LA
GACETA N° 34 DEL 16 DE
FEBRERO DEL 2017
MINISTERIO
DE AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTUTUTO NACIONAL DE LAS MUJERES
MODIFICACIONES
A LOS PROGRAMAS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
Nº
004-2017-MINAE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y
ENERGÍA
Con fundamento en el artículo 140 inciso 2) de la Constitución Política;
numeral 81 del Código de Trabajo; artículos 39 inciso a) y 43 del Estatuto de
Servicio Civil Ley N° 1581; artículos 3 y 4 de la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública N° 8422; numerales 1 inciso 5)
sub inciso c) y 40 del Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Decreto Ejecutivo N° 32333;
artículos 22 y 24 del Reglamento Autónomo de Servicios del MINAE, Decreto
Ejecutivo N° 28409-MINAE; el artículo 07 de la Ley N° 8777; y la resolución
N°12683 de las veinte horas con veinte minutos del veintiséis de septiembre de
dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal de Servicio Civil y confirmada
mediante resolución N° 001-2017-TASC de las trece horas del once de enero de
dos mil diecisiete, del Tribunal Administrativo del Servicio Civil, en
expediente administrativo N° 16288.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad
patronal para el Estado al servidor Jorge Mora Elizondo cédula de identidad N°
106530221.
Artículo
2º—El presente acuerdo de despido sin responsabilidad patronal, rige a partir
del 31 de enero de 2017.
Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintitrés
días de enero del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Ambiente y Energía, Edgar E. Gutiérrez Espeleta.—1 vez.—O. C. N° 001-2017.—Solicitud N° 14076.—( IN2017108777 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de
la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la
Asociación de Desarrollo Integral de Jiménez, Pococí. Por medio de su
representante: Reinaldo Francisco Arguedas Solano, cédula 2-526-495 ha hecho
solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 17
para que en adelante se lea así:
Artículo 17.—para que se agregue, serán
nombrados del seno de la Asamblea general en votación secreta, individual,
nominal, aclamación por papeleta, levantando la mano y por cualquier otra que
la asamblea designe y por mayoría de votos. Para que se permita la figura de
tres suplentes los cuales podrán asumir el puesto sin importar su orden con el
fin de cumplir paridad de género. Durarán dos años en sus funciones y podrán
ser reelectos indefinidamente siempre y cuando la Asamblea General tome el
acuerdo. Dicha reforma es visible a folio 207 del tomo II del expediente de la
organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro
de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha
modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados
celebrada el día 06 de marzo del 2016. En cumplimiento de lo establecido en los
artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la
Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las once horas veinte minutos
del día seis de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa
Departamento de Registro.—1 vez.—( IN2017108195 ).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud
de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo
1, folio 180, asiento 9, título N° 980, y del Título de Técnico Medio en la
Especialidad Informática en Soporte Técnico, inscrito en el tomo 2, folio 64,
asiento 18, título N° 2120, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio
Técnico Profesional Carlos M.L Vicente Castro, en el año dos mil nueve, a
nombre de Montero Muñoz Jorge Luis, cédula: 6-0398-0635. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes
de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108337 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación
Diversifica Rama Académica Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo
1, folio 35, diploma N° 943, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en el
año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Badilla Jara Ana Lucía, cédula
N° 1-0604-0123. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado
en San José, a los trece días del mes de diciembre del dos mil dieciséis.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108348 ).
Ante esta dirección ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 82, Título N° 534, emitido por el Liceo Pacifico Sur, en el
año dos mil tres, a nombre de Avalos Fernández Heidy Marcela, cédula
6-0357-0128. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La
Gaceta.—San
José, a los cinco días del mes de marzo del dos mil quince.—Departamento de
Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—( IN2017108388 ).
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 06, título N° 53, emitido por el Centro
Educativo Católico Nuestra Señora de Sión, en el año dos mil once, a nombre de
Mora Arce Nicole, cédula Nº 6-0418-0259. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los
veinticuatro días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017108474 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 35, título N° 136, emitido por el Liceo Platanillo de Barú, en el año dos mil once, a nombre de Cordero Castro Jorge David, cédula: 6-0415-0943. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 03 de febrero del 2017.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108491 ).
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 22, título N° 224, emitido por el Saint
Paul College, en el mil novecientos noventa y siete, a nombre de Quesada
Quesada Carlos, cédula: N° 1-1093-0325. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los
tres días del mes de febrero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017108503 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 01, folio 90, asiento 28, título N° 670, emitido por el Colegio Técnico
Profesional de Acosta, en el año dos mil tres, a nombre de Badilla Padilla Luis
Diego, cédula: 1-1260-0893. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veintitrés días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017108505 ).
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media , inscrito en el Tomo 1, Folio 26, Título N° 324, emitido por el Liceo
Experimental Bilingüe de Turrialba, en el año dos mil nueve, a nombre de
Guillén Brenes Carla Alejandra, cédula N° 3-0451-0874. Se solicita la reposición
del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los tres días
del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación
de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017108661 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo I, Folio 125, Título N° 1034, emitido por el Colegio El Carmen, en el año dos mil tres, a nombre de Starke Barrantes Luz Elena, cédula 2-0613-0764. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de agosto del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—( IN2017108687 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título
N° 342, emitido por el Liceo de Chomes, en el año dos mil cinco, a nombre de
Chaves Herra Ileana María, cédula: 6-0369-0679. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del
mes de marzo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108725 ).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN
GENERAL DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción
de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social
denominada: Asociación Nacional de Trabajadores de Hacienda, siglas ANTRAH,
acordada en asamblea celebrada 22 de junio del 2016. Habiéndose cumplido con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción
correspondiente. 991-S1. La organización ha sido inscrita en los libros de
registro que al efecto lleva este Registro visible Tomo 16, Folio 243, Asiento
4926 del 30 de enero del 2016.
La Junta
Directiva se formó de la siguiente manera:
Secretario general |
Hernán Caamaño Raven |
Secretaria general adjunta |
Yahaira Cambronero Herrera |
Secretaria de conflictos y equidad de género |
Esperanza Moraga Espinales |
Secretaria de actas y correspondencia |
Tatiana Arce Chavarría |
Secretaria de finanzas |
Cristian Mullins Mcarthy |
Secretario de comunicación y denuncias |
Bernardo Durán Orozco |
Secretario de formación y bienestar |
Arnoldo Fernández Rodríguez |
Vocal |
Ana Isabel Monge Umaña |
Fiscal |
Rishany Maitland Umaña |
San José, 30 de enero del 2017.—Departamento
de Organizaciones Sociales.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—Exonerado.—(
IN2017107576 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Para ver imágenes de marcas solo en La Gaceta con formato PDF
Propiedad
industrial
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
German Jesús Paniagua Cascante, casado una
vez, cédula de identidad Nº 108570450, en calidad de apoderado generalísimo de
Unimer Unidad de Investigación y Mercadeo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101086031, con domicilio en: Barrio Dent, de la entrada a parqueos del Mall
San Pedro, 150 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FACEMAP
como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de investigación de mercados, encuestas,
sondeos de opinión pública por cualquier medio, entrevistas de mercados y
opinión pública, consultas, programas de investigación de mercados y opinión
pública, así como los servicios que comportan el registro, transcripción,
composición, compilación, transmisión o sistematización de comunicaciones
escritas y de grabaciones, la explotación o compilación de datos matemáticos o
estadísticos, los servicios que comportan la ayuda en la explotación o la
dirección de una empresa comercial o la ayuda
en la dirección de negocios o funciones comerciales de una empresa industrial o
comercial, así como los servicios de empresas de publicidad que se encargan
esencialmente de comunicaciones al público, de declaraciones o de anuncios por
todos los medios de difusión y en relación con toda clase de mercancías o de
servicios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011125. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
05 de diciembre del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017106752 ).
Julio Rivera Madriz, casado una vez, cédula
de identidad 103530964, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación
Costarricense para el Tamizaje y la Prevención de Discapacidades en el Niño,
cédula jurídica 3002144179 con domicilio en Hospital De Niños, Unidad De
Investigación, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: ASTA
como marca de
servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Clase 44: Servicios de pacientes; servicios médicos de evaluación de salud;
servicios de información y asesoramiento en materia de salud con el fin de
prevención de enfermedades congénitas y de discapacidad en niños y niñas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2016,
solicitud Nº 2016-0011914. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 19 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017107809 ).
Manuel de Jesús Salas Araya, casado segunda vez, cédula de identidad N° 302140089, en calidad de Apoderado Especial de N° 3-101-721765 S. A., cédula jurídica N° 3101721765, con domicilio en 300 sur del Colegio Santo Domingo Sabio, carretera El Molino, Edificio Doña Bernarda, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: D’todo Backyard Market,
como nombre comercial en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir: Un establecimiento comercial
dedicado a la venta de productos de consumo masivo en el área de productos
alimenticios y de limpieza bajo la modalidad de tienda de conveniencia; ubicado
en Cartago, Quebradilla, Tobosi, Centro Comercial La Hacienda, frente a La
Hacienda Condominio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de
diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011965. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de
enero de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2017108114).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Paola Quesada Molina, cédula de identidad Nº
113220521, en calidad de Apoderada Generalísima de Asesoría Nairi S. A., cédula
jurídica Nº 3101680627, con domicilio en Moravia, urbanización La Guaria, de La
Princesa Marina, 75 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: NAIRI,
como marca de servicios en clase:
45. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: El cumplimiento
legal de leyes y reglamentos en empresas dando servicios de identificación,
actualización y evaluación de requisitos legales, así como asesorías en temas
legales, capacitaciones de carácter legal, servicios de tramitología y diseño e
implementación de Sistemas de Gestión. Reservas: De los colores: Celeste y
gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de enero del 2017.
Solicitud N° 2017-0000254. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108225 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 111430447, en calidad de Apoderado Especial de Comercializadora Calypso S.A.S., con domicilio en Carrera 24 N° 10-38 (Oficinas 2 piso), Bogotá D.C., Colombia, solicita la inscripción de: R renova,
como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de publicidad y negocios en el campo del
diseño, decoración de interiores y terminados arquitectónicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de octubre
del 2016. Solicitud N° 2016-0009792. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de
octubre de 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108252 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 100430447, en calidad de apoderada especial de Comercializadora Calypso S.A.S. con domicilio en Carrera 24 N° 10-38 (Oficina 2 piso), Bogotá D.C., Colombia, solicita la inscripción de: CALYPSO
como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Venta, comercialización, importación, exportación al por mayor y al por menor a través de diferentes medios incluidos internet de productos tales como: adhesivos (pegamentos), para la industria, plásticos sin procesar para uso industrial, toalla absorbente a base de papel, envoltorios de plásticos, cartón, embalaje de cartón, espumas de poliuretano, cintas reflectivas, hilos de materias plásticas, geotextiles, geomembranas, materiales de construcción no metálicos, colchones y colchonetas, manteles, cortinas, paños para la cocina, telas de lino; forros y entretelas, fieltro textiles hechos de algodón; telas de algodón; telas de mezcla de lana y algodón; telas de mezcla de seda y algodón; tejidos de seda; productos textiles de seda; productos textiles de lana; telas de mezcla con una base de lana; tejido de poliéster; telas impermeables; lona; telas textiles para su uso en la fabricación de toallas; telas hechas de hilos sintéticos; telas de lino tejidas; telas de nylon; telas de hilo de caucho recubierto para uso textil, abrigos impermeables, uniformes, tapetes, alfombras, revestimiento de pisos, revestimiento de vinilo para pisos, césped artificial y productos afines a los indicados anteriormente. Distribución de material publicitario. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de octubre del 2016, solicitud Nº 2016-0009790. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de octubre del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108253 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad Nº 111430447, en calidad de apoderado especial de Ilparco Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101724198 con domicilio en Mata Redonda, Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio seis, piso cinco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IL PARCO como marca de comercio y servicios en clases 25, 28 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: ropa; en clase 28: juguetes y en clase 41: servicios educativos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de setiembre del 2016. Solicitud N° 2016-0009348. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de octubre del 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017108254 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 1-1143-0447, en calidad de apoderado especial de Innovative Nutrients, LLC con domicilio en 11701 NW 102 ND Road, Suite 14, Medley, FL, 33178, Estados Unidos de América , solicita la inscripción de: innovative nutrients
como marca de comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Alimentos y sustancias
dietéticas, alimentos para bebes, complementos alimenticios para personas todo
relacionado con nutrición. Reservas: reserva de los colores azul y rojo. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2016,
solicitud Nº 2016-0008845. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 15 de noviembre del 2016.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017108255 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula
de identidad N° 111430447, en calidad de apoderada especial de Ilparco Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3101724198, con domicilio en Mata Redonda,
Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio seis,
piso cinco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IL PARCO, como marca de servicios en clase: 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un centro de
entretenimiento infantil. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de setiembre de 2016. Solicitud N° 2016-0009137. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 14 de noviembre de 2016.—Sabrina Loaiciga Pérez,
Registradora.—( IN2017108258 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad Nº 111430447, en calidad de apoderada especial de Telepharma, INC., con domicilio en: Ave. Manuel Espinoza, Edificio Antiguo NCR, 2do piso, suite 2, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de:
como
marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios médicos; servicios de
análisis médicos relacionados con el tratamiento de personas tales como
exámenes radiográficos y extracciones de sangre; consultas farmacéuticas;
servicios de laboratorio médico para el análisis de muestras obtenidas de
pacientes; servicios hospitalarios; clínicas médicas; servicios médicos en
general. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de setiembre del
2016. Solicitud N° 2016-0008600. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de octubre del
2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017108259 ).
Denise Garnier Acuña, cédula de identidad 104870992, en calidad de apoderado especial de GMG Servicios Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101091720 con domicilio en 200 metros al sur de la antigua Aduana Las Cañas, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: SMARTES como señal de propaganda en clase internacional, para promocionar: Campañas publicitarias para atraer la atención del público consumidor por la comercialización de los siguientes artículos: videograbadoras, radios, televisores y equipos de sonido, aparatos de alumbrado, de producción, de calefacción, de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación; un local destinado a la comercialización de electrodomésticos, muebles, artículos de hogar, regalos, artículos de supermercado, artículos deportivos, bicicletas, artículos de oficina, libros, llantas, accesorios para carros, artículos de montaña, artículos de línea blanca, artículos escolares, ropa, lubricantes, artículos de cocina y artículos de decoración relacionados con las marcas Importadora Monge, clase 09, registro N° 118679, Importadora Monge diseño, clase 11, registro N° 118683 y el Nombre Comercial registro N° 118699. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011174. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108260 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 111430447, en calidad de apoderada especial de Western Ip Management S. A., con domicilio en Ciudad de Panamá, calle Samuel Lewis y Manuel María Icaza, Local S, dos edificio Comosa, Panamá, solicita la inscripción de: SERPENTO TRAXX,
como marca de comercio en clase(s): 12 internacional (es), para
proteger y distinguir lo siguiente: 12 motocicletas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de noviembre del 2016. Solicitud N°
2016-0011230. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de noviembre de 2016.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017108263 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad de apoderado especial de Bio-Sport Usa Scientific Solutions Inc. con domicilio en 10100 NW 116th Way, Suite 10, Medley, F1., 33178, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: Bio-SPORT
como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Alimentos y sustancias dietéticas para deportistas, complementos alimenticios para deportistas. Reservas: De los colores: Rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2016, solicitud Nº 2016-0008846. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017108264 ).
Sivianix Soto Flores, casado
una vez, con domicilio en: Condominio Terrazas del Oeste, casa 53 etapa 1, San
Rafael, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: TOP 5 CR
como marca de servicios en clase 38
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones de
información (páginas web). Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012357. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 10 de enero del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017108274 ).
Mónica María Valverde Guillén, soltera, cédula de identidad 701990007 con domicilio en costado oeste del Abastecedor Don René, San Rafael, La Colonia, Pococí, Limón, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ricsan
como marca de comercio y servicios
en clases 30 y 43. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30
Café, té cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y
preparaciones a base de cereales; pan productos de pastelería y confitería, helados azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura,
polvos de hornerar, sal mostaza, vinagre, salsas (condimentos); especias,
hielo. y 43
Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de diciembre del 2016, solicitud
Nº 2016-0012079. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de diciembre del 2016.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017108308 ).
Alberto José Pérez Góngora, casado una vez, cédula de identidad N° 103870649, en calidad de apoderado general de Centro Comercial de Inversiones CII Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101008150, con domicilio en Belén, La Rivera 1, kilómetro al este de la Firestone, Heredia, Costa Rica solicita la inscripción de: CARNES Y EMBUTIDOS DON OMAR, como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a productos alimenticios frescos o preparados, de origen animal para consumo o preparación de carne. Ubicado en Belén, La Rivera, un kilómetro al este de la Firestone, empresa El Arreo, Heredia, Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de Julio de 2016. Solicitud N° 2016-0006670. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de agosto de 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108341 ).
Nancy Patricia Soto Martínez, divorciada una vez, cédula de identidad 111040987, en calidad de Apoderada General de Villa Kids Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101725996 con domicilio en Flores Barrantes, de la Capilla de Velación 100 metros sur y 50 metros oeste, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: VILLA KIDZ Constructivist Learning Academy
como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Centro integral de desarrollo infantil bilingüe y cuido orientado a la buena alimentación infantil y enseñanza del segundo idioma a cada niño. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000314. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de enero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017108349 )
José Andrés Barboza Soto, soltero, cédula de identidad 114460220, en calidad de apoderado generalísimo de Crónica Deportiva CR Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101723838 con domicilio en Montes de Oca, Vargas Araya, costado oeste, del CENCINAI; casa 52-B, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Crónica Deportiva CR como marca de comercio en clase 25 Internacional.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: 25 Prendas de vestir, calzado, artículos de
sombrerería (todo deportivo). Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 28 de setiembre del 2016, según la Solicitud N° 2016-0009469. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 23 de noviembre del 2016.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017108351 ).
Pablo Daniel Saborío Morera, soltero, cédula de identidad 115260850 y Jorge Abraham Pineda Zelaya, Soltero, cédula de identidad 112290628 con domicilio en 600 mts sur de la Escuela del Sur, Heredia, Costa Rica y 400 norte y 50 oeste de la iglesia de Purral, Goicoechea, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL BOLETO
como marca de servicios en clases:
35 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 35
Publicidad, gestión de EL BOLETO negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. y 42 Servicios científicos
y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos;
servicios de análisis e investigación industriales, diseño y desarrollo de
equipos informáticos y de software. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000257. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 26 de enero de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108375
).
José Manuel Montoya Leitón,
casado una vez, cédula de identidad Nº 302640008, con domicilio en: San Miguel
Sabalito-Coto Brus 700 metros noreste de la Guarda Rural San Miguel,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MONTOYA frijoles
como marca de fábrica y comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: frijoles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011322. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 30 de enero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017108398 ).
Fiorella Poltronieri Badilla, casada una vez, cédula de identidad N° 112610127, con domicilio en Moravia, La Trinidad, Condominio La Pradera Nº 26, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: wOrLd FLP, como marca de fábrica y servicios en clase(s): 14; 18; 25; 35 y 43 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 14 metales preciosos y sus aleaciones; artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos, 18 cuero y cuero de imitación, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería, 25 prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. 35 publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, y 43 servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011966. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de enero de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108399 ).
José Manuel Montoya Leitón, casado una vez, cédula de identidad 302640008con domicilio en San Miguel Sabalito-Coto Brus, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ MONTOYA
como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Café. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de noviembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011321. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de enero de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017108400 ).
Tomás Quirós Jiménez, soltero, cédula de identidad 114110509, en calidad de apoderado especial de Kores Holding Zug AG con domicilio en Baarerstrasse 12, 6300 ZUG, Suiza, solicita la inscripción de: Kolores
como marca de fábrica y comercio en clase: 16, internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: papel; cartón especial para útiles
escolares, oficina y uso doméstico; papel carbón; carpetas y folders de cartón
y/o plástico; artículos de papelería, en particular marcadores, rotulador,
bolígrafos; adhesivos para artículos de papelería de uso escolar, de oficina, y
de uso doméstico; cintas adhesivas y autoadhesivas, en particular notas
adhesivas, banderas adhesivas; etiquetas y etiquetas adhesivas; barras de
pegamento y rollos adhesivos; corrector en rollo y lápiz corrector, líquidos
correctores; material para artistas en especial crayones de cera, tiza y
material para modelar y pegar para niños;
artículos de oficina (excepto muebles), incluyendo cintas entintadas y cintas
correctoras; instrumentos para dibujar, en especial reglas no graduadas y
transportadores como instrumento para dibujar; sacapuntas para lápiz y lápiz de
color; sellos, sellos de tinta, y almohadillas para sellos; grapas y clips para papel. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de mayo del 2016. Solicitud Nº 2016-0004882. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
11 de enero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017108418 ).
Rafael Arturo Quirós Bustamante, casado, cédula de identidad 105470445, en calidad de apoderado especial de New Stetic S. A. con domicilio en calle 40, N° 65-27, Medellín-Antioquía, Colombia, solicita la inscripción de: NEW FLEX
como marca de fábrica y comercio en clase
5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Resinas
termoplásticas para uso dental; abrasivos para uso ontológico; adhesivos
dentales; agentes de sellado para uso ontológico; aleaciones para uso dental;
cementos dentales; ceras para improntas dentales; prótesis dentales; resinas
dentales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de octubre del 2016,
solicitud Nº 2016-0009642. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de diciembre del
2016.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017108419 ).
Monserrat Alfaro Solano, divorciada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderado especial de Nutrapharm S. A., con domicilio en Bernardo O’Higgins 156 Parque Industrial Los Libertadores, Colina, Chile, solicita la inscripción de: MUTRAPHARM EL PODER DE TU BIENESTAR
como marca de servicios en clase: 35. Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 35 Publicidad; gestión de negocios comerciales;
administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 9 de enero del 2017, según la Solicitud N° 2017-0000055.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 24 de enero del 2017.—Rina Ruiz
Mata, Registradora.—( IN2017108433 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad N° 111430953, en calidad de apoderada especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala), Sociedad Anónima, con domicilio en 2A. Calle 9-54 sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. casa 5, condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: ALFURON, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 1 y 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: clase 1 productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes, y clase 5 preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre de 2016. Solicitud N° 2016-0008729. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de noviembre de 2016.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017108434 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala), Sociedad Anónima, con domicilio en 2a., calle 9-54 sector A-1, Zona 8 de Mixco, Int. Casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: VIRTUOSO como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5. Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes y 5 preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2016, según expediente Nº 2016-0008735. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2016.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017108445 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala) Sociedad Anónima con domicilio en 2a. calle 9-54 Sector A-1, Zona 8 de Mixco, Int. casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: KIBAK como marca de fábrica y comercio en clase 1 y 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes y 5 preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2016, solicitud Nº 2016-0008709. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017108449 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala), Sociedad Anónima con domicilio en 2A. Calle 9-54 sector A-1, zona 8 de Mixco Int. casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: TORREON como marca de fábrica y comercio en clases 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes y 5 preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2016, solicitud Nº 2016-0008727. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017108453 ).
Rodrigo Muñoz Ripper, soltero, cédula de identidad N° 113100774, en calidad de Apoderado Especial de Marvin José Morales Campos, casado una vez, cédula de identidad N° 110740122, con domicilio en San Rafael, Condominio Paso Real, apartamento F 22, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: MULTI SPORT PERFORMANCE,
como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Actividades deportivas de triatlón, organización eventos y actividades de triatlonismo, ya sea como competencias o de carácter recreativo, en especial un equipo de triatlón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio de 2016. Solicitud N° 2016-0006679. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de agosto de 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017108470 ).
Isabel María Ortega Villalobos, casada una vez, cédula de identidad 402020002 con domicilio en la Trinidad de Moravia, Urb Villa Margarita, casa 5H, Costa Rica, solicita la inscripción de: RE RUMBO ECONÓMICO
como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41: Publicación on line de revista electrónica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000304. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017108473 ).
Isabel María Ortega Villalobos, casada 1 vez, cédula de identidad 402020002 con domicilio en La Trinidad De Moravia, Urb. Villa Margarita casa 5H, Costa Rica, solicita la inscripción de: RE RUMBO ECONOMICO
como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41: Publicación online de revista electrónica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000305. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017108475 ).
Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala), sociedad anónima con domicilio en 2ª, calle 9-54 sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. casa 5, condominio Villa Colonial, Int. residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: PREVENZEB como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes, y 5 Preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de setiembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0008725. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero de 2017.—Jamie Phillips Guardado Registrador.—( IN2017108490 ).
Carlos Enrique López Baltodano,
casado una vez, cédula de identidad Nº 5264017, en calidad de apoderado
especial de Grupo de Producción Almo CR Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101670329, con domicilio en: residencial El Prado, Curridabat, 200 metros sur
y 125 oeste de la Heladería Pops, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: BONANZA ASISTENCIA
como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento dedicado a brindar servicios para el cuido de adultos mayores, y con personas con enfermedades que requieran de un cuido. No indica ubicación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000161. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017108512 ).
Leonardo Sánchez Hernández, casado, cédula de identidad 108500496, en calidad de Apoderado Generalísimo de Plaza Café HNCRC Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101701278 con domicilio en Santo Domingo, Santa Rosa, 700 metros oeste del Palí de Santo Domingo, casa a mano izquierda, portón grande de hierro, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: FANEGA REAL COFFEE
como marca de comercio en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de alimentación, preparación de alimentos y bebidas para el consumo, servicios de café, restaurante y cafetería. Reservas: De los colores: Marrón y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012244. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017108519 ).
Juan Carlos Montero Soto, casado una vez, cédula de identidad N° 108560191, en calidad de apoderado especial de Magui Consulting Services S.L., con domicilio en N° 28760 Tres Cantos - Madrid Travesía de Somosierra N° 5, 4° I, España, solicita la inscripción de: IBYSAN
como
marca de fábrica en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir
lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones
higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para
personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales
dañinos; fungicidas, herbicidas. Reservas: de los colores: gris, negro y rojo.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de diciembre de 2016.
Solicitud N° 2016-0012580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de enero del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108520 ).
Juan Carlos Montero Soto, casado una vez, cédula de identidad 108560191, en calidad de apoderado especial de Magui Consulting Services, S.L. con domicilio en 28760 Tres Cantos - Madrid Travesía de Somosierra N° 5, 4° I, España, solicita la inscripción de: DIFENRAT como marca de fábrica en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012581. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108521 ).
Guido Mora Vilialobos, casado
una vez, cédula de identidad N° 108070827, en calidad de apoderado generalísimo
de Torniaceros Pital Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101700736, con domicilio en Pital de San Carlos, frente al almacén
Agro Veterinario Dos Pinos, Costa Rica, solicita la inscripción de:
TORNIACEROS,
como marca de comercio en
clase: 6. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 6
distribución y comercialización de metales comunes y sus aleaciones materiales
de construcción, metálicos, tubos y tuberías metálicos, cables e hilos
metálicos no eléctricos, artículos de cerrajería y ferretería metálicos.
Reservas: de los colores: blanco, azul y rojo. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 28 de noviembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011577. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 16 de diciembre del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017108523 ).
María del Milagro Chavez Desanti, casada dos veces, cédula de identidad 106260794, en calidad de Apoderada Especial de S.C. Johnson & Son Inc., con domicilio en 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: RÁPIDA ACCIÓN PARA MAMÁS EXIGENTES como señal de propaganda. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar insecticidas, repelentes contra insectos, fungicidas, germicidas y miticidas, en relación con la marca OFF! Registro 19460. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de noviembre del 2016. Según la solicitud N° 2016-0011229. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017108560 ).
María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de apoderada especial de Quala Inc., con domicilio en Pasea Estate P.O. BOX 958 Road Town, Tortola, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: MEGA MONSTER como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para el cuidado del cabello, geles y preparaciones cosméticas para moldear el cabello, champú, cosméticos, lociones y tratamiento capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de febrero del 2016, según expediente Nº 2016-0001182. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017108561 ).
Álvaro Murillo Castro, casado una vez, cédula de identidad 203150388, en calidad de apoderado generalísimo de Productos de Concreto San Jorge Limitada, cédula jurídica 3102256971, con domicilio en San Carlos, San Jorge de La Fortuna; contiguo a Productos de Concreto San Jorge, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CSJ CONCRETOS SAN JORGE
como marca de fábrica y comercio en
clase: 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 19. La
producción, comercialización y distribución de productos hechos a base de
concreto. Reservas: De los colores: rojo y gris, no se hace reserva de los
términos “Concretos”, “San Jorge”. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de diciembre del 2016, según la solicitud N° 2016-0012178. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—Katherine
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017108573 ).
Héctor Gustavo Haslband Leverato, cédula de identidad 800500829, en calidad de apoderado generalísimo de Haslband Ideas Que Trascienden S. A., cédula jurídica 3101481142, con domicilio en Barrio Escalante, de la iglesia Santa Teresita 300 metros este, casa Nº 3161, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HALSBAND WORLDWIDE PARTNERS
como marca colectiva en clase: 35. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de publicidad en: comunicación,
planificación estratégica, identidad corporativa, promociones, arquitectura de
marca, creación de estrategias de comunicación digital, administración de
medios, administración de redes sociales, optimización de perfiles sociales
(social) media optimization), realización de estrategias para pauta en medios
digitales (E-Advertising), diseño Web a la medida, desarrollo Web, Web Hosting,
análisis de usabilidad de sitios Web, optimización SEO/SEM, desarrollo de Apps para los Apple y Android,
producción digital, Banners, Rich Media, sitios promocionales, Email.
Marketing, comercio electrónico, mercadeo a través de dispositivos móviles
(Mobile marketing), estudio general de medios, investigación, análisis,
monitoreo, evaluación (E-Reputation), documentales, ecommers y cursos de
formación virtual para todo tipo de empresas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de noviembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011632. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 24 de enero de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017108576 ).
Walter Mauricio Rojas Delgado, casado una vez, cédula de identidad 106850719, en calidad de Apoderado Generalísimo de Signature Retreats S. A., cédula jurídica 3-101-711602 con domicilio en Jacó, Centro Comercial Plaza Coral Local Nº 11, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: Hand Picked Vacation Rentals como Señal de Propaganda. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar una marca que se dedica a publicitar por diferentes medios escritos, radiofónicos, vía web y redes sociales entre otras, un servicio inmobiliario de venta y/o renta de casas, hoteles, estancias en general para vivir o vacacionar en Costa Rica, mediante hoteles, hostales, cabinas y cualquier otro medio que promueva conocer el país a nivel nacional e internacional, promoviendo el satisfactorio alojamiento de sus clientes, en relación con la marca Signature Retreats, inscrita en clasificación 35, 36 y 43 bajo el expediente 2016-0007582. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de setiembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0009170. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de febrero de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017108584 ).
Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de Apoderada Especial de Pyeong Hwa Clutch Co., Ltd., con domicilio en 205-2, Paho-Dong, Dalseo-Gu Daegu, República de Corea, solicita la inscripción de: phc
como marca de fábrica en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Embragues para vehículos terrestres, muelles amortiguadores para vehículos, amortiguadores para automóviles, frenos de vehículos, discos de freno de vehículos, pastillas de freno para automóviles, cajas de cambios para vehículos terrestres, Desmultiplicadores para vehículos terrestres, Motores para vehículos terrestres, acoplamientos para vehículos terrestres, mecanismos de transmisión para vehículos terrestres, vehículos de locomoción terrestre, aérea, acuática y férrea, puertas de automóviles, carrocerías de automóviles, chasis de automóviles, parasoles para automóviles, capós de automóviles, dispositivos de seguridad en forma de placas metálicas o de acero para aplicaciones en automóviles y camiones como accesorios de post-venta que se fijan al vehículo para reforzar o fortalecer las manijas de las puertas, pestillos de puertas de vehículos, cerrojos de puertas de vehículos, sistemas manuales, eléctricos y electrónicos de control de cristales de vehículos, Protectores para puertas de automóviles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000096. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de enero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017108587 ).
Silvia Patricia Castro Montero,
soltera, cédula de identidad 108350394, en calidad de Apoderada Generalísima de
Ulacit Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101019487 con domicilio en
Goicoechea, Barrio Tournón, del Periódico La República, 200 sur, Edificio
Ulacit, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ULACIT ESCAZÚ CENTRO DE INNOVACIÓN Y TRANSFERENCIA
TECNOLÓGICA
como marca de servicios en clases: 41 y 42. Internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 41. Educación, formación, actividades
deportivas y culturales y 42. Servicios científicos y tecnológicos, servicios
de investigación y diseño en estos ámbitos, servicios de análisis e
investigaciones industriales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000342. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017108639 ).
Pamela Mora Soto, casada una vez, cédula de identidad 112460002, en calidad de apoderada generalísima de Consorcio Playa Malibu PM Cero Ocho S. A., cédula jurídica 3101417518, con domicilio en Santo Domingo, de la Bomba Shell, 100 metros al norte, en el residencial Marquina, casa número tres, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: mi IMPORTS
como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 35, servicios de ventas de productos a terceros tales
como productos alimenticios, bebidas, ropa, juguetes, y articulas deportivos.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2016,
según expediente Nº 2016-0012295. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 18 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017108708 ).
José Antonio Muñoz Fonseca,
casado, cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial de
Grupo Porcimás S. A., cédula jurídica 3-101-501167con domicilio en del MOPT 500;
metros este, 200 metros sur y 25, metros oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL
CAMPESINO DE MI TIERRA
como marca de fábrica y comercio en clase: 29 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 29 embutidos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 2 de diciembre del 2016, según la Solicitud N°
2016-0011825. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de diciembre
del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108722 ).
José Antonio Muñoz Fonseca,
casado una vez, cédula de identidad 104430939, en calidad de Apoderado Especial
de Termoencogibles Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en calle
L-3 polígono D, lote 1 y 2, zona industrial ciudad Merliot, Departamento de la
Libertad, El Salvador, solicita la inscripción de: TERMO ENCOGIBLES
como marca de fábrica y comercio en clase: 16. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Bolsas plásticas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de setiembre del 2016. Solicitud Nº
2016-0009004. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de
noviembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108724 ).
José Antonio Muñoz Fonseca,
casado una vez, cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial
de Ducoco Alimentos S. A., con domicilio en Rodovia BR 101 KM 160, S/N.
Bebeduoro, Linhares / ES - CEP 29915-140, Brasil, solicita la inscripción de:
DUCOCO
como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 29 y 32, internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: 29: Barras de cereal; coco desecado
(deshidratado); compotas (frutas en sirope de azúcar); gelatina; jaleas;
productos lácteos; productos de leche;
mantequilla de coco; aceite de coco; coco rallado; dulce de leche; leche de
coco (para cocinar). Todos los productos anteriores elaborados con coco o con
sabor a coco y 32: Bebidas isotónicas; bebidas no alcohólicas; bebidas no
alcohólicas de jugos de frutas; extractos de frutas no alcohólicos; jugos de
fruta; jugo de fruta; jugo en polvo; leche de coco (para beber); agua de coco.
Todos los productos anteriores elaborados con coco o con sabor a coco. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2016. Solicitud Nº
2016-0010448. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de
diciembre del 2016.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017108727 ).
Paola Arias Marín, divorciada una vez, cédula de identidad 109280231, en calidad de Apoderada Especial de Industrias Alimenticias Kaldi Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-457-416 con domicilio en Sabanilla de Montes de Oca, cien metros al oeste de la iglesia católica, Costa Rica, solicita la inscripción de: kALDI
como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 49. Un establecimiento comercial dedicado a panadería, pastelería, restaurante y cafetería. Ubicado en San José, Sabanilla de Montes de Oca, 100 metros al oeste de la esquina noroeste del parque. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de setiembre del 2016. Solicitud N° 2016-0008762. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de enero del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108737 ).
Tatiana Valverde Vargas,
divorciada una vez, cédula de identidad Nº 109330889, con domicilio en:
Desamparados, Calle Fallas, de la terminal de Taxis Unidos, 250 sur, 75 oeste,
calle sin salida, ultima casa mano derecha, Costa Rica, solicita la inscripción
de: CHILERA DON ARMANDO 100% ARTESANAL como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: chilera artesanal. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2017. Solicitud N°
2017-0000497. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de febrero del 2017.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017108738 ).
Jorge Tristán Trelles, cédula
de identidad número 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Arysta
Lifescience Corporation con domicilio en 8-1 Akashi-Cho, Chuo-Ku, Tokio
104-6591, Japón, solicita la inscripción de: pro
nutiva + nutrición + protección + Arysta LifeScience
como marca de fábrica, comercio y servicios en clases: 1; 5 y 44.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 1:
Fertilizantes; reguladores de crecimiento de las plantas; bioestimulantes para
uso agrícola; bionutrientes para uso agrícola; preparaciones para la nutrición
de plantas, preparaciones y alimentos para el fortalecimiento de las plantas y
agentes biológicos derivados naturalmente para optimizar la nutrición de las
plantas; productos biológicos agrícolas; productos químicos para la fabricación
de productos farmacéuticos, agroquímicos y/o productos biológicos agrícolas;
productos químicos para la fabricación de mezclas para aplicaciones de uso
final en agricultura, horticultura, silvicultura, cuidado ornamenta y del
césped, y/o en el hogar y el jardín. En clase 5: Fumigantes para uso en la
agricultura, horticultura y el hogar y jardín; herbicidas, fungicidas,
insecticidas, pesticidas, productos biológicos para aplicaciones de control
biológico, y preparaciones para la destrucción de animales dañinos, cada uno
para uso en la agricultura, horticultura, silvicultura, cuidado ornamental y
del césped y/o el hogar y el jardín. En clase 44: Servicios de agricultura,
horticultura y silvicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 29 de agosto de 2016. Solicitud Nº 2016-0008353.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 14 de Noviembre de
2016..—Sabrina Loaíciga Pérez, Registradora.—( IN2017108743 ).
María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106270794, en calidad de apoderada especial de Ebel International Limited con domicilio en Argyle House 41ª, Cedar Avenue, Hamilton, HM12., Bermudas, solicita la inscripción de: BELESSA ESIKA como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Maquillaje, perfumería, productos de cuidado e higiene personal y preparaciones cosméticas para el tratamiento facial, corporal y capilar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0010912. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017108746 ).
José Cruz Campos, casado una vez, cédula de identidad 1-0386-0415, en calidad de apoderado generalísimo de Compañía Santa Rosa Limitada, cédula jurídica 3-1020-041693 con domicilio en Turrialba, costado sur del Banco Crédito Agrícola de Cartago, Cartago, Costa Rica , solicita la inscripción de: T.G.T. SANTA ROSA DE TORREALBA
como marca de fábrica en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Café de exportación.
Reservas: De los colores: Negros, blanco,
rojo y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de noviembre del
2016, solicitud Nº 2016-0011693. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 19 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN20170108753 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad N° 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Hotelbeds Spain, S.L.U., con domicilio en Complejo Mirall Balear, Cami de Son Fangos, 100-Torre A, 5ª Planta, 6A-7A, 07007, Palma de Mallorca, Islas Baleares, España, solicita la inscripción de: PUREQUEST ADVENTURES,
como marca de servicios en clases:
39 y 43. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 39:
Servicios de agencias de viajes, al por mayor; servicios de agencia de viajes
al por menor; servicios de organización y viajes; organización de viajes;
servicios de gestión de viajes, en concreto, gestión de viajes para
particulares y grupos que participan en viajes; servicios de información de
viajes; servicios de guías de viaje; servicios que consisten en la organización
y preparación de productos de viajes, visitas y vacaciones y venta al por mayor
de los servicios mencionados a la industria de los viajes al por menor;
servicios de consultoría, asesoramiento e información relacionados con todos
los servicios mencionados; y clase 43:
Reserva de hoteles y alojamientos temporales; suministro de información
relativa a albergues, alojamientos para vacaciones y centro turísticos;
incluyendo la prestación de todos los servicios mencionados en línea; servicios
mencionados en línea; servicios de
restauración (alimentación). Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
octubre de 2016. Solicitud N° 2016-0010531. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de
noviembre de 2016.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017108755 ).
Elia Arce Picado, casada una vez, cédula de identidad 303920581, en calidad de apoderado generalísimo de Taller Infantil San Nicolás, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Cédula jurídica 3102713880 con domicilio en Paraíso, 300 metros este y 150 metros al sur de la Municipalidad de Paraíso, casa color marrón, mano izquierda, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: TALLER INFANTIL SN DE CARTAGO como nombre comercial,
Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial
dedicado a la enseñanza de la pedagogía
infantil, con el fin de desarrollar todas las áreas de desarrollo de los niños,
basados en la aplicación de principios básicos de la metodología Montessori,
ubicado en Cartago, Paraíso, de la Municipalidad de Paraíso, 400 metros al este
y 300 metros al sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de
noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011068. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
21 de noviembre del 2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108758 ).
Elia Arce Picado, casada una
vez, cédula de identidad Nº 303920581, en calidad de apoderada generalísimo de
Taller Infantil San Nicolás Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
Nº 3102713880, con domicilio en: Paraíso, 300 metros este y 150 metros al sur
de la Municipalidad de Paraíso, casa color marrón, mano izquierda, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: TALLER
INFANTIL SN DE CARTAGO
como marca de servicios en clase 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: centro educativo
dedicado a la enseñanza de la pedagogía infantil, con el fin de desarrollar
todas las áreas de desarrollo de los niños, basados en la aplicación de principios
básicos de la metodología Montessori. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011069. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017108759 ).
Karolayn Bonilla Arroyo, soltera, cédula de identidad 401900108, en calidad de Apoderada Generalísima de 3-101-727920 sociedad anónima, cédula jurídica 3101727920 con domicilio en de los Tribunales de Justicia 15 metros al este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: AAREGLAME LA VIDA
como Nombre Comercial en, Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicio de construcción, reparación, instalación, ubicado en Heredia, San Pablo Condominio El Prado casa 60. Reservas: De los colores: Verde agua y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012400. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de enero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108771 ).
Karolayn Bonilla Arroyo, soltera, cédula de identidad Nº 401900108, en calidad de apoderada generalísima de 3-101-727920 Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101727920, con domicilio en: de los Tribunales de Justicia, 15 metros al este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ARREGLAME LA VIDA
como marca de servicios en clase 37
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
construcción, reparación instalación. Reservas: de los colores: verde, negro y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del
2016. Solicitud N° 2016-0012227. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de diciembre del
2016.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017108772 ).
Karolayn María Bonilla Arroyo, soltera, cédula de identidad 401900108, en calidad de apoderada generalísima de 3-101-729369 S. A. con domicilio en de los Tribunales de Justicia 15 metros al este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GRUPO Kangaroo asistencia integral
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
publicidad, gestión de negocio, trabajo de oficina, ubicado en Heredia San
Pablo, Condominio El Prado casa N° 60. Reservas: De los colores: verde agua y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del
2016, solicitud Nº 2016-0012401. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de enero del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108778).
Karolayn Bonilla Arroyo,
soltera, cédula de identidad Nº 401900108, en calidad de apoderada generalísima
de 3101729369 S. A., con domicilio en: de los Tribunales de Justicia 15 metros
al este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GRUPO kangaroo asistencia integral
como marca de servicios en clase 35
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad, gestión de
negocios trabajos de oficina Nº 35. Reservas: de los colores: verde agua y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del
2016. Solicitud N° 2016-0012228. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de diciembre del
2016.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017108779 ).
Rosario Bonilla Bonilla, soltera, cédula de identidad Nº 105380444, en calidad de apoderada generalísima de Killer Cosmetics S. A., cédula jurídica Nº 3101727058, con domicilio en: Curridabat, barrio Santa Cecilia, de Café Rey 200 metros sur y 25 metros oeste, mano derecha, portón gris, Costa Rica, solicita la inscripción de: KILLER como marca de comercio en clase 3 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: productos cosméticos,
incluyendo, esmaltes, maquillaje y artículos de cuidado personal. Reservas: de
los colores: gris y dorado. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000536. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 31 de enero del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017108783 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad Nº 401550803, en calidad de Apoderado Especial de Popsockets LLC, con domicilio en 3033 Sterling Circle Boulder, CO 80301, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PopSockets, como marca de fábrica y comercio en clase: 9. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Estuches de transporte, soportes, estuches protectores y soportes comprendiendo controles de fuentes de alimentación, adaptadores, altavoces y dispositivos de carga de baterías, especialmente adaptados para uso con dispositivos electrónicos digitales de mano, en especial teléfonos, reproductores de sonido y lectores de video. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012187. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017108794 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Popsockets LLC. con domicilio en 3033 Sterling Circle Boulder, Co. 80301, Estados Unidos de América , solicita la inscripción de: PopClip como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Soportes para uso con dispositivos electrónicos digitales de mano, en específico celulares equipados con accesorios de extensión. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2016, solicitud Nº 2016-0012188. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017108795 ).
Luis Esteban Hernández Brenes,
casado, cédula de identidad Nº 401550803, en calidad de apoderado especial de
David Sanford Gould, casado una vez, con domicilio en: 11673 Summit CR, Delta
BC V4E 2Z2, Canadá, solicita la inscripción de: Voss
como marca de fábrica y comercio en
clase 9 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Cascos de protección; cascos de protección para motociclistas;
cascos protectores para deportes. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011573. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 16 de diciembre del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017108796 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad N° 401550803, en calidad de apoderado especial de Anastasia Beverly Hills, Inc, con domicilio en 438 N. Bedford Drive, Beverly Hills, California 90210, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ANASTASIA BEVERLY HILLS, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería; aceites esenciales; cosméticos, especialmente, bases (productos cosméticos), correctores (productos cosméticos), polvos compactos de maquillaje, rubor, sombras para ojos, máscara de pestañas, delineadores de ojos, recubrimientos para labios (de uso cosmético), lápices de labios [pintalabios], brillos de labios, delineadores de labios, productos cosméticos de color para las cejas; lápices de cejas, polvo para las cejas, pomadas para las cejas (para uso cosmético), gel para las cejas (para uso cosmético); productos cosméticos para el cuidado de la piel, especialmente, humectantes faciales, cremas para los ojos, geles para los ojos, humectantes para el área de los ojos, cremas para el área de los ojos, sueros faciales (de uso cosmético); lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000092. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de enero de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017108797 ).
Luis Esteban Hernández Brenes,
casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Anastasia Beverly Hills Inc. con domicilio en 438
N. Bedford Drive, Beverly Hills, California 90210, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: A
como
marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para
lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar;
jabones; productos de perfumería; aceites esenciales; cosméticos,
especialmente, bases (productos cosméticos), correctores (productos
cosméticos), polvos compactos de maquillaje, rubor, sombras para ojos, máscara
de pestañas, delineadores de ojos, recubrimientos para labios (de uso
cosmético), lápices de labios [pintalabios], brillos de labios, delineadores de
labios, productos cosméticos de color para las cejas; lápices de cejas, polvo
para las cejas, pomadas para las cejas (para uso cosmético), gel para las cejas
(para uso cosmético); productos cosméticos para el cuidado de la piel,
especialmente, humectantes faciales, cremas para los ojos, geles para los ojos,
humectantes para el área de los ojos, cremas para el área de los ojos, sueros
faciales (de uso cosmético); lociones capilares; dentífrico. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000094.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 20 de enero del 2017.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017108798 ).
Cambio de Nombre Nº 107803
Que José Antonio Muñoz Fonseca, casado, cédula de identidad 104330939,
en calidad de apoderado especial de Riha Wesergold Getranke GMBH & CO. KG,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Riha
Richard Hartinger Getranke GMBH & CO. Handels-KG por el de Riha Wesergold Getranke
GMBH & CO. KG,
presentada el día 7 de diciembre del 2016 bajo expediente
107803. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0002387 Registro
Nº 136305 NATURELLA en clase 32 Marca Mixto, 2001-0002388
Registro Nº 136307 NATURELLA en clase 29 Marca Mixto,
2001-0002389 Registro Nº 136306 NATURELLA en clase 30 Marca Mixto,
2001-0002390 Registro Nº 136378 NATURELLA en clase 31 Marca Mixto
y 2001-0005939 Registro Nº 131021 WESERGOLD en clase 32
Marca Denominativa. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—1 vez.—( IN2017108729 ).
Marcas de ganado
Solicitud Nº 2016-2566.—Ref:
35/2016/5294.—Trinidad Solano Pereira, cédula de identidad Nº 0104121287,
solicita la inscripción de:
8
P T
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, Los Lirios, 400 metros al
norte de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 08 de diciembre del
2016. Según el expediente N° 2016-2566.—Karol Claudel
Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017108432 ).
Solicitud Nº 2017-88.—Ref: 35/2017/204.—María Justina Escott López, cédula de identidad 0501380007, solicita la inscripción de:
J
7 0
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Carrillo, Carrillo,
Barrio Monte Galán Guardia de Liberia, del Doit Center de Guardia Carrillo 4
kilómetros al norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2017.
Según la Solicitud Nº 2017-88.—Elda Cerdas
Badilla, Registrador.—1 vez.—( IN201710108535 ).
Solicitud N° 2017-173.—Ref: 35/2017/386.—María Alexandra Gutiérrez Montero, cédula de identidad 0116300950, solicita la inscripción de:
Para ver imágen solo en La Gaceta con formato PDF
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Santa Rosa, Tilarán, Hacienda Quebrada
Azul, de la agencia del ICE de Tilarán, 3 kilómetros al oeste, carretera a
Cañas, corrales color rojo a mano izquierda. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
30 de enero del 2017. Según el la Solicitud N° 2017-173.—Elda
Cerdas Badilla Registradora.—1 vez.—( IN2017108539 ).
Solicitud N° 2017-176. Ref: 35/2017/400.—Luis Martín Luna Cruz, cédula de identidad 0502160431, solicita la inscripción de:
U X
5
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Upala, Upala, San Luis de Upala, 3 kilómetros al
oeste de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero del 2017.
Según el expediente Nº 2017-176.—Karol Claudel Palma,
Registradora.—1 vez.—( IN2017108588 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Centro de Entrenamiento de Altura
Volcán Irazú, con domicilio en la provincia de: Cartago-Oreamuno, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: promover el acceso a la práctica
del deporte en pro del bienestar de la comunidad. Inculcar en los practicantes
del deporte valores éticos, morales y profesionales que los lleven a alcanzar
un desarrollo integral en cada una de sus disciplinas deportivas. Cuyo
representante, será el presidente: Rodolfo Navarro Meza, con las facultades que
establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional a las
9 horas 58 minutos y 14 segundos, del 5 de diciembre del 2016. Documento tomo:
2016, asiento: 666390 con adicional(es): 2016-775603.—Lic.
Luis Gustavo Álvarez, Director.—1 vez.—( IN2017108565
).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad Asociación Enping Unida China Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José, San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el intercambio cultural entre la provincia de Enping China y Costa Rica. Cuyo representante, será el presidente: Tianyi Feng Zheng, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 08 horas 41 minutos y 55 segundos, del 02 de febrero del 2017. Documento Tomo: 2017 Asiento: 22664.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN201108581 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-187864, denominación: Asociación Carismática Vida Nueva. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 23 minutos y 51 segundos, del 12 de diciembre del 2016. Documento Tomo: 2016 Asiento: 434487 con adicional(es): 2016-789465.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017108583 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cámara de Emprendimiento CR, con domicilio en la provincia de: San José-Montes de Oca, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Asociar a quienes desarrollan actividades relacionadas con el emprendimiento, las inversiones, la industria y el comercio especialmente entre Costa Rica y cualquier país, cuyo representante, será el presidente: Randall Gerardo Trejos González, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 427450.—Dado en el Registro Nacional a las 12 horas 45 minutos y 38 segundos, del 21 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017108641 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Mujeres Emprendedoras de Tierra Blanca de Cartago, con domicilio en la provincia de: Cartago-Cartago, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: luchar por el bienestar y el desarrollo de Tierra Blanca de Cartago y sus alrededores. Cuyo representante, será la presidenta: Marlene Auxiliadora Campos Guzmán, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo:2016, Asiento: 730850.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 20 minutos y 46 segundos, del 15 de diciembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017108756 ).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad 1-0433-0939,
en calidad de Apoderado Especial de ABBVIE STEMCENTRX LLC, solicita la patente
PCT denominada ANTICUERPOS
ANTI-RNF43 NOVEDOSOS Y MÉTODOS PARA SU USO. La invención divulga anticuerpos anti-RNF43
novedosos y derivados de los mismos, incluyendo a conjugados de anticuerpo y fármaco,
y métodos para usar dichos anticuerpos anti-RNF43 y conjugados de anticuerpo y
fármaco para diagnosticar y tratar cáncer. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 39/395 y C07K 16/46; cuyos inventores son:
Boontanrart, Mandy (US); Rokkam, Deepti (US); Liu, David (US); Dylla, Scott J
(US) y Aujay, Monette (US). Prioridad: N° 61/982,294 del 21/04/2014 (US).
Publicación Internacional: WO2015/164392. La solicitud correspondiente lleva el
número 2016-0000486, y fue presentada a las 14:41:24 del 20 de octubre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de
enero del 2017.—Viviana
Segura De la O, Registradora.—( IN2017108735 ).
El señor Carlos Ubico Durán, cédula de identidad N° 109820881, en calidad de apoderado especial de Abbvie Stemcentrx Llc, solicita la Patente PCT denominada: CONJUGADOS DE ANTICUERPOS ANTI-DROSOPHILA SIMILAR A DELTA 3 (ANTI-DLL3) Y MEDICAMENTOS PARA USO EN EL TRATAMIENTO CONTRA MELANOMA. Se proporcionan anticuerpos anti DLL3 y conjugados de anticuerpo y medicamento para usarse en el diagnóstico y tratamiento de melanoma. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395, A61K 47/48 y GO1N 33/574; cuyos inventores son: Williams, Samuel; (US); Saunders, Laura; (US) y Loving, Kathryn A. (US). Prioridad: N° 61/942,796 del 21/02/2014 (US). Publicación Internacional: W02015/127407. La solicitud correspondiente lleva el N° 2016-0000437, y fue presentada a las 10:13:20 del 21 de septiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de diciembre del 2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017108740 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: FRANCINY GOMEZ CRUZ, con cédula de identidad número 6-0395-0175 carné número 24697. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-000051-0624-NO.—San José, 1° de febrero del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—( IN2017110577 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MAX PACHECO PONCE DE LEÓN, con cédula de identidad número 2-0495-0466, carné número 24427. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°17-000073-0624-NO.—San José, 25 de enero del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2017110611 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0698-2016.—Exp. N° 17221A.—Ana Lizett, Nelson Emilio, Xinia, Laura María, Eida del
Carmen y Marvin Todos Guillen López, solicitan concesión de: 0.23 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Pacayas, Alvarado, Cartago, para uso consumo humano doméstico y
agropecuario-riego. Coordenadas 212.385 / 557.057 hoja Pacayas. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 09 de agosto del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017108675 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0868-2016.—Exp. N° 4875P.—Formulaciones
Químicas S. A., solicita concesión de: I litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo CHP-54 en finca de su propiedad en
Chomes, Puntarenas, Puntarenas, para uso industrial. Coordenadas 232.100 /
436.900 Hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de
diciembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2017109216 ).
ED-0011-2017.—Expediente Nº 16720P.—Costa Nostra and CO S.A., solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CY-173 en finca de 3-101-691205 S.A. en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 183.109 / 408.407 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de enero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017110482 ).
ED-0012-2017.—Exp 16870P.—Surf Brothers Mal País S.A., solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CY-126 en finca de Waterbugs of Santa Teresa S.A. en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 182.041 / 407.038 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de enero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017110483 ).
ED-0035-2017.—Exp. N° 16612P.—3-101-675331 S.A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo ME-422 en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 289.711 / 380.944 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de enero del 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017110505 ).
ED-0023-2017. Expediente Nº 16736P.—EX CO Exclusiones Costarricenses S. A., solicita concesión de: 9 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo ME-423 en finca de su propiedad en Liberia, Guanacaste, para autoabastecimiento en condominio. Coordenadas 287.187 / 379.158 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de enero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017110532 ).
Registro
Civil -Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Erika Josefa
Valencia Yubank, se ha dictado la resolución N° 4876-2016, que en lo conducente
dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José,
a las ocho horas y seis minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciséis.
Exp. N° 20821-2016. Resultando 1º—… 2º—... Considerando: I.—Hechos
probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kendra Samanta Guadamuz Valencia, en
el sentido que el segundo apellido de la madre es Yubank.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017108684 ).
En resolución N° 623-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas del dieciséis de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 52486-2016, incoado por María Nela Velásquez García, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Olmer José Velásquez García y Roberto Antonio Velásquez García, que el nombre de la madre es María Nela.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017108691 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ana Cecilia Gutiérrez García, se ha dictado la resolución N° 5892-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de dos mil quince. Exp. N° 37520-2015. Resultando: 1º—... 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ana Cecilia Gutiérrez García, en el sentido que los apellidos de la persona inscrita son García Gutiérrez, hija de María Virginia García Gutiérrez.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017108728 ).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de
solicitud de naturalización
Esther Virginia Pérez Pérez, nicaragüense, cédula de residencia 155815164507, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 541-2017.—San José, al ser las 15:51:32 del 03 de febrero de 2017.—Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017108816 ).
SUPERINTENDENCIA
GENERAL DE SEGUROS
PLAN DE
INVERSIONES AÑO 2017
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Henry Meoño Castro.—1 vez.—( IN2017109561 ).
PERÍODO PRESUPUESTARIO 2017
La Universidad Estatal a Distancia, en cumplimiento con lo dispuesto en
los artículos 6 de la Ley de Contratación Administrativa y 7 de su Reglamento,
informa a los interesados que el programa de adquisiciones para bienes y
servicios de esta Universidad, proyectado para el período presupuestario 2017,
se encuentra a disposición en la dirección electrónica http://www.uned.ac.cr/ejecutiva/contratacion-suministros/documentos-institucionales
San José, 14 de febrero del 2017.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017110533 ).
DEPARTAMENTO APROVISIONAMIENTO
PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2017
(miles de colones)
De conformidad con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y 7º del Reglamento Detalle a Nivel de Sub-Partida
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Cartago, 10 de febrero del 2017.—Licda. Katthya
Calderón Mora, Directora.—1 vez.—O. C. Nº
20175125.—Solicitud Nº 77369.—( IN2017110558 ).
PROGRAMA DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2017
Se comunica a todos las personas potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones del INAMU, para el año 2017, se encuentra a disposición en la página Web, www.inamu.go.cr (viñetas Proveeduría- Adquisiciones).
San José, 10 de febrero del 2017.—Carlos Barquero Trigueros, Coordinador de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 1286.—Solicitud Nº 77441.—( IN2017110511 ).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2017
La Municipalidad del cantón Central de Alajuela, les informa que el Plan de Adquisiciones correspondiente al año 2017, se encuentra disponible para consultar en la página web de la Municipalidad de Alajuela, específicamente, en la dirección electrónica: http://www.munialajuela.go.cr/app/ y en el portal de la Plataforma de Compras Mer-link: http://www.mer-link.co.cr/index.jsp. Para más información pueden comunicarse al teléfono 2436-2356 o al fax 2440-0981.
Licda. Shilena Salas Jiménez, Proveedora Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2017110278 ).
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
PLAN
ANUAL DE ADQUISICIONES 2017
De conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley de Contratación
Administrativa y su reglamento, respectivamente, la Proveeduría de la
Municipalidad de El Guarco, por este medio, comunica a todos los interesados
que el detalle del Plan Anual de Adquisiciones para el ejercicio económico
2017, se encuentra a disposición de los mismos en nuestro sitio web
www.muniguarco.go.cr, en la pestaña de descargas, sección de documentos de
interés o bien, en el Sistema de Compras Públicas Mer-Link (SICOP).
El Tejar de El Guarco, 09 de febrero del 2017.—José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.— 1
vez.— ( IN2017110424 ).
MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES 2017
De conformidad con la Ley de Contratación Administrativa, sección
segunda, artículo 6 y el Reglamento de dicha Ley, capítulo II, artículo 7, se
comunica que el Programa de Adquisiciones para el período 2017, se encuentra a
disposición de los interesados en el sitio Web www.siquirres.go.cr, a partir
del siguiente día hábil de la presente publicación.
Dipl. Sandra Vargas Fernández, Proveedora
Municipal.— 1 vez.—( IN2017110378 ).
Modificación
al Programa de Adquisiciones
proyectado para el 2017
La Proveeduría Institucional de este Ministerio, informa a todos
aquellos interesados que el Programa de Adquisiciones proyectado para el
Ejercicio Presupuestario 2017, para la adquisición de bienes y servicios, ha
sido modificado y estará disponible, a partir del día siguiente de esta
publicación, en el Sistema de CompraRed y en el Sistema de SICOP, en forma
gratuita, en las direcciones electrónicas htpp://comprared.hacienda.go.cr y
http://www.sicop.go.cr
San José, 23 de enero del 2017.—Proveeduría.—M.Sc. Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 3400032033.—Solicitud N° 76725.—( IN2017110621 ).
PROGRAMA ACTIVIDADES CENTRALES 749
Primera Modificación al Plan Anual
de Compras 2017
De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 04 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que la Primera Modificación al Plan Anual de Compras para el año 2017 se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio de Cultura y Juventud www.mcjd.go.cr, así como en Comprared, en la dirección www.sicop.go.cr y https://www.hacienda.go.cr/comprared
San José, 13 de febrero 2017.—Dennis Portuguez Cascante, Viceministro Administrativo.—1 vez.—O. C. Nº 3400031223.—Solicitud Nº 77450.—( IN2017110531 ).
MODIFICACIÓN
PROGRAMA DE ADQUISICIONES
AÑO 2017
Descripción Fecha Fuente de Monto
estimada financiamiento aproximado
Contratación de
10000 horas I BCR US$1.379.200.00
anuales por demanda semestre
para servicios de
dirección,
asesoría y
acompañamiento
de proyectos
específicos
Adquisición,
reparación y I BCR ¢450.000.000.00
actualización de equipos de semestre
video digital para la
oficina
de seguridad.
Oficina Contratación Administrativa.—Rodrigo
Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 66348.—Solicitud Nº 77462.—(
IN2017110535 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000096-PROV
Compra de impresoras para la
Dirección de Tecnología
de
la Información y el Organismo de Investigación Judicial
Fecha y hora de apertura: 15 de marzo del 2017, a las 10:00 horas. Los carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben acceder a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/ en el aparte de “Contrataciones Disponibles”, y seleccionar el cartel en mención.
San José, 10 de febrero de 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017110523 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000002-2101
Mantas
Térmicas
Se informa a los interesados a participar en la Licitación Abreviada
N° 2017LA-000002-2101, por concepto de Mantas Térmicas, que la fecha de apertura
de las ofertas es para el día 09 de marzo del 2017, a las 10:00 a.m.
El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un
costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 14 de febrero del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.— 1 vez.—( IN2017110581 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000007-DCADM
(Enmienda N° 1 y prórroga N° 2)
Contratación
de empresa que brinde el servicio de bureau
de información (consumo según
demanda)
Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el
documento que contiene la Enmienda N° 1 de oficio al cartel, puede ser retirada
en la División de Contratación Administrativa del Banco Popular, ubicado en el
sexto piso de la sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un
horario de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Se prorroga la fecha y
hora para la apertura de ofertas de este concurso, para el día 23 febrero del
2017 a las 10:00 horas.
Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa Área de Gestión y Análisis de
Compras.—1 vez.—( IN2017110467 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000001-CNR
Contratación
de una empresa que se encargue
de promocionar al SINAES en las
ferias
vocacionales, según demanda
El Consejo Nacional de Rectores avisa a los interesados que recibirá
ofertas hasta las 14:00 horas del 28 de febrero del 2017 para la contratación
de una empresa que se encargue de promocionar al SINAES en las ferias
vocacionales, según demanda.
Para
retirar el cartel con los términos de referencia y las especificaciones
técnicas pueden descargar los archivos en la dirección: http://www.conare.ac.cr
en los siguientes enlaces: “Servicios”, “Documentos”, “Proveeduría”,
“Contrataciones y Licitaciones” o bien solicitarlo al correo electrónico:
proveeduria@conare.ac.cr
Pavas, 10 de febrero del 2017.—MAP Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 0014628.—Solicitud Nº 77373.—( IN2017110444 ).
HOSPITAL
MÉXICO
ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000003-2104
Adquisición
de Riociguat 1.0 MG, 1.5 MG,
2.0 MG y 2.5 MG
Se comunica a los interesados en el presente concurso: Fecha de
recepción de ofertas el martes 07 de marzo de 2017 a las 09:00 horas. El cartel
está disponible en el servicio de fotocopiado público, situado en el pasillo
que comunica al Banco de Sangre con el Laboratorio Clínico, planta baja de este
Hospital. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 13 de febrero del 2017.—Lic. Carmen
Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº
12.—Solicitud Nº 77442.—( IN2017110465 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000010-02
(Invitación)
Compra de repuestos y accesorios
para bicicletas
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 23 de febrero del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental, ubicado de Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al sur contiguo a la iglesia San Juan Bosco, edificio Don Bosco, primer nivel, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 77465.—( IN2017110522 ).
COMPRA DIRECTA Nº
2017CD-000005-03
(Invitación)
Compra de herramientas y
materiales
para
artesanía general
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 23 de febrero del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 25344.—Solicitud Nº 77460.—( IN2017110530 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000002-01
Contratación del
servicios integral para el suministro
de
bienes a requerir por los CEAAM del INAMU;
en
modalidad de entrega según demanda
Las personas o empresas interesadas en esta contratación se les informa que el cartel se encuentra disponible en la página web del INAMU (www.inamu.go.cr) (viñetas: PROVEEDURIA-CONTRATACION ADMINISTRATIVA) o pueden solicitarlos a aramos@inamu.go.cr
Apertura de ofertas el día 16 de marzo de 2017 a las 10:00 a.m. según lo dispuesto en el cartel.
San José, 13 de
febrero del 2017.—Carlos Barquero Trigueros,
Coordinador del Área de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 1286.—Solicitud Nº
77449.—( IN2017110526 ).
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000001-PM
Obras de infraestructura del
acueducto
municipal
de San Jerónimo
La Municipalidad de Naranjo les comunica a todos los interesados en el proceso de licitación arriba indicada, que por medio de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 20 de marzo de 2017.
El cartel de licitación se puede obtener a partir de esta publicación en las oficinas de la Proveeduría de esta Municipalidad ubicada costado norte del Templo Católico en Naranjo centro, previo pago de ¢5.000.00 (A cancelar en la Tesorería).
Naranjo, 14 de febrero del 2017.—Ólger Alpízar, Proveedor Institucional.—1 vez.—( IN2017110490 ).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
AVISOS DE
ADJUDICACIÓN
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de
contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial
en sesión N° 10-17, celebrada el 9 de febrero del año en curso, artículo IX
dispuso adjudicar de la forma siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000062-PROV
Arrendamiento
de software informático para el cálculo
y generación de reportes de
indicadores de riesgo
financiero de los portafolios de
títulos valores para
el Fondo de Jubilaciones y
Pensiones
del Poder Judicial
A: Valmer Costa Rica S. A., cédula
jurídica N° 3-101-519437.
Con un
costo mensual de $1.390,00, total anual $16.680,00. Demás características según
pliegos de condiciones.
San José, 13 de febrero del 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017110528 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2016LN-000034-01
(Adjudicación)
Contratación
de una (1) empresa que brinde los servicios
de horas por demanda para la
atención de requerimientos
y desarrollo de nuevos módulos
para aplicaciones
informáticas utilizadas en el Banco
Nacional
Se comunica a los interesados de esta Licitación Pública, que el
Comité de Licitaciones del BNCR, mediante el artículo 04 de la sesión ordinaria
1346-2017 referente a la adjudicación de la Licitación Pública 2016LN-000034-01
promovida para la “Contratación de una (1) empresa que brinde los servicios de
horas por demanda para la atención de requerimientos y desarrollo de nuevos
módulos para aplicaciones informáticas utilizadas en el Banco Nacional”, acordó
adjudicar con el siguiente detalle:
Para ver imagenes solo en La Gaceta con formato PDF
Todo conforme lo estipulado en el cartel, la oferta económica y el
informe técnico, que consta en el expediente administrativo y que forma parte
integral de la presente contratación.
La Uruca, 16 de febrero del 2017.—Proveeduría
General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes,
Supervisora Operativa.— 1 vez.—O. C. Nº 523493.—Solicitud Nº 77443.—(
IN2017110514 ).
UNIDAD COORDINADORA DEL PROYECTO
INSTITUCIONAL (UCPI) Y DEL ACUERDO
DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL
(AMI) DE UNIVERSIDAD ESTATAL
A DISTANCIA UNED
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
EDU-UNED-117-LPI-B-2015LPI-000002
(Resolución de adjudicación Nº 40)
Adquisición de servidores para
laboratorio virtual
y
equipo de comunicación para el Datacenter
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo Universitario en sesión Nº 2572-2017, Art. III, inciso 2), celebrada el 9 de febrero del 2017, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Internacional EDU-UNED-117-LPI-B-2015LPI-000002, promovida por la Universidad Estatal a Distancia en el marco del Proyecto 8194-CR Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior Costarricense y en el marco del Acuerdo de Mejoramiento Institucional (AMI) para la “Adquisición de servidores para laboratorio virtual y equipo de comunicación para el Datacenter” equipos de la iniciativa 8 para el equipamiento de la Sede Central, de la siguiente manera:
1. Declarar fracasado el Nº 2, porque ninguna de las ofertas presentadas cumple a cabalidad con lo solicitado en el cartel.
2. Adjudicar a la empresa Sonda Tecnologías de Información S. A. lo siguiente:
Nombre del proyecto: |
Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior |
País: |
Costa Rica |
Número del proyecto: |
P123146 |
Contrato referencia: |
EDU-UNED-117-LPI-B-2015LPI-000002 |
Alcance del contrato: |
“Adquisición de Servidores para Laboratorio Virtual y Equipo de Comunicación para el Datacenter” correspondiente a la iniciativa N°8 del AMI. |
Evaluación moneda: |
Dólares de los Estados Unidos de América |
Postor adjudicado: |
Sonda Tecnologías de Información S. A. |
Dirección: |
San José, Costa Rica |
Duración del contrato: |
90 días calendario. |
Lugar de entrega: |
Sede Central de la UNED |
Precio de la oferta por lote, leído en la apertura de ofertas:
Lote 1: Una unidad convergente con servidores de alto rango y sus respectivos servicios de implementación y migración. El equipo debe quedar instalado, configurado y puesto en funcionamiento por parte del adjudicatario (solución llave en mano) y a satisfacción de la Universidad.
Total adjudicado lote Nº 1: $728.544,26
Servicio conexo: $61.387,73
Tiempo de entrega: 90 días calendario
Monto total adjudicado a la empresa Sonda Tecnologías de Información S. A.: $789.931,99 |
|
Postor rechazado: |
Sistemas Eficientes S. A. (Sefisa S. A.) |
Dirección: |
San José, Costa Rica |
Precio de los lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura de ofertas: |
$329 088.00 |
Motivos del rechazo: |
Rechazar la oferta de Sistemas Eficientes S. A. (Sefisa S. A.) debido a que cotiza parcialmente, cotizando solamente la línea Nº 1 del lote 2, por lo tanto no cumple con lo establecido en la cláusula 1.1 de la sección II Datos de la Licitación DDL del cartel. |
Postor rechazado: |
Business Solution Consulting BSC
S. A. |
Dirección: |
San José, Costa Rica |
Precio de los lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura de ofertas: |
$216 579.34 |
Servicios conexos: |
$2 400,00 |
Motivos del rechazo: |
Rechazar la oferta de la empresa Business Solution Consulting BSC S. A. debido a que no cumple con el requisito de ser distribuidor autorizado, dado que el fabricante le retiró la distribución del bien ofertado por lo que el equipo no cuenta con el respaldo del fabricante solicitado. |
Postor rechazado: |
Datasys Group S. A. |
Dirección: |
San José, Costa Rica |
Precio de los lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura de ofertas: |
$682 090.38 |
Servicios conexos: |
$39 605,27 |
Motivos del rechazo: |
Rechazar la oferta de la empresa Datasys Group S. A. debido a que su oferta presentó los siguientes incumplimientos técnicos: |
Lote Nº 1: inciso 1.1.4: se solicita controladoras unificadas y lo ofertado son controladoras independientes, por lo tanto no cumple con lo solicitado en el cartel.
Sabanilla, 14 de febrero del año 2017.—Oficina de Contratación y Suministros UNED.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017110335 ).
LICITACIÓN PÚBLICA
N° 2016LN-000002-99999
(Resolución
de adjudicación N° 04)
Servicios
de seguridad privada para varios
centros universitarios de la UNED
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en
la presente Licitación, que el Consejo Universitario en sesión N° 2571-2017.
Art. IV), inciso 1-a), celebrada el 9 de febrero del 2017, acordó:
Avalar la recomendación de la Comisión de
Licitaciones, y adjudicar la Licitación Pública N° 2016LN-000002-99999,
“Servicios de seguridad privada para varios centros universitarios de la UNED”,
de la siguiente manera:
I. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por Seguridad y
Soluciones Empresariales Alarcom S. A., por cuanto no atendió en tiempo y forma
la prevención de subsanar.
II. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por AMC de
Sarapiquí, S. A., por cuanto incumplió con el requisito de admisibilidad en
cuanto a la cláusula de reajuste de precio indicada en el cartel.
III. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por Swat Black
Security S. A., por cuanto incumplió con el requisito de admisibilidad en
cuanto a la cláusula de reajuste de precio indicada en el cartel.
IV. Dejar fuera de concurso la oferta presentada por G.S.E Grupo de
Seguridad Empresarial S. A., por cuanto no atendió en tiempo y forma la
prevención de subsanar.
V. Dejar fuera de concursos la oferta presentada por Comando de
Seguridad Delta S. A., para los ítems 2-4, por cuanto presenta un precio
inferior al estudio realizado por la Oficina de Servicios Generales según nota
OSG-107-2016.
VI. Readjudicar la Licitación Pública N° 2016LN-000002-99999, “servicio
de seguridad privada para varios centros universitarios de la UNED”, con base
en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente
manera:
a. A la empresa Consultoría
& Inversiones F.I.C.O. S. A, lo siguiente:
Ítem 1: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el
Centro Universitario de la UNED en Pavón, por un periodo de 2 años, con
prórrogas de dos periodos adicionales, para un total de 6 años.
Dicho servicio atendiendo lo siguiente:
a. Un oficial que cubra un puesto de seguridad en el centro
universitario, las 24 horas del día, los 365 días incluidos feriados y asuetos.
Incluye un oficial adicional para los periodos de matrícula, los cuales son de
una semana completa, de las 8:00 a.m. a las 8:00 p.m., de lunes a sábado, día
domingo de las 8:00 a.m. a las 2:00 p.m.; en los meses de enero, mayo y agosto.
b. Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones
técnicas generales. Aplica igual para los días feriados.
Precio mensual: ¢ 2.140.000,00, monto total
por 24 meses adjudicado al oferente Consultoría & Inversiones F.I.C.O., S. A: ¢51.360.000,00.
b. A la empresa Seguridad
y Vigilancia Sevin Ltda., lo siguiente:
Ítem 2: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el
Centro Universitario de la UNED en Guápiles, por un periodo de 2 años, con
prórrogas de dos años adicionales, para un total de 6 años.
Dicho servicio atendiendo lo siguiente:
a. Un oficial que cubra un puesto de seguridad en el centro
universitario, 8 horas diarias, los 365 días incluidos feriados y asuetos, con turnos de 8 horas rotativas de
Lunes a Viernes en conjunto con los oficiales de la UNED.
b. Dos oficiales los sábados y domingos con turnos de 8 horas
rotativas de acuerdo al roll de trabajo en conjunto con los oficiales de la
UNED (cubriendo libres de oficiales UNED).
Incluye
un oficial adicional para los periodos de matrícula, los cuales son de una
semana completa, de las 8:00 a. m. a las 8:00 p. m., de lunes a sábado, día
domingo de las 8:00 a.m. a las 2:00 p. m.; en los meses de enero, mayo y
agosto.
c. Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones
técnicas generales. Aplica igual para los días feriados.
Precio mensual: ¢925.185,85, monto total por
24 meses adjudicado al oferente Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda.: ¢22.204.460,40.
c. A la empresa Consultoría
& Inversiones F.I.C.O., S.A, lo siguiente:
Ítem 3: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el
Centro Universitario de la UNED en Siquirres, por un periodo de 2 años, con
prórrogas de dos años adicionales, para un total de 6 años.
Dicho servicio atendiendo lo siguiente:
a. Dos oficiales que cubra un puesto de seguridad en el centro
universitario, 16 horas del día, los 365 días incluidos feriados y asuetos, con
turnos de 8 horas cubriendo de 2:00 pm a 10:00 p. m. y de 10:00 pm a 6:00 am de
lunes a sábado, Domingos cubriendo 24 horas por libre del oficial UNED.
Incluye
un oficial adicional para los periodos de matrícula, los cuales son de una
semana completa, de las 8:00 a. m. a las 8:00 p. m., de lunes a sábado, día
domingo de las 8:00 a. m. a las 2:00 p. m.; en los meses de enero, mayo y
agosto.
b. Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones
técnicas generales.
Aplica igual para los días
feriados.
Precio mensual: ¢1.440.000,00, monto total
por 24 meses adjudicado al oferente Consultoría & Inversiones F.I.C.O., S.A: ¢34.560.000,00.
d. A la empresa Seguridad
y Vigilancia Sevin Ltda., lo siguiente:
Ítem 4: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el
Centro Universitario de la UNED en Cañas, por un periodo de 2 años, con
prórrogas de dos periodos adicionales, para un total de 6 años.
Dicho servicio atendiendo lo siguiente:
a. Un oficial que cubra un puesto de seguridad en el centro
universitario, 8 horas diarias, los 365 días incluidos feriados y asuetos, con
turnos de 8 horas rotativas de lunes a viernes en conjunto con los oficiales de
la UNED.
b. Dos oficiales los sábados y domingos con turno de 8 horas rotativas
de acuerdo al roll de trabajo en conjunto con los oficiales de la UNED
(cubriendo libres de oficiales UNED).
Incluye
un oficial adicional para los periodos de matrícula, los cuales son de una
semana completa, de las 8:00 a. m. a las 8:00 p. m., de lunes a sábado, día
domingo de las 8:00 a. m. a las 2:00 p. m.; en los meses de enero, mayo y
agosto.
c. Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones
técnicas generales.
Aplica
igual para los días feriados.
Precio mensual: ¢925.185,85, monto total por
24 meses adjudicado al oferente Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda: ¢22.204.460,40
e. A la empresa Consultoría
& Inversiones F.I.C.O. S.A, lo siguiente:
Ítem 5: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el
Centro Universitario de la UNED en Quepos, por un periodo de 2 años, con
prórrogas de dos periodos adicionales, para un total de 6 años.
Dicho servicio atendiendo lo siguiente:
a. Dos oficiales que cubra un puesto de seguridad en el centro
universitario, 16 horas del día, los 365 días incluidos feriados y asuetos, con
turnos de 8 horas rotativas de lunes a sábado en conjunto con el oficial de la
UNED, Domingos cubriendo 24 horas por libre del oficial UNED.
b. Incluye un oficial adicional para los periodos de matrícula, los
cuales son de una semana completa, de las 8:00 a.m. a las 8:00 p. m., de lunes
a sábado, día domingo de las 8:00 a. m. a las 2:00 p.m.; en los meses de enero,
mayo y agosto.
c. Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones
técnicas generales.
Aplica
igual para los días feriados.
Precio mensual: ¢1.440.000,00 monto total por
24 meses adjudicado al oferente Consultoría & Inversiones F.I.C.O. S.A: ¢34.560.000,000
f. A la empresa J W
Investigaciones S. A., lo siguiente:
Ítem 6: Servicio de Seguridad y Vigilancia en la
Casona Jesús Jiménez, por un periodo de 2 años, con prórrogas de dos periodos
adicionales, para un total de 6 años.
Dicho servicio atendiendo lo siguiente:
a. Un oficial que cubra un puesto de seguridad en el centro universitario,
las 24 horas del día, los 365 días incluidos feriados y asuetos, de lunes a
domingo.
b. Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones
técnicas generales.
Aplica
igual para los días feriados.
Precio mensual: ¢2.099.613,91 monto total por
24 meses adjudicado al oferente J W Investigaciones S. A: ¢50.390.733,76.
Los oferentes deberán ofrecer una garantía de cumplimiento, la cual
cubrirá todo el plazo contractual.
Sabanilla, 13 de febrero del 2017.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefe, Oficina de Contratación y Suministros.—1 vez.—( IN2017110510 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000044-PRI
Mantenimiento de zonas verdes en
la región Huetar Caribe
El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Gerencia General Nº GG-2017-095 del 09 de febrero del 2017, se adjudica la presente licitación de la siguiente manera:
Oferta Nº 1: Multinegocios Internacionales América S. A. Mutiasa, posición 2 por un monto total anual de ¢6.943.389,24.
Oferta Nº 3: Servicios Piñar S. A., posiciones 1 y 3 a la 8 por un monto total anual de ¢24.842.075,16.
Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.
Licda. Jeniffer
Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 77407.—(
IN2017110333 ).
UNIDAD
REGIONAL PACÍFICO CENTRAL
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016CD-000007-07
(Desierta)
Alquiler
de solución de administración centralizada de
virtualización de las estaciones de trabajo
y las
aplicaciones utilizadas para los usuarios
docentes
y administrativos del centro
de formación
profesional de Puntarenas, incluyendo
aulas
y laboratorios estudiantiles
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del
Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el concurso de la Licitación
Abreviada 2016LA-000007-07 “Alquiler de solución de administración centralizada
de virtualización de las estaciones de trabajo y las aplicaciones utilizadas
para los usuarios docentes y administrativos del Centro de Formación
Profesional de Puntarenas, incluyendo aulas y laboratorios estudiantiles”, de
acuerdo al acta de la Comisión Local Regional de Adquisiciones, Nº 02-2017, del
9 de febrero de 2017, artículo II y según resolución de la Asesoría Legal
URPC-AL-005-2017, se resuelve declarar desierto dicho concurso.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de
Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 77434.—( IN2017110427 ).
LICITACIÓN PÚBLICA
N° 2016LN-000003-03
CONTRATACIÓN
DE SERVICIOS DE REMODELACIÓN
ELECTROMECÁNICA Y ARQUITECTÓNICA
DE LAS
PLANTAS DIDÁCTICAS DE LA CIUDAD
TECNOLÓGICA
MARIO ECHANDI JIMÉNEZ,
REMODELACIÓN DE LAS
TRES COCINAS DIDÁCTICAS EN EL
CD.T DE INDUSTRIA
ALIMENTARIA Y CONTRATACIÓN DE
REMODELACIÓN
ELÉCTRICA Y SUMINISTRO DE EQUIPO
PARA LA
INCLUSIÓN DE PLANTAS ELÉCTRICAS
PARA LA
CIUDAD TECNOLÓGICA MARIO ECHANDI
JIMÉNEZ
DE LA UNIDAD REGIONAL CENTRAL
OCCIDENTAL
La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión
4777 celebrada el 6 de febrero del 2017 artículo XI, recomienda la adjudicación
de la licitación en referencia en los siguientes términos:
• Adjudicar la Licitación Pública 2016LN-000003-03 para la
Contratación de servicios de remodelación electromecánica y arquitectónica de
las plantas didácticas de la Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez,
remodelación de las tres cocinas didácticas en el CD.T de Industria Alimentaria
y contratación de remodelación eléctrica y suministro de equipo para la
inclusión de plantas eléctricas para la Ciudad Tecnológica Mario Echandi
Jiménez de la Unidad Regional Central Occidental, según el dictamen técnico
URMA-PAM-643-2016, URMA-PAM-974-2016 y URMA-PAM-987-2016, en el Dictamen Legal
URCOC-AL-136- 2016, realizados por las dependencias responsables de analizar
las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el punto
8 del cartel, de la siguiente manera:
- Adjudicar la línea N° 1 al oferente N° 4 BC Ingeniería y Desarrollo S.
A., por un
monto razonable de $1.685.846,66 y con un plazo de entrega de 160 días hábiles.
- Adjudicar la línea N° 2 al oferente N° 4 Eprem Electricidad y Potencia
S. A., por un
monto razonable de ¢352.446.139,00 y con un plazo de entrega de 86 días
hábiles.
Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de
Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 77433.—( IN2017110436 ).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000025-02
Contratación
de los servicios de mensajería
y ambiente de colaboración en
La Nube
Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según acuerdo
tomado por la Gerencia de Admiración y Finanzas de Recope, mediante oficio
GAF-0234-2016, de fecha 10 de febrero del 2017, de acuerdo con el siguiente
detalle:
Para ver imagenes solo en La Gaceta con formato PDF
Notas importantes:
1. El
adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la
firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de
cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con
una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de
recepción definitiva del objeto del contrato.
2. El presente concurso se formalizará a partir de la emisión del
respectivo pedido. A efecto de la legalización, se deberán reintegrar las
especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato,
pagadero en su totalidad por el contratista.
3. El servicio se está contratando por el periodo de cuatro años.
4. Se entiende la línea 3 bajo el esquema por consumo, por lo que RECOPE
se establece un tope máximo de $19.839,50 (considerando el tipo de cambio de
¢564,53/$ de referencia del Banco Central de Costa Rica) para la misma sin
estar obligado a su consumo, en tanto es un rubro variable de acuerdo con las
necesidades.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del
sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y
contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.
Ing. Norma Álvarez Morales, Directora-Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº 2017000142.—Solicitud Nº 77569.—(
IN2017110600 ).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
Conforme a lo dispuesto en el artículo 46° de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 122° del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se invita a todas las personas físicas y jurídicas a inscribirse en el Registro de Proveedores o a realizar la actualización de datos, a efectos de ser considerados dentro de los concursos que promueve esta Administración.
Los requisitos se podrán ubicar en el Departamento de Proveeduría de la Institución o en la página de la http://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Proveeduria
San José, 09 de febrero 2017.—Marianela Avalos Agüero, Directora a. í.—1 vez.—O. C. Nº 27052.—Solicitud Nº 77361.—( IN2017110607 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2009CD-009129-UC
Mantenimiento
preventivo y correctivo del sistema de alarmas
e instalación, remodelación y
ampliación de alarmas del INS
Procedimiento Administrativo Sancionatorio incoado en contra de EIDOS
Sociedad Anónima. Se le notifica a la sociedad EIDOS Sociedad Anónima, que
mediante resolución contenida en oficio PA-00028-2017 del 25 de enero del 2017,
visible a folios 0036 al 0049 del expediente administrativo, se emitió el
Traslado de Cargos del Procedimiento Administrativo 2014PA-0009-G en contra de
dicha sociedad, en razón del presunto incumplimiento en la ejecución del contrato derivado de la Contratación
Directa 2009CD-009129-UC, denominada “Mantenimiento preventivo y correctivo del
sistema de alarmas e instalación, remodelación y ampliación de alarmas del
INS”, suscrito entre la sociedad EIDOS S. A. y el Instituto Nacional de
Seguros. Habiéndose agotado las formas de localización posibles para dar
cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Administración Pública,
artículos 240, 241 inciso 4), 242 y la Ley de Notificaciones, Citaciones y
otras Comunicaciones Oficiales. Notifíquese.—San José,
30 de enero del 2017.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Francisco Cordero
Fallas, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 18523.—Solicitud N°
76855.—( IN2017109329 ).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
El Subproceso de Proveeduría de la Municipalidad de Alajuela, de conformidad con los artículos 116 y 122 del Reglamento de Contratación Administrativa invita a las personas físicas y jurídicas que deseen participar en los procesos de contratación administrativa realizados por ésta institución para que formen parte de nuestro registro de proveedores, y a aquellos proveedores que, actualmente, se encuentran inscritos para que actualicen la información registrada, en caso de haber sufrido modificaciones.
El formulario de registro puede ser retirado en la oficina de la Proveeduría Municipal, situada en el tercer piso de la Municipalidad de Alajuela, situado 100 metros oeste de la Iglesia La Agonía, o bien en la página general de la Municipalidad de Alajuela. Las consultas sobre el particular serán atendidas al teléfono 2436-2356 o al correo electrónico johanna.madrigal@munialajuela.go.cr.
Además, se les informa que la Municipalidad de Alajuela es una institución compradora por medio del Sistema de Compras Electrónicas Mer-link, razón por la que se les recomienda registrarse como proveedores en dicho sistema. Información adicional puede ser consultada en la dirección electrónica: http://www.mer-link.co.cr/index.jsp o al teléfono 800-6375465 / 800Merlink.
Licda. Shilena Salas Jiménez, Proveedora Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2017110277 ).
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
Inscripción
y actualización del Registro de Proveedores
De conformidad con el artículo 116 del Reglamento a la Ley de la
Contratación Administrativa, la Municipalidad de El Guarco informa a todos los
interesados en formar parte de nuestro Registro de Proveedores, que de
conformidad con el art. 2 del Decreto Ejecutivo Nº 38830-H-MICCIT, que para
trámites de inscripción, actualización o consultas al respecto, esta
Institución, se encuentra laborando mediante el Sistema de Compras Públicas
Mer-link (SICOP), por lo que pueden comunicarse a la línea 1311, opción 10 o al
correo electrónico consultas@sicop.go.cr, así publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 166 del martes 30 de agosto
del 2016.
El Tejar de El Guarco, 09 de febrero del 2017.—Proveeduría.—José Ml. González Molina, Proveedor
Municipal.— 1 vez.—( IN2017110470 ).
OFICINA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACION
ABREVIADA Nº 2017LA-000003-01
(Modificación Nº 1)
Remodelación
interna BCR San Rafael de Escazú
(Trejos Montealegre)
El Banco de Costa Rica informa a todos los interesados en la
licitación en referencia que la fecha de apertura se ha trasladado para el
martes 28 de febrero del 2017, a las 10:30 a.m.
Además
el cartel ha sufrido modificaciones y también hay aclaraciones las cuales
pueden ser retiradas en nuestra oficina con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.
Francis Hernández M., Licitaciones.—1 vez.—O.
C. N° 66348.—Solicitud
N° 77427.—( IN2017110440 ).
GERENCIA
DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN
DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
CONTRATACION
DIRECTA N° 2017CD-000001-4402
Construcción
y equipamiento de la Unidad de Medicina
Reproductiva de Alta Complejidad
Hospital
de las Mujeres Dr. Adolfo Carit
Eva
(Modificación
N° 1)
Se les informa a los interesados del presente concurso, que pueden
descargar la modificación N° 1 al cartel, en el siguiente link:
www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=4402, o puede presentarse en las
oficinas de la Dirección de Arquitectura e Ingeniería, en el piso número 12,
del edificio Jenaro Valverde (anexo), ubicado en San José, avenida 4ta,
calles 5 y 7, de lunes a jueves de 07:00 a.m. a 03:30, y viernes de 07:00 a.m.
a 02:30 p.m. Favor traer un DVD o cualquier otro dispositivo de almacenamiento
digital. Información al Teléfono: 2539-0000 extensión 5843.
San José, 13 de febrero del 2017.—Subárea
Gestión Administrativa y Logística.—Licda. Yerlin Yesenia Blanco Robles, Jefa.—1 vez.—( IN2017110441 ).
REFINADORA
COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2016LN-000004-02
Construcción
de tanque de acero en el
Aeropuerto Daniel Oduber en
Liberia
En La
Gaceta N° 28
del día 8 de febrero se publicó la prórroga N° 1 a la fecha de apertura y
recepción de ofertas, siendo lo correcto la prórroga N° 2 quedando la misma
establecida para el día 20 de febrero del 2017 a las 10:00 horas.
Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2017000142.—Solicitud Nº 77334.—(
IN2017110373 ).
MUNICIPALIDAD
DE ALAJUELA
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2016LN-000006-01
Compra
de Equipo, Instalación y Mantenimiento de una Red
de Cámaras de Seguridad dentro
del Cantón de Alajuela
En referencia a la Licitación Pública N° 2016LN-000015-01, denominada,
“Compra de Equipo, Instalación y Mantenimiento de una Red de
Cámaras de Seguridad dentro del Cantón de Alajuela”, el Sub Proceso de
Proveeduría, con base en el Artículo N° 60, -“Modificaciones, Prórrogas y Aclaraciones”-
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, informa que la
recepción de ofertas para la supracitada licitación se traslada para las 15:00
horas del 20 de marzo del 2017, por motivo dar respuesta a las aclaraciones
presentadas.
Sub-Proceso de Proveeduría.—Licda. Shilena Salas Jiménez, Coordinadora a. í.—1 vez.—( IN2017110279 ).
MUNICIPALIDAD
DE BUENOS AIRES
Transcribo acuerdo de la Corporación Municipal de Buenos Aires, de
Sesión Ordinaria 35-2017, celebrada el día 09 de enero del año en curso, que en
letra dice
SE
ACUERDA:
Aprobar el Reglamento de Karaoke y similares
de la Municipalidad de Buenos Aires, así mismo realizar la publicación en el
Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo unánime y definitivamente aprobado.
REGLAMENTO
DE KARAOKE Y SIMILARES
Antecedentes: El cantón de Buenos Aires ha experimentado en los
últimos años un crecimiento acelerado de las actividades comerciales, entre las
que se destacan las de diversión en bares y salones. Esta situación ha traído
consigo una actividad que a pesar de su antigüedad en el medio es novedosa en
el comercio: Los denominados karaokes, instalados en cantinas restaurantes,
salones de baile y otros centros de diversión. La actividad no ha sido regulada
por la Municipalidad, por lo que en los lugares donde ha proliferado, realizan
ésta actividad sin ningún control de horarios ni límites de ruido, lo que
ocasiona molestias a los vecinos en sus horas de descanso. Este reglamento
busca ordenar todas las actuaciones relacionadas con las actividades citadas.
Por lo anterior y con base al artículo 43 del Código Municipal se somete a
aprobación el Presente Proyecto de Reglamento de Karaoke y Similares.
Artículo
1°—Denomínese karaoke aquel sistema amplificado de sonido que permite a las
personas cantar, con acompañamiento de pistas musicales pregrabadas.
Artículo
2°—Toda actividad social con karaoke en establecimientos comerciales, deberá de
contar con la correspondiente patente de la Municipalidad de Buenos Aires para
su realización.
Artículo
3°—La solicitud de patente para la realización de actividades con karaoke en
locales comerciales, deberá presentarse ante el Departamento de Administración
Tributaria, dicho Departamento verificará la situación de la Patente del establecimiento
donde se llevará a cabo, así como otros requisitos y continuará con su trámite
y aprobación o rechazo, de conformidad con lo establecido por los artículos 80
y 81 del Código Municipal.
Artículo 4.°—En ningún caso se autorizarán actividades con karaoke más
allá de las veintitrés horas y ésta constituirá la hora límite en que deberá
cesar completamente la utilización del equipo de karaoke.
Artículo
5°—La actividad con karaoke, deberá respetar en todo momento la normativa que
establece la Ley General de Salud, referente a los niveles autorizados de
sonido, situación que deberá demostrarse con documento emitido por el Ministerio
de Salud.
Artículo
6°—A toda solicitud para patente para realizar actividades con Karaoke, los
interesados deberán acompañar los siguientes requisitos:
1. Permiso
de funcionamiento del Ministerio de Salud.
2. Llenar el formulario de solicitud de patente, aportando lo que el
mismo indica.
3. Lugar preciso donde atender notificaciones.
Artículo 7º—Toda infracción a este Reglamento acarrearán las sanciones
establecidas en el artículo 81 bis del Código Municipal. Rige a partir de su
publicación.
Proveeduría.—Lic. Albán Serrano Siles;
Proveedor Institucional.—1 vez.—( IN2017108387 ).
COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
COMUNICA:
Con las potestades otorgadas en el Decreto Ejecutivo N° 37717-S “Reglamento
de Maestrías y Doctorados en Áreas de las Ciencias Médicas”, la Junta de
Gobierno en la sesión ordinaria 2016-12-07 celebrada el 07 de diciembre del
2016, acordó lo siguiente:
Cambiar el nombre de la Maestría en
Valoración Médica de Incapacidades y Daño Corporal para la Protección Social al
siguiente término: Maestría en Valoración Médica del Daño Corporal.
Que el término: Maestría en
Valoración Médica de Incapacidades y Daño Corporal para la Protección Social
sea incluida como sinónimo de la misma.
Modificar el Reglamento de
Maestrías y Doctorados Académico en las Áreas de las Ciencias Médicas Nº
37717-S publicado en La
Gaceta Nº 111
del 11 de junio de 2013, para que en adelante se lea de la siguiente manera:
Incluir la Maestría en Valoración Médica del
Daño Corporal en la lista oficial reconocida por el Colegio de Médicos y
Cirujanos de Costa Rica.
Establecer de carácter
obligatorio para los médicos que soliciten la inscripción en la Maestría en
Valoración Médica del Daño Corporal, el cumplimiento de todos los requisitos
establecidos en el Reglamento de Maestrías y Doctorados Académicos en Áreas de
las Ciencias Médicas y demás legislación relacionada vigente.
Reconocer como sinónimos de esta
maestría los siguientes términos:
Maestría en Valoración Médica de
Incapacidades y Daño Corporal para la Protección Social.
Maestría en Medicina Evaluadora
y Peritaje Médico.
Maestría en Valoración del Daño
Corporal.
Maestría en Evaluación del Daño
Corporal.
Maestría en Valoración del Daño
Personal y Medicina del Seguro.
Dr. Andrés Castillo Saborío, Presidente.—1 vez.—( IN2017108528 ).
La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el numeral 1 del
artículo 8 del acta de la sesión 5755-2017, celebrada el 1° de febrero del
2017,
considerando que:
A. El artículo 61 de la Ley Orgánica de Banco Central de Costa Rica,
Ley 7558, del 27 de noviembre de 1995, faculta al Banco Central de Costa Rica a
efectuar operaciones de mercado abierto mediante captaciones o emisión de
títulos propios.
B. Mediante el artículo 6, del acta de la
sesión 5403-2008, celebrada el 19 de noviembre del 2008, fueron puestas en
vigencia las Políticas Generales para la Administración de Pasivos. Estas
políticas establecen los lineamientos para la gestión de los pasivos con costo
del Banco Central de Costa Rica.
C. Es imprescindible que la Administración cuente con los
instrumentos y los mecanismos necesarios para una adecuada gestión de los
pasivos de la institución, de conformidad con lo dispuesto en las Políticas
Generales para la Administración de Pasivos.
D. En las Políticas Generales para la Administración de Pasivos se
definen las facultades de la División Gestión de Activos y Pasivos en lo
concerniente a la gestión de los pasivos con costo, la ejecución y el
cumplimiento de dichas políticas.
E. Es relevante contar con los insumos más oportunos para realizar
la mejor valoración posible de los instrumentos financieros que se emiten y se
negocian en el país.
F. Es deseable que las tasas de interés que se
fijen para los cupones de los nuevos instrumentos por emitir sean lo más
cercanas posibles a las tasas vigentes en el mercado en el momento de su
emisión, y sean obtenidas de la curva de rendimiento soberana publicada por el
Banco Central de Costa Rica.
G. Esta definición de la tasa de cupón, no brinda facultades
adicionales a la Administración, ya que la tasa relevante al efectuar las
emisiones es el rendimiento de mercado al que se coloque y el precio es la
variable que ajusta la diferencia entre la tasa de cupón y la tasa de
rendimiento de mercado.
dispuso en firme:
Agregar en el artículo 6°, de las Políticas Generales para la
Administración de Pasivos, específicamente dentro del literal b., la siguiente
potestad para la División Gestión de Activos y Pasivos:
“b.- …
…
…
…
¡ …
Definirá la tasa de cupón bruta
de las series ya aprobadas por la Junta Directiva que serán utilizadas como
parte de la Estrategia de Colocación de Deuda del período correspondiente. Para
ello, tendrá en cuenta el plazo remanente de cada serie y utilizará como referencia
la tasa de rendimiento vigente para dicho plazo en la Curva Soberana de Costa
Rica, publicada por el Banco Central de Costa Rica, con una antigüedad no mayor
a 3 semanas antes de la utilización, por primera vez, del instrumento en
mercado primario.”
La presente modificación reglamentaria rige a partir del 2 de febrero
del 2017.
Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1
vez.—O. C. Nº
420000991.—Solicitud Nº 76974.—( IN2017108781 ).
VICERRECTORÍA
DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-5462-2016.—Peinador
Roldán María del Pilar, costarricense, Nº 1-0657-0975, ha solicitado reposición del
título Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito
que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, a los seis días del mes de diciembre del año dos
mil dieciséis.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge,
Director.—( IN2017108472 ).
INFORMA
CONTRATO DE USO
COMPARTIDO
DE INFRAESTRUCTURA
La
Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que las empresas
Coopeguanacaste, R.L y Televisora Costa Rica Sociedad Anónima, han firmado un
Contrato de Servicios de Uso Compartido de Infraestructura, el cual podrá ser
consultado y reproducido en el expediente C0476-STT-INT-00503-2017 disponible
en las oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark, edificio
Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de
08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de
Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los
interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación
de este aviso, para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y
con una copia en soporte magnético.
San
José, 10 de febrero del 2017.—Luis Alberto Cascante
Alvarado, Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº OC-2808-17.—Solicitud Nº
77526.—( IN2017110515 ).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
EDICTO
Nº
001-2017.—Para los fines consiguientes el Departamento
de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Intelectivacosta
Rica SR. Ltda., cédula Nº 3-102696354, ha presentado solicitud de traspaso de
la patente comercial cuenta Nº 2463 a nombre de Intelectivacosta Rica S. A.,
cédula Nº 3-101-696354. La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días
naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.
San
Pedro de Montes de Oca, 09 de enero del 2017.—Departamento
de Patentes.—Liliana Barrantes Elizondo, Jefa.—Melania Solano Coto.—1 vez.—(
IN2017108747 ).
LA CORNELIA LTDA
Por
este medio se convoca a los cuotistas de La Cornelia Ltda., a la asamblea
general ordinaria que se efectuará en esta ciudad, a las 11:00 horas del
viernes 17 de marzo de 2017, en las oficinas de Lex Counsel, edificio
Terraforte, 4º piso, de la parte de atrás de Multiplaza 150 metros al sur,
Guachipelín de Escazú, San José.
Esta asamblea tendrá
por objeto lo siguiente:
1. Validación
del quórum.
2. Reporte
de Gerencia.
3. Aprobación
de estados financieros auditados del período 2015-2016.
4. Acuerdo
sobre dividendos y su distribución.
5. Aprobación
de contrato de auditoría externa para el período 2016-2017.
6. Otros
asuntos para discusión.
7. Declaratoria
de acuerdos firmes.
8. Autorización
para protocolizar el acta en lo conducente.
9. Cierre
de la sesión.
San José, 13 de febrero de 2017.—Armando
Guardia Sasso y Rodrigo Zapata Monge, Representantes Legales.—1 vez.—(
IN2017110438 ).
CAFETALERA TOURNON LTDA
Por este medio se convoca a los cuotistas de
Cafetalera Tournon Ltda., a la asamblea general ordinaria que se efectuará en
esta ciudad, a las 10:00 horas del viernes 17 de marzo de 2017, en las oficinas
de Lex Counsel, edificio Terraforte, 4º piso, de la parte de atrás de
Multiplaza 150 metros al sur, Guachipelín de Escazú, San José.
Esta asamblea tendrá
por objeto lo siguiente:
1. Validación
del quórum.
2. Reporte
de Gerencia.
3. Aprobación
de estados financieros auditados del período 2015-2016.
4. Acuerdo
sobre dividendos y su distribución.
5. Aprobación
de contrato de auditoría externa para el período 2016-2017.
6. Otros
asuntos para discusión.
7. Declaratoria
de acuerdos firmes.
8. Autorización
para protocolizar el acta en lo conducente.
9. Cierre
de la sesión.
San José, 13 de febrero de 2017.—Armando
Guardia Sasso y Rodrigo Zapata Monge, Representantes Legales.—1 vez.—(
IN2017110442 ).
CONDOMINIO
CENTRO COMERCIAL EL PUEBLO
La Junta Administradora del Condominio Centro Comercial El Pueblo convoca
a asamblea general ordinaria de propietarios que se celebrara a las 16:00 horas
del día 2 de marzo del dos mil diecisiete, en la Sala de Eventos Suraska, local
14 del Condominio, con la presencia de los asambleístas que representen al
menos dos tercios del valor del Condominio. En caso que a la hora indicada no
hubiere el quórum de Ley, la asamblea dará inicio en segunda convocatoria una
hora más tarde con cualquier número de propietarios presentes o representados.
La
agenda u orden del día es como sigue:
1) Comprobación
del quórum
2) Elección de presidente y secretario de la asamblea
3) Elección Junta Administradora periodo 2017-2018
4) Asuntos varios
5) Cierre de la asamblea
Marlon Medina Robleto,
Junta Administradora.—1 vez.—( IN2017110508 ).
DANISA S.
A.
Se convoca a los socios de Danisa S.A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-setecientos ocho mil seiscientos sesenta y dos a la asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios a celebrarse el 20 de marzo del
2017, a las 18:00 horas en primera convocatoria y a las 19:00 horas en segunda
convocatoria con los socios presentes, en Heredia, Santa Cecilia, Urbanización
La Cumbre casa Siete K, orden del día: La Disolución de la Sociedad.—María
Isabel Elizondo Calderón, Presidenta.—1 vez.—( IN2017110585 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
PANAMERICAN
WOODS PLANTATIONS
SOCIEDAD ANÓNIMA
Panamerican Woods Plantations, Sociedad Anónima, cédula Jurídica
número 3-101-243251, hace del conocimiento público que por motivo de extravío,
el señor William Boyle ha solicitado la reposición de las acciones número,
7009-1 a 5 y 7470-1 a 5. Se emplaza a cualquier interesado que en el término de
un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifieste su oposición
dirigida a: Panamerican Woods Piantations S. A., domicilio en San José, Mata
Redonda, Sabana Norte, esquina sureste de la intersección entre calle 68 y
avenida 9A.—Dr. Néstor Baltodano Vargas, Presidente.—(
IN2017108360 ).
UNIVERSIDAD
TECNOLÓGICA COSTARRICENSE
DEPARTAMENTO
DE REGISTRO
HACE CONSTAR:
Que: Ante el Departamento de Registro de la Universidad Tecnológica
Costarricense, se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por
extravío, correspondiente al título de Ingeniería en Sistemas Computacionales,
grado académico Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo el tomo
01, folio 37, asiento 522 con fecha del 10 de diciembre del 2004, a nombre de
Melissa Viviana Saborío Rodríguez, cédula de identidad número 11027-0538. Se
publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término
de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Se extiende la presente en San
José, Costa Rica, a los catorce días del mes de enero del dos mil diecisiete a
solicitud de la interesada.—Lic. Dayana Castro Fallas, Directora de Registro.—( IN2017108394 ).
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S.
A.
El
San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 1387 a nombre
de José Vega Carballo, cédula de identidad Nº 1-0305-0773 por haberse
extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse
ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro
del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 06 de
febrero del 2017.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—(
IN2017108459 ).
LINEAS
AÉREAS COSTARRICENSES S. A.
Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas
Aéreas Costarricenses S. A. (Lacsa), hace constar a quien interese que, por
haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de
acciones:
Certificado N° Acciones Serie
7857 300 A
7858 400 A
7859 400 B
7860 400 B
7861 602 B
Nombre del accionista: Grupo AISFA Sociedad Corredora de Seguros.
Folio N° 7716.
San José, 30 de enero del 2017.—Norma Naranjo
M., Gerente de Accionistas.—( IN2017108508 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
URRACA DE CIELO LIMITADA
La suscrita, Kristyna Ann Warner, de único
apellido en razón de su nacionalidad canadiense, mayor de edad, casada una vez,
diseñadora de interiores, antiguamente portadora del pasaporte de su país
número JK uno tres nueve cinco siete dos, y actualmente portadora del pasaporte
de su país número GL cuatro siete dos cuatro ocho siete, vecina de Guanacaste,
Santa Cruz, Playa Tamarindo, en Condominio The Oaks número tres, en mi
condición de gerente dos con Facultades de Apoderada Generalísima sin Límite de
Suma de la sociedad Urraca De Cielo Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-quinientos cuatro mil doscientos noventa y tres, sociedad
domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo, cien metros sur del
restaurante Wok and Roll, por este medio hago constar a cualquier tercero
interesado en vista de que los libros de a) Registro de Cuotistas, b) Acta de
Asamblea de Cuotistas y c) Actas del Consejo de Administración, fueron
extraviados procederemos a reponer los mismos. Se emplaza a partir de esta
publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones en el domicilio de
la sociedad. Pasaporte GL 472487. Es todo.—01 de
febrero del 2017.—Krystina Ann Warner, Apoderada Generalísima.—1 vez.—(
IN2017108731 ).
TANNER ONE CORPORATION
E.K.W. LIMITADA
La
suscrita, Kristyna Ann Warner, de único apellido en razón de su nacionalidad
canadiense, mayor de edad, casada una vez, diseñadora de interiores, antiguamente
portadora del pasaporte de su país número WS tres tres seis uno cuatro cuatro,
y actualmente portadora del pasaporte de su país número GL cuatro siete dos
cuatro ocho siete, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo, en
Condominio The Oaks número tres, en mi condición de gerente con facultades de
apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Tanner One Corporation
E.K.W. Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta y
ocho mil cuatrocientos, sociedad domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz,
Cartagena, residencial Rancho Cartagena, número treinta y seis B, por este
medio hago constar a cualquier tercero interesado en vista de que los libros de
a) Registro de Cuotistas, b) Acta de Asamblea de Cuotistas y c) Actas del
Consejo de Administración, fueron extraviados procederemos a reponer los
mismos. Se emplaza a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de
oir objeciones en el domicilio de la sociedad. Pasaporte GL 472487. Es todo.—01 de febrero del 2017.—Krystina Ann Warner, Apoderada
Generalísima.—1 vez.—( IN2017108732 ).
TRES-CIENTO
UNO-CUATROCIENTOS CINCUENTA
Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO
SOCIEDAD ANÓNIMA
La suscrita, Kristyna Ann Warner, de único apellido en razón de su
nacionalidad canadiense, mayor de edad, casada una vez, diseñadora de
interiores, antiguamente portadora del pasaporte de su país número WS tres tres
seis uno cuatro cuatro, y actualmente portadora del pasaporte de su país número
GL cuatro siete dos cuatro ocho siete, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Playa
Tamarindo, en Condominio The Oaks número tres, en mi condición de secretaria
con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad
tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y
ocho sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y ocho, sociedad domiciliada en San
José, Santa Ana, Condominio Villa Real, lote trece-D, por este medio hago
constar a cualquier tercero interesado en vista de que los libros de a)
Registro de Accionistas, b) Acta de Asamblea de Accionistas y c) Actas del
Consejo de Administración, fueron extraviados procederemos a reponer los
mismos. Se emplaza a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de
oir objeciones en el domicilio de la sociedad.—San
José, 01 de febrero del 2017.—Kristyna Ann Warner, Secretaria.—1 vez.—(
IN2017108733 ).
OCEAN
DREAM CR LIMITADA
Se informa al público en general y a quien tenga algún interés, que en
día no determinado, se extravió el libro legal de actas de asamblea de
cuotistas, de la sociedad Ocean Dream CR Limitada, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y siete mil doscientos
cuarenta y siete, cuyo número de legalización es N° 4061012069265. Ni la
sociedad, ni los personeros de la misma, seremos entonces responsables por el
uso indebido del mismo. A su vez, comunicamos que en fecha de seis de febrero
de dos mil diecisiete, se procedió a la reposición y apertura oficial del nuevo
libro, el cual es el vigente y que se encuentra en uso.—Rodrigo Postolov, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017108770 )
ASOCIACIÓN PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL
ADULTO MAYOR DEL DISTRITO DE
NOSARA, NICOYA
Yo Juan Luis Ramírez Rojas, cédula de identidad cinco-ciento cincuenta
y seis-setecientos setenta y dos-, en mi calidad de presidente de la Asociación
para la Atención Integral del Adulto Mayor del Distrito de Nosara, Nicoya,
cédula jurídica 3-002-730888, solicito al Departamento de Asociaciones del
Registro de Personas Jurídicas la inscripción por primera vez de los libros de
Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Registro de Asociados,
Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Los cuales serán los número uno de cada
clase, por cuanto es la primera vez que lo solicitamos. Se emplaza por ocho
días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Nosara, Nicoya a los veintisiete
días del mes de enero del dos mil diecisiete.—Juan Luis Ramírez Rojas,
Presidente.—1 vez.—( IN2017108775 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante
escritura número doscientos noventa y dos de las quince horas del siete de
diciembre del dos mil dieciséis, se procede a disolver la sociedad de esta
plaza denominada Representaciones Otoya del Este
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-doscientos treinta y siete trescientos sesenta y dos.—San José,
06 de febrero del 2017.—Licda. Ana Patricia Calderón Zapata, Notaria.—1 vez.—( IN2017108761 ).
Por
escritura N° 164, de las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Rinaldo Ballinger S. A., en la que se reformó la cláusula del acta
constitutiva en cuanto al domicilio.—San José, 6 de
febrero de 2017.—Lic. Sergio G. Rivera Jiménez, Notario.—1
vez.—( IN2017108762 ).
Por escritura pública otorgada,
a las ocho horas del seis de febrero de dos mil diecisiete, se protocoliza acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Ejecutivos de Éxito Sociedad Anónima, en la que se aumenta el capital social y cambian miembros de junta
directiva.—San José, ocho horas del seis de febrero de
dos mil diecisiete.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1
vez.—( IN2017108773 ).
Mediante esta notaría, al ser
las dieciocho horas treinta minutos del seis de febrero del dos mil diecisiete,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Arrocera Costa Rica S.A. en la que se acordó aumentar el capital social y por ende
reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Alajuela,
seis de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Allan Roberto Coto Jiménez,
Notario.—1 vez.—( IN2017108789 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, en San Ramón de Alajuela a las 08:00
horas del 16 de enero del 2017, se protocolizó disolución de Tres-Ciento Dos-Seis Cinco Cinco Cero
Nueve Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San Ramón, 06 de enero del 2017.—Lic. Mario Alexis
González Zeledón, Notario.—1 vez.—( IN2017108791 ).
Mediante escritura otorgada
ante la notaria Carolina González Víquez, a las diecisiete horas del tres de
febrero del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de accionistas
de la sociedad Mar Solar Sociedad Anónima con cedula jurídica 3-101-726734. Se modifica la cláusula segunda
relativa al domicilio social.—San José, 06 de febrero
del 2017.—Licda. Carolina González Víquez, Notaria.—1
vez.—( IN2017108802 ).
Por escritura ciento uno,
otorgada el día veinte de enero de dos mil diecisiete, la suscrita notaria,
protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de asociados de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo, celebrada el veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis,
mediante la cual se modifica el artículo diez, inciso C de los estatutos, en
relación con la elección de miembros del directorio en caso de muerte, renuncia
o impedimento físico o legal de un Director.—Licda.
Yorlene M. González Ocampo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017108804 ).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de
febrero del dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de Asamblea de
Cuotistas de la sociedad denominada Negocios
Orquídea Plateada, LTDA.. Donde se acuerda
modificar la cláusula segunda del Pacto Constitutivo.—San
José, seis de febrero de dos mil diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—( IN2017108809 ).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las diez horas del seis de febrero del dos mil dieciséis,
donde se protocolizan acuerdos de Asamblea General Extraordinaria de
Accionistas de la sociedad denominada Passiflora
Edulis Ped, S.A.. Donde se acuerda modificar la
cláusula del domicilio social.—San José, seis de
febrero de dos mil diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017108811 ).
Por medio de escritura número
ciento treinta y siete, otorgada a las nueve horas del siete de febrero del dos
mil diecisiete, se protocoliza acuerdo de socios de la sociedad Inmobiliaria GP Internacional Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula sexta relativa a la administración
y representación de la sociedad, se revoca el nombramiento del tesorero y se
realiza un nuevo nombramiento.—Cartago, La Unión,
siete de febrero de dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Bermúdez Montenegro,
Notaria.—1 vez.—( IN2017108813 ).
Por escritura otorgada a las
15:15 horas del 17 de enero de 2017, se modifican las cláusulas primera: Del
nombre y tercera: Del domicilio, de la sociedad anónima Servicios Especiales Viales y Taylor Sociedad Anónima. Presidente: Ademar Viales Calderón.—San
José, 17 de enero de 2017.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017108814 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las 16:30 horas del día 1° de febrero del 2017, se protocolizó
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
compañía Inmobiliaria Enur S. A., mediante la cual se acordó la reforma integral del pacto
social.—San José, 06 de febrero del 2016.—Licda. Cinthia Ulloa Hernández,
Notaria.—1 vez.—( IN2017108815 ).
En cumplimiento del acuerdo
tomado en asamblea general extraordinaria de socios accionistas, celebrada a
las diez horas del día del dieciséis de diciembre de 2016, ante la notaría del
Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, sita en San José, calle 38, avenidas 7 y 9; se han
iniciado las diligencias de disolución y liquidación de la sociedad Arny Soft de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-493773. Se publica el presente
aviso en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 207 del Código de Comercio.—San José 20 de diciembre de 2016.—Lic. Juan Luis Gómez
Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017108818 ).
Se deja constancia que en esta
notaría la sociedad Tres-ciento dos-quinientos treinta
y ocho mil quinientos nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada el seis de febrero del dos mil diecisiete, mediante escritura
otorgada a las nueve horas protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria
en la cual se revoca el nombramiento del Gerente y se nombra a Isabelle Rocaut-
Quillet.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—(
IN2017108832 ).
En
mi notaría, al ser las once horas treinta minutos del veinticinco de enero de
dos mil diecisiete, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la
compañía Zumirati
Sociedad de Responsabilidad Limitada., cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos ochenta
y tres mil setecientos noventa y ocho y se nombró nuevo Gerente.—San José,
veinticinco de enero dos mil diecisiete.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—( IN2017108837 )
El suscrito Notario Jorge
Gamboa Ureña, con número de cédula de identidad número Uno-novecientos ochenta
y cuatro- seiscientos setenta y dos, con oficina en Jacó, Garabito de
Puntarenas, pone en aviso y conocimiento a los interesados y público en general
que la Sociedad Cool Confort Sociedad Anónima con número de cédula Jurídica tres-uno cero uno-seis cuatro cero
siete cinco cinco, tendrá por nuevo domicilio social el siguiente: Del
servicentro de Herradura, Garabito de Puntarenas, doscientos metros sur,
cincuenta metros oeste. Así como el respectivo nombramiento de la señora María
Eugenia Franco, de nacionalidad colombiana, mayor, soltera en unión de hecho,
vecina de Herradura, Garabito de Puntarenas, portadora de la cédula de
residencia número uno uno siete cero cero uno uno nueve cuatro dos tres tres en
su condición de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la Sociedad antes
indicada. Es todo.—Miércoles dieciocho de enero del
dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Gamboa Ureña, Notario.—1
vez.—( IN2017108841 ).
Que
ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con
lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio,
la sociedad denominada Willbod Alico
de Boca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta
mil ochocientos tres. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
en la dirección física ubicada en Alajuela, Grecia, San Juan mil quinientos
metros oeste de la Ermita, en el término de un mes a partir de la publicación
de este aviso.—Grecia, treinta y uno de noviembre dos
mil dieciséis.—Lic. Luis Francisco García Ramírez, Notario.—1
vez.—( IN2017108843 ).
Se hace constar que por
escritura de las 12:00 horas del 02 de febrero de 2017, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Hotel y Villas Nacazcol S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiséis
mil doscientos cuarenta y seis. Se nombra Junta Directiva y Fiscal. Presidente:
José Luis Valverde Morales. Es todo.—San José, 07 de
febrero de 2017.—Lic. Cristian Armando Acuña Bolaños, Notario.—1
vez.—( IN2017108845 ).
Por escritura número 92, del
tomo 8, del siete de febrero del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula
primera del Pacto Social de Tres-Ciento
Dos-Setecientos Veintinueve Mil Cuarenta y Dos, LTDA., la cual se denominará El
Poro Consulting Services, Ltda..—San José, 07 de febrero del
2017.—Licda. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017108848 ).
Por escritura otorgada ante
este notario, a las trece horas treinta minutos del seis de febrero del dos mi
diecisiete, se protocolizó el Acta de Asamblea General de Cuotistas de la
compañía Tres-Ciento Dos-Quinientos Ochenta
Mil Ciento Ocho, Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, octava y
décima del pacto social.—San José, seis de febrero del
dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017108849 ).
Por
escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas cinco minutos del dos
de febrero del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general
de cuotistas de la compañía Casa Vista al Mar LLC, Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas
segunda y sexta del pacto social.—San José, dos de
febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017108850 ).
Por escritura otorgada ante
este notario, a las quince horas del tres de febrero del dos mil diecisiete, se
protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Great River Costa Rica, Sociedad de
Responsabilidad Limitada, mediante la cual se
reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San
José, tres de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera
Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017108851 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del treinta y uno de enero del dos mil diecisiete, protocolizo
acta extraordinaria de socios de la sociedad Helameda
Sociedad Anónima, en la cual se toma el acuerdo
de disolver la sociedad.—San José, treinta y uno de enero del dos mil
diecisiete.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1
vez.—( IN2017108852 ).
Ante el Notario Público Harold
Núñez Muñoz, se constituyó en San José, el 1 de febrero del 2017, la sociedad Familia Acuña Flores, Sociedad Civil, plazo 99 años, capital social 12.000 colones, domicilio San
José, Guadalupe, El Alto, Administrador uno: José Ramón Acuña Jiménez.—San
José, 1 de febrero del 2017.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1
vez.—( IN2017108855 ).
Mediante escritura número 28-4,
otorgada a las 14:30 horas del 30 de marzo de 2015 se acordó la modificación
del domicilio, representación y razón social, de la empresa denominada 3-101-539612 Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco tres nueve seis
uno dos, con domicilio social en la Provincia Heredia.—San
José, 07 de febrero del 2017.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017108862 ).
Ante esta notaria, a las nueve
horas del día once de enero del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad
denominada Transportes Don Alejo Sociedad
Anónima, cuyo Presidente es: Alejandro Era
Miranda. Domicilio: Santa Cecilia de La Cruz Guanacaste. El capital social lo
constituye la suma de diez dólares, representado por diez acciones comunes y
nominativas de un dólar cada una. El socio Alejandro Era Miranda le
corresponden nueve acciones y a la socia Aimette Duarte Aguirre, le corresponde
una acción.—La Cruz, Guanacaste, tres de febrero del
2017.—Licda. Carmen Chavarría Marenco,
Notaria.—1 vez.—( IN2017108864 ).
Ante
esta notaria a las dieciocho horas del día doce de diciembre del dos mil
dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lomas Lindas del Norte Sociedad Anónima, cuyo Presidente es: Eliecer Álvarez
Alemán. Domicilio: Colonia Bolaños de La Cruz Guanacaste. El capital social lo
constituye la suma de diez dólares, representado por diez acciones comunes y
nominativas de un dólar cada una. El socio Eliecer Álvarez Alemán le
corresponden nueve acciones y al socio José Luis Chaves Arce, le corresponde
una acción.—La Cruz Guanacaste, tres de febrero del
2017.—Licda. Carmen Chavarría Marenco, Notaria.—1
vez.—( IN2017108866 ).
El suscrito notario hace
constar que mediante escritura otorgada el 04 de febrero del año dos mil
dieciséis, José Gilbert Charpentier Salazar y otros, constituyen Fundación para el Desarrollo del Bambú en Costa Rica, duración perpetua, con domicilio en Santa Ana, carretera vieja,
Finca Musmani, del Rescate de Vida Animal en el Alto de las Palomas, 300 metros
al sur.—San José, 04 de febrero del año 2017.—Lic.
José Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—(
IN2017108871 ).
Ante esta Notaría, mediante la
escritura número 267, de mi tomo noveno, se modificó la cláusula de la
representación de la sociedad que Asesores
de Cobro ASECOBSA Sociedad Anónima, quedando
nombrado como Presidente con facultades de apoderado generalísimo el señor
Bernal Salas Molina, portador de la cédula de identidad número cuatro-ciento
cincuenta y tres-quinientos tres.—San José, 07 de
febrero del 2017.—Licda. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1
vez.—( IN2017108878 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaria, número 246 de las 19:00 horas del 2 de febrero del año 2017 se
constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que se denominará S. M. Pega de Costa Rica S.R.L con domicilio en San José, Santa Ana, Forum 1, edificio C, su
capital social es de 200 dólares el cual ha sido suscrito y pagado por los
socios y su plazo social es de 99 años. Es todo.—San
José al ser las 12 horas del día 2 de febrero del año 2017.—Licda. Mariela
Guido Mena, Notaria.—1 vez.—( IN2017108882 ).
Ante esta notaría se
protocoliza acta de la sociedad Los Pirujos
Turrucaqueños Limitada cedula jurídica número
tres-ciento dos-quinientos setenta y dos mil seiscientos treinta y nueve, donde
se modifica el plazo social.—Heredia, 23 de enero del
2017.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—(
IN2017108888 ).
Ante esta notaria se
protocoliza acta de la Sociedad C&C
Institutional Solutions S.A. cedula jurídica
número tres-ciento uno-setecientos veintiuno mil cincuenta y cuatro, donde se
modifica se nombra nuevo presidente y se cambia las facultades de los
representantes legales.—Heredia, 23 de enero del
2017.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—(
IN2017108889 ).
Ante esta notaría, mediante la
escritura número cincuenta-uno, otorgada a las veinte horas del seis de febrero
del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad: Beer Brew and Shop Sociedad Anónima. Representación: Presidente y el Secretario.—
Heredia, siete de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. José Enrique Alfaro
Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017108892 ).
En esta notaría se disolvió por
acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo 201, inciso
d) del Código de Comercio, la compañía Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Cincuenta y Seis Mil Setecientos Cuarenta S.A., misma cédula jurídica.—San José, 06 de febrero del 2017.—Lic.
Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—(
IN2017108897 ).
Carlos
Isidro Rojas Solano, notario público, con oficina en San José, hace constar que
mediante la escritura número doscientos noventa y dos, del tomo tres otorgada
al ser las dieciséis horas del veintiséis de enero de dos mil diecisiete, la Asociación Cámara Costarricense
Forestal, cédula
jurídica tres-cero cero dos-ciento cincuenta y cuatro mil novecientos
veintidós; modificó los artículos vigésimo octavo, trigésimo segundo y
trigésimo quinto de los Estatutos de la Cámara.—San José, veintisiete de enero
del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Isidro Rojas Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017108898 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las once horas del seis de febrero del dos mil
diecisiete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad: Playa Grande
Anaconda Number Eigthteen S. A., por la cual reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, y
se nombran directivos.—Lic. Carlos Enrique Cruz Loría,
Notario.—1 vez.—( IN2017108902 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Apertura de Procedimiento Administrativo disciplinario c/ Montoya
Vásquez Erick Alberto.
Resolución N° 178-2017.—El Órgano Director
del Procedimiento, a las catorce horas con cuarenta minutos del veintitrés de
enero del 2017.
Resultando:
I.—Que mediante resolución N°
3370-2016, de las siete horas del treinta de agosto del 2016, suscrita por la
Msc. Yaxinia Díaz Mendoza, Directora de Recursos Humanos del Ministerio de
Educación Pública, se ordenó la apertura de procedimiento administrativo ordinario
tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de Montoya Vásquez
Erick Alberto, asimismo, designa a quien suscribe, como Órgano Director
Unipersonal del Procedimiento Administrativo tramitado contra el servidor de
cita. (Ver folios 13 al 14 del expediente N° 549-2016).
II.—Que
lo anterior encuentra sustento en lo establecido en los artículos 211 y
siguientes (de la responsabilidad disciplinaria del servidor), artículos 214 y
siguientes (del procedimiento administrativo), 272 y siguientes (del acceso al
expediente y sus piezas) y 308 y siguientes (del procedimiento ordinario),
todos de la Ley General de la Administración Pública; 41, 42 y 43 del Estatuto
del Servicio Civil, artículos 18 inciso j) y 50 inciso k) de la Ley Orgánica
del Ministerio de Educación Pública, así como en artículos 54 y siguientes del
Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública.
III.—Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se
considera procedente dar inicio al Procedimiento Administrativo Ordinario
tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de la persona
investigada, a saber, Montoya Vásquez Erick Alberto, cédula de identidad número
1- 1363-0001, quien se desempeña en el puesto de oficinista de servicio civil
1, en la escuela María Amelia Montealegre Echeverri, respecto al supuesto hecho
que a continuación se detalla:
Que Montoya Vásquez Erick Alberto, en su
condición de oficinista de servicio civil 1, en la escuela María Amelia
Montealegre Echeverri, adscrito a la Dirección Regional de Educación de
Cartago, supuestamente no se presentó a laborar los días 03, 04, 05, 08, 09,
10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26 y 29 de febrero, 01, 02, 03,
04, 08, 09, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de
marzo, 01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26,
27, 28 y 29 de abril, 02, 03, 04, 05, 06, 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19,
20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de mayo, 01, 02, 03, 06, 07, 09, 10, 13, 14,
15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29 y 30 de junio, 01, 04, 05, 06, 07,
08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, 29 julio, 01, 02,
03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30
y 31 de agosto, 01, 02 y 05 de setiembre, todos del 2016, lo anterior sin dar
aviso oportuno a su superior inmediato y sin presentar justificación posterior
alguna, dentro del término legalmente establecido. (Ver folios 17 al 175 de la
causa de marras).
IV.—Que los hechos anteriormente citados de
corroborarse su comisión constituirían una violación a las obligaciones y
prohibiciones del cargo contempladas en el y podría acarrear una sanción que
puede ir desde una suspensión sin goce de salario, hasta el despido sin
responsabilidad patronal.
V.—Que
los hechos anteriormente citados de corroborarse su comisión constituirían una
violación a las obligaciones y prohibiciones del cargo contempladas en el
artículo 39 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, artículo 35 del
Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, artículo 63 del Reglamento Autónomo
de Servicios del M.E.P, todos en relación con el artículo 81 inciso g) del Código
de Trabajo; que podrían acarrear una sanción que podría ir desde una suspensión
sin goce de salario hasta el despido sin responsabilidad patronal.
VI.—La prueba que constituye la base del procedimiento
disciplinario, es el expediente administrativo número 549-2016 a nombre de
Montoya Vásquez Erick Alberto, donde consta la denuncia (Ver folios 17 al 175
del expediente N° 549-2016).
VII.—Se apercibe al accionado de que debe señalar medio o lugar
para recibir futuras notificaciones Ley Notificaciones N° 8687 dentro del plazo
de diez días hábiles a partir de la notificación del presente acto, bajo el
apercibimiento de que si no se hiciere o el lugar fuere impreciso, incierto, o
ya no existiere, las resoluciones se tendrán por notificadas automáticamente veinticuatro
horas después de dictadas artículo 11 de la Ley de Notificaciones.
IX.—Que
para los efectos de este procedimiento, se pone a disposición de la persona
accionada el respectivo expediente administrativo, el cual podrá consultar,
reproducir o analizar cuantas veces considere necesario. Así mismo, se le hace
saber que le asiste el derecho de presentar los argumentos de defensa y
descargo que considere oportunos, de ofrecer la prueba que considere
pertinente, desde este momento y hasta el mismo día de la audiencia, así como
hacerse asesorar por un profesional en derecho que le provea la defensa
técnica, si así lo considera pertinente. En caso de aportar prueba testimonial,
se le solicita que indique expresamente el nombre, calidades, la dirección
respectiva de los testigos junto con la descripción lacónica de los hechos
sobre los que versará su deposición, para efectos de confeccionar las
citaciones respectivas.
X.—Se
cita a Montoya Vásquez Erick Alberto a comparecencia oral y privada de ley
(artículos 309 y 312 de la Ley General de la Administración Pública), se fija
para tales efectos el día viernes 17 de marzo del 2017, a las nueve horas, en
el Departamento de Gestión disciplinaria, ubicado frente a la entrada de
emergencias del hospital San Juan de Dios, cuarto piso del Oficentro Plaza
Rofas, San José, oportunidad procedimental en que podrá ejercer su derecho de
defensa y se le garantizará el principio constitucional al debido proceso. En
esa oportunidad podrá:
Ofrecer (presentar) su prueba, si es que no
lo hubiera hecho con antelación o quisiera adicionarla
Obtener su admisión y trámite
cuando sea pertinente y relevante.
Interrogar a la contraparte, si
la hubiera, preguntar y repreguntar a los testigos y peritos cuando los
hubiera.
Aclarar, ampliar o reformar su
petición o escrito de defensa inicial.
Formular conclusiones de hecho y
de derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Lo anterior
deberá hacerse verbalmente y bajo la sanción de caducidad del derecho para
hacerlo si se omite en la comparecencia.
X.—La sede del Órgano Director
donde las partes podrán consultar el expediente y presentar su defensa,
recusaciones e impugnaciones, será la normal del Departamento de Gestión
Disciplinaria, sito en el edificio Rofas, frente a la entrada de emergencias
del Hospital San Juan de Dios, cuarto piso, San José.
IX.—Conforme lo estipulan los artículos 245 de la Ley General
de la Administración Pública y 18 j) de la Ley Orgánica del Ministerio de
Educación Pública, se hace saber que contra esta Resolución proceden los
recursos ordinarios, los cuales deben formularse ante esta instancia dentro del
término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El
primero será resuelto por este órgano y el segundo por el Órgano Decisor.
Notifíquese.—Arelis Sibaja Hernández, Órgano
Director.—O. C. N°
3400031607.—Solicitud N° 15830.—( IN2017108147 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO
NACIONAL
REGISTRO
INMOBILIARIO
Se hace saber a Asociación de Vecinos Pro Desarrollo Social
Organizativo de los Laureles de Pocora, cédula jurídica 3-002-281166,
representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, Óscar Gerardo Román Badilla, cédula de identidad 1-0540-0054
como titular registral de la finca del partido de Limón matrícula 38517, que en
este Registro se iniciaron diligencias administrativas iniciadas por escrito
presentado a la Dirección del Registro Inmobiliario por parte Cristina
Barrientos Solano, cédula de identidad 1-0449-0987. En virtud de lo anterior
esta Asesoría mediante resolución de las 09:00 horas del 23/11/2016 ordenó
consignar advertencia administrativa sobre las fincas del partido de Limón
matrículas 146239 y 153302, y sobre los planos catastrados L-1569150-2012 y
L-1761379-2014, y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del
debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del 17/01/2017, se autorizó
la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a la
persona jurídica mencionada, por el término de quince días contados a partir
del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de
dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga, y se le
previene que dentro del término establecido, deben señalar facsímil, medio
electrónico o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José
donde oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto
Ejecutivo N° 35509-J que es el Reglamento de Organización del Registro
Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las
resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de
Documentos en el Registro Público 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas,
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 vigente a la fecha, en
correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese.
(Referencia exp. 2016-0958-RIM).—Curridabat, 17 de
enero del 2017.—Máster José Carlos Álvarez Varela, Departamento de Asesoría
Jurídica Registral.—1 vez.—O. C. N° OC17-0027.—Solicitud N°
76771.—(IN2017108709 ).
GERENCIA
GENERAL
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
GGRS-089-2016.—Al ser las diez horas treinta y cinco minutos del día
catorce de octubre del año dos mil dieciséis.
Conoce este Despacho para el dictado del acto final procedimiento administrativo
sumario instruido por la Comisión de Comparecencias, entre otros contra las
(os) señores (as): Mata Granados María de Rocío, cédula 302300671, Vargas Rodríguez
Kattia Vanessa, cédula 111490199, Cruz Cruz Manuel de Jesús, cédula
155805584431, Jiménez Vásquez José Luis, cédula 203580899, Díaz Ordóñez Marvin
José, cédula 501860510, Molina Rojas Ana Isabel, cédula 302770090, Sánchez
Chaves Héctor, cédula 301981362, Vásquez Sanabria Óscar Efraín, cédula
301770375, Vílchez Miranda Randall, 108410900. Todos los anteriores por el no
retiro de la cuota de lotería.
Resultando:
1º—Que los señores citados al inicio de esta resolución son vendedores
autorizados de la Junta de Protección Social de forma directa o por medio de
diversas cooperativas de vendedores.
2º—Que
de conformidad con los oficios ALO-CNI-0398 de fecha 12 de agosto 2015,
ALO-CNI-0399-2015 de fecha 12 de agosto 2015, ALO-CNI-0400-2015 de fecha 12 de
agosto de 2015 y ALO-CNI-0401-2015, se solicitó a las diferentes cooperativas
de vendedores de lotería, que informaran al Departamento de Administración de
Loterías, el comportamiento del retiro de las loterías por parte de los socios
activos.
3º—Que
las cuatro cooperativas a saber: Coopelot, Cocovelot, Coopecivel y
Coopepacivelot brindaron respuesta a lo solicitado por el Departamento de
Administración de Loterías, según consta en oficios Nos. G-262-2015 de fecha 20
de agosto de 2015, CV-116-2015 de fecha 25 de agosto de 2015, c/g 15/124 de
fecha 20 de agosto de 2015 y Ofic-Cop-104-2015 de fecha 11 de setiembre de
2015, respectivamente.
4º—Que
mediante los oficios ALO-CNI-0420-2015 de fecha 16 de setiembre 2015 y
ALO-CNI-0446-2015 de fecha 21 de setiembre 2015, la Administración de Loterías
presenta a la Presidencia de la Comisión de Comparecencias, un listado con la
información actualizada de los socios de Cooperativa que poseen cuota por
artículo 3° de la Ley de Loterías N° 7395 y que a esa fecha no estaban
retirando el producto.
5º—Que
la Gerencia de Operaciones de esta Institución por medio del oficio GO-528-2015
de fecha 06 de agosto de 2015, comunicó a la Gerencia General la conveniencia
de realizar un procedimiento sumario para conocer la verdad real de los hechos
de todos aquellos adjudicatarios y socios de cooperativa que no estaban
retirando total o parcialmente su cuota de lotería.
6º—Que
esta Gerencia General mediante el oficio GG-3840 de fecha 28 de setiembre 2015
ordenó a la Comisión de Comparecencias la apertura de un procedimiento
administrativo sumario para conocer la verdad real de los hechos de todos
aquellos adjudicatarios y socios de cooperativa que no han estado retirando
total o parcialmente su cuota de lotería.
7º—Que la Unidad de Gestión de Ventas preparó informe
“VEN-SLV-362-2015” de fecha 27 de setiembre del 2015 con corte al 16 de
setiembre, donde consta el tipo y cantidad de lotería que posee cada vendedor
adjudicado por artículo 3 de la Ley de Loterías No. 7395, así como el tipo y
cantidad que no han estado retirando por un período superior a los tres meses.
Esto de conformidad con lo estipulado en el artículo 72 del Reglamento a la Ley
de Loterías 7395.
8º—Que
mediante resolución inicial N° C.C. 001-2015 del 30 de setiembre, 2015 se
comunicó a cada vendedor identificado por medio del informe VEN-SLV-362-2015,
(entre ellos los que se incluyen en la presente resolución), vía correo certificado
y por edicto publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 231 del 27 de noviembre de 2015, la
situación que presentaba para que en un lapso de tres días a partir de recibida
la notificación o de la comunicación oficial en el diario La Gaceta, realizaran la prueba de
descargo.
9º—Que
se tomó en consideración para el análisis de los casos, el “Reporte del Sistema
Módulo Control de Sorteos con fecha 2 de enero al 16 de setiembre de 2015”.
10.—Que
mediante la Resolución N° C.C.030-15 de las diez horas del día 17 de diciembre
del año 2015, la Comisión de Comparecencias emite el informe final de
instrucción y en lo que respecta a los señores vendedores de lotería que se indican
en la presente resolución, remite el expediente administrativo para la
cancelación correspondiente.
11.—Que
por oficio CC-003-2016 del día 14 de enero del año 2015 (sic), de conformidad
con el artículo 66 del Reglamento a la Ley de Loterías, la Comisión de Comparecencias
remite a esta Gerencia General los respectivos expedientes administrativos.
12.—Que se han realizado las diligencias necesarias para el
dictado del acto final.
Considerando:
I.—Que la Ley de Loterías, N° 7395;
en los artículos 14 y 20 expresamente dispone lo siguiente:
“Artículo 14.- Las cuotas que los adjudicatarios no retiren
temporalmente se les asignarán, de manera provisional y en calidad de
excedente, a las cooperativas u organizaciones sociales y a otros
adjudicatarios, a tenor del artículo 2 de esta Ley. Si un adjudicatario no ha
retirado varias cuotas consecutivas durante un plazo de tres meses, la Junta
efectuará un estudio, para determinar si corresponde retirarle la adjudicación
por abandono.”
“Artículo 20.- La Junta cancelará, sin
responsabilidad de su parte, las cuotas de lotería a quienes no se ajusten a
las disposiciones de esta Ley, de sus reglamentos o de cualquier otra
regulación atinente. Para ello, se seguirá el procedimiento administrativo
descrito en la Ley General de la Administración Publica”
II.—Que el artículo 72 incisos 8) y 10 del
Reglamento a la Ley de Loterías disponen lo siguiente:
“Artículo
72.—Son
causas para la cancelación del derecho de adjudicación o autorización de venta,
por un período de hasta cuatro años, excepto lo previsto en el inciso 4), las
siguientes:
(…) 8) Cuando un adjudicatario, no retire varias
cuotas consecutivas, durante un plazo de tres meses, sin causa justificada, se
le cancela la cuota hasta por cuatro años.
(…) 10) En todos los casos
de cancelación de cuota, si transcurrido el término a que se refiere este
artículo, tuviesen “interés en volver a ser vendedores de loterías, deben
iniciar el trámite como nuevos adjudicatarios.”
III.—Que analizada la prueba documental incorporada al expediente
administrativo, se tienen por debidamente acreditados los hechos endilgados a
los señores: Mata Granados María de Rocío, cédula 302300671, Vargas Rodríguez
Kattia Vanessa, cédula 111490199, Cruz Cruz Manuel de Jesús, cédula
155805584431, Jiménez Vásquez José Luis, cédula 203580899, Díaz Ordóñez Marvin
José, cédula 501860510, Molina Rojas Ana Isabel, cédula 302770090, Sánchez
Chaves Héctor, cédula 301981362, Vásquez Sanabria Óscar Efraín, cédula
301770375, Vílchez Miranda Randall, 108410900, por el no retiro de la cuota de
lotería por lo menos por un lapso de tres meses.
Lo
anterior, toda vez que de conformidad con la prueba incorporada al expediente
administrativo, se tiene certeza de que a la fecha, todas estas personas
sobrepasan en forma amplia el plazo de tres meses, por no retiro de lotería,
establecido en los artículos 14 de la Ley de Loterías y el artículo 72 inciso
8) del Reglamento a la citada Ley. En ese sentido y apegados al Principio de
Legalidad y conforme a las disposiciones normativas citadas en el considerando
segundo de la presente resolución, se debe proceder a la cancelación de la
cuota de lotería de todas estas personas, lo cual se debe establecer en todos
los casos por el período máximo de cuatro años, ya que los endilgados no
manifestaron interés en vender los productos que administra la Junta de
Protección Social. Asimismo se debe advertir a los investigados, que conforme
lo dispone el artículo 72 inciso 10) del Reglamento a la Ley de Loterías, si
transcurrido dicho plazo, tuviesen interés en volver a ser vendedores de
lotería, deberán iniciar el trámite como nuevos adjudicatarios.
IV.—Que
consta en el expediente administrativo, que el inicio del presente
procedimiento se comunicó a los interesados mediante publicación en el Diario
Oficial La
Gaceta,
asimismo consta que ninguno de los endilgados citados en la presente resolución
se apersonó al procedimiento, razón por la cual se resuelve comunicar el
presente acto administrativo vía publicación, conforme a lo dispuesto en el
artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, para lo cual se
debe comisionar al Departamento de Administración de Loterías.
V.—Que
de conformidad con la recomendación general de la Comisión de Comparecencias en
la resolución C. C. 030-15 de las 10:00 horas del día 17 de diciembre del 2015,
se debe solicitar al Departamento de Administración de Loterías, que en estos
casos en los cuáles se cancela la condición de vendedor autorizado a través de
alguna cooperativa de vendedores de lotería, que previo a la ejecución de la
resolución, se verifique el tipo y cantidad de juego que posee cada persona.
Ello, con la finalidad de ratificar si dicha lotería pertenece a la Junta de
Protección Social o a la Cooperativa en calidad de cuota propia y de ser de la
Institución, que la misma sea devuelta para los fines Institucionales. Por tanto
LA
GERENCIA GENERAL
DE LA JUNTA DE PROTECCIÓN
SOCIAL,
RESUELVE
De conformidad con los hechos y fundamentos de derecho citados en la
presente resolución, se cancela la condición de vendedores autorizados todos
por un período de cuatro años, por no retiro de sus cuotas de lotería a los
señores (as): Mata Granados María de Rocío, cédula 302300671, Vargas Rodríguez
Kattia Vanessa, cédula 111490199, Cruz Cruz Manuel de Jesús, cédula 155805584431,
Jiménez Vásquez José Luis, cédula 203580899, Díaz Ordóñez Marvin José, cédula
501860510, Molina Rojas Ana Isabel, cédula 302770090, Sánchez Chaves Héctor,
cédula 301981362, Vásquez Sanabria Óscar Efraín, cédula 301770375, Vílchez
Miranda Randall, 108410900.
Se
advierte a los investigados, que conforme lo dispone el artículo 72 inciso 10)
del Reglamento a la Ley de Loterías, si transcurrido dicho plazo, tuviesen
interés en volver a ser vendedores de lotería, deberán iniciar el trámite como
nuevos adjudicatarios.
Se
informa a los interesados que contra la presente resolución se podrán
interponer el Recurso de Revocatoria y/o Apelación. El primero, será conocido
por la Gerencia General y el segundo por la Junta Directiva. Los recursos deben
ser presentados dentro del tercer día hábil contado a partir del día siguiente
que se tiene por notificada la presente resolución.
Se
ordena al Departamento de Administración de Loterías, que en estos casos en los
cuáles se cancela la condición de vendedor autorizado a través de alguna
cooperativa de vendedores de lotería, que previo a la ejecución de la
resolución, se verifique el tipo y cantidad de juego que posee cada persona,
con la finalidad de ratificar si dicha lotería pertenece a la Junta de
Protección Social o a la Cooperativa en calidad de cuota propia y de ser de la
Institución, que la misma sea devuelta para los fines Institucionales.
Notifíquese
a los interesados, para lo cual se comisiona al Departamento de Administración
de Loterías, para que proceda al trámite de publicación de la presente
resolución en el Diario Oficial La Gaceta. Comuníquese a la Gerencia de Operaciones,
al Departamento de Administración de Loterías y a la Comisión de
Comparecencias. Se remiten a la Comisión de Comparecencias, los expedientes a
nombre de las (los) señores (as) citados en la presente resolución.—Julio Canales Guillén, Gerente General a. í.—O. C. Nº
20978.—Solicitud Nº 75513.—( IN2017107775 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE
PETRÓLEO S. A.
La Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima indica que
por error material en la reforma del Reglamento de Junta Directiva, publicado
en el Alcance N° 30 a La
Gaceta N° 42
del 1° de marzo de 2016, se consignaron dos Capítulos III, siendo lo correcto
que a partir del artículo 37 y hasta el artículo 39 corresponde al Capítulo V y
el artículo 40 se encuentra dentro del Capítulo V. Así mismo, se indica que por
error material en el artículo 24 del Reglamento General de Caja Chica publicado
en el Alcance N° 26 a La
Gaceta N° 26
del 06 de febrero de 2017, si dispuso en el artículo 24 que dicho reglamento
deroga el Reglamento General de Caja Chica, publicado en La Gaceta N° 140 del 20 de julio de 2011,
siendo lo correcto La
Gaceta N° 136
del 14 de julio de 2011.
San José, a las doce horas del día diez de febrero del dos mil
diecisiete.—Monserrat Gamboa Amuy.—1 vez.—O. C. Nº
2017000142.—Solicitud Nº 77372.—( IN2017110397 ).