LA
GACETA N° 140 DEL 24 DE
JULIO DEL 2017
DECRETOS
N° 40478-JP
ACUERDOS
MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO
EDICTOS
MINISTERIO DE HACIENDA
DOCUMENTOS VARIOS
GOBERNACIÓN Y POLICÍA
AGRICULTURA Y GANADERÍA
EDUCACIÓN PÚBLICA
SALUD
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
ACUERDOS
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
MODIFICACIONES A LOS
PROGRAMAS
SEGURIDAD PÚBLICA
HACIENDA
CULTURA Y JUVENTUD
BANCO DE COSTA RICA
LICITACIONES
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y ALCANTARILLADOS
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO
COMUNAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
REGLAMENTOS
SALUD
JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD DE COSTA RICA
UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA Y CENSOS
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE
ALAJUELITA
MUNICIPALIDAD DE
MORAVIA
MUNICIPALIDAD DE
CURRIDABAT
MUNICIPALIDAD DEL
CANTÓN DE POÁS
CONCEJO MUNICIPAL DE
DISTRITO DE CERVANTES
MUNICIPALIDAD DE
HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE
SANTO DOMINGO
DE HEREDIA
MUNICIPALIDAD DE CARRILLO
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y
PAZ
Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146
de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218
del 8 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley
de Asociaciones, Decreto Ejecutivo N° 29496-J, publicado en La Gaceta N°
96 del 21 de mayo del 2001, el Decreto Ejecutivo N° 38882-MCJ-MINAE-MAG-MICITT
del 24 de febrero del 2015, publicado en La Gaceta N° 61 del 27 de marzo
del 2015 y el artículo 135 de la Ley General de la Administración Pública, Ley
N° 6227 del 02 de mayo de 1978.
Considerando:
I.—El artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de
1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de
utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo
desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del
Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.
II.—La
Asociación Instituto Nacional de Biodiversidad, cédula de persona jurídica Nº
3-002-103261, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público
desde el día 6 de agosto de 1989, bajo las citas de presentación al tomo 374,
asiento 13205, expediente N° 3306.
III.—La
entidad fue declarada de utilidad pública mediante el Decreto Ejecutivo N°
25598-J del 21 de octubre de 1996, publicado en el Diario Oficial La Gaceta
N° 218 del 13 de noviembre de 1996.
IV.—De
conformidad con lo establecido en el decreto Ejecutivo N°
38882-MCJ-MINAE-MAG-MICITT del 24 de febrero del 2015, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta Nº 61 del 27 de marzo del 2015, se acordó entregar al
Museo Nacional de Costa Rica, la colección biológica ex sita custodiada por la
asociación Instituto Nacional de Biodiversidad.
V.—De
conformidad con el acuerdo de traslado, asesoría y apoyo de la colección de
biodiversidad del INbio al Estado costarricense, suscrito por los Ministros de
Agricultura, Cultura, Ambiente, Ciencia y Tecnología y el presidente de la
asociación, el día 6 de mayo del 2014, se procedió al traslado de la colección
al Museo Nacional.
VI.—Al
llevarse a cabo el traslado de la colección biológica ex situ que poseía la
Asociación Instituto Nacional de Biodiversidad al Estado, dejó de cumplir con
los motivos por los cuales le fue otorgada la utilidad pública.
VII.—Una vez revisado el expediente administrativo
de la Asociación Instituto Nacional de Biodiversidad se determinó, que el fin por
el cual se le había otorgado el beneficio de utilidad pública ya no existe, y
que, además no se encuentra al día con la presentación de los informes anuales
de gestión, de los años 2015 y 2016. Por tanto,
Decretan:
DERÓGESE
EL DECRETO EJECUTIVO MEDIANTE
EL
CUAL SE OTORGÓ LA DECLARATORIA
DE
UTILIDAD PÚBLICA A LA ASOCIACIÓN
INSTITUTO
NACIONAL DE BIODIVERSIDAD
Artículo 1º—Dejar sin efecto el decreto ejecutivo N° 25598-J de fecha
21 de octubre de 1996, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 218
del 13 de noviembre de 1996, mediante el cual se declaró de utilidad pública
para el interés del Estado, a la Asociación Instituto Nacional de
Biodiversidad, cédula de persona jurídica Nº 3-002-103261, por haberse
extinguido la tarea principal de esta asociación, que consistía, en realizar el
inventario nacional de biodiversidad.
Artículo
2º—Una vez publicado este decreto deberá comunicarse al Registro de
Asociaciones del Registro Nacional para su respectiva anotación.
Artículo
3º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la República.—San José, al primer día del mes
de junio del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz Cecilia
Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 30893.—Solicitud Nº 21133.—( D40478 - IN2017153921
).
N° 40490-JP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el
artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y los
artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones número
29496-J, publicado en La Gaceta N° 96 del 21 de mayo del 2001.
Considerando:
I.—El artículo 32 de la Ley de
Asociaciones N° 218 de 8 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder
Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones
simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean
particularmente útiles para los intereses del Estado, y que por ello
contribuyan a solventar una necesidad social.
II.—La Asociación de Atención del Paciente de
Enfermedades Terminales Caminemos Juntos, cédula de persona jurídica número
3-002-141988, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público
desde el día 23 de setiembre de 2005, mediante el expediente 5829, tomo N° 403,
asiento 17904.
III.—Los fines que persigue la asociación,
según sus estatutos, son: “... ARTÍCULO CUARTO: Los fines de la Asociación
son los siguientes: a) Brindar y proveer atención integral al paciente terminal
y su familia, a partir de un trabajo en equipo multidisciplinario.
Entendiéndose como paciente terminal, aquel para el cual no exista tratamiento
curativo de la enfermedad que padece y se espera su muerte a corto plazo; como
atención integral, el abordaje de las necesidades físicas, espirituales,
emocionales y sociales del paciente y su familia; como equipo
multidisciplinario, el aporte individual y colectivo de profesionales en
diferentes disciplinas, en función de las necesidades específicas de cada
paciente terminal y su familia. b) Promover actividades de capacitación,
educación e información a sus asociados como a terceras personas para el
cuidado de los pacientes terminales. c) Promover y realizar con el personal de
salud, de los diferentes centros hospitalarios del país y clínicas médicas y
demás centros de salud, actividades de capacitación acerca del manejo del
paciente terminal, con relación al manejo del dolor, la alimentación, cuidados
especiales, las necesidades emocionales y espirituales, todo esto entendido como
cuidado paliativo. d) Sistematizar la información y experiencia que se derive
del quehacer de la asociación con el objeto de brindar aportes que mejoren la
atención que se brinde al paciente terminal y su familia. e) Promover el
intercambio de experiencias con otras organizaciones nacionales e
internacionales relacionadas con los fines de la asociación. f) Promover
sistemáticamente actividades de capacitación de sus asociados en aspectos
relacionados con los fines de la asociación. g) Ofrecer espacios dentro de la
asociación para que estudiantes universitarios y de secundaria realicen
prácticas supervisadas y dirigidas en los diferentes escenarios del quehacer de
la asociación.”
IV.—Tales fines
solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo
del Estado costarricense. Por tanto,
DECRETAN
DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA PARA
LA ASOCIACIÓN DE ATENCIÓN DEL PACIENTE
DE ENFERMEDADES TERMINALES
CAMINEMOS JUNTOS
Artículo 1º—Declárese de
utilidad pública para los intereses del Estado a la Asociación de Atención del
Paciente de Enfermedades Terminales Caminemos Juntos, cédula de personería
jurídica número 3-002-141988.
Artículo 2º—Es deber de la asociación rendir
anualmente un informe de gestión ante el Ministerio de Justicia y Paz, de conformidad
con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones.
Artículo 3º—Una vez publicado este decreto,
los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
el Registro de Asociaciones de Registro Nacional, para su respectiva
inscripción.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil
diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 30893.—Solicitud
Nº 21134.—(D40490-IN2017153926 ).
Nº 40498-JP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ
Con fundamento en lo dispuesto
en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el
artículo 32 de la Ley de Asociaciones Nº 218 del 08 de agosto de 1939 y los
artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones Nº 29496-J,
publicado en La Gaceta Nº 96 del 21 de mayo del 2001.
Considerando:
I.—El artículo 32 de la Ley de Asociaciones
Nº 218 de 08 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la
potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas
o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para
los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad
social.
II.—La Asociación Cultural Banda Sinfónica de
Barva de Heredia, cédula de persona jurídica Nº 3-002-108370, se inscribió en
el Registro de Asociaciones del Registro Público desde el día 30 de abril del
2004, tomo Nº 377, asiento 17905 (Folio 30).
III.—Los fines que persigue la asociación,
según sus estatutos, son: “Artículo tercero: (…) a) Fomentar el desarrollo
de la actividad artístico musical en la comunidad de Barva. b) Ofrecer
oportunidades a los niños y jóvenes para que desarrollen sus potencialidades
artísticas a través de los programas que desarrolle la asociación. c)
Consolidar la banda sinfónica de Barva a nivel nacional e internacional. ch)
Proveer los recursos económicos y los materiales para el desarrollo de la
asociación. d) Incentivar e incrementar la participación de las organizaciones
públicas y privadas para que brinden colaboración y apoyo a los proyectos de la
asociación” (Folio 15).
IV.—Tales fines solventan una necesidad
cultural de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado
costarricense. Por tanto,
Decretan:
DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA
PARA LA ASOCIACIÓN CULTURAL BANDA
SINFÓNICA DE BARVA DE HEREDIA
Artículo 1º—Declárese de
utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación Cultural Banda
Sinfónica de Barva de Heredia, cédula de persona jurídica Nº 3-002-108370.
Artículo 2º—Es deber de la asociación rendir
anualmente un informe de gestión ante el Ministerio de Justicia y Paz, de
conformidad con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de
Asociaciones.
Artículo 3º—Una vez publicado este decreto,
los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante
el Registro de Asociaciones del Registro Nacional, para su respectiva
inscripción.
Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.
Dado en la Presidencia de la
República.—San José, a los trece días del mes de junio del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Justicia y Paz a. í., Marco Feoli V.—1 vez.—O. C. Nº
30893.—Solicitud Nº 21135.—( D40498 - IN2017153919 ).
N°
08-2017-MGP
EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 141 de la
Constitución Política; 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley
Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y 13 incisos 1) y 2) y 49 de la Ley General de
Migración y Extranjería, Ley N° 8764 del 1° de setiembre de 2009.
Considerando:
Único: que mediante oficio Nº MTSS-DMT-177-2017 del 14 de febrero de
2017, el señor Alfredo Hasbum Camacho, Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
designó a la señora Felly María Salas Hernández, con cédula de identidad Nº
2-0620-0219, como su representante ante la Comisión de Visas Restringidas y
Refugio.
ACUERDA:
Artículo 1º—Designar como miembro suplente ante la Comisión de Visas
Restringidas y Refugio de la Dirección General de Migración y Extranjería, en
representación del Ministro de Trabajo y Seguridad Social a la señora Felly
María Salas Hernández, con cédula de identidad Nº 2-0620-0219.
Artículo
2º—Rige a partir del 14 de febrero de 2017.
Dado en la Ciudad de San José, a las quince horas y dieciséis minutos
del trece de marzo de dos mil diecisiete.
Luis Gustavo Mata Vega, Ministro de
Gobernación y Policía.— 1 vez.—O.C.
Nº 3400031432.—Solicitud Nº 5394.—( IN2017153829 ).
N° 0262-2016-RH-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos
en el artículo 140 incisos 8, 12, 20 y artículo 146 de la Constitución Política
de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la
República de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos
15, 18 y 26 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de
2001.
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del
personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las
funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la estrategia establecida en
la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar
en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su
actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el
principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de
eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración
Pública.
IV.—Que la Administración, por razones de
necesidad institucional, requiere nombrar el personal idóneo para cumplir con el
servicio público, en aras de satisfacer la gestión ministerial en materia de
Política Exterior.
V.—Que la señorita Ana Iris Sánchez
Rodríguez, cédula de identidad N° 1-2028-0322, posee una sólida formación
académica como Bachiller en Relaciones Internacionales, obtenido en la
Universidad Latina.
VI.—Que mediante correo
electrónico de fecha 14 de julio del 2016, suscrito por la señora Kathya Araya
Zúñiga, Jefe de Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se
instruye el nombramiento en comisión de la señorita Ana Iris Sánchez Rodríguez,
como Agregada Interna con rige 01 de agosto del 2016. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar a la
señorita Ana Iris Sánchez Rodríguez, cédula de identidad 1-2028-0322, como
funcionaria en comisión, para ocupar el puesto de Agregada en el Servicio
Interno.
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de agosto de
2016.
Dado en la Presidencia de la
República, el 27 de julio de 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
Manuel A. González Sanz.—1 vez.— O. C. Nº 30968.—Solicitud Nº 16657.—(
IN2017153667 ).
N° 410-2016-RH-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
De conformidad con los artículos
en el artículo 140 incisos 8, 12, 20 y artículo 146 de la Constitución Política
de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la
República de Costa Rica, ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos
15, 18 y 26 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de
2001.
Considerando:
I.—Que es labor del Ministerio
de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del
personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las
funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la estrategia establecida en
la Política Exterior de Costa Rica.
II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar
en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional,
recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los
intereses del Estado.
III.—Que la Administración fundamenta su
actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el
principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de
eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración
Pública.
IV.—Que la Administración, por razones de
necesidad institucional, requiere nombrar el personal idóneo para cumplir con
el servicio público, en aras de satisfacer la gestión ministerial en materia de
Política Exterior.
V.—Que el señor José David Sánchez Cedeño,
cédula de identidad 1-1287-0237, posee una sólida formación académica como
Licenciado en Derecho, obtenido en la Universidad Escuela Libre de Derecho.
VI.—Que mediante Memorando DM-Memo-0590-2016
de fecha 06 de diciembre del 2016, suscrito por el señor Mario Alexander
Montero Campos, Viceministro Administrativo del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, se instruye el nombramiento en comisión del señor José
David Sánchez Cedeño, como Agregado Interno con rige 02 de enero del 2017, en
concordancia con las instrucciones del Ministro. Por tanto,
ACUERDAN:
Artículo 1º—Nombrar al señor
José David Sánchez Cedeño, cédula de identidad Nº 1-1287-0237, como funcionario
en comisión, para ocupar el puesto de Agregado en el Servicio Interno.
Artículo 2º—Rige a partir del 02 de enero de
2017.
Dado en la Presidencia de la
República, el 23 de diciembre de 2016.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Relaciones Exteriores y Culto,
Manuel A. González Sanz.—1 vez.— O.C. N° 30968.—Solicitud N° 16657.—(
IN2017153668 ).
REGISTRO
DE PATENTE DE CORREDOR JURADO
AVISO
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
DM-1304-2017.—Se hace saber que el señor Juan Diego Quirós Delgado,
mayor, soltero, de profesión comerciante, cédula de identidad número dos cero cuatrocientos cuarenta y uno cero seiscientos
veinticuatro, vecino de San José, Tibás, residencial El Rey Colima de Tibás, ha
formulado ante este Despacho solicitud para obtener la Patente de Corredor
Jurado. Se insta a cualquier persona que tenga motivos para oponerse al
otorgamiento de la Patente respectiva, para que comparezca a la Dirección
Jurídica del Ministerio de Hacienda (sita 5° piso del edificio Central, avenida
segunda, Antiguo Banco Anglo) dentro del término de quince días hábiles,
contados a partir de la primera publicación de este aviso, para que
formule las objeciones que tenga y ofrezca las pruebas del caso.
San José, 06 de julio de 2017.—Helio Fallas Venegas, Ministro de
Hacienda.—( IN2017151935 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO
DE LA COMUNIDAD
AVISOS
El Registro Público de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo
de la Comunidad, hace constar que la Asociación de Desarrollo Especifica para
la Construcción y Mantenimiento del Parque de la Urbanización Mussmani y
Colonia Kennedy Sur, San José. Por medio de su representante: Marta Lilian Pino
Orellana, cédula 122200242020, ha hecho solicitud de inscripción de la
siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 13 para que en adelante se lea así:
Artículo 13: Para que se agregue la figura de
tres suplentes, quienes sustituirán a cualquier miembro de Junta Directiva y
Fiscalía.
Dicha reforma es visible a folio
72 del tomo 1 del expediente de la organización comunal en mención que se
encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo
de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea
general ordinaria de afilados celebrada el día 03 de junio del 2017. En
cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la
Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza
por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso,
a cualquier persona, pública o privada yen especial a la Municipalidad, para
que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a
las catorce horas del catorce de julio del dos mil diecisiete.—Departamento de
Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2017153374 ).
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad
de la Dirección Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de
Desarrollo Integral de Bajo Los Ángeles de San Andrés de León Cortes, San José.
Por medio de su representante: Mílder Alberto Rojas Gamboa, cédula 303690288,
ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de
Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido
en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término
de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier
persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen
los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo
por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 08:09
horas del 19/07/2017.—Dirección Legal y Registro.—Licda. Odilie Chacón
Arroyo.—1 vez.—( IN2017153426 ).
El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad
de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: que la
Asociación de Desarrollo Específica Pro Mejoras de los Sitios de Moravia, San
José. Por medio de su representante: María Ofelia Rodríguez Quirós, cédula Nº
3-172-985 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al
estatuto: artículo N° 18 para que en adelante se lea así:
Artículo 18.—Para que se agregue y permita la figura de tres suplentes.
Dicha reforma es visible a folio 61- 62 del tomo I del expediente de la
organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro
de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha
modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afiliados
celebrada el día 13 de agosto del 2016. En cumplimiento de lo establecido en
los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la
Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días
hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública
o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que
estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a
esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las quince horas veinte minutos
del día dos de noviembre del dos mil dieciséis.—Departamento de
Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2017153900 ).
SERVICIO FITOSANITARIO DEL
ESTADO
DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS
Y EQUIPOS DE APLICACIÓN
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
AE-REG-E-022/2017.—El señor
Víctor Santi, pasaporte: AA2134035, en calidad de Representante Legal de la
compañía Comercializadora VMR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la
ciudad de Santa Ana, San José, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación,
Tipo: Pulverizador de Mochila Operado con Palanca, Marca: Dimartino, Modelo:
Rosy 16, Peso: 3,3 kilogramos y cuyo fabricante es: Dimartino Spa-Italia
Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto
27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo
hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco
días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el
Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:10 horas del 11 de julio
del 2017.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú
Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017152581 ).
AE-REG-E-21/2017.—La señora Marianella Sevilla Leiva, cédula de
identidad N° 2-0532-0248, en calidad de poder especial de la compañía El Colono
Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Pococí,
Limón, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo: Aeronave, marca:
Thrush Aircraft, modelo: SR2-T34, y cuyo fabricante es: Thrush Aircraft -
Inc-Estados Unidos Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria
N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a
oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro
del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación
de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:00
horas del 07 de julio del 2017.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de
Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017152644 ).
SERVICIO NACIONAL DE SALUD
ANIMAL
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS
EDICTO
El Doctor Femando Zúñiga con
número de cédula 1-1081-189, vecino(a) de Coronado, en calidad de regente
veterinario de la compañía Droguería Ageagro S. A., con domicilio en San José,
solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 1:
Quetamin, fabricado por Laboratorios Biomont S. A., de Perú, con los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Ketamina
clorhidrato (equivalente a base) 100 mg y las siguientes indicaciones
terapéuticas: Para la inducción y mantenimiento de la anestesia. Con base en el
Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de
Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que
lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días
hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto,
en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 10:00 horas del día 19
de junio del 2017.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—(
IN2017153911 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo i, folio 177, título N° 1201, emitido por el Colegio
“La Asunción”, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Solís Granados Fabricio
Javier, cédula: 1-1741-0261. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diez
días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017151690 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 58, título N° 1255, emitido por el Liceo de Coronado, en el
año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Cedeño Mora Ruth Marlene,
cédula N° 3-0293-0783. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 6 de junio del 2017.—Dirección de Gestión y Evaluación de la
Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017151876 ).
Ante esta dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 46, título N° 147, emitido por el Colegio Bilingüe Santa
Sofía, en el año dos mil nueve, a nombre de Rodríguez Villarreal Geannina
María, cédula: 1-1515-0748. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis
días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017151891 ).
Ante esta dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 01, folio 197, asiento N° 899, emitido por el Liceo Nocturno de
Santa Cruz, en el año dos mil siete, a nombre de Villalta Cárdenas Bryan
Andrés, cédula 5-0360-0615. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
cuatro días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017151948 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 91, título
N° 1604, emitido por el Liceo Ricardo Fernández Guardia, en el año dos mil
doce, a nombre de Vega Mendoza Wilbert Antonio, cédula 155818448529. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 07 de junio del 2016.—Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017151980
)
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 115,
Título N° 607, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puntarenas en el
año dos mil uno, a nombre de Reyes Núñez Ernesto Aurelio, cédula N°
6-0329-0850. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los seis días del mes de
julio del dos mil catorce.—Dirección de Gestión y Evaluación de la
Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016152068 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación
Técnica, Modalidad Agropecuaria con Especialidad en Educación Familiar y
Social, inscrito en el tomo 1, folio 62, asiento Nº 30, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Guácimo, en el año mil novecientos ochenta y seis, a
nombre de Arias Castro Milagro Isabel, cédula Nº 2-0443-0693. Se solicita la
reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de enero del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152340 ).
Ante esta Dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 19, título N° 192, emitido por el CINDEA La Herediana, en
el año dos mil trece, a nombre de Solano Hidalgo María del Carmen, cédula N°
1-1471-0163. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del
mes de junio del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017152575 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Técnico Medio en la Especialidad Ejecutivos para Centros de
Servicio, inscrito en el tomo 1, folio 13, asiento 3, título N° 69, emitido por
el Colegio Técnico Profesional de Hojancha Sección Nocturna, en el año dos mil
dieciséis, a nombre de Retana Porras María Gabriela, cédula 5-0350-0152. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los diecinueve días del mes de mayo del
dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152580 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 02, Folio 28,
Título N° 3154, y del título de Técnico Medio en Contabilidad y Finanzas,
inscrito en el Tomo 03, Folio 56, Título N° 6786, ambos títulos fueron emitidos
por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, en el año dos mil
siete, a nombre de López Alvarado Katherine Johana, cédula Nº 3-0432-0475. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de junio del dos
mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152584 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 3, Folio 48,
Título N° 875, emitido por el Colegio Las Américas, en el año dos mil diez, a
nombre de Agüero Montero Daniela, cédula: 1-1524-0658. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado
en San José, a los diez días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152752 ).
Ante esta Dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el Tomo 1, Folio 45, Título N° 391, emitido por el Liceo San Rafael de
Alajuela, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Espinoza
Vásquez Jeremy, cédula: 2-0554-0475. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los veinte días del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152796 ).
Ante esta Dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 117, título Nº 410, emitido por el Colegio Deportivo de
Limón, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Bright Herra Shereen Ahisha,
cédula Nº 7-0268-0063. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días
del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017152996 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 45,
título Nº 234, emitido por el Liceo de Sabanillas, en el año dos mil ocho, a
nombre de Artavia Picado Ana Yanci, cédula Nº 1-1465-0155. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153040 ).
Ante esta Dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 1, folio 68, asiento 06, título Nº 192, emitido por el Liceo Las
Esperanzas en el año dos mil trece, a nombre de Mora Rivera Junior Albán,
cédula Nº 1-1631-0712. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días
del mes de mayo del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017153058 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 74,
título Nº 423, emitido por el CINDEA Upala, en el año dos mil trece, a nombre
de Moreno Urbina Maribel, cédula Nº 2-0662-0657. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintitrés días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153402 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 78,
título Nº 657, emitido por el CINDEA de Limón, en el año dos mil trece, a
nombre de Salas Alanis William Amancio, cédula Nº 7-0209-0607. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los seis días del mes de julio del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153569 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 193, título Nº 388, emitido
por el Colegio Técnico Profesional de Purral, en el año dos mil doce, a nombre
de Mairena Chavarría Joselin Maneyri, cédula Nº 8-0116-0858. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de junio del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153582 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 162,
título N° 2416, emitido por el Colegio Técnico Profesional San Isidro Daniel
Flores, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Montero Fallas Melanie Daniela,
cédula 1-1662-0416. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diez
días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017153923 ).
DIRECCIÓN DE DESARROLLO HUMANO
De conformidad con el artículo
2° del estatuto de Servicio Civil, la Dirección de Desarrollo Humano informa
que: De conformidad con el Acuerdo DGS-0909-2017 de fecha 06 de abril 2017, las
personas que se citan a continuación han sido nombradas en propiedad, según las
particularidades aquí expuestas:
Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF
Javier Abarca Meléndez, Director.—1 vez.—O. C. N° 3400031658.—Solicitud N° 89458.—( IN2017153696 ).
REGISTRO DE ORGANIZACIONES
SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la
autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a
la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la
organización social denominada Asociación de Ingenieros Civiles del Ministerio
de Obras Públicas y Transporte, siglas: AIC-MOPT, acordada en asamblea
celebrada el día 23 de setiembre de 2016. Expediente S-I050. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica
del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la
inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Registro mediante tomo: 16, folio: 244, asiento: 4931, del 23 de febrero del
2017. La reforma afecta la totalidad de los artículos del Estatuto.—San José,
23 de febrero del 2017.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic. Eduardo
Díaz Alemán, Jefe.—( IN2017153489 ).
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de
Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó
introducir a su Estatuto Social la organización social denominada Sindicato
Costarricense de Docentes de Español, Siglas: SINCOSDE, acordada en asamblea
celebrada el día 06 de mayo de 2017. Expediente 960-SI. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la
inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La
reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este
Registro mediante tomo: 16, folio: 254, asiento: 4948, del 26 de mayo de 2017.
La reforma afecta los artículos 1, 11, 13, 17, 18, se introduce un nuevo
artículo 20 y se corre la numeración a partir de ahí del Estatuto.—26 de mayo
de 2017.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Subjefa.—( IN2017153915 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Para ver marcas con sus respectivas imágenes, favor
ir a La Gaceta con firma digital en
PDF
Orlando Camacho Hernández, soltero, cédula de identidad 113730723, con
domicilio en Pavas, del Kinder Carlos Sanabria Mora, 100 metros oeste y 25
metros norte, dos plantas, color crema, Costa Rica, solicita la inscripción de:
LABORATORIOS CAMHER como nombre comercial en clase internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
laboratorio químico de producción y venta de todo tipo de productos cosméticos.
Ubicado en Pavas, del kinder Carlos Sanabria Mora, 100 metros oeste y 25 metros
norte, dos plantas color crema. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005801. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017150374 ).
Silvia Eugenia Dobles Madrigal, soltera, cédula
de identidad 107750233, en calidad de apoderada especial de AGS Nasoft Mexico,
S.A.P.I. de C.V., con domicilio en Distrito Federal, Bosques Alisos, 45 B,
segundo piso, Colonia Bosques de las Lomas, Delegación Guajimalpa, con código
postal 05120, México, solicita la inscripción de: N
como marca de servicios en clase(s): 35 y
42 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 35) Consultoría
de Marketing y 42) Desarrollo de Software y consultorías de Software. Reservas:
Del color: negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0005966. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio
del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150402 ).
Silvia Eugenia Dobles Madrigal, soltera, cédula
de identidad 107750233, en calidad de apoderado especial de AGS Nasoft México,
S.A.P.I. DE C.V., con domicilio en distrito Federal, Bosques Alisos, 45 B,
segundo piso, Colonia Bosques de Las Lomas, Delegación Guajimalpa, con código
postal 05120, México, solicita la inscripción de: AN GLOBAL como marca de
servicios en clases: 35 y 42, Internacionales.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 35) Consultoría de marketing. y 42) Desarrollo de software y
consultorías de software. Reservas: Del color: negro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017, según Solicitud N°
2017-0005968. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017150403 ).
Dennis Marín Azofeifa, casado dos veces, cédula
de identidad 601890941, en calidad de apoderado especial de Dezaf,
Desarrolladora Zafiro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101583993, con
domicilio en Escazú, Autopista Próspero Fernández, frente al Hospital CIMA San
José, contiguo a BAC San José, Edificio BMI, primer piso, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: DAYUN, como marca de comercio en clase: 12
internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: vehículos, aparatos de locomoción, aérea o agua. Reservas: de los
colores blanco, azul y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0005071. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 6 de junio de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017150425 ).
Dennis Amrín Azofeifa, casado dos veces, cédula
de identidad 601890941, en calidad de apoderado generalísimo de DEZAF
Desarrolladora Zafiro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101583993, con
domicilio en Escazú, Autopista Próspero Fernández; frente al Hospital CIMA, San
José, contiguo a BAC San José, edificio BMI, primer piso, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: DAYUN
como nombre comercial en clase:
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento
comercial dedicado a venta de motocicletas, accesorios, repuestos y taller de
servicio, ubicado en San José, Escazú, autopista Próspero Fernández, frente al
Hospital Cima San José, contiguo a BAC San José, edificio BMI, primer piso.
Reservas: De los colores: Blanco, azul y rojo. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 30 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0005070. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 7 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado Registrador.—(
IN2017150427 ).
Juan Rafael Oliver Alvarado,
casado una vez, cédula de identidad 105690990, en calidad de apoderado
generalísimo de Viajes Ejecutivos Mundiales S. A., con domicilio en San José,
avenida cero y segunda calle treinta y cuatro, edificio Elizabeth segunda
planta, Costa Rica, solicita la inscripción de: LTN Costa Rica como
marca de servicios en clase: 39. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 39 Los servicios que presta una agencia de viajes. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio de 2017. Solicitud Nº
2017-0005905. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de junio de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017150444 ).
Danilo Alberto Oconitrillo Fonseca, casado una
vez, cédula de identidad 106120317, con domicilio en Moravia, San Vicente; 450
metros norte, de la Clínica Jerusalén, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: KAZOKU
como marca de servicios en
clases: 43 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 43 El
servicio de restaurante (alimentación). Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005906. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017150445 ).
Carlos Manuel Miranda Segura,
casado una vez, cédula de identidad 900750467, en calidad de apoderado
generalísimo de Speed Net Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101718491, con
domicilio en del Palí 150 m sur, Heredia, Costa Rica solicita la inscripción
de: BTQ Boutique el Gimnasio como nombre comercial. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
comercialización de artículos deportivos y suplementos nutricionales para
deportistas, Ubicado en Heredia Centro, del Palí 150 m sur. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005808. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 3 de julio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017150470 ).
Andrea
Adelia Ceciliano Navarro, casada una vez„ cédula de identidad 303870341 con
domicilio en Llano de los Ángeles, Corralillo, contiguo a la delegación, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Café Don Melo Del Corazón de Nuestra
Tierra, como marca de fábrica en clase: 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 30: Bebida a base de café. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 2 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0001904. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 9 de marzo de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017150477 ).
Luis Diego Hernández Álvarez, soltero, cédula
de identidad 402090936, en calidad de apoderado especial de Randall Alberto
Chaves Vargas, casado una vez, cédula de identidad 206160695, con domicilio en
Grecia, Residencial Lomas del Bosque casa 35, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DISTORTION como Marca de
Comercio en clase: 25. Internacional.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002534. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 6 de abril de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150486 ).
Luis Diego Hernández Álvarez, soltero, cédula
de identidad Nº 402090936, en calidad de apoderado especial de Randall Alberto
Chaves Vargas, casado una vez, cédula de identidad Nº 206160695, con domicilio
en Grecia, Residencial Lomas del Bosque, casa 35, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: GRIZZLY
como marca de comercio, en clase: 25
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002535. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 06 de abril del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150487 ).
Gerardo Alvarado Blanco, casado una vez, cédula
de identidad Nº 701110348, en calidad de apoderado generalísimo de Instituto
Mixto de Ayuda Social (IMAS), cédula jurídica Nº 400004214409, con domicilio en
calle veintinueve, avenidas dos y ocho, Barrio Francisco Peralta, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: COSTA RICA DUTY FREE Do-Good Shopping
by IMAS
como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente:
establecimientos mercantiles se comercializan productos tales como: salsas
(tipo Lizano); perfumes, productos para tratamiento o cuidado personal,
cosméticos, ropa y textiles, accesorios personales, bolígrafos, lentes,
artículos de cuero (maletas, billeteras, carteras, bolsos), relojes, joyería,
productos electrónicos, accesorios electrónicos y juguetes; se venden al
público libres de impuestos. Ubicados: en Aeropuerto Internacional Juan Santamaría-Alajuela;
Aeropuerto Internacional Daniel Oduber-Liberia, Depósito Libre de
Golfito-Puntarenas. Reservas: de los colores: gris, celeste fuerte, fucsia y
amarillo oscuro. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 01 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005193. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017150488 ).
Gerardo Alvarado Blanco, casado una vez, cédula
de identidad 701110348, en calidad de apoderado generalísimo de Instituto Mixto
de Ayuda Social (IMAS), cédula jurídica 400004214409, con domicilio en calle
veintinueve, avenidas dos y ocho, Barrio Francisco Peralta, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: COSTA RICA DUTY FREE Do-Good Shopping by
imas como nombre comercial.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Establecimientos mercantiles
se comercializan productos tales como: salsas (tipo Lizano); perfumes,
productos para tratamiento o cuidado personal, cosméticos, ropa y textiles,
accesorios personales, bolígrafos, lentes, artículos de cuero (maletas,
billeteras, carteras, bolsos), relojes, joyería, productos electrónicos,
accesorios electrónicos y juguetes; se venden al público libres de impuestos.
Ubicados en Aeropuerto internacional Juan Santamaría-Alajuela; Aeropuerto
Internacional Daniel Oduber-Liberia, Depósito Libre de Golfito-Puntarenas.
Reservas: De colores: Gris, celeste fuerte, fucsia y amarillo oscuro. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 1 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0005192. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017150489 ).
Sergio Quesada González, casado una vez, cédula
de identidad 105530680, en calidad de apoderado especial de Santillana Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-145880, con domicilio en La Uruca, del Edificio
de Migración, 100 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: BeJob
como marca
de comercio en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Aparatos e instrumentos de enseñanza; aparatos de grabación, transmisión o
reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos
acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales;
programas informáticos (software descargable); publicaciones electrónicas
descargables. Reservas: de los colores: amarillo, negro y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de febrero de 2017. Solicitud N°
2017-0001599. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de marzo de 2017.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017150490 ).
Sergio Quesada González, casado una vez, cédula
de identidad Nº 105530680, en calidad de apoderado especial de Santillana S.
A., cédula jurídica Nº 3-101-145880, con domicilio en La Uruca, del Edificio de
Migración 100 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
BeJob
como marca de servicios, en clase: 38 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: telecomunicaciones. Reservas: de colores: amarillo,
negro y blanco. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 22 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001601. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 13 de marzo del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017150491 ).
Sergio Quesada González, casado una vez, cédula
de identidad 105530680, en calidad de apoderado especial de Santillana S. A.,
cédula jurídica 3-101-145880, con domicilio en La Uruca, del Edificio de
Migración, 100 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
BeJob
como marca
de comercio en clase: 16 Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 16: Manuales de enseñanza y didácticos, material educativo,
publicaciones educativas, tarjetas didáctivas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 22 de febrero del 2017, según Solicitud N° 2017-0001602.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 13 de marzo del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017150492 ).
Sergio Quesada González, casado una vez, cédula
de identidad 105530680, en calidad de apoderado especial de Santillana Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-145880 con domicilio en La Uruca, del edificio
de Migración 100 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Be Job
como marca
de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades
deportivas y culturales. Reservas: De los colores: amarillo, negro y
blanco. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 12 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0003878. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 22 de junio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017150493 ).
Sergio Quesada González, casado una
vez, cédula de identidad Nº 105530680, en calidad de apoderado especial de
Hermanos Ocampo Fernández Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101104775, con
domicilio en Liberia, Buena Vista Sur, Faldas del Rincón de La Vieja, de la
Escuela de Dulces Cañas, 13 kilómetros al este, Hacienda Hermanos Ocampo
Fernández, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Buena Vista
del Rincón como nombre comercial, en clase: internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la enseñanza
de manejo de recursos naturales y desarrollo sostenible; servicios de
restauración holística (tratamientos de salud aplicados en conjunto a otras
disciplinas) y tratamientos higiénicos y de belleza. Ubicado: en Guanacaste,
Liberia, Buena Vista Sur. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002990. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2017150496 ).
Yesenia María Bermúdez Vargas, divorciada una
vez, cédula de identidad 110660866 con domicilio en del Palí de Ipís de
Goicoechea, 15 sur, 25 oeste, casa D8, Costa Rica, solicita la inscripción de: ccm
Colegio Costarricense de Modelaje, como marca de servicios en clase: 41
internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: clases de modelaje. Reservas: de los colores: rojo, azul y verde. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017.
Solicitud N° 2017-0000418. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Rina
Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150536 ).
Maximiliano Alvarado Ramírez, casado 3 veces,
cédula de identidad 103910022, en calidad de apoderado generalísimo de Banco
Nacional de Costa Rica, cédula jurídica 4000001021, con domicilio en calle 4,
avenida 1 y 3, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BN Cuota Única
como marca de servicios en clase:
36 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 36: Servicios
bancarios diversos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0004625. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de
junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150565 ).
Marianela Salazar Muñoz, soltera, cédula de
identidad 111500614, en calidad de apoderada generalísima de Sakura CR Fusión
S. A., cédula jurídica 3101722362, con domicilio en Quepos contiguo al
Supermercado BM, provincia de Puntarenas, Puntarenas, Dinamarca, solicita la
inscripción de: IKKI fusión gourmet
como nombre comercial en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a la venta de comida asiática (Japonesa, Thailandesa, china y Vietnamita) estilo gourmet, tales como
sushi, arroces, pastas, al curri y temporizados. Ubicado en Quepos contiguo al
Supermercado BM provincia de Puntarenas. Reservas: De los colores negro y rojo.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de mayo de 2017. Solicitud
Nº 2017-0004130. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de julio de 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017150569 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado
una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en
Desamparados, San Miguel, 900 metros al sur del Ebais El Llano, antigua fábrica
de embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY
HIDRAT, como marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas
sin alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones
para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de
junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005961. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio de
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150570 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado
una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en
Desamparados, San Miguel; 900 metros al sur, del EBAIS El Llano Antigua Fábrica
de Embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY HIDRAT como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e
higiénicos tales como: Polvos, líquidos, gotas, efervescentes, jarabes,
tabletas, capsulas, grageas, ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles,
suspensiones, supositorios, aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos,
soluciones, tónicos, emulsiones, óvulos, inhaladores, vaporizadores, lociones y
demás productos farmacéuticos, productos naturales y suplementos alimenticios
destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud y bebidas
para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0005979. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150571 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado una vez,
cédula de identidad Nº 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica Nº 3-101-81719, con domicilio en
Desamparados, San Miguel 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua Fábrica
de Embutidos, calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY
YDRAT como marca de fábrica y comercio, en clase: 32 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas
sin alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones
para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005965. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017150572 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado
una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en
Desamparados, San Miguel; 900 metros al sur, del EBAIS El Llano Antigua Fábrica
de Embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY
YDROFRUT como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e
higiénicos tales como: Polvos, líquidos, gotas, efervecentes, jarabes,
tabletas, cápsulas, grageas, ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles,
suspensiones, supositorios, aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos,
soluciones, tónicos, emulsiones, óvulos, inhaladores, vaporizaciones, lociones
y demás productos farmacéuticos, productos naturales y suplementos alimenticios
destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud y bebidas
para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio
del 2017, Solicitud N° 2017-0005981. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150573 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado una vez,
cédula de identidad Nº 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica Nº 3101081719, con domicilio en
Desamparados, San Miguel 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua Fábrica
de Embutidos, calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY
YDRAT como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e
higiénicos tales como: polvos, líquidos, gotas, efervescentes, jarabes,
tabletas, cápsulas, grageas, ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles,
suspensiones, supositorios, aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos,
soluciones, tónicos, emulsiones, óvulos, inhaladores, vaporizaciones, lociones
y demás productos farmacéuticos, productos naturales y suplementos alimenticios
destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud y bebidas
para uso médico. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005971. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017150574 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado una vez,
cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado especial de Inversiones
Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San
Miguel 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua fábrica de Embutidos, Calle
Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY ELECTROVIT
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos
tales como: polvos, líquidos, gotas, efervescentes, jarabes, tabletas,
cápsulas, grageas, ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles,
suspensiones, supositorios, aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos,
soluciones, tónicos, emulsiones, óvulos, inhaladores, vaporizaciones, lociones
y demás productos farmacéuticos, productos naturales y suplementos alimenticios
destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud, y bebidas
para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0005974. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio
del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150575 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado
una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en
Desamparados, San Miguel, 900 metros al sur del Ebais El Llano, antigua fábrica
de embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY
YDROFRUT, como marca de fábrica y comercio en clase: 32
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aguas minerales y
gaseosas y otras bebidas sin alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas;
siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005970. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 29 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017150576 ).
Jorge
Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad
de apoderado especial de Haribo Holding Gmbh & Co. KG, con domicilio en
Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn, Alemania, solicita la inscripción de: KIDS
AND GROWN-UPS LOVE IT SO, THE HAPPY WORLD OF HARIBO, como marca de fábrica
y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de
2017. Solicitud N° 2017-0003482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150585 ).
Jorge Tristán Trelles,
divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado
especial de Haribo Holding Gmbh &
Co. Kg, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn, Alemania, solicita la
inscripción de: Haribo macht Kinder froh und Erwachsene ebenso como
marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 30: Golosinas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003483. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150589 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Haribo
Holding Gmbh & Co. KG, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn,
Alemania, solicita la inscripción de: HARIBO,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presen
tada el 19 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003485. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150592 ).
Jorge Tristan Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Haribo
Holding Gmbh & Co. Kg, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn,
Alemania, solicita la inscripción de: HARIBO
como marca
colectiva en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de
2017. Solicitud Nº 2017-0003486. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150593 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Haribo
Holding Gmbh & Co. KG, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn,
Alemania, solicita la inscripción de: HARIBO
como marca
de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003484. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150594 ).
Jorge
Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad
de apoderado especial de Haribo Holding GMBH & Co. Kg, con domicilio en
Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn, Alemania, solicita la inscripción de: MAOAM
como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 30: Golosinas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003481. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150595 ).
Andrés Vargas Rojas, soltero, cédula de
identidad 114040372, en calidad de apoderado especial de Two Bros Food Co
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101723112, con domicilio en Escazú, Plaza
Tempo, Lobby B, segundo piso oficina GLL, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: POKE como marca de servicios en clase: 43. Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 43: Servicio de restauración de experiencia gastronómica,
especializado en alimentación enfocada en platillos poke, en presentaciones
tradicionales, fusión, y saludables. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005719. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 4 de julio de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017150596 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad Nº 103920470, en calidad de apoderado especial de
Laboratorios Deiters S.L., con domicilio en Riera Montalegre, 49-P.I. Pomar de
Dalt 08916 Badalona, España, solicita la inscripción de: animus
como marca de fábrica y comercio, en clases: 5 y 30 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente, en clase 5: productos farmacéuticos;
productos higiénicos y sanitarios para uso médico; sustancias dietéticas para
uso médico; hierbas medicinales; hierbas
medicinales para mejorar la relajación y el equilibrio emocional; productos
farmacéuticos para la mejora del equilibrio emocional, el estado de ánimo o la
relajación; productos farmacéuticos para el tratamiento de la depresión. Clase
30: café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y
preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería;
helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal;
mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 03 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0003986. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de mayo del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017150597 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Laboratorios
Deiters, S.L., con domicilio en Riera Montelagre, 49-PJ. Pomar De Dalt 08916
Badalona, España, solicita la inscripción de: Nauserina, como marca de fábrica
y comercio en clases: 5 y 30 internacionales.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 5 Productos farmacéuticos;
alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; complementos nutricionales para seres humanos; sustancias dietéticas
para uso médico en base a extracto de jengibre para las náuseas y mareos y en
clase 30 café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas
y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería;
helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas
(condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 3 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0003985. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 15 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150599 ).
Luis Fernando Madrigal Gómez,
casado una vez, cédula de identidad 108700334, en calidad de apoderado general
de Cooperativa de Caficultores de Dota R.L., cédula jurídica 3-004-075679, con
domicilio en Dota, Santa María, costado norte de plaza de deportes, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Coopedota Coffee Experience Tour,
como marca de servicios en clase: 39 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: un tour a través de instalaciones de Coopedota y fincas doteñas
para mostrar a los visitantes, el proceso de producción, beneficiado y
degustación del café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de
junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005329. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio de
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017150628 ).
Julio César Ruiz Chavarría, soltero, cédula de
identidad número 109550665, en calidad de apoderado especial de Grupo Artisano
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101706579, con domicilio en Santa Ana,
Pozos, Lindora, Centro Comercial Paseo
Lindora, contiguo al Lagar, local dos, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ARTISANO como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios de
restaurante, ubicado en San José, Santa Ana, Pozos, LindOra, Centro Comercial
Momentum. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre del 2016.
Solicitud Nº 2016-0010580. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de febrero del
2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017150629 ).
Erika Guadalupe Rodríguez Góchez, soltera,
cédula de residencia 122200421027, con domicilio en Cartago, La Unión, Dulce
Nombre, Residencial Naturaleza del Este, casa 24-F, Costa Rica, solicita la
inscripción de: 11:11 beauty Salon
como nombre comercial en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a tratamientos de higiene y belleza para personas. Ubicado
en San José, Montes de Oca, Barrio Dent, 300 metros al oeste de Taco Bell. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo de 2017. Solicitud
Nº 2017-0004633. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de junio de 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017150656 ).
Ericka Mora Blanco, casada una vez, cédula de
identidad Nº 109560900, con domicilio en San Marcos de Tarrazú, Llano La
Piedra, de la Capilla 350 metros al oeste, Costa Rica, solicita la inscripción
de: E&F Manteniendo la tradición
como marca de comercio, en clase: 30
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Café. Reservas: de los
colores: verde y café. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0004921. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017150661 ).
Jessica Sheffield Zamora, casada una vez,
cédula de identidad 110310927, con domicilio en 2 km. al oeste del ICE de
Nosara, Nicoya, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Guardianes
de la Naturaleza,
como marca de comercio en
clases: 16 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 16:
papel y cartón, productos de imprenta, material de encuadernación, fotografías,
artículos de papelería y oficina, adhesivos de papelería, material para
artistas y material de dibujo; pinceles, material de instrucción, material
didáctico, hojas películas y bolsas de material plástico para emblemar y
etiquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta y clase 25: prendas de
vestir, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005865. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 29 de junio de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017150663 ).
Jéssica Sheffield Zamora, casada una vez,
cédula de identidad 110310927, con domicilio en 2 Km., al oeste, de la Agencia
del ICE, Nosara, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Guardianes
de la Naturaleza
como marca de servicios en
clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación,
formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2017,
Solicitud N° 2017-0005866. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150664 ).
María Gabriela Miranda Urbina,
divorciada una vez, cédula de identidad 111390272, en calidad de apoderada
especial de Innisfree Corporation, con domicilio en 100, Cheonggyecheon-Ro,
Jung-Gu, Seúl, República de Corea solicita la inscripción de: INNISFREE como Marca de Fábrica en
clase(s): 3. I nternacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: 3
Cosméticos; base para maquillaje; lápiz labiales; sombras de ojos;
preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel; preparaciones cosméticas
para el baño; lociones para la piel; aceite de lavanda (cosmético); champús;
dentífricos; champús para mascotas. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo del 2017, según Solicitud
N° 2017-0002737. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de marzo del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017150669 ).
Arnoldo André Tinoco, divorciado
una vez, cédula de identidad 105450969, en calidad de apoderado especial de
Amorepacific Corporation, con domicilio en 181, 2-CA, Hangang-Ro, Yongsan-Gu,
Seoul, República de Corea, solicita la inscripción de: MAMONDE como marca
de fábrica y comercio en clase: 1 Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente 3 Cosméticos; bases de maquillaje; lápices labiales; sombras para los
ojos; preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel; preparaciones
cosméticas para el baño; lociones para la piel; aceite de lavanda (cosmético);
champús; dentífricos; champús para mascotas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de enero del 2017, según Solicitud N° 2017-0000663. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 10 de febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017150670 ).
Arnoldo André Tinoco, cédula de identidad
1-0545-0969, en calidad de apoderado especial de Etude Corporation, con
domicilio en 100, Cheonggyecheon-Ro, Jung-Gu, Seúl, República de Corea,
solicita la inscripción de: SULWHASOO
como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Cosméticos; Bases de maquillaje; Lápices
labiales; Sombras para los ojos; Preparaciones cosméticas para el cuidado de la
piel; Preparaciones cosméticas para el baño; Lociones para la piel; Aceite de
lavanda (cosmético); Champús; Dentríficos; Champús para mascotas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 02 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0003970. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Wendy López
Vindas, Registradora.—( IN2017150671 ).
Paola Castro Montealegre,
casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de
Ideastream Consumer Products, LLC (Delaware Limited Liability Company) con
domicilio en 812 Huron Road, Suite 390, Cleveland, Ohio 44115, Estados Unidos
de América, solicita la inscripción de: FIND-IT como marca de fábrica y
comercio en clases 9 y 16 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: En clase 9: cajas y estuches para el almacenamiento de CD, DVD,
cartuchos de videojuegos y discos de ordenador; fundas de almacenamiento para
CD y DVD; carpetas para almacenamiento de CD, DVD, cartuchos de videojuegos y
discos de ordenador; divisores de índice especialmente adaptados para productos
de almacenamiento de medios electrónicos y digitales y en clase 16: Cajas y
estuches de almacenamiento; compartimientos de almacenaje; carpetas; carpetas
anilladas; cuadernos; dispensadores de papel; portapapeles; bloc de papel; bloc
de notas; reglas; fichas; estantes para suministros de oficina y escolares
(clasificadores de papel y artículos de oficina); organizadores de escritorio;
cajas y estuches de lápiz y lapiceros; archivos de papel; carpetas de archivos;
carpetas de archivos colgantes; carpetas para cartas, papeles, archivos,
documentos y registros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de
abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003214. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de mayo de
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017150672 ).
Marck Van Der Laat Robles,
casado una vez, cédula de identidad 111960018, en calidad de apoderado especial
de Cicalares S. A., cédula jurídica 3101211685, con domicilio en Montes de Oca,
San Pedro, Barrio Los Yoses, Avenida 10, calle 37, Lexincorp Abogados, Edificio
André Tinoco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TREE TO BAR como señal
de propaganda en clase: Internacional para proteger y distinguir lo siguiente:
50 Para promocionar chocolate y cocoa; bebidas a base de chocolate y cocoa;
productos de chocolate y cocoa; bebidas de chocolate con leche y cocoa con
leche; granos de cacao (en bruto); servicios de turismo y de su organización en
la finca, para brindar excursiones “tours” a terceros, relacionados al proceso
y producción del cacao, chocolate, cocoa y sus derivados, relacionado con las
marcas Finca La Amistad (diseño) en clase 30, expediente número 2016-1314;
Finca La Amistad (diseño) en clase 31 expediente número 2016-1315, Finca La
Amistad (diseño) en clase 39, expediente número 2016-1316 y con el nombre comercial
Finca La Amistad (diseño), expediente número 2016-1317. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de abril del 2016, según Solicitud N°
2016-0003261. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de marzo del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017150674 ).
Arnoldo André Tinoco, divorciado una vez,
cédula de identidad 105450969, en calidad de apoderado especial de Knauf
Colombia S.A.S., con domicilio en kilómetro 12 Via Mamonal, Zona Franca la
Candelaria, Cartagena, Bolívar, Colombia, solicita la inscripción de: SUPERAGARRE,
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos
químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la
agricultura, la horticultura, y la silvicultura, resinas artificiales en bruto,
materias plásticas en bruto, abonos para el suelo; composiciones extintoras,
preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar
alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre de 2016. Solicitud
N° 2016-0012444. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero de 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017150677 ).
Arnoldo André Tinoco, divorciado una vez,
cédula de identidad Nº 105450969, en calidad de apoderado especial de
Laboratorios Productos Industriales Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3012381937, con domicilio en kilómetro 16.5 carretera a El Salvador, cruce a
Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, solicita la inscripción de: CASTE
como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos
higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para
uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para
personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes
e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 25 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000662. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 09 de febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017150678 ).
Alex Miguel Rojas Ledezma, soltero, cédula de
identidad 503380061, en calidad de apoderado generalísimo de Carnes Rojas Grill
Limitada, cédula jurídica 3-102-668170, con domicilio en Bagaces, cuarenta
metros oeste de la Librería Ledezma, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: CRG CARNES ROJAS GRILL,
como marca
de comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
carne de res. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlo S valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de
junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005736. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 05 de julio de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017150701 ).
Andrea Mejía Cordero, casada una vez, cédula de
identidad 114350182, en calidad de apoderada generalísima de Coaching
Nutricional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101711648, con domicilio en
Montes de Oca, San Pedro, 200 metros al este de Muñoz y Nanne, contiguo al
Centro Comercial La Lomita, Calle Siles, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Body and Soul NUTRITIONAL COACHING como nombre comercial en
clase: Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios
profesionales referentes al entrenamiento, dirección, guía y acompañamiento en
la vida sana, consciente, buena nutrición, técnicas de relajación, auto ayuda y
yoga, ubicado en San José, Montes de Oca, San Pedro, 200 metros al este de
Muñoz y Nanne, contiguo al Centro Comercial La Lomita, Calle Siles. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio de 2017. Solicitud Nº
2017-0006021. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017150709 ).
Jessica Salas Venegas, casada, cédula de
identidad Nº 112210610, en calidad de apoderada especial de The Smiley Company
SPRL, con domicilio en: Avenue Louise Nº 523, 1050 Bruselas, Bélgica, solicita
la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio
en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de
vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 05 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005289. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150738 ).
Jessica Salas Venegas, casada, cédula de
identidad 112210610, en calidad de apoderada especial de The Smiley Company
SPRL, con domicilio en Avenue Louise N° 523, 1050 Bruselas, Bélgica, solicita
la inscripción de: SMILEY
como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Papel y cartón; productos de imprenta;
material encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de
oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso
doméstico; material para artistas y material de dibujo; pinceles; material de
instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias
plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, cliclés de imprenta. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005286. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85
de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017150740 ).
Jessica Salas Venegas, casada, cédula de
identidad 112210610, en calidad de apoderada especial de The Smiley Company
SPRL con domicilio en Avenue Louise N° 523, 1050 Bruselas, Bélgica , solicita
la inscripción de: SMILEY como marca de fábrica y comercio en clase 18
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cuero y cuero de
imitación; pieles de animales; artículos de equipaje y bolsas de transporte;
paraguas y sombrillas; bastones; fustas, arneses y artículos de guarnicionería;
collares, correas y ropa para animales. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 05 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005285. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017150741 ).
Jéssica Salas Venegas, casada, cédula de
identidad 112210610, en calidad de apoderado especial de The Smiley Company
SPRL con domicilio en Avenue Louise N° 523, 1050 Bruselas, Bélgica, solicita la
inscripción de: SMILEY como marca de fábrica y comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 25 Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2017, Solicitud Nº
2017-0005284. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017150743 ).
Gilbert Anthony Edwards Earle, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107150451, en calidad de apoderado generalísimo de Latam
Solar Energy Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101721904, con domicilio en:
Curridabat, 50 metros al norte y 25 metros al este de los semáforos del
restaurante La Princesa Marina, casa Nº 4-B, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GO GREEN BE SOLAR
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de gestión
de proyectos comerciales en el marco de proyectos de construcción,
exclusivamente enfocados en la comercialización y construcción de sistemas
fotovoltaicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004149. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 6 de junio del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150752 ).
Eduardo Keibel Rodríguez, casado una vez, cédula
de identidad Nº 105190510, en calidad de apoderado generalísimo de Cafetalera
Vista Hermosa S. A., cédula jurídica Nº 3101162420, con domicilio en Escazú, de
Tega 200 metros oeste y 50 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: enova como marca de fábrica y comercio, en clase: 30
internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: café, para consumo y
conservación. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 02 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005259. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017150780 ).
Greilyn Amelia Marín Rojas, casada una vez,
cédula de identidad 110270752, con domicilio en Condominio La Floresta, casa
27-A Concepción, La Unión, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Organic manía 365 días...
como nombre comercial, en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a venta de productos
orgánicos, ubicado 100 este de Súper La Cosecha Sabanilla, Montes de Oca. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0006023. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150804 ).
Marco Vinicio Martínez Campos, soltero, cédula
de identidad 113500576, con domicilio en Goicoechea, Ipís, Ciudadela Rodrigo
Facio, casa N° 90, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Territorio
del Oso Cervecería Artesanal
como Nombre Comercial Para proteger y distinguir: Un establecimiento
comercial dedicado a producción de cerveza artesanal, ubicado en San José,
Goicoechea, Ipís, Ciudadela Rodrigo Facio, de la plaza de deportes, 375 metros
este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del 2017,
solicitud Nº 2017-0006103. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017150827 ).
Denia Jiménez Acuña, casada una
vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin
Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con domicilio en
distrito El Carmen, Barrio Escalante avenidas 9 y 11, calle 35, edificio
Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TENX
como marca de comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Programas informáticos y el software de todo tipo,
independientemente de su soporte de grabación o medio de difusión, incluido el
software grabado en soportes magnéticos o descargado de una red informática
remota. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo de 2017.
Solicitud Nº 2017-0004351. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150841 ).
Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de
identidad Nº 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101679174, con domicilio en San
José, distrito El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, Edificio
Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DOLFIX
como marca de comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: producto farmacéutico analgésico, para el alivio de dolores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004344. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de junio del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150842 ).
Denia
Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de
apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101679174, con domicilio en El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11,
calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DICLOCIEN como marca de comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5: Producto
farmacéutico, analgésico y antiinflamatorio. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004345. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de junio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017150843 ).
Denia Jiménez Acuña, casada una
vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin
Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174 con domicilio en
San José, distrito El Carmen, barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio
Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: 10 x
como marca de comercio, en clase 9 internacionales, para proteger y distinguir
lo siguiente: Los programas informáticos y el software de todo tipo,
independientemente de su soporte de grabación o medio de difusión, incluido el
software grabado en soportes magnéticos o descargado de una red informática
remota. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004342. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Wendy
López Vindas, Registradora.—( IN2017150844 ).
Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de
identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174 con domicilio en San José, Distrito El Carmen barrio Escalante, avenidas 9 y 11,
calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DICLOAZUL como marca de comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéutico
analgésico y antinflamatorio. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004343. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017150845 ).
Tania Marcela Jiménez Carranza, soltera, cédula
de identidad 108670172 con domicilio en Escazú centro, de la entrada principal
Country Club 400 sur y 150 metros oeste, Costa Rica, solicita la inscripción
de: neurolibertad
como marca de servicios en clases 35 y 41 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: 35 Servicios y administración comercial. y
41 Talleres de coaching y la neurolibertad
programación neurolingüística. Reservas: De los colores: dorado, negro y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo del 2017,
solicitud Nº 2017-0002465. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de junio del 2017.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017150849 ).
Franco Esteban Novoa Aguilera, soltero, cédula
de identidad Rut 13601277-0, en calidad de apoderado especial de Distribuidora
Ibiterra Ltda. con domicilio en Pudahuel Poniente N° 82, Pudahuel-Santiago,
Chile, solicita la inscripción de: IBISOIL CA como marca de fábrica en
clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Abonos,
fertilizantes edáficos y foliares de uso agrícola. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de octubre del 2016, solicitud Nº
2016-0010028. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de abril del 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017150862 ).
Carlos Jonfai Wong Zúñiga, casado dos veces,
cédula de identidad 106640989, en calidad de apoderado generalísimo de Coyol
Desarrollo Comercial S. A., cédula jurídica 3101717207, con domicilio en
Alajuela El Coyol, Zona Franca El Coyol, ubicada frente a Riteve, Oficinas Administrativas,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLAZA COYOL
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento
comercial dedicado a un centro comercial de alojamiento de oficinas y locales
comerciales, ubicado en Alajuela, Alajuela El Coyol, Zona Franca El Coyol,
ubicada frente a Riteve, Oficinas Administrativas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 28 de abril del 2017, solicitud Nº 2017-0003862.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017150873 ).
Luis Fernando Rodríguez Méndez, casado una vez,
cédula de identidad Nº 104820062, en calidad de apoderado generalísimo de Bio
Pharm Laboratories Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101378126, con
domicilio en Quesada Durán, 150 este del Condominio Indiana, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Baby CARE BPH
como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger
y distinguir lo siguiente: crema para protección de la piel en bebé. Uso
dermatológico. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006079. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017150876 ).
Korana Arias Cortés, casada, cédula de
identidad Nº 401660877, en calidad de apoderada especial de Edwin Ricardo
Escalante Calderón, casado una vez, pasaporte 8159262, con domicilio en: Ciudad
de Guatemala, 36, calle 19-82 Zonas 12, Villa Sol Uno, Costa Rica, solicita la
inscripción de: PEGADITO FIRM HOLD
como marca de fábrica y comercio
en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de
perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006062. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150881 ).
Francisco Fallas Madrigal, casado una vez,
cédula de identidad Nº 108440890, con domicilio en Tibás, Residencial La
Orquídea, casa Nº 49, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
BALHAIRE
como marca de servicios, en clase: 42 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicio de diseño sistemas de aire acondicionado y calefacción balance sistemas de aire
acondicionado y ventilación que requieren cálculos rigurosos de ingeniería de
pequeños dispositivos en forma temporal para medición de aire acondicionado. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 15 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005696. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150884 ).
Marlon de Jesús Cabezas Carabaca, casado una
vez, cédula de identidad 801040572, en calidad
de apoderado generalísimo de Group Logistics System Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101602319, con domicilio en Pococí, Guápiles, Urbanización Las
Palmeras, 75 metros sur del Bar Las Américas, Limón, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Prevention GLS Group Logistics System
como marca de servicios en clase(s): 45
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de seguridad
para la protección de bienes y personas; de investigación y vigilancia
relacionados con la seguridad de personas y o, colectividades; a personas en
relación con acontecimientos sociales, tales como los servicios de
acompañamiento en sociedad y servicios funerarios. Reservas: De los colores
negro, azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud
Nº 2017-0005929. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—(
IN2017150890 ).
Carol María Ramos Bustos, casada una vez, en
calidad de Apoderado Generalísimo de Vaestra Assistant And Project Development
Sociedad Anónima con domicilio en Cañas, 100 metros al sur de la sucursal del
Banco de Costa Rica, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Nuaterra como marca de fábrica y comercio, en clase 31 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 31 Productos agrícolas, auicolas, hortícolas y forestales en bruto y
sin procesar, granos y semillas en bruto o
sin procesar, frutas y verduras, hortalizas y legumbre frescas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0004962. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017150900 ).
Lisandro Miranda Gómez, casado una vez, cédula
de identidad 603140290 con domicilio en Pérez Zeledón, distrito San Isidro de
El General, del Mall Monte General, 100 metros al oeste residencial Monte
General casa N° 34C, Costa Rica, solicita la inscripción de: ZAMIR PIZZA como
marca de servicios, en clase 43 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 43 Servicios de alimentos y bebidas específicamente todo lo
relacionado con pizza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de
junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005688. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de julio del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150922 ).
Andrey Dorado Arias, casado una vez, cédula de
identidad 205650345, en calidad de apoderado especial de Bufete DR. Francisco
Armando Arias, Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en Colonia
San Benito, Calle La Mascota, N° 533 San Salvador, El Salvador, solicita la
inscripción de: ARIAS como marca de servicios en clase: 45
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de asesoría
jurídica y legal; abogacía; notariado. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003724. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 4 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150926
).
Andrey Dorado Arias, casado una vez, cédula de
identidad Nº 205650345, en calidad de apoderado especial de Bufete Dr.
Francisco Armando Arias Sociedad Anónima de capital variable, con domicilio en:
colonia San Benito, calle La Mascota, Nº 533 San Salvador, El Salvador,
solicita la inscripción de: ARIAS
como marca
de servicios en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
servicios de asesoría jurídica y legal; abogacía; notariado. Reservas: del
color: rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril
del 2017. Solicitud N° 2017-0003723. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 4 de mayo
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150927 ).
Gabriel Villalobos Molina, casado una vez,
cédula de identidad Nº 110720546, con domicilio en: Cartago, La Unión, San
Juan, calle Bonilla del colegio Anglo Americano 50 metros sur, Costa Rica,
solicita la inscripción de: kuarc como marca de servicios en clase 35
internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: plataforma de servicios en línea que le permite a pequeñas y
medianas empresas y organizaciones de ayuda social publicitarse y dar a conocer
sus productos, servicios, promociones y eventos a sus clientes actuales y
potenciales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004374. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de julio del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150928 ).
Vicente Aurelio Lines Fornier, divorciado una
vez, cédula de identidad 108300937, en calidad de Apoderado Especial de Bufete
Dr. Francisco Armando Arias, Sociedad Anónima de Capital Variable, con
domicilio en Colonia San Benito, Calle La Mascota, N° 533 San Salvador, El
Salvador, solicita la inscripción de: ARIAS
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
prestar servicios de asesoría legal; abogacía; notariado. Ubicado en Colonia
San Benito, Calle La Mascota, N° 533, San Salvador, El Salvador. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de marzo del 2017. Solicitud Nº
2017-0001969. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de marzo del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017150929 ).
Vicente Aurelio Lines Fornier, cédula de
identidad 108300937, en calidad de apoderado especial de Bufete Dr. Francisco
Armando Arias Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en Colonia
San Benito, Calle La Mascota, N° 533 San Salvador, El Salvador, solicita la
inscripción de: Arias
como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a prestar servicios de asesoría jurídica y legal; abogacía;
notariado, ubicado en Colonia San Benito, Calle La Mascota, N° 533, San
Salvador, El Salvador. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de
marzo del 2017, solicitud Nº 2017-0001971. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de marzo
del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150930 ).
Vicente Aurelio Lines Fournier, divorciado 1v,
cédula de identidad Nº 108300937, en calidad de apoderado especial de Bufete
Dr. Francisco Armando Arias Sociedad Anónima de capital variable, con domicilio
en: colonia San Benito, calle La Mascota, Nº 533 San Salvador, El Salvador,
solicita la inscripción de: ARIAS
como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a prestar servicios de asesoría jurídica y legal; abogacía;
notariado. Ubicado en colonia San Benito, calle La Mascota, N° 533, San
Salvador, El Salvador. Reservas: del color: rojo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 03 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0001972.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 30 de marzo del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017150931 ).
Marvin Francisco Corrales Barboza, casado una
vez, cédula de identidad 105040816, en calidad de apoderado generalísimo de
Banco de Costa Rica, cédula jurídica 400000001909, con domicilio en Avenidas
Central y segunda, calles cuatro y seis, Banco de Costa Rica, San José , Costa
Rica, solicita la inscripción de: CLEO como señal de propaganda en
clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 50 Para promocionar la identidad y los servicios
que presta el Banco de Costa Rica relacionados a negocios financieros y
monetarios relacionados a la marca GEN expediente N° 2016-6936 registrada bajo
el número 260489. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de febrero
del 2017. Solicitud Nº 2017-0001730. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de
abril del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150934 ).
José Alberto Abarca Arce, casado una vez,
cédula de identidad 109720080, con domicilio en La Isla de Moravia, 300 sur del
salón comunal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: E-CENTER
FAMILY ENTERTAINMENT CENTER
como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 49: Un
establecimiento dedicado a centro de juegos familiares de entretenimiento, con
juegos interactivos para niños, juegos de video, simuladores de juegos, plays
ground, espacio recreativo para la familia. Ubicado en Centro Comercial Expreso
en Desamparados. Reservas: De colores: Celeste neón, azul rey y blanco. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2017, solicitud Nº
2017-0005781. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150938 ).
Pamela Mora Soto, casada una vez, cédula de
identidad 112460002, en calidad de apoderada generalísima de Grupo Mar Fuerte
Inmobiliaria S. A., cédula jurídica 3101709455, con domicilio en Santo Domingo,
del cementerio 200 este y 200 norte, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Las Veredas CONDOMINIO
como marca de servicios en clase: 37
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de desarrollo
de bienes inmuebles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de
mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004869. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150979 ).
Pablo Andrés Sánchez Calvo, soltero, cédula de
identidad 109670977, en calidad de apoderado especial de Corporación Pirámide
S. A. de C.V. con domicilio en San Salvador, Boulevard del Hipódromo, final
calle la reforma N° 777, Colonia San Benito, Zona Rosa, El Salvador, solicita
la inscripción de: RIB SNACK
como marca
de servicios, en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios de restaurante. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006202. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017151028 ).
Óscar Echeverría Heigold, casado
una vez, cédula de identidad Nº 106430114, en calidad de apoderado generalísimo
de Asociación de Importadores de Vehículos y Maquinaria (AIVEMA), cédula
jurídica Nº 300256121 con domicilio en: Escazú, Guachipelín, edificio
Meridiano, oficina número uno, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Salón del Automóvil CR AIVEMA, como señal de propaganda en clase 50
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar
servicios de venta y exhibición de vehículos y sus accesorios y servicios
relacionados con la educación, formación, esparcimiento tales como “ferias
automotrices, exhibición y demostración de vehículos, relacionada con la marca
“SALÓN DEL AUTOMÓVIL CR AIVEMA. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 02 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011850. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017151051 ).
Marcel Khoury, casado una vez, cédula de
residencia Nº 112400112406, en calidad de apoderado generalísimo de Artes
Culinarias AC Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº
3102149883, con domicilio en segundo piso del edificio Elirod, avenida ocho, Nº
1706, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FALAFEL HOUSE
como nombre comercial, en clase: 49.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a la venta de alimentos y bebidas. Ubicado: en San José, San
Rafael de Escazú, Plaza Tempo, zona denominada como El Mestizo, local Nº 4. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004954. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017151055 ).
Giuseppe Cacace, divorciado una vez, cédula de
residencia 138000092016, en calidad de apoderado generalísimo de Glex CR
Sociedad Anónima con domicilio en Belén La Ribera, Centro Comercial La Ribera
local H-8, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLEXCR
como marca de servicios en
clases: 35; 36; 42 y 45. Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 35: Asesoría comercial y contable. 36: Bienes raíces, asesoría
financiera. 42: Diseño web. 45: Asesoría legal o jurídica. Reservas: de los
colores: rojo, verde, azul y negro. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 06 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003225. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 02 de mayo de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017151096
).
David Ruiz Urda, divorciado, pasaporte Nº
XDC562289, en calidad de apoderado generalísimo de Fromada Costa Rica FMD
Sociedad Anónima, con domicilio en Escazú, Edificio Trilogía, Nº 2, Oficina Nº
1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: KALLÍ
como marca de fábrica y comercio, en clase: 3 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 3 Productos de perfumería y cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0006026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de junio del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151098 ).
Guiselle Luna Calero, divorciada dos veces,
cédula de identidad Nº 602030173, con domicilio en: San Pablo, condominio
Malibú, casa Nº 14, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Santa Luna
como nombre comercial en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a venta, importación y distribución
de ropa. Prendas de Santa vestir en general y accesorios, ubicado en San Pablo
de Heredia, condominio Malibú, casa Nº 14. Reservas: de los colores: negro y dorado. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de julio del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151100 ).
Adriana del Carmen Báez Baltodano, soltera,
cédula de identidad Nº 115290023, con domicilio en San Francisco, de Mas x
Menos 100 metros al sur 125 metros oeste, Condominio Bosques de Velarde, casa
13 C, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALQUIMIA como
marca de fábrica y comercio, en clase: 30 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Pan, productos de pastelería y confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005999. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de julio del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017151108 ).
Kenneth Suárez Bolaños, soltero, cédula de
identidad 109730498, en calidad de apoderado especial de Uniformes Atenas CR.
S. A., cédula jurídica 3101709382, con domicilio en Atenas 200 sur y 25 este de
Escuela Central de Atenas, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Frymëzim
como marca de comercio en clase:
2. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 2: Pinturas
plastisol para textil. Reservas: De los colores negro y rojo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio de 2017. Solicitud Nº
2017-0005628. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017151110 ).
Jorge Montero Pibaque, casado una vez, cédula
de identidad Nº 800830622, con domicilio en San Antonio de Desamparados, 25 E.
de la Delegación Policial, Costa Rica, solicita la inscripción de: PURE FASHION
BOUTIQUE
como nombre comercial, en clase: internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a venta de ropa
y accesorios. Ubicado: en Desamparados, San Antonio, 25 E. de la Delegación
Policial. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 27 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006198. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017151121 ).
Allan Hidalgo Campos, soltero, en calidad de
apoderado generalísimo de Chez Julián Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101717524, con domicilio en: cantón de Tibás, distrito Colima, barrio Cuatro
Reinas de la Iglesia Católica, 50 metros al oeste dos cuadras pequeñas sur y 75
metros al oeste casa Nº 26 Q., San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: cJ chez Julian
como marca de servicios en
clases 35, 39 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 35: servicio de gestión empresarial de restaurantes; en clase 39: reparto
de alimentos por parte de restaurantes, y en
clase 43: servicio restaurante. Reservas: de los colores: blanco, naranja, rojo
y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006054. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151129 ).
Allan Hidalgo Campos, soltero, cédula de
identidad Nº 106220811, en calidad de apoderado generalísimo de Chez Julián
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101717524, con domicilio en: cantón
Tibás, distrito Colima, barrio Cuatro Reinas de la Iglesia Católica, 50 metros
al oeste dos cuadras pequeñas sur y 75 metros al oeste casa Nº 26 Q., San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: cJ chez julian
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
servicio de restaurante, gestión empresarial de restaurantes y reparto de
alimentos por parte de restaurantes, ubicado en San José, Pavas, del centro
comercial Plaza Mayor, 200 metros este. Reservas: de los colores: naranja, rojo
y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006053. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151130 ).
Adriana Elizabeth Piedra Flores, soltera,
cédula de identidad 503500865, en calidad de apoderada especial de Servicios
Terapéuticos Mariangel Sociedad de Responsabilidad Limitada, Cédula jurídica
3102561124, con domicilio en Heredia, Urbanización Cubujuquí, casa N° 138,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: TANUKI
como nombre comercial en
clase(s): Internacional Para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a servicios de restauración (alimentación) y
bebidas alcohólicas. Ubicado en Heredia, Central, Mercedes Sur, calle
veintiséis, avenida cero, casa color camel, portón café. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003314. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 26 de mayo de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017151136 ).
Adriana Elizabeth Piedra Flores, soltera,
cédula de identidad Nº 503500865, en calidad de apoderada especial de Servicios
Terapéuticos Mariángel Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº
3102561124, con domicilio en Heredia, Urbanización Cubujuquí, casa Nº 138,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: TANUKI
como marca de servicios, en clase: 43
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
restauración (alimentación). Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 07 de abril del 2017. Solicitud Nº
2017-0003313. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de mayo del 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017151137 ).
Carlos Eduardo Sibaja Castro, casado, cédula de
identidad Nº 602550443, en calidad de apoderado especial de Herberth Ocampo
Bogantes, casado dos veces, cédula de identidad Nº 602400833, con domicilio en:
Esparza, barrio Linda Vista, 100 metros al este de la entrada principal
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: ITKM INTERNATIONAL TACTICAL
KRAV MAGA Sistema de Defensa y Protección Israelí
como marca de servicios en clase
41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: enseñanza en la
defensa personal y protección táctica a terceros, defensa personal. Reservas:
no se hace reserva de la frase “SISTEMA DE DEFENSA Y PROTECCIÓN ISRAELÍ. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2017.
Solicitud N° 2017-0002363. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de mayo del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017151138 ).
Maritza Solís Jiménez, divorciada, cédula de
identidad 107850255, con domicilio en Dulce Nombre, Coronado Urb. Josué, casa
N° 115, Costa Rica, solicita la inscripción de: ilán - ilán Diseño artesanal
costarricense
como marca
de comercio en clases: 16. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 16
Encuadernado Artesanal (libreta hecha a mano). Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003504. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151196
).
Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de
identidad 110140725, en calidad de Apoderada Especial de Mariscos de Escalante
S. A., cédula jurídica 3-101-727008 con domicilio en Curridabat, Guayabos, del
Fresh Market 600 metros este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
W.T.R.
como marca de fábrica y
comercio, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Clase 32: Productos de aguas (bebidas), aguas minerales, bebidas sin alcohol;
bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para
elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del
2017. Solicitud Nº 2017-0005465. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de junio del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017151197 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de
identidad Nº 110140725, en calidad de apoderada especial de Somos Cumbres
Ltda., cédula jurídica Nº 3102735490, con domicilio en Vázquez de Coronado San
Isidro, del Palí 75 metros al este, casa a mano derecha, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CUMBRES Personas Co-transformando Negocios
como marca de servicios, en clase: 35 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de publicidad; gestión de negocios
comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, asesoría en
dirección de empresas; asistencia en dirección de negocios; búsqueda de
mercados; búsqueda de negocios; investigación comercial; consultoría en dirección
de negocios; consultoría en recursos humanos; consultoría en organización de
negocios. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 02 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003950. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 15 de mayo del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017151199 ).
Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de
identidad Nº 1 10140725, en calidad de
apoderado especial de Al-Anon Family Group Headquarters Inc, con domicilio en:
1600 Corporate Landing Parkway Virginia Beach, Virginia 23454-5617, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio
en clases 16 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 16: Libros, folletos, tarjetas impresas, letreros, boletines
informativos, folletos y volantes sobre el alcoholismo y las necesidades e
intereses de los miembros de la familia de los bebedores problemáticos y en
clase 45: Servicios de asociación, a saber, ayuda a familiares y grupos de
familiares de personas con problemas de alcohol. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 13 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002291. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017151200 ).
Adriana Calvo Fernández,
soltera, cédula de identidad 110140725, en calidad de Apoderada Especial de
Al-Anon Family Group Headquarters Inc., con domicilio en 1600 Corporate Landing
Parkway Virginia Beach, Virginia 23454-5617, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: AL-ANON como marca de fábrica y servicios, en clases
16 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 16 Libros,
folletos, tarjetas impresas, letreros, boletines informativos, folletos y
volantes sobre el alcoholismo y las necesidades e intereses de los miembros de
la familia de los bebedores problemáticos; y 45 Servicios de asociación, a
saber, ayuda a familiares y grupos de familiares de personas con problemas de
alcohol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de marzo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0002294. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151202 ).
Adriana
Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad Nº 110140725, en calidad de
apoderado especial de Al-Anon Family Group Headquarters Inc., con domicilio en:
1600 Corporate Landing Parkway Virginia Beach, Virginia 23454-5617, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: ALATEEN, como marca de
fábrica y servicios en clases 16 y 45 internacionales, para proteger y distinguir
lo siguiente: en clase 16: Libros, folletos, tarjetas impresas, letreros,
boletines informativos, folletos y volantes sobre el alcoholismo y las
necesidades e intereses de los miembros de la familia de los bebedores
problemáticos y en clase 45: Servicios de asociación, a saber, ayuda a
familiares y grupos de familiares de personas con problemas de alcohol. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 13 de marzo del 2017. Solicitud N°
2017-0002290. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017151204 ).
Miguel Ruiz Herrera, casado una
vez, cédula de identidad 103700432, en calidad de Apoderado Especial de, Gutis
Limitada, cédula jurídica 3102526627 con domicilio en Escazú, 200 metros al sur
de la entrada de la tienda Carrión, edificio Terraforte, piso 4, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: REDUCIT como marca de fábrica y
comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Productos farmacéuticos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de noviembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0011111. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017151206 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Randall Jiménez Umaña, soltero,
cédula de identidad 108600682, con domicilio en Lagunilla, Residencial Real
Santamaría oeste, casa 294, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
CHAMPIONS WINGS SPORTS BAR
como nombre comercial. Para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
restaurante Sport bar, ubicado en San Pedro de Montes de Oca, establecimiento
ubicado en el Mall San Pedro. Reservas: De los colores: rojo; gris. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio de 2017. Solicitud Nº
2017-0006126. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 06 de julio de 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017151216 ).
Luis Diego
Castro Chavarría, casado, cédula de identidad 106690228, en calidad de
Apoderado Especial de Abbott Diabetes Care Inc. con domicilio en 1420 Harbor
Bay Parkway, Alameda, California, 94502, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: LIBRELINKUP como marca de fábrica y comercio, en clase 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Software para el uso en
el campo del manejo de la diabetes. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012384. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 9 de enero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017151233 ).
Luis Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de
identidad Nº 105580219, en calidad de apoderado especial de Abbott Medical
Optics Inc., con domicilio en 1700 E. St. Andrew Place, Santa Ana, CA 92705,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TECNIS como marca
de fábrica y comercio, en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: dispositivos médicos, a saber, lentes intraoculares y aparatos para
insertar los mismos. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011562. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017151234 ).
Luis Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de
identidad Nº 105580219, en calidad de apoderado especial de Abbott
Laboratories, con domicilio en: 100 Abbott Park Road, Abbott Park, Illinois
60064, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ProSensitive
como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: sustancias
dietéticas adaptadas para uso médico; preparaciones pediátricas nutritivas;
fórmula para bebés; alimento para bebés; una mezcla exclusiva de ingredientes
agregada y vendida como un componente integral utilizado en fórmula para bebés
y alimento para bebés. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011974. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
21 de diciembre del 2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017151235
).
Fabiola Sáenz Quesada, cédula de
identidad Nº 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela S. A. de
C.V. con domicilio en: Calle 3 Norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD.
de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA
FLOWERS FOR GIRLS RED, como marca de fábrica en clase 3 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desangrar y
raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales,
cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales; dentríficos no
medicinales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004214. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de mayo del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151268 ).
Fabiola Sáenz Quesada,
divorciada, cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de apoderado especial
de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 parque
industrial Toluca 2000, Cd. de Toluca, estado de México, C.P. 50200, México,
solicita la inscripción de: ARABELA APPASSIONATA ELIXIR, como marca de
fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa;
preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no
medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no
medicinales, lociones capilares no medicinales; dentífricos no medicinales. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de mayo del 2017.
Solicitud N° 2017-0004215. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de mayo del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151269 ).
Magdalena Gould Herrera, viuda una vez, cédula
de identidad Nº 111080359, con domicilio en la Isla de Moravia, Urbanización
Las Lomas, casa 32B, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ishah
Jerut Desatando la Libertad
como marca de servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: educación y formación espiritual, social y emocional
en y con niños, jóvenes y adultos. Reservas: de los colores: rojo y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del
2016. Solicitud Nº 2016-0012548. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de enero del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151296 ).
Édgar Barboza Valverde, casado una vez, cédula
de identidad Nº 104650802, con domicilio en: Pérez Zeledón, San Isidro, barrio
Valverde, 50 norte y 150 norte de la estación de Acueductos y Alcantarillados,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CUERVOS PZ COSTA RICA
como marca de servicios en clase
41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de
entretenimiento, diversión, y recreo de personas que aman el motociclismo de alto y bajo cilindraje.
Reservas: de los colores blanco y negro, no reserva costa rica. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2017. Solicitud N°
2017-0004734. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registrador.—( IN2017151298 ).
David José Valverde Granados, soltero, cédula
de identidad 104720343, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo Kamaeda
S. A., con domicilio en Montes de Oca, San Pedro, detrás del Palí 75 metros
oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Sabor de la
Tortilla Kamaeda
como nombre
comercial en clase: Internacional Para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a la venta de comida especializada en
productos de maíz, más específico en tortillas de queso, un concepto de
producción y venta de comida típica costarricense, ubicado en San José, Montes
de Oca, Sabanilla, 50 metros oeste del Mega Super. Reservas: De los colores:
amarillo, café y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000218. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 6 de febrero de 2017.—Wendy López Vindas, Registrador.—(
IN2017151301 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad Nº 107850618, en calidad de apoderado especial de Corporación Cuba
Ron S. A., con domicilio en: calle 200 Nº 1708, esquina 17, Playa, ciudad de La
Habana, Cuba, solicita la inscripción de: RON PERLA DEL NORTE
como marca
de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: bebidas alcohólicas (excepto cervezas). Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003853.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 09 de mayo del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017151330 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de Apoderada Especial de ZHS IP Américas SÀRL
con domicilio en Avenue Reverdil 14, 1260 Nyon, Suiza, solicita la inscripción
de: STOLICHNAYA
como marca de fábrica y comercio,
en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 33:
Bebidas alcohólicas (excepto cervezas), vodka, espirituosos, vodkas con sabores
naturales, bebidas y cocteles a base de vodka. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 1° de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011786. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 22 de mayo del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registrador.—( IN2017151331 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad Nº 107850618, en calidad de apoderado especial de Nusil Technology,
LLC con domicilio en: 1050 Cindy Lane Carpinteria, California 93013, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: nuSil como marca de fábrica y
servicios en clases 1 y 42 internacionales.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 1: siliconas, polímeros de siliconas, aminas de silicona y
emulsiones de silicona para usar en la manufactura de preparaciones
farmacéuticas, de dosificación de medicamentos, de dispositivos médicos, de
cosméticos, de productos para el cuidado de la piel, de productos para el
cuidado personal, de productos para el cuidado de la salud, de productos
electrónicos, de productos optoelectrónicos, de productos comerciales, de
productos industriales, de productos aeroespaciales, productos usados en
defensa, de plásticos, caucho, de revestimientos, de rellenos, de adhesivos, de
lubricantes y selladores y en clase 42: servicios de investigación científica,
servicios de diseño, de ingeniería, de investigación, de desarrollo y de
servicios de pruebas en el campo de siliconas, de polímeros de siliconas, de
aminas de silicona y de emulsiones de silicona. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 09 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000005. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 08 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017151332 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de Apoderada Especial de, VIFOR (International)
Ag (VIFOR [International] Ltd.) (VIFOR [International] Inc), con domicilio en
Rechenstrasse 37, 9014 ST. Gallen, Suiza, solicita la inscripción de: VIFOR
PHARMA
como marca de fábrica y
servicios, en clases 3; 5; 41; 42 y 44 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: clase 3 Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos,
lociones capilares; dentífricos; clase 5 Preparaciones farmacéuticas,
medicinales y veterinarias; preparaciones sanitarias para uso médico; alimentos
y sustancias dietéticas adaptadas para uso médico o veterinario, alimentos para
bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material
para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes;
clase 41 Servicios de educación; servicios de formación; servicios de entretenimiento; servicios de actividades
deportivas y culturales; clase 42 Servicios científicos y tecnológicos, así
como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos, servicios de
análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos
informáticos y de software y clase 44 Servicios médicos; servicios
veterinarios; servicios de tratamientos de higiene y de belleza para personas o
animales. Prioridad: Se otorga prioridad N° 59784/2016 de fecha 18/08/2016 de
Suiza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de febrero
del 2017. Solicitud Nº 2017-0001344. A efectos de publicación téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de mayo del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151333 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de gestor oficioso de Amber IP Brands SÀRL, con
domicilio en Avenue Reverdil 14, 1260 Nyon, Suiza, solicita la inscripción de:
Moskovskaya
como marca
de fábrica y comercio en clase: 33 Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 33 Bebidas alcohólicas (excepto cervezas); vodka; bebidas
espirituosas, bebidas a base de vodka y cócteles con vodka. Reservas: De los
colores: verde claro, verde, blanco, negro, gris y oro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 23 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002714. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 16 de mayo de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017151334 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad Nº 1335794, en calidad de apoderado especial de Innova Netgrup S.L.,
con domicilio en Balmes, 301-Primero Primera 08006 Barcelona, España, solicita
la inscripción de: COMPANYGAME
como marca de servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Servicios de educación y esparcimiento; servicios de
difusión de información y celebración, patrocinio y hospedaje de seminarios,
presentaciones y grupos de debate; servicios de formación relativa al desarrollo
personal, el desarrollo de carreras profesionales y la creación de relaciones;
servicios de formación, contratación de personal, consultas de negocios,
desarrollo de negocios comerciales y puesta en red; organización y celebración
de eventos educativos y de formación en línea incluyendo reuniones y seminarios
virtuales. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 07 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003340. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017151335 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad Nº 107850618, en calidad de apoderado especial de Toyota Technocraft
Co., Ltd. con domicilio en: 8-3, Shibaura 4-Chome, Minato-Ku, Tokio, Japón,
solicita la inscripción de: TRD Racing Development como marca de fábrica y
comercio en clase 12 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: chimeneas aéreas para vehículos; rejillas (para vehículos;
parachoques para vehículos; alerones para vehículos; ruedas para vehículos;
barra ajustadora de suspensión para vehículos; sujetador adicional de barra
ajustadora de suspensión para vehículos; amortiguadores de suspensión para
vehículos; muelles de suspensión para vehículos; barras estabilizadoras para vehículos; pastillas de freno para vehículos;
cables de frenos para vehículos; discos de frenos para vehículos; mordazas o
pinzas de freno para vehículos; diferenciales de deslizamiento limitado para
vehículos; tapas de embrague para vehículos; discos de embrague para vehículos;
manivelas para vehículos; volantes para vehículos; asientos para vehículos;
palancas de cambio para vehículos; perillas de cambio para vehículos; árbol de
levas para vehículos; bielas para vehículos; interruptores de arranque por
medio de pulsado para vehículos; estabilizadores de puertas para vehículos;
paneles interiores para vehículos; silenciadores para vehículos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2017. Solicitud N°
2017-0003848. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de mayo del 2017.—Rina Ruiz
Mata, Registradora.—( IN2017151336 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Henkel I P &
Holding GMBH, con domicilio en Henkelstr. 67 40589 Düsseldorf, Alemania,
solicita la inscripción de: DACREZ
como marca
de fábrica y comercio en clases: 1 y 17. Internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 1: Resinas industriales utilizadas en adhesivos
corrugados y 17: Resinas artificiales para adhesivos corrugados. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo de 2017. Solicitud Nº
2017-0004250. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017151337 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Henkel IP &
Honding GMBH, con domicilio en Henkelstr, 67 40589 Düsseldorf, Alemania,
solicita la inscripción de: VELOCITY
como marca de fábrica y comercio, en clase: 1 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: adhesivos (industriales) para uso en la
manufactura de cartones doblables y productos corrugado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004252. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de mayo del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151338 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Deckers Outdoor
Corporation con domicilio en 250 Coromar Drive, Goleta, California, 93117,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOKA
como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 25. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: 25 Prendas de vestir; sombrerería; calzado. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004254.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 18 de mayo de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017151339).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Deckers Outdoor
Corporation, con domicilio en: 250 Coromar Drive, Goleta, California, 93117,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOKA ONE ONE
como marca de fábrica y comercio
en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de
vestir; sombrerería; calzado. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004255. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017151340 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de Apoderada Especial de American Lebanese
Syrian Associated Charities, Inc. con domicilio en 501 ST. Jude Place, Memphis,
Tennessee 38105, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: St.
Jude Children’s Research Hospital
como marca de servicios, en
clases 36; 41 y 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 36
Recaudación de fondos de beneficiencia, 41 Servicios educacionales; servicios
de información; servicios educacionales para ofrecer conferencias, seminarios,
St. lude Childrais congresos y talleres en los ámbitos de la medicina e
investigación y para brindar materiales de instrucción (in situ); servicios de
capacitación de profesionales médicos y de
cirujanos, de médicos clínicos, de profesionales en salud y de científicos en
el ámbito de investigación biomédica; prestación de servicios de biblioteca de
investigación médica y científica; servicios para suministrar servicios de
biblioteca en línea; servicios para impartir conferencias en línea, de
seminarios y de tutorías en los ámbitos de la medicina, cuidado de la salud, y
ciencia; servicios para suministrar información relacionada con la práctica e
investigación médica; servicios para suministrar información relacionada con la
prevención y tratamiento de enfermedades y 44 Servicios médicos y
hospitalarios; servicios clínicos médicos; servicios de valoración médica;
servicios de programas de evaluación funcional para pacientes que reciben
servicios médicos y de rehabilitación; servicios para suministrar información
médica; servicios para suministrar, vía internet, información relacionada con
prevención y tratamiento de enfermedades catastróficas en niños, especialmente
cánceres diagnosticados en niños pequeños (cánceres pediátricos); servicios de
atención de enfermería; servicios de ayuda de atención de enfermería a
domicilio (casa); servicios de rehabilitación física; servicios de
asesoramiento en nutrición; servicios de cuidado y tratamiento dental. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0004377. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de mayo del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017151341 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Old World
Industries LLC, con domicilio en 4065 Commercial Ave., Northbrook, IL 60062,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BlueDEF
como marca de fábrica y comercio, en clase: 1 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: agente reductor líquido compuesto de urea y
de agua para su uso en la reducción catalítica selectiva para sistema de escape
a diésel. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 16 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004561. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017151342 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Productora de
Refrescos RC, S.A.P.I. de C.V., con domicilio en Río de La Plata N° 2555,
Colonia Colomos Providencia, Guadalajara, Jalisco, México, CP. 44630, México,
solicita la inscripción de: Red Cola NO TE QUEDES CON EL ANTOJO como marca de
fábrica y comercio en clase: 32. Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: En clase 32 Refrescos. Reservas: De los colores rojo y blanco. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo de 2017. Solicitud
Nº 2017-0004562. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017151343 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Merck Kgaa, con
domicilio en: Frankfurter Strasse 250, D-64293 Darmstadt, Alemania, solicita la
inscripción de: IR3535
como marca
de fábrica y comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: químicos usados en la industria farmacéutica y cosmética. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2017. Solicitud N°
2017-0004693. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 30 de mayo del 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017151344 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad
Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de FKA Distributing CO., LLC
Comerciando Como Homedics LLC, con domicilio en 3000 Pontiac Trail Commerce
Township, Estado de Michigan 48390, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: ELLIA como marca de
fábrica y comercio, en clases: 3 y 11 internacionales. Para proteger y
distinguir lo siguiente, en clase 3: aceites esenciales; aceites esenciales
aromáticos; aceites esenciales para uso en el hogar; preparaciones de limpieza
para propósitos en el hogar y que contienen aceites esenciales; difusores de
junco y que contienen aceites esenciales y también incluyen junco y recipientes
difusores. Clase 11: difusores usados en aromaterapia para la emisión de
aceites esenciales. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 28 de setiembre del 2016. Solicitud
Nº 2016-0009493. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de octubre del
2016.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017151345 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de gestora oficioso de Haggar
Clothing Co., con domicilio en: 1507 LBJ Freeway, Suite 100, Farmers Branch,
Texas 75234, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HAGGAR,
como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: prendas de vestir; calzado; sombrerería; cinturones;
abrigos; zapatos; botas y sandalias; guantes; sombreros y gorras, vinchas;
prendas de calcetería; chaquetas; pantalones de mezclilla; pantalones holgados;
ropa holgada; pantalones; parcas; abrigos impermeables; camisas; pantalones
cortos; calcetines; trajes; suéteres; bufandas; corbatas y corbatines;
chalecos; chaquetas resistentes al viento. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002715. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 26 de mayo del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017151346 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad número 107850618, en calidad de
Apoderada Especial de BASF SE, con domicilio en Carl-Bosch-Strasse 38,
Ludwigshafen AM Rhein, Alemania, solicita la inscripción de: HIBRAXO
como marca de fábrica y comercio, en clases 1 y 5 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: En clase 1: Químicos usados en agricultura,
horticultura y silvicultura; especialmente preparaciones para fortalecer las
plantas; preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en
plantas, preparaciones para regular el crecimiento de las plantas,
preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes, químicos
naturales o artificiales para ser usados como cebos sexuales o agentes para
confundir insectos. En clase 5: Preparaciones para destruir y combatir animales
dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de febrero del 2017. Solicitud Nº
2017-0001342. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Sabrina Loáiciga
Pérez, Registradora.—( IN2017151347 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de The Cartoon Network
Inc., con domicilio en 1050 Techwood Drive, N.W., Atlanta, Estado de Georgia
30318, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SUMMER CAMP
ISLAND como marca de fábrica y servicios, en clases: 9 y 41 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 9: grabaciones de audio,
grabaciones audio visuales; altoparlantes portátiles de audio, reproductores de
discos compactos, estéreos personales, bases de conexiones electrónicas,
audífonos y auriculares en set, audífonos, computadoras personales y computadoras
tipo tableta, almohadillas para ratón, mouse (ratones) para computadora,
teclados para computadora, memorias USB, máquinas de Karaoke,
transmisor-receptor portátil, teléfonos, calculadoras, reglas, computadoras,
cámaras (fotográficas), películas (fotográficas), imanes decorativos, marcos
para fotos digitales; cascos protectores para practicar deportes, tubos para
practicar buceo, máscaras para nadar, anteojos protectores para nadar
(goggles); anteojos, anteojos para protegerse del sol, marcos y estuches para
los mismos; carpetas descargables de audio, carpetas descargables de video,
carpetas audiovisuales descargables, carpetas descargables de imágenes;
programas de computadora, cartuchos de videojuegos, programas de computadoras
de juegos de video, programas descargables de computadora (software) para
dispositivos móviles, tarjetas de memoria para máquinas de juegos de video;
bolsas (cubiertas) para dispositivos electrónicos personales, a saber teléfonos
celulares, computadoras tipo laptops, computadoras tipo tableta, cámaras
digitales, reproductores digitales de audio y para lectores de libros
electrónicos, placas para teléfonos celulares, cordones y dijes para teléfonos
celulares. Clase 41: servicios de entretenimiento, a saber programas para proveer
entretenimiento y contenido por medio de televisión, por medio de satélite, por
medio de la Internet y por medio de redes inalámbricas de comunicación y por
medio de otros medios electrónicos de comunicación, servicios para proveer
publicaciones electrónicas no descargables en línea; servicios para proveer un
sitio web caracterizado por contenido audio visual, por información sobre
entretenimiento y juegos en línea; servicios para proveer música en línea, no
descargable servicios para proveer videos en línea, no descargables, servicios
de presentación de espectáculos en vivo; servicios de parques de diversiones;
servicios de producción de películas, de televisión y de contenidos de entretenimiento digital. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003424. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 22 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151348 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson
& Johnson, con domicilio en: One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: ZAKTELOM, como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones
farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003729. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 04 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017151349 ).
María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de
Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: FONTELVO como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones
farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de
abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003730. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de mayo
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151350 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson &
Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: DELOMTRA, como marca de fábrica y comercio
en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003731. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 04 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017151351 ).
María Vargas Uribe, Divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Shorinji Kempo Unity, con
domicilio en 2-17-5, Kitaohtsuka, Toshima-Ku, Tokio, Japón, solicita la
inscripción de:
como marca de servicios en
clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
educación; servicios de capacitación; servicios de coaching (formación);
servicios de educación y de capacitación relacionados con deportes; servicios
de enseñanza (instrucción); servicios de enseñanza de deportes; servicios de
campamentos deportivos; servicios de campamentos recreativos; servicios de
capacitación en meditación; servicios de educación religiosa; servicios de
organización, dirección y organización de seminarios; servicios de organización
y dirección de competiciones (educación o entretenimiento); servicios de organización
y dirección de competiciones deportivas; servicios de publicación; servicios de
publicación de textos, que no sean textos publicitarios; servicios de préstamos
de libros; servicios de organización de exhibiciones para propósitos culturales
o de educación; servicios de organización y dirección de eventos educacionales;
servicios de organización y dirección de eventos deportivos; servicios para
ofrecer instalaciones deportivas; servicios para ofrecer instalaciones para
propósitos educacionales; servicios de ediciones de video; servicios de
producción de filmes cinematográficos; servicios de producción y presentación
de grabaciones de audio y de video y de imágenes fijas y móviles; servicios de
suministro de videos en línea, no descargable; servicios de información
educacional; servicios de información deportiva. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 20 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003575. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 19 de mayo del 2015.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017151352 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de SPBI, con domicilio en Parc D’activités De L’eraudiére,
34 Rue Eric Tabarly, 85170 Dompierre Sur Yon, Francia, solicita la inscripción
de: SENSE, como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: vehículos y aparatos
para locomoción acuática; barcos, navíos de propulsión a vela o propulsión
motorizada, barcos, embarcaciones; yates de uso recreacional de propulsión a
vela o de propulsión motorizada; barcos de pesca, barcos de servicio. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 16 de febrero de 2017. Solicitud N°
2017-0001415. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30
de mayo de 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017151353 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson
con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey,
08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SURDEFTO
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la
prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto
inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del
sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así
como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de
enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones,
de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades
oftálmicas y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 23 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004841. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017151357 ).
Víctor
Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de
Apoderado Especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson &
Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: NURILYFT como marca de fábrica y comercio,
en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento
de enfermedades virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de
enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central,
para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y
tratamiento de enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales,
de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de
enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades
respiratorias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo del
2017. Solicitud Nº 2017-0004842. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de mayo del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151358 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: RAPIDCAPS como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5: Preparaciones contra
el dolor y preparaciones analgésicas; preparaciones contra la alergia, contra
la sinusitis, el resfrío y la gripe. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004843. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017151359 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de SPBI, con
domicilio en Parc D’ Activités de L’Eraudiére, 34 Rue Eric Tabarly, 85170
Dompierre Sur Yon, Francia, solicita la inscripción de: BENETEAU como
marca de fábrica y servicios en clases: 12; 35; 37 y 39. Internacionales. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 12: Vehículos y aparatos para locomoción
terrestre, aérea o acuática; barcos y navíos, embarcaciones de vela o de motor;
barcos y yates de uso recreacional, sean de vela o de motor; barcos y navíos
para pesca; navíos y barcos de servicio; cubiertas (cobertores) para barcos y
navíos; cascos, dispositivos para el lanzamiento de barcos y navíos; vehículos
anfibios; enganches de remolque para vehículos; equipo de remolque, de
lanzamiento, de anclaje y de almacenamiento para barcos y navíos y
embarcaciones; aparatos de flotación; cables para remolcar barcos y navíos;
remos, paletas, ganchos para barcos (marina),cornamusas; propulsores para
navíos y barcos, propulsores de hélice; portillas (ojos de buey), portones,
rampas inclinadas para barcos y para navíos, pescantes para barcos, anclajes de
protección (paragolpes); dispositivos para uso en playa, a saber vehículos
(terrestres) vela, motos de agua; embarcaciones para uso recreacional o
profesional; partes y componentes de todos los productos mencionados
anteriormente; jet skies, mástiles metálicos para navíos. 35: Servicios de
publicidad, de dirección de negocios, de administración de negocios, de
publicidad por medio de correo directo, de organización de negocios y de
administración de consultoría, de publicidad en línea por medio de redes de
computadoras, de avalúos de negocios, de asistencia de dirección comercial o
industrial, de organización de negocios y de administración de consultoría, de
subastas, de organización de exhibiciones para propósitos comerciales o de
publicidad, de administración de expedientes computarizados, de promoción de
ventas (para terceros), de publicación de textos de publicidad, de publicidad
por correo, de renta de material publicitario, de servicios de publicidad por
medio de correo directo, por medio de mercadeo y por promoción de ventas;
servicios de compilación de información en bases de datos de computadoras, de
renta de espacios publicitarios, de establecimiento y de actualización de un
catálogo de productos, de producción y de actualización de expedientes de
clientes, de promoción (publicidad) de productos y servicios para terceros
mediante el otorgamiento de puntos por uso de tarjeta de crédito, de
propaganda, de dirección de negocios, de administración de negocios y de
trabajos de oficina. 37: Servicios de construcción y reparación de navíos;
servicios de mantenimiento y reparación de barcos y embarcaciones, incluyendo
mantenimiento y reparación de motores y de motores de combustión, de unidades
náuticas de propulsión, de motores fuera de borda y dentro de borda, de barcos
y de navíos, de accesorios y equipo para navegación; servicios de mantenimiento
reparación de unidades de propulsión náutica fuera de borda o dentro de borda y
de equipo de navegación; servicios de construcción de puertos, de instalaciones
portuarias y de embarcaderos portuarios; servicios de construcción, reparación
e instalación de construcciones no transportables; servicios de construcción,
instalación y reparación para construcciones no transportables; servicios de
información sobre construcción; servicios de supervisión (dirección) de
trabajos de construcción; servicios de construcción de zonas residenciales y de
parques de recreo. y 39 Servicios de renta de barcos y navíos; servicios de
acompañamiento para barcos y navíos servicios de depósito y custodia
(almacenamiento) de barcos y navíos en tierra o a flote; servicios de renta de
barcos y navíos de recreo, ya sea de vela o de motor, de renta de barcos y
navíos de pesca, servicio de botes y navíos y de dispositivos de playa, a
saber, de vehículos de vela para recorrer la playa, de embarcaciones de uso
personal; servicios de renta de trajes para bucear, de renta de garajes;
servicios de espacios para aparcamiento; servicios de transporte; servicios de
renta de casas rodantes, de vehículos, de espacios para aparcamiento; servicios
de oficinas turísticas (excepto para reservaciones de hotel); servicios para
reservación de viajes; servicios para organización de viajes; servicios de
escolta para pasajeros; servicios de consultoría e información en relación con
transporte, viajes y turismo (excepto información relacionada con reservaciones
de hotel); servicios de organización de cruceros; servicios de organización de
tours, de organización de excursiones; servicios de información sobre viajes y
transportes de pasajeros; servicios de reservación de asientos para propósitos
de viaje, de recorridos a lugares o puntos turísticos de interés, de servicios
de reservación de viajes; servicios de transporte de pasajeros en barcos y
navíos; servicios de escolta de pasajeros; servicios de renta de transporte y
de vehículos privados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de
febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001201. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de mayo de
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151360 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Devry Education Group
Inc., con domicilio en 3005 Highland Parkway, Downers Grove, Illinois 60515,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ADTALEM como
marca de servicios en clase(s): 41, internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Servicios educacionales, a saber, servicios para brindar cursos
de capacitación para enseñanza a niveles post-secundarios, para estudios
superiores y de posgrado en los campos de contabilidad, de leyes, de finanzas,
de administración de proyectos, de negocios, de artes liberales, de ciencias,
de tecnología, de seguridad cibernética, de información tecnológica, de
medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de cuidado de la salud, de
cumplimiento legal y regulatorio, y de distribución de materiales para cursos
relacionados con los mismos; servicios educacionales, a saber, servicios para
brindar clases en vivo, en aulas, personalizadas, en línea, o basadas en la
Web, en educación a distancia, en cursos de auto instrucción, en revisión de
cursos, en seminarios, en clases, en talleres y tutorías en los campos de
contabilidad, de leyes, de finanzas, de administración de proyectos, de
negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de seguridad
cibernética de medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de cuidado de
la salud, de cumplimiento legal y regulatorio, y de distribución de materiales
para cursos relacionados con los mismos; servicios de educación continua, a
saber, servicios para brindar cursos de capacitación en los campos de
contabilidad, de leyes, de finanzas, de administración de proyectos, de
negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de seguridad
cibernética, de información tecnológica, de medicina, de enfermería, de
medicina veterinaria, de cuidado de la salud, de cumplimiento legal
regulatorio, y de distribución de materiales para cursos relacionados con los
mismos; servicios de educación continua, a saber, servicios para brindar clases
en vivo, en aulas, personalizadas, en línea, o basadas en la Web, en educación
a distancia, en cursos de auto instrucción, en revisión de cursos, en
seminarios, en clases, en talleres y tutorías en los campos de contabilidad, de
leyes, de finanzas, de administración de proyectos, de negocios, de artes
liberales, de ciencias, de tecnología, de información tecnológica, de seguridad
cibernética, de medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de cuidado de
la salud, de cumplimiento legal y regulatorio, y de distribución de materiales
para cursos relacionados con los mismos; servicios de educación profesional, a
saber, servicios para ofrecer cursos de capacitación con el fin de preparar
estudiantes para exámenes de admisión y para exámenes para certificaciones en
los campos de contabilidad, de leyes, de finanzas, de administración de
proyectos, de negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de
información tecnológica, de seguridad cibernética, de medicina, de enfermería,
de medicina veterinaria, de cuidado de la salud, de cumplimiento legal y regulatorio,
y de distribución de materiales para cursos relacionados con los mismos;
servicios de educación profesional, a saber, servicios para brindar clases en
vivo, en aulas, personalizadas, en línea, o basadas en la Web, en educación a
distancia, en cursos de auto instrucción, en revisión de cursos, en seminarios,
en clases, en talleres y tutorías para preparar estudiantes para exámenes de
admisión y para exámenes para certificaciones en los campos de contabilidad, de
leyes, de finanzas, de administración de
proyectos, de negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de
seguridad cibernética, de medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de
cuidado de la salud, de cumplimiento legal y regulatorio, y de distribución de
materiales para cursos relacionados con los mismos; servicios para la
programación y dirección de conferencias educacionales; servicios de
asesoramiento de profesiones; servicios educacionales, a saber, capacitación,
entrenamiento, talleres, cursos de capacitación en las áreas de administración
y desarrollo de profesiones para adultos que trabajan; servicios relacionados
con planeamiento de carreras, de desarrollo personal y profesional, y de
empleo, a saber, servicios para brindar capacitación de negocios relacionados
con el liderazgo y con el desarrollo profesional. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 2 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0003948. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de mayo del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017151361 ).
María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de
Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: TELOMODIF como marca de fábrica y comercio en clase: 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003733. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 4 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017151363 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Basf
SE, con domicilio en Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen Am Rhein, Alemania,
solicita la inscripción de: MIBELYA, como marca de fábrica y comercio en
clases 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en clase
1: químicos usados en agricultura, horticultura y silvicultura; especialmente
preparaciones para fortalecer las plantas; preparaciones químicas y/o
biológicas para manejar el estrés en plantas, preparaciones para regular el
crecimiento de las plantas, preparaciones químicas para el tratamiento de
semillas, surfactantes, químicos naturales o artificiales para ser usados como
cebos sexuales o agentes para confundir insectos y en clase 5: preparaciones
para destruir y combatir animales dañinos; insecticidas, fungicidas,
herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el: 28
de abril de 2017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en
el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017151364 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson
& Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick,
Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NEUTROGENA como marca
de fábrica y comercio en clase: 9 Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 9 Aplicaciones móviles descargables que permiten a usuarios de
dispositivos médicos cosméticos recibir educación y capacitación acerca del uso
de dicho dispositivo, así como recibir mensajes sobre el uso adecuado y mantenimiento del dispositivo, permite
pagar por compras mediante su funcionabilidad para pagos móviles y que también
brinda entretenimiento en forma de videos, juegos, música, interacciones de
medios sociales, así como por medio de fotogramas y gráficos y otros servicios
relativos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del
2017, Solicitud N° 2017-0004086. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo del 2017.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017151365 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson & Johnson,
con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey,
08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: RETRESKA
como marca de fábrica y comercio en clase(s) 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la
prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto
inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del
sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así
como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de
enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones,
de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades
oftálmicas y de enfermedades respiratorias. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004087. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 29 de mayo del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017151366 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de The
Sherwin-Williams Company, con domicilio en 101 W. Prospect Avenue, N.W.,
Cleveland, Estado de Ohio 44115-1075, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: SUPERDECK como marca de fábrica y comercio en clases: 2
y 3 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 2 Pinturas,
barnices, lacas; productos antioxidantes y productos para conservar la madera;
materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto, metales en hojas y
en polvo para pintores, decoradores, impresores y artista. y 3 Preparaciones
para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para
limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites
esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017, Solicitud N° 2017-0004088. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 16 de mayo del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017151367 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Basf Agro B.V., Arnhem
(NL), Zweigniederlassung Zürich, con domicilio en IM Tiergarten 7, Zurich,
Suiza, solicita la inscripción de: YANILA como marca de fábrica y
comercio en clases 1 y 5, internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente en clase 1: Químicos usados en agricultura, horticultura y
silvicultura, especialmente preparaciones para fortalecer las plantas
preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en plantas,
preparaciones para regular el crecimiento de las plantas, preparaciones
químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes, químicos naturales o
artificiales para ser usados como cebos sexuales o agentes para confundir
insectos y en clase 5: Preparaciones para destruir y combatir animales dañinos;
insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 04 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004089. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017151368 ).
Víctor Vargas Velenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Basf
SE., con domicilio en Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen Am Rheim, Alemania,
solicita la inscripción de: TELLIUM, como marca de fábrica y comercio en
clases: 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente:
químicos usados en la agricultura, horticultura y silvicultura; especialmente
preparaciones para fortalecer las plantas; preparaciones químicas y/o
biológicas para manejar el estrés en plantas, preparaciones para regular el
crecimiento de las plantas, preparaciones químicas para el tratamiento de
semillas, surfactantes, químicos naturales o artificiales para ser usados como
cebos sexuales o agentes para confundir insectos y clase 5: preparaciones para
destruir y combatir animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas,
pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0004251. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo de
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151369 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Novartis A G, con domicilio en CH-4002 BASEL, Suiza, solicita la inscripción
de: VISCOPASS como marca de fábrica y comercio en clase: 10 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 10 Aparatos e instrumentos quirúrgicos para
usar en cirugías oftálmica. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0004253. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017151370 ).
María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial
de Sophia Holdings S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Paseo del Pacífico,
Nº 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México C.P. 45010,
México, solicita la inscripción de: Kritantek PF como marca de fábrica y
comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
productos oftálmicos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0004378. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017151371 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de
apoderado especial de Johnson & Johnson, con domicilio en: One Johnson
& Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: SURGICEL, como marca de fábrica y
comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
aplicador endoscópico para manejo de hemostatos. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004379. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017151372 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Sophia
Holdings, S. A. de C.V., con domicilio en del Avenida Paseo Pacífico, N° 670,
Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, C.P. 45010, México, solicita la
inscripción de: Dobricon como marca de comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Productos Oftálmicos.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo de 2017. Solicitud
Nº 2017-0004380. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017151373 ).
María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial
de Sophia Holdings S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Paseo del Pacífico,
Nº 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México C.P. 45010,
México, solicita la inscripción de: Humylub PF como marca de fábrica y
comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
productos oftálmicos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0004381. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017151374 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Sophia Holdings S.A. de C.V., con domicilio en Avenida
Paseo del Pacífico, N° 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, C.P.
45010, México, solicita la inscripción de: Deslotan, como marca de
fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Productos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004382. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017151375 ).
María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de
Sophia Holdings S. A., de C.V con domicilio en avenida Paseo del Pacífico, N°
670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, C.P. 45010, México,
solicita la inscripción de: Eliptic PF Multi como marca de fábrica y
comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Productos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004383. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151376 ).
María
Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de
apoderada especial de Sophia Holdings S.A. de C.V., con domicilio en Avenida
Paseo del Pacífico, N° 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, C.P.
45010, México, solicita la inscripción de: GAAP PF, como marca de
fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: productos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004386. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 23 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017151377 ).
María Vargas Uribe,
divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial
de Sophia Holdings S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Paseo del Pacífico,
Nº 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México C.P. 45010,
México, solicita la inscripción de: Lagricel PF como marca de fábrica y
comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
productos oftálmicos. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0004387. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017151378 ).
María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Old World Industries,
LLC, con domicilio en 4065 Commercial Ave., Northbrook, IL 60062, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: BlueDEF como marca de
fábrica y comercio en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Agente reductor líquido compuesto de urea y de agua para su uso en
la reducción catalítica selectiva para sistema de escape a diésel. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0004558. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017151379 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Google
Inc., con domicilio en: 1600 Amphitheatre Parkway, Mountain View, estado de
California 94043, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ANDROID
ONE, como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: programas de computadora (software),
componentes físicos (hardware) de computadora, dispositivos móviles, teléfonos
móviles, periféricos móviles, computadoras,
computadoras tipo tableta, computadora tipo notebook, computadoras tipo laptop,
chips de circuitos integrados, microchips, estuches para cámaras, estuches para
cámaras de video, termostatos, radios, teléfonos, controles remotos para
radios, televisiones y estéreos, reproductores de discos versátiles digitales
(DVD), grabadoras de video casete, grabadoras de video digital, reproductores
de MP3, amplificadores de audio, servidores para computadoras, impresoras,
escáneres, fotocopiadoras, monitores de computadora, facsímiles, enrutadores de
redes, teclados, ratones para computadora, discos duros externos para
computadoras, cámaras de video, cámaras, calculadoras, dispositivos de
navegación GPS, componentes de audio, auriculares, parlantes de audio,
recibidores de audio y recibidores de video, asistentes personales digitales
(PDA), dispositivo receptor o decodificador de las señales (analógicas o
digitales) de televisión analógica o digital, sistemas de teatro en
casa, proyectores de video, proyectores de películas, alarmas de seguridad,
alarmas de incendio, detectores de fuego y de humo, detectores de radar, equipo
de audio y video para vehículos, cargadores de batería, adaptadores
(electricidad) máquinas contestadoras, sets de audífono y micrófono,
interruptores eléctricos para luces. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004560. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017151380 ).
María Vargas Uribe, divorciada,
cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson
& Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick,
Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: INTREEF,
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la
prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto
inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del
sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así
como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas de enfermedades gastrointestinales, de
enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de
enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades
respiratorias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo de
2017. Solicitud N° 2017-0004564. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo de
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151381 ).
Víctor Vargas Velenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: ERDELFA como marca de fábrica y comercio en clase: 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el
tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto inmunes e
inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema
nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para
la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas de enfermedades
gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de
enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades
oftálmicas y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 18 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004689. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017151382 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: ERFANDEL como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas de uso humano
para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales de enfermedades
auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades
del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor,
así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de
enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones,
de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades
oftálmicas y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2017, según Solicitud N°
2017-0004690. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017151383 ).
Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de
identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Johnson &
Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva
Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SERPLANO
como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la
prevención y el tratamiento de enfermedades virales de enfermedades auto
inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del
sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así
como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de
enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones,
de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades
oftálmicas y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004692. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151384 ).
Víctor Vargas Valenzuela,
casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New
Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: JAMULTRI, como marca de fábrica y comercio en clase: 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones
farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades
virales, de enfermedades autoinmunes e inflamatorias, de enfermedades
cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención
y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades
dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades
relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades
oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias,
vacunas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo de 2017.
Solicitud N° 2017-0004837. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de mayo de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151385 ).
Víctor Vargas Velenzuela, casado, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson,
con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey,
08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BRUVELSO
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la
prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto
inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del
sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así
como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de
enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones,
de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas
y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004840. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017151386 ).
Danis Matíaz Jiménez, soltero, cédula de
identidad Nº 206270531, en calidad
de apoderado generalísimo de Sentobox S. A., cédula jurídica Nº
3101734093, con domicilio en: San Carlos, Ciudad Quesada, barrio San Martín 100
metros sur Super La Esperanza, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: SENTOBOX Lo quieres, lo traemos
como marca de servicios en clase
39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Logística,
almacenaje y entrega de paquetes. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005779. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017151397 ).
Ricardo Segura Quesada, soltero, cédula de
identidad 113240579, con domicilio en Barrio San José, contiguo al Club
Alianza, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: menta,
como marca de servicios en clase
41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: organización de
fiestas y recepciones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio de 2017. Solicitud N°
2017-0005931. A efectos de publicación, téngase en cuenta dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de julio de 2017.—Grettel Solís
Fernández Registradora.—( IN2017151406 ).
Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula
de identidad 110350557, en calidad de apoderado especial de Qingdao Sentury
Tire CO. Ltd., con domicilio en N° 5 Tianshan 3 Road, Daxin Town, Jimo City,
Qingdao City, Shandong Province, China, solicita la inscripción de: GROUND
SPEED
como marca de fábrica en clase
12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Neumáticos; cubiertas de neumáticos para vehículos; cubierta de
neumáticos para automóviles; neumáticos de aeronaves; cubiertas neumáticos de
bicicleta; cámaras de aire para neumáticos; carcasas de neumáticos; bandas de
rodadura para recauchar neumáticos; neumáticos sólidos; cámaras de aire para
neumáticos de bicicleta. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de diciembre del 2016, según Solicitud N° 2016-0012523. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 15 de junio del 2017.—Jamie Phillips Guardado,
Registrador.—( IN2017151416 ).
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad
105570443, en calidad de Apoderado Especial de Almirall S. A., con domicilio en
Ronda General Mitre, 151 08022 Barcelona, España, solicita la inscripción de:
SKILARENCE
como marca de fábrica y comercio
en clase 5 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: 5 productos
farmacéuticos para el tratamiento de las enfermedades dermatológicas y
neoplásicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de marzo
del 2017. Solicitud Nº 2017-0002259. A efectos de publicación téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de marzo del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151417 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de
identidad 1011430447, en calidad de apoderada especial de Industrias Alen S. A.
de C.V., con domicilio en BLVD. Díaz Ordaz N° 1000 Col. Los Treviños, Santa
Catarina, Nuevo León C.P. 66350, México, solicita la inscripción de: ENSUEÑO
MAX, como marca de comercio en clase: 3 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Suavizante y detergente de ropa. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el: 27 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000774.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 12 de junio de 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2017151418 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad
1011430447, en calidad de Gestor oficioso de Ekos Corporation, con domicilio en
11911 North Creek Parkway South, Bothell WA 98011, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: EKOS PE ACCEL como marca de comercio en
clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos e
instrumentos quirúrgicos; aparatos e instrumentos médicos para uso en la
prevención y tratamiento de problemas y afecciones del sistema circulatorio,
embolias pulmonares, trombas, trombosis venosa profunda, oclusiones arteriales
periféricas, coágulos sanguíneos, problemas y condiciones vasculares y
hemorragias intracraneales, hemorragias cerebrales y hematomas; aparatos e
instrumentos médicos para uso en la prevención y tratamiento de problemas y
condiciones del sistema circulatorio, embolias pulmonares, trombas, trombosis
venosa profunda, oclusiones arteriales periféricas, coágulos sanguíneos;
problemas y condiciones vasculares y hemorragias intracraneales, hemorragias
cerebrales y hematoma y sus componentes vendidas como una única unidad,
aparatos e instrumentos para administración de fármacos, especialmente,
aparatos médicos de ultrasonidos, aparatos e instrumentos para administración
de fármacos, especialmente aparatos médicos de ultrasonido y sus componentes
vendidos como una única unidad„ sistemas de administración de fármacos
(instrumentos diseñados para la administración dirigiday/o liberación
controlada de agentes terapéuticos); aparatos e instrumentos quirúrgicos y
médicos para uso en el tratamiento del sistema circulatorio; aparatos e
instrumentos médicos para su uso en la prevención y tratamiento de los
problemas y condiciones del sistema circulatorio, problemas y condiciones
vasculares y hemorragia intracraneales, hemorragia cerebrales y hematomas;
dispositivos médicos que se utilizan en/con ultrasonidos para mejorar la
administración de fármacos y activar medicamentos; catéteres para el suministro
de fármacos y fluidos, controladores y unidades de potencia para catéteres de
infusión; aparatos para la administración de fármacos por ultrasonidos,
aparatos y controladores de fármacos y sus unidades de potencia, catéteres,
piezas y accesorios para todos los productos adjuntos. Prioridad: Se otorga
prioridad N°3195629 de fecha 08/11/2016 de Reino Unido. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002569.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 10 de mayo del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—(IN2017151419 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de
identidad Nº 100430447, en calidad de apoderada especial de Telepharma, INC.,
con domicilio en: Ave Manuel Espinoza, edificio antiguo NCR, 2do. piso, suite
2, ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: IDOL, como
marca de comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: aros para anteojos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002858. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2017151421 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de
identidad 111430447, en calidad de apoderado especial de Comercializadora
Calypso S.A.S., con domicilio en carrera 24 N° 10-38 (Oficins 2 piso), Bogota
D.C., Colombia, solicita la inscripción de: EVOLUCIÓN EN TELAS Y PISOS como señal de propaganda en clase: Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Para promocionar: servicios de publicidad y negocios
en el campo del diseño, decoración de interiores y terminados arquitectónicos.
Se relaciona con el registro N° 261434. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 06 de octubre del 2016, según Solicitud N° 2016-0009791. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017151422 ).
Ayed Abed Ayyad, pasaporte PA0131304, en
calidad de apoderado generalísimo de 3-101-737897, cédula jurídica 3101737897,
con domicilio en Limón, calle dos, avenida cuatro, Limón, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Wolf Mall Center, Limón,
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a la venta de productos por departamentos línea blanca,
cosméticos, ubicado en Limón, centro, costado sur del Estadio Juan Gobán. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio de 2017.
Solicitud N° 2017-0006022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José,. 4 de julio de 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017151441 ).
Ariana Araya Yockchen, cédula de
identidad Nº 105480459, en calidad de apoderada especial de Randall Jara
Phillips, casado una vez, cédula de identidad Nº 108060721, con domicilio en:
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: t taco inn, como marca
de servicios en clases 35 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 35: consultoría en la dirección de restaurantes para
terceros franquiciatarios, asistencia en el establecimiento y operación de
restaurantes y sus servicios, incluyendo gestión de negocios comerciales y
administración comercial o industrial de alimentación y en clase 43: todo tipo
de servicios de restaurantes (alimentación). Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de abril del 2015. Solicitud N° 2015-0003991. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017151494 ).
Randall Rodríguez Chinchilla, soltero, cédula
de identidad Nº 114030695, con domicilio en: central de San José, Merced,
avenida 3 entre calle 24 y 26, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Maurer
como marca de fábrica y comercio
en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel y
cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías;
artículos de papelería y artículos de oficina excepto muebles; adhesivos
(pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas y
material de dibujos; pinceles; material de instrucción y material didáctico;
hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar;
caracteres de imprenta, clichés de imprenta. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004148. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 24 de mayo del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017151497 ).
Aisha Acuna Navarro, casado una vez, cédula de
identidad 110540893, en calidad de apoderada especial de Asociación Canófila
Costarricense, cédula jurídica 3002071085, con domicilio en Curridabat, José
María Zeledón, de la Plaza Cristal; 200 metros sur y 200 metros al este, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FEDERATION CYNOLOGIQUE
INTERNATIONALE FCI
como marca de servicios en
clases: 35; 41 y 44 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente:
35 Relaciones públicas en el campo de la cría, crianza, cuidado y mantenimiento
de perros; organización y realización de exposiciones con fines comerciales y
publicitarios en relación con perros., 41 Formación y perfeccionamiento, en
particular en el campo de la cría, crianza, cuidado y mantenimiento de perros;
organización y dirección de seminarios y capacitación, en particular en el
campo de la cría, crianza, cuidado y mantenimiento de perros; organización y
realización de exposiciones de cría de perros. y 44 Cría, crianza y cuidado de
perros, asesoramiento correspondiente a la cría, crianza, cuidado y
mantenimiento de perros, servicios de un veterinario, elaboración de
certificados de pedigrí y control de perros en el campo de la población y la
genética. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de noviembre del
2016, según solicitud N° 2016-0011167. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de marzo del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017151506 ).
Miguel Ángel Sánchez Hernández,
casado dos veces, cédula de identidad 106230051 con domicilio en San Pedro
frente al Banco Popular, Costa Rica, solicita la inscripción de: IMPECABLE Y
A TIEMPO como marca de servicios, en clase 40 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: 40 tratamiento de materiales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005611.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017151509 ).
Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de
identidad Nº 110140567, en calidad de apoderada generalísima de Importek
Latinoamérica CR S. A., cédula jurídica Nº 3101582077, con domicilio en: Sto.
Domingo, Sta. Rosa, de la entrada después de la Escuela 100 N y 500 O contiguo
a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: BARBECUE
CONNECTION
como marca de comercio en clase
11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos de
alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado,
ventilación y distribución de agua, parrillas de fogones, parrillas de hogares,
barbacoas de gas y de carbón, cocinas de gas, cocinas de gas para acampar. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0005903. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de junio del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017151592 ).
Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de
identidad 110140567, en calidad de apoderada generalísima de Importek
Latinoamérica CR S. A., cédula jurídica 3101582077, con domicilio en Sto.
Domingo, Sta. Rosa, de la entrada después de la escuela, 100 n. y 500 o.
contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
BARBECUE CONNECTION,
como marca
de comercio en clase: 4 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
aceites y grasas para uso industrial, lubricantes, composiciones para absorber,
rociar y asentar el polvo, combustibles (incluida la gasolina para motores) y
materiales de alumbrado, velas y mechas de iluminación, gas de petróleo, gas
para cocinas, gas para cocinas para acampar, gas para parrillas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio de 2017. Solicitud N°
2017-0005902. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017151593 ).
Jonathan Gamboa Bolaños, soltero, cédula de
identidad 1-14800291 con domicilio en Urb. Villas de Ayarco, Tres Ríos, 400
este de la escuela de Villas de Ayarco, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: T in the West
como marca de servicios, en
clase 41, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Servicios profesionales
como artista de muralismo y artista general (producción de arte, desarrollo del
arte de la pintura). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de
enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000345. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de febrero
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151750 ).
Diana Carolina Obando Vargas, soltera, cédula
de identidad 113070969, en calidad de apoderada generalísima de Soluciones
Logisticas Mundiales Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101661655con domicilio
en Florida de Tibás, 200 metros norte y 200 metros oeste, Costa Rica, solicita
la inscripción de: SLM Soluciones Logísticas Mundiales
como marca
de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios y gestiones aduaneras. Reservas: De los colores: verde,
gris, blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio
del 2017, solicitud Nº 2017-0006030. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151753 ).
Diana Carolina Obando Vargas, soltera, cédula
de identidad Nº 113070969, en calidad de apoderado generalísimo de Soluciones
Logísticas Mundiales Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101661655, con
domicilio en: Florida de Tibás, 200 metros norte y 200 metros oeste, Costa
Rica, solicita la inscripción de: SLM Soluciones Logísticas Mundiales
como nombre
comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a servicios y gestiones aduaneras. Ubicado en La Florida de
Tibás, 200 norte y 200 oeste de Perimercados. Reservas: de los colores: verde,
gris y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0006029. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de julio
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151754 ).
María Eugenia Vargas Castro, casada una vez,
cédula de identidad Nº 900470537, en calidad de apoderada generalísima de
Emprendiendo Un Sueño S. A., con domicilio en frente al Colegio Vilaseca San
Isidro de Heredia, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: LAVACAR
SUPER VARGAS como nombre comercial, en clase: internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial
dedicado a autolavado de vehículos. Ubicado: 100 oeste y 75 sur de la Escuela
de San Ramón Hernández Badilla (Esc. Sur) Heredia. Reservas: de los colores:
azul, amarillo, rojo, negro y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0005753. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017151755 ).
Carlos Felipe Chévez, casado una vez, cédula de
identidad 112470705, en calidad de apoderado generalísimo de Artes Elementos
LCH, cédula jurídica 3101736111, con domicilio en Central, Distrito Zapote, 100
este y 25 al sur de la sede Lechera, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: S J SAINT JOSEPH ELEMENTAL SCHOOL,
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a enseñanza privada en los niveles de educación preescolar y
I y II ciclo de la educación general básica, ubicado en San José, Central,
distrito Zapote, 100 este y 25 al sur de la Sede Lechera. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0006141. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 7 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017151777 ).
Ilse María Villalobos Rodríguez, casada una
vez, cédula de identidad 105150075, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Internacionales U.M.V. Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101596409, con domicilio en barrio Fátima, calle cuatro y seis, avenida once,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: neo terra
como marca de comercio en clase 31 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 31 Plantas y flores naturales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005529.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 20 de junio del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017151822 ).
Uri Weinstok Mendelewicz, casada una vez,
cédula de identidad 108180430, en calidad de apoderado especial de Parfums
Christian Dior S. A., con domicilio en 33, Avenue Hoche, 75008 Paris, Francia,
solicita la inscripción de: Balade Sauvage como marca de fábrica y
comercio en clases 3 y 4 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 3: Productos de perfumería, especialmente perfumes, agua de
colonia y agua para el baño; Maquillaje de productos; Productos cosméticos,
productos cosméticos para el cuidado de la cara y el cuerpo; Desodorantes para
uso personal; Leches y geles perfumadas para el cuerpo, el baño y la ducha;
Jabones. y Clase 4: Candelas y candelas perfumadas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005706.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 20 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017151828 ).
León Weinstok Mendelewicz,
casado una vez, cédula de identidad Nº 112200158, en calidad de apoderado
especial de Colgate Palmolive Company, con domicilio en: 300 Park avenue, New
York, New York, 10022, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COLGATE
NATURAL EXTRACTS, como marca de fábrica y comercio en clase 3
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pasta de dientes y
enjuague bucal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004709. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de junio del
2017.—Katherin Jiménez, Tenorio, Registradora.—( IN2017151829 ).
Giselle Reuben Hatounian,
divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de
Sonneville AG., con domicilio en Wylihof, Deitingen, 4542 Luterbach, Suiza,
solicita la inscripción de: LVT, como marca de fábrica y comercio en clases:
17 y 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 17:
caucho, gutapercha, goma, amianto, mica y artículos de estas materias no
comprendidos en otras clases incluyendo estas materias en forma de botas y
almohadillas de aislamiento que reducen las vibraciones y el ruido en soportes
de ferrocarril; materias plásticas (semielaboradas); productos hechos de
plástico (semielaborados), incluidos productos de aislamiento, de reducción de
vibraciones y de reducción de ruido en soportes de ferrocarril; materiales de
embalaje, de frenado y de aislamiento, incluidas estos materiales en forma de
botas y almohadillas para aislamiento, reducción de vibraciones y reducción de
ruido en soportes de ferrocarril; tubos flexibles (no metálicos), partes de
caucho incluyendo partes en formas de botas de caucho y almohadillas elásticas
para traviesas de ferrocarril, para sistemas de vía de losas y para bloques de
hormigón, incluidas formas de botas y almohadillas para aislamiento, reducción
de la vibración y reducción del ruido en soportes ferroviarios; elementos de
goma de caucho (partes técnicas), en particular para traviesas de vías férreas,
para sistemas de vías de viga y para bloques de hormigón. Clase 19: materiales
de construcción no metálicos; tubos rígidos no metálicos para la construcción;
asfalto, pez y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no
metálicos; elementos de construcción de hormigón; encofrados (no metálicos)
para hormigón; traviesas de ferrocarril y bloques de hormigón (no metálicos);
bloques de hormigón que incorporan un sistema de sujeción de carriles y soportes de ferrocarril; grava; cemento; arena
(excepto arena de fundición); hormigón. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005756. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de junio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017151830 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de
identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Sociedad Española de
Radiodifusión S.L., con domicilio en 28013 Madrid, Calle Gran Vía 32, España,
solicita la inscripción de: W D M WORLD DANCEMUSIC
como marca de servicios en clase
41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de edición
y producción de programas de radio y televisión; servicios de organización y/o
producción de espectáculos; servicios de organización de diversiones
radiofónicas y televisadas; producción de películas en cintas de video;
producción de películas (films); montaje de programas radiofónicos o de
televisión; servicios de reporteros; reportajes fotográficos; entretenimiento
televisado (esparcimiento); diversión radiofónica y televisada; producción de
espectáculos; grabación (filmados) en cintas de video; publicaciones
electrónicas de libros y periódicos en línea; explotación de publicaciones
electrónicas en línea (no descargables telemáticamente). Reservas: De los
colores: negro, blanco y fucsia. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005480. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 19 de junio del 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017151831 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de
identidad 110550703, en calidad de apoderado especial de Sociedad Española De
Radiofusión S. L., con domicilio en Gran Vía, 32 28013 Madrid, España, solicita
la inscripción de: W D M WORLD DANCE MUSIC
como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 38 Emisión, difusión, transmisión y divulgación de
programas de radio y televisión; emisión, difusión, transmisión y divulgación
de programas de radio y televisión interactivos; emisión, difusión, transmisión
y divulgación de programas de radio y televisión vía satélite; emisión,
difusión, transmisión y divulgación de
programas de radio y televisión emitidos mediante enlace de cable a receptores
de televisión; emisión, difusión, transmisión y divulgación de programas de
radio y televisión mediante satélite extraterrestre; emisión, difusión,
transmisión y divulgación de programas de radio y televisión emitidos mediante
enlace de microondas a receptores de televisión; servicios interactivos de
telecomunicaciones para facilitar la preselección de programas para su visión,
para facilitar la grabación de programas por televisión, para facilitar la
grabación automática de programas en función de los hábitos/preferencias de
visionado de los clientes, que facilitan la preselección de programas;
recepción de programas de televisión para la transmisión ulterior de abonados;
transmisión inalámbrica y difusión de programas de televisión; radioemisión de
información y otros programas; emisión de programas a través de Internet
emisión de programas de telecompra; emisión, difusión, transmisión y
divulgación de un programa a través de una red informática local; transmisión
electrónica de programas informáticos a través de Internet; servicios de
transmisión de programas de televisión de pago por visión. Reservas: De los
colores: negro, blanco y fucsia. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de junio del 2017, solicitud N° 2017-0005479. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017151832 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de
identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Bienes Raíces Lindora
Int Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101383556, con domicilio en Santa Ana,
Pozos, Centro Comercial Vía Lindora, locales del veintinueve al treinta y uno,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CENTRO CORPORATIVO LINDORA,
como marca
de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal.
Reservas: De los colores: verde y blanco. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0002507. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de junio de 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—(
IN2017151833 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de
identidad 110550703, en calidad de Apoderada Especial de Fundación Lifting
Hands con domicilio en de la residencia del Embajador de Brasil, 250 metros
suroeste, casa esquinera a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: LIFTING HANDS
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a
prestar servicios de elaboración y coordinación de proyectos de voluntariado
con fines de beneficencia; publicidad; gestión de negocios comerciales;
administración comercial; trabajos de oficina; recaudación de fondos con fines
benéficos; y educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades
deportivas y culturales. Ubicado en San José, de la residencia del Embajador de
Brasil, 250 metros suroeste, casa esquinera a mano derecha. Reservas: De los
colores: verdes, vino, rosado, amarillo, celeste y gris. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005629.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 22 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017151834 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de
identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Gente Mas Gente S.
A., cédula jurídica 3101569828, con domicilio en: Santa Ana, distrito Pozos, de
la Iglesia Católica de Pozos 400 metros norte, contiguo a quebrada Rodríguez,
edificio Pekín, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: multimoney LA
REVOLUCIÓN FINANCIERA
como nombre comercial en clase
49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a brindar servicios monetarios y financieros, ubicado en San
José Santa Ana, distrito Pozos, de la Iglesia Católica de Pozos 400 metros
norte, contiguo a quebrada Rodríguez, edificio Pekín. Reservas: de los colores:
negro, celeste y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003688. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—(
IN2017151835 ).
Uri Weinstok Mendelewicz, casado una vez,
cédula de identidad Nº 108180430, en calidad de apoderado especial de S. Tous
S.L, con domicilio en: carretera de Vic, El Guix 3, 08243, Manresa, Barcelona,
España, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio
en clases 9, 14, 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 9: aparatos e instrumentos ópticos, a saber, gafas
[óptica]; gafas de sol; lentillas ópticas; cristales ópticos; lentes para
gafas; monturas de gafas; estuches para gafas; bolsas especiales para
ordenadores portátiles; carátulas para teléfonos inteligentes; cordones para
teléfonos celulares [móviles]; carcasas para teléfonos inteligentes; fundas
abatibles para tabletas electrónicas; cascos [auriculares]; memorias USB; en
clase 14: metales preciosos y sus aleaciones, a saber, joyas; piedras
preciosas; piedras semipreciosas; pulseras (artículos de joyería); broches
(joyería); cadenas (artículos de joyería); colgantes; gargantillas; gemelos;
pendientes; dijes (joyería); cajas para joyas; joyeros enrollables; llaveros y
cadenas para llaves; llaveros colgantes metálicos; medallones (joyería);
medallas; collares (joyería); alfileres de adornos; bisutería (joyas de
fantasía); perlas (joyería); pins (artículos de joyería); cajas de presentación
para joyas; anillos (joyería); sortijas (artículos
de joyería); cajas de presentación para joyas; anillos (joyería); sortijas
(artículos de joyería); alfileres de corbata; relojes de uso personal; relojes
de pulsera; relojes de pared, estuches de presentación para relojes de uso
personal; despertadores; en clase 18: cuero e imitaciones de cuero; bolsos de
cuero; bandoleras; bolsos de mano; bolsos de playa; bolsos de noche; carteras
de cuero; monederos; billeteras; riñoneras; maletas; maletines; mochilas;
maletines para documentos; bolsas de playa; portadocumentos; fundas para
tarjetas de visita; tarjeteros [carteras]; estuches de viaje de cuero; bolsos
de mano; carteras para llaves; bolsas de malla para la compra; bolsas de red
para la compra; bolsas de lona para la compra; carteras escolares; maletas con
ruedas; baúles de viaje; neceseres [vacíos]; estuches para artículos de
tocador; sets de viaje; paraguas; sombrillas; parasoles; fundas de paraguas y
en clase 25: prendas de vestir; albornoces; camisas; camisetas; trajes de baño;
bañadores; biquinis; cinturones; baberos que no sean de papel; calzoncillos; guantes
[prendas de vestir]; jerseys [prendas de vestir]; suéteres; chaquetas;
pantalones; bermudas; faldas; vestidos; gorros; bufandas; fulares; chales;
pijamas; peleles; petos; bandanas [pañuelos para el cuello]; corbatas; zapatos;
chanclas; sandalias; calcetines. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005654. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 22 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017151836 ).
Uri Weinstok Mendelewicz, casado una vez,
cédula de identidad 112200158, en calidad de apoderado especial de S. Tous
S.L., con domicilio en Carretera De Vic, El Guix 3, 08243, Manresa, Barcelona,
España, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y
servicios en clases 3; 9; 14; 18; 25 y 35 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 3: perfumes; jabones que no sean medicinales;
aceites esenciales; cosméticos que no sean medicinales; lociones para después
del afeitado; aromas (aceites esenciales); sales de baño; preparaciones para el
baño; agua de colonia; lociones capilares; agua de lavanda; popurrís
aromáticos; aguas perfumadas; champús; acondicionadores para el cabello;
jabones; agua de tocador; lociones corporales. En clase 9: aparatos e
instrumentos ópticos, a saber, gafas (óptica); gafas de sol; lentillas ópticas;
cristales ópticos; lentes para gafas; monturas de gafas; estuches para gafas;
bolsas especiales para ordenadores portátiles; carátulas para teléfonos
inteligentes; cordones para teléfonos celulares (móviles); carcasas para
teléfonos inteligentes; fundas abatibles para tabletas electrónicas; cascos
(auriculares); memorias USB. En clase 14: metales preciosos y sus aleaciones, a
saber, joyas; piedras preciosas; piedras semipreciosas; pulseras (artículos de
joyería); broches (joyería); cadenas (artículos de joyería); colgantes;
gargantillas; gemelos; pendientes; dijes (joyería); cajas para joyas; joyeros
enrollables; llaveros y cadenas para llaves; llaveros colgantes metálicos;
medallones (joyería); medallas; collares (joyería); alfileres de adornos;
bisutería (joyas de fantasía); perlas (joyería); pins (artículos de joyería»
cajas de presentación para joyas; anillos (joyería); sortijas (artículos de
joyería); cajas de presentación para joyas; anillos (joyería); sortijas
(artículos de joyería); alfileres de corbata; relojes de uso personal; relojes
de pulsera; relojes de pared, estuches de presentación para relojes de uso
personal; despertadores. En clase 18: cuero e imitaciones de cuero; bolsos de
cuero; bandoleras; bolsos de mano; bolsos de playa; bolsos de noche; carteras
de cuero; monederos; billeteras; riñoneras; maletas; maletines; mochilas;
maletines para documentos; bolsas de playa; portadocumentos; fundas para
tarjetas de visita; tarjeteros (carteras); estuches de viaje de cuero; bolsos
de mano; carteras para llaves; bolsas de malla para la compra; bolsas de red
para la compra; bolsas de lona para la compra; carteras escolares; maletas con
ruedas; baúles de viaje; neceseres (vacíos); estuches para artículos de
tocador; sets de viaje; paraguas; sombrillas; parasoles; fundas de paraguas. En
clase 25: prendas de vestir; albornoces; camisas; camisetas; trajes de baño;
bañadores; biquinis; cinturones; baberos que no sean de papel; calzoncillos;
guantes (prendas de vestir); jerseys (prendas de vestir); suéteres; chaquetas;
pantalones; bermudas; faldas; vestidos; gorros; bufandas; fulares; chales;
pijamas; peleles; petos; bandanas (pañuelos para el cuello); corbatas; zapatos;
chanclas; sandalias; calcetines y en clase 35: servicios de agencia de
importación y exportación; asesoramiento empresarial sobre franquicias;
administración de asuntos de negocios de franquicias; asistencia a empresas en
materia de franquicias; servicios de venta al por menor de perfumería y
fragancias; servicios de venta al por mayor de perfumería y fragancias;
servicios de venta al por menor de artículos de óptica; servicios de venta al
por menor de gafas; servicios de venta al por menor de gafas de sol; servicios
de venta al por mayor de artículos de óptica; servicios de venta al por menor
de joyería; servicios de venta al por
menor de relojes; servicios de venta al por mayor de joyería; servicios de
venta al por mayor de relojes; servicios de venta al por menor de productos de
papelería; servicios de venta al por menor de bolsas y artículos para
empaquetar, envasar y almacenar, de papel, cartón y materias plásticas;
servicios de venta al por mayor de productos de papelería; servicios de venta
al por mayor de bolsas y artículos para empaquetar, envasar y almacenar, de
papel, cartón y materias plásticas; servicios de venta al por menor de
equipaje, bolsos, carteras y otros porta objetos; servicios de venta al por
menor de paraguas y sombrillas; servicios de venta al por mayor de equipaje,
bolsos, carteras y otros porta objetos; servicios de venta al por mayor de
paraguas y sombrillas; servicios de venta al por menor de prendas de vestir;
servicios de venta al por menor de artículos de sombrerería; servicios de venta
al por menor de calzado; servicios de venta al por mayor de prendas de vestir;
servicios de venta al por mayor de artículos de sombrerería; servicios de venta
al por mayor de calzado; servicios de venta minorista en línea. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio de 2017. Solicitud N°
2017-0005653. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978—San José, 22 de junio de 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017152837 ).
Ronald Gutiérrez Bolaños, en calidad de
apoderado generalísimo de Reina Internacional de los Mares S. A., con domicilio
en 75 metros este del Monumento del Pacto del Jocote, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Rey y Reina Internacional de los Mares &
Turismo,
como marca de servicios en
clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: certamen de
belleza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de junio de 2017.
Solicitud N° 2017-0005345. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017151847 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez,
cédula de identidad Nº 109330536, en calidad de apoderada especial de Alimentos
Sociedad Anónima, con domicilio en: kilómetro 15.5 de la carretera a El
Salvador, Municipio de Santa Catarina Pinula, departamento de Guatemala,
Guatemala, solicita la inscripción de: GRAN DÍA CHOCO CHIWI Shake
como marca de fábrica y comercio
en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: batidos
lácteos con sabor y /o a base de chocolate. Reservas: de los colores: café,
café chocolate, café claro, beige, celeste, negro, blanco, amarillo y naranja.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de mayo del 2017.
Solicitud N° 2017-0003967. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Katherin
Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151856 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casado una vez,
cédula de identidad 109330536, en calidad de apoderada especial de Alimentos
Sociedad Anónima, con domicilio en kilómetro 15.5 de la carretera a El
Salvador, Municipio de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala,
Guatemala, solicita la inscripción de: Gran Día CHOCO CHIWI Shake como marca de
fábrica y comercio en clase: 32 Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 32 Batidos a base de cereales, con sabor y/o a base de chocolate.
Reservas: De los colores café, café chocolate, café claro, beige, celeste,
negro, blanco, amarillo y naranja. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 2 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0003960. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017151858 ).
Gerardo Carballo Jiménez, casado una vez,
cédula de identidad 301921083, en calidad de apoderado generalísimo de
Comercial La Flor del Café Carballo Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101445784, con domicilio en Residencial El Molino; 150 metros al oeste y 150
metros al norte del antiguo, Club El Molino, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: CAFÉ VICTORIANO
como marca de comercio en clase
30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café en polvo que se
expande al público con consumidor. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de enero del 2017, según Solicitud N° 2017-0000417. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2017151898 ).
Hugo Julián Garita Solano, soltero, cédula de
identidad 304690217, con domicilio en Guadalupe, 200 metros norte del Colegio
Laboratorio, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: KINERGIA CR
TERAPIA FÍSICA,
como marca de comercio en clase
44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio en
fisioterapia física. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de
mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0005049. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 06 de junio de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017151916 ).
Tomás Quirós Jiménez, soltero,
cédula de identidad 114110509, en calidad de apoderado especial de Somahlution
Llc., con domicilio en 225 Chimney, Corner Lane, Suite 2001, Jupiter, Florida,
33458, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DURAGRAFT,
como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: preparación farmacéutica, consistente en una solución
acuosa para la preservación de conductos vasculares tales como venas y
arterias, el cual puede ser utilizado en cirugía de bypass periférico y cirugía
de bypass coronaria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de
noviembre de 2015. Solicitud N° 2015-0011331. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio
de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151918 ).
Mario
Esteban Marín Rojas, soltero, cédula de identidad 401860598, en calidad de
apoderado generalísimo de Distribuidora Del Caribe C.R. S. A., cédula jurídica
3-101-574730 con domicilio en de la Chiclera Costarricense; 50 metros oeste,
Zapote, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DCaribe como
marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 5 Desinfectantes. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de junio del 2017, según solicitud N° 2017-0006276. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 6 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017151936 ).
Bersaved Jiménez Díaz, casada una vez, cédula
de identidad 701890450 con domicilio en Playas del Coco, 8.5 metros sur de
Cabinas Chalé ultima casa, mano izquierda, Guanacaste, Costa Rica, solicita la
inscripción de: La Bella Natural
como marca de fábrica y comercio en clases 3 y 5 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3 Jabones, crema, exfoliantes,
perfumes, bálsamo bloqueador solar; y en clase 5 Recipiente de mosquitos.
Reservas: De los colores: verde, rosado y amarillo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de marzo del 2017, solicitud Nº 2017-0002526.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 27 de marzo del 2017.—Rolando Cardona Monge,
Registrador.—( IN2017151938 ).
Karla Ávila Molina, casada dos
veces, cédula de identidad 205800041, con domicilio en Barrio Tropicana centro;
150 mts. sur, de McDonalds, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: L.G.A.
School como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la enseñanza
primaria bilingüe, ubicado en Alajuela Centro; 150 mts sur, McDonald’s
Tropicana, casa blanca con rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006156. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 6 de julio del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017151949 ).
Manuel Flores Brenes, soltero, cédula de
identidad 114400578, con domicilio en La Sabana; contiguo a Restaurente La
Gauchada, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: esTiMul + go health
& fitness
como marca de servicios en
clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de
entrenamiento físico. Reservas: De los colores: rojo y negro. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017, según solicitud
N° 2017-0006027. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017151970 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez,
cédula de identidad Nº 109330536, en calidad de apoderada especial de
Cementerio Las Flores Sociedad Anónima, con domicilio en Sexta Avenida 8-20
Zona 9, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: Capillas
LAS FLORES
como marca de servicios, en clase: 36 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: negocios inmobiliarios. Reservas: de los colores:
blanco, negro y gris. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0005023. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 05 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017152021 ).
Sidney Rosenstock Faingezicht, casado una vez,
cédula de identidad 107340512, en calidad de
apoderado generalísimo de Host Hospitality Design Sociedad Anónima, Cédula
jurídica 3101739038, con domicilio en Cantón Central, Pavas, 600 metros al
oeste del Canal 7, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Höst
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado al diseño,
fabricación, importación y comercialización de muebles, estaciones de trabajo y
accesorios de decoración, ubicado en la provincia de San José, Cantón Central,
Pavas, seiscientos metros al oeste de canal siete. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006332.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 11 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017152037 )
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez,
cédula de identidad 109330536, en calidad de apoderado especial de Cementerio
las Flores Sociedad Anónima, con domicilio en Sexta Avenida 8-20, Zona 9,
Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: Grupo LAS FLORES,
como marca de servicios en clase: 36 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: negocios inmobiliarios. Reservas: los colores blanco, negro y gris.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo de 2017. Solicitud
N° 2017-0005018. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de junio de 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017152046 ).
Gary Gerard Jeffery, casado una
vez, pasaporte 543109077, con domicilio en Ciudad Colón cantón de Mora; 200
oeste y 150 sur, de la Cruz Roja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Yáleen´s como marca de fábrica y comercio en clase: 30
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 30: Café, té,
cacao y sucedáneos de café, arroz, tapioca y sagú; harinas y preparaciones a
base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar,
miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre,
salsas, especies. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio
del 2017, según Solicitud N° 2017-0006364. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio del
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152063 ).
Lidia Verónica Echenagusía
Puig, casada una vez, cédula de identidad 800760223con domicilio en Escazú, del
Centro Comercial Montescazú 500 metros este y 100 metros sur, casa N° 20 Bello
Horizonte Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Bawö
como marca de servicios en clase 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación,
formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales.
Reservas: De los colores: azul, negro, amarillo y rojo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0005153. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 8 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017152072 ).
José Luis Valverde Morales, casado, cédula de
identidad 104480658, en calidad de Apoderado Generalísimo de Asociación
Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social, cédula
jurídica 3002066031con domicilio en sobre avenida segunda, calles 11 y 13,
edificio ASECCSS, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EVENTOS PRODUCTORA & CATERING JAÚLES ASECCSS GOLD
como marca de servicios, en
clases 41 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 41
Servicios de animación, organización y realización de eventos. y 43 Servicios
de catering. Reservas: De los colores: vino, negro y dorado. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 26 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004944. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017152081 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad Nº
1-1161-0034, en calidad de apoderada especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V.,
con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma Nº 1000, Colonia Peña Blanca,
Santa Fe, 01210, México, solicita la inscripción de: TAKIS
como marca de fábrica y comercio, en
clase: 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: confitería,
frituras de maíz, y frituras a base de extruidos de maíz. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 05 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005300. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
15 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152090 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad
111610034, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V. con
domicilio en prolongación Paseo de La Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca,
Santa Fe, 01210, México, Distrito Federal, México, solicita la inscripción de: BIMBO
CROLL como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Pan. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005373. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017152091 ).
Sirilo de Jesús Salazar Mora, casado dos veces,
cédula de identidad Nº 303120182, con domicilio en: Turrialba, Santa Rosa,
barrio San Francisco, última casa 2 pisos, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Cirilo’s Pizza C P
como marca
de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: pizza. Reservas: de los colores: rojo, negro, amarillo, celeste,
blanco, verde y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de
junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006241. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de julio
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152132 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado, cédula de
identidad 107560893, en calidad de apoderado especial de Lab. San José HNN
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101300161 con domicilio en Pavas, Rohrmoser,
del Restaurante Pizza Hut, 125 metros al oeste y 75 metros al sur, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Neumo CHECK de Labortatorios San José
como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Una prueba
microbiológica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio
del 2017, solicitud Nº 2017-0005716. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de julio
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152162 ).
Eduardo Díaz Cordero, casado, cédula de
identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Lab San José HNN
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101300161, con domicilio en: Pavas,
Rohrmoser, del restaurante Pizza Hut, 125 metros al oeste y 75 metros al sur,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ENTERO CHECK de Laboratorios
San José
como marca de fábrica y comercio
en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: una prueba
microbiológica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0005717. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152163 ).
María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez,
cédula de identidad 109330536, en calidad de Apoderada Especial de Alimentos
Sociedad Anónima con domicilio en Kilómetro 15.5 de la Carretera a El Salvador,
Municipio de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, Guatemala,
solicita la inscripción de: GRAN DIA Dulcitas Shake
como marca
de fábrica y comercio, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 32 Batidos a base de cereales. Reservas: De los colores: rosa, rojo,
negro, blanco, azul, amarillo y naranja. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 2 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003961. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017152173 ).
Rodolfo Robert Rodríguez Cheng,
casado una vez, cédula de identidad 111030632, en calidad de apoderado
generalísimo de Capital del Pacífico Oriental R S E Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101503279, con domicilio en Tibás, 600 metros al sur de la Iglesia
San Bautista, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CANTON PANDA
TACO, como marca de fábrica en clase: 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: clase 30: bocadillo en forma de taco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 07 de junio de 2017. Solicitud N°
2017-0005378. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio de 2017.—Cesar Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017152174 ).
David Hidalgo Paniagua, casado una vez, cédula
de identidad Nº 206070960 con domicilio en: 100 mts. norte y 50 mts. oeste bar
El Camarón, Daniel Flores, Pérez Zeledón, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Samira Dreams La Belleza que soñaste...
como marca de comercio en clase
3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cosméticos: aceite
masajes, bloqueador solar, tratamiento capilar, cremas faciales, crema
hidratante. Reservas: de los colores: rosado
y verde limón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0006086. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 07 de julio
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152203 ).
Javier Chaves Bolaños, casado una vez, cédula
de identidad Nº 106230488, en calidad de apoderado generalísimo de Aldesa
Corporación de Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-079444,
con domicilio en Curridabat, de la Gasolinera La Galera, 500 este sobre antigua
carretera a Tres Ríos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALDESA
como marca de servicios, en clase: 36. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: operaciones financieras, incluidas pero no limitados a
análisis financiero, banca, corretaje, servicios de liquidación de negocios,
inversión de capital, verificación de cheques, clasificación financiera,
patrocinios financieros, banca de inversión, transferencia de fondos, garantías
bancarias, información sobre seguros,
préstamos, capital de inversión, financiamientos de arrendamientos con opciones
de compra, préstamos con garantías, emisión de seguros, banca hipotecaria,
fondos de inversión, cotizaciones de bolsa, administración de fideicomisos,
fiduciarias, corretajes de acciones y bonos, intermediación, bursátil,
operaciones monetarias y, negocios inmobiliarios, incluidos pero no limitados a
administración de bienes inmuebles incluyendo aquellos bajo régimen de
propiedad en condominio, valoraciones, venta y renta (alquiler) de
bienes inmuebles, proyectos y desarrollo inmobiliario, incluyendo, pero no limitándose
a diseño y desarrollo de complejos comerciales, hoteleros y residenciales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005170. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 06 de julio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017152205 ).
German Camilo Reales Álvarez, casado una vez,
cédula de residencia Nº 117000706426, en calidad de apoderado generalísimo de
Corte Fresco Mercado de Carnes S. A., cédula jurídica Nº 3101720290, con
domicilio en: 50 metros al norte de la antigua
Radio Reloj o
300 metros al
sur de la
rotonda de la Y Griega, carretera a Desamparados, Costa Rica, solicita
la inscripción de: CORTE FRESCO MERCADO DE CARNES
como marca de comercio en clase
29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Fábrica de embutidos
salchichón, mortadela corriente y jamonada, salchichas. Reservas: de colores:
negro, rojo, blanco y café claro. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 24 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004877. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017152240 ).
Roberto Andrés Villalobos Vargas, casado una
vez, cédula de identidad Nº 111580383, en calidad de apoderado generalísimo de
Inversiones Rou IR Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101445717, con
domicilio en: Liberia, Guayabo de Bagaces de la Iglesia Católica 200 metros al
oeste, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: cautiva PUBLICIDAD
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
publicidad en cualquier medio de difusión, comunicaciones declaraciones o
anuncios relacionados con todo tipo de productos y servicios, servicios de agencia
de publicidad y comunicación. Reservas: de los colores: blanco, rosado
(magenta). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0005046. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 06 de junio del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152270 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad
105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A.,
cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel 900
metros al sur del Ebais El Llano antigua fábrica de embutidos, Calle
Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY ZUEROX como
marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin
alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones
para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de
junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005963. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2017152347 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad
105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A.,
cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel 900
metros al sur del Ebais El Llano antigua fábrica de embutidos, Calle
Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY XSUERO como
marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin
alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones
para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de
junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005964. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2017152348 ).
Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad
105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A.,
cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel 900 metros
al sur del Ebais El Llano antigua fábrica de embutidos, Calle Sabanillas, Costa
Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY XSUERO como marca de fábrica
y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos tales como:
polvos, líquidos, gotas, efervescentes, jarabes, tabletas, cápsulas, grageas,
ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles, suspensiones, supositorios,
aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos, soluciones, tónicos, emulsiones,
óvulos, inhaladores, vaporizaciones, lociones y demás productos farmacéuticos,
productos naturales y suplementos alimenticios destinados a complementar una
dieta normal o a beneficiar la salud y bebidas para uso médico. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005980.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—(IN2017152349 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Adriana Marín Fonseca, casada
una vez, cédula de identidad 112190373con domicilio en Liberia, 100 sur del
INS, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Bufete Marín &
Marín como marca de servicios en clase: 45 Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 45 Servicios jurídicos brindados por abogados asesores a favor de
personas, organizaciones o empresas. Reservas: De los colores: negro, naranja y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2017,
según Solicitud N° 2017-0005047. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de junio del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152272 ).
Jendy Arigely Varela Herrera, casada una vez,
cédula de identidad 111010146, en calidad de apoderada generalísima de Wow
Emotions Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101684353, con domicilio en Montes
de Oca, Barrio Los Yoses; 150 metros al sur, del Automercado, Oficinas
Asociación Parque TEC Potenciadora de Negocios, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: WOW EMOTIONS
como marca
de fábrica y servicios en clases 9 y 42 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9 Software y en clase 42: Diseño y desarrollo
de software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio
del 2017, según Solicitud N° 2017-0006319. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152288 ).
Verónica Mena Aguilar, soltera, cédula de
identidad 114410775, con domicilio en 100 norte y 100 este, Iglesia San Fco,
Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: DS DecoStyle INNOVANDO TU
ESPACIO
como marca de servicios en
clase: 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Diseñadora de
interiores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio de
2017. Solicitud N° 2017-0005797. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio de
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152310 ).
Johnny Fonseca Brenes, casado una vez, cédula
de identidad 109990093, con domicilio en San Rafael, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Valle Encantado,
como marca
de comercio en clases 29 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente. En clase 29: frutas y en clase 30: café. Reservas: de los colores:
café, blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004712. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de junio de
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017152320 ).
Marcia Xirinachs Arias, casada dos veces,
cédula de identidad 107990030, con domicilio en Santa Ana, Pozos, Urbanización
Montana, casa 60, Costa Rica, solicita la inscripción de: GL GENT LLIURE,
como nombre comercial. para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
bolsos y carteras de mujer, ubicado en Pozos de Santa Ana, Urbanización
Montana, casa N° 60. Reservas: de los colores: negro y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio de 2017. Solicitud N°
2017-0006280. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio de 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017152357 ).
Manuel Gimenez Costillo, casado una vez, cédula
de identidad 107540144, en calidad de apoderado especial de Farmacéutica
Internacional S. A. de C.V. (Farinter), con domicilio en Edificio Farinter,
Barrio La Granja, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras,
solicita la inscripción de: HERDEZ farmacias, como nombre comercial en clase:
49 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos
farmacéuticos, preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada,
farmacias preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar, y raspar
(preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, fragancias y productos de
tocador, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos
y productos para el cuidado personal, productos para el cuidado de la piel y
productos para el cuidado de las uñas, ubicado en el Edificio Farinter, Barrio
la Granja, exactamente atrás de la Toyota, Comayagueta, Honduras. Reservas: de
los colores: rojo, negro, azul y azul claro no se reserva el término
“farmacias”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio de
2017. Solicitud N° 2017-0005620. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio de
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152361 ).
Alejandra Bastida Álvarez, casada una vez,
cédula de identidad Nº 108020131, en calidad de apoderada especial de Gruma
S.A.B. de C.V., con domicilio en Río de la Plata Nº 407 Oste, Colona del Valle,
San Pedro Garza García, Nuevo León, México, solicita la inscripción de:
X´PLOTADAS como marca de fábrica y comercio, en clases: 29 y 30 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 29: papas tostadas y
fritas, maníes salados y dulces. Clase 30: tortillas tostadas, tortillas, masa
de maíz, y derivados de maíz, bizcochos, frituras de harina de maíz y trigo,
tostadas, nachos, bolitas de queso inflado, todo tipo de pastelería, repostería
y confitería. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 13 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005574. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017152377 ).
Sergio Manrique Vargas Bolaños, casado una vez,
cédula de identidad Nº 107300602, en calidad de apoderado generalísimo de Il
Fiorentino Cucina Típica Fiorentina Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101738753, con domicilio en Tibás, Llorente, Barrio Virginia, frente a la
parada de buses, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IL FIORENTINO
CUCINA TIPICA FIORENTINA
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a la elaboración de pizzas y salsas para
pizzas, pastas y carnes con base su elaboración a vegetales conforme a la
tradición de la comida italiana, sea basada en albahaca, berenjenas, chiles
dulces, salvia, orégano, aceite de oliva, perejil italiano y latino, cebolla,
ajo y prestación de servicios de preparación de comidas. Ubicado: en San José,
Tibás, Llorente, Barrio Virginia, frente a la parada de buses. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005096. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de junio del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017152438 ).
Monserrat Alfaro Solano, divorciada, cédula de
identidad 111490188, en calidad de apoderada especial de Asociación Cristiana
Habitacional de Costa Rica, con domicilio en: Sabana, trecientos metros oeste y
veinticinco metros norte de Teletica, edificio Azteca, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: URBARIUM COMUNIDADES VIBRANTES
como marca
de servicios en clases: 36 y 37. Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 36: servicios de recaudación de fondos y en clase 37:
renovación y construcción de casas residenciales para los necesitados. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2017. Solicitud N°
2017-0005839. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017152470 ).
Melissa Mora Martín, divorciada, cédula de
identidad Nº 108390188, en calidad de gestor oficioso de Balloon Latinoamerica
Spa, con domicilio en Augusto Leguía Sur 134, Las Condes Santiago, Chile,
solicita la inscripción de: Balloon Latinoamérica
como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Asesoría a empresas a fomentar y desarrollar el
emprendimiento, relaciones públicas, gestión de empresas; asesoramiento en materia
de organización de empresas; servicios de desarrollo de empresas; desarrollo de
estrategias de negocios. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 14 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002368. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 17 de abril del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017152478 ).
Melissa Mora Martin, cédula de identidad
1-1041-0825, en calidad de apoderada especial de Gustavo Antonio Ramírez
Castillo, soltero, con domicilio en Avenida Nuevo León número 254 Interior 301
Colonia Hipódromo, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06100, Ciudad de
México, México, solicita la inscripción de: GOJI vesta by kromasol
como marca de fábrica y comercio
en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 5:
Complemento alimenticio adicionado de Goji. Reservas: Cualquier color y tamaño.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de setiembre de 2016.
Solicitud Nº 2016-0009036. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de marzo de
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152479 ).
Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Gustavo Antonio
Ramírez Castillo, con domicilio en Avenida Nuevo León número 254 Interior 301
Colonia Hipódromo, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06100, México, solicita
la inscripción de: goji vesta by KROMASOL como marca de fábrica y comercio en
clase: 32. Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 32 Otras preparaciones para preparar bebidas adicionadas de Goji. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000037. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 9 de marzo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registrador.—(
IN2017152480 ).
Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Industrias Felinos
S.A., cédula jurídica 3-101-1001414, con domicilio en Tibás, del Instituto
Costarricense de Electricidad, 200 metros este, 100 metros norte y 50 metros
sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: XXX PLX SKATE &
STREETWEAR
como marca de fábrica y
servicios en clases: 25 y 35.
Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas
de vestir, calzado, artículos de sombrerería. y en clase 35: publicidad;
gestión de negocios comerciales; administración comercial relacionados a la
comercialización y distribución de prendas de vestir, calzado y accesorios
deportivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre
de 2016. Solicitud Nº 2016-0010416. A efectos de publicación téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de marzo de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017152481 ).
Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Industrias Felinos S.
A., cédula jurídica 3-101-1001414, con domicilio en Tibás, del Instituto
Costarricense de Electricidad, 200 metros este, 100 metros norte y 50 metros
sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLS PENNY LANE SPORT
CALZADO, ROPA Y ACCESORIOS
como marca de fábrica y comercio
en clases: 25 y 35. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente:
25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. y 35: Publicidad;
gestión de negocios comerciales; administración comercial relacionados a la
comercialización y distribución de prendas de vestir, calzado y accesorios
deportivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre
de 2016. Solicitud Nº 2016-0010415. A efectos de publicación téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de marzo de
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152482 ).
Melissa Mora Martín, casada, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Universal
Manufacturing Corp, con domicilio en Carr. PR-647, KM 0.5, Barrio Bajuras, Vega
Alta, PR 00692, Puerto Rico, solicita la inscripción de: DMX Doctor Mecánico
Xtreme
como marca
de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Preparaciones limpiadores multifuncionales para el hogar, automóvil
y barcos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero de 2017.
Solicitud Nº 2017-0000308. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de marzo de 2017.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152483 ).
Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Centenario
Internacional S. A, cédula jurídica 3101010979, con domicilio en Curridabat,
100 metros norte y 75 metros al oeste de la municipalidad, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: CENTENARIO SISTEMA SOLERA 20 AÑOS FUNDACION
como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Ron. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011526. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 31 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017152484 ).
Melissa Mora Martín, casado, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderado especial de Mayor Servicios S. A.,
con domicilio en la Avenida 29-85 Zona 12, Ciudad de Guatemala, Guatemala,
solicita la inscripción de: MRT
como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 12 Motos, vehículos terrestres, repuestos y
accesorios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero del
2017, Solicitud Nº 2017-0000033. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de febrero del
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152485 ).
Mellisa Mora Martín, casada una vez, cédula de
identidad 1010410825, en calidad de apoderada especial de Carlos Rene Tschen
Valladares, con domicilio en Avenida Reforma 9-55 zona 10, 4to nivel, oficina
408, edificio Reforma 10, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la
inscripción de: SHINOLA como marca de servicios en clase: 35
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Comercialización, compra y venta al por mayor y al detalle de
productos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre
del 2016. Solicitud Nº 2016-0010665. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(IN2017152486 ).
Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderado especial de Antonio Carlo
D’alessandro, casado una vez, cédula de identidad 221102796, con domicilio en
21788 Reflection Lane, Boca Ratón, Florida 33428, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: MONTAÑAS DEL RÍO RESORT AND RESIDENCES como
nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios de
publicidad, gestión de negocios y administración comercial, así como servicios
de hotelería, alimentación y hospedaje, ubicado en San José, Santa Ana, Parque
Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000307. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 15 de febrero del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—(IN2017152487 ).
Federico Rucavado Luque,
casado una vez, cédula de identidad 108390188, en calidad de apoderado especial
de Laboratorios Mallen S. A., con domicilio en N° 53 de la calle Euclides
Morillo, Arroyo Hondo, Santo Domingo, República Dominicana, solicita la
inscripción de: CRANBIOTIC como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos
de uso humano, específicamente, productos para la salud de las vías urinarias.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de febrero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0001611. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de marzo del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2017152488 ).
Melissa Mora Martín, casada una vez, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Industrias Felinos S.
A., cédula jurídica 3-101-1001414, con domicilio en Tibás, del Instituto
Costarricense de Electricidad, 200 metros este, 100 metros norte y 50 metros
sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLS como marca de
fábrica y servicios en clase(s): 25 y 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 25: Prendas de vestir, calzado, artículos de
sombrerería y 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración
comercial relacionados a la comercialización y distribución de prendas de
vestir, calzado y accesorios deportivos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 25 de octubre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010417. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 3 de marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—(IN2017152489 ).
Melissa Mora Martín, casado una vez, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Industrias Felinos S.
A., cédula jurídica 3-101-1001414, con domicilio en Tibás, del Instituto
Costarricense de Electricidad, 200 metros este, 100 metros norte y 50 metros sur,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLS como nombre
comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49:
Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización y venta de prendas
de vestir, calzado, artículos de sombrerería, ubicado en San José, avenida
central, calles 3 y 5. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de
octubre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010418. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de
marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2017152491 ).
Melissa Mora Martin, casado una vez, cédula de
identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Aluma Systems Inc, con
domicilio en 10180-101 Street, Suite 2600, Edmonton, AB, Canadá T5J 3Y2,
Canadá, solicita la inscripción de: ALUMA SYSTEMS A BRAND COMPANY como
marca de servicios en clase(s): 37; 40 y 42 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: 37: Servicios de construcción; servicios de
reparación; servicios de instalación, 40: Tratamiento de materiales y 42
Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y
diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales;
diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 13 de febrero del 2017. Solicitud Nº
2017-0001247. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de marzo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—(IN2017152492 ).
Enrique Cruz Vargas,
divorciado una vez, cédula de identidad 203070668, en calidad de apoderado
generalísimo de Tucurra Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101682273, con
domicilio en Grecia, San José, Santa Gertrudis Sur, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: BAR Y RESTAURANTE TUCURRA como nombre
comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a bar y restaurante, ubicado en Alajuela,
Grecia, San José, Santa Gertrudis Sur, 500 m al sur de la escuela. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de marzo del 2017. Solicitud Nº
2017-0002527. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de marzo del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—(IN2017152504 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de apoderada especial de Honda Motor Co.,
LTD. con domicilio en 1-1, Minami-Aoyama 2-Chome, Minato-Ku, Tokyo 107-8556,
Japón, solicita la inscripción de: NAVI como marca de fábrica y comercio
en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Motocicletas, vehículos; aparatos de locomoción terrestre; aérea o acuática, y
partes y accesorios para los mismos. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 3 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000974. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Bernard Molina Alvarado,
Registrador.—(IN2017152528 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de K-Swiss Inc, con
domicilio en 523 W. 6th Street, Los Ángeles, CA 90014, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: SUPRA
como marca de fábrica y comercio en clase: 18 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Billeteras; monederos; maletas; mochilas; bolsas de
lona; bolsas de deporte; bolsas de viaje; bolsos; bolsos de mano; bolsos de
hombro; bandoleras de cuero; bolsas [envolturas, bolsitas] de cuero para
embalar; estuches de cuero o cartón cuero; tarjeteros [carteras]; alfombrillas
(mat) de cuero; correas de cuero; cuero y cuero de imitación; pieles de
animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; mochilas; mochilas de
cintura; maletas de mano; portafolios [artículos de marroquinería]. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005631. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2017152529 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Salvador Avellana
Bullón, soltero, pasaporte AAF121735; Narcis Castella Juanola, soltero,
pasaporte PAB637865 y Wilson Cavalcante, divorciado, pasaporte YB338029 con
domicilio en Plaça Turers, 3, Banyoles (Girona), España; c/ Cabanya, 23, Celra
(Girona), España y Borgonyà, Cornella del Terri (Crta. Borgonya, 12), (Girona),
España, solicita la inscripción de: MIDNIGHT PAINT PARTY
como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Organización de fiestas y eventos; conciertos,
audiciones de música y representaciones teatrales, relacionados a fiestas y
eventos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de marzo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0002088. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del
2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017152530 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Abena Holding A/S
con domicilio en Egelund 35, 6200 Aabenraa, Denmark, Dinamarca, solicita la
inscripción de: BAMSO Nature
como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Pañales de papel para
bebés. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017, solicitud
Nº 2017-0004041. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017152531 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Abena Holding A/S,
con domicilio en Egelund 35, 6200 Aabenraa, Dinamarca, solicita la inscripción
de: ABRI como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones higiénicas; artículos
higiénicos para uso médico, incluyendo pañales y toallas sanitarias para
incontinentes, protege-slips (compresas higiénicas), tampones para la
menstruación, paños menstruales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004039. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—(IN2017152532 ).
Luis Esteban Hernández
Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial
de Abena Holding A/S, con domicilio en Egelund 35, 6200 Aabenraa, Dinamarca,
solicita la inscripción de: ABENA como marca de fábrica y comercio en
clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones higiénicas; artículos higiénicos para uso médico, incluyendo
pañales y toallas sanitarias para incontinentes, protege-slips [compresas higiénicas],
tampones para la menstruación, paños menstruales; pañales higiénicos para
personas incontinentes; preparaciones farmacéuticas para el cuidado de la piel;
apósitos; vendas; desinfectantes; desinfectantes para propósitos higiénicos;
pañales-braga para bebés; jabones, tabletas, cápsulas, cremas y lociones para
propósitos farmacéuticos, específicamente para el cuidado íntimo y la higiene
íntima; almohadillas para la lactancia; artículos higiénicos absorbentes;
hisopos para uso médico; hilas para uso médico; cintas adhesivas para uso
médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0004037. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de junio del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2017152533 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Abena Holding A/S,
con domicilio en Egelund 35, 6200 Aabenraa, Dinamarca, solicita la inscripción
de: ABENA como marca de fábrica y comercio en clase: 10 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Sábanas para personas incontinentes
[empapadorres]; ropa especial para quirófano; compresores [cirugía]; guantes
para uso médico; sábanas de guata de celulosa absorbente para usar durante
cirugías; campos quirúrgicos [sábanas estériles] y materiales de recubrimiento
para propósitos médicos; ropa médica; gorros médicos, mascarillas protectoras
de boca para uso médico; fórceps quirúrgicos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004038. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—(IN2017152534 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Eclat Group
Corporation, con domicilio en 3401 NW 82 Avenue, N° 105 G Doral, Florida,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ECLAT como marca
de fábrica y comercio en clase: 7 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Filtros de aire para motores de automóviles; filtros de aire para
motores de motocicletas; filtros de aire para motores de vehículos; culatas de
cilindros de motor; cilindros de motor; distribuidores para vehículos;
cojinetes de motor; árboles de levas de motor, cilindros de motor para
vehículos; bielas para motores; componentes de temporización de motor,
específicamente, piñones y cadenas de leva; filtros de motor; filtros de
combustible; juntas para motores de combustión interna; partes de motores de
combustión interna, específicamente, aros de pistón, partes de motores de
combustión interna, específicamente pistones; juntas de motores de metal para
vehículos; filtros de aceite; aros de pistón; bujías de encendido. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2017. Solicitud Nº
2017-0004278. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—(IN2017152535 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de Gestor oficioso de Eclat Group
Corporation, con domicilio en 3401 NW 82 Avenue, N° 105 G Doral, Florida,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ECLAT como marca
de fábrica y comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: Motores para automóviles; dispositivos de suspensión para
automóviles, específicamente coilovers (tipo de suspensión de automóviles);
componentes de sistema de suspensión para automóviles, específicamente perchas
de resortes; ejes para sistemas de suspensión neumática en vehículos; kits de
reparación de cilindros de freno, vendidos como una unidad para vehículos
terrestres; cilindros de freno; discos de freno; discos de freno para
vehículos; tambores de freno para vehículos terrestres; tambores de freno para
vehículos; pastillas de freno para vehículos terrestres; rotores de freno para
vehículos terrestres; zapatos de freno para vehículos terrestres; sistemas de
freno para vehículos; frenos para carros de motor; frenos para vehículos;
soportes de motor para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres;
frenos de disco hidráulicos; frenos de llanta hidráulicos; kits de
reconstrucción de motor de vehículo terrestre, vendido como unidad; partes de
suspensión de vehículos terrestres, específicamente muelles espirales; partes
de suspensión de vehículos terrestres, específicamente ecualizadores; partes de
suspensión de vehículos terrestres específicamente muelles de ballesta; partes
de suspensión de vehículos terrestres, específicamente barras de torsión /
oscilantes; cilindros de freno principal; motores para vehículos terrestres;
sistemas de suspensión para automóviles y camiones; partes de vehículos,
específicamente puntales de suspensión; suspensión de llantas; cilindros de
motor para vehículos terrestres; bombas de combustible para vehículos
terrestres; correas de distribución para motores de vehículos terrestres;
bombas de agua para vehículos terrestres. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004279. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—(IN2017152536 ).
Luis Esteban Hernández Brenes,
casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de MCP
Investment, LLC con domicilio en 3598 Center Avenue, Norco, California 92860,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PRO CIRCUIT como
marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Ropa, específicamente camisetas, sudaderas, camisetas
sin manga, sombreros, beanies (gorros), jerseys de carreras de deportes de
motor y pantalones de carreras de motocicletas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 12 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004408. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 13 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—(IN2017152537 ).
Ricardo González Fournier, casado dos veces,
cédula de identidad 105140630, en calidad de apoderado especial de Villalobos
Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en San Salvador, Calle
Gerardo Barrios Mil Trescientos Once, San Salvador, El Salvador, solicita la
inscripción de: ROSVILL como marca de fábrica y comercio en clase: 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pan, galletas,
bizcochos, tortas, productos de pastelería y confitería, preparados a base de
harina y cereales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0005845. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2017152541 ).
Manfred José Roldán Ramírez, soltero, cédula de identidad
115290718, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Futbolmanía CR
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102720781, con domicilio
en Escazú, Guachipelín, 400 metros norte de Construplaza, Edificio Latitud
Norte, tercer piso, en las oficinas Quatro Legal San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: FM Futbolmanía,
como marca de servicios en
clase: 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
personalización solicitadas por pedidos o especificaciones de un tercero, o
propias de la empresa, a través del estampado de letras, palabras, números,
dibujos, emojis, logos, escudos, banderas y señalizaciones en camisas,
camisetas, gorras, viceras, calzado deportivo, uniformes, y guantes de portero.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2017.
Solicitud N° 2017-0005733. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152554 ).
Amalia Ibarra Rojas, viuda, cédula de identidad
103640526, en calidad de apoderada generalísima de Norka Ltda., cédula jurídica
3102032842, con domicilio en Santa Ana, Pozos 3 km oeste de Construplaza
Escazú, 200 sur-100 oeste Condominio Catalano N° 2, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: NORKA CHILE-JELLY como marca de fábrica y
comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Jaleas, mermeladas, con chile. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 7 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005372. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—(IN2017152568 ).
Sigrid Martínez Picado, divorciada una vez,
cédula de identidad Nº 109640359, con domicilio en: Urb. Los Geranios, casa
E-6, Paso Ancho N., cantón Central, distrito Sn Sebastián, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Sostenibilidad en Mente
como marca de servicios en
clases 35 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 35: consultorías en administración y en clase 41: charlas y talleres. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2017. Solicitud N°
2017-0005782. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152576 ).
Iván Rosales Chaves, casado una vez, cédula de
identidad Nº 109350855, en calidad de apoderado especial de Interbusess Uno de
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101196984, con domicilio en:
Curridabat, Zapote, de Casa Presidencial 300 metros oeste, edificio Mira, piso
Nº 3, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: INTERBUS EASY GOING
EVERYWHERE Really Good !
como marca de comercio en clase
39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
transporte de turistas nacionales e internacionales, organización de viajes
dentro del territorio costarricense. Reservas: de los colores: verde, rojo y
blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo del 2017.
Solicitud N° 2017-0004428. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de mayo del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152595 ).
Franco Addonizio, casado, pasaporte YA5455041,
en calidad de apoderado generalísimo de Azeta Cerámica Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3101691240, con domicilio en: San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: AZ CERAMICA como marca de comercio en clase 19 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: pisos cerámicos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 05 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003190. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
19 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152597 ).
Gian Piero Loponte Addonizio, casado, cédula de
residencia Nº 186200625812, en calidad de apoderado generalísimo de Decorbaño
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101727371, con domicilio en: Pavas,
Rincón Grande, dentro del Parque Industrial Empresarial del Oeste, local Nº 26,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: AQUOS
como marca de comercio en clase
19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pisos de porcelanato
y cerámica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril
del 2017. Solicitud N° 2017-0003191. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de mayo
del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017152598 ).
Franco Addonizio, casado, pasaporte YA5455041,
en calidad de apoderado generalísimo de Decorvetro Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3101680444 con domicilio en: Pavas, Rincón Grande, dentro del
Parque Industrial Empresarial del Oeste local Nº 26, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: M MOSAGRES CERÁMICAS - PORCELANATOS - MOSAICOS
como marca de comercio en clase
19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pisos de
porcelanato, cerámica y mosaico. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003193. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017152601 ).
Franco Addonizio, casado, pasaporte YA5455041,
en calidad de apoderado generalísimo de Porcelanart CR Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3101731875, con domicilio en Pavas, Rincón Grande, dentro del
Parque Industrial Empresarial del oeste local N° 26, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: PORCELANART cerámicas,
como marca de comercio en
clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 35
venta de pisos de porcelanato y cerámica Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 5 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003194. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2017152602 ).
Maria Pilar Galtes Forn, casada una vez, cédula
de identidad N° 114080568, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones
in Design Veintisiete Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N°
3102734215, con domicilio en Santa Ana, Río Oro, Plaza Obelisco, Local N° 2A,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IN DESIGN 27 iluminación
decoración diseño, como marca de comercio en clase(s): 42 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios en decoración de interiores, diseño de interiores,
asesorías de decoración, iluminación de áreas habitacionales y comerciales, y
demás servicios relacionados a la decoración y el diseño de interiores en Costa
Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003195. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de mayo del
2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017152603 ).
Gian Piero Loponte Addonizio,
casado, cédula de residencia 186200625812, en calidad de apoderado generalísimo
de Decorbaño Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101727371, con domicilio en Pavas, Rincón Grande, dentro del Parque
Industrial Empresarial del Oeste, local N° 26, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: DECORBAÑO, como nombre comercial en clase: internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a la venta y distribución de productos para baños y decoración de baños,
ubicado en San José, Pavas, Rincón Grande, dentro del Parque Industrial
Empresarial del Oeste, local N° 26. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 5 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003192. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de abril de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017152605 ).
Geovanni Jesús Muñoz Otárola, soltero, en
calidad de apoderado generalísimo de Geo Muñoz S.A., con domicilio en Santa
Bárbara, San Juan, 100 metros al norte de Servicentro San Juan, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Pollo Totote,
como nombre comercial en clase.
Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a la venta de pollo crudo y elaborado. Ubicado en Heredia, La Aurora, de la
Escuela, 25 metros al oeste. Reservas: de los colores rojo y amarillo. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0005637. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017152615 ).
Marco Antonio Ugarte Ulate, casada una vez,
cédula de identidad N° 602870337, con domicilio en Residencial Monserrat Tres
Ríos, casa 31 I, Costa Rica, solicita la inscripción de: Mixtico
como marca de comercio en
clase(s): 32 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 32
Mezcla para cocteles sin licor. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 8 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004193. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 3 de julio de 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2017152619 ).
Marcelo Vemon Fung, casado una vez, cédula de
identidad N° 700910680, en calidad de apoderado general de Conejo Dorado
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102672695, con
domicilio en Escazú, San Rafael, de la entrada a la calle a Guachipelín 600
metros norte y 75 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Rabbit
Kids,
como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: calcetines, camisetas, ropa interior, ropa deportiva,
vestidos, camisas, pantalones, sueters y en general prendas de vestir para
niños. Reservas: de los colores: negro, blanco y anaranjado. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 8 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005448. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesen,
Registradora.—( IN2017152622 ).
Aníbal Mauricio Araya Madrigal, casado una vez,
cédula de identidad 109060046, en calidad de apoderado general de Bihonat Costa
Rica S. A., cédula jurídica 3101719391, con domicilio en Zapote, de Radio Puntarenas,
150 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NANO
Naturals
como marca de fábrica y comercio
en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
farmacéuticos y veterinarios. Reservas: del color verde. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 5 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006493. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 12 de julio de 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017152632 ).
Marvin Rodríguez Solórzano,
casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado
generalísimo de Café de Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica
3101377316, con domicilio en San Ramón, en
las oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal, 1 kilómetro y
medio de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: D’RAMÓN,
como marca de comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: café y sucedáneos del café, específicamente café oro, café sin
tostar, café tostado en grano, café tostado molido. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de junio de 2017. Solicitud N°
2017-0005664.—San José, 7 de julio de 2017. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017152645 ).
Mainor Martín León Cruz, casado una vez, cédula
de identidad Nº 204210046, en calidad de apoderado generalísimo de
Distribuidora Ochenta y Seis S. A., cédula jurídica Nº 3101093585, con
domicilio en San Ramón, Calle Santiaguito, 400 metros sur de la Imprenta
Acosta, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Tec Tram como nombre
comercial, en clase: 49 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial
dedicado a la producción de materiales para: a) bicicletas y repuestos de
bicicletas, asientos, tubos y gasas de asiento, manubrios, puños, marcos
pedales, frenos, expanderos, patillas, manivelas y aros; b) motocicletas, sus
partes o piezas y productos, específicamente asientos, tubos y gasas de
asiento, manubrios, puños, marcos, pedales, frenos, expanderos, patillas,
manivelas y aros; c) mobiliario metálico y no metálico; d) equipo y maquinaria
para gimnasio metálico y no metálico; e)
equipo urbano metálico y no metálico, específicamente bancas, parada de bus,
skateparks; f) accesorios y artículos deportivos; g) ropa deportiva. Ubicado:
en San Ramón, Alajuela, Calle Santiaguito, 400 metros sur de la Imprenta
Acosta. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0005673. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de junio del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152646 ).
Marvin Rodríguez Solórzano,
casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado
generalísimo de Café de Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica
3101377316 con domicilio en San Ramón, en las oficinas del Beneficio de Café
José Valenciano Madrigal, un kilómetro y medio al este de la Bomba Chury,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA ORTIGA como marca
de comercio y servicios en clase 30 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Café y sucedáneos del café, específicamente café oro, café sin
tostar, café tostado en grano, café tostado molido. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005670.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017152647 ).
Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez,
cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de
Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316, con domicilio
en San Ramón, en las oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal,
un kilómetro y medio al este de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita
la inscripción de: EL CERCO como marca de comercio y servicios en clase
30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café y sucedáneos
del café, específicamente café oro, café sin tostar, café tostado en grano,
café tostado molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de
junio del 2017, solicitud Nº 2017L0005669. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017152648 ).
Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez,
cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de
Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316 con domicilio en
San Ramón, en las oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal, 1
kilómetro y medio de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: JACARANDAS como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Café, y sucedáneos
del café, específicamente café oro, café sin tostar, café tostado en grano,
café tostado molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de
junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005667. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de julio
del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152649 ).
Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez,
cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de
Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316 con domicilio en
San Ramón oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal, un kilómetro
y medio al este de la Bomba Chury, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLUMA
& TINTA como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger
y distinguir lo siguiente: 30 Café y sucedáneos del café, específicamente café
oro, café sin tostar, café tostado en grano, café tostado molido. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº
2017-0005665. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de julio del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017152650 ).
Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez,
cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de
Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316 con domicilio en
San Ramón, en las oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal un
kilómetro y medio al este de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GUITARRA como marca de comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café y sucedáneos del
café, específicamente café oro, café sin tostar, café tostado en grano, café
tostado molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio
del 2017, solicitud Nº 2017-0005663. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de julio
del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152651 ).
Esteban Méndez Fernández, soltero, cédula de
identidad Nº 110070629, con domicilio en Sabana Norte 300 mts norte y 50 este
del ICE Condominio Los Soles Nº 2, Costa Rica, solicita la inscripción de: B
Dr. Brand
como marca de servicios, en clases: 35 y 41 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente, en clase 35: consultoría en mercadeo,
publicidad y comunicación. Desarrollo de estrategias de mercadeo, publicidad,
comunicación, creatividad, diseño gráfico de conceptos y material general
(publicitarios). Administración de redes sociales, y en clase 41: producción de
eventos y actuaciones de Marca. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005652. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017152674 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Smith & Nephew
PLC, con domicilio en 15 Adam Street, Londres, WC2N 6LA, Reino Unido, solicita
la inscripción de: Smith&nephew
como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: material y vendajes quirúrgicos y médicos
para heridas; gel, ungüentos y polvos para el tratamiento de heridas; vendajes
para heridas para uso con dispositivos terapéuticos de presión negativa para
heridas; bandas adhesivas y cintas adhesivas para uso médico; gaza para
vendajes; preparaciones medicadas para el cuidado de la piel; preparaciones
farmacéuticas para el tratamiento de heridas; toallitas de algodón, tejidos e
hisopos medicados; productos médicos para mejorar la apariencia cosmética de la
piel; productos médicos para uso en tratamiento de heridas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de enero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0000585. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de febrero del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017152693 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de
Fayon Limited, con domicilio en: Ashbourne, Loreto Park, Douglas, Cork,
Irlanda, solicita la inscripción de: Tiqy como marca de fábrica y
servicios en clases 9, 36, 39, 41, 42 y 43 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: en clase 9: aplicaciones descargables de software
informático para acceder a la información, realizar reservas y gestionar pagos
y transacciones financieros en el ámbito de viajes, turismo, actividades
turísticas, organización de viajes, excursiones [turísticas], excursiones y
actividades culturales y de aventura y alojamiento a corto plazo; software de
ordenador, grabado y / o descargable para gestionar reservas y pagos y transacciones
financieras en el ámbito de viajes, turismo, actividades de viajes,
excursiones, actividades de aventura, excursiones de actividades al aire libre,
excursiones culturales y actividades y reserva de alojamiento a corto plazo; en
clase 36: servicios financieros y monetarios, a saber, servicios de facturación
y facturación, servicios de pago electrónico, servicios de remesas financieras,
servicios de cuentas bloqueadas; servicios de reembolso financiero, emisión y
reembolso de fichas y bonos de servicios de valor e información financiera;
todo lo anterior en el ámbito de los viajes turísticos, el turismo, las
actividades de viajes, los arreglos de viaje, las excursiones [turísticas], las
excursiones y actividades culturales y de aventura y el alojamiento a corto
plazo; servicios de consultoría, asesoramiento e información relacionados con
los servicios mencionados; en clase 39: suministro de información (incluida la
información de reserva) y servicios de reserva por vía electrónica, a través de
redes informáticas en línea y de Internet y / o proporcionados en línea desde
una base de datos informática, (incluidos enlaces a sitios web de terceros),
excursiones; en clase 41: provisión de información de entretenimiento
(incluyendo la información de reserva) y los servicios de reserva de forma
electrónica, a través de redes informáticas en línea e Internet y / o prestados
en línea desde una base de datos informática, incluso a través de enlaces a
sitios web de otros, en la aventura de campo, excursiones al aire libre y
culturales, actividades y eventos; en clase 42: diseño y desarrollo de
programas informáticos; software como servicios; alquiler de programas
informáticos; todo para la administración de empresas y gestión de reservas en
el ámbito de la organización de viajes, operador turístico, alojamiento a corto
plazo, restaurantes, actividades turísticas y culturales y proveedores de servicios de eventos; diseño, desarrollo,
mantenimiento y alojamiento de sitios web de Internet para terceros; servicios
de consultoría, asesoramiento e información relacionados con los servicios
mencionados y en clase 43: suministro de información (incluida la información
de reserva) y servicios de reserva por vía electrónica, a través de redes
informáticas en línea e Internet y / o proporcionados en línea desde una base
de datos informática, incluso mediante enlaces a sitios web de terceros, en el
ámbito del alojamiento temporal y servicios de suministro de alimentos y
bebidas. Prioridad: Se otorga prioridad N° 015457625 de fecha 21/05/2016 de
Reino Unido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de
noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011352. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
31 de enero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152694 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Bayerische Motoren
Werke Aktiengesellschaft, con domicilio en Petuelring 130, 80809 Munich,
Alemania, solicita la inscripción de: Gran Lusso como marca de fábrica y
comercio, en clase: 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
clase: 12: Vehículos y sus partes. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 16 de diciembre del 2016. Solicitud
Nº 2016-0012342. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152695 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Aroderado Esqecial
de ‘HTC Holding A.S., con domicilio en Dobroviova 8, SK-81 1 09, Bratislava,
República Eslovaca, Eslovaquia, solicita la inscripción de: ZETOR como
marca de fábrica y comercio, en clase: 12 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: vehículos, vehículos terrestres; tractores; ruedas del
vehículo; chasis del vehículo; parachoques de vehículos; estribos para
vehículos; radios de ruedas; muelles de suspensión para vehículos; asientos de
vehículos; cubiertas de vehículos; bomba de aire; ejes para vehículos; frenos
para vehículos; circuitos hidráulicos para vehículos; embragues para vehículos
terrestres; puertas para vehículos; máquinas para vehículos terrestres; motores
para vehículos terrestres; cajas de cambios para vehículos terrestres;
guardabarros; mecanismos de propulsión para vehículos terrestres; cinturones de
seguridad para asientos de vehículos; volantes para vehículos; transmisiones,
para vehículos terrestres; ventanas para vehículos; neumáticos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012356. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
Nº 7978.—San José, 01 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017152696 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de The American
Automobile Association, Inc, con domicilio en: 1000 AAA Drive, Heathrow,
Florida, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: AAA
como marca de servicios en
clases 35, 36, 37 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 35: Organización de compras con descuento, incluidos en la
clase 35; en clase 36: Ajuste y cobro de reclamaciones por daños a seguros;
servicios de corretaje de seguros, a saber, obtención de seguros, colocación de
seguros con suscriptores; servicios financieros, a saber, emisión, pago y
recogida de cheques de viajero; servicios bancarios, a saber, depósitos a plazo
fijo; asesoramiento en materia de inversiones servicios de asesoramiento;
servicios de tarjetas de crédito y préstamos para automóviles; reembolso de
servicios jurídicos, todos incluidos en la clase 36; en clase 37: Servicios en
carretera de emergencia incluidos en la clase 37 y en clase 42: Servicios de
club de automóviles, a saber, clasificación de alojamientos turísticos;
servicios de promoción sobre la conciencia pública de la necesidad de seguridad
en el tránsito y la seguridad de los peatones mediante el patrocinio de
patrullas de seguridad en las escuelas y la realización de campañas de tráfico
y de seguridad para peatones; servicios de promoción de los intereses de los
viajeros automovilísticos al abogar por una legislación que favorezca el
transporte seguro y económico de vehículos de motor, el funcionamiento y el
mantenimiento; pruebas y consulta de seguridad de productos de consumo, a
saber, realización de ensayos de vehículos de motor y pruebas de resistencia, y
realización de pruebas de productos automotrices y afines; servicios de
organización de viajes, a saber, reservas y reserva de alojamiento incluidos en
la clase 42. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero
del 2017. Solicitud N° 2017-0000759. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de
febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152697 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de
Compañía Nacional de Chocolates S.A.S. con domicilio en Carrera 43A N° 1 A Sur
143, Medellín, Antioquia, Colombia, solicita la inscripción de: CORDILLERA,
como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Cacao; chocolate; bebidas a base de cacao; bebidas a
base de chocolate; caramelos; productos de confitería, dulces, golosinas;
productos de confitería a base de almendras; productos de confitería a base de
cacahuate, productos de confitería a base de maní. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero de
2017. Solicitud N° 2017-000268. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de marzo de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017152698 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de
Compañía Nacional de Chocolates S.A.S., con domicilio en Carrera 43A N° 1A Sur
143, Medellín - Antioquia, Colombia, solicita la inscripción de: CORDILLERA
como marca de fábrica y comercio en clase: 29. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 29: Frutas en conserva; frutos secos preparados;
frutos secos confitados; jaleas de fruta, gelatinas de fruta; jaleas
comestibles; confituras; compotas; productos lácteos; leche. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de
este edicto. Presentada el 13 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000269. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 7 de marzo de 2017.—Wendy López Vindas, Registrador.—(
IN2017152699 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de 3M
Company con domicilio en 3M Center, 2501 Hudson Road, ST Paul, Minnesota 55144,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TEGADERM como
marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 5 Vendajes, médicos y quirúrgicos; vendajes médicos y
quirúrgicos que contengan preparaciones antimicrobianas; y rellenas para
heridas no incluidos en otras clases. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001763. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 3 de marzo de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017152700 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Teka Industrial S.
A., con domicilio en Avda. Cajo, 17 39011 Santander (Cantabria), España,
solicita la inscripción de: Küppersbush Für Küchen Mit Stil como señal de
propaganda en clase 11 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: para promocionar aparatos de calefacción; aparatos de calefacción
que funcionan con gas; aparatos de calefacción eléctricos; aparatos de
calefacción domésticos; aparatos de cocina; utensilios de cocción eléctricos;
aparatos de gas para cocinar; cocinas [aparatos]; hornos microondas; utensilios
de cocción eléctricos; aparatos de calefacción eléctricos; placas de cocina
encastradas; placas de cocina encastradas; hornillos; placas calefactoras [para
uso doméstico]; hornos domésticos [hornillos]; placas [partes de estufas];
campanas extractoras de vapor para cocinas; hornos microondas; placas
calefactoras [para uso doméstico]; hornos de panadería; hornos eléctricos
(aparato culinario); hornos de cocción [para uso doméstico]; hornos comerciales
para hornear alimentos; placas de cocina (fogones); placas para calentar
comidas; hornos microondas para uso doméstico; hornos microondas para cocinar;
hornos microondas; hornos microondas; frigoríficos domésticos; frigoríficos
eléctricos; armarios frigoríficos; frigoríficos eléctricos para uso doméstico;
aparatos de congelación; campanas de cocina; campanas de ventilación; campanas
extractoras de vapor para cocinas; campanas de ventilación para cocinas; hornos
de cocina eléctricos; hornos microondas; aparatos de cocina, eléctricos y a
gas; cafeteras eléctricas; cajas de almacenamiento eléctricas, frío y calor;
cocinas electromagnéticas de inducción [para uso doméstico]; hornos de
inducción; calentadores de inducción; hornillos de cocina, a gas y eléctricos;
hornillos portátiles; woks eléctricos; parrillas domésticas, eléctricas y a
gas; campanas de ventilación y extractores, con relación con la marca”
Küppersbush. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero
del 2016. Solicitud N° 2016-0001820. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de marzo
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152701 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 1’10180975, en calidad de apoderado especial de
Hochdorf Swiss Nutrition Ltd., con domicilio en Siedereistrasse 9, 6281
Hochdorf, Suiza, solicita la inscripción de: BABINA como marca de
fábrica y comercio en clase 5 y 29 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: En clase 5: Alimentos dietéticos y sustancias de uso médico o
veterinario, alimentos para bebes y en clase 29: Carne, pescado, aves y caza;
extractos de carne; frutas y hortalizas en conserva, congeladas, secas y cocidas;
jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche productos lácteos; aceites y grasas
comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de febrero
de 2017. Solicitud Nº 2017-0001610. A efectos de publicación téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de marzo de
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152702 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de gestor oficioso de Viajes
Beda S. A. de C.V., con domicilio en AV. Bonampak, SM 10 MZ 2 Lote 7, Cancún,
Quintana Roo, México, solicita la inscripción de: BD EXPERIENCE como
marca de servicios en clase: 39. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 39: Acompañamiento de viajeros, organización de cruceros,
información sobre horarios de transporte, suministro de información sobre
itinerarios de viaje, servicios de organización de viajes prestados por
agencias de turismo, organización de viajes a través de agencias de viajes;
organización de viajes turísticos, reservación de plazas de viaje, transporte
de pasajeros, reservación de transporte a través de agencias de viajes,
transporte, reserva de transporte, acompañamiento de viajeros, transporte de
viajeros; reserva de viajes, organización de viajes turísticos, visitas
turísticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero de
2017. Solicitud Nº 2017-0000793. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de febrero de
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152703 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de 3M Company, con
domicilio en 3M Center, 2501 Hudson Road, St. Paul, Minnesota 55144, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: 3M,
como marca
de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios de suministro de alimentos y bebidas; alojamiento
temporal; servicios de restaurante; bar y restauración; suministro de
alojamiento vacacional; reserva y servicios de reserva para restaurantes y
alojamiento vacacional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de
marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0001905. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de marzo de
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017152704 ).
Néstor
Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de
apoderado especial de T.J. Smith & Nephew Limited, con domicilio en 101
Hessle Road Hu3 2BN Hull, Reino Unido, solicita la inscripción de: TIO
como marca de fábrica y comercio en clase: 10. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Dispositivos y aparatos para terapia de presión
negativa aplicada a la curación de heridas. Prioridad: Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 6 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002064. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 10 de marzo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017152708 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de
identidad 1010180975, en calidad de apoderado especial de Merck Sharp &
Dohme Corp., con domicilio en One Merck Drive, Whitehouse Station, New Jersey,
08889, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de
fábrica y comercio en clase: 5 internacional.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: 5 productos farmacéuticos, a saber,
antibióticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de marzo de 2017.
Solicitud N° 2017-0001906. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de marzo de
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152709 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de SB
Beauty & Care Company AG con domicilio en Rothusstrasse 19 Po Box 162
CH-6331, Hünenberg, Suiza, solicita la inscripción de: BRONX COLORS URBAN
COSMETICS como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: 3: Cosméticos para las cejas, lápices para
las cejas, bálsamo anti-defecto llamado BB crema, colorete, geles de bronceado,
bronceadores, bronceadores, cosméticos decorativos, polvo facial (para uso
cosmético), cosméticos y productos de maquillaje, sombras de ojos, brillo de
labios, bálsamos labiales, lápiz labial, rímel, esmalte de uñas, fundamentos
(para los ojos y labios), almohadillas de limpieza impregnadas con cosméticos,
cosméticos para pestañas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001545. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 20 de marzo de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017152710
).
Néstor
Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de
apoderado especial de SEAT, S.A., con domicilio en Autovía A-2, km. 585, 08760
Martorell (Barcelona), España, solicita la inscripción de: SEAT BARNA
como marca de fábrica y comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: vehículos; aparatos de locomoción terrestre;
automóviles; partes y accesorios de vehículos. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 20 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002537. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 22 de marzo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017152711 ).
Néstor Morera Víquez, casado una
vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de BSH
Hausgeräte GMBH, con domicilio en Carlwery- Strasse 34 81739 Munich, Alemania,
solicita la inscripción de: B/S/H/, como marca de fábrica y comercio en
clases 7, 9, 11 y 37 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 7: máquinas y aparatos eléctricos, domésticos y de cocina incluidos en la
clase 7, en particular, máquinas y aparatos eléctricos de cocina, que incluyen
aparatos de afilar, batir y amasar, exprimidores de frutas, extractores de
jugos, centrifugadoras de jugos, máquinas de picar carne, aparatos para cortar,
herramientas eléctricas, abridores de latas, aparatos para afilar cuchillos, y
máquinas y aparatos para hacer bebidas y/o preparar alimentos, bombas para
dispensar bebidas heladas; máquinas expendedoras eléctricas de bebidas y
alimentos, máquinas expendedoras automáticas; aparatos eléctricos para sellar
plásticos (envasado); aparatos eléctricos de eliminación de residuos, a saber
de disposición y compactación de residuos; máquinas lavavajilla; máquinas y
dispositivos eléctricos de lavandería y limpieza de ropa (incluidos en la clase
07), que incluyen máquinas lavadoras, secadoras por centrifugado, prensas de
planchado, máquinas planchadoras, incluidas en la clase 7, equipos eléctricos
de limpieza doméstica, que incluyen equipos eléctricos para limpiar ventanas,
lustradoras eléctricas de calzado, aspiradoras, aparatos de aspiración húmeda y
en seco; aspiradoras robóticas; robots para tareas domésticas; partes de los
artículos precedentemente mencionados, incluidos en la clase 7, mangueras,
tubos, filtros de polvo y bolsas para filtros de polvo, todo para aspiradoras;
en clase 9: balanzas de cocina, balanzas de baño, aparatos
(eléctricos/electrónicos) de operación, señalización y control remoto de máquinas
y utensilios domésticos o de cocina; portadoras de datos legibles por máquina
grabados o sin grabar para equipos domésticos; dispositivos de procesamiento de
datos y programas de procesamiento de datos para controlar y operar artefactos
domésticos, dosímetros, partes y partes adicionales de todos los artículos
precedentemente mencionados, incluidos en la clase 9; en clase 11: aparatos de
calefacción, generadores de vapor y cocción, en particular hornos, dispositivos
para horneado, asado, cocción a la parrilla, tostado, descongelado y
calentamiento, calentadores de agua, calentadores de inmersión, ollas de
cocción lenta, hornos de microondas, planchas (eléctricas) para hacer gofres,.
ollas de vapor para huevos, freidoras (eléctricas); máquinas eléctricas para
hacer té y café, máquinas de café expreso, cafeteras automáticas (incluidas en
la clase 11); aparatos de refrigeración, en particular refrigeradores, arcones
congeladores, armarios refrigerados, aparatos de enfriamiento de bebidas,
refrigeradores-congeladores, congeladores, máquinas y aparatos de fabricación
de hielo, aparatos de secado, en particular que incluyen secadoras, máquinas
lavadoras secadoras; secadores de manos, secadores de pelo; lámparas de
infrarrojos (diferentes de las de uso médico); almohadillas térmicas (que no
sean de uso médico); mantas eléctricas (que no sean de uso médico); aparatos de
ventilación, en particular ventiladores; filtros de campana extractora, equipos
de extracción de vapor y campanas extractoras para cocinas, aparatos y
dispositivos de aire acondicionado para mejorar la calidad del aire,
humidificadores, aparatos de desodorización del aire, aparatos dosificadores de
fragancias, distintos de los de uso personal, aparatos purificadores de aire,
aparatos de suministro de agua y uso sanitario, en particular que incluyen
accesorios para instalaciones de generación de vapor, ventilación y suministro
de agua; calderas, calderas de almacenamiento y calderas de calentamiento
instantáneo; fregaderos de cocina; bombas de calor; partes de todos los
artículos precedentemente mencionados, incluidos en la clase 11; grifos para
dispensar bebidas enfriadas y usar en combinación con artefactos de
enfriamiento de bebidas (que no sean máquinas expendedoras) y en clase 37:
instalación, colocación, mantenimiento y reparación de equipos domésticos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2017.
Solicitud N° 2017-0000453. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de febrero del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152712 ).
Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad
110180975, en calidad de apoderado especial de Viasat, Inc. con domicilio en
6155 El Camino Real, Carlsbad, California, 92009, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: VIA como marca de servicios en clase: 38.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 38: Proveedores de
servicios de Internet; servicios de comunicación satelital; servicios de
comunicación de banda ancha inalámbrica y de banda estrecha inalámbrica;
servicios de telecomunicación, a saber, suministro de acceso inalámbrico a
internet, para usuarios múltiples. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87/052,978
de fecha 27/05/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de noviembre de 2016. Solicitud Nº
2016-0011514. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017152713 ).
Sara Sáenz Umaña, cédula de
identidad número 204960310, en calidad de apoderada especial de Industrias
Rodríguez S. A., con domicilio en 43202 Reus Tarragona, Paseo Sunyer, Número
Ocho, España, solicita la inscripción de: VIRGINIAS como marca de
fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Café, té, cacao y sucedáneos del café;
arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan,
productos de pastelería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura,
polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias;
hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de noviembre de 2014.
Solicitud Nº 2014-0009639. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio de
2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017152746 ).
Tayron Ovares Cheves, casado, cédula de
identidad 602600298, en calidad de apoderado generalísimo de Horizontes
Empresariales JJTA Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101732269, con domicilio
en Desamparados, Gravilias, Barrio María Auxiliadora, Condominio Bajareque N°
21, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: AMBITAT INMOBILIARIA
como marca de servicios en
clase: 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de seguros, operaciones
financieras, operaciones monetarias, negocios de inmobiliarios, servicio de
asesoría en inmobiliarias (compra-venta-alquiler-avalúos-peritajes). Reservas:
de los colores: amarillo, azul y rojo. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005791. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 5 de julio de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017152758 ).
Óscar Antonio Rojas Serrano,
casado una vez, cédula de identidad 302880982, con domicilio en La Trinidad de
Dota 500 metros al sur de la Escuela La Trinidad, Costa Rica, solicita la
inscripción de: SODA MADRE SELVA como nombre comercial en clase:
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento
comercial dedicado a soda, restaurant, mini super, ubicado en La Trinidad de
Dota, San José, 500 metros al sur de la Escuela de La Trinidad km 64. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio de 2017. Solicitud Nº
2017-0006404. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio de 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017152786 ).
Erick Wladimir Palumbo Ballesteros, casado una
vez, pasaporte Nº 092595925, en calidad de apoderado generalísimo de Ángeles y
Más Massiel Rydelis Bello Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101661752, con
domicilio en Santa Ana, Condominio Avalon Country Club, Apartamento Nº LC 109,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Angeles y by Massiel Rydelis
Bello
como marca de servicios, en clase: 35 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Venta y comercialización de objetos religiosos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005444. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152850 ).
Ana Cecilia De Ezpeleta Aguilar,
casada, cédula de identidad 109710905, en calidad de apoderada especial de
Opentable Inc, con domicilio en 1 Montgomery Street, Suite 700, San Francisco,
California 94104, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: OPENTABLE,
como marca de servicios en clases: 9; 42 y 43 internacionales, para proteger y
distinguir lo siguiente: clase 9: software para computadoras y software para
dispositivos móviles hacer reservas en línea en restaurantes y bares y proveer
reservas e información de restaurantes y bares en línea para terceros; software
para computadoras y software para dispositivos móviles para proveer una
plataforma en línea para terceros en el campo de la localización de restaurantes
y bares, describir servicios de restaurantes y bares, proveer disponibilidad y
precios de restaurantes y bares; software para computadoras y software para
dispositivos móviles para la administración de la relación con los clientes,
comercialización y administración de rendimiento en las industrias de servicios
de comida y hospitalidad; software para computadoras y software para
dispositivos móviles para realizar y procesar operaciones de pagos con tarjetas
de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de regalo, cupones y otras formas de
pago; software para computadoras y software para dispositivos móviles para
administrar, organizar, presentar, etiquetar, marcar, almacenar, compartir o
proveer de otro modo medios electrónicos o información por internet o de otras
redes de comunicaciones. Clase 42: proveer uso temporario de software no
descargable para hacer reservas en línea en restaurantes y bares y proveer
información de restaurantes y bares en línea para terceros; proveer una
plataforma en línea para terceros en el campo de localización de restaurantes y
bares, describir servicios de restaurantes y bares, proveer disponibilidad y
precios de restaurantes y bares; proveer el uso temporario de software no
descargable para la administración de la relación con los clientes,
comercialización y administración de rendimiento en las industrias de servicios
de comida y hospitalidad; proveer el uso temporario de software no descargable
para realizar y procesar operaciones de pago con tarjetas de crédito, tarjetas
de débito, tarjetas de regalo, cupones y otras formas de pago; proveer el uso
temporario de software no descargable para administrar, organizar, mostrar,
etiquetar, marcar, almacenar, compartir y proveer de otro modo medios
electrónicos o información través de internet o de otra red de comunicaciones;
diseño, desarrollo configuración de programas de software para computadoras de
recompensas de hospitalidad para su uso en la administración de la relación con
los clientes en las industrias de restaurantes, bares y hospitalidad y clase
43: servicios de reservas en restaurantes y bares; proveer reservas en
restaurantes bares e información de las industrias de restaurantes, bares,
comida, hospitalidad para terceros; proveer calificaciones y revisiones de restaurantes
bares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo de 2017.
Solicitud N° 2017-0004602. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de junio de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152858 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda,
cédula de residencia 172400024706, en calidad de apoderada especial de Richter
Gedeon Nyrt., con domicilio en Budapest, Gyömröi Út 19-21, H-1103, Hungría,
solicita la inscripción de: PAOSONELLE, como marca de fábrica y comercio
en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0006236. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 6 de julio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017152859 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de
residencia Nº 172400024706, en calidad de apoderada especial de Richter Gedeon
NYRT, con domicilio en Budapest, Gyömröi ÚT 19-21, H-1103, Hungría, solicita la
inscripción de: KLIMEDIX como marca de fábrica y comercio, en clase: 5
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006235. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017152860 ).
Ainhoa Pallarés Alier, viuda, cédula de
residencia Nº 172400024706, en calidad de apoderada general de Shandong
Tianjiao Biotech Co., Ltd, con domicilio en Chenji Industrial District, Heze
City, Shandong Province, China, solicita la inscripción de: Jouchjoy
como marca de fábrica y comercio, en clases: 29 y 30 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 29: Productos lácteos,
margarina, batidos a base de leche, té de leche, leche en polvo para consumo
(no para bebés), yogur, crema (productos lácteos) y queso. Clase 30:
Saborizantes de café, bebidas a base de café, bebidas a base de cacao, bebidas
a base de chocolate, bebidas a base de té, budines y polvos para hacer helados.
Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005509. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017152861 ).
Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de
residencia Nº 172400024706, en calidad de apoderada especial de CGTN C.V., con
domicilio en Abraham de Veerstraat 2 Willemstad, Curacao, Países Bajos,
solicita la inscripción de: THERMOREACT como marca de fábrica y
comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
productos cosméticos medicinales, a saber, cremas anti envejecimiento, cremas
anti arrugas, cremas cosméticas, máscaras cosméticas, cremas para los ojos,
máscaras para los ojos, productos para la piel medicados, preparaciones, a
saber, cremas, lociones, geles y sueros para uso cosmético. Prioridad: se
otorga prioridad Nº 87/152,697 de fecha 26/08/2016 de Estados Unidos de
América. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001400. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(
IN2017152862 ).
Allan Matarrita Chinchilla, casado una vez,
cédula de identidad 111550687, en calidad de apoderado generalísimo de Quantik
Web S. A., cédula jurídica 3101716340, con domicilio en Tibás, Edificio de
Grupo Nación, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: QUANTIK, como
marca de servicios en clases: 35; 38 y 42 internacionales.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: clase 35: publicidad. Clase 38: telecomunicaciones y clase 42:
servicios de investigación. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001786. A efectos de publicación
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10
de marzo de 2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152863 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada,
cédula de identidad Nº 109840695, en calidad de apoderado especial de
Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L., con domicilio en: Alajuela,
del Aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: MAGNUS
como marca de fábrica y comercio
en clase 31 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales,
no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras, hortalizas
y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para
animales; malta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004973. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de junio del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017152873 ).
Norman Andrei Hernández Chávez, soltero,
pasaporte A01278341, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación Melcas
Concell S. A., con domicilio en: San José, San Francisco de Dos Ríos, 50 mts.
este de radio Faro del Caribe, local 6, pegado a bomba Delta, edif. Galería
Dorada, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: UNICELL TU CONEXIÓN
TECNOLÓGICA
como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a distribución y comercialización de
telefonía celular y sus accesorios, ubicado en San José, San José, San
Francisco de 2 Ríos, 50 mts. este de radio Faro del Caribe, edif. Galería
Dorada, local Nº 6. Reservas: de los colores: rojo, negro y verde. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud N°
2017-0006268. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 07 de julio del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152876 ).
Laura Chinchilla Córdoba, soltera, cédula de
identidad Nº 109920296 con domicilio en: Barrio México, del Liceo San José 200
sur y 100 oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: La tiendita
de Mandy
como marca de comercio en clase
14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bisutería de piedras
preciosas y no preciosas en materiales
sintéticos o naturales, como collares, gargantillas, aros, aretes de todo tipo,
pulseras para muñeca y tobillo, cinturones (pulseras gruesas de metal). Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo del 2017. Solicitud N°
2017-0002701. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 25 de abril del 2017.—Rolando
Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152878 ).
Gerardo Mauricio Rojas Cartín, Casado Una Vez,
cédula de identidad Nº 107540967, en calidad de apoderado especial de Correos
de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3101227869, con domicilio en: 200
metros sur de la Iglesia Católica de Zapote, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BOX CORREOS DE COSTA RICA
como marca de servicios en clase
39 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: brindar transporte, embalaje y almacenaje de mercancías;
organización de viajes, servicios de logística en el comercio nacional e
internacional, incluye: transporte de mercancías de sus clientes, incluyendo
servicios complementarios, suministro de entrega rápida, courier y demás
relacionados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004820. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 07 de junio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152880 ).
Gilberto Rojas Cisneros,
soltero, cédula de identidad Nº 110000576, en calidad de apoderado generalísimo
de Clínica y SPA Esthetique Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101581751,
con domicilio en: Alajuelita, 200 metros sur y 200 metros este del templo
católico, condominio La Antolina, casa 11-D., San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Lipomatic, como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
servicios de medicina y cirugía. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 05 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006488. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017152901 ).
Michael Fauricio Vega Soto, casado una vez,
cédula de identidad 114720092, con domicilio en Turrucares 800 metros oeste del
Banco Nacional, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Gadal ESENCIA
DE DIOS
como marca de servicios en
clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio de
entretenimiento como banda musical. Reservas: De los colores: negro y dorado.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero de 2017.
Solicitud Nº 2017-0000669. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de febrero de
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registrador.—( IN2017152904 ).
Mellisa Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad
1010410825, en calidad de apoderada especial de Carlos Rene Tschen Valladares,
con domicilio en Avenida Reforma 9-55 zona 10, 4to nivel, oficina 408, edificio
Reforma 10, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SHINOLA
como marca de servicios en clase: 35 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Comercialización, compra y venta al por mayor y al detalle de productos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del 2016.
Solicitud Nº 2016-0010665. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(IN2017152486 ).
Arnaldo Bonilla Quesada, casado una vez, cédula de identidad Nº
107580660, en calidad de apoderado especial de Core Desarrolladora Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102700856, con domicilio en
Barrio Cuba, 200 metros al sur del Liceo del Sur, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: DESCUBRÍ TU NUEVA VIDA como señal de
propaganda, en clase: 50 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Para promocionar el nombre comercial SECRT el cual protege un
establecimiento comercial dedicado al ejercicio de sus actividades de venta de
bienes inmuebles. Relacionado con el expediente 2017-1849. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 01 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0001848.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 24 de marzo del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017152927 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada una
vez, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de VERTIV
CO., con domicilio en 1050 Dearborn DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos
de América, solicita la inscripción de: v
como marca de fábrica y comercio
en clase: 11. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Climatizadores para enfriamiento para centro de procesamiento de datos;
unidades y sistemas de enfriamiento para gabinetes de servidores y centro de
procesamiento de datos; unidades de enfriamiento para computadoras y salas
informáticas; condensadores de aire acondicionado para su uso en el enfriamiento
para centros de procesamiento de datos, salas informáticas y otras aplicaciones
de equipos informáticas y electrónicos; deshumidificadores para su uso en el
enfriamiento para centro de procesamiento de datos, salas informáticas y otras
aplicaciones de equipos informáticos y electrónicos. Prioridad: Se otorga
prioridad N° 86/971,730 de fecha 11/04/2016 de Estados Unidos de América. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de octubre del 2016.
Solicitud N° 2016-0009698. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154014 ).
María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos
veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de
Cervecería Independiente SRL., con domicilio en Montes de Oca San Pedro,
segunda entrada a Los Yoses, en el Bufete GM Attorneys, frente a CEINTEC, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CERVECERIA INDEPENDIENTE
como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a producción, elaboración,
venta y distribución de cervezas artesanales, ubicado en Playa Potrero,
Tempate, Sta Cruz, Guanacaste, del Hotel Bahía del Sol 75 metro al este. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2016,
Solicitud N° 2016-0012359. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de enero del
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154015 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos
veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de
Cervecería Independiente SRL., con domicilio en Montes de Oca San Pedro,
Segunda Entrada a Los Yoses, en el Bufete GM Attorneys, frente a CEINTEC, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CERVECERIA INDEPENDIENTE como
marca de fábrica y comercio en clase: 32 Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
32 Cervezas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
diciembre del 2016, según Solicitud N° 2016-0012360. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12
de enero del 2017.—Wendy López Vindas, Registrador.—( IN2017154016 ).
María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos
veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de The
Latin America Trademark Corporation, con domicilio en Edificio Comosa, primer
piso, Avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción
de: Hidrisage Ma’at MOUSSE
como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras
sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y
raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos,
lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de diciembre del 2016, Solicitud N° 2016-0012517. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de enero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017154017 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada una
vez, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de VERTIV
CO., con domicilio en 1050 Dearborn DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos
de América, solicita la inscripción de: V como marca de fábrica y comercio en
clase: 6 Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 6: Sistemas de paneles
metálicos que comprenden paneles metálicos para paredes, techos, pisos y
puertas y sus accesorios de montaje de metal para su uso en el control del
flujo de aire de enfriamiento en centros de procesamiento de datos y salas
informáticas; bandejas de cables de metal; construcciones metálicas
prefabricadas para aplicaciones para centros de procesamiento de datos;
sistemas compuestos de laminados de metal y fibra para envolver conductos, bandejas
de cables y acero estructural. Prioridad: Se otorga prioridad N° 86/971,730 de
fecha 11/04/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 4 de octubre del 2016, según Solicitud N° 2016-0009700. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 13 de enero del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017154018 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada una
vez, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de VERTIV
CO., con domicilio en 1050 Dearborn DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos
de América, solicita la inscripción de: V
como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 41: Servicios educativos, a saber, conducción de
clases, seminarios y talleres en el campo de los sistemas de energía eléctrica,
gestión de infraestructura para centros de procesamiento de datos y
distribución de materiales de capacitación relacionados. Prioridad: Se otorga
prioridad N° 86/971,730 de fecha 11/04/2017 de Estados Unidos de América. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre del 2016, según
Solicitud N° 2016-0009695. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154019 ).
María de La Cruz Villanea Villegas, casada una
vez, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de VERTIV
CO., con domicilio en 1050 Dearborn DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos
de América, solicita la inscripción de: V
como marca de servicios en clase: 37. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: instalación, mantenimiento y reparación de sistemas de
enfriamiento para centros de procesamiento de datos; instalación, mantenimiento
y reparación de equipos de alimentación, informáticos y de comunicaciones;
instalación, mantenimiento y reparación de sistemas de acondicionamiento de
aire de salas informáticas (CRAC por sus siglas en inglés); instalación,
mantenimiento y reparación de baterías; instalación, mantenimiento y reparación
de sistemas de energía eléctrica; instalación, mantenimiento y reparación de
baterías y celdas de combustible para sistemas de energía eléctrica. Prioridad.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de octubre del 2016.
Solicitud N° 2016-0009697. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de enero del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154020 ).
Cambio de Nombre Nº 102298
Que Frutas Concentradas S.A.P.I
de C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre
de Frutas Concentradas S.A. de C.V., por el de Frutas Concentradas S.A.P.I de
C.V., presentada el día 10 de marzo de 2016 bajo expediente 102298. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7763932 Registro Nº 77639 en clase
32 Marca Figurativa, 1900-7764032 Registro Nº 77640 JARRITOS en clase 32 Marca Denominativa y
1900-7807632 Registro Nº 78076 en clase 32 Marca Figurativa. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—1 vez.—(
IN2017153400 ).
Cambio de Nombre Nº 111464-A
Que Mariana Vargas Roqhuett,
soltera, cédula de identidad 304260709, en calidad de Apoderada Especial de LTJ
Panamá Holding S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de
cambio de nombre de, Regina Andreu y Asociados S. A. C.V. por el de LTJ El
Salvador S. A. de C.V., domicilio en el San Salvador, Departamento del
Salvador, República de El Salvador, presentada el día 10 de mayo del 2017 bajo
expediente 111464. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2007-0015942
Registro Nº 180716 LATINTOPJOBS (DISEÑO) en clase 35 marca Mixto.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1
vez.—( IN2017153431 ).
Cambio de Nombre N° 111625
Que María del Milagro Chaves
Desanti, casada dos veces, cédula de identidad
106270794, en calidad de Apoderada Especial de Arconic Inc., solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Alcoa Inc., por el de
Arconic Inc., presentada el día 17 de mayo de 2017 bajo expediente 111625. El
nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2016-0003653 Registro N° 257265 en
clase 1 2 6 11 12 19 20 40 42 Marca
Figurativa y 2016-0003654 Registro N° 257266 ARCONIC en clase 1 2 6 11 12 19 20 40 42 Marca
Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—1 vez.—( IN2017153518 ).
Cambio de Nombre Nº 111645
Que María del Milagro Chaves
Desanti, casada dos veces, cédula de identidad Nº 106260794, en calidad de
apoderada especial de Fossil Group Inc., solicita a este Registro se anote la
inscripción de cambio de nombre de Fossil Inc. por el de Fossil Group Inc.,
presentada el día 18 de mayo del 2017, bajo expediente Nº 111645. El nuevo
nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0004608 Registro Nº 171238 SKAGEN
en clase 14 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por una única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—1 vez.—( IN2017153851 ).
Cambio de Nombre Nº 111929
Que Marco
Antonio Jiménez Carmiol, casado, cédula de identidad Nº 102990846, en calidad
de apoderado especial de Pharmacia & Upjohn Company LLC, solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Pharmacia & Upjohn
Company por el de Pharmacia & Upjohn Company LLC, presentada el día 31 de
mayo del 2017, bajo expediente Nº 111929. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1900-5235805 Registro Nº 52358 LUTALYSE en clase 5
marca denominativa y 1900-5242905 Registro Nº 52429 NEO-SEC FORTE en
clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única
vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2017153891 ).
Cambio de Nombre Nº 105339
Que Marco Antonio Jiménez
Carmiol, casado, cédula de identidad N° 102990846, en calidad de apoderado
especial de ZOETIS LLC., solicita a este Registro se anote la inscripción de
cambio de nombre de ZOETIS LLC por el de ZOETIS P LLC., presentada el día 22 de
agosto de 2016 bajo expediente N° 105339. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1900-6475805 Registro Nº 64758 PATHOZONE en clase 5
Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 7978.—Wendy López
Vindas, Registrador.—1 vez.—(IN2017153892 ).
Cambio de Nombre N° 111263
Que Marco Antonio Jiménez
Carmiol, casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado
especial de Kraft Foods Schweiz Holding GMBH, solicita a este Registro se anote
la inscripción de Cambio de Nombre de Kraft Foods Schweiz Holdings A.G. por el
de Kraft Foods Schweiz Holding GMBH, presentada el día 28 de abril de 2017 bajo
expediente 111263. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0005819
Registro N° 101431 MILKA en clase 30 Marca Mixto, 1997-0002969 Registro
N° 105300 MILKA FRESH en clase 30 Marca Mixto y 1997-0006388 Registro N°
108929 MILKA CHOCO KEKS en clase 30 Marca Mixto. Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley
N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—1 vez.—(
IN2017153893 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Creciendo
Juntos Valderramos, con domicilio en la provincia de: Cartago, La Unión. Cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: Gestionar el mejoramiento
habitacional, social, cultural, educativo y organizativo de sus miembros, la
creación de servicios sociales, fomentar entre sus asociados el espíritu de
ayuda mutua en el orden social, cultural, suministrar a los asociados los
servicios que necesiten para su mejoramiento socio-organizativo, aprovechar el
trabajo social a favor de sus asociados. Cuyo representante, será el
presidente: Sergio Juan Parrilla Zelaya, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017,
asiento: 243416, con adicional(es): 2017-377517. Dado en el Registro Nacional,
a las 10 horas 35 minutos y 30 segundos, del 30 de junio del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153314 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Parceleros Unidos de La Altura, con
domicilio en la provincia de: Guanacaste-Tilarán, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Promover y desarrollar alternativas de
industrialización y la comercialización en el mercado nacional e internacional,
promover la asistencia técnica y mejor tecnología entre sus asociados, que les
permita optimizar su producción sin detrimento del medio ambiente. Cuyo
representante, será el presidente: Rafael Ángel Méndez Castro, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 2017 Asiento: 344977.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 25
minutos y 58 segundos, del 13 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153354 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Semi Ochenta y Seis, con domicilio
en la provincia de: San José, San José. Cuyos fines principales, entre otros
son los siguientes: crear una escuela de baloncesto a nivel nacional, fomentar
el aprendizaje del deporte. Cuyo representante, será el presidente: Johnny
Monge Mata, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de
agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 733715.—Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 49 minutos y 6 segundos, del 29 de mayo del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153367 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-358490, denominación:
Asociación Artística para Niños. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido
por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule
reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 409538.—Dado
en el Registro Nacional, a las 11 horas 37 minutos y 38 segundos, del 23 de junio
del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153450 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-542742, denominación:
Asociación Cristiana Mateo Veintiocho Diecinueve Veinte. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 2017 Asiento: 275313.—Dado en el Registro Nacional a las 11 horas 35
minutos y 33 segundos, del 8 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153455 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula: 3-002-391853,
denominación: Asociación Administradora del Acueducto Rural y Alcantarillado
Sanitario de Ojo de Agua de Arancibia, Puntarenas. Por cuanto dicha reforma
cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se
emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado
para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017,
asiento: 90793.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 32 minutos y 48
segundos del 11 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017153461 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación para el Desarrollo del Deporte Laboral, con
domicilio en la provincia de: San José- San José, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: Promoción de la salud a través del deporte y la recreación. Útil uso del tiempo libre en
actividades deportivas y recreativas. Buscar la integración familiar a través
de actividades deportivas y recreativas. Cuyo representante, será el
presidente: Arturo Fernando Castro Loría, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017. Asiento:
395602.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 2 minutos y 20
segundos, del 7 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017153638 )
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación de Inición de Gimnasia Rítmica Acro-Ritmics,
con domicilio en la provincia de: Guanacaste,
Liberia, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover la
gimnasia rítmica mediante la enseñanza y la práctica de esta disciplina
deportiva. organizar eventos de gimnasia en el cantón de naranjo. establecer
escuelas de gimnasia para la comunidad de Naranjo. Cuyo representante será el
presidente: Luis Andrey Obando Ugalde, con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2017, asiento: 395599, con adicional: 2017-445311.—Dado en el
Registro Nacional, a las 11 horas 11 minutos y 2 segundos del 11 de julio del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153640
).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Cambute, con domicilio en la
provincia de: Puntarenas-Quepos, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Dirección, coordinacion, organizacion, supervision, promocion y
todo lo relacionado con el deporte del futbol en ambos géneros y en todas sus
categorías, de acuerdo con sus propios estatutos y reglamentos y los entes
oficiales de esta disciplina deportiva, promover el deporte del futbol mediante
la enseñanza y la práctica de esta disciplina deportiva, organizar eventos del
deporte del futbol. Establecer escuelas de la práctica del futbol en toda la
comunidad. Cuyo representante, será el presidente: Edwin Arauz Rojas, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2017, asiento: 361393.—Dado en el Registro Nacional, a las 14
horas 12 minutos y 41 segundos, del 19 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—(
IN2017153642 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Federación de Cámaras de Comercio e Industria
Binacionales de Los Países de La Unión Europea en La República de Costa Rica,
con domicilio en la provincia de: San José-Escazú, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: mejorar y ampliar el intercambio y la
cooperación industrial y la inversión entre Costa Rica y La Unión Europea a
través de sus miembros. Cuyo representante, será el presidente: Dirk Niehaus
Meinert, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento: 10839 con adicional(es):
2017-365858.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 13 minutos y 57
segundos, del 14 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017153652 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-197992, denominación:
Asociación Hogar Salvando El Alcohólico de Curridabat Enrique Amador Céspedes, Por cuanto dicha reforma cumple con lo
exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:
445607.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 22 minutos y 27 segundos,
del 18 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017153665 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la
Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-600838, denominación:
Asociación Cristiana Benéfica Caleb ACBC. Por cuanto dicha reforma cumple con
lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:
445604.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 55 minutos y 25 segundos,
del 18 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017153669 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Mundo Libre de Drogas Costa Rica AMLDCR, con
domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: Prestacion de servicios de asistencia social y
desarrollo comunitario tendiente al apoyo en la defensa y promoción de la
prevención contra drogas, que tenga como beneficiarios a personas, sectores y
regiones de escasos recursos, así como la realización de toda clase de actividades
tendientes al logro de mejores condiciones de subsistencia y desarrollo de
dichas comunidades y de los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de
discapacidad. Cuyo representante, será el presidente: Renán Javier Aguilar
Moraga, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 281195.—Dado en el Registro Nacional, a
las 8 horas 38 minutos y 11 segundos, del 5 de julio del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153702 ).
Marcas de Ganado
Para ver marcas con sus respectivas imágenes, favor
ir a La Gaceta con firma digital en
PDF
Solicitud Nº 2017-1434.— Ref.
35/2017/3043.—Ernesto Marín Acevedo Traña, cédula de identidad 0206170341,
solicita la inscripción de:
W K
8
Como marca de ganado, que usará preferentemente
en Alajuela, Upala, San José, Popoyuapa, de la escuela 2 kilómetros al oeste.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2017. Según el
expediente Nº 2017-1434.—Luz Vega Registradora.—1 vez.—( IN2017152830 ).
Solicitud N° 2017-1110.—Ref: 35/2017/2327.—Mauricio Barrantes
Méndez, Cédula de identidad 0109030972, solicita la inscripción de:
como marca
de ganado, que usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Horquetas 50 metros
sur del cementerio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados
a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2017.
Según Solicitud N° 2017-1110.—Licda. Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(
IN2017153340 ).
Solicitud N° 2017-1465.—Ref: 35/2017/3121.—José Ignacio Wong
López, cédula de identidad 1-0939-0070, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Líbano, de la escuela 3 kilómetros al
sur camino al Cerro San José. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 13 de julio del 2017. Según solicitud N°
2017-1465.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017153352 ).
Solicitud N° 2017-1430.—Ref: 35/2017/3143.—David Cubillo Sánchez,
cédula de identidad 0502450522, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Santa Cruz, Bernabela, finca Los
Conejos, camino viejo a Ortega. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio
del 2017. Según el expediente N° 2017-1430.—Elda Cerdas Badilla Registradora.—1
vez.—( IN2017153584 ).
Solicitud N° 2017-1495. Ref: 35/2017/3157.—Gerardo Wilfrido Jiménez Ureña, cédula de identidad N°
1-0839-0461, solicita la inscripción de:
G
5 J
como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Siquirres,
Maryland, Los Ángeles, 250 metros oeste de la escuela de Los Ángeles. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 17 de julio del 2017. Según el expediente N°
2017-1495.—Karol Claudel Palma, Registrador.—1 vez.—( IN2017153654 ).
Solicitud N° 2017-1469.—Ref: 35/2017/3126.—María de Los Ángeles
Castillo Villarreal, cédula de identidad 5-0142-0422, solicita la inscripción
de:
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Diriá, Diriá, del puente de hamaca
de San Miguel, 150 metros al sur, Finca Los Espaveles. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 13 de julio del 2017. Según Solicitud N°
2017-1469.—Licda. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017153679 ).
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
La señor(a)(ita) Mariana Vargas
Roqhuett, cédula de identidad Nº 304260709, en calidad de apoderada especial de
Park, Chun Sun, solicita la Patente PCT denominada TRAMPA PARA PECES.
Una trampa para peces de la presente invención incluye: una malla de trampa
para peces formada con al menos una entrada; al menos un bastidor que soporta
la malla de trampa para peces; al menos una parte de señuelo formada para
extenderse desde la entrada de la malla de trampa para peces en una dirección
hacia el interior del bastidor y que incluye una abertura de señuelo; y una
parte de prevención de escape que forma un espacio aislado y que está
proporcionada con al menos un agujero para el paso de peces a través del cual
los peces pasan luego de pasar a través de la abertura de señuelo de la al
menos una parte de señuelo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01K
69/00; cuyo inventor es Park, Chun Sun (KR). Prioridad: N° 10-2014-0108913 del
21/08/2014 (KR). Publicación Internacional: WO2016/028108. La solicitud
correspondiente lleva el Nº 2017-0000068, y fue presentada a las 14:33:54 del
21 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 30 de mayo de 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017151846 ).
El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula de identidad 108480886,
en calidad de apoderado especial de FMC Corporation, solicita la Patente PCT
denominada DERIVADOS Y LOS HERBICIDAS DE 6-ACIL-1,2,4-TRIAZINA-3,5-DIONA.
Se revelan los compuestos que exhiben suficiente actividad herbicida en bajas
dosis de aplicación, cuando se aplican al suelo y al follaje, y una composición
agroquímica que utiliza los mismos, en particular los herbicidas. Los
compuestos son los derivados de la triazina representados por la siguiente
Fórmula 1 o las sales de las mismas, y los herbicidas que las contienen: en
donde en la fórmula, R1 representa un átomo de hidrógeno; un grupo C1-C12
alquilo; un grupo C2-C6 alquenilo, etc., R2 representa un grupo C1-C12 alquilo,
etc., Y y Z representan un átomo de oxígeno o un átomo de azufre, y A
representa un grupo cíclico de 5 o 6 miembros que pueden contener un átomo de
nitrógeno, un átomo de oxígeno, o un átomo de azufre. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01N 43/02, A01N 43/707, A01N 43/80, A01N 43/84,
A01N 47/02, C07D 253/06, C07D 401/04, C07D 403/04, C07D 403/06, C07D 405/04,
C07D 409/04, C07D 413/04 y C07D 417/04; cuyos inventores son: Mitsunari,
Takashi (JP); Kobayashi, Masami (JP); Nagamatsu, Atsushi (JP); Kajiki, Ryu (JP)
y Shibayama, Atsushi (JP). Publicación Internacional: WO2012/002096. La
solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000364, y fue presentada a las
14:23:51 del 11 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 31 de mayo de 2017.—Viviana Segura
De La O, Registradora.—( IN2017151937 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
El señor Néstor Morera Víquez,
cédula de identidad Nº 110100975, en calidad de apoderado general de AS IP
Holdco LLC, solicita la Patente PCT denominada: INODORO CON SISTEMA DE
CHORRO CEBADO. Un sistema de inodoro de descarga sifónico y un método para
cebar el mismo que tiene un conjunto de taza de inodoro que comprende por lo
menos un conjunto de válvula de descarga de sistema de chorro y por lo menos
una válvula de anillo; y una taza que tiene un anillo y un sistema de chorro
que definen por lo menos un canal del
sistema de chorro. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E03D 1/00,
E03D 1/34 y E03D 11/13. Cuyo(s)
inventor(es) es(son) Grover, David (US); McHale, James (US); Bucher, Christophe
(US); Ishiyama, Daigo (US) y LE, Tuan (US). Prioridad: Nº 62/049,736 del 12/09/2014 (US).
Publicación internacional: WO-2016/040957. La solicitud correspondiente lleva el
número 2017-0000137, y fue presentada a las 11:45:28 del 07 de abril del 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 08 de junio del 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017152690 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en
calidad de apoderado especial de Iomet Pharma Ltd., solicita la Patente PCT
denominada DERIVADOS DE INDOL PARA USO EN MEDICINA. Se proporciona un
compuesto inhibidor de la triptófano-2,3-dioxigenasa (TDO) y/o indoleamina
-2,3- dioxigenasa (IDO) para su uso en medicina, cuyo compuesto comprende la
siguiente Fórmula: en donde X1, X2, X3, X4, y X5 pueden ser iguales o
diferentes y cada uno se selecciona independientemente a partir de C, N y O. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/404, A61K 31/4045, A61K
31/405, A61K 31/407, A61K 31/4184, A61K 31/4188, A61K 31/423, A61K 31/424, A61P
31/00, A61P 25/00, A61P 35/00, A61P 37/00, A61P 43/00, A61K 31/4355 y A61K
31/437; cuyos inventores son Cowley, Phillip (GB); Wise, Alan (GB); Davis,
Susan (GB) y Kiczun, Michael (GB). Prioridad: N° 1406154.3 del 04/04/2014 (GB)
y N° 1502156.1 del 10/02/2015 (GB). Publicación internacional: W02015/150097.
La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000514 y fue presentada a
las 11:32:41 del 04 de noviembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 06 de junio de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017152691 ).
La señora Marianela Arias Chacón, cédula de identidad Nº
106790960, en calidad de apoderada especial de Alnylam Pharmaceuticals Inc,
solicita la Patente PCT denominada: COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA INHIBIR LA
EXPRESIÓN DEL GEN HA01 (HIDROXIÁCIDO-OXIDASA 1(GLICOLATO-OXIDASA). La
invención se refiere a agentes de iARN, por ejemplo, agentes de iARN
bicatenarios, que tienen como diana el gen HAO1, y a métodos de uso de tales
agentes de iARN para inhibir la expresión de HAO1 y a métodos para tratar
sujetos que padecen, por ejemplo, PH1. En la presente se describen agentes de
iARN bicatenarios que inhiben la expresión de un gen HAO1 en una célula, tal
como una célula en un sujeto, por ejemplo, un mamífero, tal como un ser humano
que padece un trastorno asociado con HAO1 y usos de tales agentes de iARN
bicatenarios. En ciertos aspectos de la invención, sustancialmente todos los
nucleótidos de un iARN de la invención están modificados. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/713. Cuyo(s) inventor(es) es(son) Bettencourt, Brian (US); Querbes, William
(US); Fitzgerald, Kevin (US); Liebow, Abigail (US) y Erbe, David V. (US). Prioridad: Nº 62/062,751 del 10/10/2014 (US), Nº 62/147/976 del
15/04/2015 (US) y Nº 62/214,602 del
04/09/2015 (US). Publicación internacional: WO 2016/057893. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000190, y fue presentada a las 10:22:34
del 09 de mayo del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 06 de junio del 2017.—Vivian Segura de
la O.—( IN2017152776 ).
La señora Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad 109530774, en
calidad de apoderado especial de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, solicita la
Patente PCT denominada COMPUESTOS PARA TRATAR EL CÁNCER. Derivados de
profármacos de inhibidores de la quinasa Mps-1 y su uso en el tratamiento y/o
la profilaxis de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 31/437, A61P 35/00 y C07D 471/04; cuyos inventores son Dr.
Hans-Georg Lerchen (DE); Dr. Gerhard Siemeister (DE); Dr. Volker Schulze (DE);
Dr. Ulrich Lücking (DE); Dr. Antje Margret Wengner (DE); Dr. Philip Lienau (DE)
y Ursula Krenz (DE). Prioridad: N° EP 14196859.4 del 09/12/2014 (EP).
Publicación Internacional: WO/2016/091825 A1. La solicitud correspondiente
lleva el N° 2017-0000243 y fue presentada a las 10:43:13 del 9 de junio de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso.—San José, 22 de junio de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017152945 ).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad Nº
106690228, en calidad de apoderado especial de Macrogenics Inc., solicita la
Patente PCT denominada DIACUERPOS MONOVALENTES BIESPECÍFICOS QUE SON CAPACES
DE UNIR CD19 Y CD3, Y USOS DE LOS MISMOS. Los diacuerpos monovalentes
bi-específicos CD19 x CD3, y particularmente, anticuerpos Fc monovalentes
bi-específicos CD19 x CD3, son capaces de unirse simultáneamente a CD19 y CD3, y se utilizan en el tratamiento de
neoplasias hematológicas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
39/00, A61K 39/395, A61P 35/00 y C07K 16/28. Cuyos inventores son Bonvini, Ezio (US); Koenig, Scott
(US); Johnson, Leslie, S (US); Lam, Chia-ying, Kao (TW); Moore, Paul, A (GB) y
Liu, Liqin (CN). Prioridad:
Nº 62/055,695 del 26/09/2014 (US). Publicación internacional: WO2016/048938. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000109, y fue presentada a las
14:12:07 del 23 de marzo del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 16 de junio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017153023
).
El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad
106690228, en calidad de apoderado especial de Operadora Central de
Estacionamientos S.A.P.I. de C.V., solicita la Patente Nacional París
denominada SISTEMA Y METODO DE GESTON DE ESTACIONAMIENTOS. Se describen
métodos y sistemas de gestión de estacionamientos que tienen servidores y al
menos una expedidora, al menos una validadora, al menos un validador de
pensionados (nido), al menos un validador portátil, al menos una máquina de
servicios adicionales a usuarios y al menos un punto de venta que en conjunto
trabajan bajo el sistema de réplicas de información. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: GO6Q 10/00, GO6Q 20/00, GO6Q 50/30, GO7B 11/00,
GO7B 15/02, GO7F 19/00 yHO4W 8/00; cuyos inventores son Rountree Medinilla,
Jorge (MX). Prioridad: N° MX/a/2016/003149 del 10/03/2016 (MX). La solicitud
correspondiente lleva el número 2017- 0000088, y fue presentada a las 13:39:42
del 09 de marzo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 20 de junio de 2017.—Viviana Segura de la O,
Registradora.—(IN2017153024 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señor(a) (ita) María Gabriela
Bodden Cordero, cédula de identidad 701180461, en calidad de apoderada especial
de Immunogen, Inc., solicita la Patente PCT denominada AGENTES CITOTÓXICOS MEJORADOS QUE COMPRENDEN NUEVOS MAITANSINÓIDES (Divisional 2011-594). Se describen nuevos maitansinóides que
contienen tiol y disulfuro que tienen una sustitución mono o di-alquilo en el átomo alfa-carbono que tiene el átomo
de azufre. Se describen también métodos para la síntesis de estos nuevos
maitansinóides y métodos para el enlace de esos nuevos maitansinóides a agentes
de enlace celular. Los conjugados de maitansinóide-agente de enlace celular son
útiles como agentes terapéuticos, que son suministrados de manera específica a
células objetivo y son citotóxicos. Estos conjugados exhiben eficacia
terapéutica ampliamente mejorada en modelos de tumor con animales en
comparación con los agentes previamente descritos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 47/48; cuyos inventores son Chari, Ravi,
V.,J. (US) y Widdison, Wayne, C. (US). Prioridad: N° US/60/471,739 del
20/05/2003 (US). Publicación Internacional: WO2004/103272. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000291, y fue presentada a las 14:10:49
del 27 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 30 de junio de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017153317 ).
El señor Andrey Dorado Arias, cédula de identidad Nº 108300937, en
calidad de apoderado especial de H.Lundbeck A/S, solicita la Patente PCT
denominada: 2-AMINO -6-(DIFLUOROMETIL) -5,5-DIFLUORO- 6-FENIL -3,4,5,
6-TETRAHIDROPIRIDINAS COMO INHIBIDORES DE BACE1. La presente invención se
refiere a inhibidores novedosos de la enzima BACE1. Algunos aspectos
independientes de la invención se refieren a composiciones farmacéuticas que
comprenden dichos compuestos y usos de los compuestos para tratar trastornos
para los cuales la reducción de depósitos de Aß es
beneficiosa, tal como la enfermedad de Alzheimer. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/4439, A61K 31/444, A61K 31/497, A61K
31/506, A61P 25/28, C07D 401/12, C07D 413/12 y C07D 417/12. Cuyo(s)
inventor(es) es(son) Marigo, Mauro (DK); Juhl, Karsten (DK) y Tagmose, Lena
(DK). Prioridad: Nº PA201400648 del 10/11/2014 (DK) y Nº PA201500447 del
07/08/2015 (DK). Publicación internacional: WO 2016/075063. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000186, y fue presentada a las 13:04:28
del 08 de mayo del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 19 de junio del 2017.—Viviana Segura de la O.—(
IN2017153432 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Anotación de renuncia N°
105.—Que Rafael A. Quesada Vargas domiciliado en San José, en calidad de
Apoderado Especial de Celgene Corporation, solicita a este Registro la renuncia
total de el/la Patente PCT denominado/a DERIVADOS Y COMPOSICIONES DE ISOINDOL 4’ -O- SUSTITUIDOS,
COMPOSICIONES QUE LAS COMPRENDEN Y METODOS DE USO DE LOS MISMOS, inscrita mediante resolución de las 13:10 horas del 6 de marzo de
2015, en la cual se le otorgó el número de registro 3153, cuyo titular es
Celgene Corporation, con domicilio en 86 Morris Avenue, Summit, NJ 07901,
Estados Unidos. La renuncia presentada surtirá efectos a partir de su
publicación. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el
artículo 27 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada. San José, 2 de mayo
de 2017.—Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—1 vez.—( IN2017153251 ).
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-UHTPNOB-0071-2017.—Exp.
17669P.—Hacienda Guiones Real Estate Holdings Limitada,
solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Pozo, efectuando la
captación en finca de William Cobert en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso
consumo humano. Coordenadas 214.777 / 357.386 hoja Garza. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 29 de junio del 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque,
Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN2017153276 ).
ED-UHTPSOZ-0035-2017.—Exp. 17689-P.—La Torre Ceiba LLC Limitada,
solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del pozo, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso
consumo humano-doméstico y turístico. Coordenadas 136.195/555.953 hoja
Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de julio del
2017.—Francisco Vargas Salazar, Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—(
IN2017153277 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHSAN-0022-2017.—Exp.
17668P.—Inversiones Nizo Internacional S. A., solicita concesión de: 2,5 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo TA-52 en
finca de su propiedad en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso Agroindustrial.
Coordenadas 283.647 / 505.520 hoja Tres Amigos. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 28 de junio del 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—José
Joaquín Chacón Solano.—( IN2017153025 ).
ED-0166-2017.—Expediente N° 12172A.—Desarrollos
Inmobiliaria Alta Costa S. A., solicita concesión de:
0.06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captacion en
finca de su propiedad en Tárcoles, Garabito,
Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 191.110/467.800 hoja
Tárcoles. Predios inferiores… Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 06 de julio de 2017.—Andrés Phillips Ureña, Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central.—( IN2017153415 ).
ED-0019-2017 Exp. 9788A.—Lidiette Vargas Moya, solicita concesión
de: 4.86 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captacion
en finca de su propiedad en Palmira (Carrillo), Carrillo, Guanacaste, para uso
agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 282.800 / 361.950 hoja Carrillo norte.
Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de enero del
2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2017153553 ).
ED-UHTPSOZ-0036-2017. Exp. 17693A.—Agrícola
Ganadera El Sueño S. A., solicita concesión de: 0.05
litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca
de su propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo
humano-doméstico. Coordenadas 146.092/561.763 hoja Dominical. Predios
inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de julio de
2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico
Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2017153573 ).
ED-0173-2017.—Expediente Nº 10205P.—Exporpack S. A., solicita
concesión de: 32 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo CN-345 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo,
Guanacaste, para uso agropecuario - riego - frutal. Coordenadas 276.045 /
359.697 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 12 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés
Phillips Ureña.—( IN2017153578 ).
ED-0172-2017.—Exp 10222P.—Exporpack S. A., solicita concesión de:
32 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
CN-389 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso
agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 276.175/360.546 hoja Carrillo Norte.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 12 de julio de 2017.—Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017153581
).
ED-0171-2017.—Expediente Nº 10265P.—Exporpack S. A., solicita
concesión de: 20 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo CN-278 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo,
Guanacaste, para uso agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 275.736 / 360.152
hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de
julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips
Ureña.—( IN2017153587 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0055-2017.—Exp. N°
17635P.—Euromobilia S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-2184 en finca de su
propiedad en Hospital, San José, para uso industrial fabricación de muebles.
Coordenadas 211.781 / 526.622 hoja San José. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 13 de junio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017153752 ).
ED-0169-2017.—Exp. N°
5987P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión
de: 11 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo MN-46 en finca de su propiedad en Batán, Matina, Limón, para uso
agroindustrial-bananeras y consumo humano-otro. Coordenadas 231.700/612.400
hoja Matina. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del
mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de julio de
2017.—Andrés Phillips Ureña, Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—(
IN2017153784 ).
ED-0749-2016.—Exp. N°
16953A.—Constructora Sánchez Carvajal S. A., solicita concesión de: 5,5 litros
por segundo de la Quebrada Vega, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Escobal, Atenas, Alajuela, para uso industria y riego. Coordenadas
212.110/487.378 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 08 de setiembre de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas, Coordinador.—( IN2017153882 ).
ED-0168-2017. Expediente Nº
11780A.—S.U.A. de quebrada Mercedes Norte, solicita concesión de: 0.58 litro
por segundo de la quebrada Mercedes Norte, efectuando la captación en finca de
Carlos Luis Quesada Morales en Mercedes Sur, Puriscal, San José, para uso
agropecuario - riego - flores. Coordenadas 202.000 / 500.550 hoja Río Grande.
Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de julio de
2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—(
IN2017153947 ).
ED-0165-2017.—Exp 5334P.—Laura María Alfaro López solicita
concesión de: 0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo RG-225 en finca de su propiedad en Turrúcares, Alajuela,
Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto.
Coordenadas 217.320 / 502.350 hoja Río Grande. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 06 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles,
Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017154012 ).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
DGM-TOP-ED-006-2017
Solicitud de explotación en
cauce
de dominio público
En expediente N° 7-2013 el señor
Fernando Sánchez Carvajal, mayor, casado una vez, empresario, cédula de
identidad, 3-0169-0003, vecino de San Pedro de Montes de Oca, San José;
apoderado generalísimo de Clafecavisa S. A., cédula jurídica 3-101-023210,
solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público
sobre el Río Tárcoles.
Localización Geográfica:
Sito en: distrito 03 San Juan de Mata,
Garitón 16 Turrubares, provincia 01 San José, distrito 04 Coyolar, cantón 09
Orotina, provincia 02 Alajuela y distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito
provincia 06 Puntarenas.
Hoja Cartográfica:
Hoja Barranca, escala 1:50.000 del I.G.N.
Localización cartográfica:
Entre coordenadas generales:
202954.727-203073.359 norte, 474700 este, límite aguas arriba y
202242.913-202313.087 norte, 474632.222-474751.844. Este límite aguas abajo.
Área Solicitada:
9 ha 5692.52 m2, longitud promedio
1017.54 metros, según consta en plano aportado al folia 62.
Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1
1103661 33 norte, 577821,39 este.
La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF
Edicto basado en la solicitud inicial
aportada el 07 de junio del 2013, área y derrotero aportados el 23 de mayo del
2014.
Con quince
días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros
que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las
siete horas cincuenta minutos del veintiocho de junio del dos mil
diecisiete.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe.—( IN2017153245 ). 2 v. 1 Alt
DGM-TOP-ED-003-2017
Solicitud de explotación en
cauce
de dominio público
En expediente N° 8-2014 la
señora Ana Gabriela Ávila Jones, mayor, casada, asesora en tramitología minera,
vecina de San Isidro de Coronado, cédula de identidad 1-553-865, apoderada
especial de Constructora HBS Tajo Agujas
S. A., cédula jurídica 3-101-253495, solicita concesión para extracción de
materiales en cauce de dominio público sobre el río Turrubaritos.
Localización Geográfica:
Sito en: Montelimar, distritos 9
Chires y 3 San Juan de Mata, cantones 4 Puriscal y 16 Turrubares, provincia 1
San José.
Hoja Cartográfica:
Hoja Herradura, escala 1:50.000
del I.G.N.
Localización Cartográfica:
Entre coordenadas generales:
396264.75 - 396262.01 Norte, 405898.20 - 405955.73 Este límite aguas abajo y
397359.24 -397327.99 Norte, 405596.17 - 405558.41 Este límite aguas arriba.
Área solicitada:
5 ha 5300.39 m2, longitud
promedio 1202.43 metros, según consta en plano aportado al folio 1.
DERROTERO:
Coordenadas del vértice N° 1 396388.02 Norte,
405952.55 Este.
LÍNEA |
ACIMUT |
DISTANCIA |
||
|
° |
‘ |
m |
cm |
1 - 2 |
37 |
41 |
21 |
79 |
2 - 3 |
344 |
20 |
26 |
91 |
3 - 4 |
337 |
12 |
33 |
76 |
4 - 5 |
332 |
35 |
55 |
28 |
5 - 6 |
314 |
44 |
64 |
23 |
6 - 7 |
312 |
39 |
28 |
09 |
7 - 8 |
325 |
49 |
66 |
02 |
8 - 9 |
12 |
10 |
28 |
98 |
9 - 10 |
320 |
22 |
34 |
91 |
10 - 11 |
327 |
07 |
48 |
24 |
11 - 12 |
315 |
46 |
38 |
25 |
12 - 13 |
329 |
01 |
32 |
76 |
13 – 14 |
339 |
12 |
45 |
25 |
14 – 15 |
358 |
28 |
29 |
75 |
15 – 16 |
353 |
46 |
45 |
80 |
16 – 17 |
6 |
15 |
71 |
69 |
17 – 18 |
5 |
03 |
89 |
70 |
18 – 19 |
356 |
08 |
73 |
24 |
19 – 20 |
344 |
15 |
42 |
80 |
20 – 21 |
347 |
07 |
26 |
03 |
21 – 22 |
347 |
40 |
43 |
25 |
22 – 23 |
314 |
05 |
96 |
12 |
23 – 24 |
331 |
18 |
57 |
98 |
24 – 25 |
230 |
23 |
49 |
01 |
25 – 26 |
139 |
07 |
59 |
81 |
26 - 27 |
133 |
12 |
62 |
96 |
27 – 28 |
142 |
21 |
33 |
91 |
28 – 29 |
160 |
54 |
16 |
95 |
29 – 30 |
165 |
51 |
33 |
69 |
30 – 31 |
177 |
24 |
40 |
89 |
31 – 32 |
183 |
16 |
58 |
32 |
32 – 33 |
184 |
54 |
96 |
46 |
33 – 34 |
184 |
10 |
67 |
03 |
34 – 35 |
191 |
28 |
61 |
10 |
35 – 36 |
165 |
43 |
24 |
00 |
36 – 37 |
142 |
04 |
70 |
83 |
37 – 38 |
153 |
31 |
72 |
80 |
38 – 39 |
148 |
09 |
94 |
72 |
39 – 40 |
150 |
24 |
41 |
89 |
40 – 41 |
145 |
00 |
63 |
60 |
41 – 42 |
148 |
56 |
55 |
59 |
42 – 43 |
153 |
29 |
41 |
20 |
43 – 44 |
165 |
09 |
44 |
76 |
44 – 45 |
173 |
12 |
44 |
10 |
45 – 46 |
180 |
43 |
48 |
83 |
46 – 47 |
186 |
52 |
44 |
12 |
47 – 48 |
92 |
44 |
57 |
59 |
48 – 49 |
358 |
10 |
42 |
47 |
49 – 50 |
352 |
59 |
38 |
36 |
50 – 51 |
2 |
05 |
34 |
61 |
51 - 1 |
8 |
25 |
11 |
03 |
Edicto basado en la solicitud
inicial aportada el 7 de agosto del 2014, área y derrotero aportados el 7 de
agosto del 2014.
Con quince
días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a
quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro
Nacional Minero.—San José, a las doce horas cincuenta minutos del siete de
junio del dos mil diecisiete.—Registro Nacional Minero.—Lic. José Ignacio
Sánchez Mora, Jefe.—( IN2017153916 ). 2
v. 1 Alt.
Propuesta
de pago 40018 del 10 de mayo del 2017
La Dirección Ejecutiva del Tribunal
Supremo
de Elecciones, acuerda
Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender
el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del
presupuesto.
Las imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF
Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales,
Contador.—1 vez.—O. C. Nº 3400030797.—Solicitud Nº 89033.—( IN2017153239 ).
Registro Civil-Departamento
Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
En
resolución Nº 1257-2017 dictada por el Registro Civil a las nueve horas
veintitrés minutos del veintisiete de enero del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso Nº 51997-2013, incoado por Mercedes del Socorro Díaz
Padilla, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Henry Samuel Díaz
Díaz, que el nombre de la madre es: Mercedes del Socorro.—Carlos Luis Brenes
Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153203 ).
En resolución Nº 1393-2017 dictada por el Registro Civil a las
catorce horas cincuenta minutos del treinta de enero del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso Nº 37568-2016, incoado por Daube Gutiérrez Rojas, se
dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Jaison Gutiérrez Sandoval,
que el nombre es: Jason.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a.
í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153214 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Sira María
Calderón Rodríguez, se ha dictado la resolución Nº 6364-2016, que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las once horas veinticinco minutos del siete de
diciembre del dos mil dieciséis. Expediente Nº 31743-2016. Resultando: 1º—…,
2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Lenner Fabián Espinoza Calderón, en el
sentido que el nombre de la madre es: Sira María.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2017153230 ).
En resolución Nº 3914-2017 dictada por el Registro Civil a las
once horas cuarenta minutos del diez de mayo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso Nº 4125-2017, incoado por Griselda Antonia Briones
Aguirre, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Yorly Esmeralda
Montalván Briones, José Miguel Rodríguez Briones y Oliver Mateo Rodríguez
Briones, que el nombre de la madre es: Griselda Antonia.—Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2017153313 ).
En resolución Nº 2636-2017 dictada por el Registro Civil a las
diez horas cinco minutos del seis de marzo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso Nº 40950-2016, incoado por Fátima Mejía Delgadillo, se
dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Nataly Dayanna Quirós
Mejías, Karla Tatiana Quirós Mejías, Jonathan Rafael Quirós Mejías, Keilor
Quirós Mejías y Erick Alberto Quirós Mejías, que el primer apellido de la madre
es: Mejía.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017153326 ).
En resolución Nº 3837-2017 dictada
por el Registro Civil a las catorce horas del treinta y uno de mayo del dos mil
diecisiete, en expediente de ocurso Nº 16948-2017, incoado por Judith Lizzeth
Moreno Rugama, se dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de Víctor
Manuel Ramírez Madrigal con Judith Lizzeth Rugama Moreno, que los apellidos de
la cónyuge, asimismo los apellidos del padre y el primer apellido de la madre
de la misma son: Moreno Rugama, Moreno A y Rugama.—Luis Guillermo Chinchilla
Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153341
).
En resolución Nº 4064-2017 dictada por el Registro Civil a las
diez horas cuarenta minutos del veintinueve de mayo del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso Nº 45701-2014, incoado por Daysis Amirta Rodríguez Aguirrez,
se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Anderson José Rodríguez
Aguirre y de Carlos David Rodríguez Aguirre, que el nombre y segundo apellido
de la madre son: Daysis Amirta y Aguirrez, consecuentemente los segundos
apellidos de los menores son: Aguirrez, y en el asiento de nacimiento de Axel
Andrés Alvarado Rodríguez, que el nombre y segundo apellido de la madre es:
Daysis Amirta y Aguirrez.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153552 ).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas
por Marlin Leonicia Jarquín Duarte y debidamente ratificadas por Rosa Emilia
Castellón Jarquín, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 024-2011. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos
Jurídicos. San José, a las ocho horas seis minutos del cinco de enero del dos
mil once. Ocurso. Expediente Nº 33815-2009. Resultando: 1º—…, 2º—…;
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el
fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Rosa Emilia
Castellón Jarquín…; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí
inscrita es: Marlin Leonicia, y no como se consignó.—Lic. Óscar Fernando Mena
Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(
IN2017153585 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Santos del
Carmen Dávila, se ha dictado la resolución Nº 6233-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas treinta y cinco minutos
del dos de diciembre del dos mil dieciséis. Expediente Nº 20943-2016.
Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el
fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Yohelsi del
Carmen Duartes Dávila, de Carlos Antonio Duartes López, y de Shirley López
Dávila, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre son Santos del
Carmen Dávila.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda.
Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153592 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Zeneyda
del Carmen Matamoro Zamora, se ha dictado la resolución Nº 657-2015, que en lo
conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos
Jurídicos. San José, a las trece horas veinte minutos del diez de febrero del
dos mil quince. Expediente Nº 51915-2014. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando:
I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los
asientos nacimiento de Adriana Michelle Morales Matamoros; de Marvin Leandro
Morales Matamoros; y de Génesis Fiorella Morales Matamoros, en el sentido que
el nombre y el primer apellido de la madre de las personas inscritas son: Zeneyda
del Carmen y Matamoro respectivamente.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial
Mayor Civil a. í.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2017153651 ).
En resolución Nº 1764-2017 dictada
por el Registro Civil a las ocho horas cuarenta minutos del siete de febrero
del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 50818-2014, incoado por
Milagros Yaoska Goussen Hernández, se dispuso rectificar el asiento de
matrimonio de José Arístides Chavarría Chavarría con Milagros Yahoska Goussen Hernández,
en el sentido que el segundo nombre de la cónyuge es: Yaoska y el asiento de
nacimiento de Hillary Yahoska Chavarría Goussen, en el sentido que el segundo
nombre de la madre es: Yaoska.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153685 ).
En resolución Nº 3307-2017 dictada por
el Registro Civil a las nueve horas cincuenta y siete minutos del veintitrés de
marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 162-2017, incoado por
Ólger Efrén Altamirano Cruz, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento
de Olver Daniel Cruz Artavia, que los apellidos del padre son Altamirano
Cruz.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017153690 ).
Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas
por Dinorah Patricia Fallas Quirós, ha dictado una resolución que en lo
conducente dice: Resolución Nº 3819-2013. Registro Civil, Departamento Civil,
Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas del trece de noviembre del
dos mil trece. Ocurso. Expediente Nº 34946-2013. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…;
Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto:
Rectifíquese el asiento de nacimiento de Brigette Cristina Quirós Badilla, en
el sentido que el nombre y los apellidos de la madre… son: Dinorah Patricia
Fallas Quirós.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos
Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017153726 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María
Raquel Reyna López, se ha dictado la resolución N° 5276-2016, que en lo
conducente dice: Registro Civil. Departamento
Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas veinte minutos
del ocho de octubre de dos mil dieciséis. Exp. N° 53473-2015. Resultando:
1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados: ..., II.—Sobre el fondo:...,
Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Sharon Rachel Rueda Reyna,
en el sentido que el nombre de la madre es María Raquel.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2017153760 ).
En resolución N° 3623-2017 dictada por el Registro Civil a las
catorce horas cuarenta minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete,
en expediente de ocurso N° 53683-2016, incoado por María Adilia Días Centeno,
se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Sihany Naomy Flores Díaz,
que el primer apellido de la madre es Días.—Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo,
Jefa.—1 vez.—( IN2017153772 ).
En resolución Nº 2103-2017 dictada por el Registro Civil a las
once horas del veinte de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de
ocurso Nº 32166-2015, incoado por Ceneyda Castillo Mairena, se dispuso
rectificar en el asiento de nacimiento de Tony Rolando Potosme Castillo, que el
nombre de la madre es: Ceneyda, y en los asientos de nacimiento de Erick Manuel
Mairena Mairena y de Yeimy Tatiana Potosme Mairena, que los apellidos de la
madre son: Castillo Mairena.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—(
IN2017153883 ).
En resolución N° 079-2017 dictada por el Registro Civil a las
quince horas doce minutos del tres de enero del dos mil diecisiete, en
expediente de ocurso N° 3206-2013, incoado
por Xiomara Antonia Salgado Cisnero, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Erick Rubén López Salgado, que el nombre y apellidos de la madre
son Xiomara Antonia Salgado Cisnero.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial
Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153918 ).
En resolución N° 3215-2017 dictada por
el Registro Civil a las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo del
dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 33134-2013, incoado por Olivia
del Carmen Rayo Romero, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de
Nayelli Scarlette Rayo Romero, que el nombre de la madre es Olivia del
Carmen.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017153925 ).
Registro Civil - Departamento
Civil
SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Manuel de Jesús Flores Gómez,
salvadoreño, cédula de residencia 122200426209, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. 3173-2017.—San José, al ser las 10:58 del 10 de
julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017152939 ).
Yorling Marissela Olivas Rojas, nicaragüense, cédula de residencia
N° 155817425910, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 1889-2016.—San José, al ser las 4:02 del 14 de julio del 2017.—Juan
José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017152965 ).
Alejandra Aguileta Vergara, mexicana, cédula de residencia
148400051923, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 3217-2017.—San José, al ser las 8:23 del 14
de julio del 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017152989 ).
Alfredo Aguileta Ángeles, mexicano, cédula de
residencia 148400026314, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3216-2017.—San José, al ser las 8:12 del
14 de julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017152991 ).
Maria Elena Vergara de Aguileta, mexicana, cédula de residencia
148400051816, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3218-2017.—San José, al ser las 8:30 del 14 de julio de 2017.—Carolina Pereira
Barrantes.—1 vez.—( IN2017152994 ).
Oneyda Magaly Condega Paizano, nicaraguense, cédula de residencia
155815815612, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3305-2017.—San José al ser las 9:45 del 10 de julio de 2017.—Johana Marcela
Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153096 ).
Yack Maura Fernández, cubano, cédula de residencia Nº DI119200198001,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso.—Expediente Nº 3422-2017.—Heredia, al
ser las 14:37:59 del 14 de julio del 2017.—Oficina Regional de
Heredia.—Emmanuel Carballo Rodríguez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—(
IN2017153110 ).
Edwin José Alvarado Vega, nicaragüense, cédula de residencia Nº
155817377636, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente Nº 3407-2017.—San José, al ser las 10:50 del 14 de julio del
2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017153184 ).
Maryurit Mercedes Picado Reyes, nicaragüense, cédula de residencia
155816276911, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N° 3017-2017.—Guanacaste, al ser las
14:28:07 del 17 de julio del 2017.—Oficina Regional de Liberia.—Karla Mendoza
Quirós, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017153208 ).
Viviana Karina Cáceres Osorio, cédula de residencia 117000916122,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3400-2017.—Alajuela,
al ser las quince horas con seis minutos del trece de julio de dos mil
diecisiete.—Regional de Alajuela.—Walter Gerardo Villalobos Zúñiga, Jefe.—1
vez.—( IN2017153306 ).
Sebastián Molano Vélez, colombiano, cédula de residencia Nº
117000913226, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente Nº 3294-2017.—San José, al ser las 03:44 del 07 de julio del
2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017153307 ).
Luis Alberto Molano Ortiz, colombiano, cédula de residencia
117000913119, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
2945-2017.—San José, al ser las 3:13 del 14 de julio de 2017.—Johana Marcela
Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153309 ).
Alejandra Ruiz Cruz, colombiana, cédula de residencia Nº
117001633426, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente Nº 3276-2017.—San José, al ser las 10:58 del 18 de julio del
2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017153327 ).
Ciaran Philip O Cleirigh, irlandés, cédula de residencia
137200001429, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—Exp N°
3351-2017.—San José, al ser las 3:18 del 17 de julio de 2017.—Johana Marcela
Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153350 ).
Sergio Pablo Cerda Martínez, nicaragüense, cédula de residencia
155802089007, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3318-2017.—San José, al ser las 1:15 del 17 de julio de 2017.—Johana Marcela
Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153366 ).
Julio Andrés Escala, argentino, cédula de residencia Nº
103200030922, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente Nº 3230-2017.—San José, al ser las 02:12 del 18 de julio del
2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017153372 ).
Martha Iris Ruiz Federi, nicaragüense, cédula de residencia DI
155817943200, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3425-2017.—Alajuela, al ser las 15:25:17 del 14 de julio de 2017.—Lic. Kattia
Jiménez Zamora, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017153412 ).
Beatriz Yolanda Barboza Davila, Venezolana, cédula de residencia
186200207924, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3397-2017.—San José, al ser las 2:35 del 13 de julio de 2017.—Juan José
Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017153427 ).
Delia Mercedes Zapata Cárdenas, nicaragüense, cédula de residencia
155817971314, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense
ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a
quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los
presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días
hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3440-2017.—San José, al ser
las 2:29 del 18 de julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—(
IN2017153453 ).
Elena Galante Marcos, española, cédula de residencia N°
172400075401, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente 2688-2017.—San José, al ser las 9:39 del 17 de julio del
2017.—Johana Marcela Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153464 ).
Dominga del Rosario Mayorga Martínez, nicaragüense, cédula de
residencia 155811872302, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3433-2017.—Turrialba, al ser las 09:47:06 del 17 de julio de 2017.—José
Francisco Hernández Alpízar, Jefe.—1 vez.—( IN2017153520 ).
Lorenzo Mercedes Hernández Monterrosa, salvadoreño, cédula de
residencia 122200400909, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3348-2017.—San José, al ser las 9:12 del 19 de julio de 2017.— Carolina Pereira
Barrantes.—1 vez.—( IN2017153537 ).
María Emma Monterrosa de Tolentino, salvadoreña, cédula de
residencia Nº 122200380428, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente Nº 3349-2017.—San José, al ser las 9:12 del 19 de julio del
2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017153539 ).
Daniel Tuquerres Londoño, colombiano, cédula de residencia
117001496112, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se
emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para
que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez
días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 2431-2017.—San José, al ser las 3:42 del 17 de julio de
2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017153542 ).
Marling de los Ángeles Ordeñana Cano,
nicaragüense, cédula de residencia número 155818684728, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente 3262-2017.—Provincia San José, al ser las
13:51:40 del 6 de julio de 2017.—Geovanny Solís Angulo, Jefe a. í.—1 vez.—(
IN2017153644 ).
Eudomilia del Carmen Martínez García nicaragüense, cédula de
residencia DI155808220605, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil
Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de
diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. N° de expediente
3450-2017.—Alajuela, al ser las 12:16:00 del 17 de julio de 2017.—Luis Diego
Rocha Gutiérrez, Jefe de Oficina Regional Los Chiles.—1 vez.—( IN2017153676 ).
Josary Vanessa Pérez Méndez, nicaragüense, cédula de residencia N°
DI155814827332, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito
en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N° 3411-2017.—Limón, al ser las diez
horas y treinta y ocho minutos del catorce de julio de dos mil
diecisiete.—Oficina Regional de Pococí.—Fabricio Alberto Cerdas Díaz, Jefe a.
í.—1 vez.—( IN2017153697 ).
Raisha Verónica Manzanares Maradiaga, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155817754404, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3330-2017.—San José,
al ser las 11:14 del 11 de julio del 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—(
IN2017153701 ).
Jorge Enrique Ríos Cardona, colombiano, cédula de residencia N°
117000689125, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente 3493-2017.—San José, al ser las 9:56 del 19 de julio del 2017.—Randall
Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017153765 ).
Armando Josué Palacios Alvarado, nicaragüense, cédula de
residencia, RES 155815981920, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 3497-2017.—Cañas, Guanacaste, diecinueve de julio del dos
mil diecisiete.—Oficina Regional de Cañas.—Jorge Luis Varela Rojas.—1 vez.—(
IN2017153801 ).
Arlin Julissa Sarmiento Masariego, hondureña, cédula de residencia
DI134000064326, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Número
de expediente 3491-2017.—Puntarenas, al ser las 09:12:01 del 19 de julio de
2017.—Oficina Regional de Puntarenas.—Dagoberto Martín Herrera Araya, Jefe.—1
vez.—( IN2017153805 ).
Aurora María Vega Suárez, nicaragüense, cédula de residencia
155810333436, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 3481-2017.—San José al ser las 1:02
del 19 de julio del 2017.—Selmary Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017153821
).
Washington Lorenzo Lama Mayorga, ecuatoriano, cédula de residencia
121800063124, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
3523-2017.—San José, al ser las 10:04 del 20 de julio de 2017.—Carolina Pereira
Barrantes.—1 vez.—( IN2017153888 ).
Astrid Lucrecia Herrera Arévalo, nacionalidad guatemalteca, cédula
de residencia Nº DI132000181404 , ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente Nº 3334-2017.—Alajuela al ser las 09:15:49 del 20 de julio de
2017.—Oficina Regional de Orotina.—Rónald Ricardo Parajeles Montero, Jefe.—1
vez.—( IN2017153912 ).
Oliveros Torres Miguel Ángel, cédula de residencia 117001648220 ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3495-2017.—Alajuela,
al ser las once horas con cuarenta minutos del diecinueve de julio de dos mil
diecisiete.—Oficina Regional de Alajuela.—Walter Gerardo Villalobos Zúñiga,
Jefe.—1 vez.—( IN20107153922 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
MODIFICACIÓN PLAN ANUAL
DE ADQUISICIONES 2017
La Dirección de Proveeduría
Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se
ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de
Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09006
Policía de Fronteras el cual se encuentra a su disposición en la dirección
electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de COMPRARED, así como en la
dirección electrónica www.sicop.go.cr
San José 19 de julio de
2017.—Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C.
Nº 3400033107.—Solicitud Nº 90281.—( IN2017154000 ).
MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES
PROYECTADO PARA EL 2017
La Proveeduría Institucional de
este Ministerio informa que el Programa de Adquisición de Bienes y Servicios,
proyectado para el Ejercicio Presupuestario 2017, fue modificado una vez más y
que ésta modificación, y cualquier otra que sea necesaria realizar
posteriormente, estará disponible en forma gratuita en el sistema SICOP, con la
indicación “Modificado al…”, en la dirección electrónica
http://www.sicop.go.cr.
San José, 18 de julio del
2017.—Proveeduría Institucional.—Marco A. Fernández U., Proveedor.—1 vez.—O. C.
N° 3400032033.—Solicitud N° 90273.—( IN2017154008 ).
MUSEO
HISTÓRICO CULTURAL JUAN SANTAMARÍA
PLAN
ANUAL DE COMPRAS PARA EL AÑO 2017
De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación
Administrativa, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 4
de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación
Administrativa, se informa que la primera modificación al plan anual de compras
del Museo Histórico Cultural Juan Santamaría, para el año 2017, se encuentra a
disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio de Cultura y
Juventud www.mcjd.go.cr,
San José, 13 de julio del 2017.—Karol
Patricia Sanabria Rosales, Subproveedora Institucional a. í.—1 vez.—(
IN2017154077 ).
MODIFICACIÓN
PROGRAMA DE
ADQUISICIONES
AÑO 2017
Descripción |
Fecha estimada |
Fuente de financiamiento |
Monto aproximado |
Remodelación
Eléctrica del Edificio de Registro Nacional de Alajuela |
II
Semestre |
BCR |
¢135.000.000.00 |
Oficina Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº
66348.—Solicitud Nº 90379.—(
IN2017154079 ).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-0000015-DCADM
Contratación de una empresa que
brinde servicios
de atención y canalización de solicitudes de
servicio,
incidentes, reclamos, consultas, problemas
y requerimientos relacionados con soporte
tecnológico y/o administrativo
Apertura: para las 10:00 horas
del día 18 de agosto del 2017. Retiro del cartel: Oficinas Centrales, de lunes
a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m., 6to piso, división de Contratación
Administrativa. Costo: ¢2.500.00 (dos quinientos colones con 00/100).
Área de Gestión y Análisis de
Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños.—1 vez.—( IN2017153987 ).
HOSPITAL DR. MAXIMILIANO PERALTA
JIMÉNEZ DE CARTAGO
ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000038-2306
Canastas para procedimientos
quirúrgicos
de O.R.L bajo la modalidad de entrega única
El Hospital Dr. Maximiliano
Peralta Jiménez de Cartago, invita a los interesados a participar en el
siguiente concurso:
• Número de Licitación:
2017LA-000038-2306.
• Descripción: Canastas para
Procedimientos Quirúrgicos de O.R.L.
• Fecha máxima para el recibo
de ofertas: 08 de agosto de 2017.
• Hora de apertura: 10:00 a.m.
Los interesados en participar y
conocer mayores detalles, podrán solicitar el cartel de especificaciones a
partir de esta publicación a los teléfonos 2591-1161 y 2591-8767, dicho cartel
se enviará por correo electrónico, o bien puede accesar la página web de la institución,
en la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones y descargar el
cartel.
Subárea de Contratación
Administrativa.—Licda. Iveth Gamboa Solano, Coordinadora a. í.—1 vez.—(
IN2017153897 ).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CDS-00092-PRI
(Convocatoria)
Compra e instalación y puesta en
funcionamiento
de módulo de poder para UPS, marca Gamatronic
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica
que se recibirán ofertas hasta las 08:00 horas del día 01 de agosto del 2017,
para la “Compra e instalación y puesta en funcionamiento de módulo de poder
para UPS, marca Gamatronic”. Los documentos que conforman el cartel, podrán
descargarse en la dirección electrónica: www.aya.go.cr o bien retirarse en la
Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede
del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.
Licda. Iris Fernández
Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº
90344.—( IN2017153917 ).
El Instituto de Desarrollo Rural
comunica la apertura del siguiente proceso:
CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000073-01
Renovación de licenciamiento de
equipo
de telecomunicaciones para almacenamiento
y respaldo de aplicaciones de telecomunicaciones
Fecha y hora de recepción de
ofertas: lunes 31 de julio del 2017, a las 10:00 horas (10:00 a. m.).
El cartel está a disposición a partir de su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse
personalmente en nuestras oficinas centrales, ubicadas en San José, San Vicente
de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur
y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, Planta alta del Edificio B,
en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede
descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr menú de LICITACIONES, o
puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección kzamora@inder.go.cr
sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al
cartel en forma digital original que posee el Inder, del cual se tiene
impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de
verificación y evaluación de ofertas.
Área de Contratación y
Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153855 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000046-01
Adquisición de equipos de
control, visualización y
optimización de tráfico en la red para Oficinas
de Desarrollo Territorial del INDER
Fecha y Hora de recepción de
ofertas: 17 de agosto del 2017, a las 10:00 horas, (10:00 a. m.), en la
Proveeduría Institucional, oficinas centrales del INDER.
El cartel está a
disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
puede retirarse personalmente en nuestras oficinas centrales, ubicadas en San
José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste,
100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, Planta alta
del Edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no
tiene costo. Puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr menú
de CONTRATACIONES, CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS, PROVEEDURIA INSTITUCIONAL, o
puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección
iazofeifa@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada
a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el Inder, del
cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para
fines de verificación y evaluación de ofertas.
San Vicente de Moravia, San
José.—Licda. Karen Valverde Soto, Proveeduría Institucional.—1 vez.—(
IN2017153859 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA 2017CD-000231-01
Servicio de confección de
cheques (colones y dólares)
para la Unidad de Recursos Financieros
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 26 de julio del
2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en La Uruca 2.5 kilómetros al
oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 90314.—( IN2017153734 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA DE ESCASA CUANTÍA
N° 2017CD-000064-08
Motores usados de vehículos para
uso didáctico,
Unidad Regional Brunca
El Proceso de Adquisiciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, Unidad Regional Brunca. Informa a los
proveedores y empresarios en general interesados en participar en la
contratación directa de escasa cuantía N° 2017CD-000064-08 “Motores usados de
vehículos para uso didáctico, Unidad Regional Brunca”.
Que el plazo máximo para presentar ofertas a
esta contratación directa es para el próximo martes 01 de agosto del 2017 a las
10:00 horas.
Este pliego de condiciones es gratuito y está
a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Brunca, sita 250 metros sur del supermercado Coopeagri, Barrio Villa
Ligia, Daniel Flores. Pérez Zeledón, San José y en la siguiente dirección
electrónica:
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles/
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 90311.—( IN2017153735 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000004-09
Contratación de servicios de
aseo y limpieza con
criterios ambientales para las aulas del
Proceso
de Servicio al usuario ubicadas en
San Rafael de Heredia
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso,
hasta las 10:00 horas de 17 de agosto del 2017. Los interesados podrán retirar
el pliego de condiciones, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sita: Heredia,
50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página web del
INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 90309.— ( IN2017154002 ).
COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000078-07
Folletos de Normas Marítimas Omi
y otras organizaciones
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del día 01 de
agosto del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el
cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita Barranca Puntarenas, 200
metros al norte de entrada principal de Inolasa, o bien ver la página web del
Ina, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Lic. Allan
Altamirano Díaz, Encargado Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 90404.—( IN2017154092 ).
MUNICIPALIDAD
DE ZARCERO
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2017CD-000080-OPMZ
Sistema
aéreo no tripulado (UAS por sus siglas
en inglés (Unmanned Aircraft Systems)
Invitación a la Contratación Directa Nº 2017CD-000080-OPMZ “Sistema
Aéreo no Tripulado (UAS por sus siglas en inglés (Unmanned Aircraft Systems)”.
La apertura será el día 01 de agosto del año 2017, a las 10:00 a.m. horas, en
el Salón de Sesiones de la Municipalidad de Zarcero, ubicada 50 metros oeste de
la esquina noroeste del parque de Zarcero. El cartel respectivo, lo pueden
encontrar en la página www.zarcero.go.cr.
Zarcero, 20 julio del 2017.—Proveeduría Municipal.—Vanessa Salazar
Huertas.—1 vez.—( IN2017154051 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2017CD-000086-OPMZ
Marco y rejilla en madera
plástica para pozo
Invitación a la Contratación
Directa N° 2017CD-000086-OPMZ “Marco y rejilla en madera plástica para pozo”.
La apertura será el día 01 agosto del 2017, a las 11:00 a. m. horas, en el
salón de sesiones de la Municipalidad de Zarcero, ubicada 50 metros oeste de la
esquina noroeste del parque de Zarcero. El cartel respectivo, lo pueden
encontrar en la página www. zarcero.go.cr.
Zarcero, 20 julio del
2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2017154078 ).
MUNICIPALIDAD DE GARABITO
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2017LA-000005-MUGARABITO
Contratación de servicios de
gestión administrativa
para el cobro de tributos municipales
La Municipalidad de Garabito por
medio del Departamento de Proveeduría, recibirá ofertas hasta las catorce horas
del 14 de agosto del 2017 para la Contratación de servicios de gestión
administrativa para el cobro de tributos municipales. Los interesados pueden
solicitar el cartel en la unidad de Proveeduría, por medio del correo
electrónico proveeduría_munigarabito@yahoo.es o al teléfono 2643-3038 ext: 16 y
17.
Garabito, 14 de julio de
2017.—Proveeduría.—Licda. Ana Sofía Schmidt, Proveedora.—1 vez.—O. C. N°
13.—Solicitud N° 90308.—( IN2017153736 ).
HOSPITAL DR. FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
2017LA-000011-2701
Solución de Glutaraldehído
El Área Gestión Bienes y
Servicios del Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla de Pérez Zeledón,
comunica el resultado del acto de adjudicación del expediente N°
2017LA-000011-2701, por la compra de solución de Glutaraldehído: ítem N° 01,
adjudicado a la empresa Distribuidora Médica del Sur S. A.
San Isidro de El General, 14 de
julio del 2017.—Área Gestión Bienes y
Servicios.—Licda. Ligia Castrillo Morales, Jefa.— 1 vez.—( IN2017153873
).
DIRECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2016LN-000022-PRI
Servicios para la solución
integral de impresión
y digitalización a nivel institucional
(modalidad según demanda)
El Instituto Costarricense de
Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica
que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2017-319 del 11 de julio del 2017,
se adjudica la presente licitación a:
Oferta N° 2.—Consorcio Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A.
- Epson Costa Rica S. A.
Posición N° 1: Precio unitario mensual por arrendamiento $81,75,
precio unitario por página blanco y negro $0,0091.
Posición N° 2: Precio unitario mensual por arrendamiento $45,57,
precio unitario por página blanco y negro $0,0093.
Posición N° 3: Precio unitario mensual por arrendamiento $77,16,
precio unitario por página blanco y negro $0,0091.
Posición N° 4: Precio unitario mensual por arrendamiento $45,16,
precio unitario por página blanco y negro $0,0079.
Posición N° 5: Precio unitario mensual por arrendamiento $58,78, precio
unitario por página blanco y negro $0,0162, precio unitario por página a color
$0,0628.
Posición N° 6: Precio unitario mensual por arrendamiento $39,50,
precio unitario por página blanco y negro $0,0207, precio unitario por página a
color $0,0995.
Posición N° 7: Precio unitario mensual por arrendamiento $230,15,
precio unitario por página blanco y negro $0,0067.
Posición N° 8: Precio unitario mensual por arrendamiento $96,25,
precio unitario por página blanco y negro $0,0076.
Precios de las páginas más impuesto
de venta.
Se declaran desiertas las
posiciones 9 y 10, ya que no se logra determinar la razonabilidad de los
precios.
Demás condiciones de acuerdo al
cartel y la oferta respectiva.
Dirección
Proveeduría.—Iris Patricia Fernández Fernández.— 1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N°
90318.—( IN2017153770 ).
El Instituto de Desarrollo
Rural, cédula jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente
proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000018-01
Construcción de la nueva tubería
de distribución para
el acueducto en Santa Clara de San Carlos, Región
de Desarrollo Huetar Norte, Oficina de
Desarrollo
Territorial de Ciudad Quesada
Adjudicar a favor de la oferta
N° 4, presentada por la empresa Tecnología en el Uso de Aguas S. A., cédula
jurídica 3-101-456307, proveedor N° 2097, por la suma de ¢118.130.480,00
(ciento dieciocho millones ciento treinta mil cuatrocientos ochenta colones con
00/100), con un plazo de ejecución total de 90 días naturales, según oficio
GG-1065-2017 del 18 de julio de 2017.
San Vicente
de Moravia, San José.—Área de Contratación Suministros.—Licda. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—( IN2017153830 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000022-01
Construcción de Acueducto en el
Asentamiento San Juan
Chiquito”, Región de Desarrollo Pacífico Central,
Oficina de Desarrollo Territorial de Orotina
Adjudicar a favor de la oferta
N° 4, presentada por la empresa Tecnología en el Uso de Aguas S. A, cédula
jurídica 3-101-456307, Proveedor N° 2097, por la suma de ¢49.248.200,00
(cuarenta y nueve millones doscientos cuarenta y ocho mil doscientos colones
con 00/100), con un plazo de ejecución total de 90 días naturales, según oficio
GG-1065-2017, del 18 de julio del 2017.
San Vicente
de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—( IN2017153831 ).
De conformidad con lo
establecido en la Ley N° 9036 de Transformación IDA-INDER y al acuerdo de la
Junta Directiva en el artículo 10, sesión ordinaria 26-2017, celebrada 17 de
julio 2017, se comunica la adjudicación del siguiente proceso:
2017LA-0000017-01
Contratación de personas físicas
o jurídicas para consultorías
en el marco del proyecto “El medio rural frente a los
retos del cambio climático”, que se implementa en
el Territorio Talamanca-Valle la Estrella”
A saber:
Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF
El control, seguimiento y fiscalización de la
correcta ejecución del objeto contractual de esta licitación, estará a cargo de
la Oficina Territorial de Talamanca, que fungirá como fiscalizador y encargado
general del contrato, teniendo bajo su responsabilidad la obligación de generar
los informes que sobre esta licitación requiera a la administración superior.
Proveeduría
Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto, Proveedora.—1 vez.—( IN2017153854 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000064-01
Contratación de servicio de
alimentación para la Asamblea
General Extraordinaria del CTDR Siquirres-Guácimo
y la Asamblea General Ordinaria del CTDR
Siquirres-Guácimo y la Asamblea Anual
ordinaria del Territorio San Carlos-
Peñas Blancas-Río Cuarto
El Instituto de Desarrollo Rural
comunica que de conformidad con los Artículos 84, 86 y 223 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa, Artículo 30 de la Ley 9036 inciso f y según
lo indicado en el oficio GG-1069-2017 del 18 de julio 2017, dicta el ACTO FINAL de la
Contratación Directa 2017CD- 000064-01 “Contratación de servicio de
alimentación para la Asamblea General Extraordinaria del CTDR Siquirres-Guácimo
y la Asamblea General Ordinaria del CTDR Siquirres-Guácimo y la Asamblea Anual
ordinaria del Territorio San Carlos-Peñas Blancas-Río Cuarto”, de acuerdo al siguiente
detalle:
Adjudicar línea 1, a la empresa Centro
Turístico Pacuare, cédula jurídica 3-101-048838, por haber obtenido la
mayor calificación en la línea 1 con 100%, por un total de ¢1.270.000,00.
Declarar infructuosa la línea 2.
La coordinación y fiscalización durante la
ejecución del objeto de este proceso de contratación, estará a cargo de la
Oficina de Siquirres, mediante el encargado Marco Vinicio Porras Suárez, en
calidad de Unidad Solicitante del proceso de compra.
San Vicente de Moravia, San
José.—Licda. Karen Valverde Soto, Coordinadora de la Proveeduría
Institucional.—1 vez.—(IN2017153856).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica que de conformidad con
los artículos 84, 86 y 223 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, artículo 30 de la Ley 9036 inciso f y según lo indicado en el
oficio GG-1070-2017 del 18 de julio 2017, dicta el acto final de la
Contratación Directa 2017CD-000065-01, “Compra de insumos químicos para cultivo
de frijol para los asentamientos y territorios de la Oficina de Desarrollo
Territorial de Orotina”, de acuerdo al siguiente detalle:
Adjudicar de las líneas 1 a la
10, a la empresa Asociación Cámara de Productores de Caña del Pacífico,
cédula jurídica 3-002-045365, por haber obtenido la mayor calificación en
las líneas de la 1 a la 10 con I00%., por un total de ¢3.464.890,00.
La coordinación y fiscalización durante la
ejecución del objeto de este proceso de contratación, estará a cargo de la
Oficina de Orotina, mediante el encargado Roy Alfaro Arnáez, en calidad de
Unidad Solicitante del proceso de compra.
San Vicente de Moravia, San
José.—Proveeduría Institucional.—Licda.
Karen Valverde Soto, Coordinadora.—1 vez.— ( IN2017153857 ).
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 9036 de
Transformación IDA-INDER, artículos 26 y 30 y el oficio GG-1056-2016 del 17 de
julio 2017, se comunica la adjudicación del siguiente proceso:
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000016-01
Compra de insumos para el
cultivo de arroz-frijol y equipo
pesado para el mejoramiento de las condiciones
de la Agro
Cadena de Palma Aceitera Coopechires, todo de la
Oficina de Desarrollo Territorial de Puriscal
A las empresas por haberse
cumplido a cabalidad con los aspectos propios del procedimiento de Contratación
Administrativa: Romanas Ocony S. A., cédula jurídica N° 3-101-029749,
por un monto de ¢18.300.000,00 colones; la línea 1. Colono Agropecuario S.
A., cédula jurídica N° 3-101-268981, por un monto de ¢2.141.954,99 colones,
las líneas 3, 11, 12, 16, 17 y 22 Romagro del Siglo XXI S.R.L., cédula
jurídica 3-102-662924, por un monto de ¢7.660.383,00 colones, las líneas 2, 4,
5, 6, 7,8, 9, 10, 13, 14, 15, 18, 19, 20 y 21. La coordinación y fiscalización
de la entrega de los bienes adjudicados recae en los funcionarios dispuestos
para este fin, como encargados del contrato, en la Decisión Inicial.
Licda. Karen
Valverde Soto, Proveedora Institucional.— 1 vez.—( IN2017153858 ).
El Instituto de Desarrollo Rural
comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:
CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000053-01
Compra de productos de papel y
cartón para el Inder
Según oficio GG-1059-2017 del 18
de julio del 2017 se adjudica el proceso de referencia de la siguiente manera:
A la empresa Distribuidora
Ramírez y Castillo S. A., cédula jurídica 3-101-080638, las líneas
1-4-5-6-7-9-10-12-16-17-18-20-23, por haber cumplido con lo solicitado en el
cartel y obtener un puntaje del 100%, por un monto total de ¢5.185.619,32.
A la empresa Sumiexpress S. A., cédula
jurídica 3-101-318837, las líneas 2-3-11-13-14-15-19, por haber cumplido con lo
solicitado en el cartel y obtener un puntaje del 100%, por un monto total de
¢749.347,80.
A la empresa Comercializadora AT del Sur
S. A., cédula jurídica 3-101-237629, las líneas 8-21-22, por haber cumplido
con lo solicitado en el cartel y obtener un puntaje del 100%, por un monto
total de ¢54.801,75.
El control, seguimiento y fiscalización de la
correcta ejecución de esta contratación recae en cada oficina solicitante del
proceso las cuales se encuentran indicadas en el cartel, esto con el fin de
garantizar el cumplimiento de las condiciones, especificaciones, plazos y demás
condiciones de la contratación.
San Vicente
de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Coordinadora Proveeduría
Institucional.—1 vez.—( IN2017153860 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000035-01
Adquisición de equipo de
Telecomunicaciones
para sustitución por obsolescencia y mejora
tecnológica y de desempeño de la red
Institucional del INDER
El Instituto de Desarrollo Rural
comunica que de conformidad con los Artículos 84, 86 y 231 del Reglamento a la
Ley de Contratación Administrativa, Artículo 30 de la Ley 9036 inciso f y según
lo dictado en el oficio GG-1065-2017 del 18 de julio 2017, dicta el ACTO FINAL de la
Licitación Abreviada 2017LA-000035-01 “Adquisición de equipo de
Telecomunicaciones para sustitución por obsolescencia y mejora tecnológica y de
desempeño de la red Insitucional del INDER”, de acuerdo al siguiente detalle:
Adjudicar a la empresa Netway
S. A., cédula jurídica 3-101-384584, por un monto total de $215.641,37 y un
plazo de entrega de 25 días hábiles por haber obtenido la puntuación más alta
en la evaluación de las ofertas. La coordinación y fiscalización durante la
ejecución del objeto de este proceso licitatorio recae en la oficina de
Tecnologías de la Información.
San Vicente
de Moravia, San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1
vez.—( IN2017153861 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000029-01
Adquisición
de 37 invernaderos completos para
el
territorio Turrialba-Jiménez y asentamientos
administrados por la
Oficina de
Desarrollo
Territorial de Turrialba
El Instituto de Desarrollo Rural comunica que de conformidad con los
artículos 84, 86 y 231 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Artículo 30 de la Ley 9036 inciso f y según lo dictado en el oficio
GG-1056-2017 del 17 de julio 2017, dicta el acto final de la Licitación
Abreviada Nº 2016LA-000029-01 “Adquisición de 37 invernaderos completos para el
territorio Turrialba-Jiménez y asentamientos administrados por la Oficina de
Desarrollo Territorial de Turrialba”, de acuerdo al siguiente detalle:
Se adjudica a la empresa Riegos
Hidro Drip S. A., cédula jurídica 3-101-468777, por un monto de
¢69.768.695.81 colones y un plazo de entrega de 90 días naturales posteriores a
la entrega de la Orden de Compra. La coordinación y fiscalización de la entrega
de los bienes adjudicados recae en los funcionarios dispuestos para este fin,
como encargados del contrato, en la Decisión Inicial.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto,
Proveeduría Institucional.—1 vez.—( IN2017153862 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula Jurídica 4-000-0142143,
comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000023-01
Construcción de Acueducto en el
Asentamiento Verdetica,
Región de Desarrollo Huetar Caribe, Oficina
de Desarrollo Territorial de Cariari
Adjudicar a
favor de la oferta única, presentada por la empresa Tecnología en el Uso de
Aguas S. A., cédula jurídica 3-101-456307, Proveedor N° 2097, por la
suma de ¢137,896,950.00 (ciento treinta y siete millones ochocientos noventa y
seis mil novecientos cincuenta colones con 00/100), con un plazo de ejecución
total de 130 días naturales, según oficio 00-1065-2017, del 18 de julio del
2017.
San Vicente
de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Área de Contratación y
Suministros.—1 vez.—( IN2017153863 ).
El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica Nº
4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000025-01
Construcción de caminos en el
Asentamiento Campesino
Caprinos Región de Desarrollo Central, Oficina
de Desarrollo Territorial de Cartago
Adjudicar a favor de la oferta
Nº 11, presentada por la empresa: Alcapra ACP S. A., cédula jurídica Nº
3-101-516925, Proveedor Nº 4922, por la suma de ¢57.599.750,00 (cincuenta y
siete millones quinientos noventa y nueve millones setecientos cincuenta
colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 40 días naturales,
según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio del 2017.
San Vicente
de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—( IN2017153865 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000027-01
Construcción de Salón de uso
múltiple y una Batería
Sanitaria en el Asentamiento El Gallo Región
de Desarrollo Chorotega, Oficina
de Desarrollo Territorial Liberia
Adjudicar a favor de la oferta
N° 14, presentada por la empresa Materiales Sarapiquí del Norte S. A.,
cédula jurídica 3-101-306292, proveedor N° 1101, por la suma de ¢32.050.000,00
(treinta y dos millones cincuenta mil colones con 00/100), con un plazo de
ejecución total de 50 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de
julio de 2017.
San Vicente
de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—( IN2017153866 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000028-01
Construcción de caminos en el
Asentamiento Campesino
Rodolfo Dawning” Región de Desarrollo Chorotega,
Oficina de Desarrollo Territorial Cañas
Adjudicar a favor de la oferta
N° 8, presentada por la empresa Alcapra ACP S. A., cédula jurídica
3-101-516925, Proveedor N° 4922, por la suma de ¢126.071.000,00 (ciento
veintiséis millones setenta y un mil colones con 00/100), con un plazo de
ejecución total de 60 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de
julio del 2017.
San Vicente
de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—( IN217153867 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000031-01
“Remodelación
del CEPROMA del Asentamiento
Campesino
País” Región de Desarrollo Huetar
Caribe, Oficina de
Desarrollo
Territorial
Talamanca
Adjudicar a favor de la oferta N° 4, presentada por la empresa Constructora
Luis Barrantes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-215011, Proveedor N° 1081,
por la suma de ¢ 37.400.000,00 (treinta y siete millones cuatrocientos mil
colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 60 días naturales,
según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio de 2017.
San Vicente de Moravia, San José.—Área de
Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153868
).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000032-01
Construcción
de puesto de salud, dos aulas adosadas y
una batería sanitaria en el
colegio y un aula escolar
en
la escuela todos del Asentamiento Campesino
Línea
Vieja” Región de Desarrollo Huetar
Caribe, Oficina de
Desarrollo
Territorial Cariari
Adjudicar a favor de la oferta N° 1, presentada por la empresa Construcciones
Levell Brown Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-164182, Proveedor N° 1774, por
la suma de ¢ 87,521,159.00 (ochenta y siete millones quinientos veintiún mil
ciento cincuenta y nueve colones con 00/100), con un plazo de ejecución total
de 140 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio de 2017.
San Vicente de Moravia, San José.—Área de
Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153869
).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000034-01
Construcción de un aula escolar
en la Escuela de
San Gerardo en Río Cuarto de Grecia. Región
de Desarrollo Huetar Norte, Oficina de
Desarrollo Territorial Puerto Viejo
Adjudicar a favor de la oferta
Nº 8, presentada por la empresa: Materiales Sarapiquí del Norte S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-306292, Proveedor Nº 1101, por la suma de
¢13.291.200,00 (trece millones doscientos noventa y un mil doscientos colones
con 00/100), con un plazo de ejecución total de 40 días naturales, según oficio
GG-1065-2017, del 18 de julio del 2017.
San Vicente
de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde
Soto.—1 vez.—( IN2017153870 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000062-07
(Infructuoso)
Servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo
de carretas para embarcaciones menores del INA
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje,
comunica que el concurso de la Compra Directa Nº 2017CD-000062-07 “Servicio de
mantenimiento preventivo y correctivo de carretas para embarcaciones menores
del INA”, se declara infructuoso, según acta del Proceso de Adquisiciones Nº
078-2017 del día 18 de julio del 2017, con base en el estudio técnico
FR-NNP-PGA-101-2017.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 90310.—( IN2017154005 ).
COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000064-07
Folletos para uso de comercio y
servicios
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje,
informa el resultado de la compra directa en referencia:
Acuerdo del Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central, que consta en el acta Nº
080-2017; de fecha 19 de julio de 2017, según el siguiente detalle:
Se adjudican de acuerdo al
oficio NSCS-1831, las líneas Nos. 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14, y 17 al
oferente Inversiones Zuca S.A., cédula jurídica 3-101-216046, por un
monto de ¢483.662,00.
Las líneas Nos. 4, 6, 10, 15, 16, 18, 19 y
20, se declaran infructuosas.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 90405.—( IN2017154093 ).
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000002-PM
Compra de vehículo pick up 4x4
doble cabina para acueducto
Por este medio se informa a
todos los interesados en el proceso de Licitación arriba indicado que el
Concejo Municipal mediante acuerdo Municipal 50-29-604-2017 en su sesión
ordinaria N° 29 de1 17 de julio de 2017 adjudica dicho procedimiento a la
empresa Purdy Motor S. A., cédula jurídica 3-101-005744, por un monto
total de ¢26.333.845,70 (tipo de cambio del dólar a la fecha de apertura
¢577,37), por la compra de 1 vehículo pick up estilo Land Cruiser Hard Top, año
2017, cabina doble 4x4, motor diesel.
Por ser único oferente y cumplir con los
requerimientos técnicos y legales solicitados por lo administración.
Olger
Alpízar Villalobos, Proveedor Institucional.—1 vez.—( IN2017154048 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000003-PM
Compra de camiones para la
Unidad Técnica
de Gestión Ambiental
Por este medio se informa a
todos los interesados en el proceso de Licitación arriba indicado que el
Concejo Municipal mediante acuerdo Municipal SO-28-590-2017 en su sesión
Ordinaria N° 28 del 10 de julio de 2017 declara infructuoso el presente
procedimiento en vista de que a la hora y fecha establecidas para la apertura
de ofertas no se recibieron propuestas.
Ólger
Alpízar Villalobos, Proveedor Institucional.—1 vez.—( IN2017154049 ).
MUNICIPALIDAD DE BARVA DE
HEREDIA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-01
Contrato de obra pública según
demanda: Mantenimiento
de la red vial cantonal de Barva
A los interesados en la
Licitación Pública N° 2017LN-000001-01, se les informa que mediante el acuerdo
del Concejo Municipal N° 835-2017, de la sesión ordinaria N° 38-2017, aprobó el
acto de adjudicación de la siguiente forma:
Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF
Barva de Heredia, 17 de julio
del 2017.—Proveeduría Municipal.—Licda. Yesael Molina Vargas, Proveedora
Municipal.— 1 vez.—( IN2017153898 ).
MUNICIPALIDAD DE FLORES
PROCESO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000003-01
Contratación de los servicios de
recolección, transporte
y disposición final de los residuos
sólidos de valorizables
El Proceso de Proveeduría y
Bodega de la Municipalidad de Flores, informa a todos los interesados, en el
procedimiento de licitación abreviada Nº 2017LA-000003-01 que la Comisión
Institucional de Licitaciones en la sesión ordinaria 18-2017 y mediante el
acuerdo 51-17 adjudicó dicho procedimiento de la siguiente forma:
Línea 1: Servicio de recolección
selectiva domiciliaria y transporte a destino de los residuos sólidos
valorizables generados tanto en residencias como en comercios, instituciones y
pequeñas industrias en los tres distritos del cantón de Flores, a la empresa Plataforma
Internacional Real S. A., cédula jurídica 3-101-226529, por un periodo de
un año y un monto de ¢32.640.000, a razón de ¢2.720.000,00 mensuales.
Línea 2: Servicio de valorización y
recuperación de los residuos sólidos valorizables en el centro de recuperación
de residuos, a la empresa Plataforma Internacional Real S. A., cédula
jurídica 3-101-226529, por un periodo de un año y un monto de ¢8.820.000,00, a
razón de ¢735.000 mensuales.
Línea 3: Servicio de alquiler, limpieza,
recolección y traslado al relleno sanitario Uruka de EBI-BERTHIER, de 1
contenedor de desechos voluminosos a ubicar en un punto del cantón, a la
empresa Berthier EBI de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-215741,
con un costo para el servicio de alquiler de contenedor (capacidad 25 m3),
por un periodo de un año y un monto de ¢990.000 a razón de ¢82.500 mensuales, y
para el servicio de traslado de desechos al relleno sanitario un costo de
¢18.750 por tonelada métrica.
En el Proceso de Proveeduría y Bodega de la
Municipalidad se brindará toda la información adicional (Tel: 265-71-25 Ext.
107 Fax 265-56-52).
Gerardo
Rojas Barrantes, Alcalde Municipal.—1 vez.— ( IN2017153759 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000043-01
(Notificación acto final)
AMF-CE-2017-109
Contratación de arrendamiento de
bodega
para el almacenamiento de materiales,
vehículos, activos en desuso y equipo
de la Municipalidad de Flores
A los interesados en el
procedimiento de Contratación Directa 2017CD-000043-01, se les informa que la
Alcaldía Municipal de Flores en fecha 18 de julio del 2017, mediante oficio
AMF-CE-2017-108, adjudicó dicho procedimiento de la siguiente forma:
A la empresa Ferretería y Materiales de
Construcción Ferremat S.A., con cédula jurídica N° 3-101-172560, por
un periodo de 1 año, prorrogable por 3 años más, por un monto total de
$19.200,00, a razón de $1.600,00 mensuales y con un plazo de entrega inmediato
(1 día hábil), de conformidad con las condiciones técnicas del cartel y la
oferta.
En el Proceso de
Proveeduría de la Municipalidad se brindará toda la información adicional (Tel.
2265-7125, ext. 107, fax: 2265-5652).
Lic. Gerardo
Rojas Barrantes, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017154032 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000008-DCADM
(Enmienda N° 1)
Contratación de empresa que
brinde servicios de soporte
multicanal a los clientes del Banco Popular
por medio de un centro de contactos
(consumo según demanda)
Se les comunica a todos los
interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda N° 1 por
atención de recurso de objeción al cartel, puede ser retirada en la División de
Contratación Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de la
sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a
viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.
Demás condiciones y requisitos permanecen
invariables.
Área de Gestión y Análisis de
Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefe.—1 vez.—( IN2017154064 ).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000005-10
(Prórroga y modificación)
Contratación
de abastecimiento continuo de gas licuado
de petróleo GLP (mezcla
70-30 propano-butano),
según
demanda cuantía estimada para la
Unidad
Regional de Cartago
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto
Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en
la Licitación Abreviada Nº 2017LA-000005-10, las siguientes modificaciones al
Cartel de Contratación:
A. Se amplía la fecha de apertura al día lunes 04 de agosto del 2017,
misma hora y lugar.
B. El monto estimado por 4 años debe leerse correctamente:
¢40,000,000.00.
C. En las especificaciones técnicas se modifica el punto 14 donde se
debe leer de la siguiente manera:
La empresa adjudicataria
deberá contar con un equipo técnico consultor conformado por al menos: un
ingeniero mecánico, electromecánico, químico o mantenimiento industrial,
incorporado al colegio respectivo, con mínimo de dos años de experiencia
certificada en sistemas de GLP, responsable de la instalación y mantenimiento
de los tanques de almacenamiento y que declare bajo fe de juramento comprensión
de los protocolos de seguridad establecidos en el decreto ejecutivo Nº 30131-
MINAE-S, Reglamento para la Regulación del Sistema de Almacenamiento y
Comercialización de Hidrocarburos y las Normas NFPA 54 y NFPA 58.
Las demás condiciones del cartel de contratación quedan invariables.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic.
Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 90313.—(
IN2017154003 ).
LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000002-10
(Prórroga y modificación)
Contratación de servicios de
seguridad y vigilancia física
y electrónica para las instalaciones del Centro Nacional
Especializado en Agricultura Orgánica y Centro
de Formación Profesional de Paraíso
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los
proveedores interesados en participar en la Licitación Pública
2017LN-000002-10, las siguientes modificaciones al Cartel de Contratación:
A. Se amplía la fecha de apertura
al día lunes 07 de agosto del 2017, misma hora y lugar.
B. El plazo de adjudicación debe
leerse correctamente como se detalla:
El INA se reserva un plazo de treinta (30) días hábiles para adjudicar
o declarar infructuoso o desierto el concurso. De ser necesario se prorrogará
el plazo de adjudicación de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.
C. Se amplía puntos de las
Especificaciones Técnicas como se detalla seguidamente:
Línea 1. Centro Nacional
Especializado en Agricultura Orgánica.
1. Se incluye en el punto 8.2.3
“Especificaciones Técnicas de Cámaras” de las especificaciones técnicas los
siguientes puntos, ya que no se mencionan los requerimientos técnicos de las
cámaras para reconocimiento de placas y rostros a instalar en el Centro. Que se
lea de la siguiente manera:
8.2.3.2 Cámaras Bullet IP
captura de rostros.
- Sistema tipo día/noche a color.
- Mínimo de iluminación 0 Lux
Ir Led On.
- Con IR de mínimo 40 mts.
- 1/3 CMOS.
- Con un mínimo de 3 MP (2048
X 1536).
- Con lente varifocal de
2.8-12MM.
- Video compresión MÍN H.264.
- Debe incluir como mínimo
AWB, AGC ajustable, WDR digital, DNR 3D.
- Máscaras de privacidad.
- Detección de movimiento,
Multistreaming.
- Soporte para SD Card hasta
de 128 GB.
- Conexión RJ45.
- Alimentación POE.
- Comunicación RS485.
- Protocolo TCP/IP, ONVIF.
- Audio en doble vía.
- Entrada y salida de alarma.
- Debe contar con protección
para Interpreries IP66 y brazo anti cortes para evitar daños al cableado.
- Debe contar con cuerpo
metálico.
El oferente deberá aportar la
ficha técnica de la cámara que cotice. La cámara que no cumpla con el mínimo
establecido en las especificaciones anteriores no será considerada en el
proceso de selección.
8.2.3.3 Cámaras Bullet IP
captura de placas.
- Sistema tipo día/noche a
color.
- Mínimo de Iluminación 0 Lux
IR Led On.
- Con IR de mínimo 50 mts.
- 1/2.8 cmos.
- Con un mínimo de 3 MP (2048
x 1536).
- Con lente varifocal de
2.8-12mm.
- Video compresión Mín. H.264.
- Debe incluir como mínimo
AWB, AGC ajustable, WDR Digital, DNR 3D.
- Máscaras de privacidad
- Detección de movimiento,
multistreaming.
- Soporte para SD Card hasta
de 128 GB.
- Conexión RJ45.
- Alimentación POE.
- Comunicación RS485.
- Protocolo TCP/IP, ONVIF.
- Audio en doble vía.
- Entrada y salida de alarma.
- Debe contar con protección
mínima para Interpreries IP66 y brazo anti cortes para evitar daños al cableado.
- Debe contar con cuerpo
metálico.
2. Se
modifica el punto 8.2.8 “Especificaciones Técnicas de los Grabadores”,
específicamente el párrafo que indica lo siguiente:
- La cantidad de NVRS a
instalar variara según el diseño de cada oferente, sin embargo al menos deben
cumplir con los siguientes requisitos:
Estos deberán contar con grabación/captura de imágenes digital que
permitirá la captura de imagen por movimiento, en tiempo real, para un
reconocimiento total de las personas y vehículos que transiten, ingresen o
egresen de las áreas descritas supra durante las 24 horas del día los 365 días
del año. Deberá de almacenar la información al menos por 60 días y deberá
permitir el monitoreo, acceso remoto vía internet, revisión, edición,
configuración y captura de imágenes para generar videos e imágenes fijas en
formato JPG, AVI o similares. para lo cual deberá de aportar los programas
necesarios a las personas encargadas de cada área. Deberá contar con entradas
de conexión directa y alimentación poe para cada canal, así como formato Onvif.
Deberá contar con salidas de video en formatos VGA y HDMI, grabación en mínimo
1080 p, con opciones de grabación por horario, manual, movimiento o sensor, con
capacidad de búsqueda por fecha, evento o archivo, con al menos una entrada de
USB 2.0 para respaldos, con capacidad de dual Stream, con entradas y salidas de
audio, con entradas y salida de alarma. deberán de contener al menos un puerto
de comunicación RS-485. Todos deben de contar con un puerto RJ45 de mínimo 100
MBPS para transmisión de datos, así como la facilidad de instalarse en racks no
mayores a 2u. cada uno de los NVR’S a instalar deben de almacenar en sitio al
menos 60 días y deben de poder visualizarse desde la central de monitoreo, en
la cual será almacenada la información en redundancia de mínimo 15 días
previos.
- El mismo, se leerá de la
siguiente manera:
- La cantidad de NVRS a
instalar variara según el diseño de cada oferente, sin embargo al menos deben
cumplir con los siguientes requisitos:
Estos deberán contar con grabación/ captura de
imágenes digital que permitirá la captura de imagen por movimiento, en tiempo
real, para un reconocimiento total de las personas y vehículos que transiten,
ingresen o egresen de las áreas descritas supra durante las 24 horas del día
los 365 días del año. Deberá de almacenar la información al menos por 30 días
en tiempo real y deberá permitir el monitoreo, acceso remoto vía internet,
revisión, edición, configuración y captura de imágenes para generar videos e
imágenes fijas en formato JPG, AVI o similares. para lo cual deberá de aportar
los programas necesarios a las personas encargadas de cada área. Deberá contar
con entradas de conexión directa y alimentación POE para cada canal, así como
formato Onvif. deberá contar con salidas de video en formatos VGA y HDMI,
grabación en mínimo 1080 P, con opciones de grabación por horario, manual,
movimiento o sensor, con capacidad de búsqueda por fecha, evento o archivo, con
al menos una entrada de USB 2.0 para respaldos, con capacidad de dual Stream,
con entradas y salidas de audio, con entradas y salida de alarma. Deberán de
contener al menos un puerto de comunicación RS-485. todos deben de contar con
un puerto rj45 de mínimo 100 MBPS para transmisión de datos.
3. Se incluye en el punto 8.2.8 “Especificaciones
Técnicas de los Grabadores” de las especificaciones técnicas los siguientes
puntos, ya que no se menciona nada con respecto al software que controlará el
sistema integral de CCTV que se instalará en el Centro.
- Se debe de instalar un
sistema analítico de video que será necesario para el manejo integral del
sistema de CCTV así como la captura de rostros y placas en la institución con
un almacenamiento mínimo de 30 días. El software debe contener al menos 2
licencias para servidores, y las licencias necesarias para la totalidad de las
cámaras a instalar (16 unidades). Debe incluir mínimo 3 módulos para operador
remoto y al menos 3 módulos para administración. debe permitir el acceso web de
al menos 3 usuarios asignados por la institución. debe contar con las licencias
para cada una de las cámaras designadas para la captura de placas, así como su
respectivo acceso para cliente remoto. Además se debe contar con las licencias
completas para todas las cámaras designadas para captura de rostros.
adicionalmente se debe incluir la licencia de base de datos para como mínimo
500 placas y 500 reconocimientos de rostros faciales.
En la oficina de la persona encargada del centro nacional
especializado en agricultura orgánica se deben instalar mínimo 2 (dos) servidor
tipo Blade que soporten los algoritmos para los softwares de reconocimiento
facial y reconocimiento de placas a 30 cuadros por segundo, con capacidad de
almacenar 30 días previos de respaldo de todos los videos en caso de falla de
algún grabador.
4. Se modifica el punto 8.2.8 “Especificaciones
Técnicas de los Grabadores”, específicamente el párrafo que indica lo
siguiente:
- Cada equipo debe de ser
instalado en gabinetes de pared de 9U o similar y gabinetes de 25 U, según
corresponda. Los mismos deben de ser sellados y deben de brindar la mayor
protección posible a cada uno de los componentes ubicados en él.
- El mismo, se leerá de la
siguiente manera:
- Los
equipos de grabación deben ser instalados en gabinetes de pared de 9U con sus
respectivas badejas, organizadores de cables, patch panel y conectores o
similar y el equipo a instalar en la oficina de la persona encargada del centro
nacional especializado en agricultura orgánica debe ser instalado en rack de
25U-19” o similar. los mismos deben de ser sellados y deben de brindar la mayor
protección posible a cada uno de los componentes ubicados en él.
5. Se modifica el punto 8.2.8
“Especificaciones Técnicas de los Grabadores”, específicamente el párrafo que
indica lo siguiente:
- Adicionalmente se instalará
un monitor (01) en el puesto de seguridad del ingreso principal de mínimo 42
pulgadas.
- El mismo, se leerá de la
siguiente manera:
- Adicionalmente
se instalará un monitor (01) en el puesto de seguridad del ingreso principal de
mínimo 42 pulgadas. no lleva sistema de grabación, pero deberá tener
visualización de las cámaras instaladas que indique la persona encargada del
centro nacional especializado en agricultura orgánica. el contratista tiene que
considerar todos los elementos y accesorios necesarios como CPU, UPS y otros
para que las cámaras se puedan visualizar desde la caseta de seguridad del
puesto de ingreso al centro. todos los costos correrán por cuenta del
contratista.
6. Se modifica el punto 8.2.8 “Especificaciones Técnicas de los
Grabadores”, específicamente el párrafo que indica lo siguiente:
- Los equipos a instalar, el
cableado mínimo CAT6 (cubierto por ductos o tubería según corresponda) y
accesorios requeridos en los sistemas solicitados en el puntos 8.y todos sus
ítem, correrán por cuenta del contratista y deberá estar en funcionamiento
óptimo a más tardar 20 días hábiles de haberse iniciado la prestación del
servicio y mantenerse así durante toda la ejecución contractual.
- El mismo, se leerá de la
siguiente manera:
- Los equipos a instalar, el
cableado mínimo cat6 y accesorios requeridos en los sistemas solicitados en el
punto 8 y todos sus ítems, correrán por cuenta del contratista y deberá estar
en funcionamiento óptimo a más tardar 20 días hábiles de haberse iniciado la
prestación del servicio y mantenerse así durante toda la ejecución contractual.
para toda instalación de cableados, estos tendrán que estar cubiertos por
canaletas y tubería en EMT cuando la misma quede expuesta y sea manipulable por
terceras personas. se permitirá el uso de tubería en PVC solamente cuando la
instalación no quede expuesta en las instalaciones.
Línea 2. Centro de Formación
Profesional de Paraíso.
7. Se incluye en el punto 8.
“Sistema Complementario de Alarmas” de las especificaciones técnicas los
relacionado con los sensores perimetrales ya que no están incluidos y se
requieren para seguridad de las instalaciones, considerando lo complicado de la
zona que rodea el Centro. Que se lea de la siguiente manera:
8.1 Alarmas perimetrales para
las instalaciones.
El contratista deberá de
instalar un sistema de alarma perimetral alrededor de los edificios e
instalaciones a considerar, el cual constará de dispositivos fotoeléctricos de
mínimo dos haces para dar cobertura a cada uno de los siguientes puntos:
8.1.1 Se debe cubrir con una
línea de sensores fotoeléctricos de mínimo dos haces el perímetro que comprende
desde el portón de ingreso vehicular secundario al centro hasta la malla del
sector este, con aproximadamente 70 metros lineales.
8.1.2 Se debe cubrir con una
línea de sensores fotoeléctricos de mínimo dos haces el perímetro que comprende
desde la malla del sector norte hasta la malla del sector sur, colindante con
la malla del sector este con aproximadamente 40 metros lineales.
8.1.3 Se debe cubrir con una línea de
sensores fotoeléctricos de mínimo dos haces el perímetro que comprende desde la
malla del sector este hasta la esquina sureste de las instalaciones del centro,
con aproximadamente 65 metros lineales.
8.1.4 Se debe cubrir con una línea de
sensores fotoeléctricos de mínimo dos haces el perímetro que comprende desde el
portón de ingreso vehicular secundario al centro hasta la malla del sector sur
(a una distancia aproximada de 3 metros del edificio), con aproximadamente 40 metros
lineales.
- Dicho perímetro se debe
instalar a dos metros de la malla y a 3 metros del costado este del edificio y
los sensores se deben colocar con dos sensores por poste el primero a 40
centímetros altura y los segundos a 90 centímetros de altura.
- Se aclara que se debe cubrir
en su totalidad los perímetros mencionados. todos los sensores deberán ser
conectados a un panel con su respectivo teclado, batería, sirena, transformador
y fuente de poder, cada zona por separado y ubicado en el puesto de seguridad
más cercano al área a cubrir.
- Todos los cableados se deben
hacer con tubería de conduit de 3/4 de pulgada UL tipo a con aditivo retardante
de fuego y con todos los accesorios para su instalación.
- La instalación de la tubería
será subterránea (sin excepción) a una profundidad de mínima de 30 centímetros
y deberá tener caja de registro fabricada en plástico cada 15 metros lineales
de tubería subterránea.
- Los sensores fotoelectricos
seran montados en postes de hierro galvanizado de 2 pulgadas x 2 pulgadas y 1
metro de altura a partir del nivel de suelo con tapa sellante en la parte
superior del mismo.
- Se deberán de cubrir todos los desniveles topográficos y los
portones de ingresos y salidas cuando correspondan.
- Toda tubería que no sea
subterránea cuando se requiera deberá ser tipo EMT de 3/4 de pulgadas UL.
- Todo el sistema tambien
deberá de estar conectado a la central de monitoreo de la empresa contratista
para que en caso de ser activada alguna zona, producto de un ingreso o egreso
no autorizado por las mallas o perímetros, se active la alarma sonora (sirena)
y alerte al personal de seguridad y el personal de seguridad en recorrido y/o
puestos mas cercanos para detectar y frustrar las acciones no autorizadas. el
sistema perimetral deberá estar monitoreado desde la central de operaciones de
la empresa las 24 horas al día y durante todo el periodo contractual.
Las demás condiciones del Cartel
de Contratación quedan invariables.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz,
Encargado.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 90912.— ( IN2017154029 ).
DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS
AVISOS
DAJ-CB-1148-2017.—Ministerio de
Salud.—San José a los trece días del mes de julio de dos mil diecisiete. A
solicitud de la Dirección de Garantía de Acceso a Servicios de Salud, somete a
conocimiento de las instituciones y público en general la actualización de la
siguiente norma:
▪ Norma para la
Habilitación de Servicios de Farmacia.
Para lo cual
se otorga un plazo de 10 días hábiles, de conformidad con el artículo 361 de la
Ley General de la Administración Pública, contados a partir del día siguiente
de la publicación de este aviso, para presentar ante la Dirección de Mejora
Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través del
Sistema de Control Previo (SICOPRE), observaciones y comentarios con la
respectiva justificación técnica, científica o legal.
La versión digital de este proyecto de
normativa se encuentra en el Sistema de Control Previo, disponible en el sitio
Web del Ministerio de Economía Industria y Comercio:
http://www.meic.go.cr/
Las observaciones y comentarios
serán recibidos únicamente en el Sistema de Control Previo.
Lic. Ronald
Chinchilla González, Director a. í. Jurídico.— 1 vez.—O. C. N° 3400031658.—Solicitud N°
90156.— ( IN2017153635 ).
DAJ-CB-1146-2017.—Dirección de
Asuntos Jurídicos.—Ministerio de Salud.—San José, a los trece días del mes de
julio de dos mil diecisiete. A solicitud de la Dirección de Garantía de Acceso
a Servicios de Salud, somete a conocimiento de las instituciones y público en
general la actualización de la siguiente norma:
Norma para la Habilitación de Consultorios de Atención Médica General
o por Especialidades.
Para lo cual
se otorga un plazo de 10 días hábiles, de conformidad con el artículo 361 de la
Ley General de la Administración Pública, contados a partir del día siguiente
de la publicación de este aviso, para presentar ante la Dirección de Mejora
Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través del
Sistema de Control Previo (SICOPRE), observaciones y comentarios con la
respectiva justificación técnica, científica o legal.
La versión digital de este proyecto de
normativa se encuentra en el Sistema de Control Previo, disponible en el sitio
Web del Ministerio de Economía Industria y Comercio: http://www.meic.go.cr/
Las observaciones y comentarios serán
recibidos únicamente en el Sistema de Control Previo.
Lic. Ronald
Chinchilla González, Director Jurídico a. í.—1 vez.— O. C. Nº
3400031658.—Solicitud Nº 90154.—( IN2017153583 ).
La junta directiva de la Junta
de Protección Social dispone la aprobación del siguiente:
REGLAMENTO INTERNO PARA REGULAR LAS
ACTIVIDADES QUE EJECUTEN LOS FUNCIONARIOS
DE LA JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL EN LABORES
DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA E INSPECCIÓN DE VENDEDORES DE LOTERÍA
La junta directiva de la Junta
de Protección Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 2° y
3° de la Ley N° 8718 y el artículo 103) inciso 1) de la Ley General de la
Administración Pública inciso y
Considerando:
I.—Que el artículo 45 de la
Convención Colectiva de Trabajo, suscrita el veintitrés de diciembre del dos
mil dieciséis entre la Junta de Protección Social y la Asociación Nacional de
Empleados Públicos y Privados, establece:
Artículo 45:
La Junta reconocerá a los trabajadores (as) que ejecuten labores de
Seguridad y Vigilancia e inspección de Vendedores de Lotería un porcentaje de
un 18% del salario base como reconocimiento al riesgo inherente a su labor.
El reglamento que regula este porcentaje, será conocido y aprobado por
la Junta Directiva de la J.P.S., previa consulta con el sindicato de la
A.N.E.P., quién hará las aportaciones que considere pertinente.
No se reconocerá este porcentaje a los funcionarios que realicen
labores administrativas por un lapso mayor a un mes o en caso de que el
funcionario sea trasladado de manera temporal o permanente a un puesto que no
comprenda las labores que justifican su pago.
II.—Que para dar cumplimiento a
lo acordado en la Convención Colectiva se deben definir las reglas generales
para optar por el reconocimiento de este plus salarial por parte de los
funcionarios que realicen y ejecuten labores propias de seguridad y vigilancia
e inspección de vendedores de lotería.
III.—Que la Asociación Nacional de Empleados
Públicos y Privados mediante oficio S.G. 13-17-2361-17 del 16 de junio del
2017, emite su criterio con respecto a esta propuesta de reglamento. Por
tanto,
La junta directiva emite el:
REGLAMENTO INTERNO PARA REGULAR LAS
ACTIVIDADES QUE EJECUTEN LOS FUNCIONARIOS DE
LA JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL EN LABORES
DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA E INSPECCIÓN
DE VENDEDORES DE LOTERÍA
Artículo 1º—Ámbito de
aplicación: El presente reglamento será de aplicación obligatoria para el
reconocimiento del plus salarial del 18% sobre el salario base por riesgo
inherente a las labores propias de seguridad y vigilancia, así como por las
labores de inspección de vendedores de lotería, estipulado en el artículo 45 de
la Convención Colectiva de Trabajo, suscrita el veintitrés de diciembre del dos
mil dieciséis entre la Junta de Protección Social y la Asociación Nacional de
Empleados Públicos y Privados.
Artículo 2º—De las funciones de seguridad
y vigilancia y de inspección de vendedores de lotería: Para todo efecto
jurídico en la relación de servicio, se entiende que las funciones de seguridad
y vigilancia y las funciones de inspección de vendedores de lotería son
consustanciales al puesto de agente de seguridad y vigilancia y de inspector de
loterías, por lo que la remuneración salarial que se erogue por dichos puestos,
es por la ocupación del puesto y el consecuente desempeño de las funciones que
el mismo conlleva. Por consiguiente, todo funcionario nombrado en tales
puestos, indefectiblemente está obligado a desempeñar las funciones que el
puesto conlleva.
Artículo 3º—Del riesgo inherente a sus
labores. El plus salarial denominado “Riesgo inherente a sus labores” tiene
la finalidad de compensar el riesgo inminente para la integridad física que
implica el desempeño y ejecución de labores propias de seguridad y vigilancia,
así como de labores de inspección de vendedores de lotería.
Este plus será reconocido única y
exclusivamente a los funcionarios que realicen y ejecuten funciones de
seguridad y vigilancia, así como labores de inspección de vendedores de
lotería, en virtud del cumplimiento de las funciones propias de dichas unidades
y en razón de la investidura, nombramiento, puesto y cargo que ostentan.
Artículo 4º—Del porcentaje de
reconocimiento por riesgo inherente a sus labores. La Junta reconocerá a
los funcionarios que realicen y ejecuten labores de seguridad y vigilancia, así
como de inspección de vendedores de lotería, un plus salarial calculado en un
18% del salario base como reconocimiento al riesgo inherente a su labor.
Artículo 5º—Improcedencia del
reconocimiento: La Junta no reconocerá dicho porcentaje a:
Ø Al funcionario que realice
labores administrativas por un lapso mayor a un mes.
Ø Al funcionario que sea nombrado
o trasladado de manera temporal o permanente a un puesto donde no realice y
ejecute funciones de seguridad y vigilancia, así como labores de inspección de
vendedores de lotería.
Artículo 6º—De la obligación
de las jefaturas de informar la variación de circunstancias. Las jefaturas
de las Unidades de Seguridad y Vigilancia y de Supervisión de Ventas tendrán la
obligación de informar al Departamento Desarrollo del Talento Humano, sobre
cualquier cambio de circunstancias que pueda llegar a significar la supresión
del pago del riesgo policial a los funcionarios a su cargo.
La información deberá remitirse a más tardar
en el mes siguiente de aquel en el que variaron las circunstancias, quedando
cada jefe de unidad, supeditado a las sanciones disciplinarias que puedan
corresponder en caso de que omita remitir la información oportunamente. Lo
anterior sin perjuicio de otras responsabilidades que puedan atribuirse.
Rige a partir de su publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.
El presente reglamento fue aprobado por junta
directiva de la Junta de Protección Social, mediante acuerdo JD-607
correspondiente al artículo VII), inciso 1) de la sesión ordinaria 23-2017
realizada el día 26 de junio del 2017.
Acuerdo firme.
Julio Canales Guillén. Gerente
General a. í.—1 vez.—O. C. Nº 21200.—Solicitud Nº 89858.—(
IN2017153845 ).
MUNICIPALIDAD DE PALMARES
El Concejo Municipal de Palmares
mediante acuerdo ACM-11-60-17, tomado en sesión ordinaria Nº 60 celebrada el 04
de julio del 2017, acuerda por unanimidad agregar un párrafo al artículo Nº 2
del Reglamento Interno de Sesiones del Concejo Municipal de Palmares, que dice:
En caso de que el día de la sesión sea feriado o de asueto la sesión se
traslada para el día hábil siguiente.
Palmares, 05 de julio del
2017.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1 vez.—( IN2017153813 ).
MUNICIPALIDAD DE OROTINA
El Concejo Municipal de Orotina acuerda en la
sesión ordinaria N° 991, celebrada el día 17-07-04-2017, Artículo 7-1 aprobar.
REFORMAS AL REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO
DE COBRO ADMINISTRATIVO EXTRAJUDICIAL
Y JUDICIAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE OROTINA
Se reforman los artículos 16, 17
y 18 del Reglamento para el Procedimiento de Cobro Administrativo Extrajudicial
y Judicial de la Municipalidad de Orotina, publicado en La Gaceta Nº 207
del 28 de octubre de 2011, para que, en adelante, se lean así:
Artículo 16.—Del agotamiento del cobro administrativo. La
Unidad de Cobros notificará una vez al contribuyente que se encuentre moroso,
otorgándole un plazo de diez días hábiles para que cancele la deuda con la
Municipalidad. Vencido el plazo antes señalado, se dará por agotada la gestión
administrativa de cobro y la cuenta pasará a cobro judicial.
Artículo 17.—Arreglos de pago. El arreglo de pago es el
compromiso que adquiere la persona sujeta pasiva con la municipalidad, de pagar
dentro del tiempo convenido por ambos, la obligación vencida adeudada a la
municipalidad. El arreglo de pago podrá darse en cualquier etapa de cobro, sea
administrativa o judicial.
Artículo 18.—Condiciones para otorgar arreglos de pago. El
arreglo de pago se otorgará bajo las siguientes condiciones del sujeto pasivo:
a) Debe demostrar que su
situación económica le impide pagar de forma inmediata las obligaciones
vencidas.
b) El plazo para la cancelación
total de la obligación vencida no podrá exceder de doce meses.
c) Se deberá hacer un aporte
inicial del 20% de la deuda total.
Rige a partir de su publicación
en La Gaceta.
Kattia María
Salas Castro, Secretaria del Concejo.— 1 vez.—( IN2017153846 ).
MUNICIPALIDAD DE LA UNION
PROYECTO DE REFORMA AL ARTÍCULO 14
DEL REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO
DE COBRO ADMINISTRATIVO, JUDICIAL
Y EXTRA JUDICIAL
La Municipalidad de La Unión
comunica que en la Sesión Ordinaria Nº 79 realizada el lunes 20 de abril del
2017, el Concejo Municipal de La Unión aprobó la publicación por segunda vez en
el Diario Oficial La Gaceta la Reforma al artículo 14 del reglamento
para el procedimiento de cobro administrativo, judicial y extra judicial,
publicado por primera vez en La Gaceta Nº 57 del 21 de marzo del 2017.
Por no haberse recibido objeciones ni observaciones dentro del plazo de Ley, se
aprueba el texto tal y como fue publicado. Rige a partir de la presente
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
La Unión, 07 de julio de
2017.—Dr. Luis Carlos Villalobos Monestel, Alcalde.—1 vez.—( IN2017153746 ).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ORI-1720-2017.—Quirós Arias
Jairol, costarricense, número de cédula
1-1098-0521, ha solicitado reposición del título de Maestría Profesional en
Psicología del Trabajo y las Organizaciones. Cualquier persona interesada en
aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo
mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil
diecisiete.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge,
Director.—( IN2017152879 ).
ORI-3117-2017.—Caballero
Quiñonez Gabriela Paola, R-234-2017, cédula 8-116-397, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Licenciada en Contaduría Pública y Finanzas,
Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio, 2017.—MBA. José Rivera
Monge, Director.—1 vez.—O.C. N° 205141.—Solicitud N° 89906.—( IN2017153381 ).
ORI-2649-2017.—Gutiérrez Ramírez Hazel María,
R-209-2017, cédula Nº 1-0966-0632, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Posgrado Clínico en Cuidados Paliativos Pediátricos, The University Of
British Columbia, Canadá. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 09 de junio del 2017.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205141.—Solicitud Nº 89214.—( IN2017152638 ).
ORI-2744-2017.—Kirk Bethany Jane, R-220-2017,
residente temporal 184001508219, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Bachillerato Universitario en Español, California State University,
Stanislaus, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 15 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 89215.—Solicitud N° 89215.—(
IN2017152654 ).
ORI-3017-2017.—De Moor Joost Maarten,
R-224-2017, pasaporte Nº 488809962, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Maestría en Ciencias de la Tierra y
Planetarias, The University Of New México, Estados Unidos de América. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de
junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 89217.—Solicitud Nº 89217.—( IN2017152657 ).
Ruphuy Chan
Miguel, R-225-2017, cédula N° 1-1228-0235, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Doctor en Filosofía en Ingeniería Eléctrica y
Computacional, University of Waterloo, Canadá. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 28 de junio del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
205141.—Solicitud N° 89218.—( IN2017152755 ).
ORI-3046-2017.—Moreira
Muñoz María Carolina, R-226-2017, cédula Nº
1-1313-0811, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en
Política Pública en Política y Gestión Ambiental, Universidad Yeungnam, Corea
del Sur. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 30 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89219.—(
IN2017152756 ).
ORI-3009-2017.—Ortíz Sandí José Alberto,
R-227-2017, cédula 7-0066-0523, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Doctor en Comunicaciones y Paz,
Universidad para la Paz, Costa Rica. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los
cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria, Rodrigo Facio, 28 de junio del 2017.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89221.—( IN2017152817 ).
ORI-3028-2017.—Goncalves Da Silva Guilherme,
R-229-2017, pasaporte Nº FP414396, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Farmacéutico, Universidad Católica de Brasília, Brasil. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de junio del 2017.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205141.—Solicitud Nº 89222.—( IN2017152962 ).
ORI-3014-2017.—Yajaira
María Núñez Cortés, R-230-2017, cédula Nº 1-1311-0063, solicitó reconocimiento
y equiparación del título Máster en Letras, State University of New York,
University at Albany, Estados Unidos. La persona interesada en aportar
información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de junio, 2017.—Oficina de
Registro e Información.—MBA. José Rivera
Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89224.—( IN2017152967 ).
ORI-3031-2017.—Araya
Salas Marcelo, R-232-2017, cédula 1-1104-0947,
solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Filosofía,
Biología, Universidad Estatal de Nuevo México, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 29 de junio del 2017.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C.
N° 205141.—Solicitud N° 89226.—( IN2017152975 ).
ORI-3045-2017.—Segura
Quesada Tania, R-233-2017, cédula N° 1-1199-0126, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Maestría en Ciencias de la Nutrición, Universidade
Federal de Viscosa, Brasil. La persona interesada en aportar información del
solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días
hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 30 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89227.—(
IN2017152988 ).
ORI-3124-2017.—Venegas Fox Rubén Eduardo,
R-236-2017, residente temporal 115200128227, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Licenciado en
Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Diego Portales, Chile. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio del
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O.
C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89911.—( IN2017153155 ).
ORI-3126-2017.—Solís Worsfold Ignacio,
R-231-2017, cédula: 1-1485-0962, solicitó reconocimiento y equiparación del
título Bachiller Universitario en Ciencias
con Especialidad en Física, Lenoir-Rhyne University, Estados Unidos. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio del 2017.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89902.—( IN2017153168 ).
ORI-3118-2017.—Jasser Melanie, R-237-2017,
pasaporte: 34430030N, solicitó reconocimiento y equiparación del título
Arquitecta, Universidad de Buenos Aires, Argentina. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio del 2017.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—1 vez.—O. C. N°
205141.—Solicitud N° 89912.—( IN2017153189 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-3213-2017.—Lankester
Campos Valerie Ann, R-247-2017-B, cédula: 1-1166-0838,
solicitó reconocimiento y equiparación del título de Maester de Ciencias en
Economía Financiera, University of Essex, Inglaterra. La persona interesada en
aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta
Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer
aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de julio del 2017.—M.B.A. José
Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89918.—(
IN2017153209 ).
ORI-3212-2017.—Lankester
Campos Valerie Ann, R-247-2017, cédula N° 1-1166-0838,
solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctor de Filosofía en
Economía, University of Essex, Inglaterra. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de julio
del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89917.—( IN2017153223 ).
ORI-3114-2017.—Prince López José Antonio, R-238-2017, pasaporte:
J297802, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Medicina,
Instituto Superior de Ciencias Médicas de la Habana, Cuba. La persona
interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito
ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del
tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio del 2017.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C: N°
205141.—Solicitud N°89913.—(IN2017153237 ).
ORI-3119-2017.—Tovar Garrido
Josué, R-235-2017, cédula N° 1-1147-0557, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Ingeniero Mecánico,
Universidad de Oriente, Venezuela. La persona interesada en aportar información
del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5
días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 04 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A.
José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89908.—(
IN2017153246 ).
ORI-3184-2017.—Maynard
Escobar Kenneth Antonio, R-241-2017, cédula N° 155813632208, solicitó
reconocimiento y equiparación del título Cirujano Dentista, La Universidad
Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria
Rodrigo Facio, 10 de julio de 2017.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº
205141.—Solicitud Nº 89914.—( IN2017153253 ).
ORI-2704-2017.—Aguilera Pino
Daniela Delvalle, R-213-2017, pasaporte: 138437370, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Odontóloga, Universidad Central de Venezuela,
Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá
hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 13 de
junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera
Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 88424.—( IN2017153305 ).
ORI-3214-2017.—Guerrero Abascal
de Prado Carmen Lucía del Pilar, R-82-2005-B, pasaporte: 160549345, solicitó
reconocimiento y equiparación del título de Licenciada en Educación,
Universidad del Valle de Guatemala, Guatemala. La persona interesada en aportar
información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro
de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad
Universitaria Rodrigo Facio, 10 de julio del 2017.—Oficina de Registro e
Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N°
205141.—Solicitud N° 89894.—( IN2017153351 ).
ORI-2965-2017.—Soley Soler
Elías, costarricense, cédula Nº 1-0287-0858, ha solicitado reposición del
título de Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos
sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que
ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, a los veintisiete días del mes de junio del dos mil diecisiete.—Oficina
de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—(
IN2017153376 ).
ORI-3089-2017.—Troconis Cárdenas
Georgina, R-228-2017, pasaporte 070570968, solicitó reconocimiento y
equiparación del título Ingeniero Civil, Universidad de Carabobo, Venezuela. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio,
2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89901.—( IN2017153380 ).
ORI-3216-2017.—Sánchez
Fonseca Gerson David, R-244-2017, cédula Nº 1-1340-0232, solicitó
reconocimiento y equiparación del título de Licenciado en Relaciones Públicas,
Universidad Rusa de la Amistad de los
Pueblos, Rusia. La persona interesada en aportar información del solicitante,
podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo
Facio, 10 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A.
Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89915.—(
IN2017153388 ).
ORI-3179-2017.—Fernández
Gutiérrez Juan Miguel, R-246-2017, cédula N° 3-0434-0115, solicitó
reconocimiento y equiparación del Título Especialista en Periodoncia, La
Pontificia Universidad Javeriana, Colombia.
La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 07 de julio
de 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge,
Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89916.—( IN2017153392 ).
ORI-3212-2017.—Lankester Campos
Valerie Ann, R-247-2017, cédula: 1-1166-0838, solicitó reconocimiento y equiparación del
título de Doctor de Filosofía en Economía, University of Essex, Inglaterra. La
persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por
escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 10 de julio del 2017.—Oficina de
Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N°
205141.—Solicitud N° 89917.—( IN2017153395 ).
EDICTO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante la Universidad Técnica
Nacional (UTN) se ha presentado la solicitud de reposición del Título de
Diplomado en Educación Superior Parauniversitaria del Colegio Universitario de
Alajuela (CUNA), institución fusionada a la UTN, según la ley 8638 del 12 de
mayo del 2008. El título a reponer corresponde a Anabelle Víquez Orozco, cédula
N° 109450254 graduada de la Carrera “Diplomado en Educación Superior
Parauniversitaria en Contabilidad y Finanzas” en el año 1999, a quien se le
autoriza la reposición del título indicado por extravío del título original.
Conforme la información que consta en los archivos de esta Institución, el
título a reponer se encuentra inscrito en el Tomo CUNA 1, Folio 126, Asiento
306-99 y ante el Ministerio de Educación Pública se encuentra inscrito en el
Tomo MEP-4, Folio 243, asiento 22.909. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela,
a los veintisiete días del mes de junio de 2017.—Lic. Marcelo Prieto Jiménez,
Rector.—( IN2017152565 ).
El Instituto Nacional de Estadística y Censos avisa que el índice de
precios al consumidor (IPC) base junio 2015, correspondiente a junio de 2017 es
de 100,880, el cual muestra una variación mensual de 0,08% y una variación
acumulada del primero de julio de 2016 al treinta de junio de 2017 (doce meses)
de 1,77%. Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el
Instituto Nacional de Estadística y Censos.
San José, a los siete días de julio de dos mil diecisiete.—Elizabeth
Solano Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. Nº 4577.—Solicitud Nº
89752.—(IN2017153275 ).
AVISO
La Municipalidad del Cantón de Alajuelita comunica a los estimados
vecinos y público en general, el acuerdo tomado en la Sesión 27 de 04 de julio
donde se acuerda trasladar la sesión N° 30 del 25 de julio de 2017, al día
jueves 27 de julio del presente año a las 19:00 horas.
San José, Alajuelita, 10 de julio del 2017.—Emilia Martínez Mena, Secretaria
Concejo Municipal Alajuelita.—Lic. Karen Redondo Bermúdez,
Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2017153199 ).
El Concejo Municipal de Moravia,
en Sesión ordinaria número 057 del 29 de mayo del 2017, acuerda aprobar la
publicación de las Nuevas Matrices Informativas de los Mapas de Valores
Unitarios de Terreno por Zonas Homogéneas para Terrenos de uso Agrícola del
cantón de Moravia entregadas por el Órgano de Normalización Técnica del
Ministerio de Hacienda en el año 2017. Este instrumento técnico sustentará los
procesos de valoración inmobiliaria y las Declaraciones de Bienes Inmuebles de
dichos predios agrícolas para establecer la base imponible y estimar sobre ella
el cobro del respectivo impuesto de bienes inmuebles.
Lic. Roberto
Zoch Gutiérrez, Alcalde de Moravia.—1 vez.—( IN2017153609 ).
Ajuste de tasas por servicios
En cumplimiento de lo que
disponen los artículos 68 y 74, ambos del Código Municipal, Ley N° 7794, por
acuerdos N° 8 de las 19:25 horas del 11 de julio del 2017, que consta en el
artículo cuarto, capítulo 3º, del acta de la sesión ordinaria N° 63-2017, el
Concejo de Curridabat acordó fijar las siguientes tasas por servicios
municipales por metro lineal, las cuales entrarán a regir 30 días después de la
presente publicación:
Aseo de vías por metro lineal por trimestre
Distrito |
Tarifa propuesta |
Centro |
449,00 |
Granadilla |
449,00 |
Sánchez |
449,00 |
Tirrases |
449,00 |
Recolección de desechos por metro lineal por trimestre
Distrito |
Tarifa propuesta |
Doméstica |
986,00 |
Mixta |
1.725,00 |
Comercial |
2.465,00 |
Mantenimiento de parques y obras
de ornato
por metro lineal por trimestre
Distrito |
Tarifa propuesta |
Centro |
538,00 |
Granadilla |
538,00 |
Sánchez |
538,00 |
Tirrases |
538,00 |
Alcantarillado pluvial por metro lineal por trimestre
Distrito |
Tarifa propuesta |
Metro lineal |
482,00 |
Curridabat, 12 de julio del
2017.—Allan Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—( IN2017153755 ).
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA MPO-ALM-187-2017
Alcaldía Municipal.—Poás, al ser
las 10:00 horas del 28 de junio del 2017.—De conformidad con lo establecido en
los artículo 3 y 12 de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles N° 7509 y sus
reformas, la sentencia 1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo,
Sección III, Resolución de la Sala Constitucional N° 2011-003075 del 09 de
marzo del 2011 y el artículo 2 de la Ley N° 9071, Ley Regulaciones Especiales
sobre la Aplicación de la Ley N° 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles,
del 09 de mayo de 1995 y sus Reformas, para Terrenos de Uso Agropecuario, y en
aras de dar cumplimiento a su competencia, la Alcaldía Municipal procede con la
publicación de la Matriz de la Información de la Plataforma de Valores de
Terrenos Agropecuarios del Cantón de Poás suministrado por el Órgano de
Normalización Técnica, Dirección General de Tributación Directa, Ministerio de
Hacienda, que se detalla a continuación:
La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF
Esta herramienta será utilizada
para guiar, fiscalizar y dirigir los procesos de declaración, fiscalización y
valoración de los Bienes Inmuebles de uso agropecuario del cantón de Poás,
entrando a regir a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.
En Mapa de Valoraciones de Terrenos
Agropecuarios que dieron origen a la matriz anterior se encuentra a disposición
en la Municipalidad de Poás, en la Oficina de Valoraciones de Bienes Inmuebles.
Ing. José Joaquín Brenes Vega,
Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017153769 ).
AVISO
El Concejo Municipal de Distrito
de Cervantes, en sesión ordinaria N° 28 celebrada el 11 de julio 2017, acuerda,
trasladar la fecha de las sesiones ordinarias, correspondientes a los días 25
de julio y 15 de agosto 2017, para los días, 26 de julio y 16 de agosto 2017, a
las 5:30 p. m., por corresponder las fechas establecidas a días feriados.
Acuerdo Definitivamente Aprobado. Publíquese en Diario Oficial La Gaceta.
Thais Araya
Aguilar. Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2017153522 ).
Le informo que la Municipalidad
de Heredia, en la sesión ordinaria del Concejo Municipal número cero noventa y
seis-dos mil diecisiete, celebrada el día 26 de junio del 2017, artículo IV,
aprobó en forma definitiva el proyecto de actualización de Tarifa de Servicios
de Mantenimiento de Parques y Obras de Ornato, quedando la tarifa de la
siguiente manera:
MUNICIPALIDAD DE HEREDIA
Servicio de mantenimiento de
parques y obras de ornato
(Colones)
Lic. Enio
Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.— O. C. Nº
59479.—Solicitud Nº 89887.—( IN2017153792 ).
La secretaria del Concejo
Municipal de Santo Domingo de Heredia, comunica que mediante el acuerdo tomado
bajo el artículo III, inciso 3.- de la sesión ordinaria 98-2017 de fecha 17 de
julio de 2017. Se dispuso con base en lo establecido en el artículo 35 del
Código Municipal, el traslado de la realización de la Sesión Ordinaria programada
para el lunes 14 de agosto al miércoles 16 de agosto de 2017, a las 19:00
horas, en la Sala de Sesiones, ubicado en el edificio de esta Municipalidad.
Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Gabriela Vargas Aguilar.—1
vez.—( IN2017153881 ).
EDICTO
El Departamento de la Zona
Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad
Hermosa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-565886,
representada por Janette Kay Macintyre, de nacionalidad estadounidense, quien
es mayor, viuda una vez, comerciante, vecina de Playa Hermosa, Carrillo,
Guanacaste, portadora de la cédula de residencia N° 184000558303, en su
condición de secretaria con facultades de apoderada generalísima sin límite de
suma de la razón social antes indicada. Con base en la Ley Sobre la Zona
Marítimo Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-P
del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno
localizado en Playa Hermosa, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de
Guanacaste, mide dos mil metros cuadrados, que es terreno para darle un uso
comercial, por ubicarse en la zonificación que indica el Plan Regulador Vigente
para la Zona de Playa Hermosa, en su zona mixta (mix); los linderos del terreno
son: Norte, zona restringida; sur, zona restringida; este, calle pública,
oeste, zona pública. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho
alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas
a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y
disposiciones del Minae. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de
ésta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en
ésta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos
tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.
Filadelfia, 6 de julio del
2017.—Departamento Zona Marítimo Terrestre, Jorge Díaz Loría, Jefe.—1 vez.—(
IN2017153509 ).
El Departamento de la Zona
Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que el señor Roy
Courtney Bragg, cédula de residencia número 184000142019, soltero, empresario,
vecino de Playas del Coco, Barrio San Martín 100 metros al este del bar Matapalo.
Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre número 6043 del 02 de marzo
de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita
en concesión un lote de terreno localizado en playas del Coco, distrito
Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste. Mide: novecientos noventa y
nueve metros cuadrados, que es terreno construido, para darle un uso de
residencial de recreo, por ubicarse en la zona mixta que indica el Plan
Regulador Vigente para la Zona de Playas del Coco; los linderos del terreno
son: al norte, calle pública de catorce metros de ancho, sur, zona restringida;
este, zona restringida; oeste, zona restringida. Se advierte que la presente
publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que
el área y uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral
aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días
hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales
deberán ser presentadas en esta Municipalidad en escrito y con los timbres de
ley correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el
opositor.
Filadelfia,
29 de junio de 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.— 1 vez.—( IN2017153733 ).
El Departamento de la Zona
Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad
Toro Blanco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-124484,
representada por Federica Fiumana, de nacionalidad italiana, quien es mayor,
soltera, empresaria, vecina de Playas del Coco, portadora de la cédula de
residencia número 138000151010, en su condición de apoderada generalísima sin
límite de suma de la razón social antes indicada. Con base en la Ley Sobre la
Zona Marítimo Terrestre número 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo
número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de
terreno localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo,
provincia de Guanacaste. Mide: trescientos diecisiete metros cuadrados, que es
terreno para darle un uso de comercio turístico, por ubicarse en la
zonificación que indica el Plan Regulador Vigente para la Zona de Playas del
Coco, en su zona de núcleo para atracciones turísticas (TAN 3); los linderos
del terreno son: Norte, calle pública; sur, calle pública; este, calle pública;
oeste, zona restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga
derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan
sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y
disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de
esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en
esta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos
tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.
Filadelfia,
17 de julio de 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.— 1 vez.—( IN2017153761 ).
El Departamento de la Zona
Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad
Triple Fin Beach Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona
jurídica número 3-102-734697, representada por Vladimir Spivak, de nacionalidad
canadiense, quien es mayor, soltero, comerciante, vecino de Playas del Coco,
portador de la cédula de residencia número 112400181533, en su condición de
Gerente 01 con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la
razón social antes indicada. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo
Terrestre número 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P
del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno
localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de
Guanacaste, mide un mil cuatrocientos treinta y siete metros cuadrados, que es terreno
para darle un uso Residencial de Recreo, por ubicarse en la zonificación que
indica el Plan Regulador Vigente para la Zona de Playas del Coco, en su Zona
Mixta ( MIX ); los linderos del terreno son: norte, calle pública; sur,
Patrimonio Natural del Estado (Manglar); este, zona restringida; oeste, zona
restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y
la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas a las
disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y disposiciones
del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de esta
publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta
Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos tantos,
además deberá identificarse debidamente el opositor.
Filadelfia,
17 de julio del 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.— 1 vez.—( IN2017153762 ).
El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de
Carrillo, comunica que el señor Wilson Hite Bragg III, cédula de residencia Nº
184000892721, soltero, empresario, vecino de Playas del Coco, entrada a Monte
Seco, 100 metros al oeste y 50 metros al sur. Con base en la Ley Sobre la Zona
Marítimo Terrestre Nº 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº
7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno
localizado en playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de
Guanacaste, mide setecientos setenta y tres metros cuadrados, que es terreno
construido, para darle un uso de residencial de recreo, por ubicarse en la zona
mixta que indica el Plan Regulador Vigente para la Zona de Playas del Coco; los
linderos del terreno son: al norte, calle pública de catorce metros de ancho;
sur: zona restringida; este, zona restringida y oeste, zona restringida. Se
advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se
realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas a las disposiciones
del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se
conceden treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír
oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en
escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos tantos, además deberá
identificarse debidamente el opositor.
Filadelfia, 29 de junio de 2017.—Jorge Díaz
Loría, Jefe.— 1 vez.—( IN2017153768 ).
El Departamento de la Zona
Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad
Berfepativa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-077574,
representada por su apoderado generalísimo el señor Bernardino Rojas Sánchez,
quien es mayor, casado una vez, contador, vecino de Liberia, portador de la
cédula de identidad número uno-cuatrocientos siete-mil ciento setenta y tres.
Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 02 de marzo de
1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en
concesión un lote de terreno localizado en playa Hermosa, distrito Sardinal,
cantón Carrillo, provincia de Guanacaste, mide doscientos treinta y cinco
metros con un decímetro cuadrado, que es terreno para darle un uso Residencial
de Recreo, por ubicarse en la Zona Mixta que indica el Plan Regulador Vigente
para la Zona de Playa Hermosa; los linderos del terreno son: al norte, Zona
Restringida; sur, Zona Restringida; este, calle pública; oeste: calle pública.
Este terreno solicitado en concesión por la sociedad antes indicada, es para la
ampliación del área de la concesión que se registra a su nombre en el Registro
Público Nacional bajo la matrícula Nº 250-Z-000, con un área de un mil
quinientos setenta y un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados,
concesión que finalizo el día seis de junio del dos mil dieciséis, presentando
la solicitud de prórroga de concesión en tiempo. El total con la nueva área en
ampliación a la concesión es de un mil ochocientos siete metros cuadrados, de
acuerdo al nuevo levantamiento topográfico. Se advierte que la presente
publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que
el área y uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral
aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días
hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales
deberán ser presentadas en esta Municipalidad en escrito y con los timbres de
ley correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el
opositor.
Filadelfia,
06 de julio del 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.—1 vez.—( IN2017153771 ).
El Departamento de la Zona
Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad
Clypsy Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-359355,
representada por Elizabeth González Matarrita, quien es mayor, casada una vez,
empresaria, vecina de Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, trescientos metros
al este del Restaurante Claudio y Gloria, portadora de la cédula de identidad
número tres-doscientos veinticuatro quinientos cuarenta y ocho, en su condición
de presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de la razón
social antes indicada. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre N°
6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre
de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playas del
Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste, mide
doscientos metros cuadrados, que es terreno para darle un uso residencial de
recreo, por ubicarse en la zonificación que indica el Plan Regulador vigente
para la zona de playas del Coco, en su zona mixta (mix); los linderos del
terreno son: Norte, zona restringida; sur, zona restringida; este, zona
restringida, oeste, calle pública. Se advierte que la presente publicación no
otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso
quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la
zona y disposiciones del Minae. Se conceden treinta días hábiles contados a
partir de ésta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser
presentadas en ésta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley
correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el
opositor.
Filadelfia,
27 de junio del 2017.—Departamento Zona Marítimo Terrestre.—Jorge Díaz Loría,
Jefe.—1 vez.—( IN2017153920 ).
MUNICIPALIDAD
DE NANDAYURE
EDICTO
Franklin Alonso Carrillo
Salazar, cédula número 5-0344-0686, solicitante de concesión de la parcela 13-B
de playa San Miguel. Con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del
02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N°
7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en
Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia
de Guanacaste, parcela identificada con el número 13-B. Mide 1.174,00 metros
cuadrados, para darle un Uso Residencial Turístico. Sus linderos son: Norte,
calle pública; sur, zona restringida de la Zona Marítima Terretre; este, zona
restringida de la Zona Marítima Terrestre (lote 13-A), oeste, calle pública. Se
concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a
partir de ésta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser
presentadas en la Municipalidad ante la oficina del Alcalde Municipal. El
opositor debe identificarse debidamente.
Carmona de Nandayure,
Guanacaste.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Jokcuan Aju Altamirano,
Encargado.— 1 vez.—( IN2017153764 ).
GRANELES Y CONCENTRADOS DEL PACÍFICO S. A.
El suscrito presidente de la
junta directiva de Graneles y Concentrados del Pacífico S. A., señor Luis
Gonzaga Vásquez Sancho, de acuerdo al artículo N° 158 del Código de Comercio,
convoca formalmente a la asamblea ordinaria-extraordinaria de socios a
realizarse el día jueves 17 de agosto del 2017 en las instalaciones de GRACOPA
S. A., ubicadas en San Joaquín de Barranca, Puntarenas, a las 10:00 de la
mañana.
Orden del día:
10:00 a. m. Primera
convocatoria, llamado a lista y verificación del quórum. En caso de no existir
el quórum necesario se procederá a convocar en segunda convocatoria una hora
después, procediéndose a celebrar la Asamblea con la totalidad de los socios
presentes, por lo que los acuerdos se tomarán por votación de mayoría simple o
cuando se de consenso por unanimidad.
10:15 a. m. Lectura, discusión y aprobación
del orden del día.
10:30 a. m. Agenda de asuntos a tratar:
- Presentación del estudio
realizado para separar la Administración de GRACOPA de GRACO, a solicitud del
Sr. Luis Vásquez Sancho y de la asamblea de socios del pasado mes de abril del
2017. Definir sí se separa la administración de GRACO o sí se continúa operando
bajo la administración de GRACO.
- Presentación del estudio
financiero para evaluar la restructuración de las operaciones de crédito que se
tienen con el Banco de Costa Rica y análisis de mantener las operaciones de
crédito en dólares ó trasladarlas a colones.
- Propuesta de trasladar las
operaciones de crédito al Banco Nacional.
- Presentación de los
resultados de GRACOPA a Junio del 2017.
- Definir
sí se procede con la Construcción de la Bodega 6A y 6B.
- Otros a tratar.
3:30 p. m. Ratificación de
acuerdos.
19 de julio del 2017.—Luis
Gonzaga Vásquez Sancho, Presidente.—1 vez.—( IN2017153808 ).
LA COMISIÓN NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS
La Comisión Nacional de Asuntos
Indígenas, de conformidad con el artículo segundo, inciso c) de la Ley N° 5251,
convoca a asamblea general ordinaria, a celebrarse el día 08 de setiembre del
año dos mil diecisiete, a las 9:00 a.m.
Lugar: Oficinas
Centrales del Patronato Nacional de la Infancia (PANI). Ubicado: Barrio Lujan
-San José, 300 metros sur de la esquina sureste de la Corte Suprema (Antigua
Dos Pinos).
Agenda:
Comprobación de Quórum.
Saludo y bienvenida.
Presentación de informes de labores:
Presidente
Tesorero
Fiscal.
Elección de la junta directiva de la CONAI.
Asuntos varios
Cada Asociación de Desarrollo
Integral Indígena, deberá nombrar a los delegados que los representará en la
Asamblea General.
Nota: Los señores delegados designados por las Asociaciones de Desarrollo
deberán presentar su acreditación ante el Departamento Legal de la Comisión
Nacional de Asuntos Indígenas a más tardar el día 07 de setiembre del 2017.
Original y una copia para su respectivo recibido del acuerdo de su
nombramiento. Departamento que trasladara las acreditaciones a la Comisión
Acreditadora el día de la Asamblea (08/09/2017), para su correspondiente
aprobación.
Urbano
Mendoza Palacio, Presidente Junta Directiva.— 1 vez.—( IN2017153837 ).
ASOCIACIÓN BANDA MUNICPAL DE GOICOECHEA
Se convoca a los asociados de la
Asociación Banda Municipal de Goicoechea, a la asamblea a general
extraordinaria de asociados, a celebrarse en las instalaciones de la Asociación
en la Escuela Municipal de Música de Goicoechea, detrás de las piscinas
Municipales, Guadalupe, Goicoechea, el sábado 26 de agosto del 2017, en la que
se tocará como tema principal el nombramiento de junta directiva, además de
otros de importancia, siendo la primera convocatoria el día en mención a las
9:00 a. m., sino existe quórum se celebrará la segunda convocatoria una hora
después de la primera.—Goicoechea, 17 de julio del 2017.—Abraham Azofeifa
Marín, Presidente.—1 vez.—( IN2017153986 ).
SPERATUM
CR S.A.
Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de Speratum CR S.A., con cédula de personería jurídica número 3-101-679798, que
será celebrada en la Ciudad de San José, Pavas, edificio Franklin Chang,
oficinas de CENIBIOT (Centro de Innovaciones Biotecnológicas) a las 13:30 horas
en primera convocatoria y a las 14:30 horas del 07 de agosto del año 2017 para
tratar los siguientes asuntos: 1) Informe del Presidente de la Compañía y 2)
Aprobación de planes de financiamiento de la Compañía.—San José, 20 de julio
del 2017.—Christian Marín Müller, Presidente.—1 vez.—( IN2017154058 ).
FABRICACIÓN
Y DISTRIBUCIÓN
DE PRODUCTOS LÁCTEOS LG S.A.
Fabricación y Distribución de Productos
Lácteos LG S.A., cédula jurídica Nº 3-101-675807. Convocatoria a asamblea
general extraordinaria de socios a celebrarse el 21 de agosto del 2017 al ser
las quince horas en su domicilio social en San José, Curridabat, urbanización
Hacienda Vieja, diagonal al Colegio. Puntos a tratar modificación cláusula cuarta
y décimo cuarta del pacto constitutivo en relación con modificación en acuerdo
de nombramientos de miembros de junta directiva, representación legal y
apoderados generalísimos. La asamblea inicia a la hora indicada con mayoría
simple, o en segunda convocatoria, una hora después, con los socios
presentes.—San José, Curridabat, a los 20 días de julio de 2017.—Lic. Arturo
Montero Flores, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017154059 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CLUB UNIÓN S. A.
José Francisco Aguilar Sánchez,
cédula 2-142-938, en mi condición de Presidente del Club Unión S. A., cédula
3-101-001454, hago constar que la señora María Arnau Agustina, cédula
8-0001-0754 ha solicitado a la Junta Directiva del Club Unión S. A. la
reposición de la acción común número 1499 serie A y acción privilegiada número
1599, serie A, por cuanto las mismas se extraviaron. Quien se considere
afectado favor dirigirse a la Secretaría de la Junta Directiva, en el término
de un mes contado a partir de la última publicación. Se ordena lo anterior
según lo establece el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de
Comercio.—San José, 07 de junio del 2017.—Ing. José, Francisco Aguilar Sánchez,
Presidente.—( IN2017151840 ).
CREPES AND WAFLES FACTORY
Por este medio se comunica la venta
del establecimiento mercantil, propiedad Óscar Saurez Sarnecka, cédula uno uno
tres siete cuatro cero dos cuatro siete, conocido como Crepes And Wafles
Factory ubicado ubicado en Container Platz, Santa Ana, ubicado exactamente del
Restaurante Baccus, doscientos metros sur, al señor Ricardo Kupferschmidt, con
pasaporte de su país C seis tres siete cuatro cinco cinco; y se cita a los
acreedores e interesados, para que se presenten dentro del término de quince
días naturales a partir de la primera publicación para hacer valer sus
respectivos derechos.—San José, ocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda.
Milena Valverde Mora, Notaria.—( IN2017151866 ).
GRUPO MUTUAL ALAJUELA - LA VIVIENDA
De conformidad con lo estipulado
por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Ervin Álvarez
Álvarez, cédula 202090989 ha presentado ante esta Entidad, solicitud de
reposición de su Certificado CPH N° 100-301-803301267195 por ¢200,550,05 y con
fecha de vencimiento del 06-08-2013.—Alajuela, 07 de julio del 2017.—Centro de
Negocios Caja Central.—Josué Núñez Cartín, Gerente.—( IN2017151931 ).
UNIVERSIDAD SANTA LUCÍA
La Universidad Santa Lucía
comunica la reposición del título de Bachillerato en Enfermería, que expidió
esta universidad a Dayana Granados Gómez, cedula de identidad número 5-390-964;
título que fue inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad tomo II,
folio 391, número 19796; se comunica a quien desee manifestar su oposición a
esta gestión, que deberá presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta
días naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la
oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada 200 metros norte y
25 este de la Caja Costarricense del Seguro Social.—MSc. Ligia Meneses
Sanabria, Rectora.—MSc. Alex Agüero Jiménez, Asistente de Rectoría.—(
IN2017152027 ).
La Universidad Santa Lucía,
comunica la reposición del título de Bachillerato en Administración de Negocios
con énfasis en Contaduría, que expidió esta universidad a Carlina Guzmán Cortes,
cedula de identidad N° 2-523-325; título que fue inscrito en el Registro de
Títulos de la Universidad tomo II, folio 424, número 20511; se comunica a quien
desee manifestar su oposición a esta gestión, que deberá presentarla por
escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la última
publicación de este edicto, ante la oficina de Registro de la Universidad Santa
Lucía, ubicada 200 metros norte y 25 este de la Caja Costarricense de Seguro
Social.—MSc. Ligia Meneses Sanabria, Rectora.—MSc. Alexis Agüero Jiménez,
Asistente de Rectoría.—( IN2017152029 ).
La Universidad Santa Lucía comunica la reposición del título de
Maestría en Administración de Servicios de Salud, que expidió esta Universidad
a Lena Mariela Galagarza Matarrita, cédula de identidad Nº 5-314-049; título
que fue inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad tomo II, folio 79,
Nº 12773; se comunica a quien desee manifestar su oposición a esta gestión, que
deberá presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días naturales
siguientes a la última publicación de este edicto, ante la oficina de Registro
de la Universidad Santa Lucía, ubicada 200 metros norte y 25 este de la CCSS en
San José.—MSc. Ligia Meneses Sanabria, Rectora.—( IN2017152033 ).
La
Universidad Santa Lucía, comunica la reposición del título de Licenciatura en
Enfermería, que expidió esta universidad a Sandra María Saborío Valenciano,
cedula de identidad número 1-1238-237; título que fue inscrito en el Registro
de Títulos de la Universidad tomo I, folio 334, número 6999; se comunica a
quien desee manifestar su oposición a esta gestión, que deberá presentarla por
escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la última
publicación de este edicto, ante la oficina de Registro de la Universidad Santa
Lucía; ubicada 200 metros norte, y 25 este, de la CCSS en San José.—MSc. Ligia
Meneses Sanabria, Rectora.—MSc. Alexis Agüero Jiménez, Asistente de Rectoría.—(
IN2017152042 ).
SCOTIABANK DE COSTA RICA S. A.
Fabiola Sáenz Quesada, mayor,
divorciada, número de cédula 1953774, en calidad de Apoderada Especial de
Scotiabank de Costa Rica S. A., con domicilio en Costa Rica, San José, cantón
Central, distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida de las Américas, edificio
Scotiabank, comunica a los interesados la transferencia realizada por
Autopistas del Sol S. A., a favor de Scotiabank de Costa Rica S. A., de los
nombres comerciales: Autopistas del Sol número de registro 187783; Globalvia
Ruta 27 número de registro 227676; Globalvia número de registro 227883 y Ruta
27 número de registro 227864. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer dentro del término de quince días a partir de la
primera publicación de este edicto.—Fabiola Sáenz Quesada, Apoderada
Especial.—( IN2017152220 ).
INVERSIONES HOTELERAS PLAYA
POCHOTE S. A.
Inversiones Hoteleras Playa
Pochote S. A., cédula jurídica número 3-101-648751 (en adelante “La Empresa”),
hace del conocimiento público que, por motivo de extravío, el señor Ronald
Zürcher Gurdián, mayor de edad, casado una vez, Arquitecto, con domicilio en
San José, Santa Ana, portador de la cédula de identidad número 1-0532-0389, ha
solicitado el día de hoy la reposición del certificado accionario N° 2 de La
Empresa, el cual le fue emitido a su nombre en fecha 10 de febrero de 2013, el
cual representa dos (2) acciones comunes y nominativas con un valor nominal de
cien colones (CR¢100,00) cada una; lo anterior conforme a las diligencias
societarias establecidas en el artículo 689 del Código de Comercio de Costa
Rica. Se emplaza a cualquier interesado a manifestar su oposición en las
oficinas de la empresa Caribe Hospitality, ubicadas en San José, Escazú, San
Rafael, Avenida Escazú, edificio 102, torre 1, tercer piso, suite 306, con
atención al Sr. Daniel Alfonso Campos Lara.—San José, 19 de mayo del
2017.—Edgar Zürcher Gurdián, Presidente.—( IN2017152271 ).
CALICOST S. A.
Victoria Sanz Pérez, cédula
3-0137-0136, mayor de edad, viuda, licenciada en educación, portadora de la
cédula de identidad número tres-cero ciento treinta y siete-cero ciento treinta
y seis, vecina de San José, solicita la reposición de su certificado de
acciones número siete, serie D, de la sociedad Calicost S. A., con cédula
jurídica N° 3-101-017160, el cual representa cinco acciones comunes y
nominativas con un valor de mil colones cada una, debido a que este fue
extraviado. Se emplaza a cualquier interesado para que dentro del plazo de 30
días que establece el artículo 689 del Código de Comercio, manifieste sus
oposiciones. Estas podrán ser dirigidas a la siguiente dirección: San José,
Mata Redonda, Edificio Sabana Business Center, piso 11, diagonal al Estadio
Nacional, Bufete Facio y Cañas, atención a la licenciada Georgette Barguil
Peña. Es todo.—San José, 11 de julio del 2017.—Victoria Sanz Pérez.—(
IN2017152295 ).
UNIVERSIDAD CATÓLICA DE COSTA RICA
Ante el registro de la
Universidad Católica de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de reposición
del título de: Bachillerato en Psicología, emitido el 09 de diciembre de 2005,
en la Sede San José, registrado en la Universidad bajo el Tomo 1, Folio 168,
Número 3643 y registrado en el CONESUP en el Tomo 6, Folio 202 y Número 3573 a
nombre de David Santiago Carmona Mena, con cédula de identidad número
1-1115-0922. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se
extiende la presente, exclusivamente, para la publicación de los tres edictos
en el Diario Oficial La Gaceta, a fin de oír oposiciones hasta por 15
días de la última publicación, a solicitud del interesado en la ciudad de
Moravia, San José, a los once días del mes de julio del dos mil
diecisiete.—Moravia, 11 de julio de 2017.—Departamento de Registro y
Admisiones.—Licda. Magdalena Noguyera Navarrete, Directora.—( IN2017152442 ).
UNIVERSIDAD HISPANOAMERICANA
Ante la Dirección de Registro de
la Universidad Hispanoamericana se ha presentado la solicitud de reposición del
título de Bachillerato en Educación Preescolar Bilingüe, inscrito en el tomo
tres, folio cuarenta, asiento cuatro mil seiscientos diez, del registro de
emisión de títulos de esta Universidad, emitido el 24 de mayo de 2007, a nombre
de Álvarez Pérez María Alejandra, cédula de identidad 1-1239-0532. Se solicita
la reposición del título indicado por motivo de robo. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 06 de julio del 2017.—MSc. Melissa Montero Vargas, Directora de
Registro.—( IN2017152555 ).
Ante la Dirección de Registro de
la Universidad Hispanoamericana se ha presentado la solicitud de reposición del
título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con Enfasís en
Administración Educativa, inscrito en el tomo
tres, folio ciento ochenta y tres, asiento siete mil quinientos sesenta y
nueve, del registro de emisión de títulos de esta Universidad, emitido el 29 de
mayo de 2010, a nombre de Álvarez Pérez María Alejandra, cédula de identidad
1-1239-0532. Se solicita la reposición del título indicado por motivo de robo.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 06 de julio del 2017.—MSc. Melissa Montero
Vargas, Directora.—( IN2017152558 ).
UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO
Solicita reposición del título
por extravío del original del estudiante Alvarado Salas Mairon, cédula de
identidad número seis-doscientos sesenta-seiscientos cincuenta y seis, quien
optó por el título de Maestría en Administración Educativa. Se publica este
edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir
de la tercera publicación.—Cartago al ser las dieciséis horas del trece de
julio del dos mil diecisiete.—Lic. Cristian Chinchilla Monge, Rector.—(
IN2017152621 ).
Solicita reposición de los
títulos por extravío de los originales de la estudiante Ubau Shion Gloria
Mercedes, cédula de identidad número uno-mil doscientos setenta y seis-ciento
cuarenta y tres, quien optó por los títulos de Bachillerato en Ciencias de la
Educación con Énfasis en I y II Ciclo y Licenciatura en Ciencias de la
Educación con Énfasis en I y II Ciclo. Se publica este edicto para escuchar
oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera
publicación.—Cartago al ser las ocho horas del cuatro de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Cristian Chinchilla Monge, Rector.—( IN2017152623 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
UNIVERSIDAD HISPANOAMERICANA
Ante la
Dirección de Registro de la Universidad Hispanoamericana se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Licenciatura en Medicina y Cirugía,
inscrito en el tomo cinco, folio dos, asiento once mil cuatrocientos treinta y
seis, del registro de emisión de títulos de esta Universidad, emitido el 25 de
mayo de 2013, a nombre de Sequeira Solís Luis Mauricio, cédula de identidad
5-0344-0551. Se solicita la reposición del título indicado por motivo de
extravío. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de julio del 2017.—MSc.
Melissa Montero Vargas, Directora.—( IN2017153149 ).
NANA FALAFEL & JUICE BAR
Por
suscripción de un Contrato Opción de Compraventa de Cuotas de Sociedad y de
Establecimiento Comercial suscrito el día 5 de julio del 2017, entre Assaf Zvi
Dekel portador de la cédula de residencia número 137600013816 y Marco M.
Nahmias, portador del pasaporte estadounidense número 455067160, estas personas
acordaron la venta del establecimiento mercantil denominado Nana Falafel &
Juice Bar, propiedad de Nana Falafel & Juice Bar Limitada, sociedad con
cédula jurídica número 3-102-722102, así como las cuotas de esta última
sociedad, dedicado a Venta de Platillos Israelíes y ubicado en avenida 7, calle
62 A, Mata Redonda, San José. Todos los interesados y acreedores podrán
presentarse en la oficina del suscrito Notario Público, sita en Artavia y
Barrantes Abogados, ubicadas en San José, San José, Carmen, calle 31, avenidas
9 y 11, número 959, dentro de los quince días siguientes contados a partir de
la primera publicación.—San José, 5 de julio del 2017.—Lic. Esteban Chaverri
Jiménez, Notario.—( IN2017152398 ).
CONDOMINIO HORIZONTAL VERTICAL
RESIDENCIAL COMERCIAL VILA
DE SAN FRANCISCO I Y II ETAPA
Por este medio, se informa que
fueron extraviados los libros de Actas de Asamblea de Condominios, de Actas de
Junta Directiva y de Caja del Condominio Horizontal Vertical Residencial
Comercial Vila de San Francisco I y II Etapa, cédula jurídica N° 3-109-704616,
por lo que se solicita la reposición de los mismos. GDM Gerenciamientos SRL.
Administrador de Condominio. Es copia fiel a la original. Es autentica Lic.
María del Rocío Diaz Garita, Abogada y Notaria.—San José, 12 de julio de
2017.—Licda. María del Rocío Diaz Garita, Notaria.—( IN2017152545 ).
SALT WATER J S L SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Víctor Julio Loria Sáenz,
cedula de identidad, cuatro-ciento cuarenta y uno-cuarenta y ocho, solicito la
reposición de las acciones de la sociedad Salt Water J S L Sociedad Anónima,
cedula jurídica tres-ciento uno-trescientos doce mil trescientos sesenta y
cinco, a mi nombre por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos
del artículo 689 del Código de Comercio.—Vítor Julio Loria Sáenz.—(
IN2017152999 ).
PANIFRESH
COSTA RICA S.A.
En cumplimiento del artículo 698 del Código de Comercio, Panifresh
Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres -
ciento uno - seiscientos setenta mil novecientos quince, hace de conocimiento
público que, por motivo de extravío, se procede a reponer los certificado de
acciones Número uno y dos, cada uno representativo de cincuenta acciones
comunes y nominativas y cuyos propietarios son: (i) Terry Investments S. A.,
una compañía debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes
de la República de Panamá, registrada en la ficha número tres uno uno uno tres
siete, rollo cuatro ocho cinco tres uno, imagen dos; y, (ii) Pani-Interbakers
S. A., una compañía debidamente constituida y existente de conformidad con las
leyes de la República de Panamá, con la identificación jurídica número dos cero
nueve cero siete uno dos – uno - siete cinco cinco cero siete cinco,
respectivamente. Se emplaza a cualquier interesado para que, en el término de
un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifieste su oposición
dirigida a Panifresh Costa Rica S. A., Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial
Forum Uno, oficina uno C uno, atención Lic. Daniel Araya González y Lic.
Rodrigo Maffioli Márquez.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—(IN2017153162 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
Ante la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en
Administración de Negocios, inscrito bajo el IX, Folio 20, Asiento 47683 a
nombre de Édgar José Víquez Fennell, cédula de identidad número 602680254. Se
solicita la reposición del título indicado anteriormente por extravío del
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta. Se extiende la presente a solicitud del
interesado en el día y lugar de la fecha.—Departamento de Registro.—Neda Blanco
López, Directora.—(IN2017153410 ).
BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A.
Por este medio Banco Promerica
de Costa Rica S.A., hace constar que Riscos del Cabo Sociedad Anónima,
portadora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y
siete mil trescientos cuarenta y seis, es la única propietaria del siguiente
documento: Cheque número uno tres cinco seis dos, confeccionado por Banco
Promerica de Costa Rica, S.A., el cual fue extraviado, por lo que para efectos
de cobro no tienen ninguna validez, y por lo que se solicita su reposición.—San
José, catorce de julio del dos mil diecisiete.—Luis Carlos Rodríguez Acuña,
Subgerente de Finanzas y Operaciones.—( IN2017153517 ).
FARMACIA CAMACHO #1 y FARMACIA CAMACHO #2
Conforme a las disposiciones del
Código de Comercio por venta de establecimiento mercantil, se cita a acreedores
e interesados a fin de hacer valer sus derechos en la venta de Farmacia Camacho
#1 y Farmacia Camacho #2, sita en provincia de San José, Pérez Zeledón,
específicamente en Villa Ligia y Palmares respectivamente, a la empresa Danisa
Willan S. A., y compañías relacionadas, todo dentro de un plazo de quince días
hábiles. Los interesados podrán comunicarse y presentar toda documentación en
el Bufete Calvo Elizondo, sita en San José, Escazú, San Rafael, del
Supermercado Saretto; doscientos metros al norte, cien oeste y cien norte,
frente al antiguo comité olímpico o bien al fax: 2588-0855.—San José, 18 de
julio del 2017—Lic. Alan Elizondo Medina.—( IN2017153554 ).
AUTOBUSES CHILSACA S. A.
Ante mi notaría, a las ocho
horas del 27 de junio del 2017, se protocoliza acta de asamblea general de la
sociedad: Autobuses Chilsaca S. A., se reduce el capital social a la suma de
62700000 millones de colones, se reforma la administración y se nombran
secretario, tesorera y agente residente.—Licda. Cris Vanessa Brenes Villalta,
Notaria.—( IN2017153606 ).
MEJÍA Y AMORES S. A.
Mejía y Amores S. A., cédula
jurídica número 3-101- 156644 hace del conocimiento público que por motivo de
extravío, se repondrán la totalidad de las acciones de esta sociedad, las
cuales son siete acciones de mil colones cada una, para un total de siete mil
colones de capital social. Las mismas se distribuyen de la siguiente forma:
tres acciones de a Ana Laura Mejía Amores y cuatro acciones a Saúl Mejía
Pineda. Se emplaza a cualquier interesado a manifestar su oposición ante el
Bufete Arguedas Delgado, ubicado en San Ramón de Alajuela, ciento setenta y
cinco metros al norte de la Cañera.—San Ramón, 19 de julio de 2017.—Lic. Iván
Andrés Salas Arguedas, Abogado.—( IN2017153753 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
PRODUCTOS
AGRÍCOLAS DEL CAMPO L M S.A.
Yo, Adrián Bonilla Juncos, mayor de edad, divorciado, empresario,
portador de la cédula de identidad número uno- seiscientos
cuarenta-cuatrocientos cincuenta y tres, vecino de San José, Guachipelín de Escazú, Condominio Bosque de Las Lomas, en mi
condición de vicepresidente ejecutivo y representante legal de la compañía
Productos Agrícolas del Campo L M S.A., con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos cincuenta y un mil seiscientos cinco, con domicilio
social en Alajuela, San Carlos, Santa María de Pocosol, quinientos metros al
oeste de la Escuela, solicito al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional la reposición del libro número dos de Asamblea de Socios de dicha
compañía, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de
la publicación del presente aviso a cualquier interesado a fin de oír objeciones
ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Lo anterior de
conformidad con lo establecido en el procedimiento de reposición de libros
sociales por extravío, pérdida, daño o sustracción, estipulado en el artículo
catorce del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de
Sociedades Mercantiles.—San José, 27 de junio del 2017.—Adrián Bonilla Juncos,
Vicepresidente Ejecutivo y Representante Legal.—1 vez.—( IN2017153219 ).
ASOCIACIÓN DE VECINOS
DEL RESIDENCIAL LOS ARCOS
REPOSICIÓN LIBROS EXTRAVIADOS
Yo, Jordi Martí Morales, cédula
de identidad número: uno-uno cero ocho nueve-cero cuatro nueve ocho, en mi
condición de presidente y representante legal de la Asociación de Vecinos del
Residencial Los Arcos, cédula jurídica número tres-cero cero dos-sesenta y seis
mil cuatrocientos ochenta y cinco, solicito al Departamento de Asociaciones del
Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros: Registro de
Asociados, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, el número uno, los cuales
fueron extraviados. Se emplaza ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—San Antonio de Belén, 30 de junio del 2017.—Jordi Martí Morales,
Presidente.—1 vez.—( IN2017153257 ).
DESARROLLOS
ESTRATÉGICOS
EMPRESARIALES I C R SOCIEDAD
ANÓNIMA
Desarrollos Estratégicos Empresariales I C R Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil
ochocientos noventa, hace constar la solicitud de reposición por pérdida o
extravío de los libros legales de Actas de Registro de Socios, Actas de
Asamblea General de Accionistas y Actas de Junta Directiva.—Licda. Andrea Mata
D´Avanzo.—1 vez.—(IN2017153375 ).
MOAR COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA
SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Arlette Marie Chaves Leer,
cédula de identidad número uno-novecientos treinta y seis-cero doscientos
ochenta y cuatro, en mi calidad de presidenta con facultades de apoderada
generalísima sin límite de suma de la sociedad Moar Comunicación Estratégica
Sociedad Anónima, cedula jurídica:
3-101-552910, hago constar que procedo a realizar trámite de legalización de
Libros ante el Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas, para la
debida reposición de los libros de Asamblea General de Socios, Registro de
Accionistas y Junta Directiva, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por
ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de
oír objeciones ante el registro citado.—San José, 17 de julio de 2017.—Arlette
Marie Chaves Leer, Presidenta.—1 vez.—( IN2017153382 ).
JOVIAMPA SOCIEDAD ANÓNIMA
Joviampa
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero seis cuatro seis uno
nueve, solicita ante el Registro Público la reposición del libro de Asamblea de
Socios, número uno. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición
ante el Registro Público Sección Mercantil, en el término de ocho días hábiles
a partir de la presente publicación.—Heredia, dieciocho de julio del dos mil
diecisiete.—María Alejandra Arias Madrigal.—1 vez.—( IN2017153408 ).
INVERSIONES FAMARCE S.A.
Inversiones Famarce Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos cuarenta y tres mil trescientos tres, hace constar
la solicitud de reposición por pérdida o extravío de los libros legales de
Actas de Registro de Socios, Actas de Asamblea General de Accionistas y Actas
de Junta Directiva. Publíquese una vez.—Licda. Andrea Mata D´Avanzo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153417 ).
JARDINES DE LA REINA SOCIEDAD ANÓNIMA
Por este medio y de conformidad
con el artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de
Libros de Sociedades Mercantiles, se informa del extravío y perdida de los
Libros Legales y Contables de la sociedad Jardines de la Reina Sociedad
Anónima, cedula de persona jurídica número 3-101-406171. Publíquese una vez
para efectos de reposición de los libros por extravío.—San José, 13 de julio
del 2017.—Sr. Fabián Augusto Castillo Angulo, Vicepresidente.—1 vez.—(
IN2017153418 ).
CORPORACIÓN HERMANOS SÁNCHEZ
Y ASOCIADOS COHERSA S. A.
Corporación
Hermanos Sánchez y Asociados Cohersa S. A., cédula jurídica 3-101-24970,
solicitan la reposición de los Libros de Accionistas y de Asambleas, por
extravío. Presidente: Álvaro Martín Sánchez Vega.—Álvaro Martín Sánchez Vega.—1
vez.—( IN2017153486 ).
CORPORACIÓN
CLUB DE YATES MURPHY S. A.
Ante mí, en escritura 16-2, la sociedad Corporación
Club de Yates Murphy S. A., cédula jurídica Nº 3-101-113449, ha solicitado al
Registro Nacional la reposición del libro de Registro de Accionistas tomo uno
por extravío.—San José, trece de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Laureano
Castro Sancho, Notario Público.—1 vez.—( IN2017153533 ).
COLEGIO
DE LICENCIADOS Y PROFESORES
EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS
Y ARTES
Morosidad
Mayo 2017
A las siguientes personas se les comunica que una vez realizada la
gestión administrativa de cobro, con corte al 31 de Mayo 2017, tal como lo
establece la política POL-PRO-COB01 Gestión de Cobros, y según nuestros
registros al 06 de Julio 2017, aún se encuentran morosos. Transcurridos diez
días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan en esta
publicación, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se
iniciará el proceso administrativo, al mismo tiempo se les recuerda que este
trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la
profesión. Si al momento de la publicación ya realizó el pago respectivo, favor
hacer caso omiso a la misma.
La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF
M.Sc. Lilliam González Castro,
Presidenta.—1 vez.—( IN2017153541 ).
De conformidad con lo que
establece el artículo 479 del Código de Comercio, mediante documento privado de
cesión de nombre comercial, la sociedad CC Mal País Limitada, cédula jurídica
3-102-537340, ha cedido a favor de CC Management Corp Limitada, cédula jurídica
número 3-102-554662, el establecimiento comercial Hotel Casa Chameleon,
registro número 195539.—San José, 13 de julio de 2017.—Lic. Marco Antonio
Fernández López, Notario.—1 vez.—( IN2017153564 ).
EL GARABATO ESCONDIDO P.A. S. A.
Por
escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diecisiete de julio de dos mil
diecisiete, se solicitó asignación de número de legalización por extravío del tomo primero del libro de
Actas de Asamblea de Socios de la sociedad denominada El Garabato Escondido
P.A. S. A.—Liberia, diecisiete de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Eugenia Abellán Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2017153567
).
LOMAS DE SANTA LUCIA LIMITADA
Lomas de
Santa Lucía Limitada, cédula jurídica N° 3-102-044502, por motivo que se
extraviaron los libros legales de Actas Asamblea General y Actas Registro de
Cuotistas de esta compañía, solicita la legalización de los mismos ante el
Registro Público. Agnes Victoria Quirós Hernández, Gerente, Carolina Quirós
Hernández y Andrea del Rosario Quirós Hernández, Subgerentes.—San José, 17 de
julio del 2017.—Irene María Lobo Hernández.—1 vez.—( IN2017153571 ).
INVERSIONES JU.SA & DI. GA SOCIEDAD
ANÓNIMA
Inversiones
JU.SA & DI. GA Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-414358,
domiciliada en Guanacaste, Liberia Barrio La Victoria, contiguo a Hogares Crea
solicita la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios,
Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas. Quien se considere afectado
dirigir las oposiciones a la Sección Legalización de Libros en el término de
ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial
La Gaceta.—Liberia, 14 de julio de 2017.—Licda. Alejandra Jaén
Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017153604 ).
ASOCIACIÓN DEPORTIVA GUATUSO FUTSAL
Yo, Víctor Chavarría Chaves,
mayor, viudo una vez, vecino de Alajuela, Guatuso, portador de la cédula de
identidad número: seis-uno cero cero-cinco siete tres, presidente y
representante legal de la Asociación Deportiva Guatuso Futsal, inscrita y
vigente en el Registro de Asociaciones, con
cédula jurídica número: tres-cero cero dos-cuatro ocho dos siete tres uno,
solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la
reposición de los libros de: número dos de Asamblea General, dos de Junta
Directiva, dos de Registro de Asociados, dos de Diario, dos de Mayor, y dos de
Inventarios y balances, ya que se extraviaron los número uno. Se emplaza por 8
días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el Registro de Asociaciones. Es todo.—Víctor Chavarría Chaves,
Presidente.—1 vez.—( IN2017153639 ).
LAMIALI
G V SOCIEDAD ANÓNIMA
Por haberse extraviado libros de la sociedad Lamiali G V Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica Nº
3-101-324787, con domicilio social doscientos metros este de escuela La Sabana,
centro San Ramón, Alajuela, avisa a interesados y terceros que ha realizado
diligencias de reposición de los tres libros de actas número uno de la
sociedad, a saber, a) Actas de Asambleas de Socios, b) Junta Directiva y c)
Registro de Socios.—San Ramón de Alajuela, 11 de julio del 2017.—Luis Ángel
Granados Guevara, Presidente.—1 vez.—( IN2017153670 ).
INVERSIONES SIXAOLA SOCIEDAD ANÓNIMA
Rodrigo Alberto Carazo Zeledón,
cédula número 1-363-910, liquidador de Inversiones Sixaola Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número 3-101-034435, comunico que el patrimonio de
Inversiones Sixaola, sociedad sin pasivo alguno, es:
1. Finca del partido de San
José, inscrita bajo el folio real 001659-F-000, la cual es despacho para
oficinas ubicado en el quinto piso del Centro Colón.
2. Los derechos de Inversiones
Sixaola S.A. como actor en el proceso monitorio arrendaticio por falta de pago
que se ventila ante el Juzgado Segundo Civil y de Menor Cuantía del Primer
Circuito Judicial de San José, expediente N° 15-026444-1012-CJ, contra
Balsatica Sociedad Anónima, actual inquilina del inmueble supra mencionado, el
cual se estima en $19.000.00 USD.
3. La totalidad del haber social
se asignará al socio único de la empresa quien ha presentado los atestados
correspondientes.
4. De conformidad con el
artículo 216 y conexos del Código de Comercio hago esta publicación en el
diario oficial La Gaceta manifestando que los papeles y los libros de la
sociedad quedarán a disposición de cualquier persona que se considere
accionista de la empresa en mi oficina en San Rafael de Escazú, de la entrada
principal del Country Club, 50 metros al norte y 75 metros al este, de 8 de la
mañana a 4 de la tarde, de lunes a viernes; y que cualquier eventual accionista
gozará de 15 días naturales a partir de esta publicación para presentar sus
reclamaciones en la misma oficina y horarios indicados.
Rodrigo
Alberto Carazo Zeledón, Liquidador.—1 vez.—( IN2017153695 ).
YAI ELECTRÓNICA LIMITADA
La señora Yolanda Ureña
Gutiérrez, quien es mayor, viuda, de oficios del hogar, vecina de Mercedes
Norte, Heredia, trescientos metros al norte del Restaurante La Carretica,
Apartamento número dos, con cédula de identidad número: Uno-cero trescientos
setenta y dos-cero doscientos dos, en calidad de subgerente y en ausencia del
gerente y con facultades de apoderada generalísima sin límites de suma de la
sociedad Yai Electrónica Limitada, hace constar que se ha solicitado la
reposición de los libros de Registro de Accionistas y libro de Asamblea de
Coutistas de la sociedad Yai Electrónica Limitada, cedula jurídica tres-ciento
dos-cincuenta y cinco mil novecientos sesenta y seis, hacemos comunicado por
única vez de la reposición de los mismo efectos que corresponda.—Lic. José
Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017153818 ).
MUNDIRAMA SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura número ciento
sesenta, autorizada en esta notaría, a las diez horas del dieciocho de julio de
dos mil diecisiete, se solicita número de legalización
de libros para su reposición, de la compañía Mundirama Sociedad Anónima, con
cédula jurídica tres-ciento uno-sesenta y cuatro mil sesenta y dos, debido al extravío
del tomo uno del Libro de Registro de Socios y del tomo uno del Libro de Actas
de Junta Directiva. Es todo.—San José, dieciocho de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Ignacio Monge Dobles, Notario.—1 vez.—( IN2017153938 ).
JAFEDA S. A.
Por
escritura otorgada en San José, de las once horas del diecinueve de junio del
dos mil diecisiete, se solicita la reposición por extravío del tomo uno de los
libros de actas de junta directiva y registro de socios de la sociedad Jafeda
S. A., se oirán oposiciones en el Registro Público.—Félix Eduardo Lafuente
Marín, Presidente.—1 vez.—( IN2017153965 ).
CONSORCIO
GONSAN S. A.
Yo, Octaviano González Vega, cédula Nº
9-019-390, presidente y representante legal de Consorcio Gonsan S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-234772, solicito al Departamento de Mercantil del Registro de
Personas Jurídicas la reposición de los libros número uno, de Actas de Registro
de Accionistas y de Asamblea General de Socios, los cuales se extraviaron. Se
emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado
a fin de oír objeciones ante el registro mercantil.—13 de julio del
2017.—Octaviano González Vega, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—(
IN2017153967 ).
RANCHO ARENAL S. A.
Ante esta
notaría, mediante escritura setenta-dos otorgada a las catorce horas del tres
de julio de dos mil diecisiete, la sociedad Rancho Arenal Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-tres seis cinco uno seis uno
solicita ante el Registro Nacional la asignación de asiento de legalización de
los libros para la reposición del libro de Registro de Socios, por haberse
extraviado el anterior.—Jonathan Jesús Solís Solís.—1 vez.—( IN2017153982 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las diez horas de hoy se protocoliza acta de asamblea
especial de accionistas de Holcom Industrial Sociedad Anónima, mediante
la cual se disminuye el capital social reformándose la cláusula quinta de los
estatutos sociales.—San José, 10 de julio del 2017.—Lic. Arnoldo López Echandi,
Notario.—( IN2017151791 ).
Por escritura número 01-8,
otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 10 de julio del 2017, se
protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de
Corporación de Supermercados Unidos S.R.L., mediante la cual se acordó
la disminución del capital social, reformándose la cláusula quinta del pacto
social.—San José, 11 de julio de 2017.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel,
Notario.—( IN2017151928 ).
Fabiola Sáenz Quesada, mayor, divorciada, cédula de identidad Nº
1953774, en calidad de apoderada especial de Inversiones Modelo S.A.,
con domicilio en Costa Rica, San José, carretera a San Francisco de Dos Ríos,
frente a la fábrica Nugget, comunica a los interesados la transferencia
realizada por Inversiones Modelo S.A. a favor de Ciento Setenta y
Tres Cetres S.A., de los nombres comerciales: Edén número de registro
253775 y Motel Edén número de registro 41261. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer dentro del término de quince días a
partir de la primera publicación de este edicto.—Licda. Fabiola Sáenz Quesada,
Notaria.—( IN2017152215 ).
Fabiola Sáenz Quesada, mayor,
divorciada, cédula de identidad Nº 1953774, en calidad de apoderada especial de
Inversiones Modelo S.A., con domicilio en Costa Rica, San José,
carretera a San Francisco de Dos Ríos, frente a la Fábrica Nugget, comunica a
los interesados la transferencia realizada por Inversiones Modelo S.A. a
favor de Huracanes de Mayabeque S.A., de los nombres comerciales: Motel
Paraíso número de registro 32466; Motel Paraíso número de registro 177641;
Paraíso número de registro 253776. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer dentro del término de quince días a partir de
la primera publicación de este edicto.—Licda. Fabiola Sáenz Quesada, Abogada.—(
IN2017152216 ).
Fabiola Sáenz Quesada, mayor,
divorciada, cédula de identidad N° 1953774, en calidad de apoderada especial de
Chavar S.A. con domicilio en Costa Rica, San José, San Francisco de Dos
Ríos, contiguo al Motel El Paraíso, comunica a los interesados la transferencia
realizada por Chavar S.A. a favor de Hotel Los Mochileros S.A., de los
Nombres Comerciales: Motel Camino Nuevo número de registro 44014 y Motel Camino
Nuevo número de registro 181239. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer dentro del término de quince días a partir de la
primera publicación de este edicto.—Licda. Fabiola Sáenz Quesada, Notaria.—( IN2017152217
).
Compraventa de establecimiento mercantil-Las suscritas, Vivian Gazel
Cortés y Ana Carolina Sáenz Gammans, hacemos constar que mediante la escritura
pública número ochenta, visible al folio setenta vuelto, del tomo segundo de la
notaria pública Vivian Gazel Cortés otorgada en San José, a las diecisiete
horas del trece de julio del dos mil diecisiete se suscribió contrato de compra
venta de establecimiento mercantil mediante el cual Cryovac Sealed Air de Costa
Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, una sociedad constituida, organizada
y existente bajo las leyes de la República de Costa Rica, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-quinientos noventa mil ciento sesenta y ocho,
le vendió a BCPE Diamond Costa Rica S.R.L., una sociedad constituida,
organizada y existente bajo las leyes de la República de Costa Rica, con cédula
de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos noventa mil ciento
sesenta y ocho, el establecimiento mercantil conocido como Diversey en sus dos
líneas de servicios Diversey Care e Hygiene Solutions; de conformidad con los
artículos 479 siguientes y concordantes del Código de Comercio, se cita a los
acreedores e interesados, para que se presenten con documento idóneo, dentro
del término de 15 días a partir de la primera publicación del presente edicto,
a hacer valer sus derechos, en las oficinas del depositario nombrado y aceptado
para el cargo, Stratos Fiduciaria Limitada, situadas en San José, Santa Ana,
plaza Murano, piso uno, oficina 14.—San José, 13 julio del 2017.—Licdas. Vivian
Gazel Cortés y Ana Carolina Sáenz Gammans, Notarias.—( IN2017152736 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por
escritura pública número 108-11 de 12:15 horas del 19 de julio del 2017,
otorgada ante el notario Hernán Cordero Baltodano, se formalizó el contrato de
compraventa del establecimiento comercial Coconutz Bar And Restaurant, conocido
también como -Going Coco Nutz-, localizado en Playas del Coco, Sardinal, frente
a Hotel Coco Beach. De conformidad con lo establecido en el artículo 479, se
convoca a acreedores e interesados para que dentro del plazo de 15 días a
partir de esta publicación se apersonen a las oficinas de STCR Costa Rica Trust
and Escrow Company Limited S. A., localizada en San José, Escazú, edificio
Banco General, tercer piso, Trejos Montealegre, a hacer valer sus derechos de
conformidad con lo establecido en el artículo 483 del mismo Código.—19 de julio
de 2017.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—( IN2017153902 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria a las 8:30 horas del 27 de
junio del 2017, protocolicé actas de asamblea extraordinaria de accionistas de
las sociedades: Vista Jacó Tres Mil Setecientos Cuatro S. A., cédula
3-101-675262, Vista Jacó Cuarenta y Un Mil Uno S. A., cédula
3-101-634713, Vista Jacó Seis Mil Cuatrocientos Dos S. A., cédula
3-101-686753, Vista Jacó Cinco Mil Doscientos Uno S. A., cédula
3-101-675272, Vista Jacó Seis Mil Cuatrocientos Tres S. A., cédula
3-101-668060 y Vista Jacó Seis Mil Quinientos Tres S. A., 3-101-662334,
mediante las cuales se acuerda la disminución de capital social y reforma de la
cláusula quinta de sus estatutos, y en cada una de las sociedades.—Heredia, 28
de junio del 2017.—Lic. Gustavo Adolfo Ramírez Cordero, Notario.—( IN2017154196
).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número sesenta y
nueve-cuatro, celebrada en Alajuela, a las diecisiete horas del nueve de febrero del dos mil diecisiete, se protocolizó el
acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: Tres-Uno
Cero Uno-Cinco Ocho Ocho Dos Cinco Seis Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-uno cero uno-cinco ocho ocho dos cinco seis, donde se
acordó cambiar el domicilio social, reformar la junta directiva y efectuar
nuevos nombramientos.—Alajuela, nueve de febrero del dos mil diecisiete.—Licda.
Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—( IN2017153284 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del catorce de julio del año
dos mil diecisiete, las señoras: Pierina Censore Pironi y Mónica Censore Pironi
constituyeron sociedad anónima, denominada: María Antonieta Beauty Spa
Sociedad Anónima. Presidenta: Pierina Censore Pironi. Secretaria: Mónica
Censore Pironi, y tesorero: Luigi Enrique Antonutti Ramírez, capital social
veinte dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América.—Lic.
Sergio Bravo Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2017153335 ).
Mediante escrituras otorgadas
ante la notaría, del Lic. Carlos Alberto Ayón Lacayo, a las 15:00 y 15:30 horas
del 10 de julio de 2017, protocolizamos las actas de asamblea general de socios
de Rectif Enatnz S. A., N° 3-101-692558, que acordaron disolver y
liquidar la compañía.—San José, 13 de julio del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo
Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017153336 ).
La suscrita notaria Lindy
Viviana Acuña Benavides, hace constar que mediante acta número uno de asamblea
general extraordinaria socios de la sociedad Servicios Profesionales y
Tecnológicos Cum Sociis Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-seis tres cuatro cinco uno seis, celebrada a las veinte horas
del veinticuatro de enero del dos mil diecisiete, se acordó disolver la
sociedad dicha por acuerdo de socios.—San José, catorce de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153337 ).
Por escritura otorgada ante la
notaría del Lic. Carlos Alberto Ayón Lacayo, a las 09:00 horas del 17 de julio
del 2017, protocolizamos el acta de asamblea de socios de Villa Catorce
Wafou Apodis S. A., N° 3-101-457306, que reformó su domicilio social, su
cláusula de administración y nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José,
17 de julio del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—(
IN2017153338 ).
Ante esta
notaría se protocolizó la asamblea extraordinaria de la empresa Panoramic
View Holdings Sociedad Anónima, donde se nombra nueva junta directiva y
fiscal.—San José, 25 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2017153342 ).
En la ciudad de Alajuela,
mediante escritura 160-19, de las 10:00 horas del 03 de marzo del 2017, se
constituyó la sociedad Coconut Shakk Sociedad Anónima, que en español se
lee: Shakk de Coco Sociedad Anónima. El objeto principal la asesoría en
administración de propiedades en condominio, pero en general podrá dedicarse al
comercio. Plazo social 99 años. Domicilio: Puntarenas, Golfito, Pavones, Pilón,
Condominio Bella Vista, número cinco. Capital social suscrito y pagado.—Lic.
Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017153347 ).
Por escritura N° doscientos
noventa y cuatro, visible al folio ciento noventa vuelto, del tomo sétimo del
protocolo del suscrito notario, se otorgó la escritura que solicita la
cancelación del asiento registral de la empresa denominada Grupo Fraternidad
Barveña S.A., con cédula jurídica N° 3-101-338408, por lo que se emplaza a
cualquier interesado para que en el término de ley, haga las manifestaciones
que a bien tenga de esta clausura.—Heredia, 18 de julio del 2017.—Lic. Carlos
Luis Mejía Arguedas, Notario.—1 vez.—( IN2017153349 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta constitutiva de la
sociedad: Suministro Digital Brenes y Aguilar Sociedad Anónima,
constituida por los socios: Martín Antonio Brenes Mata, cédula de identidad Nº
303100514, y Vivian Celina Aguilar Soto, cédula de identidad Nº 303540549.—San
José, 18 de julio del 2017.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—(
IN2017153353 ).
Por escritura número doscientos
cuarenta tres, otorgada a las dieciséis horas del día trece de julio del dos
mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada: Inversiones Arias
Sociedad Anónima. Presidente y tesorera, con facultades de apoderados
generalísimos sin límite de suma. Domiciliada: en San José.—San José, 18 de
julio del 2017.—Lic. Luis Fernando Sánchez Villalobos, Notario.—1 vez.—(
IN2017153356 ).
Mediante
escritura autorizada por mí, a las 09:00 horas del 18 de julio del 2017, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de 3-102-737430
Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica Nº
3-102-737430; por medio de la cual se acuerda modificar la cláusula quinta del
capital social y sexta del pacto constitutivo en la cual se modifica la
representación de los apoderados.—San José, 18 de julio del 2017.—Lic. Juan
Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—( IN2017153358 ).
Ante esta notaria otorgan
escritura setenta y uno, a las dieciocho horas del veintinueve de mayo del dos
mil diecisiete, se constituye la sociedad denominada Corporascion de
Servicios Múltiples Blanco y Asociados de Norte Sociedad Anónima Plazo
Social: 99 años, capital: diez mil colones y la representación judicial y
extrajudicial le corresponde al presidente con facultades apoderado
generalísimo sin límite de suma Es todo.—San José diecisiete de julio del dos
mil diecisiete.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2017153360 ).
Por escritura otorgada, a las
catorce horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se
protocoliza el acta número dos de asamblea de socios de la sociedad Agencias
de Aduanas Grupo Algisa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno
- ciento setenta y seis mil cuatrocientos uno.— Licda. Lency Jhannory Salas
Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017153365 ).
Por escritura de las quince horas del quince de julio de dos mil
diecisiete se reformó pacto social de la empresa Biocaribe ITL S. A., se
reforma el domicilio.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—(
IN2017153368 ).
Por escritura de las diez horas
del dieciocho de julio de dos mil diecisiete se reformó pacto social de la
empresa Torres del Parque Lechuga S. A., se reforma junta
directiva.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—( IN2017153369 ).
Por medio de la escritura número
treinta y siete, otorgada a las nueve horas treinta minutos del día dieciocho
de julio de dos mil diecisiete, ante esta notaría, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Irileo S.A,
por medio de la cual se modifica la cláusula novena del pacto relacionada a la
administración. Se nombran nuevos miembros de junta directiva.—Heredia 18 de
julio de 2017.—Lic. Luis Fdo Chavarría Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017153370
).
Mediante escritura otorgada por
esta notaría a las ocho horas del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, se
protocolizaron acuerdos de asamblea general de Mundo Vegano S. A., para
la modificación de las cláusulas sobre el capital social y la administración.
Presidente: Gustavo Pacheco Cartagena.—San José, 18 de julio de 2017.—Lic. José
Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—( IN2017153373 ).
Se hace saber que ante esta notaria se ha reformado el nombre social,
el domicilio social y se ha nombrado nueva junta directiva y fiscal de la
empresa Clínica Veterinaria Varela y Rosales S.A., con cédula jurídica
número tres-ciento uno- quinientos ochenta y seis mil ciento veinte.—Licda.
Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—( IN2017153391 ).
Por escritura número ciento
veinticuatro otorgada ante esta notaría, a las quince horas del doce de julio
del dos mil diecisiete, se modifica cláusula novena del pacto constitutivo de
la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Setecientos Cuatro Mil Quinientos
Cuarenta y Nueve S.A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-setecientos cuatro mil quinientos cuarenta y nueve.—San José, doce de julio
de dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(
IN2017153396 ).
Por escritura número ciento
veintitrés otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del
doce de julio del dos mil diecisiete, se modifica cláusula segunda del pacto
constitutivo de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Sesenta y
Dos Mil Ciento Ochenta y Siete S. A., cédula de persona jurídica número
tres- ciento uno- seiscientos sesenta y dos mil ciento ochenta y siete.—San José,
doce de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti,
Notario.—1 vez.—( IN2017153401 ).
Por escritura número sesenta -
tres, otorgada a las quince horas del catorce de julio del dos mil diecisiete,
ante el notario Juan Pablo Gamboa Amador, se protocolizó el acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad denominada “Studio DA CRC
Sociedad Anónima”, cédula jurídica tres – ciento uno - setecientos treinta
y dos mil ochocientos diecisiete, celebrada a las diez horas del catorce de
julio del año dos mil diecisiete, mediante la cual se reformó la cláusula
decima segunda del pacto constitutivo, referentes a la representación. Es
todo.—San José, diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Pablo
Gamboa Amador, Notario.—1 vez.—( IN2017153409 ).
Por escritura número ciento cincuenta y cuatro, otorgada ante la
suscrita notaria, a las 17:00 horas del día 18 de julio del año 2017, se
constituyó la sociedad Meléndez y Herrera S. A. con domicilio en San
José, Goicoechea, San Francisco, Barrio Tournon, Centro Comercial El Pueblo,
local número cuarenta y tres. Capital social diez dólares, representado por
diez acciones comunes y nominativas de un dólar cada una, con un plazo de
noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, 19 de julio de
2017.—Licda. Aracelly Espinoza Allan, Notaria.—1 vez.—( IN2017153411 ).
La suscrita notaria hace constar
que por escritura otorgada por esta notaria a las siete horas y treinta minutos
del día veintinueve de junio de dos mil diecisiete, se modificó la cláusula
segunda del pacto constitutivo de la compañía Alpha Pharma Internacional
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno-
cuatrocientos diecinueve mil seiscientos veintiuno. Es todo.—San José,
dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Laura Ulate Pascua, Notaria.—1
vez.—( IN2017153413 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez y cincuenta horas del día veintiuno de junio del dos mil
diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad La Maria Luisa MVM, Sociedad Anónima, por la cual no
existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San
José, veintidós de junio del dos mil diecisiete.—Lic. Javier Alonso Blanco
Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017153423 ).
Por
escritura autorizada a las doce horas de hoy protocolicé acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad “Serinsa, Servicios para la
Industria Plástica, Sociedad Anónima”, en que se modifica cláusula sétima de
sus estatutos, en cuanto a la administración de la sociedad, y se reorganiza la
junta directiva.—San José, diecisiete de julio de dos mil diecisiete.—Lic. José
Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017153424 ).
Por escritura autorizada a las
once horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios
de la sociedad “Inversiones Quima, Quintana Marrs, Sociedad Anónima”, en
que se modifica cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la Administración
de la Sociedad, se reorganiza la Junta Directiva y se elimina el cargo de
agente residente.—San José, diecisiete de Julio de dos mil diecisiete.—Lic.
José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017153425 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del dieciocho de
julio del dos mil diecisiete se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la entidad denominada Tres - Ciento Uno-
Setecientos Diecisiete Mil Setecientos Treinta y Dos Sociedad Anónima,
domicilio Heredia, San Francisco, Condominio Bosques de Velarde, casa once - F.
Acuerdo Primero. Se aumenta capital social se modifica la cláusula quinta.—Lic.
Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—( IN2017153428 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría número cuatrocientos seis - cuatro, a las nueve horas del veinte de
abril del año dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad La Abeja Asesina Sociedad Anónima,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda y quinta de los estatutos, y se
nombra nueva junta directiva.—Grecia, a las nueve horas del veinte de abril del
año dos mil diecisiete.—Licda. Olga Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153442 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las ocho horas treinta minutos. del 18 de julio del 2017, se reforman los
estatutos de la sociedad Brayben Internacional BRG S.R.L Se modifica la
cláusula de administración.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—(
IN2017153444 ).
Yo Yesenia Arce Gómez, notaria pública de Escazú, mediante escritura
pública número ciento dieciocho se disolvió la sociedad: Concasse Industrias
Sociedad Anónima, mediante escritura pública número ciento diecinueve se
disolvió la sociedad: Fuego Blanco Sociedad Anónima la escritura pública
se reforma el pacto constitutivo y se nombra nueva Junta directiva de la
sociedad Computo Empresarial Los Socios Organizados Sociedad Anónima.—Escazú,
17 de julio de 2017.—Licda. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153448
).
Al ser las quince horas del doce
de julio del dos mil diecisiete se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la entidad denominada Bienes Familiares Rologa
Sociedad Anónima. Se reforman cláusulas del domicilio y administración, se
nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—(
IN2017153456 ).
El suscrito
notario Giovanni Salas Camacho, hace constar que hoy se constituye, sociedad
anónima, de nombre mismo número de Cédula Jurídica S.A. Presidente; Juan
Vianey Núñez Mora, cédula; 4-127-206, vicepresidente; Adriana Núñez Valerín,
cédula 1-1290-170, tesorera; Kattia Núñez Valerín, cédula 1-1099-786,
secretaria; Andrea Núñez Valerín, de cédula: 1-1290-169, vocal; Juan Carlos
Núñez Valerín, de cédula 1-1142-148, Fiscal: Lidieth Ruiz Ruiz, cédula 5-203-749,
constituida por cien acciones. Tel: 27643469.—Lic. Giovanni Salas Camacho,
Notario.—1 vez.—( IN2017153458 ).
Se modifica cláusula segunda del
pacto constitutivo de Enerqum S. A. cédula jurídica 3-101-549342. Se
nombra Junta directiva y fiscal.—Escritura otorgada a las 7:00 horas del 14 de
julio del 2017.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017153460
).
Por escritura número 309 de las
15:00 horas del 10 de julio del 2017, Grupo Peraza Empresarial S.A.,
cédula jurídica 3-101-629870, nombra nueva junta directiva: presidente,
secretario, tesorero y fiscal.—Tejar del Guarco, 11 de julio del 2017.—Lic.
Danilo Cerdas Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2017153466 ).
Al ser las 16:00 horas del 22
del 05 del 2017, se modifica en esta notaría, capital social de la sociedad
denominada Sus Gráficos Sociedad Anónima, cédula 3-101-327.118.—Naranjo,
19 de julio del 2017.—Licda. Katia María
Ledezma Padilla, Notaria.—1 vez.—( IN2017153490 ).
El suscrito notario público hace
constar que mediante escritura pública número trescientos cuarenta y tres, del
dieciocho de julio del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad anónima
denominada Best Fruts Limitada, cuyo domicilio social es San José, Santa
Ana; Lindora, Centro Comercial Momentum Lindora, Oficentro Nómada. Es todo.—San
José, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Eric Vizcaíno Dávila,
Notario.—1 vez.—( IN2017153494 ).
Se reforma la cláusula primera del pacto
social, se cambia nombre a Soluciones de Trituración y Excavación, Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres – ciento uno – seiscientos setenta y dos mil
novecientos quince.—Alajuela, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda.
Delia A. Segura Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2017153495 ).
Por escritura otorgada en San
José a las ocho horas del siete de julio del 2017, ante la notaria Laura Avilés
Ramírez, se acuerda la disolución de la sociedad Johnng de Samara Gte SA
cédula jurídica 3-101-450480. Es todo.—San José, 07 de julio, 2017.—Licda.
Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153500 ).
Por escritura otorgada a las
doce horas del día de hoy, en esta Notaría, se modificó la cláusula quinta del
pacto social de la sociedad Relajaguas Escazu S. A.—San Jose dieciocho
de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1
vez.—( IN2017153507 ).
Ante esta notaría, al ser las
diez horas del día cinco de julio del año dos mil diecisiete, escritura número
trescientos setenta y tres-nueve, han comparecido Luis Fernando Castrillo
Marchena, Adita Vargas Esquivel, en su orden: el primero como presidente y
socio y la segunda en calidad de socia y fiscal, acuerdan disolver la sociedad
inscrita al tomo dos mil trece, asiento: doscientos noventa y cinco mil
novecientos cincuenta y dos, bajo el nombre de Castimar de Adita Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-seis siete seis seis cuatro cero,
por estar inactiva está excluida del procedimiento de liquidación.—Lic. Jose
Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—( IN2017153508 ).
Se hace
constar que el día dieciocho de julio del dos mil diecisiete a las nueve horas,
acordó disolver la sociedad Construcciones Fortuna DCR Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-697612.—Licda Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153512 ).
Mediante escritura pública
número cinco, otorgada a las quince horas del trece de julio del dos mil
diecisiete, ante el notario Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, se reformó la
cláusula cuarta (del capital) del Pacto Constitutivo de la sociedad Complejo
Riverwalk RW, Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos setenta y cinco mil setecientos dieciocho.—Heredia, catorce de
julio del 2017.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(
IN2017153515 ).
En asamblea general extraordinaria, la Asociación Administradora del
Acueducto de Puente Sala de San Pedro de Barva, cédula jurídica Nº
3-002-257513, reforma los artículos 13 inciso c) y el artículo diecinueve de su
pacto constitutivo.—San Rafael de Heredia, 18 de julio del 2017.—Lic. José
Francisco Alfaro Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017153516 ).
Yo, Fernando Montero López,
notario público hago constar que protocolicé asamblea extraordinaria de
accionistas de la empresa Freedom Pura Vida Dos Mil Dieciséis Limitada
por medio de la cual se nombra gerente y se reforma la cláusula segunda.—San
José, 19 de julio del 2017.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—(
IN2017153521 ).
Mediante escrituras públicas de las dieciséis horas y dieciséis horas
treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil diecisiete, se protocolizaron
actas de asambleas extraordinarias de socios de: Puravida Self Storage S. A.
y Cabo Vida Custom Homes CVCH LLC Ltda., respectivamente, mediante las
cuales en ambos casos se reforma la cláusula segunda de su pacto social.—San
José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Alfredo Gallegos
Villanea, Notario Público.—1 vez.—( IN2017153523 ).
Ante mí, en escritura Nº 20-2,
se reforma la cláusula de la representación de la sociedad Kalyani
Investments Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-678830.—San José, 18 de
julio del 2017.—Lic. Laureano Castro Sancho, Notario.—1 vez.—( IN2017153524 ).
Mediante escritura número
cuarenta y cuatro del día once de julio del año dos mil diecisiete, se modificó
la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Riveranas Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres ciento
uno-cuatrocientos cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y siete.—Lic.
Silvia Dall’anese Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017153526 ).
A las 12:00 horas del hoy, protocolicé
actas de asamblea de accionistas de las compañías Armdesco Corporación S. A.
y 3-101651927, S. A. Se acuerda en cada una la disolución de la
sociedad. No existen activos ni pasivos.—San José, 18 de julio del 2017.—Lic.
Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017153527 ).
Por
escritura autorizada por el notario público Gabriel Castro Benavides, a las
14:30 horas del 12 de julio, se protocolizó el acta de asamblea general
extraordinaria de socios de: Mercantil Ministros MM S. A., con número de
cédula jurídica 3-101-171683, celebrada el 06 de julio del 2017, mediante la
que se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad.—San José,
12 de junio del 2017.—Lic. Gabriel Castro Benavides, Notario.—1 vez.—(
IN2017153528 ).
El suscrito notario hace constar
que protocolicé el acta número trece de asamblea general extraordinaria de
socios de Amimed Salud S.A., mediante la cual se reforma la cláusula
tercera (aumento del capital social).—San José, doce de julio de dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153529 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Multiservicios
y Explotaciones Varias Edwards y Solís Sociedad Anónima, con cédula
jurídica número tres-ciento uno-cinco uno cinco nueve cuatro ocho, mediante la
cual se reforma la cláusula décima sétima, revocándose los nombramientos de
junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—Limón, diecisiete horas
veinticinco minutos del diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Licda.
Stefany Borey Bryan, Notaria.—1 vez.—( IN2017153532 ).
Ante mí, en escritura 21-2, se
reforma la cláusula de la representación de la sociedad Hermosas Villas
Estates CR SRL, cédula jurídica 3-102-700225.—San José, 18 de julio de
2017.—Lic. Laureano Castro Sancho, Notario.—1 vez.—( IN2017153538 ).
Por
escritura número ciento ocho otorgada a las 17 horas del 18 de julio del 2017,
se protocolizó el acta reorganización junta directiva de Yaganajica Sociedad
Anónima, de cédula jurídica N° 3-101-690797. Se toma el acuerdo del cambio
de presidente, tesorero y fiscal en la junta directiva. Es todo.—San José, 19
de julio del 2017.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017153544
).
Por escritura otorgada en esta
notaría en San José a las ocho horas del día cinco de julio del año dos mil
diecisiete, se constituyó la fundación denominada: Fundación Para Una Vida
Indígena Digna Fuvida.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. Carlos Morales
Fallas, Notario.—1 vez.—( IN2017153545 ).
Por
escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Arquigraf
S. A. mediante los cuales se aumentó el capital social.—San José, 23 de
junio del 2017.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—(
IN2017153549 ).
En mi
notaría, mediante escritura número 16-12, otorgada a las 15:30 horas del 17 de
julio del 2017, se protocolizó acta donde se reforma la cláusula segunda de los
estatutos sociales de la sociedad Inversiones Milton Vargas y María Angelina
Villalobos Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-269256.—San Ramón, Alajuela,
17 de julio del 2017.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153551 ).
Por asamblea general
extraordinaria de socios, protocolizada en esta notaría hoy a las 9:00 horas,
de la compañía de esta plaza denominada Hotel Caribe Light S. A., en la
que se reforman estatutos.—San José, 27 de junio del 2017.—Lic. Adolfo Rojas
Breedy, Notario.—1 vez.—( IN2017153555 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 16:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de Peraz S. A., mediante la cual se reformó la
administración y se nombró vicepresidente.—San José, 11 de julio del 2017.—Lic.
Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017153556 ).
Yo, Sebastián David Vargas Roldán, hago constar que el día de hoy, he
protocolizado en mi notaría, acta de asamblea de accionistas de la sociedad Agropecuaria
Valle Arriba S. A. donde se transforma su naturaleza. Es todo.—San José,
diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017153557 ).
Por escritura otorgada ante mí,
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa
Farma Desarrollo Número Uno Pérez Zeledón Sociedad Anónima en la cual se
reforma la cláusula quinta del pacto social. Escritura otorgada a las 12:00 del
18 de julio del 2017.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—( IN2017153558
).
Yo, Sebastián David Vargas
Roldán, hago constar que el día de hoy he protocolizado en mi notaría, acta de
asamblea de accionistas de la sociedad Aquanissi Spring Volcanic Water S.A.,
donde se reforma integralmente el pacto constitutivo. Es todo.—San José,
diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán,
Notario.—1 vez.—( IN2017153559 ).
Yo, Sebastián David Vargas
Roldán, hago constar que el día de hoy, he protocolizado en mi notaría, acta de
asamblea de accionistas de la sociedad: Todo Suspensión Aje S. A., donde
se reforma la cláusula de administración. Es todo.—San José, diecinueve de
julio del dos mil diecisiete.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1
vez.—( IN2017153560 ).
Ante esta notaría, al ser las
doce horas veinte minutos del día trece de julio de dos mil diecisiete, se
otorgó escritura mediante la cual se protocolizó la reforma de la cláusula
segunda del pacto constitutivo de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos
Noventa y Tres Mil Setenta y Ocho Sociedad Anónima.—San José, a los trece
días del mes de julio de dos mil diecisiete.—Licda. María Lucrecia Quesada
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017153561 ).
En mi
notaría, al ser las catorce horas del trece de julio de dos mil diecisiete, se
reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la compañía Compañía
Maderera San Joaquín Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero
sesenta y cinco mil ciento cuarenta y ocho. Es todo.—San José, trece de julio
dos mil diecisiete.—Lic. José A. Reyes Villalobos.—1 vez.—( IN2017153562 ).
Por escritura 83-5 otorgada ante esta notaría al ser las 09:00 del 13
de julio del 2017, se protocoliza acta de asamblea de Costa Esterillos
Estates Pau de Arco Cero Ochenta y Uno Sociedad Anónima, donde se modifican
las cláusulas segunda y sexta, se nombra nuevo presidente: Jayne Ellen Hill,
secretario: William Joseph Iovene y agente residente: Andrea Ovares López.—San
José, 13 de julio del 2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153565 ).
Ante la
suscrita notaria, se constituyó la sociedad anónima denominada: S.J.H.
Seguridad Privada Sociedad Anónima, otorgada a las catorce y cinco horas
del trece de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Irene Salazar Jiménez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153570 ).
Por escritura número ochenta y
nueve-diez, otorgada ante la suscrita notaría, el día dieciocho de julio del
dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea de accionistas de la
sociedad: Jardines del Valle Seis Amarillo S. A., mediante la cual se
reforma la cláusula segunda y sexta.—San José, dieciocho de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—( IN2017153575 ).
Mediante escritura número 86-6,
otorgada a las 10:30 horas del 13 de julio de 2017, se modificó: representación
y domicilio de la sociedad Burgundi Mountain View VII Sociedad Anónima,
cédula jurídica número: 3-101-431298.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1
vez.—( IN2017153576 ).
Zoila Lilliam Ruiz Ruiz y
Luisabelina Abellán Ruiz, constituyen: La Abu Sociedad Anónima.
Domiciliada: en Liberia, con un capital social de ciento cinco dólares de los
Estados Unidos de Norteamérica. Escritura otorgada en Liberia, a las once horas
treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecisiete, ante la notaria
Yesenia Carrillo Miranda.—Licda. Yesenia Carrillo Miranda, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153588 ).
Ante esta notaría y mediante
escritura número 155-5, se protocolizó asamblea extraordinaria de Novitec
Consultores en Aplicaciones, cédula jurídica 3-101-616894, mediante la cual
se modificaron las cláusulas del domicilio y representación, así como una
restructuración de la junta directiva. Es todo.—San José, 19 de julio del
2017.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017153591 ).
Por escritura otorgada, a las
09:00 horas del 19 de julio del 2017, se modifican las cláusulas de
administración y junta directiva de la entidad Ansara Caridad Sociedad
Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-222800.—Lic. Braulio Ulises Murillo
Segura, Notario.—1 vez.—( IN2017153593 ).
Por escritura otorgada a las
10:00 horas del 19 de julio del 2017, se modifican las cláusulas de
administración y junta directiva de la entidad Ramsa Caridad Sociedad
Anónima, con cédula jurídica 3-101-222801.—Lic. Braulio Ulises Murillo
Segura, Notario.—1 vez.—( IN2017153594 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las 8 horas del 19 de julio del 2017, se
reforma cláusula de domicilio social de Caburga S. A.—Licda. Olga María
Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017153595 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 15 horas del 18 de julio del 2017, se reforma cláusula de
representación social de Distribuidora Galpaz Ltda.—Licda. Olga María
Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017153596 ).
Carlos Enrique Calvo Quesada e
Ivette Rocío López Salazar, constituyen la sociedad civil denominada Carive
de San Francisco Sociedad Civil. Escritura otorgada en Grecia, a las 11:00
horas del 05 de julio del 2017.—Lic. Kendall Araya Venegas, Notario.—1 vez.—(
IN2017153599 ).
Por escritura siete, del trece
de junio del dos mil diecisiete, a las catorce horas, se protocolizó acta de
asamblea general de: Matucana Inc S. A., se acordó reformar el
domicilio, la administración y nombrar nueva junta directiva y fiscal de la
empresa.—San José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Marco
Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017153601 ).
Por escritura seis, del trece de
junio del dos mil diecisiete, a las trece horas, se protocolizó acta de
asamblea general de: Kisui Inc S. A., se acordó reformar el domicilio,
la administración y nombrar nueva junta directiva y fiscal de la empresa.—San
José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017153602 ).
La suscrita notaria Alejandra Jaen
Hernández da fe que mediante escritura N° 229 del tomo nueve del protocolo de
la notaria Ana Gabriela Acevedo Rivera, Guanapan S. A., cambia de nombre
a Guanapaletas Sociedad Anónima, se reforma la cláusula novena y se
nombra nuevo tesorero, secretario, fiscal y agente residente.—Liberia, 19 de
julio del 2017.—Licda. Alejandra Jaen Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017153605
).
La suscrita notaria Alejandra Jaén Hernández, da fe que mediante
escritura número 164 del tomo doce del protocolo de Glenda Rodríguez Carmona
visible al folio ciento cuatro vuelto, la compañía Agencia de Viajes Luz de
Mono Sociedad Anónima, reforma la cláusula del domicilio y aumenta el
capital a veintisiete millones de colones.—Liberia, 14 de julio del
2017.—Licda. Alejandra Jaén Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017153607 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete,
se protocoliza acta mediante la cual se disuelve la sociedad Marcyfar
Apoteke S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos treinta y cinco
mil novecientos noventa y uno.—San José, 17 de julio de 2017.—Licda. Beatriz
Paola Jiménez Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017153608 ).
Por escritura otorgada ante la
notaria, Sonia Corella Céspedes, a las trece horas del día diecisiete de julio
de dos mil diecisiete, se constituye la sociedad Mundo Extintores S. A.
Plazo cincuenta años, presidente y secretario con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma domicilio Alajuela, objeto social amplio.—Licda.
Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2017153610 ).
Ante esta notaría compareció
Valerie Alvarado Hernández, para constituir sociedad denominada Eco Car Wash
Costa Rica, el día diecinueve de junio de dos mil diecisiete. Es
todo.—Licda. Laura Lao Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153619 ).
A las 17:00 de hoy, se
constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será su número de cédula. Capital:
suscrito y pagado. Domicilio en San José. Presidente nombrado.—San José,
diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Giovanni Enrique Incera
Segura, Notario.—1 vez.—( IN2017153629 ).
Mediante escritura Nº 22,
otorgada a las 09:00 horas del 17 de julio del 2017, ante esta notaría, se
protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de: Transportes
Santa Clara S. A., cédula jurídica Nº 3-101-266675. Domiciliada: en San
Gerardo de Río Cuarto de Alajuela, en las oficinas centrales de Finca Piñales
de Santa Clara, trescientos metros al este de la Escuela, en la que se modifica
la cláusula novena del pacto constitutivo respecto a las facultades de sus
representantes.—Lic. Mario G. López Durán, Notario.—1 vez.—( IN2017153631 ).
Mediante escritura número 23
otorgada a las 9 horas con 15 minutos del 17 de julio de 2017, ante esta
notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Piñales
de Santa Clara S. A., cédula jurídica 3-101-103157, domiciliada en Heredia,
Sarapiquí, distrito La Virgen San Gerardo de Río Cuarto, cuatro kilómetros al
oeste de La Virgen de Sarapiquí, en la que se modifica las cláusula sexta del
pacto constitutivo respecto a las facultades de sus representantes.—Lic. Mario
G. López Durán, Notario.—1 vez.—( IN2017153632 ).
Por escritura 175-25 otorgada en
Cartago a las 17:00 horas del 18 de julio del año 2017 la sociedad. 3-101-638333,
S.A cédula jurídica 3-101-638333, disolución de sociedad.—Cartago, 19 de
julio del 2017.—Lic. Luis Fernando Sáenz González, Notario.—1 vez.—(
IN2017153647 ).
Por escritura otorgada el 18 de
julio del 2017 a las 16:00 horas, protocolicé acuerdos de la empresa Calita
S.A., reformando estatutos.—San José, 18 de julio del 2017.—Lic. Roberto
Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017153657 ).
Mediante escritura ochenta y
cinco otorgada ante mi notaría a las trece horas del diecisiete de julio del dos
mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la compañía Corporación Corrales Víquez S.A, con
domicilio en Alajuela, Naranjo Candelada, Calle Cinco Esquinas, doscientos
metros de la entrada, cédula jurídica tres-ciento uno-tres cuatro tres tres
cuatro nueve; por virtud de la cual se reforma la cláusula sétima del pacto
constitutivo.—Grecia, 19 de julio del 2017.— Lic. Kerby Rojas Alfaro,
Notario.—1 vez.—( IN2017153666 ).
Por escritura 160-16, otorgada
en San José, a las 20:00 horas del 14 de junio del 2017, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de Unicapital S.A. Se transforma a Unicapital
Sociedad de Responsabilidad Limitada, domicilio social en San José, Santa
Ana, del Banco Nacional 75 metros sur, plazo 99 años a partir de la
constitución. Objeto: Desarrollos inmobiliarios, inversiones, prestación de
servicios privados y profesionales, bienes raíces, comercialización de bienes,
la exportación e importación. Se varía cláusula de administración, se nombra
gerente. Capital social: 100,000 colones, se nombra agente residente.—Licda.
Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017153675 ).
Bajo acta número uno asamblea general
extraordinaria, de fecha diecinueve de abril del dos mil diecisiete, se ha
solicitado al Registro Público, cambio de junta directiva y el domicilio de la
Sociedad Proindsa Proveedores Industriales, cédula Nº 3-101-704382. Lic.
Hannia Ramírez Rojas, cédula Nº 8340-8677.—Cartago, trece horas del dieciocho
de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Hannia Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153680 ).
Por escritura número ochenta y
siete, otorgada ante mí a las doce horas del diecinueve de julio del dos mil
diecisiete, se constituyó la siguiente sociedad: Taxa Sociedad Anónima.
Presidente con plenas facultades, domiciliada en San José, Santa Ana, capital
social cien dólares, íntegramente suscrito y pagado mediante letras de
cambio.—San José, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Jose
Quirós Melendez, Notario.—1 vez.—( IN2017153687 ).
Por escritura pública de las
09:00 horas del 18 de julio de 2017, se protocolizó asamblea general
extraordinaria de socios de El Muro de Camembert, S.A., titular de la
cédula jurídica número 3-101- 485991, mediante la cual se reforman la cláusula
sétima de la representación.—Santa Ana, 18 de julio de 2017.— Lic. Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—(
IN2017153689 ).
Por escritura otorgada en San
José a las 16 horas del 11 de julio del 2017, se constituye la sociedad Lariem
Berakah Inversiones S. A., presidente Randald Leiva Roldan. Notaria
Alejandra Fallas Valerio.—San José, 13 de julio del 2017.—Licda. Alejandra
Fallas Valerio, Notario.—1 vez.—( IN2017153691 ).
El suscrito
notario hace constar que el día de hoy se constituyó la sociedad anónima L.H.
Hustler Corcovado Sociedad Anónima, escritura número doscientos seis,
visible al folio ciento treinta vuelto del tomo veintidós de mi protocolo. Capital
suscrito y pagado totalmente en dólares.—San José, dieciocho de julio del dos
mil diecisiete.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2017153692
).
Ante esta notaría, mediante
escritura número doscientos cincuenta y cinco de mi tomo treinta y cuatro, se
protocolizó acta de la sociedad: Altamonte Sociedad Anónima.—Santa Ana,
dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez,
Notario.—1 vez.—( IN2017153699 ).
Ante esta notaria mediante escritura número doscientos cincuenta y
cinco de mi tomo treinta y cuatro se protocolizó acta de la sociedad Common
Reginal Wealth C.R.W Sociedad Anónima.—Santa Ana, dieciocho de julio del
dos mil diecisiete.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—(
IN2017153700 ).
Según escritura otorgada por
esta notaría a las ocho horas con treinta minutos del diecinueve de julio del
presente año, se protocolizaron - acuerdos de asamblea general de Marana del
Este Veintisiete S. A. para la modificación del domicilio social. Luis
Rodolfo Calderón Mata, presidente.—San José, diecinueve de julio de dos mil
diecisiete.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—( IN2017153703 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las diecinueve horas del diecisiete de junio del dos mil diecisiete,
se constituyó la Sociedad Context Collective C.B., traducido al idioma
español Contexto Colectivo C.B. Sociedad Anónima.—San José, tres de
julio del dos mil diecisiete.—Licda. Marta E. Benavides Rodríguez, Notaria.—1
vez.—( IN2017153729 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día siete de julio del año dos mil
diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad San Rafael Plaza Azul Sociedad Anónima, con
cédula jurídica: tres-ciento uno-cero noventa y nueve mil ciento sesenta y
tres, en la que se modificó la cláusula segunda del domicilio. Lic. Juan Pablo
Bello Carranza, cedula: 1-829-086.—San José, diecisiete de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—( IN2017153732 ).
Por escritura otorgada a las
10:00 horas del 19 de julio del 2017 se protocolizó acta número tres de la
asamblea de la sociedad Tres-Ciento Dos-Setecientos Cuarenta y Dos Mil
Veintinueve Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-742029 y se
acordó la reforma integralmente el pacto constitutivo de la sociedad y su
estatutos.—Licda. Tatiana Cecilia Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2017153741
).
Ante esta notaría por escritura
pública, otorgada a las diez horas del diecinueve de julio del año dos mil diecisiete,
se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de
las Compañías Soluciones Trioibericas Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres – ciento uno – doscientos setenta y dos mil quinientos setenta, Tequiche
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno - doscientos
sesenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cinco, Aero Importadora Sociedad
Anónima, cuya cédula jurídica es la número tres - ciento uno – ciento
treinta y dos mil setecientos seis, R Y E Del Sur Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres - ciento uno - ciento ochenta y siete mil
quinientos ochenta y cuatro, H & K Fashion INC. Sociedad Anónima,
cuya cédula jurídica es la número tres - ciento uno -seiscientos veintiséis mil
ciento setenta y uno, mediante la cual las sociedades se fusionaron por el
sistema de absorción subsistiendo la sociedad Soluciones Trioibericas Sociedad
Anónima. Es todo.—San José a las once horas cinco minutos del diecinueve de
julio del año dos mil diecisiete.—Licenciado Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1
vez.—( IN2017153742 ).
El suscrito
notario hace constar que ante su notaría, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad Publicaciones Artinsa Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-062017, donde se reforma la cláusula referente a su
junta directiva y donde se modifica la representación.—San José, 19 de julio
del 2017.—Lic. Hannia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2017153743 ).
Por escritura ante la suscrita,
a las ocho horas del día treinta y uno del año dos mil catorce, se disuelve y
liquida la sociedad: Inversiones Cielos Tropicales del Pacífico S. A.—Licda.
Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017153744 ).
Ante esta notaría se constituyó
la entidad jurídica denominada: Accesorios Antonella Sociedad de
Responsabilidad Anónima, al ser las once horas del diecisiete de julio del
dos mil diecisiete.—Licda. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153751 ).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las 11:00 horas del día 28 de junio del 2017, se protocolizan
acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada:
Frespan Real S.A., con cédula jurídica número 3-101-622144, donde se
acuerda la disolución de la sociedad.—Liberia, 12 de julio del 2015.—Lic.
Greivin Cortés Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017153754 ).
Por asamblea
general extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaría a las 11:00
horas del 16 de febrero del 2017, se reforma la cláusula sexta de los estatutos
y se nombra gerente en la sociedad Inversiones Copalchín S. R. L.—San
José, 17 de febrero del 2017.—Licda. Adriana Vargas Núñez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153757 ).
Protocolización de asamblea
general extraordinaria de socios de “Virtues of Tropical Life S. A.”
cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuatro mil quinientos noventa y
seis, la cual reforma las cláusulas quinta y sétima de los estatutos de la
sociedad, que es del capital social y de la representación respectivamente.
Escritura número ciento treinta y nueve-cuatro de las catorce horas treinta
minutos del catorce de julio del año dos mil diecisiete.—San José, veinte de
julio de dos mil diecisiete.—Licda. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1
vez.—( IN2017153767 ).
Por
escritura número ochenta y tres- veintidós, otorgada ante el notario Mauricio
Benavides Chavarría, la sociedad Rancho Savegre Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-169317, aumenta su capital social y emite nuevos certificados de
acciones.—Siete horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic.
Mauricio Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2017153774 ).
Por escritura otorgada ante mi
Manuel Antonio Sanabria Elizondo, en la ciudad de San Isidro de El General,
Pérez Zeledón a las nueve horas del día diecisiete de mayo de dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de la entidad denominada Servicio de
Saneamiento Rogelio Fernandez Q. Sociedad Anónima, se modifica razón social
a Servicio de Saneamiento Alto y Rogelio Fernandez Q Sociedad Anónima.—San
Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintitrés de junio de dos mil
diecisiete.—Lic. Manuel Antonio Sanabria Elizondo, Notario.—1 vez.—(
IN2017153775 ).
Por escritura número cincuenta y
nueve, de las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil diecisiete del
tomo once del notario David Zúñiga Jiménez, se protocolizó el acta número siete
de la sociedad Grupo Propandra S. A., en la cual se tomó el acuerdo en
disolver la sociedad. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las
diecisiete horas del siete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Jefté David
Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017153777 ).
En la notaria de la licenciada
Ana Cedin Vásquez Solórzano, se nombra nueva junta directica de Maderas Arco
S. A. Es todo.—Palmares, veinte de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Ana
Cedin Vásquez Solórzano, Notaria.—1 vez.—( IN2017153781 ).
La suscrita notaria Evelyn
Alejandra Calderón Murillo, hace constar que mediante escritura número 18 del
tomo 2 de mi protocolo se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de
accionistas en la que se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de
la sociedad 3-101-725432 S. A., cédula jurídica 3-101-725432, relativa a
su razón social, la cual en adelante se denominará Excavaciones Joy S. A.—Guápiles,
5 de julio de 2017.—Licda. Evelyn Alejandra Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153782 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del diez de julio de dos mil diecisiete, la sociedad
denominada Corporación Kamarla Sociedad Anónima, procede a reformar la
cláusula sexta del pacto social que en lo conducente dirá: El presidente tendrá
la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado
generalísimo sin limitación de suma. Es todo.—Lic. Allan Mora Naranjo,
Notario.—1 vez.—( IN2017153783 ).
Por escritura pública otorgada ante
esta notaría a las 15:00 horas del 18 de julio del 2017, se disuelve la
sociedad denominada Catamar de Costa Rica S.A., cédula jurídica N°
3-101-058497.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. María José Hernández Ibarra,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153790 ).
En esta notaría, por escritura
veintinueve-dos, de las doce horas del día trece de julio de este año dos mil
diecisiete, se reforma la integración de la junta directiva de Agroindustrial
Orias Laurent Sociedad Anónima.—Alajuela, 14 de julio del 2017.—Lic. Alex
Gerardo Castro Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017153795 ).
Mediante escritura pública
ciento cincuenta y uno del tomo sétimo del protocolo de esta notaría, se
modifica la razón social y el objeto de la sociedad Getinsa Ingeniería
Sociedad Limitada, cédula jurídica 3-012-669532. Es todo.—San José, a las
diecisiete horas del día siete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Christian
Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—( IN2017153796 ).
Ante Jeannette Fallas Hidalgo, a
las 20:30 horas del 26 06 2017, mediante la escritura 387 se realiza la
constitución de la sociedad denominada “Inversiones Cafetaleras Don Rafa
Sociedad Anónima” con domicilio en distrito Corralillo, cantón Central,
provincia de Cartago, un kilómetro al sur del CTP San Juan Sur, frente a
Gimnasio Vida & Salud. Primer presidente, secretario y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar
conjuntamente al menos dos de los representantes. Presidente: Carlos Ricardo
Rivera Araya, cédula 3-468-352. Secretaria: Alejandra Lucía Hidalgo Araya
cédula 1-1513-649. Tesorera: Yorleny María Rivera Araya, cédula
1-1326-990.—Cartago, 19 de julio de 2017.—Licda. Jeannette Fallas Hidalgo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153797 ).
Por escritura otorgada ante mí,
se reforma la junta directiva de la sociedad Gymnasio Extremo Ciudad Quesada
S.A, cedula jurídica número 3-101-686420.—Ciudad Quesada, San Carlos,
Alajuela, 19 de julio del 2017.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—(
IN2017153798 ).
Mediante asamblea general extraordinaria de la
sociedad Martínez Robles Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica
número 3-101-362436, celebrada en su domicilio social, a las 19 horas del 10 de
julio del 2017, se reforman las cláusulas segunda y cuarta del pacto constitutivo.
Se autoriza a la suscrita notaria a realizar la protocolización
correspondiente.—Tres Ríos, 19 de julio del 2017.—Licda. Roxana Rodríguez
Cascante, Notaria.—1 vez.—( IN2017153799 ).
Mediante
asamblea general extraordinaria de la sociedad -Piñera Agrícola del Llano
Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-708436, celebrada en su
domicilio social, a las 17 horas del 10 de julio del 2017, se reforma la
cláusula segunda del Pacto Constitutivo. Se autoriza a la suscrita notaria a
realizar la protocolización correspondiente.—Tres Ríos, 19 de julio del
2017.—Licda. Roxana Rodríguez Cascante, Notaria.—1 vez.—( IN2017153800 ).
Ante esta notaría, se tramita
cambio en junta directiva de Repuestos y Servicios Nueva Generación S.A.,
cédula jurídica N° 3-101-733744, según acta asentada y firmada en libro
correspondiente.—Licda. Lauren Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017153803
).
En la notaría del licenciado José Alan
Cordero Quesada, se nombra nueva junta directica de Transportes Las Palmas
Transpasa S. A. Es todo.—San Ramón, veinte de julio del dos mil
diecisiete.—José Alan Cordero Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2017153804 ).
Por escritura pública Nº 106-12, otorgada por la suscrita notaria a las
14:00 horas del día 01 de julio del año 2017, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de socios de disolución de la empresa Inmobiliaria
Damira Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-719524 con base en el
inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio. Es todo.—Licda. Yesenia
Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—( IN2017153806 ).
Por escritura número ciento
veinticinco otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del
doce de julio del dos mil diecisiete, se modifica cláusula novena del Pacto
Constitutivo de la sociedad denominada Tres-ciento uno-seiscientos sesenta y
dos mil ochenta y tres S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos sesenta y dos mil ochenta y tres.—San José, doce de julio de
dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—(
IN2017153807 ).
El suscrito, Carlos Enrique
Salazar Gamboa, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago
constar que el día dieciocho de julio del dos mil diecisiete, protocolicé acta
de la empresa Colinas del Tempate Azul del Mar Ctam S. A. en la cual se
modifica la cláusula de la administración y se realizan nuevos nombramientos de
junta directiva. Asimismo protocolicé actas de las empresas Desarrolladora
Vista Estadio S. A e Investments Groups S. R. L.—San José, trece horas
veinte minutos del día dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos
Enrique Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017153815 ).
Que la sociedad Expansión And
Open Sky Investments Sociedad Anónima, sociedad con cedula jurídica número
tres- uno cero uno- cuatrocientos setenta y ocho mil doscientos treinta y ocho,
ha modifico en acta de asamblea de socios la cláusula sexta de su pacto
constitutivo la cual debe leerse así” sexta: Corresponde al presidente y
secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con
facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma, pudiendo actuar
conjunta o separadamente, podrán sustituir sus poderes en todo o en parte,
revocar sustituciones y hacer otras de nuevo. Todo ello conservando sus
facultades, asimismo dichos apoderados podrán por su cuenta y en nombre de la
sociedad otorgar poderes generalísimos, generales, con o sin limitación de
suma, o especiales para actos o contratos que consideren conveniente para la
administración de la sociedad.” hacemos el comunicado por única vez para los
efectos correspondientes.—Lic José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—(
IN2017153816 ).
El señor Rolando Cordero Gamboa,
mayor, casado una vez, técnico forestal, y vecino de Pérez Zeledón, Las Mesas
de Pejibaye, un kilómetro al norte del salón comunal, con cédula de identidad
número: uno-ochocientos cincuenta y seis-doscientos dos, en su calidad de
propietario del cien por ciento del capital social de la sociedad denominada Inversiones
Alambrina de P Z S. A., hace constar que se ha solicitado al Registro
Público de Costa Rica, sección Mercantil, el cambio de domicilio social el cual
será de ahora en adelante: Uvita, Bahía Ballena, Osa, doscientos cincuenta
metros al oeste del centro llantero, Puntarenas, hacemos el comunicado por
única vez para los efectos correspondientes.—Lic Jose Miguel León Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2017153819 ).
Ante mi notaría se constituyó Seguridad
El Olam S.A. Domicilio social: San José, Alajuelita. Objeto: Seguridad privada.
Plazo social: 99 años. Capital social: Diez mil colones. Presidente: Diego
Hernández Esquivel.—San José, 30 de junio del 2017.—Lic. Alexis Campos
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017153823 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 12:00 horas del día 14 de julio del 2017, se disuelve la sociedad
denominada Seguridad Técnica Especializada SETASA Sociedad Anónima.
Domicilio: San José, Escazú Centro Comercial Escazú contiguo a Ferretería
Solís, local uno.—San José 14 de julio de 2017.—Licda. Lucrecia Campos Delgado,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153832 ).
Ante mí, Zaida Valderrama
Rodríguez notaria pública de Alajuela a las 8 horas del 19 de julio del 2017 se
nombró nueva junta directiva y fiscal de Safety World Security S. A.,
cédula jurídica número 3-101-460654.—Alajuela, 19 de julio del 2017.—Licda.
Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153838 ).
Ante esta notaría, a las trece
horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se constituye la
empresa Quesamora de Santo Domingo Sociedad Anónima. Plazo social
cincuenta años. Presidente Gerardo Antonio Mora Leitón.—Santo Domingo de
Heredia 17 de julio del 2017.—Lic. Helberto
Morera González, Notario.—1 vez.—( IN2017153840 ).
El Verano de Enero J.S. del
pacifico S.A, cédula jurídica número: 3-101-
434714, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de
conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.
Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en
el término de Ley, contados a partir de la publicación del diario oficial La
Gaceta.—Jacó 14 de julio 2017.—Lic Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1
vez.—( IN2017153841 ).
KF Las Palmas Matapalo Sociedad
Anónima. Por instrumento público número
ochenta y cinco, otorgado en mi Notaría, en San José, emitida a las trece horas
del día catorce de julio de dos mil diecisiete, se protocolizó la asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad KF Las Palmas
Matapalo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil seiscientos treinta y seis,
mediante la cual se reforma la cláusula sexta, referida a la administración y
facultades de los administradores.—San José, catorce de julio de dos mil
diecisiete.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, carné N° 15617, Notario.—1 vez.—(
IN2017153842 ).
Por asamblea general
extraordinaria de socios, protocolizada en esta notaría hoy a las 15:30 horas,
de la compañía de esta plaza denominada Rocizaac S. A., en la que se
reforman estatutos.—San José, 14 de julio del 2017.—Licda. Odilia Arrieta
Angulo, Notaria.—1 vez.—( IN2017153843 ).
Por medio de escritura otorgada
en San José, a las 16:00 horas del 06 de julio del 2017, se protocolizaron
acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa
denominada: Telecr.Com Limitada, mediante la cual se disuelve la
empresa.—San José, 06 de julio del 2017.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1
vez.—( IN2017153847 ).
La suscrita notaria Ileana Garita Arce, hago
constar que la representación de la sociedad Soluciones Integrales de Diseño y
Construcción (SIDECO) S. A., se presenta ante esta notaría a solicitar cambio
de domicilio de dicha sociedad, siendo el real y actual Orosi, Paraíso,
Cartago, trescientos metros norte del Almacén La Colonial. Es todo.—Cartago,
veinte de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Ileana Garita Arce, Notaria.—1
vez.—( IN2017153848 ).
Mediante escritura ante mi
otorgada en San José, a las once horas del catorce de julio del dos mil diecisiete
se protocolizó acta de Radio Alfa S.A. donde se modifica el domicilio
social.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2017153874 ).
Mediante
escritura otorgada en San José a las doce horas del diecisiete de julio del dos
mil diecisiete protocolicé actas de D T P Soluciones Uno S. A. y de
Condominio La Ladera Bloque D.L.M. Lote Nueve III S. A. en donde se acuerda
fusionarlas prevaleciendo la segunda.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1
vez.—( IN2017153875 ).
Por escritura número cincuenta y
dos, otorgada ante mí, a las diez horas diez minutos del diecisiete de julio
del dos mil diecisiete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Sueños de Independencia
Sociedad de Responsabilidad Limitada, por medio de la cual se
reforma la cláusula del domicilio y el agente residente.—Lic. Federico Rucavado
Luque, Notario.—1 vez.—( IN2017153876 ).
Protocolización de acuerdo de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Shell
House By The Sea, Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula de
persona jurídica número tres - ciento dos -seiscientos veinticuatro mil
setecientos noventa y ocho, en la cual se acuerda disolver la compañía.
Teléfono: 2282-3300. Escritura otorgada en
San José, a las trece horas treinta minutos del diecinueve de julio
del.—Lic. Federico Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—( IN2017153877 ).
Por escritura número cincuenta y ocho, otorgada ante mí a las trece
horas del diecinueve de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó la
asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Grupo
Estratégico Comercial CRS, Sociedad Anónima, por medio de la cual se
reforma la cláusula de la administración y la junta directiva. Teléfono:
2282-3300.—Lic. Federico Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—( IN2017153878 ).
Mediante
acta número cinco de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa
Academia de Belleza y Formación Profesional Enrique S. A. de esta plaza,
cédula jurídica 3-101-150654, se reforman las cláusulas segundas, octava y se
nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 20 de julio
2017.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—( IN2017153879 ).
Proyectos Sostenibles Sura,
Consultor1a Ecológica y Comunitaria Sociedad Anónima, solicita disolución de empresa. Escritura otorgada ante el notario
Jorge Mario Piedra Arias al ser las dieciséis horas veinte minutos del once de
julio del dos mil diecisiete.—San José, doce de julio dos mili siete.—Lic.
Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017153880 ).
Al ser las
dieciocho horas del dieciséis de octubre de dos mil quince, procedo a
protocolizar el acta general de asamblea general extraordinaria de Italiabella
Travel, Sociedad Anónima, cédula jurídico número tres — ciento uno —
seiscientos treinta y siete mil ochocientos veintisiete, en la cual se reforman
las cláusulas: Primera: de la razón social, segunda: del domicilio social,
sétima: de la administración.—Liberia, veintidós de marzo de dos mil
diecisiete.—Lic. Bernal Arrieta Gonzalez, Notario.—1 vez.—( IN2017153884 ).
Mapapi PJH Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos
cincuenta mil setecientos treinta y siete reforma su representación judicial y
extrajudicial. y reforma administración de la sociedad. Es todo.—Lic. Luis
Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017153885 ).
Por escritura de nueve horas de
hoy en esta ciudad protocolicé acta de Arrendamientos Sauma S.A. en la
cual reforma sus estatutos.—San José, 20 de julio de 2017.—Licda. Patricia
Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—( IN2017153889 ).
Ligia Alvarado Miranda, notaria
pública, comunica que la entidad Ansamares S. A. cédula jurídica número
3-101-059108 inscrita en personas jurídicas tomo 333, folio 106, asiento 00089 indica
su disolución a partir del día diecinueve de julio del dos mil
diecisiete.—Alajuela, 19 de julio 2017.—Licda. Ligia Alvarado Miranda,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153904 ).
Que la entidad Sintrona S. A.,
cédula jurídica número 3-101-238417, acepta la renuncia de su tesorera la
señora Laura Marcela Alvarado Ramírez, cédula 2-560-291 y en su puesto se
nombra Sabine Schulze de nacionalidad alemana mayor, soltera, cédula de
residente 127600144332.—Alajuela, 19 de julio 2017.—Licda. Ligia Alvarado
Miranda, Notaria.—1 vez.—( IN2017153905 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las diez horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil
diecisiete, se revoca el nombramiento y se nombra nuevo Fiscal de la sociedad Solidez
Presente y Futuro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número:
tres- ciento uno- setecientos diecisiete mil treinta y ocho.—San José, 20 de
julio del 2017.—Licda. Elizabeth Zamora Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2017153906
).
A las 09:00 horas del 20 de
julio del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la
sociedad “El Payo Dorado G.R.A., S. A.” donde se reformó la cláusula
sétima del pacto social.—Cartago, 20 de julio del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153924 ).
Ante esta notaría, se reforma
cláusula de la administración, de la sociedad O&H Hermanos Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- tres cinco cinco tres cero
siete, en cuanto a que presidente y secretario actuando en forma conjunta o
separada pueden otorgar toda clase de poderes. Presidente: Hannia Elvettia
Sánchez Viudas, cédula uno cero seiscientos trece cero setecientos cuarenta y
dos.—San Jose, 19 de julio 2017.—Licda. Lissette Susana Ortiz Brenes,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153927 ).
Que en escritura autorizada por
el suscrito notario, el diecisiete de julio de dos mil diecisiete, se
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mueblería
Tarragon Tree Limitada, mediante la cual se hacen reformas al pacto
constitutivo y nuevos nombramientos.—Sarchí, 17 de julio de 2017.—Lic. Josué
Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017153930 ).
Por escritura pública otorgada
ante la suscrita notaria, a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de
julio de dos mil diecisiete, se modificaron las cláusulas segunda y sétima del
pacto social de la compañía Aluzar del BQ Sociedad Anónima.—Licda. Yiell
Flores Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017153932 ).
Ante esta notaría se protocolizó
el acta número once de Pacific Trust And Escrow Services S.A, donde se
transforma la sociedad a una de Responsabilidad Limitada.—San José,
diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Marcela Freer Rohrmoser,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153933 ).
Por acta número dos se realiza
asamblea ordinaria y cambio de junta directiva de la Asociación Solidaria
Proayuda Indígena ASPI.—Alajuela a las dieciocho horas del ocho de julio
del dos mil dieciséis.—Lic. Maximiliano Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—(
IN2017153934 ).
Mediante la escritura número
35-10, autorizada en mi notaría al ser las 10:00 horas del día 12 de julio del
2017, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad “Ideas
Desarrolladas y Servicios I D S Sociedad Anónima, en la cual reforma el
pacto constitutivo y cambia el nombre a “GDCI Grupo de Desarrollo Creativo E
Innovación Sociedad Anónima”.—San José, 19 de julio del 2017.—Licda. Fresia
Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—( IN2017153935 ).
A las 08:00 horas del 20 de
julio del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la
sociedad “Ichos de Cobre, S. A.” donde se reformó la cláusula sétima del
pacto social.— Cartago, 20 de julio del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora,
Notario.—1 vez.—( IN2017153937 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las once horas treinta minutos el día de
hoy, se aumenta el capital social de la sociedad denominada Sistemas de
Seguridad Digital Digitec Sociedad Anónima, inscrita en el registro de
personas jurídicas bajo la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
sesenta y cuatro mil ochocientos treinta y ocho, a sesenta millones de
colones.—Alajuela, a las catorce del mes de julio del año dos mil
diecisiete.—Licda. Sussy Brenes Alvarado, Notaria.—1 vez.—( IN2017153936 ).
Bajo acta número uno asamblea
general extraordinaria, de fecha diecinueve de abril del dos mil diecisiete, se
ha solicitado al Registro Público, cambio de junta directiva y el domicilio de
la Sociedad Proindsa Proveedores Industriales, cédula Nº 3-101-704382.
Lic. Hannia Ramírez Rojas, cédula Nº 8340-8677.—Cartago, trece horas del
dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Hannia Ramírez Rojas,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153680 ).
A las 09:00 horas del 20 de
julio del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la
sociedad “El Payo Dorado G.R.A., S. A.” donde se reformó la cláusula
sétima del pacto social.—Cartago, 20 de julio del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153924 ).
Por
escritura otorgada en mi notaría, el día 17 de julio del 2017, se constituyó Roystonea
Sociedad Anónima, Plazo: Noventa y nueve años, Domicilio: Heredia. Objeto:
Comercio en general. Apoderado generalísimo: Presidente. Con aporte ubicado en
Puntarenas, folio real: 199353-000.—San José, 17 de julio del 2017.—Lic.
Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—( IN2017153931 ).
Mediante
escritura pública N° 79 otorgada ante el notario público Carlos Roberto Rivera
Ruiz, a las 10:00 horas del 13 de julio del 2017, se acordó la fusión por
absorción de las sociedades Liguste Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula de persona jurídica N° 3-102-668842 y Triangle Properties T.P.S.I.
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-454045, prevaleciendo
esta última. Asimismo, se acuerda modificar la cláusula quinta del capital
social de la sociedad prevaleciente en virtud de la fusión. Dentro del plazo de
30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer
valer sus derechos e intereses en la presente fusión.—San José, 13 de julio del
2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017153939 ).
Por escritura
otorgada en esta notaría a las doce horas, el día de hoy, se aumenta el capital
social de la sociedad denominada Vacron Costa Rica Sociedad Anónima,
inscrita en el registro de Personas Jurídicas bajo la cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos sesenta y cuatro mil seiscientos noventa y dos, a
siete millones de colones.—Alajuela, catorce del mes de julio del año dos mil
diecisiete.—Licda. Sussy Brenes Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017153943 ).
Yo, Juan
Manuel Gómez Mora, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago
constar que el día dieciocho de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta
de la compañía Performance Investments S.A. en la cual se disuelve la
sociedad. Carné N° 22091. Tel. 2204-7080.—San José, dieciocho de julio dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153946 ).
Que por
escritura número 155, visible a folio 168 frente se acordó disolver la sociedad
Holly Hills Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-437732. Visible en
el tomo 28 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto
es la disolución de la empresa indicada.—Uvita de Osa, a las 12:00 horas del 17
de julio del 2017.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017153948 ).
A las 12 horas del día diecinueve de julio del año dos mil diecisiete,
protocolicé el acta de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Once Mil Cuatrocientos
Seis S. A., donde se acuerda cambiar el presidente, secretario y el nombre
de la sociedad.—San José, veinte de julio del año dos mil diecisiete.—Licda.
Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017153949 ).
Flor María Delgado Zumbado,
comunica que ante su notaría se constituyó sociedad anónima cuya denominación
social será Fran y Mila e Hijos Sociedad Anónima, para dedicarse a toda
clase de negocio lícito.—Belén, diecisiete de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2017153950
).
Por escritura Nº 216, visible al folio 99-vuelto del tomo 13, a las
17:00 horas del 18 de julio del 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Trasportes Rodríguez Valverde Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil seiscientos ochenta
y dos, donde se acuerda la disolución de la misma, Nº 12976.—Turrúcares,
dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Marilyn Bedoya Esquivel,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153952 ).
Mediante escritura 214-43,
otorgada ante notario Adolfo Ledezma Vargas, en Abangares, a las 17:00 horas
del 02 de junio 2017, Bernio, Miguel Sebastián, ambos Garay Gaitán, Bonifacia
Ramona y Florencia, ambos Masís Buzano y Yeison Gerardo Garay Masis, socios
únicos de Salinera Garay S. A., solicitan la disolución de esta
sociedad.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017153956 ).
Por escritura Nº 103-2, otorgada
ante mí Robert Solís Sauma, a las 15:00 horas del 04 de julio del 2017, la
sociedad Eccoterra ZN Sociedad Anónima, acuerdan cambio en la
representación.—Ciudad Quesada, 18 de julio del 2017.—Lic. Robert Solís Sauma,
Notario.—1 vez.—( IN2017153957 ).
Ante el
notario público Andrés Oviedo Sánchez, mediante escritura Nº 360-2 otorgada a
las 15:00 horas del 13 de julio del 2017, se constituyó la sociedad de esta
plaza: Detalles Mágicos I.CR Sociedad Anónima.—Heredia, a las 12:00
horas del 19 de julio del 2017.—Lic. Andrés Oviedo Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2017153959 ).
Por escritura número diecisiete-cero cinco, en esta notaría, se hace
cambio de la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad ARNA BR
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete
mil siete, Lic. Felicia Calvo Hidalgo, carné 11692, teléfono 83543791.—Cartago,
17 de julio del 2017.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153961 ).
Por escritura número
cuatrocientos cincuenta y cuatro, en esta notaría, se hace cambio de la
cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Adelante Desarrollos
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil
setecientos noventa.—Licda. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017153962 ).
Por escritura número cincuenta y
uno otorgada a las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete,
se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos
Veintiún Mil Trescientos Setenta y Uno, mediante la cual se disuelve la
sociedad.—San Isidro, 17 de julio del 2017.—Licda. Alba Iris Ortiz Recio,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153963 ).
Por escritura número cuarenta y
tres, otorgada a las diez horas del día siete de julio del dos mil diecisiete,
se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad: Tres-Ciento
Dos-Quinientos Veintiún Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos. Se modifica
nombre a: Varmi Ltda. Se modifica pacto constitutivo y se designa como
gerentes generales a; Giovanni Varela Díjeres y Carmela Armijo Cabalceta, con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro, 7 de
julio del 2017.—Licda. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—( IN2017153964 ).
Por escritura otorgada ante mí,
el día de hoy se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de disolución
de Herencia Tori S. A.—San Pablo de Heredia, 19 de julio del 2017.—Lic.
Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—( IN2017153966 ).
La sociedad Odontoasesores
Centroamericanos Sociedad Anónima, realizó la disolución de su sociedad
mediante escritura número: 78-01 otorgada a las 8:00 horas del 19 de julio del
2017 otorgada ante mí, notaria Cindy Yilena Herrera Camacho.—Ciudad Quesada,
San Carlos 19 de julio del 2017.—Licda. Cindy Yilena Herrera Camacho, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017153968 ).
En escritura número 241 de las
10:00 horas del 18 de julio del 2017 de la notaría del Lic. Ferdinand von
Herold Duarte, actuando en forma conotariada con el suscrito notario,
protocolizamos acta N° 3 de asamblea general extraordinaria de accionistas de
la entidad Vargas Ulloa Maquinaria Vauma S. A., cédula jurídica N°
3-101-311162, en la cual se reformaron los estatutos y se nombró nuevo
secretario de junta directiva.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. José
Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017153969 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las diez horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó
acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad: Cangemi S.
A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-401758, en la cual se modifica
el pacto constitutivo.—San Mateo, 17 de julio del 2017.—Lic. Leiner Molina
Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017153974 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
Mike & Linda Ventanas Sociedad Anónima, por la cual no existiendo
activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San Mateo, trece
horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Leiner Molina
Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017153975 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete,
se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad
Mike & Linda Ventanas Sociedad Anónima, por la cual no existiendo
activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San Mateo, trece
horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Leiner Molina
Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017153980 ).
Por escritura número ciento
treinta y seis otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del
veintitrés de abril del dos mil diecisiete, se aumenta el capital social
sociedad Compañía de Seguridad Industrial Cruz Verde S. A., cédula
jurídica tres-ciento uno-cero dieciséis mil cuatrocientos sesenta y nueve.—San
José, veinte de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Sindy Priscilla González
Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2017153981 ).
Yo, José Andrés Masís Calvo,
notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día
diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía GCG
Estudio AD S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración.—San
José, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—Lic. José Andrés Masís Calvo,
Notario.—1 vez.—( IN2017153983 ).
Yo, José Andrés Masís Calvo,
notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día
diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía GCG
Construcciones GCG S.A., en la cual se modifica la cláusula de la
administración. Carné N° 13077. Tel. 2204-7080.—San José, dieciocho de julio de
dos mil diecisiete.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—(
IN2017153985 ).
Yo, José
Andrés Masis Calvo, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago
constar que el día diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta
de la compañía Consultores GGM Ingeniería S. A. en la cual se modifica
la cláusula de la administración.—San José, dieciocho de julio de dos mil
diecisiete.—Lic. José Andrés Masis Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017153988 ).
Yo, José Andrés Masís Calvo,
notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día
diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía Ingeniería
JLCA S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración.—San
José, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—José Andrés Masís Calvo,
Notario.—1 vez.—( IN2017153991 ).
La suscrita notaria Irene
Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaría se modificó la cláusula del
nombre de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seis Siete Tres Ocho Ocho Tres
Sociedad Anónima, para que en adelante se denomine Maya Alf Sociedad
Anónima.—Puntarenas, 6 de julio del 2017.—Licda. Irene Arrieta Chacón,
Notaria.—1 vez.—( IN2017153992 ).
Ante esta notaría, en escritura
pública N° ciento uno de las diez horas treinta minutos del veinte de julio del
dos mil diecisiete, del protocolo número cuarenta y de la notaria Adriana
Chavarría Araya, carné 13171, se protocolizó acta de asamblea número dos de las
diez horas del siete de abril del dos mil diecisiete de la empresa Kosturas
Latinoamérica Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-siete cero
ocho uno cinco cuatro, donde se revocó la presidente y la secretaria de la
junta directiva y en su lugar se hicieron nuevos nombramientos.—Licda. Adriana
Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017153993 ).
Ante esta notaría por escritura
pública, otorgada a las diez horas del veinte de julio del dos mil diecisiete,
se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de
las compañías Corporación Comercial El Éxito Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos
noventa y ocho, Importadora El Amigo Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento cincuenta y seis mil doscientos
veintiocho, mediante la cual las sociedades se fusionaron por el sistema de
absorción subsistiendo la sociedad Corporación Comercial El Éxito Sociedad
Anónima. Es todo.—San José, a las once horas cincuenta minutos del veinte
de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—(
IN2017153997 ).
Hoy he protocolizado el acta
número veintitrés, de Corporación Inversiones Esterillos S. A., en la
cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos y se nombra presidente,
secretaria y fiscal.—San José, 29 de junio del 2017.—Lic. Fernando Alonso Castro
Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2017153998 ).
Yo, José Andrés Masís Calvo,
Notario Público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día
diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía GGS
Ingeniería y Diseño S. A., en la cual se modifica la cláusula de la
administración. José Andrés Masís Calvo, carné N° 13077, tel.: 2204-7080.—San
José, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—Lic. José Andrés Masís Calvo,
Notario.—1 vez.—( IN2017154001 ).
María Nancy García Giraldo, Alexánder de
Jesús Prisco Villa, Wilfer García Morales y Johana Marcela Restrepo Restrepo,
constituyen la empresa Janawill Sociedad Anónima. Domiciliada en Centro
Comercial de Guadalupe, local 38, capital social cien mil colones. Escritura
otorgada en San José a las 16 horas del 19 julio 2017.—Lic. Luis Alberto Palma
León, Notario Público.—1 vez.—( IN2017154011 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las once horas con treinta minutos del veintidós de junio del dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de
la compañía Trade and Investment of Santa Bárbara Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno cuatrocientos cuarenta y un mil
trescientos sesenta y cinco, mediante la cual se adiciona la cláusula décimo
tercera del pacto social relativa al agente residente.—San José, veinte de
julio del dos mil diecisiete.—Lic. Óscar Soley Loría, Notario.—1 vez.—(
IN2017154022 ).
La suscrita notaria hace constar
que a las dieciséis horas de hoy los señores: Carlos Paul Harnish Valderrama,
constituyeron la sociedad denominada Inversiones OKO Sociedad Anónima, con
un capital de ciento diez mil colones, pagados, domiciliada San Antonio de
Coronado trescientos metros al este del Restaurante Mac Donald, San José, quien
será el presidente.—San Isidro de Vásquez de Coronado, 23 de abril del
2017.—Licda. Yamileth Calderón Cerdas, Notaria.—1 vez.—( IN2017154024 ).
Mediante escritura 178-6 del
tomo 06 de mi protocolo, otorgada esta ciudad a las 08:00 horas del 19 de julio
del 2017, Centro Comercial Valle Próspero S. A., cédula 3-101-397553
modifica: A) Se cambia el domicilio social de la empresa. B) Se nombra
tesorera: Lucrecia María Villalobos Picado; poder generalísimo limitado a la
suma de $5.000 por transacción. C) Se nombra agente residente Licda. Ana Lorena
Borges Montero por un período de dos años D) Se revoca poder general citas:
20016-202082-1-1.—San Isidro de El General, 19 de julio del 2017.—Licda. Ana
Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—( IN2017154030 ).
Yo, Armando Blanco González,
notario con oficina en Palmares, he procedido a protocolizar acta de asamblea
general extraordinaria de socios de Corporación Cascante Tres INC Sociedad
Anónima, mediante la cual se reforma sus estatutos en cuanto al domicilio
social y se nombra presidente y secretaria.—Palmares, 19 de julio del
2017.—Lic. Armando Blanco González, Notario.—1 vez.—( IN2017154031 ).
Por
escritura número 24-12, otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 20 de
julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Asociación
Educativa Integral Casa de Las Estrellas de Garza.—San José, 20 de julio
del 2017.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Carnet 11433, Notario.—1 vez.—(
IN2017154034 ).
Por escritura número treinta, visible en el tomo setenta y uno del
protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la empresa Qing Fa Sociedad Anónima, en
la que se aumenta el capital social. Es todo.—San José, julio dieciocho de dos
mil diecisiete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017154037 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 19:15 horas del 17 de julio de 2017, se disolvió la sociedad Indianware
S. A.. Prescindiéndose del trámite de liquidación, por no haber activos ni
pasivos. Lo anterior, para los efectos del artículo 207 del Código de
Comercio.—San José, 20 de julio de 2017.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo,
Notario.—1 vez.—( IN2017154041 ).
En esta notaría se protocolizó
acta de asamblea de socios de la empresa Inversión Es Priale S.A.,
cambio de nombramientos de junta directiva.—San Jose veinte de julio de don mil
diecisiete.—Licda. Ivania Vargas Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2017154042 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaria a las doce horas treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil
diecisiete se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, se revocan y
se realizan nuevos nombramientos de gerente de la sociedad Varmoral
Investments S.R.L., con cédula jurídica número tres- ciento dos-setecientos
veintinueve mil novecientos cincuenta y ocho.—Lic. Jorge Fredy Chacón
Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017154043 ).
Se hace constar que por
escritura de las 17:00 horas del 18 de julio de 2017, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Cyril de la
Garita S.A. Se reforma la cláusula de la representación de la compañía. Se
nombra nueva junta directiva y fiscal, se nombra presidente a Cyril García
Bagues, se nombra secretaria a Yolande Bosch Anduig, se nombra tesorera a
Michele Bagues.—San José, 19 de julio de 2017.—Lic. Eladio Gonzalez Solís,
Notario.—1 vez.—( IN2017154045 ).
Se hace constar que por escritura de las 11:00 horas del 20 de julio de
2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
compañía Tres-Ciento Dos-Setecientos Un Mil Quinientos Setenta y Ocho
Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se reforman las cláusulas siguientes
del pacto constitutivo: administración. Plazo de nombramiento de gerente y
subgerente. Domicilio. Se nombra gerente a Magally Herrera Jiménez y subgerente
a Eladio González Solís.—San José, 20 de julio de 2017.—Lic. Danny Saborío
Muñoz, Notario Público.—1 vez.—( IN2017154046 ).
Ante esta notaría, a las 12:00
horas del 19 de julio del 2017, se protocolizaron actas de fusión por absorción
de las sociedades Desarrollo de Plaguicidas S. A. y Servicio Agrícola
Cartaginés S. A., esta última absorbió a la primera. Licenciado Raymundo
Volio Leiva, cédula N° 1-0717-0652.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic.
Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017154057 ).
Ante esta notaría, se constituyó
una sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social se establece
de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número
treinta y tres mil ciento setenta y uno-3; con un plazo de cien años y un
capital social de doce mil de colones exactos.—San José, veinte de julio del
dos mil diecisiete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—( IN2017154061 ).
Ante el suscrito notario Jenny
Reyes Durán, se constituyó la sociedad anónima denominada Ingienería y
Servicios Cordillera Costa Rica. El domicilio social será la ciudad de San
José, Sabana Oeste, 10 metros oeste y 50 metros norte de la UCIMED y su capital
social es un millón de colones.—San José, 17 de julio del 2017.—Licda. Jenny
Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—( IN2017154063 ).
Ante esta notaría, se realizó la asamblea
general extraordinaria de la sociedad Inversiones Agrícolas Algefra S. A.,
mediante la cual se acordó la disolución de la misma, cuya acta fue
protocolizada a las diez horas con treinta minutos del ocho de julio del dos
mil diecisiete.—Pérez Zeledón, ocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda.
Rosaura Madrigal Quirós, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017154066 ).
A las 11:00 horas del día veinte
de julio del 2017, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Tarjetas
BCT S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta del capital
social.—San José, 20 de julio del 2017.—Lic. José Gabriel Jerez Cerda, carné
20591, Notario.—1 vez.—( IN2017154068 ).
Que por escritura otorgada a las nueve horas del día siete de julio del
año dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de Funny Story
Sociedad Anónima, se acordó disolver la sociedad.—Licda. Johanna Bonilla
Ulloa, Notaria.—1 vez.—( IN2017154069 ).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del treinta de mayo
del dos mil diecisiete; protocolizo acta de la sociedad Los Sonidos del
Bosque Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se acuerda
reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo referente al domicilio. Es
todo. Carné 9193.— San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—( IN2017154072 ).
Por escritura otorgada a las
13:00 del 19 de junio del 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la Digraphic Sociedad Anónima, con la cédula jurídica
3-101-726187, en la cual se acuerda revocar el nombramiento del secretado y
tesorero así como realizar los nuevos nombramientos. Modificar la cláusula
segunda.—Alajuela 14 de julio del 2017.—Licda. Ivannia Jesús Marín Valerio,
Notaria.—1 vez.—( IN2017154073 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos
mil diecisiete; protocolizo acta de la sociedad Tres-Ciento Dos-Setecientos
Veintiocho Mil Trescientos Setenta y Siete Limitada, mediante la cual se
acuerda reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo referente a la
administración. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de julio del
dos mil diecisiete.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—(
IN2017154074 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número trescientos treinta y uno de fecha 26 de junio del dos mil
diecisiete, visible al folio 178 vuelto, del tomo veintidós, se protocoliza
acta de aumento de capital de la sociedad Cool Touch National Company S. A.
cédula jurídica tres ciento uno seis cero siete cero ocho nueve, se invita a
terceros a hacer valer sus derechos ante esta notaria, sita doscientos metros
noreste de la Mc Donald’s Parque de la Paz.—San José 20 de julio del 2017.—Lic.
Miguel Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—( IN2017154076 ).
La Sociedad Inversiones Cruz Z
Sociedad Anónima, mediante acta número cincuenta
y siete de la asamblea general extraordinaria de accionistas, reforma la
cláusula segunda de sus estatutos. Segunda: modificación del domicilio social:
Su domicilio social será en Alajuela, Sarchí de Valverde Vega, doscientos
cincuenta norte de la estación de bomberos, pero además podrá establecer
sucursales y agencias en cualquier parte de la república o fuera de
ella.—Esparza 18:00 horas del 29 de abril del 2014.—Lic. Franklin José Garita
Cousin, Notario.—1 vez.—( IN2017154080 ).
Por escritura otorgada a las
trece horas del veinte de julio del dos mil diecisiete, ante esta notaría se
protocolizó el acta de junta directiva N° 06-2017 de Interclear Central de
Valores S. A., se aumenta capital social y se modifica cláusula quinta del
pacto social.—San José, 20 de julio del 2017.—Licda. Priscilla Soto Quirós,
Notaria.—1 vez.—( IN2017154081 ).
Ante el notario público Juan
José Valerio Alfaro, mediante escritura número cinco del tomo dos otorgada a
las dieciséis horas del veintiséis de junio del año dos mil diecisiete se protocolizó
asamblea general extraordinaria de la sociedad Codelabs Development Corp.
S.A., en donde se modificó la junta directiva y la cláusula segunda del
pacto social.—San José, a las trece horas del veinte de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Juan José Valerio Alfaro, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017154082 ).
Ante el notario público, Juan
José Valerio Alfaro, mediante escritura número siete del tomo dos otorgada a
las diez horas del cinco de julio del año dos mil diecisiete se protocolizó
asamblea general extraordinaria de la sociedad Teleféricos RFAT de Costa
Rica S. A., en donde se modificó la junta directiva, las cláusulas sétima y
tercera del pacto social.—San José, a las catorce horas del veinte de julio del
año dos mil diecisiete.—Lic. Juan José Valerio Alfaro, Notario.—1 vez.—(
IN2017154083 ).
Ante el notario público Juan José Valerio Alfaro, mediante escritura
número ocho del tomo dos otorgada a las once horas del cinco de julio del dos
mil diecisiete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Dosel
S. A., en donde se modificó la junta directiva, las cláusulas novena y
tercera del pacto social.—San José a las catorce horas treinta minutos del
veinte de julio del dos mil diecisiete.—Juan José Valerio Alfaro, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017154084 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las nueve horas treinta minutos de 20 de julio de 2017, se
transforma la sociedad anónima denominada Condo Cerro Verder Diez CVDI
Sociedad Anónima, en una sociedad de responsabilidad limitada. Se modifica
su razón social a R & RW Enterprises Limitada. Domicilio:
Guanacaste, Carillo, Sardinal, Urbanización Las Palmas, Condominio Valle del
Sol; número diez; objeto: comercio en general; plazo: 99 años; capital social:
doce mil colones; apoderado generalísimo: gerente uno: Richard Dale Waldrop y
gerente dos: Marandita Margareta Waldrop.—San José, veinte de julio de
2017.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017154085 ).
Por escritura número treinta y
cuatro del tomo veintiséis, de las diez horas del día veinte de julio de dos
mil diecisiete, ante esta notaría, se modificó la cláusula quinta del capital
social para un monto total de treinta mil colones exactos, de la sociedad Inversiones
Savar de Tobosi ISDT Sociedad Anónima.—San José, día veinte de julio de dos
mil diecisiete.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017154086 ).
Por
escritura número treinta y cinco del tomo veintiséis, de las diez horas treinta
minutos del veinte de julio de dos mil diecisiete, ante esta notaría, se
modificó la cláusula quinta del capital social para un monto total de cuarenta
mil colones exactos, de la sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Veintiún Mil
Setecientos Sesenta y Cinco Sociedad Anónima.—San José, veinte de julio de
dos mil diecisiete.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017154087
).
En escritura número 242 de las 12:00 horas
del 18 de julio del 2017 de la notaría del Lic. Ferdinand Von Herold Duarte,
actuando en forma conotariada con el suscrito notario, protocolizamos acta Nº 4
de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Agropecuaria
Ramírez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-048180, en la cual se prorrogó el
plazo social y se nombraron presidente, vicepresidente y fiscal.—San José, 19
de julio del 2017.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017154088 ).
Mediante escrituras otorgadas
ante esta notaría el día de hoy, se protocolizaron las actas asambleas de
socios de Nisa del Pacífico S. A., y 3-101-684476 S.A., mediante
las cuales se acordó y aprobó su fusión por absorción, prevaleciendo la
primera.—San José, dieciséis de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Rodrigo
Arturo Atmetlla Molina, Notario Público.—1 vez.—( IN2017154089 ).
Mediante escritura otorgada ante
mí, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la
empresa Visa International Costa Rica SRL, sociedad con cédula de
persona jurídica número 3-102-737054, mediante la cual se modifica la cláusula
octava de la administración.—San José, veinte de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Alejandro Vargas Yong, Notario.—1 vez.—( IN2017154090 ).
Ante esta notaría se constituyó
la entidad jurídica denominada; Bareta SM Sociedad de Responsabilidad
Anónima, al ser las once horas del veinte de julio del dos mil
diecisiete.—Licda. Patricia Benavides Chaverri, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017154106 ).
Yo, Juan Antonio Mainieri Acuña, protocolicé acta de asamblea de Patco
de Oro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil treinta y nueve; donde se modifica la
cláusula de representación.—Veinte de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Juan
Antonio Mainieri Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017154107 ).
Yo, Juan Antonio Mainieri Acuña,
protocolicé acta de asamblea de Diad de Oro Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil novecientos
ochenta y cinco; donde se modifica la cláusula de representación.—Veinte de
julio del dos mil diecisiete.—Juan Antonio Mainieri Acuña, Notario.—1 vez.—(
IN2017154108 ).
Por escritura de las dieciséis horas del veintinueve de junio de dos
mil diecisiete, los señores Juan Pablo Mora Méndez y Lisbeth Méndez Gamboa,
constituyeron la compañía denominada Electra Heredia L. M. G Sociedad
Anónima, con domicilio social en la ciudad de Heredia centro, dedicada a la
venta de repuestos y electrodomésticos en general, con un capital social de
diez mil colones cancelado mediante aportes de artículos varios. Notario Lic.
Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez. Tels. 8388-89-52 y 2221-99-35.—San José, 29 de
junio de 2017.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—(
IN2017154119 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, se constituyó la entidad denominada Compañía de Servicios y
Alimentos Artesanales Merayo Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años.
Presidente Alonso Merayo Cedeño. Escritura otorgada en la ciudad de San José,
Curridabat, del correo cien metros al este y ciento cincuenta al sur, a las
dieciséis horas y treinta minutos del día diecinueve de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Eduardo Aguilar Wallen, Notario.—1 vez.—( IN2017154120 ).
Yo, Ana Lourdes Gólcher González, notaria pública con oficina abierta
en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de El
Encanto Cartaginés Q.E.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos veintisiete mil quinientos setenta y cuatro,
cambiando el domicilio y nombrando nuevo junta directiva, fiscal y agente
residente. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del veinte de julio
del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2017154125 ).
Por escrituras otorgadas ante mi
notaría, a las 18:00 horas de los días 30 de mayo y 06 de julio, ambos del
2017, se protocoliza el acta uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de Franka S & P Sociedad Anónima, modificándose las
cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo, así como revocatoria y
nombramiento de nueva junta directiva y fiscalía de esa sociedad.—Grecia, 06 de
julio del 2017.—Lic. Damián Alfaro Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017154126 ).
El suscrito notario hace constar
que en mi notaría, se constituyó la entidad Doble J Sociedad de
Responsabilidad Limitada. Capital social: Cien mil colones. Domicilio, San
José, cantón primero San José, distrito octavo Mata Redonda, Rohrmoser,
Residencial Jardines de Rohrmoser, casa número cuarenta y cinco. Plazo: Noventa
y nueve años.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—( IN2017154127
).
CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL
El Ministerio de Obras Públicas
y Transportes y el Consejo de Seguridad Vial, comunican a todas las personas
físicas, jurídicas e instituciones públicas, interesadas legítimas en la
devolución de los vehículos o chatarra de vehículos que se encuentran detenidos
en los depósitos del Consejo de Seguridad Vial que:
Conforme con lo establecido en el artículo
155 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N°
9078, sobre la disposición de vehículos no reclamados, cuando no se gestione la
devolución de un vehículo o de la chatarra de éste, que se encuentre a la orden
de la autoridad judicial o administrativa transcurridos tres meses siguientes a
la firmeza de la determinación que produce cosa juzgada o agota la vía
administrativa, según corresponda, estos podrán ser objeto de donación o de
remate.
En virtud de lo anterior, se otorgan quince
(15) días hábiles contados a partir de la presente publicación para que los
interesados en los vehículos que se dirán puedan hacer valer su derecho y
apersonarse ante la Unidad de Impugnaciones respectiva.
Se recuerda que para la obtención de la orden
judicial de devolución, sin perjuicio de otros requisitos que llegue a solicitar
la autoridad judicial, se requiere la subsanación de la causa que origino la
detención del vehículo: y que el conductor infractor y su propietario se
encuentren al día en el pago de todas las multas de transito.
Se advierte que vencido el plazo indicado,
sin que haya comparecido el interesado en el bien o se haya gestionado la
devolución: sin más trámite se iniciara el proceso de donación o remate de los
bienes, de conformidad con lo establecido en la ley de transito indicada.
Vencido el plazo, si los interesados han
presentado constancia emitida por la Autoridad Judicial, en la que se indique
que la causa que originó la detención se encuentra aún en conocimiento y
pendiente de resolución según las circunstancias, los vehículos aún se
mantendrán en custodia por un plazo razonable. De igual manera se procederá
cuando se solicite la devolución y no se cumpla en el acto con la totalidad de
los requisitos exigidos.
La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF
San José, Uruca, 11 de julio del 2017.—Unidad
de Donaciones y Remate de Vehículos Detenidos.—Lic. Braulio Picado Villalobos,
Encargado.—1 vez.—( IN2017153705 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL
REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento Admitido Traslado al
Titular
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ref. 30/2017/22604.—Inversiones
Jiménez y Renzi S. A., cédula jurídica 3-101-091218.—Documento: cancelación por
falta de uso (Inversiones Jiménez y Renzi S).—N° y fecha: anotación/2-93727 de
24/10/2014.—Expediente: 1994-0007497.—Registro N° 91512 Choza Vidrio de Sol
(Sunglass Hut) en clase 49 Marca Denominativa.
Registro de la Propiedad Industrial, a las
11:24:20 del 1° de junio de 2017.—Conoce este Registro, la solicitud de
Cancelación por falta de uso, promovida por Víctor Vargas Valenzuela,
divorciado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de
Luxotica US Holdings Corp., contra el registro del signo distintivo Choza
Vidrio de Sol (Sunglass Hut), Registro N° 91512, el cual protege y distingue:
un establecimiento mercantil dedicado a la venta de lentes y aros para sol.
Ubicado en el Centro Comercial Plaza Mayor, Pavas, San José. en clase
internacional, propiedad de Inversiones Jiménez y Renzi S. A., cédula jurídica
3-101-091218. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas
y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de
Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a
trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para
que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la
presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre
su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para
lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes
en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio
para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si
el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho,
o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las
resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de
dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de
Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta
resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de
la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora Jurídica.—(
IN2017152144 ).
Resolución acoge cancelación
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ref:
30/2017/8788.—Bliss World LLC.—Documento: Cancelación por falta de uso (Presentada por Italofarmaco S.).—Nro y fecha:
Anotación/2-103103 de 28/04/2016.—Expediente: 2007-0011718 Registro N° 175434
Bliss en clase 5 Marca Mixto.
Registro de la Propiedad
Industrial, a las 09:59:19 del 24 de febrero de 2017.—Conoce este Registro, la
solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Melissa Mora Martín, en
calidad de apoderada especial de Italofarmaco S. A., contra el registro del
signo distintivo Bliss (Diseño), registro N° 175434, el cual protege y
distingue: productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la
medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés;
emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para
improntas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de animales
dañinos; fungicidas, herbicidas en clase 5 internacional, propiedad de Bliss
World LLC.
Resultando:
I.—Que por memorial recibido el
28 de abril del 2016, Melissa Mora Martín, en calidad de apoderada especial de
Italofarmaco S. A., solicita la cancelación por falta de uso de la marca Bliss
(Diseño), Registro N° 175434, en clase 5 internacional, propiedad de Bliss
World Llc., (Folios 1 a 4).
II.—Que por resolución de las 13:43:25 horas
del 31 de mayo del 2016, se procede a dar traslado al titular del distintivo
marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación
presentada. (Folio 10) Dicha resolución fue notificada el 20 de junio del 2016,
y el 9 de agosto del 2016, a quien aparece como representante del titular de la
marca y al solicitante de la cancelación por falta de uso el 14 de junio del
2016. (Folio 10 vuelto).
III.—Que por resolución de las 10:02:13 horas
de 5 de setiembre del 2016, el Registro de Propiedad Industrial previene al
solicitante de la cancelación para que aporte nueva dirección en virtud de la
imposibilidad material de notificar conforme a derecho al titular del signo.
(Folio 13) Dicha resolución fue debidamente notificada el 07 de setiembre del
2016. (Folio 16).
IV.—Que por memorial de fecha 12 de setiembre
del 2016, la solicitante de la cancelación cumple con la prevención requerida y
solicita se notifique por medio de edicto. (Folio 17).
V.—Que por resolución de las 10:09:48 horas
del 20 de setiembre del 2016, se le previene al solicitante de la cancelación
que en virtud de la imposibilidad material de notificar conforme a derecho al
titular del signo distintivo que se pretende cancelar, proceda el solicitante a
publicar la resolución de traslado emitida a las 13:43:25 horas del 31 de mayo
del 2016, a realizar por tres veces en la Gaceta y posteriormente aporte los documentos
donde conste las tres publicaciones. (Folio 18) Dicha resolución fue notificada
al solicitante de la cancelación el 23 de setiembre del 2016. (Folio 21)
VI.—Que por memorial de fecha 21 de diciembre
del 2016, el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones
del traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La Gaceta Nos
201, 202 y 203 del 20, 21 y 24 de octubre del 2016, dentro del plazo otorgado.
(Folio 22 a 26)
VII.—Que no consta en el expediente
contestación del traslado de la cancelación por no uso.
VIII.—En el procedimiento no se notan
defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados:
-Que en este Registro de la
Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca Bliss (Diseño), registro N°
175434, el cual protege y distingue: “Productos farmacéuticos y veterinarios;
productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico,
alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar
los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos para la
destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas” en clase 5
internacional, propiedad de Bliss World Llc.
-Que en este Registro de Propiedad Industrial
se encuentra la solicitud de inscripción 2014-8813 de la marca “Blissel” en
clase 5 de la nomenclatura internacional para proteger y distinguir: “Productos
farmacéuticos de uso ginecológico”, presentada por Italofarmaco S. A., cuyo
estado administrativo es “rechazada de plano”
II.—Sobre
los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente
asunto.
III.—Representación.
Analizado el poder especial administrativo, documento referido por el
interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación por falta de
uso y que consta en el expediente 2014-8813, se tiene por debidamente
acreditada la facultad para actuar en este proceso de Melissa Mora MartínI como
apoderada especial de la empresa Italofarmaco S. A., (Folio 5 y 6)
IV.—En
cuanto al Procedimiento de Cancelación.
El Reglamento de la Ley de
Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que
una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará
audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a
partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se
le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de
conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento
en cita. Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual
se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas por
Melissa Mora Martín como apoderada especial de la empresa Italofarmaco S. A.,
se notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La
Gaceta N 201, 202 y 203 del 20, 21 y 24 de octubre del 2016, dentro del plazo
otorgado. (Folio 22 a 26)
VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. A.- De la solicitud
de cancelación por no uso interpuesta por Melissa Mora Martín como apoderada
especial de la empresa Italofarmaco S. A., se desprenden los siguientes
alegatos: 1) Que su representada solicitó la inscripción de la marca Blissel y
en virtud del registro 175434 no se logró la inscripción. 2) Que la marca Bliss
(Diseño) tiene más de cinco años registrada y al día de hoy no ha sido
utilizada, comercializada o distribuida en nuestro país.3) Que en el mercado
costarricense no se conocen productos con el nombre Bliss y tampoco consta en
la base de datos del Ministerio de Salud.
VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y tomando
en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:
Para la resolución de las presentes
diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia
recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto N°
333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil
siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos lo siguiente:
En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la
prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.
Solucionado lo anterior,
entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La
normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo
42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras
que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir
desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los
productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de
mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe
cómo y cuándo se han realizado.
En virtud de esto, en el caso de las
cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a
Bliss World Llc., AG que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la
utilización de la marca Bliss (Diseño) para distinguir productos en clase 5.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos
del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta
de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por
cierto que la sociedad Italofarmaco S. A., demuestra tener legitimación y un
interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud
de cancelación de marca se desprende que existió una solicitud de inscripción
que fue rechazada en virtud del registro que se pretende cancelar.
En cuanto al uso, es importante resalta que
el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:
“Se entiende que una marca
registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue
han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que
normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la
naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo
las cuales se comercializan También constituye uso de la marca su empleo en
relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio
nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio
nacional.
Una marca registrada deberá
usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de
la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en
cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad
de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la
protección que él confiere.
El uso de una marca por parte de
un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como
efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso
de la marca”
Es decir, el uso de la marca debe de ser
real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos
a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado,
además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no
son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida
no se procederá a la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el
titular de la marca Bliss (Diseño) al no contestar el traslado, ni señalar
argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo
en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a,
facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría,
incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de
Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su
momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar
que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no
sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su
titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso
real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y
efectivo.
Siendo la figura de la cancelación un
instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una
solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real,
efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando
de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se
procede a cancelar por no uso el registro N° 175434, marca Bliss (Diseño) en
clase 5 internacional propiedad de Bliss World Llc. Por tanto,
Con base en las razones
expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de
su Reglamento, 1) Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de
uso, interpuesta por Melissa Mora Martín, en calidad de apoderada especial de
Italofarmaco S. A., contra el registro del signo distintivo Bliss (Diseño),
registro N° 175434, el cual protege y distingue: “Productos farmacéuticos y
veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para
uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material
para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos
para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas” en clase 5
internacional, propiedad de Bliss World Llc., Se ordena la publicación íntegra
de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La
Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y
concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como
el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su
Reglamento. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que
promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o
apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles,
respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la
misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse
apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral
Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos
de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039.
Notifíquese.—Lic. Cristian Mena Chinchilla, Director.—1 vez.—( IN2017152493 ).
RF-99781.—Ref.:
30/2017/1633.—Jiangmen Dachangjiang Group Co. Ltd.—Documento: Cancelación por
falta de uso (Presentado por Maquinaria y TR).—N° y fecha: Anotación/2-99781 de
25/11/2015. Expediente: 2008-0006379.—Registro Nº 183684 MAXTRA en clase 12
Marca Denominativa.
Registro de la Propiedad Industrial, a las
09:22:45 del 17 de enero del 2017. Conoce este registro la solicitud de
cancelación por falta de uso, interpuesta por, Melissa Mora Martín, cédula
1-1041-825, en su condición de apoderada especial de la sociedad Maquinaria y
Tractores Ltda., contra el registro de la marca de fábrica “MAXTRA”,
registro Nº 183684, inscrita el 19 de diciembre del 2008 y con vencimiento el
19 de diciembre del 2018, en clase 12 internacional, para proteger “Vehículos
para locomoción terrestre, aérea, marítima o sobre rieles; automóviles;
motocicletas; bicicletas; vehículos electrónicos; carretillas; trineos
(vehículos); neumáticos (llantas) para vehículos; motores para vehículos
terrestres; dispositivos antirrobo para vehículos”, propiedad de la empresa
Jiangmen Dachangjiang Group Co. Ltd., con domicilio en Nº 5 Jiandabei Rd,
Jiangmen City, Guangdong Province, CN.
Resultando:
1°—Por memorial recibido el 25
de noviembre del 2015, Melissa Mora Martín, en su condición de apoderada
especial de la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., presenta solicitud de
cancelación por falta de uso contra el registro de la marca “MAXTRA”, registro
Nº 183684, descrito anteriormente (F. 1-4).
2°—Que por resolución de las 14:56:23 horas
del 9 de Diciembre de 2015, el Registro de la Propiedad Industrial procede a
dar traslado por un mes al titular del signo distintivo marcario, a efecto de
que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada (F. 10).
3º—Que por resolución de las 10:15:29 horas
del 1 de febrero de 2016, se le previene a la solicitante indicar las posibles
direcciones físicas y completas del titular de la marca para realizar
válidamente la notificación (F. 14)
4º—Que por el memorial recibido el 16 de
febrero del 2016, la solicitante indica nuevo medio para notificar al titular
del signo distintivo (F. 15).
5º—En virtud a la imposibilidad material de
notificar a la empresa titular del signo por memorial recibido el 08 de marzo
del 2016, la solicitante aporta nueva dirección e indica que en caso de que no
sea posible notificar al titular mediante el medio aportado, se haga por medio
de edicto (F.21).
6º—Que por resolución de las 14:39:07 horas
del 6 de mayo de 2016, el Registro de la Propiedad Industrial, por
imposibilidad material de notificar al titular marcario luego de todos los
intentos posibles, ordena publicar el traslado de la cancelación en La
Gaceta por tres veces consecutivas, quedando el edicto correspondiente a
disposición de las partes, dicha resolución fue debidamente notificada el 22 de
mayo del 2016 (F. 23).
7º—Que por memorial recibido el 22 de
setiembre del 2016 el solicitante de la cancelación aporta copia de las
publicaciones del traslado de la cancelación por no uso, en el Diario Oficial La
Gaceta N° 171, 172, 173 del 6, 7 y 8 de setiembre del 2016 respectivamente
(F. 27-31).
8º—Que a la fecha no consta en el expediente
contestación del traslado de la cancelación por no uso.
9º—En el procedimiento no se nota defectos ni
omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.
Considerando:
I.—Sobre los hechos probados.
Primero: Que en este registro se encuentra inscrita la
marca fábrica “MAXTRA”, registro Nº 183684, inscrita el 19 de diciembre del
2008 y con vencimiento el 19 de diciembre del 2018, en clase 12 internacional,
para proteger “Vehículos para locomoción terrestre, aérea, marítima o sobre
rieles; automóviles; motocicletas; bicicletas; vehículos electrónicos;
carretillas; trineos (vehículos); neumáticos (llantas) para vehículos; motores
para vehículos terrestres; dispositivos antirrobo para vehículos” propiedad de
la empresa Jiangmen Dachangjiang Group Co. Ltd (F. 32).
Segundo: En fecha 29 de setiembre del
2015 la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., solicitó la marca de fábrica y
comercio “MATRA”, expediente 2015-9464, para proteger en clase 12 internacional
“Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, los motores
para vehículos terrestres; los acoplamientos y elementos de transmisión para
vehículos terrestres” trámite actualmente suspendido a la espera de las
resultas del presente proceso (F. 33).
II.—Sobre los hechos no
probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.
III.—Representación y facultad para actuar.
Analizado el poder especial, documento referido por el interesado en su escrito
de solicitud de la presente cancelación, se tiene por acreditada la facultad
para actuar en este proceso de Melissa Mora Martín, cédula 1-1041-825 en su
condición de apoderada especial de Maquinaria y Tractores Ltda. (F. 5-8).
IV.—Sobre los elementos de prueba.
Este registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo
manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación
por falta de uso (F. 1-4).
V.—En cuanto al Procedimiento de
Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos,
Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la
solicitud de CANCELACIÓN POR
NO USO, se dará audiencia al titular
del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente
a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la
solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo
49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita.
Analizado el expediente, se observa que la
resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de
cancelación, se notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario
Oficial La Gaceta números 171, 172, 173 del 6, 7 y 8 de setiembre del
2016 respectivamente (F. 27-31), sin embargo a la fecha, el titular del distintivo
marcario no contestó dicho traslado.
VI.—Contenido de la Solicitud de
Cancelación. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, se
desprenden literalmente los siguientes alegatos:
“[...] me presento... a solicitar la CANCELACIÓN POR FALTA DE USO del registro se la marca MAXTRA la sociedad Jiangmen
Dachangjiang Group Co. Ltd., registró la marca MAXTRA, cuyo registro es
el N° 183684 en fecha 19 de diciembre de 2008, en la clase 12 internacional
[...] Maquinaria y Tractores Ltd., ha solicitado en Costa Rica la inscripción
de las marcas MATRA, en clase 12, bajo el expediente número 2015-0009464
del 29 de setiembre de 2015 y MATRA STORE, nombre comercial bajo el
expediente número 2015-0009465 del 29 de setiembre de 2015. En vista que las
marcas mencionadas son similares a la marca MAXTRA previamente
registrada y que esta última, no se encuentra en el mercado costarricense ni ha
sido utilizado a nivel nacional; solicito respetuosamente la cancelación de la
marca MAXTRA en Clase 12, Registro N° 183684 de fecha 19 de diciembre de
2008, para que mi representada Maquinaria y Tractores Ltda., pueda llevar a
cabo la inscripción de sus marcas MATRA y MATRA STORE. [...] la
empresa Jiangmen Dachangjiang Group Uf Co. Ltd., nunca ha usado la marca MAXTRA
al día de hoy no lo hace y en definitiva no tiene intención de hacerlo. Por
otra parte, en el mercado costarricense no se conoce ningún producto de la
empresa peticionada que contenga el signo MAXTRA […] solicito se decrete
formalmente la Cancelación por Falta de Uso del Registro N° 183684.
VII.—Sobre el fondo del
asunto: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede
a resolver el fondo del asunto:
Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de
marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el
Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas
treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a
los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:
...Estudiando ese artículo, pareciera que la
carga de la prueba del uso de la marca, corresponde a quien alegue esa causal,
situación realmente difícil para el demandante dado que la prueba de un hecho
negativo, corresponde a quien esté en la posibilidad técnica o práctica de
materializar la situación que se quiera demostrar.
...Ese artículo está incluido dentro del Capítulo VI de la Ley de
Marcas, concretamente en las formas de “Terminación del Registro de la Marca”,
y entre estas causales se establecen: control de calidad referido al contrato
de licencia; nulidad del registro por aspectos de nulidad absoluta o relativa;
cancelación por generalización de la marca; cancelación del registro por falta
de uso de la marca y renuncia al registro a pedido del titular.
...Obsérvese como este Capítulo trata como formas de terminación del
registro de la marca, tanto causales de nulidad como de cancelación, y aquí hay
que establecer la diferencia entre uno y otro instituto. Esta diferenciación
entre los efectos que produce la cancelación y los que produce la nulidad, se
basa en el distinto significado de las causas que provocan una y otra. Las
causas de nulidad afectan al momento de registro de la marca, implicando así un
vicio originario, mientras que las causas de cancelación, tienen un carácter
sobrevenido. Al efecto la doctrina ha dispuesto lo siguiente:
...Las prohibiciones de registro y los motivos de nulidad de marcas
van indisolublemente unidos, de tal modo que éstos son consecuencia de
aquéllas. Así, si un signo contraviene una prohibición de registro y, a pesar
de ello es inscrito, adolece de nulidad Las causas de caducidad de la marca son
extrínsecas a la misma, se producen durante su vida legal y no constituyen
defectos ab origine del signo distintivo, a diferencia de las causas de nulidad
(Manuel Lobato. Comentario a la Ley 17/2001 de Marcas. Editorial Civitas.
Páginas 206 y 887.
...Bajo esta tesitura el artículo 37 de la ya citada Ley de Marcas,
establece la nulidad de registro de una marca cuando se “contraviene alguna de
las prohibiciones previstas en los artículos 7 y 8 de la presente ley”, sea en
el caso del artículo 7, marcas inadmisibles por razones intrínsecas (nulidad
absoluta), o en el caso del artículo 8, marcas inadmisibles por derechos de
terceros (nulidad relativa). En ambos casos el Registro de la Propiedad
Industrial, previo a la aprobación de inscripción de una marca, debe calificar
la misma a efecto de que no incurra en las prohibiciones establecidas en los
artículos dichos, ya que si se inscribe en contravención con lo dispuesto por
esas normas legales, es una marca que desde su origen contiene una causal que
puede provocar su nulidad, ya sea del signo como tal, como de algunos productos
o servicios.
...Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se
refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece
que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede
pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un
registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la
prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la
nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen
contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los
artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa
causal
...Por lo anterior, de modo alguno ese
precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el
Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de
ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador
jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39
que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el
registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a
uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es
cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción”. En tal sentido este Tribunal por mayoría,
concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de
la marca.
En virtud de esto, en el caso de
las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la
empresa Hangmen Dachangjiang Group Co. Ltd., que por cualquier medio de prueba
debe de demostrar la utilización de la marca MAXTRA, registro 183684.
Ahora bien, una vez estudiados los argumentos
del solicitante de las presentes diligencias y analizadas las actuaciones que
constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad Maquinaria y
Tractores Ltda., demuestra tener legitimación y un interés directo para
solicitar la cancelación por falta de uso, de la solicitud de inscripción de
marca que se presentó bajo el expediente 2015-9464, tal y como consta en la
certificación de folio 33 del expediente, se desprende que las empresas son
competidoras directas.
En cuanto al uso, es importante resaltar que
el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:
...Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los
productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa
marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta
la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se
trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye
uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación
a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero
desde el territorio nacional.
...Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece
en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma
en que aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son
esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar
el registro ni disminuirá la protección que él confiere.
...El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona
autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del
registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca.
Es decir, el uso de la marca
debe ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los
productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el
mercado, además deben estar disponibles al consumidor, sin embargo, si por
causas que no son imputables al titular marcado ésta no puede usarse de la
forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.
Visto el expediente se comprueba que el
titular de la marca MAXTRA registro 183684, al no contestar el traslado,
ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este registro el uso real
y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no
limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de
auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la
Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.
En razón de lo anterior, se concluye que
dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba
correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este
ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo:
que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el
requisito temporal: que no puede postergarse o interrumpirse su uso por un
espacio de 5 años precedentes a la fecha en la que se instauró la acción de
cancelación y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.
El uso de una marca es
importante para su titular ya que posiciona la marca en el mercado, es de
interés para los competidores, porque les permite formar una clientela por
medio de la diferenciación de sus productos; para los consumidores, ya que
adquieren el producto que realmente desean con solo identificar el signo y para
el Estado, pues se facilita el tráfico comercial. Por otra parte, el mantener
marcas registradas sin un uso real y efectivo constituye un verdadero obstáculo
para el comercio ya que restringe el ingreso de nuevos competidores que sí
desean utilizar marcas idénticas o similares a éstas que no se usan.
Siendo la figura de la
cancelación un instrumento que tiene el Registro de la Propiedad Industrial que
brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no
uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos
competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas,
aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del
mercado) lo procedente es cancelar por no uso la marca “MAXTRA”,
registro Nº 183684, descrita anteriormente.
VIII.—Sobre lo que
debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda
demostrado que el titular de la marca MAXTRA, registro Nº 183684, al no
contestar el traslado otorgado por ley no comprobó el uso real y efectivo de su
marca, por lo que para efectos de este registro y de la resolución del presente
expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su
correspondiente cancelación.
Por consiguiente, y de
conformidad con lo expuesto debe declararse con lugar la solicitud de
cancelación por no uso, interpuesta por Melissa Mora Martín, en su
condición de apoderada especial de la empresa Maquinaria y Tractores Ltda.,
contra el registro de la marca “MAXTRA”, registro Nº 183684. Por
tanto
Con base en
las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N°
7978 y de su Reglamento, I) Se declara con lugar la solicitud de CANCELACIÓN POR FALTA DE USO, interpuesta contra el registro de la marca “MAXTRA”,
registro Nº 183684, descrita anteriormente y propiedad de la empresa Jiangmen
Dachangjiang Group Co. Ltd. II) Se ordena notificar al titular del signo
mediante la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces en el
Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo establecido en el
artículo 334 y 241 de la Ley General de Administración Pública; así como el
artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su
Reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea
publicado el edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta
Oficina mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se
cancelará el asiento correspondiente. Comuníquese esta resolución a los
interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos,
sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente,
contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta
Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está
en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Observancia de los Derechos de
Propiedad N° 8039. Notifíquese.—Lic. Jonathan Lizano Ortiz, Subdirector a. í.—(
IN2017152494 )
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace saber a Ignacio Esquivel
Seevers, cédula de identidad 1-0768-0071, en calidad de titular registral de la
finca del partido de Cartago matrícula 57518, Cataratas Tapantí Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-281324, en la persona de su presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, señor Rodolfo Enrique Calvo
Fernández, cédula de identidad 3-0222-0346, en calidad de titular registral de
las fincas del partido de Cartago matrículas 149503 y 170963 y a la sucesión de
quien fuera en vida: José Gilberto Sánchez Solano, cédula de identidad
3-0178-0932, titular registral de la finca del partido de Cartago matrícula
190975, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de
oficio, según los Reportes de Mantenimiento presentados ante la Dirección de
este Registro a las 10:15 horas del 23 de febrero del 2017, elaborados en el
Departamento Registral Catastral de este Registro, relacionados con los
identificadores únicos 3023005751800,
30203016819500, 30203022729500, 30203019097500, 30203020092100, 30203019993000,
30203014524100, 30203014950300, 30203021215300, 30203017096300, 30203021215400
y 30203020022900 correspondientes a las fincas del partido de Cartago
matrículas 57518, 168195, 227295, 190975, 200921, 199930, 145241, 149503,
212153, 170963, 212154, 200229. En virtud de lo anterior, esta Asesoría mediante
resolución de las 13:00 horas del 20/04/2017 ordenó consignar nota de
Advertencia Administrativa sobre las fincas de Cartago, matrículas 57518,
168195, 227295, 190975, 200921, 199930, 145241, 149503, 212153, 170963, 212154,
200229 y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido
proceso, por resolución de las 11:00 horas del 12/07/2017 se autorizó la
publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las
personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día
siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a
efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos
convenga, y se les previene que dentro del término establecido, deben señalar facsímil,
medio electrónico o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San
José donde oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto
Ejecutivo N° 35509-J que es el Reglamento de Organización del Registro
Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las
resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual
consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya
no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de
Documentos en el Registro Público 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas,
artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 vigente a la fecha, en
correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia
exp. 2017-0214-RIM).—Curridabat, 12 de julio del 2017.—Departamento de Asesoría
Jurídica Registral.—Máster José Carlos Álvarez Varela.—1 vez.—O. C. Nº
OC17-0027.—Solicitud Nº 89746.—( IN2017153265 ).
REGISTRO INMOBILIARIA
Se hace saber a Marcos Eduardo
Víquez Coto, portadora de la cédula de identidad 3-0359-0668, en su condición de titular del derecho 005 de
la finca de Cartago 70353, que en este Registro se ventila Diligencias Administrativas
bajo expediente 2016-1305-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio
constitucional del debido proceso, por resolución de las 09:45 horas del 14 de
julio del año 2017, se autorizó la publicación por una vez de un edicto para
conferirle audiencia a la sucesión mencionada en la persona de su albacea o
quien demuestre estar legitimación para representarla, por el término de quince
días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en
el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término
presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro
del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír
futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos
22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto
Ejecutivo N° 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo
anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas
después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere
impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del
Reglamento de la materia y 11 de la Ley N° 8687 (que es Ley de Notificaciones
Judiciales). Notifíquese. (Ref. Exp. 2016-1305-RIM), Registro
Inmobiliario.—Curridabat, 14 de julio del 2017.—Lic. Joe Herrera Carvajal,
Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. 17-0027.—Sol. 89910.—(IN2017153385 ).
TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Expediente N°
101-05-02-TAA.—Resolución N° 773-2017-TAA.—Denunciada: Josefa Ramírez Chacón
& Mark Anthony Mobley.—Tribunal Ambiental Administrativo.—San José, a las
siete horas del día treinta de mayo del año dos mil diecisiete.
Resultando:
Lugar de los Hechos: San Juan de
Mata, Turrubares, San José.
Infracción: Invasión y Afectación al área de
protección. Vistas las actuaciones, entre ellas:
Resolución N° 274-2017-TAA de las 11 horas del 03 de marzo del 2017,
visible a folios 174 a 184, mediante la cual este Tribunal procedió a la
apertura del procedimiento ordinario administrativo y citación a audiencia oral
y pública para las 08 horas 30 minutos de 26 de junio del 2017, en la sede de
este Tribunal.
El Oficio 0-458-2017-TAA de fecha 10 de mayo del 2017, suscrito por la
Licda. Grettel Álvarez Granados, Encargada Administrativa del Tribunal
Ambiental Administrativo visible a folio 191, mediante el cual indica que:
“Mediante oficio O-392-17 del 06/04/2017 se presentó la modificación
presupuestaria H-005, para darle contenido económico a la publicación por
edictos, sin embargo, la aprobación por parte del Ministerio de Hacienda tarda
de uno a dos meses
aproximadamente.”
Se procede de conformidad con
los artículos 21 y 50 de la Constitución Política, así como los preceptos 103,
106, 107, 108, 109, 110 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente, 1, 22 y 26 del
Decreto Ejecutivo número 34136-MNAE, Reglamento de Procedimientos del Tribunal
Ambiental Administrativo en relación con los artículos 297, 302, 316 y 311 de
la Ley General de la Administración Pública, artículo 316 del Código Procesal
Civil, y con el fin de no ocasionar indefensión a las partes, en este caso a
los denunciados: señora Josefa Ramírez Chacón, cédula de identidad N° 6-066-973
y señor Mark Anthony Mobley, pasaporte N° 7022361075 de nacionalidad
estadounidense quienes no ha sido ubicados a la fecha, y debido a lo indicado
en el artículo 311 de la Ley General del Administración Pública, en cuanto al
plazo, mismo que indica que la notificación debe realizarse con al menos 15
días hábiles de anticipación a la fecha de audiencia no se ha podido cumplir,
con fundamento en el derecho a la defensa y a un debido proceso regulados en
los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, este Tribunal acuerda
suspender la audiencia programada para las 08 horas 30 minutos del 26 de junio
del 2017. Asimismo, en este mismo acto se procede a reprogramar, y se convoca a
audiencia oral y pública a las 08 horas 30 minutos del día 15 de febrero del
2018 en las instalaciones de este Tribunal, dejando válidos los hechos
imputados mediante la Resolución N° 274-2017-TAA de las 11 horas del 03 de
marzo del 2017, visible a folios 174 a 184 del expediente administrativo.
Se procede de conformidad con los artículos
21 y 50 de la Constitución Política, así como los preceptos 103, 106, 107, 108,
109, 110 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente, 1, 22 y 26 del Decreto
Ejecutivo número 34136-MNAE, Reglamento de Procedimientos del Tribunal
Ambiental Administrativo en relación con los artículos 297, 302, 316 y 311 de
la Ley General de la Administración Pública, artículo 316 del Código Procesal
Civil, a:
1º—En virtud de lo indicado, con el fin de no
ocasionar indefensión a las partes, en este caso a los denunciados: señora
Josefa Ramírez Chacón, cédula de identidad N° 6-066-973 y señor Mark Anthony
Mobley, pasaporte N° 7022361075 de nacionalidad estadounidense, quienes no ha
sido ubicados a la fecha, y debido a lo indicado en el artículo 311 de la Ley
General del Administración Pública, en cuanto al plazo, mismo que indica que la
notificación debe realizarse con al menos 15 días hábiles de anticipación a la
fecha de audiencia no se ha podido cumplir, con fundamento en el derecho a la
defensa y a un debido proceso regulados en los artículos 39 y 41 de la
Constitución Política, este Tribunal acuerda suspender la audiencia programada
para las 08 horas 30 minutos del 26 de junio del 2017. Asimismo, en este mismo
acto se procede a reprogramar, y se convoca a audiencia oral y pública a las 08
horas 30 minutos del día 15 de febrero del 2018 en las instalaciones de este
Tribunal, dejando válidos los hechos imputados mediante la resolución número
Resolución N° 274-2017-TAA de las 11 horas del 03 de marzo del 2017, visible a
folios 174 a 184 del expediente administrativo.
Notifíquese la presente a los
señores (as):
1. En calidad de denunciante: El
señor Luis Quirós Rodríguez, Jefe de la Oficina Subregional de Puriscal, Área
de Conservación Pacífico Central;
2 En calidad de denunciado:
2.1. Sra. Josefa Ramírez
Chacón, cédula de identidad N°6-066-973;
2.2. Mark Anthony Mobley,
pasaporte N° 7022361075 de nacionalidad estadounidense
3. En calidad de tercero
interesado: La señora Emilia Quesada Arce, cédula de identidad 3-175-931
4. En calidad de testigo-perito:
El señor Téc. Randal G. Vargas Borbón, de la Oficina Subregional de Puriscal,
Área de Conservación Pacífico Central
Se le previene que al momento de
dar respuesta se indique el número de expediente y el número de la presente
resolución. Notifíquese.—Licda. Ligia Umaña Ledezma, Jueza Presidenta.—Licda.
Maricé Navarro Montoya, Jueza Vicepresidenta.—Licda. Ruth Esther Solano
Vázquez, Jueza.—O.C. N° 33448.—Solicitud N° 15218.—( IN2017150590 ).
Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a
las once horas del dieciocho de julio del dos mil diecisiete. Expediente Nº
190-2017.
Diligencias de cancelación de credenciales de regidor propietario que
ostenta el señor Eduardo Rodríguez Bolaños en el Concejo Municipal de Montes de
Oca, provincia San José, por supuestas ausencias injustificadas.
Debido a que, según lo acredita
la Oficina de Correos de Costa Rica (folio 186), resulta imposible localizar al
señor Eduardo Rodríguez Bolaños, regidor propietario de la Municipalidad de
Montes de Oca, y que, en los términos establecidos en los artículos 224 y 258
del Código Electoral, en relación con los numerales 19 y 21 de la Ley de
Notificaciones, no se notificó el auto de las 13:05 horas del 24 de mayo de
2017 en la dirección “Lourdes Montes de Oca San José supermercado Palí
Lourdes 250 noreste”, se ordena, de conformidad con lo establecido en el
artículo 10 inciso d) del Código Electoral, notificar ese auto mediante edicto
en La Gaceta; auto que literalmente expresa:
“Diligencias de cancelación de credenciales de regidor propietario
que ostenta el señor Eduardo Rodríguez Bolaños en el Concejo Municipal de
Montes de Oca, provincia San José, por supuestas ausencias injustificadas.
De conformidad con lo que establece el artículo 258 del Código
Electoral, se confiere audiencia al señor Eduardo Rodríguez Bolaños, por el
término de ocho días hábiles y
contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que se notifique esta
resolución, de la gestión incoada por el Concejo Municipal de Montes de Oca
tendiente a cancelar sus credenciales de regidor propietario, a efecto de que
justifique sus ausencias o bien manifieste lo que considere más conveniente a
sus intereses, dado que entre los meses de enero y mayo del año en curso no se
habría presentado a las sesiones municipales. Se le hace saber al señor Rodríguez
Bolaños que deberá señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de San
José, número de fax o correo electrónico para atender notificaciones, bajo el
apercibimiento de que en caso de no hacerlo quedarán notificadas todas
resoluciones posteriores con el solo transcurso de 24 horas después de
dictadas. De igual modo, se informa al referido funcionario que, en caso de no
contestar la presente audiencia, se entenderá que no existe oposición al
proceso de cancelación y, en ese tanto, se pasará a resolver el asunto por el
fondo, sin posibilidad de recurso posterior alguno. Notifíquese al Concejo
Municipal concernido y al señor Rodríguez Bolaños en el domicilio registrado en
el Departamento Electoral del Registro Civil, junto con la comunicación se le
remitirá -además- copia simple de los folios 37-38, 134 y 135.”
Proceda la Secretaría a
diligenciar lo correspondiente.—Luis Diego Brenes Villalobos, Magistrado
Instructor.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017153945 ).
SUCURSAL DESAMPARADOS
De conformidad con el artículo
20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales
y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono
Alertauno de Costa Rica S. A. número patronal 2-3101398371-001-001, el Área de
Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos
1202-2017-00770 por eventuales omisiones salariales, por un monto de
¢2,246,173.00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados,
en Mall Multicentro, 6to piso del Oficentro. Se le confiere 10 días hábiles a
partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar
lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución.
Notifíquese.—Desamparados, 14 de julio de 2017.—Sucursal Desamparados.—Lic.
Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017153445 ).
De conformidad con el artículo
20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales
y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono
Publicaciones Porras y Gamboa G A V S.A. número patronal 2-3101428165-001-001,
el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de
Cargos 1202-2017-00785 por eventuales omisiones salariales, por un monto de
¢54.215,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados, en
Mall Multicentro, 6to piso del Oficentro. Se le confiere 10 días hábiles a
partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar
lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—Desamparados, 14 de julio del 2017.—Lic. Johel A.
Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017153446 ).
De
conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de
las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse
domicilio actual del patrono Marco Antonio Retana Chacón, número patronal
0-104030581-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados
notifica traslado de cargos 1202-2017-00789 por eventuales omisiones
salariales, por un monto de ¢64.374,00 en cuotas obrero patronales. Consulta
expediente en Desamparados, en Mall Multicentro, 6to piso del
Ofícentro. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de
su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones
dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de
Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de
24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Sucursal Desamparados,
14 de julio de 2017.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017153447 ).
Instituto de Desarrollo Rural,
cédula jurídica número: 4-000-042143, Asuntos Jurídicos de la Región de
Desarrollo Brunca, Daniel Flores de Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, a las
nueve horas del diecisiete de julio de dos mil diecisiete. Que habiéndose
concluido procedimiento de revocatoria de la asignación y subsecuente nulidad
de título del lote 17, Centro de Población Gallardo, asentamiento Sándalo, el
Instituto de Desarrollo Rural de conformidad con lo establecido en el artículo
66 de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus
reformas, debe cancelar las mejoras útiles y necesarias a quienes fueron
despojados. Ante esta situación, se practicó avalúo de mejoras, el cual fue
aprobado por Junta Directiva del Inder, donde se autoriza a la Dirección Región
Brunca, actual Región de Desarrollo Brunca, para que comunique a la interesada.
Ante esta situación y desconociéndose el domicilio, se le comunica a:
La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF
Se advierte
que de conformidad con lo establecido en los artículos 342 a 346 de la Ley
General de la Administración Pública, aplicado en forma supletoria, sobre lo
resuelto, cabe recurso de revocatoria, que deberá interponerse dentro del plazo
de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la comunicación
del acuerdo, el cual deberá ser presentado ante la Junta Directiva del
Instituto de Desarrollo Rural, sito en Moravia, Los Colegios, costado oeste del
Edificio IFAM. Notifíquese.—Asuntos Jurídicos de la Región de Desarrollo
Brunca.—Licda. Marianela Quirós Mora.—( IN2017153344 ). 2 v. 1.