 00/100), en cobro judicial. Asimismo, adeuda
a FODESAF un monto de ¢2.123.659,21 (dos millones ciento veintitrés mil
seiscientos cincuenta y nueve colones con 21/100), en estado de atrasado.
Acuerdo definitivamente aprobado.
Antonio Montero Céspedes,
Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017104606 ).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000003-01
Adquisición de 5 (cinco) vagonetas nuevas, tipo
Tandem de 12 m3, año 2017 o superior
La Proveeduría de la
Municipalidad de Carrillo, informa sobre el acuerdo de adjudicación emitido por
el Concejo Municipal de Carrillo, así:”…En atención a lo dispuesto por el
Concejo Municipal de Carrillo, me permito transcribirles para su trámite, el
texto del acuerdo 3, inciso 04, aparte B, emitido en la sesión ordinaria Nº
03-2017, celebrada el día 20 de enero del año en curso, literalmente dice: Se
acuerda: Por unanimidad de votos este Concejo Municipal dispone, adjudicar parcialmente a la empresa Maquinaria y
Tractores Ltda., (MATRA), quien obtiene 100 puntos, la Licitación Pública
Nº 2016LN-000003-01, Adquisición de 5 (cinco) vagonetas nuevas, tipo Tandem de 12 M3, año 2017 o superior, por la compra de
cinco (5) vagonetas, Mack, estilo GU813E con volteo
GAR-P 12M3, año 2017, completamente nueva, por la suma de $762.000,00
(setecientos setenta y dos mil dólares con 00/100), y al tipo de cambio del
BCCR del 30 de noviembre del 2016, es de ¢558.40, es decir un monto de
¢425.500.800,00 (cuatrocientos veinticinco millones quinientos mil ochocientos
colones exactos), sin el mantenimiento preventivo. Asimismo, se autoriza a la
Alcaldía, Tesorería, Contabilidad, Proveeduría, continuar con los trámites
siguientes de rigor, hasta su finalización. Cabe indicar que la oferta de la
empresa Autocamiones de Costa Rica AUTOCORI S. A., es inadmisible, por no
presentar la oferta en consorcio y no presentar acuerdo consorcial con la
empresa Friogama Guanacaste S. A., cédula jurídica Nº
3-101-585302, según el giro comercial, no indica que es taller mecánico para
dar mantenimiento y reparación de equipo pesado. Además, no esta
el acuerdo consorcial donde el dueño del taller se compromete a dar
servicio de mantenimiento durante el periodo de la vida útil del equipo,
estimado en 12 años como mínimo, cabe indicar, qué la empresa Friogama Guanacaste S. A., cédula jurídica Nº 3-101-585302,
adeuda a la CCSS la suma de ¢9.607.470,00 (nueve millones seiscientos siete mil
cuatrocientos setenta colones con 00/100), en cobro judicial. Así mismo, adeuda
a FODESAF un monto de ¢2.123.659,21 (dos millones ciento veintitrés mil
seiscientos cincuenta y nueve colones con 21/100), en estado de atrasado.
Acuerdo definitivamente aprobado.
Proveeduría.—Antonio Montero Céspedes, Proveedor
Municipal.— 1 vez.—( IN2017104607 ).
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
La Proveeduría del PIMA invita a
todos los proveedores que deseen contratar con la institución a formar parte de
nuestro Registro de Proveedores interno, el formulario de inscripción de
(R05-DFGC-01), se ubica en la dirección electrónica www.pima.go.cr, apartado
“Registro Proveedores”; también puede ser solicitado directamente en las
siguientes direcciones de correo: jgutierreza@pima.go.cr /
krodriguez@pima.go.cr. Este formulario debe ser completado y aportar la
documentación requerida. Los proveedores inactivos que deseen actualizar su
inscripción deben llenar y enviar el formulario antes referido y en caso de que
sus datos se mantengan invariables es suficiente con que envíen un correo
electrónico manifestando su interés de seguir contratando con PIMA. El listado
de proveedores inactivos puede verificarse en la dirección electrónica antes
referida, en el apartado “proveedores”. Las oficinas del PIMA se ubican 500 m.
este del Mall real Cariari en Barreal de Heredia,
teléfono 2239-12-33, fax 2239-4244/ sitio web: www.pima.go.cr/Heredia-Costa
Rica.
Heredia, enero del 2017.—Roy Chaves Araya, Proveeduría.— 1 vez.—( IN2017104245 ).
ACTUALIZACIÓN DEL REGISTRO DE PROVEEDORES
Con base en lo establecido en el
artículo 116 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, el INCOFER
invita a los interesados en participar en futuras contrataciones directas,
licitaciones públicas o abreviadas, a presentar la documentación necesaria para
ser incluidos en el Registro de Proveedores.
Los proveedores ya inscritos, podrán indicar
mediante nota, si la información se mantiene invariable; de lo contrario
deberán suministrar la documentación con los cambios realizados.
Más información al 2255-1179 / 2257-7570 o a
las direcciones: http://www.incofer.go.cr/inscripcion-de-proveedores/ o al
correo electrónico proveeduria@incofer.go.cr, para el formulario.
San José, 24 de enero del 2017.—Licda. Elizabeth Briceño Jiménez, Gerente Administrativa.—Marta Eugenia Navarro Sandoval, Departamento de
Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 2380.—Solicitud N° 75969.—( IN2017104556 ).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
Actualización de datos
En cumplimiento de lo dispuesto
en el artículo N° 116 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa se
invita a los proveedores a actualizar sus datos y a incorporarse en el registro
de proveedores de esta Institución. Para solicitar el formulario de inscripción
o cualquier información al respecto podrá hacerlo por correo al e-mail: proveeduria@,guacimo.go.cr. También lo puede encontrar en
la página de la Municipalidad de Guácimo, en el link de proveeduría. Publíquese
una vez.
Zilenia Venegas
Vargas, Proveedora.—1 vez.—( IN2017104261 ).
DIRECCIÓN DE FIDEICOMISOS
Y ESTRUCTURACIONES
Modificación N° 03 para el
proceso LPI-02-2016 Licitación Pública Internacional para la contratación del
Diseño, Construcción y Equipamiento de 6 Lotes de 14 Centros Educativos.
1. Modificación. Se modifican
las fechas límites para recibir y la apertura de las ofertas:
Donde se lee:
“SECCIÓN II. DATOS DE LA
LICITACIÓN (DDL). I. Presentación y apertura de las ofertas. IAO 22.1 e IAO
25.1”.
La fecha para recibir y realizar
la apertura de las ofertas será como se indica a continuación:
Debe de leerse de la siguiente manera:
“SECCIÓN II. DATOS DE LA
LICITACIÓN (DDL). I. Presentación y apertura de las ofertas. IAO 22.1 e IAO
25.1”.
La fecha para recibir y realizar
la apertura de las ofertas será como se indica a continuación:
San José, 24 de enero del
2017.—Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.—Lourdes Fernández
Quesada.—Proveeduría General.—Lorena María Herradora Chacón.—1 vez.—O. C. N°
523493.—Solicitud N° 75857.—( IN2017104315 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000025-DCAM
Contratación de empresas especializadas en instalaciones
electromecánicas (cableado de comunicación y potencia)
que brinden servicios en todas las oficinas del Banco
Popular
a nivel nacional, bajo la modalidad
de consumo según demanda
(Rol
de Proveedores)
Enmienda N° 1 y Prórroga N° 2
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda N°1 de
oficio al cartel, puede ser retirada en la División de Contratación
Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de la sede central,
en Avenidas 2 y 4, Calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15
a.m. a 4:00 p.m.
Se prórroga de oficio la fecha y hora para la
apertura de ofertas de este concurso, para el día 08 febrero del 2017 a las
10:00 horas.
Demás condiciones y requisitos
permanecen invariables.
División de Contratación
Administrativa.—Lic. Maykel Vargas García, Jefe.—1 vez.—( IN2017104479 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000020-02 (Prórroga)
Contratación de contratación de trabajos de pintura y
mantenimiento en el
Centro de Formación de Mora,
en el Centro Nacional
Especializado en Comercio y
Servicios y en el Centro Nacional Especializado
Textil
(Edificio del Núcleo Textil)
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje,
informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada
2016LA-000020-02, para la contratación de contratación de trabajos de pintura y
mantenimiento en el Centro de Formación de Mora, en el Centro Nacional
Especializado en Comercio y Servicios y en el Centro Nacional Especializado
Textil (Edificio del Núcleo Textil), que el plazo máximo para presentar ofertas
de esta licitación se prorroga para el próximo 22 de febrero del 2017, a las
09:00 horas.
Proceso de Adquisiciones.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado.— 1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 75878.—( IN2017104311 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000004-02
(Prórroga
N° 1)
Construcción de tanque de acero en el Aeropuerto
Daniel
Oduber en Liberia
Les comunicamos a los
interesados en participar en el concurso en referencia, que la fecha de
apertura y recepción de ofertas se prorrogó para el día 09 de febrero del 2017,
a las 10:00 horas. Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a
través del sitio Web www.recope.com, se encuentran publicadas las licitaciones
y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dpto. Contrataciones Bienes y
Servicios.—Ing. Johnny Gamboa Chacón, Jefe.—1 vez.—O.
C. N° 2015-004132.—Solicitud N° 75907.—( IN2017104310 ).
DAJ-FG-109-2017.—Dirección de Asuntos Jurídicos. Ministerio de Salud.—San José a los diecinueve días del mes de enero del dos
mil diecisiete. A solicitud del Despacho Ministerial, somete a conocimiento de
las instituciones y público en general el siguiente proyecto de normativa:
Reglamento al párrafo primero de
la Ley N° 7017 del 16 de diciembre de 1985
“Ley de Incentivos para la Producción Industrial Anexo A: Arancel
Centroamericano de Importación”.
Para lo cual se otorga un plazo
de 10 días hábiles, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la
Administración Pública, contados a partir del día siguiente de la publicación
de este aviso, para presentar ante la Dirección de Mejora Regulatoria y
Reglamentación Técnica del Ministerio de Economía Industria y Comercio, a
través del Sistema de Control Previo (SICOPRE), observaciones y comentarios con
la respectiva justificación técnica, científica o legal.
La versión digital de este proyecto de
normativa se encuentra en el Sistema de Control Previo, disponible en el sitio
Web del Ministerio de Economía Industria y Comercio:
http://www.meic.go.cr/
Las observaciones y comentarios
serán recibidos únicamente en el Sistema de Control Previo.
MSc.
Ronny Stanley Muñoz Salazar, Lic. Director
Jurídico.— 1 vez.—O. C. N°
3400031660.—Solicitud N° 75457.—( IN2017103698 ).
RÉGIMEN DE GARANTÍAS Y AHORRO
NORMAS DE OPERACIÓN
En acuerdo emitido por el
Consejo Directivo del Instituto Costarricense de Electricidad en el artículo 3
del Capítulo I de la Sesión 6207 del 16 de enero del 2017, se aprueba:
Incorporar una nueva disposición
normativa en el Artículo 44 del Reglamento de Préstamos Personales, así como en
el Artículo 19 del Reglamento de Préstamos Hipotecarios (Vivienda), ambos del
FGA, presentada por la Junta Administrativa del Fondo de Garantías y Ahorro. La
norma a incorporar en ambos reglamentos se leerá así:
“Liquidación de ahorros y tasas
de interés cuando se hayan creado sociedades anónimas
a) La liquidación de los ahorros personales, aportes institucionales y
las deudas de créditos, se regirá por las siguientes reglas:
• De la liquidación de ahorros tanto personales como de aportes
institucionales a que se tiene derecho, se deducirán los créditos personales
fiduciarios en primer lugar, luego los personales hipotecarios y finalmente los
hipotecarios de vivienda.
• Si el monto de esos ahorros tanto personales
como de aportes institucionales a que se tiene derecho no alcanza para cubrir
todos los préstamos personales (garantizados con ahorros y fiadores), se
procederá a cancelar esas deudas con las prestaciones laborales, a solicitud
del funcionario que se retira.
• Sólo podrán quedar saldos pendientes de
préstamos hipotecarios de vivienda y de préstamos personales con garantía
hipotecaria que no hayan podido ser cancelados con la liquidación anteriormente
mencionada.
• De quedar pendientes saldos de créditos con
garantía hipotecaria, la persona deberá seguir pagando puntualmente de forma
mensual por cualquiera de los medios que el FGA tiene a disposición para ese
fin.
• Si quedaran saldos por cancelar, el
trabajador o trabajadora que deba ser recontratado en una empresa creada por el
ICE, tendrá derecho a que se le mantengan las tasas de interés pactadas en los
créditos con garantía hipotecaria adquiridos con el Fondo de Garantías y
Ahorro.
b) Este artículo es aplicable únicamente en las condiciones
establecidas para cualquier programa que busque hacer más eficiente algunos de
sus servicios a través de la constitución de sociedades, previo acuerdo del
Consejo Directivo del ICE”.
Juanita
Castillo Venegas, Asistente Junta Administrativa.— 1 vez.—O. C. N° 351.—Solicitud N°
75273.—( IN2017103664 ).
Nº
2017-08
ASUNTO: Aprobación, de convenio de
delegación.
Acuerdo de Junta Directiva del AyA.—Sesión Nº 2017-001
Ordinaria.—Fecha de Realización 11/Jan/2017.—Artículo
5.3-Convenio de delegación Asociación de Acueducto de Barrio San Vicente de
Tablazo de Acosta. Memorando GG-2016-02652. Atención: Subgerencia de Gestión de
Sistemas Delegados, Legal Comunal, Dirección Jurídica,.—Fecha
Comunicación 16/Jan/2017.
JUNTA DIRECTIVA
Conoce esta Junta Directiva de
la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y
Alcantarillados.
Resultando:
1º—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor
bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado.
2º—Que de conformidad con los artículos 11,
21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades
velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados
pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la
inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento
ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo
que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo
a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización
administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo
sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y
de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y
alcantarillados.
3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2,
3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA,
artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y
siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de
Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de
Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta
N° 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que AyA
es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y
Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para
delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente
constituidas al efecto.
Considerando:
1º—Que la participación de la comunidad
o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la
consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la
administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de
inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte
más adecuado asignar en las comunidades su administración.
2º—Que la comunidad de Barrio San Vicente de
Tablazo de Acosta, con aporte de la comunidad, de AyA
y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos comunales, para el
abastecimiento de una población de habitantes.
3º—Que en Asamblea General de vecinos,
dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA,
que delegue la administración de los sistemas en dicha organización.
4º—Que por las características del sistema,
es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida
al efecto, denominada Asociación de Acueducto de Barrio San Vicente de Tablazo
de Acosta, cédula jurídica tres- cero cero dos-
doscientos treinta y cuatro mil quinientos sesenta y uno, que se encuentra
debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del Registro Nacional bajo
el tomo número cuatrocientos cincuenta y dos, asiento número nueve mil
quinientos sesenta y nueve y fue constituida
el día catorce de marzo del año mil novecientos noventa y ocho.
5º—Que para los efectos de lo dispuesto en el
Reglamento, la Región Central Oeste mediante oficio N° GSP-RCO-2016-02398 del
día 16 de noviembre del 2016, así como el oficio N° UEN-GAR-2016-03125 de fecha
22 de noviembre del 2016 emitido por la ORAC Región Metropolitana y la
Dirección Jurídica en el Memorando N° PRE-DJ-2016-04895, del día 15 de
diciembre del 2016, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la
Administración del sistema en la respectiva organización.
6º—Que mediante el dictamen legal N°
PRE-DJ-SC-2016-027, del día 15 de diciembre del 2016, la Asesoría Legal de
Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio, estableciendo
que, cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente delegar la
administración de dicho sistema, Por tanto,
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política;
artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública N°
5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley
de Aguas N° 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable N° 1634
del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley
General de la Administración Pública, Ley del Ambiente N° 7554 del 04 de
octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero
de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317 de 30 de
octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos
Públicos N° 5060 del 22 de agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional
de Aguas de AyA Decreto N° 26066-S, publicado en La
Gaceta N° 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua
Decreto Ejecutivo N° 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y
Vertido de las Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 26042-S-MINAE del 19 de
junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento
de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 31545 del 09 de octubre de 2003 y
Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N° 21279-S del 15 de
mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios
de Acueducto y Alcantarillado Sanitario N° 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de
marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas
de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 32529-S-MINAE, publicado en la
Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a
los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta N° 159 del 20 de
agosto de 1997.
ACUERDA:
1º—Otorgar la delegación de la
administración del acueducto de Barrio San Vicente de Tablazo de Acosta, cédula
jurídica número tres-cero cero dos-doscientos treinta y cuatro mil quinientos
sesenta y uno.
2º—Autorizar la Administración para que
suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el
cual además del cumplimiento de la
legislación vigente, se especificarán obligaciones y contraprestaciones
concretas que asumen las partes y derogará los convenios firmados con
anterioridad.
3º—Disponer que la Dirección de Sistemas
Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda según la ubicación
geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de asesoría, control
y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal organizacional y comunal
conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.
4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos
los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de
publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan
todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y
Reglamentos.
Comuníquese y publíquese.
Acuerdo firme.
Licda. Karen Naranjo Ruiz, Junta Directiva.—1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N° 75274.—( IN2017103666 ).
Nº
2017-09
ASUNTO: aprobación, convenio de delegación
Acuerdo de sesión ordinaria Nº 2017-001.—Fecha
de realización: 11/Jan/2017.—Artículo 5.4-Convenio de
delegación Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario
de Barrio El Río, calle Veinticinco de Diciembre y El Águila de Pejibaye de
Pérez Zeledón. Memorando GG-2016-02652.—Atención: Subgerencia
de Gestión de Sistemas Delegados, Legal Comunal, Dirección Jurídica.—Fecha
comunicación: 17/Jan/2017.
JUNTA
DIRECTIVA
Conoce esta Junta Directiva de la Solicitud de
Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y Alcantarillados.
Resultando:
1º—Que de conformidad con el artículo 50, 129
de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor bienestar de
todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
2º—Que de conformidad con los artículos 11, 21, 129 y 169 de la
Constitución Política, corresponde a las Municipalidades velar por los
intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados pronunciamientos se
ha manifestado en el sentido de que se garantiza la inviolabilidad de la vida
cuando se suministra agua potable y saneamiento ambiental en los términos del
artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo que resulta imperativo que la
Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo a los reglamentos de
zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización administradora de los
sistemas comunales, como instrumento de desarrollo sostenible social,
económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y de asentamientos
humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y alcantarillados.
3º—Que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21,
22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA, artículo 264
de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y siguientes de
la Ley de Aguas N° 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable y
Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de Acueductos y
Alcantarillados Comunales N° 39529-S-MINAE, publicado en La Gaceta N°
150 del 05 de agosto de 2005, se establece que AyA es
el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de Acueductos y
Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra facultado para
delegar la administración de tales sistemas en organizaciones debidamente
constituidas al efecto.
Considerando:
1º—Que la participación de la comunidad o
sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para lograr la
consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la
administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de
inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte
más adecuado asignar en las comunidades su administración.
2º—Que la comunidad de Barrio El Río, Calle Veinticinco de Diciembre y
El Águila de Pejibaye de Pérez Zeledón, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos
comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
3º—Que en Asamblea General de vecinos, dispusieron constituir la
organización y solicitar al AyA, que delegue la
administración de los sistemas en dicha organización.
4º—Que por las características del sistema, es procedente delegar la
administración en la organización comunal constituida al efecto, denominada
Asociación Administradora del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Barrio El
Río, Calle Veinticinco de Diciembre y El Águila de Pejibaye de Pérez Zeledón,
cédula jurídica tres-cero cero dos-seiscientos ochenta y un mil ciento noventa
y nueve, que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones
del Registro Nacional bajo el tomo número dos mil catorce, asiento número mil
cuatrocientos cincuenta y siete y fue Constituida el día diecinueve de julio
del año dos mil trece.
5º—Que para los efectos de lo dispuesto en el Reglamento, la Región Brunca mediante oficio N° GSP-RB-2015-00769 del día 12 de
agosto del 2015, así como el oficio N° UEN-GAR-2015-02114 de fecha 27 de agosto
del 2015 emitido por la ORAC Región Brunca y la
Dirección Jurídica en el Memorando N° PRE-DJ-2016-04895, del día 15 de
diciembre del 2016, recomiendan a la Gerencia proceder a la Delegación de la
Administración del sistema en la respectiva organización.
6º—Que mediante el dictamen legal N° PRE-DJ-SC-2016-028, del día 15 de
diciembre del 2016, la Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección
Jurídica, emitió criterio, estableciendo que, cumplidos los trámites técnicos,
es jurídicamente procedente delegar la administración de dicho sistema. Por
tanto;
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política; artículos 1, 2, 3,
4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA,
artículo 264 de la Ley General de Salud Pública N° 5395 de 30 de octubre de
1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 27 de
agosto de 1942, Ley General de Agua Potable N° 1634 del 18 de setiembre de
1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley General de la
Administración Pública, Ley del Ambiente N° 7554 del 04 de octubre de 1995,
artículo 4 y 33 de la Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero de 1996 y sus
reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317 de 30 de octubre de
1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos N° 5060 del 22 de agosto de
1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA
Decreto N° 26066-S, publicado en La
Gaceta N° 109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua
Decreto Ejecutivo N° 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y
Vertido de las Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 26042-S-MINAE del 19 de
junio de 1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento
de Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 31545 del 09 de octubre de 2003 y
Reglamento de Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N° 21279-S del 15 de
mayo de 1992. Reglamento Sectorial para la Regulación de los Servicios de
Acueducto y Alcantarillado Sanitario N° 30413-MP-MINAE-S-MEIC del 25 de
marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los Sistemas
de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 32529-S-MINAE, publicado en la
Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de Servicios a
los Clientes, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 159 del 20 de
agosto de 1997.
ACUERDA:
1º—Otorgar la delegación de la administración
del Acueducto y Alcantarillado Sanitario de Barrio El Río, Calle Veinticinco de
Diciembre y El Águila de Pejibaye de Pérez Zeledón, cédula jurídica número
tres-cero cero dos-seiscientos ochenta y un mil ciento noventa y nueve.
2º—Autorizar la Administración para que suscriba el Convenio de
Delegación con el personero de la Asociación, en el cual además del
cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán obligaciones y
contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará los convenios
firmados con anterioridad.
3º—Disponer que la Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección
Regional a la que corresponda según la ubicación geográfica de los sistemas,
realice todas las actividades de asesoría, control y capacitación técnico,
ambiental, financiero, legal organizacional y comunal conforme lo establecen
las leyes y Reglamentos.
4º—Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos los usuarios del sistema y
vecinos de la respectiva comunidad, por medio de publicación en el Diario
Oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan todos sus derechos, deberes
y obligaciones del sistema conforme con las leyes y Reglamentos.
Comuníquese y publíquese.
Acuerdo firme.
Licda. Karen Naranjo Ruiz.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 75279.—( IN2017103671 ).
N° 2017-001 Ordinaria.—Fecha de Realización 11/Jan/2017.—Acuerdo
N° 2017-10.—Artículo 5.5-Convenio de delegación Asociación Administradora del
Acueducto de Villa Colón de Osa, Puntarenas. Memorando GG-2016-02713.—Atención Subgerencia de Gestión de Sistemas Delegados,
Legal Comunal, Dirección Jurídica.—Asunto Aprobación, convenio de
delegación.—Fecha Comunicación 17/Jan/2017.
Conoce esta Junta Directiva de
la Solicitud de Delegación de la Administración del Sistema de Acueductos y
Alcantarillados.
Resultando:
1°—Que de conformidad con el
artículo 50, 129 de la Constitución Política, el Estado debe procurar el mayor
bienestar de todos los habitantes, mediante un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado.
2°—Que de conformidad con los artículos 11,
21, 129 y 169 de la Constitución Política, corresponde a las Municipalidades
velar por los intereses locales, y la Sala Constitucional en reiterados
pronunciamientos se ha manifestado en el sentido de que se garantiza la
inviolabilidad de la vida cuando se suministra agua potable y saneamiento
ambiental en los términos del artículo 297 de la Ley General de Salud, por lo
que resulta imperativo que la Municipalidad coadyuve en especial en lo relativo
a los reglamentos de zonificación, desarrollo urbanístico, con la organización
administradora de los sistemas comunales, como instrumento de desarrollo
sostenible social, económico, industrial, empresariales, agrario, turístico y
de asentamientos humanos que proporcionan los sistemas de acueductos y
alcantarillados.
3°—Que de conformidad con los artículos 1, 2,
3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva del AyA,
artículo 264 de la Ley General de Salud Pública, artículos 17, 32, 33, 148 y
siguientes de la Ley de Aguas N° 276 del 24 de agosto de 1942, Ley General de
Agua Potable y Reglamento de la Asociaciones Administradoras de los Sistemas de
Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 39529-S-MINAE, publicado en La
Gaceta N° 150 del 05 de agosto de 2005, se establece que AyA es el ente Rector en todo lo relativo a los Sistemas de
Acueductos y Alcantarillados en todo el territorio Nacional, y se encuentra
facultado para delegar la administración de tales sistemas en organizaciones
debidamente constituidas al efecto.
Considerando:
I.—Que la participación de la
comunidad o sociedad civil, constituye uno de los instrumentos eficaces para
lograr la consecución del desarrollo sostenible en Costa Rica, por lo que AyA, desde 1976 ha venido delegando en las comunidades la
administración de aquellos sistemas en las que las ventajas comparativas de
inmediatez, eficacia y eficiencia; costo y beneficio a las poblaciones, resulte
más adecuado asignar en las comunidades su administración.
II.—Que la comunidad
de Villa Colón de Osa de Puntarenas, con aporte de la comunidad, de AyA y del Estado, se ha construido un sistema de acueductos
comunales, para el abastecimiento de una población de habitantes.
III.—Que en asamblea
general de vecinos, dispusieron constituir la organización y solicitar al AyA, que delegue la administración de los sistemas en dicha
organización.
IV.—Que por las características del sistema,
es procedente delegar la administración en la organización comunal constituida
al efecto, denominada Asociación Administradora del Acueducto de Villa Colón de
Osa, cédula jurídica tres-cero cero dos-doscientos tres mil ochenta y siete,
que se encuentra debidamente inscrita en el Registro de Asociaciones del
Registro Nacional bajo el tomo número cuatrocientos treinta y siete, asiento
número seiscientos setenta y dos y fue constituida
el día diez de agosto del año mil novecientos noventa y seis.
V.—Que para los efectos de lo dispuesto en el
Reglamento, la Región Brunca mediante oficio N°
SB-GSP-RB-2016-00073 del día 08 de enero del 2016, así como el oficio N°
UEN-GAR-2016-03468 de fecha 20 de diciembre del 2016 emitido por la ORAC Región
Brunca y la Dirección Jurídica en el Memorando N°
PRE-DJ-2016-05046, del día 22 de diciembre del 2016, recomiendan a la Gerencia
proceder a la Delegación de la Administración del sistema en la respectiva
organización.
VI.—Que mediante el
dictamen legal N° PRE-DJ-SC-2016-029, del día 22 de diciembre del 2016, la
Asesoría Legal de Sistemas Comunales de la Dirección Jurídica, emitió criterio,
estableciendo que, cumplidos los trámites técnicos, es jurídicamente procedente
delegar la administración de dicho sistema. Por tanto:
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 11, 21, 18, 50, 129, 169 y 188 de la Constitución Política;
artículos 1, 2, 3, 4, 5, 11, 18, 19, 21, 22 y 23 de la Ley Constitutiva de AyA, artículo 264 de la Ley General de Salud Pública N°
5395 de 30 de octubre de 1973, artículo 17, 32, 33, 148 y siguientes de la Ley
de Aguas N° 276 del 27 de agosto de 1942, Ley General de Agua Potable N° 1634
del 18 de setiembre de 1953, artículos 1, 4, 11, 16, 113.12, 114 de la Ley
General de la Administración Pública, Ley del Ambiente N° 7554 del 04 de
octubre de 1995, artículo 4 y 33 de la Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero
de 1996 y sus reformas, Ley de Conservación de Vida Silvestre N° 7317 de 30 de
octubre de 1992, artículo 7 de la Ley de Caminos Públicos N° 5060 del 22 de
agosto de 1972, Reglamento del Laboratorio Nacional de Aguas de AyA Decreto N° 26066-S, publicado en La Gaceta N°
109 del 09 de junio de 1997; Reglamento para la Calidad de Agua Decreto
Ejecutivo N° 32327 del 10 de febrero de 2005; Reglamento de Uso y Vertido de
las Aguas Residuales Decreto Ejecutivo N° 26042-S-MINAE del 19 de junio de
1997, Reglamento de Aprobación y Operación de Sistemas de Tratamiento de Aguas
Residuales Decreto Ejecutivo N° 31545 del 09 de octubre de 2003 y Reglamento de
Lodos de Tanques Sépticos Decreto Ejecutivo N° 21279-S del 15 de mayo de 1992.
Reglamento Sectorial para la Regulación de
los Servicios de Acueducto y Alcantarillado Sanitario N° 30413-MP-MINAE-S-MEIC
del 25 de marzo de 2002. Reglamento de las Asociaciones Administradoras de los
Sistemas de Acueductos y Alcantarillados Comunales N° 32529-S-MINAE, publicado
en La Gaceta 150 del 05 de agosto de 2005 y Reglamento de Prestación de
Servicios a los Clientes, publicado en el diario oficial La Gaceta N°
159 del 20 de agosto de 1997.
ACUERDA:
1°—Otorgar la delegación de la
administración del Acueducto de Villa Colón de Osa, cédula jurídica número tres-cero
cero dos-doscientos tres mil ochenta y siete.
2°—Autorizar la Administración para que
suscriba el Convenio de Delegación con el personero de la Asociación, en el
cual además del cumplimiento de la legislación vigente, se especificarán
obligaciones y contraprestaciones concretas que asumen las partes y derogará
los convenios firmados con anterioridad.
3°—Disponer que la
Dirección de Sistemas Comunales y la Dirección Regional a la que corresponda
según la ubicación geográfica de los sistemas, realice todas las actividades de
asesoría, control y capacitación técnico, ambiental, financiero, legal
organizacional y comunal conforme lo establecen las leyes y Reglamentos.
4°—Aprobado el Convenio, Notifíquese a todos
los usuarios del sistema y vecinos de la respectiva comunidad, por medio de
publicación en el diario oficial La Gaceta, a efectos de que ejerzan
todos sus derechos, deberes y obligaciones del sistema conforme con las leyes y
Reglamentos.
Comuníquese y publíquese.
Acuerdo firme.
Licda. Karen Naranjo Ruiz, Junta Directiva.—1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N° 75286.—( IN2017103675 ).
D.E. Nº1668-1223-2016.—Instituto Nacional de Fomento Cooperativo.—San José, a las
11 horas del 08 de diciembre de 2016. Por haberse disuelto mediante sentencia
Nº 14-2016 de las 8 horas del 31 de marzo de 2016 dictada por el Juzgado de
Trabajo de Osa, la Cooperativa Autogestionaria para la Explotación de
Actividades Productivas y Turísticas del Sur R.L. (COOPESUR, R.L.) inscrita en
el Registro del Departamento de Organizaciones del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social mediante resolución Nº C-1411 y con fundamento en los
artículos 89 y concordantes de la Ley de Asociaciones Cooperativas y Creación
del Instituto Nacional de Fomento Cooperativo, se nombra como integrantes de la
Comisión Liquidadora a los señores Sylvia Subirós
Barrantes, cédula de identidad 1-505-324 y Jorge Enrique Chaves Villalobos,
cédula de identidad 2-224-244, en representación del INFOCOOP y Grace Castroverde Espinoza, cédula de identidad 6-029-0358, en
representación de los asociados. Se convoca a interesados para que en el plazo
de 15 días hábiles, a partir de esta publicación, hagan valer sus derechos ante
la Comisión Liquidadora en el Área de Supervisión del Instituto Nacional de
Fomento Cooperativo. Publíquese.
Lic. Ronald Fonseca Vargas, Director Ejecutivo a. í.— 1 vez.—O. C. N° 36814.—Solicitud N° 75454.—( IN2017103696 ).
CONTRATO DE USO COMPARTIDO
DE
INFRAESTRUCTURA
La Superintendencia de
Telecomunicaciones hace saber que las empresas Instituto Costarricense de
Electricidad y Cable Brunca TV (Inversiones Brus Malis Limitada), han firmado
un Contrato de Servicios de Uso Compartido de Infraestructura, el cual podrá
ser consultado y reproducido en el expediente
I0053-STT-INT-00228-2017, disponible en las oficinas de la SUTEL, ubicadas en
el Oficentro Multipark,
Edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de
atención es de lunes a viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con
el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de
Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles,
contados a partir de la publicación de este aviso, para que presenten sus objeciones
ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.
San José, 23 de enero del 2017.—Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.—1
vez.—O. C. N° 2808-17.—Solicitud N° 75843.—( IN2017104428 ).
La Superintendencia de
Telecomunicaciones hace saber que de conformidad con el expediente número
M0412-STT-AUT-01900-2016, ha sido admitida la solicitud de autorización de la
empresa Movil Technology Solutions S. A., cédula jurídica número 3-101-704284, para
brindar el servicio de transferencia de datos bajo la modalidad de acceso a Internet y de enlaces punto a
punto, ambos a través de enlaces inalámbricos en bandas de frecuencia de “uso
libre”, con cobertura dentro de las provincias de San José, Alajuela, Heredia y
Puntarenas. De conformidad con el artículo 39 del Reglamento a la Ley General
de Telecomunicaciones, Decreto Ejecutivo N° 34765-MINAET, se otorga a los
interesados el plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación
de este edicto, para que se apersonen ante la SUTEL a hacer valer sus derechos
y presentar las objeciones que consideren pertinentes.
San José, 18 de enero de 2017.—Manuel Emilio Ruiz Gutiérrez, Presidente del Consejo.—1
vez.—( IN2017104493 ).
En el Cementerio Central de
Heredia, existe un derecho a nombre de Arias Godínez Ramona, fallecida, sus
descendientes desean traspasar el derecho, además desea incluir beneficiarios
indicándose así:
Arrendatario: Víctor Manuel Ramírez Arias, cédula 04-0139-0752
Beneficiarios: Ana María Ramírez Arias, cédula 09-0091-0781
María del Socorro Ramírez Arias,
cédula 04-0124-0897
Gerardo Ramírez Arias, cédula
04-0114-0059
José Antonio Ramírez Arias,
cédula 09-0044-0362
Jesús Moisés Ramírez Arias, cédula
04-0097-0589
Emilio Ramírez Arias, cédula
04-0094-0643
Rafael Ángel Ramírez Arias,
cédula 04-0090-0477
Lote Nº 350 Bloque I, medida 3
metros cuadrados para 2 nichos, solicitud 1815, recibo 474, inscrito en Folio 7
Libro 2. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de
Cementerios con fecha 06 de enero de 2017. Se emplaza por 30 días hábiles a
todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la
oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer
valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la
petente.
Lic. Juan
José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.— 1
vez.—( IN2017103751 ).
ASOCIACIÓN UNIVERSAL NEGRO IMPROVEMENT
ASSOCIATION
(UNIA) BRANCH 300 DE
PUERTO
LIMÓN COSTA RICA
La Junta Directiva de la
Asociación Universal Negro Improvement Association (UNIA) Branch 300 de
Puerto Limón Costa Rica, convoca todos(as) sus afiliados(as) a la asamblea
general, a celebrarse en la explanada del Salón Liberty
Hall del UNIA, el sábado 11 de febrero del 2017, a partir de las 12:00 horas en
primera convocatoria, con la asistencia de las dos terceras partes de sus
miembros, de no haber quórum a esa hora, se realizará en segunda convocatoria
dentro de una después, o sea para las 14:00 horas en el mismo lugar, con la
asistencia de la mitad más uno de sus afiliados, de no tener el quórum se
celebrará en tercera convocatoria media horas después o sea a las 14 horas y 30
minutos ron la cantidad de miembros presentes en el mismo lugar, con el
siguiente orden del día:
1. Comprobación de quórum.
2. Rituales del UNIA.
3. Bienvenida.
4. Informe de labores de la junta directiva.
5. informe de finanzas.
6. Informe de fiscal.
7- Presentación de los proyectos Reconstrucción
del Liberty Hall y la Construcción del Liberty Hall Green Tower.
8. Presentación del plan de trabajo.
9. Elección y juramentación de la nueva junta
directiva y fiscal para el período 2017-2019.
10. Asuntos varios.
11. Mociones.
12. Refrigerio
Nota: para
participar con voz y voto, nuestros afiliados deben estar al día en el pago de
sus cuotas hasta el mes de enero del año 2017.—Lic. Winston Norman Scott,
Presidente.—1 vez.—( IN2017104254 ).
CONDOMINIO RESIDENCIAL VERTICAL
GREEN
TURTLE
Se convoca
a todos los propietarios del Condominio Residencial Vertical Green Turtle a la Asamblea General Anual de Condóminos que se
celebrará en primera convocatoria a las 14:00 horas del 06 de marzo del 2017 y,
de no contarse con el quórum de ley en primera convocatoria, se realizará la
asamblea en segunda convocatoria a las 15:00 horas del mismo 06 de marzo del
2017, asamblea que se celebrará en el apartamento número 18 del Condominio en
Playas del Coco de Sardinal de Carrillo, Guanacaste. La agenda de la Asamblea
será la siguiente: 1) Elegir Presidente y Secretario ad hoc para la Asamblea.
2) Recibir el informe anual del Presidente y Tesorero. 3) Revisar y aprobar el
reporte de ganancias y pérdidas del año 2016. 4) Revisar y aprobar el
presupuesto del año 2017. 5) Elegir Administrador para el período 2017-2018. 6)
Elegir el Consejo de Administración para el período 2017-2018.—Marlyn Melnick Hoffman,
Presidente.—Brenda Elaine Hoffman, Tesorera.—Lic.
Gerardo Camacho Nassar, Notario.—1
vez.—( IN2017104675 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
UNIVERSIDAD CASTRO CARAZO
El Departamento de Registro de
la Universidad Castro Carazo, informa que se ha extraviado el Título de
Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en Docencia para ejercer
la Enseñanza de Informática Educativa registrado en el control de emisiones de
título tomo 4, folio 4, asiento 27277 con fecha de octubre del 2015 a nombre de
Ligia Valverde Solano, cédula número: tres cero cuatro cuatro
seis cero dos tres siete se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en La Gaceta.—San José, 27 de diciembre del
2016.—Departamento de Registro.—Ing. Alejandra González López, Directora de
Registro.—( IN2017103025 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El Departamento de Registro de
la Universidad Castro Carazo, informa que se ha extraviado el Título de
Bachillerato en Contaduría registrado en el control de emisiones de título tomo
3, folio 67, asiento 18824 con fecha de junio del 2012, a nombre de Mariela
Rocío Valverde Corrales cédula número uno uno dos
seis seis cero cinco nueve cinco se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José,
13 de setiembre del 2016.—Departamento de Registro.—Ing. Alejandra González
López, Directora.—( IN2017103221 ).
Gerardo
González Zumbado, cédula de identidad N° 4-0086-0944, solicita la reposición de
los títulos Nº 5873 Serie A por 22,865 acciones; Nº 5674 Serie A por 76,218
acciones; Nº 3323 Serie B por 9,908 acciones; Nº 2619 Serie C por 8,676
acciones; Nº 2672 Serie D por 23,533 acciones; Nº 2827 Serie E por 87,195
acciones; Nº 2720 Serie F por 54,815 acciones, Nº 2231 Serie G por 59,643
acciones todos de Holcim (Costa Rica) S. A. (antes
Industria Nacional de Cemento S. A.); los cuales fueron extraviados. Si hubiese
alguna persona interesada en que no se haga esta reposición, favor hacerlo
saber en las oficinas del emisor en los treinta días siguientes a esta.—Jueves, 19 de enero del 2017.—Gerardo González Zumbado.—(
IN2017103354 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
TORRES GRANADILLA S. A.
Torres Granadilla S. A., cédula
jurídica 3-101-688644, hace del conocimiento público que por motivo de pérdida,
la mercantil Proyecto Condominal Torres de Granadilla
S. A., cédula jurídica 3-101-688470, ha solicitado la reposición de la
totalidad de sus acciones. Se emplaza a cualquier interesado para que en el
término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten
su oposición dirigida a: Torres Granadilla S.A., en su domicilio social.—Mauricio Muñoz Vieto,
Apoderado.—( IN2017103542 ).
METALES FLIX S. A.
Metales Flix
S. A., cédula jurídica N° 3-101-31102, hace del conocimiento público que por
motivo de extravío el señor: Víctor Mesalles Cebria, mayor de edad, cédula 8-022-101, solicita la
reposición del certificado de acciones de la sociedad Marina Herradura S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-126680, que representa quince millones doscientas mil
acciones nominativas y privilegiadas clase F de un colón cada una, el cual se
encuentra a nombre de Metales Flix S. A. Se emplaza a
cualquier interesado a manifestar su oposición ante el Bufete Consortium Legal, ubicado en San José, Escazú, Trejos
Montealegre, del Restaurante Tony Romas, seiscientos metros al oeste, sexto
piso.—San José, 22 de diciembre del
2016.—Víctor Mesalles Cebria,
Presidente.—( IN2017103552 ).
CONSERVAS DEL VALLE S. A.
Conservas del Valle S. A.,
cédula jurídica número 3-101-40089 hace del conocimiento público que por motivo
de extravío, el señor: Víctor Mesalles Cebria, mayor de edad, cédula 8-022-101 solicita la
reposición del certificado de acciones de la sociedad Marina Herradura S. A.,
cédula jurídica número 3-101-126680, que representa sesenta y seis millones
ochocientas treinta y nueve mil seiscientas sesenta y tres acciones nominativas
y privilegiadas clase F de un colón cada una, el cual se encuentra a nombre de
Conservas del Valle S. A. Se emplaza a cualquier interesado a manifestar su
oposición ante el Bufete Consortium Legal, ubicado en
San José, Escazú, Trejos Montealegre, del Restaurante Tony Romas seiscientos
metros al oeste, sexto piso.—San José, 22 de diciembre del 2016.—Víctor Mesalles Cebria,
Presidente.—( IN2017103553 ).
ENVASES COMECA S. A.
Envases Comeca
S. A., cédula jurídica N° 3-101-38116, hace del conocimiento público que por
motivo de extravío el señor: Víctor Alejandro Mesalles
Vargas, mayor de edad, cédula 1-490-716, solicita la reposición del certificado
de acciones de la sociedad Marina Herradura S. A., cédula jurídica N°
3-101-126680, que representa doscientos diez millones doscientos veintidós mil
doscientos setenta y ocho acciones nominativas y privilegiadas clase F de un
colón cada una, el cual se encuentra a nombre de Envases Comeca
S. A. Se emplaza a cualquier interesado a manifestar su oposición ante el
Bufete Consortium Legal, ubicado en San José, Escazú,
Trejos Montealegre, del Restaurante Tony Romas, seiscientos metros al oeste,
sexto piso.—San José, 22 de diciembre del 2016.—Víctor Mesalles
Cebriá, Apoderado generalísimo sin límite de suma.—(
IN2017103555 ).
UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA
DE
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Por este medio me permito
solicitarles, se realicen las tres publicaciones que indica la ley, con
respecto al extravío del título en el grado y carrera de Bachillerato Educación
Preescolar Bilingüe, obtenido por Andrea Lépiz Montoya, cédula de identidad
número uno cero novecientos setenta y ocho cero cuatrocientos noventa y dos,
inscrito en el tomo: 6, folio: 284, asiento: 6502, con fecha del 02 de
noviembre de 2003. Se expide la presente solicitud de la interesada y para
efectos de solicitud de reposición, a los once días del mes de enero del dos
mil diecisiete.—Departamento de Registro.—Yéssica Loaiza Jiménez.—( IN2017103567 ).
UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO
Universidad Florencio del
Castillo, solicita reposición del título por extravío del original de la
estudiante Roy Gerardo Ruiz Carazo, cédula de identidad dos-cuatrocientos
noventa y seis-quinientos cuarenta y dos, quien opto por los títulos de
Bachillerato en Derecho y Licenciatura en Derecho. Se publica este edicto para
escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la
tercera publicación.—Cartago al ser las ocho horas del
trece de enero del dos mil diecisiete.—Lic. Cristian Chinchilla Monge, Rector.—( IN2017103697 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
GASTRONOMÍA S&S S. A.
La compañía Gastronomía S&S
S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-cuarenta y dos mil quinientos
doce, ante el extravío sufrido de los mismos, solicita la reposición de los
libros de accionistas, asamblea generales, y consejo de administración.—Lic. Elda Zúñiga Valenciano, Notaria.—1
vez.—( IN2017103566 ).
FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
Yo Henry Alfaro Arias, cédula de
identidad 1-1499-229, en mi calidad de presidente y representante legal de la Federación
de Estudiantes del Instituto Tecnológico de Costa Rica, cédula jurídica
3-002-375804, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas
Jurídicas la reposición de los libros A-Actas
de Asamblea General tomo 2, B-Actas del Órgano Director tomo 1, C-Registro de
Accionistas tomo 1, D-Diario tomo 1, E-Mayor tomo 1, F-Inventados y Balances
tomo 1, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Asociaciones.—Cartago, 20 de enero del
2017.—Henry Alfaro Arias, Presidente.—1 vez.—( IN2017103577 ).
CONSORCIO GRÁFICO IMPERIAL
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Por este
medio se hace saber del extravío del 1 libro de actas del Consejo de
Administración de la sociedad Consorcio Gráfico Imperial Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-046342. Publíquese una vez para efectos de reposición
de libros ante el Registro Público de la Propiedad. Se recibirán oposiciones en
el domicilio social. Representante Legal: Renán Martínez Arce.—Lic.
Carlos Eduardo Delgado Corredera, Notario.—1 vez.—(
IN2017103681 ).
RECAUCHADORA BELÉN C.G.
SOCIEDAD
ANÓNIMA
Por este medio se hace saber del
extravío del 1 libro de Registro de Socios de la sociedad Recauchadora
Belén C.G. Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-049643. Publíquese una
vez para efectos de reposición de libros ante el Registro Público de la
Propiedad. Se recibirán oposiciones en el domicilio social. Representante
legal: Renán Martínez Arce.—Lic. Carlos Eduardo
Delgado Corredera, Notario.—1 vez.—( IN2017103682 ).
ASOCIACIÓN RESIDENCIAL EL BOSQUE DE LA GARITA
Yo, Marco Tulio Solís Loría, con cédula de identidad Nº 5 210 282 en mí calidad
de presidente y representante legal de la Asociación Residencial El Bosque de
La Garita, cédula jurídica Nº 3-002-464314, solicito al Departamento de
Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros de
Actas de Asambleas Generales, libro de Actas de la Directiva, libro de Registro
de Asociados, libro de Diario, libro Mayor y libro de Inventarios y Balances
todos los anteriores número uno los cuales fueron extraviados. Se emplaza por
ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de
oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Alajuela,
20 de enero del 2017.—Marco Tulio Solís Loría.—Lic.
Fernando Vargas Rojas.—1 vez.—( IN2017103734 ).
CORPORACIÓN
MAIKOP S. A.
Corporación Maikop S. A., sociedad con cédula
jurídica Nº 3-101-1184871, solicita la reposición del libro legal de actas de
asamblea general de la sociedad, por haberse extraviado. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante la junta directiva del Registro
Nacional de Costa Rica, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso.—San José, 3 de enero 2017.—Manuel Pablo Cisneros Guislain.—Carlos Gerardo Quesada Moncada.—1 vez.—(
IN2017103743 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Por escritura número ciento seis visible al
folio ciento quince vuelto del tomo dos de mi protocolo otorgada a las catorce
horas treinta minutos del día diecisiete de enero de dos mil diecisiete, se
realizó la compra-venta del establecimiento comercial conocido como Aplicativa
y/o Applicativa, con instalaciones ubicadas
actualmente en el local número cuatro, plaza La Carpintera, Curridabat, San
José, Costa Rica, y anteriormente ubicadas en oficina ciento tres, Oficentro Bioquim Dos, Curridabat, San José, Costa Rica, cuya
titularidad correspondía a Sun Refuge
Corporation Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatro ocho tres tres tres ocho, a favor de Ex Squared Outcoding Solutions Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-cinco cero seis siete
ocho ocho. El dinero ha sido depositado con la
sociedad compradora, a través de su representante con facultades de apoderado
especial, el señor Robert Wolf Bebout, cédula de
identidad número uno-ocho nueve uno-tres cero uno, señalando para notificársele
para efectos de oposición las oficinas de Lang &
Asociados, sita en Pozos de Santa Ana, San José, parque empresarial Forum Uno, torre G, piso 3. Se emplaza a todos los
acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de
quince días a partir de la primera publicación, a hacer valer sus derechos. Lo
anterior de conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio.—San José, diecisiete de enero del dos mil diecisiete.—Juan
Carlos Cersósimo D’Agostino,
Notario Público.—( IN2017103241 ).
Se ha procedido a vender el local comercial
denominado Klimaire, el cual pertenece a la empresa Klimaire Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento ochenta mil seiscientos ochenta y cinco, ubicado en San
José, Goicoechea, 100 metros oeste de la Corte. Se manifiesta que para
cualquier acreedor que tenga cuentas por cobrar podrá ejercer sus derechos
apersonándose a las instalaciones del negocio. Cumpliendo con el requisito de
ley establecido en el artículo 479 del Código de Comercio, publíquese por tres
veces consecutivas.—Carolina Quintero, Notaria Pública.—( IN2017103508 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Ante esta notaría, se
protocolizó el acta número uno de asamblea general extraordinaria de socios, de
las 18 horas del 13 de enero de 2017, en la que se acordó la disolución de la
sociedad Proyectos Virales Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-682322.—San José, 17 de enero del 2017.—Msc.
Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1 vez.—( IN2017103151 ).
Por este medio el suscrito
notario hace constar que a las catorce horas del veintiuno de diciembre del dos
mil dieciséis, mediante escritura número doscientos veintidós-tres otorgada en
el tomo tercero del protocolo del suscrito notario, se constituyó una sociedad
denominada Puerto Viejo Houses Real State Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
veintitrés de diciembre del dos mil dieciséis.—Lic. José Antonio Tacsan Lobo, Notario.—1 vez.—(
IN2017103206 ).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a
las dieciséis horas y diez minutos del día once de octubre del dos mil
dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Tusi Asesorías,
S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula primera, y
novena.—San José, diecinueve de enero del año dos mil
dieciséis.— Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Notario.—1
vez.—( IN2017103670 ).
Mediante escritura otorgada el
día de hoy en mi notaría, se reformaron las cláusulas quinta del capital
social, y sétima de las asambleas de socios del pacto social de la sociedad
desarrollos inmobiliarios Aromo RTL Sociedad Anónima.—San
José, veinte de enero de dos mil diecisiete.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco,
Notaria.—1 vez.—( IN2017103690 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del 19 de enero del 2017, protocolicé acuerdos de
asamblea general extraordinaria de socios de Morabor
Sociedad Anónima, en la cual se reforma cláusula de la representación
social.—San José, 19 de enero del 2017.—Licda. Olga
Isabel Romero Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017103693
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14:10 horas del día 09 de enero del 2017, se constituyó la
sociedad denominada Aerozona Sociedad
Anónima.—San José, 20 de enero de 2017.—M.Sc. Lilliana Adela Jiménez Coto, Notaria.—1 vez.—( IN2017103699
).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las 11:00 horas del día 20 de enero del año 2017, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Multiservicios Lerecam M L S. A., con
cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-tres tres cinco dos cero
tres, en la cual nombran nuevos miembros de junta directiva y se nuevo fiscal.— Guápiles, 20 de enero del año 2017.—Lic. Manuel Hernández
Rivera, Notario.—1 vez.—( IN2017103707 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las doce horas del día veinte de enero del año dos mil
diecisiete, protocolicé acta de Asamblea de Socios de la sociedad Coplas de
la Madre Sierra Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sexta, de la
administración y se nombra nuevo secretario. Es todo.—San
José, 20 de enero del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Lorena Coto Esquivel,
Notaria.—1 vez.—( IN2017103710 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las quince horas treinta minutos del 21 de enero del año 2017, se
procede a solicitar la disolución de la sociedad Inversiones F&S del
Este SRL.—San José, 22 de enero del año 2017.—Licda. Gabriela Mora Aguilar,
Notaria.—1 vez.—( IN2017103716 ).
Por escritura otorgada hoy ante
mí a las 17:00 horas, la compañía Pacific Harbour S. A., modifica la cláusula segunda de su pacto
social, sobre el domicilio.—San José, 18 de enero de
2017.—Lic. Roberto Leiva Pacheco, Notario.—1 vez.—(
IN2017103717 )
Se modifica cláusula segunda de Compañía
de Bienes Raíces Mora Goldoni Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres- ciento uno-ciento noventa y dos mil trescientos
veintiséis.—San José, a las catorce horas del
diecisiete de enero del dos mil diecisiete.—Lic. Leonardo Crespo Valerio,
Notario.—1 vez.—( IN2017103719 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 14:00 horas de hoy, se constituyó Ritaviajes
Nacionales e Internacionales S. A., domicilio Heredia, San Pablo, Rincón de
Sabanilla, Urbanización Siboney, casa veinte E, plazo social cien años, capital
diez mil colones suscrito y pagado. Presidente con representación judicial y
extrajudicial.—San José, 20 de enero del 2017.—Lic.
Manuel Antonio Solano Ureña, Notario.—1 vez.—(
IN2017103726 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las quince horas treinta minutos del 10 de enero del 2017, se
procede a solicitar la disolución de la sociedad 3-101-624380 S. A.—San José, 17 de enero del 2017.—Licda. Gabriela Mora
Aguilar, Notaria.—1 vez.—( IN2017103731 ).
3-101-678451
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica igual que su nombre,
convoca a asamblea general extraordinaria. Asunto: Modificar cláusula del
capital social, cambio de junta directiva y cláusula de la representación. A
realizarse en calle once, avenidas diez y doce, casa mil noventa y seis, Bufete
Morales, el día veintiocho de febrero de dos mil diecisiete, a las diez horas treinta
minutos.—Licda. Silvia Morales García, Notaria.—1 vez.—( IN2017103733 ).
Ante mí, Alvaro
Barboza Orozco, notario público con oficina abierta en San José, escritura
otorgada a las 15:00 horas del 14 de 01 de 2017, se constituyó la sociedad
denominada Soluciones Mobilnet del Este Sociedad
Anónima, presidente: Nelson González Escalante, capital social totalmente
suscrito y pagado, domicilio social: El domicilio social será la ciudad de:
Cartago, La Unión, Tres Ríos, residencias, Naturalezas del este casa diez b, Es
todo.—San José, Montelimar, veintitrés de enero del
dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Barboza Orozco, Notario.—1
vez.—( IN2017103735 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las diez horas veinte minutos, del veintitrés de enero del dos mil
diecisiete, se constituyó la compañía denominada PMK Soluciones del Este,
Sociedad Anónima, con domicilio en San José, Zapote, Barrio Córdoba. El
presidente y el tesorero, son los representantes judiciales y extrajudiciales
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Capital social
totalmente suscrito y pagado. Plazo: cien años.—San
José, 23 de enero del 2017.—Licda. Denia Isabel Morera Flores, Notaria.—1 vez.—( IN2017103739 ).
Ante esta
notaría, al ser las ocho horas del catorce de enero del dos mil diecisiete, se
protocolizó acta por acuerdo unánime de socios la sociedad Green Tower Services Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y nueve mil
cuatrocientos setenta y siete.—San José, a las nueve
horas del dieciséis de enero del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Luis Jiménez
Masís, Notario.—1 vez.—( IN2017103740 ).
Por escritura número 204 otorgada ante esta notaría, a las 17
horas del día 20 de enero del 2017, se protocolizó el acta número 1 de Grupcost Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-185759, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del pacto
social de la sociedad.—San José, 20 de enero del 2017.—Lic. Felipe Calvo Argeñal, Notario.—1 vez.—(
IN2017103752 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de
San José, a las doce horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea
ordinaria y extraordinaria de socios de Capics
Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, tercera y
sexta del pacto social.—San José, veintitrés de enero
del dos mil diecisiete.—Licda. Marcela Filloy Zerr, Notaria.—1 vez.—(
IN2017103762 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de
San José, a las quince horas del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea
ordinaria y extraordinaria de accionistas de Ursuiza
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma íntegramente el pacto social.—San José, veintitrés de enero del dos mil
diecisiete.—Licda. Marcela Filloy Zerr,
Notaria.—1 vez.—( IN2017103763 ).
A las 08:00 horas de hoy protocolice asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad El Fin de los Tiempos S. A. en
la cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d del Código de Comercio.—San
José, diecinueve de enero del 2017.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2017103768 ).
Que por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día catorce de octubre del dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Consorcio Playa Dominical PD Cero Ocho, S. A., mediante la cual se acordó la reforma de la cláusula primera.—San José, diecinueve de enero del año dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Alfaro Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017103769 ).
Por escritura otorgada en mi notaría, a las 11:00 horas del 19
enero del 2017, se constituyó sociedad anónima, cuya denominación social será
el número de cédula jurídica que le sea asignado en la inscripción. Presidenta:
Ana Karolina Quirós Vaglio.—Goicoechea, 19 de enero del 2017.—Lic. Donald Ramón Rojas
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017103770 ).
Mediante escritura otorgada ante este Notario a las 15:00 horas
del 18 de enero del 2017, de la sociedad Grupo Gonlapor
Siete S. A., cedula jurídica número 3-101-284535 se reforma cláusula de la
administración.—San José, 19 de enero del dos mil
diecisiete.—Licda. Ariana Azofeifa Vaglio, Notaria.—1 vez.—( IN2017103771 ).
Por protocolización del acta
de asamblea de asamblea general extraordinaria número tres, se modificó junta
directiva: de “Agyngli S. A.” cedula
jurídica 3-101-228891, cambiando secretario y fiscal.—Goicoechea,
19 de enero 2017.—Lic. Donald Ramón Rojas Mora, Notario.—1
vez.—( IN2017103772 ).
Por protocolización del acta de asamblea de asamblea
extraordinaria, número uno, se reformó la cláusula sétima, de los estatutos: de
Yung Li S. A., cédula jurídica
3-101-109445, la administración estará a cargo de una junta directiva,
compuesta por tres miembros. Cambio junta directiva, nueva presidenta Grace de
Los Ángeles Yung Li.—Goicoechea,
19 de enero del 2017.—Lic. Donald Ramón Rojas Mora, Notario.—1
vez.—( IN2017103773 ).
Por escritura pública número setenta y nueve-cuatro otorgada en conotariado ante los notarios públicos Vinicio Lerici Rodríguez y Carlos Alberto Valenciano Kamer, a las diez horas cuarenta y cinco minutos del diez
de enero de dos mil diecisiete, visible en el folio ciento noventa y tres
vuelto del tomo cuarto del protocolo del notario Vinicio Lerici
Rodríguez, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo doscientos siete del
Código de Comercio de la República de Costa Rica, por unanimidad de votos de la
asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Osso y Compañía Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres–ciento uno–doscientos dieciséis mil quinientos sesenta y
nueve, con domicilio social en San José, Vázquez de Coronado, San Antonio,
Residencial La Coralia, casa número veintiuno F;
celebrada en su domicilio social a las doce horas del cinco de enero de dos mil
diecisiete, se acordó la disolución y liquidación de la sociedad antes
indicada.—San José, a las doce horas treinta minutos del diez de enero de dos
mil dieciséis.—Lic. Vinicio Lerici Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017103776 ).
Por escritura otorgada en esta ciudad y notaría, a las 8:00 horas
de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Canastas
Gourmet Toscana Sociedad Anónima, se reforma cláusula primer del pacto
social y se nombra secretario y tesorero.—San José, 23
de enero del 2017.—Lic. Marco Vinicio Coll Argüello,
Notario.—1 vez.—( IN2017103777 ).
Ante esta notaría, se protocoliza la asamblea ordinaria número uno
de la sociedad denominada Tres Ciento Uno Setecientos Veinticuatro Mil
Cuatrocientos Once Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento
uno-setecientos veinticuatro mil cuatrocientos once, en la cual se modifica la
cláusula número uno del pacto constitutivo y de ahora en adelante se llamará
esta sociedad: Atlantic Express Sociedad
Anónima, expresión en inglés que en español significa Expreso del
Atlántico.—Lic. Víctor Manuel Herrera Jara,
Notario.—1 vez.—( IN2017103779 ).
A las 19:08 horas de hoy, ante esta notaría, se protocolizó el
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación
de Educación y Tecnología ETESA S. A., por medio de la cual se modificó la
cláusula sexta del pacto constitutivo.—Cartago, 19 de
enero de 2017.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2017103781 ).
La suscrita notaria hace constar que el día de hoy ante esta
notaría, se modificó la cláusula primera, del pacto constitutivo de la compañía
Universidad Metropolitana Castro Carazo, S. A., cambiando su razón social
a Universidad Castro Carazo, S. A..—San José, veintitrés de enero de dos mil diecisiete.—Licda. María Gabriela Sancho Carpio, Notaria.—1 vez.—( IN2017103782 ).
A las 18:30 horas de hoy, ante esta
notaría, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Centro Docente Miravalle de
Cartago, S. A., por medio de la cual se modificó la cláusula sexta del
pacto constitutivo.—Cartago, 19 de enero de 2017.—Lic.
Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017103783
).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario, al ser las ocho
horas quince minutos del día cinco del mes de enero del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de reunión extraordinaria de socios de la sociedad Value Access Costa Rica Sociedad Anónima, celebrada
en San José a las ocho horas y diez minutos del día quince de diciembre del dos
mil dieciséis, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—San
José, 16 de enero del dos mil diecisiete.—Licda. Grethel
Fernández Carmona, Notaria.—1 vez.—( IN2017103787 ).
Por escritura otorgada ante mí, se reforma la cláusula de la
conformación de la junta directiva y representación de la sociedad Repuestos
Lisol Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos- setecientos
veintitrés mil quinientos treinta y seis.—Ciudad
Quesada, San Carlos, Alajuela, diecinueve de enero del dos mil diecisiete.—Lic.
Denis Mauricio Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—(
IN2017103790 ).
El suscrito notario hace constar que en mi notaría, se constituyó
la entidad Rycemma Construcciones Sociedad
de Responsabilidad Limitada. Capital social: Cien mil colones. Domicilio:
Lomas de Ayarco Sur, Curridabat, San José, del
Colegio Iribo ciento veinticinco metros al sur, cien
metros al oeste y veinticinco metros al sur casa número seis L. Plazo: Noventa
y nueve años.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos,
Notario.—1 vez.—( IN2017103804 ).
Ante esta notaría, a las 09:00 horas del 23 de enero del 2017, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios celebrada por Inversiones
Calzuñi Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número 3-101-539184. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, mediante
la escritura número 83-33, del tomo 33 del protocolo de la Licda. Tatiana
Fernández Mora.—Cartago, 23 de enero del 2017.—Licda.
Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017103805
).
Por escritura otorgada a las ocho horas del diecisiete de enero
del año dos mil diecisiete, se protocoliza asamblea general extraordinaria de
socios de la empresa Kaiser S. A.,
reformándose la cláusula quinta del capital social.—San
José, diecisiete de enero del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alberto Pereira
Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2017103812 ).
Por escritura otorgada en mi notaría,
a las diez horas del veinte de enero del dos mil diecisiete, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Alnus Consultoría Ambiental Sociedad Anónima cambio
de personeros, nombramiento junta directiva, cambio domicilio social,
modificación cláusula sétima de la representación.—San José, veinte de enero
del 2017.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1
vez.—( IN2017103813 ).
Por escritura número catorce de las
doce horas del ocho de diciembre del dos mil dieciséis visible al folio nueve
vuelto del tomo segundo de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Equator
Line Limitada, sociedad con cédula de persona jurídica número: tres-ciento
dos-cuatrocientos cincuenta y tres mil ochocientos sesenta y siete por la que
se disuelve la misma.—San José, nueve de diciembre
2016.—Licda. Susan Ginneth
Esquivel Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2017103827 ).
Por escritura otorgada
hoy, de 16:00 horas, por el
suscrito notario, se protocolizó asamblea de Magellan
Technologies S. A., aumentando capital social y nombrando secretario.—San José, 18 de enero de 2017.—Lic. Juan Antonio Mora Doninelli, Notario.—1 vez.—(
IN2017103838 ).
Por instrumento público número ochenta y ocho otorgado en mi
Notaría, en San José, a las catorce horas del día veinte de enero de dos mil
diecisiete, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad Labadee Properties
Inc Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres- ciento uno-cuatrocientos setenta y seis mil doscientos
treinta y cuatro, mediante la cual se modifican las Cláusulas: (i) primera,
referida al domicilio social, (ii) quinta, referida a la administración de la
junta directiva, (iii) undécima, referida a las convocatorias, (iv) duodécima,
referida a la vigilancia (v) decimotercera, referida a las asambleas generales
de accionistas ordinarias y extraordinarias (vi) decimocuarta, referida a la
celebración de las asambleas generales ordinarias de accionistas (vii)
decimoquinta referida a la legalidad de las de las asamblea generales
ordinarias de accionistas, (viii) decimosexta, referida a las segundas
convocatorias, (ix) decimosétima, referida a las ofertas de un tercero para la
compra de Acciones, (x) decimoctava, referida a las ofertas al accionistas
mayoritario de un tercero para la compra de Acciones (xi) decimonovena,
referida a la venta de acciones; del pacto social.—San José, veinte de enero de
dos mil diecisiete.—Lic. Laura Mariana
Oviedo Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017103855 ).
Ante el Lic. Juan Federico Arias
Chacón, se reforman la cláusula sexta de la administración y la cláusula
segunda del domicilio, del pacto constitutivo en la entidad Bill y Marla Limitada, cédula jurídica 3-102-363001. Es todo.—Parrita, 23 de enero 2017.—Lic. Juan Federico Arias
Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017103856 ).
Por escritura número ciento cuarenta y cinco otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil
diecisiete, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la
sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Seis Mil
Seiscientos Ochenta y Dos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos noventa y seis mil seiscientos ochenta y dos.—San José, diecisiete de enero de dos mil diecisiete.—Lic.
Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1
vez.—( IN2017103858 ).
Por escritura otorgada ante Lic. Ernesto Azofeifa
Cedeño, número 94 del protocolo 10, a las 12:00 horas del 19 de agosto del 2016, se constituyó sociedad
anónima que se denomina Satelital Technical Services Morris S. A, domicilio Limón, presidente Mario
Alfonso Morris Brumley.—23
de enero del 2017.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño,
Notario.—1 vez.—( IN2017103863 ).
Por escritura número ciento cuarenta y siete otorgada ante esta
notaría, a las quince horas treinta minutos del dieciséis de enero del dos mil
diecisiete, se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la
sociedad denominada Tres-Ciento Uno- Seiscientos Noventa y Seis Mil
Seiscientos Dos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno- seiscientos noventa y seis mil seiscientos dos.—San José, diecisiete de enero de dos mil diecisiete.—Lic.
Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1
vez.—( IN2017103866 ).
En esta notaría por escritura pública
113-15 otorgada a las 9:00 horas del 19 de enero del 2017, se protocolizó acta
de asamblea general extraordinaria de Herencia del Mueble S. A. y se
nombró nuevo secretario por el resto del plazo social.—Heredia,
19 de enero del 2017.—Licda. Antonella Da Re Masís,
Notaria.—1 vez.—( IN2017103867 ).
Mediante escritura número trescientos cuarenta y cuatro, otorgada
ante el notario Carlos Bertarioni Bolaños, a las
diecisiete horas del catorce de diciembre de dos mil dieciséis Jorge Román
Salas, cédula N° 5-300-562 y Sonia Salas González, cédula N° 1-460-443,
constituyen Transportes y Logística JRS del Pacífico Sociedad Anónima,
corresponde al presidente la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, es todo.—Lic. Carlos Bertarioni Bolaños,
Notario.—1 vez.—( IN2017103874 ).
Por escritura número 80 del tomo 20 de la notaria Carolina Segnini Rodríguez, a las 15:00 horas del 11 de enero de
2017, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Hotelera
Pinares S. A., en la cual se modifica el clausula sexta del estatuto
social.—San José, 23 de enero de 2017.—Licda. Carolina Segnini
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017103877 ).
Mediante la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la sociedad El Gallo Mas Gallo de Alajuela S. A. tres-ciento
uno-setenta y cuatro mil ciento cincuenta y cuatro, celebrada en Paseo General
Escalón, Centro Comercial Galerías, número tres mil setecientos, cuarto piso,
oficinas Corporativas, San Salvador, El Salvador a las once horas del día
veinte de setiembre de dos mil dieciséis, la cual fue debidamente protocolizada ante la notario público Andrey Dorado Arias,
mediante escritura pública número ciento setenta y siete de su protocolo, a las
once horas treinta minutos del día veintitrés de enero de dos mil diecisiete,
se procedió a realizar el cambio de nombre de la sociedad a Unión Comercial
de Costa Rica UNICOMER S. A.—San José, veintitrés de enero del dos mil
diecisiete.—Lic. Andrey Dorado Arias, Notario.—1
vez.—( IN2017103878 ).
Mediante la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S. A, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos mil setecientos cuatro, celebrada en Paseo
General Escalón, centro comercial Galerías, número tres mil setecientos, cuarto
piso, oficinas Corporativa San Salvador, El Salvador a las diez horas del día
veinte de setiembre de dos mil dieciséis, la cual fue debidamente protocolizada
ante la notario público Andrey Dorado Arias, mediante escritura pública número
ciento setenta y ocho de su protocolo, a las doce horas del día veintitrés de
enero de dos mil diecisiete, se procedió a realizar el cambio de nombre de la
sociedad a Gallo Más Gallo de Alajuela, S. A.—San José, veintitrés de
enero del dos mil diecisiete.—Lic. Andrey Dorado Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017103879 ).
Mediante asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Accenture S.R.L
con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos quince mil
trescientos sesenta y nueve, que se celebra en su domicilio social, San José,
Santa Ana, centro empresarial Fórum, edificio C, oficina uno C uno, a las
quince horas del día diecisiete de enero de dos mil diecisiete y protocolizada
mediante escritura pública número dos, ante la notaria
pública Vivian Gazel Cortes, se procede a modificar
la cláusula segunda del pacto constitutivo, correspondiente domicilio.—San
José, quince treinta horas del día veinte de enero del mil diecisiete.—Licda.
Vivian Gazel Cortes, Notaria.—1
vez.—( IN2017103883 ).
Por escritura otorgada en San José, a las catorce horas del
diecinueve de enero del dos mil diecisiete, se constituyó ante esta notaria Vidatek S. A.. Efraín Monge Quesada, Presidente.—San José, veintitrés de enero del dos mil
diecisiete.—Sergio Sancho Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2017103897 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del
23 de enero de 2017, se protocolizó la fusión por absorción de las sociedades Multicines San Rafael SRL., cédula jurídica
3-102-691684 y Corporación Cinematográfica Sureña M & C S. A.,
cédula jurídica 3-101-384649, prevaleciendo la empresa Corporación Cinematográfica
Sureña M & C S. A.—San José, 23 de enero de
2017.—Licda. Gabriela Gómez Solera, Notaria.—1 vez.—(
IN2017103898 ).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
compañía Inversur Holdings and Investments Hi, Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos dos mil dos, en la
cual se acuerda disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso d) del código de comercio. Escritura otorgada a las dieciséis horas
del dieciocho de enero del dos mil diecisiete.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—( IN2017103903 ).
Protocolización del acta número seis, de la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Residencial Los
Laureles GTU Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos sesenta y un mil novecientos treinta en la cual se
modifica la cláusula del capital social. Escritura otorgada a las quince horas
treinta minutos del dieciocho de enero del dos mil quince.—Licda.
Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1
vez.—( IN2017103906 ).
Por escritura otorgada a las 13:00 horas del 12 de enero de 2017, se aumenta capital y se nombra presidente y tesorero de la sociedad denominada Uniformes San José S. A. Presidenta Fiorella Maffioli González.—San José, 23 de enero del 2017.—Licda. Alejandra Fallas Valerio, Notaria.—1 vez.—( IN2017103921 ).
COMUNICACIÓN DE REINICIO DE
ACTUACIÓN
FISCALIZADORA
SUBDIRECCIÓN DE FISCALIZACIÓN
DIRECCIÓN DE GRANDES
CONTRIBUYENTES
NACIONALES
Oficio SFGCN-735-2016.—Por
desconocerse el domicilio fiscal actual y habiéndose agotado las formas de
localización posibles, para dar cumplimiento a lo establecido en el inciso “d”
del artículo 137 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, artículos
90, 91 y 92 del Reglamento General de Procedimiento Tributario vigente, se
procede a notificar por edicto la cita a presentarse ante la Subdirección de
Fiscalización de la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales para recibir
el oficio SFGCN-735-2016 sobre la Comunicación de Reinicio de Actuación
Fiscalizadora de Pacífica Intermontana S. A., cédula
jurídica N° 3-101-140960.
Por tanto se cita a la
persona que tenga legitimación para recibir dicho oficio a presentarse ante la
Subdirección de Fiscalización de la Dirección de Grandes Contribuyentes
Nacionales, situada 300 metros al oeste de la Casa Presidencial, Edificio Mira,
4º piso, Zapote, San José. Se le informa al interesado que después del tercer día
hábil siguiente a la publicación de este edicto y si nadie se ha presentado
ante esta Dirección Tributaria se le dará continuidad al proceso fiscalizador
iniciado según lo establecido en el artículo 144 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, artículo 138 y subsiguientes del Reglamento de
Procedimiento Tributario. Se le advierte que para futuras notificaciones debe
señalar lugar para recibirlas, y en caso de que no lo haga, las resoluciones
que recaigan quedan firmes veinticuatro horas después de dictadas. Publíquese.—Lic. Carlos Vargas Duran, Director General.—Licda. Maritza Mesén Barquero, Subdirectora Fiscalización,
Grandes Contribuyentes.—1 vez.—O. C. N°
3400031806.—Solicitud N° 75800.—( IN2017104349 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
T-104073.—Ref.:
30/2016/32121.—The Latin
América Trademark Corporation.—Documento:
Cancelación por falta de uso (Interpuesta por “ZODIAC INTERN).—N° y fecha:
Anotación/2-104073 de 20/06/2016.—Expediente: 2006-0006655 Registro Nº 169738
IBOCAM en clase 5 Marca Denominativa.
Registro de la Propiedad Industrial, a las
14:08:55 del 19 de agosto de 2016. Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación
por falta de uso, promovida por Roxana Cordero Pereira, en calidad de apoderada
especial de Zodiac International Corporation,
contra el registro de la marca IDOCAM (diseño), registro Nº 169738,
inscrita el 31 de julio de 2007 y con vencimiento el 31 de julio de 2017, la
cual protege en clase 5 productos farmacéuticos y veterinarios; productos
higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico; alimentos
para bebés; emplastos; material para apósitos; material para empastar los dientes
y para improntas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de
animales, dañinos, fungicidas, herbicidas, propiedad de The
Latin América Trademark Corporation, con domicilio en lst
Floor, Comosa Building, Samuel Lewis Avenue,
Ciudad de Panamá, Panamá. Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley
de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a
la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se
procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular
citado, para que en el plazo de un mes
contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda
a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al
efecto las pruebas que estime convenientes, tomar en cuenta que es el titular
del signo a quien le corresponde demostrar con prueba contundente el uso del
signo, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de
las partes en este Registro, asimismo en el expediente constan las copias de
ley de la acción para el titular del signo. Se les previene a las partes el
señalamiento de lugar o medio para recibir x y se advierte al titular que de no
indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas
ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere
impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones
posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de
dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de
Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta
resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo
aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto
en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General de la
Administración Pública. Se le señala al titular del signo, que las pruebas que
aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada
(haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado
correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de
Ley General de Administración Pública Notifíquese.—Tomás Montenegro Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2017103638 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
REGISTRO DE BIENES
MUEBLES
Conoce la Dirección del Registro de Bienes
Muebles la gestión administrativa interpuesta por el señor Tomás Fernández
Pérez, cédula de residencia Nº 172400041211, en condición de apoderado
generalísimo de la sociedad Molino Monte SRL., cédula jurídica Nº 3-102-389674,
en la que informa que su representada en carácter de endosataria
es acreedora en el contrato prendario inscrito sobre el vehículo placas 876758,
bajo el tomo 2011, asiento 139910, manifiesta que, sin que él o su representada
hayan comparecido fue presentado a este Registro bajo el tomo 2015, asiento
429100 la cancelación de dicho gravamen, indicando que nunca compareció a
otorgar la referida cancelación y que el crédito prendario aún no se encuentra
cancelado. En cumplimiento del debido proceso el 26 de octubre de 2015, esta
Dirección ordenó practicar una nota de advertencia al margen del asiento de
inscripción del automotor citado y por resolución de las 09 horas del 04 de
agosto pasado, notificó y concedió audiencia al señor Mauricio Cambronero Lobo,
cédula de identidad Nº 1-786-336, según el certificado postal Nº RR118657577CR,
sin embargo fue devuelto por Correos de Costa Rica como “Rehusado”. En
consecuencia a fin de evitar indefensión del interesado y a efecto que dentro
del término que se dirá haga valer su derecho, por este medio se notifica y
concede audiencia hasta por el plazo de quince días hábiles contados a partir
del día siguiente de la fecha de publicación del presente edicto, a las partes
involucradas en el presente asunto, a saber: Mauricio Cambronero Lobo, cédula
número 1-786-336. Se le previene que dentro del término establecido para la
audiencia, debe señalar lugar o medio para oír futuras notificaciones de esta
Dirección, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo señalado, las demás
resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas.
Lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 124 y siguientes
del Reglamento de Organización del Registro Público de la Propiedad Mueble.
Ref. Expediente Nº 177-2015.—Curridabat, 06 de octubre
de 2016.—Licda. Ileana Cerdas Contreras, Asesora Jurídica.—1
vez.—O. C. Nº 17-0003.—Solicitud Nº 74660.—( IN2017103756 ).
Conoce la Dirección del Registro
de Bienes Muebles los hechos expuestos por el señor German Alfaro Salas, cédula
2-495-927, en condición de apoderado generalísimo de INVERSARO OFM S. A.,
cédula jurídica 3-101-515869 mediante gestión del 27 de octubre del 2016, en
que solicita la inmovilización del vehículo placas CL-123268, en virtud de
haberse presentado en este Registro bajo el tomo 2016 asiento 538117 el 17 de
agosto del 2016 un traspaso a favor de Dayana Robles Madrigal, cédula 3-452-102
el que manifiesta no haber otorgado, por lo que interpuso denuncia ante la
Fiscalía Adjunta de Fraudes. En cumplimiento del debido proceso, mediante la
resolución de las once horas del 31 de octubre del 2016, esta Dirección ordenó
practicar una nota de advertencia al margen del asiento de inscripción del
automotor citado y por resolución de las nueve horas del 02 de noviembre
último, notificó y concedió audiencia a las partes interesadas, entre ellas a:
Dayana Robles Madrigal, cédula 3-452-102, según el certificado postal número
RR118657665CR, sin embargo, este fue devuelto por Correos de Costa Rica como
“Dirección inexacta”. En consecuencia, a fin de evitar indefensión del
interesado y a efecto que dentro del término que se dirá haga valer sus
derechos, por este medio se notifica y concede audiencia hasta por el plazo de
quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de
publicación del presente edicto a Dayana
Robles Madrigal, cédula 3-452-102. Se le previene que dentro del término
establecido para la audiencia, debe señalar lugar o medio para oír futuras
notificaciones de esta Dirección, bajo apercibimiento que de no cumplir con lo
señalado, las demás resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas
después de dictadas. Lo anterior de conformidad con lo establecido en los
artículos 124 y siguientes del Reglamento de Organización del Registro Público
de la Propiedad Mueble. Ref. Exp. N° 138-2016.—Curridabat, 16 de enero del 2017.—Licda. Ileana Cerdas Contreras,
Asesora Jurídica.—1 vez.—O. C. N° OC17-0003.—Solicitud
N° 75310.—( IN2017103760 ).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SUCURSALES
HUETAR
NORTE
GERENCIA FINANCIERA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El suscrito Lic. Luis Gerardo
Cruz Cruz, Jefe a. í. de la Sucursal de Atenas, Caja
Costarricense del Seguro Social, mediante presente edicto por tres veces
consecutivas; por no haber sido posible notificar en el domicilio indicado,
procede a efectuar las siguientes notaciones por publicación a los patronos que
se detallan, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de
Administración Pública. La institución les concede 5 días hábiles, para que se
presenten a normalizar su situación, caso contrario el adeudo quedará firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de
cobro judicial tanto en la vía civil como penal. Gutiérrez Arguedas Álvaro
Francisco, número 0-00203910766-001-001, planillas 09/2015 y 10/2015, servicio
médico de 09/2015 por un monto ¢564.522,00, Conrad Zender S. A., número 2-03101411991-002-001, planilla
04/2016, por un monto ¢44.598,00, Constructora Cariari
S. A., número 2-03101120545-001-001,planillas 10/2016 Y 11/2016, por un monto
¢127.921,00, Claudio Alvarado González, número 0-00201460375-001-00l, subsidios
05/2016, por un monto ¢43.750,00, Alonso Arguedas Benavides, número
0-00205840737-001-001, planillas 10/2015, por un monto ¢30.809,00.—Sucursal
Atenas.—Lic. Luis Gerardo Cruz Cruz, Administrador
a. í.—( IN2017103099 ).
COLEGIO DE
ABOGADOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El Colegio de Abogados y de
Abogadas de Costa Rica, avisa: Que en ejercicio de la facultad que prevé el
ordinal 246 de la Ley General de la Administración Pública, se dispuso publicar
lo siguiente: “Se inicia Procedimiento Administrativo Disciplinario Fiscalía
del Colegio de Abogados de Costa Rica. San José, a las nueve horas veinte
minutos del ocho de julio del dos mil quince. La junta directiva del Colegio de
Abogados, en acuerdo 2015-21-032 de la sesión ordinaria 21-2015, dispuso
trasladar este expediente a la Fiscalía a efecto de iniciar procedimiento. De
conformidad con las potestades que se le otorgan a esta Fiscalía, téngase por
instaurado procedimiento disciplinario en contra del Lic. Jorge López Morales, colegiado
21260, con el fin de averiguar la verdad real de la supuesta comisión de los
hechos que constan en la denuncia adjunta, los cuales consisten en: “Denuncia
el señor Rodríguez Fallas, que el 19 de marzo del 2015 contrató al denunciado
para presentar un proceso Contencioso Administrativo contra el Ministerio de
Educación Pública (MEP), para lo cual me cobró ¢150.000 en ese momento para
iniciar, para lo cual le canceló en esa misma fecha ¢135.000 y le extendió el
recibo 025; ese mismo día se le entregó al denunciado documentación referente a
expediente disciplinario del MEP, un recurso de amparo con su respectiva
resolución y una resolución disciplinaria donde quedé absuelto sobre un
supuesto abuso sexual. Indica el quejoso que llamaba al denunciado en
reiteradas ocasiones sin resultado alguno, y cuando le contestaba le decía que
prefería hacerlo por la vía laboral, y luego cambiaba de opinión. Que a finales
de abril o principio de mayo sin precisar fecha exacta, el denunciado le
sugirió hacer un amparo de legalidad a lo cual el señor Rodríguez Fallas que no
me parecía porque el amparo de legalidad es un derecho a respuesta, sin
embargo; el licenciado me indicó que era lo que más me convenía. Que el día 06
de mayo acudió el quejoso al Tribunal Contencioso a solicitar constancia de
presentación del proceso Contencioso Administrativo por parte del aquí
denunciado, sin embargo le indican que no hay ningún proceso interpuesto este
año, sino un Amparo de Legalidad que fue interpuesto el año pasado. Que el 07 de
mayo, el denunciante se comunicó con el licenciado López Morales quien le
indicó que no tenía realizado el documento para el Contencioso Administrativo,
por lo que se le solicitó la devolución del dinero y la documentación
entregada; indica el quejoso que el denunciado le indicó del dinero solo
devolvía una parte, sin embargo no ha demostrado haber hecho nada, ni siquiera
poder para que represente al quejoso.” Los hechos denunciados podrían ser
contrarios a lo estipulado en los artículos
14, 17, 31, 33, 51, 83 inciso a, 85 inciso b y c todos del Código de Deberes
Jurídicos Morales y Éticos del Profesional en Derecho desde amonestación y
hasta diez años de suspensión en el ejercicio profesional.(…). Recursos: Contra
esta resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria y apelación. El
primero será resuelto por el suscrito fiscal y el segundo por la Junta
Directiva de este Colegio constituida en Consejo de Disciplina. Estos recursos
se deberán interponer dentro de las veinticuatro horas siguientes a la última
comunicación a todas las partes (artículos 345 y 346 de la Ley General de la
Administración Pública). El acto final que se dicte tendrá el recurso ordinario
de revocatoria y se deberá interponer ante esta Fiscalía dentro de los tres días hábiles siguientes a la notificación del
mismo, quedando su resolución a cargo de la Junta Directiva, todo de
conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica del Colegio de Abogados en
relación con los artículos 345 y 346 de la Ley General de Administración Pública.
La resolución del recurso interpuesto
contra el acto final dará por agotada la vía administrativa. Oportunamente se
designará hora y fecha para la comparecencia oral y privada. Notifíquese. Licda. Vilma B. Mesén Madrigal,
Fiscal. (Expediente administrativo 298-15).—Lic.
Juan Luis León Blanco, Fiscal.—O. C. 934.—Sol. 74824.—( IN2017102986 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Notificación a Inversiones
Bolaños Palma S. A., cédula jurídica N° 3-101-290445, representante legal:
Indira Massiell Romero García, Pasaporte CO 01774760.
Se le comunica el recibido en esta oficina documentos emitidos y notificados.
Por parte de la Administración Tributaria de San Jose
Este Subgerencia de Fiscalización Grupo Uno. Que es comunicación de inicio de
actuación fiscalizadora de comprobación e investigación Nº 1-11-035-16-301-03.
Y acta de hechos notificado el día 10 de octubre de 2016; Propuesta Provisional
de Regularización, notificado el 20-10-2016, propuesta de Resolución
Sancionadora por Artículo 81 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios
notificado el 1-11-2016; Requerimiento de Audiencia Final, notificado el
18-11-2016; Propuesta de Regularización notificado el 23-11-2016, Traslado de
Cargos y Observaciones notificado el 30-11-2016. Se le notifica por este medio
a dicho representante porque se trató de localizarla por diferentes vías de
comunicación sin resultado, desconocerse su paradero, número telefónico, lugar
de residencia, aparece como que salió del país y no se registra regreso, lo que
ha hecho imposible la entrega de los anteriores documentos. Se hace la presente
diligencia conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Licenciada Ligia María
Villalobos Porras, carne 2716, teléfono 2442-1212, Oficina abierta costado
oeste de Tribunales de Alajuela, calles 2 y 4, avenida 9.—Licda.
Ligia María Villalobos Porras, Notaria.—( IN2017103470
).
En el Alcance Nº 14, página 37,
se publicó el documento Nº IN2017103051, en el cual por error se omitió
una línea en el cuadro Nº 2, el cual debe leerse de la siguiente manera:
Para ver imagen solo
en La Gaceta con formato PDF
Lo demás permanece igual.
La Uruca, enero del 2017.—Carlos Alberto Rodríguez
Pérez, Director General Imprenta Nacional.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017104744 ).
MUNICIPALIDAD DE PÉREZ ZELEDÓN
Se corrige la publicación de La
Gaceta N° 246 del jueves 22 de diciembre del 2016, específicamente en la
página 33, en cuanto al trámite de inscripción a nombre de la Municipalidad de
Pérez Zeledón, del terreno con plano catastro N° SJ-1903990-2016, en cuanto a
su ubicación léase correctamente: “situado en la comunidad de Pacuar, distrito Daniel Flores, cantón Pérez Zeledón”.
Jeffry Montoya Rodríguez, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017104303 ).