LA GACETA N° 95 DEL 22 DE MAYO DEL 2017

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

SALUD

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIONES

PODER LEGISLATIVO

UNIVERSIDAD NACIONAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

REMATES

AVISOS

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

AVISOS

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

JUSTICIA Y PAZ

AVISOS

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

AVISOS

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

N° A-10-2017-MINAE

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Con fundamento en el artículo 28 incisos 1) y 2.a), j) de la Ley General de Administración Pública N° 6227 del 02 de mayo de 1978; los numerales 1, 2, 13 inciso a), 14, 15 y 16 de la Ley de Biodiversidad N° 7788 del 30 de abril de 1998; y el artículo 1 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad, Decreto Ejecutivo N° 29680-MINAE del 23 de julio de 2001.

Considerando:

I.—Que la Ley de Biodiversidad N° 7788, mediante su artículo 14, creó la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO) como un órgano desconcentrado del Ministerio de Ambiente y Energía, con personería jurídica instrumental.

II.—Que la citada Ley le asigna a la CONAGEBIO, funciones referentes a la conservación, el uso ecológicamente sostenible y la restauración de la biodiversidad, que son de vital importancia para el desarrollo sostenible del país.

III.—Que el artículo 15 de la Ley de Biodiversidad N° 7788, establece la forma en la que se integrará la CONAGEBIO, de acuerdo al nombramiento realizado por cada sector que señala dicha Ley, dentro de los que se encuentra la Asociación Mesa Nacional Campesina.

IV.—Que mediante Oficio del 03 de marzo del 2017, la Asociación Mesa Nacional Campesina, informa que se acordó ratificar el nombramiento como representante propietario ante la CONAGEBIO, de la señora Yamilette Solís Lezcano, cédula de identidad: uno-ochocientos-ochocientos setenta y siete.

V.—Que el numeral 15 de la Ley de Biodiversidad N° 7788 establece que cada sector nombrará por un plazo de tres años e independientemente a su representante y a un suplente y los acreditará mediante comunicación dirigida al Ministro de Ambiente y Energía, siendo este último quien los instalará. Por tanto:

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA,

ACUERDA:

1°—Nombrar como parte de los miembros que integran la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad, a la señora Yamilette Solís Lezcano, cédula de identidad: uno-ochocientos-ochocientos setenta y siete como representante propietaria de la Asociación Mesa Nacional Campesina, por un plazo de tres años.

2°—Rige a partir de la firma del presente acuerdo.

Dado en el Ministerio de Ambiente y Energía. San José, a los veintisiete días de abril del dos mil diecisiete.

Dr. Edgar E. Gutiérrez Espeleta, Ministro de Ambiente y Energía.— 1 vez.—O. C. N° 008-2017.—Solicitud N° 18812.—( IN2017134379 ).

N° A-11-2017-MINAE

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

Con fundamento en el artículo 28 incisos 1) y 2.a), j) de la Ley General de Administración Pública N° 6227 del 02 de mayo de 1978; los numerales 1, 2, 13 inciso a), 14, 15 y 16 de la Ley de Biodiversidad N° 7788 del 30 de abril de 1998; y el artículo 1 del Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad, Decreto Ejecutivo N° 29680-MINAE del 23 de julio de 2001.

Considerando:

1°—Que la Ley de Biodiversidad N° 7788, mediante su artículo 14, creó la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO) como un órgano desconcentrado del Ministerio de Ambiente y Energía, con personería jurídica instrumental.

2º—Que la citada Ley le asigna a la CONAGEBIO, funciones referentes a la conservación, el uso ecológicamente sostenible y la restauración de la biodiversidad, que son de vital importancia para el desarrollo sostenible del país.

3º—Que el artículo 15 de la Ley de Biodiversidad N°7788, establece la forma en la que se integrará la CONAGEBIO, de acuerdo al nombramiento realizado por cada sector que señala dicha Ley, dentro de los que se encuentra la Asociación Mesa Nacional Campesina.

4º—Que mediante Oficio del 03 de marzo del 2017, la Asociación Mesa Nacional Campesina, informa que se acordó ratificar el nombramiento como representante suplente ante la CONAGEBIO, de la señora Teresa Solera Salas, cédula de identidad: dos-doscientos sesenta-novecientos noventa y cinco.

5º—Que el numeral 15 de la Ley de Biodiversidad N°7788 establece que cada sector nombrará por un plazo de tres años e independientemente a su representante y a un suplente y los acreditará mediante comunicación dirigida al Ministro de Ambiente y Energía, siendo este último quien los instalará. Por tanto:

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ENERGÍA

ACUERDA:

1º—Nombrar como parte de los miembros que integran la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad, a la señora Teresa Solera Salas, cédula de identidad: dos doscientos sesenta-novecientos noventa y cinco, como representante suplente de la Asociación Mesa Nacional Campesina, por un plazo de tres años.

2º—Rige a partir de la firma del presente Acuerdo.

Dado en el Ministerio de Ambiente y Energía, San José, a los veintisiete días de abril del dos mil diecisiete.

Dr. Edgar E. Gutiérrez Espeleta, Ministro de Ambiente y Energía.— 1 vez.—O. C. Nº 008-2017.—Solicitud Nº 18812.—( IN2017134378 ).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 59, título N° 260, emitido por el Colegio Técnico Profesional Puerto Viejo, en el año dos mil tres, a nombre de Villegas Miranda Astrid Johanna, cédula N° 1-1265-0068. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017131042 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 02, folio 93, título N° 380, emitido por el Ángel High School, en el año dos mil quince, a nombre de Zúñiga Mora Brayan Josué, cédula N° 1-1688-0508. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiséis días del mes de mayo del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017133160 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 56, título N° 4389, emitido por el Colegio Santa María de Guadalupe, en el año dos mil doce, a nombre de Astorga Ramírez Alejandra Paola. Se solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son: Fonseca Astorga Alejandra Paola, cédula Nº 1-1597-0253. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017134112 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo III, folio 9, título Nº 3836, emitido en el año dos mil diez, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad Mecánica de Precisión, inscrito en el tomo IV, folio 161, título Nº 6868, emitido en el año dos mil once, ambos títulos fueron extendidos por el Colegio Técnico Profesional Jesús Ocaña Rojas, a nombre de Blanco Bonilla Alejandro José, cédula Nº 1-1492-0179. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017130443 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 2, título N° 12, y del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Contabilidad, inscrito en el tomo 1, folio 2, Título N° 11, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional San Rafael, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Herrera Arguedas Alison, cédula N° 2-0774-0194. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de abril del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017135821 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 133, Asiento N° 809, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año dos mil tres, a nombre de Martínez Ramírez Pamela Vanessa, cédula Nº 1-1282-0176. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017133265 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 169, asiento 3, título N° 461, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Abangares, en el año dos mil cinco, a nombre de Masís Calvo Ronald Alonso, cédula 6-0371-0984. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los dos días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017133279 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 66, título N° 391, emitido por el Colegio Técnico Profesional Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil doce, a nombre de Navarro Romero Viviana, cédula: N° 3-0475-0359. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de febrero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017135907 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 40, título N° 226, emitido por el West College, en el año dos mil ocho, a nombre de Valerio Solís Fernando, cédula N° 1-1421-0859. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017134436 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 62, asiento N° 270, emitido por el Liceo Julio Fonseca Gutiérrez, en el año mil novecientos noventa y ocho, a nombre de Carolina Elizabeth Lazo Medina. Se solicita la reposición del título indicado por corrección del nombre, cuyos nombres y apellido correcto es: Lazo Carolina Elizabeth, cédula de residencia N° 122200066514. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017135770 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 14, título N° 102, emitido por el Liceo de Alajuelita, en el año mil novecientos noventa y uno, a nombre de Quintana Badilla María Gabriela, cédula N° 1-0873-0624. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los doce días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017135820 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en Secretariado Ejecutivo, inscrito en el tomo 01, folio 24, título N° 256, emitido por el Colegio Técnico Profesional Vásquez de Coronado, en el año dos mil catorce, a nombre de Perera Murray Lorna Valeria, cédula 1-1606-0182. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017136091 ).

SALUD

CONSEJO NACIONAL DEL DEPORTE Y LA RECREACIÓN

El Consejo Nacional del Deporte y la Recreación en la sesión ordinaria 1013-2017, celebrada el 20 de abril del 2017, acordó designar a la señora Carolina Mauri Carabaguias, Presidenta del Consejo Nacional del Deporte y la Recreación como Directora Nacional a. í. del Instituto Costarricense del Deporte y la Recreación del 21 al 28 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Hodgson Quinn, Secretario.—1 vez.—O. C. N° 10077.—Solicitud N° 83963.—( IN2017133250 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la organización social denominada Sindicato de Trabajadores de la Caja Costarricense de Seguro Social, código 993-SI, constituido en asamblea celebrada el 14 de marzo de 2017.

Habiéndose cumplido con las disposiciones contenidas en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente.

La organización ha sido inscrita en los libros que al efecto lleva este Registro, visible al Tomo 16 de la Provincia de San José, Folio 250, Asiento 4940 del 24 de abril de 2017.

La Junta Directiva nombrada en la asamblea constitutiva, con una vigencia del 14 de marzo de 2017 al 31 de mayo de 2021, quedó conformada de la siguiente manera:

Presidente

Sigifredo Zamora Galván

Vicepresidente

Carmen Guadalupe Aragón González

Tesorero

María Mayela Aragón González

Fiscal

Marianela Trejos Herrera

 

San José, 28 de abril de 2017.—Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—Exonerado.—( IN2017133189 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato de Trabajadores del Ministerio de Hacienda y del Sistema Aduanero Nacional, siglas SITRAHSAN, acordada en asamblea celebrada el día 10 de marzo de 2017. Expediente S-E039. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 252, asiento: 4944, del 09 de mayo de 2017. La reforma afecta los artículos 4, 7, 10, 13, 20, 24, 25, 26, 43 y 47 del estatuto.—San José, 09 de mayo de 2017.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—( IN2017133575 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Para ver marcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

 

Cambio de Nombre Nº 110740

Que José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104330939, en calidad de apoderado especial de Tim Hortons International S.À.R.L, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Tim Hortons International S. A., por el de Tim Hortons International S.À.R.L, presentada el día 28 de marzo de 2017 bajo expediente Nº 110740. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2013-0003446 Registro Nº 244657 Tim Hortons en clase 29 30 Marca Mixto, 2013-0003447 Registro Nº 244659 Tim Hortons en clase 30 Marca Mixto, 2013-0003448 Registro Nº 244660 Tim Hortons en clase 43 Marca Mixto, 2015-0008202 Registro Nº 251501 Tim Hortons CAFE & BAKE SHOP en clase 29 30 43 Marca Mixto, 2015-0008205 Registro Nº 250714 TIMBITS en clase 30 43 Marca Denominativa, 2015-0008328 Registro Nº 250774 TIM HORTONS en clase 29 30 43 Marca Denominativa y 2015-0011997 Registro Nº 252745 TIM HORTONS ICED CAPP en clase 30 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—( IN2017134200 ).

b) Cambio de Nombre Nº 105585

Que Pedro Miguel Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad N° 502470526, en calidad de apoderado especial de Yara Costa Rica S.R.L., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de COMPAÑÍA COSTARRICENSE DEL CAFÉ S.R.L., por el de YARA COSTA RICA S.R.L., presentada el día 2 de septiembre del 2016 bajo expediente b 105585. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-2618300 Registro Nº 26183 CAFESA en clase 49 Marca Denominativa, 2009-0000867 Registro Nº 195528 CAFESA en clase 1 Marca Mixto, 2009-0000868 Registro Nº 195339 CAFESA en clase 31 Marca Mixto, 2009-0000869 Registro Nº 195338 CAFESA en clase 30 Marca Mixto, 2009-0000870 Registro Nº 195410 CAFESA en clase 5 Marca Mixto y 2009-0000874 Registro Nº 195301 CAFESA-NITROSUL en clase 1 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—( IN2017134202 ).

a) Cambio de Nombre Nº 105585

Que Pedro Miguel Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad 502470526, en calidad de apoderado especial de Compañía Costarricense del Café S. R. L., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Compañía Costarricense del Café S. A., por el de Compañía Costarricense Del Café S. R. L., presentada el día 2 de septiembre de 2016 bajo expediente 105585. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-2618300 Registro N° 26183 CAFESA en clase 49 Marca Denominativa, 2009-0000867 Registro N° 195528 CAFESA en clase 1 Marca Mixto, 2009-0000868 Registro N° 195339 CAFESA en clase 31 Marca Mixto, 2009-0000869 Registro N° 195338 CAFESA en clase 30 Marca Mixto, 2009-0000870 Registro N° 195410 CAFESA en clase 5 Marca Mixto y 2009-0000874 Registro N° 195301 CAFESA-NITROSUL en clase 1 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—( IN2017134203 ).

Marcas de Ganado

Solicitud N° 2017-785.—Ref: 35/2017/1648.—Johnny Rojas Pérez, cédula de identidad 0204100495, solicita la inscripción de: Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital en PDF como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, Upala, Los Jazmines B, 600 metros este de la escuela Porfirio Campos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017. Según el expediente N° 2017-785.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017134302 ).

Solicitud No. 2017-784.—Ref: 35/2017/1656.—Wilber Alfaro Rodríguez, cédula de identidad 0502100557, solicita la inscripción de: J2N como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, San José, Santa Lucía, del cementerio 100 metros al sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017. Según el expediente N° 2017-784.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017134303 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-278265, denominación: Asociación Movimiento Cívico del cantón de La Unión. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 219019.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 44 minutos y 31 segundos, del 31 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017134375 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Aerodeportiva Aranjuez, con domicilio en la provincia de: Puntarenas, Puntarenas, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: elaborar y presentar plan “para que el desarrollo del deporte de la aviación general, experimental y ultraligera sea conocido por la sociedad nacional. Cuyo representante será el presidente: Tilo Heinz Pfleiderer, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 388343.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 39 minutos y 37 segundos del 14 de noviembre del 2016.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017134386 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El señor Aaron Montero Sequeira, cédula de identidad Nº 109080006, en calidad de apoderado especial de David Alexandre, Bravo López y Juan Pablo, Rodríguez Vicentini, solicita la Patente PCT denominada SILLA DE RUEDAS TERAPÉUTICA BIPEDESTABLE. La presente invención se relaciona con una silla de ruedas bipedestadora diseñada ergonómicamente que tiene la finalidad objetivo de movilizar a un individuo desde una posición sedente a una erguida fuera del ambiente clínico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61G 5/14; cuyos inventores son Bravo López, David Alexandre (CL) y Rodríguez Vicentini, Juan Pablo (CL). Prioridad: N° 201401511 del 09/06/2014 (CL). Publicación Internacional: WO2015/189760. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2016-0000571, y fue presentada a las 14:11:05 del 7 de diciembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de abril de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017132907 ).

El señor Aarón Montero Sequeira, cédula de identidad N° 109080006, en calidad de apoderado especial de Revolutionary Medical Devices, Inc, solicita la Patente PCT denominada MÁSCARA DE VENTILACIÓN NASAL Y BUCAL COMBINADA. Una máscara de ventilación de gas incluye una máscara nasal de anestesia y una máscara bucal que definen respectivamente una cámara nasal y una cámara oral, conectadas de manera separable entre sí, de manera que la máscara nasal y la máscara bucal se pueden usar por separado como una máscara nasal o como una máscara bucal, o como una combinación de máscara nasal-bucal. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61M 16/01, A61M 16/06 y A62B 18/00; cuyos inventores son: Pedro, Michael, J (US); Cataldo, Steven, H (US); Reilly, Thomas (US); Redford, Ryan, G (US) y KANE, David, M (US). Prioridad: N° 62/007,802 del 04/06/2014 (US), N° 62/056,293 del 26/09/2014 (US) N° 62/060,417 del 06/10/2014 (US), N° 62/061,045 del 07/10/2014 (US), N° 62/065,504 del 17/10/2014 (US), N° 62/091,370 del 12/12/2014 (US), N° 62/118,301 del 19/02/2015 (US), N° 62/149,313 del 17/04/2015 (US), N° 14/690,223 del 17/04/2015 (US), N°62/161,086 del 13/05/2015 (US) y N° 62/161,093 del 13/05/2015 (US). Publicación Internacional: WO2015/187995. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000566, y fue presentada a las 14:11:20 del 2 de diciembre del 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de abril del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017132908 ).

La señora(rita) María Gabriela Bodden Cordero, cédula de identidad Nº 701180461, en calidad de apoderada especial de Revolutionary Medical Devices INC, solicita la Patente PCT denominada MÁSCARA DE VENTILACIÓN. Se desvela una máscara de ventilación nasal que tiene integrados en la máscara unos orificios separados para controlar la expulsión del volumen final espiratorio de CO2, con el fin de monitorizar el volumen final espiratorio de CO2 expulsado por vía nasal u oral. También se desvela una máscara de RCP para la reanimación nariz a boca y/o boca a boca, que tiene un cuerpo conformado para cubrir la nariz y/o la boca de una víctima, incluyendo dicha máscara un absorbente de CO2 para eliminar al menos parcialmente el suministro del CO2 exhalado por el socorrista a la víctima. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61M 16/00; cuyos inventores son Pedro, Michael J. (US); Cataldo, Steven H.; (US); Reilly, Thomas M.; (US); Redford, Ryan G (US) y Kane, David M.; (US). Prioridad: N° 62/039,759 del 20/08/2014 (US), N° 62/078,677 del 12/11/2014 (US) y N° 62/161,041 del 13/05/2015 (US). Publicación Internacional: WO2016/028522. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000016, y fue presentada a las 14:11:35 del 18 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de abril de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017132909 ).

La señora(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad N° 107850618, en calidad de apoderada especial de Mayo Foundation For Medical Educaction and Research, solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIONES DE PORTADOR-ANTICUERPO Y MÉTODOS PARA REALIZARLAS Y UTILIZARLAS. Se describen en la presente composiciones de anticuerpos y proteínas portadoras y métodos para realizarlas y utilizarlas, en particular, como un agente terapéutico contra el cáncer. También se describen composiciones liofilizadas de anticuerpos y proteínas portadoras y métodos para realizarlas y utilizarlas, en particular, como un agente terapéutico contra el cáncer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61P 35/00, B82Y 5/00, C07K 16/22, C07K 16/28 y C07K 16/32; cuyos inventores son: Markovic, Svetomir, N (US) y Nevala, Wendy, K (US). Prioridad: N° 62/060,484 del 06/10/2014 (US), N° 62/206,770 del 18/08/2015 (US), N° 62/206,771 del 18/08/2015 (US) y N° 62/206,772 del 18/08/2015 (US). Publicación Internacional: WO2016/057554 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000031, y fue presentada a las 14:27:49 del 31 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de mayo del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017132915 ).

La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Sanofi, solicita la patente PCT denominada: FORMULACIONES EN COMPROMIDO DE LA (4-TRIFLUOROMETILFENIL)AMIDA DEL ÁCIDO (Z)-2-CIANO-3-HIDROXIBUTIL-2-ENOICO CON ESTABILIDAD MEJORADA. La invención se refiere a composiciones farmacéuticas sólidas que comprenden la (4ʼtrifluorometilfenil) amida del ácido (Z)-2-ciano-3-hidroxibut-2-enoico, así como a procesos para su preparación, a métodos para utilizar dichas composiciones para tratar sujetos que padecen enfermedades autoinmunológicas, en particular lupus eritematoso sistémico o enfermedad del injerto frente al receptor crónica, esclerosis múltiple o artritis reumatoide. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/277 y A61K 9/20; cuyo inventor es Hauck, Gerrit (FR). Prioridad: N° 09290716.1 del 18/09/2009 (EP). Publicación Internacional: WO2011/032929. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000078, y fue presentada a las 13:54:28 del 2 de marzo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 25 de abril del 2017.—Viviana Segura De la O, Registradora.—( IN2017132916 ).

La señora(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Hanmi Pharm CO. LTD., solicita la Patente PCT denominada USO DE UN AGONISTA DUAL DEL RECEPTOR DE GLP-1/GLUCAGÓN DE ACCIÓN PROLONGADA PARA EL TRATAMIENTO DE LA ENFERMEDAD DEL HÍGADO GRASO NO ALCOHÓLICO. La presente invención se refiere a una composición farmacéutica para la prevención o tratamiento de la enfermedad del hígado graso no alcohólico que incluye un agonista dual del receptor de GLP-1/glucagón de acción prolongada, y un método para la prevención o tratamiento de la enfermedad del hígado graso no alcohólico que incluye administrar la composición. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/26, A61K 47/48, A61K 49/00 y A61P 1/16; cuyos inventores son: Choi, In Young (KR); Kwon, Se Chang (KR); Hwang, Sang Youn (KR); Kim, Jin Young; (KR); Kim, Seung Su; (KR) y Jung, Sung Youb; (KR). Prioridad: N° 10-2014-0122862 del 16/09/2014. (KR). Publicación Internacional: WO2016/043533. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000129, y fue presentada a las 14:18:19 del 6 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de mayo de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017132917 ).

La señora(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Janssen Biotech INC, solicita la Patente PCT denominada TERAPIAS DE COMBINACIÓN CON ANTICUERPOS ANTI-CD38. La presente invención se refiere a terapias de combinación con anticuerpos anti-CD38 y ácido todo-trans-retinoico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/203, A61P 35/04 y C07K 16/28; cuyos inventores son Lokhorst, Henk M.; (NL); Mutis, Tuna (NL); Nijof, Inger S. (NL) y Van De Donk, Niels W (NL). Prioridad: N° 62/047,877 del 09/09/2014 (US) y N° 62/087,287 del 04/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/040294. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000086, y fue presentada a las 14:04:28 del 7 de marzo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 2 de mayo de 2017.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2017132918 ).

La señora(ita) María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Rusoh Inc., solicita la patente PCT denominada EXTINTOR DE INCENDIOS CON MEZCLADO INTERNO Y CARTUCHO DE GAS. Se describen mejoras a un extintor de incendios portátil. Las mejoras permiten la inspección frecuente y simplificada y mantenimiento de un extintor de incendios como mínima capacitación y sin necesidad de equipo personalizado. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación internacional de patentes es: A62c 13/66 y A62C 13/74; cuyos inventores son: Rousseau, Héctor (US); Rousseau, Randy (US); Barrows, Ryan H (US) y Seymour, Justun C (US). Prioridad: N° 14/313,761 del 24/06/2014 (US) y N° 14/704,820 del 05/05/2015 (US). Publicación internacional: WO 2015/200174. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000588, y fue presentada a las 10:47:42 del 16 de diciembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de abril de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017133166 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial de Immunogen Inc., solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS DE BENZODIAZEPINA CITOTÓXICOS. La invención se refiere a derivados de benzodiazepina novedosos con actividad antiproliferativa y, más específicamente, a compuestos de benzodiazepina novedosos de fórmula (I)-(VI). La invención también proporciona conjugados de los compuestos de benzodiazepina unidos a un agente de unión celular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07D 487/04, C07D 519/00, A61K 31/5513, A61K 35/00, C07D 16/28 y C07D 7/02; cuyo inventores son Shizuka, Manami (US); Chari, Ravi, V.J (US) y Miller, Michael, Louis (US). Prioridad: N° 62/045,248 del 03/09/2014 (US), N° 62/087,040 del 03/12/2014 (US), N° 62/149,370 del 17/04/2015 (US) y N° 62/164,305 del 20/05/2015 (US). Publicación Internacional: WO 2016/036801. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000111, y fue presentada a las 13:43:55 del 24 de marzo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 18 de abril de 2017. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017133235 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUA

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0107-2017.—Exp. 10880P.—Agroindustrial Proave S.A., solicita concesión de: 12,5 litros por segundo del acuifero, efectuando la captación por medio del pozo RG-611 en finca de su propiedad en San José, Alajuela, Alajuela, para uso agroindustrial. Coordenadas 218.160 / 507.000 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de mayo del 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017135035 ).

ED-0008-2017.—Exp. N° 17269P.—Agroindustrial Proave S.A., solicita concesión de: 1.9 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-273 en finca de su propiedad en Turrúcares, Alajuela, Alajuela, para uso industria. Coordenadas 211.760/500.625 hoja Picagres. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de enero de 2017.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017135498 ).

ED-0051-2017.—Exp. N° 17488P.—Felipe Olman Vargas Vargas, solicita concesión de: 0.24 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo nuevo en finca de su propiedad en Matina, Matina, Limón, para uso consumo humano-doméstico y agroindustrial. Coordenadas 234.600 / 620.903 hoja Moín. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 9 de febrero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017135500 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-0066-2017.—Exp 17495-A.—Bernardo Córdoba Esquivel, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de María Irma Segura Chinchilla en Salitrillos, Aserrí, San José, para uso consumo humano-doméstico y riego. Coordenadas 205.170 / 527.460 hoja Aczari. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 17 de febrero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017135602 ).

ED-0104-2017.—Exp 12165-A.—Perla de Suerre S. A., solicita concesión de: 0.06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Guácimo, Guácimo, Limón, para uso agropecuario-pisicultura, consumo humano-doméstico, turístico-piscina y hotel. Coordenadas 239.700 / 563.550 hoja Guápiles. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 4 de mayo del 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017135858 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

N° ED-0103-2017.—Exp. N° 3476A.—Inversiones Agrícolas B Y C S.A., solicita concesión de: 0.3 litros por segundo del Río Agua Caliente, efectuando la captación en finca de su propiedad en Paraíso, Paraíso, Cartago, para uso agropecuario-riego-chayotera. Coordenadas 210.400/553.200 hoja Tapanti. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 5 de mayo de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017136309 ).

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:   Acción de inconstitucionalidad.

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Que en las Acciones de inconstitucionalidad Nos. 15-004270-0007-CO y 15-008580-0007-CO, respectivamente, promovidas por Elizabeth Sánchez Fonseca, en su condición de miembro de la Asamblea Cantonal de San José del Partido Liberación Nacional y Johnny Araya Monge, contra los artículos 132 inciso e) y 133 inciso f) del Estatuto del Partido Liberación Nacional, se han dictado los votos números 2016017376 de las once horas y cuarenta y uno minutos de veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis y 2017001565 de las diez horas y veinticinco minutos de uno de febrero de dos mil diecisiete, que literalmente dicen:

Por tanto voto 2016-17376: «Se declara, por mayoría (Cruz Castro, Rueda Leal, Hernández López y Salazar Alvarado), con lugar la acción. Se anulan por inconstitucionales los artículos 132 inciso e) y 133 inciso f) del Estatuto del Partido Liberación Nacional. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. El Magistrado Cruz Castro da razones adicionales.

Los Magistrados Jinesta Lobo, Castillo Víquez y Hernández Gutiérrez salvan el voto y declaran sin lugar la acción. Notifíquese.»

Por tanto voto 2017-1565: «Se adiciona el por tanto de la sentencia número 2016-17376 de las 11:41 horas del 23 noviembre de 2016, para que se lea correctamente de la siguiente manera: “Se declara, por mayoría (Cruz Castro, Rueda Leal, Hernández López y Salazar Alvarado), con lugar la acción. Se anulan por inconstitucionales los artículos 132 inciso e) y 133 inciso f) del Estatuto Partido Liberación Nacional. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de las normas anuladas, sin perjuicio de los derechos adquiridos de buena fe. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. El Magistrado Cruz Castro da razones adicionales. La Magistrada Hernández López pone nota. Los Magistrados Jinesta Lobo, Castillo Víquez y Hernández Gutiérrez salvan el voto y declaran sin lugar la acción. Notifíquese.” Se dispone notificar esta resolución junto con el texto original de la sentencia 2016-17376 de las 11:41 horas del 23 noviembre de 2016.»

San José, 27 de abril del 2017.

                                                              Gerardo Madriz Piedra,

                                                                            Secretario

1 vez.—( IN2017132430 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

En resolución N° 2243-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas cuarenta y dos minutos del primero de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 43973-2016, incoado por Lisseth del Socorro Dumas Rosales, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Franklin Fabián Torres Dumas, que el nombre de la madre es Lisseth del Socorro.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017134481 ).

En resolución N° 2145-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas treinta y cinco minutos del veintidós de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 56492-2016, incoado por Bexis Liset Blandon Martínez, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Dylan Josué Velásquez Blandón, que los apellidos de la madre son Blandón Martínez.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017134500 ).

En resolución N° 2960-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas cuatro minutos del dieciséis de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 49490-2016, incoado por Alba Luz Villegas Álvarez, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Alba Luz Villegas Álvarez, que el nombre y apellidos de la madre son Agustina Álvarez Barrientos.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017134508 ).

En resolución N° 1728-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas del siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 45748-2016, incoado por Yuris Mairena Narvaez, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Demmi Natasha Sevilla Mairena, que el nombre de la madre es Yuris.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017134540 ).

En resolución N° 2093-2017 dictada por el Registro Civil a las trece horas cincuenta y cinco minutos del diecisiete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 51354-2016, incoado por Erixza del Carmen Calderón Calderón, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Stacy Michelle Ramos Calderón y de Andrés Emilio Ramos Calderón, que el nombre de la madre es Erixza del Carmen.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017134553 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Jessenia del Rosario Mayorga Castillo, se ha dictado la resolución N° 6058-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las catorce horas cuarenta minutos del veintitrés de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 27891-2016. Resultando: 1º-... 2º-... Considerando: I.—Hechos probados: ... II.- Sobre el fondo:... Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Dayvelis Kataquechi Medrano Castillo, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre son Jessenia del Rosario Mayorga Castillo, Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017134620 ).

En resolución N° 2557-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas cincuenta y cinco minutos del dos de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 45271-2016, incoado por Alicia del Socorro Quiroz Huete, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Anthony Josué Hernández Quirós, que el nombre y primer apellido de la madre son Alicia del Socorro y Quiroz.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017134674 ).

En resolución N° 1659-2017 dictada por el Registro Civil a las nueve horas cuarenta y cuatro minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 45466-2016, incoado por Karla Patricia Picado Quintero, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Nashary Nicole Barrera Picado y Nasly Celeste Lobo Picado, que el nombre de la madre es Karla Patricia.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017134720 ).

En resolución N° 3732-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas cinco minutos del veinte de abril del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 37957-2016, incoado por Mirna Magalis Gutiérrez Artola, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Fabián Alexander Carrión Gutiérrez, que el segundo nombre de la madre es Magalis.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017134722 ).

AVISOS

DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO ELECTORAL

Y FINANCIAMIENTO DE PARTIDOS POLÍTICOS

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo sesenta y dos del Código Electoral, se hace saber que el señor Eliécer Feinzaig Mintz, cédula de identidad N° uno-cero seis cinco dos-cero siete seis ocho, en su condición de presidente del Comité Ejecutivo Superior del partido Liberal Progresista, solicitó el dos de febrero de dos mil diecisiete, la inscripción de dicho partido a escala nacional; agregando para esos efectos la protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea superior, esta última celebrada el veintinueve de enero de dos mil diecisiete, conteniendo el Estatuto que incluye en el artículo número cinco que la divisa del partido Liberal Progresista es: “la figura de un ave estilizada que vuela hacia la derecha en color blanco, a la derecha del símbolo del ave se ubica en letras mayúsculas color blanco la palabra Liberal y debajo la palabra Progresista. La bandera del Partido es un rectángulo de un tanto de alto por dos de ancho. El diseño se compone por un fondo de tono Naranja, que corresponde al código Pantone número 1505C, con la figura estilizada de un ave que vuela hacia la derecha en color blanco. Dicha figura aparece en el centro del rectángulo.” Se previene a quienes sean interesados para que, dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes.—San José, veintisiete de abril de dos mil diecisiete.—Héctor Fernández Masis, Director General.—( IN2017132313 ).                                                                                                             5 v. 5.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo sesenta y dos del Código Electoral, se hace saber: Que el señor Héctor Miranda Cálix, cédula de identidad número dos cero tres siete dos cero nueve tres cero, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo Superior del partido Unión Guanacasteca, solicitó el doce de enero de dos mil diecisiete la inscripción de dicho partido a escala provincial por la provincia de Guanacaste; agregando para esos efectos la protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea superior celebrada el veintiséis de marzo de dos mil diecisiete, conteniendo el Estatuto que incluye en el artículo número dos que la divisa del partido Unión Guanacasteca es: “una bandera en forma de rectángulo, cuyo largo es el doble del ancho, dividida en tres franjas horizontales, la superior e inferior de color café y la central de color amarillo, todas del mismo ancho, que simbolizan el sol y la tierra guanacasteca. Sobre la franja amarilla, de manera centrada y de color café idéntico a las franjas superior e inferior, se insertarán las siglas del Partido, P.U.G. Las tonalidades de los colores de la bandera serán: el café: Pantone 464 C; el amarillo: Pantone Yellow C y la letra de las siglas News 701 BT. El tamaño de las letras será: de alto y ancho, 9 centímetros cada una. Los puntos tendrán un diámetro de dos centímetros cada uno, proporcionales a una bandera de sesenta centímetros de largo y treinta centímetros de ancho”. Se previene a quienes sean interesados para que, dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes. Expediente N° 217-2016, Partido Unión Guanacasteca.—San José, veintiuno de abril de dos mil diecisiete..—Héctor Fernández Masis, Director General.—( IN2017132370 ).        5 v. 5.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo sesenta y dos del Código Electoral, se hace saber que el señor Alfredo Daniels Blackwood, cédula de identidad uno-cero cuatro cinco cero-cero dos cuatro cinco, Presidente del Comité Ejecutivo Superior del partido Organizador Puntarenense, solicitó el veinte de enero de dos mil diecisiete, la inscripción de dicho partido a escala provincial por la provincia de Puntarenas; agregando para esos efectos la protocolización del acta de la asamblea superior celebrada el ocho de enero de dos mil diecisiete, conteniendo el Estatuto que incluye en el artículo número dos que la divisa del partido Organizador Pontanense es: “(…) un rectángulo de color blanco cuales pantones son M cero cero-Y cero cuatro — K cero cero en la franja central, de tamaño treinta por ciento de alto y ciento cincuenta por ciento de largo; con las siglas del partido (P.O.P) de color verde claro, cuales pantones son C cuarenta y dos-M cero cuatro-Y noventa y siete K cero cero, de tamaño veinte por ciento de alto y ochenta por ciento de largo; una franja superior de color celeste cuales pantones son C setenta y nueve-M catorce-Y cero cuatro-K cero cero, de treinta y cinco por ciento de alto y ciento cincuenta por ciento de largo y una franja inferior de color verde claro cuales pantones son cuarenta y dos-M cero cuatro-Y noventa y siete-K cero cero. Al final forma un rectángulo de tres colores celeste, blanco y verde con las siglas P.O.P en color verde sobre la franja blanca (…)”. Se previene a quienes sean interesados para que, dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes.—San José, veintiséis de abril de dos mil diecisiete.—Héctor Fernández Masís, Director General.—( IN2017132401 ).                                                                                                             5 v. 5.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo sesenta y dos del Código Electoral, se hace saber: Que los señores Rolando Araya Monge, cédula de identidad número dos-cero doscientos cincuenta y dos-cero cuatrocientos veintinueve, e Iris Zamora Zumbado, cédula de identidad cinco-cero ciento cuarenta y ocho-mil ochenta y dos, en su condición, respectivamente, de Presidente y Secretaria General del Comité Ejecutivo Superior del partido Todos, solicitaron el doce de enero de dos mil diecisiete, la inscripción de dicho partido a escala provincial por la provincia de San José; agregando para esos efectos la protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea superior celebrada el veinticinco de marzo de dos mil diecisiete, conteniendo el Estatuto que incluye en el artículo número dos que la divisa del partido Todos es: “un rectángulo de fondo azul, con un signo en forma de círculo, de color naranja con rayas color blanco similar a órbitas a su alrededor dicho círculo es de tamaño proporcional a un tres por ciento del rectángulo total. El ícono circular representa un movimiento envolvente casi atómico unificador de todas las partes. En la parte inferior del rectángulo la palabra TODOS en color naranja escrito la tipografía es lagton ciento cincuenta pt, editada con un stroke y bordes redondeadas color Azul: Pantone quinientos treinta y cuatro C y el color Naranja: Pantone setecientos quince C (…)”. Se previene a quienes sean interesados para que, dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes.—San José, veinticuatro de abril de dos mil diecisiete.— Héctor Fernández Masis, Director General.—Exonerado.—( IN2017133281 ).      5 v. 2.

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo sesenta y dos del Código Electoral, se hace saber que el señor Jhonn Vega Masís, cédula de identidad número siete cero uno seis cuatro cero tres seis siete, en su condición de Presidente del Comité Ejecutivo Superior del partido De los Trabajadores, solicitó el dos de febrero de dos mil diecisiete la inscripción de dicho partido a escala nacional; agregando para esos efectos la protocolización de las actas de la asamblea constitutiva y asamblea superior celebrada el veintinueve de enero de dos mil diecisiete, conteniendo el Estatuto que incluye en el artículo número dos que la divisa del partido De los Trabajadores es: “(…) un rectángulo de color rojo (Pantone uno siete nueve siete PC C: dos M:noventa y ocho Y:ochenta y cinco K: siete) de un tanto de alto por un tanto y medio de ancho. En la parte inferior de la divisa se lee el nombre Partido de los Trabajadores en letra imprenta Myriad, color blanco, y su alto será la décima parte de la altura del rectángulo. En el centro de la divisa una figura rectangular, con los bordes superior e inferior ondulados, del mismo color rojo en el interior y borde blanco; que medirá un tanto de ancho y tres cuartos de tanto de altura. En su interior se leerá una letra P en imprenta, mayúscula, de cuatro décimos de tanto de altura, en color amarillo (Pantone Yellow PC, C:cero M:uno Y:cien K:cero), seguida de las letras “artido” en color blanco y de una veintésima de tanto de altura. Debajo de esta aparecerá la frase “de los” en igual letra, color blanco con altura de 50% de una veintésima de tanto. Al lado de estas se leerá una letra T en imprenta, mayúscula, de cuatro décimos de tanto de altura, en color amarillo (Pantone Yellow PC, C: cero M: uno Y:cien K:cero), seguida de las letras “rabajadores” en color blanco y de una veintésima de tanto de altura. Seguido a estas letras, aparece una silueta del mismo color amarillo representando una persona con una bandera ondeando.” Se previene a quienes sean interesados para que, dentro del término de quince días naturales contados a partir de la última publicación de este aviso, que se hará durante cinco días, hagan las objeciones que estimen pertinentes.—San José, tres de mayo de dos mil diecisiete.—Héctor Fernández Masís, Director General.—Exonerado.— ( IN2017133282 ). 5 v. 2.

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Emilcer Auxiliadora Gutiérrez López, nicaragüense, cédula de residencia N° 155806434303, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1751-2017.—San José, al ser las 3:22 del 11 de mayo de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017134334 ).

Raúl Eduardo Matos Berrio, colombiano, cédula de residencia 117001384528, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la sección de opciones y naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1484-2017.—San José, al ser las 2:58 del 27 de abril de 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017134374 ).

Marlene Jaramillo Rodríguez, cubana, cédula de residencia 119200249101, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 2288-2017.—San José, al ser las 3:18 del 11 de mayo de 2017.—Johana Marcela Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017134377 ).

Yanine Carolina Reyes Reyes, nicaragüense, cédula de residencia 155801990524, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 2294-2017.—San José, al ser las 11:58 del 11 de mayo de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017134392 ).

Yagaira Saborío Morales, nacionalidad nicaragüense, cédula de residencia número DI 155800043522, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2075-2017.—Guanacaste, al ser las 09:05:31 del 10 de mayo de 2017.—Lic. Germán Alberto Rojas Flores.—Oficina Regional de Liberia.—Lic. Edgar Alguera Ramírez, Jefe.—1 vez.—( IN2017134452 ).

Anuar Antonio Anahuati Lorenzo, mexicano, cédula de residencia 148400152326, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 2264-2017.—San José, al ser las 10:08 del 10 de mayo de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017134461 ).

Paula Andrea Montoya Canas, colombiana, cédula de residencia 117001405121, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 2316-2017.—San José, al ser las 11:05 del 12 de mayo de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017134501 ).

Alfonso León Fernández Gómez, colombiano, cédula de residencia 117000932906, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 2317-2017.—San José, al ser las 11:05 del 12 de mayo de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017134504 ).

Dorayne Stephany Belisario Rivera, venezolana, cédula de residencia 186200032202, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 1768-2017.—San José, al ser las 11:20 del 28 de abril de 2017.—German Alberto Rojas Flores.—1 vez.—( IN2017134527 ).

Estefani Judith García Mendoza, nicaragüense, cédula de residencia 155812827330, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 2282-2017.—San José, al ser las 3:55 del 10 de mayo de 2017.—Johanna Marcela Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017134564 ).

Andy Valeria Castellón Ortiz, nicaragüense, cédula de residencia 155815596118, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 2160-2017.—San José, al ser las 3:32 del 11 de mayo de 2017.—Johanna Marcela Venegas Valverde, Jefe.—1 vez.—( IN2017134671 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

MODIFICACIÓN PLAN ANUAL

DE ADQUISICIONES 2017

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09005 servicio de vigilancia aérea el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de COMPRARED, así como en la dirección electrónica www.sicop.go.cr

San José, 17 de mayo de 2017.—Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O.C. N° 3400032589.—Solicitud N° 84777.—( IN2017135947 ).

LICITACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000018-01

Actualización de software de detección

y prevención de intrusos

La Asamblea Legislativa, invita a participar en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000018-01 “Actualización de software de detección y prevención de intrusos”. El cartel correspondiente está disponible en la Proveeduría, sita del cine Magaly, 50 metros norte y 50 metros oeste, edificio Sasso, segundo piso o en la dirección electrónica:

http://www.asamblea.go.cr/ga/Contrataciones/Forms/Licitaci%C3%B3n%20Abreviada.aspx.

El plazo para recibir ofertas vence el 19 de junio del 2017, a las 10:00:00 horas, momento en el cual se procederá a la apertura de las mismas.

Departamento de Proveeduría.—Marianela Ávalos Agüero, Directora a. í.—1 vez.—O. C. N° 27052.—Solicitud N° 84822.—( IN2017136197 ).

UNIVERSIDAD NACIONAL

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

SECCIÓN DE CONTRATACIÒN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA N°2017LN-00003-SCA

Concesión de instalación pública para prestar el servicio de la

soda comedor de la facultad de ciencias exactas y naturales

La Universidad Nacional a través de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas por escrito, hasta las 9 horas del día 12 de junio del 2017, en las instalaciones de la Proveeduría Institucional sita 250 metros norte y 75 metros oeste del Liceo Mario Vindas en San Pablo de Heredia.

El cartel deberá obtenerse en la siguiente dirección electrónica www.una.ac.cr/proveeduria en los documentos electrónicos propiamente, información para proveedores.

Ciudad de Heredia, 17 de mayo del 2017.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O.C. N° P0029258.—Solicitud N°84783.—( IN2017135996 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN JUAN DE DIOS

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000007-2102

Delantal protección quimioterapia

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital San Juan de Dios les informa a todos los potenciales oferentes que el plazo para recibir ofertas será hasta el día 15 de junio de 2017, a las 10:00 horas.

Los interesados en esta licitación favor retirar el cartel licitatorio un día hábil después de esta publicación, en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital San Juan de Dios. sita en Distrito Hospital. contiguo al Ministerio de Salud, al final de la rampa en el antiguo edificio de Rehabilitación.

San José, 18 de mayo de 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Mba. Daniel Castro Vargas, Coordinador.—1 vez.—( IN2017135988 ).

ÁREA SALUD DE MATINA

El Área Salud de Matina- CCSS Huetar Atlántica, invita a todos los interesados en participar en el siguiente concurso: Licitación Abreviada N° 20171A-000001-2654 “Servicios de Registros Médicos y Estadísticas en Salud del Área Salud de Matina- CCSS.

Apertura de ofertas: 06 de junio del 2017, a las 11:00 horas (11:00- a. m.) en la oficina de compras deja Clínica de Bataan (sede del Área), sita en Bataan centro 250- m al norte carreta a Sahara.

El cartel se puede adquirir en la Oficina de compras de la Clínica de Bataan (sede) del Área Salud de Matina, sita en Bataan centro 250 m al norte carretera a Sahara. Para su coordinación con la Srta. Carmen Rosales Acuña, encargada de la susodicha oficina, Tel: 2799-6504, fax: 2718-6562, correo: crosales@ccss.sa.cr.

Bataan, Miércoles 17 de Mayo del 2017.—Lic. Rene Zamora Alemán.—1 vez.—( IN2017136003 ).

HOSPITAL MÉXICO

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000023-2104

Adquisición de tableros eléctricos principales

y acometidas en torre hospitalaria

Se comunica a los interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el 15 de junio del 2017, a las 09:00 horas, se realizará visita al sitio el 25 de mayo de 2017, a las 08:30 horas. El cartel se encuentra disponible en el Centro de fotocopiado, situado en la planta baja de este Hospital. Ver detalles en: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones

San José, 18 de mayo del 2017.—Área de Gestión de Bienes y Servicios.—Lic. Marcelo Jiménez Umaña, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 69.—Solicitud N° 84814.—( IN2017136256 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

El Instituto de Desarrollo Rural, comunica la apertura del siguiente proceso:

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000029-01

Adquisición de 37 invernaderos completos para el territorio

Turrilaba-Jiménez y asentamientos administrados

por la Oficina de Desarrollo

Territorial de Turrialba

Fecha y Hora de recepción de Ofertas: 02 de junio del 2017, a las 10:00 horas, (10:00 a.m.), en la Proveeduría Institucional, Oficinas Centrales del INDER.

El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, Planta alta del Edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página Web del INDER www.inder.go.cr, menú de Contrataciones, Contratación Administrativa, Proveeduría Institucional o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección mrmoralesainder.go.cr sin embargo se realiza la salvedad que la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el INDER, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.

Proveeduría Institucional.—San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017136032 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000048-07

Arreglos de flores, frutas, naturales y artificiales

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 29 de mayo de 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita Barranca Puntarenas, 200 metros al norte de entrada principal de INOLASA, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 84796.—( IN2017135920 ).

COMPRA DIRECTA 2017CD-000032-09

Reactivos y medios de cultivo para laboratorio

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso, hasta las 10:00 horas de 26 de  mayo del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 84797.—( IN2017135921 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE MORA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-01

Contratación del servicio de recolección, transporte,

tratamiento y disposición final de residuos sólidos

ordinarios, de manera amigable con el

ambiente para el cantón de Mora

La Municipalidad de Mora, recibirá ofertas por escrito hasta las diez horas (10:00) del 23 de junio del 2017, para la licitación en referencia.

Los interesados pueden retirar el cartel de licitación que incluye las especificaciones y condiciones generales, en la Oficina de Proveeduría de la Municipalidad de Mora ubicada 100 metros oeste y 50 metros sur de la estación del ICE, Ciudad Colón, en horario de 8:00 a. m. a 3:30 p. m.

San José, 18 de mayo de 2017—Oficina de Proveeduría—Lic. Geremmy Chaves Marín, Jefe.—1 vez.—( IN2017136008 ).

MUNICIPALIDAD DE ALVARADO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000003-M29

Contratación del servicio de recolección diferenciada

de residuos sólidos para los distritos de

Pacayas y Capellades de Alvarado

En la Municipalidad de Alvarado, ubicada en Pacayas-Cartago, se recibirán ofertas hasta las 10:00 a. m. del 1° de junio del 2017, para contratar la recolección diferenciada de los residuos sólidos, según condiciones y especificaciones técnicas que se encuentran detallados en el cartel, el cual se encuentra disponible en las oficinas de la Municipalidad o bien puede solicitarlo al correo electrónico jmontenegro@munialvarado.go.cr. Acuerdo tomado en sesión extraordinaria N° 0028 del 11 de mayo del 2017.

Felipe Martínez Brenes, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017136237 ).

ADJUDICACIONES

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2017CD-000265-01.

Contratación de una empresa para mejorar la climatización

del edificio del BN en la Agencia de Los Chiles

Se comunica a los interesados de esta Contratación Directa, que la Licda. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General del BNCR, acuerda:

Adjudicar la Contratación Directa N° 2017CD-000265-01, promovida para la “Contratación de una empresa para mejorar la climatización del edificio del BN en la Agencia de Los Chiles” de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre del oferente:         Constructora y Multiservicios JSP

Representante:                     José Sánchez Padilla

Precio cotizado:                   ¢ 23.795.620,19

Precio con mejora:              ¢ 22.851.839,00

Plazo de ejecución              20 días hábiles.

La empresa elegible presentó una mejora al precio ofertado, mediante la nota sin número con fecha 15 de mayo del 2017, y remitida a nuestra oficina mediante el oficio de Proveeduría N° L-02113-2017, por un monto de ¢22.851.839,00, que equivale a una rebaja de ¢943.781,25.

Por tanto, se recomienda adjudicar por un monto de ¢22.851.839,00.

Todo conforme lo estipulado en el cartel y la oferta económica y el informe técnico que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

La Uruca, 18 de mayo del 2017.—Proveeduría General.—Ing. Douglas Noguera Porras.—1 vez.—O.C. N° 524007.—Solicitud N° 84861.—( IN2017136222 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000223-01

Contratación del servicio de mantenimiento preventivo

y correctivo (con tope monetario hasta 36 millones

de colones tanto para el servicio como la dotación

de repuestos) para las Plantas de Tratamiento

de Aguas Residuales de Flamingo y Jacó

Se comunica a los interesados de esta Licitación Abreviada, que la Licda. Lorena Herradora Chacón, Proveedora General del BNCR, acuerda:

Adjudicar la Contratación Directa 2017CD-000223-01, promovida para la “Contratación del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo (con tope monetario hasta 36 millones de colones tanto para el servicio como la dotación de repuestos) para las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales de Flamingo y Jacó” de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre del oferente:                                         Depuragua S. A.

Representante:                                                     Gustavo Ruiz Cano.

Precio cotizado mantenimiento trimestral:     ¢714.802, 31

Precio cotizado mantenimiento anual:            ¢2.859.209, 26

Plazo de ejecución:                                             Por un periodo fijo de cuatro (04) años o hasta llegar al tope monetario de 36 millones de colones

Además para el caso de los repuestos los mismos serán tomados del tope de la contratación el cual corresponde a ¢36.000.000,00 (treinta y seis millones de colones con 00/100), el cual incluye el servicio del mantenimiento preventivo y correctivo por toda la contratación que pertenece al monto de ¢11.436.837,07 (once millones cuatrocientos treinta y seis mil ochocientos treinta y siete colones con 07/100), por lo cual el monto que corresponde a los repuestos por el plazo de la contratación corresponde a ¢24.563.162,93 (veinticuatro millones quinientos sesenta y tres mil ciento sesenta y dos colones con 93/100) con impuestos incluidos; con una garantía técnica de doce (12) meses, para los repuestos.

Todo conforme lo estipulado en el cartel y la oferta económica y el informe técnico que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

La Uruca, 18 de mayo de 2017.—Proveeduría General.—Ing. Douglas Noguera Porras.—1 vez.—O. C. Nº 524007.—Solicitud Nº 84858.—( IN2017136226 ).

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000010-01

Contratación de profesionales en ingeniería y arquitectura

para fiscalización de Inversiones y Avalúos de

bienes muebles e inmuebles e inspecciones

relacionadas con las garantías y

la aprobación de créditos

El Banco de Costa Rica, informa que el Comité Ejecutivo en su reunión: 17-17 CCE, 11/05/17, acordó adjudicar la licitación en referencia según el siguiente detalle:

Para el servicio A de Fiscalización de Inversiones:

 

Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF

Plazas infructuosas:

1.  Para el Servicio A, de Fiscalización de Inversiones, las siguientes plazas:

a)  Una de las dos plazas para la Zona 7.2 BCR San Carlos Fortuna-Santa Rosa, porque solo se recibió una oferta.

b)  La plaza para la Zona 9 BCR Turrialba, porque no se recibieron ofertas.

c)  La plaza para la Zona 13.1 BCR Puntarenas, porque no se recibieron ofertas.

d)  La plaza para la Zona 17 BCR Liberia, porque no se recibieron ofertas.

e)  La plaza para la Zona 22 BCR Puerto Jiménez, porque no se recibieron ofertas.

2.  Para el Servicio B, de Avalúos de Bienes Inmuebles No Agropecuarios, las siguientes plazas:

a)  Una de las dos plazas para la Zona 11 Ciudad Neily, porque solo se recibió una oferta.

b)  La plaza para la Zona 22 BCR Puerto Jiménez, porque no se recibieron ofertas.

3.  Para el Servicio C, de Avalúos de Bienes Inmuebles de Naturaleza Agropecuaria y Semovientes, las siguientes plazas:

a)  La plaza para la Zona 1.2 BCR San José Los Santos, porque no se recibieron ofertas.

b)  La plaza para la Zona 10 BCR San Isidro Pérez Zeledón, porque no se recibieron ofertas.

c)  La plaza para la Zona 15 BCR Quepos-Parrita, porque no se recibieron ofertas.

d)  La plaza para la Zona 17 BCR Liberia, porque no se recibieron ofertas.

e)  La plaza para la Zona 21 BCR Limón, porque no se recibieron ofertas.

f)  La plaza para la Zona 22 BCR Puerto Jiménez, porque no se recibieron ofertas.

g)  La plaza para la reunión de Zonas 16 BCR Cañas y 23 BCR Tilarán, porque no se recibieron ofertas.

4.  Para el Servicio D, de Avalúos de Bienes Muebles, las siguientes plazas:

a)  La plaza para la Zona 9 BCR Turrialba, porque las cuatro ofertas recibidas (N° 96, 27, 96 y 96), ofrecen los servicios en una zona diferente del domicilio permanente.

b)  La plaza para la Zona 10 BCR San Isidro Pérez Zeledón, porque no se recibieron ofertas.

c)  La plaza para la Zona 11 BCR Ciudad Neilly, porque no se recibieron ofertas.

d)  La plaza para la Zona 15 BCR Quepos-Parrita, porque no se recibieron ofertas.

e)  La plaza para la Zona 17 BCR Liberia, porque no se recibieron ofertas.

f)  La plaza para la Zona 18 BCR Santa Cruz, porque no se recibieron ofertas.

g)  La plaza para la Zona 21 BCR Limón, porque no se recibieron ofertas.

h)  La plaza para la Zona 22 BCR Puerto Jiménez, porque no se recibieron ofertas.

Esta negociación se formalizará mediante contratos, con una vigencia de seis meses, pudiéndose prorrogar por tres períodos iguales, hasta un máximo de 2 años.

Este concurso es de cuantía inestimable por cuanto la demanda de los servicios profesionales se encuentra sujeto a las necesidades variantes de cada oficina en las cuales se tramitan créditos.

Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 84835.—( IN2017136228 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

DIRECCIÓN DE CENTROS ESPECIALIZADOS

COMPRA DIRECTA N° 2017CD-000004-2944

Contratación de servicios de mantenimiento de detector de metales en el Centro Nacional de Resonancia Magnética

Se comunica a los interesados que la Compra Directa N° 2017CD-000004-2944, fue adjudicada mediante el acta N° 009-2017 de la siguiente forma:

Oferente: Elvatron S. A., cédula jurídica 3-101-020826, ítem único: Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo para detector de metales, precio trimestral $450.00 y anual de $1.800,00.

Todo conforme lo estipulado en el cartel y la oferta presentada que consta en el expediente administrativo y que forma parte integral de la presente contratación.

Dr. Julio Calderón Serrano, Director.—1 vez.—( IN2017136020 ).

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000048-2101

Sistema navegación craneal e insumos

varios con su mantenimiento preventivo

La Subárea de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en este concurso, que la Gerencia Médica resolvió adjudicar la contratación de la siguiente manera:

Oferta 2: Promoción Médica S. A.

Ítemes: 1, 2, 3, 4, 5 y 6.

Monto total: $694.900,00.

Tiempo de entrega: 60 días hábiles máximo.

Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr

San José, 18 de mayo del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Diana Rojas Jiménez, Coordinadora a. í.— 1 vez.—( IN2017136083 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000038-03

Compra de reactivos y medios de cultivo para laboratorio

El Ing. Fabián Zúñiga Vargas, Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión ordinaria 021-2017, celebrada el día 17 de mayo del 2017, artículo I, folio 482, tomó el siguiente acuerdo:

a.  Adjudicar la Compra Directa 2017CD-000038-03, para la Compra de Reactivos y Medios de Cultivo para Laboratorio, según dictámenes técnicos NTM-PGA-123-2017 y NA-PGA-088-2017, el dictamen administrativo URCOC-PS-J-0045-2017, realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el punto 3 del cartel, de la siguiente manera:

    Adjudicar las líneas N° 5, 6, 7 y 8, a la oferta N° 2, Innovagua S. A., por un monto de $466.32, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles. * La empresa Innovagua S.A.  cotizó su oferta en dólares.  Tipo de Cambio fecha de apertura 02-05-2017: $570.72. Monto total adjudicado en Dólares: $466.32. Monto total adjudicado en Colones: ¢266,138.16.

    Adjudicar las líneas N° 4, 9, 10, 11 y 12,  a la oferta N° 3, Advance Laboratorio S. A., por un monto de ₡1,063,412.00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar las líneas N° 1 y 2,  a la oferta N° 4, Laboratorios Químicos Arvi S. A., por un monto de ¢29.835,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar las líneas N° 13, 14 y 15, a la oferta N° 5, Promoción Medica S. A., por un monto de ¢690.100,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Adjudicar la línea N° 17, a la oferta N° 6, Electrónica Centroamericana S. A., por un monto de $102.00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 5 días hábiles. * La empresa Electrónica Centroamericana S. A. cotizó su oferta en dólares. Tipo de cambio fecha de apertura 02-05-2017: $570.72. Monto total adjudicado en dólares: $102.00.  Monto total adjudicado en colones: ¢58,213.44.

    Adjudicar la línea N° 3, a la oferta N° 7, Inter Biolab S. A., por un monto de ¢18.200,00, por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un precio razonable, con un plazo de entrega de 30 días hábiles.

    Se declara la línea 16 infructuosa, porque no fue cotizada por ningún oferente.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 84793.—( IN2017135918 ).

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000037-03

Compra de zapatos de uso institucional

El Ing. Fabián Zúñiga Vargas, Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en la sesión ordinaria 21-2017, celebrada el día 17 de mayo del 2017, artículo II, folio 482, tomó el siguiente acuerdo:

a.  Adjudicar la Contratación Directa 2017CD-000037-03, para la “Compra de Zapatos de Uso Institucional”, en los siguientes términos, según estudio técnico NSCS-1331-2017 y el estudio administrativo URCOC-PS-J-043-2017:

b.  Adjudicar las líneas N° 1, 2, 5 y 6, a la oferta N° 1 presentada por Compañía de Seguridad Industrial Cruz Verde S. A., por un monto total de ¢14.924.920,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio razonable, con un tiempo de entrega de 30 días hábiles.

c.  Declarar infructuosa la línea N° 4 por incumplimientos técnicos y las líneas N° 3 y 7 por no ser ofertadas.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 84794.—( IN2017135919 ).

REMATES

AVISOS

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES

COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.

La Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S. A., recibirá ofertas por escrito en sus oficinas ubicadas en San José, en el segundo piso del edificio Anexo del Club Unión, frente a Correos de Costa Rica, hasta las 13:00 horas del 30 de mayo del 2017, para el siguiente remate:

REMATE N° 2017LN-000003-01

Remate de cartuchos de tintas y tóner, propiedad

de Popular Pensiones S. A.

El retiro del cartel se puede hacer en la Sección Administrativa, con un horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m., en forma electrónica, por lo que el interesado deberá presentar un dispositivo de almacenaje USB (llave maya) para el suministro del archivo en formato PDF; o bien, podrá solicitarlo vía correo electrónico a los correos electrónicos: aleon@bp.fi.cr o  verrodriguez@bp.fi.cr

Licda. Cinthia Solano Fernández, Gerente de Administración y Finanzas.—1 vez.—( IN2017136090 ).

FE DE ERRATAS

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000013-PROV

(Modificación y prórroga Nº 4)

Compra e instalación de máquinas de Rayos X

El Departamento de Proveeduría informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el procedimiento indicado, que existen modificaciones al cartel derivadas de recursos presentados, las cuales se encuentran disponibles en el cartel publicado en la página web de este Departamento a partir de la presente publicación. La fecha de apertura se prorroga para al 05 de junio de 2017, a las 10:00 horas, demás términos y condiciones permanecen inalterables.

San José, 17 de mayo de 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017135936 ).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000008-01

(Aclaraciones)

Suministro e instalación del sistema de aire acondicionado

y ventilación para el edificio del CIPAC del Banco

Nacional en La Uruca

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000008-01 lo siguiente:

La oficina técnica Unidad de Compras de Construcción mediante oficio UCC-0541-2017 indica las siguientes aclaraciones mencionadas durante la visita en el sitio con proveedores, realizada el día viernes 12 de mayo.

1.  Las empresas deberán considerar la instalación (canalización y cableado) tanto de la parte eléctrica como de control, para los equipos de A/C.

2.  El horario de trabajo se deberá de coordinar con la empresa encargada de las obras civiles.

Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.

La Uruca, 23 de mayo del 2017.— Proveeduría General.—Ing. Douglas Noguera Porras.—1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 84859.—( IN2017136186 ).

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000009-01

(Modificaciones N° 1)

Contratación de una empresa que provea el servicio

de atención de clientes por medio de diversos canales

a través de un centro de contacto

La Proveeduría General del Banco Nacional comunica a los interesados en la Licitación Pública N° 2017LN-000009-01 lo siguiente:

En el artículo 02 de la sesión ordinaria N° 1361-2017, celebrada por el Comité de Licitaciones el 03 de mayo del 2017, se autorizan las primeras modificaciones al cartel, las cuales por ser tan extensas no serán publicadas.

Por lo tanto, se les comunica, que las mismas pueden ser retiradas sin costo adicional en la Oficina de Proveeduría, situada en el edificio de la Dirección General de Infraestructura y Compras del Banco Nacional de Costa Rica en La Uruca, a partir de esta publicación.

La Uruca, 18 de mayo del 2017.—Proveeduría General.—Ing. Douglas Noguera Porras, Supervisor.—1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 84833.—( IN2017136190 ).

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL LPI-04-2016

(Modificación N° 03)

Contratación del diseño, construcción y equipamiento de

4 lotes de 18 centros educativos y canchas multiusos

(Modificación N° 03) para el proceso LPI-04-2016 Licitación Pública Internacional para la contratación del diseño, construcción y equipamiento de 4 lotes de 18 centros educativos y canchas multiusos, en la cual se amplía el plazo de recepción de ofertas una semana.

Punto A: En la Sección N° 2 del Cartel “Sección II. Datos de la Licitación (DDL). I. Presentación y apertura de las ofertas. IAO 22.1”, se modifica el siguiente párrafo:

Dirección del Contratante:

Fideicomiso 1099 MEP-BNCR.

Edificio principal Banco Nacional, San José, Costa Rica, avenida 1ra y 3ra.

Segundo piso, Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.

Ciudad: San José.

País: Costa Rica.

Teléfono: (506) 2212-2225.

Dirección de correo electrónico: FideicomisoMEPBNCR@bncr.fi.cr.

Fecha y hora límite para recibir las ofertas, a más tardar:

Fecha: 17 de mayo de 2017.

Hora: 10:00 horas..

Dicho párrafo deberá de leerse de la siguiente manera:

Dirección del Contratante:

Fideicomiso 1099 MEP-BNCR

Edificio principal Banco Nacional, San José, Costa Rica, avenida 1ra y 3ra.

Segundo piso, Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.

Ciudad: San José.

País: Costa Rica.

Teléfono: (506) 2212-2225.

Dirección de correo electrónico: FideicomisoMEPBNCR@bncr.fi.cr.

Fecha y hora límite para recibir las ofertas, a más tardar:

Fecha: 24 de mayo de 2017.

Hora: 10:00 horas.

Punto B: En la Sección N° 2 del Cartel “Sección II. Datos de la Licitación (DDL). I. Presentación y Apertura de las Ofertas. IAO 25.1”, se modifica el siguiente párrafo:

Lugar donde se realizará la apertura de las ofertas:

Dirección:

Edificio principal Banco Nacional, San José, Costa Rica, avenida 1ra y 3ra.

Segundo piso, Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.

Ciudad: San José

País: Costa Rica.

Teléfono: (506) 2212-2225.

Fecha y hora para la apertura de las ofertas:

Fecha: 17 de mayo de 2017.

Hora: 10:00 horas.

Dicho párrafo deberá de leerse de la siguiente manera:

Lugar donde se realizará la apertura de las ofertas:

Dirección:

Edificio principal Banco Nacional, San José, Costa Rica, avenidas 1ra y 3ra.

Segundo piso, Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.

Ciudad: San José.

País: Costa Rica.

Teléfono: (506) 2212-2225.

Fecha y hora para la apertura de las ofertas:

Fecha: 24 de mayo de 2017.

Hora: 10:00 horas.

La Uruca, 17 de mayo del 2017.—Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.—Lourdes Fernández Quesada.—1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 84772.—( IN2017136245 ).

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL LPI-04-2016

(Modificación N° 04)

Contratación del diseño, construcción y equipamiento de

4 lotes de 18 centros educativos y canchas multiusos

Modificación N° 04 para el proceso LPI-04-2016 Licitación Pública Internacional, para la contratación del diseño, construcción y equipamiento de 4 lotes de 18 centros educativos y canchas multiusos.

Punto A:

Se informa a los oferentes que en el sitio 91-4202 CTP 27 de abril, se modifica la lámina A04 del Anteproyecto y se sustituye por la lámina L-04 R1 adjunta. Asimismo, se incluye una nueva lámina denominada L04 con detalle de las modificaciones a la ubicación del paso a cubierto, cerramiento en malla ciclón, reubicación y dimensiones del estacionamiento. La lámina de la información técnica puede ser solicitada al correo fideicomisomepbncr@bncr.fi.cr

Lourdes Fernández Quesada, Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones, Banco Nacional de Costa Rica.

La Uruca, 17 de mayo del 2017.—Alejandra Trejos Céspedes, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 84774.—( IN2017136253 ).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PROCESO LPI-04-2016 LICITACIÓN

PÚBLICA INTERNACIONAL

Contratación del diseño, construcción y equipamiento

de 4 lotes de 18 centros educativos y canchas

multiusos (Modificación Nº 01)

1.  Modificación.

En IAO 16.2 y 16.3, donde dice:

“…La construcción de la planta de tratamiento y de su tubería de desfogue, en caso de requerirse para el proyecto, será realizada directamente por “Otro Contratista”. El Contratista de esta Licitación no debe cotizar ni estimar entre sus honorarios la realización de la construcción de la prevista para la conexión de dicha planta, ni de la construcción de la conexión (excavaciones, rellenos, tuberías, pozos, reconstrucciones, quiebra gradientes y demás infraestructura) de la Planta de tratamiento hasta el cuerpo receptor. Sin embargo, si forma parte del alcance de esta licitación (LPI-04-2016) las gestiones, permisos y coordinaciones para la construcción de las obras de infraestructura para el desfogue de las aguas pluviales que deben de ser cotizadas y construidas por el Adjudicatario de la Licitación LPI-04-2016. Siendo así, el Contratista de la presente Licitación (LPI-04-2016), junto con el Contratante o a quien este designe, son responsables, también de la coordinación con el “Otro Contratista”, la logística del proceso constructivo de ambos procesos (edificios y planta de tratamiento), para evitar atrasos en la entrega de las obras…”

Debe leerse:

IAO 16.2 y 16.3 “…La construcción de la planta de tratamiento y de su tubería de desfogue, en caso de requerirse para el proyecto, será realizada directamente por el Contratista quien deberá cotizar y estimar entre sus honorarios la realización de su diseño y construcción así como de la conexión de dicha planta, la construcción de la conexión (excavaciones, rellenos, tuberías, pozos, reconstrucciones, quiebra gradientes y demás infraestructura) de la Planta de tratamiento hasta el cuerpo receptor. Además, forma parte del alcance de esta licitación (LPI-04-2016) los planos constructivos, garantías, las gestiones y coordinaciones de permisos, la puesta en operación y mantenimiento de la planta así como de la construcción de las obras de infraestructura para el desfogue de las aguas pluviales que deben de ser cotizadas y construidas por el adjudicatario de la Licitación LPI-04-2016.

Al tratarse de un proyecto Diseño+Construcción+Equipamiento, el oferente hará su mejor propuesta técnica en estricto apego y cumplimiento a los documentos técnicos disponibles tales como: estudios de suelos, requisitos e indicaciones de planos, y en cumplimiento de las especificaciones técnicas sanitarias incluidas en la SECCIÓN_VI._B._ESP_TÉCNICAS_MÍNIMAS, así como de las normativas nacionales vigentes y las buenas prácticas constructivas que aseguren un adecuado funcionamiento de todo el sistema.”

Será total responsabilidad del contratista y de su equipo de profesionales en diseño, el análisis de dichos documentos y como resultado del mismo, de incluir los sistemas de manejo de agua negras que consideren idóneos para cada caso.

Se les recuerda a los oferentes lo indicado en “Segunda parte. Requisitos del Diseño, la Obra y el Equipamiento”: “…Cualquier trabajo adicional, ampliación y o elaboración de estudios que el Oferente considere necesario para la correcta ejecución del contrato, será exclusiva y única responsabilidad del Contratista y no dará lugar a ningún pago ni reclamo adicional al precio cotizado.

El contrato será de tipo suma global, por lo que todos los riesgos constructivos serán de cuenta del contratista. En este sentido debe quedar claro que el Contratista debe garantizar que cada obra posea todos los componentes y características necesarios para un funcionamiento integralmente eficaz, según los mejores estándares de calidad que rigen la construcción y según dictan las mejores prácticas de ingeniería y las leyes aplicables…”

La Uruca, 17 de mayo del 2017.—Lourdes Fernández Quesada, Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones, Banco Nacional de Costa Rica.—1 vez.—O. C. Nº 524007.—Solicitud Nº 84770.—( IN2017136241 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS

ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000004-2308

(Aviso N° 1)

Objeto contractual: utensilios de cocina y comedor para

el servicio de nutrición del Hospital Dr. Max Terán Valls

Debido a Objeción al cartel presentada, se les comunica a los interesados a participar en el presente concurso, que la última versión del cartel se encuentra a disposición en el Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Max Terán Valls, Puerto Quepos, situada de la esquina noreste del parqueo para vehículos de funcionarios 50 metros al norte, parte posterior de las instalaciones del Hospital.

El pliego cartelario con las especificaciones técnicas y formularios respectivos pueden ser retirados en forma digital por el oferente interesado en participar, a través de los siguientes medios:

A través de nuestra página Web http://portal.ccss.sa.cr/portal/page/portal/Portal/Licitaciones/UP-2308.

En nuestras oficinas administrativas de la Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Área de Gestión de Bienes y Servicios, cita en el Centro Hospitalario Hospital Dr. Max Terán Valls / Caja Costarricense de Seguro Social, ubicado 300 metros de la pista de aterrizaje de La Managua, distrito Quepos, cantón Quepos, provincia Puntarenas.

El cartel está constituido por las Condiciones y Especificaciones Técnicas y Sistema de Evaluación.

Es responsabilidad de quien adquiere el cartel, mediante fotocopiado del mismo, en nuestras oficinas administrativas, verificar que el mismo se le entrega completo. El costo por hoja es de ¢20.00 (veinte colones con 00/100).

La fecha y hora de apertura de ofertas permanecen invariables para el viernes 26 de mayo del 2017 al ser las 13:00 horas con 00 minutos.

Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Edith Priscilla Villalobos Arias, Coordinadora a. í.—1 vez.—( IN2017135693 ).

HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.

OFICINA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACION ABREVIADA 2017LA-000004-2307

Recolección de desechos bioinfecciosos

Comunica a los interesados en el concurso en mención que se procede a publicar aclaraciones y modificaciones al cartel, solicitadas por un proveedor; las cuales se encuentran disponibles en la página web de la CCSS, en el link:

http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2307&tipo=LA

Además pueden ser solicitadas a los siguientes correos electrónicos: driverar@ccss.sa.cr; craguilar@ccss.sa.cr

Las demás condiciones permanecen sin variación.

Lic. Cristian Aguilar Quesada.—1 vez.—( IN2017135924 ).

HOSPITAL DR. RAFAEL Á. CALDERÓN GUARDIA

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000017-2101

Alquiler de equipos CPAP y Bipap para pacientes

con Apnea Obstructiva del Sueño

Se informa a los interesados en participar en la Licitación Abreviada 2017LA-000017-2101, por concepto de alquiler de equipos CPAP y Bipap para pacientes con Apnea Obstructiva del Sueño lo siguiente:

1.  Que la fecha para la recepción de ofertas se traslada para el 14 de junio de 2017, a las 10:00 a. m.

La demás condiciones permanecen invariables.

San José, 18 de mayo del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Diana Rojas Jiménez, Coordinadora a. í.— 1 vez.—( IN2017136082 ).

HOSPITAL MÉXICO

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000025-2104

(Aviso N° 01 Prórroga)

Por la adquisición de Reactivos de Identificación y Cuantificación Población de Linfocitos T Cooperadores T4, C4, C8, C3. Se comunica a los interesados en participar que se ha prorrogado la fecha de apertura hasta nuevo aviso. En caso de que se realicen modificaciones se les comunicará por este medio. Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.

San José, 18 de mayo de 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.— 1 vez.—O.C. N° 70.—Solicitud N° 84734.—( IN2017136236 ).

 

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GUATUSO

La Municipalidad de Guatuso anuncia el Reglamento de Gastos de Alimentación, Hospedaje y de Transporte para Regidores y Síndicos de la Municipalidad de Guatuso tomado en el artículo VIII, acuerdo 6, inciso o), de sesión ordinaria N° 14-2017, de fecha 04/04/17, y que textualmente dice:

Artículo 1º—El presente Reglamento establece las disposiciones a que deberán someterse los Regidores y Síndicos de la Municipalidad de Guatuso para el reconocimiento de los gastos en que incurran, por concepto de transporte, alimentación y hospedaje.

Artículo 2º—El reconocimiento de dichas erogaciones procederá cuando el Regidor o Síndico tengan que desplazarse a asistir a sesiones municipales y cubra una distancia a partir de los 10 kilómetros dentro y fuera del Cantón.

Artículo 3º—Los gastos a los que se refiere este Reglamento únicamente serán cubiertos a aquellos Regidores y Síndicos siempre y cuando estuvieran presentes todo el tiempo que dure la sesión.

Artículo 4º—Las sumas a pagar por concepto de gastos alimentación, transporte y hospedaje a los Regidores y Síndicos se regirán de acuerdo a los que se establece en el Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos emitido y aprobado por la Contraloría General de la República.

Artículo 5º—Corresponderá al Alcalde de la Municipalidad de Guatuso autorizar los gastos de alimentación, transporte y hospedaje de los Regidores y Síndicos.

Artículo 6º—La liquidación de gastos de transporte alimentación y hospedaje deberá hacerse detalladamente en formularios que para tal efecto establezca la Administración.

Artículo 7º—En el caso de pago de transporte a Regidores y Síndicos, se pagará de acuerdo a la tarifa aprobada por la ARESEP para el servicio de buses.

Artículo 8º—En caso que el servicio de transporte público no se brindará en el horario en el que lo miembros del Concejo Municipal tengan la entrada o salida de la sesión, se podrá cancelar taxi, y si dos o más miembros pueden viajar por una misma ruta únicamente se pagará un servicio de taxi.

Artículo 9º—En caso que el transporte sea propio se podrá cancelar el transporte de acuerdo al Zonaje y Kilometraje publicado por la Contraloría General de la República.

Artículo 10.—La información consignada en la liquidación de gastos de viaje y de transporte tiene el carácter de declaración jurada; o sea, de que ésta es una relación cierta de los gastos incurridos en la atención de asuntos Municipales.

Artículo 11.—Ante las lagunas que se presenten en la aplicación de este Reglamento, se aplicará supletoriamente el Reglamento de Viajes y de Transportes para funcionarios públicos de la Contraloría General de la República.

Licda. Ilse Gutiérrez Sánchez, Alcaldesa Municipal.— 1 vez.—( IN2017134209 ).

REMATES

AVISOS

FIDUCIARIA ROHRMOSER C.R. S. A.

Fiduciaria Rohrmoser C.R. S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta mil novecientos veintinueve, en calidad de fiduciario del Fideicomiso macro de garantía denominado “Árbol de Teka Costa Azul S. A.-Concepción / Fiduciaria Rohrmoser S. A. / Dos Mil Catorce, en adelante identificado como el “Fideicomiso”, procederá a subastar los bienes que se encuentran fideicometidos en el Fideicomiso, descrito a continuación, en una primera subasta a las quince horas del día diecinueve de junio del año dos mil diecisiete si fuera necesaria una segunda subasta esta será a las quince horas del día seis de julio del año dos mil diecisiete y si fuera necesaria una tercera subasta ésta será a las quince horas del día veinticuatro de julio del año dos mil diecisiete. Todas las subastas se celebrarán en San José, Escazú, San Rafael, Oficentro Corporativo El Cedral, Torre Uno, quinto piso, oficinas EY / Integra. Fincas del Partido de Puntarenas, con matrícula número: i-) ciento noventa y nueve mil trescientos noventa y seis-cero cero cero, la cual se describe así: naturaleza: terreno de potrero; situada en el distrito octavo Barranca, cantón primero Puntarenas, de la Provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con Constructora Murillo S. A.; al sur, con Constructora Murillo S. A. y Jorge Ramírez Rojas; al este, con Jorge Ramírez Rojas; y al oeste, con servidumbre agrícola; medida: cinco mil veintiún metros cuadrados; plano catastrado número P-un millón setecientos veintiún mil doscientos veinte-dos mil catorce, libre de anotaciones, pero soportando los gravámenes servidumbre de acueducto y servidumbre de paso que indica el Registro Nacional al día de hoy; en adelante identificada como la “Finca Fideicometida Uno”. El precio base de la Finca Fideicometida Uno, para la primera subasta es de cincuenta y dos mil trescientos treinta y tres dólares con treinta y tres centavos de dólar, moneda de los Estados Unidos de América (USD $52.333,33); para la segunda subasta será un 75% del precio base para la primera subasta; y para la tercera subasta un 25% del precio de la primera subasta; ii-) ciento noventa y nueve mil trescientos noventa y siete-cero cero cero, la cual se describe así: naturaleza: terreno de potrero; situada en el distrito octavo Barranca, cantón primero Puntarenas, de la Provincia de Puntarenas; linderos: al norte con Constructora Murillo S.A.; al sur con Constructora Murillo S.A.; al este con Jorge Ramírez Rojas; y al oeste con servidumbre agrícola; medida: cinco mil treinta y cinco metros cuadrados; plano catastrado número: P-un millón setecientos veintiún mil doscientos veintiuno-dos mil catorce, libre de anotaciones, pero soportando los gravámenes servidumbre de acueducto y servidumbre de paso que indica el Registro Nacional al día de hoy; en adelante identificada como la “Finca Fideicometida Dos”. El precio base de la Finca Fideicometida Dos para la primera subasta es de cincuenta y dos mil trescientos treinta y tres dólares con treinta y tres centavos de dólar, moneda de los Estados Unidos de América (USD. $52.333,33); para la segunda subasta será un 75% del precio base para la primera subasta; y para la tercera subasta un 25% del precio de la primera subasta; y iii-) ciento cuarenta mil cincuenta y dos-cero cero cero, la cual se describe así: naturaleza: terreno para construir; situada en el distrito octavo Barranca, cantón primero Puntarenas, de la Provincia de Puntarenas. Linderos: al norte, con MOPRO ORG S. A.; al sur con MOPRO ORG S.A.; al este con calle pública con un frente de cuarenta metros lineales; y al oeste con Construcción Murillo S. A., medida: diez mil seiscientos cincuenta y cinco metros con ochenta y un decímetros cuadrados-plano catastrado número: P-novecientos noventa y un mil trescientos uno-dos mil cinco, libre de anotaciones, pero soportando el gravamen servidumbre de acueducto que indica el Registro Nacional al día de hoy; en adelante identificada como la “Finca Fideicometida Tres”. El precio base de la Finca Fideicometida Tres para la primera subasta es de cincuenta y dos mil trescientos treinta y tres dólares con treinta y tres centavos de dólar, moneda de los Estados Unidos de América (USD $52.333,33); para la segunda subasta será un 75% del precio base para la primera subasta; y para la tercera subasta un 25% del precio de la primera subasta. Queda entendido que para que una oferta sea válida, el oferente deberá entregarle al Fiduciario, según corresponda, un quince por ciento del precio base en primera y segunda subasta, y un 100% del precio base para la tercera subasta. Dicho monto deberá ser entregado al Fiduciario, mediante cheque certificado, a la orden del Fiduciario, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario, además debe señalar medio para atender notificaciones. Si en el acto del remate el oferente no paga la totalidad de lo ofrecido al Fiduciario, deberá depositar, dentro del tercer día, salvo que los Fideicomisarios Principales autoricen un plazo mayor, el precio total de su oferta, mediante cheque de gerencia, o cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. Si el mejor oferente no paga la totalidad del precio dentro del plazo señalado, el remate se tendrá por insubsistente, en consecuencia, el quince por ciento del depósito se entregará a los ejecutantes como indemnización fija de daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento, y el resto en abono al crédito de los Fideicomisarios Principales, previa deducción de los gastos, tributos, honorarios y cualquier otro gasto que haya causado el presente Fideicomiso. Se deja constancia que una vez que la Finca Fideicometida Uno, la Finca Fideicometida Dos y la FINCA Fideicometida Tres antes descritas hayan sido adjudicadas y/o vendidas, y que dichas adjudicaciones y/o ventas se declaren firmes, se haya pagado la totalidad del precio de venta y/o adjudicación producto del proceso de ejecución y no existan sumas adeudadas al Fiduciario que hayan sido generadas por la administración, gestión o ejecución del presente Fideicomiso; el Fiduciario comparecerá ante Notario Público de su elección a otorgar escritura pública correspondiente al traspaso de la Finca Fideicometida Uno, la Finca Fideicometida Dos y la Finca Fideicometida Tres a favor del comprador y/o adjudicatario correspondiente, producto del proceso de ejecución del Fideicomiso. Lo anterior, en virtud de que el Fiduciario debe velar porque la Finca Fideicometida Uno, la Finca Fideicometida Dos y la Finca Fideicometida Tres se liberen y liquiden en su totalidad, cumpliéndose con la finalidad para la cual fue creado el Fideicomiso. El adjudicatario y/o comprador deberá asumir de forma completa, el pago de los honorarios y gastos legales del Notario Público elegido por el Fiduciario para efectuar el traspaso indicado y para que el Notario Público pueda presentar el testimonio de la escritura pública de traspaso ante el Registro Nacional en un plazo improrrogable de ocho días naturales contados a partir de la firma de la escritura pública. Se deja constancia que en cualquier momento antes de realizarse las subastas aquí referidas, se podrá cancelar la totalidad de las sumas adeudadas al amparo del Crédito Garantizado y todos los honorarios, tributos. Seguros y demás gastos causados por el Fideicomiso, caso en el cual se suspenderá el proceso de venta.— Mauricio Zamora Jiménez.—1 vez.—( IN2017136243 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

El Banco Nacional de Costa Rica, Oficina San Pedro, provincia de San José, avisa a las siguientes personas que tienen pendiente su retiro de bienes en Custodia por Cajitas de Seguridad abiertas por incumplimiento de contrato:

 

Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

Para mayor información puede comunicarse a los teléfonos 2246-1000 o 2246-1034, Sucursal San Pedro, María Fernanda Ulloa Rodríguez.

La Uruca, 08 de mayo de 2017.—Alejandra Trejos Céspedes, Proveeduría General.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 83851.—( IN2017133210 ).

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ORI-1716-2017.—Alvarado Elizondo Óscar Alberto, costarricense, 1-0506-0760, ha solicitado reposición de los títulos de Título Profesional de Doctor en Cirugía Dental y Grado Académico de Licenciado en Odontología. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, dieciocho de abril del dos mil diecisiete.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2017132794 ).

PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A José Ramon Gómez Gutiérrez, persona menor de edad Kimberly Gómez Balladares se le (s) comunica la resolución de las nueve horas del veintisiete de marzo de dos mil diecisiete, donde se resuelve 1-  Dar por iniciado el proceso especial de protección y dictar medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad en el hogar de su hermana materna, asimismo s ele notifica la resolución de las ocho horas del veintisiete de abril de dos mil diecisiete donde se revoca dicha medida y se devuelve la menor a su progenitora. Notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido Expediente OLPV-000078-2.—Oficina Local de Pavas.—Luanis Pons Rodríguez, Abogado.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° .—( IN2017132868 ).

A Kenia Glasgow Alonso, persona menor de edad Changly Michel Glasgow, se le comunica la resolución de las once horas del veintisiete de abril de dos mil diecisiete, donde se resuelve 1- Dar por iniciado el proceso especial de protección y dictar medida de cuido temporal a favor de la persona menor de edad quien permanecerá en el domicilio de los señores Nuria Quirós Vargas y Carlos Padilla Chow, notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones en el caso de no hacerlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente: OLPV-00137-2017.—Oficina Local de Pavas.—Licda. Luanis Pons Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000023.—( IN2017132869 ).

A: Larry Armando Corea Caldera se le comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de Grecia de las nueve horas del doce de abril del año en curso, en la que se resuelve: I.-Dar inicio al Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa. II-Se les ordena a los señores, Angie Arlette Bustos Brenes y Luis Alfredo Valle en su calidad de progenitores de las personas menores de edad Nikson Zair Corea Bustos, Kenyi María Valle Bustos, Jeyrel Enmanuel, Keyler Miguel ambos de apellidos Bustos Brenes, que deben someterse a orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará el área de psicología de esta Oficina Local en el tiempo y forma que se le indique. Para lo cual, se les dice que deben cooperar con la Atención Institucional, lo que implica asistir a las citas que se les brinde así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. III-Se le ordena a los señores Angie Arlette Bustos Brenes y Luis Alfredo Valle, abstenerse de inmediato de realizar cualquier acción, omisión, manifestación o hechos que tiendan a violentar los derechos de sus hijos menores de edad Nikson Zair Corea Bustos, Kenyi María Valle Bustos, Jeyrel Enmanuel, Keyler Miguel ambos de apellidos Bustos Brenes, de situaciones que arriesguen o dañen la integridad física o psicológica de las personas menores de edad, en especial se les ordena el cese de cualquier conducta negligente en el cuidado protección y supervisión de sus hijos. También se les ordena que deben procurar la asistencia regular y el aprovechamiento escolar de sus hijos. VII-Brindar atención psicológica a las personas menores de edad en mención por la afectación emocional que han sufrido por haber presenciado la muerte de su hermano. VIII-La presente medida vence el doce de octubre del año dos mil diecisiete, plazo dentro del cual deberá resolverse la situación de las personas menor de edad. X-Se ordena al área de psicología de esta oficina local realizar una investigación ampliada de los hechos, en un plazo máximo de 25 días naturales. En contra de lo ordenado se podrá interponer recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras, así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Exp. OLGR-00019-2017.—Oficina Local de Grecia, 25 de abril del 2017.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000023.—( IN2017132870 ).

OFICINA LOCAL DE NARANJO

A Luis Gerardo Molina Abarca, se le comunica la resolución de las 12:00 horas del 21 de abril del año 2017, que ordenó el Inicio del Proceso Especial de Protección en beneficio de su hija Liseth Vanessa Molina Rodríguez. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLNA-00087-2014.—Naranjo, 21 de abril de 2017.—Licda. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento Administrativo.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000023.—( IN2017132871 ).

A Polencio Michel Padilla. Persona menor de edad Changly Michel Glasgow, se le comunica la resolución de las once horas del veintisiete de abril de dos mil diecisiete, donde se resuelve 1- Dar por iniciado el proceso especial de protección y dictar medida de cuido temporal a favor de la persona menor de edad quien permanecerá en el domicilio de los señores Nuria Quirós Vargas y Carlos Padilla Chow. Notificaciones: se le previene a la parte señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantía de defensa: se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la oficina local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas posteriores a la notificación resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido.— Expediente: OLPV-00137-2017.—Oficina Local Pavas.—Licda. Luanis Pons Rodríguez, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000023.—( IN2017132873 ).

Al señor Ronny Danilo López González, se les comunica que por resolución de las once horas con treinta minutos del diecinueve de abril del dos mil diecisiete, que ordenó cuido provisional del niño Yeikob Kalet López Bellido en el hogar de la señora Mariana Bellido Vargas. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o el medio seleccionado fuere imputable a esta institución se interrumpiera la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación que deberán interponer ante esta representación legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente: OLHN-00077-2017.—Oficina Local de Heredia Norte.—Licda. Marcela Ramírez Ulate, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000023.—( IN2017132874 ).

Al señor Sánchez Arce Jairo Iván, se le comunica que por resolución de las ocho horas doce minutos del veintiséis de abril del año dos mil diecisiete se dio inicio al proceso especial de protección mediante el dictado de una medida de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Sánchez Quintero Danna y se les concede audiencia a las partes para que se refieran a la Boleta de Valoración de Primera Instancia extendido por la licenciada en trabajo social Yancy Mora Bran. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Ciudad Cortes, Cinco Esquinas, 75 metros norte de la pulpería 5 Esquinas, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por este medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 del Código del a Niñez y la Adolescencia). Expediente: OLOS-00092-2017.—Oficina Local de Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Representante Legal.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000023.—( IN2017132875 ).

A la señora Yahaira Del Socorro Castellón Montiel, mayor, nicaragüense y demás calidades desconocidas por esta oficina local se le comunica la resolución de las diez horas del dieciocho de abril de dos mil diecisiete que ordenó el inicio al Proceso Especial de Protección en sede administrativa y dictó cuido provisional a favor de la persona menor de edad Freddy Castellon Montiel ubicándolo en el hogar de la señora Olivia del Socorro Rizo Lechado donde usted lo ubicó de hecho,  por el plazo de seis meses prorrogables judicialmente, remitiendo el expediente administrativo al Área Psicosocial de esta oficina local para que le brinden el seguimiento respectivo y realicen investigación ampliada en un plazo de veinticinco días. Además les confiere audiencia para que presente los alegatos y sea escuchada en el proceso, así como su posibilidad de aportar la prueba que considere oportuna en este proceso. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten cualquier oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas por edicto al desconocer su domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a quienes se les advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución inicial descrita procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente N° OLHN-00097-2017.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernandez Issa El Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000023.—( IN2017132876 ).

A los señores Ana Yerceth Madrigal Zúñiga e Yldenis Gerardo Monge Marín, se le comunica resolución de las catorce horas con cincuenta y siete minutos de abril del dos mil diecisiete, en donde se dio inicio del proceso especial de protección en sede administrativa a favor de las personas menores de edad Juan Esteban Madrigal Zúñiga y Susana Rachel Monge Madrigal y se le concede audiencia a las partes para que se refieran al informe social extendido por la Lic. Angelica Barrientos Méndez. Por negligencia de la autoridad parental en contra de la persona menor de edad por parte de la progenitora. Notifíquese: se le advierte a las partes interesadas que deben señalar lugar conocido para recibir notificaciones dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta oficina local, 300 metros sur de la Clínica de Salud, instalaciones de ARADIKES, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio en el entendido que de no hacerlo o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente resolución procede recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de esta institución el cual deberá interponer ante esta representación legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible (artículo 139 Código de la Niñez y Adolescencia).—Expediente OLBA-00029-2017.—Oficina Local de Buenos Aires.—Licda. Heilyn Mena Gómez, Representante Legal.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000023.—( IN2017132877 ).

A la señora Evelyn Susana Mora Acosta, de otras calidades y domicilio ignorados; se le comunica la resolución de las 09:00 horas del 03 de mayo del año 2017, en la que se ordena el inicio del proceso especial de protección y la medida de protección de cuido provisional en hogar sustituto. Notificaciones. Se les previene a las partes señalar casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en caso de no hacerlo, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Garantia de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente Administrativo: OLNI-00113-2014.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000023.—( IN2017132878 ).

A quien interese se le comunica resolución del veintiséis de abril del dos mil diecisiete, que declaró el estado de abandono en sede administrativa de la persona menor de edad Yerlyn Maykelyn Reyes Ortiz. Se cita y emplaza a todas las personas que tuvieren interés para que se apersonen a la oficina local de Buenos Aires, a quienes se les advierte que deben señalar lugar conocido para recibir notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta oficina local, 300 metros sur de la Clínica de Salud, instalaciones de Aradikes, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal y el de apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente OLBA-00145-2016.—Oficina Local de Buenos Aires.—Licda. Heilyn Mena Gómez, Órgano Director del Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000023.—( IN2017132879 ).

A la señora Maribel Urbina Vivas, de otras calidades y domicilio ignorados; se le comunica la resolución de modificación de medida de protección de abrigo temporal en cuanto a ubicación de las 14:00 horas del 13 de diciembre del año 2017 a favor de la persona menor de edad Yosmary Urbina Vivas. Notifíquese: Se hace saber a las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden ofrecer además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta. Expediente Administrativo N° OLP0-00073-2014.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000023.—( IN2017132880 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de Bonilla Borbón Gonzalo, los descendientes desean traspasar el derecho, además desean incluir beneficiarios indicándose así:

Arrendatario:     Jorge Manuel Bonilla Salas,

cédula 04-01000-0599.

Beneficiarios:    Rosa María Bonilla Salas,

cédula 04-0089-0261.

Gonzalo Bonilla Salas,

cédula 04-0092-0247.

Lote N°102 Bloque H, medida 9 metros cuadrados para 6 nichos, solicitud 359, recibo 65102, inscrito en folio 09, libro 2. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 30 de abril de 2017. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la Oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.— 1 vez.—( IN2017134388 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

LINFA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de la empresa Linfa Sociedad Anónima, a una asamblea general extraordinaria el día veintiséis de junio del dos mil diecisiete, en las oficinas de Sauma Asociados situada en San Rafael de Santa Ana, a las diez horas en primera convocatoria, ya las once horas en segunda convocatoria para tratar los asuntos siguientes. Reforma a la cláusula de la representación de la sociedad revocatoria, Eliminación del puesto de vicepresidente, y nombramientos de tesorero y fiscal.—San José, diecisiete de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Abogado.—1 vez.—( IN2017135930 ).

YEE ESTRADA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de la empresa Yee Estrada Sociedad Anónima, a una asamblea general extraordinaria el día veintiséis de junio del dos mil diecisiete, en las oficinas de Sauma Asociados situada en San Rafael de Santa Ana, a las ocho horas en primera convocatoria, y a las nueve horas en segunda convocatoria para tratar los asuntos siguientes. Reforma a la cláusula de la representación de la sociedad revocatoria y nombramiento en el cargo de Presidente, eliminación del puesto de vicepresidente, creación del cargo de tesorero, y nombramientos de presidente, tesorero y fiscal.—San José, diecisiete de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Abogado.—1 vez.—( IN2017135931 ).

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE CRIADORES

DE CABALLOS DE PURA RAZA ESPAÑOLA

El suscrito, Huber André Garnier Kruse, mayor de edad, casado en segundas nupcias, empresario, vecino de Pozos de Santa Ana de San José, portador de la cédula de identidad costarricense número uno-cero cuatrocientos dieciséis-mil trescientos cuarenta y cuatro, en mi calidad de Presidente de la Asociación Costarricense de Criadores de Caballos de Pura Raza Española, con cédula de persona jurídica número tres-cero cero dos-cero cincuenta y seis mil novecientos noventa y seis, y de conformidad con los estatutos, por este medio se convoca a asamblea general ordinaria de asociados para conocer lo siguiente:

a) Informe de Presidencia.

b) Informe Fiscal.

c) Informe Tesorería.

d) Presupuesto Anual.

A celebrarse en las oficinas de la asociación, ubicadas en el Centro Corporativo Lindora, 3er piso, el día 20 de junio del 2017 a las 18:00 horas en primera convocatoria y a las 19:00 horas, del mismo día, en segunda convocatoria. Se considerará constituida en primera convocatoria cuando concurran la mitad más uno de los asociados. De no presentarse el mínimo indicado se reunirá en segunda convocatoria una hora después, con el número de miembros presentes, que en ningún caso podrá ser menor a los puestos elegibles en los órganos de la asociación.—San José, 16 de mayo del 2017.—Huber André Garnier Kruse, Presidente.—1 vez.—( IN2017135991 ).

ASOCIACIÓN COSTARRICENSE DE CRIADORES

DE CABALLOS DE PURA RAZA ESPAÑOLA

El suscrito, Huber André Garnier Kruse, mayor de edad, casado en segundas nupcias, empresario, vecino de Pozos de Santa Ana de San José, portador de la cédula de identidad costarricense número uno- cero cuatrocientos dieciséis-mil trescientos cuarenta y cuatro, en mi calidad de presidente de la Asociación Costarricense de Criadores de Caballos de Pura Raza Española, con cédula de persona jurídica número tres- cero cero dos- cero cincuenta y seis mil novecientos noventa y seis, y de conformidad con los estatutos, por este medio se convoca a asamblea general extraordinaria de asociados para conocer lo siguiente:

a   Modificación del Estatuto del artículo cuarenta:

Duración y Vacancia. La duración del mandato de la Junta Directiva será de dos años, pudiendo ser reelegidos la mitad de sus miembros del primero de junio, al treinta y uno de mayo, por un periodo de dos años. Si por alguna razón se produjese la vacante de uno de los puestos de la Junta Directiva, los restantes miembros podrán designar, de manera directa, o bien, a propuesta de los asociados mediante Asamblea Extraordinaria, para su sustitución por el periodo que restase de mandato debiendo ratificarse tal nombramiento en la siguiente Asamblea General que se celebre.

b. Modificación del Estatuto artículo cuatro:

Domicilio. La Asociación establece su domicilio social en la Provincia de San José, Cantón Santa Ana, Distrito de Pozos, 150 metros oeste de Momentum Lindora, Centro Corporativo Lindora, 3er piso, oficinas de Garnier & Garnier, pudiendo, por acuerdo de la Junta Directiva, trasladarse dentro de la propia provincia y crearse las sucursales, agencias y delegaciones que se estimen convenientes.

A celebrarse en las oficinas de la asociación ubicada en Centro Corporativo Lindora, 3er piso, el día 20 de junio del 2017 a las 20:00 horas en primera convocatoria y las 20:30 horas, del mismo día, en segunda convocatoria.

Se considerará constituida en primera convocatoria cuando concurran la mitad más uno de los asociados. De no presentarse el mínimo indicado se reunirá en segunda convocatoria una hora después, con el número de miembros presentes, que en ningún caso podrá ser menor a los puestos elegibles en los órganos de la Asociación.—San José, 16 de mayo 2017.—Huber André Garnier Kruse, Presidente.—1 vez.—( IN2017135992 ).

AG LEGAL HOLDING S. A.

Se convoca a todos los accionistas, a asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en el domicilio social de la sociedad a celebrarse a las 9 horas del 12 de junio del 2017, la primera convocatoria y una segunda convocatoria a las 10 horas del mismo día.

Agenda:

1.  Informe de administración

2.  Aprobación o improbación de estados financieros, años 2013, 2014 y 2015.

3.  Revocación del puesto de fiscal y nombramiento.

4.  Modificación de Cláusula 5 del capital social y aumento de capital.

5.  Reporte de movimientos de inversiones y aprobación o improbación de los mismos.

Junta Directiva.—Lic. Eduardo Araya Vega, Presidente.— 1 vez.—( IN2017136189 ).

ASOCIACIÓN HOGAR DE ANCIANOS SAN VICENTE

DE PAÚL DE SAN CARLOS

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA N° LVII

La Asociación Hogar de Ancianos San Vicente de Paúl de San Carlos, convoca Al a asamblea general ordinaria que celebraremos el sábado 17 de junio del 2017, la cual se realizará a partir de la 1:00 p. m. en primera convocatoria, o en segunda convocatoria a partir de la 2:00 p. m.; la misma se llevará a cabo en el rancho los abuelos en nuestras instalaciones.

AGENDA ASAMBLEA ORDINARIA N° LVII (57)

1. Actos Protocolarios: Ingreso del Pabellón Nacional y Estandarte de la Asociación, Himno Nacional e Invocación.

2.  Comprobación del quórum.

3.  Informe de gerencia.

4.  Ratificación del plan de trabajo y presupuesto 2017.

5.  Informe de junta directiva.

6.  Informe de contable.

7.  Informe de finca.

8.  Informe de fiscalía.

9.  Elección de junta directiva y fiscalía.

10.  Mociones de los asociados.

11.  Clausura.

12.  Refrigerio.

En caso de no haber quórum en la primera convocatoria la Asamblea se celebrará en segunda convocatoria con los asociados que permite la ley. Esperamos contar con su honorable asistencia.—Luz María Arias Zeledón, Secretaria de Junta Directiva.—1 vez.—( IN2017136231 ).

CERÁMICA POÁS SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a una asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Cerámica Poás S. A., cédula jurídica número 3-101-012263 que se celebrará en el domicilio social de la compañía sito en San José, calle 21, entre avenidas 2 y 6, número 246, el día 18 de julio del año 2017, a las 09:00 horas en primera convocatoria, y las 10:00 horas en segunda convocatoria. En virtud de la segunda convocatoria se formará quórum con cualquier número de accionistas presentes y los acuerdos se tomarán en firme por simple mayoría. La agenda es la siguiente: 1. Establecimiento del quórum. 2. Discutir y aprobar o improbar el informe sobre los resultados del ejercicio anual de los periodos 2014-2015 y 2015-2016, que presenten los administradores y tomar sobre él las medidas que juzgue oportunas. 3. Autorizar la destrucción y confección de nuevas acciones. 4. Autorizar la venta de la finca propiedad de la empresa inscrita en el Sistema Mecanizado de Folio Real, Provincia de San José, matrícula ciento sesenta y nueve mil treinta y siete-cero cero cero. 5. Cualquier otro asunto de carácter ordinario y/o extraordinario que sometan los accionistas.—San José, 16 de mayo del 2017.—Patricia María Monge Rodríguez, Presidenta.—( IN2017136232 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

TORTILLERÍA Y CAFÉ GELE

Se hace saber que Luis Diego Araya Pochet ha transferido el nombre comercial, logotipo, así como el establecimiento comercial denominado Tortillería y Café Gele, ubicados en San José, avenida primera veinticinco metros este, del correo; en Barrio Luján contiguo al PANI y en Cartago; ciento veinticinco metros este, del BCR, a favor de la sociedad denominada Tortillería y Café Gele Sociedad Anónima. Se cita a los acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación, a hacer valer sus derechos.—San José, 6 de marzo del 2017.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017132929 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

HOTEL Y CLUB PUNTA LEONA S. A.

Para efectos del Artículo 689 del Código de Comercio, el Hotel y Club Punta Leona S. A., hace saber a quién interese, que por haberse extraviado al propietario, repondrá las acciones No. 101-150 Serie C a nombre de Dr Esquerdo Cincuenta y Cuatro Limitada cédula de persona jurídica N° 3-102-644055. Cualquier persona interesada al respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso.—San José, 09 de mayo de 2017.—Rolando Cordero Vega, Responsable.—( IN2017133386 ).

HOTEL CORTÉZ AZUL

Se transmite, ante esta notaría, por causa onerosa el establecimiento comercial denominado Hotel Cortéz Azul, situado en Alajuela; cincuenta metros oeste, de Zapatería Best Brands. Se cita a los eventuales acreedores e interesados para que en el término de quince días se presenten a dicho establecimiento a hacer valer sus eventuales derechos. Es todo.—Alajuela, nueve de mayo del mil diecisiete.—Lic. Roy Solís Calvo.—( IN2017133416 ).

UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO

La Universidad Florencio del Castillo solicita reposición del título por extravío del original de la estudiante Adelaida Calderón Campos, cédula de identidad nueve-cero ochenta-doscientos veintidós, quien opto por el título de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II ciclo. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago, al ser las ocho horas del cinco de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Cristian Chinchilla Monge, Rector.—( IN2017133428 ).

Se pone en conocimiento y se emplaza a los interesados para los efectos legales respectivos sobre la transferencia de los nombres comerciales: a)- ArenaTrek número de registro uno siete cuatro cuatro cuatro uno y b)- Power Jump número de registro uno siete cuatro cuatro cinco dos y la señal de propaganda: Mil Kilos Menos número de registro dos uno uno nueve ocho ocho, que se utilizan en el establecimiento mercantil destinado a gimnasio para acondicionamiento físico denominado ArenaTrek y que se ubica en San José, Escazú, Guachipelín, San Rafael, en las instalaciones de la antigua Fábrica Paco, frente a la Farmacia Fischel, los cuales fueron vendidos como parte de los bienes intangibles de ese establecimiento mercantil por la empresa Arena Treq S. A. a favor de la compañía Koinonía Unlimited S. A., mediante escritura número ciento dieciocho otorgada a las diez horas del veinticuatro de diciembre del año 2016, ante la notaria: Licda. Marianela Moya Rojas.—San José, 10 de mayo del 2017.—Licda. Marianela Moya Rojas, Notaria.—( IN2017134058 ).

CONDOMINIO VERTICAL COMERCIAL

PLAZA TAMARINDO

Felipe Beeche Pozuelo, 106020174, presidente de Plaza Tamarindo Local Quince Monstera Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-386659, dueña del inmueble 5-51339-000, local 15 del Condominio Vertical Comercial Plaza Tamarindo, cédula jurídica N° 3-109-442974, Matriz 5-2274-M-000, solicita ante el Registro Inmobiliario Departamento de Propiedad Horizontal, la reposición del Libro de Asamblea de Propietarios del Condominio Vertical Comercial Plaza Tamarindo. Publicar 3 días.—San José, nueve de mayo, dos mil diecisiete.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Presidente.—( IN2017134145 ).

UNIVERSIDAD CASTRO CARAZO

El Departamento de Registro de la Universidad Castro Carazo, informa que se ha extraviado el título de Licenciatura en Derecho registrado en el control de emisiones de título tomo 1, folio 321, siento 6861 con fecha de Enero del 2007 a nombre Doris María Angiolette Sánchez Chaves, cédula número: tres cero dos seis uno cero ocho cero cero, se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José, 05 mayo de 2017.—Departamento de Registro.—Ing. Alejandra González López, Directora de Registro.—( IN2017134159 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

JOVI DE OROTINA S. A.

Para efectos del artículo 689 del Código de Comercio, Juan José León León, cédula seis-ciento cuarenta y uno-cero ochenta y nueve, solicita la reposición de diez acciones comunes y nominativas de un mil colones cada una enumeradas de uno a diez, que es dueño, en la sociedad Jovi De Orotina S. A., cédula jurídica N° 3-101-256461 por perdida de las mismas.—Orotina, dos de marzo del dos mil diecisiete.—Juan José León León.—( IN2017129705 ).

UNIVERSIDAD DE IBEROAMÉRICA-UNIBE

Ante la Coordinación del Departamento de Registro de esta Universidad, se ha presentado la solicitud de reposición del siguiente título: Licenciatura en Farmacia, emitido por la Universidad el 28 de julio del 2016 e inscrito en el libro de títulos de la Universidad al tomo 1, folio 291, N° 10, e inscrito en el CONESUP al código de la Universidad 20, asiento 125224, a nombre de María Alejandra Arias Matamoros. Se solicita la reposición del título indicado por extravió del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 10 de mayo del 2017.—Departamento de Registro.—Silvia Rojas Ledezma, Coordinadora.—( IN2017134429 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

CORPORACIÓN KARMA KPJM SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Kattia Pérez Jiménez, con cédula identidad número uno cero ochocientos setenta y tres cero seiscientos cincuenta, vecina de Tibás, Llorente, en su condición de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de Corporación Karma Kpjm Sociedad Anónima, domiciliada en San José, Tibás, La Florida, del Instituto Nacional de Electricidad, doscientos metros oeste en el comercial Plaza Tibás, Local número veinte contiguo a Banco Uno, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-treinta y cinco seis seis ocho nueve, sociedad inscrita en el Registro de Personas Jurídicas, Sección Digitalizada, tomo uno siete cuatro nueve, folio uno tres siete, asiento cero cero uno cinco ocho por este medio se hace saber del extravío del tomo primero del libro de Actas Asamblea de General. Publíquese una vez para efectos de reposición ante el Registro Público de la Propiedad. Es todo.—San José, once de mayo de dos mil diecisiete.—Kattia Pérez Jiménez, Presidenta.—1 vez.—( IN2017134210 ).

BIG CLEAR MAX TOWERS S. A.

De conformidad con el artículo catorce del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de sociedades mercantiles, se avisa que Big Clear Max Towers Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y ocho mil ochocientos setenta y cinco, procederá con la reposición por motivo de extravío de los libros legales de Actas de Asamblea de Socios, Registro de Socios, Actas del Consejo de Administración, Inventario y Balances, Mayor y Diario.—Dos de mayo del dos mil diecisiete.—Jonathan Naim Gómez.—1 vez.—( IN2017134215 ).

HENLEY CAPITAL (COSTA RICA) SOCIEDAD

DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Yo, Piero Daniel Di Capua Shaio, portador de la cédula de residencia de la República de Costa Rica, número uno uno siete cero cero cero dos cinco dos cuatro cero dos, en mi condición de gerente, con facultades de suficientes para este acto de la sociedad Henley Capital (Costa Rica) Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-trescientos mil tres seiscientos ochenta y seis, solicito al Departamento de Personas Jurídicas del Registro Nacional la reposición de los libros sociales de mi representada, sean el Libro de Registro de Accionistas y el Libro de Actas de Asamblea de Accionistas, debido a la renovación de los mismos. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional.—San José, dieciséis de marzo de dos mil diecisiete.—Piero Daniel Di Capua Shaio, Gerente.—1 vez.—( IN2017134275 ).

THE SOPHIS S. A.

Por extravío se ha iniciado el procedimiento de reposición de los libros de Junta Directiva, Asamblea General y Registro de Accionistas de la sociedad: The Sophis S. A. Oposiciones al fax número dos mil doscientos ochenta y tres-seiscientos cincuenta y nueve, dentro del término de cinco días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Publíquese una vez para efectos de llevar a cabo las diligencias que corresponden para reposición de libro.—San José, diez horas quince minutos del nueve de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Mauricio Andrés Álvarez Rosales, Notario.—1 vez.—( IN2017134323 ).

3-101-654432 S. A.

Por escritura número cincuenta y nueve-uno, otorgada a las once horas del diez de mayo de dos mil diecisiete, ante los notarios: Olman Eduardo Madrigal Acuña, David Arturo Campos Brenes y Soledad Bustos Chaves y de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del “Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles”, aprobado por la Junta Administrativa del Registro Nacional mediante Acuerdo firme J530, de la sesión ordinaria N° 49-2012, celebrada el 12 de diciembre del 2012; la sociedad 3-101-654432 S. A., cédula jurídica 3-101- 654432 solicita la reposición por extravío de los libros Legales: Actas de Asamblea General I y Libro de Actas de Junta Directiva I.—San José, diez de mayo de dos mil diecisiete.—Licda. Soledad Bustos Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017134336 ).

LAS MARAVILLAS DE DIOS

SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo Rosario Alvarado Chacón, portadora de la cédula de identidad número dos trescientos cincuenta y cuatro-setecientos setenta y dos, en mi condición de Personera de la entidad denominada Las Maravillas de Dios Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil trescientos cuarenta, inscrita en la Sección de Mercantil del Registro Público, de conformidad con la cédula jurídica antes citada. Hago constar que he iniciado la reposición de la totalidad de los libros contables y de actas número uno de esta sociedad, lo anterior en razón de extravío de los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Público Nacional, Sección de Mercantil, Área de Legalización de Libros, en el término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Alajuela, doce de mayo de dos mil diecisiete.—Rosario Alvarado Chacón.—1 vez.—( IN2017134383 ).

LA GAVINA DORADA SOCIEDAD ANÓNIMA

La Gavina Dorada Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-150368, que por haberse extraviado solicita la reposición de libro de Actas de Asamblea General de socios N° uno. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional.—San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Elizabeth Mora Arguedas, apoderada.—1 vez.—( IN2017134384 ).

ASOCIACIÓN DEPORTIVA LEÓN CORTÉS
DE CACHÍ PARAÍSO

La junta directiva de la Asociación Deportiva León Cortés de Cachí Paraíso, Cartago; comunica a todos los socios y ciudadanía en general que en asamblea ordinaria celebrada el veintiséis de marzo del dos mil dieciséis y registrada en el acta número cuarenta y dos se acordó la venta de la segregación de un lote de doscientos treinta metros cuadrados de la finca inscrita en el Registro Público de la Propiedad Inmueble, numero de plano catastrado C- cero ocho ocho cuatro seis siete uno-dos cero cero tres, de Folio Real número seis dos siete siete ocho- cero cero cero, situada en el distrito cuatro-Cachi cantón dos-Paraíso de la provincia de Cartago, finca ubicada en la zona catastrada al norte de Piedra Grande de Hacienda Cachí y mide en total seiscientos veintisiete metros cuadrados, libre de gravámenes y afectaciones.—Cartago, mayo dos mil diecisiete.—Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2017134755 ).

EL COLEGIO DE ABOGADOS
Y DE ABOGADAS DE COSTA RICA

Que la Junta Directiva, constituida en Consejo de Disciplina, sesión 44-2016, acuerdo 2016-44-074, le impuso al Lic. Edwin Rodrigo Masís Quirós, carné 11500, suspensión en el ejercicio de la profesión de abogacía por todo el tiempo que dure su privación de libertad. Rige a partir de su publicación. (Expediente administrativo 662-15).—Lic. Juan León Blanco, Fiscal.—1 vez.—( IN2017134827 ).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

LEVANTAMIENTO SUSPENDIDOS FEBRERO

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros, su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son colegiados activos a partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la sociedad costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.

Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta, Junta Directiva.— 1 vez.—( IN2017134920 ).

A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 06 de abril de 2017, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo: contactenos@colypro.com.

Nombre                                                                  Cédula

Achio Fuentes Magda                                      401260392

Acuña Acuña Edwin Gerardo                         109090711

Acuña Mesen Yesllin                                       602740087

Alfaro Ávila Karen                                           106390041

Alfaro Fernández Carol                                   109420700

Alvarado Brenes Josué Luiciano                   304710084

Amador Alvarado Marcela                              106640242

Angulo Mora Manuel Enrique                        114020849

Angulo Oses Yesenia                                       701210027

Arana Solís Xenia Patricia                              205610972

Araya Muñoz María Isabel                             502150996

Arce Alvarado Cinthya                                    112160618

Arce Víquez Juan Gabriel                               205940271

Arias Chaverri Lidilia                                      204060741

Arias Núñez María José                                   304690697

Arrieta Rivera Flor Inés                                   304460588

Artavia González Norma María                     104140726

Artavia Romero Mónica                                  108620448

Beita Blanco Heissel                                        109500425

Bolaños Marín Juan Carlos                             108440561

Brenes Solano Jonathan Jesús                        304350063

Bustamante Ho Nilsa                                       112190859

Cabal Antillón Ana Lucia                               104510835

Cabalceta Valerín Carlos Alonso                   502530023

Camacho Bolaños Lizeth                                 401800939

Camacho Rojas José David                             112240287

Camacho Sánchez Andrea María                   110760605

Castillo Leitón Karol Susana                          111640713

Castillo Venegas Rocío                                    112910169

Castro Altamirano Verónica Andrea             113860496

Castro Gross Andrea                                        110310401

Castro Gross Jimena                                         111710403

Castro Umaña Heidy                                       110230145

Cervantes Lazarus Randall Antonio             107260602

Chavarría González Maribell                          108440152

Chaves Delgado Nathalie                                113710932

Cordero Redondo Joan Javier                         304520627

Corrales Espinoza Carlos Guarberto             111850663

Díaz Badilla Cesar Augusto                           111020276

Díaz Jiménez Max                                            113570105

Duarte Barrantes Marilyn de los Ángeles    503580551

Espinoza Miranda Luis Antonio                    502770449

Flores Fuentes Jenny María                            110200537

Fonseca Arias María Rosa                              105860545

Foulkes Milliner Shahanna                             114700950

Garita Araya Álvaro Gerardo                         901040135

González Hernández Roberto                         114000088

Granados Montenegro Auxiliadora               303240881

Granados Serrano Jeison Alonso                   303760594

Guillen Jiménez Esteban Alejandro              113350749

Gutiérrez Robles Gerald Froilán                    113760711

Gutiérrez Rodríguez Rosario                          106390876

Guzmán Calderón Adrián Andrés                  304250702

Guzmán Hernández Ana Luisa                      105400370

Hernández Mateo Mónica                               110360916

Nombre                                                                  Cédula

Hernández Orjuela Eldy Consuelo             117001357201

Hernández Pérez Marcos Antonio                 503560804

Izaguirre Cedeño Lenin                                   111860436

Jiménez Boza Lilly                                          112050897

Jiménez Ruiz María Marcela                          206130663

Larios Flores Marvin Antonio                     155804009022

Leal Miranda Oscar Gerardo                          602290940

Lobo Rodríguez José Adolfo                          111710242

López Gamboa María Fernanda                    112860642

Madden Barrientos Rose Mary                       105490031

Madrigal Hidalgo Luis Eduardo                    104310055

Madrigal Lizano Ana Magally                       110680282

Marín Guillen Hugo                                         303740200

Masis Peraza Mauren Patricia                        108100355

Mata Zúñiga Ligia                                            303150778

Mena Leal Liza                                                 112050892

Mena Salazar Noilyn Adriana                        114500267

Méndez Brenes María Alejandra                   112910686

Méndez Ulloa Olga Martha                            104050381

Molina Oreamuno Gerardo                             109270278

Monge Badilla Karina                                      303100888

Montero Hernández Wendy Celina               111070607

Mora Araya Pamela                                          112410310

Mora Cascante Silvia                                       111970709

Mora Hernández Juan Carlos                          106540561

Morales Solís Bettania                                     111570529

Moreno Molina Diego Gerardo                     111020482

Moya Zúñiga Marianela                                  204670709

Muñoz Lizano Dalia Pamela                           114210823

Murillo Alvarado Keilyn Pamela                   112740097

Murillo Tzschoppe Lieselotte María             110010723

Nájera Cordero Julio Andrés                          110940782

Naranjo Cordero Lizbeth                                 602670974

Nieto Sarquís Andrea Del Carmen                109850720

Ortiz Cruz Gabriela                                          502950003

Ortiz Rodríguez Gabriela                                109690649

Ortiz Zamora Andrea                                       110850158

Ovares Fernández Randy                                 110910339

Padilla Bonilla Francisco                                 106470198

Palacios Bustos Karen Patricia                       503290256

Peñaloza Vargas José Ángel                        117000776019

Pereira Fuentes Alonso Guillermo                 304150793

Pérez Gómez Luis Alfonso                             302460677

Piedra Delgado Nahima                                   112580813

Pineda Brittez Zulema                                  160000003633

Pitti Valverde Martha María                           603600380

Porras Navarro Vinicio                                    109760479

Porras Solano Rigoberto                                  110240185

Poveda Peralta Mariel Marcela                      115130143

Quesada Largaespada Mairon Eduardo        503120866

Quirós Burgos Marta Luz                                105330234

Quirós Herrera Adriana                                   113230929

Ramírez Arroyo Maribel                                 110140631

Ramírez Méndez Hugo Alonso                      113010142

Ramírez Muñoz Roselyn María                     112310967

Ramírez Oviedo Luis Fernando                     603650672

Ríos Duarte Roger Humberto                         108230179

Rivera López Hazel Tatiana                            109580419

Rodríguez Chavarría María Ivania             155813941622

Rojas Altamirano Marjorie                             112610115

Rojas Gutiérrez Linda Darling                       112820514

Rojas Gutiérrez Surey Milagro                       702160628

Rosales Obando Jimmy                                   602560190

Ruiz González Álvaro Alexander                  602500707

Salas Marchena Karla Vanessa                      401900177

Sánchez Román Noilyn María                        109750554

Sánchez Sandoval Jaime Steven                    304520460

Schosinsky Valls Ilonka                                  107500245

Scott Cunninghan Lajoya Samarie                701490800

Sequeira Gómez Dyanna Karolina                603470618

Sequeira Rojas María Carolina                       113000610

Nombre                                                                  Cédula

Silva Hernández Ana Margarita                     601580190

Solís Rivera José Fabio                                    110220550

Solórzano Díaz Maricela                                 502890417

Ulloa Hernández Hazel                                    113550888

Umaña Campos Franklin Arturo                    113060090

Umaña Fonseca Yendry                                   603200194

Valerio Garita Carolina                                    113440881

Valverde Meléndez Nydia                               103390256

Varela Monge Rosaura                                    115210012

Varela Villalobos Yorleni                               602580103

Vargas Fernández Jossie Esteban                  113770441

Vargas Molina María Mercedes                     114970625

Vargas Portugués Natalia                                114760567

Vega Astúa Kendy Melania                            113650990

Viales Cabalceta Isabel 501990187

Villalobos Campos Harvey Hazel                  206720120

Villalobos Miranda Daniela María                113640075

Villalobos Pérez Alexander                            107910966

Villalobos Vásquez Oscar Ricardo                203770729

Villavicencio Mora Karen                               108440738

Villegas Cascante José Pablo                          503740311

Zúñiga Aguilar Marta Elena                           302870155

M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta, Junta Directiva.— 1 vez.—( IN2017134922 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura 237 del tomo 02, de las 14:30 del día 09 de mayo del 2017, se reformó la cláusula segunda de Préstamos e Inversiones AFSA Sociedad Anónima, de cédula jurídica N° 3-101-678310.—San José, 09 de mayo del 2017.—Lic. Andrés Antonio Bonilla Valdés, Notario.—1 vez.—( IN2017133875 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 12 horas 00 minutos del 20 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ola Azul Marketing Limitada.—San José, 20 de marzo del 2017.—Lic. Mario Andrés Rodríguez Obando, Notario.—1 vez.—CE2017003864.—( IN2017133937 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 16 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Emergentes de Oriente Sociedad Anónima.—San José, 20 de marzo del 2017.—Licda. Cinthya Rosella Hernández Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2017003865.—( IN2017133938 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 30 minutos del 02 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Hermanas González González M.C.G Sociedad Anónima.—San José, 20 de marzo del 2017.—Lic. Mauricio Montero Hernández, Notario.—1 vez.—CE2017003866.—( IN2017133939 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 30 minutos del 16 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Distriparts Sociedad Anónima.—San José, 20 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2017003867.—( IN2017133940 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 14 horas 40 minutos del 16 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Repuestos Alkosto Sociedad Anónima.—San José, 20 de marzo del 2017.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2017003868.—( IN2017133941 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 15 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada FC Dos Mil Quince Soluciones Sociedad Anónima.—San José, 20 de marzo del 2017.—Lic. Ballardo Avalos Sequeira, Notario.—1 vez.—CE2017003869.—( IN2017133942 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 30 de agosto del año 2016, se constituyó la sociedad denominada M.I.S Consultores de CR Sociedad Anónima.—San José, 20 de marzo del 2017.—Licda. Darlyn María Caballero García, Notaria.—1 vez.—CE2017003870.—( IN2017133943 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Siete Cuatro Siete Seguridad Sociedad Anónima.—San José, 20 de marzo del 2017.—Licda. Flora María Ramírez Camacho, Notaria.—1 vez.—CE2017003871.—( IN2017133944 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 08 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Tochalaoscr Sociedad Anónima.—San José, 17 de marzo del 2017.—Lic. Efraín Marín Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2017003800.—( IN2017133945 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 30 minutos del 17 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Gadal Comunicaciones Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 17 de marzo del 2017.—Lic. Fernando Antonio Mayorga Castro, Notario.—1 vez.—CE2017003801.—( IN2017133946 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Transportes del Norte Segurinor Sociedad Anónima.—San José, 18 de marzo del 2017.—Lic. Angie María Rodríguez Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2017003802.—( IN2017133947 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Equipos E Insumos Médicos Costa Rica Limitada.—San José, 18 de marzo del 2017.—Lic. Luis Diego Herrera Elizondo, Notario.—1 vez.—CE2017003803.—( IN2017133948 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 11 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Lumel SA Sociedad Anónima.—San José, 18 de marzo del 2017.—Lic. Henry Víquez Fernández, Notario.—1 vez.—CE2017003804.—( IN2017133949 ).

Yo, Sebastián David Vargas Roldan, hago constar que el día de hoy he protocolizado en mi notaría, acta de asamblea de accionistas de la sociedad Advanced Alloys Limitada., en donde se acuerda la fusión con las siguientes compañías: i) Reciclaje Continental J.E.J.0. S.A.—Es Todo.—San José, 09 de mayo del 2017.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2017133950 ).

Que en escritura de las 15:40 del 08/05/17 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Empresa Maquiladora Agrícola Sociedad Anónima, cédula 3- 101-719731, se acordó modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo en el sentido que el objeto de la sociedad será la producción y comercialización de productos agrícolas.—Cartago, 09 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017133951 ).

El suscrito notario, Mauricio Mata Monge, autenticó solicitud del señor Rodrigo Crespo Apestegui, en su condición de presidente de la compañía: i) El Brillante Sociedad Anónima con cédula de persona jurídica 3-101-011864, para informar el extravío del libro de Registro de Accionistas de la compañía, por lo que solicita al Registro de Personas Jurídicas la reposición del mismo. Publíquese una vez para efectos de llevar a cabo las diligencias correspondientes para la reposición del libro.—San José, 08 de mayo del año 2017.—Lic. Mauricio Mata Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017133953 ).

En esta Notaría al ser las 11:00 horas del 26 de abril del 2017, se solicitó la disolución por acuerdo de socios de la sociedad Holistic Touch, Sociedad Anónima, cédula Jurídica 3-101-449504.—San José, 22 de febrero del 2017.—Lic. Manrique A. Lara Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017133954 ).

El suscrito notario hace constar que mediante escritura pública número veintitrés-uno, otorgada a las diez horas del diez de mayo de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada C P L G del Este Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento noventa y nueve mil setecientos dieciocho, mediante la cual se reforma la cláusula décima de los estatutos sociales, referente a la integración de la junta directiva y la representación social. Es Todo.—Heredia, dieciséis de enero de dos mil diecisiete.—Licda. Nathalie Woodbridge Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2017133959 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del día 10 de mayo del 2017, la sociedad Tamarindo Los Sueños Telire Sociedad Anónima. Donde se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 10 de mayo del 2017.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017133970 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 08:10 horas del día 10 de mayo del 2017, la sociedad Tamarindo Los Sueños Tárcoles Sociedad Anónima. Donde se acuerda modificar la cláusula sexta de los estatutos sociales.—San José, 10 de mayo del 2017.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017133971 ).

Por escritura otorga ante Grace Marie Robinson Arias, notaria publica, con oficina frente al Juzgado Penal de Siquirres, provincia de Limón, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios número catorce de la Sociedad denominada Nuso Del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-247877, mediante la cual se modifica la cláusula novena del pacto social, correspondiéndole por ello en adelante la representación judicial y extrajudicial al presidente y secretario, actuando conjunta o separadamente.—Siquirres, 25 de abril del 2017.—Licda. Grace Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017133981 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las nueve horas cincuenta minutos del diez de mayo del dos mil diecisiete, protocolicé Acta de Asamblea General Extraordinaria de Socios de la sociedad “Importadora JYS Investments Limitada”, con número de cédula de persona jurídica tres- ciento dos- seiscientos ochenta mil trescientos noventa y seis, de las nueve horas cuarenta minutos del veintinueve de febrero de dos mil dieciséis, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—Licda. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017133983 ).

Por escritura otorgada el día de hoy, la empresa denominada Época Gastronómica S. A., protocoliza acta. Se nombra nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—San José, 10 de mayo del 2017.—Lic. José Milton Morales Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017133986 ).

Ante mi María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria Pública, mediante protocolización en la escritura número ciento treinta y seis de mi protocolo número uno, dada en la ciudad de Osa, Puntarenas a las quince horas del diez de mayo del dos mil diecisiete. La sociedad Darcy S Pub And Grill S.R.L, con cedula jurídica 3-102-691413, la cual modifica sus estatutos.—Uvita, Osa, Puntarenas, diez de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2017133989 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 18 de abril del 2017, se protocolizó el acta de asamblea general de socios de Capacidad de Soluciones Sociedad Civil transformándose a Capacidad de Soluciones LIFI Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de mayo de 2017.—Lic. Gustavo Adolfo Montero Ureña, Notario.—1 vez.—( IN2017133995 ).

Por asamblea general extraordinaria de 3-101-715631 S. A. cédula jurídica 3-101-715631 se modifica la cláusula VI del pacto social.—San José, 10 de mayo de 2017.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—( IN2017133999 ).

Por asamblea general extraordinaria Apatita Amarilla Cero Cuatro E-D-D S. A., cedula jurídica 3-101-383951 se modifica la cláusula VI del pacto social.—San José, 10 de mayo de 2017.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—( IN2017134000 ).

Por asamblea general extraordinaria de accionistas la empresa denominada A P M Asesorías Periodísticas y Musicales Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sétima de los estatutos sobre la representación.—San José, 10 de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Lorena Ramírez González, Notaria.—1 vez.—( IN2017134007 ).

Por escritura 28, otorgada ante mi notaría, al ser las 12:00 horas del 10 de mayo de 2017, Grupo Camacho Public Accountants se transformó en Grupo Camacho Public Accountants Sociedad Anónima.—San José, 10 de mayo de 2017.—Lic. Gonzalo García Ferrario, Notario.—1 vez.—( IN2017134011 ).

Escritura otorgada a las diez horas del diez de mayo del 2017, ante la notaria Rosibelle Dejuk Xirinachs, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Agrícola Exportadora del Atlántico S. A., se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se establece nuevo domicilio social.—San José, once de mayo del 2017.—Lic. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—( IN2017134025 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día nueve de mayo del dos mil dos mil diecisiete, la sociedad de ésta plaza MO-KA Sociedad Anónima, reforma las cláusulas primera y segunda de los estatutos y nombra nueva junta directiva.—Cartago, diez de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Federico Piedra Poveda, Notario.—1 vez.—( IN2017134028 ).

Escritura otorgada a las nueve horas del diez de mayo del dos mil diecisiete, ante la notaria Rosibelle Dejuk Xirinachs, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Pachira del Pacífico S. A., se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, se establece nuevo domicilio social.—San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Rosibelle Dejuk Xirinachs, Notaria.—1 vez.—( IN2017134029 ).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas del 25 de abril del 2017, se reforma la cláusula quinta del capital social, aumentando el capital social de la sociedad Foragro Costa Rica Sociedad Anónima.—Lic. Mario Pacheco Flores, Notario.—1 vez.—( IN2017134035 ).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas del 10 de mayo del 2017, se reforman la cláusula quinta del capital social, sexta de la administración y representación y sétima reforma de asamblea de socios, de la sociedad Itek Soluciones Integrales Sociedad Anónima.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1 vez.—( IN2017134036 ).

Por escritura otorgada hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Equipamientos Urbanos de Costa Rica S. A., mediante la cual se revoca nombramiento de presidente y de poder.—San José, 11 de mayo del 2017.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—( IN2017134040 ).

Por escritura otorgada hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Publivallas de Costa Rica S. A., mediante la cual se revoca nombramiento de presidente y de poder.—San José, 11 de mayo del 2017.—Lic. Juan Luis Jiménez Succar, Notario.—1 vez.—( IN2017134045 ).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciséis del día veinte de abril del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos  de  asamblea  de  cuotistas  de  la sociedad denominada 3-102-730434 SRL. Donde se acuerda modificar las cláusulas primera y novena de los estatutos de la compañía.—San José, nueve de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Alonso José Fonseca Pión, Notario.—1 vez.—( IN2017134047 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas y treinta minutos del día diez de mayo del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Mayca Distribuidores S.A. Donde se acuerda modificar la cláusula de los estatutos sociales de la compañía, referente al domicilio social.—San José, diez de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017134053 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las trece horas treinta minutos del día diez de mayo del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general de cuotistas de la sociedad denominada Provia El Jobo SRL. Donde se acuerda modificar la cláusula novena del pacto constitutivo de la administración.—San José, diez de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017134054 ).

El suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario Público, con oficina en la ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número trescientos trece, iniciada al folio doscientos frente del tomo primero de mi protocolo, otorgada ante mi notaria a las quince horas del día ocho de mayo de dos mil diecisiete, se revocó el nombramiento del presidente y vicepresidenta, nombrándose nuevo presidente y vicepresidenta, en la sociedad anónima denominada El Chumico Eseld de Escazú Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-setecientos ocho mil quinientos cuarenta y cinco.—Atenas, 11 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017134074 ).

Por escritura número doscientos trece-dos, otorgada ante mi notaria en Cartago, a las 14:00 horas del 05 de abril de 2017, se constituyó la sociedad: Maykel Wright y Asociados Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en “S. A.”. Plazo: 99 años, capital social: 100.00,00 dólares. Giro: Comercio en general etc... Domicilio: El domicilio social será San José, Alajuelita, Concepción Arriba, Urbanización Vista Sur, casa G, y podrá establecer agencias o sucursales dentro y fuera del país, integran la junta directiva siguiente integración de la junta directiva, fiscal y agente residente. Presidente: Michael Wright Mora. Secretario, Gladys Brenes García. Tesorero: Se nombra al socio Dilson Wright Brenes, fiscal: Linda Wright Brenes, agente residente: Se nombra al licenciado Olman Alvarado Cervantes.—Licda. Sheila Recio Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017134083 ).

Que mediante escritura número 93-7 de las 8:00 horas del día 9 de mayo del 2017, otorgada ante esta notaria, se protocoliza acta de asamblea de socios de El Dorado Mojado Hotel, Sociedad Anónima, con cedula jurídica número 3-101-123299, se reforma cláusula segunda.—San José, 9 de mayo del 2017.—Licda. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2017134085 ).

Que mediante escritura número 94-7 de las 10 horas del día 9 de mayo del 2017, otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea de socios de Chico de California y Quepos C. Q. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-680386, y nombra nuevo secretario en la junta directiva.—San José, 9 de mayo del 2017.—Licda. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2017134086 ).

Que mediante escritura número 88-7 de las 12 horas del día 2 de mayo del 2017, otorgada ante esta Notaria, se protocoliza acta número 3 de Paso a Paso S. A.,  con cédula jurídica 3-101- 385344, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 9 de mayo del año 2017.—Licda. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2017134087 ).

Que mediante escritura número 87-7 de las 11:00 horas del día 2 de mayo del 2017, otorgada ante esta notaria, se protocoliza acta número 3 de Tres- Ciento Uno- Seiscientos Treinta y Ocho Mil Sesenta y Nueve, con cédula jurídica 3-101- 638069, donde se acuerda la disolución y liquidación de la sociedad.—San José, 9 de mayo del año 2017.—Licda. Paola Arias Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2017134088 ).

El señor Luis Eduardo Valverde González, cédula de identidad número 1-450-327, ha solicitado la reposición del Certificado de acciones N° 01-2017, de fecha 8 de mayo del año 2017, por la cantidad de diez acciones comunes y nominativas “Del Parque Venado Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-438005, a su nombre por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—San José, 11 de mayo del 2017.—Lic. Carlos Humberto Ramírez Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017134089 ).

Mediante escritura número dieciséis - dos otorgada ante los notarios públicos Mónica Dobles Elizondo y Jorge González Roesch, a las nueve horas del cinco de mayo del dos mil diecisiete, la sociedad Tres - Ciento Dos - Setecientos Treinta y Dos Mil Dos S.R.L., cambia su denominación social para que en adelante sea Proyecto Escalante Parqueo Limitada.—San José, 05 de mayo del 2017.—Licda. Mónica Dobles Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2017134091 ).

Mediante escritura número noventa y tres-cuatro otorgada por el notario público Juan Carlos León Silva a las nueve horas del cinco de mayo del dos mil diecisiete, se fusionan las compañías Tres-Ciento Dos-Seiscientos Ochenta y Dos Mil Trescientos Setenta y Seis S.R.L y Cerro Alto Cincuenta y Ocho Sociedad Anónima, prevaleciendo Cerro Alto Cincuenta y Ocho Sociedad Anónima.—San José, 05 de mayo del 2017.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—( IN2017134093 ).

Por escritura ante mí, de las 15:00 horas del 9 de mayo del 2017, se constituyó la sociedad denominada Constructora Murotec de Costa Rica S. A., presidente: Paul Stephen Reisdorph Skanadore. Capital social ciento veinte dólares.—San José, 10 de mayo del 2017.—Lic. Mauricio José Molina Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2017134097 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y dos, el suscrito notario da fe, que se está llevando a cabo la constitución de la sociedad denominada Nasunivla Sociedad Anónima.—San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Benito Abad López Dinartes, Notario.—1 vez.—( IN2017134101 ).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de las 16:00 horas del 06 de mayo del 2017, con fundamento en el artículo 201 del Código de Comercio se acordó y quedó en firme la disolución de la empresa Consultoría Integral Femay S. A., cédula jurídica número 3-101-428912.—Lic. Juan Pablo Gómez Echeverría, Notario.—1 vez.—( IN2017134102 ).

Que por acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad de esta plaza denominada Renusa, Equipos y Maquinaria Pesada de Responsabilidad Limitada se autorizó al suscrito notario para protocolizar los actos que en lo conducente dicen: Asiento uno: Acta de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de Renusa, Equipos y Maquinaria Pesada de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y cinco mil setecientos ochenta celebrada en su domicilio social, siendo su dirección exacta en provincia de San José, cantón Central, distrito primero Carmen, Barrio González Lahman de la Fundación Omar Dengo doscientos metros al sur en las oficinas de RC Invercom a las dieciséis horas del treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete: y se tomaron los siguientes acuerdos que se encuentran firmes y encontrándose la totalidad del capital reunido así: Se acepta la renuncia del gerente y actual representante legal de esta sociedad y en su lugar se nombra en esos cargos al señor José Arturo Fernández Ardon, cédula de identidad número dos-trescientos setenta y nueve-cuatrocientos treinta y dos. Asimismo, y estando de acuerdo la totalidad de los cuotistas se acuerda aceptar el traslado de cincuenta y un cuotas de un mil colones a favor del señor José Arturo Fernández Ardon cédula de identidad número dos-trescientos setenta y nueve-cuatrocientos treinta y dos, pertenecientes a la sociedad Vehcarso Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos dieciséis mil novecientos ochenta y dos. Además se acuerda modificar la dirección y domicilio legal de esta sociedad la cual será de ahora en adelante así Alajuela, Alajuela centro de la Cruz Roja cincuenta metros al este, oficinas del Bufete Naranjo y Vargas. Es todo. Se avisa de esta modificación y cambios acordados en esta sociedad para efectos de derechos de interesados por el plazo de Ley. Es todo. Publíquese.—Alajuela, 10 de mayo del 2017.—Lic. Álvaro Fco. Vargas Arce, Notario.—1 vez.—( IN2017134111 ).

Mediante escritura diecinueve otorgada ante mi notaría, a las ocho horas del once de mayo del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Rigioni y Salazar S. A., con domicilio en Alajuela, Grecia, San Isidro de la escuela de San Francisco doscientos metros oeste, cédula jurídica tres-ciento uno-siete tres cinco uno dos; por virtud de la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Grecia, 11 de mayo del 2017.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017134140 ).

Mediante escritura dieciséis otorgada ante mi notaría, a las dieciséis y veinte horas del nueve de mayo del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Universal Agencia de Seguros S. A., con domicilio en Alajuela, Grecia centro ciento cincuenta metros al norte del Palacio Municipal, cédula jurídica tres-ciento uno-tres tres nueve cuatro nueve cero; por virtud de la cual se reforma la cláusula décima del pacto constitutivo.—Grecia, 11 de mayo del 2017.—Lic.  Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017134142 ).

Mediante escritura veinte otorgada ante mi notaría a las ocho y treinta horas del once de mayo del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Asesorías La Pampa del Pacífico S. A., con domicilio en Guanacaste Liberia Barrio La Cruz veinte metros oeste del Taller Torelli, cédula jurídica tres-ciento uno-tres cinco dos dos seis seis; por virtud de la cual se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y se nombra presidente, secretario, tesorero y vocal.—Grecia, 11 de mayo del 2017.—Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017134143 ).

Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José a las doce horas y once minutos del veintiséis de abril del dos mil diecisiete se disolvió la sociedad denominada Finca Océano Sociedad Anónima.—San José, veintiséis de abril, dos mil diecisiete.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—( IN2017134146 ).

Por esta escritura otorgada en esta notaría en San José, a las dieciséis horas y cuarenta y dos minutos del día dieciocho de abril del año dos mil diecisiete se disolvió la sociedad denominada Condor Horizons Rising Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, nueve de mayo, dos mil diecisiete.—Lic. Felipe Beeche Pozuelo, Notario.—1 vez.—( IN2017134147 ).

Que en esta notaría se modifica la décima primera cláusula de la constitución de la sociedad Vitro Esparza Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-623589 aprobada en sesión extraordinaria celebrada en su domicilio social a las 14:00 horas del 17 de abril del 2017, quedando la directiva presidente: Yanith Natasha Jiménez Núñez cédula 6-0361-0519, Vicepresidente: Daniel Ortiz Zamora, cédula 6-0342-0316, Secretaria: Yanel Ariana Jiménez Núñez, cédula  6-0423-0097, fiscal: Anthony Jiménez Núñez, cédula 6-338-648, todos con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pudiendo actuar conjunta o separadamente, sustituir en todo o en parte sus poderes, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo sin perder su mandato.—Puntarenas el Roble 40 metros ese de la panadería Elizondo.—Licda. Selita Raquel Farrier Brais, Notaria.—1 vez.—( IN2017134154 ).

Mediante escritura 134 del protocolo 19 a las 14:00 horas del 10 de mayo del 2017 se constituyó la sociedad Petrozaragoza S. A..—Cartago, 10 de mayo del 2017.—Lic. Juan Pablo Navarro Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017134158 ).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas treinta minutos del tres de mayo de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Bicorne S. A., por la que se acuerda nombrar un vicepresidente. Se acuerda modificar la cláusula de la administración y representación Se acuerda destituir al fiscal. Además, se revoca el actual agente residente y se hace un nuevo nombramiento.—San José, tres de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017134164 ).

Por escritura otorgada ante mi a las once horas del tres de mayo de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Green Mirror S. A., por la que se acuerda nombrar un vicepresidente. Se acuerda modificar la cláusula de la administración y representación. Se acuerda destituir al fiscal. Además, se revoca el actual agente residente y se hace un nuevo nombramiento.—San José, tres de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017134165 ).

En la notaría del Lic. Nelson Ramírez Ramírez, se protocoliza la constitución de A & G Inmobiliaria Sociedad Anónima, en escritura cuatrocientos catorce del protocolo octavo.—Del cinco de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Nelson Ramírez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017134170 ).

Mediante Escritura Pública, otorgada a las nueve horas del ocho de mayo del dos mil diecisiete, se disuelve la sociedad La Ballena Furtiva del Mar Azul Sociedad Anónima, cedula jurídica tres- ciento uno- cuatrocientos un mil doscientos ochenta y dos. José Antonio Fallas Barillas. Presidente.—Katherine Villalobos Rosales, Notaria.—1 vez.—( IN2017134171 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 3 de Mayo del 2017, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa Inversiones Napaluso Sociedad Anónima.—San José, 3 de mayo del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—( IN2017134181 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del 3 de mayo del 2017, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa Lumaso L.M.S. Sociedad Anónima.—San José, 3 de mayo del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—( IN2017134182 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 3 de mayo del 2017, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa Importadora M y S Plata Sociedad Anónima.—San José, 3 de mayo del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario.—1 vez.—( IN2017134183 ).

Por asamblea de socios de la sociedad Nosara Solo Bueno Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos sesenta y nueve mil seiscientos cuarenta y tres. Se nombra nuevo subgerente, por asamblea de socios de la sociedad indicada.—San José, once de mayo del año dos mil diecisiete.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017134184 ).

Por escritura pública otorgada ante mi notaría, se protocoliza asamblea de socios de la sociedad Sag Harbor South Pacific Sociedad Anónima, con cédula de número tres -ciento uno- trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos veintiséis, en donde se acuerda disolver la sociedad. Es todo.—San José, a las ocho horas del día diez de mayo del año dos mil diecisiete.—Lic. Mario Alberto Vargas Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017134186 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 13:00 horas del 11 de mayo de 2017, se constituyó la sociedad con domicilio en San José, Barrio Naciones Unidas Kolor Tek Automotriz S. A. Plazo: 99 años. Capital: ¢100.000,00 en 100 acciones de ¢1000 cada una. Presidente: Juan Miguel Mesa.—San José, 11 de mayo de 2017.—Lic. Kenneth Maynard Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017134187 ).

Por escritura otorgada ante mí notaría a las ocho horas del once de mayo del dos mil diecisiete, protocolizo acta de asamblea general de socios Caribiana GS Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos cinco mil ciento cuarenta y cinco, mediante la cual se reforma la cláusula octava del pacto social de la administración y representación.—San José, 11 de mayo del 2017.—Lic. Fernán Pacheco Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017134188 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 8 horas 30 minutos, del día 11 de mayo del 2017, protocolicé asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Giros Hispanos S. A. Se disuelve la sociedad.—Lic. Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017134212 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 10:00 horas, del día 11 de mayo del 2017, protocolicé asamblea general extraordinaria de Socios, de la sociedad Rosales y Asociados Internacional R&Ai S.A.. Se disuelve la sociedad.—Ruhal Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017134213 ).

Por escritura otorgada ante esta misma notaría a las 8:00 horas del 10 de mayo del 2017, los socios solicitan la disolución de la Compañía Desarrollos Agro Ecoturísticos Loma Linda S. A., cédula jurídica 3-101-620926.—Misma fecha.—Lic. Manuel Francisco Jones Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017134214 ).

Por escritura número treinta y tres, ante la notaria Marianela Blanco Alfaro, a las nueve horas del día tres de abril del año dos mil diecisiete se constituyó la sociedad Compañía Porta y Vargas S. A., apoderados generalísimos Grisel Vargas Rojas y Octavio Porta Nicolás. Capital íntegramente suscrito y pagado. Heredia a las once horas del día once de mayo del año dos mil diecisiete.—Licda. Marianela Blanco Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017134216 ).

Licda. Zaira Salazar Castro, notaria pública de San José, hace constar que mediante escritura número ciento noventa y cinco, de las once horas treinta minutos del día veintitrés de setiembre de dos mil dieciséis, visible al folio ciento cuarenta y dos frente, del tomo octavo de la suscrita notaria, se constituyó la sociedad de esta plaza denominada Enuma Consulting Group Sociedad Anónima, se nombró como su presidente a la señora Ariana Sánchez Benavides, cédula número uno-mil cuatrocientos cincuenta y seis-cero novecientos setenta y seis.—San José, quince horas del día diez de mayo de 2017.—Licda. Zaira Salazar Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2017134217 ).

Mediante escritura número 36-6, otorgada a las 09:30 horas del 08 de abril de 2017 se acordó la disolución de la sociedad denominada Centro Médico Siquirres Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres - uno cero uno - uno ocho seis siete cero siete, con domicilio social en la provincia Limón.—San José, 10 de mayo del 2017.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017134218 ).

Por escritura 27, otorgada ante mi notaría, al ser las 18:30 horas del 8 de mayo de 2017, se disolvió Rojisa, Sociedad Anónima.—San José, 8 de mayo de 2017.—Lic. Gonzalo García Ferrario, Notario.—1 vez.—( IN2017134221 ).

“Por escritura otorgada el 3-5-2017, “Sun Vista Vacations S. A., cédula jurídica 3- 101- 464860, modificó pacto constitutivo y nombró junta directiva.—Lic. Jimmy Solano Ulloa, Notario.—1 vez.—( IN2017134223 ).

Mediante escritura N° 55-61, otorgada en San José, a las 09:00 horas del 08 de mayo de 2017, Alejandro Mena Campos, con cédula de identidad 6-0210-0177, vendió la empresa Inversiones A M C E.I.R.L., con cédula jurídica 3-105-390354, a Vilma Eugenia García Hernández, con cédula de identidad 8-0121- 0208.—Lic. Juan Carlos Camacho Sequeira, Notario.—1 vez.—( IN2017134224 ).

Se protocoliza acta de la firma de esta plaza “Guías Inmobiliarias Torre Vieja Treku Sociedad Anónima”. Se reforma cláusula sexta, se nombra junta directiva. Se elimina cláusula de Agente residente.—San José, diez de mayo del año dos mil diecisiete.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Notario.—1 vez.—( IN2017134225 ).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas del diez de mayo del dos mil diecisiete, ante los notarios Víctor Hugo Castillo Mora y Oldemar Antonio Fallas Navarro, actuando en con notariado en el protocolo del primero, se protocoliza Acta de la Asamblea General Extraordinaria de Ferretería Infesa de Cartago Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento- uno- cuatrocientos veintitrés mil doscientos setenta y nueve, mediante la cual se aumenta capital social.—San José, diez de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Oldemar Antonio Fallas Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017134226 ).

Mediante escritura otorgada a las ocho horas con treinta minutos del diez de mayo del dos mil diecisiete, ante los notarios Víctor Hugo Castillo Mora y Oldemar Antonio Fallas Navarro, actuando en con notariado en el protocolo del primero, se protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de J & J del Oeste Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - quinientos sesenta mil novecientos noventa y dos, mediante la cual se aumenta capital social.—San José, diez de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Oldemar Antonio Fallas Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017134228 ).

La suscrita notaria hace constar que en mi notaría al ser las diez horas del diez de mayo del dos mil diecisiete protocolicé mediante escritura pública el acta número uno de Asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad IFCASA, Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trece mil cuatrocientos cuatro; el acta número dieciséis de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Poliart Impresores, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y cuatro mil doscientos treinta y cinco, en las cuales los socios acordaron la fusión por absorción de la sociedad IFCASA, Sociedad Anónima, y Poliart Impresores, Sociedad Anónima. De conformidad con la Fusión indicada, la sociedad que prevalece es Poliart Impresores, Sociedad Anónima; cesando la sociedad Ifcasa, Sociedad Anónima. Se acuerda aumentar el capital social de la sociedad prevaleciente Poliart Impresores, Sociedad Anónima.—Es todo.—San José diez de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Karla Cerdas López, Notaria.—1 vez.—( IN2017134255 ).

Por escritura otorgada el día de hoy ante esta notaría, se protocolizó acta número once de la empresa Buspo S.A. Se cambia la conformación de la junta administrativa y hay nombramiento del nuevo consejo de administración; se reforma el pacto constitutivo.—San José, doce horas de día diez de mayo de año dos mil diecisiete.—Licda. Leonor Bustamante Poblador, Notaria.—1 vez.—( IN2017134256 ).

El suscrito, Lic. Hernán Paniagua Ramírez, notario público, hace constar que ante esta notaria, mediarte escritura número 211, visible al folio 123 frente del tomo 10 de mi protocolo a las 16:30 horas del 10 de mayo del 2017, se reforma la cláusulas segunda, cuarta y sexta de la sociedad denominada Hijos Cortés Segura Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-368495.—Santa Bárbara de Heredia, 10 de mayo 2017.—Lic. Hernán Paniagua Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017134257 ).

La sociedad Cayito Yojo S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil ciento treinta tres, avisa la destitución del actual presidente y en su lugar nombra a Pilar Montserrat Tena Camacho, mayor, casada dos veces, empresaria, vecina de San José, Rohrmoser, del parque La Amistad, doscientos metros al norte, veinticinco metros al oeste, y veinticinco metros al norte, cédula de identidad número uno- mil trescientos sesenta y seis-cero ochocientos treinta y uno.—San Isidro de Heredia, once de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017134260 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, hoy a las 09:00 horas se constituyó la sociedad Creaciones Solitex JCS de Guadalupe S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado. Plazo social noventa y nueve años contados a partir del día de hoy. Objeto en especial se dedicará al diseño, confección y maquila de ropa. Corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Iguales facultades que el Presidente tendrán el Vicepresidente, Secretario y Tesorero, siempre que actúen en forma conjunta dos cualesquiera de los tres y en ausencias temporales o definitivas del Presidente, bastando para actuar su simple dicho.—San José, 11 de mayo del año 2017.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017134261 ).

En escritura otorgada en mi notaría hoy, a las 16:00 horas se protocolizó en lo conducente el acta N°02, correspondiente a asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Samer Equipos R.S.C. S. A., mediante la cual se reforma el pacto constitutivo en cuanto al capital social, aumentando el mismo.—San José, 11 de mayo del 2017.—Lic. Álvaro Corrales Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017134262 ).

Por escritura número doscientos seis de éste notario, de las nueve horas del diez de mayo de dos mil diecisiete, se protocolizó acta número cuatro de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Altaro Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno quinientos cuarenta y cuatro mil trescientos setenta y uno, mediante la cual se reformó cláusula cuarta del pacto social. Es todo.—San José, diez de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017134266 ).

Por escritura número doscientos siete de este notario, de las diez horas del diez de mayo de dos mil diecisiete, se protocolizó acta número uno de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada Tran Enlace Suico Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno cuatrocientos sesenta y siete mil ochocientos sesenta y tres, mediante la cual se reformó cláusula cuarta del pacto social. Es todo.—San José, diez de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Douglas Ruiz Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017134267 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Crtix S.A., cédula jurídica número 3-101-481210; se nombra tesorero y fiscal y se excluye agente residente.—San José, 12 de mayo de 2017.—Lic. William Chaves Villalta, Notario.—1 vez.—( IN2017134268 ).

Por escritura otorgada a las doce horas del veintisiete de abril del dos mil diecisiete ante los notarios Eugenio Vargas Ramírez y Andrés Elliot Sule, se modifica el domicilio y la cláusula de la representación, de la sociedad Almasol Sociedad Anónima.—San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Andrés Elliot Sule, Notario.—1 vez.—( IN2017134276 ).

Por escritura otorgada en mi notaria, a las veintiún hora y cuarenta minutos del día veinte del mes de abril del año dos mil diecisiete, se reformo la administración de la junta directiva de Villa Dolvers S. A.—Licda. Julia Salazar Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017134279 ).

Por escritura 225, a folio 106 frente del protocolo 13 del notario Marlon Arce Blanco, a las 09 horas con 30 minutos del 07 de abril del año 2017, se acordó la disolución de la sociedad Alpha Agro Productos Corporation S. A., cedula jurídica 3-101- 511137.—Lic. Marlon Arce Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2017134280 ).

Por escritura 224, a folio 105 vuelto del protocolo 13 del notario Marlon Arce Blanco, a las 09 horas del 07 de abril del año 2017, se acordó la disolución de la sociedad Agro Mechanisation International S. A., cédula jurídica 3-101-530877.—Lic. Marlon Arce Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2017134293 ).

Mediante escritura pública número 117-8, iniciada a folio 60 vuelto del tomo 8 del protocolo del notario Edwin Gerardo Martínez Rodríguez, notario público con oficina en Upala, se protocolizó el acta de asamblea de accionistas número 38 de la sociedad Compañía Agropecuaria Las Brisas S. A., cédula jurídica 3-101-20804, celebrada a las 09 horas del dos de mayo del 2017 en la cual se reformó la cláusula cuarta del pacto constitutivo prorrogándose el plazo de vigencia de dicha sociedad hasta el día 8 de agosto del 2072.—Upala, Alajuela, 06 de mayo del 2017.—Lic. Edwin Gerardo Martínez Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017134301 ).

Por escritura otorgada número veinticuatro- cuatro, de las doce horas del catorce de marzo de dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad Perforaciones Narvin Sociedad Anónima, con domicilio en Calle Varela de San Isidro de San Ramón de Alajuela doscientos metros al oeste de la capilla católica. Capital aportado sesenta dólares.—San Ramón doce de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Alberto Castro Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017134327 ).

Por escritura número 15-17 otorgada ante el notario público Álvaro Johanny Monge Paniagua, a las 15 horas 30 minutos del 7 de abril de 2017, se protocolizó el acta de asamblea general de accionistas de Inmobiliaria Comercial del Este LB S. A.; mediante la cual se acordó la reforma de su domicilio social y el nombramiento de una nueva junta directiva.—San José, 7 de abril del 2017.—Lic. Álvaro Johanny Monge Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017134330 ).

Por escritura número 16-17 otorgada ante el notario público Álvaro Johanny Monge Paniagua, a las 17 horas del 25 de abril de 2017, se protocolizó el acta de asamblea general de accionistas de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Ocho Mil Seiscientos Setenta y Cinco S. A.; mediante la cual se acordó la reforma de su domicilio social y el nombramiento de una nueva junta directiva.—San José, 25 de abril del 2017.—Lic. Álvaro Johanny Monge Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017134331 ).

Por escritura número 14-17 otorgada ante el notario público Álvaro Johanny Monge Paniagua, a las 15 horas del 7 de abril de 2017, se protocolizó el acta de asamblea general de accionistas de Cobro Efectivo El Arlequin S. A.; mediante la cual se acordó la reforma de su domicilio social y el nombramiento de una nueva junta directiva.—San José, 7 de abril del 2017.—Lic. Álvaro Johanny Monge Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017134332 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 7:15 horas del día de hoy, se constituyó la sociedad Agencia de Protección Segura Aprose S. A. Capital social: US$100. Plazo social: cien años. Presidente con facultades de apoderado generalísimo.—San José, 12 de mayo del 2017.—Lic. Juan Chow Wong, Notario.—1 vez.—( IN2017134333 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, número cuatrocientos tres, tomo veintinueve, de las ocho horas del veintidós de abril de dos mil diecisiete, se acordó disolver y liquidar definitivamente la compañía Mags Tecnologías S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-dos tres uno uno uno tres, inscrita en la sección mercantil del Registro al tomo mil ciento treinta y siete, folio diecisiete, asiento treinta y tres. Ricardo Moreno Navarro, Notario Público, carné mil ochocientos nueve.—San José, veintidós de abril del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Moreno Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017134335 ).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, según la cual la sociedad Río Coco S. A., acuerda disolver y liquidar la sociedad.—San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. María Auxiliadora Chaves Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017134337 ).

Por escritura N° 175-3, otorgada ante los notarios públicos Mariel López Chaverri, Soledad Bustos Chaves y David Arturo Campos Brenes, a las 16:40 horas del día 11 de mayo del 2017, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria mediante la cual se crea la cláusula décimo cuarta de los estatutos sociales de la sociedad Banco CMB (Costa Rica) S. A., cédula N° 3-101-692649.—San José, 11 de mayo del 2017.—Licda. Soledad Bustos Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017134340 ).

Por escritura otorgada ante la licenciada Ana Militza Salazar Sánchez, el día dos de mayo del dos mil diecisiete, se solicitó la desinscripción de Diez y Diez Asesores S.A.—San José once de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Militza Salazar Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017134341 ).

Ante esta notaría mediante escritura pública Nº 151 de las 12:00 horas del 02 de mayo del 2017, se disuelve la compañía LQ Representaciones Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-389654, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 inciso d) y 207 del Código de Comercio.—San José, 02 de mayo 2017.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017134346 ).

Ante esta notaría mediante escritura pública Nº 154 de las 15:00 horas del 02 de mayo del 2017, se disuelve la compañía Comercial Geotécnica Tensar Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-718881, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 inciso d) y 207 del Código de Comercio.—San José, 02 de mayo del 2017.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017134351 ).

Ante esta notaría mediante escritura pública N° 152 de las 14:00 horas del 02 de mayo 2017, se disuelve la compañía Ninatravel Corporación Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-181201, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 inciso d) y 207 del Código de Comercio.—San José, 02 de mayo del 2017.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017134352 ).

Ante esta notaría mediante escritura pública Nº 153 de las 14:50 horas del 02 de mayo 2017, se disuelve la compañía El Tuquito Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-147767, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 201 inciso d) y 207 del Código de Comercio.—San José, 02 de mayo del 2017.—Lic. Johanny Mora Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017134357 ).

Mediante escritura número 31-19, otorgada en mi notaría, procedí a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, celebrada por los socios de Yuca de Costa Rica Sociedad Anónima, en la cual se procedió a nombrar nuevo presidente y secretario de la junta directiva.—Ciudad Quesada, San Carlos, 9 de mayo del 2017.—Licda. Xinia Isabel Salas Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2017134390 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Clacabe O. C. A. S. A. Se reforma cláusula segunda del estatuto social, referente al domicilio.—Turrialba, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Roberto Casasola Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017134394 ).

A las 9:00 horas de hoy protocolice asamblea general extraordinaria de la sociedad Dezaf Desarrolladora Zafiro S. A., en la cual se modifica la cláusula segunda y sétima del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, doce de mayo del 2017.—Lic. Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2017134396 ).

Por escritura ante el suscrito notario, a las quince horas del día doce de abril del año dos mil diecisiete, se disuelve y liquida la sociedad Monis Bakery C.R. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos noventa y ocho mil ochocientos cincuenta y nueve.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.—( IN2017134398).

Ante ésta notaría, escritura seiscientos treinta y tres, con fecha once de mayo del 2017, a las diez horas, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Industrias Langer S. A., cédula jurídica 3-101-013968, donde se acuerda modificar la cláusula segunda y nombrar junta directiva de esta sociedad. Es todo.—San José, 11 de mayo del 2017.—Licda. Angioletta Alvarenga Venetolo, Notaria.—1 vez.—( IN2017134422 ).

Mediante escritura pública otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del once de mayo del año dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Tres-Ciento Uno-Setecientos Dos Mil Ochocientos Cuarenta y Dos Sociedad Anónima. Se reforma la cláusula sétima y segunda del pacto constitutivo. Firmo en Ciudad Colón, Mora, a las nueve horas con treinta minutos del día once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. José Aurelio Aguilar Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2017134428 ).

Por escritura número 197-11, otorgada ante esta notaría, a las a las 15:00 horas del 10 de mayo del año 2017, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Diamond Hill Limitada, titular de la cédula jurídica 3-102-691600, mediante la cual se reformó el domicilio social, se actualizaron pasaportes de los gerentes y se actualizó el domicilio del agente residente.—San José, 10 de mayo del 2017.—Lic. Jorge F. Baldioceda B., Notario.—1 vez.—( IN2017134440 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:30 horas del 9 mayo, 2017 protocolicé acta de la sociedad Tres Ciento Uno Cinco Cuatro Nueve Uno Siete Ocho Sociedad Anónima con número de cédula de persona jurídica tres ciento uno cinco cuatro nueve uno siete ocho acta en la cual se acuerda revocar nombramiento. Presidente por acuerdo unánime de socios.—Lic. Marcela Gurdián Cedeño, Notaria.—1 vez.—( IN2017134443 ).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría, se constituyó la entidad Woro Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones. Domicilio, Cartago, cantón La Unión, distrito San Juan, centro residencial Colinas de Montealegre, Condominio Ilan Ilan Casa número doce. Plazo: noventa y nueve años.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—( IN2017134445 ).

Se comunica a los interesados que según acta número seis celebrada el dieciséis de marzo del dos mil diecisiete de Green Future GF S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ocho mil doscientos cuarenta y cuatro, se reformó la cláusula octava de los estatutos, en cuanto a la administración. Carné 17601.—Licda. María Rocío Díaz Garita, Notaria.—1 vez.—( IN2017134460 ).

Por escritura otorgada ante los notarios Rafael Medaglia Gómez y Laura Zumbado Loría, a las ocho horas del ocho de mayo de dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea de socios de Alicante Cinco Firenze S. A., mediante la cual se modifica la cláusula segunda, cambiando su domicilio al edificio Centro Colón, en las oficinas de LATCO; asimismo se reforma la cláusula nueve, quedando únicamente el presidente con representación legal.—San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Laura Zumbado Loría, Notaria.—1 vez.—( IN2017134463 ).

Por escritura que autoricé hoy, protocolicé acuerdos de asamblea general extraordinaria de Robles Centenarios del Zurquí RCZ Sociedad Anónima, donde se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, 11 de mayo del 2017.—Licda. Marta Isabel Alvarado Granados, Notaria.—1 vez.—( IN2017134467 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 13:00 horas del día 10 de mayo de 2017, la sociedad denominada Indigo Blue Ten Sociedad Anónima cambia, reforma cláusula de representación.—San José, 11 de mayo de 2017.—Lic. Fernando Berrocal Soto, Notario.—1 vez.—( IN2017134468 ).

El 2 de mayo del 2017, la suscrita notaría pública, protocolizó acta de asamblea de accionistas de Distribuidora de Carnes Zamora S. A., celebrada a las 9:00 horas del 19 de abril del 2017, mediante la cual se hacen reformas a la cláusula primera, cambio de nombre y se nombra nuevo fiscal.—San José, 8 de mayo del 2017.—Licda. Mariamalia Cedeño Otárola, Notaria.—1 vez.—( IN2017134472 ).

Ante mí, Ana del Carmen Morales Mora, notaria pública con oficina en Golfito, se modificó la junta directiva de la sociedad anónima Inversiones Ortiz Jiménez de Golfito S. A., cédula tres-uno cero uno-cinco cuatro cinco cuatro tres seis, domiciliada en Puntarenas, Golfito; kilometró cinco, a un costado del teléfono público del lugar, nombrándose como secretario a Diego Antonio Ortiz Mora, cédula uno-uno tres uno cero-cero dos nueve ocho, vecino de golfito. Es todo.—San José, doce de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Ana del Carmen Morales Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017134473 ).

El suscrito notario, hace constar, que el trece de marzo del dos mil diecisiete, se llevó a cabo, en su domicilio social, con el corun de ley, el acta de asamblea general extraordinaria de Unchia S. A., cédula jurídica tres ciento uno-dos siete cuatro tres nueve siete, en donde se llevó a cabo el cambio de junta directiva.—Palmares, cuatro de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Roberto Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017134474 ).

Ante esta notaría, a las 10:00 horas del once de mayo del 2017, se protocolizó acta, ordinaria y extraordinaria de la sociedad Ffamilia Fahual Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-722457, mediante la cual se modificó la cláusula sexta de los estatutos sociales y se revoca presidente y fiscal y se nombra nuevos.—Lic. Carlos Alberto Berrocal Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017134475 ).

Mediante la escritura de protocolización ciento cuarenta y cuatro del protocolo dos, del suscrito notario, otorgada en uvita de osa de Puntarenas a las catorce horas del veinticinco de abril del dos mil diecisiete. La sociedad costarricense tres-ciento dos-setecientos diecinueve mil quinientos setenta y dos S.R.L., con cedula jurídica igual al nombre, modifica sus estatutos.—Uvita, Osa, Puntarenas, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2017134476 ).

Ante el Licenciado, Marvin Ramírez Víquez, el día veintisiete de abril del 2017, se procede a constituir la sociedad Inversiones Menflor Sociedad Anónima.—Veintisiete de abril del 2017.—Lic. Marvin Ramírez Viquez, Notario.—1 vez.—( IN2017134478 ).

Por escritura pública número doscientos setenta y nueve, de las dieciséis horas del once de mayo del dos mil diecisiete, se constituyó Innovaciones Cerro San Luis S. A. Plazo: cien años. Presidente: Ronel Araya Quesada. Capital social: un millón de colones pagado en efectivo y mediante aporte de bienes muebles. La notaria bajo su responsabilidad advierte e indica que el capital social ha sido pagado parcialmente mediante el aporte de bienes muebles por lo que queda excluida del Decreto Ejecutivo N° 38137-JP-MAG-MEIC-S-MINAE. Es todo.—San José, 12 de mayo del 2017.—Licda. Jéssica María Hernández Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017134480 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 18:00 horas del 10 de mayo del 2017 se constituyó corporación cuyo de Plazoleta S. A. Capital suscrito y pagado.—Desamparados, 10 de mayo del 2017.—Lic. Rodney Zamora Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017134483 ).

Por escritura otorgada a las quince horas del día de hoy ante esta notaría, se reforma la cláusula de la administración de la empresa Equipos Padisa S. A.—San José, diez de mayo de dos mil diecisiete.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2017134484 ).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas del día de hoy ante esta notaría, se reforma la cláusula de la administración de la empresa Inversiones Chepaca Sociedad Anónima.—San José, diez de mayo de dos mil diecisiete.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2017134488 ).

Por escritura número sesenta y siete del tomo veintiocho de mi protocolo otorgada el día de hoy, se realizó modificación del domicilio social de la empresa: Industrias Super Pan S. A., cédula jurídica 3-101-184865.—San Isidro de Pérez Zeledón, 11 de mayo del 2017.—Lic. Ronny Jiménez Porras, Notario.—1 vez.—( IN2017134493 ).

Por escritura 438-18, otorgada a las 10:00 horas del 12 de mayo del 2017, ante mi notaría, se constituyó la sociedad Neón López S. A., cuyo capital social íntegramente suscrito y pagado. Plazo: 99 años desde su constitución. Presidente: Carlos Reinaldo López Solano.—San José, 12 de mayo del 2017.—Lic. Ricardo Villalobos González, Notario.—1 vez.—( IN2017134495 ).

Ante este notario, a las diez horas del diez de enero del dos mil diecisiete se protocoliza acta número cinco de la sociedad de esta plaza denominada tres-ciento uno-cinco dos cero seis cuatro ocho S. A. en la que los socios convienen en cambiar junta directiva.—Liberia, Guanacaste, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic Edelberto Markossy Torres, Notario.—1 vez.—( IN20171334497 ).

Protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Calcesa S.R.L., se modifica las cláusula tercera del pacto social.—San José, 10 de mayo de 2017.—Lic. Álvaro Carazo Zeledón, Notario.—1 vez.—( IN2017134505 ).

Disolución de la sociedad 3-101-541359 S. A.—Belén, Heredia, 31 de marzo del 2017.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—( IN2017134509 ).

He variado el nombramiento de la totalidad de la junta directiva de la empresa denominada Agroservicio Aranjuez Sociedad Anónima. En donde figura como nuevo presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando individualmente el señor Carlos Enrique Rojas Cubero; además se ha modificado la denominación social de la empresa, siendo su nueva denominación Umbro Logistics CR Sociedad Anónima; y teniendo como nuevo domicilio miramar de Puntarenas cincuenta metros sur y cincuenta metros oeste de la clínica, en Edificio Semans.—Puntarenas, 11 de mayo de 2017.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017134513 ).

Ante este Notario, a las diez horas del diez de enero del dos mil diecisiete se protocoliza acta número cinco de la sociedad de esta plaza denominada Transmago S. A., en la que los socios convienen en cambiar junta directiva.—Liberia, Guanacaste,  once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Edelberto Markossy Torres, Notario.—1 vez.—( IN2017134514 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas veinte minutos del diez de mayo de dos mil diecisiete, se modificó el nombre de sociedad Grupo Emmanuel S. A., que en adelante será Zona Libre Mall S. A., que como nuevo presidente se nombra a Badran Darjbara Abara, cédula de identidad número ocho-uno uno siete-seis ocho cinco, y tesorero a Bader Badran Dar Jbara Hejaz, de nacionalidad panameña, portador de la cédula de residencia número uno cinco nueve uno cero cero tres tres cuatro cuatro dos seis.—Palmares, once de mayo de dos mil diecisiete.—Licda. Ana Lucrecia González Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017134516 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 14:00 horas del 11 de mayo de 2017, Hotel Cañas Sociedad Anónima reformó la cláusula quinta del pacto constitutivo referente a la administración.—Cañas, Guanacaste, 12 de mayo de 2017.—Licda. Ester Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—( IN2017134517 ).

Por escritura otorgada ante mí, diez horas del día ocho de febrero del dos mil diecisiete, se constituyó la Montebello Global CR Sociedad Anónima, cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Palmares, diez de mayo de dos mil diecisiete.—Licda. Ana Lucrecia González Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017134518 ).

En San José a las dieciocho horas cero minutos del ocho de mayo de dos mil diecisiete, se protocolizaron ante esta notaría acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios de Optimización de Procesos S.M.P Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y nueve mil veintiocho, donde se acuerda la disolución de la presente sociedad y por no existir activos ni pasivos se prescinde del nombramiento de liquidador. Se emplaza por treinta días a todos los interesados a partir de la publicación del presente aviso fin de que se apersonen a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 207 del Código de Comercio, fax 2524-1080.—Lic. Alonzo Gallardo Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017134523 ).

Se comunica que ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Hatchi Iluminado Sociedad Civil, domiciliada en San José, sabana de la Contraloría; ciento cincuenta al sur. Notaria del Bufete J&P.—San José, 22 de abril 2017.—Licda. Marilyn James Pinnock, Notaria.—1 vez.—( IN2017134530 ).

Ante mí, Rafael Ángel Salazar Fonseca, notario con oficina en Heredia, la sociedad Distribuidora Narcell Diecisiete Sociedad Anónima nombró nuevo presidente a Ivannia María Campos Rubí.—Heredia, once de mayo dos mil diecisiete.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2017134533 ).

Por escritura otorgada ante mí, HK Keystone Engineering S. A., modificó las cláusulas segunda y sétima de los Estatutos.—San Ramón, Alajuela, 24 de abril de 2017.—Lic. Luis Adrián Quirós Carmona, Notario.—1 vez.—( IN2017134543 ).

Por escritura pública otorgada por el notario Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, mediante escritura número sesenta y dos, otorgada a las diez horas quince minutos del once de mayo del dos mil diecisiete, visible al folio cincuenta y siete vuelto, del tomo setenta y cuatro de mi protocolo, se protocolizó acta número uno de la sociedad denominada Chicserv Limitada, cedula jurídica: tres-ciento dos-setecientos dieciséis mil ciento cuarenta y uno, donde se acordó la disolución de la presente sociedad.—Grecia, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—( IN2017134544 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las once horas cuarenta minutos del día nueve de mayo del año dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad Vindel de Costa Rica Sociedad Anónima. Presidenta: Karla Robleto Miranda; secretaria: Ana Yancy Robleto Miranda; tesorero: Alcadia Miranda Miranda. Capital social: doce mil colones exactos.—Licda. Ana Cristina Alvarado Acevedo, Notaria.—1 vez.—( IN2017134545 ).

Ante mí, Rafael Ángel Salazar Fonseca, notario con oficina en Heredia, la sociedad Distribuidora Narcell Diecisiete Sociedad Anónima nombró nueva presidenta a: Ivannia María Campos Rubí.—Heredia once de mayo dos mil diecisiete.—Lic. Rafael Ángel Salazar Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2017134547 ).

Yo protocolicé acuerdos de la sociedad Sketch Events S.R.L., se acuerda reformar la cláusula de administración. Es todo.—San José, 12 de mayo de 2017.—Lic. Eduardo Alfonso Márquez Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017134551 ).

Mediante escritura número ciento diecinueve-diez, al ser las dieciocho horas treinta minutos del veinticuatro de abril del año dos mil diecisiete, protocolicé el acta número nueve de la sociedad compañía Hermanos Navarro y Sojo Sociedad Anónima, donde se modifica la distribución del capital accionario.—Guápiles, once de mayo del año dos mil diecisiete.—Licda. Guiselle Arias López, Notaria.—1 vez.—( IN2017134555 ).

A las catorce horas del veintiocho de abril de dos mil diecisiete ante esta notaría se constituyó la sociedad Grupo Rayef Sociedad Anónima domicilio: San José, capital: suscrito y pagado, plazo: noventa y nueve años, representación: Rachid Chajin Loaiza y Yeferson Arlet Hernandez Loaiza apoderados generalísimos sin límite de suma.—Licda. Alexandra Alfaro Céspedes, Notario.—1 vez.—( IN2017134557 ).

Mediante escritura otorgada en mi notaría a las 16:00 horas del 10 de mayo del 2017 protocolicé acta de asamblea de la sociedad Cachos de San José S. A., mediante las cuales se aumentó el capital social, modificándose sus estatutos.—San José, 10 de mayo del 2017.—Lic. Enrique Carranza Echeverría, Notario.—1 vez.—( IN2017134559 ).

Mediante escritura número cuatrocientos siete, iniciada al folio ciento sesenta y seis frente, del tomo diez, del notario Walter Navarro Guadamuz, se acordó disolver la entidad denominada, Nyse Intergroup Empresa Individual de Responsabilidad Limitada E.I.R.L., cedula jurídica, 3-105-585623.—Puntarenas, 11 de mayo de 2017.—Lic. Walter Navarro Guadamuz, Notario.—1 vez.—( IN2017134560 ).

Yo, Iliana Zúñiga Valerio, abogada y notaria, con la cédula número uno- mil veintisiete-quinientos quince, carné número doce mil doscientos cincuenta y cinco, solicito la publicación del edicto: Comercial Cinco Mil Siete Sociedad Anónima, con cedula de personería jurídica número tres-ciento uno-ciento dos mil quinientos veintinueve, reforma la cláusula segundo el domicilio social San José, San Rafael de Montes de Oca, ochocientos metros este y cien metros noreste, del parque del este sobre Calle Rivera.—Licda. Iliana Zúñiga Valerio, Notaria.—1 vez.—( IN2017134561 ).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 10:00 horas del 16 de marzo del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Dota High Altitude DHA S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-724807; por medio de la cual se acuerda aumentar su capital social.—San José, 16 de marzo del 2017.—Licda. Viviana Castro Alvarado, Notaria.—1 vez.—( IN2017134562 ).

Por escritura autorizada por mí, a las 8:00 del 2/5/2017, se protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de Topcorp S. A. 3-101-94951, en la cual se reformo el domicilio social de la compañía.—San José, 3 de mayo de 2017.—Lic. Ignacio Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017134563 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Urraca de Níquel Verde, S. A., cédula jurídica número 3-101-287610. Se reformó la cláusula del domicilio social y la de la administración. Es todo.—San José de mayo de 2017.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2017134566 ).

Por escritura otorgada ante mí, se constituyó una sociedad cuya razón social será el número de cédula jurídica que le sea asignado por el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional al momento de su inscripción, seguido por el aditamento -Sociedad Anónima”. Es todo.—San José, 8 de mayo de 2017.—Lic. Álvaro Enrique Leiva Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2017134569 ).

Ante mí, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Playa Tamarindo, Limitada, cédula jurídica número tres- ciento dos- trescientos treinta y un mil seiscientos setenta y nueve, mediante la cual se modificó la cláusula sexta de la administración y se realizaron nuevos nombramientos. Escritura número veintinueve, otorgada en San José a las doce horas y doce minutos del ocho de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. María Elisa Arce Picado, Notaria.—1 vez.—( IN2017134571 ).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela a las 9 horas del 10 de mayo del 2017 se reformó cláusula sexta de Tres- Ciento Uno-Seiscientos Treinta Dos Mil Quinientos Dieciocho S. A., cédula jurídica número 3-101-632518.—Alajuela, 10 de mayo del 2017.—Licda. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017134574 ).

Que en escritura de las 10:00 del 12/05/17 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Importadora Mariela Sociedad Anónima, cedula 3 - 101 - 524816, se acordó modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo y se aumenta el capital social.—Cartago 12/05/2016.—Lic. Jorge Monge Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017134612 ).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría números ciento cuarenta y uno de las quince horas del treinta y uno de marzo del dos mil diecisiete y ciento cincuenta y uno de las catorce horas del ocho de mayo del dos mil diecisiete, se fusionaron las sociedades denominadas B.Q. Acuática Contemporánea Sociedad Anónima y Jonronero Sociedad de Responsabilidad Limitada, prevaleciendo la Última Jonronero Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 8 de mayo del 2017.—Licda. Paola Castro Montealegre, Notaria.—( IN2017134427 ).           3 .v. 1.

Según escritura número ciento setenta y cuatro, realizada ante el notario público, Christian Javier Badilla Vargas, se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Reval Noventa y Seis Cero Dos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seis nueve dos cinco cuatro cuatro.—San José 12 de mayo del 2017.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017134550 ).

Por escritura otorgada ante esta Notaría se protocolizó acta de Asamblea General de la sociedad Multiservicios Altaluna S. A., donde se reformó la administración, domicilio y razón social.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017134615 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general de la sociedad Energía Creativa S. A., donde se reformó la administración.—San José, 08 de mayo del 2017.—Lic. Franklin Salazar Arce, Notario.—1 vez.—( IN2017134616 ).

Por escritura número ciento setenta y cinco-del tomo doce, otorgada a las quince horas del día veintisiete de agosto del dos mil quince, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria Corporación Gocas A. M. C. Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sétima del pacto social y se nombran como apoderados sin límite de suma al tesorero y el vicepresidente.—San Isidro de El General, al ser las dieciséis horas del día veintisiete de agosto del dos mil quince.—Lic. Hugo Armando Reyes Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2017134619 ).

Por la escritura número 200 otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 19 de abril del 2017, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de Finca de Los Austriacos Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio social.—San José, 11 de mayo del 2017.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1 vez.—( IN2017134622 ).

Mediante escritura pública otorgada a las 08:00 horas del 27 de abril del 2017, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria donde se modifica cláusula sexta de la representación y se nombra secretario de la sociedad Inmobiliaria Casolar S. A.—San José, 27 de abril del 2017.—Lic. Luis Gustavo González Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2017134640 ).

El suscrito Notario, Geovanny Astúa Arce, carné 13462, hace constar que mediante la escritura número sesenta y cinco de su protocolo número quince, se constituyó la sociedad denominada Lufehesa Sociedad Anónima, en la que se establece, capital social, junta directiva y plazo. Es todo.—Siquirres, catorce de mayo de año del dos mil diecisiete.—Lic. Geovanny Astúa Arce, Notario.—1 vez.—( IN2017134658 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, se constituyó la sociedad anónima denominada Inversiones Encontrarte SGA Sociedad Anónima, se puede abreviar Inversiones Encontrarte SGP S. A., plazo social 99 años, presidente con la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, el objeto principal será. el diseño, la confección. Comercialización de prendas de vestir, el diseño y comercialización de productos digitales. Además del comercio en general, la industria agroindustria, la ganadería y servicios.—Cartago, 6 de abril del 2017.—Lic. Gerardo Machado Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017134673 ).

El día de hoy he protocolizado acta de la empresa Fallsant f.S. S. A., mediante la cual se reforma el domicilio social.—San José, 09 de mayo del 2017.—Ms.C. Mónica Lizano Zamora, Notaria.—1 vez.—( IN2017134675 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diecisiete horas diez minutos del once de mayo del año dos mil diecisiete, se modificó la cláusula segunda y sexta del pacto constitutivo y se hacen nuevos nombramientos de Eco Mulch Internacional S. A., presidente: Freddy Alfaro Ruiz. Notaria pública: Silvia Castro Quesada, carné 15236.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, once de mayo del año dos mil diecisiete.—Licda. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017134676 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las dieciocho horas diez minutos del once de mayo del año dos mil diecisiete, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de Inversiones Zúñiga Sánchez S. A., presidente: Guillermo Zúñiga Madrigal. Notaria pública: Silvia Castro Quesada, carné 15236.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, once de mayo del año dos mil diecisiete.—Licda. Silvia Castro Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017134677 ).

Por escritura doscientos setenta otorgada a las once horas del once  mayo del dos mil diecisiete. Se constituye la sociedad Calcetera Valverde C.R. Sociedad Anónima. Presidente: Juan Carlos Valverde Jaén, secretaria Andrea Valverde Jaén, tesorera Mónica Valverde Jaén, todos de calidades dadas, se nombra fiscal a Natalia Vargas Rivas.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2017134713 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, a las diez horas del 12 de mayo del 2017, se protocolizó acta que aprueba la renuncia y nombramiento del presidente y tesorero de la junta directiva de la sociedad anónima: Corporación Garisa de Alajuela S. A., por acuerdo tomado entre los socios, de lo cual esta notaria da fe.—Alajuela, 12 de mayo del 2017.—Licda. Mariela Paniagua Camacho, Notaria.—1 vez.—( IN2017134715 ).

Por escritura pública número trescientos setenta y siete-quince otorgada ante esta notaría, a las diez horas del día primero de mayo del año dos mil diecisiete, se reformó el pacto constitutivo en su cláusula primera la sociedad se denominará Agro Siembra Va & Gui Sociedad Anónima. Presidente: Walter Gerardo Varela Jara.—Lic. Carlos Luis Rojas Céspedes, Notario.—1 vez.—( IN2017134716 ).

Por escritura otorgada ante la notaria Ludmila Voloshena, notaria pública, a las ocho horas del primero de abril del dos mil diecisiete y adicional otorgada ante el notario Raúl Chacón Bonilla, se constituye sociedad denominada LT M Educativa Internacional Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago, Turrialba, Santa Rosa, de la iglesia católica ochocientos metros al este. Representes judiciales presidente y secretaria.—Turrialba, quince de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Raúl Chacón Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017134717 ).

Mediante escritura otorgada en esta notaría a las 13:40 horas del 10 de mayo del 2017, se disolvió la sociedad que se denominaba Tres-Ciento Dos- Setecientos Veinticinco Mil Doscientos Cincuenta y Nueve S.R.L. cédula de persona jurídica Tres Ciento Dos-Setecientos Veinticinco Mil  Doscientos Cincuenta y Nueve S.R,L con domicilio en San José, objeto genérico, plazo 100 años, capital social diez mil colones cuyo apoderado generalísimo sin límite eran el gerente actuando individualmente.—San José, 10 de mayo de 2017.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—( IN2017134718 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se reformó la cláusula sexta del pacto constitutivo, de la compañía BT Global Costa Rica SRL 3-102-280590. Es todo.—San José, 24 de abril del 2017.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017134719 ).

Ante mi Oscar Venegas Córdoba, mediante escritura pública número ciento cincuenta y nueve, visible a folio ciento ochenta y tres vuelto, del tomo trece de mi protocolo, otorgada a las ocho horas del once de mayo del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Agrícola Vargas y Salas V Y S de Orotina S. A., específicamente, en cuanto al capital social.—San José, 11 de mayo del 2017.—Lic. Oscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017134731 ).

Por escritura otorgada en mi notaria a las nueve horas del seis de mayo del dos mil diecisiete, se modificó la cláusula octava en cuanto a la representación legal de la sociedad Inversiones Glerdava S. A.—Licda. Tamara Montecinos A., Notaria.—1 vez.—( IN2017134752 ).

Que ante mi notaría, se tramita constitución de sociedad anónima que se denominará Barquero Cordero Sociedad Anónima, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución.—Lic. Carlos Manuel Guzmán Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2017134788 ).

Por escritura número ciento setenta-dos, otorgada ante esta notaría a las 19:00 horas del nueve de mayo del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad Palcas y Compañía S.A., domiciliada en Heredia, San Joaquín de Flores, Condominio Anderes, casa dieciséis E, cuyo capital social es la suma de diez mil colones y el objeto: tendrá como objeto principal el ejercicio del comercio, la industria, la agricultura en general.—Heredia, nueve de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Erika Guido Diaz, Notaria.—1 vez.—( IN2017134793 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 15:00 horas del día de hoy se protocolizó acta de la sociedad 3-101-597578 S. A., mediante la cual se reforma clausula segunda y se designan directores.—San José, 12 de mayo del 2017.—Lic. Alfonso J. Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—( IN2017134794 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría a las 15:30 horas del día de hoy, se protocolizó acta de la sociedad 3-101-597579, S. A. mediante la cual se reforma la cláusula segunda y se designan directores.—San José, 12 de mayo del 2017.—Lic. Alfonso J. Jiménez Meza, Notario.—1 vez.—( IN2017134795 ).

Los séniores David Mauricio Díaz Medrano y Johannatan Rodríguez Calvo constituyen Tpresto Costa Rica S.A. Escritura otorgada a las trece horas del once de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017134800 ).

Los señores David Mauricio Díaz Medrano y Johannatan Rodríguez Calvo constituyen Cashpak Costa Rica S. A. Escritura otorgada a las trece horas y treinta minutos del once de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Luis Lacayo Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017134801 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las doce horas del diecisiete de abril del dos mil diecisiete; protocolizo acta de la sociedad El Punto Mal Lindo del Mapa Limitada, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo referente a la administración. Es todo.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Adrián Ceciliano Altamirano, Notario.—1 vez.—( IN2017134802 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del veinte de abril del dos mil diecisiete; protocolizo acta de la sociedad Corporación Águila del Desierto S. A., mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo referente a la administración. Es todo.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Adrián Ceciliano Altamirano, Notario.—1 vez.—( IN2017134804 ).

Por escritura número cuatrocientos treinta y nueve, otorgada ante mí a las diez horas del doce de mayo del dos mil diecisiete, se acuerda constituir la Compañía Torre Sol del Este Sociedad Anónima.—San José, doce de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Dinorah Obando Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2017134810 ).

Por escritura otorgada ante mí a las diez horas quince minutos del cinco de mayo del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad “Desarrolladores de Oportunidades Exitosas (DOEX), Sociedad de Responsabilidad Limitada”, con un plazo social de noventa y nueve años a partir de su constitución y con un capital social de veinte dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América.—San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Gustavo Adolfo Tellini Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017134811 ).

Yo Yesenia Arce Gómez, notaria pública de Escazú, mediante escritura pública número treinta y cuatro se disolvió la sociedad: Neosol T C S Sociedad Anónima y mediante la escritura pública número treinta y seis se aumenta el capital social y se nombra nueva junta directiva de la sociedad Concassee Industrias Sociedad Anónima.—Escazú, 12 de mayo de 2017.—Licda. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2017134815 ).

Ante mi Notaría, a las ocho horas del veinticinco de marzo del dos mil diecisiete en la ciudad de Heredia, se constituye la sociedad Servicios Profesionales Especializados S. A., capital social cien mil colones, objeto: comercio en general.—Licda. Cris Vanessa Brenes Villalta, Notaria.—1 vez.—( IN2017134816 ).

En mi notaría, mediante escritura número 142-28, otorgada a las 17:00 horas del 10 de mayo del 2017, se protocolizó acta donde se reforman las cláusulas primera y quinta de los estatutos sociales de la sociedad Cayo Jutias Aha S. A., cédula jurídica 3-101-428459.—San Ramón, Alajuela, 13 de mayo del 2017.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2017134819 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 09:00 horas del 11 de mayo de 2017 se protocolizó acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad Villa Verde Uno Emilia Romagna, Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-483940, mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, 11 de mayo del 2017.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017134820 ).

Ante esta notaría, el día quince de mayo del dos mil diecisiete se constituyó la sociedad Lógica Transport Lodetrans LTL S. A, capital social cien mil colones el cual se paga aportando dos equipos de cómputo portátil y una copiadora, domicilio Heredia, Flores, San Joaquín, del Mega Super cincuenta metros oeste y setenta y cinco metros norte, plazo social noventa y nueve años, presidente Jorge Acuña Blanco, notario cartulante Didier Solórzano Ruiz.—Lic. Didier Solórzano Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017134821 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas del día doce de mayo del año dos mil diecisiete, se nombró tesorero y fiscal de la sociedad Agroforestales Arcamher Sociedad Anónima.—Turrialba, 12 de mayo del 2017.—Licda. Viriam Fumero Paniagua, Notaria.—1 vez.—( IN2017134824 ).

Por escritura de esta notaría, de las 8:00 horas del 15 de mayo del año 2017, se protocolizó acta de asamblea de socios de la empresa Tres-Ciento Uno – Cinco Seis Tres Tres Siete Tres, Sociedad Anónima, cedula jurídica número tres ciento uno cinco seis tres tres siete tres, la cual se modificó el domicilio, la representación y facultades; y se nombró nuevo presidente, tesorero, secretarlo y fiscal por el resto del plazo social.—San José, 15 de mayo del 2017.—Lic. Sebastián Calderón Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017134825 ).

Hoy Protocolicé Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de Accionistas de la compañía de este domicilio Tres - Ciento Uno - Cuatrocientos Setenta y Tres Mil Setecientos Veintitrés Sociedad Anónima, modificando el pacto social, revocando nombramiento en la junta directiva y el fiscal y haciendo nuevos nombramientos.—San José, 13 de mayo del año 2017.—Licda. Patricia Lara Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017134830 ).

En escritura 018-29 otorgada ante esta notaría a las 14: 30 horas del 25 de abril   del año 2017, se protocolizó Acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Comerciales Italoromanas S.P.N., S. A., cédula jurídica 3-101-478291, en la misma se reforma la cláusula de la representación.—San José, 30 de abril del 2017.—Lic. miguel Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017134831 ).

Yo, Sebastián David Vargas Roldan, hago constar que el día de hoy constituido en mi notaría, la sociedad denominada Carmen Veintidós -Veintidós, Sociedad Civil. Es todo.—San José, siete de quince de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Sebastián David Vargas Roldan, Notario.—1 vez.—( IN2017134832 ).

El día de hoy en mi Notaria se protocolizó la reforma de estatutos en cuanto al domicilio social y la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, de la empresa Tripartec Sociedad Anónima, representante legal: El Presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Miramar, 20:00 horas del 18 de abril del 2017.—Lic. Jockseline Zúñiga Varela, Notario.—1 vez.—( IN2017134835 ).

El 9 de mayo de 2017, se protocoliza acta de El Fondo Cisne S. A., donde se acuerda la disolución de la sociedad. Einar José Villavicencio López, Notario de Brasilito.—Lic. Einar José Villavicencio López, Notario.—1 vez.—( IN2017134841 ).

En la notaría de la Licda.  María Jesús Espinoza Garro, mediante escritura número ochenta y seis- cuatro, se protocolizó acta de la sociedad Dos Robles Enhiestos de la Bonita Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- cientos uno- quinientos trece mil dos, donde se acordó de forma unánime disolver la sociedad.  Es todo..—San José, quince de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—( IN2017134842 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, se protocolizó acuerdo en que se modifica la cláusula segunda: Domicilio social y la cláusula décimo cuarta: junta directiva del pacto constitutivo de Meralco Sociedad Anónima; cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos catorce mil noventa y tres. Se reforma representación de junta directiva.—Pital, San Carlos, doce de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Yesenia Quesada Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017134848 ).

Yo la suscrita notaria Xinia Arias Naranjo hago constar que ante esta notaría se modificó el pacto constitutivo de la sociedad Finca La Ojochaleña S. A. con domicilio en Ojochal osa Puntarenas ochocientos metros al norte de la escuela.—Ciudad Cortes, Osa, 13 de mayo 2017.—Licda. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—( IN2017134869 ).

Yo la suscrita Notaria Xinia Arias Naranjo hago constar que ante esta notaria se disolvió la sociedad La Casita de Papi S A. con domicilio en Ojochal osa Puntarenas ochocientos metros al norte de la escuela Ciudad Cortes.—Osa, 13 de mayo 2017.—Licda. Xinia Arias Naranjo, Notaria.—1 vez.—( IN2017134870 ).

Por escritura otorgada a las 8 horas del 11 de mayo de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Secure División Escoltas S. A., cédula jurídica: 3-101-330648. Se modifica el domicilio social.—Licda. Bárbara Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—( IN2017134872 ).

Por escritura otorgada a las 9:00 horas del 11 de mayo de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Secure Seguridad Electronica S. A., cédula jurídica: 3-101-185597. Se modifica el domicilio social.—Licda. Bárbara Durán Avilés, Notaria.—1 vez.—( IN2017134873 ).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las 09:00 horas del 17 de febrero de 2017 se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada 3-102-655879, Sociedad Anónima por la cual se reforma cláusula sexta del pacto constitutivo sobre administración y se nombra gerentes por resto del período.—San José 17 de febrero de 2017.—Licda. Olga Bejarano Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017134880 ).

Hoy día, se protocolizó acta de la sociedad La Casita de Barva, titular de la cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos trece mil setecientos veinticuatro; en donde se acuerda la modificación de la cláusula primera y sexta.—Desamparados, San José, nueve de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017134894 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría: a las 17 horas del 26 de abril del 2017, se protocolizo acta de asamblea general, de la sociedad Vehículo para Embellecimiento Ornamental S. A., cédula jurídica 3-101-573499, reformando la cláusula sétima del pacto constitutivo de la sociedad.—Alajuela, 13 de abril del 2017.—Licda. Yamileth Pérez Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017134895 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del doce de mayo del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Algamego Sociedad Anónima. Se acuerda modificar las cláusulas, segunda del domicilio, sétima de la administración y se nombra nueva junta directiva.—San José, doce de mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Giselle Barboza Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017134901 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 13:00 del día 5 de mayo del 2017, la empresa Árbol de Orejas Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en donde se reforma la cláusula segunda del pacto social, referente al domicilio.—San José, 5 de mayo de 2017.—Lic. Mauricio París Cruz, Notario.—1 vez.—( IN2017134905 ).

En escritura otorgada en esta notaría a las nueve horas del veintisiete de enero del año en curso, se constituyó la sociedad Inversiones Face Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintisiete de enero del dos mil diecisiete.—Lic. Edward Monge Abarca, Notario.—1 vez.—( IN2017134915 ).

Los señores Diego Andres Caceres Dimate y Edwin Eduardo Cubillos Dimate constituyen la empresa denominada Grupo El Ofertazo KCRES Sociedad Anonima. Capital social seis millones de colones, con domicilio social San José Centro, avenida central cincuenta metros este del bar chelles. Escritura otorgada en San José, a las once horas del dia quince mayo dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario.—1 vez.—( IN2017134927 ).

Por escritura número treinta-dos, otorgada ante los notarios públicos Mónica Dobles Elizondo y Alberto Sáenz Roesch, actuando en el protocolo del primero a las trece horas quince minutos del día once de mayo del año dos mil diecisiete, se acuerda modificar la representación, revocar y realizar nuevos nombramientos de la junta directiva, fiscal y agente residente de la sociedad Ornamentales Sapo Verde S. A.—San José, 15 mayo del año 2017.—Licda. Mónica Dobles Elizondo, Conotario.—1 vez.—( IN2017134929 ).

En escritura pública N° 58 otorgada en San José, 17:00 horas, 11-05-2017, se constituyó Comercializadora Moto Power S. A. Capital totalmente suscrito y pagado. presidente Jesús Martínez Aristizabal y secretario John Jairo Velásquez Montoya, con representación judicial y extrajudicial.—Lic. Javier Slein Sandí, Notario.—1 vez.—( IN2017134932 ).

Por instrumento público número treinta y dos, otorgado en mi notaria, en San José, emitida a las quince horas del día doce de mayo de dos mil diecisiete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Arrienda Costa Pinta CRC Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos veintiún mil trescientos treinta y nueve, mediante la cual se modifica la cláusula segunda, referida al cambio de domicilio de la sociedad.—San José, doce de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Restrepo Muñuz, Notario.—1 vez.—( IN2017134934 ).

El día de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Corporación Cha-RO e Hijos Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda la reforma de las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo.—Cartago, 12 de mayo del 2017.—Licda. Patricia María Meza Meza, Notaria.—1 vez.—( IN2017134947 ).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del siete de abril del arlo dos mil diecisiete, se protocolizo el acta donde se modifica el pacto constitutivo de la sociedad denominada Terconder Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- uno cero uno— seis cuatro nueve cero dos cuatro, específicamente su cláusula octava en cuanto a la representación.—Lic. Jorge Luis Valerio Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017134957 ).

Ante esta notaría, en la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier; cincuenta metros al sur, en la Oficina de la Firma PricewaterhouseCoopers, a las diez horas del día quince de mayo del año dos mil diecisiete, se procedió a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Price Waterhouse Coopers Consultores Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero sesenta y nueve mil seiscientos veintidós, mediante la cual se transforma la compañía a una sociedad de responsabilidad limitada.—Licda. Ingrid Noemy Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—( IN2017134963 ).

Ante esta notaría, en la ciudad de San José, exactamente en San Pedro, Barrio Los Yoses, del Restaurante Le Chandelier; cincuenta metros al sur, en la Oficina de la Firma PricewaterhouseCoopers, a las ocho horas del día quince de mayo del año dos mil diecisiete, se procedió a protocolizar el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad PWC Interamericas Tax Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y dos mil ochocientos veinticuatro, mediante la cual se transforma la compañía a una sociedad de responsabilidad limitada.—Licda. Ingrid Noemy Jiménez Godoy, Notaria.—1 vez.—( IN2017134964 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las quince horas treinta minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Condominios de Los Faleros LLC. Limitada, mediante la cual se reforma la cláusula cuarta del pacto social.—San José, veintinueve de marzo del dos mil diecisiete.—Lic. Andrés Oviedo Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2017134965 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las once horas treinta minutos del once de mayo del dos mil diecisiete se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la compañía Blue Water Adventure Tours LLC, Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas octava y décima del pacto social.—San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN2017134966 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las doce horas treinta minutos del once de mayo del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de cuotistas de la compañía KRC Development LLC, Limitada, mediante la cual se reforman las cláusulas segunda, octava y décima del pacto social.—San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN2017134967 ).

Por escritura otorgada ante este notario, a las doce horas del once de mayo del dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general de Cuotistas de la compañía Blue Water Properties LLC, Limitada, mediante la cual se reforman las cláusula segunda, octava y décima del pacto social. San José, once de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Carlós José Oreamuno Morera, Notario.—1 vez.—( IN2017134968 ).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios número uno de la sociedad Tres Ciento Uno - Seiscientos Sesenta y Ocho Mil Trescientos Treinta y Tres Sa, celebrada en su domicilio social a las catorce horas del dos de mayo del año dos mil diecisiete, se modificó la cláusula de la administración y representación, se revocó el nombramiento del tesorero y se nombra nuevo por el resto del plazo social. Se nombró vocal uno por el resto del plazo social. Es todo.—Playa Samara, Guanacaste, cinco de mayo del año dos mil diecisiete.—Licda. Fabiola López Gonzalez, Notaria.—1 vez.—( IN2017134971 ).

NOTIFICACIONES

SEGURIDAD PÚBLICA

DIRECCIÓN ASESORÍA JURÍDICA

OFICINA DE NOTIFICACIONES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ministerio de Seguridad Pública. Asesoría Jurídica. Proceso de Desalojos Administrativos. Se notifica mediante edicto, al no ser posible por medio común, según el artículo 241 inciso 4 de la Ley General de la Administración Pública, a Ana Isabel Ávila Solís, cédula N° 2-465-267, la audiencia 1195-16 AJ, Ministerio de Seguridad Pública. Asesoría Jurídica. San José, a las diez y treinta horas del dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis. Vistas las diligencias de desahucio administrativo incoadas por Federico Vega Herrera, cédula N° 1-775-449, apoderado de Global Mortgage Solutions Ltda., cédula jurídica 3-102-390456, se confiere audiencia a Ana Isabel Ávila Solís, cédula 2-465-267, en su condición de demandada, a efecto de que, previo a resolver, se refiera en forma escrita a dicho desalojo interpuesto en su contra, en relación a su ocupación por mera tolerancia, del inmueble matrícula 411038-000, ubicado en Alajuela, Desamparados, 800 metros oeste, 300 norte y 300 oeste de la iglesia católica de Rosales. La audiencia deberá ser contestada dentro del plazo de tres días hábiles, ante la Asesoría Jurídica del Ministerio de Seguridad Pública. En el mismo acto deberá aportarse toda la prueba pertinente, señalando fax, correo electrónico o dirección exacta para recibir notificaciones. Comuníquese. Expediente N° 5937-16.—Lic. Alejandro Chan Ortiz, Jefe, Proceso de Desalojos Administrativos, Ministerio de Seguridad Pública.—( IN2017133054 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución acoge cancelación

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ref: 30/2017/16108.—Colgate Palmolive Company.—Documento: Cancelación por falta de uso (The Procter & Gamble Company).—Nro y fecha: Anotación/2-98018 de 27/07/2015.—Expediente: 2007-0014958. Registro N° 190585 SENSISTAT en clase 3 Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:40:55 del 21 de abril del 2017.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Aarón Montero Sequeira, en calidad de Apoderado Especial de The Procter & Gamble Company contra el registro del signo distintivo SENSISTAT, registro N° 190585, el cual protege y distingue: “Productos para el cuidado bucal, específicamente, dentríficos y enjuague bucal” en clase 3 internacional, propiedad de Colgate Palmolive Company.

Resultando:

I.—Que por memorial recibido el 27 de julio del 2015, Aarón Montero Sequeira, en calidad de apoderado especial de The Procter & Gamble Company solicita la cancelación por falta de uso de la marca SENSISTAT, Registro N° 190585, en clase 3 internacional, propiedad de Colgate Palmolive Company. (Folios 1 a 2)

II.—Que por resolución de las 11:27:41 horas del 3 de agosto del 2015 se procede a dar traslado al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 4) Dicha resolución fue notificada al solicitante de la cancelación por falta de uso el 27 de agosto del 2015. (Folio 4 vuelto)

III.—Que por resolución de las 11:20:39 horas de 20 de setiembre del 2016 el Registro de Propiedad Industrial previene al solicitante de la cancelación para que aporte nueva dirección en virtud de la imposibilidad material de notificar conforme a derecho al titular del signo y de no conocerlo solicite la notificación por medio de edicto. (Folio 8) Dicha resolución fue debidamente notificada el 29 de setiembre del 2016. (Folio 8 vuelto).

IV.—Que por memorial de fecha 07 de octubre del 2016 la solicitante de la cancelación cumple con la prevención requerida. (Folio 9)

V.—Que por resolución de las 11:13:34 horas del 21 de diciembre del 2016 el Registro de Propiedad Industrial previene al solicitante de la cancelación para que aporte nueva dirección en virtud de la imposibilidad material de notificar conforme a derecho al titular del signo y de no conocerlo solicite la notificación por medio de edicto. (Folio 18) Dicha resolución fue debidamente notificada el 23 de diciembre del 2016. (Folio 18 vuelto).

VI.—Que por memorial de las 17 de enero del 2017 solicita expresamente se le notifique mediante edicto. (Folio 19)

VII.—Que por resolución de las 10:24:15 horas del 27 de enero del 2017 se le previene al solicitante de la cancelación que en virtud de la imposibilidad material de notificar conforme a derecho al titular del signo distintivo que se pretende cancelar, proceda el solicitante a publicar la resolución de traslado emitida a las 11:27:41 horas del 5 de agosto del 2016, a realizar por tres veces en La Gaceta y posteriormente aporte los documentos donde conste las tres publicaciones. (Folio 20). Dicha resolución fue notificada al solicitante de la cancelación el 09 de febrero del 2017. (Folio 21 vuelto).

VI.—Que por memorial de fecha 10 de marzo del 2017 el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La Gaceta N° 47, 48 y 49 de fecha 7, 8 y 9 de marzo del 2017 dentro del plazo otorgado. (Folio 24 a 27)

VII.—Que no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.

VIII.—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados. Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca SENSISTAT, registro N° 190585, el cual protege y distingue: “Productos para el cuidado bucal, específicamente, dentríficos y enjuague bucal.” en clase 3 internacional, propiedad de Colgate Palmolive Company.

-Que en este Registro de Propiedad Industrial se presentó la solicitud de inscripción 2014-10968 de la marca “SENSI-STOP en clase 3 de la nomenclatura internacional para proteger y distinguir: “Tratamiento desensibilizante para dientes” cuyo estado administrativo es: “Con resolución de rechazo de plano” presentada por The Procter & Gamble Company.

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Representación. Analizado el poder especial administrativo, documento referido por el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación por falta de uso y que consta en el expediente 2014-10968, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso de Aarón Montero Sequeira como apoderado especial de la empresa The Procter & Gamble Company. (Folio 3).

IV.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas por Aarón Montero Sequeira como apoderado especial de la empresa The Procter & Gamble Company se notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta 47, 48 y 49 de fecha 7, 8 y 9 de marzo del 2017 dentro del plazo otorgado. (Folio 24 a 27)

VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. A.- De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta por Aarón Montero Sequeira como apoderado especial de la empresa The Procter & Gamble Company se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que su representada solicitó la inscripción de la marca Sensi Stop y en virtud del registro 190585 no se logró la inscripción. 2) Que la marca SENSISTAT no cumple con los requisitos establecidos por el Tribunal Registra] Administrativo ya que la ha sido utilizada, comercializada o distribuida en nuestro país. 3) Que se incumple el requisito temporal, subjetivo y material.

VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto N° 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

“En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.”

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a Colgate Palmolive Company que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la marca SENSISTAT para distinguir productos en clase 3.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad The Procter & Gamble Company demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud de cancelación de marca se desprende que existió una objeción de inscripción en virtud del registro que se pretende cancelar.

En cuanto al uso, es importante resalta que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.

Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca”

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca SENSISTAT al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o

certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro N° 190585, marca SENSISTAT en clase 3 internacional propiedad de Colgate Palmolive Company.

VIII.—Sobre lo Que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular de la marca SENSISTAT, registro número 190585, al no contestar el traslado otorgado por ley para demostrar su mejor derecho no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para efectos de este Registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación.

Por tanto:

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, 1) Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por Aarón Montero Sequeira, en calidad de apoderado especial de The Procter & Gamble Company contra el registro del signo distintivo SENSISTAT, registro N° 190585, el cual protege y distingue: “Productos para el cuidado bucal, específicamente, dentífricos y enjuague bucal.” en clase 3 internacional, propiedad de Colgate Palmolive Company. Se ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifíquese.—Lic. Cristian Mena Chinchilla, Director.—( IN2017132905 ).

Documento admitido traslado al titular

Ref: 30/2016/17130. Angulo Opuesto S. A., cédula jurídica Nº 3-101-324010. Documento: cancelación por falta de uso (Interpuesto por “GRUPO MASCARÓ). Nro. y fecha: anotación/2-102363 de 11/03/2016. Expediente: 1900-7780225 Registro Nº 77802 BALLERINA en clase 25 Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 13:51:00 del 5 de mayo de 2016.

Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por el José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104330939, en calidad de apoderado especial de Grupo Mascaró S.L, contra el registro del signo distintivo BALLERINA, Registro Nº 77802, el cual protege y distingue: vestidos y calzado en clase 25 internacional, propiedad de Angulo Opuesto S. A., cédula jurídica Nº 3-101-324010. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesor Jurídico.—( IN2017133236 ).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Documento admitido traslado al titular

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ref: 30/2017/4999. Invitrogen Corporation. Documento: cancelación por falta de uso (Interpuesta por “AGRICENTER S.). Nro. y fecha: anotación/2-108518 de 23/12/2016. Expediente: 2008-0011444 Registro Nº 192471 Life Technologies en clase 42 Marca Denominativa.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:47:49 del 3 de febrero de 2017.

Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso, promovida por el José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez, cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial de Agricenter S. A. contra el registro del signo distintivo LIFE TECHNOLOGIES, Registro Nº 192471, el cual protege y distingue: brindar una base de datos de computadoras en línea con información en el campo de la investigación médica y científica; consulta e investigación en los campos de ciencias, tecnología, medicina y salud, principalmente, secuenciación de ácidos nucleicos, análisis y síntesis de oligonucleótidos y otras moléculas para uso en la investigación de ciencias vitales e investigación en biotecnología; servicios de computación, principalmente, brindar uso temporal de software no-descargable en línea para accesar y analizar información en el campo de la ciencia, tecnología, medicina, salud y política pública; servidos de diagnóstico médico, de investigación y de laboratorio en el campo de secuenciación de ácidos nucleicos, análisis y síntesis de oligonucleótidos y otras moléculas para uso en investigación en ciencias vitales e investigación en biotecnología; instalación, mantenimiento y reparación de software de computadoras para uso científico, médico, de investigación y de diagnóstico; análisis de ácidos nucleicos; investigación genética, principalmente, descubrimiento de genes, investigación de enfermedades genéticas, genómica e investigación y desarrollo de expresión de genes; servicios de investigación de farmacocinética; servicios de investigación en proteómica; identificación de genes, clonación de genes, expresión de genes, mapeo de genes, electroforesis, purificación de proteínas y análisis, y detección de interacción de proteínas; investigación médica y científica; investigación médica y científica para el desarrollo y comercialización de estimuladores terapéuticos del sistema inmunológico a base de células e intensificadores para el tratamiento del cáncer y enfermedades infecciosas; investigación técnica y servicios de consulta en los campos de la farmacéutica, medicina, ciencias biológicas, inmunoterapia, y aparatos médicos, desarrollo de nuevos productos en los campos de la farmacéutica, medicina, ciencias biológicas, inmunoterapia y aparatos médicos para otros; servicios de laboratorios médicos; investigación y desarrollo de nuevos productos de inmunoterapia para otros; investigación y desarrollo biofarmacéutico; servicios de investigación científica; pruebas médicas de laboratorio y servicios de diagnóstico. Investigación científica, principalmente, desarrollo de medios de cultivo microbiológicos, de mamíferos e insectos, formulaciones de medios, y reactivos de cultivo de células, y evaluar medios de cultivo para otros. Contratación de servicios de laboratorio y consulta enfocados principalmente a estudios de interacción de drogas, estudios de metabolismo de drogas y estudios de hepatotoxicidad, como la inducción e inhibición de enzimas, fenotipifícación de reacciones, estabilidad y determinación de perfiles del metabolito, y ensayo químico o análisis de P-glicoproteína, en clase 42 internacional, propiedad de INVITROGEN CORPORATION. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesor Jurídico.—( IN2017134207 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Se hace saber a la señora Elizabeth Olaso Cabalo, pasaporte número GG197308, en su calidad de presidente inscrito de la sociedad Fondos y Fideicomisos de la Primera República S. A. cédula jurídica 3-101-348117, que a través del Expediente DPJ-031-2017 del Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa de Oficio en contra de la sociedad Fondos y Fideicomisos de la Primera República S. A., cédula jurídica 3-101-348117, por la transgresión al artículo 63 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. A efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11- 2010 del 25 de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera preventiva en la inscripción registral de la citada sociedad y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a su derecho convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 28 de abril del 2017.—Departamento de Personas Jurídicas.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico.—O.C. N° OC17-0028.—Solicitud N° 83740.—( IN2017133987 ).

Se hace saber a la señora Elizabeth Olaso Cabalo, pasaporte número GG197308, en su calidad de presidente inscrito de la sociedad Manejos y Fondos Diversificados de la Primera República S. A., cédula jurídica 3-101-348915, que a través del Expediente DPJ-032-2017 del Registro de Personas Jurídicas se ha iniciado diligencia administrativa de Oficio en contra de la sociedad Manejos y Fondos Diversificados de la Primera Republica S.A. cédula jurídica 3-101-348915, por la transgresión al artículo 63 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. A efecto de proceder como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados, todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de agosto del año dos mil diez, dictada por la Dirección de este Registro, de conformidad con lo estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento del Registro Público, que es Decreto Ejecutivo N° veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha ordenado consignar advertencia administrativa de manera preventiva en la inscripción registral de la citada sociedad y por este medio se le confiere audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a su derecho convenga. Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat, 28 de abril del 2017.—Departamento de Personas Jurídicas.—Lic. Juan Carlos Sánchez García, Asesor Jurídico.—O. C. Nº OC17-0028.—Solicitud Nº 83743.—( IN2017134002 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

REGISTRO INMOBILIARIO

Se hace saber a Robert Brown Moss, pasaporte número KE-187127, como titular registral del inmueble de San José matrícula número 225672, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas a instancia de parte, relacionadas con la sobreposición de esa finca con los inmuebles de San José matrículas 316580, 226153 y 242460. En virtud de lo denunciado esta Asesoría, mediante resoluciones de las 15:55 horas del 01/03/2011 y de 14:00 horas del 07/08/2014, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre las fincas aludidas; y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:05 horas del 07/04/2017, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o correo electrónico, conforme los artículos 93, 94, 98 y concordantes del Reglamento del Registro Público de la Propiedad de Bienes Inmuebles, que es Decreto Ejecutivo N° 26771-J, del 18 de febrero de 1998, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el medio indicado no fuera capaz de recibir las notificaciones, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público N° 3883, el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687. Publíquese. (Referencia Exp. 2011-0255-RIM).—Curridabat, 07 de abril del 2017.—Licenciado Federico Jiménez Antillón, Asesor Jurídico.—1 vez.—O.C. N° OC17-0027.—Solicitud N° 84042.—( IN2017134065 ).

AVISOS

COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS

Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para información refiérase al N° INT-052-2017/159-15, Auto de Intimación en San José, Granadilla de Curridabat, casa anexa número uno del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (en adelante CFIA), al ser las 11:12 horas del 21 de marzo del 2017, el Tribunal de Honor instaurado por la junta directiva general en el acuerdo N° 03, sesión N° 28-15/16-G.E., de fecha 28 de junio de 2016, resuelve emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio al proceso disciplinario seguido en el expediente administrativo número 159-15, a la empresa Mac Monteayarco Desarrollos Habitacionales Ltda registro número CC-07641, por su actuación en el siguiente asunto: en su condición de empresa responsable de la primera fase (estudios preliminares, anteproyecto, planos y especificaciones) del contrato de consultoría número OC-649638 de fecha 26/06/2014 y responsable de la materialización del contrato mencionado, para la construcción de casa de habitación de 114m2 propiedad de José Luis Ulett Valverde, ubicada en la provincia de Cartago, cantón Oreamuno, distrito San Rafael, catastro C-931514-2004, Urbanización Villa Laura, lote 21. Se le atribuye la presunta comisión de los siguientes hechos: 1. Incumplir los compromisos adquiridos con su cliente el señor José Luis Ulett Valverde establecidos en el contrato constructivo firmado por las partes en fecha de 1 de noviembre de 2014 (folio 010 al 019 y folios 024 y 025) y el documento denominado “Acta de Constitución” de fecha de 22 de enero de 2015 (folios 026 al 028), al dejar la obra en sus actividades iniciales del proceso constructivo con un avance del 50% de cimentaciones, 10% paredes de mampostería y 25% de las columnas del primer nivel. Lo anterior de conformidad con lo indicado en el informe del Ing. Alberto Blanco C. de fecha de 13 de mayo de 2015 (folios 035 y 036), escritura pública del notario Marco Didier Varela Castillo (folios 078 y 079), informe técnico rendido por el Ing. Javier Sánchez Díaz y el TA. Bryan Rodríguez Araya (folios 080 al 086) y de la denuncia del señor José Luis Ulett Valverde (folios 004 al 009). Con lo actuado podría haber faltado a: Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica: Artículo 8, incisos a), b) y c); Artículo 52. Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica: artículo 53; artículo 55. Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: artículos 11B, incisos a), b), i) y j). Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica: artículos 2, 3, 5, 9, 10, 18, 19 y 45. Sobre los cargos que se le hace a Mac Monteayarco Desarrollos Habitacionales Ltda, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente. Se le advierte que de no apersonarse al proceso este continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 82 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA). Se garantiza a la investigada el acceso en todo momento al expediente N° 159-15, sus piezas y antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio (artículos 106, 107 y 108 del Reglamento del Proceso disciplinario del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General. Asimismo, se cita a Mac Monteayarco Desarrollos Habitacionales Ltda, en calidad de investigada para que comparezca por medio de su representante legal, a la sede de este órgano en el Departamento de Tribunales de Honor del CFIA, ubicada en la casa anexa número uno del edificio del CFIA en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 83 del “Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA”, que se llevará a cabo el día lunes 26 de junio a las 08:30 horas. En dicha audiencia podrá ejercer su derecho de defensa y deberá aportar toda la prueba que no haya sido aportada, bajo sanción de caducidad; podrá formular interrogatorios, argumentos y conclusiones. La no asistencia a la comparecencia no impedirá que ésta se lleve a cabo y se resolverá con los elementos de juicio existentes. Se apercibe al investigado, que dentro del tercer día hábil y por escrito, de conformidad con lo establecido en los artículos 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario y 9 del Reglamento Especial para las Notificaciones y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un número de fax, o bien un correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA. Notifíquese.—Tribunal de Honor de Empresas.—Ing. Jorge E. Montero Cabezas, Presidente.—O. C. N° 292-2017.—Solicitud N° 84321.—( IN2017135412 ).

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS

ECONOMICAS DE COSTA RICA

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

De conformidad con el artículo N° 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por publicación a los siguientes miembros del Colegio, los cuales no fue posible la notificación en las direcciones que constan en la base de datos del Colegio, el Acuerdo N° 5 de la Sesión Ordinaria de Junta Directiva N° 2665-2017, celebrada el 20 de febrero del 2017, en el cual se acordó suspenderlos del ejercicio de la profesión por morosidad en el pago de sus cuotas de colegiatura, según lo establecido en el artículo 35 inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Orgánica N° 7105.

Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF

 

Lic. Ricardo Lamuge Salas, Fiscal.—Licda. Rosa Elena Baltodano Quintana, Secretaria.—MBA. Zoila Víquez Ramírez, Directora Ejecutiva a. í.—O.C. N° 2563.—Solicitud N° 17905.— ( IN2017133094 ).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

PROYECTO DE REGLAMENTO PARA REGULAR

ACTIVIDADES DOMICILIARES DE SUBSISTENCIA

DEL CANTÓN CENTRAL DE SAN JOSÉ

La Municipalidad de San José, informa a los interesados que la presente Fe de Erratas al “Proyecto de Reglamento para Regular Actividades Domiciliares de Subsistencia del cantón Central de San José” Publicado en el Alcance N° 99 del Diario Oficial La Gaceta del 9 de mayo de 2017, es con el objetivo de indicar que las observaciones por un plazo de diez días hábiles a partir de la publicación mencionada con anterioridad, Alcance N° 99, serán recibidas en la siguiente dirección electrónica: lartavia@msj.go.cr de la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Municipalidad, ubicada en av. 10, 4to., piso del edificio municipal “José Figueres Ferrer”.

San José, 10 de mayo de 2017.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 137647.—Solicitud Nº 84131.—( IN2017135923 ).

AVISOS

CORREOS DE COSTA RICA S. A.

En cuanto a la publicación de las tarifas de los servicios no regulados (Alcance 103 de La Gaceta, del lunes 15 de mayo de 2017), léase correctamente lo que se indica a continuación:

1.-En el artículo 1, incluir a “Gran Área Metropolitana” las sucursales de:

1. Acosta.                                 6. Puriscal.

2. Grecia.                                  7. San Marcos de Tarrazú.

3. León Cortés.                       8. San Ramón.

4. Naranjo.                              9. Sarchí Norte.

5. Palmares.                             10. Turrialba.

E incluir en el “Resto del País”, a las siguientes sucursales:

1. Cuidad Quesada.               3. San Isidro de Pérez Zeledón.

2. Limón.

Gerardo Mauricio Rojas Cartín, Gerente General.—1 vez.—( IN2017135937 ).