LA
GACETA N° 71 DEL 17 DE
ABRIL DEL 2017
PODER LEGISLATIVO
ACUERDOS
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
MINISTERIO DE
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE CULTURA Y
JUVENTUD
DOCUMENTOS VARIOS
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
HACIENDA
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
ACUERDOS
EDICTOS
AVISOS
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
BANCO DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
AVISOS
ADJUDICACIONES
PODER JUDICIAL
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
BANCO NACIONAL DE COSTA
RICA
BANCO DE COSTA RICA
INSTITUTO NACIONAL DE
SEGUROS
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
MUNICIPALIDADES
REGLAMENTOS
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES
AVISOS
ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD MONTES DE OCA
FEDERACIÓN OCCIDENTAL
DE MUNICIPALIDADES DE ALAJUELA
MUNICIPALIDAD DE GRECIA
MUNICIPALIDAD DE UPALA
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
Comunica que con motivo de la celebración de
Semana Santa, el Plenario Legislativo tomó el acuerdo de que la Institución
permanecerá cerrada a partir del lunes 10 al viernes 14 de abril de 2017,
inclusive.
Nuevamente
brindará atención a usuarios, proveedores y público en general a partir del
lunes 17 de abril de 2017.
San José, 23 de marzo de 2017.—Departamento
de Proveeduría.—Licda. Marianela Avalos
Agüero, Directora a. í.— 1 vez.—O. C. N° 27052.—Solicitud N° 80969.—(
IN2017122552 ).
07-2017-MGP
EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en los artículos 140 incisos 8),
18) y 20) y 141 de la Constitución Política; artículo 28 incisos 1 y 2 acápite
a) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración
Pública; el artículo 20 de la Ley N° 7476, Ley contra el Hostigamiento o Acoso
Sexual en el Empleo y la Docencia, reformada por la Ley N° 8805, y los
artículos 53 y siguientes del Decreto Ejecutivo N°31535-G, Reglamento Autónomo
de Servicio del Ministerio de Gobernación y Policía, reformado por el Decreto
Ejecutivo N° 36290-G del 27 de octubre de 2010.
ACUERDA:
1°—Designar al señor Jorge Fabián Ulate
Azofeifa, con cédula de identidad número 4-0158-0358, como miembro propietario,
en sustitución del señor Carlos Brizuela Madrigal, con cédula de identidad
1-0453-0764, en la Comisión Investigadora de Hostigamiento o Acoso Sexual del
Ministerio de Gobernación y Policía.
2°—Rige
a partir de su publicación.
Dado en la ciudad de San José, a las diez
horas y treinta minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete.
Luis Gustavo Mata Vega,
Ministro de Gobernación y Policía.— 1 vez.—O. C. N° 31361.—Solicitud N°
16436.—( IN2017122633 ).
Resolución Administrativa N°
DM-009-2017.—Ministerio de Cultura y Juventud.—Despacho de la Ministra.—San
José, a las ocho horas del día veintiséis de enero de dos mil diecisiete.
Otorgamiento de Becas-Taller para el Desarrollo de Proyectos
Artístico-Culturales, para el año 2017.
Resultando:
I.—Que el artículo 9 de
la Ley N° 6750 - Ley de Estímulo a las Bellas Artes Costarricenses, del 29 de
abril de 1982 y sus reformas, facultan al Ministerio de Cultura y Juventud para
otorgar Becas-Taller a los escritores, investigadores, artesanos y artistas en
general, con el propósito de desarrollar proyectos en artes escénicas,
plásticas y audiovisuales, así como en literatura, música y artesanía.
II.—Que
por Decreto Ejecutivo N° 38601-C del 5 de agosto de 2014, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 180 del 19 de setiembre de 2014, reglamentó
las disposiciones del artículo 9 de la Ley N° 6750 del 29 de abril de 1982, Ley
de Estímulo a las Bellas Artes Costarricenses, definiendo los procedimientos y
pautas que ejecutará el Ministerio de Cultura y Juventud para financiar
proyectos de desarrollo cultural, por medio del Fondo becas-taller.
Considerando:
I.—Que de conformidad con el artículo 8 de
dicho reglamento, corresponde a la Comisión Seleccionadora del Fondo
becas-taller para el Desarrollo de Proyectos Artístico-Culturales realizar el
estudio y selección de los proyectos recibidos, priorizándolos según su
pertinencia e impacto a escala local, comunitaria y/o nacional, procurando
respetar una distribución equitativa entre todas las regiones geográficas en
las cuales se hayan recibido propuestas.
II.—Que
dicha Comisión Seleccionadora en Sesión realizada el día miércoles 19 de
octubre de 2016, seleccionó las propuestas que serán beneficiarias del Fondo
para el año 2017.
III.—Que
de conformidad con el artículo 18 de dicho reglamento, corresponde a este
Despacho emitir la presente resolución administrativa, que servirá como
fundamento legal de los convenios de ejecución, que formalizarán el
otorgamiento de la beca-taller para los beneficiarios del presente año. Por
tanto,
LA
MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,
RESUELVE:
Artículo 1.—Otorgar las Becas-Taller para el
Desarrollo de Proyectos Artístico-Culturales del año 2017, a los siguientes
beneficiarios:
Artes
Escénicas
González Maroto Paulina, cédula
6 0234 0494: Rescatando nuestra música y baile Boruca.
Suárez Granados Guísela, cédula
7 0112 0796: Te Enseño y Enseñas
Corrales Espinoza Yaudieth,
cédula 2 0727 0255: Al son de la Fortuna.
Madrigal Venegas Eric David,
cédula 3 0255 0018: Historias de vida de los bailarines de swing criollo,
costarricense de la década de 1965 a 1975: articulación de la memoria
histórica.
Artes
Visuales
Chavarría Rojas Kristhel
Gabriela, cédula 2 0790 0581: La Herencia de La Tigra contada a través de la
Pintura y la Artesanía.
Chávez Quirós Luis Gonzalo,
cédula 1 1350 0813: Pinceladas de identidad.
Audiovisuales
Vargas Núñez Soren Ariel, cédula
1 1115 0043: Documental sobre la memoria histórica de tres mujeres
guanacastecas.
Azofeifa Porras Javier, cédula 4
0206 0585La Periférica: Re-aprendiendo la tradición Upaleña.
Literatura
Herrera Villalobos Anayensy,
cédula 4 0140 0167: Apropiación positiva del patrimonio arqueológico de La Cruz
Rojas Ugalde Adriana, cédula 1
1174 0614: Guatuso: memoria vida del cacao.
Cornejo Venegas Elvis, ced. 2
0552 0055: Antología Literaria, tradición oral e histórica de la Zona Norte,
García Prado Jennifer, cédula 2
0620 0765: Andanzas y reencuentros de un relato.
Quirós Monge José Mario, cédula
3 0406 0581: Chorreando cuentos
Sibaja Monge Carlos Andrés,
cédula 1 1423 0358: Del barro al ladrillo: Los talleres y artesanos ladrilleros
en la historia de la comunidad de Lourdes, Agua Caliente.
Soto Córdoba Wendy Gabriela,
cédula 1 1444 0761: Dulces Historias.
Morales González Leandro José,
cédula 5 0342 0491: Rescate de los métodos en la agroecología como medio
productivo y regenerativo de la naturaleza.
Rojas Rojas María Fernanda,
cédula 1 1169 0014: Conociendo nuestra herencia Corobicí: guía didáctica para
escolares acerca del Monumento Nacional El Farallón.
Buitrago Salazar Ramón, cédula 9
0063 0817: Reconstruyendo Nuestra Memoria Histórica.
Música
Araya Arce Luis Gustavo, cédula
2 0672 0884: Rescate de Música Zarcereña.
Artesanía
Sánchez Hernández Rafael Ángel,
cédula 1 0344 0966: Rescate de la Artesanía Huetar en Alfarería.
López Gómez Elizabeth, cédula 3
0269 0164: Al ritmo de los mantudos.
Arce Mercado Mariana, cédula 1
1573 0056: Fortalecimiento y promoción de la Cerámica Chorotega.
Recio Lobo Catalina, cédula 6
0205 0268: Promoción del labrado y calado de la jícara.
Castillo Hernández Natascha,
cédula 2 0647 0309: El chinamo de las abuelas de Río Celeste.
Monge Arrieta Luis Alberto,
cédula 1 0618 0825: Comunidad Boruca: tradiciones y biodiversidad.
Leiva Rojas María Cecilia,
cédula 6 0348 0774: Fortaleciendo legados Ancestrales de la cultura Brunca.
Bejarano Palacios Pío, cédula 6
0216 0105: Uso de plantas medicinales
Artículo 2º—Rige a partir del 26 de enero del
2017.
Sylvie Durán Salvatierra,
Ministra de Cultura y Juventud.— 1 vez.—O. C. N° 31550.—Solicitud N° 6836.—( IN2017122644 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DE SERVICIO CIVIL
N°
SC-004-2017.—San José, 31 de marzo del 2017.
Se hace saber que la Dirección General de
Servicio Civil ha emitido las siguientes resoluciones:
DG-034-2017: Se modifica la Escala de Sueldos
de la Administración Pública contenida en la Resolución DG-173-2016 del 6 de
setiembre del 2016, según los términos en los que se especifican en la presente
resolución, con rige a partir del 1º de enero del año 2017 y queda sujeto a
disponibilidad presupuestaria.
DG-035-2017: Se modifica la
Resolución DG-174-2016 del 6 de setiembre del 2016, revalorando en cero coma
setenta y seis por ciento (0,76%), el salario de las clases de puestos de los
profesionales amparados por las disposiciones de la Ley de incentivos para los
Profesionales en Ciencias Médicas, N° 6836, según se detalla en la presente
resolución, con rige a partir del 1º de enero del año 2017 y queda sujeto a
disponibilidad presupuestaria.
DG-036-2017: Se Modifica la
Resolución DG-136-2015, incrementando el valor del punto por concepto de “Carrera
Profesional”, en cero coma setenta y seis por ciento (0,76%), de tal manera que
alcance la suma de dos mil doscientos dieciséis colones sin céntimos
(¢2.216,00) y con rige a partir del 1º de enero del año 2017 y queda sujeto a
disponibilidad presupuestaria.
DG-037-2017: Se modifica la
Resolución DG-175-2015 del 6 de setiembre del 2016, incrementando los montos de
los sobresueldos por concepto de “Riesgo Seguridad y Vigilancia” y “Riesgo
Penitenciario” que se pagan en la Dirección de Adaptación Social del Ministerio
de Justicia y Paz, para que alcance la suma de cuarenta mil seiscientos dos
colones sin céntimos (¢40.602.00) y con rige a partir del 1º de enero del año
2017 y queda sujeto a disponibilidad presupuestaria.
DG-042-2017: Se modifica el
artículo 1° de la Resolución DG-242-2016, del 20 de diciembre del 2016,
incrementando el monto en colones por hora de extrafunciones, en cero coma
setenta y seis por ciento (0,76%), de manera que los nuevos montos sean los que
se detallan en la presente resolución.
DG-046-2017:
Se delega en el funcionario Rolando Sánchez Corrales, cédula número
1-0610-0507, quien ocupa la jefatura de la Oficina de Gestión Institucional de
Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, como responsable
designado en esa Institución, y en tanto ocupe el cargo supra indicado, para la
suscripción de los distintos trámites y actos que esta Dirección General debe
aprobar en materia de Administración de Recursos Humanos, todo en concordancia
con lo que dispone la Resolución No. DG-347-2011 del 1º de julio del 2011 y sus
reformas, a excepción de lo dispuesto en la Resolución No. DG-051-2011 del 21
de enero del 2011 y sus reformas, así como la aprobación de nombramientos y
ascensos interinos en plaza vacante, los cuales requerirán el aval de la
instancia pertinente de esta Dirección General. Lo delegado por este acto
estará sujeto al respectivo control de esta Dirección General, pudiendo auditar
en cualquier momento lo aquí dispuesto, y en caso de constatar anomalías que lo
ameriten, se revocará sin más trámite su designación, aparte de otras
responsabilidades administrativas, civiles y penales que puedan corresponderle.
Deróguese la Resolución N° DG-113-2016,
de las trece horas del veinticuatro de mayo de dos mil dieciséis. Rige a partir
del 30 de marzo del 2017 y hasta el 30 de junio del 2018, o hasta que la
persona delegada ocupe el cargo antes de ese plazo.
Publíquese.—Lic. Hernán
A. Rojas Angulo. MBA, Director General.—1 vez.—O.C. N° 3400031253.—Solicitud N°
81681.—( IN2017124587 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DE HACIENDA
Resolución DGA-DGH-070-2016.—Dirección
General de Aduanas, a las quince horas del ocho de diciembre del dos mil
dieciséis.
Considerando:
I.—Que los Ministros de Integración Económica
de Centroamérica, mediante Resolución N° 372-2015 (COMIECO-LXXIV) de 04 de
diciembre de 2015, aprobaron las modificaciones, por sustitución total, al
Arancel Centroamericano de Importación, que amplía los códigos arancelarios a
diez dígitos e incorpora al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), los
resultados de la “6° Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de
Designación y Codificación de Mercancías”, la cual entra a regir a partir del
01 d enero de 2017, ajuste que ocasiona que se deban adecuar las aperturas
nacionales con las nuevos incisos arancelarios centroamericanos.
II.—Que
al amparo de la Ley N° 7293 de 31 de marzo de 1992, artículos 4 y 5, el
Departamento de Gestión de Exenciones de la Dirección de Hacienda, recibió con
todos los requisitos de rigor, solicitudes de exención fiscal genérica a la
importación de diversas mercancías, antes de la entrada en vigencia de los
ajustes en el Arancel Automático del Servicio Nacional de Aduanas.
III.—Que
las autorizaciones de exención fiscal de tipo genéricas son transmitidas a la
aplicación TIC@ para su validación y asociación con la respectiva declaración
aduanera de importación y deben ser aplicadas ante la Aduana respectiva en los
términos en que la misma fue otorgada.
IV.—Que a la fecha de entrada en vigencia de la Resolución N° 372-2015 (COMIECO-LXXIV), la Dirección
General de Hacienda a través del Departamento de Gestión de Exenciones, ha
recibido solicitudes y autorizado exenciones fiscales genéricas con los incisos
arancelarios vigentes con anterioridad al 01 de enero de 2017, las cuales a su
vez fueron transmitidas a la aplicación informática TIC@, resultando entonces
complejo realizar las actualizaciones en los incisos arancelarios consignados
en tales autorizaciones.
V.—Que
con la entrada en vigencia de la “6° Enmienda de la Nomenclatura del Sistema
Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”, surgen algunas
modificaciones en los incisos arancelarios, por lo que se requiere agilizar los
trámites y procedimientos ante el Servicio Nacional de Aduanas.
VI.—Que
la Administración Tributaria en 2011 emitió la resolución RES-DGA-DGH-375-2011,
firmada por los Directores Generales de Aduanas y Hacienda, permitiendo la
aplicación de las autorizaciones de exención fiscal genérica formalmente
recibidas y con todos los requisitos de rigor, con anterioridad al 01 de enero
de 2012, con el inciso arancelario anotado en cada una de ellas.
VIII.—Que
los beneficiarios de Exenciones solicitan la gestión para que las
autorizaciones genéricas dadas en 2016 se puedan aplicar en el 2017, tal como
el caso de la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria, mediante oficio
P-097-2016, en el cual hacen ver la implicación que se podría dar en el
encarecimiento de los productos para el consumidor final.
VII.—Que
mediante oficio DM-2577 el señor Ministro de Hacienda le comunica al señor
Fernando Rodriguez Garro, Viceministro de Ingresos, que en su condición de
superior inmediato de la Dirección General de Hacienda asuma como recargo la
Dirección General de Hacienda, del 05 de diciembre del 2016 al 04 de abril del
2017, en virtud de la incapacidad por maternidad de la titular del cargo. Por
tanto,
La
Dirección General de Aduanas y la Dirección General de Hacienda.
RESUELVEN:
Permitir la aplicación de las autorizaciones
de exención fiscal genérica formalmente recibidas y con todos los requisitos de
rigor, con anterioridad al 01 de enero de 2017, con el inciso arancelario
anotado en cada una de ellas.
Esta disposición es aplicable hasta el 15 de
abril 2017.
Publíquese.—Benito Coghi
Morales, Director General de Aduanas.—Fernando Rodríguez Garro, Director
General de Hacienda a. í.—1 vez.—O.C. N° 31621.—Solicitud N° 14010.— ( IN2017122523
).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 11, asiento Nº 173, emitido por el Colegio La Salle, en el año
mil novecientos noventa, a nombre de Carballo Cañas Adriana, cédula Nº
1-0801-0923. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de
enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017124625 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 85, título Nº 1032, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe
José Figueres Ferrer, en el año dos mil nueve, a nombre de Fernández Navarro
Claudio Andrés, cédula Nº 3-0461-0774. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintiocho días del mes de febrero del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017124291 ).
Ante este Departamento se ha
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
la Educación Diversificada, “Rama Académica” Área de Letras, inscrito en el
tomo 2, folio 48, título Nº 196, emitido por el Colegio Técnico Profesional de
Carrillo, en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre de Nivia Piña
Piña, cédula Nº 501580163. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve
días del mes de abril del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017124575 ).
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
Este Registro ha
procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de
Desarrollo del Sur. L., siglas COODESUR R.L., acordada en asamblea celebrada el
14 de octubre del 2016. Resolución 1619-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en
el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un
extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. El Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:
Presidenta: Ángela
Ileana Aguilar Vargas
Vicepresidente: Róger Eduardo Zúñiga Castro
Secretario: Wilberth
Ureña Bonilla
Vocal 1: William
Ramírez Alfaro
Vocal 2: José Francisco León Fallas
Suplente 1: Marilyn Salazar Vargas
Suplente 2: Heilin Picado Núñez
Gerente: Francisco Javier Suárez
Pérez
17 de marzo 2017.—Dirección General de Asuntos Laborales.—Licda. Eugenia
Segura Fallas, Subdirectora.—1 vez.—( IN2017121921 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Para ver marcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones
civiles
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Uniflor,
con domicilio en la provincia de: Alajuela-Zarcero, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Impulsar el desarrollo integral de sus asociados. promover y promocionar las empresas
asociadas y sus productos a nivel internacional. Capacitar a los miembros de la
asociación en temas de interés común. Cuyo representante, será la presidenta:
Ana Lucrecia Arias Obaldía, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 126655.—Dado en el
Registro Nacional, a las 9 horas 53 minutos y 9 segundos, del 22 de febrero del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017122057 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana
Restauración y Vida Reformadores de Sardinal Sur de Parrita, con domicilio en
la provincia de: Puntarenas, Parrita. Cuyos fines principales, entre otros son
los siguientes: difundir la fe cristiana basada en la biblia. Pugnar por la
elevación espiritual, moral, cultural desarrollando el sentimiento de unidad y
disciplina. Cuyo representante, será el presidente: Víctor Julio Salazar
Vargas, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de
agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en- trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 173338.—Dado en el Registro
Nacional, a las 11 horas 2 minutos y 47 segundos, del 17 de marzo del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122085 ).
Registro
de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto
de la persona jurídica cédula: 3-002-715077, denominación: Asociación de
Productores de Aguacate y Frutas Tropicales de Costa Rica. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2017, asiento: 68606. Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 13
minutos y 1 segundos, del 16 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017122119 ).
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la Asociación
Cristiana Habitacional para La Humanidad de Costa Rica, entre las cuales se
modifica el nombre social, que se denominará: Asociación Cristiana Habitacional
de Costa Rica. Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2017 asiento: 103958.—Dado en el Registro Nacional, a
las 9 horas 15 minutos y 16 segundos, del 21 de marzo del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122232 ).
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de
Molusqueros de Punta Morales de Chomes, con domicilio en la provincia de:
Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
Organizar y brindar información a los molusqueros de barrio. Contribuir con el desarrollo de los asociados en sus
actividades molusqueras y actividades afines, cuyo representante, será el
presidenta Socorro Vega Carranza, con las facultades que establece el estatuto.
Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la
ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 asiento: 93568.—Dado en el
Registro Nacional, a las 13 horas 46 minutos y 27 segundos, del 7 de
marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017122271 ).
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la: Asociación de
Padres de Familia del Instituto de Artes Musicales de Grecia, entre las cuales
se modifica el nombre social que se denominará: Asociación de Padres de Familia
de la Escuela Sinem Grecia. Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley N°
218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 91180.—Dado en el
Registro Nacional, a las 7 horas 4 minutos y 21 segundos del 22 de marzo del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122292 ).
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-657071, denominación: Asociación para la Gestión de Arte y
Alegría Cordón de Oro Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo
exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939
y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite._
Documento tomo: 2016, asiento:
597845.—Dado en el registro nacional, a las 13 horas 23 minutos y 37 segundos,
del 28 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2017122337 ).
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Dawggrupo
de Bienestar de los Animales Domésticos Costa Rica, con domicilio en la
provincia de: Puntarenas-Osa, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Promover el rescate, rehabilitación y relocalización de perros y
gatos abandonados en el área de los cantones
de Quepos y Osa ubicada entre las localidades de Matapalo de Quepos y Palmar
Norte de Osa. Cuyo representante, será el presidente: Shawnell Lisa Parker, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2017, asiento: 69293 con adicional(es):2017-139525.—Dado
en el Registro Nacional, a las 12 horas 58 minutos y 39 segundos, del 28 de
febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017122406 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Productores Unidos Agropecuarios De Carrillo, con domicilio en la
provincia de: Guanacaste-Carrillo, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Promover e impulsar el mejoramiento social cultural, educativo y
productivo de sus miembros. Impulsar proyectos agrícolas de desarrollo
productivo que sean factibles a través del tiempo y que permitan a los
asociados mejorar su nivel socio-económico. Cuyo representante, será el
presidente: Luis Fernando Espinoza Sing, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:
135924.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 2 minutos y 32 segundos,
del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(
IN2017124658 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: Nº 3-002-645593, denominación: Asociación de Personas
con Autismo de la Zona Atlántica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo
exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo:2017, Asiento:
121693.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 56 minutos y 54 segundos,
del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017124706 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula:
3-002-108051, denominación: Asociación Encuentro Matrimonial de Costa Rica. Por
cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo:2017. Asiento:111857.—Dado en el Registro Nacional, a las 7
horas 6 minutos y 19 segundos, del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122624 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Costarricense de
Asesores de Imagen, con domicilio en la provincia de: San José- San José, cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: Crear y fomentar actividades
que beneficien el sector de la imagen, generando un valor agregado a sus
asociados que los coloque en una posición competitiva, de credibilidad y privilegio,
buscando siempre enaltecer las calidades de esta profesión. Cuyo representante,
será la presidenta Deyma Salas Núñez, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016 asiento:
298421 con adicional(es): 2016-801033.—Dado en el Registro Nacional, a las 11
horas 6 minutos y 24 segundos, del 16 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122648 ).
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de
identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de Abbvie Inc. y
Abbott GMBH @ Co. KG, solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS
MONOCLONALES CONTRA LA PROTEINA RGM A Y SUS USOS. Proteínas aisladas,
particularmente anticuerpos monoclonales, que se unen y neutralizan la proteína
RGM A. Específicamente, estos anticuerpos tienen la capacidad de inhibir la
unión de RGM A a su receptor y/o sus correceptores. Los anticuerpos de la
invención, o sus porciones, son útiles para detectar RGM A e inhibir la actividad
de RGM A, por ejemplo, en un ser humano afectado por un trastorno que incluye,
no taxativamente, esclerosis múltiple, traumatismo cerebral en mamíferos,
lesiones en la médula espinal, accidente cerebrovascular, enfermedades
neurodegenerativas, y esquizofrenia. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 39/395 y C07K 16/22; cuyos inventores son Müller, Bernhard,
K. (DE); Schmidt, Martin (DE); Barlow, Eve, H. (US); Leddy, Mary, R. (US);
Hsieh, Chungming, (US) y Bardwell, Phillip, D. (US). Prioridad: N°
PCT/EP2009/001437 del 27/02/2009 (EP). Publicación Internacional:
WO/2009/106356. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017- 0000015, y fue
presentada a las 11:37:32 del 17 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de marzo de
2017.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2017121661 ).
El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de
identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Abbott GMBH & Co.
KG., solicita la Patente PCT denominada FORMA DE DOSIFICACIÓN FARMACEUTICA
PARA ADMINISTRACIÓN ORAL DE UN INHIBIDOR DE LA FAMILIA BCL-2 (Divisional
2011-663).Una forma de dosificación farmacéutica que comprende un producto de dispersión sólida que
comprende N-(4-(4-((2-(4-clorofeni1)-5,5-dimetil-1-ciclohex-1-en-1-ipmetiopiperazin-1-il)benzoil)-4-W1R)-3-(morfolin-4-11)-1-((fenilsulfanipmetil)propiDamino)-3-((trifluorometil)sulfonil)bencenosulfonamida
o una sal, hidrato o solvato de la misma, al menos un polímero
farmacéuticamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
A61K 9/00; cuyos inventores son Knobloch, Martin (DE); Kostelac, Drazen (DE);
Liepold, Bernd (DE); Steiger, Norbert (DE) y Packhaeuser, Claudia (DE).
Prioridad: 61/185,30 de 08/06/2009. Publicación Internacional: WO
2010/143074 . La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000037, y fue
presentada a las 14:17:50 del 6 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de marzo del
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017121662 ).
El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de
identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Paris Dakart Area
Recreativa S. A., solicita la Patente PCT denominada EMBARCACIÓN LIGERA CON
ASPECTO DE KART. Embarcación ligera con aspecto de kart de las constituidos
por un casco de embarcación ligera cuya obra muerta se realiza con todos los
aditamentos pertenecientes a un kart caracterizada esencialmente por estar
constituida por un casco de embarcación ligera. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: B63B 35/73; cuyo inventor es Lopez Rivas, José
(ES). Prioridad: N° U 201430883 del 25/06/2014 (ES). Publicación Internacional:
W02015/197888. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000018, y
fue presentada a las 13:07:50 del 23 de enero de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017121663).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
La señora Giselle Reuben
Hatounian, cédula de identidad 1-1055-0703, en calidad de apoderada especial de
Basf SE, solicita la patente PCT denominada COMBINACIÓN HERBICIDA QUE
COMPRENDE AZINAS. La presente invención se refiere a combinaciones
herbicidas que comprenden al menos un compuesto de la Fórmula (I) (componente
a), y al menos un compuesto adicional seleccionado de compuestos activos como
herbicidas (componente b) y/o protectores (componente c). En donde Ra, Rb, Rc,
Rd son, entre otros, H, halógeno, CN, NO2, C1-C6-alquilo, C1-C6-haloalquilo,
OH, C1-C6-alcoxi, C1-C6-alquiltio, etc.;R1 es,entre otros, H, OH, S(0)2NH2, CN,
C1-C6-alquilo, etc.;R2 es, entre otros, H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo,
C1-C6-haloalquilo, C2-C6-alquenilo, C3-C6-alquinilo, etc.;R3 es, entre otros,
H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo, etc; R4 es, entre otros, H, halógeno, CN,
C1-C6-alquilo, etc; oR3 y R4, junto con el átomo de carbono al que están
unidos, forman una porción seleccionada del grupo que consiste en carbonilo,
C2-C6-alquenilo, C3-C6-cicloalquilo, C3-C6-cicloalquenilo y heterociclilo de 3
a 6 miembros, y R5 es, entre otros, H, OH, S(0)2NH2, CN, C1-C6-alquilo, etc;
que incluye sus sales o N-óxidos aceptables en la agricultura; y al menos otro
compuesto seleccionado de compuestos herbicidas b) y protectores c) y mezclas
de estos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/68, A01N
61/00 yA01P 13/00; cuyos inventores son Hutzler, Johannes (DE); Hanzlik,
Kristin (DE); Calo, Frederick (FR); Kreuz, Klaus (DE); Tresch, Stefan (DE);
Seitz, Thomas (DE); Major, Julia (DE); Vogt, Florian (DE); Newton, Trevor
Williams (GB) y Schachtshabel, Doreen (DE). Prioridad: N° 14165564,7 del
23/04/2014 (EM). Publicación Internacional: WO2015/162164. La solicitud
correspondiente lleva el número 2016- 0000546, y fue presentada a las 14:18:09
del 23 de noviembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 20 de marzo de
2017.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2017121826 ).
El señor Néstor
Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial
de Merck Sharp & Dohme Corp., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS
ANTI TIGIT. La presente invención se refiere a anticuerpos anti TIGIT, así
como al uso de estos anticuerpos en el tratamiento de enfermedades tales como
cáncer y enfermedad infecciosa. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 39/00, A61K 39/395, A61P 37/02 y C07K 16/28; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Raghunathan, Gopalan (US); Liang, Linda (US);
Fayadat-Dilman, Laurence (US); Williams, Sybil M.G (US); Laface, Drake (US) y
Seghezzi, Wolfgang (DE). Prioridad: NI° 62/038,912 del 19/08/2014 (US) y N°
62/126,733 del 02/03/2015 (US). Publicación Internacional: WO 2016/028656. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000060, y fue presentada a las
11:15:20 del 17 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José,
21 de febrero de 2017. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana Segura De
La O, Registradora.—( IN2017121945 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Inscripción N°. 3332.—Ref: 30/2017/716.—Por
resolución de las 14:43 horas del 10 de febrero de 2017, fue inscrito(a) la
Patente denominado(a) MARCADORES DE EVENTOS INGERIBLES ALTAMENTE
CONFIABLES Y MÉTODOS PARA USARLOS a favor de la compañía Proteus Digital
Health Inc, cuyos inventores son: Robertson, Timothy (US); Hafezi, Hooman (US);
Holen, Maria (US); Au-Yeung, Kit, Yee (US); Duck, Robert (US) y Costello,
Benedict (US). Se le ha otorgado el número de inscripción 3332 y estará vigente
hasta el 27 de abril de 2030. La Clasificación Internacional de Patentes versión
2016.01 es: A61B 5/00 yA61B 5/02. Publicar en La Gaceta por única vez,
de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley
citada.—San José, 10 de febrero del 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—1
vez.—( IN2017122039 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE
NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: FRANCISCO JAVIER
MATHIEU MARÍN, con cédula de identidad número 1-0594-0868, carné número
25299 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial,
se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente
Nº17-000431-0624-NO.—San José, 04 de abril del 2017.—Unidad Legal
Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2017125784 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE
NOTARIO(A) PÚBLICO(A).
La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de
Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ADRIANA FRANCINE ACUÑA
VARGAS, con cédula de identidad número 4-0213-0335, carné número 25240. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS
HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente #17-000468-0624-NO.—San
José, 30 de marzo de 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vfichez Arias,
Notaria.—1 vez.—( IN2017125880 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE
NOTARIO(A) PÚBLICO(A).
La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de
Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A,
5to.piso, HACE SABER: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA TAMARA AVENDAÑO
CHAVARRÍA, con cédula de identidad número 4-0205-0565, carné número 24223.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°17-000204-0624-NO.—San
José, 09 de marzo de 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias,
Abogada.—1 vez.—( IN2017122528 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en
San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro,
Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN como delegatario para
ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA
FERNANDA ALVARADO MÉNDEZ, con cédula de identidad número 1-1521-0176, carné número 24436. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o
situaciones que afecten la conducta
del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Expediente N° 17-000470-0624-NO.—San José, 30 de marzo de
2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—(
IN2017125951 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de HABILITACIÓN como delegatario
para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: DARIANA
FRANCINI MORALES MARÍN, con cédula de identidad número 1-1519-0337, carné
número 24513. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código
Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente
17-000469-0624-NO.—San José, 21 de marzo del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Msc.
Marjorie Mejías Orozco, Abogada.—1 vez.—( IN2017125953 ).
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR
Y DERECHOS
CONEXOS
El día 13 de diciembre del 2016 se solicita
la inscripción del seudónimo CATALINA DE LA MADRID. Publíquese por una sola vez
en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener
derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles
siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de
Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 8976.—Curridabat, 20 de diciembre
de 2016.—Licda. Adriana Bolaños Guido, Registradora.—1 vez.—( IN2017122580 ).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0059-2017.—Exp. N°
4086A.—Agroindustrial Las Marías S. A., solicita concesión de: 30 litros por
segundo del Río Ciruelas, efectuando la captación en finca de Miguel Sandi
Gutiérrez en Santo Domingo (Santa Bárbara), Santa Bárbara, Heredia, para uso
agropecuario-riego-café. Coordenadas 227.551 / 518.749 hoja BARVA. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de
febrero de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles Pacífico Central.—Andrés Phillips
Ureña.—( IN2017125088 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ED-0275-2016.—Expediente Nº 8499P.—Terminal
de Contenedores Grant y Cabezas S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-447 en
finca de su propiedad en Guadalupe (Cartago), Cartago, Cartago, para uso
industria lavado de vehículos y riego-vegetales. Coordenadas 205.000 / 541.760
hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2017125473 ).
ED-0404-2016.—Expediente
11643-A.—Arovo Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0,08 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Santa Rosa (Turrialba), Turrialba, Cartago, para uso comercial-envasado de
agua. Coordenadas 212.150 / 569.250 hoja Tucurrique. Predios inferiores: No se
indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2017125524 ).
ED-UHTPSOZ-0006-2017.—Exp.
10841A.—Edgar Castro Mora, solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo
humano-domestico. Coordenadas 370.300 / 491.250 hoja San Isidro. Predios
inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 15 de febrero del
2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar,
Coordinador.—( IN2017125604 ).
ED-UHTPCOSJ-0002-2017. Expediente Nº
17502A.—José Alberto Segura Prado, solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Carlos
Segura Prado en Vuelta de Jorco, Aserrí, San José, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas 193.500 / 522.100 hoja Caraigres. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 28 de febrero de 2017.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017125672 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-UHSAN-0005-2017.
Expediente Nº4334A.—Municipalidad de San Carlos, solicita concesión de: 0.05
litro por segundo de la quebrada San Pedro, efectuando la captación en finca de
su propiedad en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario riego.
Coordenadas 256.904
/ 488.508 hoja Quesada. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 03 de marzo de 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy Quesada Artavia.—( IN2017125795 ).
ED-0089-2017. Expediente Nº 17532P.—Teboa
Tornado S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo TS-128 en finca de su propiedad en
Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas
186.725 / 465.650 hoja Tárcoles. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 27 de marzo de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas.—( IN2017125831 ).
ED-0595-2016.—Exp. N° 16790P.—Petra Tica del
Pacífico PTP SRL, solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo AG-168 en finca de su propiedad en
Quebrada Honda, Nicoya, Guanacaste, para uso industria. Coordenadas 242.954 /
399.603 hoja Abangares. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de
junio de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2017125889 ).
ED-UHSAN-0009-2016.—Exp
11898A.—Tenería Pirro Antonio Gómez Ltda., solicita concesión de: 14 litros por
segundo del Río Sarchí, efectuando la captación en finca de su propiedad en San
Pedro, Valverde Vega, Alajuela, para uso industria. Coordenadas 230.000 /
500.150 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 06 de marzo de 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy
Quesada Artavia.—( IN2017126060 ).
PROPUESTA
DE PAGO 40002 del 25/01/2017
La Dirección Ejecutiva
del
Tribunal Supremo de Elecciones acuerda:
Girar a la orden de los interesados los
presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las
respectivas partidas del presupuesto.
Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Francisco Rodríguez Siles, Director
Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N°
3400030797.—Solicitud N° 80875.—( IN2017122504 ).
PROPUESTA
DE PAGO 40003 del 25/01/2017
106680308 Fernández Quirós Álvaro ¢3.038.779,37
302840410 Denia Marita Rodríguez Bonilla ¢8.642.395,32
3101158781 Centro Textil José Befeler S.A. ¢22.223,68
Total ¢11.703.398,37
Francisco Rodríguez Siles, Director
Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O.C. N° 3400030797.—Solicitud
N° 80878.—( IN2017122507 ).
PROPUESTA DE PAGO 40004 del
01/02/2017
3101073893 |
Grupo de
Soluciones Informáticas GS |
¢1.227.132,78 |
4000042139 |
Instituto
Costarricense de Electric. |
¢44.116.782,89 |
4000042139 |
Instituto
Costarricense de Electric. |
¢46.011.551,35 |
4000042139 |
Instituto
Costarricense de Electric. |
¢33.605.119,24 |
|
Total |
¢124.960.586,26 |
Francisco Rodríguez Siles, Director
Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O.C. N° 3400030797.—Solicitud
N° 80879.—( IN2017122509 ).
PROPUESTA
DE PAGO 40005 del 01/02/2017
105050593 Retana Chinchilla Luz ¢64.358,60
112980377 Neil Quirós Josué ¢141.171,14
800530605 Kuing Fong Chan -NI- ¢12.310,00
3002173864 Asociación Solidarista T.S.E. -NI- ¢14.406.332,70
3002173864 Asociación Solidarista T.S.E. -NI- ¢17.901.014,26
3004045202 Cooperativa de Electrificación Rura ¢174.851,05
3004045260 Cooperativa de Electrificación Rura ¢53.470,00
3007042032 Junta Administrativa de la Imprenta ¢115.000,00
3007042032 Junta Administrativa de la Imprenta ¢87.000,00
3007042032 Junta Administrativa de la Imprenta ¢9.570,00
3007042032 Junta Administrativa de la Imprenta ¢10.320,00
3007042032 Junta Administrativa de la Imprenta ¢8.700,00
3007042032 Junta Administrativa de la Imprenta ¢27.610,00
3007042032 Junta Administrativa de la Imprenta ¢30.830,00
3007045087 Junta Administrativa del Servicio ¢98.458,00
3014042080 Municipalidad de Cartago ¢7.130,00
3101000046 Compañía Nacional de Fuerza y Luz ¢4.242.231,10
3101000046 Compañía Nacional de Fuerza y Luz ¢8.050.482,60
3101000046 Compañía Nacional de Fuerza y Luz ¢10.196.320,50
3101003233 Almacén Mauro S. A. ¢332.450,00
3101003937 Hacienda Santa Anita S. A. -NI- ¢7.410,00
3101021096 Formularios Standard Costa Rica S. ¢4.926.555,26
3101059070 Distribuidora y Envasadora de Quími ¢151.924,00
3101059070 Distribuidora y Envasadora de Quími ¢151.924,00
3101060893 Trajes Ejecutivo del Foro S. A. ¢2.363.417,00
3101095926 Sondel S. A. ¢38.606,68
3101112933 Servicios Técnicos Especializados S ¢95.659,00
3101162557 Distribuidora Grupo Multisa S. A. ¢1.890.420,00
3101237629 Comercializadora A T del Sur S. A. ¢715.346,10
3101261986 Frama Soluciones S. A. ¢215.739,18
3101292783 Servicios Múltiples Especializados ¢201.580,50
3101292783 Servicios Múltiples Especializados ¢201.580,50
3101402827 Tiancy Médica S. A. ¢563.990,00
3101587923 Tecnisoluciones LR S. A. ¢5.870.200,00
3102007759 Hijos de Heriberto Hidalgo Sucs Ltd. ¢671.912,50
4000001902 Instituto Nacional de Seguros ¢16.255,00
4000001902 Instituto Nacional de Seguros ¢150.000,00
4000001902 Instituto Nacional de Seguros ¢30.724.636,60
4000042138 Instituto Costarricense de Acueductos ¢203.015,00
4000042138 Instituto Costarricense de Acueductos ¢5.072.476,08
4000042146 Consejo Nacional de Producción ¢139.405,00
4000042146 Consejo Nacional de Producción ¢18.480,00
4000042146 Consejo Nacional de Producción ¢172.480,00
4000042146 Consejo Nacional de Producción ¢176.400,00
TOTAL ¢110.709.022,35
Francisco Rodríguez Siles, Director
Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N°
3400030797.—Solicitud N° 80881.—( IN2017122512 )
PROPUESTA DE PAGO 40006 del
08/02/2017
3002289705 |
Asociación Administradora de Acueduc |
¢ 3.135,00 |
3004045117 |
Cooperativa de Electrificación Rura |
¢ 26.983,74 |
3004045117 |
Cooperativa de Electrificación Rura |
¢ 82.395,18 |
3004045202 |
Cooperativa de Electrificación Rura |
¢ 144.780,40 |
3101042028 |
Empresa Servicios Públicos de Hered |
¢ 141.507,00 |
3101042028 |
Empresa Servicios Públicos de Hered |
¢ 48.718,00 |
3101073893 |
Grupo de Soluciones Informáticas GS |
¢ 1.233.936,87 |
3101275811 |
Argo de Sarapiquí A y G S. A. |
¢ 779.808,19 |
3101552298 |
Romayoda S. A. |
¢ 980.000,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 42.240,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 21.444,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 45.506,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 41.249,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 24.541,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 26.038,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 8.920,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 129.696,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 30.579,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 17.575,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 60.481,00 |
4000042138 |
Instituto Costarricense de Acueduct |
¢ 14.410,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 4.209.407,50 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 981.881,60 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 518.665,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 42.510,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 144.725,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 134.805,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 686.401,80 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 414.930,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 307.465,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 106.780,00 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢ 5.329.989,70 |
4000042139 |
Instituto Costarricense de Electric |
¢98.490,00 |
Total |
¢16.879.993,98 |
Francisco Rodríguez Siles, Director
Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N°
3400030797.—Solicitud N° 80882.—( IN2017122514 ).
PROPUESTA
DE PAGO 40007 del 15/02/2017
Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Francisco Rodríguez Siles, Director
Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N°
3400030797.—Solicitud N° 80883.—( IN2017122515 ).
PROPUESTA
DE PAGO 40008 del 22/02/2017
Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Francisco Rodríguez Siles, Director
Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N°
3400030797.—Solicitud N° 80885.—( IN2017122517 ).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Exp. N°
20520-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos
Jurídicos.—San José, a las quince horas del veintiséis de julio del dos mil
once. Diligencias de ocurso presentadas por Margarita Mayela Porras Salazar,
mayor, divorciada, estilista, costarricense, cédula de identidad número
dos-trescientos veintidós-setecientos setenta y uno; vecina de Grecia,
Alajuela, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el
sentido que la fecha de nacimiento de la persona ahí inscrita es “nueve de
junio de mil novecientos cincuenta y siete”. Conforme lo señala el artículo 66
de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil,
publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se
previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del
término de ocho días a partir de su primera publicación.—Licda. Marisol Castro
Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—( IN2017122636
).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Se hace saber que, en
diligencias de ocurso incoadas por Blanca Estela Amador Lira, se ha dictado la
resolución N° 526-2017, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cuarenta minutos
del once de enero de dos mil diecisiete, expediente N° 21842-2016. Resultando
1.…, 2.... Considerando: I. Hechos probados:... II. Sobre el fondo:... Por
tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Alexander Josué Vargas Amador,
en el sentido que el nombre de la madre es Blanca Estela.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2017122073 ).
En resolución N°
2275-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas veintiocho minutos del
veinticuatro de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
42720-2016, incoado por María Walkiria Pérez Pérez, se dispuso rectificar en el
asiento de nacimiento de Enola Luciana Soto Pérez, que el nombre de la madre es
María Walkiria.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017122097 ).
En resolución N°
021-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas cincuenta minutos del
dos de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 6218-2015,
incoado por Anielka Lisseth Raudez Herrera, se dispuso rectificar en el asiento
de matrimonio de Robin Antonio Chaves Meneses con Anielka Lisseth Raudez
Castillo, que los apellidos de la madre de la conyuge y el segundo apellido de
la misma son Herrera Castillo Y Herrera.—Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122160 ).
En resolución N° 435-2017
dictada por el Registro Civil a las catorce horas dieciséis minutos del nueve
de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 25392-2016, incoado
por Jamilethe De Los Ángeles Cortez Pérez, se dispuso rectificar en los
asientos de nacimiento de Brandon José Gómez Cortez y Wendy Sofía Gómez Cortez,
que el segundo apellido de la madre es Pérez.—Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122171 ).
En resolución N° 1773-2017
dictada por el Registro Civil a las diez horas cincuenta y ocho minutos del
siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 51601-2016,
incoado por Gladys Sofia Parrales Morales, se dispuso rectificar en el asiento
de nacimiento de Maury Sofia Gonzalez Parrales, que el nombre y apellidos de la
madre son Gladys Sofia Parrales Morales.—Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122221 ).
En resolución N° 2186-2017
dictada por el Registro Civil a las ocho horas cuarenta y ocho minutos del
veintidós de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
51256-2016, incoado por Otilia De La Cruz Gutiérrez Zúniga, se dispuso
rectificar en el asiento de nacimiento de Juder Antonio Malueño Gutiérrez, que
el nombre y segundo apellido de la madre es Otilia De La Cruz y Zúniga.—Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.
í.—1 vez.—( IN2017122224 ).
En resolución N° 1494-2017 dictada por
el Registro Civil a las catorce horas treinta y siete minutos del primero de
febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 32961-2016, incoado
por Darling Del Socorro Torrez Arias, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Alexa Patricia Torrez Arias, que el nombre de la madre es Darling
del Socorro.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.— ( IN2017122264 ).
En resolución N° 1503-2017
dictada por el Registro Civil a las quince horas trece minutos del primero de
febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 33557-2016, incoado
por Iliana Chinchilla Álvarez, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Iliana de los Ángeles Chinchilla Álvarez, que el nombre es Ileana
de los Ángeles y en el asiento de matrimonio de José Fabio de los Ángeles
Campos Navarro con Iliana de los Ángeles Chinchilla Álvarez, que el nombre de
la cónyuge es Ileana de los Ángeles.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor
Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122311 ).
Se hace saber, que en
diligencias de ocurso incoadas por Yeimy Bustos Ramírez, se ha dictado la
resolución N° 6501-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas
diez minutos del trece de diciembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 28165-2016
Resultando: 1º—… 2º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el
fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Nathalie Andrea
Bustos Ramírez, Anali Gamboa Bustos y Paula Gamboa Bustos, en el sentido que el
nombre de la madre es Yeimy.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122313 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Lidieth Faviola Briones Mora, se ha dictado
la resolución N° 1600-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas
cinco minutos del nueve de abril de dos mil quince. Exp. N° 343-2015.
Resultando: 1°—... 2°—… 3°—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre
el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Luis
Alonso Mejías Briones, en el sentido que el nombre de la madre es Lidieth
Faviola; de nacimiento de Fabricio Brenes Mora, en el sentido que el nombre, el
primer apellido y la nacionalidad de la madre son Lidieth Faviola, Briones y
nicaragüense, respectivamente y de Camila Salas Briones, en el sentido que el
segundo nombre de la madre es Faviola.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017122330 ).
En
resolución N° 874-2016 dictada por el Registro Civil a las quince horas del
dieciocho de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
35694-2016, incoado por Maryleth del Socorro Roblero Mairena, se dispuso
rectificar en el asiento de nacimiento de Ariana Jazmín López Roblero, que el
nombre de la madre es Maryleth del Socorro.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial
Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122351 ).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Frania del Carmen Corea
Ávalos, se ha dictado la resolución N° 6225-2016, que en lo conducente dice: Registro
Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho
horas cincuenta minutos del dos de diciembre de dos mil dieciséis. Exp. N°
29791-2016. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos probados: ...
II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de
Belinda Crystal Ordóñez Corea y de Marcos Eliacip Ordóñez Corea, en el sentido
que el nombre de la madre es Frania del Carmen.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora Oficial Mayor.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122396
).
Se hace saber, que en
diligencias de ocurso incoadas por Rafael Ángel Barboza Segura, se ha dictado
la resolución N° 2147-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas
cuarenta minutos del siete de abril de dos
mil dieciséis. Exp. N° 46526-2015 Resultando 1.-... 2.-...3... Considerando:
1.- Hechos Probados: ... II.- Sobre el Fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los
asientos nacimiento de Sheiris Denisse Barboza Castro, Rachany Sofía Barboza
Castro y Daymond Barboza Castro, en el sentido que los apellidos del padre son
Azofeifa Barboza.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017122405 ).
En
resolución N° 110-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas diez
minutos del cuatro de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
25729-2016, incoado por Rosibel del Socorro González, se dispuso rectificar en
el asiento de nacimiento de Ingrid Daniela González González, que el nombre de
la madre es Rosibel del Socorro.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122409 ).
En
resolución N° 448-2017 dictada por el Registro Civil a las doce y cincuenta y
dos minutos del nueve de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso
N° 36429-2016, incoado por Yahelin Marcibel López Manzanares, se dispuso
rectificar en el asiento de nacimiento de Karin Michelle López Manzanares, que
el primer nombre de la madre es Yahelin.—Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122414 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Wendy Montero Hidalgo, se ha dictado la resolución
N° 3591-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas y siete minutos del
veinte de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 16054-2016. Resultando: 1°—…,
2°—..., Considerando único... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento
de Tifanny Nicole Vega Montero, en el sentido que el primer nombre es
Tiffany.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122513 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Luisa Amanda Gonzales Ponce, se ha dictado
la resolución N° 5784-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas
veinte minutos del ocho de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 25322-2016.
Resultando: 1°—..., 2°—…, 3°..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre
el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Alexa José
Acevedo González, en el sentido que el primer apellido de la madre es
Gonzales.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122578 ).
En resolución N° 1721-2017
dictada por el Registro Civil a las catorce horas del siete de febrero del dos
mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 49225-2016, incoado por Getsemani
Santa Ruiz Centeno, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Eingel
Isaac Villalobo Ruiz, que el nombre de la madre es Getsemani Santa.—Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2017122611 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Aaron Eduardo Largaespada Guzmán, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155819770231, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente Nº 1116-2017.—Alajuela al ser las 14:38 del 20 de marzo del
2017.—Luis G.—1 vez.—( IN2017121956 ).
Samuel Humberto Zavala
Somarriba, nicaragüense, cédula de residencia N° 155815542029, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso, expediente N° 943-2017.—Limón, 17 de
marzo de 2017.—Regional de Siquirres.—Federico
Picado Le-Frank.—1 vez.—( IN2017122079 ).
José Antonio Acevedo Vargas,
nicaragüense, cédula de residencia 155818733435, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 1266-2017.—San José al ser las 11:51 del 22
de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122080 ).
Rosario Condori Negrete,
boliviana, cédula de residencia Nº DI106800025825, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Nº 1364-2017.—San José, al ser las 8:35 del 17 de
marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122088 ).
Lucila Otilia Brizuela
Sequeira, nicaragüense, cédula de residencia 155807528135, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 1328-2017.—San José al ser las 8:37 del 16
de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122184 ).
Ana Griselda Merlo Varela,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155813715924, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N° 3604-2016.—Guanacaste al ser las
12:06:24 del 22 de marzo del 2017.—Regional Santa Cruz.—Miguel Ángel Guadamuz
Briceño, Jefe.—1 vez.—( IN2017122196 ).
María Teresa Ramírez De
Vallina, colombiana, cédula de residencia 117001665507, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. 1444-2017.—San José, al ser las 2:10 horas del 21 de
marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122255 ).
Aracelly Barros Mercado,
colombiana, cédula de residencia 117001359133, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. 1383-2017.—San José, al ser las 3:41 horas del 17 de
marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122258 ).
Natalia Del Valle Conde Padrón,
venezolana, cédula de residencia 186200117208, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. 1485-2017.—San José, al ser las 9:37 horas del 23 de
marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122319 ).
Tania Edelmira Bracho
Rodríguez, venezolana, cédula de residencia 186200117422, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1482-2017.—San José al ser
las 9:06 del 23 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1
vez.—( IN2017122321 ).
Sahamira del Rosario Alvarado
Martínez, nicaragüense, cedilla de residencia, N° 155807228114, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 897-2017.—Limón, 17 de marzo
de 2017.—Federico Picado Le-Frank.—1 vez.—( IN2017122322 ).
Juan Francisco Conde Brandt,
venezolano, cédula de residencia 186200117529, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. 1481-2017.—San José, al ser las 9:12
del 23 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1
vez.—( IN2017122324 ).
Arelys Verónica León
Montenegro, nicaragüense, cédula de residencia 155809488716, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones
y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp: 1372-2017.—San José, al ser las 8:46 del 20 de
marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122368 ).
Axel Neyl Mejía Machado,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155811920222, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.3788-2016.—San José, 9 de enero de 2017.—German
Alberto Tojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017122425 ).
Israel de Jesús Núñez Sánchez,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155807877915, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.1890-2016.—San José, a las 9:44 horas del 15 de
marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122430 ).
Ana
Yensi Rivera Palma, nicaragüense, cédula de residencia N° 155801252004, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp. 3481-2016.—San José, 05 de diciembre del
2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017122472 ).
Lisbeth
de Jesús Quintanilla Guzmán, nicaragüense, cédula de residencia 155817771621,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1405-2017.—Guanacaste,
al ser las 16:02:32 del 20 de marzo de 2017.—Lic. Edgar Alguera Ramírez,
Jefe.—1 vez.—( IN2017122525 ).
Daniel Antonio Benavidez
Aguirre, nicaragüense, cédula de residencia N° 155804676329, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a
la publicación de este aviso. Exp.3633-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15
de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122526 ).
Eveling de Los Angeles Zúñiga
Baldelomar, nacionalidad, nicaragüense, cédula de residencia 155817277308, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. Expediente 1446-2017.—Guanacaste, al ser las
15:12:24 del 21 de marzo de 2017.—Oficina Regional de Liberia.—Lic. Edgar
Alguera Ramírez, Jefe.—1 vez.—( IN2017122577 ).
Pedro
Armengol Picado Pérez, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155816107209, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente Nº 1204-2016.—Alajuela, al ser las
11:36:56 del 23 de marzo del 2017.—Regional San Carlos.—José Manuel
Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2017122587 ).
Berta María Ruiz Gutiérrez,
nicaragüense, cédula de residencia 155802172716, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente. 1433-2017.—San José, al ser las 11:46 del
21 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017122589 ).
Norma Aracelly Báez Reyes,
nicaragüense, cédula de residencia 155807606418, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 1243-2017.—Alajuela, al ser las 08:36:33 del
24 de marzo del 2017.—Oficina Regional de Alajuela.—Luis Guillermo Quesada
Quesada, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017122593 ).
Acxel
Steven González Centeno, nicaragüense, cédula de residencia 155807036101, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente. 1146-2017.—San José, al
ser las 8:26 del 21 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefe a.
í.—1 vez.—( IN2017122594 ).
La Contraloría
General de la República informa: que se encuentra firme la resolución N°
16098-2015 (DJ-2057) de las 09:00 horas del 05 de noviembre del 2015,
confirmada en lo que interesa por el Despacho Contralor según resolución Nº
R-DC-14-2017 (Nº 2506/DC-0053-2017) de las 15:00 del 28 de febrero del 2017,
ambas dictadas dentro del procedimiento administrativo N° DJ-78-2012. Dicha
resolución en el Por Tanto resuelve declarar responsable administrativamente
con culpa grave sobre los hechos intimados en dicho procedimiento al señor
Jeffrey Eduardo Núñez Núñez, cédula de identidad 3-344-485, razón por la cual
se le impone una prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda
Pública de conformidad con lo dispuesto en el numeral 72 de la Ley Orgánica de
la Contraloría General de la República, por el plazo de ocho años, contados a
partir del 02 de marzo de 2017 hasta el 02 de marzo de 2025. En razón de ello,
sírvanse tomar nota las Administraciones interesadas, a efectos de que dicha
persona no sea nombrada en cargos de la Hacienda Pública por el período
indicado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del “Reglamento de
Organización y Servicio de las Potestades Disciplinaria y Anulatoria en
Hacienda Pública de la Contraloría General de la República”, publicada en el
Diario Oficial La Gaceta N° 244 del 20 de diciembre de 2011. Publíquese.
Lic. Christian Zamora
Pérez, Órgano Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 170115.—Solicitud Nº 80762.—(
IN2017122143 ).
Solución
Multivendor con sus respectivos
compontes
que permita administrar la Red
de Cajeros Automáticos del BCR
El Banco de Costa Rica, recibirá propuestas
de forma electrónica para el estudio en referencia, hasta el día 09 de mayo
2017, en los siguientes correos electrónicos:
a. earaya@bancobcr.com
b. ffernandez@bancobcr.com
c. lcgarcia@bancobcr.com
Los interesados pueden solicitar las
especificaciones y condiciones generales, así como las consultas, a las
direcciones electrónicas señaladas anteriormente.
Oficina de Contratación
Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N°
66348.—Solicitud N° 82201.—( IN2017126076 ).
HOSPITAL
MÉXICO
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000011-2104
Por la
adquisición de suplementos nutricionales,
módulo de
carbohidratos con almidón modificado
Se comunica a los interesados: fecha de
recepción de ofertas el 5 de mayo del 2017 a las 9:00 horas. El cartel está
disponible en el centro de fotocopiado público, ubicado en planta baja de este
Hospital. Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones
San José, 6 de abril del 2017. —Lic. Carmen
Rodríguez Castro, Coordinadora Subárea de
Contratación Administrativa.— 1 vez.—O. C. Nº 39.—Solicitud Nº 82091.—(
IN2017125857 ).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA 2017CD-000034-03
Compra de utensilios plásticos
para industria y el hogar
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 25 de abril del 2017.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en
el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del
cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 82204.—( IN2017126081 ).
LICITACIÓN ABREVIADA
2017LA-000002-09
Contratación de servicios de
aseo y limpieza con criterios
ambientales para la oficina de
adquisiciones, financiero
contable, almacén, proceso de
seguimiento, apoyo y
control y el edificio de la
Dirección de la
Unidad Regional de Heredia
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso, hasta las
10:00 horas del 12 de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego
de condiciones, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita:
Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página
web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 82205.—( IN2017126082 ).
LICITACIÓN ABREVIADA
2017LA-000003-09
Contratación de servicio de
fotocopiado y empaste según
demanda de cuantía estimada para
la Unidad
Regional de Heredia y sus
centros de
formación adscritos
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso, hasta las
10:00 horas de 11 de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de
condiciones, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita:
Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página
web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 82206.—( IN2017126084 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO
ELÉCTRICO
MUNICIPAL DE CARTAGO
Contratar
bienes y servicios
La Junta Administrativa
del Servicio Eléctrico de Cartago avisa que, con fundamento en el artículo 71
del Decreto Ejecutivo 35148 MINAET, Reglamento al Título IV de la Ley 8660, a
partir del día 30 de marzo del 2017, se publicará en la página web, invitación
del siguiente concurso:
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000006-01
Denominada
“Mano de obra Abierta para Construcción
de Líneas de Distribución 2017” por una estimación
económica de ¢77.000.000
millones, a recibir ofertas
11:00 a.m. horas del día 26 de
abril del 2017
En los próximos días se publicarán los
siguientes concursos:
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-0000008-01
Denominada
“Adquisición equipo de Protección”
estimación económica
¢280.000.000,00.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-0000010-01
Denominada
“Adquisición repuestos varios para el sistema Scada reconectadores y Sistema
de Comunicación de Subestaciones” estimación económica ¢135.000.000,00.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-0000011-01
Denominada
“Adquisición de Repuestos para otros
equipos: baterías, fusibles,
cadenas, reles, etc”
estimación económica
¢30.000.000,00.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-0000012-01
Denominada
“Adquisición de una grúa a ser
utilizadaen el traslado y parado
de postería”,
estimación económica de
¢200.000.000
Dirección electrónica: www.jasec.go.c /
Proveeduría/Carteles-Licitación Abreviada, a efectos de promover una mayor
participación por este mismo medio se publicarán las aclaraciones o modificaciones
y el acto final en la dirección;
http://www.jasec.go.cr/index.php/proveeduria-institucional/adjudicaciones
Cartago, 06 de abril del 2017.—Contratar
Bienes y Servicios JASEC.—Lic. Héctor Tabarez Carvajal, Coordinador.—1
vez.—O.C. N° 13971.—Solicitud N° 82147.—( IN2017126024 ).
BCR SAFI S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2017LA-000001-11
Compra
de un vehículo 4x4 híbrido
para
uso de BCR SAFI S. A.
El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las diez
horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del 10 de mayo del 2017, para la
licitación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la
Oficina de Contratación Administrativa, ubicado en el tercer piso de Oficinas
Centrales.
El cartel de la contratación que incluye las especificaciones técnicas
y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario
de 09:00 a.m. a 3:00 p.m. Además, lo pueden obtener a través de la página
electrónica del Banco de Costa Rica, www.bancobcr.com
Oficina
de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1
vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 82165.—( IN2017125999 ).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2016LN-000017-PROV
Arrendamiento
de Microcomputadoras
Se comunica a todos los interesados en el
procedimiento de contratación que se indica, que por acuerdo del Consejo
Superior del Poder Judicial en sesión Nº 32-17 celebrada el 04 de abril de
2017, artículos VIII, se dispuso declararlo infructuoso.
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000089-PROV
Servicios
Médicos bajo la Modalidad de Consulta Individual
para Servidores Judiciales de
Turrialba y Jiménez
Se comunica a todos los interesados en el
procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior
del Poder Judicial en sesión 32-17 del 04 de abril de 2017, artículo VI, se
dispuso adjudicarlo de la forma siguiente:
A: Corporación
de Profesionales Médicos COPROMED S. A., cédula jurídica 3-101-385494, para
un gasto anual estimado de ¢12.810.000,00.
Para
todos los anteriores, demás características y condiciones según cartel.
San José, 05 de abril del 2017.—Proceso de
Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017126020 ).
HOSPITAL
SAN VITO
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-0000001-2705
Frutas,
vegetales y pulpas a base de frutas
Entrega según demanda
El Área de Gestión de Bienes y Servicios, del
Hospital San Vito, de la Caja Costarricense de Seguro Social, comunica a los
interesados en el concurso Licitación Abreviada N° 2017LA-000001-2705, por
compra de frutas, vegetales y pulpas a base de frutas, bajo la modalidad de
entrega según demanda, que mediante acto N° 004-2017-2705, del 4 de abril del
2017, se adjudica la compra a la firma Improa S. A., ver detalles en la
página de la Institución www.ccss.sa.cr
San Vito, 04 de abril
del 2017.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Pedro Castillo Espinoza,
Jefe.—1 vez.—( IN2017125680 ).
CENTRO
NACIONAL DE REHABILITACION
DR.
HUMBERTO ARAYA ROJAS
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000001-2203
Suministro
de frutas, verduras y vegetales frescos,
verduras y vegetales frescos
mínimamente
procesados y pulpas de frutas
La Subárea de Contratación Administrativa del
Centro Nacional de Rehabilitación, les comunica a los interesados de este
concurso que se resuelve adjudicar de la siguiente manera:
Empresas
adjudicadas:
Oferta N° 2: Freshpack S. A. Línea N°
2: vegetales y verduras frescas mínimamente procesadas (ítemes Nos. 22 al 57).
Por un monto total aproximado de ¢38.901.559,94.
Oferta
N° 3: Cristy Paola Mora Guzmán. Línea N° 3: pulpas de frutas (Ítemes
Nos. 58 al 81). Por un monto total aproximado de ¢4.509.867,00.
Infructuoso:
línea N° 1: frutas, verduras y vegetales frescos (ítemes Nos. 1 al 21).
Ver más
detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San
José, 6 de abril del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—María Jesús
Salas Hernández, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017125978 ).
GERENCIA
LOGÍSTICA
AREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBAREA
DE INSUMOS MÉDICOS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2016LN-000024-05101
Bolsa de colostomía para adultos, sistema de una
pieza, con medida parche 65 +-5
mm
La Caja Costarricense de Seguro Social
comunica que de acuerdo al acta de adjudicación DABS-00127-2017, se resuelve
adjudicar el ítem único a la empresa Central América Pharma Supply S. A.
Por un precio unitario de USD $1,39 (Modalidad según demanda).
“Vea
detalles y mayor información en la página Web
http://www.hacienda.go.cr/comprared.
San José, 06 de abril
del 2017.—Licda. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. N° 1142.—Solicitud N°
16000.—( IN2017125991 ).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA 2017LA-000049-01
Servicios de capacitación en los
temas: sobrevivientes
al suicidio,
neuropsicoeducación, métodos para
la
adecuación curricular e inteligencia emocional
El Proceso de Adquisiciones del Instituto
Nacional de Aprendizaje, en sesión celebrada el 06 de abril del 2017, artículo
único recomienda adjudicar la contratación con base en el dictamen técnico y
elementos de adjudicación:
a. Adjudicar la Contratación
Directa N° 2017CD-000049-01 “Servicios de capacitación en los temas:
sobreviviente al suicidio, neuropsicoeducación, métodos para la adecuación
curricular e inteligencia emocional” en los siguientes términos:
• Adjudicar las líneas 1, 2, 3 y 4 a la oferta 2, presentada por Aula
Abierta JFA S. A., por un monto de ¢9.779.000,00 por cumplir con lo
estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega
según las especificaciones técnicas.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 82207.—( IN2017126085 ).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº2016LN-000004-01
Contratación del servicio de recolección,
separación,
valorización y disposición final de los
residuos sólidos
valorizables generados en el cantón de
Alajuela
La Municipalidad del
cantón Central de Alajuela comunica que el Concejo Municipal según artículo
N°6, capítulo V de la Sesión Ordinaria N°13-2017 del veintisiete de marzo de
dos mil diecisiete, adjudica la Licitación Pública Nº2016LN-000004-01
“Contratación del servicio de recolección, separación, valorización y
disposición final de los residuos sólidos valorizables generados en el cantón
de Alajuela” a la empresa Plataforma Internacional Real S.A, cédula jurídica
Nº3-101-226529 por un monto de ¢23,760,172.00. (Por jornada laboral
quincenal). Notifíquese.
Licenciada Johanna Madrigal Vindas, Proveedora Municipal.—
1 vez.—( IN2017125766 ).
LICITACION
ABREVIADA 2017LA-000002-01
(Prórroga N° 1)
Contratación
de una empresa que realice los servicios
de diagnóstico de desempeño y
organización
de TI del Banco Nacional
La Proveeduría General del Banco Nacional
comunica a los interesados en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000002-01,
promovida para la “Contratación de una empresa que realice los servicios de
diagnóstico de desempeño y organización de TI del Banco Nacional” lo siguiente:
Fecha y lugar de apertura:
Todas las ofertas deberán entregarse en la
Proveeduría General del Banco Nacional, situada en La Uruca, a más tardar a las
diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este Despacho, del 03 de mayo del
2017, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que
deseen asistir.
Las
demás condiciones del cartel permanecen invariables.
La Uruca, 28 de abril del 2017.—Ing. Douglas
Noguera Porras, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N°
82124.—( IN2017125903 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA N°
2017CD-000073-01
Contratación
de seiscientas (600) horas hábiles en servicios
profesionales
actuariales para el Fondo de Garantías
y Jubilaciones del BNCR
Se comunica a los interesados de la
Contratación Directa Nº 2017CD-000073-01, que por un error material he
involuntario en el Diario Oficial La Gaceta N° 57 del martes 21 de marzo
se publicó la adjudicación con error en el número de contratación en uno de sus
párrafos.
Anteriormente decía:
Adjudicar la Contratación Directa Nº
2017CD-000056-01 promovida para la “Contratación de seiscientas (600) horas
hábiles en servicios profesionales actuariales para el Fondo de Garantías y
Jubilaciones del BNCR”, de acuerdo al siguiente detalle:
Se deberá leer de forma correcta:
Adjudicar la Contratación Directa Nº
2017CD-000073-01 promovida para la “Contratación de seiscientas (600) horas
hábiles en servicios profesionales actuariales para el Fondo de Garantías y
Jubilaciones del BNCR”, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre del oferente: Ernst & Young S. A.
Representante legal: Evangelina Avendaño Arce.
Precio
cotizado por el
bien/servicio: $80,00 (ochenta dólares
americanos) por hora profesional
Plazo de la contratación: Tres (3) años o hasta que se agoten las
seiscientas (600) horas hábiles. El primer hecho que acaezca primero dará por
terminado el contrato.
Las demás condiciones se
mantienen invariables.
La Uruca, 06 de abril del 2017.—Proveeduría
General.—Ing. Douglas Noguera Porras.—1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N°
82126.—( IN2017125909 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
2017LN-000003-01
Adquisición por demanda de
sistema
de
autenticación flexible de usuarios
El Banco de Costa Rica informa a los
interesados en la Licitación Pública Nacional en referencia, que el cartel se
ha modificado, según el siguiente detalle:
MODIFICACIONES
Se amplía el plazo para la recepción de
ofertas, el acto de apertura queda establecido para el día lunes 24 de abril de
2017, a las 11:30 a.m., las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la
Oficina de Contratación Administrativa, ubicada en el tercer piso de Oficinas
Centrales, San José, avenidas 0 y 2, calles 4 y 6.
Los
interesados pueden obtener el documento de modificaciones al cartel, en la
página electrónica www.bancobcr.com, en la siguiente ruta: Acerca del
BCR/proveedores/carteles
San José, 06 de marzo del 2017.—Oficina de
Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar
Solórzano, Supervisor.— 1 vez.—O. C.
N° 66348.—Solicitud N° 82158.—( IN2017126021 ).
RED DE SERVICIOS DE SALUD S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000002-INS-RSS
Adquisición de aloinjertos de origen
cadavérico
La Red de Servicios
de Salud S. A., cédula jurídica N° 3-101-593087, a través del Departamento de
Proveeduría, comunica que se han realizado modificaciones al pliego cartelario
del proceso de contratación Nº 2017LN-000002-INS RSS “Adquisición de
aloinjertos de origen cadavérico”
Las modificaciones podrán solicitarse a la
dirección de correo electrónico ingrodriguez@ins-cr.com o comunicarse con la
señora Ingrid Rebeca Rodríguez Gómez al teléfono 2296-9599, extensión. 4284.
Así mismo, se comunica que se prorroga la
recepción de ofertas y acto de apertura de ofertas para el día 21 de abril del
2017.
San José, 05 de abril
del 2017.—José Alfredo Zamora, MBA. Gerente Financiero Administrativo.—1
vez.—O.C. Nº 206-2016.—Solicitud Nº 18067.—( IN2017125863 ).
HOSPITAL
MÉXICO
SUB ÁREA
DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
COMPRA
DIRECTA N° 2017CD-000030-2104
(Aviso N°03 prórroga)
Por la adquisición de monitores de signos vitales, monitor
de signos
vitales cuidado crítico, central de monitoreo
Se comunica a los interesados
en participar que se ha prorrogado la fecha de apertura para el 28 de abril del
2017, a las 10:00 am, en caso de que se realicen modificaciones se les
comunicará por este medio. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 6 de abril del 2017. —Licda. Carmen
Rodríguez Castro, Coordinadora Subárea de
Contratación Administrativa.— 1 vez.—O. C. Nº 38.—Solicitud Nº 82092.—(
IN2017125854 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000008-2104
(Aviso Nº 01 prórroga)
Por la
adquisición de remodelación de Salas
de Cirugía
Ambulatoria de Oftalmología
Se comunica a los interesados en el presente
concurso que se ha prorrogado la fecha de apertura para el 04 de mayo del 2017
a las 09:00 horas. Demás condiciones permanecen invariables.
San José, 05 de abril del 2017.—Licda. Carmen
Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 40.—Solicitud Nº 82101.—(
IN2017125826 ).
MUNICIPALIDAD
DE ASERRÍ
LICITACION
PÚBLICA 2017LN-000001-01
Compra
de dos camiones recolectores
de desechos sólidos tracción 8x4
tipo C4
La Municipalidad de Aserrí, comunica que la
apertura de las ofertas para la Licitación Pública N° 2017LN-000001-01, “Compra
de dos camiones recolectores de desechos solidos tracción 8x4 tipo C4”, se
prorrogará hasta las 08:00 horas del día viernes 28 de abril del 2017. Además a
partir del 17 de abril del 2017, se estará entregando el pliego de
modificaciones y aclaraciones al cartel.
Aserrí, 05 de abril del 2017.—Magally Díaz
Leitón, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—( IN2017125912 ).
MUNICIPALIDAD
DE OSA
LICITACIÓN
PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000001-01
(Segunda
prórroga)
Adquisición
de obra pública por contrato para
construcción de puente vehicular
sobre
río Drake, Los Ángeles de Drake
La Proveeduría Institucional de la
Municipalidad de Osa, comunica a todos los interesados, que estén en capacidad
de realizar este tipo de obra, que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas
del día 28 de abril del 2017, en el cual serán abiertas en presencia de los
interesados que deseen asistir
Aclaraciones
- Capitulo II, Especificaciones de la Contratación, Punto 1.1.1
Generalidades. Página 18.
Se aclara que por error material se incluyó
el texto “El hecho de que el Contratista subcontrate parcial o totalmente la obra, no lo releva ni
disminuye su exclusiva responsabilidad por el trabajo a realizar” se aclara que
no es posible subcontratar totalmente la obra por lo tanto se excluye esa
porción del texto y debe leerse correctamente de la siguiente manera:
“El hecho
de que el Contratista subcontrate parcialmente la obra, no lo releva ni
disminuye su exclusiva responsabilidad por el trabajo a realizar”
Adicionalmente en este mismo apartado, se aclara que por error se citó
que el contratista adjudicado deberá apegarse a lo indicado en la resolución de
viabilidad ambiental RES-1301-2016-SETENA, cuando en realidad la resolución
correcta es RES-1976-2014-SETENA.
- Capítulo IV, Sistema de Evaluación, Punto 1.3 Plazo de Entrega.
Página 63.
En relación al plazo de
entrega, se aclara que el mínimo se establece en 100 días naturales hasta un
máximo de 160 días naturales para la finalización de las obras, por lo tanto,
las ofertas que no se apeguen a este parámetro no recibirán ningún punto en
este apartado, por lo que debe leerse correctamente de la siguiente manera:
“La
oferta deberá presentar el plazo en días naturales, plazo que bajo ninguna
circunstancia podrá ser menor a 100 días naturales hasta un máximo de 160 días
naturales, las ofertas que no se apeguen a este parámetro no recibirán ningún
punto en este apartado. El puntaje se calculará con la siguiente formula:”
- Capítulo III, Condiciones Especiales, Punto 8 Control de Calidad
de las Obras. Inciso g) y h). Páginas 50 y 51.
En relación a la calidad
se establece en el punto 8 del cartel que el oferente deberá indicar en su
oferta el nombre de la firma consultora que realizará las pruebas de
autocontrol de calidad, con los respectivos ensayos acreditados en el ECA y
posteriormente en la reunión pre inicio presentará al Gerente de Obra del
contrato el plan de control de calidad que utilizará en la obra a ejecutar.
Dicho plan de autocontrol deberá cumplir como mínimo con los ensayos y
frecuencias indicados en el CR-2010. Sin embargo, para que la oferta mantenga
equidad entre los posibles oferentes, se plantea el siguiente plan de control
de calidad:
Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Modificaciones
- Capítulo I, Condiciones Generales, Punto 4 Declaraciones Juradas.
Inciso g) y h). Página 10.
Se procede a la modificación de la
experiencia solicitada en el Punto 4 Declaraciones Juradas. Inciso g) y h).
Página 10, deberá leerse de la siguiente manera:
a) Un Director Técnico: Declaración Jurada
emitida por el profesional ofrecido como Director Técnico, que indique que
cuenta con al menos cinco años de experiencia profesional en diseño y
construcción de obras tales como: puentes de concreto, puentes prefabricados,
puentes con estructura y superestructura en metal con superficies de rodamiento
en concreto, metal o prefabricado.
b) Un Ingeniero Residente: Declaración Jurada
emitida por el profesional ofrecido como Ingeniero Residente, que indique que
cuenta con al menos dos años de experiencia profesional en construcción de
obras tales como: puentes de concreto, puentes prefabricados, puentes con estructura
y superestructura en metal con superficies de rodamiento en concreto, metal o
prefabricado.
Errores
Materiales
Que el oferente indica en referencia a un
error material en su encabezado, léase correctamente, Licitación Pública
Nacional N° 2017LN-000001-01
En el punto 1.8.1 …. Para este proceso de
contratación mediante procedimiento ordinario denominado Contratación Directa Concursada … léase correctamente,
Licitación Pública Nacional N° 2017LN-000001-01
Proveeduría Municipal.—Licda. Jessenia Salas
Jiménez, Proveedora Institucional.—1 vez.—( IN2017125734 ).
La Junta Directiva del
Banco Central de Costa Rica en el artículo 9 del acta de la sesión 5760-2017,
celebrada el 02 de marzo del 2017,
considerando que:
A Las normas de control interno requieren que las actividades de
control diseñadas sean parte inherente de la gestión institucional y se
incorporen en ella en forma natural y sin provocar menoscabo a la observancia
de los principios de eficacia, eficiencia, simplicidad y celeridad[1],
y deben ajustarse según lo requiera la dinámica institucional.
B. El Reglamento del Comité de Riesgos del Banco Central de Costa Rica,
aprobado por la Junta Directiva[2],
en el inciso 13, artículo 8, señala la siguiente asignación: Solicitar al
Departamento de Riesgos un informe anual, en enero de cada año, sobre los
resultados de la ejecución de su plan de trabajo, para comunicarlo al Comité de
Auditoría y a la Junta Directiva.
C. Dicho Reglamento, aprobado por la Junta Directiva, establece en el
inciso 16, artículo 8, la siguiente asignación: Presentar un informe cada seis
meses a la Junta Directiva sobre la gestión integral de riesgos.
D. El Departamento Gestión Integral de Riesgos informa, periódicamente,
al Comité de Riesgos sobre los resultados de la ejecución de su plan de trabajo
y lo comunica semestralmente a la Junta Directiva.
dispuso:
aprobar las siguientes modificaciones del
Reglamento del Comité de Riesgos, del Banco Central de Costa Rica, conforme al
texto que se transcribe a continuación:
a) En el artículo 8, denominado Competencias y responsabilidades,
eliminar el apartado treceavo, donde se señala al inicio: “Solicitar al
Departamento de Riesgos un informe anual, en enero de cada año, sobre los
resultados de la ejecución de su plan de trabajo, para comunicarlo al
Comité
de Auditoría y a la Junta Directiva”.
b) Incluir en el artículo 8, denominado Competencias y
responsabilidades, en el apartado dieciséis, la siguiente oración: “g. Los
resultados de la ejecución del plan de trabajo del Departamento Gestión
Integral de Riesgos”.
c) En el artículo 8, denominado Competencias y responsabilidades, en
el apartado dieciséis, donde se lee: “g) Cualquier otro aspecto de interés.
h) Cualquier otra función que le sea asignada por la Junta Directiva”, sustituir
ese fragmento para que se lea así: “h) Cualquier otro aspecto de interés. i)
Cualquier otra función que le sea asignada por la Junta Directiva”. Cualquier
otro aspecto de interés. h) Cualquier otra función que le sea asignada por la
Junta Directiva”, sustituir ese fragmento para que se lea así: “h) Cualquier
otro aspecto de interés. i) Cualquier otra función que le sea asignada por la
Junta Directiva”.
Las anteriores modificaciones rigen a partir
de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1
vez.—O. C. Nº 4200000991.—Solicitud
Nº 80450.—( IN2017122145 ).
MUNICIPALIDAD
DE GRECIA
La Municipalidad de Grecia en sesión
ordinaria del 6 de marzo del 2017, artículo VI, inciso 1, del acta 069.
b). Modificar los Artículos 28 y 34 del
reglamento de construcciones de la Municipalidad de Grecia para que en adelante
se lean:
Artículo 28.—Requisitos que deben contener
todo edificio o casa de habitación, para el desfogue de aguas pluviales y aguas
servidas:
a) Las que se construyan o estén construidas, deberán tener canales o
canoas y los tubos necesarios para recoger las aguas pluviales dichas aguas
deberán ser descargadas directamente en las vías públicas o desagües
particulares previamente diseñados, y su paso por las aceras deberá hacerse
bajo el pavimento o ladrillo de la misma, no permitiéndose caídas libres de
aguas pluviales sobre la vía pública los tubos para el drenaje pluvial sobre la
fachada no podrán sobresalir del plano de la pared en más de diez centímetros.
b) Toda nueva construcción ubicada dentro del perímetro definido por
el estudio denominado “factibilidad, diseños elaboración de planos
constructivos del sistema de alcantarillado sanitario del distrito primero del
cantón de Grecia”, deberá indicar en los planos constructivos la respectiva
prevista sanitaria para la futura conexión al alcantarillado sanitario la
ubicación de dicha prevista por parte del profesional diseñador de la obra,
será conforme al diseño de las redes del colector, información que estará disponible
en la página web de la municipalidad de Grecia y en el departamento competente,
la conexión será a vía pública. Lo anterior será requisito indispensable para
autorizar la licencia de construcción respectiva.
Artículo 34.—Para toda licencia de construcción
que requiera acceso vehicular y peatonal, los planos constructivos deberán
precisar, técnicamente el acceso a la finca, el cual no puede comprometer: las
aceras, los sistemas de desfogue de aguas pluviales y el derecho de vía. La
solución técnica de acceso contemplada en los planos constructivos debe
considerar la pendiente y la topografía de la finca, ajustándose a la normativa
especial que regula la materia, así como garantizar la continuidad de los
elementos que componen el derecho de vía como: calzada, cunetas, espaldón,
aceras, sistemas, electromecánicos y en general no obstaculizar el libre
tránsito y cumplir la normativa local y nacional en materia vial, de
accesibilidad y seguridad humana. La pendiente transversal de la acera hacia el
cordón no podrá exceder del dos por ciento.
Minor Molina Murullo, Alcalde.—1 vez.—(
IN2017122654 ).
MUNICIPALIDAD
DE CARTAGO
PROYECTO
DE REGLAMENTO DE BIENALES
DE PINTURA Y ESCULTURA MUSEO
MUNICIPAL DE CARTAGO
El Concejo Municipal de
Cartago, conforme al artículo 43 del Código Municipal y al acuerdo contenido en
el artículo XXV del acta 69-2017, de la sesión ordinaria celebrada en fecha 21
de marzo del 2017, somete a consulta pública no vinculante, el presente
Proyecto de Reglamento de Bienales de Pintura y Escultura, que en adelante
dice:
Artículo 1º—Objeto: El objeto del
presente reglamento, es establecer las regulaciones especiales a que quedan
sometidas las bienales de pintura y escultura que promueva la Municipalidad, a
través del Museo Municipal de Cartago.
Artículo
2º—De las Bienales: Las Bienales a que se refiere este reglamento, se
realizarán de manera separada y alterna en el mes de octubre de cada año,
iniciando a partir de la vigencia de este Reglamento con la Bienal de Pintura.
Artículo
3º—De los Participantes: Podrán participar artistas emergentes, artistas
aficionados, profesionales, graduados o autodidactas, costarricenses o
residentes con una edad mínima de 18 años, cumplidos en el momento del cierre
del concurso.
No
podrán participar artistas que tengan parentesco con los miembros del jurado o
la organización, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Artículo
4º—Temática: La temática de las propuestas será abierta.
Artículo
5º—Técnica.
Pintura: Se permitirá cualquier técnica de pintura ya
sea tradicional o experimental dentro del estilo que elija el participante,
incluyendo la técnica mixta. Deben confeccionarse sobre lienzo, papel o madera,
incluyendo también obras en materiales como cartón o materiales de reciclaje.
Escultura: Se aceptará la que utilice
materiales propios para la escultura tridimensional y de calidad, tales como
piedra, madera, metal, resina u otros elementos no tradicionales.
Artículo
6º—Características:
Pintura: La obra debe tener como máximo
2 metros de alto por 2 metros de ancho, sin incluir la marialuisa y el marco.
Debe venir lista para ser expuesta en galería
(enmarcadas o en bastidor)
Escultura: La obra no debe ser mayor a 2
metros de altura y su circunferencia no podrá exceder de 1 metro, con su
respectiva base.
No se
aceptarán instalaciones.
Artículo 7º—Requisitos de la obra:
Las
obras deben ser inéditas y producida en los últimos dos años.
Se
admitirá como máximo una obra por autor.
Artículo 8º—Presentación de la obra en
carpeta:
La presentación de la obra se realizará
mediante una carpeta, que deberá aportarse dentro los primeros 15 días del mes
de julio de cada año, y estará compuesta de la siguiente manera:
Nota firmada por el autor
dirigida al Museo Municipal de Cartago, en la conste su interés de participar de
la Bienal.
Fotocopia de la cédula de
identidad o de residencia.
c) Currículo del autor.
d) Para cada obra que participa:
i. Fotografías color impreso: de 3 a 5 imágenes de la misma obra que
participa que den cuenta del aspecto total de la misma.
ii. Ficha técnica completa (Título; técnica, soporte y/o detalle de los
materiales; dimensiones; año de ejecución).
iii. Memoria conceptual de la obra: comentario en un máximo de 300
palabras.
iv No se recibirán propuestas que no cumplan con estos requisitos.
Las obras no seleccionadas para
participar en las bienales serán devueltas a sus autores.
La participación en esta
convocatoria implica la aceptación de todas las normas del presente reglamento.
Articulo 9º—De la Selección:
La revisión de las obras
propuestas la realizará un jurado externo al museo.
El jurado hará la elección de
aquellas obras que considere exhibir como parte de la exposición.
Se comunicará a los artistas su
aceptación o no, a participar de la bienal, a partir de la segunda quince del
mes de julio de cada año, al correo electrónico señalado como medio para
recibir notificaciones en el formulario respectivo.
La decisión del jurado será
inapelable
El jurado podrá declarar
desierta cualquier bienal.
Articulo 10.—Jurado Calificador: El
Jurado estará compuesto por tres miembros que serán como mínimo representantes
de asociaciones reconocidas en el campo de las artes, realizarán la elección de
la obra ganadora y además seleccionarán una muestra máxima de veinticinco (25)
de las obras participantes que serán exhibidas junto con la obra premiada.
Las decisiones que tome el jurado, en cuanto
a la premiación y selección de la muestra,
serán
finales e inapelables.
Articulo 11.—De la Presentación de las
Obras Seleccionadas: Las obras que hayan sido seleccionadas, deber ser
presentadas en el Museo en la primera quincena del mes de setiembre de cada
año.
La obra
deberá entregarse debidamente embalada y protegida con material resistente,
reutilizable para su devolución. La devolución se realizará en el mismo lugar
de la entrega.
Las
obras que no sean presentada en ese periodo, quedarán automáticamente
descalificadas.
Artículo 12.—Premiación: Se otorgará
un único premio de tres mil dólares americanos, el día de la inauguración de la
muestra.
El
artista que resulte premiado, aceptará con la sola participación en la Bienal,
que su obra pasará a ser parte de la colección privada del Museo Municipal de
Cartago, sin reclamo alguno por parte del autor incluso posterior, incluidos
los derechos de reproducción y el derecho de utilizar las obras adquiridas. El
derecho a la paternidad de la obra lo conservará el artista.
Articulo 13.—De la Exposición: El
Museo realizará una exhibición en su sede, cuya inauguración se realizará en el
mes de octubre de cada año y permanecerá abierta al público por 30 días
calendario.
El
Museo hará la promoción necesaria sobre el evento por lo que se reserva el
derecho de reproducir para su divulgación y mediante cualquier sistema
(gráfico, audiovisual, internet, etc.) las propuestas seleccionadas, sin tener
que pagar derechos por ello. Los autores de las obras seleccionadas se
comprometen a ceder sin cargo los derechos de reproducción gráfica, sonora y
visual de sus obras, en todo lo concerniente a la difusión y promoción de la
bienal, en todas las instancias de exhibición, los medios y soportes que el
Museo considere pertinente para tal fin.
Artículo 14.—Devolución de Obras Seleccionadas: Las obras
seleccionadas, deberán ser retiradas a más tardar quince días naturales,
posteriores a la finalización de la exposición en horario de oficina.
Las
obras que no sean retiradas en ese periodo, pasarán a ser propiedad del Museo
Municipal de Cartago, sin reclamo alguno por parte del autor incluso posterior,
incluidos los derechos de reproducción y el derecho de utilizar las obras
adquiridas. El derecho a la paternidad de la obra lo conservará el artista.
La
Municipalidad garantizará la vigilancia de las obras seleccionadas, y se hará
responsable de cualquier daño en general causado dentro del museo por un
tercero sea culposo o doloso, así como por la sustracción ilegítima de las
mismas. A estos efectos indemnizará al autor o su representante por el valor de
la obra en caso de sustracción, o en su defecto cubrir los gastos por la
restauración de la misma. El monto por sustracción será definido por un curador
y en el caso de restauración será previamente determinados por un conservador o
restaurador para ambos casos contratado al efecto por el Museo, en
representación de la Municipalidad.
Sin
perjuicio de lo anterior la Municipalidad no asume otras responsabilidades que
no sean las indicadas en el presente reglamento, incluidas las causadas por
daños en general a las obras, causados por caso fortuito o fuerza mayor,
eventos naturales, incluidos de carácter climatológico, en el embalaje, en el
desembalaje y en el transporte de las obras, en el montaje o desmontaje de la
muestra, ni el pago de las pólizas respectivas de aseguramiento de las obras y
de cualquier extremo que se relacione con la exposición que deba ser objeto de
cobertura de seguros y que la responsabilidad del museo inicia a partir del
recibo de las obras y hasta la fecha de retiro de las mismas en el museo.
Artículo 15.—Vigencia: Rige a partir
de su publicación. Publíquese de acuerdo a lo dispuesto por el artículo N° 43
del Código Municipal.
Guisella Zúñiga
Hernández, Secretaria.—1 vez.—( IN2017122607 ).
La Junta Directiva del Banco Central de Costa
Rica en el artículo 5 del acta de la sesión 5762-2017, celebrada el 15 de marzo
del 2017,
considerando que:
La Autoridad Reguladora de los
Servicios Públicos (ARESEP), en oficio 521-RG-2016 del pasado 18 de julio,
solicitó al Banco Central de Costa Rica (BCCR) autorización para suscribir el “Contrato
de Fideicomiso Inmobiliario No 018-ARESEP-2016” con el Banco de Costa Rica
(BCR), para financiar la construcción de la sede de las oficinas
administrativas de la ARESEP y la Superintendencia de Telecomunicaciones
(SUTEL).
Esta solicitud fue complementada con
información necesaria para el estudio, suministrada en correos electrónicos de
fechas 19 de octubre, 30 de noviembre y 8 de diciembre últimos y en oficios
052-RG- 2017 del 24 de enero, 117-RG-2017/4165 y 120-RG-2017/4219, ambos del 9
de febrero del año en curso.
La ARESEP es una entidad
autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía
técnica y administrativa (artículo 1, Ley 7593 y sus reformas), cuya principal
fuente de financiamiento es el cobro del canon de regulación, cargo anual
aprobado por la Contraloría General de la República (artículo 82, Ley 7593 y
sus reformas).
Mediante
Ley 7593 y sus reformas les faculta a realizar contratos o suscribir los
documentos que permitan atender sus funciones, entre ellos de compra-venta de
bienes y servicios, gestión de créditos, arrendamientos y fideicomisos.
La Dirección de Crédito Público
del Ministerio de Hacienda, mediante oficio DCP-0360-2016 del 24 de junio de
2016 indicó que al no estar la ARESEP sujeta a los lineamientos de la Ley de
Administración Financiera y Presupuestos Públicos (Ley 8131), la Dirección de
Crédito Público en particular, ni el Ministerio de Hacienda en general,
requieren emitir criterio sobre la forma en que esa Entidad considere realizar
sus operaciones financieras y de endeudamiento.
El Ministerio de Planificación
Nacional y Política Económica, en oficio DM-794-16 del 28 de noviembre de 2016,
emitió la aprobación final al proyecto de ARESEP e indicó que este proyecto de
inversión es rentable desde el punto de vista socioeconómico y para un período
de 50 años (vida útil de la obra que proponen construir).
Los artículos 106 de la Ley
Orgánica del Banco Central de Costa Rica y 7 de la Ley de Contratos de
Financiamiento Externo con Bancos Privados Extranjeros (Ley 7010) establecen
que cuando el Gobierno o los entes públicos pretendan contratar créditos
deberán contar con el dictamen previo del Banco Central.
Particularmente, el citado
artículo 106 dispone que en ocasión de créditos internos, el dictamen lo
emitirá con el propósito de dar a conocer su posición sobre la situación de
endeudamiento del sector público y de coordinar su política monetaria y crediticia,
con la política financiera y fiscal de la República.
La Ley 7010 dispone que el
dictamen que rinda el Banco Central será vinculante.
La presente operación se
financiaría mediante la figura de fideicomiso con contrato de arrendamiento
financiero, que por realidad económica es endeudamiento público. Esta condición
quedó comprendida en lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 36450-H del 10
de marzo de 2011.
El literal
d) del artículo 3, de la Ley 7558, indica que una de las funciones del Banco
Central es ser consejero del Estado.
El proyecto de inversión de
ARESEP daría una solución de largo plazo al problema de no disponer de un
edificio con el espacio suficiente para albergar sus oficinas administrativas y
las de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL). Con ello atenderían
el requerimiento de la Contraloría General de la República dado en oficio
DFOE-IFR-0220 del 8 de abril de 2011.
La
estructura de financiamiento planteada en el contrato de “Fideicomiso
Inmobiliario Nº 018-ARESEP-2016” contempla financiar el proyecto en moneda
extranjera. La estructura de financiamiento planteada no considera el riesgo
cambiario durante la etapa operativa del fideicomiso (25 años).
Dadas las condiciones
financieras planteadas para esta operación, la ventaja de contratar el crédito
en dólares se reduce ante incrementos en la expectativa de variación cambiaria.
Así, durante la vigencia del fideicomiso, la tasa de variación promedio anual
en el tipo de cambio a la cual es indiferente contratar la operación en colones
o dólares se ubica en torno a 3,0%.
La evolución del tipo de cambio
para períodos móviles de 25 años señala que, salvo la última vez que la
economía costarricense mostró periodos móviles de 25 años con variaciones
medias interanuales inferiores a 5% fue en el tercer trimestre de 1980, cuando
el régimen de tipo de cambio era totalmente fijo.
El Banco Central no tiene
compromiso alguno con determinados valores del tipo de cambio y ha advertido
los riesgos asociados al otorgamiento de crédito en dólares a agentes cuya
principal fuente de ingresos es en colones.
La principal fuente de ingresos
de ARESEP y de la SUTEL es en moneda nacional y proviene de los cánones a los
servicios regulados. Estos cánones tienen efecto directo sobre el
comportamiento de los precios internos.
Lo anterior sugiere que, en
procura de evitar que el impacto de este proyecto sea trasladado al usuario
final de los bienes y servicios regulados y, de mejorar la eficiencia del
aparato estatal, necesaria para la promoción de iniciativas de reforma fiscal
que contengan la trayectoria creciente de la razón de deuda pública a PIB, el
ente regulador precisa adoptar medidas administrativas que compensen el efecto
incremental asociado al costo del arrendamiento financiero.
Establecer tasas de interés piso
en el contrato del fideicomiso introduce tratamientos discriminatorios para el
deudor, en el tanto la operación en estudio no estaría afecta a cambios en las
condiciones macroeconómicas que ubiquen las tasas de interés en valores
inferiores a ese mínimo. Esta desventaja finalmente es trasladada al usuario
final de los bienes y servicios regulados.
Es posible modificar la
estructura de financiamiento con costos mínimos (según lo indicado por el
solicitante); sin embargo, existen riesgos para aplicar esos cambios por cuanto
el contrato es genérico y no establece específicamente cuales son los cambios
que podrían introducirse una vez que se firme y refrende el contrato de
fideicomiso. Además, dichos cambios podrían producirse solo a iniciativa del
fiduciario, condición última que introduce problemas de “principal–agente”,
dado que el Banco de Costa Rica es un eventual acreedor del fideicomiso.
dispuso:
emitir el dictamen negativo del Banco Central
de Costa Rica a la solicitud de la Autoridad Reguladora de los Servicios
Públicos (ARESEP), para financiar la construcción del edificio que albergará
sus oficinas administrativas y las de la Superintendencia de
Telecomunicaciones, mediante la figura de fideicomiso con arrendamiento
financiero en moneda extranjera. Si bien se reconocen los beneficios que en el
mediano plazo tiene disponer de instalaciones propias para albergar las
oficinas administrativas del sector público, el mecanismo de financiamiento que
pretende contratar la ARESEP, conlleva riesgos y costos, entre ellos el
cambiario, que reducen los beneficios indicados.
Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1
vez.—O. C. Nº
4200000991.—Solicitud Nº 80773.—( IN2017122095 ).
La Universidad de Costa Rica comunica al público
en general y proveedores el extravío del recibo de dinero N° 664980, por tanto,
no se hace responsable por el mal uso que se le dé a este documento.
Evelyng Andrade Esquivel.—1 vez.—(
IN2017122635 ).
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
El señor Gay Antonio Meissimilly González,
pasaporte N° I588711, ha presentado para el trámite de reconocimiento y
equiparación el diploma con el título Ingeniero en Electrónica obtenido en el
Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”. Cualquier persona
interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo
mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y
Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 20 de marzo del 2017.—Departamento
de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C.
N° 20150003.—Solicitud N° 80703.—( IN2017121798 ).
Instituto de Desarrollo Rural, cédula
jurídica número 4-000-042143, asuntos jurídicos Región Brunca, Daniel Flores de
Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, que habiéndose recibido las solicitudes de
Concesiones en terrenos de Franja Fronteriza, que a continuación se detallan y
atendiendo lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento al Otorgamiento de
Concesiones en Franjas Fronterizas, publicado en el Alcance Digital ochenta y
uno, de La Gaceta del diecinueve de mayo de dos mil dieciséis, se
concede un plazo de diez días hábiles contados a partir de esta publicación,
para que cualquier interesado presente oposición ante cualquier oficina del
Instituto de Desarrollo Rural.
Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Notifíquese.—Licda.
Marianela Quirós Mora.—1 vez.—( IN2017122388 ).
La SUTEL hace saber que de conformidad con el
expediente C0773-STT-AUT-01899-2016 y en cumplimiento del artículo 42 del
Reglamento a la Ley N° 8642, se publica extracto de la resolución RCS-093-2017
que otorga título habilitante a Continum Datacenter Sociedad Anónima cédula
jurídica 3-101-714525. 1) servicio autorizados: Transferencia de datos en la
modalidad de acceso a internet. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la
notificación de la resolución. 3) Zonas geográficas: Provincia de Guanacaste,
cantón de Tilarán. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en
la RCS-093-2017.
Luis Alberto Cascante
Alvarado, Secretario del Consejo.— 1 vez.—O. C. N° OC-2808-17.—Solicitud N°
82125.—( IN2017125907 ).
INSTITUTO DE
NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA
Somete a
consulta pública los siguientes proyectos de norma:
PN INTE
20-09-01: 2017 “Inversores, convertidores, controladores y Equipo
Sistema de Interconexión para su uso con Recursos Energéticos Distribuidos.
Requisitos de Seguridad”. (Correspondencia: UL 1741: 2010).
Se recibirán
observaciones del 14 de marzo hasta el 13 de mayo del 2017.
PN INTE/IEC 81714-3:2017 “Diseño de símbolos gráficos
utilizables en la documentación técnica de productos. Parte 3: Clasificación de
los nudos de conexión, de las redes y su codificación.” (Correspondencia: IEC
81714-3:2004).
PN INTE IEC 62585: 2017 “Electroacústica. Métodos para
determinar correcciones para obtener la respuesta en campo libre de un
sonómetro”. (Correspondencia: IEC 62585:2012).
Se recibirán
observaciones del 16 de marzo hasta el 15 de mayo del 2017.
PN INTE 28-01-51:2017 “Duchas eléctricas -
Determinación de la potencia eléctrica - Método de ensayo”. (Correspondencia: ABNT
NBR 12087).
Se recibirán
observaciones del 17 de marzo hasta el 16 de abril del 2017.
PN INTE 20-01-08:2017 “Sistemas de bandejas de cable
no metálico”. (Correspondencia: UL 568).
PN INTE/ISO 4628-3:2017 “Pinturas y barnices. Evaluación
de la degradación de los recubrimientos. Designación de la intensidad, cantidad
y tamaño de los tipos más comunes de defectos. Parte 3: Evaluación del grado de
oxidación”. (Correspondencia: ISO 4628-3:2016).
PN INTE/ISO 4628-5: 2017 “Pinturas y barnices. Evaluación
de la degradación de los recubrimientos. Designación de la intensidad, cantidad
y tamaño de los tipos más comunes de defectos. Parte 5: Evaluación del grado de
descamación”. (Correspondencia: ISO 4628-5:2016).
PN INTE/ISO 4628-7: 2017 “Pinturas y barnices.
Evaluación de la degradación de los recubrimientos. Designación de la
intensidad, cantidad y tamaño de los tipos más comunes de defectos. Parte 7:
Evaluación del grado de enyesado por el método del terciopelo”.
(Correspondencia: ISO 4628-7:2016).
PN INTE 06-14-02:2017 “Aislantes térmicos para
edificaciones. Características y métodos de ensayo”. (Correspondencia: ASTM
C578-15b).
PN INTE/ISO/TS 11139:2017 “Esterilización de dispositivos
médicos- Vocabulario”. (Correspondencia: ISO/TS 11139:2006).
Se recibirán
observaciones del 17 de marzo hasta el 16 de mayo del 2017.
Para mayor
información, comuníquese con la Dirección de Normalización con la Ing. Liz
Cordero Elizondo al teléfono 2283-4522 o a al correo lcordero@inteco.org
Alexandra
Rodríguez Venegas, Directora de Normalización.— 1 vez.—( IN2017122236 ).
AVISO
001-2017
De acuerdo a los numerales veintinueve y
treinta de la Ley 8279, corresponde al Gerente la representación judicial y
extrajudicial del ECA, con las facultades propias para el ejercicio de su cargo.
Según el artículo 33 del reglamento de estructura interna y funcionamiento del
Ente Costarricense de Acreditación publicado en La Gaceta número 77
publicado el 13 de mayo del 2016, corresponde al gerente del ECA la
representación Legal, a nivel nacional e internacional, judicial y
extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.
Con
fundamento en el acuerdo número JD-001-2017-05 de la sesión extraordinaria de
Junta Directiva del Ente Costarricense de Acreditación, realizada el 15 de
marzo del 2017, se nombra al Ingeniero Eric Chaves Vega, MSc, mayor, casado,
ingeniero industrial, vecino de Alajuela - Canoas Alajuela 2,8 kilómetros al
norte del Estadio Morera Soto, portador de la cédula de identidad 1 0562 0838
como Gerente del Ente Costarricense de Acreditación el nombramiento rige a
partir del 16 de marzo del 2017.
Para
mayor información debe referirse a la dirección electrónica: www.eca.or.cr y en
San José, 300 m E de Plaza Mayor, contiguo de Prisma Dental, Rohrmoser, en horario
de lunes a viernes de 8:00 horas a 16:00 horas.
Rige a
partir de su publicación en el Diario Oficial.
Marcelo Jenkins Coronas,
Presidente.—1 vez.—( IN2017122638 ).
Para los fines consiguientes la Dirección de
Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que el señor Leitón
Carvajal Gerardo Enrique, cédula 1-0352-0370, ha presentado escritura pública
rendida ante la notario María de los Ángeles Cordero Díaz en la que dice que
Dona a Vindas Leiton Sandra María, cédula 1-0620-0909 el derecho de uso fosa N°
82 bloque B del cementerio Nuevo de Sabanilla quién acepta que quede inscrito a
nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se
derivan. Se nombra como beneficiaria a Vindas Leitón Ana Luz. La Municipalidad
de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y
brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para escuchar
objeciones.
Sabanilla de Montes de
Oca, 22/03/2017.—Lic. Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1
vez.—( IN2017122411 ).
Se hace saber que el
Consejo Directivo de la Federación Occidental de Municipalidades de Alajuela,
FEDOMA, cédula jurídica Nº 3-007-402231, en su sesión ordinaria Nº 02-2017
celebrada el 08 de febrero del 2017, mediante acuerdo firme Nº 01-02-2017 y con
fundamento en la renuncia a su cargo de presidente de la Federación, que hizo
el señor Jairo Emilio Guzmán Soto, por votación unánime, se procedió a su
sustitución, por el resto del periodo, sea del ocho de febrero del 2017 al 30
de abril del 2018, recayendo dicho nombramiento en el señor Roberto Hernán
Thompson Chacón, mayor, casado dos veces, abogado, cédula Nº 2-0351-0487,
alcalde de la Municipalidad de Alajuela. Igualmente, en sesión extraordinaria
Nº 001-2017 celebrada el día 03 de marzo del 2017, mediante acuerdo firme Nº
01-001-2017, se conoció y aprobó la renuncia que hizo a su cargo el señor
vicepresidente de la Federación, señor Hugo Virgilio Rodríguez Estrada, por lo
que, por votación unánime, se procedió a su sustitución, por el resto del
periodo, sea del 03 de marzo del 2017 al 30 de abril del 2018, recayendo dicho
nombramiento en el señor Nixon Ureña Guillén, mayor, casado una vez, abogado,
cédula Nº 2-0560-0244, alcalde de la Municipalidad San Ramón, consecuentemente,
también por votación unánime, se nombró en sustitución del puesto de vocal 7
que dejó el señor Nixon Ureña Guillén, al señor Jairo Emilio Guzmán Soto, cédula
Nº 9-0095-0079, alcalde de la Municipalidad de San Mateo y dada la
incorporación de la Municipalidad de Alajuela como miembro de la Federación, lo
que generó la modificación de la cantidad de miembros del Consejo Directivo,
por acuerdo firme Nº 01-001-2017-2017 de la misma sesión 001-2017, por votación
unánime, por el periodo que va del 03 de marzo del 2017 al 30 de abril del
2018, se procedió a nombrar en el puesto de vocal 8 al señor Hugo Virgifio
Rodríguez Estrada, cédula Nº 1-0421-0781, Alcalde de la Municipalidad de
Palmares y como vocal 9 a la señora Flora del Carmen Araya Bogantes, cédula Nº
6-0103-0203, Regidora de la Municipalidad de Alajuela, quedando conformado el
Consejo Directivo de la siguiente manera: Presidente: Roberto Hernán Thompson
Chacón, cédula Nº 2-0351-0487, Alcalde de la Municipalidad de Alajuela,
vicepresidente Nixon Ureña Guillén, cédula Nº 2-0560-0244 Alcalde Municipalidad
San Ramón, secretario Luis Óscar Quesada Esquivel, cédula Nº 2-0342-0081,
Alcalde de la Municipalidad de Valverde Vega, Tesorero: Minor Gerardo Molina
Murillo, cédula Nº 1-0869-0425, alcalde de la Municipalidad de Grecia, Vocal 1
José Joaquín Brenes Vega, cédula Nº 9-0061-0512, alcalde de la Municipalidad de
Poás, Vocal 2 Ronald Araya Solís, cédula Nº 2-0363-0393, alcalde de la
Municipalidad de Zarcero, Vocal 3 Nazira Morales Morera, cédula Nº 2-0519-0591,
Regidora de la Municipalidad de Naranjo, Vocal 4 Elida León Rodríguez, cédula
Nº 5-0187-0162, Regidora de la Municipalidad de Grecia, Vocal 5 Virginia Muñoz
Villegas, cédula Nº 2-0302-0638, Regidora de la Municipalidad de Zarcero, Vocal
6 Juan Luis Chaves Vargas, cédula Nº 2-0294-0731, Alcalde de la Municipalidad
de Naranjo, Vocal 7: Jairo Emilio Guzmán Soto, cédula Nº 9-095-0079, Alcalde de
la Municipalidad de San Mateo, Vocal 8: Hugo Virgilio Rodríguez Estrada, cédula
Nº 1-0421-0781, Alcalde de la Municipalidad de Palmares, Vocal 9 Flora del
Carmen Araya Bogantes, cédula Nº 6-0103-0203, Regidora de la Municipalidad de
Alajuela. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.
Grecia, Alajuela, 17
de marzo del 2017.—Lic. Luis Antonio Barrantes Castro, Director Ejecutivo.—1
vez.—( IN2017122041 ).
La Municipalidad de Grecia en sesión
Ordinaria del 13 de marzo del 2017, Artículo V, Inciso 1, Sub inciso 2 b), del
acta 071.
1. Servicio de Recolección de
Basura.
Categoría |
Tarifa mensual
por servicio |
Residencial
preferencial |
¢1.250,00 |
Residencial y
pública y religiosa |
¢2.495,00 |
Comercial 1 |
¢6.240,00 |
Comercial 2 |
¢12.475,00 |
Comercial 3 |
¢19.960,00 |
Comercial 4 |
¢49.900,00 |
Comercial 5 |
¢74.850,00 |
Comercial 6 |
¢99.800,00 |
1. Aseo de Vías y Sitios Públicos.
Monto mensual ¢455,00, por metro lineal de frente de propiedad
servido.
2. Mantenimiento de Parques.
Monto mensual ¢80,00 por metro lineal de frente de cada propiedad.
3. Servicio de Mantenimiento de Cementerio.
Monto anual de ¢15.420,00 por nicho.
4. Alquiler de nicho municipal por 5 años.
Alquiler por 5 años ¢25.000,00.
5. Monto por servicios asociados
al cementerio.
Servicio |
Monto |
Inhumación en nicho municipal o particular en
bóveda externa |
¢33.350,00 |
Inhumación en nicho en bóveda Subterránea |
¢61.890,00 |
Exhumación para traslado de restos otros
cementerios trámites judiciales |
¢33.350,00 |
Exhumación-Inhumación de restos dentro del
Cementerio Municipal nicho externo |
¢66.700,00 |
Exhumación-Inhumación de restos dentro del
Cementerio Municipal nicho subterráneo |
¢123.780,00 |
Inhumación o Exhumación en Tierra |
¢16.495,00 |
Minor
Molina Murillo, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017122605 ).
RESOLUCIÓN
ADMINISTRATIVA ALC-0170-2017
Alcaldía Municipal.—Grecia, al ser las quince
horas.—De conformidad con lo establecido en los artículo 3 y 12 de la Ley de
Impuesto sobre Bienes Inmuebles N°7509 y sus reformas, la Sentencia 1073-2010
del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, la Resolución de la Sala
Constitucional N°2011-003075 del 9 de marzo de 2011 y el artículo 2 de la ley
N°9071, Ley de Regulaciones Especiales sobre la Aplicación de la Ley N°7509,
Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del 9 de mayo de 1995 y sus Reformas,
para Terrenos de Uso Agropecuario, y en aras de dar cumplimiento a su
competencia, la Alcaldía Municipal procede con la publicación de la Matriz de
información de la Plataforma de Valores de Terrenos Agropecuarios del Cantón de
Grecia, suministrada por el Órgano de Normalización Técnica, Dirección General
de Tributación Directa, Ministerio de Hacienda:
Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Esta herramienta será utilizada para guiar,
fiscalizar y dirigir los procesos de declaración, fiscalización y valoración de
los bienes inmuebles de uso agropecuario del cantón, entrando a regir a partir
de su fecha de publicación en el diario oficial La Gaceta.
El Mapa
de Valores de Terrenos Agropecuarios que dieron origen a la matriz anterior, se
encuentra a disposición en la Municipalidad de Grecia, en la oficina de
Valoración de Bienes Inmuebles.
Minor Molina Murillo, Alcalde.—1 vez.—(
IN2017122606 ).
Sesión ordinaria del Concejo Municipal de
Upala, celebrada el día viernes diecisiete de febrero del dos mil diecisiete,
correspondiente a la transcripción del artículo 1°, capítulo V, acta N°
10-2017, en la cual se acuerda lo siguiente:
Acuerdo
uno aprobado en definitiva y en firme:
El Concejo Municipal con los votos positivos
de los siete regidores (as) presentes acuerda en definitiva y en firme aprobar
la moción presentada por el Regidor Carrillo Alfaro, la cual contiene lo
siguiente: Considerando: Que las capacitaciones son importantes para un mejor
trabajo de los regidores (as) y concejo en general, y estas se dan casi siempre
los días viernes. Por lo tanto, mociono: para que sesionemos los días martes de
cada semana a la misma hora 9:00 a. m.
Juan Bosco Acevedo
Hurtado, Alcalde.—1 vez.—( IN2017122078 ).
En el Cementerio Central de Heredia, existe
un derecho a nombre de Bolívar Bolívar María, su hijo desea traspasar el
derecho, además desea incluir beneficiarios indicándose así:
Arrendatario: Jorge Luis Conejo Bolívar, cédula
04-0078-0437
Lote N° 27, bloque I, medida 6 metros
cuadrados para 4 nichos, solicitud 12 y 1561, recibo 2633 y 2255, inscrito en
folio 41 y 45 libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la
Administración de Cementerios con fecha 10 de octubre de 2016. Se emplaza por
30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para
que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de
Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho
derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador
de Cementerios.—1 vez.—( IN2017122547 ).
ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA
Resolución Nº 1.—Heredia, a las catorce horas
del día veintisiete de marzo del dos mil diecisiete. Esta administración
procede a realizar la revisión de los intereses que la Municipalidad de Heredia
les genera a los contribuyentes por el pago efectuado fuera del término
establecido en el artículo 57 del Código de Normas y procedimientos
Tributarios.
Resultando:
Que de acuerdo a lo establecido en el
artículo 69 del Código Municipal y artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre
Bienes Inmuebles, el atraso en los pagos de tributos municipales generará
intereses, que se regirán por lo establecido en el Código de Normas y
Procedimientos Tributarios.
Considerando:
I.—Que de acuerdo a lo establecido en el
artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios el pago efectuado
fuera del término produce la obligación de pagar un interés, junto al tributo
adeudado.
II.—Los
intereses establecidos en el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios se sustentan mediante resolución emitida por la Administración
Tributaria que fijará el interés, tomando en cuenta el promedio simple de las
tasas activas de los bancos estatales para créditos del sector comercial y en
ningún caso, podrá exceder en más de diez puntos de la tasa básica pasiva por
el Banco Central de Costa Rica.
Esta
resolución deberá efectuarse por lo menos cada seis meses.
III.—Que
revisados los sistemas informáticos la Municipalidad de Heredia, genera el
0.91% mensual o sea 10.96% anual por concepto de intereses moratorios, vigente
a partir del 01 de julio del 2016, Gaceta Nº 127.
IV.—Que,
según la información suministrada por el Banco Central de Costa Rica, la tasa
básica pasiva al 27 de marzo del 2017 es del 4.45%.
V.—Que
según publicación del Banco Central el promedio simple de las tasas activas de
los créditos comerciales de los bancos estales al 27 de marzo del 2017, es del
0.897 % mensual o 10.76% anual.
Sobre
el fondo: A
quedado acreditado para la resolución de este asunto que la Municipalidad de
Heredia en su calidad de Administración Tributaria, tiene la potestad de
generar intereses moratorios en aquellos contribuyentes cuyos pagos por
concepto de tributos municipales fuera del término de ley, así establecidos en
el artículo 69 del Código Municipal, artículo 22 de la Ley de Impuesto sobre
Bienes Inmuebles y el artículo 57 del Código de normas y Procedimientos
Tributarios. Igualmente, esta norma regula la obligación que tiene la
Administración Tributaria, de revisar por lo menos dos veces al año la tasa que
se cobra para este fin.
Si se
considera que al 27 de marzo del 2017, la tasa básica pasiva emitida por el
Banco Central de Costa Rica es de un 4.45%, los intereses no pueden sobrepasar
los diez puntos, tenemos que lo más que podrían estar generando la
Administración Municipal por intereses es un 14.45 % anual, actualmente estamos
cobrando un 10.96% interpretando la norma y obteniendo el promedio simple de
las tasas de crédito en el programa de comercio y servicios de los Bancos
Estales, según lo informa el Banco Central, el promedio mensual de las tasas de
crédito es de 0.897% mensual o sea un 10.76% anual. Por tanto,
Con fundamento en los argumentos expuestos y
de conformidad con el artículo 69 del Código Municipal, artículo 22 de la Ley
del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el artículo 57 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, ésta administración Tributaria en el ejercicio de
sus facultades resuelve, readecuar la tasa de interés cuando se efectúe el pago
de tributos fuera de término de la obligación en 0.897% mensual, lo que
representa un 10.76 % anual. En este mismo acto se le solicita a la Unidad de
Informática que proceda a realizar los cambios de las bases de datos a partir
de esta publicación. Notifíquese Francisco Javier Sánchez Gómez, Director de
Servicios y Gestión Tributaria.
Heredia, 29 de marzo del 2017.—Unidad
Financiera-Administrativa.—Enio Vargas
Arrieta, Proveedor Municipal.— 1 vez.—O. C. Nº 58387.—Solicitud Nº
81359.—( IN2017123656 ).
Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de
San Rafael de Heredia, en sesión ordinaria N° 76-2017, celebrada el 20 de marzo
del 2017.
Moción N° 1
Moción
de trámite.
Proponentes:
Francisco Calvo Chacón
Considerando:
1°—Que el artículo 35 del Código Municipal
establece que el Concejo Municipal acordará la hora y el día de sus sesiones y
los publicará previamente en La Gaceta.
Por tanto: el Concejo Municipal de San Rafael
de Heredia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código
Municipal acuerda:
Acuerdo N° 1
Primero: Cambiar la fecha de los siguientes
feriados:
01 de
mayo por 02 de mayo.
25 de
diciembre por 26.
01 de
enero por 02 de enero.
2°—Y siempre que el feriado corresponda a
lunes trasladar la sesión para el día ordinario siguiente por el año 2017.
San Rafael de Heredia, 22 de marzo del
2017.—Proveeduría.—Floribeth Chaves Ramírez,
Proveedora.—1 vez.—( IN2017122228 ).
La Municipalidad de Cartago avisa que el
Concejo Municipal de Cartago en su sesión del 21 de marzo del 2017, en el
artículo N° XXVIII del acta N° 69-2017, aprobó con dispensa de trámite de
comisión y como acuerdo definitivamente aprobado, el traslado de su sesión
ordinaria correspondiente al día martes 11 de abril del 2017, para el día
domingo 9 de abril del 2017, a las 8:00 a. m. en el salón de sesiones del
Concejo Municipal de Cartago.
Guisella Zúñiga
Hernández, Secretaria del Concejo.— 1 vez.—( IN2017122603 ).
Por medio del acuerdo N° 25, de la sesión
ordinaria N° 37, celebrada el día 16 de enero del 2017, el Concejo Municipal de
Corredores acuerda: De conformidad con el informe
técnico, presentado por el Ingeniero Tedy Núñez Morantes, de la Unidad de
Gestión Vial, se acuerda declarar como camino público, el camino ubicado en el
Barrio La Fortuna. Dicho camino inicia en el punto final del camino denominado
Taller Siul, Código C-6-10-176, con un derecho de vía de 14 metros y una
longitud de 223 metros, inicia en las coordenadas del Sistema CRTMOS
este 613930.66, norte 956393.3 y finaliza en las coordenadas este 614062.3 y
norte 956435.3.
Sonia
González Núñez, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2017122297 ).
BRIDGESTONE
DE COSTA RICA S. A.
Asamblea
general de accionistas
Bridgestone
de Costa Rica S.A
Por
acuerdo firme de la junta directiva de la compañía, se convoca a los
accionistas de Bridgestone de Costa Rica S. A. a una asamblea general ordinaria
de accionistas, que deberá celebrarse en primera convocatoria a las 8:00 horas
del día 29 de mayo del 2017, en las oficinas centrales de Bridgestone de Costa
Rica S. A. en la Ribera de Belén, kilómetro 11 de la Autopista General Cañas,
provincia de Heredia, para conocer lo siguiente:
ORDEN DEL
DÍA
Informe anual 2016 del Consejo
Director, por medio de un miembro de la Junta Directiva.
Informe Anual del Fiscal de la
compañía.
Discutir, aprobar o improbar el
informe sobre resultados del ejercicio anual que presentan los administradores.
Aprobar o Improbar las
actuaciones de los miembros de la Junta Directiva y el Fiscal de la compañía.
Acordar, en su caso, la
distribución de utilidades.
De no haber quórum para
celebrar la asamblea general de accionistas en primera convocatoria, dicha
asamblea deberá celebrarse en segunda convocatoria en el mismo lugar una hora
después y las resoluciones habrán de tomarse por más de la mitad de los votos
presentes.
Heredia, 3 de abril del
2017.—Juan Carlos Castro Zepeda, Tesorero.—1 vez.—( IN2017125823 ).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
El Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y
Artes convoca a sus miembros a la Asamblea General Extraordinaria CXXVII por
realizarse el sábado 29 de abril del 2017 a las 8:00 a.m. en primera
convocatoria.
Lugar: Salón de
actos Centro de Recreo Colypro sita en Desamparados de Alajuela.
En caso de no
alcanzar el quórum requerido, la Asamblea iniciará una hora después, de acuerdo
con lo estipulado en el artículo 16 de la Ley Orgánica Nº 4770 reformada
mediante ley 9420.
Orden del día
Apertura
y comprobación del quórum.
Himno Nacional de Costa Rica.
Himno del Colegio.
Palabras de bienvenida de la M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta.
Aprobación de permanencia de personal administrativo en la Asamblea.
Lectura y aprobación del orden del día
Exposición de lineamientos a seguir en la Asamblea.
Presentación de Ejecución Presupuestaria 2016-2017, M.Sc. Marvin
Jiménez Barboza.
Presentación y aprobación de normas presupuestarias y de presupuesto
extraordinario.
Exposición informativa de la reforma a la Ley Orgánica 4770 realizada
mediante la ley Nº 9420.
XI. Clausura de la asamblea.
La documentación
estará disponible a partir del lunes 17 de abril de 2017 en la página web del
Colegio www.colypro.com y de forma física en las Sedes del Colegio sitas en San
José y Alajuela.—Lilliam González Castro, Presidenta.—Jimmy Güell Delgado,
Secretario.—1 vez.—( IN2017125851 ).
CLAM HOLDINGS LMC
A los socios de la
sociedad Clam Holdings LMC, cédula jurídica Nº 3-102-516794, por este medio se
les convoca a la Asamblea General Ordinaria - Extraordinaria de socios, a
celebrarse el día 10 de mayo del 2017, en esta ocasión en las oficinas de
Playas del Coco, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, Oficina número
cuatro, a las 18:00 horas en primera convocatoria y a las 19:00 horas en
segunda convocatoria.- La Agenda tratará los siguientes temas: 1) Verificación
del Quórum incluye verificación de Cartas Poder o autorizaciones. 2) Aprobar
que la Asamblea sea presidida por el Gerente. 3) Aprobar las Actas anteriores
desde Marzo 2017.- 4) Revisar y aprobar las contribuciones de capital presentadas
por el Gerente General. 5) Revisar y aprobar el nuevo ajuste al Capital por un
monto de $250,000. Mociones para reformas de Capital y otras para ser
aprobadas. 6) Igualmente revisar y aprobar la distribución actual. Revisar y
aprobar el aumento del 5% que sea distribuido a largo plazo para el acreedor
hipotecario. 7) Revisar y aprobar la Contabilidad de los últimos 2 años (2015 y
2016). 8) Autorizar a Juan Casafont Álvarez para que distribuyan las cuotas. 9)
Revocar nombramientos y Nominar nuevos Gerentes para votar por su elección. 10)
Presentar, revisar y aprobar las recomendaciones para el uso de las políticas
de los bienes (Condominio). 11) Aprobar el cambio de representación Legal
(abogados). 13) Aprobar el presupuesto anual para el 2017 (año fiscal). 14)
Aprobar la puerta del techo de arriba, y puerta con cedazo. 15) Aprobar
terminar la pared y el mini bar. 16) Asuntos varios. 17) Autorizar a los
notarios públicos Juan Antonio Casafont Álvarez y/o Ariana Azofeifa Vaglio para
que de forma conjunta o separada protocolicen el acta y la registren en el
Registro Mercantil. 18) Fin de la sesión. Esta convocatoria se realiza de
conformidad con lo establecido en los Estatutos de la sociedad y el Código de
Comercio.—Guanacaste, 3 de abril del dos mil diecisiete.—Gerente: Michael
McCuen-Responsables. Juan Antonio Casafont Álvarez.—1 vez.—( IN2017125852 ).
COLEGIO
DE PROFESIONALES EN
INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN
CPIC, ente no estatal de derecho público,
creado por ley 7537, conforme a los artículos 1, 13 inc h, 19, 20 y 28 de su
Ley Orgánica, convoca a todos sus agremiados a la I Asamblea General
Extraordinaria 2017 a realizarse el sábado 13 de mayo del 2017, en el Auditorio
del Consejo de Seguridad Vial en La Uruca, costado oeste del Banco Nacional,
provincia de San José.
La primera convocatoria será a las 08:00
horas y de no haber el quórum de ley, se dará inicio en segunda convocatoria a
las 09:00 horas.
Orden del día |
|
Artículo I |
Comprobación de quórum. |
Artículo II |
Apertura de la I Asamblea
General Extraordinaria 2017. |
Artículo III |
Lectura y aprobación del
orden del día. |
Artículo IV |
Exposición del Recurso de
Apelación interpuesto por el colegiado Randall Solís Márquez contra el
acuerdo N° 14-03-2017 de la Junta Directiva. Discusión y votación de las
recomendaciones. |
Artículo V |
Exposición del Recurso de
Apelación interpuesto por el colegiado Marvin Soto Sotelo contra la
resolución N° F-2016-10-2 del órgano de Fiscalía. Discusión y votación de las
recomendaciones. |
Artículo VI |
Elección de puestos
vacantes Tribunal de Ética Profesional. |
Artículo VII |
Juramentación de los nuevos
miembros del Tribunal de Ética Profesional. |
Randy Valverde Valverde, Presidente Junta
Directiva 2016-2018.—1 vez.—( IN2017125950 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
CODEAS
En razón del traspaso del establecimiento
comercial denominado CODEAS, se cita a los acreedores e interesados para que se
presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación,
a hacer valer sus derechos dentro del expediente que a los efectos lleva el
Registro de Propiedad de la Propiedad Industrial del Registro Nacional Público
N° 2012-007131. Es todo.—San José, 23 de marzo del 2017.—Lic. Juan Sebastián
Mainieri Camacho, Notario.—( IN2017122275 ).
HIDREX
BIENES RAÍCES S. A.
Yo, Adrián Hidalgo Drexler, cédula de
identidad N° 1-1005-154, en mi condición de presidente con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma de Hidrex Bienes Raíces S. A. (antes
denominada Super Servicio S. A.), domiciliada en San José, cédula jurídica N°
3-101-010753, solicitante del certificado de Depósito a Plazo, emitido por el
Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Central, que se detalla a continuación:
C.D.P Monto Emisión Vencimiento
400-01-208-139489-7 ¢2.500.00,00 abril 19, 2012
noviembre 4, 2013
Título(s) emitido (s) a la orden, a una tasa
de interés del 8.50%. Solicito reposición de este documento por causa de
extravío.
Se
publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros,
por el término de quince días.
Adrián Hidalgo Drexler, Presidente.—(
IN2017122569 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
A las siguientes personas se les comunica que
una vez realizada la gestión administrativa de cobro, con corte al 31 de enero
2017, tal como lo establece la política POL-PRO-COB01 Gestión de Cobros, y
según nuestros registros al 09 de marzo 2017, aún se encuentran morosos.
Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus
nombres aparezcan en esta publicación, de no cancelar la suma adeudada o firmar
un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo, al mismo tiempo se
les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el
ejercicio legal de la profesión. Si al momento de la publicación ya realizó el
pago respectivo, favor hacer caso omiso a la misma.
Nombre |
Cédula |
Abarca Hernández Laura |
503390051 |
Acosta Barrantes José Pablo |
111950822 |
Acuña Carvajal Luis Humberto |
114450481 |
Aguilar Calderón Viviana Felicia |
304600075 |
Aguilar Sánchez Carlos Josué |
112580110 |
Aguilar Soto Cynthia Yesenia |
108850968 |
Alfaro Carranza Dayana Melissa |
702130240 |
Alfaro Jiménez Xinia |
204370305 |
Alpízar Vaglio Octavio |
105250454 |
Alvarado Ureña Marvin Alonso |
503600371 |
Álvarez Castro Karla |
111530850 |
Álvarez Ramírez Fernando |
107110500 |
Álvarez Rosales Shirley |
502210691 |
Amador Ruiz Heiner Gustavo |
503110521 |
Amaya Briceño Luis Eduardo |
503420485 |
Amaya Herrera Alfredo Elí |
112990565 |
Angulo Zúñiga María Laura |
503710075 |
Araya Paniagua Rebeca |
111450155 |
Araya Salazar Sandra Juliana |
702100405 |
Arce Herrera Rosa Beatriz |
701990798 |
Arguedas González María Fernanda |
114100077 |
Arias Araya Diana Jorget |
304000902 |
Arias Castrillo Ana Lady |
603020288 |
Arias Elizondo Arelis María |
205700763 |
Arias Salazar Mary Cruz |
114610834 |
Arias Salazar Mildred María |
111410526 |
Barquero Chacón Aníbal |
104131082 |
Barrantes Montero Franklin |
401320802 |
Barrantes Vargas Josué Jesús |
206800177 |
Barrios Calvo Laura Jazmín |
205800098 |
Barzuna Thompson Nacira |
107990124 |
Benel Alama Marisol |
160400073217 |
Blanco Hidalgo Diana |
207040093 |
Blanco Navarro Randal Esteban |
110240864 |
Bonilla Jara Catalina |
401760070 |
Borrero Salcedo Jeannette |
800470981 |
Bravo Cabezas Laura Alejandra |
304110264 |
Brenes Artavia Maribel |
303920552 |
Brenes Solano Emily Raquel |
303860019 |
Brenes Solís Danier |
114890188 |
Calderón Calderón Jeimy Marisol |
303740962 |
Carvajal Guillen Davi |
701450550 |
Castillo Gutiérrez Jennifer |
603350655 |
Castillo Mac Carthy Danilo Roberto |
701530369 |
Castillo Quirós Ivannia Verónica |
303840704 |
Castillo Zúñiga Norman |
501810463 |
Castro González Carlo Antonio |
109560447 |
Castro Matute Nancy |
901070566 |
Castro Murillo María Inés |
112780584 |
Castro Ramírez Paola |
113550199 |
Cedeño Portugués María Elena |
302110912 |
Chacón Vargas Erick |
110010752 |
Chavarría Benavides Noel Federico |
206520772 |
Chavarría Cerdas Virna Lisi |
302890133 |
Chaverri Madden Lucía |
110830404 |
Chaverri Martínez Andrea |
110780307 |
Chaves Abarca Yency |
113050062 |
Chaves Avilés Lourdes María |
108600818 |
Chinchilla Masís Daniel Alejandro |
113740733 |
Contreras Alfaro Melvin |
503670315 |
Cordero Bermúdez Gaudy Loreny |
206750880 |
Corrales Barrantes María Del Rosario |
203280387 |
Corrales Noguera Gustavo Adolfo |
107980958 |
Cruz Quesada Warren Alexis |
205870962 |
Deweer Vanhabost Laetitia |
105600007024 |
Dinarte Segura Johanna |
110140344 |
Dixon Plummer Alejandra |
701140278 |
Echeverría Barrantes Rocío |
205410968 |
Edwards Solís Gloria Eugenia |
701260997 |
Espinoza Medina Sandra Amarily |
502920105 |
Espinoza Solano Natalia Alejandra |
402000455 |
Espinoza Solano Roxinia María |
503410424 |
Esquivel Meneses Deliana |
112240604 |
Fallas Mora Daisy Rosaura |
114050132 |
Fallas Valverde Mario |
107050250 |
Fernández Abarca Marianella |
204960930 |
Fernández Arguedas Manuel |
501490711 |
Fernández Chinchilla Cinthya Vanessa |
304090689 |
Fernández Leitón Ignacio |
206820489 |
Fernández Morera Ana Yansi |
205660578 |
Fonseca Fallas Inés Sofía |
304330767 |
Fuentes Arias Yesenia María |
112710636 |
Fuentes Bonilla Priscila Vanessa |
206680964 |
Fuentes Delgadillo Sixto |
701660268 |
Galeano Valdez Valeria De La Concep |
155802845615 |
Gamboa Alpízar Tatiana de los Ángeles |
702030813 |
Gómez Cartín Mariana |
111540936 |
González Brenes Luis Alberto |
111010104 |
González Montoya Jonathan Martín |
205910600 |
Granados Vásquez Daniel Eduardo |
503490351 |
Grant Mora Wendy Hellen |
113960332 |
Guendel González Ludwis |
105890331 |
Guillén Murillo Sergio |
900260553 |
Hernández Cordero Walter |
401490440 |
Herrera Picado María José |
114940074 |
Hidalgo Masís Karol Yesenia |
114490759 |
Hudson Ibarra Marlyn |
603060738 |
Huertas Peña Tashany |
503670042 |
Hurtado Sevilla Jonathan Alex |
111120697 |
Irigoyen Chévez Andrés |
204670486 |
Jiménez Ávila Ana Teresa |
107380672 |
Jiménez Chaves Karolina |
109270084 |
Jiménez Montoya Esteban |
205640425 |
Jiménez Mora Harol |
205380920 |
Jiménez Moya María Gabriela |
108090588 |
Jiménez Ulate Josué |
206310567 |
Lacayo Gómez Cindy Milena |
503170130 |
Lacayo Martínez Darling |
502360050 |
Lara Lara María Argentina |
110080426 |
Leiva Irias Génesis |
604230058 |
Leiva Tames Jorge Enrique |
304160922 |
León Agüero Ana Gabriela |
111000815 |
León Agüero Eloisa |
205960108 |
Loáiciga Montero Sharon Alejandra |
503370571 |
Loaiza Núñez Irene |
302100371 |
López Contreras Gregoriana |
502200394 |
López Zeledón Sigdy |
503130884 |
Madrigal Benamburg Beverly |
109930472 |
Madrigal Fuentes Glenda |
401370193 |
Mairena Hernández Kimberly Manuela |
503880315 |
Marchena Mora Dayhala |
503720061 |
Marín Estrada Grettel Susana |
113290771 |
Marín Jiménez Liz Yahaira |
112340885 |
Marín Quesada Marianela |
111400574 |
Martínez Gutiérrez Melda |
501910614 |
Mata Camacho Wendy Susana |
304530183 |
Matamoros Zárate Jeremías |
701710614 |
Mayorga Ramírez José Alfredo |
205890981 |
Mena Céspedes Irina María |
115350472 |
Mena Céspedes Lizeth Massiel |
114420683 |
Mijares Luna Libia Gabriela |
186200317115 |
Molina Carvajal Evelyn |
205770192 |
Monge Gómez Allan |
110390338 |
Monge Ramírez Andrea |
112360914 |
Montenegro Serrano Keenthy Irveeng |
603700430 |
Montero Alvarado Irene |
401690016 |
Montero Chacón Natalia María |
113100558 |
Mora Brenes Tatiana Melissa |
304320772 |
Mora Estrada Luis Guillermo |
114000608 |
Mora Sandoval Yerlin Gabriela |
205870743 |
Mora Zamora Caleb Josué |
114500468 |
Morales Consoli Irene María |
111300687 |
Morales Gutiérrez Kerlyn María |
114370429 |
Morales Scott Marjorie |
701510740 |
Morales Zúñiga Luis Carlos |
503260602 |
Muñoz Bogantes Melva |
603510776 |
Murillo Herrera Elizabeth |
206950961 |
Navarrete Padilla Kerry |
603720262 |
Orozco Sánchez Vinicio |
302340274 |
Ortega Acuña Mario De Jesús |
155810728322 |
Ortega Porras Wendy |
701360356 |
Oses Arias María Auxiliadora |
111870760 |
Palomo Fernández Álvaro David |
113100779 |
Perla Perla Rosa Herminia |
122200094130 |
Porras Acuña María Fernanda |
207210502 |
Porras Muñoz Melissa |
207270805 |
Quesada Arias Jeannette |
601510011 |
Quesada Chamorro Peguy |
204920694 |
Quesada Solano Kattya |
303360166 |
Quirós Pérez Andrea |
206720766 |
Ramírez Álvarez Carmen |
502660978 |
Ramírez Arana Óscar |
401860950 |
Ramírez Barquero Elvia Rosa |
204390178 |
Ramírez González Alexis |
502400122 |
Ramírez Serrano Emmanuel |
304250051 |
Retana Pérez Eylin María |
113370577 |
Ríos Soto Luis Ángel |
601320577 |
Robles Jiménez Ricardo |
104320151 |
Rodríguez Araya Kendy Paola |
205980884 |
Rodríguez Badilla Catalina |
402040680 |
Rodríguez Barquero Daniela |
402000542 |
Rodríguez Lara Damaris |
501810277 |
Rodríguez Paniagua Ana Lucía |
207070823 |
Rojas Barrantes Rael Es |
701600962 |
Rojas Matamoros Lizbeth |
503360617 |
Rojas Parajeles Ana Katarina |
206220633 |
Rojas Portilla Ilma Marita |
601690239 |
Román Roldán Jimmy Alejandro |
304240902 |
Romero Calvo Royner |
304410631 |
Ruiz Gutiérrez Bienvenido |
502620817 |
Ruiz Pizarro Marcia Lucía |
503490255 |
Saballo Villega Luvy Janett |
155814857234 |
Salas Navarrete Iliana |
502740583 |
Salas Segreda Natalia |
108930606 |
Salazar Elizondo Marcos |
111050777 |
Salazar Mora Luis Mariano |
104620488 |
Sanabria Díaz Jimena |
112830048 |
Sánchez Araya Alejandro |
108740500 |
Sánchez Carvajal Oscar Mario |
203120126 |
Sánchez Mora Kimberly de los Ángeles |
114320254 |
Sancho Pérez Yetty Vanessa |
401920568 |
Schlicker Castaños Andrea |
114350413 |
Sojo Poveda Carmen María |
700260970 |
Solano Hidalgo Carolina |
114220542 |
Solano Solano Marcia |
108630328 |
Soto Cascante Emanuelle Jesús |
701530299 |
Soto González Susana María |
302670783 |
Torrentes Chaves Elizabeth |
601950529 |
Torres Barrantes Robert |
503510101 |
Torres Christian Georgina Elizabeth |
800710042 |
Trigueros Hernández Ingrid Priscila |
901030542 |
Ugalde Murillo Kattya Isabel |
503870368 |
Ulate Molina Guiselle |
204090215 |
Urbina Cerros Belkis Maryiri |
702750524 |
Urbina Gaitán Juan Pablo |
155811880126 |
Valdelomar Marín Bárbara |
110940681 |
Valle Sáenz Norman |
110480728 |
Valverde Picado Raquel |
113100278 |
Vargas Aguilar María Alejandra |
206040321 |
Vargas Carazo Laura Stephanie |
701930120 |
Vargas Céspedes Jean Carlo |
401890623 |
Vargas Esquivel Milena |
205810416 |
Vargas Hernández Paula |
303920219 |
Vargas López Ivette |
303750242 |
Vásquez Mora María José |
206810996 |
Vega Rojas Xinia |
501950317 |
Villafuerte Hernández Zailin Patricia |
111930136 |
Villalobos Chacón Bernal José |
112380581 |
Villalobos Jiménez Jeimy |
207010866 |
Villalobos Méndez Milena |
502700397 |
Villalobos Ramírez Sindy Maritza |
110040798 |
Villanueva Ureña Zaindell Alejandra |
111610914 |
Víquez Núñez Roinier |
502510960 |
Zamora Almaguer Jorge Luis |
800880221 |
Zamora Carvajal Mariela Yannel |
503240806 |
Zúñiga Campos Noemy Daniela |
503860304 |
Zúñiga Sáenz José Andrey |
113560532 |
Zúñiga Sánchez Silvia |
105290110 |
Junta Directiva.—M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta.— 1 vez.—( IN2017122015 ).
ROMAR S.
A.
De conformidad con el artículo 14 del
Reglamento del Registro Nacional, para la legalización de libros de Sociedades
Mercantiles se avisa que Romar S. A., cédula jurídica N° 3-101-20359, procederá
con la reposición, por motivo de extravío, de los libros de actas de asamblea
de socios, actas de Junta Directiva y Registro de Socios número uno.—San José,
20 de marzo del 2017.—Ana Isabel Echeverría H.—1 vez.—( IN2017122072 ).
COLOR
RUSH TFPA SOCIEDAD ANÓNIMA
Se avisa a terceros e interesados que los
libros contables de la sociedad Color Rush TFPA Sociedad Anónima, sociedad
inscrita y vigente, número de cédula jurídica 3-101-670188, domiciliada en San
José, Provincia San José, cantón Central, distrito Merced, barrio Pitahaya, de
Torre Mercedes en Paseo Colón, trescientos metros al norte, ciento veinticinco
metros al oeste, se encuentra extraviados por lo que se procederá a la
reposición de forma inmediata, iniciándose con los mismos en formato
electrónico o digital. Se indica que el tomo extraviado de cada uno de los tres
libros contables sea Mayor, Inventario y Balances y Diario que se reponen,
corresponde al tomo primero de cada libro.—Leda Patricia Artola Montiel,
Presidenta.—1 vez.—( IN2017122075 ).
ASOCIACIÓN
COSTARRICENSE
DE HIPNOSIS CLÍNICA
Yo, Paula Llobet
Yglesias, cédula de identidad N° 1-1058-0261, en mi calidad de presidenta y
representante legal de la Asociación Costarricense de Hipnosis Clínica, cédula
jurídica N° 3-002-627245, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro
de Personas Jurídicas, la reposición del libro de Actas de Asamblea General de
Asociados, tomo primero, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días
hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado, a fin de oír
objeciones ante el Registro de Asociaciones.—28 de febrero de 2017.—Lic. Carlos
Antillón Morera, Notario.—1 vez.—( IN2017122185 ).
CENTRO
VACACIONAL BANCOSTA S.P.
Centro Vacacional Bancosta S. A., avenida
segunda, calles 2 y 6, edificio La Libertad, San José, C. R. La Junta Directiva
en sesión Nº 09-17 del lunes 20 de marzo del 2017, acuerda publicar en el
diario La Gaceta, los números de acciones con saldo moroso; y otorga a
los socios un plazo de quince días naturales para el pago. Caso contrario de
conformidad con el artículo décimo cuarto del Estatuto, vigente a la fecha
procedería a anular y dejar sin ningún valor ni efecto, la siguiente acción:
14400 a nombre de Chaves Chavarría Kattia, portadora de la cédula número
2409-369 por un monto de ¢221.100,00.—21 de marzo del 2017.—Miguel Arguedas
Jiménez, Tesorero.—1 vez.—( IN2017122208 ).
COMERCIALIZADORA
DEL CARIBE MARAU S. A.
El suscrito, Otoniel Felipe Aguilar Zumbado,
cédula de identidad 400950048, en condición
de apoderada generalísima sin límite de suma de Comercializadora del Caribe
Marau S. A., cédula jurídica 3-101-261700, acuerda la reposición de los libros
de Actas de Asamblea General de Accionistas y de Registro de Accionistas, todos
tomo 1 de la sociedad.—Heredia, 17 de marzo del 2017.— Otoniel Felipe Aguilar
Zumbado, Apoderado.—1 vez.—( IN2017122225 ).
AYARCO
DEL CIELO S. A.
Los suscritos, Miguel Eduardo Fernández
Ugalde, cédula de identidad 205560935, y Marta Felicia Ugalde Gómez, cédula de
identidad 203220985 en condición de apoderados generalísimos sin límite de suma
de Ayarco del Cielo S. A., cédula jurídica 3-101-278637, acuerda la reposición
de los libros de actas de junta directiva y de asambleas generales de
accionistas, todos tomo números 1 de la sociedad.—Alajuela, 17 de marzo del
2017.—Marta Felicia Ugalde Gómez.—1 vez.—( IN2017122226 ).
ACHIMI E
E SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Edgardo Sánchez Toruño, mayor de edad,
casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número seis -
cero uno cero nueve - cero cinco cinco ocho, vecino de Puntarenas, Golfito, en
mi condición de presidente de Achimi E E Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica 3-101-476352. solicito al registro de personas jurídicas la reposición
de los libros de registro de socios, asamblea general de socios y junta
directiva, los cuales fueron extraviados. se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Personas Jurídicas.—San José, 28 de febrero de 2017.—Edgardo
Sánchez Toruño.—1 vez.—( IN2017122259 ).
G Y J INC
SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Edgardo Sánchez Toruño, mayor de edad, casado
una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número seis-cero uno
cero nueve-cero cinco cinco ocho, vecino de Puntarenas, Golfito, en mi
condición de presidente de G Y J Inc. Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica 3-101-327565, solicito al Registro de Personas Jurídicas la reposición
de los Libros de Registro de Socios, Asamblea General de Socios y Junta
Directiva, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a
partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el
Registro de Personas Jurídicas.—San José, 28 de febrero del 2017.—Edgardo
Sánchez Toruño.—1 vez.—( IN2017122260 ).
MICROCRÉDITOS
DEL PACÍFICO S.R.L.
Por medio de
escritura pública número 71-VII, Microcréditos del Pacifico S.R.L., cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos- cinco uno cinco seis uno nueve,
solicita la reposición, de los siguientes libros ya que los mismos se
encuentran extraviados: Actas de Asamblea General, acta de registro de socios.
Publíquese una vez.—Licda. Priscilla Solano Castillo, Guanacaste.—1 vez.—(
IN2017122276 ).
COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA
En sesión ordinaria número 2017-03-08,
celebrada el 08 de marzo del 2017 de la Junta de Gobierno, acordó: Dejar sin efecto los acuerdos tomados en las actas Nº
2016-09-07 y Nº 2016-08-17, de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno
del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, celebradas el 07 de setiembre
del 2016 y el 17 de agosto del 2016 respectivamente.
Resultando:
1. Que mediante los acuerdos tomados en las actas
Nº 2016-09-07 y Nº 2016-08-17, de las sesiones ordinarias de la Junta de
Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, celebradas el 07 de
setiembre del 2016 y el 17 de agosto del 2016 respectivamente, se incluyó como
nueva Especialidad en Epidemiología de Campo, dentro de la lista oficial de
Especialidades y Subespecialidades Médicas conforme al Reglamento de
Especialidades y Subespecialidades Médicas publicado en La Gaceta
Alcance Digital N° 51, el 18 de marzo del 2013.
2. Que a la fecha no ha existido ningún Médico gestionante, que haya
cumplido con los requerimientos indicados en el Reglamento de Especialidades y
Subespecialidades Médicas publicado en la Gaceta Alcance Digital N° 51, el 18
de marzo del 2013, para la Especialidad en Epidemiología de Campo.
3. Que a raíz de un nuevo análisis realizado sobre el tema, se
desprende que no existe a nivel internacional, información suficiente que
demuestre la existencia de cursos de postgrado en Epidemiologia de Campo que
cumplan con los requisitos que se establecen para ser reconocida como
especialidad, tal como lo indica la Dirección Académica del Colegio en el
oficio N° DA-353-16 de fecha 11 de mayo de 2016.
4. Es obligación de este Colegio Profesional subsanar cualquier
situación que se haya presentado en cuanto a la inclusión de Especialidades
Médicas. Por tanto,
Dejar sin efecto los acuerdos tomados en las
actas Nº 2016-09-07 y Nº 2016-08-17, de las sesiones ordinarias de la Junta de
Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, celebradas el 07 de
setiembre del 2016 y el 17 de agosto del 2016 respectivamente.
Transitorio único. La declaratoria de ineficacia aquí señalada, se
realiza sin perjuicio de los derechos adquiridos de aquellos médicos que
demuestren el cumplimiento de los requisitos establecidos en los acuerdos
derogados, en virtud de la realización de estudios de postgrado realizados
durante la vigencia de dichos acuerdos.
Dr.
Carlos Salazar Vargas, Vicepresidente.—1 vez.—( IN2017122295
).
INTEGRAL
BUSSINES SOFTWARE S. A.
Por escritura N° setenta
y tres-veinticinco otorgada ante el suscrito notario, la sociedad Integral
Bussines Software S. A., cédula jurídica 3-101-424727, solicita ante el Registro
Nacional la legalización de los libros legales de Actas de Asamblea de Socios,
Registro de Socios y Actas del Consejo de Administración.—San José, 7 de marzo
del 2017.—Lic. Randall Barquero León.—1 vez.—( IN2017122305 ).
GASPAR Y SILVA DE HERRADURA SOCIEDAD ANÓNIMA
GASPAR y Silva de Herradura Sociedad Anónima,
cedula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y siete mil
cuatrocientos tres, solicita ante Registro Nacional de Costa Rica, la
reposición por extravío de los libros de Asamblea de Accionistas, Junta
Directiva y Registro de Accionistas de la sociedad antes indicada. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición ante la Junta Administrativa
del Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la
publicación de este aviso. Transcurrido el término sin que hayan existido
oposiciones, se procederá a la reposición solicitada.—Guilhermina Silva,
Secretaria.—1 vez.—( IN2017122326 ).
ALGARVE
DE HERRADURA SOCIEDAD ANÓNIMA
Algarve de Herradura
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno - doscientos setenta y
ocho mil quinientos cincuenta y seis, solicita ante Registro Nacional de Costa
Rica, la reposición por extravío de los libros de Asamblea de Accionistas,
Junta Directiva y Registro de Accionistas de la sociedad antes indicada. Quien
se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Junta
Administrativa del Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a
partir de la publicación de este aviso. Transcurrido el término sin que hayan
existido oposiciones, se procederá a la reposición solicitada.—Guilhermina
Silva, Tesorera.—1 vez.—( IN2017122327 ).
VILLA
JACÓ MIL NOVECIENTOS TREINTA
Y NUEVE S.R.L.
Por reposición de libros
de Villa Jacó Mil Novecientos Treinta y Nueve S.R.L., cedula jurídica
tres-ciento dos-doscientos diecisiete mil novecientos uno, solicitará la
reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asamblea General, Libro
de Actas de Registro de Accionistas, Libro de Actas de Junta Directiva, debido
al extravío de los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a
partir de la publicación de este aviso.—Ciudad Neilly, nueve de marzo del dos
mil diecisiete.—Firma Ilegile.—1 vez.—( IN2017122353 ).
MUEBLES
JUAN JOSÉ CASTRO SOCIEDAD ANÓNIMA
Muebles Juan José Castro
Sociedad Anónima con número de cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos
trece mil-quinientos treinta y cuatro, solicita al Registro Nacional reposición
por extravío de su libro Asamblea de Socios Nº 1. Quien se considere afectado
puede manifestar su oposición ante ese Registro o en el domicilio de su
representante legal: Nora Milena Azofeifa Díaz, mayor con cédula uno cero cinco
seis cero cero ocho cinco siete, viuda de sus primeras nupcias, empresaria,
vecina de San Pedro, Montes de Oca, Calle paralela a la Bomba El Higuerón, cien
sur, casa con portón café, tesorera con facultades de apoderada generalísima
sin límite de suma.—Milena Azofeifa Díaz, Representante.—1 vez.—( IN2017122365
).
EXPANDING BORDERS S. A.
Expanding Borders S. A.,
por este medio hace saber del extravío de sus libros legales, por lo que
solicita al Registro Público la reposición de los mismos.—San José, 23 de marzo
del 2017.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017122395 ).
CONSEJO DE DISTRITO DE LA FORTUNA DE SAN CARLOS
Por este medio se hace
saber del extravío del libro de Actas del Consejo de distrito de La Fortuna de
San Carlos. Publíquese una vez para efectos de reposición.—La Fortuna de San
Carlos, 09 de marzo del 2017.—Anadis Huertas Méndez, Secretaria.—1 vez.—(
IN2017122401 ).
COLEGIO
DE PROFESIONALES EN NUTRICIÓN
DE COSTA RICA
Campo
Pagado
La Junta Directiva del Colegio de
Profesionales en Nutrición informa considerando: Que el artículo 37 inciso a)
de la Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Nutrición dice:
“Artículo 37.—Sanciones a las personas
miembros
Las
personas miembros del Colegio podrán recibir las siguientes sanciones:
Suspensión de su calidad de
miembro activo del Colegio, si se atrasa en el pago de seis cuotas de la
colegiatura. La persona colegiada recuperará su calidad de miembro activo
cuando pague el monto adeudado por concepto de cuotas. “
En sesión de Junta Directiva N° 164-2017 del
21 de febrero del 2017 se conoció el registro del Departamento Contable, que
incluye la lista de las y los profesionales que no han pagado seis o más cuotas
de colegiaturas al 20 de febrero del 2017.
Por lo
tanto, en la referida sesión de Junta Directiva de este Colegio se acordó
suspender a las y los miembros que se encuentran en esa condición y son los
siguientes:
Conforme
a la normativa citada, aquellas y aquellos profesionales que se pongan al día
en su pago o realicen arreglo de pago formal, se les levantará en forma
automática el estado de suspensión. Las y los profesionales que entre la fecha
del acuerdo y la publicación de esta lista hayan regulado el pago de su
colegiatura, le rogamos hacer caso omiso a la inclusión de su nombre.
Dra. Sonia Ivankovich Guillén.—Dr. Mario
Carballo de la Espriella, Responsables.—1 vez.—( IN2017122429 ).
CARMIOL
INDUSTRIAL S. A.
El señor Alexander
Carmiol Herrera, cédula 2-0488-0529, presidente y representante judicial y extrajudicial
de la sociedad Carmiol Industrial S. A.; céd. jurídica 3-101-206022; indica que
se extravió el tomo uno del libro de actas de asambleas de junta directiva de
dicha sociedad, y solicita ante esta notaría reposición registral. Es
todo.—Licda. Lauren Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017122488 ).
PAM GEM
NÚMERO VEINTITRÉS S. A.
Por medio de escritura pública número 73-VII,
de las 9:00 horas del veintitrés de marzo del dos mil diecisiete Pam Gem Número
Veintitrés S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco tres
cero nueve cinco cero, solicita la reposición de los siguientes libros ya que
los mismos se encuentran extraviados: Actas de Asamblea General, Acta de
Registro de Socios y Actas de Junta Directiva.—Guanacaste.—Licda. Laura Coto
Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017122499 ).
CLICK FOR HAPPINESS SOCIEDAD ANÓNIMA
Click For Happiness Sociedad Anónima, cédula
jurídica: 3-101-644252, solicita ante la Dirección General de Tributación, la
reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor, Inventarios y Balances,
Actas Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Actas de
Registro de Socios, todos número 1). Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al
Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término
de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Raúl Emilio
Acosta Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017124656 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Mediante escritura número treinta y seis-tomo
diecinueve; de las dieciséis horas del día veintiuno de marzo del dos mil
diecisiete, el señor Walter Vargas Garita vende local comercial denominado
“Abastecedor Zeus” al señor Hua Chang (nombre) Feng (apellido). Lo anterior
para los efectos del artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de
Comercio.—Licda. Vivian Chacón Araya, Notaria.—( IN2017122023 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura otorgada ante la suscrita
notaria el día de hoy, en Turrialba a las diez horas treinta minutos, escritura
número doscientos setenta y nueve, tomo dos
de mi protocolo, se revoca nombramientos de junta directiva de Pasysoca S.
A., cédula tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil quinientos
veintinueve, y se nombra nueva Junta Directiva; y se reforma cláusula novena de
la administración.—Turrialba, veintidós de marzo dos mil diecisiete.—Licda.
Karla Fabiana Carrillo Salguero, Notaria.—1 vez.—( IN2017123760 ).
La suscrita licenciada Karla Carrillo
Salguero, carné 21464, otorgue escritura de constitución de la Asociación
Deportiva Turrialba Futsal, bajo las citas de presentación tomo: 2016,
asiento: 748354, autorizo por este medio al señor Sandro Leonel Velásquez
Cordero, mayor de edad, casado dos veces, mensajero, cédula de identidad número
tres- trescientos treinta-cuatrocientos ochenta y seis, vecino de Turrialba,
Residencial El Coyol, cuarta etapa, casa P-once, para que solicite y retire el
edicto de la Asociación Deportiva Turrialba Futsal.—Turrialba, 27 de marzo del
2017.—Licda. Karla Carrillo Salguero, Notaria.—1 vez.—( IN2017123762 ).
Mediante escritura otorgada ante el suscrito
notario con fecha veintidós de marzo del año en curso, se adicionó la escritura
otorgada a las diez horas del once de junio de dos mil dieciséis presentada al
diario del Registro tomo dos mil dieciséis, asiento cuatrocientos veinte mil trescientos diecinueve del suscrito notario
en el sentido de que se modifica la cláusula primera para que se lea el nombre
de la sociedad que se constituye como Innuendo Dorado Sociedad Anónima,
así como se modifica la cláusula octava de la administración en el sentido de
que el presidente y el secretario tendrán la representación judicial y
extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma,
actuando en forma conjunta o separada.—San José, veintitrés de marzo de
dos mil diecisiete.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—(
IN2017123775 ).
Por medio de escritura otorgada al ser las
doce horas del dos de marzo del dos mil diecisiete, donde se realizan reformas
de estatutos de la compañía denominada Condominio Campestre Lindas Vistas
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos treinta y
nueve mil seiscientos sesenta y tres.—San José, tres de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—( IN2017123790 ).
Mediante acta número dos de la asamblea general de socios celebrada en su
domicilio social al ser las 10:00 horas del 13 de diciembre del 2016 se acuerda
disolver la sociedad denominada Inversiones Gamu del Sur Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-584421.—Lic. José Aurei Navarro
Garro, Notario.—1 vez.—( IN2017123792 ).
Por escritura número
ciento sesenta y nueve-cuarenta y uno otorgada ante la suscrita notaria a las
diez horas del veintisiete marzo año dos mil diecisiete, se reformó la cláusula
segunda del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Pura Vida de la
Fortuna Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno tres
siete cinco cuatro cuatro.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintisiete de marzo año
dos mil diecisiete.—Lic. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017123794 ).
Por escritura número
ciento diecinueve-cuarenta otorgada ante la suscrita notaria a las diecisiete
horas del veintisiete mayo año dos mil dieciséis, se reformó el artículo quinto
del pacto constitutivo de la sociedad Tres- Ciento Uno- Seiscientos Sesenta
y Seis Mil Setecientos Veintidós Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos sesenta y seis mil setecientos veintidós.—San
Isidro de Pérez Zeledón, veintisiete de marzo año dos mil diecisiete.—Licda.
Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—( IN2017123795 ).
Por escritura 26-1,
de las 13:00 horas del día 18 de marzo de 2017, se constituye sociedad Soluciones
de Ingeniería MDB Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado, se
nombra junta directiva.—Licda. Katia Cristina Córdoba Quintero, Notaria.—1
vez.—( IN2017123796 ).
Mediante la
escritura número noventa y nueve-cuarenta y seis de la notaria pública Seaneth
Varela Trejos, otorgada a las 14:00 horas del 11 de diciembre del 2014, se
acuerda disolver la sociedad denominada Chow Chow S. A., cédula jurídica
Nº3-101-358723.—Licda. Seaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2017123797 ).
Por escritura número seis-cuarenta, otorgada
ante mí notaría a las 08 horas del 24 de marzo del 2017, se transforma la
sociedad Diez Doscientos Tres Living Realty Sociedad de Responsabilidad
Limitada, en una sociedad de anónima cuya denominación social será Diez
Doscientos Tres Living Realty Sociedad Anónima, se reforma la cláusula
quinta del pacto constitutivo, aumentando el capital social de la sociedad.—San
José, 29 de marzo del 2017.—Licda. Mariela
Solano Obando, Notaria.—1 vez.—( IN2017123801 ).
Mediante escritura número setenta y nueve
otorgada por el notario público Ronald Odio Rohrmoser, a las 8:00 horas del 29
de marzo de 2017, se protocoliza asamblea general extraordinaria accionistas de
la compañía Polar Fruit International Sociedad Anónima, mediante la cual
se modifica cláusula sexta de la junta directiva de la compañía.—San José, 29
de marzo del 2017.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—( IN2017123803
).
Por escritura de las
10:30 horas de hoy, protocolicé actas de la compañía Caña Ciento Uno de Los
Chiles S. A., por la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, sexta,
sétima, novena y décima del pacto constitutivo, que se adiciona con las
cláusulas décima cuarta y décima quinta y se deja sin efecto cláusula del
agente residente.—Montes de Oca, San Pedro, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto
Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124492 ).
Por escritura de las 11:00 horas de hoy,
protocolicé acta de la compañía Desarrollos Bilibre S. A., por la cual
se reforman las cláusulas segunda, quinta, octava, décimo primera y décima
cuarta del pacto constitutivo, que se adiciona con las cláusulas quinta bis; y
se deja sin efecto cláusula del agente residente.—San Pedro de Montes de Oca,
31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—(
IN2017124493 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos veintisiete el día treinta de marzo del dos mil
diecisiete, se constituyó la sociedad anónima que tendrá como nombre Consultores
Bensi Sociedad Anónima.—San José, treinta de abril del dos mil
diecisiete.—Licda. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017124494 ).
Mediante escritura
otorgada el día de hoy, protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria
de socios de la empresa Ingeniería en Proyectos PROIN Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y
nueve mil ochocientos dieciocho, en la cual se nombra la junta directiva y se
reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, 31 de marzo del
2017.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2017124506 ).
Mediante escritura otorgada el día de hoy,
protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Miniaturas
de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-107650, en la cual se nombra vicepresidente, secretario, tesorero de la
junta directiva y fiscal y se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San
José, 19 de marzo del 2017.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—(
IN2017124507 ).
Por escritura número sesenta y siete-cuatro,
otorgada ante los notarios Juan Carlos León Silva y Nancy Brenes Quirós,
actuando en el protocolo del primero a las diez horas treinta minutos del
veintiocho de marzo del año dos mil diecisiete, se acuerda modificar la
representación, revocar y realizar nuevo nombramiento de la sociedad SUCANJE
S. A.—San José, 28 de marzo del año 2017.—Lic.
Juan Carlos León Silva, Conotario.—1 vez.—( IN2017124516 ).
Por escritura N° sesenta y ocho-cuatro,
otorgada ante los notarios Juan Carlos León Silva, Mónica Dobles Elizondo y
Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las diez horas
cuarenta y cinco minutos del veintiocho de marzo del dos mil diecisiete, se
acuerda modificar la representación, revocación y nombramiento de gerente de la
sociedad RBC Factoring Limitada.—San José, 29 de marzo del 2017.—Licda.
Mónica Dobles Elizondo, Conotaria.—1 vez.—( IN2017124517 ).
El suscrito José Duarte Sibaja, cédula
uno-quinientos seis-ciento seis; carné, uno seis tres cero nueve, como notario
autorizante, solicito se publique el edicto de la modificación de los estatutos
de la sociedad Consultores e Inversiones Alhesa de Costa Rica Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos veintinueve mil
quinientos tres, según la escritura número ciento cuarenta y seos-seis, visible
al folio ciento cuarenta y nueve vuelto del tomo seis de mi protocolo.—San
José, doce de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. José Duarte Sibaja,
Notario.—1 vez.—( IN2017124539 ).
La suscrita notaria hace constar que mediante
escritura otorgada en esta notaráa se reforma pacto constitutivo y la cláusula
número uno y se llamará Ludamaya S. A.—Licda. Carmen Alfaro Chaves,
Notaria.—1 vez.—( IN2017124540 ).
Mediante la escritura número
doscientos treinta y nueve de las veintiún horas treinta minutos del treinta y
uno de marzo del año dos mil diecisiete, la cual se encuentra visible en su
inicio de folio ciento cuarenta y siete vuelto a ciento cuarenta y ocho vuelto
del Tomo cuarto del protocolo de la notaria pública Gabriela Tatiana Fernández
Román, la entidad Asociación Aprode, con cédula de persona jurídica
número tres-cero cero dos-tres cero uno ocho uno dos, se nombra nueva Junta
Directiva y Fiscal.—San José, treinta y uno de marzo del año dos mil
diecisiete.—Licda. Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—1 vez.—(
IN2017124558 ).
Mediante la escritura número
doscientos treinta y ocho de las veintiún horas del treinta y uno de marzo del
año dos mil diecisiete, la cual se encuentra visible en su inicio de folio
ciento cuarenta y seis vuelto a ciento cuarenta y siete vuelto del Tomo cuarto
del protocolo de la notaría pública Gabriela Tatiana Fernández Román, la
entidad Asociación con Responsabilidad Nacional y Social Arenas, con
cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-setecientos catorce mil
setecientos cincuenta y dos, se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal.—San
José, treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.—Licda. Gabriela
Tatiana Fernández Román, Notaria.—1 vez.—( IN2017124559 ).
En esta notaría, a las doce
horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la Asociación
Nacional Protectora de Animales (ANPA), titular de la cédula jurídica
número tres-cero cero dos-cero cuatro cinco cero nueve uno, en donde se nombra
nueva Junta Directiva.—Montes de Oca, treinta y uno de marzo del dos mil
diecisiete.—Licda. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—( IN2017124565 ).
En mi notaría a las 10:00 horas
del 31 de marzo del 2017, se reformó la cláusula segunda y sexta de los
estatutos de la sociedad Nosara Family Surf Sociedad de Responsabilidad
Limitada; la segunda, cambia el domicilio y en la sexta, se modifica en
cuanto se elimina a un solo gerente la representación de la sociedad.—San José,
31 de marzo del 2017.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2017124567 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las 19:00 horas del 31 de marzo del 2017,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
D Y S R Misión de la Colin S. A., en virtud de la cual se reformó la
cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta
directiva.—Heredia, San Isidro.—Licda. Kattya Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—(
IN2017124573 ).
El suscrito notario doy fe que
se constituyó ante mí la sociedad El Flamingo Feliz Chauma Echum S. A. y
protocolización El Registro de San José S. A., domicilio en San José,
plazo 99 años.—San José, 31 de marzo del 2017.—Lic. Diego Vargas Gould,
Notario.—1 vez.—( IN201714578 ).
Hoy, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de Brossard Sur Sociedad Anónima, donde
se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del
año 2017.—Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017124581 ).
En escritura número ciento
cuarenta y tres-dos mil diecisiete, de las doce horas del día veintinueve de
marzo del dos mil diecisiete, en Puerto Limón, autorizada por el suscrito
notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada por su número de cédula jurídica número Tres-Ciento
Uno-Setecientos Ocho Mil Trescientos Cuarenta y Uno, Sociedad Anónima, en
virtud de los cuales se modifica la cláusula primera y la octava de la
escritura social. Se autorizó al suscrito para la protocolización de piezas
respectivas. Es todo.—Puerto Limón, veintinueve de marzo del dos mil
diecisiete.—Licenciado Raúl Orlando Méndez Contreras, Notario.—1 vez.—(
IN2017124612 ).
Ante
la notaria pública Freyda Nazira Valladares Morales, mediante escritura número
doscientos setenta y tres-dos, diez horas del diez de marzo del diecisiete. Se
constituyó la sociedad de esta plaza Care Clinic DDS Costa Rica Sociedad
Anónima.—Alajuela, a las ocho horas del once de abril del año dos mil
diecisiete.—Lic. Freyda Nazira Valladares Morales, Notaria.—1 vez.—(
IN2017124618 ).
Ante
el notario público Yuri Alonso Ramírez Acon al ser las ocho horas del
veintiocho de marzo del dos mil diecisiete, mediante escritura número: ciento
cincuenta y siete, visible al protocolo número: Dieciocho se protocolizó acta
de cambio de Junta Directiva y al ser las nueve horas treinta minutos del
veintiocho de marzo del dos mil diecisiete, mediante escritura número: ciento
cincuenta y ocho, visible al protocolo número: Dieciocho se protocolizó acta Reforma
de la Cláusula Cuarta de la sociedad Mystiqual Sociedad Anónima.
Presidenta Berveley Gail Lebell.—Quepos treinta de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acon, Notario.—1 vez.—( IN2017124621 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las trece horas treinta minutos del treinta
de marzo de dos mil diecisiete, procedí a protocolizar acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Pastel de Fresa S. A., mediante la cual se
reforma la cláusula primera del pacto constitutivo en cuanto al domicilio, y se
nombra nueva junta directiva y fiscalía.—Golfito, treinta de marzo de dos mil
diecisiete.—Hazel Salas Desanti, Notaria.—1 vez.—( IN2017124622 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaría, a las catorce horas del día treinta y uno de marzo del dos mil
diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de Alimentos Ávila
de San José SRL mediante la cual se reforma la cláusula del capital
social.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Elías
Shadid Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2017124624 ).
Por acta de asamblea general
extraordinaria Alliance Consulting CR Sociedad Anónima, titular de la
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos trece mil ochenta
y siete. Se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo,
debidamente protocolizada mediante escritura número doscientos
veinticuatro-cuatro, otorgada a las nueve horas del treinta de abril del dos
mil diecisiete. Notaria Alexa Rodríguez Salas.—Licda. Alexa Rodríguez Salas,
Notaria.—1 vez.—( IN2017124632 ).
Por acta de asamblea general
extraordinaria Paso Suave PS Sociedad Anónima, titular de la cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil novecientos
quince. Se acuerda reformar las cláusulas quinta y octava del pacto
constitutivo, debidamente protocolizada mediante escritura número doscientos
veintidós-cuatro, otorgada a las nueve horas del veintiocho de marzo del dos
mil diecisiete.—Licda. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017124641 ).
Por acta de asamblea general
extraordinaria Sáenz & Asociados Law Firm Costa Rica Sociedad Anónima,
titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
ochenta y cuatro mil trescientos cuarenta y nueve. Se acuerda reformar la
cláusula quinta del pacto constitutivo, debidamente protocolizada mediante
escritura número doscientos veintitrés-cuatro, otorgada a las diez horas del
veintiocho de marzo del dos mil diecisiete. Notaria Alexa Rodríguez
Salas.—Licda. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017124643 ).
Ante esta notaría, se modifica
junta directiva de soc. Corporación Auto Flores S. A.; cédula jurídica
Nº 3-101-172250 según acta correspondiente. Es todo.—Licda. Lauren Leandro
Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017124647 ).
Ante
esta notaría mediante escritura número ciento noventa y cinco, se constituye
sociedad anónima denominada Grupo Pacific Oreamuno Sociedad Anónima,
domiciliada en ciudad de Parrita, de la provincia de Puntarenas, En el barrio
La Julieta de Parrita, del Banco Nacional de Costa Rica, doscientos metros
oeste, casa color papaya. Presidente: Moisés Oreamuno Navarro. Notario Marco
Antonio Ramírez Corella.—San José, 3 de abril del 2017.—Lic. Marco Antonio
Ramírez Corella, Notario.—1 vez.—( IN2017124648 ).
Ante esta notaría se modifica
junta directiva de soc. Corporación Auto flores S. A., cédula jurídica
3-101-172250, según acta correspondiente. Es todo.—Licda. Lauren Leandro
Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017124651 ).
Ante mi notaría, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad B B
Consultores Artavia Sociedad Anónima, modificando cláusulas del pacto
constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Tibás, 3 de Abril del
2017.—Lic. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017124652 ).
El suscrito notario, Rafael
Alberto López Campos, oficina en Atenas, costado este del templo católico, hago
constar que por instrumento público número ciento treinta y dos, iniciado a
folio ciento cincuenta y cuatro vuelto del tomo treinta y siete de mi protocolo,
otorgado en Atenas, a las once horas del treinta y uno de marzo del dos mil
diecisiete, se reformó pacto constitutivo y se nombran gerentes, de la sociedad
Tres-Uno Cero Dos-Siete Cero Cuatro Tres Uno Ocho Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-uno cero dos-siete cero
cuatro tres uno ocho.—Atenas, treinta y uno de marzo del dos mil
diecisiete.—Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017124654 ).
SUCURSAL
DE GUADALUPE
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Distribuidora Aghentto S. A., número patronal 2-03101186502-001-001, se procede
a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Guadalupe, Dirección
Regional Central de Sucursales de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha
dictado el Traslado de Cargos, que en lo que
interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se
han detectado omisión de clase de seguro del trabajador Cinttya Araya Rojas,
cédula 108020343, detallados en el expediente administrativo, en el período de
noviembre 2012 a setiembre 2014. Total de salario omitido ¢5.977.000,00 Total
de cuotas SEM obreras y patronales de la Caja ¢881.607,50. Consulta expediente:
en esta oficina Guadalupe, Goicoechea 75 mts. oeste, de la Cruz Roja, se
encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley.
Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día
siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las
alegaciones juridicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido
por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la
Corte Suprema de Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De
no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00
horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Guadalupe, 23
de marzo del 2017.—Dirección Región Central de Sucursales.—Lic. Miguel García Solano,
Jefe.—1 vez.—( IN2017122588 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Órgano Director del Procedimiento Ordinario
Administrativo, al ser las 14:00 horas del 13 de febrero del dos mil
diecisiete. Se inicia procedimiento disciplinario en contra del funcionario
Danny Andrey Quesada Hernández, N° 2-593-108, Formador para el Trabajo 1A,
funcionario de la Unidad Regional Pacífico Central.
Resultando:
I.—Que según el Plan Anual de Servicios
institucional (PASER) del año 2016, los servicios de capacitación y formación
profesional “Seguridad personal y responsabilidades sociales”, bajo la
referencia
2701.CP00NPTA000500420161.NPTA0005 y “Prevención y lucha contra
incendios”, bajo la referencia 2701.CP00NPTA000400820161.NPTA0004, ambas bajo
la modalidad “acciones móviles”, fueron asignados al funcionario Dany Andrey
Quesada Hernández, para ser impartidos durante el período comprendido del 11 al
26 de julio del 2016, en Quepos de Puntarenas.
II.—Que
mediante la orden de pago N° 07-0845-16 de fecha 12 de julio del 2016, se
autorizó el adelanto para cubrir gastos de viaje durante el período comprendido
del 12 al 29 de julio del 2016, por la suma de ¢497.000,00 (cuatrocientos
noventa y siete mil colones) para impartir los servicios de capacitación y
formación profesional “Seguridad personal y responsabilidades sociales”, bajo
la referencia
2701.CP00NPTA000500420161.NPTA0005 y “Prevención y lucha contra
incendios”, bajo la referencia 2701.CP00NPTA000400820161.NPTA0004, ambas bajo la
modalidad “acciones móviles”, en Quepos de Puntarenas,
III.—Que
mediante la orden de pago N° 07-0844-16, de fecha 12 de julio del 2016, se
autorizó adelanto para compra de materiales por la suma de ¢615.500,00
(seiscientos quince mil quinientos colones) para impartir los servicios de
capacitación y formación profesional “Seguridad personal y responsabilidades
sociales”, bajo la referencia
2701.CP00NPTA000500420161.NPTA0005 y “Prevención y lucha contra
incendios”, bajo la referencia 2701.CP00NPTA000400820161.NPTA0004, ambas bajo
la modalidad “acciones móviles”, durante el período del 12 al 29 de julio del
2017 en Quepos de Puntarenas.
IV.—Que
mediante la boleta de pago N° 101442016 de fecha 13 de julio del 2016, se
ordenó girar los adelantos indicados al citado funcionario.
V.—Que
los referidos adelantos fueron depositados en la cuenta del funcionario Dany
Andrey Quesada Hernández mediante la transferencia bancaria, el día 13 de julio
del 2016.
VI.—Que
por medio del oficio URPC-FC-108-16 de fecha 17 de agosto del 2016, el señor
Víctor Hugo Angulo Bustos, Encargado del Proceso Financiero Contable de la
Unidad Regional Pacífico Central, le informó al señor Carlos Arturo Rodríguez
Araya, Encargado del Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de Recursos
Humanos, que el funcionario Dany Quesada Hernández, no se presentó en el tiempo
establecido a liquidar la transferencia de fondos por un total de ¢1.112.500,00
como adelantos de viáticos y para compra de materiales, para impartir los
servicios de capacitación y formación profesional “Seguridad personal y
responsabilidades sociales” y “Prevención y lucha contra incendios”, sin que a
la fecha de emisión del oficio supra indicado se hubiera liquidado.
VII.—Que
por medio del oficio URPC-FC-009-17 de fecha 30 de enero del 2017, el señor
Victor Hugo Angulo Bustos, Encargado del Proceso Financiero Contable de la
Unidad Regional Pacífico Central, informa a este órgano Director, que el
funcionario Dany Quesada Hernández al día de hoy no ha presentado la
liquidación correspondiente a los adelantos autorizados mediante las órdenes de
pago N° 07-0845-16 y N° 07-0844-16.
VIII.—Que
mediante el oficio URH-PSA-03-2017 de fecha 09 de enero del 2017, el señor
Carlos Arturo Rodríguez Araya, encargado del Proceso de Soporte Administrativo
de la Unidad de Recursos Humanos, le solicitó al Asesor Legal el inicio de un
procedimiento disciplinario en contra del servidor Dany Andrey Quesada
Hernández y aplicar lo establecido en el artículo 14 del Reglamento de Fondos
Rotativos de Trabajo, Caja Chica y Viáticos del INA.
VIX.—Que
mediante la resolución N° AL-NOD-12-2017 de las 14:20 horas del 21 de enero del
2017, el Asesor Legal actuando por delegación de la Presidencia Ejecutiva y con
fundamento en el artículo 74 del Reglamento Autónomo de Servicios, ordenó el
inicio del procedimiento disciplinario correspondiente y designó a la
Licenciada Annette Rodríguez Fuentes, para integrar el órgano director del
procedimiento en calidad de titular y como suplente al licenciado Juan Luis
Cantillano Vargas.
Considerando:
Se desprende de la documentación citada, la
comisión de actos susceptibles de lesionar la normativa que regula la relación
de servicios entre el Instituto Nacional de Aprendizaje y sus funcionarios,
atribuibles al servidor Danny Andrey Quesada Hernandez y que consiste
presuntamente en no presentar la respectiva liquidación de los adelantos de
gastos de viaje y para la compra de materiales que se autorizó mediante las
órdenes de pago N° 07-0845-16 y N° 07-0844-16, ambas de fecha 12 de julio del
2016, girados mediante la boleta de pago número 1014422016 y depositados a
favor del citado funcionario el 13 de julio del 2016, por un monto total de
¢1.112.500,00 (un millón ciento doce mil quinientos colones) con ocasión de los
servicios de capacitación y formación profesional denominados “Seguridad
personal y responsabilidades sociales” y “Prevención y lucha contra incendios”,
a ejecutarse en Quepos de Puntarenas durante el período del 12 al 29 de julio
del 2016.
Lo
anterior podría constituir una transgresión a las obligaciones establecidas en
los artículos 14 y 15 del Reglamento de Fondo Rotativo de Caja Chica, en el
apartado 2.3.1 y 2.3.3 del Instructivo del Proceso de Tesorería I URF PT 05, en
los artículos 43 incisos 3), 18) y 27) del Reglamento Autónomo de Servicios del
INA, así como en la prohibición prevista en el artículo 45 inciso 16) del
citado reglamento, que le podrían acarrear la aplicación de una sanción
disciplinaria de conformidad con las disposiciones de los artículos 47, 49 del
Reglamento de cita.
En ese
orden de ideas y ante los hechos expuestos, se impone la necesidad de instaurar
un procedimiento disciplinario de conformidad con las disposiciones de los
artículos 74 y siguientes del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, mediante
el cual se determine la verdad real de los hechos y que a su vez garantice los
derechos fundamentales al debido proceso y particularmente el de defensa del
citado funcionario. Por tanto,
EL ÓRGANO
DIRECTOR, RESUELVE:
I. Iniciar procedimiento
disciplinario en contra de Danny Andrey Quesada Hernández, cédula de identidad
N° 2-593-108, funcionario de la Unidad Regional Pacífico Central y conforme a
las disposiciones de los artículos 74 y siguientes del Reglamento Autónomo de
Servicios del Instituto Nacional de Aprendizaje, cuya finalidad es verificar la
verdad real de los hechos expuestos y determinar si resulta procedente imponer
las medidas sancionatorias previstas en artículos 47 y 49 del reglamento por la
supuesta infracción a las obligaciones establecidas en los artículos 14 y 15
del Reglamento de Fondo Rotativo de Caja Chica, así como en el apartado 2.3.1 y
2.3.3 del Instructivo del Proceso de Tesorería I URF PT 05, en los artículos 43
incisos 3), 18) y 27) del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, así como en
la prohibición prevista en el artículo 45 inciso 16) del citado reglamento, en
relación con los siguientes cargos:
“1. Que el funcionario Dany Andrey Quesada
Hernández no presentó la correspondiente liquidación de los adelantos para
gastos de viaje y para la compra de materiales autorizados mediante las órdenes
de pago N° 07-0745-16 y N° 07-0744-16 ambos de fecha 12 de julio del 2016,
giradas mediante la boleta de pago número 101442016 y depositadas en la cuenta
bancaria del servidor el día 13 de julio del 2016, por la suma total de
¢1.112.500,00 (un millón ciento doce mil quinientos colones), con ocasión de los servicios de capacitación
y formación profesional “Seguridad personal y responsabilidades sociales”, bajo
la referencia
2701.CP00NPTA000500420161.NPTA0005 y “Prevención y lucha contra
incendios”, bajo la referencia 2701.CP00NPTA000400820161.NPTA0004, modalidad “acciones móviles”, que debía
impartir en el período comprendido del 12 al 29 de julio del 2016 en la ciudad
de Quepos en Puntarenas.”
II.—En razón de lo anterior, se convoca al
servidor Danny Andrey Quesada Hernández, a una audiencia oral y privada que se
celebrará a las 10:00 horas del día 16 de junio del 2017, en la oficina de la
Asesoría Legal de la Unidad Regional Pacífico Central, sita en Barranca de
Puntarenas sede de este órgano director.
III.—Se
le previene al servidor Danny Andrey Quesada Hernández, que debe aportar todos
los alegatos y prueba el día de la audiencia bajo pena de caducidad de no
hacerlo en ese momento y que podrá hacerlo antes si a bien lo tiene, en cuyo
caso, deberá hacerlo por escrito. Que a la audiencia citada anteriormente
deberá comparecer personalmente y no por medio de apoderado, sin perjuicio de
que se haga acompañar de los abogados, técnicos o especialistas de su elección
y que una vez notificado este acto, su ausencia injustificada a la audiencia no
impedirá que esta se lleve a cabo en la fecha y hora señalada, aún sin su
presencia, sin que ello signifique la aceptación tácita de los hechos.
IV.—Se
le informa al funcionario que la Administración ha constituido un expediente en
el que consta la prueba de cargo que sirve de fundamento a los cargos que se le
atribuyen y que consta de 18 folios debidamente numerados, el cual puede ser
consultado en forma personal o por su abogado, en la oficina de la Asesoría
Legal de la Unidad Regional Pacífico Central, sita en Barranca de Puntarenas.
V.—Se
le comunica al servidor Danny Andrey Quesada Hernández, que deberá señalar lugar
cierto para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que, de no hacerlo,
de ser equívoco incierto el señalamiento, los actos que se dicten dentro del
presente procedimiento con posterioridad a esta resolución, le serán
notificados en la dirección que conste en el expediente administrativo por
señalamiento de la propia Administración.
VI.—Finalmente
se le informa que de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley de la
Administración Pública, en contra de esta resolución son oponibles, dentro de
las veinticuatro horas posteriores a su notificación, reducidas a las que sean
de despacho el día en que ese plazo empiece a correr; los recursos ordinarios
de revocatoria y apelación, los cuales deberán ser presentados ante este órgano
director y que serán conocidos en su orden por este órgano director y por la
Presidencia Ejecutiva. Notifíquese en forma personal al interesado, Annette
Rodríguez Fuentes, Órgano Director del Procedimiento.—Unidad de Compra
Institucionales Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—( IN2017122367 ).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
La Junta Directiva General mediante acuerdo
N° 54 de la sesión Nº 13-16/17-G.E., del 31 enero del 2017, acordó autorizar a
la Administración a publicar por edicto en el
Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 04 de la sesión N° 34-14/15-G.E.,
debido a que según oficio TH-016-2017 del Departamento de Tribunales de Honor
resultó materialmente imposible notificar a la empresa Gestores de Vivienda S.
A. (CC-04423), en el expediente disciplinario N° 020-14.
“La
Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en
su sesión N° 34-14/15-G.E. de fecha 20 de octubre del 2015, acordó lo
siguiente:
“Acuerdo N° 04:
Se aprueba lo recomendado por el
Departamento Régimen Disciplinario, de instaurar un Tribunal de Honor en el
expediente N° 20-14 de investigación iniciada de oficio por el C.F.I.A. a la
Arq. Paula Vargas Bolaños (A-18591) y a la empresa Gestores de Vivienda S. A.
(CC-04423); con el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio
3042-2015-DRD:
(…)
Recomendación del Departamento
de Régimen Disciplinario
En virtud de la prueba
documental a la vista del expediente, y el análisis realizado a la misma, este
Departamento recomienda a la estimable Junta Directiva General lo siguiente:
• Instaurar un Tribunal de Honor
para la Arq. Paula Vargas Bolaños, A-18591 y la empresa Gestores de Vivienda S.
A., CC-04423.
El Tribunal de Honor para la
empresa y para la profesional investigada, estará conformado por el Ing. Luis
González Espinoza, el Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, el Ing. Jorge Montero
Cabezas (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor Multidisciplinario y de
Empresas; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su condición de Director
Ejecutivo del C.F.I.A.
El Tribunal de Honor podrá
contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento. Asimismo, se informa que el
C.F.I.A. garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los
antecedentes que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución
cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá
plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de
la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el
artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.”
03 de
marzo de 2017.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.— 1 vez.—O. C. Nº 177-2017.—Solicitud
Nº 80253.—( IN2017122146 ).
[1]
Norma
1.2 Objetivos del SCI: “El SCI de cada organización debe coadyuvar al
cumplimiento de los siguientes objetivos:… c. Garantizar eficiencia y eficacia
de las operaciones. El SCI debe coadyuvar a que la organización utilice sus
recursos de manera óptima, y a que sus operaciones contribuyan con el logro de
los objetivos institucionales”.
4.2 Requisitos
de las actividades de control: “Las actividades de control deben
reunir los siguientes requisitos: a. Integración a la gestión. Las actividades
de control diseñadas deben ser parte inherente de la gestión institucional, e
incorporarse en ella en forma natural y sin provocar menoscabo a la observancia
de los principios constitucionales de eficacia, eficiencia, simplicidad y celeridad,
y evitando restricciones, requisitos y trámites que dificulten el disfrute
pleno de los derechos fundamentales de los ciudadanos”.
(Normas de
control interno para el Sector Público, emitidas por la Contraloría General de
la República).
[2] Aprobado por
la Junta Directiva en el artículo 4 de la sesión 5608-2013 celebrada el 7 de
agosto del 2013. Última modificación aprobada en el artículo 7 de la sesión
5694-2015, celebrada el 8 de julio del 2015.