LA GACETA N° 70 DEL 07 DE ABRIL DEL 2017

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE HACIENDA

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

ADJUDICACIONES

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

REMATES

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

AVISOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE HACIENDA

N° 0004-2017-H.—San José, 13 de febrero de 2017

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo N° 133-H de fecha 31 de octubre de 2003, la señora Yessy Bustos López, mayor de edad, soltera, de nacionalidad nicaragüense, Bachiller en Administración Aduanera, portadora de la cédula de residencia número dos siete cero uno cinco cero siete dos cinco cero ocho cinco cero tres nueve, vecina de San Pablo de Heredia, de la iglesia vieja cuatrocientos metros al este en la calle denominada Quintano, fue autorizada por el Poder Ejecutivo para actuar como Agente Aduanera Persona Natural ante las Aduanas de todo el país. (Folios 08 a 11).

II.—Que mediante resolución número RES-AUT-DGA-016-2004 de las once horas del quince de enero de dos mil cuatro, el entonces Director General de Aduanas autorizó la inscripción de la señora Bustos López, en el registro de auxiliares cubierta por la caución rendida por la Corporación Aduanera San José Sociedad Anónima, registro N° 099, cedula jurídica N° 3-101-098733. (Folios 12 a 13).

III.—Que mediante Resolución N° RES-DGT-ER-032-2007 de las once horas del dos de febrero de dos mil siete, el entonces Jefe del Departamento de Estadísticas y Registro del Servicio Nacional de Aduanas, desinscribió a la señora Bustos López como Agente Aduanero de la Agencia de Aduanas Corporación Aduanera de San José Sociedad Anónima. (Folios 14 a 15).

IV.—Que mediante escrito de fecha 28 de enero de 2016, la señora Bustos López, solicitó ante el Departamento de Estadísticas y Registro del Servicio Nacional de Aduanas, realizar el cambio de identificación en su código de agente aduanero, por poseer actualmente cédula de identidad costarricense. (Folio 06)

V.—Que mediante oficio número OFICIO-DGA-DGT-ER-035-2016 de fecha 2 de febrero de 2016, el Director de Gestión Técnica del Servicio Nacional de Aduanas, solicitó a la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda, modificar el Acuerdo Ejecutivo de Autorización de la señora Bustos López a fin de realizar los cambios en el Registro de Auxiliares de la función pública y en el Sistema TICA. (Folio 01 a 02).

VI.—Que la señora Bustos López aportó el siguiente documento de interés:

Fotocopia certificada por la Notaria Pública Tatiana María de la Cruz Segura de la cédula de identidad número ocho-cero cero ochenta y seis-cero quinientos uno, que pertenece a la señora Bustos López. (Folios 04 y 05)

VII.—Que la señora Bustos López fue autorizada en el año 2003 por el entonces Poder Ejecutivo para actuar corno agente aduanero de la función pública utilizando como número de identificación su cédula de residencia, y siendo que al día de hoy fue naturalizada por el Estado como ciudadana costarricense otorgándole así un número de cédula de identidad, se procede a otorgar la autorización para que el Acuerdo N° 133-H citado sea modificado en cuanto al número de identificación y ejerza la actividad de Agente Aduanero.

VIII.—Que de conformidad con lo establecido en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política, los decretos, acuerdos, resoluciones y órdenes del Poder Ejecutivo, requieren para su validez las firmas del Presidente de la República y del Ministro del ramo. Por tanto,

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA, ACUERDAN:

Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 133-H de fecha 31 de octubre de 2003, en cuanto al número de identificación perteneciente a la señora Yessy Bustos López, de calidades indicadas, para que en adelante se lea: “portadora de la cédula de identidad número ocho-cero cero ochenta y seis-cero quinientos uno”. Asimismo, se le indica una vez más que deberá cumplir con todas las obligaciones legales y reglamentarias que el ejercicio de la función impone. Rige a partir de su publicación, la cual deberá ser tramitada y cubierta económicamente por la gestionante.

Comuníquese a las Direcciones Generales de Aduanas y Tributación a fin de que procedan con los cambios necesarios en el Registro de Auxiliares de la Función Pública y en el Sistema de Información TICA. Notifíquese a la señora Yessy Bustos López y publíquese. Devuélvase el expediente administrativo a la Dirección de Gestión Técnica del Servicio Nacional de Aduanas.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Hacienda, Helio Fallas V.—1 vez.—( IN2017122024 ).

DOCUMENTOS VARIOS

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS EQUIPOS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

AE-REG-E-06/2017.—El señor Fabio Robles Martínez, cédula de identidad: 3-01950899, en calidad de apoderado generalísimo, de la compañía Agrosuperior S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de La Lima, Cartago, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo: Pulverizador de Mochila Operado con Palanca, marca: Carpi, modelo: Unispray Professional LT. 16, peso: 3.5 kilogramos y cuyo fabricante es: Officine Carpi SRL-Italia Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José a las 10:50 horas del 8 de marzo del 2017.—Unidad Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017121400 ).

AE-REG-E-04/2017.—El señor Fabio Robles Martínez, cédula de identidad Nº 3-01950899, en calidad de apoderado generalísimo, de la compañía Agrosuperior S.A, cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de La Lima, Cartago, solicita la inscripción del equipo de aplicación, tipo: equipo de acople de levante o tiro, marca: Aguirre, modelo: 1000AR813PIS, peso: 440 kilogramos y cuyo fabricante es: Aguirre Maquinaria Agrícola S.L-España. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José a las 7:20 horas del 07 de marzo del 2017.—Unidad de Registro de Agroquímico y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017121398 ).

AE-REG-E-05/2017.—El señor Fabio Robles Martínez, cédula de identidad N° 3-01950899, en calidad de apoderado generalísimo, de la compañía Agrosuperior S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de La Lima, Cartago, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo: Equipo de Acople de Levante o Tiro, marca: Aguirre, modelo: 3000AR813PIS, peso: 889 kilogramos y cuyo fabricante es: Aguirre Maquinaria Agrícola S.L-España. Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria 7664 y el Decreto 27037 MAG -MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José a las 7:22 horas del 07 de marzo del 2017.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017121399 ).

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL

La Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Luis Fernando Quesada Zamora, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número dos- cero trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos doce, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Asociación United Sky Cap (En español Asociación de Maleteros Unidos), cédula de persona jurídica número tres- cero cero dos-trescientos cincuenta y seis mil ciento veintisiete, ha solicitado para su representada un Certificado de Explotación para brindar servicios especializados de aeropuerto en la modalidad Servicios al Pasajero y Equipaje en el Aeropuerto Internacional Juan Santamaría, según lo establece el RAC-SEA SubParte D. Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil, Ley número 5150 del 14 de mayo de 1973, y el Reglamento para el Otorgamiento de Certificados de Explotación, Decreto Ejecutivo número 37972-T del 16 de agosto de 2013, publicado en La Gaceta número 205 de 24 de octubre de 2013; y demás disposiciones nacionales concordantes. El Consejo Técnico de Aviación Civil en el artículo duodécimo de la sesión ordinaria número 18-2017 celebrada el día 01 del mes de marzo de 2017, señaló que la solicitud reúne los requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente aviso. La audiencia pública se celebrará a las 10:00 horas del tercer día hábil siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Enio Cubillo Araya, Director General.—1 vez.—O.C. N° 789.—Solicitud N° 20222.—( IN2017121786 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 86, título Nº 1210, emitido por el Liceo de Tarrazú, en el año dos mil ocho, a nombre de Blanco Vargas Froilán Ignacio. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Esquivel Blanco Froilán Ignacio, cédula Nº 3-0432-0271. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de setiembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017124002 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 13, título Nº 53, emitido por el John F. Kennedy High School, en el año dos mil trece, a nombre de Peña Bogantes Adriana, cédula Nº 2-0754-0282. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017124008 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 11, asiento Nº 173, emitido por el Colegio La Salle, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Carballo Cañas Adriana, cédula Nº 1-0801-0923. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017124625 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples de Vara Blanca R.L., siglas: COOPEAGRISEM R.L., constituida en asamblea celebrada el 07 de diciembre de 2016. Número de expediente código 1615-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se envía un extracto para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Presidenta:                 Flor María Salazar Arias

Vicepresidente:         Kattia Vargas Calvo

Secretario:                  Roberto Leitón Fernández

Vocal 1:                      Rolando Salazar Calvo

Vocal 2:                      Huberth Meza Quesada

Suplente 1:                 Carlos Barboza Mesen

Suplente 2:                 Randall Morera Brenes

Presidenta:                 Flor María Salazar Arias

San José, 10 de marzo del 2017.—Licda. Eugenia Segura Fallas, Subdirectora Asuntos Laborales.—1 vez.—( IN2017121886 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Para ver márcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF

Marcas de Ganado

Para ver marcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva y Recreativa Mantarrayas, con domicilio en la provincia de: San José-Montes de Oca, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y todo lo relacionado con el deporte y la recreación en general en ambos géneros y en todas sus categorías. Cuyo representante, será el presidente: Marlon Alberto Durán Alfaro, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento: 128847.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 18 minutos y 36 segundos, del 8 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017121902 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Mujeres Productivas y Progresistas de Moracia de Nicoya Guanacaste, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Nicoya, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: obtener la participación efectiva de la comunidad en las diferentes campañas, programas y proyectos que emprenda la Asociación, dándole herramientas para la producción de los diferentes bienes de la zona, cuyo representante, será la presidenta Frecia Lawson Marchena, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley no. 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 163948.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 7 minutos y 20 segundos, del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017123286 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Atletas del Orosi de La Cruz, Guanacaste, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-La Cruz, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: fomentar el atletismo en el cantón de La Cruz de Guanacaste, dándole presencia, publicidad y reconocimiento a nivel cantonal, nacional e internacional. Cuya representante, será la presidenta: Olga María López Medrano, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2016, Asiento:793342 con adicional(es): 2016-828336.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 20 minutos y 40 segundos, del 15 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(IN2017124099 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Cartago Roscar, con domicilio en la provincia de: Cartago, Cartago. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: dirección, coordinación, organización, supervisión, promoción y todo lo relacionado con el deporte del futbol en ambos géneros y en todas sus categorías, de acuerdo con sus propios estatutos y reglamentos. Cuyo representante, será el presidente: Rodolfo Diaz Navarro, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 128845.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 43 minutos y 41 segundos, del 8 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017121903 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Addrehdia Asociación Deportiva, con domicilio en la provincia de: Heredia-Flores, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover el deporte y la recreación en general; organizar y participar en expediciones e intercambios nacionales e internacionales del deporte y la recreación en general. Cuyo representante, será el presidente: Carlos Jiménez González, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento: 128838.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 15 minutos y 48 segundos, del 9 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017121904 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-343508, denominación: Asociación de Equipos Especiales a Granel. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:27094. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 20 minutos y 43 segundos, del 3 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(IN2017121949 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-696760, denominación: Asociación Caminos de Osa. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 142199.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 55 minutos y 52 segundos del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122989 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Bomberos Pensionados del Instituto Nacional de Seguros, ABOPINS, con domicilio en la provincia de: San José-Desamparados, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: promover y realizar acciones a favor de los asociados, por medio de apoyos financieros y económicos, programas, proyectos, actividades sociales. Cuyo representante, será el presidente: Wálter Sanchun Arnáez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento: 140503.—Dado en el Registro Nacional, a las 15 horas 16 minutos y 45 segundos, del 16 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122031 ).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de Abbvie Inc. y Abbott GMBH @ Co. KG, solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS MONOCLONALES CONTRA LA PROTEINA RGM A Y SUS USOS. Proteínas aisladas, particularmente anticuerpos monoclonales, que se unen y neutralizan la proteína RGM A. Específicamente, estos anticuerpos tienen la capacidad de inhibir la unión de RGM A a su receptor y/o sus correceptores. Los anticuerpos de la invención, o sus porciones, son útiles para detectar RGM A e inhibir la actividad de RGM A, por ejemplo, en un ser humano afectado por un trastorno que incluye, no taxativamente, esclerosis múltiple, traumatismo cerebral en mamíferos, lesiones en la médula espinal, accidente cerebrovascular, enfermedades neurodegenerativas, y esquizofrenia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395 y C07K 16/22; cuyos inventores son Müller, Bernhard, K. (DE); Schmidt, Martin (DE); Barlow, Eve, H. (US); Leddy, Mary, R. (US); Hsieh, Chungming, (US) y Bardwell, Phillip, D. (US). Prioridad: N° PCT/EP2009/001437 del 27/02/2009 (EP). Publicación Internacional: WO/2009/106356. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017- 0000015, y fue presentada a las 11:37:32 del 17 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de marzo de 2017.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2017121661 ).

El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Abbott GMBH & Co. KG., solicita la Patente PCT denominada FORMA DE DOSIFICACIÓN FARMACEUTICA PARA ADMINISTRACIÓN ORAL DE UN INHIBIDOR DE LA FAMILIA BCL-2 (Divisional 2011-663).Una forma de dosificación farmacéutica que comprende un producto de dispersión sólida que comprende N-(4-(4-((2-(4-clorofeni1)-5,5-dimetil-1-ciclohex-1-en-1-ipmetiopiperazin-1-il)benzoil)-4-W1R)-3-(morfolin-4-11)-1-((fenilsulfanipmetil)propiDamino)-3-((trifluorometil)sulfonil)bencenosulfonamida o una sal, hidrato o solvato de la misma, al menos un polímero farmacéuticamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/00; cuyos inventores son Knobloch, Martin (DE); Kostelac, Drazen (DE); Liepold, Bernd (DE); Steiger, Norbert (DE) y Packhaeuser, Claudia (DE). Prioridad: 61/185,30 de 08/06/2009. Publicación Internacional: WO 2010/143074 . La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000037, y fue presentada a las 14:17:50 del 6 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de marzo del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017121662 ).

El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Paris Dakart Area Recreativa S. A., solicita la Patente PCT denominada EMBARCACIÓN LIGERA CON ASPECTO DE KART. Embarcación ligera con aspecto de kart de las constituidos por un casco de embarcación ligera cuya obra muerta se realiza con todos los aditamentos pertenecientes a un kart caracterizada esencialmente por estar constituida por un casco de embarcación ligera. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B63B 35/73; cuyo inventor es Lopez Rivas, José (ES). Prioridad: N° U 201430883 del 25/06/2014 (ES). Publicación Internacional: W02015/197888. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000018, y fue presentada a las 13:07:50 del 23 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017121663).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señora Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad 1-1055-0703, en calidad de apoderada especial de Basf SE, solicita la patente PCT denominada COMBINACIÓN HERBICIDA QUE COMPRENDE AZINAS. La presente invención se refiere a combinaciones herbicidas que comprenden al menos un compuesto de la Fórmula (I) (componente a), y al menos un compuesto adicional seleccionado de compuestos activos como herbicidas (componente b) y/o protectores (componente c). En donde Ra, Rb, Rc, Rd son, entre otros, H, halógeno, CN, NO2, C1-C6-alquilo, C1-C6-haloalquilo, OH, C1-C6-alcoxi, C1-C6-alquiltio, etc.;R1 es,entre otros, H, OH, S(0)2NH2, CN, C1-C6-alquilo, etc.;R2 es, entre otros, H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo, C1-C6-haloalquilo, C2-C6-alquenilo, C3-C6-alquinilo, etc.;R3 es, entre otros, H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo, etc; R4 es, entre otros, H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo, etc; oR3 y R4, junto con el átomo de carbono al que están unidos, forman una porción seleccionada del grupo que consiste en carbonilo, C2-C6-alquenilo, C3-C6-cicloalquilo, C3-C6-cicloalquenilo y heterociclilo de 3 a 6 miembros, y R5 es, entre otros, H, OH, S(0)2NH2, CN, C1-C6-alquilo, etc; que incluye sus sales o N-óxidos aceptables en la agricultura; y al menos otro compuesto seleccionado de compuestos herbicidas b) y protectores c) y mezclas de estos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/68, A01N 61/00 yA01P 13/00; cuyos inventores son Hutzler, Johannes (DE); Hanzlik, Kristin (DE); Calo, Frederick (FR); Kreuz, Klaus (DE); Tresch, Stefan (DE); Seitz, Thomas (DE); Major, Julia (DE); Vogt, Florian (DE); Newton, Trevor Williams (GB) y Schachtshabel, Doreen (DE). Prioridad: N° 14165564,7 del 23/04/2014 (EM). Publicación Internacional: WO2015/162164. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000546, y fue presentada a las 14:18:09 del 23 de noviembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de marzo de 2017.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2017121826 ).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Merck Sharp & Dohme Corp., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI TIGIT. La presente invención se refiere a anticuerpos anti TIGIT, así como al uso de estos anticuerpos en el tratamiento de enfermedades tales como cáncer y enfermedad infecciosa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00, A61K 39/395, A61P 37/02 y C07K 16/28; cuyo(s) inventor(es) es(son) Raghunathan, Gopalan (US); Liang, Linda (US); Fayadat-Dilman, Laurence (US); Williams, Sybil M.G (US); Laface, Drake (US) y Seghezzi, Wolfgang (DE). Prioridad: NI° 62/038,912 del 19/08/2014 (US) y N° 62/126,733 del 02/03/2015 (US). Publicación Internacional: WO 2016/028656. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000060, y fue presentada a las 11:15:20 del 17 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 21 de febrero de 2017. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2017121945 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Inscripción N°. 3328.—Ref: 30/2017/682.—Por resolución de las 10:29 horas del 9 de febrero de 2017, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) COMPUESTOS DE PIRROLO-PIRIMIDINA COMO INHIBIDORES DE CDK a favor de la compañía Astex Therapeutics Ltd. y Novartis AG, cuyos inventores son: Brooks, Clinton A. (US); Dagostin, Claudio (IT); Howard, Steven (GB); Sung, Moo (KR); Besong, Gilbert (GB); Smith, Troy (US); Lagu, Bharat (US); Li, Yue (CN); Woodhead, Steven (GB); He, Guo (GB); Brain, Christopher Thomas (GB); Congreve, Miles Stuart (GB); Hou, Ying (CN); Wrona, Wojciech (US); Lu, Yipin (CN) y Mortenson, Paul (GB). Se le ha otorgado el número de inscripción 3328 y estará vigente hasta el 20 de agosto de 2029. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: A61K 31/519, A61P 35/00 y C07D 487/04. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—09 de febrero del 2017.—Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—1 vez.—( IN2017121941 ).

Inscripción N° 3318.—Ref: 30/2017/370.—Por resolución de las 13:54 horas del 26 de enero de 2017, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) 1-(ARILSULFONIL)-4-(PIPERAZIN-1-IL)-1FH-BENZIMIDAZOLES COMO LIGANDOS DE 5-HIDROXITRIPTAMINA-6 a favor de la compañía Wyeth Llc, cuyos inventores son: Andrae, Patrick M. (US); Haydar, Simón N. (US); Robichaud, Albert J. (US) y Yun, Heedong (KR). Se le ha otorgado el número de inscripción 3318 y estará vigente hasta el 25 de julio de 2030. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: A61K 31/496, A61P 25/00, C07D 235/22, C07D 403/04 y C07D 487/08. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—San José, 26 de enero del 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2017121942 ).

Inscripción N 3319.—Ref: 30/2017/372.—Por resolución de las 14:10 horas del 26 de enero de 2017, fue inscrita la Patente denominada DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS a favor de la compañía Bayer Intellectual Property GMBH, cuyos inventores son: Reinhold, Tom (DE); Lezzaiq, Samer (LB); Ranze, Heike (DE) y Leifeld, Sabine (DE). Se le ha otorgado el número de inscripción 3319 y estará vigente hasta el 11 de julio de 2030. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: A61J 1/03, A61J 7/00, B65D 83/00 yB65D 83/04. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—San José, 26 de enero del 2017.—Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—1 vez.—( IN2017121943 ).

Inscripción N° 3317. Ref: 30/2017/367.—Por resolución de las 13:44 horas del 26 de enero de 2017, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) CARTUCHO, UN DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS QUE CONTIENE EL CARTUCHO Y DEL DISPENSADOR DE MEDICAMENTOS a favor de la compañía Bayer Intellectual Property GMBH, cuyos inventores son: Karla, Uwe (DE); Reinhold, Tom (DE); Leifeld, Sabine (DE) y Filler, Sven (DE). Se le ha otorgado el número de inscripción 3317 y estará vigente hasta el 14 de julio de 2030. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: B65D 83/04. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—26 de enero de 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2017121944 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ROSIBEL ROJAS ALPÍZAR, con cédula de identidad número 2-0317-0551, carné número 20519. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. 17-000456-0624-NO.—San José, 27 de marzo del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2017125580 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: RICARDO JOSÉ NASSAR GUELL, con cédula de identidad número 1-1255-0570, carné número 18829. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Exp. 17-000379-0624-NO.—San José, 23 de marzo del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Lic. Ricardo Edo. Arias Villalobos, Abogado.—1 vez.—( IN2017125756 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-UHTPNOB-0033-2017. Exp. Nº 10479P.—Consultores Financieros Cofin S. A., solicita concesión de: 14 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-370 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario-riego-frutal. Coordenadas: 277,567 / 356.814, hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo del 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Mauricio Solano Romero.—( IN2017124661 ).

ED-UHTPNOB-0031-2017. Expediente Nº 8105P.—Consultores Financieros Cofin S. A., solicita concesión de: 17 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-319 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - frutal. Coordenadas 277.209 / 358.056 hoja Carrillo Norte; 5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-233 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - frutal. Coordenadas 277.558 / 357.054 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo de 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Mauricio Solano Romero.—( IN2017124666 ).

ED-UHTPNOB-0032-2017.—Exp 10293-P.—Consultores Financieros Cofin S. A., solicita concesión de: 36 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-234 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 277.504/356.828 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de marzo del 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Mauricio Solano Romero.—( IN2017124667 ).

ED-UHSAN-0010-2016. Exp. Nº 17511A.—3-101-691991 S. A., solicita concesión de: 1 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Peñas Blancas, San Ramón, Alajuela, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas: 268.800 / 469.280, hoja Fortuna. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de marzo del 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy Quesada Artavia.—( IN2017124673 ).

ED-0088-2017. Expediente Nº 17531A. First Boston Investments INC, solicita concesión de: 5 litros por segundo del Río Oro, efectuando la captación en finca de su propiedad en Uruca, Santa Ana, San José, para uso consumo humano doméstico para autoabastecimiento en condominio para 1600 personas. Coordenadas 210.004 / 515.171 hoja Salitral. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de marzo de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2017124763 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0059-2017.—Exp. N° 4086A.—Agroindustrial Las Marías S. A., solicita concesión de: 30 litros por segundo del Río Ciruelas, efectuando la captación en finca de Miguel Sandi Gutiérrez en Santo Domingo (Santa Bárbara), Santa Bárbara, Heredia, para uso agropecuario-riego-café. Coordenadas 227.551 / 518.749 hoja BARVA. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017125088 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-0275-2016.—Expediente Nº 8499P.—Terminal de Contenedores Grant y Cabezas S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-447 en finca de su propiedad en Guadalupe (Cartago), Cartago, Cartago, para uso industria lavado de vehículos y riego-vegetales. Coordenadas 205.000 / 541.760 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017125473 ).

ED-0404-2016.—Expediente 11643-A.—Arovo Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0,08 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santa Rosa (Turrialba), Turrialba, Cartago, para uso comercial-envasado de agua. Coordenadas 212.150 / 569.250 hoja Tucurrique. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017125524 ).

ED-UHTPSOZ-0006-2017.—Exp. 10841A.—Edgar Castro Mora, solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano-domestico. Coordenadas 370.300 / 491.250 hoja San Isidro. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 15 de febrero del 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar, Coordinador.—( IN2017125604 ).

ED-UHTPCOSJ-0002-2017. Expediente Nº 17502A.—José Alberto Segura Prado, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Carlos Segura Prado en Vuelta de Jorco, Aserrí, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 193.500 / 522.100 hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de febrero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017125672 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

En resolución N° 2098-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas diez minutos del veinte de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 35263-2016, incoado por Denny Elena Mora Morales, se dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de Timothy Michael Mc Intire con Laura Nicole Thomas, que el nombre de la madre del cónyuge es Emily Ashby.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil, Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017121800 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Ana Jacny Gómez Forbes, se ha dictado la resolución N° 5900-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas treinta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 32896-2016. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Eithan Francisco Carballo Gómez, en el sentido que el nombre de la madre es Ana Jacny.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017121817 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por José Electerio Castillo Tórrez, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1182-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas cincuenta minutos del tres de abril del dos mil— --trece. Exp. No. 51378-2012. Resultando 1º—..., 2º—... Considerando: I.—Hechos probados: .... II.—Sobre el fondo:.., Por tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de José Electerio Castillo Torres con Yesenia Marcela Reyes Roque..., en el sentido que los apellidos de la madre del cónyuge, consecuentemente el segundo apellido del mismo son “Tórrez Trujillo” y “Tórrez” respectivamente.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017121869 ).

En resolución N° 1762-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas seis minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 34697-2016, incoado por Joselyn Andrea Espinoza Villalobos, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Ronald Andrey Corrales Mejía, que los apellidos de la madre son Espinoza Villalobos.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefe.—1 vez.—( IN2017121879 ).

En resolución N° 2402-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas cuarenta y siete minutos del veintiocho de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 40575-2016, incoado por Karla Vanessa Ruiz Orozco, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Ashley Fiorella Rodríguez Orozco y Kirstenn Carolina Rodríguez Orozco, que los apellidos de la madre son Ruiz Orozco.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017121890 ).

Se hace saber que este Registro Civil en diligencias de ocurso incoadas por Anielka Indira Suárez Urbina, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 482-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las doce horas dieciocho minutos del diecisiete de febrero del dos mil catorce. Exp. N° 51392-2013. Resultando: 1°—..., 2°—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto: rectifíquese el asiento de matrimonio de Enoc González Arguedas con Anielka Indira Suárez Urbina..., en el sentido que el nombre de la madre de la cónyuge... es “Danelia”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017121893 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Evelzo Nicanor Zelaya Cáseres, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 052-09. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas veinte minutos del ocho de enero del dos mil nueve. Expedientes Nº 30796-03, 32389-08. Resultando: 1º—..., 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III. Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Innominado Zelaya Silva, en el sentido que el nombre es Jonathan Antonio.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017121918 ).

En resolución N° 1913-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas veinticinco minutos del catorce de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 47120-2016, incoado por Eddys Rodolfo Hernández Calderón, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Christofer Steven Hernández Guzmán, que el segundo nombre del padre es Rodolfo.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017121946 ).

En resolución N° 2065-2017 dictada por el Registro Civil a las doce horas treinta minutos del diecisiete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 49739-2016, incoado por Verónica del Socorro Martínez, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Katherine Melissa Martínez Martínez, que el nombre de la madre es Verónica del Socorro.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017121952 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jazmina Centeno Jarquín, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 1348-08. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas cinco minutos del dieciocho de junio del dos mil ocho. Exp. N° 11021-08. Resultando: 1º—..., 2º—..., 3º—.... Considerando: I.—Hechos Probados:..., II.—Hechos no Probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de matrimonio de Jesús Manuel Rodríguez Que-sada con Yazmina Centeno Jarquín, en el sentido que el nombre y los apellidos de la cónyuge son “Marta Yasmina Centeno, hija de Alicia Centeno, no indican segundo apellido” y no como se consignó y los asientos de nacimiento de Jordan Steven Rodríguez Centeno, de Sara Eunice Rodríguez Centeno y el de Ester Jazmina Rodríguez Centeno, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de las personas ahí inscritas son “Marta Yasmina Centeno, no indica segundo apellido” y no como se consignaron.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González Richmond, Jefa.—1 vez.—( IN2017121997 ).

En resolución N° 602-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas quince minutos del dieciséis de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 31976-2016, incoado por Mirian Esther García Mc Nish, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Syani Aylin García Mc Nigth, que el nombre y apellidos de la madre son Mirian Esther García Mc Nish.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122001 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Carla Patricia Membreño Mercado, se ha dictado la resolución N° 2103-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las ocho horas veinticinco minutos del siete de abril de dos mil dieciséis. Expediente N° 47884-2015. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Elieser Andrés Dávila Membreño y Valeria de los Ángeles Membreño García, en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre son Carla Patricia y Mercado, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017122011 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Celia Elizabeth Arriola Gramajo, guatemalteca, cédula de residencia N° 132000131426, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3872-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121795 ).

Erika Ninoska Navarro Suazo, nicaragüense, cédula residencia 155822205106, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3183-2016.—Centro Cañas, Guanacaste, 21 de marzo del 2017.—Jorge Luis Varela Rojas, Regional de Cañas.—1 vez.—( IN2017121801 ).

Maria Alejandra Zuluaga Patiño, colombiana, cédula de residencia N° 117000116033, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3672-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017121872 ).

Mesa Aguirre Livia, colombiana, cédula de residencia DI117000832936, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1445-2017.—San José, al ser las 2:20 del 21 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121885 ).

Julia del Socorro Espinoza Pérez, nacionalidad, nicaragüense cédula de residencia 155809062713, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1494-2017.—Guanacaste al ser las 12:20:58 del 23 de marzo de 2017.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores, Notario.—1 vez.—( IN2017123947 ).

Delfín Pérez, colombiano, cédula de residencia Nº 117000948417, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, Nº 1382-2017.—San José, al ser las 3:43 del 17 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121919 ).

Sergio Andrés Gil Navarro, colombiano, cédula de residencia 117001831117, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°1451-2017.—San José al ser las 3:29 del 21 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017121920 ).

Jiahong Yin, chino, cédula de residencia N° 115600303612, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1459-2017.—San José al ser las 10:01 del 22 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121923 ).

Jiahui Yin Zhong, china, cédula de residencia DI115600375207, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1458-2017.—San José al ser las 10:14 del 22 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121925 ).

María Alejandra Noguera Espinoza, nicaragüense, cédula de residencia N° 155805528915, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3772-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121986 ).

José Antonio Salas Andrade, venezolano, cédula de residencia 186200100128, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1467-2017.—San José al ser las 11:28 del 22 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121988 ).

Tomas Ignacio Carrizo, argentina, cédula de residencia Nº 103200118610, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Nº 1295-2017.—San José al ser las 2:50 del 14 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017121990 ).

Yaudith Karina Castillo Pérez, nicaragüense, cédula de residencia N° 155809120101, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3488-2016.—San José, a las 9:44 horas del 15 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122010 ).

Brenda Del Socorro Solórzano Álvarez, nicaragüense, cédula de residencia 155800518018, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1415-2017.—San José al ser las 11:02 del 21 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122019 ).

Eloy Martínez Montero, español, cédula de residencia N° 172400016421, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3775-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122021 ).

María del Carmen Orellana Mancia, salvadoreña, cédula de residencia 122200435923, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1469-2017.—San josé al ser las 9:28 del 27 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017124464 ).

Marina Martinez Montero, española, cédula de residencia N° 172400016207, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3776-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122026 ).

Isidoro Góngora Martinez, nicaragüense, cédula de residencia N° 155810965024, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3858-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122030 ).

Maribel del Carmen Miranda García, nicaragüense, cédula de residencia N° DI 155809546923, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°137764-2015.—San José, a las 9:46 horas del 15 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122033 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a participar en los siguientes procedimientos de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000022-PROV

Alquiler de local para alojar el Tribunal Civil de San Ramón

Fecha y hora de apertura: 16 de mayo de 2017, a las 10:00 horas.

———

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000001-PROV

Compra de materiales de cableado estructurado,

bajo la modalidad según demanda

Fecha y hora de apertura: 12 de mayo del 2017, a las 10:00 horas.

Los carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados deben acceder a través de internet, en la dirección http://www.poder-judicial.go.cr/proveeduria/ en el aparte de “Contrataciones Disponibles” y seleccionar el cartel en mención.

San José, 05 de abril de 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017125698 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE PUERTOS

DEL PACÍFICO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000002-01

Separación del Tender del Muelle de Quepos

El Departamento de Proveeduría del INCOP invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000002-01 para la “Separación del Tender del Muelle de Quepos”.

El día 19 de abril del 2017 a las 11:00 horas se realizará una visita al sitio a efecto de conocer mejor los alcances del trabajo de la presente licitación.

El plazo para la recepción de ofertas vence el día 2 de mayo del 2017 a las 10:00 horas.

Los interesados en participar en esta contratación podrán solicitar el cartel de licitación en los correos jamadrigal@incop.go.cr o jbravo@incop.go.cr a partir de la publicación de este aviso o en bien descargarlo de nuestro sitio web en el siguiente link: http://www.incop.go.cr/licitaciones/

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.— 1 vez.—O.C. Nº 28839.—Solicitud Nº 81981.—( IN2017125475 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000003-2308

El Hospital Dr. Max Terán Valls debidamente autorizado, los invita a participar en el proceso de:

Licitación abreviada para la adquisición de:

Servicio de transporte de personas (servicio de transporte aéreo para el traslado de pacientes en estado crítico)

CUENTA PRESUPUESTARIA N° 2184 “Traslados”

La apertura de ofertas se llevará a cabo el:

J: 11 de mayo del 2017 al ser las 13 horas con 00 minutos

 

El Pliego cartelario con las especificaciones administrativas, técnicas y formularios respectivos pueden ser retirados en forma digital por el oferente interesado en participar, a través de los siguientes medios:

A través de nuestra página Web

http://portal.ccss.sa.cr/portal/page/portal/Portal/Licitaciones/UP-2308

En nuestras oficinas administrativas de la Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Área de Gestión de Bienes y Servicios, cita en el centro hospitalario Hospital Dr. Max Terán Valls / Caja Costarricense de Seguro Social, ubicado 300 metros de la pista de aterrizaje de la Managua, distrito Quepos, cantón Quepos, provincia Puntarenas.

El cartel está constituido por las Condiciones Administrativas Generales, Condiciones y Especificaciones Técnicas y Sistema de Evaluación.

Es responsabilidad de quien adquiere el cartel, mediante fotocopiado del mismo, en nuestras oficinas administrativas, verificar que el mismo se le entrega completo. El costo por hoja es de ¢20.00 (Veinte colones con 00/100).

Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Licda. Edith Priscilla Villalobos Arias, Coordinadora a. í.—1 vez.—( IN2017125445 ).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000005-5101

Paricalcitol 2 microgramos cápsula blanda

código: 1-11-42-0010

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Pública N° 2017LN-000005-5101, para la adquisición de: Ítem único: Paricalcitol 2 microgramos cápsula blanda código: 1-11-42-0010. Apertura de ofertas: el día 15 de mayo 2017 a las 13:00 horas; en la dirección electrónica institucional: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN, en formato PDF, o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales.

San José, 3 de abril del 2017.—Licda. Shirley Solano Mora, Jefe de Línea de producción de Medicamentos.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 15969.—( IN2017125456 ).

LICITACION PÚBLICA NACIONAL N° 2017LN-000001-8101

(Apertura de ofertas)

Adquisición de dotación de productos químicos líquidos

para el proceso de higienización de ropa usada hospitalaria

y de las superficies en contacto con la misma

La Dirección de Producción Industrial de la Caja Costarricense de Seguro Social, informa a los interesados en participar en el presente concurso que, está disponible el cartel para la adquisición de “Dotación de productos químicos líquidos para el proceso de higienización de ropa usada hospitalaria y de las superficies en contacto con la misma”, el cartel y toda la documentación correspondientes a dicha licitación se encontrará disponible en la fotocopiadora de la Institución ubicada en la planta baja del edificio Jenaro Valverde Marín Oficinas centrales de la C.C.S.S.

Fecha de apertura de ofertas: 15 de mayo del 2017, a las 9:00 horas.

Ver detalles http://www.ccss.sa.cr

San José, 04 de abril del 2017.—Dirección de Producción Industrial.—Ing. Ovidio Murillo Valerio, Director.—1 vez.—( IN2017125478 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

El Instituto de Desarrollo Rural comunica la apertura del siguiente proceso:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000013-01

Compra de máquinas industriales de maquila de prendas

médicas para la CCSS, Clínicas y Hospitales privados

en el territorio Naranjo, Palmares, Atenas,

San Ramón y Zarcero

Fecha y hora de recepción de ofertas: 03 de mayo del 2017, a las 10:00 horas (10:00 a.m.), en la Proveeduría Institucional, Oficinas Centrales del INDER.

El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, planta alta del Edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr, menú de Contrataciones, Contrataciones Administrativas, Proveeduría Institucional, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección: jazofeifa@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.

San Vicente de Moravia, San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017125414 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000016-01

Compra de insumos para el cultivo arroz-frijol y equipo

pesado para el mejoramiento de las condiciones de la Agro

Cadena de Palma Aceitera Coopechires, todo de la

Oficina de Desarrollo Territorial de Puriscal

Fecha y hora de recepción de ofertas: viernes 05 de mayo del 2017, a las 11:00 horas (10:00 a. m.).

El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, planta alta del Edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del INDER: www.inder.go.cr menú de Contrataciones Administrativas, Carteles, Proveeduría Institucional, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección: kzamora@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el INDER, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.

Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017125415 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000023-01

Contratación de la Auditoría Externa para que se audite

el periodo que va del 01 de enero al 31 de diciembre

del 2016, de los estados financieros y liquidación

presupuestaria del INDER

Fecha y hora de recepción de ofertas: 21 de abril del 2017, a las 10:00 horas (10:00 a. m.), en la Proveeduría Institucional, Oficinas Centrales del INDER.

El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, planta alta del Edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del INDER: www.inder.go.cr menú de Contrataciones, Contrataciones Administrativas, Proveeduría Institucional, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección: cgarciae@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el INDER, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.

San Vicente de Moravia, San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017125416 ).

ADJUDICACIONES

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000006-UTN

Servicios de consultoría en ingeniería

y arquitectura por demanda

La Proveeduría Institucional informa a todos los interesados en el presente concurso que el mismo fue adjudicado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria N° 06-2017 del 23 de marzo de 2017; mediante Acuerdo Nº 051-2017, de la siguiente manera:

Consorcio Norte y Sur-Cañas, conformado por las siguientes empresas: Norte y Sur Arquitectos S. A., cédula jurídica: 3-101-240730, e Ingeniería Cañas S. A., cédula jurídica: 3-101-040429.

Línea 1: Consultoría en ingeniería y arquitectura por demanda, según el siguiente detalle:

a.  Atención de consultas profesionales.

b.  Estudios básicos.

c.  Estudios preliminares.

d.  Anteproyectos.

e.  Planos constructivos, especificaciones técnicas, memorias de cálculo.

f.   Presupuestos de obra (por unidad constructiva y presupuesto detallado).

g.  Obtención de viabilidad ambiental, regencia ambiental y trámites de responsabilidad profesional ante CFIA por concepto de diseño e inspección, así como cualquier otra instancia que se amerite.

h.  Inspección de obra.

i.   Modelado virtual.

j.   Asesoría técnica en contratación.

Monto adjudicado: La tarifa que se cancelará a la empresa para cada tipo de servicio será la establecida por el Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos, y según el Decreto Ejecutivo Nº 18636-MOPT “Arancel de Servicios Profesionales de Consultoría para Edificaciones” publicado en La Gaceta Nº 225 del 25 de noviembre del año 1988.

Plazo de entrega: Lo establecido en el cartel para cada tipo de servicio.

Garantía del servicio: 5 años para cada tipo de servicio.

Todo lo demás de acuerdo al cartel, especificaciones técnicas, aclaraciones, modificaciones y la oferta.

Proveeduría Institucional.—Lic. Miguel Ángel González Matamoros, Director.—1 vez.—( IN2017125254 ).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000007-UTN

Concesión de soda de la sede Atenas

La Proveeduría Institucional informa a todos los interesados en el presente concurso que el mismo fue adjudicado por el Consejo Universitario en sesión ordinaria N° 06-2017 del 23 de marzo de 2017; mediante Acuerdo Nº 050-2017, de la siguiente manera:

Oferta Nº 2: Corporación Alfa Durán, cédula jurídica Nº 3-101-561251

Plazo del contrato: un año prorrogable automáticamente hasta un plazo máximo de cuatro años, salvo que alguna de las partes decida no prorrogar, según lo establecido en el cartel.

Canon: mensual de ¢1.500.000,00 (un millón quinientos mil colones) pagaderos por 12 meses al año.

Precios ofrecidos:

Descripción

Precios

Desayuno

1.400,00

Almuerzo

1.800,00

Cena

1.800,00

Comidas rápidas y bebidas

El costo será de acuerdo al precio ofertado en cada línea

 

Todo lo demás de acuerdo al cartel, especificaciones técnicas, aclaraciones, modificaciones y la oferta.

Proveeduría Institucional UTN.—Lic. Miguel Ángel González Matamoros, Director.—1 vez.—( IN2017125256 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCION FINANCIERO CONTABLE

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000002-1121

Contratación de servicios de recaudación de cuotas de la Caja

Costarricense de Seguro Social de patronos, asegurados

voluntarios y trabajadores independientes, por medio

de agente recaudadores externos

Mediante resolución del 05 de abril del 2017, la Dirección Financiero Contable adjudicó la licitación pública a los siguientes proveedores:

Oferta N° 1:

Coopealianza R. L., cédula jurídica N° 03-004-045138, Proveedor N° 12337

Oferta N° 2:

Banco Bac San José S. A., cédula jurídica N° 3-101-012009, Proveedor N° 21778.

Oferta N° 3:

Cooperativa de Ahorro y Crédito de la Comunidad de Ciudad Quesada (Coocique R. L.), cédula jurídica N° 3-004-045290, Proveedor N° 8472.

Oferta N° 4:

Banco Davivienda Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-046008, Proveedor N° 19618.

Ariel Alexander Salas Urbina.—1 vez.—( IN2017125752 ).

AVISOS

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

REMATE Nº 2017LN-000002-01

Remate de vehículo propiedad

de Popular Pensiones S. A.

La Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., comunica a los interesados que el Remate Nº 2017LN-000002-01 “Remate de vehículo propiedad de Popular Pensiones S. A.”, resultó infructuoso por falta de ofertas.

Administración y Finanzas.—Licda. Cinthia Solano Fernández, Jefa.—1 vez.—( IN2017125395 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LA-000001-OPMZ

Contratación para suministro, acarreo, riego emulsión

asfáltica, colocación y acabado final de mezcla asfáltica

en caliente, en carpeta con un espesor de 5 centímetros

sueltos. En entrega según demanda

El Concejo Municipal de Zarcero en sesión ordinaria número sesenta y seis, celebrada el tres de abril del dos mil diecisiete acuerda adjudicar la Licitación Pública N° 2017LA-000001-OPMZ “Contratación para suministro, acarreo, riego emulsión asfáltica, colocación y acabado final de mezcla asfáltica en caliente, en carpeta con un espesor de 5 centímetros sueltos. En entrega según demanda”. Al oferente Constructora Herrera S. A., cedula jurídica 3-101-125558, por la suma de cincuenta y cuatro mil colones netos (¢54.000) por tonelada.

Zarcero, 4 de abril del 2017.—Ronald Araya Solís, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017125673 ).

FE DE ERRATAS

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000001-APITCR

(Modificación Nº 1)

Adquisición de equipo de red y cómputo

bajo modalidad entrega según demanda

A los interesados en la licitación arriba indicada se les comunica que el cartel ha sido modificado, dichas modificaciones y aclaraciones están disponibles en el Departamento de Aprovisionamiento.

Los interesados pueden retirarla en el Departamento de Aprovisionamiento o solicitarlo al siguiente correo electrónico: mbermudez@itcr.ac.cr.

El periodo de vacaciones de ley para el personal del ITCR es del 10 al 12 de abril del 2017, ambas fechas inclusive. Dicho periodo no se debe considerar para trámites y/o consulta alguna de tipo administrativa.

Cartago, 04 de abril del 2017.—Departamento de Aprovisionamiento.—Licda. Katthya Calderón Mora, Directora.— 1 vez.—O. C. Nº 20175651.—Solicitud Nº 82039.—( IN2017125646 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

LÍNEA DE PRODUCCIÓN DE REACTIVOS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000018-05101

Juego de reactivos químicos y biológicos de 100 pruebas

o su equivalente cada uno, para detectar antígenos y anticuerpos anti virus inmunodeficiencia humana

(VIH 1 y 2) de cuarta generación, y antígenos y

anticuerpos para determinar Hepatitis A, B y C.,

Chagas y HTLV 1 y 2. Método de Elisa basado

 en quimioluminiscencia asimilar. Para tamizaje

 en muestras de sangre de donadores,

mujeres embarazadas y pacientes

Se le informa a todos los interesados que el Ítem único de este concurso se adjudicó a la empresa Abbott Healthcare Costa Rica S. A., por un precio total estimado basado en la cantidad referencial para cada línea de $8.152.479,68. (Ocho millones ciento cincuenta y dos mil cuatrocientos setenta y nueve con sesenta y ocho centavos de dólar) Lo anterior de conformidad con acuerdo de junta directiva en sesión N°8897 celebrada el 30 de marzo de 2017. Ver detalles y mayor información en la página de Compra Red.

San José, 5 de abril del 2017.—Licda. Andrea Vargas Vargas Jefe, Subárea de Reactivos Otros-Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.— 1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 13750.—( IN2017125460 ).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD CENTRAL SUR

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000001-2399

(Modificación Nº 1)

Servicios profesionales en vigilancia y seguridad para

el Área de Salud Desamparados 1 C.AI.S.

Dr. Marcial Fallas Díaz

Se comunica a los interesados en participar en el concurso en referencia, que se realizaron modificaciones en la cláusula cuarta: Equipo e implementos, incisos b. y d. y en la cláusula vigésimo primera: Sistema de evaluación. La fecha de recepción y apertura de ofertas se traslada para el 26 de abril 2017 a las 10:00 a.m. Las demás condiciones se mantienen invariables.

El pliego cartelario actualizado se encuentra disponible en la página web institucional www.ccss.sa.cr.

San José, 05 de abril del 2017.—Dr. Armando Villalobos Castañeda, Director Regional.—1 vez.—( IN2017125523 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2017LN-000006-PRI

(Circular Nº 1)

Compra de vehículos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba indicada, que, a partir de la presente publicación, estará disponible la Circular Nº 1, la cual podrá ser retirada directamente en la Dirección de Proveeduría, sita en el módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA en Pavas o bien en la dirección: www.aya.go.cr.

Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.— 1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 81970.—( IN2017125398 ).

REMATES

AVISOS

RBT TRUST SERVICES LTDA.

RBT Trust Services Ltda., con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos setenta y dos mil trescientos veintidós, en calidad de fiduciario del Fideicomiso denominado “Fideicomiso Constelación Láctea / RBT / Dos Mil Trece” en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar el bien que se encuentra fideicometido en el Fideicomiso, descrito a continuación, en una primera subasta a las quince horas del día veintiocho de abril del ario dos mil diecisiete si fuera necesaria una segunda subasta esta será a las quince horas del día dieciséis de mayo del año dos mil diecisiete y si fuera necesaria una tercera subasta ésta será a las quince horas del primero de junio del año dos mil diecisiete. Todas las subastas se celebrarán en las oficinas de RBT Trust Services Ltda., sita en San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo El Cedral, torre uno, edificio Integra Abogados, quinto piso.

1-Finca del partido de San José, matrícula número seiscientos dos mil ciento siete- cero cero cero, que se describe así: naturaleza: terreno de frutales. Situación: distrito primero Santa Ana, cantón noveno Santa Ana, de la provincia de San losé. Linderos: norte, calle pública y Condominios Avalon en parte; sur, Banco Improsa S. A.; este, calle pública y oeste, Banco Improsa S. A. y Condominios Avalon en parte. Medida: mil seiscientos setenta y dos metros con noventa y dos decímetros cuadrados, plano catastrado número SJ-un millón doscientos treinta y cuatro mil setecientos cuarenta-dos mil siete; libre de todo tipo de anotaciones y con el gravamen de servidumbre de aguas pluviales inscrita bajo las citas dos mil trece-ochenta y siete mil trescientos veintiuno-cero uno-cero cero cero uno-cero cero uno. El precio base de dicho bien para la primera subasta es de doscientos cincuenta mil dólares, moneda de los Estados Unidos de América (USD¢250.000,00); para la segunda subasta será un 75% del precio base para la primera; y para la tercera subasta será un 25% del precio base para la primera subasta. La propiedad incluye todos los permisos tramitados en nombre del Fiduciario y que este considere pertinentes, de conformidad con lo establecido en el Fideicomiso.

Queda entendido que para que una oferta sea válida, el oferente deberá entregarle a RBT Trust Services Ltda., en adelante el Fiduciario, según corresponda, un quince por ciento del precio base en primera y segunda subasta, y un 100% del precio base para la tercera subasta. Como excepción a lo anterior y en concordancia con lo que establece la Ley de Cobro Judicial en relación con los procesos de remate en la vía judicial los Fideicomisarios Principales podrán participar de las subastas indicadas sin necesidad de efectuar el depósito previo. Dichos montos deberán ser entregados a RBT Trust Services Ltda., mediante entero bancario, a la orden del Fiduciario, o cheque de gerencia de un banco costarricense, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido al Fiduciario, deberá depositar, dentro del tercer día, salvo que los Fideicomisarios Principales autoricen un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque de gerencia, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, el remate se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el quince por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija de daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento, y el resto en abono al crédito de los Fideicomisarios Principales, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado el presente fideicomiso. Se deja constancia que una vez que el patrimonio fideicometido antes descrito haya sido adjudicado y/o vendido, y que dicha adjudicación y/o venta se declare firme, se haya pagado la totalidad del precio de venta y/o adjudicación producto del proceso de ejecución y no existan sumas adeudadas al Fiduciario que hayan sido generadas por la administración, gestión o ejecución del presente fideicomiso, el Fiduciario deberá comparecer ante Notario Público de la elección del Fiduciario a otorgar escritura pública correspondiente al traspaso de la finca a favor del comprador y/o adjudicatario correspondiente, producto del proceso de ejecución del fideicomiso. Lo anterior, en virtud de que el Fiduciario debe velar porque el patrimonio del Fideicomiso se libere y liquide en su totalidad, cumpliéndose con la finalidad para la cual fue creado el Fideicomiso. El adjudicatario y/o comprador deberá asumir de forma completa, el pago de los honorarios y gastos legales del Notario Público elegido por el Fiduciario para efectuar el traspaso indicado y para que el Notario Público pueda presentar el testimonio de la escritura de traspaso ante el Registro Nacional en un plazo improrrogable de ocho días naturales contados a partir de la firma de la escritura pública.

Se deja constancia que en cualquier momento antes de realizarse las subastas aquí referidas, se podrá cancelar la totalidad de las sumas adeudadas al amparo del Crédito Garantizado y todos los honorarios, tributos, seguros y demás gastos causados por el Fideicomiso, caso en el cual se suspenderá el proceso de venta.

Ronald Zúñiga Delgado.—1 vez.—( IN2017125479 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Gay Antonio Meissimilly González, pasaporte N° I588711, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título Ingeniero en Electrónica obtenido en el Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 20 de marzo del 2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 80703.—( IN2017121798 ).

AVISOS

JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CENTRO

EDUCATIVO MIRAMAR

Se hace conocimiento que la Junta de Educación del Centro Educativo Miramar, situado en Miramar Piedras Blancas de Osa Puntarenas, cédula jurídica Nº 3-008-100715, ha solicitado a la Procuraduría General de la República, la inscripción registral del bien inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de Puntarenas, cantón de Osa, distrito Piedras Blancas, situado del cruce de Santa Rosa 7,2 km al norte, terreno donde se localiza el Centro Educativo Miramar el cual colinda al norte con Juvenal Ureña Hernández; al sur, con Juvenal Ureña Hernández; al este, con Juvenal Ureña Hernández y al oeste, Juvenal Ureña Hernández, cuenta con plano catastro Nº 6-1835702-2015, con un área de 7762 m2, dicha inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060, Ley General de Caminos Públicos. La Junta de educación ha mantenido la posesión en dicho inmueble por más de diez años, en forma quieta, pública, pacifica, sin interrupción, de buena fe y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación Pública (MEP) o bien a la Procuraduría General de la República, Notaria del Estado en la cual se están realizado las presentes diligencias. Ana Yuvei Navas Morales, Directora del Centro Educativo, portadora de la cédula de identidad Nº 1-0896-0498.

San José, 16 de marzo del 2017.—Ana Yuvei Navas Morales, Directora.—1 vez.—( IN2017121896 ).

JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CENTRO

EDUCATIVO SAN ISIDRO

Se hace conocimiento que la Junta de Educación del Centro Educativo San Isidro, situado en San Isidro Palmar de Osa Puntarenas, cédula jurídica Nº 3-008-337236, ha solicitado a la Procuraduría General de la República, la inscripción registral del bien inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de Puntarenas, cantón de Osa, distrito Palmar, situado de la entrada de la Puerta del Sol 2 km al norte, terreno donde se localiza el Centro Educativo San Isidro el cual colinda al norte, con calle pública; al sur, con José de Jesús Bustos Bustos; al este, con José de Jesús Bustos Bustos y al oeste, calle pública, cuenta con plano catastro Nº 6-1953457-2017, con un área de 757 m2, dicha inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060, Ley General de Caminos Públicos. La Junta de educación ha mantenido la posesión en dicho inmueble por más de diez años, en forma quieta, pública, pacifica, sin interrupción, de buena fe y a título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación Pública (MEP) o bien a la Procuraduría General de la República, Notaria del Estado en la cual se están realizado las presentes diligencias. Flor María Gómez Mendoza, Presidenta de la Junta de Educación, portadora de la cédula de identidad Nº 6-0271-0886.

 San José, 16 de marzo del 2017.—Flor María Gómez Mendoza, Presidenta.—1 vez.—( IN2017121898 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En el Cementerio Central Heredia, existe un derecho a nombre de: familia Hernández Barrantes, los miembros vivos de la familia solicitan traspasar este derecho a una nieta y además desean incluir beneficiarios, indicándose así:

Arrendataria:   Ana Gabriela Hernández Víquez,

                             cédula Nº 04-0163-0551

Beneficiarios:   Nidia María Hernández Barrantes,

                             cédula Nº 04-0101-0819

                             José Luis Hernández Barrantes,

                             cédula Nº 04-0083-0191

                             María Ester Hernández Barrantes,

                             cédula Nº 04-0087-0596

                             Víctor Julio Hernández Barrantes,

                             cédula Nº 04-0092-0350

Lote Nº 81 Bloque L, medida 9 yardas cuadradas, para 6 nichos, solicitud 1688, recibo 4811, inscrito en Folios 48, Libro 1, el cual fue adquirido el día 14 de enero de 1970. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 28 de junio de 2016.

Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2017121900 ).

MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA

La Dirección de Desarrollo Urbano de la Municipalidad de Santa Bárbara informa que, mediante Resolución Administrativa N° 002-2017 de las nueve horas del veinte de febrero del dos mil diecisiete, la Alcaldía Municipal autoriza a publicar en el Diario Oficial La Gaceta y en un periódico de circulación nacional, la Plataforma de Valores de Terrenos de Uso Agropecuario del Cantón de Santa Bárbara, suministrada por el Órgano de Normalización Técnica, Dirección General de Tributación, Ministerio de Hacienda.

MATRIZ DE VALORES DE TERRENOS

AGROPECUARIOS PROVINCIA 4 HEREDIA

CANTÓN 04 SANTA BÁRBARA

Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

Rige a partir de su publicación.

Santa Bárbara, 10 marzo del 2017.—Lic. Héctor Luis Arias Vargas, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017121931 ).

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

Tomando en cuenta que en la institución existe ciertos funcionarios que entre sus labores deben realizar la notificación de diversos documentos oficiales y con el propósito de cumplir con lo indicado en la Ley de Notificación, modificar la lista de notificadores oficiales de la Municipalidad de Belén, esto con el propósito de incluir en la misma a las siguientes personas:

Nombre                                         Cédula N°

Johanna Gómez Ulloa                              1-1031-055

Doris Murillo Molina                               4-137-954

Ada Mayorga Vásquez                            6-111-505

Andrea Arce Barrantes                            4-181-736

Alberto Valverde Flores                           1-1432-303

Ronald Zumbado Murillo                        4-140-951

Merlyn Castro Granados                         1-668-213

Marcela Murillo González                      1-773-107

Guiselle Sibaja Hidalgo                           1-937-895

William Jiménez Solano                         1-656-835

José Solís Porras                                       1-729-707

Jorge L. González González                   1-716-818

San Antonio de Belén, Heredia, 22 de marzo del 2017.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria Concejo.—1 vez.—O. C. N° 32259.—Solicitud N° 80718.—( IN2017121803 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

RASTA FA DE LIMÓN S. A.

Se convoca a los accionistas a la realización de asamblea general Ordinaria y Extraordinaria de socios de la sociedad Rastafa de Limón S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-403812, a celebrarse en San José, avenidas 9 y 11, calle 31, Nº 959, a las 10,00 horas del 11 de mayo del 2017, en primera convocatoria. De no obtenerse el quórum en primera convocatoria, se celebrará la asamblea en segunda convocatoria, en el mismo sitio, una hora después de la primera convocatoria.

Orden del día:

Modificaciones del pacto constitutivo en cuanto a los siguientes puntos:

Reforma de la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad, relativa al órgano de administración y fijación de facultades de ese órgano colegiado y de cada uno de sus integrantes.

Modificación del pacto constitutivo de la compañía, cláusula sexta, para eliminar la figura del agente residente.

c.  Modificación de la cláusula primera del pacto constitutivo, relativa al domicilio social, para fijar uno nuevo.

2.  Nombramientos en los nuevos puestos de la Junta Directiva.

3.  Destitución del actual fiscal y designación de nuevo fiscal.

San José, 3 de abril del 2017.—Jerome Fait Monge, Presidente.—1 vez.—( IN2017125619 ).

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS

DE COSTA RICA

La Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica comunica que: en la sesión ordinaria 2017-03-22, celebrada el 22 de marzo del 2017, se acordó convocar a Asamblea General Extraordinaria el día viernes 05 de mayo del 2017, a partir de las 9:00 a.m., en el Auditorio Principal “Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia” de este Colegio Profesional ubicado en Sabana Sur, avenida de los Médicos, 50 metros este del Ministerio de Agricultura y Ganadería. En caso de no existir el quórum correspondiente de acuerdo a la Ley Orgánica del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, se convoca para el miércoles 17 de mayo del 2017, en segunda convocatoria a las 7:00 p.m., en el Salón Expresidentes, con el fin de conocer y resolver la siguiente agenda:

Conocer la denuncia interpuesta por el Dr. Abel Víquez Brenes Cód. MED 3175 contra los integrantes del Tribunal de Ética Médica y la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica para determinar acerca de la admisibilidad de la misma y el procedimiento a seguir.

Dr. Andrés Castillo Saborío, Presidente.—1 vez.—( IN2017125644 ).

COLEGIO DE MÉDICOS VETERINARIOS

DE COSTA RICA

Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica. Agenda Asamblea General Extraordinaria N°40-2017

Fecha: miércoles 03 de mayo del 2017.

Lugar: Auditorio Adrián Rojas, Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), Barreal de Heredia.

Hora: 6:00 p.m. en primera convocatoria (mitad más uno de los colegiados activos) 6:30 p.m. en segunda convocatoria (miembros presentes).

Comprobación de Quórum.

Himno Nacional.

Reglas de participación en la Asamblea.

Lectura y Aprobación del Orden del Día.

Lectura y aprobación del acta anterior de sesión extraordinaria de asamblea general N°39-2017.

Recurso de apelación contra el Acuerdo de Junta Directiva N°43/1469-16-Resolución Final Expediente N°17-2015, que es denuncia interpuesta por el Dr. Benigno Alpízar Montero, Director de Medicamentos Veterinarios del SENASA contra el Dr. Juan Carlos Villaplana Corrales, Colegiado N°1394.

Nombramiento de un Tribuno Propietario del Tribunal Electoral para el periodo de mayo 2017 a enero 2018, por renuncia de la Dra. Katherine Castro Lizano, Colegiada N°1588.

Dr. Juan Carlos Murillo García, Presidente.—1 vez.—( IN2017125700 ).

BELO HORIZONTE COUNTRY CLUB S. A.

Convocatoria a Asamblea General Ordinaria

El Belo Horizonte Country Club S.A., cédula jurídica N° 3-101-008854-02, convoca a sus asociados a la Asamblea General Ordinaria a celebrarse en las instalaciones del Belo Horizonte Country Club, ubicado en Escazú, San Antonio en el Barrio Bello Horizonte el día martes 9 de mayo del 2017.

Primera convocatoria a las 6:00p.m.

Segunda convocatoria las 7:00p.m. Con los asociados presentes.

A efecto de conocer de la siguiente agenda:

Informe de la Presidencia

Informe de Tesorería

Informe de Fiscalía

Asuntos varios

Lic. Marco Antonio Segura Seco, Presidente.—1 vez.—( IN2017125713 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CONDOMINIO VERTICAL RESIDENCIAL

JARDINES-PINARES

La condómina, Rebeca Salazar Alcócer, mayor, soltera, abogada, cédula de identidad número seis-doscientos sesenta y cuatro-doscientos cuarenta y nueve, vecina de San José, Curridabat, solicitó la reposición de los libros legales del Condominio Vertical Residencial Jardines-Pinares, cédula jurídica tres-ciento nueve-seiscientos treinta y nueve mil trescientos treinta y seis.—Rebeca Salazar Alcócer, Condómina.—( IN2017121356 ).

UNIVERSIDAD AMERICANA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Americana UAM, se presenta la solicitud de Diego Ramírez Picado, cédula N° 701960609, por reposición del Título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con énfasis en la Enseñanza de la Matemática, inscrito bajo el tomo 2, folio 250, asiento 13789 de esta universidad y Código 37, Asiento 66341 del Consejo Nacional de Enseñanza Superior Universitaria Privada (CONESUP) emitido en octubre del año dos mil catorce. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente, por extravío al haberse cambiado de casa. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Es todo. Se emite la presente en San José, Costa Rica a los nueve días del mes de marzo del 2017.—Lic. Luis Diego Guillén Martínez, Rector a. í.—( IN2017121407 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

ASOCIACIÓN PRO PERSONAS CELIACAS

Yo, Ana Lorena Cordero Padilla, cédula de identidad 1079800018, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación Pro Personas Celiacas, cédula jurídica 3-002-400932, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del Libro de Asamblea de Asociados número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado, a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 21 de marzo del 2017.—Ana Lorena Cordero Padilla, Presidenta y Representante Legal.—1 vez.—( IN2017121797 ).

IT CONVERGENCE SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

IT Convergence Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y seis mil doscientos cuatro, solicita ante el Registro Nacional la reposición por extravío del tomo uno del Libro de Actas de Asamblea de Cuotistas y el tomo uno del Libro de Registro de Cuotistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintiuno de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Lissa Arroyo Hidalgo, Apoderada.—1 vez.—( IN2017121799 ).

ASOCIACIÓN AGRÍCOLA GANADERA

DE SARAPIQUÍ

Yo, Gerardo Wong Segura, casado una vez, ganadero, vecino de Puerto Viejo de Sarapiquí Heredia, La Gata; trescientos cincuenta metros al sur, de la Escuela La Gata, en su condición de presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma en representación de la Asociación Agrícola Ganadera de Sarapiquí, con cédula jurídica número tres-cero cero dos-cuatro nueve ocho nueve cinco cero, inscrita bajo el tomo quinientos setenta, asiento treinta y seis mil ciento sesenta y cuatro, domiciliada en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo debidamente anotada y registrada, al día según data en el Registro Nacional y de lo cual da fe la suscrita notaria con domicilio social en Puerto Viejo Sarapiquí, Heredia, costado sur del Banco Popular solicitó al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros, Actas del órgano Directivo, Registro de asociados, Diario, Mayor, e Inventarios y Balances, uno de cada uno, los mismos serán legalizados por segunda vez, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. 27/2/2017.—Gerardo Wong Segura.—1 vez.—( IN2017121871 ).

ASOCIACIÓN PRO PERSONAS CELIACAS

Yo, Ana Lorena Cordero Padilla, cédula de identidad 1079800018, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación Pro Personas Celiacas, cédula jurídica 3-002-400932, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del Libro de Asamblea de Asociados número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación, a cualquier interesado, a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 21 de marzo del 2017.—Ana Lorena Cordero Padilla, Presidenta y Representante Legal.—1 vez.—( IN2017121797 ).

IT CONVERGENCE SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.

IT Convergence Sociedad de Responsabilidad Limitada, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y seis mil doscientos cuatro, solicita ante el Registro Nacional la reposición por extravío del tomo uno del Libro de Actas de Asamblea de Cuotistas y el tomo uno del Libro de Registro de Cuotistas. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, veintiuno de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Lissa Arroyo Hidalgo, Apoderada.—1 vez.—( IN2017121799 ).

ASOCIACIÓN AGRÍCOLA GANADERA DE SARAPIQUÍ

Yo, Gerardo Wong Segura, casado una vez, ganadero, vecino de Puerto Viejo de Sarapiquí Heredia, La Gata; trescientos cincuenta metros al sur, de la Escuela La Gata, en su condición de presidente y apoderado generalísimo sin límite de suma en representación de la Asociación Agrícola Ganadera de Sarapiquí, con cédula jurídica número tres-cero cero dos-cuatro nueve ocho nueve cinco cero, inscrita bajo el tomo quinientos setenta, asiento treinta y seis mil ciento sesenta y cuatro, domiciliada en Heredia, Sarapiquí, Puerto Viejo debidamente anotada y registrada, al día según data en el Registro Nacional y de lo cual da fe la suscrita notaria con domicilio social en Puerto Viejo Sarapiquí, Heredia, costado sur del Banco Popular solicitó al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros, Actas del órgano Directivo, Registro de asociados, Diario, Mayor, e Inventarios y Balances, uno de cada uno, los mismos serán legalizados por segunda vez, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. 27/2/2017.—Gerardo Wong Segura.—1 vez.—( IN2017121871 ).

DUAL GALERÍA SOCIEDAD ANÓNIMA

Dual Galería Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres ciento uno doscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos sesenta, solicita ante el Registro Nacional la reposición por extravío de los libros: Libro de Actas de Asamblea de Socios número uno, libro de Registro de Socios número uno, libro de Junta Directiva número uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la notaría de la Licenciada Sigrid Sevilla Vargas en la notaria, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Sigrid Sevilla Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017121922 ).

AVÍCOLA MARIYANI S. A.

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 22 de marzo del año 2017 la sociedad Avícola Mariyani S. A., cédula jurídica 3-101-229833, solicita ante el Registro Nacional la reposición por extravío de los libros: libro de Actas de Asamblea de Socios tomo 1, libro de Registro de Socios tomo 1 y libro de Actas del Consejo de Administración tomo 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la notaría del licenciado Pablo Valerio Soto en Alajuela, setenta y cinco metros de la Cúpula de La Catedral, dentro del término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Lic. Pablo Eliécer Valerio Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017121961 ).

SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN

Y MANTENIMIENTO LOS PRADOS S. A.

Ante el suscrito notario en escritura pública otorgada a las 08:00 horas del día de hoy, Servicios de Administración y Mantenimiento Los Prados S. A., solicitó al Registro de Personas Jurídicas del Registro Público la reposición por extravío de los libros de Registro de Socios, Actas de Asamblea de Socios y Actas de Junta Directiva.—San José, 22 de marzo del 2017.—Lic. Orlando Araya Amador, Notario.—1 vez.—( IN2017121972 ).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La suscrita notaria Natalia Molina Chinchilla, da fe que, en su notaría, a las diez horas del primero de marzo del dos mil diecisiete, se disminuyó el capital social Rancho Corcovado RC sociedad anónima. Es todo.—Palmar Norte, Osa, Puntarenas a las once horas del catorce de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Natalia Molina Chinchilla, Notaria.—( IN2017121418 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Mediante escritura número treinta y seis-tomo diecinueve; de las dieciséis horas del día veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, el señor Walter Vargas Garita vende local comercial denominado “Abastecedor Zeus” al señor Hua Chang (nombre) Feng (apellido). Lo anterior para los efectos del artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio.—Licda. Vivian Chacón Araya, Notaria.—( IN2017122023 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del veintiséis de marzo del dos mil dieciséis, se constituye la sociedad denominada CICASE Sociedad Anónima. Capital social 120 mil colones representado por aporte de bien mueble.—Alajuela, 26 de marzo del 2017.—Licda. Ana Ruth Palma Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2017123806 ).

Por escritura protocolizada en esta notaría, a las 18 horas del 28 de marzo de 2017, se constituyó la sociedad Travel Pioneers S.R.L., que en español significa Pioneros de Viajes S.R.L., ante esta notaria.—San José, 29 de marzo del 2017.—Licda. Ana María Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—( IN2017123808 ).

Por escritura otorgada en mi notaría la sociedad Corporación Industrial Tauro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3 101 079627 protocoliza acta número 32 y 29 de la asamblea extraordinaria de socios celebrada a las 14:00 horas del 17 de marzo de 2017 y 12:00 horas del 3 de setiembre de 2014, en la cual se acepta la renuncia del presidente, la secretaria, el tesorero, el fiscal y el agente residente y se acuerdan nuevos nombramientos.—Cartago, 27 de marzo de 2017.—Licda. Rosa Emilia Villanueva Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017123816 ).

La sociedad Inversiones Comerciales Norma Infamo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y seis mil doscientos trece, informa a todos los interesados y socios: Primero: Se acuerda modificar la cláusula de la representación judicial y extrajudicial y a partir de la presente acta, donde la representación de la sociedad será del presidente y secretaria, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar de manera conjunta o separadamente, mediante la última asamblea general extraordinaria realizada el pasado veintiocho de noviembre del año dos mil dieciséis.—Licda. Adriana Astúa Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017123818 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, a las diez horas, se hacen nuevos nombramientos en los cargos de presidente y fiscal en la sociedad Inversiones Ramiquesa K.M. Sociedad Anónima. Capital totalmente suscrito y pagado. Presidenta Erika María Ramírez Quesada.—Cartago, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Katia Acuña Remón, Notaria.—1 vez.—( IN2017123821 ).

En esta notaría se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones Jianmeng Sociedad Anónima, de nombramiento de nuevo fiscal.—San José, 24 de marzo del 2017.—Licda. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—( IN2017123823 ).

El suscrito notario público hace saber que el día diez de abril del año dos mil dieciséis, al ser las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos en el domicilio social de la empresa, mediante asamblea general extraordinaria, y ante esta notaría a las once horas cincuenta minutos del día once de abril del año dos mil dieciséis, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Jiran Los Ranchos del Sur Sociedad Anónima, en la que se nombran nuevos miembros ante la junta directiva, a saber se nombra el puesto de presidente recayendo dicho nombramiento en la señora Aurea Arce Astúa, tesorero y se nombra a Gilbert Brenes Arce, secretaria y se nombra a Aurea Brenes Arce, y se nombra nuevo fiscal siendo nombrado el señor Sergio Ramón Montiel Lazo. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, Puntarenas, 27 de marzo del 2017.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—( IN2017123825 ).

El suscrito notario público hace saber que el día nueve de marzo del dos mil diecisiete, al ser las catorce horas en el domicilio social de la empresa, mediante asamblea general extraordinaria número tres y ante esta notaría a las dieciséis; horas treinta minutos del día nueve de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria número tres de la empresa denominada Tres-Ciento Dos-Quinientos Treinta y Tres Mil Seiscientos Noventa y Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada, en la que se nombra nuevo gerente y se modifica el domicilio, a saber se nombra el puesto de gerente, recayendo dicho nombramiento en el señor Gaetano Russa, de un solo apellido en razón de nacionalidad Italiana. El primero su nombre y el segundo su único apellido. Es todo.—Puerto Jiménez de Golfito, Puntarenas, 27 de marzo del 2017.—Lic. Miguel Ángel Villanueva Arauz, Notario.—1 vez.—( IN2017123826 ).

José Francisco Chaves Campos, abogado y notario, hace constar que mediante escritura número veintiuno-doscientos sesenta y dos, se constituye la sociedad denominada Remisa Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado.—29 de marzo del 2017.—Lic. José Francisco Chaves Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017123843 ).

Con fecha nueve de enero dos mil diecisiete, escritura doscientos cincuenta y dos, se constituye Constructora e Inmobiliaria Villa Rica Empresa Individual de Responsabilidad Limitada. Sergio José Ruiz Esquivel, cédula cuatro ciento sesenta y ocho ochocientos veintiocho, es gerente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma representación judicial y extrajudicial.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Ronald López Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017123845 ).

Ante esta notaria el día 28 de marzo del 2017, mediante escritura número 136-2, se protocolizo el acta de la sociedad Autos Leo Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-137700, mediante la cual se acordó modificar la cláusula del domicilio de la misma. Es todo.—San José, 29 de marzo del 2017.—Lic. Aldo José Mata Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017123848 ).

En ésta notaría, por escritura pública número 70 otorgada a las 9:30 hrs del 14 de marzo del 2017, se protocoliza acta de asamblea general de la empresa Cocitsa Numero Uno Sociedad Anónima. Se nombra nuevo secretario de Junta Directiva y se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, para quien se considere afectado se de por enterado y presente sus manifestaciones dentro del mes que corre a partir de esta fecha.—San José, 15 de marzo del 2017.—Lic. Rafael Ignacio Leandro Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017123852 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría el día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada MCB San José, Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo. Es todo.—San José, 21 de marzo del año 2017.—Lic. José Antonio Barletta Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017123853 ).

Por asamblea general extraordinaria de las a las quince horas del cuatro de marzo de dos mil diecisiete, se acuerda disolver la sociedad denominada Corporación V.B.B.C.Q., Sociedad Anónima, con cedula jurídica número tres-uno cero uno -tres uno uno cero dos seis. Escritura numero veinticinco de las catorce horas del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Enrique Peña Quijano, Notario.—1 vez.—( IN2017123854 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, la empresa Ganadera Prados de la Altura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos veintisiete mil seiscientos noventa y cuatro, modifica la cláusula del pacto constitutivo referente al nombre de la sociedad para que en lo sucesivo se lea así: Primera: del nombre: La sociedad se denominará  Avícola Huevo de Oro, Tilarán Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiéndose abreviar las dos últimas letras como “S. A.”.—Liberia, veintinueve de marzo de dos mil diecisiete.—Licda. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—( IN2017123861 ).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 11:12 y a las 11:15 horas del día 27 de marzo del 2017, las sociedades La Colina de Faat Uno y La Colina de Faat Dos, declaran su disolución mediante acuerdo de accionistas.—San José, 27 de marzo del 2017.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017123863 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las 13:00 horas del día 13 de marzo del dos mil diecisiete, escritura número cuarenta y ocho, se modifican la cláusula segunda del domicilio y octava de la administración del pacto constitutivo de la sociedad denominada 3-101-708314 Sociedad Anónima; así mismo se nombra nueva junta directiva.—San José, 15 de marzo del 2017.—Lic. Róger Morales Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017123868 ).

Ante mi notaría, a las 16:00 horas del día 27 de marzo del 2017, se nombra nuevo presidente, secretario y tesorero de la empresa Agropecuaria José López Sociedad Anónima, cédula jurídica: N° 3-101-553555. Se publica para los efectos que establece la ley. Carnet Nº:10441.—San José, 28 de marzo del 2017.—Lic. Randall Camacho Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017123871 ).

A las once horas del veintisiete de marzo del dos mil diecisiete ante esta notaria se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Rent Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se modifican las cláusulas segunda y sexta, y se nombra nuevos administradores.—Lic. Mario Eduardo Recio Recio, Notario.—1 vez.—( IN2017123874 ).

Ante esta notaría, por escritura número: ciento ochenta y dos-once, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Matuca P&G SRL, mediante la cual se procedió a aumentar el capital social y reformar cláusula quinta del pacto social. Es todo.—Cartago, a las dieciséis horas del veintisiete de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Xóchitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—( IN2017123876 ).

Mediante escritura N° 61-9, de las 15 horas del 27 de marzo del 2017, otorgada en Guanacaste, protocolicé acuerdos de asamblea de socios de la sociedad Vivere La Vita Limitada, con cédula jurídica N° 3-102-588003, donde se modifica el domicilio de la sociedad y la cláusula de representación.—Guanacaste, 27 de marzo del 2017.—Lic. Omar Ayales Adén, Notario.—1 vez.—( IN2017123879 ).

Ante mí, notario público, nombramiento del presidente y secretario, y modificación de la cláusula del capital social a doscientos dólares, de la sociedad Rincopn del Puerto Cuarenta y Cinco S. A.—San José, a las nueve horas del día 17 de febrero del 2017.—Lic. Javier Solís Ordeñana, Notario.—1 vez.—( IN2017123885 ).

Por escritura N° 40-5, otorgada ante esta notaría al ser las 13:45 del 20 de marzo del 2017, se protocoliza acta de asamblea PB Seventeen Wind Bird Sociedad de Responsabilidad Limitada, donde se modifica la cláusula de la administración y se nombra como gerente uno a Archie Trumbley y como gerente dos a Theraise Marie Rose Paul.—San José, 20 de marzo del 2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—( IN2017123896 ).

Por escritura 41-5 otorgada ante esta notaría al ser las catorce horas quince minutos del 20 de marzo del 2017, se protocoliza acuerdo de asamblea general extraordinaria de cuotistas de Cristal City Company Sociedad de Responsabilidad Limitada y Cora Aqua Limitada, mediante el cual se fusionan por absorción, prevaleciendo Cora Aqua Limitada, la cual asumirá todos los activos y pasivos, derechos y obligaciones e ingresos y gastos de las sociedades absorbidas. Además, se reforman en Cora Aqua Limitada la cláusula primera, las cláusulas del capital social y de administración y se nombra como gerente a Mary Elizabeth Stokes.—San José, 20 de marzo del 2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—( IN2017123899 ).

La compañía Importaciones Barrantes & Suárez Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-512620 hace nuevo nombramiento de secretario y fiscal. Oposiciones al fax 2685-4147.—Licda. Jenny María Ramos González, Notaria.—1 vez.—( IN2017123901 ).

Ante esta notaría, a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil diecisiete se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de Omnia Desarrolladora Inmobiliaria Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y cuatro mil cuarenta. Se acordó modificar cláusula de representación de la sociedad, nombramientos en junta directiva, cambio de nombre por Mancorp MNC Sociedad Anónima.—San José, veintiocho de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Fernando Baltodano Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017123903 ).

Ante esta notaría, se acuerda liquidar la sociedad denominada sociedad Villa Maranatha Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seis siete cinco cero cuatro ocho. Es todo.—San José, al ser las trece horas del veintisiete de marzo del año dos mil diecisiete..—Licda. Kerly Masís Beita, Notaria.—1 vez.—( IN2017123904 ).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día veintiocho de marzo del año dos mil diecisiete se constituyó la sociedad denominada Servicios Industriales Ecologika Trescientos Sesenta Sociedad Anónima.—Cartago, veintiocho de marzo del año dos mil diecisiete.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017123905 ).

Que por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del día veintinueve de marzo del año dos mil dieciséis se constituyó la sociedad denominada Invesments Caftago Inc. Sociedad Anónima.—Cartago, veintinueve de marzo del ario dos mil diecisiete.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017123906 ).

En escritura pública otorgada ante mí, el día dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete, en escritura pública se realizó el cambio de domicilio, representación judicial de la sociedad Ecoquintas y Paisajes de Uvita ZWR S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cuatro siete tres tres tres. Es todo.—Cartago dieciséis de marzo del año dos mil diecisiete.—Licda. Paulina Bonilla Guillén, Notaria.—1 vez.—( IN2017123910 ).

En San José, a las dieciocho horas del veinte de marzo de dos mil diecisiete, se protocolizaron ante ésta notaría acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Cultourica F & S Agencia de Viajes S. A., cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos mil ochocientos cinco, domiciliada en San José, Ciudad Colón, Mora, Trinidad, de la iglesia, treinta metros este, donde se modifica la cláusula referente a administración.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017123917 ).

Se avisa que ante esta notaría, se tramita la inscripción de la sociedad anónima denominada Tico Fiber S. A., capital suscrito y cancelado.—Marzo, veintinueve del dos mil diecisiete.—Lic. José Ricardo Guevara Guevara, Notario.—1 vez.—( IN2017123928 ).

Por escritura otorgada en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las 10:30 horas del 20 de febrero de 2017; se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad para que se lea: “sexta: la sociedad será administrada por una junta directiva o consejo de administración de tres miembros a saber presidente, secretario y tesorero, quienes podrán ser socios o no y quienes durarán en su cargo por todo el plazo social, sin perjuicio de su remoción por parte de la asamblea general de socios. La representación judicial y extrajudicial de la sociedad estará a cargo del presidente, secretario y tesorero, de la junta directiva con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma de conformidad en lo establecido en el artículo mil doscientos cincuenta y tres del código civil, pudiendo otorgar poderes revocar poderes sustituir sus poderes en todo o en parte revocar sustituciones y otorgar otras de nuevo, sin por ello dejar de ser apoderados”, en la sociedad “Rincones Creativos Sociedad Anónima”, 13 de marzo de 2017.—Lic. Rodolfo Herrera García, Notario.—1 vez.—( IN2017123933 ).

A las catorce horas del día veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Quinto del Milenio S. A., donde se reforma la cláusula del domicilio del pacto constitutivo. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete.—Lic. José Alberto Schroeder L., Notario.—1 vez.—( IN2017123940 ).

Por escritura otorgado ante esta notaría, la empresa Servisalud Grupo G Veinticinco del Siete S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-seiscientos cincuenta y nueve mil doscientos noventa y siete, modifica la cláusula del pacto constitutivo referente a la convocatoria de asambleas para que de ahora en adelante se lea: sexta “la asamblea general de socios ordinaria y extraordinaria será convocada por el presidente, vicepresidente, secretario y tesorero o por cualquiera de los socios, además de la posibilidad que tiene el código de comercio, por correo ordinario o carta certificada o correo electrónico, indicado expresamente al efecto con ocho días de anticipación” y se eliminan, respetando los derechos adquiridos de los socios fundadores del pacto constitutivo, la cláusulas treceava y catorceava del pacto constitutivo.—Liberia, veinticinco de febrero de dos mil diecisiete.—Licda. Johanna María Moreno Bustos, Notaria.—1 vez.—( IN2017123945 ).

El día veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete se protocolizó acta de la sociedad Agrotek O P S. A., mediante la cual se cambia los puestos de secretario y tesorero de la junta directiva.—Palmares, veintinueve de marzo del año dos mil diecisiete.—Lic. Édgar Solórzano Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017123946 ).

Ante este notario público, mediante escritura número ciento seis-uno, de las diez horas treinta minutos del quince de marzo del dos mil diecisiete, se disolvió por acuerdo de socios la sociedad Consorcio Imperio Azul Ltda., cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y cuatro mil ciento sesenta y ocho.—San José, veintisiete de marzo, dos mil diecisiete.—Lic. Antonio José Villalobos Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017123953 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, al ser las catorce horas del día veintinueve de marzo del año en curso, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la firma comercial Cahuitaly Desarrollo Turístico Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos setenta mil quinientos ochenta y siete, mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se revocan nombramientos del Consejo de Administración y se hacen otros de n uevo.—Limón, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Villalobos Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017123958 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del 29 de marzo del 2017, se protocolizó acta de la asamblea de cuotistas de La Travesia de Mekong Limitada, cedula jurídica 3-102-436884, mediante la cual se acordó disolver la sociedad, dentro de los 30 días siguientes a esta publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a esta disolución.—San José, 29 de marzo del 2017.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2017123959 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12 horas del 29 de marzo del 2017, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Agroinnova S. A., cédula de persona jurídica 3-101-603169, de las 09 horas del 22 de marzo de 2017, mediante la cual se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, aumentando el capital social.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017123961 ).

En mi notaría he protocolizado el acta número treinta y ocho de la empresa Fábrica de Tubos Campeón Limitada, se corrige domicilio.—Alajuela, quince de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Ariel González Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017123969 ).

Por escritura. número 172 del tomo 11 de la suscrita notaria, se disuelve la sociedad Inversiones Gryan S. A., cédula jurídica Nº 3-101-556994.—San José, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Yalile Villalobos Zamora, Abogada.—1 vez.—( IN2017123972 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 11:00 horas del 27 de marzo de 2017, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Costa Rica Unique Vacation Rentals CR LLC Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-708408, mediante la cual se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, 27 de marzo de 2017.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2017123973 ).

Por escritura N° 187-11, otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 29 de marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Sunset Mountain Limitada, titular de la cédula jurídica 3-102-393534, mediante la cual se reformó el domicilio social y se actualizaron los pasaportes de los gerentes y el domicilio del agente residente.—San José, 29 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Federico Baldioceda Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2017123974 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se constituye la sociedad anónima denominada Green Tecnology Sciences Sociedad Anónima. Plazo social: noventa y nueve años.—Lic. Carlos Eduardo Vargas Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017123977 ).

Ante esta notaría mediante escritura número ciento doce de mi tomo treinta y cuatro, se protocolizó acta de Gugu Sociedad Anónima.—Santa Ana, 28  de marzo del 2017.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017123984 ).

Ante esta notaría licenciada Carla Mercedes Rigioni Soltero, bajo escritura doscientos cincuenta y seis - veintitrés, de fecha seis de marzo del dos mil diecisiete, se modifica la cláusula sexta del pacto social constitutivo, Suárez y Asociados S. A., cédula jurídico número: tres - ciento uno - cuatrocientos mil trescientos ochenta y cinco. Es todo.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Carla Mercedes Rigioni Soltero, Notaria.—1 vez.—( IN2017123987 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en la ciudad de Esparza, a las 13:00 horas del 06 de marzo de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Transportes Fasol S. A., por medio de la cual se reformó nombre de fantasía el cual será ITRS Costa Rica 2017 S. A. y junta directiva del pacto constitutivo.—Esparza, 29 de marzo del 2017.—Licda. Virginia Vindas Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2017124000 ).

Por escritura autorizada ante esta notaría, a las 9:00 horas del día 30 de marzo de 2017 se modifica el pacto constitutivo de: Inversiones Tulin del Sur Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Lic. Jorge Antonio Avilés Sandoval, Notario.—1 vez.—( IN2017124004 ).

El día veinticuatro de marzo del dos mil diecisiete, en mi notaría, a las nueve horas, se protocolizó el acta número dos de Frosch Pictures Sociedad Anónima, en la cual se reforma la cláusula cuarta (del capital social) de los estatutos, en la que se indica que el capital social es de cincuenta mil colones representado por cincuenta acciones comunes y nominativas de mil colones cada una, mismo que se encuentra suscrito y pagado. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Adriana Tapia Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017124011 ).

Por escritura número 188-7, otorgada a las 17:00 horas del 29 de marzo del 2017, se protocolizaron los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de las siguientes sociedades: El Comendador S. A. cédula jurídica 3-101-36850, b) Agropecuaria Potosí AB S. A., cédula de persona jurídica número: 3-101-295769, y c) Compañía Bananera Monteverde S. A. cédula de persona jurídica número 3-101-021591. Se fusionan las sociedades por absorción y prevalece El Comendador S.A., se reforma el pacto constitutivo de la sociedad que prevalece en la cláusula quinta aumentando el capital social.—Limón, 29 de marzo del 2017.—Lic. Francisco Morales Ayales, Notario.—1 vez.—( IN2017124018 ).

Que por escritura pública número sesenta y tres- cuatro, ante la notaria María Jesús Espinoza Garro, se protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la empresa  BDO Auditores Sociedad Anónima donde se acordó cambio de domicilio a Costa Rica, San José, Montes de Oca, San Pedro, de la Rotonda de la Bandera doscientos metros oeste, Ofiplaza del Este, Edificio D, segundo piso. Es todo.—San José, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—( IN2017124021 ).

Ante la notaría del Licenciado Howard Max Thompson Fennell, situado en San José, Desamparados, Calle Fallas, se protocolizó en lo conducente el acta número dos de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Jenguvi Sociedad Anonima cédula jurídica tres guión ciento uno guión ciento cuarenta y siete mil seiscientos tres en donde se reorganizó la junta directiva. Presidenta Marta Salas Barrientos, mayor, casada una vez, Licenciada, con cédula uno guión trescientos cincuenta y cuatro guión ochocientos cincuenta y seis. Secretario Enrique Van Browne Oliver, con cédula siete guión cero treinta y cuatro guión trescientos veintiséis. Tesorero Gustavo Browne Salas, con cédula uno guión mil setenta y nueve guión cero cero sesenta y dos.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Howard Max Thompson Fennell, Notario.—1 vez.—( IN2017124049 ).

Por escritura otorgada, ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del veintitrés de febrero del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada: Los Ronceles Sociedad Anónima, con domicilio en Tilarán, Guanacaste. Presidente: Esteban Enrique Ulloa Murillo. Plazo: cien Años. Capital: cien mil colones, totalmente pagado, mediante el aporte de dos bienes muebles. Representante Legal: Esteban Enrique Ulloa Murillo.—Tilarán, quince de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Emmanuel Ruiz Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017124051 ).

Por escritura autorizada por el notario público Fernando Fallas Amador, en San José, a las 8:00 horas del 9 de marzo del 2017 se protocolizó artículo de Asamblea general extraordinaria de socios de Arrienda Express S. A. por el cual se reforma la cláusula quinta del pacto social, aumentándose el capital social.—San José, 9 de marzo del 2017.—Lic. Fernando Fallas Amador, Notario.—1 vez.—( IN2017124055 ).

Mediante la escritura otorgada ante mí en la ciudad de San José, las 16:10 horas del día 08 de marzo dos mil diecisiete, se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad 3-101-709587.—San José, veintiocho de marzo 2017.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—( IN2017124058 )

Mediante la escritura otorgada ante mí, en la ciudad de San José, las 16:00 horas del día 08 de marzo dos mil diecisiete se modifica la cláusula quinta de los estatutos de la sociedad 3-101-709581.—San José, veintiocho de marzo 2017.—Lic. Manuel Emilio Montero Anderson, Notario.—1 vez.—( IN2017124059 ).

Fointex Industrial G.M. S. A. solicita disolución de empresa. Escritura otorgada ante la notaria Teresita Giselle Piedra Cortés, al ser las diecisiete horas del dieciséis de enero del dos mil diecisiete.—San José, uno de febrero del dos mil diecisiete.—Licda. Teresita Giselle Piedra Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2017124060 ).

Ante esta notaría a las 10:00 horas del 30 de marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de accionistas, celebrada por Trohisa Costa Rica S.A., cedula jurídica N° 3-101-308886. Se modifica parcialmente el pacto constitutivo, se nombra nueva secretaria de la junta directiva mediante la escritura número 232-33, de tomo 33 del protocolo de la licenciada Tatiana Fernández Mora.—Cartago, 30 de marzo del 2017.—Lic. Tatiana Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017124071 ).

Por escritura otorgada por el suscrito notario, N° 425, a las 12:00 horas del día 29 de marzo del 2019; se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza: Inversiones Noryos T&S S. A. Se reforman las cláusulas primera para que en adelante se denomine: Inversiones Norga’s, S. A. y sexta de la administración. Se nombra nuevo tesorero.—San José, 29 de marzo del 2017.—Lic. Carlos Manuel Sánchez Leitón, Notario.—1 vez.—( IN2017124080 ).

Ante esta notaría, se protocolizó el acta número dos de asamblea general de la sociedad denominada Agrosmart Ingeniería Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno setecientos dieciocho, seiscientos cuarenta y dos, mediante la cual se reformó la cláusula número nueve del acta constitutiva de la administración y representación.—San José, 30 de marzo del 2017.—Licda. Milena Zúñiga Herrera, Notaria.—1 vez.—( IN2017124085 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las diecisiete horas del veinte de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Pure Protein Solutions Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San José, veinte de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Antonio Solera Lacayo, Notario.—1 vez.—( IN2017124090 ).

Ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada Empresas Nuevo Horizonte L&N Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos seis mil cincuenta y seis, en donde se realiza el cambio de junta directiva. Capital: suscrito y pago.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Pedro José Peña Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017124095 ).

Que por escritura número 77, visible a folio 90 frente se acordó disolver la Ramadales Acuáticos Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-468450. Visible en el tomo 28 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada. Notario. Lic. Eduardo Abarca Vargas, teléfono 771-5855.—Uvita de Osa, a las 8:00 horas del 28 de marzo del 2017.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124097 ).

En la escritura número 189-7 autorizada en esta notaría a las 11 horas del 30 de marzo de 2017, la compañía de esta plaza Audiocinema Sociedad Anónima, cédula jurídica 2-101-168346 reforma cláusula quinta del pacto social conformación de capital social. Notario Luis Guillermo Méndez Madrigal, carné 2624.—Lic. Luis Guillermo Méndez Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2017124098 ).

Mediante escritura otorgada por la suscrita notaria a las nueve horas del veintitrés de marzo de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bosques Mediterráneo de Oro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres–uno cero uno–tres seis cinco tres nueve uno, en la cual se nombra presidente, secretario, tesorero, y fiscal se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Alajuela, 23 de marzo de 2017.—Licda. Ana Lorena Castro Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017124101 ).

Por escritura doscientos noventa y siete, otorgada ante la suscrita notaria pública, en el tomo tercero de mi protocolo, a las dieciocho horas del diecisiete de marzo del dos mil diecisiete. Se constituye la sociedad de nombre Webify Costa Rica S. A.: capital social mil dólares. Presidenta: Cindy Fallas Valencia.—Cartago, veintiocho de marzo de dos mil diecisiete.—Licda. Priscilla Calvo Ortega, Notaria.—1 vez.—( IN2017124102 ).

Por escritura en conotariado número cincuenta y cinco del tomo sesenta y uno del notario Osvaldo Villalta Campos, otorgada a las diez horas con diez minutos del treinta de marzo del dos mil diecisiete, protocolizamos el acta número tres de la asamblea general extraordinaria de la sociedad anónima: Servicios Medicorp Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y nueve mil-setecientos cuarenta y cinco, por la cual se modifica la cláusula cuarta del estatuto social aumentando el capital social en la suma de diez millones de colones y quedando su totalidad en sesenta millones de colones.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Arturo Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017124103 ).

Por escritura otorgada ante mí, número sesenta y dos de las diecisiete horas cuarenta y cinco minutos del día veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada Los Yuyitos S. A. Domiciliada en Heredia, Barva, San Pedro. Objeto: El ejercicio del comercio en todas sus formas, la industria, la ganadería, la agricultura y en general toda actividad lucrativa. Plazo social: Noventa y nueve años. Presidente: Karim Silman Winstanley. Capital social: un millón de colones, representado por diez acciones, comunes y nominativas de cien mil colones cada una, suscritas y pagadas.—Licda. Ana Lucía Campos Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017124117 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 30 de marzo del 2017, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por la sociedad denominada Grupo Ojos del Sur Sociedad Anónima, en donde se revocan y se hacen nuevos nombramientos de junta directiva.—San José, Pérez Zeledón, 30 de marzo del 2017.—Lic. Cristhian Fabián Artavia Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017124118 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de 3-101-648.521 S. A., con cédula jurídica número 3-101-648.521 donde se reforma la cláusula de domicilio social, que será ahora en San José, cantón Central, distrito Mata Redonda, Sabana Norte, 700 metros norte del Banco de Costa Rica en Paseo Colón, Condominio Condado del Parque, apartamento 505 A. Asimismo su representación judicial y extrajudicial estará a cargo solo del Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Por último, se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 30 de marzo de 2017.—Lic. Pablo Bogarín Bustamante, Notario.—1 vez.—( IN2017124121 ).

Hoy protocolicé acta de asamblea extraordinaria del 29 de marzo del dos mil diecisiete de Lomas del Río Sociedad Anónima, en donde se procedió a reformar cláusula de domicilio y cláusula de administración.—San José, 29 de marzo de 2017.—Lic. Marco Fallas del Valle, Notario.—1 vez.—( IN2017124125 ).

Por escritura de esta notaría, de las 8:00 horas del 30 de marzo del año 2017, se protocolizó acta de asamblea de socios de la empresa Corporación Flapa J & J Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-siete dos cuatro tres ocho tres por la cual se modificó el domicilio, la representación y facultades; y se nombró nuevo presidente, tesorero y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. Sebastián Calderón Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017120129 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho de horas del veinticinco de marzo de dos mil diecisiete de la sociedad de esta plaza Kin Kempois S. A., se nombra nueva junta directiva y se reforma la clausula sexta del pacto constitutivo.—San José, 29 de marzo de 2017.—Lic. Jorge Antonio Chavarría Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2017124130 ).

Mediante escritura pública número 184-7 otorgada ante el notario público Óscar Manuel Funes Orellana, a las 14:00 horas del 29 de marzo de 2017, se acordó la fusión por absorción de las sociedades La Travesía del Mekong Ltda., cédula de persona jurídica número 3-102-436884 y Cassanelli Investment Trust Ltda., cédula de persona jurídica número 3-102-733706, prevaleciendo esta última. Asimismo, se acuerda modificar la cláusula quinta del capital social de la sociedad prevaleciente en virtud de la fusión. Dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente fusión.—San José, 30 de marzo de dos mil diecisiete.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2017124134 ).

Ante mi notaría a las 10:30 horas del día 30 de marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad Gozaka S. A., en la que se reforma la cláusula quinta, sétima y se crea la décimo primera y décimo segunda del pacto social.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. Randall Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—( IN2017124135 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas y treinta minutos del día treinta de marzo del año dos mil diecisiete, se modificó la cláusula de la representación, de la entidad denominada Maderas Finas Pacíficas y Atlánticas Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-quinientos sesenta mil novecientos treinta y cuatro.—Alajuela, 30 de marzo del 2017.—Lic. Hernán Fernando León Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017124139 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez horas y veinte minutos del día diez de marzo del año dos mil diecisiete, se modificó la cláusula de la representación, de la entidad denominada AKA del Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil seiscientos veintinueve.—Alajuela, 10 de marzo del 2017.—Lic. David Alfaro Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017124146 ).

Por escritura 139 del tomo uno otorgada por mí en San José, Guadalupe de Goicoechea, a las once horas y trece minutos del día trece de febrero del dos mil diecisiete. Se hacen nuevos nombramientos de junta directiva y modifica estatutos de DICOYCO S. A. 3-101-079586.—Lic. Alexis Campos Chinchilla, Notario.—1 vez.—( IN2017124154 ).

Por escritura número 122-tomo 1 otorgada por mí, en San José, Guadalupe de Goicoechea a las 10:00 horas del 23-03-2017. Se hacen nuevos nombramientos de junta directiva de Yamada Masa S. A. C. J: 3-101-628489.—Lic. Andrés Rolando Cortés Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017124155 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el 28 de marzo de 2017 se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad 3-101-714680 S. A., cédula 3-101-714680. Se reforma la cláusula quinta del pacto social.—San José, 28 de marzo de 2017.—Lic. José Manuel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017124182 ).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las 10:30 horas del 30 de marzo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Sem Technical Services and Translations Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, 30 de marzo de 2017.—Lic. Mauricio Bonilla Robert, Notario.—1 vez.—( IN2017124183 ).

Mediante escritura ciento noventa, tomo seis se disuelve Kandique Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-119301.—Puriscal 29 de marzo del 2017.—Licda. Teresa Solís Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2017124186 ).

Mediante escritura número seis-cuarenta y cinco, otorgada por la notaria pública Mariela Solano Obando, a las 08:00 horas del 29 de marzo del 2017, se protocoliza asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía EMS Fit Strong Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sétima referente a la administración de la compañía.—San José, 29 de marzo del 2017.—Licda. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—( IN2017124188 ).

Mediante escritura doscientos ochenta otorgada ante esta notaría, a las doce horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo del capital de la sociedad anónima denominada ICOSA Inversiones Comerciales de Oriente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos veintitrés mil quinientos trece, a las trece de treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Leonardo Díaz Rivel, Notario.—1 vez.—( IN2017124189 ).

Por escritura otorgada en esta fecha por esta notaría, se modifica el estatuto de la sociedad denominada Tecnología en Construcción ADS S. A. Se modifica la representación, en asamblea general de socios.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Sánchez Garbanzo, cédula 1-0776-0647, Notario.—1 vez.—( IN2017124191 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 14:00 horas del día 30 de marzo del 2017, la sociedad Red Valerian of Pacific Tuinen Limitada. Donde se acuerda modificar las cláusulas de la administración.—San José, 31 de marzo del 2017.—Lic. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria.—1 vez.—( IN2017124194 ).

Por escritura número trescientos sesenta y uno de la suscrita notaria del tomo número cuatro de mi protocolo se reforma la sociedad The Four Twins S. A.—Licda. Olga Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017124195 ).

Por escritura otorgada al ser doce horas del catorce de marzo del dos mil diecisiete, ante esta notaría, se modifica la cláusula sétima de la administración y la junta directiva de la sociedad Lastarrias Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatrocientos veintitrés mil setecientos treinta y tres.—San José, diez horas del dieciséis de marzo del dos mil diecisiete.—Dr. Fernando Zamora Castellanos, Notario.—1 vez.—( IN2017124207 ).

Ante esta notaria, por escritura número ciento treinta y uno, a las 16 horas del 22 de marzo 2017, la sociedad Riasa S. A, cédula jurídica 3-101-140846 por asamblea general revoca nombramiento de presidente y secretaria de la junta directiva actual y nombra de presidente señor Marvin Arias Monge, cédula 1-843-193 y de secretaria a Joselyn Xiomara Arias Bermúdez, cédula 1-1557-556.—Dado en Puriscal, a las quince horas del 23 de marzo del 2017.—Licda. Marlene Lobo Ávila, Notaria.—1 vez.—( IN2017124218 ).

Se protocoliza acta asamblea extraordinaria de la Sociedad denominada desarrollo Comercial Marcales Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-321589, revocando el nombramiento del presidente y secretario y nombrando nuevos miembros de la junta directiva. Otorgada a Las 15 horas del de treinta de marzo de 2017, escritura 207-14, Tomo 14 de mí protocolo. Lic. Carlos Luis Sanabria, Notario.—1 vez.—( IN2017124221 ).

Por escritura otorgada a las ocho horas de 31 de marzo de 2017, ante esta notaría se protocolizaron: acta asamblea general Extraordinaria de Accionistas de Exportaciones A-Uno, S. A. y acta asamblea general extraordinaria de accionistas de Inmobiliaria Financhor, S. A., en virtud de la cual se acordó fusionar dichas compañías, prevaleciendo Inmobiliaria Financhor, S. A. y reformando la cláusula quinta del pacto social de dicha sociedad.—San José, 31 de febrero 2017.—Lic. José Alfredo Campos Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017124234 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas del 29 de marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea de socios de Kindwood De Costa Rica S.A, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto social.—San José, 29 de marzo del 2017.—Lic. Ernesto Sanabria Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2017124237 )

Por escritura número cincuenta y dos otorgada ante el suscrito notario, a las dieciséis horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete, se nombró Junta Directiva de Llogregas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y tres mil novecientos dos, domiciliada.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Carlós Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2017124239 )

Por escritura número cincuenta y uno otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete, se reformó el pacto social y se nombró Junta Directiva de Tierras del Monte del Barva Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos noventa y dos mil cuatrocientos sesenta y uno, domiciliada en  Heredia.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Carlós Enrique Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2017124240 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 9:30 horas del 23 marzo 2017, se modifican las siguientes cláusulas del pacto constitutivo: La Sexta: De la administración. Se hacen nuevos nombramientos, en la mercantil Inversiones Orientales Sociedad Anónima.—San José, 23 de marzo del 2017.—Licda. Melina Cortés Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2017124243 ).

Por escritura de las 09:00 horas del 28 de marzo del año 2017, protocolicé acta de Plastimol Internacional S.R.L.S, mediante la cual se modifica la cláusula décima primera del pacto Constitutivo.—San José, 28 de marzo del 2017.—Lic. José Francisco Chacón González, Notario.—1 vez.—( IN2017124245 ).

Por escritura número cuarenta y seis del tomo diez del notario público, Julio Enrique Zelaya Rodríguez, otorgada a las diecisiete horas del día treinta de marzo de dos mil diecisiete, se protocoliza la asamblea extraordinaria de accionistas número dos de Paseo del Sol Cuarenta y Ocho Turquesa, S. A., con cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos cuarenta y ocho mil setecientos cincuenta y nueve, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, treinta de marzo de dos mil diecisiete.—Lic. Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017124247 ).

Por escritura número ciento uno de fecha treinta de marzo pasado, Olsovi Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-veintinueve mil cuatrocientas sesena y uno, solicita la reposición de los libros: Registro de accionistas, actas de asambleas generales y actas de Junta Directiva. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el registro público, legalización de libros, dentro del término legal contados a partir de la última publicación del Diario oficial La Gaceta.—Licda. Marcia Matarrita Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2017124251).

 Por escritura ciento noventa y nueve, folio ciento treinta y nueve, otorgada a las once horas del dieciséis de octubre de dos mil dieciséis, se protocoliza el acta número cuatro, de la sociedad Guzmur S.A, de asamblea general extraordinaria de accionistas, en la cual se modifica la cláusula segunda, quinta, sexta, decima.—San José, treinta de marzo de dos mil diecisiete.—Licda Karla Rebeca García Naranjo, Notaria.—1 vez.—( IN2017124253).

Ante la notaría del Licenciado Ricardo Pérez Montiel, cédula seis-cero siete nueve-cero nueve uno, se disuelve sociedad anónima: La Cour S. A., cedula jurídica tres-ciento uno-tres uno ocho dos dos.—San José, 31 de marzo del 2017.—Lic. Ricardo Pérez Montiel, Notario.—1 vez.—( IN2017124263 ).

La sociedad Ganadería San Marcos S. A., protocoliza acta de asamblea general extraordinaria. Escritura otorgada en Grecia a las 18:00 horas del día. 29 de marzo del 2017. Notario: Wálter Cambronero Miranda.—Lic. Wálter Cambronero Miranda, Notario.—1 vez.—( IN2017124266 ).

Edicto para fundación Mujer con aroma de Café C.R. Mediante escritura número ciento cincuenta y cuatro, iniciada al folio ciento dieciocho vuelto y hasta el ciento veinte frente, del tomo uno del protocolo de la notaria Msc. Sandra María Araya González, se constituyó la fundación denominada Mujer con aroma de Café C.R., sin fines de lucro, con domicilio en la provincia de San José, Calle Blancos, cuyos fines principales son: atender por medio de profesionales, a mujeres con problemas del alma, con baja autoestima, falta de control en sí misma, mediante estímulo y motivación personal y profesional para que se realicen, crezcan y retomen el camino de una vida más plena. La fundación cree en el constante crecimiento profesional, moral y espiritual. Para el cumplimiento de estos fines, la fundación podrá: buscar profesionales, comprar, vender, hipotecar, pignorar, arrendar, y en cualquier otra forma, poseer y disponer de toda clase de bienes muebles e inmuebles, derechos reales y personales; también podrá gestionar recursos económicos y colaborar con otros entes públicos y privados. Su representante será la presidenta: Jacqueline Alfaro Dobles, con las facultades que establece el estatuto. Msc. Sandra María Araya González, Notaria, carnet 19151.—Msc. Sandra María Araya González, Notaria.—1 vez.—( IN2017124270 ).

Por medio de escritura pública de las 18:00 horas del 27 de marzo del 2017, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Transportes Internacionales Coyasa Logistic Sociedad Anónima, en la cuál se reforma la cláusula primera.—San José, 27 de marzo del 2017.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2017124272 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, la sociedad transportes Barqui S. A., cédula jurídica 3-101-317787 modifica las cláusulas, segunda, del pacto constitutivo.—Liberia, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. José Humberto Alvarado Angulo, Notario.—1 vez.—( IN2017124276 ).

Ante está notaría, a las catorce horas del día veintidós de marzo del dos mil diecisiete, reforma cláusula octava y se realiza nombramiento de presidente, secretario y tesorero, de la empresa tres ciento uno seiscientos cuarenta y cuatro mil setecientos noventa y uno Sociedad Anónima.—Santo Domingo de Heredia, veintidós de marzo del dos mil diecisiete.—Msc. Helberto Moreira González, Notario.—1 vez.—( IN2017124278 ).

El suscrito, Alejandro Sanabria Romero, notario público con oficina en San José, en escritura de las nueve horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete protocolicé el acta de asamblea de cuotistas en la cual en la cual se hacen modificaciones en la representación y nuevos nombramientos de gerentes de la sociedad denominada El Ram de Boloñop Sociedad de Responsabilidad Limitada. Es todo, once horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017124288 ).

Por escritura número trescientos catorce del tomo doce de esta notaría, a las doce horas del día veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, he protocolizado acta de la sociedad Solís Eléctrica Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento setenta y seis mil quinientos noventa y dos. En la cual se ha reformado la cláusula segunda de la sociedad sobre el domicilio, la cláusula sexta sobre la administración, y se han nombrado dos subgerentes.—Guápiles, veintisiete de marzo de dos mil diecisiete.—Lic. José Eco. Fallas González, Notario.—1 vez.—( IN2017124305 ).

Next Dos Uno Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento uno-setecientos diecinueve mil ochocientos veintiséis, protocoliza acta, reformar totalmente cláusula sétima del pacto constitutivo.—San José, 29 de marzo del 2017.—Licda. Gabriela Muñoz Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017124308 ).

Por escritura autorizada por la suscrita notaria, a las 10 horas del 27 de marzo de 2017, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Rafael A. Rodríguez V. Sociedad Anónima, en que se acuerda disolver la sociedad.—San José, 27 de marzo del 2017.—Lic. Rosa Berenzon Nowalski, Notaria.—1 vez.—( IN2017124311 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 9:00, del 31 de marzo del 2017, protocolicé acta de la empresa Instalaciones Eléctricas Instelec S. A., en donde se modifican las cláusulas 2°, 7° y 8° del pacto social y se nombra nueva junta directiva.—Lic. Mauro Fernando Mora Peraza, Notario.—1 vez.—( IN2017124319 ).

En esta notaría se disolvió por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la República de Costa Rica, la compañía Sovialsa Soluciones Viales S. R. L. con cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos treinta y nueve mil seiscientos veintiocho.—San José, 30 de marzo del año 2017.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017124322 ).

Por escritura de las nueve horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete, ante mí se disuelve la sociedad Corporación Gusmavi M V Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos veintidós mil setecientos noventa y siete.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Natán Wager Vainer, Notario.—1 vez.—( IN2017124325 ).

Por escritura otorgada ante ésta notaría, a las quince horas del veintiocho de marzo del dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento uno-setecientos treinta y cuatro mil quinientos sociedad anónima. Se reforma la integración de la junta directiva.—Naranjo, veintiocho de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Kattia Vanessa Umaña Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017124329 ).

Mediante la escritura de protocolización número ciento noventa y seis del protocolo uno de la suscrita notaria, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas, a las once horas del treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete, la sociedad costarricense Tres-Ciento Dos-Seiscientos Noventa y Ocho Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cuatro S.R.L., con cédula jurídica igual al nombre, modifica sus estatutos.—Uvita, Osa, Puntarenas, 31 de marzo del 2017.—Licda. Yancy Gabriela Araya Pérez, Notaria.—1 vez.—( IN2017124331 ).

Mediante escritura número ciento setenta y cinco-veintinueve, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de asociados de la Asociación Deportiva Nacional de Porristas (ADENPO), cédula tres-cero cero dos-ciento siete mil seiscientos cincuenta y seis, se nombra presidente, vice-presidente, secretario, tesorero, vocal uno, vocal dos, vocal tres, y fiscal. Presidente: Joan Diego Fernández Angulo.—Lic. Luis Alberto Carrillo Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2017124334 ).

En mi notaría, a las diez horas del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, Grenipa del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y dos mil doscientos setenta y cinco, se reforma la cláusula correspondiente a la administración, se revocan nombramientos y se hacen nuevos en su junta directiva, además se modifica el domicilio social.—Pérez Zeledón, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Román Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017124338 ).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía Perdidos en El Paraíso S. A., cédula jurídica N° 3-101-146154, por la que se reforman los estatutos sociales en cuanto al domicilio social, la administración y se nombran nuevos presidente, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, dieciocho de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—( IN20171224344 ).

Por escritura otorgada el día de hoy ante mí, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la compañía Playa de La Amistad S. A., cédula jurídica N° 3-101-148163, por la que se reforman los estatutos sociales en cuanto al domicilio social, la administración y se nombran nuevos presidente, tesorero, fiscal y agente residente.—San José, dieciocho de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. José Fernando Carter Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124345 ).

Mediante escritura número ciento cincuenta y seis-once, otorgada ante mí, a las catorce horas del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula del plazo social de la sociedad Kalinin CRC Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y cinco mil cincuenta y tres.—San José, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Argüello Bogantes, Notario.—1 vez.—( IN2017124350 ).

Mediante escritura número ciento cincuenta y siete-once, otorgada ante mí, a las catorce horas y treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula del domicilio social de la sociedad Sunrise Service Unlimited Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y un mil ciento setenta y cinco.—San José, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—( IN2017124353 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del seis de marzo del dos mil diecisiete, se cambia el nombre de la sociedad denominada Lounge Dota Two SRL. Cédula jurídica N° 3-102-721078 por ABD Holding Group SRL.—San José, 06 de Marzo del 2017.—Licda. Clara Alvarado Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017124356 ).

Ante el suscrito notario se llevó a cabo la disolución de la sociedad Macrolobium Sociedad Anónima, celebrada en su domicilio social, otorgada a las diez horas del veinticuatro de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Jhonny Solís Barrantes, Notario.—1 vez.—( IN2017124373 ).

Por escritura número noventa y dos, otorgada ante esta notaria el día veintidós de febrero del año dos mil diecisiete, a las nueve horas, se protocolizo el acta de asamblea de socios de Solstice Investments S. A., mediante la cual se acordó reformar el domicilio de la empresa, la administración, la representación, se nombra nuevo presidente y secretario de la Junta Directiva.—San José, treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124381 ).

Por escritura número ciento veinte, otorgada ante esta notaria el día treinta de marzo del año dos mil diecisiete, a las dieciséis horas, se protocolizo el acta de asamblea de socios de Anddx S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, treinta de marzo del año dos mil diecisiete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124382 ).

Por escritura número ciento diecinueve, otorgada ante esta notaría, el día treinta de marzo del dos mil diecisiete, a las quince horas, se protocolizo el acta de asamblea de socios de Villa Venta Siete Cedro S. A., mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124383 ).

Ante los Notarios Kenneth Maynard Fernández y Notario Público Harold Núñez Muñoz, se constituyó en San José, a las 14:00 horas del 30 de marzo del 2017, la sociedad Asimaro, Sociedad Civil, plazo 99 años, capital social 9.000 colones, domicilio San José, San Francisco de Dos Ríos. Administradora uno: Ana Silvia Madrigal Arguello.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. Harold Núñez Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017124384 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 31 de marzo del 2017, se reforma la cláusula 3 del pacto constitutiva de la compañía Dinámica Courier Express S. A.—San José 31 de marzo del 2017.—Lic. Marco Antonio Leitón Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017124385 ).

Ante esta notaría se protocolizó el acta de la sociedad Eco-Concretos Multiuso de Centroamérica Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos ochenta y siete mil cuatrocientos treinta y ocho, en donde se reformó la cláusula décima del pacto constitutivo.—San José, 31 de marzo del 2017.—Licda. Kimberlyn Rojas de la Torre, Notaria.—1 vez.—( IN2017124386 ).

Por escritura número N° 0419-5, otorgado ante esta notaría, a las diez horas del dieciocho de marzo del dos mil diecisiete, se constituyó la empresa Tlaloc Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: diez mil colones. Plazo: 99 años. Domicilio: Heredia, Heredia, Mercedes Norte, residencial Corayco, casa número cinco. Existiendo dos gerentes que tendrán la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuado en forma separada.—Alajuela, 31 de mayo del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017124416 ).

Mediante escritura número Nº 0410-5, de la notaría del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 02 de noviembre del 2016, visible al tomo Nº 05, folio Nº 190 vuelto, la sociedad anónima denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cinco Mil Novecientos Noventa y Dos Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-605992, reformó las cláusulas segunda y décima del pacto constitutivo. Es todo.—Dada en Alajuela, el 31 de marzo del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017124417 ).

Mediante escritura número Nº 411-5, de la notaría del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 02 de noviembre del 2016, visible al tomo Nº 05, folio Nº 191 vuelto, la sociedad anónima denominada Loma Tranquila Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-618408, reformó la cláusula décima tercera del pacto constitutivo. Es todo.—Alajuela, 31 de marzo del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017124418 ).

Mediante escritura número N° 412-5, de la notaría del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 02 de noviembre del 2016, visible al tomo Nº 05, folio Nº 192 vuelto, la sociedad anónima denominada AGROCR Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-715394, reformó las cláusulas sexta y décima primera del pacto constitutivo. Es todo.—Dada en Alajuela, el 31 de marzo del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017124419 ).

Ante esta notaría se solicita la reforma en la cláusula segunda del pacto constitutivo de la entidad Inversiones Jusig Nicoyana Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos sesenta mil ciento ochenta y dos, para que en adelante se lea así: Segunda: El domicilio será en Nicoya, Guanacaste, en Barrio El Carmen, de la Escuela Cacique Nicoa, doscientos metros al este, pero podrá abrir sucursales dentro y fuera del país. Así mismo se reforma la cláusula novena para que en adelante se lea así: “La sociedad será administrada por una junta directiva de tres miembros que son presidente, secretario y tesorero y durarán en sus cargos por todo el plazo social, e iniciará su administración a partir de la inscripción de la entidad. La representación judicial y extrajudicial estará a cargo del presidente y del secretario, los cuales deberán de actuar conjuntamente. Tendrán facultades de apoderados generalísimos sin limitación de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrán otorgar toda clase de poderes, sustituirlos en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo, reservándose su ejercicio. En caso de muerte o enfermedad grave del Presidente o del secretario, si fuera el presidente, el secretario podrá actuar solo sin necesidad de autorización alguna y a la inversa si fuera el secretario el que enfermara gravemente o muera, el presidente podrá actuar sólo sin necesidad de autorización alguna”.—Nicoya, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—( IN2017124421 ).

Ante esta notaría, se solicita la modificación de la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Hotel La Guaria de Samara Limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos sesenta y seis mil ciento seis, para que en adelante se lea “sexta: La sociedad será administrada por un gerente, quien podrá ser socio o no de la compañía y durará en su cargo por todo el plazo social pudiendo ser removido de su cargo por resolución de la asamblea general de socios dicho gerente tendrá la representación judicial y extrajudicial de la compañía con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma de conformidad con el artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, tendrá la facultad de otorgar toda la clase de poderes para el buen manejo de la sociedad, revocarlos, sustituirlos y hacer otras de nuevo, además de sustituir su poder en todo o en parte, reservándose siempre su mandato original. Nicoya, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—( IN2017124422 ).

Ante esta notaría, se solicita la disolución de la entidad Casa de Otoño Amarillo Cuatro Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y dos mil setecientos siete.—Nicoya, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Iveth Orozco García, Notaria.—1 vez.—( IN2017124423 ).

Ante mí, se nombra nuevo secretario y se reformó la cláusula octava del pacto constitutivo de Jorbapa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-dos dos dos nueve ocho cinco.—San José, veintiocho de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Coto Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017124425 ).

Ante esta notaría, a las 16 horas del día de hoy, se disolvió y liquidó CK Asesores Corporativos Kairos Sociedad Anónima.—Grecia, 21 de marzo del 2017.—José Eduardo González Bogantes, Notario.—1 vez.—( IN2017124427 ).

A las 10:00 horas del 24 de agosto del 2016, ante esta notaría se constituyó la sociedad anónima denominada RE Producciones Graficas de Gecia Sociedad Anónima. Capital social veinte dólares, presidente, vicepresidente secretario y tesorero apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. Randall Segura Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017124432 ).

Ante el suscrito notario, Corporación Pacific Cinemas S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos seis mil treinta y uno modifica estatuto en cuanto a directiva y nombra gerente.—Ciudad Neily, a las quince horas del día veintinueve del mes de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Fernando Rojas Arredondo, Notario.—1 vez.—( IN2017124435 ).

Al ser las 8:30 horas de este día en mí notaría, protocolicé acuerdos de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Maceva S. A., mediante la que reforma los artículos segundo y noveno del pacto social, mediante la que señala nuevo domicilio social y reúne únicamente en su presidente las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Se nombra nueva junta directiva. Para cualquier oposición debe hacerse dentro del plazo de ley ante la sección respectiva del Registro Público.—Cartago, 30 de marzo del 2017.—Lic. Freddy Coto Varela, Notario.—1 vez.—( IN2017124441 ).

Al ser las 8 horas de este día en mi notaría, protocolicé acuerdos de la asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Pisolux S. A., mediante la que reforma los artículos segundo y noveno del pacto social, mediante la que señala nuevo domicilio social y reúne únicamente en su presidente las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Se nombra nueva junta directiva. Para cualquier oposición debe hacerse dentro del plazo de ley ante la sección respectiva del Registro Público.—Cartago, 30 de marzo del 2017.—Lic. Freddy Coto Varela, Notario.—1 vez.—( IN2017124442 ).

Ante el notario público María Eugenia González Solis, mediante escritura otorgada a las diecisiete horas del veinticinco de marzo del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad de esta plaza con razón social asignada de oficio Sociedad Anónima.—Heredia, a las doce horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. María Eugenia González Solis, Notaria.—1 vez.—( IN2017124443 ).

Por escritura número ciento veintiuno, otorgada ante esta notaría, el treinta de marzo del dos mil diecisiete, a las diecinueve horas se protocolizó el acta de asamblea de socios de Servicios Sanitarios Dayca S. A., mediante la cual se acordó reformar el domicilio de la empresa y se nombró nueva junta directiva.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017124448 ).

Por escritura otorgada en esta notaría a las diez horas del veintisiete de setiembre de dos mil dieciséis, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Albena Fashion S. A., con aprobación de incremento de capital social.—Licda. Margarita Arias Formoso, Notaria.—1 vez.—( IN2017124449 ).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de Prados del Sol Administration Sociedad Anónima cédula jurídica tres ciento uno-quinientos cincuenta y cuatro mil novecientos setenta y cuatro, celebrada en su domicilio social a las veinte horas del dos de marzo dos mil diecisiete, se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, y se revocó el nombramiento del presidente, vicepresidente, secretario, tesorero por el resto del plazo social y se nombraron nueva junta directiva por el resto del plazo social. Es todo.—Playa Sámara, Guanacaste, veintinueve de marzo dos mil diecisiete.—Licda. Fabiola López González, Notaria.—1 vez.—( IN2017124457 ).

Ante mi notaría el día treinta de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Grekita Internacional Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula octava del pacto social. Es todo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—( IN2017124458 ).

Ante esta notaría, al ser las diez horas del día nueve de febrero del presente año, se procede a protocolizar el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad STT Evolving Business Opportunities S. A., acta número uno, en la que se procede a nombra nueva junta directiva por lo que solicita al registro se inscriba.—San José, diez de febrero del dos mil diecisiete.—Lic. Alonso Ramírez Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017124463 ).

Que en escritura de las 12:00 del 10 de marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Grupo SINEMSA Soluciones Integrales Empresariales Sociedad Anónima, cedula 3-101-603756, se acordó modificar la cláusula novena del acta constitutiva en el sentido que corresponderá al presidente y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando de forma separada y se modificó la cláusula décimo tercera y se nombra como secretario a Eduardo Enrique Martínez Fuentes.—Cartago 12 de octubre del 2016.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017124468 ).

Por asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios Coreon S. A., modifica la cláusula del domicilio y de la representación. Es todo.—San José a las trece horas, del día treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.—Licda. Mayra Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2017124470 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas quince minutos del día treinta de marzo del dos mil diecisiete, donde se protocolizan asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Mushroom Factory S. A., donde se acuerda modificar la cláusula quinta de los estatutos de la compañía.—San José, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017124479 ).

Hoy, protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de The Fantasy of Nueva Orleans Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil trescientos veinticinco, mediante la cual se reformaron la cláusulas segunda del domicilio social y quinta del capital; por medio de escritura otorgada en la ciudad de San José, a las once horas treinta minutos del treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Mauricio González Crespo, Notario.—1 vez.—( IN2017124484 ).

Ante esta notaría, la compañía Witmer Inc Sociedad Anónima, cedula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil setecientos veintisiete, inició la reforma de la cláusula quinta del pacto constitutivo para que la misma diga: “corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, quien tiene las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrá sustituir o delegar sus poderes en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, revocar dichas sustituciones o delegaciones y efectuar otras nuevas. Quedan además facultados el presidente y tesorero para girar cheques contra las cuentas corrientes que la sociedad tenga en los bancos nacionales y extranjeros, efectuar y retirar depósitos a plazo fijo en dichas instituciones. Se emplaza a quienes estén interesados, para que dentro del término legal se apersone a hacer oposiciones a dicho cambio.—Jicaral, treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Fernando Cubero Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017124485 ).

Por escritura de las 8:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Agropecuaria Clinaz S. A., por la cual se reforma las cláusulas primera, cuarta y quinta del pacto constitutivo, que se adiciona con las cláusulas décima-primera, décima-segunda y décima-tercera.—San Pedro de Montes de Oca, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124487 ).

Por escritura de las 08:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Amanecer de Segundita S. A., por la cual se reforma las cláusulas segunda, sétima y octava del pacto constitutivo, que se adiciona con las cláusulas décima segunda, décima tercera y sétima bis.—Montes de Oca, San Pedro, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124488 ).

Por escritura de las 9:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Kawen H.L.B. S. A., por la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, sétima y décimo primera del pacto constitutivo, que se adiciona con las cláusulas quinta bis y quinta ter; y se deja sin efecto cláusula del agente residente.—San Pedro de Montes de Oca, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124489 ).

Por escritura de las 09:30 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Doremi Once S. A., por la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo; y se deja sin efecto cláusula del agente residente.—Montes de Oca, San Pedro, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124490 ).

Por escritura de las 10:00 horas de hoy, protocolicé actas de la compañía Oficentro Cutris JC S. A., por la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, sexta, sétima, novena y décima del pacto constitutivo, que se adiciona con las cláusulas décima cuarta y décima quinta; y se deja sin efecto cláusula del agente residente.—San pedro de montes de oca, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124491 ).

NOTIFICACIONES

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Resolución acoge cancelación

RF-100666.—Comercializadora Solaf Ath Internacional Sociedad Anónima. Documento: Cancelación por falta de uso (Interpuesta por: Revlon Consum). Nro. y fecha: Anotación/2-100666 de 08/01/2016. Expediente N° 2002-0002881. Registro No. 139339 ICE en clase 3 Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:54:21 del 17 de enero del 2017.

Conoce este registro la solicitud de Cancelación por falta de uso, interpuesta por Víctor Vargas Valenzuela, cédula N° 1-335-794, en su condición de apoderado especial de la sociedad Revlon Consumer Products Corporation, contra el registro de la marca de fábrica “ICE (diseño)”, registro Nº 139339, inscrita el 18 de junio del 2003 y con fecha de vencimiento 18 de junio del 2023, en clase 3 internacional, para proteger “Preparaciones para blanquear, otras sustancias para color, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y pulimentar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones, capilares, dentífricos”, propiedad de la empresa Comercializadora Solaf Ath Internacional S. A.

Resultando

I.—Por memorial recibido el 08 de enero del 2016, Víctor Vargas Valenzuela, en su condición de apoderado especial de la empresa Revlon Consumer Products Corporation, presenta solicitud de cancelación por falta de uso contra el registro de la marca “ICE (diseño)”, número 139339, descrita anteriormente (F. 1-2).

II.—Que por resolución de las 09:43:27 horas del 9 de febrero del 2016, el Registro de la Propiedad Industrial procede a dar traslado por un mes al titular del signo distintivo, a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación aportando la prueba que compruebe el uso real y efectivo del signo (F. 13).

III.—Que por resolución de las 11:09:33 horas del 1 de julio del 2016, luego de todos los intentos de notificación efectuados en las direcciones que constan en el expediente, se le previene al promovente que, en el plazo de diez días hábiles, proceda a indicar otro domicilio en Costa Rica de la empresa titular del signo o la de sus apoderados, a fin de realizar válidamente la notificación (F. 19).

IV.—Que por memorial recibido el 12 de julio del 2016, el accionante solicita que se realice la notificación por medio de edicto en virtud de que desconoce otro domicilio (F. 20).

V.—Que por resolución de las 15:13:09 horas del 21 de julio del 2016, el Registro de la Propiedad Industrial, tomando en consideración la imposibilidad material de notificar al titular marcario luego de todos los intentos posibles, ordena publicar el traslado de la cancelación en La Gaceta por tres veces consecutivas, quedando el edicto correspondiente a disposición de las partes. Esta resolución fue debidamente notificada al accionante el 04 de agosto del 2016 (F. 21).

VI.—Que por memorial recibido el 22 de setiembre del 2016, el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación, en el Diario Oficial La Gaceta N° 178, 179 y 180 del 16, 19 y 20 de setiembre del 2016 respectivamente (F. 22-26).

VII.—Que a la fecha no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.

VIII.—En el procedimiento no se nota defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando

I.—Sobre los hechos probados.

1º—Que en este registro se encuentra inscrita la marca fábrica “ICE (diseño)”, registro Nº 139339, inscrita el 18 de junio del 2003 y con vencimiento el 18 de junio del 2023, en clase 3 internacional, para proteger “Preparaciones para blanquear, otras sustancias para color, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y pulimentar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones, capilares, dentífricos.”, propiedad de la empresa Comercializadora Solaf Ath Internacional Sociedad Anonima (F. 27).

2º—El 17 de junio del 2015, la empresa Revlon Consumer Products Corporation solicitó la marca de fábrica y comercio “PURE ICE”, expediente N° 2015-5753, para proteger en clase 3 internacional “Cosméticos; esmaltes para uñas; preparaciones para el cuidado de las uñas” solicitud que actualmente se encuentra en trámite con apelación ante el Tribunal Registral Administrativo (F. 28).

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Representación y facultad para actuar. Analizado el poder especial, documento referido por el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación, se tiene por acreditada la facultad para actuar en este proceso de Víctor Vargas Valenzuela, cédula 1-335-794 en su condición de apoderado especial (F.7).

III.—Sobre los elementos de prueba. Este registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso (F. 1-2).

V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita.

Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación, se notificó mediante edicto publicado en el Diario Oficial La Gaceta números 178, 179 y 180 del 16, 19 y 20 de setiembre del 2016 respectivamente (F. 22-26), sin embargo, a la fecha, el titular del distintivo marcario no contestó dicho traslado ni aportó prueba que desvirtuara la presente acción.

VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, se desprenden literalmente los siguientes alegatos:

“[...] Mi representada... presentó solicitud de registro de la marca “PURE ICE”, en clase 03... por memorial fechado 17 de junio del 2015 La Oficina de Marcas expidió una objeción.., en contra de la marca de mi representada por encontrar inscrita la marca “ICE (DISEÑO)” en la misma clase a favor de Comercializadora Solaf Ath Internacional S. A.. Que dicha empresa no tiene comercializada la marca “ICE (DISEÑO)” inscrita bajo el acto 139.339 en Costa Rica, y por lo tanto no está en usando la misma para los productos que aparece protegiendo en la Oficina de Registro [4 la marca “ICE (DISEÑO)” está inscrita desde el 18 de junio de 2003 por lo que la premisa de los 5 años de no uso, está debidamente cumplida, y por lo tanto, lo que procede es la solicitud de cancelación del registro de la marca Nº 139.339 por falta de uso f.] la marca.., no se encuentra usando la marca es el hecho que la misma tiene pendiente dos períodos del impuesto a las sociedades [...] solicito f.] que declaren con lugar el presente procedimiento de cancelación por falta de uso [..]

VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

...Estudiando ese artículo, pareciera que la carga de la prueba del uso de la marca, corresponde a quien alegue esa causal, situación realmente difícil para el demandante dado que la prueba de un hecho negativo, corresponde a quien esté en la posibilidad técnica o práctica de materializar la situación que se quiera demostrar.

...Ese artículo está incluido dentro del Capítulo VI de la Ley de Marcas, concretamente en las formas de “Terminación del Registro de la Marca”, y entre estas causales se establecen: control de calidad referido al contrato de licencia; nulidad del registro por aspectos de nulidad absoluta o relativa; cancelación por generalización de la marca; cancelación del registro por falta de uso de la marca y renuncia al registro a pedido del titular.

...Obsérvese como este Capítulo trata como formas de terminación del registro de la marca, tanto causales de nulidad como de cancelación, y aquí hay que establecer la diferencia entre uno y otro instituto. Esta diferenciación entre los efectos que produce la cancelación y los que produce la nulidad, se basa en el distinto significado de las causas que provocan una y otra. Las causas de nulidad afectan al momento de registro de la marca, implicando así un vicio originario, mientras que las causas de cancelación, tienen un carácter sobrevenido. Al efecto la doctrina ha dispuesto lo siguiente:

...Las prohibiciones de registro y los motivos de nulidad de marcas van indisolublemente unidos, de tal modo que éstos son consecuencia de aquéllas. Así, si un signo contraviene una prohibición de registro y, a pesar de ello es inscrito, adolece de nulidad Las causas de caducidad de la marca son extrínsecas a la misma, se producen durante su vida legal y no constituyen defectos ab origine del signo distintivo, a diferencia de las causas de nulidad (Manuel Lobato. Comentario a la Ley 17/2001 de Marcas. Editorial Civitas. Páginas 206y 887.

...Bajo esta tesitura el artículo 37 de la ya citada Ley de Marcas, establece la nulidad de registro de una marca cuando se “contraviene alguna de las prohibiciones previstas en los artículos 7 y 8 de la presente ley”, sea en el caso del artículo 7, marcas inadmisibles por razones intrínsecas (nulidad absoluta), o en el caso del artículo 8, marcas inadmisibles por derechos de terceros (nulidad relativa). En ambos casos el Registro de la Propiedad Industrial, previo a la aprobación de inscripción de una marca, debe calificar la misma a efecto de que no incurra en las prohibiciones establecidas en los artículos dichos, ya que, si se inscribe en contravención con lo dispuesto por esas normas legales, es una marca que desde su origen contiene una causal que puede provocar su nulidad, ya sea del signo como tal, como de algunos productos o servicios.

...Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal.

...Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función, pero desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción.” En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la empresa Comercializadora Solaf Ath Internacional S. A., que por cualquier medio de prueba debe demostrar la utilización de la marca ICE (diseño), registro 139339.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias y analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por comprobado que la sociedad Revlon Consumer Products Corporation, demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, de la solicitud de inscripción de marca que se presentó bajo el expediente 2015-5753, tal y como consta en la certificación de folio 28 del expediente, se desprende que las empresas son competidores directos.

En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

...Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional

...Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

...EI uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca.

Es decir, el uso de la marca debe ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que la empresa titular de la marca ICE (diseño) registro 139339, al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.

En razón de lo anterior, se concluye que dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: que no puede postergarse o interrumpirse su uso por un espacio de 5 años precedentes a la fecha en la que se instauró la acción de cancelación y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

El uso de una marca es importante para su titular ya que posiciona la marca en el mercado, es de interés para los competidores, porque les permite formar una clientela por medio de la diferenciación de sus productos, para los consumidores, ya que adquieren el producto que realmente desean con solo identificar el signo y para el Estado, pues se facilita el tráfico comercial. Por otra parte, el mantener marcas registradas sin un uso real y efectivo constituye un verdadero obstáculo para el comercio ya que restringe el ingreso de nuevos competidores que sí desean utilizar marcas idénticas o similares a éstas que no se usan.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de la Propiedad Industrial que brinda una solución a1 eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas, aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) lo procedente es cancelar por no uso la marca “ICE (diseño)”, registro Nº 139339, descrita anteriormente.

VIII.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular de la marca ICE (diseño), registro Nº 139339, al no contestar el traslado otorgado por ley no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para efectos de este registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación.

Por consiguiente, y de conformidad con lo expuesto debe declararse con lugar la solicitud de cancelación por no uso, interpuesta por Víctor Vargas Valenzuela, en su condición de apoderado especial de la empresa Revlon Consumer Products Corporation, contra el registro de la marca “ICE (diseño)”, registro Nº 139339. Por tanto,

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, I) Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta contra el registro de la marca “ICE (diseño)”, registro Nº 139339, descrita anteriormente y propiedad de la empresa Comercializadora Solaf Ath Internacional Sociedad Anónima II) Se ordena notificar al titular del signo mediante La Publicación Íntegra de la presente resolución por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo establecido en el artículo 334 y 241 de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta Oficina mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento correspondiente. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifiquese.—Lic. Jonathan Lizano Ortiz, Subdirector a. í.—( IN2017121638 ).

FE DE ERRATAS

MINISTERIO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Mediante el acuerdo número N°018-MEIC-2017, de fecha siete de marzo de dos mil diecisiete, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 60 del 20 de marzo de 2017, se consignó incorrectamente en el artículo 2° del por tanto, el monto de los viáticos, por lo que se debe leer como sigue y no como se consignó:

“(…) Artículo 2°.- Los gastos por concepto de tiquete aéreo, hospedaje y alimentación serán financiados por el programa 21500 “Actividades Centrales”, por medio de la subpartida 105-03 “Transporte al Exterior” y subpartida 105-04 “Viáticos en el Exterior”, correspondiéndole a la servidora la suma de $385,92 (trescientos ochenta y cinco dólares con 92/100). La funcionaria cede el millaje generado por el viaje al Ministerio de Economía, Industria y Comercio (…)”.

En lo que respecta al resto, el acuerdo de marras se mantiene incólume.

Dado en el Ministerio de Economía Industria y Comercio, a los veintisiete días del mes de marzo del año 2017.

Publíquese.—Geannina Dinarte Romero, Ministra de Economía, Industria y Comercio.—1 vez.—O. C. Nº 30791.—Solicitud Nº 20905.—( IN2017125503 ).