LA
GACETA N° 77 DEL 25 DE
ABRIL DEL 2017
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
N° 40307-S
ACUERDOS
PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
MINISTERIO DE COMERCIO
EXTERIOR
MINISTERIO DE JUSTICIAY
PAZ
RESOLUCIONES
MINISTERIO DE OBRAS
PÚBLICAS
Y TRANSPORTES
DOCUMENTOS VARIOS
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
SALUD
BANCO NACIONAL DE COSTA
RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE PUERTOS DEL PACÍFICO
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN
PORTUARIA
Y DE DESARROLLO
ECONÓMICO
DE
LA VERTIENTE ATLÁNTICA
ADJUDICACIONES
PODER JUDICIAL
BANCO DE COSTA RICA
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE PUERTOS DEL PACÍFICO
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
JUNTA DE ADMINISTRACIÓN
PORTUARIA
Y DE DESARROLLO
ECONÓMICO
DE LA VERTIENTE
ATLÁNTICA
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
BANCO DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE
SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE
DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
REGLAMENTOS
HACIENDA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD NACIONAL
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD DE HOJANCHA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
SALUD
JUSTICIA Y PAZ
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE SALUD
En uso de las facultades conferidas en los
artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25, 27 inciso
1), 28 inciso 2.b) y 103 inciso 1) de la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978
“Ley General de la Administración Pública”; 2, 3, 5 inciso c), 6, 18, 19 y 20
de la Ley N° 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de
Salud”.
Considerando:
I.—Que la salud de la población es un derecho
fundamental y un bien de interés público tutelado por el Estado.
II.—Que
el uso de drogas estupefacientes y de otras capaces de producir por su uso
dependencia física o psíquica en las personas, constituye materia de especial
interés público.
III.—Que
las drogas psicotrópicas y estupefacientes son compuestos de uso clínico, pero
por su naturaleza, el riesgo de uso indebido, abuso y uso ilícito representan
una seria amenaza a la salud pública.
IV.—Que
en ejercicio de las funciones de protección de la salud de la población y
garantía del bienestar de los ciudadanos, le compete al Ministerio de Salud el
control de la administración y la vigilancia de medicamentos psicotrópicos y
estupefacientes en nuestro país.
V.—Que
la Ley N° 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de
Salud”, dispone la existencia de la Junta de Vigilancia de Drogas
Estupefacientes como órgano encargado de vigilar y controlar la importación,
existencia y venta de cualquier droga estupefaciente y de los productos que por
su uso puedan producir dependencia física o psíquica en las personas,
determinadas conforme a los convenios internacionales, leyes o disposiciones
dictadas por el Poder Ejecutivo.
VI.—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37111-5 del 12 de enero de
2012, publicado en La Gaceta N° 108 del 05 de junio de 2012 “Reglamento
para el Control de Drogas Estupefacientes y Psicotrópicos”, se establecen las
funciones de la Junta de Vigilancia de Drogas Estupefacientes.
VII.—Que
la Junta de Vigilancia de Drogas Estupefacientes está integrada, según el
artículo 19 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud ya citada y el artículo
3 del Decreto Ejecutivo N° 37111-S ya citado también, por el Director General
de Salud, quien preside, un representante del Colegio de Fannacéuticos de Costa
Rica y un representante del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.
VIII.—Que
por la anuencia en participar en el tema de las drogas estupefacientes y
psicotrópicas que han tenido los profesionales en Odontología y Medicina
Veterinaria, se considera prudente tomar en cuenta a los mismos, para que
asistan a las sesiones de la Junta, con voz pero sin voto, para escuchar el
punto de vista de estos profesionales en ciencias de la salud. Razón por la
cual, se realiza la siguiente modificación.
IX.—Que de conformidad con el artículo 12 bis del Decreto Ejecutivo N°
37045 de 22 de febrero de 2012 “Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano
del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos” y su reforma, se considera
que por la naturaleza del presente reglamento no es necesario completar la
Sección I denominada Control Previo de Mejora Regulatoria, que conforma el
formulario de Evaluación Costo Beneficio, toda vez que el mismo no establece
trámites ni requerimientos para el administrado. Por tanto,
Decretan:
REFORMA
AL REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE
DROGAS ESTUPEFACIENTES Y
PSICOTRÓPICAS
Artículo 1°—Refórmese el artículo 3 del
Decreto Ejecutivo N° 37111-S del 12 de enero de 2012 “Reglamento para el
Control de Drogas Estupefacientes y Psicotrópicas” publicado en La Gaceta
N° 108 del 05 de junio de 2012, para que en lo sucesivo se lea así:
“Artículo 3°—La Junta estará integrada por
tres miembros propietarios:
a) El Director General de Salud, o su representante, quien presidirá.
b) Un profesional miembro, representante del Colegio de Farmacéuticos
de Costa Rica o su suplente.
c) Un profesional miembro, representante del Colegio de Médicos y
Cirujanos de Costa Rica o su suplente.
Los representantes de los colegios durarán en
sus funciones dos arios, pudiendo ser reelectos hasta por dos períodos
consecutivos y serán nombrados por sus respectivos Colegios.
El Director
de la Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario del Ministerio
o su suplente realizará labores de Secretaría, se contará además con la
presencia de un asesor legal del Ministerio y un representante de dicha
dirección, quien fungirá como asesor técnico. Los anteriores tendrán derecho a
voz pero sin voto.
Además, se
podrán invitar a las sesiones de la Junta, un profesional miembro,
representante del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica o su suplente,
con derecho a voz pero sin voto; y un profesional miembro, representante del
Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica o su suplente, con derecho a voz
pero sin voto; y serán designados por sus respectivos Colegios.”
Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San
José, al ser el primer día del mes de marzo del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Salud, Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1 vez.—O. C. N°
3400031658.—Solicitud N° 17645.—( D40307 - IN2017126025 ).
N°
40311-RREE
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
Considerando:
1º—Que la Asamblea Legislativa mediante Ley
número 9402 del día veintiocho de setiembre de dos mil dieciséis, publicada en
el Alcance número 46 de La Gaceta Digital número 43 del primero de marzo
de 2017, aprobó el Convenio de Cooperación Regional para la Creación y
Funcionamiento del Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos
en América Latina y el Caribe, celebrado entre la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Secretaría General de la
Organización de los Estados Americanos y los países de América Latina y el
Caribe, suscrito en la ciudad de México, Distrito Federal, el 19 de octubre de
1990.
2º—Que
los instrumentos de ratificación se depositarán en poder del Director General
del Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América
Latina y el Caribe (CREFAL), de acuerdo con el artículo vigésimo noveno del
Convenio mencionado. Por tanto,
En uso
de las facultades que les confieren los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el
artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.
Decretan:
Artículo 1º—La ratificación de la República
de Costa Rica al Convenio de Cooperación Regional para la Creación y
Funcionamiento del Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos
en América Latina y el Caribe, celebrado entre la Organización de las Naciones
Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Secretaría General de la
Organización de los Estados Americanos y los países de América Latina y el
Caribe, suscrito en la ciudad de México, Distrito Federal, el 19 de octubre de
1990.
Artículo
2º—Rige a partir de esta fecha.
Dado en la Presidencia de la República.—A los
dos días del mes de marzo del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N°
3400030886.—Solicitud N° 19343.—( D-40311- IN2017126030 ).
N° 822-P
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Con fundamento en el artículo 26 de la Ley
General de la Administración Pública y el artículo 4 de la Ley de Incentivos
para el Desarrollo Turístico, Ley Nº 6990 del 15 de julio de 1985.
Considerando:
I.—Que por disposición del artículo 4 de la
Ley Nº 6990, Incentivos para el Desarrollo Turístico y del artículo 4 de su
Reglamento, Decreto Nº 24863 del 5 de diciembre de 1995, la Comisión Reguladora
de Turismo está integrada por un representante del Instituto Costarricense de
Turismo, un representante del Ministerio de Hacienda, un representante del
Ministerio de Economía, Industria y Comercio y dos representantes de la empresa
privada.
II.—Que
mediante acuerdo Nº 094-P de 19 de junio del 2014, publicado en La Gaceta
Nº 182 del martes 23 de setiembre del 2014; reformado por el acuerdo Nº 323-P
de 14 de julio del 2015, publicado en La Gaceta Nº 151 del miércoles 5
de agosto del 2015; se integró la Comisión Reguladora de Turismo.
III.—Que
por medio del acuerdo Nº 094-P de 19 de junio del 2014, se prorrogo el nombramiento
del señor Mario Socatelli Porras, cédula de identidad N° 1-0547-0388, como
representante propietario del Sector Turismo Privado ante la Comisión
Reguladora de Turismo.
IV.—Que
mediante acuerdo Nº 323-P de 14 de julio del 2015, se acordó nombrar como
representante propietario del Instituto Costarricense de Turismo ante la
Comisión Reguladora de Turismo al señor Mauricio Ventura Aragón, cédula de
identidad N° 1-0453-0248.
ACUERDA:
Artículo 1º—Prorrogar el nombramiento como
representante propietario del Instituto Costarricense de Turismo ante la
Comisión Reguladora de Turismo a Mauricio Ventura Aragón, cédula de identidad
N° 1-0453-0248.
Artículo
2º—Nombrar como representante suplente del Instituto Costarricense de Turismo
ante la Comisión Reguladora de Turismo a Erasmo Rojas Madrigal, cédula de
identidad N° 1-0424-0650.
Artículo
3º—Nombrar como representante propietario del Ministerio de Hacienda ante la
Comisión Reguladora de Turismo a Leonardo Salas Quirós, cédula de identidad N°
1-0923-0866 y a Dina Víquez Esquivel, cédula N° 1-855-0063, como representante
suplente.
Artículo
4º—Nombrar como representante propietario del Ministerio de Economía, Industria
y Comercio ante la Comisión Reguladora de Turismo a Luis Roberto Ramírez Vega,
cédula de identidad N° 1-1135-0979 y a Gabriela León Segura, cédula de
identidad N° 1-1206-810, como representante suplente.
Artículo
5º—Prorrogar el nombramiento como representante propietario del Sector Turismo
Privado ante la Comisión Reguladora de Turismo a Mario Socatelli Porras, cédula
de identidad N° 1-0547-0388.
Artículo
6º—Nombrar como representante propietario del Sector Turismo Privado ante la
Comisión Reguladora de Turismo a Gustavo Araya Carvajal, cédula de identidad N°
1-966-449; asimismo a Jackeline López Cordero, cédula N° 1-630-956 y a Óscar
Alvarado Martínez, cédula de identidad N° 7-144-374, como representantes
suplentes de Mario Socatelli Porras y Gustavo Araya Carvajal, respectivamente.
Artículo
7º—Rige a partir del ocho de marzo de dos mil diecisiete.
Dado en la Presidencia de la República. San
José, el ocho de marzo de dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 17654.—Solicitud N° 3705.—(
IN2017125697 ).
N°
002-2017
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de
la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411
del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar al señor Rafael González
Palacios, cédula de identidad N° 109500889, Asesor de la Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad, para que participe en la “Primera Reunión
Internacional de Formación para PISA 2018”; que se realizará en Atenas, Grecia
del 23 al 27 de enero de 2017.
Artículo
2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán
cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria
10503, para un monto de mil setecientos dólares con cero centavos de dólar
($1.700,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán
cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria
10504 por un monto de mil seiscientos cincuenta dólares con cero centavos de
dólar ($1.650,00), para un monto total de tres mil trecientos cincuenta dólares
con cero centavos de dólar ($3.350.00). Todo lo anterior sujeto a la
liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo
3°—El señor González Palacios en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4°—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010
referente al “Millaje”, todo funcionario público que realice un viaje
financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por
tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación
Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.
Artículo
5°—Que durante los días del 21 al 28 de enero de 2017, en que se autoriza la
participación del señor Rafael González Palacios en la “Primera Reunión
Internacional de Formación para PISA 2018”, devengará el 100% de su salario.
Artículo
6°—El presente acuerdo rige a partir del día 21 al 28 de enero de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los diez días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
Alicia Eugenia Vargas
Porras, Ministra de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. N°
3400031154.—Solicitud N° 17351.—( IN2017125664 ).
N° MEP
003-2016
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de
la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411
del 12 de diciembre del 2016) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos
de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General
de la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Antonio Alberto
Calvo Leiva, cédula de identidad N° 302690088, Asesor Nacional de la Dirección
de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, para que participe en la
“Reunión del grupo de expertos nacionales sobre VET (Educación Técnica y
Vocacional) y Aprendizaje y Aptitudes para Adultos”; que se realizará en Paris,
Francia los días 19 y 20 de enero de 2017.
Artículo
2º—Que durante los días 21 al 22 de enero del 2017, el señor Calvo Leiva se
acogerá a su período de vacaciones, con regreso al país el día 23 de enero de
2017.
Artículo 3º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida
presupuestaria 10503, para un monto de dos mil ciento diez dólares con cero
centavos de dólar ($2.110,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y
manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la
subpartida presupuestaria 10504 por un monto de novecientos noventa y cinco
dólares con cero centavos de dólar ($995,00), para un monto total de tres mil
ciento cinco dólares con cero centavos de dólar ($3.105,00). Todo lo anterior
sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo
4º—El señor González Palacios en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
5º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010
referente al “Millaje”, todo funcionario público que realice un viaje financiado
con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el
funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública
el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.
Artículo
6º—Que durante los días del 17 al 23 de enero del 2017, en que se autoriza la
participación del señor Antonio Alberto Calvo Leiva en la “Reunión del grupo de
expertos nacionales sobre VET (Educación Técnica y Vocacional) y Aprendizaje y
Aptitudes para Adultos”, devengará el 100% de su salario.
Artículo
7º—El presente acuerdo rige a partir del día 17 al 23 de enero del 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los diez días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
Alicia Eugenia Vargas
Porras, Ministra de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. Nº
3400031154.—Solicitud Nº 17351.—( IN2017125665 ).
MEP
004-2017
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47)
inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico
correspondiente al año 2017 (Ley N°9411 del 12 de diciembre de 2016) y en el
artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA
Artículo 1º—Designar al señor Marco Tulio
Fallas Díaz, cédula de identidad N° 104180912, Viceministro Administrativo de
Educación, para que participe en la “Reunión Regional de Ministros de Educación
de América Latina y el Caribe” que se realizará en Buenos Aires, Argentina los
días 24 y 25 de enero del 2017.
Artículo
2º—Se autoriza al señor Fallas Díaz permiso para ausentarse de sus funciones
los días 26 y 27 de enero de 2017.
Artículo
3º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por el Ministerio de
Educación y Deportes de la República de Argentina y la Organización de las
Naciones Unidas para la Ciencias y la Cultura, Santiago (UNESCO).
Los
gastos correspondientes al alojamiento y manutención de los días del 26 al 27
de enero del 2017, serán asumidos en su totalidad por el señor Viceministro de
su propio peculio, por lo que no existe erogación alguna con cargo al erario
público.
Artículo
4º—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos e impuestos de
salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa
Presupuestario 550-00 mediante la subpartida presupuestaria 10503. Además se
cubrirán todos aquellos gastos por hospedaje y alimentación del 22 al 25 de
enero que estén no previstos, que serán cubiertos por subpartida presupuestaria
10504 del mismo Programa. Todo lo anterior sujeto a la liquidación
correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo
5º—El señor Fallas Díaz en un plazo de ocho días naturales contados a partir de
su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la
Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las
actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados
para la institución y para el país en general.
Artículo
6º—El presente acuerdo rige a partir del día 22 al 27 de enero de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veinte días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17351.—( IN2017125666 ).
Nº MEP 009-2017
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar
a la señora María Alexandra Ulate Espinoza, cédula de identidad N° 2-0483-0904,
Asesora del Viceministerio de Planificación Regional y Coordinación Regional,
para que participe en el “Seminario Internacional sobre buenas prácticas
educativas ante el riesgo de exclusión de niñas, niños y adolescentes”, que se
realizará en Ciudad México, México, los días 08 y 09 de febrero de 2017.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos
por: la Oficina en México del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia
(UNICEF).
Artículo 3º—La señora Ulate Espinoza en un
plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar
un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos
Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades
desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la
institución y para el país en general.
Artículo 4º—Que durante los días del 07 al 10
de febrero del 2017, en que se autoriza la participación de la señora María
Alexandra Ulate Espinoza en el “Seminario Internacional sobre buenas prácticas educativas
ante el riesgo de exclusión de niñas, niños y adolescentes”, devengarán el 100%
de su salario.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir
del día 07 al 10 de febrero del 2017.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los seis días del mes de febrero del año dos mil
diecisiete.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C.
Nº 3400031154.—Solicitud Nº 17351.—( IN2017125667 ).
N° MEP
013-2017
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47)
inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico
correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre de 2015) y en el
artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para
Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar al señor Miguel Ángel
Gutiérrez Rodríguez, cédula de identidad N° 401011074, Viceministro de
Planificación y Coordinación Regional, para que participe en la Reunión
“Encuentro Regional de alto nivel sobre la Agenda de Desarrollo Internacional
2030” y en la “VII Reunión del Consejo Rector del IESME”, que se realizará en Antigua,
Guatemala el 21 y 22 de febrero de 2017.
Artículo
2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por la Organización de
Estados Iberoamericanos para la Educación y la Cultura (OEI).
Artículo
3°—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos e impuestos de
salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa
Presupuestario 550-00 mediante la subpartida presupuestaria 10503. Además se cubrirán
todos aquellos gastos por hospedaje y alimentación no previstos, que serán
cubiertos por subpartida presupuestaria 10504 del mismo Programa. Todo lo
anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo
4°—El señor Gutiérrez Rodríguez en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
5°— El presente acuerdo rige a partir del día 20 al 23 de febrero de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17352.—( IN2017125696 ).
MEP
016-2017
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de
la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411
del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Carolina
López Castillo, cédula de identidad N° 1-0803-0548, Asesora Nacional de
Educación Preescolar del Departamento de Educación Preescolar, para que
participe en los “Aportes técnicos para el diseño de la Guía pedagógica para la
atención de niños y niñas menos de cuatro años en Costa Rica” en el marco del
proyecto Bilateral de Cooperación Técnica entre Países en Desarrollo (CTPD);
que se realizará en Santiago de Chile, Chile del 06 al 10 de marzo de 2017.
Artículo
2º—Que durante los días 11 de marzo de 2017, la señora López Castillo se
acogerá a su período de vacaciones, con regreso al país el día 12 de marzo de
2017.
Artículo 3º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida
presupuestaria 10503, para un monto de mil doscientos cincuenta dólares con
cero centavos de dólar ($1.250,00) y los gastos correspondientes al alojamiento
y manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la
subpartida presupuestaria 10504 por un monto de mil doscientos cincuenta
dólares con cero centavos de dólar ($1.250,00), para un monto total de dos mil
quinientos dólares con cero centavos de dólar ($2.500.00). Todo lo anterior
sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.
Artículo
4º—La señora López Castillo en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
5º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010
referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje
financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por
tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación
Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.
Artículo
6º—Que durante los días del 05 al 12 de marzo de 2017, en que se autoriza la
participación de la señora Carolina López Castillo en los “Aportes técnicos
para el diseño de la Guía pedagógica para la atención de niños y niñas menos de
cuatro años en Costa Rica” en el marco del proyecto Bilateral de Cooperación
Técnica entre Países entre Países en Desarrollo (CTPD), devengará el 100% de su
salario.
Artículo
7º—El presente acuerdo rige a partir del día 05 al 12 de marzo de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17352.—( IN2017125581 ).
MEP
018-2017
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de
la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411
del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA
Artículo 1º—Autorizar a la señora Michelle
Chaves Boulanger, cédula de identidad N° 1-1015-0578, Asesora del
Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación Regional, para que
participe en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una
cultura de derechos humanos”, que se realizará en Querétaro, México, del 17 al
20 de marzo de 2017.
Artículo
2º—Que durante los días 13 al 15 de marzo de 2017, la señora Chaves Boulanger
se acogerá a su período de vacaciones, con salida del país el día 13 de marzo
de 2017.
Artículo
3º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán
cubiertos por la interesada. Los gastos correspondientes al alojamiento,
manutención e inscripción serán cubiertos por el Programa Presupuestario 553-00
tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano,
mediante la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, por un monto de
ciento ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos de dólar ($184,50). Todo
lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo
establecido.
Artículo
4º—La señora Chaves Boulanger en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
5º—Que durante los días del 13 al 21 de marzo de 2017, en que se autoriza la
participación de la señora Michelle Chaves Boulanger en el “Cuarto encuentro
nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”,
devengará el 100% de su salario.
Artículo
6º—El presente acuerdo rige a partir del día 13 al 21 de marzo de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17352.—( IN2017125651 ).
MEP
019-2017
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de
la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411
del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Marianela
Jiménez Cabrera, cédula de identidad N°.1-0954-0952, Asesora del Viceministerio
de Planificación Institucional y Coordinación Regional, para que participe en
el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de
derechos humanos”, que se realizará en Querétaro, México, del 17 al 20 de marzo
de 2017.
Artículo
2º—Que durante los días 13 al 15 de marzo de 2017, la señora Jiménez Cabrera se
acogerá a su período de vacaciones, con salida del país el día 13 de marzo de
2017.
Artículo
3º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán
cubiertos por la interesada. Los gastos correspondientes al alojamiento,
manutención e inscripción serán cubiertos por el Programa Presupuestario 553-00
tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano,
mediante la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, por un monto de
ciento ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos de dólar ($184,50). Todo
lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo
establecido.
Artículo
4º—La señora Jiménez Cabrera en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los
beneficios logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
5º—Que durante los días del 13 al 21 de marzo de 2017, en que se autoriza la
participación de la señora Marianela Jiménez Cabrera en el “Cuarto encuentro
nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”,
devengará el 100% de su salario.
Artículo
6º—El presente acuerdo rige a partir del día 13 al 21 de marzo de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17352.—( IN2017125655 ).
N° MEP
021-2017
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de
la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411
del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA:
Artículo 1°—Autorizar al señor Rodrigo Vindas
Valerio, cédula de identidad N° 2-0538-0653, Asesor del Viceministerio de
Planificación Institucional y Coordinación Regional, para que participe en el
“Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos
humanos”, que se realizará en Querétaro, México, del 17 al 20 de marzo de 2017.
Artículo
2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán
cubiertos por el interesado. Los gastos correspondientes al alojamiento,
manutención e inscripción serán cubiertos por el Programa Presupuestario 553-00
tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano,
mediante la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, por un monto de
ciento ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos de dólar ($184,50). Todo
lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo
establecido.
Artículo
3°—El señor Vindas Valerio en un plazo de ocho días naturales contados a partir
de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a
la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan
las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios
logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4°—Que durante los días del 16 al 21 de marzo de 2017, en que se autoriza la
participación del señor Rodrigo Vindas Valerio en el “Cuarto encuentro nacional
de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”, devengará el 100%
de su salario.
Artículo
5°—El presente acuerdo rige a partir del día 16 al 21 de marzo de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17352.—( IN2017125671 ).
MEP
022-2017
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de
la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N°9411
del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Ginette
Corazzari Aguilar, cédula de identidad N° 1-0818-0211, Asesora del
Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación Regional, para que
participe en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una
cultura de derechos humanos”, que se realizará en Querétaro, México, del 17 al
20 de marzo de 2017.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán
cubiertos por la interesada. Los gastos correspondientes al alojamiento,
manutención e inscripción serán cubiertos por el Programa Presupuestario 553-00
tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano,
mediante la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, por un monto de
ciento ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos de dólar ($184,50). Todo
lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo
establecido.
Artículo
3º—La señora Corazzari Aguilar en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios
logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4º—Que durante los días del 16 al 21 de marzo de 2017, en que se autoriza la
participación de la señora Ginette Corazzari Aguilar en el “Cuarto encuentro
nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”,
devengará el 100% de su salario.
Artículo
5º—El presente acuerdo rige a partir del día 16 al 21 de marzo de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17352.—( IN2017125678 ).
N° MEP
024-2017
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar al señor Walter Muñoz
Caravaca, cédula de identidad N° 01-0824-0326, Director de la Dirección de
Infraestructura y Equipamiento Educativo, para que participe en el “XI Taller
Regional del proyecto Aprendizaje en la Escuelas del Siglo XXI”, que se
realizará en la Ciudad de Bridgetown, Barbados del 28 al 30 de marzo del 2017.
Artículo
2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID).
Artículo
3°—El señor Muñoz Caravaca en un plazo de ocho días naturales contados a partir
de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a
la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan
las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios
logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4°—Que durante los días del 27 al 31 de marzo de 2017, en que se autoriza la participación
del señor Walter Muñoz Caravaca en el “XI Taller Regional del proyecto
Aprendizaje en la Escuelas del Siglo XXI”, devengará el 100% de su salario.
Artículo
5°—El presente acuerdo rige a partir del 27 al 31 de marzo de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17352.—( IN2017125683 ).
Nº MEP
025-2017
EL
MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Andrea
Méndez Calderón, cédula de identidad N° 111050325, Profesional del Servicio
Civil 2 de la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, para que
participe en el “Programa de Lengua, Política y Cultura Coreana”, que se
realizará en Corea del Sur, del 06 de marzo al 19 de mayo del 2017.
Artículo
2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte, alojamiento y
manutención, serán cubiertos por: el Instituto Coreano de la Universidad de
Yonsei.
Artículo
3º—Que durante los días del 06 de marzo al 19 de mayo de 2017, en que se
autoriza la participación de la señora Andrea Méndez Calderón en el Programa de
Lengua, Política y Cultura Coreana, devengará el 100% de su salario.
Artículo
4º—El presente acuerdo rige a partir del 06 de marzo al 19 de mayo del 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los seis días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.
Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de
Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17353.—(
IN2017125562 ).
N°
27-2017 AC
Veinte de
marzo del dos mil diecisiete
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN
PÚBLICA
Con fundamento en los artículos 140, inciso
2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto
de Servicio Civil, la Resolución #12756 de las ocho horas treinta minutos del
veintisiete de febrero del dos mil diecisiete del Tribunal de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin
responsabilidad para el Estado, a la servidora Maureen Téllez Jiménez, mayor de
edad, cédula de identidad N° 06-0298-0368, quien labora como Profesora de
Idioma Extranjero en la Escuela San Francisco de Agua Buena, adscrita a la
Dirección Regional de Educación de Coto, del Ministerio de Educación Pública.
Artículo
2º—El presente acuerdo rige a partir del treinta y uno de marzo del dos mil
diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. N°
3400031607.—Solicitud N° 15840.—( IN2017125881 ).
N° MEP
028-2017
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar a
los señores Berny Salazar Rojas, cédula de identidad N° 303490145, Jefe del
Departamento de Redes y Telecomunicaciones de la Dirección de Informática de
Gestión; Pablo Ariel Mora Segura, cédula de identidad N° 111290872, Profesional
en Informática 3 del Departamento de Redes y Telecomunicaciones de la Dirección
de Informática de Gestión y la señora Stehpanie Carvajal Miranda, cédula de
identidad N° 111900888, Profesional en Informática 1C del Departamento de
Adquisición Tecnológica de la Dirección de Informática de Gestión, para que
participe en el “CeBIT 2017-Global event for digital business”, que se
realizará en Alemania, del 20 al 24 de marzo de 2017.
Artículo
2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte, alojamiento y
manutención, serán cubiertos por: CeBIT 2017-Organizadores del evento.
Artículo
3°—Los señores Salazar Rojas, Mora Segura y la señora Carvajal Miranda en un
plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar
un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos
Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades
desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la
institución y para el país en general.
Artículo
4°—Que durante los días del 19 al 27 de marzo de 2017, en que se autoriza la
participación de los señores Berny Salazar Rojas, Pablo Ariel Mora Segura y la
señora Stehpanie Carvajal Miranda en el “CeBIT 2017-Global event for digital business”,
devengarán el 100% de sus salarios.
Artículo
5°—El presente acuerdo rige a partir del 19 al 27 de marzo de 2017.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.
Sonia Marta Mora Escalante,
Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N°
17353.—( IN2017125565 ).
Nº
MEP-100-2016
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA
Artículo 1º—Designar al señor Iván Mena
Hidalgo, cédula de identidad N° 108560488, Director de la Dirección de
Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, para que participe en el “VI
Diálogo regional de mercados laborales y seguridad Social”, que se realizará en
Washington D.C. Estados Unidos de América del 04 al 07 de octubre del 2016.
Artículo
2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID).
Artículo
3º—El señor Mena Hidalgo en un plazo de ocho días naturales contados a partir
de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a
la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las
actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados
para la institución y para el país en general.
Artículo
4º—Que durante los días del 03 al 08 de octubre del 2016, en que se autoriza la
participación del señor Iván Mena Hidalgo en el “VI Diálogo regional de
mercados laborales y seguridad Social”, devengará el 100% de su salario.
Artículo
5º—El presente acuerdo rige a partir del 03 al 08 de octubre del 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17351.—( IN2017125668 ).
Nº MEP 127-2016
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 140v 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar
a la señora Ana Lorena Orozco Alvarado, cédula de identidad N° 401480814,
Asesora de Educación 2 del Departamento de Salud y Ambiente de la Dirección de
Vida Estudiantil, para que participen en el “CEPA FAIR PROGRAMME”, que se
realizará en Cancún-México, del 04 al 18 de diciembre de 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos
por: la Agenda de Cooperación Internacional de Japón (JICA).
Artículo 3º—La señora Orozco Alvarado en un
plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar
un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos
Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades
desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la
institución y para el país en general.
Artículo 4º—Que durante los días del 03 al 19
de diciembre del 2016, en que se autoriza la participación de la señora Ana
Lorena Orozco Alvarado en el “CEPA FAIR PROGRAMME”, devengarán el 100% de su
salario.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir
del día 03 al 19 de diciembre del 2016.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil
dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C.
Nº 3400031154.—Solicitud Nº 17351.—( IN2017125647 ).
N° MEP
133-2016
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de
la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341
del 10 de diciembre de 2015) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de
Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de
la República.
ACUERDA:
Artículo 1º—Autorizar a la señora Alicia
Eugenia Vargas Porras, cédula de Identidad N° 103620899, Viceministra Académica
de Educación Pública, para que participe en la “36° Reunión Ordinaria de la
CECC/SICA”, que realizará el 30 de noviembre del 2016 en la ciudad de Managua,
Nicaragua.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán
cubiertos por la Coordinación Educativa y Cultural Centroamericana (CECC-SICA)
y los gastos correspondientes a la manutención y hospedaje serán cubiertos por
el Gobierno de Nicaragua.
Artículo
3º—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos e impuestos de
salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa
Presupuestario 550-00 mediante la subpartida presupuestaria 10503. Además se
cubrirán todos aquellos gastos por hospedaje y alimentación no previstos, que
serán cubiertos por subpartida presupuestaria 10504 del mismo Programa. Todo lo
anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido
Artículo
4º—Que la señora Vargas Porras en un plazo de ocho días naturales contados a
partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con
copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se
describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios
logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
5º—El presente acuerdo rige a partir del día 30 de noviembre al 1° de diciembre
del 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintitrés días del mes noviembre del año dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 3400031154.—Solicitud
Nº 17351.—( IN2017125648 ).
N° MEP
135-2016
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar al señor Pablo Mena
Castillo, cédula de identidad N° 205120432, Jefe del Departamento de Evaluación
Académica y Certificación de la Dirección de Gestión y Evaluación de la
Calidad, para que participen en la “Convocatoria a la jornada de inducción del
Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación
(LLECE)”, que se realizará en La Paz, Bolivia, los días 23 y 24 de noviembre de
2016.
Artículo
2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y
alimentación serán cubiertos por: el Ministerio de Educación del Estado
Plurinacional de Bolivia.
Artículo
3º—El señor Mena Castillo en un plazo de ocho días naturales contados a partir
de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a
la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan
las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios
logrados para la institución y para el país en general.
Artículo
4º—Que durante los días del 22 al 25 de noviembre del 2016, en que se autoriza
la participación del señor Pablo Mena Castillo en la “Convocatoria a la jornada
de inducción del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la
Educación (LLECE)”, devengarán el 100% de su salario.
Artículo
5º—El presente acuerdo rige a partir del día 22 al 25 de noviembre del 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante,
Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17351.—(
IN2017125649 ).
N° MEP
136-2016
LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo
140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1°—Designar al señor Warner Ruiz
Chaves, cédula de identidad N° 111510700, Asesor Nacional de la Dirección de
Desarrollo Curricular, para que participen en el “Encuentro el rol del sector
educación para el logro de la meta 8.7 en el marco de la iniciativa Regional
América Latina y el Caribe libre de trabajo”, que se realizará en la ciudad
Fortaleza, Brasil, del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2016.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y
regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por: el Gobierno de Brasil y
la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Artículo
3°—El señor Ruiz Chaves en un plazo de ocho días naturales contados a partir de
su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la
Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las
actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados
para la institución y para el país en general.
Artículo 4°—Que durante los días del 26 de noviembre al 03 de
diciembre del 2016, en que se autoriza la participación del señor Warner Ruiz
Chaves en el “Encuentro el rol del sector educación para el logro de la meta
8.7 en el marco de la iniciativa Regional América Latina y el Caribe libre de
trabajo”, devengarán el 100% de su salario.
Artículo
5°—El presente acuerdo rige a partir del día 26 de noviembre al 03 de diciembre
del 2016.
Dado en el Ministerio de Educación Pública, a
los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.
Sonia Marta Mora
Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud
N° 17351.—( IN2017125650 ).
Nº MEP 139-2016
LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en lo
dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora Olga Fatjó Olasz, cédula de identidad
N° 01-0631-0355, Asesora Nacional del Departamento de Primero y Segundo Ciclos
de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participe en el “Encuentro
con autoridades de la Academie de Lyon”, que se realizará en Francia, del 13 al
16 de diciembre de 2016.
Artículo 2º—Los gastos por concepto de
transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje, y alimentación serán cubiertos
por: el Instituto Francés de América Central (IFAC).
Artículo 3º—La señora Fatjó Olasz en un plazo
de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un
informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos
Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas,
los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para
el país en general.
Artículo 4º—Que durante los días del 11 al 18
de diciembre del 2016, en que se autoriza la participación de la señora Olga
Fatjó Olasz en el “Encuentro con autoridades de la Academie de Lyon”,
devengarán el 100% de su salario.
Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir
del día 11 al 18 de diciembre del 2016.
Dado en el Ministerio
de Educación Pública, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil
dieciséis.
Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C.
Nº 3400031154.—Solicitud Nº 17351.—(IN2017125663 ).
N°
069-2017
EL
MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos
140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28
inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227
del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el
Diario Oficial La Gaceta el 12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto
Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017
y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte
para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República,
y
Considerando:
I.—Que como parte del seguimiento a la
cooperación internacional en materia de facilitación de comercio, la Agencia
Mexicana de Cooperación Internacional (AMEXCID) y la Agencia de los Estados
Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), en coordinación con los países
de la región centroamericana a través de la Secretaría de Integración Económica
Centroamericana (SIECA) y la Dirección Ejecutiva de Proyecto Mesoamérica, están
ofreciendo el Taller sobre Ventanilla Única de Comercio Exterior con énfasis en
el uso de herramientas digitales como apoyo al comercio y a la
interoperabilidad de la información.
II.—Que
el fortalecimiento de capacidades es un ingrediente esencial para que los
países de la región hagan frente a los temas de facilitación de comercio, por
ello AMEXCID y USAID elaboraron una agenda destinada al fortalecimiento de
capacidades para el manejo y administración de los portales de ventanillas
únicas en Centroamérica.
III.—Que
bajo este contexto, del 14 al 16 de marzo del 2017, en Guatemala, se llevará a
cabo el Taller sobre Ventanilla Única de Comercio Exterior con énfasis en el
uso de herramientas digitales como apoyo al comercio y a la interoperabilidad
de la información.
IV.—Que
la participación de la señora María Fernanda Bolaños Salas, resulta de
particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar a la señora María
Fernanda Bolaños Salas, portadora de la cédula número 1-1371-0219, funcionaria
de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en el Taller sobre
Ventanilla Única de Comercio Exterior con énfasis en el uso de herramientas
digitales como apoyo al comercio y a la interoperabilidad de la información, a
efectuarse en Guatemala del 14 al 16 de marzo de 2017. Durante su estadía
procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) analizar las
recomendaciones para la implementación de la VUCEM; 2) reingeniería de
procesos; 3) validar la contratación de consultoría para implementar y
construir VUCEM; 4) participar en la mesa de trabajo: Certificados electrónicos
fitosanitarios; y 5) participar en la mesa de trabajo: Intercambio de
información electrónica de regulaciones o restricciones no arancelarias.
Artículo
2º—Los gastos de la señora María Fernanda Bolaños Salas, correspondientes al
boleto aéreo de ida y regreso, el hospedaje y la alimentación para los días que
van del 13 al 17 de marzo, serán financiados por la Agencia de los Estados
Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID). El transporte terrestre en
Costa Rica y en Guatemala, será cubierto con recursos del Ministerio de
Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10501 y 10503; el seguro médico
viajero, por la subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los
gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de
documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos
conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de
Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política
de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto
a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa
796. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de
destino viaja a partir del 13 de marzo y regresa a Costa Rica hasta el 17 de
marzo de 2017.
Artículo
3º—Rige a partir del 13 al 17 de marzo de 2017.
San José, a los nueve días del mes de marzo
del dos mil diecisiete.
Jhon Fonseca Ordóñez,
Ministro de Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud N°
14948.—( IN2017125296 ).
N°
0409-2016
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE COMERCIO
EXTERIOR
Con fundamento en los artículos 140 incisos
3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo
primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración
Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de
1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y
de la Promotora del Comercio Exterior de
Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N°
34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley
de Régimen de Zonas Francas; y
Considerando:
I.—Que mediante Acuerdo
Ejecutivo N° 131-2006 de fecha 13 de junio del 2006, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 134 del 12 de julio del 2006; modificado por el
Acuerdo Ejecutivo N° 308-2006 de fecha 27 de noviembre del 2006, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N° 06 del 9 de enero del 2007; por el
Acuerdo Ejecutivo N° 828-2008 de fecha 15 de diciembre del 2008, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N° 112 del 11 de junio del 2009; por el
Acuerdo Ejecutivo N° 396-2009 de fecha 6 de julio del 2009, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 171 del 2 de setiembre del 2009; por el
Acuerdo Ejecutivo N° 291-2011 de fecha 9 de agosto del 2011, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 202 del 21 de octubre del 2011; por el
Acuerdo Ejecutivo N° 537-2012 de fecha 17 de diciembre de 2012, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 37 del 21 de febrero del 2013; por el
Acuerdo Ejecutivo N° 314-2014 de fecha 9 de setiembre del 2014, publicado en el
Diario Oficial La Gaceta N° 20 del 29 de enero del 2015; por el Acuerdo
Ejecutivo N° 339-2014 de fecha 4 de noviembre de 2014, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 20 del 29 de enero del 2015; y por el Acuerdo
Ejecutivo N° 300-2016 de fecha 17 de junio de 2016, actualmente en trámite; a
la empresa Parque Industrial y de Servicios Coyol Sociedad Anónima; cédula
jurídica número 3-101-415299, se le concedieron los beneficios e incentivos
contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa
administradora de parques, de conformidad con lo dispuesto en el inciso ch) del
artículo 17 de dicha Ley.
II.—Que
mediante documentos presentados los días 01 y 15 de febrero, 04, 11, 16, 17 y
22 de agosto de 2016, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora
del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Parque
Industrial y de Servicios Coyol Sociedad Anónima; cédula jurídica número
3-101-415299, solicitó la reducción del área declarada como Zona Franca.
III.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con
arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la
sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la
empresa Parque Industrial y de Servicios Coyol Sociedad Anónima; cédula
jurídica número 3-101-415299, con fundamento en las consideraciones técnicas y
legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER
N° 108-2016, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación
del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N°7210, sus reformas
y su Reglamento.
IV.—Que
se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 131-2006
de fecha 13 de junio de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 134 del 12 de julio de 2006 y sus reformas, para que en el futuro la
cláusula segunda se lea de la siguiente manera:
“2. Declárese Zona Franca donde
se desarrollará el proyecto, de conformidad con la Ley N° 7210 y su Reglamento,
sea la finca que se detalla a continuación: sita en Distrito San José, Cantón
Alajuela, de la Provincia de Alajuela, inscrita en el Registro Nacional, Sección
Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 64038-F-000, la cual
describe un área total de 129.126,39 m2 metros cuadrados.”
2º—En todo lo que no ha sido expresamente
modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 131-2006 de
fecha 13 de junio de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
134 del 12 de julio del 2006 y sus reformas.
3º—Rige
a partir de su notificación.
Dado en la Presidencia de la República. San
José, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.
Comuníquese y
publíquese.—Luis Guillermo Solís Rivera.—El Ministro de Comercio Exterior,
Alexander Mora Delgado.—1 vez.—( IN2017125692 ).
N°
MJP-017-2017
El
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
En el ejercicio de las atribuciones que les
confieren los artículos 140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política.
Considerando:
I.—Que de conformidad con lo establecido en
el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil, Ley N° 1581 del 31 de mayo de
1953, para que se consideren servidores del
Poder Ejecutivo, los trabajadores a su servicio remunerados por el erario
público deben de ser nombrados por acuerdo formal publicado en el diario
oficial.
II.—Que
en virtud de lo anterior el Departamento de Gestión Institucional de Recursos
Humanos del Registro Nacional, levantó la lista de servidores de primer ingreso
de los funcionarios nombrados en propiedad que han iniciado en la función
pública en esta Sede Administrativa a partir del 01 de mayo del 2016 al 16 de
setiembre del 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1°—Con fundamento en los artículos
140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio
Civil, se acuerda considerar nombrados en propiedad a partir de la fecha
señalada a los siguientes funcionarios:
Artículo 2°—Los nombramientos anteriormente
indicados, rigen a partir de las fechas mencionadas.
Dado en la Presidencia de la República. San
José, al primer día del mes de febrero del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 17-0179.—Solicitud N°
10716.—( IN2017125868 ).
N° 000599.—Ministerio de Obras Públicas y
Transportes.—San José, a las ocho horas y veinte minutos del día treinta y uno
del mes de marzo del dos mil diecisiete.
Diligencias
de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en
relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado
“Intercambio de Paso Ancho”.
Resultando:
1°—Mediante oficio N° DAJ-ABI-2017-0902 de 23
de marzo del 2017, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes
Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes,
se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con
el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de
anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11
de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de
febrero del 2015, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de
la Propiedad, al sistema de folio real, matrícula N° 276996-000, cuya
naturaleza es terreno para construir con una casa, situado en el distrito 11
San Sebastián, cantón 01 San José de la provincia de San José, con una medida
de 380,97 metros cuadrados, según el registro Público y con una medida de
495,97 metros cuadrados, según plano catastrado N° 1-1892321-2016 y cuyos
linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte
con Joaquín Calderón Araya, al sur con El Estado, al este con Importadora Gusdi
S. A. y al oeste con Importadora Gusdi S.A.
2°—Del
referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno
equivalente a 72,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 1-1892321-2016.
Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado
“Intercambio de Paso Ancho”.
3°—Constan
en el expediente administrativo N° 29.283 a que se refiere este acto
resolutivo, los siguientes documentos:
a) Plano catastrado N° 1-1892321-2016, mediante el cual se establece
que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un
área total de 72,00 metros cuadrados.
b) Estudio sobre la inscripción del inmueble;
c) Información básica sobre el propietario, la ubicación y
características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere
obtener, y los bienes a valorar;
4°—En razón de lo anterior y por constituir
de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble
para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente
administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,
Considerando:
De conformidad con las disposiciones
contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes, N° 4786 del 5 de julio de 1971 y
sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a
cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia,
ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas
otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las
disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con
Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998.
La Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de noviembre de 2014,
publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, establece en
sus artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública
requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar
derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea
declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que
contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro
Público.
De
conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés
público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:
a) Inscripción al Registro Público de la Propiedad, al sistema de
folio real, matrícula N° 276996-000.
b) Naturaleza: terreno para construir con una casa.
c) Ubicación: Situado en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San
José de la provincia de San José. Linderos los indicados en el plano catastrado
N° 1-1892321-2016.
d) Propiedad: Flor María Morales Campos, cédula N° 1-333-929.
e) De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 72,00
metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Intercambio de
Paso Ancho”, según se ha establecido supra.
Además, conforme a lo establecido por el
artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de
anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad, en relación con
dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.
Procedan
las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del
procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la
Ley N° 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto:
EL
MINISTRO DE OBRAS PUÚBLICAS Y TRANSPORTES,
RESUELVE:
1°—Declarar de interés público, respecto al
inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad, al sistema de folio
real, matrícula N° 276996-000, situado en el distrito 11 San Sebastián, cantón
01 San José de la provincia de San José y propiedad de Flor María Morales
Campos, cédula N° 1-333-929, una área total de 72,00 metros cuadrados, y cuyos
linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N°
1-1892321-2016, necesarias para la construcción del proyecto denominado
“Intercambio de Paso Ancho”.
2°—Ordénese
mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad,
del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como
necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo
prescrito por la Ley N° 9286.
3°—Procedan
las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento
establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial
observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley
de Expropiaciones.
Publíquese
y notifíquese.
Carlos Villalta
Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N°
4910.—Solicitud N° 81983.—( IN2017125723 ).
CONSEJO
NACIONAL DE CONCESIONES
N°
001-2017-CNC
LA
SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO
NACIONAL DE CONCESIONES
En el ejercicio de las atribuciones que le
confiere el artículo 192 de la Constitución Política, los artículos 2 y 27 del
Estatuto de Servicio Civil, Ley N° 1581 y sus reformas y los artículos 7.3, 9.2
y 10.1 de la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos,
N° 7762 y sus reformas:
ACUERDA:
1.—Nombrar en propiedad en el Consejo
Nacional de Concesiones (CNC), órgano adscrito del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, a las siguientes personas:
Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
2.—Ascender en propiedad en el Consejo
Nacional de Concesiones CNC), órgano adscrito del Ministerio de Obras Públicas
y Transportes, a las siguientes personas:
Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
3.—Los Nombramientos y Ascensos en propiedad
rigen a partir de las fechas indicadas.
Dado en la Secretaría Técnica del Consejo
Nacional de Concesiones, Montes de Oca, a los 29 días del mes de marzo del dos
mil diecisiete.
Publíquese.—Silvia Jiménez Cascante,
Secretaria Técnica a . í.—1 vez.—O. C. N° 009.—Solicitud N° 9328.—(
IN2017125547 ).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 005-2017.—San José, 03 de marzo 2017. Con
fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución
Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el
Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, al siguiente funcionario:
Nombre Cédula Puesto Nº Clase puesto
Marlon Barrelier
Pérez 01-0784-0352 509109 Profesional de
Servicio
Civil 2
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de noviembre
del 2016.
Publíquese.—Ing. Germán
Valverde González, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. N° 4910.—Solicitud N°
81985.—( IN2017125725 ).
N° 006-2017.—San José, 10 de marzo 2017.Con
fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución
Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el
Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, al siguiente funcionario:
Nombre Cédula N° puesto Clase puesto
Andrés Felipe
Zamora Coto 01-1398-0847 503538 Profesional
de Servicio
Civil
2
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de diciembre
del 2016.
Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. German
Valverde González, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. N° 4910.—Solicitud N°
81987.—( IN2017125727 ).
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 01, Folio 07, Título N° 024, emitido por el Liceo de Katira, en el año
dos mil uno, a nombre de Luna Ordóñez Edward, cédula 5-0338-0910. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los trece días del mes de marzo del dos mil
diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017124650 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 80, título N° 321,
emitido por el West College, en el año dos mil trece, a nombre de Villalobos
Peralta Rebeca, cédula 1-1648-0290.Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los treinta días del mes de marzo del dos mil
diecisiete.—Med.—Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( 2017126228 )
REGISTRO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Este Registro ha procedido a la inscripción
de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización
social denominada Sindicato de Trabajadores Municipales de Costa Rica, siglas
STMDECR, acordada en asamblea celebrada el día 27 de enero del 2017. Expediente
S-M002. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de
Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
se envía un extracto de la inscripción para
su publicación en el diario oficial La Gaceta. La reforma ha sido
inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante
tomo: 16, folio: 247, asiento: 4933 del 14 de marzo de 2017. La reforma el artículo
49 del Estatuto. 14 de marzo de 2017.—Depto. Organizaciones Sociales.—Licda.
Eugenia Segura Fallas, Subdirectora, de Asuntos Laborales.—Exonerado.—(
IN2017125040 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la
reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada:
Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples la Amistad, siglas:
COOPEAMISTAD R.L., la cual fue aprobada en Asamblea celebrada el día 26 de
febrero de 2016. Resolución C-0010. En cumplimiento con lo dispuesto en el
artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y sus reformas y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente
y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 54 inciso b) del
Estatuto.—San José, 15 de febrero de 2017.—Lic.
Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—( IN2017125760 ).
Este
registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada:
Servicios Multiples Integrales Cooperativos R. L. siglas INTECOOP R.L. acordada
en asamblea celebrada el 15 de julio del 2016. Resolución 1618-CO. En
cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones
Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la
inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su
publicación en el diario Oficial La Gaceta. El Consejo de Administración
se formó de la siguiente manera:
Presidente |
Manuel
Sosa Renauld |
Vicepresidente |
Juan
José Diaz Bermúdez |
Secretario |
Bryan
Castro López |
Vocal 1 |
Ronald
Morales León |
Vocal 2 |
Lynford
Bryham Bermúdez |
Suplente 1 |
Diego
Alvarado Barquero |
Suplente 2 |
Mariángel
Guerrero Araya |
Gerente |
Sharon
Marín Jiménez |
17 de marzo del 2017.—Licda. Eugenia Segura
Fallas, Sub Directora, Asuntos Laborales.—1 vez.—( IN2017125828 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Para ver marcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A)
PÚBLICO(A). La
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes
de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.
piso, HACE SABER: Que ante este
Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: GIOVANNI VALVERDE RODRÍGUEZ, con cédula de
identidad número 1-0841-0662, carné número 10824. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta
del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Expediente Nº 17-000413-0624-NO.—San José, 19 de abril del
2017.—Unidad Legal Notarial.—Msc. Marjorie Mejías Orozco, Abogada.—1 vez.—(
IN2017127811 ).
HABILITACIÓN
DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: CAROLINA RAQUEL CORDERO
ZÚÑIGA, con cédula de identidad número 7-0202-0471 carné número 23828.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE
#17-000415-0624-NO.—San José, 17 de abril del 2017.—Unidad Legal
Notarial.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—( IN2017127854 ).
HABILITACIÓN
DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GUSTAVO JIMENEZ OCAMPO,
con cédula de identidad número 2-0407-0310 carné número 25290. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo
comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS
HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE #17-000268-0624-NO.—San
José, 17 de abril del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Tattiana Rojas Salgado,
Abogada.—1 vez.—( IN2017127935 ).
HABILITACIÓN
DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso,
HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN
como delegatario para ser y ejercer
la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: DIEGO ALEJANDRO
RUDÍN ARGUEDAS, con cédula de identidad número 1-1392-0375, carné número
23115. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial,
se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los
QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente
17-000502-0624-NO.—San José, 18 de abril del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Msc.
Marjorie MejÍas Orozco, Abogada.—1 vez.—( IN2017127943 ).
INSTITUTO
GEOGRÁFICO NACIONAL
DEPARTAMENTO
DE TOPOGRÁFICO Y
OBSERVACIÓN DEL TERRITORIO
AVISO Nº
2017-01
ZONA
MARÍTIMA TERRESTRE
Amojonamiento
de zona pública estero/manglar Juanita
De conformidad con lo dispuesto en el
artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre,
del 02 de marzo de 1977, el Instituto Geográfico Nacional comunica que el 02 de
diciembre de 2015 a marzo de 2016 se realizó la delimitación digital
georreferenciada de un sector de la zona pública de Estero/Manglar Juanita,
ubicado en distrito 02 Savegre, cantón 06 Quepas, provincia de 06 Puntarenas.
Las coordenadas de los puntos georrereferenciados que definen la delimitación
realizada, se indican en el sistema de proyección cartográfico oficial de Costa
Rica CRTM05, así como por referencia, en la proyección Lambed del Mapa
MBCR-1/50.000 Hoja Dominical, como sigue:
Sector de Estero/Manglar Juanita:
Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Los
datos técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados en la Geodatabase
Digital Georreferenciada de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) del IGN y en el
expediente 62A del Registro de la ZMT del IGN. Solo para efectos referenciales
de registro, es necesario indicar que las coordenadas corresponden a los puntos georrefenciados en el terreno que delimitan
el estero/manglar, los cuales fueron materializados temporalmente a través de
balizas para realizar las correspondientes mediciones topográficas.—Curridabat,
30 de marzo del 2017.—Msc. Max A. Lobo Hernández, Director.—1 vez.—(IN2017125601
).
DIRECCIÓN DE AGUA
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0862-2016.—Exp. N° 4082-A.—Municipalidad de Belén, solicita concesión
de: 35 litros por segundo del nacimiento La Ribera, efectuando la captación en
finca de Banco Improsa S. A en La Ribera, Belén, Heredia, para uso consumo
humano-poblacional. Coordenadas 220.300/516.650 hoja Abra. 20 litros por
segundo del nacimiento Zamora, efectuando la captación en finca de su propiedad
en San Antonio, Belén, Heredia, para uso consumo humano-poblacional.
Coordenadas 218.550 / 517.200 hoja ABRA. Predios inferiores: Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 21 de diciembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017127033 ).
ED-0076-2017.—Exp.
N° 11703-P.—Metalco S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-559 en finca de su
propiedad en Ceiba, Orotina, Alajuela. Para uso industria-metalúrgica.
Coordenadas 210.400 / 462.600 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 10 de marzo del 2017.—Departamento de Información.—Douglas
Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017127181 ).
ED-0075-2017. Expediente
Nº 11814P.—Metalco S. A., solicita concesión de: 3,5 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-557 en finca de su
propiedad en Ceiba, Orotina, Alajuela, para uso industria - metalúrgica.
Coordenadas 210.150 / 462.350 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 10 de marzo de 2017.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2017127182 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPNOB-0021-2017.—Exp.
N° 11385P.—María
Virginia, Cruz Vega, solicita concesión de: 0.02 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo ME-305 en finca de su
propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 288.875 / 379.750 Hoja Monteverde. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San Jose, 01 de marzo del 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque,
Pacífico Norte l.—Leonardo Solano Romero.—( IN2017127736 ).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
En resolución N° 2056-2017 dictada por el
Registro Civil a las diez horas veinte minutos del diecisiete de febrero del
dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 50581-2016, incoado por Keiling
María Pineda Duarte, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de
Maykel Snayder Toruño Pineda, que el nombre de la madre es Keiling María.—Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125561 ).
En resolución N° 2281-2017 dictada por el
Registro Civil a las nueve horas cincuenta y ocho minutos del veinticuatro de
febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 37459-2016, incoado
por Lusbeth Maritza Matamoros Dávila, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Lusbeth Maritza Matamoros Dávila, que el primer nombre de la
titular es Lizbeth, en el asiento de matrimonio de Alexander Barrios Santamaría
con Lusbeth Maritza Matamoros Dávila, que el primer nombre de la cónyuge es
Lizbeth, en los asientos de nacimiento de Scarlet Johana Barrios Matamoros,
Andrey Barrios Matamoros y Sengy Andreina Barrios Matamoros, que el primer
nombre de la madre es Lizbeth.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125575 ).
En resolución N° 2337-2017 dictada por el
Registro Civil a las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero
del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 54360-2016, incoado por
Martha Eliza Guzmán Valle, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de
Dariana Estela Mendoza Guzmán, que el nombre de la madre es Martha Eliza.—Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe
a. í.—1 vez.—( IN2017125578 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Claudia Solange Calero González, se ha dictado la resolución N°
975-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cuarenta minutos del
veintidós de febrero de dos mil dieciséis. Exp. N° 49922-2015. Resultando:
1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Mathías Gerardo Araya Calero,
en el sentido que el nombre de la madre es Claudia Solange.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—( IN2017125582 ).
En resolución N°
2239-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas cincuenta minutos del
veintitrés de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
34766-2012, incoado por Jessenia Jamileth Trejos Diaz, se dispuso rectificar en
los asientos de nacimiento de Brayan Enrique Ortiz Diaz y Breyner Bismark Ortiz
Diaz, que el nombre y apellidos de la madre son Jessenia Jamileth Trejos
Diaz.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125591 ).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Carmen Lidia Marín Espinoza, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3979-2013. Registro Civil,
Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las doce horas
cuarenta y cinco minutos del veintitrés de diciembre del dos mil trece. Ocurso
Expediente Nº 14957-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando:
I.—Hechos probados…, II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquense los
asientos de nacimiento de Sussy Nayeli Garbanzo Marín..., en el sentido que el
nombre y el segundo apellido de la madre de la misma son “Carmen Lidia” y
“Espinoza” respectivamente; el de Jensy Paola Zamora Portuguéz..., y Argerik
Yasmín Zamora Portuguéz..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la
madre de las mismas son “Carmen Lidia” y “Marín Espinoza” respectivamente.—Lic.
Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza
Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125595 ).
En resolución N°
1464-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas cincuenta y siete
minutos del tres de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
44705-2016, incoado por María José Calero Medina, se dispuso rectificar en el
asiento de nacimiento de Nataly Alexandra Sequeira Calero, que el primer nombre
del menor es Nathaly.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a.
í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125606 ).
En resolución N°
2894-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas tres minutos del
quince de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 52029-2016,
incoado por Xuexuan Chen, se dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de
Xin Wang Tang y Xuexuan Chen, que el nombre y apellido de la cónyuge son
Xuexuan Chen, hija de Ruisheng Lai y Yunying Lai.—Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2017125610 ).
En resolución N° 2318-2017 dictada por el
Registro Civil a las doce horas veinte minutos del veinticuatro de febrero del
dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 43995-2016, incoado por Scheyla
Tatiana Avendaño Andrades, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de
Danna Cristal Avendaño Andrade, que el primer nombre y segundo apellido de la
madre, consecuentemente el segundo apellido de la misma son Scheyla, Andrades y
Andrades.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125618 ).
En resolución N° 1739-2017 dictada por el
Registro Civil a las doce horas quince minutos del siete de febrero del dos mil
diecisiete, en expediente de ocurso N° 49933-2016, incoado por Tatiana Magali
Siles Flores, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Triana
Valentina Sotelo Siles, que el nombre y número del documento de identidad de la
madre son Tatiana Magali y 155824397107.—Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2017125652 ).
En resolución N° 1515-2017 dictada por el
Registro Civil a las quince horas veintisiete minutos del primero de febrero
del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 37896-2016, incoado por
Felicita del Socorro Telles, se dispuso rectificar en los asientos de
nacimiento de Estanislada Orozco Tellez y Geison de JesÚs Orozco Tellez, que el
nombre y apellido de la madre son Felicita del Socorro Telles.—Carlos Luis
Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2017125699 ).
Expediente N°
53664-2016. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San
José, a las catorce horas diez minutos del cinco de diciembre de dos mil
dieciséis. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de
nacimiento de Shichar Francini Gómez Mora, número quinientos ochenta y seis
(586), folio doscientos noventa y tres (293), tomo trescientos sesenta y tres
(363) de la provincia de Limón, en el sentido que debe tenerse como hija
únicamente de Francinie Mora López, costarricense. Conforme lo establecen los
artículos 5° del Código de Familia y 68 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo
de Elecciones y del Registro Civil, se le confiere audiencia por cinco días al
Patronato Nacional de la Infancia, con el propósito que se pronuncie en
relación con la presente gestión. Asimismo, previo a resolver lo que en derecho
corresponda, se otorga audiencia a Elizabeth de los Ángeles Mora López, cédula
Nº 6-0190-0338, y a José Luis Gómez Rivera, nicaragüense, para que se
manifiesten sobre el reconocimiento de la menor Schichar Francini, la primera
en calidad de abuela materna y el segundo en calidad de padre.
Notifíquese.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº
3400030797.—Solicitud Nº 81105.—( IN2017125711 ).
En resolución N° 2434-2017 dictada por el
Registro Civil a las ocho horas cuarenta y ocho minutos del veintiocho de
febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 47943-2016, incoado
por Margarita Del Socorro López, se dispuso rectificar en los asientos de
nacimiento de Gabriel De Jesús Castillo López y Stephannie Rubí Castillo López,
que el nombre y apellido de la madre son Margarita Del Socorro López.—Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.
í.—1 vez.—( IN2017125718 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Francisca de la Concepción Jirón no indica
otro apellido, se ha dictado la resolución N° 3490-2016, que en lo conducente
dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José,
a las nueve horas y diecisiete minutos del quince de junio del dos mil
dieciséis. Expediente N° 3660-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de José Iván Barrios Jirón, en el sentido que el apellido
de la madre es Jirón no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2017125720 ).
En resolución N° 2539-2017
dictada por el Registro Civil a las once horas treinta y seis minutos del tres
de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 27454-2016,
incoado por Nory Calderón Mugica, se dispuso rectificar en el asiento de
naturalización de Nory Calderón Mugica, que el nombre, apellidos y numero de
cedula de identidad del padre, así como nombre, apellidos y número de cédula de
identidad de la madre son Simón Rafael Calderón Fernández, Nº 8-0025-0022, y
Caridad Mugica Carbonell, Nº 8-0035-0694.—Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2017125722 ).
En
resolución N° 3354-2017 dictada por el Registro Civil a las quince horas
cincuenta y ocho minutos del veintitrés de marzo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso N° 1307-2017, incoado por Amarilis del Socorro Pérez
Pérez, se dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de Ricardo José Alaniz
y Amarelis del Socorro Pérez, que los apellidos del cónyuge, nombre y apellidos
de la cónyuge son Alaniz Álvarez, hijo de Anastasio Alaniz Rojas y Dolores
Álvarez Araica y Amarilis del Socorro Pérez Pérez, hija de Lina Fulgencia
Pérez.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125765 ).
En resolución N° 2206-2017
dictada por el Registro Civil a las trece horas cincuenta y tres minutos del
veintidós de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 47881-2016,
incoado por María Teresa Alvarado García, se dispuso rectificar en el asiento
de nacimiento de Yitson José Jarquín López y el asiento de nacimiento de Yazmin
Valeria López García, que el nombre y primer apellido de la madre son María
Teresa Alvarado.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125781 ).
Se
hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Francys Dayana Domínguez
Espinoza, se ha dictado la resolución N° 5799-2016, que en lo conducente dice:
Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las
catorce horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre de dos mil
dieciséis. Expediente N° 44670-2015. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el Fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el
asiento de nacimiento de Eydan Francisco Martínez Domínguez, en el sentido que
el segundo nombre de la madre es Dayana.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125796
).
Se hace saber que este Registro
en diligencias de ocurso incoadas por Karla Gabriela Gómez Zúñiga, ha dictado
una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2659-2007. Registro
Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez
horas del veintiuno de setiembre del dos mil siete. Expediente Nº 17352-2007.
Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Hechos
no probados:... III.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Karla Gabriela Gómez Zúñiga... en el sentido que los apellidos de
la madre de la misma son “Gómez Oviedo” y no como se consignó.—Licda. Marisol
Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González-Richmond, Jefa.—1
vez.—( IN2017125838 ).
En resolución N° 1124-2017
dictada por el Registro Civil a las quince horas once minutos del veinticuatro
de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 40059-2016, incoado
por José del Carmen Rosales, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento
de Noilyn Edith Rosales Urbina, que el nombre del padre es José del
Carmen.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125855 ).
En resolución N°
2188-2017 dictada por el Registro Civil a las nueve horas cuarenta minutos del
veintidós de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
51398-2016, incoado por Merys Alejandrina Páramo Silva, se dispuso rectificar
en el asiento de nacimiento de Jeymy Abigail García Páramo, que el nombre de la
madre es Merys Alejandrina.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial
Mayor.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017126005 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de naturalización
Debora asuncion
garcia vanegas, nicaragüense, cédula de residencia 155803138818, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la sección de
opciones y naturalizaciones del registro civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1512-2017.—San José, al ser
las 8:07 del 6 de abril del 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—(
IN2017125764 ).
José David Guerrero Cabrera,
nicaragüense, cédula de residencia N° 155811568214, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a
este Registro, término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. 3450-2016.—San José, a las 9:44 horas del 15 de marzo de
2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017125822 ).
Larry Moisés Toruño Salmerón,
nicaragüense, cédula de residencia 155804669222, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 1537-2017.—Heredia, Sarapiquí al ser las 10:58:11 del 27
de marzo de 2017.—Oficina Regional Sarapiquí.—Lic. Alexander Sequeira Valverde,
Jefe.—1 vez.—( IN2017125897 ).
Beatriz Concepción Caldera
Ruiz, nicaragüense, cédula de residencia 155817450202, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados
que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras
oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación
de este aviso. Expediente 1652-2017.—San José, al ser las 3:47 del 5 de abril
del 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017125906 ).
López Mena Rudy Martín,
nicaragüense, cédula de residencia 155813582500, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp.:1710-2017.—Alajuela, 5 de abril del 2017.—Luis
Guillermo Quesada Quesada, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125977 ).
Bayardo José Suarez
Sánchez, nicaragüense, cédula de residencia 155806991032, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. 1619-2017.—San José, 5 de abril de
2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017125998 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000001-UPIMS
Servicio de importación y
distribución
de drogas estupefacientes
La Proveeduría Institucional del Ministerio
de Salud, informa que recibirá propuestas hasta las 12:00 horas del viernes 05
de mayo de 2017, para la contratación de:
Línea única: Servicio de importación y
distribución de drogas estupefacientes.
El
cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha
contratación administrativa podrán retirarse por parte de los interesados, sin
costo alguno, a partir de la presente publicación en la Proveeduría
Institucional de ese Ministerio, sita tercer piso del edificio sur del
Ministerio de Salud, ubicado en la calle 16, avenidas 6 y 8.
San José, 03 de abril 2017.—Licda. Vanessa
Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N°
3400031658.—Solicitud N° 22152.—( IN2017126981 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2017CD-000259-01
Contratación
de una (1) empresa que brinde horas
por demanda
para la implementación de servicios
sobre la
plataforma de Microsoft Active
Directory
Federation Services (ADFS)
La Proveeduría General del Banco Nacional de
Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez (10:00 a. m.) horas, del
02 de mayo del 2017, para la “Contratación de una (1) empresa que brinde horas
por demanda para la implementación de servicios sobre la plataforma de
Microsoft Active Directory Federation Services (ADFS)”.
El
cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el Edificio
de la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de
Costa Rica en La Uruca a partir del presente comunicado, sin costo alguno.
La Uruca, 20 de abril del 2017.—Douglas
Noguera Porras, Supervisor Operativa/Proveeduría.—1 vez.—O. C. N°
524007.—Solicitud N° 82670.—( IN2017127516 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2017CD-000176-01
Contratación para el fortalecimiento y mejoramiento del proceso
de
Autoevaluación anual del Sistema de Control Interno
y del Sistema
Específico de Valoración de Riesgo
del Instituto
Costarricense de Puertos
del Pacífico
(INCOP)
El Departamento de Proveeduría del INCOP
invita a participar en la Contratación Directa N° 2017CD-000176-01 para la
“Contratación para el fortalecimiento y mejoramiento del proceso de
autoevaluación anual del sistema de Control Interno y del Sistema Específico de
Valoración de Riesgo del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico
(INCOP).”
Los
interesados en participar en esta Contratación podrán solicitar el Pliego de
Condiciones al correo jamadrigal@incop.go.cr o jbravo@incop.go.cr a partir de
la publicación de este aviso.
El
plazo para la recepción de ofertas vence el día 09 de mayo del 2017 a las 10:00
horas en la Oficina de Proveeduría del INCOP en Puerto Caldera.
Proveeduría.—Mba. Juan
Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. N° 28839.—Solicitud N°
82859.—( IN2017128031 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2017CD-000174-01
Contratación
de Servicios Profesionales de una persona física
o jurídica para realizar la
revisión y actualización
del manual integral de
contabilidad con base
en las Normas Internacionales
de Información Financieras
Aplicables a INCOP
El Departamento de Proveeduría del INCOP
invita a participar en la Contratación Directa N° 2017CD-000174-01 para la
“Contratación de Servicios Profesionales de una persona física o jurídica para
realizar la revisión y actualización del manual integral de contabilidad con
base en las Normas Internacionales de Información Financiera aplicables a
INCOP”.
Los
interesados en participar en esta Contratación podrán solicitar el Pliego de Condiciones
al correo jamadrigal@incop.go.cr o jbravo@incop.go.cr a partir de la
publicación de este aviso.
El
plazo para la recepción de ofertas vence el día 08 de mayo del 2017 a las 10:00
horas en la Oficina de Proveeduría del INCOP en Puerto Caldera.
Proveeduría.—Mba. Juan
Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O.C. N° 28839.—Solicitud N°
82857.—( IN2017128041 ).
GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS
DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS
DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
SUBÁREA GESTIÓN DE COMPRAS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000003-1150
Servicios de soporte Oracle de alto nivel
Se informa a los
interesados que está disponible el cartel de la Licitación mencionada
anteriormente, con apertura de ofertas para el 16 de mayo de 2017, a las 09:00
a.m. Valor aproximado del cartel ¢800,00. Ver mayores detalles en
http://www.ccss.sa.cr.
Máster Yehudi Céspedes Quirós.—1 vez.—( IN2017127789 ).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD REGIÓN HUETAR NORTE
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº
2017LN-000002-2499
Servicios de limpieza-Hospital Los Chiles
A los interesados en
participar en la Licitación Pública Nacional N° 2017LN-000002-2499, “Servicios
de limpieza-Hospital Los Chiles”, se les informa que el cartel con las especificaciones
técnicas y demás condiciones generales y legales, se encuentra disponibles en
la Unidad Gestión de Bienes y Servicios de la Dirección Regional de Servicios
de Salud Región Huetar Norte, ubicada 450 metros norte del Banco Popular en
Ciudad Quesada, lugar donde se realizará la recepción y apertura Ofertas, esta
última se llevará a cabo a los dieciséis (17) días hábiles siguientes a esta
publicación a las 10:00 horas. Mayor información en la página web
institucional, http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2499&tipo=LN.
Ciudad Quesada, San
Carlos, 20 de abril de 2017.—Unidad Gestión de Bienes y Servicios.—MBa. Sarly
Vanessa Chaves Fernández, Coordinadora Regional.—1 vez.—(IN2017127829 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
2017LA-000016-2101
Por
concepto de Vandetanib de 300 y 100 mg,
comprimidos recubiertos
Se informa a los interesados a participar en
la Licitación 2017LA-000016-2101 por concepto de Vandetanib de 300 y 100 mg,
comprimidos recubiertos, que la fecha de apertura de las ofertas es para el 18
de mayo del 2017, a las 8:30 a. m.
El
cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de
¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.
San José, 21 de abril del 2017.—Área Gestión
de Bienes y Servicios.—Licda. Laura Torres
C., Jefa.—1 vez.—( IN2017127872 ).
HOSPITAL
SAN RAFAEL DE ALAJUELA
LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LN-000001-2205
Suministros
para facoemulsificación de catarata
Se informa a los interesados que está
disponible el cartel correspondiente a la Licitación Pública N°
2017LN-000001-2205, para la adquisición de suministros para facoemulsificación
de catarata, su apertura se realizará el día 16 de mayo del 2017, a las 9:00
a.m.; ver detalles y más información en www.ccss.sa.cr, o venir a retirar el cartel
físico al Área de Contratación Administrativa.
Alajuela, 20 de abril del 2017.—Dirección
General.—Dr. Francisco Pérez Gutiérrez.—1 vez.—( IN2017128017 ).
DIRECCIÓN
EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL
CONCURSO
N° 2017LN-000001-3110
Sistema
Completo Video Endoscopia Digestiva
Se informa a todos los interesados que el
cartel está disponible en la Dirección Equipamiento Institucional, Subárea
Gestión Administrativa y Logística en la siguiente dirección: Cantón San José,
Distrito El Carmen, calle 3 Av. Central y 1° edificio Jiménez, piso 3 Altos de
Panadería Trigo Miel, se entregará en formato digital con la presentación de un
DVD o en la página Web http:www.ccss.sa.cr.
Fecha de apertura: 03 de julio de 2017. Hora:
10:00 horas. Lugar: Dirección Equipamiento Institucional, Subárea de Gestión
Administrativa y Logística (SAGAL)
San José 21 de abril de
2017.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Jorge Hidalgo Moraga.—1
vez.—( IN2017128038 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000007-01
Compra de equipo para tratamiento de agua
El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de
Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 16
de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el
cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en La Uruca 2.5 kilómetros
al oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O.C. Nº 25344.—Solicitud Nº 82638.—( IN2017127700 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000017-01
Contratación
de servicios de hospedaje, salones,
alimentación,
equipos, inmobiliario y realización
de los
actos protocolarios para la Asamblea
General de la OIT
(Del 07 al 11 de agosto del
2017)
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de
Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo
ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 17 de mayo del 2017. Los
interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el
Proceso de Adquisiciones sita en La Uruca 2.5 kilómetros al oeste del Hospital
México o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 82637.—( IN2017127703 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000011-01
Compra de equipo para peluquería
El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de
Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 15
de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el
cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en La Uruca 2.5 kilómetros
al oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 82639.— ( IN2017127707 ).
COMPRA
DIRECTA 2017CD-000038-03
Compra
de reactivos y medios de cultivo para laboratorio
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 02 de mayo del 2017.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en
el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del
cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 82635.—( IN2017127710 ).
PROVEEDURÍA
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000006-01
Suministro de
materiales y mano de obra para la
“reparación
del edificio Intendencia Limón
Terminal
Hernán Garrón Salazar
Fecha y hora de apertura 17 de mayo del 2017, a las 10:00 a. m.
El cartel con
las respectivas condiciones están disponibles en la Proveeduría Portuaria en
Limón, sita diagonal suroeste del Parque Vargas, entrada peatonal principal de
JAPDEVA, edificio de la Gerencia Portuaria, planta baja, en las Oficinas
Administrativas en San José, ubicadas 200 metros sur y 25 oeste de la Gran
Terminal de Buses del Caribe y en el sitio web de JAPDEVA.
Visita previa
de inspección al sitio de trabajo citado, a las 10:00 horas del 03 de mayo del
2017.
Limón, abril del 2017.—Lic. Walter Anderson
Salomons, Proveedor Admón. Portuaria.—1 vez.—O. C. N° 6401.—Solicitud N°
82851.—( IN2017128045 ).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
(Aviso de adjudicación)
Se comunica a todos los interesados en los
procedimientos de contratación que se dirán, que por acuerdos del Consejo
Superior del Poder Judicial en sesiones N° 35-17 y 37-17, celebradas el 18 de
abril del año en curso, artículos XIII, XI, XIV, XV respectivamente, se dispuso
adjudicar de la forma siguiente:
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2016LA-000087-PROV
Compra
de tabletas y computadoras con ambiente Macintosh
A: Importaciones Compufax de Costa Rica S. A., cédula jurídica
3-101-156606.
Línea 1: 32 Tabletas con sistema
operativo Android, marca Samsung, precio unitario ¢368.793,00, total
¢11.801.376,00.
A: Comercializadora AT del Sur S. A., cédula jurídica número
3-101-237629.
Línea 2: 2 Tabletas con sistema
operativo Windows, marca Microsoft Surface Pro3, precio unitario $889,95, total
$1.779,90.
A: Industrias de Computación Nacional S. A., cédula jurídica
3-101-088093.
Línea 3: 2 Computadoras con
ambiente Macintosh, precio unitario $5.752,03, total $11.504,06.
————
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2016LN-000006-PROV
Compra
de productos de limpieza amigables
con el ambiente, bajo la
modalidad
de entrega según demanda
A: Prolim PRLM S. A., cédula jurídica 3-101-242129,
Línea Nº 1: precio del paquete
de 4 unidades ¢1.976,00. Línea Nº 2: precio unitario ¢1.148,00. Línea Nº 3:
precio unitario ¢2.300,00. Línea Nº 4: precio unitario ¢2.460,00. Línea Nº 5:
precio unitario ¢2.460,00. Línea Nº 6: precio unitario ¢1.198,00. Línea Nº 7:
precio unitario ¢28.990,00. Línea Nº 8: precio unitario ¢360,00. Línea Nº 9:
precio unitario ¢690,00. Línea Nº 10: precio por el par ¢373,00. Línea Nº 11:
precio del paquete de 9 unidades ¢405,00.
A: Fesa Formas Eficientes S. A., cédula jurídica 3-101-183093.
Línea Nº 14 precio unitario
¢2.378,00. Línea Nº 15 precio unitario ¢3.683,00. Línea Nº 16 precio unitario
¢1.281,00. Línea Nº 17 precio unitario ¢1.098,00. Línea Nº 18 precio unitario
¢988,00. Línea Nº 19 precio unitario ¢976,00. Línea Nº 20 precio unitario
¢3.293,00. Línea Nº 21 precio unitario ¢4.634,00.
Las líneas Nº 12 y Nº 13 se
declaran infructuosas.
————
LICITACIÓN
ABREVIADA 2016LA-000041-PROV
Compra
e instalación de varias unidades o equipos
para aire
acondicionado tipo manejadoras o fan coil
Se dispuso declararla desierta.
————
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2016LA-000084-PROV
Adquisición,
instalación y capacitación de cámara
automatizada de disparo para la
Sección
de Pericias Físicas
A: Capris, S. A., cédula jurídica 3-101-005113, para un total
adjudicado de $55.800,00.
Para todas las anteriores, demás términos y
condiciones según pliego de condiciones.
San José, 20 de abril del 2017.—Proceso de
Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017127780 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2017LN-000002-01
Contratación de un servicio en la nube de una
solución
de “Gamificación” (es el uso de elementos de juego
en contexto no lúdicos) que permita crear
valor de
marca y fidelizar clientes con un programa
de lealtad,
basado en soluciones de última generación,
que
comprenda aspectos fundamentales de
comunicación
para mantener motivados a los clientes,
generar
información de los participantes para desarrollo
de estrategias mercadológicas y ofrecer
técnicas efectivas de interacción para
comprender al cliente con la marca”
La Comisión de Contratación Administrativa del Banco de Costa Rica, en
reunión 12-2017 CCADTVA del 03 de abril de 2017, adjudicó el concurso en
referencia a la empresa Loyalty Science Group S. A., por un monto de
US$697.899.92 (seiscientos noventa y siete mil ochocientos noventa y nueve
dólares con 92/100), para la implementación del primer año y US$564.499,92
(quinientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve dólares con
92/100) para las posibles prorrogas del contrato para los años 2, 3 y 4.
Todo de conformidad con los términos y
requisitos establecidos en el cartel y la oferta del adjudicatario.
San José, 20 de abril del 2017.—Oficina de Contratación
Administrativa.—Área de Licitaciones.—Francis Hernández Monge.—1 vez.—O.C. Nº
66348.—Solicitud Nº 82702.—( IN2017127730 ).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000002-01
Contratación de servicio de vigilancia
privada
para el INCOP en Quepos, Golfito y San
José
La Junta Directiva de
esta Institución mediante Acuerdo N° 6 FIRME tomado en la sesión N° 4043,
celebrada el día 06 de abril, 2017, acordó adjudicar la Licitación Pública Nº
2016LN-000002-01 para la “Contratación de servicio de vigilancia privada para
el INCOP en Quepos, Golfito y San José” a la oferta presentada por la empresa Compañía
de Investigaciones y Seguridad Táctica COINSETA S. A. por un monto anual de
¢128.850.000,00 (ciento veintiocho millones ochocientos cincuenta mil colones
exactos).
Mba. Juan Ariel
Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O.C. Nº 28839.—Solicitud Nº 82268.—(
IN2017127738 ).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000031-2104
Adquisición de insumos varios para
laboratorio clínico
Empresas adjudicadas:
Nipro Medical Corporation, Tecno Diagnostica S. A., Capris S. A.,
G & H Steinvorth Ltda. Vea detalles y mayor información en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 20 de abril
del 2017.—Sub-Área de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez
Castro, Coordinadora.—1 vez.—O.C. Nº 45.—Solicitud Nº 82661.—( IN2017127721 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000003-2104
Adquisición
de: Riociguat de: 1.0 mg, 1.5 mg, 2.0 mg, y 2.5 mg
Se comunica que la empresa adjudicada es: BAYER
S. A. Ver detalles en: http/www.ccss.sa.cr/licitaciones.—San José, 19 de
abril del 2017.—Área de Gestión de Bienes Servicios.—Lic. Marcelo Jiménez
Umaña, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 42.—Solicitud Nº 82646.—( IN2017127724 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000004-2104
Adquisición de: Pembrolizumab 25 mg/ml.
Se comunica que la
empresa adjudicada es: Distribuidora Farmanova S. A. Ver detalles en:
http/www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 19 de abril
del 2017.—Área de Gestión de Bienes Servicios.—Lic. Marcelo Jiménez Umaña,
Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 43.—Solicitud Nº 82645.—( IN2017127727 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000013-01
Adquisición de dos (2) motores eléctricos del
Sistema
de Hoist (Levante) para la grúa Libherr IR-1538
Se les comunica a
todos los interesados en el concurso de referencia, que nuestra Comisión de
Licitaciones en Sesión Ordinaria N° 01-2017, celebrada el día 15 de marzo del
2017, artículo IV-1, acordó:
Adjudicar la Licitación
Abreviada Nº 2016LA-000013-01, promovida para la “Adquisición de dos (2)
motores eléctricos del Sistema de Hoist (Levante) para la grúa Libherr IR-1538,
a la empresa Lloyd Dynamowerke Gmbh/ Arconsult S. A., por cumplir con
los requisitos técnicos y legales, establecidos en el cartel de la siguiente
manera:
Adjudicatario: Lloyd Dynamowerke
GMBH/ Arconsult S. A. |
Monto adjudicado: $168.259,95 |
Vigencia de la oferta 60 días hábiles |
Forma de pago: Carta crédito por
$124.637,00 A Lloyd Dynamowerke GMBH |
Crédito 30 días por
$43.622,95 a Arconsult S. A. |
Plazo de entrega: 120 días naturales. |
Garantía cumplimiento: 5% sobre monto adjudicado |
Marzo, 2017.—Lic.
Wálter Anderson Salomons, Proveedor Administración Portuaria.—1 vez.—O.C. Nº
6401.—Solicitud Nº 82103.—( IN2017125824 ).
MUNICIPALIDAD DE CARTAGO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000002-MUNIPROV
Contratación de servicios para el suministro,
instalación y programación de ocho
estaciones
de telemetría completas (RTU)
A los interesados en
esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal del cantón Central
de Cartago, en Acta N° 73-2017, artículo N° XIV de sesión celebrada el 18 de
abril del 2017, acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente
forma:
Oferente: Adrián
Key Monge, cédula física N° 302900410
Línea única:
contratación de servicios para el suministro, instalación y programación de
nueve estaciones de telemetría completas (RTU)”, RFScada4 LLC, Tulsa-OK, USA
y/o Siemens, a un precio unitario de ¢5.880.000.00 (cinco millones, ochocientos
ochenta mil colones exactos).
Monto total de la oferta: ¢ 52.920.000.00
(cincuenta y dos millones, novecientos veinte mil colones exactos).
Plazo de entrega: (20) días hábiles contados a
partir del día posterior hábil a la entrega de la correspondiente orden de
compra.
Forma de pago: acepta la indicada en el
cartel.
Todo lo demás de
acuerdo con los términos del cartel y la oferta.
Proveeduría.—Licda.
Isela Mata Quirós, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2017127827 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000004-01
Recolección
de depósitos, cobro de facturas, transporte
en
motocicleta o automóvil livianos con cajetines
de seguridad y procesamiento
de efectivo y o valores
Se informa a los interesados en la
contratación en referencia, que la recepción de las ofertas se ha trasladado
para las diez horas con treinta minutos del 9 de mayo del 2017.
El resto del cartel se mantiene igual
San José, 24 de abril
del 2017.—Oficina Contratación Administrativa.—Francis Hernández Monge, Área de
Licitaciones.—1 vez.—O.C. N° 66348.—Solicitud N° 82861.—( IN201728026 ).
HOSPITAL
MÉXICO
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
COMPRA
DIRECTA N° 2017CD-000030-2104
(Aviso Nº 04 modificaciones)
Por la
adquisición de monitores de signos vitales,
monitor de signos vitales
cuidado crítico,
central de monitoreo
Se comunica a los
interesados en participar que se realizaron modificaciones al cartel. La fecha
de apertura permanece invariable 28 de abril 2017 10:00 a. m. El nuevo cartel
está disponible en el Centro de fotocopiado público, situado en planta baja de este
Hospital o bien se puede descargar de la página
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.—San José, 20 de abril del 2017.—Lic. Carmen
Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—O. C. 44.—Sol. 82660.—( IN2017127722 ).
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2017LN-000006-PRI
(Circular Nº 2)
Compra de vehículos
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº
4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación
arriba indicada, que a partir de la presente publicación, estará disponible la
circular Nº 2, la cual podrá ser retirada directamente en la Dirección de
Proveeduría, sita en el módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA en Pavas o
bien en la dirección www.aya.go.cr.
Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O.C. Nº
6000002134.—Solicitud Nº 82601.—( IN2017127696 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000008-PRI
(Circular Nº 1)
Estudio
de inspección electromagnética del estado
de la
tubería de acero en un tramo del acueducto
Orosi ubicado en Tres Ríos
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los
interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a partir de la
presente publicación, estará disponible la circular Nº 1, la cual podrá ser
retirada directamente en la Dirección de Proveeduría, sita en el módulo C, piso
3 del Edificio Sede del AyA en Pavas o bien en la dirección www.aya.go.cr.—Dirección
de Proveeduría.—Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. N°
6000002134.—Solicitud N° 82760.—( IN2017127838 ).
PROCESO ADQUISICIONES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000002-01
(Prórroga)
Preselección de empresas para la contratación
de servicios
de consultoría en el área de la ingeniería y arquitectura
y especialidades afines y especializadas
El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje,
informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública Nº
2017LN-000002-01, “Preselección de empresas para la contratación de servicios
de consultoría en el área de la ingeniería y arquitectura y especialidades
afines y especializadas”, que el plazo máximo para presentar ofertas de esta
licitación se prorroga para el próximo 31 de mayo del 2017, a las 08:00 horas.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O.C. Nº 25344.—Solicitud Nº 82636.—(IN2017127709 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000012-01
(Prórroga)
Contratación
de servicio de aseo y limpieza
con
criterios ambientales para las instalaciones
del INA de Paseo Colón
El Proceso de Adquisiciones del Instituto
Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en
la Licitación Abreviada 2017LA-000012-01, “Contratación de servicio de aseo y
limpieza con criterios ambientales para las instalaciones del INA de Paseo
Colón”, que el plazo máximo para presentar ofertas de esta licitación se
prorroga para el próximo 12 de mayo del 2017, a las 09:00 horas.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 82634.—( IN2017127713 ).
MUNICIPALIDAD
DE SAN JOSÉ
LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LN-000001-99999
(Prórroga de apertura)
Contratación
para el mantenimiento periódico
y recuperación de vías públicas
del cantón
Central de
San José, bajo la modalidad
de contrato según demanda
El Departamento de
Recursos Materiales y Servicios (Proveeduría), ubicado en el edificio municipal
José Figueres Ferrer, avenida 10, comunica a los interesados en el presente
concurso que se prorroga la apertura para el día 17 de mayo del 2017, a las
9:00 a. m.
San José, 24 de abril de 2017.—Departamento
de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 137647.—Solicitud N°
82871.—( IN2017128075 ).
DIRECCIÓN
GENERAL DE TRIBUTACIÓN
REFORMA
INTEGRAL Y DEROGATORIA DE LA
RESOLUCIÓN N° DGT-R-10-2015
SOBRE LA APLICACIÓN DE LAS EXENCIONES AL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE
LOS RENDIMIENTOS GENERADOS POR
INVERSIONES
EN TÍTULOS VALORES, PREVISTAS EN
EL INCISO
C) ACÁPITE 1) DEL ARTÍCULO 23 DE
LA LEY
DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
DGT-R-20-2017. —San José, a las ocho horas
del treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios faculta a la Administración Tributaria para dictar
normas generales tendientes a la correcta aplicación de las leyes tributarias,
dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias
pertinentes.
II.—Que
el párrafo 4 del inciso c) acápite 1) del artículo 23 de la Ley N° 7092 del 21
de abril de 1988 y sus reformas -Ley del Impuesto sobre la Renta-, establece
los casos de las rentas no sujetas al impuesto sobre los rendimientos generados
por inversiones en títulos valores.
III.—Que
en el Decreto Ejecutivo N° 34691-J, publicado en La Gaceta N° 159 del 19 de agosto del 2008, se regula
lo relativo a la emisión de las cédulas jurídicas. Asimismo, mediante criterio
registral Nº DGRN/01/2008, del 16 de setiembre del 2008, el Director General
del Registro Nacional se pronunció en relación con la necesidad de que ciertos
entes sin personalidad jurídica contaran con su respectiva identificación
numérica a los efectos de que puedan cumplir con los fines que la ley les asignó.
A este respecto, el criterio mencionado
indicó que:
“(…) el Registro Nacional
asignará un número identificador para aquellas entidades que sin ser personas
jurídicas (condominios, fideicomisos, fondos de inversión, embajadas,
ministerios, entre otros), requieran de dicha identificación para la debida
consecución de sus objetivos y por su relación con los particulares, cuya
vigencia y estructura será similar a la de la cédula jurídica, pero con
elementos que las diferenciarán de aquellas.”
IV.—Que mediante resolución N° DGT-R-10-2015,
de las quince horas del diecisiete de abril del dos mil quince, publicada en La Gaceta N° 89 del 11 de mayo del 2015,
se reguló el tema de la aplicación de las exenciones al pago del impuesto sobre
los rendimientos generados por inversiones en títulos valores, previstas en el
inciso c) acápite 1) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
V.—Que
con el objeto de mejorar el control tributario sobre las autorizaciones para la
aplicación de la exención del impuesto sobre los rendimientos en títulos
valores, en el artículo 4 de la citada resolución DGT-R-10-2015, se consideró
que las instituciones que por ley manejan diferentes tipos de fondos, para
solicitar la exención debían aportar para cada uno de ellos, además de otros
requisitos, el número de identificación -cédula jurídica-, asignada por el
Registro de Personas Jurídicas a entidades que no se consideran legalmente con
personalidad jurídica, lo que permite diferenciar plenamente cada uno de esos
fondos. En razón de lo anterior, en la actualidad, todos los fondos que se
encuentran exentos por ley, deben contar con la citada identificación.
VI.—Que
con la publicación de la resolución N° DGT-R-20-2015, de las ocho horas del
tres de julio del dos mil quince, en La Gaceta N° 133 del 10 de julio del 2015, se reformó
la resolución DGT-R-10-2015, para exceptuar a la Caja Costarricense de Seguro
Social del aporte del requisito de cédula jurídica instrumental para los
siguientes fondos: Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte-CCSS (IVM), Seguro de
Salud-CCSS (SS), Fondo de Prestaciones Sociales-CCSS (FPS) y Fondo de
Contingencias-CCSS (FC).
VII.—Que
mediante la presente resolución se establecen los lineamientos generales para
efectos de que la Administración Tributaria emita las autorizaciones para
disfrutar de las exenciones en el pago del impuesto sobre los rendimientos
generados en las inversiones en títulos valores, en aquellos casos que
corresponda.
VIII.—Que
en acatamiento de lo establecido en el artículo 174 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, se publicó la presente resolución en el sitio Web
http://www.hacienda.go.cr/, en la sección “Propuestas en consulta pública”,
antes de su dictado y entrada en vigencia, a efectos de que las entidades
representativas de carácter general, corporativo o de intereses difusos
tuvieran conocimiento del proyecto y pudieran oponer sus observaciones, en el
plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación del primer aviso en el
Diario Oficial.
En el
presente caso, el primer y segundo avisos fueron publicados en La Gaceta N°38 del 22 de febrero del 2017
y en La
Gaceta N° 39
del 23 de febrero del 2017, respectivamente.
IX.—Que
a la fecha de publicación de la presente resolución se recibieron y atendieron
observaciones al proyecto indicado, constituyendo la presente, la versión final
aprobada. Por
tanto,
RESUELVE:
Artículo 1º—Disposiciones generales. Con el objeto de garantizar la
correcta aplicación de las exenciones del pago del impuesto previsto en el
artículo 23, inciso c) acápite 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, toda
persona física o jurídica que invoque gozar de una exención con respecto al
pago de ese impuesto, deberá hacer la solicitud de exención respectiva a la
Administración Tributaria.
Para
tal efecto, mediante la presente resolución se establecen los lineamientos
generales que la Administración Tributaria aplicará para la emisión de
resoluciones de autorización para el disfrute de las exenciones del impuesto
sobre los rendimientos generados por inversiones en títulos valores.
Artículo
2º—Resolución
genérica y resolución restringida.
Para
disfrutar de la exención, la Administración Tributaria emitirá dos tipos de
resoluciones:
Resolución
genérica: Este tipo de resolución tiene una vigencia indefinida y aplica para
aquellos fondos exentos por ley, que se encuentran identificados mediante una
cédula jurídica instrumental emitida por el Registro Público. Esta resolución
estará vigente mientras subsista la ley que ampara la exención, de acuerdo con
lo establecido en el inciso c) acápite 1) del artículo 23 de la ley del
Impuesto sobre la Renta. Queda expresamente establecido en esta resolución, que
ante un cambio de la ley que ampara la exención, sea que se disponga la
eliminación total o parcial del beneficio, la autorización emitida por parte de
la Administración Tributaria quedará sin efecto, sin necesidad de que se emita
un acto de revocación de la autorización inicial.
Resolución
restringida: Esta resolución se emitirá por un periodo de tiempo determinado,
para aquellos entes cuyos fondos exentos no se encuentran debidamente
identificados mediante una cédula jurídica instrumental. Su vigencia será de un
año, renovable por períodos iguales y deberá solicitarse con dos meses de
antelación a su vencimiento.
Artículo
3º—Requisitos
para solicitar exención del impuesto que recae sobre los rendimientos generados
por inversiones en títulos valores.
Presentar
el formulario D-409 “Solicitud de exención de los impuestos que recaen sobre
los rendimientos generados en las inversiones en títulos valores”, que estará
disponible en www.hacienda.go.cr , menú “Servicios Tributarios” – “Otros
Trámites y sus requisitos” (Ver anexo 1), ante la administración tributaria de
su jurisdicción o la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales, según
corresponda, firmada por el representante legal del administrador de los fondos
o del ente exento. Si la solicitud la presenta un tercero, debe ser autorizada
por el representante legal y la firma debe estar debidamente autenticada por un
abogado o notario.
a. Certificación de personería jurídica del ente exento o bien del
administrador de los fondos, según sea el caso, con una vigencia no mayor a
tres meses contados desde su fecha de emisión, de conformidad con el Reglamento
del Código Tributario.
b. Tanto el ente exento, como quien administre fondo(s) exento(s)
debe(n) estar inscrito(s) como obligado(s) tributario(s) ante la Dirección
General de Tributación.
c. El representante legal vigente, del ente exento o del administrador
del (los) fondo(s) cuando corresponda, debe estar acreditado ante el Registro
Único Tributario de la Administración Tributaria, conforme los lineamientos
establecidos en la resolución N° DGT-067-2015, de las ocho horas del 22 de
octubre del 2015 y sus reformas.
d. El solicitante, sea un ente exento o administrador de fondos
exentos, debe estar al día con sus obligaciones tributarias formales y
materiales, así como con el pago de las cargas sociales a la Caja Costarricense
del Seguro Social, esto último será verificado por el funcionario tributario a
cargo del estudio, en la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social
> Servicios en línea > Patrono al día. En caso de que el funcionario
responsable del estudio, determine que el interesado no se encuentra al día en
sus obligaciones, deberá prevenirlo para que en un plazo de diez días hábiles
regularice su situación tributaria, so pena de procederse al archivo de la
gestión.
e. Presentar el auxiliar de inversiones, según lo indicado en el
artículo 5 de la presente resolución y cualquier otro documento o información
que considere pertinente para apoyar su solicitud.
f. En el caso de las instituciones que por ley administran diferentes
tipos de fondos, para realizar el trámite de exención respectivo, deberán
aportar además de los requisitos citados anteriormente, lo siguiente:
a. Justificación de que la naturaleza jurídica de constitución de esos
fondos, conforme la legislación vigente, permite que sean considerados exentos
del pago del impuesto.
b. Número de identificación -cédula jurídica-, asignada por el
Registro de Personas Jurídicas a entidades que no se consideran legalmente con
personalidad jurídica, conforme al Decreto Ejecutivo N° 34691-J, publicado en La Gaceta N° 159 del 19 de agosto del
2008 y criterio registral DGRN/01-2008 de 16 de setiembre del 2008, ambos
mencionados en el considerando III anterior.
El cumplimiento de estos requisitos es
obligatorio, pudiendo la Administración Tributaria prevenir al interesado por
una única vez, para que complete los requisitos omitidos; en caso de
incumplimiento se procederá al archivo del caso.
Artículo
4º—Plazo
para resolver la solicitud de exención sobre los rendimientos generados por
inversiones en títulos valores.
En
virtud de que la solicitud de exención constituye una petición fundamentada en
los artículos 102 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y 55 del
Reglamento de Procedimiento Tributario, el plazo para resolverla es de dos
meses, contado a partir de la fecha de presentación.
Por tal
razón, en el caso de aquellos entes a los que se les ha otorgado una resolución
restringida, deberán presentar su solicitud de renovación dentro del plazo de
dos meses anteriores a su vencimiento; en caso de que no presenten la solicitud
en el plazo señalado, la Administración Tributaria no otorgará exención sobre
los impuestos correspondientes al periodo que quede al descubierto, por lo que
el interesado deberá solicitar la devolución por los impuestos que se le
retengan, mediante el trámite correspondiente.
Artículo
5º—Auxiliar
de inversiones.
Tanto
los administradores de fondos exentos como los entes exentos, deben llevar un
auxiliar de inversiones de forma electrónica, en archivo Excel (ver anexo 2).
Para aquellos fondos que cuentan con resolución genérica, debe llevarse un
auxiliar para cada uno de los fondos exentos y en el caso de los entes a los
que se les ha emitido resolución restringida, el auxiliar será para los fondos
invertidos. Dicho auxiliar debe contemplar la siguiente información:
a. Origen de los fondos invertidos
b. Inversor ( N° de identificación)
c. Fecha en que se realizó cada inversión
d. Montos invertidos
e. Tipo de moneda
f. Monto del impuesto exonerado
g. Tipo de título invertido
h. Fecha de vencimiento de cada inversión, así como de los cupones de
intereses de cada una de ellas.
La información, deberá venir organizada por
inversor y para cada inversor por fecha de inversión.
Artículo
6º—Presentación
del registro auxiliar de inversiones.
El
administrador de los fondos, cuyo beneficio ha sido otorgado de forma genérica,
debe presentar anualmente ante la Administración Tributaria, dentro de los
primeros quince días naturales del mes de enero, el auxiliar de inversiones de
cada uno de los fondos en formato digital por medio del correo electrónico
notificaciones-DSC@hacienda.go.cr, con los requisitos señalados en el artículo
anterior. En caso de incumplimiento de la presente disposición, la
Administración podrá cambiar de oficio la condición de autorizado genérico a
restringido.
Los
entes que cuenten con la resolución restringida, deben presentar el auxiliar en
formato digital ante la administración tributaria de su jurisdicción o ante la
Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales según corresponda, con los
requisitos señalados en el artículo anterior, cada vez que soliciten renovación
de la resolución. En el evento de que se incumpla con esta presentación, se
procederá al archivo de la solicitud.
Artículo
7º—Rentas
no sujetas
En el
caso de las rentas no sujetas establecidas en el párrafo 4° del inciso c)
acápite 1) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no se
requiere realizar trámite alguno ante la Administración Tributaria.
Artículo
8°—Cumplimiento
de obligaciones tributarias.
En caso
de que el funcionario responsable del estudio de solicitud de exención del
impuesto sobre los rendimientos generados por inversiones en títulos valores,
determine que el interesado no se encuentra al día en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias, deberá prevenirlo para que en un plazo de diez días
hábiles regularice su situación tributaria, so pena de procederse al archivo de
la gestión.
Artículo
9º—Derogatorias.
Se
dejan sin efecto las resoluciones números DGT-R-10-2015, de las quince horas
del diecisiete de abril del dos mil quince, publicada en La Gaceta N° 89 del 11 de mayo del 2015 y
DGT-R-20-2015, de las ocho horas del tres de julio del dos mil quince,
publicada en La
Gaceta N°133
del 10 de julio del 2015.
Artículo
10.—Rige a partir de su publicación.
Transitorio único.—Las solicitudes que a la
fecha de vigencia de la presente resolución estuvieren pendientes de resolver,
deberán ser atendidas conforme con las disposiciones que aquí se indican,
excepto en lo que al auxiliar de inversiones se refiere, el cual deberá ser presentado
para el caso de resoluciones de autorización restringida, tres meses después de
notificada la resolución de autorización.
Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director
General de Tributación.—1 vez.—O.C. N° 3400031806.—Solicitud N° 81923.—(
IN2017125777 ).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ORI-420-2017.—Fernández
Jiménez Alejandra María, R-45-2017, cédula de identidad. 1-0801-0147, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Magíster en Comunicación Estratégica,
Universidad Adolfo Ibáñez, Chile. La persona interesada en aportar información
de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 7 de febrero del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128734.—Solicitud Nº 81410.—(
IN2017124126 )
ORI-1001-2017.—Calderón
Cornejo Ana Gabriela, R-44-2017, cédula Nº 1-1436-0277, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Maestría en Música, Ithaca College, Estados Unidos.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de marzo
del 2017.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 128734.—Solicitud Nº 81409.—( IN2017124127 ).
ORI-841-2017.—Vallejo
Sevilla Johas Lidys, R-42-2017, residente Nº 155825315403 solicitó
reconocimiento y equiparación del título Doctora en Medicina, Escuela
Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 01 de marzo de 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128734.—Solicitud Nº 81408.—(
IN2017124132 ).
ORI-836-2017.—Valle Blanca Nubia, R-39-2017,
pasaporte CO1128865 solicitó reconocimiento y equiparación del título
Licenciada en Derecho, la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua,
Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de
marzo de 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O.C. N° 128734.—Solicitud N° 81403.—( IN2017124133 ).
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante el Departamento de Registro de la
Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por:
Extravío. Correspondiente al título de: Bachillerato en Sociología. Grado
académico: Bachillerato, registrado en
el libro de títulos bajo: tomo: 20, folio: 133 asiento: 1384. A nombre de
Espinoza Chavarría Jahaira Vanessa. Con fecha: 26 de agosto del 2004, cédula de
identidad: 1-1051-0970. Se pública este edicto para oír oposiciones a dicha
reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en La
Gaceta.—Heredia,
30 de marzo del 2017.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez
Hernández, Director.—( IN2017124821 ).
Ante el Departamento de Registro de la
Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por
extravío, correspondiente al título de: Bachillerato en Orientación, grado
académico: Bachillerato, registrado en el en el libro de títulos bajo: tomo:
23, folio: 78, asiento: 1188, a nombre de Espinoza Chavarría Jahaira Vanessa,
con fecha 11 de mayo del 2007, cédula de identidad: 1-1051-0970. Se publica
este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 30 de marzo del
2017.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—1
vez.—( IN2017124824 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
La señora Beatriz del Carmen de Ycaza Velez,
pasaporte Nº PA0360166, ha presentado para el trámite de reconocimiento y
equiparación el diploma con el título Licenciada en Arquitectura Estructural,
obtenido en la Universidad Santa María La Antigua. Cualquier persona interesada
en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un
escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del
Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago,
03 de abril del 2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas
Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 81822.—(
IN2017125314 ).
El señor Gianfranco Libretti Di
Bella, pasaporte venezolano N° 117516014, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Urbanista, obtenido
en la Universidad Simón Bolívar. Cualquier persona interesada en aportar
información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que
debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.
Cartago, 31 de marzo
2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 81824.—( IN2017125315 ).
VICERRECTORÍA
EJECUTIVA
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante la Oficina de Registro de la Universidad
Estatal a Distancia, se ha presentado Esteban Vinicio Castro Calderón, cédula
de identidad 1-1443-026 por motivo de solicitud de reposición del diploma,
correspondiente al título de Diplomado en Educación General Básica I y II
Ciclos, bajo la inscripción que a continuación se detalla:
Tomo: IX,
Folio: 1920, Asiento: 16
Se solicita la publicación del edicto para
oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles,
a partir de la tercera publicación en La Gaceta.
Dado a solicitud de la interesada en San
José, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—Mag.
Tatiana Bermúdez Vargas, Encargada de Graduación y Certificaciones.—(
IN2017125757 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Se le comunica a Rene Mauricio Chacón Cea, la
resolución de las quince horas y tres minutos del quince de marzo de dos mil
diecisiete, mediante la que se dio inicio al proceso especial de protección
mediante el dictado de una Medida de Rehabilitación e Internamiento a favor de
la persona menor de edad Mauricio Chacón Flores. Se le confiere audiencia por
tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezcan las
pruebas que estimen necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse
asesorar y representar por abogado y técnicos su elección, así como consultar y
fotocopiar las piezas del expediente que permanecerá a su disposición en la
indicada Oficina local de Santa Ana. Deberá señalar lugar conocido o número de
facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el
medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones
procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal de la
Oficina Local de Santa Ana dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir
del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en
el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Expediente N° OLSA-00158-2016.—Oficina Local de Santa
Ana.—Licda. Merelyn Alvarado Robles, Representante Legal.—O.C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000018.—( IN2017124116 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
A los señores Amy Emilia Méndez Salas,
titular de la cédula de identidad costarricense número 113010535 y José Rafael
Nuez Pichardo, sin mayores datos, se le
comunica la resolución de las 08:00 del 20 de marzo del 2017, mediante la cual
se resuelve medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad
Luis Fernando Nuez Méndez, por el término de hasta seis meses en la Asociación
Blanca Flor. La presente medida de protección rige hasta el día veinte de
setiembre del dos mil diecisiete. Se les confiere audiencia a los señores Amy
Emilia Méndez Salas y José Rafael Nuez Pichardo por tres días hábiles, para que
presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime
necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar
por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en
días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente
administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y
hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a
su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital,
sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La
Merced, ciento cincuenta metros al sur.
Así mismo se les hace saber que Deberán señalar lugar conocido o número de
facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o
si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el
medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin
suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán
firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones
Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicada resolución
procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta
institución, el cual deberán interponer ante
esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir
del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en
el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el
recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la
Adolescencia). Legajo de Expediente N° OLSA-00324-2016.—Oficina Local de
San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125183 ).
A Aquiles Gabriel Martínez
Hernández y Katherine Vanessa Delgado Sanabria, se le (s) comunica la (s)
resolución (es) de las ocho horas y cuarenta minutos del catorce de marzo de
dos mil diecisiete, mediante las cuales se ordena medida de protección de cuido
provisional en recurso familiar, a favor de la persona menor de edad Kimberly
Valeska Martínez Delgado, ubicándosele en el hogar de su tía materna Reina
Vásquez Cerdas, y a favor de las personas menores de edad Linsay Jasline
Martínez Delgado y Daniel Arnoldo Martínez Delgado ubicándoseles en el hogar de
sus abuelos maternos constituido por Carlos Arnoldo Delgado Cascante e Ingrid
Sanabria Cerdas con la finalidad de brindarle protección ante su condición de
vulnerabilidad. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar medio
electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Exp. N° OLA-00236-2015.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000019.—( IN2017125184 ).
Oficina Local de Alajuela
Oeste, a Arnoldo Aguilar Chaves, se le comunica la resolución de las trece
horas del ocho de marzo del dos mil diecisiete, mediante las cuales se ordena
dar inicio al proceso especial de protección, medida de protección de cuido
provisional en recurso familiar, a favor de la persona menor de edad Yoselin
Aguilar Martínez, ubicándosele en el hogar de su hermana, la señora Carla
Vanessa Martínez Reyes, con la finalidad de brindarle protección ante su
condición de vulnerabilidad ante la muerte de su progenitora. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar
medio electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse
por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes el de recurso será
de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLAO-00025-2017—Oficina Local de Alajuela Oeste.—MAG. Hazel
Oreamuno Sánchez, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125185 ).
A Jairo Jara Salguero, se le
comunica la resolución de las diez horas del quince de marzo del dos mil
diecisiete, mediante la cual se ordena y mantiene, la medida de protección de
cuido provisional en recurso familiar, a favor de la persona menor de edad
Jairo Antonio Jara Arce, ubicándosele en el Centro Especializado para
Rehabilitación por Drogadicción (Hogar Crea Niños Adolescentes de Heredia), con
la finalidad de brindarle protección ante su condición de vulnerabilidad.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar medio electrónico
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLAO-00027-2017.—Oficina
Local de Alajuela Oeste.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000019.—( IN2017125186 ).
A quien interese: se comunica
que por resolución administrativa de las ocho horas del veintidós de marzo del
dos mil diecisiete, dictada por el Patronato Nacional de la Infancia, oficina
local de Cartago se declaró en estado de abandono en sede administrativa a la
persona menor de edad Nixon Naman Rivera Calvo, confiriendo además el depósito
administrativo provisional del citado menor en los señores Gabriel Rivera
Rivera y Marta Eugenia Calvo Campos. Notifíquese. Recurso. Procede el recurso
de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles
contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán
interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente
administrativo OLC-00707-2016.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez
Arias, Representante.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125200
).
Se le comunica a Samantha
Corrales Villalobos, la resolución de las nueve horas del quince de marzo de
dos mil diecisiete, que es declaratoria de adoptabilidadad de Yerai Corrales
Villalobos. En contra de la presente resolución proceden los recursos de
revocatoria con apelación en subsidio para ante el Superior en grado, dentro de
un plazo de tres días después de notificada. El de revocatoria lo resolverá el
órgano que dictó la resolución y el de apelación se elevará ante el Jerarca
Institucional. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus
notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado
fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se
tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada.
Exp. N° OLG-00621-2015.—Oficina Local de Guadalupe, 15 de marzo del 2017.—Lic.
Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 41016.—Solicitud Nº 17000019
.—( IN2017125201 ).
A
Wilbert León Paniagua, se le (s) comunica la (s) resolución (es) de las ocho
horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil diecisiete, mediante las
cuales se ordena otras medidas de protección, el cuido provisional de la
persona menor de edad Daniel León Umaña, ubicándosele en el hogar de su recurso
comunal afectivo, constituido por su padrastro el señor Héctor Manuel Fallas
Vargas, con la finalidad de brindarle protección ante su condición de
vulnerabilidad. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar medio
electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLAO-00574-2016.—Oficina Local De Alajuela
Oeste.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125202 ).
A los señores Sonia del Carmen
Hernández Robles y Medardo Arceda Robles, se le comunica la resolución de las
once horas treinta y ocho minutos del diecisiete de marzo del dos mil
diecisiete que ordenó Inicio del Proceso Especial de Protección en sede
Administrativa y Medida de Protección de Cuido Provisional a favor de las
personas menores de edad Beditsa del Rosario Hernández. Notifíquese la anterior
resolución a la señora Sonia del Carmen
Hernández Robles y Medardo Arceda Escobar, con la advertencia de que deben
señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en
caso de no hacerlo o si el lugar fuere inexacto, impreciso o llegara a
desaparecer o el medio seleccionado fuere defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la
presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de Apelación que
deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas hábiles
después de notificada la presente resolución, en el entendido que hacerlo fuera
de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de
la Niñez y Adolescencia). Recurso que será resuelto por la Presidencia
Ejecutiva de la entidad. Se previene a la parte involucrada en el Proceso que
les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional
en Derecho así como tener acceso al
expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente
OLSAR-00018-2017.—Oficina Local de
Sarapiquí.—Licda. Julissa Cantillano Morán, Órgano Director del
Procedimiento.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125203 ).
Para los fines consiguientes la Dirección de
Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que los señores Nuñez
Soto Jorge Luis, cédula 3-0262-0005, Núñez Soto María Iris, cédula 3-0300-0857,
Núñez Soto Ángel Demar, cédula 3-0283-0612 y Núñez Soto José Edwin, cédula
3-0243-0640 han presentado escritura pública rendida ante la notaria Kattia
Alvarado Esquivel en la que dicen que, son los herederos universales de quién
en vida fuera Núñez Arias Rafael Ángel cédula 3-0115-0098 titular del derecho
de uso N° 267 del bloque C del cementerio Nuevo de Sabanilla, y que en el mismo
acto le solicitan que se inscriba dicho derecho en favor de José Edwin de
calidades ya mencionadas, quién acepta que quede inscrito a nombre de el con
las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. Se nombran
como beneficiarios de este derecho a Jorge Luis, María Iris y Ángel Demar todos
Núñez Soto. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda
responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de
esta publicación para escuchar objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca,
03/04/2017.—Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1 vez.—(
IN2017125768 ).
Para los fines
consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca
hace saber que el señor Boraschi Barrantes Olman, cédula Nº 1-0476-0146, ha
presentado escritura pública rendida ante la notaria Manuelita Jiménez Esquivel
en la que dice que, es el titular del derecho de uso Nº 39 del bloque A del
cementerio nuevo de Sabanilla, y que en el mismo acto le dona dicho derecho en
favor de Boraschi Barrantes Gina, cédula número 1-0505-0269, quien acepta que
quede inscrito a nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de
este acto se derivan. Se nombran como beneficiarios de este derecho a Bernardo
e Irene ambos Salas Boraschi. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada
de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a
partir de esta publicación para escuchar objeciones.
Sabanilla de Montes
de Oca, 04 de abril del 2017.—Lic. Guillermo Montero Marroquín, Encargado de
Cementerios.—1 vez.—( IN2017125802 ).
De conformidad con lo que dispone los
artículos 3 y 12 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles, N° 7509 y su
reformas, la Sentencia 1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo,
Sección III, la Resolución de la Sala Constitucional N° 2011-003075 del 09 de
marzo del 2011 y el artículo 2 de la Ley N° 9071, Ley de 09 de mayo de 1995, y
sus reformas, para Terrenos de Uso Agropecuario y en aras de dar cumplimiento a
su competencia, esta Administración Tributaria procede a publicar la matriz de
información de la Plataforma de Valores de Terrenos Agropecuarios del cantón de
Hojancha, suministrada por el Órgano de Normalización Técnica, General de
Tributación, Ministerio de Hacienda.
Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Esta herramienta será utilizada para la
determinación administrativa de la base imponible de los bienes inmuebles de
uso agropecuario del Cantón para efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, a
partir de la fecha de su publicación en el diario oficial La Gaceta, durante los procesos de
valoración que se realicen.
Para
efectos de consulta por parte de los administrados, el Mapa de Valores de
Terrenos Agropecuarios podrá ser localizado en la oficina de Valoración y Catastro
de la Municipalidad de Hojancha.
Hojancha, 2 de marzo del 2017.—Eduardo Pineda
Alvarado, Alcalde.—1 vez.—( IN2017125887 ).
Por este medio
Summerland Propertie Management Ltda., con cédula jurídica Nº 3-102-397305
mediante su representante Legal Galo Francisco Malavasi Umaña, cédula Nº
30420585, convoca a asamblea general del Condómino Vertical Horizontal
Residencial Naxos, cédula Nº 3-109-418977, en su primera convocatoria el día
sábado 13 de mayo de 2017 a las 9:00 a.m. en el área de la piscina del
Condominio; en caso de no presentarse el quórum requerido se convoca en segunda
convocatoria el mismo día 13 de mayo de 2017 a las 9:30 a.m. en el área de
piscina del Condominio.—Lic. Galo Francisco Malavasi Umaña, Representante
Legal.—1 vez.—( IN2017127714 ).
BICI
REPUESTOS BRENSA DE COSTA RICA S.A.
Se emplaza a los accionistas a la asamblea
general ordinaria-extraordinaria de socios de la empresa Bici Repuestos Brensa
de Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-82705, la cual se verificará en
el domicilio social de la compañía, la primera convocatoria será a las 12:00
horas del jueves de 8 de junio de 2017 y la segunda convocatoria una hora
después. El orden del día será: En sesión ordinaria se someterá a aprobación el
informe contable del periodo de octubre del 2015 a setiembre del 2016. En
sesión extraordinaria se convoca el siguiente orden del día: 1-Reforma de la
cláusula quinta del pacto social, a efecto de proponer un aumento de capital
para pagar las deudas de la empresa, específicamente la deuda del Banco Popular
que en este momento es de trece millones seiscientos cuarenta y nueve mil
setecientos trece colones y de la cual el señor Madriz Arce, es deudor de la
misma y/o Autorizar la venta de la Finca partido de Cartago 3-146660-000, que
soporta esa hipoteca por la suma de veinticinco millones de colones.
2-Autorizar al señor presidente a fin de que comparezca ante Notario Público a
suscribir la donación de un derecho del 64% de la finca del partido de Cartago
número 3-114779-000, libre de gravámenes y anotaciones, derecho que ya le
pertenecía a la empresa Transportes Madriz del Pacífico S. A., cédula jurídica
N° 3-101-233847, según documento firmado de fecha veinticinco de octubre de dos
mil doce y para efectos fiscales se estima en un colón. 3-Autorizar a recibir
por donación la finca del partido de Cartago 3-146660-000, con los gravámenes
que indica el registro y se estima la donación en la suma de un colon para
efectos fiscales. 3-Otorgar poder especial al señor presidente de la compañía a
fin de que comparezca ante Notario Público a suscribir estos traspasos en las
condiciones pactadas por la asamblea de socios. Se les recuerda a todos los
socios que la documentación contable, así como los libros legales, están a
disposición de los socios en las oficinas de la empresa.—San José, 20 de abril
de 2017.—Juan Madriz Arce, Presidente.—1 vez.—( IN2017127853 ).
CONVOCATORIA
ESTUDIOS E INVERSIONES
ALSA S. A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y
extraordinaria de socios de Estudios e Inversiones Alsa Sociedad Anónima, con
cédula jurídica número 3-101-018692, a realizarse en el domicilio social, a las
9:00 horas del día 26 de junio del año 2017, en primera convocatoria, donde se
conocerán los siguientes asuntos: 1) Verificación de los presentes con derecho
a voto; 2) Presentación del informe de resultados de los ejercicios anuales de
los periodos 2008-2009, 2009-2010, 2010-2011, 2011-2012, 2012-2013, 2014-2015,
y el periodo recién concluido 2015-2016. Todo de conformidad con lo establecido
por los artículos 155 incisos a) b) y c) y 156 inciso c) del Código de
Comercio. De no haber quórum a la hora señalada, se celebrará la asamblea en
segunda convocatoria, una hora después con los socios presentes.—San José, 20
de abril del 2017.—Elvira Sancho Madriz, Presidente.—Ignacio Sancho Madriz,
Secretario.—Alfonso Sancho Madriz, Tesorero.—1 vez.—( IN2017127859 ).
ASAMBLEA
GENERAL EXTRAORDINARIA
N° 221 DEL 29 DE MAYO DE 2017
De conformidad con los artículos 18 y 20 de
la Ley Orgánica del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, N° 1038 y
conforme con lo aprobado por la Junta Directiva en su sesión ordinaria número
8-2017, celebrada el 19 de abril del 2017, se convoca a las y los contadores
públicos autorizados a la asamblea de junta general extraordinaria a realizarse
el 29 de mayo del 2017, en la sede del colegio, sita en Moravia, San Vicente en
primera convocatoria 17:30 horas. De no contar con el quórum de ley para la
primera convocatoria, de conformidad con el artículo 18 citado, se sesionará en
segunda convocatoria en el mismo lugar y fecha señalada al ser las 18:00 horas
para lo cual hará quórum cualquier número de miembros presentes:
Orden
del día:
I- Comprobación del quórum y apertura de la asamblea.
II Aprobación del orden del día.
III- Entonación del Himno Nacional y del Himno del Colegio.
IV- Nombramiento miembro Tribunal de Honor ante deceso de uno de sus
miembros.
V- Conocimiento y resolución de recurso de revisión del acuerdo
JG-III-218-2016 de asamblea general extraordinaria N° 218-2016 del 28 de
noviembre de 2016, de proceso disciplinario.
VI Conocimiento y resolución de recursos de apelación en materia de
admisión al colegio.
VII Clausura de la asamblea general por parte del presidente.
Se les recuerda que para participar en las
asambleas es requisito obligatorio estar al día en el pago de las cuotas
ordinarias y extraordinarias al 30 de abril de 2017.—Lic. Mauricio Artavia
Mora, Dirección Ejecutiva.—1 vez.—( IN2017127957 ).
CONDOMINIO
MALLORCA
Condominio Mallorca, cédula jurídica
3-109-087967-30, convoca a los propietarios a la asamblea general
extraordinaria, a celebrarse en el Condominio, sito en Curridabat, 50 metros
este, de Taco Bell, el sábado 13 de mayo del 2017, en primera convocatoria a
las 14:00 horas con los propietarios que representen las 2/3 partes del
condominio, si no se alcanzare dicho quórum se fija una segunda convocatoria
para las 15:00 horas del mismo día, formándose el quórum con cualquier número
de concurrentes. La agenda a desarrollar es la siguiente:
Verificación del quórum
Elección de presidente y
secretario
Debido proceso sancionatorio
casa número 26.
San José, 21 de abril del 2017.—Alejandra
Rojas Salazar, Administradora.—1 vez.—( IN2017127959 ).
CONDOMINIO
DOÑA ROSA
Convocatoria asamblea general ordinaria y
extraordinaria de condóminos Condominio Doña Rosa. Finca matriz H-ochenta y
cinco-M-cero cero cero. Se convoca a asamblea general ordinaria y
extraordinaria de condóminos del Condominio Doña Rosa, finca matriz H-85-M-000,
a celebrarse el día diecisiete de mayo del año dos mil diecisiete, en las
instalaciones del condominio, casa número dieciocho. Se convoca en primera
convocatoria al ser las dieciocho horas del día indicado yen segunda
convocatoria al ser las diecinueve horas.
Para
conocer los siguientes asuntos:
Informe y rendición de cuentas
del administrador.
Determinación del presupuesto
anual para el período en curso.
Nombramiento del administrador.
d) Nombramiento de la junta directiva.
e) Otros asuntos
Se hace saber a los condóminos su posibilidad
de hacerse representar por medio de un apoderado especial para el acto.
San José, 5 de abril del 2017.—Carolina
Guevara Conejo, Responsable.—1 vez.—( IN2017128047 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CENTRO CAMPERO LOS REYES S. A.
Jorge Moreno Benavides,
cédula 1-0934-0808, solicita la reposición del certificado N° P00186-A por 1
acción común, de la sociedad Centro Campero los Reyes S. A., por extravío, se
reciben oposiciones en el plazo de ley mediante el fax 2255-0224 o al email
gvarela@losreyescr.com.—Jorge Moreno Benavides.—( IN2017124473 ).
UNIVERSIDAD
INTERNACIONAL
SAN ISIDRO LABRADOR
La
Universidad Internacional San Isidro Labrador comunica que el título de
Licenciatura en Ciencias de la Educación con Énfasis en Administración
Educativa, cédula de identidad número 02-0470-0943, se dañaron, por lo cual la
Universidad está tramitando las reposiciones de los mismos. Cualquier
interesado comunicarse a la Universidad Internacional San Isidro Labrador.
San Isidro de El General 10 de
marzo de 2017.—Ph.D. Carlos Cortés Sandí, Rector.—( IN2017125026 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Se publica edicto de venta del
establecimiento comercial llamado: Costa Connection, operado por las
sociedades: Costa Connection Vacations
Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-717254, y Management Services Costa
Connection Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-717626. Por tanto, se
cita y emplaza a terceros, acreedores y demás interesados para que dentro del
plazo de quince días, contados a partir de la primera publicación de este
edicto, comparezcan a hacer valer sus créditos y/o derechos. Oficina KG Legal
Services, sita en Huacas, Guanacaste, Centro Comercial Paseo del Mar,
local N° 22.—Lic. Kennia Guerrero Ruiz, Notaria.—( IN2017125119 ).
UNIVERSIDAS
LATINOAMERICANA
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Por medio de la presente, el Departamento de
Registro la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT),
certifica el extravío del título a nombre de Carol Granados Campos, cédula de
identidad uno diez veintitrés cero uno cero dos, de Bachillerato en
Informática, inscrito en el tomo: 6, folio: 307, asiento: 7027, del veintidós
de mayo del dos mil cuatro. Se publica este edicto para oír oposición a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se expide la presente a solicitud del (la)
interesado(a) y para efectos del trámite de reposición de título, a los tres
días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Jacqueline Castro Quesada,
Departamento de Registro.—( IN2017125129 ).
UNIVERSIDAD
LATINOAMERICANA
DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Por este medio me permito solicitarles, se
realicen las tres publicaciones que indica la ley, con respecto al extravío del
título en el grado y carrera de Maestría en Administración de Empresas con
Énfasis en Recursos Humanos, obtenido por Laura Marcela Suárez Montoya, cédula
de identidad número uno cero novecientos setenta y tres cero cuatrocientos
setenta y siete, inscrito en el tomo: 7, folio: 86, asiento: 11721, con fecha
del 24 de noviembre de 2011. Se expide la presente solicitud del (la)
interesado(a) y para efectos de solicitud de reposición, a los veintiún días
del mes de agosto del dos mil quince.—Departamento de Registro.—Andrea
Chavarría Vargas.—1 vez.—( IN2017125208 ).
MARISOL SOCIEDAD ANÓNIMA
Los suscritos Mario Lara
Eduarte, con cédula de identidad número siete-cero cero veintiséis-cero
setecientos cincuenta y cinco e Ileana María Esquivel de Benedictis, con cédula
de identidad número uno-cero doscientos sesenta y ocho-cero setecientos setenta
y cuatro, ambos mayores de edad, casados una vez, empresarios y vecinos de San
José, dueños cada uno respectivamente de ocho títulos accionarios de mil
colones cada uno, de la sociedad Marisol Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-cero veintisiete mil quinientos cincuenta, solicitarán por
extravío, la reposición de dichos títulos accionarios, lo anterior en razón de
lo establecido en el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de
Comercio.—San Jos veinte de febrero del dos mil diecisiete.—Ileana E. de
Lara.—( IN2017125543 ).
HOTEL PUNTA LEONA S. A.
(HOY REAL DE
PUNTA LEONA S. A).
PRIMERA PUBLICACIÓN
Para efectos del artículo
689 del Código de Comercio Real de Punta Leona S. A., (antes Hotel Punta Leona
S. A.), hace saber a quién interese que por haberse extraviado al propietario,
repondrá la acción preferida Nº 106 de la serie l a nombre de Guillermo
Carranza Castro, cédula de identidad número 1-0406-0759, endosada a favor de
Gilberth Rodríguez Chang con cédula de identidad número 1-569-372, cualquier
persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la
última publicación de este aviso. Real de Punta Leona S. A., Apoderado
Generalísimo.—Boris Gordienko Echeverría, Responsable.—( IN2017125871 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
MARISOL SOCIEDAD
ANÓNIMA
Por extravío, Marisol Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cero veintisiete mil quinientos cincuenta, repondrá los siguientes
libros: Libro de Registro de Socios, libro de Actas de Asamblea de Junta
Directiva, libros Mayor, libro de Diario y libro de Inventarios y Balances.—San
José, veinte de febrero del dos mil diecisiete.—Mario Lara Eduarte,
Presidente.—1 vez.—( IN2017125544 ).
AF CORREDORA DE SEGUROS S. A.
AF Corredora de Seguros
S. A. cédula jurídica 3-101-098456, licencia N° SC-12-112, informa que está a
disposición en nuestro Sitio Web: www.afseguros.com y en nuestras oficinas
ubicadas en Tibás de Periódico La Nación 100 este y 250 norte, edificio Ferenc
D., el Informe Anual de Gobierno Corporativo, con corte al 31 de diciembre del
2016.—Alexis Alvarado Quirós, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017125759 ).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS
ECONÓMICAS
DE COSTA RICA
La Junta Directiva
comunica a los colegiados suspendidos, Instituciones del Estado y al público en
general, que se acuerda suspender del ejercicio de la profesión por morosidad a
los siguientes colegiados, según Acuerdo Nº 20, de la Sesión Ordinaria Nº 2654-2016,
celebrada el 07 de noviembre del 2016, de conformidad con los Artículos 35,
inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Nº 7105. Por lo anterior, dichos colegiados
se encuentran inhabilitados para ejercer la profesión y desempeñar puestos para
los cuales se requiere estar incorporado a este Colegio; así como recibir los
beneficios de plus salarial que otorgan las Instituciones del Estado, como la
“Dedicación Exclusiva” entre otros. Queda en firme la suspensión del ejercicio
de la profesión a partir de esta publicación.
Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Lic. Ricardo Lamugue Salas, Fiscal.—Licda. Rosa Elena Baltodano
Quintana, Secretaria.—MBA. Zoila Víquez Ramírez, Directora Ejecutiva a. í.—1
vez.—O. C. N° 2519.—Solicitud N° 17904.—( IN2017125770 ).
LAS CARRERAS DE DON FRANCISCO S. A.
Ante mi notaría, comparece la señora Ana
Segunda Ulate Ulate, en su condición de presidenta de la sociedad Las Carreras
de Don Francisco S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos quince
mil dieciocho, quien viene a solicitar la reposición por extravío de los
siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Consejo de
Administración, Registro de Socios.—San José, 3 de abril del 2017.—Lic. Carlos
Augusto Espinoza Arceyut, Notario.—1 vez.—( IN2017125825 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Por escritura otorgada ante el suscrito
notario, a las quince horas de hoy se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de Holcom Industrial Sociedad Anónima, mediante la cual se disminuye el capital
social reformándose la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 27
de Marzo del 2017.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—( IN2017124282 ).
Mediante escritura doscientos treinta y siete
otorgada ante esta misma notaría, a las veinte horas del treinta y uno de marzo
del diecisiete, se disuelve y liquida la sociedad Lagunas del Río Segundo Sociedad Anónima, con cédula jurídica
tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y
cuatro.—San José, 31 de marzo del 2017.—Licda. Gabriela Tatiana Fernández
Román, Notaria.—( IN2017124560 ).
Yo, Mauricio Vargas
Barguil, notario público con oficina en Cartago, hago constar que por escritura
número veintitrés visible a folio cincuenta y cinco frente del tomo cincuenta y
ocho de mi protocolo, dada a las ocho horas del tres de abril del año dos mil
diecisiete, se disolvió la entidad denominada Dynamic Telefónica Móvil
Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago, Cartago Occidental;
setenta y cinco metros oeste, de la Farmacia Fischel, cédula jurídica tres-uno
cero uno-seis cero tres cuatro dos uno, por acuerdo firme de socios.—Cartago,
tres de abril de dos mil diecisiete.—Lic. Mauricio Vargas Barguil, Notario.—(
IN2017124674 ).
Ante la notaría de la licenciada Andrea Argüello Corrales, mediante
escritura número doscientos ochenta y seis-veintiséis, del tomo veintiséis de
mi protocolo, con fecha quince de marzo del año dos mil diecisiete, se disolvió
la sociedad Exportadora
B.C. Café S. A., con
domicilio en Cartago, representada por Guiselle María Cerdas Ramírez, cédula
número tres-tres tres cuatro-siete tres cuatro, y Carlos Manuel Cerdas Ramírez,
cédula número tres-dos seis tres-cuatro tres cinco, presidente y secretario
respectivamente, los cuales tienen la representación judicial y extrajudicial
de la sociedad pudiendo actuar conjunta o separadamente, conformando la
totalidad del capital social.—Heredia, dos de abril del año dos mil
diecisiete.—Licda. Andrea Argüello Corrales, Notaria Pública.—( IN2017124726 ).
Por medio de asamblea
general extraordinaria, la sociedad TMF AGRO S. A., cédula
jurídica N° 3-101-100171, modifica su pacto constitutivo, con relación a su
capital social.—San José, 16 de marzo del 2017.—Licda. Seanny Jiménez Alfaro,
Notaria.—( IN2017124865 ).
Por medio de asamblea general extraordinaria,
la sociedad Balatana
S. A., cédula
jurídica 3-101-117554, modifica su capital social en su pacto constitutivo, en
lo restante se mantiene incólume.—San José, 28/02/2017.—Licda. Seanny Jiménez
Alfaro, Notario.—( IN2017124870 ).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy a
las 14:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 03
correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
de esta plaza San
Rafael Arcángel Décima Segunda S R A S. A., cédula jurídica 3-101-303030, mediante la
cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 3 de abril del 2017.—Lic.
Álvaro Corrales Solís, Notario.—( IN2017124950 ).
Por escritura otorgada en mi notaría hoy a
las 15:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 02
correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
de esta plaza, Servicios
Clínicos Los Girasoles S. A., cédula jurídica 3-101-617884, mediante la cual se acuerda disolver
la sociedad.—San José, 3 de abril del 2017.—Lic. Álvaro Corrales Solís,
Notario.—( IN2017124953 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
El suscrito notario protocolizó el día cuatro
de abril del dos mil diecisiete el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Sesenta y Seis Mil Treinta y Seis Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda
de domicilio y cláusula novena de administración.—San José, cuatro de abril del
dos mil diecisiete.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—( IN2017125112
).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las 8:00 horas del 03 de abril del 2017, protocolicé
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Prime Internet Marketing Limitada, donde se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José,
03 de abril del 2017.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—(
IN2017125113 ).
Por medio de escritura número
setenta y ocho protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Loco Marketing Partners S. A., donde se reforma la cláusula segunda y se nombra nuevo
presidente y secretario.—San José, 04 de abril del 2017.—Licda. Annemarie
Guevara Guth, Notaria.—1 vez.—( IN2017125231 ).
Por escritura otorgada a las
dieciocho horas del tres de abril de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de
asamblea extraordinaria número uno de la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Once Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-574611, en la que se procede con la
disolución de la sociedad.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—(
IN2017125303 ).
Protocolización del acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la Compañía Ortakoy Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y
ocho mil novecientos sesenta y nueve, en la cual se modifica la cláusula del
domicilio. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del cuatro de
marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—(
IN2017125430 ).
Fabrizio Ravetti Aguayo,
notario público con oficina en San José, doy fe que en mí notaría, el día 14 de
febrero del 2017, fue constituida la sociedad anónima de esta plaza Biología y Concreto Consultores Ambientales Sociedad
Anónima. Los teléfonos de esta notaría son
8815-0655 y 2290-1190.—San José,14 de febrero del 2017.—Lic. Fabrizio Ravetti
Aguayo, Notario.—1 vez.—( IN2017125435 ).
Ante esta notaria al ser 08:00
horas del 14 de marzo de 2017, se modifica clausulas segunda y novena del pacto
constitutivo y se nombra nueva junta
directiva de la
sociedad Apoquindo S. A. 3-101-119793.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario
Marín Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017125446 ).
Ante esta notaría, al ser 12:00
horas del 14 de marzo de 2017 se modifican las cláusulas segunda y novena del
pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Moda Italiana S. A. 3-101-119874.—San
José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—(
IN2017125447 ).
Ante esta notaria al ser 09:00
horas del 14 de marzo de 2017 se modifica clausulas segunda y novena del pacto
constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Comercial Viña del Mar S. A. 3-101-059598.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario
Marin Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017125448 ).
Ante esta notaria al ser 10:00
horas del 14 de marzo de 2017 se modifica clausulas segunda y novena del pacto
constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Hacienda La Angosta S. A.
3-101-489916.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario Marin Barquero,
Notario.—1 vez.—( IN2017125449 ).
Ante esta notaría al ser 11:00
horas de114 de marzo de 2017, se modifica clausulas segunda y sexta del pacto
constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Marín Orozco Belleza & Glamour S. A. 3-101-635887.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario
Marín Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017125450 ).
Por escritura otorgada ante
esta notaría de las 9:00 Horas del 4 de abril de 2017 , se disuelve conforme al
artículo 201 inciso D) del Código de Comercio la sociedad Ticotrón Ingeniería S. A.
domicilio social Alajuela, Cartago, 4 de abril de 2017.—Lic. Juan Carlos
Carballo Zeuli, Notario.—1 vez.—( IN2017125462 ).
Ante esta notaría mediante escritura pública
N.º 149 de las 14:00 horas del 28 de marzo 2017, se protocoliza disolución de
la compañía Arrendadora Inmobiliaria
Metropolitana Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-321992, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 inciso d) y
207 del Código de Comercio.—San José 04 abril 2017.—Lic. Johanny Mora Monge,
Notario.—1 vez.—( IN2017125463 ).
Ante esta notaría mediante
escritura pública N.º 148 de las 12:00 horas del 28 de marzo 2017, se
protocoliza disolución de la compañía Alegría
Real Cariari Once Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101- 342024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201
inciso d) y 207 del Código de Comercio.—San José, 04 de abril 2017.—Lic.
Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017125464 ).
Por escritura N° 177 Bis,
otorgada en San Ramón de Alajuela el 05 de marzo del 2016, Carlos Luis Guillén
Montero, donó cuarenta acciones de la empresa de esta plaza denominada Inversiones Glenda Inglesa S. A., misma situación que se constata en los libros legales y de accionistas
de la compañía indicada supra.—Lic. Carlos Alberto Villalobos Lobo, Notario.—1
vez.—( IN2017125468 ).
La sociedad anónima IPSATRADE CO S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-207906. Nombra nuevo tesorero a Abner Antonio Camacho
Araya, cédula N° 4-0199-0073. Se modificó la cláusula sexta.—San José, 5 de
abril del 2017.—Lic. Wilbert Barrantes Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017125469
).
Por escritura número sesenta y
tres-uno del tomo primero de mi protocolo, de las 11:00 horas del 23 de marzo
del 2017, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Nosara Vacacional S. A.,
mediante la cual se modifica la cláusula quinta: del capital social, se
modifica la cláusula sexta de la administración y se nombran nuevo presidente,
secretario y fiscal.—Licda. Amy Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017125470 ).
Por escritura otorgada hoy ante
esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de la empresa Arbocu Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil doscientos doce,
por medio de la cual se disuelve la misma.—San José, quince de diciembre del
dos mil catorce.—Lic. Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—( IN2017125476
).
Por escritura número sesenta y
seis - uno del tomo primero de mi protocolo, de las 10 horas 30 minutos del 05
de abril del 2017, se protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de
Apame S. A., mediante la cual se modifica la cláusula octava: de la junta
directiva.—Licda. Amy Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017125483 ).
El suscrito notario hace
constar que mediante escritura número ciento trece visible al folio ochenta y
cuatro frente del tomo décimo sétimo de mi protocolo, otorgada a las quince
horas diez minutos del tres de abril del año dos mil diecisiete, protocolizó acta
de asamblea general de accionistas de la entidad denominada Inversiones Rodríguez Campos WYH S. A., domiciliada en Santa Bárbara de Heredia, cédula jurídica
tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta y siete,
mediante la cual se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la
empresa, en la cual se aumentó el capital social. De igual forma se hace saber
que ahí se modificó la cláusula sétima de dicho pacto constitutivo modificando
lo relativo a la administración social.—Heredia, a las diecisiete horas del
tres de abril del año dos mil diecisiete.—Lic. Manuel Zumbado Araya, Notario.—1
vez.—( IN2017125484 ).
Por escritura otorgada a las
11:00 horas del 5 de abril del 2017, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Consultoría
Agroforestal Esquivel Murillo S. A., domiciliada
en Cartago, Urbanización Villa del Sol, casa número seis D, cédula de persona
jurídica número 3-101-186623, en la cual se acordó disolver dicha sociedad de
conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y así se
comunica para que dentro de los 30 días siguientes a la publicación, cualquier
interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en
causa legal o pactada conforme al artículo 207 del Código de Comercio.—San
José, 5 de abril del 2017.—Lic. Mario A. Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—(
IN2017125485 ).
Por escritura número 217
otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 5 de abril del 2017, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Prosa Comercial Dos Mil Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-397295, en la que se acuerda su
disolución y liquidación.—San José, 5 de abril del 2017.—Lic. Carmen María
Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—( IN2017125486 ).
Por escritura otorgada a las
once horas del veintisiete de febrero del dos mil diecisiete, protocolicé el
acta de la segunda asamblea extraordinaria de Tres
Erres de Belén S. A., en donde se reformó la
cláusula referente al domicilio social.—Licda. Olga Irene Granados Porras,
Notaria.—1 vez.—( IN2017125487 ).
El suscrito notario hace
constar que en mi notaría, mediante escritura número siete, del cuatro de abril
del dos mil diecisiete, protocolicé acuerdos de asamblea general de KNC Ecological Consulting Sociedad de Responsabilidad
Limitada en donde se acuerda liquidar y disolver
la sociedad indicada.—San José, cuatro de abril del año dos mil
diecisiete.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—( IN2017125492 ).
Al ser las 08:15 horas del 28 de
marzo del 2017, protocolicé acta de: Oasis
Group Limitada. Se modifica la cláusula de la
administración.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío de
Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125495 ).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad IT Intercontainer Limitada, donde se modifica la cláusula segunda del domicilio, se modifica
cláusula de la administración y se nombrar nuevos cargos de gerentes de la
compañía. Gerentes: Javier Alberto Arias Chaves y Sebastián Arias Chaves.
Escritura otorgada en San José, ante el notario público Juan Manuel Aguilar
Víquez, a las diecisiete horas del cuatro de abril del dos mil diecisiete.—Lic.
Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—( IN2017125496 ).
Por escritura que autoricé hoy,
protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Aerofumigación Centroamericana Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San
José, 03 de abril del 2017.—Lic. Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—(
IN2017125497 ).
Por medio de escritura número
setenta y siete protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de Alfaro’s Business Solutions S. A., según reforma a la cláusula primera del pacto constitutivo de la
sociedad y se nombra nuevo presidente y secretario.—San José, 04 de abril del
2017.—Licda. Annemarie Guevara Guth, Notaria.—1 vez.—( IN2017125504 ).
Al ser las 8:30 horas del 28 de
marzo del 2017, protocolicé acta de Plaza
Comercial Las Rosas S. A. Se modifica la cláusula
de la sétima del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José
Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125512 ).
Al ser las 8:40 horas del 28 de
marzo del 2017, protocolicé acta de Centro
Comercial San Juan de Dios S. A. Se modifica la
cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic.
José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125513 ).
Al ser las 9:10 horas del 28 de
marzo del 2017, protocolicé acta de Rancho
La Coma de Santo Domingo S. A. Se modifica la
cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic.
José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125514 ).
Al ser las 09:40 horas del 28
de marzo del 2017, protocolicé acta de: Real
Orleans S. A. Se modifica la cláusula de la
sétima del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José
Antonio Saborío de Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125515 ).
Al ser las 10:10 horas del 28
de marzo del 2017, protocolicé acta de Tres
Ciento Uno-Seiscientos Veintitres Mil Trescientos Cuarenta Y Nueve S. A., se modifica la cláusula de la sétima del pacto constitutivo.—San
José 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborio De Rocafort, Notario.—1
vez.—( IN2017125516 ).
Al ser las 11:15 horas del 28
de marzo del 2017, protocolicé acta de: Inmobiliaria
Destinos Azules EBS S. A. Se modifica la cláusula
de la sexta del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José
Antonio Saborío de Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125517 ).
Al ser las 11:45 horas del 28
de marzo del 2017, protocolicé acta de Arrendadora
Bashie del Este Número Uno S. A., se modifica la
cláusula de octava del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic.
José Antonio Saborio De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125518 ).
Por escritura número ciento
cuarenta y dos otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 30 de
marzo de 2017, se disolvió la sociedad Inversiones
Martimar S. A. Presidenta: María Ivonne Martínez
Elizondo.—Siquirres, 30 de marzo de 2017.—Lic. Alejandro Argüello Leiva,
Notario.—1 vez.—( IN2017125519 ).
Por escritura número ciento
cuarenta y seis, otorgada ante el suscrito notario, a las 09:00 horas del día
04 de abril del 2017, se disolvió la sociedad Las
Machas S. A. Presidenta María Lourdes Rodríguez
Hernández.—Siquirres, 04 de abril del 2017.—Lic. Alejandro Argüello Leiva,
Notario.—1 vez.—( IN2017125520 ).
Con fecha del 27 de marzo del
2017, en esta notaría se acordó la disolución de la sociedad Eurosecurity Advisoring S. A.—Alajuela, 05 de abril del 2017.—Licda. Nazareth Abarca Madrigal,
Notaria.—1 vez.—( IN2017125526 ).
En mi notaría a las 8:00 horas
del 30 de marzo del 2017, la sociedad B&J Rodri Construcciones E Inversiones
S. A., reforma las facultades de representación
en sus cargos de la junta directiva.—Alajuela 5 de abril del 2017.—Licda.
Nazareth Abarca Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017125527 ).
Al ser las 14:00 horas del 28
de marzo del 2017, protocolicé acta de Arrendadora
Bashie del Este Número Dos S. A. Se modifica la
cláusula de la octavo del pacto constitutivo.—San José 30 de marzo del
2017.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125528 ).
Al ser las 14:30 horas del 28
de marzo del 2017, protocolicé acta de Arrendadora
Bashie del Este Número Tres S. A. Se modifica la
cláusula de la octavo del pacto constitutivo.—San José 30 de marzo del
2017.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125529 ).
Al ser las 15:00 horas del 28
de marzo del 2017, protocolicé acta de Arrendadora
Super Baharet del Este S. A. Se modifica la
cláusula de la octavo del pacto constitutivo.—San José 30 de marzo del
2017.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125530 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
DAJ-UAL-JM-467-2017.—El Ministerio de Salud
hace saber a: José Manuel Víquez Morales, cédula de identidad N° 104510302,
dueño de la nuda propiedad, finca N° 583278, inmueble de su propiedad sito en
la provincia de San José, Santa Ana, Piedades, 75 metros al sur del depósito
Hermanos Mora, que se procede a efectuar la siguiente notificación por
publicación de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la
Administración Pública y se le hace saber la Orden Sanitaria N°
CS-ARS-SA-OS-053-2016, la cual dispone que: “De acuerdo al informe técnico N°
CS-ARS-SA-RS-231-2016, del 18 de marzo de 2016, en donde se describe que por
medio de inspección ocular y prueba de fluoresceína realizadas el 01 y 04 de
marzo 2016 , por el suscrito, Ing. Diego Venegas Sandí, funcionario de
regulación del Área Rectora de Salud Santa Ana; a la propiedad ubicada en Santa
Ana, Piedades, 75 metros sur de Depósito Hermanos Mora, habitada por Yesenia
Manzanares Flores, se encontraron no conformidades con respecto al cumplimiento
de la Ley General de Salud y reglamentos conexos y anexos; al confirmarse que
de la edificación se filtran aguas negras a la propiedad colindante al este con
dicha propiedad, de la señora Irma Bolaños Arias. Se le ordena en un plazo de 30 días hábiles posteriores a la
notificación de esta Orden Sanitaria: Disponer adecuada y sanitariamente
las aguas residuales (negras) generadas en las casa de habitación ubicada en la
finca N° 583278; dentro de los linderos de su propiedad; mediante el uso de un
sistema de tratamiento que cumpla con la normativa establecida en el Código de
Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias del CFIA; en conformidad con lo
establecido en artículo 285 del decreto Ejecutivo No 5395, Ley General de Salud
publicado el 30 de octubre de 1973; artículo VI.12 de la Ley de Construcciones
y su Reglamento Decreto de Ley N° 833 publicada en la gaceta el día 04/11/1949
y artículos 21 y 50 de la Constitución Política de Costa Rica. Apercibimiento:
Se le apercibe que de no cumplir con lo anteriormente ordenado por las
autoridades sanitarias, a saber disponer adecuadamente las aguas negras, en el
plazo de 30 días hábiles, se procederá a declarar el inmueble (vivienda
habitada por la Señora Yesenia Manzanares Flores, sita en Santa Ana, Piedades,
75 metros sur de Depósito Hermanos Mora), inhabitable por insalubre, según lo
establecido en los art. 320 y 321 de la Ley General de Salud, así como la
aplicación del 355, 356 y 357 de dicha Ley. Así mismo se procederá a interponer
denuncia ante las autoridades judiciales correspondientes, por desobediencia a
la autoridad según artículo 314 del Código Penal, el cual establece
textualmente: “Se impondrá prisión de seis meses a tres años, a quien no cumpla
o no haga cumplir, en todos sus extremos, la orden impartida por un órgano
jurisdiccional o por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones,
siempre que se haya comunicado personalmente, salvo si se trata de la propia
detención. Se le informa que de acuerdo al artículo 60 de la Ley orgánica del
Ministerio de Salud, tiene derecho de interponer Recurso de Revocatoria y
Apelación en modo Subsidiario, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
notificación de esta Orden Sanitaria. El recurso podrá ser interpuesto ante la
oficina del Área de Salud de Santa Ana del Ministerio de Salud, la revocatoria
será resuelta por la Dirección Regional Central Sur del Ministerio de Salud, y
de ser necesaria, la apelación será resuelta por la Ministra de Salud. Se le
comunica que de conformidad con los artículos 61 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Salud y 148 de la Ley General de Administración Pública, la
interposición de los recursos administrativos no suspende la ejecución de la
orden sanitaria. Fundamento Legal: La presente Orden Sanitaria se fundamenta en
los artículos 21 y 50 de la Constitución Política de Costa Rica, los artículos
1, 2, 3, 4, 7, 164, 262, 263, 275, 285, 286, 287, 292, 293, 313 inciso 8,
subinciso b), 314, 315, 318, 320, 321, 341, 349, 355, 356, 357 y 363 de la Ley
General de Salud, Ley N° 5395, Reglamento de Aprobación de Sistemas de
Tratamiento de Aguas Residuales, Decreto Ejecutivo N° 39887-S-MINAE, el
artículo VI.12 del Reglamento de Construcciones y el Código de Instalaciones
Hidráulicas y Sanitarias del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.” Se procede a efectuar esta
notificación por publicación de conformidad con el artículo 241 de la Ley
General de la Administración Pública. Lo anterior por no haber sido posible
notificarle en el domicilio. Se publica el presente edicto a solicitud de la
Dirección del Área Rectora de Salud de Santa Ana, sita en San José.—San José,
03 de abril del 2017.—Lic. Ronny Stanley Muñoz Salazar, Director Asuntos
Jurídicos.—O. C. N° 3400031658.—Solicitud N° 81761.—( IN2017125279 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA
DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Se hace saber al señor Alejandro García
Brenes, cédula de identidad 1-630-493, en su condición de presidente inscrito
de la sociedad Tenedora de Fondos Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-484317, que a través del expediente DPJ-029-2017 del Registro de Personas
Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa de oficio en contra de la
sociedad Tenedora de Fondos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-484317, por
la transgresión al artículo 63 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. A
efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a
los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25
de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este registro, de
conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento
del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° veintiséis mil setecientos
setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus
reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera
preventiva en la inscripción registral de la citada sociedad y por este medio
se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de
que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a su derecho convenga.
Publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 29 de marzo del
2017.—Departamento de Personas Jurídicas.—Lic. Juan Carlos Sánchez García,
Asesor Jurídico—O. C. N° OC17-0028.—Solicitud N° 81357.—( IN2017124496 ).
Se hace saber al señor Jeremy Ibarra Mora,
cédula de identidad 1-1392-0144, en su condición de Gerente inscrito de la
sociedad A.F.I.C. Administradores de Fondos Inmobiliarios La Condesa Limitada,
cédula jurídica 3-102-567657, que a través del expediente DPJ-019-2017 del
Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa de
Oficio en contra de la sociedad A.F.I.C. Administradores de Fondos
Inmobiliarios La Condesa Limitada, cédula jurídica 3-102-567657, por la
transgresión al artículo 63 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. A
efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a
los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25
de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este registro, de
conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento
del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo No. veintiséis mil setecientos
setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus
reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera
preventiva en la inscripción registral de la citada sociedad y por este medio
se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir
del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de
que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a su derecho convenga.
Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 29 de marzo del
2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico, Departamento de
Personas Jurídicas.—O. C. N° OC17-0028.—Solicitud N° 81355.—( IN2017124764 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
REGISTRO
INMOBILIARIO
Se hace saber al señor Francisco Núñez
González, cédula de identidad 6-0188-0361 en su condición de deudor del crédito
hipotecario constituido sobre la finca de Puntarenas matrícula 38322, al ser
parte interesada con respecto a una doble matriculación que reporta ésta, con
la finca del mismo Partido matrícula 46480, que en este Registro se iniciaron
Diligencias Administrativas de oficio para investigar dicha situación. Por lo
anterior esta Asesoría mediante resolución de las 09:00 horas 14 de noviembre
de 2016, ordenó consignar advertencia administrativa en la finca dicha. De
igual forma por resolución de las 09:18 horas del 24 de enero de 2017, cumpliendo
el principio del debido proceso, se autorizó publicación por una única vez de
edicto para conferir audiencia a las personas mencionadas, por el término de
quince días contados a partir del día siguiente de la respectiva publicación “La Gaceta”; para que dentro de dicho
término presenten los alegatos correspondientes, y se le previene que dentro
del término establecido para audiencia señalar facsímil o casa u oficina dentro
de la ciudad de San José para oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso
b) del Decreto Ejecutivo 35509 que es el Reglamento de Organización del
Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior,
las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de
dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso,
incierto o ya no existiere, conforme al artículo 11 de la Ley 8687 Ley de
Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Exp. N°
2016-1128-RIM).—Curridabat, 24 de enero del 2017.—Lic. Manrique A. Vargas
Rodríguez, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. N° 17-0027.—Solicitud N° 81935.—(
IN2017125866 ).
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Se hace saber a los señores Martín G. Vargas
Brenes, cédula N° 3-0342-0357 y Carmen V. Quirós Vargas, cédula N° 3-0394-0693
que se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Rural.
Dirección Región de Desarrollo Central. Órgano Director, Asuntos Jurídicos
Regional, a las 02:57 horas del 03 de abril del 2017. Con fundamento en las
facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 del 14 de
octubre de 1961 y sus reformas, la Ley de Transformación del IDA en el INDER N°
9036 del 11 de mayo de 2012 y su Reglamento, se inicia el presente Proceso
Administrativo de Revocatoria de Adjudicación, instruido en expediente
RV-00007-17 en su contra, como adjudicatarios de la granja familiar N° 15 del
Asentamiento San Isidro II, sito en Quebrada Fierro distrito 4-San Nicolás
cantón 1-Cartago de la provincia de Cartago. En vista de que este procedimiento
se instruye por la supuesta violación del artículo 68, inciso 4), párrafo b) de
la Ley de Tierras y Colonización N° 2825, es decir: “Por el abandono
injustificado de la parcela...” y que su domicilio es desconocido, al no
localizarse ni en la zona ni en el predio, se ordena notificarles esta
resolución por publicación de tres edictos en el Diario Oficial La Gaceta Se ha fijado para la
comparecencia y recepción de prueba las 08:30 horas del día 25 de mayo del
2017, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado, pudiendo
hacerse acompañar por un profesional en Derecho o un especialista en la
materia, ante esta oficina de Asuntos Jurídicos Regional, en la Dirección
Regional de Desarrollo Central, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte
de la Capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos y
ejercer defensa sobre los cargos imputados, debiendo presentar en ese mismo
acto toda la prueba que crean conveniente, debiendo los testigos identificarse
debidamente. Vencida la hora señalada para la audiencia, cualquier gestión
atinente a comparecer se tendrá por extemporánea con las consecuencias legales
que se derivan de la extemporaneidad. Se les previene señalar lugar, dentro del
perímetro de la ciudad de Cartago, donde atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que de no hacerlo así, cualquier resolución posterior se
tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere. Artículo 11 de la Ley sobre Notificaciones Judiciales N° 8687. Se
informa que para consulta o fotocopia, el expediente se encuentra en la
Dirección Regional de Desarrollo Central. Notifíquese. Órgano Director-Asuntos
Jurídicos Regional.—Lic. Ramón Luis Montero Sojo, M.S.c. Máster en Derecho
Público y Especialista en Derecho Agrario y Ambiental.—( IN2017125426 ).
AVISOS
COLEGIO FEDERADO DE
INGENIEROS
Y DE
ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La Junta Directiva General mediante acuerdo
N° 64 de la sesión Nº 16-16/17-G.E. del 21 de febrero de 2017, acordó autorizar
a la administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo N° 06 de la sesión
N° 16-15/16-G.E., debido a que según oficio TH-071-2017 del Departamento de
Tribunales de Honor resultó materialmente imposible notificar a la empresa
Comercializadora de Viviendas PCP S. A.(CC-02526), en el expediente
disciplinario N° 056-15.
“La
Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en
su sesión N° 16-15/16-G.E. de fecha 05 de abril de 2016, acordó lo siguiente:
“Acuerdo N° 06:
Se
conoce oficio N° 0219-2016-CAV del Centro de Análisis y Verificación, en
relación con el expediente N° 056-15 de investigación iniciada de oficio por el
C.F.I.A. al Ing. José Walter Araya Martínez (IC-5602), al Ing. Eugenio Méndez
Libby (IC-4585) y a la empresa Comercializadora de Viviendas PCP S. A.
(CC-02526):
(…)
Por lo
tanto se acuerda:
a. (…).
b. Se aprueba lo recomendado por el Centro de Análisis y Verificación,
de instaurar un Tribunal de Honor al Ing. Eugenio Méndez Libby (IC-4585) y a la
empresa Comercializadora de Viviendas PCP S. A. (CC-02526), en el expediente N°
056-15 de investigación iniciada de oficio por el C.F.I.A; con el fin de llegar
a la verdad real de los hechos, según oficio N° 0219-2016-CAV.
c. El Tribunal de Honor para la empresa y para el profesional
investigado, estará conformado por el Ing. Luis González Espinoza, el Arq.
Ricardo Fliman Wurgaft, el Ing. Jorge Montero Cabezas (en calidad de suplente),
del Tribunal de Honor Multidisciplinario y de Empresas; y por el Ing. Olman
Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.
d. El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier
fase del procedimiento. Asimismo, se informa que el C.F.I.A. garantiza en todo
momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron
el presente acuerdo. Contra la anterior resolución cabrá el recurso de
revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el
término de tres días contados a partir de la notificación de la resolución de
instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y
siguientes de la Ley General de la Administración Pública.”
Ing. Olman Vargas Zeledón, Director
Ejecutivo.—O. C. N°
228-2017.—Solicitud N° 81510.—( IN2017124504 ).
La Junta Directiva General mediante acuerdo
N° 66 de la sesión Nº 16-16/17-G.E. del 21 de febrero de 2017, acordó autorizar
a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 05 de la sesión
N° 43-15/16-G.E., debido a que según oficio TH-117-2017 del Departamento de
Tribunales de Honor resultó materialmente imposible notificar a la empresa
Rosemkor Arquitectos S. A. (CC-06691), en el expediente disciplinario N°
139-15.
“La
Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en
su sesión N° 43-15/16-G.E. de fecha 11 de octubre de 2016, acordó lo siguiente:
“Acuerdo N° 05:
Se aprueba lo recomendado por el
Centro de Análisis y Verificación, de instaurar un Tribunal de Honor en el caso
N° 139-15, de investigación iniciada al Arq. Luis Diego Segura Montero
(A-16167) y a la empresa Rosemkor Arquitectos S. A. (CC-06691), por solicitud
de la Sra. Ana Gabriela Jiménez Marichal y el Sr. Hans Jiménez Arauz; con el
fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio N° 0730-2016-CAV:
(…)
Recomendación del Centro de Análisis y
Verificación
Una vez analizado el caso este Centro
recomienda:
Instaurar un tribunal de honor
en relación con la actuación de la empresa Rosemkor Arquitectos S. A.,
CC-06691.
• (…).”
b) El Tribunal de Honor para la empresa y el
profesional investigados, estará conformado por el Ing. Luis González Espinoza,
el Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, el Ing. Jorge Montero Cabezas (en calidad de
suplente), del Tribunal de Honor Multidisciplinario y de Empresas; y por el
Ing. Olman Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.
c) El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier
fase del procedimiento, así mismo, se informa que el C.F.I.A. garantiza en todo
momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron
el presente acuerdo contra la anterior resolución cabrá el recurso de
revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el
término de tres días contados a partir de la notificación de la resolución de
instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y
siguientes de la Ley General de la Administración Pública.”
Ing. Olman Vargas Zeledón, Director
Ejecutivo.—O.C. N° 229-2017.—Solicitud N° 81516.—( IN2017124508 ).
La Junta Directiva General mediante acuerdo
N° 65 de la sesión Nº 16-16/17-G.E. del 21 de febrero de 2017, acordó autorizar
a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el
acuerdo Nº 20 de la sesión N° 43-15/16-G.E.., debido a que según oficio
TH-127-2017 del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente imposible
notificar a la empresa Grupo Constructivo Alta Limitada. (CC-6602), en el
expediente disciplinario N° 206-11.
“La
Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en
su sesión N° 43-15/16-G.E. de fecha 11 de octubre de 2016, acordó lo siguiente:
“Acuerdo N° 20:
Se
conoce informe final INFIN-107-2016/206-11 remitido por el Tribunal de Honor
integrado para conocer expediente N°206-11 de denuncia interpuesta por la Sra.
Rosa María May Barquero en contra de la empresa Grupo Constructivo Alta
Limitada (CC-06602), del Ing. Alejandro Camacho Abarca (ICO-14064), del Arq.
Francisco Vásquez May (A-20965) y del Ing. Limberth Rojas Aguilar (IC-9516):
(…)
Por lo
tanto se acuerda:
a. (…).
b. (…).
c. (…).
d. Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor, de imponer una
sanción de nueve meses de suspensión del ejercicio profesional a la empresa
Grupo Constructivo Alta Limitada CC-06602, en el expediente N° 206-11, al
demostrarse que con su actuación infringió el Código de Ética Profesional del
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, en sus artículos
2, 3 y 18, conforme a las sanciones establecidas en el artículo 26, en
concordancia con el artículo 25 del citado Código.
Este es un acuerdo
firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior
General y en consecuencia, las sanciones impuestas, son ejecutables de
conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la
Administración Pública.
Que de
conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso
Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la vía
administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de
justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el
artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008,
contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta
Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de diez días
hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución.
La
interposición del recurso de reconsideración suspende la ejecución de la
sanción, hasta que la Junta Directiva General resuelva en definitiva dicha
impugnación. Esa decisión agota la vía administrativa.”
San
José, 23 de marzo del 2017.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C. N° 230-2017.—Solicitud
N° 81519.—( IN2017124509 ).
Para información refiérase al Nº
INT-028-2017/264-15, Auto de intimación. En San José, Granadilla de Curridabat,
casa anexa número uno del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de
Costa Rica (en adelante CFIA), al ser las 10:39 horas del 10 de octubre del
2016, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta Directiva General en el
acuerdo Nº 11, sesión Nº 24-15/16-G.E., de fecha 31 de mayo del 2017, resuelve
emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio al proceso disciplinario
seguido en el expediente administrativo Nº 264-15, al Ing. Randall Aguilar
Mora, registro Nº IC-18476, por su actuación en el siguiente asunto: como
Profesional Responsable del contrato de consultoría Nº OC 654176, del 13 de
agosto del 2014, obra registrada como ampliación de vivienda en segundo nivel,
de 88 m2, propiedad del señor Álvaro Isaac Barrantes Anchía, cédula
Nº 109760818, en el lote con plano catastrado Nº H-0777214-2002, ubicado en San
Antonio de Belén, del parque de Asunción 200 m este, 100 m norte y 25 m este, en
el distrito San Antonio, cantón Belén, provincia Heredia. Se le atribuye la
presunta comisión de los siguientes hechos: 1. Haber abandonado el 17 de
febrero del 2015 la obra contratada, dejándola inconclusa, según el registro
fotográfico (folios 07 al 21), aportado por el Sr. Barrantes Anchía, e
incumpliendo el plazo de entrega de la obra terminada, según la denuncia del
Sr. Álvaro Isaac Barrantes Anchía el 17 de agosto del 2015, (folios 02 al 21).
2. Haber construido el entrepiso, del proyecto OC 654176, con una estructura y
materiales diferentes a los acordados en la
contratación y sin la autorización del Sr. Álvaro Barrantes Anchía, según la
denuncia del Sr. Álvaro Isaac Barrantes Anchía el 17 de agosto del 2015,
(folios 02 al 21). 3. Brindar sus servicios de consultoría a través de las
empresas “Raiar Ingeniería y Arquitectura S. A.” y “Metalum
del Oeste S. A.”, mismas que no se encuentran inscritas en el
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, de acuerdo con
los certificados Nº 2016-006899-E (folio 285) y Nº 2016-007353-E (folio 299),
según el informe Nº 0484-2016-CAV del 19 de mayo del 2016 (folios 326 al 344).
4. Dirigir la obra sin la participación del profesional responsable del
Proyecto Eléctrico del contrato de consultoría Nº OC 654176, Ing. César Monge
Rodríguez, IMI-3076, de acuerdo el informe de Datos del Proyecto (folio 286 y
287), el informe Nº 0484-2016-CAV del 19 de mayo del 2016 (folios 326 al 344),
y respuesta del Ing. Cesar Monge Rodríguez, IMI-3076, profesional responsable
de la parte eléctrica del proyecto (folio 90). 5. Haber cobrado un monto
inferior al 10.5% establecido a través del Arancel de Servicios Profesionales
de Consultoría para Edificaciones, en razón de que el monto cobrado por el Ing.
Aguilar Mora fue de ¢1.509.900 (un millón quinientos nueve mil novecientos
colones) (folio 53), lo que corresponde al 6.76% de ¢22.320.100, valor total de
la obra (folios 286 y 287). Con lo actuado podría haber faltado: Ley Orgánica
del CFIA: Artículo 8º, inciso a). Reglamento Interior General del CFIA:
Capítulo VI, artículo 53. Reglamento para la Contratación de Servicios de
Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 10 y 11.B. incisos a), b)
i), h) y j). Reglamento para el Trámite de Planos y la Conexión de los
Servicios Eléctricos, Telecomunicaciones y de Otros en Edificios: Artículo 2.4.
Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras: Artículo 1º. Código de
Ética Profesional del CFIA: Artículos 2º, 3º, 4º, 9º, 16 y 18. Sobre los cargos
que se le hace al Ing. Randall Aguilar Mora, se le concede el plazo improrrogable
de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del
presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los
acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y
rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere
oportuna y conveniente. Se le advierte que de no apersonarse al proceso este
continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo en
cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso
en el estado en que se encuentre (artículo 82 del Reglamento del Proceso
Disciplinario del CFIA). Se garantiza al investigado el acceso en todo momento
al expediente Nº 264-15, sus piezas y antecedentes de la denuncia presentada en
su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado,
técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra la
presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con apelación
en subsidio (artículos 106, 107 y 108 del Reglamento del Proceso disciplinario
del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a
partir del día hábil siguiente de esta resolución. El recurso de revocatoria
deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El
de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta
Directiva General. Asimismo, se cita al Ing. Randall Aguilar Mora, en
calidad de investigado, para que comparezca personalmente, a la sede de este
órgano en el Departamento de Tribunales de Honor del CFIA, ubicada en la casa
anexa número uno del edificio del CFIA en Granadilla de Curridabat, contiguo al
Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se
refiere el artículo 83 del “Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA”, que
se llevará a cabo el día viernes 19 de mayo del 2017, a las 09:30 horas. En dicha
audiencia podrá ejercer su derecho de defensa y deberá aportar toda la prueba
que no haya sido aportada, bajo sanción de caducidad; podrá formular
interrogatorios, argumentos y conclusiones. La no asistencia a la comparecencia
no impedirá que ésta se lleve a cabo y se resolverá con los elementos de juicio
existentes. Se apercibe al investigado, que dentro del tercer día hábil y por
escrito, de conformidad con lo establecido en los artículos 22 del Reglamento
del Proceso Disciplinario y 9º del Reglamento Especial para las Notificaciones
y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un número de fax, o bien un
correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que
si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con
el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual
consecuencia sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por
causas ajenas al CFIA. Notifíquese.—Tribunal de Honor del Colegio de Ingenieros
Civiles.—Ing. Javier Porras Arrieta, Presidente.—17 de abril del
2017.—Departamento de Tribunales de Honor.—Gerardo Enrique Campos Chacón.—O. C.
Nº 249-2017.—Solicitud Nº 82403.—( IN2017126905 ).