LA GACETA N° 34 DEL 16 DE FEBRERO DEL 2017

PODER EJECUTIVO.. 2

ACUERDOS  2

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA.. 2

DOCUMENTOS VARIOS. 2

GOBERNACIÓN Y POLICÍA.. 2

EDUCACIÓN PÚBLICA.. 2

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.. 3

JUSTICIA Y PAZ.. 4

AMBIENTE Y ENERGÍA.. 14

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES. 15

EDICTOS  15

AVISOS  15

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA.. 15

PROGRAMA DE ADQUISICIONES  15

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA.. 15

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA.. 15

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA.. 15

INSTUTUTO NACIONAL DE LAS MUJERES. 15

MUNICIPALIDADES. 16

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS  16

HACIENDA.. 16

CULTURA Y JUVENTUD.. 16

BANCO DE COSTA RICA.. 16

LICITACIONES  16

PODER JUDICIAL.. 16

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL.. 17

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL.. 17

CONSEJO NACIONAL DE RECTORES. 17

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL.. 17

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE.. 17

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES. 18

MUNICIPALIDADES. 18

ADJUDICACIONES  18

PODER JUDICIAL.. 18

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA.. 18

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA.. 19

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS. 22

Y ALCANTARILLADOS. 22

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE.. 22

AVISOS. 22

REGISTRO DE PROVEEDORES  23

PODER LEGISLATIVO.. 23

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS. 23

MUNICIPALIDADES. 23

FE DE ERRATAS  24

BANCO DE COSTA RICA.. 24

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL.. 24

AVISOS. 24

MUNICIPALIDADES. 24

REGLAMENTOS. 24

MUNICIPALIDADES. 24

AVISOS. 25

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS. 25

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA.. 25

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA.. 26

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES. 26

RÉGIMEN MUNICIPAL.. 26

AVISOS. 26

CONVOCATORIAS  26

AVISOS  27

NOTIFICACIONES  30

EDUCACIÓN PÚBLICA.. 30

JUSTICIA Y PAZ.. 31

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL.. 32

FE DE ERRATAS  33

AVISOS. 33

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Nº 004-2017-MINAE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Con fundamento en el artículo 140 inciso 2) de la Constitución Política; numeral 81 del Código de Trabajo; artículos 39 inciso a) y 43 del Estatuto de Servicio Civil Ley N° 1581; artículos 3 y 4 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública N° 8422; numerales 1 inciso 5) sub inciso c) y 40 del Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Decreto Ejecutivo N° 32333; artículos 22 y 24 del Reglamento Autónomo de Servicios del MINAE, Decreto Ejecutivo N° 28409-MINAE; el artículo 07 de la Ley N° 8777; y la resolución N°12683 de las veinte horas con veinte minutos del veintiséis de septiembre de dos mil dieciséis, dictada por el Tribunal de Servicio Civil y confirmada mediante resolución N° 001-2017-TASC de las trece horas del once de enero de dos mil diecisiete, del Tribunal Administrativo del Servicio Civil, en expediente administrativo N° 16288.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir por causa justificada sin responsabilidad patronal para el Estado al servidor Jorge Mora Elizondo cédula de identidad N° 106530221.

Artículo 2º—El presente acuerdo de despido sin responsabilidad patronal, rige a partir del 31 de enero de 2017.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los veintitrés días de enero del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Ambiente y Energía, Edgar E. Gutiérrez Espeleta.—1 vez.—O. C. N° 001-2017.—Solicitud N° 14076.—( IN2017108777 ).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISO

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de Jiménez, Pococí. Por medio de su representante: Reinaldo Francisco Arguedas Solano, cédula 2-526-495 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 17 para que en adelante se lea así:

Artículo 17.—para que se agregue, serán nombrados del seno de la Asamblea general en votación secreta, individual, nominal, aclamación por papeleta, levantando la mano y por cualquier otra que la asamblea designe y por mayoría de votos. Para que se permita la figura de tres suplentes los cuales podrán asumir el puesto sin importar su orden con el fin de cumplir paridad de género. Durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelectos indefinidamente siempre y cuando la Asamblea General tome el acuerdo. Dicha reforma es visible a folio 207 del tomo II del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 06 de marzo del 2016. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las once horas veinte minutos del día seis de marzo del dos mil dieciséis.—Lic. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa Departamento de Registro.—1 vez.—( IN2017108195 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 180, asiento 9, título N° 980, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad Informática en Soporte Técnico, inscrito en el tomo 2, folio 64, asiento 18, título N° 2120, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional Carlos M.L Vicente Castro, en el año dos mil nueve, a nombre de Montero Muñoz Jorge Luis, cédula: 6-0398-0635. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108337 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversifica Rama Académica Modalidad en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 35, diploma N° 943, emitido por el Liceo Roberto Brenes Mesén, en el año mil novecientos setenta y nueve, a nombre de Badilla Jara Ana Lucía, cédula N° 1-0604-0123. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los trece días del mes de diciembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108348 ).

Ante esta dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 82, Título N° 534, emitido por el Liceo Pacifico Sur, en el año dos mil tres, a nombre de Avalos Fernández Heidy Marcela, cédula 6-0357-0128. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los cinco días del mes de marzo del dos mil quince.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—( IN2017108388 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 06, título N° 53, emitido por el Centro Educativo Católico Nuestra Señora de Sión, en el año dos mil once, a nombre de Mora Arce Nicole, cédula Nº 6-0418-0259. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108474 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 35, título N° 136, emitido por el Liceo Platanillo de Barú, en el año dos mil once, a nombre de Cordero Castro Jorge David, cédula: 6-0415-0943. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 03 de febrero del 2017.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108491 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 22, título N° 224, emitido por el Saint Paul College, en el mil novecientos noventa y siete, a nombre de Quesada Quesada Carlos, cédula: N° 1-1093-0325. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de febrero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108503 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 90, asiento 28, título N° 670, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Acosta, en el año dos mil tres, a nombre de Badilla Padilla Luis Diego, cédula: 1-1260-0893. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintitrés días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108505 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media , inscrito en el Tomo 1, Folio 26, Título N° 324, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Turrialba, en el año dos mil nueve, a nombre de Guillén Brenes Carla Alejandra, cédula N° 3-0451-0874. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil dieciséis.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108661 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo I, Folio 125, Título N° 1034, emitido por el Colegio El Carmen, en el año dos mil tres, a nombre de Starke Barrantes Luz Elena, cédula 2-0613-0764. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de agosto del dos mil quince.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—( IN2017108687 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 65, título N° 342, emitido por el Liceo de Chomes, en el año dos mil cinco, a nombre de Chaves Herra Ileana María, cédula: 6-0369-0679. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los catorce días del mes de marzo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017108725 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS LABORALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Asociación Nacional de Trabajadores de Hacienda, siglas ANTRAH, acordada en asamblea celebrada 22 de junio del 2016. Habiéndose cumplido con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. 991-S1. La organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro visible Tomo 16, Folio 243, Asiento 4926 del 30 de enero del 2016.

La Junta Directiva se formó de la siguiente manera:

Secretario general

Hernán Caamaño Raven

Secretaria general adjunta

Yahaira Cambronero Herrera

Secretaria de conflictos y equidad de género

Esperanza Moraga Espinales

Secretaria de actas y correspondencia

Tatiana Arce Chavarría

Secretaria de finanzas

Cristian Mullins Mcarthy

Secretario de comunicación y denuncias

Bernardo Durán Orozco

Secretario de formación y bienestar

Arnoldo Fernández Rodríguez

Vocal

Ana Isabel Monge Umaña

Fiscal

Rishany Maitland Umaña

 

San José, 30 de enero del 2017.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—Exonerado.—( IN2017107576 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Para ver imágenes de marcas solo en La Gaceta con formato PDF

Propiedad industrial

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

German Jesús Paniagua Cascante, casado una vez, cédula de identidad Nº 108570450, en calidad de apoderado generalísimo de Unimer Unidad de Investigación y Mercadeo Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101086031, con domicilio en: Barrio Dent, de la entrada a parqueos del Mall San Pedro, 150 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FACEMAP

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de investigación de mercados, encuestas, sondeos de opinión pública por cualquier medio, entrevistas de mercados y opinión pública, consultas, programas de investigación de mercados y opinión pública, así como los servicios que comportan el registro, transcripción, composición, compilación, transmisión o sistematización de comunicaciones escritas y de grabaciones, la explotación o compilación de datos matemáticos o estadísticos, los servicios que comportan la ayuda en la explotación o la dirección de una empresa comercial o la ayuda en la dirección de negocios o funciones comerciales de una empresa industrial o comercial, así como los servicios de empresas de publicidad que se encargan esencialmente de comunicaciones al público, de declaraciones o de anuncios por todos los medios de difusión y en relación con toda clase de mercancías o de servicios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011125. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de diciembre del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017106752 ).

Julio Rivera Madriz, casado una vez, cédula de identidad 103530964, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación Costarricense para el Tamizaje y la Prevención de Discapacidades en el Niño, cédula jurídica 3002144179 con domicilio en Hospital De Niños, Unidad De Investigación, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: ASTA

como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 44: Servicios de pacientes; servicios médicos de evaluación de salud; servicios de información y asesoramiento en materia de salud con el fin de prevención de enfermedades congénitas y de discapacidad en niños y niñas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de diciembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011914. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017107809 ).

Manuel de Jesús Salas Araya, casado segunda vez, cédula de identidad N° 302140089, en calidad de Apoderado Especial de N° 3-101-721765 S. A., cédula jurídica N° 3101721765, con domicilio en 300 sur del Colegio Santo Domingo Sabio, carretera El Molino, Edificio Doña Bernarda, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: D’todo Backyard Market,

como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos de consumo masivo en el área de productos alimenticios y de limpieza bajo la modalidad de tienda de conveniencia; ubicado en Cartago, Quebradilla, Tobosi, Centro Comercial La Hacienda, frente a La Hacienda Condominio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011965. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de enero de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2017108114).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Paola Quesada Molina, cédula de identidad Nº 113220521, en calidad de Apoderada Generalísima de Asesoría Nairi S. A., cédula jurídica Nº 3101680627, con domicilio en Moravia, urbanización La Guaria, de La Princesa Marina, 75 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NAIRI,

como marca de servicios en clase: 45. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: El cumplimiento legal de leyes y reglamentos en empresas dando servicios de identificación, actualización y evaluación de requisitos legales, así como asesorías en temas legales, capacitaciones de carácter legal, servicios de tramitología y diseño e implementación de Sistemas de Gestión. Reservas: De los colores: Celeste y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000254. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108225 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 111430447, en calidad de Apoderado Especial de Comercializadora Calypso S.A.S., con domicilio en Carrera 24 N° 10-38 (Oficinas 2 piso), Bogotá D.C., Colombia, solicita la inscripción de: R renova,

como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de publicidad y negocios en el campo del diseño, decoración de interiores y terminados arquitectónicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de octubre del 2016. Solicitud N° 2016-0009792. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de octubre de 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108252 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 100430447, en calidad de apoderada especial de Comercializadora Calypso S.A.S. con domicilio en Carrera 24 N° 10-38 (Oficina 2 piso), Bogotá D.C., Colombia, solicita la inscripción de: CALYPSO

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Venta, comercialización, importación, exportación al por mayor y al por menor a través de diferentes medios incluidos internet de productos tales como: adhesivos (pegamentos), para la industria, plásticos sin procesar para uso industrial, toalla absorbente a base de papel, envoltorios de plásticos, cartón, embalaje de cartón, espumas de poliuretano, cintas reflectivas, hilos de materias plásticas, geotextiles, geomembranas, materiales de construcción no metálicos, colchones y colchonetas, manteles, cortinas, paños para la cocina, telas de lino; forros y entretelas, fieltro textiles hechos de algodón; telas de algodón; telas de mezcla de lana y algodón; telas de mezcla de seda y algodón; tejidos de seda; productos textiles de seda; productos textiles de lana; telas de mezcla con una base de lana; tejido de poliéster; telas impermeables; lona; telas textiles para su uso en la fabricación de toallas; telas hechas de hilos sintéticos; telas de lino tejidas; telas de nylon; telas de hilo de caucho recubierto para uso textil, abrigos impermeables, uniformes, tapetes, alfombras, revestimiento de pisos, revestimiento de vinilo para pisos, césped artificial y productos afines a los indicados anteriormente. Distribución de material publicitario. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de octubre del 2016, solicitud Nº 2016-0009790. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de octubre del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108253 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad Nº 111430447, en calidad de apoderado especial de Ilparco Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101724198 con domicilio en Mata Redonda, Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio seis, piso cinco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IL PARCO como marca de comercio y servicios en clases 25, 28 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: ropa; en clase 28: juguetes y en clase 41: servicios educativos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de setiembre del 2016. Solicitud N° 2016-0009348. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de octubre del 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017108254 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 1-1143-0447, en calidad de apoderado especial de Innovative Nutrients, LLC con domicilio en 11701 NW 102 ND Road, Suite 14, Medley, FL, 33178, Estados Unidos de América , solicita la inscripción de: innovative nutrients

como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Alimentos y sustancias dietéticas, alimentos para bebes, complementos alimenticios para personas todo relacionado con nutrición. Reservas: reserva de los colores azul y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2016, solicitud Nº 2016-0008845. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de noviembre del 2016.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017108255 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 111430447, en calidad de apoderada especial de Ilparco Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101724198, con domicilio en Mata Redonda, Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio seis, piso cinco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IL PARCO, como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un centro de entretenimiento infantil. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de setiembre de 2016. Solicitud N° 2016-0009137. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de noviembre de 2016.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2017108258 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad Nº 111430447, en calidad de apoderada especial de Telepharma, INC., con domicilio en: Ave. Manuel Espinoza, Edificio Antiguo NCR, 2do piso, suite 2, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios médicos; servicios de análisis médicos relacionados con el tratamiento de personas tales como exámenes radiográficos y extracciones de sangre; consultas farmacéuticas; servicios de laboratorio médico para el análisis de muestras obtenidas de pacientes; servicios hospitalarios; clínicas médicas; servicios médicos en general. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de setiembre del 2016. Solicitud N° 2016-0008600. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de octubre del 2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017108259 ).

Denise Garnier Acuña, cédula de identidad 104870992, en calidad de apoderado especial de GMG Servicios Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101091720 con domicilio en 200 metros al sur de la antigua Aduana Las Cañas, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: SMARTES como señal de propaganda en clase internacional, para promocionar: Campañas publicitarias para atraer la atención del público consumidor por la comercialización de los siguientes artículos: videograbadoras, radios, televisores y equipos de sonido, aparatos de alumbrado, de producción, de calefacción, de vapor, de cocción, de refrigeración, de secado, de ventilación; un local destinado a la comercialización de electrodomésticos, muebles, artículos de hogar, regalos, artículos de supermercado, artículos deportivos, bicicletas, artículos de oficina, libros, llantas, accesorios para carros, artículos de montaña, artículos de línea blanca, artículos escolares, ropa, lubricantes, artículos de cocina y artículos de decoración relacionados con las marcas Importadora Monge, clase 09, registro N° 118679, Importadora Monge diseño, clase 11, registro N° 118683 y el Nombre Comercial registro N° 118699. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011174. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de noviembre del 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108260 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 111430447, en calidad de apoderada especial de Western Ip Management S. A., con domicilio en Ciudad de Panamá, calle Samuel Lewis y Manuel María Icaza, Local S, dos edificio Comosa, Panamá, solicita la inscripción de: SERPENTO TRAXX,

como marca de comercio en clase(s): 12 internacional (es), para proteger y distinguir lo siguiente: 12 motocicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011230. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de noviembre de 2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108263 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad de apoderado especial de Bio-Sport Usa Scientific Solutions Inc. con domicilio en 10100 NW 116th Way, Suite 10, Medley, F1., 33178, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: Bio-SPORT

como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Alimentos y sustancias dietéticas para deportistas, complementos alimenticios para deportistas. Reservas: De los colores: Rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de setiembre del 2016, solicitud Nº 2016-0008846. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017108264 ).

Sivianix Soto Flores, casado una vez, con domicilio en: Condominio Terrazas del Oeste, casa 53 etapa 1, San Rafael, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: TOP 5 CR

como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones de información (páginas web). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012357. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de enero del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108274 ).

Mónica María Valverde Guillén, soltera, cédula de identidad 701990007 con domicilio en costado oeste del Abastecedor Don René, San Rafael, La Colonia, Pococí, Limón, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ricsan

como marca de comercio y servicios en clases 30 y 43. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Café, té cacao y sucedáneos del café, arroz, tapioca y sagú, harinas y preparaciones a base de cereales; pan productos de pastelería y confitería, helados azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornerar, sal mostaza, vinagre, salsas (condimentos); especias, hielo. y 43 Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de diciembre del 2016, solicitud Nº 2016-0012079. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de diciembre del 2016.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017108308 ).

Alberto José Pérez Góngora, casado una vez, cédula de identidad N° 103870649, en calidad de apoderado general de Centro Comercial de Inversiones CII Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101008150, con domicilio en Belén, La Rivera 1, kilómetro al este de la Firestone, Heredia, Costa Rica solicita la inscripción de: CARNES Y EMBUTIDOS DON OMAR, como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a productos alimenticios frescos o preparados, de origen animal para consumo o preparación de carne. Ubicado en Belén, La Rivera, un kilómetro al este de la Firestone, empresa El Arreo, Heredia, Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de Julio de 2016. Solicitud N° 2016-0006670. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de agosto de 2016.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108341 ).

Nancy Patricia Soto Martínez, divorciada una vez, cédula de identidad 111040987, en calidad de Apoderada General de Villa Kids Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101725996 con domicilio en Flores Barrantes, de la Capilla de Velación 100 metros sur y 50 metros oeste, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: VILLA KIDZ Constructivist Learning Academy

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Centro integral de desarrollo infantil bilingüe y cuido orientado a la buena alimentación infantil y enseñanza del segundo idioma a cada niño. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000314. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de enero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017108349 )

José Andrés Barboza Soto, soltero, cédula de identidad 114460220, en calidad de apoderado generalísimo de Crónica Deportiva CR Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101723838 con domicilio en Montes de Oca, Vargas Araya, costado oeste, del CENCINAI; casa 52-B, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Crónica Deportiva CR como marca de comercio en clase 25 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 25 Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería (todo deportivo). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de setiembre del 2016, según la Solicitud N° 2016-0009469. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de noviembre del 2016.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017108351 ).

Pablo Daniel Saborío Morera, soltero, cédula de identidad 115260850 y Jorge Abraham Pineda Zelaya, Soltero, cédula de identidad 112290628 con domicilio en 600 mts sur de la Escuela del Sur, Heredia, Costa Rica y 400 norte y 50 oeste de la iglesia de Purral, Goicoechea, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL BOLETO

como marca de servicios en clases: 35 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Publicidad, gestión de EL BOLETO negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. y 42 Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales, diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000257. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108375 ).

José Manuel Montoya Leitón, casado una vez, cédula de identidad Nº 302640008, con domicilio en: San Miguel Sabalito-Coto Brus 700 metros noreste de la Guarda Rural San Miguel, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MONTOYA frijoles

como marca de fábrica y comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: frijoles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011322. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 30 de enero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017108398 ).

Fiorella Poltronieri Badilla, casada una vez, cédula de identidad N° 112610127, con domicilio en Moravia, La Trinidad, Condominio La Pradera Nº 26, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: wOrLd FLP, como marca de fábrica y servicios en clase(s): 14; 18; 25; 35 y 43 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 14 metales preciosos y sus aleaciones; artículos de joyería, bisutería, piedras preciosas; artículos de relojería e instrumentos cronométricos, 18 cuero y cuero de imitación, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería, 25 prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. 35 publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, y 43 servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011966. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de enero de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108399 ).

José Manuel Montoya Leitón, casado una vez, cédula de identidad 302640008con domicilio en San Miguel Sabalito-Coto Brus, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ MONTOYA

como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011321. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de enero de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017108400 ).

Tomás Quirós Jiménez, soltero, cédula de identidad 114110509, en calidad de apoderado especial de Kores Holding Zug AG con domicilio en Baarerstrasse 12, 6300 ZUG, Suiza, solicita la inscripción de: Kolores

como marca de fábrica y comercio en clase: 16, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel; cartón especial para útiles escolares, oficina y uso doméstico; papel carbón; carpetas y folders de cartón y/o plástico; artículos de papelería, en particular marcadores, rotulador, bolígrafos; adhesivos para artículos de papelería de uso escolar, de oficina, y de uso doméstico; cintas adhesivas y autoadhesivas, en particular notas adhesivas, banderas adhesivas; etiquetas y etiquetas adhesivas; barras de pegamento y rollos adhesivos; corrector en rollo y lápiz corrector, líquidos correctores; material para artistas en especial crayones de cera, tiza y material para modelar y pegar para niños; artículos de oficina (excepto muebles), incluyendo cintas entintadas y cintas correctoras; instrumentos para dibujar, en especial reglas no graduadas y transportadores como instrumento para dibujar; sacapuntas para lápiz y lápiz de color; sellos, sellos de tinta, y almohadillas para sellos; grapas y clips para papel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de mayo del 2016. Solicitud Nº 2016-0004882. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de enero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017108418 ).

Rafael Arturo Quirós Bustamante, casado, cédula de identidad 105470445, en calidad de apoderado especial de New Stetic S. A. con domicilio en calle 40, N° 65-27, Medellín-Antioquía, Colombia, solicita la inscripción de: NEW FLEX

como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Resinas termoplásticas para uso dental; abrasivos para uso ontológico; adhesivos dentales; agentes de sellado para uso ontológico; aleaciones para uso dental; cementos dentales; ceras para improntas dentales; prótesis dentales; resinas dentales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de octubre del 2016, solicitud Nº 2016-0009642. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de diciembre del 2016.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017108419 ).

Monserrat Alfaro Solano, divorciada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderado especial de Nutrapharm S. A., con domicilio en Bernardo O’Higgins 156 Parque Industrial Los Libertadores, Colina, Chile, solicita la inscripción de: MUTRAPHARM EL PODER DE TU BIENESTAR

como marca de servicios en clase: 35. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero del 2017, según la Solicitud N° 2017-0000055. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de enero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017108433 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad N° 111430953, en calidad de apoderada especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala), Sociedad Anónima, con domicilio en 2A. Calle 9-54 sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. casa 5, condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: ALFURON, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 1 y 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: clase 1 productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes, y clase 5 preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre de 2016. Solicitud N° 2016-0008729. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de noviembre de 2016.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017108434 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala), Sociedad Anónima, con domicilio en 2a., calle 9-54 sector A-1, Zona 8 de Mixco, Int. Casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: VIRTUOSO como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5. Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes y 5 preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2016, según expediente Nº 2016-0008735. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de noviembre del 2016.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017108445 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala) Sociedad Anónima con domicilio en 2a. calle 9-54 Sector A-1, Zona 8 de Mixco, Int. casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: KIBAK como marca de fábrica y comercio en clase 1 y 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes y 5 preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2016, solicitud Nº 2016-0008709. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017108449 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala), Sociedad Anónima con domicilio en 2A. Calle 9-54 sector A-1, zona 8 de Mixco Int. casa 5, Condominio Villa Colonial, Int. Residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: TORREON como marca de fábrica y comercio en clases 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes y 5 preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2016, solicitud Nº 2016-0008727. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017108453 ).

Rodrigo Muñoz Ripper, soltero, cédula de identidad N° 113100774, en calidad de Apoderado Especial de Marvin José Morales Campos, casado una vez, cédula de identidad N° 110740122, con domicilio en San Rafael, Condominio Paso Real, apartamento F 22, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: MULTI SPORT PERFORMANCE,

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Actividades deportivas de triatlón, organización eventos y actividades de triatlonismo, ya sea como competencias o de carácter recreativo, en especial un equipo de triatlón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio de 2016. Solicitud N° 2016-0006679. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de agosto de 2016.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017108470 ).

Isabel María Ortega Villalobos, casada una vez, cédula de identidad 402020002 con domicilio en la Trinidad de Moravia, Urb Villa Margarita, casa 5H, Costa Rica, solicita la inscripción de: RE RUMBO ECONÓMICO

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41: Publicación on line de revista electrónica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000304. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017108473 ).

Isabel María Ortega Villalobos, casada 1 vez, cédula de identidad 402020002 con domicilio en La Trinidad De Moravia, Urb. Villa Margarita casa 5H, Costa Rica, solicita la inscripción de: RE RUMBO ECONOMICO

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41: Publicación online de revista electrónica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000305. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2016.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017108475 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderada especial de Rainbow Agrosciences (Guatemala), sociedad anónima con domicilio en 2ª, calle 9-54 sector A-1, zona 8 de Mixco, Int. casa 5, condominio Villa Colonial, Int. residenciales Las Orquídeas, San Cristóbal, Mixco, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: PREVENZEB como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos para uso en la agricultura, horticultura y silvicultura; abono para el suelo; fertilizantes y productos fertilizantes, y 5 Preparaciones para eliminar animales dañinos y las malas hierbas; plaguicidas; herbicidas; fungicidas; insecticidas; acaricidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de setiembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0008725. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero de 2017.—Jamie Phillips Guardado Registrador.—( IN2017108490 ).

Carlos Enrique López Baltodano, casado una vez, cédula de identidad Nº 5264017, en calidad de apoderado especial de Grupo de Producción Almo CR Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101670329, con domicilio en: residencial El Prado, Curridabat, 200 metros sur y 125 oeste de la Heladería Pops, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BONANZA ASISTENCIA

como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento dedicado a brindar servicios para el cuido de adultos mayores, y con personas con enfermedades que requieran de un cuido. No indica ubicación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000161. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017108512 ).

Leonardo Sánchez Hernández, casado, cédula de identidad 108500496, en calidad de Apoderado Generalísimo de Plaza Café HNCRC Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101701278 con domicilio en Santo Domingo, Santa Rosa, 700 metros oeste del Palí de Santo Domingo, casa a mano izquierda, portón grande de hierro, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: FANEGA REAL COFFEE

como marca de comercio en clase: 43. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de alimentación, preparación de alimentos y bebidas para el consumo, servicios de café, restaurante y cafetería. Reservas: De los colores: Marrón y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012244. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de enero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017108519 ).

Juan Carlos Montero Soto, casado una vez, cédula de identidad N° 108560191, en calidad de apoderado especial de Magui Consulting Services S.L., con domicilio en N° 28760 Tres Cantos - Madrid Travesía de Somosierra N° 5, 4° I, España, solicita la inscripción de: IBYSAN

como marca de fábrica en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Reservas: de los colores: gris, negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0012580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108520 ).

Juan Carlos Montero Soto, casado una vez, cédula de identidad 108560191, en calidad de apoderado especial de Magui Consulting Services, S.L. con domicilio en 28760 Tres Cantos - Madrid Travesía de Somosierra N° 5, 4° I, España, solicita la inscripción de: DIFENRAT como marca de fábrica en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012581. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108521 ).

Guido Mora Vilialobos, casado una vez, cédula de identidad N° 108070827, en calidad de apoderado generalísimo de Torniaceros Pital Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101700736, con domicilio en Pital de San Carlos, frente al almacén Agro Veterinario Dos Pinos, Costa Rica, solicita la inscripción de: TORNIACEROS,

como marca de comercio en clase: 6. Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 6 distribución y comercialización de metales comunes y sus aleaciones materiales de construcción, metálicos, tubos y tuberías metálicos, cables e hilos metálicos no eléctricos, artículos de cerrajería y ferretería metálicos. Reservas: de los colores: blanco, azul y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de noviembre de 2016. Solicitud N° 2016-0011577. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de diciembre del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017108523 ).

María del Milagro Chavez Desanti, casada dos veces, cédula de identidad 106260794, en calidad de Apoderada Especial de S.C. Johnson & Son Inc., con domicilio en 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: RÁPIDA ACCIÓN PARA MAMÁS EXIGENTES como señal de propaganda. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar insecticidas, repelentes contra insectos, fungicidas, germicidas y miticidas, en relación con la marca OFF! Registro 19460. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de noviembre del 2016. Según la solicitud N° 2016-0011229. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017108560 ).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106260794, en calidad de apoderada especial de Quala Inc., con domicilio en Pasea Estate P.O. BOX 958 Road Town, Tortola, Islas Vírgenes (Británicas), solicita la inscripción de: MEGA MONSTER como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para el cuidado del cabello, geles y preparaciones cosméticas para moldear el cabello, champú, cosméticos, lociones y tratamiento capilares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de febrero del 2016, según expediente Nº 2016-0001182. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017108561 ).

Álvaro Murillo Castro, casado una vez, cédula de identidad 203150388, en calidad de apoderado generalísimo de Productos de Concreto San Jorge Limitada, cédula jurídica 3102256971, con domicilio en San Carlos, San Jorge de La Fortuna; contiguo a Productos de Concreto San Jorge, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: CSJ CONCRETOS SAN JORGE

como marca de fábrica y comercio en clase: 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 19. La producción, comercialización y distribución de productos hechos a base de concreto. Reservas: De los colores: rojo y gris, no se hace reserva de los términos “Concretos”, “San Jorge”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2016, según la solicitud N° 2016-0012178. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017108573 ).

Héctor Gustavo Haslband Leverato, cédula de identidad 800500829, en calidad de apoderado generalísimo de Haslband Ideas Que Trascienden S. A., cédula jurídica 3101481142, con domicilio en Barrio Escalante, de la iglesia Santa Teresita 300 metros este, casa Nº 3161, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HALSBAND WORLDWIDE PARTNERS

como marca colectiva en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de publicidad en: comunicación, planificación estratégica, identidad corporativa, promociones, arquitectura de marca, creación de estrategias de comunicación digital, administración de medios, administración de redes sociales, optimización de perfiles sociales (social) media optimization), realización de estrategias para pauta en medios digitales (E-Advertising), diseño Web a la medida, desarrollo Web, Web Hosting, análisis de usabilidad de sitios Web, optimización SEO/SEM, desarrollo de Apps para los Apple y Android, producción digital, Banners, Rich Media, sitios promocionales, Email. Marketing, comercio electrónico, mercadeo a través de dispositivos móviles (Mobile marketing), estudio general de medios, investigación, análisis, monitoreo, evaluación (E-Reputation), documentales, ecommers y cursos de formación virtual para todo tipo de empresas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de noviembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011632. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de enero de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017108576 ).

Walter Mauricio Rojas Delgado, casado una vez, cédula de identidad 106850719, en calidad de Apoderado Generalísimo de Signature Retreats S. A., cédula jurídica 3-101-711602 con domicilio en Jacó, Centro Comercial Plaza Coral Local Nº 11, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: Hand Picked Vacation Rentals como Señal de Propaganda. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar una marca que se dedica a publicitar por diferentes medios escritos, radiofónicos, vía web y redes sociales entre otras, un servicio inmobiliario de venta y/o renta de casas, hoteles, estancias en general para vivir o vacacionar en Costa Rica, mediante hoteles, hostales, cabinas y cualquier otro medio que promueva conocer el país a nivel nacional e internacional, promoviendo el satisfactorio alojamiento de sus clientes, en relación con la marca Signature Retreats, inscrita en clasificación 35, 36 y 43 bajo el expediente 2016-0007582. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de setiembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0009170. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de febrero de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017108584 ).

Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de Apoderada Especial de Pyeong Hwa Clutch Co., Ltd., con domicilio en 205-2, Paho-Dong, Dalseo-Gu Daegu, República de Corea, solicita la inscripción de: phc

como marca de fábrica en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Embragues para vehículos terrestres, muelles amortiguadores para vehículos, amortiguadores para automóviles, frenos de vehículos, discos de freno de vehículos, pastillas de freno para automóviles, cajas de cambios para vehículos terrestres, Desmultiplicadores para vehículos terrestres, Motores para vehículos terrestres, acoplamientos para vehículos terrestres, mecanismos de transmisión para vehículos terrestres, vehículos de locomoción terrestre, aérea, acuática y férrea, puertas de automóviles, carrocerías de automóviles, chasis de automóviles, parasoles para automóviles, capós de automóviles, dispositivos de seguridad en forma de placas metálicas o de acero para aplicaciones en automóviles y camiones como accesorios de post-venta que se fijan al vehículo para reforzar o fortalecer las manijas de las puertas, pestillos de puertas de vehículos, cerrojos de puertas de vehículos, sistemas manuales, eléctricos y electrónicos de control de cristales de vehículos, Protectores para puertas de automóviles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000096. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de enero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017108587 ).

Silvia Patricia Castro Montero, soltera, cédula de identidad 108350394, en calidad de Apoderada Generalísima de Ulacit Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101019487 con domicilio en Goicoechea, Barrio Tournón, del Periódico La República, 200 sur, Edificio Ulacit, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ULACIT ESCAZÚ CENTRO DE INNOVACIÓN Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA

como marca de servicios en clases: 41 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 41. Educación, formación, actividades deportivas y culturales y 42. Servicios científicos y tecnológicos, servicios de investigación y diseño en estos ámbitos, servicios de análisis e investigaciones industriales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000342. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017108639 ).

Pamela Mora Soto, casada una vez, cédula de identidad 112460002, en calidad de apoderada generalísima de Consorcio Playa Malibu PM Cero Ocho S. A., cédula jurídica 3101417518, con domicilio en Santo Domingo, de la Bomba Shell, 100 metros al norte, en el residencial Marquina, casa número tres, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: mi IMPORTS

como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35, servicios de ventas de productos a terceros tales como productos alimenticios, bebidas, ropa, juguetes, y articulas deportivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre del 2016, según expediente Nº 2016-0012295. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108708 ).

José Antonio Muñoz Fonseca, casado, cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial de Grupo Porcimás S. A., cédula jurídica 3-101-501167con domicilio en del MOPT 500; metros este, 200 metros sur y 25, metros oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL CAMPESINO DE MI TIERRA

como marca de fábrica y comercio en clase: 29 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 29 embutidos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de diciembre del 2016, según la Solicitud N° 2016-0011825. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de diciembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108722 ).

José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad 104430939, en calidad de Apoderado Especial de Termoencogibles Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en calle L-3 polígono D, lote 1 y 2, zona industrial ciudad Merliot, Departamento de la Libertad, El Salvador, solicita la inscripción de: TERMO ENCOGIBLES

como marca de fábrica y comercio en clase: 16. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Bolsas plásticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de setiembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0009004. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de noviembre del 2016.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017108724 ).

José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial de Ducoco Alimentos S. A., con domicilio en Rodovia BR 101 KM 160, S/N. Bebeduoro, Linhares / ES - CEP 29915-140, Brasil, solicita la inscripción de: DUCOCO

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29 y 32, internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 29: Barras de cereal; coco desecado (deshidratado); compotas (frutas en sirope de azúcar); gelatina; jaleas; productos lácteos; productos de leche; mantequilla de coco; aceite de coco; coco rallado; dulce de leche; leche de coco (para cocinar). Todos los productos anteriores elaborados con coco o con sabor a coco y 32: Bebidas isotónicas; bebidas no alcohólicas; bebidas no alcohólicas de jugos de frutas; extractos de frutas no alcohólicos; jugos de fruta; jugo de fruta; jugo en polvo; leche de coco (para beber); agua de coco. Todos los productos anteriores elaborados con coco o con sabor a coco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010448. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de diciembre del 2016.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017108727 ).

Paola Arias Marín, divorciada una vez, cédula de identidad 109280231, en calidad de Apoderada Especial de Industrias Alimenticias Kaldi Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-457-416 con domicilio en Sabanilla de Montes de Oca, cien metros al oeste de la iglesia católica, Costa Rica, solicita la inscripción de: kALDI

como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 49. Un establecimiento comercial dedicado a panadería, pastelería, restaurante y cafetería. Ubicado en San José, Sabanilla de Montes de Oca, 100 metros al oeste de la esquina noroeste del parque. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de setiembre del 2016. Solicitud N° 2016-0008762. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de enero del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108737 ).

Tatiana Valverde Vargas, divorciada una vez, cédula de identidad Nº 109330889, con domicilio en: Desamparados, Calle Fallas, de la terminal de Taxis Unidos, 250 sur, 75 oeste, calle sin salida, ultima casa mano derecha, Costa Rica, solicita la inscripción de: CHILERA DON ARMANDO 100% ARTESANAL como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: chilera artesanal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000497. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017108738 ).

Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad número 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Arysta Lifescience Corporation con domicilio en 8-1 Akashi-Cho, Chuo-Ku, Tokio 104-6591, Japón, solicita la inscripción de: pro nutiva + nutrición + protección + Arysta LifeScience

como marca de fábrica, comercio y servicios en clases: 1; 5 y 44. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 1: Fertilizantes; reguladores de crecimiento de las plantas; bioestimulantes para uso agrícola; bionutrientes para uso agrícola; preparaciones para la nutrición de plantas, preparaciones y alimentos para el fortalecimiento de las plantas y agentes biológicos derivados naturalmente para optimizar la nutrición de las plantas; productos biológicos agrícolas; productos químicos para la fabricación de productos farmacéuticos, agroquímicos y/o productos biológicos agrícolas; productos químicos para la fabricación de mezclas para aplicaciones de uso final en agricultura, horticultura, silvicultura, cuidado ornamenta y del césped, y/o en el hogar y el jardín. En clase 5: Fumigantes para uso en la agricultura, horticultura y el hogar y jardín; herbicidas, fungicidas, insecticidas, pesticidas, productos biológicos para aplicaciones de control biológico, y preparaciones para la destrucción de animales dañinos, cada uno para uso en la agricultura, horticultura, silvicultura, cuidado ornamental y del césped y/o el hogar y el jardín. En clase 44: Servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de agosto de 2016. Solicitud Nº 2016-0008353. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de Noviembre de 2016..—Sabrina Loaíciga Pérez, Registradora.—( IN2017108743 ).

María del Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad 106270794, en calidad de apoderada especial de Ebel International Limited con domicilio en Argyle House 41ª, Cedar Avenue, Hamilton, HM12., Bermudas, solicita la inscripción de: BELESSA ESIKA como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Maquillaje, perfumería, productos de cuidado e higiene personal y preparaciones cosméticas para el tratamiento facial, corporal y capilar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0010912. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de noviembre del 2016.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017108746 ).

José Cruz Campos, casado una vez, cédula de identidad 1-0386-0415, en calidad de apoderado generalísimo de Compañía Santa Rosa Limitada, cédula jurídica 3-1020-041693 con domicilio en Turrialba, costado sur del Banco Crédito Agrícola de Cartago, Cartago, Costa Rica , solicita la inscripción de: T.G.T. SANTA ROSA DE TORREALBA

como marca de fábrica en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Café de exportación. Reservas: De los colores: Negros, blanco, rojo y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011693. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN20170108753 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad N° 103920470, en calidad de Apoderado Especial de Hotelbeds Spain, S.L.U., con domicilio en Complejo Mirall Balear, Cami de Son Fangos, 100-Torre A, 5ª Planta, 6A-7A, 07007, Palma de Mallorca, Islas Baleares, España, solicita la inscripción de: PUREQUEST ADVENTURES,

como marca de servicios en clases: 39 y 43. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 39: Servicios de agencias de viajes, al por mayor; servicios de agencia de viajes al por menor; servicios de organización y viajes; organización de viajes; servicios de gestión de viajes, en concreto, gestión de viajes para particulares y grupos que participan en viajes; servicios de información de viajes; servicios de guías de viaje; servicios que consisten en la organización y preparación de productos de viajes, visitas y vacaciones y venta al por mayor de los servicios mencionados a la industria de los viajes al por menor; servicios de consultoría, asesoramiento e información relacionados con todos los servicios mencionados; y clase 43: Reserva de hoteles y alojamientos temporales; suministro de información relativa a albergues, alojamientos para vacaciones y centro turísticos; incluyendo la prestación de todos los servicios mencionados en línea; servicios mencionados en línea; servicios de restauración (alimentación). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre de 2016. Solicitud N° 2016-0010531. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de noviembre de 2016.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017108755 ).

Elia Arce Picado, casada una vez, cédula de identidad 303920581, en calidad de apoderado generalísimo de Taller Infantil San Nicolás, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Cédula jurídica 3102713880 con domicilio en Paraíso, 300 metros este y 150 metros al sur de la Municipalidad de Paraíso, casa color marrón, mano izquierda, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: TALLER INFANTIL SN DE CARTAGO como nombre comercial,

Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la enseñanza de la pedagogía infantil, con el fin de desarrollar todas las áreas de desarrollo de los niños, basados en la aplicación de principios básicos de la metodología Montessori, ubicado en Cartago, Paraíso, de la Municipalidad de Paraíso, 400 metros al este y 300 metros al sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011068. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108758 ).

Elia Arce Picado, casada una vez, cédula de identidad Nº 303920581, en calidad de apoderada generalísimo de Taller Infantil San Nicolás Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102713880, con domicilio en: Paraíso, 300 metros este y 150 metros al sur de la Municipalidad de Paraíso, casa color marrón, mano izquierda, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: TALLER INFANTIL SN DE CARTAGO

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: centro educativo dedicado a la enseñanza de la pedagogía infantil, con el fin de desarrollar todas las áreas de desarrollo de los niños, basados en la aplicación de principios básicos de la metodología Montessori. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011069. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 21 de noviembre del 2016.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108759 ).

Karolayn Bonilla Arroyo, soltera, cédula de identidad 401900108, en calidad de Apoderada Generalísima de 3-101-727920 sociedad anónima, cédula jurídica 3101727920 con domicilio en de los Tribunales de Justicia 15 metros al este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: AAREGLAME LA VIDA

como Nombre Comercial en, Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicio de construcción, reparación, instalación, ubicado en Heredia, San Pablo Condominio El Prado casa 60. Reservas: De los colores: Verde agua y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012400. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de enero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108771 ).

Karolayn Bonilla Arroyo, soltera, cédula de identidad Nº 401900108, en calidad de apoderada generalísima de 3-101-727920 Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101727920, con domicilio en: de los Tribunales de Justicia, 15 metros al este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ARREGLAME LA VIDA

como marca de servicios en clase 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de construcción, reparación instalación. Reservas: de los colores: verde, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012227. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de diciembre del 2016.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017108772 ).

Karolayn María Bonilla Arroyo, soltera, cédula de identidad 401900108, en calidad de apoderada generalísima de 3-101-729369 S. A. con domicilio en de los Tribunales de Justicia 15 metros al este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GRUPO Kangaroo asistencia integral

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente:  Un establecimiento comercial dedicado a publicidad, gestión de negocio, trabajo de oficina, ubicado en Heredia San Pablo, Condominio El Prado casa N° 60. Reservas: De los colores: verde agua y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre del 2016, solicitud Nº 2016-0012401. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de enero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017108778).

Karolayn Bonilla Arroyo, soltera, cédula de identidad Nº 401900108, en calidad de apoderada generalísima de 3101729369 S. A., con domicilio en: de los Tribunales de Justicia 15 metros al este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GRUPO kangaroo asistencia integral

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: publicidad, gestión de negocios trabajos de oficina Nº 35. Reservas: de los colores: verde agua y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012228. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de diciembre del 2016.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017108779 ).

Rosario Bonilla Bonilla, soltera, cédula de identidad Nº 105380444, en calidad de apoderada generalísima de Killer Cosmetics S. A., cédula jurídica Nº 3101727058, con domicilio en: Curridabat, barrio Santa Cecilia, de Café Rey 200 metros sur y 25 metros oeste, mano derecha, portón gris, Costa Rica, solicita la inscripción de: KILLER como marca de comercio en clase 3 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: productos cosméticos, incluyendo, esmaltes, maquillaje y artículos de cuidado personal. Reservas: de los colores: gris y dorado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000536. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017108783 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad Nº 401550803, en calidad de Apoderado Especial de Popsockets LLC, con domicilio en 3033 Sterling Circle Boulder, CO 80301, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PopSockets, como marca de fábrica y comercio en clase: 9. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Estuches de transporte, soportes, estuches protectores y soportes comprendiendo controles de fuentes de alimentación, adaptadores, altavoces y dispositivos de carga de baterías, especialmente adaptados para uso con dispositivos electrónicos digitales de mano, en especial teléfonos, reproductores de sonido y lectores de video. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012187. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017108794 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Popsockets LLC. con domicilio en 3033 Sterling Circle Boulder, Co. 80301, Estados Unidos de América , solicita la inscripción de: PopClip como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 9: Soportes para uso con dispositivos electrónicos digitales de mano, en específico celulares equipados con accesorios de extensión. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2016, solicitud Nº 2016-0012188. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017108795 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad Nº 401550803, en calidad de apoderado especial de David Sanford Gould, casado una vez, con domicilio en: 11673 Summit CR, Delta BC V4E 2Z2, Canadá, solicita la inscripción de: Voss

como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cascos de protección; cascos de protección para motociclistas; cascos protectores para deportes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011573. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de diciembre del 2016.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017108796 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad N° 401550803, en calidad de apoderado especial de Anastasia Beverly Hills, Inc, con domicilio en 438 N. Bedford Drive, Beverly Hills, California 90210, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ANASTASIA BEVERLY HILLS, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería; aceites esenciales; cosméticos, especialmente, bases (productos cosméticos), correctores (productos cosméticos), polvos compactos de maquillaje, rubor, sombras para ojos, máscara de pestañas, delineadores de ojos, recubrimientos para labios (de uso cosmético), lápices de labios [pintalabios], brillos de labios, delineadores de labios, productos cosméticos de color para las cejas; lápices de cejas, polvo para las cejas, pomadas para las cejas (para uso cosmético), gel para las cejas (para uso cosmético); productos cosméticos para el cuidado de la piel, especialmente, humectantes faciales, cremas para los ojos, geles para los ojos, humectantes para el área de los ojos, cremas para el área de los ojos, sueros faciales (de uso cosmético); lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000092. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de enero de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017108797 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Anastasia Beverly Hills Inc. con domicilio en 438 N. Bedford Drive, Beverly Hills, California 90210, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: A

como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería; aceites esenciales; cosméticos, especialmente, bases (productos cosméticos), correctores (productos cosméticos), polvos compactos de maquillaje, rubor, sombras para ojos, máscara de pestañas, delineadores de ojos, recubrimientos para labios (de uso cosmético), lápices de labios [pintalabios], brillos de labios, delineadores de labios, productos cosméticos de color para las cejas; lápices de cejas, polvo para las cejas, pomadas para las cejas (para uso cosmético), gel para las cejas (para uso cosmético); productos cosméticos para el cuidado de la piel, especialmente, humectantes faciales, cremas para los ojos, geles para los ojos, humectantes para el área de los ojos, cremas para el área de los ojos, sueros faciales (de uso cosmético); lociones capilares; dentífrico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000094. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de enero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017108798 ).

Cambio de Nombre Nº 107803

Que José Antonio Muñoz Fonseca, casado, cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial de Riha Wesergold Getranke GMBH & CO. KG, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Riha Richard Hartinger Getranke GMBH & CO. Handels-KG por el de Riha Wesergold Getranke GMBH & CO. KG, presentada el día 7 de diciembre del 2016 bajo expediente 107803. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2001-0002387 Registro Nº 136305 NATURELLA en clase 32 Marca Mixto, 2001-0002388 Registro Nº 136307 NATURELLA en clase 29 Marca Mixto, 2001-0002389 Registro Nº 136306 NATURELLA en clase 30 Marca Mixto, 2001-0002390 Registro Nº 136378 NATURELLA en clase 31 Marca Mixto y 2001-0005939 Registro Nº 131021 WESERGOLD en clase 32 Marca Denominativa. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—( IN2017108729 ).

Marcas de ganado

Solicitud Nº 2016-2566.—Ref: 35/2016/5294.—Trinidad Solano Pereira, cédula de identidad Nº 0104121287, solicita la inscripción de:

8

P   T

como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo, Los Lirios, 400 metros al norte de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 08 de diciembre del 2016. Según el expediente N° 2016-2566.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017108432 ).

Solicitud Nº 2017-88.—Ref: 35/2017/204.—María Justina Escott López, cédula de identidad 0501380007, solicita la inscripción de:

J

7    0

como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Carrillo, Carrillo, Barrio Monte Galán Guardia de Liberia, del Doit Center de Guardia Carrillo 4 kilómetros al norte. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 19 de enero del 2017. Según la Solicitud Nº 2017-88.—Elda Cerdas Badilla, Registrador.—1 vez.—( IN201710108535 ).

Solicitud N° 2017-173.—Ref: 35/2017/386.—María Alexandra Gutiérrez Montero, cédula de identidad 0116300950, solicita la inscripción de:

Para ver imágen solo en La Gaceta con formato PDF

como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Santa Rosa, Tilarán, Hacienda Quebrada Azul, de la agencia del ICE de Tilarán, 3 kilómetros al oeste, carretera a Cañas, corrales color rojo a mano izquierda. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero del 2017. Según el la Solicitud N° 2017-173.—Elda Cerdas Badilla Registradora.—1 vez.—( IN2017108539 ).

Solicitud N° 2017-176. Ref: 35/2017/400.—Luis Martín Luna Cruz, cédula de identidad 0502160431, solicita la inscripción de:

U   X

5

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Upala, San Luis de Upala, 3 kilómetros al oeste de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 30 de enero del 2017. Según el expediente Nº 2017-176.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017108588 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Centro de Entrenamiento de Altura Volcán Irazú, con domicilio en la provincia de: Cartago-Oreamuno, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el acceso a la práctica del deporte en pro del bienestar de la comunidad. Inculcar en los practicantes del deporte valores éticos, morales y profesionales que los lleven a alcanzar un desarrollo integral en cada una de sus disciplinas deportivas. Cuyo representante, será el presidente: Rodolfo Navarro Meza, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional a las 9 horas 58 minutos y 14 segundos, del 5 de diciembre del 2016. Documento tomo: 2016, asiento: 666390 con adicional(es): 2016-775603.—Lic. Luis Gustavo Álvarez, Director.—1 vez.—( IN2017108565 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad Asociación Enping Unida China Costa Rica, con domicilio en la provincia de San José, San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el intercambio cultural entre la provincia de Enping China y Costa Rica. Cuyo representante, será el presidente: Tianyi Feng Zheng, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 08 horas 41 minutos y 55 segundos, del 02 de febrero del 2017. Documento Tomo: 2017 Asiento: 22664.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN201108581 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-187864, denominación: Asociación Carismática Vida Nueva. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por quince días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 23 minutos y 51 segundos, del 12 de diciembre del 2016. Documento Tomo: 2016 Asiento: 434487 con adicional(es): 2016-789465.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017108583 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cámara de Emprendimiento CR, con domicilio en la provincia de: San José-Montes de Oca, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Asociar a quienes desarrollan actividades relacionadas con el emprendimiento, las inversiones, la industria y el comercio especialmente entre Costa Rica y cualquier país, cuyo representante, será el presidente: Randall Gerardo Trejos González, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 427450.—Dado en el Registro Nacional a las 12 horas 45 minutos y 38 segundos, del 21 de octubre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017108641 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Mujeres Emprendedoras de Tierra Blanca de Cartago, con domicilio en la provincia de: Cartago-Cartago, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: luchar por el bienestar y el desarrollo de Tierra Blanca de Cartago y sus alrededores. Cuyo representante, será la presidenta: Marlene Auxiliadora Campos Guzmán, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo:2016, Asiento: 730850.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 20 minutos y 46 segundos, del 15 de diciembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017108756 ).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, cédula de identidad 1-0433-0939, en calidad de Apoderado Especial de ABBVIE STEMCENTRX LLC, solicita la patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-RNF43 NOVEDOSOS Y MÉTODOS PARA SU USO. La invención divulga anticuerpos anti-RNF43 novedosos y derivados de los mismos, incluyendo a conjugados de anticuerpo y fármaco, y métodos para usar dichos anticuerpos anti-RNF43 y conjugados de anticuerpo y fármaco para diagnosticar y tratar cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395 y C07K 16/46; cuyos inventores son: Boontanrart, Mandy (US); Rokkam, Deepti (US); Liu, David (US); Dylla, Scott J (US) y Aujay, Monette (US). Prioridad: N° 61/982,294 del 21/04/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/164392. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000486, y fue presentada a las 14:41:24 del 20 de octubre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de enero del 2017.—Viviana Segura De la O, Registradora.—( IN2017108735 ).

El señor Carlos Ubico Durán, cédula de identidad N° 109820881, en calidad de apoderado especial de Abbvie Stemcentrx Llc, solicita la Patente PCT denominada: CONJUGADOS DE ANTICUERPOS ANTI-DROSOPHILA SIMILAR A DELTA 3 (ANTI-DLL3) Y MEDICAMENTOS PARA USO EN EL TRATAMIENTO CONTRA MELANOMA. Se proporcionan anticuerpos anti DLL3 y conjugados de anticuerpo y medicamento para usarse en el diagnóstico y tratamiento de melanoma. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395, A61K 47/48 y GO1N 33/574; cuyos inventores son: Williams, Samuel; (US); Saunders, Laura; (US) y Loving, Kathryn A. (US). Prioridad: N° 61/942,796 del 21/02/2014 (US). Publicación Internacional: W02015/127407. La solicitud correspondiente lleva el N° 2016-0000437, y fue presentada a las 10:13:20 del 21 de septiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de diciembre del 2016.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017108740 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: FRANCINY GOMEZ CRUZ, con cédula de identidad número 6-0395-0175 carné número 24697. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-000051-0624-NO.—San José, 1° de febrero del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—( IN2017110577 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MAX PACHECO PONCE DE LEÓN, con cédula de identidad número 2-0495-0466, carné número 24427. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°17-000073-0624-NO.—San José, 25 de enero del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2017110611 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0698-2016.—Exp. N° 17221A.—Ana Lizett, Nelson Emilio, Xinia, Laura María, Eida del Carmen y Marvin Todos Guillen López, solicitan concesión de: 0.23 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Pacayas, Alvarado, Cartago, para uso consumo humano doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas 212.385 / 557.057 hoja Pacayas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de agosto del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017108675 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-0868-2016.—Exp. N° 4875P.—Formulaciones Químicas S. A., solicita concesión de: I litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CHP-54 en finca de su propiedad en Chomes, Puntarenas, Puntarenas, para uso industrial. Coordenadas 232.100 / 436.900 Hoja Chapernal. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de diciembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017109216 ).

ED-0011-2017.—Expediente Nº 16720P.—Costa Nostra and CO S.A., solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CY-173 en finca de 3-101-691205 S.A. en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 183.109 / 408.407 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de enero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017110482 ).

ED-0012-2017.—Exp 16870P.—Surf Brothers Mal País S.A., solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CY-126 en finca de Waterbugs of Santa Teresa S.A. en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 182.041 / 407.038 hoja Cabuya. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de enero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017110483 ).

ED-0035-2017.—Exp. N° 16612P.—3-101-675331 S.A., solicita concesión de: 10 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo ME-422 en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 289.711 / 380.944 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 23 de enero del 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017110505 ).

ED-0023-2017. Expediente Nº 16736P.—EX CO Exclusiones Costarricenses S. A., solicita concesión de: 9 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo ME-423 en finca de su propiedad en Liberia, Guanacaste, para autoabastecimiento en condominio. Coordenadas 287.187 / 379.158 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de enero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017110532 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil -Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Erika Josefa Valencia Yubank, se ha dictado la resolución N° 4876-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas y seis minutos del cinco de setiembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 20821-2016. Resultando 1º—… 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kendra Samanta Guadamuz Valencia, en el sentido que el segundo apellido de la madre es Yubank.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017108684 ).

En resolución N° 623-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas del dieciséis de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 52486-2016, incoado por María Nela Velásquez García, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Olmer José Velásquez García y Roberto Antonio Velásquez García, que el nombre de la madre es María Nela.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017108691 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ana Cecilia Gutiérrez García, se ha dictado la resolución N° 5892-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cuarenta y dos minutos del veintisiete de octubre de dos mil quince. Exp. N° 37520-2015. Resultando: 1º—... 2º—… Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Ana Cecilia Gutiérrez García, en el sentido que los apellidos de la persona inscrita son García Gutiérrez, hija de María Virginia García Gutiérrez.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017108728 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Esther Virginia Pérez Pérez, nicaragüense, cédula de residencia 155815164507, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 541-2017.—San José, al ser las 15:51:32 del 03 de febrero de 2017.—Germán Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017108816 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

SUPERINTENDENCIA GENERAL DE SEGUROS

PLAN DE INVERSIONES AÑO 2017

Para ver imágen solo en La Gaceta con formato PDF

Henry Meoño Castro.—1 vez.—( IN2017109561 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

PERÍODO PRESUPUESTARIO 2017

La Universidad Estatal a Distancia, en cumplimiento con lo dispuesto en los artículos 6 de la Ley de Contratación Administrativa y 7 de su Reglamento, informa a los interesados que el programa de adquisiciones para bienes y servicios de esta Universidad, proyectado para el período presupuestario 2017, se encuentra a disposición en la dirección electrónica http://www.uned.ac.cr/ejecutiva/contratacion-suministros/documentos-institucionales

San José, 14 de febrero del 2017.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017110533 ).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO APROVISIONAMIENTO

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2017

(miles de colones)

De conformidad con el artículo 6º de la Ley de Contratación Administrativa y 7º del Reglamento Detalle a Nivel de Sub-Partida

Para ver imagenes solo en La Gaceta con formato PDF

Cartago, 10 de febrero del 2017.—Licda. Katthya Calderón Mora, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 20175125.—Solicitud Nº 77369.—( IN2017110558 ).

INSTUTUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

PROGRAMA DE ADQUISICIONES PARA EL AÑO 2017

Se comunica a todos las personas potenciales oferentes que el Plan de Adquisiciones del INAMU, para el año 2017, se encuentra a disposición en la página Web, www.inamu.go.cr (viñetas Proveeduría- Adquisiciones).

San José, 10 de febrero del 2017.—Carlos Barquero Trigueros, Coordinador de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 1286.—Solicitud Nº 77441.—( IN2017110511 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2017

La Municipalidad del cantón Central de Alajuela, les informa que el Plan de Adquisiciones correspondiente al año 2017, se encuentra disponible para consultar en la página web de la Municipalidad de Alajuela, específicamente, en la dirección electrónica: http://www.munialajuela.go.cr/app/ y en el portal de la Plataforma de Compras Mer-link: http://www.mer-link.co.cr/index.jsp. Para más información pueden comunicarse al teléfono 2436-2356 o al fax 2440-0981.

Licda. Shilena Salas Jiménez, Proveedora Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2017110278 ).

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO

PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES 2017

De conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley de Contratación Administrativa y su reglamento, respectivamente, la Proveeduría de la Municipalidad de El Guarco, por este medio, comunica a todos los interesados que el detalle del Plan Anual de Adquisiciones para el ejercicio económico 2017, se encuentra a disposición de los mismos en nuestro sitio web www.muniguarco.go.cr, en la pestaña de descargas, sección de documentos de interés o bien, en el Sistema de Compras Públicas Mer-Link (SICOP).

El Tejar de El Guarco, 09 de febrero del 2017.—José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.— 1 vez.— ( IN2017110424 ).

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

PROGRAMA DE ADQUISICIONES 2017

De conformidad con la Ley de Contratación Administrativa, sección segunda, artículo 6 y el Reglamento de dicha Ley, capítulo II, artículo 7, se comunica que el Programa de Adquisiciones para el período 2017, se encuentra a disposición de los interesados en el sitio Web www.siquirres.go.cr, a partir del siguiente día hábil de la presente publicación.

Dipl. Sandra Vargas Fernández, Proveedora Municipal.— 1 vez.—( IN2017110378 ).

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

HACIENDA

Modificación al Programa de Adquisiciones

proyectado para el 2017

La Proveeduría Institucional de este Ministerio, informa a todos aquellos interesados que el Programa de Adquisiciones proyectado para el Ejercicio Presupuestario 2017, para la adquisición de bienes y servicios, ha sido modificado y estará disponible, a partir del día siguiente de esta publicación, en el Sistema de CompraRed y en el Sistema de SICOP, en forma gratuita, en las direcciones electrónicas htpp://comprared.hacienda.go.cr y http://www.sicop.go.cr

San José, 23 de enero del 2017.—Proveeduría.—M.Sc. Marco A. Fernández Umaña, Proveedor Institucional.—1 vez.—O. C. N° 3400032033.—Solicitud N° 76725.—( IN2017110621 ).

CULTURA Y JUVENTUD

PROGRAMA ACTIVIDADES CENTRALES 749

Primera Modificación al Plan Anual de Compras 2017

De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 04 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que la Primera Modificación al Plan Anual de Compras para el año 2017 se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio de Cultura y Juventud www.mcjd.go.cr, así como en Comprared, en la dirección www.sicop.go.cr y https://www.hacienda.go.cr/comprared

San José, 13 de febrero 2017.—Dennis Portuguez Cascante, Viceministro Administrativo.—1 vez.—O. C. Nº 3400031223.—Solicitud Nº 77450.—( IN2017110531 ).

BANCO DE COSTA RICA

MODIFICACIÓN PROGRAMA DE ADQUISICIONES

AÑO 2017

Descripción                           Fecha         Fuente de            Monto

                                               estimada financiamiento aproximado

Contratación de 10000 horas          I                   BCR         US$1.379.200.00

anuales por demanda                semestre

para servicios de dirección,

asesoría y acompañamiento

de proyectos específicos

Adquisición, reparación y               I                   BCR         ¢450.000.000.00

actualización de equipos de       semestre

video digital para la oficina

de seguridad.

Oficina Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 66348.—Solicitud Nº 77462.—( IN2017110535 ).

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a todos los potenciales proveedores interesados en participar en el siguiente procedimiento:

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000096-PROV

Compra de impresoras para la Dirección de Tecnología

de la Información y el Organismo de Investigación Judicial

Fecha y hora de apertura: 15 de marzo del 2017, a las 10:00 horas. Los carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben acceder a través de Internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/ en el aparte de “Contrataciones Disponibles”, y seleccionar el cartel en mención.

San José, 10 de febrero de 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017110523 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000002-2101

Mantas Térmicas

Se informa a los interesados a participar en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000002-2101, por concepto de Mantas Térmicas, que la fecha de apertura de las ofertas es para el día 09 de marzo del 2017, a las 10:00 a.m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 14 de febrero del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.— 1 vez.—( IN2017110581 ).

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000007-DCADM

(Enmienda N° 1 y prórroga N° 2)

Contratación de empresa que brinde el servicio de bureau

de información (consumo según demanda)

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda N° 1 de oficio al cartel, puede ser retirada en la División de Contratación Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de la sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m. Se prorroga la fecha y hora para la apertura de ofertas de este concurso, para el día 23 febrero del 2017 a las 10:00 horas.

Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa Área de Gestión y Análisis de Compras.—1 vez.—( IN2017110467 ).

CONSEJO NACIONAL DE RECTORES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000001-CNR

Contratación de una empresa que se encargue

de promocionar al SINAES en las ferias

vocacionales, según demanda

El Consejo Nacional de Rectores avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 28 de febrero del 2017 para la contratación de una empresa que se encargue de promocionar al SINAES en las ferias vocacionales, según demanda.

Para retirar el cartel con los términos de referencia y las especificaciones técnicas pueden descargar los archivos en la dirección: http://www.conare.ac.cr en los siguientes enlaces: “Servicios”, “Documentos”, “Proveeduría”, “Contrataciones y Licitaciones” o bien solicitarlo al correo electrónico: proveeduria@conare.ac.cr

Pavas, 10 de febrero del 2017.—MAP Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 0014628.—Solicitud Nº 77373.—( IN2017110444 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN-SUBÁREA DE CONTRATACIÓN

ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000003-2104

Adquisición de Riociguat 1.0 MG, 1.5 MG,

2.0 MG y 2.5 MG

Se comunica a los interesados en el presente concurso: Fecha de recepción de ofertas el martes 07 de marzo de 2017 a las 09:00 horas. El cartel está disponible en el servicio de fotocopiado público, situado en el pasillo que comunica al Banco de Sangre con el Laboratorio Clínico, planta baja de este Hospital. Ver detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.

San José, 13 de febrero del 2017.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 12.—Solicitud Nº 77442.—( IN2017110465 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000010-02

(Invitación)

Compra de repuestos y accesorios para bicicletas

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 23 de febrero del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental, ubicado de Pizza Hut Paseo Colón, 250 metros al sur contiguo a la iglesia San Juan Bosco, edificio Don Bosco, primer nivel, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 77465.—( IN2017110522 ).

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000005-03

(Invitación)

Compra de herramientas y materiales

para artesanía general

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 23 de febrero del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 25344.—Solicitud Nº 77460.—( IN2017110530 ).

INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000002-01

Contratación del servicios integral para el suministro

de bienes a requerir por los CEAAM del INAMU;

en modalidad de entrega según demanda

Las personas o empresas interesadas en esta contratación se les informa que el cartel se encuentra disponible en la página web del INAMU (www.inamu.go.cr) (viñetas: PROVEEDURIA-CONTRATACION ADMINISTRATIVA) o pueden solicitarlos a aramos@inamu.go.cr

Apertura de ofertas el día 16 de marzo de 2017 a las 10:00 a.m. según lo dispuesto en el cartel.

San José, 13 de febrero del 2017.—Carlos Barquero Trigueros, Coordinador del Área de Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 1286.—Solicitud Nº 77449.—( IN2017110526 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000001-PM

Obras de infraestructura del acueducto

municipal de San Jerónimo

La Municipalidad de Naranjo les comunica a todos los interesados en el proceso de licitación arriba indicada, que por medio de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas del día 20 de marzo de 2017.

El cartel de licitación se puede obtener a partir de esta publicación en las oficinas de la Proveeduría de esta Municipalidad ubicada costado norte del Templo Católico en Naranjo centro, previo pago de ¢5.000.00 (A cancelar en la Tesorería).

Naranjo, 14 de febrero del 2017.—Ólger Alpízar, Proveedor Institucional.—1 vez.—( IN2017110490 ).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

AVISOS DE ADJUDICACIÓN

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 10-17, celebrada el 9 de febrero del año en curso, artículo IX dispuso adjudicar de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000062-PROV

Arrendamiento de software informático para el cálculo

y generación de reportes de indicadores de riesgo

financiero de los portafolios de títulos valores para

el Fondo de Jubilaciones y Pensiones

del Poder Judicial

A: Valmer Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-519437.

Con un costo mensual de $1.390,00, total anual $16.680,00. Demás características según pliegos de condiciones.

San José, 13 de febrero del 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017110528 ).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2016LN-000034-01

(Adjudicación)

Contratación de una (1) empresa que brinde los servicios

de horas por demanda para la atención de requerimientos

y desarrollo de nuevos módulos para aplicaciones

informáticas utilizadas en el Banco Nacional

Se comunica a los interesados de esta Licitación Pública, que el Comité de Licitaciones del BNCR, mediante el artículo 04 de la sesión ordinaria 1346-2017 referente a la adjudicación de la Licitación Pública 2016LN-000034-01 promovida para la “Contratación de una (1) empresa que brinde los servicios de horas por demanda para la atención de requerimientos y desarrollo de nuevos módulos para aplicaciones informáticas utilizadas en el Banco Nacional”, acordó adjudicar con el siguiente detalle:

Para ver imagenes solo en La Gaceta con formato PDF

Todo conforme lo estipulado en el cartel, la oferta económica y el informe técnico, que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

La Uruca, 16 de febrero del 2017.—Proveeduría General.—Licda. Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.— 1 vez.—O. C. Nº 523493.—Solicitud Nº 77443.—( IN2017110514 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

UNIDAD COORDINADORA DEL PROYECTO

INSTITUCIONAL (UCPI) Y DEL ACUERDO

DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL

(AMI) DE UNIVERSIDAD ESTATAL

A DISTANCIA UNED

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL

EDU-UNED-117-LPI-B-2015LPI-000002

(Resolución de adjudicación Nº 40)

Adquisición de servidores para laboratorio virtual

y equipo de comunicación para el Datacenter

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo Universitario en sesión Nº 2572-2017, Art. III, inciso 2), celebrada el 9 de febrero del 2017, acordó:

Adjudicar la Licitación Pública Internacional EDU-UNED-117-LPI-B-2015LPI-000002, promovida por la Universidad Estatal a Distancia en el marco del Proyecto 8194-CR Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior Costarricense y en el marco del Acuerdo de Mejoramiento Institucional (AMI) para la “Adquisición de servidores para laboratorio virtual y equipo de comunicación para el Datacenter” equipos de la iniciativa 8 para el equipamiento de la Sede Central, de la siguiente manera:

1.  Declarar fracasado el Nº 2, porque ninguna de las ofertas presentadas cumple a cabalidad con lo solicitado en el cartel.

2.  Adjudicar a la empresa Sonda Tecnologías de Información S. A. lo siguiente:

Nombre del proyecto:

Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior

País:

Costa Rica

Número del proyecto:

P123146

Contrato referencia:

EDU-UNED-117-LPI-B-2015LPI-000002

Alcance del contrato:

“Adquisición de Servidores para Laboratorio Virtual y Equipo de Comunicación para el Datacenter” correspondiente a la iniciativa N°8 del AMI.

Evaluación moneda:

Dólares de los Estados Unidos de América

Postor adjudicado:

Sonda Tecnologías de Información S. A.

Dirección:

San José, Costa Rica

Duración del contrato:

90 días calendario.

Lugar de entrega:

Sede Central de la UNED

 

Precio de la oferta por lote, leído en la apertura de ofertas:

Lote 1: Una unidad convergente con servidores de alto rango y sus respectivos servicios de implementación y migración. El equipo debe quedar instalado, configurado y puesto en funcionamiento por parte del adjudicatario (solución llave en mano) y a satisfacción de la Universidad.

Total adjudicado lote Nº 1: $728.544,26

Servicio conexo: $61.387,73

Tiempo de entrega: 90 días calendario

Monto total adjudicado a la empresa Sonda Tecnologías de Información S. A.: $789.931,99

Postor rechazado:

Sistemas Eficientes S. A. (Sefisa S. A.)

Dirección:

San José, Costa Rica

Precio de los lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura de ofertas:

$329 088.00

Motivos del rechazo:

Rechazar la oferta de Sistemas Eficientes S. A. (Sefisa S. A.) debido a que cotiza parcialmente, cotizando solamente la línea Nº 1 del lote 2, por lo tanto no cumple con lo establecido en la cláusula 1.1 de la sección II Datos de la Licitación DDL del cartel.

Postor rechazado:

Business Solution Consulting BSC S. A.

Dirección:

San José, Costa Rica

Precio de los lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura de ofertas:

$216 579.34

Servicios conexos:

$2 400,00

Motivos del rechazo:

Rechazar la oferta de la empresa Business Solution Consulting BSC S. A. debido a que no cumple con el requisito de ser distribuidor autorizado, dado que el fabricante le retiró la distribución del bien ofertado por lo que el equipo no cuenta con el respaldo del fabricante solicitado.

Postor rechazado:

Datasys Group S. A.

Dirección:

San José, Costa Rica

Precio de los lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura de ofertas:

$682 090.38

Servicios conexos:

$39 605,27

Motivos del rechazo:

Rechazar la oferta de la empresa Datasys Group S. A. debido a que su oferta presentó los siguientes incumplimientos técnicos:

 

Lote Nº 1: inciso 1.1.4: se solicita controladoras unificadas y lo ofertado son controladoras independientes, por lo tanto no cumple con lo solicitado en el cartel.

Sabanilla, 14 de febrero del año 2017.—Oficina de Contratación y Suministros UNED.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017110335 ).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000002-99999

(Resolución de adjudicación N° 04)

Servicios de seguridad privada para varios

centros universitarios de la UNED

La Universidad Estatal a Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el Consejo Universitario en sesión N° 2571-2017. Art. IV), inciso 1-a), celebrada el 9 de febrero del 2017, acordó:

Avalar la recomendación de la Comisión de Licitaciones, y adjudicar la Licitación Pública N° 2016LN-000002-99999, “Servicios de seguridad privada para varios centros universitarios de la UNED”, de la siguiente manera:

I.     Dejar fuera de concurso la oferta presentada por Seguridad y Soluciones Empresariales Alarcom S. A., por cuanto no atendió en tiempo y forma la prevención de subsanar.

II.    Dejar fuera de concurso la oferta presentada por AMC de Sarapiquí, S. A., por cuanto incumplió con el requisito de admisibilidad en cuanto a la cláusula de reajuste de precio indicada en el cartel.

III.  Dejar fuera de concurso la oferta presentada por Swat Black Security S. A., por cuanto incumplió con el requisito de admisibilidad en cuanto a la cláusula de reajuste de precio indicada en el cartel.

IV.  Dejar fuera de concurso la oferta presentada por G.S.E Grupo de Seguridad Empresarial S. A., por cuanto no atendió en tiempo y forma la prevención de subsanar.

V.    Dejar fuera de concursos la oferta presentada por Comando de Seguridad Delta S. A., para los ítems 2-4, por cuanto presenta un precio inferior al estudio realizado por la Oficina de Servicios Generales según nota OSG-107-2016.

VI.  Readjudicar la Licitación Pública N° 2016LN-000002-99999, “servicio de seguridad privada para varios centros universitarios de la UNED”, con base en lo indicado en la recomendación y la evaluación respectiva, de la siguiente manera:

a.  A la empresa Consultoría & Inversiones F.I.C.O. S. A, lo siguiente:

Ítem 1: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el Centro Universitario de la UNED en Pavón, por un periodo de 2 años, con prórrogas de dos periodos adicionales, para un total de 6 años.

Dicho servicio atendiendo lo siguiente:

a.  Un oficial que cubra un puesto de seguridad en el centro universitario, las 24 horas del día, los 365 días incluidos feriados y asuetos. Incluye un oficial adicional para los periodos de matrícula, los cuales son de una semana completa, de las 8:00 a.m. a las 8:00 p.m., de lunes a sábado, día domingo de las 8:00 a.m. a las 2:00 p.m.; en los meses de enero, mayo y agosto.

b.  Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones técnicas generales. Aplica igual para los días feriados.

Precio mensual: ¢ 2.140.000,00, monto total por 24 meses adjudicado al oferente Consultoría & Inversiones F.I.C.O., S. A: ¢51.360.000,00.

b.  A la empresa Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda., lo siguiente:

Ítem 2: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el Centro Universitario de la UNED en Guápiles, por un periodo de 2 años, con prórrogas de dos años adicionales, para un total de 6 años.

Dicho servicio atendiendo lo siguiente:

a.  Un oficial que cubra un puesto de seguridad en el centro universitario, 8 horas diarias, los 365 días incluidos feriados y  asuetos, con turnos de 8 horas rotativas de Lunes a Viernes en conjunto con los oficiales de la UNED.

b.  Dos oficiales los sábados y domingos con turnos de 8 horas rotativas de acuerdo al roll de trabajo en conjunto con los oficiales de la UNED (cubriendo libres de oficiales UNED).

     Incluye un oficial adicional para los periodos de matrícula, los cuales son de una semana completa, de las 8:00 a. m. a las 8:00 p. m., de lunes a sábado, día domingo de las 8:00 a.m. a las 2:00 p. m.; en los meses de enero, mayo y agosto.

c.  Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones técnicas generales. Aplica igual para los días feriados.

Precio mensual: ¢925.185,85, monto total por 24 meses adjudicado al oferente Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda.: ¢22.204.460,40.

c.  A la empresa Consultoría & Inversiones F.I.C.O., S.A, lo siguiente:

Ítem 3: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el Centro Universitario de la UNED en Siquirres, por un periodo de 2 años, con prórrogas de dos años adicionales, para un total de 6 años.

Dicho servicio atendiendo lo siguiente:

a.  Dos oficiales que cubra un puesto de seguridad en el centro universitario, 16 horas del día, los 365 días incluidos feriados y asuetos, con turnos de 8 horas cubriendo de 2:00 pm a 10:00 p. m. y de 10:00 pm a 6:00 am de lunes a sábado, Domingos cubriendo 24 horas por libre del oficial UNED.

     Incluye un oficial adicional para los periodos de matrícula, los cuales son de una semana completa, de las 8:00 a. m. a las 8:00 p. m., de lunes a sábado, día domingo de las 8:00 a. m. a las 2:00 p. m.; en los meses de enero, mayo y agosto.

b.  Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones técnicas generales.

Aplica igual para los días feriados.

Precio mensual: ¢1.440.000,00, monto total por 24 meses adjudicado al oferente Consultoría & Inversiones F.I.C.O., S.A: ¢34.560.000,00.

d.  A la empresa Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda., lo siguiente:

Ítem 4: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el Centro Universitario de la UNED en Cañas, por un periodo de 2 años, con prórrogas de dos periodos adicionales, para un total de 6 años.

Dicho servicio atendiendo lo siguiente:

a.  Un oficial que cubra un puesto de seguridad en el centro universitario, 8 horas diarias, los 365 días incluidos feriados y asuetos, con turnos de 8 horas rotativas de lunes a viernes en conjunto con los oficiales de la UNED.

b.  Dos oficiales los sábados y domingos con turno de 8 horas rotativas de acuerdo al roll de trabajo en conjunto con los oficiales de la UNED (cubriendo libres de oficiales UNED).

     Incluye un oficial adicional para los periodos de matrícula, los cuales son de una semana completa, de las 8:00 a. m. a las 8:00 p. m., de lunes a sábado, día domingo de las 8:00 a. m. a las 2:00 p. m.; en los meses de enero, mayo y agosto.

c.  Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones técnicas generales.

     Aplica igual para los días feriados.

Precio mensual: ¢925.185,85, monto total por 24 meses adjudicado al oferente Seguridad y Vigilancia Sevin Ltda: ¢22.204.460,40

e.  A la empresa Consultoría & Inversiones F.I.C.O. S.A, lo siguiente:

Ítem 5: Servicio de Seguridad y Vigilancia en el Centro Universitario de la UNED en Quepos, por un periodo de 2 años, con prórrogas de dos periodos adicionales, para un total de 6 años.

Dicho servicio atendiendo lo siguiente:

a.  Dos oficiales que cubra un puesto de seguridad en el centro universitario, 16 horas del día, los 365 días incluidos feriados y asuetos, con turnos de 8 horas rotativas de lunes a sábado en conjunto con el oficial de la UNED, Domingos cubriendo 24 horas por libre del oficial UNED.

b.  Incluye un oficial adicional para los periodos de matrícula, los cuales son de una semana completa, de las 8:00 a.m. a las 8:00 p. m., de lunes a sábado, día domingo de las 8:00 a. m. a las 2:00 p.m.; en los meses de enero, mayo y agosto.

c.  Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones técnicas generales.

     Aplica igual para los días feriados.

Precio mensual: ¢1.440.000,00 monto total por 24 meses adjudicado al oferente Consultoría & Inversiones F.I.C.O. S.A: ¢34.560.000,000

f.   A la empresa J W Investigaciones S. A., lo siguiente:

Ítem 6: Servicio de Seguridad y Vigilancia en la Casona Jesús Jiménez, por un periodo de 2 años, con prórrogas de dos periodos adicionales, para un total de 6 años.

Dicho servicio atendiendo lo siguiente:

a.  Un oficial que cubra un puesto de seguridad en el centro universitario, las 24 horas del día, los 365 días incluidos feriados y asuetos, de lunes a domingo.

b.  Con equipo propio y rol rotativo, según las especificaciones técnicas generales.

     Aplica igual para los días feriados.

Precio mensual: ¢2.099.613,91 monto total por 24 meses adjudicado al oferente J W Investigaciones S. A: ¢50.390.733,76.

Los oferentes deberán ofrecer una garantía de cumplimiento, la cual cubrirá todo el plazo contractual.

Sabanilla, 13 de febrero del 2017.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefe, Oficina de Contratación y Suministros.—1 vez.—( IN2017110510 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000044-PRI

Mantenimiento de zonas verdes en la región Huetar Caribe

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que mediante Resolución de Gerencia General Nº GG-2017-095 del 09 de febrero del 2017, se adjudica la presente licitación de la siguiente manera:

Oferta Nº 1: Multinegocios Internacionales América S. A. Mutiasa, posición 2 por un monto total anual de ¢6.943.389,24.

Oferta Nº 3: Servicios Piñar S. A., posiciones 1 y 3 a la 8 por un monto total anual de ¢24.842.075,16.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 77407.—( IN2017110333 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

UNIDAD REGIONAL PACÍFICO CENTRAL

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016CD-000007-07

(Desierta)

Alquiler de solución de administración centralizada de

virtualización de las estaciones de trabajo y las

aplicaciones utilizadas para los usuarios docentes

y administrativos del centro de formación

profesional de Puntarenas, incluyendo aulas

y laboratorios estudiantiles

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el concurso de la Licitación Abreviada 2016LA-000007-07 “Alquiler de solución de administración centralizada de virtualización de las estaciones de trabajo y las aplicaciones utilizadas para los usuarios docentes y administrativos del Centro de Formación Profesional de Puntarenas, incluyendo aulas y laboratorios estudiantiles”, de acuerdo al acta de la Comisión Local Regional de Adquisiciones, Nº 02-2017, del 9 de febrero de 2017, artículo II y según resolución de la Asesoría Legal URPC-AL-005-2017, se resuelve declarar desierto dicho concurso.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 77434.—( IN2017110427 ).

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000003-03

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE REMODELACIÓN

ELECTROMECÁNICA Y ARQUITECTÓNICA DE LAS

PLANTAS DIDÁCTICAS DE LA CIUDAD TECNOLÓGICA

MARIO ECHANDI JIMÉNEZ, REMODELACIÓN DE LAS

TRES COCINAS DIDÁCTICAS EN EL CD.T DE INDUSTRIA

ALIMENTARIA Y CONTRATACIÓN DE REMODELACIÓN

ELÉCTRICA Y SUMINISTRO DE EQUIPO PARA LA

INCLUSIÓN DE PLANTAS ELÉCTRICAS PARA LA

CIUDAD TECNOLÓGICA MARIO ECHANDI JIMÉNEZ

DE LA UNIDAD REGIONAL CENTRAL OCCIDENTAL

La Junta Directiva del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 4777 celebrada el 6 de febrero del 2017 artículo XI, recomienda la adjudicación de la licitación en referencia en los siguientes términos:

    Adjudicar la Licitación Pública 2016LN-000003-03 para la Contratación de servicios de remodelación electromecánica y arquitectónica de las plantas didácticas de la Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez, remodelación de las tres cocinas didácticas en el CD.T de Industria Alimentaria y contratación de remodelación eléctrica y suministro de equipo para la inclusión de plantas eléctricas para la Ciudad Tecnológica Mario Echandi Jiménez de la Unidad Regional Central Occidental, según el dictamen técnico URMA-PAM-643-2016, URMA-PAM-974-2016 y URMA-PAM-987-2016, en el Dictamen Legal URCOC-AL-136- 2016, realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el punto 8 del cartel, de la siguiente manera:

-    Adjudicar la línea N° 1 al oferente N° 4 BC Ingeniería y Desarrollo S. A., por un monto razonable de $1.685.846,66 y con un plazo de entrega de 160 días hábiles.

-    Adjudicar la línea N° 2 al oferente N° 4 Eprem Electricidad y Potencia S. A., por un monto razonable de ¢352.446.139,00 y con un plazo de entrega de 86 días hábiles.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 77433.—( IN2017110436 ).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000025-02

Contratación de los servicios de mensajería

y ambiente de colaboración en La Nube

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según acuerdo tomado por la Gerencia de Admiración y Finanzas de Recope, mediante oficio GAF-0234-2016, de fecha 10 de febrero del 2017, de acuerdo con el siguiente detalle:

Para ver imagenes solo en La Gaceta con formato PDF

Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato.

2.  El presente concurso se formalizará a partir de la emisión del respectivo pedido. A efecto de la legalización, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3.  El servicio se está contratando por el periodo de cuatro años.

4.  Se entiende la línea 3 bajo el esquema por consumo, por lo que RECOPE se establece un tope máximo de $19.839,50 (considerando el tipo de cambio de ¢564,53/$ de referencia del Banco Central de Costa Rica) para la misma sin estar obligado a su consumo, en tanto es un rubro variable de acuerdo con las necesidades.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Ing. Norma Álvarez Morales, Directora-Dirección de Suministros.—1 vez.—O. C. Nº 2017000142.—Solicitud Nº 77569.—( IN2017110600 ).

REGISTRO DE PROVEEDORES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

Conforme a lo dispuesto en el artículo 46° de la Ley de Contratación Administrativa y artículo 122° del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se invita a todas las personas físicas y jurídicas a inscribirse en el Registro de Proveedores o a realizar la actualización de datos, a efectos de ser considerados dentro de los concursos que promueve esta Administración.

Los requisitos se podrán ubicar en el Departamento de Proveeduría de la Institución o en la página de la http://www.asamblea.go.cr/Centro_de_informacion/Proveeduria

San José, 09 de febrero 2017.—Marianela Avalos Agüero, Directora a. í.—1 vez.—O. C. Nº 27052.—Solicitud Nº 77361.—( IN2017110607 ).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2009CD-009129-UC

Mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de alarmas

e instalación, remodelación y ampliación de alarmas del INS

Procedimiento Administrativo Sancionatorio incoado en contra de EIDOS Sociedad Anónima. Se le notifica a la sociedad EIDOS Sociedad Anónima, que mediante resolución contenida en oficio PA-00028-2017 del 25 de enero del 2017, visible a folios 0036 al 0049 del expediente administrativo, se emitió el Traslado de Cargos del Procedimiento Administrativo 2014PA-0009-G en contra de dicha sociedad, en razón del presunto incumplimiento en la ejecución del contrato derivado de la Contratación Directa 2009CD-009129-UC, denominada “Mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de alarmas e instalación, remodelación y ampliación de alarmas del INS”, suscrito entre la sociedad EIDOS S. A. y el Instituto Nacional de Seguros. Habiéndose agotado las formas de localización posibles para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de Administración Pública, artículos 240, 241 inciso 4), 242 y la Ley de Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales. Notifíquese.—San José, 30 de enero del 2017.—Departamento de Proveeduría.—Lic. Francisco Cordero Fallas, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 18523.—Solicitud N° 76855.—( IN2017109329 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

El Subproceso de Proveeduría de la Municipalidad de Alajuela, de conformidad con los artículos 116 y 122 del Reglamento de Contratación Administrativa invita a las personas físicas y jurídicas que deseen participar en los procesos de contratación administrativa realizados por ésta institución para que formen parte de nuestro registro de proveedores, y a aquellos proveedores que, actualmente, se encuentran inscritos para que actualicen la información registrada, en caso de haber sufrido modificaciones.

El formulario de registro puede ser retirado en la oficina de la Proveeduría Municipal, situada en el tercer piso de la Municipalidad de Alajuela, situado 100 metros oeste de la Iglesia La Agonía, o bien en la página general de la Municipalidad de Alajuela. Las consultas sobre el particular serán atendidas al teléfono 2436-2356 o al correo electrónico johanna.madrigal@munialajuela.go.cr.

Además, se les informa que la Municipalidad de Alajuela es una institución compradora por medio del Sistema de Compras Electrónicas Mer-link, razón por la que se les recomienda registrarse como proveedores en dicho sistema. Información adicional puede ser consultada en la dirección electrónica: http://www.mer-link.co.cr/index.jsp o al teléfono 800-6375465 / 800Merlink.

Licda. Shilena Salas Jiménez, Proveedora Municipal a. í.— 1 vez.—( IN2017110277 ).

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO

Inscripción y actualización del Registro de Proveedores

De conformidad con el artículo 116 del Reglamento a la Ley de la Contratación Administrativa, la Municipalidad de El Guarco informa a todos los interesados en formar parte de nuestro Registro de Proveedores, que de conformidad con el art. 2 del Decreto Ejecutivo Nº 38830-H-MICCIT, que para trámites de inscripción, actualización o consultas al respecto, esta Institución, se encuentra laborando mediante el Sistema de Compras Públicas Mer-link (SICOP), por lo que pueden comunicarse a la línea 1311, opción 10 o al correo electrónico consultas@sicop.go.cr, así publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 166 del martes 30 de agosto del 2016.

El Tejar de El Guarco, 09 de febrero del 2017.—Proveeduría.—José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.— 1 vez.—( IN2017110470 ).

FE DE ERRATAS

BANCO DE COSTA RICA

OFICINA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACION ABREVIADA Nº 2017LA-000003-01

(Modificación Nº 1)

Remodelación interna BCR San Rafael de Escazú

(Trejos Montealegre)

El Banco de Costa Rica informa a todos los interesados en la licitación en referencia que la fecha de apertura se ha trasladado para el martes 28 de febrero del 2017, a las 10:30 a.m.

Además el cartel ha sufrido modificaciones y también hay aclaraciones las cuales pueden ser retiradas en nuestra oficina con un horario de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

Francis Hernández M., Licitaciones.—1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 77427.—( IN2017110440 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA

CONTRATACION DIRECTA N° 2017CD-000001-4402

Construcción y equipamiento de la Unidad de Medicina

Reproductiva de Alta Complejidad Hospital

de las Mujeres Dr. Adolfo Carit Eva

(Modificación N° 1)

Se les informa a los interesados del presente concurso, que pueden descargar la modificación N° 1 al cartel, en el siguiente link: www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=4402, o puede presentarse en las oficinas de la Dirección de Arquitectura e Ingeniería, en el piso número 12, del edificio Jenaro Valverde (anexo), ubicado en San José, avenida 4ta, calles 5 y 7, de lunes a jueves de 07:00 a.m. a 03:30, y viernes de 07:00 a.m. a 02:30 p.m. Favor traer un DVD o cualquier otro dispositivo de almacenamiento digital. Información al Teléfono: 2539-0000 extensión 5843.

San José, 13 de febrero del 2017.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Licda. Yerlin Yesenia Blanco Robles, Jefa.—1 vez.—( IN2017110441 ).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000004-02

Construcción de tanque de acero en el

Aeropuerto Daniel Oduber en Liberia

En La Gaceta N° 28 del día 8 de febrero se publicó la prórroga N° 1 a la fecha de apertura y recepción de ofertas, siendo lo correcto la prórroga N° 2 quedando la misma establecida para el día 20 de febrero del 2017 a las 10:00 horas.

Dirección de Suministros.—Ing. Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2017000142.—Solicitud Nº 77334.—( IN2017110373 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000006-01

Compra de Equipo, Instalación y Mantenimiento de una Red

de Cámaras de Seguridad dentro del Cantón de Alajuela

En referencia a la Licitación Pública N° 2016LN-000015-01, denominada, “Compra de Equipo, Instalación y Mantenimiento de una  Red  de Cámaras de Seguridad dentro del Cantón de Alajuela”, el Sub Proceso de Proveeduría, con base en el Artículo N° 60, -“Modificaciones, Prórrogas y Aclaraciones”- del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, informa que la recepción de ofertas para la supracitada licitación se traslada para las 15:00 horas del 20 de marzo del 2017, por motivo dar respuesta a las aclaraciones presentadas.

Sub-Proceso de Proveeduría.—Licda. Shilena Salas Jiménez, Coordinadora a. í.—1 vez.—( IN2017110279 ).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BUENOS AIRES

Transcribo acuerdo de la Corporación Municipal de Buenos Aires, de Sesión Ordinaria 35-2017, celebrada el día 09 de enero del año en curso, que en letra dice

SE ACUERDA:

Aprobar el Reglamento de Karaoke y similares de la Municipalidad de Buenos Aires, así mismo realizar la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Acuerdo unánime y definitivamente aprobado.

REGLAMENTO DE KARAOKE Y SIMILARES

Antecedentes: El cantón de Buenos Aires ha experimentado en los últimos años un crecimiento acelerado de las actividades comerciales, entre las que se destacan las de diversión en bares y salones. Esta situación ha traído consigo una actividad que a pesar de su antigüedad en el medio es novedosa en el comercio: Los denominados karaokes, instalados en cantinas restaurantes, salones de baile y otros centros de diversión. La actividad no ha sido regulada por la Municipalidad, por lo que en los lugares donde ha proliferado, realizan ésta actividad sin ningún control de horarios ni límites de ruido, lo que ocasiona molestias a los vecinos en sus horas de descanso. Este reglamento busca ordenar todas las actuaciones relacionadas con las actividades citadas. Por lo anterior y con base al artículo 43 del Código Municipal se somete a aprobación el Presente Proyecto de Reglamento de Karaoke y Similares.

Artículo 1°—Denomínese karaoke aquel sistema amplificado de sonido que permite a las personas cantar, con acompañamiento de pistas musicales pregrabadas.

Artículo 2°—Toda actividad social con karaoke en establecimientos comerciales, deberá de contar con la correspondiente patente de la Municipalidad de Buenos Aires para su realización.

Artículo 3°—La solicitud de patente para la realización de actividades con karaoke en locales comerciales, deberá presentarse ante el Departamento de Administración Tributaria, dicho Departamento verificará la situación de la Patente del establecimiento donde se llevará a cabo, así como otros requisitos y continuará con su trámite y aprobación o rechazo, de conformidad con lo establecido por los artículos 80 y 81 del Código Municipal.

Artículo 4.°—En ningún caso se autorizarán actividades con karaoke más allá de las veintitrés horas y ésta constituirá la hora límite en que deberá cesar completamente la utilización del equipo de karaoke.

Artículo 5°—La actividad con karaoke, deberá respetar en todo momento la normativa que establece la Ley General de Salud, referente a los niveles autorizados de sonido, situación que deberá demostrarse con documento emitido por el Ministerio de Salud.

Artículo 6°—A toda solicitud para patente para realizar actividades con Karaoke, los interesados deberán acompañar los siguientes requisitos:

1.  Permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud.

2.  Llenar el formulario de solicitud de patente, aportando lo que el mismo indica.

3.  Lugar preciso donde atender notificaciones.

Artículo 7º—Toda infracción a este Reglamento acarrearán las sanciones establecidas en el artículo 81 bis del Código Municipal. Rige a partir de su publicación.

Proveeduría.—Lic. Albán Serrano Siles; Proveedor Institucional.—1 vez.—( IN2017108387 ).

AVISOS

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

COMUNICA:

Con las potestades otorgadas en el Decreto Ejecutivo N° 37717-S “Reglamento de Maestrías y Doctorados en Áreas de las Ciencias Médicas”, la Junta de Gobierno en la sesión ordinaria 2016-12-07 celebrada el 07 de diciembre del 2016, acordó lo siguiente:

Cambiar el nombre de la Maestría en Valoración Médica de Incapacidades y Daño Corporal para la Protección Social al siguiente término: Maestría en Valoración Médica del Daño Corporal.

Que el término: Maestría en Valoración Médica de Incapacidades y Daño Corporal para la Protección Social sea incluida como sinónimo de la misma.

Modificar el Reglamento de Maestrías y Doctorados Académico en las Áreas de las Ciencias Médicas Nº 37717-S publicado en La Gaceta Nº 111 del 11 de junio de 2013, para que en adelante se lea de la siguiente manera:

Incluir la Maestría en Valoración Médica del Daño Corporal en la lista oficial reconocida por el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

Establecer de carácter obligatorio para los médicos que soliciten la inscripción en la Maestría en Valoración Médica del Daño Corporal, el cumplimiento de todos los requisitos establecidos en el Reglamento de Maestrías y Doctorados Académicos en Áreas de las Ciencias Médicas y demás legislación relacionada vigente.

Reconocer como sinónimos de esta maestría los siguientes términos:

Maestría en Valoración Médica de Incapacidades y Daño Corporal para la Protección Social.

Maestría en Medicina Evaluadora y Peritaje Médico.

Maestría en Valoración del Daño Corporal.

Maestría en Evaluación del Daño Corporal.

Maestría en Valoración del Daño Personal y Medicina del Seguro.

Dr. Andrés Castillo Saborío, Presidente.—1 vez.—( IN2017108528 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el numeral 1 del artículo 8 del acta de la sesión 5755-2017, celebrada el 1° de febrero del 2017,

considerando que:

A.    El artículo 61 de la Ley Orgánica de Banco Central de Costa Rica, Ley 7558, del 27 de noviembre de 1995, faculta al Banco Central de Costa Rica a efectuar operaciones de mercado abierto mediante captaciones o emisión de títulos propios.

B.    Mediante el artículo 6, del acta de la sesión 5403-2008, celebrada el 19 de noviembre del 2008, fueron puestas en vigencia las Políticas Generales para la Administración de Pasivos. Estas políticas establecen los lineamientos para la gestión de los pasivos con costo del Banco Central de Costa Rica.

C.    Es imprescindible que la Administración cuente con los instrumentos y los mecanismos necesarios para una adecuada gestión de los pasivos de la institución, de conformidad con lo dispuesto en las Políticas Generales para la Administración de Pasivos.

D.    En las Políticas Generales para la Administración de Pasivos se definen las facultades de la División Gestión de Activos y Pasivos en lo concerniente a la gestión de los pasivos con costo, la ejecución y el cumplimiento de dichas políticas.

E.    Es relevante contar con los insumos más oportunos para realizar la mejor valoración posible de los instrumentos financieros que se emiten y se negocian en el país.

F.     Es deseable que las tasas de interés que se fijen para los cupones de los nuevos instrumentos por emitir sean lo más cercanas posibles a las tasas vigentes en el mercado en el momento de su emisión, y sean obtenidas de la curva de rendimiento soberana publicada por el Banco Central de Costa Rica.

G.    Esta definición de la tasa de cupón, no brinda facultades adicionales a la Administración, ya que la tasa relevante al efectuar las emisiones es el rendimiento de mercado al que se coloque y el precio es la variable que ajusta la diferencia entre la tasa de cupón y la tasa de rendimiento de mercado.

dispuso en firme:

Agregar en el artículo 6°, de las Políticas Generales para la Administración de Pasivos, específicamente dentro del literal b., la siguiente potestad para la División Gestión de Activos y Pasivos:

“b.- …

¡

Definirá la tasa de cupón bruta de las series ya aprobadas por la Junta Directiva que serán utilizadas como parte de la Estrategia de Colocación de Deuda del período correspondiente. Para ello, tendrá en cuenta el plazo remanente de cada serie y utilizará como referencia la tasa de rendimiento vigente para dicho plazo en la Curva Soberana de Costa Rica, publicada por el Banco Central de Costa Rica, con una antigüedad no mayor a 3 semanas antes de la utilización, por primera vez, del instrumento en mercado primario.”

La presente modificación reglamentaria rige a partir del 2 de febrero del 2017.

Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O. C. Nº 420000991.—Solicitud Nº 76974.—( IN2017108781 ).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-5462-2016.—Peinador Roldán María del Pilar, costarricense, Nº 1-0657-0975, ha solicitado reposición del título Licenciada en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los seis días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2017108472 ).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

INFORMA

CONTRATO DE USO COMPARTIDO

DE INFRAESTRUCTURA

La Superintendencia de Telecomunicaciones hace saber que las empresas Coopeguanacaste, R.L y Televisora Costa Rica Sociedad Anónima, han firmado un Contrato de Servicios de Uso Compartido de Infraestructura, el cual podrá ser consultado y reproducido en el expediente C0476-STT-INT-00503-2017 disponible en las oficinas de la SUTEL ubicadas en el Oficentro Multipark, edificio Tapantí, Escazú, San José, cuyo horario de atención es de lunes a viernes de 08:00 a las 16:00 horas. De conformidad con el artículo 63 del Reglamento de Acceso e Interconexión de Redes de Telecomunicaciones, se otorga a los interesados un plazo de diez días hábiles, contados a partir de la publicación de este aviso, para que presenten sus objeciones ante la SUTEL por escrito y con una copia en soporte magnético.

San José, 10 de febrero del 2017.—Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.—1 vez.—O. C. Nº OC-2808-17.—Solicitud Nº 77526.—( IN2017110515 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

EDICTO

Nº 001-2017.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Intelectivacosta Rica SR. Ltda., cédula Nº 3-102696354, ha presentado solicitud de traspaso de la patente comercial cuenta Nº 2463 a nombre de Intelectivacosta Rica S. A., cédula Nº 3-101-696354. La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 09 de enero del 2017.—Departamento de Patentes.—Liliana Barrantes Elizondo, Jefa.—Melania Solano Coto.—1 vez.—( IN2017108747 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

LA CORNELIA LTDA

Por este medio se convoca a los cuotistas de La Cornelia Ltda., a la asamblea general ordinaria que se efectuará en esta ciudad, a las 11:00 horas del viernes 17 de marzo de 2017, en las oficinas de Lex Counsel, edificio Terraforte, 4º piso, de la parte de atrás de Multiplaza 150 metros al sur, Guachipelín de Escazú, San José.

Esta asamblea tendrá por objeto lo siguiente:

1.  Validación del quórum.

2.  Reporte de Gerencia.

3.  Aprobación de estados financieros auditados del período 2015-2016.

4.  Acuerdo sobre dividendos y su distribución.

5.  Aprobación de contrato de auditoría externa para el período 2016-2017.

6.  Otros asuntos para discusión.

7.  Declaratoria de acuerdos firmes.

8.  Autorización para protocolizar el acta en lo conducente.

9.  Cierre de la sesión.

San José, 13 de febrero de 2017.—Armando Guardia Sasso y Rodrigo Zapata Monge, Representantes Legales.—1 vez.—( IN2017110438 ).

CAFETALERA TOURNON LTDA

Por este medio se convoca a los cuotistas de Cafetalera Tournon Ltda., a la asamblea general ordinaria que se efectuará en esta ciudad, a las 10:00 horas del viernes 17 de marzo de 2017, en las oficinas de Lex Counsel, edificio Terraforte, 4º piso, de la parte de atrás de Multiplaza 150 metros al sur, Guachipelín de Escazú, San José.

Esta asamblea tendrá por objeto lo siguiente:

1.  Validación del quórum.

2.  Reporte de Gerencia.

3.  Aprobación de estados financieros auditados del período 2015-2016.

4.  Acuerdo sobre dividendos y su distribución.

5.  Aprobación de contrato de auditoría externa para el período 2016-2017.

6.  Otros asuntos para discusión.

7.  Declaratoria de acuerdos firmes.

8.  Autorización para protocolizar el acta en lo conducente.

9.  Cierre de la sesión.

San José, 13 de febrero de 2017.—Armando Guardia Sasso y Rodrigo Zapata Monge, Representantes Legales.—1 vez.—( IN2017110442 ).

CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL EL PUEBLO

La Junta Administradora del Condominio Centro Comercial El Pueblo convoca a asamblea general ordinaria de propietarios que se celebrara a las 16:00 horas del día 2 de marzo del dos mil diecisiete, en la Sala de Eventos Suraska, local 14 del Condominio, con la presencia de los asambleístas que representen al menos dos tercios del valor del Condominio. En caso que a la hora indicada no hubiere el quórum de Ley, la asamblea dará inicio en segunda convocatoria una hora más tarde con cualquier número de propietarios presentes o representados.

La agenda u orden del día es como sigue:

1)  Comprobación del quórum

2)  Elección de presidente y secretario de la asamblea

3)  Elección Junta Administradora periodo 2017-2018

4)  Asuntos varios

5)  Cierre de la asamblea

Marlon Medina Robleto, Junta Administradora.—1 vez.—( IN2017110508 ).

DANISA S. A.

Se convoca a los socios de Danisa S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos ocho mil seiscientos sesenta y dos a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios a celebrarse el 20 de marzo del 2017, a las 18:00 horas en primera convocatoria y a las 19:00 horas en segunda convocatoria con los socios presentes, en Heredia, Santa Cecilia, Urbanización La Cumbre casa Siete K, orden del día: La Disolución de la Sociedad.—María Isabel Elizondo Calderón, Presidenta.—1 vez.—( IN2017110585 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

PANAMERICAN WOODS PLANTATIONS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Panamerican Woods Plantations, Sociedad Anónima, cédula Jurídica número 3-101-243251, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, el señor William Boyle ha solicitado la reposición de las acciones número, 7009-1 a 5 y 7470-1 a 5. Se emplaza a cualquier interesado que en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifieste su oposición dirigida a: Panamerican Woods Piantations S. A., domicilio en San José, Mata Redonda, Sabana Norte, esquina sureste de la intersección entre calle 68 y avenida 9A.—Dr. Néstor Baltodano Vargas, Presidente.—( IN2017108360 ).

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA COSTARRICENSE

DEPARTAMENTO DE REGISTRO

HACE CONSTAR:

Que: Ante el Departamento de Registro de la Universidad Tecnológica Costarricense, se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, correspondiente al título de Ingeniería en Sistemas Computacionales, grado académico Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo el tomo 01, folio 37, asiento 522 con fecha del 10 de diciembre del 2004, a nombre de Melissa Viviana Saborío Rodríguez, cédula de identidad número 11027-0538. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Se extiende la presente en San José, Costa Rica, a los catorce días del mes de enero del dos mil diecisiete a solicitud de la interesada.—Lic. Dayana Castro Fallas, Directora de Registro.—( IN2017108394 ).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 1387 a nombre de José Vega Carballo, cédula de identidad Nº 1-0305-0773 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—San José, 06 de febrero del 2017.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—( IN2017108459 ).

LINEAS AÉREAS COSTARRICENSES S. A.

Para los efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Líneas Aéreas Costarricenses S. A. (Lacsa), hace constar a quien interese que, por haberse extraviado al propietario, repondrá los siguientes certificados de acciones:

Certificado N°          Acciones               Serie

7857                                      300                              A

7858                                      400                              A

7859                                      400                              B

7860                                      400                              B

7861                                      602                              B

Nombre del accionista: Grupo AISFA Sociedad Corredora de Seguros. Folio N° 7716.

San José, 30 de enero del 2017.—Norma Naranjo M., Gerente de Accionistas.—( IN2017108508 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

URRACA DE CIELO LIMITADA

La suscrita, Kristyna Ann Warner, de único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, mayor de edad, casada una vez, diseñadora de interiores, antiguamente portadora del pasaporte de su país número JK uno tres nueve cinco siete dos, y actualmente portadora del pasaporte de su país número GL cuatro siete dos cuatro ocho siete, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo, en Condominio The Oaks número tres, en mi condición de gerente dos con Facultades de Apoderada Generalísima sin Límite de Suma de la sociedad Urraca De Cielo Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuatro mil doscientos noventa y tres, sociedad domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo, cien metros sur del restaurante Wok and Roll, por este medio hago constar a cualquier tercero interesado en vista de que los libros de a) Registro de Cuotistas, b) Acta de Asamblea de Cuotistas y c) Actas del Consejo de Administración, fueron extraviados procederemos a reponer los mismos. Se emplaza a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones en el domicilio de la sociedad. Pasaporte GL 472487. Es todo.—01 de febrero del 2017.—Krystina Ann Warner, Apoderada Generalísima.—1 vez.—( IN2017108731 ).

TANNER ONE CORPORATION E.K.W. LIMITADA

La suscrita, Kristyna Ann Warner, de único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, mayor de edad, casada una vez, diseñadora de interiores, antiguamente portadora del pasaporte de su país número WS tres tres seis uno cuatro cuatro, y actualmente portadora del pasaporte de su país número GL cuatro siete dos cuatro ocho siete, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo, en Condominio The Oaks número tres, en mi condición de gerente con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Tanner One Corporation E.K.W. Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta y ocho mil cuatrocientos, sociedad domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Cartagena, residencial Rancho Cartagena, número treinta y seis B, por este medio hago constar a cualquier tercero interesado en vista de que los libros de a) Registro de Cuotistas, b) Acta de Asamblea de Cuotistas y c) Actas del Consejo de Administración, fueron extraviados procederemos a reponer los mismos. Se emplaza a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de oir objeciones en el domicilio de la sociedad. Pasaporte GL 472487. Es todo.—01 de febrero del 2017.—Krystina Ann Warner, Apoderada Generalísima.—1 vez.—( IN2017108732 ).

TRES-CIENTO UNO-CUATROCIENTOS CINCUENTA

Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y OCHO

SOCIEDAD ANÓNIMA

La suscrita, Kristyna Ann Warner, de único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, mayor de edad, casada una vez, diseñadora de interiores, antiguamente portadora del pasaporte de su país número WS tres tres seis uno cuatro cuatro, y actualmente portadora del pasaporte de su país número GL cuatro siete dos cuatro ocho siete, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo, en Condominio The Oaks número tres, en mi condición de secretaria con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y ocho sociedad anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y siete mil cuatrocientos sesenta y ocho, sociedad domiciliada en San José, Santa Ana, Condominio Villa Real, lote trece-D, por este medio hago constar a cualquier tercero interesado en vista de que los libros de a) Registro de Accionistas, b) Acta de Asamblea de Accionistas y c) Actas del Consejo de Administración, fueron extraviados procederemos a reponer los mismos. Se emplaza a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de oir objeciones en el domicilio de la sociedad.—San José, 01 de febrero del 2017.—Kristyna Ann Warner, Secretaria.—1 vez.—( IN2017108733 ).

OCEAN DREAM CR LIMITADA

Se informa al público en general y a quien tenga algún interés, que en día no determinado, se extravió el libro legal de actas de asamblea de cuotistas, de la sociedad Ocean Dream CR Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos cuarenta y siete mil doscientos cuarenta y siete, cuyo número de legalización es N° 4061012069265. Ni la sociedad, ni los personeros de la misma, seremos entonces responsables por el uso indebido del mismo. A su vez, comunicamos que en fecha de seis de febrero de dos mil diecisiete, se procedió a la reposición y apertura oficial del nuevo libro, el cual es el vigente y que se encuentra en uso.—Rodrigo Postolov, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017108770 )

ASOCIACIÓN PARA LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL

ADULTO MAYOR DEL DISTRITO DE NOSARA, NICOYA

Yo Juan Luis Ramírez Rojas, cédula de identidad cinco-ciento cincuenta y seis-setecientos setenta y dos-, en mi calidad de presidente de la Asociación para la Atención Integral del Adulto Mayor del Distrito de Nosara, Nicoya, cédula jurídica 3-002-730888, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la inscripción por primera vez de los libros de Actas de Asamblea General, Actas de Junta Directiva, Registro de Asociados, Diario, Mayor e Inventarios y Balances. Los cuales serán los número uno de cada clase, por cuanto es la primera vez que lo solicitamos. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—Nosara, Nicoya a los veintisiete días del mes de enero del dos mil diecisiete.—Juan Luis Ramírez Rojas, Presidente.—1 vez.—( IN2017108775 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura número doscientos noventa y dos de las quince horas del siete de diciembre del dos mil dieciséis, se procede a disolver la sociedad de esta plaza denominada Representaciones Otoya del Este Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos treinta y siete trescientos sesenta y dos.—San José, 06 de febrero del 2017.—Licda. Ana Patricia Calderón Zapata, Notaria.—1 vez.—( IN2017108761 ).

Por escritura N° 164, de las 15:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Rinaldo Ballinger S. A., en la que se reformó la cláusula del acta constitutiva en cuanto al domicilio.—San José, 6 de febrero de 2017.—Lic. Sergio G. Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017108762 ).

Por escritura pública otorgada, a las ocho horas del seis de febrero de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Ejecutivos de Éxito Sociedad Anónima, en la que se aumenta el capital social y cambian miembros de junta directiva.—San José, ocho horas del seis de febrero de dos mil diecisiete.—Lic. Luis Fernando León Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017108773 ).

Mediante esta notaría, al ser las dieciocho horas treinta minutos del seis de febrero del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Corporación Arrocera Costa Rica S.A. en la que se acordó aumentar el capital social y por ende reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo.—Alajuela, seis de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Allan Roberto Coto Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017108789 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, en San Ramón de Alajuela a las 08:00 horas del 16 de enero del 2017, se protocolizó disolución de Tres-Ciento Dos-Seis Cinco Cinco Cero Nueve Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San Ramón, 06 de enero del 2017.—Lic. Mario Alexis González Zeledón, Notario.—1 vez.—( IN2017108791 ).

Mediante escritura otorgada ante la notaria Carolina González Víquez, a las diecisiete horas del tres de febrero del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de accionistas de la sociedad Mar Solar Sociedad Anónima con cedula jurídica 3-101-726734. Se modifica la cláusula segunda relativa al domicilio social.—San José, 06 de febrero del 2017.—Licda. Carolina González Víquez, Notaria.—1 vez.—( IN2017108802 ).

Por escritura ciento uno, otorgada el día veinte de enero de dos mil diecisiete, la suscrita notaria, protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de asociados de Grupo Mutual Alajuela-La Vivienda de Ahorro y Préstamo, celebrada el veintiocho de noviembre de dos mil dieciséis, mediante la cual se modifica el artículo diez, inciso C de los estatutos, en relación con la elección de miembros del directorio en caso de muerte, renuncia o impedimento físico o legal de un Director.—Licda. Yorlene M. González Ocampo, Notaria.—1 vez.—( IN2017108804 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las nueve horas cuarenta y cinco minutos del seis de febrero del dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de Asamblea de Cuotistas de la sociedad denominada Negocios Orquídea Plateada, LTDA.. Donde se acuerda modificar la cláusula segunda del Pacto Constitutivo.—San José, seis de febrero de dos mil diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017108809 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas del seis de febrero del dos mil dieciséis, donde se protocolizan acuerdos de Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad denominada Passiflora Edulis Ped, S.A.. Donde se acuerda modificar la cláusula del domicilio social.—San José, seis de febrero de dos mil diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017108811 ).

Por medio de escritura número ciento treinta y siete, otorgada a las nueve horas del siete de febrero del dos mil diecisiete, se protocoliza acuerdo de socios de la sociedad Inmobiliaria GP Internacional Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula sexta relativa a la administración y representación de la sociedad, se revoca el nombramiento del tesorero y se realiza un nuevo nombramiento.—Cartago, La Unión, siete de febrero de dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Bermúdez Montenegro, Notaria.—1 vez.—( IN2017108813 ).

Por escritura otorgada a las 15:15 horas del 17 de enero de 2017, se modifican las cláusulas primera: Del nombre y tercera: Del domicilio, de la sociedad anónima Servicios Especiales Viales y Taylor Sociedad Anónima. Presidente: Ademar Viales Calderón.—San José, 17 de enero de 2017.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017108814 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 16:30 horas del día 1° de febrero del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Inmobiliaria Enur S. A., mediante la cual se acordó la reforma integral del pacto social.—San José, 06 de febrero del 2016.—Licda. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017108815 ).

En cumplimiento del acuerdo tomado en asamblea general extraordinaria de socios accionistas, celebrada a las diez horas del día del dieciséis de diciembre de 2016, ante la notaría del Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, sita en San José, calle 38, avenidas 7 y 9; se han iniciado las diligencias de disolución y liquidación de la sociedad Arny Soft de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-493773. Se publica el presente aviso en acatamiento a lo dispuesto por el artículo 207 del Código de Comercio.—San José 20 de diciembre de 2016.—Lic. Juan Luis Gómez Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017108818 ).

Se deja constancia que en esta notaría la sociedad Tres-ciento dos-quinientos treinta y ocho mil quinientos nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada el seis de febrero del dos mil diecisiete, mediante escritura otorgada a las nueve horas protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria en la cual se revoca el nombramiento del Gerente y se nombra a Isabelle Rocaut- Quillet.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017108832 ).

En mi notaría, al ser las once horas treinta minutos del veinticinco de enero de dos mil diecisiete, se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo de la compañía Zumirati Sociedad de Responsabilidad Limitada., cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos ochenta y tres mil setecientos noventa y ocho y se nombró nuevo Gerente.—San José, veinticinco de enero dos mil diecisiete.—Lic. Andrés Calvo Herra, Notario.—1 vez.—( IN2017108837 )

El suscrito Notario Jorge Gamboa Ureña, con número de cédula de identidad número Uno-novecientos ochenta y cuatro- seiscientos setenta y dos, con oficina en Jacó, Garabito de Puntarenas, pone en aviso y conocimiento a los interesados y público en general que la Sociedad Cool Confort Sociedad Anónima con número de cédula Jurídica tres-uno cero uno-seis cuatro cero siete cinco cinco, tendrá por nuevo domicilio social el siguiente: Del servicentro de Herradura, Garabito de Puntarenas, doscientos metros sur, cincuenta metros oeste. Así como el respectivo nombramiento de la señora María Eugenia Franco, de nacionalidad colombiana, mayor, soltera en unión de hecho, vecina de Herradura, Garabito de Puntarenas, portadora de la cédula de residencia número uno uno siete cero cero uno uno nueve cuatro dos tres tres en su condición de Apoderada Generalísima sin límite de suma de la Sociedad antes indicada. Es todo.—Miércoles dieciocho de enero del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Gamboa Ureña, Notario.—1 vez.—( IN2017108841 ).

Que ante esta notaría pública, se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, la sociedad denominada Willbod Alico de Boca Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta mil ochocientos tres. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la dirección física ubicada en Alajuela, Grecia, San Juan mil quinientos metros oeste de la Ermita, en el término de un mes a partir de la publicación de este aviso.—Grecia, treinta y uno de noviembre dos mil dieciséis.—Lic. Luis Francisco García Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017108843 ).

Se hace constar que por escritura de las 12:00 horas del 02 de febrero de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Hotel y Villas Nacazcol S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos veintiséis mil doscientos cuarenta y seis. Se nombra Junta Directiva y Fiscal. Presidente: José Luis Valverde Morales. Es todo.—San José, 07 de febrero de 2017.—Lic. Cristian Armando Acuña Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017108845 ).

Por escritura número 92, del tomo 8, del siete de febrero del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula primera del Pacto Social de Tres-Ciento Dos-Setecientos Veintinueve Mil Cuarenta y Dos, LTDA., la cual se denominará El Poro Consulting Services, Ltda..—San José, 07 de febrero del 2017.—Licda. Lorna Truque Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017108848 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las trece horas treinta minutos del seis de febrero del dos mi diecisiete, se protocolizó el Acta de Asamblea General de Cuotistas de la compañía Tres-Ciento Dos-Quinientos Ochenta Mil Ciento Ocho, Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, octava y décima del pacto social.—San José, seis de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017108849 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las nueve horas cinco minutos del dos de febrero del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Casa Vista al Mar LLC, Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, dos de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017108850 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas del tres de febrero del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Great River Costa Rica, Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, tres de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017108851 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del treinta y uno de enero del dos mil diecisiete, protocolizo acta extraordinaria de socios de la sociedad Helameda Sociedad Anónima, en la cual se toma el acuerdo de disolver la sociedad.—San José, treinta y uno de enero del dos mil diecisiete.—Lic. Orlando Calzada Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2017108852 ).

Ante el Notario Público Harold Núñez Muñoz, se constituyó en San José, el 1 de febrero del 2017, la sociedad Familia Acuña Flores, Sociedad Civil, plazo 99 años, capital social 12.000 colones, domicilio San José, Guadalupe, El Alto, Administrador uno: José Ramón Acuña Jiménez.—San José, 1 de febrero del 2017.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017108855 ).

Mediante escritura número 28-4, otorgada a las 14:30 horas del 30 de marzo de 2015 se acordó la modificación del domicilio, representación y razón social, de la empresa denominada 3-101-539612 Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco tres nueve seis uno dos, con domicilio social en la Provincia Heredia.—San José, 07 de febrero del 2017.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017108862 ).

Ante esta notaria, a las nueve horas del día once de enero del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada Transportes Don Alejo Sociedad Anónima, cuyo Presidente es: Alejandro Era Miranda. Domicilio: Santa Cecilia de La Cruz Guanacaste. El capital social lo constituye la suma de diez dólares, representado por diez acciones comunes y nominativas de un dólar cada una. El socio Alejandro Era Miranda le corresponden nueve acciones y a la socia Aimette Duarte Aguirre, le corresponde una acción.—La Cruz, Guanacaste, tres de febrero del 2017.—Licda.  Carmen Chavarría Marenco, Notaria.—1 vez.—( IN2017108864 ).

Ante esta notaria a las dieciocho horas del día doce de diciembre del dos mil dieciséis, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Lomas Lindas del Norte Sociedad Anónima, cuyo Presidente es: Eliecer Álvarez Alemán. Domicilio: Colonia Bolaños de La Cruz Guanacaste. El capital social lo constituye la suma de diez dólares, representado por diez acciones comunes y nominativas de un dólar cada una. El socio Eliecer Álvarez Alemán le corresponden nueve acciones y al socio José Luis Chaves Arce, le corresponde una acción.—La Cruz Guanacaste, tres de febrero del 2017.—Licda. Carmen Chavarría Marenco, Notaria.—1 vez.—( IN2017108866 ).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura otorgada el 04 de febrero del año dos mil dieciséis, José Gilbert Charpentier Salazar y otros, constituyen Fundación para el Desarrollo del Bambú en Costa Rica, duración perpetua, con domicilio en Santa Ana, carretera vieja, Finca Musmani, del Rescate de Vida Animal en el Alto de las Palomas, 300 metros al sur.—San José, 04 de febrero del año 2017.—Lic. José Rafael Ortiz Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017108871 ).

Ante esta Notaría, mediante la escritura número 267, de mi tomo noveno, se modificó la cláusula de la representación de la sociedad que Asesores de Cobro ASECOBSA Sociedad Anónima, quedando nombrado como Presidente con facultades de apoderado generalísimo el señor Bernal Salas Molina, portador de la cédula de identidad número cuatro-ciento cincuenta y tres-quinientos tres.—San José, 07 de febrero del 2017.—Licda. Shirley Sánchez Bustamante, Notaria.—1 vez.—( IN2017108878 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria, número 246 de las 19:00 horas del 2 de febrero del año 2017 se constituyó la sociedad de responsabilidad limitada que se denominará S. M. Pega de Costa Rica S.R.L con domicilio en San José, Santa Ana, Forum 1, edificio C, su capital social es de 200 dólares el cual ha sido suscrito y pagado por los socios y su plazo social es de 99 años. Es todo.—San José al ser las 12 horas del día 2 de febrero del año 2017.—Licda. Mariela Guido Mena, Notaria.—1 vez.—( IN2017108882 ).

Ante esta notaría se protocoliza acta de la sociedad Los Pirujos Turrucaqueños Limitada cedula jurídica número tres-ciento dos-quinientos setenta y dos mil seiscientos treinta y nueve, donde se modifica el plazo social.—Heredia, 23 de enero del 2017.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—( IN2017108888 ).

Ante esta notaria se protocoliza acta de la Sociedad C&C Institutional Solutions S.A. cedula jurídica número tres-ciento uno-setecientos veintiuno mil cincuenta y cuatro, donde se modifica se nombra nuevo presidente y se cambia las facultades de los representantes legales.—Heredia, 23 de enero del 2017.—Lic. Luis Alberto Apú Oviedo, Notario.—1 vez.—( IN2017108889 ).

Ante esta notaría, mediante la escritura número cincuenta-uno, otorgada a las veinte horas del seis de febrero del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad: Beer Brew and Shop Sociedad Anónima. Representación: Presidente y el Secretario.— Heredia, siete de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. José Enrique Alfaro Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017108892 ).

En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, la compañía Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cincuenta y Seis Mil Setecientos Cuarenta S.A., misma cédula jurídica.—San José, 06 de febrero del 2017.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—( IN2017108897 ).

Carlos Isidro Rojas Solano, notario público, con oficina en San José, hace constar que mediante la escritura número doscientos noventa y dos, del tomo tres otorgada al ser las dieciséis horas del veintiséis de enero de dos mil diecisiete, la Asociación Cámara Costarricense Forestal, cédula jurídica tres-cero cero dos-ciento cincuenta y cuatro mil novecientos veintidós; modificó los artículos vigésimo octavo, trigésimo segundo y trigésimo quinto de los Estatutos de la Cámara.—San José, veintisiete de enero del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Isidro Rojas Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017108898 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del seis de febrero del dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Playa Grande Anaconda Number Eigthteen S. A., por la cual reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social, y se nombran directivos.—Lic. Carlos Enrique Cruz Loría, Notario.—1 vez.—( IN2017108902 ).

NOTIFICACIONES

EDUCACIÓN PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Apertura de Procedimiento Administrativo disciplinario c/ Montoya Vásquez Erick Alberto.

Resolución N° 178-2017.—El Órgano Director del Procedimiento, a las catorce horas con cuarenta minutos del veintitrés de enero del 2017.

Resultando:

I.—Que mediante resolución N° 3370-2016, de las siete horas del treinta de agosto del 2016, suscrita por la Msc. Yaxinia Díaz Mendoza, Directora de Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, se ordenó la apertura de procedimiento administrativo ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de Montoya Vásquez Erick Alberto, asimismo, designa a quien suscribe, como Órgano Director Unipersonal del Procedimiento Administrativo tramitado contra el servidor de cita. (Ver folios 13 al 14 del expediente N° 549-2016).

II.—Que lo anterior encuentra sustento en lo establecido en los artículos 211 y siguientes (de la responsabilidad disciplinaria del servidor), artículos 214 y siguientes (del procedimiento administrativo), 272 y siguientes (del acceso al expediente y sus piezas) y 308 y siguientes (del procedimiento ordinario), todos de la Ley General de la Administración Pública; 41, 42 y 43 del Estatuto del Servicio Civil, artículos 18 inciso j) y 50 inciso k) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, así como en artículos 54 y siguientes del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Educación Pública.

III.—Que de conformidad con lo anteriormente expuesto, se considera procedente dar inicio al Procedimiento Administrativo Ordinario tendiente a establecer la responsabilidad disciplinaria de la persona investigada, a saber, Montoya Vásquez Erick Alberto, cédula de identidad número 1- 1363-0001, quien se desempeña en el puesto de oficinista de servicio civil 1, en la escuela María Amelia Montealegre Echeverri, respecto al supuesto hecho que a continuación se detalla:

Que Montoya Vásquez Erick Alberto, en su condición de oficinista de servicio civil 1, en la escuela María Amelia Montealegre Echeverri, adscrito a la Dirección Regional de Educación de Cartago, supuestamente no se presentó a laborar los días 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26 y 29 de febrero, 01, 02, 03, 04, 08, 09, 10, 11, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24, 25, 28, 29, 30 y 31 de marzo, 01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28 y 29 de abril, 02, 03, 04, 05, 06, 09, 10, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 19, 20, 23, 24, 25, 26, 27, 30 y 31 de mayo, 01, 02, 03, 06, 07, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29 y 30 de junio, 01, 04, 05, 06, 07, 08, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, 29 julio, 01, 02, 03, 04, 05, 08, 09, 10, 11, 12, 15, 16, 17, 18, 19, 22, 23, 24, 25, 26, 29, 30 y 31 de agosto, 01, 02 y 05 de setiembre, todos del 2016, lo anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin presentar justificación posterior alguna, dentro del término legalmente establecido. (Ver folios 17 al 175 de la causa de marras).

IV.—Que los hechos anteriormente citados de corroborarse su comisión constituirían una violación a las obligaciones y prohibiciones del cargo contempladas en el y podría acarrear una sanción que puede ir desde una suspensión sin goce de salario, hasta el despido sin responsabilidad patronal.

V.—Que los hechos anteriormente citados de corroborarse su comisión constituirían una violación a las obligaciones y prohibiciones del cargo contempladas en el artículo 39 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, artículo 35 del Reglamento del Estatuto de Servicio Civil, artículo 63 del Reglamento Autónomo de Servicios del M.E.P, todos en relación con el artículo 81 inciso g) del Código de Trabajo; que podrían acarrear una sanción que podría ir desde una suspensión sin goce de salario hasta el despido sin responsabilidad patronal.

VI.—La prueba que constituye la base del procedimiento disciplinario, es el expediente administrativo número 549-2016 a nombre de Montoya Vásquez Erick Alberto, donde consta la denuncia (Ver folios 17 al 175 del expediente N° 549-2016).

VII.—Se apercibe al accionado de que debe señalar medio o lugar para recibir futuras notificaciones Ley Notificaciones N° 8687 dentro del plazo de diez días hábiles a partir de la notificación del presente acto, bajo el apercibimiento de que si no se hiciere o el lugar fuere impreciso, incierto, o ya no existiere, las resoluciones se tendrán por notificadas automáticamente veinticuatro horas después de dictadas artículo 11 de la Ley de Notificaciones.

IX.—Que para los efectos de este procedimiento, se pone a disposición de la persona accionada el respectivo expediente administrativo, el cual podrá consultar, reproducir o analizar cuantas veces considere necesario. Así mismo, se le hace saber que le asiste el derecho de presentar los argumentos de defensa y descargo que considere oportunos, de ofrecer la prueba que considere pertinente, desde este momento y hasta el mismo día de la audiencia, así como hacerse asesorar por un profesional en derecho que le provea la defensa técnica, si así lo considera pertinente. En caso de aportar prueba testimonial, se le solicita que indique expresamente el nombre, calidades, la dirección respectiva de los testigos junto con la descripción lacónica de los hechos sobre los que versará su deposición, para efectos de confeccionar las citaciones respectivas.

X.—Se cita a Montoya Vásquez Erick Alberto a comparecencia oral y privada de ley (artículos 309 y 312 de la Ley General de la Administración Pública), se fija para tales efectos el día viernes 17 de marzo del 2017, a las nueve horas, en el Departamento de Gestión disciplinaria, ubicado frente a la entrada de emergencias del hospital San Juan de Dios, cuarto piso del Oficentro Plaza Rofas, San José, oportunidad procedimental en que podrá ejercer su derecho de defensa y se le garantizará el principio constitucional al debido proceso. En esa oportunidad podrá:

Ofrecer (presentar) su prueba, si es que no lo hubiera hecho con antelación o quisiera adicionarla

Obtener su admisión y trámite cuando sea pertinente y relevante.

Interrogar a la contraparte, si la hubiera, preguntar y repreguntar a los testigos y peritos cuando los hubiera.

Aclarar, ampliar o reformar su petición o escrito de defensa inicial.

Formular conclusiones de hecho y de derecho en cuanto a la prueba y resultados de la comparecencia. Lo anterior deberá hacerse verbalmente y bajo la sanción de caducidad del derecho para hacerlo si se omite en la comparecencia.

X.—La sede del Órgano Director donde las partes podrán consultar el expediente y presentar su defensa, recusaciones e impugnaciones, será la normal del Departamento de Gestión Disciplinaria, sito en el edificio Rofas, frente a la entrada de emergencias del Hospital San Juan de Dios, cuarto piso, San José.

IX.—Conforme lo estipulan los artículos 245 de la Ley General de la Administración Pública y 18 j) de la Ley Orgánica del Ministerio de Educación Pública, se hace saber que contra esta Resolución proceden los recursos ordinarios, los cuales deben formularse ante esta instancia dentro del término de veinticuatro (24) horas siguientes a la respectiva notificación. El primero será resuelto por este órgano y el segundo por el Órgano Decisor.

Notifíquese.—Arelis Sibaja Hernández, Órgano Director.—O. C. N° 3400031607.—Solicitud N° 15830.—( IN2017108147 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber a Asociación de Vecinos Pro Desarrollo Social Organizativo de los Laureles de Pocora, cédula jurídica 3-002-281166, representada por su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, Óscar Gerardo Román Badilla, cédula de identidad 1-0540-0054 como titular registral de la finca del partido de Limón matrícula 38517, que en este Registro se iniciaron diligencias administrativas iniciadas por escrito presentado a la Dirección del Registro Inmobiliario por parte Cristina Barrientos Solano, cédula de identidad 1-0449-0987. En virtud de lo anterior esta Asesoría mediante resolución de las 09:00 horas del 23/11/2016 ordenó consignar advertencia administrativa sobre las fincas del partido de Limón matrículas 146239 y 153302, y sobre los planos catastrados L-1569150-2012 y L-1761379-2014, y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del 17/01/2017, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a la persona jurídica mencionada, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término establecido, deben señalar facsímil, medio electrónico o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo N° 35509-J que es el Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 vigente a la fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia exp. 2016-0958-RIM).—Curridabat, 17 de enero del 2017.—Máster José Carlos Álvarez Varela, Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—1 vez.—O. C. N° OC17-0027.—Solicitud N° 76771.—(IN2017108709 ).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

GERENCIA GENERAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

GGRS-089-2016.—Al ser las diez horas treinta y cinco minutos del día catorce de octubre del año dos mil dieciséis.

Conoce este Despacho para el dictado del acto final procedimiento administrativo sumario instruido por la Comisión de Comparecencias, entre otros contra las (os) señores (as): Mata Granados María de Rocío, cédula 302300671, Vargas Rodríguez Kattia Vanessa, cédula 111490199, Cruz Cruz Manuel de Jesús, cédula 155805584431, Jiménez Vásquez José Luis, cédula 203580899, Díaz Ordóñez Marvin José, cédula 501860510, Molina Rojas Ana Isabel, cédula 302770090, Sánchez Chaves Héctor, cédula 301981362, Vásquez Sanabria Óscar Efraín, cédula 301770375, Vílchez Miranda Randall, 108410900. Todos los anteriores por el no retiro de la cuota de lotería.

Resultando:

1º—Que los señores citados al inicio de esta resolución son vendedores autorizados de la Junta de Protección Social de forma directa o por medio de diversas cooperativas de vendedores.

2º—Que de conformidad con los oficios ALO-CNI-0398 de fecha 12 de agosto 2015, ALO-CNI-0399-2015 de fecha 12 de agosto 2015, ALO-CNI-0400-2015 de fecha 12 de agosto de 2015 y ALO-CNI-0401-2015, se solicitó a las diferentes cooperativas de vendedores de lotería, que informaran al Departamento de Administración de Loterías, el comportamiento del retiro de las loterías por parte de los socios activos.

3º—Que las cuatro cooperativas a saber: Coopelot, Cocovelot, Coopecivel y Coopepacivelot brindaron respuesta a lo solicitado por el Departamento de Administración de Loterías, según consta en oficios Nos. G-262-2015 de fecha 20 de agosto de 2015, CV-116-2015 de fecha 25 de agosto de 2015, c/g 15/124 de fecha 20 de agosto de 2015 y Ofic-Cop-104-2015 de fecha 11 de setiembre de 2015, respectivamente.

4º—Que mediante los oficios ALO-CNI-0420-2015 de fecha 16 de setiembre 2015 y ALO-CNI-0446-2015 de fecha 21 de setiembre 2015, la Administración de Loterías presenta a la Presidencia de la Comisión de Comparecencias, un listado con la información actualizada de los socios de Cooperativa que poseen cuota por artículo 3° de la Ley de Loterías N° 7395 y que a esa fecha no estaban retirando el producto.

5º—Que la Gerencia de Operaciones de esta Institución por medio del oficio GO-528-2015 de fecha 06 de agosto de 2015, comunicó a la Gerencia General la conveniencia de realizar un procedimiento sumario para conocer la verdad real de los hechos de todos aquellos adjudicatarios y socios de cooperativa que no estaban retirando total o parcialmente su cuota de lotería.

6º—Que esta Gerencia General mediante el oficio GG-3840 de fecha 28 de setiembre 2015 ordenó a la Comisión de Comparecencias la apertura de un procedimiento administrativo sumario para conocer la verdad real de los hechos de todos aquellos adjudicatarios y socios de cooperativa que no han estado retirando total o parcialmente su cuota de lotería.

7º—Que la Unidad de Gestión de Ventas preparó informe “VEN-SLV-362-2015” de fecha 27 de setiembre del 2015 con corte al 16 de setiembre, donde consta el tipo y cantidad de lotería que posee cada vendedor adjudicado por artículo 3 de la Ley de Loterías No. 7395, así como el tipo y cantidad que no han estado retirando por un período superior a los tres meses. Esto de conformidad con lo estipulado en el artículo 72 del Reglamento a la Ley de Loterías 7395.

8º—Que mediante resolución inicial N° C.C. 001-2015 del 30 de setiembre, 2015 se comunicó a cada vendedor identificado por medio del informe VEN-SLV-362-2015, (entre ellos los que se incluyen en la presente resolución), vía correo certificado y por edicto publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 231 del 27 de noviembre de 2015, la situación que presentaba para que en un lapso de tres días a partir de recibida la notificación o de la comunicación oficial en el diario La Gaceta, realizaran la prueba de descargo.

9º—Que se tomó en consideración para el análisis de los casos, el “Reporte del Sistema Módulo Control de Sorteos con fecha 2 de enero al 16 de setiembre de 2015”.

10.—Que mediante la Resolución N° C.C.030-15 de las diez horas del día 17 de diciembre del año 2015, la Comisión de Comparecencias emite el informe final de instrucción y en lo que respecta a los señores vendedores de lotería que se indican en la presente resolución, remite el expediente administrativo para la cancelación correspondiente.

11.—Que por oficio CC-003-2016 del día 14 de enero del año 2015 (sic), de conformidad con el artículo 66 del Reglamento a la Ley de Loterías, la Comisión de Comparecencias remite a esta Gerencia General los respectivos expedientes administrativos.

12.—Que se han realizado las diligencias necesarias para el dictado del acto final.

Considerando:

I.—Que la Ley de Loterías, N° 7395; en los artículos 14 y 20 expresamente dispone lo siguiente:

Artículo 14.- Las cuotas que los adjudicatarios no retiren temporalmente se les asignarán, de manera provisional y en calidad de excedente, a las cooperativas u organizaciones sociales y a otros adjudicatarios, a tenor del artículo 2 de esta Ley. Si un adjudicatario no ha retirado varias cuotas consecutivas durante un plazo de tres meses, la Junta efectuará un estudio, para determinar si corresponde retirarle la adjudicación por abandono.”

“Artículo 20.- La Junta cancelará, sin responsabilidad de su parte, las cuotas de lotería a quienes no se ajusten a las disposiciones de esta Ley, de sus reglamentos o de cualquier otra regulación atinente. Para ello, se seguirá el procedimiento administrativo descrito en la Ley General de la Administración Publica”

II.—Que el artículo 72 incisos 8) y 10 del Reglamento a la Ley de Loterías disponen lo siguiente:

Artículo 72.Son causas para la cancelación del derecho de adjudicación o autorización de venta, por un período de hasta cuatro años, excepto lo previsto en el inciso 4), las siguientes:

(…) 8) Cuando un adjudicatario, no retire varias cuotas consecutivas, durante un plazo de tres meses, sin causa justificada, se le cancela la cuota hasta por cuatro años.

(…) 10) En todos los casos de cancelación de cuota, si transcurrido el término a que se refiere este artículo, tuviesen “interés en volver a ser vendedores de loterías, deben iniciar el trámite como nuevos adjudicatarios.”

III.—Que analizada la prueba documental incorporada al expediente administrativo, se tienen por debidamente acreditados los hechos endilgados a los señores: Mata Granados María de Rocío, cédula 302300671, Vargas Rodríguez Kattia Vanessa, cédula 111490199, Cruz Cruz Manuel de Jesús, cédula 155805584431, Jiménez Vásquez José Luis, cédula 203580899, Díaz Ordóñez Marvin José, cédula 501860510, Molina Rojas Ana Isabel, cédula 302770090, Sánchez Chaves Héctor, cédula 301981362, Vásquez Sanabria Óscar Efraín, cédula 301770375, Vílchez Miranda Randall, 108410900, por el no retiro de la cuota de lotería por lo menos por un lapso de tres meses.

Lo anterior, toda vez que de conformidad con la prueba incorporada al expediente administrativo, se tiene certeza de que a la fecha, todas estas personas sobrepasan en forma amplia el plazo de tres meses, por no retiro de lotería, establecido en los artículos 14 de la Ley de Loterías y el artículo 72 inciso 8) del Reglamento a la citada Ley. En ese sentido y apegados al Principio de Legalidad y conforme a las disposiciones normativas citadas en el considerando segundo de la presente resolución, se debe proceder a la cancelación de la cuota de lotería de todas estas personas, lo cual se debe establecer en todos los casos por el período máximo de cuatro años, ya que los endilgados no manifestaron interés en vender los productos que administra la Junta de Protección Social. Asimismo se debe advertir a los investigados, que conforme lo dispone el artículo 72 inciso 10) del Reglamento a la Ley de Loterías, si transcurrido dicho plazo, tuviesen interés en volver a ser vendedores de lotería, deberán iniciar el trámite como nuevos adjudicatarios.

IV.—Que consta en el expediente administrativo, que el inicio del presente procedimiento se comunicó a los interesados mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, asimismo consta que ninguno de los endilgados citados en la presente resolución se apersonó al procedimiento, razón por la cual se resuelve comunicar el presente acto administrativo vía publicación, conforme a lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública, para lo cual se debe comisionar al Departamento de Administración de Loterías.

V.—Que de conformidad con la recomendación general de la Comisión de Comparecencias en la resolución C. C. 030-15 de las 10:00 horas del día 17 de diciembre del 2015, se debe solicitar al Departamento de Administración de Loterías, que en estos casos en los cuáles se cancela la condición de vendedor autorizado a través de alguna cooperativa de vendedores de lotería, que previo a la ejecución de la resolución, se verifique el tipo y cantidad de juego que posee cada persona. Ello, con la finalidad de ratificar si dicha lotería pertenece a la Junta de Protección Social o a la Cooperativa en calidad de cuota propia y de ser de la Institución, que la misma sea devuelta para los fines Institucionales. Por tanto

LA GERENCIA GENERAL

DE LA JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL,

RESUELVE

De conformidad con los hechos y fundamentos de derecho citados en la presente resolución, se cancela la condición de vendedores autorizados todos por un período de cuatro años, por no retiro de sus cuotas de lotería a los señores (as): Mata Granados María de Rocío, cédula 302300671, Vargas Rodríguez Kattia Vanessa, cédula 111490199, Cruz Cruz Manuel de Jesús, cédula 155805584431, Jiménez Vásquez José Luis, cédula 203580899, Díaz Ordóñez Marvin José, cédula 501860510, Molina Rojas Ana Isabel, cédula 302770090, Sánchez Chaves Héctor, cédula 301981362, Vásquez Sanabria Óscar Efraín, cédula 301770375, Vílchez Miranda Randall, 108410900.

Se advierte a los investigados, que conforme lo dispone el artículo 72 inciso 10) del Reglamento a la Ley de Loterías, si transcurrido dicho plazo, tuviesen interés en volver a ser vendedores de lotería, deberán iniciar el trámite como nuevos adjudicatarios.

Se informa a los interesados que contra la presente resolución se podrán interponer el Recurso de Revocatoria y/o Apelación. El primero, será conocido por la Gerencia General y el segundo por la Junta Directiva. Los recursos deben ser presentados dentro del tercer día hábil contado a partir del día siguiente que se tiene por notificada la presente resolución.

Se ordena al Departamento de Administración de Loterías, que en estos casos en los cuáles se cancela la condición de vendedor autorizado a través de alguna cooperativa de vendedores de lotería, que previo a la ejecución de la resolución, se verifique el tipo y cantidad de juego que posee cada persona, con la finalidad de ratificar si dicha lotería pertenece a la Junta de Protección Social o a la Cooperativa en calidad de cuota propia y de ser de la Institución, que la misma sea devuelta para los fines Institucionales.

Notifíquese a los interesados, para lo cual se comisiona al Departamento de Administración de Loterías, para que proceda al trámite de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial La Gaceta. Comuníquese a la Gerencia de Operaciones, al Departamento de Administración de Loterías y a la Comisión de Comparecencias. Se remiten a la Comisión de Comparecencias, los expedientes a nombre de las (los) señores (as) citados en la presente resolución.—Julio Canales Guillén, Gerente General a. í.—O. C. Nº 20978.—Solicitud Nº 75513.—( IN2017107775 ).

FE DE ERRATAS

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

La Refinadora Costarricense de Petróleo Sociedad Anónima indica que por error material en la reforma del Reglamento de Junta Directiva, publicado en el Alcance N° 30 a La Gaceta N° 42 del 1° de marzo de 2016, se consignaron dos Capítulos III, siendo lo correcto que a partir del artículo 37 y hasta el artículo 39 corresponde al Capítulo V y el artículo 40 se encuentra dentro del Capítulo V. Así mismo, se indica que por error material en el artículo 24 del Reglamento General de Caja Chica publicado en el Alcance N° 26 a La Gaceta N° 26 del 06 de febrero de 2017, si dispuso en el artículo 24 que dicho reglamento deroga el Reglamento General de Caja Chica, publicado en La Gaceta N° 140 del 20 de julio de 2011, siendo lo correcto La Gaceta N° 136 del 14 de julio de 2011.

San José, a las doce horas del día diez de febrero del dos mil diecisiete.—Monserrat Gamboa Amuy.—1 vez.—O. C. Nº 2017000142.—Solicitud Nº 77372.—( IN2017110397 ).