LA
GACETA N° 124 DEL 30 DE
JUNIO DEL 2017
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
HACIENDA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
CULTURA Y JUVENTUD
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE
Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
BANCO DE COSTA RICA
CONSEJO NACIONAL DE RECTORES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
PODER JUDICIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
REGISTRO
DE PROVEEDORES
PODER JUDICIAL
NOTIFICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
FE
DE ERRATAS
PODER JUDICIAL
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
REGLAMENTOS
UNIVERSIDAD
TÉCNICA NACIONAL
REMATES
HACIENDA
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
PATRONATO
NACIONAL DE LA INFANCIA
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD
VÁZQUEZ DE CORONADO
MUNICIPALIDAD
DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD
DE BELÉN
MUNICIPALIDAD
DE JIMÉNEZ
MUNICIPALIDAD
DE CARRILLO
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
EDUCACIÓN PÚBLICA
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro
Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional
de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo
Integral Pavones de Pérez Zeledón. Por medio de su representante: Jorge Luis
Ureña Quesada, cédula 1-0073-419 ha hecho solicitud de inscripción de la
siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 012 para que en adelante se
modifique:
Articulo N°12: de los Estatutos
para que se permita la figura tres vocales, tres suplentes, y se aprueban por
unanimidad de los afiliados se mantiene la forma de votación.
En
cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la
Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza
por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a
las dos horas veinte minutos del día tres de mayo del dos mil
diecisiete.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2017145062 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Resolución DGT-R-029-2017.—San
José, a las ocho horas, diez minutos del día veintitrés de mayo del dos mil
diecisiete.
Considerando:
I.—Que el artículo 99 del Código
de Normas y Procedimientos Tributarios, Ley N° 4755 de 3 de mayo de 1971 y sus
reformas -en adelante Código Tributario-, y el numeral 6, inciso c) del
Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección General de Tributación,
Decreto Ejecutivo N° 35688-H de 27 de noviembre de 2009, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 14 del 21 de enero de 2010, facultan a la Dirección
General de Tributación a aprobar las resoluciones, instrucciones o directrices
que resulten oportunas para el logro de los objetivos de la Dirección.
II.—Que conforme a lo dispuesto
en el inciso 3) del artículo 267 de la Ley General de la Administración Pública
-en adelante LGAP-, se faculta a la Administración Pública, para actuar en días
y horas inhábiles, previa autorización por el órgano director, cuando la demora
pueda ocasionarle perjuicio al interesado o hacer ilusoria la eficacia de un
acto administrativo, a juicio del respectivo funcionario.
III.—Que se
ha detectado que en las resoluciones emitidas por esta Dirección General a lo
largo del tiempo, se han establecido requisitos distintos a los de la LGAP a
efecto de habilitar horas para la diligencia de diversas gestiones tributarias
y, además, se carece de un tratamiento uniforme para diversas actuaciones que
se han emitido.
IV.—Que en este tema en
específico, es la LGAP la normativa que debe prevalecer mediante su aplicación
supletoria, siendo que no hace distinción alguna entre el tipo de actuaciones
que pueden o no realizarse, y deja la elaboración de la resolución de
habilitación en manos del órgano director del procedimiento administrativo,
debiéndose aclarar únicamente quiénes están autorizados para habilitar horas en
su carácter de órganos directores de los procedimientos a su cargo.
V.—Por las razones anteriormente
expuestas, resulta necesario derogar las resoluciones emitidas por esta
Dirección General donde se habilitan horas hábiles para realizar actuaciones de
parte de la Administración Tributaria, las cuales establecen requisitos
distintos a los de la LGAP; por lo que en atención a los principios de seguridad
jurídica y de legalidad que rigen las actuaciones de la Administración Pública,
resulta obligado suprimirlas expresamente para evitar errores de aplicación e
interpretación del ordenamiento jurídico vigente.
VI.—Que se omite el
procedimiento establecido en el artículo 174 del Código Tributario, por cuanto
la derogación expresa de resoluciones que perdieron su vigencia no afecta los
intereses de los contribuyentes, sino que garantiza los principios de seguridad
jurídica y de publicidad de la información tributaria de acceso público que se
encuentra publicada en el sitio Web de la Dirección General de Tributación. Por
tanto,
RESUELVE:
Artículo 1°—Órganos
competentes para habilitar horas. Cuando sea necesario extender las labores
de comprobación e investigación frente al obligado tributario más allá de las
horas y días hábiles, se debe efectuar la habilitación respectiva.
Dicha habilitación la podrá
realizar el Gerente Tributario, el Director de Grandes Contribuyentes
Nacionales o el Director Técnico Normativo competente, conforme con el numeral
3 del artículo 267 de la Ley General de la Administración Pública.
La habilitación no implica en
ningún caso reducción de plazos ni anticipación de términos en perjuicio del
administrado.
Artículo 2°—Derogatorias. Deróguense
las siguientes resoluciones emitidas por la Dirección General de Tributación:
- DGT-12-01 de las ocho horas
del veintiuno de mayo del dos mil uno, publicada en La Gaceta N° 112 de
12 junio del 2001.
- DGT-15-2001
de las ocho horas con cinco minutos del 30 de mayo del 2001, publicada en La
Gaceta N° 113 de 13 junio de 2001.
- DGT-20-2001 de las ocho
horas del doce de julio del dos mil uno, publicada en La Gaceta N° 144
del 27 de julio del 2001.
- DGT-07-04, de las doce horas
del veinte de mayo del dos mil cuatro, publicada en La Gaceta N° 104 de
28 mayo 2004.
- DGT-07-2008
de las nueve horas del quince de abril del dos mil ocho, publicada en La
Gaceta N° 89 del 9 de mayo del 2008.
Asimismo, se deja sin efecto
cualquiera otro criterio externado anteriormente, que se fundamente total o
parcialmente en las citadas resoluciones.
Artículo 3°—Vigencia. Rige
a partir de su publicación.
Publíquese.—Carlos Vargas Durán, Director General de Tributación.— 1
vez.—O. C. N° 87134.—Solicitud N° 87134.—( IN2017145044 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS
VETERINARIOS
EDICTOS
La doctora Nilda Valverde
Bermúdez, con número de cédula 1-626-764, vecina de Alajuela en calidad de
regente veterinario de la compañía Oficina Tramitadora de Registros Doctora
Nilda Valverde Bermúdez, con domicilio en San José, solicita el registro del
siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Calgonit CF 315 fabricado por
Laboratorio Calvatis GmbH, Alemania con los siguientes principios activos: cada
100% contiene: Hidróxido de potasio 1-5 %, hipoclorito de sodio 1 a 5 %,
silicato de sodio 1-5 %, Tensoactivos no iónicos 1-5 % y las siguientes
indicaciones terapéuticas: Detergente para uso en equipo e instalaciones
pecuarias. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de
Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con
derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del
término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Dirección de
Medicamentos Veterinarios.—Heredia, a las 9:00 horas del 11 de mayo del
2017.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2017145167 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante este Departamento he
presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de
Educación Diversificada, inscrito en el tomo 1, folio 48, diploma Nº 957,
emitido por el Colegio Superior de Señoritas, en el año mil novecientos setenta
y ocho, a nombre de Chacón Torres Maribel, cédula Nº 1-0563-0870. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los dieciocho días del mes de noviembre del dos mil
catorce.—Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Jefa.—( IN2017146135 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 62, título
N° 220, emitido por el CINDEA Puerto Jiménez, en el año dos mil doce, a nombre
de Chavarría Ángulo María Steifer, cédula 6-0371-0158. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de marzo del dos mil
diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017146246 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y
Letras, inscrito en el tomo i, folio 9, título N° 69, emitido por el Liceo
Julio Fonseca Gutiérrez, en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de
Jazmín del Carmen Dompe Pineda. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original y cambio de apellido, cuyo nombre y apellido correcto
es: Jazmín del Carmen Pineda León, cédula 1-0751-0533. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los nueve días del mes de junio del dos mil diecisiete.
Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017146283 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 96, título N° 155, emitido por el Liceo
Potrero Grande, en el año dos mil diez, a nombre de Rodríguez Bonilla Rómulo de
los Ángeles, cédula: 1-1540-0022. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a
los veinte días del mes de febrero del dos mil diecisiete.—Dirección de Gestión
y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017146386 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en la Rama
Académica Modalidad Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 63,
diploma N° 1562, emitido por el Liceo de San José, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Ortiz Fonseca
Randall, cédula 1-0805-0988. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta
y un días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017147231
).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 99,
título N° 2876, emitido por el Liceo Regional de Flores, en el año dos mil
ocho, a nombre de Song Rodríguez Mónica, cédula: 4-0207-0702. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los veintidós días del mes de junio del dos mil
diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017147233 ).
Ante esta Dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 33, asiento Nº 69, emitido por el Centro Educativo Bilingüe
Inmaculada Jacó, en el año dos mil diez, a nombre de Cañas García Juan
Fernando, cédula Nº 8-0105-0655. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
diecinueve días del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017147247 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Técnico Medio en la Especialidad de Electrotecnia, inscrito en el
tomo I, folio 350, asiento Nº 4036, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Heredia, en el año mil novecientos noventa, a nombre de Carballa Vindas Juan
Luis, cédula Nº 4-0154-0414. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los quince días
del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017147332 ).
Ante esta Dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 3, folio 20, título Nº 958, emitido por el Liceo San Pedro, en el
año dos mil trece, a nombre de Castillo Estrada Eduard José. Se solicita la reposición
del título indicado por cambio de apellidos y corrección del nombre, cuyos
nombres y apellidos correctos son: Vílchez Castillo Eduardo José, cédula Nº
9-0137-0251. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes
de abril del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017147380 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL ARCHIVO
NACIONAL
Resolución JAAN-005-2017.—Junta
Administrativa del Archivo Nacional.—San José a las diez horas del nueve de
marzo del dos mil diecisiete.
Resultando:
1º—Que el
inciso c) del artículo 11 de la Ley del Sistema Nacional de Archivos Nº 7202
del 24 de octubre de 1990 establece que la Junta Administrativa del Archivo
Nacional, será la máxima autoridad del Sistema Nacional de Archivos, teniendo
entre sus funciones dictar los presupuestos, acordar los gastos, promover y
aprobar licitaciones públicas y privadas, así como las contrataciones directas.
2º—Que de conformidad con el
Dictamen C-042-2001 de 20 de febrero de 2001, emitido por la Procuraduría
General de la República, la Junta Administrativa del Archivo Nacional es el
órgano que posee la personificación presupuestaria del Archivo Nacional, y de
la relación del artículo 11 inciso c) de la Ley 7202 con el dictamen de cita,
se concluye que el máximo jerarca de la Dirección General del Archivo Nacional
en materia de Contratación Administrativa es la Junta Administrativa del
Archivo Nacional, en razón de lo cual resulta competente para dictar los actos
de adjudicación de los procedimientos de contratación administrativa que
promueve.
3º—Que el
artículo 12 inciso g) del Reglamento para el Funcionamiento de las Proveedurías
institucionales de los Ministerios de Gobierno, emitido mediante Decreto
Ejecutivo Nº 30640-H de fecha 27 de junio del 2002 reformado por Decreto Nº
31483-H del 19 de agosto del 2003 le atribuye a la Jefatura de las Proveedurías
Institucionales, entre otras funciones, el dictar la resolución final de
adjudicación, declaratoria de deserción o de infructuosa, en los procedimientos
de contratación administrativa de su institución, y la suscripción de las
formalizaciones contractuales derivadas de dichos procedimientos , en aquellos
casos en que correspondiere dicho acto, ello en el tanto estas funciones le
sean delegadas formalmente por el Ministro del ramo, siguiendo para ello las
disposiciones pertinentes de la Ley General de la Administración Pública.
4º—Que el artículo 84, inciso a)
de la Ley General de la Administración Pública, Ley 6227 del 20 de diciembre de
1978, dispone que:
“Artículo 84.—Las competencias administrativas o su ejercicio podrán
ser transferidas mediante:
a) Delegación: (...)”.
Cuarto.—Que de conformidad con el numeral 89 de la Ley referida en el
punto anterior, la delegación opera de la siguiente forma:
“Artículo 89.—De la Delegación.
1. Todo servidor podrá
delegar sus funciones propias en su inmediato inferior, cuando ambos tengan
funciones de igual naturaleza
2. La delegación no
jerárquica o en diverso grado requerirá de otra norma expresa que la autorice,
pero a la misma se aplicarán las reglas compatibles de esta Sección.
3. No será posible la delegación
cuando la competencia haya sido otorgada al delegante en razón de su específica
idoneidad para el cargo.
4. La delegación deberá ser
publicada en el Diario Oficial cuando sea para un tipo de acto y no para un
acto determinado”. (La negrita no es del original).
Considerando:
1º—Que a nivel de doctrina se ha
señalado que lo que se entiende por delegación como concepto genérico, es el
“traspaso temporal de atribuciones de una persona física a otra, entendiéndose
que se trata de titulares de órganos de la misma organización. En consecuencia
supone una alteración parcial de la competencia, ya que sólo afecta a algunas
atribuciones, es decir, a una parte de aquella. Debe subrayarse el carácter
personal y temporal de la delegación que lleva la consecuencia de que cuando
cambian las personas que están al frente de los órganos deja de ser válida y
hay que repetirla. Otra consecuencia del carácter personal de la delegación es
que no puede delegarse a su vez, lo que se expresa tradicionalmente con la
máxima latina delegata potestas non delegatur. Los actos dictados por
delegación, a los efectos jurídicos, se entienden dictados por el titular del
órgano delegante, ya que dicho órgano no pierde su competencia”. (BAENA DEL
ALCÁZAR, Mariano, Curso de Ciencia de la Administración, Volumen Primero,
Madrid, Editorial Tecnos S. A., segunda Edición, 1985, pp. 74-75).
2º—Que con el propósito de
agilizar los procedimientos administrativos y permitirle a la Junta
Administrativa del Archivo Nacional la consecución de los fines encomendados en
la Ley Nº 7202, y que tanto el artículo 89 de la Ley General de la
Administración Pública permite la delegación de funciones y el artículo 12
inciso g) del Decreto Ejecutivo Nº 30640-H reformado por Decreto Nº 31483-H le
atribuye la posibilidad a la jefatura de la Proveeduría Institucional de
suscribir las formalizaciones contractuales derivadas de los procedimientos de
contratación administrativa, lo que completa el cuadro fáctico jurídico
requerido por el inciso 2) del artículo 89 de la Ley General de la
Administración Pública; y en concordancia con los Principios de eficiencia y
eficacia, contenidos en el artículo 4 de la Ley de Contratación Administrativa,
entendido el primero como la búsqueda de la satisfacción del interés público
mediante el correcto uso de los recursos públicos y el segundo, como la
orientación por parte de la administración al cumplimiento de fines, objetivos
y metas mediante una sana y eficiente administración de los recursos
institucionales, se encuentra conveniente delegar en el Proveedor Institucional
del Archivo Nacional la suscripción de las formalizaciones contractuales
derivadas de los procedimientos de Contratación Directa que promueve esta Junta
Administrativa, y que antes se denominaban órdenes de compra, así como la
autorización de prórrogas de los plazos de entrega dentro de las citadas
contrataciones. Por tanto,
Con fundamento en la normativa
citada y las consideraciones de hecho y derecho señaladas, la Junta
Administrativa del Archivo Nacional, resuelve:
I.—Delegar la suscripción en el
Sistema de Compras Públicas SICOP, del documento que se genera actualmente en
las contrataciones directas en vez de la orden de compra y que se denomina
“contrato”, que promueva esta Junta Administrativa del Archivo Nacional, en el
señor Elías Vega Morales, cédula de identidad número 109110028, quien ocupa el
cargo de Proveedor Institucional del Archivo Nacional. En caso de su ausencia
esta delegación recaerá en la señora Graciela Chaves Ramírez, cédula de
identidad 107150496, quien ocupa el cargo de Jefa del Departamento
Administrativo Financiero del Archivo Nacional, o en la señora Carmen Campos
Ramírez, cédula de identidad 700780501, quien ocupa el cargo de Subdirectora
General del Archivo Nacional.
II.—Delegar en el señor Elías
Vega Morales la emisión de la
autorización de las prórrogas de
contratos de contrataciones directas solicitadas por los contratistas, excepto
las prórrogas de las contrataciones directas autorizadas por la Contraloría
General de la República, previa coordinación con el supervisor o encargado del
contrato, quien deberá emitir su criterio técnico y recomendación. En caso de
su ausencia esta delegación recaerá en la señora Graciela Chaves Ramírez,
cédula de identidad 107150496, quien ocupa el cargo de Jefa del Departamento
Administrativo Financiero del Archivo Nacional, o en la señora Carmen Campos
Ramírez, cédula de identidad 700780501, quien ocupa el cargo de Subdirectora
General del Archivo Nacional.
III.—Rige a partir de su
publicación.
Denis
Portuguez Cascante, Presidente.—1 vez.—O. C. Nº 64.— Solicitud Nº 87775.—( IN2017145314 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
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Marcos Gastón Blanco Campos, soltero, cédula de
identidad Nº 105710443, en calidad de apoderado generalísimo de Las Tres Letras
del Génesis S.A., cédula jurídica Nº 3101461496, con domicilio en Barrio Luján,
calle 21, avenidas 14 y 16, casa Nº 1453, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: FIGUERES.CR
como marca de servicios, en clase: 35. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: transcripción, composición, compilación o
sistematización de comunicaciones escritas y grabaciones, así como la
compilación de datos matemáticos o estadísticos; los servicios de agencias
publicitarias y los servicios tales como la distribución directa o por correo
de folletos y la distribución de muestras. Esta clase puede referirse a la
publicidad relacionada con otros servicios, tales como los vinculados con
préstamos bancarios o publicidad radiofónica. Reservas: de los colores: verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0000794. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de febrero del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017143808 ).
Marcos Gastón Blanco Campos, soltero, cédula de
identidad 105710443, en calidad de apoderado generalísimo de Las Tres Letras
del Génesis S. A., cédula jurídica 3101461496 con domicilio en Barrio Luján,
calle 21, avenidas 14 y 16 casa 1453, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GRANDE COSTA RICA VAMOS CON TODO
como marca de servicios en clase 35
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Los servicios que comprenden
el registro, transcripción, composición, compilación o sistematización de
comunicaciones escritas y grabaciones, así como la compilación de datos
matemáticos o estadísticos. los servicios de agencias publicitarias y los
servicios tales como la distribución directa o por correo de folletos y la
distribución de muestras, esta clase puede referirse a la publicidad
relacionada con otros servicios, tales como los vinculados con préstamos
bancarios o publicidad radiofónica. Reservas: Del color: verde. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero del 2017. Solicitud Nº
2017-0000796. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de febrero del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017143809 ).
Ronald Villalobos Vargas, casado una vez,
cédula de identidad 10795-0856con domicilio en Curridabat, Barrio La Lia; 20
metros norte, de la iglesia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Grupo Musical Los Galos como
marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Grupo Musical. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de mayo del 2017, según Solicitud Nº 2017-0004872. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 01 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017143833 ).
Bryan Ponce Salazar, soltero, cédula de
identidad 113510790, con domicilio en Santa Ana, Costa Rica, solicita la
inscripción de: COCKTAIL BOYS
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a servicio de entretenimiento y servicio de restauración,
ubicado en Río Oro Santa Ana, contiguo al albergue del PANI, casa rejas negras
muro blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0005126. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 9 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017143919 ).
Bryan Ponce Salazar, soltero, cédula de
identidad Nº 113310790, con domicilio en: Santa Ana, Costa Rica, solicita la
inscripción de: COCKTAIL BOYS
como marca de comercio y
servicios en clases 41 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 41: servicios de entretenimiento y en clase 43: servicios
de restauración. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0005125. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de junio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017143920 ).
Lean Wigoda Kaver, casada una vez, cédula de
identidad 110310124, en calidad de apoderado generalísimo de Credopres Saturno
Limitada, cédula jurídica 3102737838 con domicilio en Mercedes, Paseo Colón,
200 metros al norte del Restaurante KFC, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: CREDOPRES SATURNO
como marca de comercio en clase 36 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 36 Servicios relacionados con negocio de prestamista
(servicios de instituto de crédito no bancario). Reservas: De los colores: azul
y ámbar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2017,
solicitud Nº 2017-0005225. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017143921 ).
Bryan Ponce Salazar, soltero, cédula de
identidad 113510790, en calidad de apoderado generalísimo de Coctelería Mundial
S. A., cédula jurídica 3101723187 con domicilio en San Pedro, de los
Laboratorios del Lanammc 50 metros oeste y 100 metros norte ultima casa, Costa
Rica, solicita la inscripción de: MECHAZOS
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas a base de frutas y licor,
ubicado en Santa Ana, Rio Oro, contiguo al Albergue del Pani, casa muro blanco,
rejas negras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del
2017, solicitud Nº 2017-0005121. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de junio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017143922 ).
Juan Acosta Mora, casado una vez, cédula de
identidad Nº 108260204, en calidad de apoderado especial de Windsor
Pharmaceuticals S. A., con domicilio en: San Francisco PH Gran Plaza, piso 5,
oficina 5, distrito Panamá, provincia Panamá, Panamá, solicita la inscripción
de: Windsor Pharmaceuticals
como marca
de fábrica en clases 5 y 10 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5: Productos farmacéuticos en general y en clase 10:
Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, odontológicos, así como miembros,
ojos y dientes artificiales; artículos ortopédicos; material de sutura, de tipo
farmacéutico. Reservas: de los colores: mostaza, dorado y azul. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de abril del 2017. Solicitud N°
2017-0003436. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017143934 ).
Verny Viales Hurtado,
casado, cédula de identidad 103300409, en calidad de apoderado generalísimo de
Quinta Villa Andrea Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101261676, con domicilio
en Ciruelas de Alajuela, del centro de Ciruelas kilómetro y medio tomando por
la calle hacia Turrúcares, en la Quinta Villa Andrea, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Quinta Villa Andrea, como nombre comercial en
clase: Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un
establecimiento comercial dedicado al alquiler de instalaciones para eventos
especiales. Ubicado en Ciruelas de Alajuela, del centro de Ciruelas, kilómetro
y medio tomando por calle hacia Turrúcares. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de febrero del 2017, según Solicitud Nº 2017-0001150. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 3 de marzo del 2017.—Milena Marín Jiménez Registradora.—(
IN2017143989 ).
Orlando Villella, soltero, pasaporte 515374686,
en calidad de apoderado especial de Arabian Night Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101261952, con domicilio en Cóbano, Santa Teresa, Puntarenas, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Taboo Beach Club
como nombre comercial en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a comercio, bar discoteca, ubicado en Puntarenas, Cóbano,
Santa Teresa, 100 metros al este del cruce a Mal País. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 23 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004803. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 12 de junio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017144006 ).
Juan Francisco Bernardez, casado una vez,
cédula de residencia 103200164123, con domicilio en Condominio El Emperador,
casa 10 Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: STRATEGIC PLANNING IRONMAN como
marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 41: Curso intensivo de planeamiento estratégico de larga
duración. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo del 2017,
según solicitud Nº 2017-0004531. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio del
2017.—Grettel Solís Fernández Registradora.—( IN2017144012 ).
Juan Francisco Bernardez,
casado una vez, cédula de residencia 103200164123, con domicilio en Condominio
El Emperador, casa 10, Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: STRATEGIC
PLANNING BOOT CAMP como
marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 41: Curso intensivo de planeamiento estratégico de las
comunicaciones y el negocio. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de mayo del 2017, según Solicitud Nº 2017-0004533. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017144013 ).
Cristal Andrea Torrente Salas, soltera, cédula
de identidad Nº 112780186, con domicilio en: urbanización La Europa, casa 1-10,
Granadilla, Curridabat, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: U LA
USINA como marca de servicios en clase 35 internacional.
Para proteger
y distinguir lo siguiente: preparación y presentación de producciones
audiovisuales con fines publicitarios. Uso de audiovisuales con fines
publicitarios que incluye su producción y presentación. Reservas: de los
colores: blanco, amarillo y negro. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 02 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0003939. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 01 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017144034 ).
Maricel Hernández Castro, casada una vez,
cédula de identidad 304380918, en calidad de apoderada generalísima de H Y R
Eventos Producciones S. R. L. cédula jurídica 3102731274 con domicilio en
Paraíso del Mall Plaza Paraíso 400 metros norte casa esquinera 2 plantas,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: PARTY BOOM SALA DE FIESTAS
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a la venta de paquetes de fiestas
infantiles. Ubicado en el Mall Paraíso, Paraíso, Cartago. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004367. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017144050 ).
Jorge Arturo González Fernández, casado una
vez, cédula de identidad Nº 110090467, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Agroindustriales Goyco S. A., cédula jurídica Nº 3101366491, con
domicilio en: Goicoechea, Mata de Plátano, de la Iglesia Católica 800 metros
este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TUS JITOS! como marca de
fábrica y comercio en clases 29, 30, 31 y 32 internacionales.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 29: ajo en conserva; alcachofas en conserva; almendras
molidas; aloe vera preparado para la alimentación humana; arreglos de frutas
procesadas; bayas en conserva; buñuelos de papa; caldos; cáscaras de fruta;
cebollas en conserva; hongos en conserva; chucrut; coco deshidratado; puré de
manzana; compota de arándanos; compotas; concentrado de tomate; concentrados de
caldo; confituras; hojuelas de papa; croquetas; encurtidos; ensaladas de
verduras, hortalizas y legumbres; ensaladas de frutas; fruta enlatada; frutas
en conserva; frutas congeladas; frutas confitadas; frutas estofadas; frutas
conservadas en alcohol; frutos secos preparados; frutos secos confitados;
frutos secos aromatizados; arvejas en conserva; frijoles en conserva; gelatinas
de fruta; jaleas comestibles; jugo de tomate para uso culinario; jugos
vegetales para uso culinario; lecitina para uso culinario; lentejas en
conserva; maníes preparados; mermelada de jengibre; mermeladas; mousse de
verduras y hortalizas; pasta de calabaza; pasta de berenjena; papas fritas;
papas fritas con bajo contenido graso; pectina para uso culinario; pepinillos;
encurtido; preparaciones para hacer caldo; preparaciones para hacer sopa; pulpa
de fruta; puré de tomate; refrigerios a base de fruta; rodajas de fruta
deshidratada; semillas de girasol preparadas; semillas preparadas; sopas; sopas
vegetales; verduras, hortalizas y legumbres en conserva; verduras, hortalizas y
legumbres cocidas; verduras, hortalizas y legumbres secas; verduras, hortalizas
y legumbres enlatadas; en clase 30: ablandadores de carne para uso doméstico;
adobos; ajo molido; alcaparras; alimentos a base de avena; aderezos para
ensalada; fécula para uso alimenticio; anís en semilla; anís estrellado;
saborizantes de café; saborizantes, que no sean aceites esenciales, para
productos de pastelería y repostería; saborizantes de vainilla para uso
culinario; saborizantes alimentarios que no sean aceites esenciales;
saborizantes para bebidas que no sean aceites esenciales; arroz con leche;
bebidas a base de café; bebidas a base de cacao; bebidas a base de chocolate;
bebidas a base de té; canela; clavo; condimentos; crepas; panqueques; cúrcuma;
curry; edulcorantes naturales; especias; espesantes para uso culinario;
espesantes para helado; espesantes para salchichas; glucosa para uso culinario;
harina de papa; harina de tapioca; harina de frutos secos; hierbas aromáticas en
conserva (productos para sazonar); jengibre; ketchup; maltosa; masa para
productos de pastelería y repostería; masa para hornear; masa de pastelería;
mayonesa; mostaza; pesto; chiles (productos para sazonar); pimienta de Jamaica;
pimienta; preparaciones aromáticas para uso alimenticio; preparaciones
vegetales utilizadas como sucedáneos del café; salsa de pepinillos dulces;
salsa de tomate; salsas; salsas para pastas alimenticias; productos para
sazonar; linaza para la alimentación humana; tapioca; té; té helado; vinagres;
en clase 31: ajos frescos; alcachofas frescas; almendras; arreglos de fruta
fresca; avellanas frescas; bayas frescas; bulbos de flores; maníes frescos;
zapallos frescos: calabazas frescas; cáscara de coco; castañas frescas;
cebollas frescas; hongos frescos; cítricos frescos; cocos; coronas de flores
naturales; escarola fresca; espinacas frescas; flores naturales; flores secas
para decorar; frutas frescas; frutos secos; arvejas frescas; frijoles frescos;
hierbas aromáticas frescas; lechugas frescas; lentejas frescas; limones
frescos; naranjas frescas; papas; pepinos frescos; pimientos; puerros frescos;
raíces de achicoria; raíces comestibles; remolachas frescas; rosales; ruibarbo
fresco; linaza comestible sin procesar; sésamo comestible sin procesar;
verduras, hortalizas y legumbres frescas y en clase 32: aguas; productos para
elaborar aguas gaseosas; aguas minerales; productos para elaborar aguas
minerales; aguas de mesa; aguas gaseosas; aperitivos sin alcohol; batidos de
frutas u hortalizas; bebidas de frutas sin alcohol; bebidas sin alcohol a base
de miel; bebidas de aloe vera sin alcohol; bebidas enriquecidas con proteínas
para deportistas; bebidas sin alcohol con sabor a café; bebidas sin alcohol con
sabor a té; limonadas; néctares de frutas sin alcohol; polvos para elaborar
bebidas gaseosas; preparaciones para elaborar bebidas; siropes para bebidas;
siropes para limonadas; sodas; sorbetes; zarzaparrilla; jugo de tomate; jugos
de frutas; jugos vegetales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002853. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017144057 ).
Roberto Canales Vives, cédula de identidad
700570974, en calidad de apoderado generalísimo de Bobcavi S. A. con domicilio
en Montes de Oca, San Pedro, barrio Los Yoses, 350 metros al sur de Autos
Subarú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Perla Latina
como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: 30 Arroz. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 2 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0003951. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 15 de mayo del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017144058 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de
identidad 110140725, en calidad de apoderada especial de Xtreme Family
Entertaiment Sociedad Anónima Deportiva, cédula jurídica 3101593857, con
domicilio en Escazú, San Rafael, Centro Comercial Country Plaza, locales 13 y
14, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Copa La Anexión
como marca de servicios en
clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de
entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Reservas: No se hace
reserva del término: “COPA”. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0006362. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 21 de abril del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017144060 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de
identidad 110140725, en calidad de apoderada especial de Pancommercial Holding
Inc. con domicilio en Ciudad de Panamá, calle 50 y 74, San Francisco, edificio
PH, 090 piso 15, Panamá, solicita la inscripción de: JACK’S Barquillos
como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 30 Barquillos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 23 de febrero del 2017, solicitud Nº
2017-0001667. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017144061 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de
identidad 110140725, en calidad de apoderada especial de Xtreme Family
Entertainment Sociedad Anónima Deportiva, cédula jurídica 3101593857 con
domicilio en Escazú, San Rafael, Centro Comercial Country Plaza, locales 13 y
14, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ESTRELLAS MASTER como marca de servicios
en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41
Servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 1° de junio del 2017, según Solicitud
Nº 2017-0005183. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de junio del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017144062 ).
Federico
Ureña Ferrero, casado una vez, cédula de identidad 109010453, en calidad de
apoderado especial de Elephant Gin LTD., con domicilio en Semperstrasse 57,
Hamburgo, 22303, Alemania, Alemania, solicita la inscripción de: ELEPHANT GIN como marca de fábrica y comercio en clase: 33
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 33 Ginebra. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo del 2017, según Solicitud
Nº 2017-0004418. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega
Registradora.—( IN2017144080 ).
Alberto Gurdián Arango, soltero, cédula de
identidad Nº 112180761, en calidad de apoderado generalísimo de Expo Fútbol
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101728349, con domicilio en: Curridabat,
Pinares, de la Agencia de la BMW 400 metros al norte y 25 metros al oeste casa
blanca Nº 19, San José, Costa Rica solicita la inscripción de: EXPO FUTBOL CR
PARA LOS QUE VIVEN EL FUTBOL
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
ferias deportivas y actividades deportivas, relacionadas al fútbol; ubicado en
San José, Curridabat, Pinares, de la Agencia de la BMW 400 metros al norte y 25
metros al oeste casa blanca Nº 19. Reservas: se hace reserva de los colores:
amarillo-verde, negro y blanco. No se hace reserva de los términos: ‘’EXPO
FÚTBOL CR”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero
del 2017. Solicitud N° 2017-0001574. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de junio
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017144091 ).
Alberto Gurdián Arango, soltero, cédula de
identidad 112180761, en calidad de apoderado generalísimo de Expo Fútbol
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101728349,con domicilio en Curridabat,
Pinares, de la Agencia de la BMW 400 metros al norte y 25 metros al oeste casa
blanca número 19, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EXPO
FUTBOL CR PARA LOS QUE VIVEN EL FÚTBOL
como marca de servicios en
clase(s): 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Actividades deportivas o ferias deportivas relacionadas al fútbol. Reservas: Se
hace reserva de los colores: amarillo-verde, blanco y negro. No se hace reserva
de los términos: “EXPO FÚTBOL CR”. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001575. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017144092 ).
María José León Angulo, soltera, cédula de
identidad N° 116860833, en calidad de apoderada generalísima de Exitus
Consulting Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101725209, con domicilio en
San José, Zapote, de la Iglesia Católica del lugar 50 metros norte, casa 1312,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MOKA NAILS Uñas sticker,
como marca de comercio en clase
3 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Uñas plásticas
adhesivas, artículos de uso para el cuidado de las uñas, esmalte en seco,
decales de agua (stickers). Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003099. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 19 de abril del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017144094 ).
Manuel Enrique García Campos, casado una vez,
cédula de identidad 401370243, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Inmobiliarias Barveñas S. A. con domicilio en Santa Bárbara, de la
esquina sureste de la iglesia católica, 100 metros sur y 50 oeste, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Harmont&Blaine
como marca de fábrica en clase 25 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 25 Pantalones de hombre y mujer, blusas, camisas,
zapatos, gorras, ropa interior de hombre y mujer, vestidos, enaguas, shorts,
bolsos, carteras, pantalonetas, vestidos de baño, camisetas, manganos.
Reservas: De los colores azul y blanco. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004958. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 2 de junio del 2017.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017144096 ).
Deykel Isabel Ortega Creed, soltera, cédula de
identidad Nº 112300035 y Diana Rebeca García Herrera, cédula de identidad Nº
113870580, con domicilio en: 75 metros sur Agencia ICE, Guácimo, casa color
naranja, mano derecha frente a farmacia Total Ahorro, Limón, Costa Rica y 50
metros este del play de la urbanización Arguedas Molina, San Rafael, casa color
verde, portón café, mano izquierda, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BOREAL
como marca de comercio en clases
14, 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase
14: metales preciosos y aleaciones, joyería, relojería y piedras preciosas; en
clase 18: cuero y cuero de imitación, bolsos, carteras, billeteras, fajas y en
clase 25: prendas de vestir y calzado. Reservas: de los colores: verde,
amarillo, fucsia, morado, rosado, café, negro y naranja. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 05 de diciembre del 2016. Solicitud N°
2016-0011868. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 15 de diciembre del 2016.—César
Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144109 ).
Jonathan Valerio Solís, soltero, cédula de
identidad N° 212910659, en calidad de apoderado generalísimo de tres-ciento
uno-siete tres uno nueve cinco uno S. A., cédula jurídica N° 3101731951, con
domicilio en cantón Central, distrito Alajuela setenta y cinco metros al norte
de la cúpula de la Catedral, en el Bufete Valerio y Asociados, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de: RC HOBBIES FOR ALL
como nombre
comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización de
prendas de vestir y calzado, camisas de manga corta, camisas de deporte,
camisetas de deporte sin mangas, jerseys, medias, prendas de vestir y tacos
para botas de fútbol, juegos y juguetes, drones (juguete), mandos para
juguetes, controles para juguetes, vehículos de juguete, vehículos
teledirigidos y [juguetes]/vehículos de control remoto. El establecimiento se
ubica en Alajuela, calle cuatro, frente al Parque de los Niños. Reservas: hace
reserva de los colores anaranjado, amarillo, blanco y negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de febrero del 2017. Solicitud Nº
2017-0001303. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador.—( IN2017144140 ).
Jason Alexander Meléndez Segura, soltero,
cédula de identidad 110880337, con domicilio en San Pedro, Vargas Araya, del
edificio Fundación C.R-Canadá 50 oeste, 100 sur, 100 este y 100 sur, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: POWER W TEAM
como marca
de comercio en clase: 5 y 25. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 5: Complementos alimenticios para personas y clase 25: Ropa de
gimnasia. Reservas: De los colores: amarillo y negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004475. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 2 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017144143 ).
Roberto Carlos Márquez Rodríguez, pasaporte
número AAI688403, con domicilio en Condominio Agua Clara Filial 66-A, Río
Segundo, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: norkinas
como marca
de fábrica y comercio en clase: 25. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre del 2016. Solicitud Nº
2016-0010341. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de enero del 2017.—Sabrina Loáiciga
Pérez, Registradora.—( IN2017144144 ).
Susana Vásquez Álvarez, cédula
de identidad 109560295, en calidad de apoderada especial de Laboratorios Stein
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101028601con domicilio en 500 metros al sur,
del cruce de Taras; sobre la Autopista Florencio del Castillo, Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: RICALCITOL D como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 5 Productos farmacéuticos de uso humano. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2017, según Solicitud
Nº 2017-0004700. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio Registradora.—( IN2017144154 ).
Susana Vásquez Álvarez, cédula
de identidad 109560295, en calidad de apoderada especial de Laboratorios Stein
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101028601, con domicilio en 500 metros al
sur del cruce de Taras, sobre la Autopista Florencio del Castillo, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: SOTABLOC como marca de fábrica y
comercio en clase 5 internacional para proteger y distinguir lo siguiente:
Productos farmacéuticos de uso humano. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004699. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017144155 ).
Tricssy María Gutiérrez Molina, soltera, cédula
de identidad Nº 115110282, con domicilio en: Salitrillos, Aserrí, calle Cuesta
Grande, 700 sur, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEXITICAS
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad, gestión
de negocios comercial, administración comercial, trabajos de oficina. Reservas:
de los colores: celeste, naranja, blanco y café. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 02 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005266. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 13 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017144164 ).
Victoria Alonso Crespo, casada una vez, cédula
de identidad 112780841con domicilio en Bosques Doña Rosa, Condominios Doña Rosa
N° 10, Belén, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: BRIO
como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 30: Galletas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017,
solicitud Nº 2017-0004457. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de junio del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144169 ).
Luis Alonso López Gómez, soltero, cédula de
identidad Nº 205250247, en calidad de apoderado generalísimo de Panamerican
Comerce Group Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101410449, con domicilio
en: Rohrmoser de la sucursal del Banco Lafise, 100 metros al norte y 50 metros
al oeste, mano izquierda, apartamentos Bristol número tres, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: p g PANAMERICAN GROUP
como marca de servicios en
clases 35, 36, 37 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 35: servicios de oficina en gestión de recursos humanos,
capacitaciones en preparación y valor de licitaciones gubernamentales;
contabilidad básica e intermedia; consultorías en la preparación de cuentas,
administración de bodegas e inventarios, implementación de factura electrónica;
contabilidad, sea servicio de Análisis de Viabilidad Financiera, Contabilidad
Analítica y Financiera, Diligencia Tributaria (Due Diligence) tributario y
Contable, Preparación y revisión de los libros contables, Presentación de
Impuestos; en clase 36: servicios de operaciones financieras; preparación de
cuentas, aplicación práctica del impuesto del salario; auditorías en ejecución de auditorías financieras, operacionales y
forense; y materia fiscal, sea: Cierre fiscal, preparación de Cuentas Anuales
ante el Registro Mercantil, Asesoramiento en Inversiones y asesoría tributaria,
elaboración de respuestas a requerimientos de las autoridades fiscales o
asesoría, preparación de recursos contra liquidaciones de impuestos o asesoría,
atención de demandas de revisión de impuestos ante el Juzgado Contencioso
Administrativo, evaluación de las normas tributarias, estudios fiscales de
interés general; en clase 37: servicios de consultorías, construcción e
instalación relacionados con la ingeniería y en clase 45: servicios de
asesoría, capacitaciones y consultorías jurídicas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 02 de marzo del 2017. Solicitud N°
2017-0001903. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 01 de junio del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017144177 ).
Randall Mauricio Rojas
Quesada, divorciado, cédula de identidad 204870005, en calidad de apoderado
especial de M R Dental y Asociados M R B Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101543810 con domicilio en San Carlos, Ciudad Quesada, San Carlos, 75 metros
al norte de la Iglesia Catedral, altos de Importaciones La Oficina, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: yippo FROZEN HELADERÍA
como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Para proteger y distinguir helados. Reservas: De los
colores: blanco y morado. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0004879. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017144207 ).
Ana Guiselle Valerio
Segura, casada una vez, cédula de identidad N° 107470461, en calidad de
apoderado especial de Rosinter Sociedad Anónima, con domicilio en 18 calle
Boulevard Los Próceres 26-21, Zona 10, local 214 segundo nivel, centro
Comercial Arkadia Shopping, Guatemala, solicita la inscripción de: Ez Food,
como marca
de comercio en clase s: 29 y 30 internacional(es), para proteger y distinguir
lo siguiente: clases: 29 carne desmechada, y clase 30: gallo pinto, arroz con
pollo, arroz valenciana. Reservas: de los colores: rojo, blanco y amarillo. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del 2017. Solicitud
Nº 2017-0004210. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de junio del 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144224 ).
Johnny Arturo Madrigal Araya, divorciado una
vez, cédula de identidad 106790154, en calidad de apoderado generalísimo de
Fantasmas MC San Carlos CR Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101707839 con
domicilio en San Carlos, Ciudad Quesada, 75 metros este del salón comunal del
barrio San Martín, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: FANTASMAS · COSTA RICA · MC
como marca de fábrica y comercio en clase: 16. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Papel, adhesivos, papelería, caracteres de
imprenta, fotografías. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de
mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004001. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de mayo
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017144243 ).
Ricardo
Alberto Rodríguez Valderrama, soltero, cédula de identidad 113780918, en
calidad de apoderado especial de Profarmaco S.A., con domicilio en Calle Turó
de Monterols, 11, Bjos, 08006, Barcelona, España, solicita la inscripción de: PERILAX,
como marca de fábrica en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y
sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o
animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas
dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas,
herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0004323. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de mayo de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017144249 ).
José Antonio Gamboa Vázquez,
casado una vez, cédula de identidad 104610803, en calidad de apoderado especial
de Oleg Cassini, Inc, con domicilio en 313 Mccouns Lane, Oyster Bay Cove, New
York 11771, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: CASSINI
como marca de fábrica y comercio en clases: 3 y 25. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3:
Perfume, colonia, loción de baño, loción corporal y polvo corporal y en clase
25: Ropa para hombres, mujeres y niños. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000018. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 16 de enero del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017144280 ).
José
Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez, cédula de identidad 104610803, en
calidad de apoderado especial de Oleg Cassini Inc., con domicilio en 313
Mccouns Lane, Oyster Bay Cove, New York 11771, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: OLEG CASSINI, como marca de fábrica y
comercio en clases: 3 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: perfume, colonia, loción de balo, loción corporal y polvo corporal y
25: ropa para hombres, mujeres y niños. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000019. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de enero de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017144281 ).
José Antonio Gamboa Vázquez, casado una vez,
cédula de identidad 104610803, en calidad de apoderado especial de Snuba
International Inc. con domicilio en 4191 Business Drive, Unit F, Shingle
Springs, California 95682, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: SNUBA como marca de fábrica y servicios en clases 9 y 41
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 9 Sistema subacuático
de buceo compuesto de un conjunto de flotación, cilíndrico de aire y un
regulador de dos bases. y 41 Servicios de entretenimiento, específicamente,
visitas guiadas bajo el agua. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de enero del 2017, solicitud Nº 2017-0000017. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 21 de abril del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017144282 ).
Álvaro Enrique Dengo solera,
divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado generalísimo
de Laboratorios Arsal Sociedad Anónima de capital variable, con domicilio en
Calle Modelo, N° 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: HIDAMIN
como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 5: Productos farmacéuticos, especialmente
anticonvulsivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo de
2017. Solicitud Nº 2017-0004522. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—César
Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144283 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera,
divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado generalísimo
de Laboratorios Arsal, Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en
calle modelo, N° 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: ULTRATOP
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, especialmente, inhibidor de
la bomba gástrica de protones. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004529. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017144284 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera,
divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado generalísimo
de Laboratorios Arsal Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en
Calle Modelo, N° 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: ALGIREF,
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos, especialmente antiácido y
antirreflejo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0004528. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José,. 25 de mayo de
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144285 ).
Álvaro
Enrique Dengo Solera, divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de
apoderado especial de Laboratorios Arsal, Sociedad Anónima de Capital Variable,
con domicilio en calle Modelo, N° 512, San Salvador, El Salvador, solicita la
inscripción de: TROMBOPROF como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
farmacéuticos, especialmente agentes antitrombóticos como inhibidor directo del
factor Xa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo del
2017, solicitud Nº 2017-0004525. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de mayo del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144286 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera,
divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado generalísimo
de Laboratorios Arsal Sociedad Anónima de capital variable, con domicilio en
Calle Modelo, N° 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: CALCIBANDROL
como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: Clase 5: Productos farmacéuticos, especialmente
inhibidor de la resorción ósea. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004524. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017144287 ).
Álvaro Enrique Dengo Solera,
divorciado, cédula de identidad 105440035, en calidad de apoderado generalísimo
de Laboratorios Arsal Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en
Calle Modelo, N° 512, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: APIXA,
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, especialmente agentes
antitrombóticos-inhibidor directo del factor Xa. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 16 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004523. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017144288 ).
Ana Yhansey Fernández Corrales, divorciada una
vez, cédula de identidad Nº 107010647, en calidad de apoderada especial de
Melvin Antonio Padilla Mora, casado una vez, cédula de identidad Nº 106270536,
con domicilio en San Isidro, del Rancho Wicho, setecientos metros norte calle
Breña Mora, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Café M Aroma de la
mañana
como marca de comercio, en clase: 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos alimenticios de origen vegetal (café)
preparados para su consumo o conservación, así como los aditivos para realzar
el sabor de los alimentos. Esta clase
comprende en particular las bebidas a base de café. Reservas: de colores: rojo,
verde, blanco y café. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003616. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 30 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144313 ).
Mahity Flores Flores, casada una vez, cédula de
identidad Nº 109770920, en calidad de apoderado generalísimo de Correos de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-227869, con domicilio en
doscientos metros sur de la Iglesia Católica de Zapote, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de:
como marca de servicios, en clases: 35 y 39 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente, en clase 35: Comercialización de
mercancías, para pequeñas y medianas empresas que deseen comercializar sus
productos a través de una plataforma de comercio electrónico (tiendas en
línea), comercialización de productos en línea. Clase 39: Transporte, embalaje
y almacenaje de mercancías o productos para pequeñas y medianas empresas.
Reservas: no hace reserva de los términos “Pymexpress CORREOS DE COSTA RICA”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003515. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de abril del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017144393 ).
Juan Carlos Chaverri Jiménez, soltero, cédula
de identidad 204400513, en calidad de apoderado generalísimo de Artistas
Digitales S. A., cédula jurídica 3101712372, con domicilio en Guácima, 25 m
este de Automercado, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Happy
Panda
como marca de fábrica y
servicios en clase(s): 16 y 35 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 16 Papel y cartón, productos de imprenta, material de
encuadernación, fotografía, artículos de papelería, adhesivos y 35 Publicidad,
gestión de negocios comerciales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0005120. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7
de junio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017144399 ).
José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez,
cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial de Alimentos
Prosalud S. A., con domicilio en Santa Ana, Condominio Parque Empresarial Forum
I, edificio C, segundo piso, Pozos de Santa Ana, San José, Costa Rica ,
solicita la inscripción de: Oria Healthy,
como marca de fábrica y comercio
en clases: 5; 29; 30; 31 y 32 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: clase 5: batidos para sustituir comidas para uso médico
(complementos y suplementos nutricionales). Clase 29: conservas a base de pollo,
comidas preparadas y congeladas, vegetales enlatados y en salsa, leche de
almendras todo lo anterior saludable. Clase 30: galletas y snacks saludables;
cereales; barras de cereal. Clase 31: granola; salvados de cereal: semillas sin
procesar, todo lo anterior saludable y clase 32: bebidas saludables, leche de
almendras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril de
2017. Solicitud N° 2017-0003202. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017144404 ).
José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez,
cédula de identidad N° 104330939, en calidad de apoderado especial de Nucerity
International, INC. con domicilio en 7880 San Felipe, Suite 200, Houston,
Texas, 77063, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NUCERITY
ELITE, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacionales.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: 5 mezcla en polvo para bebidas de
suplemento nutricional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de
mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004091. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de mayo
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017144405 ).
José Antonio Muñoz Fonseca, casado una vez,
cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial de Continental
Reifen Deutschland GMBH, con domicilio en Vahrenwalder Str. 9, 30165 Hannover,
Alemania, solicita la inscripción de: ECOCONTACT
como marca
de fábrica y comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: 12 Neumáticos; y tubos internos para neumáticos de vehículos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el: 4 de mayo de 2017. Solicitud
Nº 2017-0004090. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo de 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017144406 ).
José Antonio Muñoz
Fonseca, casado una vez, cédula de identidad Nº 104330939, en calidad de
apoderado especial de Continental Reifen Deutschland GMBH con domicilio en
Vahrenwalder Sts. 9, 30165 Hannover, Alemania, solicita la inscripción de: PREMIUMCONTACT
como marca de fábrica y comercio, en clases: 12 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Neumáticos para vehículos y sus materiales de
reparación, llantas sólidas, llantas completas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003588. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017144407 ).
Marco Aurelio Cabrera Medaglia, soltero, cédula
de identidad Nº 303260710, con domicilio en Escazú, 350 metros sureste del
Centro Comercial La Paco, Condado del Country, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: La Dulcería Unidad de Brand Planning
como nombre comercial, en clase: 49 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a planeamiento
de estrategias de marca, publicidad y gestión de negocios comerciales. Ubicado:
en San José, Sabana Norte, del Instituto Costarricense de Electricidad, 250 metros al norte, 100 metros al
este, edificio Carseg. Reservas: de los colores: café, blanco y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0001837. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de
mayo del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017144420 ).1
Marco Aurelio Cabrera Medaglia, soltero, cédula
de identidad 303260710, con domicilio en Escazú, 250 metros al sureste de
Centro Comercial La Paco, condado del Country, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: La Dulcería -Unidad de Brand Planning-,
como marca de servicios en
clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: asesoría en
planeamiento de estrategias de marca, publicidad y gestión de negocios.
Reservas: de colores: café, rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0001836. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 05 de mayo de 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2017144421 ).
Lorena García Hernández, casada una vez, cédula
de identidad 301990100, en calidad de apoderada generalísima de Academia Lodeco
S. A., cédula de identidad 3101473629, con domicilio en Barrio El Molino, de la
entrada sureste del Cementerio General de Cartago, 50 metros este, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: ACADEMIA LODECO
como nombre
comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a impartir carreras técnicas de operador en
computadora, asistente de oficina, asistente de administración y digitación en computadora,
ubicado en Cartago, Barrio El Molino de la entrada sureste del cementerio
general de Cartago, 50 metros este. Reservas: de los colores: azul, azul claro
y azul oscuro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0004873. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de junio de 2017.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144474 ).
María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de
identidad 111480307, en calidad de apoderada general de DPG Cero Uno Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3101634311, con domicilio en Palmares, Buenos Aires,
150 metros este de Plastimex en la entrada a Palmares, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Innovitec INNOVACIONES TECNOLÓGICAS PROVIDA
como nombre
comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 49:
Un establecimiento comercial dedicado a comercializadora de productos y
servicios y servicios innovadores que ayudan a mejorar la calidad de vida de
las personas y la eficiencia en las empresas, en armonía con el medio ambiente.
Ubicado en Alajuela, Palmares, 250 metros este de la delegación de tránsito,
Edificio Edival. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio de
2017. Solicitud Nº 2017-0005179. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio de 2017.—Randall
Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017144476 ).
María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de
identidad N° 111480307, en calidad de apoderada especial de Natural Aloe de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101441901, con domicilio en
Liberia, 4 kilómetros al sur de la entrada principal a Liberia, Guanacaste,
Costa Rica, solicita la inscripción de: NATURMANAN ACE +
como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 5
Productos nutracéuticos para uso terapéutico y como suplemento dietético,
preparados nutracéuticos para animales, complementos nutricionales, suplementos
nutricionales, preparaciones de aloe vera para uso farmacéutico. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0005113. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017144478 ).
Gerardo Moreno Benavides,
casado una vez, cédula de identidad N° 104530834, en calidad de apoderado
especial de 3-101-011167 S. A., cédula jurídica N° 3101011167, con domicilio en
Pavas, 200 metros al sur de la Iglesia María Reina, edificio Súper Salón
segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: B BHN,
como nombre
comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a salas de belleza y spa, especializadas en cabello, uñas y
cuidado corporal; ubicado en San José, Pavas, 200 metros al sur de la Iglesia
María Reina, edificio Super Salón segundo piso. Reservas: de los colores:
negro, rojo y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de
mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003896. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de junio
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017144498 ).
Gerardo Moreno Benavides, casado una vez,
cédula de identidad 104530834, en calidad de apoderado generalísimo de
3-101-011167 S. A., cédula jurídica 3101011167, con domicilio en pavas, 200
metros al sur de la Parroquia María Reina, Edificio Súper Salón, segundo piso,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: B,
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
salas de belleza y spa, especializadas en
cabello, uñas y cuidado corporal; ubicado en San José, Pavas, 200 mts. al sur
de la Iglesia María Reina, Edificio Super Salón, segundo piso. Reservas: del
color: rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0003897. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de junio de
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017144499 ).
Gerardo Moreno Benavides, cédula de identidad
104530834, en calidad de apoderado especial de 3-101-011167 S.A., cédula
jurídica 3101011167, con domicilio en Pavas, 200 metros al sur de la Parroquia
María Reina, edificio Súper Salón, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: BHN,
como nombre
comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a salas de belleza y spa, especializadas en cabello, uñas y
cuidado corporal; ubicado en San José, Pavas, 200 mts. al sur de la Iglesia
María Reina, Edificio Super Salón, segundo piso. Reservas: de colores: negro y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo de 2017.
Solicitud N° 2017-0003898. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de junio de
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017144500 ).
Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar, casada, cédula
de identidad N° 109710905, en calidad de apoderada especial de Plastic Brothers
Sociedad Anónima, con domicilio en 26 avenida 5-10 zona 4, El Naranjo, Mixco,
Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: TODO TERRENO,
como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente:
prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003345. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 08 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesen,
Registradora.—( IN2017144518 ).
David Chaves Artavia, casado una vez, cédula de
identidad 110230727, con domicilio en La Aurora, del Liceo, 50 sur y 50 este,
casa E29, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: CARTAPACIOS
como marca de servicios en
clases: 35 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clases: 35 Publicidad, negocios, administración comercial, gestión de negocios
comerciales y clase 41: Educación, formación entretenimiento deportivas y
culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0004900. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de junio de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017144527 ).
Francisco Torres Gazel, SOLTERO, cédula de
identidad 112940403, con domicilio en San José, Curridabat, 150 m del Fresh
Market en Guayabos, casa A-4, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL
GAZELITO
como marca
de fábrica en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Salsas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del
2017. Solicitud Nº 2017-0004375. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de mayo del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017144531 ).
Alexander Guevara Clavijo, casado una vez,
cédula de residencia 117001722001, en calidad de apoderado generalísimo de
Centrosemillas Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101672935, con domicilio en
Montes De Oca, Barrio Los Yoses Sur, del Auto Mercado de San Pedro, 400 metros
sur y 225 oeste, calle 35, avenida 14, casa amarilla de dos plantas, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: SoluPlant, como marca de fábrica
en clase: 1 internacional.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: Agroquímicos y preparaciones químicas y
para su uso en la actividad agrícola, agropecuaria y en la horticultura
incluyendo productos y compuestos relacionados para utilizar en dichas
actividades, así mismo, bases químicas para productos para su uso agropecuario,
agrícola y/o en horticultura incluidos pero no limitados a insecticidas,
herbicidas, fungicidas, acaricidas, fertilizantes y fitorreguladores y sus
compuestos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0004203. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio de
2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017144549 ).
María del
Pilar López Quiros, divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de
apoderado especial de Stokely-Van Camp, INC., con domicilio en 555 West Monroe
Street, Chicago Illinois 60661, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: EL AGUA ACTIVA DE GATORADE, como señal de propaganda en
clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 50 para promocionar
bebidas no alcohólicas y no carbonatadas con sabor a frutas, relacionado con el
registro 158636. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de marzo
del 2017. Solicitud Nº 2017-0002417. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de junio
del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017144560 ).
María del Pilar López Quirós,
divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de
General Cable Technologies Corporation, con domicilio en 4 Tesseneer Drive,
Highland Heights, Kentucky 41076, U.S.A., Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: CAROL como marca de fábrica y comercio en clase: 9.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 9: Alambres y cables, y
termostato para radiadores de automóviles. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003720. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 29 de mayo de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017144561 ).
Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad
105320390, en calidad de apoderado especial de Fate Sociedad Anónima Industrial
Comercial e Inmobiliaria, con domicilio en Marcelo T. d Alvear 590-P.3°,1058,
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, solicita la inscripción de: fate
O,
como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: neumáticos. Reservas: de los colores: negro
y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo de 2017.
Solicitud N° 2017-0004555. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de mayo de
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144562 ).
Édgar Zurcher Gurdian, divorciado, cédula de
identidad N° 105320390, en calidad de apoderado especial de The Quaker Oats
Company, con domicilio en Quaker Plaza, 555 West Monroe Street, Chicago,
Illinois 60661, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 29 y 30, internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: clase 29: bocadillos a base de frutas, bocadillos en barras a base
de frutas; sopas a base de frutas o vegetales; bocadillos mixtos consistentes
de frutas procesadas, nueces procesadas y/o pasas; frutas secas; nueces
procesadas; bebidas a base de lácteos, yogurt, bebidas a base de yogurt;
bebidas a base de lácteos conteniendo avena; bebidas a base de soya; y clase
30: harina y preparaciones hechas de cereales; cereales para el desayuno, a
saber, cereales listos para comer y cereales calientes; panecillos, galletas
dulces y saladas; avena, gachas de avena, papilla de avena, muesli y
preparaciones de muesli; sémola de maíz de
grano; harina de maíz; cebada perlada; mezcla de panqueques, mezclas preparadas
para hornear; barras a base de granos; mezcla de bocadillos basadas en granos;
bocadillos a base de cereales; queques de arroz y productos de queques de
arroz, queques de granos; bocadillos basados en granola; bebidas basadas en
avena. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo de
2017. Solicitud Nº 2017-0004553. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de mayo de
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144563).
Édgar Zurcher Guardian, divorciado, cédula de
identidad 105320390, en calidad de apoderado especial de Caribe Car, con
domicilio en Aeroport Pole Caraibe Lieu-Dit Lieu-Morne Manel 97139 Les Abymes,
Francia, solicita la inscripción de: SQUEE
como marca de fábrica y
servicios en clases: 12; 35; 36; 38 y 39. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 12: Vehículos, coches, camiones y otros
vehículos para uso terrestre. Clase 35: Servicios de intermediación comercial
relacionados con el alquiler de vehículos; servicios comerciales en el ámbito
del transporte y la entrega; servicios de fidelización de clientes y servicios
de clubes de clientes, para propósitos comerciales, a saber, servicios de
promoción y/o servicios públicos, operaciones promocionales y servicios de
publicidad para la fidelización de clientes; servicios de gestión del
transporte, a saber, planificación y coordinación del transporte de personas
para terceros; servicios empresariales de gestión de flotas de vehículos, a
saber, orientación y vigilancia de vehículos con fines comerciales y servicios
de asesoramiento empresarial relacionados con la gestión de flotas con fines
comerciales. Clase 36: Servicios de seguros y su gestión para la flota
vehicular, a saber, facilitar y organizar la financiación de vehículos;
servicios de una agencia de seguros en los ámbitos de responsabilidad, colisión
y seguro global de vehículos para terceros. Clase 38: Telecomunicaciones;
proporcionar acceso a un sistema de reserva para alquilar vehículos y reservar
viajes a través de una plataforma en Internet; proporcionar acceso a la
información en Internet; proporcionar portales en Internet; proporcionar acceso
a plataformas en Internet y Clase 39: Alquiler de vehículos de motor de todo
tipo; alquiler de accesorios de vehículos, principalmente de portaequipajes,
asientos de seguridad para niños, remolques para vehículos, cadenas para la
nieve; servicios de remolque de vehículos; organización de reservas, reserva de
asientos, reserva de viajes y excursiones, así como visitas guiadas (turismo);
transporte de pasajeros y mercancías mediante vehículos, en especial de
automóviles y camiones, por ferrocarril, barco y avión; servicios de agencia de
viajes; escolta de viajeros; servicios de choferes; servicios de mensajería para
el transporte de mercancías. Reservas: De los colores: morado y amarillo.
Prioridad: Se otorga prioridad N° 16/4304480 de fecha 04/10/2016 de Francia. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de abril de 2017. Solicitud
Nº 2017-0003091. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017144564 ).
Édgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad
105320390, en calidad de apoderado especial de A-DEC, Inc., con domicilio en
2601 Crestview Drive, Newberg, Oregon 97132, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: adec
como marca
de fábrica y comercio en clase: 10 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Equipo dental y mobiliario dental. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004554. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 1 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017144565 ).
Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de
identidad N° 111610034, en calidad de apoderada especial de Ozapato Group INC,
con domicilio en Av Canfield, Parking Republic Plaza Local 1, al lado del
Aeropuerto de Albrook, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de:
OZAPATO, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es).
Para
proteger y distinguir lo siguiente: calzado. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001301. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—(
IN2017144581).
Hernán Pacheco Orfila, cédula de identidad
105850980, en calidad de apoderado especial de Grupo Omnilife S. A. de C.V.,
con domicilio en Av. Inglaterra 3089-T, Col. Vallarta Poniente, Guadalajara,
Jalisco, C.P. 44110, México, solicita la inscripción de: CreSiendo ACADEMIA
DE EMPRESARIOS OMNILIFE,
como marca de servicios en
clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: educación;
formación de personas en el ámbito del desarrollo social, personal,
profesional, empresarial y de negocios; enseñanza; academias (educación),
coaching (formación), orientación profesional y vocacional (asesoramiento en
educación o formación). Reservas: de los colores: turquesa, morado y
anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de febrero
de 2017. Solicitu N° 2017-0001598. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de mayo de 2017.—Jamie
Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017144583 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad
111610034, en calidad de apoderada especial de Global Pool S. A, cédula jurídica
3-101-388383, con domicilio en Liberia, Guardia centro de oficinas Seneca, de
Swiss Travel 150 metros suroeste, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GLOBAL POOLS Piscinas & Spas
como marca de servicios en
clases: 35 y 37. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Clase 35: Servicios de ventas de productos para la construcción, mantenimiento
y accesorios de piscinas y spas, y clase 37: Servicios de construcción y
mantenimiento de piscinas y spas. Reservas: No se hace reserva del término:
“PISCINAS & SPAS”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003488. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de mayo de
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144584 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
José Miguel Alfaro Gómez, soltero, cédula
de identidad Nº 113600323, en calidad de apoderado generalísimo de Sociedad
Ecología Emprendimiento Desarrollo S.E.E.D. Limitada, cédula jurídica Nº
3102665278, con domicilio en San José, calle 11, avenidas 2 y 2 bis, Nº 255,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: s.e.e.d.
como marca de servicios, en clase: 45
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios jurídicos,
prestados por abogados asesores, asistentes jurídicos, y juristas, y servicios
de arbitraje, de consultoría jurídica, legal, y regulatoria, de dirección
procesos contenciosos y no contenciosos, de investigaciones jurídicas y
judiciales, de mediación, de preparación de documentos jurídicos, de solución
extrajudicial de controversias. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 23 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002694. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
16 de mayo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017137999 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad
111610034, en caridad de apoderada especial de Ingeniería de Polimeros S. A.,
con domicilio en Sabana Oeste, del plantel de Fuerza y Luz 200 norte, 50 este,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: A ARTESANOS CAR CLUB como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 9 y 16 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 9: Una revista digital descargable en línea especializada en la
promoción y venta de vehículos de lujo con acabados artesanales. 16: Una
revista especializada en la promoción y venta de vehículos de lujo con acabados
artesanales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo del
2017. Solicitud Nº 2017-0004591. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de mayo del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017144585 ).
Roxana Cordero Pereira, soltera,
cédula de identidad N° 111610034, en calidad de apoderada especial de Mylan
Institutional INC, con domicilio en 1718 Northrock Court Rockford, Illinois
61103, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FULPHILA,
como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 5
preparaciones farmacéuticas para reducir la duración de la neutropenia y la
incidencia de netropenia febril. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004795. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017144586).
Roxana
Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderado
especial de Arturo Apéstegui Barzuna, cédula de identidad 106630618, con
domicilio en Radial de Belén-Santa Ana, Fórum 2, edificio A, piso 4, Santa Ana,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SIN CORBATA, como
marca de servicios en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios notariales y de asesoría legal. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004487. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 19 de mayo de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017144587 ).
Amelia Barquero Trejos, divorciada, cédula de
identidad 103460599, en calidad de apoderado general de Fundación Amor
Esperanza y Vida. FUNDAEVI, cédula jurídica 3006659184 con domicilio en,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Alianza Herediana como
nombre comercial.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a Servicios de intermediación,
ayuda y atención a pacientes con cáncer y a sus familiares cercanos,
especialmente en la provincia de Heredia y colaboración directa al Hospital San Vicente Paul de Heredia en la atención de estos
pacientes y otras instituciones de salud de la provincia, ubicado en la
Dirección Administrativa del Hospital San Vicente de Paul de Heredia centro. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo del 2017. Solicitud
Nº 2017-0004184. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de junio del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora—( IN2017144604 ).
Paulina Ortiz Stradtmann, casada una vez,
cédula de identidad 106220058, con domicilio en Sánchez de Curridabat, Lomas De
Ayarco Sur, del Restaurante Doña Lela, 4 cuadras al sur, 4 al oeste y 2 cuadras
al norte, casa esquinera color verde claro con rejas y portones café, Costa Rica,
solicita la inscripción de: PAULINA ORTIZ como marca de comercio y
servicios en clases 11; 20 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 11: Aparatos de lumbrada Clase
20: Muebles, espejos, marcos. Y Clase 42: Servicios de diseño de interiores,
diseño de artes gráficas, diseño de moda, estilismo, diseño industrial. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 07 de junio de 2017, solicitud Nº
2017-0005381. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144618 ).
Mariana Castillo Rojas, soltera, cédula de
identidad Nº 206010815, con domicilio en: condominio Solaris, apartamento
B-102, Lourdes, San Pedro de Montes de Oca, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Ñ AmerLingua como marca de servicios en clase 41 internacional.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: educación/servicios
educativos/enseñanza/instrucción de español y de inglés (presencial y por
internet). Servicios de traducción. Servicios de interpretación lingüística.
Servicios de tutoría de Español y Literatura. Redacción y corrección filológica
de textos. Publicación de libros. Publicación en línea de libros y revistas
especializadas en formato electrónico. Publicación de textos no publicitaros.
Coaching (formación) en línea para escritores; formación en Servicio al Cliente
para centros de llamadas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004202. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 17 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017144629 ).
Olibel Cristina Arana Carranza, casada una vez,
con domicilio en Residencia Las Flores, casa N° 12, Lagunilla, frente a Amazon,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: kuki Lovers
como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 30 Postres a base de helados. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de
marzo del 2017, solicitud Nº 2017-0002273. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de
mayo del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017144654 ).
Arnaldo José Garnier Castro,
casado, cédula de identidad 105730548, en calidad de apoderado generalísimo de
Blue Zone Guanacaste Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101680433, con
domicilio en San José, Santa Ana, Pozos, Edificio Vía Lindora, tercer piso,
Costa Rica, solicita la inscripción de: BROSIMUM como marca de fábrica y
comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Suplementos Alimenticios. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 2 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005220. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 15 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017144664 ).
Feng Junyi, casado una vez, cédula de
residencia Nº 115600046713, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones
Mónica y Diana Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-718616, con domicilio
en: Lourdes de Aguacaliente, 300 m norte de la Iglesia, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: P.E como marca de comercio en clases 7 y 12
internacionales.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: rótula de suspensión, bomba de
combustible vehículo, bomba de agua para vehículo, bomba para motor de
vehículo, generador eléctrico para vehículo. y en clase 12: cremallera de
dirección, amortiguador de suspensión vehículo, bomba de freno para vehículo,
bomba de aire para vehículo, pastilla de freno para automóviles. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 05 de junio del 2017. Solicitud N°
2017-0005305. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 13 de junio del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017144676 ).
Feng Junyi, casado una vez, cédula de
residencia N° 115600046713, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones
Mónica y Diana Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101718616, con domicilio
en Lourdes de Aguacaliente, 300 metros norte de la Iglesia, Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: XCLT,
como marca de comercio en
clase(s): 12, internacional(es) para proteger y distinguir lo siguiente: clase
12: repuestos para vehículos no incluidos en otras clases. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005306. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 13 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017144677 ).
Feng Junyi, casado una vez, cédula de
residencia 115600046713, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones
Mónica y Diana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101718616con domicilio en
Lourdes de Agua Caliente, 300 metros norte de la iglesia, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: PERFORMANCE ENERGY como marca de comercio en clases
7 y 12 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 7: Rótula de suspensión,
bomba de combustible vehículo, bomba de agua para vehículo, bomba para motor de
vehículo, generador eléctrico para vehículo. y clase 12: Cremallera de
dirección, Amortiguador de suspensión vehículo, bomba de freno para vehículo,
bomba de aire para vehículo, pastillas de frenos para automóviles. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2017, solicitud Nº
2017-0005304. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de junio del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017144678 ).
Julia Xiomara Latino Obregón, casada una vez,
cédula de identidad Nº 800940353, con domicilio en: barrio Chorotega de
Alcohólicos Anónimos 200 norte y 25 metros este, Guanacaste, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ZAMBITA como nombre comercial en clase
internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial dedicado a florestería, tarjetas,
invitaciones, adornos, ubicado en Guanacaste, Cañas, barrio Chorotega, de
Alcohólicos Anónimos, 200 metros norte y 25
metros este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004826. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de mayo del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144684 ).
Ileana Hernández Charpentier, casada una vez,
cédula de identidad 106080813, en calidad de apoderado generalísimo de
Comercializadora de Accesorios de Tecnología Codatec Sociedad Anónima con
domicilio en, Costa Rica, solicita la inscripción de: Geneo como nombre
comercial en clase internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial
dedicado a la comercialización de accesorios de tecnología e innovación tales
como celulares, tablets, consolas de juegos, cables, cargadores, adaptadores de
carga, cargadores, inalámbricos, estuchería para tablets y celulares,
audífonos, bluetooth, parlantes, memorias SD y USB, baterías para celulares,
baterías externas (powerbanks), Holders (portacelulares), lentes de realidad
virtual, teclados, mouse, relojes inteligentes, patinetas eléctricas, cámaras
de aventura, entre otros, ubicado en Mercedes de Heredia, del Automercado 25
metros al oeste, edificio a mano izquierda color café, segundo piso, Heredia,
Costa Rica. Reservas: De los colores: negro, naranja y gris. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 9 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004266. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 2 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017144693 ).
Fabián Garrido Cordero, soltero, cédula de
identidad Nº 109320959, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación
E-Merger Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101738911, con domicilio en:
Flores (cantón ocho) San Joaquín (distrito primero) condominio Valle de
Eucaliptus casa 6B, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: HeurisKtic
como marca de servicios en clase
42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de
desarrollo de software y consultoría. Reservas: de los colores: rojo y gris. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017.
Solicitud N° 2017-0005106. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 13 de junio del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017144770 ).
Fabián Garrido Cordero, soltero, cédula de
identidad N° 109320959, y Guillermo Augusto Gayle Monge, casado una vez, cédula
de identidad N° 109290896, en calidad de apoderados generalisimos de
Corporación E-Merger Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101738911, con
domicilio en Flores (cantón ocho), San Joaquín (distrito primero), Condominio
Valle de Eucaliptus, casa 6B, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
e-merger, como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 35 servicios de gestión de negocios comerciales y administración
comercial. Reservas: de los colores azul oscuro, amarillo, rojo, verde, azul
claro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005105. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de junio del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017144771 ).
Luis Miguel Zúñiga Arias, soltero, cédula de
identidad 112180804 con domicilio en San Isidro, 150 metros al sur de la casa
cural, casa blanca, portón negro, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: ZMIGUE
como marca de servicios en clase 41 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Los servicios de presentación al
público de obras de artes plásticas, literatura con fines culturales y
educativos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo del
2017, solicitud Nº 2017-0004542. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de junio del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017144778 ).
Jessica Salas Venegas, casada, cédula de
identidad 112210610, en calidad de apoderado especial de Philip Morris Products
S. A. con domicilio en Quai Jeanrenaud 3 Neuchâtel, 2000, Suiza, solicita la
inscripción de: HEETS TURQUOISE LABEL como marca de fábrica y comercio
en clase 34 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 34
Vaporizador cableado para cigarrillos electrónicos y dispositivos de fumar
electrónicos; tabaco, en bruto o manufacturado; productos de tabaco, incluyendo
puros, cigarros, cigarrillos, tabaco para enrollar sus propios cigarrillos,
tabaco para pipa, tabaco para masticar, tabaco para inhalar, cigarrillos
kretek; snus (polvo de tabaco); sustitutos del tabaco (no para propósitos
médicos); artículos para fumadores, incluyendo papel de cigarrillo y tubos de
cigarrillos, filtros de cigarrillos, latas de tabaco, estuches de cigarrillos y
ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos, encendedores;
fósforos; palillos de tabaco, productos de tabaco para el propósito de ser
calentados, dispositivos electrónicos y sus partes para el propósito de
calentar cigarrillos o tabaco con el fin de liberar aerosol que contiene
nicotina para inhalación (estos dispositivos son sostenedores electrónicos para
tubos de tabaco que contienen una cuchilla de calor con el propósito de
calentar el tabaco y soltar la nicotina contenida en aerosol para inhalación);
soluciones de nicotina líquida para uso en cigarrillos electrónicos;
dispositivos de fumar electrónicos;
cigarrillos electrónicos; cigarrillos electrónicos como sustituto para
cigarrillos tradicionales; dispositivos electrónicos para la inhalación de
nicotina contenida en aerosol; dispositivos de vaporización oral para
fumadores, productos de tabaco y Sustitutos de tabaco; artículos de fumadores
para cigarrillos electrónicos; partes y piezas para los productos indicados
anteriormente incluidos en clase 34 dispositivos para extinguir cigarrillos calentados
y puros así como palillos de tabaco calentados; estuches de cigarrillos
recargables electrónicos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de
abril del 2017, solicitud Nº 2017-0003751. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de mayo
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017144784 ).
Jessica Salas Venegas, casada,
cédula de identidad Nº 112210610, en calidad de apoderada especial de Philip
Morris Products S. A., con domicilio en: Quai Jeanrenaud 3 Neuchâtel, 2000,
Suiza, solicita la inscripción de: HEETS YELLOW LABEL, como marca de
fábrica y comercio en clase 34 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: vaporizador cableado para cigarrillos electrónicos y dispositivos de
fumar electrónicos; tabaco, en bruto o manufacturado; productos de tabaco, incluyendo
puros, cigarros, cigarrillos, tabaco para enrollar sus propios cigarrillos,
tabaco para pipa, tabaco para masticar, tabaco para inhalar, cigarrillos
kretek; snus (polvo de tabaco); sustitutos del tabaco (no para propósitos
médicos); artículos para fumadores, incluyendo papel de cigarrillo y tubos de
cigarrillos, filtros de cigarrillos, latas de tabaco, estuches de cigarrillos y
ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos, encendedores;
fósforos; palillos de tabaco, productos de tabaco para el propósito de ser
calentados, dispositivos electrónicos y sus partes para el propósito de
calentar cigarrillos o tabaco con el fin de liberar aerosol que contiene
nicotina para inhalación (estos dispositivos son sostenedores electrónicos para
tubos de tabaco que contienen una cuchilla de
calor con el propósito de calentar el tabaco y soltar la nicotina contenida en
aerosol para inhalación); soluciones de nicotina líquida para uso en
cigarrillos electrónicos; dispositivos de fumar electrónicos; cigarrillos
electrónicos; cigarrillos electrónicos como sustituto para cigarrillos
tradicionales; dispositivos electrónicos para la inhalación de nicotina
contenida en aerosol; dispositivos de vaporización oral para fumadores,
productos de tabaco y sustitutos de tabaco; artículos de fumadores para
cigarrillos electrónicos; partes y piezas para los productos indicados
anteriormente incluidos en clase 34; extintores para cigarrillos calentados y
puros así como palillos de tabaco calentados; estuches de cigarrillos
recargables electrónicos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003752. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 05 de mayo del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017144785 ).
Jessica Salas Venegas, casada,
cédula de identidad N° 112210610, en calidad de apoderado especial de Philip
Morris Products S. A., con domicilio en Quai Jeanrenaud 3 Neuchâtel, 2000,
Suiza, solicita la inscripción de: CRIMPED TOBACCO, como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 34 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: 34 vaporizador cableado para cigarrillos electrónicos
y dispositivos de fumar electrónicos; cigarros; cigarrillos; puros; snus (polvo
de tabaco); sustitutos del tabaco (no para propósitos médicos); artículos para
fumadores, incluyendo papel de cigarrillo y tubos de cigarrillos, filtros de
cigarrillos, latas de tabaco, estuches de cigarrillos y ceniceros, pipas,
aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos, encendedores; fósforos;
palillos de tabaco; palillos de tabaco para el propósito de ser calentados;
dispositivos electrónicos y sus partes para el propósito de calentar
cigarrillos o tabaco con el fin de liberar aerosol que contiene nicotina para
inhalación (estos dispositivos son sostenedores electrónicos para tubos de
tabaco que contienen una cuchilla de calor con el propósito de calentar el
tabaco y soltar la nicotina contenida en aerosol para inhalación); soluciones
de nicotina líquida para uso en cigarrillos electrónicos; dispositivos de fumar
electrónicos; cigarrillos electrónicos; cigarrillos electrónicos como sustituto
para cigarrillos tradicionales; dispositivos electrónicos para la inhalación de
nicotina contenida en aerosol; dispositivos de vaporización oral para
fumadores; artículos de fumadores para cigarrillos electrónicos; extintores
para cigarrillos calentados y puros así como palillos de tabaco calentados;
estuches de cigarrillos recargables electrónicos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 26 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003753.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 5 de mayo del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017144786 ).
Jessica Salas Venegas, Casada,
cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderada especial de Philip
Morris Products S. A., con domicilio en Quai Jeanrenaud 3 Neuchâtel, 2000,
Suiza, solicita la inscripción de: CRIMPING como marca de fábrica y
comercio en clase: 34. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
34: Vaporizador cableado para cigarrillos electrónicos y dispositivos de fumar
electrónicos; cigarros; cigarrillos; puros; snus (polvo de tabaco); sustitutos
del tabaco (no para propósitos médicos); artículos para fumadores, incluyendo
papel de cigarrillo y tubos de cigarrillos, filtros de cigarrillos, latas de
tabaco, estuches de cigarrillos y ceniceros, pipas, aparatos de bolsillo para
enrollar cigarrillos, encendedores; fósforos; palillos de tabaco; palillos de
tabaco para el propósito de ser calentados; dispositivos electrónicos y sus
partes para el propósito de calentar cigarrillos o tabaco con el fin de liberar
aerosol que contiene nicotina para inhalación (estos dispositivos son
sostenedores electrónicos para tubos de tabaco que contienen una cuchilla de
calor con el propósito de calentar el tabaco y soltar la nicotina contenida en
aerosol para inhalación); soluciones de nicotina líquida para uso en
cigarrillos electrónicos; dispositivos de fumar electrónicos; cigarrillos
electrónicos; cigarrillos electrónicos como sustituto para cigarrillos
tradicionales; dispositivos electrónicos
para la inhalación de nicotina contenida en aerosol; dispositivos de
vaporización oral para fumadores; artículos de fumadores para cigarrillos
electrónicos; extintores para cigarrillos calentados y puros así como palillos
de tabaco calentados; estuches de cigarrillos recargables electrónicos. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de abril de 2017. Solicitud Nº
2017-0003755. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de mayo de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017144787 ).
Jessica Salas Venegas, casada, cédula de
identidad 112210610, en calidad de apoderada especial de Keeplit Global,
S.A.PI. de C.V., con domicilio en Calle Guadalquivir N° 14-A, Colonia del
Valle, San Pedro Garza García, Nuevo León, México, solicita la inscripción de: keeplit
keep &GO
como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 21, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Recipientes para almacenar y transportar alimentos, para uso doméstico, no de
metal; recipientes para almacenar y transportar agua; recipientes para shake;
recipientes para almacenar y transportar snacks, recipientes para almacenar y
transportar ensaladas; recipientes para almacenar y transportar proteínas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003739. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de mayo del 2017.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017144788 ).
Laura Ma. Hernández Fernández, soltera, cédula
de identidad 113730011, con domicilio en San Rafael, del palacio municipal 225
metros sur, casa mano derecha a la par Batidos La Plaza, Heredia, Costa Rica, solicita
la inscripción de: FIKA food delivery
como marca
de servicios en clases: 39 y 43 internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 39: Servicio de entrega de alimentos y 43: Servicios de restauración
(alimentación). Reservas: De los colores: negro, papaya y salmón. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo de 2017. Solicitud Nº
2017-0004981. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de junio de 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017144810 ).
Carlos Roberto López León, casado, cédula de
identidad 107880621, en calidad de apoderado especial de Moba Sociedad Anónima,
con domicilio en Puerta Parada km 14.5 carretera a El Salvador, local 217,
Complejo Empresarial Gran Plaza, Aldea Puerta Parada, Santa Catarina Pinula, Guatemala,
solicita la inscripción de: PANGASTRIC COMPUESTO PGC
como marca de fábrica y comercio
en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Producto
farmacéutico inhibidor de la bomba de protones. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 09 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004226. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 02 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017144813 ).
Carlos Roberto López León, casado, cédula de
identidad Nº 107880621, en calidad de apoderado especial de Moba Sociedad
Anónima, con domicilio en: Puerta Parada km 14.5 carretera a El Salvador, local
217, complejo empresarial Gran Plaza, aldea Puerta Parada, Santa Catarina
Pinula, Guatemala, solicita la inscripción de: SEPTISOL SPL
como marca
de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: producto farmacéutico antibiótico. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004224. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San
José, 02 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144814
).
Carlos
Roberto López León, casado, cédula de identidad N° 107880621, en calidad de
apoderado especial de Moba Sociedad Anónima, con domicilio en Puerta Parada KM
14.5 Carretera A El Salvador, Local 217, Complejo Empresarial Gran Plaza, Aldea
Puerta Parada, Santa Catarina Pinula, Guatemala, solicita la inscripción de: TASALAC,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico inhibidor de la bomba
de protones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del
2017. Solicitud Nº 2017-0004219. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de junio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144815 ).
Carlos Roberto López León,
casado, cédula de identidad 107880621, en calidad de apoderado especial de Moba
Sociedad Anónima, con domicilio en Puerta Parada Km 14.5 carretera a El
Salvador, Local 217, Complejo Empresarial Gran Plaza, Aldea Puerta Parada, Santa
Catarina Pinula, Guatemala, solicita la inscripción de: FERROAMINO como
marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Producto farmacéutico indicado para la profilaxis y
tratamiento de la anemia por deficiencia de hierro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 09 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004222. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 02 de junio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017144816 ).
Carlos
Roberto López León, casado, cédula de identidad N° 107880621, en calidad de
apoderado especial de Moba Sociedad Anónima, con domicilio en Puerta Parada km
14.5 Carretera a El Salvador, Local 217, Complejo Empresarial Gran Plaza, Aldea
Puerta Parada, Santa Catarina Pinula, Guatemala, solicita la inscripción de: HEPAMOB,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico utilizado como
tratamiento para afecciones hepáticas y cirróticas, hepatoprotector y
hepatoregenerador. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del
2017. Solicitud Nº 2017-0004223. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 1 de junio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144817 ).
Carlos Roberto López León,
casado, cédula de identidad Nº 107880621, en calidad de apoderado especial de
Moba Sociedad Anónima, con domicilio en: Puerta Parada km 14.5 carretera a El
Salvador, local 217, complejo empresarial
Gran Plaza, aldea Puerta Parada, Santa Catarina Pinula, Guatemala, solicita la
inscripción de: DOLOSTOP, como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico
analgésico, antiinflamatorio no esteroideo. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004225. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
N° 7978.—San José, 2 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017144818 ).
Carlos Roberto López León, casado, cédula de
identidad 107880621, en calidad de apoderado especial de Moba Sociedad Anónima
con domicilio en Puerta Parada km 14.5 carretera a El Salvador, local 217,
Complejo Empresarial Gran Plaza, Aldea Puerta Parada, Santa Catarina Pinula,
Guatemala, solicita la inscripción de: KHABAL KHB como marca de fábrica
y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Producto farmacéutico analgésico, antiinflamatorios no esteroideo,
antipirético. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del
2017, solicitud Nº 2017-0004227. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de junio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144819 ).
Laura Eugenia Montero Aguilar, casada una vez,
cédula de identidad Nº 111650306, en calidad de apoderado especial de Erica
Maritza Pérez de Savage, viuda, cédula de residencia Nº 132000144111, con
domicilio en: Playa Herradura, condominio Las Nubes, Nº 7, Puntarenas, Costa
Rica, solicita la inscripción de: STAY IN COSTA RICA
como marca de servicios en clase
41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Organización de
eventos (fiestas y recepciones). Reservas: no se hace reserva del término
“COSTA RICA”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de marzo
del 2017. Solicitud N° 2017-0001967. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 15 de junio
del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017144836 ).
Ronald Marín Alfaro, soltero,
cédula de identidad N° 111180775, con domicilio en San Antonio de Escazú,
detrás de la Escuela Juan 23, 25 metros al sur, 150 metros al este, 200 metros
al sur y 25 metros al oeste, portón negro y
tapia de caña de bambú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL
CAFÉ QUE SI SABE A CAFÉ, como señal de propaganda en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 50 para promocionar café y sucedáneos
del café. Bebidas preparadas a base de café, relacionado con el registro número
261981. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005458. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017144841 ).
Álvaro Enrique Vargas Madrigal,
casado una vez, cédula de identidad 204140700, con domicilio en Zaragoza de
Palmares 200 mts sur de la iglesia, Costa Rica, solicita la inscripción de: MOLINOS
CARABINA como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a la
venta de masa y venta de tortillas, ubicado en el Mercado municipal de
Palmares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de marzo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0002404. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de abril del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017144842 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Figueras Seating
Solutions S. L., con domicilio en C/Anselm Clavé, 224, 08186 Lllçá D’ Amunt
(Barcelona), España, solicita la inscripción de: F FIGUERAS
como marca de fábrica y comercio en clase
20 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Sillas, sillones,
butacas, mesas y muebles. Reservas: de los colores: Granate, negro y blanco. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de febrero del 2017,
solicitud Nº 2017-0001076. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de abril del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017144870 ).
María Vargas
Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada
especial de Johnson & Johnson con domicilio en: One Johnson & Johnson
Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: TELPONDEL, como marca de fábrica y comercio en clase
5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 06 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003247. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
21 de abril del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144871 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderado especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson &
Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: ETELZEL como marca de fábrica y comercio en
clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada 06 de
abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003249. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de abril
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144872 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Johnson & JOHNSON
con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey,
08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: REMOLTRO
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 6 de abril del 2017, solicitud Nº
2017-0003251. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de abril del 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017144873 ).
María Vargas
Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada
especial de Johnson & Johnson con domicilio en. One Johnson & Johnson
Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: LUTELVIP, como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas
para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de abril
del 2017. Solicitud N° 2017-0003256. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 21 de abril
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144874 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad N° 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson
& Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick,
Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KAVESTEL,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5. internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas para uso
humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003257. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José 21 de abril del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017144875 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson
& Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick,
Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: VOPONTEL como marca de fábrica y comercio en
clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 6 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003258. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 21 de abril de 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017144876 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de
apoderado especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson &
Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: TEMPLENTO como marca de fábrica y comercio
en clase(s): 5, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003330. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de abril del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017144877 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad N° 103350794, en calidad de apoderado especial de
Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: IPVELTO, como marca de
fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir
lo siguiente: 5 preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003331. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 24 de abril del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017144878 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de
apoderado especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson &
Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: TELAMODIF como marca de fábrica y comercio
en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5:
Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003335. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 24 de abril de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017144879 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de
apoderado especial de Johnson & Johnson con domicilio en: One Johnson &
Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: SYNFAZA, como marca de fábrica y comercio en
clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones
farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades
virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades
cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención
y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de
enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de
enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de
enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades
respiratorias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de abril
del 2017. Solicitud N° 2017-0003337. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de abril
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017144880 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad N° 103350794, en calidad de
apoderado especial de Basf Coatings GMBH, con domicilio en Glasuritstrasse 1,
48165 Münster, Alemania, solicita la inscripción de: AGILIS, como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 2 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: rellenos en la naturaleza de pinturas; sustancias
anticorrosivas; pinturas y lavados; diluyentes para revestimientos; lacas
(pinturas), pinturas tipo barnices; espesadores para pinturas y lacas;
sustancias para secado de pinturas; aglutinantes para pinturas; estabilizadores
para pinturas; pinturas de imprimación. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003338. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de abril del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017144881 ).
María Vargas
Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada
especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson
Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: IMTILSTA como marca de fábrica y comercio en clase: 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003419. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de abril del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017144882 ).
María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de
Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: TELOVERSA como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de abril del 2017, solicitud Nº 2017-0003420. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de abril del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017144883 ).
María Vargas
Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada
especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson
Plaza, New Brunswick, New Jersey 089333, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: SPRAVATO como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5: Preparaciones
farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades
virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades
cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención
y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de
enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de
enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de
enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades
respiratorias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de abril de
2017. Solicitud Nº 2017-0003421. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de abril de
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017144884 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Biofarma con
domicilio en 50, Rue Carnot, 92284 Suresnes Cedex, Francia solicita la
inscripción de: CARDIOSKIN como marca de fábrica y servicios en clases:
9; 10 y 44. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 9:
Aparatos e instrumentos científicos, ópticos, de pesaje, de medición, de
señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e
instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación
o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción
de sonido o imágenes; soportes de registro magnético; discos de grabación;
aparatos y equipo para procesamiento de datos y de información; programas
(software) de computadoras; programas (software) de computadoras grabados en
medio magnéticos o descargables desde una red remota de computadoras; programas
(software) de computadoras para monitoreo de señales fisiológicas; programas
(software) de computadoras para analizar, almacenar y monitorear datos
fisiológicos, incluyendo diagnóstico, monitoreo y herramientas (instrumentos)
de advertencia; dispositivos para captura y transmisión de señales
fisiológicas; dispositivos, tales como prendas de vestir electro-conductivas
que incorporan sensores electro-textiles para capturar señales fisiológicas;
asistentes digitales personales; transmisores de señales electrónicas. 10:
Aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios;
artículos ortopédicos; aparatos e instrumentos para la revisión, diagnosis,
monitoreo y alerta de desórdenes cardíacos, respiratorios, neurológicos y
fisiológicos; instrumentos y dispositivos médicos; dispositivos de diagnóstico
para propósitos médicos y 44: Servicios médicos; servicios de diagnóstico
médico por medios electrónicos y telemáticos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003422. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de abril de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017144885 ).
María Vargas
Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada
especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson
Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: TELTARGA como marca de fábrica y comercio en clase: 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones
farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003573. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 27 de abril del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017144886 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Shorinji
Kempo Unity, con domicilio en: 2-17-5, Kitaohtsuka, Toshima-Ku, Tokio, Japón ,
solicita la inscripción de: SHORINJI KEMPO, como marca de servicios en
clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
educación; servicios de capacitación; servicios de coaching (formación);
servicios de educación y de capacitación relacionados con deportes; servicios
de enseñanza (instrucción); servicios de enseñanza de deportes; servicios de
campamentos deportivos; servicios de campamentos recreativos; servicios de
capacitación en meditación; servicios de educación religiosa; servicios de
organización, dirección y organización de seminarios; servicios de organización
y dirección de competiciones (educación o entretenimiento); servicios de
organización y dirección de competiciones deportivas; servicios de publicación;
servicios de publicación de textos, que no sean textos publicitarios; servicios
de préstamos de libros; servicios de organización de exhibiciones para
propósitos culturales o de educación; servicios de organización de eventos
educacionales; servicios de organización y dirección de eventos deportivos;
servicios para ofrecer instalaciones deportivas; servicios para ofrecer
instalaciones para propósitos educacionales; servicios de ediciones de video;
servicios de producción de filmes cinematográficos; servicios de producción y
presentación de grabaciones de audio y de video y de imágenes fijas y móviles;
servicios de suministro de videos en línea, no descargables; servicios de
información educacional; servicios de información deportiva. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003574.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 28 de abril del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017144887 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson & Johnson
con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey,
08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NURSPRANA
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la
prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto
inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del
sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como
para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de
enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones,
de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades
oftálmicas y de enfermedades respiratorias. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de abril del 2017, solicitud Nº 2017-0003849. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 03 de mayo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017144888 ).
María Vargas
Uribe, divorciada, cédula de identidad N° 107850918, en calidad de apoderado
especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson
Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: RETELPRI, como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 5
preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003854. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 3 de mayo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017144889 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
apoderada especial de Ace Rent A Car Reservations, INC., con domicilio en: 4529
West 96TH Street, Indianápolis, IN 46268, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: ACE RENT A CAR, como marca de servicios en clase 39
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de alquiler
de automóviles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0005209. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de junio
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017144895 ).
Mariana Vargas Roqhuett, soltera, cédula de
identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de Asia Pacific Resources
International Holdings Ltd., con domicilio en Dallas Building, 7 Victoria
Street, Hamilton HM 11, Bermudas, solicita la inscripción de: APRIL
como marca de fábrica y servicios en clases 16 y 35. Internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: 16 Papel, cartón y papelería,
incluyendo papel para impresión, escritura y dibujo, papel de máquina de
escribir, papel cianotipo, cartón blanco, papel postal, pañuelos de papel,
pañuelos de papel para copias, papel para uso de fax, papel de carta, blocs de
papel, hojas sueltas, cuadernos, cuadernos de dibujos, libros de ejercicios,
paneles de escritura, papel de copiado sin carbón, blocs de notas con
adhesivos, archivos de papel, pegatinas, sobres, libros contables, papel con
renglones, papel de bolsillo, papel de notas, papel de embalaje, y envolturas;
papel de copia y 35 Dirección de negocios; administración de negocios;
marketing directo, marketing de productos, servicios de venta al por mayor de
productos de pasta, papel, cartón y productos de papel. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 16 de marzo del 2017, solicitud Nº 2017-0002416.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 21 de abril del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017144902 ).
Andrey Dorado Arias, casado una
vez, cédula de identidad N° 205650345, en calidad de apoderado especial de
Sanofi, con domicilio en 54 Rue La Boétie, Paris, 75008, México, solicita la
inscripción de: CEPIA, como marca de servicios en clases 40 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: En clase 40 procesamiento de preparaciones químicas, preparaciones
bio-orgánicas, anticuerpos monoclonales, preparaciones farmacéuticas; y en
clase 42 investigación y desarrollo de servicios en el campo de la salud y la
biotecnología, especialmente investigación en conexión con el desarrollo de
nuevos principios activos, investigación para la identificación de métodos de
síntesis industrial para preparaciones farmacéuticas, realización de estudios
industriales de calidad, investigación en conexión con calidad industrial,
desarrollo (diseño) de métodos para para pruebas de preparaciones
químicas y farmacéuticas, preparaciones bio-orgánicas, preparaciones
farmacéuticas; desarrollo e investigación de métodos analíticos para pruebas de
reacciones químicas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0005118. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 05 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017144903 ).
Ricardo Alberto Vargas Valverde, divorciado una
v., cédula de identidad 106530276, en calidad de apoderado generalísimo de
Bufete Vargas Hidalgo y Asociados con domicilio en Costa Rica, solicita la
inscripción de: ADVANCED LEGAL como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a servicios jurídicos.
Ubicado en San José, Los Yoses, del Automercado 300 metros sur, 100 metros
oeste y 25 metros norte. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001813. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978.—San José, 20 de marzo del 2017 .—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017144912 ).
Aníbal Mauricio Araya Madrigal, casado una vez,
cédula de identidad Nº 109060046, en calidad de apoderado general de Bihonat
Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3101719391, con domicilio en: Zapote, de
Radio Puntarenas 150 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Crono PH 1,5
como marca
de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios. Reservas: de los colores:
azul y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0005175. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 13 de junio
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017144928 ).
Aníbal Mauricio Araya Madrigal, casado una vez,
cédula de identidad 109060046, en calidad de apoderado especial de Bihonat
Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101719391, con domicilio en Zapote, de Radio
Puntarenas 150 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
BIHO-NAT 40 +
como marca
de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios. Reservas: De los colores:
Verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio de 2017.
Solicitud Nº 2017-0005171. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio de 2017.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017 144929).
Rubén David Rodríguez Pérez, casado una vez,
cédula de identidad 111650365 con domicilio en San Juan Sur, del cementerio 275
metros al sur, 250 metros al este y 75 metros al sur, portón de madera,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: FEDERACIÓN FCC CANINA DE COSTA
RICA ACAN
como marca de servicios en
clases 41; 44 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente:
41) Fomento de la canófila costarricense (servicio de educación y formación),
educar sobre perros de la sociedad, certificar profesionales caninos [educación
y formación de profesionales en canofilia (entregar certificado de educación)],
formar profesionales caninos en diferentes áreas., 44) Cría de animales,
específicamente perros, servicios veterinarios e inscripción de camadas en
relación con canes (perros)., y 45) Registro genealógico canino. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2017, solicitud Nº
2017-0005547. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017144956 ).
Rubén David Rodríguez Pérez, casado una vez,
cédula de identidad 111650365, en calidad de apoderado generalísimo de Acan
Costa Rica Kennel Club S. A., cédula jurídica 3101710166 con domicilio en
Corralillo, San Juan Del Sur, del cementerio, 275 metros sur y 275 metros este,
casa de portón de madera, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: DER
DEUTSCHE SCHAFERHUND DEIN FREUND UND HELFER SV SV
como marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Registro genealógico canino (información sobre
perros), en relación con la raza pastor alemán únicamente. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005548.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017144957 ).
José Bernardo Molina Patiño, casado una vez,
cédula de identidad 800480766 con domicilio en Brasil de Mora del asilo 125 al
este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MANOS OBRERAS DEL PADRE
PIO T
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a
organización de reuniones religiosas, ubicado en San José, Ciudad Colón, Brasil
de Mora, del asilo 125 metros este. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0005088. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 15 de junio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017144958 ).
Marcelo Vemon Fung, casado una vez, cédula de
identidad Nº 700910680, en calidad de apoderado general de Conejo Dorado
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102672695, con
domicilio en: Escazú, San Rafael, de la entrada a la calle a Guachipelín 600
metros norte, 100 oeste y 75 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Rabbit Kids
como marca de fábrica y comercio
en clase 24 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: tejidos,
artículos textiles y sustitutivos de tejidos para niños. Reservas: de los
colores: negro, blanco y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003124. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 17 de mayo del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017144962 ).
Marcelo Vemon Fung, casado una vez, cédula de
identidad 700910680, en calidad de apoderado general de Conejo Dorado Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102672695 con domicilio en
Escazú, San Rafael, de la entrada a la calle de Guachipelín; 600 metros norte,
100 oeste y 75 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BABY
RABBIT
como marca
de fábrica y comercio en clase: 24. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: Tejidos, artículos textiles y sustitutivos de tejidos para bebés.
Reservas: de los colores: negro, celeste, dorado y rojo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 04 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003126.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 17 de mayo del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017144963 ).
Marcelo Vemon Fung, casado una vez, cédula de
identidad 700910680, en calidad de. apoderado general de Conejo Dorado Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102672695 con domicilio en
Escazú, San Rafael, de la entrada a la calle de Guachipelín, 600 metros norte,
100 oeste y 75 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BABY
RABBIT
como marca de fábrica y comercio en clase
25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 25 Calcetines, camisetas,
ropa interior, ropa deportiva, vestidos, camisas, pantalones, sueters y en
general prendas de vestir. Reservas: De los colores: negro, celeste, dorado y
rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003115. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de mayo del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017144964 ).
Marcelo Vemon Fung, casado una vez, cédula de
identidad Nº 700910680, en calidad de apoderado general de Conejo Dorado
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102672695, con
domicilio en: Escazú, San Rafael, de la entrada a la calle de Guachipelín, 600
metros norte, 100 oeste y 75 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: PROMAN
como marca de fábrica y comercio
en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Calcetines,
camisetas, ropa interior, ropa deportiva, vestidos, camisas, pantalones,
suertes, y en general prendas de vestir. Reservas: de los colores: negro y
gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de abril del 2017.
Solicitud N° 2017-0003123. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de mayo del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registrador.—( IN2017144965 ).
Marcelo Vemon Fung, casado una vez, cédula de
identidad 700910680, en calidad de apoderado general de Conejo Dorado Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102672695con domicilio en Escazú,
San Rafael de la entrada a la calle a Guachipelín 600 metros norte, 100 oeste y
75 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PROMAN
como marca de fábrica y comercio
en clase: 24. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 24
Tejidos, artículos textiles y sustitutivos de tejidos. Reservas: De los
colores: negro y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de
abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003114. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017144966 ).
Marcelo Vemon Fung, casado una vez, cédula de
identidad Nº 700910680, en calidad de apoderado general de Conejo Dorado
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102672695, con
domicilio en Escazú, San Rafael, de la entrada a la calle a Guachipelín, 600
metros norte, 100 oeste y 75 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Prolady
como marca de fábrica y comercio, en clase: 25 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Calcetines, camisetas, ropa interior, ropa
deportiva, vestidos, camisas, pantalones, suertes y en general prendas de vestir para mujeres. Reservas: de
los colores: blanco, fucsia y púrpura. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003113. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 15 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017144967 ).
Marcelo Vemon Fung, casado una vez, cédula de
identidad 700910680, en calidad de apoderado general de Conejo Dorado Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102672695, con domicilio en
Escazú, San Rafael, de la entrada a la calle a Guachipelín, 600 m. norte, 100
oeste y 75 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Prolady
como. marca de fábrica y
comercio en clase: 24 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Productos de tejidos, artículos textiles y sustitutivos de tejidos. Reservas:
de los colores: blanco, fucsia y púrpura. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003118. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017144968 ).
Harry Hernández Mena, casado una vez, cédula de
identidad 110000863, en calidad de apoderado generalísimo de Terra Asociados
Ambientales S. A., con domicilio en: Heredia, urbanización Berta Eugenia, en
San Francisco, casa 13E, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
GreenTaste
como marca de servicios en
clases: 9, 35 y 42. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 9: software que utiliza el programa diseñado por la empresa; en clase
35: publicidad, servicios prestados por la empresa publicitaria, cuya actividad
principal consiste en publicar, en cualquier medio de difusión, comunicaciones,
declaraciones anuncios relacionados con todo tipo de productos o servicios.
Publicidad relacionada con otros servicios y en clase 42: diseño y desarrollo
de equipos informáticos y de software, los
servicios de ingenieros encargados de efectuar evaluaciones, estimaciones,
investigaciones e informes en los ámbitos científicos y tecnológicos. Reservas:
de los colores: verde y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004338. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 07 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017144971 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa Clara
Agrociência Industrial Ltda. con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81, Parque
Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: SANTA CLARA INTACTO como marca de fábrica y comercio en
clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos para el
suelo; fertilizantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012480. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
11 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017144972 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa
Clara Agrociência Industrial Ltda., con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81,
Parque Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: CALAGE PLUS, como marca de fábrica y comercio en clase:
1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos
para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos para el suelo;
fertilizantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0012479. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de enero
de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017144973 ).
Néstor
Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de
apoderado especial de Santa Clara Agrociência Industrial Ltda., con domicilio
en Rua Antonio Guerreiro, 81, Parque Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal,
São Paulo, Brasil, solicita la inscripción de: CALAGE, como marca de
fábrica y comercio en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: productos químicos para la agricultura, la horticultura y la
silvicultura; abonos para el suelo; fertilizantes. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de diciembre de 2016. Solicitud N°
2016-0012478. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de enero de 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017144974 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa Clara
Agrociência Industrial Ltda. con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81, Parque
Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: SANTA CLARA ACTIVO como marca de fábrica y comercio en
clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos
químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos para el
suelo; fertilizantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012476. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
11 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017144975 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa Clara
Agrociência Industrial Ltda. con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81, Parque
Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: TRAT como marca de fábrica y comercio en clase: 1.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos para
la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos para el suelo;
fertilizantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012492. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
11 de enero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017144976 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa
Clara Agrociência Industrial Ltda, con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81,
Parque Industrial Bruno Veradino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: SANTA CLARA TOTALE COBRE SC, como marca de fábrica y
comercio en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura;
abonos para el suelo; fertilizantes, todos hechos a base de cobre. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre de 2016. Solicitud N°
2016-0012486. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de abril de 2017.—Jamie Phillips
Guardado, Registrador.—( IN2017144977 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de
Santa Clara Agrociência Industrial Ltda., con domicilio en Rua Antonio
Guerreiro, 81, parque industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo,
Brasil, solicita la inscripción de: SANTA CLARA TOTALE BORO SC como
marca de fábrica y comercio en clase 1 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: productos químicos para la agricultura, la
horticultura y la silvicultura; abonos para el suelo; fertilizantes, todos
hechos a base de boro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012485. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
05 de abril del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017144978 ).
Néstor
Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de
apoderado especial de Santa Clara Agrociência Industrial Ltda., con domicilio
en Rua Antonio Guerreiro, 81, Parque Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal,
Sâo Paulo, Brasil, solicita la inscripción de: SANTA CLARA TOTALE MN SC como
marca de fábrica y comercio en clase: 1. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 1: Productos químicos para la agricultura, la
horticultura y la silvicultura; abonos para el suelo; fertilizantes, todos
hechos a base de manganeso. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012488. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 24 de febrero de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017144979 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa Clara
Agrociência Industrial Ltda. con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81, Parque
Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: SANTA CLARA TOTALE MG SC como marca de fábrica y
comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1
Productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura;
abonos para el suelo; fertilizantes, todos hechos a base de Magnesio. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del 2016, solicitud
Nº 2016-0012487. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de febrero del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017144980 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa Clara
Agrociência Industrial Ltda. con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81, Parque
Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: SANTA CLARA TOTALE ULTRA CAB como marca de fábrica y
comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1
Productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos
para el suelo; fertilizantes, todos hechos a base de Calcio, Bororo y
Nitrógeno. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de
diciembre del 2016, solicitud Nº 2016-0012491. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
24 de febrero del 2017 .—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017144981 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa
Clara Agrociência Industrial Ltda., con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81,
Parque Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: N TOP, como marca de fábrica y comercio en clase 1
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos para
la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos para el suelo;
fertilizantes, todos hechos a base de Nitrógeno. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 21 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0012481. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 28 de febrero de 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017144982 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa
Clara Agrociência Industrial Ltda., con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81,
Parque Industrial Bruno Veradino, Jaboticabal, Sâo Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: SANTA CLARA TOTALE ZINC SC como marca de fábrica y
comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura;
abonos para el suelo; fertilizantes, todos hechos a base de zinc. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre de 2016. Solicitud Nº
2016-0012490. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de febrero de 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017144983 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa
Clara Agrociéncia Industrial Ltda., con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81,
Parque Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, Sao Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: SANTA CLARA
TOTALE SOLICIO SC, como marca
colectiva en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Productos químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura;
abonos para el suelo; fertilizantes, todos hechos a base de silicio. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del 2016, según
Solicitud N° 2016-0012489. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de febrero del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017144984 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de
Santa Clara Agrociência Industrial Ltda., con domicilio en: Rua Antonio
Guerreiro, 81, parque industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo,
Brasil, solicita la inscripción de: SYSTEMIC ULTRA, como marca de
fábrica y comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: productos químicos para la agricultura, la horticultura y la
silvicultura; abonos para el suelo; fertilizantes. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del 2016. Solicitud N°
2016-0012484. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017144985 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa
Clara Agrociência Industrial Ltda., con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81,
Parque Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: BIOISCA, como marca de fábrica y comercio en clase: 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos para eliminar
animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0012477. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 11 de enero de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017144986 ).
Néstor
Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de
apoderado especial de Santa Clara Agrociência Industrial Ltda., con domicilio
en Rua Antonio Guerreiro, 81, Parque Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal,
Sâo Paulo, Brasil, solicita la inscripción de: SK 30 como marca de
fábrica y comercio en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 1: Productos químicos para la agricultura, la horticultura y la
silvicultura; abonos para el suelo; fertilizantes. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de diciembre de 2016. Solicitud Nº
2016-0012483. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de enero de 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017144987 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Santa Clara
Agrociência Industrial Ltda., con domicilio en Rua Antonio Guerreiro, 81,
Parque Industrial Bruno Verardino, Jaboticabal, São Paulo, Brasil, solicita la
inscripción de: SANTA CLARA PROTEX como marca de fábrica y comercio, en
clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos
químicos para la agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos para el
suelo; fertilizantes. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de diciembre del 2016. Solicitud
Nº 2016-0012482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017144988 ).
María Del Carmen Calvo Monney, soltera, cédula
de identidad 107430025, en calidad de apoderado especial de Technical Knockout
Inc. con domicilio en 4660 Pine Timbers, Suite 198, Houston Texas 77041,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TKO como marca de
fábrica y comercio en clase 25 y 28 internacionales, para proteger y distinguir
lo siguiente: 25 Prendas de vestir para hombres, mujeres y niños utilizados
para el acondicionamiento físico, el ejercicio, el boxeo, el entrenamiento y
las artes marciales; ropa deportiva y atlética para hombres, mujeres y niños, a
saber, trajes de baño, jeans, chaquetas, pantalones, camisas, camisas con
cuello, bóxers, shorts para ciclismo, shorts para gimnasia, pantalones,
pantalones de yoga, camisas de yoga, pantalones de sudadera, camisetas de
sudadera, sudaderas, camisetas, esqueletos, pantalones para correr, shorts para
correr, trajes de calentamiento, brasieres deportivos, calcetines; shorts de
compresión, camisas de compresión y esqueletos de compresión; prendas de vestir
técnicas hechas de materiales absorbentes de la humedad; prendas de vestir para
hombres, mujeres y niños, a saber, abrigos deportivos, trajes, chaquetas, pantalones,
camisas de vestir, camisas casuales, cinturones, ropa de dormir, ropa interior,
ropa íntima, batas, calcetería, sombrerería deportiva para hombres, mujeres y
niños, a saber, sombreros, gorras, viseras, cintas para la cabeza y cintas para
el sudor; calzado deportivo para hombres, mujeres y niños, a saber, calzado
utilizado en para el acondicionamiento físico, ejercicio y todo tipo de
deportes; zapatos, zapatillas, sandalias. y 28 Equipos, productos y partes para
boxeo, artes marciales, levantamiento de pesas, acondicionamiento físico y
ejercicio; bancas y máquinas para el levantamiento de pesas, para hacer
ejercicio, acondicionamiento físico y cardio; máquinas de fuerza con pin;
protectores para el cuerpo, almohadillas, soportes y guantes, protectores bucales,
protectores para la cabeza, envolturas y cinta adhesivas protectoras; guantes y
mitones utilizados en el boxeo y entrenamiento; bolsas utilizadas en el
acondicionamiento físico, el boxeo y entrenamiento, a saber, bolsas de empuje,
bolsas de velocidad, bolsas pesadas, bolsas de sostenimiento libre; mecanismos
giratorios para bolsas, plataformas y soportes para bolsas; equipos para el
peso corporal, a saber, barras y soportes de empuje hacia arriba, barras de
levante y bastidores, empuñaduras; recortadores de cintura, cuerdas de salto,
bolas medicinales y acondicionamiento físico, ruedas abdominales, discos de
estabilidad, pesas, pesas de muñeca y tobillo, chalecos con pesas, cinturones
de levantamiento de pesas, bandas y cordones de resistencia, mancuernas, kettle
bells, barras, torres de energía, cajas plyo; anillos de boxeo con cuerdas de
seguridad y almohadillas de esquina; estanterías de almacenamiento y sistemas
de almacenamiento para pesas, esteras, equipos de acondicionamiento físico y
ejercicio; artículos deportivos; juegos y equipo para acondicionamiento físico
juvenil, ejercicio, boxeo, artes marciales y gimnasia; artículos deportivos y
de acondicionamiento físico para niños; bolsas de boxeo inflables y juegos
electrónicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero
del 2017, solicitud Nº 2017-0000452. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de enero
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017144989
).
María Pía López Jurado, soltera,
cédula de identidad 113330150, con domicilio en San Rafael de Escazú, del cruce
Escazú-Santa Ana 100 metros sur y 100 esté. San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BIP BIP como marca de servicios en clase: 39.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 39: Servicios de
alquiler de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de
junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005347. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017145036 ).
Emmanuel Rojas Bolaños, casado una vez, cédula
de identidad 106170452, en calidad de apoderado generalísimo de Consorcio
Litográfico Herediano Sociedad Anónima, cédula jurídica 310185135, con
domicilio en Flores San Joaquín, 300 metros este de la Clínica Jorge Volio,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONLITH como marca de servicios
en clases: 40 y 42. Internacionales.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: 40: Servicios de impresión en pequeño y
gran formato. y 42: Servicios en diseño de artes gráficas. Reservas: De los
colores: azul, rojo amarillo, verde celeste y morado. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 01 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005188. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 14 de junio de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017145094 ).
Emmanuel Rojas Bolaños, casado una vez, cédula
de identidad Nº 106170452, en calidad de apoderado generalísimo de Consorcio
Litográfico Herediano Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101085135, con
domicilio en Flores, San Joaquín, 300 metros este de la Clínica Jorge Volio,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONLITH
como marca de fábrica y comercio, en clase 16 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Papel, cartón y artículos de estas materias
no comprendidos en otras clases; productos de imprenta; material de
encuadernación; fotografías; artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de
papelería o para uso doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de
escribir y artículos de oficina (excepto muebles); material de instrucción o
material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no
comprendidas en otras clases); caracteres de imprenta; clichés de imprenta.
Reservas: de los colores: azul, rojo, amarillo, verde, celeste y morado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005191. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de junio del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017145095 ).
Emmanuel Rojas Bolaños, casado una vez, cédula
de identidad Nº 106170452, en calidad de apoderado generalísimo de Consorcio
Litográfico Herediano Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101085135, con
domicilio en: Flores, San Joaquín, 300 metros este de la Clínica Jorge Volio,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONLITH
como marca
de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 35 Servicios de publicidad lo que incluye diseño de material
publicitario, gestión de negocios comerciales, administración comercial.
Reservas: de los colores: azul, rojo, amarillo, verde, celeste y morado. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0005190. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de junio del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017145096 ).
Emmanuel Rojas Bolaños, casado una vez, cédula
de identidad 106170452, en calidad de apoderado generalísimo de Consorcio
Litográfico Herediano Sociedad Angina, cédula jurídica 3101085135 con domicilio
en Flores San Joaquín, 300 metros este de la Clínica Jorge Volio, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de: CONLITH
como marca de servicios en clase 39 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de transporte; embalaje y almacenamiento de
mercancías, servicios relacionados con el transporte de personas, y mercancías
de un lugar a otro, así como los servicios relacionados con el almacenamiento
de mercancías en depósitos u otros edificios para su preservación o custodia.
Reservas: De los colores: azul, rojo, amarillo, verde celeste y morado. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio del 2017, solicitud Nº
2017-0005189. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de junio del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017145097 ).
Emmanuel Rojas Bolaños, casado una vez, cédula
de identidad 106170452, en calidad de apoderado generalísimo de Consorcio
Litográfico Herediano Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101085135 con
domicilio en Flores San Joaquín, 300 metros este de la Clínica Jorge Volio,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: CONLITH
como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a diseñar,
producir y comercializar material publicitario en distintos tamaños y
presentaciones; vender productos de papel, cartón, productos de imprenta;
material de encuadernación; artículos de papelería; material publicitario,
material de instrucción o material didáctico. Diseño y fotografía, diseño en
artes gráficas, impresión en pequeño y gran formato. Ubicado en Heredia, cantón
Flores, de la Clínica Jorge Volio 300 metros al este y 50 metros al norte. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de junio del 2017,
solicitud Nº 2017-0005187. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de junio del 2017.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2017145098 ).
Fabiola Jiménez Alvarado, casada una vez, con
domicilio en Guadalupe, frente al Colegio Napoleón Quesada, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: LA CANELA de la U
como marca
de fábrica y servicios en clase: 30 y 43. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 30: Pan, pastelería, repostería, elaborados con
canela., y 43: Servicios de alimentación, elaborada con canela. Reservas: De
los colores rojo, negro, amarillo y blanco. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0005130. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de junio de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017145122 ).
Luis Carlos Oses Ramírez,
soltero, cédula de identidad 206740601,
con domicilio en Naranjo, 150 metros al norte de los Bomberos, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de: GREEN FAMILY,
como marca
de fábrica y comercio en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Verduras, hortalizas y legumbres frescas, sin ningún tipo de
preservantes o aditivos. Reservas: de los colores: verde oscuro y claro,
naranja, rojo oscuro y claro, amarillo, gris y café. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 5 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003199. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 12 de junio de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—1
vez.—( IN2017145133 ).
Federico Pilurzu, soltero, cédula de
residencia 138000097021, en calidad de apoderado especial de Suisseworks Inc.
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101703389con domicilio en Goicoechea, barrio
Montelimar, de la Bomba Montelimar 200 metros norte, 75 metros este, N° 1121,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DINGDONE
como marca de fábrica y servicios en
clases 9 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase
9: Una aplicación de ayuda para la administración de hoteles (software). y
Clase 42: Servicios de proveeduría de servicios de aplicaciones (ASP). Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 1 de junio del 2017, solicitud Nº
2017-0005194. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de junio del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017145172 ).
Luis Fernando Asís Royo, soltero,
cédula de identidad 106370429, en calidad de apoderado especial de Productos
Farmacéuticos S. A. de C.V., con domicilio en Lago Tangañica 18, Colonia
Granada, Delegación Miguel Hidalgo 11520, México D.F., México, solicita la
inscripción de: NEVRIKA como marca de fábrica y comercio en clase 5,
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un medicamento
neuromodulador de uso humano, de fabricación de mi representada. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 28 de marzo de 2017. Solicitud Nº
2017-0002846. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de mayo de 2017.—Wendy López Vindas,
Registrador.—( IN2017145173 ).
Roger Humberto Díaz Duarte, casado dos veces, cédula de identidad
Nº 108230179, en calidad de apoderado generalísimo de Instituto Costarricense
de Puertos del Pacífico, cédula jurídica Nº 4000042140, con domicilio en:
Esparza, Espíritu Santo, Puerto Caldera, Costa Rica, solicita la inscripción
de: INCOP EL MOTOR DEL PACÍFICO
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la
fiscalización en materia portuaria. Reservas: de los colores: anaranjado y
azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de abril del 2017.
Solicitud N° 2017-0003781. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 25 de mayo del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—O.C. Nº 28839.—Solicitud Nº 23113.—(
IN2017145209 ).
Fusión N° 112089
Que María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de
Citizen Watch Company of América, Inc. d/b/a Bulova, solicita a este registro
se anote la inscripción de Fusión de Bulova
Corp., con Citizen Watch Company of América, Inc. d/b/a Bulova, para formar
esta última, presentada el día 30 de mayo de 2017 bajo expediente 111917. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-0752214 Registro Nº 7522
Bulova en clase 14 Marca Denominativa, 1900-2331514 Registro Nº 23315 Caravelle
en clase 14 Marca Denominativa, 1900-2392214 Registro Nº 23922 Accutron en
clase 14 Marca Denominativa, 1900-2400814 Registro Nº 24008 en clase 14 Marca
Figurativa, 1996-0006424 Registro Nº 101540 BULOVA en clase 9 Marca
Denominativa, 1999-0001643 Registro Nº 114927 MARINE STAR en clase 9 Marca
Denominativa, 1999-0001644 Registro Nº 114928 MARINE STAR en clase 14 Marca
Denominativa y 2013-0008159 Registro Nº 235660 Caravelle New York en clase 14
Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—1 vez.—( IN2017144896 ).
Fusión No. 112089
Que María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
Apoderada Especial de HKM Bidco B.V., solicita a este Registro se anote la
inscripción de la fusión de Hunkemöller International B.V., con HKM Bidco B.V.,
para formar esta última, presentada el día 8 de junio de 2017 bajo expediente
112089. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2015-0000538 Registro
Nº 245275 Hunkemöller en clase 3 25 35 Marca Denominativa y 2015-0000539
Registro Nº 245274 Hunkemöller en clase 25 35 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—(
IN2017144899 ).
Cambio de Nombre Nº 111435
Que
Francisco José Guzmán Ortiz, soltero, cédula de identidad Nº 104340595, en calidad
de apoderado especial de FCA Italy S.P.A, solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de Fiat Group Automobiles S.P.A. por el de FCA
Italy S.P.A, presentada el día 09 de mayo del 2017, bajo expediente Nº 111435.
El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0006985 Registro Nº 101497
SEICENTO en clase 12 marca denominativa. Publicar en La Gaceta
Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2017145170 ).
Cambio de Nombre Fusión N°
111689
Que Francisco José Guzmán Ortiz,
soltero, cédula de identidad 104340595, en calidad de apoderado especial de Accell
North America Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio
de Nombre por fusión entre Seattle Bike Supply, Inc. por el de Accell North
America Inc., prevaleciendo esta última, presentada el día 19 de mayo de 2017
bajo expediente 111689. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2007-0001908 Registro N° 173216 REDLINE en clase 12 Marca Denominativa.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—1 vez.—( IN2017145171 ).
Marcas de Ganado
Solicitud Nº 2017-1130. Ref:
35/2017/2394.—Ever Valverde Monge, cédula de
identidad Nº 0112880691, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en San José, Turrubares, Carara, San Isidro, 500 metros al
oeste de la escuela de la localidad. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días
hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 01 de
junio del 2017. Según el expediente N° 2017-1130.—Luz Vega, Registradora.—1
vez.—( IN2017145066 ).
Solicitud Nº 2017-1066. Ref: 35/2017/2543.—Gloriana Saborío
Miranda, cédula de identidad Nº 0206430461, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Upala, Upala, Las Milpas, del río Guacalito, 800
metros al norte del puente, a mano derecha donde esta el portón negro, entrada
de tierra de lastre, con un árbol de madero negro a la par del portón, en la finca conocida de Los Saboríos, en la finca al
fondo donde esta el llano con la quebrada de la naciente. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 25 de mayo del 2017. Según el expediente N°
2017-1066.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017145270 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción, la reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-296855, denominación: Asociación Administradora del Acueducto
Rural de Santa Rosa de Turrialba. Por cuanto dicha reforma cumple con lo
exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:
177175 con adicional(es): 2017-387844.—Dado en el Registro Nacional, a las 10
horas 9 minutos y 7 segundos del 15 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017145118 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación de Guías Turísticos del Refugio de Vida
Silvestre Ostional, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Santa Cruz,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Consolidar e
incentivar la participación de la comunidad de Ostional en la conservación, uso
y manejo sostenible y responsable de los recursos naturales del refugio
nacional de vida silvestre ostional y su área de influencia. Cuyo
representante, será el presidente: Yeimy Giselle Valerín Rodríguez, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2017, asiento: 209394.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 15
minutos y 22 segundos, del 15 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017145138 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción,
la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-071269,
denominación: Asociación de Vecinos de Urbanización Montelimar. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2017, asiento: 230001.—Dado en el Registro Nacional, a las 7
horas 16 minutos y 20 segundos del 23 de mayo del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017145144 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula Nº 3-002-157551,
denominación: Asociación Conferencia General de la Iglesia de Dios. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2017, Asiento: 355075.—Dado en el Registro Nacional a las 9
horas 12 minutos y 14 segundos, del 09 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017145199 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-414106, denominación:
Asociación Taller de Atención Integral y Capacitación Ataica. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
tomo: 2017, asiento: 278982.—Dado en el Registro Nacional a las 8 horas 4
minutos y 34 segundos, del 19 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017145247 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD
INDUSTRIAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor José Antonio Muñoz
Fonseca, casado una vez, cédula de identidad N° 104330939, en calidad de
apoderado especial de Spogen Biotech INC., solicita la Patente PCT denominada PROTEÍNAS DE FUSIÓN, BACTERIAS RECOMBINANTES Y
MÉTODOS DE USO DE LAS BACTERIAS RECOMBINANTES. Proteínas de fusión que contienen una secuencia de direccionamiento,
una proteína del exosporio o un fragmento de una proteína del exosporio que
direcciona la proteína de fusión hacia el exosporio de un miembro de la familia
de Bacillus cereus. También se proveen miembros recombinantes de la familia de
Bacillus cereus que expresan dichas proteínas de fusión; miembros genéticamente
inactivados de la familia de Bacillus cereus y miembros recombinantes de la
familia de Bacillus cereus que sobreexpresan proteínas del exosporio. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/44, A01N 63/02, C07K 14/32,
C12N 1/20, C12N 15/62 y C12N 15/75; cuyos inventores son: Thompson, Brian; (US)
y Siegel, Ashley (US). Prioridad: N° 62/051,885 del 17/09/2014 (US).
Publicación Internacional: WO2016/044661. La solicitud correspondiente lleva el
N° 2017-0000139, y fue presentada a las 13:11:16 del 7 de abril del 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 24 de mayo del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2017144416 ).
La señora (ita) María de la Cruz Villanea Villegas, cédula de
identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Agios Pharmaceuticals,
Inc, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS TERAPÉUTICAMENTE ACTIVOS
Y SUS MÉTODOS DE USO (Divisional Exp. 2014-388). Se proporcionan métodos
para tratar un cáncer caracterizado por la presencia de un alelo mutante de
IDH1/2 que comprenden administrar a un individuo que lo necesita un compuesto
descrito en la presente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
31/16, A61K 31/38, A61K 31/40, A61K 31/41, A61K 31/495, A61P 35/00 y C07C 237/22;
cuyo(s) inventor(es) es(son) CAI, Zhenwei (US); Travins, Jeremy (US); Cui,
Dawei (CN); Lemieux, Rene M. (US); Popovici-Muller, Janeta; (US) y Zhou, Ding;
(CN). Prioridad: N° PCT/CN2012/070601 del 19/01/2012 (CN). Publicación
Internacional: WO2013/107291. La solicitud correspondiente lleva el número
2017-0000097, y fue presentada a las 12:09:34 del 14 de marzo de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en periódico de circulación
nacional.—San José, 30 de mayo de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2017144468 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial
de Riboscience LLC, solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS DE
NUCLEÓSIDOS SUSTITUIDOS CON 4’-VINILO COMO INHIBIDORES DE LA REPLICACIÓN DEL
ARN DEL VIRUS RESPIRATORIO SINCITIAL. La solicitud da a conocer compuestos
de fórmula I: en la que los sustituyentes variables son tal como se definen en
el presente documento. Los compuestos de fórmula I y las composiciones
farmacéuticas que comprenden compuestos de fórmula I son útiles para el
tratamiento de enfermedades mediadas por VRS. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/52 y A61K
31/708 cuyos inventores son Smith, Mark (US) y Klumpp, Klaus, G (US).
Prioridad: N°62/055,704 del 26/09/2014 (US). Publicación Internacional: WO
2016/049415 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000157, y
fue presentada a las 14:33:38 del 20 de abril de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 22 de mayo
de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017143888 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula
de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de W.L. Gore &
Associates, Inc., solicita la Patente PCT denominada CONDUCTO VALVULAR.
Se proveen conductos valvulares que incluyen una construcción de valva acoplada
entre dos porciones de un conducto. Cada valva tiene un borde libre y un borde de inserción de
valva. El borde de inserción de valva se dispone entre un primer extremo
distante de conducto y un segundo extremo próximo de conducto que son coaxiales
entre ellos definiendo una unión. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61F 2/24; cuyos inventores son Armstrong, Joseph, R (US);
Bennett, Nathan, L (US); Colavito, Kyle, W (US) y Field, Edwin, W (US). Prioridad: N° 14/881,124
del 12/10/2015 (US) y N° 62/063,353 del 13/10/2014 (US). Publicación
Internacional: WO/2016/061113. La solicitud correspondiente lleva el Nº
2017-0000201, y fue presentada a las 14:37:03 del 12 de mayo de 2017. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 18 de mayo de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017144950 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad Nº 110180975,
en calidad de apoderado especial de Novartis AG, solicita la Patente PCT
denominada CONJUGADOS DE ANTICUERPO-FARMACO. Esta solicitud describe
anticuerpos anti-cadherina-P, fragmentos de unión a antígeno de los mismos, y
conjugados de fármaco-anticuerpo de dichos anticuerpos o fragmentos de unión a
antígeno. La invención también se refiere a métodos para tratar el cáncer
usando los anticuerpos, fragmentos de unión a antígeno, y conjugados de
fármacos -anticuerpos. También se describen en este documento procedimientos de
preparación de los anticuerpos, fragmentos de unión a antígeno, conjugados de
fármacos de anticuerpos, métodos de uso de los anticuerpos y fragmentos de
unión a antígeno como agentes de diagnóstico. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 47/48, A61P 35/00 y C07K 16/28; cuyos inventores
son Cohen, Steven (US); Miller, Kathy (US); Abrams, Tinya (US); Huber, Thomas
(CH); Dürr, Clemens (DE); Damiano, Jason (US); Menezes, Daniel (PT); Kendahl,
Katherine (US) y Rondeau, Jean-michel René (FR). Prioridad: N° 62/079,942 del
14/11/2014 (US). Publicación Internacional: WO/2016/075670. La solicitud
correspondiente lleva el Nº 2017-0000200, y fue presentada a las 14:23:33 del
12 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 16 de mayo de 2017.—Viviana Segura de la O,
Registradora.—( IN2017144951 ).
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0145-2017.—Exp. N°
12353A.—GMB y Asociados S.A., solicita concesión de: 0.06 litros por segundo
del nacimiento sin n0mbre 1, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano-domestico y
turístico-hotel. Coordenadas 176.825/413.334 hoja Cabuya. 0.08 litros por
segundo del nacimiento sin nombre 2, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Cóbano, Puntarenas, Puntarenas, para uso consumo humano y
turístico-hotel. Coordenadas 176.682/413.045 hoja Cabuya. Predios inferiores:
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 20 de junio de 2017.—Andrés
Phillips Ureña, Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—( IN2017147338
).
ED-UHTPCOSJ-0046-2017. Exp. Nº
15686P.—Martín Muñoz Hernández, solicita concesión
de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo RG-932 en finca de su propiedad en Turrucares, Alajuela, para uso
industrial matadero avícola. Coordenadas: 215.158 / 499.626, hoja Río Grande.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 08 de junio del 2017.—Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017147441
).
ED-UHTPCOSJ-0045-2017.—Exp.
17041P.—La Torre Herradura
Apartamento Cinco A QIH S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo
del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-1019 en finca de
solicitante en San Juan Grande, Esparza, Puntarenas, para uso agropecuario
abrevadero, consumo humano doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas 214.296
/ 462.805 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de junio del
2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central Andrés Phillips Ureña.—(
IN2017147488 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-0137-2017.—Exp.
11798P.—Terminal de Contenedores Grant y Cabezas S. A., solicita concesión de:
1,2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
IS-540 en finca de su propiedad en Guadalupe (Cartago), Cartago, Cartago, para
uso agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 204.850 / 541.420 hoja Istaru.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio del 2017.—Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—1 vez.—( IN2017147547
).
ED-UHTPSOZ-0017-2017.—Exp.
17600A.—Compañía Agropecuaria Valversan Sociedad Anónima, solicita concesión de: 17 litros por
segundo del Río Barbudal, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Parrita, Parrita, Puntarenas, para uso Agropecuario - Riego. Coordenadas
502.103/167.299 hoja Parrita. Predios inferiores: Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 22 de mayo de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico
Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2017147684 ).
ED-UHTPCOSJ-0041-2017. Expediente Nº
16964P.—Compañía Agropecuaria
Las Brisas S. A., solicita concesión de: 4 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo UP-18 en finca del solicitante en
Upala, Alajuela, para uso agroindustrial aplicaciones agroquímicas. Coordenadas
314.928 / 419.323 hoja Upala. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 08 de junio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico
Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017147814 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0069-2017.—Exp.
N° 17658A.—Miguel Ángel Segura Prado, solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo del nacimiento, efectuando la captación en finca de Miguel Ángel García
Barboza en Vuelta de Jorco, Aserrí, San José, para uso consumo humano
doméstico. Coordenadas 521.924 / 193.278 hoja Caraigres. Predios inferiores:
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 22 de junio de 2017.—Andrés
Phillips Ureña, Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—( IN2017147962
).
ED-UHTPCOSJ-0049-2017. Exp. Nº 10434P.—Valle Soleado de las Hadas
S. A., solicita concesión de: 0.02 litros por segundo del acuífero, efectuando
la captación por medio del pozo AB-2142 en finca de su propiedad en Santa Ana,
San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas: 213.150 / 516.860,
hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de junio del
2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—(
IN2017148034 ).
ED-UHTPNOB-0059-2017. Expediente Nº 17630P. 3-101-470365 S. A.,
solicita concesión de: 0.05 litro por segundo del pozo, efectuando la captación
en finca de V y S Bajamar Segunda S. A. en Zapotal (Nandayure), Nandayure,
Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 206.138 / 377.281 hoja Cerro
Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de junio de
2017.—Unidad Hidrológica Tempisque Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—(
IN2017148088 ).
ED-UHTPNOB-0060-2017.—Exp. N° 17631P.—3-101-470363 S. A., solicita
concesión de: 0.05 litros por segundo del pozo, efectuando la captación en
finca de V Y S Bajamar Segunda S.A. en Zapotal (Nandayure), Nandayure,
Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 206.138/377.281 hoja Cerro
Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de junio de
2017.—Leonardo Solano Romero, Unidad Hidrológica Tempisque Pacífico Norte,
Pacífico Central.—( IN2017148090 ).
ED-UHTPNOB-0061-2017. Exp. 17637P.—V Y S Bajamar Segunda Sociedad
Anónima, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Pozo, efectuando la
captación en finca de su propiedad en zapotal (Nandayure), Nandayure,
Guanacaste, para uso Consumo Humano. Coordenadas 206.138 / 377.281 hoja Cerro
Azul. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio de
2017.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—(
IN2017148091 ).
ED-UHTPNOB-0062-2017. Expediente 17638P.—Hacienda Guiones Real
Estste Holdings, Limitada, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del
pozo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Nosara, Nicoya,
Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 214.777 / 357.386 hoja Garza.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio de 2017.—Unidad
Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN2017148092
).
ED-UHTPNOB-0063-2017.—Exp. N° 17639P.—Hacienda Guiones Real Estste
Holdings Limitada, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del pozo,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Nosara, Nicoya, Guanacaste,
para uso consumo humano. Coordenadas 214.777/357.386 hoja Garza. Quienes se
consideren lesionados deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 13 de junio de 2017.—Leonardo Solano Romero,
Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—( IN2017148093 ).
ED-UHTPNOB-0064-2017. Expediente Nº 17640P.—Hacienda Guiones Real
Estste Holdings Limitada, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del
pozo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Nosara, Nicoya,
Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 214.777 / 357.386 hoja Garza.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio de 2017.—Unidad
Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN2017148094
).
ED-0039-2017.—Exp. N° 17460P.—Papohaku Beach Ltda., solicita
concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo QP-69 en finca de Selva Musical de Manuel Antonio S. A. en
Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas
374.522/446.295 hoja Quepos. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 31 de enero de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2017148095 ).
Registro Civil - Departamento
Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y
NATURALIZACIONES
Aviso de solicitud de
naturalización
María Victoria Ramírez Bravo,
venezolana, cédula de residencia 186200215213, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. 2701-2016.—San José, al ser las 10:24 del 20 de
junio de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017145218 ).
Laura Alejandra Ortega López, colombiana, cédula de residencia
117001705533, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
2960-2017.—San José, al ser las 11:37 del 20 de junio de 2017.—Juan José
Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017145240 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000017-01
Contratación de servicios de fisioterapia
para zonas descentralizadas
El Banco de Costa Rica, informa que recibirá ofertas hasta las catorce
horas con treinta minutos (2:30 p.m.) del 19 julio del 2017, para la licitación
en referencia, las cuales deberán ser depositadas en el buzón de la Oficina de
Contratación Administrativa, ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.
El cartel de la contratación que incluye las especificaciones técnicas
y condiciones generales, lo pueden retirar en la misma oficina con un horario
de 9:00 a.m. a 3:00 p.m; además, lo pueden obtener a través de la página
electrónica del Banco de Costa Rica, www.bancobcr.com
Oficina de Contratación
Administrativa.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº
66348.—Solicitud Nº 88686.—( IN2017148165 ).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000003-CNR
Contratación de servicios de aseo, limpieza
y manejo de residuos para
el CONARE
El Consejo Nacional de Rectores avisa a los interesados que se recibirá
ofertas hasta las 11:00 horas del 27 de julio de 2017 para la contratación de
servicios de aseo, limpieza y manejo de residuos para el CONARE.
Para retirar el cartel con los términos de referencia, las
especificaciones técnicas y los planos respectivos pueden descargar los
archivos en la dirección: http://www.conare.ac.cr en los siguientes enlaces:
“Servicios”, “Documentos”, “Proveeduría”, “Contrataciones y Licitaciones” o
bien solicitarlo al correo electrónico: proveeduria@conare.ac.cr
Pavas, 26 de junio del 2017.—MAP Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría
CONARE.—1 vez.—O. C. Nº 16416.—Solicitud Nº 88668.—( IN2017148180 ).
DIRECCIÓN REGIONAL DE SERVICIOS
DE SALUD REGIÓN HUETAR NORTE
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL N°
2017LN-000004-2499
Contratación de alimentación
para usuarios hospitalizados
o en observación en el Hospital Los Chiles
A los interesados en participar
en la Licitación Pública Nacional N° 2017LN-000004-2499, “Contratación de
Alimentación para usuarios hospitalizados o en observación en el Hospital Los
Chiles”, se les informa que el cartel con las especificaciones técnicas y demás
condiciones generales y legales, se encuentra disponibles en la Unidad Gestión
de Bienes y Servicios de la Dirección Regional de Servicios de Salud Región
Huetar Norte, ubicada 450 metros norte del Banco Popular en Ciudad Quesada,
lugar donde se realizará la recepción y apertura ofertas, esta última se
llevará a cabo a los dieciséis (20) días hábiles siguientes a esta publicación
a las 10:00 horas. Mayor información en la página web institucional, http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2499&tipo=LN.
Ciudad Quesada, San Carlos, 27
de junio del 2017.—MBa. Sarly Vanessa Chaves Fernández, Unidad Gestión de
Bienes y Servicios.—1 vez.—( IN2017147956 ).
HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO
CONTRATACIÓN DIRECTA
2017CD-000040-2601
Objeto contractual: adquisición
de carga de oxígeno, carga
de nitrógeno gaseoso y carga de acetileno de
uso industrial;
bajo la modalidad de entrega según demanda
Fecha apertura de ofertas:
viernes 07 de julio de 2017, a las 10:00 a. m.
Los interesados pueden adquirir
el cartel en la Subárea de Contratación Administrativa del hospital, ubicada
frente a las oficinas centrales de Corporación de Desarrollo Agrícola del
Monte, de 7:30 a. m. a 2:30 p. m., valor del cartel en ventanilla ¢250,00 o
bien los interesados pueden solicitarlo mediante oficio al fax 2758-0932,
posterior a su cancelación mediante depósito a la cuenta del Banco Nacional de
Costa Rica N° 100-01-000-003599-8, valor del cartel por fax ¢1.000,00.
Limón, 27
de junio de 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Kris Guillén
Rojas, Coordinadora, a. í.—1 vez.—( IN2017148082 ).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA
2017LA-000032-2104
Adquisición de compresor de aire
grado médico
Se les comunica a las empresas
interesadas en el presente concurso que se realizara acto de apertura para el
día 14 de julio de 2017 a las 10:00 horas. Además se les invita a participar de
la visita al sitio, misma que se realizará el día 05 de julio de 2017 a las
09:00 horas. El cartel se encuentra disponible en el centro de fotocopiado
público, ubicado en planta baja de este hospital. Ver detalle y mayor
información en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José,
28 de junio del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen
Rodríguez Castro, Coordinadora.— 1 vez.—O. C. N° 102.—Solicitud N° 88662.—(
IN2017148189 ).
LICITACIÓN ABREVIADA
2017LA-000031-2104
Adquisición de: Aires
Acondicionados
Se les comunica a las empresas
interesadas en el presente concurso que se realizará acto de apertura para el
día 21 de julio de 2017 a las 09:00 horas. Además, se les invita a participar
de la visita al sitio, misma que se realizará el día 12 de julio de 2017 a las
09:00 horas. El cartel se encuentra disponible en el centro de fotocopiado
público, ubicado en planta baja de este Hospital. Ver detalle y mayor
información en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José,
28 de junio del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen
Rodríguez Castro, Coordinadora.— 1 vez.—O. C. Nº 101.—Solicitud Nº 88660.—(
IN2017148190 ).
El Instituto de Desarrollo Rural
comunica la apertura del siguiente proceso:
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2017LA-00033-01
Compra de
productos de plástico para fortalecimiento de módulos
de hortalizas, compra de plántulas y semillas e
insumos químicos
para establecimiento de módulos de producción para
el cultivo
de yuca de la Oficina de Desarrollo Territorial
Siquirres,
compra de semilla de arroz e insumos químicos
para el establecimiento de cultivos de arroz
y maíz de la Oficina de Desarrollo
Territorial Parrita
Fecha y Hora de recepción de
Ofertas: Lunes 17 de julio del 2017, a las 10:00 horas, (10:00 a.m.), en la
Proveeduría Institucional, Oficinas Centrales del INDER.
El cartel está a disposición a
partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse
personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente
de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln; 200 metros al oeste, 100 metros al sur
y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, Planta alta del Edificio B,
en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede
descargarse de la página Web del Inder www.inder.go.cr menú de Proveeduría
Institucional, Unidad de Compra 01, o puede solicitarse enviando un correo
electrónico a la dirección mbolanosr@inder.go.cr sin embargo la legalidad de
las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital
original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el
expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de
ofertas.
San Vicente
de Moravia, San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1
vez.—( IN2017147997 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2017LA-000003-10
Servidores de datos y equipo de
comunicación
El Proceso Adquisiciones de la
Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, recibirá ofertas
por escrito para este concurso hasta las 10:00 horas del 24 de julio del 2017.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito y
está a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional de Cartago ubicado costado norte, del Centro Comercial
Metrocentro, Cartago. Ver página Web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/ConsultaCarteles/.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 88624.—( IN2017147966 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000004-10
Software específico para el área técnica
El Proceso Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto
Nacional de Aprendizaje, recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta
las 10:00 horas del 24 de julio del 2017. Los interesados podrán retirar el
pliego de condiciones, el cual es gratuito y está a disposición de los
interesados en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Cartago
ubicado costado norte del Centro Comercial Metrocentro, Cartago. Ver página Web
del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/ConsultaCarteles/.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 88625.—( IN2017147969 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2017LA-000006-10
Contratación de servicios de
mantenimiento agrícola para
la finca del Centro Nacional Especializado en
Agricultura Orgánica
El Proceso Adquisiciones de la
Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, recibirá ofertas
por escrito para este concurso hasta las 10:00 horas del 27 de julio del 2017.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito y
está a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional de Cartago ubicado costado Norte del Centro Comercial
Metrocentro, Cartago. Ver página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/ConsultaCarteles/.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 88626.—( IN2017147971 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº
2017LA-000005-10
Contratación de abastecimiento
continuo de gas
licuado de petróleo GLP (mezcla 70-30 propano-
butano) según demanda cuantía estimada
para la Unidad Regional Cartago
El Proceso Adquisiciones de la
Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, recibirá ofertas
por escrito para este concurso hasta las 10:00 horas del 27 de julio del 2017.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito y
está a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional de Cartago ubicado costado norte del Centro Comercial
Metrocentro, Cartago. Ver página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/ConsultaCarteles/.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 88627.—( IN2017147977 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2017LA-000002-08
Alquiler de edificio para
instalaciones del CFP San Vito,
Coto Brus, Puntarenas, Costa Rica
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, Unidad Regional Brunca. Informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada N°
2017LA-000002-08 “Alquiler de edificio para instalaciones del CFP San Vito,
Coto Brus, Puntarenas, Costa Rica”.
Que el plazo máximo para
presentar ofertas de esta Licitación Abreviada es para el próximo jueves 06 de
julio del 2017 a las 10:00 horas.
Este pliego de condiciones es
gratuito y está a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones
de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros sur del supermercado Coopeagri,
barrio Villa Ligia, Daniel Flores. Pérez Zeledón, San José y en la siguiente
dirección electrónica: http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles/.
Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe de la Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 88630.—( IN2017147982 ).
MUNICIPALIDAD DE SARAPIQUÍ
UNIDAD DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA
2017LN-000002-01
Venta de bienes propios
inmuebles de la Municipalidad
de Sarapiquí, ubicados en el distrito Puerto Viejo
La Municipalidad de Sarapiquí,
ubicada costado noroeste de la estación de Servicio Puerto Viejo en Puerto
Viejo de Sarapiquí, recibirá ofertas en sobre cerrado, hasta las 11:00 horas
del día 28 de julio del 2017, para los siguientes bienes municipales.
Las imágenes respectivas
podrán verlas en La Gaceta con firma
digital en PDF
La visita para ver los terrenos
será el día viernes 14 de julio del 2017 a las 10:00 horas del día, saliendo
del edificio municipal Juan Rafael Mora Porras.
El pliego de condiciones de esta
licitación (cartel), normativa aplicable, estarán disponibles a partir de la
presente publicación, en la página Web de la Municipalidad de Sarapiquí:
www.sarapiqui.go.cr. Para mayor información comunicarse al teléfono 2766-6744,
ext-131 de la Proveeduría Municipal
Luis Diego Corella Miranda,
Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017148197 ).
MUNICIPALIDAD DE MATINA
CONTRATACIÓN DIRECTA N°
2017CD-000061-01
Compra de maquinaria nueva para
UTGVM cantón de Matina
El Departamento de Proveeduría
de la Municipalidad de Matina, ubicada en el distrito primero del cantón de
Matina, comunica a los posibles oferentes del proceso de Contratación
Administrativa tramitado bajo la modalidad de Contratación Directa N°
2017CD-000061-01, denominado “Compra de maquinaria nueva para UTGVM, cantón de
Matina”, para lo cual se estarán recibiendo ofertas hasta las 10:00 horas del
decimoquinto día hábil posterior a la publicación en el diario oficial La
Gaceta. Seguidamente se procederá con el acto de apertura de las ofertas
esto con el fin de contratar los servicios para, compra de maquinaria nueva
para UTGVM, cantón de Matina, según las condiciones y especificaciones que se
dictaran en el cartel, para esta contratación.
Dicho cartel estará a
disposición de cualquier interesado en las oficinas de la Proveeduría Municipal
de la Municipalidad de Matina, podrá ser solicitado vía correo electrónico a la
dirección proveeduriamatina@hotmail.com.
Matina, 22 de junio del
2017.—Lic. Freddy Muñoz Arguedas, Proveedor a. í.—1 vez.—( IN2017148059 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2016LA-000091-PROV
(Aviso de infructuoso)
Alquiler de local para alojar al
Juzgado Civil y Laboral,
Tribunal Civil y Laboral y Médico Laboral de Liberia
Se comunica a todos los
interesados en el procedimiento de contratación en mención, que por acuerdo del
Consejo Superior del Poder Judicial en sesión N° 60-17, celebrada el 22 de
junio del año en curso, artículo XIV, se dispuso declararlo infructuoso.
San José, 27 de junio de
2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(
IN2017147954 ).
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de
contratación que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder
Judicial en sesión Nº 60-17 celebrada el 22 de junio del 2017, artículo X, se
dispuso declarar infructuosa la Licitación Pública 2017LN-000001-PROV
“Concesión de Soda y Contratación de Servicios de Alimentación para los
Servidores Judiciales y Usuarios del Edificio Anexo A del II Circuito Judicial
de San José”
San José, 27 de junio del
2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(
IN2017147957 ).
HOSPITAL DR. TONY FACIO CASTRO
CONTRATACIÓN DIRECTA
2017CD-000021-2601
Objeto contractual: adquisición
de humidificador
con sistema de alto flujo
La Subárea
de Contratación Administrativa del Hospital Dr. Tony Facio Castro de Limón,
comunica a los interesados en el concurso de referencia que la Dirección
Administrativa Financiera, mediante acta de adjudicación N° 0026-2017 de fecha
del 23 de junio de 2017, resolvió adjudicar el presente concurso de la
siguiente manera:
Ítem 1; a la oferta N° 1, Soporte
Médico S. A., cédula jurídica 3-101-111262, por un monto de $19.000,00.
Todo de acuerdo a lo solicitado
en el cartel y la oferta presentada.
Limón, 27 de
junio del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Kris Guillén
Rojas, Coordinadora a. í.— 1 vez.—( IN2017148081 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2017LA-000018-01
Capacitación en el Subprograma
de Tecnologías de la
Información en el Tema Programa de Formación
de Investigadores Adjudicación
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, en Acta N° 158-2017, celebrada el 21 de
junio del 2017, según artículo único, tomó el siguiente acuerdo:
Que la Licitación Abreviada N° 2017LA-000018-01 “Capacitación en el
subprograma de tecnologías de la información en el tema programa de formación
de investigadores” se adjudique en los siguientes términos:
• Adjudicar la línea 1, a la
oferta 2, Asesorías Creativas en Desarrollo Integral ACDI S. A., por un
monto de ¢27.500.000,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel, ofrecer un
precio razonable y un plazo de entrega con un plazo de entrega según cronograma
que se especifica en las especificaciones técnicas.
• Con una forma de por mes
vencido contra recibo de satisfacción de cada servicio.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1
vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 88628.—( IN2017147979 ).
UNIDAD REGIONAL PACÍFICO CENTRAL
PROCESO DE ADQUISICIONES
CONTRATACIÓN DIRECTA
2017CD-000056-07
Servicio de limpieza de tanques
sépticos para el
Centro de Formación Profesional de Puntarenas
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje,
comunica que el concurso de la Contratación Directa 2017CD-000056-07 “Servicio
de limpieza de tanques sépticos para el Centro de Formación Profesional de
Puntarenas”, según acta del Proceso de Adquisiciones N° 070-2017 del 26 de
junio de 2017 y con base al estudio técnico de la Unidad de Recursos Materiales
URMA-PSG-488-2017, se adjudica según se detalla:
Oferta N° 1 (única): |
Línea |
Monto anual adjudicado ¢ |
Moto Servicios Grecia S. A., cédula de jurídica: 3-101-067350 |
1 |
849.000,00 |
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 88631.—( IN2017147983 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000014-02
Contratación de los servicios profesionales de auditoría
financiera externa de los
estados financieros de RECOPE
Se informa que de conformidad con lo indicado en el acuerdo tomado por
la Junta Directiva de la Empresa, el cual consta en el artículo Nº 4, de la
Sesión Ordinaria Nº 4989-195, celebrada el lunes 26 de junio de 2017, el
concurso en referencia fue adjudicado de acuerdo con el siguiente detalle:
Oferta
Nº: Uno (1) |
Oferente: Deloitte &
Touche S. A. |
Representante
Legal: Luis Guillermo Rodríguez
Araya. |
Monto
total: ¢52.164.000,00 |
Descripción: Contratación de los
servicios de auditoría financiera externa de los estados financieros de
RECOPE, para el periodo contable 2017 terminado al 31 de diciembre del 2017,
conforme los términos y condiciones establecidos en la oferta y el cartel de
licitación. Precio total ¢52.164.000,00. |
Demás
especificaciones conforme la oferta y el cartel de licitación respectivo. |
Forma
de pago: Mediante
transferencia bancaria, contra avance del trabajo de conformidad para RECOPE,
según la presentación de informes y el aporte de las facturas de costo
correspondientes, pagadero un 75% cuando se entregue: |
El
informe final con el dictamen sobre la razonabilidad de los estados
financieros. |
Los
estados financieros en español y en colones. |
Informe
de carta de Gerencia que contendrá: |
Evaluación
de control interno del periodo auditado. |
Evaluación
del sistema de control interno relacionado con los sistemas informáticos. |
Revisión
de la declaración auto determinativa del impuesto sobre la renta. |
El
25% restante se pagará cuando se entreguen los estados financieros en inglés
y en dólares. |
Plazo
contractual: Para el periodo
contable 2017, pudiendo ser prorrogada por tres años a opción y
discrecionalidad de RECOPE. |
La imagen respectiva
podrá verla en La Gaceta con firma
digital en PDF
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente
garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total
adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha
probable de recepción definitiva del objeto del contrato.
2. El presente concurso se formalizará con la emisión del respectivo
pedido. A efectos de la legalización se deberán reintegrar las especies
fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su
totalidad por el contratista.
3. Será potestad de RECOPE prorrogar o no la presente contratación,
para efectos del contratista, se entiende que RECOPE está contratando la
presente contratación para el periodo 2017, por lo que la prerrogativa de
prórroga no le crea ningún derecho.
Se recuerda a los proveedores y demás
interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas
las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.
Dirección de Suministros.—Ing. Nora Iris Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2017-000142.—Solicitud
Nº 88595.— ( IN2017147866 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N°
2016LN-000004-02
Construcción de tanque de acero
en
el Aeropuerto Daniel Oduber
Se informa que de conformidad
con lo indicado en el acuerdo tomado por la Junta Directiva de la Empresa, el
cual consta en el artículo N° 5 de la sesión ordinaria N° 4988-194, celebrada
el lunes 19 de junio de 2017, el concurso en referencia fue adjudicado de
acuerdo con el siguiente detalle:
Oferta N° cinco (5)
Oferente: Consorcio
Tecnitanques-Conico (Tecnitanques Ingenieros S.A.S. y Consultoría
Integral de la Construcción S.A.).
Representante legal: Alberto
José Monge Aguilar.
Monto recomendado: $2.330.091,78
incluye impuestos.
Descripción: construcción de un
tanque de acero para almacenamiento de Jet A1 en el Aeropuerto Internacional
Daniel Oduber Quirós en Liberia, Guanacaste, con una capacidad de 800 m3
(5000 bls), incluyendo el suministro de materiales, mano de obra, equipo y maquinaria
para la construcción de la obra civil, mecánica, eléctrica e instrumentación y
control, para la ampliación de la infraestructura de almacenamiento en el
Plantel de Ventas de RECOPE. Precio unitario y total: $2.330.091,78 con
impuestos.
Todo de acuerdo con lo requerido
en el cartel de licitación y la oferta respectiva.
Forma de pago: mensualmente de
acuerdo con el avance de los trabajos, de conformidad con lo establecido en el
Tomo I cláusula 5 inciso 6.2 del cartel.
RECOPE retendrá un diez (10%)
por ciento del monto total de la facturación de avance mensual cuando el
contratista incurra en un atraso cuyo impacto sea superior al diez por ciento
(10%) del plazo total de entrega de la obra.
Plazo contractual:
- Requisitos previos: Ciento
cincuenta (150) días naturales, de los cuales el contratista dispone de ciento
cuarenta (140) días naturales.
- Ejecución: Trescientos
cuarenta y un (341) días naturales.
- Condiciones climáticas
adversas: Sesenta (60) días naturales.
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispone de
diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación
para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez
(10%) por ciento del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3)
meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del
contrato, y demás disposiciones que establece la cláusula 6.2 Tomo I del
cartel.
2. Para el presente concurso la
Dirección Jurídica de RECOPE deberá confeccionar dentro de los plazos establecidos,
el contrato que será conocido y refrendado por el Órgano Contralor, por lo que
el pedido respectivo únicamente se podrá entregar hasta que se obtenga el supra
indicado refrendo. A efectos de la legalización se deberán reintegrar las
especies fiscales de ley, en razón del 0,5% del monto total del contrato,
pagadero en su totalidad por el contratista.
3. Según se detalla en la
cláusula 5.6. inciso 1 del Tomo I del cartel, el contratista podrá optar por un
anticipo de hasta un quince por ciento (15%) del monto total adjudicado, con
las obligaciones que éste demanda.
4. De previo a la formalización,
el adjudicatario deberá presentar de la empresa extranjera Tecnitanques S.A.S,
los documentos originales de acreditación de la existencia de la sociedad.
5. De conformidad con los
términos del Acuerdo Consorcial el buen pago derivado de esta contratación se
hará a la empresa Consultoría Integral de la Construcción S. A. CONICO.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio web www.recope.com, se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
Recope.
Dirección de Suministros.—Ing.
Norma Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.
C. N° 2017-000142.—Solicitud N° 88598.— ( IN2017147876 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
El Macroproceso Financiero
Contable del Poder Judicial, invita a todos aquellos interesados que no hayan
retirado el respectivo depósito de “garantía de cumplimiento o participación”,
para que lo hagan, en resguardo de su seguridad jurídica y de la Administración
como tal, de lo cual luego de trascurrido el plazo fatal de 20 días según lo
establecido en el Reglamento de Contratación Administrativa artículo 45 inciso
b), se procederá según lo que corresponda. El detalle de dichos depósitos puede
ser consultado en la siguiente dirección electrónica:
https://www.poder-judicial.go.cr/fico/index.php?option=com_phocadownload&view=category&id=241&Itemid=319
MBA. Miguel
Ovares Chavarría, Jefe Macroproceso Financiero Contable a. í.—1 vez.—( IN2017145180 ).
HOSPITAL DR. FDO ESCALANTE PRADILLA
El Hospital Escalante Pradilla comunica a la empresa Melodía
Importaciones S. A., la apertura de proceso sancionador en su contra, en
relación con incumplimiento en la contratación Nº 2016CD-000121-2701.
Debe solicitar el traslado de cargos al teléfono 2785-0751, en horario
de lunes a viernes de 7:00 a.m. a 3:00 p.m.
San Isidro de El General, Pérez Zeledón, 15 de junio del 2017.—Área de
Gestión de Servicios Generales.—Lic. Alberto Herrera Badilla, Jefe.—1 vez.—(
IN2017148079 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000026-PROV
(Aclaración Nº 1)
Compra de Cromatógrafo Líquido
con
Detector de Masas de Alta Resolución
El Departamento de Proveeduría
avisa a todo el potencial interesado a participar en el procedimiento de
contratación indicado, que existen aclaraciones al cartel, las cuales estarán
disponibles en la página web a partir de la presente publicación.
http://poder-judicial.go.cr/proveeduria. Los demás términos y condiciones
permanecen inalterables.
San José, 27 de junio de
2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(
IN2017147953 ).
PROCESO LPI-01-2017
(Modificación N° 01)
Diseño, Construcción y
Equipamientos de (15)
Centros Educativos y (10) Canchas Multiuso
1. MODIFICACIÓN. Se
modifican aspectos relacionados con los Anexos que forman parte de los
Documentos de Licitación. Se indica que deberá tomarse en cuenta lo siguiente:
Se informa a los oferentes que en los sitios
86-3393 Escuela Líder Silvestre, 93-5152 CTP Veracruz y 83-4172 CTP Ricardo
Castro Beer se modifica en cada uno la lámina A04 del Anteproyecto y se
sustituye por la lámina “L-04-R01_Modificada” adjunta. Asimismo, se incluye
para cada sitio una nueva lámina denominada “L04.1_Modificada” con detalle de
las modificaciones a la ubicación del paso a cubierto y reubicación de portón
peatonal. Para el sitio 86-3393 Escuela Líder Silvestre considerar una longitud
de paso a cubierto de 32 metros lineales; para el sitio 93-5152 CTP Veracruz
considerar una longitud de Paso a Cubierto de 50 metros y para el sitio 83-4172
CTP Ricardo Castro Beer se indica las cotas en el plano. El ancho del paso a
cubierto así como el resto de la información de los anteproyectos se mantiene.
Se brinda acceso por medio de un link a los documentos con el fin de
que puedan ser descargados.
https://www.dropbox.com/s/5cvpyf21f49tls0/LPI-01-2017_Modificaciones%20No.01.zip?dl=0
La Uruca, 27 de junio del
2017.—Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.—Lourdes Fernández
Quesada.—Alejandra Trejos Céspedes, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. Nº
524007.—Solicitud Nº 88580.—( IN2017147973 ).
Modificación N° 02 para el proceso LPI-01-2017 Diseño,
Construcción y Equipamientos de (15) Centros Educativos y (10) Canchas
Multiuso.
1. Modificación. Se modifica la
fecha máxima para recibir solicitudes de aclaración:
Donde se lee: “Sección II. Datos de la Licitación (DDL). H. Preparación de las
ofertas. IAO 22.1 y 25.1”.
Fecha y hora límite para recibir las ofertas, a más tardar:
Fecha: 03 de julio de 2017.
Hora: 10:00 horas.
Fecha y hora para la apertura de
las ofertas:
Fecha: 03 de julio de 2017.
Hora: 10:00 horas.
Debe de leerse de la siguiente manera: “Sección II. Datos de la Licitación (DDL). H. Preparación de las ofertas. IAO 22.1 y 25.1”.
Fecha y hora límite para recibir
las ofertas, a más tardar:
Fecha: 10 de julio de 2017.
Hora: 10:00 horas.
Fecha y hora para la apertura de
las ofertas:
Fecha: 10 de julio de 2017.
Hora: 10:00 horas.
La Uruca, 27 de junio del
2017.—Dirección de Fideicomisos y Estructuraciones.—Lourdes Fernández
Quesada.—Alejandra Trejos Céspedes, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. N°
524007.—Solicitud N° 88581.—( IN2017147974 ).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000009-DCADM
(Enmienda Nº 1)
Suministro de tarjetas financieras y
servicios de
personalización
(Consumo según demanda)
Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el
documento que contiene la Enmienda Nº 1 en atención a resolución por recurso de
objeción al cartel, puede ser retirada en la División de Contratación
Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de la sede central,
en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15
a.m. a 4:00 p.m.
Demás condiciones y requisitos permanecen invariables.
Área de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge
Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017147781 ).
HOSPITAL SAN VICENTE DE PAÚL - HEREDIA
LICITACIÓN NACIONAL MODALIDAD
DE ENTREGA POR CONSIGNACIÓN
Nº 2017LN-000001-2208
Por reactivos para pruebas de inmunología
La Sub Área de Contratación Administrativa del Hospital San Vicente de
Paúl, comunica a los oferentes interesados en participar en la presente
licitación, que el cartel de modificación Nº 1, se encuentra disponible en la
Sub Área de Contratación Administrativa de este nosocomio.
La apertura de ofertas se mantiene para el día 07 de julio del 2017 a
las 11:00 horas.
Heredia, 26 de junio del 2017.—Dirección Administrativa.—MSc. Óscar
Montero Sánchez.—1 vez.—( IN2017148195 ).
El Instituto de Desarrollo
Rural, cédula jurídica 4-000-0142143, comunica la Fe de Erratas del siguiente
proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA
2017LA-000041-01
Construcción de caminos en San
Ramón de Sarapiquí,
Territorio Sarapiquí-Heredia, Sarapiquí-Alajuela,
Región de Desarrollo Huetar Norte, Oficina
de Desarrollo Territorial de Puerto Viejo
A los
interesados en participar en este concurso se les comunica que por error en la
Hoja de Cotización este concurso se indicó como unidad de medida del Acero de
Refuerzo metros cúbicos (m3) siendo lo correcto por kilogramo (kg)
los demás puntos del cartel se mantienen invariables incluyendo fecha y hora de
apertura.
Licda. Karen
Valverde Soto, Proveeduría Institucional.— 1 vez.—( IN2017147998 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica Nº
4-000-0142143, comunica la fe de erratas del siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000037-01
Contratación de mano de obra y materiales (llave en mano)
para la construcción de las
líneas de distribución eléctrica
en el asentamiento Vista de
Mar, de la Región
de Desarrollo Central,
Oficina de Desarrollo
Territorial de Cartago,
Oficina
Auxiliar de Puriscal
A los interesados en participar en este concurso se les comunica que
debido a la nueva normativa del ICE se les solicita sustituir en las hojas de
cotización las luminarias de vapor de sodio por luminarias tipo LED, los
modelos a utilizar son los siguientes:
- Marca CREE: modelo: BXSP-C-HT-2LG-E-57K-UL-SV-Q9-R de 101W (las
vende ECOLOGICAL S. A.).
- Marca Philips: modelo: Road Focus: catálogo RFM
108W48LED4K-T-R2M, de 108W (las vende ENESYS).
Los demás puntos del cartel se mantienen invariables incluyendo fecha y
hora de apertura.
Proveeduría Institucional.—Licda. Karen
Valverde Soto.— 1 vez.—( IN2017147999 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-0142143,
comunica la Fe de Erratas del siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA N°
2017LA-000038-01
Contratación de mano de obra y
materiales (llave en mano)
para la construcción de las líneas de distribución
eléctrica en el asentamiento Syma Charpantier,
de la Región de Desarrollo Huetar
Norte, Oficina de Desarrollo
Territorial de Horquetas
A los interesados en participar
en este concurso se les comunica que debido a la nueva normativa del ICE se les
solicita sustituir en las hojas de cotización las luminarias de vapor de sodio
por luminarias tipo LED, los modelos a utilizar son los siguientes:
-Marca CREE: Modelo: BXSP-C-HT-2LG-E-57K-UL-SV-Q9-R de 101W (las vende
ECOLOGICAL S. A.).
-Marca Philips: Modelo: Edad Focus: catálogo RFM 108W48LED4K-T-R2M, de
108W (las vende ENESYS).
Los demás puntos del cartel se
mantienen invariables incluyendo fecha y hora de apertura.
Licda. Karen
Valverde Soto, Proveeduría Institucional.— 1 vez.—( IN2017148000 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-0142143,
comunica la Fe de Erratas del siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000039-01
Contratación de mano de obra y
materiales (llave en mano)
para la construcción de las líneas de distribución
eléctrica en el asentamiento Nuevo Arenal,
de la Región de Desarrollo Chorotega,
Oficina de Desarrollo
Territorial de Cañas
A los interesados en participar
en este concurso se les comunica que debido a la nueva normativa del ICE se les
solicita sustituir en las hojas de cotización las luminarias de vapor de sodio
por luminarias tipo LED, los modelos a utilizar son los siguientes: -marca
CREE: modelo: BXSP-C-HT-2L0-E-57K-UL-SV-Q9-R de 101W (las vende ECOLOGICAL S.
A.).
-Marca Philips: modelo: Road
Focus: catálogo RFM 108W48LED4K-T-R2M, de 108W (las vende ENESYS).
Los demás puntos del cartel se
mantienen invariables incluyendo fecha y hora de apertura.
Proveeduría
Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.— 1 vez.—( IN2017148001 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-0142143,
comunica la Fe de Erratas del siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 20I7LA-000040-01
Contratación de mano de obra y
materiales (llave en mano)
para la construcción de las Líneas de distribución
eléctrica en el asentamiento La Alemania, de la
Región de Desarrollo Chorotega, Oficina
de Desarrollo Territorial de Liberia
A los
interesados en participar en este concurso se les comunica que debido a la
nueva normativa del ICE se les solicita sustituir en las hojas de cotización
las luminarias de vapor de sodio por luminarias tipo LEO, los modelos a
utilizar son los siguientes:
-Marca Cree: Modelo: BXSP-C-HT-2LG-E-57K-UL-SV-Q9-R de 101W (las vende
Ecological S. A.).
-Marca Philips: Modelo: Road Focus: Catálogo RFM 108W48LED4K-T-R2M, de
108W (las vende Enesys).
Los demás puntos del cartel se
mantienen invariables incluyendo fecha y hora de apertura.
Proveeduría
Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.— 1 vez.—( IN2017148002 ).
CONSEJO UNIVERSITARIO
El Consejo Universitario de la
Universidad Técnica Nacional comunica la aprobación del siguiente reglamento:
1. Reglamento General de
Organización de Sedes de la Universidad Técnica Nacional, aprobado mediante
Acuerdo N° 4-8-2017, de la sesión ordinaria N° 08-2017, Acta 8-2017, celebrada
el 04 de mayo de 2017.
Dicho reglamento en su versión
completa y actualizada se encuentra en el portal electrónico de la Universidad
Técnica Nacional www.utn.ac.cr, sección “Normativa Universitaria”.
Rige a partir de su publicación.
Rectoría.—Lic.
Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—1 vez.— ( IN2017145164 ).
SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
SUBASTA PÚBLICA ADUANERA
De conformidad con la Ley
General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Central, a las
09:30 horas del día 19 del mes de julio del año 2017, en las instalaciones de
la misma, sita en San José, Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola.
Depositario Aduanero: Las Brisas S. A.
Código: A-224
Cédula jurídica: 3-101-545555
Dirección: San Rafael Arriba de
Desamparados, Parque Industrial Las Brisas, Complejo Bodega Las Brisas.
Detalle de la mercancía:
Boleta N° 46-224-2016. Consignatario: HI Cuvee S. A. Movimiento de inventario: 2014-3868.
Descripción: 1 cartón con Agua Mineral Perrier, 22 unidades de 330 ml.. Valor
Aduanero: $12,84. Precio Base: ¢4.213,38. Nota Técnica 50.
Boleta N° 89-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-1154. Descripción: 43 cartones con Whisky Grand Old Parr,
Buchanan’s y Johnie Walker Explreers. Valor Aduanero: $10.259,52. Precio Base:
¢5.244.109,83. Nota Técnica 50.
Boleta N° 94-224-2016. Consignatario: Bebidas del Mundo, S.A. Movimiento de inventario:
2014-2123. Descripción: 1 cartón con Ron Plata Especial. 6 unidades de 750 ml.
Valor Aduanero: $8,01. Precio Base: ¢13.696,81. Nota Técnica 50.
Boleta N° 95-224-2016. Consignatario: HI CUVEE, S.A. Movimiento de inventario: 2013-3115.
Descripción: 10 cartones con Vino Sartori, 12 unidades cada cartón de 750 ml.
Valor Aduanero: $1.256,40. Precio Base: ¢408.312,84. Nota Técnica 50.
Boleta N° 96-224-2016. Consignatario: HI CUVEE, S.A. Movimiento de inventario: 2014-2619.
Descripción: 5 cartones con Champagne KRUG, con 6 unidades de 750 ml cada
cartón. Valor Aduanero: $1.556,89. Precio Base: ¢453.953,66. Nota Técnica 50.
Boleta N°
101-224-2016.
Consignatario: HA & COM Bebidas del Mundo, S.A. Movimiento de inventario:
2014-2428. Descripción: 1 cartón con Ron Flor de Caña Añejo Oro, con 2 unidades
de 1000 ml. Valor Aduanero: $8,56. Precio Base: ¢9.219,88. Nota Técnica 50.
Boleta N° 102-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-2297. Descripción: 2 cartones con Ron Zacapa, 6 botellas de
750 ml y 4 botellas de 1 litro. Valor Aduanero: $489,78. Precio Base: ¢234.451,68.
Nota Técnica 50.
Boleta N° 103-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-2459. Descripción: 1 cartón con Irish Cream Baileys, con 12
unidades de 1 litro. Valor Aduanero: $128,16. Precio Base: ¢67.331,41. Nota
Técnica 50.
Boleta N°
104-224-2016.
Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de inventario:
2014-2063. Descripción: 1 cartón con Tequila Don Julio Reposado, con 6 unidades
de 750 ml. Valor Aduanero: $165,00. Precio Base: ¢83.226,64. Nota Técnica 50.
Boleta N° 105-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2013-5909. Descripción: 1 cartón con Tequila Don Julio 1942, con 6
unidades de 750 ml. Valor Aduanero: $165,00. Precio Base: ¢83.736,04. Nota
Técnica 50.
Boleta N° 106-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-2901. Descripción: 4 cartones con Tequila Añejo Julio Real,
con 6 unidades de 750 ml. Valor Aduanero: $3.115,16. Precio Base: ¢1.413.564,65.
Nota Técnica 50.
Boleta N° 107-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-2295. Descripción: 3 cartones con Whisky Johny Walkier, Old
Parr y J & B, Valor Aduanero: $506,40. Precio Base: ¢284.925,37. Nota Técnica
50.
Boleta N° 108-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-1532. Descripción: 13 cartones con Whisky Johnnie Walker Black
Label, con 6 unidades de 1.75 Litro. Valor Aduanero: $2936,00. Precio Base:
¢1.592.788,50. Nota Técnica 50.
Boleta N° 110-224-2016. Consignatario: Instituto Mixto de Ayuda Social. IMAS. Movimiento de
inventario: 2014-6025. Descripción: 1 cartón con Vino Barton & Guestier, 12
unidades de 750 ml. Valor Aduanero: $172,58. Precio Base: ¢55.889,15. Nota
Técnica 50.
Boleta N° 111-224-2016. Consignatario: HA & COM Bebidas del Mundo, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-2114. Descripción: 1 cartón con Ron Flor de Caña Gran Reserva,
con 12 unidades de 750 ml. Valor Aduanero: $64,78. Precio Base: ¢49.484,46.
Nota Técnica 50.
Boleta N° 114-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-1235. Descripción: 35 cartones con Whisky Blue Label, con 3
unidades de 750 ml cada cartón. Valor Aduanero: $8218,35. Precio Base:
¢3.817.243,58. Nota Técnica 50.
Boleta N° 118-224-2016. Consignatario: HA & COM Bebidas del Mundo, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-3154. Descripción: 1 cartón con Ron Flor de Caña, con 11
unidades de 1000 ml. Valor Aduanero: $47,17. Precio Base: ¢43.247,51. Nota
Técnica 50.
Boleta N° 119-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-3068. Descripción: 6 cartones con Whisky Buchanan’s De Luxe,
de 750 ml. Valor Aduanero: $329,46. Precio Base: ¢177.470,10. Nota Técnica 50.
Boleta N° 124-224-2016. Consignatario: Vinum Aura, S.A. Movimiento de inventario: 2015-5860.
Descripción: 2 cartones con Vino Viña Maipo Chile 2013, con 12 unidades de 750
ml cada cartón. Valor Aduanero: $42.58. Precio Base: ¢21.915,60. Nota Técnica
50.
Boleta N° 125-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-3477. Descripción: 1 cartón con Ron Zacapa Solera, con 6
unidades de 750 ml. Valor Aduanero: $374,58. Precio Base: ¢175.991,52. Nota
Técnica 50.
Boleta N° 126-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-3065. Descripción: 3 cartones con London Dry Gin Gordon’s, con
12 unidades de 750 ml cada uno. Valor Aduanero: $321,12. Precio Base:
¢197.693,55. Nota Técnica 50.
Boleta N° 127-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-3475. Descripción: 3 cartones con Tequila Don Julio Reposado,
con 6 unidades de 750 ml cada cartón. Valor Aduanero: $495,00. Precio Base:
¢246.882,10. Nota Técnica 50.
Boleta N° 128-224-2016. Consignatario: Distribuidora La Florida, S.A. Movimiento de
inventario: 2014-3473. Descripción: 2 cartones con Whisky J & B, con 12
unidades cada cartón. Valor Aduanero: $116.64. Precio Base: ¢104.777.61.
Se informa a los interesados los
siguientes puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. En caso de existir una
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante efectivo o
cheque certificado. La subasta aduanera es pública, por lo que cualquier
interesado puede tener acceso, con excepción de participación como postor o
comprador, tanto de forma directa o indirecta, de los funcionarios del Servicio
Nacional de Aduanas, ni sus parientes con afinidad o consanguinidad hasta el
tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los
interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario
aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Licda.
Maribel Abarca Sandoval, Gerente Aduana Central.—1 vez.—O. C. N° 3400031718.—Solicitud
N° 88462.— (
IN2017147856 ).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas N° 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Central, a las
09:30 horas del día 20 de julio del año 2017, en las instalaciones de la misma,
sita en San José, Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola.
Depositario Aduanero: Almacén y Depósito Fiscal Colima, S.A. (ALDEFISCO). Código: A-116,
cédula jurídica: 3-101-043817-09. Dirección: del Bar La Bamba, 200 este, Colima
de Tibás, San José.
Detalle de la mercancía:
Boleta N° 26-116-2016. Consignatario: AJM Metal Framing Construction, S. A. Documento:
157579. Movimiento de inventario: 161279-2013. Descripción: 724 cartones con
bolsos de mano: 4490 para CP. 2028 unidades marca Buchanan’s. 1424 unidades
marca Baileys. 6000 unidades marca sin marca. 320 unidades sin marca. 560
unidades sin marca. 2664 unidades sin marca. 2060 unidades marca Davidoff.
Valor Aduanero: $7595,92. Precio base: ¢731.809,50.
Boleta N° 27-116-2016. Consignatario: La Nacional S. A. Documento: 352638 Movimiento de
inventario: 169182-2014. Descripción: 375 cartones con Licor. Valor aduanero:
$16500,00. Precio base: ¢7.358.948,71. Nota Técnica 50.
Boleta N° 28-116-2016. Consignatario: Asamblea Apostólica de la Fe en Cristo Jesús.
Documento: 165504. Movimiento de inventario: 161881-2013. Descripción: 1 cartón
con 2 parlantes marca Bose para auto y 1 cartón con 1 micrófono marca Samson
Stage 266. Valor aduanero: $135,50. Precio base: ¢12.142,32.
Boleta No. 29-116-2016. Consignatario: Melvin Murillo. Documento: 005297-2014. Movimiento de
inventario: 166971-2014. Descripción: 1 cartón con Pantalla de TV. Marca VIZIO
de 47” y 1 pieza caja de herramientas usada. Valor aduanero: $188,30. Precio
base: ¢47.611,05.
Boleta N° 51-116-2016. Consignatario: James Michael Healy. Documento: 144436-2013.
Movimiento de inventario: 160234-2013. Descripción: 1 bicicleta usada, 2
flotadores para piscina. 1 par de patas de rana. 1 juego de copas para llanta
de auto, 1 juego de bochas. Valor Aduanero: $91,32. Precio base: ¢11.370,03.
Boleta N° 52-116-2016. Consignatario: Patisand S. A. Documento: 116158. Movimiento de
inventario: 180254-2014. Descripción: 7 cartones con Esparcidor plástico manual
de químicos para agricultura. 7 unidades de 4 galones cada uno. Valor Aduanero:
$1.851,00. Precio base: ¢11.702,67.
Boleta N° 53-116-2016. Consignatario: Mega Líneas S. A. Documento: 069234. Movimiento de
inventario: 185709-2014. Descripción: 1 cartón con camisetas para hombre marca
Bosny. 100 unidades. Valor Aduanero: $620,55. Precio base: ¢102.567,24.
Boleta N° 54-116-2016. Consignatario: Microvention S. A. Documento: 133488. Movimiento de
inventario: 159348-2013. Descripción: 29 cartones con Artículos médicos. Valor
Aduanero: $1459,86. Precio base: ¢256.500,04.
Boleta N° 55-116-2016. Consignatario: Gerardo Rodríguez. Documento: 119209. Movimiento de
inventario: 180519-2014. Descripción: 12 cartones con cascos para motociclista,
4 unidades cada cartón y 42 cartones con cascos para motociclista, 1 unidad
cada cartón. Total 54 cartones. Valor aduanero: $5.398,20. Precio base:
¢883.392,41.
Boleta N° 56-116-2016. Consignatario: Edward Tavares. Documento: 119224. Movimiento de
inventario: 180521-2014. Descripción: 29 cartones con Cascos para motociclista
con 1 unidad cada uno y 1 cartón con bicicleta marca Mongoose. Total 30
cartones. Valor aduanero: $1808,61. Precio base: ¢290.711,49.
Boleta N° 58-116-2016. Consignatario: Jorge Eduardo Madrigal. Documento: 136712. Movimiento
de inventario: 182776-2014. Descripción: 1 pantalla plana de TV usada, marca
Sony Bravia y 5 piezas que forman 1 lavadora usada marca Whirlpool Imperial.
Total 6 piezas. Valor Aduanero: $154,61. Precio base: ¢33.180,84.
Boleta N° 74-116-2016. Consignatario: Microvention Costa Rica, S.A. Documento: 161973.
Movimiento de inventario: 185729-2014. Descripción: 6 cartones con Espuma
ULTRASORB WIPER. Valor Aduanero: $2.308,17. Precio base: ¢248.480,41.
Se informa a los interesados los
siguientes puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. La diferencia entre el monto
del cheque que funge como anticipo y el monto de adjudicación de las
mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o más tardar el día
hábil siguiente de la adjudicación, mediante Entero de Gobierno. La subasta
aduanera es pública, por lo que cualquier interesado puede tener acceso, con
excepción de participación como postor o comprador, tanto de forma directa o indirecta,
de los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, ni sus parientes con
afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los
interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario
aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Licda.
Maribel Abarca Sandoval, Gerente Aduana Central.—Elaborado por Jorge Zúñiga
Fallas.—Aprobado por Lic. Gabriel Godínez Chacón.—V° B° Licda. Rosa Iris Rojas
Sánchez.—1 vez.—O. C. N°
3400031718.—Solicitud N° 88465.— (
IN2017147858 ).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Central, a las
09:30 horas del día 21 del mes de julio del año 2017, en las instalaciones de
la misma, sita en San José, Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola.
Depositario Aduanero: Castro Fallas S. A.
Código: A-257
Cédula Jurídica: 3-101-072507-11
Dirección: Frente a Café Volio
en Barrio San José, Curridabat, San José.
Detalle de la mercancía:
Boleta No. 132-257-2016. Consignatario: Harocha Internacional, S.A. Movimiento de inventario:
2014-204237. Descripción: 1 cartón con 100 llaveros, 25 botellas para agua y 80
catálogos. Valor Aduanero: $250,23. Precio nase: ¢33.536,47.
Boleta No. 382-257-2016. Consignatario: Betsabe Silva Mena. Documento: 67-PA15000000110645.
Movimiento de inventario: 239690-2015. Descripción: 1 cartón con Calzado de
cuero para dama, 22 pares varias marcas. Valor Aduanero: $404,28. Precio base:
¢68.850,57.
Boleta No. 383-257-2016. Consignatario: Betsabe Silva Mena. Documento: 67-PA15000000110645.
Movimiento de inventario: 239693-2015. Descripción: 5 cartones con 7 Pantalones
Kenneth Cole, 20 vestidos Kenneth Cole, 28 blusas Kenneth Cole, 5 chalecos
Kenneth Cole, 16 pantalones Carven Jeans, 3 pantalones Guess, 4 camisas Ted
Lapiduse, 3 enaguas Kenneth Cole, 24 vestidos Kenneth Cole. 34 blusas Kenneth
Cole. 8 pares de zapatos para dama, 6 carteras de vinil para dama, 24 Jackets
para hombre, 48 camisas Mango. 24 pantalones Mancini Jeans. 48 Short para
hombre. 56 camisas Polo, 14 camisas Polo Assn. 20 pantalones Jeans para dama
Polo Asnn. 3 Short Polo Assn. Y 2 Jacket Polo Assn. Valor Aduanero: $9.122,55. Precio
base: ¢1.512.222,74.
Boleta No. 384-257-2016. Consignatario: Betsabe Silva Mena. Documento: 67-PA15000000110645.
Movimiento de inventario: 239692-2015. Descripción: 1 cartón con 11 carteras de
vinil, 19 camisas para hombre y 8 pares calzado de vinil para dama. Valor
Aduanero: $786,27. Precio base: ¢132.265,82.
Se informa a los interesados los
siguientes puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. La diferencia entre el monto
del cheque que funge como anticipo y el monto de adjudicación de las
mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o más tardar el día
hábil siguiente de la adjudicación, mediante Entero de Gobierno. La subasta
aduanera es pública, por lo que cualquier interesado puede tener acceso, con
excepción de participación como postor o comprador, tanto de forma directa o
indirecta, de los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, ni sus
parientes con afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los
interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario
aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Licda. Maribel Abarca Sandoval,
Gerente Aduana Central.—Elaborado por Jorge Zúñiga.—Aprobado por Lic. Gabriel
Godínez Chacón.—V° B° Lic. Rosa Iris Rojas Sánchez.—1 vez.—O.C. N°
3400031718.—Solicitud N° 88469.—( IN2017147860 ).
De conformidad con la Ley
General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y
reformas, se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que
serán subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Central, a las
14:00 horas del día 19 del mes de julio del año 2017, en las instalaciones de
la misma, sita en San José, Calle Blancos, 300 metros al oeste de la Coca Cola.
Depositario Aduanero: Mudanzas Mundiales 2, S. A. Código: A-165. Cédula jurídica:
3-101-269088-36. Dirección: 150 metros al norte, de la Cervecería Costa Rica,
en San Francisco de Dos Ríos, San José.
Detalle de la mercancía:
Boleta Nº 183-165-2016. Consignatario: Almacenes Siman, S. A. Documento: 081173. Movimiento
de inventario: 2014-6830. Descripción: 2 cartones con Refrigerador Frigidaire,
modelos: FRT113DBLS de 312 litros y FRT093DBLW de 255 litros. Valor Aduanero
$586,05. Precio Base: ¢136.905,84. Nota Técnica 38.
Boleta Nº 184-165-2016. Consignatario: Corporación Grupo Q. C.R. Documento: 127952.
Movimiento de inventario: 2014-4537. Descripción: 1 pieza Bumper para vehículo
marca Hyundai Excel. Valor Aduanero $84,54. Precio Base: ¢21.416,76.
Boleta Nº 142-165-2017. Consignatario: Paola Tatiana Rojas Brenes. Documento:
EXP-PCF-0027-2016. Movimiento de inventario: 2015-6111. Descripción: 2 bultos
con 5 pares de Tenis NIKE. 2 pares de zapatos All Terrain. 2 pares de Tenis
Etnies. 1 par de zapatos Rock Land. 5 pares de zapatos Caterpilar y 1 par de
zapatos Timberland. Valor Aduanero $442,56. Precio Base: ¢65.454,08.
Se informa a los interesados los
siguientes puntos para su consideración:
a. El interesado puede
apersonarse al lugar de ubicación de la mercancía, para observarla dentro del
plazo de tres días previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. La diferencia entre el monto
del cheque que funge como anticipo y el monto de adjudicación de las
mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o más tardar el día
hábil siguiente de la adjudicación, mediante Entero de Gobierno. La subasta
aduanera es pública, por lo que cualquier interesado puede tener acceso, con
excepción de participación como postor o comprador, tanto de forma directa o
indirecta, de los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, ni sus
parientes con afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los
interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario
aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Licda.
Maribel Abarca Sandoval, Gerente Aduana Central.—1 vez.—O. C. N° 3400031718.—Solicitud N°
88470.— (
IN2017147861 ).
DEPARTAMENTO DE ADMISIÓN Y
REGISTRO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Mauricio Sánchez
Portilla, cédula de identidad N° 1-1111-0454, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título de Ingeniero
Electromecánico, obtenido en el Instituto Tecnológico de la Paz. Cualquier
persona interesada en aportar información al respecto de este trámite, podrá
hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión
y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 26 de abril del
2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O.C. N° 20150003.—Solicitud N° 84810.—( IN2017144490 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Para los efectos
correspondientes se comunica que el Área de Adquisiciones del Proyecto de
Mejoramiento Institucional, se encontrará laborando normalmente durante el
período comprendido del 05 al 17 de julio ambas fechas inclusive, por lo cual
nos pueden contactar a los correos electrónicos ebonilla@itcr.ac.cr y
mulloa@itcr.ac.cr.
Los días 3 y 4 de julio por
mantenimiento de nuestra plataforma digital no tendremos acceso a los medios electrónicos
ni de comunicaciones.
Cartago, 19
de junio de 2017.—Departamento de Aprovisionamiento.—Lic. Katthya Calderón Mora, Directora.—1 vez.—
O. C. N° 20175651.— Solicitud
N° 87779.—( IN2017145111 ).
La Rectoría de la Universidad Técnica
Nacional comunica la Resolución R-006-2017, mediante la que se delegan
funciones de representación y de firma de documentos en los Decanos de Sede, y
facultades de firma de documentos especiales en los Vicerrectores y la
Directora General de Administración Universitaria. Dicha resolución en su
versión completa y actualizada se encuentra en el portal electrónico de la
Universidad Técnica Nacional www.utn.ac.cr, sección “Normativa Universitaria”.
Rige a partir de su publicación.
Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—1
vez.—( IN2017145163 ).
AVISOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
A la señora Belinda Alejandra
Mendoza, de nacionalidad nicaragüense, portadora de la cédula de residencia
155809104029, se le notifica la resolución administrativa de las ocho horas del
veintitrés de diciembre del dos mil dieciséis, dictada por esta Oficina Local,
en la cual se resolvió: Otorgar medida de cuido temporal en recurso familiar a
la persona menor de edad Maikel Josué Mendoza Mayorga. Se indica que la
presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto
no se modifique en vía administrativa o judicial. Contra la presente resolución
podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará
a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer
en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a
su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio
para atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que si no lo
hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas con el
transcurso de veinticuatro horas. Exp. N° OLNA-00047-2016-2016.
Notifíquese.—Oficina Local San José Este.—Licda. Gioconda María Barquero
Gardela, Representante Legal.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000030.—(
IN2017144695 ).
Chad Ethan Crowther, persona menor de José
Daniel Crowther Pérez se le (s) comunica la resolución de las diez horas con
treinta minutos del seis de junio del dos mil diecisiete, donde se resuelve
1-Dar por iniciado el proceso especial de protección y dictar medida de cuido
temporal a favor de la persona menor de edad en el hogar del señor José Danilo
Díaz Calderón. notificaciones. Se le previene a la parte señalar casa, oficina
o lugar, donde atender notificaciones, en el caso de no hacerlo, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después
de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su derecho
hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección,
así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio
y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a las partes,
que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso
la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden
ofrecer, además, las pruebas que consideren pertinentes (Artículo 139 del
Código de la Niñez y la Adolescencia). Dicho recurso será inadmisible si es
presentado pasado el plazo indicado. La presentación del recurso de apelación
no suspenderá la aplicación del acto recurrido. Expediente
OLPV-00208-2017.—Oficina Local de Pavas PANI.—Licda. Luanis Pons
Rodríguez.—Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000030.—( IN2017144696 ).
A Daly Lichey
Rivera Batista. Se le comunica la resolución de las
quince horas del siete de junio del dos mil diecisiete, donde se resuelve,
declarar la adoptabilidad de la persona menor de edad Joselyn María Rivera
Batista, de conformidad con la normativa supracitada, en cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 113 del Código de Familia, toda vez que se ha
constatado que la adopción en cuestión conviene a su interés superior.
Notifíquese la anterior resolución a la parte interesada, personalmente o en su
casa de habitación, a quien se le advierte que deberá señalar lugar conocido
para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para
recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el
entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o
llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se le hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en
el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible. Exp. N° OLA-00734-2015.—Oficina Local de Alajuela.—Licda.
Marianela Acon Chan, Órgano Director Del Procedimiento.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000030.—( IN2017144697 ).
Patronato Nacional de la Infancia. Oficina
Local de Desamparados. A quien interese se le comunica la resolución de las
catorce horas del quince de diciembre del dos mil quince que declaró
administrativamente en estado de abandono por orfandad a la persona menor de
edad Derek Chamorro Chamorro notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte
que deberán señalar lugar conocido para recibir notificaciones, o bien señalar
número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que deban pudieran
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuera impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se
interrumpiera la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro
horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la presente
resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en
subsidio, que deberán interponerse ante esta representación legal dentro del
plazo de tres días siguientes a la fecha de la última notificación a las
partes. El recurso de revocatoria lo conocerá el Órgano Director que dictó la
resolución y el de Apelación la Presidencia Ejecutiva, en el entendido que de
hacerlo fuera de dicho término los recursos serán inadmisibles, expediente Nº
116-00066-2015.—Oficina Local de Desamparados.—Licda. María Elena Roig Vargas, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O.C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000030.—( IN2017144698 ).
A Giancarlos Martínez Contreras, costarricense,
de oficio desconocido, con cédula de identidad número cinco- cuatrocientos uno-
trescientos noventa y ocho, ubicación desconocida. Se le comunica la resolución
administrativa de las dieciséis horas del ocho de junio de dos mil diecisiete,
dictada por este Despacho, referente al Proceso Especial de Protección y
Dictado Medida de Abrigo Temporal a favor de la persona menor de edad Josué
Sebastián Martínez Lara, en el Albergue Institucional “Osito Pequitas”, hasta
tanto administrativamente se disponga otra cosa. Se le advierte que deber
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se le hace saber además, que contra la presente resolución
proceden los recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que
deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil
inmediato siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo
que el de revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el
de apelación de la Presidencia Ejecutiva de
esta Institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible.(Artículo 139 del Código de la Niñez y Adolescencia)
Número de expediente OLL-00209-2017.—Oficina Local de Liberia.—Licda.
Johanna Matamoros Miranda, Representante Legal a. í.—O.C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000030.—( IN2017144700 ).
Al señor Jorge Josué Mora Zapata, portador de
la cédula 112720630, se le notifica la resolución administrativa de las ocho
horas veinticinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecisiete,
dictada por el departamento de atención inmediata del patronato nacional de la
infancia, en la cual se resolvió: Otorgar medida de cuido provisional en
recurso familiar a las personas menores de edad Andrew Gabriel Granados Gómez y
Brandon Fabian Mora Gómez, a cargo de la señora Ana Isabel Solís Méndez,
portadora de la cédula 106560549, vecina de Heredia Guararí. Contra la presente
resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo,
quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se
podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe
señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese.
Exp. N° OLSJE-00114-2017.—Oficina Local San José Este.—Licda. Gioconda Maria
Barquero Gardela, Representante Legal.—O. C. Nº 41016.—Solicitud Nº 17000030.—(
IN2017144701 ).
Al señor Juan Pablo Granados Zúñiga, portador
de la cédula Nº 115490881, se le notifica la resolución administrativa de las
ocho horas veinticinco minutos del veintisiete de mayo del dos mil diecisiete,
dictada por el Departamento de Atención Inmediata del Patronato Nacional de la
Infancia, en la cual se resolvió: otorgar medida de cuido provisional en
recurso familiar a las personas menores de edad Andrew Gabriel Granados Gómez y
Brandon Fabián Mora Gómez, a cargo de la señora Ana Isabel Solís Méndez,
portadora de la cédula Nº 106560549, vecina de Heredia, Guararí. Contra la
presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina
Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución.
Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes
que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese,
expediente Nº OLSJE-00114-2017.—Oficina Local San José Este.—Licda. Gioconda
María Barquero Gardela, Representante Legal.—O.C. Nº 00041016.—Solicitud Nº
17000030.—( IN2017144702 ).
Al señor Kendall Mauricio Watson Walters,
cédula 702180174, (se desconocen otros datos), se le notifica las resoluciones
administrativas de las ocho horas del veintiséis de mayo del dos mil diecisiete
y la de las ocho horas treinta minutos del siete de junio del dos mil
diecisiete, dictada por esta Oficina Local, en la cual se resolvió: Otorgar
medida de abrigo temporal a la persona menor de edad Kenreall Dakisha Watson
Parkinson. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de
hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial,
teniendo como fecha de vencimiento el veintiséis de noviembre del dos mil
diecisiete. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de
apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia
Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y
ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe
señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas.
Notifíquese Exp. N°. OLSJE-00139-2017.—Oficina Local San José Este.—Licda.
Gioconda María Barquero Gardela, Representante Legal.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000030.—( IN2017144703 ).
A quien interese, se hace saber la resolución
de las nueve horas cuarenta minutos del veintidós de mayo del dos mil
diecisiete, mediante la cual se ordena la permanencia del joven Lester Enrique
(se desconoce apellidos) en el albergue transitorio de la Dirección Regional de
Cartago, ubicado en esa misma ciudad. Recurso: apelación ante esta oficina
local quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva en San José. Plazo: cuarenta
y ocho horas después de la última publicación de este edicto, expediente
administrativo Nº OLNI-00038-2017.—Oficina Local de Santa Cruz, 26 de mayo del
2017.—Lic. German Morales Bonilla, Representante Legal.—O.C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000030.—( IN2017144706 ).
A Nil Antonio Reyes Duartes, conocido como
Niels Reyes Duartes, costarricense, de oficio desconocido, con cédula de identidad
número cinco- doscientos setenta y siete-trescientos sesenta y seis, ubicación
desconocida. Se le comunica la resolución administrativa de las quince horas
cuarenta y cinco minutos del Cuatro de Abril de dos mil diecisiete, dictada por
este Despacho, referente al Proceso Especial de Protección y Dictado Medida de
Abrigo Temporal a favor de la adolescente Emily Pamela Reyes Rivas en el
Albergue Institucional “Lucecitas Valientes”, Liberia, hasta tanto
administrativamente se disponga otra cosa. Se le advierte que deber señalar
lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de
facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese
medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se le hace saber además, que contra la presente resolución proceden los
recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato
siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de
revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de
apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta Institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.(Articulo 139
del Código de la Niñez y Adolescencia) número de expediente
OLL-00127-2015.—Oficina Local de Liberia.—Licda. Johanna Matamoros Miranda,
Representante Legal a. í.—O.C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000030.—(
IN2017144707 ).
Al señor Rigoberto Martinez Torrez (se
desconocen otros datos), se le notifica la resolución administrativa de las
catorce horas del diez de mayo del dos mil diecisiete, dictada por esta Oficina
Local, en la cual se resolvió: Otorgar medida de cuido provisional en recurso
familiar a las personas menores de edad Jimena, Luciana, Kendall, todos de
apellido Martinez Valle y Kendall Chavarría Valle, a cargo de la señora Arelis
Anabel Pérez, portadora del pasaporte número C01980088, vecina de Tirrases de
Curridabat, del Súper de los chinos en la Ponderosa 100 metros a la izquierda y
150 metros a la derecha, departamentos de dos plantas color blanco esquinero a
mano derecha, el portón es rojo viven en la planta alta, con teléfono 60283641
/ 64031372. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia
de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial,
teniendo como fecha de vencimiento el diez de noviembre del dos mil diecisiete.
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la
Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la
Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito
dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a
las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones
futuras, bajo el apercibimiento de que, si no, lo hiciere, las resoluciones
posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas. Notifíquese. Expediente Nº OLSJE-00124-2017 Oficina Local San José
Este.—Licda. Gioconda María Barquero Gardela, Representante Legal.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000030.—( IN2017144708 ).
A quien interese se le comunica la resolución
de las once horas del diecinueve de abril del dos mil diecisiete que declaró
administrativamente en estado de abandono por orfandad a la persona menor de
edad Sofía Nicole Moya Mora. Notifíquese la anterior resolución a las partes
interesadas personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte
que deberán señalar lugar conocido para recibir notificaciones, o bien señalar
número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que deban pudieran
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuera impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuera defectuoso, estuviera desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta Institución se
interrumpiera la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además que contra la
presente resolución proceden los recursos ordinarios de revocatoria con
apelación en subsidio, que deberán interponerse ante esta representación legal
dentro del plazo de tres días siguientes a la fecha de la última notificación a
las partes. El Recurso de Revocatoria lo conocerá el Órgano Director que dictó
la resolución y el de Apelación la Presidencia Ejecutiva, en el entendido que
de hacerlo fuera de dicho término los Recursos serán inadmisibles. Expediente
OLD-00326-2016. Progenitores: Luis Guillermo Moya Sancho y Roxana Mora Zeledón.
Oficina Local de Desamparados.—Lic. María Elena Roig Vargas, Órgano Director
del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 41016.—Solicitud Nº 17000030.—(
IN2017144709 ).
UNIDAD OPERATIVA DE CEMENTERIOS
Al contestar refiérase al N° de oficio UOC. 079-16
Asunto: Edicto de traspaso.
Para los fines consiguientes la
Dirección de Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que el
señor Montoya Vargas Arturo, cédula 1-0216-0657, ha presentado escritura
pública rendida ante la notaria Diana Mena Miranda en la que dice que traspasa
y cede el derecho de cementerio fosa 89 bloque 1 del cementerio de San Pedro a
la señora Montoya López Elizabeth de Jesús, cédula 1-0442-0988, quien acepta
que quede inscrito a nombre de ella con las obligaciones y responsabilidades que
de este acto se derivan. Se nombran como beneficiarios a, Jéssica Reyes
Montoya, Eduardo Reyes Montoya, Robert Reyes Montoya y Alexander Reyes Montoya.
La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada de toda responsabilidad civil
y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a partir de esta publicación para
escuchar objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca, 7 de
octubre del 2016.—Lic. Guillermo J. Montrero
Marroquín, Encargado de Cementerios.— 1 vez.—( IN2017145086 ).
El Concejo Municipal de la
Municipalidad de Vázquez de Coronado el 6 de marzo del 2017, en la sesión
ordinaria N° 46, solicita mediante acuerdo 2017-46-34, que se publique en el
Diario Oficial La Gaceta, el ajuste de las multas por las omisiones a
los deberes de los propietarios de inmuebles localizados en el Cantón Vázquez
de Coronado, esto de acuerdo a lo establecido en los artículos 75 y 76 del
Código Municipal, rigen a partir de su publicación según el siguiente desglose:
La imagen respectiva
podrá verla en La Gaceta con firma
digital en PDF
Acuerdo. Cuenta con siete votos
afirmativos. Acuerdo firme.
Es todo. Rige un mes después de
su publicación.
Vázquez de Coronado, 27 de marzo
del 2017.—Arq. Rolando Méndez Soto, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017145227 ).
El Concejo Municipal de la Municipalidad de Vázquez de Coronado el 06
de marzo del 2017, en la sesión ordinaria N° 46, solicita mediante acuerdo
2017-46-32 que se publique en el Diario Oficial La Gaceta, el ajuste en
los precios del Cementerio Municipal del cantón Vázquez de Coronado, rigen un
mes después de su publicación según el siguiente desglose:
Precios trimestrales por
mantenimiento de nichos:
Tipo de derecho |
Precio a cobrar por
trimestre |
Sencillo |
¢ 5.500,00 |
Doble |
¢ 9.620,00 |
Triple |
¢ 13.745,00 |
Precios de otros servicios del
cementerio:
Otros precios por
servicio del cementerio |
Precio a cobrar ¢ |
Inhumaciones y exhumaciones
aérea - tapa sencilla (cada vez) |
19.635,00 |
Inhumaciones y exhumaciones
- tapa doble (cada vez) |
39.270,00 |
Inhumaciones y exhumaciones
en tierra y subterránea (cada vez) |
34.610,00 |
Permiso para enchape y para
construcción de bóvedas (impuesto) |
11.625,00 |
Traspaso derechos (a no
familiares) |
11.790,00 |
Trámite y costo de pegar
placa |
9.090,00 |
Alquiler de nichos
municipales (por 5 años) |
64.605,00 |
Reposición de títulos (cada
vez) |
11.790,00 |
Traslado de restos de bóveda
propia o de nicho de alquiler al osario |
39.270,00 |
Impuestos s/construcción de
cada nicho |
5.910,68 |
Acuerdo. Cuenta con siete votos afirmativos. Acuerdo firme.
Es todo. Rige un mes después de su publicación.
Vásquez de Coronado, 27 de marzo, 2017.—Arq. Rolando Méndez Soto,
Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017145239 ).
En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de
Moreira Arias Dora, los hijos de la señora desean, traspasar el derecho, además
desea incluir beneficiarios indicándose así:
Arrendatario: Amable Campos Moreira,
cédula
Nº 04-0073-0226
Beneficiarios: José
Manuel Campos Moreira,
cédula
Nº 04-0095-0152
Isaías
Campos Moreira,
cédula
Nº 04-0075-0505
Marlene
Campos Moreira,
cédula
Nº 09-0039-0123
Sandra
María Rodríguez Campos,
cédula
Nº 01-0745-0502
Lote Nº 61 Bloque H, medida 6 metros cuadrados para 6 nichos, solicitud
2548, recibo 16338, inscrito en Folio 69, Libro 1. Datos confirmados según
constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 20 de
octubre de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener
derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica
de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso
contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.
Lic. Juan José Carmona Chaves,
Administrador de Cementerios.—1 vez.—( IN2017145126 ).
En el
Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de Castillo Vega
Abel, los hermanos de la familia, desean traspasar el derecho, además desea
incluir beneficiarios indicándose así:
Arrendatario: Lourdes Ruiz Castillo, cédula 04-0128-0164
Beneficiarios: Melissa María
Arias Ruiz, cédula 01-1331-0969
Lote N° 9, bloque C, medida 4
metros cuadrados para 4 nichos, solicitud 594, recibo 271-h, inscrito en folio
20, libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración
de Cementerios con fecha 02 de octubre de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles
a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo para que se apersone a
la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer
valer sus derechos caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la
petente.
Lic. Juan
José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.— 1 vez.—( IN2017145268 ).
La Municipalidad de Belén
solicita publicar a la mayor brevedad, lo siguiente:
La Alcaldía de la Municipalidad
de Belén de conformidad con las facultades que confiere a la Administración
Tributaria Municipal el artículo 3 de la Ley del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, Ley 7509 y sus reformas y artículo 4 de su reglamento, hace de
conocimiento lo siguiente:
Conforme a las disposiciones de
los artículos 16 y 17 de la Ley del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Ley 7509 y
sus reformas y artículo 25 y siguientes de su Reglamento, se procede a
establecer el período de recepción de declaraciones del 19 de julio al 31 de octubre
del 2017. La declaración será un proceso ordenado, dirigido y controlado y se
contará con la asesoría del Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de
Hacienda, así como con las plataformas de valores publicado en La Gaceta
N° 74 del 20 de abril del 2017 y la adhesión publicada en La Gaceta N°
41 del 27 de febrero del 2013 para el Manual de Valores Base Unitarios por
Tipología Constructiva, realizado por el Órgano de Normalización Técnica y
publicado por dicho Órgano en el Alcance 12, de La Gaceta 30 del 11 de
febrero del 2011.
Todos aquellos contribuyentes
que no presenten la declaración de bienes inmuebles en el término indicado,
serán considerados omisos y sus bienes inmuebles serán objeto de avalúo por
parte de la administración. De igual manera, se le impondrá una multa de un
monto igual a la diferencia dejada de pagar.
Belén, 15 de junio de
2017.—Horacio Alvarado Bogantes, Alcalde
Municipal.—1 vez.—O. C. N° 32582.—Solicitud N° 87657.— ( IN2017145084 ).
La Municipalidad de Jiménez
informa que: “De conformidad con lo que disponen los artículos 3 y 12 de la Ley
de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, N° 7509 y su reformas, la Sentencia
1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, la Resolución
de la Sala Constitucional N° 2011-003075 del 9 de marzo del 2011 y el artículo
2 de la Ley N° 9071, Ley de Regulaciones Especiales sobre la Aplicación de la
Ley N° 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de 9 de mayo de 1995, y
sus reformas, para Terrenos de Uso Agropecuario, y en aras de dar cumplimiento
a su competencia, esta Administración Tributaria procede a publicar la matriz
de información de la Plataforma de Valores de Terrenos Agropecuarios del cantón
de Jiménez, suministrada por el árgano de Normalización Técnica, Dirección
General de Tributación, Ministerio de Hacienda:
La imagen respectiva
podrá verla en La Gaceta con firma
digital en PDF
Esta herramienta será utilizada
para la determinación administrativa de la base imponible de los bienes
inmuebles de uso agropecuario del cantón para efectos del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, durante los procesos de valoración que se realicen. Para efectos de
consulta por parte de los administrados, el Mapa de Valores de Terrenos
Agropecuarios podrá ser localizado en el Departamento de Construcciones,
Catastro y Valoración de la Municipalidad de Jiménez.
Lissette
Fernández Quirós, Alcaldesa.—1 vez.— ( IN2017145248 ).
DEPARTAMENTO DE ZONA MARITIMO TERRESTRE
El Departamento de la Zona
Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la señora
María Del Socorro Dávila Cubero, cédula de identidad N° 5-102-458, casada,
pensionada, vecina de Liberia, Guanacaste, del Banco de Costa Rica seiscientos
cincuenta metros al este. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre
número 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-P del 16 de
diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en
playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste,
mide trescientos cuarenta y dos metros cuadrados, que es terreno para darle un
uso de residencial de recreo, por ubicarse en la zona mixta que indica el Plan
Regulador Vigente para la Zona de Playas del Coco; los linderos del terreno
son: al norte: calle pública según P.R.I., sur: calle pública; este: zona
restringida; oeste: zona restringida. Se advierte que la presente publicación
no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y
uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado
para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles
contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán
ser presentadas en ésta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley
correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el
opositor.
Filadelfia,
14 de junio del 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.— 1 vez.—( IN2017145065 ).
EUCARRET S. A.
Convocatoria de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de: Eucarret S. A., cédula de persona
jurídica número 3-101-028429, que se celebrará el 09 de agosto del 2017, en
primera convocatoria a las 09:00 horas y en segunda convocatoria a las 10:00
horas, en San José, Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Fórum Dos, edificio N,
quinto piso, para discutir los siguientes asuntos: Orden del día: 1)
Verificación del quórum; 2) Nombramiento de presidente y secretario ad-hoc de
la asamblea; 3) Conocer, discutir, aceptar o rechazar la propuesta y/o oferta
de venta o disposición de la propiedad con número de Folio Real 1-89123-B-000 o
de cualquier otro bien inmueble de la sociedad; 4) Modificación de la cláusula
undécima de la administración y representación del pacto constitutivo, y, 5)
Autorizar a los notarios públicos a elección de los accionistas a protocolizar
los acuerdos alcanzados. En primera convocatoria se debe contar con quienes
legalmente representen al menos tres cuartas partes de las acciones con derecho
a voto. Si no se logra reunir el quórum en la primera convocatoria, en segunda
convocatoria, sea una hora después, habrá quórum con cualquiera que sea el
número de acciones representadas.—San José, veintiséis de junio del dos mil diecisiete.—Patricia
Núñez Retana, Presidenta.—1 vez.—( IN2017147550 ).
FUNDACIÓN PRO VIDA PARA LA
VIVIENDA
GENERACIÓN DOS MIL
La Junta de Administración de la
Fundación Pro Vida para la Vivienda Generación Dos Mil, convoca a todos los
miembros de la Junta Directa y Cognación de Patrocinadores, a la asamblea
general extraordinaria que se celebrará el seis de julio del 2017, a las 09:00
horas en la sede de la Fundación, para tratar la siguiente agenda:
Elección de tres directores de la Junta de Administración y
designación del presidente para el resto del período 2017-2018.
Declarar en firme los acuerdos tomados en esta asamblea general
extraordinaria.
Álvaro Chavarría Araya,
Presidente.—Felipe Mario Chavarría Palomo, Tesorero.—1 vez.—( IN2017148063 ).
CONDOMINIO NUEVO MILENIO
Se convoca a asamblea general
extraordinaria de Condominio Nuevo Milenio, cédula jurídica Nº 3-109-511147, la
cual se llevará a cabo en primera convocatoria al ser las ocho horas del día 30
de julio del 2017 y de no haber quorum, la segunda convocatoria una hora
después el mismo día con los condóminos presentes. Se llevará a cabo en San
José, San Pedro de Montes de Oca, cincuenta este de la iglesia de San Rafael,
del bar Legends ochocientos metros sur, en las instalaciones del condominio. Orden del día: 1. Verificación de
quorum 2. Proceso legal por daños a infraestructura causada por construcción
colindante. 3. Propuestas de condóminos. Se informa a todos los propietarios
que para poder acreditar su participación deberán aportar su identificación, en
caso de personas jurídicas una personería jurídica vigente y en caso de no
poder asistir enviar a un representante autorizado por medio de carta poder o
poder especial debidamente autenticado. Convoca Jenny Liberoff Nemirovsky, Administradora.—Jenny
Liberoff Nemirovsky, Administradora.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Abogado.—1
vez.—( IN2017148162 ).
PALOMAS ILIMITADAS S. A.
A solicitud de la representación
del setenta y cinco por ciento del total del capital accionario, se convoca a
todos los socios a la asamblea general extraordinaria de accionistas, todo de
conformidad con lo dispuesto en los estatutos del pacto social y el Código de
Comercio, a celebrarse en el domicilio social de la empresa, en Guachipelín de
Escazú, de la antigua fábrica de muñecas Paco, carretera a Guachipelín,
seiscientos metros norte, Edificio Salicsa, en primera convocatoria a las diez
horas del viernes veintiuno de julio del 2017. En caso de no haber quorum en la
primera convocatoria, la asamblea se celebrará en segunda convocatoria una hora
después con cualquier número de accionistas presentes, todo conforme lo
establecido con los artículos 152 siguientes y concordantes del Código de
Comercio.
El orden del día a tratar es el
siguiente:
1) Ratificación de todo lo
actuado en la asamblea general extraordinaria de la empresa celebrada el 22 de
febrero del 2017.
2) Ratificación de todo lo
actuado en acta de continuación de la Asamblea General Extraordinaria de la
empresa celebrada el día 07 de marzo del 2017.
3) Ratificación de todo lo
actuado en acta de continuación de la asamblea general extraordinaria de la
empresa celebrada el día 28 de marzo del 2017.
4) Ratificación de los acuerdos
tomados en sitio con fecha 19 y 20 de abril del 2017.
5) Ratificación de los acuerdos
tomados en sitio con fecha 26 y 27 de abril del 2017.
6) Solicitud de reposición de
libro de acuerdos de junta directiva.
7) Acordar
nueva hora y fecha para reunión en sitio de operaciones de la actividad, para
terminar con el cumplimiento de todos los acuerdos tomados en asamblea general
extraordinaria de socios celebrada el 22 de febrero del 2017 y sus respectivas
actas de continuación de asamblea del 07 y 28 de marzo.
Para ejercer válidamente su derecho con voz y voto en la asamblea, se
deberá aportar la documentación idónea que demuestre legal y fehacientemente
esa condición. Las personas jurídicas deberán acreditar su representación
vigente mediante certificación registral o notarial. Únicamente los accionistas
o sus apoderados podrán asistir con derecho a voz y voto en la asamblea.
San José,
28 de junio del 2017.—Edward Drew Espinal, Tesorero.—Paul Drew Espinal,
Secretario.—1 vez.—( IN2017148166 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CLOUD MOUNTAIN MNT SOCIEDAD ANÓNIMA
Cloud
Mountain Mnt Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-318633, hace del
conocimiento público que por motivo de extravío, el señor Charles Gailon nombre
West apellido ha solicitado la reposición de 100 acciones comunes y nominativas
de mil colones cada una. Se emplaza a cualquier interesado para que en el
término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifiesten
su oposición dirigida a: Cloud Mountain Mnt S. A. c/o Bufete Ileana Hidalgo
Somarribas, San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General costado oeste de la
terminal de buses municipal.—San José, 27 febrero 2017.—Charles Gailon West,
Presidente.—( IN2017144428 ).
INVERSIONES
INMOBILIARIAS
PAPALOAPAN SOCIEDAD ANÓNIMA
Inversiones
Inmobiliarias Papaloapan Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos cincuenta y siete mil ochocientos setenta y cuatro, comunica
que se le ha solicitado, por motivo de extravío, la reposición del certificado
de acciones propiedad de Gustavo Méndez Cotera que ampara diez acciones comunes
y nominativas de mil colones cada una. Quien se considere afectado puede
manifestar su oposición dentro del término que la ley establece. Las
oposiciones podrán se recibirán dentro del proceso sucesorio que se tramita en
el Juzgado Segundo Civil de Mayor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San
José bajo el número de expediente 16-000277-0181-CI. Transcurrido el término de
ley sin que hayan existido oposiciones y habiéndose cumplido con todo lo que
establece el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio, se procederá
a la reposición solicitada.—San José, 28 de abril del 2017.—Rocío Foyo Niembro,
Albacea provisional de José Gustavo Méndez Cotera.—( IN2017144443 ).
CONDOMINIO LAS PALOMAS
Por extravío de los tres libros de
Condominio Las Palomas, con cédula jurídica Nº 3-109-185475, se está
solicitando la reposición de dichos tres libros ante el Registro Inmobiliario,
Departamento de Propiedad Horizontal.—San José, quince de junio del
2017.—Manuel Enrique Cordero Ortiz, Administrador.—( IN2017144711 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
GIACOMIN S.
A.
Para
efectos de lo dispuesto en el artículo 689 del Código de Comercio, yo, Gilberto
Giacomin Smaniotto, como presidente y apoderado generalísimo de Giacomin S. A.,
de esta plaza, cédula jurídica N° 3-101-006062, comunico la solicitud formulada
por el señor Eduardo Giacomin Smaniotto para la reposición por extravío del
certificado N° 1-A que representa 15.991.873 acciones comunes y nominativas de
¢1,00 cada una de dicha sociedad, emitido a su nombre. Por el término de un mes
a partir de la última publicación de este aviso se atenderán eventuales
oposiciones de terceros interesados.—San José, 13 de junio del 2017.—Lic.
Gilberto Giacomin Smaniotto, Presidente.—( IN2017144933 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
COLEGIO DE LICENCIADOS Y
PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
LEVANTAMIENTO SUSPENDIDOS MAYO
A las siguientes personas se les
comunica que, según nuestros registros, su situación de morosidad en el pago de
sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son
colegiados activos a partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la
sociedad costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer
la docencia y áreas afines en Costa Rica.
Las imágenes respectivas
podrán verlas en La Gaceta con firma
digital en PDF
M.Sc. Lilliam González Castro,
Presidenta, Junta Directiva.— 1 vez.—( IN2017144037 ).
Suspendidos 25 de mayo
A las siguientes personas, se
les comunica que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de
colegiación, se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir
del 25 de mayo de 2017, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley
Orgánica del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la
profesión en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la
vez, hace un llamado a las instituciones de la Administración Pública,
centralizada y descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones
necesarias en caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados,
a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal
de la colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al
público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las
personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión.
Teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo:
contactenos@colvpfacom
Las imágenes respectivas
podrán verlas en La Gaceta con firma
digital en PDF
M.Sc. Lilliam González Castro,
Presidenta, Junta Directiva.— 1 vez.—( IN2017144038 ).
Suspendidos 31 de mayo
A las siguientes personas, se les comunica que, debido a su estado de
morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación, se encuentran suspendidas en
el ejercicio de la profesión a partir del 31 de mayo de 2017, según lo
dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica del Colegio N° 4770. Por
lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión en el área docente, administrativo
docente y técnico docente. A la vez, hace un llamado a las instituciones de la
Administración Pública, centralizada y descentralizada, y al sector privado
para que tomen las acciones necesarias en caso de contar con los servicios de
algunos de estos colegiados, a efecto de que no ejerzan ilegalmente, así como
solicitar el requisito legal de la colegiación en futuras contrataciones. De
igual forma, se insta al público en general se sirva denunciar ante la Fiscalía
del Colegio a las personas que aparecen en esta lista y que están ejerciendo la
profesión, teléfonos: 2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al
correo: contactenos@colypro.com
Las imágenes respectivas
podrán verlas en La Gaceta con firma
digital en PDF
M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta, Junta Directiva.— 1 vez.—(
IN2017144039 ).
AGRÍCOLA VIMAGLO SOCIEDAD ANÓNIMA
Agrícola Vimaglo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cero siete nueve siete seis dos, solicita al Registro Nacional la
reposición de los siguientes libros: libro de Actas de Junta Directiva número
uno y libro de Registro de Accionistas número uno, los cuales fueron
extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro Mercantil.—San
José, diecinueve de junio de dos mil diecisiete.—Licda. Guiza Pinchanski Binderoski.—1 vez.—( IN2017145109).
THE SEST INVESTMENTS S. A.
Por instrumento público otorgado
ante esta notaría a las dieciséis horas del día diecinueve de junio del 2017,
se solicita la reposición de los libros de Asambleas de Socios y Asambleas de
Junta Directiva de la sociedad The Sest Investments S. A., sociedad con cédula
de persona jurídica tres-ciento uno-cuatro siete siete siete siete siete.—San
José, veinte de junio del 2017.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante,
Notario.—1 vez.—( IN2017145241 ).
SABANA & TRUST LIMITADA
En representación de la sociedad
denominada Sabana & Trust Limitada, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-setecientos quince mil ochocientos sesenta y uno, procedo a
realizar el trámite de reposición de los siguientes libros legales: libro de
Actas de Asamblea de Cuotistas y libro de Registro de Cuotistas, en razón de
que por causa involuntaria los mismos fueron extraviados. San José, diecinueve
de junio de dos mil diecisiete.—Licda. Laura Virginia Baltodano Acuña,
Notaria.—1 vez.—( IN2017145297 ).
PUBLICACIÓN
DE UNA VEZ
Mediante escritura número cinco - ocho, visible al
folio tres frente, del tomo ocho del protocolo del notario Andrés Francisco
González Anglada, se reforma clausula segunda del pacto constitutivo de Siskyrifo LLC Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-cuatro ocho cinco nueve dos tres y se nombra nuevo agente residente.
Es todo.—Nosara, Guanacaste al ser las catorce horas del diez de mayo del dos
mil diecisiete.—Lic. Andrés Francisco González Anglada. Notario.—1 vez.—(
IN2017145105 ).
En mi notaría se protocolizó el acta número uno de asamblea general de
socios de la sociedad One
Legal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos
treinta y dos mil doscientos noventa y siete, donde se nombra a Andrea Karolina
Rojas Mora, portadora de la cédula de identidad número uno-mil
seis-cuatrocientos cuarenta y tres, como tesorera de la sociedad.—San José,
ocho de junio dos mil diecisiete.—Licda. Karina Aguilar Quesada, Notaria.—1
vez.—( IN2017145116 ).
A las 15:00 horas del día diecinueve de junio del año 2017, se
protocolizó acta de asamblea de accionistas de Banco BCT S. A., mediante la cual se reformó la
cláusula sexta del capital social.—San José, diecinueve de agosto del año
2016.—Lic. Jose Gabriel Jerez Cerda, Notario.—1 vez.—( IN2017145134 ).
Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la firma de esta plaza: Sueños del Paraíso Jacó Ciento Cinco Sociedad Anónima. Se modifica la cláusula sexta
del pacto social, de la administración.—San José, 03 de abril del 2017.—Lic.
Paúl Zúñiga Hernández, Notario.—1 vez.—( IN2017145135 ).
Por escritura otorgada en esta Notaria a las diecinueve horas del
diecisiete de junio del año dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad Context Collective Sociedad Anónima, domicilio: San José Escazú
calle ciento veinticuatro Condominios El Cedro Número Tres.—San José diecinueve
de junio del año dos mil diecisiete.—Licda. Marta E. Benavides Rodríguez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017145140 ).
Por escritura otorgada en mi Notaría, al ser nueve horas del dieciséis de
junio del dos mil diecisiete, se modifican cláusulas y se nombra junta
directiva de Corporación
Gastronómica del Norte Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos cuatro mil quinientos sesenta y tres.—Ciudad
Quesada, San Carlos, dieciséis de junio del dos mil diecisiete.—Víctor Emilio
Rojas Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN2017145141 ).
Por escritura otorgada a las 08:00 horas del 12 de junio del 2017, se
protocolizó acta de asamblea de la sociedad Canoe Desde Mil Novecientos Setenta y Siete, Sociedad
Anónima. Se nombra secretario de la junta directiva y se modifica domicilio
social.—Licda. Ana Victoria Kinderson Roldan, Notaria.—1 vez.—( IN2017145142 ).
Mediante escritura 87-9 de las 11 horas del 19-6-2017, otorgada en
Guanacaste, Protocolicé Acuerdos De Asamblea De Socios De La Sociedad Tres- Ciento Dos- Setecientos Sesenta y Siete Mil
Quinientos Sesenta y Seis S.R.L, con misma cédula jurídica que
su denominación social, donde se modifica la cláusula de domicilio
social.—Guanacaste, 19-06-2017.—Lic. Omar Ayales Adén, Notario.—1 vez.—(
IN2017145146 ).
Por escritura de las ocho horas de hoy protocolice acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Brisas de Avellanas SB Sociedad Anónima, reforma clausulas uno y cinco
del pacto social y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José 9 de
junio del 2017.—Lic. Jose Alberto Tioli Ávila, Notario.—1 vez.—( IN2017145147
).
Por escritura número setenta y seis otorgada ante esta notaría, a las
catorce horas del dieciséis de junio del dos mil diecisiete, se modifica
cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Tres- Ciento Uno- Seiscientos Noventa y Nueve Mil
Setecientos Cincuenta y Nueve S. A., cédula de persona jurídica
número tres- ciento uno- seiscientos noventa y nueve mil setecientos cincuenta
y nueve.—San José, dieciséis de junio de dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre
Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—( IN2017145149 ).
Por escritura número setenta y cinco otorgada ante esta Notaría, a las
trece horas con treinta minutos del dieciséis de junio del dos mil diecisiete,
se modifica cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Tres- Ciento Uno- Seiscientos Noventa y Nueve Mil
Ochocientos Diez S. A., cédula de persona jurídica número tres- ciento
uno- seiscientos noventa y nueve mil ochocientos diez.—San José, dieciséis de
junio de dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(
IN2017145156 ).
Mediante escritura sesenta y seis-cuatro, otorgada por el notario público
Carlos Alberto Castro Solís, a las once horas treinta minutos del catorce de
junio del dos mil diecisiete, se modifica el domicilio social de la sociedad Desarrollos Inmobiliarios Quiloca Sociedad Anónima.—San Ramón, 16 de junio del 2017.—Lic.
Carlos Alberto Castro Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017145158 ).
Por este medio el suscrito notario hace constar que a las quince horas
del ocho de junio del dos mil diecisiete, mediante escritura número treinta y
tres-cuatro otorgada en el tomo cuarto del protocolo del suscrito notario, se
constituyó una sociedad denominada: Seguridad Viprotec, Sociedad Civil.—San José, quince de junio del
dos mil diecisiete.—Lic. Jose Antonio Tacsan Lobo, Notario.—1 vez.—(
IN2017145160 ).
Por escritura otorgada a las 09:00 horas del 12 de junio del 2017, se
protocolizó acta de asamblea de la sociedad Portafolio Am Siete, Sociedad Anónima. Se nombra secretario de la
junta directiva y se modifica domicilio social.—Licda. Ana Victoria Kinderson
Roldan, Notaria.—1 vez.—( IN2017145161 ).
Por escritura número setenta y ocho otorgada ante esta Notaría, a las
quince horas del dieciséis de junio del dos mil diecisiete, se modifica
cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Tres- Ciento Uno- Setecientos Catorce Mil Seiscientos Siete
S. A., cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- setecientos
catorce mil seiscientos siete.—San José, dieciséis de junio de dos mil
diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—( IN2017145162 ).
Por escritura otorgada ante mí Faldas del Bruc Sociedad Anónima. Modifica estatutos. Escritura
otorgada.—Heredia, a las dieciocho horas del diecinueve de junio del dos mil
diecisiete.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—( IN2017145165 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría a las 10:30 horas del día 16 de junio de 2017 se protocoliza
asamblea general extraordinaria de socios de la compañía 3-102-721215 SRL, mediante la cual se modifica la
cláusula primera de los estatutos.—San José, 16 de marzo de 2017.—Lic. Mario
Andrés Rodríguez Obando, Notario.—1 vez.—( IN2017145169 ).
Por escritura número trescientos cuarenta y cinco otorgada en esta
notaria publica se constituye Familia Marro S. A. Domiciliada, Cartago, Pacayas
de Alvarado.—Cartago, trece de junio del año dos mil diecisiete.—Licda. Laura
Gómez Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2017145186 ).
Se constituye la sociedad denominada. Centro Estratégico de Negocios Sociedad de Responsabilidad
Limitada. Presidente: Daniel Ignacio Wong Diaz.—Por escritura otorgada a las
12.00 horas del 13 de junio de 2017.—Lic. Carlos Barrantes Méndez, Notario.—1
vez.—( IN2017145188 ).
Escritura 217, otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del día 16 de
junio del 217, modifica clausula segunda de domicilio social de Helios Uno de Costa Rica Sociedad Anónima, cedula jurídica
3-101-157682.—San José 16 de junio del 2017.—Lic. Slawomir Wiciak, Notario.—1
vez.—( IN2017145192 ).
Ante esta notaria se constituyó la entidad jurídica Construcciones y Desarrollos Ruiz & Rocha Sociedad
Anónima.—Heredia 19 de junio del año dos mil diecisiete.—Licda. Patricia
Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—( IN2017145195 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Expediente Nº 102-2017. La Dirección de Recursos Humanos, a: Pérez
Calero Ronald, cédula N° 06-0214-0630
HACE SABER:
I.—Que a su nombre se ha iniciado la instrucción de un expediente
disciplinario, de conformidad con el procedimiento establecido al efecto en el
Estatuto de Servicio Civil, por la supuesta comisión de faltas a los deberes
inherentes al cargo.
II.—De la información substanciada existen elementos probatorios para
imputarle los siguientes supuestos hechos:
Que en su condición de
profesor de enseñanza media-especialidad música- en la escuela Rincón Grande de
Pavas, de la Dirección Regional de Educación de San José Oeste, supuestamente,
no se presentó a laborar los días 06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20,
21, 22, 23, 24, 27 de febrero; 01, 02, 03, 06 y 07 de marzo; todos del 2017, lo
anterior sin dar aviso oportuno a su superior inmediato y sin aportar, dentro
del término normativamente previsto, justificación posterior alguna. (Ver
folios 01 al 10 del expediente de manas)
III.—Que de ser cierto el hecho que se le
atribuye, usted incurriría en faltas graves o de alguna gravedad, según las
obligaciones y deberes de su cargo, tal y como se establece en el artículo 57
incisos a) y h) del Estatuto de Servicio Civil; artículos 8 inciso b) y 12
inciso k) del Reglamento de la Carrera Docente y el artículo 81 inciso g) del
Código de Trabajo; lo que podrá acarrear una sanción que iría desde una
suspensión sin goce de salario hasta de treinta días, o el planteamiento de las
diligencias administrativas de Gestión de Despido ante el Tribunal de la
Carrera Docente.
IV.—Que se le emplaza para que ejerza su derecho de defensa dentro de
los diez días hábiles siguientes al recibo de la presente notificación,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 del Estatuto de Servicio
Civil, y ofrezca las pruebas que estimare pertinentes. Si fueren testimoniales,
indicará los hechos sobre los que versarán las respectivas deposiciones, así
como la correspondiente dirección de los testigos, bajo apercibimiento de poder
ser declarada inadmisible la referida prueba, en caso de incumplimiento. Para
el ejercicio pleno de su derecho de defensa puede tener acceso al expediente
disciplinario iniciado al efecto y hacerse representar por un abogado.
V.—Que la defensa deberá formularse por escrito ante el Departamento de
Gestión Disciplinaria de la Dirección de Recursos Humanos del Ministerio de
Educación Pública, ubicado en el edificio ROFAS, cuarto piso, frente a
emergencias del Hospital San Juan de Dios, debiendo señalar medio o lugar para
atender notificaciones, bajo apercibimiento que en caso contario quedará
notificada de forma automática dentro de las 24 horas siguientes, de
conformidad con el artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales N° 8687.
La no presentación de la defensa hará presumir la renuncia al ejercicio de ese
derecho en esta etapa procedimental.
VI.—Que contra este traslado de cargos se pueden interponer los
recursos ordinarios de revocatoria, ante esta
instancia y el de apelación, para ante el Tribunal de Carrera Docente, de
conformidad con lo previsto en el artículo 66 del Estatuto de Servicio
Civil, siempre que se haga dentro de los cinco días siguientes a la
notificación de este acto.—San José, 10 de marzo del 2017.—Yaxinia Díaz
Mendoza, Directora.—O. C. Nº 3400031607.—Solicitud Nº 19702.—( IN2017146496 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ref: 30/2016/3264. Healthy People Labs SRL de CV C/ Syngenta
Participations AG. Documento: cancelación por falta de uso (Interpone: Healthy
People Labs). Nro. y fecha: Anotación/2-99514 de 09/11/2015. Expediente:
2004-0006412 Registro Nº 160355 Healthy Fresh The Real Perfection en clase 5
Marca Mixto.—Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:15:36 del 22 de
enero de 2016.
Conoce este Registro, la solicitud de cancelación por falta de uso,
promovida por la Lic. María Calvo Money, como apoderada de la empresa Healthy
People Labs SRL de CV, contra el registro de la marca de fábrica Healthy
Fresh The Real Perfection Diseño, con el Nº 160355, que protege y
distingue “preparaciones para la destrucción de animales dañinos,
fungicidas, herbicidas, insecticidas”, en clase 5 internacional, cuyo
propietario es Syngenta Participations AG. Conforme a lo previsto en el
artículo 39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y 48 y 49 del
Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo Nº
30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de
uso, al titular citado, para que en el plazo de un mes contado a partir
del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse
respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las
pruebas que estime convenientes (se le recuerda que mediante voto Nº
333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos
mil siete, el Tribunal Registral Administrativo estableció que, en los procesos
de cancelación por falta de uso, la carga de la prueba de uso corresponde al
titular del signo distintivo), para lo cual se comunica que el expediente se
encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las
partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se
advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare
la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará
notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro
horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la
Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta
resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de
la Administración Pública. Se le advierte al titular del signo, que las
pruebas que aporte deben ser presentadas en documento original o copia
certificada (haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o
apostillado correspondiente, según sea el caso), lo anterior conforme al
artículo 294 de la Ley General de Administración Pública. Se advierte al
titular que, de incumplir con lo requerido, no será tomada en cuenta la prueba
que no cumpla con dichas formalidades, al momento de resolver la solicitud
presentada. Notifíquese.—Bernal Chinchilla Ruiz, Asesor Jurídico.—(
IN2017144955 ).
DIRECCIÓN REGIONAL CENTRAL DE
SUCURSALES
De
conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes, por no haber sido
localizado el patrono: Desarrollo Cultural Literario DECUL S. A., número
patronal: 2-03101376749-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de
Desamparados notifica traslado de cargos 1202-2017-00568 por eventuales
omisiones salariales, por un monto de ¢32.554.480,00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente en esta oficina Desamparados, sexto piso del
Oficentro del Mall Multicentro en Desamparados. Se le confiere 10 días hábiles
a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar
lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha
establecido los Tribunales de Desamparados; de no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Sucursal de Desamparados, Desamparados,
14 de junio del 2017.—Lic. Johel
Sánchez Mora, Jefe Administrativo.—1 vez.—( IN2017145050 ).