LA GACETA N° 77 DEL 25 DE ABRIL DEL 2017

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 40307-S

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

MINISTERIO DE JUSTICIAY PAZ

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Y TRANSPORTES

DOCUMENTOS VARIOS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

SALUD

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE

DE PUERTOS DEL PACÍFICO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

BANCO DE COSTA RICA

INSTITUTO COSTARRICENSE

DE PUERTOS DEL PACÍFICO

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

HACIENDA

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD NACIONAL

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD DE HOJANCHA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SALUD

JUSTICIA Y PAZ

 

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 40307-S

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE SALUD

En uso de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; 25, 27 inciso 1), 28 inciso 2.b) y 103 inciso 1) de la Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978 “Ley General de la Administración Pública”; 2, 3, 5 inciso c), 6, 18, 19 y 20 de la Ley N° 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”.

Considerando:

I.—Que la salud de la población es un derecho fundamental y un bien de interés público tutelado por el Estado.

II.—Que el uso de drogas estupefacientes y de otras capaces de producir por su uso dependencia física o psíquica en las personas, constituye materia de especial interés público.

III.—Que las drogas psicotrópicas y estupefacientes son compuestos de uso clínico, pero por su naturaleza, el riesgo de uso indebido, abuso y uso ilícito representan una seria amenaza a la salud pública.

IV.—Que en ejercicio de las funciones de protección de la salud de la población y garantía del bienestar de los ciudadanos, le compete al Ministerio de Salud el control de la administración y la vigilancia de medicamentos psicotrópicos y estupefacientes en nuestro país.

V.—Que la Ley N° 5412 del 8 de noviembre de 1973 “Ley Orgánica del Ministerio de Salud”, dispone la existencia de la Junta de Vigilancia de Drogas Estupefacientes como órgano encargado de vigilar y controlar la importación, existencia y venta de cualquier droga estupefaciente y de los productos que por su uso puedan producir dependencia física o psíquica en las personas, determinadas conforme a los convenios internacionales, leyes o disposiciones dictadas por el Poder Ejecutivo.

VI.—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 37111-5 del 12 de enero de 2012, publicado en La Gaceta N° 108 del 05 de junio de 2012 “Reglamento para el Control de Drogas Estupefacientes y Psicotrópicos”, se establecen las funciones de la Junta de Vigilancia de Drogas Estupefacientes.

VII.—Que la Junta de Vigilancia de Drogas Estupefacientes está integrada, según el artículo 19 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud ya citada y el artículo 3 del Decreto Ejecutivo N° 37111-S ya citado también, por el Director General de Salud, quien preside, un representante del Colegio de Fannacéuticos de Costa Rica y un representante del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.

VIII.—Que por la anuencia en participar en el tema de las drogas estupefacientes y psicotrópicas que han tenido los profesionales en Odontología y Medicina Veterinaria, se considera prudente tomar en cuenta a los mismos, para que asistan a las sesiones de la Junta, con voz pero sin voto, para escuchar el punto de vista de estos profesionales en ciencias de la salud. Razón por la cual, se realiza la siguiente modificación.

IX.—Que de conformidad con el artículo 12 bis del Decreto Ejecutivo N° 37045 de 22 de febrero de 2012 “Reglamento a la Ley de Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos” y su reforma, se considera que por la naturaleza del presente reglamento no es necesario completar la Sección I denominada Control Previo de Mejora Regulatoria, que conforma el formulario de Evaluación Costo Beneficio, toda vez que el mismo no establece trámites ni requerimientos para el administrado. Por tanto,

Decretan:

REFORMA AL REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE

DROGAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS

Artículo 1°—Refórmese el artículo 3 del Decreto Ejecutivo N° 37111-S del 12 de enero de 2012 “Reglamento para el Control de Drogas Estupefacientes y Psicotrópicas” publicado en La Gaceta N° 108 del 05 de junio de 2012, para que en lo sucesivo se lea así:

“Artículo 3°—La Junta estará integrada por tres miembros propietarios:

a)  El Director General de Salud, o su representante, quien presidirá.

b)  Un profesional miembro, representante del Colegio de Farmacéuticos de Costa Rica o su suplente.

c)  Un profesional miembro, representante del Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica o su suplente.

Los representantes de los colegios durarán en sus funciones dos arios, pudiendo ser reelectos hasta por dos períodos consecutivos y serán nombrados por sus respectivos Colegios.

El Director de la Dirección de Regulación de Productos de Interés Sanitario del Ministerio o su suplente realizará labores de Secretaría, se contará además con la presencia de un asesor legal del Ministerio y un representante de dicha dirección, quien fungirá como asesor técnico. Los anteriores tendrán derecho a voz pero sin voto.

Además, se podrán invitar a las sesiones de la Junta, un profesional miembro, representante del Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica o su suplente, con derecho a voz pero sin voto; y un profesional miembro, representante del Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica o su suplente, con derecho a voz pero sin voto; y serán designados por sus respectivos Colegios.”

Artículo 2°—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, al ser el primer día del mes de marzo del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Salud, Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro de Salud.—1 vez.—O. C. N° 3400031658.—Solicitud N° 17645.—( D40307 - IN2017126025 ).

N° 40311-RREE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Considerando:

1º—Que la Asamblea Legislativa mediante Ley número 9402 del día veintiocho de setiembre de dos mil dieciséis, publicada en el Alcance número 46 de La Gaceta Digital número 43 del primero de marzo de 2017, aprobó el Convenio de Cooperación Regional para la Creación y Funcionamiento del Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América Latina y el Caribe, celebrado entre la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y los países de América Latina y el Caribe, suscrito en la ciudad de México, Distrito Federal, el 19 de octubre de 1990.

2º—Que los instrumentos de ratificación se depositarán en poder del Director General del Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América Latina y el Caribe (CREFAL), de acuerdo con el artículo vigésimo noveno del Convenio mencionado. Por tanto,

En uso de las facultades que les confieren los incisos 10 y 12 del artículo 140 y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

Decretan:

Artículo 1º—La ratificación de la República de Costa Rica al Convenio de Cooperación Regional para la Creación y Funcionamiento del Centro de Cooperación Regional para la Educación de Adultos en América Latina y el Caribe, celebrado entre la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y los países de América Latina y el Caribe, suscrito en la ciudad de México, Distrito Federal, el 19 de octubre de 1990.

Artículo 2º—Rige a partir de esta fecha.

Dado en la Presidencia de la República.—A los dos días del mes de marzo del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.—O. C. N° 3400030886.—Solicitud N° 19343.—( D-40311- IN2017126030 ).

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 822-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en el artículo 26 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 4 de la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico, Ley Nº 6990 del 15 de julio de 1985.

Considerando:

I.—Que por disposición del artículo 4 de la Ley Nº 6990, Incentivos para el Desarrollo Turístico y del artículo 4 de su Reglamento, Decreto Nº 24863 del 5 de diciembre de 1995, la Comisión Reguladora de Turismo está integrada por un representante del Instituto Costarricense de Turismo, un representante del Ministerio de Hacienda, un representante del Ministerio de Economía, Industria y Comercio y dos representantes de la empresa privada.

II.—Que mediante acuerdo Nº 094-P de 19 de junio del 2014, publicado en La Gaceta Nº 182 del martes 23 de setiembre del 2014; reformado por el acuerdo Nº 323-P de 14 de julio del 2015, publicado en La Gaceta Nº 151 del miércoles 5 de agosto del 2015; se integró la Comisión Reguladora de Turismo.

III.—Que por medio del acuerdo Nº 094-P de 19 de junio del 2014, se prorrogo el nombramiento del señor Mario Socatelli Porras, cédula de identidad N° 1-0547-0388, como representante propietario del Sector Turismo Privado ante la Comisión Reguladora de Turismo.

IV.—Que mediante acuerdo Nº 323-P de 14 de julio del 2015, se acordó nombrar como representante propietario del Instituto Costarricense de Turismo ante la Comisión Reguladora de Turismo al señor Mauricio Ventura Aragón, cédula de identidad N° 1-0453-0248.

ACUERDA:

Artículo 1º—Prorrogar el nombramiento como representante propietario del Instituto Costarricense de Turismo ante la Comisión Reguladora de Turismo a Mauricio Ventura Aragón, cédula de identidad N° 1-0453-0248.

Artículo 2º—Nombrar como representante suplente del Instituto Costarricense de Turismo ante la Comisión Reguladora de Turismo a Erasmo Rojas Madrigal, cédula de identidad N° 1-0424-0650.

Artículo 3º—Nombrar como representante propietario del Ministerio de Hacienda ante la Comisión Reguladora de Turismo a Leonardo Salas Quirós, cédula de identidad N° 1-0923-0866 y a Dina Víquez Esquivel, cédula N° 1-855-0063, como representante suplente.

Artículo 4º—Nombrar como representante propietario del Ministerio de Economía, Industria y Comercio ante la Comisión Reguladora de Turismo a Luis Roberto Ramírez Vega, cédula de identidad N° 1-1135-0979 y a Gabriela León Segura, cédula de identidad N° 1-1206-810, como representante suplente.

Artículo 5º—Prorrogar el nombramiento como representante propietario del Sector Turismo Privado ante la Comisión Reguladora de Turismo a Mario Socatelli Porras, cédula de identidad N° 1-0547-0388.

Artículo 6º—Nombrar como representante propietario del Sector Turismo Privado ante la Comisión Reguladora de Turismo a Gustavo Araya Carvajal, cédula de identidad N° 1-966-449; asimismo a Jackeline López Cordero, cédula N° 1-630-956 y a Óscar Alvarado Martínez, cédula de identidad N° 7-144-374, como representantes suplentes de Mario Socatelli Porras y Gustavo Araya Carvajal, respectivamente.

Artículo 7º—Rige a partir del ocho de marzo de dos mil diecisiete.

Dado en la Presidencia de la República. San José, el ocho de marzo de dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. N° 17654.—Solicitud N° 3705.—( IN2017125697 ).

MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

N° 002-2017

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411 del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al señor Rafael González Palacios, cédula de identidad N° 109500889, Asesor de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participe en la “Primera Reunión Internacional de Formación para PISA 2018”; que se realizará en Atenas, Grecia del 23 al 27 de enero de 2017.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de mil setecientos dólares con cero centavos de dólar ($1.700,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10504 por un monto de mil seiscientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1.650,00), para un monto total de tres mil trecientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($3.350.00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3°—El señor González Palacios en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4°—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje”, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 5°—Que durante los días del 21 al 28 de enero de 2017, en que se autoriza la participación del señor Rafael González Palacios en la “Primera Reunión Internacional de Formación para PISA 2018”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6°—El presente acuerdo rige a partir del día 21 al 28 de enero de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de enero del año dos mil diecisiete.

Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17351.—( IN2017125664 ).

N° MEP 003-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47, inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411 del 12 de diciembre del 2016) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Antonio Alberto Calvo Leiva, cédula de identidad N° 302690088, Asesor Nacional de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, para que participe en la “Reunión del grupo de expertos nacionales sobre VET (Educación Técnica y Vocacional) y Aprendizaje y Aptitudes para Adultos”; que se realizará en Paris, Francia los días 19 y 20 de enero de 2017.

Artículo 2º—Que durante los días 21 al 22 de enero del 2017, el señor Calvo Leiva se acogerá a su período de vacaciones, con regreso al país el día 23 de enero de 2017.

Artículo 3º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de dos mil ciento diez dólares con cero centavos de dólar ($2.110,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10504 por un monto de novecientos noventa y cinco dólares con cero centavos de dólar ($995,00), para un monto total de tres mil ciento cinco dólares con cero centavos de dólar ($3.105,00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—El señor González Palacios en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 5º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje”, todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 6º—Que durante los días del 17 al 23 de enero del 2017, en que se autoriza la participación del señor Antonio Alberto Calvo Leiva en la “Reunión del grupo de expertos nacionales sobre VET (Educación Técnica y Vocacional) y Aprendizaje y Aptitudes para Adultos”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 7º—El presente acuerdo rige a partir del día 17 al 23 de enero del 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diez días del mes de enero del año dos mil diecisiete.

Alicia Eugenia Vargas Porras, Ministra de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. Nº 3400031154.—Solicitud Nº 17351.—( IN2017125665 ).

MEP 004-2017

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N°9411 del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar al señor Marco Tulio Fallas Díaz, cédula de identidad N° 104180912, Viceministro Administrativo de Educación, para que participe en la “Reunión Regional de Ministros de Educación de América Latina y el Caribe” que se realizará en Buenos Aires, Argentina los días 24 y 25 de enero del 2017.

Artículo 2º—Se autoriza al señor Fallas Díaz permiso para ausentarse de sus funciones los días 26 y 27 de enero de 2017.

Artículo 3º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por el Ministerio de Educación y Deportes de la República de Argentina y la Organización de las Naciones Unidas para la Ciencias y la Cultura, Santiago (UNESCO).

Los gastos correspondientes al alojamiento y manutención de los días del 26 al 27 de enero del 2017, serán asumidos en su totalidad por el señor Viceministro de su propio peculio, por lo que no existe erogación alguna con cargo al erario público.

Artículo 4º—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos e impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa Presupuestario 550-00 mediante la subpartida presupuestaria 10503. Además se cubrirán todos aquellos gastos por hospedaje y alimentación del 22 al 25 de enero que estén no previstos, que serán cubiertos por subpartida presupuestaria 10504 del mismo Programa. Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 5º—El señor Fallas Díaz en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 22 al 27 de enero de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veinte días del mes de enero del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17351.—( IN2017125666 ).

Nº MEP 009-2017

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora María Alexandra Ulate Espinoza, cédula de identidad N° 2-0483-0904, Asesora del Viceministerio de Planificación Regional y Coordinación Regional, para que participe en el “Seminario Internacional sobre buenas prácticas educativas ante el riesgo de exclusión de niñas, niños y adolescentes”, que se realizará en Ciudad México, México, los días 08 y 09 de febrero de 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por: la Oficina en México del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF).

Artículo 3º—La señora Ulate Espinoza en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 07 al 10 de febrero del 2017, en que se autoriza la participación de la señora María Alexandra Ulate Espinoza en el “Seminario Internacional sobre buenas prácticas educativas ante el riesgo de exclusión de niñas, niños y adolescentes”, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del día 07 al 10 de febrero del 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los seis días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C. Nº 3400031154.—Solicitud Nº 17351.—( IN2017125667 ).

N° MEP 013-2017

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre de 2015) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al señor Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, cédula de identidad N° 401011074, Viceministro de Planificación y Coordinación Regional, para que participe en la Reunión “Encuentro Regional de alto nivel sobre la Agenda de Desarrollo Internacional 2030” y en la “VII Reunión del Consejo Rector del IESME”, que se realizará en Antigua, Guatemala el 21 y 22 de febrero de 2017.

Artículo 2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación y la Cultura (OEI).

Artículo 3°—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos e impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa Presupuestario 550-00 mediante la subpartida presupuestaria 10503. Además se cubrirán todos aquellos gastos por hospedaje y alimentación no previstos, que serán cubiertos por subpartida presupuestaria 10504 del mismo Programa. Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4°—El señor Gutiérrez Rodríguez en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 5°— El presente acuerdo rige a partir del día 20 al 23 de febrero de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17352.—( IN2017125696 ).

MEP 016-2017

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411 del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Carolina López Castillo, cédula de identidad N° 1-0803-0548, Asesora Nacional de Educación Preescolar del Departamento de Educación Preescolar, para que participe en los “Aportes técnicos para el diseño de la Guía pedagógica para la atención de niños y niñas menos de cuatro años en Costa Rica” en el marco del proyecto Bilateral de Cooperación Técnica entre Países en Desarrollo (CTPD); que se realizará en Santiago de Chile, Chile del 06 al 10 de marzo de 2017.

Artículo 2º—Que durante los días 11 de marzo de 2017, la señora López Castillo se acogerá a su período de vacaciones, con regreso al país el día 12 de marzo de 2017.

Artículo 3º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10503, para un monto de mil doscientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1.250,00) y los gastos correspondientes al alojamiento y manutención serán cubiertos por el Programa Presupuestario 550-00 de la subpartida presupuestaria 10504 por un monto de mil doscientos cincuenta dólares con cero centavos de dólar ($1.250,00), para un monto total de dos mil quinientos dólares con cero centavos de dólar ($2.500.00). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—La señora López Castillo en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 5º—De acuerdo a lo establecido en el lineamiento Técnico DGABCA-NP 1035-2010 referente al “Millaje,” todo funcionario público que realice un viaje financiado con recursos del Estado costarricense deberá ceder el mismo. Por tanto el funcionario designado en este acuerdo cede al Ministerio de Educación Pública el “Millaje” producto de la emisión de la compra del tiquete aéreo.

Artículo 6º—Que durante los días del 05 al 12 de marzo de 2017, en que se autoriza la participación de la señora Carolina López Castillo en los “Aportes técnicos para el diseño de la Guía pedagógica para la atención de niños y niñas menos de cuatro años en Costa Rica” en el marco del proyecto Bilateral de Cooperación Técnica entre Países entre Países en Desarrollo (CTPD), devengará el 100% de su salario.

Artículo 7º—El presente acuerdo rige a partir del día 05 al 12 de marzo de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17352.—( IN2017125581 ).

MEP 018-2017

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411 del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA

Artículo 1º—Autorizar a la señora Michelle Chaves Boulanger, cédula de identidad N° 1-1015-0578, Asesora del Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación Regional, para que participe en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”, que se realizará en Querétaro, México, del 17 al 20 de marzo de 2017.

Artículo 2º—Que durante los días 13 al 15 de marzo de 2017, la señora Chaves Boulanger se acogerá a su período de vacaciones, con salida del país el día 13 de marzo de 2017.

Artículo 3º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por la interesada. Los gastos correspondientes al alojamiento, manutención e inscripción serán cubiertos por el Programa Presupuestario 553-00 tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, mediante la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, por un monto de ciento ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos de dólar ($184,50). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—La señora Chaves Boulanger en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 5º—Que durante los días del 13 al 21 de marzo de 2017, en que se autoriza la participación de la señora Michelle Chaves Boulanger en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 13 al 21 de marzo de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17352.—( IN2017125651 ).

MEP 019-2017

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411 del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Marianela Jiménez Cabrera, cédula de identidad N°.1-0954-0952, Asesora del Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación Regional, para que participe en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”, que se realizará en Querétaro, México, del 17 al 20 de marzo de 2017.

Artículo 2º—Que durante los días 13 al 15 de marzo de 2017, la señora Jiménez Cabrera se acogerá a su período de vacaciones, con salida del país el día 13 de marzo de 2017.

Artículo 3º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por la interesada. Los gastos correspondientes al alojamiento, manutención e inscripción serán cubiertos por el Programa Presupuestario 553-00 tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, mediante la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, por un monto de ciento ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos de dólar ($184,50). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 4º—La señora Jiménez Cabrera en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 5º—Que durante los días del 13 al 21 de marzo de 2017, en que se autoriza la participación de la señora Marianela Jiménez Cabrera en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 6º—El presente acuerdo rige a partir del día 13 al 21 de marzo de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17352.—( IN2017125655 ).

N° MEP 021-2017

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N° 9411 del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al señor Rodrigo Vindas Valerio, cédula de identidad N° 2-0538-0653, Asesor del Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación Regional, para que participe en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”, que se realizará en Querétaro, México, del 17 al 20 de marzo de 2017.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por el interesado. Los gastos correspondientes al alojamiento, manutención e inscripción serán cubiertos por el Programa Presupuestario 553-00 tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, mediante la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, por un monto de ciento ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos de dólar ($184,50). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3°—El señor Vindas Valerio en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4°—Que durante los días del 16 al 21 de marzo de 2017, en que se autoriza la participación del señor Rodrigo Vindas Valerio en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5°—El presente acuerdo rige a partir del día 16 al 21 de marzo de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17352.—( IN2017125671 ).

MEP 022-2017

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2017 (Ley N°9411 del 12 de diciembre de 2016) y en el artículo Nº 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Ginette Corazzari Aguilar, cédula de identidad N° 1-0818-0211, Asesora del Viceministerio de Planificación Institucional y Coordinación Regional, para que participe en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”, que se realizará en Querétaro, México, del 17 al 20 de marzo de 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por la interesada. Los gastos correspondientes al alojamiento, manutención e inscripción serán cubiertos por el Programa Presupuestario 553-00 tramitado por el Instituto de Desarrollo Profesional Uladislao Gámez Solano, mediante la subpartida presupuestaria 10504 del mismo programa, por un monto de ciento ochenta y cuatro dólares con cincuenta centavos de dólar ($184,50). Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido.

Artículo 3º—La señora Corazzari Aguilar en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 16 al 21 de marzo de 2017, en que se autoriza la participación de la señora Ginette Corazzari Aguilar en el “Cuarto encuentro nacional de juegos cooperativos para una cultura de derechos humanos”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del día 16 al 21 de marzo de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17352.—( IN2017125678 ).

N° MEP 024-2017

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al señor Walter Muñoz Caravaca, cédula de identidad N° 01-0824-0326, Director de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo, para que participe en el “XI Taller Regional del proyecto Aprendizaje en la Escuelas del Siglo XXI”, que se realizará en la Ciudad de Bridgetown, Barbados del 28 al 30 de marzo del 2017.

Artículo 2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Artículo 3°—El señor Muñoz Caravaca en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4°—Que durante los días del 27 al 31 de marzo de 2017, en que se autoriza la participación del señor Walter Muñoz Caravaca en el “XI Taller Regional del proyecto Aprendizaje en la Escuelas del Siglo XXI”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5°—El presente acuerdo rige a partir del 27 al 31 de marzo de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiocho días del mes de febrero del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17352.—( IN2017125683 ).

Nº MEP 025-2017

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Andrea Méndez Calderón, cédula de identidad N° 111050325, Profesional del Servicio Civil 2 de la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, para que participe en el “Programa de Lengua, Política y Cultura Coreana”, que se realizará en Corea del Sur, del 06 de marzo al 19 de mayo del 2017.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Instituto Coreano de la Universidad de Yonsei.

Artículo 3º—Que durante los días del 06 de marzo al 19 de mayo de 2017, en que se autoriza la participación de la señora Andrea Méndez Calderón en el Programa de Lengua, Política y Cultura Coreana, devengará el 100% de su salario.

Artículo 4º—El presente acuerdo rige a partir del 06 de marzo al 19 de mayo del 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los seis días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

Miguel Ángel Gutiérrez Rodríguez, Ministro de Educación Pública a. í.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17353.—( IN2017125562 ).

N° 27-2017 AC

Veinte de marzo del dos mil diecisiete

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en los artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la Resolución #12756 de las ocho horas treinta minutos del veintisiete de febrero del dos mil diecisiete del Tribunal de Servicio Civil.

ACUERDAN:

Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, a la servidora Maureen Téllez Jiménez, mayor de edad, cédula de identidad N° 06-0298-0368, quien labora como Profesora de Idioma Extranjero en la Escuela San Francisco de Agua Buena, adscrita a la Dirección Regional de Educación de Coto, del Ministerio de Educación Pública.

Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. N° 3400031607.—Solicitud N° 15840.—( IN2017125881 ).

N° MEP 028-2017

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar a los señores Berny Salazar Rojas, cédula de identidad N° 303490145, Jefe del Departamento de Redes y Telecomunicaciones de la Dirección de Informática de Gestión; Pablo Ariel Mora Segura, cédula de identidad N° 111290872, Profesional en Informática 3 del Departamento de Redes y Telecomunicaciones de la Dirección de Informática de Gestión y la señora Stehpanie Carvajal Miranda, cédula de identidad N° 111900888, Profesional en Informática 1C del Departamento de Adquisición Tecnológica de la Dirección de Informática de Gestión, para que participe en el “CeBIT 2017-Global event for digital business”, que se realizará en Alemania, del 20 al 24 de marzo de 2017.

Artículo 2°—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: CeBIT 2017-Organizadores del evento.

Artículo 3°—Los señores Salazar Rojas, Mora Segura y la señora Carvajal Miranda en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4°—Que durante los días del 19 al 27 de marzo de 2017, en que se autoriza la participación de los señores Berny Salazar Rojas, Pablo Ariel Mora Segura y la señora Stehpanie Carvajal Miranda en el “CeBIT 2017-Global event for digital business”, devengarán el 100% de sus salarios.

Artículo 5°—El presente acuerdo rige a partir del 19 al 27 de marzo de 2017.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17353.—( IN2017125565 ).

Nº MEP-100-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA

Artículo 1º—Designar al señor Iván Mena Hidalgo, cédula de identidad N° 108560488, Director de la Dirección de Educación Técnica y Capacidades Emprendedoras, para que participe en el “VI Diálogo regional de mercados laborales y seguridad Social”, que se realizará en Washington D.C. Estados Unidos de América del 04 al 07 de octubre del 2016.

Artículo 2º—Los costos del viaje al exterior, por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, alojamiento y manutención, serán cubiertos por: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Artículo 3º—El señor Mena Hidalgo en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 03 al 08 de octubre del 2016, en que se autoriza la participación del señor Iván Mena Hidalgo en el “VI Diálogo regional de mercados laborales y seguridad Social”, devengará el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del 03 al 08 de octubre del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintinueve días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17351.—( IN2017125668 ).

Nº MEP 127-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140v 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Ana Lorena Orozco Alvarado, cédula de identidad N° 401480814, Asesora de Educación 2 del Departamento de Salud y Ambiente de la Dirección de Vida Estudiantil, para que participen en el “CEPA FAIR PROGRAMME”, que se realizará en Cancún-México, del 04 al 18 de diciembre de 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por: la Agenda de Cooperación Internacional de Japón (JICA).

Artículo 3º—La señora Orozco Alvarado en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 03 al 19 de diciembre del 2016, en que se autoriza la participación de la señora Ana Lorena Orozco Alvarado en el “CEPA FAIR PROGRAMME”, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del día 03 al 19 de diciembre del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 3400031154.—Solicitud Nº 17351.—( IN2017125647 ).

N° MEP 133-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 139 de la Constitución Política, el artículo 47) inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, Ley del Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico correspondiente al año 2016 (Ley N° 9341 del 10 de diciembre de 2015) y en el artículo N° 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la señora Alicia Eugenia Vargas Porras, cédula de Identidad N° 103620899, Viceministra Académica de Educación Pública, para que participe en la “36° Reunión Ordinaria de la CECC/SICA”, que realizará el 30 de noviembre del 2016 en la ciudad de Managua, Nicaragua.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, serán cubiertos por la Coordinación Educativa y Cultural Centroamericana (CECC-SICA) y los gastos correspondientes a la manutención y hospedaje serán cubiertos por el Gobierno de Nicaragua.

Artículo 3º—Se incluye los cánones por concepto de los traslados internos e impuestos de salida del país sede del evento, que serán reembolsados por el Programa Presupuestario 550-00 mediante la subpartida presupuestaria 10503. Además se cubrirán todos aquellos gastos por hospedaje y alimentación no previstos, que serán cubiertos por subpartida presupuestaria 10504 del mismo Programa. Todo lo anterior sujeto a la liquidación correspondiente dentro del plazo establecido

Artículo 4º—Que la señora Vargas Porras en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del día 30 de noviembre al 1° de diciembre del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintitrés días del mes noviembre del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. Nº 3400031154.—Solicitud Nº 17351.—( IN2017125648 ).

N° MEP 135-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Pablo Mena Castillo, cédula de identidad N° 205120432, Jefe del Departamento de Evaluación Académica y Certificación de la Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad, para que participen en la “Convocatoria a la jornada de inducción del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE)”, que se realizará en La Paz, Bolivia, los días 23 y 24 de noviembre de 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por: el Ministerio de Educación del Estado Plurinacional de Bolivia.

Artículo 3º—El señor Mena Castillo en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 22 al 25 de noviembre del 2016, en que se autoriza la participación del señor Pablo Mena Castillo en la “Convocatoria a la jornada de inducción del Laboratorio Latinoamericano de Evaluación de la Calidad de la Educación (LLECE)”, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del día 22 al 25 de noviembre del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17351.—( IN2017125649 ).

N° MEP 136-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1°—Designar al señor Warner Ruiz Chaves, cédula de identidad N° 111510700, Asesor Nacional de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participen en el “Encuentro el rol del sector educación para el logro de la meta 8.7 en el marco de la iniciativa Regional América Latina y el Caribe libre de trabajo”, que se realizará en la ciudad Fortaleza, Brasil, del 28 de noviembre al 02 de diciembre de 2016.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje y alimentación serán cubiertos por: el Gobierno de Brasil y la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Artículo 3°—El señor Ruiz Chaves en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4°—Que durante los días del 26 de noviembre al 03 de diciembre del 2016, en que se autoriza la participación del señor Warner Ruiz Chaves en el “Encuentro el rol del sector educación para el logro de la meta 8.7 en el marco de la iniciativa Regional América Latina y el Caribe libre de trabajo”, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 5°—El presente acuerdo rige a partir del día 26 de noviembre al 03 de diciembre del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los veintiún días del mes de noviembre del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O. C. N° 3400031154.—Solicitud N° 17351.—( IN2017125650 ).

Nº MEP 139-2016

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 y 146 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Olga Fatjó Olasz, cédula de identidad N° 01-0631-0355, Asesora Nacional del Departamento de Primero y Segundo Ciclos de la Dirección de Desarrollo Curricular, para que participe en el “Encuentro con autoridades de la Academie de Lyon”, que se realizará en Francia, del 13 al 16 de diciembre de 2016.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de transporte aéreo de ida y regreso, hospedaje, y alimentación serán cubiertos por: el Instituto Francés de América Central (IFAC).

Artículo 3º—La señora Fatjó Olasz en un plazo de ocho días naturales contados a partir de su regreso deberá presentar un informe a su superior jerárquico con copia a la Dirección de Asuntos Internacionales y Cooperación, en el que se describan las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la institución y para el país en general.

Artículo 4º—Que durante los días del 11 al 18 de diciembre del 2016, en que se autoriza la participación de la señora Olga Fatjó Olasz en el “Encuentro con autoridades de la Academie de Lyon”, devengarán el 100% de su salario.

Artículo 5º—El presente acuerdo rige a partir del día 11 al 18 de diciembre del 2016.

Dado en el Ministerio de Educación Pública, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.

Sonia Marta Mora Escalante, Ministra de Educación Pública.—1 vez.—O.C. Nº 3400031154.—Solicitud Nº 17351.—(IN2017125663 ).

MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR

N° 069-2017

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140 inciso 20 y 146 de la Constitución Política, artículos 25 inciso 1 y 28 inciso 2 acápite b de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; así como lo dispuesto en la Ley N° 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos emitido por la Contraloría General de la República, y

Considerando:

I.—Que como parte del seguimiento a la cooperación internacional en materia de facilitación de comercio, la Agencia Mexicana de Cooperación Internacional (AMEXCID) y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID), en coordinación con los países de la región centroamericana a través de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) y la Dirección Ejecutiva de Proyecto Mesoamérica, están ofreciendo el Taller sobre Ventanilla Única de Comercio Exterior con énfasis en el uso de herramientas digitales como apoyo al comercio y a la interoperabilidad de la información.

II.—Que el fortalecimiento de capacidades es un ingrediente esencial para que los países de la región hagan frente a los temas de facilitación de comercio, por ello AMEXCID y USAID elaboraron una agenda destinada al fortalecimiento de capacidades para el manejo y administración de los portales de ventanillas únicas en Centroamérica.

III.—Que bajo este contexto, del 14 al 16 de marzo del 2017, en Guatemala, se llevará a cabo el Taller sobre Ventanilla Única de Comercio Exterior con énfasis en el uso de herramientas digitales como apoyo al comercio y a la interoperabilidad de la información.

IV.—Que la participación de la señora María Fernanda Bolaños Salas, resulta de particular relevancia para el Ministerio de Comercio Exterior.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora María Fernanda Bolaños Salas, portadora de la cédula número 1-1371-0219, funcionaria de la Dirección General de Comercio Exterior para participar en el Taller sobre Ventanilla Única de Comercio Exterior con énfasis en el uso de herramientas digitales como apoyo al comercio y a la interoperabilidad de la información, a efectuarse en Guatemala del 14 al 16 de marzo de 2017. Durante su estadía procurará cumplir los siguientes objetivos específicos: 1) analizar las recomendaciones para la implementación de la VUCEM; 2) reingeniería de procesos; 3) validar la contratación de consultoría para implementar y construir VUCEM; 4) participar en la mesa de trabajo: Certificados electrónicos fitosanitarios; y 5) participar en la mesa de trabajo: Intercambio de información electrónica de regulaciones o restricciones no arancelarias.

Artículo 2º—Los gastos de la señora María Fernanda Bolaños Salas, correspondientes al boleto aéreo de ida y regreso, el hospedaje y la alimentación para los días que van del 13 al 17 de marzo, serán financiados por la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID). El transporte terrestre en Costa Rica y en Guatemala, será cubierto con recursos del Ministerio de Comercio Exterior (COMEX), por la subpartida 10501 y 10503; el seguro médico viajero, por la subpartida 10601, ambos del programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas, fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, por la subpartida 10504 del programa 796. Por efectos de itinerario y rutas de vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 13 de marzo y regresa a Costa Rica hasta el 17 de marzo de 2017.

Artículo 3º—Rige a partir del 13 al 17 de marzo de 2017.

San José, a los nueve días del mes de marzo del dos mil diecisiete.

Jhon Fonseca Ordóñez, Ministro de Comercio Exterior a. í.—1 vez.—O. C. N° 3400030804.—Solicitud N° 14948.—( IN2017125296 ).

N° 0409-2016

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Con fundamento en los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27 párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N° 7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29 de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas; y

Considerando:

I.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo N° 131-2006 de fecha 13 de junio del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 134 del 12 de julio del 2006; modificado por el Acuerdo Ejecutivo N° 308-2006 de fecha 27 de noviembre del 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 06 del 9 de enero del 2007; por el Acuerdo Ejecutivo N° 828-2008 de fecha 15 de diciembre del 2008, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 112 del 11 de junio del 2009; por el Acuerdo Ejecutivo N° 396-2009 de fecha 6 de julio del 2009, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 171 del 2 de setiembre del 2009; por el Acuerdo Ejecutivo N° 291-2011 de fecha 9 de agosto del 2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 202 del 21 de octubre del 2011; por el Acuerdo Ejecutivo N° 537-2012 de fecha 17 de diciembre de 2012, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 37 del 21 de febrero del 2013; por el Acuerdo Ejecutivo N° 314-2014 de fecha 9 de setiembre del 2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 20 del 29 de enero del 2015; por el Acuerdo Ejecutivo N° 339-2014 de fecha 4 de noviembre de 2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 20 del 29 de enero del 2015; y por el Acuerdo Ejecutivo N° 300-2016 de fecha 17 de junio de 2016, actualmente en trámite; a la empresa Parque Industrial y de Servicios Coyol Sociedad Anónima; cédula jurídica número 3-101-415299, se le concedieron los beneficios e incentivos contemplados por la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y su Reglamento, bajo la categoría de empresa administradora de parques, de conformidad con lo dispuesto en el inciso ch) del artículo 17 de dicha Ley.

II.—Que mediante documentos presentados los días 01 y 15 de febrero, 04, 11, 16, 17 y 22 de agosto de 2016, en la Dirección de Regímenes Especiales de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, en adelante PROCOMER, la empresa Parque Industrial y de Servicios Coyol Sociedad Anónima; cédula jurídica número 3-101-415299, solicitó la reducción del área declarada como Zona Franca.

III.—Que la instancia interna de la administración de PROCOMER, con arreglo al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la sesión N° 177-2006 del 30 de octubre de 2006, conoció la solicitud de la empresa Parque Industrial y de Servicios Coyol Sociedad Anónima; cédula jurídica número 3-101-415299, con fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER N° 108-2016, acordó recomendar al Poder Ejecutivo la respectiva modificación del Acuerdo Ejecutivo, al tenor de lo dispuesto por la Ley N°7210, sus reformas y su Reglamento.

IV.—Que se han observado los procedimientos de Ley. Por tanto,

ACUERDAN:

1º—Modificar el Acuerdo Ejecutivo N° 131-2006 de fecha 13 de junio de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 134 del 12 de julio de 2006 y sus reformas, para que en el futuro la cláusula segunda se lea de la siguiente manera:

“2. Declárese Zona Franca donde se desarrollará el proyecto, de conformidad con la Ley N° 7210 y su Reglamento, sea la finca que se detalla a continuación: sita en Distrito San José, Cantón Alajuela, de la Provincia de Alajuela, inscrita en el Registro Nacional, Sección Propiedad, bajo el Sistema de Folio Real, matrícula N° 64038-F-000, la cual describe un área total de 129.126,39 m2 metros cuadrados.”

2º—En todo lo que no ha sido expresamente modificado, se mantiene lo dispuesto en el Acuerdo Ejecutivo N° 131-2006 de fecha 13 de junio de 2006, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 134 del 12 de julio del 2006 y sus reformas.

3º—Rige a partir de su notificación.

Dado en la Presidencia de la República. San José, a los doce días del mes de setiembre del año dos mil dieciséis.

Comuníquese y publíquese.—Luis Guillermo Solís Rivera.—El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora Delgado.—1 vez.—( IN2017125692 ).

MINISTERIO DE JUSTICIAY PAZ

N° MJP-017-2017

El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

En el ejercicio de las atribuciones que les confieren los artículos 140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política.

Considerando:

I.—Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Estatuto de Servicio Civil, Ley N° 1581 del 31 de mayo de 1953, para que se consideren servidores del Poder Ejecutivo, los trabajadores a su servicio remunerados por el erario público deben de ser nombrados por acuerdo formal publicado en el diario oficial.

II.—Que en virtud de lo anterior el Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos del Registro Nacional, levantó la lista de servidores de primer ingreso de los funcionarios nombrados en propiedad que han iniciado en la función pública en esta Sede Administrativa a partir del 01 de mayo del 2016 al 16 de setiembre del 2016. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1°—Con fundamento en los artículos 140 inciso 2) y 146 de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil, se acuerda considerar nombrados en propiedad a partir de la fecha señalada a los siguientes funcionarios:

Artículo 2°—Los nombramientos anteriormente indicados, rigen a partir de las fechas mencionadas.

Dado en la Presidencia de la República. San José, al primer día del mes de febrero del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. N° 17-0179.—Solicitud N° 10716.—( IN2017125868 ).

RESOLUCIONES

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Y TRANSPORTES

N° 000599.—Ministerio de Obras Públicas y Transportes.—San José, a las ocho horas y veinte minutos del día treinta y uno del mes de marzo del dos mil diecisiete.

Diligencias de declaratoria de interés público y mandamiento provisional de anotación, en relación con inmueble necesario para la construcción del proyecto denominado “Intercambio de Paso Ancho”.

Resultando:

1°—Mediante oficio N° DAJ-ABI-2017-0902 de 23 de marzo del 2017, remitido por el Departamento de Adquisición de Bienes Inmuebles de la Dirección Jurídica del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, se solicitó que se procediera a emitir el acto resolutivo correspondiente, con el fin de declarar de interés público y expedir el mandamiento provisional de anotación que a tales efectos prescribe la Ley de Expropiaciones N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, en relación con inmueble inscrito en el Registro Público de la Propiedad, al sistema de folio real, matrícula N° 276996-000, cuya naturaleza es terreno para construir con una casa, situado en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José de la provincia de San José, con una medida de 380,97 metros cuadrados, según el registro Público y con una medida de 495,97 metros cuadrados, según plano catastrado N° 1-1892321-2016 y cuyos linderos de la finca madre según Registro Público de la Propiedad son: norte con Joaquín Calderón Araya, al sur con El Estado, al este con Importadora Gusdi S. A. y al oeste con Importadora Gusdi S.A.

2°—Del referido inmueble es de impostergable adquisición un área de terreno equivalente a 72,00 metros cuadrados, según plano catastrado N° 1-1892321-2016. Siendo necesaria su adquisición para la construcción del proyecto denominado “Intercambio de Paso Ancho”.

3°—Constan en el expediente administrativo N° 29.283 a que se refiere este acto resolutivo, los siguientes documentos:

a)  Plano catastrado N° 1-1892321-2016, mediante el cual se establece que para los efectos del mencionado proyecto se requiere del citado inmueble un área total de 72,00 metros cuadrados.

b)  Estudio sobre la inscripción del inmueble;

c)  Información básica sobre el propietario, la ubicación y características del inmueble, así como del área que del mismo se requiere obtener, y los bienes a valorar;

4°—En razón de lo anterior y por constituir de interés público la presente declaratoria, al requerirse el citado inmueble para la construcción del proyecto mencionado supra, estando en el expediente administrativo la documentación requerida, conoce este Despacho y,

Considerando:

De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, N° 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas, este Ministerio se encuentra legalmente facultado para llevar a cabo las obras públicas necesarias dentro del ámbito de su competencia, ejerciendo el control y la vigilancia necesaria, asimismo, en todas aquellas otras obras públicas que realicen los particulares con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ley General de Concesión de Obra Pública con Servicios Públicos, N° 7762 del 14 de abril de 1998.

La Ley de Expropiaciones, N° 9286 del 11 de noviembre de 2014, publicada en La Gaceta N° 24 del 04 de febrero del 2015, establece en sus artículos 2, 18 y 20, que en todo caso en que la Administración Pública requiera, para el cumplimiento de sus fines, adquirir bienes o afectar derechos, deberá proceder a dictar un acto resolutivo mediante el cual sea declarado de interés público el bien o derecho en referencia, a la vez que contenga un mandamiento provisional de anotación en el correspondiente Registro Público.

De conformidad con las disposiciones normativas, procede declarar de interés público el área de dicho inmueble que a continuación se describe:

a)  Inscripción al Registro Público de la Propiedad, al sistema de folio real, matrícula N° 276996-000.

b)  Naturaleza: terreno para construir con una casa.

c)  Ubicación: Situado en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José de la provincia de San José. Linderos los indicados en el plano catastrado N° 1-1892321-2016.

d)  Propiedad: Flor María Morales Campos, cédula N° 1-333-929.

e)  De dicho inmueble se necesita un área total en conjunto de 72,00 metros cuadrados, para la construcción del proyecto denominado “Intercambio de Paso Ancho”, según se ha establecido supra.

Además, conforme a lo establecido por el artículo 20 de la Ley de Expropiaciones, se ordena por este acto mandamiento de anotación provisional en el Registro Público de la Propiedad, en relación con dicho inmueble necesario para la construcción del proyecto en referencia.

Procedan las dependencias administrativas competentes a proseguir con la tramitación del procedimiento que corresponda, con sujeción a los plazos establecidos por la Ley N° 9286, artículo 21 y concordantes. Por tanto:

EL MINISTRO DE OBRAS PUÚBLICAS Y TRANSPORTES,

RESUELVE:

1°—Declarar de interés público, respecto al inmueble inscrito al Registro Público de la Propiedad, al sistema de folio real, matrícula N° 276996-000, situado en el distrito 11 San Sebastián, cantón 01 San José de la provincia de San José y propiedad de Flor María Morales Campos, cédula N° 1-333-929, una área total de 72,00 metros cuadrados, y cuyos linderos están delimitados conforme a lo indicado en el plano catastrado N° 1-1892321-2016, necesarias para la construcción del proyecto denominado “Intercambio de Paso Ancho”.

2°—Ordénese mandamiento provisional de anotación ante el Registro Público de la Propiedad, del área de dicho inmueble que por esta Resolución se ha establecido como necesaria para la continuación del proyecto en referencia y conforme a lo prescrito por la Ley N° 9286.

3°—Procedan las dependencias administrativas competentes a continuar con el procedimiento establecido al efecto para la adquisición de dicha área de terreno, con especial observancia de los plazos fijados y en estricto apego a lo prescrito por la Ley de Expropiaciones.

Publíquese y notifíquese.

Carlos Villalta Villegas, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N° 4910.—Solicitud N° 81983.—( IN2017125723 ).

DOCUMENTOS VARIOS

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO NACIONAL DE CONCESIONES

N° 001-2017-CNC

LA SECRETARÍA TÉCNICA DEL CONSEJO

NACIONAL DE CONCESIONES

En el ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 192 de la Constitución Política, los artículos 2 y 27 del Estatuto de Servicio Civil, Ley N° 1581 y sus reformas y los artículos 7.3, 9.2 y 10.1 de la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos, N° 7762 y sus reformas:

ACUERDA:

1.—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Concesiones (CNC), órgano adscrito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a las siguientes personas:

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2.—Ascender en propiedad en el Consejo Nacional de Concesiones CNC), órgano adscrito del Ministerio de Obras Públicas y Transportes, a las siguientes personas:

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3.—Los Nombramientos y Ascensos en propiedad rigen a partir de las fechas indicadas.

Dado en la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Concesiones, Montes de Oca, a los 29 días del mes de marzo del dos mil diecisiete.

Publíquese.—Silvia Jiménez Cascante, Secretaria Técnica a . í.—1 vez.—O. C. N° 009.—Solicitud N° 9328.—( IN2017125547 ).

CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD

DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº 005-2017.—San José, 03 de marzo 2017. Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:

Nombre                            Cédula              Puesto Nº          Clase puesto

Marlon Barrelier Pérez           01-0784-0352           509109          Profesional de

                                                                                                Servicio Civil 2

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de noviembre del 2016.

Publíquese.—Ing. Germán Valverde González, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. N° 4910.—Solicitud N° 81985.—( IN2017125725 ).

N° 006-2017.—San José, 10 de marzo 2017.Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.

ACUERDA:

Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:

Nombre                      Cédula        N° puesto          Clase puesto

Andrés Felipe Zamora Coto    01-1398-0847      503538     Profesional de Servicio

                                                                                     Civil 2

Artículo 2º—Rige a partir del 01 de diciembre del 2016.

Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Ing. German Valverde González, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. N° 4910.—Solicitud N° 81987.—( IN2017125727 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 01, Folio 07, Título N° 024, emitido por el Liceo de Katira, en el año dos mil uno, a nombre de Luna Ordóñez Edward, cédula 5-0338-0910. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los trece días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017124650 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 80, título N° 321, emitido por el West College, en el año dos mil trece, a nombre de Villalobos Peralta Rebeca, cédula 1-1648-0290.Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—Med.—Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( 2017126228 )

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato de Trabajadores Municipales de Costa Rica, siglas STMDECR, acordada en asamblea celebrada el día 27 de enero del 2017. Expediente S-M002. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el diario oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 247, asiento: 4933 del 14 de marzo de 2017. La reforma el artículo 49 del Estatuto. 14 de marzo de 2017.—Depto. Organizaciones Sociales.—Licda. Eugenia Segura Fallas, Subdirectora, de Asuntos Laborales.—Exonerado.—( IN2017125040 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto la organización social denominada: Cooperativa de Ahorro, Crédito y Servicios Múltiples la Amistad, siglas: COOPEAMISTAD R.L., la cual fue aprobada en Asamblea celebrada el día 26 de febrero de 2016. Resolución C-0010. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y sus reformas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente y se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma afecta el artículo 54 inciso b) del Estatuto.—San José, 15 de febrero de 2017.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—( IN2017125760 ).

Este registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada: Servicios Multiples Integrales Cooperativos R. L. siglas INTECOOP R.L. acordada en asamblea celebrada el 15 de julio del 2016. Resolución 1618-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción correspondiente, se envía un extracto de su inscripción para su publicación en el diario Oficial La Gaceta. El Consejo de Administración se formó de la siguiente manera:

Presidente

Manuel Sosa Renauld

Vicepresidente

Juan José Diaz Bermúdez

Secretario

Bryan Castro López

Vocal 1

Ronald Morales León

Vocal 2

Lynford Bryham Bermúdez

Suplente 1

Diego Alvarado Barquero

Suplente 2

Mariángel Guerrero Araya

Gerente

Sharon Marín Jiménez

 

17 de marzo del 2017.—Licda. Eugenia Segura Fallas, Sub Directora, Asuntos Laborales.—1 vez.—( IN2017125828 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

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DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GIOVANNI VALVERDE RODRÍGUEZ, con cédula de identidad número 1-0841-0662, carné número 10824. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 17-000413-0624-NO.—San José, 19 de abril del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Msc. Marjorie Mejías Orozco, Abogada.—1 vez.—( IN2017127811 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: CAROLINA RAQUEL CORDERO ZÚÑIGA, con cédula de identidad número 7-0202-0471 carné número 23828. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE #17-000415-0624-NO.—San José, 17 de abril del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—( IN2017127854 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO (A) PÚBLICO (A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GUSTAVO JIMENEZ OCAMPO, con cédula de identidad número 2-0407-0310 carné número 25290. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE #17-000268-0624-NO.—San José, 17 de abril del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—( IN2017127935 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: DIEGO ALEJANDRO RUDÍN ARGUEDAS, con cédula de identidad número 1-1392-0375, carné número 23115. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente 17-000502-0624-NO.—San José, 18 de abril del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Msc. Marjorie MejÍas Orozco, Abogada.—1 vez.—( IN2017127943 ).

INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL

DEPARTAMENTO DE TOPOGRÁFICO Y

OBSERVACIÓN DEL TERRITORIO

AVISO Nº 2017-01

ZONA MARÍTIMA TERRESTRE

Amojonamiento de zona pública estero/manglar Juanita

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre, del 02 de marzo de 1977, el Instituto Geográfico Nacional comunica que el 02 de diciembre de 2015 a marzo de 2016 se realizó la delimitación digital georreferenciada de un sector de la zona pública de Estero/Manglar Juanita, ubicado en distrito 02 Savegre, cantón 06 Quepas, provincia de 06 Puntarenas. Las coordenadas de los puntos georrereferenciados que definen la delimitación realizada, se indican en el sistema de proyección cartográfico oficial de Costa Rica CRTM05, así como por referencia, en la proyección Lambed del Mapa MBCR-1/50.000 Hoja Dominical, como sigue:

Sector de Estero/Manglar Juanita:

 

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Los datos técnicos oficiales del trabajo han quedado registrados en la Geodatabase Digital Georreferenciada de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) del IGN y en el expediente 62A del Registro de la ZMT del IGN. Solo para efectos referenciales de registro, es necesario indicar que las coordenadas corresponden a los puntos georrefenciados en el terreno que delimitan el estero/manglar, los cuales fueron materializados temporalmente a través de balizas para realizar las correspondientes mediciones topográficas.—Curridabat, 30 de marzo del 2017.—Msc. Max A. Lobo Hernández, Director.—1 vez.—(IN2017125601 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0862-2016.—Exp. N° 4082-A.—Municipalidad de Belén, solicita concesión de: 35 litros por segundo del nacimiento La Ribera, efectuando la captación en finca de Banco Improsa S. A en La Ribera, Belén, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas 220.300/516.650 hoja Abra. 20 litros por segundo del nacimiento Zamora, efectuando la captación en finca de su propiedad en San Antonio, Belén, Heredia, para uso consumo humano-poblacional. Coordenadas 218.550 / 517.200 hoja ABRA. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de diciembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017127033 ).

ED-0076-2017.—Exp. N° 11703-P.—Metalco S. A., solicita concesión de: 3 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-559 en finca de su propiedad en Ceiba, Orotina, Alajuela. Para uso industria-metalúrgica. Coordenadas 210.400 / 462.600 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de marzo del 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017127181 ).

ED-0075-2017. Expediente Nº 11814P.—Metalco S. A., solicita concesión de: 3,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-557 en finca de su propiedad en Ceiba, Orotina, Alajuela, para uso industria - metalúrgica. Coordenadas 210.150 / 462.350 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de marzo de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2017127182 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHTPNOB-0021-2017.—Exp. N° 11385P.—María Virginia, Cruz Vega, solicita concesión de: 0.02 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo ME-305 en finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 288.875 / 379.750 Hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 01 de marzo del 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte l.—Leonardo Solano Romero.—( IN2017127736 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

En resolución N° 2056-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas veinte minutos del diecisiete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 50581-2016, incoado por Keiling María Pineda Duarte, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Maykel Snayder Toruño Pineda, que el nombre de la madre es Keiling María.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125561 ).

En resolución N° 2281-2017 dictada por el Registro Civil a las nueve horas cincuenta y ocho minutos del veinticuatro de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 37459-2016, incoado por Lusbeth Maritza Matamoros Dávila, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Lusbeth Maritza Matamoros Dávila, que el primer nombre de la titular es Lizbeth, en el asiento de matrimonio de Alexander Barrios Santamaría con Lusbeth Maritza Matamoros Dávila, que el primer nombre de la cónyuge es Lizbeth, en los asientos de nacimiento de Scarlet Johana Barrios Matamoros, Andrey Barrios Matamoros y Sengy Andreina Barrios Matamoros, que el primer nombre de la madre es Lizbeth.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125575 ).

En resolución N° 2337-2017 dictada por el Registro Civil a las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 54360-2016, incoado por Martha Eliza Guzmán Valle, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Dariana Estela Mendoza Guzmán, que el nombre de la madre es Martha Eliza.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125578 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Claudia Solange Calero González, se ha dictado la resolución N° 975-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas cuarenta minutos del veintidós de febrero de dos mil dieciséis. Exp. N° 49922-2015. Resultando: 1º—... 2º—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Mathías Gerardo Araya Calero, en el sentido que el nombre de la madre es Claudia Solange.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Director General.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017125582 ).

En resolución N° 2239-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas cincuenta minutos del veintitrés de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 34766-2012, incoado por Jessenia Jamileth Trejos Diaz, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Brayan Enrique Ortiz Diaz y Breyner Bismark Ortiz Diaz, que el nombre y apellidos de la madre son Jessenia Jamileth Trejos Diaz.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125591 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Carmen Lidia Marín Espinoza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3979-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cuarenta y cinco minutos del veintitrés de diciembre del dos mil trece. Ocurso Expediente Nº 14957-2013. Resultando 1º—..., 2º—..., 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados…, II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Sussy Nayeli Garbanzo Marín..., en el sentido que el nombre y el segundo apellido de la madre de la misma son “Carmen Lidia” y “Espinoza” respectivamente; el de Jensy Paola Zamora Portuguéz..., y Argerik Yasmín Zamora Portuguéz..., en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre de las mismas son “Carmen Lidia” y “Marín Espinoza” respectivamente.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125595 ).

En resolución N° 1464-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas cincuenta y siete minutos del tres de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 44705-2016, incoado por María José Calero Medina, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Nataly Alexandra Sequeira Calero, que el primer nombre del menor es Nathaly.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125606 ).

En resolución N° 2894-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas tres minutos del quince de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 52029-2016, incoado por Xuexuan Chen, se dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de Xin Wang Tang y Xuexuan Chen, que el nombre y apellido de la cónyuge son Xuexuan Chen, hija de Ruisheng Lai y Yunying Lai.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125610 ).

En resolución N° 2318-2017 dictada por el Registro Civil a las doce horas veinte minutos del veinticuatro de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 43995-2016, incoado por Scheyla Tatiana Avendaño Andrades, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Danna Cristal Avendaño Andrade, que el primer nombre y segundo apellido de la madre, consecuentemente el segundo apellido de la misma son Scheyla, Andrades y Andrades.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125618 ).

En resolución N° 1739-2017 dictada por el Registro Civil a las doce horas quince minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 49933-2016, incoado por Tatiana Magali Siles Flores, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Triana Valentina Sotelo Siles, que el nombre y número del documento de identidad de la madre son Tatiana Magali y 155824397107.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125652 ).

En resolución N° 1515-2017 dictada por el Registro Civil a las quince horas veintisiete minutos del primero de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 37896-2016, incoado por Felicita del Socorro Telles, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Estanislada Orozco Tellez y Geison de JesÚs Orozco Tellez, que el nombre y apellido de la madre son Felicita del Socorro Telles.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125699 ).

Expediente N° 53664-2016. Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas diez minutos del cinco de diciembre de dos mil dieciséis. Procedimiento administrativo de rectificación del asiento de nacimiento de Shichar Francini Gómez Mora, número quinientos ochenta y seis (586), folio doscientos noventa y tres (293), tomo trescientos sesenta y tres (363) de la provincia de Limón, en el sentido que debe tenerse como hija únicamente de Francinie Mora López, costarricense. Conforme lo establecen los artículos 5° del Código de Familia y 68 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, se le confiere audiencia por cinco días al Patronato Nacional de la Infancia, con el propósito que se pronuncie en relación con la presente gestión. Asimismo, previo a resolver lo que en derecho corresponda, se otorga audiencia a Elizabeth de los Ángeles Mora López, cédula Nº 6-0190-0338, y a José Luis Gómez Rivera, nicaragüense, para que se manifiesten sobre el reconocimiento de la menor Schichar Francini, la primera en calidad de abuela materna y el segundo en calidad de padre. Notifíquese.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 3400030797.—Solicitud Nº 81105.—( IN2017125711 ).

En resolución N° 2434-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas cuarenta y ocho minutos del veintiocho de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 47943-2016, incoado por Margarita Del Socorro López, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Gabriel De Jesús Castillo López y Stephannie Rubí Castillo López, que el nombre y apellido de la madre son Margarita Del Socorro López.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125718 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Francisca de la Concepción Jirón no indica otro apellido, se ha dictado la resolución N° 3490-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y diecisiete minutos del quince de junio del dos mil dieciséis. Expediente N° 3660-2016. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de José Iván Barrios Jirón, en el sentido que el apellido de la madre es Jirón no indica segundo apellido.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125720 ).

En resolución N° 2539-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas treinta y seis minutos del tres de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 27454-2016, incoado por Nory Calderón Mugica, se dispuso rectificar en el asiento de naturalización de Nory Calderón Mugica, que el nombre, apellidos y numero de cedula de identidad del padre, así como nombre, apellidos y número de cédula de identidad de la madre son Simón Rafael Calderón Fernández, Nº 8-0025-0022, y Caridad Mugica Carbonell, Nº 8-0035-0694.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125722 ).

En resolución N° 3354-2017 dictada por el Registro Civil a las quince horas cincuenta y ocho minutos del veintitrés de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 1307-2017, incoado por Amarilis del Socorro Pérez Pérez, se dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de Ricardo José Alaniz y Amarelis del Socorro Pérez, que los apellidos del cónyuge, nombre y apellidos de la cónyuge son Alaniz Álvarez, hijo de Anastasio Alaniz Rojas y Dolores Álvarez Araica y Amarilis del Socorro Pérez Pérez, hija de Lina Fulgencia Pérez.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125765 ).

En resolución N° 2206-2017 dictada por el Registro Civil a las trece horas cincuenta y tres minutos del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 47881-2016, incoado por María Teresa Alvarado García, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Yitson José Jarquín López y el asiento de nacimiento de Yazmin Valeria López García, que el nombre y primer apellido de la madre son María Teresa Alvarado.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125781 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Francys Dayana Domínguez Espinoza, se ha dictado la resolución N° 5799-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del ocho de noviembre de dos mil dieciséis. Expediente N° 44670-2015. Resultando: 1º—..., 2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el Fondo:...; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Eydan Francisco Martínez Domínguez, en el sentido que el segundo nombre de la madre es Dayana.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125796 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Karla Gabriela Gómez Zúñiga, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 2659-2007. Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas del veintiuno de setiembre del dos mil siete. Expediente Nº 17352-2007. Resultando: 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos probados:..., II.- Hechos no probados:... III.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de Karla Gabriela Gómez Zúñiga... en el sentido que los apellidos de la madre de la misma son “Gómez Oviedo” y no como se consignó.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—M.Sc. Ligia María González-Richmond, Jefa.—1 vez.—( IN2017125838 ).

En resolución N° 1124-2017 dictada por el Registro Civil a las quince horas once minutos del veinticuatro de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 40059-2016, incoado por José del Carmen Rosales, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Noilyn Edith Rosales Urbina, que el nombre del padre es José del Carmen.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017125855 ).

En resolución N° 2188-2017 dictada por el Registro Civil a las nueve horas cuarenta minutos del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 51398-2016, incoado por Merys Alejandrina Páramo Silva, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Jeymy Abigail García Páramo, que el nombre de la madre es Merys Alejandrina.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017126005 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Debora asuncion garcia vanegas, nicaragüense, cédula de residencia 155803138818, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la sección de opciones y naturalizaciones del registro civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1512-2017.—San José, al ser las 8:07 del 6 de abril del 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017125764 ).

José David Guerrero Cabrera, nicaragüense, cédula de residencia N° 155811568214, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 3450-2016.—San José, a las 9:44 horas del 15 de marzo de 2017.—María Amelia Gutiérrez Espinoza, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017125822 ).

Larry Moisés Toruño Salmerón, nicaragüense, cédula de residencia 155804669222, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1537-2017.—Heredia, Sarapiquí al ser las 10:58:11 del 27 de marzo de 2017.—Oficina Regional Sarapiquí.—Lic. Alexander Sequeira Valverde, Jefe.—1 vez.—( IN2017125897 ).

Beatriz Concepción Caldera Ruiz, nicaragüense, cédula de residencia 155817450202, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente 1652-2017.—San José, al ser las 3:47 del 5 de abril del 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017125906 ).

López Mena Rudy Martín, nicaragüense, cédula de residencia 155813582500, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.:1710-2017.—Alajuela, 5 de abril del 2017.—Luis Guillermo Quesada Quesada, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017125977 ).

Bayardo José Suarez Sánchez, nicaragüense, cédula de residencia 155806991032, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 1619-2017.—San José, 5 de abril de 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017125998 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

SALUD

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000001-UPIMS

Servicio de importación y distribución

de drogas estupefacientes

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Salud, informa que recibirá propuestas hasta las 12:00 horas del viernes 05 de mayo de 2017, para la contratación de:

Línea única: Servicio de importación y distribución de drogas estupefacientes.

El cartel con las especificaciones técnicas y condiciones generales de dicha contratación administrativa podrán retirarse por parte de los interesados, sin costo alguno, a partir de la presente publicación en la Proveeduría Institucional de ese Ministerio, sita tercer piso del edificio sur del Ministerio de Salud, ubicado en la calle 16, avenidas 6 y 8.

San José, 03 de abril 2017.—Licda. Vanessa Arroyo Chavarría, Proveedora Institucional.—1 vez.—O. C. N° 3400031658.—Solicitud N° 22152.—( IN2017126981 ).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000259-01

Contratación de una (1) empresa que brinde horas

por demanda para la implementación de servicios

sobre la plataforma de Microsoft Active

Directory Federation Services (ADFS)

La Proveeduría General del Banco Nacional de Costa Rica, recibirá ofertas por escrito, a las diez (10:00 a. m.) horas, del 02 de mayo del 2017, para la “Contratación de una (1) empresa que brinde horas por demanda para la implementación de servicios sobre la plataforma de Microsoft Active Directory Federation Services (ADFS)”.

El cartel puede ser retirado en la Oficina de Proveeduría, situada en el Edificio de la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca a partir del presente comunicado, sin costo alguno.

La Uruca, 20 de abril del 2017.—Douglas Noguera Porras, Supervisor Operativa/Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 82670.—( IN2017127516 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE

DE PUERTOS DEL PACÍFICO

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2017CD-000176-01

Contratación para el fortalecimiento y mejoramiento del proceso

de Autoevaluación anual del Sistema de Control Interno

y del Sistema Específico de Valoración de Riesgo

del Instituto Costarricense de Puertos

del Pacífico (INCOP)

El Departamento de Proveeduría del INCOP invita a participar en la Contratación Directa N° 2017CD-000176-01 para la “Contratación para el fortalecimiento y mejoramiento del proceso de autoevaluación anual del sistema de Control Interno y del Sistema Específico de Valoración de Riesgo del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico (INCOP).”

Los interesados en participar en esta Contratación podrán solicitar el Pliego de Condiciones al correo jamadrigal@incop.go.cr o jbravo@incop.go.cr a partir de la publicación de este aviso.

El plazo para la recepción de ofertas vence el día 09 de mayo del 2017 a las 10:00 horas en la Oficina de Proveeduría del INCOP en Puerto Caldera.

Proveeduría.—Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O. C. N° 28839.—Solicitud N° 82859.—( IN2017128031 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2017CD-000174-01

Contratación de Servicios Profesionales de una persona física

o jurídica para realizar la revisión y actualización

del manual integral de contabilidad con base

en las Normas Internacionales

de Información Financieras

Aplicables a INCOP

El Departamento de Proveeduría del INCOP invita a participar en la Contratación Directa N° 2017CD-000174-01 para la “Contratación de Servicios Profesionales de una persona física o jurídica para realizar la revisión y actualización del manual integral de contabilidad con base en las Normas Internacionales de Información Financiera aplicables a INCOP”.

Los interesados en participar en esta Contratación podrán solicitar el Pliego de Condiciones al correo jamadrigal@incop.go.cr o jbravo@incop.go.cr a partir de la publicación de este aviso.

El plazo para la recepción de ofertas vence el día 08 de mayo del 2017 a las 10:00 horas en la Oficina de Proveeduría del INCOP en Puerto Caldera.

Proveeduría.—Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O.C. N° 28839.—Solicitud N° 82857.—( IN2017128041 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS

DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES

SUBÁREA GESTIÓN DE COMPRAS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000003-1150

Servicios de soporte Oracle de alto nivel

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación mencionada anteriormente, con apertura de ofertas para el 16 de mayo de 2017, a las 09:00 a.m. Valor aproximado del cartel ¢800,00. Ver mayores detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Máster Yehudi Céspedes Quirós.—1 vez.—( IN2017127789 ).

DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS

DE SALUD REGIÓN HUETAR NORTE

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2017LN-000002-2499

Servicios de limpieza-Hospital Los Chiles

A los interesados en participar en la Licitación Pública Nacional N° 2017LN-000002-2499, “Servicios de limpieza-Hospital Los Chiles”, se les informa que el cartel con las especificaciones técnicas y demás condiciones generales y legales, se encuentra disponibles en la Unidad Gestión de Bienes y Servicios de la Dirección Regional de Servicios de Salud Región Huetar Norte, ubicada 450 metros norte del Banco Popular en Ciudad Quesada, lugar donde se realizará la recepción y apertura Ofertas, esta última se llevará a cabo a los dieciséis (17) días hábiles siguientes a esta publicación a las 10:00 horas. Mayor información en la página web institucional, http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2499&tipo=LN.

Ciudad Quesada, San Carlos, 20 de abril de 2017.—Unidad Gestión de Bienes y Servicios.—MBa. Sarly Vanessa Chaves Fernández, Coordinadora Regional.—1 vez.—(IN2017127829 ).

HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN 2017LA-000016-2101

Por concepto de Vandetanib de 300 y 100 mg,

comprimidos recubiertos

Se informa a los interesados a participar en la Licitación 2017LA-000016-2101 por concepto de Vandetanib de 300 y 100 mg, comprimidos recubiertos, que la fecha de apertura de las ofertas es para el 18 de mayo del 2017, a las 8:30 a. m.

El cartel se puede adquirir en la Administración del Hospital, por un costo de ¢500. Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr.

San José, 21 de abril del 2017.—Área Gestión de Bienes y Servicios.—Licda. Laura Torres C., Jefa.—1 vez.—( IN2017127872 ).

HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000001-2205

Suministros para facoemulsificación de catarata

Se informa a los interesados que está disponible el cartel correspondiente a la Licitación Pública N° 2017LN-000001-2205, para la adquisición de suministros para facoemulsificación de catarata, su apertura se realizará el día 16 de mayo del 2017, a las 9:00 a.m.; ver detalles y más información en www.ccss.sa.cr, o venir a retirar el cartel físico al Área de Contratación Administrativa.

Alajuela, 20 de abril del 2017.—Dirección General.—Dr. Francisco Pérez Gutiérrez.—1 vez.—( IN2017128017 ).

DIRECCIÓN EQUIPAMIENTO INSTITUCIONAL

CONCURSO N° 2017LN-000001-3110

Sistema Completo Video Endoscopia Digestiva

Se informa a todos los interesados que el cartel está disponible en la Dirección Equipamiento Institucional, Subárea Gestión Administrativa y Logística en la siguiente dirección: Cantón San José, Distrito El Carmen, calle 3 Av. Central y 1° edificio Jiménez, piso 3 Altos de Panadería Trigo Miel, se entregará en formato digital con la presentación de un DVD o en la página Web http:www.ccss.sa.cr.

Fecha de apertura: 03 de julio de 2017. Hora: 10:00 horas. Lugar: Dirección Equipamiento Institucional, Subárea de Gestión Administrativa y Logística (SAGAL)

San José 21 de abril de 2017.—Subárea Gestión Administrativa y Logística.—Lic. Jorge Hidalgo Moraga.—1 vez.—( IN2017128038 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000007-01

Compra de equipo para tratamiento de agua

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 16 de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en La Uruca 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 25344.—Solicitud Nº 82638.—( IN2017127700 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000017-01

Contratación de servicios de hospedaje, salones,

alimentación, equipos, inmobiliario y realización

de los actos protocolarios para la Asamblea

General de la OIT

(Del 07 al 11 de agosto del 2017)

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 17 de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en La Uruca 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 82637.—( IN2017127703 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000011-01

Compra de equipo para peluquería

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 15 de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en La Uruca 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 82639.— ( IN2017127707 ).

COMPRA DIRECTA 2017CD-000038-03

Compra de reactivos y medios de cultivo para laboratorio

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 02 de mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 82635.—( IN2017127710 ).

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

PROVEEDURÍA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000006-01

Suministro de materiales y mano de obra para la

“reparación del edificio Intendencia Limón

Terminal Hernán Garrón Salazar

Fecha y hora de apertura 17 de mayo del 2017, a las 10:00 a. m.

El cartel con las respectivas condiciones están disponibles en la Proveeduría Portuaria en Limón, sita diagonal suroeste del Parque Vargas, entrada peatonal principal de JAPDEVA, edificio de la Gerencia Portuaria, planta baja, en las Oficinas Administrativas en San José, ubicadas 200 metros sur y 25 oeste de la Gran Terminal de Buses del Caribe y en el sitio web de JAPDEVA.

Visita previa de inspección al sitio de trabajo citado, a las 10:00 horas del 03 de mayo del 2017.

Limón, abril del 2017.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor Admón. Portuaria.—1 vez.—O. C. N° 6401.—Solicitud N° 82851.—( IN2017128045 ).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

(Aviso de adjudicación)

Se comunica a todos los interesados en los procedimientos de contratación que se dirán, que por acuerdos del Consejo Superior del Poder Judicial en sesiones N° 35-17 y 37-17, celebradas el 18 de abril del año en curso, artículos XIII, XI, XIV, XV respectivamente, se dispuso adjudicar de la forma siguiente:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000087-PROV

Compra de tabletas y computadoras con ambiente Macintosh

A: Importaciones Compufax de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-156606.

Línea 1: 32 Tabletas con sistema operativo Android, marca Samsung, precio unitario ¢368.793,00, total ¢11.801.376,00.

A: Comercializadora AT del Sur S. A., cédula jurídica número 3-101-237629.

Línea 2: 2 Tabletas con sistema operativo Windows, marca Microsoft Surface Pro3, precio unitario $889,95, total $1.779,90.

A: Industrias de Computación Nacional S. A., cédula jurídica 3-101-088093.

Línea 3: 2 Computadoras con ambiente Macintosh, precio unitario $5.752,03, total $11.504,06.

————

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000006-PROV

Compra de productos de limpieza amigables

con el ambiente, bajo la modalidad

de entrega según demanda

A: Prolim PRLM S. A., cédula jurídica 3-101-242129,

Línea Nº 1: precio del paquete de 4 unidades ¢1.976,00. Línea Nº 2: precio unitario ¢1.148,00. Línea Nº 3: precio unitario ¢2.300,00. Línea Nº 4: precio unitario ¢2.460,00. Línea Nº 5: precio unitario ¢2.460,00. Línea Nº 6: precio unitario ¢1.198,00. Línea Nº 7: precio unitario ¢28.990,00. Línea Nº 8: precio unitario ¢360,00. Línea Nº 9: precio unitario ¢690,00. Línea Nº 10: precio por el par ¢373,00. Línea Nº 11: precio del paquete de 9 unidades ¢405,00.

A: Fesa Formas Eficientes S. A., cédula jurídica 3-101-183093.

Línea Nº 14 precio unitario ¢2.378,00. Línea Nº 15 precio unitario ¢3.683,00. Línea Nº 16 precio unitario ¢1.281,00. Línea Nº 17 precio unitario ¢1.098,00. Línea Nº 18 precio unitario ¢988,00. Línea Nº 19 precio unitario ¢976,00. Línea Nº 20 precio unitario ¢3.293,00. Línea Nº 21 precio unitario ¢4.634,00.

Las líneas Nº 12 y Nº 13 se declaran infructuosas.

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LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000041-PROV

Compra e instalación de varias unidades o equipos

para aire acondicionado tipo manejadoras o fan coil

Se dispuso declararla desierta.

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LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LA-000084-PROV

Adquisición, instalación y capacitación de cámara

automatizada de disparo para la Sección

de Pericias Físicas

A: Capris, S. A., cédula jurídica 3-101-005113, para un total adjudicado de $55.800,00.

Para todas las anteriores, demás términos y condiciones según pliego de condiciones.

San José, 20 de abril del 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017127780 ).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2017LN-000002-01

Contratación de un servicio en la nube de una solución

de “Gamificación” (es el uso de elementos de juego

en contexto no lúdicos) que permita crear valor de

marca y fidelizar clientes con un programa de lealtad,

basado en soluciones de última generación, que

comprenda aspectos fundamentales de comunicación

para mantener motivados a los clientes, generar

información de los participantes para desarrollo

de estrategias mercadológicas y ofrecer

técnicas efectivas de interacción para

comprender al cliente con la marca”

La Comisión de Contratación Administrativa del Banco de Costa Rica, en reunión 12-2017 CCADTVA del 03 de abril de 2017, adjudicó el concurso en referencia a la empresa Loyalty Science Group S. A., por un monto de US$697.899.92 (seiscientos noventa y siete mil ochocientos noventa y nueve dólares con 92/100), para la implementación del primer año y US$564.499,92 (quinientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos noventa y nueve dólares con 92/100) para las posibles prorrogas del contrato para los años 2, 3 y 4.

Todo de conformidad con los términos y requisitos establecidos en el cartel y la oferta del adjudicatario.

San José, 20 de abril del 2017.—Oficina de Contratación Administrativa.—Área de Licitaciones.—Francis Hernández Monge.—1 vez.—O.C. Nº 66348.—Solicitud Nº 82702.—( IN2017127730 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE

DE PUERTOS DEL PACÍFICO

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000002-01

Contratación de servicio de vigilancia privada

para el INCOP en Quepos, Golfito y San José

La Junta Directiva de esta Institución mediante Acuerdo N° 6 FIRME tomado en la sesión N° 4043, celebrada el día 06 de abril, 2017, acordó adjudicar la Licitación Pública Nº 2016LN-000002-01 para la “Contratación de servicio de vigilancia privada para el INCOP en Quepos, Golfito y San José” a la oferta presentada por la empresa Compañía de Investigaciones y Seguridad Táctica COINSETA S. A. por un monto anual de ¢128.850.000,00 (ciento veintiocho millones ochocientos cincuenta mil colones exactos).

Mba. Juan Ariel Madrigal Porras, Proveedor General.—1 vez.—O.C. Nº 28839.—Solicitud Nº 82268.—( IN2017127738 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000031-2104

Adquisición de insumos varios para laboratorio clínico

Empresas adjudicadas: Nipro Medical Corporation, Tecno Diagnostica S. A., Capris S. A., G & H Steinvorth Ltda. Vea detalles y mayor información en http://www.ccss.sa.cr

San José, 20 de abril del 2017.—Sub-Área de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—O.C. Nº 45.—Solicitud Nº 82661.—( IN2017127721 ).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000003-2104

Adquisición de: Riociguat de: 1.0 mg, 1.5 mg, 2.0 mg, y 2.5 mg

Se comunica que la empresa adjudicada es: BAYER S. A. Ver detalles en: http/www.ccss.sa.cr/licitaciones.—San José, 19 de abril del 2017.—Área de Gestión de Bienes Servicios.—Lic. Marcelo Jiménez Umaña, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 42.—Solicitud Nº 82646.—( IN2017127724 ).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000004-2104

Adquisición de: Pembrolizumab 25 mg/ml.

Se comunica que la empresa adjudicada es: Distribuidora Farmanova S. A. Ver detalles en: http/www.ccss.sa.cr/licitaciones.

San José, 19 de abril del 2017.—Área de Gestión de Bienes Servicios.—Lic. Marcelo Jiménez Umaña, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 43.—Solicitud Nº 82645.—( IN2017127727 ).

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000013-01

Adquisición de dos (2) motores eléctricos del Sistema

de Hoist (Levante) para la grúa Libherr IR-1538

Se les comunica a todos los interesados en el concurso de referencia, que nuestra Comisión de Licitaciones en Sesión Ordinaria N° 01-2017, celebrada el día 15 de marzo del 2017, artículo IV-1, acordó:

Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000013-01, promovida para la “Adquisición de dos (2) motores eléctricos del Sistema de Hoist (Levante) para la grúa Libherr IR-1538, a la empresa Lloyd Dynamowerke Gmbh/ Arconsult S. A., por cumplir con los requisitos técnicos y legales, establecidos en el cartel de la siguiente manera:

Adjudicatario:                      Lloyd Dynamowerke GMBH/ Arconsult S. A.

Monto adjudicado:             $168.259,95

Vigencia de la oferta          60 días hábiles

Forma de pago:                    Carta crédito por $124.637,00 A Lloyd Dynamowerke GMBH

                                                Crédito 30 días por $43.622,95 a Arconsult S. A.

Plazo de entrega:                 120 días naturales.

Garantía cumplimiento:     5% sobre monto adjudicado

 

Marzo, 2017.—Lic. Wálter Anderson Salomons, Proveedor Administración Portuaria.—1 vez.—O.C. Nº 6401.—Solicitud Nº 82103.—( IN2017125824 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CARTAGO

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000002-MUNIPROV

Contratación de servicios para el suministro,

instalación y programación de ocho estaciones

de telemetría completas (RTU)

A los interesados en esta licitación se les hace saber que el Concejo Municipal del cantón Central de Cartago, en Acta N° 73-2017, artículo N° XIV de sesión celebrada el 18 de abril del 2017, acordó adjudicar este proceso licitatorio de la siguiente forma:

Oferente: Adrián Key Monge, cédula física N° 302900410

Línea única: contratación de servicios para el suministro, instalación y programación de nueve estaciones de telemetría completas (RTU)”, RFScada4 LLC, Tulsa-OK, USA y/o Siemens, a un precio unitario de ¢5.880.000.00 (cinco millones, ochocientos ochenta mil colones exactos).

Monto total de la oferta: ¢ 52.920.000.00 (cincuenta y dos millones, novecientos veinte mil colones exactos).

Plazo de entrega: (20) días hábiles contados a partir del día posterior hábil a la entrega de la correspondiente orden de compra.

Forma de pago: acepta la indicada en el cartel.

Todo lo demás de acuerdo con los términos del cartel y la oferta.

Proveeduría.—Licda. Isela Mata Quirós, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2017127827 ).

FE DE ERRATAS

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000004-01

Recolección de depósitos, cobro de facturas, transporte

en motocicleta o automóvil livianos con cajetines

de seguridad y procesamiento

de efectivo y o valores

Se informa a los interesados en la contratación en referencia, que la recepción de las ofertas se ha trasladado para las diez horas con treinta minutos del 9 de mayo del 2017.

El resto del cartel se mantiene igual

San José, 24 de abril del 2017.—Oficina Contratación Administrativa.—Francis Hernández Monge, Área de Licitaciones.—1 vez.—O.C. N° 66348.—Solicitud N° 82861.—( IN201728026 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

COMPRA DIRECTA N° 2017CD-000030-2104

(Aviso Nº 04 modificaciones)

Por la adquisición de monitores de signos vitales,

monitor de signos vitales cuidado crítico,

central de monitoreo

Se comunica a los interesados en participar que se realizaron modificaciones al cartel. La fecha de apertura permanece invariable 28 de abril 2017 10:00 a. m. El nuevo cartel está disponible en el Centro de fotocopiado público, situado en planta baja de este Hospital o bien se puede descargar de la página http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.—San José, 20 de abril del 2017.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.—1 vez.—O. C. 44.—Sol. 82660.—( IN2017127722 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN NACIONAL Nº 2017LN-000006-PRI

(Circular Nº 2)

Compra de vehículos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación, estará disponible la circular Nº 2, la cual podrá ser retirada directamente en la Dirección de Proveeduría, sita en el módulo C, piso 3 del edificio Sede del AyA en Pavas o bien en la dirección www.aya.go.cr.

Dirección Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O.C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 82601.—( IN2017127696 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000008-PRI

(Circular Nº 1)

Estudio de inspección electromagnética del estado

de la tubería de acero en un tramo del acueducto

Orosi ubicado en Tres Ríos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (A y A), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación arriba indicada, que a partir de la presente publicación, estará disponible la circular Nº 1, la cual podrá ser retirada directamente en la Dirección de Proveeduría, sita en el módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA en Pavas o bien en la dirección www.aya.go.cr.—Dirección de Proveeduría.—Jennifer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N° 82760.—( IN2017127838 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000002-01

(Prórroga)

Preselección de empresas para la contratación de servicios

de consultoría en el área de la ingeniería y arquitectura

y especialidades afines y especializadas

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública Nº 2017LN-000002-01, “Preselección de empresas para la contratación de servicios de consultoría en el área de la ingeniería y arquitectura y especialidades afines y especializadas”, que el plazo máximo para presentar ofertas de esta licitación se prorroga para el próximo 31 de mayo del 2017, a las 08:00 horas.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. Nº 25344.—Solicitud Nº 82636.—(IN2017127709 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000012-01

(Prórroga)

Contratación de servicio de aseo y limpieza

con criterios ambientales para las instalaciones

 del INA de Paseo Colón

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2017LA-000012-01, “Contratación de servicio de aseo y limpieza con criterios ambientales para las instalaciones del INA de Paseo Colón”, que el plazo máximo para presentar ofertas de esta licitación se prorroga para el próximo 12 de mayo del 2017, a las 09:00 horas.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 82634.—( IN2017127713 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000001-99999

(Prórroga de apertura)

Contratación para el mantenimiento periódico

y recuperación de vías públicas del cantón

Central de San José, bajo la modalidad

de contrato según demanda

El Departamento de Recursos Materiales y Servicios (Proveeduría), ubicado en el edificio municipal José Figueres Ferrer, avenida 10, comunica a los interesados en el presente concurso que se prorroga la apertura para el día 17 de mayo del 2017, a las 9:00 a. m.

San José, 24 de abril de 2017.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 137647.—Solicitud N° 82871.—( IN2017128075 ).

REGLAMENTOS

HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN

REFORMA INTEGRAL Y DEROGATORIA DE LA

RESOLUCIÓN N° DGT-R-10-2015 SOBRE LA APLICACIÓN DE LAS EXENCIONES AL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE

LOS RENDIMIENTOS GENERADOS POR INVERSIONES

EN TÍTULOS VALORES, PREVISTAS EN EL INCISO

C) ACÁPITE 1) DEL ARTÍCULO 23 DE LA LEY

DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA

DGT-R-20-2017. —San José, a las ocho horas del treinta y uno de marzo de dos mil diecisiete.

Considerando:

I.—Que el artículo 99 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios faculta a la Administración Tributaria para dictar normas generales tendientes a la correcta aplicación de las leyes tributarias, dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes.

II.—Que el párrafo 4 del inciso c) acápite 1) del artículo 23 de la Ley N° 7092 del 21 de abril de 1988 y sus reformas -Ley del Impuesto sobre la Renta-, establece los casos de las rentas no sujetas al impuesto sobre los rendimientos generados por inversiones en títulos valores.

III.—Que en el Decreto Ejecutivo N° 34691-J, publicado en La Gaceta N° 159 del 19 de agosto del 2008, se regula lo relativo a la emisión de las cédulas jurídicas. Asimismo, mediante criterio registral Nº DGRN/01/2008, del 16 de setiembre del 2008, el Director General del Registro Nacional se pronunció en relación con la necesidad de que ciertos entes sin personalidad jurídica contaran con su respectiva identificación numérica a los efectos de que puedan cumplir con los fines que la ley les asignó.

A este respecto, el criterio mencionado indicó que:

“(…) el Registro Nacional asignará un número identificador para aquellas entidades que sin ser personas jurídicas (condominios, fideicomisos, fondos de inversión, embajadas, ministerios, entre otros), requieran de dicha identificación para la debida consecución de sus objetivos y por su relación con los particulares, cuya vigencia y estructura será similar a la de la cédula jurídica, pero con elementos que las diferenciarán de aquellas.”

IV.—Que mediante resolución N° DGT-R-10-2015, de las quince horas del diecisiete de abril del dos mil quince, publicada en La Gaceta N° 89 del 11 de mayo del 2015, se reguló el tema de la aplicación de las exenciones al pago del impuesto sobre los rendimientos generados por inversiones en títulos valores, previstas en el inciso c) acápite 1) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

V.—Que con el objeto de mejorar el control tributario sobre las autorizaciones para la aplicación de la exención del impuesto sobre los rendimientos en títulos valores, en el artículo 4 de la citada resolución DGT-R-10-2015, se consideró que las instituciones que por ley manejan diferentes tipos de fondos, para solicitar la exención debían aportar para cada uno de ellos, además de otros requisitos, el número de identificación -cédula jurídica-, asignada por el Registro de Personas Jurídicas a entidades que no se consideran legalmente con personalidad jurídica, lo que permite diferenciar plenamente cada uno de esos fondos. En razón de lo anterior, en la actualidad, todos los fondos que se encuentran exentos por ley, deben contar con la citada identificación.

VI.—Que con la publicación de la resolución N° DGT-R-20-2015, de las ocho horas del tres de julio del dos mil quince, en La Gaceta N° 133 del 10 de julio del 2015, se reformó la resolución DGT-R-10-2015, para exceptuar a la Caja Costarricense de Seguro Social del aporte del requisito de cédula jurídica instrumental para los siguientes fondos: Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte-CCSS (IVM), Seguro de Salud-CCSS (SS), Fondo de Prestaciones Sociales-CCSS (FPS) y Fondo de Contingencias-CCSS (FC).

VII.—Que mediante la presente resolución se establecen los lineamientos generales para efectos de que la Administración Tributaria emita las autorizaciones para disfrutar de las exenciones en el pago del impuesto sobre los rendimientos generados en las inversiones en títulos valores, en aquellos casos que corresponda.

VIII.—Que en acatamiento de lo establecido en el artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, se publicó la presente resolución en el sitio Web http://www.hacienda.go.cr/, en la sección “Propuestas en consulta pública”, antes de su dictado y entrada en vigencia, a efectos de que las entidades representativas de carácter general, corporativo o de intereses difusos tuvieran conocimiento del proyecto y pudieran oponer sus observaciones, en el plazo de diez días hábiles siguientes a la publicación del primer aviso en el Diario Oficial.

En el presente caso, el primer y segundo avisos fueron publicados en La Gaceta N°38 del 22 de febrero del 2017 y en La Gaceta N° 39 del 23 de febrero del 2017, respectivamente.

IX.—Que a la fecha de publicación de la presente resolución se recibieron y atendieron observaciones al proyecto indicado, constituyendo la presente, la versión final aprobada. Por tanto,

RESUELVE:

Artículo 1º—Disposiciones generales. Con el objeto de garantizar la correcta aplicación de las exenciones del pago del impuesto previsto en el artículo 23, inciso c) acápite 1 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, toda persona física o jurídica que invoque gozar de una exención con respecto al pago de ese impuesto, deberá hacer la solicitud de exención respectiva a la Administración Tributaria.

Para tal efecto, mediante la presente resolución se establecen los lineamientos generales que la Administración Tributaria aplicará para la emisión de resoluciones de autorización para el disfrute de las exenciones del impuesto sobre los rendimientos generados por inversiones en títulos valores.

Artículo 2º—Resolución genérica y resolución restringida.

Para disfrutar de la exención, la Administración Tributaria emitirá dos tipos de resoluciones:

Resolución genérica: Este tipo de resolución tiene una vigencia indefinida y aplica para aquellos fondos exentos por ley, que se encuentran identificados mediante una cédula jurídica instrumental emitida por el Registro Público. Esta resolución estará vigente mientras subsista la ley que ampara la exención, de acuerdo con lo establecido en el inciso c) acápite 1) del artículo 23 de la ley del Impuesto sobre la Renta. Queda expresamente establecido en esta resolución, que ante un cambio de la ley que ampara la exención, sea que se disponga la eliminación total o parcial del beneficio, la autorización emitida por parte de la Administración Tributaria quedará sin efecto, sin necesidad de que se emita un acto de revocación de la autorización inicial.

Resolución restringida: Esta resolución se emitirá por un periodo de tiempo determinado, para aquellos entes cuyos fondos exentos no se encuentran debidamente identificados mediante una cédula jurídica instrumental. Su vigencia será de un año, renovable por períodos iguales y deberá solicitarse con dos meses de antelación a su vencimiento.

Artículo 3º—Requisitos para solicitar exención del impuesto que recae sobre los rendimientos generados por inversiones en títulos valores.

Presentar el formulario D-409 “Solicitud de exención de los impuestos que recaen sobre los rendimientos generados en las inversiones en títulos valores”, que estará disponible en www.hacienda.go.cr , menú “Servicios Tributarios” – “Otros Trámites y sus requisitos” (Ver anexo 1), ante la administración tributaria de su jurisdicción o la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales, según corresponda, firmada por el representante legal del administrador de los fondos o del ente exento. Si la solicitud la presenta un tercero, debe ser autorizada por el representante legal y la firma debe estar debidamente autenticada por un abogado o notario.

a. Certificación de personería jurídica del ente exento o bien del administrador de los fondos, según sea el caso, con una vigencia no mayor a tres meses contados desde su fecha de emisión, de conformidad con el Reglamento del Código Tributario.

b.  Tanto el ente exento, como quien administre fondo(s) exento(s) debe(n) estar inscrito(s) como obligado(s) tributario(s) ante la Dirección General de Tributación.

c.  El representante legal vigente, del ente exento o del administrador del (los) fondo(s) cuando corresponda, debe estar acreditado ante el Registro Único Tributario de la Administración Tributaria, conforme los lineamientos establecidos en la resolución N° DGT-067-2015, de las ocho horas del 22 de octubre del 2015 y sus reformas.

d.  El solicitante, sea un ente exento o administrador de fondos exentos, debe estar al día con sus obligaciones tributarias formales y materiales, así como con el pago de las cargas sociales a la Caja Costarricense del Seguro Social, esto último será verificado por el funcionario tributario a cargo del estudio, en la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social > Servicios en línea > Patrono al día. En caso de que el funcionario responsable del estudio, determine que el interesado no se encuentra al día en sus obligaciones, deberá prevenirlo para que en un plazo de diez días hábiles regularice su situación tributaria, so pena de procederse al archivo de la gestión.

e.  Presentar el auxiliar de inversiones, según lo indicado en el artículo 5 de la presente resolución y cualquier otro documento o información que considere pertinente para apoyar su solicitud.

f.   En el caso de las instituciones que por ley administran diferentes tipos de fondos, para realizar el trámite de exención respectivo, deberán aportar además de los requisitos citados anteriormente, lo siguiente:

a.  Justificación de que la naturaleza jurídica de constitución de esos fondos, conforme la legislación vigente, permite que sean considerados exentos del pago del impuesto.

b.  Número de identificación -cédula jurídica-, asignada por el Registro de Personas Jurídicas a entidades que no se consideran legalmente con personalidad jurídica, conforme al Decreto Ejecutivo N° 34691-J, publicado en La Gaceta N° 159 del 19 de agosto del 2008 y criterio registral DGRN/01-2008 de 16 de setiembre del 2008, ambos mencionados en el considerando III anterior.

El cumplimiento de estos requisitos es obligatorio, pudiendo la Administración Tributaria prevenir al interesado por una única vez, para que complete los requisitos omitidos; en caso de incumplimiento se procederá al archivo del caso.

Artículo 4º—Plazo para resolver la solicitud de exención sobre los rendimientos generados por inversiones en títulos valores.

En virtud de que la solicitud de exención constituye una petición fundamentada en los artículos 102 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y 55 del Reglamento de Procedimiento Tributario, el plazo para resolverla es de dos meses, contado a partir de la fecha de presentación.

Por tal razón, en el caso de aquellos entes a los que se les ha otorgado una resolución restringida, deberán presentar su solicitud de renovación dentro del plazo de dos meses anteriores a su vencimiento; en caso de que no presenten la solicitud en el plazo señalado, la Administración Tributaria no otorgará exención sobre los impuestos correspondientes al periodo que quede al descubierto, por lo que el interesado deberá solicitar la devolución por los impuestos que se le retengan, mediante el trámite correspondiente.

Artículo 5º—Auxiliar de inversiones.

Tanto los administradores de fondos exentos como los entes exentos, deben llevar un auxiliar de inversiones de forma electrónica, en archivo Excel (ver anexo 2). Para aquellos fondos que cuentan con resolución genérica, debe llevarse un auxiliar para cada uno de los fondos exentos y en el caso de los entes a los que se les ha emitido resolución restringida, el auxiliar será para los fondos invertidos. Dicho auxiliar debe contemplar la siguiente información:

a. Origen de los fondos invertidos

b.  Inversor ( N° de identificación)

c.  Fecha en que se realizó cada inversión

d.  Montos invertidos

e.  Tipo de moneda

f.   Monto del impuesto exonerado

g.  Tipo de título invertido

h.  Fecha de vencimiento de cada inversión, así como de los cupones de intereses de cada una de ellas.

La información, deberá venir organizada por inversor y para cada inversor por fecha de inversión.

Artículo 6º—Presentación del registro auxiliar de inversiones.

El administrador de los fondos, cuyo beneficio ha sido otorgado de forma genérica, debe presentar anualmente ante la Administración Tributaria, dentro de los primeros quince días naturales del mes de enero, el auxiliar de inversiones de cada uno de los fondos en formato digital por medio del correo electrónico notificaciones-DSC@hacienda.go.cr, con los requisitos señalados en el artículo anterior. En caso de incumplimiento de la presente disposición, la Administración podrá cambiar de oficio la condición de autorizado genérico a restringido.

Los entes que cuenten con la resolución restringida, deben presentar el auxiliar en formato digital ante la administración tributaria de su jurisdicción o ante la Dirección de Grandes Contribuyentes Nacionales según corresponda, con los requisitos señalados en el artículo anterior, cada vez que soliciten renovación de la resolución. En el evento de que se incumpla con esta presentación, se procederá al archivo de la solicitud.

Artículo 7º—Rentas no sujetas

En el caso de las rentas no sujetas establecidas en el párrafo 4° del inciso c) acápite 1) del artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no se requiere realizar trámite alguno ante la Administración Tributaria.

Artículo 8°—Cumplimiento de obligaciones tributarias.

En caso de que el funcionario responsable del estudio de solicitud de exención del impuesto sobre los rendimientos generados por inversiones en títulos valores, determine que el interesado no se encuentra al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, deberá prevenirlo para que en un plazo de diez días hábiles regularice su situación tributaria, so pena de procederse al archivo de la gestión.

Artículo 9º—Derogatorias.

Se dejan sin efecto las resoluciones números DGT-R-10-2015, de las quince horas del diecisiete de abril del dos mil quince, publicada en La Gaceta N° 89 del 11 de mayo del 2015 y DGT-R-20-2015, de las ocho horas del tres de julio del dos mil quince, publicada en La Gaceta N°133 del 10 de julio del 2015.

Artículo 10.—Rige a partir de su publicación.

Transitorio único.—Las solicitudes que a la fecha de vigencia de la presente resolución estuvieren pendientes de resolver, deberán ser atendidas conforme con las disposiciones que aquí se indican, excepto en lo que al auxiliar de inversiones se refiere, el cual deberá ser presentado para el caso de resoluciones de autorización restringida, tres meses después de notificada la resolución de autorización.

Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General de Tributación.—1 vez.—O.C. N° 3400031806.—Solicitud N° 81923.—( IN2017125777 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-420-2017.—Fernández Jiménez Alejandra María, R-45-2017, cédula de identidad. 1-0801-0147, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magíster en Comunicación Estratégica, Universidad Adolfo Ibáñez, Chile. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 7 de febrero del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128734.—Solicitud Nº 81410.—( IN2017124126 )

ORI-1001-2017.—Calderón Cornejo Ana Gabriela, R-44-2017, cédula Nº 1-1436-0277, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Música, Ithaca College, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de marzo del 2017.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128734.—Solicitud Nº 81409.—( IN2017124127 ).

ORI-841-2017.—Vallejo Sevilla Johas Lidys, R-42-2017, residente Nº 155825315403 solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctora en Medicina, Escuela Latinoamericana de Medicina, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de marzo de 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128734.—Solicitud Nº 81408.—( IN2017124132 ).

ORI-836-2017.—Valle Blanca Nubia, R-39-2017, pasaporte CO1128865 solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Derecho, la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 01 de marzo de 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.C. N° 128734.—Solicitud N° 81403.—( IN2017124133 ).

UNIVERSIDAD NACIONAL

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por: Extravío. Correspondiente al título de: Bachillerato en Sociología. Grado académico:  Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 20, folio: 133 asiento: 1384. A nombre de Espinoza Chavarría Jahaira Vanessa. Con fecha: 26 de agosto del 2004, cédula de identidad: 1-1051-0970. Se pública este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 30 de marzo del 2017.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2017124821 ).

Ante el Departamento de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por extravío, correspondiente al título de: Bachillerato en Orientación, grado académico: Bachillerato, registrado en el en el libro de títulos bajo: tomo: 23, folio: 78, asiento: 1188, a nombre de Espinoza Chavarría Jahaira Vanessa, con fecha 11 de mayo del 2007, cédula de identidad: 1-1051-0970. Se publica este edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 30 de marzo del 2017.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—1 vez.—( IN2017124824 ).

INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Beatriz del Carmen de Ycaza Velez, pasaporte Nº PA0360166, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título Licenciada en Arquitectura Estructural, obtenido en la Universidad Santa María La Antigua. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 03 de abril del 2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 81822.—( IN2017125314 ).

El señor Gianfranco Libretti Di Bella, pasaporte venezolano N° 117516014, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Urbanista, obtenido en la Universidad Simón Bolívar. Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Cartago, 31 de marzo 2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 81824.—( IN2017125315 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Estatal a Distancia, se ha presentado Esteban Vinicio Castro Calderón, cédula de identidad 1-1443-026 por motivo de solicitud de reposición del diploma, correspondiente al título de Diplomado en Educación General Básica I y II Ciclos, bajo la inscripción que a continuación se detalla:

Tomo: IX, Folio: 1920, Asiento: 16

Se solicita la publicación del edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles, a partir de la tercera publicación en La Gaceta.

Dado a solicitud de la interesada en San José, a los veintiocho días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—Mag. Tatiana Bermúdez Vargas, Encargada de Graduación y Certificaciones.—( IN2017125757 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Se le comunica a Rene Mauricio Chacón Cea, la resolución de las quince horas y tres minutos del quince de marzo de dos mil diecisiete, mediante la que se dio inicio al proceso especial de protección mediante el dictado de una Medida de Rehabilitación e Internamiento a favor de la persona menor de edad Mauricio Chacón Flores. Se le confiere audiencia por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias y se les advierte que tienen derecho a hacerse asesorar y representar por abogado y técnicos su elección, así como consultar y fotocopiar las piezas del expediente que permanecerá a su disposición en la indicada Oficina local de Santa Ana. Deberá señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicadas resoluciones procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal de la Oficina Local de Santa Ana dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Expediente N° OLSA-00158-2016.—Oficina Local de Santa Ana.—Licda. Merelyn Alvarado Robles, Representante Legal.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000018.—( IN2017124116 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

A los señores Amy Emilia Méndez Salas, titular de la cédula de identidad costarricense número 113010535 y José Rafael Nuez Pichardo,  sin mayores datos, se le comunica la resolución de las 08:00 del 20 de marzo del 2017, mediante la cual se resuelve medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Luis Fernando Nuez Méndez, por el término de hasta seis meses en la Asociación Blanca Flor. La presente medida de protección rige hasta el día veinte de setiembre del dos mil diecisiete. Se les confiere audiencia a los señores Amy Emilia Méndez Salas y José Rafael Nuez Pichardo por tres días hábiles, para que presente los alegatos de su interés, y ofrezca las pruebas que estime necesarias, y se le advierte que tiene derecho a hacerse asesorar y representar por abogados y técnicos de su elección, así como consultar el expediente en días y horas hábiles, se hace la salvedad que para fotocopiar el expediente administrativo se cuenta con el horario de siete horas con treinta minutos y hasta las once horas con treinta minutos en días hábiles, el cual permanecerá a su disposición en esta oficina local, ubicada en San José, Distrito Hospital, sita en calle catorce, avenidas seis y ocho, del costado suroeste del parque La Merced,  ciento cincuenta metros al sur. Así mismo se les hace saber que Deberán señalar lugar conocido o número de facsímil para recibir sus notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las resoluciones futuras quedarán firmes 24 horas después de dictadas, conforme la Ley de Notificaciones Judiciales. Se le hace saber, además, que contra las indicada resolución procede Recurso de Apelación para ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberán interponer ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente a la fecha de publicación del tercer aviso en el Diario Oficial, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Legajo de Expediente N° OLSA-00324-2016.—Oficina Local de San José Oeste.—Licda. Marisol Piedra Mora, Representante Legal.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125183 ).

A Aquiles Gabriel Martínez Hernández y Katherine Vanessa Delgado Sanabria, se le (s) comunica la (s) resolución (es) de las ocho horas y cuarenta minutos del catorce de marzo de dos mil diecisiete, mediante las cuales se ordena medida de protección de cuido provisional en recurso familiar, a favor de la persona menor de edad Kimberly Valeska Martínez Delgado, ubicándosele en el hogar de su tía materna Reina Vásquez Cerdas, y a favor de las personas menores de edad Linsay Jasline Martínez Delgado y Daniel Arnoldo Martínez Delgado ubicándoseles en el hogar de sus abuelos maternos constituido por Carlos Arnoldo Delgado Cascante e Ingrid Sanabria Cerdas con la finalidad de brindarle protección ante su condición de vulnerabilidad. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar medio electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLA-00236-2015.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000019.—( IN2017125184 ).

Oficina Local de Alajuela Oeste, a Arnoldo Aguilar Chaves, se le comunica la resolución de las trece horas del ocho de marzo del dos mil diecisiete, mediante las cuales se ordena dar inicio al proceso especial de protección, medida de protección de cuido provisional en recurso familiar, a favor de la persona menor de edad Yoselin Aguilar Martínez, ubicándosele en el hogar de su hermana, la señora Carla Vanessa Martínez Reyes, con la finalidad de brindarle protección ante su condición de vulnerabilidad ante la muerte de su progenitora. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar medio electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLAO-00025-2017—Oficina Local de Alajuela Oeste.—MAG. Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125185 ).

A Jairo Jara Salguero, se le comunica la resolución de las diez horas del quince de marzo del dos mil diecisiete, mediante la cual se ordena y mantiene, la medida de protección de cuido provisional en recurso familiar, a favor de la persona menor de edad Jairo Antonio Jara Arce, ubicándosele en el Centro Especializado para Rehabilitación por Drogadicción (Hogar Crea Niños Adolescentes de Heredia), con la finalidad de brindarle protección ante su condición de vulnerabilidad. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar medio electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLAO-00027-2017.—Oficina Local de Alajuela Oeste.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000019.—( IN2017125186 ).

A quien interese: se comunica que por resolución administrativa de las ocho horas del veintidós de marzo del dos mil diecisiete, dictada por el Patronato Nacional de la Infancia, oficina local de Cartago se declaró en estado de abandono en sede administrativa a la persona menor de edad Nixon Naman Rivera Calvo, confiriendo además el depósito administrativo provisional del citado menor en los señores Gabriel Rivera Rivera y Marta Eugenia Calvo Campos. Notifíquese. Recurso. Procede el recurso de apelación para ante la Presidencia Ejecutiva. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente administrativo OLC-00707-2016.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias, Representante.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125200 ).

Se le comunica a Samantha Corrales Villalobos, la resolución de las nueve horas del quince de marzo de dos mil diecisiete, que es declaratoria de adoptabilidadad de Yerai Corrales Villalobos. En contra de la presente resolución proceden los recursos de revocatoria con apelación en subsidio para ante el Superior en grado, dentro de un plazo de tres días después de notificada. El de revocatoria lo resolverá el órgano que dictó la resolución y el de apelación se elevará ante el Jerarca Institucional. Deberá además señalar lugar o medio electrónico para recibir sus notificaciones dentro del perímetro de esta Oficina Local, si el lugar señalado fuere inexacto o incierto o el medio ineficaz, las resoluciones posteriores se tendrán por notificada con el sólo transcurso de 24 horas después de dictada. Exp. N° OLG-00621-2015.—Oficina Local de Guadalupe, 15 de marzo del 2017.—Lic. Roberto Marín Araya, Representante Legal.—O. C. Nº 41016.—Solicitud Nº 17000019 .—( IN2017125201 ).

A Wilbert León Paniagua, se le (s) comunica la (s) resolución (es) de las ocho horas treinta minutos del catorce de marzo de dos mil diecisiete, mediante las cuales se ordena otras medidas de protección, el cuido provisional de la persona menor de edad Daniel León Umaña, ubicándosele en el hogar de su recurso comunal afectivo, constituido por su padrastro el señor Héctor Manuel Fallas Vargas, con la finalidad de brindarle protección ante su condición de vulnerabilidad. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar medio electrónico para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente: OLAO-00574-2016.—Oficina Local De Alajuela Oeste.—Mag. Hazel Oreamuno Sánchez, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125202 ).

A los señores Sonia del Carmen Hernández Robles y Medardo Arceda Robles, se le comunica la resolución de las once horas treinta y ocho minutos del diecisiete de marzo del dos mil diecisiete que ordenó Inicio del Proceso Especial de Protección en sede Administrativa y Medida de Protección de Cuido Provisional a favor de las personas menores de edad Beditsa del Rosario Hernández. Notifíquese la anterior resolución a la señora Sonia del Carmen Hernández Robles y Medardo Arceda Escobar, con la advertencia de que deben señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones, en caso de no hacerlo o si el lugar fuere inexacto, impreciso o llegara a desaparecer o el medio seleccionado fuere defectuoso estuviera desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la presente resolución procede únicamente el recurso ordinario de Apelación que deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas hábiles después de notificada la presente resolución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. (Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Recurso que será resuelto por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a la parte involucrada en el Proceso que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar o representar por un profesional en Derecho así como tener acceso al expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente OLSAR-00018-2017.—Oficina Local de Sarapiquí.—Licda. Julissa Cantillano Morán, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000019.—( IN2017125203 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que los señores Nuñez Soto Jorge Luis, cédula 3-0262-0005, Núñez Soto María Iris, cédula 3-0300-0857, Núñez Soto Ángel Demar, cédula 3-0283-0612 y Núñez Soto José Edwin, cédula 3-0243-0640 han presentado escritura pública rendida ante la notaria Kattia Alvarado Esquivel en la que dicen que, son los herederos universales de quién en vida fuera Núñez Arias Rafael Ángel cédula 3-0115-0098 titular del derecho de uso N° 267 del bloque C del cementerio Nuevo de Sabanilla, y que en el mismo acto le solicitan que se inscriba dicho derecho en favor de José Edwin de calidades ya mencionadas, quién acepta que quede inscrito a nombre de el con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. Se nombran como beneficiarios de este derecho a Jorge Luis, María Iris y Ángel Demar todos Núñez Soto. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para escuchar objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 03/04/2017.—Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1 vez.—( IN2017125768 ).

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Para los fines consiguientes la Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que el señor Boraschi Barrantes Olman, cédula Nº 1-0476-0146, ha presentado escritura pública rendida ante la notaria Manuelita Jiménez Esquivel en la que dice que, es el titular del derecho de uso Nº 39 del bloque A del cementerio nuevo de Sabanilla, y que en el mismo acto le dona dicho derecho en favor de Boraschi Barrantes Gina, cédula número 1-0505-0269, quien acepta que quede inscrito a nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que de este acto se derivan. Se nombran como beneficiarios de este derecho a Bernardo e Irene ambos Salas Boraschi. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para escuchar objeciones.

Sabanilla de Montes de Oca, 04 de abril del 2017.—Lic. Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.—1 vez.—( IN2017125802 ).

MUNICIPALIDAD DE HOJANCHA

De conformidad con lo que dispone los artículos 3 y 12 de la Ley de Impuestos sobre Bienes Inmuebles, N° 7509 y su reformas, la Sentencia 1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, la Resolución de la Sala Constitucional N° 2011-003075 del 09 de marzo del 2011 y el artículo 2 de la Ley N° 9071, Ley de 09 de mayo de 1995, y sus reformas, para Terrenos de Uso Agropecuario y en aras de dar cumplimiento a su competencia, esta Administración Tributaria procede a publicar la matriz de información de la Plataforma de Valores de Terrenos Agropecuarios del cantón de Hojancha, suministrada por el Órgano de Normalización Técnica, General de Tributación, Ministerio de Hacienda.

Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

Esta herramienta será utilizada para la determinación administrativa de la base imponible de los bienes inmuebles de uso agropecuario del Cantón para efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial La Gaceta, durante los procesos de valoración que se realicen.

Para efectos de consulta por parte de los administrados, el Mapa de Valores de Terrenos Agropecuarios podrá ser localizado en la oficina de Valoración y Catastro de la Municipalidad de Hojancha.

Hojancha, 2 de marzo del 2017.—Eduardo Pineda Alvarado, Alcalde.—1 vez.—( IN2017125887 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

Por este medio Summerland Propertie Management Ltda., con cédula jurídica Nº 3-102-397305 mediante su representante Legal Galo Francisco Malavasi Umaña, cédula Nº 30420585, convoca a asamblea general del Condómino Vertical Horizontal Residencial Naxos, cédula Nº 3-109-418977, en su primera convocatoria el día sábado 13 de mayo de 2017 a las 9:00 a.m. en el área de la piscina del Condominio; en caso de no presentarse el quórum requerido se convoca en segunda convocatoria el mismo día 13 de mayo de 2017 a las 9:30 a.m. en el área de piscina del Condominio.—Lic. Galo Francisco Malavasi Umaña, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017127714 ).

BICI REPUESTOS BRENSA DE COSTA RICA S.A.

Se emplaza a los accionistas a la asamblea general ordinaria-extraordinaria de socios de la empresa Bici Repuestos Brensa de Costa Rica S. A., cédula jurídica N° 3-101-82705, la cual se verificará en el domicilio social de la compañía, la primera convocatoria será a las 12:00 horas del jueves de 8 de junio de 2017 y la segunda convocatoria una hora después. El orden del día será: En sesión ordinaria se someterá a aprobación el informe contable del periodo de octubre del 2015 a setiembre del 2016. En sesión extraordinaria se convoca el siguiente orden del día: 1-Reforma de la cláusula quinta del pacto social, a efecto de proponer un aumento de capital para pagar las deudas de la empresa, específicamente la deuda del Banco Popular que en este momento es de trece millones seiscientos cuarenta y nueve mil setecientos trece colones y de la cual el señor Madriz Arce, es deudor de la misma y/o Autorizar la venta de la Finca partido de Cartago 3-146660-000, que soporta esa hipoteca por la suma de veinticinco millones de colones. 2-Autorizar al señor presidente a fin de que comparezca ante Notario Público a suscribir la donación de un derecho del 64% de la finca del partido de Cartago número 3-114779-000, libre de gravámenes y anotaciones, derecho que ya le pertenecía a la empresa Transportes Madriz del Pacífico S. A., cédula jurídica N° 3-101-233847, según documento firmado de fecha veinticinco de octubre de dos mil doce y para efectos fiscales se estima en un colón. 3-Autorizar a recibir por donación la finca del partido de Cartago 3-146660-000, con los gravámenes que indica el registro y se estima la donación en la suma de un colon para efectos fiscales. 3-Otorgar poder especial al señor presidente de la compañía a fin de que comparezca ante Notario Público a suscribir estos traspasos en las condiciones pactadas por la asamblea de socios. Se les recuerda a todos los socios que la documentación contable, así como los libros legales, están a disposición de los socios en las oficinas de la empresa.—San José, 20 de abril de 2017.—Juan Madriz Arce, Presidente.—1 vez.—( IN2017127853 ).

CONVOCATORIA ESTUDIOS E INVERSIONES

ALSA S. A.

Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Estudios e Inversiones Alsa Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-018692, a realizarse en el domicilio social, a las 9:00 horas del día 26 de junio del año 2017, en primera convocatoria, donde se conocerán los siguientes asuntos: 1) Verificación de los presentes con derecho a voto; 2) Presentación del informe de resultados de los ejercicios anuales de los periodos 2008-2009, 2009-2010, 2010-2011, 2011-2012, 2012-2013, 2014-2015, y el periodo recién concluido 2015-2016. Todo de conformidad con lo establecido por los artículos 155 incisos a) b) y c) y 156 inciso c) del Código de Comercio. De no haber quórum a la hora señalada, se celebrará la asamblea en segunda convocatoria, una hora después con los socios presentes.—San José, 20 de abril del 2017.—Elvira Sancho Madriz, Presidente.—Ignacio Sancho Madriz, Secretario.—Alfonso Sancho Madriz, Tesorero.—1 vez.—( IN2017127859 ).

ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA

N° 221 DEL 29 DE MAYO DE 2017

De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley Orgánica del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, N° 1038 y conforme con lo aprobado por la Junta Directiva en su sesión ordinaria número 8-2017, celebrada el 19 de abril del 2017, se convoca a las y los contadores públicos autorizados a la asamblea de junta general extraordinaria a realizarse el 29 de mayo del 2017, en la sede del colegio, sita en Moravia, San Vicente en primera convocatoria 17:30 horas. De no contar con el quórum de ley para la primera convocatoria, de conformidad con el artículo 18 citado, se sesionará en segunda convocatoria en el mismo lugar y fecha señalada al ser las 18:00 horas para lo cual hará quórum cualquier número de miembros presentes:

Orden del día:

I-     Comprobación del quórum y apertura de la asamblea.

II     Aprobación del orden del día.

III-  Entonación del Himno Nacional y del Himno del Colegio.

IV-  Nombramiento miembro Tribunal de Honor ante deceso de uno de sus miembros.

V-    Conocimiento y resolución de recurso de revisión del acuerdo JG-III-218-2016 de asamblea general extraordinaria N° 218-2016 del 28 de noviembre de 2016, de proceso disciplinario.

VI   Conocimiento y resolución de recursos de apelación en materia de admisión al colegio.

VII  Clausura de la asamblea general por parte del presidente.

Se les recuerda que para participar en las asambleas es requisito obligatorio estar al día en el pago de las cuotas ordinarias y extraordinarias al 30 de abril de 2017.—Lic. Mauricio Artavia Mora, Dirección Ejecutiva.—1 vez.—( IN2017127957 ).

CONDOMINIO MALLORCA

Condominio Mallorca, cédula jurídica 3-109-087967-30, convoca a los propietarios a la asamblea general extraordinaria, a celebrarse en el Condominio, sito en Curridabat, 50 metros este, de Taco Bell, el sábado 13 de mayo del 2017, en primera convocatoria a las 14:00 horas con los propietarios que representen las 2/3 partes del condominio, si no se alcanzare dicho quórum se fija una segunda convocatoria para las 15:00 horas del mismo día, formándose el quórum con cualquier número de concurrentes. La agenda a desarrollar es la siguiente:

Verificación del quórum

Elección de presidente y secretario

Debido proceso sancionatorio casa número 26.

San José, 21 de abril del 2017.—Alejandra Rojas Salazar, Administradora.—1 vez.—( IN2017127959 ).

CONDOMINIO DOÑA ROSA

Convocatoria asamblea general ordinaria y extraordinaria de condóminos Condominio Doña Rosa. Finca matriz H-ochenta y cinco-M-cero cero cero. Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de condóminos del Condominio Doña Rosa, finca matriz H-85-M-000, a celebrarse el día diecisiete de mayo del año dos mil diecisiete, en las instalaciones del condominio, casa número dieciocho. Se convoca en primera convocatoria al ser las dieciocho horas del día indicado yen segunda convocatoria al ser las diecinueve horas.

Para conocer los siguientes asuntos:

Informe y rendición de cuentas del administrador.

Determinación del presupuesto anual para el período en curso.

Nombramiento del administrador.

d)  Nombramiento de la junta directiva.

e)  Otros asuntos

Se hace saber a los condóminos su posibilidad de hacerse representar por medio de un apoderado especial para el acto.

San José, 5 de abril del 2017.—Carolina Guevara Conejo, Responsable.—1 vez.—( IN2017128047 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CENTRO CAMPERO LOS REYES S. A.

Jorge Moreno Benavides, cédula 1-0934-0808, solicita la reposición del certificado N° P00186-A por 1 acción común, de la sociedad Centro Campero los Reyes S. A., por extravío, se reciben oposiciones en el plazo de ley mediante el fax 2255-0224 o al email gvarela@losreyescr.com.—Jorge Moreno Benavides.—( IN2017124473 ).

UNIVERSIDAD INTERNACIONAL

SAN ISIDRO LABRADOR

 La Universidad Internacional San Isidro Labrador comunica que el título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con Énfasis en Administración Educativa, cédula de identidad número 02-0470-0943, se dañaron, por lo cual la Universidad está tramitando las reposiciones de los mismos. Cualquier interesado comunicarse a la Universidad Internacional San Isidro Labrador.

San Isidro de El General 10 de marzo de 2017.—Ph.D. Carlos Cortés Sandí, Rector.—( IN2017125026 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se publica edicto de venta del establecimiento comercial llamado: Costa Connection, operado por las sociedades: Costa Connection Vacations Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-717254, y Management Services Costa Connection Limitada, cédula de persona jurídica 3-102-717626. Por tanto, se cita y emplaza a terceros, acreedores y demás interesados para que dentro del plazo de quince días, contados a partir de la primera publicación de este edicto, comparezcan a hacer valer sus créditos y/o derechos. Oficina KG Legal Services, sita en Huacas, Guanacaste, Centro Comercial Paseo del Mar, local N° 22.—Lic. Kennia Guerrero Ruiz, Notaria.—( IN2017125119 ).

UNIVERSIDAS LATINOAMERICANA

DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Por medio de la presente, el Departamento de Registro la Universidad Latinoamericana de Ciencia y Tecnología (ULACIT), certifica el extravío del título a nombre de Carol Granados Campos, cédula de identidad uno diez veintitrés cero uno cero dos, de Bachillerato en Informática, inscrito en el tomo: 6, folio: 307, asiento: 7027, del veintidós de mayo del dos mil cuatro. Se publica este edicto para oír oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se expide la presente a solicitud del (la) interesado(a) y para efectos del trámite de reposición de título, a los tres días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Jacqueline Castro Quesada, Departamento de Registro.—( IN2017125129 ).

UNIVERSIDAD LATINOAMERICANA

DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Por este medio me permito solicitarles, se realicen las tres publicaciones que indica la ley, con respecto al extravío del título en el grado y carrera de Maestría en Administración de Empresas con Énfasis en Recursos Humanos, obtenido por Laura Marcela Suárez Montoya, cédula de identidad número uno cero novecientos setenta y tres cero cuatrocientos setenta y siete, inscrito en el tomo: 7, folio: 86, asiento: 11721, con fecha del 24 de noviembre de 2011. Se expide la presente solicitud del (la) interesado(a) y para efectos de solicitud de reposición, a los veintiún días del mes de agosto del dos mil quince.—Departamento de Registro.—Andrea Chavarría Vargas.—1 vez.—( IN2017125208 ).

MARISOL SOCIEDAD ANÓNIMA

Los suscritos Mario Lara Eduarte, con cédula de identidad número siete-cero cero veintiséis-cero setecientos cincuenta y cinco e Ileana María Esquivel de Benedictis, con cédula de identidad número uno-cero doscientos sesenta y ocho-cero setecientos setenta y cuatro, ambos mayores de edad, casados una vez, empresarios y vecinos de San José, dueños cada uno respectivamente de ocho títulos accionarios de mil colones cada uno, de la sociedad Marisol Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero veintisiete mil quinientos cincuenta, solicitarán por extravío, la reposición de dichos títulos accionarios, lo anterior en razón de lo establecido en el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio.—San Jos veinte de febrero del dos mil diecisiete.—Ileana E. de Lara.—( IN2017125543 ).

HOTEL PUNTA LEONA S. A.

(HOY REAL DE PUNTA LEONA S. A).

PRIMERA PUBLICACIÓN

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio Real de Punta Leona S. A., (antes Hotel Punta Leona S. A.), hace saber a quién interese que por haberse extraviado al propietario, repondrá la acción preferida Nº 106 de la serie l a nombre de Guillermo Carranza Castro, cédula de identidad número 1-0406-0759, endosada a favor de Gilberth Rodríguez Chang con cédula de identidad número 1-569-372, cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso. Real de Punta Leona S. A., Apoderado Generalísimo.—Boris Gordienko Echeverría, Responsable.—( IN2017125871 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

MARISOL SOCIEDAD ANÓNIMA

Por extravío, Marisol Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero veintisiete mil quinientos cincuenta, repondrá los siguientes libros: Libro de Registro de Socios, libro de Actas de Asamblea de Junta Directiva, libros Mayor, libro de Diario y libro de Inventarios y Balances.—San José, veinte de febrero del dos mil diecisiete.—Mario Lara Eduarte, Presidente.—1 vez.—( IN2017125544 ).

AF CORREDORA DE SEGUROS S. A.

AF Corredora de Seguros S. A. cédula jurídica 3-101-098456, licencia N° SC-12-112, informa que está a disposición en nuestro Sitio Web: www.afseguros.com y en nuestras oficinas ubicadas en Tibás de Periódico La Nación 100 este y 250 norte, edificio Ferenc D., el Informe Anual de Gobierno Corporativo, con corte al 31 de diciembre del 2016.—Alexis Alvarado Quirós, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017125759 ).

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS

ECONÓMICAS DE COSTA RICA

La Junta Directiva comunica a los colegiados suspendidos, Instituciones del Estado y al público en general, que se acuerda suspender del ejercicio de la profesión por morosidad a los siguientes colegiados, según Acuerdo Nº 20, de la Sesión Ordinaria Nº 2654-2016, celebrada el 07 de noviembre del 2016, de conformidad con los Artículos 35, inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Nº 7105. Por lo anterior, dichos colegiados se encuentran inhabilitados para ejercer la profesión y desempeñar puestos para los cuales se requiere estar incorporado a este Colegio; así como recibir los beneficios de plus salarial que otorgan las Instituciones del Estado, como la “Dedicación Exclusiva” entre otros. Queda en firme la suspensión del ejercicio de la profesión a partir de esta publicación.

 

Para ver imágen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

 

Lic. Ricardo Lamugue Salas, Fiscal.—Licda. Rosa Elena Baltodano Quintana, Secretaria.—MBA. Zoila Víquez Ramírez, Directora Ejecutiva a. í.—1 vez.—O. C. N° 2519.—Solicitud N° 17904.—( IN2017125770 ).

LAS CARRERAS DE DON FRANCISCO S. A.

Ante mi notaría, comparece la señora Ana Segunda Ulate Ulate, en su condición de presidenta de la sociedad Las Carreras de Don Francisco S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos quince mil dieciocho, quien viene a solicitar la reposición por extravío de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Consejo de Administración, Registro de Socios.—San José, 3 de abril del 2017.—Lic. Carlos Augusto Espinoza Arceyut, Notario.—1 vez.—( IN2017125825 ).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las quince horas de hoy se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Holcom Industrial Sociedad Anónima, mediante la cual se disminuye el capital social reformándose la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 27 de Marzo del 2017.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—( IN2017124282 ).

Mediante escritura doscientos treinta y siete otorgada ante esta misma notaría, a las veinte horas del treinta y uno de marzo del diecisiete, se disuelve y liquida la sociedad Lagunas del Río Segundo Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y dos mil doscientos cincuenta y cuatro.—San José, 31 de marzo del 2017.—Licda. Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—( IN2017124560 ).

Yo, Mauricio Vargas Barguil, notario público con oficina en Cartago, hago constar que por escritura número veintitrés visible a folio cincuenta y cinco frente del tomo cincuenta y ocho de mi protocolo, dada a las ocho horas del tres de abril del año dos mil diecisiete, se disolvió la entidad denominada Dynamic Telefónica Móvil Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago, Cartago Occidental; setenta y cinco metros oeste, de la Farmacia Fischel, cédula jurídica tres-uno cero uno-seis cero tres cuatro dos uno, por acuerdo firme de socios.—Cartago, tres de abril de dos mil diecisiete.—Lic. Mauricio Vargas Barguil, Notario.—( IN2017124674 ).

Ante la notaría de la licenciada Andrea Argüello Corrales, mediante escritura número doscientos ochenta y seis-veintiséis, del tomo veintiséis de mi protocolo, con fecha quince de marzo del año dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad Exportadora B.C. Café S. A., con domicilio en Cartago, representada por Guiselle María Cerdas Ramírez, cédula número tres-tres tres cuatro-siete tres cuatro, y Carlos Manuel Cerdas Ramírez, cédula número tres-dos seis tres-cuatro tres cinco, presidente y secretario respectivamente, los cuales tienen la representación judicial y extrajudicial de la sociedad pudiendo actuar conjunta o separadamente, conformando la totalidad del capital social.—Heredia, dos de abril del año dos mil diecisiete.—Licda. Andrea Argüello Corrales, Notaria Pública.—( IN2017124726 ).

Por medio de asamblea general extraordinaria, la sociedad TMF AGRO S. A., cédula jurídica N° 3-101-100171, modifica su pacto constitutivo, con relación a su capital social.—San José, 16 de marzo del 2017.—Licda. Seanny Jiménez Alfaro, Notaria.—( IN2017124865 ).

Por medio de asamblea general extraordinaria, la sociedad Balatana S. A., cédula jurídica 3-101-117554, modifica su capital social en su pacto constitutivo, en lo restante se mantiene incólume.—San José, 28/02/2017.—Licda. Seanny Jiménez Alfaro, Notario.—( IN2017124870 ).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 14:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 03 correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza San Rafael Arcángel Décima Segunda S R A S. A., cédula jurídica 3-101-303030, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 3 de abril del 2017.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—( IN2017124950 ).

Por escritura otorgada en mi notaría hoy a las 15:00 horas, se protocolizó en lo conducente el acta número 02 correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad de esta plaza, Servicios Clínicos Los Girasoles S. A., cédula jurídica 3-101-617884, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad.—San José, 3 de abril del 2017.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—( IN2017124953 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

El suscrito notario protocolizó el día cuatro de abril del dos mil diecisiete el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Sesenta y Seis Mil Treinta y Seis Sociedad Anónima. Se modifica cláusula segunda de domicilio y cláusula novena de administración.—San José, cuatro de abril del dos mil diecisiete.—Lic. Róger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—( IN2017125112 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 8:00 horas del 03 de abril del 2017, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Prime Internet Marketing Limitada, donde se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José, 03 de abril del 2017.—Lic. Adolfo García Baudrit, Notario.—1 vez.—( IN2017125113 ).

Por medio de escritura número setenta y ocho protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Loco Marketing Partners S. A., donde se reforma la cláusula segunda y se nombra nuevo presidente y secretario.—San José, 04 de abril del 2017.—Licda. Annemarie Guevara Guth, Notaria.—1 vez.—( IN2017125231 ).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del tres de abril de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria número uno de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Once Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-574611, en la que se procede con la disolución de la sociedad.—Lic. Jorge Sánchez Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017125303 ).

Protocolización del acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la Compañía Ortakoy Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y ocho mil novecientos sesenta y nueve, en la cual se modifica la cláusula del domicilio. Escritura otorgada a las doce horas treinta minutos del cuatro de marzo del dos mil diecisiete.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—( IN2017125430 ).

Fabrizio Ravetti Aguayo, notario público con oficina en San José, doy fe que en mí notaría, el día 14 de febrero del 2017, fue constituida la sociedad anónima de esta plaza Biología y Concreto Consultores Ambientales Sociedad Anónima. Los teléfonos de esta notaría son 8815-0655 y 2290-1190.—San José,14 de febrero del 2017.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.—1 vez.—( IN2017125435 ).

Ante esta notaria al ser 08:00 horas del 14 de marzo de 2017, se modifica clausulas segunda y novena del pacto constitutivo y se nombra  nueva  junta  directiva  de  la  sociedad Apoquindo S. A. 3-101-119793.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017125446 ).

Ante esta notaría, al ser 12:00 horas del 14 de marzo de 2017 se modifican las cláusulas segunda y novena del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Moda Italiana S. A. 3-101-119874.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017125447 ).

Ante esta notaria al ser 09:00 horas del 14 de marzo de 2017 se modifica clausulas segunda y novena del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Comercial Viña del Mar S. A. 3-101-059598.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario Marin Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017125448 ).

Ante esta notaria al ser 10:00 horas del 14 de marzo de 2017 se modifica clausulas segunda y novena del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Hacienda La Angosta S. A. 3-101-489916.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario Marin Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017125449 ).

Ante esta notaría al ser 11:00 horas de114 de marzo de 2017, se modifica clausulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Marín Orozco Belleza & Glamour S. A. 3-101-635887.—San José, 14 de marzo del 2017.—Lic. Jorge Mario Marín Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017125450 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría de las 9:00 Horas del 4 de abril de 2017 , se disuelve conforme al artículo 201 inciso D) del Código de Comercio la sociedad Ticotrón Ingeniería S. A. domicilio social Alajuela, Cartago, 4 de abril de 2017.—Lic. Juan Carlos Carballo Zeuli, Notario.—1 vez.—( IN2017125462 ).

  Ante esta notaría mediante escritura pública N.º 149 de las 14:00 horas del 28 de marzo 2017, se protocoliza disolución de la compañía Arrendadora Inmobiliaria Metropolitana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-321992, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 inciso d) y 207 del Código de Comercio.—San José 04 abril 2017.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017125463 ).

Ante esta notaría mediante escritura pública N.º 148 de las 12:00 horas del 28 de marzo 2017, se protocoliza disolución de la compañía Alegría Real Cariari Once Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101- 342024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 inciso d) y 207 del Código de Comercio.—San José, 04 de abril 2017.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017125464 ).

Por escritura N° 177 Bis, otorgada en San Ramón de Alajuela el 05 de marzo del 2016, Carlos Luis Guillén Montero, donó cuarenta acciones de la empresa de esta plaza denominada Inversiones Glenda Inglesa S. A., misma situación que se constata en los libros legales y de accionistas de la compañía indicada supra.—Lic. Carlos Alberto Villalobos Lobo, Notario.—1 vez.—( IN2017125468 ).

La sociedad anónima IPSATRADE CO S. A., cédula jurídica N° 3-101-207906. Nombra nuevo tesorero a Abner Antonio Camacho Araya, cédula N° 4-0199-0073. Se modificó la cláusula sexta.—San José, 5 de abril del 2017.—Lic. Wilbert Barrantes Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017125469 ).

Por escritura número sesenta y tres-uno del tomo primero de mi protocolo, de las 11:00 horas del 23 de marzo del 2017, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de Nosara Vacacional S. A., mediante la cual se modifica la cláusula quinta: del capital social, se modifica la cláusula sexta de la administración y se nombran nuevo presidente, secretario y fiscal.—Licda. Amy Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017125470 ).

Por escritura otorgada hoy ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general de la empresa Arbocu Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y un mil doscientos doce, por medio de la cual se disuelve la misma.—San José, quince de diciembre del dos mil catorce.—Lic. Rita María Calvo González, Notaria.—1 vez.—( IN2017125476 ).

Por escritura número sesenta y seis - uno del tomo primero de mi protocolo, de las 10 horas 30 minutos del 05 de abril del 2017, se protocolizo el acta de asamblea general extraordinaria de Apame S. A., mediante la cual se modifica la cláusula octava: de la junta directiva.—Licda. Amy Rodríguez Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017125483 ).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura número ciento trece visible al folio ochenta y cuatro frente del tomo décimo sétimo de mi protocolo, otorgada a las quince horas diez minutos del tres de abril del año dos mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la entidad denominada Inversiones Rodríguez Campos WYH S. A., domiciliada en Santa Bárbara de Heredia, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuarenta y cinco mil setecientos cuarenta y siete, mediante la cual se reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa, en la cual se aumentó el capital social. De igual forma se hace saber que ahí se modificó la cláusula sétima de dicho pacto constitutivo modificando lo relativo a la administración social.—Heredia, a las diecisiete horas del tres de abril del año dos mil diecisiete.—Lic. Manuel Zumbado Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017125484 ).

Por escritura otorgada a las 11:00 horas del 5 de abril del 2017, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Consultoría Agroforestal Esquivel Murillo S. A., domiciliada en Cartago, Urbanización Villa del Sol, casa número seis D, cédula de persona jurídica número 3-101-186623, en la cual se acordó disolver dicha sociedad de conformidad con el artículo 201, inciso d) del Código de Comercio y así se comunica para que dentro de los 30 días siguientes a la publicación, cualquier interesado podrá oponerse judicialmente a la disolución, que no se base en causa legal o pactada conforme al artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 5 de abril del 2017.—Lic. Mario A. Sánchez Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2017125485 ).

Por escritura número 217 otorgada en esta notaría, a las 9:00 horas del 5 de abril del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Prosa Comercial Dos Mil Cinco Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-397295, en la que se acuerda su disolución y liquidación.—San José, 5 de abril del 2017.—Lic. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—( IN2017125486 ).

Por escritura otorgada a las once horas del veintisiete de febrero del dos mil diecisiete, protocolicé el acta de la segunda asamblea extraordinaria de Tres Erres de Belén S. A., en donde se reformó la cláusula referente al domicilio social.—Licda. Olga Irene Granados Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2017125487 ).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría, mediante escritura número siete, del cuatro de abril del dos mil diecisiete, protocolicé acuerdos de asamblea general de KNC Ecological Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada en donde se acuerda liquidar y disolver la sociedad indicada.—San José, cuatro de abril del año dos mil diecisiete.—Lic. Gastón Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—( IN2017125492 ).

Al ser las 08:15 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de: Oasis Group Limitada. Se modifica la cláusula de la administración.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío de Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125495 ).

Protocolización de acuerdos de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad IT Intercontainer Limitada, donde se modifica la cláusula segunda del domicilio, se modifica cláusula de la administración y se nombrar nuevos cargos de gerentes de la compañía. Gerentes: Javier Alberto Arias Chaves y Sebastián Arias Chaves. Escritura otorgada en San José, ante el notario público Juan Manuel Aguilar Víquez, a las diecisiete horas del cuatro de abril del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Aguilar Víquez, Notario.—1 vez.—( IN2017125496 ).

Por escritura que autoricé hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Aerofumigación Centroamericana Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo.—San José, 03 de abril del 2017.—Lic. Eduardo Alvarado Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017125497 ).

Por medio de escritura número setenta y siete protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Alfaro’s Business Solutions S. A., según reforma a la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad y se nombra nuevo presidente y secretario.—San José, 04 de abril del 2017.—Licda. Annemarie Guevara Guth, Notaria.—1 vez.—( IN2017125504 ).

Al ser las 8:30 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de Plaza Comercial Las Rosas S. A. Se modifica la cláusula de la sétima del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125512 ).

Al ser las 8:40 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de Centro Comercial San Juan de Dios S. A. Se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125513 ).

Al ser las 9:10 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de Rancho La Coma de Santo Domingo S. A. Se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125514 ).

Al ser las 09:40 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de: Real Orleans S. A. Se modifica la cláusula de la sétima del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío de Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125515 ).

Al ser las 10:10 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de Tres Ciento Uno-Seiscientos Veintitres Mil Trescientos Cuarenta Y Nueve S. A., se modifica la cláusula de la sétima del pacto constitutivo.—San José 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborio De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125516 ).

Al ser las 11:15 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de: Inmobiliaria Destinos Azules EBS S. A. Se modifica la cláusula de la sexta del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío de Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125517 ).

Al ser las 11:45 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de Arrendadora Bashie del Este Número Uno S. A., se modifica la cláusula de octava del pacto constitutivo.—San José, 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborio De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125518 ).

Por escritura número ciento cuarenta y dos otorgada ante el suscrito notario, a las 14:00 horas del 30 de marzo de 2017, se disolvió la sociedad Inversiones Martimar S. A. Presidenta: María Ivonne Martínez Elizondo.—Siquirres, 30 de marzo de 2017.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017125519 ).

Por escritura número ciento cuarenta y seis, otorgada ante el suscrito notario, a las 09:00 horas del día 04 de abril del 2017, se disolvió la sociedad Las Machas S. A. Presidenta María Lourdes Rodríguez Hernández.—Siquirres, 04 de abril del 2017.—Lic. Alejandro Argüello Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017125520 ).

Con fecha del 27 de marzo del 2017, en esta notaría se acordó la disolución de la sociedad Eurosecurity Advisoring S. A.—Alajuela, 05 de abril del 2017.—Licda. Nazareth Abarca Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017125526 ).

En mi notaría a las 8:00 horas del 30 de marzo del 2017, la sociedad B&J Rodri Construcciones E Inversiones S. A., reforma las facultades de representación en sus cargos de la junta directiva.—Alajuela 5 de abril del 2017.—Licda. Nazareth Abarca Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017125527 ).

Al ser las 14:00 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de Arrendadora Bashie del Este Número Dos S. A. Se modifica la cláusula de la octavo del pacto constitutivo.—San José 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125528 ).

Al ser las 14:30 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de Arrendadora Bashie del Este Número Tres S. A. Se modifica la cláusula de la octavo del pacto constitutivo.—San José 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125529 ).

Al ser las 15:00 horas del 28 de marzo del 2017, protocolicé acta de Arrendadora Super Baharet del Este S. A. Se modifica la cláusula de la octavo del pacto constitutivo.—San José 30 de marzo del 2017.—Lic. José Antonio Saborío De Rocafort, Notario.—1 vez.—( IN2017125530 ).

NOTIFICACIONES

SALUD

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

DAJ-UAL-JM-467-2017.—El Ministerio de Salud hace saber a: José Manuel Víquez Morales, cédula de identidad N° 104510302, dueño de la nuda propiedad, finca N° 583278, inmueble de su propiedad sito en la provincia de San José, Santa Ana, Piedades, 75 metros al sur del depósito Hermanos Mora, que se procede a efectuar la siguiente notificación por publicación de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública y se le hace saber la Orden Sanitaria N° CS-ARS-SA-OS-053-2016, la cual dispone que: “De acuerdo al informe técnico N° CS-ARS-SA-RS-231-2016, del 18 de marzo de 2016, en donde se describe que por medio de inspección ocular y prueba de fluoresceína realizadas el 01 y 04 de marzo 2016 , por el suscrito, Ing. Diego Venegas Sandí, funcionario de regulación del Área Rectora de Salud Santa Ana; a la propiedad ubicada en Santa Ana, Piedades, 75 metros sur de Depósito Hermanos Mora, habitada por Yesenia Manzanares Flores, se encontraron no conformidades con respecto al cumplimiento de la Ley General de Salud y reglamentos conexos y anexos; al confirmarse que de la edificación se filtran aguas negras a la propiedad colindante al este con dicha propiedad, de la señora Irma Bolaños Arias. Se le ordena en un plazo de 30 días hábiles posteriores a la notificación de esta Orden Sanitaria: Disponer adecuada y sanitariamente las aguas residuales (negras) generadas en las casa de habitación ubicada en la finca N° 583278; dentro de los linderos de su propiedad; mediante el uso de un sistema de tratamiento que cumpla con la normativa establecida en el Código de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias del CFIA; en conformidad con lo establecido en artículo 285 del decreto Ejecutivo No 5395, Ley General de Salud publicado el 30 de octubre de 1973; artículo VI.12 de la Ley de Construcciones y su Reglamento Decreto de Ley N° 833 publicada en la gaceta el día 04/11/1949 y artículos 21 y 50 de la Constitución Política de Costa Rica. Apercibimiento: Se le apercibe que de no cumplir con lo anteriormente ordenado por las autoridades sanitarias, a saber disponer adecuadamente las aguas negras, en el plazo de 30 días hábiles, se procederá a declarar el inmueble (vivienda habitada por la Señora Yesenia Manzanares Flores, sita en Santa Ana, Piedades, 75 metros sur de Depósito Hermanos Mora), inhabitable por insalubre, según lo establecido en los art. 320 y 321 de la Ley General de Salud, así como la aplicación del 355, 356 y 357 de dicha Ley. Así mismo se procederá a interponer denuncia ante las autoridades judiciales correspondientes, por desobediencia a la autoridad según artículo 314 del Código Penal, el cual establece textualmente: “Se impondrá prisión de seis meses a tres años, a quien no cumpla o no haga cumplir, en todos sus extremos, la orden impartida por un órgano jurisdiccional o por un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, siempre que se haya comunicado personalmente, salvo si se trata de la propia detención. Se le informa que de acuerdo al artículo 60 de la Ley orgánica del Ministerio de Salud, tiene derecho de interponer Recurso de Revocatoria y Apelación en modo Subsidiario, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación de esta Orden Sanitaria. El recurso podrá ser interpuesto ante la oficina del Área de Salud de Santa Ana del Ministerio de Salud, la revocatoria será resuelta por la Dirección Regional Central Sur del Ministerio de Salud, y de ser necesaria, la apelación será resuelta por la Ministra de Salud. Se le comunica que de conformidad con los artículos 61 de la Ley Orgánica del Ministerio de Salud y 148 de la Ley General de Administración Pública, la interposición de los recursos administrativos no suspende la ejecución de la orden sanitaria. Fundamento Legal: La presente Orden Sanitaria se fundamenta en los artículos 21 y 50 de la Constitución Política de Costa Rica, los artículos 1, 2, 3, 4, 7, 164, 262, 263, 275, 285, 286, 287, 292, 293, 313 inciso 8, subinciso b), 314, 315, 318, 320, 321, 341, 349, 355, 356, 357 y 363 de la Ley General de Salud, Ley N° 5395, Reglamento de Aprobación de Sistemas de Tratamiento de Aguas Residuales, Decreto Ejecutivo N° 39887-S-MINAE, el artículo VI.12 del Reglamento de Construcciones y el Código de Instalaciones Hidráulicas y Sanitarias del Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos.” Se procede a efectuar esta notificación por publicación de conformidad con el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública. Lo anterior por no haber sido posible notificarle en el domicilio. Se publica el presente edicto a solicitud de la Dirección del Área Rectora de Salud de Santa Ana, sita en San José.—San José, 03 de abril del 2017.—Lic. Ronny Stanley Muñoz Salazar, Director Asuntos Jurídicos.—O. C. N° 3400031658.—Solicitud N° 81761.—( IN2017125279 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Se hace saber al señor Alejandro García Brenes, cédula de identidad 1-630-493, en su condición de presidente inscrito de la sociedad Tenedora de Fondos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-484317, que a través del expediente DPJ-029-2017 del Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa de oficio en contra de la sociedad Tenedora de Fondos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-484317, por la transgresión al artículo 63 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. A efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera preventiva en la inscripción registral de la citada sociedad y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a su derecho convenga. Publíquese por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 29 de marzo del 2017.—Departamento de Personas Jurídicas.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico—O. C. N° OC17-0028.—Solicitud N° 81357.—( IN2017124496 ).

Se hace saber al señor Jeremy Ibarra Mora, cédula de identidad 1-1392-0144, en su condición de Gerente inscrito de la sociedad A.F.I.C. Administradores de Fondos Inmobiliarios La Condesa Limitada, cédula jurídica 3-102-567657, que a través del expediente DPJ-019-2017 del Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa de Oficio en contra de la sociedad A.F.I.C. Administradores de Fondos Inmobiliarios La Condesa Limitada, cédula jurídica 3-102-567657, por la transgresión al artículo 63 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. A efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo No. veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera preventiva en la inscripción registral de la citada sociedad y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a su derecho convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 29 de marzo del 2017.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico, Departamento de Personas Jurídicas.—O. C. N° OC17-0028.—Solicitud N° 81355.—( IN2017124764 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber al señor Francisco Núñez González, cédula de identidad 6-0188-0361 en su condición de deudor del crédito hipotecario constituido sobre la finca de Puntarenas matrícula 38322, al ser parte interesada con respecto a una doble matriculación que reporta ésta, con la finca del mismo Partido matrícula 46480, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio para investigar dicha situación. Por lo anterior esta Asesoría mediante resolución de las 09:00 horas 14 de noviembre de 2016, ordenó consignar advertencia administrativa en la finca dicha. De igual forma por resolución de las 09:18 horas del 24 de enero de 2017, cumpliendo el principio del debido proceso, se autorizó publicación por una única vez de edicto para conferir audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la respectiva publicación “La Gaceta”; para que dentro de dicho término presenten los alegatos correspondientes, y se le previene que dentro del término establecido para audiencia señalar facsímil o casa u oficina dentro de la ciudad de San José para oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo 35509 que es el Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese. (Referencia Exp. N° 2016-1128-RIM).—Curridabat, 24 de enero del 2017.—Lic. Manrique A. Vargas Rodríguez, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. N° 17-0027.—Solicitud N° 81935.—( IN2017125866 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Se hace saber a los señores Martín G. Vargas Brenes, cédula N° 3-0342-0357 y Carmen V. Quirós Vargas, cédula N° 3-0394-0693 que se ha dictado la resolución que dice: Instituto de Desarrollo Rural. Dirección Región de Desarrollo Central. Órgano Director, Asuntos Jurídicos Regional, a las 02:57 horas del 03 de abril del 2017. Con fundamento en las facultades que otorga la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, la Ley de Transformación del IDA en el INDER N° 9036 del 11 de mayo de 2012 y su Reglamento, se inicia el presente Proceso Administrativo de Revocatoria de Adjudicación, instruido en expediente RV-00007-17 en su contra, como adjudicatarios de la granja familiar N° 15 del Asentamiento San Isidro II, sito en Quebrada Fierro distrito 4-San Nicolás cantón 1-Cartago de la provincia de Cartago. En vista de que este procedimiento se instruye por la supuesta violación del artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825, es decir: “Por el abandono injustificado de la parcela...” y que su domicilio es desconocido, al no localizarse ni en la zona ni en el predio, se ordena notificarles esta resolución por publicación de tres edictos en el Diario Oficial La Gaceta Se ha fijado para la comparecencia y recepción de prueba las 08:30 horas del día 25 de mayo del 2017, debiendo comparecer personalmente y no por medio de apoderado, pudiendo hacerse acompañar por un profesional en Derecho o un especialista en la materia, ante esta oficina de Asuntos Jurídicos Regional, en la Dirección Regional de Desarrollo Central, ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la Capilla María Auxiliadora en Cartago, a hacer valer sus derechos y ejercer defensa sobre los cargos imputados, debiendo presentar en ese mismo acto toda la prueba que crean conveniente, debiendo los testigos identificarse debidamente. Vencida la hora señalada para la audiencia, cualquier gestión atinente a comparecer se tendrá por extemporánea con las consecuencias legales que se derivan de la extemporaneidad. Se les previene señalar lugar, dentro del perímetro de la ciudad de Cartago, donde atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo así, cualquier resolución posterior se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere. Artículo 11 de la Ley sobre Notificaciones Judiciales N° 8687. Se informa que para consulta o fotocopia, el expediente se encuentra en la Dirección Regional de Desarrollo Central. Notifíquese. Órgano Director-Asuntos Jurídicos Regional.—Lic. Ramón Luis Montero Sojo, M.S.c. Máster en Derecho Público y Especialista en Derecho Agrario y Ambiental.—( IN2017125426 ).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La Junta Directiva General mediante acuerdo N° 64 de la sesión Nº 16-16/17-G.E. del 21 de febrero de 2017, acordó autorizar a la administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo N° 06 de la sesión N° 16-15/16-G.E., debido a que según oficio TH-071-2017 del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente imposible notificar a la empresa Comercializadora de Viviendas PCP S. A.(CC-02526), en el expediente disciplinario N° 056-15.

“La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 16-15/16-G.E. de fecha 05 de abril de 2016, acordó lo siguiente:

“Acuerdo N° 06:

Se conoce oficio N° 0219-2016-CAV del Centro de Análisis y Verificación, en relación con el expediente N° 056-15 de investigación iniciada de oficio por el C.F.I.A. al Ing. José Walter Araya Martínez (IC-5602), al Ing. Eugenio Méndez Libby (IC-4585) y a la empresa Comercializadora de Viviendas PCP S. A. (CC-02526):

(…)

Por lo tanto se acuerda:

a.  (…).

b.  Se aprueba lo recomendado por el Centro de Análisis y Verificación, de instaurar un Tribunal de Honor al Ing. Eugenio Méndez Libby (IC-4585) y a la empresa Comercializadora de Viviendas PCP S. A. (CC-02526), en el expediente N° 056-15 de investigación iniciada de oficio por el C.F.I.A; con el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio N° 0219-2016-CAV.

c.  El Tribunal de Honor para la empresa y para el profesional investigado, estará conformado por el Ing. Luis González Espinoza, el Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, el Ing. Jorge Montero Cabezas (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor Multidisciplinario y de Empresas; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.

d.  El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento. Asimismo, se informa que el C.F.I.A. garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron el presente acuerdo. Contra la anterior resolución cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.”

Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C. N° 228-2017.—Solicitud N° 81510.—( IN2017124504 ).

La Junta Directiva General mediante acuerdo N° 66 de la sesión Nº 16-16/17-G.E. del 21 de febrero de 2017, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 05 de la sesión N° 43-15/16-G.E., debido a que según oficio TH-117-2017 del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente imposible notificar a la empresa Rosemkor Arquitectos S. A. (CC-06691), en el expediente disciplinario N° 139-15.

“La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 43-15/16-G.E. de fecha 11 de octubre de 2016, acordó lo siguiente:

“Acuerdo N° 05:

Se aprueba lo recomendado por el Centro de Análisis y Verificación, de instaurar un Tribunal de Honor en el caso N° 139-15, de investigación iniciada al Arq. Luis Diego Segura Montero (A-16167) y a la empresa Rosemkor Arquitectos S. A. (CC-06691), por solicitud de la Sra. Ana Gabriela Jiménez Marichal y el Sr. Hans Jiménez Arauz; con el fin de llegar a la verdad real de los hechos, según oficio N° 0730-2016-CAV:

(…)

Recomendación del Centro de Análisis y Verificación

Una vez analizado el caso este Centro recomienda:

Instaurar un tribunal de honor en relación con la actuación de la empresa Rosemkor Arquitectos S. A., CC-06691.

    (…).”

b)  El Tribunal de Honor para la empresa y el profesional investigados, estará conformado por el Ing. Luis González Espinoza, el Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, el Ing. Jorge Montero Cabezas (en calidad de suplente), del Tribunal de Honor Multidisciplinario y de Empresas; y por el Ing. Olman Vargas Zeledón, en su condición de Director Ejecutivo del C.F.I.A.

c)  El Tribunal de Honor podrá contar con asesoría legal para cualquier fase del procedimiento, así mismo, se informa que el C.F.I.A. garantiza en todo momento el acceso al expediente, sus piezas y a los antecedentes que motivaron el presente acuerdo contra la anterior resolución cabrá el recurso de revocatoria ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de tres días contados a partir de la notificación de la resolución de instaurar el Tribunal de Honor, según se dispone en el artículo 345 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública.”

Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O.C. N° 229-2017.—Solicitud N° 81516.—( IN2017124508 ).

La Junta Directiva General mediante acuerdo N° 65 de la sesión Nº 16-16/17-G.E. del 21 de febrero de 2017, acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial La Gaceta el acuerdo Nº 20 de la sesión N° 43-15/16-G.E.., debido a que según oficio TH-127-2017 del Departamento de Tribunales de Honor resultó materialmente imposible notificar a la empresa Grupo Constructivo Alta Limitada. (CC-6602), en el expediente disciplinario N° 206-11.

“La Junta Directiva General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 43-15/16-G.E. de fecha 11 de octubre de 2016, acordó lo siguiente:

“Acuerdo N° 20:

Se conoce informe final INFIN-107-2016/206-11 remitido por el Tribunal de Honor integrado para conocer expediente N°206-11 de denuncia interpuesta por la Sra. Rosa María May Barquero en contra de la empresa Grupo Constructivo Alta Limitada (CC-06602), del Ing. Alejandro Camacho Abarca (ICO-14064), del Arq. Francisco Vásquez May (A-20965) y del Ing. Limberth Rojas Aguilar (IC-9516):

(…)

Por lo tanto se acuerda:

a.  (…).

b.  (…).

c.  (…).

d.  Se aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor, de imponer una sanción de nueve meses de suspensión del ejercicio profesional a la empresa Grupo Constructivo Alta Limitada CC-06602, en el expediente N° 206-11, al demostrarse que con su actuación infringió el Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, en sus artículos 2, 3 y 18, conforme a las sanciones establecidas en el artículo 26, en concordancia con el artículo 25 del citado Código.

Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General y en consecuencia, las sanciones impuestas, son ejecutables de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.

Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución.

La interposición del recurso de reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que la Junta Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa decisión agota la vía administrativa.”

San José, 23 de marzo del 2017.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C. N° 230-2017.—Solicitud N° 81519.—( IN2017124509 ).

Para información refiérase al Nº INT-028-2017/264-15, Auto de intimación. En San José, Granadilla de Curridabat, casa anexa número uno del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (en adelante CFIA), al ser las 10:39 horas del 10 de octubre del 2016, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta Directiva General en el acuerdo Nº 11, sesión Nº 24-15/16-G.E., de fecha 31 de mayo del 2017, resuelve emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio al proceso disciplinario seguido en el expediente administrativo Nº 264-15, al Ing. Randall Aguilar Mora, registro Nº IC-18476, por su actuación en el siguiente asunto: como Profesional Responsable del contrato de consultoría Nº OC 654176, del 13 de agosto del 2014, obra registrada como ampliación de vivienda en segundo nivel, de 88 m2, propiedad del señor Álvaro Isaac Barrantes Anchía, cédula Nº 109760818, en el lote con plano catastrado Nº H-0777214-2002, ubicado en San Antonio de Belén, del parque de Asunción 200 m este, 100 m norte y 25 m este, en el distrito San Antonio, cantón Belén, provincia Heredia. Se le atribuye la presunta comisión de los siguientes hechos: 1. Haber abandonado el 17 de febrero del 2015 la obra contratada, dejándola inconclusa, según el registro fotográfico (folios 07 al 21), aportado por el Sr. Barrantes Anchía, e incumpliendo el plazo de entrega de la obra terminada, según la denuncia del Sr. Álvaro Isaac Barrantes Anchía el 17 de agosto del 2015, (folios 02 al 21). 2. Haber construido el entrepiso, del proyecto OC 654176, con una estructura y materiales diferentes a los acordados en la contratación y sin la autorización del Sr. Álvaro Barrantes Anchía, según la denuncia del Sr. Álvaro Isaac Barrantes Anchía el 17 de agosto del 2015, (folios 02 al 21). 3. Brindar sus servicios de consultoría a través de las empresas “Raiar Ingeniería y Arquitectura S. A.” y “Metalum del Oeste S. A.”, mismas que no se encuentran inscritas en el Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, de acuerdo con los certificados Nº 2016-006899-E (folio 285) y Nº 2016-007353-E (folio 299), según el informe Nº 0484-2016-CAV del 19 de mayo del 2016 (folios 326 al 344). 4. Dirigir la obra sin la participación del profesional responsable del Proyecto Eléctrico del contrato de consultoría Nº OC 654176, Ing. César Monge Rodríguez, IMI-3076, de acuerdo el informe de Datos del Proyecto (folio 286 y 287), el informe Nº 0484-2016-CAV del 19 de mayo del 2016 (folios 326 al 344), y respuesta del Ing. Cesar Monge Rodríguez, IMI-3076, profesional responsable de la parte eléctrica del proyecto (folio 90). 5. Haber cobrado un monto inferior al 10.5% establecido a través del Arancel de Servicios Profesionales de Consultoría para Edificaciones, en razón de que el monto cobrado por el Ing. Aguilar Mora fue de ¢1.509.900 (un millón quinientos nueve mil novecientos colones) (folio 53), lo que corresponde al 6.76% de ¢22.320.100, valor total de la obra (folios 286 y 287). Con lo actuado podría haber faltado: Ley Orgánica del CFIA: Artículo 8º, inciso a). Reglamento Interior General del CFIA: Capítulo VI, artículo 53. Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 10 y 11.B. incisos a), b) i), h) y j). Reglamento para el Trámite de Planos y la Conexión de los Servicios Eléctricos, Telecomunicaciones y de Otros en Edificios: Artículo 2.4. Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras: Artículo 1º. Código de Ética Profesional del CFIA: Artículos 2º, 3º, 4º, 9º, 16 y 18. Sobre los cargos que se le hace al Ing. Randall Aguilar Mora, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente. Se le advierte que de no apersonarse al proceso este continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 82 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA). Se garantiza al investigado el acceso en todo momento al expediente Nº 264-15, sus piezas y antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio (artículos 106, 107 y 108 del Reglamento del Proceso disciplinario del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General. Asimismo, se cita al Ing. Randall Aguilar Mora, en calidad de investigado, para que comparezca personalmente, a la sede de este órgano en el Departamento de Tribunales de Honor del CFIA, ubicada en la casa anexa número uno del edificio del CFIA en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 83 del “Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA”, que se llevará a cabo el día viernes 19 de mayo del 2017, a las 09:30 horas. En dicha audiencia podrá ejercer su derecho de defensa y deberá aportar toda la prueba que no haya sido aportada, bajo sanción de caducidad; podrá formular interrogatorios, argumentos y conclusiones. La no asistencia a la comparecencia no impedirá que ésta se lleve a cabo y se resolverá con los elementos de juicio existentes. Se apercibe al investigado, que dentro del tercer día hábil y por escrito, de conformidad con lo establecido en los artículos 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario y 9º del Reglamento Especial para las Notificaciones y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un número de fax, o bien un correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA. Notifíquese.—Tribunal de Honor del Colegio de Ingenieros Civiles.—Ing. Javier Porras Arrieta, Presidente.—17 de abril del 2017.—Departamento de Tribunales de Honor.—Gerardo Enrique Campos Chacón.—O. C. Nº 249-2017.—Solicitud Nº 82403.—( IN2017126905 ).