LA GACETA N° 71 DEL 17 DE ABRIL DEL 2017

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

HACIENDA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOS

EDICTOS

AVISOS

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

AVISOS

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD MONTES DE OCA

FEDERACIÓN OCCIDENTAL

DE MUNICIPALIDADES DE ALAJUELA

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

MUNICIPALIDAD DE UPALA

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

MUNICIPALIDAD DE CORREDORES

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

 

PODER LEGISLATIVO

ACUERDOS

ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

Comunica que con motivo de la celebración de Semana Santa, el Plenario Legislativo tomó el acuerdo de que la Institución permanecerá cerrada a partir del lunes 10 al viernes 14 de abril de 2017, inclusive.

Nuevamente brindará atención a usuarios, proveedores y público en general a partir del lunes 17 de abril de 2017.

San José, 23 de marzo de 2017.—Departamento de Proveeduría.—Licda. Marianela Avalos Agüero, Directora a. í.— 1 vez.—O. C. N° 27052.—Solicitud N° 80969.—( IN2017122552 ).

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

07-2017-MGP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en los artículos 140 incisos 8), 18) y 20) y 141 de la Constitución Política; artículo 28 incisos 1 y 2 acápite a) de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de la Administración Pública; el artículo 20 de la Ley N° 7476, Ley contra el Hostigamiento o Acoso Sexual en el Empleo y la Docencia, reformada por la Ley N° 8805, y los artículos 53 y siguientes del Decreto Ejecutivo N°31535-G, Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Gobernación y Policía, reformado por el Decreto Ejecutivo N° 36290-G del 27 de octubre de 2010.

ACUERDA:

1°—Designar al señor Jorge Fabián Ulate Azofeifa, con cédula de identidad número 4-0158-0358, como miembro propietario, en sustitución del señor Carlos Brizuela Madrigal, con cédula de identidad 1-0453-0764, en la Comisión Investigadora de Hostigamiento o Acoso Sexual del Ministerio de Gobernación y Policía.

2°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la ciudad de San José, a las diez horas y treinta minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete.

Luis Gustavo Mata Vega, Ministro de Gobernación y Policía.— 1 vez.—O. C. N° 31361.—Solicitud N° 16436.—( IN2017122633 ).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE CULTURA Y JUVENTUD

Resolución Administrativa N° DM-009-2017.—Ministerio de Cultura y Juventud.—Despacho de la Ministra.—San José, a las ocho horas del día veintiséis de enero de dos mil diecisiete. Otorgamiento de Becas-Taller para el Desarrollo de Proyectos Artístico-Culturales, para el año 2017.

Resultando:

I.—Que el artículo 9 de la Ley N° 6750 - Ley de Estímulo a las Bellas Artes Costarricenses, del 29 de abril de 1982 y sus reformas, facultan al Ministerio de Cultura y Juventud para otorgar Becas-Taller a los escritores, investigadores, artesanos y artistas en general, con el propósito de desarrollar proyectos en artes escénicas, plásticas y audiovisuales, así como en literatura, música y artesanía.

II.—Que por Decreto Ejecutivo N° 38601-C del 5 de agosto de 2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 180 del 19 de setiembre de 2014, reglamentó las disposiciones del artículo 9 de la Ley N° 6750 del 29 de abril de 1982, Ley de Estímulo a las Bellas Artes Costarricenses, definiendo los procedimientos y pautas que ejecutará el Ministerio de Cultura y Juventud para financiar proyectos de desarrollo cultural, por medio del Fondo becas-taller.

Considerando:

I.—Que de conformidad con el artículo 8 de dicho reglamento, corresponde a la Comisión Seleccionadora del Fondo becas-taller para el Desarrollo de Proyectos Artístico-Culturales realizar el estudio y selección de los proyectos recibidos, priorizándolos según su pertinencia e impacto a escala local, comunitaria y/o nacional, procurando respetar una distribución equitativa entre todas las regiones geográficas en las cuales se hayan recibido propuestas.

II.—Que dicha Comisión Seleccionadora en Sesión realizada el día miércoles 19 de octubre de 2016, seleccionó las propuestas que serán beneficiarias del Fondo para el año 2017.

III.—Que de conformidad con el artículo 18 de dicho reglamento, corresponde a este Despacho emitir la presente resolución administrativa, que servirá como fundamento legal de los convenios de ejecución, que formalizarán el otorgamiento de la beca-taller para los beneficiarios del presente año. Por tanto,

LA MINISTRA DE CULTURA Y JUVENTUD,

RESUELVE:

Artículo 1.—Otorgar las Becas-Taller para el Desarrollo de Proyectos Artístico-Culturales del año 2017, a los siguientes beneficiarios:

Artes Escénicas

González Maroto Paulina, cédula 6 0234 0494: Rescatando nuestra música y baile Boruca.

Suárez Granados Guísela, cédula 7 0112 0796: Te Enseño y Enseñas

Corrales Espinoza Yaudieth, cédula 2 0727 0255: Al son de la Fortuna.

Madrigal Venegas Eric David, cédula 3 0255 0018: Historias de vida de los bailarines de swing criollo, costarricense de la década de 1965 a 1975: articulación de la memoria histórica.

Artes Visuales

Chavarría Rojas Kristhel Gabriela, cédula 2 0790 0581: La Herencia de La Tigra contada a través de la Pintura y la Artesanía.

Chávez Quirós Luis Gonzalo, cédula 1 1350 0813: Pinceladas de identidad.

Audiovisuales

Vargas Núñez Soren Ariel, cédula 1 1115 0043: Documental sobre la memoria histórica de tres mujeres guanacastecas.

Azofeifa Porras Javier, cédula 4 0206 0585La Periférica: Re-aprendiendo la tradición Upaleña.

Literatura

Herrera Villalobos Anayensy, cédula 4 0140 0167: Apropiación positiva del patrimonio arqueológico de La Cruz

Rojas Ugalde Adriana, cédula 1 1174 0614: Guatuso: memoria vida del cacao.

Cornejo Venegas Elvis, ced. 2 0552 0055: Antología Literaria, tradición oral e histórica de la Zona Norte,

García Prado Jennifer, cédula 2 0620 0765: Andanzas y reencuentros de un relato.

Quirós Monge José Mario, cédula 3 0406 0581: Chorreando cuentos

Sibaja Monge Carlos Andrés, cédula 1 1423 0358: Del barro al ladrillo: Los talleres y artesanos ladrilleros en la historia de la comunidad de Lourdes, Agua Caliente.

Soto Córdoba Wendy Gabriela, cédula 1 1444 0761: Dulces Historias.

Morales González Leandro José, cédula 5 0342 0491: Rescate de los métodos en la agroecología como medio productivo y regenerativo de la naturaleza.

Rojas Rojas María Fernanda, cédula 1 1169 0014: Conociendo nuestra herencia Corobicí: guía didáctica para escolares acerca del Monumento Nacional El Farallón.

Buitrago Salazar Ramón, cédula 9 0063 0817: Reconstruyendo Nuestra Memoria Histórica.

Música

Araya Arce Luis Gustavo, cédula 2 0672 0884: Rescate de Música Zarcereña.

Artesanía

Sánchez Hernández Rafael Ángel, cédula 1 0344 0966: Rescate de la Artesanía Huetar en Alfarería.

López Gómez Elizabeth, cédula 3 0269 0164: Al ritmo de los mantudos.

Arce Mercado Mariana, cédula 1 1573 0056: Fortalecimiento y promoción de la Cerámica Chorotega.

Recio Lobo Catalina, cédula 6 0205 0268: Promoción del labrado y calado de la jícara.

Castillo Hernández Natascha, cédula 2 0647 0309: El chinamo de las abuelas de Río Celeste.

Monge Arrieta Luis Alberto, cédula 1 0618 0825: Comunidad Boruca: tradiciones y biodiversidad.

Leiva Rojas María Cecilia, cédula 6 0348 0774: Fortaleciendo legados Ancestrales de la cultura Brunca.

Bejarano Palacios Pío, cédula 6 0216 0105: Uso de plantas medicinales

Artículo 2º—Rige a partir del 26 de enero del 2017.

Sylvie Durán Salvatierra, Ministra de Cultura y Juventud.— 1 vez.—O. C. N° 31550.—Solicitud N° 6836.—( IN2017122644 ).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

N° SC-004-2017.—San José, 31 de marzo del 2017.

Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido las siguientes resoluciones:

DG-034-2017: Se modifica la Escala de Sueldos de la Administración Pública contenida en la Resolución DG-173-2016 del 6 de setiembre del 2016, según los términos en los que se especifican en la presente resolución, con rige a partir del 1º de enero del año 2017 y queda sujeto a disponibilidad presupuestaria.

DG-035-2017: Se modifica la Resolución DG-174-2016 del 6 de setiembre del 2016, revalorando en cero coma setenta y seis por ciento (0,76%), el salario de las clases de puestos de los profesionales amparados por las disposiciones de la Ley de incentivos para los Profesionales en Ciencias Médicas, N° 6836, según se detalla en la presente resolución, con rige a partir del 1º de enero del año 2017 y queda sujeto a disponibilidad presupuestaria.

DG-036-2017: Se Modifica la Resolución DG-136-2015, incrementando el valor del punto por concepto de “Carrera Profesional”, en cero coma setenta y seis por ciento (0,76%), de tal manera que alcance la suma de dos mil doscientos dieciséis colones sin céntimos (¢2.216,00) y con rige a partir del 1º de enero del año 2017 y queda sujeto a disponibilidad presupuestaria.

DG-037-2017: Se modifica la Resolución DG-175-2015 del 6 de setiembre del 2016, incrementando los montos de los sobresueldos por concepto de “Riesgo Seguridad y Vigilancia” y “Riesgo Penitenciario” que se pagan en la Dirección de Adaptación Social del Ministerio de Justicia y Paz, para que alcance la suma de cuarenta mil seiscientos dos colones sin céntimos (¢40.602.00) y con rige a partir del 1º de enero del año 2017 y queda sujeto a disponibilidad presupuestaria.

DG-042-2017: Se modifica el artículo 1° de la Resolución DG-242-2016, del 20 de diciembre del 2016, incrementando el monto en colones por hora de extrafunciones, en cero coma setenta y seis por ciento (0,76%), de manera que los nuevos montos sean los que se detallan en la presente resolución.

DG-046-2017: Se delega en el funcionario Rolando Sánchez Corrales, cédula número 1-0610-0507, quien ocupa la jefatura de la Oficina de Gestión Institucional de Recursos Humanos del Ministerio de Agricultura y Ganadería, como responsable designado en esa Institución, y en tanto ocupe el cargo supra indicado, para la suscripción de los distintos trámites y actos que esta Dirección General debe aprobar en materia de Administración de Recursos Humanos, todo en concordancia con lo que dispone la Resolución No. DG-347-2011 del 1º de julio del 2011 y sus reformas, a excepción de lo dispuesto en la Resolución No. DG-051-2011 del 21 de enero del 2011 y sus reformas, así como la aprobación de nombramientos y ascensos interinos en plaza vacante, los cuales requerirán el aval de la instancia pertinente de esta Dirección General. Lo delegado por este acto estará sujeto al respectivo control de esta Dirección General, pudiendo auditar en cualquier momento lo aquí dispuesto, y en caso de constatar anomalías que lo ameriten, se revocará sin más trámite su designación, aparte de otras responsabilidades administrativas, civiles y penales que puedan corresponderle. Deróguese la Resolución N°  DG-113-2016, de las trece horas del veinticuatro de mayo de dos mil dieciséis. Rige a partir del 30 de marzo del 2017 y hasta el 30 de junio del 2018, o hasta que la persona delegada ocupe el cargo antes de ese plazo.

Publíquese.—Lic. Hernán A. Rojas Angulo. MBA, Director General.—1 vez.—O.C. N° 3400031253.—Solicitud N° 81681.—( IN2017124587 ).

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

Resolución DGA-DGH-070-2016.—Dirección General de Aduanas, a las quince horas del ocho de diciembre del dos mil dieciséis.

Considerando:

I.—Que los Ministros de Integración Económica de Centroamérica, mediante Resolución N° 372-2015 (COMIECO-LXXIV) de 04 de diciembre de 2015, aprobaron las modificaciones, por sustitución total, al Arancel Centroamericano de Importación, que amplía los códigos arancelarios a diez dígitos e incorpora al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), los resultados de la “6° Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”, la cual entra a regir a partir del 01 d enero de 2017, ajuste que ocasiona que se deban adecuar las aperturas nacionales con las nuevos incisos arancelarios centroamericanos.

II.—Que al amparo de la Ley N° 7293 de 31 de marzo de 1992, artículos 4 y 5, el Departamento de Gestión de Exenciones de la Dirección de Hacienda, recibió con todos los requisitos de rigor, solicitudes de exención fiscal genérica a la importación de diversas mercancías, antes de la entrada en vigencia de los ajustes en el Arancel Automático del Servicio Nacional de Aduanas.

III.—Que las autorizaciones de exención fiscal de tipo genéricas son transmitidas a la aplicación TIC@ para su validación y asociación con la respectiva declaración aduanera de importación y deben ser aplicadas ante la Aduana respectiva en los términos en que la misma fue otorgada.

IV.—Que a la fecha de entrada en vigencia de la Resolución N°  372-2015 (COMIECO-LXXIV), la Dirección General de Hacienda a través del Departamento de Gestión de Exenciones, ha recibido solicitudes y autorizado exenciones fiscales genéricas con los incisos arancelarios vigentes con anterioridad al 01 de enero de 2017, las cuales a su vez fueron transmitidas a la aplicación informática TIC@, resultando entonces complejo realizar las actualizaciones en los incisos arancelarios consignados en tales autorizaciones.

V.—Que con la entrada en vigencia de la “6° Enmienda de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías”, surgen algunas modificaciones en los incisos arancelarios, por lo que se requiere agilizar los trámites y procedimientos ante el Servicio Nacional de Aduanas.

VI.—Que la Administración Tributaria en 2011 emitió la resolución RES-DGA-DGH-375-2011, firmada por los Directores Generales de Aduanas y Hacienda, permitiendo la aplicación de las autorizaciones de exención fiscal genérica formalmente recibidas y con todos los requisitos de rigor, con anterioridad al 01 de enero de 2012, con el inciso arancelario anotado en cada una de ellas.

VIII.—Que los beneficiarios de Exenciones solicitan la gestión para que las autorizaciones genéricas dadas en 2016 se puedan aplicar en el 2017, tal como el caso de la Cámara Nacional de Agricultura y Agroindustria, mediante oficio P-097-2016, en el cual hacen ver la implicación que se podría dar en el encarecimiento de los productos para el consumidor final.

VII.—Que mediante oficio DM-2577 el señor Ministro de Hacienda le comunica al señor Fernando Rodriguez Garro, Viceministro de Ingresos, que en su condición de superior inmediato de la Dirección General de Hacienda asuma como recargo la Dirección General de Hacienda, del 05 de diciembre del 2016 al 04 de abril del 2017, en virtud de la incapacidad por maternidad de la titular del cargo. Por tanto,

La Dirección General de Aduanas y la Dirección General de Hacienda.

RESUELVEN:

Permitir la aplicación de las autorizaciones de exención fiscal genérica formalmente recibidas y con todos los requisitos de rigor, con anterioridad al 01 de enero de 2017, con el inciso arancelario anotado en cada una de ellas.

Esta disposición es aplicable hasta el 15 de abril 2017.

Publíquese.—Benito Coghi Morales, Director General de Aduanas.—Fernando Rodríguez Garro, Director General de Hacienda a. í.—1 vez.—O.C. N° 31621.—Solicitud N° 14010.— ( IN2017122523 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 11, asiento Nº 173, emitido por el Colegio La Salle, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Carballo Cañas Adriana, cédula Nº 1-0801-0923. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017124625 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 85, título Nº 1032, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe José Figueres Ferrer, en el año dos mil nueve, a nombre de Fernández Navarro Claudio Andrés, cédula Nº 3-0461-0774. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de febrero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017124291 ).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama Académica” Área de Letras, inscrito en el tomo 2, folio 48, título Nº 196, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Carrillo, en el año mil novecientos setenta y tres, a nombre de Nivia Piña Piña, cédula Nº 501580163. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de abril del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017124575 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

Este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa de Desarrollo del Sur. L., siglas COODESUR R.L., acordada en asamblea celebrada el 14 de octubre del 2016. Resolución 1619-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. El Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:

Presidenta:                 Ángela Ileana Aguilar Vargas

Vicepresidente:          Róger Eduardo Zúñiga Castro

Secretario:                  Wilberth Ureña Bonilla

Vocal 1:                      William Ramírez Alfaro

Vocal 2:                      José Francisco León Fallas

Suplente 1:                 Marilyn Salazar Vargas

Suplente 2:                 Heilin Picado Núñez

Gerente:                      Francisco Javier Suárez Pérez

17 de marzo 2017.—Dirección General de Asuntos Laborales.—Licda. Eugenia Segura Fallas, Subdirectora.—1 vez.—( IN2017121921 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Para ver marcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Uniflor, con domicilio en la provincia de: Alajuela-Zarcero, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Impulsar el desarrollo integral de sus asociados. promover y promocionar las empresas asociadas y sus productos a nivel internacional. Capacitar a los miembros de la asociación en temas de interés común. Cuyo representante, será la presidenta: Ana Lucrecia Arias Obaldía, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 126655.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 53 minutos y 9 segundos, del 22 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017122057 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Restauración y Vida Reformadores de Sardinal Sur de Parrita, con domicilio en la provincia de: Puntarenas, Parrita. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: difundir la fe cristiana basada en la biblia. Pugnar por la elevación espiritual, moral, cultural desarrollando el sentimiento de unidad y disciplina. Cuyo representante, será el presidente: Víctor Julio Salazar Vargas, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en- trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 173338.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 2 minutos y 47 segundos, del 17 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122085 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-715077, denominación: Asociación de Productores de Aguacate y Frutas Tropicales de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 68606. Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 13 minutos y 1 segundos, del 16 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017122119 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la Asociación Cristiana Habitacional para La Humanidad de Costa Rica, entre las cuales se modifica el nombre social, que se denominará: Asociación Cristiana Habitacional de Costa Rica. Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017 asiento: 103958.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 15 minutos y 16 segundos, del 21 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122232 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de Molusqueros de Punta Morales de Chomes, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Organizar y brindar información a los molusqueros de barrio. Contribuir con el desarrollo de los asociados en sus actividades molusqueras y actividades afines, cuyo representante, será el presidenta Socorro Vega Carranza, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 asiento: 93568.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 46 minutos y 27 segundos, del 7 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122271 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la: Asociación de Padres de Familia del Instituto de Artes Musicales de Grecia, entre las cuales se modifica el nombre social que se denominará: Asociación de Padres de Familia de la Escuela Sinem Grecia. Por cuanto dichas reformas cumplen con la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 91180.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 4 minutos y 21 segundos del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122292 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-657071, denominación: Asociación para la Gestión de Arte y Alegría Cordón de Oro Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N°  218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite._ Documento tomo: 2016,  asiento: 597845.—Dado en el registro nacional, a las 13 horas 23 minutos y 37 segundos, del 28 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122337 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Dawggrupo de Bienestar de los Animales Domésticos Costa Rica, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Osa, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover el rescate, rehabilitación y relocalización de perros y gatos abandonados en el área de los cantones de Quepos y Osa ubicada entre las localidades de Matapalo de Quepos y Palmar Norte de Osa. Cuyo representante, será el presidente: Shawnell Lisa Parker, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 69293 con adicional(es):2017-139525.—Dado en el Registro Nacional, a las 12 horas 58 minutos y 39 segundos, del 28 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122406 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Productores Unidos Agropecuarios De Carrillo, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Carrillo, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover e impulsar el mejoramiento social cultural, educativo y productivo de sus miembros. Impulsar proyectos agrícolas de desarrollo productivo que sean factibles a través del tiempo y que permitan a los asociados mejorar su nivel socio-económico. Cuyo representante, será el presidente: Luis Fernando Espinoza Sing, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 135924.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 2 minutos y 32 segundos, del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017124658 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: Nº 3-002-645593, denominación: Asociación de Personas con Autismo de la Zona Atlántica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo:2017, Asiento: 121693.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 56 minutos y 54 segundos, del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017124706 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-108051, denominación: Asociación Encuentro Matrimonial de Costa Rica. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo:2017. Asiento:111857.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 6 minutos y 19 segundos, del 22 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122624 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Costarricense de Asesores de Imagen, con domicilio en la provincia de: San José- San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Crear y fomentar actividades que beneficien el sector de la imagen, generando un valor agregado a sus asociados que los coloque en una posición competitiva, de credibilidad y privilegio, buscando siempre enaltecer las calidades de esta profesión. Cuyo representante, será la presidenta Deyma Salas Núñez, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016 asiento: 298421 con adicional(es): 2016-801033.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 6 minutos y 24 segundos, del 16 de febrero del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017122648 ).

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de Abbvie Inc. y Abbott GMBH @ Co. KG, solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS MONOCLONALES CONTRA LA PROTEINA RGM A Y SUS USOS. Proteínas aisladas, particularmente anticuerpos monoclonales, que se unen y neutralizan la proteína RGM A. Específicamente, estos anticuerpos tienen la capacidad de inhibir la unión de RGM A a su receptor y/o sus correceptores. Los anticuerpos de la invención, o sus porciones, son útiles para detectar RGM A e inhibir la actividad de RGM A, por ejemplo, en un ser humano afectado por un trastorno que incluye, no taxativamente, esclerosis múltiple, traumatismo cerebral en mamíferos, lesiones en la médula espinal, accidente cerebrovascular, enfermedades neurodegenerativas, y esquizofrenia. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395 y C07K 16/22; cuyos inventores son Müller, Bernhard, K. (DE); Schmidt, Martin (DE); Barlow, Eve, H. (US); Leddy, Mary, R. (US); Hsieh, Chungming, (US) y Bardwell, Phillip, D. (US). Prioridad: N° PCT/EP2009/001437 del 27/02/2009 (EP). Publicación Internacional: WO/2009/106356. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017- 0000015, y fue presentada a las 11:37:32 del 17 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de marzo de 2017.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2017121661 ).

El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Abbott GMBH & Co. KG., solicita la Patente PCT denominada FORMA DE DOSIFICACIÓN FARMACEUTICA PARA ADMINISTRACIÓN ORAL DE UN INHIBIDOR DE LA FAMILIA BCL-2 (Divisional 2011-663).Una forma de dosificación farmacéutica que comprende un producto de dispersión sólida que comprende N-(4-(4-((2-(4-clorofeni1)-5,5-dimetil-1-ciclohex-1-en-1-ipmetiopiperazin-1-il)benzoil)-4-W1R)-3-(morfolin-4-11)-1-((fenilsulfanipmetil)propiDamino)-3-((trifluorometil)sulfonil)bencenosulfonamida o una sal, hidrato o solvato de la misma, al menos un polímero farmacéuticamente aceptable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 9/00; cuyos inventores son Knobloch, Martin (DE); Kostelac, Drazen (DE); Liepold, Bernd (DE); Steiger, Norbert (DE) y Packhaeuser, Claudia (DE). Prioridad: 61/185,30 de 08/06/2009. Publicación Internacional: WO 2010/143074 . La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000037, y fue presentada a las 14:17:50 del 6 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de marzo del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017121662 ).

El señor Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de Paris Dakart Area Recreativa S. A., solicita la Patente PCT denominada EMBARCACIÓN LIGERA CON ASPECTO DE KART. Embarcación ligera con aspecto de kart de las constituidos por un casco de embarcación ligera cuya obra muerta se realiza con todos los aditamentos pertenecientes a un kart caracterizada esencialmente por estar constituida por un casco de embarcación ligera. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B63B 35/73; cuyo inventor es Lopez Rivas, José (ES). Prioridad: N° U 201430883 del 25/06/2014 (ES). Publicación Internacional: W02015/197888. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000018, y fue presentada a las 13:07:50 del 23 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017121663).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad 1-1055-0703, en calidad de apoderada especial de Basf SE, solicita la patente PCT denominada COMBINACIÓN HERBICIDA QUE COMPRENDE AZINAS. La presente invención se refiere a combinaciones herbicidas que comprenden al menos un compuesto de la Fórmula (I) (componente a), y al menos un compuesto adicional seleccionado de compuestos activos como herbicidas (componente b) y/o protectores (componente c). En donde Ra, Rb, Rc, Rd son, entre otros, H, halógeno, CN, NO2, C1-C6-alquilo, C1-C6-haloalquilo, OH, C1-C6-alcoxi, C1-C6-alquiltio, etc.;R1 es,entre otros, H, OH, S(0)2NH2, CN, C1-C6-alquilo, etc.;R2 es, entre otros, H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo, C1-C6-haloalquilo, C2-C6-alquenilo, C3-C6-alquinilo, etc.;R3 es, entre otros, H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo, etc; R4 es, entre otros, H, halógeno, CN, C1-C6-alquilo, etc; oR3 y R4, junto con el átomo de carbono al que están unidos, forman una porción seleccionada del grupo que consiste en carbonilo, C2-C6-alquenilo, C3-C6-cicloalquilo, C3-C6-cicloalquenilo y heterociclilo de 3 a 6 miembros, y R5 es, entre otros, H, OH, S(0)2NH2, CN, C1-C6-alquilo, etc; que incluye sus sales o N-óxidos aceptables en la agricultura; y al menos otro compuesto seleccionado de compuestos herbicidas b) y protectores c) y mezclas de estos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/68, A01N 61/00 yA01P 13/00; cuyos inventores son Hutzler, Johannes (DE); Hanzlik, Kristin (DE); Calo, Frederick (FR); Kreuz, Klaus (DE); Tresch, Stefan (DE); Seitz, Thomas (DE); Major, Julia (DE); Vogt, Florian (DE); Newton, Trevor Williams (GB) y Schachtshabel, Doreen (DE). Prioridad: N° 14165564,7 del 23/04/2014 (EM). Publicación Internacional: WO2015/162164. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000546, y fue presentada a las 14:18:09 del 23 de noviembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de marzo de 2017.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2017121826 ).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Merck Sharp & Dohme Corp., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI TIGIT. La presente invención se refiere a anticuerpos anti TIGIT, así como al uso de estos anticuerpos en el tratamiento de enfermedades tales como cáncer y enfermedad infecciosa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00, A61K 39/395, A61P 37/02 y C07K 16/28; cuyo(s) inventor(es) es(son) Raghunathan, Gopalan (US); Liang, Linda (US); Fayadat-Dilman, Laurence (US); Williams, Sybil M.G (US); Laface, Drake (US) y Seghezzi, Wolfgang (DE). Prioridad: NI° 62/038,912 del 19/08/2014 (US) y N° 62/126,733 del 02/03/2015 (US). Publicación Internacional: WO 2016/028656. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000060, y fue presentada a las 11:15:20 del 17 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 21 de febrero de 2017. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2017121945 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Inscripción N°. 3332.—Ref: 30/2017/716.—Por resolución de las 14:43 horas del 10 de febrero de 2017, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) MARCADORES DE EVENTOS INGERIBLES ALTAMENTE CONFIABLES Y MÉTODOS PARA USARLOS a favor de la compañía Proteus Digital Health Inc, cuyos inventores son: Robertson, Timothy (US); Hafezi, Hooman (US); Holen, Maria (US); Au-Yeung, Kit, Yee (US); Duck, Robert (US) y Costello, Benedict (US). Se le ha otorgado el número de inscripción 3332 y estará vigente hasta el 27 de abril de 2030. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: A61B 5/00 yA61B 5/02. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—San José, 10 de febrero del 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2017122039 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: FRANCISCO JAVIER MATHIEU MARÍN, con cédula de identidad número 1-0594-0868, carné número 25299 De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº17-000431-0624-NO.—San José, 04 de abril del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2017125784 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: ADRIANA FRANCINE ACUÑA VARGAS, con cédula de identidad número 4-0213-0335, carné número 25240. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente #17-000468-0624-NO.—San José, 30 de marzo de 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vfichez Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017125880 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA TAMARA AVENDAÑO CHAVARRÍA, con cédula de identidad número 4-0205-0565, carné número 24223. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°17-000204-0624-NO.—San José, 09 de marzo de 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2017122528 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA FERNANDA ALVARADO MÉNDEZ, con cédula de identidad número 1-1521-0176, carné número 24436. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-000470-0624-NO.—San José, 30 de marzo de 2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2017125951 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: DARIANA FRANCINI MORALES MARÍN, con cédula de identidad número 1-1519-0337, carné número 24513. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente 17-000469-0624-NO.—San José, 21 de marzo del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Msc. Marjorie Mejías Orozco, Abogada.—1 vez.—( IN2017125953 ).

REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR

Y DERECHOS CONEXOS

El día 13 de diciembre del 2016 se solicita la inscripción del seudónimo CATALINA DE LA MADRID. Publíquese por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113 de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente 8976.—Curridabat, 20 de diciembre de 2016.—Licda. Adriana Bolaños Guido, Registradora.—1 vez.—( IN2017122580 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0059-2017.—Exp. N° 4086A.—Agroindustrial Las Marías S. A., solicita concesión de: 30 litros por segundo del Río Ciruelas, efectuando la captación en finca de Miguel Sandi Gutiérrez en Santo Domingo (Santa Bárbara), Santa Bárbara, Heredia, para uso agropecuario-riego-café. Coordenadas 227.551 / 518.749 hoja BARVA. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017125088 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0275-2016.—Expediente Nº 8499P.—Terminal de Contenedores Grant y Cabezas S. A., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo IS-447 en finca de su propiedad en Guadalupe (Cartago), Cartago, Cartago, para uso industria lavado de vehículos y riego-vegetales. Coordenadas 205.000 / 541.760 hoja Istarú. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017125473 ).

ED-0404-2016.—Expediente 11643-A.—Arovo Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0,08 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Santa Rosa (Turrialba), Turrialba, Cartago, para uso comercial-envasado de agua. Coordenadas 212.150 / 569.250 hoja Tucurrique. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017125524 ).

ED-UHTPSOZ-0006-2017.—Exp. 10841A.—Edgar Castro Mora, solicita concesión de: 0.03 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano-domestico. Coordenadas 370.300 / 491.250 hoja San Isidro. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 15 de febrero del 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar, Coordinador.—( IN2017125604 ).

ED-UHTPCOSJ-0002-2017. Expediente Nº 17502A.—José Alberto Segura Prado, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Carlos Segura Prado en Vuelta de Jorco, Aserrí, San José, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 193.500 / 522.100 hoja Caraigres. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de febrero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017125672 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHSAN-0005-2017. Expediente Nº4334A.—Municipalidad de San Carlos, solicita concesión de: 0.05 litro por segundo de la quebrada San Pedro, efectuando la captación en finca de su propiedad en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario riego. Coordenadas 256.904 / 488.508 hoja Quesada. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de marzo de 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy Quesada Artavia.—( IN2017125795 ).

ED-0089-2017. Expediente Nº 17532P.—Teboa Tornado S. A., solicita concesión de: 1 litro por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo TS-128 en finca de su propiedad en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas 186.725 / 465.650 hoja Tárcoles. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 27 de marzo de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2017125831 ).

ED-0595-2016.—Exp. N° 16790P.—Petra Tica del Pacífico PTP SRL, solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AG-168 en finca de su propiedad en Quebrada Honda, Nicoya, Guanacaste, para uso industria. Coordenadas 242.954 / 399.603 hoja Abangares. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017125889 ).

ED-UHSAN-0009-2016.—Exp 11898A.—Tenería Pirro Antonio Gómez Ltda., solicita concesión de: 14 litros por segundo del Río Sarchí, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Pedro, Valverde Vega, Alajuela, para uso industria. Coordenadas 230.000 / 500.150 hoja Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de marzo de 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy Quesada Artavia.—( IN2017126060 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOS

PROPUESTA DE PAGO 40002 del 25/01/2017

La Dirección Ejecutiva

del Tribunal Supremo de Elecciones acuerda:

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N° 3400030797.—Solicitud N° 80875.—( IN2017122504 ).

PROPUESTA DE PAGO 40003 del 25/01/2017

106680308         Fernández Quirós Álvaro                      ¢3.038.779,37

302840410         Denia Marita Rodríguez Bonilla           ¢8.642.395,32

3101158781       Centro Textil José Befeler S.A.                 ¢22.223,68

Total                                                                              ¢11.703.398,37

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O.C. N° 3400030797.—Solicitud N° 80878.—( IN2017122507 ).

PROPUESTA DE PAGO 40004 del 01/02/2017

3101073893

Grupo de Soluciones Informáticas GS

¢1.227.132,78

4000042139

Instituto Costarricense de Electric.

¢44.116.782,89

4000042139

Instituto Costarricense de Electric.

¢46.011.551,35

4000042139

Instituto Costarricense de Electric.

¢33.605.119,24

 

Total

¢124.960.586,26

 

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O.C. N° 3400030797.—Solicitud N° 80879.—( IN2017122509 ).

PROPUESTA DE PAGO 40005 del 01/02/2017

105050593      Retana Chinchilla Luz                                       ¢64.358,60

112980377      Neil Quirós Josué                                             ¢141.171,14

800530605      Kuing Fong Chan -NI-                                       ¢12.310,00

3002173864    Asociación Solidarista T.S.E. -NI-             ¢14.406.332,70

3002173864    Asociación Solidarista T.S.E. -NI-             ¢17.901.014,26

3004045202    Cooperativa de Electrificación Rura                ¢174.851,05

3004045260    Cooperativa de Electrificación Rura                  ¢53.470,00

3007042032    Junta Administrativa de la Imprenta                ¢115.000,00

3007042032    Junta Administrativa de la Imprenta                  ¢87.000,00

3007042032    Junta Administrativa de la Imprenta                    ¢9.570,00

3007042032    Junta Administrativa de la Imprenta                  ¢10.320,00

3007042032    Junta Administrativa de la Imprenta                    ¢8.700,00

3007042032    Junta Administrativa de la Imprenta                  ¢27.610,00

3007042032    Junta Administrativa de la Imprenta                  ¢30.830,00

3007045087    Junta Administrativa del Servicio                      ¢98.458,00

3014042080    Municipalidad de Cartago                                    ¢7.130,00

3101000046    Compañía Nacional de Fuerza y Luz            ¢4.242.231,10

3101000046    Compañía Nacional de Fuerza y Luz            ¢8.050.482,60

3101000046    Compañía Nacional de Fuerza y Luz          ¢10.196.320,50

3101003233    Almacén Mauro S. A.                                      ¢332.450,00

3101003937    Hacienda Santa Anita S. A. -NI-                         ¢7.410,00

3101021096    Formularios Standard Costa Rica S.             ¢4.926.555,26

3101059070    Distribuidora y Envasadora de Quími             ¢151.924,00

3101059070    Distribuidora y Envasadora de Quími             ¢151.924,00

3101060893    Trajes Ejecutivo del Foro S. A.                    ¢2.363.417,00

3101095926    Sondel S. A.                                                       ¢38.606,68

3101112933    Servicios Técnicos Especializados S                ¢95.659,00

3101162557    Distribuidora Grupo Multisa S. A.               ¢1.890.420,00

3101237629    Comercializadora A T del Sur S. A.                ¢715.346,10

3101261986    Frama Soluciones S. A.                                   ¢215.739,18

3101292783    Servicios Múltiples Especializados                 ¢201.580,50

3101292783    Servicios Múltiples Especializados                 ¢201.580,50

3101402827    Tiancy Médica S. A.                                        ¢563.990,00

3101587923    Tecnisoluciones LR S. A.                             ¢5.870.200,00

3102007759    Hijos de Heriberto Hidalgo Sucs Ltd.              ¢671.912,50

4000001902    Instituto Nacional de Seguros                            ¢16.255,00

4000001902    Instituto Nacional de Seguros                          ¢150.000,00

4000001902    Instituto Nacional de Seguros                     ¢30.724.636,60

4000042138    Instituto Costarricense de Acueductos             ¢203.015,00

4000042138    Instituto Costarricense de Acueductos          ¢5.072.476,08

4000042146    Consejo Nacional de Producción                     ¢139.405,00

4000042146    Consejo Nacional de Producción                       ¢18.480,00

4000042146    Consejo Nacional de Producción                     ¢172.480,00

4000042146    Consejo Nacional de Producción                     ¢176.400,00

TOTAL                                                                            ¢110.709.022,35

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N° 3400030797.—Solicitud N° 80881.—( IN2017122512 )

PROPUESTA DE PAGO 40006 del 08/02/2017

 3002289705

Asociación Administradora de Acueduc

¢ 3.135,00

3004045117

Cooperativa de Electrificación Rura

¢ 26.983,74

3004045117

Cooperativa de Electrificación Rura

¢ 82.395,18

3004045202

Cooperativa de Electrificación Rura

¢ 144.780,40

3101042028

Empresa Servicios Públicos de Hered

¢ 141.507,00

3101042028

Empresa Servicios Públicos de Hered

¢ 48.718,00

3101073893

Grupo de Soluciones Informáticas GS

¢ 1.233.936,87

3101275811

Argo de Sarapiquí A y G S. A.

¢ 779.808,19

3101552298

Romayoda S. A.

¢ 980.000,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 42.240,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 21.444,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 45.506,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 41.249,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 24.541,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 26.038,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 8.920,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 129.696,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 30.579,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 17.575,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 60.481,00

4000042138

Instituto Costarricense de Acueduct

¢ 14.410,00

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 4.209.407,50

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 981.881,60

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 518.665,00

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 42.510,00

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 144.725,00

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 134.805,00

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 686.401,80

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 414.930,00

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 307.465,00

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 106.780,00

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢ 5.329.989,70

4000042139

Instituto Costarricense de Electric

¢98.490,00

Total

¢16.879.993,98

 

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N° 3400030797.—Solicitud N° 80882.—( IN2017122514 ).

PROPUESTA DE PAGO 40007 del 15/02/2017

Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N° 3400030797.—Solicitud N° 80883.—( IN2017122515 ).

PROPUESTA DE PAGO 40008 del 22/02/2017

Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. N° 3400030797.—Solicitud N° 80885.—( IN2017122517 ).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Exp. N° 20520-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las quince horas del veintiséis de julio del dos mil once. Diligencias de ocurso presentadas por Margarita Mayela Porras Salazar, mayor, divorciada, estilista, costarricense, cédula de identidad número dos-trescientos veintidós-setecientos setenta y uno; vecina de Grecia, Alajuela, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de nacimiento de la persona ahí inscrita es “nueve de junio de mil novecientos cincuenta y siete”. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—( IN2017122636 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber que, en diligencias de ocurso incoadas por Blanca Estela Amador Lira, se ha dictado la resolución N° 526-2017, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cuarenta minutos del once de enero de dos mil diecisiete, expediente N° 21842-2016. Resultando 1.…, 2.... Considerando: I. Hechos probados:... II. Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Alexander Josué Vargas Amador, en el sentido que el nombre de la madre es Blanca Estela.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122073 ).

En resolución N° 2275-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas veintiocho minutos del veinticuatro de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 42720-2016, incoado por María Walkiria Pérez Pérez, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Enola Luciana Soto Pérez, que el nombre de la madre es María Walkiria.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017122097 ).

En resolución N° 021-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas cincuenta minutos del dos de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 6218-2015, incoado por Anielka Lisseth Raudez Herrera, se dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de Robin Antonio Chaves Meneses con Anielka Lisseth Raudez Castillo, que los apellidos de la madre de la conyuge y el segundo apellido de la misma son Herrera Castillo Y Herrera.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122160 ).

En resolución N° 435-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas dieciséis minutos del nueve de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 25392-2016, incoado por Jamilethe De Los Ángeles Cortez Pérez, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Brandon José Gómez Cortez y Wendy Sofía Gómez Cortez, que el segundo apellido de la madre es Pérez.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122171 ).

En resolución N° 1773-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas cincuenta y ocho minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 51601-2016, incoado por Gladys Sofia Parrales Morales, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Maury Sofia Gonzalez Parrales, que el nombre y apellidos de la madre son Gladys Sofia Parrales Morales.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122221 ).

En resolución N° 2186-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas cuarenta y ocho minutos del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 51256-2016, incoado por Otilia De La Cruz Gutiérrez Zúniga, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Juder Antonio Malueño Gutiérrez, que el nombre y segundo apellido de la madre es Otilia De La Cruz y Zúniga.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017122224 ).

En resolución N° 1494-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas treinta y siete minutos del primero de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 32961-2016, incoado por Darling Del Socorro Torrez Arias, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Alexa Patricia Torrez Arias, que el nombre de la madre es Darling del Socorro.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.— ( IN2017122264 ).

En resolución N° 1503-2017 dictada por el Registro Civil a las quince horas trece minutos del primero de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 33557-2016, incoado por Iliana Chinchilla Álvarez, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Iliana de los Ángeles Chinchilla Álvarez, que el nombre es Ileana de los Ángeles y en el asiento de matrimonio de José Fabio de los Ángeles Campos Navarro con Iliana de los Ángeles Chinchilla Álvarez, que el nombre de la cónyuge es Ileana de los Ángeles.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122311 ).

Se hace saber, que en diligencias de ocurso incoadas por Yeimy Bustos Ramírez, se ha dictado la resolución N° 6501-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las quince horas diez minutos del trece de diciembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 28165-2016 Resultando: 1º—… 2º—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Nathalie Andrea Bustos Ramírez, Anali Gamboa Bustos y Paula Gamboa Bustos, en el sentido que el nombre de la madre es Yeimy.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122313 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Lidieth Faviola Briones Mora, se ha dictado la resolución N° 1600-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cinco minutos del nueve de abril de dos mil quince. Exp. N° 343-2015. Resultando: 1°—... 2°—… 3°—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Luis Alonso Mejías Briones, en el sentido que el nombre de la madre es Lidieth Faviola; de nacimiento de Fabricio Brenes Mora, en el sentido que el nombre, el primer apellido y la nacionalidad de la madre son Lidieth Faviola, Briones y nicaragüense, respectivamente y de Camila Salas Briones, en el sentido que el segundo nombre de la madre es Faviola.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil  a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017122330 ).

En resolución N° 874-2016 dictada por el Registro Civil a las quince horas del dieciocho de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 35694-2016, incoado por Maryleth del Socorro Roblero Mairena, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Ariana Jazmín López Roblero, que el nombre de la madre es Maryleth del Socorro.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122351 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Frania del Carmen Corea Ávalos, se ha dictado la resolución N° 6225-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas cincuenta minutos del dos de diciembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 29791-2016. Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.—Sobre el fondo: ... Por tanto: rectifíquense los asientos de nacimiento de Belinda Crystal Ordóñez Corea y de Marcos Eliacip Ordóñez Corea, en el sentido que el nombre de la madre es Frania del Carmen.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora Oficial Mayor.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122396 ).

Se hace saber, que en diligencias de ocurso incoadas por Rafael Ángel Barboza Segura, se ha dictado la resolución N° 2147-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cuarenta minutos del siete de abril de dos mil dieciséis. Exp. N° 46526-2015 Resultando 1.-... 2.-...3... Considerando: 1.- Hechos Probados: ... II.- Sobre el Fondo: ... Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Sheiris Denisse Barboza Castro, Rachany Sofía Barboza Castro y Daymond Barboza Castro, en el sentido que los apellidos del padre son Azofeifa Barboza.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017122405 ).

En resolución N° 110-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas diez minutos del cuatro de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 25729-2016, incoado por Rosibel del Socorro González, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Ingrid Daniela González González, que el nombre de la madre es Rosibel del Socorro.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122409 ).

En resolución N° 448-2017 dictada por el Registro Civil a las doce y cincuenta y dos minutos del nueve de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 36429-2016, incoado por Yahelin Marcibel López Manzanares, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Karin Michelle López Manzanares, que el primer nombre de la madre es Yahelin.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122414 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Wendy Montero Hidalgo, se ha dictado la resolución N° 3591-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas y siete minutos del veinte de junio de dos mil dieciséis. Exp. N° 16054-2016. Resultando: 1°—…, 2°—..., Considerando único... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Tifanny Nicole Vega Montero, en el sentido que el primer nombre es Tiffany.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122513 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Luisa Amanda Gonzales Ponce, se ha dictado la resolución N° 5784-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas veinte minutos del ocho de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 25322-2016. Resultando: 1°—..., 2°—…, 3°..., Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Alexa José Acevedo González, en el sentido que el primer apellido de la madre es Gonzales.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122578 ).

En resolución N° 1721-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas del siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 49225-2016, incoado por Getsemani Santa Ruiz Centeno, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Eingel Isaac Villalobo Ruiz, que el nombre de la madre es Getsemani Santa.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017122611 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Aaron Eduardo Largaespada Guzmán, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155819770231, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1116-2017.—Alajuela al ser las 14:38 del 20 de marzo del 2017.—Luis G.—1 vez.—( IN2017121956 ).

Samuel Humberto Zavala Somarriba, nicaragüense, cédula de residencia N° 155815542029, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso, expediente N° 943-2017.—Limón, 17 de marzo de 2017.—Regional de Siquirres.—Federico Picado Le-Frank.—1 vez.—( IN2017122079 ).

José Antonio Acevedo Vargas, nicaragüense, cédula de residencia 155818733435, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1266-2017.—San José al ser las 11:51 del 22 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122080 ).

Rosario Condori Negrete, boliviana, cédula de residencia Nº DI106800025825, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Nº 1364-2017.—San José, al ser las 8:35 del 17 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122088 ).

Lucila Otilia Brizuela Sequeira, nicaragüense, cédula de residencia 155807528135, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1328-2017.—San José al ser las 8:37 del 16 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122184 ).

Ana Griselda Merlo Varela, nicaragüense, cédula de residencia N° 155813715924, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3604-2016.—Guanacaste al ser las 12:06:24 del 22 de marzo del 2017.—Regional Santa Cruz.—Miguel Ángel Guadamuz Briceño, Jefe.—1 vez.—( IN2017122196 ).

María Teresa Ramírez De Vallina, colombiana, cédula de residencia 117001665507, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1444-2017.—San José, al ser las 2:10 horas del 21 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122255 ).

Aracelly Barros Mercado, colombiana, cédula de residencia 117001359133, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1383-2017.—San José, al ser las 3:41 horas del 17 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122258 ).

Natalia Del Valle Conde Padrón, venezolana, cédula de residencia 186200117208, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1485-2017.—San José, al ser las 9:37 horas del 23 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122319 ).

Tania Edelmira Bracho Rodríguez, venezolana, cédula de residencia 186200117422, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1482-2017.—San José al ser las 9:06 del 23 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122321 ).

Sahamira del Rosario Alvarado Martínez, nicaragüense, cedilla de residencia, N° 155807228114, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 897-2017.—Limón, 17 de marzo de 2017.—Federico Picado Le-Frank.—1 vez.—( IN2017122322 ).

Juan Francisco Conde Brandt, venezolano, cédula de residencia 186200117529, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1481-2017.—San José, al ser las 9:12 del 23 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122324 ).

Arelys Verónica León Montenegro, nicaragüense, cédula de residencia 155809488716, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp: 1372-2017.—San José, al ser las 8:46 del 20 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122368 ).

Axel Neyl Mejía Machado, nicaragüense, cédula de residencia N° 155811920222, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.3788-2016.—San José, 9 de enero de 2017.—German Alberto Tojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017122425 ).

Israel de Jesús Núñez Sánchez, nicaragüense, cédula de residencia N° 155807877915, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.1890-2016.—San José, a las 9:44 horas del 15 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122430 ).

Ana Yensi Rivera Palma, nicaragüense, cédula de residencia N° 155801252004, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3481-2016.—San José, 05 de diciembre del 2016.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017122472 ).

Lisbeth de Jesús Quintanilla Guzmán, nicaragüense, cédula de residencia 155817771621, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1405-2017.—Guanacaste, al ser las 16:02:32 del 20 de marzo de 2017.—Lic. Edgar Alguera Ramírez, Jefe.—1 vez.—( IN2017122525 ).

Daniel Antonio Benavidez Aguirre, nicaragüense, cédula de residencia N° 155804676329, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.3633-2016.—San José, a las 9:46 horas del 15 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122526 ).

Eveling de Los Angeles Zúñiga Baldelomar, nacionalidad, nicaragüense, cédula de residencia 155817277308, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente 1446-2017.—Guanacaste, al ser las 15:12:24 del 21 de marzo de 2017.—Oficina Regional de Liberia.—Lic. Edgar Alguera Ramírez, Jefe.—1 vez.—( IN2017122577 ).

Pedro Armengol Picado Pérez, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155816107209, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 1204-2016.—Alajuela, al ser las 11:36:56 del 23 de marzo del 2017.—Regional San Carlos.—José Manuel Marín Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2017122587 ).

Berta María Ruiz Gutiérrez, nicaragüense, cédula de residencia 155802172716, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente. 1433-2017.—San José, al ser las 11:46 del 21 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017122589 ).

Norma Aracelly Báez Reyes, nicaragüense, cédula de residencia 155807606418, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1243-2017.—Alajuela, al ser las 08:36:33 del 24 de marzo del 2017.—Oficina Regional de Alajuela.—Luis Guillermo Quesada Quesada, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017122593 ).

Acxel Steven González Centeno, nicaragüense, cédula de residencia 155807036101, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente. 1146-2017.—San José, al ser las 8:26 del 21 de marzo del 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017122594 ).

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

AVISOS

La Contraloría General de la República informa: que se encuentra firme la resolución N° 16098-2015 (DJ-2057) de las 09:00 horas del 05 de noviembre del 2015, confirmada en lo que interesa por el Despacho Contralor según resolución Nº R-DC-14-2017 (Nº 2506/DC-0053-2017) de las 15:00 del 28 de febrero del 2017, ambas dictadas dentro del procedimiento administrativo N° DJ-78-2012. Dicha resolución en el Por Tanto resuelve declarar responsable administrativamente con culpa grave sobre los hechos intimados en dicho procedimiento al señor Jeffrey Eduardo Núñez Núñez, cédula de identidad 3-344-485, razón por la cual se le impone una prohibición de ingreso o reingreso a cargos de la Hacienda Pública de conformidad con lo dispuesto en el numeral 72 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, por el plazo de ocho años, contados a partir del 02 de marzo de 2017 hasta el 02 de marzo de 2025. En razón de ello, sírvanse tomar nota las Administraciones interesadas, a efectos de que dicha persona no sea nombrada en cargos de la Hacienda Pública por el período indicado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 57 del “Reglamento de Organización y Servicio de las Potestades Disciplinaria y Anulatoria en Hacienda Pública de la Contraloría General de la República”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta N° 244 del 20 de diciembre de 2011. Publíquese.

Lic. Christian Zamora Pérez, Órgano Decisor.—1 vez.—O.C. Nº 170115.—Solicitud Nº 80762.—( IN2017122143 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

BANCO DE COSTA RICA

Solución Multivendor con sus respectivos

compontes que permita administrar la Red

de Cajeros Automáticos del BCR

El Banco de Costa Rica, recibirá propuestas de forma electrónica para el estudio en referencia, hasta el día 09 de mayo 2017, en los siguientes correos electrónicos:

a.       earaya@bancobcr.com

b.       ffernandez@bancobcr.com

c.        lcgarcia@bancobcr.com

Los interesados pueden solicitar las especificaciones y condiciones generales, así como las consultas, a las direcciones electrónicas señaladas anteriormente.

Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 82201.—( IN2017126076 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000011-2104

Por la adquisición de suplementos nutricionales,

módulo de carbohidratos con almidón modificado

Se comunica a los interesados: fecha de recepción de ofertas el 5 de mayo del 2017 a las 9:00 horas. El cartel está disponible en el centro de fotocopiado público, ubicado en planta baja de este Hospital. Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones

San José, 6 de abril del 2017. —Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora Subárea de Contratación Administrativa.— 1 vez.—O. C. Nº 39.—Solicitud Nº 82091.—( IN2017125857 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA 2017CD-000034-03

Compra de utensilios plásticos para industria y el hogar

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 25 de abril del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 82204.—( IN2017126081 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000002-09

Contratación de servicios de aseo y limpieza con criterios

ambientales para la oficina de adquisiciones, financiero

contable, almacén, proceso de seguimiento, apoyo y

control y el edificio de la Dirección de la

Unidad Regional de Heredia

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso, hasta las 10:00 horas del 12 de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 82205.—( IN2017126082 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000003-09

Contratación de servicio de fotocopiado y empaste según

demanda de cuantía estimada para la Unidad

Regional de Heredia y sus centros de

formación adscritos

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso, hasta las 10:00 horas de 11 de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 82206.—( IN2017126084 ).

AVISOS

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL SERVICIO

ELÉCTRICO MUNICIPAL DE CARTAGO

Contratar bienes y servicios

La Junta Administrativa del Servicio Eléctrico de Cartago avisa que, con fundamento en el artículo 71 del Decreto Ejecutivo 35148 MINAET, Reglamento al Título IV de la Ley 8660, a partir del día 30 de marzo del 2017, se publicará en la página web, invitación del siguiente concurso:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000006-01

Denominada “Mano de obra Abierta para Construcción

de Líneas de Distribución 2017” por una estimación

económica de ¢77.000.000 millones, a recibir ofertas

11:00 a.m. horas del día 26 de abril del 2017

En los próximos días se publicarán los siguientes concursos:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-0000008-01

Denominada “Adquisición equipo de Protección”

estimación económica ¢280.000.000,00.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-0000010-01

Denominada “Adquisición repuestos varios para el sistema Scada reconectadores y Sistema de Comunicación de Subestaciones” estimación económica ¢135.000.000,00.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-0000011-01

Denominada “Adquisición de Repuestos para otros

equipos: baterías, fusibles, cadenas, reles, etc”

estimación económica ¢30.000.000,00.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-0000012-01

Denominada “Adquisición de una grúa a ser

utilizadaen el traslado y parado de postería”,

estimación económica de ¢200.000.000

Dirección electrónica: www.jasec.go.c / Proveeduría/Carteles-Licitación Abreviada, a efectos de promover una mayor participación por este mismo medio se publicarán las aclaraciones o modificaciones y el acto final en la dirección; http://www.jasec.go.cr/index.php/proveeduria-institucional/adjudicaciones

Cartago, 06 de abril del 2017.—Contratar Bienes y Servicios JASEC.—Lic. Héctor Tabarez Carvajal, Coordinador.—1 vez.—O.C. N° 13971.—Solicitud N° 82147.—( IN2017126024 ).

BCR SAFI S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000001-11

Compra de un vehículo 4x4 híbrido

para uso de BCR SAFI S. A.

El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del 10 de mayo del 2017, para la licitación en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Contratación Administrativa, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.

El cartel de la contratación que incluye las especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario de 09:00 a.m. a 3:00 p.m. Además, lo pueden obtener a través de la página electrónica del Banco de Costa Rica, www.bancobcr.com

Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 82165.—( IN2017125999 ).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000017-PROV

Arrendamiento de Microcomputadoras

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se indica, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión Nº 32-17 celebrada el 04 de abril de 2017, artículos VIII, se dispuso declararlo infructuoso.

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000089-PROV

Servicios Médicos bajo la Modalidad de Consulta Individual

para Servidores Judiciales de Turrialba y Jiménez

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 32-17 del 04 de abril de 2017, artículo VI, se dispuso adjudicarlo de la forma siguiente:

A: Corporación de Profesionales Médicos COPROMED S. A., cédula jurídica 3-101-385494, para un gasto anual estimado de ¢12.810.000,00.

Para todos los anteriores, demás características y condiciones según cartel.

San José, 05 de abril del 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017126020 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN VITO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-0000001-2705

Frutas, vegetales y pulpas a base de frutas

Entrega según demanda

El Área de Gestión de Bienes y Servicios, del Hospital San Vito, de la Caja Costarricense de Seguro Social, comunica a los interesados en el concurso Licitación Abreviada N° 2017LA-000001-2705, por compra de frutas, vegetales y pulpas a base de frutas, bajo la modalidad de entrega según demanda, que mediante acto N° 004-2017-2705, del 4 de abril del 2017, se adjudica la compra a la firma Improa S. A., ver detalles en la página de la Institución www.ccss.sa.cr

San Vito, 04 de abril del 2017.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Pedro Castillo Espinoza, Jefe.—1 vez.—( IN2017125680 ).

CENTRO NACIONAL DE REHABILITACION

DR. HUMBERTO ARAYA ROJAS

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000001-2203

Suministro de frutas, verduras y vegetales frescos,

verduras y vegetales frescos mínimamente

 procesados y pulpas de frutas

La Subárea de Contratación Administrativa del Centro Nacional de Rehabilitación, les comunica a los interesados de este concurso que se resuelve adjudicar de la siguiente manera:

Empresas adjudicadas:

Oferta N° 2: Freshpack S. A. Línea N° 2: vegetales y verduras frescas mínimamente procesadas (ítemes Nos. 22 al 57). Por un monto total aproximado de ¢38.901.559,94.

Oferta N° 3: Cristy Paola Mora Guzmán. Línea N° 3: pulpas de frutas (Ítemes Nos. 58 al 81). Por un monto total aproximado de ¢4.509.867,00.

Infructuoso: línea N° 1: frutas, verduras y vegetales frescos (ítemes Nos. 1 al 21).

Ver más detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 6 de abril del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—María Jesús Salas Hernández, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017125978 ).

GERENCIA LOGÍSTICA

AREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

SUBAREA DE INSUMOS MÉDICOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000024-05101

Bolsa de colostomía para adultos, sistema de una

pieza, con medida parche 65 +-5 mm

La Caja Costarricense de Seguro Social comunica que de acuerdo al acta de adjudicación DABS-00127-2017, se resuelve adjudicar el ítem único a la empresa Central América Pharma Supply S. A. Por un precio unitario de USD $1,39 (Modalidad según demanda).

“Vea detalles y mayor información en la página Web

http://www.hacienda.go.cr/comprared.

San José, 06 de abril del 2017.—Licda. Vilma Arias Marchena, Jefa.—1 vez.—O.C. N° 1142.—Solicitud N° 16000.—( IN2017125991 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA 2017LA-000049-01

Servicios de capacitación en los temas: sobrevivientes

al suicidio, neuropsicoeducación, métodos para

la adecuación curricular e inteligencia emocional

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión celebrada el 06 de abril del 2017, artículo único recomienda adjudicar la contratación con base en el dictamen técnico y elementos de adjudicación:

a.  Adjudicar la Contratación Directa N° 2017CD-000049-01 “Servicios de capacitación en los temas: sobreviviente al suicidio, neuropsicoeducación, métodos para la adecuación curricular e inteligencia emocional” en los siguientes términos:

    Adjudicar las líneas 1, 2, 3 y 4 a la oferta 2, presentada por Aula Abierta JFA S. A., por un monto de ¢9.779.000,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega según las especificaciones técnicas.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 82207.—( IN2017126085 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº2016LN-000004-01

Contratación del servicio de recolección, separación,

valorización y disposición final de los residuos sólidos

valorizables generados en el cantón de Alajuela

La Municipalidad del cantón Central de Alajuela comunica que el Concejo Municipal según artículo N°6, capítulo V de la Sesión Ordinaria N°13-2017 del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, adjudica la Licitación Pública Nº2016LN-000004-01 “Contratación del servicio de recolección, separación, valorización y disposición final de los residuos sólidos valorizables generados en el cantón de Alajuela” a la empresa Plataforma Internacional Real S.A, cédula jurídica Nº3-101-226529 por un monto de ¢23,760,172.00. (Por jornada laboral quincenal). Notifíquese.

Licenciada Johanna Madrigal Vindas, Proveedora Municipal.— 1 vez.—( IN2017125766 ).

FE DE ERRATAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACION ABREVIADA 2017LA-000002-01

(Prórroga N° 1)

Contratación de una empresa que realice los servicios

de diagnóstico de desempeño y organización

de TI del Banco Nacional

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000002-01, promovida para la “Contratación de una empresa que realice los servicios de diagnóstico de desempeño y organización de TI del Banco Nacional” lo siguiente:

Fecha y lugar de apertura:

Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría General del Banco Nacional, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00) horas, según el reloj ubicado en este Despacho, del 03 de mayo del 2017, momento en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 28 de abril del 2017.—Ing. Douglas Noguera Porras, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 82124.—( IN2017125903 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2017CD-000073-01

Contratación de seiscientas (600) horas hábiles en servicios

profesionales actuariales para el Fondo de Garantías

y Jubilaciones del BNCR

Se comunica a los interesados de la Contratación Directa Nº 2017CD-000073-01, que por un error material he involuntario en el Diario Oficial La Gaceta N° 57 del martes 21 de marzo se publicó la adjudicación con error en el número de contratación en uno de sus párrafos.

Anteriormente decía:

Adjudicar la Contratación Directa Nº 2017CD-000056-01 promovida para la “Contratación de seiscientas (600) horas hábiles en servicios profesionales actuariales para el Fondo de Garantías y Jubilaciones del BNCR”, de acuerdo al siguiente detalle:

Se deberá leer de forma correcta:

Adjudicar la Contratación Directa Nº 2017CD-000073-01 promovida para la “Contratación de seiscientas (600) horas hábiles en servicios profesionales actuariales para el Fondo de Garantías y Jubilaciones del BNCR”, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre del oferente:         Ernst & Young S. A.

Representante legal:            Evangelina Avendaño Arce.

Precio cotizado por el

bien/servicio:                        $80,00 (ochenta dólares americanos) por hora profesional

Plazo de la contratación:   Tres (3) años o hasta que se agoten las seiscientas (600) horas hábiles. El primer hecho que acaezca primero dará por terminado el contrato.

Las demás condiciones se mantienen invariables.

La Uruca, 06 de abril del 2017.—Proveeduría General.—Ing. Douglas Noguera Porras.—1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 82126.—( IN2017125909 ).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000003-01

Adquisición por demanda de sistema

de autenticación flexible de usuarios

El Banco de Costa Rica informa a los interesados en la Licitación Pública Nacional en referencia, que el cartel se ha modificado, según el siguiente detalle:

MODIFICACIONES

Se amplía el plazo para la recepción de ofertas, el acto de apertura queda establecido para el día lunes 24 de abril de 2017, a las 11:30 a.m., las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de Contratación Administrativa, ubicada en el tercer piso de Oficinas Centrales, San José, avenidas 0 y 2, calles 4 y 6.

Los interesados pueden obtener el documento de modificaciones al cartel, en la página electrónica www.bancobcr.com, en la siguiente ruta: Acerca del BCR/proveedores/carteles

San José, 06 de marzo del 2017.—Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.— 1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 82158.—( IN2017126021 ).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

RED DE SERVICIOS DE SALUD S. A.

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000002-INS-RSS

Adquisición de aloinjertos de origen cadavérico

La Red de Servicios de Salud S. A., cédula jurídica N° 3-101-593087, a través del Departamento de Proveeduría, comunica que se han realizado modificaciones al pliego cartelario del proceso de contratación Nº 2017LN-000002-INS RSS “Adquisición de aloinjertos de origen cadavérico”

Las modificaciones podrán solicitarse a la dirección de correo electrónico ingrodriguez@ins-cr.com o comunicarse con la señora Ingrid Rebeca Rodríguez Gómez al teléfono 2296-9599, extensión. 4284.

Así mismo, se comunica que se prorroga la recepción de ofertas y acto de apertura de ofertas para el día 21 de abril del 2017.

San José, 05 de abril del 2017.—José Alfredo Zamora, MBA. Gerente Financiero Administrativo.—1 vez.—O.C. Nº 206-2016.—Solicitud Nº 18067.—( IN2017125863 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

SUB ÁREA DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA

COMPRA DIRECTA N° 2017CD-000030-2104

(Aviso N°03 prórroga)

Por la adquisición de monitores de signos vitales, monitor

de signos vitales cuidado crítico, central de monitoreo

Se comunica a los interesados en participar que se ha prorrogado la fecha de apertura para el 28 de abril del 2017, a las 10:00 am, en caso de que se realicen modificaciones se les comunicará por este medio. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.

San José, 6 de abril del 2017. —Licda. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora Subárea de Contratación Administrativa.— 1 vez.—O. C. Nº 38.—Solicitud Nº 82092.—( IN2017125854 ).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000008-2104

(Aviso Nº 01 prórroga)

Por la adquisición de remodelación de Salas

de Cirugía Ambulatoria de Oftalmología

Se comunica a los interesados en el presente concurso que se ha prorrogado la fecha de apertura para el 04 de mayo del 2017 a las 09:00 horas. Demás condiciones permanecen invariables.

San José, 05 de abril del 2017.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—O. C. Nº 40.—Solicitud Nº 82101.—( IN2017125826 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ASERRÍ

LICITACION PÚBLICA 2017LN-000001-01

Compra de dos camiones recolectores

de desechos sólidos tracción 8x4 tipo C4

La Municipalidad de Aserrí, comunica que la apertura de las ofertas para la Licitación Pública N° 2017LN-000001-01, “Compra de dos camiones recolectores de desechos solidos tracción 8x4 tipo C4”, se prorrogará hasta las 08:00 horas del día viernes 28 de abril del 2017. Además a partir del 17 de abril del 2017, se estará entregando el pliego de modificaciones y aclaraciones al cartel.

Aserrí, 05 de abril del 2017.—Magally Díaz Leitón, Gestora de Proveeduría.—1 vez.—( IN2017125912 ).

MUNICIPALIDAD DE OSA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000001-01

(Segunda prórroga)

Adquisición de obra pública por contrato para

construcción de puente vehicular sobre

río Drake, Los Ángeles de Drake

La Proveeduría Institucional de la Municipalidad de Osa, comunica a todos los interesados, que estén en capacidad de realizar este tipo de obra, que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 28 de abril del 2017, en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir

Aclaraciones

-    Capitulo II, Especificaciones de la Contratación, Punto 1.1.1 Generalidades. Página 18.

Se aclara que por error material se incluyó el texto “El hecho de que el Contratista subcontrate parcial o totalmente la obra, no lo releva ni disminuye su exclusiva responsabilidad por el trabajo a realizar” se aclara que no es posible subcontratar totalmente la obra por lo tanto se excluye esa porción del texto y debe leerse correctamente de la siguiente manera:

“El hecho de que el Contratista subcontrate parcialmente la obra, no lo releva ni disminuye su exclusiva responsabilidad por el trabajo a realizar”

Adicionalmente en este mismo apartado, se aclara que por error se citó que el contratista adjudicado deberá apegarse a lo indicado en la resolución de viabilidad ambiental RES-1301-2016-SETENA, cuando en realidad la resolución correcta es RES-1976-2014-SETENA.

-    Capítulo IV, Sistema de Evaluación, Punto 1.3 Plazo de Entrega. Página 63.

En relación al plazo de entrega, se aclara que el mínimo se establece en 100 días naturales hasta un máximo de 160 días naturales para la finalización de las obras, por lo tanto, las ofertas que no se apeguen a este parámetro no recibirán ningún punto en este apartado, por lo que debe leerse correctamente de la siguiente manera:

“La oferta deberá presentar el plazo en días naturales, plazo que bajo ninguna circunstancia podrá ser menor a 100 días naturales hasta un máximo de 160 días naturales, las ofertas que no se apeguen a este parámetro no recibirán ningún punto en este apartado. El puntaje se calculará con la siguiente formula:”

-    Capítulo III, Condiciones Especiales, Punto 8 Control de Calidad de las Obras. Inciso g) y h). Páginas 50 y 51.

En relación a la calidad se establece en el punto 8 del cartel que el oferente deberá indicar en su oferta el nombre de la firma consultora que realizará las pruebas de autocontrol de calidad, con los respectivos ensayos acreditados en el ECA y posteriormente en la reunión pre inicio presentará al Gerente de Obra del contrato el plan de control de calidad que utilizará en la obra a ejecutar. Dicho plan de autocontrol deberá cumplir como mínimo con los ensayos y frecuencias indicados en el CR-2010. Sin embargo, para que la oferta mantenga equidad entre los posibles oferentes, se plantea el siguiente plan de control de calidad:

 

Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

Modificaciones

-    Capítulo I, Condiciones Generales, Punto 4 Declaraciones Juradas. Inciso g) y h). Página 10.

Se procede a la modificación de la experiencia solicitada en el Punto 4 Declaraciones Juradas. Inciso g) y h). Página 10, deberá leerse de la siguiente manera:

a)  Un Director Técnico: Declaración Jurada emitida por el profesional ofrecido como Director Técnico, que indique que cuenta con al menos cinco años de experiencia profesional en diseño y construcción de obras tales como: puentes de concreto, puentes prefabricados, puentes con estructura y superestructura en metal con superficies de rodamiento en concreto, metal o prefabricado. 

b)  Un Ingeniero Residente: Declaración Jurada emitida por el profesional ofrecido como Ingeniero Residente, que indique que cuenta con al menos dos años de experiencia profesional en construcción de obras tales como: puentes de concreto, puentes prefabricados, puentes con estructura y superestructura en metal con superficies de rodamiento en concreto, metal o prefabricado.

Errores Materiales

Que el oferente indica en referencia a un error material en su encabezado, léase correctamente, Licitación Pública Nacional N° 2017LN-000001-01

En el punto 1.8.1 …. Para este proceso de contratación mediante procedimiento ordinario denominado Contratación Directa Concursada … léase correctamente, Licitación Pública Nacional N° 2017LN-000001-01

Proveeduría Municipal.—Licda. Jessenia Salas Jiménez, Proveedora Institucional.—1 vez.—( IN2017125734 ).

REGLAMENTOS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 9 del acta de la sesión 5760-2017, celebrada el 02 de marzo del 2017,

considerando que:

A  Las normas de control interno requieren que las actividades de control diseñadas sean parte inherente de la gestión institucional y se incorporen en ella en forma natural y sin provocar menoscabo a la observancia de los principios de eficacia, eficiencia, simplicidad y celeridad[1], y deben ajustarse según lo requiera la dinámica institucional.

B. El Reglamento del Comité de Riesgos del Banco Central de Costa Rica, aprobado por la Junta Directiva[2], en el inciso 13, artículo 8, señala la siguiente asignación: Solicitar al Departamento de Riesgos un informe anual, en enero de cada año, sobre los resultados de la ejecución de su plan de trabajo, para comunicarlo al Comité de Auditoría y a la Junta Directiva.

C. Dicho Reglamento, aprobado por la Junta Directiva, establece en el inciso 16, artículo 8, la siguiente asignación: Presentar un informe cada seis meses a la Junta Directiva sobre la gestión integral de riesgos.

D. El Departamento Gestión Integral de Riesgos informa, periódicamente, al Comité de Riesgos sobre los resultados de la ejecución de su plan de trabajo y lo comunica semestralmente a la Junta Directiva.

dispuso:

aprobar las siguientes modificaciones del Reglamento del Comité de Riesgos, del Banco Central de Costa Rica, conforme al texto que se transcribe a continuación:

a)  En el artículo 8, denominado Competencias y responsabilidades, eliminar el apartado treceavo, donde se señala al inicio: “Solicitar al Departamento de Riesgos un informe anual, en enero de cada año, sobre los resultados de la ejecución de su plan de trabajo, para comunicarlo al

Comité de Auditoría y a la Junta Directiva”.

b)  Incluir en el artículo 8, denominado Competencias y responsabilidades, en el apartado dieciséis, la siguiente oración: “g. Los resultados de la ejecución del plan de trabajo del Departamento Gestión Integral de Riesgos”.

c)  En el artículo 8, denominado Competencias y responsabilidades, en el apartado dieciséis, donde se lee: “g) Cualquier otro aspecto de interés. h) Cualquier otra función que le sea asignada por la Junta Directiva”, sustituir ese fragmento para que se lea así: “h) Cualquier otro aspecto de interés. i) Cualquier otra función que le sea asignada por la Junta Directiva”. Cualquier otro aspecto de interés. h) Cualquier otra función que le sea asignada por la Junta Directiva”, sustituir ese fragmento para que se lea así: “h) Cualquier otro aspecto de interés. i) Cualquier otra función que le sea asignada por la Junta Directiva”.

Las anteriores modificaciones rigen a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O. C. Nº 4200000991.—Solicitud Nº 80450.—( IN2017122145 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

La Municipalidad de Grecia en sesión ordinaria del 6 de marzo del 2017, artículo VI, inciso 1, del acta 069.

b). Modificar los Artículos 28 y 34 del reglamento de construcciones de la Municipalidad de Grecia para que en adelante se lean:

Artículo 28.—Requisitos que deben contener todo edificio o casa de habitación, para el desfogue de aguas pluviales y aguas servidas:

a)  Las que se construyan o estén construidas, deberán tener canales o canoas y los tubos necesarios para recoger las aguas pluviales dichas aguas deberán ser descargadas directamente en las vías públicas o desagües particulares previamente diseñados, y su paso por las aceras deberá hacerse bajo el pavimento o ladrillo de la misma, no permitiéndose caídas libres de aguas pluviales sobre la vía pública los tubos para el drenaje pluvial sobre la fachada no podrán sobresalir del plano de la pared en más de diez centímetros.

b)  Toda nueva construcción ubicada dentro del perímetro definido por el estudio denominado “factibilidad, diseños elaboración de planos constructivos del sistema de alcantarillado sanitario del distrito primero del cantón de Grecia”, deberá indicar en los planos constructivos la respectiva prevista sanitaria para la futura conexión al alcantarillado sanitario la ubicación de dicha prevista por parte del profesional diseñador de la obra, será conforme al diseño de las redes del colector, información que estará disponible en la página web de la municipalidad de Grecia y en el departamento competente, la conexión será a vía pública. Lo anterior será requisito indispensable para autorizar la licencia de construcción respectiva.

Artículo 34.—Para toda licencia de construcción que requiera acceso vehicular y peatonal, los planos constructivos deberán precisar, técnicamente el acceso a la finca, el cual no puede comprometer: las aceras, los sistemas de desfogue de aguas pluviales y el derecho de vía. La solución técnica de acceso contemplada en los planos constructivos debe considerar la pendiente y la topografía de la finca, ajustándose a la normativa especial que regula la materia, así como garantizar la continuidad de los elementos que componen el derecho de vía como: calzada, cunetas, espaldón, aceras, sistemas, electromecánicos y en general no obstaculizar el libre tránsito y cumplir la normativa local y nacional en materia vial, de accesibilidad y seguridad humana. La pendiente transversal de la acera hacia el cordón no podrá exceder del dos por ciento.

Minor Molina Murullo, Alcalde.—1 vez.—( IN2017122654 ).

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

PROYECTO DE REGLAMENTO DE BIENALES

DE PINTURA Y ESCULTURA MUSEO

MUNICIPAL DE CARTAGO

El Concejo Municipal de Cartago, conforme al artículo 43 del Código Municipal y al acuerdo contenido en el artículo XXV del acta 69-2017, de la sesión ordinaria celebrada en fecha 21 de marzo del 2017, somete a consulta pública no vinculante, el presente Proyecto de Reglamento de Bienales de Pintura y Escultura, que en adelante dice:

Artículo 1º—Objeto: El objeto del presente reglamento, es establecer las regulaciones especiales a que quedan sometidas las bienales de pintura y escultura que promueva la Municipalidad, a través del Museo Municipal de Cartago.

Artículo 2º—De las Bienales: Las Bienales a que se refiere este reglamento, se realizarán de manera separada y alterna en el mes de octubre de cada año, iniciando a partir de la vigencia de este Reglamento con la Bienal de Pintura.

Artículo 3º—De los Participantes: Podrán participar artistas emergentes, artistas aficionados, profesionales, graduados o autodidactas, costarricenses o residentes con una edad mínima de 18 años, cumplidos en el momento del cierre del concurso.

No podrán participar artistas que tengan parentesco con los miembros del jurado o la organización, hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.

Artículo 4º—Temática: La temática de las propuestas será abierta.

Artículo 5º—Técnica.

Pintura: Se permitirá cualquier técnica de pintura ya sea tradicional o experimental dentro del estilo que elija el participante, incluyendo la técnica mixta. Deben confeccionarse sobre lienzo, papel o madera, incluyendo también obras en materiales como cartón o materiales de reciclaje.

Escultura: Se aceptará la que utilice materiales propios para la escultura tridimensional y de calidad, tales como piedra, madera, metal, resina u otros elementos no tradicionales.

Artículo 6º—Características:

Pintura: La obra debe tener como máximo 2 metros de alto por 2 metros de ancho, sin incluir la marialuisa y el marco.

Debe venir lista para ser expuesta en galería (enmarcadas o en bastidor)

Escultura: La obra no debe ser mayor a 2 metros de altura y su circunferencia no podrá exceder de 1 metro, con su respectiva base.

No se aceptarán instalaciones.

Artículo 7º—Requisitos de la obra:

Las obras deben ser inéditas y producida en los últimos dos años.

Se admitirá como máximo una obra por autor.

Artículo 8º—Presentación de la obra en carpeta:

La presentación de la obra se realizará mediante una carpeta, que deberá aportarse dentro los primeros 15 días del mes de julio de cada año, y estará compuesta de la siguiente manera:

Nota firmada por el autor dirigida al Museo Municipal de Cartago, en la conste su interés de participar de la Bienal.

Fotocopia de la cédula de identidad o de residencia.

c)  Currículo del autor.

d)  Para cada obra que participa:

i.   Fotografías color impreso: de 3 a 5 imágenes de la misma obra que participa que den cuenta del aspecto total de la misma.

ii.  Ficha técnica completa (Título; técnica, soporte y/o detalle de los materiales; dimensiones; año de ejecución).

iii. Memoria conceptual de la obra: comentario en un máximo de 300 palabras.

iv  No se recibirán propuestas que no cumplan con estos requisitos.

Las obras no seleccionadas para participar en las bienales serán devueltas a sus autores.

La participación en esta convocatoria implica la aceptación de todas las normas del presente reglamento.

Articulo 9º—De la Selección:

La revisión de las obras propuestas la realizará un jurado externo al museo.

El jurado hará la elección de aquellas obras que considere exhibir como parte de la exposición.

Se comunicará a los artistas su aceptación o no, a participar de la bienal, a partir de la segunda quince del mes de julio de cada año, al correo electrónico señalado como medio para recibir notificaciones en el formulario respectivo.

La decisión del jurado será inapelable

El jurado podrá declarar desierta cualquier bienal.

Articulo 10.—Jurado Calificador: El Jurado estará compuesto por tres miembros que serán como mínimo representantes de asociaciones reconocidas en el campo de las artes, realizarán la elección de la obra ganadora y además seleccionarán una muestra máxima de veinticinco (25) de las obras participantes que serán exhibidas junto con la obra premiada.

Las decisiones que tome el jurado, en cuanto a la premiación y selección de la muestra,

serán finales e inapelables.

Articulo 11.—De la Presentación de las Obras Seleccionadas: Las obras que hayan sido seleccionadas, deber ser presentadas en el Museo en la primera quincena del mes de setiembre de cada año.

La obra deberá entregarse debidamente embalada y protegida con material resistente, reutilizable para su devolución. La devolución se realizará en el mismo lugar de la entrega.

Las obras que no sean presentada en ese periodo, quedarán automáticamente descalificadas.

Artículo 12.—Premiación: Se otorgará un único premio de tres mil dólares americanos, el día de la inauguración de la muestra.

El artista que resulte premiado, aceptará con la sola participación en la Bienal, que su obra pasará a ser parte de la colección privada del Museo Municipal de Cartago, sin reclamo alguno por parte del autor incluso posterior, incluidos los derechos de reproducción y el derecho de utilizar las obras adquiridas. El derecho a la paternidad de la obra lo conservará el artista.

Articulo 13.—De la Exposición: El Museo realizará una exhibición en su sede, cuya inauguración se realizará en el mes de octubre de cada año y permanecerá abierta al público por 30 días calendario.

El Museo hará la promoción necesaria sobre el evento por lo que se reserva el derecho de reproducir para su divulgación y mediante cualquier sistema (gráfico, audiovisual, internet, etc.) las propuestas seleccionadas, sin tener que pagar derechos por ello. Los autores de las obras seleccionadas se comprometen a ceder sin cargo los derechos de reproducción gráfica, sonora y visual de sus obras, en todo lo concerniente a la difusión y promoción de la bienal, en todas las instancias de exhibición, los medios y soportes que el Museo considere pertinente para tal fin.

Artículo 14.—Devolución de Obras Seleccionadas: Las obras seleccionadas, deberán ser retiradas a más tardar quince días naturales, posteriores a la finalización de la exposición en horario de oficina.

Las obras que no sean retiradas en ese periodo, pasarán a ser propiedad del Museo Municipal de Cartago, sin reclamo alguno por parte del autor incluso posterior, incluidos los derechos de reproducción y el derecho de utilizar las obras adquiridas. El derecho a la paternidad de la obra lo conservará el artista.

La Municipalidad garantizará la vigilancia de las obras seleccionadas, y se hará responsable de cualquier daño en general causado dentro del museo por un tercero sea culposo o doloso, así como por la sustracción ilegítima de las mismas. A estos efectos indemnizará al autor o su representante por el valor de la obra en caso de sustracción, o en su defecto cubrir los gastos por la restauración de la misma. El monto por sustracción será definido por un curador y en el caso de restauración será previamente determinados por un conservador o restaurador para ambos casos contratado al efecto por el Museo, en representación de la Municipalidad.

Sin perjuicio de lo anterior la Municipalidad no asume otras responsabilidades que no sean las indicadas en el presente reglamento, incluidas las causadas por daños en general a las obras, causados por caso fortuito o fuerza mayor, eventos naturales, incluidos de carácter climatológico, en el embalaje, en el desembalaje y en el transporte de las obras, en el montaje o desmontaje de la muestra, ni el pago de las pólizas respectivas de aseguramiento de las obras y de cualquier extremo que se relacione con la exposición que deba ser objeto de cobertura de seguros y que la responsabilidad del museo inicia a partir del recibo de las obras y hasta la fecha de retiro de las mismas en el museo.

Artículo 15.—Vigencia: Rige a partir de su publicación. Publíquese de acuerdo a lo dispuesto por el artículo N° 43 del Código Municipal.

Guisella Zúñiga Hernández, Secretaria.—1 vez.—( IN2017122607 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

La Junta Directiva del Banco Central de Costa Rica en el artículo 5 del acta de la sesión 5762-2017, celebrada el 15 de marzo del 2017,

considerando que:

La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), en oficio 521-RG-2016 del pasado 18 de julio, solicitó al Banco Central de Costa Rica (BCCR) autorización para suscribir el “Contrato de Fideicomiso Inmobiliario No 018-ARESEP-2016” con el Banco de Costa Rica (BCR), para financiar la construcción de la sede de las oficinas administrativas de la ARESEP y la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL).

Esta solicitud fue complementada con información necesaria para el estudio, suministrada en correos electrónicos de fechas 19 de octubre, 30 de noviembre y 8 de diciembre últimos y en oficios 052-RG- 2017 del 24 de enero, 117-RG-2017/4165 y 120-RG-2017/4219, ambos del 9 de febrero del año en curso.

La ARESEP es una entidad autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio, así como autonomía técnica y administrativa (artículo 1, Ley 7593 y sus reformas), cuya principal fuente de financiamiento es el cobro del canon de regulación, cargo anual aprobado por la Contraloría General de la República (artículo 82, Ley 7593 y sus reformas).

Mediante Ley 7593 y sus reformas les faculta a realizar contratos o suscribir los documentos que permitan atender sus funciones, entre ellos de compra-venta de bienes y servicios, gestión de créditos, arrendamientos y fideicomisos.

La Dirección de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, mediante oficio DCP-0360-2016 del 24 de junio de 2016 indicó que al no estar la ARESEP sujeta a los lineamientos de la Ley de Administración Financiera y Presupuestos Públicos (Ley 8131), la Dirección de Crédito Público en particular, ni el Ministerio de Hacienda en general, requieren emitir criterio sobre la forma en que esa Entidad considere realizar sus operaciones financieras y de endeudamiento.

El Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica, en oficio DM-794-16 del 28 de noviembre de 2016, emitió la aprobación final al proyecto de ARESEP e indicó que este proyecto de inversión es rentable desde el punto de vista socioeconómico y para un período de 50 años (vida útil de la obra que proponen construir).

Los artículos 106 de la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica y 7 de la Ley de Contratos de Financiamiento Externo con Bancos Privados Extranjeros (Ley 7010) establecen que cuando el Gobierno o los entes públicos pretendan contratar créditos deberán contar con el dictamen previo del Banco Central.

Particularmente, el citado artículo 106 dispone que en ocasión de créditos internos, el dictamen lo emitirá con el propósito de dar a conocer su posición sobre la situación de endeudamiento del sector público y de coordinar su política monetaria y crediticia, con la política financiera y fiscal de la República.

La Ley 7010 dispone que el dictamen que rinda el Banco Central será vinculante.

La presente operación se financiaría mediante la figura de fideicomiso con contrato de arrendamiento financiero, que por realidad económica es endeudamiento público. Esta condición quedó comprendida en lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 36450-H del 10 de marzo de 2011.

El literal d) del artículo 3, de la Ley 7558, indica que una de las funciones del Banco Central es ser consejero del Estado.

El proyecto de inversión de ARESEP daría una solución de largo plazo al problema de no disponer de un edificio con el espacio suficiente para albergar sus oficinas administrativas y las de la Superintendencia de Telecomunicaciones (SUTEL). Con ello atenderían el requerimiento de la Contraloría General de la República dado en oficio DFOE-IFR-0220 del 8 de abril de 2011.

La estructura de financiamiento planteada en el contrato de “Fideicomiso Inmobiliario Nº 018-ARESEP-2016” contempla financiar el proyecto en moneda extranjera. La estructura de financiamiento planteada no considera el riesgo cambiario durante la etapa operativa del fideicomiso (25 años).

Dadas las condiciones financieras planteadas para esta operación, la ventaja de contratar el crédito en dólares se reduce ante incrementos en la expectativa de variación cambiaria. Así, durante la vigencia del fideicomiso, la tasa de variación promedio anual en el tipo de cambio a la cual es indiferente contratar la operación en colones o dólares se ubica en torno a 3,0%.

La evolución del tipo de cambio para períodos móviles de 25 años señala que, salvo la última vez que la economía costarricense mostró periodos móviles de 25 años con variaciones medias interanuales inferiores a 5% fue en el tercer trimestre de 1980, cuando el régimen de tipo de cambio era totalmente fijo.

El Banco Central no tiene compromiso alguno con determinados valores del tipo de cambio y ha advertido los riesgos asociados al otorgamiento de crédito en dólares a agentes cuya principal fuente de ingresos es en colones.

La principal fuente de ingresos de ARESEP y de la SUTEL es en moneda nacional y proviene de los cánones a los servicios regulados. Estos cánones tienen efecto directo sobre el comportamiento de los precios internos.

Lo anterior sugiere que, en procura de evitar que el impacto de este proyecto sea trasladado al usuario final de los bienes y servicios regulados y, de mejorar la eficiencia del aparato estatal, necesaria para la promoción de iniciativas de reforma fiscal que contengan la trayectoria creciente de la razón de deuda pública a PIB, el ente regulador precisa adoptar medidas administrativas que compensen el efecto incremental asociado al costo del arrendamiento financiero.

Establecer tasas de interés piso en el contrato del fideicomiso introduce tratamientos discriminatorios para el deudor, en el tanto la operación en estudio no estaría afecta a cambios en las condiciones macroeconómicas que ubiquen las tasas de interés en valores inferiores a ese mínimo. Esta desventaja finalmente es trasladada al usuario final de los bienes y servicios regulados.

Es posible modificar la estructura de financiamiento con costos mínimos (según lo indicado por el solicitante); sin embargo, existen riesgos para aplicar esos cambios por cuanto el contrato es genérico y no establece específicamente cuales son los cambios que podrían introducirse una vez que se firme y refrende el contrato de fideicomiso. Además, dichos cambios podrían producirse solo a iniciativa del fiduciario, condición última que introduce problemas de “principal–agente”, dado que el Banco de Costa Rica es un eventual acreedor del fideicomiso.

dispuso:

emitir el dictamen negativo del Banco Central de Costa Rica a la solicitud de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP), para financiar la construcción del edificio que albergará sus oficinas administrativas y las de la Superintendencia de Telecomunicaciones, mediante la figura de fideicomiso con arrendamiento financiero en moneda extranjera. Si bien se reconocen los beneficios que en el mediano plazo tiene disponer de instalaciones propias para albergar las oficinas administrativas del sector público, el mecanismo de financiamiento que pretende contratar la ARESEP, conlleva riesgos y costos, entre ellos el cambiario, que reducen los beneficios indicados.

Jorge Monge Bonilla, Secretario General.—1 vez.—O. C. Nº 4200000991.—Solicitud Nº 80773.—( IN2017122095 ).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

La Universidad de Costa Rica comunica al público en general y proveedores el extravío del recibo de dinero N° 664980, por tanto, no se hace responsable por el mal uso que se le dé a este documento.

Evelyng Andrade Esquivel.—1 vez.—( IN2017122635 ).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Gay Antonio Meissimilly González, pasaporte N° I588711, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título Ingeniero en Electrónica obtenido en el Instituto Superior Politécnico “José Antonio Echeverría”. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 20 de marzo del 2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 80703.—( IN2017121798 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica número 4-000-042143, asuntos jurídicos Región Brunca, Daniel Flores de Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, que habiéndose recibido las solicitudes de Concesiones en terrenos de Franja Fronteriza, que a continuación se detallan y atendiendo lo dispuesto en el artículo 19 del Reglamento al Otorgamiento de Concesiones en Franjas Fronterizas, publicado en el Alcance Digital ochenta y uno, de La Gaceta del diecinueve de mayo de dos mil dieciséis, se concede un plazo de diez días hábiles contados a partir de esta publicación, para que cualquier interesado presente oposición ante cualquier oficina del Instituto de Desarrollo Rural.

Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF

Notifíquese.—Licda. Marianela Quirós Mora.—1 vez.—( IN2017122388 ).

SUPERINTENDENCIA DE TELECOMUNICACIONES

La SUTEL hace saber que de conformidad con el expediente C0773-STT-AUT-01899-2016 y en cumplimiento del artículo 42 del Reglamento a la Ley N° 8642, se publica extracto de la resolución RCS-093-2017 que otorga título habilitante a Continum Datacenter Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-714525. 1) servicio autorizados: Transferencia de datos en la modalidad de acceso a internet. 2) Plazo de vigencia: diez años a partir de la notificación de la resolución. 3) Zonas geográficas: Provincia de Guanacaste, cantón de Tilarán. 4) Sobre las condiciones: debe someterse a lo dispuesto en la RCS-093-2017.

Luis Alberto Cascante Alvarado, Secretario del Consejo.— 1 vez.—O. C. N° OC-2808-17.—Solicitud N° 82125.—( IN2017125907 ).

AVISOS

INSTITUTO DE NORMAS TÉCNICAS DE COSTA RICA

Somete a consulta pública los siguientes proyectos de norma:

PN INTE 20-09-01: 2017 “Inversores, convertidores, controladores y Equipo Sistema de Interconexión para su uso con Recursos Energéticos Distribuidos. Requisitos de Seguridad”. (Correspondencia: UL 1741: 2010).

Se recibirán observaciones del 14 de marzo hasta el 13 de mayo del 2017.

PN INTE/IEC 81714-3:2017 “Diseño de símbolos gráficos utilizables en la documentación técnica de productos. Parte 3: Clasificación de los nudos de conexión, de las redes y su codificación.” (Correspondencia: IEC 81714-3:2004).

PN INTE IEC 62585: 2017 “Electroacústica. Métodos para determinar correcciones para obtener la respuesta en campo libre de un sonómetro”. (Correspondencia: IEC 62585:2012).

Se recibirán observaciones del 16 de marzo hasta el 15 de mayo del 2017.

PN INTE 28-01-51:2017 “Duchas eléctricas - Determinación de la potencia eléctrica - Método de ensayo”. (Correspondencia: ABNT NBR 12087).

Se recibirán observaciones del 17 de marzo hasta el 16 de abril del 2017.

PN INTE 20-01-08:2017 “Sistemas de bandejas de cable no metálico”. (Correspondencia: UL 568).

PN INTE/ISO 4628-3:2017 “Pinturas y barnices. Evaluación de la degradación de los recubrimientos. Designación de la intensidad, cantidad y tamaño de los tipos más comunes de defectos. Parte 3: Evaluación del grado de oxidación”. (Correspondencia: ISO 4628-3:2016).

PN INTE/ISO 4628-5: 2017 “Pinturas y barnices. Evaluación de la degradación de los recubrimientos. Designación de la intensidad, cantidad y tamaño de los tipos más comunes de defectos. Parte 5: Evaluación del grado de descamación”. (Correspondencia: ISO 4628-5:2016).

PN INTE/ISO 4628-7: 2017 “Pinturas y barnices. Evaluación de la degradación de los recubrimientos. Designación de la intensidad, cantidad y tamaño de los tipos más comunes de defectos. Parte 7: Evaluación del grado de enyesado por el método del terciopelo”. (Correspondencia: ISO 4628-7:2016).

PN INTE 06-14-02:2017 “Aislantes térmicos para edificaciones. Características y métodos de ensayo”. (Correspondencia: ASTM C578-15b).

PN INTE/ISO/TS 11139:2017 “Esterilización de dispositivos médicos- Vocabulario”. (Correspondencia: ISO/TS 11139:2006).

Se recibirán observaciones del 17 de marzo hasta el 16 de mayo del 2017.

Para mayor información, comuníquese con la Dirección de Normalización con la Ing. Liz Cordero Elizondo al teléfono 2283-4522 o a al correo lcordero@inteco.org

Alexandra Rodríguez Venegas, Directora de Normalización.— 1 vez.—( IN2017122236 ).

ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN

AVISO 001-2017

De acuerdo a los numerales veintinueve y treinta de la Ley 8279, corresponde al Gerente la representación judicial y extrajudicial del ECA, con las facultades propias para el ejercicio de su cargo. Según el artículo 33 del reglamento de estructura interna y funcionamiento del Ente Costarricense de Acreditación publicado en La Gaceta número 77 publicado el 13 de mayo del 2016, corresponde al gerente del ECA la representación Legal, a nivel nacional e internacional, judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.

Con fundamento en el acuerdo número JD-001-2017-05 de la sesión extraordinaria de Junta Directiva del Ente Costarricense de Acreditación, realizada el 15 de marzo del 2017, se nombra al Ingeniero Eric Chaves Vega, MSc, mayor, casado, ingeniero industrial, vecino de Alajuela - Canoas Alajuela 2,8 kilómetros al norte del Estadio Morera Soto, portador de la cédula de identidad 1 0562 0838 como Gerente del Ente Costarricense de Acreditación el nombramiento rige a partir del 16 de marzo del 2017.

Para mayor información debe referirse a la dirección electrónica: www.eca.or.cr y en San José, 300 m E de Plaza Mayor, contiguo de Prisma Dental, Rohrmoser, en horario de lunes a viernes de 8:00 horas a 16:00 horas.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Marcelo Jenkins Coronas, Presidente.—1 vez.—( IN2017122638 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD MONTES DE OCA

Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que el señor Leitón Carvajal Gerardo Enrique, cédula 1-0352-0370, ha presentado escritura pública rendida ante la notario María de los Ángeles Cordero Díaz en la que dice que Dona a Vindas Leiton Sandra María, cédula 1-0620-0909 el derecho de uso fosa N° 82 bloque B del cementerio Nuevo de Sabanilla quién acepta que quede inscrito a nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. Se nombra como beneficiaria a Vindas Leitón Ana Luz. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para escuchar objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 22/03/2017.—Lic. Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1 vez.—( IN2017122411 ).

FEDERACIÓN OCCIDENTAL

DE MUNICIPALIDADES DE ALAJUELA

Se hace saber que el Consejo Directivo de la Federación Occidental de Municipalidades de Alajuela, FEDOMA, cédula jurídica Nº 3-007-402231, en su sesión ordinaria Nº 02-2017 celebrada el 08 de febrero del 2017, mediante acuerdo firme Nº 01-02-2017 y con fundamento en la renuncia a su cargo de presidente de la Federación, que hizo el señor Jairo Emilio Guzmán Soto, por votación unánime, se procedió a su sustitución, por el resto del periodo, sea del ocho de febrero del 2017 al 30 de abril del 2018, recayendo dicho nombramiento en el señor Roberto Hernán Thompson Chacón, mayor, casado dos veces, abogado, cédula Nº 2-0351-0487, alcalde de la Municipalidad de Alajuela. Igualmente, en sesión extraordinaria Nº 001-2017 celebrada el día 03 de marzo del 2017, mediante acuerdo firme Nº 01-001-2017, se conoció y aprobó la renuncia que hizo a su cargo el señor vicepresidente de la Federación, señor Hugo Virgilio Rodríguez Estrada, por lo que, por votación unánime, se procedió a su sustitución, por el resto del periodo, sea del 03 de marzo del 2017 al 30 de abril del 2018, recayendo dicho nombramiento en el señor Nixon Ureña Guillén, mayor, casado una vez, abogado, cédula Nº 2-0560-0244, alcalde de la Municipalidad San Ramón, consecuentemente, también por votación unánime, se nombró en sustitución del puesto de vocal 7 que dejó el señor Nixon Ureña Guillén, al señor Jairo Emilio Guzmán Soto, cédula Nº 9-0095-0079, alcalde de la Municipalidad de San Mateo y dada la incorporación de la Municipalidad de Alajuela como miembro de la Federación, lo que generó la modificación de la cantidad de miembros del Consejo Directivo, por acuerdo firme Nº 01-001-2017-2017 de la misma sesión 001-2017, por votación unánime, por el periodo que va del 03 de marzo del 2017 al 30 de abril del 2018, se procedió a nombrar en el puesto de vocal 8 al señor Hugo Virgifio Rodríguez Estrada, cédula Nº 1-0421-0781, Alcalde de la Municipalidad de Palmares y como vocal 9 a la señora Flora del Carmen Araya Bogantes, cédula Nº 6-0103-0203, Regidora de la Municipalidad de Alajuela, quedando conformado el Consejo Directivo de la siguiente manera: Presidente: Roberto Hernán Thompson Chacón, cédula Nº 2-0351-0487, Alcalde de la Municipalidad de Alajuela, vicepresidente Nixon Ureña Guillén, cédula Nº 2-0560-0244 Alcalde Municipalidad San Ramón, secretario Luis Óscar Quesada Esquivel, cédula Nº 2-0342-0081, Alcalde de la Municipalidad de Valverde Vega, Tesorero: Minor Gerardo Molina Murillo, cédula Nº 1-0869-0425, alcalde de la Municipalidad de Grecia, Vocal 1 José Joaquín Brenes Vega, cédula Nº 9-0061-0512, alcalde de la Municipalidad de Poás, Vocal 2 Ronald Araya Solís, cédula Nº 2-0363-0393, alcalde de la Municipalidad de Zarcero, Vocal 3 Nazira Morales Morera, cédula Nº 2-0519-0591, Regidora de la Municipalidad de Naranjo, Vocal 4 Elida León Rodríguez, cédula Nº 5-0187-0162, Regidora de la Municipalidad de Grecia, Vocal 5 Virginia Muñoz Villegas, cédula Nº 2-0302-0638, Regidora de la Municipalidad de Zarcero, Vocal 6 Juan Luis Chaves Vargas, cédula Nº 2-0294-0731, Alcalde de la Municipalidad de Naranjo, Vocal 7: Jairo Emilio Guzmán Soto, cédula Nº 9-095-0079, Alcalde de la Municipalidad de San Mateo, Vocal 8: Hugo Virgilio Rodríguez Estrada, cédula Nº 1-0421-0781, Alcalde de la Municipalidad de Palmares, Vocal 9 Flora del Carmen Araya Bogantes, cédula Nº 6-0103-0203, Regidora de la Municipalidad de Alajuela. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.

Grecia, Alajuela, 17 de marzo del 2017.—Lic. Luis Antonio Barrantes Castro, Director Ejecutivo.—1 vez.—( IN2017122041 ).

MUNICIPALIDAD DE GRECIA

La Municipalidad de Grecia en sesión Ordinaria del 13 de marzo del 2017, Artículo V, Inciso 1, Sub inciso 2 b), del acta 071.

1. Servicio de Recolección de Basura.

Categoría

Tarifa mensual por servicio

Residencial preferencial

¢1.250,00

Residencial y pública y religiosa

¢2.495,00

Comercial 1

¢6.240,00

Comercial 2

¢12.475,00

Comercial 3

¢19.960,00

Comercial 4

¢49.900,00

Comercial 5

¢74.850,00

Comercial 6

¢99.800,00

 

1. Aseo de Vías y Sitios Públicos.

Monto mensual ¢455,00, por metro lineal de frente de propiedad servido.

2.  Mantenimiento de Parques.

Monto mensual ¢80,00 por metro lineal de frente de cada propiedad.

3.  Servicio de Mantenimiento de Cementerio.

Monto anual de ¢15.420,00 por nicho.

4.  Alquiler de nicho municipal por 5 años.

Alquiler por 5 años ¢25.000,00.

5.  Monto por servicios asociados al cementerio.

Servicio

Monto

Inhumación en nicho municipal o particular en bóveda externa

¢33.350,00

Inhumación en nicho en bóveda Subterránea

¢61.890,00

Exhumación para traslado de restos otros cementerios trámites judiciales

¢33.350,00

Exhumación-Inhumación de restos dentro del Cementerio Municipal nicho externo

¢66.700,00

Exhumación-Inhumación de restos dentro del Cementerio Municipal nicho subterráneo

¢123.780,00

Inhumación o Exhumación en Tierra

¢16.495,00

 

Minor Molina Murillo, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017122605 ).

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA ALC-0170-2017

Alcaldía Municipal.—Grecia, al ser las quince horas.—De conformidad con lo establecido en los artículo 3 y 12 de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles N°7509 y sus reformas, la Sentencia 1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, la Resolución de la Sala Constitucional N°2011-003075 del 9 de marzo de 2011 y el artículo 2 de la ley N°9071, Ley de Regulaciones Especiales sobre la Aplicación de la Ley N°7509, Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del 9 de mayo de 1995 y sus Reformas, para Terrenos de Uso Agropecuario, y en aras de dar cumplimiento a su competencia, la Alcaldía Municipal procede con la publicación de la Matriz de información de la Plataforma de Valores de Terrenos Agropecuarios del Cantón de Grecia, suministrada por el Órgano de Normalización Técnica, Dirección General de Tributación Directa, Ministerio de Hacienda:

Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

Esta herramienta será utilizada para guiar, fiscalizar y dirigir los procesos de declaración, fiscalización y valoración de los bienes inmuebles de uso agropecuario del cantón, entrando a regir a partir de su fecha de publicación en el diario oficial La Gaceta.

El Mapa de Valores de Terrenos Agropecuarios que dieron origen a la matriz anterior, se encuentra a disposición en la Municipalidad de Grecia, en la oficina de Valoración de Bienes Inmuebles.

Minor Molina Murillo, Alcalde.—1 vez.—( IN2017122606 ).

MUNICIPALIDAD DE UPALA

Sesión ordinaria del Concejo Municipal de Upala, celebrada el día viernes diecisiete de febrero del dos mil diecisiete, correspondiente a la transcripción del artículo 1°, capítulo V, acta N° 10-2017, en la cual se acuerda lo siguiente:

Acuerdo uno aprobado en definitiva y en firme:

El Concejo Municipal con los votos positivos de los siete regidores (as) presentes acuerda en definitiva y en firme aprobar la moción presentada por el Regidor Carrillo Alfaro, la cual contiene lo siguiente: Considerando: Que las capacitaciones son importantes para un mejor trabajo de los regidores (as) y concejo en general, y estas se dan casi siempre los días viernes. Por lo tanto, mociono: para que sesionemos los días martes de cada semana a la misma hora 9:00 a. m.

Juan Bosco Acevedo Hurtado, Alcalde.—1 vez.—( IN2017122078 ).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de Bolívar Bolívar María, su hijo desea traspasar el derecho, además desea incluir beneficiarios indicándose así:

Arrendatario:        Jorge Luis Conejo Bolívar, cédula 04-0078-0437

Lote N° 27, bloque I, medida 6 metros cuadrados para 4 nichos, solicitud 12 y 1561, recibo 2633 y 2255, inscrito en folio 41 y 45 libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 10 de octubre de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2017122547 ).

ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

Resolución Nº 1.—Heredia, a las catorce horas del día veintisiete de marzo del dos mil diecisiete. Esta administración procede a realizar la revisión de los intereses que la Municipalidad de Heredia les genera a los contribuyentes por el pago efectuado fuera del término establecido en el artículo 57 del Código de Normas y procedimientos Tributarios.

Resultando:

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 69 del Código Municipal y artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el atraso en los pagos de tributos municipales generará intereses, que se regirán por lo establecido en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Considerando:

I.—Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios el pago efectuado fuera del término produce la obligación de pagar un interés, junto al tributo adeudado.

II.—Los intereses establecidos en el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios se sustentan mediante resolución emitida por la Administración Tributaria que fijará el interés, tomando en cuenta el promedio simple de las tasas activas de los bancos estatales para créditos del sector comercial y en ningún caso, podrá exceder en más de diez puntos de la tasa básica pasiva por el Banco Central de Costa Rica.

Esta resolución deberá efectuarse por lo menos cada seis meses.

III.—Que revisados los sistemas informáticos la Municipalidad de Heredia, genera el 0.91% mensual o sea 10.96% anual por concepto de intereses moratorios, vigente a partir del 01 de julio del 2016, Gaceta Nº 127.

IV.—Que, según la información suministrada por el Banco Central de Costa Rica, la tasa básica pasiva al 27 de marzo del 2017 es del 4.45%.

V.—Que según publicación del Banco Central el promedio simple de las tasas activas de los créditos comerciales de los bancos estales al 27 de marzo del 2017, es del 0.897 % mensual o 10.76% anual.

Sobre el fondo: A quedado acreditado para la resolución de este asunto que la Municipalidad de Heredia en su calidad de Administración Tributaria, tiene la potestad de generar intereses moratorios en aquellos contribuyentes cuyos pagos por concepto de tributos municipales fuera del término de ley, así establecidos en el artículo 69 del Código Municipal, artículo 22 de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el artículo 57 del Código de normas y Procedimientos Tributarios. Igualmente, esta norma regula la obligación que tiene la Administración Tributaria, de revisar por lo menos dos veces al año la tasa que se cobra para este fin.

Si se considera que al 27 de marzo del 2017, la tasa básica pasiva emitida por el Banco Central de Costa Rica es de un 4.45%, los intereses no pueden sobrepasar los diez puntos, tenemos que lo más que podrían estar generando la Administración Municipal por intereses es un 14.45 % anual, actualmente estamos cobrando un 10.96% interpretando la norma y obteniendo el promedio simple de las tasas de crédito en el programa de comercio y servicios de los Bancos Estales, según lo informa el Banco Central, el promedio mensual de las tasas de crédito es de 0.897% mensual o sea un 10.76% anual. Por tanto,

Con fundamento en los argumentos expuestos y de conformidad con el artículo 69 del Código Municipal, artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y el artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, ésta administración Tributaria en el ejercicio de sus facultades resuelve, readecuar la tasa de interés cuando se efectúe el pago de tributos fuera de término de la obligación en 0.897% mensual, lo que representa un 10.76 % anual. En este mismo acto se le solicita a la Unidad de Informática que proceda a realizar los cambios de las bases de datos a partir de esta publicación. Notifíquese Francisco Javier Sánchez Gómez, Director de Servicios y Gestión Tributaria.

Heredia, 29 de marzo del 2017.—Unidad Financiera-Administrativa.—Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.— 1 vez.—O. C. Nº 58387.—Solicitud Nº 81359.—( IN2017123656 ).

MUNICIPALIDAD DE SAN RAFAEL DE HEREDIA

Acuerdo tomado por el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, en sesión ordinaria N° 76-2017, celebrada el 20 de marzo del 2017.

Moción N° 1

Moción de trámite.

Proponentes: Francisco Calvo Chacón

Considerando:

1°—Que el artículo 35 del Código Municipal establece que el Concejo Municipal acordará la hora y el día de sus sesiones y los publicará previamente en La Gaceta.

Por tanto: el Concejo Municipal de San Rafael de Heredia, en ejercicio de las atribuciones que le confiere el Código Municipal acuerda:

Acuerdo N° 1

Primero: Cambiar la fecha de los siguientes feriados:

01 de mayo por 02 de mayo.

25 de diciembre por 26.

01 de enero por 02 de enero.

2°—Y siempre que el feriado corresponda a lunes trasladar la sesión para el día ordinario siguiente por el año 2017.

San Rafael de Heredia, 22 de marzo del 2017.—Proveeduría.—Floribeth Chaves Ramírez, Proveedora.—1 vez.—( IN2017122228 ).

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

La Municipalidad de Cartago avisa que el Concejo Municipal de Cartago en su sesión del 21 de marzo del 2017, en el artículo N° XXVIII del acta N° 69-2017, aprobó con dispensa de trámite de comisión y como acuerdo definitivamente aprobado, el traslado de su sesión ordinaria correspondiente al día martes 11 de abril del 2017, para el día domingo 9 de abril del 2017, a las 8:00 a. m. en el salón de sesiones del Concejo Municipal de Cartago.

Guisella Zúñiga Hernández, Secretaria del Concejo.— 1 vez.—( IN2017122603 ).

MUNICIPALIDAD DE CORREDORES

Por medio del acuerdo N° 25, de la sesión ordinaria N° 37, celebrada el día 16 de enero del 2017, el Concejo Municipal de Corredores acuerda: De conformidad con el informe técnico, presentado por el Ingeniero Tedy Núñez Morantes, de la Unidad de Gestión Vial, se acuerda declarar como camino público, el camino ubicado en el Barrio La Fortuna. Dicho camino inicia en el punto final del camino denominado Taller Siul, Código C-6-10-176, con un derecho de vía de 14 metros y una longitud de 223 metros, inicia en las coordenadas del Sistema CRTMOS este 613930.66, norte 956393.3 y finaliza en las coordenadas este 614062.3 y norte 956435.3.

Sonia González Núñez, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2017122297 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

BRIDGESTONE DE COSTA RICA S. A.

Asamblea general de accionistas

Bridgestone de Costa Rica S.A

Por acuerdo firme de la junta directiva de la compañía, se convoca a los accionistas de Bridgestone de Costa Rica S. A. a una asamblea general ordinaria de accionistas, que deberá celebrarse en primera convocatoria a las 8:00 horas del día 29 de mayo del 2017, en las oficinas centrales de Bridgestone de Costa Rica S. A. en la Ribera de Belén, kilómetro 11 de la Autopista General Cañas, provincia de Heredia, para conocer lo siguiente:

ORDEN DEL DÍA

Informe anual 2016 del Consejo Director, por medio de un miembro de la Junta Directiva.

Informe Anual del Fiscal de la compañía.

Discutir, aprobar o improbar el informe sobre resultados del ejercicio anual que presentan los administradores.

Aprobar o Improbar las actuaciones de los miembros de la Junta Directiva y el Fiscal de la compañía.

Acordar, en su caso, la distribución de utilidades.

De no haber quórum para celebrar la asamblea general de accionistas en primera convocatoria, dicha asamblea deberá celebrarse en segunda convocatoria en el mismo lugar una hora después y las resoluciones habrán de tomarse por más de la mitad de los votos presentes.

Heredia, 3 de abril del 2017.—Juan Carlos Castro Zepeda, Tesorero.—1 vez.—( IN2017125823 ).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

El Colegio de Licenciados y Profesores en Letras, Filosofía, Ciencias y Artes convoca a sus miembros a la Asamblea General Extraordinaria CXXVII por realizarse el sábado 29 de abril del 2017 a las 8:00 a.m. en primera convocatoria.

Lugar: Salón de actos Centro de Recreo Colypro sita en Desamparados de Alajuela.

En caso de no alcanzar el quórum requerido, la Asamblea iniciará una hora después, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 16 de la Ley Orgánica Nº 4770 reformada mediante ley 9420.

Orden del día

Apertura y comprobación del quórum.

Himno Nacional de Costa Rica.

Himno del Colegio.

Palabras de bienvenida de la M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta.

Aprobación de permanencia de personal administrativo en la Asamblea.

Lectura y aprobación del orden del día

Exposición de lineamientos a seguir en la Asamblea.

Presentación de Ejecución Presupuestaria 2016-2017, M.Sc. Marvin Jiménez Barboza.

Presentación y aprobación de normas presupuestarias y de presupuesto extraordinario.

Exposición informativa de la reforma a la Ley Orgánica 4770 realizada mediante la ley Nº 9420.

XI.     Clausura de la asamblea.

La documentación estará disponible a partir del lunes 17 de abril de 2017 en la página web del Colegio www.colypro.com y de forma física en las Sedes del Colegio sitas en San José y Alajuela.—Lilliam González Castro, Presidenta.—Jimmy Güell Delgado, Secretario.—1 vez.—( IN2017125851 ).

CLAM HOLDINGS LMC

A los socios de la sociedad Clam Holdings LMC, cédula jurídica Nº 3-102-516794, por este medio se les convoca a la Asamblea General Ordinaria - Extraordinaria de socios, a celebrarse el día 10 de mayo del 2017, en esta ocasión en las oficinas de Playas del Coco, Guanacaste, Centro Comercial Plaza Colonial, Oficina número cuatro, a las 18:00 horas en primera convocatoria y a las 19:00 horas en segunda convocatoria.- La Agenda tratará los siguientes temas: 1) Verificación del Quórum incluye verificación de Cartas Poder o autorizaciones. 2) Aprobar que la Asamblea sea presidida por el Gerente. 3) Aprobar las Actas anteriores desde Marzo 2017.- 4) Revisar y aprobar las contribuciones de capital presentadas por el Gerente General. 5) Revisar y aprobar el nuevo ajuste al Capital por un monto de $250,000. Mociones para reformas de Capital y otras para ser aprobadas. 6) Igualmente revisar y aprobar la distribución actual. Revisar y aprobar el aumento del 5% que sea distribuido a largo plazo para el acreedor hipotecario. 7) Revisar y aprobar la Contabilidad de los últimos 2 años (2015 y 2016). 8) Autorizar a Juan Casafont Álvarez para que distribuyan las cuotas. 9) Revocar nombramientos y Nominar nuevos Gerentes para votar por su elección. 10) Presentar, revisar y aprobar las recomendaciones para el uso de las políticas de los bienes (Condominio). 11) Aprobar el cambio de representación Legal (abogados). 13) Aprobar el presupuesto anual para el 2017 (año fiscal). 14) Aprobar la puerta del techo de arriba, y puerta con cedazo. 15) Aprobar terminar la pared y el mini bar. 16) Asuntos varios. 17) Autorizar a los notarios públicos Juan Antonio Casafont Álvarez y/o Ariana Azofeifa Vaglio para que de forma conjunta o separada protocolicen el acta y la registren en el Registro Mercantil. 18) Fin de la sesión. Esta convocatoria se realiza de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la sociedad y el Código de Comercio.—Guanacaste, 3 de abril del dos mil diecisiete.—Gerente: Michael McCuen-Responsables. Juan Antonio Casafont Álvarez.—1 vez.—( IN2017125852 ).

COLEGIO DE PROFESIONALES EN

INFORMÁTICA Y COMPUTACIÓN

CPIC, ente no estatal de derecho público, creado por ley 7537, conforme a los artículos 1, 13 inc h, 19, 20 y 28 de su Ley Orgánica, convoca a todos sus agremiados a la I Asamblea General Extraordinaria 2017 a realizarse el sábado 13 de mayo del 2017, en el Auditorio del Consejo de Seguridad Vial en La Uruca, costado oeste del Banco Nacional, provincia de San José.

La primera convocatoria será a las 08:00 horas y de no haber el quórum de ley, se dará inicio en segunda convocatoria a las 09:00 horas.

Orden del día

Artículo I

Comprobación de quórum.

Artículo II

Apertura de la I Asamblea General Extraordinaria 2017.

Artículo III

Lectura y aprobación del orden del día.

Artículo IV

Exposición del Recurso de Apelación interpuesto por el colegiado Randall Solís Márquez contra el acuerdo N° 14-03-2017 de la Junta Directiva. Discusión y votación de las recomendaciones.

Artículo V

Exposición del Recurso de Apelación interpuesto por el colegiado Marvin Soto Sotelo contra la resolución N° F-2016-10-2 del órgano de Fiscalía. Discusión y votación de las recomendaciones.

Artículo VI

Elección de puestos vacantes Tribunal de Ética Profesional.

Artículo VII

Juramentación de los nuevos miembros del Tribunal de Ética Profesional.

 

Randy Valverde Valverde, Presidente Junta Directiva 2016-2018.—1 vez.—( IN2017125950 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

CODEAS

En razón del traspaso del establecimiento comercial denominado CODEAS, se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación, a hacer valer sus derechos dentro del expediente que a los efectos lleva el Registro de Propiedad de la Propiedad Industrial del Registro Nacional Público N° 2012-007131. Es todo.—San José, 23 de marzo del 2017.—Lic. Juan Sebastián Mainieri Camacho, Notario.—( IN2017122275 ).

HIDREX BIENES RAÍCES S. A.

Yo, Adrián Hidalgo Drexler, cédula de identidad N° 1-1005-154, en mi condición de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Hidrex Bienes Raíces S. A. (antes denominada Super Servicio S. A.), domiciliada en San José, cédula jurídica N° 3-101-010753, solicitante del certificado de Depósito a Plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina Central, que se detalla a continuación:

C.D.P                                    Monto                 Emisión                  Vencimiento

400-01-208-139489-7       ¢2.500.00,00         abril 19, 2012           noviembre 4, 2013

Título(s) emitido (s) a la orden, a una tasa de interés del 8.50%. Solicito reposición de este documento por causa de extravío.

Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

Adrián Hidalgo Drexler, Presidente.—( IN2017122569 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

A las siguientes personas se les comunica que una vez realizada la gestión administrativa de cobro, con corte al 31 de enero 2017, tal como lo establece la política POL-PRO-COB01 Gestión de Cobros, y según nuestros registros al 09 de marzo 2017, aún se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan en esta publicación, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo, al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión. Si al momento de la publicación ya realizó el pago respectivo, favor hacer caso omiso a la misma.

Nombre

Cédula

Abarca Hernández Laura

503390051

Acosta Barrantes José Pablo

111950822

Acuña Carvajal Luis Humberto

114450481

Aguilar Calderón Viviana Felicia

304600075

Aguilar Sánchez Carlos Josué

112580110

Aguilar Soto Cynthia Yesenia

108850968

Alfaro Carranza Dayana Melissa

702130240

Alfaro Jiménez Xinia

204370305

Alpízar Vaglio Octavio

105250454

Alvarado Ureña Marvin Alonso

503600371

Álvarez Castro Karla

111530850

Álvarez Ramírez Fernando

107110500

Álvarez Rosales Shirley

502210691

Amador Ruiz Heiner Gustavo

503110521

Amaya Briceño Luis Eduardo

503420485

Amaya Herrera Alfredo Elí

112990565

Angulo Zúñiga María Laura

503710075

Araya Paniagua Rebeca

111450155

Araya Salazar Sandra Juliana

702100405

Arce Herrera Rosa Beatriz

701990798

Arguedas González María Fernanda

114100077

Arias Araya Diana Jorget

304000902

Arias Castrillo Ana Lady

603020288

Arias Elizondo Arelis María

205700763

Arias Salazar Mary Cruz

114610834

Arias Salazar Mildred María

111410526

Barquero Chacón Aníbal

104131082

Barrantes Montero Franklin

401320802

Barrantes Vargas Josué Jesús

206800177

Barrios Calvo Laura Jazmín

205800098

Barzuna Thompson Nacira

107990124

Benel Alama Marisol

160400073217

Blanco Hidalgo Diana

207040093

Blanco Navarro Randal Esteban

110240864

Bonilla Jara Catalina

401760070

Borrero Salcedo Jeannette

800470981

Bravo Cabezas Laura Alejandra

304110264

Brenes Artavia Maribel

303920552

Brenes Solano Emily Raquel

303860019

Brenes Solís Danier

114890188

Calderón Calderón Jeimy Marisol

303740962

Carvajal Guillen Davi

701450550

Castillo Gutiérrez Jennifer

603350655

Castillo Mac Carthy Danilo Roberto

701530369

Castillo Quirós Ivannia Verónica

303840704

Castillo Zúñiga Norman

501810463

Castro González Carlo Antonio

109560447

Castro Matute Nancy

901070566

Castro Murillo María Inés

112780584

Castro Ramírez Paola

113550199

Cedeño Portugués María Elena

302110912

Chacón Vargas Erick

110010752

Chavarría Benavides Noel Federico

206520772

Chavarría Cerdas Virna Lisi

302890133

Chaverri Madden Lucía

110830404

Chaverri Martínez Andrea

110780307

Chaves Abarca Yency

113050062

Chaves Avilés Lourdes María

108600818

Chinchilla Masís Daniel Alejandro

113740733

Contreras Alfaro Melvin

503670315

Cordero Bermúdez Gaudy Loreny

206750880

Corrales Barrantes María Del Rosario

203280387

Corrales Noguera Gustavo Adolfo

107980958

Cruz Quesada Warren Alexis

205870962

Deweer Vanhabost Laetitia

105600007024

Dinarte Segura Johanna

110140344

Dixon Plummer Alejandra

701140278

Echeverría Barrantes Rocío

205410968

Edwards Solís Gloria Eugenia

701260997

Espinoza Medina Sandra Amarily

502920105

Espinoza Solano Natalia Alejandra

402000455

Espinoza Solano Roxinia María

503410424

Esquivel Meneses Deliana

112240604

Fallas Mora Daisy Rosaura

114050132

Fallas Valverde Mario

107050250

Fernández Abarca Marianella

204960930

Fernández Arguedas Manuel

501490711

Fernández Chinchilla Cinthya Vanessa

304090689

Fernández Leitón Ignacio

206820489

Fernández Morera Ana Yansi

205660578

Fonseca Fallas Inés Sofía

304330767

Fuentes Arias Yesenia María

112710636

Fuentes Bonilla Priscila Vanessa

206680964

Fuentes Delgadillo Sixto

701660268

Galeano Valdez Valeria De La Concep

155802845615

Gamboa Alpízar Tatiana de los Ángeles

702030813

Gómez Cartín Mariana

111540936

González Brenes Luis Alberto

111010104

González Montoya Jonathan Martín

205910600

Granados Vásquez Daniel Eduardo

503490351

Grant Mora Wendy Hellen

113960332

Guendel González Ludwis

105890331

Guillén Murillo Sergio

900260553

Hernández Cordero Walter

401490440

Herrera Picado María José

114940074

Hidalgo Masís Karol Yesenia

114490759

Hudson Ibarra Marlyn

603060738

Huertas Peña Tashany

503670042

Hurtado Sevilla Jonathan Alex

111120697

Irigoyen Chévez Andrés

204670486

Jiménez Ávila Ana Teresa

107380672

Jiménez Chaves Karolina

109270084

Jiménez Montoya Esteban

205640425

Jiménez Mora Harol

205380920

Jiménez Moya María Gabriela

108090588

Jiménez Ulate Josué

206310567

Lacayo Gómez Cindy Milena

503170130

Lacayo Martínez Darling

502360050

Lara Lara María Argentina

110080426

Leiva Irias Génesis

604230058

Leiva Tames Jorge Enrique

304160922

León Agüero Ana Gabriela

111000815

León Agüero Eloisa

205960108

Loáiciga Montero Sharon Alejandra

503370571

Loaiza Núñez Irene

302100371

López Contreras Gregoriana

502200394

López Zeledón Sigdy

503130884

Madrigal Benamburg Beverly

109930472

Madrigal Fuentes Glenda

401370193

Mairena Hernández Kimberly Manuela

503880315

Marchena Mora Dayhala

503720061

Marín Estrada Grettel Susana

113290771

Marín Jiménez Liz Yahaira

112340885

Marín Quesada Marianela

111400574

Martínez Gutiérrez Melda

501910614

Mata Camacho Wendy Susana

304530183

Matamoros Zárate Jeremías

701710614

Mayorga Ramírez José Alfredo

205890981

Mena Céspedes Irina María

115350472

Mena Céspedes Lizeth Massiel

114420683

Mijares Luna Libia Gabriela

186200317115

Molina Carvajal Evelyn

205770192

Monge Gómez Allan

110390338

Monge Ramírez Andrea

112360914

Montenegro Serrano Keenthy Irveeng

603700430

Montero Alvarado Irene

401690016

Montero Chacón Natalia María

113100558

Mora Brenes Tatiana Melissa

304320772

Mora Estrada Luis Guillermo

114000608

Mora Sandoval Yerlin Gabriela

205870743

Mora Zamora Caleb Josué

114500468

Morales Consoli Irene María

111300687

Morales Gutiérrez Kerlyn María

114370429

Morales Scott Marjorie

701510740

Morales Zúñiga Luis Carlos

503260602

Muñoz Bogantes Melva

603510776

Murillo Herrera Elizabeth

206950961

Navarrete Padilla Kerry

603720262

Orozco Sánchez Vinicio

302340274

Ortega Acuña Mario De Jesús

155810728322

Ortega Porras Wendy

701360356

Oses Arias María Auxiliadora

111870760

Palomo Fernández Álvaro David

113100779

Perla Perla Rosa Herminia

122200094130

Porras Acuña María Fernanda

207210502

Porras Muñoz Melissa

207270805

Quesada Arias Jeannette

601510011

Quesada Chamorro Peguy

204920694

Quesada Solano Kattya

303360166

Quirós Pérez Andrea

206720766

Ramírez Álvarez Carmen

502660978

Ramírez Arana Óscar

401860950

Ramírez Barquero Elvia Rosa

204390178

Ramírez González Alexis

502400122

Ramírez Serrano Emmanuel

304250051

Retana Pérez Eylin María

113370577

Ríos Soto Luis Ángel

601320577

Robles Jiménez Ricardo

104320151

Rodríguez Araya Kendy Paola

205980884

Rodríguez Badilla Catalina

402040680

Rodríguez Barquero Daniela

402000542

Rodríguez Lara Damaris

501810277

Rodríguez Paniagua Ana Lucía

207070823

Rojas Barrantes Rael Es

701600962

Rojas Matamoros Lizbeth

503360617

Rojas Parajeles Ana Katarina

206220633

Rojas Portilla Ilma Marita

601690239

Román Roldán Jimmy Alejandro

304240902

Romero Calvo Royner

304410631

Ruiz Gutiérrez Bienvenido

502620817

Ruiz Pizarro Marcia Lucía

503490255

Saballo Villega Luvy Janett

155814857234

Salas Navarrete Iliana

502740583

Salas Segreda Natalia

108930606

Salazar Elizondo Marcos

111050777

Salazar Mora Luis Mariano

104620488

Sanabria Díaz Jimena

112830048

Sánchez Araya Alejandro

108740500

Sánchez Carvajal Oscar Mario

203120126

Sánchez Mora Kimberly de los Ángeles

114320254

Sancho Pérez Yetty Vanessa

401920568

Schlicker Castaños Andrea

114350413

Sojo Poveda Carmen María

700260970

Solano Hidalgo Carolina

114220542

Solano Solano Marcia

108630328

Soto Cascante Emanuelle Jesús

701530299

Soto González Susana María

302670783

Torrentes Chaves Elizabeth

601950529

Torres Barrantes Robert

503510101

Torres Christian Georgina Elizabeth

800710042

Trigueros Hernández Ingrid Priscila

901030542

Ugalde Murillo Kattya Isabel

503870368

Ulate Molina Guiselle

204090215

Urbina Cerros Belkis Maryiri

702750524

Urbina Gaitán Juan Pablo

155811880126

Valdelomar Marín Bárbara

110940681

Valle Sáenz Norman

110480728

Valverde Picado Raquel

113100278

Vargas Aguilar María Alejandra

206040321

Vargas Carazo Laura Stephanie

701930120

Vargas Céspedes Jean Carlo

401890623

Vargas Esquivel Milena

205810416

Vargas Hernández Paula

303920219

Vargas López Ivette

303750242

Vásquez Mora María José

206810996

Vega Rojas Xinia

501950317

Villafuerte Hernández Zailin Patricia

111930136

Villalobos Chacón Bernal José

112380581

Villalobos Jiménez Jeimy

207010866

Villalobos Méndez Milena

502700397

Villalobos Ramírez Sindy Maritza

110040798

Villanueva Ureña Zaindell Alejandra

111610914

Víquez Núñez Roinier

502510960

Zamora Almaguer Jorge Luis

800880221

Zamora Carvajal Mariela Yannel

503240806

Zúñiga Campos Noemy Daniela

503860304

Zúñiga Sáenz José Andrey

113560532

Zúñiga Sánchez Silvia

105290110

 

Junta Directiva.—M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta.— 1 vez.—( IN2017122015 ).

ROMAR S. A.

De conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional, para la legalización de libros de Sociedades Mercantiles se avisa que Romar S. A., cédula jurídica N° 3-101-20359, procederá con la reposición, por motivo de extravío, de los libros de actas de asamblea de socios, actas de Junta Directiva y Registro de Socios número uno.—San José, 20 de marzo del 2017.—Ana Isabel Echeverría H.—1 vez.—( IN2017122072 ).

COLOR RUSH TFPA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se avisa a terceros e interesados que los libros contables de la sociedad Color Rush TFPA Sociedad Anónima, sociedad inscrita y vigente, número de cédula jurídica 3-101-670188, domiciliada en San José, Provincia San José, cantón Central, distrito Merced, barrio Pitahaya, de Torre Mercedes en Paseo Colón, trescientos metros al norte, ciento veinticinco metros al oeste, se encuentra extraviados por lo que se procederá a la reposición de forma inmediata, iniciándose con los mismos en formato electrónico o digital. Se indica que el tomo extraviado de cada uno de los tres libros contables sea Mayor, Inventario y Balances y Diario que se reponen, corresponde al tomo primero de cada libro.—Leda Patricia Artola Montiel, Presidenta.—1 vez.—( IN2017122075 ).

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE

DE HIPNOSIS CLÍNICA

Yo, Paula Llobet Yglesias, cédula de identidad N° 1-1058-0261, en mi calidad de presidenta y representante legal de la Asociación Costarricense de Hipnosis Clínica, cédula jurídica N° 3-002-627245, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición del libro de Actas de Asamblea General de Asociados, tomo primero, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado, a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—28 de febrero de 2017.—Lic. Carlos Antillón Morera, Notario.—1 vez.—( IN2017122185 ).

CENTRO VACACIONAL BANCOSTA S.P.

Centro Vacacional Bancosta S. A., avenida segunda, calles 2 y 6, edificio La Libertad, San José, C. R. La Junta Directiva en sesión Nº 09-17 del lunes 20 de marzo del 2017, acuerda publicar en el diario La Gaceta, los números de acciones con saldo moroso; y otorga a los socios un plazo de quince días naturales para el pago. Caso contrario de conformidad con el artículo décimo cuarto del Estatuto, vigente a la fecha procedería a anular y dejar sin ningún valor ni efecto, la siguiente acción: 14400 a nombre de Chaves Chavarría Kattia, portadora de la cédula número 2409-369 por un monto de ¢221.100,00.—21 de marzo del 2017.—Miguel Arguedas Jiménez, Tesorero.—1 vez.—( IN2017122208 ).

COMERCIALIZADORA DEL CARIBE MARAU S. A.

El suscrito, Otoniel Felipe Aguilar Zumbado, cédula de identidad 400950048, en condición de apoderada generalísima sin límite de suma de Comercializadora del Caribe Marau S. A., cédula jurídica 3-101-261700, acuerda la reposición de los libros de Actas de Asamblea General de Accionistas y de Registro de Accionistas, todos tomo 1 de la sociedad.—Heredia, 17 de marzo del 2017.— Otoniel Felipe Aguilar Zumbado, Apoderado.—1 vez.—( IN2017122225 ).

AYARCO DEL CIELO S. A.

Los suscritos, Miguel Eduardo Fernández Ugalde, cédula de identidad 205560935, y Marta Felicia Ugalde Gómez, cédula de identidad 203220985 en condición de apoderados generalísimos sin límite de suma de Ayarco del Cielo S. A., cédula jurídica 3-101-278637, acuerda la reposición de los libros de actas de junta directiva y de asambleas generales de accionistas, todos tomo números 1 de la sociedad.—Alajuela, 17 de marzo del 2017.—Marta Felicia Ugalde Gómez.—1 vez.—( IN2017122226 ).

ACHIMI E E SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Edgardo Sánchez Toruño, mayor de edad, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número seis - cero uno cero nueve - cero cinco cinco ocho, vecino de Puntarenas, Golfito, en mi condición de presidente de Achimi E E Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-476352. solicito al registro de personas jurídicas la reposición de los libros de registro de socios, asamblea general de socios y junta directiva, los cuales fueron extraviados. se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas.—San José, 28 de febrero de 2017.—Edgardo Sánchez Toruño.—1 vez.—( IN2017122259 ).

G Y J INC SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Edgardo Sánchez Toruño, mayor de edad, casado una vez, comerciante, portador de la cédula de identidad número seis-cero uno cero nueve-cero cinco cinco ocho, vecino de Puntarenas, Golfito, en mi condición de presidente de G Y J Inc. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-327565, solicito al Registro de Personas Jurídicas la reposición de los Libros de Registro de Socios, Asamblea General de Socios y Junta Directiva, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas.—San José, 28 de febrero del 2017.—Edgardo Sánchez Toruño.—1 vez.—( IN2017122260 ).

MICROCRÉDITOS DEL PACÍFICO S.R.L.

Por medio de escritura pública número 71-VII, Microcréditos del Pacifico S.R.L., cédula de persona jurídica número tres-ciento dos- cinco uno cinco seis uno nueve, solicita la reposición, de los siguientes libros ya que los mismos se encuentran extraviados: Actas de Asamblea General, acta de registro de socios. Publíquese una vez.—Licda. Priscilla Solano Castillo, Guanacaste.—1 vez.—( IN2017122276 ).

COLEGIO DE MÉDICOS Y CIRUJANOS DE COSTA RICA

En sesión ordinaria número 2017-03-08, celebrada el 08 de marzo del 2017 de la Junta de Gobierno, acordó: Dejar sin efecto los acuerdos tomados en las actas Nº 2016-09-07 y Nº 2016-08-17, de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, celebradas el 07 de setiembre del 2016 y el 17 de agosto del 2016 respectivamente.

Resultando:

1.  Que mediante los acuerdos tomados en las actas Nº 2016-09-07 y Nº 2016-08-17, de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, celebradas el 07 de setiembre del 2016 y el 17 de agosto del 2016 respectivamente, se incluyó como nueva Especialidad en Epidemiología de Campo, dentro de la lista oficial de Especialidades y Subespecialidades Médicas conforme al Reglamento de Especialidades y Subespecialidades Médicas publicado en La Gaceta Alcance Digital N° 51, el 18 de marzo del 2013.

2.  Que a la fecha no ha existido ningún Médico gestionante, que haya cumplido con los requerimientos indicados en el Reglamento de Especialidades y Subespecialidades Médicas publicado en la Gaceta Alcance Digital N° 51, el 18 de marzo del 2013, para la Especialidad en Epidemiología de Campo.

3.  Que a raíz de un nuevo análisis realizado sobre el tema, se desprende que no existe a nivel internacional, información suficiente que demuestre la existencia de cursos de postgrado en Epidemiologia de Campo que cumplan con los requisitos que se establecen para ser reconocida como especialidad, tal como lo indica la Dirección Académica del Colegio en el oficio N° DA-353-16 de fecha 11 de mayo de 2016.

4.  Es obligación de este Colegio Profesional subsanar cualquier situación que se haya presentado en cuanto a la inclusión de Especialidades Médicas. Por tanto,

Dejar sin efecto los acuerdos tomados en las actas Nº 2016-09-07 y Nº 2016-08-17, de las sesiones ordinarias de la Junta de Gobierno del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica, celebradas el 07 de setiembre del 2016 y el 17 de agosto del 2016 respectivamente.

Transitorio único. La declaratoria de ineficacia aquí señalada, se realiza sin perjuicio de los derechos adquiridos de aquellos médicos que demuestren el cumplimiento de los requisitos establecidos en los acuerdos derogados, en virtud de la realización de estudios de postgrado realizados durante la vigencia de dichos acuerdos.

Dr. Carlos Salazar Vargas, Vicepresidente.—1 vez.—( IN2017122295 ).

INTEGRAL BUSSINES SOFTWARE S. A.

Por escritura N° setenta y tres-veinticinco otorgada ante el suscrito notario, la sociedad Integral Bussines Software S. A., cédula jurídica 3-101-424727, solicita ante el Registro Nacional la legalización de los libros legales de Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios y Actas del Consejo de Administración.—San José, 7 de marzo del 2017.—Lic. Randall Barquero León.—1 vez.—( IN2017122305 ).

GASPAR Y SILVA DE HERRADURA SOCIEDAD ANÓNIMA

GASPAR y Silva de Herradura Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y siete mil cuatrocientos tres, solicita ante Registro Nacional de Costa Rica, la reposición por extravío de los libros de Asamblea de Accionistas, Junta Directiva y Registro de Accionistas de la sociedad antes indicada. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Junta Administrativa del Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Transcurrido el término sin que hayan existido oposiciones, se procederá a la reposición solicitada.—Guilhermina Silva, Secretaria.—1 vez.—( IN2017122326 ).

ALGARVE DE HERRADURA SOCIEDAD ANÓNIMA

Algarve de Herradura Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno - doscientos setenta y ocho mil quinientos cincuenta y seis, solicita ante Registro Nacional de Costa Rica, la reposición por extravío de los libros de Asamblea de Accionistas, Junta Directiva y Registro de Accionistas de la sociedad antes indicada. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante la Junta Administrativa del Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Transcurrido el término sin que hayan existido oposiciones, se procederá a la reposición solicitada.—Guilhermina Silva, Tesorera.—1 vez.—( IN2017122327 ).

VILLA JACÓ MIL NOVECIENTOS TREINTA

Y NUEVE S.R.L.

Por reposición de libros de Villa Jacó Mil Novecientos Treinta y Nueve S.R.L., cedula jurídica tres-ciento dos-doscientos diecisiete mil novecientos uno, solicitará la reposición de los siguientes libros: Libro de Actas de Asamblea General, Libro de Actas de Registro de Accionistas, Libro de Actas de Junta Directiva, debido al extravío de los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Ciudad Neilly, nueve de marzo del dos mil diecisiete.—Firma Ilegile.—1 vez.—( IN2017122353 ).

MUEBLES JUAN JOSÉ CASTRO SOCIEDAD ANÓNIMA

Muebles Juan José Castro Sociedad Anónima con número de cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos trece mil-quinientos treinta y cuatro, solicita al Registro Nacional reposición por extravío de su libro Asamblea de Socios Nº 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante ese Registro o en el domicilio de su representante legal: Nora Milena Azofeifa Díaz, mayor con cédula uno cero cinco seis cero cero ocho cinco siete, viuda de sus primeras nupcias, empresaria, vecina de San Pedro, Montes de Oca, Calle paralela a la Bomba El Higuerón, cien sur, casa con portón café, tesorera con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—Milena Azofeifa Díaz, Representante.—1 vez.—( IN2017122365 ).

EXPANDING BORDERS S. A.

Expanding Borders S. A., por este medio hace saber del extravío de sus libros legales, por lo que solicita al Registro Público la reposición de los mismos.—San José, 23 de marzo del 2017.—Lic. Alejandro Matamoros Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017122395 ).

CONSEJO DE DISTRITO DE LA FORTUNA DE SAN CARLOS

Por este medio se hace saber del extravío del libro de Actas del Consejo de distrito de La Fortuna de San Carlos. Publíquese una vez para efectos de reposición.—La Fortuna de San Carlos, 09 de marzo del 2017.—Anadis Huertas Méndez, Secretaria.—1 vez.—( IN2017122401 ).

COLEGIO DE PROFESIONALES EN NUTRICIÓN

DE COSTA RICA

Campo Pagado

La Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Nutrición informa considerando: Que el artículo 37 inciso a) de la Ley Orgánica del Colegio de Profesionales en Nutrición dice:

“Artículo 37.—Sanciones a las personas miembros

Las personas miembros del Colegio podrán recibir las siguientes sanciones:

Suspensión de su calidad de miembro activo del Colegio, si se atrasa en el pago de seis cuotas de la colegiatura. La persona colegiada recuperará su calidad de miembro activo cuando pague el monto adeudado por concepto de cuotas. “

En sesión de Junta Directiva N° 164-2017 del 21 de febrero del 2017 se conoció el registro del Departamento Contable, que incluye la lista de las y los profesionales que no han pagado seis o más cuotas de colegiaturas al 20 de febrero del 2017.

Por lo tanto, en la referida sesión de Junta Directiva de este Colegio se acordó suspender a las y los miembros que se encuentran en esa condición y son los siguientes:

Conforme a la normativa citada, aquellas y aquellos profesionales que se pongan al día en su pago o realicen arreglo de pago formal, se les levantará en forma automática el estado de suspensión. Las y los profesionales que entre la fecha del acuerdo y la publicación de esta lista hayan regulado el pago de su colegiatura, le rogamos hacer caso omiso a la inclusión de su nombre.

Dra. Sonia Ivankovich Guillén.—Dr. Mario Carballo de la Espriella, Responsables.—1 vez.—( IN2017122429 ).

CARMIOL INDUSTRIAL S. A.

El señor Alexander Carmiol Herrera, cédula 2-0488-0529, presidente y representante judicial y extrajudicial de la sociedad Carmiol Industrial S. A.; céd. jurídica 3-101-206022; indica que se extravió el tomo uno del libro de actas de asambleas de junta directiva de dicha sociedad, y solicita ante esta notaría reposición registral. Es todo.—Licda. Lauren Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017122488 ).

PAM GEM NÚMERO VEINTITRÉS S. A.

Por medio de escritura pública número 73-VII, de las 9:00 horas del veintitrés de marzo del dos mil diecisiete Pam Gem Número Veintitrés S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cinco tres cero nueve cinco cero, solicita la reposición de los siguientes libros ya que los mismos se encuentran extraviados: Actas de Asamblea General, Acta de Registro de Socios y Actas de Junta Directiva.—Guanacaste.—Licda. Laura Coto Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017122499 ).

CLICK FOR HAPPINESS SOCIEDAD ANÓNIMA

Click For Happiness Sociedad Anónima, cédula jurídica: 3-101-644252, solicita ante la Dirección General de Tributación, la reposición de los siguientes libros: (Diario, Mayor, Inventarios y Balances, Actas Consejo de Administración, Actas de Asambleas de Socios y Actas de Registro de Socios, todos número 1). Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Área de Información y Asistencia al Contribuyente de la Administración Tributaria de San José, dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Lic. Raúl Emilio Acosta Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017124656 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Mediante escritura número treinta y seis-tomo diecinueve; de las dieciséis horas del día veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, el señor Walter Vargas Garita vende local comercial denominado “Abastecedor Zeus” al señor Hua Chang (nombre) Feng (apellido). Lo anterior para los efectos del artículo cuatrocientos setenta y nueve del Código de Comercio.—Licda. Vivian Chacón Araya, Notaria.—( IN2017122023 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria el día de hoy, en Turrialba a las diez horas treinta minutos, escritura número doscientos setenta y nueve, tomo dos de mi protocolo, se revoca nombramientos de junta directiva de Pasysoca S. A., cédula tres-ciento uno-doscientos treinta y seis mil quinientos veintinueve, y se nombra nueva Junta Directiva; y se reforma cláusula novena de la administración.—Turrialba, veintidós de marzo dos mil diecisiete.—Licda. Karla Fabiana Carrillo Salguero, Notaria.—1 vez.—( IN2017123760 ).

La suscrita licenciada Karla Carrillo Salguero, carné 21464, otorgue escritura de constitución de la Asociación Deportiva Turrialba Futsal, bajo las citas de presentación tomo: 2016, asiento: 748354, autorizo por este medio al señor Sandro Leonel Velásquez Cordero, mayor de edad, casado dos veces, mensajero, cédula de identidad número tres- trescientos treinta-cuatrocientos ochenta y seis, vecino de Turrialba, Residencial El Coyol, cuarta etapa, casa P-once, para que solicite y retire el edicto de la Asociación Deportiva Turrialba Futsal.—Turrialba, 27 de marzo del 2017.—Licda. Karla Carrillo Salguero, Notaria.—1 vez.—( IN2017123762 ).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario con fecha veintidós de marzo del año en curso, se adicionó la escritura otorgada a las diez horas del once de junio de dos mil dieciséis presentada al diario del Registro tomo dos mil dieciséis, asiento cuatrocientos veinte mil trescientos diecinueve del suscrito notario en el sentido de que se modifica la cláusula primera para que se lea el nombre de la sociedad que se constituye como Innuendo Dorado Sociedad Anónima, así como se modifica la cláusula octava de la administración en el sentido de que el presidente y el secretario tendrán la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, actuando en forma conjunta o separada.—San José, veintitrés de marzo de dos mil diecisiete.—Lic. Gustavo Adolfo Sauma Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017123775 ).

Por medio de escritura otorgada al ser las doce horas del dos de marzo del dos mil diecisiete, donde se realizan reformas de estatutos de la compañía denominada Condominio Campestre Lindas Vistas Sociedad Anónima, cédula jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos treinta y nueve mil seiscientos sesenta y tres.—San José, tres de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario.—1 vez.—( IN2017123790 ).

Mediante acta número dos de la asamblea general de socios celebrada en su domicilio social al ser las 10:00 horas del 13 de diciembre del 2016 se acuerda disolver la sociedad denominada Inversiones Gamu del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-584421.—Lic. José Aurei Navarro Garro, Notario.—1 vez.—( IN2017123792 ).

Por escritura número ciento sesenta y nueve-cuarenta y uno otorgada ante la suscrita notaria a las diez horas del veintisiete marzo año dos mil diecisiete, se reformó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Inversiones Pura Vida de la Fortuna Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-uno tres siete cinco cuatro cuatro.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintisiete de marzo año dos mil diecisiete.—Lic. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—( IN2017123794 ).

Por escritura número ciento diecinueve-cuarenta otorgada ante la suscrita notaria a las diecisiete horas del veintisiete mayo año dos mil dieciséis, se reformó el artículo quinto del pacto constitutivo de la sociedad Tres- Ciento Uno- Seiscientos Sesenta y Seis Mil Setecientos Veintidós Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y seis mil setecientos veintidós.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintisiete de marzo año dos mil diecisiete.—Licda. Ileana Hidalgo Somarribas, Notaria.—1 vez.—( IN2017123795 ).

Por escritura 26-1, de las 13:00 horas del día 18 de marzo de 2017, se constituye sociedad Soluciones de Ingeniería MDB Sociedad Anónima, capital social suscrito y pagado, se nombra junta directiva.—Licda. Katia Cristina Córdoba Quintero, Notaria.—1 vez.—( IN2017123796 ).

Mediante la escritura número noventa y nueve-cuarenta y seis de la notaria pública Seaneth Varela Trejos, otorgada a las 14:00 horas del 11 de diciembre del 2014, se acuerda disolver la sociedad denominada Chow Chow S. A., cédula jurídica Nº3-101-358723.—Licda. Seaneth Varela Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2017123797 ).

Por escritura número seis-cuarenta, otorgada ante mí notaría a las 08 horas del 24 de marzo del 2017, se transforma la sociedad Diez Doscientos Tres Living Realty Sociedad de Responsabilidad Limitada, en una sociedad de anónima cuya denominación social será Diez Doscientos Tres Living Realty Sociedad Anónima, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo, aumentando el capital social de la sociedad.—San José, 29 de marzo del 2017.—Licda. Mariela Solano Obando, Notaria.—1 vez.—( IN2017123801 ).

Mediante escritura número setenta y nueve otorgada por el notario público Ronald Odio Rohrmoser, a las 8:00 horas del 29 de marzo de 2017, se protocoliza asamblea general extraordinaria accionistas de la compañía Polar Fruit International Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica cláusula sexta de la junta directiva de la compañía.—San José, 29 de marzo del 2017.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—( IN2017123803 ).

Por escritura de las 10:30 horas de hoy, protocolicé actas de la compañía Caña Ciento Uno de Los Chiles S. A., por la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, sexta, sétima, novena y décima del pacto constitutivo, que se adiciona con las cláusulas décima cuarta y décima quinta y se deja sin efecto cláusula del agente residente.—Montes de Oca, San Pedro, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124492 ).

Por escritura de las 11:00 horas de hoy, protocolicé acta de la compañía Desarrollos Bilibre S. A., por la cual se reforman las cláusulas segunda, quinta, octava, décimo primera y décima cuarta del pacto constitutivo, que se adiciona con las cláusulas quinta bis; y se deja sin efecto cláusula del agente residente.—San Pedro de Montes de Oca, 31 de marzo del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017124493 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos veintisiete el día treinta de marzo del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad anónima que tendrá como nombre Consultores Bensi Sociedad Anónima.—San José, treinta de abril del dos mil diecisiete.—Licda. Irene Aguilar Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017124494 ).

Mediante escritura otorgada el día de hoy, protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Ingeniería en Proyectos PROIN Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil ochocientos dieciocho, en la cual se nombra la junta directiva y se reforma la cláusula octava del pacto social.—San José, 31 de marzo del 2017.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2017124506 ).

Mediante escritura otorgada el día de hoy, protocolizó acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Miniaturas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-107650, en la cual se nombra vicepresidente, secretario, tesorero de la junta directiva y fiscal y se reforma la cláusula sexta del pacto social.—San José, 19 de marzo del 2017.—Lic. Alfredo Vargas Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2017124507 ).

Por escritura número sesenta y siete-cuatro, otorgada ante los notarios Juan Carlos León Silva y Nancy Brenes Quirós, actuando en el protocolo del primero a las diez horas treinta minutos del veintiocho de marzo del año dos mil diecisiete, se acuerda modificar la representación, revocar y realizar nuevo nombramiento de la sociedad SUCANJE S. A.—San José, 28 de marzo del año 2017.—Lic. Juan Carlos León Silva, Conotario.—1 vez.—( IN2017124516 ).

Por escritura N° sesenta y ocho-cuatro, otorgada ante los notarios Juan Carlos León Silva, Mónica Dobles Elizondo y Jorge González Roesch, actuando en el protocolo del primero a las diez horas cuarenta y cinco minutos del veintiocho de marzo del dos mil diecisiete, se acuerda modificar la representación, revocación y nombramiento de gerente de la sociedad RBC Factoring Limitada.—San José, 29 de marzo del 2017.—Licda. Mónica Dobles Elizondo, Conotaria.—1 vez.—( IN2017124517 ).

El suscrito José Duarte Sibaja, cédula uno-quinientos seis-ciento seis; carné, uno seis tres cero nueve, como notario autorizante, solicito se publique el edicto de la modificación de los estatutos de la sociedad Consultores e Inversiones Alhesa de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos veintinueve mil quinientos tres, según la escritura número ciento cuarenta y seos-seis, visible al folio ciento cuarenta y nueve vuelto del tomo seis de mi protocolo.—San José, doce de diciembre de dos mil dieciséis.—Lic. José Duarte Sibaja, Notario.—1 vez.—( IN2017124539 ).

La suscrita notaria hace constar que mediante escritura otorgada en esta notaráa se reforma pacto constitutivo y la cláusula número uno y se llamará Ludamaya S. A.—Licda. Carmen Alfaro Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017124540 ).

Mediante la escritura número doscientos treinta y nueve de las veintiún horas treinta minutos del treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete, la cual se encuentra visible en su inicio de folio ciento cuarenta y siete vuelto a ciento cuarenta y ocho vuelto del Tomo cuarto del protocolo de la notaria pública Gabriela Tatiana Fernández Román, la entidad Asociación Aprode, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-tres cero uno ocho uno dos, se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal.—San José, treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.—Licda. Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—1 vez.—( IN2017124558 ).

Mediante la escritura número doscientos treinta y ocho de las veintiún horas del treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete, la cual se encuentra visible en su inicio de folio ciento cuarenta y seis vuelto a ciento cuarenta y siete vuelto del Tomo cuarto del protocolo de la notaría pública Gabriela Tatiana Fernández Román, la entidad Asociación con Responsabilidad Nacional y Social Arenas, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-setecientos catorce mil setecientos cincuenta y dos, se nombra nueva Junta Directiva y Fiscal.—San José, treinta y uno de marzo del año dos mil diecisiete.—Licda. Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—1 vez.—( IN2017124559 ).

En esta notaría, a las doce horas del treinta de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la Asociación Nacional Protectora de Animales (ANPA), titular de la cédula jurídica número tres-cero cero dos-cero cuatro cinco cero nueve uno, en donde se nombra nueva Junta Directiva.—Montes de Oca, treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. María José Vicente Ureña, Notaria.—1 vez.—( IN2017124565 ).

En mi notaría a las 10:00 horas del 31 de marzo del 2017, se reformó la cláusula segunda y sexta de los estatutos de la sociedad Nosara Family Surf Sociedad de Responsabilidad Limitada; la segunda, cambia el domicilio y en la sexta, se modifica en cuanto se elimina a un solo gerente la representación de la sociedad.—San José, 31 de marzo del 2017.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017124567 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las 19:00 horas del 31 de marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad D Y S R Misión de la Colin S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Heredia, San Isidro.—Licda. Kattya Mora Sequeira, Notaria.—1 vez.—( IN2017124573 ).

El suscrito notario doy fe que se constituyó ante mí la sociedad El Flamingo Feliz Chauma Echum S. A. y protocolización El Registro de San José S. A., domicilio en San José, plazo 99 años.—San José, 31 de marzo del 2017.—Lic. Diego Vargas Gould, Notario.—1 vez.—( IN201714578 ).

Hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Brossard Sur Sociedad Anónima, donde se reforma cláusula segunda del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del año 2017.—Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017124581 ).

En escritura número ciento cuarenta y tres-dos mil diecisiete, de las doce horas del día veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, en Puerto Limón, autorizada por el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada por su número de cédula jurídica número Tres-Ciento Uno-Setecientos Ocho Mil Trescientos Cuarenta y Uno, Sociedad Anónima, en virtud de los cuales se modifica la cláusula primera y la octava de la escritura social. Se autorizó al suscrito para la protocolización de piezas respectivas. Es todo.—Puerto Limón, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Licenciado Raúl Orlando Méndez Contreras, Notario.—1 vez.—( IN2017124612 ).

Ante la notaria pública Freyda Nazira Valladares Morales, mediante escritura número doscientos setenta y tres-dos, diez horas del diez de marzo del diecisiete. Se constituyó la sociedad de esta plaza Care Clinic DDS Costa Rica Sociedad Anónima.—Alajuela, a las ocho horas del once de abril del año dos mil diecisiete.—Lic. Freyda Nazira Valladares Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2017124618 ).

Ante el notario público Yuri Alonso Ramírez Acon al ser las ocho horas del veintiocho de marzo del dos mil diecisiete, mediante escritura número: ciento cincuenta y siete, visible al protocolo número: Dieciocho se protocolizó acta de cambio de Junta Directiva y al ser las nueve horas treinta minutos del veintiocho de marzo del dos mil diecisiete, mediante escritura número: ciento cincuenta y ocho, visible al protocolo número: Dieciocho se protocolizó acta Reforma de la Cláusula Cuarta de la sociedad Mystiqual Sociedad Anónima. Presidenta Berveley Gail Lebell.—Quepos treinta de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Yuri Alonso Ramírez Acon, Notario.—1 vez.—( IN2017124621 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, a las trece horas treinta minutos del treinta de marzo de dos mil diecisiete, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de Pastel de Fresa S. A., mediante la cual se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo en cuanto al domicilio, y se nombra nueva junta directiva y fiscalía.—Golfito, treinta de marzo de dos mil diecisiete.—Hazel Salas Desanti, Notaria.—1 vez.—( IN2017124622 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las catorce horas del día treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de cuotistas de Alimentos Ávila de San José SRL mediante la cual se reforma la cláusula del capital social.—San José, treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Elías Shadid Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2017124624 ).

Por acta de asamblea general extraordinaria Alliance Consulting CR Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos trece mil ochenta y siete. Se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo, debidamente protocolizada mediante escritura número doscientos veinticuatro-cuatro, otorgada a las nueve horas del treinta de abril del dos mil diecisiete. Notaria Alexa Rodríguez Salas.—Licda. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017124632 ).

Por acta de asamblea general extraordinaria Paso Suave PS Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil novecientos quince. Se acuerda reformar las cláusulas quinta y octava del pacto constitutivo, debidamente protocolizada mediante escritura número doscientos veintidós-cuatro, otorgada a las nueve horas del veintiocho de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017124641 ).

Por acta de asamblea general extraordinaria Sáenz & Asociados Law Firm Costa Rica Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y cuatro mil trescientos cuarenta y nueve. Se acuerda reformar la cláusula quinta del pacto constitutivo, debidamente protocolizada mediante escritura número doscientos veintitrés-cuatro, otorgada a las diez horas del veintiocho de marzo del dos mil diecisiete. Notaria Alexa Rodríguez Salas.—Licda. Alexa Rodríguez Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017124643 ).

Ante esta notaría, se modifica junta directiva de soc. Corporación Auto Flores S. A.; cédula jurídica Nº 3-101-172250 según acta correspondiente. Es todo.—Licda. Lauren Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017124647 ).

Ante esta notaría mediante escritura número ciento noventa y cinco, se constituye sociedad anónima denominada Grupo Pacific Oreamuno Sociedad Anónima, domiciliada en ciudad de Parrita, de la provincia de Puntarenas, En el barrio La Julieta de Parrita, del Banco Nacional de Costa Rica, doscientos metros oeste, casa color papaya. Presidente: Moisés Oreamuno Navarro. Notario Marco Antonio Ramírez Corella.—San José, 3 de abril del 2017.—Lic. Marco Antonio Ramírez Corella, Notario.—1 vez.—( IN2017124648 ).

Ante esta notaría se modifica junta directiva de soc. Corporación Auto flores S. A., cédula jurídica 3-101-172250, según acta correspondiente. Es todo.—Licda. Lauren Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017124651 ).

Ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad B B Consultores Artavia Sociedad Anónima, modificando cláusulas del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Tibás, 3 de Abril del 2017.—Lic. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017124652 ).

El suscrito notario, Rafael Alberto López Campos, oficina en Atenas, costado este del templo católico, hago constar que por instrumento público número ciento treinta y dos, iniciado a folio ciento cincuenta y cuatro vuelto del tomo treinta y siete de mi protocolo, otorgado en Atenas, a las once horas del treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete, se reformó pacto constitutivo y se nombran gerentes, de la sociedad Tres-Uno Cero Dos-Siete Cero Cuatro Tres Uno Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-uno cero dos-siete cero cuatro tres uno ocho.—Atenas, treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Rafael Alberto López Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017124654 ).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DE GUADALUPE

De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono Distribuidora Aghentto S. A., número patronal 2-03101186502-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Sucursal de Guadalupe, Dirección Regional Central de Sucursales de la Caja Costarricense de Seguro Social, ha dictado el Traslado de Cargos, que en lo que interesa indica: como resultado material de la revisión salarial efectuada, se han detectado omisión de clase de seguro del trabajador Cinttya Araya Rojas, cédula 108020343, detallados en el expediente administrativo, en el período de noviembre 2012 a setiembre 2014. Total de salario omitido ¢5.977.000,00 Total de cuotas SEM obreras y patronales de la Caja ¢881.607,50. Consulta expediente: en esta oficina Guadalupe, Goicoechea 75 mts. oeste, de la Cruz Roja, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones juridicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Segundo Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Guadalupe, 23 de marzo del 2017.—Dirección Región Central de Sucursales.—Lic. Miguel García Solano, Jefe.—1 vez.—( IN2017122588 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Órgano Director del Procedimiento Ordinario Administrativo, al ser las 14:00 horas del 13 de febrero del dos mil diecisiete. Se inicia procedimiento disciplinario en contra del funcionario Danny Andrey Quesada Hernández, N° 2-593-108, Formador para el Trabajo 1A, funcionario de la Unidad Regional Pacífico Central.

Resultando:

I.—Que según el Plan Anual de Servicios institucional (PASER) del año 2016, los servicios de capacitación y formación profesional “Seguridad personal y responsabilidades sociales”, bajo la referencia  2701.CP00NPTA000500420161.NPTA0005 y “Prevención y lucha contra incendios”, bajo la referencia 2701.CP00NPTA000400820161.NPTA0004, ambas bajo la modalidad “acciones móviles”, fueron asignados al funcionario Dany Andrey Quesada Hernández, para ser impartidos durante el período comprendido del 11 al 26 de julio del 2016, en Quepos de Puntarenas.

II.—Que mediante la orden de pago N° 07-0845-16 de fecha 12 de julio del 2016, se autorizó el adelanto para cubrir gastos de viaje durante el período comprendido del 12 al 29 de julio del 2016, por la suma de ¢497.000,00 (cuatrocientos noventa y siete mil colones) para impartir los servicios de capacitación y formación profesional “Seguridad personal y responsabilidades sociales”, bajo la referencia  2701.CP00NPTA000500420161.NPTA0005 y “Prevención y lucha contra incendios”, bajo la referencia 2701.CP00NPTA000400820161.NPTA0004, ambas bajo la modalidad “acciones móviles”, en Quepos de Puntarenas,

III.—Que mediante la orden de pago N° 07-0844-16, de fecha 12 de julio del 2016, se autorizó adelanto para compra de materiales por la suma de ¢615.500,00 (seiscientos quince mil quinientos colones) para impartir los servicios de capacitación y formación profesional “Seguridad personal y responsabilidades sociales”, bajo la referencia  2701.CP00NPTA000500420161.NPTA0005 y “Prevención y lucha contra incendios”, bajo la referencia 2701.CP00NPTA000400820161.NPTA0004, ambas bajo la modalidad “acciones móviles”, durante el período del 12 al 29 de julio del 2017 en Quepos de Puntarenas.

IV.—Que mediante la boleta de pago N° 101442016 de fecha 13 de julio del 2016, se ordenó girar los adelantos indicados al citado funcionario.

V.—Que los referidos adelantos fueron depositados en la cuenta del funcionario Dany Andrey Quesada Hernández mediante la transferencia bancaria, el día 13 de julio del 2016.

VI.—Que por medio del oficio URPC-FC-108-16 de fecha 17 de agosto del 2016, el señor Víctor Hugo Angulo Bustos, Encargado del Proceso Financiero Contable de la Unidad Regional Pacífico Central, le informó al señor Carlos Arturo Rodríguez Araya, Encargado del Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de Recursos Humanos, que el funcionario Dany Quesada Hernández, no se presentó en el tiempo establecido a liquidar la transferencia de fondos por un total de ¢1.112.500,00 como adelantos de viáticos y para compra de materiales, para impartir los servicios de capacitación y formación profesional “Seguridad personal y responsabilidades sociales” y “Prevención y lucha contra incendios”, sin que a la fecha de emisión del oficio supra indicado se hubiera liquidado.

VII.—Que por medio del oficio URPC-FC-009-17 de fecha 30 de enero del 2017, el señor Victor Hugo Angulo Bustos, Encargado del Proceso Financiero Contable de la Unidad Regional Pacífico Central, informa a este órgano Director, que el funcionario Dany Quesada Hernández al día de hoy no ha presentado la liquidación correspondiente a los adelantos autorizados mediante las órdenes de pago N° 07-0845-16 y N° 07-0844-16.

VIII.—Que mediante el oficio URH-PSA-03-2017 de fecha 09 de enero del 2017, el señor Carlos Arturo Rodríguez Araya, encargado del Proceso de Soporte Administrativo de la Unidad de Recursos Humanos, le solicitó al Asesor Legal el inicio de un procedimiento disciplinario en contra del servidor Dany Andrey Quesada Hernández y aplicar lo establecido en el artículo 14 del Reglamento de Fondos Rotativos de Trabajo, Caja Chica y Viáticos del INA.

VIX.—Que mediante la resolución N° AL-NOD-12-2017 de las 14:20 horas del 21 de enero del 2017, el Asesor Legal actuando por delegación de la Presidencia Ejecutiva y con fundamento en el artículo 74 del Reglamento Autónomo de Servicios, ordenó el inicio del procedimiento disciplinario correspondiente y designó a la Licenciada Annette Rodríguez Fuentes, para integrar el órgano director del procedimiento en calidad de titular y como suplente al licenciado Juan Luis Cantillano Vargas.

Considerando:

Se desprende de la documentación citada, la comisión de actos susceptibles de lesionar la normativa que regula la relación de servicios entre el Instituto Nacional de Aprendizaje y sus funcionarios, atribuibles al servidor Danny Andrey Quesada Hernandez y que consiste presuntamente en no presentar la respectiva liquidación de los adelantos de gastos de viaje y para la compra de materiales que se autorizó mediante las órdenes de pago N° 07-0845-16 y N° 07-0844-16, ambas de fecha 12 de julio del 2016, girados mediante la boleta de pago número 1014422016 y depositados a favor del citado funcionario el 13 de julio del 2016, por un monto total de ¢1.112.500,00 (un millón ciento doce mil quinientos colones) con ocasión de los servicios de capacitación y formación profesional denominados “Seguridad personal y responsabilidades sociales” y “Prevención y lucha contra incendios”, a ejecutarse en Quepos de Puntarenas durante el período del 12 al 29 de julio del 2016.

Lo anterior podría constituir una transgresión a las obligaciones establecidas en los artículos 14 y 15 del Reglamento de Fondo Rotativo de Caja Chica, en el apartado 2.3.1 y 2.3.3 del Instructivo del Proceso de Tesorería I URF PT 05, en los artículos 43 incisos 3), 18) y 27) del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, así como en la prohibición prevista en el artículo 45 inciso 16) del citado reglamento, que le podrían acarrear la aplicación de una sanción disciplinaria de conformidad con las disposiciones de los artículos 47, 49 del Reglamento de cita.

En ese orden de ideas y ante los hechos expuestos, se impone la necesidad de instaurar un procedimiento disciplinario de conformidad con las disposiciones de los artículos 74 y siguientes del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, mediante el cual se determine la verdad real de los hechos y que a su vez garantice los derechos fundamentales al debido proceso y particularmente el de defensa del citado funcionario. Por tanto,

EL ÓRGANO DIRECTOR, RESUELVE:

I. Iniciar procedimiento disciplinario en contra de Danny Andrey Quesada Hernández, cédula de identidad N° 2-593-108, funcionario de la Unidad Regional Pacífico Central y conforme a las disposiciones de los artículos 74 y siguientes del Reglamento Autónomo de Servicios del Instituto Nacional de Aprendizaje, cuya finalidad es verificar la verdad real de los hechos expuestos y determinar si resulta procedente imponer las medidas sancionatorias previstas en artículos 47 y 49 del reglamento por la supuesta infracción a las obligaciones establecidas en los artículos 14 y 15 del Reglamento de Fondo Rotativo de Caja Chica, así como en el apartado 2.3.1 y 2.3.3 del Instructivo del Proceso de Tesorería I URF PT 05, en los artículos 43 incisos 3), 18) y 27) del Reglamento Autónomo de Servicios del INA, así como en la prohibición prevista en el artículo 45 inciso 16) del citado reglamento, en relación con los siguientes cargos:

“1. Que el funcionario Dany Andrey Quesada Hernández no presentó la correspondiente liquidación de los adelantos para gastos de viaje y para la compra de materiales autorizados mediante las órdenes de pago N° 07-0745-16 y N° 07-0744-16 ambos de fecha 12 de julio del 2016, giradas mediante la boleta de pago número 101442016 y depositadas en la cuenta bancaria del servidor el día 13 de julio del 2016, por la suma total de ¢1.112.500,00 (un millón ciento doce mil quinientos colones),  con ocasión de los servicios de capacitación y formación profesional “Seguridad personal y responsabilidades sociales”, bajo la referencia  2701.CP00NPTA000500420161.NPTA0005 y “Prevención y lucha contra incendios”, bajo la referencia 2701.CP00NPTA000400820161.NPTA0004,  modalidad “acciones móviles”, que debía impartir en el período comprendido del 12 al 29 de julio del 2016 en la ciudad de Quepos en Puntarenas.”

II.—En razón de lo anterior, se convoca al servidor Danny Andrey Quesada Hernández, a una audiencia oral y privada que se celebrará a las 10:00 horas del día 16 de junio del 2017, en la oficina de la Asesoría Legal de la Unidad Regional Pacífico Central, sita en Barranca de Puntarenas sede de este órgano director.

III.—Se le previene al servidor Danny Andrey Quesada Hernández, que debe aportar todos los alegatos y prueba el día de la audiencia bajo pena de caducidad de no hacerlo en ese momento y que podrá hacerlo antes si a bien lo tiene, en cuyo caso, deberá hacerlo por escrito. Que a la audiencia citada anteriormente deberá comparecer personalmente y no por medio de apoderado, sin perjuicio de que se haga acompañar de los abogados, técnicos o especialistas de su elección y que una vez notificado este acto, su ausencia injustificada a la audiencia no impedirá que esta se lleve a cabo en la fecha y hora señalada, aún sin su presencia, sin que ello signifique la aceptación tácita de los hechos.

IV.—Se le informa al funcionario que la Administración ha constituido un expediente en el que consta la prueba de cargo que sirve de fundamento a los cargos que se le atribuyen y que consta de 18 folios debidamente numerados, el cual puede ser consultado en forma personal o por su abogado, en la oficina de la Asesoría Legal de la Unidad Regional Pacífico Central, sita en Barranca de Puntarenas.

V.—Se le comunica al servidor Danny Andrey Quesada Hernández, que deberá señalar lugar cierto para atender notificaciones, bajo el apercibimiento que, de no hacerlo, de ser equívoco incierto el señalamiento, los actos que se dicten dentro del presente procedimiento con posterioridad a esta resolución, le serán notificados en la dirección que conste en el expediente administrativo por señalamiento de la propia Administración.

VI.—Finalmente se le informa que de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley de la Administración Pública, en contra de esta resolución son oponibles, dentro de las veinticuatro horas posteriores a su notificación, reducidas a las que sean de despacho el día en que ese plazo empiece a correr; los recursos ordinarios de revocatoria y apelación, los cuales deberán ser presentados ante este órgano director y que serán conocidos en su orden por este órgano director y por la Presidencia Ejecutiva. Notifíquese en forma personal al interesado, Annette Rodríguez Fuentes, Órgano Director del Procedimiento.—Unidad de Compra Institucionales Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—( IN2017122367 ).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La Junta Directiva General mediante acuerdo N° 54 de la sesión Nº 13-16/17-G.E., del 31 enero del 2017, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 04 de la sesión N° 34-14/15-G.E., debido a que según oficio TH-016-2017 del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente imposible notificar a la empresa Gestores de Vivienda S. A. (CC-04423), en el expediente disciplinario N° 020-14.

“La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 34-14/15-G.E. de fecha 20 de octubre del 2015, acordó lo siguiente:

“Acuerdo N° 04:

Se aprueba lo recomendado por el Departamento Régimen Disciplinario, de instaurar un Tribunal de Honor en el expediente N° 20-14 de investigación iniciada de oficio por el C.F.I.A. a la Arq. Paula Vargas Bolaños (A-18591) y a la empresa Gestores de Vivienda S. A. (CC-04423); con el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio 3042-2015-DRD:

(…)

Recomendación del Departamento de Régimen Disciplinario

En virtud de la prueba documental a la vista del expediente, y el análisis realizado a la misma, este Departamento recomienda a la estimable Junta Directiva General lo siguiente:

   Instaurar un Tribunal de Honor para la Arq. Paula Vargas Bolaños, A-18591 y la empresa Gestores de Vivienda S. A., CC-04423.

El Tribunal de Honor para la empresa y para la profesional investigada, estará conformado por el Ing. Luis González Espinoza, el Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, el Ing. Jorge Montero Cabezas (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor Multidisciplinario y de Empresas; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.

El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento. Asimismo, se informa que el C.F.I.A. garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.”

03 de marzo de 2017.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.— 1 vez.—O. C. Nº 177-2017.—Solicitud Nº 80253.—( IN2017122146 ).

 

 

 

 



[1]           Norma 1.2 Objetivos del SCI: El SCI de cada organización debe coadyuvar al cumplimiento de los siguientes objetivos:… c. Garantizar eficiencia y eficacia de las operaciones. El SCI debe coadyuvar a que la organización utilice sus recursos de manera óptima, y a que sus operaciones contribuyan con el logro de los objetivos institucionales”.

4.2 Requisitos de las actividades de control: “Las actividades de control deben reunir los siguientes requisitos: a. Integración a la gestión. Las actividades de control diseñadas deben ser parte inherente de la gestión institucional, e incorporarse en ella en forma natural y sin provocar menoscabo a la observancia de los principios constitucionales de eficacia, eficiencia, simplicidad y celeridad, y evitando restricciones, requisitos y trámites que dificulten el disfrute pleno de los derechos fundamentales de los ciudadanos”.

(Normas de control interno para el Sector Público, emitidas por la Contraloría General de la República).

[2]           Aprobado por la Junta Directiva en el artículo 4 de la sesión 5608-2013 celebrada el 7 de agosto del 2013. Última modificación aprobada en el artículo 7 de la sesión 5694-2015, celebrada el 8 de julio del 2015.