LA
GACETA N° 103 DEL 01 DE JUNIO
DEL 2017
DECRETOS
N° 40411-MGP
ACUERDOS
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
DOCUMENTOS VARIOS
HACIENDA
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
EDUCACIÓN PÚBLICA
CULTURA Y JUVENTUD
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
LICITACIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
AGRICULTURA Y GANADERÍA
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
CONSEJO NACIONAL DE RECTORES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
NOTIFICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
FE DE ERRATAS
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
SUPERINTENDENCIA DE
TELECOMUNICACIONES
RÉGIMEN
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE
SANTO DOMINGO
MUNICIPALIDAD DE
PARRITA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
SEGURIDAD PÚBLICA
MUNICIPALIDADES
FE DE
ERRATAS
AVISOS
MUNICIPALIDADES
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 incisos 3), 20) y 146 de la Constitución Política; los
artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), 28 inciso 2) acápite b) y 121 de la Ley
General de la Administración Pública, Ley N° 6725 de 10 de marzo de 1982,
reformada por Ley N° 7974 del 04 de enero de 2000 y los Capítulos VIII y VII,
Artículos 29 y 32 de la Sesiones Ordinarias 05-2017 y 10-2017 celebradas los
días 24 de enero y 14 de febrero de 2017, respectivamente, por la Municipalidad
del Cantón de Belén, Provincia de Heredia. Por tanto,
Decretan:
Artículo 1°—Conceder asueto a
los empleados públicos del cantón de Belén, provincia de Heredia, el día 08 de
junio de 2017, con las salvedades que establecen las leyes especiales, con
motivo de la celebración de las Fiestas Cívicas-Patronales de dicho cantón.
Artículo 2°—En cuanto a
los funcionarios del Ministerio de Educación Pública, será el jerarca de dicha
institución quien determine, con base en el artículo 213 del Código de
Educación y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa Cartera que laboren para ese cantón.
Artículo 3°—En relación con los funcionarios
de la Dirección General de Aduanas, será el jerarca del Ministerio de Hacienda,
quien determine, con base en el artículo 14 párrafo segundo de la Ley General
de Aduanas y mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como
asueto a los funcionarios de esa dirección que laboren en ese cantón.
Artículo 4°—En relación con los funcionarios
del Instituto Nacional de Seguros, será el jerarca de esa Institución quien
determine, con base en el Artículo 6 inciso c) de la Ley 12 del 30 de octubre
de 1924, reformada por la Ley N° 8653 Ley Reguladora del Mercado de Seguros y
mediante circular interna, si el día señalado se les otorgará como asueto a los
funcionarios de esa entidad que laboren en ese Cantón.
Artículo 5°—No se concede el presente asueto
a los servidores policiales que pertenezcan a los cuerpos policiales adscritos
al Ministerio de Seguridad Pública, en virtud de que su labor no puede ser
interrumpida, en aras del mantenimiento del orden público y por lo dispuesto en
el Artículo 8 de la Ley Orgánica del Ministerio de Seguridad Pública N° 5482.
Artículo 6°—Rige el día 08 de junio de 2017.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a las catorce horas y treinta y ocho minutos día seis de marzo
del año dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMOS SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—.1 vez.—O. C. N°
31361.—Solicitud N° 16434.—( D40411 - IN2017138277 ).
Nº 0009-2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en los artículos
140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los numerales 25, 27
párrafo primero, 28 párrafo segundo, inciso b) de la Ley General de la
Administración Pública; la Ley de Régimen de Zonas Francas, Ley N° 7210 del 23
de noviembre de 1990 y sus reformas; la Ley de Creación del Ministerio de
Comercio Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica, Ley N°
7638 del 30 de octubre de 1996 y el Decreto Ejecutivo N° 34739-COMEX-H del 29
de agosto de 2008, denominado Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas;
y
Considerando:
Que la señora Silvia María González Castro, mayor, casada una vez,
abogada, portador de la cédula de identidad número 1-987-388, vecina de San
José, en su condición de apoderada especial con facultades suficientes para
estos efectos de la empresa Smiledirectclub Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-717507, presentó solicitud para acogerse al Régimen de Zonas
Francas ante la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica (en adelante
PROCOMER), de conformidad con la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus
reformas y Reglamento.
Que la instancia interna de la Administración de PROCOMER, con arreglo
al acuerdo adoptado por la Junta Directiva de la citada Promotora en la Sesión
N° 177-2006 del 30 de octubre del 2006, conoció la solicitud de la empresa
Smiledirectclub Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-717507, y con
fundamento en las consideraciones técnicas y legales contenidas en el informe
de la Dirección de Regímenes Especiales de PROCOMER número 01-2017, acordó
recomendar al Poder Ejecutivo el otorgamiento del Régimen de Zonas Francas a la
mencionada empresa, al tenor de lo dispuesto por la Ley N° 7210 del 23 de
noviembre de 1990, sus reformas y Reglamento.
Que se ha cumplido con el procedimiento de Ley. Por tanto,
ACUERDAN:
Otorgar el Régimen de Zonas Francas a la empresa Smiledirectclub
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-717507 (en adelante denominada
la beneficiaria), clasificándola como Industria de Servicios, de conformidad
con el inciso c) del artículo 17 de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990
y sus reformas.
2. La actividad de la
beneficiaria consistirá en brindar servicio de soporte al cliente y servicios
de diseño de tratamientos de ortodoncia.
3. La beneficiaria operará en
el parque industrial denominado Plaza Riviera S. A., situado en la provincia de
San José.
4. La beneficiaria gozará de
los incentivos y beneficios contemplados en la Ley N° 7210 del 23 de noviembre
de 1990 y sus reformas, con las limitaciones y condiciones que allí se
establecen y con apego a las regulaciones que al respecto establezcan tanto el
Poder Ejecutivo como PROCOMER.
Los plazos, términos y condiciones de los beneficios otorgados en
virtud de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, quedan supeditados a los
compromisos asumidos por Costa Rica en los tratados internacionales relativos a
la Organización Mundial del Comercio (OMC), incluyendo, entre otros, el Acuerdo
sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMC) y las decisiones de los
órganos correspondientes de la OMC al amparo del artículo 27 párrafo 4 del
ASMC. En particular, queda establecido que el Estado costarricense no otorgará
los beneficios previstos en la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, que de
acuerdo con el ASMC constituyan subvenciones prohibidas, más allá de los plazos
para la concesión de las prórrogas previstas en el artículo 27 párrafo 4 del
ASMC a determinados países en desarrollo.
Para los efectos de las exenciones otorgadas debe tenerse en
consideración lo dispuesto por los artículos 62 y 64 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755 del 3 de mayo de 1971 y sus reformas,
en lo que resulten aplicables.
Asimismo, la empresa beneficiaria podrá solicitar la aplicación de lo
dispuesto en el artículo 20 bis de la ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y
sus reformas, si cumple con los requisitos y condiciones establecidos en tal
normativa y sin perjuicio de la discrecionalidad que, para tales efectos,
asiste al Poder Ejecutivo.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 inciso g) de la Ley
de Régimen de Zonas Francas y sus reformas, la beneficiaria gozará de exención
de todos los tributos a las utilidades, así como cualquier otro, cuya base
imponible se determine en relación con las ganancias brutas o netas, con los
dividendos abonados a los accionistas o ingresos o ventas, según las
diferenciaciones que dicha norma contiene.
Dicha beneficiaria sólo podrá introducir sus servicios al mercado
local, observando rigurosamente los requisitos establecidos al efecto por el
artículo 22 de la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990 y sus reformas, en
particular los que se relacionan con el pago de los impuestos respectivos.
6. La beneficiaria se obliga
a cumplir con un nivel mínimo de empleo de 45 trabajadores, a más tardar el 02
de mayo de 2017. Asimismo, se obliga a realizar y mantener una inversión nueva
inicial en activos fijos de al menos US $150.000,00 (ciento cincuenta mil
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América), a más tardar
el 08 de noviembre de 2019, así como a realizar y mantener una inversión total
de al menos US $160.000,00 (ciento sesenta mil dólares, moneda de curso legal
de los Estados Unidos de América), a más tardar el 08 de junio de 2021.
Finalmente, la empresa beneficiaria se obliga a mantener un porcentaje mínimo
de valor agregado nacional de un 97,01%.
PROCOMER vigilará el cumplimiento de los niveles de inversión antes
indicados, de conformidad con los criterios y parámetros establecidos por el
Reglamento a la Ley de Régimen de Zonas Francas. Tal facultad deberá ser
prevista en el respectivo Contrato de Operaciones que suscribirá la
beneficiaria, como una obligación a cargo de ésta. Consecuentemente, el Poder
Ejecutivo podrá revocar el Régimen a dicha empresa en caso de que, conforme con
aquellos parámetros, la misma no cumpla con los niveles mínimos de inversión
anteriormente señalados.
7. Una vez suscrito el Contrato
de Operaciones, la empresa se obliga a pagar el canon mensual por derecho de
uso del Régimen de Zonas Francas. La fecha prevista para el inicio de las
operaciones productivas es el 01 de marzo de 2017, o bien a partir de la
notificación de este acuerdo por parte de PROCOMER. En caso de que por
cualquier circunstancia la beneficiaria no inicie dicha etapa de producción en
la fecha antes señalada, continuará pagando el referido canon, para lo cual la
Promotora de Comercio Exterior de Costa Rica seguirá tomando como referencia
para su cálculo las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva
solicitud.
Para efectos de cobro del canon, la empresa deberá informar a PROCOMER
de las ventas mensuales realizadas. El incumplimiento de esta obligación provocará
el cobro retroactivo del canon, para lo cual PROCOMER tomará como referencia
para su cálculo, las proyecciones de ventas consignadas en su respectiva
solicitud.
8. La beneficiaria se obliga
a cumplir con las regulaciones ambientales exigidas por el Ministerio de
Ambiente y Energía (MINAE) y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA)
y deberá presentar ante dichas dependencias o ante el Ministerio de Salud,
según sea el caso, los estudios y documentos que le sean requeridos. Asimismo,
la beneficiaria se obliga a cumplir con todas las normas de protección del
medio ambiente que la legislación costarricense e internacional disponga para
el desarrollo sostenible de las actividades económicas, lo cual será verificado
por las autoridades competentes.
9. La beneficiaria se obliga
a presentar ante PROCOMER un informe anual de operaciones en los formularios y
conforme a las condiciones que PROCOMER establezca, dentro de los cuatro meses
siguientes al cierre del año fiscal. Asimismo, la beneficiaria estará obligada
a suministrar a PROCOMER y, en su caso, al Ministerio de Hacienda, toda la
información y las facilidades requeridas para la supervisión y control del uso
del Régimen de Zonas Francas y de los incentivos recibidos. Además, deberá
permitir que funcionarios de la citada Promotora ingresen a sus instalaciones,
en el momento que lo consideren oportuno, y sin previo aviso, para verificar el
cumplimiento de las obligaciones de la Ley de Régimen de Zonas Francas y su
Reglamento.
10. En caso de incumplimiento
por parte de la beneficiaria de las condiciones de este Acuerdo o de las leyes,
reglamentos y directrices que le sean aplicables, el Poder Ejecutivo podrá
imponerle multas, suprimir, por un plazo desde un mes hasta un año, uno o
varios incentivos de los indicados en el artículo 20 de la Ley N° 7210 del 23
de noviembre de 1990, o revocarle el otorgamiento del Régimen de Zona Franca,
sin responsabilidad para el Estado, todo de conformidad con lo dispuesto en la
Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y Reglamento. La eventual
imposición de estas sanciones será sin perjuicio de las demás responsabilidades
administrativas, civiles o penales que pudieren corresponderle a la
beneficiaria o sus personeros.
11. Una vez comunicado el
presente Acuerdo Ejecutivo, la empresa beneficiaria deberá suscribir con
PROCOMER un Contrato de Operaciones. En caso de que la empresa no se presente a
firmar el Contrato de Operaciones, y no justifique razonablemente esta
situación, PROCOMER procederá a confeccionar un Acuerdo Ejecutivo que dejará
sin efecto el que le otorgó el Régimen.
Para el inicio de operaciones productivas al amparo del Régimen, la
empresa deberá haber sido autorizada por la Dirección General de Aduanas como
auxiliar de la función pública aduanera, según lo dispuesto en la Ley General
de Aduanas y su Reglamento.
12. Las directrices que, para la
promoción, administración y supervisión del Régimen emita PROCOMER, serán de
acatamiento obligatorio para los beneficiarios y las personas que directa o
indirectamente tengan relación con ellos o con la citada Promotora.
13. El uso indebido de los
bienes o servicios exonerados será causa suficiente para que el Ministerio de
Hacienda proceda a la liquidación de tributos exonerados o devueltos y ejerza
las demás acciones que establece el Código de Normas y Procedimientos
Tributarios en materia de defraudación fiscal, sin perjuicio de las demás
sanciones que establece la Ley N° 7210 del 23 de noviembre de 1990, sus
reformas y demás leyes aplicables.
14. La
empresa beneficiaria se obliga a cumplir con todos los requisitos de la Ley N°
7210 del 23 de noviembre de 1990, sus reformas y Reglamento, así como con las
obligaciones propias de su condición de auxiliar de la función pública
aduanera.
15. De conformidad con el artículo
74 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, Ley N° 17
del 22 octubre de 1943 y sus reformas, el incumplimiento de las obligaciones
para con la seguridad social, podrá ser causa de pérdida de las exoneraciones e
incentivos otorgados, previa tramitación del procedimiento administrativo
correspondiente.
16. Rige a partir de su
comunicación.
Comuníquese y publíquese.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los once días del mes de enero del dos mil diecisiete.
LUIS
GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Comercio Exterior, Alexander Mora
Delgado.—1 vez.—( IN2017138201 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Dirección General de Tributación
y Dirección General de Hacienda.—Nos. DGTR-534-2017 y RES-DGH-043-2017.—San
José, a las ocho horas del día diecisiete de mayo de dos mil diecisiete.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley Nº 4755, 3 de mayo de 1971, en
adelante “Código Tributario”, faculta a la Administración Tributaria a dictar
normas generales tendientes a lograr la correcta aplicación de las normas
tributarias, dentro de los límites que fijen las disposiciones legales y
reglamentarias pertinentes.
II.—Que el artículo 6 de la Ley N° 3022,
denominada Ley de Creación de la Dirección General de Hacienda en el Ministerio
de Hacienda del 27 de agosto de 1962, establece que la Dirección General de
Hacienda es el único organismo facultado para condonar multas y tomar medidas
que aseguren la más exacta y eficaz percepción de los recursos públicos.
III.—Que de conformidad al artículo 3 del
Decreto Ejecutivo N° 35688-H, Reglamento de Organización y Funciones de la
Dirección General de Tributación, del 27 de noviembre de 2009, la Dirección
General de Tributación debe velar, sistemáticamente, por la revisión y
elaboración de la normativa tributaria aplicable, a fin de mantenerla
actualizada conforme a las mejores prácticas en la materia tributaria,
facilitando el cumplimiento voluntario de los deberes formales y materiales
mediante los distintos procedimientos y de esta forma se logren los efectos
tributarios deseados.
IV.—Que al respecto el artículo 5 del Código
Tributario, señala que es materia privativa de ley el regular los modos de
extinción de los créditos tributarios por medios distintos del pago, como lo
son la compensación, confusión, condonación o remisión y prescripción.
V.—Que el artículo 50 del Código Tributario
indica que las obligaciones accesorias, como intereses, recargos y multas, solo
pueden ser condonadas por resolución administrativa, dictada en la forma y en
las condiciones que se establezcan en la Ley.
VI.—Que el artículo 57
del Código Tributario contempla la posibilidad de decretar la condonación de
los intereses cuando se demuestre error imputable de la Administración, no
obstante para los demás accesorios como recargos y multas, no indica cuál
criterio se utilizará.
VII.—Que aun cuando en la versión original
del Código Tributario de 1971, se dijo que la mora en el pago de los tributos
era un tipo de infracción (inciso c) del artículo 68 original), su
implementación fue como de un recargo, ya que se aplicaba directamente por la
Administración Tributaria (artículo 82 original), y se disponía, en lo que
interesa:
“Artículo 95.—Concepto. Incurre en mora el que paga la deuda
tributaria fuera de los plazos establecidos por las leyes respectivas
(…). Artículo 96.—Pena. La mora debe ser penada con un recargo del uno por ciento por cada
mes o fracción de mes transcurrido desde el momento en que debió satisfacerse
la obligación hasta la fecha de pago efectivo del tributo y calcularse sobre
las sumas no pagadas en tiempo.
(…)
(…)
La aplicación de este recargo
debe hacerse independientemente del pago del interés que establece el artículo
57 de este Código.” (El destacado no es del
original)
No es sino hasta la reforma del
artículo 80 y adición del artículo 80 bis, ambos del Código Tributario,
dispuestas por el artículo 2 de la Ley Nº 7900 de 3 de agosto de 1999, que se
establece la morosidad en el pago como una infracción, sancionada con una
“multa” por un monto igual al recargo original (1% por cada mes o fracción de
mes transcurrido con un tope del 20% de esta suma sin pagar en tiempo). Al
tratarse de una sanción tributaria y no de un recargo, debe aplicarse
previamente el procedimiento establecido en el artículo 150, el cual implica el
debido proceso de comprobación de la infracción, oportunidad de defensa y
emisión de la resolución que impone la sanción.
Expuesto lo anterior, es claro que la sanción
dispuesta a partir de 1999 no es un recargo sino un monto del principal por una
deuda determinada en el procedimiento sancionatorio. Es decir, no es en modo
alguno una obligación accesoria y, por tanto, no es susceptible de ser
condonada conforme con lo dispuesto en el artículo 50 del Código Tributario,
dado que el instituto de la condonación era de aplicación al accesorio “multa”
de la versión original del mismo (1971) más no a la sanción actual.
VIII.—Que si bien el artículo 20 del
Reglamento de Procedimiento Tributario, Decreto Ejecutivo N° 38277-H del 2 de
abril de 2014, dispone que únicamente procede la condonación de intereses
cuando la causa fuere un error imputable de la Administración Tributaria, el
mismo criterio debe aplicar para todas las obligaciones accesorias, incluidos
los recargos y las multas, de manera tal que se garantice un trato igualitario
tal y como lo prevé el artículo 50 del Código Tributario.
XIX.—Que en concordancia con lo establecido
en el Dictamen C-129-2008 del 22 de abril de 2008, en los casos en que medie
error imputable de la Administración procede la emisión de una resolución
administrativa debidamente motivada, a fin de que se les condone a los
contribuyentes los intereses, recargos y multas que se hayan generado por dicho
error.
X.—Que la decisión de la Administración
Tributaria de condonar deudas tributarias debe ser una medida excepcional,
fundamentada y bajo parámetros de razonabilidad, proporcionalidad, oportunidad
y conveniencia para el erario público.
XI.—Que en acatamiento del artículo 174 del
Código Tributario, el proyecto de esta resolución se publicó en el sitio Web
http://www.hacienda.go.cr, en la sección “Propuestas en consulta pública”,
subsección “Proyectos Reglamentarios Tributarios”; a efectos de que las
entidades representativas de carácter general, corporativo o de intereses
difusos tuvieran conocimiento del proyecto y pudieran oponer sus observaciones,
en el plazo de los diez días hábiles siguientes a la publicación del primer
aviso en el Diario Oficial La Gaceta.
En el presente caso, el
aviso fue publicado en La Gaceta número 72 del 18 de abril de 2017, por
lo que a la fecha de emisión de esta resolución se recibieron y atendieron las
observaciones al proyecto indicado, siendo que la presente corresponde a la
versión final aprobada.
XII.—Que el artículo 4 de la Ley de
Protección al Ciudadano del Exceso de Requisitos y Trámites Administrativos, N°
8220 de 4 de marzo de 2002, publicada en el Alcance 22 a La Gaceta N° 49
de 11 de marzo del 2002, establece que todo trámite o requisito con
independencia de su fuente normativa, deberá publicarse en el Diario Oficial La
Gaceta. Por tanto,
LA DIRECTORA GENERAL DE HACIENDA
Y EL DIRECTOR GENERAL DE TRIBUTACIÓN
RESUELVEN:
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA TRAMITAR
LAS SOLICITUDES DE CONDONACIÓN DE INTERESES,
RECARGOS Y MULTAS PRESENTADAS POR LOS
CONTRIBUYENTES CUANDO HA MEDIADO ERROR
IMPUTABLE DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Artículo 1º—Objeto:
Establecer el procedimiento para tramitar las solicitudes de condonación de
intereses, recargos y multas cuando ha mediado error de la Administración
Tributaria, presentadas por los contribuyentes ante la Administración
Tributaria Territorial correspondiente o ante la Dirección de Grandes
Contribuyentes Nacionales de la Dirección General de Tributación.
Artículo 2º—Competencia: Corresponde a
la Dirección General de Hacienda determinar la procedencia o no de la
condonación de obligaciones accesorias tributarias, por concepto de intereses,
recargos y multas, previa tramitación de la solicitud por parte de la
Administración Tributaria Territorial o de la Dirección de Grandes
Contribuyentes Nacionales de la Dirección General de Tributación, según
corresponda, conforme al procedimiento que se establece en la presente
resolución y al amparo de los artículos 50 del Código Tributario, 6 de la Ley
N° 3022, Ley Creación de la Dirección General de Hacienda en el Ministerio de
Hacienda y 20 del Reglamento de Procedimiento Tributario.
Artículo 3º—Caso en que procede la
condonación: La condonación de obligaciones accesorias indicadas en el
artículo anterior procede en los supuestos previstos por ley, siempre y cuando
se demuestre fehacientemente que ha mediado error imputable de la
Administración Tributaria.
También podrán condonarse las obligaciones
accesorias, por causas de fuerza mayor o caso fortuito; en este último caso
debe de tratarse de un grupo de obligados tributarios afectados que requieran
la condonación. La Dirección General de Tributación podrá hacer la propuesta a
la Dirección General de Hacienda para que se emita una resolución que abarque a
todos los sujetos afectados.
Artículo 4º—Presentación de la solicitud:
El interesado debe presentar formalmente la solicitud ante la Administración
Tributaria en la que se encuentre adscrito.
Artículo 5º—Requisitos: La solicitud
debe contener los siguientes requisitos:
a) Nombre y calidades del
interesado.
b) Indicación clara y precisa
del período y tributo para el cual solicita la condonación de recargos.
c) Descripción del error de la
Administración Tributaria que motiva la condonación, junto con la prueba
documental que lo respalde.
d) Señalar medio para atender
futuras notificaciones.
e) Adjuntar personería jurídica
vigente, cuando corresponda.
f) Cuando la solicitud no sea
presentada de forma personal por el sujeto legitimado, la firma del documento
donde conste la gestión deberá estar debidamente autenticada por abogado o
notario público.
Artículo 6º—Prevención:
Si la solicitud incumple alguno de los requisitos establecidos en el artículo
anterior, la Administración Tributaria le requerirá el cumplimiento de los
mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 del Reglamento de
Procedimiento Tributario.
Artículo 7º—Tramitación:
La Gerencia de la Administración Tributaria competente o la Dirección de
Grandes Contribuyentes Nacionales, remitirá el expediente respectivo a la
Dirección General de Hacienda, junto con un informe debidamente motivado en el
cual se analice la existencia o no del error de la Administración Tributaria, a
fin de que la Dirección General de Hacienda determine la procedencia o no de la
condonación. En el citado informe se indicará que no se remita el expediente si
contiene datos confidenciales o relativos a un proceso sancionatorio, además de
la indicación expresa de en qué consiste la prueba del error, en el caso de que
haya.
Dicha remisión deberá hacerse dentro del
plazo de un mes natural contado a partir de que la solicitud fue presentada o,
en su lugar, desde que se cumplieron los requisitos de la misma.
Artículo 8º—Resolución: La Dirección
General de Hacienda resolverá la solicitud mediante resolución administrativa
debidamente motivada.
Artículo 9º—Plazo para resolver: La
Dirección General de Hacienda deberá notificar la resolución correspondiente
dentro del plazo de un mes contabilizado a partir de la recepción del
expediente, remitiendo copia de la misma a la Administración Tributaria que
inició el trámite para su registro y correspondiente ejecución.
Artículo 10.—Vigencia: Rige a partir
de su publicación.
Priscilla Piedra Campos,
Directora General de Hacienda.—Carlos Vargas Durán, Director General de
Tributación.—1 vez.— O. C. Nº 3400031806.—Solicitud Nº 85161.—( IN2017137693 ).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
DIRECCIÓN EJECUTIVA
N° 008-2017.—San José, 26 de
abril del 2017.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2)
de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad
en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del
Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:
Nombre Cédula
N° Puesto N° Clase Puesto
Catalina Herra Rodríguez 01-1281-0036 503627 Profesional
de
Servicio
Civil 2
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de enero del 2017.
Publíquese.—Ing.
Germán Valverde González, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. Nº 4910.—Solicitud Nº 85204 .— ( IN2017138143 ).
N° 009-2017.—San José, 09 de mayo 2017.—Con fundamento en lo que
establece el artículo 140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del
Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1°—Nombrar en propiedad
en el Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del
Régimen de Servicio Civil, al siguiente funcionario:
Nombre |
Cédula N° |
Puesto N° |
Clase Puesto |
Rosa
Calvo Jiménez |
1-0786-0485 |
013804 |
Oficinista
de Servicio Civil 2 |
Artículo 2°—Rige a partir del 16
de enero del 2017.
Publíquese.
Dirección
Ejecutiva.—Ing. Germán Valverde González, Director a.
í.—1 vez.—O. C. N° 4910.—Solicitud N° 85208.— ( IN2017138139 ).
DIRECCIÓN DE
GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 01, folio 64, título N° 184, emitido por el Liceo La
Uvita, en el año dos mil catorce, a nombre de Vargas Reyes Gregg, cédula
1-1597-0667. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los quince días del
mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017137591 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 290,
título N° 3632, emitido por el Liceo Unesco, en el año dos mil siete, a nombre
de Soto Elizondo Andrés de Jesús, cédula N° 1-1421-0058. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de mayo del dos mil
diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017137696 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta
dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 23, asiento 02, título N° 63,
emitido por el CINDEA Las Juntas de Abangares, en el año dos mil diez, a nombre
de Sánchez Cisneros Stephanny María, cédula 6-0359-0817. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de mayo del dos mil
diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017137838 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 45,
título N° 290, emitido por el Colegio Bilingüe San Agustín, en el año dos mil
doce, a nombre de Lara Carrasquilla Fabián Josué, cédula 3-0484-0803. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de mayo del
dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—( IN2017137854 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 198,
título N° 902, emitido por el Colegio República de México, en el año dos mil
cuatro, a nombre de Sandí Dávila Carlos Andrés, cédula 1-1153-0417. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
diecisiete días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2017137982 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 4, folio 85,
título N° 950, emitido por el Colegio Lincoln, en el año dos mil dieciséis, a
nombre de Rodríguez Valladares María Jesús, cédula N° 1-1703-0302. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de mayo del dos mil
diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017137998 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 4, folio 85, título N° 950, emitido por el Colegio
Lincoln, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Rodríguez Valladares María
Jesús, cédula 1-1703-0302. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veintidós días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017137999 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada, “Rama
Académica” Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo 1, folio 76, título
Nº 1525, emitido por el Liceo de Heredia, en el año mil novecientos setenta y
nueve, a nombre de Rodríguez Zamora Mayela, cédula Nº 4-0131-0516. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintiún días del mes de abril del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017139304 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 15,
asiento 12, título Nº 62, emitido por el Liceo Experimental Bilingüe de Pococí,
en el año mil novecientos noventa y seis, a nombre de Mora Hernández Marta
Inés, cédula Nº 3-0349-0172. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
cinco días del mes de abril del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017139306 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 83,
título N° 539, emitido por el Colegio Nocturno de Palmares, en el año dos mil
seis, a nombre de Méndez Villalobos María Fernanda, cédula N° 2-0644-0475. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los dieciocho días del mes de mayo del
dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017139604 ).
DIRECCIÓN GENERAL ARCHIVO
NACIONAL
De conformidad con lo que establece el inciso 4) del art. 89 de la Ley
General de la Administración Pública y el artículo del Reglamento del Estatuto
de Servicio Civil,
ACUERDA:
Artículo único.—Las acciones de personal,
las constancias de salario y certificaciones propias de la unidad deberán ser
firmadas por el Coordinador de la oficina Auxiliar de Gestión Institucional de
Recursos Humanos, en su ausencia podrán ser firmadas por la Jefe del Departamento
Administrativo Financiero, la Subdirectora o la Directora General. Esta
autorización anula todas las anteriores.
Nombre Cédula
Nº
Chacón Arias Virginia,
Directora General 2-0318-0555
Campos Ramírez Carmen,
Subdirección 7-0078-0501
Chaves Ramírez Graciela, Jefa
Departamento Administrativo
Financiero 1-0977-0386
Helen Barquero Durán,
Coordinadora
Oficina Auxiliar de Gestión
Institucional
de Recursos Humanos
Rige a partir del 01 de mayo de 2017.
Licda. Virginia Chacón Arias, Directora
General.—1 vez.—( IN2017137418 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Para ver marcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-532705, denominación: Asociación Costarricense de Logística. Por
cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2017. Asiento: 280564.—Dado en el Registro Nacional, a las 7
horas 4 minutos y 38 segundos, del 9 de mayo del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017138204 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Roxana
Proactiva, con domicilio en la provincia de: Limón-Pococí, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: Defender y rescatar los principios
sociales, morales, comunales, vecinales y convivencia de sus asociados y la
comunidad, brindar apoyo y ayuda a sus asociados, sus familias y a la comunidad
en general que lo requiera, buscar facilitar los elementos necesarios y brindar
ayuda y fomentar entre sus asociados y la comunidad el espíritu de mutua ayuda.
Cuyo representante, será el presidente: Raúl Suárez Arias, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017,
asiento: 292274.—Dado en el Registro Nacional, A las 10 horas 12 minutos y 11
segundos, del 22 de mayo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez—( IN2017138208 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora(ita) Silvia Salazar
Fallas, cédula de identidad N° 106220930, en calidad de apoderada especial de
Universidad de Costa Rica y Universidad Autónoma de San Luis Potosí, solicita
la Patente Nacional sin Prioridad denominada EVALUADOR DE MICROFILTRACIÓN AUTOMÁTICO. La presente invención se relaciona al campo de la investigación o
análisis de materiales por medio de la determinación de sus características
físicas o químicas, más específicamente con la determinación de la
permeabilidad de materiales y en específico provee un aparato y un método para
evaluar microfiltración en materiales. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: G01N 15/00; cuyos inventores son: Daniel Chavarría Bolaños (CR); Elian Conejo
Rodríguez (CR) y Armaury de Jesús Pozos Guillén (MX). Prioridad. Publicación
Internacional. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000075 y fue
presentada a las 11:23:12 del 01 de marzo del 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de
mayo del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador..—( IN2017137459 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Anotación de renuncia N° 106.—Que domiciliado en 12 Place de la
Defense, 92415 Corubevoie Cedex, Francia, Les Laboratoirs Servier, solicita a
este Registro la Renuncia total de la Patente Nacional París denominada NUEVO PROCEDIMIENTO DE SÍNTESIS DEL RANELATO DE
ESTRONCIO Y DE SUS HIDRATOS, inscrita mediante resolución
de las 11:05 horas del 8 de enero del 2014, en la cual se le otorgó el número de registro 3005, cuyo titular es Les
Laboratoires Servier. La renuncia presentada el 4 de mayo del 2017, surtirá
efectos a partir de su publicación. Publicar en La Gaceta por única vez,
de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—San José, 9 de mayo del
2017.—Viviana Segura De La O, Registradora.—1 vez.—( IN2017137184 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: DOUGLAS AYMERICH MATUTE,
con cédula de identidad número 1-0514-0230, carné número 23212. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Expediente 17-000668-0624-NO.—San José, 18 de mayo del
2017.—Unidad Legal Notarial.—Msc. Marjorie Mejías Orozco, Abogada.—1 vez.—(
IN2017138578 ).
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0027-2017.—Exp.
17602A.—Adelina Bustamante
Guillen, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Río Tabárcia,
efectuando la captación en finca de Eric Pierre Gay Berger en Palmichal,
Acosta, San José, para uso Agropecuario Estanque de Truchas. Coordenadas
202.609 / 516.271 hoja Abra. Predios inferiores: Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 23 de mayo del 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017137945 ).
ED-0106-2017.—Exp. 8845A. Olman Serrano Brenes, solicita concesión
de: 0.5 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación
en finca de Ana María Serrano Brenes en Orosi, Paraíso, Cartago, para uso
Agropecuario-Pisicultura. Coordenadas 196.050 / 552.600 hoja Tapantí. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 04 de mayo
del 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips
Ureña.—( IN2017138126 ).
ED-0123-2017. Expediente Nº
17422A.—Guzfa Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita concesión de: 0,10
litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de: en Hojancha, Hojancha, Guanacaste, para uso consumo humano domestico y
industrial - envasado de agua. Coordenadas 220.762 / 376.939 hoja Matambu.
Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de mayo de
2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—(
IN2017138149 ).
ED-UHTPCOSJ-0024-2017.—Exp. 10860P.—Inversiones El Atardecer S.
A., solicita concesión de: 0.02 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo AB-1814 en finca de su propiedad en Colón, Mora,
San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 210.500 / 511.650 hoja
Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 05 de mayo de
2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—(
IN2017138180 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPSOZ-0001-2017.—Expediente
N° 17439A.—Tribalmaker Sociedad Anónima, solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso. Coordenadas
141.247/560.723 hoja Dominical. Predios inferiores…Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 24 de enero del 2017.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017138619 ).
ED-0458-2016.—Exp. 17070A.—Inversiones Cora Bochof S. A., solicita
concesión de: 0,75 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Río Nuevo, Pérez Zeledón, San José, para
uso consumo humano - doméstico, agropecuario - riego y turístico. Coordenadas
537.960 / 159.138 hoja Savegre. 0,75 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Río Nuevo, Pérez
Zeledón, San José, para uso consumo humano-doméstico, agropecuario - riego y
turístico. Coordenadas 159.079 / 537.960 hoja Savegre. Predios inferiores: No
se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de abril de
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017139259
).
ED-0102-2017.—Exp, 15697-P.—Banco Crédito Agrícola de Cartago,
solicita concesión de: 6,7 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo RG-930 en finca de su propiedad en Turrúcares,
Alajuela, Alajuela, para uso agroindustrial y consumo humano. Coordenadas
215.811 / 498.097 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 3 de mayo del 2017.—Departamento de Información.—Manuel García Interián,
a. í,.—( IN2017139364 ).
ED-0095-2017. Exp 8404A.—Agroturismo Brisas del Lago S. A.,
solicita concesión de: 0.28 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de Ganadera Abancari S.R.L. en San Juan (Abangares),
Abangares, Guanacaste, para uso agropecuario, consumo humano - doméstico,
turístico – hotel. Coordenadas 245.400 / 432.400 hoja Juntas. Predios
inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de marzo de
2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2017139382 ).
ED-UHTPSOZ-0018-2017. Exp 17601A.—Pitzer College Costa Rica,
solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando
la captación en finca de su propiedad en Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso
consumo humano-doméstico. Coordenadas 550.967 / 140.494 hoja Dominical. Predios
inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 22 de mayo de
2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico
Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2017139441 ).
ED-0053-2017.—Exp. 17490-A.—Hacienda Pilas S. A., solicita
concesión de: 86 litros por segundo del río Cocora, efectuando la captación en
finca de Erick Chacón Porras, José Chacón Valverde y Adelia Cubero Chacón en
Naranjo, Naranjo, Alajuela, para uso riego. Coordenadas 232.130 / 496.133 hoja
Naranjo. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 9 de febrero del 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2017139451 ).
Registro Civil -Departamento
Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. N°
42060-2011.—Registro Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San
José, a las catorce horas del veintinueve de febrero del dos mil doce. Rosalía
Fernández Navarro, mayor, soltera, del hogar, costarricense, cédula de
identidad número uno-ochocientos uno-trescientos cuarenta y cinco; solicita la
rectificación de su asiento de nacimiento..., en el sentido que la fecha de
nacimiento de la misma es “dos de mayo de mil novecientos setenta y uno” y no
como se consignó. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del
Tribunal Supremo de Elecciones y Registro Civil, publíquese este edicto por
tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes
interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a
partir de su primera publicación.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—( IN2017137879 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
En resolución N° 3296-2017 dictada por el Registro Civil a las quince
horas quince minutos del veintidós de marzo
del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 620-2017, incoado por Jelixa
Del Carmen Galeano Suárez, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de
Kener David Aguirre Suárez que los apellidos de la madre son Galeano
Suárez.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe a. i.—1 vez.—( IN2017138156 ).
En resolución N° 1095-2017 dictada
por el Registro Civil a las catorce horas veinte minutos del veinticuatro de
enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 40167-2016, incoado
por María Elizabeth Pineda Vargas, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Joshua Josué Pineda Vargas, que el
nombre de la madre es María Elizabeth.—Carlos
Luis Brenes Molina, Oficial Mayor
Civil a. í.— Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017138224 ).
En resolución N° 2765-2017 dictada por el Registro Civil a las
catorce horas cuarenta minutos del ocho de marzo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso N° 31709-2016, incoado por Emerson Martín Dávila Aguilar,
se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Emerson Martín Dávila
Aguilar, que el nombre y apellidos del padre son Nicolás Dionisio Sobalvarro
Dávila.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017138228 ).
En resolución N° 3069-2017 dictada
por el Registro Civil a las ocho horas treinta minutos del veinte de marzo del
dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 51347-2012, incoado por Ibania
Isabel Urbina Angulo, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de
Michael Steve Martínez Urbina, que el nombre de la madre es Ibania Isabel.—Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe
a. í.—1 vez.—( IN2017138248 ).
En resolución N° 3871-2017 dictada por
el Registro Civil a las diez horas treinta y cinco minutos del ocho de mayo del
dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 2732-2017, incoado por Deisy
Liliana Ospina Calderón, se dispuso rectificar en el asiento de naturalización
de Deisy Liliana Ospina Calderón, que el segundo apellido de la madre es De
Ospina.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2017138254 ).
Registro Civil-Departamento
Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos de solicitud de
naturalización
Lorenzo Octavio Pacheco Capella,
venezolano, cédula de residencia 186200016805, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. 2425-2017.—San José, al ser las 2:18 del 25 de
mayo de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017138135 ).
Elliana Riera Tauil, venezolana, cédula de residencia 186200016912,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 2424-2017.—San José al
ser las 2:02 del 24 de mayo del 2017.—Johana Marcela Venegas Valverde.—1 vez.—(
IN2017138136 ).
William Botero Gómez, colombiano,
cédula de residencia 117000053035, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. N° 2185-2017.—San José al ser las 8:34 del 23 de mayo de
2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017138164 ).
Deyanarys Amnerys Martínez Téllez, nicaragüense, cédula de
residencia N° 155804701310, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente 2436-2017.—San José, al ser las 8:45 del 19 de mayo del
2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017138183 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
MODIFICACIÓN AL PROGRAMA
DE ADQUISICIONES MAYO 2017
En cumplimiento con lo que
establece el artículo 6° de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo
7° del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se informa de la
modificación del Programa de adquisiciones de la Universidad del año 2017;
misma que se encuentra disponible en la página Web de la institución en la
siguiente dirección: www.utn.ac.cr/contratación Administrativa/Plan anual de
compras. Información adicional con Wendy Fernández Venegas, teléfono 2435-5000,
Ext. 8626.
23 de mayo del 2017.—Lic. Miguel
González Matamoros, Director.—1 vez.—( IN2017139568 ).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000013-DCADM
Compra de equipo de cómputo
Apertura: Para las 10:00 horas
del día 23 de junio del 2017. Retiro
del cartel: Oficinas Centrales,
de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m., 6to piso, División de
Contratación Administrativa. Costo: ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con
00/100).
Área de Gestión y Análisis de
Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017139286 ).
C.A.I.S. DE SIQUIRRES
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000006-2631
Contratación de servicios por
terceros para el mantenimiento
preventivo y correctivo del sistema de gases médicos
para el C.A.I.S de Siquirres
Se informa a los interesados que
se encuentra disponible el cartel para la Licitación Abreviada
2017LA-000006-2631 por concepto de “Contratación de servicios por terceros para
el mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de gases médicos para el
C.A.I.S de Siquirres”.
La apertura de ofertas a las 09:00 horas del
día martes 20 de junio del 2017.
Se programa visita al sitio para el día
martes 13 de junio del 2017 a las 09:00 horas en el C.A.I.S de Siquirres.
El cartel de compra se puede adquirir en la
Unidad de Contratación Administrativa del C.A.I.S. de Siquirres, sita en
Siquirres, del cruce de San Rafael 1 km oeste y 500 metros sur. Consultas al
teléfono 2713-3700, ext. 2165, fax 2713-3701.
Centro de Atención Integral en
Salud de Siquirres.—Lic. Zimri Campos
Quesada, Administrador.—1 vez.—( IN2017139296 ).
HOSPITAL DR. MAXIMILIANO PERALTA
JIMÉNEZ
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y
SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000025-2306
Consumibles varios para
ventiladores mecánicos
bajo la modalidad de entrega
según demanda
El Hospital Dr. Maximiliano Peralta Jiménez de Cartago, invita a los
interesados a participar en el siguiente concurso:
Número de Licitación: 2017LA-000025-2306.
Descripción: Consumibles varios para
ventiladores mecánicos bajo la modalidad de entrega según demanda.
Fecha máxima para el recibo de ofertas: 14 de
junio de 2017.
Hora de apertura: 10:00 a. m.
Los interesados en participar y conocer mayores detalles, podrán
solicitar el cartel de especificaciones a partir de esta publicación a los
teléfonos 2591-1161 y 2591-8767, dicho cartel se enviará por correo
electrónico, o bien puede accesar la página web de la institución, en la
siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones y descargar el cartel.
Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Coto Arias,
Coordinador.—1 vez.—( IN2017139326 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000024-PRI
Compra de herramientas para
perforación
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que se recibirán ofertas hasta las 9:00 horas del día 29 de junio del 2017,
para la “Compra de herramientas para perforación”.
El archivo que conforma el cartel podrá
accesarse en la página www.aya.go.cr, o bien adquirirse previo pago de ¢500,00,
en la Dirección Proveeduría de AyA, sita en el del módulo C, piso 3 del
Edificio Sede del AyA en Pavas.
Dirección Proveeduría.—Iris Patricia Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 85833.— ( IN2017139393 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000020-PRI
Construcción de tanque metálico
elevado para el sistema
de abastecimiento del acueducto de Escazú, San José
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (A y A) cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del 29 de junio del 2017, para
contratar la obra motivo de la presente licitación.
Así mismo, se les
comunica que el día 06 de junio del 2017 a las 9:00 a. m. se realizará la
visita técnica de campo al proyecto, el cual se localiza en San José, Bebedero
de Escazú, 200 metros al sur de la iglesia católica, contiguo a la Escuela de
Bebedero. En esta visita se aclararán las dudas y consultas de los posibles
oferentes.
Los documentos que conforman el cartel,
pueden ser retirados en la Proveeduría del A y A sita en el módulo C, piso 3
del edificio sede del A y A, ubicado en Pavas, previa cancelación de ¢500,00 o
en el Web www.aya.go.cr, Link Proveeduría, Expediente Digital.
Licda. Iris Patricia Fernández
Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº
85834.—( IN2017139406 ).
El Instituto de Desarrollo Rural
comunica la apertura del siguiente proceso:
CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000046-01
Contratación
de servicio de alimentación para la III Asamblea
del Consejo Territorial de Desarrollo Rural Puriscal-Turrubares- Mora y Santa Ana, para la asamblea
ordinaria
del territorio Garabito- Quepos-Parrita, para
asamblea
ordinaria
del territorio Puntarenas- Montes de Oro-
Monteverde, para la asamblea ordinaria del Consejo
Territorial de Desarrollo Rural de Heredia y
para
la Asamblea Ordinaria del Territorio Cóbano
-Paquera-Lepanto y Chira, para la asamblea
ordinaria de los Concejos Territoriales de
Desarrollo
de los territorios asamblea ordinaria de los
Concejos
Territoriales Cartago-Oreamuno- El Guarco-
La Unión, Dota-Tarrazú-León Cortés,
Acosta-Desamparados- Aserrí, para la
asamblea del Concejo Territorial de
Desarrollo Rural de Nicoya-Hojancha
-Nandayure y Santa Cruz Carrillo
Fecha y hora de recepción de
ofertas: 06 de junio del 2017, a las 10:00 horas, (10:00 a. m.), en la
Proveeduría Institucional, Oficinas Centrales del Inder.
El cartel está a
disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San
José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, planta alta del edificio
B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo.
Puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr menú de
CONTRATACIONES, CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS, PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL, o
puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección
mrivas@inder.go.cr sin embargo se realiza la salvedad que la legalidad de las
ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital
original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el
expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de
ofertas.
San Vicente
de Moravia, San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1
vez.—( IN2017139333 ).
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-01
Servicios de vigilancia contra
demanda
para la Municipalidad de Heredia
La Municipalidad del cantón
central de Heredia informa a todos los interesados en participar en este
proceso de contratación que pueden solicitar el cartel a los correos
mflores@heredia.go.cr o proveeduria@heredia.go.cr.
Heredia, 25 de mayo del
2017.—Lic. Enio Joaquín Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.—(
IN2017139404 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2017LN-000001-0009400001
Compra de medios de cultivo para
el LANASEVE,
bajo la modalidad de entrega según demanda
La Proveeduría Institucional del
SENASA, informa que se encuentra disponible en el Sistema de Compras Públicas
SICOP, el Acto de Adjudicación de la Licitación Pública N° 2017LN-000001-0009400001,
para la compra de medios de cultivo para el LANASEVE, bajo la modalidad de
entrega según demanda. El interesado tiene a disposición lo referente en el
expediente de la contratación, disponible en la página de Web
https://www.sicop.go.cr/index.jsp
Para cualquier información comunicarse con la
Licda. Marny Cascante Espinoza, Analista de la Contratación, correo
electrónico: marny.cascante@senasa.go.cr. teléfono 2587-1614.
MBA. José Luis Meneses Guevara,
Proveedor Institucional.— 1 vez.—O. C. Nº
025-17.—Solicitud Nº 85789.—( IN2017139402 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000329-01
(Declaración Infructuosa)
Contratación de un dibujante que
brinde
los servicios de hasta mil (1.000) horas por
demanda en dibujo arquitectónico
y en tercera dimensión (3D)
para labores de la Dirección
General de infraestructura
y compras
Se comunica a los interesados de
la Contratación Directa N° 2017CD-000329-01 que la Licda. Lorena Herradora
Chacón, Proveedora General del BNCR, acordó:
Declarar Infructuosa la Contratación Directa Nº
2017CD-000329-01, promovida para la “Contratación de un dibujante que brinde
los servicios de hasta mil (1.000) horas por demanda en dibujo arquitectónico y
en tercera dimensión (3D) para labores de la Dirección General de
infraestructura y compras”, esto por cuanto las ofertas presentadas se
consideran inelegibles.
Todo según lo especificado en el
artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; y conforme
lo estipulado en el informe técnico PC-11-2017 y las ofertas presentadas, que
constan en el expediente administrativo y que forman parte integral de la
presente contratación.
La Uruca, 29 de mayo del
2017.—Proveeduría General.—Douglas Noguera Porras.—1 vez.—O. C. Nº
524007.—Solicitud Nº 85784.—( IN2017139400 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2016LA-000038-01
Contratación de servicios de
consultoría para
el modelo de gestión y control de costos
del Banco Nacional de Costa Rica
Se comunica
a los interesados de esta Licitación Abreviada, que en el artículo 02 de la
sesión ordinaria N° 844-2017, celebrada por el Sub-Comité de Licitaciones el 08
de mayo del 2017 se acordó:
Adjudicar la Licitación Abreviada
2016LA-000038-01 promovida para la Contratación de servicios de consultoría
para el modelo de gestión y control de costos del Banco Nacional de Costa Rica,
de acuerdo al siguiente detalle:
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Todo
conforme lo estipulado en el cartel, la oferta económica y el informe técnico
DPCF-340-2017, que consta en el expediente administrativo y que forma parte
integral de la presente contratación.
La Uruca, 01 de junio del
2017.—Proveeduría General.—Ing. Douglas Noguera Porras, Supervisor Operativo.—1
vez.—O. C. Nº 524007.—Solicitud Nº 85865.—( IN2017139423 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000007-CNR
Contratación para el servicio de
transporte dentro del país
para funcionarios y personas autorizadas
por el SINAES, según demanda
El Consejo Nacional de Rectores
avisa que mediante Resolución de Adjudicación N° 011-2017 de las diez horas con
cinco minutos del día 23 de mayo de 2017, se declara infructuosa la Licitación
Abreviada N° 2017LA-000007-CNR porque no se presentaron ofertas.
Pavas, 30 de mayo del
2017.—Proveeduría.—MAP Jonathan Chaves Sandoval.—1 vez.—O. C. N°
16416.—Solicitud N° 85873.—( IN2017139606 ).
HOSPITAL MÉXICO
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000005-2104
Por la adquisición de: “Set de
catéter tipo prótesis”
Empresa adjudicada: Promoción
Médica S. A.
Vea detalles en http://www.ccss.sa.cr./licitaciones
San José, 29 de mayo del
2017.—Licda. Carmen Rodríguez Castro,
Coordinadora Subárea de Contratación Administrativa.— 1 vez.—O. C. Nº
79.—Solicitud Nº 85831.—( IN2017139412 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000009-2101
(Notificación de adjudicación)
Bolsas plásticas varios tipos
La Subárea de Contratación
Administrativa del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a
los interesados en este concurso, que la Dirección Administrativa Financiera
resolvió adjudicar la contratación de la siguiente manera:
Empresa adjudicada: Corporación
Decaprim S. A.
Ítems: 1, 2, 3, 4, 5.
Monto adjudicado: ¢38.394.240,00.
Monto en letras: Treinta y ocho millones trescientos noventa y cuatro
mil doscientos cuarenta con 00/100 colones.
Entrega: según demanda.
Ver detalles en
http://www.ccss.sa.cr
San José, 30 de mayo del
2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic.
Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—( IN2017139541 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000014-01
Adquisición
de ganado de doble propósito para
beneficiarios de las Oficinas de Desarrollo
Territorial Puerto Viejo,
Ciudad Quesada
y Cariari
El Instituto de Desarrollo Rural
comunica que de conformidad con los Artículos 84, 86 y 223 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa, Artículo 30 de la Ley 9036 inciso f y según
lo dictado en el oficio GG-758-2017 del 29 de mayo 2017, dicta el ACTO FINAL de
la Licitación Abreviada 2017LA-000014-01 “Adquisición de ganado de doble
propósito para beneficiarios de las Oficinas de Desarrollo Territorial Puerto
Viejo, Ciudad Quesada y Cariari”, de acuerdo al siguiente detalle:
Adjudicar al Sr. Eduardo Enrique Calvo Arce, cédula de
identidad 2-0430-0602, las líneas 1, 4 y 13, por la compra de 60 novillas,
monto total adjudicado de ¢34,900,000.00.
Adjudicar al Sr. Gerardo Chaves Rodríguez, cédula de identidad
2-0469-0995, las líneas 5, 6 y 12, por la compra de 24 novillas, monto total
adjudicado de ¢12,880,000.00.
Adjudicar a la empresa Agropecuaria Romaje S. A., cédula
jurídica 3-101-096950, las líneas 7 y 8, por la compra de 16 novillas, monto
total adjudicado de ¢9,600,000.00.
Adjudicar al Sr. Olger Villalobos Badilla, cédula de identidad
5-0298-0062, las líneas 14 y 15, por la compra de 44 novillas, monto total
adjudicado de ¢25,480,000.00
Adjudicar al Sr. Claudio Rivera Monge, cédula de identidad
3-0131-0582, las líneas 16 y 17, por la compra de 12 novillas, monto total
adjudicado de ¢7,200,000.00.
Declarar Infructuosas las líneas 2, 3, 9, 10 y 11 por cuanto las
ofertas presentadas no se ajustaron a los elementos esenciales del concurso
según indica la Oficina de Desarrollo Territorial Puerto Viejo en oficio
OTPV-866-2017.
La coordinación y fiscalización
durante la ejecución del objeto de este proceso licitatorio, estará a cargo de
las Oficinas de Desarrollo Territorial Puerto Viejo Ciudad Quesada y Cariari;
en lo que respecta a la ejecución presupuestaria la coordinación y
fiscalización estará a cargo de la oficina de Fomento para la Producción y
Seguridad Alimentaria en calidad de Unidad Solicitante del proceso licitatorio.
San Vicente
de Moravia, San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1
vez.—( IN2017139332 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000015-01
Análisis de la calidad del agua
en los pozos profundos
ubicados en los Asentamientos Río Esperanza y
Los
Ángeles de Río Jiménez, Región de Desarrollo
Huetar Caribe, Oficina Territorial Cariari
Adjudicar a favor de la oferta
única, presentada por la empresa Perforaciones Zaragoza S. A., cédula
jurídica 3-101-161355, proveedor N° 3054, por la suma de ¢2.521.000,00 (dos
millones quinientos veintiún mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución
total de 42 días naturales, según oficio GG-756-2017, del 29 de mayo de 2017.
San Vicente
de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Área de Contratación y
Suministros.—1 vez.—( IN2017139341 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA DE ESCASA CUANTÍA
Nº 2017CD-000051-06
Compra de motores usados de
vehículos
para uso didáctico
El Encargado del Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de
Aprendizaje, en su acta Nº 42-2017, del día 29 de mayo del 2017, artículo
único, tomó el siguiente acuerdo de conformidad con los criterios técnicos,
jurídicos y administrativo, según detalle:
Se acuerda: Declarar infructuosa
la Contratación Directa de Escasa Cuantía Nº 2017CD-000051-06, por falta de
oferentes.
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
254073.—Solicitud N° 85927.—( IN2017139608 ).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
PROCESO PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000009-01
Contratación de servicios
jurídicos para ejercer la defensa
civil de la Municipalidad de Escazú en procesos penales
(modalidad de entrega según demanda)
La Municipalidad de Escazú
comunica que en sesión ordinaria N° 56, acta N° 62 del 22 de mayo del dos mil
diecisiete, acuerdo N° AC-110-17 se adjudica la Licitación Pública N°
2017LN-000009-01 por “Contratación de servicios jurídicos para ejercer la
defensa civil de la Municipalidad de Escazú en procesos penales” a la persona
física Ulysses Calderón González cuyo número de cédula de identificación
es 1-681-711, conforme a los precios tasados establecidos a los profesionales
en derecho, según Decreto N° 39078 “Arancel de honorarios por servicios
profesionales de abogacía y notariado”, publicado en La Gaceta N° 157
del 13 de agosto del 2015.
Queda inelegible la oferta de la persona
física Ólman Rodríguez Brunet, cédula de identificación N° 1-0450-0470,
ya que no aportó el timbre de la Ciudad de las Niñas y presentó en forma
extemporánea la certificación de la CCSS, conforme a lo estipulado en el
ordinal 82 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la oferta no
es susceptible de ser tomada en consideración para efectos de calificación.
Se advierte que, de
conformidad con las disposiciones de la Ley de Contratación Administrativa y su
Reglamento, este acto se puede recurrir dentro del plazo de diez (10) días
hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de su publicación en el
diario Oficial La Gaceta. Dicho recurso se puede interponer ante la Contraloría
General de la República conforme a los artículos 27 inciso d) y 84 inciso d) de
la Ley de Contratación Administrativa. Acuerdo en firme.
Queda a disposición de las personas
interesadas el expediente de dicho procedimiento, el cual puede ser revisado en
la oficina de la Proveeduría de la Municipalidad de Escazú, de lunes a viernes
de 7:30 a. m. a 11:00 o de 1 p. m. a 3:30 p. m.
Licda. Laura
Cordero Méndez, Proveedora Municipal.— 1 vez.—O. C. Nº 35416.—Solicitud Nº 85857.—( IN2017139419 ).
LICITACION ABREVIADA Nº 2017LA-000001-OPMZ
Limpieza y conformación,
suministro, acarreo, riego
de emulsión asfáltica, colocación de 15 cm
material
granular sub base, 10 cm de base y una sobre
capa
de mezcla asfáltica en caliente de250 metros
lineales
a 5 cm de espesor suelto con 4.5 metros
de ancho, tipo llave en mano
El Concejo Municipal en sesión
extraordinaria treinta y seis, celebrada el dieciocho de mayo del dos mil
diecisiete, acuerda: Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2017LA-000001-OPMZ
“Limpieza y conformación, suministro, acarreo, riego de emulsión asfáltica,
colocación de 15 cm material granular sub base, 10 cm de base y una sobre capa
de mezcla asfáltica en caliente de250 metros lineales a 5 cm de espesor suelto
con 4.5 metros de ancho, tipo llave en mano”. A la empresa: Constructora
Meco S. A., cédula jurídica N° 3-101-035078 por la suma de ¢14.881.644,37
(catorce millones ochocientos ochenta y un mil seiscientos cuarenta y cuatro
colones con treinta y siete céntimos).
Zarcero, 24 mayo del
2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017139571 ).
El Concejo Municipal acuerda
adjudicar la Licitación Pública 2017LP-000002-PMT “Construcción y Equipamiento
del Centro de Atención de Personas Adultas Mayores del Cantón de Turrubares” a
la empresa Rodríguez Constructores Asociados S. A., cédula jurídica
3-101-100445-15 (ROCA S. A.) por un monto de ¢133.209.029,00 (ciento treinta y
tres millones doscientos nueve mil veintinueve colones exactos).
San Pablo 22 de mayo del
2017.—Giovanni Madrigal Ramírez, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017138128 ).
HOSPITAL NACIONAL PSIQUIÁTRICO
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
En relación
al expediente 2016 CD-000037-2304, fundamento en el informe final
A.L.-0474-2017, suscrito por la Licda. Sandra Nájera Pérez, Órgano Instructor
de la Oficina de Asesoría y Gestión Legal; mediante Resolución Administrativa
N° DAF-0432-2017, suscrito por el MSc. Edwin Acuña Ulate-Director
Administrativo Financiero, dicta:
“Comprobándose el incumplimiento dentro de la
Contratación Directa N° 2016-CD-000037-2304. Adquisición del ítem N°10
“Esfignomanómetros” por parte de la casa comercial Rokatec Medica SA, Siendo
que dicha empresa no llevó a cabo la ejecución contractual de lo pactado en el
ítem N° 10 del contrato. Se realiza sanción de apercibimiento con una vigencia
de tres años, a partir del día 16 de mayo del 2017. Lo anterior con fundamento
en el artículo 215 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. La
Sanción de apercibimiento recae sobre el artículo “Esfignomanómetros”. Código
Institucional del artículo 7-50-12-0640.”
San José, 26 de mayo del 2017.—Subárea de Contratación
Administrativa.—Lic. Guillermo Méndez Arias, Jefe.—1 vez.—( IN2017139305 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000006-01
(Primera Prórroga)
Equipos de seguridad electrónica
e instalación
con entregas por demanda
La Proveeduría General del Banco
Nacional de Costa Rica, les informa para la Licitación Abreviada N°
2017LA-0000006-01 promovida para la compra de “Equipos de seguridad electrónica
e instalación con entregas por demanda”, lo siguiente:
Fecha y lugar de apertura, será la siguiente:
Todas las ofertas deberán entregarse en la Proveeduría General del
Banco, situada en La Uruca, a más tardar a las diez (10:00 a. m.) horas, según
el reloj ubicado en este Despacho, del día martes 27 de junio del 2017, momento
en el cual serán abiertas en presencia de los interesados que deseen asistir.
Si por la naturaleza de la contratación existiera la posibilidad de haber problemas
de espacio, solo se permitirá el acceso primeramente de un representante por
oferente y de haber subcontratista, en caso que haya espacio para todos, se
permitirá su ingreso, so pena que en caso de que alguno no tenga posibilidad de
entrar, se restringirá el acceso de todos en general, aplicando el principio de
igualdad.
Las demás condiciones del cartel
permanecen invariables.
La Uruca, 1° de junio del
2017.—Ing. Douglas Noguera Porras, Supervisor Operativo/ Proveeduría.—1 vez.—O.
C. Nº 524007.—Solicitud Nº 85848.—( IN2017139417 ).
HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA
LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000002-2205
Servicios de seguridad y
vigilancia
en el Hospital San Rafael de Alajuela.
Se informa a los interesados en
la Licitación Nacional 2017LN-000002-2205 por “Servicios de seguridad y
vigilancia en el Hospital San Rafael de Alajuela”, que, debido al recurso de
objeción presentado, se prorroga el acto de apertura, quedando la nueva fecha
para el 21 de junio del 2017 a las 09:00 am.
Alajuela, 29 de mayo del
2017.—Dra. Marcela Leandro Ulloa, Dirección General a. í.—1 vez.—( IN2017139255
).
HOSPITAL MEXICO
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000026-2104
(Aviso Nº 1)
Adquisición de: colchonetas al
vacío
Se les comunica a las empresas interesadas
en el presente concurso que se prorroga hasta nuevo aviso. Ver detalle y mayor
información en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 30 de mayo del
2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—MSc.
Dennys Miranda Boza, Jefe a. í.— 1 vez.—O. C. Nº 78.—Solicitud Nº
85839.—( IN2017139415 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERON GUARDIA
2017LA-000019-2101
Pegamento biológico
Respecto a la solicitud de
fibrina en el pegamento, en el folio 000016 del cartel, se indica “Pegamento
Biológico de fibrina” y en el folio 000018, página 3 del cartel, se solicita en
las especificaciones técnicas punto 6.2, lo siguiente: “No debe contener
trombina ni fibrina”, de lo anterior se aclara que prevalece lo indicado en
el pliego de especificaciones técnicas dado que es lo solicitado expresamente
por el Servicio de Cirugía de Tórax, por tanto el pegamento no debe contener
fibrina.
Demás condiciones se mantienen invariables.
San José, 29 de mayo del
2017.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.—1 vez.—( IN2017138685 ).
VICERRECTORÍA DE VIDA
ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ORI-2148-2017.—Quintero
Urdaneta Cirelis Claret, R-166-2017, cédula N° 186200633208,
solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Industrial,
Instituto Universitario Politécnico Santiago Mariño, Venezuela. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de mayo del
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 128734.—Solicitud N° 84209.—( IN2017137429 ).
ORI-2160-2017.—Rodríguez Piedra
Luis Alberto, R-167-2017, pasaporte: 137576717, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Médico Cirujano, Universidad de Carabobo, Venezuela. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 8 de mayo
del 2017.—Oficina de Registro e Información.—José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 128734.—Solicitud N° 84210.—( IN2017137436 ).
ORI-2104-2017.—Obando Suárez María Alexandra,
R-169-2017, cédula Nº 1-1314-0960, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Maestra en Endodoncia, Universidad Autónoma
de San Luis Potosí, México. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de mayo de 2017.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 128734.—Solicitud Nº 84211.—( IN2017137437 ).
ORI-1799-2017.—Escobar Rueda Luisa Fernanda,
R-154-2017, pasaporte AQ938126, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Psicóloga, Universidad Católica Popular del Risaralda, Colombia. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 20 de abril
del 2017.—Oficina de Registro e Información.—José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 128734.—Solicitud N° 84200.—( IN2017137440 ).
ORI-2091-2017.—Lara Petitdemange Adrián,
R-171-2017, cédula Nº 1-1225-0679, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Filosofía, Universidad de Nebraska, Estados Unidos. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 05 de mayo, 2017.—Oficina
de Registro e Información.—MBA. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128734.—Solicitud Nº 84212.—( IN2017137441 ).
ORI-2164-2017.—Sánchez Sandoval Marianela,
R-172-2017, cédula: 1-1300-0911, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Máster en Derecho, Economía, y Ciencias Empresariales, Énfasis en
Economía (Economics), Especialidad en Políticas Públicas para el Desarrollo,
Universidad de Toulouse I, Francia. La persona interesada en aportar
información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina
dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 8 de mayo del 2017.—Oficina de
Registro e Información.—José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128734.—Solicitud N° 84213.—( IN2017137443 ).
ORI-2163-2017.—Neurohr Aguirre Sofía,
R-176-2017, cédula: 1-1571-0005, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Bachiller en Ciencias: Psicología, Universidad Estatal de Florida,
Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 08 de mayo del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128734.—Solicitud N° 84214.—( IN2017137444 ).
ORI-2139-2017.—Renderos Deras Yetika
Esmeralda, R-179-2017, pasaporte A04245881,
solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciatura en Enfermería,
Universidad Doctor Andrés Bello, El Salvador. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 08 de mayo, 2017.—Oficina de Registro e
Información.—MBA. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128734.—Solicitud N° 84216.—( IN2017137448 ).
ORI-2161-2017.—Ibáñez
González Mayel, R-180-2017, pasaporte: G21776829, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Licenciado en Negocios Internacionales, Universidad
Tecnológica de México, México. La persona interesada en aportar información de
la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 08 de mayo del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O.C. Nº 128734.—Solicitud Nº 84217.—( IN2017137450 ).
ORI-2209-2017.—Castelain
Thomas, Thierry, Pierre, R-210-2009-B, pasaporte: 15CY66451, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Doctor,
Universidad Lumiére-Lyon 2, Francia. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 08 de mayo del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
128734.—Solicitud N° 84218.—( IN2017137452 ).
ORI-1833-2017.—Landívar
Puma Jaime, R-357-2013-B, residencia
permanente: Nº 106800029224, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Máster en Metodología del Entrenamiento Deportivo para la Alta Competencia,
Instituto Superior de Cultura Física “Manuel Fajardo”, Cuba. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de abril del 2017.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
128734.—Solicitud Nº 84219.—( IN2017137454 ).
ORI-1722-2017.—Zúñiga
Romero Melissa, costarricense, cédula número 3-0418-0115, ha solicitado reposición
del título de Bachillerato en Dirección de Empresas. Cualquier persona
interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, a los dieciocho días del mes de abril del año dos
mil diecisiete.— Oficina de Registro e Información.—MBA. José Antonio Rivera
Monge, Director.—( IN2017137662 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ORI-2113-2017.—Monge López
David, R-178-2017, cédula 2-0542-0443, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Doctorado, Universidad Complutense de Madrid, España. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 08 de mayo de 2017.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—1 vez.—( IN2017137445
).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ORI-1796-2017.—Amore
Madrigal Mary Fiorella, R-34-2017-B, cédula
9-136-746, solicitó reconocimiento y equiparación del título Especialista en
Ginecología y Obstetricia, Universidad de Carabobo, Venezuela. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de abril,
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 83926.—( IN2017138221 ).
ORI-1735-2017.—Valdivia
Cano María Isabel, R-126-2017, pasaporte J102861, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctora en Estomatología, Universidad de Ciencias
Médicas de La Habana, Cuba. La persona interesada en aportar información de la
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 19 de abril del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 83927.—(
IN2017138225 ).
ORI-1723-2017.—Villalta Florezestrada Mario
Enrique, R-138-2017, cédula 1-1011-0343, solicitó reconocimiento y equiparación
del título Mágister En Hábitat, de la
Universidad Nacional de Colombia, Colombia. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 18 de abril del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
205141.—Solicitud N° 83928.—( IN2017138227 ).
ORI-1807-2017.—Acuña
Valverde Luis Guillermo, R-139-2017, cédula N°
1-1212-0980, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Filosofía en Matemáticas, Universidad de Purdue,
Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 20 de abril del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 83929.—(
IN2017138230 ).
ORI-1818-2017.—Márquez
Montero Andrés Arturo, R-140-2017, pasaporte:
085627156, solicitó reconocimiento y equiparación del título Magister en
Economía Financiera, Universidad de Santiago de Chile, Chile. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de abril del 2017.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205141.—Solicitud Nº 83930.—( IN2017138232 ).
ORI-1804-2017.—Monge Cordero Allan Francisco,
R-142-2017, cédula 1-776-834, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Maestro en Comunicación de la Ciencia y la Cultura, Instituto Tecnológico y de
Estudios Superiores de Occidente, México. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 20 de abril del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205141.—Solicitud Nº 83931.—( IN2017138241 ).
ORI-1815-2017.—Hernández Contreras Carolina,
R-143-2017, cédula: 1-1462-0430, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Especialista en Psico-Oncología, Universidad de Ciencias Empresariales y
Sociales, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 20 de abril del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José
Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 83932.— (
IN2017138242 ).
ORI-1773-2017.—Ramos Villalobos Cynthia,
R-145-2017, cédula 4-0146-0299, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Maestría Académica en Artes (Ma) Maestría Universitaria en Letras en Historia
del Arte, Universidad de Lausana, Suiza. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 19 de abril del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205141.—Solicitud Nº 83933.— ( IN2017138244 ).
ORI-1809-2017.—Robles Leal Alejandro José,
R-146-2017, cédula 1-1246-0972, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Máster Universitario en Derecho Constitucional, Universidad de Sevilla,
España. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 20 de
abril, 2017.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 83934.—(
IN2017138245 ).
Reconocimiento y equiparación
de título extranjero
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante la Universidad Técnica
Nacional (UTN) se ha presentado la solicitud de reconocimiento y equiparación
del título Licenciada en Contaduría Pública y Finanzas, Universidad Nacional
Autónoma de Nicaragua, Nicaragua a nombre de Fajardo Calero Arlette María,
cédula de residencia: 155822421727. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante la Dirección de
Registro Universitario de la UTN, dentro de los cinco días hábiles a partir de
la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, a los
23 días del mes de mayo de 2017.— Lic. Marcelo Prieto Jiménez Rector.—(
IN2017138329 ).
AVISO AL PÚBLICO
UTILIZACIÓN DE MERLINK COMO SISTEMA DE
COMPRAS
La Superintendencia de
Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica número 3-007-566209, ubicada en
Guachipelín de Escazú, Edificio Tapantí, tercer y cuarto piso, 100 metros al
norte de Construplaza, en atención a los artículos 40 y 46 de la Ley de
Contratación Administrativa y a los artículos 124, 125 y demás artículos
atinentes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Comunica a
todos los interesados en participar en los procesos de contratación que la
institución utiliza la plataforma electrónica MERLINK (www.merlink.co.cr) para
realizar sus compras.
En razón de lo anterior insta a todos los
interesados en registrarse en dicha plataforma, con el fin que reciban las
eventuales invitaciones a los concursos que se realicen.
Para consultas pueden dirigirse al correo proveeduria@sutel.go.cr
Área
Proveeduría.—Juan Carlos Sáenz Chaves.—1 vez.— O. C. Nº
2808-17.—Solicitud Nº 85910.—( IN2017139607 ).
La Secretaría del Concejo
Municipal, comunica que mediante el acuerdo municipal tomado bajo el artículo
VI inciso 6.- de la sesión ordinaria N° 83-2017, celebrada el día miércoles 03
de mayo de 2017. El Concejo Municipal; acordó proceder a publicar la siguiente
disposición:
1. Para el cantón de Santo
Domingo y como resultado de particularidades físicas, geológicas e
hidrogeológicas se instruye a la Administración Municipal elevar a este
Concejo, a la Comisión de Asuntos Ambientales y la Comisión de Obras, los
permisos vinculados con Proyectos Urbanísticos, actividades industriales y
actividades comerciales de alto impacto, a fin de conocer su viabilidad, y los
argumentos que lo califiquen como baja densidad, y que prevalezca el principio
precautorio en la preservación de los recursos naturales y en particular el
hídrico, así como la salud de las personas residentes en el distrito conforme
con la normativa vigente.
2. Que se envíe a su publicación
en el Diario Oficial La Gaceta para su entrada en vigencia.
3. Que se comunique en forma
inmediata a la administración. Votos de los señores Regidores y Regidoras,
Tomás Azofeifa Villalobos, Marta Elizondo Vargas, Erika Linares Orozco, Luis
Fernando Salas Calvo y Rafael Bolaños Villalobos.
Sométase a discusión y votación,
para que con Dispensa de Trámite de Comisión que establece el artículo 44 y en
aplicación del artículo 45 ambos del Código Municipal, se declare Acuerdo
Definitivamente Aprobado y en Firme. Votos de los señores Regidores y
Regidoras, Tomás Azofeifa Villalobos, Marta Elizondo Vargas, Erika Linares
Orozco, Luis Fernando Salas Calvo y Rafael Bolaños Villalobos.
10 de marzo del 2017.—Gabriela
Vargas Aguilar, Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2017138355 ).
DEPARTAMENTO ZONA MARÍTIMO TERRESTRE
SECCIÓN DE ARRENDAMIENTOS
EDICTO
Josefa
Sancho Barrantes, mayor, divorciada, costarricense, profesora, vecina de San
Antonio de Escazú, cédula de identidad número 2-279-545. Con base en la ley
sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto
Ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de Playa Isla Palo Seco, distrito
Parrita, cantón Parrita, provincia de Puntarenas. Mide 887.00 m2, de
conformidad al plano de catastro P-1673658-2013, terreno para dedicarlo al uso
Residencial Recreativo de conformidad al Plan Regulador aprobado. Linderos:
norte, zona de manglar; sur, calle pública; este, Municipalidad de Parrita;
oeste, Municipalidad de Parrita. Se advierte que la presente publicación no
otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que las
disposiciones del plan regulador aprobado en este sector de playa, afecten el
uso actual de la parcela, se conceden treinta días para oír oposiciones las
cuales deberán venir acompañadas de dos copias, parcela ubicada entre los
mojones frente a costa números 863 y 864, del Instituto Geográfico
Nacional.—Parrita, 28 de abril del 2017.
Marvin Mora
Chinchilla, Encargado.—1 vez.—( IN2017135343 ).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS
ECONÓMICAS DE COSTA RICA
La Junta Directiva del Colegio
de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, comunica que mediante
acuerdo número cuatro de la sesión extraordinaria 2676-2017, celebrada el lunes
22 de mayo del 2017, acordó convocar a asamblea general ordinaria número
0106-2017 como se indica a continuación:
ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA 0106-2017
VIERNES 30 DE JUNIO DE 2017
AGENDA
1. Apertura en primera
convocatoria de la asamblea general ordinaria número 0106-2017, a celebrarse en
la Sede del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Costa Rica, el
viernes 30 de junio de 2017, a las 7:30 horas.
Si no se diera el cuórum requerido se iniciará la asamblea general
ordinaria, en segunda convocatoria, al ser las 8:00 horas, en el mismo lugar y
con el número de miembros presentes, de acuerdo con los artículos 26, 27, 28 y
35 inciso a) de la Ley 7105 del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas
de Costa Rica y con los artículos 32 y 36 del Reglamento de dicha Ley. A esa
misma hora se abrirá el proceso de votación, el: cual se realizará de forma
electrónica, pudiendo todos los colegiados que se encuentren debidamente
inscritos en el Padrón Electoral emitir su voto desde cualquier computador.
Asimismo, el Colegio pondrá a disposición de los electores, tanto en la sede
central como en las sedes de las filiales y la oficina administrativa de Ciudad
Neily, ordenadores para que los colegiados que así lo requieran puedan ejercer
su voto. El procedimiento de ingreso al sistema de votación estará disponible
en la página web del Colegio www.colegiocienciaseconomicas.cr y de igual forma
se realizará la publicidad correspondiente en los principales medios escritos
de comunicación colectiva. El proceso para ejercer el sufragio concluirá a las
18:00 horas. Los puestos de Junta Directiva que se elegirán en este proceso
serán los siguientes: Vicepresidente, 2 Directores, un Suplente y Fiscal.
2. Informe anual del periodo
2016-2017.
3. Aprobación del Presupuesto
Ordinario del periodo 2017-2018.
4. Informe
de Fiscalía 2016-2017.
5. Informe
del Tribunal de Honor 2016-2017.
6. Nombramiento
y juramentación de los miembros del Tribunal de Honor.
7. Solicitud
de condonación del pago de cuotas de colegiatura formulada por la colegiada
María Ángela Torelli Morales.
8. Presentación
de mociones (de acuerdo con lo que establece el artículo 32 del Reglamento
General del Colegio).
9. Resultados
del proceso electoral y juramentación de los nuevos miembros de la Junta
Directiva.
Se recuerda que de conformidad con el Artículo
33 del Reglamento de la Ley 7105, las asambleas generales del Colegio son
exclusivas para sus Colegiados.—Junta Directiva.—Dr. Ennio Rodríguez Céspedes,
Presidente.—Licda. Rosa Elena Baltodano Quintana, Secretaria.—MBA: Zoila Víquez
Ramírez, Directora Ejecutiva a. í.—O. C. Nº 2600.—Solicitud Nº 17906.—(
IN2017139556 ). 2 v. 1.
La Junta Directiva del Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas
de Costa Rica, comunica que mediante acuerdo número tres de la sesión
extraordinaria 2676-2017, celebrada el lunes 22 de mayo del 2017, acordó
convocar a asamblea general extraordinaria N° 0105-2017, como se indica a
continuación:
ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
0105-2017
VIERNES 23 DE JUNIO, 2017
AGENDA:
Apertura en primera convocatoria de la asamblea general extraordinaria
0105-2017, a celebrarse en la Sede del Colegio de Profesionales en Ciencias
Económicas de Costa Rica, el viernes 23 de junio de 2017, a las 17:30 horas.
Si no se diera el cuórum requerido se iniciará la asamblea general
extraordinaria, en segunda convocatoria, al ser las 18:00 horas, en el mismo
lugar y con el número de miembros presentes, de acuerdo con los artículos 26,
27, 28 y 35 inciso a) de la Ley N° 7105 del Colegio de Profesionales en
Ciencias Económicas de Costa Rica y con los artículos 32 y 36 del Reglamento de
dicha Ley.
Presentación del Presupuesto Ordinario del
periodo julio 2017 a junio 2018.
Propuesta de reforma al Reglamento de
Admisión.
Propuesta de reforma al
Reglamento Orgánico de Junta Directiva.
Propuesta de reforma al Reglamento de
Elecciones
Se recuerda que de conformidad con el artículo
33 del Reglamento de la Ley 7105, las asambleas generales del Colegio son
exclusivas para sus Colegiados.—Dr. Ennio Rodríguez Céspedes, Presidente, Junta
Directiva.—Licda. Rosa Elena Baltodano Quintana, Secretaria Junta
Directiva.—MBA. Zoila Víquez Ramírez, Directora Ejecutiva a. í.—O. C. N°
2600.—Solicitud N° 17906.—( IN2017139557 ). 2 v. 1.
BAN ALCANAR S. A.
Se convoca a los accionistas de la compañía
Ban Alcanar Sociedad Anónima (la “Compañía”), cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-setenta mil doscientos treinta, a la asamblea general
extraordinaria de socios a celebrarse a las dieciséis horas del día diez de
julio del dos mil diecisiete en la ciudad de San José, San Rafael de Escazú,
Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, oficina número
uno, y una hora después en segunda convocatoria con el número de socios
presentes. En la asamblea se tratará el siguiente orden del día: a)
Verificación del quórum; b) actualización del libro de registro de accionistas
de la compañía, para que el mismo refleje la actual distribución accionaria; c)
aprobación de donación de acciones de la Compañía realizada por uno de los
socios; d) revisión de temas contables y deudas pendientes de la compañía; e)
modificación del actual domicilio de la compañía; f) modificación de la forma
de convocatoria a las asambleas de accionistas de la compañía; g) modificación
de la actual cláusula de administración de la compañía y, h) modificación de la
actual junta directiva de la compañía.—San José, veintiséis de mayo del dos mil
diecisiete.—Roberto Facio Sáenz, Secretario.—1 vez.—( IN2017139322 ).
HERMOSA HILLS SLS SOCIEDAD ANÓNIMA
Cedula jurídica número 3-101-713135
Se convoca
a asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Hermosa Hills SLS Sociedad
Anónima, a celebrarse en su domicilio social, sito en Puntarenas, Garabito,
Jacó, Centro Comercial Plaza Boulevard, local número dieciocho, oficina de
Pacific Law & CIC Consulting Firm, el día 07 de junio del 2017, la primera
convocatoria será a las 09:00 a.m. y la segunda convocatoria una hora después.
Como agenda se señalan los siguientes aspectos: A) Reforma de la cláusula
sétima del pacto constitutivo de la administración.—Nathalie Elizondo
Montero.—1 vez.—( IN2017139589 ).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
LLANTERA COSTARRICENSE, SOCIEDAD ANÓNIMA
Llantera Costarricense, Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número 3-101-069891, notifica que se encuentra
realizando el trámite legal correspondiente a la reposición por extravío de los
siguientes libros legales: (I) tomo número uno de Actas de Asamblea de Socios y
(II) tomo número uno de Registro de Accionistas. Se realiza esta publicación a
efecto de cumplir con las disposiciones del artículo 14 del Reglamento del
Registro Nacional para la legalización de libros de sociedades mercantiles.
Quién se considere afectado puede oponerse en el plazo de ocho días a partir de
la primera publicación en La Gaceta.—San José, 23 de enero de
2017.—Olimpia García Mariño, Presidente y Representante Legal.—( IN2017137722
).
FARMACIA FLORES
Conforme a
las disposiciones del Código de Comercio por venta de establecimiento
mercantil, se cita a acreedores e interesados a fin de hacer valer sus derechos
en la venta de Farmacia Flores, sita en Heredia, cantón de Flores, San Joaquín,
cincuenta metros norte de la Escuela Estados Unidos, al señor José Francisco de
Jesús Calderón Quesada y compañías relacionadas con este señor, todo dentro de
un plazo de quince días hábiles. Los interesados podrán comunicarse y presentar
toda documentación en el Bufete Calvo Elizondo, sita en San José, Escazú, San
Rafael, del Supermercado Saretto, doscientos metros al norte, cien oeste y cien
norte, frente al antiguo Comité Olímpico o bien al fax: 2588-0855.—San José, 24
de mayo del 2017—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—( IN2017137763 ).
Ante el Registro de la
Universidad Autónoma de Centro América, se ha presentado la solicitud de
reposición del título de: Doctor en Medicina, emitido por esta casa de estudios
el 11 de julio del 1997, inscrito en el tomo: III folio: V4 número: 1128, y
registrado por CONESUP, tomo: IX folio: 199 número: 12649, a nombre de
Rodríguez Reyes Roy Eduardo, pasaporte Panameño PA0249486. Se solicita la
reposición por haberse extraviado el original. Se pública este edicto para oír
oposición a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir
de la publicación en el Diario Oficial. Campus J. Guillermo Malavassi V.,
Cipreses.—Curridabat, 20 de mayo del 2017.—Adrián Espinoza Potoy,
Registrador.—( IN2017137886 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
CONDOMINIO HORIZONTAL RESIDENCIAL
ALTOS DE MORAVIA
Condominio Horizontal
Residencial Altos de Moravia, cedula jurídica N° 3-109-654549, representada por
Mario Montero Corrales, cedula 1-961-960, solicita al Registro Público
reposición por perdida de los libros de actas de asamblea de condominios, actas
de junta directiva y caja. Lic. María Yisela Quesada León, Notaria Publica,
Moravia Residencial Saint Clare Número Diez F.—Licda. María Yisela Quesada
León, Notaria.—( IN2017138170 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
Morosidad 31 de marzo
A las siguientes personas se les
comunica que una vez realizada la gestión administrativa de cobro, con corte al
31 de marzo del 2017, tal como lo establece la política POL-PRO-COB01 Gestión
de cobros y según nuestros registros al 11 de Mayo 2017, aún se encuentran
morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que
sus nombres aparezcan en esta publicación, de no cancelar la suma adeudada o
firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo, al mismo
tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la
inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión. Si al momento de la
publicación ya realizó el pago respectivo, favor hacer caso omiso a la
misma.—Junta Directiva.
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
M.Sc.
Lilliam González Castro, Presidenta.—1 vez.— ( IN2017136482
).
VARIANCE SOUTH AMERICA INVESTMENT
PARTNERSHIP LLC, SRL
Por extravío, el señor Felix
Arturo Cordero Simpson, como apoderado generalísimo sin límite de suma,
mediante lo dispuesto por el reglamento del Registro Nacional para la
legalización de libros de sociedades mercantiles del diecisiete de enero del
dos mil trece y su reforma, solicita la reposición por pérdida de libros de
Actas de Asamblea y Registro de Cuotistas de la sociedad Variance South América
Investment Partnership Llc, SRL, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-setecientos mil novecientos ochenta.—San José, 22 de mayo del
2017.—Licda. Vera Denise Mora Salazar, Notaria.—1 vez.—( IN2017138215 ).
INVERSIONES MAMITA SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Ana Lorena Wabe Arce, mayor,
divorciada, empresaria, vecina de Cartago, Tres Ríos, Urbanización Villas de
Ayarco, casa número Z dieciocho, cédula de identidad número nueve-cero cero
cinco cuatro-cero dos nueve nueve, en mi condición de presidenta con facultades
de apoderada generalísima sin límite de suma de Inversiones Mamita Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos cinco mil ochenta y seis, domiciliada en San Cartago,
Urbanización Prados del Este, casa dieciocho ZL, solicito al Departamento de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, la reposición del Tomo Primero de los
libros legales a saber, Actas de Asamblea General de Socios, Actas del órgano
Directivo, y Registro de Accionistas de esta sociedad, los cuales fueron
extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado, a fin de oír objeciones ante el Indicado Registro.—San
José, Costa Rica, veintiséis de mayo de dos mil diecisiete.—Ana Lorena Wabe
Arce, Apoderada Generalísima.—1 vez.—( IN2017138217 ).
INVERSIONES RAEVDA SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones Raevda Sociedad
Anónima, domiciliada en Ciudad Colón, frente al colegio, avisa que por
encontrarse extraviados, solicita la reposición de los libros de Actas de
Asamblea General, Actas Junta Directiva, Registro de Accionistas, Diario, Mayor,
Inventados y Balances. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición dentro de los ocho días siguientes a la primer publicación de este
aviso, al correo electrónico paulamongerodriguez@yahoo.com o al fax
2282-8960.—Eva Rodríguez Mora, Secretaria de Junta Directiva.—1 vez.—(
IN2017138269 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
A las quince horas del día
veintiuno de abril del año dos mil diecisiete,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Electrodomésticos Mabeca Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta mil seiscientos
cincuenta y uno, mediante la cual se modifican las cláusulas referentes al
capital social y al domicilio del pacto social. Es todo.—San José, veintiuno de
abril del año dos mil diecisiete.—Licda. Maureen María Rodríguez Acuña,
Notaria.—( IN2017138339 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
La sociedad N° 3-101-634456 S. A.,
protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios.
Notario publico: Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea.—San José, veintiséis de
mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1
vez.—( IN2017138160 ).
Se constituye
sociedad Vegoba V.G.B. Sociedad Anónima. Domicilio Alajuela, cantón
central, distrito primero de dicha provincia, Villa Hermosa, cien metros sur
del semáforo. Notaria: Áurea Fernández Romero.—Alajuela, veintiséis de mayo del
dos mil diecisiete.—Licda. Áurea Fernández Romero, Notaria.—1 vez.—(
IN2017138163 ).
En mi notaría mediante escritura
setenta-sesenta y cuatro de fecha diecinueve de mayo del dos mil diecisiete se
constituyó la sociedad anónima Tekne S. A.—Lic. Grace Mora Acuña,
Notaria.—1 vez.—( IN2017138167 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 26 de mayo del 2017,
protocolicé el acta de asamblea general de socios de Disvol Utilities S. A.,
3-101-722948, que reformó el nombre de la sociedad por Desarrolladora
Utilities S. A.—San José, 26 de mayo del 2017.—Lic. Ignacio Monge Dobles,
Notario.—1 vez.—( IN2017138168 ).
Mediante
escritura 241-5 otorgada ante la co-notario Ariana Azofeifa Vaglio, a las 17:00
horas del 20 de enero del 2017, se nombra reforma la cláusula octava y se
nombran nuevos gerentes de la sociedad 3-102-707642 SRL, cédula jurídica
número 3-102-707642. Es todo.—Playas del Coco, Guanacaste, 21 de enero del
2017.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2017138171 ).
Por asamblea general extraordinaria de
socios, protocolizada en esta notaría hoy a las 10:00 horas, de la compañía de
esta plaza denominada Condominio Altavista Heredia S. A., en la que se
reforman estatutos.—San José, 26 de mayo del 2017.—Lic. Adolfo Rojas Breedy,
Notario.—1 vez.—( IN2017138174 ).
En mi notaría por escritura número ciento
sesenta y ocho-cinco, otorgada a las catorce horas del cuatro de mayo del dos
mil diecisiete, se constituye Desarrollos Inmobiliarios Jiménez J G Sociedad
Anónima.—Lic. Javier Alejandro Delgado Calderón, Notario.—1 vez.—(
IN2017138178 ).
En mi notaría y mediante escritura otorgada a
las nueve horas del veintiséis de mayo de dos mil diecisiete, se nombra nueva
junta directiva de la Asociación Administradora de Acueducto y
Alcantarillado de Ticabán de La Rita, cédula jurídica tres-cero cero
dos-trecientos seis mil setenta y cuatro. Es todo.—Guápiles, veintiséis de mayo
de dos mil diecisiete.—Lic. Kristian Alexander Serrano Morales, Notario.—1
vez.—( IN2017138179 ).
Por otorgarse
escritura pública a las quince horas del veinticuatro de mayo del dos mil
diecisiete, mediante asamblea extraordinaria de socios se realiza cambio de
nombre de la empresa Transportes Pesados Arzube S A., cédula jurídica
tres-ciento uno-cinco tres nueve tres nueve cuatro.—Heredia, veinticuatro de
mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Julieta López Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2017138194 ).
Por escritura
otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 25 de mayo del 2017, se
reformaron las cláusulas quinta y octava del pacto constitutivo de la sociedad Corporación
Club Jiro de San Sebastian S. A.—Lic. Wilber Barquero Bolaños,
Notario.—1 vez.—( IN2017138196 ).
Por la escritura número doscientos treinta,
otorgada ante el notario público Alan Picado Badilla en su protocolo octavo a
las 11 horas del 26 de mayo del 2017, por acuerdo de asamblea general extraordinaria,
se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo de la sociedad Bienes
Raíces La Pradera B R P S. A., con cédula jurídica 3-101-353592.
modificando las facultades de los apoderados generalísimos de dicha
empresa.—Heredia, 26 de mayo del 2017.—Lic. Alan Picado Badilla, Notario.—1
vez.—( IN2017138198 ).
Mediante
escritura de las once horas treinta minutos del siete de mayo del dos mil
diecisiete, Ana María y Rosario Badilla Calderón, constituyeron sociedad
anónima amparada al decreto tres tres uno siete uno-J. Presidenta: Rosario
Badilla Calderón, plazo social será noventa y nueve años, capital social un
doscientos cuarenta mil colones, constituido por veinticuatro acciones de diez
mil colones cada una. Es todo.—Heredia, doce horas del siete de mayo del dos
mil diecisiete.—Licda. Karoline Alfaro Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017138202
).
Por escritura
otorgada ante mí, a las doce horas treinta minutos del veintiséis de mayo del
dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Vanburn Lynn Limitada, con número de cédula de
persona jurídica tres-ciento dos setecientos treinta y seis mil seiscientos
catorce, de las once horas del veintiséis de mayo del dos mil diecisiete,
mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se
elimina un gerente.—Lic. Mariana Isabel Alfaro Salas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017138205 ).
Por escritura otorgada ante nosotros hoy, los
suscritos notarios protocolizamos el acta de 3-101-620229 S. A.,
mediante la cual se reforma la cláusula de los estatutos sociales relativa a la
administración. Notarios: Alejandro Matamoros Calderón y Yanit Arias
Herrera.—San José, 25 de mayo del 2017.—Licda. Yanit Arias Herrera,
Conotaria.—1 vez.—( IN2017138207 ).
Ante esta notaría, protocolicé acuerdos de
asamblea general extraordinaria de socios de la firma Inversiones Sebalemar
Sociedad Anónima, en donde se nombran nuevos miembros en los puestos de
presidente, secretario y fiscal.—Guápiles, Pococí, Limón, 26 de mayo del 2017.—Licda.
Alice María Aguilar Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017138209 ).
Ante mi notaría a
las 13:00 horas del 27 de mayo del 2017 y mediante escritura N° 271-25 se
reforma la cláusula novena de la entidad denominada Arque A. Q. Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3-101-374719.—San José, 29 de mayo del
2017.—Lic. Jorge Enrique Gonzalo Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017138213 ).
Por escritura de las 15:00 horas del 05 de
mayo del 2017, se constituyó la sociedad Cajiao y Barrantes C Y B SRL.
Capital social: cien mil colones. Domicilio: San José, Mercado de la Coca Cola.
Gerente: Alejandro Cajiao Moya.—Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1
vez.—( IN2017138229 ).
Grejanbertil Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° tres-ciento uno-doscientos setenta
mil ochocientos cincuenta y ocho, nombra un nuevo tesorero por el resto del
plazo social, reforma su representación judicial y extrajudicial. Es todo.—Lic.
Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017138237 ).
Marea Dos Inversiones Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula de persona jurídica N°
tres-ciento dos-setecientos veinticinco mil quinientos cuarenta y nueve, acepta
la renuncia de un gerente, reforma su representación judicial y extrajudicial y
reforma administración de la sociedad. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís,
Notario.—1 vez.—( IN2017138238 ).
Krystel
Helicopters S. A.,
acordó nombramientos de junta directiva. Lindsay Alfaro Bonilla,
presidenta.—Heredia, 23 de mayo del 2017.—Lic. Eduardo Gómez Castro, Notario.—1
vez.—( IN2017138240 ).
Por escritura otorgada a las diez horas del
veintitrés de mayo de dos mil diecisiete, se constituye la sociedad denominada Grupo
de Seguridad Emilio Sociedad de Responsabilidad Limitada, plazo: cien años,
capital cien mil colones. gerente con facultades de apoderado generalísimo sin
limitación de suma de conformidad con el artículo 1253 del Código Civil.—Licda.
Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—( IN2017138250 ).
Por escritura otorgada a las 12:00 horas del
6 de abril de 2015, ante los notarios José Manuel Ortiz Durman y Margarita Odio
Rohrmoser, se constituye Inmobiliaria Grupo Baharet Sociedad Anónima.
Capital social: un millón de colones. Plazo: cien años. Presidente ostenta
representación con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de
suma.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—( IN2017138251 ).
Debidamente facultado al efecto protocolicé
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Pronto Moda
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula de
administración del pacto constitutivo, quedando la representación de la misma
en presidente y secretario, tesorero y vocal de la junta directiva, el
presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma, secretario como
apoderado general sin límite de suma y secretario, tesorero y vocal poder
generalísimo sin límite de suma actuando conjuntamente dos de tres, limitado a
autorización de la asamblea de socios para disposición de bienes; así mismo se
revocan nombramientos de la totalidad de la junta directiva y agente residente
y se nombran: presidente: Aldo Onofrio (nombres) Annese Rossanda (apellidos),
vicepresidenta: María Elena Reyes López, secretario: Aldo (nombre) Annese Reyes
(apellidos), tesorera: Marie Emilia Annese Reyes, vocal: Marvin Bermúdez Mesén,
agente residente: Miguel Antonio Rodríguez Espinoza.—San José, veintidós horas
del día catorce de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez
Espinoza, Notario.—1 vez.—( IN2017138256 ).
Debidamente facultado al efecto protocolicé
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Piemoda
Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula de
administración del pacto constitutivo, quedando la representación de la misma
en presidente y secretario, tesorero y vocal de la junta directiva, el
presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma, secretario como
apoderado general sin límite de suma y secretario, tesorero y vocal poder
generalísimo sin límite de suma actuando conjuntamente dos de tres, limitado a
autorización de la asamblea de socios para
disposición de bienes. Asimismo se revocan nombramientos de la totalidad de la
junta directiva y agente residente y se nombran: presidente: Aldo Onofrio
(nombres) Annese Rossanda (apellidos), vicepresidenta: María Elena Reyes López,
secretario: Aldo (nombre) Annese Reyes (apellidos), tesorera: Marie Emilia
Annese Reyes, vocal: Marvin Bermúdez Mesén, agente residente: Miguel Antonio
Rodríguez Espinoza.—San José, a las veintiún horas del catorce de mayo de dos
mil diecisiete.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1 vez.—(
IN2017138257 ).
Debidamente facultado al efecto protocolicé
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Ladrillos
de Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula de
administración del pacto constitutivo, quedando la representación de la misma
en presidente y secretario, tesorero y vocal de la junta directiva, el
presidente como apoderado generalísimo sin límite de suma, secretario como
apoderado general sin límite de suma y secretario, tesorero y vocal poder
generalísimo sin límite de suma actuando conjuntamente dos de tres, limitado a
autorización de la asamblea de socios para disposición de bienes. Asimismo se
revocan nombramientos de la totalidad de la junta directiva y agente residente
y se nombran: Presidente: Aldo Onofrio (nombres) Annese Rossanda (apellidos),
vicepresidenta: María Elena Reyes López, secretario: Aldo (nombre) Annese Reyes
(apellidos), tesorera: Marie Emilia Annese Reyes, vocal: Marvin Bermúdez Mesén,
agente residente: Miguel Antonio Rodríguez Espinoza.—San José, veinte horas del
día catorce de mayo de dos mil diecisiete.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez
Espinoza, Notario.—1 vez.—( IN2017138258 ).
Debidamente facultado al efecto protocolicé
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de La Posada
de Santa Ana Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula de
administración del pacto constitutivo,
quedando la representación de la misma en presidente y secretario, tesorero y
vocal de la junta directiva, el presidente como apoderado generalísimo sin
límite de suma, secretario como apoderado general sin límite de suma y
secretario, tesorero y vocal poder generalísimo sin límite de suma actuando
conjuntamente dos de tres, limitado a autorización de la asamblea de socios
para disposición de bienes. Asimismo se revocan nombramientos de la totalidad
de la junta directiva y agente residente y se nombran: Presidente: Aldo Onofrio
(Nombres) Annese Rossanda (Apellidos), vicepresidente: María Elena Reyes López,
secretario: Aldo (Nombre) Annese Reyes (Apellidos), tesorera: Mame Emilia
Annese Reyes, vocaL: Marvin Bermúdez Mesén, agente residente: Miguel
Antonio Rodríguez Espinoza.—San José, diecinueve horas del día catorce de mayo
de dos mil diecisiete.—Lic. Miguel Antonio Rodríguez Espinoza, Notario.—1
vez.—( IN2017138259 ).
Por escritura
otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada M.E.D.I.
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado. Domicilio:
Alajuela centro. Plazo: cien años. Gerente y subgerente con facultades de
apoderados generalísimos.—Alajuela, veinticuatro de marzo de dos mil
diecisiete.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017138271 ).
Por escritura
otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Agropecuaria
Cubero Orias C.U.J. Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Domicilio
Alajuela centro. Plazo cien años. Presidente, secretario y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos.—Alajuela, cinco de mayo de dos mil
diecisiete.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017138272 ).
Por escritura
otorgada el día de hoy, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
R Y S Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital suscrito y pagado.
Domicilio: Alajuela centro. Plazo: cien años. Gerente y subgerente con
facultades de apoderados generalísimos.—Alajuela, veintiséis de mayo de dos mil
diecisiete.—Lic. Eduardo Gamboa Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017138273 ).
Por escritura
otorgada en San José,
a las nueve
horas del tres de mayo del dos mil diecisiete el
notario Iván Lewin Salas, protocolizó acta de asamblea extraordinaria de la
compañía J Agüero Equipos y Soluciones Sociedad Anónima, donde modifica
domicilio social y representación legal.—San José, cuatro de mayo del dos mil
diecisiete.—Lic. Iván Lewin Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017138276 ).
Mediante
escritura otorgadas ante esta notaría, a las 10 y 11 horas del 24 de mayo del
2017, se protocolizaron asambleas generales de accionistas de: A) de Propiedad
Higuito San Mateo S. A., en San José, en su domicilio social, a las 18
horas del 28 de abril del 2017, se reformaron las cláusulas segunda y sexta.
(domicilio y representación). B) de Alumovi S. A., en su domicilio en
San José, a las 16 horas del 28 de abril del 2017, se reformaron las cláusulas
segunda y sexta, (domicilio y representación).—San José, 26 de mayo del
2017.—Lic. Andrés Mora Carli, Notario.—1 vez.—( IN2017138280 ).
Por escritura
número cincuenta y seis-ocho, de las doce horas del veinticinco de mayo del dos
mil diecisiete, de mi protocolo, se modifica la cláusula sexta “de la
administración”, de la sociedad: Marlene Castro Fernández Limitada,
cédula jurídica Nº 3-102-25984. Es todo.—San José, veinticinco de mayo del dos
mil diecisiete.—Licda. Paola Rojas Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2017138387 ).
Ante esta
notaría, se procede a modificar la sociedad Del Parque Venado Sociedad
Anónima, cedula jurídica 3-101-438005. Es todo.—Lic. Mauricio Montero
Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2017138390 ).
Ante esta
notaría, se procede a modificar la sociedad Cerros de Carrillo Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-098513. Es todo.—Lic. Mauricio Montero
Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2017138391 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 15 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Tecnicolor
Internacional Sociedad Anónima.—San José, 17 de Abril del 2017.—Lic. Edwin
Enrique Arias Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017004962.—( IN2017138695 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Ciarre Brokerage and Avisory Sociedad Anónima.—San
José, 17 de Abril del 2017.—Licda. Melania Dittel Sotela, Notaria.—1
vez.—CE2017004963.—( IN2017138696 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada CMA Central America Sociedad Anónima.—San José,
17 de abril del 2017.—Lic. Vinicio Zamora Chaves, Notario.—1
vez.—CE2017004964.—( IN2017138697 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Sol Mari de Guanacaste Sociedad Anónima.—San
José, 17 de abril del 2017.—Licda. Andrea Melissa Ruiz Juárez, Notaria.—1
vez.—CE2017004965.—( IN2017138698 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Miltiservicios Jaer Sociedad Anónima.—San José,
17 de abril del 2017.—Licda. Jockseline Zúñiga Varela, Notaria.—1
vez.—CE2017004966.—( IN2017138699 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 20 minutos del 17 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Ganadería Broca Sociedad Anónima.—San José, 17 de
abril del 2017.—Lic. Juan Guillermo Coghi Molina, Notario.—1
vez.—CE2017004967.—( IN2017138700 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 03 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Layci Multiservicios Sociedad Anónima.—San José,
17 de abril del 2017.—Licda. Netzy Yanina Soto Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2017004968.—( IN2017138701 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 45 minutos del 31 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada HV-Souvernirs Store Sociedad Anónima.—San José,
18 de abril del 2017.—Lic. Rafael Ángel Duran Cortes, Notario.—1
vez.—CE2017004969.—( IN2017138702 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Villa Marfil Potrero Limitada.—San José, 18 de
abril del 2017.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1
vez.—CE2017004970.—( IN2017138703 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Nairda R.V. de Occidente Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1
vez.—CE2017004971.—( IN2017138704 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 30 minutos del 15 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Quepos Rocoso C Y G Limitada.—San José, 18 de
Abril del 2017.—Licda. Yesenia María Arce Gómez, Notaria.—1
vez.—CE2017004972.—( IN2017138705 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Portus Food Sociedad Anónima.—San José, 18 de
abril del 2017.—Lic. Gerson Joab Gonzalez Varela, Notario.—1
vez.—CE2017004973.—( IN2017138706 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 18 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Waca Inversiones CR Limitada.—San José, 18 de
abril del 2017.—Lic. Marco Antonio Vargas Valverde, Notario.—1
vez.—CE2017004974.—( IN2017138707 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 03 minutos del 24 de marzo del 2017, se constituyó la
sociedad denominada Universe Tek Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. Alvaro Coghi Gómez, Notario.—1
vez.—CE2017004975.—( IN2017138708 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 30 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Chelsea Partners de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Licda. Sagrario
Padilla Velásquez, Notaria.—1 vez.—CE2017004976.—( IN2017138709 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de abril del 2017, se constituyó la
sociedad denominada Servicios Bel Sociedad Anónima.—San José, 18 de
abril del 2017.—Licda. Grettel Tapia Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2017004977.—(
IN2017138710 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 07 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada ITM Software Centroamérica Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Licda. Paola Castro Montealegre,
Notaria.—1 vez.—CE2017004978.—( IN2017138711 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 10 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Siever Limitada.—San José, 18 de abril del
2017.—Lic. Sergio Gustavo Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017004979.—(
IN2017138712 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 05 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Fairlay Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2017004980.—( IN2017138713 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 12 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ticos Real Estate y
Propiedades Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del 2017.—Licda. Andrea
Karolina Rojas Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017004981.—( IN2017138714 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 03 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Fengcheng Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril
del 2017.—Lic. Marcelo Antonio Wilson Cole, Notario.—1 vez.—CE2017004982.—( IN2017138715
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 05 de abril del 2017, se constituyó la
sociedad denominada Virtual Currency Wallet VCW Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Ignacio Miguel Beirute
Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2017004983.—( IN2017138716 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 11 de abril del 2017, se constituyó la
sociedad denominada Jerah Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1
vez.—CE2017004984.—( IN2017138717 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de abril del 2017, se constituyó la
sociedad denominada Comercializadora J&E del Atlántico Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. David López García, Notario.—1
vez.—CE2017004985.—( IN2017138718 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 15 minutos del 10 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada RNR Algo Más Limitada.—San José, 18 de abril del
2017.—Lic. Sergio Gustavo Rivera Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017004986.—(
IN2017138719 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada RLR Paradise Path Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Ismene Arroyo Marín,
Notario.—1 vez.—CE2017004987.—( IN2017138720 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 30 minutos del 04 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Residencias
Quircot-Cristal JRS Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del
2017.—Licda. María de los Ángeles Angulo Gómez, Notaria.—1 vez.—CE2017004988.—(
IN2017138721 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 12 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Vistas del Golfo Abangaritos Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Licda. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1
vez.—CE2017004989.—( IN2017138722 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Alfaprint APC Cinco Sociedad Anónima.—San José, 18
de abril del 2017.—Lic. Carlos Francisco Esquivel González, Notario.—1
vez.—CE2017004990.—( IN2017138723 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 17 de abril del 2017, se constituyó la
sociedad denominada Tiava Limitada.—San José, 18 de abril del
2017.—Licda. Andrea Karolina Rojas Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017004991.—(
IN2017138724 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 17 de abril del 2017, se constituyó la
sociedad denominada Invirtus Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del
2017.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—CE2017004992.—(
IN2017138725 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 05 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Veintidós PM Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de abril del 2017.—Licda. Erika Montano Vega, Notaria.—1
vez.—CE2017004993.—( IN2017138726 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Hacienda JR Cuarenta y
Cinco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del
2017.—Lic. Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—CE2017004994.—( IN2017138727
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 07 de abril del 2017, se constituyó la
sociedad denominada Espisa Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del
2017.—Licda. Vielka Cubero Moya, Notaria.—1 vez.—CE2017004995.—( IN2017138728
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 27 de marzo del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Zona Libre CRC Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Javier Alonso Blanco
Benavides, Notario.—1 vez.—CE2017004996 ( IN2017138729 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 20 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Tecnocielos de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. Jeffrey David Esquivel Barquero, Notario.—1
vez.—CE2017004997.—( IN2017138730 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril
del 2017, se constituyó la sociedad denominada Global Soccer Management
Holding Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del
2017.—Licda. Andrea Ruiz Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2017004998.—( IN2017138731
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 04 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Balfour Foods Sociedad Anónima.—San José, 18 de
abril del 2017.—Lic. Jeffrey David Esquivel Barquero, Notario.—1
vez.—CE2017004999.—( IN2017138732 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 03 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Surf Side Monkey Business
Corp Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del
2017.—Lic. Rómulo Eduardo Pacheco Sibaja, Notario.—1 vez.—CE2017005000.—(
IN2017138733 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Oripez de La Bajura Sociedad Anónima.—San José,
18 de abril del 2017.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2017005001.—( IN2017138734 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Global Maka Sociedad Anónima.—San José, 18 de
abril del 2017.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2017005002.—( IN2017138735 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 10 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Radio VET JMM Sociedad Anónima.—San José, 18 de
abril del 2017.—Licda. Lilliam Hidalgo Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2017005003.—(
IN2017138736 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Facetas de la Piedra Lunar Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2017005004.—( IN2017138737 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 20 minutos del 07 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Fit Center CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Javier
Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—CE2017005005.—( IN2017138738 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 00 minutos del 19 de diciembre del año 2016, se constituyó la
sociedad denominada Ruta Uno Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del
2017.—Lic. Rogelio Flores Agüero, Notario.—1 vez.—CE2017005006.—( IN2017138739
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos
del 07 de abril del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Green ADV
Motors Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Mario Andrés
Rodríguez Obando, Notario.—1 vez.—CE2017005007.—( IN2017138740 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Shanghai Phoenix Trading
Company Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Eugenio Francisco
Ortiz Álvarez, Notario.—1 vez.—CE2017005008.—( IN2017138741 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Bazapez de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José,
18 de abril del 2017.—Lic. Juan José Echeverría Alfaro, Notario.—1
vez.—CE2017005009.—( IN2017138742 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Constructora y Andamios Quinto & Pérez Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Randall
Tamayo Oconitrillo, Notario.—1 vez.—CE2017005010.—( IN2017138743 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Smart Shopping Sociedad Anónima.—San José, 18 de
abril del 2017.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1
vez.—CE2017005011.—( IN2017138744 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Ortata Sociedad Anónima.—San José, 18
de abril del 2017.—Licda. Yenny Mariela Fernández Fumero, Notario.—1
vez.—CE2017005012.—( IN2017138745 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 00 minutos del 18 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Grupo Inceos Sociedad Anónima.—San José, 18 de
abril del 2017.—Licda. María Isabel Baltodano Sequeira, Notaria.—1
vez.—CE2017005013.—( IN2017138746 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Faltec Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 18
de abril del 2017.—Lic. Flora María Ramírez Camacho, Notaria.—1
vez.—CE2017005014.—( IN2017138747 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Prasga S. A. Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. José Luis Torres Rodríguez, Notario.—1
vez.—CE2017005015.—( IN2017138748 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 17 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Green Solutions Real
State And General Bussines Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del
2017.—Lic. Ronald Francisco Ramírez Garita, Notario.—1 vez.—CE2017005016.—(
IN2017138749 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 45 minutos del 05 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Proyecto Los Sueños Realizados Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Sergio
Martín Sancho Hernández, Notario.—1 vez.— CE2017005017.—( IN2017138750 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 12 horas 50 minutos del 11 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Green Mountain Coffee Farms Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Marilyn de los
Ángeles Aguilar Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2017005018.—( IN2017138751 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 15 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Mito Producciones Limitada.—San José, 18 de abril
del 2017.—Lic. Javier Sebastián Jiménez Monge, Notario.—1 vez.—CE2017005019.—(
IN2017138752 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 00 minutos del 06 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Aser Manjares M & A Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Licda. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1
vez.—CE2017005020.—( IN2017138753 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Starlight Starbright Corporation Limitada.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1
vez.—CE2017005021.—( IN2017138754 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 06 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada IVDSA Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del
2017.—Lic. Marco Antonio Leiva Díaz, Notario.—1 vez.—CE2017005022.—(
IN2017138755 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Gen Industrial Sociedad Anónima.—San José, 18 de
abril del 2017.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—CE2017005023.—( IN2017138756 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 30 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Descansa Oriental Sociedad Anónima.—San José, 18
de abril del 2017.—Licda. Carolina Arguedas Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017005024.—(
IN2017138757 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 35 minutos del 18 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ecolife Enterprises
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic.
Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—CE2017005025.—( IN2017138758 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 50 minutos del 18 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ecolife Holdings Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Lic. Randall
Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—CE2017005026.—( IN2017138759 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Caladan Seas Limitada.—San José, 18 de abril del
2017.–Lic. Rafael Enrique Cañas Coto, Notario.—1 vez.—CE2017005027.—(
IN2017138760 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos
del 29 de marzo del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Jumbo
Star Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del 2017.—Licda. Mariana
Campos Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2017005028.—( IN2017138761 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 50 minutos del 06 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Galmoni Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de abril del 2017.—Licda. Grettel Cristina Zúñiga Tortos, Notaria.—1
vez.—CE2017005029.—( IN2017138762 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 08 horas 35 minutos del 03 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Dala Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1
vez.—CE2017005030.—( IN2017138763 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 00 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Del Río Construcción y Desarrollos Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. Dowglas Leiva Díaz, Notario.—1
vez.—CE2017005031.—( IN2017138764 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Latam Alternative Capital Inc Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1
vez.—CE2017005032.—( IN2017138765 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Naido Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril del
2017.—Lic. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2017005033.—( IN2017138766
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15 horas 00 minutos del 12 de abril del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Mcelroy Inc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 18 de abril del 2017.—Licda. Diana Catalina Varela Solano, Notaria.—1
vez.—CE2017005034.—( IN2017138767 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 00 minutos del 18 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Endlich WGC Drei Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 18 de abril del 2017.—Licda. Ana
María Rodríguez Chinchilla, Notaria.—1 vez.—CE2017005035.—( IN2017138768 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Servicios de Limpiesa Sandí Sociedad Anónima.—San
José, 18 de abril del 2017.—Licda. Guiselle Arias López, Notaria, 1
vez.—CE2017005036.—( IN2017138769 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 20 horas 30 minutos del 16 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada TG & M Sociedad Anónima.—San José, 18 de abril
del 2017.—Licda. Violeta Arias Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017005037.—(
IN2017138770 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 50 minutos del 10 de marzo
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Jardín de Piedra de La
Trinidad de Pérez Zeledón Sociedad Anónima.—San José, 25 de abril del
2017.—Licda. Leda Patricia Mora Fonseca, Notaria.—1 vez.—CE2017005315.—(
IN2017138818 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 21 de febrero del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Adife Consultores Sociedad Anónima.—San
José, 25 de abril del 2017.—Licda. Mariela Solano Obando, Notaria.—1
vez.—CE2017005316.—( IN2017138819 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 30 minutos del 24 de marzo del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Familia Ruhama Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Solano Serrano, Notario.—1
vez.—CE2017005317.—( IN2017138820 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 50 minutos del 20 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Seedotcr Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de abril del 2017.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2017005318.—( IN2017138821 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas 30 minutos del 04 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada El Casco Viejo Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Lic. Pastor De Jesús Bonilla González, Notario.—1
vez.—CE2017005319.—( IN2017138822 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Line UP Trade Inc. Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Lic. Juan Carlos Chávez Alvarado, Notario.—1 vez.—CE2017005320.—(
IN2017138823 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Brisas del Norte de Upala
G U C Sociedad Anónima.—San José, 25 de abril del 2017.—Licda. Gloria
Virginia Vega Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2017005321.—( IN2017138824 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 30 de noviembre del año 2016, se
constituyó la sociedad denominada Inversiones Brelor de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 25 de abril del 2017.—Lic. Jorge Bonilla Peña,
Notario.—1 vez.—CE2017005322.—( IN2017138825 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 11 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Importación Super Reina de Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de abril del 2017.—Lic. William de
los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2017005323.—( IN2017138826 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Coco Home Staging Limitada.—San José, 25 de abril
del 2017.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—CE2017005324.—(
IN2017138827 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 16 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada AMV Sales Sociedad Anónima.—San José, 25 de abril
del 2017.—Licda. Katherine Chaves Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2017005325.—(
IN2017138828 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 20 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Seguridad Privada RG Sociedad Anónima.—San José,
25 de abril del 2017.—Lic. German Jerry Campos Monge, Notario.—1
vez.—CE2017005326.—( IN2017138829 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Institute Of Divine Potential Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de abril del 2017.—Licda. Clara
Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2017005327.—( IN2017138830 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 08 horas 00 minutos del 25 de
abril del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Absent Games
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de abril del
2017.—Licda. Clara Eugenie Alvarado Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2017005328.—(
IN2017138831 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 20 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Credi Motors Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 25 de abril del 2017.—Licda. Karina Aguilar Quesada, Notaria.—1
vez.—CE2017005329.—( IN2017138832 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 30 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Casa Sitges Nosara Limitada.—San José, 25 de abril
del 2017.—Lic. Robert Christian Van Der Putten Reyes, Notario.—1
vez.—CE2017005330.—( IN2017138833 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 30 minutos del 20 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Life At The Sea Tours Sociedad Anónima.—San José,
25 de abril del 2017.—Lic. María Dolores Araya Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017005331.—(
IN2017138834 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos
del 24 de abril del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Olas de
la Vida en Nosara Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de abril
del 2017.—Lic. Javier Francisco Chaverri Ross, Notario.—1 vez.—CE2017005332.—(
IN2017138835 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 06 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Servicios Lobed Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Licda. Grettel Tapia Bogantes, Notaria.—1 vez.—CE2017005333.—(
IN2017138836 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Pacific Renovations And Home Inspections Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de abril del 2017.—Lic. Omar Jalil
Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2017005334.—( IN2017138837 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Inmobiliaria Eloísa Mrc Sociedad Anónima.—San José,
25 de abril del 2017.—Lic. Roberto José Suarez Castro, Notario.—1
vez.—CE2017005335.—( IN2017138838 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Inversiones Farrufia Sociedad Anónima.—San José,
25 de abril del 2017.—Lic. Luis Alfredo Rojas Rivera, Notario.—1
vez.—CE2017005336.—( IN2017138839 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría,a las 16 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada CHT Supply Costa Rica Sociedad Anónima.—San José,
25 de abril del 2017.—Lic. Arnoldo Esteban Acuña Alvarado, Notario.—1
vez.—CE2017005337.—( IN2017138840 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 17 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Belena Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1
vez.—CE2017005338.—( IN2017138841 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 15 minutos del 21 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Hinna Limitada.—San José, 25 de abril del
2017.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—CE2017005339.—(
IN2017138842 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 25 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Vida Alineada VA Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de abril del 2017.—Lic. José
Enrique Sequeira Segura, Notario.—1 vez.—CE2017005340.—( IN2017138843 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 30 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Chromatisme Sociedad Anónima.—San José, 25 de abril
del 2017.—Licda. Marianella Mora Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2017005341.—(
IN2017138844 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 18 horas 00 minutos del 30 de marzo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Gipor Producciones Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Licda. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—CE2017005342.—(
IN2017138845 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 08 horas 00 minutos del 20 de marzo del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Boceto Atelier Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Licda. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—CE2017005343.—(
IN2017138846 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 45 minutos del 25 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Tucana Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de abril del 2017.—Lic. Jefte David Zúñiga Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2017005344.—( IN2017138847 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 10 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Muñoz y Suárez Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de abril del 2017.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Notario.—1
vez.—CE2017005345.—( IN2017138848 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 21 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Pere Batteries Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—CE2017005346.—(
IN2017138849 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 20 horas 15 minutos del 19 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada WYLD Panda WP Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de abril del 2017.—Lic. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—1
vez.—CE2017005347.—( IN2017138850 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Avancez Consulting Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 25 de abril del 2017.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2017005348.—( IN2017138851 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 14 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Hermanos Jotohe Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Lic. Rodrigo Madrigal Núñez, Notario.—1 vez.—CE2017005349.—( IN2017138852
).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 17 horas 30 minutos del 06 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada JM Soluciones Integrales Sociedad Anónima.—San
José, 25 de abril del 2017.—Lic. Pastor de Jesús Bonilla González, Notario.—1
vez.—CE2017005350.—( IN2017138853 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Logísticos del Oeste Limitada.—San José, 25 de
abril del 2017.—Licda. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1
vez.—CE2017005351.—( IN2017138854 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 20 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones R & M
Violet de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 25 de abril del 2017.—Lic.
José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2017005352.—( IN2017138855
).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 13 horas 15 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Puntos de Venta del Este Limitada.—San José, 25 de
abril del 2017.—Licda. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1
vez.—CE2017005353.—( IN2017138857 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 14 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2017, se constituyó
la sociedad denominada Logística de Punto de Venta Limitada.—San José,
25 de abril del 2017.—Licda. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1
vez.—CE2017005354.—( IN2017138858 ).
Mediante escritura otorgada ante esta
notaría, a las 19 horas 00 minutos del 19 de febrero del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Número de Cédula Jurídica Sociedad Anónima.—San
José, 25 de abril del 2017.—Lic. Pastor de Jesús Bonilla González, Notario.—1
vez.—CE2017005355.—( IN2017138859 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 20 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Woodhome WH Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de abril del 2017.—Licda. Marcela
Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—1 vez.—CE2017005356.—( IN2017138860 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 13 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Corporación S&M Sociedad Anónima.—San José, 25
de abril del 2017.—Licda. Ana Marcela Quesada Salas, Notaria.—1
vez.—CE2017005357 .—( IN2017138861 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 12 horas 00 minutos del 25 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Mantenimiento y Remodelaciones Magrim Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 25 de abril del 2017.—Licda. María del
Rocío Chaves Quirós, Notaria.—1 vez.—CE2017005358 .—( IN2017138862 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 00 minutos del 24 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Campo Futbolero Sociedad Anónima.—San José, 25 de
abril del 2017.—Lic. Roberto Villalobos Conejo, Notario.—1 vez.—CE2017005359.—(
IN2017138863 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría
a las 09 horas 30 minutos del 25 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Loma Sagrada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 26 de abril del 2017.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—CE2017005360.—(
IN2017138864 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 21 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ludey Servicios Gráficos
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 26 de abril del 2017.—Lic.
Cesar Augusto Mora Zahner, Notario.—1 vez.—CE2017005361.—( IN2017138865 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 09 horas 00 minutos del 17 de abril del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Suministros y Atenciones de Salud Total Sociedad Anónima.—San
José, 26 de abril del 2017.—Lic. Jorge Goicoechea Guardia, Notario.—1
vez.—CE2017005362.—( IN2017138866 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 25 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Villa Riviera Lot Six Cr
Limitada.—San José, 26 de abril del 2017.—Licda. Betzabeth Miller Barquero,
Notaria.—1 vez.—CE2017005363.—(
IN2017138867 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría,
a las 12 horas 00 minutos del 18 de abril del
año 2017, se constituyó la sociedad denominada Ecotec Mercadeo Sociedad
Anónima.—San José, 26 de abril del 2017.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza,
Notario.—1 vez.—CE2017005364.—( IN2017138868 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ministerio
de Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Inspección
Policial.—Auto de apertura, causa administrativa
disciplinaria N° 0043-IP-2017-DDL.—San José, a las 08:00 horas del 3 de mayo
del 2017.—De conformidad con los artículos 211, 214, 218, 221, 222, 225, 239,
240, 241, 242, 245, 246, 308, inciso 2, 309, 310, 311, 312, 314, 315, 316, 317,
319 de la Ley General de la Administración Pública; 57, 78, 79 y 84 de la Ley
General de Policía, 108 al 110 y 112 del Reglamento de Organización de este
Ministerio, 74, 80 inciso b) del Reglamento de Servicio de los Cuerpos
Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública, procede este
Departamento en esta vía a iniciar Procedimiento Administrativo Disciplinario,
bajo el expediente 0043-IP-2017-DDL, en contra del servidor Yordan Leonardo
Mora Chaves, cédula de identidad número 01-1513-0967, funcionario destacado en
la Delegación Policial de Barva, Heredia, a quien resultó materialmente
imposible notificar personalmente por ignorarse su actual domicilio, a efecto
de determinar su participación y responsabilidad disciplinaria y de otra
índole, que le pueda caber por los siguientes hechos: “1. Ausencias
injustificadas al trabajo los días 4, 16, 18, 29 y 30 de diciembre del 2016. 2.
Incumplimiento de la obligación de avisar a su superior de forma oportuna el
motivo de sus ausencias”. Lo cual en caso de comprobarse, le podría
acarrear la imposición de una sanción disciplinaria de uno a treinta días de
suspensión sin goce salarial o inclusive hasta el despido sin responsabilidad
patronal, compelerlo al pago de los salarios percibidos durante esas fechas,
así como al pago de los gastos en que ha tenido que incurrir la Administración
para poder comunicarle el presente Auto de Apertura. Lo anterior con sustento
en lo previsto en los artículos 81 inciso g) del Código de Trabajo; 86 inciso
e) y 87 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos al
Ministerio de Seguridad Pública y 44 del Reglamento Autónomo de Servicio del
Ministerio de Seguridad Pública en concordancia con el 202 del Reglamento de
Servicio de los Cuerpos Policiales Adscritos a este Ministerio. Para los
anteriores efectos, recábese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad
real de los hechos, haciéndosele saber al encausado que este Órgano Director ha
ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Sección de
Inspección Policial del Departamento Disciplinario Legal del Ministerio de
Seguridad Pública, situado en San José, Zapote, de los semáforos sobre el
puente de Casa Presidencial 100 metros al sur, edificio a mano derecha color
azul con ventanales, a partir de las 09:30 horas del decimosexto día hábil
contado a partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será
atendido por Ronald Esquivel Vargas, funcionario de esta Oficina asignado para
tal efecto. El encausado deberá comparecer personalmente y no por medio de
representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un
abogado durante todo el procedimiento. En tal sentido se le hace saber al
inculpado que dicha comparecencia será el momento procesal oportuno para
ofrecer y recibir toda la prueba y los alegatos pertinentes; pudiendo aportar
prueba escrita con antelación a dicha comparecencia. Asimismo se le hace de su
conocimiento que en contra de esta resolución proceden los recursos de
Revocatoria y Apelación en subsidio, a interponer ante el Órgano Director que
dicta esta resolución, a quien corresponde resolver el primero y elevar el
segundo al superior jerárquico. Es potestativo emplear uno o ambos, pero será
inadmisible el interpuesto pasadas 24 horas contadas a partir de la tercera
publicación de este acto. Se le advierte igualmente al señor Mora Chaves que
debe señalar lugar donde atender futuras notificaciones, caso contrario se le
tendrán por notificadas las resoluciones emitidas por este Despacho en el
transcurso de 24 horas. Toda la documentación y prueba habida en el expediente
administrativo puede ser consultada y copiada en este Departamento en días y
horas hábiles, la prueba que consta en autos es la siguiente: Oficio N° DPBH-
0018-2017 del 6 de enero del 2017, suscrito por Sub-Intendente Giovanni Méndez
Rojas, Jefe a. í. Delegación Policial de Barva, Heredia, Ro de Servicio
certificado de la Delegación Policial de Barva, Heredia, de las 06:00 horas a
las 18:00 horas del 30 de diciembre del 2016, Boleta de Ausencia a nombre del
Agente de Policía Yordan Mora Chaves, día 30 de diciembre del 2016, suscrita
por el Agente de Policía Alexander Rodríguez Duarte, Rol de Servicio
Certificado de la Delegación Policial de Barva, Heredia, de las 06:00 horas a
las 18:00 horas del día 29 de diciembre del 2016, Boleta de Ausencia a nombre
del Agente de Policía Yordan Mora Chaves, del día 29 de diciembre del 2016,
suscrita por el Agente de Policía Alexander Rodríguez Duarte, Rol de Servicio Certificado de la Delegación Policial
de Barva, Heredia, de las 06:00 horas a las 18:00 horas del día 18 de diciembre
del 2016, Boleta de Ausencia a nombre del Agente de Policía Yordan Mora Chaves,
del día 18 de diciembre del 2016, suscrita por el Agente de Policía Alexander
Rodríguez Duarte, Rol de Servicio Certificado de la Delegación Policial de
Barva, Heredia, de las 06:00 horas a las 18:00 horas del día 16 de diciembre
del 2016, Boleta de Ausencia a nombre del Agente de Policía Yordan Mora Chaves,
del día 16 de diciembre del 2016, suscrita por el Agente de Policía Alexander
Rodríguez Duarte, Rol de Servicio Certificado de la Delegación Policial de
Barva, Heredia, de las 06:00 horas a las 18:00 horas del día 4 de diciembre del
2016 del 2016, Boleta de Ausencia a nombre del Agente de Policía Yordan Mora
Chaves, del día 4 de diciembre del 2016, suscrita por el Agente de Policía
Alexander Rodríguez Duarte, Oficio Nº 621-2017-DDL-AIP del 9 de marzo del 2017,
suscrito por María López Araya, Investigadora de Admisibilidad e Investigaciones preliminares, oficio Nº 2738-2017
DRH-DCODCA, del 29 de marzo del 2017, suscrito por la Licenciada Ileana Brenes
Pacheco, Jefe del Departamento de Control y Documentación, Constancia de
llamada telefónica de las 9:13 horas del día 5 de abril del 2017, suscrita por
la Bach. María López, Admisibilidad e Investigaciones Preliminares, Oficio N°
866-2017-DDL-AIP, del 4 de abril del 2017, suscrito por el Lic. Esteban
Elizondo Murillo, jefe Admisibilidad e Investigaciones Preliminares. Se le
advierte al encausado que por la naturaleza de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 272 y 273 de
la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso
restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí
ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que
pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona
que hiciere uso indebido o no autorizado de
la información que aquí se consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de
la Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Departamento Disciplinario Legal.—Raisa Bravo García, Jefe.—O.
C. N° 3400032757.—Solicitud N°
83985.—( IN2017133284 ).
MUNICIPALIDAD DE NICOYA
Procedimiento Administrativo
Disciplinario en contra de Julio César López Díaz.—Alcaldía de la Municipalidad
de Nicoya.—Expediente N° 01-2016.
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA 013-2017
Municipalidad
de Nicoya, Guanacaste. A las ocho y treinta horas del veintiuno de marzo del
dos mil diecisiete.—El suscrito Marco Antonio Jiménez Muñoz, cédula de
identidad número uno-quinientos ochenta y seis-novecientos noventa y dos,
mayor, vecino de Barrio La Granja de la ciudad de Nicoya, Sector Jardines
Universitarios, quien ocupara el cargo de Alcalde Municipal Titular, en
adelante será el representante del Despacho de la Alcaldía Municipal.
Procede esta Alcaldía en
virtud de la resolución final de las ocho horas del veinte de febrero del dos
mil diecisiete, por segunda vez y siendo que, a la fecha no ha presentado, lo
indicado en resolución administrativa 010-2017, del veinte de febrero del dos
mil diecisiete; solicitarle al funcionario Julio César López Díaz, cédula
uno-uno cero dos cero-cero dos uno cuatro, Coordinador de la Unidad Técnica de
Gestión Vial de la Municipalidad de Nicoya, que en el plazo de tres días
hábiles, proceda a presentar el título que lo acredite en el grado de
Licenciado en Ingeniería, exigido para el Manual Descriptivo de Puestos de la
Municipalidad de Nicoya, que responde a la Escala de Salarios aprobada. En
razón del puesto de Coordinador de la Unidad Técnica Gestión Vial y manteniendo
el equilibrio interno de la estructura salarial. Lo anterior en apego al
principio de buena fe por parte de la Administración, y afín de ordenar por
falta de idoneidad, separarlo del puesto indicado y prescindir de sus servicios
con responsabilidad patronal, una vez vencido el plazo. Se le concede el plazo
improrrogable de tres días hábiles, una vez transcurrido el mismo y de no
haberse presentado el documento idóneo solicitado, se procederá a ratificar lo
indicado anteriormente, de conformidad con la resolución final de las ocho
horas del veinte de febrero del dos mil diecisiete.
Marco
Antonio Jiménez Muñoz, Alcalde.—1 vez.—( IN2017138239 ).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y
PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
En La Gaceta N° 101 del
día martes 30 de mayo del 2017, página N° 55, se publicó el documento número
IN2017137706, donde por error se indica: que el nombre del Vocal I es
Gissell Berrera Jara, siendo lo correcto: Gissell Herrera Jara.
Lo demás permanece igual.
La Uruca, 30 de mayo del
2017.—Carlos Alberto Rodríguez Pérez, Director General Imprenta Nacional.—1
vez.—Exonerado.—( IN2017139584 ).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELA
En el Alcance Digital N° 38 del
21 de febrero del año en curso, en la página 175, se indicó que esa publicación correspondía a la primera del Reglamento
para el Uso, Funcionamiento y Conservación del Teatro Municipal de Alajuela,
cuando en realidad corresponde a la segunda publicación, con la cual entra a
regir dicho cuerpo normativo. El error material está en la siguiente línea
final: “Roberto H Thompson Chacón, Alcalde -I vez. - (IN2017111853)”; cuando
en realidad debe leerse de forma correcta: “Roberto H. Thompson
Chacón, Alcalde. -2 vez. - Fecha a partir de la cual entra a regir.
Roberto H.
Thompson Chacón, Alcalde.—1 vez.— ( IN2017139253 ).