LA
GACETA N° 137 DEL 19 DE
JULIO DEL 2017
ACUERDOS
CONSEJO DE GOBIERNO
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Y TRANSPORTES
DOCUMENTOS VARIOS
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE
ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
AGRICULTURA Y GANADERÍA
PODER JUDICIAL
BANCO DE COSTA RICA
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
PODER LEGISLATIVO
PODER JUDICIAL
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
FE DE ERRATAS
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
PODER JUDICIAL
REGLAMENTOS
HACIENDA
AVISOS
REMATES
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
SERVICIO NACIONAL DE AGUAS
SUBTERRÁNEAS RIEGO Y AVENAMIENTO
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
OFICINA NACIONAL DE
SEMILLAS
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD14 DE
OREAMUNO
MUNICIPALIDAD DE
VALVERDE VEGA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
AGRICULTURA Y GANADERÍA
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
Nº 270
LA
SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y
tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: / Que el Consejo
de Gobierno, según consta en el artículo segundo del Acta de la sesión
ordinaria número Ciento Treinta y Dos, celebrada el catorce de febrero del dos
mil diecisiete, tomó el acuerdo que textualmente dice: / “Nombrar en sustitución
del señor Arturo Navarro Arias, al señor Christian Madrigal Fonseca, cédula de
identidad Nº 1-824-681, como Miembro Suplente en representación del Ministerio
de Salud, ante la Junta Directiva del Ente Costarricense de Acreditación (ECA),
a partir del 14 de febrero del 2017 y
por el resto del período legal correspondiente, hasta el 07 de octubre del
2017. / Acuerdo declarado firme por unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O.C.
Nº 3400032697.—Solicitud Nº 89512.—( IN2017151277 ).
N° 271
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo tercero del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y
Dos, celebrada el catorce de febrero del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo
que textualmente dice: “1. Cesar al señor Erick de Jesús Román Sánchez, cédula
de identidad número 1-716-368, del cargo de Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de Costa Rica en la República de Paraguay, a partir del 14 de
febrero del 2017. 2. Nombrar al señor Erick de Jesús Román Sánchez, cédula de
identidad número 1-716-368, en el cargo de Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de Costa Rica en la República de Cuba, a partir del 15 de
febrero del 2017. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez.—O. C. N°
3400032697.—Solicitud N° 89514.—( IN2017151278 ).
Nº 272
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: /Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo segundo del acta de la sesión ordinaria número ciento treinta y
tres, celebrada el veintiuno de febrero del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo
que textualmente dice: /“Nombrar al señor José Enrique Castillo Barrantes,
cédula de identidad Nº 1-399-937, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario
de Costa Rica ante el Reino Unido de Gran Bretaña, Embajador Concurrente de
Costa Rica en el Reino de Suecia y Embajador Concurrente de Costa Rica ante el
Reino de Noruega; en el cargo de Embajador Concurrente de Costa Rica ante la
República de Irlanda, a partir del 01 de marzo del 2017. Acuerdo declarado
firme por unanimidad.”/
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº 3400032697.—Solicitud Nº
89530.—( IN2017151284 ).
Nº 273
LA
SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y
tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: Que el Consejo
de Gobierno, según consta en el artículo cuarto del Acta de la sesión ordinaria
número Ciento Treinta y Tres, celebrada el veintiuno de febrero del dos mil
diecisiete, tomó el acuerdo que textualmente dice: “1.- Tener por conocida la
renuncia presentada por el señor Rónald Cordero Cortés, al cargo que ha venido
desempeñando como Director ante la Junta Directiva del Instituto Mixto de Ayuda
Social (IMAS), misma que hace efectiva a partir del 17 de febrero del 2017 y
darle las más expresivas gracias por los valiosos servicios prestados. 2.-
Nombrar en sustitución suya, al señor Freddy Rahudin Fallas Bustos, cédula de
identidad Nº 1-1563-047, a partir del 21 de febrero del 2017 y por el resto del
período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2018. Acuerdo declarado
firme por unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O.C.
Nº 3400032697.—Solicitud Nº 89532.—( IN2017151285 ).
Nº 274
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo quinto del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y
Tres, celebrada el veintiuno de febrero del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo
que textualmente dice: “1. Tener por conocida la renuncia presentada por la
señora Ericka Valverde Valderde, al cargo que ha venido desempeñando como
Directora ante la Junta Directiva del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS),
misma que hace efectiva a partir del 17 de febrero del 2017 y darle las más
expresivas gracias por los valiosos servicios prestados. 2. Nombrar en
sustitución suya, al señor Ronald Cordero Cortés, cédula de identidad número
1-690-871, a partir del 21 de febrero del 2017 y por el resto del período legal
correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2022. Acuerdo declarado firme por unanimidad”.
Xinia Chacón
Rodríguez.—Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N°
3400032697.—Solicitud N° 89543.—( IN2017151539 ).
N° 275
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo sexto del acta de la sesión ordinaria número ciento treinta y tres,
celebrada el veintiuno de febrero del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo que
textualmente dice: “1.- Tener por conocida la renuncia presentada por el señor
Enrique Sánchez Carballo, al cargo que ha venido desempeñando como Director
ante la Junta Directiva del Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), misma que
hace efectiva a partir del 17 de febrero del 2017 y darle las más expresivas
gracias por los valiosos servicios prestados. 2.- Nombrar en sustitución suya,
a la señora Ana Cecilia Masís Ortiz, cédula de identidad número 1-365-610, a
partir del 21 de febrero del 2017 y por el resto del período legal
correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2018. Acuerdo declarado firme por
unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 3400032697.—Solicitud N°
89545.—( IN2017151542 ).
N° 276
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y
Cuatro, celebrada el veintiocho de febrero del dos mil diecisiete, tomó el
acuerdo que textualmente dice: “El Consejo de Gobierno acuerda: 1.- Tener por
conocida la renuncia presentada por la señora Lizbeth Barrantes Arroyo, al
cargo que ha venido desempeñando como Directora ante la Junta Directiva del
Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), misma que hace efectiva a partir del 23
de febrero del 2017 y darle las más expresivas gracias por los valiosos
servicios prestados. 2.- Nombrar en sustitución suya, a la señora Éricka
Álvarez Ramírez, cédula de identidad número 2-532-025, a partir del 28 de
febrero del 2017 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31
de mayo del 2022. Acuerdo declarado firme por unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O.C. N° 3400032697.—Solicitud N°
89549.—( IN2017151576 ).
Nº 280
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: /Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo tercero del acta de la sesión ordinaria número ciento treinta y
ocho, celebrada el veintiocho de marzo del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo
que textualmente dice: /“Reinstalar como miembro de la Junta Directiva del
Banco Nacional de Costa Rica, al señor Olman José Briceño Fallas, cédula de
identidad Nº 1-662-016, a partir del día de hoy. Agradecerle al señor Víctor
Ulises Ramírez Zamora, los valiosos servicios prestados a la institución y al
país. /Acuerdo declarado firme por unanimidad.”/
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº 3400032697.—Solicitud Nº
89534.—( IN2017151286 ).
Nº 281
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Treinta y
Nueve, celebrada el cuatro de abril del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo que
textualmente dice: “Tener por conocida la carta de fecha 03 de abril del 2017
suscrita por la señora Marcia Montes Castillo, en la que presenta la renuncia
al cargo que ha venido desempeñando como miembro de la Junta Directiva del
Instituto Nacional de Seguros (INS), misma que hace efectiva a partir de las
cero horas del 04 de abril del 2017, y darle las más expresivas gracias por los
valiosos servicios prestados. Acuerdo declarado firme por unanimidad”.
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 3400032697.—Solicitud N°
89541.—( IN2017151531 ).
N° 283
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: / Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo cuarto del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Cuarenta,
celebrada el dieciocho de abril del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo que
textualmente dice: / “En razón de haberse conocido la renuncia presentada por
la señora Marcia Montes Castillo, al cargo de Directora ante la junta directiva
del Instituto Nacional de Seguros (INS), renuncia que hizo efectiva a partir de
las cero horas del día 04 de abril del 2017, según consta en el artículo
segundo de la sesión ordinaria número ciento treinta y nueve del pasado 4 de
abril del 2017; se nombra en sustitución suya, a la señora Alina Isabel
Granados Vega, cédula de identidad número 2-474-084, a partir del 18 de abril
del 2017 y por el resto del período legal correspondiente, hasta el 31 de mayo
del 2022. / Acuerdo declarado firme por unanimidad.
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº 3400032697.—Solicitud Nº
86552.—( IN2017151591 ).
Nº 284
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: / Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo sétimo del acta de la sesión ordinaria número ciento cuarenta,
celebrada el dieciocho de abril del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo que
textualmente dice: / “a. Tener por conocidas las renuncias presentadas por las
señoras Aura Marina Martínez Pérez, María del Pilar Araya Céspedes y Clara
Castro Castro y por los señores Mario Eduardo Castillo Baldares, Jean-Jacques
Oguilve Pérez, Julio Sánchez Madriz y Hugo Garita Sánchez, integrantes de la
Junta Directiva de Bancrédito; mismas que hacen efectivas a partir del 18 de
abril del 2017, y darles las más expresivas gracias por los valiosos servicios
prestados. / b. Solicitar a los miembros de esta Junta Directiva saliente,
presentar por escrito ante el Consejo de Gobierno, el Informe de fin de
Gestión, antes del 02 de mayo del 2017. / Acuerdo declarado firme por
unanimidad.” /
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº 3400032697.—Solicitud Nº
89553.—( IN2017151597 ).
N° 285
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo octavo del Acta de la sesión ordinaria número Ciento Cuarenta,
celebrada el dieciocho de abril del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo que
textualmente dice: “Primero: En virtud de la renuncia presentada por los
señores Aura Marina Martínez Pérez, María del Pilar Araya Céspedes, Clara
Castro Castro, Mario Eduardo Castillo
Baldares, Jean-Jacques Oguilve Pérez, Julio Sánchez Madriz y Hugo Garita
Sánchez, al cargo que venían desempeñando como miembros de la Junta Directiva
de Bancrédito, se nombran como nuevos miembros de esa Junta Directiva a los señores
Javier Alejandro Herrera Guido, cédula de identidad 1-600-776; Tobías Gerardo
Cerdas Sáenz, cédula de identidad 3-198-569; Rosa María Roig Oller, cédula de
identidad 9-028-589; y Ana Isabel Salas Vargas, cédula de identidad 2-280-674,
a partir del 18 de abril del 2017 por el resto del período legal
correspondiente, hasta el 31 de mayo de 2022. Asimismo, a los señores Luis
Alvarado Gómez, cédula de identidad 2-392-153; Gina Ampié Castro, cédula de
identidad 1-543- 411; y Ronald Ernesto Rojas Esquivel, cédula de identidad
2-294- 335, a partir del 18 de abril del 2017 y por el resto del período legal
correspondiente, hasta el 31 de mayo del 2018. Segundo: Para la elección de los
nuevos miembros de esta Junta Directiva se ha tomado en consideración su experiencia
como se indica a continuación: El señor Javier Alejandro Herrera Guido, es
egresado en Sociología y de los Programas de Alta Gerencia y Gerencia de
Exportaciones del INCAE. Se ha desempeñado como asesor de empresas y
organizaciones en el área de Planeación Estratégica, Desarrollo de Proyectos,
Estrategia Financiera, Servicio al Cliente, Comercialización y
Conceptualización de Negocios. Ha fungido como Vicerrector de la Universidad
Latina y como Director de Comercialización del Hospital Metropolitano. El señor
Tobías Gerardo Cerdas Sáenz, es Licenciado en Administración de Negocios con
especialidad en Contabilidad. Laboró por cuarenta y dos años en el Banco
Central de Costa Rica, desempeñándose en el Departamento de Contabilidad, Como
Jefe de Unidad, Jefe de Sección Subdirector y Director del Departamento
Financiero; Director del Departamento de Finanzas Internacionales, Director de
la División Financiera y Auditor Interno de la Superintendencia de Pensiones.
La señora Rosa Roig Oller es Economista con experiencia en el Banco Central
de Costa Rica como economista de la División Económica, Asistente y Asesora de
Subgerencia, Directora de la División Administrativa. Se ha desempeñado también
como integrante del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Préstamos para
la Educación (CONAPE). La señora Ana Isabel Salas Vargas es Abogada y Notaria
Pública con especialidad en Derecho Público y Administrativo; Master en
Administración de Empresas y graduada del Programa de Alta Dirección Bancaria
del INCAE. Se desempeñó como Abogada y Notaria en la Dirección Jurídica del
Instituto Nacional de Seguros; como Abogada en la Contraloría General de la
República y como Asistente de Abogacía en los Ministerios de Obras Públicas y
Transportes y de Trabajo. El señor Luis Alvarado Gómez cuenta con una Maestría
en Administración de Negocios (Banca y Finanzas), Universidad Latina de Costa
Rica; Master in Science (System Development graduado del Instituto Tecnológico
de Costa Rica; e Ingeniero en Computación Administrativa, Instituto Tecnológico
de Costa Rica. Se desempeñó en EVERTEC Group, LLC, uno de los servicios
bancarios más grandes de la región y recientemente incorporado como compañía
pública en el New York Security Exchange, así como Presidente de LATAM, Senior
VP, Head of División: Latín América – San José, Costa Rica, como responsable
por el desarrollo de todos los negocios y ventas en toda la región de
Latinoamérica. La señora Gina Ampié Castro es Economista y Especialista en
Banca y Mercado de Capitales. Se ha desempeñado en cinco de las áreas del
Sistema Financiero: Banca, Fondos de Inversión, Banco Central, Puesto de Bolsa
y Seguros. Obtuvo el Galardón Gerente del Año 2010, concedido por la Cámara de
Comercio de Costa Rica, como reconocimiento a los resultados obtenidos en el
Instituto Nacional de Seguros Valores Puesto de Bolsa. El señor Ronald Ernesto
Rojas Esquivel es Licenciado en Medicina Veterinaria y egresado del Programa de
Alta Gerencia del INCAE; se desempeñó como Director Nacional de Crédito del
Banco Nacional de Costa Rica y como Director Regional en Cartago, Heredia y San
José de esa entidad bancaria. Tercero: Se procede a la juramentación de los
señores Javier Alejandro Herrera Guido, Tobías Cerdas Sáenz, Rosa María Roig
Oller, Gina Ampié Castro, y Ronald Ernesto Rojas Esquivel, y se comisiona al
señor Luis Guillermo Solís Rivera, Presidente de la República, en su calidad de
Presidente del Consejo de Gobierno, para que en acto posterior proceda a la
juramentación de la señora Ana Isabel Salas Vargas y del señor Luis Alvarado
Gómez, quienes no se encontraban presentes. Acuerdo declarado firme por
unanimidad”.
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 3400033262.—Solicitud N°
89616.—( IN2017151689 ).
N° 286
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: / Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número ciento cuarenta y
uno, celebrada el veinticinco de abril del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo
que textualmente dice: / “1.-Cesar al señor Jairo Hernández Milián, cédula de
identidad número 1-685-937, del cargo de Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de Costa Rica en la República de Singapur, a partir del 30 de
mayo del 2017. / 2.- Nombrar al señor Jairo Hernández Milián, cédula de
identidad número 1-685-937, en el cargo de Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario de Costa Rica en la Comunidad de Australia, a partir del 1° de
junio del 2017. / Acuerdo declarado firme por unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. N° 3400032697.—Solicitud N°
89554.—( IN2017151612 ).
Nº 287
LA
SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las disposiciones contenidas en el artículo treinta y
tres de la Ley General de la Administración Pública, comunica: / Que el Consejo
de Gobierno, según consta en el artículo tercero del Acta de la sesión
ordinaria número ciento cuarenta y uno, celebrada el veinticinco de abril del
dos mil diecisiete, tomó el acuerdo que textualmente dice: / “1.- Nombrar a la
señora Patricia Rodríguez Holkemeyer, cédula Nº 1-374-164, en el cargo de
Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de Costa Rica en la República
Popular de China, a partir del 01 de mayo del 2017. Acuerdo declarado firme por
unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O.C.
Nº 3400033262.—Solicitud Nº 89618.—( IN2017151691 ).
N° 288
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo cuarto del acta de la sesión ordinaria número ciento cuarenta y
uno, celebrada el veinticinco de abril del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo
que textualmente dice: “1. Con fundamento en el artículo 46 de la Ley de
Creación de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, Ley Nº 7593, se
nombra como Reguladora General Adjunta a la señora Xinia María Herrera Durán,
cédula de identidad número 2-344-672. 2. Solicitar a la señora Xinia María
Herrera Durán, su renuncia al puesto de directora de la Junta Directiva del Banco
Nacional de Costa Rica condicionada a la ratificación de su nombramiento como
Reguladora General Adjunta por parte de la Asamblea Legislativa. 3. Remitir
este acuerdo a la Asamblea Legislativa para la ratificación correspondiente,
conforme al procedimiento fijado en la mencionada Ley. 4. Rige a partir de 8 de
mayo del 2017 y por el período legal correspondiente, sea, hasta el 07 de mayo
del 2023. Acuerdo declarado firme por mayoría.”
Xinia
Chacón Rodríguez, Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O. C. Nº
3400033262.—Solicitud Nº 89619.—( IN2017151692 ).
N° 289
LA SECRETARIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO
Con fundamento en las
disposiciones contenidas en el artículo treinta y tres de la Ley General de la
Administración Pública, comunica: / Que el Consejo de Gobierno, según consta en
el artículo segundo del Acta de la sesión ordinaria número ciento cuarenta y
dos, celebrada el cuatro de mayo del dos mil diecisiete, tomó el acuerdo que
textualmente dice: / “Con fundamento en la disposiciones del artículo doscientos
treinta y cuatro de la Ley General de la Administración Pública, únicamente a
efectos de que sea atendido el Recurso de Apelación en Subsidio interpuesto por
el señor German Santamaría Céspedes en contra de la Resolución N° GG-2016-355,
emitida por la Gerencia General del Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados, se nombra como miembros suplentes ad hoc de la Junta Directiva
del Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) a los señores
Eugenio Solano Calderón, cédula de identidad número 3-186-228; Cinthya
Hernández Gómez, cédula de identidad número 1-1160-351; Elías Rosales
Escalante, cédula de identidad número; 3-208-112; Carlota Chaves Mora, cédula
de identidad número 1-670-239; Gustavo Esquivel Quirós, cédula de identidad
número 1-725-778; Víctor Picado Calvo, cédula de identidad número 3-373-846; y
Rolando Marín León, cédula de identidad número 6-183-707; únicamente para que
en conjunto con los demás miembros de ese Órgano Colegiado resuelvan todas las
instancias directamente relacionadas con el recurso citado. El primero de los
nombrados para que sustituya a la señora Yamileth Astorga Espeleta, Presidenta
Ejecutiva del AyA en sus actuaciones como miembro de la Junta Directiva y los
restantes para que sustituyan a los demás miembros de Junta Directiva. Los
nombramientos ad hoc rigen a partir del día de hoy y su vigencia la determinará
la resolución final con la que se resuelva en definitiva las peticiones
contenidas en el recurso administrativo de repetida cita. Acuerdo declarado
firme por unanimidad.”
Xinia Chacón Rodríguez,
Secretaria del Consejo de Gobierno.—1 vez.—O.C. N° 3400033262.—Solicitud N°
89620.—( IN2017151693 ).
N° 001-2017-GRH-MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
En uso de las facultades
conferidas en el inciso 2) del artículo 140 y el artículo 146 de la
Constitución Política del 7 de noviembre de 1949; el inciso 2, acápite b) del
artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 2
de mayo de 1978 y el artículo 12, inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, Ley
N°1581 del 30 de mayo de 1953 y la Nómina 007-2017.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad
en el Ministerio de Gobernación y Policía, a la señora Annia Alejandra Vargas
Villalobos c. c. Hannia Vargas Villalobos, cédula N° 9-0064-0894, en el puesto
Secretaria de Servicio Civil 1, número 003971, sin especialidad.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo de
2017.
Dado en la Presidencia de la
República, el día 03 de mayo del año 2017.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O. C. Nº
31361.—Solicitud Nº 16463.—( IN2017151276 ).
Nº 003-2017-GRH-MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
En uso de las facultades
conferidas en el inciso 2) del artículo 140 y el artículo 146 de la
Constitución Política del 07 de noviembre de 1949; el inciso 2), acápite b) del
artículo 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 02
de mayo de 1978 y el artículo 12, inciso a) del Estatuto de Servicio Civil, Ley
Nº 1581 del 30 de mayo de 1953 y la Nómina 004-2017.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad
en el Ministerio de Gobernación y Policía, a la señora Angie Pamela Solís
Morales, cédula Nº 1-1309-0713, en el puesto Profesional de Servicio Civil 1-B,
Nº 094061, especialidad Derecho.
Artículo 2º—Rige a partir del 16 de marzo del
2017.
Dado en la Presidencia de la
República, el día 03 de mayo del 2017.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O. C. Nº
31361.—Solicitud Nº 16464.—( IN2017151266 ).
N° 102-MOPT
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
Con fundamento en el artículo 28
de la Ley N° 6227 del 2 de mayo de 1978, Ley General de Administración Pública,
artículo 3° de la Ley de Creación del Ministerio de Obras Públicas y
Transportes N° 4786 del 5 de julio de 1971 y sus reformas. Ley N° 7798 del 30
de abril de 1998 Ley de Creación del Consejo Nacional de Vialidad y el Decreto
Ejecutivo N° 27099-MOPT del 12 de junio de 1998 Reglamento de Organización y
Funcionamiento del Consejo Nacional de Vialidad.
Considerando:
I.—Que mediante Ley N° 7798 del
30 de abril de 1998 en su artículo 3° se creó el Consejo Nacional de Vialidad
como órgano con desconcentración máxima adscrito al Ministerio de Obras
Públicas y Transportes con personalidad jurídica instrumental y presupuestaria
para administrar el presupuesto de la red vial nacional.
II.—Que en el artículo 7° de la citada Ley,
así como en el artículo 5° de su Reglamento, se regula el procedimiento de
conformación e integración del Consejo de Administración del Consejo Nacional
de Vialidad.
III.—Que la Ingeniera Giselle Alfaro Bogantes,
designada como Miembro del Consejo de Administración del Consejo Nacional de
Vialidad, en Representación del Ministerio de Obras Públicas y Transportes
mediante acuerdo N° 079-MOPT publicado en La Gaceta N° 144 del 27 de
julio del 2015, presenta renuncia a partir del 16 de junio del 2017. Por
tanto,
ACUERDA:
Artículo
1°—Se integra como miembro del Consejo de Administración del Consejo Nacional
de Vialidad, como Representante del Ministerio de Obras Públicas y Transportes
de conformidad con el inciso b) del artículo 7, a la señora Elvira María Juárez
Aguilar, portadora de la cédula de identidad número 1-0921-0662, mayor, casada,
abogada, vecina de Desamparados, San José.
Artículo 2°—Rige a partir de su
juramentación.
Dado en el Ministerio de Obras
Públicas y Transportes. San José, a los 21 días del mes de junio del año dos
mil diecisiete.
Germán
Valverde González, Ministro de Obras Públicas y Transportes.—1 vez.—O. C. N°
32885.—Solicitud N° 19183.— ( IN2017151726 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTOS
La señora María de los Ángeles
Troyo B. con número de cédula 1-0677-0844, vecina de Alajuela en calidad de
regente veterinario de la compañía Droguería Zoetis Costa Rica SRL, con
domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento
veterinario del grupo 3: Bovi Shield Gold® FP® 5L5 fabricado por Laboratorios
Zoetis Inc., Estados Unidos de América con los siguientes principios activos:
contiene liofilizado: Virus Rinotraqueitis cepa C-13 ≥ 104.9
TCID50, virus diarrea bovina tipo 1 cepa NADL ≥ 104.4
TCID50, virus diarrea bovina tipo 2 cepa 53637 ≥ 104.9
TCID50, parainfluenza cepa AL — IM ≥ 106.6 TCID50,
virus respiratorio bovino Sincitial cepa BRSV/375 ≥ 104.6 TCID50,
Leptospira canicola cepa C-51 ≥ 1200 UN, Leptospira grippotyphosa cepa
MAL 1540 ≥ 1200 UN, Leptospira hardjo cepa WHO ≥ 1200 UN,
Leptospira icterohaemorrhagiae cepa NADL (11403) ≥ 1200 UN, Leptospira
pomona cepa T262 ≥ 1200 UN y las siguientes indicaciones terapéuticas: para la vacunación de vacas y
vaquillas sanas antes del servicio. Como ayuda en la prevención del aborto
causado por IBR de los tipos 1 y 2 de DVB PI3; VRSB y Leptospirosis bovina. Con
base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 12 horas del día 21 de
junio del 2017.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(
IN2017151524 ).
La doctora María de los Ángeles Troyo, con número de cédula
1-677-844, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía
Oficina Tramitadora de Registros Rebexa Group S. A., con domicilio en San José,
solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: Recombitek® C8, fabricado por Laboratorio Merial
Inc., Estados Unidos de América, con los siguientes principios activos: Cada
dosis ml contiene vacuna liofilizada: virus del moquillo canino vector
Canarypox ≥ 106,4 DICC50, Adenovirus Canino (CAV2) ≥
104.3 DICC50, Virus de la Parainfluenza Canina tipo 2 ≥
103,9 TCID50, Parvovirus Canino ≥ 103,3
DIAF50. Diluyente Leptospira canicola ≥ 200 FTU unidades
nefelométricas, Leptospira icterohaemorrhagiae ≥ 200 FTU unidades
nefelométricas, Leptospira Pomona ≥ 200 FTU, Leptospira Gryppotyphosa ≥
300 FTU, y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la prevención del
moquillo, parvo virosis, adeno virosis tipo 2, parainfluenza canina y
Leptospirosis canino en perros con 9 semanas de edad y mayores. Con base en el
Decreto Ejecutivo Nº 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles,
contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 09:00 horas del día 20 de junio
del 2017.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2017151525 ).
La doctora María de los Ángeles Troyo con número de cédula
1-677-844, vecina de San José en calidad de regente veterinario de la compañía
Oficina Tramitadora de Registros Rebexa Group S. A., con domicilio en San José,
solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3:
Recombitek® C7 fabricado por Laboratorio Merial Inc., Estados Unidos de América
con los siguientes principios activos: Cada dosis ml contiene vacuna
liofílizada: virus del moquillo canino vector Canarypox, CP258, cepa
Rentschler/Onderstepoort ≥106,4 TCID50 Adenovirus
Canino CAV2 cepa Toronto A26/61 ≥104.3 TCID50,
Parvovirus Canino cepa 780916 ≥103.3 FAID50.
Diluyente Leptospira canicola ≥ 200 FTU unidades nefelométricas,
Leptospira icterohaemorrhagiae 200 FTU unidades nefelométricas, Leptospira
Pomona ≥ 300 FTU, Leptospira Gryppotyphosa ≥ 300 FTU y las
siguientes indicaciones terapéuticas: Para la prevención del moquillo, parvo
virosis, adeno virosis tipo 2 (complejo respiratorio canino) y tipo 1
(Hepatitis canina) y Leptospirosis canino en perros con 9 semanas de edad y
mayores. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro
y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5
días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este
edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, a las 9:00 horas del
día 20 de junio del 2017.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr. Luis
Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2017151526 ).
La doctora María de los Ángeles Troyo, con número de cédula
1-677-844, vecina de San José, en calidad de regente veterinario de la compañía
Oficina Tramitadora de Registros Rebexa Group S. A., con domicilio en San José,
solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 3: BURSA
GUARD N-B-R, fabricado por Laboratorio Merial Inc., Estados Unidos de América
con los siguientes principios activos: cada dosis de 0.5 ml contiene: Reovirus
aviar (cepa 1133) inactivo 106.97 DIE50, reovirus aviar
(cepa 2408) variante 107.21 DIE50, inactivo, reovirus
aviar (Cepa MSB) inactivo 107.39 DIE50, virus de la
enfermedad de la Bolsa (Cepa variante E) inactivado 104.5 DIE50,
virus de la enfermedad de la Bolsa (Cepa la Estándar) inactivado 104.7
DIE50, virus de Newcastle (Cepa la Sota) inactivado 107.73
DIE50, virus de la enfermedad Bronquitis Infecciosa (Cepa Mass 41)
inactivado 106.2 DIE50, virus de la enfermedad Bronquitis
infecciosa (Cepa ARK99) inactivado 106.2 DIE50 y las
siguientes indicaciones terapéuticas: para la prevención de la enfermedad de
Newcastle y Bronquitis. Aumento de la inmunidad pasiva en la progenie con las
enfermedades de la bolsa y la reovirus aviar. Con base en el Decreto Ejecutivo
N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”.
Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta
Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día
siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
a las 11 horas del 19 de junio del 2017.—Dirección de Medicamentos Veterinarios.—Dr.
Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2017151527 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 233,
Título N° 2988, emitido por el Colegio Santa María de Guadalupe, en el año dos
mil cinco, a nombre de Vargas Campos Karol María, cédula: 1-1340-0373. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 26 de junio del 2017.—Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017150236
).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 102,
título N° 87, emitido por el Colegio Calasanz Nocturno, en el año dos mil
catorce, a nombre de Castillo Artavia Pablo Andrés, cédula: 1-1556-0877. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de junio del dos
mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017150415 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 22,
asiento 12, título Nº 75, emitido por el
Liceo Pacto del Jocote, en el año dos mil quince, a nombre de Tenorio Rodríguez
Brayan Alberto, cédula Nº 2-0725-0326. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en
San José, a los veinte días del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017150474 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 2, Folio 146,
Título N° 612, emitido por el Colegio Isaac Martin, en el año dos mil diez, a
nombre de Morales Fernández Daniel, cédula: 1-1517-0664. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veintiséis días del mes de junio del dos mil
diesiciete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017150559 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 25,
título N° 56, emitido por el Liceo de San Diego, en el año dos mil seis, a
nombre de Mesén Mejía Natalia del Carmen. Se solicita la reposición del título
indicado por cambio de apellido, cuyos nombres y apellidos correctos son:
Segura Mejías Natalia, cédula N° 1-2229-0250. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los seis días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2017150676 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 86, título N° 1209, emitido por el Saint
Paul College, en el año dos mil doce, a nombre de Araya Santiago Paulo, cédula
N° 1-1604-0748. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del
mes de noviembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017150889 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 170, título N° 2551, emitido por el Liceo
León CortÉs Castro, en el año dos mil cuatro, a nombre de Barrientos Ortíz
Óscar Mario, cédula 6-0364-0944. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, al
primer día del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017140954 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de la Educación Diversificada en Ciencias
y Letras, “Rama Académica”, inscrito en el tomo 1, folio 60, título Nº 766,
emitido por el Colegio Técnico Profesional Ingeniero Mario Quirós Sasso, en el
año mil novecientos ochenta y cuatro, a nombre de Monge Arias Jeffrey, cédula
Nº 1-0655-0295. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de
junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017151312 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 01,
Título N° 4, emitido por el CINDEA Upala en el año dos mil, a nombre de Bustos
Matamoros Amparo, cédula de residencia N° 155806842509. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de julio del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017151614 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 14,
título N° 481, emitido por el Liceo de Sabanillas, en el año dos mil quince, a
nombre de González Vargas Brandon Miguel, cédula: 6-0418-0748. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial “La
Gaceta”. Dado en San José, a los tres días del mes de julio del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017151674 ).
DEPARTAMENTO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha
procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social
de la organización social denominada Asociación Nacional de Profesionales de
Enfermería, siglas: ANPE, acordada en asamblea celebrada el día 24 de abril de
2017. Expediente S-E004. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344
del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en
el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros
de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 258,
asiento: 4955 del 05 de julio de 2017. La reforma afecta el artículo 86 del
Estatuto.—San José, 05 de julio del 2017.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Jefa a.
í.—( IN2017150468 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos
Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Asociación
de Profesores de Segunda Enseñanza, siglas: APSE, acordada en asamblea
celebrada el día 25 de febrero de 2017. Expediente 958-SI. En cumplimiento con
lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción
para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido
inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante
tomo: 16, folio: 256, asiento: 4952 del 03 de julio de 2017. La reforma afecta
los artículos 25, 38 y 44 del Estatuto.—05 de julio de 2017—Licda. Nuria Calvo
Pacheco, Jefa, a. í.—Exonerado.—( IN2017151123 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De
conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos
Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Asociación
Nacional de Empleados Públicos y Privados, siglas: ANEP, acordada en asamblea
celebrada el día 31 de mayo de 2017. Expediente S-E022. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la
inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La
reforma ha sido inscrita en los libros de Registro que al efecto lleva este
Registro mediante Tomo: 16, Folio: 258, Asiento: 4954 del 05 de julio de 2017.
La reforma afecta el artículo 19, 52, 59 y 60 del Estatuto.—05 de julio del
2017.—Registro de Organizaciones Sociales.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Jefa a.
í.—( IN2017151639 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a
la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa
Autogestionaria de Servicios de Acuicultura, Pesca y Turismo R.L., siglas:
COOPEACUICULTORES R.L., constituida en asamblea celebrada el 28 de junio del
2016. Número de expediente código 1632-CO.
En cumplimiento con lo dispuesto
en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se envía un
extracto para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidente: Juan
Gabriel Ruiz Mora
Vicepresidente: Douglas
Alonso Salas Barrios
Secretario: Johanna
Mendoza Gutiérrez
Vocal 1: Kimberly
Dayana Moreno Medina
Vocal 2: Leidy
Segura Mora
Suplente 1: Xinia
Mora Salas
Suplente 2: Elsa
Rodas Urbina
Gerente: Allan
Barrios Mora
San José, 05 de julio del 2017.—Registro de Organizaciones Sociales.—Licda. Nuria Calvo
Pacheco, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017151627 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Para ver marcas con sus respectivas imágenes, favor
ir a La Gaceta con firma digital en
PDF
Fabio Arturo Guerrero Díaz,
casado una vez, cédula de identidad 900740903, en calidad de apoderado especial
de Ignea Sociedad Anónima de capital variable con domicilio en Kilómetro 25 1/2
carretera a Sonsonate, Lourdes, Colón, La Libertad, El Salvador, solicita la
inscripción de: ARRODEX-SOLARIS como marca de fábrica en clase(s): 5.
Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Solución oral
rehidratante (uso medicinal). Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de agosto del 2016, según la Solicitud N° 2016-0006809. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 2 de febrero del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017110017 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad
Nº 109330536, en calidad de apoderada especial de Fábrica de Bebidas Gaseosas
Salvavidas Sociedad Anónima, con domicilio en Tercera Avenida Norte Final,
Finca El Zapote, Zona Dos, Cuidad de Guatemala, Guatemala, solicita la
inscripción de: JUNTOS HACEMOS FAMILIA como señal de propaganda, en
clase(s): internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 50:
para promocionar agua, agua no tratada, agua pura, agua ligeramente
carbonatada, agua pura filtrada, bebidas gaseosas y carbonatadas, café, bebidas
de café, té, bebidas de té, hielo, suero rehidratante; relacionada con el
registro de la marca SALVAVIDAS en clase 30 internacional, registro Nº 192691;
registro de la marca AGUA SALVAVIDAS (diseño) en clase 32 internacional,
registro Nº 223454; registro de la marca AGUA SALVAVIDAS (diseño) en clase 32
internacional, registro Nº 223379; registro de la marca SALVAVIDAS (diseño) en
clase 32 internacional, registro Nº 192619; registro de la marca SALVAVIDAS
(diseño) en clase 32 internacional, registro Nº 192852; registro de la marca
SALVAVIDAS en clase 32 internacional, registro Nº 46979; el registro de la
marca SALVAVIDAS en clase 5 internacional, registro Nº 192534; y registro de la
marca AGUA PURA SALVAVIDAS (DISEÑO) en clase 32 internacional bajo el número de
expediente 2016-010031 registro 261153. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 02 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003956. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 15 de mayo del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017146245 ).
PUBLICACIÓN
PRIMERA VEZ
Karla Ávila Molina, casada dos veces, cédula de
identidad 205800041, con domicilio en 50 metros sur de la Mc Donald’s
Tropicana, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: ELEC
como marca
de comercio y servicios en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Sistemas de cámaras de seguridad y vigilancia. Reservas: del
color negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de
2017. Solicitud N° 2017-0005535. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio de 2017.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017149232 ).
Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula de identidad
102870927, en calidad de apoderado especial de Kite Pharma Inc., con domicilio
en 2225 Colorado Ave. Santa Mónica, California, 90404, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: KITE KONNECT como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: Servicios de gestión empresarial, a saber, gestión
de logística, logística inversa, servicios de cadena de suministro, visibilidad
y sincronización de la cadena de suministro, previsión de la oferta y la
demanda y procesos de distribución de productos para terceros; Suministrar
medicamentos recetados a los participantes del plan de salud para las
organizaciones financiadoras; Servicios de consultoría de negocios relacionados
con la distribución de productos, servicios de gestión de operaciones,
logística, logística inversa, cadena de suministro y sistemas de producción y
soluciones de distribución; Servicios de atención al cliente, a saber,
respuesta a consultas de clientes para terceros en el ámbito de los preparados
farmacéuticos; Administración de negocios de programas de reembolso de
pacientes; Gestión empresarial de programas de reembolso para terceros.
Prioridad: Se otorga prioridad N° 87210554 de fecha 20/10/2016 de Estados
Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de enero
del 2006, según Solicitud N° 2017-0003519. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de abril del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017149233 ).
Arnoldo López Echandi, casado
una vez, cédula de identidad 102870927, en calidad de apoderado especial de
Kite Pharma Inc., con domicilio en 2225 Colorado Ave., Santa Mónica,
California, 90404, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KITE KONNECT como marca de servicios en clase: 42 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 42 Servicios de investigación y desarrollo
farmacéutico, investigación médica, a saber: realización de ensayos clínicos
para terceros, así como proporcionar un sitio Web con información sobre
dispositivos médicos de investigación, diagnósticos y medicamentos. Prioridad:
Se otorga prioridad N° 87210554 de fecha 20/10/2016 de Estados Unidos de
América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017,
según Solicitud N° 2017-0003522. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de abril del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017149234 ).
Arnoldo López Echandi, casado
una vez, cédula de identidad 102870927, en calidad de apoderado especial de
Kite Pharma Inc., con domicilio en 2225 Colorado Ave. Santa Mónica, California,
90404, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KITE KONNECT como marca de servicios en clase: 44 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 44 Servicios de prestación de información médica, prestación de un sitio web con información
médica, prestación de servicios de información médica, consultoría y
asesoramiento, prestación de servicios de información relativa a las
propiedades diagnósticas, profilácticas y terapeutas de los productos
farmacéuticos. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87210554 de fecha 20/10/2016
de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de
abril del 2017, Solicitud N° 2017-0003523. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de abril del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017149235 ).
Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula
de identidad Nº 102870927, en calidad de apoderado especial de Kite Pharma
Inc., con domicilio en 2225 Colorado Ave., Santa Mónica, California, 90404,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KITE KONNECT como
marca de servicios, en clase: 45 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Prestación de servicios de defensa de los pacientes en el ámbito del
tratamiento de enfermedades y trastornos, prestación de servicios de apoyo
personal a pacientes y familiares de pacientes con cáncer, a saber,
asesoramiento emocional y apoyo emocional. Prioridad: Se otorga prioridad Nº
87210554 de fecha 20/10/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003524. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de abril del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017149236 ).
Arnoldo López Echandi, casado
una vez, cédula de identidad 102870927, en calidad de apoderado especial de
Kite Pharma, Inc. con domicilio en 2225 Colorado Ave. Santa Mónica, California,
90404, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: KITE KONNECT
como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 36: Servicios de
administración financiera de programas de reembolso de pacientes,
administración financiera de programas y servicios de reembolso de
medicamentos. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87210554 de fecha 20/10/2016 de
Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003520. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de abril de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017149237 ).
Arnoldo López Echandi, casado una vez, cédula
de identidad 102870927, en calidad de Apoderado Especial de Kite Pharma, Inc.,
con domicilio en 2225 Colorado Ave., Santa Mónica, California, 90404, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: KITE KONNECT
como marca de servicios, en
clase 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 40 Servicios
de fabricación de productos farmacéuticos para terceros. Prioridad: Se otorga
prioridad N° 87210554 de fecha 20/10/2016 de Estados Unidos de América. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017. Solicitud Nº
2017-0003521. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de abril del 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017149238 ).
Miguel Herrera González, divorciado, cédula de
identidad 105130854, en calidad de apoderado especial de Calzado de Guatemala,
Sociedad Anónima, con domicilio en Boulevard El Naranjo, Centro Empresarial
Fiori 29-98, bodega 30 de la Zona 4 de Mixco, Departamento de Guatemala, Ciudad
de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: Maribella,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: calzado;
zapatos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo de 2016.
Solicitud N° 2016-0003790. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de junio de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017149312 ).
Randall Chavarría Hidalgo, soltero, cédula de
identidad Nº 108810113, con domicilio en: Barba, de la antigua Casa de La
Cultura, 350 metros oeste, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
klass
como marca de comercio en clase
25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Camisetas, camisetas
tipo polo, camisas, pantalones, pantalonetas, vestidos, medias, gorras,
sombreros, ropa interior, pijamas, pantuflas, sandalias, chancletas, zapatos,
tennis, boinas, viseras, minifaldas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 31 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0005110. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017149321 ).
Erick Alexander González Navarro, casado una
vez, cédula de identidad 401990486, en calidad de Apoderado Generalísimo de
Tico Infusión S. A., cédula jurídica 3101623225 con domicilio en Belén San
Antonio, 700 metros al oeste y 100 norte de la plaza de deportes, Heredia,
Costa Rica, solicita la inscripción de: MALETSI
como marca
de comercio, en clases 30 y 32 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 30 Té, condimentos, salsas, especias, cacao, café, helado, miel y 32
Siropes, bebidas sin alcohol, preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005583.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017149329 ).
Mariana Vargas Roqhuett,
soltera, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderada especial de
Dyax Corp, con domicilio en 55 Network Drive Burlington, Massachusetts 01803,
Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: TACLIBRA, como marca de fábrica en clase: 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones
farmacéuticas para el tratamiento del angioedema hereditario. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo de 2017. Solicitud N°
2017-0004436. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017149390 ).
Mariana Vargas Roqhuett,
soltera, cédula de identidad 304260709, en calidad de apoderado especial de
Dyax Corp con domicilio en 55 Netvvork Drive Burlington, Massachusetts 01803,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ENAQLI como marca
de fábrica en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5
Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento del angioedema hereditario. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo del 2017,
solicitud Nº 2017-0004437. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de junio del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017149391 ).
María Daniela Badilla Arce, soltera, cédula de
identidad Nº 114090078, con domicilio en Sto. Domingo, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ?love? Stones
como marca de fábrica y comercio, en clase: 14 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Joyería y bisutería elaborada con hilo y
piedras preciosas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 16 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012341. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017149404 ).
Carmen María Achoy Arce,
soltera, cédula de identidad Nº 303070020, en calidad de apoderada generalísima
de Guanacaste, Brewing Company Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de
identidad Nº 3102736926, con domicilio en: Guanacaste, en el cantón de Liberia,
en el distrito de Liberia, frente al Aeropuerto Internacional Daniel Oduber,
edificio Solarium, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: SABANERO
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a cervecería artesanal (cerveza artesanal),
ubicado en Guanacaste, en el cantón de Liberia, en el distrito de Liberia,
frente el Aeropuerto Internacional Daniel Oduber, edificio Sola. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 06 de junio del 2017. Solicitud N°
2017-0005339. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017149405 ).
Luis Rodolfo Villalobos Montero, divorciado,
cédula de identidad 107160332, en calidad de apoderado generalísimo de
Federación Costarricense de Fútbol, cédula jurídica 3-002-056141 con domicilio
en del cruce de la Panasonic 600 metros al sur, en la Radial Belén-Santa Ana,
instalaciones de Proyecto Goal, San Rafael, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: LA SELE
como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 35 Publicidad, gestión de negocios comerciales,
administración comercial, trabajos de oficina. Reservas: De los colores: Rojo,
azul, dorado y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004640. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio
del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017149444 ).
Luis Rodolfo Villalobos Montero, divorciado,
cédula de identidad Nº 107160332, en calidad de apoderado generalísimo de
Federación Costarricense de Fútbol, cédula jurídica Nº 3-002-056141, con
domicilio en: del cruce de la Panasonic 600 metros al sur, en la radial
Belén-Santa Ana, instalaciones de Proyecto Goal, San Rafael, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de: LA SELE
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Publicidad, gestión
de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina.
Reservas: de los colores rojo: pantone p 49-8c, azul: pantone p 103-15-c,
dorado: pantone p 24-13 c y negro. Presentada el 18 de mayo del 2017. Solicitud
N° 2017-0004641. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017149445 ).
Edward Ferney Romero Forero, casado una vez,
cédula de residencia 117001098300, en calidad de apoderado generalísimo de D Y
M Damaro S. A., cédula jurídica 3101540221, con domicilio en San Francisco, del
Mas x Menos, 100 oeste, Residencial Monteflora, casa 11, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Q’SALVADA Dinero, como marca de servicios en
clase: 36 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: servicio financiero y operaciones monetarias. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio de
2017. Solicitud N° 2017-0005925. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de junio de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017149458 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Corporación
Habanos S. A., con domicilio en Carretera Vieja de Guanabacoa y línea del
Ferrocarril Final, Guanabacoa, La Habana, Cuba, solicita la inscripción de:
SAINT LUIS REY como marca de fábrica y comercio en clase: 34 Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 34: Tabaco en rama o manufacturado. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 24 de abril del 2017, según Solicitud N°
2017-0003668. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de mayo del 2017.—Cesar Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017149459 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Laboratorios
Deiters S. L., con domicilio en Riera Montelagre, 49-PJ. Pomar de Dalt 08916
Badalona, España, solicita la inscripción de: ARANE como marca de
fábrica y comercio en clases 5 y 30
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5 Productos
farmacéuticos a base de arándanos para el tratamiento y prevención de
infecciones urinarias; productos a base de extracto de arándano agrio
(cranberry) para molestias urinarias y en clase 30: Café, té, cacao y
sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de
cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados azúcar, miel,
jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas
(condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 03 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0003990. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017149463 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad Nº 103920470, en calidad de apoderado especial de
Kimberly-Clark Worldwide, Inc., con domicilio en: 401 North Lake, Neenah,
Wisconsin 54956, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio
en clases 3 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3: toallitas húmedas para bebés, champús, jabones, loción para bebé,
aceite para bebé, talco para bebé y en clase 5: pañales desechables y pañales
tipo pantalón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de abril
del 2017. Solicitud N° 2017-0003667. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de mayo
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017149469 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de
Kimberly-Clark Worldwide, Inc., con domicilio en 401 North Lake, Neenah,
Wisconsin 54956, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio
en clases 3 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3 toallitas húmedas para bebés, champús,
jabones, loción para bebé, aceite para bebé, talco para bebé y en clase 5
pañales desechables y pañales tipo pantalón. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003666. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 02 de mayo de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017149474 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Rigo Trading
S. A. con domicilio en 6, Route De Trèves, Ebbc Building E, 2633 Senningerberg,
Luxemburgo, solicita la inscripción de: ROTELLA como marca de fábrica y
comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril
del 2017, solicitud Nº 2017-0003480. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de mayo del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017149479 ).
Teresa Acón Fung, soltera,
cédula de identidad 601041061, en calidad de apoderada Generalísima de
Consorcio Interamericano Caribe de Exportación S. A., cédula jurídica
3101053546, con domicilio en San Juan de Tibás, de la Municipalidad, 300 metros
al este, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: HOTEL BRISTOL, como nombre comercial para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a hotelería, bar
y restaurante y transporte de turismo ubicado, en Costa Rica, San José, San
José, avenida central, entre calles 21 y 23. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 9 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0002219. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 19 de mayo de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017149480 ).
Teresa Acon Fung, soltera,
cédula de identidad Nº 601041061, en calidad de apoderada generalísima de
Consorcio Interamericano Caribe de
Exportación Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101053546, con domicilio en:
San Juan de Tibás, de la Municipalidad 300 metros al este, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: BRISTOL, como marca de servicios en
clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
spa (balneario o lugares de bienestar físico). Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 09 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002216. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 19 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017149481 ).
Teresa Acon Fung, soltera, cédula de identidad
601041061, en calidad de apoderada generalísima de Consorcio Interamericano
Caribe de Exportación Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-053546 con domicilio en Tibás, San Juan, de la
Municipalidad 300 metros al este, San José, Costa Rica , solicita la
inscripción de: HOTEL BRISTOL como marca de comercio en clase 43
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 43 Servicios de
restaurante, alimentación, hotelería y hospedaje temporal, servicios de motel,
servicios de hotel, de lugar de temporada, servicios de reservaciones de hoteles,
servicios de restaurante, servicios de cátering y servicios de banquetes. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de marzo del 2017,
solicitud Nº 2017-0002217. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de mayo del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017149482 ).
Teresa Acon Fung, soltera,
cédula de identidad 601041061, en calidad de apoderada generalísima de
Consorcio Interamericano Caribe de Exportación Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101053546, con domicilio en Tibás, San Juan, de la municipalidad 300
metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BRISTOL
como marca de servicios en clase: 39. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: 39: Servicios de acompañamiento transporte de viajeros, servicios
de operación de garajes, servicios de alquiler de carros. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 9 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002218. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 19 de mayo de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017149483 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Rigo Trading
S. A. con domicilio en 6, Route De Trèves, EBBC Building E, 2633 Senningerberg,
Luxemburgo, solicita la inscripción de: WORMS como marca de fábrica y
comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril
del 2017, solicitud Nº 2017-0003471. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de mayo
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017149484 ).
Merlín Salas Chavarría, casada una vez, cédula
de identidad 603110448, en calidad de apoderada generalísima de Led Verde Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101713077, con domicilio en 150 metros
suroeste del templo católico de Chilamante San Pedro de Poás, Alajuela, Costa
Rica, solicita la inscripción de: LED Verde Iluminación Solar Costa Rica
como marca
de fábrica y comercio en clase: 11. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: 11: Lámparas LED solares y eléctricas para interiores y
exteriores. Reservas: De los colores: Negro, verde y gris. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005466. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017149496 ).
Rebeka Estrada Laurent, divorciada una vez,
cédula de identidad 603360583, con domicilio en Terciopelo, Sámara, 400 mts.
sur de la plaza, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Dassah,
como marca
de fábrica y comercio en clases: 3 y 14 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: clase 3: jabones, exfoliantes, cremas bálsamos,
aceites, productos de perfumería, cosméticos y clase 14: bisutería. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre de 2016. Solicitud N°
2016-0012204. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de enero de 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017149832 ).
Bryan López Araya, casado una vez, cédula de
identidad 112710052con domicilio en 300 metros sureste del salón comunal,
barrio El Hoyón, casa a mano izquierda verde musgo, Costa Rica, solicita la
inscripción de: +QR MAS QUE RUNNING como marca de comercio y servicios en
clases 25 y 41. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 25: Prendas de vestir
exclusivamente para atletismo; y clase 41: Organización de eventos deportivos,
fotografía deportiva, exclusivamente para atletismo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 31 de marzo del 2017, solicitud Nº 2016-0010151.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017149853 ).
Pamela Mora Soto, casada una vez, cédula de
identidad 112460002, en calidad de apoderada especial de Lok Arenas IP S. A., cédula
jurídica 3101719875, con domicilio en Santo Domingo, del cementerio 200 este y
200 norte, edificio con portones rojos, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ARENAS BEACH BAR como marca de comercio y servicios en clases:
30 y 32 Internacionales.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: clase 30: Preparaciones hechas de harina y cereales, pan, pastelería
y bebidas a base de café y chocolate, y clase 32: Batidos de frutas, jugos
naturales y aguas minerales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004871. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de junio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017149863 ).
Pamela Mora Soto, casada una vez, cédula de
identidad 112460002, en calidad de apoderada generalísima de Lok Arenas IP S.
A., cédula jurídica 3101719875, con domicilio en Santo Domingo, del cementerio,
200 este y 200 norte, edificio con portones rojos, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: A ARENAS ADVENTURES
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a excursiones o tours de aventura. Ubicado en Guanacaste,
Santa Cruz, Tamarindo, 100 metros al sur del Boulevard. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005881. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 29 de junio de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017149864 ).
Pamela Mora Soto, casada una vez, cédula de
identidad Nº 112460002, en calidad de apoderada generalísima de Lok Arenas IP
S. A., cédula jurídica Nº 3101719875, con domicilio en: Santo Domingo, del
cementerio 200 este y 200 norte, edificio con portones rojos, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: RESTAURANTE Chasca PARRILLADA
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
restaurantes tipo parrillada, ubicado en Heredia, Santo Domingo, Santo Tomás,
exactamente de la Ermita del barrio San Martín 100 metros al sur, costado
derecho, edificio de dos plantas, de color gris. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005882. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017149865 ).
María Gabriela Sánchez Alfaro, soltera, cédula
de identidad Nº 114310775, en calidad de apoderada especial de Minor Alfaro
Alpízar, casado una vez, cédula de identidad Nº 601290146, con domicilio en
Coronado, El Rodeo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Vandola
como marca de fábrica, en clase: 21 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Utensilios manuales culinarios y domésticos. Reservas:
de los colores: rojo, verde, blanco, azul, celeste, anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005647. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de junio del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017149923 ).
Andrés Herrera Calderón, casado una vez, cédula
de identidad 107480389, con domicilio en apartamento 310, edificio 203, avenida
Escazú, San Rafael de Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
CR INOS como marca de servicios en clase: 35. Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 35: Servicios de mercadeo y publicidad para la venta de animales.
Reservas: No se hace reserva de las letras “CR”. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 21 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005896. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 30 de junio de 2017.—Wendy López Vindas, Registrador.—(
IN2017149925 ).
Francisco Herrera Morales, soltero, cédula de
identidad Nº 108080313, con domicilio en: detrás del centro comercial San José
Dos Mil, condominio Urano, apartamento 31, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: FH FRANCISCO HERRERA Joyería de autor como marca de fábrica en
clase 14 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: artículos de joyería, metales preciosos y sus aleaciones, los productos
fabricados con estas materias o chapados no comprendidos en otras clases,
anillos broches, amuletos, dijes, cadenas, collares, figuras, estatuillas,
aretes, pulseras, bisutería, piedras preciosas. Reservas: no se hace reserva de
las denominaciones JOYERÍA DE AUTOR. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005909. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 30 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—(IN2017149940 ).
Roberto Cordero Brenes, soltero, cédula de
identidad 111660540, en calidad de apoderado especial de Soda Contenedor Norte
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101708499 con domicilio en Escazú, San
Rafael, carretera a Guachipelín, de Flash Car 75 metros sur, diagonal al Centro
Comercial Multiplaza, dentro del Centro Comercial Combai Mercado Urbano,
contenedor número C1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GASTROZODA
COMBAI como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de alimentación y bebidas no alcohólicas. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017,
solicitud Nº 2017-0005642. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017149981 ).
Federico Altamura Arce, cédula
de identidad 112460722, en calidad de apoderado especial de Eurorganic Sociedad
Anónima, Cédula jurídica 3101524961 con domicilio en San José, Curridabat,
carretera vieja a Tres Ríos, Frente a la parada de buses del costado Norte de
Walmart, Costa Rica, solicita la inscripción de: JOBOTINA como marca
de comercio en clase: 5 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
5 Producto de origen biológico para el control de las larvas de los abejones.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017, según
Solicitud N° 2017-0005644. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017149983 ).
María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de identidad Nº
111480307, en calidad de apoderada especial de Purple Blossom Corp. Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102712550, con domicilio en:
Escazú, San Rafael Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Pórtico, tercer
piso, oficina Nº 3, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LUCAS
como marca de servicios en clases 36 y 44 internacionales.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 36: consultoría sobre seguros, corretaje de seguros,
información en materia de seguros, suscripción de seguros, suscripción de
seguros de vida y suscripción de seguros médicos, servicios de seguros médicos
y en clase 44: servicios médicos en general, servicios de análisis médicos,
servicios de asesoramiento y examen médico, planificación de tratamientos
médicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de marzo del 2017.
Solicitud N° 2017-0002264. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de marzo del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017149987 ).
Ari Cyrman Chacón, casado una vez, cédula de
identidad 112580264, en calidad de apoderada generalísima de Proyecto Valhalla
S. A., cédula jurídica 3101627276, con domicilio en San José, Tibás, La Florida
del ICE 100 metros al este y 50 metros al norte, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BINARIO
como marca de fábrica y comercio
en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 30: Café,
té, cacao, sucedáneos de café, harinas, preparaciones a base de cereales, pan,
productos de pastelería y confitería, helados, miel, salsas, especias. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio de 2017. Solicitud Nº
2017-0005842. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio de 2017.—Wendy López Vindas,
Registrador.—( IN2017149990 ).
Ari Cyrman Chacón, casado una vez, cédula de
identidad 112580264, en calidad de apoderado generalísimo de Proyecto Valhalla
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101627276con domicilio en Tibás, La Florida
del Ice 100 metros al este y 50 mts al norte, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BINARIO café & pan
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a Cafetería, Restaurante y Panadería, ubicado en La Florida de Tibás del ICE
110 metros al este a mano izquierda. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005843. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017149991 ).
Ernesto Gutiérrez Blanco, casado una vez,
cédula de identidad número 108480886, en calidad de apoderado especial de
Calidad Pascual S.A.U., con domicilio en carretera de Palencia, S/N 09400
Aranda de Duero; Burgos, España, solicita la inscripción de: PMI
como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Leche y productos lácteos; yogures, jaleas;
manteca, mantequilla; margarina; y grasas comestibles. Reservas: De los
colores: blanco y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
julio del 2016, solicitud Nº 2016-0006661. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio
del 2017.—Sabrina Loáciga Pérez, Registradora.—( IN2017150055 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de
residencia Nº 172400024706, en calidad de apoderada especial de Genomma Lab
Internacional S.A.B. de C.V., con domicilio en Durango, Nº 332, Oficina 102,
Colonia Roma, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06700, Distrito Federal, México,
solicita la inscripción de: FERMODYL como marca de fábrica y comercio,
en clase: 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: cosméticos,
perfumes y preparaciones para el tocador. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 02 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0005257. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de junio del 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150056 ).
Jorge Arturo Cañas Díaz,
casado, cédula de identidad número 105810224, en calidad de apoderado
generalísimo sin límite de suma de Distribuidora Pascala Limitada, cédula
jurídica número 3102577066, con domicilio en Rohrmoser, Centro Corporativo La
Nunciatura segundo nivel, oficina de Rucavado y Rucavado Abogados, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Helados MÖNPIK
como marca de fábrica y comercio
en clases: 29; 30 y 32. Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 29: Bebidas a base de productos lácteos y yogurt. Clase 30:
Helados. Clase 32: Bebidas a base de frutas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012274. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 7 de junio de 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(
IN2017150058 ).
Pablo Andrés Sancho Calvo, soltero, cédula de
identidad 109770977, en calidad de apoderado especial de Efraín Guzmán
Granados, casado una vez, cédula de identidad 108770952 con domicilio en Mora
Ciudad Colón, de la torre del ICE celular; 200, metros al oeste y 50 metros al
norte, casa de dos pisos a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: EFG
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Prestación de
servicios contables. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de
junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006016. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 04
de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017150075 ).
Aníbal Mauricio Araya Madrigal, casado una vez,
cédula de identidad 109060046, en calidad de apoderado general de Bihonat Costa
Rica S. A., cédula jurídica 3101719391, con domicilio en Zapote, de Radio
Puntarenas; 150 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
CHIL & CHIL
como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
farmacéuticos y veterinarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de
mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0005143. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14
de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150088 ).
Aníbal Mauricio Araya Madrigal, casado una vez,
cédula de identidad Nº 109060046, en calidad de apoderado generalísimo de Bihonat
Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3101719391, con domicilio en: Zapote, de
Radio Puntarenas 150 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: QUERCIFIN
como marca
de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios. Reservas: de los colores:
verde y lila. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0005172. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de junio del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150089 ).
Beiy Hiu Li Villalobos, casada dos veces,
cédula de identidad 110230594, con domicilio en Residencial Azul del Prado casa
11 D, El Carmen, Guadalupe, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
B. Hiu Hecho a mano
como marca
de fábrica y comercio en clase: 14. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: 14 Metales preciosos y sus aleaciones, artículos de joyería,
bisutería, piedras preciosas todo hecho a mano. Reservas: De los colores:
morados y lilas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de marzo de
2017. Solicitud Nº 2017-0002788. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de junio de
2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017150110 ).
Irma Arguedas Calvo, soltera, cédula de
identidad Nº 113790869, en calidad de apoderada especial de Líneas Aéreas Trans
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-037311, domicilio en
Pavas, Aeropuerto Internacional Tobías Bolaños, Hangar Nº 92, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: TransCosta Rica Líneas Aéreas
como nombre comercial, en clase: 49 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicios
aéreos. Ubicado en Hangar Nº 92, Aeropuerto Tobías Bolaños, distrito noveno,
Pavas, del cantón primero San José, de la provincia de San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004114. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio del
2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017150163 ).
Irina Arguedas Calvo, soltera,
cédula de identidad 113790869, en calidad de apoderada especial de E-Credit
Soluciones Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101597307, con domicilio en
Escazú, San Rafael, Avenida Escazú, edificio AE2, quinto piso, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: ELECTROMOTO, como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de
motocicletas y servicios financieros y operaciones monetarias. Ubicado en San
José, Merced, calle 4, entre avenidas Central y Primera, frente a la entrada
principal del Banco Central, Edificio Plaza La Artillería, noveno piso. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio de 2017. Solicitud N°
2017-0005416. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150164 ).
Juan Pablo Arias Cartín, cédula de identidad
108410275, en calidad de apoderado generalísimo de Gestión Profesional de la
Energía y el Transporte Ltda., cédula jurídica 3102683010, con domicilio en
Paraíso centro, Barrio Los Solares, de la municipalidad 400 m al este y 350 m
sur, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: GESPROET
como marca
de servicios en clase: 41; 42 y 45. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: 41: Servicios de capacitación, auditorías, 42: Servicios de
ingeniería en diseño y 45: Servicios de e inspección en sistemas
electromecánicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo de
2017. Solicitud Nº 2017-0005148. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017150170 ).
Kathy Lalazarian, casada una vez, pasaporte Nº
488192086, en calidad de apoderada generalísima de Teoyoticatlan S.R.L., con
domicilio en cantón Central, distrito Carmen, calle 3 bis, entre avenidas 9 y
11, Nº 974, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TEOYOTICATLAN
como marca de servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: servicios de producción, organización y dirección de actividades
educativas y culturales, tales como talleres, seminarios, conferencias,
congresos, clases maestras, exposiciones, cursos regulares, clases de yoga,
meditación y crecimiento espiritual y personal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005430. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de junio del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150177 ).
Kathy Lalazarian, casada una
vez, pasaporte 488192086, en calidad de apoderado generalísimo de Teoyoticatlan
S.R.L., con domicilio en: calle 3 Biz, entre avenidas 9 y 11 Nº 974, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: TEOYOTICATLAN, como marca de
servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
servicios de hospedaje temporal y Alimentación. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005421. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 13 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017150178 ).
Kathy Lalazarian, casada una
vez, pasaporte 488192086, en calidad de apoderada generalísima de Teoyoticatlan
S.R.L., con domicilio en Cantón Central, Distrito Carmen, exactamente en calle
3 bis, entre avenidas 9 y 11, número 974, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: TEOYOTICATLAN, como marca de servicios en clase: 39
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de transporte
de turistas y de organización de viajes. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-00054215. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 13 de junio de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017150180 ).
José Roberto Arce Miranda,
casado una vez, cédula de identidad 108910534, en calidad de apoderado
generalísimo de Aqua Healthy Ltda., cédula jurídica 3102357987, con domicilio
en Moravia, San Jerónimo 800 metros oeste de la Delegación Cantonal, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: OXO como marca de fábrica y
comercio en clase: 4. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
4: Aceites y grasas para uso industrial, lubricantes, composiciones para
absorber rociar y asentar el polvo, combustibles (incluido la gasolina para
motores) materiales de alumbrado, velas y mechas de iluminación. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2017. Solicitud Nº
2017-0005526. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017150184 ).
José Roberto Arce Miranda,
casado una vez, cédula de identidad Nº 108910534, en calidad de apoderado
generalísimo de Aqua Healthy Ltda., cédula jurídica Nº 3102357987, con
domicilio en: Moravia, San Jerónimo, 800 oeste de la Guardia Rural, Costa Rica,
solicita la inscripción de: OXO, como marca de fábrica y comercio en
clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cervezas,
aguas minerales, agua purificada, agua de manantial, y otras bebidas sin
alcohol, bebidas a base de frutas y zumos de frutas, siropes y otras
preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004688. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—(
IN2017150185 ).
José Roberto Arce Miranda, casado una vez,
cédula de identidad Nº 108910534, en calidad de apoderado generalísimo de Aqua
Healthy Ltda., cédula jurídica Nº 3102357987, con domicilio en Moravia, San
Jerónimo, 800 oeste de la Delegación Cantonal, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: oxo como marca de fábrica y comercio, en clase: 30
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: café, té, cacao y
sucedáneos del café, arroz, tapioca, harinas y preparados a base de cereal,
productos de pastelería y confitería, helados, miel, azúcar, jarabe de melaza,
levaduras, sal, polvo de hornear, mostaza, vinagre, salsas, especias y hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005525. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de junio del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017150187 ).
Rosario Salazar Delgado, divorciada, cédula de
identidad 104580839, en calidad de apoderada especial de Corporación BBG
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101216187, con domicilio en Escazú,
trescientos metros al norte de La Farmacia Fischel de Escazú, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: BBG, como marca de fábrica en clase: 2
internacional.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: pinturas, barnices y lacas para la
industria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0004956. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150192 ).
Cristina Eugenia Masís Cuevillas, casada una
vez, cédula de identidad 107110945, en calidad de apoderada generalísima de
Grupo Financiero Mercado de Valores de Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101096759, con domicilio en Guachipelín de Escazú, Oficentro Grupo Roble,
edificio Los Balcones, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: EL COLOR DEL MERCADO ESPACIO INFORMATIVO
como marca de
servicios en clase: 35 y 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 35: Los servicios de información por escrito, por medios
electrónicos, por medios audiovisuales, en relación con temas de economía en
general, y 36: Los servicios de información por escrito, por medios
electrónicos, por medios audiovisuales, en relación con temas financieros, de
negocios inmobiliarios, bursátiles, monetarios, de seguros y de inversiones en
general. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio de 2017.
Solicitud Nº 2017-0005382. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de junio de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150203 ).
Cristina Eugenia Masís Cuevillas, casada una
vez, cédula de identidad Nº 107110945, en calidad de apoderada generalísima de
Inmobiliaria Mercado de Valores de Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3101267046, con domicilio en: Guachipelín de Escazú, oficentro
Grupo Roble, edificio Los Balcones, segundo piso, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA INMOBILIARIA
como marca
de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: los servicios relacionados con corredores de bienes raíces,
administradores de propiedades, servicios de alquiler y tasación de bienes
inmuebles y su eventual financiamiento. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 07 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005383. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150204 ).
Cristina Eugenia Masis Cuevillas, casada una
vez, cédula de identidad 107110945, en calidad de apoderada generalísima de
Grupo Financiero Mercado de Valores de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101096759, con domicilio en Guachipelín de Escazú, Oficentro Grupo
Roble, Edificio Los Balcones, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA GRUPO FINANCIERO,
como marca de servicios en
clase: 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: los servicios
prestados en el ámbito financiero, bursátil de inversiones y monetarias. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio de 2017. Solicitud
N° 2017-0005384. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de junio de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017150205 ).
Cristina Eugenia Masís Cuevillas, casada una
vez, cédula de identidad Nº 107110945, en calidad de apoderada generalísima de
Grupo Financiero Mercado de Valores de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3101096759, con domicilio en Guachipelín de Escazú, Oficentro Grupo
Roble, Edificio Los Balcones, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA REVISTA ENFOQUE BURSÁTIL
como marca de servicios, en clases: 35 y 36 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente, en clase 35: los servicios de información
por escrito, por medios electrónicos, por medios audiovisuales, en relación con
temas de economía en general. Clase 36: los servicios de información por
escrito, por medios electrónicos, por medios audiovisuales, en relación con
temas financieros, de negocios inmobiliarios, bursátiles, monetarios, de
seguros y de inversión en general. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 07 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0005385. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017150206 ).
Cristina Eugenia Masis Cuevillas, casada una
vez, cédula de identidad 107110945, en calidad de apoderada generalísima de
Mercado de Valores de Costa Rica, Puesto de Bolsa S. A., cédula jurídica
3-101-14789, con domicilio en Guachipelín de Escazú, Oficentro Grupo Roble,
edificio Los Balcones, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: MV MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA PUESTO DE BOLSA
como marca de servicios en clase
36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios
financieros, bursátiles y monetarios; así como también los servicios de
correduría de valores, y los servicios relacionados con negocios de operaciones
monetarias con garantía de agentes fiduciarios. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 07 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005386. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de junio de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150207 ).
Cristina Eugenia Masís Cuevillas, casada una
vez, cédula de identidad Nº 107110945, en calidad de apoderada generalísima de
Multifondos de Costa Rica, Sociedad de Fondos de Inversión, cédula jurídica Nº
3101190130, con domicilio en: Guachipelín de Escazú, Oficentro Grupo Roble,
edificio Los Balcones, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: MERCADO DE VALORES DE COSTA RICA MULTIFONDOS
como marca de servicios en clase
36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: dentro del marco de
operaciones financieras y monetarias: Los servicios relacionados con sociedades
de inversiones (financieras e inmobiliarias) y sociedades de cartera; las
operaciones financieras y los servicios de administradores de propiedades, a
saber, servicios de alquiler, tasación de bienes inmuebles y sus
financiaciones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0005387. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de junio
del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150208 ).
Amy Rodríguez Jiménez, soltera, cédula de
identidad 503610470, en calidad de apoderada especial de María Fernanda Blanco
Mora (menor de edad), tutora Marcela María Mora Esquivel, cédula 107490563,
cédula de identidad 117950807, con domicilio en Escazú, del AM PM de
Guachipelín de Escazú, 400 metros al norte y 50 metros este, Condominio
Badulla, casa número 2, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Kipenzi,
como marca
de fábrica y comercio en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: alimentos para animales-mascotas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004315. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 31 de mayo de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150230 ).
Max Alonso Víquez García, casado una vez, en
calidad de apoderado especial de Carlos Felipe Hidalgo Víquez, casado una vez,
cédula de identidad 111040249 con domicilio en San Rafael, Residencial del
Monte, Camino De Los Cipreses, casa treinta y cuatro A, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Sonoff ITEAD
como marca de fábrica en clase:
9 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 9 Aparatos e
instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos,
ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de
salvamento y de enseñanza; instrumentos de conducción, distribución,
transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos
de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de
registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes
de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas
restradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores;
especialmente aparatos electrónicos para monitorio de consumo eléctrico,
monitorio de humedad y temperatura, interruptores eléctricos, interruptores
wifi, interruptores remotos, interruptores programables, interruptores de
temporizador (timer), interruptores inteligentes, controles remotos, controles
programables, tomacorrientes eléctricos, tomacorrientes inteligentes,
tomacorrientes con temporizador (timer), tomacorrientes wifi. Reservas: De los
colores: naranja y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0005040. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de junio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017150231 ).
Álvaro Enrique Ugarte Ulate, casado una vez,
cédula de identidad Nº 502450492, en calidad de apoderado generalísimo de
Copiaco de San Pedro S. A., cédula jurídica Nº 3101180060, con domicilio en:
Montes de Oca, San Pedro de la Universidad de Costa Rica, entrada principal 75
metros al sur, Costa Rica, solicita la inscripción de: Copieco Copieco de San
Pedro S. A.
como marca de comercio en clase
16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos de
imprenta, fotografías, artículos de papelería, fotocopiado, material de
encuadernación, caracteres de imprenta, clichés de imprenta. Reservas: de los
colores: rojo, amarillo, azul, verde, lila, anaranjado. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005595.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017150244 ).
Roberto Enrique Romero Mora, soltero, cédula de
identidad 107840570, en calidad de apoderado especial de Productos Alimenticios
Tío Fran Sociedad Anónima, con domicilio en Guadalupe, de Autos El Dueño, 150
metros al norte y 25 metros al este, Costa Rica, solicita la inscripción de: CASA
del Condimento,
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a la venta de especias, condimentos y salsas, productos
alimenticios de origen vegetal para consumo o conservación, así como toda clase
de aditivos para realzar el sabor de los alimentos, ubicado en San José,
Mercado Central, locales 24 y 25. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004720. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 30 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150246 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur
Química Internacional S. A., con domicilio en calle Aquilino de la Guardia, Nº
8, Panamá, solicita la inscripción de: Sur Dolomag SUR
como marca de fábrica y comercio, en clase 1 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos para la industria, la
ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la
silvicultura; abonos, enmiendas y fertilizantes para el suelo; y toda clase de
enmiendas derivados del carbonato de calcio, silicio, fósforo, azufre y
magnesio. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004573. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 29 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150301 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR FLOW SUR
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos, enmiendas y
fertilizantes para el suelo; y toda clase de productos derivados del carbonato
de calcio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo del
2017, según Solicitud N° 2017-0004571. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de mayo del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150302 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR
PIULATT
como marca
de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Suplemento nutricional para la alimentación animal. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo de 2017. Solicitud Nº
2017-0004572. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de mayo de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150303 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A. con domicilio en calle Aquilino de La Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: Sur Arti Sur
como marca de fábrica y comercio
en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Material
para artistas; acuarelas y pinturas para material escolar; pinceles; gomas de
papelería para uso escolar y doméstico. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004570. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 29 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150304 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur
Química Internacional S. A., con domicilio en: calle Aquilino de La Guardia, Nº
8, Panamá, solicita la inscripción de: BIOSUR SUR
como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a la venta, distribución, importación y comercialización de
pinturas en general, aí como, lacas, resinas, iecubrimientos, barnices,
esmaltes, materiales de construcción, productos de limpieza, productos químicos
para la industria, enmiendas y aditivos para el suelo, fertilizantes y
suplementos alimenticios para animales. Ubicado en calle Aquilino de La
Guardia, Nº 8, Panamá. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de
mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004569. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de mayo
del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150305 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de la Guardia N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR inkker,
como marca de fábrica y comercio
en clase 2 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pinturas,
barnices, lacas; productos contra la herrumbre y el deterioro de la madera;
materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto; metales en hojas y
en polvo para la pintura, la decoración, la imprenta y trabajos artísticos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo de 2017. Solicitud
N° 2017-0004574. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de mayo de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017150306 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur
Química Internacional S. A., con domicilio en calle Aquilino de la Guardia, Nº
8, Panamá, solicita la inscripción de: SUR Polisur
como marca de fábrica y comercio, en clase: 1 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos, enmiendas y
fertilizantes para el suelo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005098. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 08 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017150307 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: Costalite SUR
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos y enmiendas para el suelo; productos a base
de silicio para absorber la humedad del suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017, según
Solicitud N° 2017-0005097. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de junio del
2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017150308 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de la Guardia N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: DUROSIL A SUR,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo de 2017. Solicitud
N° 2017-0004468. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017150309 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR KERMILL DESMOFAST 615
como marca de fábrica y comercio
en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la DESMOFAST 615 horticultura y silvicultura; resinas artificiales
en bruto, materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones
extintoras; preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos
para conservar alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la
industria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del
2017, solicitud Nº 2017-0004471. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de mayo del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017150310 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur
Química Internacional S. A., con domicilio en: calle Aquilino de La Guardia, Nº
8, Panamá, solicita la inscripción de: SUR KERMILL
como marca de fábrica y comercio
en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017.
Solicitud N° 2017-0004473. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de mayo del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017150311 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de la Guardia N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR KERMILL PEGA FLEX
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos, materias curtientes, adhesivos (pegamentos) y resinas para la
industria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0004469. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017150318 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR MKS
como marca de servicios en clase
42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 42 Servicios de
diseño industrial; servicios de diseño y desarrollo de sistemas constructivos e industriales. Reservas: De los colores: amarillo,
negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del
2017, solicitud Nº 2017-0004474. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de mayo del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017150319 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR KERMILL PEGA CEM
como marca de fábrica y comercio
en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) y resinas para la
industria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo de
2017. Solicitud Nº 2017-0004463. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150320 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur
Química Internacional S. A., con domicilio en: calle Aquilino de La Guardia, Nº
8, Panamá, solicita la inscripción de: SUR Frutsol V
como marca de fábrica y comercio
en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos para la industria, la ciencia la
fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silvicultura;
abonos, enmiendas y fertilizantes para el suelo; aditivos para la protección
solar de las hojas y frutas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004472. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San
José, 24 de mayo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017150321
).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez, cédula
de identidad Nº 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en calle Aquilino de la Guardia Nº 8,
Panamá, solicita la inscripción de: Nit SUR
como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: alcohol en gel, desinfectantes para uso
higiénico y bactericida, preparaciones neutralizadoras de olores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004470. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017150322 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8.,
Panamá, solicita la inscripción de: KERMILL PEGA ALL
como marca de fábrica y comercio
en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) y resinas para la
industria. Reservas: De los colores: negro, rojo y amarillo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017, según Solicitud N°
2017-0004467. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017150323 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de la Guardia N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR KERMILL CUREFAST
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo de 2017. Solicitud
N° 2017-0004461. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017150324 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR KERMILL IMPERFAST
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) y resinas para la
industria. Reservas: De los colores: amarillo, negro y rojo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017, según Solicitud N°
2017-0004460. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017150325 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de la Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR MultiSik (Ac)
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; abonos, enmiendas y
fertilizantes para el suelo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004466. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150326 ).
Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A., con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8,
Panamá, solicita la inscripción de: SUR KERMILL PEGA PATCH
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura y la silvicultura; resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintoras;
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) y resinas para la
industria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo de
2017. Solicitud Nº 2017-0004465. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150327 ).
Pablo Enrique Guier Agosta, casado una vez,
cédula de identidad 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química
Internacional S. A. con domicilio en Calle Aquilino de La Guardia, N° 8, Panamá
, solicita la inscripción de: SUR TEKSUR
como marca de fábrica y comercio
en clase: 2 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pinturas,
barnices, lacas; productos contra la herrumbre y el deterioro de la madera;
materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto; metales en hojas y
en polvo para la pintura, la decoración, la imprenta y trabajos artísticos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017, según
Solicitud N° 2017-0004464. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150328 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de General Motors LLC,
con domicilio en 300 Renaissance Center, Ciudad de Detroit, Estado de Michigan
48265-3000, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: CHEVROLET
SAIL como marca de fábrica y comercio, en clase: 12 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Vehículos terrestres de motor. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005697. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150364 ).
Cambio de Nombre N° 111518
Que María del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial
de Driscoll’s, Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio
de Nombre de Driscoll Strawberry Associates, Inc. por el de Driscoll’s, Inc.,
presentada el día 12 de mayo de 2017 bajo expediente 111518. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 2010-0000316 Registro N° 200548 BERRY VALLEY
en clase 31 Marca Denominativa y 2010-0000317 Registro N° 200553 DRISCOLL’S en clase 31 Marca
Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—1 vez.—( IN2017143408 ).
Cambio
de Nombre N° 107252
Que Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad 1-0557-0443, en
calidad de apoderado especial de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima, solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Banco HSBC (Costa Rica) Sociedad Anónima por
el de Banco Davivienda (Costa Rica) Sociedad Anónima, presentada el día 18 de
noviembre de 2016, bajo expediente 107252. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 2006-0010604 Registro N° 168047 BANEX CUENTA MAESTRA en
clase 36 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2017151415 ).
Cambio de Nombre N° 111933
Que Kristel Faith Neurohr,
casada una vez, cédula de identidad 1011430447, en calidad de apoderada
especial de PMI South America Consumer Good Ltda., solicita a este Registro se
anote la inscripción de Cambio de Nombre de PMI South América S. A., por el de
FMI South America Consumer Good Ltda., presentada el día 31 de mayo de 2017;
bajo expediente N° 111933. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2014-0007822 Registro N° 243069 Aladdin en clase 21 Marca Mixto y
2015-0000311 Registro N° 244968 Aladdin en clase 21 Marca Mixto. Publicar
en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de
la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—(
IN2017151420 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de
Fisioterapeutas Egresados AFIE UCIMED, con domicilio en la provincia de: San
José, San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
representar y defender los derechos e intereses de sus asociados y de los
egresados de la carrera de fisioterapia de la UCIMED. Cuya representante será
la presidenta: Debora Liz Rivera Picado, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:
39399, con adicional: 2017-152476, 2017-287859, 2017-338931.—Dado en el
Registro Nacional, a las 14 horas 22 minutos y 28 segundos del 26 de mayo del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017143406 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva para el Desarrollo Físico y Mental
Fábrica de Campeones, con domicilio en la provincia de: San José-Pérez Zeledón,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover y desarrollar
la practica de las diferentes disciplinas deportivas en todo el país.
Contribuir al fortalecimiento fisico, espiritual educativo, cultural y cívico.
Cuyo representante, será el presidente: Roilán Mora Ruiz, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las
prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017
Asiento: 270570.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 42 minutos y 43
segundos, del 27 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017151300 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación de Agricultores Indígenas de Mojón de San
Antonio de Térraba, Puntarenas, con domicilio en la provincia de:
Puntarenas-Buenos Aires, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: impulsar proyectos agrícolas de desarrollo productivo que sean
factibles a través del tiempo y que permitan a los asociados mejorar su nivel
socio-económico. Cuyo representante, será la presidenta: Yolanda Borbón Nájera,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento:
Tomo: 2017, Asiento: 281136.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 55
minutos y 55 segundos, del 11 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017151355 ).
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Jireth
adulto mayor, Pérez Zeledón, con domicilio en la provincia de: San José-Pérez
Zeledón, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Brindar
asistencia, apoyo y contribuir al mejoramiento de las condiciones de vida de
las personas con discapacidad, otorgándoles alojamiento, alimentación y todos
los cuidos necesarios para contribuir al mejoramiento en su calidad de vida.
Cuyo representante, será el presidente: Luis Carlo Hernández Mora, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2017 Asiento: 426837.—Dado en el Registro Nacional, a las 9
horas 25 minutos y 31 segundos, del 4 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017151426 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Ministerio
Apostolar Ensanchando El Reino, con domicilio en la provincia de: San José-San
José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover los
valores cristianos bíblicos, cuyo representante, será el presidente, Cesar
Agusto Campos, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2016 Asiento: 742842.—Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 40 minutos y 49 segundos, del 10 de julio del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017151440 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-078313, denominación:
Asociación de Servicio Social de Jesús Nazareno de Guadalupe de Cartago. Por
cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y
sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2017 Asiento: 251303 con adicional(es): 2017-345769.—Dado en el
Registro Nacional, a las 7 horas 58 minutos y 54 segundos, del 4 de julio del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017151489 ).
Marcas de Ganado
SE REPRODUCE POR
ERROR DE IMPRENTA
Solicitud Nº 2017-1346.—Ref:
35/2017/2990.—Rosa Godínez Madrigal, cédula de identidad Nº 4-0157-0036, en
calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Hacienda Caño Blanco
del Este Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-068679, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Limón, Siquirres, Siquirres, centro de Siquirres, 23
kilómetros a Meryland. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017.
Según el expediente N° 2017-1346.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(
IN2017151084 ).
Solicitud N° 2017-1406.—Ref.:
35/2017/2979.—Norman Aguilar Rodríguez, cédula de identidad 0601100789,
solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Puntarenas, Central,
Pitahaya, Cebadilla, 250 metros sur del Restaurante el Caballo Blanco. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017, según el expediente N°
2017-1406.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017151615 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Ángeles
de Libertad, Ayuda, Solidaridad y Amor, con domicilio en la provincia de:
Alajuela-San Ramón, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
distribuir alimentos y artículos de primera necesidad entre familias
necesitadas, de escasos recursos, Occidente o San Ramón y lugares aledaños.
Promover la superación cultural, económica, social, deportiva y cualquier otra
que vaya en beneficio de sus asociados. luchar por resolver los problemas
individuales y colectivos que se le presenten a sus asociados en calidad de
asociados activos de esta asociación. Cuyo representante, será la presidenta:
Yakira Hidalgo Chavarría, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento: tomo: 2017, asiento: 305982 con
adicional(es): 2017-336585.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 17
minutos y 28 segundos, del 9 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017151666 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF
El(la) señor(a)(ita) Ana
Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad 108120604, en calidad de
apoderado especial de Emmanuel Gathens Madrigal, cédula de identidad 205310007,
solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada DISPOSITIVO
ELECTRÓNICO INALÁMBRICO PARA ALERTA TEMPRANA DE LAHARES. La presente
solicitud se refiere a un dispositivo electrónico inalámbrico para alerta
temprana de lahares en ríos, constituido por un sensor de distancia sin
contacto con el fluido y un módulo GPS, los cuáles envían datos a un
microcontrolador, que basado en parámetros programables, evalúa la generación
de reportes de crecida que son enviados por medio de un módem celular a un
receptor remoto. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: H04Q 1/00;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Emmanuel Gathens Madrigal (CR). La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000290, y fue presentada a las 12:54:01
del 27 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 29 de junio del 2017.—Viviana Segura de la O,
Registradora.—(IN2017150346 ).
La señora(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618,
en calidad de apoderada especial de Monsanto Technology LLC., solicita la
Patente PCT denominada NUEVAS PROTEÍNAS INHIBIDORAS DE INSECTOS. Las
proteínas insecticidas que presentan actividad tóxica contra las plagas de
coleópteros y lepidóptero se describen e incluyen, pero no se limitan a las proteínas
TIC3668, TIC3669, TIC3670, TIC4076, TIC4078, TIC4260, TIC4346, TIC4826,
TIC4861, TIC4862, TIC4863 y de tipo TIC-3668. Se proporcionan moléculas de ADN
y construcciones que contienen una secuencia de polinucleótidos que codifican
una o más de las proteínas del tipo TIC3668 descritas. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01N 63/02, C07K 14/195, C07K 14/32 y Cl 2N
15/82; cuyos inventores son: Bean, Gregory J
(US); Bowen, David J (US); Chay, Catherine A (US); Howe, Arlene R. (US);
Milligan, Jason S. (US) y Yin, Yong (US). Prioridad: N° 62/082,504 del
20/11/2014 (US). Publicación Internacional: WO 2016/081618 Al. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000255, y fue presentada a las 13:10:39
del 15 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 20 de
junio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017150353 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en
calidad de apoderado especial de Galápagos NV y Les Laboratorios Servier,
solicita la Patente PCT denominada NUEVOS COMPUESTOS Y COMPOSICIONES
FARMACÉUTICAS DE LOS MISMOS PARA EL TRATAMIENTO DE DESÓRDENES INFLAMATORIOS Y
OESTEOARTRITIS. El presente invento revela compuestos de acuerdo con la
Fórmula I: donde R1, R2, R3a, R3b, y Cy son como definidos en el presente
instrumento. El presente invento se refiere a compuestos para inhibir ADAMTS,
métodos para su producción, composiciones farmacéuticas que comprenden las
mismas y métodos de tratamiento utilizando las mismas, para la profilaxis y/o
el tratamiento de las condiciones inflamatorias y/o de las enfermedades que
involucran la degradación del cartílago y/o la interrupción de la homeostasis
del cartílago, administrando un compuesto del invento. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/496, A61P 17/02, A61P 19/02, A61P 19/04 y
C07D 403/06; cuyo(s) inventor(es) es(son) Brebion, Franck, Laurent (FR); Alvey,
Luke, Jonathan (US); Amantini, David (IT); Deprez, Pierre, Marc, Marie, Joseph
(FR); Gosmini, Romain, Luc, Marie (FR); Jary, Helène, Marie (FR); Peixoto,
Christophe (FR); Varin, Marie, Laurence, Claire (FR); De Ceuninck, Frédéric,
André (FR) y Pop-Botez, Iuliana, Ecaterina (FR). Prioridad: N° EP14307129.8 del
22/12/2014 (EP). Publicación Internacional: WO2016/102347. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000248, y fue presentada a las 14:47:35
del 13 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 15 de junio de 2017.—Viviana Segura de La O,
Registradora.—( IN2017150354 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad Nº 107850618, en
calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche AG., solicita la Patente
PCT denominada TETRAHIDRO-PIRIDO[3,4-b]INDOLES MODULADORES DE RECEPTORES DE
ESTRÓGENOS Y USOS DE LOS MISMOS. Se describen compuestos
tetrahidro-pirido[3,4-b]indol-1-ilo con actividad o función de modulación de
los receptores de estrógenos modulación, que tienen la estructura de la fórmula
I: y los estereoisómeros, tautómeros o sales farmacéuticamente aceptables de
los mismos, con los sustituyentes y características estructurales aquí
descritos. Se describen también composiciones farmacéuticas y medicamentos que
incluyen los compuestos de la fórmula I, así como métodos de uso de tales
moduladores de receptores de estrógenos, solos o en combinación con otros
agentes terapéuticos, para tratar enfermedades o estados patológicos que están
mediados o dependen de receptores de estrógenos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/437, A61P 35/00 y C07D 471/04; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Zhang, Birong (US); Ortwine, Daniel Fred (US); Liang, Jun
(CN); Wang, Xiaojing (US); Ray, Nicholas, Charles (GB); Goodacre, Simón,
Charles (GB); Labadie, Sharada (US) y Zbieg, Jason (US). Prioridad: Nº
62/093,929 del 18/12/2014 (US), Nº 62/110,998 del 02/02/2015 (US) y Nº
62/142,077 del 02/04/2015 (US). Publicación internacional: WO 2016/097072 A1.
La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000250, y fue presentada a
las 14:49:06 del 13 de junio del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio del
2017.—Viviana Segura de la O.—( IN2017150355 ).
La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en
calidad de apoderado especial de Chugai Seiyaku Kabushiki Kaisha, solicita la
Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-C5 Y MÉTODOS PARA SU USO. La
presente invención se refiere a anticuerpos anti-C5 y métodos para su uso. La
invención proporciona anticuerpos anti-C5 y métodos para su uso. En algunas
modalidades, un anticuerpo anti-C5 aislado de la presente invención se une a un
epítopo dentro de la cadena ß de C5 con mayor afinidad a un pH neutro que a un
pH ácido. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: C07K 16/36, C12N 1/15, C12N 1/19, C12N 1/21, C12N 5/10, C12N 15/02
y C12P 21/08; cuyos inventores son Ruike, Yoshinao (SG) y Sampei, Zenjiro (SG).
Prioridad: N° 2014-257647 del 19/12/2014 (JP). Publicación Internacional: WO
2016/098356 Al. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000251, y
fue presentada a las 14:49:45 del 13 de junio de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de
junio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017150356 ).
El(la) señor(a)(ita) María del Pilar López Quirós, cédula de
identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Genentech, Inc,
solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-HER2 E INMUNOCONJUGADOS.
La invención proporciona anticuerpos anti-HER2 e inmunoconjugados y métodos
para usarlos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395,
A61K 47/48, A61P 35/00, C07K 16/28, C07K 16/32 y G01N 33/574; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Pillow, Thomas Harden (US); Chen, Xiaocheng (US); Dennis,
Mark (US); Junutula, Jagath Reddy (US); Phillips, Gail Lewis; (US) y
Sliwkowski, Mark X (US). Prioridad: N° 62/049,594 del 12/09/2014 (US).
Publicación Internacional: WO/2016/040723. La solicitud correspondiente lleva
el número 2017- 0000131, y fue presentada a las 14:34:50 del 6 de abril de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 13 de junio del 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registradora.—1 vez.—(IN2017150540 ).
El señor Edgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad 1-0532-0390,
en calidad de apoderado especial de Genentech Inc., solicita la Patente PCT
denominada PIRROLOBENZODIAZEPINAS Y CONJUGADOS DE ANTICUERPOS-DISULFURO DE
LAS MISMAS. Un compuesto de fórmula (I), en la que Y está seleccionado de
un enlace sencillo, y un grupo de fórmulas (A1) o (A2), donde N muestra dónde
el grupo se une a N10 del resto de PBD. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 39/44, A61K 47/48, A61P 35/00, C07D 487/04,
C07D 519/00 y C07K 16/18; cuyos inventores son: Pillow, Thomas, H (US) y
Flygare, John, A. (US). Prioridad: N° 62/051,387 del 17/09/2014 (US).
Publicación Internacional: WO2016/044560. La solicitud correspondiente lleva el
número 2017- 0000099 y fue presentada a las 08:40:39 del 17 de marzo de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso.—San José, 13 de junio de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017150541 ).
La señora(ita) María del Pilar López Quirós, cédula de identidad
110660601, en calidad de apoderada especial de Arena Packaging LLC., solicita
el Diseño Industrial denominado CONTENEDOR DEL PRODUCTO PLÁSTICO
contenedor plástico para
el transporte y / o almacenamiento de productos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la clasificación
internacional de Diseños Industriales es: 09-04; cuyos inventores son: Wilcox,
Donald E. (US). Prioridad: N° 29/579,552 del 30/09/2016 (US). Publicación
Internacional. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000119, y fue
presentada a las 14:07:21 del 30 de marzo de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 13 de junio de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017150543 ).
La señor(a) (ita) María del Pilar López Quirós, cédula de
identidad 110660601, en calidad de apoderado especial de Genentech, Inc.,
solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-CLL-1 E INMUNOCONJUGADOS
REFERENCIAS RECÍPROCAS CON SOLICITUDES RELACIONADAS. La invención
proporciona anticuerpos anti-CLL-1 e inmunoconjugados y métodos para su uso. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 47/48, A61P 35/02, C07K 16/28,
C07K 16/30; cuyo(s) inventor(es) es(son) Liang, Wei-Ching (US); Polson, Andrew
(US); WU, Yan (US); Chiu, Cecilia (CA) y Zheng, Bing (CN). Prioridad: N°
62/049,876 del 12/09/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/040868. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000095, y fue presentada a las
12:52:08 del 10 de marzo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José, 13
de junio de 2017. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra
Fallas, Registrador.—( IN2017150544 ).
El señor Édgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad Nº
1-0532-0390, en calidad de apoderado especial de Purillume Inc, solicita el
Diseño Industrial denominado: MODELO INDUSTRIAL DE LÁMPARA.
Modelo industrial de
lámpara, totalmente diferente de los conocidos, caracterizándose por su forma
especial y ornato que le proporcionan un aspecto peculiar y propio. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 26-03. Cuyo(s)
inventor(es) es(son) Neeraj, Lal (US); Faucette, Randy (US); Marceil, Quinn
(US) y Bame, Rodney (US). Prioridad: Nº 29/565,141 del 18/05/2016 (US).
Publicación internacional:. La solicitud correspondiente lleva el número
2016-0000541, y fue presentada a las 13:49:41 del 18 de noviembre del 2016.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 12 de junio del 2017.—Randall Piedra Fallas.—( IN2017150545
).
El señor Harry Zürcher Blen, cédula de identidad 104151184, en
calidad de apoderado especial de Bolaven Farms Limited, solicita la Patente PCT
denominada MEJORAMIENTO DEL PROCESAMIENTO DE LA CEREZA DEL CAFÉ. En la
presente memoria se describe un método para procesar la cereza de café. El
método incluye la aplicación de un material de recubrimiento, preferiblemente
un material sólido granular, al café húmedo pulpado o al café con la pulpa retirada,
antes del secado. El método proporciona un secado uniforme acelerado de las
cerezas del café y produce un café libre de contaminantes y escalable y
respetuoso con el medio ambiente. El café producido tiene un sabor distintivo
deseable. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A23F 5/02; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Sae, Boone (CN). Prioridad: N° 14109785.4 del 29/09/2014
(HK). Publicación Internacional: WO2016/051339. La solicitud correspondiente
lleva el número 2017-0000154, y fue presentada a las 14:01:06 del 19 de abril
de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos
en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 2 de junio de 2017.—Viviana Segura de La O, Registradora.—(
IN2017150550 ).
El(la) señor(a)(ita) María del Pilar López Quirós, cédula de
identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de AS IP Holdco, LLC,
solicita la Patente PCT denominada Sistema de Limpieza de Sanitarios. Un
sistema de limpieza de artículos sanitarios puede incluir una pieza sanitaria
tal como un inodoro que tiene un compartimiento formado sobre y bajo su
cubierta. El compartimento puede albergar una tableta de limpieza que se
mantiene dentro de una vía fluvial entre un tanque y una taza de la instalación
sanitaria. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A47K 13/00, E03D
9/00, E03D 9/02 y E03D 9/10; cuyo(s) inventor(es) es(son) Grover, David (US);
Kurth, Mark (US); Ishiyama, Daigo (US); Payne, Tim (US); Rote, Scott (US);
Anthony, Phil (US); Eiger, Aaron, B (US) y Helmstetter, Chris (US). Prioridad:
N° 62/003, 222 del 27/05/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/183936.
La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000601, y fue presentada a
las 14:15:58 del 22 de diciembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de mayo de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—(IN2017150552 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Jorge Tristán Trelles,
cédula de identidad Nº 103920470, en calidad de apoderado especial de Eli Lilly
and Company, solicita la Patente PCT denominada SAL DE TOSILATO DE N-
[3-[(4AR,7AS)-2-AMINO-6-(5-FLUOROPIRIMIDIN-2-IL)-4,4A,5,7-TETRAHIDROPIRROLO[3,4-D][1,3]TIAZIN-7A-IL]-4-FLUORO-FENIL]-5-METOXI-PIRAZIN-2-CARBOXAMIDA.
La invención presente invención se refiere a una sal de tosilato de
N-[3-[(4aR,7aS)-2-amino-6-(5-fluoropirimidin-2-il)-4,4a,5,7-tetrahidropirrolo[3,4-d][1,3]tiazin-7a-il]-4-fluoro-fenil]-5-metoxi-pirazina-2-carboxamida. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/542, A61P 25/28 y C07D 513/04; cuyos
inventores son Wolfangel, Craig Daniel (US) y Coates, David Andrew (US).
Prioridad: N° 62/109,733 del 30/01/2015 (US). Publicación Internacional:
WO/2016/122968. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000287, y fue
presentada a las 08:53:19 del 26 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de junio de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017151194 ).
El señor Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad Nº 103920470,
en calidad de apoderado especial de Lubrizol Advanced Materials Inc., solicita la
Patente PCT denominada PELÍCULA DE POLIURETANO TERMOPLÁSTICO PARA LA
LIBERACIÓN DE AGENTES ACTIVOS A SUPERFICIES DE PIEL. Una película
polimérica adecuada para usar como mascarilla facial o parche transdérmico
incluye al menos 30% en peso de un polímero de poliuretano termoplástico que es
el producto de la reacción de un primer poliéter poliol que tiene un peso
molecular de al menos 3000 daltons, opcionalmente, un segundo poliéter poliol
que tiene un peso molecular de no más de 2500 daltons, al menos uno de un
tercer poliol que tiene un peso molecular de hasta 800 daltons, y un extensor
de cadena, un diisocianato, opcionalmente, un catalizador. La película incluye
hasta 5% de agua. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C08G 18/48,
A61Q 19/08, A61K 8/87, C08G 18/66, C08G 18/73, C08G 18/75, C09D 175/04, C08G
18/32, A61K 9/00, A61K 9/70; cuyo(s) inventor(es) es(son) Marchant, Nancy, S.
(US); Walder, Anthony, J. (US); Martín, Mireia (ES); Kulkarni, Pallavi (ES);
Basone, Paúl, M. (US); Méndez, Sandra (ES); Lankowski, Shawn (US) y Cebrian
Puche, Juan (ES). Prioridad: Nº 62/073.314 del 31/10/2014 (US) y Nº 62/220.552
del 18/09/2015 (US). Publicación internacional: WO/2016/069396. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000179 y fue presentada a las 09:59:30
del 28 de abril del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio del 2017.—Randall
Piedra Fallas.—( IN2017151195 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
El señor José Antonio Muñoz
Fonseca, cédula de identidad 104330939, en calidad de apoderado especial de
AbbVie Stemcentrx LLC, solicita la Patente PCT denominada RECEPTORES
QUIMÉRICOS DE ANTÍGENO ANTI-CLDN Y MÉTODOS DE USO. En la presente se
proporcionan nuevos receptores quiméricos de antígeno anti-CLDN y métodos de
uso de los mismos para tratar trastornos proliferativos. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61P 35/00, C07K 14/725 y C07K
16/28; cuyos inventores son Liu, David (US); Dylla, Scott J (US); Stull, Robert
A (US) y Escarpe, Paul Anthony (US). Prioridad: N° 62/157,928 del 06/05/2015
(US), N° 62/247,108 del 27/10/2015 (US) y N° PCT/US2014/064165 del 05/11/2014
(US). Publicación Internacional: WO/2016/073649. La solicitud correspondiente
lleva el número 2017-0000235, y fue presentada a las 14:08:57 del 5 de junio de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 07 de junio de 2017.—Viviana Segura De La O,
Registradora.—( IN2017151270 ).
La señor(a)(ita) Ana Catalina Monge Rodríguez, cédula de identidad
Nº 108120604, en calidad de apoderado especial de Bayer Pharma
Aktiengesellschaft, solicita la Patente PCT denominada INHIBIDORES DE LAS
VÍAS DE SEÑALIZACIÓN DE WNT. La presente invención se refiere a inhibidores
de las vías de señalización de Wnt de la fórmula general (I) como se describe y
se define en la presente, a métodos de preparación de dichos compuestos, a
compuestos intermediarios útiles para preparar dichos compuestos, a
composiciones farmacéuticas y combinaciones que comprenden dichos compuestos y al
uso de dichos compuestos para producir una composición farmacéutica para el
tratamiento o la prevención de una enfermedad, en particular de un trastorno
hiperproliferativo, como un único agente o en combinación con otros
ingredientes activos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
31/496, A61K 31/4965, A61K 31/505, A61K 31/506, A61K 31/53, A61P 35/00, C07D
237/20, C07D 239/42, C07D 241/20, C07D 241/28, C07D 253/07, C07D 403/04, C07D
491/04 y C07D 491/08; cuyos inventores son Mönning, Ursula (DE); Thede, Kai
(DE); Bender, Eckhard (DE); Liu, Ningshu (DE); Möwes, Manfred (DE); Hägebarth,
Andrea (DE); Lienau, Philip (DE); Zorn, Ludwig (DE); Golz, Stefan (DE); Siegel,
Franziska (DE); Puehler, Florian (DE); Basting, Daniel (DE); Scott, William J.
(US); Schneider, Dirk; (DE); Geisler, Jens; (DE) y Giese, Anja (DE). Prioridad:
N° US 61/968,175 del 20/03/2014 (US). Publicación Internacional: WO2015/140196.
La solicitud correspondiente lleva el Nº 2016-0000432, y fue presentada a las
13:46:13 del 20 de septiembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de junio de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017151271 ).
La señora Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad Nº 109530774,
en calidad de apoderada especial de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, solicita
la Patente PCT denominada PIRAZOLPIRIDINAMINAS COMO INHIBIDORES DE MKNK1 Y
MKNK2. Compuestos de pirazolpiridinamina sustituida de fórmula general (I)
según se los describe y define aquí, métodos para preparar dichos compuestos,
compuestos intermediarios útiles para preparar dichos compuestos, composiciones
farmacéuticas y combinaciones que comprenden a dichos compuestos y el uso de
dichos compuestos para elaborar una composición farmacéutica para el
tratamiento o la profilaxis de una enfermedad, en particular de un trastorno
hiperproliferativo y/o de angiogénesis, como único agente o en combinación con
otros ingredientes activos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
31/519 y C07D 495/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Sülzle, Detlev (DE); Lienau,
Philip (DE); Petersen, Kirstin (DE); Klar, Ulrich (DE); Kettschau, Georg (DE);
Giese, Anja (DE); Graham, Keith (DE); Lefranc, Julien (FR) y Schmidt, Nicole
(DE). Prioridad: Nº 14199096.0 del
19/12/2014 (EP) y Nº 15187501.0 del 29/09/2015 (EP). Publicación internacional:
WO2016/096721. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000264, y fue
presentada a las 10:03:57 del 19 de junio del 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 21 de
junio del 2017.—Viviana Segura de la O.—( IN2017151272 ).
La señora Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad 109530774, en
calidad de apoderada especial de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, solicita la
Patente PCT denominada ÁCIDOS PIRIDIL-CICLOALQUIL-CARBOXÍLICOS
SUSTITUIDOS, COMPOSICIONES QUE LOS CONTIENEN Y USOS DE LOS MISMOS. La presente invención se relaciona con ácidos
piridil-cicloalquil-carboxílicos sustituidos de fórmula general (I) como se
describe y define en la presente, con métodos para preparar dichos compuestos,
con composiciones farmacéuticas y combinaciones que comprenden dichos
compuestos y con el uso de dichos compuestos para fabricar una composición
farmacéutica para el tratamiento o profilaxis de una enfermedad, en particular
en mamíferos, tal como a título enunciativo no taxativo enfermedades asociadas
con dolores, o para el tratamiento o profilaxis de síndromes de dolor (agudo y
crónico), dolor inducido por inflamación, dolor pélvico, dolor asociado con
cáncer, dolor asociado con endometriosis así como también endometriosis y
adenomiosis como tales, cáncer como tal, y enfermedades proliferativas como
endometriosis. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
31/4418, A61P 1/00, A61P 15/00, A61P 29/00, C07D 213/56, C07D 213/61, C07D
213/64, C07D 213/65, C07D 213/84 y C07D 405/12; cuyo(s) inventor(es) es(son)
Koppitz, Marcus (DE); Nagel, Jens (DE); Bräuer, Nico (DE); Rotgeri, Andrea
(DE); Schwede, Wolfgang (DE); Irlbacher, Horst (DE); Dahllöf, Henrik (SE);
PETERS, Michaele (DE) y Godinho-Coelho (FR). Prioridad: N° EP14199006.9 del
18/12/2014 (EP). Publicación Internacional: WO2016/097013. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000258, y fue presentada a las 09:27:53
del 16 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 21 de junio de 2017.—Viviana Segura de La O,
Registradora.—( IN2017151273 )
La señora(ita) Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada general de
Perosphere Inc., solicita la Patente PCT denominada ANÁLISIS DE COAGULACIÓN
UNIVERSAL MICROFLUÍDICO BASADO EN CHIPS. Un dispositivo de análisis basado
en chip microfluídico se ha desarrollado para la medición de las propiedades
físicas de un analito (en particular, sangre total o derivados de la sangre
total). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B01L 3/00, B01L
9/00, G01N 33/49 y G01N 33/86; cuyos inventores son: Bakhru, Sasha; (US);
Laulicht, Bryan; (US); Zappe, Stefan; (US) y Steiner, Solomon (US). Prioridad:
N° 62/048,183 del 09/09/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/040490. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000133, y fue presentada
a las 08:41:20 del 7 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de Circulación Nacional.—San José, 13 de junio de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017151626 ).
La señora Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960,
en calidad de apoderada especial de Sexy Back Bra, LLC, solicita el Diseño
Industrial denominado BRASSIER SIN ESPALDA CON TIRAS TIPO “HALTER”.
El diseño industrial a
inscribir muestra a un brassier sin espalda con tiras tipo “halter”. Este es usado por mujeres que tienen prendas
de vestir sin espalda, como lo puede ser, a manera de ejemplo, un vestido. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 02-01; cuyos inventores
son: Gehlhausen, Gordana (US) y Drynan, Skye (US). Prioridad: N° 29/573,645 del
08/08/2016 (US). Publicación Internacional:... La solicitud correspondiente
lleva el número 2017- 0000044, y fue presentada a las
12:03:10 del 7 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 12 de junio de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registradora.—( IN2017151646 ).
La señor(a)(ita) Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº
106790960, en calidad de apoderada general de Ecolab USA, Inc, solicita la
Patente PCT denominada FLURO-INORGÁNICOS PARA INHIBIR O ELIMINAR LOS
DEPÓSITOS DE SÍLICE O SILICATO METÁLICO. La presente invención generalmente
se refiere a métodos para eliminar e inhibir depósitos, reduciendo el pH de
mezclas acuosas, e incrementando la recuperación de petróleo crudo de
formaciones subterráneas, los métodos comprenden poner en contacto una
composición ácida con un líquido que está en contacto con una superficie
metálica o con un pozo o una formación. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C09K 8/528; cuyos inventores son Sommese, Anthony
G. (US); Miller, Thomas M. (US); Rodman, David (AU); Batton, Carol B. (US);
Hoots, Jhon E. (US); Weberski, Michael Patrick Jr. (US); Godfrey, Martín Ray (US) y Gill, Jasbir S. (US). Prioridad: N° 14/469,323 del 26/08/2014 (US), N° 62/206,658 del
18/08/2015 (US) y N° 62/206,669 del 18/08/2015 (US). Publicación Internacional:
WO2016/033259. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017- 0000103, y fue
presentada a las 11:05:55 del 20 de marzo de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de junio de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017151630 ).
La señora Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960,
en calidad de apoderada especial de Sexy Back Bra, Llc., solicita el Diseño
Industrial denominado BRASSIER SIN ESPALDA CON TIRAS PARA LOS HOMBROS.
El diseño industrial a inscribir muestra a un brassier sin espalda
con tiras para los hombros. Este es usado por mujeres que tienen prendas de
vestir sin espalda, como lo puede ser, a manera de ejemplo, un vestido. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 02-01; cuyos inventores
son: Gehlhausen, Gordana (US) y Drynan, Skye (US). Prioridad: N° 29/573,644 del
08/08/2016 (US). Publicación Internacional. La solicitud correspondiente lleva
el número 2017-0000043, y fue presentada a las 12:01:25 del 7 de febrero de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso.—Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 12 de junio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2017151649 ).
La señor(a)(ita) Marianella Arias Chacón, cédula de identidad
106790960, en calidad de apoderado especial de Sexy Back Llc, solicita el
Diseño Industrial denominado BRASSIER
CON APOYO SIN ESPALDA CON ROPA INTERIOR INTEGRADA.
El diseño industrial a
inscribir muestra a un brassier con apoyo sin espalda, el cual a la vez tiene
un calzón tipo “tanga” incorporado. Este es usado por mujeres que tienen
prendas de vestir sin espalda, como lo puede ser, a manera de ejemplo, un
vestido. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Diseños Industriales es: 02-01;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Gehlhausen, Gordana (US) y Drynan, Skye (US).
Prioridad: N° 29/573,642 del 08/08/2016 (US). Publicación Internacional: La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000041, y fue presentada a las
11:59:10 del 7 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. San José,
12 de junio de 2017. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra
Fallas, Registrador.—( IN2017151651 ).
La señora Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960,
en calidad de Apoderada General de Ecolab USA, Inc, solicita la Patente PCT
denominada FLURO-INORGÁNICOS PARA INHIBIR O ELIMINAR
LOS DEPÓSITOS DE SÍLICE O SILICATO METÁLICO. La
presente invención generalmente se refiere a métodos para eliminar e inhibir
depósitos, reduciendo el pH de mezclas acuosas, e incrementando la recuperación
de petróleo crudo de formaciones subterráneas, los métodos comprenden poner en
contacto una composición ácida con un líquido que está en contacto con una
superficie metálica o con un pozo o una formación. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C09K 8/528; cuyos inventores son Sommese, Anthony
G. (US); Miller, Thomas M. (US); Rodman, David (AU); Batton, Carol B. (US); Hoots,
Jhon E. (US); Weberski, Michael Patrick Jr. (US); Godfrey, Martin Ray (US) y GILL, Jasbir S. (US). Prioridad: N° 14/469,323 del 26/08/2014 (US), N° 62/206,658 del
18/08/2015 (US) y N° 62/206,669 del 18/08/2015 (US). Publicación Internacional:
WO2016/033259. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000103, y fue
presentada a las 11:05:55 del 20 de marzo de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 9 de junio del
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017151658 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Inscripción N°.—3387 Ref:
30/2017/3063.—Por resolución de las 15:07 horas del 29 de mayo de 2017, fue
inscrita la Patente denominada ANTICUERPOS QUE SE DIRIGEN A LA PROTEÍNA DE
COMPLEMENTO C5 a favor de la compañía Novartis AG, cuyos inventores son:
Diefenbachstreiber, Beate (DE); Roguska, Michael (US); Splawski, Igor (PL);
Kim, Yong-In (KR); Eberth, Adina (DE) y Guild, Braydon Charles (US). Se le ha
otorgado el número de inscripción 3387 y estará vigente hasta el 3 de agosto de
2029. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: C07K 16/28
2016.01. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el
artículo 22 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada. 29 de mayo de
2017.—Melissa Solis Zamora.—1 vez.—( IN2017151638 ).
Inscripción N°. 3389.—Ref: 30/2017/3110.—Por resolución de las
13:58 horas del 31 de mayo de 2017, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) SISTEMA
Y MÉTODO DE ENSAMBLE DE UN SISTEMA CPVC DE ROCIADORES CONTRA INCENDIOS
UTILIZANDO ACOPLES Y SOPORTES MECÁNICOS a favor de la compañía Lubrizol
Advanced Materials Inc., cuyos inventores son: Michael P. Perkovic (US); Gary
L. Johnson (US); Stanley J. Nerderman (US) y Andrew M. Olah (US). Se le ha
otorgado el número de inscripción 3389 y estará vigente hasta el 17 de agosto
de 2026. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: B65D
33/00 2016.01. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con
el artículo 22 del Reglamento a la Ley N° 6867. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—San José, 31
de mayo del 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2017151645 ).
REGISTRO DE DERECHOS DE AUTOR
Y DERECHOS CONEXOS
Bambú Real Sociedad Anónima
cédula jurídica número 3-101-481568, en su condición de cedente y
fideicomitente, traspasa los derechos patrimoniales sobre los planos y diseños
constructivos del proyecto “Planos y Diseños Constructivos de la Torre Cinco
del Proyecto Bambú Eco Urbano” inscrita al
tomo 3 de Otras Obras, folio 22, Asiento 455, a favor de Intermanagement Costa
Rica Limitada, cédula jurídica número 3-102-361039 en su condición de
cesionario y fiduciario, bajo el CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS PATRIMONIALES EN
PROPIEDAD FIDUCIARIA. Publíquese
por una sola vez en el Diario Oficial La Gaceta, para que terceros
quienes crean tener derechos puedan oponerse a la inscripción solicitada dentro
de los 30 días hábiles siguientes a esta publicación, conforme al artículo 113
de la Ley de Derecho de Autor y Derechos Conexos Nº 6683. Expediente
9207.—Curridabat, 20 de junio del 2017.—Licda. Adriana Bolaños Guido,
Registradora.—1 vez.—( IN2017151274 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO
INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE
NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado oeste
del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to. piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha
recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del
NOTARIADO, por parte de: MARÍA MARTHA UGALDE ZAMORA, con cédula de
identidad número 1-1343-0134, carné número 23614. De conformidad con lo
dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan
hechos o situaciones que afecten la conducta
del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta
Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta
publicación. Expediente N° 17-000925-0624-NO.—San José, 10 de julio de
2017.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—(
IN2017152943 ).
FONDO
NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL
EDICTO
Ante la Oficina Regional Nicoya del Fondo Nacional de Financiamiento
Forestal (FONAFIFO) se han presentado solicitudes de ingreso al Pago de
Servicios Ambientales sobre inmuebles sin inscribir en el Registro Nacional y
sobre los que a sus poseedores se les pagaría por los servicios ambientales
brindados por el bosque existente en dichos inmuebles según el siguiente
detalle:
La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF
De conformidad con el
Reglamento a la Ley Forestal, Decreto Ejecutivo Nº 25721-MINAE y sus reformas,
se concede un plazo de 10 días hábiles posteriores a la segunda publicación de
este edicto, para oír oposiciones. Toda oposición debe ser fundada y formularse
por escrito ante la Oficina Regional y deberá acompañar los argumentos y
pruebas en que se fundamente la oposición. El expediente con la ubicación,
plano catastrado y otros, podrán consultarse en la Oficina Regional, sita en
Nicoya centro, 50 metros este de las oficinas de los Tribunales de Justicia,
frente al auto banco BNCR, en horario de 7:00 a.m. a 3:00 p.m. Licda. Elizabeth
Castro Fallas, cédula Nº 1-0724-0416, Jefa, Unidad de Proveeduría y Servicios
Generales FONAFIFO.—Licda. Elizabeth Castro Fallas, Jefa.—O.C. Nº
OC-003-2017.—Solicitud Nº 89099.—( IN2017151056 ). 2 v. 1.
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHSAN-0030-2016.—Exp. N° 17139A.—Deyanira Vásquez Araya, solicita concesión de: 0.003 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Tigra, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas
256.572/472.453 hoja San Lorenzo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 1° de junio de 2016.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador.—( IN2017152517 ).
ED-0159-2017.—Exp. 11896A.—Minor
Gerardo Azofeifa Ureña, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captacion en finca de su propiedad en
Salitral, Santa Ana, San José, para uso consumo humano-doméstico y
agropecuario-riego-hortaliza. Coordenadas 209.900 / 517.100 hoja Abra. Predios
inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de
julio del 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central Andrés Phillips
Ureña.—1 vez.—( IN2017152564 ).
ED-0160-2017. Expediente Nº
11897A.—Orlindo Azofeifa Delgado, solicita concesión de: 0.05 litro por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en:
Salitral, Santa Ana, San José, para uso consumo humano - doméstico y
agropecuario - riego - café. Coordenadas 209.800 / 517.200 hoja Abra. Predios
inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de julio de
2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—(
IN2017152566 ).
ED-UHTPCOSJ-0072-2017.—Exp. N° 12017P.—Familia Vargas Fernández
FVF S. A., solicita concesión de: 0.1 litros por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo NA-211 en finca de su propiedad en
Granja, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano doméstico. Coordenadas
226.720/488.300 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 07 de julio de 2017.—Andrés Phillips Ureña, Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central.—( IN2017152593 ).
ED-UHTPSOZ-0037-2017.—Exp. 17692-A.—María Isabel, Carranza Acuña,
solicita concesión de: 0.32 litros por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de Rafael Ángel Carranza Acuña en Changuena,
Buenos Aires, Puntarenas, para uso agropecuario y consumo humano. Coordenadas
99.012/627.664 hoja Coto Brus. Predios inferiores: Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 12 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico
Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2017152616 ).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
DGM-TOP-ED-004-2017
SOLICITUD DE EXPLOTACIÓN DE TAJO
EDICTO
En expediente N° 2475 la señora
Mariela González Carranza, mayor, casada, máster en administración de negocios,
cédula de identidad 1-1003-083, vecina de San José, apoderada generalísima de
Hacienda Espinal S. A., cédula jurídica 3-101-031457, solicita ampliación de
área de concesión, para extracción de materiales en el Tajo Espinal.
Localización Geográfica:
Sito en: Distrito 8 San Rafael,
cantón 1 Alajuela, provincia 2 Alajuela.
Hoja cartográfica:
Hoja Abra, escala 1:50.000 del
I.G.N.
Ubicación cartográfica:
Entre coordenadas generales:
213652.0554 - 214074.6718 Norte, 509900.8069 - 510234.3262 Este.
Área solicitada:
7 ha 0002.0 m2, según
consta en plano aportado al folio 647.
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1 213922.9075
Norte, 509900.8069 Este
LÍNEA |
AZIMUT |
DISTANCIA |
||
|
° |
ꞌ |
m |
cm |
1-11 |
061 |
58 |
161 |
47 |
11-2 |
061 |
58 |
161 |
47 |
2 -3 |
145 |
56 |
086 |
49 |
3-12 |
197 |
49 |
154 |
10 |
12-4 |
197 |
49 |
199 |
94 |
4-5 |
235 |
46 |
024 |
76 |
5 -6 |
322 |
11 |
043 |
58 |
6 -7 |
323 |
43 |
025 |
21 |
7 -8 |
323 |
00 |
089 |
42 |
8-9 |
322 |
48 |
070 |
77 |
9-10 |
323 |
10 |
049 |
01 |
10-1 |
322 |
56 |
061 |
72 |
Edicto basado en la solicitud
inicial aportada el 16 de setiembre del 2015, área y derrotero aportados el 16
de setiembre del 2015.
Con quince
días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a
quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro
Nacional Minero.—San José, a las trece horas cuarenta minutos del veintiséis de
junio del dos mil diecisiete.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe Registro
Nacional Minero.—( IN2017150852 ). 2 v. 1
Alt.
Registro Civil-Departamento
Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Exp. Nº 13207-2015.—Registro
Civil.—Departamento Civil.—Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las siete
horas cinco minutos del diecinueve de octubre del dos mil quince. Diligencias
de ocurso presentadas por Isabel Yamileth Fonseca Fallas, cédula de identidad
Nº 1-0431-0735, vecina de Pérez Zeledón, San José, tendente a la rectificación
de su asiento de nacimiento en el sentido que la fecha de nacimiento es veinte
de diciembre de mil novecientos cincuenta y dos. Conforme lo señala el artículo
66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil,
publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se
previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del
término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe.—( IN2017151062).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
En resolución N° 1571-2017
dictada por el Registro Civil a las doce horas cincuenta minutos del seis de
febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 47278-2016, incoado
por Justina del Camen Torrez Alemán, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Iván Mauricio López Torres, que el nombre y primer apellido de la
madre son Justina del Carmen y Torrez.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial
Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017151289 ).
En resolución N° 2076-2017 dictada por el Registro Civil a las
once horas dieciséis minutos del diecisiete de febrero del dos mil diecisiete,
en expediente de ocurso N° 40579-2016, incoado por Beita Hodgson Andrea, se
dispuso rectificar en los asientos de nacimientos de Neysis Ninotcka Abello
Beita y Celso Andrés Varela Beita, que el segundo apellido, nacionalidad y
número de cedula de identidad de la madre son Hodgson, costarricense y
7-0363-0565.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene
Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017151315 ).
En resolución N° 2338-2017 dictada por el Registro Civil a las
trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 9513-2014, incoado
por, Lucía Concepción López Hernández, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de, Sherelin Stephanie Escobar Hernández, que el segundo nombre y
apellidos de la madre son Concepción y López Hernández.—Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1
vez.—( IN2017151325 ).
En resolución N° 3488-2017 dictada por el Registro Civil a las
ocho horas del veintisiete de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de
ocurso N° 2379-2017, incoado por Ludys del Carmen Rizo Valverde, se dispuso
rectificar en el asiento de nacimiento de Yirian Israel Moncada Rizo, que el
nombre de la madre es Ludys del Carmen.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial
Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017151391 ).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas
por Yohanna Patricia Gutiérrez Bermúdez, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución No. 4022-2012. Registro Civil, Departamento Civil,
Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas diez minutos del nueve de
noviembre del dos mil doce. Exp. N° 35694-2012. Resultando: 1º—..., 2º—...,
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:..., Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Evelyn Johanna Díaz Gutiérrez, en el
sentido que el primer nombre de la madre... es “Yohanna” y el asiento de
nacimiento de Greivin Alexander Díaz Gutiérrez, en el sentido que el nombre de
la madre... es “Yohanna Patricia”.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor
Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017151392 ).
En resolución Nº 4141-2017 dictada por el Registro Civil a las
nueve horas cincuenta y ocho minutos del quince de junio del dos mil
diecisiete, en expediente de ocurso Nº
6458-2017, incoado por Fabio Rene Castillo Calderón, se dispuso rectificar en
el asiento de matrimonio de Rene Castillo Tejada y Anabelle Chavarría Arroyo,
que el nombre, segundo apellido del cónyuge, así como el nombre del padre y los
apellidos de la madre del mismo son: Fabio Rene, Calderón, Carlos y Calderón
Tejada.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017151395 ).
En resolución N° 3098-2017 dictada por el Registro Civil a las
trece horas treinta minutos del veinte de marzo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso N° 54181-2016, incoado por Danixa del Socorro Sandino
Aguirre, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Priscila María
Cabrera Sandino y Jeymy Patricia Cabrera Sandino, que el nombre de la madre es
Danixa del Socorro.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017151403 ).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas
por Jairo Morún Carranza, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución N° 3254-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas quince minutos del veintinueve de
setiembre de dos mil catorce. Ocurso. Exp. N° 29223-2014. Resultando 1º—...,
2º—..., 3º—…, Considerando: I.—Hechos probados. II.—Sobre el fondo:..., Por
tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Yoleth Gloriana Arroyo Medrano
y el asiento de nacimiento de Allan Alberto Arroyo Medrano, en el sentido que
el primer apellido del padre de las personas ahí inscritas, consecuentemente el
primer apellido de los mismos es “Morún”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1
vez.—(IN2017151431 ).
En resolución Nº 3598-2017 dictada por el Registro Civil a las
once horas diez minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso Nº 52825-2015, incoado por Ernesto Lugo Calderón, se
dispuso rectificar en el asiento de naturalización de Ernesto Lugo Calderón,
que el nombre y apellidos del padre, así como nombre y apellidos de la madre
son: Ernesto Javier Lugo y Román, y Guadalupe Isabel Calderón Cantero y
Torneli.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017151458 ).
En resolución N° 3569-2017 dictada por el Registro Civil a las
trece horas cincuenta y cinco minutos del veintiocho de marzo del dos mil
diecisiete, en expediente de ocurso N° 22965-2016, incoado por Zaira Carrillo
Jiménez, se dispuso rectificar el asiento de nacimiento de Denyani Alonrra
Carrillo Jiménez, el segundo nombre es Alonra y el asiento de nacimiento de
Kiany Nahomy Carrillo Jiménez, ya que el segundo nombre es Naomy.—Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2017151464 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Julia María
Fernández Vásquez, se ha dictado la resolución N° 5929-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento
Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las nueve horas trece minutos
del dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 31764- 2016.
Resultando: 1°—... 2°—... Considerando: I.—Hechos probados:... II.—Sobre el
fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento, de Keiner Julián
Obando Fernández, en el sentido que el primer nombre es Keyner.—Lic. Luis
Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Licda. Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2017151486 ).
En resolución N° 707-2017 dictada por
el Registro Civil a las quince horas treinta y cuatro minutos del dieciséis de
enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 34754-2016, incoado
por Reyna Beraly Guerrero Arguello, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Ericka Lisbeth Pérez Guerrero, que el nombre de la madre es Reyna
Beraly.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2017151490 ).
En resolución N° 2734-2017 dictada por el Registro Civil a las
quince horas nueve minutos del ocho de marzo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso N° 51670-2016, incoado por María Teresa Galeano Torres, se
dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de, Ana Yancy Reyes Galeano y
Mayela Reyes Galeano, que el nombre, apellidos, nacionalidad y número de cédula
de identidad de la madre son María Teresa Galeano Torres, costarricense y
2-0630-0692.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017151502 ).
En resolución Nº 3301-2017 dictada por
el Registro Civil a las ocho horas veinte minutos del veintitrés de marzo del
dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 49954-2016, incoado por Laura
María Gamboa Leal, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Haniel
José Gamboa Leal, que el primer nombre del menor es: Hanniel.—Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1
vez.—( IN2017151541 ).
En resolución Nº 267-2015 dictada por
el Registro Civil a las trece horas quince minutos del dieciséis de enero del
dos mil quince, en expediente de ocurso Nº 53715-2014 incoado por Indira
Mayqueli Martínez Silva, se dispuso rectificar los asientos de nacimiento de
Walkiria Mayqueli Bello Martínez y Hanna Valentina Williams Martínez, en el
sentido que el nombre de la madre es: Indira Mayqueli.—Lic. Luis Antonio
Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe.—1 vez.—( IN2017151587 ).
En resolución N° 3849-2017 dictada
por el Registro Civil a las trece horas del trece de junio del dos mil
diecisiete, en expediente de ocurso N° 8969-2017, incoado por Varinia Vanessa
Chávez Dávila, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Elbis
Alberto Gaitán Chaves, que el nombre y apellidos de la madre son Varinia
Vanessa Chávez Dávila.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017151688 ).
En resolución Nº 057-2017 dictada por el Registro Civil a las doce
horas cuarenta minutos del tres de enero del dos mil diecisiete, en expediente
de ocurso Nº 11449-2016, incoado por Jaqueling Heydys Castro Flores, se dispuso
rectificar en el asiento de nacimiento de Dilan Leonel Flores Castro, que los
apellidos del padre y nombre de la madre son: Calero Flores y Jaqueling
Heydys.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017151743 ).
En resolución N° 961-2016 dictada por el Registro Civil a las diez
horas cincuenta minutos del veinte de enero del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso N° 35195-2016, incoado por Ronald Anthony Greene, se
dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Sharen Abigail Green Monge,
que el apellido del padre es Greene.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor
a.í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017151752 ).
En resolución N° 774-2017 dictada por
el Registro Civil a las doce horas cuarenta minutos del diecisiete de enero del
dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 33845-2016, incoado por Silvia
Elena Barboza Campos, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de
Yahir Gabriel González Campos, que los apellidos de la madre son Barboza
Campos.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017151854 ).
Registro Civil - Departamento
Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Aviso
de solicitud de naturalización
Anielka Lucía Martínez Briceño, cédula de
residencia Nº 155811511620, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente Nº 3244-2017.—Oficina Regional de Alajuela, Alajuela, al ser
las nueve horas con treinta y nueve minutos del seis de julio del dos mil
diecisiete.—Luis G. Quesada Quesada, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017151302 ).
Lidia María Flete Guadamuz, nicaragüense, cédula de residencia
155817474105, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
4096-2016.—San José, al ser las 1:48 del 5 de julio de 2017.—Randall Gabriel
Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017150476 ).
Erving Uriel Hernández Darbelles, nicaragüense, cédula de
residencia 155811583429, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
3156-2017.—San José, al ser las 12:06 del 3 de julio de 2017.—Carolina Pereira
Barrantes.—1 vez.—( IN2017150479 ).
Rupa Manohar Johannsson Domínguez, dominicano, cédula de
residencia 121400116626, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp.
3129-2017.—San José, al ser las 12:40 del 29 de junio de 2017.—Randall Gabriel
Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017150517 ).
Priscilla Yahoska Calero Palacios, nicaragüense, cédula de
residencia Nº 155813222712, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso, Nº 3182-2017.—San José al ser las 3:54 del 10 de julio de 2017.—Juan
José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017151686 ).
SERVICIO
NACIONAL DE SALUD ANIMAL
PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2017LN-000005-0009400001
Compra
de reactivos y disolventes, bajo la modalidad
de entrega según demanda
La Proveeduría Institucional recibirá Ofertas hasta las 08:00 horas del
día 14 de agosto del 2017, para la “Compra de reactivos y disolventes, bajo la
modalidad de entrega según demanda”.
El
interesado tiene a disposición el Cartel y lo referente al expediente de la
contratación en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), disponible en
la página de Web https://www.sicop.go.cr/index.jsp
La
Proveeduría Institucional del SENASA, se encuentra ubicada SENASA, Barreal de
Heredia, del camposanto Jardines del Recuerdo 1.5 km al oeste y 400 m. al
norte, Campus Benjamín Núñez (Escuela Ciencias del Deporte UNA).
Para
cualquier información comunicarse con el Lic. Bryan Moreira Rodríguez, Analista
de la Contratación, correo electrónico: bryan.moreira@senasa.go.cr. teléfono
2587-1615.
MBA. José Luis Meneses Guevara, Proveedor Institucional.—1 vez.—O.C. Nº
25-2017.—Solicitud Nº 90027.—( IN2017153041 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría
invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000045-PROV
Remodelación del sistema de agua
potable
en los Tribunales de Justicia de Cartago
Fecha y
hora de apertura: 14 de agosto del 2017, a las 10:00 horas.
El respectivo cartel se puede obtener sin
costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados
podrán obtenerlo a través de internet, en la siguiente dirección:
www.poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Invitaciones”).
San José, 14 de julio del
2017.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017152775 ).
COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000004-14
Servicios profesionales para
soporte en Veritas
Cluster e infraestructura del sistema
de tarjetas (SISTAR)
El Banco de Costa Rica, recibirá
ofertas por escrito hasta las 11 horas con 00 minutos (11:00 a. m.) del día 26
de julio del 2017, para la contratación en referencia, las cuales deben de ser
presentadas en Gerencia de Operación de TI, Edificio Aranjuez, 3er piso. Sita:
costado norte de la Iglesia Santa Teresita, Barrio Aranjuez.
El cartel con las condiciones y
especificaciones lo pueden solicitar al correo electrónico:
ComprasOperacionTI@bancobcr.com. Las aclaraciones las pueden remitir al mismo
correo.
Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S.,
Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 66348.—Solicitud Nº 89736.—( IN2017152721 ).
MUNICIPALIDAD
DE CURRIDABAT
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000002-01
Contratación
de servicios para transporte, tratamiento
y disposición final de los
residuos sólidos ordinarios
y residuos sólidos no
tradicionales generados
en el cantón de Curridabat
La Municipalidad de Curridabat, mediante el Departamento de
Proveeduría, informa a todos los oferentes interesados a participar en la
Licitación Pública Nº 2017LN-000002-01 “Contratación de servicios para
transporte, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos ordinarios
y residuos sólidos no tradicionales generados en el cantón de Curridabat”. El
cartel de especificaciones podrá ser descargado desde la página web de la
Municipalidad, www.curridabat.go.cr. Fecha y hora de apertura será el día 16 de
agosto del 2017, hasta las 10:00 a.m., hora del reloj de la Proveeduría
Municipal.
Lic. Christian González S., Proveedor
Municipal.—1 vez.—( IN2017152826 ).
LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000001-01
Contratación de servicios
profesionales de diez abogados
para cobro judicial de tributos adeudados
a la Municipalidad de Curridabat
La Municipalidad de Curridabat,
mediante el Departamento de Proveeduría, informa a todos los oferentes
interesados a participar en la Licitación Pública 2017LN-000001-01,
Contratación de servicios profesionales de diez abogados para cobro judicial de
tributos adeudados a la Municipalidad de Curridabat. El cartel de
especificaciones podrá ser descargado desde la página web de la Municipalidad,
www.curridabat.go.cr. Fecha y hora de apertura será el día 17 de agosto del
2017, hasta las 10:00 a. m., hora del reloj de la Proveeduría Municipal.
Lic.
Christian González S., Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017152829 ).
ASAMBLEA
LEGISLATIVA
DE LA REPÚBLICA DE COSTA
RICA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000001-01
Compra
de vehículos
Se comunica a todos los interesados en la referida licitación pública,
que mediante acuerdo tomado en el artículo 17, de la sesión ordinaria N°
173-2017, celebrada el 04 de julio de 2017, por el Directorio Legislativo y con
base en la RECOM 10-2017 de la Comisión de Recomendación para Contrataciones
Administrativas, adjudicar en forma parcial la Licitación Pública Nº
2017LN-000001-01 “Compra de vehículos”, de la siguiente forma:
A la empresa Purdy Motor S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-005744-24, lo siguiente:
Se le adjudican 11 vehículos
marca Toyota, estilo Fortuner, doble tracción 4X4, todo terreno (Station
Wagon), código interno –FL25- país de origen Argentina, por el precio unitario
de $43.250.00 cada uno, para un monto total adjudicado de $475.750.00 (cuatrocientos
setenta y cinco mil setecientos cincuenta dólares americanos). Color a escoger.
Todo de conformidad con el cartel, las ofertas presentadas y el oficio
de la Comisión de Recomendación para Contrataciones Administrativas RECOM
10-2017, de fecha 26 de junio de 2017.
San José, 17 de julio de 2017.—Licda. Marianela Ávalos Agüero,
Directora a. í.—1 vez.—O.C. Nº 27052.—Solicitud Nº 90055.—( IN2017153037 ).
CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación
que se dirá, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial en sesión
Nº 65-17 celebrada el 11 de julio del año en curso, artículo IV, se dispuso la
siguiente adjudicación:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000055-PROV
Contratación
de servicios de alimentación para privados
de libertad del Segundo y
Tercer Circuito
Judicial de San José
A: John Mora Trejos, cédula de identidad Nº 1-0605-0323.
Grupo de evaluación 1
Línea Nº 1: ¢1.750,00
Línea
Nº 2: ¢2.750,00
Línea
Nº 3: ¢2.750,00
A: Fusiones Gourmet S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-664416.
Grupo de evaluación 2
Línea Nº 1: ¢1.115,00
Línea
Nº 2: ¢1.980,00
Grupo de evaluación 3
Línea Nº 1: ¢1.115,00
Línea
Nº 2: ¢1.980,00
Demás términos y condiciones conforme al pliego de condiciones.
San José, 14 de julio del 2017.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa, a.
í.—1 vez.—( IN2017152774 ).
RED DE SERVICIOS DE SALUD S. A
LICITACION PUBLICA N° 2017LN-000002-INS-RSS
Adquisición de aloinjertos de
origen cadavérico
La INS Red de Servicios de Salud
S. A., comunica que la Junta Directiva mediante Acuerdo N° XIII, de la sesión
N° 101, del 06 de julio del 2017, acordó la adjudicación de la Licitación
Pública 2017LN-000002-INS-RSS “Adquisición de aloinjertos de origen cadavérico”
de la siguiente manera:
Empresa: New Medical S.A.
cédula: 3-101-142660
La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF
San José, 14 de julio del
2017.—Proveeduría.—Licda. Evelyn Marín Mora, Coordinadora.—1 vez.—O. C. N°
206-2016.—Solicitud N° 18076.—( IN2017152825 ).
HOSPITAL WILLIAM ALLEN T.
OFICINA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000006-2307
Suministro concentradores de
oxígeno
Se comunica a los interesados en
el concurso mencionado, que mediante acto de adjudicación Nº 2017LA-06, se
otorgó la compra al proveedor: Ingeniería Hospitalaria OCR S. A., por un
monto anual de ¢30.090.000,00 (treinta millones noventa mil colones netos).
Planificación de Bienes y
Servicios.—Lic. Cristian Aguilar Quesada.—1 vez.—( IN2017152794 ).
El Instituto de Desarrollo
Rural, comunica la adjudicación del siguiente proceso:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000001-01
Contratación de Ingenieros(as)
Agrónomos(as)
especialistas en realizar certificados de uso
conforme de suelos y estudios de
suelos de alto detalle
Acto de adjudicación dictado
mediante oficio GG-1028-2017, del 10 de julio del 2017, que literalmente se
transcribe:
Adjudicar la Licitación Abreviada Nº
2017LA-000001-01 “Contratación de Ingenieros(as) Agrónomos(as) especialistas en
realizar certificados de uso conforme de suelos y estudios de suelos de alto
detalle”, a la oferta Nº 3 presentada por: Janeth Pedroza Laguna, cédula de
identidad Nº 3-0082-0217; oferta Nº 4 presentada por: Franklin Eduardo
Arias Murillo, cédula de identidad Nº 5-0221-0275; oferta Nº 6 presentada
por: Fernando Castro Hernández, cédula de identidad Nº 1-1032-0436, y a
la oferta Nº 7 presentada por: María de los Ángeles Murillo Soto, cédula de
identidad Nº 1-0685-0071.
La coordinación, fiscalización y ejecución
presupuestaria durante la ejecución del objeto de este proceso licitatorio,
estará a cargo de la Oficina de Adquisición y Dotación de Tierras, en calidad
de Unidad Solicitante del proceso licitatorio.
San Vicente de Moravia, San
José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto,
Coordinadora.—1 vez.—( IN2017152842 ).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 2015LN-000011-0GCTT
Trabajos
para la atención de la Ruta Nacional Nº 405
(en
lastre) y Ruta de Travesía Nº 30703 (en lastre),
La Fuente-Boquerón, Zona
1-7
El Consejo Nacional de Vialidad (CONAVI), comunica a todos los
interesados en el concurso en referencia que, mediante artículo IX, Sesión N°
1419-17, de fecha 01-06-17 (Oficio N° ACA 01-17-0393 de fecha 02 de junio del
2017), y artículo XII, Sesión N° 1422-17, de fecha 22-06-17 (Oficio N° ACA
01-17-0485 de fecha 11 de julio del 2017), este último referente a la Fe de
Erratas del acuerdo de adjudicación antes indicado, el Consejo de
Administración acordó:
Acuerdo Firme (ACA
01-17-0393):
“Analizados los informes
legal, técnico, de razonabilidad de precios, la recomendación de la Comisión de
Adjudicaciones CRA 019-2017 y el oficio emitido por la Dirección Ejecutiva Nº
DIE 08-16-1583 se acogen y se adjudica la Licitación Pública Nº
2015LN-000011-0GCTT “Trabajos para la atención de la Ruta Nacional Nº 405 (en
lastre) y Ruta de Travesía Nº 30703 (en lastre), La Fuente-Boquerón, Zona 1-7,
a la empresa Constructora Hermanos Brenes, S. A., cédula jurídica Nº
3-101-172938, por un monto de ¢449.057.682,29 (cuatrocientos cuarenta y nueve
millones cincuenta y siete mil seiscientos ochenta y dos con 29/100) y un plazo
de ejecución de 120 (ciento veinte) días naturales.
Acuerdo (ACA 01-17-0485):
Modificar el acuerdo del
artículo IX, Sesión N° 1419-17, de fecha 01-06-17 a efecto de enmendar el monto
de la adjudicación de la siguiente manera:
Donde Dice “ ...por un monto de ¢449.057.682,29 (cuatrocientos cuarenta y nueve
millones cincuenta y siete mil seiscientos ochenta y dos con 29/100).
Debe decir “… por un monto de ¢499,057,682.29 (cuatrocientos noventa y nueve
millones cincuenta y siete mil seiscientos ochenta y dos con 29/100).”
Licda. Carmen María
Madrigal Rímola, Proveedora Institucional.—1 vez.—O.C. Nº 4910.—Solicitud Nº
89886.—( IN2017152946 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2016LA-000102-PROV
(Prórroga N° 1)
Suministro, instalación,
mantenimiento y
puesta en marcha de la planta eléctrica
de emergencias, para el edificio Anexo B
El Departamento de Proveeduría
informa a todos los potenciales proveedores interesados a participar en el
procedimiento indicado, que por existir recurso de objeción al cartel, se
prorroga la apertura de este procedimiento al 16 de agosto de 2017, a las 10:00
horas. De gestionarse modificaciones oportunamente se comunicará.
San José, 17 de julio del
2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—(
IN2017152959 ).
DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTACIÓN
Que de conformidad con lo
establecido en el segundo párrafo del artículo 174 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, adicionado por el artículo 2 de la Ley de
Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, N° 9069 de 10 de setiembre del 2012,
se concede a las entidades representativas de intereses de carácter general,
corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir
de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su
parecer respecto del proyecto de decreto denominado “Modificaciones y adiciones
al Reglamento de Procedimiento Tributario, Decreto Ejecutivo Nº 38277-H del 7
de marzo de 2014 y sus reformas”. Las observaciones sobre el proyecto en
referencia, deberán expresarse por escrito y dirigirlas al correo electrónico:
DirecNormativaDGT@hacienda.go.cr, o a la Dirección Normativa, sita en San José,
edificio La Llacuna, piso 14, calle 5, avenida central y primera. Para los
efectos indicados, el citado proyecto se encuentra disponible en el sitio web:
http://www.hacienda.go.cr en la sección “Propuestas en consulta pública”,
opción “Proyectos Reglamentarios Tributarios”. Publíquese por dos veces.—San
José, a las catorce horas del cuatro de julio de dos mil diecisiete.
Juan
Carlos Gómez Sánchez, Director General de Tributación a. í.—O.C. Nº
3400031806.—Solicitud Nº 89418.—( IN2017150953 ). 2
v. 1.
OPERADORA
DE PLANES DE PENSIONES
COMPLEMENTARIAS DEL BANCO
POPULAR
Y DE DESARROLLO COMUNAL S. A.
Se da a conocer que la Junta Directiva de la Operadora de Pensiones
Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal Sociedad Anónima en
Sesión Ordinaria Nº 513, celebrada el jueves 08 de junio de 2017, acordó
aprobar por unanimidad, aprobar los cambios efectuados al Reglamento del Comité
de Inversiones de la Operadora de Planes de Pensiones del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal en los siguientes términos.
Artículo 3º—De la conformación del Comité
a. El Gerente de la Operadora, quien lo presidirá y, en caso de
empate, ejercerá el doble voto, de acuerdo con la Ley General de la
Administración Pública.
b. El Gestor de Cartera, quien será el secretario.
c. El Gerente de Inversiones en Mercado Local.
d. El Gerente de Inversiones en Mercados Internacionales.
e. El miembro independiente, indicado en el artículo 3 del Reglamento
de Inversiones de las Entidades Reguladas.
Además, se invitará en forma
permanente a las sesiones, con voz pero sin voto, no formando parte del quórum:
1. El Director de Riesgo Corporativo del Banco Popular y Desarrollo
Comunal o su designado.
2. El Jefe de la División de Riesgo Financiero del Banco Popular y de
Desarrollo Comunal.
3. El Encargado de la Unidad de Riesgo de la Operadora.
En caso de que el presidente o secretario, no pueda asistir a la sesión
del Comité de Inversión, podrán ser suplidos por los miembros “C” y “D”,
delegando así la responsabilidad del caso.
Lic. Francisco Bonilla Shephey, Gerente Inversiones.—1 vez.—(
IN2017151493 ).
A las trece horas del día
dieciséis, de agosto de dos mil diecisiete, en la oficina del suscrito notario
público, situada en Santa Ana, centro, de la puerta principal de la iglesia
católica 350 metros al sur, edificio color amarillo con gris, teléfono
22340409, libre de gravámenes, anotaciones judiciales e infracciones de
tránsito y con la base de dieciséis mil trescientos dieciséis dólares con
cincuenta centavos en el mejor postor remataré lo siguiente: un vehículo marca,
Toyota, categoría, automóvil, serie, MR2B29F32H1011279, carrocería, sedan 4
puertas, tracción, 4x2, chasis, MR2B29F32H1011279, VIN, MR2B29F32H1011279,
techo duro, estilo Yaris E, capacidad 5 personas, año 2017; color plateado;
peso bruto 1500 kilogramos número de motor 2NRX019637, cilindrada 1535
centímetros cúbicos potencia, 64,00 KW, combustible, gasolina, marca, Toyota,
modelo, NSP151L-BEMRK, cilindros 4; placas de circulación BLV quinientos
cuarenta y nueve. Para el segundo remate se señalan las trece horas del treinta
y uno de agosto de dos mil diecisiete con la base de doce mil doscientos
treinta y siete dólares con treinta y siete centavos (rebajada en un
veinticinco por ciento de la base original) y para el tercer remate se señalan
las trece horas del dieciocho de setiembre de dos mil diecisiete, con la base
de: cuatro mil setenta y nueve dólares con doce centavos (veinticinco por
ciento de la base original). Lo anterior por haberío así solicitado la firma
Financiera CAFSA S. A., cédula jurídica número 3-101-52431-30, domiciliada en
San José, Escazú, Torre Lexus tercer piso, proceso ejecución prendaria
extrajudicial contra Andrey Arrieta Jiménez. Artículos 72 y 73 de la Ley de
Garantías Mobiliarias; 536 del Código de Comercio; 21 a 31 Ley de Cobro Judicial.
De presentarse algún postor en alguno de los remates para participar deberá
depositar el cincuenta por ciento (50%) de la base, en efectivo o mediante
cheque certificado de un Banco Costarricense. Para el tercer remate el postor
deberá depositar la totalidad de la oferta para que la misma sea considerada
válida. El adjudicatario acepta el bien en el estado de uso, conservación y
posesión en que se encuentre, debiendo inspeccionado previamente y la sola
presentación de la oferta implica que conoce y acepta las condiciones del bien,
relevando a Financiera CAFSA Sociedad Anónima de toda responsabilidad.—Lic.
Geovanni Antonio Vega Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017153000 ).
A las diez horas del día
dieciséis de agosto de dos mil diecisiete, en la oficina del suscrito notario
público, situada en Santa Ana, centro, de la puerta principal de la iglesia
católica 350 metros al sur, edificio color amarillo con gris, teléfono
22340409, libre de gravámenes, anotaciones judiciales e infracciones de
tránsito y con la base de veintisiete mil ciento sesenta y siete dólares con
sesenta y dos centavos, en el mejor postor remataré lo siguiente: Un vehículo
marca Toyota, categoría: automóvil; estilo: Rav4, capacidad: cinco personas,
número de serie: JTMBD8EV1HD093812; año: dos mil diecisiete; carrocería: todo
terreno cuatro puertas, color rojo; tracción: cuatro por cuatro; peso bruto:
dos mil kilogramos; número de chasis: JTMBD8EV1HD093812 número de Vin:
JTMBD8EV1HD093812, número de motor 3ZR6607003; marca: Toyota; cilindrada: dos
mil centímetros cúbicos, modelo: ZSA44L-ANFXK; cilindros: cuatro, combustible:
gasolina. placas de circulación nacional, número BKR 282. Para el segundo
remate se señalan las diez horas del treinta y uno de agosto de dos mil
diecisiete con la base de veinte mil trescientos setenta y cinco dólares con
setenta y un centavos (rebajada en un veinticinco por ciento de la base
original) y para el tercer remate se señalan las diez horas del dieciocho de
setiembre de dos mil diecisiete, con la base de: seis mil setecientos noventa y
un dólares con noventa centavos (veinticinco por ciento de la base original).
Lo anterior por haberlo así solicitado la firma Financiera Cafsa LA., cédula
jurídica número 3-101-52431-30, domiciliada en San José, Escazú, Torre Lexus tercer
piso, en proceso de ejecución prendaria extrajudicial contra Valeria Aguilar
Ramírez, Artículos 72 y 73 Ley de Garantías Mobiliarias; 536 Código Comercio;
21 a 31 Ley de Cobro Judicial de presentarse algún postor en alguno de los
remates para participar deberá depositar el cincuenta por ciento (50%) de la
base, en efectivo o mediante cheque certificado de un banco costarricense. Para
el tercer remate el postor deberá depositar la totalidad de la oferta para que
la misma sea considerada válida. El adjudicatario acepta el bien en el estado
de uso, conservación y posesión en que se encuentre, debiendo inspeccionarlo
previamente y la sola presentación de la oferta implica que conoce y acepta las
condiciones del bien, relevando a Financiera Cafsa Sociedad Anónima de toda
responsabilidad.—Lic. Geovanni Antonio Vega Cordero, Notario.—1 vez.—(
IN2017153015).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-2832-2017.—Mejías Pineda
Jeannette, costarricense, cédula 2 0320 0767, ha solicitado reposición del
título Licenciada en Microbiología y Química Clínica. Cualquier persona
interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de
los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, a los veinte días del mes de junio del año dos mil
diecisiete.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2017151484 ).
ORI-2886-2017.—Oreamuno Fonseca
Olga Patricia, costarricense, cédula 1 1190 0038, ha solicitado reposición del
título de Bachillerato en Ingeniería Agronómica con Énfasis en Fitotecnia.
Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la
solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los veintidós días del mes de junio
del dos mil diecisiete.—Oficina de Registro e Información.—MBA José Rivera
Monge, Director.—( IN2017151585 ).
SEÑORES USUARIOS
El Servicio Nacional de Aguas
Subterráneas Riego y Avenamiento (Senara) Dirección de Investigación y Gestión
Hídrica, informa que se aprobó y se encuentran vigentes los procedimientos y
términos de referencia para que los usuarios presenten estudios hidrogeológicos
al Senara “Términos de Referencia para Presentar Estudios Hidrogeológicos a la
Dirección de Investigación y Gestión Hídrica (DIGH) del Senara, Proyectos
Nuevos o Existentes y Trámites de Perforación de Pozos (mayo del 2017)” Estos
términos se pueden accesar mediante la página Web de SENARA: www.senara.go.cr
Firma Responsable:
Ariel Salazar Gutiérrez M.B.A.,
Coordinador a. í. Servicios Administrativos.—1 vez.—( IN2017150778 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Al señor Anchía Novoa Daniel, se
le comunica que por resolución de las diez horas veinte minutos del primero de
mayo del año dos mil diecisiete se dio inicio al proceso especial de protección
mediante dictado de una medida de Abrigo Temporal, la resolución de las nueve
horas dieciséis minutos del ocho de junio del año dos mil diecisiete donde se
modifica dicha medida de protección a favor de la persona menor de edad Allison
Daniela Anehla Castellón y se le concede audiencia a las partes para que ser
escuchadas y aportar las pruebas que requieran y que por resolución de las once
horas del ocho de junio del dos mil diecisiete donde se corrige error material
de la resolución de las diez horas veinte minutos del primero de mayo del año
dos mil diecisiete. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda
de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Ciudad
Cortés, Cinco Esquinas, 75 metros norte de pulpería 5 Esquinas o bien, señalar
número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran
practicarse por este medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación
ante la Presidencia Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última
notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino
el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código del a Niñez y la
Adolescencia). Expediente OLOS-00020-2017. Publíquese. Oficina Local
Osa.—Licda. Roxana Gamboa Martínez, Representante Legal.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000033.—( IN2017150956 ).
A Damaris Listeh Ramos Pineda, costarricense
por naturalización, cédula ocho cero cero siete uno cero cero ocho uno se le
comunica la resolución de las catorce horas del dos de febrero del dos mil
diecisiete de medida de cuido provisional de la persona menor de edad Benjamín
Fernández Ramos, quien se ubica actualmente bajo el cuido de Norma Rosa Pineda
Palma. La medida tiene plazo de vigencia de seis meses. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones, en el entendido que de no
hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace
saber además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. PANI:
OLAL-00032-2017.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Álvaro Carvajal Rivera,
Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—(IN2017150957 ).
A: Fabis Ariel Alvarado Aguirre, se le
comunica la resolución del Patronato Nacional de la Infancia, Oficina Local de
Grecia de las catorce horas del diecinueve de junio del año en curso, en la que
se resuelve: I.- Dar inicio al proceso especial de protección en sede
administrativa. II- Se ordena ubicar a la persona menor de edad Ithany Briseidy
Alvarado Artavia, bajo el cuido provisional de la señora Andrea Cervantes
Alvarado, quien deberá acudir a este despacho a aceptar el cargo conferido.
III.- Se le ordena a la señora Brenda Sthefani Artavia Solano, en su calidad de
progenitora de la persona menor de edad en mención, que debe someterse a
orientación, apoyo y seguimiento a la familia, que le brindará la Oficina Local
de Siquirres en el tiempo y forma que se le indique. Para lo cual, se le ordena
que debe cooperar con la atención institucional, lo que implica asistir a las
citas que se le brinde así como cumplimiento de las indicaciones emitidas. IV-
La Oficina Local de Siquirres debe valorar la condición de la madre y la de su
otro hijo Dominic Gael Calero Artavia, de año y ocho meses de edad el cual se
encuentra a su lado y según los resultados se determine lo más conveniente. V-
Brindar seguimiento social a través de la Oficina del PANI de Grecia a la situación
de la persona menor Ithany Briseidy Alvarado Artavia al lado de la guardadora.
VI- La señora Brenda Sthefani Artavia Solano podrá visitar a su hija los
primeros y terceros sábados de cada mes en la casa de habitación de la
guardadora, sin horario limitado dado que la madre viaja de zona alejada. VII-
La presente medida vence el diecinueve de diciembre del año dos mil diecisiete,
plazo dentro del cual deberá resolverse la situación jurídica de la persona
menor de edad. VIII- En razón de que la madre reside en la zona de Siquirres se
declara incompetente por razón del territorio, para continuar conociendo de
este proceso y ordena remitir el expediente Nº OLGR-00130-2017, a la Oficina
Local del Patronato Nacional de la Infancia de Siquirres, para que se arrogue
el conocimiento del presente asunto. Se comisiona a dicha oficina para que
notifique la presente resolución. En contra de lo ordenado se podrá interponer
recurso de apelación ante la Presidencia Ejecutiva de la institución; se podrá
interponer dentro de las 48 horas siguientes a su notificación. Se le previene
que debe señalar un lugar, casa u oficina donde recibir notificaciones futuras,
así como señalar un medio electrónico del tipo facsímil y en el entendido que
de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio electrónico fuere defectuoso, estuviere desconectado
las resoluciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de
dictadas, expediente Nº OLGR-00130-2017.—Oficina Local de Grecia, 20 de junio
del 2017.—Licda. Carmen Lidia Durán Víquez, Representante Legal.—O.C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000033.—( IN2017150958 ).
Al señor Heriberto Fabio Vásquez Arias, se le
comunica resolución de las diez horas del nueve de junio del dos mil
diecisiete, en donde se dio Inicio del Proceso Especial de Protección en Sede
Administrativa y Dictado de Medida de Cuido Provisional a favor de la persona
menor de edad Joscelyn Vásquez Murillo, se le concede audiencia a las partes
para que se refieran al Informe Social extendido por la licenciada en Trabajo
Social, la licenciada. Angélica Barrientos Méndez. Se le advierte que deberá
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de
un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se
encuentra situada en Buenos Aires, 300 metros al sur de la Clínica de Salud,
instalaciones de Aradikes o bien, señalar número de facsímil para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la
presente cabe recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta
Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a
partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a las partes
en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino el recurso deviene en
inadmisible (Artículo 139 Código de la Niñez y Adolescencia). Expediente
OLBA-00014-2017. Publíquese. Oficina Local de Buenos Aires.—Licda. Heilyn Mena
Gómez, Representante Legal.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000033.—(
IN2017150959 ).
Al señor Huipan Cen, calidades y domicilio
desconocidos por esta oficina local se le comunica la resolución de las ocho
horas del diecinueve de junio de dos mil diecisiete que dio inicio al Proceso
Especial de Protección en sede administrativa y dictó medida de Cuido
Provisional a favor de las personas menores de edad Nashly Kristin, Jeikoop
Darrel y Valloleth Nashell todos Cen Varela y otro, ubicándolo en el hogar de
la abuela materna señora Jacqueline Varela Hernández por el plazo de seis meses
prorrogables judicialmente, remitiendo el expediente administrativo al Área
Psicosocial de esta oficina local para que le brinden el seguimiento respectivo
y realicen investigación ampliada en un plazo de veinticinco días. Además les confiere
audiencia para que presente los alegatos y sea escuchada en el proceso, así
como su posibilidad de aportar la prueba que considere oportuna en este
proceso. Se les confiere el término de tres días para que manifiesten cualquier
oposición o manifiesten lo que tengan a bien manifestar. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas por edicto al desconocer su
domicilio actual exacto o ubicación de ambos, a quienes se les advierte que
deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar
número de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren
practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar
señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución inicial descrita procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a
la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N°
OLHN-00138-2.—Oficina Local Heredia Norte.—Licda. Ana Julieta Hernández Issa El
Khoury, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº
17000033.—( IN2017150960 ).
Se comunica al señor Isauro Raúl Valverde
Chaves, mayor de edad, casado, costarricense, portador de la cédula de
identidad Nº 701920627, de domicilio y demás calidades desconocidas, padre
registral de la persona menor de edad Ashley Fabiola Valverde Picado, las
resoluciones administrativas dictadas por ésta representación de las ocho horas
del diecinueve de abril de dos mil diecisiete, en la cual se dictó la medida de
protección de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Ashley
Fabiola Valverde Picado, de ocho años de edad, nacida el veinte de noviembre de
dos mil ocho, inscrita en el Registro Civil, Sección de Nacimientos de la
provincia de Limón, al tomo 0367, asiento 358, hija de Cindy Patricia Picado
Bolaños e Isauro Raúl Valverde Chaves, para que permanezca bajo el cargo de la
Alternativa de Protección institucional Aldea de Moín y la de las doce horas
del veintiséis de mayo de dos mil diecisiete en la cual se modificó la medida
de protección anterior y se ordenó medida de protección de cuido provisional de
la persona menor de edad Ashley Fabiola Valverde Picado en el hogar de su tía
materna la señora Magally Picado Bolaños, mayor de edad, costarricense,
divorciada en unión libre, ama de casa portadora de la cédula de identidad Nº
2-543-0303. Recurso: el de apelación, señalando lugar para oír notificaciones
dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro
de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación de este
edicto.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero,
Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—( IN2017150961
).
Al señor José Evaristo Figueroa Alvarado se
le comunica la resolución de las ocho horas con treinta y cinco minutos del día
catorce de junio del año dos mil diecisiete que ordenó inicio del proceso
especial de protección en sede administrativa y dictado de medida de protección
de abrigo temporal en beneficio de la persona menor de edad Y.M.F.J.
Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en
su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar
conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso,
estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro
modo no imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Exp. N° OLU-00035-2017.—Oficina
Local de Upala-Guatuso.—Licda. Katia Corrales Medrano, Órgano Director Del
Procedimiento.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—( IN2017150962 ).
Al señor Julián Andrés Tamayo Velásquez (se
desconocen otros datos), se le notifica la resolución administrativa de las
once horas del veintinueve de mayo del dos mil diecisiete, dictada por esta
Oficina Local, en la cual se resolvió: Otorgar medida de Cuido Provisional en
Recurso Familiar a la persona menor de edad Félix Mateo Tamayo Gutiérrez, a
cargo de la señora Blanca Iris Picado Brenes, portadora de la cédula 900520737,
vecina de Desamparados, San Miguel, La Capri, de la iglesia católica, 100
metros sur y 75 este, casa de alto número 8, color verde claro, frente a
veranera. Se indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de
hasta seis meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial,
teniendo como fecha de vencimiento el veintinueve de noviembre del dos mil
diecisiete. Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de
apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia
Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal
o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación.
Se advierte a las partes que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones
futuras, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones
posteriores se le tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro
horas. Notifíquese. Exp. N° OLSJE-00081-2017.—Oficina Local San José
Este.—Licda. Gioconda María Barquero Gardela, Representante legal.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000033.—( IN2017150963 ).
A Katherine Tatiana González Jiménez,
costarricense, cédula uno uno siete cero cuatro cero ocho nueve nueve se le
comunica la resolución de las catorce horas y quince minutos del diez de mayo
del dos mil diecisiete se dicta medida de cuido provisional de la persona menor
de edad Neimar Isaías González Jiménez, quien se ubica actualmente bajo el
cuido de María Leonor González Jiménez. La medida tiene plazo de vigencia de
seis meses. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas, a
quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso será
de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Exp. N° OLAL-000110-2017.—Oficina Local de Alajuelita.—Lic. Álvaro Carvajal
Rivera, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—(
IN2017150964 ).
Al señor Keilor Ismael Ordoñez Calvo, de
otras calidades y domicilio ignorados; se le comunica la resolución de Inicio
del Proceso Especial de Protección y medida de Cuido Provisional de las 08:30
horas del 19 de abril del 2017 a favor de la persona menor de edad Gonger
Nicole Ordoñez Guevara. Notificaciones. Se les previene a las partes señalar
casa, oficina o lugar, donde atender notificaciones, en caso de no hacerlo, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después
de dictadas. Garantía de defensa: Se les informa a las partes, que es su
derecho hacerse asesorar o representar por un profesional en derecho de su
elección, así como a tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles
al estudio y revisión del expediente administrativo. Recursos: Se hace saber a
las partes, que en contra de esta resolución procede el recurso de apelación,
el que deberá interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito
dentro de las cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo
dicho recurso la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José,
Barrio Luján, en horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para
tal efecto pueden ofrecer además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho
recurso será inadmisible si es presentado pasado el plazo indicado. La
presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación del acto
recurrido. Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas en el
Diario Oficial La Gaceta. Expediente Administrativo:
OLP0-0040-2017.—Oficina Local Pani de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo
Hurtado, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº
17000033.—(IN2017150965 ).
A los señores Kenneth Alberto Campos Fallas y
Libeth María Céspedes Gómez, de otras calidades y domicilio ignorados; se le
comunica la resolución de inicio del proceso especial de protección y medida de
cuido provisional de las quince horas del nueve de diciembre del año dos mil
dieciséis a favor de la persona menor de edad Anyerson Jeremy Campos Céspedes.
Notificaciones. Se les previene a las partes señalar casa, oficina o lugar,
donde atender notificaciones, en caso de no hacerlo, las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas.
Garantía de defensa: se les informa a las partes, que es su derecho hacerse
asesorar o representar por un profesional en derecho de su elección, así como a
tener acceso en la Oficina Local dentro de horas hábiles al estudio y revisión
del expediente administrativo. Recursos: se hace saber a las partes, que en
contra de esta resolución procede el recurso de apelación, el que deberá
interponerse ante este despacho, en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas, posteriores a la notificación, resolviendo dicho recurso
la Presidencia Ejecutiva de la entidad, ubicada en San José, Barrio Luján, en
horas hábiles de las siete a las quince y treinta horas. Para tal efecto pueden
ofrecer además, las pruebas que consideren pertinentes. Dicho recurso será
inadmisible si es presentado pasado el plazo
indicado. La presentación del recurso de apelación, no suspenderá la aplicación
del acto recurrido. Se deberá publicar este edicto por tres veces consecutivas
en el Diario Oficial La Gaceta, expediente Administrativo: Nº
OLPO-00051-2014.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado,
Representante Legal.—O.C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—( IN2017150966 ).
A la señora Laura María Altamirano Salmerón,
se le comunica la resolución de las dieciocho horas del primero de abril de dos
mil diecisiete que ordenó I)- Iniciar el procedimiento de protección en sede
Administrativa ordenando el cuido provisional de la persona menor de edad
Anyelina Raquel Mendoza Altamirano en el hogar de Karen Altamirano Salmerón,
por un plazo que no podrá exceder de seis meses. II.-Refiérase esta situación a
la Oficina Local Uruca con la finalidad de que se inicie un proceso de atención
en segunda instancia con la finalidad de profundizar en la situación
psicosocial del grupo familiar, en especial favorecer condiciones para que la
progenitora reciba tratamiento integral en el Iafa por su consumo de drogas
alcohol. Asimismo, referir a la progenitora a valoración psicológica en el
Inamu en su condición de víctima de violencia doméstica. Generar condiciones
para un acuerdo respetuoso y armonioso entre progenitora y cuidadora
provisional, evitando desavenencias comunicacionales que comprometan el
desarrollo integral de la persona menor de edad. III.- Se ordena a la madre
Laura María Altamirano Salmerón, cédula N° 1-1532-147 su obligación de
incluirse en los programas de atención y tratamiento por consumo de drogas
licitas e ilícitas, de los que al efecto lleva el Instituto de Fármaco
Dependencia y Alcoholismo más cercano a su comunidad, debiendo comparecer e
informar de ello a la profesional actuante, a todas las sesiones que se le
convoque. IV.- Comuníquese esta decisión al Juez de Familia Competente. Se hace
saber a los progenitores, que de conformidad con el artículo 140 y 141 1 Código
de Familia. “Compete a los padres regir a los hijos, protegerlos... y
representarlos legalmente…” “Los derechos y obligaciones inherentes a la patria
potestad no pueden renunciarse, ni modificarse por acuerdo de partes...”.
Notifíquese la anterior resolución a los interesados, con la advertencia que
tienen que señalar casa u oficina donde recibir notificaciones dentro del
perímetro jurisdiccional de la Oficina Local de Uruca y si no lo hacen las
resoluciones posteriores se darán por notificadas en el transcurso de las
veinticuatro horas después de dictadas. Se advierte en contra de esta
resolución procede el recurso de apelación, el que deberá interponerse en el
plazo de cuarenta y ocho horas, contadas a partir del día siguiente de recibida
la notificación, ante la Oficina Local de Uruca o si fuere necesario ante esta
oficina de atención integral, el que será resuelto por la Presidenta Ejecutiva
de la institución en San José, será inadmisible el interpuesto pasado las
cuarenta y ocho horas señaladas. Resérvese una copia de estas actuaciones en el
Departamento de Atención Inmediata. Notifíquese, expediente administrativo N°
OLUR-00009-2016.—Oficina Local de La Uruca.—Lic. Yorhanny Campos Piedra, Órgano
Director del Procedimiento por delegación de la Presidencia Ejecutiva.
Departamento de Atención Inmediata.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—(
IN2017150967 ).
Se comunica a los señores: Luis Gerardo
Agüero Pérez y Neidy Rocío Alvarado Jiménez, ambos mayores de edad, casados
entre sí, costarricenses, portadores de la cédula de identidad Nº 205890921 el
primero y 112290630 la segunda, de domicilio y demás calidades desconocidas, la
resolución administrativa dictada por esta representación de las ocho horas del
tres de abril de dos mil diecisiete, en la que se ordena medida de protección
de cuido provisional a favor de la persona menor de edad Briana Sofía Agüero
Alvarado, de dos años y un mes de edad, nacida el diecinueve de abril de dos
mil quince, inscrita en el Registro Civil, sección de nacimientos de la
provincia de Alajuela al tomo 997, folio 273, asiento 545, para que permanezcan
bajo el cuido y protección de los señores: Arelys Arias León y Jeffry Jiménez
Arrieta, ambos mayores de edad, costarricenses, casados entre sí, ama de casa y
transportista respetivamente, con número de cédula de identidad 1-0159-143 la
primera y 7-0140-0014 el segundo. Recurso: el de apelación, señalando lugar
para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia
Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la
tercera publicación de este edicto.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall
Quirós Cambronero, Representante Legal.—O.C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—(
IN2017150968 ).
Se comunica al señor Luis Ismael Medina
Gómez, mayor de edad, divorciado, costarricense, portador de la cédula de
identidad número 501250883, de domicilio y demás calidades desconocidas, la
resolución administrativa dictada por ésta oficina local de las quince horas
con cuarenta y cinco minutos del quince de junio de dos mil diecisiete, en la
cual se dictó la medida de protección de abrigo temporal a favor de sus hijas
las personas menores de edad Ursula Susana Medina Sánchez, de catorce años de
edad, nacida el 24 de febrero de dos mil tres, de nacionalidad costarricense,
con inscripción en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de
Limón, al tomo 298, asiento 554, Cristel Yuriela Medina Sánchez, de ocho años
de edad, nacida el 07 de julio de dos mil ocho, de nacionalidad costarricense,
con inscripción en el Registro Civil, sección de nacimientos de la provincia de
Limón, al tomo 339, asiento 984, Adriana Gabriela Medina Sánchez, de diez años
de edad, nacida el 08 de noviembre de dos mil seis, de nacionalidad
costarricense, con inscripción en el Registro Civil, sección de nacimientos de
la provincia de Limón, al tomo 326, asiento 398, hijas de Olga Marta Sánchez
Quesada y Luis Ismael Medina Gómez, para que permanezcan ubicadas en la
Alternativa de Protección Institucional denominada Aldea de Moín. Recurso: El
de Apelación, señalando lugar para oír notificaciones dentro del perímetro
judicial de la Presidencia Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a la tercera publicación de este edicto.
OLSI-00105-2017.—Oficina Local de Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronera,
Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—(IN2017150969 ).
Se comunica al señor: Mario Alexander Abarca
Suazo, mayor de edad, de nacionalidad nicaragüense, de domicilio y demás
calidades desconocidas, padre registral de la persona menor de edad María
Alondra Abarca Rodríguez, la resolución administrativa dictada por ésta oficina
local de las dieciseis horas cinco minutos del treinta y uno de mayo de dos mil
diecisiete, en la cual se dictó la medida de protección de abrigo temporal a
favor de la persona menor de edad María Alondra Abarca Rodríguez, de dos años
de edad, nacida el 27 de febrero de 2015, de nacionalidad costarricense,
inscrita en el Registro Civil, Sección de nacimientos de la provincia de Limón,
al tomo 0389, asiento 0730, hija de María Fernanda Rodríguez Quirós y Mario
Alexander Abarca Suazo, para que permanezca ubicada en la Alternativa de Protección
No Gubernamental Hogarcito de Turrialba. Recurso: El de Apelación, señalando
lugar para oír notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia
Ejecutiva en San José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la
tercera publicación de este edicto. OLSI-00156-2016. Oficina Local de
Siquirres.—Lic. Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. N°
00041016.—Solicitud N° 17000033.—( IN2017150970 ).
A los interesados; se le comunica la
siguiente resolución declaratoria administrativa de abandono de las 09:00 horas
del 09 de junio del año 2017 a favor de la persona menor de edad Randy Daniel
Álvarez Mata. Notifíquese la anterior resolución a las partes interesadas,
personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les advierte que deberán
señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o bien, señalar número
de facsímile para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por
ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio seleccionado fuere
defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión de papel o por
cualquier otro modo no imputable a esta institución se interrumpiere la
comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas
después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la presente
resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán interponer
ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes
a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso será de
conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido
que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Se deberá
publicar este edicto por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La
Gaceta. Expediente Administrativo: OLPO-00132-2016.—Oficina Local de
Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo Hurtado, Abogada.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000033.—( IN2017150971 ).
A la señora Regina Fernández Zúñiga, se le
comunica resolución de las nueve horas treinta minutos del treinta de mayo dos
mil diecisiete, en donde se dio inicio del proceso especial de protección con
dictado de medida de abrigo temporal a favor de la persona menor de edad Fernando
José Obando Fernández se le concede audiencia a las partes para que se refieran
al Informe Social extendido por la licenciada en Trabajo Social, la licenciada
Angélica Barrientos Méndez. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido
para recibir sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la
redonda de la sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en
Buenos Aires, 300 metros al sur de la Clínica de Salud, instalaciones de
Aradikes, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la presente cabe
recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de esta institución, el cual
deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la
última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 Código de la Niñez y
Adolescencia). Exp. N° OLBA-00131-2015.—Oficina Local de Buenos Aires.—Licda.
Heilyn Mena Gómez, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº
17000033.—( IN2017150972 ).
Al señor Ríos Cordero Gerald, se le comunica
que por resolución de las trece horas del seis de junio del año dos mil
diecisiete, se dio inicio al proceso especial de protección mediante dictado de
una medida de orden de internamiento a Centro Especializado para Rehabilitación
por Drogadicción a favor de la persona menor de edad Ini Johel Ríos Rojas y se
le concede audiencia a las partes para que ser escuchadas y aportar las pruebas
que requieran. Se le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir
sus notificaciones, dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la
sede de esta Oficina Local, la cual se encuentra situada en Ciudad Cortés,
Cinco Esquinas, 75 metros norte de pulpería 5 Esquinas o bien, señalar número
de facsímil para recibir aquellas notificaciones que pudieran practicarse por
este medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere
inexacto, las notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después
de dictadas. Contra la presente cabe recurso de apelación ante la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, el cual deberá interponer ante esta
Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes,
contadas a partir del día hábil inmediato siguiente de la última notificación a
las partes, en el entendido que hacerlo fuera de dicho termino el recurso
deviene en inadmisible (Artículo 139 del Código de la Niñez y la Adolescencia).
Expediente Nº OLOS-00126-2017.—Oficina Local Osa.—Licda. Roxana Gamboa
Martínez, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—(
IN2017150973 ).
Oficina Local de San Pablo de Heredia y otros
cantones hace saber a: Shirley Quesada Alfaro y Santos Eduardo Matarrita
Gutiérrez progenitores, que por resolución administrativa de la Oficina Local
de San Pablo de las quince horas del día veintiuno de junio del dos mil
diecisiete, se dictó inicio de proceso especial de protección con una medida de
protección de abrigo temporal en favor de la persona menor de edad Joshua
Matarrita Quesada. Para que permanezca en la ONG Hogar Infantil de Martín, por
espacio de seis meses prorrogables judicialmente. Plazo para oposiciones
cuarenta y ocho horas a partir de la segunda publicación de este edicto mediante
recurso de apelación el cual deberá interponerse ante este Oficina Local, en
forma verbal o escrita; Oficina que lo elevará ante el órgano superior la
presentación del recurso no suspende los efectos de la resolución dictada.
Asimismo, se les emplaza a señalar lugar o medio para notificaciones futuras.
bajo apercibimiento que de no hacerlo o si el lugar señalado fuera impreciso,
inexacto o llegare a desaparecer, las resoluciones posteriores quedaran
notificadas con el simple transcurrir de veinticuatro horas después de
dictadas, igual sucederá cuando se haga imposible la notificación en el medio
señalado. Expediente Administrativo número sin asignar. Publíquese. Oficina
Local de San Pablo.—San Pablo, 22 de junio del 2017.—Lic. Jorge Alonso
Rodríguez Ulate, Representante Legal.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N°
17000033.—( IN2017150974 ).
Al señor Walter David Porras Badilla, se le
comunica la resolución de las diez horas del quince de junio del dos mil
diecisiete que ordenó:
Dar inicio al Proceso Especial de Protección
en Sede Administrativa.
II. Se
dicta medida de protección de abrigo temporal a favor de la joven Stefany
Nicole Porras Pérez y su hijo Noah Sebastián Salazar Porras en albergue
institucional por el plazo de seis meses contados a partir de esta fecha y
vence el día 15 de diciembre del 2017.
III. Continuar
Brindando seguimiento, orientación y apoyo institucional a través del área de
Psicología, a la situación de la persona menor de edad.
IV. Se
da audiencia por cinco días hábiles a las partes para ser escuchadas y aportar
prueba.
V. Se
ordena a la progenitora, señora María José Pérez Martínez asistir a Academia de
Crianza, y presentar comprobantes de asistencia a esta Oficina Local.
VI. Comuníquese
la presente Resolución al Juzgado de Niñez y Adolescencia del Primer Circuito
Judicial de San José.
Notifíquese la presente resolución a Walter
David Porras Badilla y María José Pérez Martínez, con la advertencia de que
deben señalar lugar o un fax o correo electrónico donde recibir notificaciones,
en caso de no hacerlo o si el lugar fuera inexacto, impreciso o llegara a
desaparecer o el medio seleccionado fuera defectuoso estuviera desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiera, la comunicación de las resoluciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de ser dictadas. En contra de la
presente resolución procede únicamente el Recurso Ordinario de Apelación que
deberá interponerse ante esta Representación Legal dentro de las 48 horas
hábiles después de notificada la presente resolución, Recurso que será resuelto
por la Presidencia Ejecutiva de la entidad. Se previene a las partes
involucradas en el Procesos que les asiste todo el derecho de hacerse asesorar
o representar por un profesional en derecho, así como tener acceso al
expediente administrativo para el estudio, revisión o fotocopias. Expediente
administrativo N° OLUR-00117-2016.—Oficina Local de La Uruca.—Licda. Mariela
Rojas Herrera, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000033.—(
IN2017150975 ).
Se comunica a los señores: Wendy González
Gutiérrez y Jafet Isai Salazar Hernández, ambos mayores de edad, casados entre
sí, costarricenses, portadores de la cédula de identidad número 206290272 la
primera y 701700965 el segundo, de domicilio y demás calidades desconocidas, la
resolución administrativa dictada por ésta representación de las ocho horas con
veinte minutos del uno de junio de dos mil diecisiete, en la cual se dictó la
medida de protección de cuido provisional a favor de sus hijas, las personas
menores de edad Shawnny Yaneily Salazar González, de cuatro años de edad,
nacida el cinco de enero de dos mil trece, inscrita en el Registro Civil,
sección de nacimientos de la provincia de San José, al tomo 2162, asiento 420 y
Kendy Yariela Salazar González, de seis años de edad, nacido el diecisiete de
febrero de dos mil once, inscrito en el Registro Civil, sección de nacimientos
de la provincia de Limón, al tomo 358, asiento 244, para que permanezcan bajo el
cuido y protección de la abuela paterna la señora Rosa María Hernández Solano,
mayor de edad, costarricense, viuda, portadora de la cédula de identidad
número: 1-0522-0112. Recurso: El de apelación, señalando lugar para oír
notificaciones dentro del perímetro judicial de la Presidencia Ejecutiva en San
José, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la tercera publicación
de este edicto. Expediente: OLSI-00076-2017.—Oficina Local de Siquirres.—Lic.
Randall Quirós Cambronero, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº
17000033.—(IN2017150976 ).
Al señor Wilbert Camacho Sarmiento, portador
de la cédula Nº 114660789 (Se desconocen otros datos), se le notifica la
resolución administrativa de las once horas quince minutos del veintisiete de
junio del dos mil diecisiete, dictada por esta Oficina Local, en la cual se
resolvió: otorgar medida de cuido provisional en recurso familiar a las
personas menores de edad Neithan Jahriel Camacho Pérez e Ismael Josué Marín
Pérez, a cargo de la señora Nidia Marlene Díaz Robles, cédula de identidad Nº
106540348, vecina de Lomas de Curridabat, de la iglesia de La Lía, 25 metros
suroeste, casa A2 color turquesa con verjas blancas, teléfono 88000450. Se
indica que la presente medida de protección tiene una vigencia de hasta seis
meses en tanto no se modifique en vía administrativa o judicial. Contra la
presente resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina
Local A quo, quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la institución.
Dicho recurso se podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes
que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese,
expediente Nº OLSJE-00147-2017.—Oficina Local San José Este.—Licda. Gioconda
María Barquero Gardela, Representante Legal.—O.C. Nº 00041016.—Solicitud Nº
17000033.—( IN2017150977 ).
A los señores Xinia Guiselle Ortiz Rojas y
José Aarón Murillo Rojas, se les comunica resolución de las once horas del ocho
de junio del dos mil diecisiete, en donde se dio inicio del proceso especial de
protección en sede administrativa y dictado de medida de cuido provisional a
favor de la persona menor de edad Kimberly Tatiana Murillo Ortiz y se le
concede audiencia a las partes para que se refieran al informe psicológico
extendido por la licenciada en Psicología, la doctora Lorelly Araya Oviedo. Se
le advierte que deberá señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones,
dentro del perímetro de un kilómetro a la redonda de la sede de esta Oficina
Local, la cual se encuentra situada en Buenos Aires, 300 metros al sur de la
Clínica de Salud, instalaciones de Aradikes o bien, señalar número de facsímil
para recibir aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en
el entendido que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere inexacto, las notificaciones
futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Contra la
presente cabe recurso de apelación ante la presidencia ejecutiva de esta
institución, el cual deberá interponer ante esta Representación Legal dentro de
las cuarenta y ocho horas siguientes, contadas a partir del día hábil inmediato
siguiente de la última notificación a las partes, en el entendido que hacerlo
fuera de dicho termino el recurso deviene en inadmisible (Artículo 139 Código
de la Niñez y Adolescencia). Exp. N° OLBA-00145-2013.—Oficina Local de Buenos
Aires.—Licda. Heilyn Mena Gómez, Representante Legal.—O. C. Nº
00041016.—Solicitud Nº 17000033.—( IN2017150978 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Al señor Jonathan Gerardo Abarca
Soto, portadora de la cédula de identidad 110170104, se le notifica la
resolución administrativa de las trece horas veinticinco minutos del día cinco
de mayo del dos mil diecisiete, dictada por esta oficina local, en la cual se
resolvió: Modificar la resolución de las quince horas del veinticinco de abril
del dos mil diecisiete, dictada por Oficina Local San José Este del Patronato
Nacional de la Infancia a favor de la persona menor de edad, Vivian Jimena
Abarca Álvarez, en la relación a la ubicación de la persona menor de edad, egresándose
de albergue institucional para ubicarse en el hogar de la señora Noelia Morales
Martínez (madrina), portadora de la cédula 110210616, vecina de Escazú, San
Rafael, Condominios Cerros de Marbella, casa número 7, teléfono 2228-8403 ó
8814-6055. En cuanto a lo demás, manténgase incólume. Contra la presente
resolución podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo,
quien lo elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se
podrá interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho
horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe
señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras, bajo el
apercibimiento de que si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán
por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Exp. Nº
OLSJE-00113-2017. Notifíquese. Oficina Local San José Este.—Licda. Gioconda
María Barquero Gardela, Representante Legal.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N°
17000034.—( IN2017151245 ).
Al señor Jonathan Gerardo Abarca
Soto, portadora de la cédula de identidad N°110170104, se le notifica la
resolución administrativa de las quince horas del veinticinco de abril del dos
mil diecisiete, dictada por esta oficina local, en la cual se resolvió: Otorgar
medida de abrigo temporal en albergue institucional a favor de la persona menor
de edad Vivian Jimena Abarca Álvarez. Se indica que la presente medida de
protección tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en
vía administrativa o judicial, teniendo como fecha de vencimiento el
veinticinco de octubre del dos mil diecisiete. Contra la presente resolución
podrá interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo
elevará a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá
interponer en forma verbal o por escrito dentro de las cuarenta y ocho horas
siguientes a su notificación. Se advierte a las partes que se debe señalar
lugar o medio para atender notificaciones futuras, bajo el apercibimiento de que
si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le tendrán por notificadas
con el transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese. Exp. N°
OLSJE-00113-2017.—Oficina Local San José Este.—Licda. Gioconda María Barquero
Gardela, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000034.—(
IN2017151246 ).
A: Blanca Rosa Porras Chinchilla
y Miguel Ángel González Salas, se les comunica la resolución de las 11:00 horas
del 07 de junio del 2017, que ordenó el inicio del proceso especial de
protección y la medida de abrigo temporal en el Albergue Rosales de Alajuela, a
favor de la persona menor de edad: Roberto Carlos González Porras. Notifíquese
la anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución procede el recurso
ordinario de apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última
notificación a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia
Ejecutiva de esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho
término el recurso deviene en inadmisible. Expediente Nº OLNA-00183-2014.—Oficina
Local de Naranjo, 07 de junio del 2017.—Licda. Rosario Cruz Carvajal, Órgano
Director del Procedimiento Administrativo.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº
17000034.—( IN2017151247 ).
A Carlos Francisco Badilla Gorgona y Mariel Vargas Acevedo, se le
comunica la resolución de las 12:00 horas del 26 de junio del año 2017, que
ordenó el inicio del proceso especial de protección a favor de las persona
menor de edad Hanzel Badilla Vargas. Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después -de dictadas. Se les hace saber además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de
recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución,
en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en
inadmisible, expediente Nº OLNA-00148-2017.—Oficina Local de Naranjo, 26 de
junio de 2017.—Licda. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O.C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000034.—( IN2017151248 ).
A: Erick Danilo Solís González,
progenitor de la persona menor de edad Sulmy Dayana Solís Solís, de quince
años, nacida el día 14 de enero del año dos mil dos, de nacionalidad
nicaragüense, con pasaporte número: 001121263, hija de Xiomara Carolina Solís
Vallecillo, portadora del pasaporte número: 001282593, todos de nacionalidad
nicaragüense, de domicilio actual y demás calidades desconocidas. Se les
comunica al progenitor y su hija, las resoluciones administrativas de las trece
horas con cinco minutos del día ocho de diciembre del año dos mil dieciséis,
del Departamento de Atención Inmediata en la que se ordenó abrigo temporal en
favor de la persona menor de edad indicada en alternativa de protección No
Gubernamental, por el plazo de seis meses. Se le comunica asimismo la
resolución administrativa de las ocho horas del día once de enero del año dos
mil diecisiete de la Oficina Local de Desamparados por encargo de la Oficina
Local de Aserrí, en la que se ordenó Modificar Medida de Protección, dejándose sin
efecto el abrigo temporal ordenado, en razón del egreso sin autorización que
hiciera la persona menor de edad y se mantiene la orientación, apoyo y
seguimiento, por el plazo inicial de la resolución administrativa modificada.
Finalmente, se les notifica también la resolución administrativa de la nueve
horas con veinte minutos del día veinte de enero del año dos mil diecisiete, de
la Oficina Local de Aserrí, que ordenó el archivo del expediente debido a que
se desconoce el paradero de la familia sujeta a intervención institucional. Se
previene al señor Solís González y a la persona menor de edad Sulmy Dayana
Solís Solís, que deben señalar medio para recibir notificaciones de las
resoluciones que se dicten por la Oficina Local competente, bajo el apercibimiento
de que en caso de omisión o si el medio señalado se encontrara descompuesto o
no recibiera las notificaciones por algún motivo ajeno a la responsabilidad del
ente emisor de la notificación, ésta operará en forma automática y se le
tendrán por notificadas las resoluciones con el sólo transcurso de veinticuatro
horas. Se le hace saber, además, que contra la citada resolución procede el
recurso ordinario de apelación, que deberá interponer en forma verbal o por
escrito ante esta Oficina Local dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes
a su notificación, el cual será elevado ante la Presidencia Ejecutiva de esta
Institución. Publíquese por tres veces consecutivas. Expediente N°
OLAS-00171-2016.—Oficina Local de Aserrí.—Licda. Tatiana Torres López, Representante
Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000034.—( IN2017151249 ).
A los interesados; se le comunica la siguiente resolución declaratoria
administrativa de abandono de las 11:00 horas del 23 de junio del año 2017 a
favor de la persona menor de edad Génesis Villegas Alvarado. Notifíquese la
anterior resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de
habitación, a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para
recibir sus notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir
aquellas notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido
que de no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado,
sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta
institución se interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras
quedarán firmes veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber
además, que contra la presente resolución procede el recurso ordinario de
apelación, que deberán interponer ante esta Representación Legal dentro del
plazo de cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha de la última notificación
a las partes, el de recurso será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de
esta institución, en el entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso
deviene en inadmisible. Se deberá publicar este edicto por tres veces
consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta, expediente Administrativo:
Nº OLPO-00175-2017.—Oficina Local de Pococí.—Msc. María Gabriela Hidalgo
Hurtado, Abogada.—O.C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000034.—( IN2017151250 ).
A la señora Geoconda María
Blanco Recio, portadora de la cédula Nº 1-1496-0748 (se desconocen otros
datos), se le notifica la resolución administrativa de las once horas treinta
minutos del veintinueve de mayo del dos mil diecisiete, dictada por esta
Oficina Local, en la cual se resolvió: Otorgar medida de cuido provisional de
las personas menores de edad: Mathias Daniel y David Jhosue, ambos de apellidos
Blanco Recio, en recurso familiar en el domicilio de los señores Kimberly Mora
Recio, cédula Nº 7-0169-0910, y Víctor Manuel Mena Fuentes, cédula Nº
112150496, ambos vecinos de Granadilla, Las Lomas, del Taller Wabe, 1 kilómetro
este, subiendo las gradas casa a mano derecha, casa de dos plantas y portón
negro. Teléfono: 7297-6161. Se indica que la presente medida de protección
tiene una vigencia de hasta seis meses en tanto no se modifique en vía
administrativa o judicial, teniendo como fecha de vencimiento el veintinueve de
noviembre del dos mil diecisiete. Contra la presente resolución podrá
interponerse recurso de apelación ante la Oficina Local A quo, quien lo elevará
a la Presidencia Ejecutiva de la Institución. Dicho recurso se podrá interponer
en forma verbal o por escrito dentro de las
cuarenta y ocho horas siguientes a su notificación. Se advierte a las partes
que se debe señalar lugar o medio para atender notificaciones futuras, bajo el
apercibimiento de que, si no lo hiciere, las resoluciones posteriores se le
tendrán por notificadas con el transcurso de veinticuatro horas. Notifíquese.
Expediente Nº OLSJE-00230-2017.—Oficina Local San José Este.—Licda. Gioconda
María Barquero Gardela, Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº
17000034.—( IN2017151251 ).
A, Gerardo Vivian Morera
Sánchez, se les comunica que por resolución de las ocho horas quince minutos
del veintisiete de junio del 2017, se ordenó resolución de Abrigo Temporal de:
Jerry Josué Morera Otero, en el Hogarcito Infantil de Palmares. Ordenó valorar
condiciones actuales de la madre y le concedió visitas. Al padre no se le
conceden visitas por desconocerse su paradero. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímile para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de papel o por cualquier otro modo no
imputable a esta institución se interrumpiere la comunicación, las
notificaciones futuras quedarán firmes veinticuatro horas después -de dictadas.
Se les hace saber además, que contra la presente resolución proceden los
recursos ordinarios de revocatoria con apelación en subsidio, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del tercer día hábil inmediato
siguiente a la fecha de la última notificación a las partes, siendo que el de
revocatoria será de conocimiento de esta Representación Legal, y el de
apelación de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el entendido que
hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible. Expediente
OLSR-00415-2014.—Oficina Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena Fonseca Méndez,
Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 00041016.—Solicitud N° 17000034.—(
IN2017151252 ).
A quien interese, se le comunica la resolución de las ocho horas del
día veintitrés de junio del año dos mil diecisiete, mediante la cual se dictó
declaratoria administrativa de abandono por orfandad y se otorgó depósito
administrativo a favor de las personas menores de edad Héctor Farid y Xavier
ambos Villalobos Chaves en la señora Deydalina Chaves Flores. Plazo: para
ofrecer recurso de apelación 48 horas contadas a partir de la tercera
publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se
le previene que debe señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual
debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades y en
caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará
así en el expediente y se tendrán por notificadas las resoluciones veinticuatro
horas después de dictadas. La interposición del recurso de apelación no
suspende el acto administrativo, expediente administrativo Nº OLD-00163-2017.—Oficina
Local de Desamparados.—Licda. Raquel González Soro, Representante Legal.—O. C.
Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000034.—( IN2017151253 ).
A Rosa Evelyn Mejía Jarquín, se
le comunica la resolución de las 11:00 horas del 25 de mayo del 2017, que ordenó
el inicio del proceso especial de protección a favor de la persona menor de
edad: Mileydi Jarquín Mejía, y resolución de audiencia de las trece horas y
treinta minutos del día 06 de junio del 2017. Notifíquese la anterior
resolución a las partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación,
a quienes se les advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus
notificaciones, o bien, señalar número de facsímil para recibir aquellas
notificaciones que pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de
no hacerlo, o si el lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a
desaparecer, o si el medio seleccionado fuere defectuoso, estuviere
desconectado, sin suficiente provisión de
papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber, además, que contra
la presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de cuarenta y ocho
horas siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente Nº OLNA-00020-2017.—Oficina Local de Naranjo, Naranjo, 06 de julio
del 2017.—Licda. Rosario Cruz Carvajal, Órgano Director del Procedimiento
Administrativo.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000034.—( IN2017151254 ).
A LOS USUARIOS Y AL PÚBLICO EN GENERAL
La Junta Directiva de la Oficina
Nacional de Semillas, en Sesión N° 670 celebrada el martes 30 de mayo 2017
determinó lo siguiente:
Acuerdo 3, Artículo 6:
En cumplimiento del Artículo 19
de la Ley de Semillas (6289) y del Artículo 22 de su Reglamento, se nombra por
unanimidad y por un período de cuatro (4) años, al Ing. Walter Paulo Quirós
Ortega, como Director Ejecutivo de la Oficina Nacional de Semillas, quien
tendrá a su cargo, la administración general de la Institución, con
representación judicial y extrajudicial lo anterior con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma. Rige a partir del 16 de julio del 2017 y hasta
el 15 de julio del 2021. Acuerdo firme”.
San José, 05
de julio del 2017.—Departamento Administrativo Financiero.—Ing. Emilio Fournier
Castro, Jefe.—1 vez.—( IN2017151178 ).
AUDIENCIA PÚBLICA
Plan de Gestión Integral de
Residuos Sólidos
La Municipalidad de Oreamuno
convoca al cantón en general a la Audiencia Pública en donde se expondrá el
Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos para el cantón de Oreamuno, dicha
audiencia se realizará en el Salón Parroquial de San Rafael de Oreamuno,
ubicado 100 metros este y 25 metros norte del Palacio Municipal de la
Municipalidad de Oreamuno, el día 17 de agosto del 2017 a las 9:00 a.m.
El responsable de presidir dicha audiencia
será el Msc. William Maroto Pérez-Encargado de Gestión Ambiental. En dicha
audiencia se realizará inmediatamente después de expuesto el Plan de Gestión
Integral de Residuos la consulta pública a la Ciudadanía. Se recibirán
consultas verbales en la audiencia y la ciudadanía tendrá 10 días hábiles para
hacer sus consultas por escrito, entregándolas en el Departamento de Gestión
Ambiental en un horario de 9:00am a 1:00 p.m., las respuestas a estas consultas
serán de manera escrita durante un periodo de diez días hábiles desde el
momento en que fueron presentadas.
San Rafael de Oreamuno, 17 de
julio del 2017.—Msc. William Maroto Pérez, Encargado de Gestión Ambiental.—1
vez.—( IN2017152986 ).
El Concejo Municipal de Valverde
Vega, mediante el acuerdo 7° de la Sesión Ordinaria Nº27, celebrada el día 31
de octubre de 2016, aprobó la tarifa por concepto de impresión de consultas al
Registro Nacional de la Propiedad en un monto de ¢1.000,00 (mil colones
exactos) por cada impresión. Publíquese una vez.—Marco Antonio Zamora Soto,
Coordinador de Hacienda Municipal.—1 vez.—( IN2017151451 ).
GRUPO
ECO RUBBER SOCIEDAD ANÓNIMA
Grupo Eco Rubber Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº
3-101-699667, convocatoria Asamblea General. Humberto Andre Bogantes López,
mayor, comerciante, vecino de San Ramón de Alajuela, cédula Nº 205170653, en
condición de presidente de la sociedad Grupo Eco Rubber S. A., convoca a
Asamblea General Extraordinaria de Accionistas a realizarse en Alajuela -
Alajuela San Antonio, El Roble, del supermercado Palí, ciento cincuenta metros
al este. Complejo de Bodegas WWC, bodega número ocho. La asamblea tendrá lugar
el 05 de agosto del 2017 y en primera convocatoria a las 09:00 horas y segunda
convocatoria a las 10:00 horas. El orden del día será revisar, corroborar y
aprobar actas anteriores, informe del presidente y temas varios.—San José, 17
de julio del 2017.—Humberto André Bogantes López, Presidente.—1 vez.—(
IN2017152937 ).
FUNDACIÓN
JEAN MARCEL COSTA RICA
PARA EL DESARROLLO HUMANO Y PROFESIONAL
El suscrito: Omar Alexánder Mora Matamoros, cédula Nº 106410150 en
calidad de fundador y Delegado Ejecutivo con poder generalísimo, en
representación de la Fundación Jean Marcel Costa Rica para el Desarrollo Humano
y Profesional, cédula jurídica Nº 3006620757 con base en la cláusula
decimotercera del pacto constitutivo de la Fundación JMCR, convocamos a
asamblea general extraordinaria, donde se discutirá y resolverá lo referente a
los siguientes puntos i orden del día: 1-Nombramiento de presidente para esta
asamblea extraordinaria. 2-Nombramiento de nuevo presidente de la Fundación
Jean Marcel Costa Rica para el Desarrollo Humano y Profesional. 3-La asamblea
general extraordinaria se celebrará en el domicilio social de la fundación
ubicado en Alajuela, El Coyol 500 oeste 400 norte 200 este de la iglesia
católica el día viernes 31 de julio del 2017, a partir de las 5:00 p.m. y en
caso de no estar presentes el quorum legal, en segunda convocatoria se
realizará una hora después, sea a las 6:00 p.m. horas del mismo día y fecha.
4-Se da autorización para protocolizar el Acta de esta asamblea extraordinaria
al señor; Omar Alexander Mora Matamoros, Fundador Delegado Ejecutivo.— Omar
Alexander Mora Matamoros.—1 vez.—( IN2017153033 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ADO ARRECIFES DEL ORIENTE SOCIEDAD ANÓNIMA
Ado Arrecifes del Oriente
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-361600, hace del conocimiento
público que, por motivo de extravío, la señora Jill Ziegler Jones ha solicitado
la reposición de las acciones números 3 y 4. Se emplaza a cualquier interesado
para que en el término de un mes a partir de la última publicación de este
aviso, manifiesten su oposición dirigida a: Ado Arrecifes del Oriente S. A. c/o
Bufete Arias, City Place, Edificio B, tercer piso, oficina cuarenta, Santa Ana,
San José.—Jill Ziegler Jones, Presidente.—( IN2017150679 ).
FOOD
SERVICE SOLUTIONS C. R. S. A.
Food Service Solutions C. R. S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-511597, a los efectos de lo prescrito
en los artículos 69 de la Ley de Marcas y 479 del Código de Comercio, cita a
eventuales interesados para que se presenten a hacer valer sus derechos, dentro
del término de quince días a partir de la primera publicación de este aviso en
el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 29 de mayo de 2017.—Rigoberto
Coto Abarca, Notario.—( IN2017150720 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
FARMACIA JIREH
Conforme a las disposiciones del
Código de Comercio por venta de establecimiento mercantil, se cita a acreedores
e interesados a fin de hacer valer sus derechos en la venta de Farmacia Jireh,
sita en Heredia, cantón de Heredia, distrito Central, frente a la Clínica
Francisco Bolaños, de la Caja Costarricense de Seguro Social, a la empresa
Medicamentos Bolosa S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-490249, y
compañías relacionadas a esta, todo dentro de un plazo de quince días hábiles.
Los interesados podrán comunicarse y presentar toda documentación en el Bufete
Calvo Elizondo, sita en San José, Escazú, San Rafael, del Supermercado Saretto
doscientos metros al norte, cien oeste y cien norte, frente al antiguo Comité
Olímpico o bien al fax: 2588-0855.—San José, 06 de julio del 2017.—Lic. Alan
Elizondo Medina, Notario.—( IN2017150875 ).
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Ante la Oficina de Registro de
la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de
reposición del Título de Bachillerato en Educación Especial con énfasis en
Retardo Mental, inscrito bajo el tomo I, folio 30, asiento 900, a nombre de
Jessica Delgado Vega, cédula de identidad Nº 112390996. Se solicita la
reposición del título indicado anteriormente por destrucción del original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta. Se extiende la presente a solicitud del interesado el día 03
de julio del 2017.—San José, 03 de julio del 2017.—Departamento de
Registro.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2017151128 ).
DOXFORT HBF S. R. L.
Para efectos de reposición,
Fausto Eladio Amador Trejos, actuando como apoderado especial de la sociedad:
Doxfort HBF Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº
3-102-646532, propietaria de la acción Nº 161 y su correspondiente título de
capital del mismo número, ambos del Costa Rica Country Club S. A., hago constar
que he solicitado la reposición de dicha acción y su respectivo título de
capital, por haberse extraviado la misma. Por el término de Ley, las
oposiciones podrán dirigirse al Bufete Fallas & Fallas en Sabana Sur del
MEIC 100mts S y 75mts O, o al Costa Rica Country Club S. A., Departamento de
Secretaría de Junta Directiva, en San Rafael de Escazú y transcurrido el mismo
se procederá a la reposición solicitada.—San José, 02 de mayo del 2017.—Fausto
Eladio Amador Trejos, apoderado especial.—( IN2017151159 ).
Yo, Randi Enrique Salas Gómez,
mayor, casado, abogado, vecino de Puntarenas, con cédula de identidad N°
7-0124-0666, carné de abogado N° 20185, solicito ante el Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica, se realice la reposición del Título de Abogado por
pérdida.—San José, 10 de julio del 2017.—Randi Enrique Salas Gómez.—(
IN2017151259 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS
DE COSTA RICA
Yo, Randi Enrique Salas Gómez,
mayor, casado, abogado, vecino de Puntarenas, con cédula de identidad N°
7-0124-0666, carné de abogado N° 20185, solicito ante el Colegio de Abogados y
Abogadas de Costa Rica, se realice la reposición del Título de Abogado por
pérdida.—San José, 10 de julio del 2017.—Randi Enrique Salas Gómez, Abogado.—(
IN2017151259 ).
CONDOMINIO SAN RAFAEL ARCÁNGEL
Que el
Condominio San Rafael Arcángel, con cédula jurídica número tres-ciento
nueve-trescientos nueve mil ciento cuarenta y nueve, solicita la reposición de
los libros de: Actas de Asamblea de Propietarios, Caja y Junta Directiva.—San
José, diez de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Rodolfo Solís Rodríguez,
Notario.—( IN2017151479 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
ASOCIACIÓN ADMINISTRADORA DE ACUEDUCTO
Y ALCANTARILLADO SANITARIO DE POTRERO
CERRADO DE OREAMUNO
Yo, Bolívar Ricardo Delgado
Fernández, cédula de identidad Nº 3-238-757, en mi calidad de presidente y
representante legal de la Asociación Administradora de Acueducto y
Alcantarillado Sanitario de Potrero Cerrado de Oreamuno, con cédula de persona
jurídica Nº 3-002-383657, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro
de Personas Jurídicas del Registro Nacional, la reposición de los libros:
Diario (libro 2), Mayor (libro 2) e Inventarios y Balances (libro 2), los
cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles, a partir de esta
publicación, a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—Cartago, 04 de julio del 2017.—Sr. Bolívar Ricardo Delgado
Fernández, Presidente.—1 vez.—( IN2017151244 ).
FUMOSA SOCIEDAD ANÓNIMA
Fumosa Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos setenta mil doscientos treinta y
seis, comunica la reposición de libros por motivo de extravío del siguiente
libro: Acta de Asamblea General tomo uno. Quien se considere afectado, puede
manifestar su oposición ante el Registro Nacional de Personas Jurídicas, dentro
del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.
Publíquese por una única vez. Francisco Fumero Iracheta, Emilio Fumero
Iracheta. Representantes Legales.—San José, siete de julio de dos mil
diecisiete.—Lic. Carlos Luis Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—( IN2017151281 ).
Yo Augusto Arauz Arauz, mayor, casado una vez, pescador, vecino de Isla
Damas de Quepos, cédula número nueve-veintiséis-doscientos sesenta y cuatro y
manifiesto que debidamente apercibido por el suscrito notario de las penas con
que la ley castiga el delito de falso testimonio y delito perjurio rinde de
forma espontánea bajo fe de juramento que deja rendida en este mismo acto la
siguiente declaración jurada. Primero: que soy Propietario registralmente del
vehículo placas particulares ciento veintisiete mil setecientos ochenta y
cinco, el cual desde hace veinte años dejo de estar en mi poder por lo que no
soy responsable civil o penalmente del uso que se le ha dado al mismo.
Actualmente el vehículo citado no circula. Sirva esta declaración jurada para
efectos legales. Es todo.—Quepos, veintiocho de abril del año dos mil
diecisiete.—Augusto Arauz Arauz.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017151318 ).
DECLARACIÓN JURADA
DE POSESIÓN DE TERRENO
El suscrito Asdrúbal Segura
Castillo, mayor, casado una vez, vecino de Junta Naranjo de Quepos, cédula
número seis-ciento noventa y cuatro-trescientos tres, vecino de Junta de
Naranjo, declara bajo fe de juramento que es poseedor derivada de un lote que
es naturaleza según plano terreno de tacotal naturaleza actual terreno
construido. Sita: en la provincia de Puntarenas, distrito uno Quepos, cantón
seis Aguirre, según plano actualmente cantón seis Quepos, reformado por Ley de
la provincia de Puntarenas. Mide: mil cuatrocientos setenta y seis metros con
noventa y dos decímetros cuadrados, medida que reza en el plano se ajusta al
plano P-tres nueve tres ocho del año mil novecientos setenta y tres. Linda: al
norte, Roberto José Cordero Araya; al sur, Fabio Mora Valverde; al este, calle
pública, y al oeste, Carlos Padilla Valle. El citado inmueble no soporta
gravamen alguno, ni cargas reales ni reservas, ni restricciones de ningún tipo.
El presente inmueble está en proceso de titulación por medio la Ley ciento
treinta y nueve, Ley de Informaciones Posesorias de mil novecientos cuarenta y
uno, bajo el expediente activo cero siete-cien uno cinco ocho-cuatro cuatro
tres-dos-CI, del Juzgado Civil de Mayor Cuantía de Aguirre y Parrita, con
número de Control Interno NC treinta y cuatro-dos mil quince, pendiente de
resolución final judicial, el citado inmueble no soporta gravamen alguno, ni
inmovilizaciones, ni avisos catastrales ni inmovilizaciones registrales, ni
cargas reales ni reservas, ni restricciones de ningún tipo ni reclamos por
acreedores hipotecarios personales o jurídicos, ni reclamo alguno por parte de
la posesión originaria o derivada por algún vecino o tercero o el Estado a la
fecha, ni reclamo por herencia del transmitente, ni afectado por patrimonio
familiar, inmueble dentro de la Ley tres dos cero uno. Sirva la presente
declaración jurada para efectos legales varios ante la Municipalidad de Quepos.
Estoy entendido de la presente declaración jurada su contenido y
manifestaciones y conozco de los alcances y trascendencia de la presente
declaración. Es todo.—Dado en Quepos, a las diez horas treinta minutos del
veinte de junio del dos mil diecisiete.—Asdrúbal Segura Castillo.—Lic. Steven
Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—( IN2017151319 ).
DECLARACIÓN JURADA
Yo Juan José Sirias Guido,
mayor, casado una vez, comerciante, vecino del Tajo de Quepos, cédula número
seis-ciento veinticinco-novecientos treinta y tres y manifiesto que debidamente
apercibido por el suscrito notario de las penas con que la ley castiga el
delito de falso testimonio y delito perjurio, rinde de forma espontánea bajo fe
de juramento que deja rendida en este mismo acto la siguiente declaración
jurada. Primero: Que soy propietario registralmente del vehículo placas
particulares noventa y seis mil ochocientos cuarenta y siete el cual desde hace
quince años dejó de estar en mi poder por lo que no soy responsable civil o
penalmente del uso que se le ha dado al mismo. Actualmente el vehículo citado
no circula. Segundo: Que soy propietario registralmente del vehículo placas
CL-doscientos cinco mil seiscientos setenta y seis, el cual desde hace cinco
años dejó de estar en mi poder por lo que no soy responsable civil o penalmente
del uso que se le ha dado al mismo. Actualmente el vehículo citado no circula.
Este vehículo fue robado desde el ocho de agosto doscientos uno y está bajo
sumaria once-mil veintiocho-setenta y dos PE. Sirva esta declaración jurada
para efectos legales. Es todo.—Quepos, veintiocho de abril del año dos mil
diecisiete.—Juan José Sirias Guido.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1
vez.—( IN2017151320 ).
TELECOM Y REDES DE COMPUTO TELRED
SOCIEDAD ANÓNIMA
Mediante escritura número
57-9 de la notaria Reyna Liz Mairena Castillo; se solicitó la reposición de los
libros legales de la sociedad Telecom y Redes de Computo Telred Sociedad
Anónima, esto en virtud de la pérdida de los mismos.—San José, 10 de julio del
2017.—Licda. Reyna Liz Mairena Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017151329 ).
3-101-658651 S. A.
Por escritura otorgada antes
esta notaría, a las 12:00 horas del 6 de junio del 2017, solicita la reposición
de los siguientes libros sociales, Acta de Asamblea de socios, Registro de
socios, Acta de Junta Directiva, de la sociedad denominada 3-101-658651 S. A.,
con cédula jurídica número indicado, conforme a los artículos 252 y 263 del
Código de Comercio, y el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización
de Libros de Sociedades Mercantiles.—San José, 6 de enero del 2017.—Dr. Shi Lee
Wang Li, Notario.—1 vez.—( IN2017151413 ).
GAVIETE S. A.
La empresa Gaviete S.A., cédula de persona
jurídica N° 3-101-032236, solicita al Registro de Personas Jurídicas la
reposición de los libros de Actas de Asamblea, Junta Directiva y Registro de
Socios.—San José, 10 de julio de 2017.—Dr. Carlos Mata Coto, Notario.—1 vez.—(
IN2017151434 ).
COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES
Suspendidos 23 de junio
A las siguientes personas, se les comunica
que, debido a su estado de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación,
se encuentran suspendidas en el ejercicio de la profesión a partir del 23 de
junio de 2017, según lo dispuesto en el Reglamento General de la Ley Orgánica
del Colegio N° 4770. Por lo tanto, no está autorizada para ejercer la profesión
en el área docente, administrativo docente y técnico docente. A la vez, hace un
llamado a las instituciones de la Administración Pública, centralizada y
descentralizada, y al sector privado para que tomen las acciones necesarias en
caso de contar con los servicios de algunos de estos colegiados, a efecto de
que no ejerzan ilegalmente, así como solicitar el requisito legal de la
colegiación en futuras contrataciones. De igual forma, se insta al público en
general se sirva denunciar ante la Fiscalía del Colegio a las personas que
aparecen en esta lista y que están ejerciendo la profesión. Teléfonos:
2440-2950, 2437-8825, 2437-8829, 2437-8869; o bien al correo:
contactenos@colypro.com
Nombre |
Cédula |
Alpízar Vaglio Octavio |
105250454 |
Álvarez Leiva Kenyi Marina |
602270357 |
Argueta Corella Mónica Alejandra |
110130792 |
Barquero Brenes Cynthia María |
304210387 |
Barrantes Porras Gerardo |
205840933 |
Carvajal Vallejos Alejandra |
110960620 |
Castro Matute Nancy |
901070566 |
Ching Solano Viviana |
401470290 |
Gómez Barboza Francinni Alexandra |
304540449 |
Gradys Artola Elida Stephany |
800860505 |
Granados Vásquez Daniel Eduardo |
503490351 |
Herrera Villalobos Sebastián |
207060373 |
Porras Mora David Josué |
113540047 |
Rivera Duarte Miriam |
206530456 |
Sánchez Cruz Karen Vanessa |
603730684 |
Villega Romero Zeneida Eliza |
155814855232 |
M.Sc. Lilliam González Castro,
Presidenta Junta Directiva.—1 vez.—( IN2017151439 )
COSECHA DE EXPORTACIÓN
SOCIEDAD ANÓNIMA
Cosecha de Exportación Sociedad
Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-doscientos treinta y cuatro
mil setecientos ochenta y nueve, solicita ante el Departamento de Legalización
de Libros Mercantiles del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los
siguientes libros: Actas de Asambleas de Socios número uno, Actas de Registro
de Socios número uno y Actas de Consejo de Administración número uno, los
cuales fueron extraviados. Quien se considere afectado puede manifestar su
oposición ante el Registro de Personas Jurídicas, dentro del término de ocho
días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—Félix Ángel Rojas
Barrantes, Presidente.—1 vez.—( IN2017151473 ).
HIJOS DE LOLO MORA S.R.L.
El suscrito
Álvaro Mora Jiménez, con cédula N° 1-0400-0826, como representante legal de la
sociedad Hijos de Lolo Mora S.R.L., con cédula jurídica N° 3-102-003360,
solicita a ustedes la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta
del extravío por robo de los tres libros contables denominados libro Diario,
libro Mayor y libro de Inventarios y Balances, los cuales pertenecían a la
empresa.—Álvaro Mora Jiménez, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017151673 ).
ASOCIACIÓN NICOYANA DE
PERSONAS ESPECIALES
Asociación
Nicoyana de Personas Especiales, cédula jurídica tres-cero cero
dos-cuatrocientos sesenta y ocho mil doscientos noventa y siete. Yo, María
Francisca Zúñiga Gómez, con cédula cinco-doscientos ochenta y cinco-novecientos
doce, en mi condición de Presidenta de la Junta Directiva de la Asociación,
solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la
reposición de los libros contables correspondientes al libro de Actas de
Asambleas Generales, Diario, Mayor, e Inventarios y Balances, los cuales fueron
extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—Nicoya, 7 de julio del 2017.—María Francisca Zúñiga Gómez,
Presidenta.—1 vez.—( IN2017151740 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
La sociedad Transportistas Unidos del Norte Transuno Sociedad
Anónima, mediante escritura Nº 76-01 otorgada a las 14:00 horas del 05 de
julio del 2017, realizó disminución de su capital social y mediante escritura
Nº 77-01 otorgada a las quince horas del 05 de julio del 2017, modificó la
cláusula octava en cuanto a la administración y realizó nombramiento de nuevos
miembros de su junta directiva. Ambas escrituras fueron otorgadas ante mí,
Notaria Cindy Yilena Herrera Camacho.—Ciudad Quesada, San Carlos, 05 de julio
del 2017.—Licda. Cindy Yilena Herrera Camacho, Notaria.—( IN2017151203 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número setenta y
nueve del tomo diez del notario público, Julio Enrique Zelaya Rodríguez,
otorgada a las nueve horas del siete de julio del dos mil diecisiete, se
protocoliza la asamblea extraordinaria de accionistas número ocho de Vista
Flores S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-noventa
y dos mil novecientos cincuenta, mediante la cual se reforma la cláusula sexta
del pacto constitutivo.—San José, siete de julio de dos mil diecisiete.—Lic.
Julio Enrique Zelaya Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017150871 ).
A las 8:00, 9:00, 10:00, 11:00,
12:00, 13:00, 14:00, 15:00, 16:00, horas de hoy protocolicé asamblea general
extraordinaria de las sociedades Dezaf Desarrolladora Zafiro S. A., Proyama
Proyecto Amatista S. A., Coruby Corporación Ruby S. A., Desonix Desarrolladora
Onix S. A., Almacen Wigoda S. A., Comercial Ana S. A., Automotores WK S. A.,
Punto y Aparte Internacional S. A., Gloryr S. A., en la cual se modifican
las cláusulas sétima, sétima, sétima, sétima, novena, sétima, sexta, novena y
sétima del pacto social y en todas se nombra nueva junta directiva y fiscal
respectivamente. Teléfono 2296-7525.—San José, 10 de julio del 2017.—Lic.
Álvaro Camacho Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2017151082 ).
José Francisco Chaves Campos,
abogado y notario público, hace constar que mediante escritura número
veintidós-veintitrés del tomo veintidós y cédula, constituyen la sociedad
anónima bajo el nombre Inmobiliaria Piejime Sociedad Anónima. Capital
suscrito y pagado.—San José, 10 julio del 2017.—Lic. José Francisco Chaves
Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017151085 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 19 horas 30 minutos del 5 de julio del 2017, se acuerda la
disolución de la sociedad Estancia El Carmen, Sociedad Anónima, cédula
Jurídica 3-101-089966.—Lic. Gustavo Adolfo Acuña Alvarado, Notario.—1 vez.—(
IN2017151094 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 7 de junio del 2017, se constituyó la sociedad Extelup
CRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Lic. Gustavo Acuña
Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017151095 ).
Que por
escritura otorgada ante esta notaria a las nueve horas del día veintiocho de
junio del año dos mil diecisiete se constituyó la sociedad denominada Tendencia
Quinientos Seis, Sociedad Anónima.—Cartago, veintiocho de junio del año dos
mil diecisiete.—Lic. Walter Mora Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017151097 ).
Mediante escritura número 5
otorgada las 14:00 hrs del 26 de junio del 2017, ante la notaria Carla
Baltodano Estrada, se constituyó una fundación de bienestar social, denominada Fundación
Ciudad ARS Urbis, con domicilio en: San José, Paseo Colón, esquina calle
treinta, casa esquinera número veintiocho-setenta y cuatro frente al Instituto
Nacional de Aprendizaje, con un capital de tres millones de colones.—San José,
06 de julio del 2017.—Licda. Carla Baltodano Estrada, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151101 ).
Por escritura Nº 152, otorgada
ante esta notaría a las 16:00 horas, del día 28 de junio del 2017, se
protocoliza acta de asamblea extraordinaria de la empresa A Z Hijos del
Desarrollo Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-setecientos dieciséis mil novecientos sesenta y uno.—San José, 09 de julio
del 2017.—Lic. Alexander E Rojas Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017151102 ).
Ante esta notaría, por escritura
pública número 36 visible a folio 55 frente del tomo 12, otorgada a las 10
horas del día 10 de julio del 2017, se protocolizó acta de asamblea
extraordinaria de Filial Número Uno-A La Rivera L.R.A S.A, cédula
jurídica número: 3-101- 381922; donde se modificó la cláusula novena del pacto
constitutivo. Se nombró nueva junta directiva y fiscal. Presidenta: Rebeca
Murillo Dobles.—San Jose, 10 de julio del 2017.—Licda. Xinia Patricia Mora
Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2017151104 ).
Mediante escritura de las ocho
horas del diez de julio del dos mil diecisiete, número setenta y seis, tomo
trece de mi protocolo, se protocoliza acta de asamblea de socios de la sociedad
O.H.R.M.Z. S. A., cédula jurídica 3-101-674021, en la cual se nombra
nueva junta directiva y fiscal. Presidente: Douglas Román Díaz.—Licda. Ericka
Castro Argüello, Notaria.—1 vez.—( IN2017151105 ).
Por escritura número: 49,
otorgada ante esta notaría a las 17:00 horas del día 7 de julio del año 2017,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa 3-102-737635
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número: 3-10-737635,
mediante la cual se reformó la cláusula sétima de los estatutos sociales de la
sociedad y se nombró nuevo gerente.—San José, 7 de julio del 2017.—Lic. Eugenio
Hernández Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017151106 ).
Por escritura otorgada a las
once horas del siete de julio del dos mil diecisiete se constituye la sociedad W&R
Consultants VS Sociedad Anónima, presidente Wilson Vargas Baeza,
secretario Juan Rafael Sanabria Valerín, tesorera Johanna Torres González,
fiscal Noelia Gamboa Araya.—Licda. Cindy Barquero Arguedas. Notaria.—1 vez.—(
IN2017151114 ).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las 10:00 horas del día 06 de junio del 2017, se constituyó la fundación
denominada Centro de Estudios Políticos y Sociales Manuel Mora Valverde.
Objeto: Divulgación del patrimonio intelectual de Manuel Mora Valverde.
Presidente: Apoderado generalísimo sin limitación de suma. Domicilio San José.
Duración perpetua.—Lic. Manuel Enrique Badilla Chavarría, Notario.—1 vez.—(
IN2017151115 ).
El suscrito José Duarte Sibaja,
cédula uno-quinientos seis-ciento seis; carné: uno seis tres cero nueve, como
conotario autorizante solicito se publique el edicto de constitución de la sociedad
Desarrollos Inmobiliarios Monsellojias Sociedad Civil, según la
escritura número: doscientos cuatro-uno, visible al folio ciento noventa y
siete vuelto del tomo uno del protocolo de la Licenciada Katya Valle Tenotrio,
celular: ocho tres ocho cero dos nueve cinco nueve.— San José, diez de julio de
dos mil diecisiete.—Lic. Jose Duarte Sibaja, Notario.—1 vez.—( IN2017151117 ).
Por escritura otorgada a día de
hoy se. Constituyó la sociedad Portafolio Advisory Group Pag S.A.
corresponde al presidente, secretario y tesorero la representación judicial y
extrajudicial, con facultades de apoderados generalísimos. Capital totalmente
suscrito y pagado. Plazo social: 99 años.—Curridabat, San José, 05 de octubre
de 2015.—Lic. Omar Zúñiga Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017151118 ).
La suscrita, Beatriz Coto
Solano, casada una vez, doctora en medicina, vecina de San José, Curridabat,
Lomas de Ayarco Sur, del Restaurante Doña Lela, 700 sur, 100 oeste, 100 sur y
100 oeste, cédula 1-1233-077, comisionada por la sociedad C & S Inversiones
Profesionales del Este Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-636826 para
solicitar la protocolización de la escritura pública visible al tomo 8, folio
19 frente, número 42 del protocolo del notario Allan Valverde Vargas, escritura
otorgada a las 17:15 horas del 21 de abril del 2015 y cuyo testimonio al
presentarse al Registro Público el 3 de mayo del 2017 mediante constancia del
Archivo Nacional de 7 :00 horas del 6 de marzo del 2017, ocupó el tomo 2017,
asiento 286701 y que se refiere a la disolución de esa sociedad, debido al
deceso de ese Notario, solicito la publicación del edicto de ley, el cual dirá:
Por escritura otorgada ante el notario Allan Valverde Vargas en San José a las
17:15 horas del 21 de abril del 2017, se protocolizó acuerdo de disolución de C
& S Inversiones Profesionales del Este Sociedad Anónima. San José, 27
de junio del 2017. Lic. Beatriz Coto Solano, Apoderada.—San José, 8 de julio
del 2017.—Licda. Rocío Leitón Céspedes, Abogada.—1 vez.—( IN2017151124 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del diez de julio del dos mil diecisiete, se procede
protocolizar asamblea de general y extraordinaria de la denominada Madewisely
Limitada, cedula jurídica número tres-ciento dos-siete uno tres ocho cinco
dos; reforma a la cláusula sexta, administración de dicha sociedad. Es
todo.—San José, diez horas y treinta minutos del diez de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Gerardo Enrique Chaves Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017151126
).
Por
escritura otorgada ante mí, a las doce horas del 06 de julio del 2017 se
disuelve la sociedad Importaciones Don Luis Sociedad Anónima.—Lic. Max
Rojas Fajardo, Notario.—1 vez.—( IN2017151140 ).
Por escritura número diez
otorgada ante esta notaría, a las 18:00 horas del 04 de julio del 2017, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de Elemento
Ingeniería Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-721524, que reforma las
cláusulas sétima “de la junta directiva” y octava “de la administración” de los
estatutos. Carné N° 11954.—San José, 07 de julio del 2017.—Lic. Gabriela Vargas
Rounda, Notaria.—1 vez.—( IN2017151145 ).
Por escritura número cuarenta y
cinco-dos otorgada ante el notario José Pablo Rodríguez Castro, a las diez
horas treinta minutos del seis de julio del dos mil diecisiete, se acuerda por
acuerdo de socios la disolución y liquidación de la sociedad Industrias
Escudo del Tigre Sociedad Anónima.—Grecia, 06 de julio del 2017.—Lic. José
Pablo Rodríguez Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017151152 ).
Mediante escritura número 403
del tomo 23 de los protocolos de la notaria Rocío Córdoba Cambronero, se
constituye la sociedad denominada Transportes Solmel Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Es todo.—San José, 06 de julio del 2017.—Licda.
Rocío Córdoba Cambronero, Notaria.—1 vez.—( IN2017151155 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría se reforma el pacto social de Inversiones
Jucaso del Pacífico S. A., se hacen nombramientos.—San José, diez de julio
del dos mil diecisiete.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—(
IN2017151166 ).
Mediante escritura número 09
otorgada en Tronadora de Tilarán, Guanacaste a las 15:00 horas del 07 de julio
del 2017, se reforma la cláusula quinta y sexta del pacto social de la sociedad
Ferretunel S.RL, cedula jurídica número 3-102-699303. Se revoca
nombramiento gerente propietario.—Licda. Maria Etelvina Arrieta Gutiérrez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017151177 ).
En
esta notaría al ser las 15 horas del 06 de julio del 2017, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Forza
Capital Sociedad Anónima., en la que se acuerda reformar la cláusula
tercera del pacto constitutivo sobre el objeto de la misma.—San José, 07 de
julio del 2017.—Lic. Mauricio Lara Ramos, Notario.—1 vez.—( IN2017151182 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00
horas de hoy, se constituyó la sociedad Capsa Latam CR S. A. Domicilio
en San José. Capital social: cien dólares estadounidenses. Representación:
presidente, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San
José, 07 de julio del 2017.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—(
IN2017151183 ).
Por escritura otorgada ante mí, se reforma la
cláusula de la conformación de la junta directiva y representación de la
sociedad Repuestos Lisol Limitada cédula jurídica número tres- ciento
dos- setecientos veintitrés mil quinientos treinta y seis.—Ciudad Quesada, San
Carlos, Alajuela, siete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Denis Mauricio
Artavia Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017151184 ).
En mi notaría, en la escritura número ochenta
y cuatro, del tomo tres de mi protocolo otorgada a las once horas del primero
de julio del dos mil diecisiete, protocolicé acta de Asamblea Extraordinaria de
la sociedad denominada Doc-Vet Izquierdo Y Compañía Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y siete mil novecientos
setenta y dos, mediante la cual se solicita la liquidación, se aprueba en forma
definitiva el balance final de la liquidación de la compañía y se distribuye el
remanente total del haber de social de la compañía.—Liberia, siete de julio del
dos mil diecisiete.—Licda. Ana Elena Alvarado Salazar, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151186 ).
Ante mí Juan Carlos Radulovich Quijano, se
constituyó una sociedad anónima, la cual tendrá como denominación social Inversiones
Digitales De Costa Rica INDIGICR Sociedad Anónima, capital totalmente
suscrito y pagado, la representación le corresponde al presidente y secretario,
con domicilio en Guápiles, Pococí, Limón, con un capital social de mil dólares
exactos.—Guápiles, diez de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos
Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—( IN2017151187 ).
Mediante escritura pública otorgada en Belén
a las trece horas del siete de julio del año dos mil diecisiete, ante la
notaria pública Andrea Alice Hernández Villarreal, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de socios de la empresa denominada Hacienda Rancho
Quemado Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-
seiscientos catorce mil cuatrocientos treinta, en la que se acordó por
unanimidad reformar las cláusula quinta y sétima, y nombramiento de nuevo
presidente, secretario y tesorero. Es todo.—Belén, 07/07/2017.—Licda. Andrea
Alice Hernández Villarreal, Notaria.—1 vez.—( IN2017151188 ).
El
suscrito, Carlos Gerardo Víquez Rojas, notario público, con oficina en la
ciudad de Atenas, hago constar que mediante escritura número: diecinueve,
iniciada al folio: catorce frente del tomo segundo de mi protocolo, otorgada
ante mi notaria a las ocho horas del día diez de julio de dos mil diecisiete,
se nombró vicepresidente en la junta directiva y se reformó la cláusula sétima
del pacto constitutivo en la sociedad anónima denominada: Panificadora
Industrias Alimenticias la Orquídea Sociedad Anónima, cedula jurídica
número: tres- ciento uno- doscientos setenta y seis mil cincuenta y cinco.—Lic.
Carlos Gerardo Víquez Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017151189 ).
El suscrito notario hace constar que en esta
fecha se ha protocolizado acta de la sociedad denominada Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cuarenta y Siete Mil Doscientos Setenta, Sociedad S. A.
Reforma cláusula tercera.—San José, junio 28 de 2017.—Lic. Luis Echeverri
Trujillo, Notario.—1 vez.—( IN2017151191 ).
Por escritura 87-13 de las 11:00 horas del 10
de julio 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Iluminación Dekolux Limitada, cédula jurídica Nº 3102345808. Se
reforma representación.—Ricardo Badilla Reyes, Notario.—1 vez.—( IN2017151198 ).
En esta notaría al ser las dieciocho horas del
día seis de junio del año dos mil diecisiete, se constituye la sociedad
denominada Multiservicio Ser Sociedad Anónima, tel 8323-8279, correo
bufetteiustitia@gmail.com.—Bijagua Upala, seis de julio del año 2017.—Licda.
Yadriela Rodríguez Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017151210 ).
Que en la notaria del suscrito
notario, se ha realizado la escritura número setenta, que corresponde a la
disolución de la sociedad Distribuidora de Alimentos y Accesorios para Mascotas
Chelsea S. A.—San José seis de julio de dos mil diecisiete.—San José, 6 de
julio del 2017.—Lic. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017151214 ).
Que por el instrumento público
número trescientos ochenta y ocho, de las ocho horas del veintiuno de julio del
dos mil catorce, la sociedad D. J El Dije de San Antonio Sociedad Anónima,
modifica su cláusula, quinta, aumentando el capital.—Lic. Juan Carlos Gutiérrez
Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017151217 ).
Ante esta notaria se protocolizó
el acuerdo de socios para disolver la sociedad Taj Mahal Sociedad Anónima.—San
José, 23 de junio del 2017.—Licda. Sandra Arauz Chacón, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151222 ).
Mediante
escritura número 293 del tomo tercero de mi protocolo, se reforman las
cláusulas segunda, octava y décima tercera del pacto constitutivo de Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Treinta y Nueve Mil Trescientos Cincuenta y Cuatro Sociedad
Anónima.—Lic. Randall Arias Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2017151224 ).
Por escritura de las ocho horas
del dos de julio de dos mil diecisiete se reformó pacto social de la empresa Servex
Internacional S. A., se reforma la representación y la junta
directiva.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—( IN2017151227 ).
La sociedad Corporación Merco
Servicios Sociedad de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona
jurídica tres-ciento dos-siete uno cero nueve cuatro nueve, inscrita al tomo
dos mil dieciséis, asiento cero cero uno tres tres tres nueve nueve, mediante
asamblea general extraordinaria de socios, celebrada a las siete horas del
diecinueve de junio del dos mil diecisiete, procede a modificar el domicilio de
la sociedad la nueva dirección será: Alajuela, San Ramón, La Unión, Calle
Arrollo, Apartamentos La Columna, casa cuatro. Protocoliza acata licenciado William
Rodríguez Astorga, mediante escritura ciento dieciocho de las nueve horas del
tres de julio del dos mil diecisiete.—Lic. William Rodríguez Astorga,
Notario.—1 vez.—( IN2017151229 ).
A las trece horas de hoy,
protocolicé acta número cuatro de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de accionistas de Romada Uno S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento cuarenta y nueve mil ochenta, por medio de la cual se reforman la
cláusula segunda y sétima del pacto constitutivo, y se nombra tesorero.—San
José, 7 de julio del 2017.—Lic. Keyco Chango González, Notario.—1 vez.—(
IN2017151230 ).
Ante esta notaría, se apersonó
Valerie Alvarado Hernández, para constituir sociedad anónima denominada Eco
Car Wash S. A., celebrada el día diecinueve de junio de dos mil
diecisiete.—Licda. Laura Lao Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017151232 )
A las doce horas de hoy,
protocolicé acta número cinco de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de Grupo De Inversiones El Cedro S. A., con cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos sesenta mil quinientos cincuenta y uno, por
medio de la cual se reforman la cláusula segunda y sétima del pacto
constitutivo, y se nombra presidente, secretario y tesorero.—San José, 7 de
julio del 2017.—Lic. Keyco Chango González, Notario.—1 vez.—( IN2017151236 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría, a las 9:00 horas del 01 de julio del año
2017, se nombró nuevo presidente de la junta directiva de la sociedad Las
Tres Marías de Santa Ana S. A., cédula jurídica 3-101-101478.—Lic. Adelia
González Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017151243 ).
Ante mi
notaria por escritura número doscientos noventa y siete de las ocho horas
treinta minutos del cinco de julio del dos mil diecisiete, visible al folio
ciento setenta y seis vuelto del tomo ocho, se modificó junta directiva de la Compañía
New Tray Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
ochenta y dos mil cuatrocientos seis, se nombró como presidente Rafael Ramírez
Solís, cedula uno-seiscientos treinta y tres-quinientos setenta y dos.—Licda.
Marianela Moreno Paniagua, Notaria.—1 vez.—( IN2017151260 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las catorce horas y cuarenta minutos del
7 de julio del 2017, se modifica la siguiente cláusula quinta del pacto
constitutivo: La quinta: Del domicilio, en la sociedad VIM S. A.—San
José, 7 de julio del 2017.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—(
IN2017151267 ).
Por medio de la escritura número
ciento ochenta, otorgada a las doce horas del día veintiséis de abril del año
dos mil diecisiete, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Felicidad del Coco Sociedad
Anónima, por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio,
se revoca el nombramiento de los miembros de la junta directiva y se nombran
nuevos miembros para estos puestos.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1
vez.—( IN2017151282 ).
Por
escritura número cuarenta y dos otorgada a las ocho horas del día siete de
julio del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad
3-102-521175. Se modifica nombre a Tucaribe Ltda.. Se modifica
pacto constitutivo y se designa coo gerente general a María Leonor Anchia
Cascante, con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma.—San
Isidro, 07 de julio del 2017.—Licda. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151288 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del veintiséis de junio del dos mil diecisiete, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Transportes
Flores Cero Cincuenta y Tres Sociedad Anónima, por medio de la cual se
nombra presidente y secretario por el resto del plazo social.—San José,
veintiséis de junio del dos mil diecisiete.—Lic. Orlando Calzada Miranda,
Notario.—1 vez.—( IN2017151291 ).
Protocolización
de acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad tres-ciento dos-
seiscientos setenta y un mil ciento cincuenta y dos de Responsabilidad Limitada,
en la cual se modifica el capital social de la sociedad y la administración. Es
todo.—Lic. Carlos Víquez jara, Notario.—1 vez.—( IN2017151304 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las 12:00 horas del 5 de julio de 2017, escritura número 43-13 del tomo trece
de mi protocolo, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad 3-102-738715 SRL, acta de las 10 horas del 5 de julio del 2017
mediante la cual se acuerda modificar la cláusula primera referente a la razón
social de la sociedad.—Lic. Paul Oporta Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017151308
).
Mediante escritura otorgada en
mi notaría, se modificaron las cláusulas cuarta y quinta de los estatutos de la
sociedad Eje Sociedad Anónima.—San José, cuatro de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Mariamalia Guillen Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2017151313 ).
Por
escritura número ciento veintinueve, otorgada ante el notario público, Ronald
Odio Rohrmoser, a las nueve horas del día siete de julio del año dos mil
diecisiete, se disuelve y liquida la sociedad Comforall Sociedad Anónima.—San
José, 07 de julio del 2017.—Lic. Ronald Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—(
IN2017151314 ).
Ante esta notaría, por medio de
la escritura 238-19 Se protocolizó el acta número dos de socios de Inversiones
Turísticas Isla Damas Sociedad Anónima cedula jurídica 3-101-484429
en la cual se realiza cambio de fiscal y presidente.—Ciudad de Quepos, 5 de
Junio del año 2017.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—(
IN2017151316 ).
Ante esta notaría por medio de
la escritura 275-19, se protocolizó el acta número 4 de asamblea de socios de Distribuidora
Ricardo Alfaro Sociedad Anónima, en la cual se reforma junta
directiva.—Quepos, 18 de junio del año 2017.—Lic. Steven Alvarado Bellido,
Notario.—1 vez.—( IN2017151317 ).
Ante esta notaría, por medio de
la escritura 214-19 se protocolizó el acta número 3 de asamblea de socios de Transportes
Quepos Londres Sociedad Anónima, en la cual se reforma junta
directiva.—Quepos 19 de mayo del año 2017.—Lic. Steven Alvarado Bellido,
Notario.—1 vez.—( IN2017151321 ).
Ante esta notaría, por medio de
la escritura trescientos diez-diecinueve de esta notaría, se constituyó la
sociedad Sand and Forest Transfer Sociedad Anónima, en la cual sus
apoderados son presidenta, Mayra Guerrero Salazar, secretario, Enzo Carvajal
Tenorio, tesorera Aryerie Sánchez Guerrero.—Ciudad de Quepos, diez de julio del
dos mil diecisiete.—Lic. Steven Alvarado Bellido, Notario.—1 vez.—(
IN2017151322 ).
Por escritura número 125-1 de
las 13:30 del 10 de julio del 2017 otorgada ante mi notaría, se reformó la
cláusula séptima del pacto constitutivo de Servicios Profesionales Cuatro E
S. A., en relación a la representación; y se hacen nombramientos en la
junta directiva.—San José, 10 de julio del 2017.—Lic. Juan Sebastián Mainieri Camacho,
Notario.—1 vez.—( IN2017151323 ).
Ante esta notaría a las 15:00
horas del 15/06/2017. Felipe Loría Pereira, solicita modificar cláusulas de Desarrolladora
Inmobiliaria Carlos Murillo S. A.—Lic. Luis Diego Elizondo Esquivel,
Notario.—1 vez.—( IN2017151326 ).
Que por escritura otorgada ante
el notario Carlos Manuel Guzmán Aguilar, se constituye sociedad anónima que se
denominará Soluciones Empresariales Complementarias S. A., cuyo capital
social se encuentra suscrito y pagado en su totalidad con plazo social de
noventa y nueve años.—Lic. Carlos Manuel Guzmán Aguilar, Notario.—1 vez.—(
IN2017151327 ).
Mediante escritura otorgada el
día 21 de diciembre de 2016, ante esta notaría, se modificó el Pacto
constitutivo de Zonazul de Cartago S. A., con cédula jurídica
3-101-268962.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2017151354 ).
Protocolización de acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía Dry
Cleaning ECO Amigable Sociedad Anónima, en la cual se reforman las
cláusulas primera del nombre y sexta de la administración del pacto
constitutivo. Escritura número noventa y tres, otorgada en San José, ante el
notario público, Alejandro Pignataro Madrigal, a las doce horas del diez de
julio de dos mil diecisiete, visible al folio noventa y dos frente del tomo
quince de su protocolo.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—(
IN2017151356 ).
Por
escrituras 95-48 y 49-50 otorgadas a las 12:00 del 21 de abril del 2017 y a las
16:00 del 06 de julio del 2017 respectivamente se reforman las cláusulas sétima
y octava del pacto constitutivo, se adiciona una cláusula doce y se nombra
agente residente de la sociedad Hotel Vecino LLC S.R.L.—Montes de Oca,
03 de julio del 2017.—Lic. Bernal Jiménez Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2017151362 ).
En mi
notaría, con fecha diez de junio del dos mil diecisiete, se constituyó sociedad
de responsabilidad limitada denominada Delmec Energy Sociedad de
Responsabilidad Limitada Delmec Energy Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con domicilio en Provincia de Heredia, Heredia,
San Isidro, trescientos metros oeste de la Iglesia Católica, por un plazo de
noventa y nueve años y con un capital de diez mil colones, representada por su
gerente, con facultades de apoderado general el señor José Pablo Alvarado
Charpentier.—Heredia, San Joaquín de Flores, 11 de julio 2017.—Licda. Marcela
del Carmen Chaves Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017151389 ).
Ante esta notaría pública se
disolvió por acuerdo de socios de conformidad como lo establece el artículo
doscientos uno inciso d) del Código de Comercio la sociedad anónima denominada Corporación
Trisy de Atlántico SR, cedula jurídica tres ciento uno trescientos sesenta
y tres trescientos cuarenta y tres. Quien considere afectado puede manifestar
su oposición en la dirección en Alajuela, Invu uno, del semáforo peatonal
veinticinco metros norte a mano derecha, segunda plana, en el término de un mes
a partir de la publicación de este aviso.—Heredia, San Joaquín de Flores. 11 de
julio del 2017.—Licda. Marcela del Carmen Chaves Hernández, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151390 ).
Por escritura otorgada en esta
Notaría a las ocho horas del veintidós de junio de dos mil diecisiete, se
constituyó la sociedad Grupo Tech Studio Sociedad Anónima, domicilio
social en San José, Escazú, San Rafael, Centro Comercial Avenida Escazú,
Edificio doscientos cinco, Local LC cero uno, primer piso. Capital social
suscrito y pagado. Presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial
con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma. Presidente:
Arnoldo Sibaja Morera.—San José, veintidós de junio de dos mil
diecisiete.—Licda. María Gabriela Ulloa Raabe, Notaria.—1 vez.—( IN2017151394
).
Por escritura número setenta y
uno del cuatro de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó ante esta
notaría, acta de asamblea general extraordinaria de Bella Vida CR
Distribuidora Sociedad Anónima, mediante la cual se modificó la
composición accionaria de la empresa, quedando el capital social en la suma de
diez mil colones representado por diez mil acciones comunes y nominativas de un
colón cada una.—Lic. Lothar Arturo Volio Volluner, Notario.—1 vez.—(
IN2017151398 ).
En mi notaría, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de 3-101-724917 Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: 3-101-724917, en la cual se
modifica cláusula de la administración del pacto constitutivo. Es todo.—San
José, cinco de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Nikole Amerling Quesada,
Notaria.—1 vez.—( IN2017151405 ).
En mi notaría, se protocoliza
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Bienes y Servicios Las Q
de Palmares Sociedad Anónima., cédula de persona jurídica número:
3-101-459388, en la cual se modifica cláusula del domicilio del pacto
constitutivo. Es todo.—San José, cinco de junio del dos mil diecisiete.—Licda.
Nikole Amerling Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017151407 ).
En mi notaria, se protocoliza
acta de Asamblea Extraordinaria de socios de Strategia y Litigium Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: 3-101-686513, en la cual se
modifica cláusula de la administración del pacto constitutivo. Es todo.—San
José, cinco de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Nikole Amerling Quesada,
Notaria.—1 vez.—( IN2017151409 ).
Ante mí, en escritura Nº 69 se acuerda
la fusión por absorción de la sociedad Del Parque Abeja S.A., cédula
jurídica Nº 3-101-440364, con la sociedad Sabana Real Oficina Número Tres
S.A., cédula jurídica Nº 3-101-570819, subsistiendo la primera, por lo que
reforma la cláusula quinta del capital social y la cláusula sétima de la
administración.—San José, 10 de julio del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Salgado
García, Notario.—1 vez.—( IN2017151428 ).
Ante mí, en escritura Nº 68 se
acuerda la fusión por absorción de la sociedad:
Sabana Real Oficina Número
Tres S. A., cédula jurídica Nº 3-101-570819, con la sociedad: Del Parque
Abeja S. A., cédula jurídica Nº 3-101-440364, subsistiendo la segunda.—San
José, 10 de julio del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Salgado García, Notario.—1
vez.—( IN2017151429 ).
Ante mí, en
escritura Nº 19-2 se reforman la cláusula sexta de la administración y quinta
del capital social, de la sociedad: Salgado y García S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-160648.—San José, 10 de julio del 2017.—Lic. Laureano Castro
Sancho, Notario.—1 vez.—( IN2017151430 ).
Ante esta
notaría, se protocoliza acta de: San Antonio de Bexar S. A., cédula de
persona jurídica número: 3-101-159005, donde se reforma el pacto
constitutivo.—San José, 11 de julio del 2017.—Licda. Silvia María Ocampo
Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017151436 ).
Ante esta notaría, se
protocoliza acta de Cítricos Santa Juana S.A., cédula jurídica Nº
3-101-150441, donde se reforma el pacto constitutivo.—San José, 11 de julio del
2017.—Licda. Silvia María Ocampo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017151437 ).
Mediante escritura Nº 193 del
día 05 de julio del 2017, se modificó la cláusula primera del pacto
constitutivo de la sociedad: Creatique Productions Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica Nº 3-101-585657, cambió de denominación social,
llamándose en lo siguiente: Seventeen Gaming S. A.—Licda. Ana Gabriela
Ávila Morúa, Notaria.—1 vez.—( IN2017151446 ).
Por escritura número ciento treinta y cinco del tomo segundo del
notario público, Paola Sáenz Alfaro, otorgada a las once horas del siete de
julio del dos mil diecisiete, se protocoliza la asamblea extraordinaria de
accionistas número uno de Instituto Multispa S. A., con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y siete mil
quinientos setenta y ocho, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del
pacto constitutivo.—San José, siete de julio de dos mil diecisiete.—Licda.
Paola Sáenz Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017151456 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a
las ocho horas del día diez de julio de dos mil diecisiete, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Tres- Ciento Uno-Setecientos Un Mil Setecientos Setenta
y Ocho S. A. Donde se acuerda la disolución y liquidación de la
compañía.—San José, diez de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth
Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017151459 ).
Yo Julio César Zárate Arias, notario público, con oficina abierta en la
ciudad de Alajuela, el día diez de julio del dos mil diecisiete, al ser las
quince horas, mediante escritura doscientos veintisiete del tomo dieciséis,
procedo a protocolizar acta de asamblea extraordinaria número uno, de la
sociedad denominada GPS de Alajuela S. A., con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-siete dos cinco dos seis ocho, mediante la cual
se acuerda modificar la cláusula tercera del pacto constitutivo. Es
todo.—Alajuela once de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Julio César Zárate
Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017151465 ).
Que por escritura del 6 de julio de 2017, se disuelve por comparecencia
la sociedad Ocean Fruit Company S. A. , cédula jurídica 3 101
702297.—San José, julio 10 de 2017.—Licda. Josefina Carime Ayubi Pimienta,
Notaria.—1 vez.—(IN2017151467 ).
Por escritura pública número ciento veintiuno-uno, otorgada a las
diecisiete horas treinta minutos del tres de julio de dos mil diecisiete, se
protocolizó un acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada Valjari S. A., mediante la cual se reformó la
cláusula relativa a la representación social y se nombró nueva junta directiva.
Es todo.—San José, tres de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Antonio José
Villalobos Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017151474 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, al ser las ocho horas del día
once de julio del dos mil diecisiete. Se modificó la integración de la junta
directiva y se cambió la razón social de la sociedad de Fer y Fer de Chamar
Guadalupe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos catorce mil setecientos noventa, pasando a llamarse Centro
Oncológico Doctor Chavarría Estrada Sociedad Anónima.—San José, once de
julio del dos mil diecisiete.—Lic. Róger Mayorga López, Notario.—1 vez.—(
IN2017151475 ).
Por escritura otorgada por el notario Lic. Felipe Gómez Rodríguez, a
las 07:45 horas del 21 de junio del 2017, se acuerda reformar cláusula primera,
de la administración, siendo el nuevo nombre de. la sociedad Grupo RZ
Constructores Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cinco cuatro cinco tres cero tres.—Firmo en la ciudad de Grecia, el día del
10 de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Felipe Gómez Rodríguez, Notario.—1
vez.—( IN2017151477 ).
Por escritura pública otorgada
ante esta notaría en la ciudad de San José al ser las once horas con treinta
minutos del diez de julio de dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de
asamblea general ordinaria de socios de la sociedad Internacional
Ingredients Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta y nueve mil trescientos setenta y cinco,
en la que se acordó reformar la cláusula de la representación de la
sociedad.—San José, diez de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Vivian Gazel
Cortés, Notario.—1 vez.—( IN2017151482 ).
El suscrito notario hago constar
que mediante escritura pública número 251-45 otorgada ante mi notaría a las
9:00 horas 15 minutos del 10 de julio del 2017, protocolicé acta de la sociedad
denominada Degersha F Y R Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-499917, mediante la cual se modifica la cláusula de la
administración.—Tibás, 10 de julio del 2017.—Lic. Jorge Antonio Salas Bonilla,
Notario.—1 vez.—( IN2017151487 ).
Ante la notaría del licenciado
Víctor Manuel González Loría mediante escritura número sesenta y nueve, visible
al folio treinta y tres vuelto, del tomo sétimo del protocolo del suscrito
notario, de fecha once horas del día ocho de julio del año dos mil diecisiete,
se modifica la cláusula primera de los estatutos de la sociedad denominada Smiling
Horses Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno trescientos
noventa y cinco mil seiscientos dieciocho, sociedad con domicilio en Santa
Elena de Monteverde un kilómetro al oeste del Cementerio. Es todo.—San José,
once de julio del año dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Manuel González Loría,
Notario.—1 vez.—( IN2017151488 ).
El suscrito notario hace constar
que por escritura otorgada el día de hoy, número ciento sesenta y nueve-diez.
Protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de la compañía denominada Dimetronik
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y
cinco mil seiscientos cincuenta y dos. Se reforman las cláusulas segunda y
sexta de los estatutos. Se nombra junta directiva, fiscal y agente
residente.—San José a las diez horas del día veintidós de junio de dos mil
diecisiete.—Lic. Carlos Enrique Chaves Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017151491
).
Luis Alberto Murillo Masis,
cédula cinco-ciento sesenta y dos-doscientos cincuenta y Mayra Ninoska
Arancibia, cedula ocho-cero nueve cinco cero cuatro cinco cinco, ambos vecinos
de Guápiles, constituyen la sociedad Multiservicios Betmay S. R. L.
Capital totalmente suscrito y pago correspondiéndole al Gerente y a la
Subgerente la representación judicial y extrajudicial, escritura otorgada en
Guápiles, a las diecisiete horas del día cuatro de julio del dos mil
diecisiete. Ante notaria Criselda Valverde Elizondo.—Guápiles, seis de julio
del dos mil diecisiete.—Licda. Criselda Valverde Elizondo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151495 ).
Por este medio, el suscrito
notario hace constar que a las catorce horas treinta minutos del cuatro de
julio del dos mil diecisiete, mediante escritura número ciento noventa y
siete-seis otorgada en el tomo sexto del protocolo del suscrito notario, se
constituyó una sociedad denominada: Yucca PV Limitada.—San José, once de
julio del dos mil diecisiete.—Lic. Johnny León Guido, Notario.—1 vez.—(
IN2017151496 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las catorce horas del día diez de junio del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea de cuotistas de la sociedad Sucesores Angelina
Herrera Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la
administración y el domicilio social de la sociedad.—San José, diez de julio
del dos mil diecisiete.—Lic. Gonzalo José Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—(
IN2017151498 ).
Por
escritura número ciento cuarenta y tres-ocho, correspondiente a acta número uno
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Costa Rica
Medical Group CRMG Sociedad Anónima, se realizó cambio de la cláusula de la
representación y nuevo nombramiento de presidente, secretario y tesorero.—San
José, diez de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Christy Alejandra Martínez
Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017151504 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaria al ser las nueve horas del diez de julio del dos mil diecisiete, se
reforma la cláusula correspondiente a la junta directiva del pacto constitutivo
de la sociedad Servicio Automotriz C y C de San Ramón Sociedad Anónima,
cédula jurídica número cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos nueve mil
novecientos treinta y uno.—Lic. Cristian Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—(
IN2017151505 ).
Por escritura otorgada ante el
notario público, Luis Francisco García Ramírez, número doscientos cincuenta y
cinco-dos del tomo dos de las quince horas del día veintiuno de diciembre de
dos mil dieciséis, se protocoliza la asamblea de cuotitas, de modificación de
cláusula sexta de pacto constitutivo para inclusión de un subgerente dos,
Yéssica Víquez Barrantes, cedula: dos-cero setecientos diecisiete-cero
quinientos cincuenta y cuatro de la sociedad denominada Compañía Baravi de
Grecia SRL, cédula tres-ciento dos-trescientos cuarenta mil trescientos veintiocho.—Grecia,
siete de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Luis Francisco García Ramírez,
Notario.—1 vez.—( IN2017151508 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en conotariado con el Notario José Alberto Schroeder Leiva, al ser las
ocho horas y treinta minutos, del día diez de julio del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Andre Internacional Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno- doscientos cincuenta y un mil setecientos veintisiete, en la
que se acuerda la disolución.—San José, diez de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—( IN2017151510
).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, en conotariado con el notario José Alberto Schroeder Leiva, al ser las
nueve horas, del día diez de julio del dos mil dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad J L Flasa Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-ciento veinticinco mil seiscientos setenta y tres, en la que se
acuerda la disolución.—San José, diez de julio del dos mil diecisiete.—Licda.
Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—( IN2017151511 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaria a las ocho horas del día diez de julio de dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad denominada
Distra Soluciones de Belleza y Salud Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y nueve mil doscientos veinte,
mediante la cual se reformó cláusulas segunda, cuarta y sexta del pacto social.
Es todo.—San José, diez de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Randall Chuken
Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017151512 ).
Por escritura número 40-71,
otorgada a las 8:00 horas del 07 de julio del 2017, otorgada ante la notaría de
Veracruz Navarro Monge, se protocoliza el acta de aumento de capital,
reformándose la cláusula cuarta de los estatutos constitutivos de la sociedad
denominada Agro Irazú Sociedad Anónima, con cédula jurídica
3-101-207576.—Cartago, 10 de julio del 2017.—Licda. Veracruz Navarro Monge,
Notaria.—1 vez.—( IN2017151513 ).
Por escritura otorgada ante la suscrito notario
en Guanacaste, a las trece horas del trece de junio de dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la sociedad Turtle Shell Paradise Sociedad Anónima, donde se procede
a disolver la sociedad.—Lic. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151521 ).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria en Guanacaste, a las once horas del siete de junio de dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de cuotistas de la sociedad MCNIPP LLC, Sociedad de Responsabilidad
Limitada, donde se procede a la disolver la sociedad.—Licda. María José
Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2017151523 ).
Por escritura otorgada ante la
suscrita notaria en Guanacaste, a las once horas del trece de junio de dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la sociedad Desarrollos Costa Dorada Otoño PB III Sociedad
Anónima donde se procede a disolver la sociedad.—Licda. María José Víquez
Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2017151537 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 11:43 horas del 29 de junio del 2017, se modifica la cláusula
primera del pacto constitutivo de la sociedad de esta plaza Tres-Ciento
Uno-Setecientos Ocho Mil Cero Cero Nueve S. A., cedula jurídica tres-ciento
uno-setecientos ocho mil cero cero nueve, para que en adelante su razón social
sea Centro Médico Terranova Sociedad Anónima.—San José, 06 de julio del
2017.—Lic. Marcelo Astúa Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2017151538 ).
Protocolización de acta de
asamblea general extraordinaria de Destinos Exóticos de Puerto Viejo
Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-trescientos setenta y
cinco mil seiscientos treinta y seis, en la cual se modifica la cláusula sétima
de los estatutos sociales. Escritura otorgada en Heredia, a las diez horas del
diez de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco Morera Alfaro, Notario.—1
vez.—( IN2017151540 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del diez de julio del dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad de Palmares de Alajuela,
denominada Ferretería Técnica Fetesa Sociedad Anónima, reformándose la
cláusula quinta del pacto constitutivo en cuanto al capital social el cual se
aumentó.—Licda. Lilliana Fernández Urpí, Notaria.—1 vez.—( IN2017151555 ).
Por escritura pública de las
14:00 horas del 10 de julio de 2017, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Cabo Nevada Blanca S.A., cédula
3-101-178985, mediante la cual se reforma el pacto social sobre el domicilio y
la administración, cláusula dos y siete, y se nombra nueva junta
directiva.—Heredia, 10 de julio de 2017.—Licda. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1
vez.—( IN2017151557 ).
Por escritura otorgada ante la suscrito
notario en Guanacaste, a las once horas del siete de junio de dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la sociedad Desarrollos Costa Dorada Primavera PB IV Sociedad
Anónima, donde se procede a la disolver la sociedad.—Lic. Mariajosé Víquez
Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2017151558 ).
Por
escritura pública de las 13:30 horas del 10 de julio de 2017, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios de Tetraktys S. A.,
cédula 3-101-076278, mediante la cual se reforma el pacto social sobre el
domicilio, cláusula dos. Heredia, 10 de julio de 2017.—Licda. Hannia Solís
Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2017151559 ).
Por escritura pública de las
12:00 horas del 10 de julio de 2017, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Altessa A S. A., cédula 3-101-166766,
mediante la cual se reforma el pacto social sobre el domicilio y la
administración, cláusula dos y seis y se nombra nueva junta directiva.—Heredia,
10 de julio del 2017.—Licda. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151560 ).
Por escritura pública de las
11:30 horas del 10 de julio de 2017, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Murillo y Vargas Asesores Legales S. A., cédula
3-101-351082, mediante la cual se reforma el pacto social sobre el domicilio y
la administración, cláusula dos y siete y la octava sobre la representación, y
se nombra nueva junta directiva.—Licda. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151573 ).
Por escritura pública de las
11:00 horas del 10 de julio de 2017, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Kelafis S. A., cédula 3-101-322479, mediante
la cual se reforma el pacto social sobre el domicilio cláusula dos, y se nombra
nueva junta directiva.—Heredia, 10 de julio de 2017.—Licda. Hannia Solís
Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2017151574 ).
Por escritura pública de las 10:30 horas del 10 de julio de 2017, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Hanro S. A.,
cédula 3-101-114516, mediante la cual se reforma el pacto social sobre el
domicilio y la administración, cláusula dos y nueve, y se nombra nueva junta
directiva.—Heredia, 10 de julio de 2017.—Licda. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2017151584 ).
Por escritura pública de las 10:00 horas del 10 de julio de 2017, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de Gladiola
Elvira S. A., cédula 3-101-407088, mediante la cual se reforma el pacto
social sobre la administración, cláusula seis y se nombra nueva junta
directiva.—Heredia, 10 de julio de 2017.—Licda. Hannia Solís Brenes, Notaria.—1
vez.—(IN2017151586 ).
En Guápiles Pococí, reforma clausula sétima acta constitutiva de la
sociedad denominada Well Done Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-
534331.—Guápiles, once de julio del año dos mil diecisiete.—Lic. Jesús Pablo
Baltodano Gómez, Notario.—1 vez.—(IN2017151589 ).
Por escritura número ciento siete, otorgada, a las diez horas del once
de julio del dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Crece Trade Services
CTS S. A., en la cual se reforman las cláusulas segunda y octava del pacto
constitutivo y se nombran nuevos presidente y tesorero.—Licda. Elluany Coto
Barquero, Notaria.—1 vez.—(IN2017151611 ).
Mediante escritura número doscientos diecinueve, visible al folio
ciento cuarenta y nueve vuelto del tomo dos del protocolo del notario Sergio
Mena Díaz se reformó el artículo sétimo del pacto constitutivo de la sociedad tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta y dos mil ciento treinta y tres S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno- seiscientos cuarenta y dos mil ciento treinta y tres.
Es todo.—Once de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Mena Díaz, Notario.—1
vez.—(IN2017151623 ).
Ante mi, Óscar Venegas Córdoba, mediante escritura pública número
ciento cincuenta y siete, visible a folio ciento ochenta y uno vuelto, del tomo
trece de mi protocolo, otorgada a las nueve horas del ocho de mayo del dos mil
diecisiete, se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Mangrove
Riviera Park Estates Limitada, específicamente, su cláusula segunda
relacionada al domicilio social y su cláusula octava concerniente a la
administración y representación social.—San José, 08 de mayo del 2017.—Lic.
Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1 vez.—(IN2017151624 ).
Ante mi Óscar Venegas Córdoba, notario público de San José, mediante
escritura pública número ciento sesenta y tres, visible a folio ciento ochenta
y cinco vuelto del tomo trece de mi protocolo, al ser las diez horas veinte
minutos del cinco de junio del dos mil diecisiete se fusionaron por absorción
las sociedades Black Beauty Development Costa Rica Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y ocho mil
doscientos veintinueve, domiciliada en Centro Empresarial Multipark, edificio
Térraba, primer nivel, filial cuarenta y uno, San Rafael de Escazú, San José; Diamond
Cove Ventures CR Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y ocho mil doscientos veintisiete, domiciliada en
Puntarenas, Paquera, Playa Órganos, tres kilómetros este del cruce sobre
carretera al atracadero en Diamond Cove; Black Beauty Fluarita Número Quince
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta y cuatro mil ochocientos veintiséis; Kalia Modern Eco Living
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos un mil
trescientos treinta y ocho; Kalia Beauty Boutique Hotel Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos tres mil quinientos once; Kalia
Sitio Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
tres mil cuatrocientos veintisiete, Guanacaste Capital Ventures Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-seiscientos
veintiséis mil setecientos sesenta, todas domiciliadas en Centro Empresarial
Multipark, oficina cuarenta y uno, Guachipelín, San Rafael, Escazú, San José; Makai
Living Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número
tres-ciento dos-seiscientos cuarenta y tres mil quinientos dos, domiciliada en
Multipark, oficina JV&A, número cuarenta y uno, Guachipelín, San Rafael,
Escazú, San José y Nissim Development Group Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-setecientos catorce mil ochocientos veintiséis,
domiciliada en Guanacaste, Santa Cruz, Cuajiniquil, Marbella, Ruby Sky, lote
trece, prevaleciendo la sociedad Nissim Development Group S. A. sobre
sobre todas las otras sociedades antes dichas. En consecuencia se aumenta el
capital social y se reforma cláusula quinta del pacto constitutivo de la
sociedad prevalente de la fusión Emplácese a los interesados para que dentro
del plazo de ley se apersonen a manifestar sus oposiciones en el domicilio
social.—San José, 05 de junio del 2017.—Lic. Óscar Venegas Córdoba, Notario.—1
vez.—(IN2017151625 ).
Mediante escritura número doscientos veinte, visible al folio ciento
cincuenta frente del tomo dos del protocolo del notario Sergio Mena Díaz, se
reformó el artículo séptimo del pacto constitutivo de la sociedad Grupo
Babel S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiséis
mil doscientos veintinueve. Es todo.—Once de julio de dos mil diecisiete.—Lic.
Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017151628 ).
En esta notaría actuando en coonotariado en el protocolo del Licenciado
José Manuel Elizondo Araya en escritura cuatro tres cinco del tomo seis a las
once horas del siete de julio del dos mil diecisiete Walter Alonso Hidalgo
Jiménez, cédula dos- seis cinco cuatro-dos cinco nueve y Carlos Enrique
Rodríguez Brenes, cédula uno- uno uno seis cuatro-tres ocho uno, constituyen
una sociedad anónima que se llamará con el número de cédula jurídica que se le
asigne. Capital social cien dólares de Los Estados Unidos de Norteamérica.—San
Ramón, nueve horas del once de julio del dos mil diecisiete.—Lic. José Manuel
Elizondo Araya, Notario.—1 vez.—(IN2017151629 ).
Mediante escritura número
doscientos veintiuno, visible al folio ciento cincuenta vuelto del tomo dos del
protocolo del notario Sergio Mena Díaz, se reformó el artículo sétimo del pacto
constitutivo de la sociedad Casa Cedros Condominio Residencial Guaria Morada
de San Pablo S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y
dos mil doscientos once. Es todo. once de julio de dos mil diecisiete.—Lic.
Sergio Mena Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017151632 ).
Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario público con oficina
en Atenas hago constar que el día once de julio del dos mil diecisiete a las
once horas en la ciudad de Atenas se protocolizó la asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Farmacias Don Gerardo del Pacífico
Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres - ciento uno - tres nueve
nueve cero cinco cuatro. En la cual se nombra presidente, secretario y fiscal,
y se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Atenas, once de julio
del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1
vez.—(IN2017151636 ).
Por escritura otorgada hoy ante nosotros, Inmobiliaria Credomatic S.
A. aumentó su capital social.—San José, 11 de julio del 2017.—Lic.
Alejandro Matamoros Bolaños y Franklin Matamoros Calderón, Conotarios.—Lic.
Alejandro Matamoros Bolaños, Conotario.—1 vez.—(IN2017151637 ).
Leyla Marisol Bukele Lucha,
Mario Roberto Madrigal Guevara, constituyen Grupo Bukema Sociedad Anónima,
presidenta Leyla Marisol Bukele Lucha. Escritura otorgada en San José, a las
20:00 horas del 08 de julio del 2017. Domiciliada en San José, San José, Pavas,
Rohrmoser, ochocientos metros oeste de Plaza Mayor.—Lic. Edgar Fernando
Valverde Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017151648 ).
Mediante escritura pública ciento cuarenta y nueve del tomo sétimo del
protocolo de esta notaría, se protocolizó acta número diez de asamblea general
extraordinaria de: Citrix Systems Technologies Costa Rica S.R.L., con
cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos siete mil ciento treinta y
seis. Se modifica el capital social y se reforma cláusula quinta del pacto
social. Es todo.—San José, a las diez horas del día siete de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—( IN2017151652 ).
Ante esta notaría, mediante escritura
número dos, tomo tres, otorgada a las diez horas del once de julio de dos mil
diecisiete, se protocoliza el acta de la sociedad The Grimnir Developments
T.G.D. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro
cuatro cinco dos nueve siete, domiciliada en San José, Santa Ana cien metros
norte da la Cruz Roja, centro comercial Terrazas local T dos; se modifican las
cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombra secretario.—San
José, once de julio de dos mil siete.—Lic. Milton Rojas Zamora, Notario.—1
vez.—( IN2017151655 ).
Mediante escritura cien otorgada a las diez horas y treinta minutos del
siete de julio del dos mil diecisiete ante la notaria pública Jéssica Salas
Arroyo, comparece el señor David Hernández Sandoval en donde constituye la
fundación denominada Fundación Segunda Mano.—San José, 7 de julio del
2017.—Lic. Jéssica Paola Salas Arroyo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017151664
).
Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 7 de julio de 2017, se
constituyó la sociedad Terra Education Costa Rica Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con un capital social de $10,000 dólares
norteamericanos, compuesto por 20 cuotas suscritas y pagadas de $500 dólares
norteamericanos cada una, con un plazo social de 100 años y domicilio social en
San Pedro de Montes de Oca, San José. La representación judicial y
extrajudicial le corresponde a dos gerentes, el uno y el dos, quienes tendrán
la facultad de apoderado generalísimo conforme al artículo 1253 del Código
Civil, pudiendo actuar separadamente hasta por $10,000 dólares norteamericanos,
en forma conjunta hasta por $30,000 dólares americanos, y para montos
superiores a este requerirán la aprobación de la asamblea de cuotistas.—San
José, 7 de julio de 2017.—Licda. Celia María Cabezas Enciso, Notaria.—1
vez.—(IN2017151667 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diecisiete horas del
día diez de julio del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada Viajes de Costa Rica VCR S. A. Donde se acuerda reformar la
cláusula del pacto constitutivo del domicilio.—San José, diez de julio del dos
mil diecisiete.—Lic. Alonso José Fonseca Pión, Notario.—1 vez.—( IN2017151669
).
Por escrituras otorgadas ante la notaría del Lic. Carlos Ayon Lacayo, a
las 09:00, 09:30, 10:00 y 10:30 horas del 07 de julio 2017, protocolizamos las
actas de asamblea general de socios de: 1) Bourton Castle S. A.,
3-101-738143 que reformó la cláusula Nº 6 del pacto constitutivo y nombró nueva
junta directiva, 2) Centauro System S. A., 3-101-595156 que reformó la
cláusula Nº 6 del pacto constitutivo y nombró nueva junta directiva, y 3) Montaña
Elevada Tres S. A., 3-101-268892, que reformó las cláusulas Nos. 2 y 6 del
pacto constitutivo y nombró nueva junta directiva.—San José, 07 de julio
2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN2017151671
).
Por escrituras otorgadas ante la notaría del Lic. Ignacio Monge Dobles,
a las 09:00 y 09:30 horas del 27 de junio 2017, protocolizamos las actas de
asamblea general de socios de Holborn S. A., con cédula Nº 3-101-688235,
que acordaron disolver y liquidar dicha compañía.—San José, 27 de junio del
2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN2017151672
).
Por escritura otorgada el día de
hoy se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Global
Investment Gisa Centroamérica Sociedad Anónima, mediante la cual acuerda la
disolución de la sociedad.—San José, a las diez horas treinta minutos del siete
de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151695 ).
Por escritura número 272
otorgada ante esta notaría, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Rancho Escalen S. A., por la que se modifica
la cláusula sétima del pacto social. Tel: 8372-1010. Cédula. 2-312-242.—Lic.
Óscar Mario Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2017151721 ).
Por escritura otorgada hoy ante
el suscrito notario, se acuerda modificar las cláusulas segunda y quinta del
pacto constitutivo, de la sociedad de la sociedad Zagora Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y dos mil ochocientos
dieciséis.—San José, 27 de junio del 2017.—Lic. Alberto Víquez Garro,
Notario.—1 vez.—( IN2017151731 ).
Por escritura otorgada hoy ante
el suscrito notario, se acuerda modificar la cláusula octava del pacto constitutivo,
de la sociedad Máximo Albertini Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil cuarenta y seis.—San José,
27 de junio del 2017.—Lic. Alberto Víquez Garro, Notario.—1 vez.—( IN2017151732
).
Por escritura otorgada hoy ante
el suscrito notario, se acuerda modificar las cláusulas segunda y quinta del
pacto constitutivo, de la sociedad de la sociedad Industrias Verena Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-veintisiete mil
novecientos.—San José, 27 de junio del 2017.—Lic. Alberto Víquez Garro,
Notario.—1 vez.—( IN2017151733 ).
Por escritura otorgada hoy ante
el suscrito notario, se acuerda modificar las cláusulas segunda y quinta del
pacto constitutivo, de la sociedad Mis Dos Pequeñas Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta y nueve mil ochocientos
cincuenta y uno.—San José, 27 de junio del 2017.—Lic. Alberto Víquez Garro,
Notario.—1 vez.—( IN2017151734 ).
Por escritura otorgada hoy ante
el suscrito notario, se acuerda modificar las cláusulas segunda y quinta del
pacto constitutivo, de la sociedad de la sociedad Jardín de Orquídeas
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ochenta y un mil
seiscientos tres.—San José, 27 de junio del 2017.—Lic. Alberto Víquez Garro,
Notario.—1 vez.—( IN2017151736 ).
Por
escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se acuerda modificar las
cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo, de la sociedad Servifiestas
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-veintidós mil
ochocientos once.—San José, 27 de junio del 2017.—Lic. Alberto Víquez Garro,
Notario.—1 vez.—( IN2017151737 ).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa
Boston Turismo S. A., en la cual se reforma las cláusulas segunda y
sexta del pacto social y se nombre nueva junta directiva. Escritura otorgada a
las 11:00 del 10 de julio del 2017.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1
vez.—( IN2017151738 ).
Por escritura número 75-62,
otorgada en esta notaría, a las 12:00 horas del 10 de julio de 2017. Se
protocoliza el acta de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Carblan Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-149330, en la
que se reforma el pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva. Nueva
presidenta: Blanca Rosa Arguedas Benavides, cédula 2-304-606.—Lic. Juan Carlos
Sing Ávila, Notario.—1 vez.—( IN2017151751 ).
En mi notaría, a las 20:00 horas
del día 22 de junio del 2017, se constituyó la empresa Altysoft JCP Sociedad
Anónima, domiciliada en provincia de San José, Central, Pavas, Residencial
Santa Fe, casa número dos uno siete. Capital social 100.000 colones. Plazo
social: 100 años.—San José 10-07-2017.—Licda. Elizabelh Angulo Gattens,
Notaria.—1 vez.—( IN2017151757 ).
Hoy protocolicé actas de
asamblea extraordinaria de socios de Yee Estrada Sociedad Anónima y Linfa
Sociedad Anónima, en las que se modifica la cláusula de la representación
social y se realizan nombramientos de junta directiva y fiscal.—San José, once
de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1
vez.—( IN2017151760 ).
Por escritura número uno,
otorgada ante esta notaría, a las dieciséis horas del nueve de junio de dos mil
diecisiete, se protocolizó el acta de la asamblea general y extraordinaria de
accionistas en la que se modifica la cláusula: quinta, capital social, de la
sociedad denominada Grupo Financiero Mercado de Valores de Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cero noventa y seis mil setecientos cincuenta y nueve.—San José, cinco de
julio de dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1
vez.—( IN2017151778 ).
Que mediante
escritura número 186-2 del de las 10:00 horas del 8 de julio del 2017de el
notario público, Esteban Hernández Álvarez los socios de Inmobiliaria
Familia Rodríguez Vargas F.R.V S. A., acordaron disolver la
empresa.—Heredia, 10 de julio de 2017.—Lic. Esteban Hernández Álvarez,
Notario.—1 vez.—( IN2017151781 ).
En mi
notaría y mediante escritura número doscientos cincuenta y seis de las quince
horas del seis de julio del dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad empresa
de Seguridad Privada Bermúdez Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-585943.—San José, once de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Diego Arturo Oviedo Alpízar, Notario.—1 vez.—( IN2017151792 ).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las doce horas de hoy se protocoliza acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de Corporación Agrícola Centroamericana
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula décima de los
estatutos sociales.—San José, 10 de julio del 2017.—Lic. Arnoldo López Echandi,
Notario.—1 vez.—( IN2017151793 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría en San José, a las 17:34 horas del 10 de
julio del 2017, se constituyó la sociedad Mercantil Emuna Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 11 de julio 2017.—Licda. Ana María
Faeth Mena, Notaria.—1 vez.—( IN2017151794 ).
El suscrito, José Antonio
Saborío Carrillo, notario público con oficina abierta en la ciudad de San José,
Montes de Oca, hago constar que mediante escritura número ciento sesenta y
seis, que va de los folios ciento ochenta y nueve frente al ciento noventa
frente del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada ante mi notaría, a las once
horas con treinta minutos del día tres de julio de dos mil diecisiete, se
reformó la cláusula tercera referente al plazo social de la Sociedad Anónima
denominada Nologin Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos noventa mil cuarenta y uno.—San José, 3 de
julio de 2017.—Lic. José Antonio Saborío Carrillo, Notario.—1 vez.—(
IN2017151797 ).
Ante esta notaría al ser las
ocho horas del once de julio del año dos mil diecisiete, se protocolizó acta de
la sociedad denominada Aviva Lab Veterinaria Sociedad Anónima, se
modificó la cláusula tercera y se nombra junta directiva. Presidente: Esteban
Castro Zúñiga.—San José, once de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Víctor
Julio Rivas Tinoco, Notario.—1 vez.—( IN2017151805 ).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituye Avenida Siete Siete Diecisiete Sociedad Anónima. Capital
íntegramente suscrito y pagado, objeto: industria, comercio y asesorías
constructivas en general. Escritura otorgada en Heredia, a las ocho horas del
doce de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1
vez.—( IN2017151809 ).
Por escritura otorgada ante mí,
se constituyó la sociedad: Propiedad de Los Jara Rojas Sociedad
Anónima. Capital íntegramente suscrito y pagado. Objeto: industria y
comercio en general. Escritura otorgada en Heredia, a las nueve horas del doce
de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1
vez.—( IN2017151811 ).
Mediante escritura ciento
cuarenta y siete, otorgada ante esta notaría a las diez horas con veinte
minutos del once de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria, mediante la cual se disuelve la sociedad denominada Milena
Corp. Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos ochenta
y cinco mil seiscientos ochenta y ocho.—San José, once de julio de dos mil
diecisiete.—Lic. Marlon Eduardo Schlotterhausen Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2017151813 ).
Mediante la escritura número
doscientos sesenta y uno de las siete horas del cinco de julio del año dos mil
diecisiete, la cual se encuentra visible de folio ciento sesenta y dos frente a
folio ciento sesenta y tres frente del tomo cuarto del protocolo de la notaria
pública, Gabriela Tatiana Fernández Román, se reforma la cláusula sétima,
octava y se nombra nueva junta directiva y fiscal de la empresa Tualfip Sociedad
Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos veinte mil
seiscientos ochenta y uno.—San José, seis de julio del año dos mil
diecisiete.—Licda. Gabriela Tatiana Fernández Román, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151821 ).
Por
escritura número ciento noventa, otorgada ante esta notaría a las diecisiete
horas y treinta minutos, del día diez de julio del año dos mil diecisiete, se
protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de cuotístas, de la
sociedad denominada Pedregosa de Dota Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-setecientos
veintisiete mil novecientos cincuenta y ocho, en la cual se modifica la
cláusula octava del pacto constitutivo, y se nombra nuevo gerente uno de la
sociedad.—Santo Domingo de Heredia, 10 de julio del año 2017.—Lic. Fausto
Alejandro Bolaños Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017151824 ).
Por
escritura pública de las 14:00 horas del 08 de julio del 2017, se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria número dos de la sociedad AY M
Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-549753, donde se
acuerda modificar a los representantes legales-tesorero y presidente,
secretario además se nombra nueva junta directiva además se acuerda modificar
la cláusula sexta del pacto social.—Alajuela, doce de julio de dos mil diecisiete.—Licda.
Alejandra Herrera Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017151838 ).
Ante mí, Gustavo Adolfo
Fernández Badilla, notario público, con oficina en San José, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de: Sublemación R y K S. A.,
cédula 3-101-702923, en escritura 116, tomo XI de mi protocolo, visible al
folio 54 frente, otorgada a las 08:00 horas del: 29 de junio del 2017;
reformándose el pacto constitutivo.—San José, 08:00 horas del 12 de julio del
2017.—Lic. Gustavo Adolfo Fernández Badilla, Notario.—1 vez.—( IN2017151848 ).
Por escritura N° 14 del
21/06/2017 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad Mundo Viajes S. A., cédula jurídica 3-101-695997, mediante
la cual se acordó modificar la cláusula segunda del domicilio social así como
aumentar su capital social según cláusula quinta del pacto constitutivo.—San
José, 10 de julio de 2017.—Licda. Badra María Núñez Vargas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151852 ).
Protocolización de acta asamblea
general extraordinaria de la sociedad, Aerotur Taxi Aereo Sociedad
Anónima, en la cual se modifica la razón social de la sociedad. Es
todo.—Licda. María Gabriela Araya Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2017151855 ).
En mi notaría, por escritura
otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 12:00 horas del 10 de julio del
2017., se constituyó Kind Distribution CR Sociedad Anónima.
Capital suscrito y pagado, presidente y secretaria con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma.—Santa Ana, 11 de julio del 2017.—Lic. Miguel
Villegas Arce, Notario.—1 vez.—( IN2017151860 ).
En mi notaría, por escritura
otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 11:00 horas del 04 de mayo del 2017.,
se constituyó Mint Santa Teresa Sociedad Anónima. Capital suscrito y
pagado, presidente y secretaria con facultades de apoderados generalísimos sin
límite de suma.—Santa Ana, 11 de julio del 2017.—Lic. Miguel Villegas Arce,
Notario.—1 vez.—( IN2017151861 ).
En mi
notaría, por escritura otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 09:00 horas
del 11 de julio del 2017, protocolicé acta de disolución de Coresur Sociedad
Anónima.—Santa Ana, 11 de julio del 2017.—Lic. Miguel Villegas Arce,
Notario.—1 vez.—( IN2017151862 ).
En mi notaría, por escritura
otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 10:00 horas del 11 de julio del
2017., protocolicé acta de disolución de DMC Trading Supplies Sociedad
Anónima.—Santa Ana, 11 de julio del 2017.—Lic. Miguel Villegas Arce,
Notario.—1 vez.—( IN2017151863 ).
En mi notaría, por escritura
otorgada en la ciudad de Santa Ana, a las 11:00 horas del 11 de julio del 2017,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Corporación
Alvijo S. A., se nombra tesorero y fiscal.—Santa Ana, 11 de julio
del 2017.—Lic. Miguel Villegas Arce, Notario.—1 vez.—( IN2017151864 ).
Mediante escritura otorgada en
mi notaría a las 16:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de
accionistas de compañía Bananera Los Laureles S. A., en la cual
se reformó la cláusula décima de sus estatutos, en relación con las
atribuciones de la junta directiva, su convocatoria, y forma de asistencia a
las sesiones.—San José, siete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Mario
Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—( IN2017151869 ).
Mediante escritura otorgada en
mí, notaría a las 11:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de
accionistas de empresa de Servicios de San Alberto S. A., en la
cual se adicionó la cláusula décima segunda a sus estatutos, en relación con
las atribuciones de la junta directiva, su convocatoria, y forma de asistencia
a las sesiones.—San José, siete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Mario
Alberto Solórzano Sandoval, Notario.—1 vez.—( IN2017151871 ).
Por escritura número sesenta y
cuatro-seis, otorgada en Heredia, a las diez horas del día diez de julio del
dos mil diecisiete ante esta notaría, la compañía Al Chile Asociados AJJL
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-602812, mediante acta de
asamblea general extraordinaria número uno, acordó la disolución total de esta
sociedad.—Heredia, 10 de julio del 2017.—Lic. Julio Sandoval Alfaro, Notario.—1
vez.—( IN2017151873 ).
En escritura autorizada por mí,
a las trece horas del 04 de julio del 2017, se constituyó la sociedad: Corporación
Académica Maleku Costa Rica S. A. Domicilio social; Moravia El de La
Trinidad. Capital social: $20.00. Presidente: David Ricardo Rodríguez Calderón,
cédula 1-1034-0081.—Licda. María del Rocío Soto Arias, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151875 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se constituye sociedad anónima denominada Comercializadora
y Distribuidora de Pollos Locos y Ricos CDPLR Sociedad
Anónima. Plazo social: 99 años. Objeto social: venta, distribución y
comercialización de pollo frito: representación: presidente y secretario, ambos
con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma; domicilio
social: Goicoechea.—San José, 10 de julio del 2017.—Licda. María Gabriela
Sandoval Chinchilla, Notaria.—1 vez.—( IN2017151877 ).
Ante esta notaría, el día seis
de julio del dos mil diecisiete, James Baldwin y Nindy Mariana Ureña Solano,
constituyen la sociedad Lapas y Mar Nindy Sociedad de Responsabilidad
Limitada, con un capital social de diez mil colones.—San José, once de
julio del dos mil diecisiete.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—(
IN2017151878 ).
Ante esta notaría, el día seis
de julio del dos mil diecisiete, James Baldwin y Nindy Mariana Ureña Solano,
constituyen la sociedad A Chachete Lleno JB Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con un capital social de diez mil colones.—San
José, once de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Eric Esquivel Carvajal,
Notario.—1 vez.—( IN2017151879 ).
Por escritura número
cuatrocientos cuarenta y tres otorgada a las diez horas veinte minutos del
veintiocho de junio del dos mil diecisiete, pro protocolización de acta de la
sociedad Strong Missions Sociedad Anónima, número de cédula jurídica
tres-ciento uno-seiscientos veintitrés mil quinientos noventa y ocho, se nombra
como, tesorera de la sociedad mencionada a la señora Angela González, de un
único apellido por su nacionalidad nicaragüense y en el puesto de secretaria a
la señora Anna Rebecca Harlien.—Grecia, veintiocho de junio de dos mil
diecisiete.—Licda. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151881 ).
Por
escritura otorgada ante la notaría, Tatiana María Contreras Castillo, a las
diez horas del nueve de julio del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad
denominada: Flexx Sociedad Anónima. Domiciliada en la provincia
de Heredia, cantón Barva, distrito San Pablo, Urbanización Armonía, casa
treinta y siete C. El plazo social es de noventa y nueve años a partir de la
fecha de su constitución. Se nombró junta directiva y fiscal. Capital social:
cien mil colones, representados por veinte acciones comunes y nominativas de
cinco mil colones cada una, las cuáles se encuentran debidamente endosadas a
nombre de la sociedad. Presidente: Michael Jesús González Chaves.—San Isidro
Heredia, once de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Tatiana Contreras C,
Notaria.—1 vez.—( IN2017151888 ).
Que los señores Adrián Alfaro
Alfaro cedula 4-105-1446, María Cecilia Vargas Arias, cedula 2- 368-458,
constituyen Alfaro Alfaro & Asociados Sociedad Anónima, cuyo capital
la suma de diez dólares moneda de los Estados Unidos de America, domicilio
detrás de la iglesia católica de San Pedro de Santa Bárbara; trescientos metros
sur urbanización vista flor casa número a cinco.—Alajuela, 26 de junio
2017.—Licda. Ligia Alvarado Miranda, Notaria.—1 vez.—( IN2017151889 ).
Por escritura número 122-tomo 1
otorgada por mí en San José, Guadalupe de Goicoechea, a las 10:00 horas del
23-03-2017. Se hacen nuevos nombramientos de junta directiva de Yamada Masa
S. A., C. J., 3-101-628489. C: 20216—Lic. Andrés Rolando Cortes Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2017151892 ).
Por escritura número 123-tomo 1
otorgada por mí, en San José, Guadalupe de Goicoechea, a las 10 horas, 5
minutos del 23-03-2017, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva de Reinas
Mas, C.J. 3-101-479337. C: 20216—Lic. Andrés Rolando Cortes Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2017151893 ).
Por escritura número 124-tomo 1
otorgada por mí en San José, Guadalupe de Goicoechea, a las 10 horas 10 minutos
del 23-03-2017, se hacen nuevos nombramientos de junta directiva de 3-101-608038
S. A., C.J. 3-101-608038.—Lic. Andrés Rolando Cortes Sánchez, Notario.—1
vez.—( IN2017151894 ).
Bajo acta número dos asamblea
general extraordinaria, de fecha primero de febrero del dos mil diecisiete, se
ha solicitado al Registro Público, la liquidación de la sociedad Hotelera
Meza, cedula 3-101-288707.—Cartago, a las trece horas del diez de julio del
dos mil diecisiete.—Licda. Hannia Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017151899
).
Por escritura número ciento
setenta y tres otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiséis de
junio del dos mil diecisiete, se modifica cláusula sexta del pacto constitutivo
la sociedad denominada Comercializadora Duran Leroy S. A., cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos setenta y cinco mil
novecientos sesenta y tres.—San José, 26 de junio de 2017.—Licda. Priscilla
Ureña Duarte, Notaria.—1 vez.—( IN2017151901 ).
Hoy he protocolizado el acta de Proyecto
Nobell Dos Mil Diez de Costa Rica Sociedad Anónima en la cual se reforma la
cláusula sétima los estatutos y se nombra secretaria y tesorera.—San José, diez
de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel,
Notario.—1 vez.—( IN2017151903 ).
Hoy he protocolizado el acta de Sofía
y Lena Investment Company Sociedad Anónima en la cual se reforma la
cláusula sétima los estatutos y se nombra secretaria y tesorera.—San José, diez
de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel,
Notario.—1 vez.—( IN2017151904 ).
Proyectos Constructivos Loaiza
Sociedad Anónima, en asamblea general
extraordinaria, celebrada el 27 de junio del 2017, a las 13:00 horas reforma
cláusula décima de los estatutos.—Ciudad Neily, 5 de julio del 2017.—Lic. Luis
A. Canales Cortés, Notario.—1 vez.—( IN2017151905 ).
Mediante escritura número once-doce
otorgada ante mí, a las dieciséis horas del diez de julio de dos mil
diecisiete, se hicieron nuevos nombramientos en la junta directiva y se reforma
la cláusula de la administración de la sociedad Agropecuaria El Coyol
Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-ciento
ochenta y cuatro mil cuatrocientos veintiuno.—San José, diez de julio del dos
mil diecisiete.—Lic. Carolina Argüello Bogantes, Notaria.—1 vez.—( IN2017151909
).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, actuando en conotariado con el notario público Javier Escalante
Madrigal, al ser las dieciséis horas con treinta minutos, del día once de julio
del dos mil dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Desarrollos
Turísticos Javilla Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento veinticinco mil cuatrocientos veintiséis, en la cual se acuerda
modificar la cláusula del domicilio social de la sociedad.—San José, once de
julio del dos mil diecisiete.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1
vez.—( IN2017151910 ).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocolizaron acuerdos de asamblea ordinaria y extraordinaria de cuotistas
de la sociedad denominada Gilded Iguana Holdings Limitada, se reformó la
cláusula del capital social y se nombró un nuevo gerente. Es todo.—San José, 11
de julio del 2017.—Lic. Maureen María Rodríguez Acuña, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151911 ).
Ante mí, Pedro Ramírez Williams,
notario público con oficina abierta en Cartago, de paso por la ciudad de
Guanacaste, escritura otorgada: a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del
siete de julio del dos mil diecisiete se constituyó la sociedad denominada Multiservicios
FSC Guanacaste Sociedad Anónima, apoderado generalísimo: Presidente: Ronald
Sánchez Batista. Capital social: totalmente suscrito y pagado. Domicilio
social: Liberia, Guanacaste, barrio La Guaria, bloque C, casa número
cinco.—Cartago, 10 de julio del 2017.—Lic. Pedro Alejandro Ramírez Williams,
Notario.—1 vez.—( IN2017151913).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 11 de julio de 2017 se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones
Familiares CMB Mora Rojas S. A., cédula jurídica número 3-101-442351,
modificándose la cláusula de la administración, suprimiendo puesto de
vicepresidente y vocal 1 y nombrando nuevo. Presidente.—San José, 11 de julio
del 2017.—Lic. Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017151919 ).
Por escritura otorgada ante mí
en la ciudad de en San José a las catorce horas del ocho de julio del dos mil
diecisiete, protocolicé el acta de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la empresa Comercial Dos Mil Doce S. A.,
donde se modifican la cláusulas segunda y quinta.—Lic. Yen Montero Esquivel,
Notario.—1 vez.—( IN2017151920 ).
Por
escritura otorgada ante mí en la ciudad de en San José, a las catorce horas del
veinte de junio del dos mil diecisiete, protocolicé el acta de la asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa VZ Comercial S. A.,
donde se nombra nuevo tesorero.—Lic. Yen Montero Esquivel, Notario.—1 vez.—(
IN2017151921 ).
José
Francisco Chaves Campos, Abogado y Notario Público, hace constar que mediante
escritura número veintidós-veinticuatro del tomo veintidós, Rolando Castillo
Vargas, cédula uno-uno uno cinco siete-ocho nueve dos y Víctor Manuel Obando
Zamora, cédula uno-uno cero tres dos-tres siete cero, constituyen la sociedad
anónima cuyo nombre será bajo la cédula jurídica conforme al decreto ejecutivo
número tres tres uno siete uno-J-con su aditamento Sociedad Anónima.
Capital suscrito y pagado.—San José, 11 de julio del 2017.—Lic. José E. Chaves
Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017151932 ).
José Francisco
Chaves Campos, Abogado y Notario Público, hace constar que mediante escritura
número veintidós-veinticinco del tomo veintidós, Rolando Castillo Vargas,
cédula uno-uno uno cinco siete-ocho nueve dos y Víctor Manuel Obando Zamora,
cédula uno-uno cero tres dos-tres siete cero, constituyen la sociedad anónima
cuyo nombre será bajo la cédula jurídica conforme al decreto ejecutivo número
tres tres uno siete uno-J-con su aditamento Sociedad Anónima. Capital:
suscrito y pagado.— 11 de julio del 2017.—Lic. José F. Chaves Campos,
Notario.—1 vez.—( IN2017151933 ).
José
Francisco Chaves Campos, Abogado y Notario Público, hace constar que mediante
escritura número veintidós-veintiséis del tomo veintidós, Rolando Castillo
Vargas, cédula uno-uno uno cinco siete-ocho nueve dos y Víctor Manuel Obando
Zamora, cédula uno-uno cero tres dos-tres siete cero, constituyen la sociedad
anónima cuyo nombre será bajo la cédula jurídica conforme al decreto ejecutivo
número tres tres uno siete uno-J-con su aditamento Sociedad Anónima.
Capital: suscrito y pagado.— 11 julio del 2017.—Lic. José F. Chaves Campos,
Notario.—1 vez.—( IN2017151934).
Por
escritura 444, visible a folio 190 V, tomo 6, de la notaria Atalia Miranda
Castillo, otorgada a las 09 horas del 10 de julio de 2017, la sociedad 3-102-720278,
modifica la junta directiva y se sustituye al gerente 1 y gerente 2 y se hacen
nuevos nombramientos.—Licda. Atalia Miranda Castillo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017151940 ).
En esta notaría se procedió a
protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la empresa Pakrursoft
S.A., cédula jurídica 3-101-480513, se modifica cláusula segunda de
domicilio social; se nombra tesorero y designa fiscal.—Rohrmoser, San José, a
las nueve horas del 08 de julio del 2017.—Lic. Ricardo Adolfo Badilla Martínez,
Notario.—1 vez.—( IN2017151944 ).
Por escritura de las once horas
del seis de julio del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de
socios de la sociedad CCME Convenio de Clínica Medicina de Empresa Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101- 350318, en la cual se reforman clausula
segunda del domicilio y octava de la administración, siendo el presidente el
apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, 7 de julio del 2017.—Lic.
Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—( IN2017151946 ).
Por escritura otorgada a las 15
horas del 27 de junio del 2017, se disolvió la sociedad Distresa S. A.,
cédula jurídica 3-101-100515.—Naranjo, 12 de julio del 2017.—Lic. Mario Enrique
Acuña Jara, Notario.—1 vez.—( IN2017151947 ).
Industrias Oro Tico S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero cincuenta mil ochocientos
cincuenta y ocho, reforma cláusula del pacto social sobre el plazo.—San Isidro
de Heredia, diecinueve de junio del dos mil diecisiete.—Lic. Gerardo Ignacio
Valverde Badila, Notario.—1 vez.—( IN2017151967 ).
Mediante escritura pública
número doscientos cincuenta y seis, de las catorce horas del diez de julio del
año dos mil diecisiete, otorgada en Playa Sámara, Guanacaste, se constituyó la
sociedad Casa Lillie Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Se
nombró junta directiva y fiscal por el resto del plazo social. Es todo.—Playa
Sámara, Guanacaste, once de julio dos mil diecisiete.—Licda. Fabiola López
González, Notaria.—1 vez.—( IN2017151969 ).
La notaria Rosaura Carmiol
Yalico, hace constar que en asamblea general de la sociedad Finca La Rueda
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-catorce mil quinientos
cuarenta y seis, realizada el veintiséis de junio del dos mil diecisiete, se
modificó el pacto constitutivo.—San José veintinueve de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—( IN2017151971 ).
La notaria Rosaura Carmiol
Yalico, hace constar que en asamblea general de la sociedad Janiclamar S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-dieciséis mil novecientos setenta y
siete, realizada el veintiséis de junio del dos mil diecisiete, se modificó el
pacto constitutivo.—San José, 29 de junio del 2017.—Licda. Rosaura Carmiol
Yalico, Notaria.—1 vez.—( IN2017151972 ).
La notaria Rosaura Carmiol Yalico, hace constar que en asamblea general
de la sociedad Cinco Espigas Doradas S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-dieciocho mil seiscientos cuarenta y cinco, realizada el
veintiséis de junio del dos mil diecisiete, se modificó el pacto
constitutivo.—San José, veintinueve de junio del dos mil diecisiete.—Lic.
Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—1 vez.—( IN2017151973 ).
Mediante escrituras otorgadas hoy, en mi notaría: a) A las 09:00 horas
de modificó la cláusula sexta de 3-102-693839 Ltda.; b) A las 09:30
horas se modificó la cláusula sexta de 3-102-693788 Ltda.; c) A las
10:00 horas de modificó la cláusula sexta de 3-102-693817 Ltda.; d) A
las 10:30 horas de modificó la cláusula sexta de 3-102-693808 Ltda.; e)
A las 11:00 horas se modificó la cláusula de administración de Inversiones
Diecinueve Noventa y Ocho Ltda.; f) A las 11:30 horas se modificó la
cláusula de administración de Agropecuaria Siles y Núñez S. A. y g) A
las 12:00 horas se modificó la cláusula de administración de Aru de Costa
Rica S. A.—San José, 12 de julio de 2017.—Lic. Juan Carlos Castro Pacheco,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017151979 ).
Mediante la escritura número 35-10, autorizada en mi notaría al ser las
10:00 horas del día 12 de julio del 2017, protocolicé el acta de asamblea
general de accionistas de la sociedad Ideas Desarrolladas y Servicios I D S
Sociedad Anónima, en la cual reforma el pacto constitutivo y cambia el
nombre a Grupo de Desarrollo Creativo e Innovación Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2017.—Licda. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Abogada y
Notaria.—1 vez.—( IN2017151985 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, a las 09 horas del 19 de junio
del 2017, se protocolizó el acta número dos de la empresa: Los Vascos S. A.,
donde se reforma la cláusula de administración, se revoca, al secretario,
tesorero y fiscal y se nombran nuevos. Además crea el cargo de vocal.—San José,
diez de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Michelle Aguilar Bustamante,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017151987 ).
Ante la notaría del suscrito Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, se
protocolizó el acta número veinticuatro de Formulaciones Químicas
Industriales S. A. En donde se modifica la dirección de su domicilio, se
modifica lo relacionado con la distribución y venta de las acciones, se revocan
poderes y se conforma la nueva junta directiva. Es todo.—Cartago, diez de julio
del año dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Enrique Leiva Rojas, Notario Público.—1
vez.—( IN2017152030 ).
Por escritura pública número trescientos sesenta y ocho, otorgada ante
el suscrito notario a las dieciséis horas del once de julio del dos mil
diecisiete, se reformó la cláusula constitutiva número octava de la sociedad de
anónima denominada Transportes CR Porteadores Sociedad Anónima, y se nombran
nueva junta directiva.—Lic. Maykool Castro Umaña, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017152031 ).
Mediante escritura 80-14 otorgada ante esta
notaría a las 14:00 horas del 5 de julio del 2017, se modifica la cláusula del
domicilio, y se nombra nuevo presidente y secretario de la sociedad Consultores
Bodega y Quadra S. A., cédula jurídica Nº 3-101-488553. Es todo.—Playas del
Coco, Guanacaste, 10 de julio del 2017.—Lic. Juan Antonio Casafont Álvarez,
Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017152035 ).
Por escritura número 143 del
tomo 37 del protocolo de la notaria Ana Rosa Aguilar González, otorgada a las
15:00 horas del 30 de junio del 2017, se constituyó la sociedad Terra Lumen
Sociedad Anónima. Capital social suscrito y pagado. Domicilio: Alajuela, de
esquina noroeste de parque Juan Santamaría doscientos diez metros este, en
Hotel La Guaria Inn & Suites. Presidente y secretaria: Representantes
legales con atribuciones del artículo 1253 Código Civil.—Alajuela, 12 de julio
del 2017.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—( IN2017152043 ).
Por escritura número 149 del
tomo 37 del protocolo de la notaria Ana Rosa Aguilar González, otorgada a las
12:00 horas del 11 de julio del 2017, se otorgó escritura pública de disolución
de la sociedad Pacific Food Company Sociedad Anónima, de conformidad con
artículo 201 inciso D) del Código de Comercio.—Alajuela, 12 de julio del
2017.—Licda. Ana Rosa Aguilar González, Notaria.—1 vez.—( IN2017152044 ).
Por escritura otorgada, a las
ocho horas treinta minutos del día once de julio del dos mil diecisiete, se
protocoliza el acta número cuatro de asamblea de socios de la sociedad Correduría
Aduanera y Grupo Yocasa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-sesenta y dos mil ciento noventa.—Licda. Lency Jhannory Salas Araya,
Notaria.—1 vez.—( IN2017152048 ).
Minor
González González notario público de Atenas, hago constar que según escritura
256 iniciada a folio 165 vuelto, tomo 04 de mi protocolo, otorgada en mi
notaría, a las 18:00 horas del 09/03/2017, se constituyó la compañía El
Renacer de los Ángeles G & H S. A.—Lic. Minor González González,
Notario.—1 vez.—( IN2017152055 ).
Por escritura pública otorgada
ante los notarios Olman Yorly Soto Vanegas y Mayra Tatiana Alfaro Porras, a las
9:00 horas del 03 de julio del 2017, se constituyó: una sociedad Inversiones
Satsa Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse en su aditamento en S. A.
Domicilio social: San José, plazo social: noventa y nueve años, capital social:
ciento cincuenta dólares USA, presidente, secretario y tesorero, con facultades
de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando en forma conjunta. Es
todo.—San José, a las nueve horas del 03 de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Mayra Tatiana Alfaro Porras, Notaria.—1 vez.—( IN2017152059
).
Hoy protocolicé actas de
asambleas generales ordinaria y extraordinaria de accionistas de la empresa Térraba
Comunicaciones WCW Sociedad Anónima, cédula 3-101-470661 en las qua sé
reforman las cláusulas 2: domicilio, 8: administración y se suprime la figura
del agente residente. Se nombra nueva junta directiva y fiscal. Escritura de
las 13:30 horas del 13 de junio del 2017. Idem data.—Lic. Claudio Antonio
Hernández Guerrero, Notario.—1 vez.—( IN2017152067 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 11:00 horas del 06 de julio del 2017, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Maderas El Ciprés Sociedad
Anónima, en la que se modifica la cláusula quinta, del pacto constitutivo.
Se nombra nuevo tesorero de la junta directiva.—San José, 12 de julio del
2017.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2017152078 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 10:00 horas del 11 de julio del 2017, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Grupo San José Ureña Valverde
Sociedad Anónima, en la que se modifica la cláusula quinta y novena del
pacto constitutivo. Se nombra nueva junta directiva.—San José, 12 de julio del
2017.—Lic. Rafael Ángel Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2017152079 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 11:00 horas del día 11 de julio de 2017, se
acordó la disolución de la sociedad: Familia Zamora Segura S. A.—Alajuela,
a las doce horas del 11 de julio de 2017.—Lic. Juan Luis Céspedes Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017152085 ).
Ante esta notaría, los socios de
la sociedad Inmobiliaria Arcadius del Oeste S. A., cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil cincuenta y dos,
con domicilio en San José, San José, cien metros al oeste de casa Matute Gómez
casa color terracota mil novecientos seis, han acordado modificar del pacto
constitutivo la cláusula segunda del domicilio que en adelante dirá: El
domicilio será Cartago, Cartago, El Carmen, Barrio San Blas, de la escuela
ciento cincuenta metros al este, oficina Consultores Ebenezer. Es
todo.—Cartago, 12 de julio del 2017.—Lic. Edwin Ramírez Poveda, Notario.—1
vez.—( IN2017152086 ).
Ante esta notaría, se ha
constituido PT Network Services Sociedad Anónima, con un capital de cien
dólares estadounidenses y un plazo social de cien años. Es todo.—San José,
siete de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Arcelio Hernández Mussio, Notario.—1
vez.—( IN2017152096 ).
Por escritura otorgada hoy ante
esta notaría protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad de esta plaza denominada Instagreen Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-671.365, en la cual se aumenta capital social.—San José,
11 de julio del 2017.—Lic. Raúl Álvarez Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017152104
).
Ante mi
notaría por escritura número ciento diecisiete-cinco, al tomo quinto, a las
nueve horas cincuenta del doce de julio del dos mil diecisiete, se nombra como
fiscal, a la señora: Cecilia Mejía Alvarado, cédula 6-205-372 y como agente
residente: Álvaro Estrada Chavarría, cédula 1-563-036, de la entidad: Aquí
en Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-618240.—San Isidro
de El General, Pérez Zeledón, a las 13 horas del 12 de julio del 2017.—MSc.
Álvaro Estrada Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2017152106 ).
Por escritura de la notaria:
Ingrid Abraham Soto, de las 18 horas del 12 de julio de 2017, se disoluciona la
compañía Camafran AC Hermanos Sociedad Anónima, cédula jurídica:
tres-ciento uno-cinco uno siete dos nueve seis, domiciliada en San Diego de
Cartago, representante con facultades de apoderada generalísima sin límite de
suma, con cargo de presidenta: Carmen Abarca Castillo.—Licda. Ingrid Abraham
Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2017152129 ).
Por escritura de las ocho horas
del día doce de julio del año dos mil diecisiete, se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de Lubricantes Azait Sociedad
Anónima, cedula jurídica N° tres-ciento uno-trescientos veinticuatro mil
trescientos noventa y uno, mediante la cual se modifica la representación y se
cambia nombra presidente y secretario.—San José, doce de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Carlos Vega Montoya, Notario.—1 vez.—( IN2017152130 ).
Se deja constancia que ante esta
notaría, mediante escritura pública otorgada a las nueve horas quince minutos
del doce de julio del dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios, de: Tres Ciento Uno Setecientos Treinta y Seis Mil
Setecientos Cuarenta y Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-setecientos treinta y seis mil setecientos cuarenta y ocho,
mediante la cual se cambia el nombre de la sociedad, se revocan los
nombramientos de presidente y secretario, y se hacen nuevos nombramientos.
Presidenta: Rita Francisca Piñeiro Caballero.—Licda. Emma Cousin Picado,
Notaria.—1 vez.—( IN2017152136 ).
Por escritura otorgada hoy, ante
mí, se constituyó: Sellos E Impresiones Orvi S. A. Domicilio: Belén de
Carrillo. Objeto: comercio. Plazo: 99años. Representación: presidente y
secretario.—Filadelfia, 23 de junio del 2017.—Lic. Gerardo Enrique Picon
Chávez, Notario.—1 vez.—( IN2017152137 ).
Por
escritura otorgada ante mi notaría en la ciudad de Siquirres, Limón, a las
nueve horas del once de julio del dos mil diecisiete, procedí a protocolizar
asamblea general extraordinaria de la sociedad Stanf de Puerto Viejo
Sociedad Anónima, cedula jurídica N° 3-101-132999, en la que modifica la
cláusula sexta de los estatutos vigentes.—Siquirres, Limón, once de julio del
dos mil diecisiete.—Lic. Francisco Amador Rodríguez, Notario.—1 vez.—(
IN2017152143 ).
Ante esta notaría por escritura
número ciento veintitrés de las quince horas del seis de julio del dos mil
diecisiete, se modificó la junta directiva y fiscal, así como se aumentó el
capital social la empresa L T S Latitud Trescientos Sesenta del Norte S.A.,
visible al folio ciento cincuenta y tres vuelto al folio ciento cincuenta y
seis vuelto.—San José, trece de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Natan Wager
Vainer, Notario.—1 vez.—( IN2017152145 ).
Hoy, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de Lutor S. A., donde se reforman las
cláusulas segunda y octava.—San José, 11 de julio del 2017.—Licda. Livia Meza
Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017152146 ).
Hoy
protocolicé la asamblea general extraordinaria donde se disuelve la sociedad Compañía
Zaraza S. A.—San José, 13 de julio del 2017.—Licda. Livia Meza Murillo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017152147 ).
Hoy protocolicé la asamblea general
extraordinaria donde se disuelve la sociedad Fioridiana S.A.—San José,
13 de julio del 2017.—Licda. Livia Meza Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017152148
).
Ante mí Carlos Fernández Vásquez, notario público, la empresa Miraluna
S. A., mediante el acta de asamblea extraordinaria de socios del nueve de julio
del dos mil diecisiete. Escritura doscientos ochenta y cuatro del tomo treinta
y uno del protocolo del suscrito notario, se cambia junta directiva y fiscal y
se modifica la cláusula de la administración de la empresa. Escritura dada el
once de julio del dos mil diecisiete.—Palmares, once de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario.—1 vez.—( IN2017152164
).
En esta notaría a las 8:00 horas del 11 de julio del 2017, se reforma
cláusula quinta de los estatutos de la sociedad: Servicios Múltiples
Especializados Sermules Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-dos nueve dos siete ocho tres, apoderado: Óscar Arturo Campos
Castro. Notaria: Teresita Monge Díaz.—San José, 11 de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Teresita Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2017152165 ).
Ante este notario, por escritura número ochenta y nueve, otorgada a las
trece horas del doce de julio del dos mil diecisiete, se modificó la cláusula
del plazo pacto social constitutivo de Corporación Messina de Oeste,
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintidós mil
seiscientos setenta y seis. Notario: Enrique Loría Brunker. Es todo.—San José,
doce de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario Público.—1
vez.—( IN2017152167 ).
En esta notaría a las 14:30 horas del 16 de junio del 2017, se reformó
las cláusula octava de los estatutos de la compañía Transtek Japanese
Sociedad Anónima. Notaria: Doris Monge Díaz.—San José. 6 de junio del
2017.—Lic. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—( IN2017152172 ).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las diecisiete horas diez
minutos del día doce de julio del año dos mil diecisiete, se protocolizó acta
de la sociedad de esta plaza denominada Global Tech Centroamérica S.A.,
mediante la cual se nombra secretario y se reforma la cláusula segunda del
pacto social referente al domicilio.—Naranjo, doce de julio del año dos mil
diecisiete.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017152176
).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las diecisiete horas del día
doce de julio del ario dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la sociedad
de esta plaza denominada Consultag S. A., mediante la cual se nombra
secretario y se reforma la cláusula segunda del pacto social referente al
domicilio. Notario público Erick Alberto Lizano Bonilla.—Naranjo, doce de julio
del año dos mil diecisiete.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1
vez.—( IN2017152177 ).
Por escritura número ciento
veinticinco-cuatro, otorgada ante los notarios Juan Carlos León Silva y Juvenal
Sánchez Zúñiga, actuando en el protocolo del primero a las dieciséis horas del
once de julio del dos mil diecisiete, se acuerda la disolución y liquidación de
la sociedad Naturaleza Verde del Llano Lejano Sociedad Anónima.—San
José, 12 de julio del 2017.—Lic. Juan Carlos León Silva, Notario.—1 vez.—(
IN2017152182 ).
Ante mi
notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas
de la sociedad Punto de Venta Comunicación Sociedad Anónima, modificando
cláusulas del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—Tibás, 13
de julio del 2017.—Licda. Gloriana Arias Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017152185
).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diecisiete horas del diecinueve de junio del dos mil diecisiete,
protocolicé acta de asamblea ordinaria y extraordinaria de socios de la
compañía Solurad Ltda., por la cual se reforman las cláusulas segunda,
sétima, y se nombra gerente.—Sergio Leiva Urcuyo, Notario.—1 vez.—(
IN2017152187 ).
Por escritura que autoricé a las
nueve horas de hoy, se protocoliza acta de la sociedad 3-101-565769 S. A.,
por la cual se transforma en sociedad de responsabilidad limitada, reforma
totalmente el pacto social, cambia su nombre por el de Daca Holdings Ltda.
y nombra gerente.—Tres Ríos, uno de julio de 2017.—Lic. Rigoberto Coto Abarca,
Notario.—1 vez.—( IN2017152188 ).
Por escritura número cuarenta y
siete, otorgada ante mí, a las quince horas del doce de julio del dos mil
diecisiete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Guigre Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno cero treinta y nueve mil ciento noventa y tres, por
medio de la cual se reforman las cláusulas segunda (del domicilio) y sétima
(administración).—Lic. Edgar Odio Rohrmoser, Notario.—1 vez.—( IN2017152191 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las once horas del día diecisiete de junio del dos mil diecisiete, se
constituyó la sociedad Corporación Palmareña HTRES Sociedad Anónima,
cuyo capital se encuentra suscrito y pago.—Palmares, trece de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Lucrecia González Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017152199
).
Edicto de disolución de la
sociedad anónima, Gringo Sales Palace S.R.L., cédula jurídica 3-102-659836.
Si existe algún tercero interesado o perjudicado, comunicarse al teléfono
8888-7357 del Notario.—Pérez Zeledón, 6 de julio del 2017.—Lic. Edgar Fallas
Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2017152201 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las quince horas treinta minutos del cinco de julio del año dos mil
diecisiete, mediante escritura número ciento setenta y cinco del tomo tres de
mi protocolo, visible a folio ciento dieciséis, se modificó la junta directiva
de la sociedad Hage and Donovan S.R.L., cédula jurídica tres-ciento
dos-seiscientos ochenta mil quinientos cincuenta y siete.—Martes once de julio
del dos mil diecisiete.—Licda. Crisia Lucía Segura Mora, Notaria.—1 vez.—(
IN2017152202 ).
La sociedad Kana y Erick
Sociedad Anónima, nombra nueva junta directiva y reforma las cláusulas
primera y octava de la administración, asamblea general extraordinaria
celebrada al ser las diez horas del veintinueve de junio del dos mil
diecisiete, protocoliza el notario Lic. William Quiel Rivera.—Lic. William Quiel
Rivera, Notario.—1 vez.—( IN2017152204 ).
Por
escritura Nº 035-3 del tomo número 3 de mí protocolo, otorgada en la ciudad de
San José, a las 11:00 horas del 11 de julio del 2017, se protocolizó el acta 50
de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de: Troika
S. A., mediante el cual se reformó la cláusula octava, referente a la
administración. Igualmente, por escritura Nº 036-3 del tomo número 3 de mí
protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las 11:10 horas del 11 de julio
del 2017, se protocolizó el acta 18 de la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de: Inversiones Paco S. A., mediante el
cual se reformó la cláusula octava, referente a la administración.—Licda.
Jessica Ward Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2017152206 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del día seis de julio del dos
mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada: Propiedades GWD de
Costa Rica Sociedad Anónima. Presidente: Carlos Alberto Wilson Díaz.—Lic.
Didier Mena Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2017152210 ).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS Y EQUIPOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
AE-REG-RE-016/2017.—La Unidad
Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación del Departamento de
Agroquímicos y Equipos del Servicio Fitosanitario del Estado, resuelve a las
10:50 horas del 22 de junio del 2017.
El Departamento de Agroquímicos y Equipos,
del Servicio Fitosanitario del Estado, en ejercicio de los poderes y deberes
que se establecen en los artículos 1; 2 inciso e); 5 inciso o); 23 y 24 de la
Ley de Protección Fitosanitaria número 7664 y la NORMA RTCR 321:1998 Registro y
Examinación de Equipos de Aplicación de Sustancias Químicas, Biológicas,
Bioquímicas o Afines A Cualquiera de los anteriores de Uso Agrícola. Reglamento
N° 27037-MAG-MEIC; se procede a la publicación del edicto del equipo de
aplicación, Tipo: Atomizador de Mochila
Motorizado, marca: Oleo Mac, modelo: MB-90, peso: 12,2 kg y cuyo fabricante es:
Emak S.p.A-Italia presentado por la empresa Agrocomercial de Grecia S. A.
Resultando:
1°—Que en fecha 20 de abril del
2017, la empresa Agrocomercial de Grecia S. A., presentó ante este ministerio,
formal solicitud de registro del producto tipo: Atomizador de Mochila
Motorizado, marca: Oleo Mac, modelo: MB-90 y cuyo fabricante es: Emak
S.p.A-Italia.
Considerando:
I.—De acuerdo con nuestra
Constitución Política; la Ley General de la Administración Pública; el Estado y
en este caso concreto el Servicio Fitosanitario del Estado como órgano de
desconcentración mínima del Ministerio de Agricultura y Ganadería, está sujeta
a una serie de principios, esenciales e insoslayables, que se constituyen en el
marco jurídico fundamental de toda actuación administrativa. Entre los
principios más importantes está el de legalidad, que obliga a la Administración
a dictar sus actos basado en una norma previa que así lo autorice, en virtud de
ese principio todo trámite o requisito que se pida al administrado deberá
sujetarse a la ley y a sus reglamentos y además deberá encontrarse publicada la
norma que establece todo trámite o requisito que se solicite al administrado.
II.—El equipo de aplicación, tipo: Atomizador
de Mochila Motorizado, marca: Oleo Mac, modelo: MB-90, peso: 12,2 kg y cuyo
fabricante es: Emak S.p.A-Italia, ha cumplido documentalmente con los
requisitos establecidos en la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y la
Norma RTCR 321:1998 Registro y Examinación de Equipos de Aplicación de
Sustancias Químicas, Biológicas, Bioquímicas o Afines A Cualquiera de los
anteriores de Uso Agrícola. Reglamento N° 27037-MAG-MEIC. Por tanto:
1°—Autorizar la publicación por
tres días consecutivos el edicto del equipo de aplicación, tipo: Atomizador de
Mochila Motorizado, marca: Oleo Mac, modelo: MB-90, peso: 12,2 kg y cuyo
fabricante es: Emak S.p.A-Italia, confiriendo a terceros un plazo de cinco días
hábiles a partir de la última publicación para presentar oposiciones.
2°—Cuando se entregue la copia de La
Gaceta a la Unidad de Registro, se debe hacer referencia al siguiente
número de trámite: 7-2017-9.
3°—Notifíquese al interesado.
Unidad de Registro de
Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefa.—(
IN2017149935 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento admitido traslado al
titular
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ref: 30/2016/50379.—Esteban
Gutiérrez Cruz, cédula de identidad 1-651-383.—Documento: Cancelación por falta
de uso (Ajecen del Sur S. A., interpone).—Número y fecha: Anotación/2-106811 de
31/10/2016.—Expediente: 2004-0003994.—Registro N° 196454 SPORT-AID en clase 32
Marca Denominativa.
Registro de la Propiedad Industrial,
a las 10:24:01 del 16 de diciembre de 2016.—Conoce este Registro, la solicitud
de Cancelación por falta de uso, promovida por María Gabriela Bodden Cordero,
en calidad de apoderada especial de Ajecen del Sur S. A., contra el registro de
la marca SPORT-AID, registro N° 196454, inscrita el 16 de noviembre de 2009 y
con vencimiento el 16 de noviembre de 2019, la cual protege en clase 32 bebidas
no alcohólicas (agua isotónica), propiedad de Esteban Gutiérrez Cruz, cédula de
identidad 1-651-383. Conforme a lo previsto en los artículos 39 de la Ley de
Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la
Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se
procede a trasladar la solicitud de Cancelación por falta de uso al titular
citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil
siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la
misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime
convenientes, tomar en cuenta que es el titular del signo a quien le
corresponde demostrar con prueba contundente el uso del signo, para lo cual se
comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este
Registro, asimismo en el expediente constan las copias de ley de la acción para
el titular del signo. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o
medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo,
o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al
despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso,
incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con
sólo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone
los artículos 11 y 34 de la Ley de
Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta
resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de
la Administración Pública. Se le señala al titular del signo, que las pruebas
que aporte deben ser presentadas en documento original o copia certificada
(haciéndose acompañar la traducción necesaria y la legalización o apostillado
correspondiente según sea el caso), lo anterior conforme al artículo 294 de la
Ley General de Administración Pública. Notifíquese.—Tomás Montenegro
Montenegro, Asesor Jurídico.—( IN2017150515 ).
TRIBUNAL
AMBIENTAL ADMINISTRATIVO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Resolución Nº 274-2017-TAA.—Denunciado: Josefa Ramírez Chacón &
Mark Anthony Mobley. Expediente Nº 101-05-02-TAA.—San José, a las once horas
del día tres de marzo del año dos mil diecisiete.
Resultando:
I.—Que mediante oficio número DEN-OSRP-05 de fecha 28 de marzo del
2005, el Ing.. Luis Quirós Rodríguez, en su condición de Jefe de la Oficina
Subregional de Puriscal, Área de Conservación Pacífico Central, presentó al
Tribunal Ambiental Administrativo formal denuncia de carácter ambiental, por la
supuesta invasión de áreas de protección del Río Tulín en Turrubares, San José
(folios 1 y 2 del expediente administrativo).
II.—Que
a la denuncia le fue asignado el número de expediente 101-05-02-TAA.
III.—Que
mediante Resolución Nº 496-05-TAA de las 11 horas 15 minutos del 05 de abril
del 2005, visible a folios 3 y 4 del expediente administrativo, este Tribunal
acordó realizar una inspección ocular “in situ” el día 06 de mayo del 2005 a
las 10 horas. A ésta inspección se citó al lng. Luis Quirós Rodríguez, en su
condición de Jefe de la Oficina Subregional de Puriscal, Área de Conservación
Pacífico Central.
IV.—Que
mediante Resolución Nº 617-05-TAA de las 14 horas 15 minutos del 09 de mayo del
2005, este Tribunal acordó suspender la inspección ocular antes fijada y
reprogramarla para el día 10 de junio del 2005, tal y como consta a folios 6 y
7 del expediente.
V.—Que
visible a folios 9 y 10 del expediente administrativo consta acta de inspección
ocular número 39, de fecha 10 de junio del 2005.
VI.—Que
mediante resolución Nº 842-05-TAA de las 12 horas 15 minutos del 13 de junio
del 2005, visible a folios 11 y 12 del expediente administrativo, este Tribunal
acordó solicitarle al Ing.. Luis Quirós Rodríguez aportar el número de cédula o
pasaporte del señor Mark Anthony Mobley.
VII.—Que
mediante oficio ACOPAC-OSRP-415-05 de fecha 07 de julio del 2005, visible a
folio 14 del expediente administrativo, el Ing.. Luis Quirós Rodríguez solicita
a este Tribunal la ampliación del plazo para presentar el informe, toda vez que
el denunciado no cuenta con domicilio conocido en la zona, situación que le ha
imposibilitado cumplir con este cometido.
VIII.—Que
mediante Resolución Nº 999-05-TAA de las 14 horas 15 minutos del 18 de julio
del 2005, visible a folios 15 y 16, este Tribunal acordó ampliar el plazo en
treinta días naturales a fin de que el lng. Quirós Rodríguez proceda a
identificar claramente al denunciado en el caso que nos ocupa.
IX.—Que
mediante oficio ACOPAC-OSRP-576-05 de fecha 22 de septiembre del 2005, visible
a folio 18 del expediente administrativo, el lng. Luis Quirós Rodríguez,
informa a este Despacho que después de varias gestiones realizadas, a fin de
proceder a identificar al denunciado, no ha sido posible localizarlo debido a
que el mismo no cuenta con un domicilio fijo en la zona.
X.—Que
mediante Resolución Nº 1371-05-TAA de las 8 horas 15 minutos del 27 de
septiembre del año 2005, este Tribunal ordenó por segunda y última ocasión, al
lng. Luis Quirós Rodríguez, que procediera a identificar plenamente a la parte
denunciada en el caso que nos ocupa.
XI.—Que
mediante oficio ACOPAC-OSRP-600-05 de fecha 10 de octubre del 2005, visible a
folio 22 del expediente administrativo, el señor Luis Quirós Rodríguez presentó
el informe requerido por este Tribunal mediante resolución Nº 1371-05-TAA.
XII.—Que
visible a folios 23 y 24 del expediente administrativo consta consulta al
Registro Nacional de la finca número 362261.
XIII.—Que
mediante Resolución Nº 1548-05-TAA de las 09 horas 15 minutos del 17 de
noviembre del año 2005, visible a folios 25 y 26, este Tribunal instauró formal
procedimiento ordinario administrativo, citando a las partes involucradas en el
caso que nos ocupa a una comparecencia oral y privada, a celebrarse el día 24
de enero del año 2006 a las 8 horas 30 minutos, en la sede del Tribunal
Ambiental Administrativo.
XIV.—Que
mediante oficio TAA-511-05 de fecha 21 de noviembre del año 2005, este Tribunal
diligenció al Ing.. Luis Quirós Rodríguez, en su condición de Jefe de la
Oficina Subregional de Puriscal del Área de Conservación Pacífico Central, para
que notificara la resolución del auto de apertura del procedimiento ordinario
administrativo, a las partes denunciadas en el caso que nos ocupa (según consta
a folios 27 a 30 del expediente).
XV.—Que
mediante Resolución Nº 116-06-T AA de las 07 horas 15 minutos del 23 de enero
del año 2006, visible a folios 31 a 33 del expediente administrativo, este
Tribunal ordenó al lng. Luis Quirós Rodríguez que presentara un informe
detallado de cuáles fueron las razones, de hecho y de derecho, que mediaron
para no realizar las notificaciones de la resolución Nº 1548-05-TAA y acordó
suspender la comparecencia oral y privada señalada para el día 24 de enero del
año 2006 a las 8 horas 30 minutos, en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo.
XVI.—Que
mediante oficio número OSRP-037-06 de fecha 01 de febrero del 2006, suscrito
por el Msc. Luis Quirós Rodríguez, Jefe de la Oficina Subregional de Puriscal,
Área de Conservación Pacífico Central, explica por qué razón no se han hecho
las notificaciones ordenadas.
XVII.—Que
mediante Resolución Nº 346-06TAA de las 08 horas 15 minutos del 27 de febrero
del 2006, visible a folios 37 y 38 del expediente administrativo, este Tribunal
acordó reprogramar la comparecencia oral y privada para el día 04 de mayo del
2006, a las 08 horas 30 minutos, en la sede del Tribunal Ambiental
Administrativo.
XVIII.—Que
mediante oficio TAA-131-06, de fecha 06 de febrero del año 2006, este Despacho
diligenció al lng. Luis Quirós Rodríguez, en su condición de Jefe de la Oficina
Subregional de Puriscal del Área de Conservación Pacífico Central, para que
notificara a las partes denunciadas, según consta a folio 40 del expediente.
XIX.—Que
mediante oficio número OSRP-047-06 de fecha 06 de febrero del 2006, presentado
vía fax a este Tribunal el día 21 de marzo del año 2006 (folio 46 del
expediente), el lng. Luis Quirós Rodríguez informa que después de varios
intentos e inversión de recursos por parte de la Oficina Subregional de
Puriscal, no se pudo notificar al señor Mark Anthony Mobley la resolución Nº
346-06-TAA, toda vez que el mismo no tiene domicilio fijo en la zona.
XX.—Que
mediante Resolución Nº 686-06-TAA de las 13 horas 15 minutos del 19 de abril
del 2006, visible a folio 47 a 49 del expediente administrativo, este Tribunal
en virtud de que no fue posible notificar al señor Marck Anthony Mobley, acordó
anular la Resolución Nº 346-06-TAA y suspender la comparecencia oral y privada
fijada para el día 04 de mayo del año 2006, misma que será reprogramada en el
momento procesal oportuno.
XXI.—Que
mediante oficio TAA-231-06 de fecha 24 de abril del año 2006, este Tribunal
diligenció al Ing.. Luis Quirós Rodríguez, en su condición de Jefe de la
Oficina Subregional de Puriscal del Área de Conservación Pacifico Central, para
que notificara la resolución Nº 686-06-TAA de las 13 horas 15 minutos del 19 de
abril del 2006 a la señora Josefa Ramírez Chacón (según consta a folio 50 del
expediente).
XXII.—Que
mediante escrito de fecha 11 de mayo del 2006, presentado en este Despacho el
día 19 de mayo del 2006, la señora Josefa Ramírez Chacón, adjunta simple copia
del contrato de opción de compraventa de la propiedad al señor Mark Anthony
Mobley. (folios 53-56)
XXIII.—Que
mediante Resolución Nº 1196-06 TAA de las 11 horas 50 minutos del 20 de
noviembre del año 2006, visible a folio 57 a 59 del expediente administrativo,
este Tribunal le ordenó al Ing.. Luis Quirós Rodríguez, funcionario del Área de
Conservación Pacífico Central, que informara en un plazo de 10 días si el Bar
propiedad del señor Mark Anthony Mobley, se encuentra en funcionamiento y si el
mismo ya fue localizado en su domicilio o lugar de trabajo.
XXIV.—Que
mediante oficio número ACOPAC-D-994-06 de fecha 28 de noviembre del 2006,
presentado a este Despacho el día 15 de diciembre del año 2006, el Ing.. Luis
Quirós Rodríguez indica que el Bar propiedad del señor Anthony Mobley, se ubica
en el sector de Río Tulín de Puriscal y que el citado señor no se ha podido
ubicar en la zona. (folio 61)
XXV.—Que
mediante Resolución Nº 175-07-TAA de las 11 horas 30 minutos del 15 de febrero
del año 2007, visible a folios 62 a 65, este Tribunal ordenó al señor Ing. Luis
Quirós Rodríguez, en su condición de Jefe de la Oficina Subregional de
Puriscal, Área de Conservación Pacífico Central, que en un plazo de 3 días
informara el estado actual del establecimiento comercial propiedad del señor
Mark Anthony Mobley.
XXVI.—Que
mediante informe ACOPAC-D-168-07 de fecha 22 de febrero del año 2007, el Ing..
Luis Quirós Rodríguez presentó el informe requerido por este Tribunal en
resolución Nº 175-07-TAA, el cual indica que la construcción en el lugar se
encuentra en desuso desde hace varios meses y en deterioro. (folio 67)
XXVII.—Que
mediante Resolución Nº 894-07-TAA de las 08 horas del 29 de agosto del año
2007, visible a folio 68 a 71 del expediente administrativo, se le ordena al
Ing.. Luis Quirós Rodríguez, localizar al señor Mark Anthony Mobley y aportar
la dirección exacta de su domicilio o lugar de trabajo.
XXVIII.—Que
mediante informe ACOPAC-D-775-07 de fecha 19 de setiembre del año 2007, visible
a folio 73 del expediente administrativo, el Ing.. Luis Quirós Rodríguez indica
que resulta imposible localizar al denunciado.
XXIX.—Que
mediante Resolución Nº 855-09-TAA de las 10 horas 50 minutos del 05 de agosto
del año 2009, visible a folio 74 del expediente administrativo, se le ordena al
Ing.. Luis Quirós Rodríguez, realizar las gestiones necesarias con el fin de
localizar al señor Mark Anthony Mobley, y de no ser factible remitir a este
Despacho el informe correspondiente.
XXX.—Que
mediante informe ACOPAC-D-1483-09 de fecha 27 de octubre del año 2009, visible
a folio 76 del expediente administrativo, el Ing.. Carlos Vinicio Cordero
Valverde, Director del Área de Conservación Pacífico Central, indica que
intentaron ubicar al denunciado y que ya antes se había intentado sin lograrse.
XXXI.—Que
mediante informe ACOPAC-D-1484-09 de fecha 27 de octubre del año 2009, visible
a folio 77 del expediente administrativo, el Ing.. Carlos Vinicio Cordero
Valverde, Director del Área de Conservación Pacífico Central, le solicita al
Ing.. Ronald Mora Vargas, Jefe de la Oficina Subregional de Puriscal que
intente ubicar al denunciado y presente un informe con el resumen de sus nuevas
indagaciones.
XXXII.—Que
mediante Resolución Nº 1517-09-TAA de las 15 horas 05 minutos del 23 de
noviembre del año 2009, visible a folio 78 del expediente administrativo, se le
ordena por segunda vez al Ing.. Carlos Vinicio Cordero Valverde, realizar las
gestiones necesarias con el fin de localizar al señor Mark Anthony Mobley, y de
no ser factible remitir a este Despacho el informe correspondiente.
XXXIII.—Que
mediante informe ACOPAC-OSRP-017-10 de fecha 14 de enero del año 2010, visible
a folios 80 y 81 del expediente administrativo, el Ing. Ronald Mora Vargas,
funcionario de la Subregión Puriscal, Área de Conservación Pacífico Central,
adjunta informe de investigación realizada por el técnico Mario Barrantes
Salazar, oficio número ACOPAC-OSRP-778-09 de fecha 09 de diciembre del año 2009.
XXXIV.—Que
mediante oficio ACOPAC-D-047-10 de fecha 18 de enero del año 2010 y recibido
vía fax en este Despacho el 19 de enero del mismo año, visible a folio 82 del
expediente administrativo, el lng Carlos Vinicio Cordero Valverde, Director del
Área de Conservación Pacífico Central informa al Ing. Ronald Mora Vargas, Jefe
de la Subregión Puriscal, Área de Conservación Pacífico Central “…realizar
esfuerzos por ubica al señor Mobley e informar al Tribunal Ambiental
Administrativo de acuerdo con lo solicitado…”.
XXXV.—Que
mediante informe de inspección número TAA-DT-170-13 de fecha 25 de noviembre
del 2013, suscrito por el Biól. Rolando Manfredi Abarca, funcionario del
departamento técnico de este Tribunal, se indica que las infraestructuras que
actualmente quedan en pie han sido deterioradas por el clima y el mismo río, y
dentro de las paredes que quedan en pie en su suelo ha sido colonizado por
vegetación herbácea, actualmente el sitio se encuentra abandonado y sin uso de
parte del ser humano. (folios 83-89)
XXXVI.—Que
visible a folios 90 y 91 del expediente administrativo, consta consulta hecha
vía internet al Registro Público de la finca folio real número 1-362261-000,
misma que aparece a nombre del señor Mark Antony Mobley.
XXXVII.—Que
mediante Resolución Administrativa N° 467-14-TAA del 30 de junio del 2014,
visible a folios 92 a 97, este Despacho ordena: “(…) al señor Ing.. Alfonso
Duarte Marín, en su condición de Director del Área de Conservación Pacífico
Central, o a quién ocupe su cargo, que remita a este Despacho un informe
técnico sobre la situación actual en el inmueble finca folio real número
1-362261-000, ubicado en Turrubares, plano catastrado SJ-802432-89, sector del
Río Tulín, del puente del Río 100 metros oeste, indicando expresamente si las
paredes que aún se encuentran el pie en el inmueble deben dejarse como están
hasta el momento, o deben demolerse, considerado que se encuentra invadiendo el
área de protección del río según oficio número DEN-OSRP-05 de fecha 28 de marzo
del 2005…”
XXXVIII.—Que
mediante Resolución Administrativa N° 214-2016-TAA del 02 de marzo del 2016,
visible a folios 100 a 105, este Despacho ordena solicitar: “…POR SEGUNDA Y
ÚLTIMA VEZ al Ing. Alfonso Duarte Marín, en su condición de Director del Área
de Conservación Pacífico Central, o a quién ocupe su cargo, que remita a este
Despacho un informe técnico sobre la situación actual en el inmueble finca
folio real número 1-362261-000, ubicado en Turrubares, plano catastrado
SJ-802432-89, sector del Río Tulín, del puente del Río 100 metros oeste,
indicando expresamente si las paredes que aún se encuentran el pie en el
inmueble deben dejarse como están hasta el momento, o deben demolerse,
considerado que se encuentra invadiendo el área de protección del río según
oficio número DEN-OSRP-05 de fecha 28 de marzo del 2005; por lo que deberá
realizar el respectivo informe y remitirlo a este Tribunal.”
XXXIX.—Que
mediante informe SINAC-ACOPAC-OSRP-1030-2016 de fecha 17 de agosto del 2016,
visible a folio 108 a 111 del expediente administrativo, el Ing. Ronald Vargas
Borbón, funcionario de la Oficina Subregión Puriscal, Área de Conservación
Pacífico Central, adjunta informe en respuesta a lo solicitado en la Resolución
Administrativa N° 214-2016-TAA del 02 de marzo del 2016.
XL.—Que
consta a folio 112 del expediente la certificación literal del bien inmueble
1-362261-000.
XLI.—Que
mediante oficio N° 723-2016-TAA del 22 de agosto 2016 y notificada el mismo
día, este Despacho solicita a la Dirección General de Migración y Extranjería
información migratoria del Sr. Mark Antony Mobley. (folio 114)
XLII.—Que
mediante Resolución Administrativa N° 1135-2016-TAA del 23 de agosto del 2016,
visible a folios 115 a 120, este Despacho ordena solicitar: “…al JUZGADO
CONTRAVENCIONAL DE MENOR CUANTIA DE TURRUBARES informar el estado actual del
proceso monitorio bajo expediente N° 11-100012-248-CI; así como indicar si
sobre el bien inmueble matrícula 1-362261-000 cuenta con limitaciones que
impidan ejecutar posibles sanciones administrativas establecidas en el Art. 99
de la Ley Orgánica del Ambiente (Ley N° 7554) sobre el propietario registral.”
XLIII.—Que
el día 01 de setiembre del 2016, se recibe vía fax en este Despacho, respuesta solicitada
al Juzgado Civil de Menor Cuantía de Turrubares. (Folio 123).
XLIV.—Que
mediante oficio N° 854-2016-TAA del 05 de octubre 2016 y notificada el mismo
día, este Despacho solicita por segunda ocasión a la Dirección General de
Migración y Extranjería información migratoria del Sr. Mark Antony Mobley;
respuesta que es obtenida el día 21 de octubre 2016 mediante el oficio N°
2018-09-16-GE. (Folios 124-125).
XLV.—Que
mediante oficio N° 848-2016-TAA del 05 de octubre 2016 y notificada el 07 de
octubre 2016, este Despacho solicita al Registro Nacional de Costa Rica
certificar: “a) El propietario
registral histórico del año 2005 del bien inmueble bajo matrícula N°
362261-000, ubicada en el Distrito:
San Juan de Mata, Cantón: Turrubares,
Provincia: San José. b) Aportar
certificación histórica de movimientos aplicados en el que se adjunte copia de escritura de la compraventa
sobre el citado bien inmueble.”; lo cual se recibe la respuesta en este
Despacho el día 31 de octubre. (Folios 126-167)
XLVI.—Que
a folio 168 al 169 del expediente administrativo consta respuesta emitida por
el Registro Civil de Costa Rica, solicitada mediante oficio N° 940-2016-TAA, la
cual es recibida en este Despacho el 17 de noviembre 2016.
XLVII.—Que
a folio 171 al 172 del expediente administrativo consta respuesta emitida por
el Registro Civil de Costa Rica, solicitada mediante oficio N° 941-2016-TAA, la
cual es recibida en este Despacho el 17 de noviembre 2016.
Considerando:
1º—Que conforme al art. 111 inciso b) de la Ley Orgánica del Ambiente;
por medio de la presente resolución administrativa este Tribunal acuerda
declarar la apertura de un proceso ordinario administrativo, en contra de la
señora Josefa Ramírez Chacón, cédula de identidad 6-066-973, en su condición de
Propietaria Registral en el mes de febrero del año 2005 (mes en que se realiza
la inspección-folio 02) de la Finca matrícula N° 362261-000, ubicada en el
distrito: San Juan de Mata, cantón: Turrubares, Provincia: San José; todo ello
de conformidad a la certificación emitida por el Registro Nacional de Costa
Rica, de la Escritura N° 82 del día 15 de junio del 2006 ante la Notaria
Pública Vilma Mesen Madrigal; en virtud de denuncia incoada mediante oficio N°
DEN-OSRP-05 de fecha 28 de marzo del 2005, suscrito por el lng. Luis Quirós
Rodríguez, en su condición de Jefe de la Oficina Subregional de Puriscal, Área
de Conservación Pacifico Central (folios 01-02).
De
igual manera, este Tribunal acuerda declarar la apertura del proceso ordinario
administrativo en contra del señor Mark Anthony Mobley, con pasaporte No
7022361075 de nacionalidad estadounidense; en su condición de Propietario
Registral de la Finca Matrícula N° 362261-000, ubicada en el Distrito: San Juan
de Mata, Cantón: Turrubares, Provincia: San José; todo ello de conformidad a la
certificación emitida por el Registro Nacional de Costa Rica (folio 112); en
virtud al hecho señalado en el informe SINAC-ACOPAC-OSRP-1030-2016 de fecha 17
de agosto del 2016, visible a folio 108 a 111 del expediente administrativo suscrito
por el lng Ronald Vargas Borbón, funcionario de la Oficina Subregión Puriscal,
Área de Conservación Pacífico Central; mismo que es objeto su origen a la
denuncia incoada mediante oficio N° DEN-OSRP-05 de fecha 28 de marzo del 2005,
suscrito por el lng. Luis Quirós Rodríguez, en su condición de Jefe de la
Oficina Subregional de Puriscal, Área de Conservación Pacifico Central (folios
01-02).
2º—Que
en este acto se imputa formalmente a:
a) La señora Josefa Ramírez Chacón, cédula de identidad 6-066-973, en
su condición de Propietaria Registral en el momento en que se denuncian los
hechos, sea en el mes de febrero del año 2005 (mes en que se realiza la
inspección-folio 02) de la Finca Matrícula N° 362261-000, ubicada en el Distrito: San Juan de Mata, Cantón: Turrubares, Provincia: San José;
todo ello de conformidad con la certificación emitida por el Registro Nacional
de Costa Rica, de la Escritura N° ochenta y dos del día 15 de junio del 2006
ante la Notaria Pública Vilma Mesén Madrigal, correspondiente a la compraventa
efectuada a favor del señor Mark Anthony Mobley, con pasaporte No 7022361075 de
nacionalidad estadounidense, la cual fue inscrita
por el Registro Nacional hasta el día 21 de junio del 2006 (visible a folio
154, 159 del expediente administrativo) conforme a los Art. 01 y 32 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el
Registro Público (Ley N° 3883) la cual se complementa con el precepto 66
del Reglamento del Registro Público –
Decreto Ejecutivo N° 26771-J, en tanto establece en qué consiste la denominada
publicidad registral: “La publicidad registral está constituida por la
información contenida en los tomos, sistemas de procesamiento electrónico de
datos, digitalización y la microfilmación. Debe existir entre esos sistemas una
estrecha relación, siendo ambos auxiliares recíprocos y complementarios, a fin
de garantizar la unidad, seguridad y congruencia de la información registral”;
y el Art. 267 del Código Civil, en cuanto dispone: “Para que la propiedad
sobre inmuebles surta todos los efectos legales, es necesario que se halle
debidamente inscrita en el Registro General de la Propiedad.”; así como por
disposición de los principios de publicidad y fe registral, a efecto de demostrar la titularidad
registral.
Cabe destacar, que el Art. 8
de la Ley de Biodiversidad establece: “Como parte de la función económica y
social, las propiedades inmuebles deben cumplir con una función ambiental.”; y
por ende, la responsabilidad objetiva estipulada
por el mismo cuerpo normativo en su Art. 109: “La carga de la prueba, de la
ausencia de contaminación, degradación o afectación no permitidas,
corresponderá a quien solicite la aprobación, el permiso o acceso a la
biodiversidad o a quien se le acuse de
haber ocasionado daño ambiental.”. (el subrayado no es de su original)
Se imputa por haber realizado o no haber impedido los siguientes
presuntos hechos:
El haber realizado y/o
permitir, y/o no haber impedido la invasión y afectación al área de protección
del Río Tulín de Turrubares con la construcción de estructuras (paredes y piso)
evidenciándose en una primera visita realizada el 28 de marzo 2005 a una
distancia de 12 y 10 metros por el largo, respectivamente (folio 01).
b) Al señor Mark Anthony Mobley, con pasaporte No 7022361075 de
nacionalidad estadounidense; en su condición de Propietario Registral de la
Finca Matrícula N° 362261-000, ubicada en el Distrito:
San Juan de Mata, Cantón: Turrubares,
Provincia: San José; todo ello de
conformidad a la certificación emitida por el Registro Nacional de Costa Rica
(folio 112); conforme a los Art. 01 y 32 de la Ley
sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público (Ley N° 3883) la
cual se complementa con el precepto 66 del Reglamento
del Registro Público – Decreto Ejecutivo N° 26771-J, en tanto establece en
qué consiste la denominada publicidad registral: “La publicidad registral
está constituida por la información contenida en los tomos, sistemas de
procesamiento electrónico de datos, digitalización y la microfilmación. Debe
existir entre esos sistemas una estrecha relación, siendo ambos auxiliares
recíprocos y complementarios, a fin de garantizar la unidad, seguridad y
congruencia de la información registral”; y el Art. 267 del Código Civil,
en cuanto dispone: “Para que la propiedad sobre inmuebles surta todos los
efectos legales, es necesario que se halle debidamente inscrita en el Registro
General de la Propiedad.”; así como por disposición de los principios de
publicidad y fe registral, a efecto de
demostrar la titularidad registral.
Cabe destacar, que el Art. 8
de la Ley de Biodiversidad establece: “Como parte de la función económica y
social, las propiedades inmuebles deben cumplir con una función ambiental.”;
y por ende, la responsabilidad objetiva estipulada por el mismo cuerpo
normativo en su Art. 109: “La carga de la prueba, de la ausencia de
contaminación, degradación o afectación no permitidas, corresponderá a quien
solicite la aprobación, el permiso o acceso a la biodiversidad o a quien se le acuse de haber ocasionado
daño ambiental.”. (el subrayado no es de su original)
Se imputa por haber realizado o
no haber impedido los siguientes presuntos hechos:
El haber realizado y/o
permitir, y/o no haber impedido la invasión y afectación al área de protección
del Río Tulín de Turrubares con la construcción de estructuras (paredes y piso)
evidenciándose en una segunda visita
realizada el 11 de agosto del 2016 (informe SINAC-ACOPAC-OSRP-1030-2016), a una
distancia de 09 metros del margen del río, al lado derecho aguas abajo (folio
111).
Se hace la aclaración que el proceso ordinario administrativo que se
abre por la presente resolución se ocupará únicamente de los presuntos hechos
arriba señalados. En caso de que el Tribunal llegara a encontrar indicios de
otros supuestos hechos constitutivos de posibles violaciones de la normativa
tutelar del ambiente, se abriría otro u otros procesos ordinarios
administrativos referentes a dichos eventuales hechos.
En
este acto se indica también la denunciada que, si los hechos se declarasen
probados, ello implicaría que se habrían causado daños ambientales y/o
violaciones a la normativa ambiental del ambiente, ello en virtud de lo
dispuesto en los artículos 21, 50 y 89 de la Constitución Política; artículos
17, 43, 46 a 48, 45, 50 a 55, 59, 61, 67, 68, 98, 99, 101, 103, 106, 108, 109,
110 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente; artículos 1, 2, 7 a 11, 54, 106, 109
y 110 de la Ley de la Biodiversidad; 1, 3, 14, 19, 20, 33, 34, 57 y 58 de la
Ley Forestal, el artículo 2 del Reglamento a la Ley Forestal, 1, 2, 31, 145 y
148 de la Ley de Aguas, Reglamento General sobre los Procedimientos de
Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) (Decreto Ejecutivo N° 31849) artículos
308, 309, 310 siguientes y concordantes de la Ley General de la Administración
Pública, así como los artículos 1, 11, 20, 21, 24 y siguientes del Decreto
Ejecutivo No. 34136-MINAE, Reglamento de Procedimientos del Tribunal Ambiental
Administrativo, modificado mediante Decreto Ejecutivo No. 38795-MINAE
3º—Se
comunica (apercibe) formalmente a la denunciada con el fin de que se refiera a
los hechos denunciados. A su vez se le hace saber que las posibles
consecuencias de los eventuales hechos imputados serían la imposición de una o
más de las medidas ambientales (de prevención y/o mitigación y/o compensación)
contempladas en los artículos 61, 99, 101 y 111 de la Ley Orgánica del
Ambiente, incluyendo, pero no limitado a, una indemnización referente a la
valoración económica del aducido daño ambiental antes citada. Las medidas ambientales
aludidas podrían incluir también imponer el deber de realizar a su costa la
elaboración, presentación, sometimiento a aprobación y correcciones por la
entidad competente, así como ejecución de los Planes de Reparación, Mitigación
y Restauración Ambiental que pudieran ser necesarios y/o a otras medidas
ambientales contempladas en la normativa citada en esta resolución, pudiendo
coincidir o no con las que pueda solicitar el denunciante.
4º—Se
comunica a todas las partes del proceso, que cuentan con los derechos que se
indican a continuación.
1. Se pone a disposición de las partes y sus apoderados el expediente
administrativo, el cual puede ser consultado de lunes a viernes, de siete de la
mañana a tres de la tarde, en la nueva sede del Tribunal Ambiental
Administrativo que se encuentra en San José, Avenida 10, Calles 35 y 37, del
Automercado de Los Yoses 200 metros al sur y 150 metros al oeste, frente a la
Soda El Balcón.
2. Que a partir de este momento –y hasta la audiencia oral y pública a
la que se aludirá en el siguiente párrafo– se recibirá en el Tribunal cualquier
argumento de hecho y/o derecho, y/o cualquier prueba, presentado por las mismas
en relación al presente proceso.
5º—Se cita a todas las partes a una audiencia oral y pública que se
celebrará en la sede del Tribunal Ambiental Administrativo el día 26 de junio del 2017 a las 08:30 horas.
En calidad de denunciado:
1. La señora Josefa Ramírez Chacón, cédula de identidad 6-066-973, en
su condición de Propietario Registral en el mes de febrero del año 2005 (mes en
que se realiza la inspección-folio 02) de la Finca Matrícula N° 362261-000,
ubicada en el Distrito: San Juan de
Mata, Cantón: Turrubares, Provincia: San José; todo ello de
conformidad a la certificación emitida por el Registro Nacional de Costa Rica,
de la Escritura N° ochenta y dos del día 15
de junio del 2006 ante la Notaria Pública Vilma Mesén Madrigal,
correspondiente a la compraventa efectuada a favor del Sr. Mark Anthony Mobley,
con pasaporte N° 7022361075 de nacionalidad Estadounidense, la cual fue inscrita por el Registro Nacional el día
21 de junio del 2006 (visible a folio 154, 159 del expediente
administrativo).
2. El señor Mark Anthony Mobley, con pasaporte No 7022361075 de
nacionalidad Estadounidense en su condición de Propietario Registral actual de
la Finca Matrícula N° 362261-000, ubicada en el Distrito:
San Juan de Mata, Cantón: Turrubares,
Provincia: San José; de conformidad a
la certificación del Registro Nacional de Costa Rica emitida el 22 de agosto
2016 (folio 112); en virtud al hecho señalado en el informe
SINAC-ACOPAC-OSRP-1030-2016 de fecha 17 de agosto del 2016, visible a folio 108
a 111 del expediente administrativo suscrito por el Ing. Ronald Vargas Borbón,
funcionario de la Oficina Subregión Puriscal, Área de Conservación Pacífico
Central; mismo que es objeto su origen a la denuncia incoada mediante oficio N°
DEN-OSRP-05 de fecha 28 de marzo del 2005, suscrito por el lng. Luis Quirós
Rodríguez, en su condición de Jefe de la Oficina Subregional de Puriscal, Área de
Conservación Pacifico Central (folios 01-02).
En calidad de tercero interesado:
1. A la señora Emilia Quesada Arce, cédula de identidad 3-175-931 en
su condición de acreedora correspondiente
a la Hipoteca en segundo grado bajo las citas de inscripción en el Registro
Nacional de Costa Rica N° 0577-00055681-02-0002-001 del bien inmueble la Finca
Matrícula N° 362261-000, ubicada en el Distrito:
San Juan de Mata, Cantón: Turrubares,
Provincia: San José; de conformidad
con el canon 411, 415 del Código Civil.
En calidad de denunciante:
1. Lic. Luis Quirós Rodríguez, en su condición de funcionario de Jefe
Subregional de Puriscal del Área de Conservación Pacífico Central, de
conformidad a denuncia visible a folios 01 a 02 del expediente, bajo el oficio
N° DEN-OSRP-05 de fecha 28 de marzo del 2005.
Como testigos-peritos:
1. Téc. Randal G. Vargas Borbón, Oficina Sub Región de Puriscal, en su
condición de funcionario del Área de Conservación Pacífico Central o quien
ocupe su cargo, conforme al oficio informe SINAC-ACOPAC-OSRP-1030-2016 de fecha
17 de agosto del 2016. (folios 108 a 111).
6º—Se comunica a las partes que el propósito de la audiencia oral y
pública será otorgar a las partes la oportunidad de defender sus tesis acerca
de lo que se le imputa a los denunciados con sus consecuencias jurídicas y
económicas, incluyendo el recibir todos los argumentos de hecho y derecho y
pruebas que deseen las partes y sean admisibles en Derecho.
7º—Se
comunica a las partes que podrán comparecer solos o acompañados de abogado o abogados,
junto a los testigos y peritos que deseen, y cualquier otra prueba que quieran
presentar. La admisibilidad de la prueba será determinada por este Tribunal en
la audiencia.
8º—Se
comunica asimismo a las partes que los testigos, peritos y testigos–peritos
deberán esperar fuera de la sala de audiencias a que se les llame, de modo que
no podrán ingresar a la sala hasta que se les requiera, ni podrán realizar
ningún comentario relacionado a lo que se discuta en la audiencia, hasta que la
misma haya finalizado y se haya evacuado toda la prueba.
9º—Se
les hace saber a las partes convocadas a la Audiencia Oral y Pública que
deberán aportar el día de la misma, un dispositivo electrónico, sea este un
dispositivo de almacenamiento tipo USB o CD para la grabación del audio de
dicha diligencia.
10.—Se
comunica a las partes denunciadas que, en virtud de que el objetivo primordial
de la legislación ambiental es la protección de los recursos naturales y la
reparación “in natura” de los daños ocasionados debido a comportamiento activo
u omiso, a partir de la fecha de
notificación y PREVIO a la celebración de la audiencia programada, se podrá
remitir a este Tribunal una propuesta de conciliación ambiental, misma
que repare, mitigue y/o compense el daño ambiental causado; debidamente
aprobada por la parte denunciante y el Director del Sistema Nacional de Áreas
de Conservación, para la recuperación y restauración del sitio afectado,
reparando y salvaguardando el ambiente en todo momento, y de acuerdo a lo
establecido en la Ley No. 7727 Sobre Resolución Alterna de Conflictos y
Promoción de la Paz Social. Es importante señalar, que en caso de no
presentarse el acuerdo conciliatorio antes de la fecha de celebración de
audiencia, no será posible suspender dicha diligencia para someterse al proceso
de conciliación. Dicho acuerdo podrá presentarse después de la audiencia y
antes del dictado del acto final.
11.—Contra
la presente resolución cabe interponer el recurso de revocatoria en el plazo de
veinticuatro horas con fundamento en los artículos 342 y siguientes y 346 de la
Ley General de la Administración Pública. Se le advierte a las partes, que este
despacho solamente procederá a notificar las resoluciones futuras si señalan
expresamente la dirección de casa u oficina en el expediente administrativo
supra citado o bien un número de fax, según lo establecido en los artículo 6,
19, 20, 21 22 y 34 de la Ley de Notificaciones, citaciones y otras
comunicaciones judiciales. De incumplirse con esta advertencia se procederá a
la notificación automática en los términos que establece el artículo 11 de la
citada ley. Notifíquese.—Licda. Ligia Umaña Ledezma, Jueza Presidenta.—Licda.
Maricé Navarro Montoya, Jueza Vicepresidenta.—Licda. Ruth Esther Solano
Vázquez, Jueza Secretaria.—O. C. Nº 33448.—Solicitud Nº 15217.—(IN2017150584 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
San José, a las quince horas del
veintiuno de junio de dos mil diecisiete.
(…) SE DISPONE: 1) atendiendo a
la imposibilidad de notificarle el acto mencionado al señor Edgar José Álvarez
Jiménez y, a fin de garantizar plenamente el derecho al debido proceso, con
base en los artículos 241 y 246 de la Ley General de la Administración Pública
y 4 y 21 de la Ley de Notificaciones Judiciales, proceda la Secretaría de este
Tribunal a notificar, mediante edicto publicado en el diario oficial La Gaceta
(por tres veces consecutivas), la PRIMERA
INTIMACIÓN DE PAGO al señor Álvarez Jiménez, en los siguientes términos: “San
José, 20 de junio de 2017. Señor Edgar José Álvarez Jiménez. Asunto: PRIMERA
INTIMACIÓN DE PAGO. En atención a lo dispuesto por el Tribunal Supremo de
Elecciones en la resolución n.° 5312-P-2014 de las 9:00 horas del 18 de
diciembre de 2014 -la cual se encuentra firme-, relativa al procedimiento
administrativo ordinario seguido contra el exfuncionario Edgar José Álvarez
Jiménez con el fin de precisar sus responsabilidades disciplinaria y civil como
consecuencia de los hechos que allí se expusieron y comprobaron -lo que es de
su conocimiento-, de conformidad con lo establecido en los artículos 150 inciso
c), 241 y 246 de la Ley General de la Administración Pública y 4 y 21 de la Ley
de Notificaciones Judiciales, se procede a realizar la PRIMERA INTIMACIÓN DE
PAGO a efectos de que cancele, dentro del plazo de QUINCE DÍAS HÁBILES, contado
a partir del día hábil siguiente a la notificación de esta comunicación, la
suma de ¢6.310.372,03 (seis millones trescientos diez mil trescientos setenta y
dos colones con 03/100) que fuera definido por esta Administración Electoral
por concepto de responsabilidad civil. El pago de la indicada suma dineraria
podrá gestionarse a través de la cancelación del respectivo entero de gobierno
en el Banco de Costa Rica, y a su vez deberá enviar al Tribunal Supremo de
Elecciones una copia debidamente cancelada para el control interno. Se advierte
que la omisión de pago respecto de la citada suma adeudada, faculta al Tribunal
a remitir las presentes diligencias a la Procuraduría General de la República
para que inicie con el trámite cobratorio en sede judicial, de conformidad con
lo establecido en el artículo 149 inciso a) de la Ley General de la
Administración Pública. Luis Antonio Sobrado González, Magistrado Presidente,
Max Alberto Esquivel Faerron, Zetty Bou Valverde, Luis Diego Brenes Villalobos
y Luz de los Ángeles Retana Chinchilla, Magistrados.” (…). Proceda la
Secretaría a diligenciar lo correspondiente.
Luis Antonio Sobrado González.—Max
Alberto Esquivel Faerron.—Zetty María Bou Valverde.—Luis Diego Brenes
Villalobos.—Luz de los Ángeles Retana Chinchilla.—O. C. Nº
3400030797.—Solicitud Nº 88306.—( IN2017149897 ).
SUCURSAL
HEREDIA
De conformidad con los artículos 10 y 20 del “Reglamento para Verificar
el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de trabajadores
Independientes”. Por haber sido infructuosos los intentos de notificación al
patrono Meléndez Madrigal Carlos Manuel, número patronal 0-203320990-001-001,
el Área de Inspección de la Sucursal de Heredia procede a notificar por medio
de edicto, Traslado de Cargos número de caso 1212-2017-00163, por eventuales
omisiones salariales, por un monto de ¢6.069.411.00 en cuotas obrero
patronales. Consulta expediente: en Heredia, 200 norte 50 oeste del Palacio de
los Deportes. Se le confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Heredia. De no indicarlo las resoluciones
posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a
partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Heredia, 29 de junio del
2017.—Lic. Miguel Vargas Rojas, Jefe.—1 vez.—( IN2017151476 ).