LA
GACETA N° 110 DEL 12 DE
JUNIO DEL 2017
ACUERDOS
MINISTERIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR
DOCUMENTOS VARIOS
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
EDUCACIÓN PÚBLICA
SALUD
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
RESOLUCIONES
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
BANCO CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
UNIVERSIDAD NACIONAL
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
CONSEJO NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
NOTIFICACIONES
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
FE DE ERRATAS
CONSEJO NACIONAL DE RECTORES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
REMATES
HACIENDA
AVISOS
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
INSTITUTO NACIONAL DE FOMENTO
COOPERATIVO
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE LOS
CHILES
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE
DESARROLLO RURAL
AVISOS
N° 37-2017 AC.—Veintiocho de abril del dos
mil diecisiete
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los
artículos 140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12
inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, la Resolución N° 12768 de las veinte
horas veinte minutos del veintisiete de marzo del dos mil diecisiete del
Tribunal de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo
1º—Despedir con justa causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor
Miguel Ángel Briceño Pizarro, mayor de edad, cédula de identidad N° 501690393,
quien labora como Profesor de Enseñanza Unidocente, en la Escuela Palestina,
adscrito a la Dirección Regional de Educación de Santa Cruz del Ministerio de
Educación Pública.
Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir
del cinco de mayo del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. N° 3400031607.—Solicitud N° 19703.—( IN2017139836 ).
Nº 017-2017
EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140 inciso 20) y 146 de la Constitución Política; artículo 25
inciso 1), 28 inciso 2) acápite b de la Ley General de la Administración
Pública, Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978; el artículo 8, inciso b) de la Ley
7638 del 30 de octubre de 1996, Ley de Creación del Ministerio de Comercio
Exterior y de la Promotora del Comercio Exterior de Costa Rica; así como lo
dispuesto en la Ley Nº 9411, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el
12 de diciembre de 2016, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la
República para el Ejercicio Económico del 2017 y en los artículos 7, 31 y 34
del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos
emitido por la Contraloría General de la República, y
Considerando:
I.—Que la Plataforma Digital de
Comercio Centroamericana (PDCC) es uno de los pilares que conforman la
Estrategia Centroamericana de Comercio Competitividad -con énfasis en Gestión
Coordinada de Fronteras-, que los Jefes de Estado de la región instruyeron
elaborar en la cumbre de Punta Cana de 2014.
II.—Que esta iniciativa busca implementar una
herramienta informática regional para la integración de información y procesos
de la gestión aduanera, migratoria y de las ventanillas únicas, con el fin de
contribuir a la facilitación del comercio y la integración económica regional.
La primera etapa del proyecto consistió en el fortalecimiento de la
infraestructura digital regional, o el “bus de interoperabilidad” con un costo
estimado de US$ 650.000; la segunda etapa pretende la interconexión de los
sistemas nacionales existentes y la tercera etapa supone el desarrollo de
módulos o herramientas regionales que suplan las necesidades de los sistemas
nacionales y promuevan una mayor armonización regional.
III.—Que actualmente, el proyecto se
encuentra en su segunda etapa de ejecución, la cual dispone de €8 millones
(donados por la Unión Europea) que serán ejecutados a través de la Secretaría
de Integración Económica Centroamericana (SIECA) y el Banco Interamericano de
Desarrollo (BID), bajo la dirección del Consejo de Ministros de la Integración
Económica (COMIECO).
IV.—Que sobre la base de lo antes planteado,
y con el fin de avanzar en la elaboración de un plan de acción para esta
segunda etapa, se ha previsto un taller de trabajo regional los días 19 y 20 de
enero de 2017, en el Centro de Estudios de la Integración Económica, ubicado en
la sede de la SIECA, en Ciudad Guatemala.
V.—Que la participación
de la señora Marcela Chavarría Pozuelo resulta de gran relevancia para el
Ministerio de Comercio Exterior.
ACUERDA:
Artículo
1º—Designar a la señora Marcela Chavarría Pozuelo, portadora de la cédula
número 1-0847-0321, Directora de la Dirección General de Comercio Exterior para
acompañar y asesorar al Viceministro de Comercio Exterior en el taller donde se
elaborará el plan de acción para la etapa de ejecución de la Plataforma Digital
Centroamericana de Comercio, en el marco del componente 2 del Programa de
Integración Económica Centroamericana (INTEC) en la sede de la Secretaría de
Integración Económica Centroamericana (SIECA), que se llevará a cabo del 19 al 20
de enero de 2017 en Guatemala. Durante su estadía procurará cumplir los
siguientes objetivos específicos: 1) asesorar al Viceministro de Comercio
Exterior durante la elaboración del acta constitutiva y el plan de acción de la
Plataforma Digital Centroamericana y sus etapas durante el taller; 2) brindar
apoyo al Viceministro en la presentación de la posición nacional y en la
elaboración de la hoja de ruta de la Plataforma Digital Centroamericana y; 3)
asesorar al Viceministro en el proceso de toma de los acuerdos necesarios para
la elaboración del acta constitutiva y el plan de acción requerido. La
funcionaria deberá viajar a partir del 17 de enero en horas de la noche, para
asistir a reuniones el 18 de enero a primera hora, dado que ese día se llevará
a cabo una reunión de coordinación con los Viceministros centroamericanos, en
preparación del taller previsto para el 19 y 20 de enero; además de reuniones
con los organismos internacionales, promotores de esta iniciativa, y por
último, al finalizar el día, se realizará una reunión con los representantes de
las instituciones costarricenses en aras de afinar los detalles sobre la
posición nacional respecto a la PDCC. Por efectos de itinerario y rutas de
vuelo desde y hacia el lugar de destino viaja a partir del 17 de enero y
regresa a Costa Rica el 21 de enero de 2017. El día 21 de enero de 2017,
corresponde a fin de semana. Se autoriza a la funcionaria el uso de la firma
digital para la suscripción de documentos en trámites bajo su competencia.
Artículo 2º—Cubrir los gastos de la señora
Marcela Chavarría Pozuelo, por concepto de impuestos, tributos o cánones que se
deban pagar en las terminales de transporte, de alimentación y de hospedaje, a
saber US$673,44 (seiscientos setenta y tres dólares con cuarenta y cuatro
centavos), sujeto a liquidación, con recursos del Ministerio de Comercio
Exterior (COMEX) de la subpartida 10501, 10503 y 10504 del programa 796. El
transporte aéreo será cubierto con recursos de la subpartida 10503 del programa 796. El transporte terrestre en ambos
países, será cubierto con recursos de la subpartida 10501 y 10503; el seguro
médico viajero, será cubierto con recursos de la subpartida 10601, ambos del
programa 796. Igualmente, los gastos correspondientes a llamadas telefónicas,
fotocopiado y envío de documentos vía fax e Internet al Ministerio de Comercio
Exterior y gastos conexos por pago de equipaje, según los artículos 31 y 52 del
Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, dado que
por política de algunas aerolíneas se está cobrando por cada maleta que sea
chequeada tanto a la salida como al regreso a Costa Rica, con recursos de la
subpartida 10504 del programa 796.
Artículo 3º—La funcionaria no hará uso de las
millas que pudieran derivarse del boleto aéreo adquirido para realizar este
viaje.
Artículo 4º—Rige a partir del 17 al 21 de
enero de 2017.
San José, a los doce días del
mes de enero año dos mil diecisiete.
Alexander Mora Delgado, Ministro de Comercio Exterior.— 1 vez.—O.C. N° 84957.—Solicitud N° 84957.—( IN2017139851 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN
CIVIL
La
Dirección General de Aviación Civil, avisa que el señor Juan Carlos Arguedas
Moreno, mayor, casado una vez, Piloto Profesional, vecino de Rohrmoser, Pavas,
San José, cédula de identidad número uno-quinientos treinta y tres-quinientos
cuarenta y cuatro, con las facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma y representación judicial y extrajudicial de la empresa Heli Jet Aviation
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-343329, ha solicitado para
su representada Renovación del Certificado de Explotación para ofrecer
servicios de vuelos especiales nacionales e internacionales de pasajeros, carga
y correo con aeronaves de ala rotativa (Helicópteros) y ala fija (Aeronaves).
Todo lo anterior conforme a la Ley General de Aviación Civil, Ley N° 5150 del
14 de mayo de 1973 y sus reformas, Reglamentos para el Otorgamiento de
Certificados de Explotación, y demás disposiciones nacionales e internacionales concordantes. El Consejo
Técnico de Aviación Civil en el artículo quinto de la sesión ordinaria número
41-2017 celebrada el día 24 de mayo de 2017, señaló que la solicitud reúne los
requisitos formales exigibles, por lo cual se emplaza a los interesados a fin
de que apoyen o se opongan a dicha solicitud en forma escrita y con la prueba correspondiente, dentro del término de 15 días
hábiles siguientes contados a partir del día de la publicación del presente
aviso. La audiencia pública se celebrará a las 10:30 horas del tercer día hábil
siguiente al vencimiento del emplazamiento.—Enio Cubillo Araya, Director
General.— 1 vez.—O. C. N° 789.—Solicitud N° 20113.—( IN2017139574 ).
CONSEJO NACIONAL DE VIALIDAD
N° 010-2017.—San José, 09 de
mayo 2017.—Con fundamento en lo que establece el artículo 140, inciso 2) de la
Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1°—Nombrar en propiedad en el
Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, al siguiente funcionario:
Nombre |
Cédula |
N° puesto |
Clase puesto |
Laura Marcela Herrera Retana |
1-1159-0915 |
015573 |
Oficinista de Serv. Civil 2 |
Artículo 2°—Rige a partir del 16
de enero del 2017.
Publíquese.—Ing.
Germán Valverde González, Director Ejecutivo a. í.— 1 vez.—O. C. N° 4910.—Solicitud N° 85214.—(
IN2017139627 ).
N° 011-2017.—San José, 09 de mayo
2017.—Dirección Ejecutiva. Con fundamento en lo que establece el artículo 140,
inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el
Consejo Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de
Servicio Civil, al siguiente funcionario:
Nombre |
Cédula |
N° puesto |
Clase puesto |
Esteban Alonso González Acevedo |
6-0338-0603 |
015323 |
Oficinista de Servicio Civil 2 |
Artículo 2º—Rige a partir del 16
de enero del 2017.
Publíquese.—Ing.
Germán Valverde González, Director Ejecutivo a. í.— O. C. Nº 4910.—Solicitud Nº 85217.—( IN2017139629
).
DIRECCIÓN DE
GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 108, título N° 3285, emitido por el Liceo de Paraíso, en el año dos mil trece, a nombre de Segura Corrales Kevin Francisco, cédula 3-0477-0930. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017141063 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 200, título N° 727, emitido por el Colegio Nocturno de Quepos, en el año dos mil catorce, a nombre de Cáceres Venegas Ambar Yamileth, cédula de residencia 134000406622. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017141112 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 115, asiento N° 780, emitido por el Liceo Nuevo de Limón, en el año dos mil, a nombre de Guzmán Jirón Tatiana Andrea, cédula 7-0151-0736. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los once días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017141375 ).
DIRECIÓN NACIONAL DE CENTROS DE
EDUCACIÓN
Y NUTRICIÓN Y DE CENTROS INFANTILES
DE ATENCIÓN INTEGRAL
(Se reproduce por error de
Imprenta)
DN-AL-CEN-CINAI-0024-2017.—La
Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles
de Atención Integral, avisa que por haber poseído en forma pública, pacífica y
de buena fe por más de diez años consecutivos el inmueble donde actualmente se
encuentra funcionando el Centro de Educación y Nutrición de La Virgen de
Sarapiquí, Heredia, propiedad conforme plano catastrado N° H-1511949-2011,
posee un área de 727 m2 y que es lindante: al norte, sur y oeste,
con Inversiones Inmobiliarias de Costa Rica S. A. y al este, con calle pública,
21.43 m2, y que para este efecto se va a gestionar por la
Procuraduría General de la República, a través de la Notaría del Estado la
inscripción del inmueble en el Registro Público de la Propiedad, a nombre de la
Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles
de Atención Integral, vía Información Posesoria o Administrativa, según
convenga a los intereses de ésta Dirección Nacional después de un mes de la
publicación del presente edicto. Para efectos videndi, el plano del terreno
mencionado puede ser solicitado en la Asesoría Legal de la Dirección Nacional
de CEN-CINAI del Ministerio de Salud. La oposición puede ser remitida a la
mencionada Dirección, sita: Avs. 4/6, calle 14, San José o por medio del fax:
2223-6689.—San José, 7 de marzo del 2017.—Dr. Fernando Llorca Castro, Ministro
de Salud y Rector en Salud, Nutrición y Deporte.—1 vez.—O.C. N°
3400031057.—Solicitud N° 17259.—( IN2017133304 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO
NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Para ver marcas solo en La Gaceta con firma digital en PDF
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La señora Mariana Vargas
Roqhuett, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de
Alma Mater Studiorum-Universita Di Bologna, solicita la Patente PCT denominada PROTEÍNAS
DE FUSIÓN TATK-CDKL5, COMPOSICIONES, FORMULACIONES Y USO DE ESTA. En la
presente se describen composiciones y formulaciones que contienen una proteína
de fusión TATk-CDKL5. También se describen métodos para producir una proteína
de fusión TATk-CDKL5 a partir de vectores que contienen ADNc de TATk-CDKL5 y
métodos para transducir células con los vectores que contienen ADNc de TATk-CDKL5
y la proteína de fusión TATk-CDKL5. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C07K 14/435; cuyo(s) inventor(es)
es(son): Ciani, Elisabetta (IT) y Laccone, Franco (AT). Prioridad: N°
61/946,280 del 28/02/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/128746. La
solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000392, y fue presentada a las
08:18:13 del 29 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 9 de marzo de 2017.—Randall Piedra
Fallas, Registrador.—( IN2017139467 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Guillermo Rodríguez
Zúñiga, cédula de identidad 113310636, en calidad de apoderado especial de Basf
SE., solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS DE [1, 2, 4] TRIAZOL E
IMIDAZOL SUSTITUIDOS. La presente invención se refiere a los compuestos de
la fórmula I en donde las variables se definen en las reivindicaciones y la
memoria descriptiva, y a la preparación y los usos de los compuestos I. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/50, A01N 43/653, C07D
233/60 y C07D 249/08; cuyo(s) inventor(es) es(son) Boudet, Nadege (FR);
Grammenos, Wassilios (DE); Lauterwasser, Erica May Wilson (US); Lohmann, Jan
Klaas (DE); Grote, Thomas (DE); Mueller, Bernd
(DE); Quintero Palomar, María Angelica (CO); Escribano Cuesta, Ana; (ES);
Kretschmer, Manuel; (DE) y CRAIG, Ian Robert; (GB). Prioridad: N° 14171796.7
del 10/06/2014 (EP). Publicación Internacional: WO2015/189035. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000008, y fue presentada a las 14:09:23
del 10 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico
de circulación nacional.—San José, 26 de mayo de 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017139717 ).
La señor(a)(ita) Giselle Reuben Hatounian, cédula de identidad N° 110550703, en calidad de apoderado especial de Basf, SE, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS DE [1,2,4] TRIAZOL SUSTITUIDO. Compuestos de la Fórmula I en donde las variables se definen en la descripción y en las reivindicaciones, a su preparación y a sus usos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/653 y C07D 249/08; cuyos inventores son: Craig, lan Robert (GB); Boudet, Nadege (FR); Grammenos, Wassilios (GR); Lauterwasser, Erica May Wilson (US); Grote, Thomas (DE); FEHR, Marcus (DE); Quintero Palomar, María Angélica (CO); Escribano Cuesta, Ana (ES); Lohmann, Jan Klass (DE); Mueller, Bernd (DE) y Kretschmer, Manuel (DE). Prioridad: N° 14171468.3 del 06/06/2014 (EM). Publicación Internacional: WO 2015/185708. La solicitud correspondiente lleva el N° 2016-0000602, y fue presentada a las 08:12:26 del 23 de diciembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de mayo del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017139718 ).
El señor Guillermo Rodríguez Zúñiga, cédula de identidad 113310636, en calidad de apoderado especial de Basf, SE, solicita la patente PCT denominada MÉTODO PARA PREPARAR 2’-O-FUCOSIL-LACTOSA. La presente invención se refiere a un método para preparar 2’-O-fucosil-lactosa, a la 2’-0-fucosil-lactosa obtenible por este método y a su uso. El método comprende hacer reaccionar los derivados de fucosa protegidos persililados de la fórmula (I) de abajo, con al menos un yoduro de tri(alquil C1-C6)sililo y posteriormente hacer reaccionar el producto así obtenido con el compuesto de la fórmula general (II), en presencia de una base. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07H 15/26 y C07H 3/06; cuyos inventores son Puhl, Michael (DE); Ditrich, Klaus; (DE); Keller, Andreas (DE); Dimitrova, Pepa (DE); Weingarten, Melanie (DE) y Siegel, Wolfgang (DE). Prioridad: N° 14184606.3 del 12/09/2014 (EP). Publicación Internacional: WO2016/039192. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000134, y fue presentada a las 09:34:50 del 7 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 23 de mayo de 2017.—Viviana Segura De la O, Registradora.—( IN2017139719 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San
Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma,
Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que
ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA SOLEDAD ROMERO
CASTELLÓN, con cédula de identidad número 5-0363-0377, carné número 24107.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°
17-000795-0624-NO.—San José, 07 de junio del 2017.—Unidad Legal Notarial.—Msc.
Marjorie Mejías Orozco, Abogada.—1 vez.—( IN2017141986 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: LAURA HERNANDEZ MOLINA, con cédula de identidad número 3-0321-0239, carné número 23243. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE N° 17-000192-0624-NO.—San José, 3 de marzo del 2017.—Licda. Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017142104 ).
HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas
en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro,
Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA ISABEL MONGE
ROJAS, con cédula de identidad número 6-0159-0217, carné número 21487. De conformidad
con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes
conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta
del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Expediente Nº 17-000722-0624-NO.—San José, 31 de mayo del 2017.—Unidad Legal
Notarial.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada.—1 vez.—( IN2017142105 ).
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: GRETTEL VANESSA SOTO GUZMÁN, con cédula de identidad número 2-0621-0516, carné número 23611. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-000767-0624-NO.—San José, 31 de mayo de 2017.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017142332 ).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
SOLICITUD DE PERMISO DE EXPLOTACIÓN DE TAJO
DGM-TOP-ED-002-2017
EDICTO
En expediente N° 2772 el señor Fabio Cedeño
González, casado, mayor, cédula 2-0316-0137, empresario, vecino de Fortuna de
San Carlos, solicita concesión para extracción de materiales en el Tajo Los
Lagos.
Localización geográfica:
Sito en: distrito 07 Fortuna,
cantón 10 San Carlos, provincia: 02 Alajuela.
Hoja cartográfica:
Hoja Fortuna, escala 1:50.000
del I.G.N.
Ubicación cartográfica:
Entre coordenadas generales:
1159503.20-1159766.56 Norte y 424554.76-425039.69 Este.
Área solicitada:
5 ha 1407.10 m2,
según consta en plano aportado al folio 35.
Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 1159607.64 Norte, 425039.69 Este.
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las nueve horas cincuenta minutos del veintitrés de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe Registro Nacional Minero.—( IN2017139834 ). 2 v. 1 Alt.
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHCAROG-0001-2017.—Exp.
17618P.—Inmobiliaria Los Conejos S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por
segundo del Pozo Artesanal, 1 efectuando la captación en finca de su propiedad
en La Colonia, Pococí, Limón, para uso doméstico y riego. Coordenadas 247.900 /
556.000 hoja Guápiles. 2,5 litros por segundo del Pozo Artesanal, 2 efectuando
la captación en finca de su propiedad en La Colonia, Pococí, Limón, para uso
doméstico y riego. Coordenadas 247.900 / 556.200 hoja Guápiles. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 01 de junio del 2017.—Unidad Hidrológica
Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—1 vez.—( IN2017141209 ).
ED-UHTPNOB-0054-2017 Exp 12011A.—El Chito de Liberia S. A., solicita concesión de: 4,13 litros por segundo de la quebrada Agua Caliente, efectuando la captación en finca de Corporación Kemada S. A. en Fortuna (Bagaces), Bagaces, Guanacaste, para uso turístico - hotel y turístico - piscina. Coordenadas 299.500 / 405.050 hoja Miravalles. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de mayo de 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Mauricio Solano Romero.—( IN2017141052 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHTPSOZ-0016-2017.—Exp.
11682A.—Inmobiliaria Labranza Nueva S. A., solicita concesión de: 0.22 litros
por segundo del Nacimiento CA-4, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Bahía Drake, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas
75.339 / 570.666 hoja Sierpe. 0.03 litros por segundo del nacimiento CA-1,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Drake, Osa,
Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico, agropecuario - riego y
turístico - restaurante y bar. Coordenadas 75.270 / 570.806 hoja Sierpe. 0.09
litros por segundo del nacimiento CA-3, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Bahía Drake, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano - domestico,
riego - ornamentales y turístico - restaurante y bar. Coordenadas 75.339 /
570.666 hoja Sierpe. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 11 de mayo de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico
Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2017141353 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPSOZ-0020-2017.—Exp 17614P.—Casa Mak SRL, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Pozo COR-15, efectuando la captación en finca de Peak South Pacific Investments S. A. en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 588.053 / 111.711 hoja Coronado. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco de Jesús Vargas Salazar.—( IN2017142023 ).
ED-UHTPSOZ-0024-2017. Exp 17619A.—Sepúlveda Holdings Limitada, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de Árbol Viejo de Dominicalito LLC Limitada en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 555.818 / 136.248 hoja Dominical. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2017142197 ).
ED-UHTPSOZ-0023-2017.—Exp. N° 17617A.—Karol Elizondo Torres, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 574.044/122.064 hoja Coronado. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 31 de mayo de 2017.—Francisco Vargas Salazar, Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—( IN2017142199 ).
ED-0151-2016.—Exp. 16915A.—3-102-692769 SRL., solicita concesión de: 0,05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Cortés, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 137.580 / 574.847 hoja Dominical. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de febrero del 2016.—Departamento de Información Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017142211 ).
ED-0599-2016.—Exp. N° 17162A.—Mercedes María Cortés Madrigal, solicita concesión de: 0.02 litros por segundo de la Quebrada Lajas, efectuando la captación en finca de su propiedad en Dulce Nombre Jesús (Vázquez de Coronado), Vázquez de Coronado, San José, para uso consumo humano. Coordenadas 224.778/537.668 hoja Carrillo. Predios inferiores: no se indican. Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de junio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017142354 ).
Tribunal Supremo de
Elecciones.—San José, a las nueve horas treinta minutos del dieciocho de mayo
del dos mil diecisiete.—Expediente Nº 155-2017.
Liquidación de gastos permanentes del partido Restauración Nacional
correspondientes al trimestre octubre-diciembre de 2016.
Visto el oficio N° DFPP-265-2017 del 9 de mayo del 2017, suscrito por el señor Ronald Chacón Badilla, Jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, mediante el cual indica que el partido Restauración Nacional publicó, satisfactoriamente, el estado de sus finanzas y la lista de sus contribuyentes correspondiente al período comprendido entre el 1° de julio de 2015 al 30 de junio de 2016, la cual se realizó en el medio de comunicación El Camino en su edición N° 133 de mayo de 2017. Se dispone: habiéndose subsanado el motivo que justificó la retención dispuesta por este Tribunal en la resolución N° 2599-E10-2017, de las 09:25 horas del 26 de abril de 2017, lo procedente es levantar esa retención y ordenar el giro de la suma de ¢10.907.163,00 (diez millones novecientos siete mil ciento sesenta y tres colones exactos), reconocida en esa resolución. Por consiguiente, proceda el Ministerio de Hacienda, a través de la Tesorería Nacional, a girarle al partido Restauración Nacional (cédula jurídica 3-110-419368) la suma en cuestión, mediante depósito en la cuenta corriente a su nombre N° 001-0245396-7 del Banco de Costa Rica, la cual tiene asociada la cuenta cliente N° 15201001024539671. Notifíquese al partido Restauración Nacional y a la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos. Comuníquese a la Tesorería Nacional y al Ministerio de Hacienda, dependencias a las que, además, se remitirá copia simple de la resolución N° 2599-E10-2017. Publíquese en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Luis Diego Brenes Villalobos.—Mary Anne Mannix Arnold.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017139813 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N°
2017LN-000004-01
Contratación para la compra de
servidores y
módulos librería robótica, modalidad
de entrega según demanda
Se comunica a los interesados en
este evento que con base en el comunicado emitido por el Poder Ejecutivo el pasado
viernes 26 de mayo del 2017, informando al público en general que el Banco
Crédito Agrícola de Cartago dejará la intermediación financiera y su
transformación, con fundamento en el artículo 58 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, se procede a declarar sin efecto este evento, por
razones de interés institucional.
Proveeduría
Institucional.—Licda. Ericka Granados Sánchez, Jefa.—1 vez.—O. C. N°
17.—Solicitud N° 86814.—( IN2017142086 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LLAMADO A LICITACIÓN
2017LPN-000002-PMIUNABM
Adquisición de equipo de línea
blanca para las residencias
estudiantiles Campus Nicoya, Liberia, Pérez Zeledón
y Recinto Sarapiquí
País: Costa Rica. Proyecto:
Universidad Nacional - Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior. N°
del préstamo 8194-CR-UNA. Título: Adquisición de Equipo de Línea Blanca para
las Residencias Estudiantiles Campus Nicoya, Liberia, Pérez Zeledón y Recinto
Sarapiquí. Número del Llamado: Licitación Pública Nacional N° 2017LPN-000002-PMIUNABM.
El Gobierno de Costa Rica ha
recibido un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, Banco
Mundial para financiar el costo del Proyecto de Mejoramiento de la Educación
Superior, y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para
efectuar los pagos bajo el Contrato “Adquisición de Equipo de Línea Blanca para
las Residencias Estudiantiles Campus Nicoya, Liberia, Pérez Zeledón y Recinto
Sarapiquí”, Licitación Pública Nacional N° 2017LPN-000002-PMIUNABM.
La Universidad Nacional invita a los
licitantes elegibles a presentar ofertas selladas para: Adquisición de Equipo
de Línea Blanca para las Residencias Estudiantiles Campus Nicoya, Liberia,
Pérez Zeledón y Recinto Sarapiquí.
La licitación se efectuará conforme a los
procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la
publicación del Banco Mundial titulada Normas: Adquisiciones de bienes con
Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y está abierta a todos los licitantes
de países elegibles, según se definen en dichas normas.
Los licitantes elegibles que estén
interesados podrán obtener el Cartel, Especificaciones Técnicas e información
adicional en el siguiente sitio web http://www.proveeduria.una.ac.cr/ en
Información para Proveedores, Carteles, Carteles vigentes de Proyecto de
Mejoramiento Institucional.
Ofertas electrónicas no serán permitidas. Las
ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Todas las ofertas
deberán estar acompañadas de una Manifiesto de Garantía de la Oferta. Las
ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los licitantes que
deseen asistir en persona en la dirección y hora indicada al final de este
llamado.
Las ofertas y todo su contenido deberán
hacerse llegar por escrito en sobre cerrado a nombre de: Universidad Nacional,
Proveeduría Institucional, Contratación de Adquisición de Equipo de Línea
Blanca para las Residencias Estudiantiles Campus Nicoya, Liberia, Pérez Zeledón
y Recinto Sarapiquí, 2017LPN-000002-PMIUNABM según préstamo 8194-CR-UNA del
Banco Mundial a la dirección indicada a continuación, a más tardar el 24 de
julio del 2017 hasta las 10:00 a.m.
Oficinas: Proveeduría Institucional de la
Universidad Nacional
Dirección: San Pablo de Heredia, del Colegio
de San Pablo 300 metros norte y 75 metros al oeste, antiguas bodegas de MABE.
Para realizar consultas, estas se recibirán
por escrito a la dirección indicada o al Fax: (506) 2260-4198 / 2260-2624.
Heredia, 08 de junio de
2017.—M.A.P. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. N°
P0029258.—Solicitud N° 86930.—( IN2017142333 ).
Llamado a Licitación
República de Costa Rica
Proyecto de Mejoramiento de la Educación
Superior
“Adquisición de Comunicación
para el Centro de Datos”
EDU-UNED-118-LPI-B-2016LPI-000002
Préstamo N° 8194-CR
1. Este llamado a licitación se
emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones que para este Proyecto
publicado en la edición N° DB Reference N° WB1717-03/14 de 26 de marzo del
2014.
2. El Gobierno de Costa Rica ha
recibido un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento/de la
Asociación Internacional de Fomento, para financiar el costo del Proyecto de
Mejoramiento de la Educación Superior, y se propone utilizar parte de los
fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo el Contrato Adquisición de
Comunicación para el Centro de Datos, N° 2016LPI-000002.
3. La Universidad Estatal a
Distancia invita a los licitantes elegibles a presentar ofertas selladas para
Adquisición de Comunicación para Centro de Datos.
4. La licitación se efectuará
conforme a los procedimientos de Licitación Pública Internacional (LPI)
establecidos en la publicación del Banco Mundial titulada Normas:
Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y está abierta a
todos los licitantes de países elegibles, según se definen en dichas normas.
5. Los licitantes elegibles que
estén interesados podrán obtener los documentos de licitación en la dirección
electrónica: jomonge@uned.ac.cr, con Licda. Johanna Monge Ramírez, Oficina de
Contratación y Suministros de la UNED.
6. Los requisitos de
calificaciones incluyen: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas, Experiencia
del licitante, entre otros requisitos. No se otorgará un Margen de Preferencia
a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los
Documentos de Licitación.
7. Las ofertas deberán hacerse
llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las 10:00 horas del día 27
de julio del 2017. Ofertas electrónicas no serán permitidas. Todas las ofertas
deberán estar acompañadas de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Las
ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. La apertura de ofertas
se efectuará en presencia de los representantes de los licitantes que deseen
asistir, a la dirección indicada abajo, a las 10:00 horas del día 27 de julio
del 2017.
Nombre de la oficina: Oficina de Contratación y Suministros.
Nombre del funcionario: Johanna Monge Ramírez. Teléfono: 2527-2516.
Dirección: San José, Costa Rica, Universidad Estatal a Distancia, Sede Central de la UNED, Mercedes de Montes de
Oca, de la Rotonda de la Bandera, 800 metros este, carretera hacia Sabanilla,
en la oficina de Contratación y Suministros, edificio A, tercer nivel. Horario
de oficina: 8:00 a. m. a 4:30 p. m.
Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017142382 ).
HOSPITAL MÉXICO
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN NACIONAL N° 2017LN-000005-2104
Por la adquisición de Implementos
para terapia
de heridas al vacío con instilación
Se comunica a los interesados en
el concurso: fecha de recepción de ofertas el 06 de julio de 2017 a las 09:00
horas. El cartel está disponible en el centro de fotocopiado público, ubicado
en planta baja de este Hospital. Ver detalles en:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones
San José, 07
de junio del 2017.—MSc. Dennys Miranda Boza, Coordinador a. í.—1 vez.—O. C. N°
87.—Solicitud N° 86778.—( IN2017141975 ).
HOSPITAL DE LA ANEXIÓN, UP: 2503
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
Informa: A todos los potenciales oferentes que está disponible el cartel
LICITACIÓN ABREVIADA: 2017LA-000003-2503
Mantenimiento preventivo y
correctivo de central
telefónica IP y equipos de Networking
del Hospital de La Anexión
Se comunica a los interesados en
participar que la fecha máxima de recepción de ofertas es el día 10 de julio
del 2017, a las 10:00 horas.
Ver detalles en
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones
Nicoya, 06 de junio del
2017.—Subárea de Planificación y Contratación Administrativa.—Lic. Eric
Gutiérrez Alvarado, Coordinador a. í.—1 vez.—( IN2017141982 ).
GERENCIA LOGÍSTICA
ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
SUBÁREA DE INSUMOS MÉDICOS
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000009-5101
Se informa a los interesados que
está disponible en la Plataforma Electrónica Compra Red el cartel de la
Licitación Pública 2017LN-000009-5101, para la adquisición de:
Ítem 01: Sistema de osteosíntesis
con placa de compresión bloqueada para medianos fragmentos.
Ítem 02. Sistema de osteosíntesis
con placa de compresión bloqueada, para pequeños fragmentos.
Ítem 03: Sistema de osteosíntesis
con placa de compresión bloqueada, para fractura de fémur proximal.
Ítem 04: Sistema de osteosíntesis
con placa de compresión bloqueada, para osteotomías.
Ítem 05: Sistema de osteosíntesis
con placas anatómicas para pelvis.
Apertura de ofertas: a las 09:00
horas del 26 de julio de 2017.
San José, 07
de junio de 2017.—Línea de Producción de Insumos Médicos.—Licda.
Shirley Méndez Amador, Asistente.— 1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 21609.—( IN2017142082 ).
DIRECCIÓN PRODUCCIÓN INDUSTRIAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000005-8101
La Dirección de Producción
Industrial de la Caja Costarricense de Seguro Social, informa a los interesados
en participar en el concurso 2017LA-000005-8101 que, está disponible el cartel
para la adquisición de “Suministro de Gas Licuado de Petróleo, plan de
mantenimiento y Readecuación del área”, toda la documentación correspondientes
a dicha licitación se encontrará disponible en la fotocopiadora de la
Institución ubicada en la planta baja del edificio Jenaro Valverde Marín
Oficinas centrales de la C.C.S.S. Fecha de apertura de ofertas: 04 de julio del
2017, a las 09:00 horas.
Ver detalles http : //www.ccss.sa.cr
San José, 07 de junio del 2017.—Dirección de Producción Industrial.—Ing. Ovidio Murillo Valerio, Director.—1 vez.—( IN2017142156 ).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
SUBÁREA DE PLANIFICACIÓN DE BIENES
Y SERVICIOS
La Subárea de Contratación de
Bienes y Servicios del Hospital William Allen T., de Turrialba, con
autorización de la Dirección Médica y Administración, les invita a participar
en el siguiente concurso:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000007-2307
Compra de equipo médico especializado
Fecha de recepción y apertura de
ofertas: 03 de julio del 2017.
Hora de apertura: 10:00 a. m.
El cartel de especificaciones de este
concurso se encuentra a la venta en la Subárea de Contratación Administrativa
del Hospital William Allen de Turrialba, ubicado frente a entrada principal
Colegio Dr. Clodomiro Picado T., carretera al CATIE-Turrialba, también se
encuentra en la página web de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Valor del cartel: ¢500,00 (quinientos
colones).
Subárea de Contratación.—Lic. Royer Sánchez Bogantes, Coordinador a. í.—1 vez.—( IN2017142219 ).
DIRECCIÓN DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000021-PRI
Contratación horas servicio
alquiler camión grúa para
extracción y montaje de equipos de bombeo
de la gran área metropolitana
(modalidad: según demanda)
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica
que se recibirán ofertas hasta las 09:00 horas del día 10 de julio del 2017,
para la “Contratación horas servicio alquiler de camión grúa para extracción y
montaje de equipos de bombeo de la Gran Área Metropolitana (Modalidad: según
demanda)”.
Los documentos que conforman el cartel podrán
descargarse de la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la
Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede
del AyA ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢ 500,00.
Dirección Proveeduría.—Licda. Iris Fernández Barrantes.— 1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N° 86887.— ( IN2017142092 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA 2017LN-000001-05
Servicio de concesión de soda
del Centro Regional
Polivalente de Limón
El Proceso Adquisiciones de la
Unidad Regional Huetar Caribe del Instituto Nacional de Aprendizaje recibirá
ofertas por escrito para este concurso hasta las 10:00 horas del 03 de julio
del 2017.
Los interesados podrán retirar el pliego de
condiciones el cual es gratuito, en las oficinas del Proceso de Adquisiciones
de la Unidad Regional Huetar Caribe, ubicadas 1 km al oeste de la sede de la
Universidad de Costa Rica carretera Saopin en Limón o bien ver la página web
del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 86879.—( IN2017141968 ).
LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000006-01
Contratación de abastecimiento
continuo
de productos de limpieza amigables con
el ambiente, según demanda,
de cuantía inestimable
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 03 de julio del
2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en La Uruca 2.5 kilómetros al
oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N°
86878.— ( IN2017141970
).
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ,
GUANACASTE
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000005-01
Adquisición e instalación de
cuatro juegos infantiles
(PlayGround), para ser colocados en espacios
libres
en el centro del distrito La Cruz, cantón La
Cruz,
con fondos del programa III construcción y
mejoras de Parques Recreativos–Infantiles
en El Cantón (Ley 7184 y Ley 7739)
La Municipalidad de La Cruz,
Guanacaste, les invita a participar en el proceso de Licitación Abreviada Nº
2017LA-000005-01, para la adquisición e instalación de cuatro juegos infantiles
(PlayGround), para ser colocados en espacios libres en el centro del distrito
La Cruz, cantón La Cruz, con fondos del programa III construcción y mejoras de
Parques Recreativos- Infantiles en El Cantón (Ley 7184 y Ley 7739).
Las ofertas se recibirán hasta el día 26 de
junio del año 2017 hasta las 10:00 horas, posterior se procederá con el acto de
apertura de ofertas a las 10:15 horas del mismo día, en el Departamento de
Proveeduría de la Municipalidad de La Cruz. Sita 150 metros norte del Parque
Local.
La Cruz, Guanacaste, 07 de junio del 2017.—Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017142075 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000004-01
Contratación para el diseño y
construcción de un kiosko
en madera laminada en el parque central de la Cruz,
con fondos del programa III remodelación
y construcción en el Parque de la Cruz
La
Municipalidad de La Cruz, Guanacaste les invita a participar en el proceso de
licitación abreviada Nº 2017LA-000004-01, para la contratación para el Diseño y
Construcción de un Kiosco en madera laminada en el Parque Central de La Cruz,
con fondos del programa III remodelación y construcción en el parque de La
Cruz.
Las ofertas se recibirán en sobre cerrado
hasta las 10:00 horas del día 28 de junio del año dos mil diecisiete, en el Departamento
de Proveeduría de la Municipalidad de La Cruz, sita 150 metros norte del Parque
Local.
Visita de campo. Será el día 20 de junio del
año 2017 a las 10:00 horas. Presentarse en el Edificio Municipal en el
Departamento de Proveeduría.
Para obtener toda la información sobre el
cartel de contratación y especificaciones técnicas pertinentes a este proceso
comunicarse al teléfono 2690-5715 o al correo electrónico
proveeduriamunilacruz@gmail.com con el Departamento de Proveeduría.
La Cruz, Guanacaste 07 de junio del 2017.—Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017142076 ).
UNIDAD COORDINADORA DEL PROYECTO
INSTITUCIONAL (UCPI) Y DEL ACUERDO
DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL
(AMI) DE UNIVERSIDAD ESTATAL
A DISTANCIA UNED
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SIMPLIFICADA
EDU-UNED-139-PS-B-2017LPNS-000002
Adquisición de equipo
tecnológico
RESOLUCION DE ADJUDICACION N° 44
La Universidad Estatal a
Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el
Consejo Universitario en sesión N° 2598-2017, Art. III, inciso 7), celebrada el
01 de junio del 2017, acordó:
Avalar la recomendación de la Comisión de
Licitaciones y adjudicar la Licitación Pública Nacional Simplificada: EDU-UNED-139-PS-B-2017LPNS-000002, “Adquisición de
equipo tecnológico”, de la siguiente manera:
Nombre del Proyecto: Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior
País: Costa Rica
Número del Proyecto: P123146
Contrato Referencia:
EDU-UNED-139-PS-B-2017LPNS-000002
Alcance del Contrato: Adquisición de Equipo Tecnológico,
correspondiente a la iniciativa N° 8 del AMI.
Evaluación moneda: Colones Costarricenses.
Postor Adjudicado: Acrílicos S. A.
Dirección: San José, Costa Rica
Duración del Contrato: 3 meses.
Lugar de entregas: Centro Universitario de la UNED en San José, Barrio
Escalante, frente al Centro Cultural Costarricense Norteamericano; Edificio
II+D de la sede central de la UNED en Sabanilla, Montes de Oca. Quinto piso,
Laboratorio de fabricación.
Precio de la oferta a adjudicar:
Lote 1:
Línea 1. 1 unidad de Máquina de Corte y Grabado Láser marca RedSail,
modelo M500 con tubo de 50W. Incluye accesorios y capacitación. Precio
unitario: ¢4.950.000,00; Precio total: ¢4.950.000,00.
Línea 2. 1 unidad de Máquina de Corte y Grabado Láser marca RedSail,
modelo CM1490 con tubo de 80W. Incluye accesorios y capacitación. Precio
unitario: ¢7.425.000,00; Precio total: ¢7.425.000,00.
Línea 3. 1 unidad de Máquina de Corte Router CNC marca RedSail, modelo
M-1325ª. Incluye accesorios y capacitación. Precio unitario: ¢6.600.000,00;
Precio total: ¢6.600.000,00.
Servicios Conexos Lote 1:
Instalación y Configuración, según se
describe en las especificaciones técnicas. Precio Unitario: ¢500.000,00; Precio
Total: ¢500.000,00.
Capacitación para el uso adecuado del equipo
(hardware y software). Según se describe en Especificaciones Técnicas. Precio
Unitario: ¢1.000.000,00; Precio Total: ¢1.000.000,00.
Lote 2:
Línea 1. 2 unidades de Plotter de Corte marca SignKey, modelo
SKA-1350SH. Incluye accesorios y capacitación. Precio Unitario: ¢1.094.500,00;
Precio Total: ¢2.189.000,00
Servicios Conexos Lote 2:
Instalación y Configuración, según se describe en las especificaciones
técnicas. Precio Unitario: ¢50.000,00; Precio Total: ¢50.000,00.
Capacitación para el uso adecuado del equipo (hardware y software).
Según se describe en Especificaciones Técnicas. Precio Unitario: ¢100.000,00;
Precio Total: ¢100.000,00.
Plazo de entrega: 90 días naturales.
Monto Total adjudicado al oferente Acrílicos, S.A.: ¢22.814.000,00.
Evaluación moneda: Colones Costarricenses.
Postor Adjudicado: Sommerus S. A.
Dirección: San José, Costa Rica
Duración del Contrato: 3 meses.
Lugar de entregas: Edificio II+D de la sede central de la UNED en Sabanilla,
Montes de Oca. Quinto piso, Laboratorio de fabricación.
Precio de la oferta a adjudicar:
Lote 3:
Línea Única. 1 unidad de Scanner 3D, marca Artec 3D, modelo EVA. Según
Especificaciones Técnicas. Incluye Servicios Conexos: Instalación,
Configuración y Capacitación para el uso adecuado del equipo (hardware y
software). Según se describe en Especificaciones Técnicas. Precio Unitario:
¢11.250.000,00; Precio Total: ¢11.250.000,00.
Plazo de entrega: 60 a 90 días
naturales.
Monto total adjudicado al oferente
Sommerus, S.A.: ¢11.250.000,00.
Sabanilla, 8 junio del año
2017.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche,
Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017142306 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
EDU-UNED-153-LPN-B-2017LPN-000001
(Resolución de adjudicación Nº 45)
Adquisición de switch, router y
puntos
de acceso para el edificio II+D
La Universidad Estatal a
Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente licitación, que el
Consejo Universitario en sesión Nº 2598-2017, artículo III, inciso 6),
celebrada el 01 de junio del 2017, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Nacional
EDU-UNED-153-LPN-B-2017LPN-000001, promovida por la Universidad Estatal a
Distancia en el marco del Proyecto 8194-CR Proyecto de Mejoramiento de la
Educación Superior Costarricense y en el marco del Acuerdo de Mejoramiento
Institucional (AMI) para la “Adquisición de switch, router y puntos de acceso
para el edificio II+D”, de la siguiente manera:
Nombre del proyecto: Proyecto
de Mejoramiento de la Educación Superior.
País: Costa
Rica.
Número del proyecto: P123146.
Contrato referencia: EDU-UNED-153LPN-B-2017LPN000001.
Alcance del contrato: “Adquisición de switch, router y puntos de acceso para el
edificio II+D” correspondientes a la iniciativa Nº 8 del AMI.
Evaluación moneda: Dólares de los Estados Unidos de América.
1. Postor rechazado para el lote
Nº 1: Sistemas Eficientes S. A. (SEFISA).
Dirección:
San José, Costa Rica.
Precio
de los lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura de ofertas:
$85.000,00.
Motivos
del rechazo: Rechazar la oferta de Sistemas Eficientes S. A. (SEFISA), para el
lote Nº 1, debido a que no se presenta carta del fabricante de la marca del
equipo ofertado Cisco, a pesar de la subsanación solicitada el 30 de marzo del
2017.
2. Postor adjudicado: Sonda
Tecnologías de Información de Costa Rica S. A.:
Dirección:
San José, Costa Rica.
Duración
del contrato: 60 días calendario.
Lugar
de entrega: Distribución según cartel.
Precio
de la oferta por lote, leído en la apertura de ofertas:
Lote 1: Línea Nº 1: 15 unidades de switch de acceso marca
Cisco, modelo Catalyst 2960.
Precio
unitario: $4.234,59. Precio total de la línea: $63.518,85.
Línea
Nº 2: 1 unidad de switch de distribución marca Cisco, modelo Catalyst 4500.
Precio
unitario: $23.848,31. Precio total de la línea: $23.848,31.
Servicio
conexo: Línea Nº 1: $680,70.
Línea
Nº 2: $45,38.
Total adjudicado lote Nº 1:
$88.093,24
Tiempo de entrega: 60 días calendario.
Monto
total adjudicado a la empresa Sonda Tecnologías de Información de Costa Rica
S. A.: $88.093,24
3. Postor adjudicado: Sistemas
Eficientes S. A. (SEFISA):
Dirección:
San José, Costa Rica.
Duración
del contrato: 60 días calendario.
Lugar
de entrega: Distribución según cartel.
Precio
de la oferta por lote, leído en la apertura de ofertas:
Lote 2: Línea Nº 1: 1 equipo FortiGate 300D,
FG-300D-BDL-900-24.
Precio
unitario: $11.000,00. Precio total de la línea: $11.000,00.
Línea
Nº 2: 20 unidades de equipos FortiAP 223C FAP-223C-N, FC-10P0229-311-02-12,
GPI-115, Sp-FG20C-PA-US.
Precio
unitario: $700,00. Precio total de la línea: $14.000,00.
Servicio
conexo: El costo del servicio conexo se encuentra incluido en el precio de los
bienes ofertados.
Total adjudicado lote Nº 2:
$25.000,00
Tiempo de entrega: 60 días calendario.
Lote 3: Línea Nº 1: 1 equipo FortiGate3200D. FG-3200D-BDL-900-36. Tranceivers SFP + para 10GB Ethernet fibra óptica. FG-TRAN-SFP+SR. Tranceiver para Giga Ethernet RJ45 en cobre
FG-TRAN-GC.
Precio
unitario: $190.000,00. Precio total de la línea: $190.000,00.
Servicio
conexo: El costo del servicio conexo se encuentra incluido en el precio de los
bienes ofertados.
Total adjudicado lote Nº 3:
$190.000,00
Tiempo de entrega: 60 días calendario.
Monto total
adjudicado a la empresa Sistemas Eficientes S. A.
(SEFISA): $215.000,00
Sabanilla, 08 de junio del
2017.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche,
Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017142388 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL SIMPLIFICADA
EDU-UNED-110-PS-B-2016LPNS-000003
Adquisición de equipo
electrónico y de comunicaciones
RESOLUCIÓN DE ADJUDICACIÓN N° 46
La Universidad Estatal a
Distancia (UNED), comunica a los interesados en la presente Licitación, que el
Consejo Universitario en sesión No. 2598-2017, Art. III, inciso 8), celebrada
el 01 de junio del 2017, acordó:
Adjudicar la Licitación Pública Nacional
Simplificada EDU-UNED-110-PS-B-2017LPNS-000003, promovida por la Universidad
Estatal a Distancia en el marco del Proyecto 8194-CR Proyecto de Mejoramiento
de la Educación Superior Costarricense y en el marco del Acuerdo de
Mejoramiento Institucional (AMI) para la “ADQUISICIÓN DE EQUIPO ELECTRÓNICO Y
DE COMUNICACIONES” de la siguiente manera:
Nombre del Proyecto: Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior
País: Costa Rica
Número del Proyecto: P123146
Contrato Referencia:
EDU-UNED-110-LPNS-PS-B-2016LPNS000003
Alcance del Contrato: “Adquisición de Equipo Electrónico y de
Comunicaciones” correspondientes a la iniciativa N°2 del AMI.
Evaluación moneda: Dólares de los Estados Unidos de América
1. Postor Rechazado: Continex
Continental Importación y Exportación S. A.
Dirección: San José, Costa Rica
Precio de los lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura de
ofertas: ¢22.887.985,39
Motivos del Rechazo:
1. No presentó nota aclaratoria
donde indique claramente el tiempo de entrega ofertado.
2. No presentó la carta de
autorización del fabricante de la marca del equipo ofertado.
3. No presenta lo establecido en
las Sección B. cláusula 3.8.1 (iii y iv), donde se solicita lo siguiente:
Toda empresa oferente deberá tener al menos 3 años de haber sido
constituida. Para verificar el cumplimiento de este requisito, se deberá
presentar documento original de personería jurídica de
la Empresa, no mayor a 3 meses de haber sido emitido por un notario
público.
4. El oferente no demostró que
está equipado y cuenta con la capacidad para cumplir con las obligaciones de
mantenimiento, reparaciones y almacenamiento de repuestos estipuladas en las
Condiciones del Contrato y/o Especificaciones Técnicas.
Todo lo anterior a pesar de que con el oficio UCPI-ACS-222-2017 se le
solicitó realizar las subsanaciones correspondientes el día 05 de abril del
2017 y no se atendió dicha solicitud.
2. Postor Rechazado para el lote
N° 1: Sistemas Eficientes S.A. (SEFISA)
Dirección: San José, Costa Rica
Precio de los lotes excluidos, tal como fueron leídos en la apertura
de ofertas: $40.200,00
Motivos del Rechazo:
1. Rechazar la oferta de
Sistemas Eficientes S. A. (SEFISA), para el lote N° 1, debido a que no se
presenta carta del fabricante de la marca del equipo ofertado Cisco, a pesar de
la subsanación solicitada el 05 de abril del 2017.
3. Postor Adjudicado: Sonda Tecnologías
de Información de Costa Rica S. A.:
Dirección: San José, Costa Rica
Duración del Contrato: 30 días calendario.
Lugar de entrega: Distribución según cartel
Precio de la oferta por lote, leído en la apertura de ofertas:
Lote 1: Línea N° 1: 4 unidades de Switches de Acceso marca Cisco
modelo Catalyst 2960.
Precio unitario: $3.938,47 Precio total de la línea: $15.753,88
Línea N° 2: 1 unidad de Conmutador de puestos de fibra para
distribución, marca Cisco, modelo Catalyst 3850.
Precio unitario: $12.677,52 Precio total de la línea: $12.677,52
Total adjudicado lote N° 1: $28.431,40
Tiempo de entrega: 30 días calendario.
Monto total adjudicado a la empresa Sonda Tecnologías de Información
de Costa Rica S.A.: $28.431, 40
4. Postor Adjudicado: Sistemas
Eficientes S.A. (SEFISA):
Dirección: San José, Costa Rica
Duración del Contrato: 60 días calendario.
Lugar de entrega: Distribución según cartel
Precio de la oferta por lote, leído en la
apertura de ofertas:
Lote 2: Línea N° 1: 1 equipo FortiGate 100D, FG-100D-BDL-900-24.
Precio unitario: $6.000,00 Precio total de la línea: $6.000,00
Línea N° 2: 4 unidades de equipos FortiAP 223C FAP-223C-N,
FC-10P0229-311-02-12, GPI-115, Sp-FG20C-PA-US.
Precio unitario: $700,00 Precio total de la línea: $2.800,00
Total adjudicado lote N° 2: $8.800,00
Tiempo de entrega: 60 días calendario.
Monto total adjudicado a la empresa Sistemas Eficientes S.A. (SEFISA):
$8.800,00.
Sabanilla, 8 de junio del año 2017.—Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.— 1 vez.—( IN2017142390 ).
HOSPITAL MÉXICO
SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000024-2104
Por la adquisición de “Cápsulas
Endoscópicas”
Se comunica a los interesados en
el concurso, el resultado del mismo: infructuoso, el mismo se volverá a
publicar.
Ver detalles en:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 07 de junio de
2017.—Lic. Dennys Miranda Boza MSc, Coordinador a. í.—1 vez.—O.C. N°
86.—Solicitud N° 86762.—( IN2017141978 ).
FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
DIVISIÓN ADSCRITA AL CONSEJO
NACIONAL DE PRODUCCIÓN
SECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000007-PV
Transporte de búnker
La Fábrica Nacional de Licores,
cédula jurídica 4-000-042146, por medio de su Proveeduría comunica a los
interesados que mediante el oficio GG N° 441-2017 de fecha 31 de mayo de 2017,
suscrito por el Ing. Edgar Isaac Vargas González, Gerente General del Consejo
Nacional de Producción se dispuso adjudicar la Licitación Abreviada
2017LA-000007-PV promovida para la contratación del servicio de transporte de
búnker, de la siguiente forma:
A La oferta N° 2 presentada por
la empresa Transportes M & M S. A., el transporte de un total de
433.333 litros de bunker, para un monto total de ¢10.087.992,24 (diez millones
ochenta y siete mil novecientos noventa y dos colones con 24/100); por haber
alcanzado una calificación del 100% según la mecánica de evaluación de las
ofertas.
B A la oferta N° 3 presentada
por la empresa Transportes TOC Limitada, el transporte de un total de
433.333 litros de Bunker, para un monto total de ¢10.087.992,24 (diez millones
ochenta y siete mil novecientos noventa y dos colones con 24/100); por haber
alcanzado una calificación del 100% según la mecánica de evaluación de las
ofertas.
C A la oferta N° 4 presentada
por la empresa Transportes La Pista S. A., el transporte de un total de
433.333 litros de Bunker, para un monto total de ¢10.087.992,24 (diez millones
ochenta y siete mil novecientos noventa y dos colones con 24/100); por haber
alcanzado una calificación del 100% según la mecánica de evaluación de las
ofertas.
Por lo anterior, se invita al
adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto
total adjudicado, con los siguientes requisitos:
Esta garantía deberá contar con una vigencia mínima de 60 días
adicionales a la fecha de recepción definitiva del contrato.
Presentar declaración bajo fe de juramento en donde se indique que la
empresa se encuentra al día en el pago de los impuestos nacionales.
Adjuntar un timbre deportivo de ¢5,00 (cinco colones).
Aportar una certificación original extendida por la Caja Costarricense
de Seguro Social, en donde conste que se encuentra al día con las obligaciones
respectivas.
Todo lo anterior deberá
presentarse en la oficina de la Proveeduría, dentro de los cinco días hábiles
siguientes contados a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación.
El depósito deberá emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la
Tesorería de FANAL en Rincón de Salas, Grecia. A los demás oferentes se les
invita a retirar la garantía de participación.
Alajuela, 7 de junio del 2017.—Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.— 1
vez.— ( IN2017142327 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000005-PV
Talleres de mantenimiento
automotriz
La Fábrica Nacional de Licores,
cédula jurídica 4-000-042146, por medio de su Proveeduría comunica a los
interesados que mediante el acuerdo de Junta Directiva N° 39198 del Consejo
Nacional de Producción, sesión ordinaria 2967, artículo 4°, celebrada el 1° de
junio de 2017 se dispuso adjudicar la Licitación Abreviada 2017LA-000005-PV
promovida para la contratación de taller o talleres de mantenimiento automotriz
para la flotilla de FANAL, de la siguiente forma:
Enderezado y Pintura para vehículos livianos y pesados
Empresa adjudicada: KRISSOS de Costa Rica S.A.
Monto adjudicado: ¢2.000.000,00 IVI
Mecánica Automotriz Vehículo Liviano
Empresa adjudicada: MECA
Enderezado y Pintura S.A.
Monto adjudicado: ¢9.000.000,00
IVI
Mecánica Automotriz Vehículo Pesado
Empresa adjudicada: MECA
Enderezado y Pintura S.A.
Monto adjudicado: ¢8.000.000,00
IVI
Mecánica Equipos de Carga (Montacargas)
Empresa adjudicada: RCA
Montacargas S.A.
Monto adjudicado: ¢5.000.000,00
IVI
Por lo anterior, se invita al
adjudicatario a que deposite la garantía de cumplimiento por el 5% del monto
total adjudicado, con los siguientes requisitos:
• Esta garantía deberá contar
con una vigencia mínima de 60 días adicionales a la fecha de recepción
definitiva del contrato.
• Presentar declaración bajo fe
de juramento en donde se indique que la empresa se encuentra al día en el pago
de los impuestos nacionales.
• Adjuntar un timbre deportivo
de ¢5,00 (cinco colones).
• Aportar una certificación
original extendida por la Caja Costarricense de Seguro Social, en donde conste
que se encuentra al día con las obligaciones respectivas.
Todo lo anterior deberá
presentarse en la oficina de la Proveeduría, dentro de los cinco días hábiles
siguientes contados a partir de la fecha en que quede en firme la adjudicación.
El depósito deberá emitirse a favor del Consejo Nacional de Producción, en la
Tesorería de FANAL en Rincón de Salas, Grecia. A los demás oferentes se les
invita a retirar la garantía de participación.
Alajuela, 7
de junio del 2017.—Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona,
Coordinador.— 1 vez.— ( IN2017142328 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000004-PV
Red contra incendios
La Fábrica Nacional de Licores
por medio de su Proveeduría comunica a los interesados que mediante acuerdo de
junta directiva N° 39197 del Consejo Nacional de Producción, sesión ordinaria
2967, artículo 3, celebrada el 12 de junio del 2017, se dispuso declarar
infructuosa la Licitación Abreviada 2017LA-000004-PV promovida para la
construcción de la III etapa del sistema integral de protección contra
incendios en FANAL, red de la Destilería.
Se invita a todos los oferentes a retirar la
respectiva garantía de participación.
Alajuela, 7 de junio del 2017.——Departamento Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona, Coordinador.— 1 vez.— ( IN2017142329 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000050-07
(Declaratoria de infructuosa)
Folletos de Normas Marítimas OMI
y otras organizaciones
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje,
comunica que el concurso de la compra directa 2017CD-000050-07 “folletos de
normas OMI y otras organizaciones”, se declara infructuoso según acta del
Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central Nº 058-2017 del
día 06 de junio de 2017. La empresa participante no se encontraba inscrita como
patrono ante la Caja Costarricense de Seguro Social, el día de la apertura de
ofertas.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 86883.—( IN2017141955 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000006-07
(infructuoso)
Servicio de seguridad y
vigilancia física y electrónica
para las instalaciones del Almacén Regional
de la Unidad Regional Pacífico Central
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje,
comunica que el concurso de Licitación Abreviada Nº 2016LA-000006-07 Servicio
de seguridad y vigilancia física y electrónica para las instalaciones del
Almacén Regional de la Unidad Regional Pacífico Central, se declara
Infructuoso, según acta de la Comisión Local Regional de Adquisiciones Nº
06-2017 del día 06 de junio del 2017, esto conforme a lo indicado en los
oficios de Asesoría Legal URPC-AL-032-2017 y de la Unidad de Recursos
Materiales, Proceso de Servicios Generales URMA-PSG-356-2017.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 86880.—( IN2017141967 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE
PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2016LN-000002-02
(Notificación de adjudicación)
Ampliación y modernización de la
infraestructura
de almacenamiento y producción de emulsiones
asfálticas en El Plantel El Alto
Se informa que, de conformidad con lo
indicado en el acuerdo tomado por la Junta Directiva de la Empresa, el cual consta
en el Artículo Nº 4, de la Sesión Ordinaria Nº 4986-192, celebrada el lunes 05
de junio de 2017, el concurso en referencia fue adjudicado de acuerdo con el
siguiente detalle:
Oferta N° |
Dos (2) |
Oferente |
Consorcio Tecnitanques–Conico (Tecnitanques Ingenieros S.A.S. y Consultoría Integral de la Construcción S.A.) |
Representante legal |
Alberto José Monge Aguilar |
Monto total |
$10.933.839,22 |
Descripción |
Contratación de los servicios de mano de obra,
materiales y equipo para la ampliación y modernización de la infraestructura
de almacenamiento y producción de emulsiones asfálticas en El Plantel El
Alto. Demás especificaciones conforme el cartel y la oferta respectiva. |
Forma de pago |
Mensualmente, de acuerdo con el avance de la obra,
a los precios unitarios establecidos por el contratista en la tabla de pagos. RECOPE retendrá de cada uno de los pagos por avance un diez por ciento (10%) con el propósito de asegurarse que la ejecución total de los trabajos y demás obligaciones del contratista, cuando el contratista incurra en un atraso cuyo impacto sea superior al diez por ciento (10%) del plazo total de entrega de la obra, según el PDT aprobado por RECOPE y vigente a la fecha de la facturación. |
Plazo contractual |
-Requisitos previos: Ciento cincuenta días
naturales (150) días naturales, de los cuales el contratista dispone de
ciento cuarenta días naturales (140). -Ejecución de la obra: Seis cientos veinte (620)
días naturales. -Condiciones climáticas adversas: Sesenta (60) días naturales. |
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de
diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación
para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez
por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3)
meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del
contrato, contemplando los aspectos señalados en el apartado 6.2 del cartel.
2. La presente contratación se
formalizará mediante la suscripción del contrato que formalizará la Dirección
Jurídica de RECOPE, y que será refrendado por la Contraloría General de la
República.
3. A efectos de la legalización
se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5%
del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.
4. Para esta contratación RECOPE
otorgará un anticipo de hasta un 15% del monto total adjudicado, que será
autorizado con posterioridad a la notificación de la orden de inicio para la
ejecución de la obra, la cual deberá ser respaldada por el Contratista con una
garantía colateral e incondicional por un monto igual al anticipo y conforme a
las disposiciones que establece la Ley de Contratación Administrativa y su
Reglamento, la cláusula 5.6.1 del Cartel de Licitación y demás normativa
aplicable.
5. Dado lo resuelto por la Sala
Constitucional en el Voto 6057-2015, lo indicado en la cláusula 9.1 del cartel
sobre la aplicación de la cláusula penal conforme el procedimiento establecido
en el artículo 10 bis del Reglamento de Contrataciones de RECOPE queda sin
efecto, razón por la cual, en concordancia con el Voto mencionado, la
aplicación de la cláusula penal será de forma automática, lo anterior conforme
lo indicado en la aclaración N° 9 al cartel, en concordancia con lo establecido
en el apartado 8.13 de la Normativa Interna en Contratación Administrativa para
la Actividad No Ordinaria de RECOPE.
6. La empresa Tecnitanques
Ingenieros S.A.S, integrante del consorcio, deberá aportar la documentación
legal requerida en el apartado 4.1.1.3 del pliego cartelario debidamente
apostillada o legalizada por un notario costarricense.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
Recope.
Dirección de Suministros.—Ing.
Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.
C. Nº 2017-000142.—Solicitud Nº 86952.— ( IN2017142401 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2009CD-009129-UC
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Procedimiento Administrativo
Sancionatorio N° 2014PA-009-G incoado en
contra de Eidos Sociedad Anónima. Se le
notifica a la sociedad Eidos S. A. que mediante resolución final contenida en
oficio G-01945-2017 del 25 de mayo de 2017, visible a folios 073 al 076 del
expediente administrativo, se ordenó imponer la sanción de apercibimiento
contenida en el artículo 99 inciso a) de la Ley de Contratación Administrativa
y ordenar el cobro al contratista por ¢ 28.561.206,00, en razón del
incumplimiento en la ejecución de la Contratación Directa 2009CD-009129-UC,
denominada “Mantenimiento preventivo y correctivo del sistema de alarmas e
instalación, remodelación y ampliación
de alarmas del INS”, suscrito entre la sociedad Eidos S. A. y el
Instituto Nacional de Seguros. Habiéndose agotado las formas de localización
posible para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley General de
Administración Pública, artículo N° 240, 241 inciso 4), 242 y la Ley de
Notificaciones, Citaciones y otras Comunicaciones Oficiales. Contra esta
resolución podrá interponerse recurso de revocatoria dentro del plazo de tres
días hábiles posteriores a la última notificación. Notifíquese.
San José, 2 de junio de 2017.—Lic. Ana Lucía Fernández Sáenz, Gerente.—O. C. N° 18523.—Solicitud N° 86391.— ( IN2017142376 ).
GERENCIA MÉDICA
GM-AB-17552-2017
En la Gerencia Médica de la Caja
Costarricense de Seguro Social, al ser trece horas once minutos treinta y un
minutos del treinta y uno de enero mil diecisiete, teniendo a la vista el
oficio CIPA 1597-13, DJ-03906-2013, se resuelve.
Resultando:
1. Que con el oficio 4224-1 del 10 de marzo del 2009, se solicitó al
Centro para la Instrucción de Procedimientos Administrativos- CIPA, gestionar
Procedimiento Administrativo de Responsabilidad Disciplinaria, Patrimonial e
Incumplimiento Contractual por Daños y Perjuicios, de conformidad con el
Informe de Auditoría AIN-016-R-2009 denominado “Relación de hechos sobre la
contratación tramitada y ejecutada para la construcción del ebais Barrio La
Unión de Cañas, Guanacaste Dirección Regional de Servicios de Salud Chorotega,
LIE 2599”, en contra de los funcionarios Guillermo Santiesteban Ávila, Enrique
Kelly Mora, y Florencio Acuña Ortiz; y contra los contratistas Desarrollos Gran
Tempisque DGT S. A., Cristian Montero Barrantes, y el Arq. Gilmar Contreras
Briceño, éste último que se contrató para Supervisar el proceso de construcción
(ver folios 0003 al 0004 del expediente administrativo). 2-) Que mediante el
oficio CIPA- 583-09 del 12 de marzo del 2009, la Dirección del CIPA, designó
como Órgano Director a la Licda. Ericka Fonseca Rueda, funcionaria de este
centro (ver folio 0001 del expediente administrativo). 3-) Que mediante
resolución de las 11:25 horas del 27 de noviembre del 2009, se procedió a
emitir la resolución inicial de traslado de cargos, iniciándose así
procedimiento en contra de los funcionarios y contratistas citados. 4-) Que en
dicho traslado de cargos, basados en los hechos e informes técnicos, se
estableció presunta responsabilidad patrimonial de los investigados por un
monto aproximado de 017,625.960.00 (diecisiete millones, seiscientos
veinticinco mil, novecientos sesenta colones 00/100) (ver folios resolución
completa 0406 al 0432 y transcripción 0407 al 0418 del expediente
administrativo). 5-) Que la Resolución Inicial de Traslado de Cargos indicada
supra, fue debidamente notificada a los investigados los días el 08, 10, 11 de
diciembre del 2009, y el 27 de enero del 2010 (ver folios 0437, 0438, 0450,
0451, 0455, 0456 del expediente administrativo), y en ésta, se convocó a los
mismos a la Comparecencia Oral y Privada, señalándose a las 8:15 horas del 02
de marzo del 2010 (ver folio 0431 vuelto del expediente administrativo). 6) Que
mediante resolución de las 08:30 horas del 04 de febrero del 2010, se resuelve
recurso de revocatoria con apelación en subsidio de Cristian Montero Barrantes,
elevando el expediente administrativo para resolver lo que corresponda, por
medio del oficio CIPA 0610-2010 del 22 de marzo del 2010 (ver folios 0459 al
0464 y 0487 del expediente administrativo). 7) Que por resolución de las 08:40
horas del 25 de febrero del 2010, se suspende la comparecencia oral y privada
para el 02 de marzo del 2010, para elevar las gestiones ante el Órgano Decisor
(ver folio 0476 del expediente administrativo). 8-) Que con el oficio
CIPA-898-2010 del 29 de abril del 2010, se solicitó al Colegio Federado de
Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica, información con respecto al contrato
de licitación restringida LR-2001-008; misma que tuvo respuesta en oficio N°
0432-2010-DRP del 20 de mayo del 2010 (Ver folios 0514 al 0516 del expediente
administrativo). 9-) Que con la resolución de las 13:42 horas del 15 de junio
del 2010, se puso en conocimiento prueba, otorgando el plazo de 05 días a los
investigados para presentar manifestaciones (ver folios 0517 y 0518 del
expediente administrativo). 10) Que por medio de oficio CIPA-1717-2010 del 17
de agosto del 2010, se remite expediente administrativo, para que se resuelva
conforme a derecho el recurso de apelación interpuesto por Cristian Montero
Barrantes, contra el traslado de cargos (ver folio 524 del expediente). 11-)
Que con la resolución de las 11:34 horas del 14 de setiembre del 2010, se
procedió a excluir del Procedimiento Administrativo al Ing. Cristian Montero
Barrantes por cuanto nunca fue contratado por la empresa como Director Técnico
del Proyecto (ver folio 0536 al 0554 del expediente administrativo). 12-) Que
mediante resolución de las 13:20 horas del 12 de octubre del 2010, se convoca a
la continuación de la comparecencia oral y privada para el día 03 de febrero
del 2011 (ver folios 0555 al 0557 del expediente administrativo). 13-) Que la
comparecencia Oral y Privada inició a las 09:00 horas del 03 de febrero del
2011, estando presentes los señores Dr. Enrique Kelly Mora y Lic. Florencio
Acuña Ortiz, recibiendo los testimonios de los funcionarios de Auditoría
Interna, Licda. Oriana Matarrita Hernández y el Ing. Cristian Bonilla Bejarano;
el Lic. José Miguel Villalobos apoderado del Lic. Florencio Acuña Ortíz
presentó las conclusiones en el acto. Concluyendo la audiencia a las 14:30
horas del 03 de febrero del 2011, por motivo de haber abarcado toda la prueba
testimonial, se otorgó un plazo de 03 días para presentar el escrito de alegato
de conclusiones (ver «folios 0580 al 0606 del expediente administrativo). 14-)
Que por medio de oficio CIPA N° 1256-12 del 18 de junio del 2012, el Órgano
Director le pidió a la Gerencia Médica, una solicitud para ampliar las pruebas
de acuerdo al artículo 319 de la Ley General de la Administración Pública (ver
folios 0680 del expediente administrativo), y dicha Gerencia como Órgano
Decisor, autorizó lo solicitado mediante oficio 22940-15-ICHG-12 del 20 de
junio del 2012 (ver «folio 682 del expediente administrativo). 15-) Que según
lo anterior, el Órgano Director requirió la prueba documental, mediante oficio
CIPA-1348-2012 del 23 de junio del 2012 a la Dirección Regional de Servicios de
Salud Chorotega (ver folio 683 del expediente administrativo). 16-) que por
medio de oficio CIPA-1574-2012 del 26 de julio del 2012, se efectuó
recordatorio de la solicitud efectuada por el Órgano Director a la Dirección
Regional de Servicios de Salud Chorotega (ver «folio 685 del expediente
administrativo). 17-) Que mediante oficio DRSSCH-1012-08-2012 del 10 de agosto
del 2012, la Dirección Regional de Servicios de Salud Chorotega, remitió al
Órgano Director el oficio DG-CASI-541-2012 del 08 de agosto del 2012, suscrito
por el Dr. Armando Umaña Tabash, Director General a. í. del CAIS de Cañas, en
el cual se refiere al uso que se le dio al ebais de Barrio La Unión de Cañas,
proveniente de la Licitación Restringida LR-2001-008 (ver folios 689 al 691 del
expediente administrativo). 18-) Que mediante oficio CIPA N° 1715-12 del 14 de
agosto del 2012, el Órgano Director le solicitó a la Dirección de Arquitectura
e Ingeniería de la CCSS, si dentro de los archivos de la Dirección se localizaban
documentos relacionados con la contratación de la construcción del ebais Barrio
La Unión de Cañas, Guanacaste Dirección Regional de Servicios de Salud
Chorotega, desarrollada por medio de la Licitación Restringida 2001-008 (ver
«folios 692 del expediente administrativo). 19-) Que la Dirección de
Arquitectura e Ingeniería CCSS, contestó remitiendo el oficio DAT-1547-2012 del
20 de agosto del 2012, con información certificada (ver folios 01 al 162 del
legajo de prueba 2, al expediente principal), prueba que se puso en
conocimiento de las partes mediante resolución de las 14:59 horas del 23 de
agosto del 2012 (ver folios 694 y 695 del expediente administrativo). 20-) Que
el Órgano Director analizó las pruebas, y de todos los hechos investigados,
tuvo por demostrado lo siguiente: A- Que el Dr. Enrique Kelly Mora en su
condición de Director de la Dirección Regional Servicios Médicos, Región
Chorotega, no efectuó los estudios de pre-factibilidad para iniciar el
proyecto, requerido para valorar los aspectos de índole técnico,
administrativo, legal y financiero, de la contratación de la Licitación
Restringida LR- 2001-008 para la construcción de la obra del ebais de Barrio la
Unión de Cañas, Guanacaste (ver folios 664 al 666 del expediente
administrativo). B- Que la Licitación Restringida LR-2001-008, adjudicada por
un monto de 014.696.285.45 (catorce millones seiscientos noventa y seis mil
doscientos ochenta y cinco colones con 45/100.-), no debía ser refrendada por
la Contraloría General de la República, ya que de acuerdo a la información
presupuestaria del 2001 de la Contraloría, y el artículo 4 del Reglamento cobre
el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, dicho trámite
no era un requisito, por lo que en este punto no existe responsabilidad del Dr.
Kelly Mora (ver folios 0272 y 0291 del legajo de prueba). C- Que durante el
proceso de construcción del ebais de Barrio La Unión de Cañas existió
incumplimiento contractual de parte del Arg. Gilmar Contreras Briceño ya que se
comprobó que no existió una adecuada fiscalización y supervisión de la obra en
calidad de profesional designado, quien por medio de ampliación al contrato
LR-2001-001 se contrató además para la elaboración de planos y supervisión de
la Construcción del ebais de Barrio La Unión de Cañas, elaborando solo 3
informes de los 5 acordados en el contrato y no emitiendo las Bitácoras
correspondientes, situación que fue corroborada por el Órgano Director ante el
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica en el cual se indicó
que no se encontró ningún proyecto tramitado por la CCSS y por la Empresa
Desarrollos Gran Tempisque (ver folios 0166 al 0188 y 516 del expediente
administrativo). D- Que la empresa Constructora Desarrollos Gran Tempisque DGT
S.A. incumplió con la fecha de entrega del edificio del ebais Barrio la Unión
de Cañas, siendo la fecha programada para el 19 de febrero del 2002, sin
embargo el Arg. Contreras Briceño solicitó se ampliara el plazo de entrega por
tres semanas adicionales hasta el 12 de marzo del 2002, fecha que tampoco se
cumplió, se extendió al 19 de marzo del 2002, mismo plazo que también se
incumplió hasta el 23 de abril del 2002, en donde se recibió provisionalmente
de manera satisfactoria el edificio por parte del Arg. Contreras Briceño, el
Dr. Enrique Kelly Mora y el Lic. Rolando Matarrita Matarrita, con la
participación del Sr. Walter Ocampo Segura, representante de la Empresa
Desarrollos Gran Tempisque DGT S.A, según acta 001-002-ROP, sin embargo, 14
días después aparecieron irregularidades en el edificio que fueron consideradas
para la clausura por parte del Ministerio de Salud (ver folio 0327 del Legajo
de prueba 1). F- Que el Dr. Enrique Kelly Mora, ejecutó la Garantía de
Cumplimiento por entrega tardía de la obra, por la suma de 1.675.000.00 (un
millón seiscientos setenta y cinco mil
colones), a la Empresa Desarrollos Gran Tempisque DGT S. A. (ver folios 0295 al
0301 del Legajo de prueba 1). G- Se logró demostrar responsabilidad del Dr.
Enrique Kelly Mora, en calidad de Director Regional de Servicios Médicos de la
Región Chorotega, por no establecer a priori los mecanismos que permitieran
constatar una adecuada inspección, supervisión y control de las labores
desarrolladas por el Arg. Gilmar Contreras Briceño, profesional responsable de
la inspección en la ejecución de la construcción del ebais de Barrio La Unión
de Cañas, debidamente documentadas; recibiendo a satisfacción una obra que días
después presentaba fallas de construcción, lo que ocasionó que el Centro Médico
fuera clausurado por Orden Sanitaria del Ministerio de Salud 021/2004 (ver
folios 0296 y 0297 del expediente administrativo). II- Y finalmente, se
demostró que el 20 de julio del 2006, el Ministerio de Salud Regional de Cañas,
ordenó el cierre temporal del ebais de Barrio La Unión de Cañas, por problemas
en la cimentación por un deficiente proceso de compactación del suelo,
emitiendo la Orden Sanitaria 006/2006, causando a partir de ese momento que las
instalaciones no volvieran a ser utilizadas más, y por ello, en el año 2012 se
procedió a la demolición del inmueble (ver folios 0296 al 0307, 690 y 691 del
expediente administrativo). 21-) Luego del análisis respectivo, mediante
resolución de las 15:46 horas del 08 de octubre del 2012, el Órgano Director
del procedimiento, emitió su Informe de Conclusiones, cuya desenlace estableció
en lo que interesa, lo siguiente:
Considerando:
Como lo indica la Dirección
Jurídica en su oficio DJ-03906-2013, en lo que interesa reza: “(...) Con
fundamento en la prueba previamente recabada y analizada, así como en la
normativa anteriormente citada, este Órgano Director llega a la conclusión, de
que en el caso concreto fue demostrada la conducta imputada al procedimentado
Dr. Enrique Kelly Mora como autoridad superior de la Dirección Regional Servicios
de Salud Chorotega, en lo que respecta al hecho de no establecer los mecanismos
a priori, que permitieran constatar una adecuada supervisión y control de las
labores desarrolladas por el Arq. Gilmar Contreras Briceño, profesional
responsable en la ejecución de la construcción del ebais de Barrio La Unión de
Cañas. Ya que al momento de recibir la obra este no detectó las fallas que
presentaba, la cual se recibió satisfactoriamente; pero que en la inspección
del personero por parte Ministerio de Salud Regional de Cañas clausuró la obra
por las fallas expuestas en la Orden Sanitaria 006/2006 al Centro Médico.
Además omitió solicitar e instruir que se efectuaran los estudios técnicos de
prefactibilidad y factibilidad, mediante los cuales se definieran las condiciones
y especificaciones del inmueble, en función de las necesidades de la población
de La Unión de Cañas. No se tiene por demostrado responsabilidad alguna del Dr.
Enrique Kelly Mora, Director Regional, por haber adjudicado el quince de marzo
del dos mil uno a favor de la empresa Castro & De la Torre S.A. y por un
monto 0274.000.00 (doscientos setenta y cuatro mil colones), proveniente de la
Compra Directa N° 2001-004 “Servicios Profesionales para Estudio de Mecánica de
Suelos en Barrio Unión, Cañas”, en razón que este requisito era indispensable
con el fin de proceder a la donación del terreno donde se iba a efectuar la
construcción del ebais, no le era aplicable además el acuerdo de Junta
Directiva, artículo 9, sesión 7558 del veintiocho de junio del dos mil uno. Se
logró demostrar, que la Licitación Restringida LR-2001-008 fue adjudicada por
un monto de 14. 696.285.45 (catorce millones seiscientos noventa y seis mil
doscientos ochenta y cinco colones con 45/100.-), este no debía ser refrendado
por la Contraloría General de la República, de acuerdo a la información
presupuestaria 2001 en la que no se incluía como órgano o entidad a la
Dirección Regional de Servicios de Salud Chorotega, conforme a la Resolución
N°. 5-DI-AA-2001 y art. 4 del Reglamento Sobre Refrendo de las Contrataciones
de la Administración Pública, por dicho motivo no existe responsabilidad del
Dr. Kelly Mora. No se tiene por acreditado, responsabilidad alguna del Dr.
Guillermo Santiesteban Ávila, fingiendo en aquel momento como Director Regional
de Servicios de Salud Chorotega, por haber otorgado, por medio del oficio DRSMC
H-0212-2002 del veintiocho de febrero del dos mil dos, una ampliación del
contrato de construcción, en razón que la misma fue concedida de conformidad
con el artículo 14 del Reglamento de Contratación Administrativa vigente a la
.fecha, ya que se logró evidenciar que por medio de recomendación del
Profesional Gilmar Contreras Briceño en aquel entonces fue que basó su decisión
de ampliar la misma. Al Lic. Florencio Acuña Ortiz no se le demuestra. falta al
adjudicar y refrendar la Compra Directa 2001-004 a la empresa Castro & De
la Torres S. A. quien realizara el estudio Geotécnico y Mecánica de Suelos,
siendo requisito previo para construir una localidad destinada a ser un Centro
de Atención Integral y demostrar su idoneidad. Se logró demostrar, que durante
el proceso de construcción del ebais de Barrio La Unión de Cañas existió
incumplimiento contractual de parte del Arg. Gilmar Contreras Briceño ya que se
comprobó que no existió una adecuada inspección, fiscalización y supervisión a
la empresa Constructora Desarrollos Gran Tempisque DGT S.A. de la obra en
calidad de profesional designado, quien por medio de ampliación al contrato
LR-2001-001 se contrató además para la elaboración de planos y supervisión de
la Construcción del ebais de Barrio La Unión de Cañas, elaborando solo 3
informes de los 5 acordados en el contrato y no emitiendo las Bitácoras
correspondientes, situación que .fue corroborada por el Órgano Director ante el
Colegio Federado de Ingenieros y Arquitectos de Costa Rica en el cual se indicó
que no se encontró ningún proyecto tramitado por la Caja Costarricense de
Seguro Social y por la Empresa Desarrollos Gran Tempisque. Se logró demostrar,
que la empresa Constructora Desarrollos Gran Tempisque DGT S.A. incumplió con
la .fecha de entrega del edilicio del ebais Barrio la Unión de Cañas, siendo la
fecha programada para el diecinueve de febrero del año dos mil dos, sin embargo
el Arq. Gilmar Contreras Briceño solicitó se ampliara el plazo de entrega por
tres semanas adicionales hasta el doce de marzo del dos mil dos, fecha que
tampoco se cumplió, se extendió al diecinueve de marzo del dos mil dos, mismo
plazo que también se incumplió hasta el veintitrés de abril del dos mil dos, en
donde se recibió provisionalmente de manera satisfactoria el edilicio por parte
del Arg. Gilmar Contreras Briceño, Dr. Enrique Kelly Mora y el Lic. Rolando
Matarrita Matarrita, y con la participación del Sr. Walter °campo Segura, Representante
Legal de la Empresa Desarrollos Gran Tempisque DGT S.A, así aprobado y .firmado
en el acta 001-002-ROP sin embargo, catorce días después aparecieron
irregularidades en el edificio que fueron consideradas para la clausura por
parte del Ministerio de Salud. Por lo anterior el daño patrimonial fue por la
suma de 015.995.960,34 (quince millones, novecientos noventa y cinco mil,
novecientos sesenta colones con treinta y cuatro céntimos), que rebajándole la
suma de 0366.484,00 (trescientos sesenta y seis mil, cuatrocientos ochenta y
cuatro colones) por concepto de materiales que fueron extraídos de previo a la
demolición, para ser debidamente utilizados, el total es por el monto de
015,629.476,34 (quince millones, seiscientos veintinueve mil, cuatrocientos setenta
y seis colones, con treinta y cuatro céntimos), suma que deberá ser pagada de
manera subsidiaria por el Dr. Enrique Kelly Mora, Gilmar Contreras Briceño y la
empresa Desarrollos Gran Tempisque DGT S. A. (...). Por todo lo anterior, y
siendo que la Administración tuvo por demostrados los hechos enunciados en el
antecedente 20 del presente oficio, considerando el informe de conclusiones
enunciado en el antecedente 21 del presente oficio, en aplicación del artículo
213 de la Ley General de la Administración Pública, con vista en el expediente
CIPA 030¬09, en los oficios CIPA 1597-13 y DJ-03906-2013, se debe suspender con
cuatro días sin goce de salario al Dr. Enrique Kelly Mora, por lo que se debe
ordenar a la Oficina de Recursos Humanos de la Dirección Regional de Servicios
de Salud Chorotega, realizar lo que en derecho corresponde en relación a
ejecutar la sanción disciplinaria. Se debe inhabilita por dos años para
participar con la Administración Pública como proveedor, en procesos de
contratación administrativa, al señor Arg. Gilmar Contreras Briceño, y a la
Empresa Desarrollos Gran Tempisque DGT S. A. Se debe instruir para que de
requerir la Administración activa, realice las notificaciones mediante diario
oficial. Se debe sancionar al Dr. Enrique Kelly Mora, cédula 1-399-1099, al
pago solidario conjuntamente con el Arq. Gilmar Contreras Briceño y con la
Empresa Desarrollos Gran Tempisque DGT S.A, cédula 3-101-305309, a pagar la
suma de 15,629.476,34; quince millones, seiscientos veintinueve mil, cuatrocientos
setenta y seis colones, con treinta y cuatro céntimos, y se debe ordenar a la
Dirección Regional Chorotega de la CCSS, a realizar las acciones de regreso
correspondiente, para recuperar el monto de 15.629.476.34, como en efecto se
hace. Por tanto,
Con vista en los hechos y citas de derecho
supra, el expediente CIPA 030-09, oficios CIPA 1597-13 y DJ-03906-2013, se
resuelve: al Dr. Enrique Kelly Mora por encontrarse jubilado no se aplica la
sanción administrativa. Se inhabilita
por dos años para participar con la Administración Pública como proveedor, en
procesos de contratación administrativa, al señor Arq. Gilmar Contreras
Briceño, cédula 5-221-738, y a la Empresa Desarrollos Gran Tempisque DGT S.A.
cédula jurídica 3-101-305309. Se instruye a la Dirección Regional de Servicios
de Salud Chorotega de la CCSS, realizar lo que en derecho corresponde, en la
Gerencia de Logística, Dirección Técnica de Bienes y Servicios, Registro de
Proveedores, en relación con la incorporación/publicación de la inhabilitación.
Se Sanciona patrimonialmente al Dr. Enrique Kelly Mora, al Arq. Gilmar
Contreras Briceño, a pagar de manera solidaria, la suma de ₡15,629.476,34;
quince millones seiscientos veintinueve mil, cuatrocientos setenta y seis
colones, con treinta y cuatro céntimos, conjuntamente con la Empresa
Desarrollos Gran Tempisque DGT S.A. Se le ordena a la Dirección Regional
Chorotega de la CCSS, realizar las acciones de regreso correspondientes por el
monto antes anotado, Notifíquese, a Dr. Enrique Kelly Mora al fax
2291-7492, al Arq. Gilmar Contreras
Briceño a 2248-2220. A la Empresa
Desarrollos Gran Tempisque DGT S.A, - señor Walter Ocampo Segura, portador de
la cédula número 5-0218-0734, en su condición de apoderado de la Empresa
Desarrollos Gran Tempisque DGT Sociedad Anónima, con domicilio en San Pedro de
Barva, costado sur de CICAFE casa 6. Se instruye a la Dirección Regional
Chorotega de la CCSS, realice las notificaciones que requiera mediante Diario
Oficial La Gaceta.
Dra. María
Eugenia Villalta Bonilla, Gerente Médica.— 1 vez.—( IN2017142001 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000013-CNR
Contratación para el servicio de
transporte dentro del país
para funcionarios y personas autorizadas
por el SINAES, según demanda
El Consejo Nacional de Rectores
avisa a los interesados en participar en la Licitación Abreviada
2017LA-000013-CNR que se prorroga la fecha de apertura de ofertas para el 4 de
julio del 2017, a las 14:00 horas.
Pavas, 7 de
junio del 2017.—MAP Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 16416.—Solicitud N° 86866.—( IN2017142337 ).
HOSPITAL DR. MAXIMILIANO PERALTA JIMÉNEZ
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000025-2306
Consumibles varios para ventiladores
mecánicos bajo
la modalidad de entrega según demanda
El Hospital Dr. Max Peralta
Jiménez de Cartago, comunica a todos los interesados que el cartel de
licitación ha sido objeto de algunas modificaciones producto de la resolución
de recursos de objeción interpuestos en contra del cartel de licitación, por lo
que las mismas pueden ser consultadas en la página web de la institución en la
siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones, también pueden ser
solicitadas a través del teléfono 2591-1161 y se le enviarán por correo
electrónico o bien, pueden pasar a nuestras oficinas por una copia del
documento.
Además se les comunica que la fecha para la
recepción y apertura de ofertas se traslada para el 16 de junio de 2017, a las
10:00 a. m.
Lo anterior con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 81 y siguientes de la Ley de Contratación Administrativa y
178 y siguientes de su Reglamento
Cartago, 07 de junio del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Carlos Coto Arias, Coordinador.— 1 vez.—( IN2017142034 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000026-01
(Prórroga)
Compra de unidad móvil para
impartir capacitación
y formación profesional en refrigeración
y aire acondicionado en el INA
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en
participar en la Licitación Abreviada 2017LA-000026-01, “Compra de unidad móvil
para impartir capacitación y formación profesional en refrigeración y aire
acondicionado en el INA.”, que el plazo máximo para presentar ofertas de esta
licitación se prorroga para el próximo 29 de junio del 2017, a las 08:00 horas.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 86882.— ( IN2017141960 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000012-01
(Prórroga)
Contratación de servicio de aseo
y limpieza con criterios
ambientales para las instalaciones del INA de Paseo Colón
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en
participar en la Licitación Abreviada 2017LA-000012-01, “Contratación de
servicio de aseo y limpieza con criterios ambientales para las instalaciones
del INA de Paseo Colón, que el plazo máximo para presentar ofertas de esta
licitación se prorroga para el próximo 30 de junio del 2017, a las 08:00 horas.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 86881.— ( IN2017141963 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE
PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000013-02
(Prórroga N° 2 y enmienda N° 1)
Suministro e instalación de
manejadores de aire acondicionado
Les comunicamos a los interesados
en participar en el concurso en referencia, que la fecha de apertura y
recepción de ofertas se prorrogó para el 19 de junio del 2017, a las 10:00
horas. Asimismo, la enmienda N° 1 al cartel estará disponible a través de la
página WEB www.recope.com.
Se recuerda a los proveedores y demás
interesados que a través del sitio WEB www.recope.com, se encuentran publicadas
las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por RECOPE.
Dirección de Suministros.—Ing.
Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.
C. N° 2017-000142.—Solicitud N° 86926.— ( IN2017142309 ).
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
SUBASTA PÚBLICA ADUANERA
De conformidad con la Ley
General de Aduanas N° 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las
13:30 horas del 29 del mes de junio del año 2017, en las instalaciones de la
misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de
JAPDEVA.
Depositario Aduanero: Alcaribe S. A. Código: Código A-265, cédula jurídica: 310170364132.
Dirección: carretera Saopín, frente a la Cervecería Costa Rica
Detalle de la mercancía
Boleta N° A215-33-2015. Consignatario: Bioservicios Ambientales. Movimiento de inventario:
Sin movimiento. Descripción: 1 Caldera horizontal o generador de vapor, marca
ATTSU, modelo RL-1500/8 ;1 Triturador de materiales con dos motores; 4
Recipientes metálicos, grandes, con ruedas y llaves de paso para evacuar
líquidos ; 1 Contenedor ( restos) en mal estado, sin numeración, tamaño 40
pies; 2 Materiales para hospital. Cantidad: 9. Embalaje: PKG. Valor Aduanero:
$4.383,40 Precio Base: ¢317.924,89.
Se informa a los interesados los
siguientes puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. En caso de existir una
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante efectivo o
cheque certificado. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier
interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o
comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio
Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el
tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los
interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario
aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Master.
Gabriel Porras Duran, Subgerente Aduana Limón.—1 vez.—O. C. N° 3400031718.—Solicitud N° 86606.— ( IN2017141676 ).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las
9:30 horas del día 30 del mes de junio del año 2017, en las instalaciones de la
misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de
JAPDEVA.
Depositario Aduanero: Terminales de Limón S. A., Código: A-152, cédula jurídica:
3-10107093206. Dirección: Carretera Saopín, contiguo al Liceo Nuevo de Limón.
Detalle de la mercancía
Boleta Nº A152-61-2014. Consignatario: Kathy Álvarez. Movimiento de inventario:
82338/82339/82340/82341. Descripción: 3 sets de cama marca Logan & Mason; 2
pantalones marca Jeans Sweet y Sassy Girls, tallas 6 y 16; 2 pantalonetas marca
Classis Length, talla 10; 1 play station nuevo, marca Sony PS3, serie
SG659682169, 250MB; 3 paños nuevos, marca Logan & Mason; 3 camisas nuevas,
marca Cima, talla S; 4 pantalonetas, nuevas, tallas 10 y 14, marca Banana Blue;
2 alfombras nuevas, decorativas, marca Pretty Home; 2 pares de pantuflas,
nuevas, marca Tiko; 1 set de tablas de picar marca Hengy nuevas. Cantidad: 23
Embalaje: unts. Valor aduanero: $255,84. Precio base: ¢64.945,03.
Boleta Nº
A152-68-2014.
Consignatario: José Luis García Matarrita. Movimiento de inventario:
81676/81678/81681/81682/81683. Descripción: 5 paños nuevos,
marca Logan y Marvel; 2 alfombras nuevas sin marca; 3 Blusas nuevas marca
Exclusive, For Teen Only y Point; 5 pantalonetas
nuevas marca Jordache, Jingo; 1 pantaloneta de niña, nueva, marca Sweet; 3
camisa de niño nuevas marca OP y Politix; 2 conjuntos de pantaloneta y camisa
de niño, marca Bon Blues; 1 cortina de baño nueva, marca Pretty Home; 1 par de
zapatos Hi Tec nuevos; 2 pares de sandalias nuevas, marca Reef; 1 par de
sandalias nuevas, marca Grendene; 3 vestidos nuevos marca Body Glore,
talla 14; 4 cacheteros nuevos, marca Coutiere y Exclusive; Cantidad: 33
Embalaje: unts. Valor aduanero: $291,54. Precio base: ¢48.211,66.
Boleta Nº A152-01-2015. Consignatario: Martín Moya Pizarro. Movimiento de inventario:
99352-2015. Descripción: 2 llantas nuevas, para vehículo, marca Windforce,
215R15C. Cantidad: 2. Embalaje: unts. Valor aduanero: $61,80. Precio base:
¢8.178,03.
Boleta Nº A152-02-2015. Consignatario: Gladys Marín Buitriago. Movimiento de inventario:
99356-2015. Descripción: 2 llantas nuevas, para motocicleta, marca Chao, 59M.
Cantidad: 2. Embalaje: unts. Valor aduanero: $66,48. Precio base: ¢7.160,96.
Boleta Nº A152-03-2015. Consignatario: Carlos Mata Montero. Movimiento de inventario:
99358-2015. Descripción: 2 llantas nuevas, para camión, marca Riverston, 14pr,
141/136G. Cantidad: 2. Embalaje: unts. Valor aduanero: $110,72. Precio base:
¢14.651,63.
Boleta Nº A152-04-2015. Consignatario: Carlos Molina Castillo. Movimiento de inventario:
99519-2015. Descripción: 4 llantas nuevas, para vehículos, marca Westlake, 31x10.5R15LT.
Cantidad: 4. Embalaje: unts. Valor aduanero: $249,60. Precio base: ¢32.847,74.
Boleta Nº A152-05-2015. Consignatario: Kenneth Carvajal Mesén. Movimiento de inventario:
100018-2015. Descripción: 1 radio para vehículo, nuevo, marca Pioneer. Cantidad:
1. Embalaje: box. Valor aduanero: $102,22. Precio base: ¢25.862,84.
Boleta Nº A152-06-2015. Consignatario: Junior Solórzano Hernandez. Movimiento de inventario:
100012-2015. Descripción: 1 caja conteniendo dos unts de lámparas neblineras
para vehículo, nuevas, modelo GTR500 y 1 radio nuevo para vehículo marca
Pionner, modelo DEH-X7650SD. Cantidad: 2. Embalaje: unts. Valor aduanero:
$125,13. Precio base: ¢28.318,15.
Boleta Nº A152-09-2015. Consignatario: Jimmy Mosquera González. Movimiento de inventario:
100175-2015. Descripción: 3 Llantas nuevas, para vehículo, marca Jinyu, JD 755,
12R22.5-16r. Cantidad:3. Embalaje: unts. Valor aduanero: $398,55. Precio base:
¢52.473,99.
Boleta Nº A152-13-2016. Consignatario: Havells Sylvania CR. Movimiento de inventario:
116189-2016. Descripción: 27 cajas conteniendo 25 unidades cada una, de
lámparas fluorescentes, marca Havells; 3 cajas con 40 unidades por caja de
tubos de luz led, nuevas, marca Ecolumens, modelo UL-18W-100, y 420 cajas
conteniendo 25 unidades cada una, de lámparas fluorescentes, marca Havells.
Cantidad: 450. Embalaje: Cajas. Valor aduanero: $1.843,68. Precio base:
¢145.313,59.
Boleta NºA152-16-2016. Consignatario: Uno dos tres Noveltyne S. A. Movimiento de inventario:
119442-2016. Descripción: 500 cargadores nuevos de celular, marca Travel
Charger DCM, año 2016, input:110V-240V, output: automático, carga las baterías
en menos de una hora. Cantidad: 500. Embalaje: unidades. Valor aduanero:
$4.320,00. Precio base: ¢330.863,78.
Boleta Nº A152-32-2016. Consignatario: IM Inversiones Multiaccess Sociedad Anónima.
Movimiento de inventario: 114319. Descripción: 4 Cajas con 10 audífonos nuevos
cada una marca Genius, modelo HS-05A; 11 Cajas con 4 unidades cada uno, de
estuches para cámara, marca Case Logic, modelo DCB304.; 2 Cajas con 6 unidades
cada una de bolsos para computadoras portátiles nuevos, marca Case Logic; 2
Cajas con 4 unidades cada una de mouse nuevos, marca Logitech ; 1 Caja con 4
minimouse nuevos, inalámbricos, edición limitada, marca Logitech; 1 Caja con 4
mouse, nuevos, marca Logitec, modelo M185, reed, SAMR; 2 cajas con 100 unidades
cada uno, de mouse nuevos, marca Genius, modelo DX-110; 4 Cajas con 40 unidades
cada una de mouse nuevos, marca Genius microtraveler mini notebook; 8 Cajas con
40 unidades cada una con mouse nuevos, marca Genius; 8 Cajas con 20 unidades
cada una con mouse, nuevos, marca Genius, DPI. Cantidad: 43. Embalaje: Cajas.
Valor Aduanero: $5.533,19. Precio base: ¢443.997,99.
Se informa a los interesados los
siguientes puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. En caso de existir una
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante efectivo o
cheque certificado. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier
interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o
comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio
Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el
tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los
interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario
aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Master.
Gabriel Porras Durán, Subgerente Aduana Limón.—1 vez.—O. C. Nº 3400031718.—Solicitud Nº 86608.— ( IN2017141678 ).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas N° 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las
13: 30 horas del 30 del mes de junio del año 2017, en las instalaciones de la
misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de
JAPDEVA.
Depositario Aduanero: Encaspi S. A. Código: A-169, cédula jurídica: 3-101-34326734.
Dirección: carretera Saopín, 100 metros este de la entrada a Río Blanco.
Detalle de la mercancía
Boleta NºA169-05-2016. Consignatario: Sorokin Maksim. Movimiento de inventario:
83440/1963037-2015. Descripción: 1 vehículo usado, marca Volkswagen, modelo
Touareg, año 2004, 3200 centímetros cúbicos, serie WVGBC77L74D075216. Cantidad:
1. Embalaje: VEH. Valor aduanero: $8.561,55. Precio base: ¢5.021.201,60.
Boleta N° A169-12-2016. Consignatario: Jairo Obando Elizondo. Movimiento de inventario:
1975675-2016. Descripción: 1 vehículo usado, marca Mazda, LX, año 2000, 2000
centímetros cúbicos, serie 1YVGF22C8Y5171457. Cantidad: 1. Embalaje: VEH. Valor
aduanero: $2.027,96. Precio base: ¢1.227.065,51.
Se informa a los interesados los
siguientes puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. En caso de existir una
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante efectivo o
cheque certificado. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier
interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o
comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio
Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el
tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los
interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario
aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Master.
Gabriel Porras Duran, Subgerente Aduana Limón.—1 vez.—O. C. N° 3400031718.—Solicitud N° 86613.— ( IN2017141679 ).
De conformidad con la Ley General
de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y reformas, se
detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que serán
subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las 9:30
horas del día 29 del mes de junio del año 2017, en las instalaciones de la
misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de
JAPDEVA.
Depositario Aduanero: Flogar S.
A.
Código: Código A-151
Cédula Jurídica: 3-101035777-28
Dirección: Carretera Saopín, frente a la
entrada de Villa del Mar II, entre predio de Cobal y Talleres de Standard.
Detalle de la mercancía
Boleta NºA151-02-2015.
Consignatario: Danny Vega Salazar. Movimiento de inventario: 165005-2015.
Descripción: 4 llantas para vehículo, nuevas, marca Windforce, 215/70R16.
Cantidad: 4 Embalaje: pkg. Valor Aduanero: $167,20. Precio Base: ¢22.075,69.
Se informa a los interesados los siguientes
puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana correspondiente,
una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee
adquirir.
c. En caso de existir una
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante efectivo o
cheque certificado. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier
interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o
comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio
Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el
tercer grado inclusive.
d. El
costo por concepto de bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio
base, por lo tanto los interesados deben pactar tal rubro directamente con el
respectivo depositario aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Master.
Gabriel Porras Durán, Subgerente Aduana Limón.—1 vez.—O.C. N° 3400031718.—Solicitud N° 86616.— ( IN2017141682 ).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y reformas,
se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que serán
subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las 13:30
horas del día 30 del mes de junio del año 2017, en las instalaciones de la
misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de
JAPDEVA.
Depositario Aduanero: ENCASPI S.
A., Código: A-169 cédula jurídica:
3-101-34326734. Dirección: Carretera Saopín, 100 metros este de la entrada a
Río Blanco.
Detalle de la mercancía
Boleta Nº A169-57-2014. Consignatario: Cristian Valverde Chávez. Movimiento de inventario:
1935211. Descripción: 1 unt surfskimmer; 54 unts de pañitos nuevos, para
limpiar el carro, marca Kirkland; 1 manta para cama, nueva, marca King; 1
paquete con pinchos para asar carne, nuevos, marca Weber Style; 1 set de colcha
con seis piezas de hoja de satén nuevo; 1 set de dos piezas nuevas de
utensilios de cocina de acero inoxidable; 1 paquete con 160 piezas plásticas (
80 tenedores 40 cucharas y 40 cuchillos; 1 set de 2 piezas, nuevo, marca Dexas,
de tabla de cortar medidas; 1 set de rallador y 1 taza recipiente transparente
con tapa y 2 afiladas cuchillas de acero inoxidable; 1 paquete con 10 unidades
de bandejas de goteo; 1 cepillo de tres lados para parrila nuevo, marca Weber;
1 funda para barbacoa, nuevo, marca Weber; 1 cargador de baterías, nuevo marca
Deltran; 1 paquete con dos mangueras nuevas, marca Flex; 2 filtros de aire para
Toyota nuevos, marca TRD; 1 manta para carro, marca Can-am; 1 kit con 4 unidades
de cama cornamusa para vehículo Toyota; 1 paquete con 4 frenos de discos, marca
Toyota, nuevos; 2 cajas con discos de carro, nuevos, marca Toyota Universal; 1
basurero de acero inoxidable, con sensor de movimiento, capacidad 80 litros,
nuevo; 1 organizador nuevo, con 6 compartimientos marca Smart Works; 1 caja con
12 recipientes, nuevos, marca Soft Works de vidrio; 2 sillas ejecutivas, marca
Salsbury. Cantidad: 79. Embalaje: PKG. Valor aduanero: $641,63. Precio base:
¢121.276.15.
Se informa a los interesados los
siguientes puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. En caso de existir una
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante efectivo o
cheque certificado. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier
interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o
comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio
Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el
tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los
interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario
aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Máster
Gabriel Porras Durán, Subgerente Aduana Limón.—1 vez.—O. C. Nº
3400031718.—Solicitud Nº 86617.— ( IN2017141684
).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas Nº 7557 del 08 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las
09:30 horas del día 29 del mes de junio del 2017, en las instalaciones de la
misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de
JAPDEVA.
Depositario aduanero: Bodegas de Aduana. Código: I010. Dirección: Limón centro, contiguo al
Muelle Hernán Garrón, edificio del Ministerio de Hacienda.
Detalle de la mercancía
Boleta Nº I010-01-2016. Consignatario: Haiyan Wu. Descripción: 1 jarra nueva, eléctrica,
marca CHC Nova, modelo DH17-18A y 1 impresora y escáner nueva, marca HP.
Cantidad: 2. Embalaje: Unts. Valor aduanero: $72. Precio base: ¢6.335,18.
Boleta Nº I010-02-2016. Consignatario: Marcos Badilla Rodríguez. Descripción: 1
minicomponente nuevo, modelo CM4530. Cantidad: 1. Embalaje: Unt. Valor
aduanero: $230. Precio base: ¢61.748,97.
Boleta Nº I010-03-2016. Consignatario: Lino Andrés Rodríguez Sandoval. Descripción: 2
parlantes nuevos, marca Sony, modelo SS-EX880Z. Cantidad: 2. Embalaje: Unts.
Valor aduanero: $199,98. Precio base: ¢15.396,49.
Boleta Nº I010-04-2016. Consignatario: Cindy Earl Brown. Descripción: 1 Masajeador de pies
nuevo, modelo SH0601. Cantidad: 1. Embalaje: Unt. Valor aduanero: $100,00.
Precio base: ¢7.900,08. Requiere nota técnica 57.
Boleta Nº I010-01-2017. Consignatario: José Jiménez Chaves. Descripción: 1 Mueble ajustable
nuevo sin marca, para colocar la computadora portátil. Cantidad: 1. Embalaje:
Unt. Valor aduanero: $43.33. Precio base: ¢7.413,68.
Boleta Nº I010-02-2017. Consignatario: Andrey Angulo Ortiz, Julie Hernández Lewis, Isabel
Sánchez Umaña, Elka Poltronieri Venegas y José Jiménez Chaves. Descripción: 1
camisa de caballero, nueva, marca Zyfgfree, talla XL; 1 par de botas de mujer,
nuevas, marca CNP, talla 42; 1 corset de mujer, nuevo, talla M, marca Vaa
Codor; 1pkg rollo de láminas decorativas; 1 vestido de niña nuevos, marca Baby
Show, talla 2-12 años, 100% algodón. Cantidad: 5. Embalaje: Unts. Valor
aduanero: $123,16. Precio base: ¢20.188,41.
Boleta Nº I010-03-2017. Consignatario: Xinia Villanea Rivera/Xinia Alvarado Obando. Descripción:
7 unts adornos navideños, nuevos y un llavero y 1 mueble desarmado, nuevo (tipo
zapatera). Cantidad: 8. Embalaje: Unts. Valor aduanero: $53,44. Precio base:
¢9.265,15.
Se informa a los interesados los siguientes
puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para
poder participar en la subasta es indispensable depositar por concepto de
anticipo y mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de
Aduanas o de la aduana correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio
base de las mercancías que desee adquirir.
c. En
caso de existir una diferencia entre el monto del cheque que funge como
anticipo y el monto de adjudicación de las mercancías, el mismo se debe
cancelar de forma inmediata o más tardar el día hábil siguiente de la
adjudicación, mediante efectivo o cheque certificado. La subasta aduanera es
pública, por lo que cualquier interesado puede tener acceso, con excepción de
participación como postor o comprador, tanto de forma directa o indirecta, de
los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, ni sus parientes con
afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado inclusive.
d. El
costo por concepto de bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio
base, por lo tanto, los interesados deben pactar tal rubro directamente con el
respectivo depositario aduanero.
e. En
el caso de mercancías sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado
debe presentar el debido permiso, licencia o autorización vigente, en el
momento de la subasta.
Master. Gabriel Eduardo Porras Durán, Subgerente Aduana Limón.— 1 vez.—O. C. Nº 3400031718.—Solicitud Nº 86620.—( IN2017141685 ).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las
9:30 horas del día 29 del mes de junio del año 2017, en las instalaciones de la
misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de
JAPDEVA.
Depositario Aduanero: Corporación Aeromar. Código: Código A-168. Cédula jurídica:
3-101-01632104. Dirección: Carretera Saopín, 250 metros oeste Bomba Moín.
Detalle de la mercancía
Boleta N° A168-28-2014. Consignatario: Jonathan Quesada/Eduardo Salazar Bravo. Movimiento de
inventario 78023/78532. Descripción: 1 Bolso de dama nuevo, marca Garfield y 2
alógenos para vehículos, nuevos, marca Laser. Cantidad: 2. Embalaje: Unts.
Valor Aduanero: $401,17. Precio Base: ¢32.276,39.
Se informa a los interesados los
siguientes puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. En caso de existir una
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante efectivo o
cheque certificado. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier
interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o comprador,
tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio Nacional
de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el tercer
grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto,
los interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo
depositario aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Master.
Gabriel Porras Durán, Subgerente Aduana Limón.—1 vez.—O. C. Nº
3400031718.—Solicitud Nº 86605.—(
IN2017142003 ).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las
09: 30 horas del día 30 del mes de junio del año 2017 en las instalaciones de
la misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias
de JAPDEVA.
Depositario Aduanero: Soluciones
Logísticas Globales Soloing SRL. Código: A-255, cédula jurídica: 310267551423.
Dirección: De la entrada de Estrada, 100 metros al este sobre carretera
principal Ruta 32.
Detalle de la mercancía
Boleta Nº A255-03-2016.
Consignatario: desconocido. Movimiento de inventario: 779-2016. Descripción: 1
juego de alfombras nuevas, (3 unts), marca Turkia Marcalisa . Cantidad 1 .
Embalaje: PKG. Valor Aduanero: $61,36. Precio Base: ¢9.962,90.
Boleta NºA215-15-2015.
Consignatario: Mundo Sinaí. Movimiento de inventario: 107922-2014/222-2016.
Descripción: 1 Lote de juguetes usados plásticos, carros, recreativos,
educativos, muñecas; 2 hornos, plásticos para hacer galletas; 1 juguete
plástico, nuevo, sewer dump; 1 juguete plástico nuevo , marca Quercetti, para
niños de 8 y más; 1 pista de carrera
plástica, marca Twin Loop, usada; 1 juguete 3 en 1 (encierro, silla de comer, y
andadera para muñeca), plástico, marca Graco; 1 almohada luz brillante, nueva
marca Twinkling Star; 1 guitarra plástica, tipo eléctrica portátil; 1 juguete 2
en 1, patineta y monopatín, nuevo, marca Little Tikes; 1 diseñador de coches,
marca Hot Wheels, nuevo; 1 lámpara nueva, eléctrica, marca A Christmas Story; 1
coche plástico, para muñeca, nuevo, marca Graco; 1 micrófono y amplificador,
marca Nickelodeon, nuevo. Cantidad 14 . Embalaje: PKG. Valor Aduanero: $138,54.
Precio Base: ¢23.115,34.
Boleta Nº A215-15-2015.
Consignatario: Orange Logistics Sociedad de Responsabilidad Limitada.
Movimiento de inventario: 104941/212-2016. Descripción: 12 ejes para camión
usados, sin marca, de hierro y 48 aros usados, para camión, de hierro, sin
marca. Cantidad 60. Embalaje: UNTS. Valor Aduanero: $1.825,17. Precio Base:
¢434.854,99.
Se informa
a los interesados los siguientes puntos para su consideración:
a. El
interesado puede apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para
observarla dentro del plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder
participar en la subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y
mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la
aduana correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las
mercancías que desee adquirir.
c. En
caso de existir una diferencia entre el monto del cheque que funge como
anticipo y el monto de adjudicación de las mercancías, el mismo se debe
cancelar de forma inmediata o más tardar el día hábil siguiente de la
adjudicación, mediante efectivo o cheque certificado. La subasta aduanera es
pública, por lo que cualquier interesado puede tener acceso, con excepción de
participación como postor o comprador, tanto de forma directa o indirecta, de
los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, ni sus parientes con
afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado inclusive.
d. El
costo por concepto de bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio
base, por lo tanto los interesados deben pactar tal rubro directamente con el
respectivo depositario aduanero.
e. En el
caso de mercancías sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe
presentar el debido permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de
la subasta.
Master.
Gabriel Porras Duran, Subgerente Aduana Limón.—1 vez.—O.C. N° 3400031718.—Solicitud N° 86604.— ( IN2017142012 ).
De
conformidad con la Ley General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995,
su reglamento y reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición
de abandono que serán subastadas públicamente y de forma individual en la
Aduana Limón, a las 13:30 horas del día 29 del mes de junio del año 2016, en
las instalaciones de la misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las
instalaciones Portuarias de JAPDEVA.
Depositario
Aduanero: Sislocar.
Código: Código 171. Cédula jurídica: 3-101-34649016. Dirección: Carretera
Saopín, Contiguo a la Bomba Delta.
Detalle de
la mercancía
Boleta Nº
A171-03-2016.
Consignatario: Corporación SAM. Movimiento de inventario: 201631. Descripción:
1 caja con 29 paquetes con 10 candelas cada una, total 290 unidades, nuevas,
marca Candelux. Cantidad: 1. Embalaje: pkg. Valor Aduanero: $316,10. Precio
Base: ¢25.807,98.
Boleta Nº
A171-04-2016.
Consignatario: Arnold Edward Clark. Movimiento de inventario: 205589.
Descripción: 1 coche de juguete plástico, nuevo marca Step Up2. Cantidad: 1.
Embalaje: pkg. Valor Aduanero: $48,85. Precio Base: ¢7.942,65.
Se informa
a los interesados los siguientes puntos para su consideración:
a. El
interesado puede apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para
observarla dentro del plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. En caso de existir una
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante efectivo o
cheque certificado. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier
interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o
comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio
Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el
tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto,
los interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo
depositario aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Master.
Gabriel Porras Durán, Subgerente Aduana Limón.—1 vez.—O. C. Nº 3400031718.—Solicitud Nº 86603.— ( IN2017142015 ).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas Nº 7557 del 08 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las
13:30 horas del día 30 del mes de junio del 2017, en las instalaciones de la
misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de
JAPDEVA.
Depositario aduanero: Servicios Integrados de Exportación y Logística Sielsa Sociedad
Anónima. Código A-246. Cédula jurídica Nº 310164369002. Dirección: de la
estación de pesaje de Búfalo 3.8 kms carretera a Limón, 150 mts a mano derecha
dentro del Parque Industrial Guanazul JRV S. A.
Detalle de la mercancía
Boleta Nº A246-01-2017. Consignatario: Elayun del Trópico Húmedo S. A. Movimiento de
inventario: 24253. Descripción: 9 cajas conteniendo 1 jamón serrano curado con
hueso con un juego de corte de carne con 2 piezas de madera y un cuchillo de
metal con fecha de vencimiento 02/02/2018 y 16 cajas con 2 jamones serrano
curados sin hueso empacado al vacío con fecha de vencimiento el 15/02/2018, 13
cajas con 2 jamones serranos curados sin hueso empacado al vacío con fecha
vencimiento 09/02/2018. Cantidad: 38. Embalaje: BOX. Valor aduanero: $3.266,20.
Precio base: ¢996.221,36. Requiere nota técnica.
Se informa a los interesados los siguientes
puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para
poder participar en la subasta es indispensable depositar por concepto de
anticipo y mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de
Aduanas o de la aduana correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio
base de las mercancías que desee adquirir.
c. En
caso de existir una diferencia entre el monto del cheque que funge como
anticipo y el monto de adjudicación de las mercancías, el mismo se debe
cancelar de forma inmediata o más tardar el día hábil siguiente de la
adjudicación, mediante efectivo o cheque certificado. La subasta aduanera es
pública, por lo que cualquier interesado puede tener acceso, con excepción de
participación como postor o comprador, tanto de forma directa o indirecta, de
los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, ni sus parientes con
afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado inclusive.
d. El
costo por concepto de bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio
base, por lo tanto, los interesados deben pactar tal rubro directamente con el
respectivo depositario aduanero.
e. En
el caso de mercancías sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado
debe presentar el debido permiso, licencia o autorización vigente, en el
momento de la subasta.
Master.
Gabriel Eduardo Porras Durán, Subgerente Aduana Limón.—1
vez.—O. C. Nº 3400031718.—Solicitud Nº 86602.— ( IN2017142020 ).
Detalle de mercancías que se
rematarán en pública subasta en forma individual en Aduana La Anexión, a las
09:00 horas del día 28 del mes de Junio del 2017, en las instalaciones del
Depositario Aduanero; Almacenes del Pacífico HA Alpha S. A. Código.A222, sita 1
KM este de la entrada al Aeropuerto Internacional Daniel Oduber Quirós, Liberia
Guanacaste. Que de conformidad con la Ley General de Aduanas Ley N° 7557, del
08 de noviembre de 1995, reformada mediante Ley N° 8373 del 05 de setiembre de
2003, las mismas se encuentran en estado de abandono.
Las mercancías aquí descritas se subastarán
en forma individual.
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Se informa que el costo por
concepto de bodegaje de las mercancías amparadas a este remate, no están
incluido en la base, por lo tanto los interesados deberán entenderse
directamente con el respectivo Depositario Aduanero.
La subasta es pública, teniendo acceso a
cualquier particular con las excepciones establecidas en el artículo 73,
párrafo segundo de la Ley General de Aduanas N° 7557, del 08 de noviembre de
1995, reformado mediante la Ley N° 8373 del 05 de setiembre del 2003.
Para ser postor es indispensable depositar
mediante cheque certificado a favor de la Dirección General de Aduanas, la suma
equivalente al 10% del precio base de las mercancías que desee adquirir antes
del inicio del remate, según lo establece el artículo 198, inciso e) del
Reglamento a la Ley General de Aduanas. La diferencia en relación con el monto
previamente depositado deberá cancelarse inmediatamente después de la
adjudicación de las mercancías. Las condiciones son estrictamente de contado,
debiendo efectuarse el pago al concretarse la venta.
Las mercancías podrán ser inspeccionadas
dentro del plazo de tres días previos a la realización del remate.
Para mayor información, consultar al
Depositario Aduanero donde se encuentran las mercancías y al Departamento
Técnico de Aduana La Anexión.
A los interesados en las mercancías que
necesitan permisos (regulaciones no arancelarias) de otras dependencias
gubernamentales, favor presentar los mismos en el momento de la subasta.
Lic. Wilson
Céspedes Sibaja, Director General de Aduanas.—V°B° Damaris Jirón Bolaños,
Gerente Aduana La Anexión.—1 vez.—O.C. N° 3400031718.—Solicitud N° 86710.—(
IN2017142424 ).
CONSULTORES FINANCIEROS COFIN S.
A.
Consultores Financieros Cofin S.
A. En su condición de Fiduciario del fideicomiso denominado “Javier Federico Vargas
León- Consultores Financieros Cofin S. A.- Financiera Desyfin- Analitical
Instruments S. A.”
Se permite comunicar que en cumplimiento con
lo establecido en el fideicomiso indicado, inscrito en el Registro Público al
tomo 2013, asiento 00270159-01, se procederá a realizar el primer remate por el
valor indicado a las 14:30 horas del día 7 de julio del año 2017, en sus
oficinas en Escazú, San Rafael Avenida Escazú Torre AE2, cuarto piso, el
siguiente inmueble: Finca del Partido de San José, matrícula de folio real
número 226618-000,1a cual se describe de la siguiente manera: Naturaleza:
terreno para construir; situada en el distrito primero San Vicente, cantón
catorce Moravia de la provincia de San José, con linderos norte
Fraccionamientos S. A., al sur calle pública con 13,00 m, al este Francisco
Otienza, y al oeste Fraccionamientos S.A.; con una medida de doscientos
cincuenta y cuatro metros con cuarenta y tres decímetros cuadrados, plano
catastro número SJ-0009597-1974, libre de anotaciones y gravámenes. El inmueble enumerado se subasta por la base de
¢66.288.456,74 (sesenta y seis millones doscientos ochenta y ocho mil
cuatrocientos cincuenta y seis colones con 74/100). De no haber oferentes, se
realizará un segundo remate 8 días hábiles después de la fecha del primer
remate, a las 14:30 horas el día 21 de julio del año 2017, con una rebaja del
veinticinco por ciento (25%) de la base del primer remate; en caso de ser
necesario se realizará un tercer remate 8 días hábiles después de la fecha del
segundo remate, a las 14:30 del día 4 de agosto del 2017, el cual se llevará a
cabo con una rebaja del el cincuenta por ciento (50%) de la base del primer
remate. El fideicomisario podrá decidir pagarse hasta donde alcance con la
finca fideicometida en remate, al terminar la primera subasta o cualquiera de
las siguientes subastas si nadie la adquirió. De conformidad con los
términos del contrato de fideicomiso, para que una oferta sea válida, el
oferente deberá entregarle al Fiduciario un quince por ciento (15%) del precio
base, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor
de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario. El o los oferentes
que se hayan adjudicado la finca
fideicometida, tendrán un plazo improrrogable de diez días naturales contados a
partir de la fecha de la subasta para pagarle al Fiduciario el dinero necesario
para completar el cien por ciento del precio de venta de dicha finca, mediante
cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez
que sea de la aceptación del Fiduciario. De no realizar el pago en el plazo
establecido, la subasta se declarará insubsistente, y el quince por ciento del
precio de venta previamente entregado al Fiduciario será conservado por
dicha compañía como indemnización de los daños y perjuicios ocasionados.
San José, 01 de junio del 2017.—Marvin Danilo Zamora Méndez, Secretario.—1 vez.—( IN2017141874 ).
En su condición de Fiduciario
del fideicomiso denominado “Analitical Instruments-Cofin-Financiera Desyfin”.
Se permite comunicar que en cumplimiento con
lo establecido en el fideicomiso indicado, inscrito en el Registro Público al
tomo 2013, asiento 00235419-01, se procederá a realizar el primer remate por el
valor indicado a las 14:30 horas del día 10 de julio del alío 2017, en sus
oficinas en Escazú, San Rafael Avenida Escazú Torre AE2, cuarto piso, los
siguientes inmuebles: A) Finca del partido de San José, matrícula de folio real
número 533443-000, la cual se describe de la siguiente manera: Naturaleza: terreno
para construir; situada en el distrito segundo Granadilla, cantón dieciocho
Curridabat de la provincia de San José, con linderos norte, Rodolfo Carranza,
al sur, calle pública, al este, calle pública, y al oeste, Rodrigo Carranza
Castro, Ricardo Pacheco Carranza, Álvaro Salas González, Xinia Vargas
Rodríguez; con una medida de setecientos cincuenta y ocho metros con ocho
decímetros cuadrados, plano catastro número SJ-0832162-2002, libre de
anotaciones, pero soportando los siguientes gravámenes: Servidumbre trasladada,
inscrita al tomo: 294; asiento: 02074; consecutivo: 01; secuencia 0901;
subsecuentica 001; servidumbre trasladada, inscrita al tomo: 371; asiento:
06213; consecutivo: 01; secuencia 0901; subsecuentica 001. Base del remate
¢136.714.393,75 (ciento treinta y seis millones setecientos catorce mil
trescientos noventa y tres colones con 75/100). B) Finca del partido de
Puntarenas, matrícula de folio real número 190425-000, la cual se describe de
la siguiente manera: Naturaleza: solar con una casa; situada en el distrito
segundo San Juan Grande, cantón segundo Esparza de la provincia de Puntarenas,
con linderos norte, Juan Rodríguez y María Teresa Araya, al sur, servidumbre de
paso de cuarenta y dos metros con seis centímetros en medio de Juan Rodríguez y
María Teresa Araya, al este, calle pública, y al oeste, Juan Rodríguez y María
Teresa Araya; con una medida de dos mil ochocientos veintisiete metros
cuadrados, plano catastro número P-1575229-2012, libre de anotaciones y con el
gravamen reservas de Ley de Aguas y Ley de Caminos Públicos tomo: 431; asiento:
15814; consecutivo: 01; secuencia 0247; subsecuentica 001. Base del remate
¢93.375.208,76 (noventa y tres millones trescientos setenta y cinco mil
doscientos ocho colones con 76/100). C) Finca del partido de Puntarenas,
matrícula de folio real número 191346-000, la cual se describe de la siguiente
manera: Naturaleza: terreno para construir; situada en el distrito San Juan
Grande, cantón segundo Esparza de la provincia de Puntarenas, con linderos norte,
Juan Rodríguez, María Araya, al sur, servidumbre de paso, al este, Juan
Rodríguez, María Araya, y al oeste, Juan Rodríguez, María Araya; con una medida
de mil cuatrocientos noventa y siete metros cuadrados, plano catastro número
P-1615286-2012, libre de anotaciones y con el gravamen reservas de Ley de Aguas
y Ley de Caminos Públicos, tomo: 431; asiento: 15814; consecutivo: 01;
secuencia 0247; subsecuentica 001. Base del remate ¢11.842.053,97 (once
millones ochocientos cuarenta y dos mil cincuenta y tres colones con 97/100).
Los inmuebles enumerados se subastan separadamente por la base indicada en la
descripción de cada finca. De no haber oferentes, se realizará un segundo
remate 8 días hábiles después de la fecha del primer remate, a las 14:30 horas
el día 26 de julio del año 2017, con una rebaja del veinticinco por ciento
(25%) de las bases del primer remate; en caso de ser necesario se realizará un
tercer remate 8 días hábiles después de la fecha del segundo remate, a las
14:30 del día 11 de agosto del 2017, el cual se llevará a cabo con una rebaja
del el cincuenta por ciento (50%) de las bases del primer remate. El
fideicomisario podrá decidir pagarse hasta donde alcance con las fincas
fideicometidas en remate, al terminar la primera subasta o cualquiera de las
siguientes subastas si nadie la adquirió. De conformidad con los términos del
contrato de fideicomiso, para que una oferta sea válida, el oferente deberá
entregarle al Fiduciario un quince por ciento (15%) del precio base, mediante
cheque certificado, dinero en efectivo, o cualquier otro valor de alta liquidez
que sea de la aceptación del Fiduciario. El o los oferentes que se hayan
adjudicado la finca fideicometida, tendrán un plazo improrrogable de diez días
naturales contados a partir de la fecha de la subasta para pagarle al
Fiduciario el dinero necesario para completar el cien por ciento del precio de
venta de las fmcas, mediante cheque certificado, dinero en efectivo, o
cualquier otro valor de alta liquidez que sea de la aceptación del Fiduciario.
De no realizar el pago en el plazo establecido, la subasta se declarará
insubsistente, y el quince por ciento del precio de venta previamente entregado
al Fiduciario será conservado por dicha compañía como indemnización de los
daños y perjuicios ocasionados.
San José, 01 de junio del 2017.—Marvin Danilo Zamora Méndez, Secretario.—1 vez.—( IN2017141876 ).
AVISO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El Banco Nacional de Costa Rica,
Sucursal Alajuela, provincia de Alajuela, avisa a las siguientes personas que
tienen pendiente su retiro de bienes en Custodia por Cajitas de Seguridad
abiertas por incumplimiento de contrato:
Para ver imágenes solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Para mayor información puede
comunicarse al teléfono 2212-0000, extensiones 9216861-9216863-9216889-9216876,
Sucursal Alajuela del Banco Nacional de Costa Rica.
Alajuela, 22 de mayo del 2017.—Licda. Gabriela Berrocal Hernández, Directora de Operaciones.—O. C. N° 524007.—Solicitud N° 85315.—( IN2017139638 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Cooperativa Agrícola Industrial
y de Servicios Múltiples el General R.L., siglas COOPEAGRI El General R.L.,
cédula jurídica 3-004-045099, informa a todos sus asociados especialmente a los
que estuvieron ausentes en la asamblea ordinaria N° 84 del 25 de marzo de 2017,
del siguiente acuerdo con relación a disminución de capital acordado, según se
detalla: Acuerdo N° 13: “La Asamblea con la potestad que le confiere el
artículo N° 69 de la Ley de Asociaciones Cooperativas con respecto a la
reducción del capital social, autorice al Consejo de Administración a la
devolución parcial de capital social hasta por un monto de doscientos cincuenta
millones de colones y como única vez para el presente año, con el objetivo de
coadyuvar en esta situación a los asociados, dicho monto será distribuido entre
los asociados que presenten afectación según lo indicado en el primer
considerando (Que los productores de café asociados a la cooperativa, tuvieron
una afectación severa en la producción, el último año por consecuencia del
cambio climático), que estén activos y que al 31 de diciembre de 2016 presenten
uno o varios créditos con esta cooperativa, no pudiendo ser nunca un número
menor de 20 de esos asociados según establece el mínimo de ley. Asimismo cada
devolución será aplicada a las deudas hasta un porcentaje del capital social de
cada asociado que indique el Consejo de Administración y conforme a la
disponibilidad de los recursos en forma estratégica, que beneficie aquellos que
presentan niveles altos de endeudamiento que les limita mantenerse en su
actividad productiva previo análisis y autorización del Consejo de
Administración. Deberá el Consejo de Administración por medio del señor Gerente
realizar la consulta legal al INFOCOOP, procediendo a realizar dicha devolución
a partir del momento en que se apruebe por la citada institución, realizada la
primera publicación respectiva y una vez transcurrido el plazo de ley. Esta
disminución de capital debe ser comunicada a los asociados que no estuvieron
presentes en la Asamblea y también mediante aviso que se publicará tres veces
en La Gaceta. La devolución surtirá efecto 30 días después de la fecha
de la primera publicación” Acuerdo firme. Se advierte que se está comunicando a
los asociados ausentes a dicha asamblea por medios apropiados y por este aviso,
surtiendo efectos el mismo treinta días después de aquel en que se hizo por
primera vez la publicación, todo con fundamento en el artículo 69 de la Ley de
Asociaciones Cooperativas y Creación del Infocoop, cuyo procedimiento se
respetará para ejecutar esa disminución de capital social, así como que en la
ejecución de esos acuerdos no se sobrepasara la suma que como disminución de
capital autorice el INFOCOOP.
Pérez
Zeledón, 22 de mayo del 2017. MBA Víctor Hugo Carranza Salazar, cédula de
identidad 1-0674-0029 Gerente General de Coopeagri El General R.L., cédula
jurídica 3-004-045099.—MBA Víctor Hugo Carranza Salazar, Gerente General.—(
IN2017139580 ).
Actualización de la tasa a
cobrar de interés por morosidad
Resolución Administrativa
04-2017.—La Municipalidad de Los Chiles en la sesión ordinaria N° 69, celebrada
el martes 7 de marzo del 2017, acuerda por decisión unánime.
A fin de cumplir con lo establecido en el
artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755, en
relación con la tasa de intereses a cobrar por morosidad, Acuerda: Realizar la
debida actualización a una tasa de 14.60% anual, esto debido a que la Tasa
Básica Pasiva, calculada por el Banco Central de Costa Rica, al 23 de febrero
del 2017, es de 4.60% , por lo que la tasa a establecer, por parte de la
Administración Tributaria no podrá exceder en más de diez puntos de la Tasa
Básica Pasiva, es decir 14.60% anual, equivalente a 1.21% mensual.
Resolución Administrativa 03-2017, Jacobo
Guillén Miranda, Alcalde Municipal-al ser las once horas y cuarenta y siete
minutos, del día 17 de mayo del 2017.
Manual de Valores Base Unitarios por
Tipología Constructiva del año 2015 y Plataforma de Valores de Terrenos para
Uso Agropecuarios.
La Municipalidad de Los Chiles, mediante
Resolución Administrativa N° 04-2017, acuerda lo siguiente:
La Adhesión al documento “Manual de Valores
Base Unitarios Portipología Constructiva”, publicado por el órgano de
Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda en el Alcance N° 19 a La
Gaceta N° 57 del lunes 23 de marzo del año 2015; así como todos los adendums
que el órgano de Normalización Técnica emita con el objeto de corregir y/o
aclarar los contenidos de dicho Manual para efectos de cumplir lo indicado en
la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de 9 de mayo de 1995, y sus
reformas, N° 7509, así como la publicación de las “Plataformas de Valores de
Terrenos Agropecuarios” de conformidad con los artículos 3 y 12 de la Ley de
Impuesto sobre Bienes Inmuebles N° 7509 y su reformas, la Sentencia 1073-2010
del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, la Resolución de la Sala
Constitucional N° 2011-003075 del 09 de marzo de 2011 y el artículo 2 de la Ley
N° 9071, Ley de Regulaciones Especiales sobre la Aplicación de la Ley N° 7509,
Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de 9 de mayo de 1995, y sus reformas,
para Terrenos de uso Agropecuario, Decreto Legislativo N° 9071, y en aras de
dar cumplimiento a su competencia, esta Administración Tributaria procede a
publicar la matriz de información de la Plataforma de Valores de Terrenos
Agropecuarios del cantón de Los Chiles, suministrada por el órgano de
Normalización Técnica, Dirección General de Tributación, Ministerio de
Hacienda.
Para ver imagen solo en La Gaceta con firma digital en PDF
Esta herramienta será utilizada para la
determinación administrativa de la base imponible de los bienes inmuebles de
uso agropecuario del Cantón, para todos los procesos de declaración y de
valoración de bienes inmuebles a partir de la presente publicación.
Resolución Administrativa 04-2017.
Los Chiles, 17 de mayo del 2017.—Jacobo Guillén Miranda, Alcalde.—1 vez.—( IN2017139852 ).
UNIÓN NACIONAL DE TÉCNICOS
PROFESIONALES DEL TRÁNSITO
SECRETARÍA GENERAL
Convocatoria a asamblea general
extraordinaria
La Unión Nacional de Técnicos
Profesionales de Tránsito, conocida por las siglas de U.N.A.T.E.P.R.O.T.,
cédula de persona jurídica N° 3-011-131805, y que por acuerdo de asamblea
general, convoca a todos sus afiliados a la asamblea general extraordinaria;
misma que se celebrará en el salón comunal de la comunidad de Barrio Córdoba,
sita San José, Central, de la Delegación de la Policía de Tránsito en Zapote
300 metros sur y 75 suroeste, contiguo al parque donde está el puente peatonal
sobre la ruta 39. Dicha asamblea se celebrará como mandan nuestros estatutos
artículo 15 inciso C, llamando a una primera convocatoria para el día sábado 24 de junio del año 2017, a las 08:00
horas; con la presencia de la totalidad de nuestros afiliados; de no poder
realizarse, la misma se efectuará en segunda convocatoria el día sábado 1er de julio de 2017, a las 08:00 horas con la asistencia de la
mitad más uno de la totalidad de los afiliados, de no poder realizarse en
segunda convocatoria la misma se efectuará ese mismo día en tercera
convocatoria a las 9:00 con la cantidad de los afiliados que se encuentren
presentes, asamblea extraordinaria convocada por los siguientes motivos:
1- Revisión y aprobación de
cambios en los estatutos de la organización.
2- Sustitución de miembros de
junta directiva.
Se hace saber que según lo dispuesto
por la Ley 8901 y por la Directriz 017-2011; del veinticinco de abril del año
dos mil once; emanada por la entonces Ministra de Trabajo Licda. Sandra Piszk
Feinzilber; es indispensable la presencia de nuestras cuarenta y tres compañeras afiliadas a nuestra Organización
Laboral para que así se pueda cumplir con lo establecido anteriormente; como lo
es la participación en la conformación de las Juntas Directivas de todas las
Organizaciones Laborales por la Equidad
de Género.
Habrá
almuerzo y gastos de traslado para los compañeros que asistan de las
delegaciones fuera del casco metropolitano.—Lic. Homer Alfaro Muñoz, Secretario
General.—1 vez.— ( IN2017142352 ).
VD&A VILLADELOSÁNGELES SOCIEDAD ANÓNIMA
La sociedad VD&A
Villadelosángeles Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-370108,
convoca a la totalidad de propietarios de acciones comunes y nominativas, a la
asamblea general extraordinaria a celebrarse en su domicilio social a las 08:00
horas del 28 de junio del 2017, en primera convocatoria, y en segunda
convocatoria a las 09:00 horas del mismo día, Asamblea en la cual se conocerá
el siguiente orden del día: 1) Comprobación del quórum, 2) Lectura del orden
del día, 3) Autorización al presidente de la junta directiva para vender los inmuebles propiedad de esta sociedad inscritos en el
Registro Inmobiliario provincia de Heredia matrículas de folio real números:
194856-000 y 250699-000, 4) Reforma a las cláusulas 2 y 6 del acta constitutiva
de la sociedad. 5) Autorización del presidente de la junta directiva, para
hipotecar el inmueble de la provincia de Heredia matrícula de folio real
4-250699-000, a favor del Banco Nacional de Costa Rica o cualquiera otra
entidad bancaria o financiera, con la finalidad de responder por un crédito
hipotecario de ¢45.000.000. 6) Autorización al notario público Iván
Villalobos Ramírez, para que protocolice el acta en forma literal o en lo
conducente.—San Rafael de Heredia, 08 de junio del 2017.—Marcelino Blanco
Jiménez, Presidente.—1 vez.—( IN2017142391 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
FEAMATEA S. A.
Feamatea S. A. (la “Compañía”),
de esta plaza, con cédula jurídica N° 3-101-215257, de conformidad con el
artículo 689 del Código de Comercio, manifiesta que procederá a realizar la
reposición de los certificados de acciones 01, 02, 03, 04 y 05. Quien se
considere afectado puede manifestar su oposición en el término de un mes
contado a partir de la última publicación de este aviso en el Diario Oficial La
Gaceta y en un diario de circulación nacional. Las oposiciones podrán ser
dirigidas a las oficinas del Bufete Facio & Cañas, ubicadas en San José,
Sabana Business Center, piso 11, Bulevar Rohrmoser y calle 68. Transcurrido el
término de ley, sin que hayan existido oposiciones y habiéndose cumplido con
todo lo que establece el artículo 689 del Código de Comercio, se procederá con
la reposición solicitada.—San José, 24 de mayo de 2017.—Lic. Roberto Leiva
Pacheco, Notario.—( IN2017139550 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
HOTEL Y RESTAURANTE GIARDINO TROPICALE
Para efectos de lo dispuesto en
los artículos 478 y siguientes del Código de Comercio, se anuncia la venta del
establecimiento mercantil denominado Hotel y
Restaurante Giardino Tropicale, en Nosara, Nicoya, Guanacaste, perteneciente y
operada por Lagarta Hotel Nosara S. A. y Las Cuatro Cucharas de Nosara Ltda. Se
cita a acreedores e interesados para que se presenten dentro del término de 15
días, a partir de la primera publicación de este aviso a hacer valer sus
derechos, con el Lic. José Pablo Arce Piñar, abogado, correo electrónico:
jpa@sferalegal.com. Teléfono: 2201-0000. Dirección: San José, Escazú, San
Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Pórtico, tercer piso,
oficina número 3. Es todo.—San José, 29 de mayo del 2017.—Lic. José
Pablo Arce Piñar, Notario.—( IN2017139747 ).
UNIVERSIDAD FIDÉLITAS
Ante el Departamento de Procesos
Académicos de la Universidad Fidélitas, se ha presentado solicitud de
reposición de diploma por extravío, correspondiente al título de: Bachiller en
Ingeniería Industrial, registrado en el libro
de títulos de la Universidad en el tomo: V, folio: 287, asiento: 4033 e
inscrito en el CONESUP código tomo: 12, folio: 232, asiento: 4974, a nombre de
Omar Valle Vásquez, cédula de residencia número 155800880122. Se publica este
edicto para oír oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—San José,
30 de mayo de 2017.—Departamento de Procesos Académicos.—M.Sc. Emilia Gazel
Leitón, Directora.—( IN2017139806 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
GRUPO MUTUAL ALAJUELA-LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado
por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor (a) Virgita Chaves
Herrera, ha presentado ante esta Entidad, solicitud de reposición de su(s)
cupón(s) colones Nº 118-301-803301471082 por un monto de ¢791,647,57 emitido el
16-05-2016 y con vencimiento el día 16/11/2016 y su respectivo cupón por un
monto de ¢22,167; del Nº 118-301-803301478167 por un monto de ¢1,666,968,95 y
su respectivo cupón por un monto de ¢45,424,80 emitidos ambos el día 04/07/2016
y con fecha de vencimiento del 04/01/2017 y por último el Nº
118-301-803301482254 por un monto de ¢389,527,21 emitido el día 30/07/2016 con
fecha de vencimiento al 31/01/2017 y su respectivo cupón por un monto de
¢10,614.60.—Randall Quesada Rodríguez, Gerente CN Heredia.—( IN2017139845 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Mediante escritura número 1 otorgada a las
08:00 del 17 de mayo del 2017, en el tomo 17 del protocolo del notario Walter Gómez
Rodríguez, se reforma la cláusula quinta del pacto social, referente al capital
social de la sociedad denominada Eskiathos de Grecia Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número jurídica 3-101-264927.—San José, 17 de
mayo del 2017.—Lic. Walter Gerardo Gómez Rodríguez, Notario.—( IN2017139635 ). 3 v. 2
Por instrumento público número ochenta y nueve, otorgado en mi notaría en San José, emitida a las catorce horas del tres de mayo del dos mil diecisiete, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad C and M Investment Group Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-doscientos setenta y cuatro mil cuatrocientos catorce, mediante la cual se modifica la cláusula quinta, referida al capital social.—San José, tres de mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo José Zúñiga Brenes, Notario.—( IN2017139802 ). 3 v 2.
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
El suscrito notario hace constar que mediante
la escritura número ciento cuarenta y uno-trece de mi protocolo, se disuelve la
sociedad anónima Bio System Nema Agrícola S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-seis siete cuatro siete dos cinco. Ciudad Quesada, dos de junio
del dos mil diecisiete. Lo anterior es copia fiel y exacta del original.—Lic.
Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—( IN2017141268 ).
Por escritura N° 260 del 17 de
mayo del 2017, se protocolizó acta de asamblea de Importaciones Yosomi S. A.;
se otorga poder y se hace aumento de capital. Licda. Xinia Mayela Campos
Campos, Notaria 7664.—San José, 06 de junio de 2017.—Licda. Xinia Mayela Campos
Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2017141275 ).
Ante esta notaría, al ser las
quince horas del treinta de mayo del dos mil diecisiete, se reformó el acto
constitutivo de la sociedad Constructora Amapola de Alajuela Limitada,
cédula de persona jurídica tres-ciento dos-uno cinco uno siete nueve siete. En
la cláusula segunda del pacto constitutivo en cuanto al domicilio el cual será:
Alajuela, cantón central, Rosales Desamparados, cien metros este de la fundación
Manos Abiertas. Se modificó la cláusula sexta, en cuanto a la representación
judicial y extrajudicial de la sociedad y las facultades de los
representantes.—Alajuela, al ser doce horas del día treinta y uno de mayo del
dos mil diecisiete.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario.—1 vez.—(
IN2017141279 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se protocoliza actas de asambleas generales de accionistas de Daroso
del Este S. A. e Corporación BL Noventa y Cuatro de Santa
Ana S. A., que acuerdan su fusión; prevaleciendo la segunda. Publíquese una
vez, artículo 221 del Código de Comercio.—San José, treinta y uno de mayo del
dos mil diecisiete.—Lic. José Adolfo Borge Lobo, Notario.—1 vez.—( IN2017141282
).
Ramón María Yglesias Piza,
notario público con oficina en San José, hace constar que por escritura
otorgada ante esta notaría, a las 13:00 horas del 24 de mayo de 2017, se acordó
disolver y liquidar la sociedad Cambalache Nicoya CN Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica N° 3-101-368487.—San José, 02 de junio de 2017,
Notario.—1 vez.—( IN2017141284 ).
Por escritura número
veintidós-seis, de las diez horas del día 24 de mayo del 2017, visible al folio
veinte frente del tomo seis de mi protocolo, se constituye la sociedad Raw
Industries CCM Limitada.—San José, 24 de mayo del 2017.—Lic. Randall Cerdas
Corella, Notario.—1 vez.—( IN2017141292 ).
Por escritura número
veintiuno-seis, de las nueve horas del día 24 de mayo del 2017, visible al
folio dieciocho vuelto del tomo seis de mi protocolo, se constituye la sociedad
Costa Rica Viajes CRN Limitada.—San José, 24 de mayo del 2017.—Lic.
Randall Cerdas Corella, Notario.—1 vez.—( IN2017141293 ).
A las 11:00 horas 15 minutos del
11 de mayo del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Inversiones
S & Solís S.A, cédula jurídica 3-101-704139, cuyo presidente es Sergio
Solís Robles, cédula de identidad 1-1070-0838, se modificó la junta
directiva.—San Isidro, Pérez Zeledón, mayo del dos mil diecisiete.—Licda. Wendy
María Acuña Badilla, Notaria.—1 vez.—( IN2017141300 ).
Ante esta notaría y mediante
escritura número trescientos doce-dieciocho, visible en su inicio a folio
ciento cincuenta y siete frente, del tomo dieciocho del protocolo de esta
notaría, se protocoliza el acta número dos de la entidad denominada Importaciones
Mil Novecientos Ochenta y Uno S. A.,
mediante la cual se modifica pacto constitutivo, cambio de miembros de junta
directiva, cambio de domicilio social y cambio en la representación.—Alajuela,
seis de junio del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alonso Gutiérrez Herrera,
Notario.—1 vez.—( IN2017141304 ).
Se protocoliza acta de la firma de esta Rousseau Sociedad Anónima.
Se reforma la cláusula segunda. Se nombra presidente y secretario. Se elimina
la cláusula de agente residente.—San José, dos de junio del dos mil
diecisiete.—Lic. Marco Vinicio Araya Arroyo, Licda. Andrea Karolina Rojas Mora,
Notarios.—1 vez.—( IN2017141338 ).
Por escritura pública número
doscientos treinta, otorgada a las diez horas del día seis de junio del año dos
mil diecisiete, ante el Notario Francisco Javier Martí Meneses, se procedió
protocolizar el acta número ocho de la sociedad de esta plaza Transportes
San Blas Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho
mil doscientos catorce, por la cual se procede a reformar los estatutos de la
relacionada empresa en sus cláusulas segunda, quinta y octava.—San José, 06 de
junio del 2017.—Lic. Francisco Martí Meneses, Notario.—1 vez.—( IN2017141345 ).
Por escritura número 13-23 de
las 8:30 horas del 08 de marzo de 2017, se constituyó Hacienda Jimar
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Marcos Alexander Piedra
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017141346 ).
Mediante la escritura de
protocolización número ciento setenta y dos del protocolo dos, del suscrito
notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas a las quince horas del seis de
junio del dos mil diecisiete. Se acuerda disolver la sociedad costarricense Anacardium
S. A., cédula jurídica 3-101-297865.—Uvita, Osa, Puntarenas, seis de
junio del dos mil dieciséis.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—(
IN2017141358 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría en San José, a las ocho horas del día
treinta y uno de mayo del año dos mil diecisiete, se protocolizó el acta por
cambio de razón social y de domicilio de la sociedad denominada Corporación
Belén Siglo XXI FC, S.A.D.—San José, 06 de junio del 2017.—Lic. Carlos
Morales Fallas, Notario.—1 vez.—( IN2017141362
).
Protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas número dos, de Unique
Whips S. A.. Cédula jurídica 3-101-467152 en la cual se acuerda
disolver la sociedad.—Siete de junio del 2017.—Lic. Adrián Prado Salas,
Notario.—1 vez.—( IN2017141363 ).
Manuel Antonio Menjivar Vanegas,
Olmer Rodríguez Aguirre German Ramírez Zúñiga y José Alexander Cordero
Espinoza; constituyen Soluciones Financieras Magol Sociedad Anónima,
domiciliada en la ciudad de Guanacaste, Liberia, barrio Los Ángeles, de
Cerrajería Mora, setenta y cinco metros norte y veinticinco metros oeste. Con
un capital social de doscientos dólares moneda de curso legal de los Estados
Unidos de América.—Liberia, ocho de mayo de dos mil diecisiete.—Licda. María
José Núñez Palma, Notaria.—1 vez.—( IN2017141369 ).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, se protocolizó acta de la empresa Bana Rica
Fruit Company Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula segunda de
los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José a las trece horas del
día 01 de junio 2017.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—(
IN2017141370 ).
Por escritura número 210
otorgada a las 15:00 horas día 30 de mayo del año 2017, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa Arrendamientos de
Activos AA S. A., cédula jurídica número 3-101-129386, en la cual se acordó
por unanimidad de votos modificar la cláusula segunda del pacto constitutivo,
realizando cambio de domicilio social.—San José, 06 de junio de 2017.—Lic. René
Dagoberto Orellana Meléndez, Notario.—1 vez.—( IN2017141378 ).
Por escritura otorgada ante mí,
el día diecisiete de mayo de dos mil diecisiete, a las nueve horas treinta
minutos, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
celebrada por Agropecuaria Abuelo Quincho A A Q Sociedad Anónima, en
donde se revoca y se hacen nombramientos de junta directiva y se reforma pacto
constitutivo.—Pérez Zeledón, diecisiete de mayo del dos mil diecisiete.—Lic.
Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—( IN2017141385 ).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las 15:30 horas del 06 de junio del año 2017, se modificó
la cláusula primera, cuarta y la junta directiva de la entidad Desarrollo
Agrícola y Financiero Mayvic Sociedad Anónima. Domicilio social en la
provincia de Heredia. Es todo.—Heredia, 06 de junio del año 2017.—Lic. Rodrigo
Vargas Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017141389 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario, a las 16:00 horas del 06 de junio
del año 2017, se modificó la cláusula sexta y la junta directiva de la entidad Agromercadeo
El Amaranto de Centroamérica Sociedad Anónima. Domicilio social en la
provincia de Heredia. Es Todo.—Heredia, 06 de junio del año 2017.—Lic. Rodrigo
Vargas Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017141392 ).
En escritura pública otorgada
ante esta notaría, se constituyó la sociedad denominada Servicios Alemay
Sociedad Anónima, su presidente es Alexander Alberto Meléndez
Villalobos.—San José, 07 de junio del año 2017.—Lic. Manuel Hernández Rivera,
Notario.—1 vez.—( IN2017141397 ).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las 17:00 horas del 06 de junio del año 2017, se modificó
la cláusula sexta y la junta directiva de la entidad Agromercadeo El Grano
de Cobre Internacional Sociedad Anónima. Domicilio social en la provincia
de Heredia. Es Todo.—Heredia, 06 de junio del año 2017.—Lic. Rodrigo Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017141398 ).
Yo, Georgia
Lorena Montt Villacura, carné cuatro cero tres cinco, notaria pública con oficina en San José, Barrio Don Bosco, Centro
Corporativo Internacional, cuarto piso, debidamente autorizada, el día de hoy
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Restur
Turístico S. A. Se acuerda la disolución.—San José, cinco de junio del año dos mil diecisiete.—Licda.
Georgia Lorena Montt Villacura, Notaria—1 vez.—( IN2017141420 ).
Yo, Georgia
Lorena Montt Villacura, carné cuatro cero tres cinco, notario público con
oficina en San José, barrio Don Bosco, Centro Corporativo Internacional, cuarto
piso, debidamente autorizada, el día de hoy protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Limpieza de Oficentros S. A.. Se
acuerda la disolución.—San José, cinco de junio del dos mil diecisiete.—Licda.
Georgia Lorena Montt Villacura, Notaria.—1 vez.—( IN2017141421 ).
Por escritura otorgada ante mí,
el día diecisiete de mayo de dos mil diecisiete, a las nueve horas, protocolicé
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada por Restaurantes
Delari Sociedad Anónima, en donde se revoca y se hacen nombramientos de
junta directiva y se reforma pacto constitutivo.—Pérez Zeledón, diecisiete de
mayo del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Luis Artavia Mata, Notario.—1 vez.—(
IN2017141441 ).
Mediante
escritura número ciento ocho-cuatro otorgada por el notario público Juan Carlos
León Silva, a las ocho horas quince minutos del primero de junio del dos mil
diecisiete, se disuelve y liquida la sociedad Tres-Ciento Dos-Setecientos
Cuatro Mil Doscientos Setenta y Ocho S.R.L..—San José, 01 de junio del
2017.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—( IN2017141442 ).
Por medio de la escritura
otorgada ante mí, número veinticuatro-uno de las quince horas del tres de junio
del dos mil diecisiete, se constituyó la fundación denominada Clínicas
FullSalud, que tendrá como objeto ayudar a familias de escasos recursos al
acceso, para el diagnóstico, la atención y el acceso a servicios de salud
física, mental e integral en beneficio del desarrollo como seres humanos con
todos sus derechos, en busca del bienestar social y la salud pública. Estará
domiciliada en Cartago, en el cantón y distrito central de Cartago, de la
Agencia del ICE, setenta y cinco metros al norte, local número diez y podrá
establecer filiales y agencias en todo el territorio nacional e internacional.
El plazo de la fundación es perpetuo, estará representada por tres directores y
su patrimonio es la suma de veinte mil colones.—Lic. Robert Morales Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017141443 ).
Ante esta notaría por escritura
otorgada a las dieciocho horas del cinco de junio del dos mil diecisiete, donde
se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad denominada Distrito Las Mareas S. A., donde se acuerda
modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, cinco de
junio del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1
vez.—( IN2017141464 ).
Mediante
escritura número ciento siete-cuatro otorgada por el notario público Juan
Carlos León Silva, a las ocho horas del primero de junio del dos mil
diecisiete, se modifica la representación y se nombran gerentes de la sociedad Tres-Ciento
Dos-Setecientos Treinta y Seis Mil Seiscientos Dieciocho S.R.L.—San José,
01 de junio del 2017.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—(
IN2017141467 ).
Por
escritura número ciento tres-tres otorgada ante el Lic. Luis Alejandro Chacón
Alvarado, se nombraron nuevos miembros de junta directiva de la sociedad Dentalis
de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-093491.—Siete de
junio del 2017.—Lic. Luis Alejandro Chacón Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017141472
).
Expediente N° 102-2017.—La
Dirección de Recursos Humanos, a: Pérez Calero Ronald, cédula N° 06-0214-0630.
HACE SABER:
I.—Que a su
nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente disciplinario, de conformidad
con el procedimiento establecido al efecto en el Estatuto de Servicio Civil,
por la supuesta comisión de faltas a los deberes inherentes al cargo.
II.—De la información substanciada existen
elementos probatorios para imputarle los siguientes supuestos hechos:
Que en su condición de profesor de enseñanza media-especialidad
música- en la escuela Rincón Grande de Pavas, de la Dirección Regional de
Educación de San José Oeste, supuestamente, no se presentó a laborar los días
06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27 de febrero; 01,
02, 03, 06 y 07 de marzo; todos del 2017, lo anterior sin dar aviso oportuno a
su superior inmediato y sin aportar, dentro del término normativamente
previsto, justificación posterior alguna. (Ver folios 01 al 10 del expediente
de marras).
III.—Que de ser cierto el hecho
que se le atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad,
según las obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el
artículo 57 incisos a) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículos 8 inciso
b) y 12 inciso k) del Reglamento de la Carrera Docente y el artículo 81 inciso
g) del Código de Trabajo; lo que podrá acarrear una sanción que iría desde una
suspensión sin goce de salario hasta de treinta días, o el planteamiento de las
diligencias administrativas de Gestión de Despido ante el Tribunal de la
Carrera Docente.
IV.—Que se le emplaza para que ejerza su
derecho de defensa dentro de los diez días hábiles siguientes al recibo de la
presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del
Estatuto de Servicio Civil, y ofrezca las pruebas que estimare pertinentes. Si
fueren testimoniales, indicará los hechos sobre los que versarán las
respectivas deposiciones, así como la correspondiente dirección de los
testigos, bajo apercibimiento de poder ser declarada inadmisible la referida
prueba, en caso de incumplimiento. Para el ejercicio pleno de su derecho de
defensa puede tener acceso al expediente disciplinario iniciado al efecto y
hacerse representar por un abogado.
V.—Que la defensa deberá formularse por
escrito ante el Departamento de Gestión Disciplinaria de la Dirección de
Recursos Humanos del Ministerio de Educación Pública, ubicado en el Edificio
ROFAS, cuarto piso, frente a emergencias del Hospital San Juan De Dios,
debiendo señalar medio o lugar para atender notificaciones, bajo apercibimiento
que en caso contario quedará notificada de forma automática dentro de las 24
horas siguientes, de conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones
Judiciales N° 8687. La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia
al ejercicio de ese derecho en esta etapa procedimental.
VI.—Que contra este traslado de cargos se
pueden interponer los recursos ordinarios de revocatoria, ante esta instancia y
el de apelación, para ante el Tribunal de Carrera Docente, de conformidad con
lo previsto en el artículo 66 del Estatuto de Servicio Civil, siempre que se
haga dentro de los cinco días siguientes a la notificación de este acto.
San José, 10 de marzo del 2017.—Yaxinia Díaz Mendoza, Directora.—1 vez.—O. C. N° 3400031607.—Solicitud N° 19702.—( IN2017139838 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Se hace saber a la señora Mirna
Paris Segares, cédula de identidad 6-0045-0099, en su condición de presidenta
de la sociedad Grupo de Inversión Mirpa S. A., cédula jurídica 3-101-584309,
que a través del Expediente DPJ-028-2017 del Registro de Personas Jurídicas se
ha iniciado diligencia administrativa de Oficio en contra de la sociedad Grupo
de Inversión Mirpa S. A., cédula jurídica 3-101-584309, por la transgresión al
artículo 63 de la Ley Reguladora del Mercado de Valores. A efecto de proceder
como en derecho corresponde, otorgando el debido proceso a los interesados,
todo ello, con fundamento en la circular DRPJ 11-2010 del 25 de agosto del año
dos mil diez, dictada por la Dirección de este registro, de conformidad con lo
estipulado por el artículo noventa y siete del Reglamento del Registro Público,
que es Decreto Ejecutivo N° veintiséis mil setecientos setenta y uno-J de
dieciocho de marzo de mil novecientos noventa y ocho y sus reformas, se ha
ordenado consignar advertencia administrativa de manera preventiva en la
inscripción registral de la citada sociedad y por este medio se le confiere
audiencia por el plazo de quince días hábiles contados a partir del día
siguiente al de la tercera publicación del presente edicto, a efecto de que
dentro del plazo indicado, presente los alegatos que a su derecho convenga.
Publíquese por 3 veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta.—Curridabat,
19 de mayo del 2017.—Departamento de Personas Jurídicas.—Lic. Juan Carlos
Sánchez García, Asesor Jurídico.—O. C. Nº 17-0028.—Solicitud Nº 85436.—(
IN2017139546 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
REGISTRO INMOBILIARIO
Se hace saber a Juan Luis Martín Sánchez, pasaporte número AA487212, en su calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la sociedad Los Bondoncillos S. A., cédula jurídica N° 3-101-669983, titular registral de la finca del Partido de San José 154527, y a Rolando Sánchez Arias, cédula de identidad 1-0776-0042, en su condición de notario autorizante de la escritura número 88 iniciada al folio 137 vuelto del tomo 07, la cual fue anotada en el Registro Inmobiliario bajo las citas 2013-156029, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas para investigar un supuesto fraude al fisco, en virtud de que el precio de venta de la finca 1-154527 indicado en la escritura inscrita bajo las citas 2013-156029, no coincide con el precio real de venta indicado en la escritura asentada en el Protocolo del notario, situación que provoca que no se cobren los impuestos y derechos correspondientes de acuerdo al precio real del inmueble. En virtud de lo informado esta Asesoría mediante resolución de las 14:00 horas del 17 de noviembre del año 2016, ordenó consignar Advertencia Administrativa sobre la finca del Partido de San José 154527 y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 14:00 horas del 10/05/2017, se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presente los alegatos que a sus derechos convenga, y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar facsímil o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme los artículos 93, 94 y 98 del Decreto Ejecutivo 26771 que es el Reglamento del Registro Público, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme al artículo 20 y de la Ley 3883 Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público y el artículo 11 de la Ley 8687 Ley de Notificaciones Judiciales. Notifíquese.- (Referencia Exp. 2016-1148-RIM).—Curridabat, 10 de mayo del 2017.—Licda. Gabriela Montoya Dobles, Asesora Jurídica.—1 vez.—( IN2017139848 ).
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Dirección de Enfermería.—Hospital San Vicente de Paúl de la Caja Costarricense de Seguro Social, al ser las 08 horas del 18 mayo del 2017, se hace saber a la Sra. Cinthya Bogantes Morera, cédula 108540777, que se ha dictado resolución inicial de traslado de cargos de las 15 horas del 21/04/17 con fundamento en las facultades que otorga la Normativa de Relaciones Laborales de la CCSS. Se inicia el procedimiento administrativo disciplinario y patrimonial instruido en el expediente PAD-DE-005-2017 en su contra, según la siguiente probable imputación de hechos y conductas: que encontrándose nombrada en el Área de Obstetricia y Neonatología del Hospital San Vicente de Paúl, como Asistente de Pacientes, teniendo horario laboral para el mes de febrero del 2017 de 10:00 p. m. a 6:00 a. m. y en el mes de marzo de las 06:00 a.m. a las 2:00 p. m., incurrió en abandono laboral en dichos meses, en los cuales sin justificación alguna se ausentó a laborar, además, de acreditarse los hechos investigados, no sólo podrían derivar una responsabilidad de carácter disciplinario, sino que además responsabilidad de índole patrimonial, al percibir salario en meses que no fueron laborados. Dado que su domicilio es incierto, al no localizarse en las direcciones señaladas en su expediente personal y en el área de salud de atracción, se ordena notificarle esa resolución por publicación de tres edictos en el Diario Oficial La Gaceta. Se publica el extracto de la resolución inicial en protección al derecho a la intimidad e imagen de los investigados, la resolución íntegra se encuentra depositada en la Dirección de Enfermería del Hospital San Vicente de Paúl, Heredia.—Dr. Isaac Ortiz Morales, Órgano Decisor.—( IN2017139831 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Se hace saber a la Asociación
para el Desarrollo de Mega- Proyectos Agrícolas de Avanzada, cédula de jurídica
N° 3-002-223103, que se ha dictado la resolución que dice: Instituto de
Desarrollo Rural. Dirección Región Central, Cartago. Asesoría Legal, a las
09:49 horas del 29 de mayo del 2017. Con fundamento en las facultades que
otorga la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 de 14 de octubre de 1961 y sus
reformas, , la Ley de Creación del Instituto de Desarrollo Rural N° 9036
del 29 de mayo de 2012, el Reglamento para la Selección y Asignación de
Solicitantes de Tierras publicado en La Gaceta N° 116 del 16 de junio de
2010, se inicia el presente Proceso Administrativo de revocatoria de
adjudicación, según expediente
administrativo RV-00009-17, en su contra, como adjudicataria la parcela N° 1 del Asentamiento San Isidro
II, sito en el distrito 10 Llano Grande cantón 01 Cartago de la provincia de
Cartago. En vista de que este procedimiento se instruye por la supuesta
violación del artículo 68, inciso 4), párrafo b) de la Ley de Tierras y
Colonización N° 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, es decir: “Por
el abandono injustificado de la parcela...”, el domicilio de la adjudicada es
desconocido, al no localizarse ni en la zona ni en el predio, por lo que se
procede a notificarles esta resolución por publicación de tres edictos en el
Diario Oficial La Gaceta, notificación que se tendrá por hecha una vez
vencido el término del emplazamiento, el cual no será mayor a quince días
hábiles contados a partir del día siguiente de la segunda publicación. Se ha
fijado para la comparecencia y recepción de prueba las 08:30 horas del día 21
de julio del 2017, debiendo comparecer personalmente y no por medio de
apoderado, ante esta Asesoría Legal, en la Dirección Regional de Cartago,
ubicada ciento setenta y cinco metros al norte de la Capilla María Auxiliadora
en Cartago, a hacer valer sus derechos y ejercer defensa sobre los cargos
imputados, pudiendo hacerse acompañar por un profesional en Derecho o un
especialista en la materia. Vencido el emplazamiento de la publicación o
vencida la hora señalada para audiencia, cualquier gestión atinente a
comparecer se tendrá por extemporánea, con las consecuencias legales que se derivan de la extemporaneidad. Se les
previene señalar lugar, dentro del perímetro de la ciudad de Cartago, donde
atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que de no hacerlo así,
cualquier resolución posterior se tendrá por notificada con el solo transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se
producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere.
Para consulta y estudio se informa que el expediente, por medio del cual se
instruye este proceso, se encuentra en la Dirección Regional de Cartago.
Notifíquese.—Lic. Karol Pérez Soto,
Asesoría Legal.—( IN2017139809 ).
COLEGIO FEDERADO DE INGENIEROS
Y DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La Junta Directiva General
mediante acuerdo N° 141 de la sesión Nº 19-16/17-G.O. del 14 de marzo de 2017,
acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial
La Gaceta el acuerdo Nº 22 de la sesión N° 19-15/16-G.E., debido a que
según oficio TH-165-2017 del Departamento de Tribunales de Honor resultó
materialmente imposible notificar a la empresa Kipa Construcciones de Orosi S.
A. (CC-4522), en el expediente disciplinario N° 176-11.
“La Junta Directiva General del
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 19-15/16-G.E.
de fecha 16 de abril de 2016, acordó lo siguiente:
“Acuerdo
N° 22:
Se conoce informe final INFIN-034-2016/176-11
remitido por el Tribunal de Honor integrado para conocer expediente N° 176-11
de denuncia interpuesta por la Comisión Nacional de Prevención de Riesgos y
Atención de Emergencias, C.N.E. en contra del Ing. Víctor Carvajal Solano
(IC-8600) y de la empresa Kipa Construcciones de Orosí S. A. (CC-04522):
(…)
Por lo tanto se acuerda:
a. Se aprueba lo recomendado por
el Tribunal de Honor y en consecuencia, se ordena archivar la causa seguida al
Ing. Víctor Julio Carvajal Solano IC-8600 y a la empresa Kipa Construcciones de
Orosi S. A., CC-04522, en el expediente N° 176-11 en virtud de que la acción
disciplinaria se encuentra prescrita. Lo anterior en concordancia con el
artículo 101 del Procedimiento Disciplinario para los Miembros del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica.
b. Indicar al Ing. Víctor Julio
Carvajal Solano IC-8600 y a la empresa Kipa Construcciones de Orosi S. A.,
CC-04522, que esta Junta Directiva General ordena el archivo de la causa que se
les sigue bajo expediente N° 176-11 de denuncia interpuesta por la Comisión
Nacional de Prevención de Riesgos y Atención de Emergencias, C.N.E.; no por el
convencimiento de no haber evidenciado faltas al Código de Ética Profesional,
sino en virtud de la prescripción de la causa y por lo tanto, se les conmina a
no reincidir en este tipo de proceder.
Este es un acuerdo firme, según lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General. De conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles, contados a partir de la notificación a la presente resolución”.—Ing. Olman Vargas Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C. N° 311-2017.—Solicitud N° 85151.—( IN2017139614 ).
La Junta Directiva General
mediante acuerdo N° 142 de la sesión N° 19-16/17-G.O. del 14 de marzo de 2017,
acordó autorizar a la administración a publicar por edicto en el Diario Oficial
La Gaceta el acuerdo N° 59 de la sesión N° 14-14/15-G.E., debido a que
según oficio TH-168-2017 del Departamento de Tribunales de Honor resultó
materialmente imposible notificar a la empresa Gestores de Vivienda
S.A.(CC-04423), en el expediente disciplinario N° 145-12.
“La Junta Directiva General del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 14-14/15-G.E. de fecha
17 de marzo de 2015, acordó lo siguiente:
“Acuerdo N° 59:
Se conoce informe final INFIN-026-2015/145-12 remitido por el Tribunal
de Honor integrado para conocer expediente N° 145-12 de denuncia interpuesta
por la Sra. Ana Isabel Pérez Sánchez, en contra de la empresa Gestores de
Vivienda S.A. CC-04423 y del Ing. Carlos Villalobos Núñez IC-7601):
(…)
Por lo tanto se acuerda:
a. (…).
b. Se
aprueba lo recomendado por el Tribunal de Honor, de imponer una sanción de DOCE MESES de suspensión del ejercicio profesional a la
empresa Gestores de Vivienda S. A. CC-04423, en el expediente N° 145-12, al
tenerse por demostrado que con su actuación infringió el Código de Ética
Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica,
en sus artículos 2, 3 y 18, de acuerdo a las sanciones establecidas en los
artículos 26, 31, 33 y 45, en concordancia con el artículo 25 del citado
Código.
Este es un acuerdo firme, según
lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en
consecuencia, la sanción impuesta, es ejecutable de conformidad con lo
establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.
Que de conformidad con lo que dispone el artículo 31 del Código Procesal
Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es facultativo el agotamiento de la
vía administrativa, por lo que pueden los interesados acudir a los tribunales
de justicia a hacer valer sus derechos. Sin embargo, conforme lo señala el
artículo 115 del Reglamento del Procedimiento Disciplinario del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la anterior resolución cabe el
recurso de reconsideración ante la Junta Directiva General, el cual deberá
plantearse en el término de diez días hábiles, contados a partir de la
notificación a la presente resolución.
La interposición del recurso de
reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que la Junta
Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa decisión agota
la vía administrativa.”
Ing. Olman Vargas Zeledón,
Director Ejecutivo.—O. C. N° 310-2017.—Solicitud N° 85155.—(
IN2017139616 ).
La Junta Directiva General
mediante acuerdo N° 143 de la sesión Nº 19-16/17-G.O. del 14 de marzo de 2017,
acordó autorizar a la Administración a publicar por edicto en el Diario Oficial
La Gaceta el acuerdo Nº 07 de la sesión N° 39-15/16-G.E., debido a que
según oficio TH-177-2017 del Departamento de Tribunales de Honor resultó
materialmente imposible notificar a la empresa Grupo Constructivo Alta Ltda.
(CC-6602), en el expediente disciplinario N° 24-13.
“La Junta Directiva General del Colegio
Federado de Ingenieros y de Arquitectos, en su sesión N° 39-15/16-G.E. de fecha
13 de setiembre de 2016, acordó lo siguiente:
“Acuerdo N° 07:
Se conoce informe final
INFIN-085-2016/024-13 remitido por el Tribunal de Honor integrado para conocer expediente
N° 024-13 de investigación iniciada por el C.F.I.A. al Ing. José Joaquín
Rodríguez Rodríguez (IC-4223) y a la empresa Grupo Constructivo Alta Ltda.
(CC-06602):
(…)
POR LO TANTO SE ACUERDA:
a. (…).
b. Se aprueba lo recomendado
por el Tribunal de Honor de imponer una AMONESTACIÓN CONFIDENCIAL a la empresa
Grupo Constructivo Alta Ltda. (CC-06602), expediente 024-13, al tenerse por
demostrado que con su actuación infringió el Código de Ética Profesional del
Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica en su artículo 3,
tomando en consideración que la vivienda no se terminó por causas que no están
claras en este expediente, que el exceso de área pudo haberse tramitado al
final de la obra, tal como lo establece el artículo 20 del Reglamento Especial
del Cuaderno de Bitácora en Obras, y que no están claras las razones de la
pérdida de la bitácora, la cual pudo haber sido retenida por el propietario,
violentándose el Reglamento de Servicios de Consultoría en Ingeniería y
arquitectura, en su artículo 11-A, con relación a la responsabilidad del
cliente.
Este es un acuerdo firme, según
lo dispuesto por los artículos 36 y 40 del Reglamento Interior General, y en
consecuencia, las sanciones impuestas, son ejecutables de conformidad con lo
establecido en el artículo 146 de la Ley General de la Administración Pública.
Que de conformidad con lo que dispone el
artículo 31 del Código Procesal Contencioso Administrativo, Ley N° 8508, es
facultativo el agotamiento de la vía administrativa, por lo que pueden los
interesados acudir a los Tribunales de justicia a hacer valer sus derechos. Sin
embargo, conforme lo señala el artículo 115 del Reglamento del Procedimiento
Disciplinario del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos, publicado en
el Diario Oficial La Gaceta N° 119 de 20 de junio de 2008, contra la
anterior resolución cabe el recurso de reconsideración ante la Junta Directiva
General, el cual deberá plantearse en el término de diez días hábiles, contados
a partir de la notificación a la presente resolución.
La interposición
del recurso de reconsideración suspende la ejecución de la sanción, hasta que
la Junta Directiva General resuelva en definitiva dicha impugnación. Esa
decisión agota la vía administrativa”.—18 de mayo del 2017.—Ing. Olman Vargas
Zeledón, Director Ejecutivo.—O. C. Nº 309-2017.—Solicitud Nº 85156.—(
IN2017139620 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Para información refiérase al Nº INT-INT-038-2017/247-14, Auto de Intimación. En San José, Granadilla de Curridabat, casa anexa número uno del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (en adelante CFIA), al ser las 08:30 horas del 12 de octubre del 2017, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta Directiva General en el acuerdo N° 25, sesión N° 34-14/15-G.E., de fecha 20 de octubre de 2015, resuelve emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio al proceso disciplinario seguido en el expediente administrativo número 247-14, al ingeniero José Francisco Nicolás Alvarado, registro número IC-5149, por su actuación en el siguiente asunto: En su condición de profesional responsable del contrato de consultoría N° OC-563456 del 21 de febrero de 2012, proyecto de construcción de apartamento en segundo nivel con un área de 57.00m2, en terreno con plano catastrado N° SJ-603497-1985, propiedad de Silvia Sequeira Hernández, portadora de la cédula de identidad N° 111200898, localizado en Hatillo 7, de la Iglesia Católica 50m al sur, 50m al este y 50m al sur, distrito Hatillo, cantón San José, provincia San José. Se le atribuye la presunta comisión de los siguientes hechos: 1. Llevar a cabo la dirección técnica del proyecto OC-563456 con irregularidades, tales como: No se independizó la estructura del apartamento de la vivienda existente en planta baja. La estructura metálica sobre la cual se construyó el entrepiso y se levantó el apartamento fue posada sobre componentes de la casa existente, tales como viga corona, murete lateral y columnas en fachada. Los pisos del apartamento presentan vibración y se pudo observar, en todos los aposentos, la presencia de fisuras en la cerámica, así como algunas piezas quebradas. Algunas piezas de “fibrolit” de los cielos rasos del proyecto se encuentran mal colocadas o despegadas. Algunas de las láminas de fibrolit de la sala–comedor–cocina presentan fisuras en la unión vertical. En el cielo raso de la planta baja de la casa, debajo del servicio sanitario del apartamento, se pudieron notar manchas de humedad. En el pasillo que da acceso a la casa en planta baja y a las escaleras del apartamento, se pudo percibir la presencia de malos olores. En la escalera de acceso a la segunda planta, el ancho de las huellas es de 0.20m que es inferior al mínimo permitido de 0.28m y la altura de las contrahuellas es de 0.20m que es mayor al máximo permitido de 0.18m, por lo que no cumplen con lo estipulado en el Reglamento de Construcciones para edificios de habitación familiar y multifamiliar. 2. No haber consignado el nombre del ingeniero Bernardo Herrera Fioravanti (IME-11264) en la razón de apertura del Cuaderno de Bitácora en Obras N° PO 118318, en su condición de profesional responsable de la inspección del proyecto eléctrico, según las copias del citado Cuaderno de Bitácora en Obras que constan en los folios 35 al 44 del expediente. 3. Llevar a cabo la dirección técnica del proyecto OC-563456 sin la participación del ingeniero Bernardo Herrera Fioravanti (IME-11264), en su condición de profesional responsable de la inspección del proyecto eléctrico, según la nota suscrita por el Ing. Herrera Fioravanti del 28 de mayo de 2015, que consta en el folio 62. 4. No haber realizado anotaciones en el Cuaderno de Bitácora en Obras N° PO 118318 relacionadas con la conclusión del proyecto OC-563456 de conformidad con lo establecido en el Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras, según el Informe de Inspección del Departamento de Régimen Disciplinario DRD-INSP-283-2015 del 18 de junio de 2015 (folios 78 al 93). Con lo actuado podría haber faltado a: 1. Ley Orgánica del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica: Artículo 8, inciso a). 2. Reglamento Interior General del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica: Artículo 53. 3. Reglamento Especial del Cuaderno de Bitácora en Obras: Artículos 17 y 20. 4. Reglamento para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura: Artículos 10, 11.B, incisos a), b) y j). 5. Reglamento de Construcciones: Artículo VI.9.4. 6.Reglamento para el Trámite de Planos y la Conexión de los Servicios Eléctricos, Telecomunicaciones y de otros en Edificios: Artículos 2.4. 7. Código de Ética Profesional del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica: Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 18. Sobre los cargos que se le hace al ingeniero José Francisco Nicolás Alvarado, se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente. Se le advierte que de no apersonarse al proceso este continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 82 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA). Se garantiza al investigado el acceso en todo momento al expediente N° 247-14, sus piezas y antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio (artículos 106, 107 y 108 del Reglamento del Proceso disciplinario del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General. Asimismo, se cita al ingeniero José Francisco Nicolás Alvarado, en calidad de investigada, para que comparezca por medio de apoderado a la sede de este órgano en el Departamento de Tribunales de Honor del CFIA, ubicada en la casa anexa número uno del edificio del CFIA en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 83 del “Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA”, que se llevará a cabo el día Viernes 04 de agosto de 2017, a las 9:30. En dicha audiencia podrá ejercer su derecho de defensa y deberá aportar toda la prueba que no haya sido aportada, bajo sanción de caducidad; podrá formular interrogatorios, argumentos y conclusiones. La no asistencia a la comparecencia no impedirá que ésta se lleve a cabo y se resolverá con los elementos de juicio existentes. Se apercibe al investigado, que dentro del tercer día hábil y por escrito, de conformidad con lo establecido en los artículos 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario y 9 del Reglamento Especial para las Notificaciones y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un número de fax, o bien un correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA. Notifíquese.—Tribunal de Honor de Tribunal de Honor del Colegio de Ingenieros Civiles, 25 de mayo de 2017.—Ing. Rolando Herrera Quesada, Presidente.—O. C. Nº 328-217.—Solicitud Nº 85755.—( IN2017139918 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Para información refiérase al N° INT-289-2016/250-14, Auto de Intimación. En San José, Granadilla de Curridabat, casa anexa número uno del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de Costa Rica (en adelante CFIA), al ser las 11:12 horas del catorce de noviembre de 2016, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta Directiva General en el acuerdo N° 05, sesión N° 10-15/16-G.E., de fecha 02 de febrero de 2016, resuelve emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio al proceso disciplinario seguido en el expediente administrativo número 250-14, a la empresa A y T Arquitectura Técnica S. A., registro número CC-05724, por su actuación en el siguiente asunto: En su condición de empresa miembro del CFIA y relacionado con el proyecto casa de habitación con un área de 175 m2 propiedad de Denis Solís Marín, localizada en San José, Moravia, distrito Trinidad, residencial El Poblado, casa 38-G, catastro SJ-0802129-2002. Se le atribuye la presunta comisión de los siguientes hechos de acuerdo con el informe de inspección DRD-INSP-399-2014: 1. No habría inscrito su responsabilidad profesional de la primera etapa (estudios básicos, estudios preliminares, planos, especificaciones técnicas y presupuesto) y segunda etapa (dirección técnica) ante el CFIA. 2. Habría inducido a error a la Municipalidad de Moravia para la obtención de la licencia municipal, al presentarle planos no inscritos antes en el CFIA con el sello de tramitación del CFIA del contrato OC-581063 el cual que pertenecía a un proyecto, ubicado en San Josecito de San José de San Isidro de Heredia propiedad de José Solano Sánchez, e inscrito el 19 de agosto 2012. y plano catastro SJ-0802129-2002. Con lo actuado podría haber faltado a: Ley Orgánica del CFIA. Capítulo IV. Artículo 8, Incisos a) y b) y artículo 53. Reglamento Interior General del CFIA. Capítulo VI. Artículo 53. Reglamento de para la Contratación de Servicios de Consultoría en Ingeniería y Arquitectura del CFIA. Artículo 11 B, incisos a), b) y j). Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras del CFIA. artículo 10, incisos a), d) y e). Código de Ética Profesional del CFIA: capítulo I, artículos 2, 3, 4, 9,10, 18 y 19. Sobre los cargos que se le hace a A y T Arquitectura Técnica S.A., se le concede el plazo improrrogable de veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere oportuna y conveniente. Se le advierte que de no apersonarse al proceso este continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo en cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso en el estado en que se encuentre (artículo 82 del Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA). Se garantiza a la investigada el acceso en todo momento al expediente N° 250-14, sus piezas y antecedentes de la denuncia presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio (artículos 106, 107 y 108 del Reglamento del Proceso disciplinario del CFIA), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles contados a partir del día hábil siguiente de esta resolución. El recurso de revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por la Junta Directiva General. Asimismo, se cita a A y T Arquitectura Técnica S.A., en calidad de investigada para que comparezca por medio de su representante legal, a la sede de este órgano en el Departamento de Tribunales de Honor del CFIA, ubicada en la casa anexa número uno del edificio del CFIA en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 83 del “Reglamento del Proceso Disciplinario del CFIA”, que se llevará a cabo el día miércoles 26 y jueves 27 julio de 2017 a las 08:30 horas. En dicha audiencia podrá ejercer su derecho de defensa y deberá aportar toda la prueba que no haya sido aportada, bajo sanción de caducidad; podrá formular interrogatorios, argumentos y conclusiones. La no asistencia a la comparecencia no impedirá que ésta se lleve a cabo y se resolverá con los elementos de juicio existentes. Se apercibe al investigado, que dentro del tercer día hábil y por escrito, de conformidad con lo establecido en los artículos 22 del Reglamento del Proceso Disciplinario y 9 del Reglamento Especial para las Notificaciones y Comunicaciones, ambos del CFIA, deberá señalar un número de fax, o bien un correo electrónico donde recibir notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA. Notifíquese. Tribunal de honor de empresas. Arq. Ricardo Fliman Wurgaft, Presidente.—1 vez.— O. C. N° 335-2017.—Solicitud N° 86135.—( IN2017140273 ).