LA
GACETA N° 70 DEL 07 DE
ABRIL DEL 2017
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
MINISTERIO DE HACIENDA
DOCUMENTOS VARIOS
AGRICULTURA Y GANADERÍA
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
PODER JUDICIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE PUERTOS
DEL PACÍFICO
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO
RURAL
ADJUDICACIONES
UNIVERSIDAD TÉCNICA
NACIONAL
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
AVISOS
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO
DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
REMATES
AVISOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
AVISOS
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA
MUNICIPALIDAD DE BELÉN
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
FE DE ERRATAS
MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO
N°
0004-2017-H.—San José, 13 de febrero de 2017
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo N° 133-H de fecha 31
de octubre de 2003, la señora Yessy Bustos López, mayor de edad, soltera, de
nacionalidad nicaragüense, Bachiller en Administración Aduanera, portadora de
la cédula de residencia número dos siete cero uno cinco cero siete dos cinco
cero ocho cinco cero tres nueve, vecina de San Pablo de Heredia, de la iglesia
vieja cuatrocientos metros al este en la calle denominada Quintano, fue
autorizada por el Poder Ejecutivo para actuar como Agente Aduanera Persona
Natural ante las Aduanas de todo el país. (Folios 08 a 11).
II.—Que
mediante resolución número RES-AUT-DGA-016-2004 de las once horas del quince de
enero de dos mil cuatro, el entonces Director General de Aduanas autorizó la
inscripción de la señora Bustos López, en el registro de auxiliares cubierta
por la caución rendida por la Corporación Aduanera San José Sociedad Anónima,
registro N° 099, cedula jurídica N° 3-101-098733. (Folios 12 a 13).
III.—Que
mediante Resolución N° RES-DGT-ER-032-2007 de las once horas del dos de febrero
de dos mil siete, el entonces Jefe del Departamento de Estadísticas y Registro
del Servicio Nacional de Aduanas, desinscribió a la señora Bustos López como
Agente Aduanero de la Agencia de Aduanas Corporación Aduanera de San José
Sociedad Anónima. (Folios 14 a 15).
IV.—Que
mediante escrito de fecha 28 de enero de 2016, la señora Bustos López, solicitó
ante el Departamento de Estadísticas y Registro del Servicio Nacional de
Aduanas, realizar el cambio de identificación en su código de agente aduanero,
por poseer actualmente cédula de identidad costarricense. (Folio 06)
V.—Que mediante oficio número OFICIO-DGA-DGT-ER-035-2016 de fecha 2 de
febrero de 2016, el Director de Gestión Técnica del Servicio Nacional de
Aduanas, solicitó a la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda, modificar
el Acuerdo Ejecutivo de Autorización de la señora Bustos López a fin de
realizar los cambios en el Registro de Auxiliares de la función pública y en el
Sistema TICA. (Folio 01 a 02).
VI.—Que
la señora Bustos López aportó el siguiente documento de interés:
Fotocopia certificada por la
Notaria Pública Tatiana María de la Cruz Segura de la cédula de identidad
número ocho-cero cero ochenta y seis-cero quinientos uno, que pertenece a la
señora Bustos López. (Folios 04 y 05)
VII.—Que la señora Bustos López fue
autorizada en el año 2003 por el entonces Poder Ejecutivo para actuar corno
agente aduanero de la función pública utilizando como número de identificación
su cédula de residencia, y siendo que al día de hoy fue naturalizada por el
Estado como ciudadana costarricense otorgándole así un número de cédula de
identidad, se procede a otorgar la autorización para que el Acuerdo N° 133-H
citado sea modificado en cuanto al número de identificación y ejerza la
actividad de Agente Aduanero.
VIII.—Que
de conformidad con lo establecido en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la
Constitución Política, los decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder
Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la República
y del Ministro del ramo. Por tanto,
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA,
ACUERDAN:
Modificar el Acuerdo
Ejecutivo N° 133-H de fecha 31 de octubre de 2003, en cuanto al número de
identificación perteneciente a la señora Yessy Bustos López, de calidades
indicadas, para que en adelante se lea: “portadora de la cédula de identidad
número ocho-cero cero ochenta y seis-cero quinientos uno”. Asimismo, se le
indica una vez más que deberá cumplir con todas las obligaciones legales y
reglamentarias que el ejercicio de la función impone. Rige a partir de su publicación,
la cual deberá ser tramitada y cubierta económicamente por la gestionante.
Comuníquese
a las Direcciones Generales de Aduanas y Tributación a fin de que procedan con
los cambios necesarios en el Registro de Auxiliares de la Función Pública y en el
Sistema de Información TICA. Notifíquese a la señora Yessy Bustos López y
publíquese. Devuélvase el expediente administrativo a la Dirección de Gestión
Técnica del Servicio Nacional de Aduanas.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—( IN2017122024 ).
SERVICIO
FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO
DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
AE-REG-E-06/2017.—El señor Fabio Robles
Martínez, cédula de identidad: 3-01950899, en calidad de apoderado
generalísimo, de la compañía Agrosuperior S. A., cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de La Lima, Cartago, solicita la inscripción del Equipo
de Aplicación, Tipo: Pulverizador de Mochila Operado con Palanca, marca: Carpi,
modelo: Unispray Professional LT. 16, peso: 3.5 kilogramos y cuyo fabricante
es: Officine Carpi SRL-Italia Conforme a lo establece la Ley de Protección
Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado
dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José a
las 10:50 horas del 8 de marzo del 2017.—Unidad Registro de Agroquímicos y
Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017121400 ).
AE-REG-E-04/2017.—El señor Fabio Robles
Martínez, cédula de identidad Nº 3-01950899, en calidad de apoderado
generalísimo, de la compañía Agrosuperior S.A, cuyo domicilio fiscal se
encuentra en la ciudad de La Lima, Cartago, solicita la inscripción del equipo
de aplicación, tipo: equipo de acople de levante o tiro, marca: Aguirre,
modelo: 1000AR813PIS, peso: 440 kilogramos y cuyo fabricante es: Aguirre
Maquinaria Agrícola S.L-España. Conforme a lo establece la Ley de Protección
Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG. Se solicita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado
dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José a
las 7:20 horas del 07 de marzo del 2017.—Unidad de Registro de Agroquímico y
Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017121398 ).
AE-REG-E-05/2017.—El
señor Fabio Robles Martínez, cédula de identidad N° 3-01950899, en calidad de
apoderado generalísimo, de la compañía Agrosuperior S. A., cuyo domicilio
fiscal se encuentra en la ciudad de La Lima, Cartago, solicita la inscripción
del Equipo de Aplicación, Tipo: Equipo de Acople de Levante o Tiro, marca:
Aguirre, modelo: 3000AR813PIS, peso: 889 kilogramos y cuyo fabricante es:
Aguirre Maquinaria Agrícola S.L-España. Conforme a lo establece la Ley de
Protección Fitosanitaria 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a
terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio
Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a
partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José a las 7:22 horas del 07 de marzo del 2017.—Ing. Esaú
Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017121399 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
La Dirección General de Aviación Civil, avisa
que el señor Luis Fernando Quesada Zamora, mayor de edad, portador de la cédula
de identidad número dos- cero trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos
doce, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Asociación
United Sky Cap (En español Asociación de Maleteros Unidos), cédula de persona
jurídica número tres- cero cero dos-trescientos cincuenta y seis mil ciento
veintisiete, ha solicitado para su representada un Certificado de Explotación
para brindar servicios especializados de aeropuerto en la modalidad Servicios
al Pasajero y Equipaje en el Aeropuerto
Internacional Juan Santamaría, según lo establece el RAC-SEA SubParte D. Todo
lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil, Ley número 5150 del 14
de mayo de 1973, y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de
Explotación, Decreto Ejecutivo número 37972-T del 16 de agosto de 2013,
publicado en La Gaceta número 205 de 24 de octubre de 2013; y demás
disposiciones nacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en
el artículo duodécimo de la sesión ordinaria número 18-2017 celebrada el día 01
del mes de marzo de 2017, señaló que la solicitud reúne los requisitos
formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que
apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba
correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a
partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se
celebrará a las 10:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del
emplazamiento.—Enio Cubillo Araya, Director General.—1 vez.—O.C. N°
789.—Solicitud N° 20222.—( IN2017121786 ).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 02, folio 86, título Nº 1210, emitido por el Liceo de Tarrazú, en el
año dos mil ocho, a nombre de Blanco Vargas Froilán Ignacio. Se solicita la
reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y
apellidos correctos son: Esquivel Blanco Froilán Ignacio, cédula Nº
3-0432-0271. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del
mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017124002 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 01, folio 13, título Nº 53, emitido por el John F. Kennedy High School,
en el año dos mil trece, a nombre de Peña Bogantes Adriana, cédula Nº
2-0754-0282. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días
del mes de marzo del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017124008 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 11, asiento Nº 173, emitido por el Colegio La Salle, en el año
mil novecientos noventa, a nombre de Carballo Cañas Adriana, cédula Nº
1-0801-0923. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de
enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017124625 ).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
De
conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos
Laborales, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada:
Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples de Vara Blanca R.L.,
siglas: COOPEAGRISEM R.L., constituida en asamblea celebrada el 07 de diciembre
de 2016. Número de expediente código 1615-CO. En cumplimiento con lo dispuesto
en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se envía un
extracto para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidenta: Flor María Salazar Arias
Vicepresidente: Kattia Vargas Calvo
Secretario: Roberto
Leitón Fernández
Vocal 1: Rolando
Salazar Calvo
Vocal 2: Huberth
Meza Quesada
Suplente 1: Carlos
Barboza Mesen
Suplente 2: Randall
Morera Brenes
Presidenta: Flor
María Salazar Arias
San José, 10 de marzo del 2017.—Licda.
Eugenia Segura Fallas, Subdirectora Asuntos
Laborales.—1 vez.—( IN2017121886 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Para ver márcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Marcas
de Ganado
Para ver marcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Deportiva y Recreativa Mantarrayas, con domicilio en la provincia
de: San José-Montes de Oca, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y
todo lo relacionado con el deporte y la recreación en general en ambos géneros
y en todas sus categorías. Cuyo representante, será el presidente: Marlon
Alberto Durán Alfaro, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento: 128847.—Dado en el
Registro Nacional, a las 13 horas 18 minutos y 36 segundos, del 8 de marzo del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017121902 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad:
Asociación de Mujeres Productivas y Progresistas de Moracia de Nicoya
Guanacaste, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Nicoya, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: obtener la participación efectiva
de la comunidad en las diferentes campañas, programas y proyectos que emprenda
la Asociación, dándole herramientas para la producción de los diferentes bienes
de la zona, cuyo representante, será la presidenta Frecia Lawson Marchena, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la ley no. 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2017 Asiento: 163948.—Dado en el Registro Nacional, a las 13
horas 7 minutos y 20 segundos, del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017123286 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Atletas del
Orosi de La Cruz, Guanacaste, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-La
Cruz, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: fomentar el
atletismo en el cantón de La Cruz de Guanacaste, dándole presencia, publicidad
y reconocimiento a nivel cantonal, nacional e internacional. Cuya
representante, será la presidenta: Olga María López Medrano, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2016, Asiento:793342
con adicional(es): 2016-828336.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 20
minutos y 40 segundos, del 15 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2017124099 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Cartago Roscar,
con domicilio en la provincia de: Cartago, Cartago. Cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: dirección, coordinación, organización,
supervisión, promoción y todo lo relacionado con el deporte del futbol en ambos
géneros y en todas sus categorías, de acuerdo con sus propios estatutos y
reglamentos. Cuyo representante, será el presidente: Rodolfo Diaz Navarro, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2017, asiento: 128845.—Dado en el Registro Nacional, a las 12
horas 43 minutos y 41 segundos, del 8 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017121903 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para
su inscripción el Estatuto de la entidad: Addrehdia Asociación Deportiva, con
domicilio en la provincia de: Heredia-Flores, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: promover el deporte y la recreación en general;
organizar y participar en expediciones e intercambios nacionales e
internacionales del deporte y la recreación en general. Cuyo representante,
será el presidente: Carlos Jiménez González, con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento:
128838.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 15 minutos y 48 segundos,
del 9 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017121904 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-343508, denominación: Asociación de Equipos
Especiales a Granel. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley
N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:27094. Dado en el
Registro Nacional, a las 11 horas 20 minutos y 43 segundos, del 3 de marzo del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2017121949 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-696760, denominación: Asociación Caminos de Osa. Por cuanto dicha reforma
cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017,
asiento: 142199.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 55 minutos y 52
segundos del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017122989 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Bomberos
Pensionados del Instituto Nacional de Seguros, ABOPINS, con domicilio en la
provincia de: San José-Desamparados, cuyos fines principales, entre otros son
los siguientes: promover y realizar acciones a favor de los asociados, por
medio de apoyos financieros y económicos, programas, proyectos, actividades
sociales. Cuyo representante, será el presidente: Wálter Sanchun Arnáez, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2017, Asiento: 140503.—Dado en el Registro Nacional, a las 15
horas 16 minutos y 45 segundos, del 16 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122031 ).
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de
identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de Abbvie Inc. y
Abbott GMBH @ Co. KG, solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS
MONOCLONALES CONTRA LA PROTEINA RGM A Y SUS USOS. Proteínas aisladas,
particularmente anticuerpos monoclonales, que se unen y neutralizan la proteína
RGM A. Específicamente, estos anticuerpos tienen la capacidad de inhibir la
unión de RGM A a su receptor y/o sus correceptores. Los anticuerpos de la
invención, o sus porciones, son útiles para detectar RGM A e inhibir la
actividad de RGM A, por ejemplo, en un ser humano afectado por un trastorno que
incluye, no taxativamente, esclerosis múltiple, traumatismo cerebral en
mamíferos, lesiones en la médula espinal, accidente cerebrovascular,
enfermedades neurodegenerativas, y esquizofrenia. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 39/395 y C07K 16/22; cuyos inventores son
Müller, Bernhard, K. (DE); Schmidt, Martin (DE); Barlow, Eve, H. (US); Leddy,
Mary, R. (US); Hsieh, Chungming, (US) y Bardwell, Phillip, D. (US). Prioridad:
N° PCT/EP2009/001437 del 27/02/2009 (EP). Publicación Internacional:
WO/2009/106356. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017- 0000015, y fue
presentada a las 11:37:32 del 17 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de marzo de 2017.—Viviana
Segura de La O, Registradora.—( IN2017121661 ).
El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de
identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Abbott GMBH & Co.
KG., solicita la Patente PCT denominada FORMA DE DOSIFICACIÓN FARMACEUTICA
PARA ADMINISTRACIÓN ORAL DE UN INHIBIDOR DE LA FAMILIA BCL-2 (Divisional
2011-663).Una forma de dosificación farmacéutica que comprende un producto
de dispersión sólida que comprende
N-(4-(4-((2-(4-clorofeni1)-5,5-dimetil-1-ciclohex-1-en-1-ipmetiopiperazin-1-il)benzoil)-4-W1R)-3-(morfolin-4-11)-1-((fenilsulfanipmetil)propiDamino)-3-((trifluorometil)sulfonil)bencenosulfonamida
o una sal, hidrato o solvato de la misma, al menos un polímero
farmacéuticamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 9/00; cuyos inventores son Knobloch, Martin
(DE); Kostelac, Drazen (DE); Liepold, Bernd (DE); Steiger, Norbert (DE) y
Packhaeuser, Claudia (DE). Prioridad: 61/185,30 de 08/06/2009. Publicación
Internacional: WO 2010/143074 . La solicitud correspondiente lleva el número
2017- 0000037, y fue presentada a las 14:17:50 del 6 de febrero de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 3 de marzo del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2017121662 ).
El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de
identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Paris Dakart Area
Recreativa S. A., solicita la Patente PCT denominada EMBARCACIÓN LIGERA CON
ASPECTO DE KART. Embarcación ligera con aspecto de kart de las constituidos
por un casco de embarcación ligera cuya obra muerta se realiza con todos los
aditamentos pertenecientes a un kart caracterizada esencialmente por estar
constituida por un casco de embarcación ligera. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: B63B 35/73; cuyo inventor es Lopez Rivas, José
(ES). Prioridad: N° U 201430883 del 25/06/2014 (ES). Publicación Internacional:
W02015/197888. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000018, y
fue presentada a las 13:07:50 del 23 de enero de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017121663).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
La señora Giselle Reuben Hatounian, cédula de
identidad 1-1055-0703, en calidad de apoderada especial de Basf SE, solicita la
patente PCT denominada COMBINACIÓN HERBICIDA QUE COMPRENDE AZINAS. La
presente invención se refiere a combinaciones herbicidas que comprenden al
menos un compuesto de la Fórmula (I) (componente a), y al menos un compuesto
adicional seleccionado de compuestos activos como herbicidas (componente b) y/o
protectores (componente c). En donde Ra, Rb, Rc, Rd son, entre otros, H,
halógeno, CN, NO2, C1-C6-alquilo, C1-C6-haloalquilo, OH, C1-C6-alcoxi,
C1-C6-alquiltio, etc.;R1 es,entre otros, H, OH, S(0)2NH2, CN, C1-C6-alquilo, etc.;R2
es, entre otros, H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo, C1-C6-haloalquilo,
C2-C6-alquenilo, C3-C6-alquinilo, etc.;R3 es, entre otros, H, halógeno, CN,
C1-C6-alquilo, etc; R4 es, entre otros, H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo, etc;
oR3 y R4, junto con el átomo de carbono al que están unidos, forman una porción
seleccionada del grupo que consiste en carbonilo, C2-C6-alquenilo,
C3-C6-cicloalquilo, C3-C6-cicloalquenilo y heterociclilo de 3 a 6 miembros, y
R5 es, entre otros, H, OH, S(0)2NH2, CN, C1-C6-alquilo, etc; que incluye sus
sales o N-óxidos aceptables en la agricultura; y al menos otro compuesto
seleccionado de compuestos herbicidas b) y protectores c) y mezclas de estos.
La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados,
la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/68, A01N 61/00 yA01P
13/00; cuyos inventores son Hutzler, Johannes (DE); Hanzlik, Kristin (DE);
Calo, Frederick (FR); Kreuz, Klaus (DE); Tresch, Stefan (DE); Seitz, Thomas
(DE); Major, Julia (DE); Vogt, Florian (DE); Newton, Trevor Williams (GB) y
Schachtshabel, Doreen (DE). Prioridad: N° 14165564,7 del 23/04/2014 (EM).
Publicación Internacional: WO2015/162164. La solicitud correspondiente lleva el
número 2016- 0000546, y fue presentada a las 14:18:09 del 23 de noviembre de
2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 20 de marzo de 2017.—Viviana Segura De La O,
Registradora.—( IN2017121826 ).
El señor Néstor
Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial
de Merck Sharp & Dohme Corp., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS
ANTI TIGIT. La presente invención se refiere a anticuerpos anti TIGIT, así
como al uso de estos anticuerpos en el tratamiento de enfermedades tales como
cáncer y enfermedad infecciosa. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 39/00, A61K 39/395, A61P 37/02 y C07K 16/28; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Raghunathan, Gopalan (US); Liang, Linda (US);
Fayadat-Dilman, Laurence (US); Williams, Sybil M.G (US); Laface, Drake (US) y
Seghezzi, Wolfgang (DE). Prioridad: NI° 62/038,912 del 19/08/2014 (US) y N°
62/126,733 del 02/03/2015 (US). Publicación Internacional: WO 2016/028656. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000060, y fue presentada a las
11:15:20 del 17 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José,
21 de febrero de 2017. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana Segura De
La O, Registradora.—( IN2017121945 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Inscripción N°. 3328.—Ref: 30/2017/682.—Por
resolución de las 10:29 horas del 9 de febrero de 2017, fue inscrito(a) la
Patente denominado(a) COMPUESTOS DE PIRROLO-PIRIMIDINA COMO INHIBIDORES DE
CDK a favor de la compañía Astex Therapeutics Ltd. y Novartis AG, cuyos
inventores son: Brooks, Clinton A. (US); Dagostin, Claudio (IT); Howard, Steven
(GB); Sung, Moo (KR); Besong, Gilbert (GB); Smith, Troy (US); Lagu, Bharat
(US); Li, Yue (CN); Woodhead, Steven (GB); He, Guo (GB); Brain, Christopher
Thomas (GB); Congreve, Miles Stuart (GB); Hou, Ying (CN); Wrona, Wojciech (US);
Lu, Yipin (CN) y Mortenson, Paul (GB). Se le ha otorgado el número de inscripción
3328 y estará vigente hasta el 20 de agosto de 2029. La Clasificación
Internacional de Patentes versión 2016.01 es: A61K 31/519, A61P 35/00 y C07D
487/04. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el
artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—09 de febrero del
2017.—Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—1 vez.—( IN2017121941 ).
Inscripción N° 3318.—Ref: 30/2017/370.—Por
resolución de las 13:54 horas del 26 de enero de 2017, fue inscrito(a) la
Patente denominado(a) 1-(ARILSULFONIL)-4-(PIPERAZIN-1-IL)-1FH-BENZIMIDAZOLES
COMO LIGANDOS DE 5-HIDROXITRIPTAMINA-6 a favor de la compañía Wyeth Llc,
cuyos inventores son: Andrae, Patrick M. (US); Haydar, Simón N. (US);
Robichaud, Albert J. (US) y Yun, Heedong (KR). Se le ha otorgado el número de
inscripción 3318 y estará vigente hasta el 25 de julio de 2030. La
Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: A61K 31/496, A61P
25/00, C07D 235/22, C07D 403/04 y C07D 487/08. Publicar en La Gaceta por
única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley N° 6867. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la
Ley citada.—San José, 26 de enero del 2017.—Melissa Solís Zamora,
Registradora.—1 vez.—( IN2017121942 ).
Inscripción N 3319.—Ref: 30/2017/372.—Por
resolución de las 14:10 horas del 26 de enero de 2017, fue inscrita la Patente
denominada DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS a favor de la compañía Bayer
Intellectual Property GMBH, cuyos inventores son: Reinhold, Tom (DE); Lezzaiq,
Samer (LB); Ranze, Heike (DE) y Leifeld, Sabine (DE). Se le ha otorgado el
número de inscripción 3319 y estará vigente hasta el 11 de julio de 2030. La
Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: A61J 1/03, A61J
7/00, B65D 83/00 yB65D 83/04. Publicar en La Gaceta por única vez, de
conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley
citada.—San José, 26 de enero del 2017.—Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—1
vez.—( IN2017121943 ).
Inscripción N° 3317. Ref: 30/2017/367.—Por
resolución de las 13:44 horas del 26 de enero de 2017, fue inscrito(a) la
Patente denominado(a) CARTUCHO, UN DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS QUE CONTIENE
EL CARTUCHO Y DEL DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS a favor de la compañía Bayer
Intellectual Property GMBH, cuyos inventores son: Karla, Uwe (DE); Reinhold,
Tom (DE); Leifeld, Sabine (DE) y Filler, Sven (DE). Se le ha otorgado el número
de inscripción 3317 y estará vigente hasta el 14 de julio de 2030. La
Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: B65D 83/04.
Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22
del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—26 de enero de 2017.—Melissa
Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2017121944 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE
NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ROSIBEL ROJAS ALPÍZAR,
con cédula de identidad número 2-0317-0551, carné número 20519.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de
que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15)
DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. 17-000456-0624-NO.—San
José, 27 de marzo del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias
Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2017125580 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE
NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: RICARDO JOSÉ NASSAR
GUELL, con cédula de identidad número 1-1255-0570, carné número 18829.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de
que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15)
DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. 17-000379-0624-NO.—San
José, 23 de marzo del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias
Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2017125756 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ED-UHTPNOB-0033-2017. Exp. Nº
10479P.—Consultores Financieros Cofin S. A., solicita concesión de: 14 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-370 en
finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso
agropecuario-riego-frutal. Coordenadas: 277,567 / 356.814, hoja Carrillo Norte.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo del 2017.—Unidad
Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Mauricio Solano Romero.—(
IN2017124661 ).
ED-UHTPNOB-0031-2017.
Expediente Nº 8105P.—Consultores
Financieros Cofin S. A., solicita concesión de: 17 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-319 en finca de su
propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario - riego -
frutal. Coordenadas 277.209 / 358.056 hoja Carrillo Norte; 5 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-233 en finca de su
propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario - riego -
frutal. Coordenadas 277.558 / 357.054 hoja Carrillo Norte. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 17 de marzo de 2017.—Unidad Hidrológica
Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Mauricio Solano Romero.—( IN2017124666 ).
ED-UHTPNOB-0032-2017.—Exp
10293-P.—Consultores Financieros Cofin S. A., solicita concesión de: 36 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-234 en
finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso
agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 277.504/356.828 hoja Carrillo Norte.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo del 2017.—Unidad
Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Mauricio Solano Romero.—(
IN2017124667 ).
ED-UHSAN-0010-2016. Exp. Nº
17511A.—3-101-691991 S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo de la
quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Peñas
Blancas, San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario y consumo humano.
Coordenadas: 268.800 / 469.280, hoja Fortuna. Predios inferiores: Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 06 de marzo del 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy
Quesada Artavia.—( IN2017124673 ).
ED-0088-2017. Expediente Nº 17531A. First
Boston Investments INC, solicita concesión de: 5 litros por segundo del Río
Oro, efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa Ana, San
José, para uso consumo humano doméstico para autoabastecimiento en condominio
para 1600 personas. Coordenadas 210.004 / 515.171 hoja Salitral. Predios
inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de marzo de
2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2017124763 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0059-2017.—Exp. N°
4086A.—Agroindustrial Las Marías S. A., solicita concesión de: 30 litros por
segundo del Río Ciruelas, efectuando la captación en finca de Miguel Sandi
Gutiérrez en Santo Domingo (Santa Bárbara), Santa Bárbara, Heredia, para uso
agropecuario-riego-café. Coordenadas 227.551 / 518.749 hoja BARVA. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de
febrero de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles Pacífico Central.—Andrés Phillips
Ureña.—( IN2017125088 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-0275-2016.—Expediente Nº 8499P.—Terminal
de Contenedores Grant y Cabezas S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-447 en
finca de su propiedad en Guadalupe (Cartago), Cartago, Cartago, para uso
industria lavado de vehículos y riego-vegetales. Coordenadas 205.000 / 541.760
hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2017125473 ).
ED-0404-2016.—Expediente
11643-A.—Arovo Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0,08 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Santa Rosa (Turrialba), Turrialba, Cartago, para uso comercial-envasado de
agua. Coordenadas 212.150 / 569.250 hoja Tucurrique. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2017125524 ).
ED-UHTPSOZ-0006-2017.—Exp.
10841A.—Edgar Castro
Mora, solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro de El General,
Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano-domestico. Coordenadas 370.300
/ 491.250 hoja San Isidro. Predios inferiores: quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San Jose, 15 de febrero del 2017.—Unidad Hidrológica Térraba
Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar, Coordinador.—( IN2017125604 ).
ED-UHTPCOSJ-0002-2017. Expediente Nº
17502A.—José Alberto Segura Prado, solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Carlos
Segura Prado en Vuelta de Jorco, Aserrí, San José, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas 193.500 / 522.100 hoja Caraigres. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 28 de febrero de 2017.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017125672 ).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
En resolución N° 2098-2017 dictada por el
Registro Civil a las once horas diez minutos del veinte de febrero del dos mil
diecisiete, en expediente de ocurso N° 35263-2016, incoado por Denny Elena Mora
Morales, se dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de Timothy Michael
Mc Intire con Laura Nicole Thomas, que el nombre de la madre del cónyuge es
Emily Ashby.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil, Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017121800 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Ana Jacny Gómez Forbes, se ha dictado la resolución N° 5900-2016,
que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las once horas treinta y cinco minutos del quince de
noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 32896-2016. Resultando: 1º—... 2º—...
Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Eithan Francisco Carballo Gómez, en el
sentido que el nombre de la madre es Ana Jacny.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2017121817 ).
Se hace saber que este
Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Electerio Castillo Tórrez,
ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1182-2013.
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las
quince horas cincuenta minutos del tres de abril del dos mil— --trece. Exp. No.
51378-2012. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados: ....
II.—Sobre el fondo:.., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José
Electerio Castillo Torres con Yesenia Marcela Reyes Roque..., en el sentido que
los apellidos de la madre del cónyuge, consecuentemente el segundo apellido del
mismo son “Tórrez Trujillo” y “Tórrez” respectivamente.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—( IN2017121869 ).
En resolución N° 1762-2017 dictada por el
Registro Civil a las diez horas seis minutos del siete de febrero del dos mil
diecisiete, en expediente de ocurso N° 34697-2016, incoado por Joselyn Andrea
Espinoza Villalobos, se dispuso rectificar en
el asiento de nacimiento de Ronald Andrey Corrales Mejía, que los apellidos de
la madre son Espinoza Villalobos.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1 vez.—( IN2017121879 ).
En resolución N° 2402-2017 dictada por el
Registro Civil a las ocho horas cuarenta y siete minutos del veintiocho de
febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 40575-2016, incoado
por Karla Vanessa Ruiz Orozco, se dispuso rectificar en los asientos de
nacimiento de Ashley Fiorella Rodríguez Orozco y Kirstenn Carolina Rodríguez
Orozco, que los apellidos de la madre son Ruiz Orozco.—Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1
vez.—( IN2017121890 ).
Se hace saber que este Registro Civil en
diligencias de ocurso incoadas por Anielka Indira Suárez Urbina, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 482-2014. Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas
dieciocho minutos del diecisiete de febrero del dos mil catorce. Exp. N°
51392-2013. Resultando: 1°—..., 2°—..., Considerando: I.—Hechos probados:...,
II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de
Enoc González Arguedas con Anielka Indira Suárez Urbina..., en el sentido que
el nombre de la madre de la cónyuge... es “Danelia”.—Lic. Rodrigo Fallas
Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(
IN2017121893 ).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Evelzo Nicanor Zelaya Cáseres, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 052-09. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas veinte minutos del ocho de enero del
dos mil nueve. Expedientes Nº 30796-03, 32389-08. Resultando: 1º—..., 2º—…,
3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.
Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de
Innominado Zelaya Silva, en el sentido que el nombre es Jonathan
Antonio.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María
González Richmond, Jefa.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2017121918 ).
En resolución N° 1913-2017
dictada por el Registro Civil a las once horas veinticinco minutos del catorce
de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 47120-2016,
incoado por Eddys Rodolfo Hernández Calderón, se dispuso rectificar en el
asiento de nacimiento de Christofer Steven Hernández Guzmán, que el segundo
nombre del padre es Rodolfo.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017121946 ).
En
resolución N° 2065-2017 dictada por el Registro Civil a las doce horas treinta
minutos del diecisiete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de
ocurso N° 49739-2016, incoado por Verónica del Socorro Martínez, se dispuso
rectificar en el asiento de nacimiento de Katherine Melissa Martínez Martínez,
que el nombre de la madre es Verónica del Socorro.—Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017121952
).
Se
hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jazmina
Centeno Jarquín, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución
N° 1348-08. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San
José, a las once horas cinco minutos del dieciocho de junio del dos mil ocho.
Exp. N° 11021-08. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos
Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto,
rectifíquese el asiento de matrimonio de Jesús Manuel Rodríguez Que-sada con
Yazmina Centeno Jarquín, en el sentido que el nombre y los apellidos de la
cónyuge son “Marta Yasmina Centeno, hija de Alicia Centeno, no indican segundo
apellido” y no como se consignó y los asientos de nacimiento de Jordan Steven
Rodríguez Centeno, de Sara Eunice Rodríguez Centeno y el de Ester Jazmina
Rodríguez Centeno, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de
las personas ahí inscritas son “Marta Yasmina Centeno, no indica segundo
apellido” y no como se consignaron.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora
General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—( IN2017121997 ).
En resolución N° 602-2017
dictada por el Registro Civil a las ocho horas quince minutos del dieciséis de
enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 31976-2016, incoado
por Mirian Esther García Mc Nish, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Syani Aylin García Mc Nigth, que el nombre y apellidos de la
madre son Mirian Esther García Mc Nish.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial
Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122001 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Carla Patricia Membreño Mercado, se ha
dictado la resolución N° 2103-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinticinco minutos del siete de abril de
dos mil dieciséis. Expediente N° 47884-2015. Resultando: 1º—..., 2º—...;
Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto:
Rectifíquense los asientos de nacimiento de Elieser Andrés Dávila Membreño y
Valeria de los Ángeles Membreño García, en el sentido que el nombre y el
segundo apellido de la madre son Carla Patricia y Mercado,
respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic.
Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017122011 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Celia Elizabeth
Arriola Gramajo, guatemalteca, cédula de residencia N° 132000131426, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N° 3872-2016.—San José, a las 9:46 horas del
15 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017121795 ).
Erika Ninoska
Navarro Suazo, nicaragüense, cédula residencia 155822205106, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3183-2016.—Centro Cañas,
Guanacaste, 21 de marzo del 2017.—Jorge Luis Varela Rojas, Regional de Cañas.—1
vez.—( IN2017121801 ).
Maria Alejandra
Zuluaga Patiño, colombiana, cédula de residencia N° 117000116033, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito
a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 3672-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15
de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2017121872 ).
Mesa Aguirre Livia,
colombiana, cédula de residencia DI117000832936, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. 1445-2017.—San José, al ser las 2:20 del 21 de marzo
de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121885 ).
Julia
del Socorro Espinoza Pérez, nacionalidad, nicaragüense cédula de residencia
155809062713, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil.
Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de
diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N°
1494-2017.—Guanacaste al ser las 12:20:58 del 23 de marzo de 2017.—Lic. Germán
Alberto Rojas Flores, Notario.—1 vez.—( IN2017123947 ).
Delfín Pérez, colombiano,
cédula de residencia Nº 117000948417, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso, Nº 1382-2017.—San José, al ser las 3:43 del 17 de marzo de 2017.—María
Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121919 ).
Sergio Andrés Gil Navarro,
colombiano, cédula de residencia 117001831117, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. N°1451-2017.—San José al ser las 3:29 del 21 de marzo de
2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017121920 ).
Jiahong Yin, chino, cédula de
residencia N° 115600303612, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1459-2017.—San José al
ser las 10:01 del 22 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza,
Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121923 ).
Jiahui
Yin Zhong, china, cédula de residencia DI115600375207, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 1458-2017.—San José al ser las 10:14 del 22
de marzo del 2017.—María
Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121925 ).
María
Alejandra Noguera Espinoza, nicaragüense, cédula de residencia N° 155805528915,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3772-2016.—San José, a las 9:46
horas del 15 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1
vez.—( IN2017121986 ).
José Antonio Salas Andrade,
venezolano, cédula de residencia 186200100128, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 1467-2017.—San José al ser las 11:28 del 22
de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017121988 ).
Tomas Ignacio Carrizo,
argentina, cédula de residencia Nº 103200118610, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Nº 1295-2017.—San José al ser las 2:50 del 14 de
marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017121990 ).
Yaudith Karina Castillo Pérez,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155809120101, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 3488-2016.—San José, a las 9:44 horas del 15
de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122010 ).
Brenda Del Socorro Solórzano
Álvarez, nicaragüense, cédula de residencia 155800518018, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1415-2017.—San José al ser
las 11:02 del 21 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a.
í.—1 vez.—( IN2017122019 ).
Eloy Martínez Montero, español,
cédula de residencia N° 172400016421, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3775-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15 de marzo de 2017.—María Amelia
Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122021 ).
María del Carmen Orellana
Mancia, salvadoreña, cédula de residencia 122200435923, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación
de este aviso. Exp. N° 1469-2017.—San josé al ser las 9:28 del 27 de marzo de
2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017124464 ).
Marina Martinez Montero,
española, cédula de residencia N° 172400016207, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N° 3776-2016.—San José, a las 9:46 horas
del 15 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122026 ).
Isidoro
Góngora Martinez, nicaragüense, cédula de residencia N° 155810965024, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Expediente N° 3858-2016.—San José, a las 9:46
horas del 15 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1
vez.—( IN2017122030 ).
Maribel del Carmen Miranda
García, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155809546923, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. N°137764-2015.—San José, a las 9:46 horas
del 15 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122033 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de
Proveeduría invita a participar en los siguientes procedimientos de
contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000022-PROV
Alquiler de local para alojar el Tribunal
Civil de San Ramón
Fecha y hora de
apertura: 16 de mayo de 2017, a las 10:00 horas.
———
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000001-PROV
Compra de materiales de cableado
estructurado,
bajo la modalidad según demanda
Fecha y hora de apertura: 12 de mayo del 2017, a las 10:00 horas.
Los carteles se pueden obtener sin costo
alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben
acceder a través de internet, en la dirección
http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/ en el aparte de “Contrataciones
Disponibles” y seleccionar el cartel en mención.
San José, 05 de abril
de 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(
IN2017125698 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000002-01
Separación del Tender del Muelle de Quepos
El Departamento de
Proveeduría del INCOP invita a participar en la Licitación Abreviada N°
2017LA-000002-01 para la “Separación del Tender del Muelle de Quepos”.
El día 19 de abril del 2017 a las 11:00 horas
se realizará una visita al sitio a efecto de conocer mejor los alcances del
trabajo de la presente licitación.
El plazo para la recepción de ofertas vence el
día 2 de mayo del 2017 a las 10:00 horas.
Los interesados en participar en esta
contratación podrán solicitar el cartel de licitación en los correos
jamadrigal@incop.go.cr o jbravo@incop.go.cr a partir de la publicación de este
aviso o en bien descargarlo de nuestro sitio web en el siguiente link:
http://www.incop.go.cr/licitaciones/
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.— 1 vez.—O.C. Nº 28839.—Solicitud Nº 81981.—( IN2017125475 ).
HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000003-2308
El Hospital Dr. Max
Terán Valls debidamente autorizado, los invita a participar en el proceso de:
Licitación abreviada para la adquisición de:
Servicio de transporte de personas (servicio de transporte aéreo para
el traslado de pacientes en estado crítico)
CUENTA PRESUPUESTARIA N° 2184 “Traslados”
La apertura de ofertas se llevará a cabo el: |
J: 11 de mayo del 2017 al ser las 13 horas con 00 minutos |
El Pliego cartelario
con las especificaciones administrativas, técnicas y formularios respectivos
pueden ser retirados en forma digital por el oferente interesado en participar,
a través de los siguientes medios:
A
través de nuestra página Web
http://portal.ccss.sa.cr/portal/page/portal/Portal/Licitaciones/UP-2308
En nuestras oficinas administrativas de la
Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Área de Gestión de
Bienes y Servicios, cita en el centro hospitalario Hospital Dr. Max Terán Valls
/ Caja Costarricense de Seguro Social, ubicado 300 metros de la pista de
aterrizaje de la Managua, distrito Quepos, cantón Quepos, provincia Puntarenas.
El cartel está
constituido por las Condiciones Administrativas Generales, Condiciones y
Especificaciones Técnicas y Sistema de Evaluación.
Es responsabilidad de quien adquiere el
cartel, mediante fotocopiado del mismo, en nuestras oficinas administrativas,
verificar que el mismo se le entrega completo. El costo por hoja es de ¢20.00
(Veinte colones con 00/100).
Subárea de
Planificación y Contratación Administrativa.—Área de Gestión de Bienes y
Servicios.—Licda. Edith Priscilla Villalobos Arias, Coordinadora a. í.—1 vez.—(
IN2017125445 ).
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000005-5101
Paricalcitol
2 microgramos cápsula blanda
código: 1-11-42-0010
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de la Licitación Pública N°
2017LN-000005-5101, para la adquisición de: Ítem único: Paricalcitol 2
microgramos cápsula blanda código: 1-11-42-0010. Apertura de ofertas: el día 15
de mayo 2017 a las 13:00 horas; en la dirección electrónica institucional:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN, en formato PDF,
o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y
Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales.
San José, 3 de abril del 2017.—Licda. Shirley
Solano Mora, Jefe de Línea de producción de Medicamentos.—1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº 15969.—( IN2017125456 ).
LICITACION PÚBLICA NACIONAL N° 2017LN-000001-8101
(Apertura de ofertas)
Adquisición
de dotación de productos químicos líquidos
para el
proceso de higienización de ropa usada hospitalaria
y de las superficies en contacto
con la misma
La Dirección de Producción Industrial de la
Caja Costarricense de Seguro Social, informa a los interesados en participar en
el presente concurso que, está disponible el cartel para la adquisición de
“Dotación de productos químicos líquidos para el proceso de higienización de
ropa usada hospitalaria y de las superficies en contacto con la misma”, el
cartel y toda la documentación correspondientes a dicha licitación se
encontrará disponible en la fotocopiadora de la Institución ubicada en la
planta baja del edificio Jenaro Valverde Marín Oficinas centrales de la
C.C.S.S.
Fecha de apertura de ofertas: 15 de mayo del 2017, a las 9:00 horas.
Ver
detalles http://www.ccss.sa.cr
San
José, 04 de abril del 2017.—Dirección de Producción Industrial.—Ing. Ovidio
Murillo Valerio, Director.—1 vez.—( IN2017125478 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la
apertura del siguiente proceso:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000013-01
Compra
de máquinas industriales de maquila de prendas
médicas para la CCSS, Clínicas y
Hospitales privados
en el territorio Naranjo,
Palmares, Atenas,
San Ramón y Zarcero
Fecha y hora de recepción de ofertas: 03 de
mayo del 2017, a las 10:00 horas (10:00 a.m.), en la Proveeduría Institucional,
Oficinas Centrales del INDER.
El
cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales,
ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200
metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría
Institucional, planta alta del Edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las
16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del
Inder www.inder.go.cr, menú de Contrataciones, Contrataciones Administrativas,
Proveeduría Institucional, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a
la dirección: jazofeifa@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas
está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que
posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del
proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.
San Vicente de Moravia,
San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017125414 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000016-01
Compra
de insumos para el cultivo arroz-frijol y equipo
pesado para el mejoramiento de
las condiciones de la Agro
Cadena de Palma Aceitera
Coopechires, todo de la
Oficina de Desarrollo
Territorial de Puriscal
Fecha y hora de recepción de ofertas: viernes
05 de mayo del 2017, a las 11:00 horas (10:00 a. m.).
El
cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales,
ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200
metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría
Institucional, planta alta del Edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las
16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del
INDER: www.inder.go.cr menú de Contrataciones Administrativas, Carteles,
Proveeduría Institucional, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a
la dirección: kzamora@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está
condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el
INDER, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso
licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.
Área de Contratación y Suministros.—Licda.
Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017125415 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2017CD-000023-01
Contratación
de la Auditoría Externa para que se audite
el periodo que va del 01 de
enero al 31 de diciembre
del 2016,
de los estados financieros y liquidación
presupuestaria del INDER
Fecha y hora de recepción de ofertas: 21 de
abril del 2017, a las 10:00 horas (10:00 a. m.), en la Proveeduría
Institucional, Oficinas Centrales del INDER.
El
cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales,
ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200
metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría
Institucional, planta alta del Edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las
16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del
INDER: www.inder.go.cr menú de Contrataciones, Contrataciones Administrativas,
Proveeduría Institucional, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a
la dirección: cgarciae@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está
condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el
INDER, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso
licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.
San Vicente de Moravia,
San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017125416 ).
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA 2016LN-000006-UTN
Servicios de consultoría en
ingeniería
y
arquitectura por demanda
La
Proveeduría Institucional informa a todos los interesados en el presente
concurso que el mismo fue adjudicado por el Consejo Universitario en sesión
ordinaria N° 06-2017 del 23 de marzo de 2017; mediante Acuerdo Nº 051-2017, de
la siguiente manera:
Consorcio Norte y Sur-Cañas, conformado por las siguientes
empresas: Norte y Sur Arquitectos S. A., cédula jurídica: 3-101-240730,
e Ingeniería Cañas S. A., cédula jurídica: 3-101-040429.
Línea 1: Consultoría en ingeniería y
arquitectura por demanda, según el siguiente detalle:
a. Atención de consultas profesionales.
b. Estudios básicos.
c. Estudios preliminares.
d. Anteproyectos.
e. Planos constructivos, especificaciones técnicas, memorias de
cálculo.
f. Presupuestos de obra (por unidad constructiva y presupuesto
detallado).
g. Obtención de viabilidad ambiental, regencia ambiental y trámites de
responsabilidad profesional ante CFIA por concepto de diseño e inspección, así
como cualquier otra instancia que se amerite.
h. Inspección de obra.
i. Modelado virtual.
j. Asesoría técnica en contratación.
Monto adjudicado: La
tarifa que se cancelará a la empresa para cada tipo de servicio será la
establecida por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, y según el
Decreto Ejecutivo Nº 18636-MOPT “Arancel de Servicios Profesionales de
Consultoría para Edificaciones” publicado en La Gaceta Nº 225 del 25 de
noviembre del año 1988.
Plazo
de entrega: Lo establecido en el cartel para cada tipo de servicio.
Garantía
del servicio: 5 años para cada tipo de servicio.
Todo lo
demás de acuerdo al cartel, especificaciones técnicas, aclaraciones,
modificaciones y la oferta.
Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel Ángel
González Matamoros, Director.—1 vez.—( IN2017125254 ).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000007-UTN
Concesión de soda de la sede Atenas
La Proveeduría
Institucional informa a todos los interesados en el presente concurso que el
mismo fue adjudicado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria N°
06-2017 del 23 de marzo de 2017; mediante Acuerdo Nº 050-2017, de la siguiente
manera:
Oferta Nº 2: Corporación
Alfa Durán, cédula jurídica Nº 3-101-561251
Plazo
del contrato: un año prorrogable automáticamente hasta
un plazo máximo de cuatro años, salvo que alguna de las partes decida no
prorrogar, según lo establecido en el cartel.
Canon: mensual de ¢1.500.000,00 (un millón
quinientos mil colones) pagaderos por 12 meses al año.
Precios ofrecidos:
Descripción |
Precios |
Desayuno |
1.400,00 |
Almuerzo |
1.800,00 |
Cena |
1.800,00 |
Comidas rápidas y bebidas |
El costo será de acuerdo al precio ofertado en cada línea |
Todo lo demás de
acuerdo al cartel, especificaciones técnicas, aclaraciones, modificaciones y la
oferta.
Proveeduría
Institucional UTN.—Lic. Miguel Ángel González Matamoros, Director.—1 vez.—(
IN2017125256 ).
DIRECCION
FINANCIERO CONTABLE
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2016LN-000002-1121
Contratación de servicios de recaudación de cuotas de la Caja
Costarricense
de Seguro Social de patronos, asegurados
voluntarios
y trabajadores independientes, por medio
de agente recaudadores externos
Mediante resolución del 05 de abril del 2017,
la Dirección Financiero Contable adjudicó la licitación pública a los
siguientes proveedores:
Oferta N° 1:
Coopealianza R. L., cédula
jurídica N° 03-004-045138, Proveedor N° 12337
Oferta N° 2:
Banco Bac San José S. A., cédula
jurídica N° 3-101-012009, Proveedor N° 21778.
Oferta N° 3:
Cooperativa de Ahorro y Crédito de la
Comunidad de Ciudad Quesada (Coocique R. L.), cédula jurídica N° 3-004-045290, Proveedor N° 8472.
Oferta N° 4:
Banco Davivienda Costa Rica S.
A., cédula jurídica N° 3-101-046008, Proveedor N° 19618.
Ariel Alexander Salas Urbina.—1 vez.—(
IN2017125752 ).
OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES
COMPLEMENTARIAS
DEL BANCO POPULAR
Y DE
DESARROLLO COMUNAL S. A.
REMATE Nº
2017LN-000002-01
Remate
de vehículo propiedad
de Popular Pensiones S. A.
La Operadora de Planes de Pensiones
Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., comunica a los
interesados que el Remate Nº 2017LN-000002-01 “Remate de vehículo propiedad de
Popular Pensiones S. A.”, resultó infructuoso por falta de ofertas.
Administración y
Finanzas.—Licda. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—1 vez.—( IN2017125395 ).
MUNICIPALIDAD
DE ZARCERO
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LA-000001-OPMZ
Contratación
para suministro, acarreo, riego emulsión
asfáltica,
colocación y acabado final de mezcla asfáltica
en
caliente, en carpeta con un espesor de 5 centímetros
sueltos. En entrega según
demanda
El Concejo Municipal de Zarcero en sesión
ordinaria número sesenta y seis, celebrada el tres de abril del dos mil
diecisiete acuerda adjudicar la Licitación Pública N° 2017LA-000001-OPMZ
“Contratación para suministro, acarreo, riego emulsión asfáltica, colocación y
acabado final de mezcla asfáltica en caliente, en carpeta con un espesor de 5
centímetros sueltos. En entrega según demanda”. Al oferente Constructora
Herrera S. A., cedula jurídica 3-101-125558, por la suma de cincuenta y
cuatro mil colones netos (¢54.000) por tonelada.
Zarcero, 4 de abril del 2017.—Ronald Araya
Solís, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017125673 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000001-APITCR
(Modificación
Nº 1)
Adquisición
de equipo de red y cómputo
bajo
modalidad entrega según demanda
A los interesados en la licitación arriba
indicada se les comunica que el cartel ha sido modificado, dichas
modificaciones y aclaraciones están disponibles en el Departamento de
Aprovisionamiento.
Los
interesados pueden retirarla en el Departamento de Aprovisionamiento o
solicitarlo al siguiente correo electrónico: mbermudez@itcr.ac.cr.
El
periodo de vacaciones de ley para el personal del ITCR es del 10 al 12 de abril
del 2017, ambas fechas inclusive. Dicho periodo no se debe considerar para
trámites y/o consulta alguna de tipo administrativa.
Cartago, 04 de abril del 2017.—Departamento
de Aprovisionamiento.—Licda. Katthya Calderón Mora, Directora.— 1 vez.—O. C. Nº 20175651.—Solicitud Nº 82039.—(
IN2017125646 ).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
LÍNEA DE
PRODUCCIÓN DE REACTIVOS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2016LN-000018-05101
Juego
de reactivos químicos y biológicos de 100 pruebas
o su equivalente cada uno, para
detectar antígenos y anticuerpos anti virus inmunodeficiencia humana
(VIH 1 y 2) de cuarta
generación, y antígenos y
anticuerpos
para determinar Hepatitis A, B y C.,
Chagas y
HTLV 1 y 2. Método de Elisa basado
en quimioluminiscencia asimilar. Para tamizaje
en muestras de sangre de donadores,
mujeres
embarazadas y pacientes
Se le informa a todos los
interesados que el Ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Abbott
Healthcare Costa Rica S. A., por un precio total estimado basado en la
cantidad referencial para cada línea de $8.152.479,68. (Ocho millones ciento
cincuenta y dos mil cuatrocientos setenta y nueve con sesenta y ocho centavos
de dólar) Lo anterior de conformidad con acuerdo de junta directiva en sesión
N°8897 celebrada el 30 de marzo de 2017. Ver detalles y mayor información en la
página de Compra Red.
San
José, 5 de abril del 2017.—Licda. Andrea Vargas Vargas Jefe, Subárea de
Reactivos Otros-Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.— 1 vez.—O. C. Nº
1142.—Solicitud Nº 13750.—( IN2017125460 ).
DIRECCIÓN
REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD CENTRAL SUR
LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LN-000001-2399
(Modificación Nº 1)
Servicios
profesionales en vigilancia y seguridad para
el Área de Salud Desamparados 1
C.AI.S.
Dr. Marcial Fallas Díaz
Se comunica a los interesados en participar
en el concurso en referencia, que se realizaron modificaciones en la cláusula
cuarta: Equipo e implementos, incisos b. y d. y en la cláusula vigésimo
primera: Sistema de evaluación. La fecha de recepción y apertura de ofertas
se traslada para el 26 de abril 2017 a las 10:00 a.m. Las demás condiciones se
mantienen invariables.
El
pliego cartelario actualizado se encuentra disponible en la página web
institucional www.ccss.sa.cr.
San José, 05 de abril del 2017.—Dr. Armando
Villalobos Castañeda, Director Regional.—1 vez.—( IN2017125523 ).
LICITACIÓN
NACIONAL Nº 2017LN-000006-PRI
(Circular Nº 1)
Compra
de vehículos
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los
interesados en participar en la licitación arriba indicada, que, a partir de la
presente publicación, estará disponible la Circular Nº 1, la cual podrá ser
retirada directamente en la Dirección de Proveeduría, sita en el módulo C, piso
3 del Edificio Sede del AyA en Pavas o bien en la dirección: www.aya.go.cr.
Dirección
Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.— 1 vez.—O. C. Nº
6000002134.—Solicitud Nº 81970.—( IN2017125398 ).
RBT TRUST SERVICES LTDA.
RBT Trust Services Ltda., con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y dos mil trescientos veintidós, en
calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso Constelación
Láctea / RBT / Dos Mil Trece” en adelante identificado como el “Fideicomiso”,
procederá a subastar el bien que se encuentra fideicometido en el Fideicomiso,
descrito a continuación, en una primera subasta a las quince horas del día
veintiocho de abril del ario dos mil diecisiete si fuera necesaria una segunda
subasta esta será a las quince horas del día dieciséis de mayo del año dos mil
diecisiete y si fuera necesaria una tercera subasta ésta será a las quince
horas del primero de junio del año dos mil diecisiete. Todas las subastas se
celebrarán en las oficinas de RBT Trust Services Ltda., sita en San José,
Escazú, San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, torre uno, edificio Integra
Abogados, quinto piso.
1-Finca del
partido de San José, matrícula número seiscientos dos mil ciento siete- cero
cero cero, que se describe así: naturaleza: terreno de frutales. Situación:
distrito primero Santa Ana, cantón noveno Santa Ana, de la provincia de San
losé. Linderos: norte, calle pública y Condominios Avalon en parte; sur, Banco
Improsa S. A.; este, calle pública y oeste, Banco Improsa S. A. y Condominios
Avalon en parte. Medida: mil seiscientos setenta y dos metros con noventa y dos
decímetros cuadrados, plano catastrado número SJ-un millón doscientos treinta y
cuatro mil setecientos cuarenta-dos mil siete; libre de todo tipo de
anotaciones y con el gravamen de servidumbre de aguas pluviales inscrita bajo
las citas dos mil trece-ochenta y siete mil trescientos veintiuno-cero uno-cero
cero cero uno-cero cero uno. El precio base de dicho bien para la primera
subasta es de doscientos cincuenta mil dólares, moneda de los Estados Unidos de
América (USD¢250.000,00); para la segunda subasta será un 75% del precio base
para la primera; y para la tercera subasta será un 25% del precio base para la
primera subasta. La propiedad incluye todos los permisos tramitados en nombre del
Fiduciario y que este considere pertinentes, de conformidad con lo establecido
en el Fideicomiso.
Queda entendido que para que una oferta sea
válida, el oferente deberá entregarle a RBT Trust Services Ltda., en adelante
el Fiduciario, según corresponda, un quince por ciento del precio base en
primera y segunda subasta, y un 100% del precio base para la tercera subasta.
Como excepción a lo anterior y en concordancia con lo que establece la Ley de
Cobro Judicial en relación con los procesos de remate en la vía judicial los
Fideicomisarios Principales podrán participar de las subastas indicadas sin
necesidad de efectuar el depósito previo. Dichos montos deberán ser entregados
a RBT Trust Services Ltda., mediante entero bancario, a la orden del
Fiduciario, o cheque de gerencia de un banco costarricense, o cualquier otro
valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario, además debe
señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente
no paga la totalidad de lo ofrecido al Fiduciario, deberá depositar, dentro del
tercer día, salvo que los Fideicomisarios Principales autoricen un plazo mayor,
el precio total de su oferta, mediante cheque de gerencia, o cualquier otro
valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. Si el mejor
oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, el remate
se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el quince por ciento del depósito
se entregará a los ejecutantes como indemnización fija de daños y perjuicios ocasionados
por el incumplimiento, y el resto en abono al crédito de los Fideicomisarios
Principales, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier
otro gasto que haya causado el presente fideicomiso. Se deja constancia que una
vez que el patrimonio fideicometido antes descrito haya sido adjudicado y/o
vendido, y que dicha adjudicación y/o venta se declare firme, se haya pagado la
totalidad del precio de venta y/o adjudicación producto del proceso de
ejecución y no existan sumas adeudadas al Fiduciario que hayan sido generadas
por la administración, gestión o ejecución del presente fideicomiso, el
Fiduciario deberá comparecer ante Notario Público de la elección del Fiduciario
a otorgar escritura pública correspondiente al traspaso de la finca a favor del
comprador y/o adjudicatario correspondiente, producto del proceso de ejecución
del fideicomiso. Lo anterior, en virtud de que el Fiduciario debe velar porque
el patrimonio del Fideicomiso se libere y liquide en su totalidad, cumpliéndose
con la finalidad para la cual fue creado el Fideicomiso. El adjudicatario y/o
comprador deberá asumir de forma completa, el pago de los honorarios y gastos
legales del Notario Público elegido por el Fiduciario para efectuar el traspaso
indicado y para que el Notario Público pueda presentar el testimonio de la
escritura de traspaso ante el Registro Nacional en un plazo improrrogable de
ocho días naturales contados a partir de la firma de la escritura pública.
Se deja constancia que en cualquier momento
antes de realizarse las subastas aquí referidas, se podrá cancelar la totalidad
de las sumas adeudadas al amparo del Crédito Garantizado y todos los
honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el Fideicomiso, caso
en el cual se suspenderá el proceso de venta.
Ronald Zúñiga
Delgado.—1 vez.—( IN2017125479 ).
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El señor Gay Antonio Meissimilly González,
pasaporte N° I588711, ha presentado para el trámite de reconocimiento y
equiparación el diploma con el título Ingeniero en Electrónica obtenido en el
Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”. Cualquier persona
interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo
mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y
Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 20 de marzo del 2017.—Departamento
de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C.
N° 20150003.—Solicitud N° 80703.—( IN2017121798 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CENTRO
EDUCATIVO MIRAMAR
Se hace conocimiento
que la Junta de Educación del Centro Educativo Miramar, situado en Miramar
Piedras Blancas de Osa Puntarenas, cédula jurídica Nº 3-008-100715, ha
solicitado a la Procuraduría General de la República, la inscripción registral
del bien inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de Puntarenas, cantón de
Osa, distrito Piedras Blancas, situado del cruce de Santa Rosa 7,2 km al norte,
terreno donde se localiza el Centro Educativo Miramar el cual colinda al norte
con Juvenal Ureña Hernández; al sur, con Juvenal Ureña Hernández; al este, con
Juvenal Ureña Hernández y al oeste, Juvenal Ureña Hernández, cuenta con plano
catastro Nº 6-1835702-2015, con un área de 7762 m2, dicha
inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060, Ley General de
Caminos Públicos. La Junta de educación ha mantenido la posesión en dicho
inmueble por más de diez años, en forma quieta, pública, pacifica, sin
interrupción, de buena fe y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre
el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un
mes a partir de la publicación del presente edicto, en la Dirección de
Infraestructura y Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación
Pública (MEP) o bien a la Procuraduría General de la República, Notaria del
Estado en la cual se están realizado las presentes diligencias. Ana Yuvei Navas
Morales, Directora del Centro Educativo, portadora de la cédula de identidad Nº
1-0896-0498.
San José, 16 de marzo
del 2017.—Ana Yuvei Navas Morales, Directora.—1 vez.—( IN2017121896 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CENTRO
EDUCATIVO SAN ISIDRO
Se hace conocimiento
que la Junta de Educación del Centro Educativo San Isidro, situado en San
Isidro Palmar de Osa Puntarenas, cédula jurídica Nº 3-008-337236, ha solicitado
a la Procuraduría General de la República, la inscripción registral del bien
inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de Puntarenas, cantón de Osa,
distrito Palmar, situado de la entrada de la Puerta del Sol 2 km al norte,
terreno donde se localiza el Centro Educativo San Isidro el cual colinda al
norte, con calle pública; al sur, con José de Jesús Bustos Bustos; al este, con
José de Jesús Bustos Bustos y al oeste, calle pública, cuenta con plano
catastro Nº 6-1953457-2017, con un área de 757 m2, dicha inscripción
se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060, Ley General de Caminos
Públicos. La Junta de educación ha mantenido la posesión en dicho inmueble por
más de diez años, en forma quieta, pública, pacifica, sin interrupción, de
buena fe y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que
se pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de
la publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y
Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación Pública (MEP) o bien
a la Procuraduría General de la República, Notaria del Estado en la cual se
están realizado las presentes diligencias. Flor María Gómez Mendoza, Presidenta
de la Junta de Educación, portadora de la cédula de identidad Nº 6-0271-0886.
San José, 16 de marzo del 2017.—Flor María
Gómez Mendoza, Presidenta.—1 vez.—( IN2017121898 ).
En el Cementerio
Central Heredia, existe un derecho a nombre de: familia Hernández Barrantes,
los miembros vivos de la familia solicitan traspasar este derecho a una nieta y
además desean incluir beneficiarios, indicándose así:
Arrendataria: Ana Gabriela Hernández Víquez,
cédula Nº
04-0163-0551
Beneficiarios: Nidia María Hernández Barrantes,
cédula Nº
04-0101-0819
José Luis Hernández
Barrantes,
cédula Nº
04-0083-0191
María Ester
Hernández Barrantes,
cédula Nº
04-0087-0596
Víctor Julio
Hernández Barrantes,
cédula Nº
04-0092-0350
Lote Nº 81 Bloque L,
medida 9 yardas cuadradas, para 6 nichos, solicitud 1688, recibo 4811, inscrito
en Folios 48, Libro 1, el cual fue adquirido el día 14 de enero de 1970. Datos
confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con
fecha 28 de junio de 2016.
Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel
que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de
Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus
derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José
Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2017121900 ).
La Dirección de Desarrollo Urbano de la
Municipalidad de Santa Bárbara informa que, mediante Resolución Administrativa
N° 002-2017 de las nueve horas del veinte de febrero del dos mil diecisiete, la
Alcaldía Municipal autoriza a publicar en el Diario Oficial La Gaceta y
en un periódico de circulación nacional, la Plataforma de Valores de Terrenos
de Uso Agropecuario del Cantón de Santa Bárbara, suministrada por el Órgano de
Normalización Técnica, Dirección General de Tributación, Ministerio de
Hacienda.
MATRIZ
DE VALORES DE TERRENOS
AGROPECUARIOS PROVINCIA 4
HEREDIA
CANTÓN 04 SANTA BÁRBARA
Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Rige a partir de su publicación.
Santa Bárbara, 10 marzo del 2017.—Lic. Héctor
Luis Arias Vargas, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017121931 ).
Tomando en cuenta que en la institución
existe ciertos funcionarios que entre sus labores deben realizar la
notificación de diversos documentos oficiales y con el propósito de cumplir con
lo indicado en la Ley de Notificación, modificar la lista de notificadores
oficiales de la Municipalidad de Belén, esto con el propósito de incluir en la
misma a las siguientes personas:
Nombre Cédula
N°
Johanna
Gómez Ulloa 1-1031-055
Doris
Murillo Molina 4-137-954
Ada
Mayorga Vásquez 6-111-505
Andrea
Arce Barrantes 4-181-736
Alberto
Valverde Flores 1-1432-303
Ronald
Zumbado Murillo 4-140-951
Merlyn
Castro Granados 1-668-213
Marcela
Murillo González 1-773-107
Guiselle
Sibaja Hidalgo 1-937-895
William
Jiménez Solano 1-656-835
José
Solís Porras 1-729-707
Jorge
L. González González 1-716-818
San Antonio de Belén, Heredia, 22 de marzo
del 2017.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria Concejo.—1 vez.—O. C. N°
32259.—Solicitud N° 80718.—( IN2017121803 ).
RASTA FA DE LIMÓN S. A.
Se convoca a los accionistas a la realización de asamblea general Ordinaria
y Extraordinaria de socios de la sociedad Rastafa de Limón S. A., con cédula de
persona jurídica Nº 3-101-403812, a celebrarse en San José, avenidas 9 y 11,
calle 31, Nº 959, a las 10,00 horas del 11 de mayo del 2017, en primera
convocatoria. De no obtenerse el quórum en primera convocatoria, se celebrará
la asamblea en segunda convocatoria, en el mismo sitio, una hora después de la
primera convocatoria.
Orden del día:
Modificaciones
del pacto constitutivo en cuanto a los siguientes puntos:
Reforma
de la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad, relativa al órgano
de administración y fijación de facultades de ese órgano colegiado y de cada
uno de sus integrantes.
Modificación del pacto constitutivo de la compañía, cláusula sexta,
para eliminar la figura del agente residente.
c. Modificación de la cláusula
primera del pacto constitutivo, relativa al domicilio social, para fijar uno
nuevo.
2. Nombramientos en los nuevos puestos de la
Junta Directiva.
3. Destitución del actual fiscal
y designación de nuevo fiscal.
San José, 3 de abril
del 2017.—Jerome Fait Monge, Presidente.—1 vez.—( IN2017125619 ).
COLEGIO DE
MÉDICOS Y CIRUJANOS
DE COSTA RICA
La Junta de Gobierno
del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica comunica que: en la sesión
ordinaria 2017-03-22, celebrada el 22 de marzo del 2017, se acordó convocar a
Asamblea General Extraordinaria el día viernes 05 de mayo del 2017, a partir de
las 9:00 a.m., en el Auditorio Principal “Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia” de
este Colegio Profesional ubicado en Sabana Sur, avenida de los Médicos, 50
metros este del Ministerio de Agricultura y Ganadería. En caso de no existir el
quórum correspondiente de acuerdo a la Ley Orgánica del Colegio de Médicos y
Cirujanos de Costa Rica, se convoca para el miércoles 17 de mayo del 2017, en
segunda convocatoria a las 7:00 p.m., en el Salón Expresidentes, con el fin de
conocer y resolver la siguiente agenda:
Conocer
la denuncia interpuesta por el Dr. Abel Víquez Brenes Cód. MED 3175 contra los
integrantes del Tribunal de Ética Médica y la Junta de Gobierno del Colegio de
Médicos y Cirujanos de Costa Rica para determinar acerca de la admisibilidad de
la misma y el procedimiento a seguir.
Dr. Andrés Castillo Saborío, Presidente.—1 vez.—(
IN2017125644 ).
COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS
DE COSTA RICA
Colegio de Médicos
Veterinarios de Costa Rica. Agenda Asamblea General Extraordinaria N°40-2017
Fecha: miércoles 03 de mayo del 2017.
Lugar: Auditorio Adrián Rojas, Servicio
Nacional de Salud Animal (SENASA), Barreal de Heredia.
Hora: 6:00 p.m. en primera convocatoria (mitad
más uno de los colegiados activos) 6:30 p.m. en segunda convocatoria (miembros
presentes).
Comprobación
de Quórum.
Himno Nacional.
Reglas de
participación en la Asamblea.
Lectura
y Aprobación del Orden del Día.
Lectura y aprobación del acta anterior de sesión extraordinaria de
asamblea general N°39-2017.
Recurso de apelación contra el Acuerdo de Junta Directiva
N°43/1469-16-Resolución Final Expediente N°17-2015, que es denuncia interpuesta
por el Dr. Benigno Alpízar Montero, Director de Medicamentos Veterinarios del
SENASA contra el Dr. Juan Carlos Villaplana Corrales, Colegiado N°1394.
Nombramiento de un Tribuno Propietario del Tribunal Electoral para el
periodo de mayo 2017 a enero 2018, por renuncia de la Dra. Katherine Castro
Lizano, Colegiada N°1588.
Dr. Juan Carlos Murillo García, Presidente.—1
vez.—( IN2017125700 ).
BELO
HORIZONTE COUNTRY CLUB S. A.
Convocatoria
a Asamblea General Ordinaria
El Belo Horizonte Country Club S.A., cédula
jurídica N° 3-101-008854-02, convoca a sus asociados a la Asamblea General
Ordinaria a celebrarse en las instalaciones del Belo Horizonte Country Club,
ubicado en Escazú, San Antonio en el Barrio Bello Horizonte el día martes 9 de
mayo del 2017.
Primera convocatoria a las 6:00p.m.
Segunda convocatoria las
7:00p.m. Con los asociados presentes.
A
efecto de conocer de la siguiente agenda:
Informe de la Presidencia
Informe de Tesorería
Informe de Fiscalía
Asuntos varios
Lic.
Marco Antonio Segura Seco, Presidente.—1 vez.—( IN2017125713 ).
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
CONDOMINIO VERTICAL RESIDENCIAL
JARDINES-PINARES
La condómina, Rebeca
Salazar Alcócer, mayor, soltera, abogada, cédula de identidad número
seis-doscientos sesenta y cuatro-doscientos cuarenta y nueve, vecina de San
José, Curridabat, solicitó la reposición de los libros legales del Condominio
Vertical Residencial Jardines-Pinares, cédula jurídica tres-ciento
nueve-seiscientos treinta y nueve mil trescientos treinta y seis.—Rebeca
Salazar Alcócer, Condómina.—( IN2017121356 ).
UNIVERSIDAD
AMERICANA
Ante la Oficina de Registro de la Universidad
Americana UAM, se presenta la solicitud de Diego Ramírez Picado, cédula N°
701960609, por reposición del Título de Licenciatura en Ciencias de la
Educación con énfasis en la Enseñanza de la Matemática, inscrito bajo el tomo
2, folio 250, asiento 13789 de esta universidad y Código 37, Asiento 66341 del
Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP) emitido
en octubre del año dos mil catorce. Se solicita la reposición del título
indicado anteriormente, por extravío al haberse cambiado de casa. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. Es todo. Se emite la presente en San José, Costa Rica a los nueve
días del mes de marzo del 2017.—Lic. Luis Diego Guillén Martínez, Rector a.
í.—( IN2017121407 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN PRO PERSONAS CELIACAS
Yo, Ana Lorena Cordero Padilla, cédula de identidad 1079800018, en mi
calidad de presidenta y representante legal de la Asociación Pro Personas
Celiacas, cédula jurídica 3-002-400932, solicito al Departamento de Asociaciones
del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del Libro de Asamblea de
Asociados número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles
a partir de la publicación, a cualquier interesado, a fin de oír objeciones
ante el Registro de Asociaciones.—San José, 21 de marzo del 2017.—Ana Lorena
Cordero Padilla, Presidenta y Representante Legal.—1 vez.—( IN2017121797 ).
IT CONVERGENCE
SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
IT Convergence Sociedad de Responsabilidad
Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos sesenta y seis mil doscientos cuatro, solicita ante el Registro
Nacional la reposición por extravío del tomo uno del Libro de Actas de Asamblea
de Cuotistas y el tomo uno del Libro de Registro de Cuotistas. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional,
dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, veintiuno de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Lissa Arroyo
Hidalgo, Apoderada.—1 vez.—( IN2017121799 ).
ASOCIACIÓN
AGRÍCOLA GANADERA
DE SARAPIQUÍ
Yo, Gerardo Wong Segura, casado una vez,
ganadero, vecino de Puerto Viejo de Sarapiquí Heredia, La Gata; trescientos
cincuenta metros al sur, de la Escuela La Gata, en su condición de presidente y
apoderado generalísimo sin límite de suma en representación de la Asociación
Agrícola Ganadera de Sarapiquí, con cédula jurídica número tres-cero cero
dos-cuatro nueve ocho nueve cinco cero, inscrita bajo el tomo quinientos setenta,
asiento treinta y seis mil ciento sesenta y cuatro, domiciliada en Heredia,
Sarapiquí, Puerto Viejo debidamente anotada y registrada, al día según data en
el Registro Nacional y de lo cual da fe la suscrita notaria con domicilio
social en Puerto Viejo Sarapiquí, Heredia, costado sur del Banco Popular
solicitó al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la
reposición de los libros, Actas del órgano Directivo, Registro de asociados,
Diario, Mayor, e Inventarios y Balances, uno de cada uno, los mismos serán
legalizados por segunda vez, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho
días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro de Asociaciones. 27/2/2017.—Gerardo Wong Segura.—1
vez.—( IN2017121871 ).
ASOCIACIÓN PRO PERSONAS CELIACAS
Yo, Ana
Lorena Cordero Padilla, cédula de identidad 1079800018, en mi calidad de
presidenta y representante legal de la Asociación Pro Personas Celiacas, cédula
jurídica 3-002-400932, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de
Personas Jurídicas, la reposición del Libro
de Asamblea de Asociados número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por
ocho días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado, a fin de
oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 21 de marzo del
2017.—Ana Lorena Cordero Padilla, Presidenta y Representante Legal.—1
vez.—( IN2017121797 ).
IT
CONVERGENCE SOCIEDAD
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
IT Convergence Sociedad de Responsabilidad
Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos sesenta y seis mil doscientos cuatro, solicita ante el Registro
Nacional la reposición por extravío del tomo uno del Libro de Actas de Asamblea
de Cuotistas y el tomo uno del Libro de Registro de Cuotistas. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional,
dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—San José, veintiuno de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Lissa Arroyo
Hidalgo, Apoderada.—1 vez.—( IN2017121799 ).
ASOCIACIÓN AGRÍCOLA GANADERA DE SARAPIQUÍ
Yo, Gerardo Wong Segura, casado una vez,
ganadero, vecino de Puerto Viejo de Sarapiquí Heredia, La Gata; trescientos
cincuenta metros al sur, de la Escuela La Gata, en su condición de presidente y
apoderado generalísimo sin límite de suma en representación de la Asociación
Agrícola Ganadera de Sarapiquí, con cédula jurídica número tres-cero cero
dos-cuatro nueve ocho nueve cinco cero, inscrita bajo el tomo quinientos
setenta, asiento treinta y seis mil ciento sesenta y cuatro, domiciliada en
Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo debidamente anotada y registrada, al día según
data en el Registro Nacional y de lo cual da fe la suscrita notaria con
domicilio social en Puerto Viejo Sarapiquí, Heredia, costado sur del Banco
Popular solicitó al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas
Jurídicas la reposición de los libros, Actas del órgano Directivo, Registro de
asociados, Diario, Mayor, e Inventarios y Balances, uno de cada uno, los mismos
serán legalizados por segunda vez, los cuales fueron extraviados. Se emplaza
por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin
de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. 27/2/2017.—Gerardo Wong
Segura.—1 vez.—( IN2017121871 ).
DUAL
GALERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA
Dual Galería Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres ciento uno doscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos
sesenta, solicita ante el Registro Nacional la reposición por extravío de los
libros: Libro de Actas de Asamblea de Socios número uno, libro de Registro de
Socios número uno, libro de Junta Directiva número uno. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante la notaría de la Licenciada Sigrid
Sevilla Vargas en la notaria, dentro del término de ocho días hábiles contados
a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic.
Sigrid Sevilla Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017121922 ).
AVÍCOLA
MARIYANI S. A.
Mediante escritura
otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de marzo del año
2017 la sociedad Avícola Mariyani S. A., cédula jurídica 3-101-229833, solicita
ante el Registro Nacional la reposición por extravío de los libros: libro de
Actas de Asamblea de Socios tomo 1, libro de Registro de Socios tomo 1 y libro
de Actas del Consejo de Administración tomo 1. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante la notaría del licenciado Pablo Valerio Soto
en Alajuela, setenta y cinco metros de la Cúpula de La Catedral, dentro del
término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del
Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Pablo Eliécer Valerio Soto, Notario.—1
vez.—( IN2017121961 ).
SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN
Y MANTENIMIENTO LOS PRADOS S. A.
Ante el suscrito
notario en escritura pública otorgada a las 08:00 horas del día de hoy,
Servicios de Administración y Mantenimiento Los Prados S. A., solicitó al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Público la reposición por extravío
de los libros de Registro de Socios, Actas de Asamblea de Socios y Actas de
Junta Directiva.—San José, 22 de marzo del 2017.—Lic. Orlando Araya Amador,
Notario.—1 vez.—( IN2017121972 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La
suscrita notaria Natalia Molina Chinchilla, da fe que, en su notaría, a las
diez horas del primero de marzo del dos mil diecisiete, se disminuyó el capital
social Rancho Corcovado RC sociedad anónima. Es todo.—Palmar Norte, Osa,
Puntarenas a las once horas del catorce de marzo del dos mil diecisiete.—Licda.
Natalia Molina Chinchilla, Notaria.—( IN2017121418 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Mediante escritura número treinta y seis-tomo
diecinueve; de las dieciséis horas del día veintiuno de marzo del dos mil
diecisiete, el señor Walter Vargas Garita vende local comercial denominado
“Abastecedor Zeus” al señor Hua Chang (nombre) Feng (apellido). Lo anterior
para los efectos del artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de
Comercio.—Licda. Vivian Chacón Araya, Notaria.—( IN2017122023 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante
escritura pública otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del
veintiséis de marzo del dos mil dieciséis, se constituye la sociedad denominada
CICASE Sociedad Anónima. Capital social 120 mil colones representado por
aporte de bien mueble.—Alajuela, 26 de marzo del 2017.—Licda. Ana Ruth Palma
Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2017123806 ).
Por escritura protocolizada en
esta notaría, a las 18 horas del 28 de marzo de 2017, se constituyó la sociedad
Travel Pioneers S.R.L., que en español significa Pioneros de Viajes
S.R.L., ante esta notaria.—San José, 29 de marzo del 2017.—Licda. Ana María
Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—( IN2017123808 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría la sociedad Corporación Industrial Tauro
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3 101 079627 protocoliza acta número 32 y
29 de la asamblea extraordinaria de socios celebrada a las 14:00 horas del 17
de marzo de 2017 y 12:00 horas del 3 de setiembre de 2014, en la cual se acepta
la renuncia del presidente, la secretaria, el tesorero, el fiscal y el agente
residente y se acuerdan nuevos nombramientos.—Cartago, 27 de marzo de
2017.—Licda. Rosa Emilia Villanueva Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017123816 ).
La sociedad Inversiones Comerciales
Norma Infamo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos cincuenta y seis mil doscientos trece, informa a todos los
interesados y socios: Primero: Se acuerda modificar la cláusula de la
representación judicial y extrajudicial y a partir de la presente acta, donde
la representación de la sociedad será del presidente y secretaria, con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar de
manera conjunta o separadamente, mediante la última asamblea general
extraordinaria realizada el pasado veintiocho de noviembre del año dos mil
dieciséis.—Licda. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017123818 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, a las diez horas, se hacen
nuevos nombramientos en los cargos de presidente y fiscal en la sociedad Inversiones
Ramiquesa K.M. Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado.
Presidenta Erika María Ramírez Quesada.—Cartago, veintinueve de marzo del dos
mil diecisiete.—Licda. Katia Acuña Remón, Notaria.—1 vez.—( IN2017123821 ).
En esta notaría se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Jianmeng Sociedad
Anónima, de nombramiento de nuevo fiscal.—San José, 24 de marzo del 2017.—Licda. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—(
IN2017123823 ).
El
suscrito notario público hace saber que el día diez de abril del año dos mil
dieciséis, al ser las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos en el domicilio
social de la empresa, mediante asamblea general extraordinaria, y ante esta notaría
a las once horas cincuenta minutos del día once de abril del año dos mil
dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la
empresa denominada Jiran Los Ranchos del Sur Sociedad Anónima, en la que
se nombran nuevos miembros ante la junta directiva, a saber se nombra el puesto
de presidente recayendo dicho nombramiento en la señora Aurea Arce Astúa,
tesorero y se nombra a Gilbert Brenes Arce, secretaria y se nombra a Aurea
Brenes Arce, y se nombra nuevo fiscal siendo nombrado el señor Sergio Ramón
Montiel Lazo. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, Puntarenas, 27 de marzo del
2017.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—( IN2017123825 ).
El suscrito notario público
hace saber que el día nueve de marzo del dos mil diecisiete, al ser las catorce
horas en el domicilio social de la empresa, mediante asamblea general
extraordinaria número tres y ante esta notaría a las dieciséis; horas treinta
minutos del día nueve de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria número tres de la empresa denominada Tres-Ciento
Dos-Quinientos Treinta y Tres Mil Seiscientos Noventa y Cinco Sociedad de
Responsabilidad Limitada, en la que se nombra nuevo gerente y se modifica
el domicilio, a saber se nombra el puesto de gerente, recayendo dicho
nombramiento en el señor Gaetano Russa, de un solo apellido en razón de
nacionalidad Italiana. El primero su nombre y el segundo su único apellido. Es
todo.—Puerto Jiménez de Golfito, Puntarenas, 27 de marzo del 2017.—Lic. Miguel
Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—( IN2017123826 ).
José Francisco Chaves Campos,
abogado y notario, hace constar que mediante escritura número
veintiuno-doscientos sesenta y dos, se constituye la sociedad denominada Remisa
Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—29 de marzo del 2017.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—(
IN2017123843 ).
Con fecha nueve de enero dos
mil diecisiete, escritura doscientos cincuenta y dos, se constituye Constructora
e Inmobiliaria Villa Rica Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.
Sergio José Ruiz Esquivel, cédula cuatro ciento sesenta y ocho ochocientos
veintiocho, es gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma representación judicial y extrajudicial.—San José, treinta de marzo del
dos mil diecisiete.—Lic. Ronald López Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017123845 ).
Ante esta notaria el día 28 de
marzo del 2017, mediante escritura número 136-2, se protocolizo el acta de la
sociedad Autos Leo Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-137700, mediante la cual se acordó modificar la cláusula del domicilio de
la misma. Es todo.—San José, 29 de marzo del 2017.—Lic. Aldo José Mata Morales,
Notario.—1 vez.—( IN2017123848 ).
En ésta notaría, por escritura
pública número 70 otorgada a las 9:30 hrs del 14 de marzo del 2017, se
protocoliza acta de asamblea general de la empresa Cocitsa Numero Uno
Sociedad Anónima. Se nombra nuevo secretario de Junta Directiva y se
modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, para quien se considere
afectado se de por enterado y presente sus manifestaciones dentro del mes que
corre a partir de esta fecha.—San José, 15 de marzo del 2017.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2017123852 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad denominada MCB San José, Sociedad Anónima,
donde se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Es todo.—San José,
21 de marzo del año 2017.—Lic. José Antonio Barletta Chaves, Notario.—1 vez.—(
IN2017123853 ).
Por asamblea general
extraordinaria de las a las quince horas del cuatro de marzo de dos mil
diecisiete, se acuerda disolver la sociedad denominada Corporación
V.B.B.C.Q., Sociedad Anónima, con cedula jurídica número tres-uno cero uno
-tres uno uno cero dos seis. Escritura numero veinticinco de las catorce horas
del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Enrique Peña
Quijano, Notario.—1 vez.—( IN2017123854 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, la empresa Ganadera Prados de la Altura Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos veintisiete mil seiscientos
noventa y cuatro, modifica la cláusula del pacto constitutivo referente al
nombre de la sociedad para que en lo sucesivo se lea así: Primera: del nombre:
La sociedad se denominará Avícola
Huevo de Oro, Tilarán Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía,
pudiéndose abreviar las dos últimas letras como “S. A.”.—Liberia,
veintinueve de marzo de dos mil diecisiete.—Licda. Johanna María Moreno Bustos,
Notaria.—1 vez.—( IN2017123861 ).
Por escrituras otorgadas ante
mí, a las 11:12 y a las 11:15 horas del día 27 de marzo del 2017, las
sociedades La Colina de Faat Uno y La Colina de Faat Dos, declaran su
disolución mediante acuerdo de accionistas.—San José, 27 de marzo del
2017.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017123863 ).
Por escritura otorgada ante
este notario, a las 13:00 horas del día 13 de marzo del dos mil diecisiete,
escritura número cuarenta y ocho, se modifican la cláusula segunda del
domicilio y octava de la administración del pacto constitutivo de la sociedad
denominada 3-101-708314 Sociedad Anónima; así mismo se nombra nueva
junta directiva.—San José, 15 de marzo del 2017.—Lic. Róger Morales Calderón,
Notario.—1 vez.—( IN2017123868 ).
Ante mi notaría, a las 16:00
horas del día 27 de marzo del 2017, se nombra nuevo presidente, secretario y
tesorero de la empresa Agropecuaria José López Sociedad Anónima, cédula
jurídica: N° 3-101-553555. Se publica para los efectos que establece la ley.
Carnet Nº:10441.—San José, 28 de marzo del 2017.—Lic. Randall Camacho Monge,
Notario.—1 vez.—( IN2017123871 ).
A las once horas del
veintisiete de marzo del dos mil diecisiete ante esta notaria se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Rent Nosara Sociedad
de Responsabilidad Limitada, donde se modifican las cláusulas segunda y
sexta, y se nombra nuevos administradores.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio,
Notario.—1 vez.—( IN2017123874 ).
Ante esta notaría, por
escritura número: ciento ochenta y dos-once, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Matuca P&G SRL, mediante la cual
se procedió a aumentar el capital social y reformar cláusula quinta del pacto
social. Es todo.—Cartago, a las dieciséis horas del veintisiete de marzo del
dos mil diecisiete.—Licda. Xóchitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—(
IN2017123876 ).
Mediante escritura N° 61-9, de
las 15 horas del 27 de marzo del 2017, otorgada en Guanacaste, protocolicé
acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Vivere La Vita Limitada,
con cédula jurídica N° 3-102-588003, donde se modifica el domicilio de la
sociedad y la cláusula de representación.—Guanacaste, 27 de marzo del
2017.—Lic. Omar Ayales Adén, Notario.—1 vez.—( IN2017123879 ).
Ante
mí, notario público, nombramiento del presidente y secretario, y modificación
de la cláusula del capital social a doscientos dólares, de la sociedad Rincopn
del Puerto Cuarenta y Cinco S. A.—San José, a las nueve horas del día 17 de
febrero del 2017.—Lic. Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—( IN2017123885 ).
Por escritura N° 40-5, otorgada
ante esta notaría al ser las 13:45 del 20 de marzo del 2017, se protocoliza
acta de asamblea PB Seventeen Wind Bird Sociedad de Responsabilidad Limitada,
donde se modifica la cláusula de la administración y se nombra como gerente uno
a Archie Trumbley y como gerente dos a Theraise Marie Rose Paul.—San José, 20
de marzo del 2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—( IN2017123896
).
Por escritura 41-5 otorgada
ante esta notaría al ser las catorce horas quince minutos del 20 de marzo del
2017, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de cuotistas de
Cristal City Company Sociedad de Responsabilidad Limitada y Cora Aqua
Limitada, mediante el cual se fusionan por absorción, prevaleciendo Cora
Aqua Limitada, la cual asumirá todos los activos y pasivos, derechos y
obligaciones e ingresos y gastos de las sociedades absorbidas. Además, se
reforman en Cora Aqua Limitada la cláusula primera, las cláusulas del
capital social y de administración y se nombra como gerente a Mary Elizabeth
Stokes.—San José, 20 de marzo del 2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1
vez.—( IN2017123899 ).
La
compañía Importaciones Barrantes & Suárez Sociedad Anónima, con
cédula jurídica Nº 3-101-512620 hace nuevo nombramiento de secretario y fiscal.
Oposiciones al fax 2685-4147.—Licda. Jenny María Ramos González, Notaria.—1
vez.—( IN2017123901 ).
Ante
esta notaría, a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil diecisiete
se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de Omnia
Desarrolladora Inmobiliaria Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y cuatro mil cuarenta. Se
acordó modificar cláusula de representación de la sociedad, nombramientos en
junta directiva, cambio de nombre por Mancorp MNC Sociedad Anónima.—San
José, veintiocho de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Fernando Baltodano
Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017123903 ).
Ante esta notaría, se acuerda
liquidar la sociedad denominada sociedad Villa Maranatha Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seis siete
cinco cero cuatro ocho. Es todo.—San José, al ser las trece horas del
veintisiete de marzo del año dos mil diecisiete..—Licda. Kerly Masís Beita,
Notaria.—1 vez.—( IN2017123904 ).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, a las once horas del día veintiocho de marzo del año dos mil
diecisiete se constituyó la sociedad denominada Servicios Industriales
Ecologika Trescientos Sesenta Sociedad Anónima.—Cartago, veintiocho de
marzo del año dos mil diecisiete.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—(
IN2017123905 ).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del día veintinueve de marzo
del año dos mil dieciséis se constituyó la sociedad denominada Invesments
Caftago Inc. Sociedad Anónima.—Cartago, veintinueve de marzo del ario dos
mil diecisiete.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017123906 ).
En escritura pública otorgada
ante mí, el día dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete, en escritura
pública se realizó el cambio de domicilio, representación judicial de la
sociedad Ecoquintas y Paisajes de Uvita ZWR S. A., con cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatro cuatro siete tres tres tres. Es todo.—Cartago
dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete.—Licda. Paulina Bonilla Guillén,
Notaria.—1 vez.—( IN2017123910 ).
En San José, a las dieciocho
horas del veinte de marzo de dos mil diecisiete, se protocolizaron ante ésta
notaría acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Cultourica F
& S Agencia de Viajes S. A., cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos mil ochocientos cinco, domiciliada en
San José, Ciudad Colón, Mora, Trinidad, de la iglesia, treinta metros este,
donde se modifica la cláusula referente a administración.—Lic. Alonzo Gallardo
Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017123917 ).
Se avisa que ante esta notaría,
se tramita la inscripción de la sociedad anónima denominada Tico Fiber S. A.,
capital suscrito y cancelado.—Marzo, veintinueve del dos mil diecisiete.—Lic.
José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—( IN2017123928 ).
Por escritura otorgada en San
Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las 10:30 horas del 20 de febrero de
2017; se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad para
que se lea: “sexta: la sociedad será administrada por una junta directiva o
consejo de administración de tres miembros a saber presidente, secretario y
tesorero, quienes podrán ser socios o no y quienes durarán en su cargo por todo
el plazo social, sin perjuicio de su remoción por parte de la asamblea general
de socios. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad estará a
cargo del presidente, secretario y tesorero, de la junta directiva con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de conformidad en lo
establecido en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del código civil,
pudiendo otorgar poderes revocar poderes sustituir sus poderes en todo o en
parte revocar sustituciones y otorgar otras de nuevo, sin por ello dejar de ser
apoderados”, en la sociedad “Rincones Creativos Sociedad Anónima”, 13 de
marzo de 2017.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—( IN2017123933 ).
A las catorce horas del día
veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Quinto del
Milenio S. A., donde se reforma la cláusula del domicilio del
pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil
diecisiete.—Lic. José Alberto Schroeder L., Notario.—1 vez.—( IN2017123940 ).
Por escritura otorgado ante
esta notaría, la empresa Servisalud Grupo G Veinticinco del Siete S.
A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-seiscientos
cincuenta y nueve mil doscientos noventa y siete, modifica la cláusula del
pacto constitutivo referente a la convocatoria de asambleas para que de ahora
en adelante se lea: sexta “la asamblea general de socios ordinaria y
extraordinaria será convocada por el presidente, vicepresidente, secretario y
tesorero o por cualquiera de los socios, además de la posibilidad que tiene el
código de comercio, por correo ordinario o carta certificada o correo
electrónico, indicado expresamente al efecto con ocho días de anticipación” y
se eliminan, respetando los derechos adquiridos de los socios fundadores del
pacto constitutivo, la cláusulas treceava y catorceava del pacto constitutivo.—Liberia,
veinticinco de febrero de dos mil diecisiete.—Licda. Johanna María Moreno
Bustos, Notaria.—1 vez.—( IN2017123945 ).
El día veintinueve de marzo del
año dos mil diecisiete se protocolizó acta de la sociedad Agrotek O P S. A.,
mediante la cual se cambia los puestos de secretario y tesorero de la junta
directiva.—Palmares, veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete.—Lic.
Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017123946 ).
Ante este notario público,
mediante escritura número ciento seis-uno, de las diez horas treinta minutos
del quince de marzo del dos mil diecisiete, se disolvió por acuerdo de socios
la sociedad Consorcio Imperio Azul Ltda., cédula de persona jurídica
número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y cuatro mil ciento sesenta y
ocho.—San José, veintisiete de marzo, dos mil diecisiete.—Lic. Antonio José Villalobos Arias, Notario.—1 vez.—(
IN2017123953 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, al ser las catorce horas del día veintinueve de marzo del año en
curso, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la
firma comercial Cahuitaly Desarrollo Turístico Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil quinientos ochenta y siete,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se
revocan nombramientos del Consejo de Administración y se hacen otros de n
uevo.—Limón, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Villalobos
Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017123958 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 29 de marzo del
2017, se protocolizó acta de la asamblea de cuotistas de La Travesia de Mekong
Limitada, cedula jurídica 3-102-436884, mediante la cual se acordó disolver
la sociedad, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier
interesado podrá oponerse judicialmente a esta disolución.—San José, 29 de
marzo del 2017.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—(
IN2017123959 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 12 horas del 29 de marzo del 2017, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Agroinnova S. A., cédula de
persona jurídica 3-101-603169, de las 09 horas del 22 de marzo de 2017,
mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo,
aumentando el capital social.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1
vez.—( IN2017123961 ).
En mi notaría he protocolizado
el acta número treinta y ocho de la empresa Fábrica de Tubos Campeón
Limitada, se corrige domicilio.—Alajuela, quince de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017123969 ).
Por
escritura. número 172 del tomo 11 de la suscrita notaria, se disuelve la
sociedad Inversiones Gryan S. A., cédula jurídica Nº 3-101-556994.—San
José, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Yalile Villalobos
Zamora, Abogada.—1 vez.—( IN2017123972 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 11:00 horas del 27 de marzo de 2017, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria de accionistas de Costa Rica Unique Vacation Rentals
CR LLC Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-708408, mediante la cual se
modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, 27 de marzo
de 2017.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2017123973 ).
Por
escritura N° 187-11, otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 29 de
marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Sunset
Mountain Limitada, titular de la cédula jurídica 3-102-393534, mediante la
cual se reformó el domicilio social y se actualizaron los pasaportes de los
gerentes y el domicilio del agente residente.—San José, 29 de marzo del
2017.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2017123974
).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, se constituye la sociedad anónima denominada Green Tecnology
Sciences Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—(
IN2017123977 ).
Ante esta notaría mediante
escritura número ciento doce de mi tomo treinta y cuatro, se protocolizó acta
de Gugu Sociedad Anónima.—Santa Ana, 28
de marzo del 2017.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—(
IN2017123984 ).
Ante esta notaría licenciada
Carla Mercedes Rigioni Soltero, bajo escritura doscientos cincuenta y seis -
veintitrés, de fecha seis de marzo del dos mil diecisiete, se modifica la
cláusula sexta del pacto social constitutivo, Suárez y Asociados S. A.,
cédula jurídico número: tres - ciento uno - cuatrocientos mil trescientos
ochenta y cinco. Es todo.—San José, treinta de marzo del dos mil
diecisiete.—Licda. Carla Mercedes Rigioni Soltero, Notaria.—1 vez.—(
IN2017123987 ).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria, en la ciudad de Esparza, a las 13:00 horas del 06 de marzo de
2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Transportes Fasol S. A., por medio de la cual se reformó nombre
de fantasía el cual será ITRS Costa Rica 2017 S. A. y junta directiva
del pacto constitutivo.—Esparza, 29 de marzo del 2017.—Licda. Virginia Vindas
Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2017124000 ).
Por escritura autorizada ante
esta notaría, a las 9:00 horas del día 30 de marzo de 2017 se modifica el pacto
constitutivo de: Inversiones Tulin del Sur Sociedad Anónima, se modifica
la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval,
Notario.—1 vez.—( IN2017124004 ).
El día veinticuatro de marzo
del dos mil diecisiete, en mi notaría, a las nueve horas, se protocolizó el acta
número dos de Frosch Pictures Sociedad Anónima, en la cual se reforma la
cláusula cuarta (del capital social) de los estatutos, en la que se indica que
el capital social es de cincuenta mil colones representado por cincuenta
acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, mismo que se encuentra
suscrito y pagado. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil
diecisiete.—Licda. Adriana Tapia Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017124011 ).
Por escritura número 188-7,
otorgada a las 17:00 horas del 29 de marzo del 2017, se protocolizaron los
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de las siguientes
sociedades: El Comendador S. A. cédula jurídica 3-101-36850, b) Agropecuaria
Potosí AB S. A., cédula de persona jurídica número: 3-101-295769, y c) Compañía
Bananera Monteverde S. A. cédula de persona jurídica número 3-101-021591.
Se fusionan las sociedades por absorción y prevalece El Comendador S.A., se
reforma el pacto constitutivo de la sociedad que prevalece en la cláusula
quinta aumentando el capital social.—Limón, 29 de marzo del 2017.—Lic.
Francisco Morales Ayales, Notario.—1 vez.—( IN2017124018 ).
Que por escritura pública
número sesenta y tres- cuatro, ante la notaria María Jesús Espinoza Garro, se
protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la empresa BDO Auditores Sociedad Anónima donde se
acordó cambio de domicilio a Costa Rica, San José, Montes de Oca, San Pedro, de
la Rotonda de la Bandera doscientos metros oeste, Ofiplaza del Este, Edificio
D, segundo piso. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil
diecisiete.—Licda. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—( IN2017124021
).
Ante la notaría del Licenciado
Howard Max Thompson Fennell, situado en San José, Desamparados, Calle Fallas,
se protocolizó en lo conducente el acta número dos de la asamblea general
extraordinaria de socios de la empresa Jenguvi Sociedad Anonima cédula
jurídica tres guión ciento uno guión ciento cuarenta y siete mil seiscientos
tres en donde se reorganizó la junta directiva. Presidenta Marta Salas
Barrientos, mayor, casada una vez, Licenciada, con cédula uno guión trescientos
cincuenta y cuatro guión ochocientos cincuenta y seis. Secretario Enrique Van
Browne Oliver, con cédula siete guión cero treinta y cuatro guión trescientos
veintiséis. Tesorero Gustavo Browne Salas, con cédula uno guión mil setenta y
nueve guión cero cero sesenta y dos.—San José, treinta de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Howard Max Thompson Fennell, Notario.—1 vez.—( IN2017124049 ).
Por escritura otorgada, ante el
suscrito notario, a las dieciséis horas del veintitrés de febrero del dos mil
diecisiete, se constituyó la sociedad denominada: Los Ronceles Sociedad
Anónima, con domicilio en Tilarán, Guanacaste. Presidente: Esteban Enrique
Ulloa Murillo. Plazo: cien Años. Capital: cien mil colones, totalmente pagado,
mediante el aporte de dos bienes muebles. Representante Legal: Esteban Enrique
Ulloa Murillo.—Tilarán, quince de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Emmanuel
Ruiz Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017124051 ).
Por escritura autorizada por el
notario público Fernando Fallas Amador, en San José, a las 8:00 horas del 9 de
marzo del 2017 se protocolizó artículo de Asamblea general extraordinaria de
socios de Arrienda Express S. A. por el cual se reforma la cláusula quinta
del pacto social, aumentándose el capital social.—San José, 9 de marzo del
2017.—Lic. Fernando Fallas Amador, Notario.—1 vez.—( IN2017124055 ).
Mediante la escritura otorgada
ante mí en la ciudad de San José, las 16:10 horas del día 08 de marzo dos mil
diecisiete, se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad 3-101-709587.—San
José, veintiocho de marzo 2017.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1
vez.—( IN2017124058 )
Mediante la escritura otorgada
ante mí, en la ciudad de San José, las 16:00 horas del día 08 de marzo dos mil
diecisiete se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad 3-101-709581.—San
José, veintiocho de marzo 2017.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1
vez.—( IN2017124059 ).
Fointex Industrial G.M. S.
A. solicita disolución de empresa. Escritura
otorgada ante la notaria Teresita Giselle Piedra Cortés, al ser las diecisiete
horas del dieciséis de enero del dos mil diecisiete.—San José, uno de febrero
del dos mil diecisiete.—Licda. Teresita Giselle Piedra Cortés, Notaria.—1
vez.—( IN2017124060 ).
Ante esta notaría a las 10:00
horas del 30 de marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea general
ordinaria de accionistas, celebrada por Trohisa Costa Rica S.A., cedula
jurídica N° 3-101-308886. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, se
nombra nueva secretaria de la junta directiva mediante la escritura número
232-33, de tomo 33 del protocolo de la licenciada Tatiana Fernández
Mora.—Cartago, 30 de marzo del 2017.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1
vez.—( IN2017124071 ).
Por escritura otorgada por el
suscrito notario, N° 425, a las 12:00 horas del día 29 de marzo del 2019; se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de
esta plaza: Inversiones Noryos T&S S. A. Se reforman las cláusulas
primera para que en adelante se denomine: Inversiones Norga’s, S. A. y
sexta de la administración. Se nombra nuevo tesorero.—San José, 29 de marzo del
2017.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—( IN2017124080 ).
Ante esta notaría, se
protocolizó el acta número dos de asamblea general de la sociedad denominada Agrosmart
Ingeniería Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno
setecientos dieciocho, seiscientos cuarenta y dos, mediante la cual se reformó
la cláusula número nueve del acta constitutiva de la administración y
representación.—San José, 30 de marzo del 2017.—Licda. Milena Zúñiga Herrera,
Notaria.—1 vez.—( IN2017124085 ).
Por escritura otorgada ante
este notario, a las diecisiete horas del veinte de marzo del dos mil
diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la
compañía Pure Protein Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada,
mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, veinte de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017124090
).
Ante esta notaría, se
protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Empresas
Nuevo Horizonte L&N Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil cincuenta y seis, en donde se
realiza el cambio de junta directiva. Capital: suscrito y pago.—San José,
treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Pedro José Peña Rodríguez,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017124095 ).
Que por escritura número 77,
visible a folio 90 frente se acordó disolver la Ramadales Acuáticos Sociedad
Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-468450. Visible en el tomo 28 del
protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la
disolución de la empresa indicada. Notario. Lic. Eduardo Abarca Vargas,
teléfono 771-5855.—Uvita de Osa, a las 8:00 horas del 28 de marzo del
2017.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124097 ).
En
la escritura número 189-7 autorizada en esta notaría a las 11 horas del 30 de
marzo de 2017, la compañía de esta plaza Audiocinema Sociedad Anónima,
cédula jurídica 2-101-168346 reforma cláusula quinta del pacto social
conformación de capital social. Notario Luis Guillermo Méndez Madrigal, carné 2624.—Lic.
Luis Guillermo Méndez Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2017124098 ).
Mediante escritura otorgada por
la suscrita notaria a las nueve horas del veintitrés de marzo de dos mil
diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Bosques Mediterráneo de Oro Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres–uno cero uno–tres seis cinco tres nueve uno, en la
cual se nombra presidente, secretario, tesorero, y fiscal se reforma la
cláusula segunda del pacto constitutivo.—Alajuela, 23 de marzo de 2017.—Licda.
Ana Lorena Castro Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017124101 ).
Por escritura doscientos
noventa y siete, otorgada ante la suscrita notaria pública, en el tomo tercero
de mi protocolo, a las dieciocho horas del diecisiete de marzo del dos mil
diecisiete. Se constituye la sociedad de nombre Webify Costa Rica S. A.:
capital social mil dólares. Presidenta: Cindy Fallas Valencia.—Cartago,
veintiocho de marzo de dos mil diecisiete.—Licda. Priscilla Calvo Ortega, Notaria.—1
vez.—( IN2017124102 ).
Por escritura en conotariado
número cincuenta y cinco del tomo sesenta y uno del notario Osvaldo Villalta
Campos, otorgada a las diez horas con diez minutos del treinta de marzo del dos
mil diecisiete, protocolizamos el acta número tres de la asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima: Servicios Medicorp Sociedad
Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve
mil-setecientos cuarenta y cinco, por la cual se modifica la cláusula cuarta
del estatuto social aumentando el capital social en la suma de diez millones de
colones y quedando su totalidad en sesenta millones de colones.—San José, 30 de
marzo del 2017.—Lic. Jorge Arturo Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—(
IN2017124103 ).
Por
escritura otorgada ante mí, número sesenta y dos de las diecisiete horas
cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de marzo del dos mil diecisiete,
se constituyó la sociedad denominada Los Yuyitos S. A. Domiciliada en
Heredia, Barva, San Pedro. Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus
formas, la industria, la ganadería, la agricultura y en general toda actividad
lucrativa. Plazo social: Noventa y nueve años. Presidente: Karim Silman
Winstanley. Capital social: un millón de colones, representado por diez acciones,
comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Licda.
Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017124117 ).
Mediante escritura otorgada
ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de marzo del 2017,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada
por la sociedad denominada Grupo Ojos del Sur Sociedad Anónima, en donde
se revocan y se hacen nuevos nombramientos de junta directiva.—San José, Pérez
Zeledón, 30 de marzo del 2017.—Lic. Cristhian Fabián Artavia Gamboa, Notario.—1
vez.—( IN2017124118 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, se protocolizó acta de 3-101-648.521 S. A., con cédula
jurídica número 3-101-648.521 donde se reforma la cláusula de domicilio social,
que será ahora en San José, cantón Central, distrito Mata Redonda, Sabana
Norte, 700 metros norte del Banco de Costa Rica en Paseo Colón, Condominio
Condado del Parque, apartamento 505 A. Asimismo su representación judicial y
extrajudicial estará a cargo solo del Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma. Por último, se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—San José, 30 de marzo de 2017.—Lic. Pablo Bogarín Bustamante,
Notario.—1 vez.—( IN2017124121 ).
Hoy protocolicé acta de
asamblea extraordinaria del 29 de marzo del dos mil diecisiete de Lomas del
Río Sociedad Anónima, en donde se procedió a reformar cláusula de domicilio
y cláusula de administración.—San José, 29 de marzo de 2017.—Lic. Marco Fallas
del Valle, Notario.—1 vez.—( IN2017124125 ).
Por escritura de esta notaría,
de las 8:00 horas del 30 de marzo del año 2017, se protocolizó acta de asamblea
de socios de la empresa Corporación Flapa J & J Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-siete dos cuatro tres ocho tres por la
cual se modificó el domicilio, la representación y facultades; y se nombró
nuevo presidente, tesorero y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 30
de marzo del 2017.—Lic. Sebastián Calderón Cerdas, Notario.—1 vez.—(
IN2017120129 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho de horas del veinticinco de marzo de dos
mil diecisiete de la sociedad de esta plaza Kin Kempois S. A., se nombra
nueva junta directiva y se reforma la clausula sexta del pacto
constitutivo.—San José, 29 de marzo de 2017.—Lic. Jorge Antonio Chavarría
Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2017124130 ).
Mediante escritura pública
número 184-7 otorgada ante el notario público Óscar Manuel Funes Orellana, a
las 14:00 horas del 29 de marzo de 2017, se acordó la fusión por absorción de
las sociedades La Travesía del Mekong Ltda., cédula de persona jurídica
número 3-102-436884 y Cassanelli Investment Trust Ltda., cédula de
persona jurídica número 3-102-733706, prevaleciendo esta última. Asimismo, se
acuerda modificar la cláusula quinta del capital social de la sociedad
prevaleciente en virtud de la fusión. Dentro del plazo de 30 días a partir de
esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos
e intereses en la presente fusión.—San José, 30 de marzo de dos mil diecisiete.—Lic.
Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2017124134 ).
Ante mi notaría a las 10:30
horas del día 30 de marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea de socios
de la sociedad Gozaka S. A., en la que se reforma la cláusula quinta,
sétima y se crea la décimo primera y décimo segunda del pacto social.—San José,
30 de marzo del 2017.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—(
IN2017124135 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos del
día treinta de marzo del año dos mil diecisiete, se modificó la cláusula de la
representación, de la entidad denominada Maderas Finas Pacíficas y
Atlánticas Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número:
tres-ciento uno-quinientos sesenta mil novecientos treinta y cuatro.—Alajuela,
30 de marzo del 2017.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—(
IN2017124139 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas y veinte minutos del día
diez de marzo del año dos mil diecisiete, se modificó la cláusula de la
representación, de la entidad denominada AKA del Norte Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil seiscientos
veintinueve.—Alajuela, 10 de marzo del 2017.—Lic. David Alfaro Muñoz,
Notario.—1 vez.—( IN2017124146 ).
Por escritura 139 del tomo uno
otorgada por mí en San José, Guadalupe de Goicoechea, a las once horas y trece
minutos del día trece de febrero del dos mil diecisiete. Se hacen nuevos
nombramientos de junta directiva y modifica estatutos de DICOYCO S. A.
3-101-079586.—Lic. Alexis Campos Chinchilla, Notario.—1 vez.—( IN2017124154 ).
Por escritura número 122-tomo 1
otorgada por mí, en San José, Guadalupe de Goicoechea a las 10:00 horas del
23-03-2017. Se hacen nuevos nombramientos de junta directiva de Yamada Masa
S. A. C. J: 3-101-628489.—Lic. Andrés Rolando Cortés Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2017124155 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, el 28 de marzo de 2017 se protocolizó asamblea general
extraordinaria de la sociedad 3-101-714680 S. A., cédula 3-101-714680.
Se reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, 28 de marzo de
2017.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017124182 ).
El suscrito notario hace
constar que por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 30 de marzo
del 2017, se constituyó la sociedad denominada Sem Technical Services and
Translations Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, 30 de
marzo de 2017.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—( IN2017124183 ).
Mediante escritura ciento
noventa, tomo seis se disuelve Kandique Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-119301.—Puriscal 29 de marzo del 2017.—Licda. Teresa Solís
Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2017124186 ).
Mediante
escritura número seis-cuarenta y cinco, otorgada por la notaria pública Mariela
Solano Obando, a las 08:00 horas del 29 de marzo del 2017, se protocoliza
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía EMS
Fit Strong Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula
sétima referente a la administración de la compañía.—San José, 29 de marzo del
2017.—Licda. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—( IN2017124188 ).
Mediante escritura doscientos
ochenta otorgada ante esta notaría, a las doce horas del treinta de marzo del
dos mil diecisiete, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo del
capital de la sociedad anónima denominada ICOSA Inversiones Comerciales de
Oriente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
veintitrés mil quinientos trece, a las trece de treinta de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—( IN2017124189 ).
Por
escritura otorgada en esta fecha por esta notaría, se modifica el estatuto de
la sociedad denominada Tecnología en Construcción ADS S. A. Se modifica
la representación, en asamblea general de socios.—San José, 30 de marzo del
2017.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, cédula 1-0776-0647, Notario.—1 vez.—(
IN2017124191 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las 14:00 horas del día 30 de marzo del 2017, la sociedad Red
Valerian of Pacific Tuinen Limitada. Donde se acuerda modificar las
cláusulas de la administración.—San José, 31 de marzo del 2017.—Lic. Ana
Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—( IN2017124194 ).
Por escritura número trescientos
sesenta y uno de la suscrita notaria del tomo número cuatro de mi protocolo se
reforma la sociedad The Four Twins S. A.—Licda. Olga Alvarado Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017124195 ).
Por escritura otorgada al ser
doce horas del catorce de marzo del dos mil diecisiete, ante esta notaría, se
modifica la cláusula sétima de la administración y la junta directiva de la
sociedad Lastarrias Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
tres-ciento uno-cuatrocientos veintitrés mil setecientos treinta y tres.—San
José, diez horas del dieciséis de marzo del dos mil diecisiete.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—(
IN2017124207 ).
Ante esta notaria, por
escritura número ciento treinta y uno, a las 16 horas del 22 de marzo 2017, la
sociedad Riasa S. A, cédula jurídica 3-101-140846 por asamblea general
revoca nombramiento de presidente y secretaria de la junta directiva actual y
nombra de presidente señor Marvin Arias Monge, cédula 1-843-193 y de secretaria
a Joselyn Xiomara Arias Bermúdez, cédula 1-1557-556.—Dado en Puriscal, a las
quince horas del 23 de marzo del 2017.—Licda. Marlene Lobo Ávila, Notaria.—1
vez.—( IN2017124218 ).
Se protocoliza acta asamblea
extraordinaria de la Sociedad denominada desarrollo Comercial Marcales
Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-321589, revocando el nombramiento
del presidente y secretario y nombrando nuevos miembros de la junta directiva.
Otorgada a Las 15 horas del de treinta de marzo de 2017, escritura 207-14, Tomo
14 de mí protocolo. Lic. Carlos Luis Sanabria, Notario.—1 vez.—( IN2017124221
).
Por escritura otorgada a las
ocho horas de 31 de marzo de 2017, ante esta notaría se protocolizaron: acta
asamblea general Extraordinaria de Accionistas de Exportaciones A-Uno, S. A.
y acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria
Financhor, S. A., en virtud de la cual se acordó fusionar dichas compañías,
prevaleciendo Inmobiliaria Financhor, S. A. y reformando la cláusula
quinta del pacto social de dicha sociedad.—San José, 31 de febrero 2017.—Lic. José
Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017124234 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas del 29 de marzo del 2017,
se protocolizó acta de asamblea de socios de Kindwood De Costa Rica S.A,
mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto
social.—San José, 29 de marzo del 2017.—Lic. Ernesto Sanabria Esquivel,
Notario.—1 vez.—( IN2017124237 )
Por escritura número cincuenta
y dos otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del treinta de
marzo del dos mil diecisiete, se nombró Junta Directiva de Llogregas
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil
novecientos dos, domiciliada.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Carlós Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2017124239
)
Por escritura número cincuenta
y uno otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del treinta de
marzo del dos mil diecisiete, se reformó el pacto social y se nombró Junta
Directiva de Tierras del Monte del Barva Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y dos mil cuatrocientos sesenta y
uno, domiciliada en Heredia.—San José,
treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Carlós Enrique Cerdas
Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2017124240 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaria, a las 9:30 horas del 23 marzo 2017, se modifican las siguientes
cláusulas del pacto constitutivo: La Sexta: De la administración. Se hacen
nuevos nombramientos, en la mercantil Inversiones Orientales Sociedad Anónima.—San
José, 23 de marzo del 2017.—Licda. Melina Cortés Castro, Notaria.—1 vez.—(
IN2017124243 ).
Por escritura de las 09:00
horas del 28 de marzo del año 2017, protocolicé acta de Plastimol
Internacional S.R.L.S, mediante la cual se modifica la cláusula
décima primera del pacto Constitutivo.—San José, 28 de marzo del 2017.—Lic.
José Francisco Chacón González, Notario.—1 vez.—( IN2017124245 ).
Por escritura número cuarenta y
seis del tomo diez del notario público, Julio Enrique Zelaya Rodríguez, otorgada
a las diecisiete horas del día treinta de marzo de dos mil diecisiete, se
protocoliza la asamblea extraordinaria de accionistas número dos de Paseo
del Sol Cuarenta y Ocho Turquesa, S. A., con cédula de persona jurídica
número tres- ciento uno- seiscientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta
y nueve, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto
constitutivo.—San José, treinta de marzo de dos mil diecisiete.—Lic. Julio
Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017124247 ).
Por escritura número ciento uno
de fecha treinta de marzo pasado, Olsovi Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-veintinueve mil cuatrocientas sesena y uno, solicita
la reposición de los libros: Registro de accionistas, actas de asambleas
generales y actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el registro público, legalización de libros,
dentro del término legal contados a partir de la última publicación del Diario
oficial La Gaceta.—Licda. Marcia Matarrita Varela, Notaria.—1 vez.—(
IN2017124251).
Por escritura ciento noventa y nueve, folio
ciento treinta y nueve, otorgada a las once horas del dieciséis de octubre de
dos mil dieciséis, se protocoliza el acta número cuatro, de la sociedad Guzmur
S.A, de asamblea general extraordinaria de accionistas, en la cual se
modifica la cláusula segunda, quinta, sexta, decima.—San José, treinta de marzo
de dos mil diecisiete.—Licda Karla Rebeca García Naranjo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017124253).
Ante la notaría del Licenciado
Ricardo Pérez Montiel, cédula seis-cero siete nueve-cero nueve uno, se disuelve
sociedad anónima: La Cour S. A., cedula jurídica tres-ciento uno-tres
uno ocho dos dos.—San José, 31 de marzo del 2017.—Lic. Ricardo Pérez Montiel,
Notario.—1 vez.—( IN2017124263 ).
La sociedad Ganadería San
Marcos S. A., protocoliza acta de asamblea general extraordinaria.
Escritura otorgada en Grecia a las 18:00 horas del día. 29 de marzo del 2017.
Notario: Wálter Cambronero Miranda.—Lic. Wálter Cambronero Miranda, Notario.—1
vez.—( IN2017124266 ).
Edicto para fundación Mujer
con aroma de Café C.R. Mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro,
iniciada al folio ciento dieciocho vuelto y hasta el ciento veinte frente, del
tomo uno del protocolo de la notaria Msc. Sandra María Araya González, se
constituyó la fundación denominada Mujer con aroma de Café C.R., sin
fines de lucro, con domicilio en la provincia de San José, Calle Blancos, cuyos
fines principales son: atender por medio de profesionales, a mujeres con problemas
del alma, con baja autoestima, falta de control en sí misma, mediante estímulo
y motivación personal y profesional para que se realicen, crezcan y retomen el
camino de una vida más plena. La fundación cree en el constante crecimiento
profesional, moral y espiritual. Para el cumplimiento de estos fines, la
fundación podrá: buscar profesionales, comprar, vender, hipotecar, pignorar,
arrendar, y en cualquier otra forma, poseer y disponer de toda clase de bienes
muebles e inmuebles, derechos reales y personales; también podrá gestionar
recursos económicos y colaborar con otros entes públicos y privados. Su
representante será la presidenta: Jacqueline Alfaro Dobles, con las facultades
que establece el estatuto. Msc. Sandra María Araya González, Notaria, carnet
19151.—Msc. Sandra María Araya González, Notaria.—1 vez.—( IN2017124270 ).
Por medio de escritura pública
de las 18:00 horas del 27 de marzo del 2017, protocolicé acuerdos de asamblea
general extraordinaria de Transportes Internacionales Coyasa Logistic
Sociedad Anónima, en la cuál se reforma la cláusula primera.—San José, 27
de marzo del 2017.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2017124272
).
Por escritura otorgada ante
esta notaría a las once horas del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete,
la sociedad transportes Barqui S. A., cédula jurídica 3-101-317787
modifica las cláusulas, segunda, del pacto constitutivo.—Liberia, veintinueve
de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1
vez.—( IN2017124276 ).
Ante está notaría, a las
catorce horas del día veintidós de marzo del dos mil diecisiete, reforma
cláusula octava y se realiza nombramiento de presidente, secretario y tesorero,
de la empresa tres ciento uno seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos
noventa y uno Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, veintidós de
marzo del dos mil diecisiete.—Msc. Helberto Moreira González, Notario.—1 vez.—(
IN2017124278 ).
El
suscrito, Alejandro Sanabria Romero, notario público con oficina en San José,
en escritura de las nueve horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete
protocolicé el acta de asamblea de cuotistas en la cual en la cual se hacen
modificaciones en la representación y nuevos nombramientos de gerentes de la
sociedad denominada El Ram de Boloñop Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Es todo, once horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro
Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017124288 ).
Por
escritura número trescientos catorce del tomo doce de esta notaría, a las doce horas
del día veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, he protocolizado acta de la
sociedad Solís Eléctrica Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento setenta y seis mil
quinientos noventa y dos. En la cual se ha reformado la cláusula segunda de la
sociedad sobre el domicilio, la cláusula sexta sobre la administración, y se
han nombrado dos subgerentes.—Guápiles, veintisiete de marzo de dos mil
diecisiete.—Lic. José Eco. Fallas González, Notario.—1 vez.—( IN2017124305 ).
Next Dos Uno Dos Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento
uno-setecientos diecinueve mil ochocientos veintiséis, protocoliza acta,
reformar totalmente cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 29 de
marzo del 2017.—Licda. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017124308 ).
Por escritura autorizada por la
suscrita notaria, a las 10 horas del 27 de marzo de 2017, protocolizo acta de
asamblea general extraordinaria de la compañía Rafael A. Rodríguez V.
Sociedad Anónima, en que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 27
de marzo del 2017.—Lic. Rosa Berenzon Nowalski, Notaria.—1 vez.—(
IN2017124311 ).
Por escritura otorgada ante mí
a las 9:00, del 31 de marzo del 2017, protocolicé acta de la empresa Instalaciones
Eléctricas Instelec S. A., en donde se modifican las cláusulas 2°, 7° y 8°
del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mauro Fernando Mora
Peraza, Notario.—1 vez.—( IN2017124319 ).
En esta notaría se disolvió por
acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Sovialsa
Soluciones Viales S. R. L. con cédula jurídica número tres-ciento
dos-seiscientos treinta y nueve mil seiscientos veintiocho.—San José, 30 de
marzo del año 2017.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017124322 ).
Por escritura de las nueve
horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete, ante mí se disuelve la
sociedad Corporación Gusmavi M V Sociedad Anónima, cédula jurídica
número: tres-ciento uno-trescientos veintidós mil setecientos noventa y
siete.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Natán Wager
Vainer, Notario.—1 vez.—( IN2017124325 ).
Por escritura otorgada ante
ésta notaría, a las quince horas del veintiocho de marzo del dos mil
diecisiete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad tres-ciento uno-setecientos treinta y cuatro mil quinientos
sociedad anónima. Se reforma la integración de la junta directiva.—Naranjo,
veintiocho de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Vanessa Umaña Araya,
Notaria.—1 vez.—( IN2017124329 ).
Mediante la escritura de
protocolización número ciento noventa y seis del protocolo uno de la suscrita
notaria, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas, a las once horas del treinta y
uno de marzo del dos mil diecisiete, la sociedad costarricense Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro S.R.L.,
con cédula jurídica igual al nombre, modifica sus estatutos.—Uvita, Osa, Puntarenas,
31 de marzo del 2017.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017124331 ).
Mediante escritura número
ciento setenta y cinco-veintinueve, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de asociados de la Asociación Deportiva Nacional
de Porristas (ADENPO), cédula tres-cero cero dos-ciento siete mil
seiscientos cincuenta y seis, se nombra presidente, vice-presidente,
secretario, tesorero, vocal uno, vocal dos, vocal tres, y fiscal. Presidente:
Joan Diego Fernández Angulo.—Lic. Luis Alberto Carrillo Delgado, Notario.—1
vez.—( IN2017124334 ).
En mi notaría, a las diez horas
del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, Grenipa del Sur Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos mil
doscientos setenta y cinco, se reforma la cláusula correspondiente a la
administración, se revocan nombramientos y se hacen nuevos en su junta
directiva, además se modifica el domicilio social.—Pérez Zeledón, veintinueve
de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—(
IN2017124338 ).
Por
escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general de accionistas de la compañía Perdidos en El Paraíso S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-146154, por la que se reforman los estatutos sociales
en cuanto al domicilio social, la administración y se nombran nuevos
presidente, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, dieciocho de marzo
del dos mil diecisiete.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—( IN20171224344
).
Por
escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea
general de accionistas de la compañía Playa de La Amistad S. A., cédula
jurídica N° 3-101-148163, por la que se reforman los estatutos sociales en
cuanto al domicilio social, la administración y se nombran nuevos presidente,
tesorero, fiscal y agente residente.—San José, dieciocho de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124345 ).
Mediante
escritura número ciento cincuenta y seis-once, otorgada ante mí, a las catorce
horas del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula
del plazo social de la sociedad Kalinin CRC Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco mil
cincuenta y tres.—San José, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Licda.
Carolina Argüello Bogantes, Notario.—1 vez.—( IN2017124350 ).
Mediante escritura número ciento cincuenta y
siete-once, otorgada ante mí, a las catorce horas y treinta minutos del
veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula del
domicilio social de la sociedad Sunrise Service Unlimited Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y un
mil ciento setenta y cinco.—San José, veintinueve de marzo del dos mil
diecisiete.—Licda. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—( IN2017124353
).
Por escritura otorgada
en esta notaría, a las diez horas del seis de marzo del dos mil diecisiete, se
cambia el nombre de la sociedad denominada Lounge Dota Two SRL. Cédula
jurídica N° 3-102-721078 por ABD Holding Group SRL.—San José, 06 de
Marzo del 2017.—Licda. Clara Alvarado Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017124356
).
Ante el suscrito notario se llevó a cabo la
disolución de la sociedad Macrolobium Sociedad Anónima, celebrada en su
domicilio social, otorgada a las diez horas del veinticuatro de marzo del dos
mil diecisiete.—Lic. Jhonny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2017124373 ).
Por escritura número noventa y dos, otorgada
ante esta notaria el día veintidós de febrero del año dos mil diecisiete, a las
nueve horas, se protocolizo el acta de asamblea de socios de Solstice
Investments S. A., mediante la cual se acordó reformar el domicilio de la
empresa, la administración, la representación, se nombra nuevo presidente y
secretario de la Junta Directiva.—San José, treinta y uno de marzo del año dos
mil diecisiete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124381 ).
Por escritura número ciento veinte, otorgada
ante esta notaria el día treinta de marzo del año dos mil diecisiete, a las
dieciséis horas, se protocolizo el acta de asamblea de socios de Anddx S. A.,
mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, treinta de marzo del
año dos mil diecisiete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2017124382 ).
Por escritura número ciento diecinueve,
otorgada ante esta notaría, el día treinta de marzo del dos mil diecisiete, a
las quince horas, se protocolizo el acta de asamblea de socios de Villa
Venta Siete Cedro S. A., mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Marco
Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124383 ).
Ante los Notarios Kenneth Maynard Fernández y
Notario Público Harold Núñez Muñoz, se constituyó en San José, a las 14:00
horas del 30 de marzo del 2017, la sociedad Asimaro, Sociedad Civil,
plazo 99 años, capital social 9.000 colones, domicilio San José, San Francisco
de Dos Ríos. Administradora uno: Ana Silvia Madrigal Arguello.—San José, 30 de
marzo del 2017.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017124384 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10:00 horas del 31 de marzo del 2017, se reforma la cláusula 3 del pacto
constitutiva de la compañía Dinámica Courier Express S. A.—San José 31
de marzo del 2017.—Lic. Marco Antonio Leitón Soto, Notario.—1 vez.—(
IN2017124385 ).
Ante esta notaría se protocolizó el acta de
la sociedad Eco-Concretos Multiuso de Centroamérica Sociedad Anónima,
con cédula jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos ochenta y siete mil
cuatrocientos treinta y ocho, en donde se reformó la cláusula décima del pacto
constitutivo.—San José, 31 de marzo del 2017.—Licda. Kimberlyn Rojas de la
Torre, Notaria.—1 vez.—( IN2017124386 ).
Por escritura número N° 0419-5, otorgado ante
esta notaría, a las diez horas del dieciocho de marzo del dos mil diecisiete,
se constituyó la empresa Tlaloc Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Domicilio:
Heredia, Heredia, Mercedes Norte, residencial Corayco, casa número cinco.
Existiendo dos gerentes que tendrán la representación judicial y extrajudicial
de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
actuado en forma separada.—Alajuela, 31 de mayo del 2017.—Lic. Hugo Salazar
Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017124416 ).
Mediante escritura número Nº 0410-5, de la
notaría del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 02 de noviembre del 2016,
visible al tomo Nº 05, folio Nº 190 vuelto, la sociedad anónima denominada Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Cinco Mil Novecientos Noventa y Dos Sociedad Anónima, con
cédula jurídica Nº 3-101-605992, reformó las cláusulas segunda y décima del
pacto constitutivo. Es todo.—Dada en Alajuela, el 31 de marzo del 2017.—Lic.
Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017124417 ).
Mediante escritura número Nº 411-5, de la
notaría del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 02 de noviembre del 2016,
visible al tomo Nº 05, folio Nº 191 vuelto, la sociedad anónima denominada Loma
Tranquila Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-618408, reformó la
cláusula décima tercera del pacto constitutivo. Es todo.—Alajuela, 31 de marzo
del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017124418 ).
Mediante escritura número N° 412-5, de la
notaría del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 02 de noviembre del 2016,
visible al tomo Nº 05, folio Nº 192 vuelto, la sociedad anónima denominada AGROCR
Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-715394, reformó las
cláusulas sexta y décima primera del pacto constitutivo. Es todo.—Dada en
Alajuela, el 31 de marzo del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—(
IN2017124419 ).
Ante esta notaría se solicita la reforma en
la cláusula segunda del pacto constitutivo de la entidad Inversiones Jusig
Nicoyana Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
sesenta mil ciento ochenta y dos, para que en adelante se lea así: Segunda: El
domicilio será en Nicoya, Guanacaste, en Barrio El Carmen, de la Escuela
Cacique Nicoa, doscientos metros al este, pero podrá abrir sucursales dentro y fuera del país. Así mismo se
reforma la cláusula novena para que en adelante se lea así: “La sociedad será
administrada por una junta directiva de tres miembros que son presidente, secretario
y tesorero y durarán en sus cargos por todo el plazo social, e iniciará su
administración a partir de la inscripción de la entidad. La representación
judicial y extrajudicial estará a cargo del presidente y del secretario, los
cuales deberán de actuar conjuntamente. Tendrán facultades de apoderados
generalísimos sin limitación de suma de conformidad con el artículo mil
doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrán otorgar toda clase de
poderes, sustituirlos en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer
otras de nuevo, reservándose su ejercicio. En caso de muerte o enfermedad grave
del Presidente o del secretario, si fuera el presidente, el secretario podrá
actuar solo sin necesidad de autorización alguna y a la inversa si fuera el
secretario el que enfermara gravemente o muera, el presidente podrá actuar sólo
sin necesidad de autorización alguna”.—Nicoya, treinta de marzo del dos mil
diecisiete.—Licda. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—( IN2017124421 ).
Ante esta notaría, se solicita la modificación
de la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Hotel La Guaria
de Samara Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos sesenta
y seis mil ciento seis, para que en adelante se lea “sexta: La sociedad será
administrada por un gerente, quien podrá ser socio o no de la compañía y durará
en su cargo por todo el plazo social pudiendo ser removido de su cargo por
resolución de la asamblea general de socios dicho gerente tendrá la
representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de
apoderado generalísimo sin limitación de suma de conformidad con el artículo
mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, tendrá la facultad de otorgar
toda la clase de poderes para el buen manejo de la sociedad, revocarlos, sustituirlos
y hacer otras de nuevo, además de sustituir su poder en todo o en parte,
reservándose siempre su mandato original. Nicoya, treinta de marzo del dos mil
diecisiete.—Licda. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—( IN2017124422 ).
Ante esta notaría, se solicita la disolución
de la entidad Casa de Otoño Amarillo Cuatro Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y dos mil setecientos
siete.—Nicoya, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Iveth Orozco
García, Notaria.—1 vez.—( IN2017124423 ).
Ante mí, se nombra nuevo secretario y se
reformó la cláusula octava del pacto constitutivo de Jorbapa Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-dos dos dos
nueve ocho cinco.—San José, veintiocho de marzo del dos mil diecisiete.—Lic.
Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017124425 ).
Ante esta notaría, a las 16 horas del día de
hoy, se disolvió y liquidó CK Asesores Corporativos Kairos Sociedad Anónima.—Grecia,
21 de marzo del 2017.—José Eduardo González Bogantes, Notario.—1 vez.—(
IN2017124427 ).
A las 10:00 horas del 24
de agosto del 2016, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima
denominada RE Producciones Graficas de Gecia Sociedad Anónima. Capital
social veinte dólares, presidente, vicepresidente secretario y tesorero
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de marzo del
2017.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017124432 ).
Ante el suscrito notario, Corporación
Pacific Cinemas S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos seis mil
treinta y uno modifica estatuto en cuanto a directiva y nombra gerente.—Ciudad
Neily, a las quince horas del día veintinueve del mes de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—( IN2017124435
).
Al ser las 8:30 horas de
este día en mí notaría, protocolicé acuerdos de la asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad Maceva S. A., mediante la que reforma los
artículos segundo y noveno del pacto social, mediante la que señala nuevo
domicilio social y reúne únicamente en su presidente las facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Se nombra nueva junta directiva.
Para cualquier oposición debe hacerse dentro del plazo de ley ante la sección
respectiva del Registro Público.—Cartago, 30 de marzo del 2017.—Lic. Freddy
Coto Varela, Notario.—1 vez.—( IN2017124441 ).
Al ser las 8 horas de
este día en mi notaría, protocolicé acuerdos de la asamblea extraordinaria de
accionistas de la sociedad Pisolux S. A., mediante la que reforma los
artículos segundo y noveno del pacto social, mediante la que señala nuevo
domicilio social y reúne únicamente en su presidente las facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Se nombra nueva junta directiva.
Para cualquier oposición debe hacerse dentro del plazo de ley ante la sección
respectiva del Registro Público.—Cartago, 30 de marzo del 2017.—Lic. Freddy
Coto Varela, Notario.—1 vez.—( IN2017124442 ).
Ante el notario público María Eugenia
González Solis, mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del
veinticinco de marzo del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad de esta
plaza con razón social asignada de oficio Sociedad Anónima.—Heredia, a
las doce horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. María Eugenia González Solis, Notaria.—1 vez.—(
IN2017124443 ).
Por escritura número ciento veintiuno,
otorgada ante esta notaría, el treinta de marzo del dos mil diecisiete, a las
diecinueve horas se protocolizó el acta de asamblea de socios de Servicios
Sanitarios Dayca S. A., mediante la cual se acordó reformar el domicilio de
la empresa y se nombró nueva junta directiva.—San José, 30 de marzo del
2017.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124448 ).
Por escritura otorgada en esta notaría a las
diez horas del veintisiete de setiembre de dos mil dieciséis, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Albena Fashion S. A.,
con aprobación de incremento de capital social.—Licda. Margarita Arias Formoso,
Notaria.—1 vez.—( IN2017124449 ).
Mediante asamblea
general extraordinaria de socios de Prados del Sol Administration
Sociedad Anónima cédula jurídica tres ciento uno-quinientos cincuenta y
cuatro mil novecientos setenta y cuatro, celebrada en su domicilio social a las
veinte horas del dos de marzo dos mil diecisiete, se modifica la cláusula sexta
del pacto constitutivo, y se revocó el nombramiento del presidente,
vicepresidente, secretario, tesorero por el resto del plazo social y se
nombraron nueva junta directiva por el resto del plazo social. Es todo.—Playa
Sámara, Guanacaste, veintinueve de marzo dos mil diecisiete.—Licda. Fabiola
López González, Notaria.—1 vez.—( IN2017124457 ).
Ante mi notaría el día treinta de marzo del
dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
la compañía Grekita Internacional Sociedad Anónima, donde se reforma la
cláusula octava del pacto social. Es todo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic.
Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—( IN2017124458 ).
Ante esta notaría, al ser las diez horas del
día nueve de febrero del presente año, se procede a protocolizar el acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad STT Evolving Business
Opportunities S. A., acta número uno, en la que se procede a nombra nueva
junta directiva por lo que solicita al registro se inscriba.—San José, diez de
febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Alonso Ramírez Calderón, Notario.—1 vez.—(
IN2017124463 ).
Que en escritura de las 12:00 del 10 de marzo
del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Grupo SINEMSA Soluciones Integrales Empresariales Sociedad
Anónima, cedula 3-101-603756, se acordó modificar la cláusula novena del
acta constitutiva en el sentido que corresponderá al presidente y tesorero la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando de forma separada y se
modificó la cláusula décimo tercera y se nombra como secretario a Eduardo
Enrique Martínez Fuentes.—Cartago 12 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Monge
Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017124468 ).
Por asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios Coreon S. A., modifica la cláusula del
domicilio y de la representación. Es todo.—San José a las trece horas, del día
treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.—Licda. Mayra Tatiana Alfaro
Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2017124470 ).
Ante esta notaría, por
escritura otorgada a las once horas quince minutos del día treinta de marzo del
dos mil diecisiete, donde se protocolizan asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Mushroom Factory S.
A., donde se acuerda modificar la cláusula quinta de los estatutos de la
compañía.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Magally
María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017124479 ).
Hoy, protocolicé los
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de The Fantasy of
Nueva Orleans Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento
uno-trescientos veinticinco mil trescientos veinticinco, mediante la cual se
reformaron la cláusulas segunda del domicilio social y quinta del capital; por
medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las once horas treinta
minutos del treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Mauricio González
Crespo, Notario.—1 vez.—( IN2017124484 ).
Ante esta notaría, la compañía Witmer Inc
Sociedad Anónima, cedula de persona jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos ocho mil setecientos veintisiete, inició la reforma de la
cláusula quinta del pacto constitutivo para que la misma diga: “corresponderá
al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, quien
tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al
artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrá sustituir o
delegar sus poderes en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, revocar
dichas sustituciones o delegaciones y efectuar otras nuevas. Quedan además
facultados el presidente y tesorero para girar cheques contra las cuentas
corrientes que la sociedad tenga en los bancos nacionales y extranjeros,
efectuar y retirar depósitos a plazo fijo en dichas instituciones. Se emplaza a
quienes estén interesados, para que dentro del término legal se apersone a
hacer oposiciones a dicho cambio.—Jicaral, treinta de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017124485
).
Por escritura de las
8:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Agropecuaria Clinaz S. A.,
por la cual se reforma las cláusulas primera, cuarta y quinta del pacto
constitutivo, que se adiciona con las cláusulas décima-primera, décima-segunda
y décima-tercera.—San Pedro de Montes de Oca, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio
Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124487 ).
Por escritura de las 08:30 horas de hoy,
protocolicé acta de la compañía Amanecer de Segundita S. A., por
la cual se reforma las cláusulas segunda, sétima y octava del pacto
constitutivo, que se adiciona con las cláusulas décima segunda, décima tercera
y sétima bis.—Montes de Oca, San Pedro, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio
Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124488 ).
Por escritura de las 9:00 horas de hoy,
protocolicé acta de la compañía Kawen H.L.B. S. A., por la cual se
reforman las cláusulas segunda, quinta, sétima y décimo primera del pacto
constitutivo, que se adiciona con las cláusulas quinta bis y quinta ter; y se
deja sin efecto cláusula del agente residente.—San Pedro de Montes de Oca, 31
de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—(
IN2017124489 ).
Por escritura de las
09:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Doremi Once S. A.,
por la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo;
y se deja sin efecto cláusula del agente residente.—Montes de Oca, San Pedro,
31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—(
IN2017124490 ).
Por escritura de las 10:00 horas de hoy,
protocolicé actas de la compañía Oficentro Cutris JC S. A., por la cual
se reforman las cláusulas segunda, quinta, sexta, sétima, novena y décima del
pacto constitutivo, que se adiciona con las cláusulas décima cuarta y décima
quinta; y se deja sin efecto cláusula del agente residente.—San pedro de montes
de oca, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1
vez.—( IN2017124491 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Resolución
acoge cancelación
RF-100666.—Comercializadora Solaf Ath
Internacional Sociedad Anónima. Documento: Cancelación por falta de uso
(Interpuesta por: Revlon Consum). Nro. y fecha: Anotación/2-100666 de
08/01/2016. Expediente N° 2002-0002881. Registro No. 139339 ICE en clase 3 Marca
Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:54:21 del 17 de enero del
2017.
Conoce
este registro la solicitud de Cancelación por falta de uso, interpuesta por
Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, en su condición de apoderado
especial de la sociedad Revlon Consumer Products Corporation, contra el
registro de la marca de fábrica “ICE (diseño)”, registro Nº 139339,
inscrita el 18 de junio del 2003 y con fecha de vencimiento 18 de junio del
2023, en clase 3 internacional, para proteger “Preparaciones para blanquear,
otras sustancias para color, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
pulimentar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones,
capilares, dentífricos”, propiedad de la empresa Comercializadora Solaf Ath
Internacional S. A.
Resultando
I.—Por memorial recibido el 08 de enero del
2016, Víctor Vargas Valenzuela, en su condición de apoderado especial de la
empresa Revlon Consumer Products Corporation, presenta solicitud de cancelación
por falta de uso contra el registro de la marca “ICE (diseño)”, número 139339, descrita
anteriormente (F. 1-2).
II.—Que
por resolución de las 09:43:27 horas del 9 de febrero del 2016, el Registro de
la Propiedad Industrial procede a dar traslado por un mes al titular del
signo distintivo, a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de
cancelación aportando la prueba que compruebe el uso real y efectivo del signo
(F. 13).
III.—Que
por resolución de las 11:09:33 horas del 1 de julio del 2016, luego de todos
los intentos de notificación efectuados en las direcciones que constan en el
expediente, se le previene al promovente que, en el plazo de diez días hábiles,
proceda a indicar otro domicilio en Costa Rica de la empresa titular del signo
o la de sus apoderados, a fin de realizar válidamente la notificación (F. 19).
IV.—Que
por memorial recibido el 12 de julio del 2016, el accionante solicita que se
realice la notificación por medio de edicto en virtud de que desconoce otro
domicilio (F. 20).
V.—Que
por resolución de las 15:13:09 horas del 21 de julio del 2016, el Registro de
la Propiedad Industrial, tomando en consideración la imposibilidad material de
notificar al titular marcario luego de todos los intentos posibles, ordena
publicar el traslado de la cancelación en La Gaceta por tres veces
consecutivas, quedando el edicto correspondiente a disposición de las partes.
Esta resolución fue debidamente notificada al accionante el 04 de agosto del
2016 (F. 21).
VI.—Que
por memorial recibido el 22 de setiembre del 2016, el solicitante de la
cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación,
en el Diario Oficial La Gaceta N° 178, 179 y 180 del 16, 19 y 20 de
setiembre del 2016 respectivamente (F. 22-26).
VII.—Que
a la fecha no consta en el expediente contestación del traslado de la
cancelación por no uso.
VIII.—En
el procedimiento no se nota defectos ni omisiones capaces de producir nulidad
de lo actuado.
Considerando
I.—Sobre los hechos probados.
1º—Que en este registro se encuentra inscrita la marca fábrica “ICE (diseño)”, registro Nº 139339, inscrita
el 18 de junio del 2003 y con vencimiento el 18 de junio del 2023, en clase 3
internacional, para proteger “Preparaciones para blanquear, otras sustancias
para color, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y pulimentar,
jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones, capilares,
dentífricos.”, propiedad de la empresa Comercializadora Solaf Ath
Internacional Sociedad Anonima (F. 27).
2º—El 17 de junio del 2015, la empresa Revlon Consumer Products
Corporation solicitó la marca de fábrica y comercio “PURE ICE”, expediente N° 2015-5753, para
proteger en clase 3 internacional “Cosméticos; esmaltes para uñas;
preparaciones para el cuidado de las uñas” solicitud que actualmente se
encuentra en trámite con apelación ante el Tribunal Registral Administrativo
(F. 28).
II.—Sobre los hechos no probados.
Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.
III.—Representación
y facultad para actuar. Analizado el poder especial, documento referido por
el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación, se tiene
por acreditada la facultad para actuar en este proceso de Víctor Vargas
Valenzuela, cédula 1-335-794 en su condición de apoderado especial (F.7).
III.—Sobre
los elementos de prueba. Este registro ha tenido a la vista para resolver
las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito
de solicitud de cancelación por falta de uso (F. 1-2).
V.—En
cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y
otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez
admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará
audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a
partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se
le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de
conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento
en cita.
Analizado
el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo
traslado de las diligencias de cancelación, se notificó mediante edicto
publicado en el Diario Oficial La Gaceta números 178, 179 y 180 del 16,
19 y 20 de setiembre del 2016 respectivamente (F. 22-26), sin embargo, a la
fecha, el titular del distintivo marcario no contestó dicho traslado ni aportó
prueba que desvirtuara la presente acción.
VI.—Contenido
de la Solicitud de Cancelación. De la solicitud de cancelación por no uso
interpuesta, se desprenden literalmente los siguientes alegatos:
“[...] Mi representada... presentó solicitud
de registro de la marca “PURE ICE”, en clase 03... por memorial fechado 17 de
junio del 2015 La Oficina de Marcas expidió una objeción.., en contra de la
marca de mi representada por encontrar inscrita la marca “ICE (DISEÑO)” en la misma clase a favor de
Comercializadora Solaf Ath Internacional S. A.. Que dicha empresa no tiene
comercializada la marca “ICE (DISEÑO)” inscrita bajo el acto 139.339 en Costa
Rica, y por lo tanto no está en usando la misma para los productos que aparece
protegiendo en la Oficina de Registro [4 la marca “ICE (DISEÑO)” está inscrita desde el 18 de
junio de 2003 por lo que la premisa de los 5 años de no uso, está debidamente
cumplida, y por lo tanto, lo que procede es la solicitud de cancelación del
registro de la marca Nº 139.339 por falta de uso f.] la marca.., no se
encuentra usando la marca es el hecho que la misma tiene pendiente dos períodos
del impuesto a las sociedades [...] solicito f.] que declaren con lugar el
presente procedimiento de cancelación por falta de uso [..]
VII.—Sobre el fondo del asunto:
Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver
el fondo del asunto:
Para la resolución de las presentes
diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia
recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº
333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos
mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos lo siguiente:
...Estudiando ese artículo, pareciera que la
carga de la prueba del uso de la marca, corresponde a quien alegue esa causal,
situación realmente difícil para el demandante dado que la prueba de un hecho
negativo, corresponde a quien esté en la posibilidad técnica o práctica de
materializar la situación que se quiera demostrar.
...Ese artículo está incluido dentro del
Capítulo VI de la Ley de Marcas, concretamente en las formas de “Terminación
del Registro de la Marca”, y entre estas causales se establecen: control de
calidad referido al contrato de licencia; nulidad del registro por aspectos de
nulidad absoluta o relativa; cancelación por generalización de la marca;
cancelación del registro por falta de uso de la marca y renuncia al registro a
pedido del titular.
...Obsérvese como este Capítulo trata como
formas de terminación del registro de la marca, tanto causales de nulidad como
de cancelación, y aquí hay que establecer la diferencia entre uno y otro
instituto. Esta diferenciación entre los efectos que produce la cancelación y
los que produce la nulidad, se basa en el distinto significado de las causas
que provocan una y otra. Las causas de nulidad afectan al momento de registro
de la marca, implicando así un vicio originario, mientras que las causas de
cancelación, tienen un carácter sobrevenido. Al efecto la doctrina ha dispuesto
lo siguiente:
...Las prohibiciones de
registro y los motivos de nulidad de marcas van indisolublemente unidos, de tal
modo que éstos son consecuencia de aquéllas. Así, si un signo contraviene una
prohibición de registro y, a pesar de ello es inscrito, adolece de nulidad Las
causas de caducidad de la marca son extrínsecas a la misma, se producen durante
su vida legal y no constituyen defectos ab origine del signo distintivo, a
diferencia de las causas de nulidad (Manuel Lobato. Comentario a la Ley 17/2001
de Marcas. Editorial Civitas. Páginas 206y 887.
...Bajo esta tesitura el
artículo 37 de la ya citada Ley de Marcas, establece la nulidad de registro de
una marca cuando se “contraviene alguna de las prohibiciones previstas en los
artículos 7 y 8 de la presente ley”, sea en el caso del artículo 7, marcas
inadmisibles por razones intrínsecas (nulidad absoluta), o en el caso del
artículo 8, marcas inadmisibles por derechos de terceros (nulidad relativa). En
ambos casos el Registro de la Propiedad Industrial, previo a la aprobación de
inscripción de una marca, debe calificar la misma a efecto de que no incurra en
las prohibiciones establecidas en los artículos dichos, ya que, si se inscribe
en contravención con lo dispuesto por esas normas legales, es una marca que
desde su origen contiene una causal que puede provocar su nulidad, ya sea del
signo como tal, como de algunos productos o servicios.
...Como ya se indicó supra, el artículo 39
que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso
de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la
marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de
nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que
la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la
existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca
desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los
supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a
quien alega esa causal.
...Por lo anterior, de
modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo
hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función, pero desde una
integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para
el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber
analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para
cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se
refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que:
“su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso
de inscripción.” En tal sentido este
Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo
momento al titular de la marca.
En virtud de esto, en el caso de las
cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la
empresa Comercializadora Solaf Ath Internacional S. A., que por cualquier medio
de prueba debe demostrar la utilización de la marca ICE (diseño), registro 139339.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las
presentes diligencias y analizadas las actuaciones que constan en el
expediente, se tiene por comprobado que la sociedad Revlon Consumer Products
Corporation, demuestra tener legitimación y un interés directo para
solicitar la cancelación por falta de uso, de la solicitud de inscripción de
marca que se presentó bajo el expediente 2015-5753, tal y como consta en
la certificación de folio 28 del expediente, se desprende que las empresas son
competidores directos.
En
cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y
otros Signos Distintivos señala:
...Se entiende que una marca registrada se
encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido
puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente
corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los
productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se
comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con
productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con
servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional
...Una marca registrada
deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el
uso de la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo
en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la
identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá
la protección que él confiere.
...EI uso de una marca por parte de un
licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como
efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso
de la marca.
Es decir, el uso de la marca debe ser real,
la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los
que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además
deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son
imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no
se procederá a la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que la empresa titular de la marca ICE (diseño) registro 139339,
al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que
indicara a este registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de
su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos
contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos
por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.
En
razón de lo anterior, se concluye que dicho titular en su momento oportuno pudo
haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los
requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada,
siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o
persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: que no
puede postergarse o interrumpirse su uso por un espacio de 5 años precedentes a
la fecha en la que se instauró la acción de cancelación y el requisito material:
que este uso sea real y efectivo.
El uso
de una marca es importante para su titular ya que posiciona la marca en el
mercado, es de interés para los competidores, porque les permite formar una
clientela por medio de la diferenciación de sus productos, para los
consumidores, ya que adquieren el producto que realmente desean con solo
identificar el signo y para el Estado, pues se facilita el tráfico comercial.
Por otra parte, el mantener marcas registradas sin un uso real y efectivo
constituye un verdadero obstáculo para el comercio ya que restringe el ingreso
de nuevos competidores que sí desean utilizar marcas idénticas o similares a
éstas que no se usan.
Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el
Registro de la Propiedad Industrial que brinda una solución a1 eliminar el
registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable)
generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el
registro de marcas no utilizadas, aproximando de esta forma la realidad formal
(del registro) a la material (del mercado) lo procedente es cancelar por no uso
la marca “ICE (diseño)”, registro
Nº 139339, descrita anteriormente.
VIII.—Sobre
lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente,
queda demostrado que el titular de la marca ICE (diseño), registro Nº 139339, al
no contestar el traslado otorgado por ley no comprobó el uso real y efectivo de
su marca, por lo que para efectos de este registro y de la resolución del
presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo
a su correspondiente cancelación.
Por
consiguiente, y de conformidad con lo expuesto debe declararse con lugar la
solicitud de cancelación por no uso, interpuesta por Víctor Vargas
Valenzuela, en su condición de apoderado especial de la empresa Revlon
Consumer Products Corporation, contra el registro de la marca “ICE (diseño)”, registro Nº 139339. Por
tanto,
Con
base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos
Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, I) Se declara con lugar la solicitud de
cancelación por falta de uso, interpuesta contra el registro de la marca
“ICE (diseño)”, registro Nº 139339,
descrita anteriormente y propiedad de la empresa Comercializadora Solaf Ath
Internacional Sociedad Anónima II) Se ordena notificar al titular
del signo mediante La Publicación Íntegra de la presente resolución por
tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo establecido en el artículo 334 y 241 de
la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de
Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del
interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto
correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta Oficina mediante el
aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento
correspondiente. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de
que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o
apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles,
respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la
misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse
apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal
Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de
Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N°
8039. Notifiquese.—Lic. Jonathan Lizano Ortiz, Subdirector a. í.—( IN2017121638
).
Mediante el acuerdo número N°018-MEIC-2017,
de fecha siete de marzo de dos mil diecisiete, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 60 del 20 de marzo de 2017, se consignó incorrectamente en el
artículo 2° del por tanto, el monto de los viáticos, por lo que se debe leer
como sigue y no como se consignó:
“(…) Artículo 2°.- Los gastos
por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán financiados por
el programa 21500 “Actividades Centrales”, por medio de la subpartida 105-03
“Transporte al Exterior” y subpartida 105-04 “Viáticos en el Exterior”,
correspondiéndole a la servidora la suma de $385,92 (trescientos ochenta y
cinco dólares con 92/100). La funcionaria cede el millaje generado por el viaje
al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (…)”.
En lo que respecta al resto, el acuerdo de
marras se mantiene incólume.
Dado en el Ministerio de Economía Industria y
Comercio, a los veintisiete días del mes de marzo del año 2017.
Publíquese.—Geannina
Dinarte Romero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº
30791.—Solicitud Nº 20905.—( IN2017125503 ).