LA GACETA N° 140 DEL 24 DE JULIO DEL 2017

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 40478-JP

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO

EDICTOS

MINISTERIO DE HACIENDA

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

AGRICULTURA Y GANADERÍA

EDUCACIÓN PÚBLICA

SALUD

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOS

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

HACIENDA

CULTURA Y JUVENTUD

BANCO DE COSTA RICA

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

REGLAMENTOS

SALUD

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

MUNICIPALIDADES

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POÁS

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CERVANTES

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 40478-JP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones, Decreto Ejecutivo N° 29496-J, publicado en La Gaceta N° 96 del 21 de mayo del 2001, el Decreto Ejecutivo N° 38882-MCJ-MINAE-MAG-MICITT del 24 de febrero del 2015, publicado en La Gaceta N° 61 del 27 de marzo del 2015 y el artículo 135 de la Ley General de la Administración Pública, Ley N° 6227 del 02 de mayo de 1978.

Considerando:

I.—El artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.—La Asociación Instituto Nacional de Biodiversidad, cédula de persona jurídica Nº 3-002-103261, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público desde el día 6 de agosto de 1989, bajo las citas de presentación al tomo 374, asiento 13205, expediente N° 3306.

III.—La entidad fue declarada de utilidad pública mediante el Decreto Ejecutivo N° 25598-J del 21 de octubre de 1996, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 218 del 13 de noviembre de 1996.

IV.—De conformidad con lo establecido en el decreto Ejecutivo N° 38882-MCJ-MINAE-MAG-MICITT del 24 de febrero del 2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 61 del 27 de marzo del 2015, se acordó entregar al Museo Nacional de Costa Rica, la colección biológica ex sita custodiada por la asociación Instituto Nacional de Biodiversidad.

V.—De conformidad con el acuerdo de traslado, asesoría y apoyo de la colección de biodiversidad del INbio al Estado costarricense, suscrito por los Ministros de Agricultura, Cultura, Ambiente, Ciencia y Tecnología y el presidente de la asociación, el día 6 de mayo del 2014, se procedió al traslado de la colección al Museo Nacional.

VI.—Al llevarse a cabo el traslado de la colección biológica ex situ que poseía la Asociación Instituto Nacional de Biodiversidad al Estado, dejó de cumplir con los motivos por los cuales le fue otorgada la utilidad pública.

VII.—Una vez revisado el expediente administrativo de la Asociación Instituto Nacional de Biodiversidad se determinó, que el fin por el cual se le había otorgado el beneficio de utilidad pública ya no existe, y que, además no se encuentra al día con la presentación de los informes anuales de gestión, de los años 2015 y 2016. Por tanto,

Decretan:

DERÓGESE EL DECRETO EJECUTIVO MEDIANTE

EL CUAL SE OTORGÓ LA DECLARATORIA

DE UTILIDAD PÚBLICA A LA ASOCIACIÓN

INSTITUTO NACIONAL DE BIODIVERSIDAD

Artículo 1º—Dejar sin efecto el decreto ejecutivo N° 25598-J de fecha 21 de octubre de 1996, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 218 del 13 de noviembre de 1996, mediante el cual se declaró de utilidad pública para el interés del Estado, a la Asociación Instituto Nacional de Biodiversidad, cédula de persona jurídica Nº 3-002-103261, por haberse extinguido la tarea principal de esta asociación, que consistía, en realizar el inventario nacional de biodiversidad.

Artículo 2º—Una vez publicado este decreto deberá comunicarse al Registro de Asociaciones del Registro Nacional para su respectiva anotación.

Artículo 3º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, al primer día del mes de junio del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 30893.—Solicitud Nº 21133.—( D40478 - IN2017153921 ).

N° 40490-JP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y LA MINISTRA DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 del 8 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones número 29496-J, publicado en La Gaceta N° 96 del 21 de mayo del 2001.

Considerando:

I.—El artículo 32 de la Ley de Asociaciones N° 218 de 8 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.—La Asociación de Atención del Paciente de Enfermedades Terminales Caminemos Juntos, cédula de persona jurídica número 3-002-141988, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público desde el día 23 de setiembre de 2005, mediante el expediente 5829, tomo N° 403, asiento 17904.

III.—Los fines que persigue la asociación, según sus estatutos, son: “... ARTÍCULO CUARTO: Los fines de la Asociación son los siguientes: a) Brindar y proveer atención integral al paciente terminal y su familia, a partir de un trabajo en equipo multidisciplinario. Entendiéndose como paciente terminal, aquel para el cual no exista tratamiento curativo de la enfermedad que padece y se espera su muerte a corto plazo; como atención integral, el abordaje de las necesidades físicas, espirituales, emocionales y sociales del paciente y su familia; como equipo multidisciplinario, el aporte individual y colectivo de profesionales en diferentes disciplinas, en función de las necesidades específicas de cada paciente terminal y su familia. b) Promover actividades de capacitación, educación e información a sus asociados como a terceras personas para el cuidado de los pacientes terminales. c) Promover y realizar con el personal de salud, de los diferentes centros hospitalarios del país y clínicas médicas y demás centros de salud, actividades de capacitación acerca del manejo del paciente terminal, con relación al manejo del dolor, la alimentación, cuidados especiales, las necesidades emocionales y espirituales, todo esto entendido como cuidado paliativo. d) Sistematizar la información y experiencia que se derive del quehacer de la asociación con el objeto de brindar aportes que mejoren la atención que se brinde al paciente terminal y su familia. e) Promover el intercambio de experiencias con otras organizaciones nacionales e internacionales relacionadas con los fines de la asociación. f) Promover sistemáticamente actividades de capacitación de sus asociados en aspectos relacionados con los fines de la asociación. g) Ofrecer espacios dentro de la asociación para que estudiantes universitarios y de secundaria realicen prácticas supervisadas y dirigidas en los diferentes escenarios del quehacer de la asociación.”

IV.—Tales fines solventan una necesidad social de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado costarricense. Por tanto,

DECRETAN

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA PARA

LA ASOCIACIÓN DE ATENCIÓN DEL PACIENTE

DE ENFERMEDADES TERMINALES

CAMINEMOS JUNTOS

Artículo 1º—Declárese de utilidad pública para los intereses del Estado a la Asociación de Atención del Paciente de Enfermedades Terminales Caminemos Juntos, cédula de personería jurídica número 3-002-141988.

Artículo 2º—Es deber de la asociación rendir anualmente un informe de gestión ante el Ministerio de Justicia y Paz, de conformidad con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones.

Artículo 3º—Una vez publicado este decreto, los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Asociaciones de Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los veinticinco días del mes de mayo del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de Justicia y Paz, Cecilia Sánchez R.—1 vez.—O. C. Nº 30893.—Solicitud Nº 21134.—(D40490-IN2017153926 ).

Nº 40498-JP

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE JUSTICIA Y PAZ

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 140, inciso 18) y 146 de la Constitución Política, en el artículo 32 de la Ley de Asociaciones Nº 218 del 08 de agosto de 1939 y los artículos 27 y siguientes del Reglamento a la Ley de Asociaciones Nº 29496-J, publicado en La Gaceta Nº 96 del 21 de mayo del 2001.

Considerando:

I.—El artículo 32 de la Ley de Asociaciones Nº 218 de 08 de agosto de 1939 y sus reformas, confiere al Poder Ejecutivo la potestad de declarar de utilidad pública a las asociaciones simples, federadas o confederadas, cuyo desarrollo y actividades sean particularmente útiles para los intereses del Estado, y que por ello contribuyan a solventar una necesidad social.

II.—La Asociación Cultural Banda Sinfónica de Barva de Heredia, cédula de persona jurídica Nº 3-002-108370, se inscribió en el Registro de Asociaciones del Registro Público desde el día 30 de abril del 2004, tomo Nº 377, asiento 17905 (Folio 30).

III.—Los fines que persigue la asociación, según sus estatutos, son: “Artículo tercero: (…) a) Fomentar el desarrollo de la actividad artístico musical en la comunidad de Barva. b) Ofrecer oportunidades a los niños y jóvenes para que desarrollen sus potencialidades artísticas a través de los programas que desarrolle la asociación. c) Consolidar la banda sinfónica de Barva a nivel nacional e internacional. ch) Proveer los recursos económicos y los materiales para el desarrollo de la asociación. d) Incentivar e incrementar la participación de las organizaciones públicas y privadas para que brinden colaboración y apoyo a los proyectos de la asociación” (Folio 15).

IV.—Tales fines solventan una necesidad cultural de primer orden, por lo cual merecen el apoyo del Estado costarricense. Por tanto,

Decretan:

DECLARATORIA DE UTILIDAD PÚBLICA

PARA LA ASOCIACIÓN CULTURAL BANDA

SINFÓNICA DE BARVA DE HEREDIA

Artículo 1º—Declárese de utilidad pública para los intereses del Estado la Asociación Cultural Banda Sinfónica de Barva de Heredia, cédula de persona jurídica Nº 3-002-108370.

Artículo 2º—Es deber de la asociación rendir anualmente un informe de gestión ante el Ministerio de Justicia y Paz, de conformidad con lo indicado en el artículo 32 del Reglamento a la Ley de Asociaciones.

Artículo 3º—Una vez publicado este decreto, los interesados deberán protocolizar y presentar el respectivo testimonio ante el Registro de Asociaciones del Registro Nacional, para su respectiva inscripción.

Artículo 4º—Rige a partir de su publicación.

Dado en la Presidencia de la República.—San José, a los trece días del mes de junio del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Justicia y Paz a. í., Marco Feoli V.—1 vez.—O. C. Nº 30893.—Solicitud Nº 21135.—( D40498 - IN2017153919 ).

ACUERDOS

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

N° 08-2017-MGP

EL MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA

Con fundamento en las atribuciones conferidas en los artículos 141 de la Constitución Política; 28 de la Ley General de la Administración Pública, Ley Nº 6227 del 2 de mayo de 1978; y 13 incisos 1) y 2) y 49 de la Ley General de Migración y Extranjería, Ley N° 8764 del 1° de setiembre de 2009.

Considerando:

Único: que mediante oficio Nº MTSS-DMT-177-2017 del 14 de febrero de 2017, el señor Alfredo Hasbum Camacho, Ministro de Trabajo y Seguridad Social, designó a la señora Felly María Salas Hernández, con cédula de identidad Nº 2-0620-0219, como su representante ante la Comisión de Visas Restringidas y Refugio.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar como miembro suplente ante la Comisión de Visas Restringidas y Refugio de la Dirección General de Migración y Extranjería, en representación del Ministro de Trabajo y Seguridad Social a la señora Felly María Salas Hernández, con cédula de identidad Nº 2-0620-0219.

Artículo 2º—Rige a partir del 14 de febrero de 2017.

Dado en la Ciudad de San José, a las quince horas y dieciséis minutos del trece de marzo de dos mil diecisiete.

Luis Gustavo Mata Vega, Ministro de Gobernación y Policía.— 1 vez.—O.C. Nº 3400031432.—Solicitud Nº 5394.—( IN2017153829 ).

MINISTERIO DE RELACIONES

EXTERIORES Y CULTO

N° 0262-2016-RH-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con los artículos en el artículo 140 incisos 8, 12, 20 y artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15, 18 y 26 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001.

Considerando:

I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.

II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado.

III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública.

IV.—Que la Administración, por razones de necesidad institucional, requiere nombrar el personal idóneo para cumplir con el servicio público, en aras de satisfacer la gestión ministerial en materia de Política Exterior.

V.—Que la señorita Ana Iris Sánchez Rodríguez, cédula de identidad N° 1-2028-0322, posee una sólida formación académica como Bachiller en Relaciones Internacionales, obtenido en la Universidad Latina.

VI.—Que mediante correo electrónico de fecha 14 de julio del 2016, suscrito por la señora Kathya Araya Zúñiga, Jefe de Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, se instruye el nombramiento en comisión de la señorita Ana Iris Sánchez Rodríguez, como Agregada Interna con rige 01 de agosto del 2016. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señorita Ana Iris Sánchez Rodríguez, cédula de identidad 1-2028-0322, como funcionaria en comisión, para ocupar el puesto de Agregada en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 01 de agosto de 2016.

Dado en la Presidencia de la República, el 27 de julio de 2016.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.— O. C. Nº 30968.—Solicitud Nº 16657.—( IN2017153667 ).

N° 410-2016-RH-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con los artículos en el artículo 140 incisos 8, 12, 20 y artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15, 18 y 26 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001.

Considerando:

I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.

II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior acorde con los intereses del Estado.

III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública.

IV.—Que la Administración, por razones de necesidad institucional, requiere nombrar el personal idóneo para cumplir con el servicio público, en aras de satisfacer la gestión ministerial en materia de Política Exterior.

V.—Que el señor José David Sánchez Cedeño, cédula de identidad 1-1287-0237, posee una sólida formación académica como Licenciado en Derecho, obtenido en la Universidad Escuela Libre de Derecho.

VI.—Que mediante Memorando DM-Memo-0590-2016 de fecha 06 de diciembre del 2016, suscrito por el señor Mario Alexander Montero Campos, Viceministro Administrativo del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se instruye el nombramiento en comisión del señor José David Sánchez Cedeño, como Agregado Interno con rige 02 de enero del 2017, en concordancia con las instrucciones del Ministro. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor José David Sánchez Cedeño, cédula de identidad Nº 1-1287-0237, como funcionario en comisión, para ocupar el puesto de Agregado en el Servicio Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 02 de enero de 2017.

Dado en la Presidencia de la República, el 23 de diciembre de 2016.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Manuel A. González Sanz.—1 vez.— O.C. N° 30968.—Solicitud N° 16657.—( IN2017153668 ).

EDICTOS

MINISTERIO DE HACIENDA

REGISTRO DE PATENTE DE CORREDOR JURADO

AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

DM-1304-2017.—Se hace saber que el señor Juan Diego Quirós Delgado, mayor, soltero, de profesión comerciante, cédula de identidad número dos cero cuatrocientos cuarenta y uno cero seiscientos veinticuatro, vecino de San José, Tibás, residencial El Rey Colima de Tibás, ha formulado ante este Despacho solicitud para obtener la Patente de Corredor Jurado. Se insta a cualquier persona que tenga motivos para oponerse al otorgamiento de la Patente respectiva, para que comparezca a la Dirección Jurídica del Ministerio de Hacienda (sita 5° piso del edificio Central, avenida segunda, Antiguo Banco Anglo) dentro del término de quince días hábiles, contados a partir de la primera publicación de este aviso, para que formule las objeciones que tenga y ofrezca las pruebas del caso.

San José, 06 de julio de 2017.—Helio Fallas Venegas, Ministro de Hacienda.—( IN2017151935 ).

DOCUMENTOS VARIOS

GOBERNACIÓN Y POLICÍA

DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO

DE LA COMUNIDAD

AVISOS

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar que la Asociación de Desarrollo Especifica para la Construcción y Mantenimiento del Parque de la Urbanización Mussmani y Colonia Kennedy Sur, San José. Por medio de su representante: Marta Lilian Pino Orellana, cédula 122200242020, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: Artículo N° 13 para que en adelante se lea así:

Artículo 13: Para que se agregue la figura de tres suplentes, quienes sustituirán a cualquier miembro de Junta Directiva y Fiscalía.

Dicha reforma es visible a folio 72 del tomo 1 del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afilados celebrada el día 03 de junio del 2017. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada yen especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las catorce horas del catorce de julio del dos mil diecisiete.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2017153374 ).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Legal y de Registro, hace constar que la Asociación de Desarrollo Integral de Bajo Los Ángeles de San Andrés de León Cortes, San José. Por medio de su representante: Mílder Alberto Rojas Gamboa, cédula 303690288, ha hecho solicitud de inscripción de dicha organización al Registro Nacional de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 del Reglamento que rige esta materia, se emplaza por el término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección de Legal y de Registro.—San José, a las 08:09 horas del 19/07/2017.—Dirección Legal y Registro.—Licda. Odilie Chacón Arroyo.—1 vez.—( IN2017153426 ).

El Registro Público de Asociaciones de Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, hace constar: que la Asociación de Desarrollo Específica Pro Mejoras de los Sitios de Moravia, San José. Por medio de su representante: María Ofelia Rodríguez Quirós, cédula Nº 3-172-985 ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente reforma al estatuto: artículo N° 18 para que en adelante se lea así:

Artículo 18.—Para que se agregue y permita la figura de tres suplentes.

Dicha reforma es visible a folio 61- 62 del tomo I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general ordinaria de afiliados celebrada el día 13 de agosto del 2016. En cumplimiento de lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el termino de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite, manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a las quince horas veinte minutos del día dos de noviembre del dos mil dieciséis.—Departamento de Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2017153900 ).

AGRICULTURA Y GANADERÍA

SERVICIO FITOSANITARIO DEL ESTADO

DEPARTAMENTO DE AGROQUÍMICOS

Y EQUIPOS DE APLICACIÓN

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

AE-REG-E-022/2017.—El señor Víctor Santi, pasaporte: AA2134035, en calidad de Representante Legal de la compañía Comercializadora VMR S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Santa Ana, San José, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo: Pulverizador de Mochila Operado con Palanca, Marca: Dimartino, Modelo: Rosy 16, Peso: 3,3 kilogramos y cuyo fabricante es: Dimartino Spa-Italia Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 13:10 horas del 11 de julio del 2017.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017152581 ).

AE-REG-E-21/2017.—La señora Marianella Sevilla Leiva, cédula de identidad N° 2-0532-0248, en calidad de poder especial de la compañía El Colono Agropecuario S. A., cuyo domicilio fiscal se encuentra en la ciudad de Pococí, Limón, solicita la inscripción del Equipo de Aplicación, Tipo: Aeronave, marca: Thrush Aircraft, modelo: SR2-T34, y cuyo fabricante es: Thrush Aircraft - Inc-Estados Unidos Conforme a lo establece la Ley de Protección Fitosanitaria N° 7664 y el Decreto 27037 MAG-MEIC. Se solicita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan ante el Servicio Fitosanitario del Estado dentro del término de cinco días hábiles, contados a partir de la tercera publicación de este edicto, en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 14:00 horas del 07 de julio del 2017.—Unidad de Registro de Agroquímicos y Equipos de Aplicación.—Ing. Esaú Miranda Vargas, Jefe.—( IN2017152644 ).

SERVICIO NACIONAL DE SALUD ANIMAL

DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

EDICTO

El Doctor Femando Zúñiga con número de cédula 1-1081-189, vecino(a) de Coronado, en calidad de regente veterinario de la compañía Droguería Ageagro S. A., con domicilio en San José, solicita el registro del siguiente medicamento veterinario del grupo 1: Quetamin, fabricado por Laboratorios Biomont S. A., de Perú, con los siguientes principios activos: Cada ml contiene: Ketamina clorhidrato (equivalente a base) 100 mg y las siguientes indicaciones terapéuticas: Para la inducción y mantenimiento de la anestesia. Con base en el Decreto Ejecutivo N° 28861-MAG “Reglamento de Registro y Control de Medicamentos Veterinarios”. Se cita a terceros con derecho a oponerse, para que lo hagan valer ante esta Dirección, dentro del término de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto, en el Diario Oficial “La Gaceta”.—Heredia, a las 10:00 horas del día 19 de junio del 2017.—Dr. Luis Zamora Chaverri, Jefe de Registro.—1 vez.—( IN2017153911 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo i, folio 177, título N° 1201, emitido por el Colegio “La Asunción”, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Solís Granados Fabricio Javier, cédula: 1-1741-0261. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diez días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017151690 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 58, título N° 1255, emitido por el Liceo de Coronado, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Cedeño Mora Ruth Marlene, cédula N° 3-0293-0783. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 6 de junio del 2017.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017151876 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 46, título N° 147, emitido por el Colegio Bilingüe Santa Sofía, en el año dos mil nueve, a nombre de Rodríguez Villarreal Geannina María, cédula: 1-1515-0748. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los seis días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017151891 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 197, asiento N° 899, emitido por el Liceo Nocturno de Santa Cruz, en el año dos mil siete, a nombre de Villalta Cárdenas Bryan Andrés, cédula 5-0360-0615. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017151948 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 91, título N° 1604, emitido por el Liceo Ricardo Fernández Guardia, en el año dos mil doce, a nombre de Vega Mendoza Wilbert Antonio, cédula 155818448529. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 07 de junio del 2016.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017151980 )

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 115, Título N° 607, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Puntarenas en el año dos mil uno, a nombre de Reyes Núñez Ernesto Aurelio, cédula N° 6-0329-0850. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los seis días del mes de julio del dos mil catorce.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2016152068 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Educación Técnica, Modalidad Agropecuaria con Especialidad en Educación Familiar y Social, inscrito en el tomo 1, folio 62, asiento Nº 30, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Guácimo, en el año mil novecientos ochenta y seis, a nombre de Arias Castro Milagro Isabel, cédula Nº 2-0443-0693. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de enero del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152340 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 19, título N° 192, emitido por el CINDEA La Herediana, en el año dos mil trece, a nombre de Solano Hidalgo María del Carmen, cédula N° 1-1471-0163. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los ocho días del mes de junio del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152575 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en la Especialidad Ejecutivos para Centros de Servicio, inscrito en el tomo 1, folio 13, asiento 3, título N° 69, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Hojancha Sección Nocturna, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Retana Porras María Gabriela, cédula 5-0350-0152. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecinueve días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152580 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 02, Folio 28, Título N° 3154, y del título de Técnico Medio en Contabilidad y Finanzas, inscrito en el Tomo 03, Folio 56, Título N° 6786, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, en el año dos mil siete, a nombre de López Alvarado Katherine Johana, cédula Nº 3-0432-0475. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los treinta días del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152584 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 3, Folio 48, Título N° 875, emitido por el Colegio Las Américas, en el año dos mil diez, a nombre de Agüero Montero Daniela, cédula: 1-1524-0658. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diez días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152752 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 45, Título N° 391, emitido por el Liceo San Rafael de Alajuela, en el año mil novecientos noventa y siete, a nombre de Espinoza Vásquez Jeremy, cédula: 2-0554-0475. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veinte días del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152796 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 117, título Nº 410, emitido por el Colegio Deportivo de Limón, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Bright Herra Shereen Ahisha, cédula Nº 7-0268-0063. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017152996 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 45, título Nº 234, emitido por el Liceo de Sabanillas, en el año dos mil ocho, a nombre de Artavia Picado Ana Yanci, cédula Nº 1-1465-0155. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecinueve días del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153040 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 68, asiento 06, título Nº 192, emitido por el Liceo Las Esperanzas en el año dos mil trece, a nombre de Mora Rivera Junior Albán, cédula Nº 1-1631-0712. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153058 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 74, título Nº 423, emitido por el CINDEA Upala, en el año dos mil trece, a nombre de Moreno Urbina Maribel, cédula Nº 2-0662-0657. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintitrés días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153402 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 78, título Nº 657, emitido por el CINDEA de Limón, en el año dos mil trece, a nombre de Salas Alanis William Amancio, cédula Nº 7-0209-0607. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los seis días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153569 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 193, título Nº 388, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Purral, en el año dos mil doce, a nombre de Mairena Chavarría Joselin Maneyri, cédula Nº 8-0116-0858. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintisiete días del mes de junio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153582 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 162, título N° 2416, emitido por el Colegio Técnico Profesional San Isidro Daniel Flores, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Montero Fallas Melanie Daniela, cédula 1-1662-0416. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diez días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017153923 ).

SALUD

DIRECCIÓN DE DESARROLLO HUMANO

De conformidad con el artículo 2° del estatuto de Servicio Civil, la Dirección de Desarrollo Humano informa que: De conformidad con el Acuerdo DGS-0909-2017 de fecha 06 de abril 2017, las personas que se citan a continuación han sido nombradas en propiedad, según las particularidades aquí expuestas:

Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF

 

Javier Abarca Meléndez, Director.—1 vez.—O. C. N° 3400031658.—Solicitud N° 89458.—( IN2017153696 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

REGISTRO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada Asociación de Ingenieros Civiles del Ministerio de Obras Públicas y Transporte, siglas: AIC-MOPT, acordada en asamblea celebrada el día 23 de setiembre de 2016. Expediente S-I050. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 244, asiento: 4931, del 23 de febrero del 2017. La reforma afecta la totalidad de los artículos del Estatuto.—San José, 23 de febrero del 2017.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—( IN2017153489 ).

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social la organización social denominada Sindicato Costarricense de Docentes de Español, Siglas: SINCOSDE, acordada en asamblea celebrada el día 06 de mayo de 2017. Expediente 960-SI. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante tomo: 16, folio: 254, asiento: 4948, del 26 de mayo de 2017. La reforma afecta los artículos 1, 11, 13, 17, 18, se introduce un nuevo artículo 20 y se corre la numeración a partir de ahí del Estatuto.—26 de mayo de 2017.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Subjefa.—( IN2017153915 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para ver marcas con sus respectivas imágenes, favor ir a La Gaceta con firma digital en PDF

Orlando Camacho Hernández, soltero, cédula de identidad 113730723, con domicilio en Pavas, del Kinder Carlos Sanabria Mora, 100 metros oeste y 25 metros norte, dos plantas, color crema, Costa Rica, solicita la inscripción de: LABORATORIOS CAMHER como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a laboratorio químico de producción y venta de todo tipo de productos cosméticos. Ubicado en Pavas, del kinder Carlos Sanabria Mora, 100 metros oeste y 25 metros norte, dos plantas color crema. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005801. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150374 ).

Silvia Eugenia Dobles Madrigal, soltera, cédula de identidad 107750233, en calidad de apoderada especial de AGS Nasoft Mexico, S.A.P.I. de C.V., con domicilio en Distrito Federal, Bosques Alisos, 45 B, segundo piso, Colonia Bosques de las Lomas, Delegación Guajimalpa, con código postal 05120, México, solicita la inscripción de: N

como marca de servicios en clase(s): 35 y 42 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 35) Consultoría de Marketing y 42) Desarrollo de Software y consultorías de Software. Reservas: Del color: negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005966. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150402 ).

Silvia Eugenia Dobles Madrigal, soltera, cédula de identidad 107750233, en calidad de apoderado especial de AGS Nasoft México, S.A.P.I. DE C.V., con domicilio en distrito Federal, Bosques Alisos, 45 B, segundo piso, Colonia Bosques de Las Lomas, Delegación Guajimalpa, con código postal 05120, México, solicita la inscripción de: AN GLOBAL como marca de servicios en clases: 35 y 42, Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 35) Consultoría de marketing. y 42) Desarrollo de software y consultorías de software. Reservas: Del color: negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005968. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150403 ).

Dennis Marín Azofeifa, casado dos veces, cédula de identidad 601890941, en calidad de apoderado especial de Dezaf, Desarrolladora Zafiro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101583993, con domicilio en Escazú, Autopista Próspero Fernández, frente al Hospital CIMA San José, contiguo a BAC San José, Edificio BMI, primer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DAYUN, como marca de comercio en clase: 12 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: vehículos, aparatos de locomoción, aérea o agua. Reservas: de los colores blanco, azul y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0005071. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de junio de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017150425 ).

Dennis Amrín Azofeifa, casado dos veces, cédula de identidad 601890941, en calidad de apoderado generalísimo de DEZAF Desarrolladora Zafiro Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101583993, con domicilio en Escazú, Autopista Próspero Fernández; frente al Hospital CIMA, San José, contiguo a BAC San José, edificio BMI, primer piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DAYUN

como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a venta de motocicletas, accesorios, repuestos y taller de servicio, ubicado en San José, Escazú, autopista Próspero Fernández, frente al Hospital Cima San José, contiguo a BAC San José, edificio BMI, primer piso. Reservas: De los colores: Blanco, azul y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0005070. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado Registrador.—( IN2017150427 ).

Juan Rafael Oliver Alvarado, casado una vez, cédula de identidad 105690990, en calidad de apoderado generalísimo de Viajes Ejecutivos Mundiales S. A., con domicilio en San José, avenida cero y segunda calle treinta y cuatro, edificio Elizabeth segunda planta, Costa Rica, solicita la inscripción de: LTN Costa Rica como marca de servicios en clase: 39. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 39 Los servicios que presta una agencia de viajes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005905. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de junio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150444 ).

Danilo Alberto Oconitrillo Fonseca, casado una vez, cédula de identidad 106120317, con domicilio en Moravia, San Vicente; 450 metros norte, de la Clínica Jerusalén, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: KAZOKU

como marca de servicios en clases: 43 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 43 El servicio de restaurante (alimentación). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005906. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017150445 ).

Carlos Manuel Miranda Segura, casado una vez, cédula de identidad 900750467, en calidad de apoderado generalísimo de Speed Net Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101718491, con domicilio en del Palí 150 m sur, Heredia, Costa Rica solicita la inscripción de: BTQ Boutique el Gimnasio como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a comercialización de artículos deportivos y suplementos nutricionales para deportistas, Ubicado en Heredia Centro, del Palí 150 m sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005808. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150470 ).

Andrea Adelia Ceciliano Navarro, casada una vez„ cédula de identidad 303870341 con domicilio en Llano de los Ángeles, Corralillo, contiguo a la delegación, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Café Don Melo Del Corazón de Nuestra Tierra, como marca de fábrica en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30: Bebida a base de café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0001904. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de marzo de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150477 ).

Luis Diego Hernández Álvarez, soltero, cédula de identidad 402090936, en calidad de apoderado especial de Randall Alberto Chaves Vargas, casado una vez, cédula de identidad 206160695, con domicilio en Grecia, Residencial Lomas del Bosque casa 35, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: DISTORTION  como Marca de Comercio en clase: 25. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002534. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de abril de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150486 ).

Luis Diego Hernández Álvarez, soltero, cédula de identidad Nº 402090936, en calidad de apoderado especial de Randall Alberto Chaves Vargas, casado una vez, cédula de identidad Nº 206160695, con domicilio en Grecia, Residencial Lomas del Bosque, casa 35, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: GRIZZLY

como marca de comercio, en clase: 25 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002535. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de abril del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150487 ).

Gerardo Alvarado Blanco, casado una vez, cédula de identidad Nº 701110348, en calidad de apoderado generalísimo de Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), cédula jurídica Nº 400004214409, con domicilio en calle veintinueve, avenidas dos y ocho, Barrio Francisco Peralta, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: COSTA RICA DUTY FREE Do-Good Shopping by IMAS

como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: establecimientos mercantiles se comercializan productos tales como: salsas (tipo Lizano); perfumes, productos para tratamiento o cuidado personal, cosméticos, ropa y textiles, accesorios personales, bolígrafos, lentes, artículos de cuero (maletas, billeteras, carteras, bolsos), relojes, joyería, productos electrónicos, accesorios electrónicos y juguetes; se venden al público libres de impuestos. Ubicados: en Aeropuerto Internacional Juan Santamaría-Alajuela; Aeropuerto Internacional Daniel Oduber-Liberia, Depósito Libre de Golfito-Puntarenas. Reservas: de los colores: gris, celeste fuerte, fucsia y amarillo oscuro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005193. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017150488 ).

Gerardo Alvarado Blanco, casado una vez, cédula de identidad 701110348, en calidad de apoderado generalísimo de Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS), cédula jurídica 400004214409, con domicilio en calle veintinueve, avenidas dos y ocho, Barrio Francisco Peralta, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: COSTA RICA DUTY FREE Do-Good Shopping by imas como nombre comercial.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Establecimientos mercantiles se comercializan productos tales como: salsas (tipo Lizano); perfumes, productos para tratamiento o cuidado personal, cosméticos, ropa y textiles, accesorios personales, bolígrafos, lentes, artículos de cuero (maletas, billeteras, carteras, bolsos), relojes, joyería, productos electrónicos, accesorios electrónicos y juguetes; se venden al público libres de impuestos. Ubicados en Aeropuerto internacional Juan Santamaría-Alajuela; Aeropuerto Internacional Daniel Oduber-Liberia, Depósito Libre de Golfito-Puntarenas. Reservas: De colores: Gris, celeste fuerte, fucsia y amarillo oscuro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005192. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017150489 ).

Sergio Quesada González, casado una vez, cédula de identidad 105530680, en calidad de apoderado especial de Santillana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-145880, con domicilio en La Uruca, del Edificio de Migración, 100 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BeJob

como marca de comercio en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos e instrumentos de enseñanza; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; programas informáticos (software descargable); publicaciones electrónicas descargables. Reservas: de los colores: amarillo, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001599. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de marzo de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150490 ).

Sergio Quesada González, casado una vez, cédula de identidad Nº 105530680, en calidad de apoderado especial de Santillana S. A., cédula jurídica Nº 3-101-145880, con domicilio en La Uruca, del Edificio de Migración 100 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BeJob

como marca de servicios, en clase: 38 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: telecomunicaciones. Reservas: de colores: amarillo, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001601. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de marzo del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150491 ).

Sergio Quesada González, casado una vez, cédula de identidad 105530680, en calidad de apoderado especial de Santillana S. A., cédula jurídica 3-101-145880, con domicilio en La Uruca, del Edificio de Migración, 100 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BeJob

como marca de comercio en clase: 16 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 16: Manuales de enseñanza y didácticos, material educativo, publicaciones educativas, tarjetas didáctivas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de febrero del 2017, según Solicitud N° 2017-0001602. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de marzo del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150492 ).

Sergio Quesada González, casado una vez, cédula de identidad 105530680, en calidad de apoderado especial de Santillana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-145880 con domicilio en La Uruca, del edificio de Migración 100 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Be Job

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Reservas: De los colores: amarillo, negro y blanco.  Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0003878. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de junio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150493 ).

Sergio Quesada González, casado una vez, cédula de identidad Nº 105530680, en calidad de apoderado especial de Hermanos Ocampo Fernández Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101104775, con domicilio en Liberia, Buena Vista Sur, Faldas del Rincón de La Vieja, de la Escuela de Dulces Cañas, 13 kilómetros al este, Hacienda Hermanos Ocampo Fernández, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Buena Vista del Rincón como nombre comercial, en clase: internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la enseñanza de manejo de recursos naturales y desarrollo sostenible; servicios de restauración holística (tratamientos de salud aplicados en conjunto a otras disciplinas) y tratamientos higiénicos y de belleza. Ubicado: en Guanacaste, Liberia, Buena Vista Sur. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002990. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017150496 ).

Yesenia María Bermúdez Vargas, divorciada una vez, cédula de identidad 110660866 con domicilio en del Palí de Ipís de Goicoechea, 15 sur, 25 oeste, casa D8, Costa Rica, solicita la inscripción de: ccm Colegio Costarricense de Modelaje, como marca de servicios en clase: 41 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: clases de modelaje. Reservas: de los colores: rojo, azul y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000418. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150536 ).

Maximiliano Alvarado Ramírez, casado 3 veces, cédula de identidad 103910022, en calidad de apoderado generalísimo de Banco Nacional de Costa Rica, cédula jurídica 4000001021, con domicilio en calle 4, avenida 1 y 3, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BN Cuota Única

como marca de servicios en clase: 36 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 36: Servicios bancarios diversos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0004625. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150565 ).

Marianela Salazar Muñoz, soltera, cédula de identidad 111500614, en calidad de apoderada generalísima de Sakura CR Fusión S. A., cédula jurídica 3101722362, con domicilio en Quepos contiguo al Supermercado BM, provincia de Puntarenas, Puntarenas, Dinamarca, solicita la inscripción de: IKKI fusión gourmet

como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de comida asiática (Japonesa, Thailandesa, china y Vietnamita) estilo gourmet, tales como sushi, arroces, pastas, al curri y temporizados. Ubicado en Quepos contiguo al Supermercado BM provincia de Puntarenas. Reservas: De los colores negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004130. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150569 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel, 900 metros al sur del Ebais El Llano, antigua fábrica de embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY HIDRAT, como marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005961. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150570 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel; 900 metros al sur, del EBAIS El Llano Antigua Fábrica de Embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY HIDRAT como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos tales como: Polvos, líquidos, gotas, efervescentes, jarabes, tabletas, capsulas, grageas, ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles, suspensiones, supositorios, aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos, soluciones, tónicos, emulsiones, óvulos, inhaladores, vaporizadores, lociones y demás productos farmacéuticos, productos naturales y suplementos alimenticios destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud y bebidas para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005979. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150571 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad Nº 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica Nº 3-101-81719, con domicilio en Desamparados, San Miguel 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua Fábrica de Embutidos, calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY YDRAT como marca de fábrica y comercio, en clase: 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005965. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150572 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel; 900 metros al sur, del EBAIS El Llano Antigua Fábrica de Embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY YDROFRUT como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos tales como: Polvos, líquidos, gotas, efervecentes, jarabes, tabletas, cápsulas, grageas, ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles, suspensiones, supositorios, aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos, soluciones, tónicos, emulsiones, óvulos, inhaladores, vaporizaciones, lociones y demás productos farmacéuticos, productos naturales y suplementos alimenticios destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud y bebidas para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017, Solicitud N° 2017-0005981. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150573 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad Nº 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica Nº 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua Fábrica de Embutidos, calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY YDRAT como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos tales como: polvos, líquidos, gotas, efervescentes, jarabes, tabletas, cápsulas, grageas, ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles, suspensiones, supositorios, aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos, soluciones, tónicos, emulsiones, óvulos, inhaladores, vaporizaciones, lociones y demás productos farmacéuticos, productos naturales y suplementos alimenticios destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud y bebidas para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005971. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150574 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado especial de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua fábrica de Embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY ELECTROVIT como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos tales como: polvos, líquidos, gotas, efervescentes, jarabes, tabletas, cápsulas, grageas, ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles, suspensiones, supositorios, aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos, soluciones, tónicos, emulsiones, óvulos, inhaladores, vaporizaciones, lociones y demás productos farmacéuticos, productos naturales y suplementos alimenticios destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud, y bebidas para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005974. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150575 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel, 900 metros al sur del Ebais El Llano, antigua fábrica de embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY YDROFRUT, como marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005970. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150576 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Haribo Holding Gmbh & Co. KG, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn, Alemania, solicita la inscripción de: KIDS AND GROWN-UPS LOVE IT SO, THE HAPPY WORLD OF HARIBO, como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150585 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de  Haribo Holding Gmbh & Co. Kg, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn, Alemania, solicita la inscripción de: Haribo macht Kinder froh und Erwachsene ebenso como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 30: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003483. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150589 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Haribo Holding Gmbh & Co. KG, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn, Alemania, solicita la inscripción de: HARIBO,

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presen                                                                                     tada el 19 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003485. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150592 ).

Jorge Tristan Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Haribo Holding Gmbh & Co. Kg, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn, Alemania, solicita la inscripción de: HARIBO

como marca colectiva en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003486. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150593 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Haribo Holding Gmbh & Co. KG, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn, Alemania, solicita la inscripción de: HARIBO

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003484. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150594 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Haribo Holding GMBH & Co. Kg, con domicilio en Hans-Riegel-Straße 1, 53129 Bonn, Alemania, solicita la inscripción de: MAOAM como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 30: Golosinas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003481. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150595 ).

Andrés Vargas Rojas, soltero, cédula de identidad 114040372, en calidad de apoderado especial de Two Bros Food Co Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101723112, con domicilio en Escazú, Plaza Tempo, Lobby B, segundo piso oficina GLL, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: POKE como marca de servicios en clase: 43. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 43: Servicio de restauración de experiencia gastronómica, especializado en alimentación enfocada en platillos poke, en presentaciones tradicionales, fusión, y saludables. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005719. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017150596 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad Nº 103920470, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Deiters S.L., con domicilio en Riera Montalegre, 49-P.I. Pomar de Dalt 08916 Badalona, España, solicita la inscripción de: animus

como marca de fábrica y comercio, en clases: 5 y 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 5: productos farmacéuticos; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; sustancias dietéticas para uso médico; hierbas medicinales; hierbas medicinales para mejorar la relajación y el equilibrio emocional; productos farmacéuticos para la mejora del equilibrio emocional, el estado de ánimo o la relajación; productos farmacéuticos para el tratamiento de la depresión. Clase 30: café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003986. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150597 ).

Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Deiters, S.L., con domicilio en Riera Montelagre, 49-PJ. Pomar De Dalt 08916 Badalona, España, solicita la inscripción de: Nauserina, como marca de fábrica y comercio en clases: 5 y 30 internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5 Productos farmacéuticos; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico; complementos nutricionales  para seres humanos; sustancias dietéticas para uso médico en base a extracto de jengibre para las náuseas y mareos y en clase 30 café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos  de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0003985. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150599 ).

Luis Fernando Madrigal Gómez, casado una vez, cédula de identidad 108700334, en calidad de apoderado general de Cooperativa de Caficultores de Dota R.L., cédula jurídica 3-004-075679, con domicilio en Dota, Santa María, costado norte de plaza de deportes, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Coopedota Coffee Experience Tour, como marca de servicios en clase: 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un tour a través de instalaciones de Coopedota y fincas doteñas para mostrar a los visitantes, el proceso de producción, beneficiado y degustación del café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005329. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017150628 ).

Julio César Ruiz Chavarría, soltero, cédula de identidad número 109550665, en calidad de apoderado especial de Grupo Artisano Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101706579, con domicilio en Santa Ana, Pozos, Lindora, Centro Comercial Paseo Lindora, contiguo al Lagar, local dos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ARTISANO como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios de restaurante, ubicado en San José, Santa Ana, Pozos, LindOra, Centro Comercial Momentum. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010580. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de febrero del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017150629 ).

Erika Guadalupe Rodríguez Góchez, soltera, cédula de residencia 122200421027, con domicilio en Cartago, La Unión, Dulce Nombre, Residencial Naturaleza del Este, casa 24-F, Costa Rica, solicita la inscripción de: 11:11 beauty Salon

como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a tratamientos de higiene y belleza para personas. Ubicado en San José, Montes de Oca, Barrio Dent, 300 metros al oeste de Taco Bell. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004633. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de junio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150656 ).

Ericka Mora Blanco, casada una vez, cédula de identidad Nº 109560900, con domicilio en San Marcos de Tarrazú, Llano La Piedra, de la Capilla 350 metros al oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: E&F Manteniendo la tradición

como marca de comercio, en clase: 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Café. Reservas: de los colores: verde y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004921. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150661 ).

Jessica Sheffield Zamora, casada una vez, cédula de identidad 110310927, con domicilio en 2 km. al oeste del ICE de Nosara, Nicoya, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Guardianes de la Naturaleza,

como marca de comercio en clases: 16 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 16: papel y cartón, productos de imprenta, material de encuadernación, fotografías, artículos de papelería y oficina, adhesivos de papelería, material para artistas y material de dibujo; pinceles, material de instrucción, material didáctico, hojas películas y bolsas de material plástico para emblemar y etiquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta y clase 25: prendas de vestir, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005865. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150663 ).

Jéssica Sheffield Zamora, casada una vez, cédula de identidad 110310927, con domicilio en 2 Km., al oeste, de la Agencia del ICE, Nosara, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Guardianes de la Naturaleza

como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2017, Solicitud N° 2017-0005866. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150664 ).

María Gabriela Miranda Urbina, divorciada una vez, cédula de identidad 111390272, en calidad de apoderada especial de Innisfree Corporation, con domicilio en 100, Cheonggyecheon-Ro, Jung-Gu, Seúl, República de Corea solicita la inscripción de: INNISFREE como Marca de Fábrica en clase(s): 3. I nternacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Cosméticos; base para maquillaje; lápiz labiales; sombras de ojos; preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel; preparaciones cosméticas para el baño; lociones para la piel; aceite de lavanda (cosmético); champús; dentífricos; champús para mascotas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo del 2017, según Solicitud N° 2017-0002737. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de marzo del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017150669 ).

Arnoldo André Tinoco, divorciado una vez, cédula de identidad 105450969, en calidad de apoderado especial de Amorepacific Corporation, con domicilio en 181, 2-CA, Hangang-Ro, Yongsan-Gu, Seoul, República de Corea, solicita la inscripción de: MAMONDE como marca de fábrica y comercio en clase: 1 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente 3 Cosméticos; bases de maquillaje; lápices labiales; sombras para los ojos; preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel; preparaciones cosméticas para el baño; lociones para la piel; aceite de lavanda (cosmético); champús; dentífricos; champús para mascotas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2017, según Solicitud N° 2017-0000663. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017150670 ).

Arnoldo André Tinoco, cédula de identidad 1-0545-0969, en calidad de apoderado especial de Etude Corporation, con domicilio en 100, Cheonggyecheon-Ro, Jung-Gu, Seúl, República de Corea, solicita la inscripción de: SULWHASOO

como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cosméticos; Bases de maquillaje; Lápices labiales; Sombras para los ojos; Preparaciones cosméticas para el cuidado de la piel; Preparaciones cosméticas para el baño; Lociones para la piel; Aceite de lavanda (cosmético); Champús; Dentríficos; Champús para mascotas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003970. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150671 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de Ideastream Consumer Products, LLC (Delaware Limited Liability Company) con domicilio en 812 Huron Road, Suite 390, Cleveland, Ohio 44115, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FIND-IT como marca de fábrica y comercio en clases 9 y 16 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 9: cajas y estuches para el almacenamiento de CD, DVD, cartuchos de videojuegos y discos de ordenador; fundas de almacenamiento para CD y DVD; carpetas para almacenamiento de CD, DVD, cartuchos de videojuegos y discos de ordenador; divisores de índice especialmente adaptados para productos de almacenamiento de medios electrónicos y digitales y en clase 16: Cajas y estuches de almacenamiento; compartimientos de almacenaje; carpetas; carpetas anilladas; cuadernos; dispensadores de papel; portapapeles; bloc de papel; bloc de notas; reglas; fichas; estantes para suministros de oficina y escolares (clasificadores de papel y artículos de oficina); organizadores de escritorio; cajas y estuches de lápiz y lapiceros; archivos de papel; carpetas de archivos; carpetas de archivos colgantes; carpetas para cartas, papeles, archivos, documentos y registros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003214. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de mayo de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017150672 ).

Marck Van Der Laat Robles, casado una vez, cédula de identidad 111960018, en calidad de apoderado especial de Cicalares S. A., cédula jurídica 3101211685, con domicilio en Montes de Oca, San Pedro, Barrio Los Yoses, Avenida 10, calle 37, Lexincorp Abogados, Edificio André Tinoco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TREE TO BAR como señal de propaganda en clase: Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: 50 Para promocionar chocolate y cocoa; bebidas a base de chocolate y cocoa; productos de chocolate y cocoa; bebidas de chocolate con leche y cocoa con leche; granos de cacao (en bruto); servicios de turismo y de su organización en la finca, para brindar excursiones “tours” a terceros, relacionados al proceso y producción del cacao, chocolate, cocoa y sus derivados, relacionado con las marcas Finca La Amistad (diseño) en clase 30, expediente número 2016-1314; Finca La Amistad (diseño) en clase 31 expediente número 2016-1315, Finca La Amistad (diseño) en clase 39, expediente número 2016-1316 y con el nombre comercial Finca La Amistad (diseño), expediente número 2016-1317. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de abril del 2016, según Solicitud N° 2016-0003261. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de marzo del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017150674 ).

Arnoldo André Tinoco, divorciado una vez, cédula de identidad 105450969, en calidad de apoderado especial de Knauf Colombia S.A.S., con domicilio en kilómetro 12 Via Mamonal, Zona Franca la Candelaria, Cartagena, Bolívar, Colombia, solicita la inscripción de: SUPERAGARRE,

como marca de fábrica y comercio en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura, y la silvicultura, resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto, abonos para el suelo; composiciones extintoras, preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar alimentos; materias curtientes; adhesivos (pegamentos) para la industria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de diciembre de 2016. Solicitud N° 2016-0012444. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017150677 ).

Arnoldo André Tinoco, divorciado una vez, cédula de identidad Nº 105450969, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Productos Industriales Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3012381937, con domicilio en kilómetro 16.5 carretera a El Salvador, cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, solicita la inscripción de: CASTE como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000662. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de febrero del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017150678 ).

Alex Miguel Rojas Ledezma, soltero, cédula de identidad 503380061, en calidad de apoderado generalísimo de Carnes Rojas Grill Limitada, cédula jurídica 3-102-668170, con domicilio en Bagaces, cuarenta metros oeste de la Librería Ledezma, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: CRG CARNES ROJAS GRILL,

como marca de comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: carne de res. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlo S valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005736. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 05 de julio de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017150701 ).

Andrea Mejía Cordero, casada una vez, cédula de identidad 114350182, en calidad de apoderada generalísima de Coaching Nutricional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101711648, con domicilio en Montes de Oca, San Pedro, 200 metros al este de Muñoz y Nanne, contiguo al Centro Comercial La Lomita, Calle Siles, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Body and Soul NUTRITIONAL COACHING como nombre comercial en clase: Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios profesionales referentes al entrenamiento, dirección, guía y acompañamiento en la vida sana, consciente, buena nutrición, técnicas de relajación, auto ayuda y yoga, ubicado en San José, Montes de Oca, San Pedro, 200 metros al este de Muñoz y Nanne, contiguo al Centro Comercial La Lomita, Calle Siles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006021. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150709 ).

Jessica Salas Venegas, casada, cédula de identidad Nº 112210610, en calidad de apoderada especial de The Smiley Company SPRL, con domicilio en: Avenue Louise Nº 523, 1050 Bruselas, Bélgica, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005289. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150738 ).

Jessica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderada especial de The Smiley Company SPRL, con domicilio en Avenue Louise N° 523, 1050 Bruselas, Bélgica, solicita la inscripción de: SMILEY

como marca de fábrica y comercio en clase: 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Papel y cartón; productos de imprenta; material encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina, excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas y material de dibujo; pinceles; material de instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, cliclés de imprenta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005286. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150740 ).

Jessica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderada especial de The Smiley Company SPRL con domicilio en Avenue Louise N° 523, 1050 Bruselas, Bélgica , solicita la inscripción de: SMILEY como marca de fábrica y comercio en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cuero y cuero de imitación; pieles de animales; artículos de equipaje y bolsas de transporte; paraguas y sombrillas; bastones; fustas, arneses y artículos de guarnicionería; collares, correas y ropa para animales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005285. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150741 ).

Jéssica Salas Venegas, casada, cédula de identidad 112210610, en calidad de apoderado especial de The Smiley Company SPRL con domicilio en Avenue Louise N° 523, 1050 Bruselas, Bélgica, solicita la inscripción de: SMILEY como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 25 Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de junio del 2017, Solicitud Nº 2017-0005284. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150743 ).

Gilbert Anthony Edwards Earle, casado una vez, cédula de identidad Nº 107150451, en calidad de apoderado generalísimo de Latam Solar Energy Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101721904, con domicilio en: Curridabat, 50 metros al norte y 25 metros al este de los semáforos del restaurante La Princesa Marina, casa Nº 4-B, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GO GREEN BE SOLAR

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de gestión de proyectos comerciales en el marco de proyectos de construcción, exclusivamente enfocados en la comercialización y construcción de sistemas fotovoltaicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004149. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 6 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017150752 ).

Eduardo Keibel Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad Nº 105190510, en calidad de apoderado generalísimo de Cafetalera Vista Hermosa S. A., cédula jurídica Nº 3101162420, con domicilio en Escazú, de Tega 200 metros oeste y 50 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: enova como marca de fábrica y comercio, en clase: 30 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: café, para consumo y conservación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005259. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017150780 ).

Greilyn Amelia Marín Rojas, casada una vez, cédula de identidad 110270752, con domicilio en Condominio La Floresta, casa 27-A Concepción, La Unión, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Organic manía 365 días...

como nombre comercial, en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a venta de productos orgánicos, ubicado 100 este de Súper La Cosecha Sabanilla, Montes de Oca. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006023. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150804 ).

Marco Vinicio Martínez Campos, soltero, cédula de identidad 113500576, con domicilio en Goicoechea, Ipís, Ciudadela Rodrigo Facio, casa N° 90, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Territorio del Oso Cervecería Artesanal

como Nombre Comercial Para proteger y distinguir: Un establecimiento comercial dedicado a producción de cerveza artesanal, ubicado en San José, Goicoechea, Ipís, Ciudadela Rodrigo Facio, de la plaza de deportes, 375 metros este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006103. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017150827 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con domicilio en distrito El Carmen, Barrio Escalante avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TENX como marca de comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Programas informáticos y el software de todo tipo, independientemente de su soporte de grabación o medio de difusión, incluido el software grabado en soportes magnéticos o descargado de una red informática remota. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004351. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150841 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad Nº 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101679174, con domicilio en San José, distrito El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, Edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DOLFIX como marca de comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico analgésico, para el alivio de dolores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004344. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150842 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174, con domicilio en El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DICLOCIEN como marca de comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5: Producto farmacéutico, analgésico y antiinflamatorio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004345. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150843 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174 con domicilio en San José, distrito El Carmen, barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: 10 x como marca de comercio, en clase 9 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Los programas informáticos y el software de todo tipo, independientemente de su soporte de grabación o medio de difusión, incluido el software grabado en soportes magnéticos o descargado de una red informática remota. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004342. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150844 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101679174 con domicilio en San José, Distrito El Carmen barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DICLOAZUL como marca de comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéutico analgésico y antinflamatorio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004343. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150845 ).

Tania Marcela Jiménez Carranza, soltera, cédula de identidad 108670172 con domicilio en Escazú centro, de la entrada principal Country Club 400 sur y 150 metros oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: neurolibertad

como marca de servicios en clases 35 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Servicios y administración comercial. y 41 Talleres de coaching y la neurolibertad programación neurolingüística. Reservas: De los colores: dorado, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo del 2017, solicitud Nº 2017-0002465. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de junio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017150849 ).

Franco Esteban Novoa Aguilera, soltero, cédula de identidad Rut 13601277-0, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Ibiterra Ltda. con domicilio en Pudahuel Poniente N° 82, Pudahuel-Santiago, Chile, solicita la inscripción de: IBISOIL CA como marca de fábrica en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Abonos, fertilizantes edáficos y foliares de uso agrícola. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de octubre del 2016, solicitud Nº 2016-0010028. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de abril del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150862 ).

Carlos Jonfai Wong Zúñiga, casado dos veces, cédula de identidad 106640989, en calidad de apoderado generalísimo de Coyol Desarrollo Comercial S. A., cédula jurídica 3101717207, con domicilio en Alajuela El Coyol, Zona Franca El Coyol, ubicada frente a Riteve, Oficinas Administrativas, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLAZA COYOL

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a un centro comercial de alojamiento de oficinas y locales comerciales, ubicado en Alajuela, Alajuela El Coyol, Zona Franca El Coyol, ubicada frente a Riteve, Oficinas Administrativas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de abril del 2017, solicitud Nº 2017-0003862. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150873 ).

Luis Fernando Rodríguez Méndez, casado una vez, cédula de identidad Nº 104820062, en calidad de apoderado generalísimo de Bio Pharm Laboratories Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101378126, con domicilio en Quesada Durán, 150 este del Condominio Indiana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Baby CARE BPH

como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: crema para protección de la piel en bebé. Uso dermatológico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006079. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150876 ).

Korana Arias Cortés, casada, cédula de identidad Nº 401660877, en calidad de apoderada especial de Edwin Ricardo Escalante Calderón, casado una vez, pasaporte 8159262, con domicilio en: Ciudad de Guatemala, 36, calle 19-82 Zonas 12, Villa Sol Uno, Costa Rica, solicita la inscripción de: PEGADITO FIRM HOLD

como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006062. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150881 ).

Francisco Fallas Madrigal, casado una vez, cédula de identidad Nº 108440890, con domicilio en Tibás, Residencial La Orquídea, casa Nº 49, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BALHAIRE

como marca de servicios, en clase: 42 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio de diseño sistemas de aire acondicionado y calefacción balance sistemas de aire acondicionado y ventilación que requieren cálculos rigurosos de ingeniería de pequeños dispositivos en forma temporal para medición de aire acondicionado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005696. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150884 ).

Marlon de Jesús Cabezas Carabaca, casado una vez, cédula de identidad 801040572, en calidad de apoderado generalísimo de Group Logistics System Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101602319, con domicilio en Pococí, Guápiles, Urbanización Las Palmeras, 75 metros sur del Bar Las Américas, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción de: Prevention GLS Group Logistics System

como marca de servicios en clase(s): 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de seguridad para la protección de bienes y personas; de investigación y vigilancia relacionados con la seguridad de personas y o, colectividades; a personas en relación con acontecimientos sociales, tales como los servicios de acompañamiento en sociedad y servicios funerarios. Reservas: De los colores negro, azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005929. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017150890 ).

Carol María Ramos Bustos, casada una vez, en calidad de Apoderado Generalísimo de Vaestra Assistant And Project Development Sociedad Anónima con domicilio en Cañas, 100 metros al sur de la sucursal del Banco de Costa Rica, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Nuaterra como marca de fábrica y comercio, en clase 31 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 31 Productos agrícolas, auicolas, hortícolas y forestales en bruto y sin procesar, granos y semillas en bruto o sin procesar, frutas y verduras, hortalizas y legumbre frescas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0004962. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017150900 ).

Lisandro Miranda Gómez, casado una vez, cédula de identidad 603140290 con domicilio en Pérez Zeledón, distrito San Isidro de El General, del Mall Monte General, 100 metros al oeste residencial Monte General casa N° 34C, Costa Rica, solicita la inscripción de: ZAMIR PIZZA como marca de servicios, en clase 43 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 43 Servicios de alimentos y bebidas específicamente todo lo relacionado con pizza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005688. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017150922 ).

Andrey Dorado Arias, casado una vez, cédula de identidad 205650345, en calidad de apoderado especial de Bufete DR. Francisco Armando Arias, Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en Colonia San Benito, Calle La Mascota, N° 533 San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: ARIAS como marca de servicios en clase: 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de asesoría jurídica y legal; abogacía; notariado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003724. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150926 ).

Andrey Dorado Arias, casado una vez, cédula de identidad Nº 205650345, en calidad de apoderado especial de Bufete Dr. Francisco Armando Arias Sociedad Anónima de capital variable, con domicilio en: colonia San Benito, calle La Mascota, Nº 533 San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: ARIAS

como marca de servicios en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de asesoría jurídica y legal; abogacía; notariado. Reservas: del color: rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003723. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 4 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150927 ).

Gabriel Villalobos Molina, casado una vez, cédula de identidad Nº 110720546, con domicilio en: Cartago, La Unión, San Juan, calle Bonilla del colegio Anglo Americano 50 metros sur, Costa Rica, solicita la inscripción de: kuarc como marca de servicios en clase 35 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: plataforma de servicios en línea que le permite a pequeñas y medianas empresas y organizaciones de ayuda social publicitarse y dar a conocer sus productos, servicios, promociones y eventos a sus clientes actuales y potenciales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004374. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017150928 ).

Vicente Aurelio Lines Fornier, divorciado una vez, cédula de identidad 108300937, en calidad de Apoderado Especial de Bufete Dr. Francisco Armando Arias, Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en Colonia San Benito, Calle La Mascota, N° 533 San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: ARIAS

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a prestar servicios de asesoría legal; abogacía; notariado. Ubicado en Colonia San Benito, Calle La Mascota, N° 533, San Salvador, El Salvador. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0001969. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de marzo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150929 ).

Vicente Aurelio Lines Fornier, cédula de identidad 108300937, en calidad de apoderado especial de Bufete Dr. Francisco Armando Arias Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en Colonia San Benito, Calle La Mascota, N° 533 San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: Arias

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a prestar servicios de asesoría jurídica y legal; abogacía; notariado, ubicado en Colonia San Benito, Calle La Mascota, N° 533, San Salvador, El Salvador. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de marzo del 2017, solicitud Nº 2017-0001971. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de marzo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150930 ).

Vicente Aurelio Lines Fournier, divorciado 1v, cédula de identidad Nº 108300937, en calidad de apoderado especial de Bufete Dr. Francisco Armando Arias Sociedad Anónima de capital variable, con domicilio en: colonia San Benito, calle La Mascota, Nº 533 San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: ARIAS

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a prestar servicios de asesoría jurídica y legal; abogacía; notariado. Ubicado en colonia San Benito, calle La Mascota, N° 533, San Salvador, El Salvador. Reservas: del color: rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0001972. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 30 de marzo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017150931 ).

Marvin Francisco Corrales Barboza, casado una vez, cédula de identidad 105040816, en calidad de apoderado generalísimo de Banco de Costa Rica, cédula jurídica 400000001909, con domicilio en Avenidas Central y segunda, calles cuatro y seis, Banco de Costa Rica, San José , Costa Rica, solicita la inscripción de: CLEO como señal de propaganda en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 50 Para promocionar la identidad y los servicios que presta el Banco de Costa Rica relacionados a negocios financieros y monetarios relacionados a la marca GEN expediente N° 2016-6936 registrada bajo el número 260489. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001730. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de abril del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017150934 ).

José Alberto Abarca Arce, casado una vez, cédula de identidad 109720080, con domicilio en La Isla de Moravia, 300 sur del salón comunal, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: E-CENTER FAMILY ENTERTAINMENT CENTER

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 49: Un establecimiento dedicado a centro de juegos familiares de entretenimiento, con juegos interactivos para niños, juegos de video, simuladores de juegos, plays ground, espacio recreativo para la familia. Ubicado en Centro Comercial Expreso en Desamparados. Reservas: De colores: Celeste neón, azul rey y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005781. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017150938 ).

Pamela Mora Soto, casada una vez, cédula de identidad 112460002, en calidad de apoderada generalísima de Grupo Mar Fuerte Inmobiliaria S. A., cédula jurídica 3101709455, con domicilio en Santo Domingo, del cementerio 200 este y 200 norte, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Las Veredas CONDOMINIO

como marca de servicios en clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de desarrollo de bienes inmuebles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004869. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017150979 ).

Pablo Andrés Sánchez Calvo, soltero, cédula de identidad 109670977, en calidad de apoderado especial de Corporación Pirámide S. A. de C.V. con domicilio en San Salvador, Boulevard del Hipódromo, final calle la reforma N° 777, Colonia San Benito, Zona Rosa, El Salvador, solicita la inscripción de: RIB SNACK

como marca de servicios, en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restaurante. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006202. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151028 ).

Óscar Echeverría Heigold, casado una vez, cédula de identidad Nº 106430114, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación de Importadores de Vehículos y Maquinaria (AIVEMA), cédula jurídica Nº 300256121 con domicilio en: Escazú, Guachipelín, edificio Meridiano, oficina número uno, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Salón del Automóvil CR AIVEMA, como señal de propaganda en clase 50 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar servicios de venta y exhibición de vehículos y sus accesorios y servicios relacionados con la educación, formación, esparcimiento tales como “ferias automotrices, exhibición y demostración de vehículos, relacionada con la marca “SALÓN DEL AUTOMÓVIL CR AIVEMA. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011850. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017151051 ).

Marcel Khoury, casado una vez, cédula de residencia Nº 112400112406, en calidad de apoderado generalísimo de Artes Culinarias AC Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102149883, con domicilio en segundo piso del edificio Elirod, avenida ocho, Nº 1706, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FALAFEL HOUSE

como nombre comercial, en clase: 49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de alimentos y bebidas. Ubicado: en San José, San Rafael de Escazú, Plaza Tempo, zona denominada como El Mestizo, local Nº 4. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004954. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017151055 ).

Giuseppe Cacace, divorciado una vez, cédula de residencia 138000092016, en calidad de apoderado generalísimo de Glex CR Sociedad Anónima con domicilio en Belén La Ribera, Centro Comercial La Ribera local H-8, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: GLEXCR

como marca de servicios en clases: 35; 36; 42 y 45. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 35: Asesoría comercial y contable. 36: Bienes raíces, asesoría financiera. 42: Diseño web. 45: Asesoría legal o jurídica. Reservas: de los colores: rojo, verde, azul y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003225. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de mayo de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017151096 ).

David Ruiz Urda, divorciado, pasaporte Nº XDC562289, en calidad de apoderado generalísimo de Fromada Costa Rica FMD Sociedad Anónima, con domicilio en Escazú, Edificio Trilogía, Nº 2, Oficina Nº 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: KALLÍ

como marca de fábrica y comercio, en clase: 3 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Productos de perfumería y cosméticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006026. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151098 ).

Guiselle Luna Calero, divorciada dos veces, cédula de identidad Nº 602030173, con domicilio en: San Pablo, condominio Malibú, casa Nº 14, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Santa Luna

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a venta, importación y distribución de ropa. Prendas de Santa vestir en general y accesorios, ubicado en San Pablo de Heredia, condominio Malibú, casa Nº 14. Reservas: de los colores: negro y dorado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151100 ).

Adriana del Carmen Báez Baltodano, soltera, cédula de identidad Nº 115290023, con domicilio en San Francisco, de Mas x Menos 100 metros al sur 125 metros oeste, Condominio Bosques de Velarde, casa 13 C, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALQUIMIA como marca de fábrica y comercio, en clase: 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Pan, productos de pastelería y confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005999. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017151108 ).

Kenneth Suárez Bolaños, soltero, cédula de identidad 109730498, en calidad de apoderado especial de Uniformes Atenas CR. S. A., cédula jurídica 3101709382, con domicilio en Atenas 200 sur y 25 este de Escuela Central de Atenas, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Frymëzim

como marca de comercio en clase: 2. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 2: Pinturas plastisol para textil. Reservas: De los colores negro y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005628. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017151110 ).

Jorge Montero Pibaque, casado una vez, cédula de identidad Nº 800830622, con domicilio en San Antonio de Desamparados, 25 E. de la Delegación Policial, Costa Rica, solicita la inscripción de: PURE FASHION BOUTIQUE

como nombre comercial, en clase: internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a venta de ropa y accesorios. Ubicado: en Desamparados, San Antonio, 25 E. de la Delegación Policial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006198. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151121 ).

Allan Hidalgo Campos, soltero, en calidad de apoderado generalísimo de Chez Julián Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101717524, con domicilio en: cantón de Tibás, distrito Colima, barrio Cuatro Reinas de la Iglesia Católica, 50 metros al oeste dos cuadras pequeñas sur y 75 metros al oeste casa Nº 26 Q., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: cJ chez Julian

como marca de servicios en clases 35, 39 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: servicio de gestión empresarial de restaurantes; en clase 39: reparto de alimentos por parte de restaurantes, y en clase 43: servicio restaurante. Reservas: de los colores: blanco, naranja, rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006054. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151129 ).

Allan Hidalgo Campos, soltero, cédula de identidad Nº 106220811, en calidad de apoderado generalísimo de Chez Julián Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101717524, con domicilio en: cantón Tibás, distrito Colima, barrio Cuatro Reinas de la Iglesia Católica, 50 metros al oeste dos cuadras pequeñas sur y 75 metros al oeste casa Nº 26 Q., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: cJ chez julian

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicio de restaurante, gestión empresarial de restaurantes y reparto de alimentos por parte de restaurantes, ubicado en San José, Pavas, del centro comercial Plaza Mayor, 200 metros este. Reservas: de los colores: naranja, rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006053. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151130 ).

Adriana Elizabeth Piedra Flores, soltera, cédula de identidad 503500865, en calidad de apoderada especial de Servicios Terapéuticos Mariangel Sociedad de Responsabilidad Limitada, Cédula jurídica 3102561124, con domicilio en Heredia, Urbanización Cubujuquí, casa N° 138, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: TANUKI

como nombre comercial en clase(s): Internacional Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios de restauración (alimentación) y bebidas alcohólicas. Ubicado en Heredia, Central, Mercedes Sur, calle veintiséis, avenida cero, casa color camel, portón café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003314. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de mayo de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151136 ).

Adriana Elizabeth Piedra Flores, soltera, cédula de identidad Nº 503500865, en calidad de apoderada especial de Servicios Terapéuticos Mariángel Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102561124, con domicilio en Heredia, Urbanización Cubujuquí, casa Nº 138, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: TANUKI

como marca de servicios, en clase: 43 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restauración (alimentación). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003313. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151137 ).

Carlos Eduardo Sibaja Castro, casado, cédula de identidad Nº 602550443, en calidad de apoderado especial de Herberth Ocampo Bogantes, casado dos veces, cédula de identidad Nº 602400833, con domicilio en: Esparza, barrio Linda Vista, 100 metros al este de la entrada principal Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: ITKM INTERNATIONAL TACTICAL KRAV MAGA Sistema de Defensa y Protección Israelí

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: enseñanza en la defensa personal y protección táctica a terceros, defensa personal. Reservas: no se hace reserva de la frase “SISTEMA DE DEFENSA Y PROTECCIÓN ISRAELÍ. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0002363. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017151138 ).

Maritza Solís Jiménez, divorciada, cédula de identidad 107850255, con domicilio en Dulce Nombre, Coronado Urb. Josué, casa N° 115, Costa Rica, solicita la inscripción de: ilán - ilán Diseño artesanal costarricense

como marca de comercio en clases: 16. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 16 Encuadernado Artesanal (libreta hecha a mano). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003504. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151196 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad 110140725, en calidad de Apoderada Especial de Mariscos de Escalante S. A., cédula jurídica 3-101-727008 con domicilio en Curridabat, Guayabos, del Fresh Market 600 metros este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: W.T.R.

como marca de fábrica y comercio, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 32: Productos de aguas (bebidas), aguas minerales, bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005465. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017151197 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad Nº 110140725, en calidad de apoderada especial de Somos Cumbres Ltda., cédula jurídica Nº 3102735490, con domicilio en Vázquez de Coronado San Isidro, del Palí 75 metros al este, casa a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CUMBRES Personas Co-transformando Negocios

como marca de servicios, en clase: 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, asesoría en dirección de empresas; asistencia en dirección de negocios; búsqueda de mercados; búsqueda de negocios; investigación comercial; consultoría en dirección de negocios; consultoría en recursos humanos; consultoría en organización de negocios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003950. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de mayo del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151199 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad Nº 1 10140725, en calidad de apoderado especial de Al-Anon Family Group Headquarters Inc, con domicilio en: 1600 Corporate Landing Parkway Virginia Beach, Virginia 23454-5617, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clases 16 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Libros, folletos, tarjetas impresas, letreros, boletines informativos, folletos y volantes sobre el alcoholismo y las necesidades e intereses de los miembros de la familia de los bebedores problemáticos y en clase 45: Servicios de asociación, a saber, ayuda a familiares y grupos de familiares de personas con problemas de alcohol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002291. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151200 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad 110140725, en calidad de Apoderada Especial de Al-Anon Family Group Headquarters Inc., con domicilio en 1600 Corporate Landing Parkway Virginia Beach, Virginia 23454-5617, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: AL-ANON como marca de fábrica y servicios, en clases 16 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 16 Libros, folletos, tarjetas impresas, letreros, boletines informativos, folletos y volantes sobre el alcoholismo y las necesidades e intereses de los miembros de la familia de los bebedores problemáticos; y 45 Servicios de asociación, a saber, ayuda a familiares y grupos de familiares de personas con problemas de alcohol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002294. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151202 ).

Adriana Calvo Fernández, soltera, cédula de identidad Nº 110140725, en calidad de apoderado especial de Al-Anon Family Group Headquarters Inc., con domicilio en: 1600 Corporate Landing Parkway Virginia Beach, Virginia 23454-5617, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ALATEEN, como marca de fábrica y servicios en clases 16 y 45 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: Libros, folletos, tarjetas impresas, letreros, boletines informativos, folletos y volantes sobre el alcoholismo y las necesidades e intereses de los miembros de la familia de los bebedores problemáticos y en clase 45: Servicios de asociación, a saber, ayuda a familiares y grupos de familiares de personas con problemas de alcohol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002290. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151204 ).

Miguel Ruiz Herrera, casado una vez, cédula de identidad 103700432, en calidad de Apoderado Especial de, Gutis Limitada, cédula jurídica 3102526627 con domicilio en Escazú, 200 metros al sur de la entrada de la tienda Carrión, edificio Terraforte, piso 4, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: REDUCIT como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de noviembre del 2015. Solicitud Nº 2015-0011111. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151206 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Randall Jiménez Umaña, soltero, cédula de identidad 108600682, con domicilio en Lagunilla, Residencial Real Santamaría oeste, casa 294, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: CHAMPIONS WINGS SPORTS BAR

como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a restaurante Sport bar, ubicado en San Pedro de Montes de Oca, establecimiento ubicado en el Mall San Pedro. Reservas: De los colores: rojo; gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006126. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 06 de julio de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151216 ).

Luis Diego Castro Chavarría, casado, cédula de identidad 106690228, en calidad de Apoderado Especial de Abbott Diabetes Care Inc. con domicilio en 1420 Harbor Bay Parkway, Alameda, California, 94502, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: LIBRELINKUP como marca de fábrica y comercio, en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Software para el uso en el campo del manejo de la diabetes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012384. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de enero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151233 ).

Luis Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de identidad Nº 105580219, en calidad de apoderado especial de Abbott Medical Optics Inc., con domicilio en 1700 E. St. Andrew Place, Santa Ana, CA 92705, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TECNIS como marca de fábrica y comercio, en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: dispositivos médicos, a saber, lentes intraoculares y aparatos para insertar los mismos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011562. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de noviembre del 2016.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151234 ).

Luis Pal Hegedüs, casado una vez, cédula de identidad Nº 105580219, en calidad de apoderado especial de Abbott Laboratories, con domicilio en: 100 Abbott Park Road, Abbott Park, Illinois 60064, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ProSensitive

como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: sustancias dietéticas adaptadas para uso médico; preparaciones pediátricas nutritivas; fórmula para bebés; alimento para bebés; una mezcla exclusiva de ingredientes agregada y vendida como un componente integral utilizado en fórmula para bebés y alimento para bebés. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011974. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 21 de diciembre del 2016.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017151235 ).

Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en: Calle 3 Norte Nº 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA FLOWERS FOR GIRLS RED, como marca de fábrica en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desangrar y raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales; dentríficos no medicinales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004214. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151268 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad Nº 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela S. A. de C.V. con domicilio en: calle 3 norte Nº 102 parque industrial Toluca 2000, Cd. de Toluca, estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA APPASSIONATA ELIXIR, como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales; dentífricos no medicinales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004215. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151269 ).

Magdalena Gould Herrera, viuda una vez, cédula de identidad Nº 111080359, con domicilio en la Isla de Moravia, Urbanización Las Lomas, casa 32B, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ishah Jerut Desatando la Libertad

como marca de servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: educación y formación espiritual, social y emocional en y con niños, jóvenes y adultos. Reservas: de los colores: rojo y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012548. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de enero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151296 ).

Édgar Barboza Valverde, casado una vez, cédula de identidad Nº 104650802, con domicilio en: Pérez Zeledón, San Isidro, barrio Valverde, 50 norte y 150 norte de la estación de Acueductos y Alcantarillados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CUERVOS PZ COSTA RICA

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de entretenimiento, diversión, y recreo de personas que aman el motociclismo de alto y bajo cilindraje. Reservas: de los colores blanco y negro, no reserva costa rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004734. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registrador.—( IN2017151298 ).

David José Valverde Granados, soltero, cédula de identidad 104720343, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo Kamaeda S. A., con domicilio en Montes de Oca, San Pedro, detrás del Palí 75 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Sabor de la Tortilla Kamaeda

como nombre comercial en clase: Internacional Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de comida especializada en productos de maíz, más específico en tortillas de queso, un concepto de producción y venta de comida típica costarricense, ubicado en San José, Montes de Oca, Sabanilla, 50 metros oeste del Mega Super. Reservas: De los colores: amarillo, café y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000218. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de febrero de 2017.—Wendy López Vindas, Registrador.—( IN2017151301 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderado especial de Corporación Cuba Ron S. A., con domicilio en: calle 200 Nº 1708, esquina 17, Playa, ciudad de La Habana, Cuba, solicita la inscripción de: RON PERLA DEL NORTE

como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas (excepto cervezas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003853. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de mayo del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017151330 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de Apoderada Especial de ZHS IP Américas SÀRL con domicilio en Avenue Reverdil 14, 1260 Nyon, Suiza, solicita la inscripción de: STOLICHNAYA

como marca de fábrica y comercio, en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 33: Bebidas alcohólicas (excepto cervezas), vodka, espirituosos, vodkas con sabores naturales, bebidas y cocteles a base de vodka. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1° de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011786. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de mayo del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registrador.—( IN2017151331 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderado especial de Nusil Technology, LLC con domicilio en: 1050 Cindy Lane Carpinteria, California 93013, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: nuSil como marca de fábrica y servicios en clases 1 y 42 internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: siliconas, polímeros de siliconas, aminas de silicona y emulsiones de silicona para usar en la manufactura de preparaciones farmacéuticas, de dosificación de medicamentos, de dispositivos médicos, de cosméticos, de productos para el cuidado de la piel, de productos para el cuidado personal, de productos para el cuidado de la salud, de productos electrónicos, de productos optoelectrónicos, de productos comerciales, de productos industriales, de productos aeroespaciales, productos usados en defensa, de plásticos, caucho, de revestimientos, de rellenos, de adhesivos, de lubricantes y selladores y en clase 42: servicios de investigación científica, servicios de diseño, de ingeniería, de investigación, de desarrollo y de servicios de pruebas en el campo de siliconas, de polímeros de siliconas, de aminas de silicona y de emulsiones de silicona. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000005. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151332 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de Apoderada Especial de, VIFOR (International) Ag (VIFOR [International] Ltd.) (VIFOR [International] Inc), con domicilio en Rechenstrasse 37, 9014 ST. Gallen, Suiza, solicita la inscripción de: VIFOR PHARMA

como marca de fábrica y servicios, en clases 3; 5; 41; 42 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos; clase 5 Preparaciones farmacéuticas, medicinales y veterinarias; preparaciones sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas adaptadas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; clase 41 Servicios de educación; servicios de formación; servicios de entretenimiento; servicios de actividades deportivas y culturales; clase 42 Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos, servicios de análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software y clase 44 Servicios médicos; servicios veterinarios; servicios de tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales. Prioridad: Se otorga prioridad N° 59784/2016 de fecha 18/08/2016 de Suiza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001344. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151333 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de gestor oficioso de Amber IP Brands SÀRL, con domicilio en Avenue Reverdil 14, 1260 Nyon, Suiza, solicita la inscripción de: Moskovskaya

como marca de fábrica y comercio en clase: 33 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 33 Bebidas alcohólicas (excepto cervezas); vodka; bebidas espirituosas, bebidas a base de vodka y cócteles con vodka. Reservas: De los colores: verde claro, verde, blanco, negro, gris y oro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002714. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151334 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad Nº 1335794, en calidad de apoderado especial de Innova Netgrup S.L., con domicilio en Balmes, 301-Primero Primera 08006 Barcelona, España, solicita la inscripción de: COMPANYGAME

como marca de servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de educación y esparcimiento; servicios de difusión de información y celebración, patrocinio y hospedaje de seminarios, presentaciones y grupos de debate; servicios de formación relativa al desarrollo personal, el desarrollo de carreras profesionales y la creación de relaciones; servicios de formación, contratación de personal, consultas de negocios, desarrollo de negocios comerciales y puesta en red; organización y celebración de eventos educativos y de formación en línea incluyendo reuniones y seminarios virtuales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003340. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151335 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderado especial de Toyota Technocraft Co., Ltd. con domicilio en: 8-3, Shibaura 4-Chome, Minato-Ku, Tokio, Japón, solicita la inscripción de: TRD Racing Development como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: chimeneas aéreas para vehículos; rejillas (para vehículos; parachoques para vehículos; alerones para vehículos; ruedas para vehículos; barra ajustadora de suspensión para vehículos; sujetador adicional de barra ajustadora de suspensión para vehículos; amortiguadores de suspensión para vehículos; muelles de suspensión para vehículos; barras estabilizadoras para vehículos; pastillas de freno para vehículos; cables de frenos para vehículos; discos de frenos para vehículos; mordazas o pinzas de freno para vehículos; diferenciales de deslizamiento limitado para vehículos; tapas de embrague para vehículos; discos de embrague para vehículos; manivelas para vehículos; volantes para vehículos; asientos para vehículos; palancas de cambio para vehículos; perillas de cambio para vehículos; árbol de levas para vehículos; bielas para vehículos; interruptores de arranque por medio de pulsado para vehículos; estabilizadores de puertas para vehículos; paneles interiores para vehículos; silenciadores para vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003848. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de mayo del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017151336 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Henkel I P & Holding GMBH, con domicilio en Henkelstr. 67 40589 Düsseldorf, Alemania, solicita la inscripción de: DACREZ

como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 17. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 1: Resinas industriales utilizadas en adhesivos corrugados y 17: Resinas artificiales para adhesivos corrugados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004250. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151337 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Henkel IP & Honding GMBH, con domicilio en Henkelstr, 67 40589 Düsseldorf, Alemania, solicita la inscripción de: VELOCITY

como marca de fábrica y comercio, en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: adhesivos (industriales) para uso en la manufactura de cartones doblables y productos corrugado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004252. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151338 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Deckers Outdoor Corporation con domicilio en 250 Coromar Drive, Goleta, California, 93117, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOKA

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: 25 Prendas de vestir; sombrerería; calzado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004254. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de mayo de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017151339).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Deckers Outdoor Corporation, con domicilio en: 250 Coromar Drive, Goleta, California, 93117, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOKA ONE ONE

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir; sombrerería; calzado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004255. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017151340 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de Apoderada Especial de American Lebanese Syrian Associated Charities, Inc. con domicilio en 501 ST. Jude Place, Memphis, Tennessee 38105, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: St. Jude Children’s Research Hospital

como marca de servicios, en clases 36; 41 y 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 36 Recaudación de fondos de beneficiencia, 41 Servicios educacionales; servicios de información; servicios educacionales para ofrecer conferencias, seminarios, St. lude Childrais congresos y talleres en los ámbitos de la medicina e investigación y para brindar materiales de instrucción (in situ); servicios de capacitación de profesionales médicos y de cirujanos, de médicos clínicos, de profesionales en salud y de científicos en el ámbito de investigación biomédica; prestación de servicios de biblioteca de investigación médica y científica; servicios para suministrar servicios de biblioteca en línea; servicios para impartir conferencias en línea, de seminarios y de tutorías en los ámbitos de la medicina, cuidado de la salud, y ciencia; servicios para suministrar información relacionada con la práctica e investigación médica; servicios para suministrar información relacionada con la prevención y tratamiento de enfermedades y 44 Servicios médicos y hospitalarios; servicios clínicos médicos; servicios de valoración médica; servicios de programas de evaluación funcional para pacientes que reciben servicios médicos y de rehabilitación; servicios para suministrar información médica; servicios para suministrar, vía internet, información relacionada con prevención y tratamiento de enfermedades catastróficas en niños, especialmente cánceres diagnosticados en niños pequeños (cánceres pediátricos); servicios de atención de enfermería; servicios de ayuda de atención de enfermería a domicilio (casa); servicios de rehabilitación física; servicios de asesoramiento en nutrición; servicios de cuidado y tratamiento dental. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004377. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de mayo del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017151341 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Old World Industries LLC, con domicilio en 4065 Commercial Ave., Northbrook, IL 60062, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BlueDEF

como marca de fábrica y comercio, en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: agente reductor líquido compuesto de urea y de agua para su uso en la reducción catalítica selectiva para sistema de escape a diésel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004561. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151342 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Productora de Refrescos RC, S.A.P.I. de C.V., con domicilio en Río de La Plata N° 2555, Colonia Colomos Providencia, Guadalajara, Jalisco, México, CP. 44630, México, solicita la inscripción de: Red Cola NO TE QUEDES CON EL ANTOJO como marca de fábrica y comercio en clase: 32. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 32 Refrescos. Reservas: De los colores rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004562. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151343 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Merck Kgaa, con domicilio en: Frankfurter Strasse 250, D-64293 Darmstadt, Alemania, solicita la inscripción de: IR3535

como marca de fábrica y comercio en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: químicos usados en la industria farmacéutica y cosmética. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004693. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 30 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151344 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de FKA Distributing CO., LLC Comerciando Como Homedics LLC, con domicilio en 3000 Pontiac Trail Commerce Township, Estado de Michigan 48390, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ELLIA como marca de fábrica y comercio, en clases: 3 y 11 internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 3: aceites esenciales; aceites esenciales aromáticos; aceites esenciales para uso en el hogar; preparaciones de limpieza para propósitos en el hogar y que contienen aceites esenciales; difusores de junco y que contienen aceites esenciales y también incluyen junco y recipientes difusores. Clase 11: difusores usados en aromaterapia para la emisión de aceites esenciales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de setiembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0009493. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de octubre del 2016.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017151345 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de gestora oficioso de Haggar Clothing Co., con domicilio en: 1507 LBJ Freeway, Suite 100, Farmers Branch, Texas 75234, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HAGGAR, como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir; calzado; sombrerería; cinturones; abrigos; zapatos; botas y sandalias; guantes; sombreros y gorras, vinchas; prendas de calcetería; chaquetas; pantalones de mezclilla; pantalones holgados; ropa holgada; pantalones; parcas; abrigos impermeables; camisas; pantalones cortos; calcetines; trajes; suéteres; bufandas; corbatas y corbatines; chalecos; chaquetas resistentes al viento. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002715. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de mayo del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151346 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad número 107850618, en calidad de Apoderada Especial de BASF SE, con domicilio en Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen AM Rhein, Alemania, solicita la inscripción de: HIBRAXO como marca de fábrica y comercio, en clases 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 1: Químicos usados en agricultura, horticultura y silvicultura; especialmente preparaciones para fortalecer las plantas; preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en plantas, preparaciones para regular el crecimiento de las plantas, preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes, químicos naturales o artificiales para ser usados como cebos sexuales o agentes para confundir insectos. En clase 5: Preparaciones para destruir y combatir animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001342. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017151347 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de The Cartoon Network Inc., con domicilio en 1050 Techwood Drive, N.W., Atlanta, Estado de Georgia 30318, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SUMMER CAMP ISLAND como marca de fábrica y servicios, en clases: 9 y 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 9: grabaciones de audio, grabaciones audio visuales; altoparlantes portátiles de audio, reproductores de discos compactos, estéreos personales, bases de conexiones electrónicas, audífonos y auriculares en set, audífonos, computadoras personales y computadoras tipo tableta, almohadillas para ratón, mouse (ratones) para computadora, teclados para computadora, memorias USB, máquinas de Karaoke, transmisor-receptor portátil, teléfonos, calculadoras, reglas, computadoras, cámaras (fotográficas), películas (fotográficas), imanes decorativos, marcos para fotos digitales; cascos protectores para practicar deportes, tubos para practicar buceo, máscaras para nadar, anteojos protectores para nadar (goggles); anteojos, anteojos para protegerse del sol, marcos y estuches para los mismos; carpetas descargables de audio, carpetas descargables de video, carpetas audiovisuales descargables, carpetas descargables de imágenes; programas de computadora, cartuchos de videojuegos, programas de computadoras de juegos de video, programas descargables de computadora (software) para dispositivos móviles, tarjetas de memoria para máquinas de juegos de video; bolsas (cubiertas) para dispositivos electrónicos personales, a saber teléfonos celulares, computadoras tipo laptops, computadoras tipo tableta, cámaras digitales, reproductores digitales de audio y para lectores de libros electrónicos, placas para teléfonos celulares, cordones y dijes para teléfonos celulares. Clase 41: servicios de entretenimiento, a saber programas para proveer entretenimiento y contenido por medio de televisión, por medio de satélite, por medio de la Internet y por medio de redes inalámbricas de comunicación y por medio de otros medios electrónicos de comunicación, servicios para proveer publicaciones electrónicas no descargables en línea; servicios para proveer un sitio web caracterizado por contenido audio visual, por información sobre entretenimiento y juegos en línea; servicios para proveer música en línea, no descargable servicios para proveer videos en línea, no descargables, servicios de presentación de espectáculos en vivo; servicios de parques de diversiones; servicios de producción de películas, de televisión y de contenidos de entretenimiento digital. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003424. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151348 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ZAKTELOM, como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003729. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151349 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: FONTELVO como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003730. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151350 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DELOMTRA, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003731. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 04 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151351 ).

María Vargas Uribe, Divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Shorinji Kempo Unity, con domicilio en 2-17-5, Kitaohtsuka, Toshima-Ku, Tokio, Japón, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de educación; servicios de capacitación; servicios de coaching (formación); servicios de educación y de capacitación relacionados con deportes; servicios de enseñanza (instrucción); servicios de enseñanza de deportes; servicios de campamentos deportivos; servicios de campamentos recreativos; servicios de capacitación en meditación; servicios de educación religiosa; servicios de organización, dirección y organización de seminarios; servicios de organización y dirección de competiciones (educación o entretenimiento); servicios de organización y dirección de competiciones deportivas; servicios de publicación; servicios de publicación de textos, que no sean textos publicitarios; servicios de préstamos de libros; servicios de organización de exhibiciones para propósitos culturales o de educación; servicios de organización y dirección de eventos educacionales; servicios de organización y dirección de eventos deportivos; servicios para ofrecer instalaciones deportivas; servicios para ofrecer instalaciones para propósitos educacionales; servicios de ediciones de video; servicios de producción de filmes cinematográficos; servicios de producción y presentación de grabaciones de audio y de video y de imágenes fijas y móviles; servicios de suministro de videos en línea, no descargable; servicios de información educacional; servicios de información deportiva. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003575. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de mayo del 2015.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151352 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de SPBI, con domicilio en Parc D’activités De L’eraudiére, 34 Rue Eric Tabarly, 85170 Dompierre Sur Yon, Francia, solicita la inscripción de: SENSE, como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: vehículos y aparatos para locomoción acuática; barcos, navíos de propulsión a vela o propulsión motorizada, barcos, embarcaciones; yates de uso recreacional de propulsión a vela o de propulsión motorizada; barcos de pesca, barcos de servicio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001415. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de mayo de 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017151353 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SURDEFTO como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004841. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151357 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de Apoderado Especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NURILYFT como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004842. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151358 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: RAPIDCAPS como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5: Preparaciones contra el dolor y preparaciones analgésicas; preparaciones contra la alergia, contra la sinusitis, el resfrío y la gripe. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004843. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151359 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de SPBI, con domicilio en Parc D’ Activités de L’Eraudiére, 34 Rue Eric Tabarly, 85170 Dompierre Sur Yon, Francia, solicita la inscripción de: BENETEAU como marca de fábrica y servicios en clases: 12; 35; 37 y 39. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 12: Vehículos y aparatos para locomoción terrestre, aérea o acuática; barcos y navíos, embarcaciones de vela o de motor; barcos y yates de uso recreacional, sean de vela o de motor; barcos y navíos para pesca; navíos y barcos de servicio; cubiertas (cobertores) para barcos y navíos; cascos, dispositivos para el lanzamiento de barcos y navíos; vehículos anfibios; enganches de remolque para vehículos; equipo de remolque, de lanzamiento, de anclaje y de almacenamiento para barcos y navíos y embarcaciones; aparatos de flotación; cables para remolcar barcos y navíos; remos, paletas, ganchos para barcos (marina),cornamusas; propulsores para navíos y barcos, propulsores de hélice; portillas (ojos de buey), portones, rampas inclinadas para barcos y para navíos, pescantes para barcos, anclajes de protección (paragolpes); dispositivos para uso en playa, a saber vehículos (terrestres) vela, motos de agua; embarcaciones para uso recreacional o profesional; partes y componentes de todos los productos mencionados anteriormente; jet skies, mástiles metálicos para navíos. 35: Servicios de publicidad, de dirección de negocios, de administración de negocios, de publicidad por medio de correo directo, de organización de negocios y de administración de consultoría, de publicidad en línea por medio de redes de computadoras, de avalúos de negocios, de asistencia de dirección comercial o industrial, de organización de negocios y de administración de consultoría, de subastas, de organización de exhibiciones para propósitos comerciales o de publicidad, de administración de expedientes computarizados, de promoción de ventas (para terceros), de publicación de textos de publicidad, de publicidad por correo, de renta de material publicitario, de servicios de publicidad por medio de correo directo, por medio de mercadeo y por promoción de ventas; servicios de compilación de información en bases de datos de computadoras, de renta de espacios publicitarios, de establecimiento y de actualización de un catálogo de productos, de producción y de actualización de expedientes de clientes, de promoción (publicidad) de productos y servicios para terceros mediante el otorgamiento de puntos por uso de tarjeta de crédito, de propaganda, de dirección de negocios, de administración de negocios y de trabajos de oficina. 37: Servicios de construcción y reparación de navíos; servicios de mantenimiento y reparación de barcos y embarcaciones, incluyendo mantenimiento y reparación de motores y de motores de combustión, de unidades náuticas de propulsión, de motores fuera de borda y dentro de borda, de barcos y de navíos, de accesorios y equipo para navegación; servicios de mantenimiento reparación de unidades de propulsión náutica fuera de borda o dentro de borda y de equipo de navegación; servicios de construcción de puertos, de instalaciones portuarias y de embarcaderos portuarios; servicios de construcción, reparación e instalación de construcciones no transportables; servicios de construcción, instalación y reparación para construcciones no transportables; servicios de información sobre construcción; servicios de supervisión (dirección) de trabajos de construcción; servicios de construcción de zonas residenciales y de parques de recreo. y 39 Servicios de renta de barcos y navíos; servicios de acompañamiento para barcos y navíos servicios de depósito y custodia (almacenamiento) de barcos y navíos en tierra o a flote; servicios de renta de barcos y navíos de recreo, ya sea de vela o de motor, de renta de barcos y navíos de pesca, servicio de botes y navíos y de dispositivos de playa, a saber, de vehículos de vela para recorrer la playa, de embarcaciones de uso personal; servicios de renta de trajes para bucear, de renta de garajes; servicios de espacios para aparcamiento; servicios de transporte; servicios de renta de casas rodantes, de vehículos, de espacios para aparcamiento; servicios de oficinas turísticas (excepto para reservaciones de hotel); servicios para reservación de viajes; servicios para organización de viajes; servicios de escolta para pasajeros; servicios de consultoría e información en relación con transporte, viajes y turismo (excepto información relacionada con reservaciones de hotel); servicios de organización de cruceros; servicios de organización de tours, de organización de excursiones; servicios de información sobre viajes y transportes de pasajeros; servicios de reservación de asientos para propósitos de viaje, de recorridos a lugares o puntos turísticos de interés, de servicios de reservación de viajes; servicios de transporte de pasajeros en barcos y navíos; servicios de escolta de pasajeros; servicios de renta de transporte y de vehículos privados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001201. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de mayo de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151360 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Devry Education Group Inc., con domicilio en 3005 Highland Parkway, Downers Grove, Illinois 60515, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ADTALEM como marca de servicios en clase(s): 41, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios educacionales, a saber, servicios para brindar cursos de capacitación para enseñanza a niveles post-secundarios, para estudios superiores y de posgrado en los campos de contabilidad, de leyes, de finanzas, de administración de proyectos, de negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de seguridad cibernética, de información tecnológica, de medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de cuidado de la salud, de cumplimiento legal y regulatorio, y de distribución de materiales para cursos relacionados con los mismos; servicios educacionales, a saber, servicios para brindar clases en vivo, en aulas, personalizadas, en línea, o basadas en la Web, en educación a distancia, en cursos de auto instrucción, en revisión de cursos, en seminarios, en clases, en talleres y tutorías en los campos de contabilidad, de leyes, de finanzas, de administración de proyectos, de negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de seguridad cibernética de medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de cuidado de la salud, de cumplimiento legal y regulatorio, y de distribución de materiales para cursos relacionados con los mismos; servicios de educación continua, a saber, servicios para brindar cursos de capacitación en los campos de contabilidad, de leyes, de finanzas, de administración de proyectos, de negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de seguridad cibernética, de información tecnológica, de medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de cuidado de la salud, de cumplimiento legal regulatorio, y de distribución de materiales para cursos relacionados con los mismos; servicios de educación continua, a saber, servicios para brindar clases en vivo, en aulas, personalizadas, en línea, o basadas en la Web, en educación a distancia, en cursos de auto instrucción, en revisión de cursos, en seminarios, en clases, en talleres y tutorías en los campos de contabilidad, de leyes, de finanzas, de administración de proyectos, de negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de información tecnológica, de seguridad cibernética, de medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de cuidado de la salud, de cumplimiento legal y regulatorio, y de distribución de materiales para cursos relacionados con los mismos; servicios de educación profesional, a saber, servicios para ofrecer cursos de capacitación con el fin de preparar estudiantes para exámenes de admisión y para exámenes para certificaciones en los campos de contabilidad, de leyes, de finanzas, de administración de proyectos, de negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de información tecnológica, de seguridad cibernética, de medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de cuidado de la salud, de cumplimiento legal y regulatorio, y de distribución de materiales para cursos relacionados con los mismos; servicios de educación profesional, a saber, servicios para brindar clases en vivo, en aulas, personalizadas, en línea, o basadas en la Web, en educación a distancia, en cursos de auto instrucción, en revisión de cursos, en seminarios, en clases, en talleres y tutorías para preparar estudiantes para exámenes de admisión y para exámenes para certificaciones en los campos de contabilidad, de leyes, de finanzas, de administración de proyectos, de negocios, de artes liberales, de ciencias, de tecnología, de seguridad cibernética, de medicina, de enfermería, de medicina veterinaria, de cuidado de la salud, de cumplimiento legal y regulatorio, y de distribución de materiales para cursos relacionados con los mismos; servicios para la programación y dirección de conferencias educacionales; servicios de asesoramiento de profesiones; servicios educacionales, a saber, capacitación, entrenamiento, talleres, cursos de capacitación en las áreas de administración y desarrollo de profesiones para adultos que trabajan; servicios relacionados con planeamiento de carreras, de desarrollo personal y profesional, y de empleo, a saber, servicios para brindar capacitación de negocios relacionados con el liderazgo y con el desarrollo profesional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003948. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de mayo del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151361 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TELOMODIF como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas para uso humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003733. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151363 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Basf SE, con domicilio en Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen Am Rhein, Alemania, solicita la inscripción de: MIBELYA, como marca de fábrica y comercio en clases 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en clase 1: químicos usados en agricultura, horticultura y silvicultura; especialmente preparaciones para fortalecer las plantas; preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en plantas, preparaciones para regular el crecimiento de las plantas, preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes, químicos naturales o artificiales para ser usados como cebos sexuales o agentes para confundir insectos y en clase 5: preparaciones para destruir y combatir animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el: 28 de abril de 2017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017151364 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: NEUTROGENA como marca de fábrica y comercio en clase: 9 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 9 Aplicaciones móviles descargables que permiten a usuarios de dispositivos médicos cosméticos recibir educación y capacitación acerca del uso de dicho dispositivo, así como recibir mensajes sobre el uso adecuado y mantenimiento del dispositivo, permite pagar por compras mediante su funcionabilidad para pagos móviles y que también brinda entretenimiento en forma de videos, juegos, música, interacciones de medios sociales, así como por medio de fotogramas y gráficos y otros servicios relativos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017, Solicitud N° 2017-0004086. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017151365 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: RETRESKA como marca de fábrica y comercio en clase(s) 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004087. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de mayo del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017151366 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de The Sherwin-Williams Company, con domicilio en 101 W. Prospect Avenue, N.W., Cleveland, Estado de Ohio 44115-1075, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SUPERDECK como marca de fábrica y comercio en clases: 2 y 3 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 2 Pinturas, barnices, lacas; productos antioxidantes y productos para conservar la madera; materias tintóreas; mordientes; resinas naturales en bruto, metales en hojas y en polvo para pintores, decoradores, impresores y artista. y 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017, Solicitud N° 2017-0004088. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017151367 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Basf Agro B.V., Arnhem (NL), Zweigniederlassung Zürich, con domicilio en IM Tiergarten 7, Zurich, Suiza, solicita la inscripción de: YANILA como marca de fábrica y comercio en clases 1 y 5, internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en clase 1: Químicos usados en agricultura, horticultura y silvicultura, especialmente preparaciones para fortalecer las plantas preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en plantas, preparaciones para regular el crecimiento de las plantas, preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes, químicos naturales o artificiales para ser usados como cebos sexuales o agentes para confundir insectos y en clase 5: Preparaciones para destruir y combatir animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004089. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151368 ).

Víctor Vargas Velenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Basf SE., con domicilio en Carl-Bosch-Strasse 38, Ludwigshafen Am Rheim, Alemania, solicita la inscripción de: TELLIUM, como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: químicos usados en la agricultura, horticultura y silvicultura; especialmente preparaciones para fortalecer las plantas; preparaciones químicas y/o biológicas para manejar el estrés en plantas, preparaciones para regular el crecimiento de las plantas, preparaciones químicas para el tratamiento de semillas, surfactantes, químicos naturales o artificiales para ser usados como cebos sexuales o agentes para confundir insectos y clase 5: preparaciones para destruir y combatir animales dañinos; insecticidas, fungicidas, herbicidas, pesticidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004251. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151369 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Novartis A G, con domicilio en CH-4002 BASEL, Suiza, solicita la inscripción de: VISCOPASS como marca de fábrica y comercio en clase: 10 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 10 Aparatos e instrumentos quirúrgicos para usar en cirugías oftálmica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0004253. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151370 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Sophia Holdings S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Paseo del Pacífico, Nº 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México C.P. 45010, México, solicita la inscripción de: Kritantek PF como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004378. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017151371 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson, con domicilio en: One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SURGICEL, como marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aplicador endoscópico para manejo de hemostatos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004379. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017151372 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Sophia Holdings, S. A. de C.V., con domicilio en del Avenida Paseo Pacífico, N° 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, C.P. 45010, México, solicita la inscripción de: Dobricon como marca de comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Productos Oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004380. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151373 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Sophia Holdings S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Paseo del Pacífico, Nº 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México C.P. 45010, México, solicita la inscripción de: Humylub PF como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004381. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151374 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Sophia Holdings S.A. de C.V., con domicilio en Avenida Paseo del Pacífico, N° 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, C.P. 45010, México, solicita la inscripción de: Deslotan, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004382. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151375 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Sophia Holdings S. A., de C.V con domicilio en avenida Paseo del Pacífico, N° 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, C.P. 45010, México, solicita la inscripción de: Eliptic PF Multi como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004383. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151376 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Sophia Holdings S.A. de C.V., con domicilio en Avenida Paseo del Pacífico, N° 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, C.P. 45010, México, solicita la inscripción de: GAAP PF, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: productos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004386. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151377 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Sophia Holdings S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Paseo del Pacífico, Nº 670, Guadalajara Technology Park, Zapopan, Jalisco, México C.P. 45010, México, solicita la inscripción de: Lagricel PF como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos oftálmicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004387. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151378 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Old World Industries, LLC, con domicilio en 4065 Commercial Ave., Northbrook, IL 60062, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BlueDEF como marca de fábrica y comercio en clase: 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Agente reductor líquido compuesto de urea y de agua para su uso en la reducción catalítica selectiva para sistema de escape a diésel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004558. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151379 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Google Inc., con domicilio en: 1600 Amphitheatre Parkway, Mountain View, estado de California 94043, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ANDROID ONE, como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: programas de computadora (software), componentes físicos (hardware) de computadora, dispositivos móviles, teléfonos móviles, periféricos móviles, computadoras, computadoras tipo tableta, computadora tipo notebook, computadoras tipo laptop, chips de circuitos integrados, microchips, estuches para cámaras, estuches para cámaras de video, termostatos, radios, teléfonos, controles remotos para radios, televisiones y estéreos, reproductores de discos versátiles digitales (DVD), grabadoras de video casete, grabadoras de video digital, reproductores de MP3, amplificadores de audio, servidores para computadoras, impresoras, escáneres, fotocopiadoras, monitores de computadora, facsímiles, enrutadores de redes, teclados, ratones para computadora, discos duros externos para computadoras, cámaras de video, cámaras, calculadoras, dispositivos de navegación GPS, componentes de audio, auriculares, parlantes de audio, recibidores de audio y recibidores de video, asistentes personales digitales (PDA), dispositivo receptor o decodificador de las señales (analógicas o digitales) de televisión analógica o digital, sistemas de teatro en casa, proyectores de video, proyectores de películas, alarmas de seguridad, alarmas de incendio, detectores de fuego y de humo, detectores de radar, equipo de audio y video para vehículos, cargadores de batería, adaptadores (electricidad) máquinas contestadoras, sets de audífono y micrófono, interruptores eléctricos para luces. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004560. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 25 de mayo del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151380 ).

María Vargas Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: INTREEF, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004564. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de mayo de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151381 ).

Víctor Vargas Velenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ERDELFA como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004689. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151382 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ERFANDEL como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0004690. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151383 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad Nº 103350794, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SERPLANO como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004692. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151384 ).

Víctor Vargas Valenzuela, casado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: JAMULTRI, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades autoinmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias, vacunas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004837. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de mayo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151385 ).

Víctor Vargas Velenzuela, casado, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Johnson & Johnson, con domicilio en One Johnson & Johnson Plaza, New Brunswick, Nueva Jersey, 08933, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BRUVELSO como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas de uso humano para la prevención y el tratamiento de enfermedades virales, de enfermedades auto inmunes e inflamatorias, de enfermedades cardiovasculares, de enfermedades del sistema nervioso central, para prevención y tratamiento contra el dolor, así como para la prevención y tratamiento de enfermedades dermatológicas, de enfermedades gastrointestinales, de enfermedades relacionadas con infecciones, de enfermedades metabólicas, de enfermedades oncológicas, de enfermedades oftálmicas y de enfermedades respiratorias; vacunas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004840. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151386 ).

Danis Matíaz Jiménez, soltero, cédula de identidad Nº 206270531,  en  calidad  de apoderado generalísimo de Sentobox S. A., cédula jurídica Nº 3101734093, con domicilio en: San Carlos, Ciudad Quesada, barrio San Martín 100 metros sur Super La Esperanza, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: SENTOBOX Lo quieres, lo traemos

como marca de servicios en clase 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Logística, almacenaje y entrega de paquetes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005779. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151397 ).

Ricardo Segura Quesada, soltero, cédula de identidad 113240579, con domicilio en Barrio San José, contiguo al Club Alianza, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: menta,

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: organización de fiestas y recepciones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005931. A efectos de publicación, téngase en cuenta dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de julio de 2017.—Grettel Solís Fernández Registradora.—( IN2017151406 ).

Maricela Alpízar Chacón, casada una vez, cédula de identidad 110350557, en calidad de apoderado especial de Qingdao Sentury Tire CO. Ltd., con domicilio en N° 5 Tianshan 3 Road, Daxin Town, Jimo City, Qingdao City, Shandong Province, China, solicita la inscripción de: GROUND SPEED

como marca de fábrica en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Neumáticos; cubiertas de neumáticos para vehículos; cubierta de neumáticos para automóviles; neumáticos de aeronaves; cubiertas neumáticos de bicicleta; cámaras de aire para neumáticos; carcasas de neumáticos; bandas de rodadura para recauchar neumáticos; neumáticos sólidos; cámaras de aire para neumáticos de bicicleta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2016, según Solicitud N° 2016-0012523. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017151416 ).

Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de Apoderado Especial de Almirall S. A., con domicilio en Ronda General Mitre, 151 08022 Barcelona, España, solicita la inscripción de: SKILARENCE

como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional para proteger y distinguir lo siguiente: 5 productos farmacéuticos para el tratamiento de las enfermedades dermatológicas y neoplásicas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002259. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151417 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 1011430447, en calidad de apoderada especial de Industrias Alen S. A. de C.V., con domicilio en BLVD. Díaz Ordaz N° 1000 Col. Los Treviños, Santa Catarina, Nuevo León C.P. 66350, México, solicita la inscripción de: ENSUEÑO MAX, como marca de comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Suavizante y detergente de ropa. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el: 27 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000774. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de junio de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017151418 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 1011430447, en calidad de Gestor oficioso de Ekos Corporation, con domicilio en 11911 North Creek Parkway South, Bothell WA 98011, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EKOS PE ACCEL como marca de comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos e instrumentos quirúrgicos; aparatos e instrumentos médicos para uso en la prevención y tratamiento de problemas y afecciones del sistema circulatorio, embolias pulmonares, trombas, trombosis venosa profunda, oclusiones arteriales periféricas, coágulos sanguíneos, problemas y condiciones vasculares y hemorragias intracraneales, hemorragias cerebrales y hematomas; aparatos e instrumentos médicos para uso en la prevención y tratamiento de problemas y condiciones del sistema circulatorio, embolias pulmonares, trombas, trombosis venosa profunda, oclusiones arteriales periféricas, coágulos sanguíneos; problemas y condiciones vasculares y hemorragias intracraneales, hemorragias cerebrales y hematoma y sus componentes vendidas como una única unidad, aparatos e instrumentos para administración de fármacos, especialmente, aparatos médicos de ultrasonidos, aparatos e instrumentos para administración de fármacos, especialmente aparatos médicos de ultrasonido y sus componentes vendidos como una única unidad„ sistemas de administración de fármacos (instrumentos diseñados para la administración dirigiday/o liberación controlada de agentes terapéuticos); aparatos e instrumentos quirúrgicos y médicos para uso en el tratamiento del sistema circulatorio; aparatos e instrumentos médicos para su uso en la prevención y tratamiento de los problemas y condiciones del sistema circulatorio, problemas y condiciones vasculares y hemorragia intracraneales, hemorragia cerebrales y hematomas; dispositivos médicos que se utilizan en/con ultrasonidos para mejorar la administración de fármacos y activar medicamentos; catéteres para el suministro de fármacos y fluidos, controladores y unidades de potencia para catéteres de infusión; aparatos para la administración de fármacos por ultrasonidos, aparatos y controladores de fármacos y sus unidades de potencia, catéteres, piezas y accesorios para todos los productos adjuntos. Prioridad: Se otorga prioridad N°3195629 de fecha 08/11/2016 de Reino Unido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002569. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de mayo del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2017151419 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad Nº 100430447, en calidad de apoderada especial de Telepharma, INC., con domicilio en: Ave Manuel Espinoza, edificio antiguo NCR, 2do. piso, suite 2, ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: IDOL, como marca de comercio en clase 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aros para anteojos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002858. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017151421 ).

Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad de apoderado especial de Comercializadora Calypso S.A.S., con domicilio en carrera 24 N° 10-38 (Oficins 2 piso), Bogota D.C., Colombia, solicita la inscripción de: EVOLUCIÓN EN TELAS Y PISOS como señal de propaganda en clase: Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar: servicios de publicidad y negocios en el campo del diseño, decoración de interiores y terminados arquitectónicos. Se relaciona con el registro N° 261434. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de octubre del 2016, según Solicitud N° 2016-0009791. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151422 ).

Ayed Abed Ayyad, pasaporte PA0131304, en calidad de apoderado generalísimo de 3-101-737897, cédula jurídica 3101737897, con domicilio en Limón, calle dos, avenida cuatro, Limón, Costa Rica, solicita la inscripción de: Wolf Mall Center, Limón,

como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos por departamentos línea blanca, cosméticos, ubicado en Limón, centro, costado sur del Estadio Juan Gobán. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0006022. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José,. 4 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151441 ).

Ariana Araya Yockchen, cédula de identidad Nº 105480459, en calidad de apoderada especial de Randall Jara Phillips, casado una vez, cédula de identidad Nº 108060721, con domicilio en: San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: t taco inn, como marca de servicios en clases 35 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: consultoría en la dirección de restaurantes para terceros franquiciatarios, asistencia en el establecimiento y operación de restaurantes y sus servicios, incluyendo gestión de negocios comerciales y administración comercial o industrial de alimentación y en clase 43: todo tipo de servicios de restaurantes (alimentación). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2015. Solicitud N° 2015-0003991. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151494 ).

Randall Rodríguez Chinchilla, soltero, cédula de identidad Nº 114030695, con domicilio en: central de San José, Merced, avenida 3 entre calle 24 y 26, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Maurer

como marca de fábrica y comercio en clase 16 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: papel y cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; artículos de papelería y artículos de oficina excepto muebles; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico; material para artistas y material de dibujos; pinceles; material de instrucción y material didáctico; hojas, películas y bolsas de materias plásticas para embalar y empaquetar; caracteres de imprenta, clichés de imprenta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004148. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de mayo del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017151497 ).

Aisha Acuna Navarro, casado una vez, cédula de identidad 110540893, en calidad de apoderada especial de Asociación Canófila Costarricense, cédula jurídica 3002071085, con domicilio en Curridabat, José María Zeledón, de la Plaza Cristal; 200 metros sur y 200 metros al este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FEDERATION CYNOLOGIQUE INTERNATIONALE FCI

como marca de servicios en clases: 35; 41 y 44 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Relaciones públicas en el campo de la cría, crianza, cuidado y mantenimiento de perros; organización y realización de exposiciones con fines comerciales y publicitarios en relación con perros., 41 Formación y perfeccionamiento, en particular en el campo de la cría, crianza, cuidado y mantenimiento de perros; organización y dirección de seminarios y capacitación, en particular en el campo de la cría, crianza, cuidado y mantenimiento de perros; organización y realización de exposiciones de cría de perros. y 44 Cría, crianza y cuidado de perros, asesoramiento correspondiente a la cría, crianza, cuidado y mantenimiento de perros, servicios de un veterinario, elaboración de certificados de pedigrí y control de perros en el campo de la población y la genética. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de noviembre del 2016, según solicitud N° 2016-0011167. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de marzo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017151506 ).

Miguel Ángel Sánchez Hernández, casado dos veces, cédula de identidad 106230051 con domicilio en San Pedro frente al Banco Popular, Costa Rica, solicita la inscripción de: IMPECABLE Y A TIEMPO como marca de servicios, en clase 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 40 tratamiento de materiales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005611. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151509 ).

Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad Nº 110140567, en calidad de apoderada generalísima de Importek Latinoamérica CR S. A., cédula jurídica Nº 3101582077, con domicilio en: Sto. Domingo, Sta. Rosa, de la entrada después de la Escuela 100 N y 500 O contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: BARBECUE CONNECTION

como marca de comercio en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, parrillas de fogones, parrillas de hogares, barbacoas de gas y de carbón, cocinas de gas, cocinas de gas para acampar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005903. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017151592 ).

Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad 110140567, en calidad de apoderada generalísima de Importek Latinoamérica CR S. A., cédula jurídica 3101582077, con domicilio en Sto. Domingo, Sta. Rosa, de la entrada después de la escuela, 100 n. y 500 o. contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: BARBECUE CONNECTION,

como marca de comercio en clase: 4 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aceites y grasas para uso industrial, lubricantes, composiciones para absorber, rociar y asentar el polvo, combustibles (incluida la gasolina para motores) y materiales de alumbrado, velas y mechas de iluminación, gas de petróleo, gas para cocinas, gas para cocinas para acampar, gas para parrillas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005902. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017151593 ).

Jonathan Gamboa Bolaños, soltero, cédula de identidad 1-14800291 con domicilio en Urb. Villas de Ayarco, Tres Ríos, 400 este de la escuela de Villas de Ayarco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: T in the West

como marca de servicios, en clase 41, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Servicios profesionales como artista de muralismo y artista general (producción de arte, desarrollo del arte de la pintura). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000345. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151750 ).

Diana Carolina Obando Vargas, soltera, cédula de identidad 113070969, en calidad de apoderada generalísima de Soluciones Logisticas Mundiales Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101661655con domicilio en Florida de Tibás, 200 metros norte y 200 metros oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: SLM Soluciones Logísticas Mundiales

como marca de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios y gestiones aduaneras. Reservas: De los colores: verde, gris, blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006030. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151753 ).

Diana Carolina Obando Vargas, soltera, cédula de identidad Nº 113070969, en calidad de apoderado generalísimo de Soluciones Logísticas Mundiales Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101661655, con domicilio en: Florida de Tibás, 200 metros norte y 200 metros oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: SLM Soluciones Logísticas Mundiales

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicios y gestiones aduaneras. Ubicado en La Florida de Tibás, 200 norte y 200 oeste de Perimercados. Reservas: de los colores: verde, gris y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006029. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151754 ).

María Eugenia Vargas Castro, casada una vez, cédula de identidad Nº 900470537, en calidad de apoderada generalísima de Emprendiendo Un Sueño S. A., con domicilio en frente al Colegio Vilaseca San Isidro de Heredia, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: LAVACAR SUPER VARGAS como nombre comercial, en clase: internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a autolavado de vehículos. Ubicado: 100 oeste y 75 sur de la Escuela de San Ramón Hernández Badilla (Esc. Sur) Heredia. Reservas: de los colores: azul, amarillo, rojo, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005753. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151755 ).

Carlos Felipe Chévez, casado una vez, cédula de identidad 112470705, en calidad de apoderado generalísimo de Artes Elementos LCH, cédula jurídica 3101736111, con domicilio en Central, Distrito Zapote, 100 este y 25 al sur de la sede Lechera, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: S J SAINT JOSEPH ELEMENTAL SCHOOL,

como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a enseñanza privada en los niveles de educación preescolar y I y II ciclo de la educación general básica, ubicado en San José, Central, distrito Zapote, 100 este y 25 al sur de la Sede Lechera. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0006141. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151777 ).

Ilse María Villalobos Rodríguez, casada una vez, cédula de identidad 105150075, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Internacionales U.M.V. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101596409, con domicilio en barrio Fátima, calle cuatro y seis, avenida once, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: neo terra

como marca de comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 31 Plantas y flores naturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005529. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de junio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017151822 ).

Uri Weinstok Mendelewicz, casada una vez, cédula de identidad 108180430, en calidad de apoderado especial de Parfums Christian Dior S. A., con domicilio en 33, Avenue Hoche, 75008 Paris, Francia, solicita la inscripción de: Balade Sauvage como marca de fábrica y comercio en clases 3 y 4 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 3: Productos de perfumería, especialmente perfumes, agua de colonia y agua para el baño; Maquillaje de productos; Productos cosméticos, productos cosméticos para el cuidado de la cara y el cuerpo; Desodorantes para uso personal; Leches y geles perfumadas para el cuerpo, el baño y la ducha; Jabones. y Clase 4: Candelas y candelas perfumadas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005706. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017151828 ).

León Weinstok Mendelewicz, casado una vez, cédula de identidad Nº 112200158, en calidad de apoderado especial de Colgate Palmolive Company, con domicilio en: 300 Park avenue, New York, New York, 10022, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: COLGATE NATURAL EXTRACTS, como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pasta de dientes y enjuague bucal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004709. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Katherin Jiménez, Tenorio, Registradora.—( IN2017151829 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Sonneville AG., con domicilio en Wylihof, Deitingen, 4542 Luterbach, Suiza, solicita la inscripción de: LVT, como marca de fábrica y comercio en clases: 17 y 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 17: caucho, gutapercha, goma, amianto, mica y artículos de estas materias no comprendidos en otras clases incluyendo estas materias en forma de botas y almohadillas de aislamiento que reducen las vibraciones y el ruido en soportes de ferrocarril; materias plásticas (semielaboradas); productos hechos de plástico (semielaborados), incluidos productos de aislamiento, de reducción de vibraciones y de reducción de ruido en soportes de ferrocarril; materiales de embalaje, de frenado y de aislamiento, incluidas estos materiales en forma de botas y almohadillas para aislamiento, reducción de vibraciones y reducción de ruido en soportes de ferrocarril; tubos flexibles (no metálicos), partes de caucho incluyendo partes en formas de botas de caucho y almohadillas elásticas para traviesas de ferrocarril, para sistemas de vía de losas y para bloques de hormigón, incluidas formas de botas y almohadillas para aislamiento, reducción de la vibración y reducción del ruido en soportes ferroviarios; elementos de goma de caucho (partes técnicas), en particular para traviesas de vías férreas, para sistemas de vías de viga y para bloques de hormigón. Clase 19: materiales de construcción no metálicos; tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no metálicos; elementos de construcción de hormigón; encofrados (no metálicos) para hormigón; traviesas de ferrocarril y bloques de hormigón (no metálicos); bloques de hormigón que incorporan un sistema de sujeción de carriles y soportes de ferrocarril; grava; cemento; arena (excepto arena de fundición); hormigón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005756. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de junio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017151830 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Sociedad Española de Radiodifusión S.L., con domicilio en 28013 Madrid, Calle Gran Vía 32, España, solicita la inscripción de: W D M WORLD DANCEMUSIC

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de edición y producción de programas de radio y televisión; servicios de organización y/o producción de espectáculos; servicios de organización de diversiones radiofónicas y televisadas; producción de películas en cintas de video; producción de películas (films); montaje de programas radiofónicos o de televisión; servicios de reporteros; reportajes fotográficos; entretenimiento televisado (esparcimiento); diversión radiofónica y televisada; producción de espectáculos; grabación (filmados) en cintas de video; publicaciones electrónicas de libros y periódicos en línea; explotación de publicaciones electrónicas en línea (no descargables telemáticamente). Reservas: De los colores: negro, blanco y fucsia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005480. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de junio del 2015.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017151831 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderado especial de Sociedad Española De Radiofusión S. L., con domicilio en Gran Vía, 32 28013 Madrid, España, solicita la inscripción de: W D M WORLD DANCE MUSIC

como marca de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Emisión, difusión, transmisión y divulgación de programas de radio y televisión; emisión, difusión, transmisión y divulgación de programas de radio y televisión interactivos; emisión, difusión, transmisión y divulgación de programas de radio y televisión vía satélite; emisión, difusión, transmisión y divulgación de programas de radio y televisión emitidos mediante enlace de cable a receptores de televisión; emisión, difusión, transmisión y divulgación de programas de radio y televisión mediante satélite extraterrestre; emisión, difusión, transmisión y divulgación de programas de radio y televisión emitidos mediante enlace de microondas a receptores de televisión; servicios interactivos de telecomunicaciones para facilitar la preselección de programas para su visión, para facilitar la grabación de programas por televisión, para facilitar la grabación automática de programas en función de los hábitos/preferencias de visionado de los clientes, que facilitan la preselección de programas; recepción de programas de televisión para la transmisión ulterior de abonados; transmisión inalámbrica y difusión de programas de televisión; radioemisión de información y otros programas; emisión de programas a través de Internet emisión de programas de telecompra; emisión, difusión, transmisión y divulgación de un programa a través de una red informática local; transmisión electrónica de programas informáticos a través de Internet; servicios de transmisión de programas de televisión de pago por visión. Reservas: De los colores: negro, blanco y fucsia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de junio del 2017, solicitud N° 2017-0005479. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017151832 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Bienes Raíces Lindora Int Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101383556, con domicilio en Santa Ana, Pozos, Centro Comercial Vía Lindora, locales del veintinueve al treinta y uno, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CENTRO CORPORATIVO LINDORA,

como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restauración (alimentación), hospedaje temporal. Reservas: De los colores: verde y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0002507. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de junio de 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017151833 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de Apoderada Especial de Fundación Lifting Hands con domicilio en de la residencia del Embajador de Brasil, 250 metros suroeste, casa esquinera a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LIFTING HANDS

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a prestar servicios de elaboración y coordinación de proyectos de voluntariado con fines de beneficencia; publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; recaudación de fondos con fines benéficos; y educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. Ubicado en San José, de la residencia del Embajador de Brasil, 250 metros suroeste, casa esquinera a mano derecha. Reservas: De los colores: verdes, vino, rosado, amarillo, celeste y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005629. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017151834 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Gente Mas Gente S. A., cédula jurídica 3101569828, con domicilio en: Santa Ana, distrito Pozos, de la Iglesia Católica de Pozos 400 metros norte, contiguo a quebrada Rodríguez, edificio Pekín, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: multimoney LA REVOLUCIÓN FINANCIERA

como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios monetarios y financieros, ubicado en San José Santa Ana, distrito Pozos, de la Iglesia Católica de Pozos 400 metros norte, contiguo a quebrada Rodríguez, edificio Pekín. Reservas: de los colores: negro, celeste y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003688. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017151835 ).

Uri Weinstok Mendelewicz, casado una vez, cédula de identidad Nº 108180430, en calidad de apoderado especial de S. Tous S.L, con domicilio en: carretera de Vic, El Guix 3, 08243, Manresa, Barcelona, España, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio en clases 9, 14, 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: aparatos e instrumentos ópticos, a saber, gafas [óptica]; gafas de sol; lentillas ópticas; cristales ópticos; lentes para gafas; monturas de gafas; estuches para gafas; bolsas especiales para ordenadores portátiles; carátulas para teléfonos inteligentes; cordones para teléfonos celulares [móviles]; carcasas para teléfonos inteligentes; fundas abatibles para tabletas electrónicas; cascos [auriculares]; memorias USB; en clase 14: metales preciosos y sus aleaciones, a saber, joyas; piedras preciosas; piedras semipreciosas; pulseras (artículos de joyería); broches (joyería); cadenas (artículos de joyería); colgantes; gargantillas; gemelos; pendientes; dijes (joyería); cajas para joyas; joyeros enrollables; llaveros y cadenas para llaves; llaveros colgantes metálicos; medallones (joyería); medallas; collares (joyería); alfileres de adornos; bisutería (joyas de fantasía); perlas (joyería); pins (artículos de joyería); cajas de presentación para joyas; anillos (joyería); sortijas (artículos de joyería); cajas de presentación para joyas; anillos (joyería); sortijas (artículos de joyería); alfileres de corbata; relojes de uso personal; relojes de pulsera; relojes de pared, estuches de presentación para relojes de uso personal; despertadores; en clase 18: cuero e imitaciones de cuero; bolsos de cuero; bandoleras; bolsos de mano; bolsos de playa; bolsos de noche; carteras de cuero; monederos; billeteras; riñoneras; maletas; maletines; mochilas; maletines para documentos; bolsas de playa; portadocumentos; fundas para tarjetas de visita; tarjeteros [carteras]; estuches de viaje de cuero; bolsos de mano; carteras para llaves; bolsas de malla para la compra; bolsas de red para la compra; bolsas de lona para la compra; carteras escolares; maletas con ruedas; baúles de viaje; neceseres [vacíos]; estuches para artículos de tocador; sets de viaje; paraguas; sombrillas; parasoles; fundas de paraguas y en clase 25: prendas de vestir; albornoces; camisas; camisetas; trajes de baño; bañadores; biquinis; cinturones; baberos que no sean de papel; calzoncillos; guantes [prendas de vestir]; jerseys [prendas de vestir]; suéteres; chaquetas; pantalones; bermudas; faldas; vestidos; gorros; bufandas; fulares; chales; pijamas; peleles; petos; bandanas [pañuelos para el cuello]; corbatas; zapatos; chanclas; sandalias; calcetines. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005654. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 22 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017151836 ).

Uri Weinstok Mendelewicz, casado una vez, cédula de identidad 112200158, en calidad de apoderado especial de S. Tous S.L., con domicilio en Carretera De Vic, El Guix 3, 08243, Manresa, Barcelona, España, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y servicios en clases 3; 9; 14; 18; 25 y 35 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3: perfumes; jabones que no sean medicinales; aceites esenciales; cosméticos que no sean medicinales; lociones para después del afeitado; aromas (aceites esenciales); sales de baño; preparaciones para el baño; agua de colonia; lociones capilares; agua de lavanda; popurrís aromáticos; aguas perfumadas; champús; acondicionadores para el cabello; jabones; agua de tocador; lociones corporales. En clase 9: aparatos e instrumentos ópticos, a saber, gafas (óptica); gafas de sol; lentillas ópticas; cristales ópticos; lentes para gafas; monturas de gafas; estuches para gafas; bolsas especiales para ordenadores portátiles; carátulas para teléfonos inteligentes; cordones para teléfonos celulares (móviles); carcasas para teléfonos inteligentes; fundas abatibles para tabletas electrónicas; cascos (auriculares); memorias USB. En clase 14: metales preciosos y sus aleaciones, a saber, joyas; piedras preciosas; piedras semipreciosas; pulseras (artículos de joyería); broches (joyería); cadenas (artículos de joyería); colgantes; gargantillas; gemelos; pendientes; dijes (joyería); cajas para joyas; joyeros enrollables; llaveros y cadenas para llaves; llaveros colgantes metálicos; medallones (joyería); medallas; collares (joyería); alfileres de adornos; bisutería (joyas de fantasía); perlas (joyería); pins (artículos de joyería» cajas de presentación para joyas; anillos (joyería); sortijas (artículos de joyería); cajas de presentación para joyas; anillos (joyería); sortijas (artículos de joyería); alfileres de corbata; relojes de uso personal; relojes de pulsera; relojes de pared, estuches de presentación para relojes de uso personal; despertadores. En clase 18: cuero e imitaciones de cuero; bolsos de cuero; bandoleras; bolsos de mano; bolsos de playa; bolsos de noche; carteras de cuero; monederos; billeteras; riñoneras; maletas; maletines; mochilas; maletines para documentos; bolsas de playa; portadocumentos; fundas para tarjetas de visita; tarjeteros (carteras); estuches de viaje de cuero; bolsos de mano; carteras para llaves; bolsas de malla para la compra; bolsas de red para la compra; bolsas de lona para la compra; carteras escolares; maletas con ruedas; baúles de viaje; neceseres (vacíos); estuches para artículos de tocador; sets de viaje; paraguas; sombrillas; parasoles; fundas de paraguas. En clase 25: prendas de vestir; albornoces; camisas; camisetas; trajes de baño; bañadores; biquinis; cinturones; baberos que no sean de papel; calzoncillos; guantes (prendas de vestir); jerseys (prendas de vestir); suéteres; chaquetas; pantalones; bermudas; faldas; vestidos; gorros; bufandas; fulares; chales; pijamas; peleles; petos; bandanas (pañuelos para el cuello); corbatas; zapatos; chanclas; sandalias; calcetines y en clase 35: servicios de agencia de importación y exportación; asesoramiento empresarial sobre franquicias; administración de asuntos de negocios de franquicias; asistencia a empresas en materia de franquicias; servicios de venta al por menor de perfumería y fragancias; servicios de venta al por mayor de perfumería y fragancias; servicios de venta al por menor de artículos de óptica; servicios de venta al por menor de gafas; servicios de venta al por menor de gafas de sol; servicios de venta al por mayor de artículos de óptica; servicios de venta al por menor de joyería;  servicios de venta al por menor de relojes; servicios de venta al por mayor de joyería; servicios de venta al por mayor de relojes; servicios de venta al por menor de productos de papelería; servicios de venta al por menor de bolsas y artículos para empaquetar, envasar y almacenar, de papel, cartón y materias plásticas; servicios de venta al por mayor de productos de papelería; servicios de venta al por mayor de bolsas y artículos para empaquetar, envasar y almacenar, de papel, cartón y materias plásticas; servicios de venta al por menor de equipaje, bolsos, carteras y otros porta objetos; servicios de venta al por menor de paraguas y sombrillas; servicios de venta al por mayor de equipaje, bolsos, carteras y otros porta objetos; servicios de venta al por mayor de paraguas y sombrillas; servicios de venta al por menor de prendas de vestir; servicios de venta al por menor de artículos de sombrerería; servicios de venta al por menor de calzado; servicios de venta al por mayor de prendas de vestir; servicios de venta al por mayor de artículos de sombrerería; servicios de venta al por mayor de calzado; servicios de venta minorista en línea. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005653. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978—San José, 22 de junio de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017152837 ).

Ronald Gutiérrez Bolaños, en calidad de apoderado generalísimo de Reina Internacional de los Mares S. A., con domicilio en 75 metros este del Monumento del Pacto del Jocote, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Rey y Reina Internacional de los Mares & Turismo,

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: certamen de belleza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005345. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017151847 ).

María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad Nº 109330536, en calidad de apoderada especial de Alimentos Sociedad Anónima, con domicilio en: kilómetro 15.5 de la carretera a El Salvador, Municipio de Santa Catarina Pinula, departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: GRAN DÍA CHOCO CHIWI Shake

como marca de fábrica y comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: batidos lácteos con sabor y /o a base de chocolate. Reservas: de los colores: café, café chocolate, café claro, beige, celeste, negro, blanco, amarillo y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 02 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0003967. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017151856 ).

María Gabriela Arroyo Vargas, casado una vez, cédula de identidad 109330536, en calidad de apoderada especial de Alimentos Sociedad Anónima, con domicilio en kilómetro 15.5 de la carretera a El Salvador, Municipio de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: Gran Día CHOCO CHIWI Shake como marca de fábrica y comercio en clase: 32 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 32 Batidos a base de cereales, con sabor y/o a base de chocolate. Reservas: De los colores café, café chocolate, café claro, beige, celeste, negro, blanco, amarillo y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0003960. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017151858 ).

Gerardo Carballo Jiménez, casado una vez, cédula de identidad 301921083, en calidad de apoderado generalísimo de Comercial La Flor del Café Carballo Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101445784, con domicilio en Residencial El Molino; 150 metros al oeste y 150 metros al norte del antiguo, Club El Molino, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ VICTORIANO

como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café en polvo que se expande al público con consumidor. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2017, según Solicitud N° 2017-0000417. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017151898 ).

Hugo Julián Garita Solano, soltero, cédula de identidad 304690217, con domicilio en Guadalupe, 200 metros norte del Colegio Laboratorio, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: KINERGIA CR TERAPIA FÍSICA,

como marca de comercio en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio en fisioterapia física. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0005049. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 06 de junio de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151916 ).

Tomás Quirós Jiménez, soltero, cédula de identidad 114110509, en calidad de apoderado especial de Somahlution Llc., con domicilio en 225 Chimney, Corner Lane, Suite 2001, Jupiter, Florida, 33458, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: DURAGRAFT, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparación farmacéutica, consistente en una solución acuosa para la preservación de conductos vasculares tales como venas y arterias, el cual puede ser utilizado en cirugía de bypass periférico y cirugía de bypass coronaria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de noviembre de 2015. Solicitud N° 2015-0011331. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017151918 ).

Mario Esteban Marín Rojas, soltero, cédula de identidad 401860598, en calidad de apoderado generalísimo de Distribuidora Del Caribe C.R. S. A., cédula jurídica 3-101-574730 con domicilio en de la Chiclera Costarricense; 50 metros oeste, Zapote, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DCaribe como marca de fábrica y comercio en clase: 5 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Desinfectantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017, según solicitud N° 2017-0006276. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017151936 ).

Bersaved Jiménez Díaz, casada una vez, cédula de identidad 701890450 con domicilio en Playas del Coco, 8.5 metros sur de Cabinas Chalé ultima casa, mano izquierda, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: La Bella Natural

como marca de fábrica y comercio en clases 3 y 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 3 Jabones, crema, exfoliantes, perfumes, bálsamo bloqueador solar; y en clase 5 Recipiente de mosquitos. Reservas: De los colores: verde, rosado y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de marzo del 2017, solicitud Nº 2017-0002526. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de marzo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017151938 ).

Karla Ávila Molina, casada dos veces, cédula de identidad 205800041, con domicilio en Barrio Tropicana centro; 150 mts. sur, de McDonalds, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: L.G.A. School como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la enseñanza primaria bilingüe, ubicado en Alajuela Centro; 150 mts sur, McDonald’s Tropicana, casa blanca con rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006156. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de julio del 2015.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151949 ).

Manuel Flores Brenes, soltero, cédula de identidad 114400578, con domicilio en La Sabana; contiguo a Restaurente La Gauchada, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: esTiMul + go health & fitness

como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de entrenamiento físico. Reservas: De los colores: rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017, según solicitud N° 2017-0006027. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017151970 ).

María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad Nº 109330536, en calidad de apoderada especial de Cementerio Las Flores Sociedad Anónima, con domicilio en Sexta Avenida 8-20 Zona 9, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: Capillas LAS FLORES

como marca de servicios, en clase: 36 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: negocios inmobiliarios. Reservas: de los colores: blanco, negro y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0005023. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152021 ).

Sidney Rosenstock Faingezicht, casado una vez, cédula de identidad 107340512, en calidad de apoderado generalísimo de Host Hospitality Design Sociedad Anónima, Cédula jurídica 3101739038, con domicilio en Cantón Central, Pavas, 600 metros al oeste del Canal 7, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Höst

como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado al diseño, fabricación, importación y comercialización de muebles, estaciones de trabajo y accesorios de decoración, ubicado en la provincia de San José, Cantón Central, Pavas, seiscientos metros al oeste de canal siete. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006332. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152037 )

María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en calidad de apoderado especial de Cementerio las Flores Sociedad Anónima, con domicilio en Sexta Avenida 8-20, Zona 9, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: Grupo LAS FLORES, como marca de servicios en clase: 36 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: negocios inmobiliarios. Reservas: los colores blanco, negro y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0005018. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de junio de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017152046 ).

Gary Gerard Jeffery, casado una vez, pasaporte 543109077, con domicilio en Ciudad Colón cantón de Mora; 200 oeste y 150 sur, de la Cruz Roja, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Yáleen´s como marca de fábrica y comercio en clase: 30 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 30: Café, té, cacao y sucedáneos de café, arroz, tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales, pan, productos de pastelería y confitería, helados, azúcar, miel, jarabe de melaza, levadura, polvos de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas, especies. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006364. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152063 ).

Lidia Verónica Echenagusía Puig, casada una vez, cédula de identidad 800760223con domicilio en Escazú, del Centro Comercial Montescazú 500 metros este y 100 metros sur, casa N° 20 Bello Horizonte Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Bawö

como marca de servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación, formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Reservas: De los colores: azul, negro, amarillo y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0005153. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152072 ).

José Luis Valverde Morales, casado, cédula de identidad 104480658, en calidad de Apoderado Generalísimo de Asociación Solidarista de Empleados de la Caja Costarricense de Seguro Social, cédula jurídica 3002066031con domicilio en sobre avenida segunda, calles 11 y 13, edificio ASECCSS, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EVENTOS PRODUCTORA & CATERING JAÚLES ASECCSS GOLD

como marca de servicios, en clases 41 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Servicios de animación, organización y realización de eventos. y 43 Servicios de catering. Reservas: De los colores: vino, negro y dorado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004944. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017152081 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad Nº 1-1161-0034, en calidad de apoderada especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma Nº 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, solicita la inscripción de: TAKIS

como marca de fábrica y comercio, en clase: 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: confitería, frituras de maíz, y frituras a base de extruidos de maíz. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005300. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152090 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderado especial de Grupo Bimbo S.A.B. de C.V. con domicilio en prolongación Paseo de La Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, Distrito Federal, México, solicita la inscripción de: BIMBO CROLL como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pan. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005373. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017152091 ).

Sirilo de Jesús Salazar Mora, casado dos veces, cédula de identidad Nº 303120182, con domicilio en: Turrialba, Santa Rosa, barrio San Francisco, última casa 2 pisos, Costa Rica, solicita la inscripción de: Cirilo’s Pizza C P

como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: pizza. Reservas: de los colores: rojo, negro, amarillo, celeste, blanco, verde y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006241. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152132 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado, cédula de identidad 107560893, en calidad de apoderado especial de Lab. San José HNN Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101300161 con domicilio en Pavas, Rohrmoser, del Restaurante Pizza Hut, 125 metros al oeste y 75 metros al sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Neumo CHECK de Labortatorios San José

como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Una prueba microbiológica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005716. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152162 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado, cédula de identidad Nº 107560893, en calidad de apoderado especial de Lab San José HNN Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101300161, con domicilio en: Pavas, Rohrmoser, del restaurante Pizza Hut, 125 metros al oeste y 75 metros al sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ENTERO CHECK de Laboratorios San José

como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: una prueba microbiológica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005717. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152163 ).

María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en calidad de Apoderada Especial de Alimentos Sociedad Anónima con domicilio en Kilómetro 15.5 de la Carretera a El Salvador, Municipio de Santa Catarina Pinula, Departamento de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: GRAN DIA Dulcitas Shake

como marca de fábrica y comercio, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 32 Batidos a base de cereales. Reservas: De los colores: rosa, rojo, negro, blanco, azul, amarillo y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003961. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017152173 ).

Rodolfo Robert Rodríguez Cheng, casado una vez, cédula de identidad 111030632, en calidad de apoderado generalísimo de Capital del Pacífico Oriental R S E Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101503279, con domicilio en Tibás, 600 metros al sur de la Iglesia San Bautista, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CANTON PANDA TACO, como marca de fábrica en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 30: bocadillo en forma de taco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005378. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152174 ).

David Hidalgo Paniagua, casado una vez, cédula de identidad Nº 206070960 con domicilio en: 100 mts. norte y 50 mts. oeste bar El Camarón, Daniel Flores, Pérez Zeledón, Costa Rica, solicita la inscripción de: Samira Dreams La Belleza que soñaste...

como marca de comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cosméticos: aceite masajes, bloqueador solar, tratamiento capilar, cremas faciales, crema hidratante. Reservas: de los colores: rosado y verde limón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006086. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 07 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152203 ).

Javier Chaves Bolaños, casado una vez, cédula de identidad Nº 106230488, en calidad de apoderado generalísimo de Aldesa Corporación de Inversiones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-079444, con domicilio en Curridabat, de la Gasolinera La Galera, 500 este sobre antigua carretera a Tres Ríos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ALDESA

como marca de servicios, en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: operaciones financieras, incluidas pero no limitados a análisis financiero, banca, corretaje, servicios de liquidación de negocios, inversión de capital, verificación de cheques, clasificación financiera, patrocinios financieros, banca de inversión, transferencia de fondos, garantías bancarias, información sobre seguros, préstamos, capital de inversión, financiamientos de arrendamientos con opciones de compra, préstamos con garantías, emisión de seguros, banca hipotecaria, fondos de inversión, cotizaciones de bolsa, administración de fideicomisos, fiduciarias, corretajes de acciones y bonos, intermediación, bursátil, operaciones monetarias y, negocios inmobiliarios, incluidos pero no limitados a administración de bienes inmuebles incluyendo aquellos bajo régimen de propiedad en condominio, valoraciones, venta y renta (alquiler) de bienes inmuebles, proyectos y desarrollo inmobiliario, incluyendo, pero no limitándose a diseño y desarrollo de complejos comerciales, hoteleros y residenciales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005170. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152205 ).

German Camilo Reales Álvarez, casado una vez, cédula de residencia Nº 117000706426, en calidad de apoderado generalísimo de Corte Fresco Mercado de Carnes S. A., cédula jurídica Nº 3101720290, con domicilio en: 50 metros al norte de la antigua  Radio  Reloj  o  300  metros  al  sur  de  la  rotonda de la Y Griega, carretera a Desamparados, Costa Rica, solicita la inscripción de: CORTE FRESCO MERCADO DE CARNES

como marca de comercio en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Fábrica de embutidos salchichón, mortadela corriente y jamonada, salchichas. Reservas: de colores: negro, rojo, blanco y café claro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004877. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de mayo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152240 ).

Roberto Andrés Villalobos Vargas, casado una vez, cédula de identidad Nº 111580383, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Rou IR Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101445717, con domicilio en: Liberia, Guayabo de Bagaces de la Iglesia Católica 200 metros al oeste, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: cautiva PUBLICIDAD

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de publicidad en cualquier medio de difusión, comunicaciones declaraciones o anuncios relacionados con todo tipo de productos y servicios, servicios de agencia de publicidad y comunicación. Reservas: de los colores: blanco, rosado (magenta). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0005046. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 06 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152270 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua fábrica de embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY ZUEROX como marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas sin alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005963. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2017152347 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua fábrica de embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY XSUERO como marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005964. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2017152348 ).

Gassan Nasralah Martínez, casado una vez, cédula de identidad 105950864, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Oridama S. A., cédula jurídica 3101081719, con domicilio en Desamparados, San Miguel 900 metros al sur del Ebais El Llano antigua fábrica de embutidos, Calle Sabanillas, Costa Rica, solicita la inscripción de: MEDIGRAY XSUERO como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos tales como: polvos, líquidos, gotas, efervescentes, jarabes, tabletas, cápsulas, grageas, ampollas, inyectables, oftálmicos, cremas, geles, suspensiones, supositorios, aerosoles, spray, tinturas, rocíos, ungüentos, soluciones, tónicos, emulsiones, óvulos, inhaladores, vaporizaciones, lociones y demás productos farmacéuticos, productos naturales y suplementos alimenticios destinados a complementar una dieta normal o a beneficiar la salud y bebidas para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005980. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2017152349 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Adriana Marín Fonseca, casada una vez, cédula de identidad 112190373con domicilio en Liberia, 100 sur del INS, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Bufete Marín & Marín como marca de servicios en clase: 45 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 45 Servicios jurídicos brindados por abogados asesores a favor de personas, organizaciones o empresas. Reservas: De los colores: negro, naranja y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0005047. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152272 ).

Jendy Arigely Varela Herrera, casada una vez, cédula de identidad 111010146, en calidad de apoderada generalísima de Wow Emotions Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101684353, con domicilio en Montes de Oca, Barrio Los Yoses; 150 metros al sur, del Automercado, Oficinas Asociación Parque TEC Potenciadora de Negocios, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: WOW EMOTIONS

como marca de fábrica y servicios en clases 9 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9 Software y en clase 42: Diseño y desarrollo de software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006319. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152288 ).

Verónica Mena Aguilar, soltera, cédula de identidad 114410775, con domicilio en 100 norte y 100 este, Iglesia San Fco, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: DS DecoStyle INNOVANDO TU ESPACIO

como marca de servicios en clase: 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Diseñadora de interiores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005797. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152310 ).

Johnny Fonseca Brenes, casado una vez, cédula de identidad 109990093, con domicilio en San Rafael, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Valle Encantado,

como marca de comercio en clases 29 y 30 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente. En clase 29: frutas y en clase 30: café. Reservas: de los colores: café, blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004712. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de junio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017152320 ).

Marcia Xirinachs Arias, casada dos veces, cédula de identidad 107990030, con domicilio en Santa Ana, Pozos, Urbanización Montana, casa 60, Costa Rica, solicita la inscripción de: GL GENT LLIURE,

como nombre comercial. para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a bolsos y carteras de mujer, ubicado en Pozos de Santa Ana, Urbanización Montana, casa N° 60. Reservas: de los colores: negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0006280. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152357 ).

Manuel Gimenez Costillo, casado una vez, cédula de identidad 107540144, en calidad de apoderado especial de Farmacéutica Internacional S. A. de C.V. (Farinter), con domicilio en Edificio Farinter, Barrio La Granja, Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Honduras, solicita la inscripción de: HERDEZ farmacias, como nombre comercial en clase: 49 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos farmacéuticos, preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada, farmacias preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar, y raspar (preparaciones abrasivas), jabones, perfumería, fragancias y productos de tocador, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello, dentífricos y productos para el cuidado personal, productos para el cuidado de la piel y productos para el cuidado de las uñas, ubicado en el Edificio Farinter, Barrio la Granja, exactamente atrás de la Toyota, Comayagueta, Honduras. Reservas: de los colores: rojo, negro, azul y azul claro no se reserva el término “farmacias”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005620. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152361 ).

Alejandra Bastida Álvarez, casada una vez, cédula de identidad Nº 108020131, en calidad de apoderada especial de Gruma S.A.B. de C.V., con domicilio en Río de la Plata Nº 407 Oste, Colona del Valle, San Pedro Garza García, Nuevo León, México, solicita la inscripción de: X´PLOTADAS como marca de fábrica y comercio, en clases: 29 y 30 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 29: papas tostadas y fritas, maníes salados y dulces. Clase 30: tortillas tostadas, tortillas, masa de maíz, y derivados de maíz, bizcochos, frituras de harina de maíz y trigo, tostadas, nachos, bolitas de queso inflado, todo tipo de pastelería, repostería y confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005574. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152377 ).

Sergio Manrique Vargas Bolaños, casado una vez, cédula de identidad Nº 107300602, en calidad de apoderado generalísimo de Il Fiorentino Cucina Típica Fiorentina Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101738753, con domicilio en Tibás, Llorente, Barrio Virginia, frente a la parada de buses, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IL FIORENTINO CUCINA TIPICA FIORENTINA

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la elaboración de pizzas y salsas para pizzas, pastas y carnes con base su elaboración a vegetales conforme a la tradición de la comida italiana, sea basada en albahaca, berenjenas, chiles dulces, salvia, orégano, aceite de oliva, perejil italiano y latino, cebolla, ajo y prestación de servicios de preparación de comidas. Ubicado: en San José, Tibás, Llorente, Barrio Virginia, frente a la parada de buses. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0005096. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017152438 ).

Monserrat Alfaro Solano, divorciada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderada especial de Asociación Cristiana Habitacional de Costa Rica, con domicilio en: Sabana, trecientos metros oeste y veinticinco metros norte de Teletica, edificio Azteca, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: URBARIUM COMUNIDADES VIBRANTES

como marca de servicios en clases: 36 y 37. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 36: servicios de recaudación de fondos y en clase 37: renovación y construcción de casas residenciales para los necesitados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005839. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152470 ).

Melissa Mora Martín, divorciada, cédula de identidad Nº 108390188, en calidad de gestor oficioso de Balloon Latinoamerica Spa, con domicilio en Augusto Leguía Sur 134, Las Condes Santiago, Chile, solicita la inscripción de: Balloon Latinoamérica

como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Asesoría a empresas a fomentar y desarrollar el emprendimiento, relaciones públicas, gestión de empresas; asesoramiento en materia de organización de empresas; servicios de desarrollo de empresas; desarrollo de estrategias de negocios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002368. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de abril del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017152478 ).

Melissa Mora Martin, cédula de identidad 1-1041-0825, en calidad de apoderada especial de Gustavo Antonio Ramírez Castillo, soltero, con domicilio en Avenida Nuevo León número 254 Interior 301 Colonia Hipódromo, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06100, Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: GOJI vesta by kromasol

como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 5: Complemento alimenticio adicionado de Goji. Reservas: Cualquier color y tamaño. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de setiembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0009036. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de marzo de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152479 ).

Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Gustavo Antonio Ramírez Castillo, con domicilio en Avenida Nuevo León número 254 Interior 301 Colonia Hipódromo, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06100, México, solicita la inscripción de: goji vesta by KROMASOL como marca de fábrica y comercio en clase: 32. Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 32 Otras preparaciones para preparar bebidas adicionadas de Goji. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000037. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de marzo de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registrador.—( IN2017152480 ).

Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Industrias Felinos S.A., cédula jurídica 3-101-1001414, con domicilio en Tibás, del Instituto Costarricense de Electricidad, 200 metros este, 100 metros norte y 50 metros sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: XXX PLX SKATE & STREETWEAR

como marca de fábrica y servicios en clases: 25 y 35. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. y en clase 35: publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial relacionados a la comercialización y distribución de prendas de vestir, calzado y accesorios deportivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre de 2016. Solicitud Nº 2016-0010416. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de marzo de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152481 ).

Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Industrias Felinos S. A., cédula jurídica 3-101-1001414, con domicilio en Tibás, del Instituto Costarricense de Electricidad, 200 metros este, 100 metros norte y 50 metros sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLS PENNY LANE SPORT CALZADO, ROPA Y ACCESORIOS

como marca de fábrica y comercio en clases: 25 y 35. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. y 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial relacionados a la comercialización y distribución de prendas de vestir, calzado y accesorios deportivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre de 2016. Solicitud Nº 2016-0010415. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de marzo de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152482 ).

Melissa Mora Martín, casada, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Universal Manufacturing Corp, con domicilio en Carr. PR-647, KM 0.5, Barrio Bajuras, Vega Alta, PR 00692, Puerto Rico, solicita la inscripción de: DMX Doctor Mecánico Xtreme

como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones limpiadores multifuncionales para el hogar, automóvil y barcos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000308. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de marzo de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152483 ).

Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Centenario Internacional S. A, cédula jurídica 3101010979, con domicilio en Curridabat, 100 metros norte y 75 metros al oeste de la municipalidad, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CENTENARIO SISTEMA SOLERA 20 AÑOS FUNDACION

como marca de fábrica y comercio en clase 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Ron. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de noviembre del 2016, solicitud Nº 2016-0011526. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152484 ).

Melissa Mora Martín, casado, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderado especial de Mayor Servicios S. A., con domicilio en la Avenida 29-85 Zona 12, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: MRT

como marca de fábrica y comercio en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 12 Motos, vehículos terrestres, repuestos y accesorios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de enero del 2017, Solicitud Nº 2017-0000033. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152485 ).

Mellisa Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad 1010410825, en calidad de apoderada especial de Carlos Rene Tschen Valladares, con domicilio en Avenida Reforma 9-55 zona 10, 4to nivel, oficina 408, edificio Reforma 10, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SHINOLA como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Comercialización, compra y venta al por mayor y al detalle de productos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010665. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(IN2017152486 ).

Melissa Mora Martin, casada una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderado especial de Antonio Carlo D’alessandro, casado una vez, cédula de identidad 221102796, con domicilio en 21788 Reflection Lane, Boca Ratón, Florida 33428, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MONTAÑAS DEL RÍO RESORT AND RESIDENCES como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a brindar servicios de publicidad, gestión de negocios y administración comercial, así como servicios de hotelería, alimentación y hospedaje, ubicado en San José, Santa Ana, Parque Empresarial Fórum 2, Edificio N, quinto piso. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000307. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de febrero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2017152487 ).

Federico Rucavado Luque, casado una vez, cédula de identidad 108390188, en calidad de apoderado especial de Laboratorios Mallen S. A., con domicilio en N° 53 de la calle Euclides Morillo, Arroyo Hondo, Santo Domingo, República Dominicana, solicita la inscripción de: CRANBIOTIC como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos de uso humano, específicamente, productos para la salud de las vías urinarias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001611. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de marzo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(IN2017152488 ).

Melissa Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Industrias Felinos S. A., cédula jurídica 3-101-1001414, con domicilio en Tibás, del Instituto Costarricense de Electricidad, 200 metros este, 100 metros norte y 50 metros sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLS como marca de fábrica y servicios en clase(s): 25 y 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería y 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial relacionados a la comercialización y distribución de prendas de vestir, calzado y accesorios deportivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010417. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2017152489 ).

Melissa Mora Martín, casado una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Industrias Felinos S. A., cédula jurídica 3-101-1001414, con domicilio en Tibás, del Instituto Costarricense de Electricidad, 200 metros este, 100 metros norte y 50 metros sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLS como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento comercial dedicado a la comercialización y venta de prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería, ubicado en San José, avenida central, calles 3 y 5. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010418. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(IN2017152491 ).

Melissa Mora Martin, casado una vez, cédula de identidad 110410825, en calidad de apoderada especial de Aluma Systems Inc, con domicilio en 10180-101 Street, Suite 2600, Edmonton, AB, Canadá T5J 3Y2, Canadá, solicita la inscripción de: ALUMA SYSTEMS A BRAND COMPANY como marca de servicios en clase(s): 37; 40 y 42 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 37: Servicios de construcción; servicios de reparación; servicios de instalación, 40: Tratamiento de materiales y 42 Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001247. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de marzo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2017152492 ).

Enrique Cruz Vargas, divorciado una vez, cédula de identidad 203070668, en calidad de apoderado generalísimo de Tucurra Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101682273, con domicilio en Grecia, San José, Santa Gertrudis Sur, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: BAR Y RESTAURANTE TUCURRA como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a bar y restaurante, ubicado en Alajuela, Grecia, San José, Santa Gertrudis Sur, 500 m al sur de la escuela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002527. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de marzo del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(IN2017152504 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderada especial de Honda Motor Co., LTD. con domicilio en 1-1, Minami-Aoyama 2-Chome, Minato-Ku, Tokyo 107-8556, Japón, solicita la inscripción de: NAVI como marca de fábrica y comercio en clase: 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Motocicletas, vehículos; aparatos de locomoción terrestre; aérea o acuática, y partes y accesorios para los mismos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000974. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(IN2017152528 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de K-Swiss Inc, con domicilio en 523 W. 6th Street, Los Ángeles, CA 90014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SUPRA como marca de fábrica y comercio en clase: 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Billeteras; monederos; maletas; mochilas; bolsas de lona; bolsas de deporte; bolsas de viaje; bolsos; bolsos de mano; bolsos de hombro; bandoleras de cuero; bolsas [envolturas, bolsitas] de cuero para embalar; estuches de cuero o cartón cuero; tarjeteros [carteras]; alfombrillas (mat) de cuero; correas de cuero; cuero y cuero de imitación; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; mochilas; mochilas de cintura; maletas de mano; portafolios [artículos de marroquinería]. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005631. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(IN2017152529 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Salvador Avellana Bullón, soltero, pasaporte AAF121735; Narcis Castella Juanola, soltero, pasaporte PAB637865 y Wilson Cavalcante, divorciado, pasaporte YB338029 con domicilio en Plaça Turers, 3, Banyoles (Girona), España; c/ Cabanya, 23, Celra (Girona), España y Borgonyà, Cornella del Terri (Crta. Borgonya, 12), (Girona), España, solicita la inscripción de: MIDNIGHT PAINT PARTY

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Organización de fiestas y eventos; conciertos, audiciones de música y representaciones teatrales, relacionados a fiestas y eventos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002088. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017152530 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Abena Holding A/S con domicilio en Egelund 35, 6200 Aabenraa, Denmark, Dinamarca, solicita la inscripción de: BAMSO Nature

como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Pañales de papel para bebés. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004041. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017152531 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Abena Holding A/S, con domicilio en Egelund 35, 6200 Aabenraa, Dinamarca, solicita la inscripción de: ABRI como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones higiénicas; artículos higiénicos para uso médico, incluyendo pañales y toallas sanitarias para incontinentes, protege-slips (compresas higiénicas), tampones para la menstruación, paños menstruales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004039. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2017152532 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Abena Holding A/S, con domicilio en Egelund 35, 6200 Aabenraa, Dinamarca, solicita la inscripción de: ABENA como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones higiénicas; artículos higiénicos para uso médico, incluyendo pañales y toallas sanitarias para incontinentes, protege-slips [compresas higiénicas], tampones para la menstruación, paños menstruales; pañales higiénicos para personas incontinentes; preparaciones farmacéuticas para el cuidado de la piel; apósitos; vendas; desinfectantes; desinfectantes para propósitos higiénicos; pañales-braga para bebés; jabones, tabletas, cápsulas, cremas y lociones para propósitos farmacéuticos, específicamente para el cuidado íntimo y la higiene íntima; almohadillas para la lactancia; artículos higiénicos absorbentes; hisopos para uso médico; hilas para uso médico; cintas adhesivas para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004037. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2017152533 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Abena Holding A/S, con domicilio en Egelund 35, 6200 Aabenraa, Dinamarca, solicita la inscripción de: ABENA como marca de fábrica y comercio en clase: 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Sábanas para personas incontinentes [empapadorres]; ropa especial para quirófano; compresores [cirugía]; guantes para uso médico; sábanas de guata de celulosa absorbente para usar durante cirugías; campos quirúrgicos [sábanas estériles] y materiales de recubrimiento para propósitos médicos; ropa médica; gorros médicos, mascarillas protectoras de boca para uso médico; fórceps quirúrgicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004038. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de junio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(IN2017152534 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Eclat Group Corporation, con domicilio en 3401 NW 82 Avenue, N° 105 G Doral, Florida, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ECLAT como marca de fábrica y comercio en clase: 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Filtros de aire para motores de automóviles; filtros de aire para motores de motocicletas; filtros de aire para motores de vehículos; culatas de cilindros de motor; cilindros de motor; distribuidores para vehículos; cojinetes de motor; árboles de levas de motor, cilindros de motor para vehículos; bielas para motores; componentes de temporización de motor, específicamente, piñones y cadenas de leva; filtros de motor; filtros de combustible; juntas para motores de combustión interna; partes de motores de combustión interna, específicamente, aros de pistón, partes de motores de combustión interna, específicamente pistones; juntas de motores de metal para vehículos; filtros de aceite; aros de pistón; bujías de encendido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004278. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2017152535 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de Gestor oficioso de Eclat Group Corporation, con domicilio en 3401 NW 82 Avenue, N° 105 G Doral, Florida, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: ECLAT como marca de fábrica y comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Motores para automóviles; dispositivos de suspensión para automóviles, específicamente coilovers (tipo de suspensión de automóviles); componentes de sistema de suspensión para automóviles, específicamente perchas de resortes; ejes para sistemas de suspensión neumática en vehículos; kits de reparación de cilindros de freno, vendidos como una unidad para vehículos terrestres; cilindros de freno; discos de freno; discos de freno para vehículos; tambores de freno para vehículos terrestres; tambores de freno para vehículos; pastillas de freno para vehículos terrestres; rotores de freno para vehículos terrestres; zapatos de freno para vehículos terrestres; sistemas de freno para vehículos; frenos para carros de motor; frenos para vehículos; soportes de motor para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres; frenos de disco hidráulicos; frenos de llanta hidráulicos; kits de reconstrucción de motor de vehículo terrestre, vendido como unidad; partes de suspensión de vehículos terrestres, específicamente muelles espirales; partes de suspensión de vehículos terrestres, específicamente ecualizadores; partes de suspensión de vehículos terrestres específicamente muelles de ballesta; partes de suspensión de vehículos terrestres, específicamente barras de torsión / oscilantes; cilindros de freno principal; motores para vehículos terrestres; sistemas de suspensión para automóviles y camiones; partes de vehículos, específicamente puntales de suspensión; suspensión de llantas; cilindros de motor para vehículos terrestres; bombas de combustible para vehículos terrestres; correas de distribución para motores de vehículos terrestres; bombas de agua para vehículos terrestres. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004279. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de junio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(IN2017152536 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de MCP Investment, LLC con domicilio en 3598 Center Avenue, Norco, California 92860, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PRO CIRCUIT como marca de fábrica y comercio en clase: 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa, específicamente camisetas, sudaderas, camisetas sin manga, sombreros, beanies (gorros), jerseys de carreras de deportes de motor y pantalones de carreras de motocicletas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004408. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de junio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(IN2017152537 ).

Ricardo González Fournier, casado dos veces, cédula de identidad 105140630, en calidad de apoderado especial de Villalobos Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio en San Salvador, Calle Gerardo Barrios Mil Trescientos Once, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: ROSVILL como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Pan, galletas, bizcochos, tortas, productos de pastelería y confitería, preparados a base de harina y cereales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005845. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(IN2017152541 ).

Manfred José Roldán Ramírez, soltero, cédula de identidad 115290718, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Futbolmanía CR Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102720781, con domicilio en Escazú, Guachipelín, 400 metros norte de Construplaza, Edificio Latitud Norte, tercer piso, en las oficinas Quatro Legal San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FM Futbolmanía,

como marca de servicios en clase: 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de personalización solicitadas por pedidos o especificaciones de un tercero, o propias de la empresa, a través del estampado de letras, palabras, números, dibujos, emojis, logos, escudos, banderas y señalizaciones en camisas, camisetas, gorras, viceras, calzado deportivo, uniformes, y guantes de portero. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005733. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152554 ).

Amalia Ibarra Rojas, viuda, cédula de identidad 103640526, en calidad de apoderada generalísima de Norka Ltda., cédula jurídica 3102032842, con domicilio en Santa Ana, Pozos 3 km oeste de Construplaza Escazú, 200 sur-100 oeste Condominio Catalano N° 2, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NORKA CHILE-JELLY como marca de fábrica y comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Jaleas, mermeladas, con chile. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005372. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(IN2017152568 ).

Sigrid Martínez Picado, divorciada una vez, cédula de identidad Nº 109640359, con domicilio en: Urb. Los Geranios, casa E-6, Paso Ancho N., cantón Central, distrito Sn Sebastián, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sostenibilidad en Mente

como marca de servicios en clases 35 y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: consultorías en administración y en clase 41: charlas y talleres. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005782. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152576 ).

Iván Rosales Chaves, casado una vez, cédula de identidad Nº 109350855, en calidad de apoderado especial de Interbusess Uno de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101196984, con domicilio en: Curridabat, Zapote, de Casa Presidencial 300 metros oeste, edificio Mira, piso Nº 3, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: INTERBUS EASY GOING EVERYWHERE Really Good !

como marca de comercio en clase 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de transporte de turistas nacionales e internacionales, organización de viajes dentro del territorio costarricense. Reservas: de los colores: verde, rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004428. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152595 ).

Franco Addonizio, casado, pasaporte YA5455041, en calidad de apoderado generalísimo de Azeta Cerámica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101691240, con domicilio en: San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: AZ CERAMICA como marca de comercio en clase 19 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: pisos cerámicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003190. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 19 de mayo del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152597 ).

Gian Piero Loponte Addonizio, casado, cédula de residencia Nº 186200625812, en calidad de apoderado generalísimo de Decorbaño Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101727371, con domicilio en: Pavas, Rincón Grande, dentro del Parque Industrial Empresarial del Oeste, local Nº 26, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: AQUOS

como marca de comercio en clase 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pisos de porcelanato y cerámica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003191. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017152598 ).

Franco Addonizio, casado, pasaporte YA5455041, en calidad de apoderado generalísimo de Decorvetro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101680444 con domicilio en: Pavas, Rincón Grande, dentro del Parque Industrial Empresarial del Oeste local Nº 26, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: M MOSAGRES CERÁMICAS - PORCELANATOS - MOSAICOS

como marca de comercio en clase 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: pisos de porcelanato, cerámica y mosaico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003193. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017152601 ).

Franco Addonizio, casado, pasaporte YA5455041, en calidad de apoderado generalísimo de Porcelanart CR Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101731875, con domicilio en Pavas, Rincón Grande, dentro del Parque Industrial Empresarial del oeste local N° 26, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PORCELANART cerámicas,

como marca de comercio en clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 35 venta de pisos de porcelanato y cerámica Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003194. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017152602 ).

Maria Pilar Galtes Forn, casada una vez, cédula de identidad N° 114080568, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones in Design Veintisiete Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102734215, con domicilio en Santa Ana, Río Oro, Plaza Obelisco, Local N° 2A, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IN DESIGN 27 iluminación decoración diseño, como marca de comercio en clase(s): 42 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios en decoración de interiores, diseño de interiores, asesorías de decoración, iluminación de áreas habitacionales y comerciales, y demás servicios relacionados a la decoración y el diseño de interiores en Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003195. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de mayo del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017152603 ).

Gian Piero Loponte Addonizio, casado, cédula de residencia 186200625812, en calidad de apoderado generalísimo de Decorbaño Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101727371, con domicilio en Pavas, Rincón Grande, dentro del Parque Industrial Empresarial del Oeste, local N° 26, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DECORBAÑO, como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta y distribución de productos para baños y decoración de baños, ubicado en San José, Pavas, Rincón Grande, dentro del Parque Industrial Empresarial del Oeste, local N° 26. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003192. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de abril de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017152605 ).

Geovanni Jesús Muñoz Otárola, soltero, en calidad de apoderado generalísimo de Geo Muñoz S.A., con domicilio en Santa Bárbara, San Juan, 100 metros al norte de Servicentro San Juan, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Pollo Totote,

como nombre comercial en clase. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de pollo crudo y elaborado. Ubicado en Heredia, La Aurora, de la Escuela, 25 metros al oeste. Reservas: de los colores rojo y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005637. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152615 ).

Marco Antonio Ugarte Ulate, casada una vez, cédula de identidad N° 602870337, con domicilio en Residencial Monserrat Tres Ríos, casa 31 I, Costa Rica, solicita la inscripción de: Mixtico

como marca de comercio en clase(s): 32 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 32 Mezcla para cocteles sin licor. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004193. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio de 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017152619 ).

Marcelo Vemon Fung, casado una vez, cédula de identidad N° 700910680, en calidad de apoderado general de Conejo Dorado Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica N° 3102672695, con domicilio en Escazú, San Rafael, de la entrada a la calle a Guachipelín 600 metros norte y 75 sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Rabbit Kids,

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 25 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: calcetines, camisetas, ropa interior, ropa deportiva, vestidos, camisas, pantalones, sueters y en general prendas de vestir para niños. Reservas: de los colores: negro, blanco y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005448. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017152622 ).

Aníbal Mauricio Araya Madrigal, casado una vez, cédula de identidad 109060046, en calidad de apoderado general de Bihonat Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101719391, con domicilio en Zapote, de Radio Puntarenas, 150 metros norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NANO Naturals

como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos y veterinarios. Reservas: del color verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006493. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152632 ).

Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316, con domicilio en San Ramón, en las oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal, 1 kilómetro y medio de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: D’RAMÓN, como marca de comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café y sucedáneos del café, específicamente café oro, café sin tostar, café tostado en grano, café tostado molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005664.—San José, 7 de julio de 2017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152645 ).

Mainor Martín León Cruz, casado una vez, cédula de identidad Nº 204210046, en calidad de apoderado generalísimo de Distribuidora Ochenta y Seis S. A., cédula jurídica Nº 3101093585, con domicilio en San Ramón, Calle Santiaguito, 400 metros sur de la Imprenta Acosta, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Tec Tram como nombre comercial, en clase: 49 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la producción de materiales para: a) bicicletas y repuestos de bicicletas, asientos, tubos y gasas de asiento, manubrios, puños, marcos pedales, frenos, expanderos, patillas, manivelas y aros; b) motocicletas, sus partes o piezas y productos, específicamente asientos, tubos y gasas de asiento, manubrios, puños, marcos, pedales, frenos, expanderos, patillas, manivelas y aros; c) mobiliario metálico y no metálico; d) equipo y maquinaria para gimnasio metálico y no metálico; e) equipo urbano metálico y no metálico, específicamente bancas, parada de bus, skateparks; f) accesorios y artículos deportivos; g) ropa deportiva. Ubicado: en San Ramón, Alajuela, Calle Santiaguito, 400 metros sur de la Imprenta Acosta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005673. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152646 ).

Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316 con domicilio en San Ramón, en las oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal, un kilómetro y medio al este de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA ORTIGA como marca de comercio y servicios en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café y sucedáneos del café, específicamente café oro, café sin tostar, café tostado en grano, café tostado molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005670. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017152647 ).

Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316, con domicilio en San Ramón, en las oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal, un kilómetro y medio al este de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL CERCO como marca de comercio y servicios en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café y sucedáneos del café, específicamente café oro, café sin tostar, café tostado en grano, café tostado molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº 2017L0005669. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017152648 ).

Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316 con domicilio en San Ramón, en las oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal, 1 kilómetro y medio de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: JACARANDAS como marca de fábrica y comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Café, y sucedáneos del café, específicamente café oro, café sin tostar, café tostado en grano, café tostado molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005667. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152649 ).

Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316 con domicilio en San Ramón oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal, un kilómetro y medio al este de la Bomba Chury, Costa Rica, solicita la inscripción de: PLUMA & TINTA como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Café y sucedáneos del café, específicamente café oro, café sin tostar, café tostado en grano, café tostado molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005665. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 7 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152650 ).

Marvin Rodríguez Solórzano, casado una vez, cédula de identidad 108290315, en calidad de apoderado generalísimo de Café de Altura de San Ramón Especial S. A., cédula jurídica 3101377316 con domicilio en San Ramón, en las oficinas del Beneficio de Café José Valenciano Madrigal un kilómetro y medio al este de la Bomba Chury, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: GUITARRA como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café y sucedáneos del café, específicamente café oro, café sin tostar, café tostado en grano, café tostado molido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005663. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152651 ).

Esteban Méndez Fernández, soltero, cédula de identidad Nº 110070629, con domicilio en Sabana Norte 300 mts norte y 50 este del ICE Condominio Los Soles Nº 2, Costa Rica, solicita la inscripción de: B Dr. Brand

como marca de servicios, en clases: 35 y 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 35: consultoría en mercadeo, publicidad y comunicación. Desarrollo de estrategias de mercadeo, publicidad, comunicación, creatividad, diseño gráfico de conceptos y material general (publicitarios). Administración de redes sociales, y en clase 41: producción de eventos y actuaciones de Marca. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005652. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017152674 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Smith & Nephew PLC, con domicilio en 15 Adam Street, Londres, WC2N 6LA, Reino Unido, solicita la inscripción de: Smith&nephew

como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: material y vendajes quirúrgicos y médicos para heridas; gel, ungüentos y polvos para el tratamiento de heridas; vendajes para heridas para uso con dispositivos terapéuticos de presión negativa para heridas; bandas adhesivas y cintas adhesivas para uso médico; gaza para vendajes; preparaciones medicadas para el cuidado de la piel; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de heridas; toallitas de algodón, tejidos e hisopos medicados; productos médicos para mejorar la apariencia cosmética de la piel; productos médicos para uso en tratamiento de heridas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000585. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de febrero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017152693 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Fayon Limited, con domicilio en: Ashbourne, Loreto Park, Douglas, Cork, Irlanda, solicita la inscripción de: Tiqy como marca de fábrica y servicios en clases 9, 36, 39, 41, 42 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: aplicaciones descargables de software informático para acceder a la información, realizar reservas y gestionar pagos y transacciones financieros en el ámbito de viajes, turismo, actividades turísticas, organización de viajes, excursiones [turísticas], excursiones y actividades culturales y de aventura y alojamiento a corto plazo; software de ordenador, grabado y / o descargable para gestionar reservas y pagos y transacciones financieras en el ámbito de viajes, turismo, actividades de viajes, excursiones, actividades de aventura, excursiones de actividades al aire libre, excursiones culturales y actividades y reserva de alojamiento a corto plazo; en clase 36: servicios financieros y monetarios, a saber, servicios de facturación y facturación, servicios de pago electrónico, servicios de remesas financieras, servicios de cuentas bloqueadas; servicios de reembolso financiero, emisión y reembolso de fichas y bonos de servicios de valor e información financiera; todo lo anterior en el ámbito de los viajes turísticos, el turismo, las actividades de viajes, los arreglos de viaje, las excursiones [turísticas], las excursiones y actividades culturales y de aventura y el alojamiento a corto plazo; servicios de consultoría, asesoramiento e información relacionados con los servicios mencionados; en clase 39: suministro de información (incluida la información de reserva) y servicios de reserva por vía electrónica, a través de redes informáticas en línea y de Internet y / o proporcionados en línea desde una base de datos informática, (incluidos enlaces a sitios web de terceros), excursiones; en clase 41: provisión de información de entretenimiento (incluyendo la información de reserva) y los servicios de reserva de forma electrónica, a través de redes informáticas en línea e Internet y / o prestados en línea desde una base de datos informática, incluso a través de enlaces a sitios web de otros, en la aventura de campo, excursiones al aire libre y culturales, actividades y eventos; en clase 42: diseño y desarrollo de programas informáticos; software como servicios; alquiler de programas informáticos; todo para la administración de empresas y gestión de reservas en el ámbito de la organización de viajes, operador turístico, alojamiento a corto plazo, restaurantes, actividades turísticas y culturales y proveedores de servicios de eventos; diseño, desarrollo, mantenimiento y alojamiento de sitios web de Internet para terceros; servicios de consultoría, asesoramiento e información relacionados con los servicios mencionados y en clase 43: suministro de información (incluida la información de reserva) y servicios de reserva por vía electrónica, a través de redes informáticas en línea e Internet y / o proporcionados en línea desde una base de datos informática, incluso mediante enlaces a sitios web de terceros, en el ámbito del alojamiento temporal y servicios de suministro de alimentos y bebidas. Prioridad: Se otorga prioridad N° 015457625 de fecha 21/05/2016 de Reino Unido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011352. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de enero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152694 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Bayerische Motoren Werke Aktiengesellschaft, con domicilio en Petuelring 130, 80809 Munich, Alemania, solicita la inscripción de: Gran Lusso como marca de fábrica y comercio, en clase: 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: clase: 12: Vehículos y sus partes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012342. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017152695 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Aroderado Esqecial de ‘HTC Holding A.S., con domicilio en Dobroviova 8, SK-81 1 09, Bratislava, República Eslovaca, Eslovaquia, solicita la inscripción de: ZETOR como marca de fábrica y comercio, en clase: 12 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: vehículos, vehículos terrestres; tractores; ruedas del vehículo; chasis del vehículo; parachoques de vehículos; estribos para vehículos; radios de ruedas; muelles de suspensión para vehículos; asientos de vehículos; cubiertas de vehículos; bomba de aire; ejes para vehículos; frenos para vehículos; circuitos hidráulicos para vehículos; embragues para vehículos terrestres; puertas para vehículos; máquinas para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres; cajas de cambios para vehículos terrestres; guardabarros; mecanismos de propulsión para vehículos terrestres; cinturones de seguridad para asientos de vehículos; volantes para vehículos; transmisiones, para vehículos terrestres; ventanas para vehículos; neumáticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012356. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152696 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de The American Automobile Association, Inc, con domicilio en: 1000 AAA Drive, Heathrow, Florida, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: AAA

como marca de servicios en clases 35, 36, 37 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 35: Organización de compras con descuento, incluidos en la clase 35; en clase 36: Ajuste y cobro de reclamaciones por daños a seguros; servicios de corretaje de seguros, a saber, obtención de seguros, colocación de seguros con suscriptores; servicios financieros, a saber, emisión, pago y recogida de cheques de viajero; servicios bancarios, a saber, depósitos a plazo fijo; asesoramiento en materia de inversiones servicios de asesoramiento; servicios de tarjetas de crédito y préstamos para automóviles; reembolso de servicios jurídicos, todos incluidos en la clase 36; en clase 37: Servicios en carretera de emergencia incluidos en la clase 37 y en clase 42: Servicios de club de automóviles, a saber, clasificación de alojamientos turísticos; servicios de promoción sobre la conciencia pública de la necesidad de seguridad en el tránsito y la seguridad de los peatones mediante el patrocinio de patrullas de seguridad en las escuelas y la realización de campañas de tráfico y de seguridad para peatones; servicios de promoción de los intereses de los viajeros automovilísticos al abogar por una legislación que favorezca el transporte seguro y económico de vehículos de motor, el funcionamiento y el mantenimiento; pruebas y consulta de seguridad de productos de consumo, a saber, realización de ensayos de vehículos de motor y pruebas de resistencia, y realización de pruebas de productos automotrices y afines; servicios de organización de viajes, a saber, reservas y reserva de alojamiento incluidos en la clase 42. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000759. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de febrero del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152697 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Compañía Nacional de Chocolates S.A.S. con domicilio en Carrera 43A N° 1 A Sur 143, Medellín, Antioquia, Colombia, solicita la inscripción de: CORDILLERA, como marca de fábrica y comercio en clase: 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Cacao; chocolate; bebidas a base de cacao; bebidas a base de chocolate; caramelos; productos de confitería, dulces, golosinas; productos de confitería a base de almendras; productos de confitería a base de cacahuate, productos de confitería a base de maní. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-000268. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de marzo de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017152698 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Compañía Nacional de Chocolates S.A.S., con domicilio en Carrera 43A N° 1A Sur 143, Medellín - Antioquia, Colombia, solicita la inscripción de: CORDILLERA como marca de fábrica y comercio en clase: 29. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 29: Frutas en conserva; frutos secos preparados; frutos secos confitados; jaleas de fruta, gelatinas de fruta; jaleas comestibles; confituras; compotas; productos lácteos; leche. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000269. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de marzo de 2017.—Wendy López Vindas, Registrador.—( IN2017152699 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de 3M Company con domicilio en 3M Center, 2501 Hudson Road, ST Paul, Minnesota 55144, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TEGADERM como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Vendajes, médicos y quirúrgicos; vendajes médicos y quirúrgicos que contengan preparaciones antimicrobianas; y rellenas para heridas no incluidos en otras clases. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001763. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de marzo de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017152700 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de Teka Industrial S. A., con domicilio en Avda. Cajo, 17 39011 Santander (Cantabria), España, solicita la inscripción de: Küppersbush Für Küchen Mit Stil como señal de propaganda en clase 11 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar aparatos de calefacción; aparatos de calefacción que funcionan con gas; aparatos de calefacción eléctricos; aparatos de calefacción domésticos; aparatos de cocina; utensilios de cocción eléctricos; aparatos de gas para cocinar; cocinas [aparatos]; hornos microondas; utensilios de cocción eléctricos; aparatos de calefacción eléctricos; placas de cocina encastradas; placas de cocina encastradas; hornillos; placas calefactoras [para uso doméstico]; hornos domésticos [hornillos]; placas [partes de estufas]; campanas extractoras de vapor para cocinas; hornos microondas; placas calefactoras [para uso doméstico]; hornos de panadería; hornos eléctricos (aparato culinario); hornos de cocción [para uso doméstico]; hornos comerciales para hornear alimentos; placas de cocina (fogones); placas para calentar comidas; hornos microondas para uso doméstico; hornos microondas para cocinar; hornos microondas; hornos microondas; frigoríficos domésticos; frigoríficos eléctricos; armarios frigoríficos; frigoríficos eléctricos para uso doméstico; aparatos de congelación; campanas de cocina; campanas de ventilación; campanas extractoras de vapor para cocinas; campanas de ventilación para cocinas; hornos de cocina eléctricos; hornos microondas; aparatos de cocina, eléctricos y a gas; cafeteras eléctricas; cajas de almacenamiento eléctricas, frío y calor; cocinas electromagnéticas de inducción [para uso doméstico]; hornos de inducción; calentadores de inducción; hornillos de cocina, a gas y eléctricos; hornillos portátiles; woks eléctricos; parrillas domésticas, eléctricas y a gas; campanas de ventilación y extractores, con relación con la marca” Küppersbush. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de febrero del 2016. Solicitud N° 2016-0001820. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 03 de marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152701 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 1’10180975, en calidad de apoderado especial de Hochdorf Swiss Nutrition Ltd., con domicilio en Siedereistrasse 9, 6281 Hochdorf, Suiza, solicita la inscripción de: BABINA como marca de fábrica y comercio en clase 5 y 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 5: Alimentos dietéticos y sustancias de uso médico o veterinario, alimentos para bebes y en clase 29: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y hortalizas en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche productos lácteos; aceites y grasas comestibles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001610. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de marzo de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152702 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de gestor oficioso de Viajes Beda S. A. de C.V., con domicilio en AV. Bonampak, SM 10 MZ 2 Lote 7, Cancún, Quintana Roo, México, solicita la inscripción de: BD EXPERIENCE como marca de servicios en clase: 39. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 39: Acompañamiento de viajeros, organización de cruceros, información sobre horarios de transporte, suministro de información sobre itinerarios de viaje, servicios de organización de viajes prestados por agencias de turismo, organización de viajes a través de agencias de viajes; organización de viajes turísticos, reservación de plazas de viaje, transporte de pasajeros, reservación de transporte a través de agencias de viajes, transporte, reserva de transporte, acompañamiento de viajeros, transporte de viajeros; reserva de viajes, organización de viajes turísticos, visitas turísticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000793. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de febrero de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152703 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de 3M Company, con domicilio en 3M Center, 2501 Hudson Road, St. Paul, Minnesota 55144, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: 3M,

como marca de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de suministro de alimentos y bebidas; alojamiento temporal; servicios de restaurante; bar y restauración; suministro de alojamiento vacacional; reserva y servicios de reserva para restaurantes y alojamiento vacacional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0001905. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de marzo de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017152704 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de T.J. Smith & Nephew Limited, con domicilio en 101 Hessle Road Hu3 2BN Hull, Reino Unido, solicita la inscripción de: TIO como marca de fábrica y comercio en clase: 10. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Dispositivos y aparatos para terapia de presión negativa aplicada a la curación de heridas. Prioridad: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002064. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de marzo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152708 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 1010180975, en calidad de apoderado especial de Merck Sharp & Dohme Corp., con domicilio en One Merck Drive, Whitehouse Station, New Jersey, 08889, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 5 productos farmacéuticos, a saber, antibióticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0001906. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de marzo de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152709 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de SB Beauty & Care Company AG con domicilio en Rothusstrasse 19 Po Box 162 CH-6331, Hünenberg, Suiza, solicita la inscripción de: BRONX COLORS URBAN COSMETICS como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 3: Cosméticos para las cejas, lápices para las cejas, bálsamo anti-defecto llamado BB crema, colorete, geles de bronceado, bronceadores, bronceadores, cosméticos decorativos, polvo facial (para uso cosmético), cosméticos y productos de maquillaje, sombras de ojos, brillo de labios, bálsamos labiales, lápiz labial, rímel, esmalte de uñas, fundamentos (para los ojos y labios), almohadillas de limpieza impregnadas con cosméticos, cosméticos para pestañas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001545. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de marzo de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017152710 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de SEAT, S.A., con domicilio en Autovía A-2, km. 585, 08760 Martorell (Barcelona), España, solicita la inscripción de: SEAT BARNA como marca de fábrica y comercio en clase: 12. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: vehículos; aparatos de locomoción terrestre; automóviles; partes y accesorios de vehículos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002537. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de marzo de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152711 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad Nº 110180975, en calidad de apoderado especial de BSH Hausgeräte GMBH, con domicilio en Carlwery- Strasse 34 81739 Munich, Alemania, solicita la inscripción de: B/S/H/, como marca de fábrica y comercio en clases 7, 9, 11 y 37 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 7: máquinas y aparatos eléctricos, domésticos y de cocina incluidos en la clase 7, en particular, máquinas y aparatos eléctricos de cocina, que incluyen aparatos de afilar, batir y amasar, exprimidores de frutas, extractores de jugos, centrifugadoras de jugos, máquinas de picar carne, aparatos para cortar, herramientas eléctricas, abridores de latas, aparatos para afilar cuchillos, y máquinas y aparatos para hacer bebidas y/o preparar alimentos, bombas para dispensar bebidas heladas; máquinas expendedoras eléctricas de bebidas y alimentos, máquinas expendedoras automáticas; aparatos eléctricos para sellar plásticos (envasado); aparatos eléctricos de eliminación de residuos, a saber de disposición y compactación de residuos; máquinas lavavajilla; máquinas y dispositivos eléctricos de lavandería y limpieza de ropa (incluidos en la clase 07), que incluyen máquinas lavadoras, secadoras por centrifugado, prensas de planchado, máquinas planchadoras, incluidas en la clase 7, equipos eléctricos de limpieza doméstica, que incluyen equipos eléctricos para limpiar ventanas, lustradoras eléctricas de calzado, aspiradoras, aparatos de aspiración húmeda y en seco; aspiradoras robóticas; robots para tareas domésticas; partes de los artículos precedentemente mencionados, incluidos en la clase 7, mangueras, tubos, filtros de polvo y bolsas para filtros de polvo, todo para aspiradoras; en clase 9: balanzas de cocina, balanzas de baño, aparatos (eléctricos/electrónicos) de operación, señalización y control remoto de máquinas y utensilios domésticos o de cocina; portadoras de datos legibles por máquina grabados o sin grabar para equipos domésticos; dispositivos de procesamiento de datos y programas de procesamiento de datos para controlar y operar artefactos domésticos, dosímetros, partes y partes adicionales de todos los artículos precedentemente mencionados, incluidos en la clase 9; en clase 11: aparatos de calefacción, generadores de vapor y cocción, en particular hornos, dispositivos para horneado, asado, cocción a la parrilla, tostado, descongelado y calentamiento, calentadores de agua, calentadores de inmersión, ollas de cocción lenta, hornos de microondas, planchas (eléctricas) para hacer gofres,. ollas de vapor para huevos, freidoras (eléctricas); máquinas eléctricas para hacer té y café, máquinas de café expreso, cafeteras automáticas (incluidas en la clase 11); aparatos de refrigeración, en particular refrigeradores, arcones congeladores, armarios refrigerados, aparatos de enfriamiento de bebidas, refrigeradores-congeladores, congeladores, máquinas y aparatos de fabricación de hielo, aparatos de secado, en particular que incluyen secadoras, máquinas lavadoras secadoras; secadores de manos, secadores de pelo; lámparas de infrarrojos (diferentes de las de uso médico); almohadillas térmicas (que no sean de uso médico); mantas eléctricas (que no sean de uso médico); aparatos de ventilación, en particular ventiladores; filtros de campana extractora, equipos de extracción de vapor y campanas extractoras para cocinas, aparatos y dispositivos de aire acondicionado para mejorar la calidad del aire, humidificadores, aparatos de desodorización del aire, aparatos dosificadores de fragancias, distintos de los de uso personal, aparatos purificadores de aire, aparatos de suministro de agua y uso sanitario, en particular que incluyen accesorios para instalaciones de generación de vapor, ventilación y suministro de agua; calderas, calderas de almacenamiento y calderas de calentamiento instantáneo; fregaderos de cocina; bombas de calor; partes de todos los artículos precedentemente mencionados, incluidos en la clase 11; grifos para dispensar bebidas enfriadas y usar en combinación con artefactos de enfriamiento de bebidas (que no sean máquinas expendedoras) y en clase 37: instalación, colocación, mantenimiento y reparación de equipos domésticos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000453. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 02 de febrero del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152712 ).

Néstor Morera Víquez, casado una vez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Viasat, Inc. con domicilio en 6155 El Camino Real, Carlsbad, California, 92009, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: VIA como marca de servicios en clase: 38. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 38: Proveedores de servicios de Internet; servicios de comunicación satelital; servicios de comunicación de banda ancha inalámbrica y de banda estrecha inalámbrica; servicios de telecomunicación, a saber, suministro de acceso inalámbrico a internet, para usuarios múltiples. Prioridad: Se otorga prioridad N° 87/052,978 de fecha 27/05/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de noviembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0011514. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de enero de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152713 ).

Sara Sáenz Umaña, cédula de identidad número 204960310, en calidad de apoderada especial de Industrias Rodríguez S. A., con domicilio en 43202 Reus Tarragona, Paseo Sunyer, Número Ocho, España, solicita la inscripción de: VIRGINIAS como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de noviembre de 2014. Solicitud Nº 2014-0009639. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio de 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017152746 ).

Tayron Ovares Cheves, casado, cédula de identidad 602600298, en calidad de apoderado generalísimo de Horizontes Empresariales JJTA Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101732269, con domicilio en Desamparados, Gravilias, Barrio María Auxiliadora, Condominio Bajareque N° 21, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: AMBITAT INMOBILIARIA

como marca de servicios en clase: 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de seguros, operaciones financieras, operaciones monetarias, negocios de inmobiliarios, servicio de asesoría en inmobiliarias (compra-venta-alquiler-avalúos-peritajes). Reservas: de los colores: amarillo, azul y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005791. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de julio de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152758 ).

Óscar Antonio Rojas Serrano, casado una vez, cédula de identidad 302880982, con domicilio en La Trinidad de Dota 500 metros al sur de la Escuela La Trinidad, Costa Rica, solicita la inscripción de: SODA MADRE SELVA como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a soda, restaurant, mini super, ubicado en La Trinidad de Dota, San José, 500 metros al sur de la Escuela de La Trinidad km 64. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006404. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152786 ).

Erick Wladimir Palumbo Ballesteros, casado una vez, pasaporte Nº 092595925, en calidad de apoderado generalísimo de Ángeles y Más Massiel Rydelis Bello Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101661752, con domicilio en Santa Ana, Condominio Avalon Country Club, Apartamento Nº LC 109, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Angeles y by Massiel Rydelis Bello

como marca de servicios, en clase: 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Venta y comercialización de objetos religiosos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005444. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017152850 ).

Ana Cecilia De Ezpeleta Aguilar, casada, cédula de identidad 109710905, en calidad de apoderada especial de Opentable Inc, con domicilio en 1 Montgomery Street, Suite 700, San Francisco, California 94104, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: OPENTABLE, como marca de servicios en clases: 9; 42 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 9: software para computadoras y software para dispositivos móviles hacer reservas en línea en restaurantes y bares y proveer reservas e información de restaurantes y bares en línea para terceros; software para computadoras y software para dispositivos móviles para proveer una plataforma en línea para terceros en el campo de la localización de restaurantes y bares, describir servicios de restaurantes y bares, proveer disponibilidad y precios de restaurantes y bares; software para computadoras y software para dispositivos móviles para la administración de la relación con los clientes, comercialización y administración de rendimiento en las industrias de servicios de comida y hospitalidad; software para computadoras y software para dispositivos móviles para realizar y procesar operaciones de pagos con tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de regalo, cupones y otras formas de pago; software para computadoras y software para dispositivos móviles para administrar, organizar, presentar, etiquetar, marcar, almacenar, compartir o proveer de otro modo medios electrónicos o información por internet o de otras redes de comunicaciones. Clase 42: proveer uso temporario de software no descargable para hacer reservas en línea en restaurantes y bares y proveer información de restaurantes y bares en línea para terceros; proveer una plataforma en línea para terceros en el campo de localización de restaurantes y bares, describir servicios de restaurantes y bares, proveer disponibilidad y precios de restaurantes y bares; proveer el uso temporario de software no descargable para la administración de la relación con los clientes, comercialización y administración de rendimiento en las industrias de servicios de comida y hospitalidad; proveer el uso temporario de software no descargable para realizar y procesar operaciones de pago con tarjetas de crédito, tarjetas de débito, tarjetas de regalo, cupones y otras formas de pago; proveer el uso temporario de software no descargable para administrar, organizar, mostrar, etiquetar, marcar, almacenar, compartir y proveer de otro modo medios electrónicos o información través de internet o de otra red de comunicaciones; diseño, desarrollo configuración de programas de software para computadoras de recompensas de hospitalidad para su uso en la administración de la relación con los clientes en las industrias de restaurantes, bares y hospitalidad y clase 43: servicios de reservas en restaurantes y bares; proveer reservas en restaurantes bares e información de las industrias de restaurantes, bares, comida, hospitalidad para terceros; proveer calificaciones y revisiones de restaurantes bares. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004602. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de junio de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017152858 ).

Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de residencia 172400024706, en calidad de apoderada especial de Richter Gedeon Nyrt., con domicilio en Budapest, Gyömröi Út 19-21, H-1103, Hungría, solicita la inscripción de: PAOSONELLE, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0006236. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de julio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017152859 ).

Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de residencia Nº 172400024706, en calidad de apoderada especial de Richter Gedeon NYRT, con domicilio en Budapest, Gyömröi ÚT 19-21, H-1103, Hungría, solicita la inscripción de: KLIMEDIX como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006235. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017152860 ).

Ainhoa Pallarés Alier, viuda, cédula de residencia Nº 172400024706, en calidad de apoderada general de Shandong Tianjiao Biotech Co., Ltd, con domicilio en Chenji Industrial District, Heze City, Shandong Province, China, solicita la inscripción de: Jouchjoy

como marca de fábrica y comercio, en clases: 29 y 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 29: Productos lácteos, margarina, batidos a base de leche, té de leche, leche en polvo para consumo (no para bebés), yogur, crema (productos lácteos) y queso. Clase 30: Saborizantes de café, bebidas a base de café, bebidas a base de cacao, bebidas a base de chocolate, bebidas a base de té, budines y polvos para hacer helados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005509. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152861 ).

Ainhoa Pallares Alier, viuda, cédula de residencia Nº 172400024706, en calidad de apoderada especial de CGTN C.V., con domicilio en Abraham de Veerstraat 2 Willemstad, Curacao, Países Bajos, solicita la inscripción de: THERMOREACT como marca de fábrica y comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos cosméticos medicinales, a saber, cremas anti envejecimiento, cremas anti arrugas, cremas cosméticas, máscaras cosméticas, cremas para los ojos, máscaras para los ojos, productos para la piel medicados, preparaciones, a saber, cremas, lociones, geles y sueros para uso cosmético. Prioridad: se otorga prioridad Nº 87/152,697 de fecha 26/08/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001400. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017152862 ).

Allan Matarrita Chinchilla, casado una vez, cédula de identidad 111550687, en calidad de apoderado generalísimo de Quantik Web S. A., cédula jurídica 3101716340, con domicilio en Tibás, Edificio de Grupo Nación, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: QUANTIK, como marca de servicios en clases: 35; 38 y 42 internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 35: publicidad. Clase 38: telecomunicaciones y clase 42: servicios de investigación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001786. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de marzo de 2017.—Katherine Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017152863 ).

María de La Cruz Villanea Villegas, casada, cédula de identidad Nº 109840695, en calidad de apoderado especial de Cooperativa de Productores de Leche Dos Pinos R.L., con domicilio en: Alajuela, del Aeropuerto 7 kilómetros al oeste, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: MAGNUS

como marca de fábrica y comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para animales; malta. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004973. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017152873 ).

Norman Andrei Hernández Chávez, soltero, pasaporte A01278341, en calidad de apoderado generalísimo de Corporación Melcas Concell S. A., con domicilio en: San José, San Francisco de Dos Ríos, 50 mts. este de radio Faro del Caribe, local 6, pegado a bomba Delta, edif. Galería Dorada, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: UNICELL TU CONEXIÓN TECNOLÓGICA

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a distribución y comercialización de telefonía celular y sus accesorios, ubicado en San José, San José, San Francisco de 2 Ríos, 50 mts. este de radio Faro del Caribe, edif. Galería Dorada, local Nº 6. Reservas: de los colores: rojo, negro y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006268. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 07 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152876 ).

Laura Chinchilla Córdoba, soltera, cédula de identidad Nº 109920296 con domicilio en: Barrio México, del Liceo San José 200 sur y 100 oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: La tiendita de Mandy

como marca de comercio en clase 14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bisutería de piedras preciosas y no preciosas en materiales sintéticos o naturales, como collares, gargantillas, aros, aretes de todo tipo, pulseras para muñeca y tobillo, cinturones (pulseras gruesas de metal). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002701. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 25 de abril del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017152878 ).

Gerardo Mauricio Rojas Cartín, Casado Una Vez, cédula de identidad Nº 107540967, en calidad de apoderado especial de Correos de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3101227869, con domicilio en: 200 metros sur de la Iglesia Católica de Zapote, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOX CORREOS DE COSTA RICA

como marca de servicios en clase 39 internacional,  para proteger y distinguir lo siguiente: brindar transporte, embalaje y almacenaje de mercancías; organización de viajes, servicios de logística en el comercio nacional e internacional, incluye: transporte de mercancías de sus clientes, incluyendo servicios complementarios, suministro de entrega rápida, courier y demás relacionados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004820. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 07 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017152880 ).

Gilberto Rojas Cisneros, soltero, cédula de identidad Nº 110000576, en calidad de apoderado generalísimo de Clínica y SPA Esthetique Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101581751, con domicilio en: Alajuelita, 200 metros sur y 200 metros este del templo católico, condominio La Antolina, casa 11-D., San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Lipomatic, como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de medicina y cirugía. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006488. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017152901 ).

Michael Fauricio Vega Soto, casado una vez, cédula de identidad 114720092, con domicilio en Turrucares 800 metros oeste del Banco Nacional, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Gadal ESENCIA DE DIOS

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio de entretenimiento como banda musical. Reservas: De los colores: negro y dorado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000669. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de febrero de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registrador.—( IN2017152904 ).

Mellisa Mora Martín, casada una vez, cédula de identidad 1010410825, en calidad de apoderada especial de Carlos Rene Tschen Valladares, con domicilio en Avenida Reforma 9-55 zona 10, 4to nivel, oficina 408, edificio Reforma 10, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: SHINOLA como marca de servicios en clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Comercialización, compra y venta al por mayor y al detalle de productos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de octubre del 2016. Solicitud Nº 2016-0010665. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(IN2017152486 ).

Arnaldo Bonilla Quesada, casado una vez, cédula de identidad Nº 107580660, en calidad de apoderado especial de Core Desarrolladora Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica Nº 3102700856, con domicilio en Barrio Cuba, 200 metros al sur del Liceo del Sur, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DESCUBRÍ TU NUEVA VIDA como señal de propaganda, en clase: 50 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar el nombre comercial SECRT el cual protege un establecimiento comercial dedicado al ejercicio de sus actividades de venta de bienes inmuebles. Relacionado con el expediente 2017-1849. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0001848. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de marzo del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017152927 ).

María de La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de VERTIV CO., con domicilio en 1050 Dearborn DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: v

como marca de fábrica y comercio en clase: 11. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Climatizadores para enfriamiento para centro de procesamiento de datos; unidades y sistemas de enfriamiento para gabinetes de servidores y centro de procesamiento de datos; unidades de enfriamiento para computadoras y salas informáticas; condensadores de aire acondicionado para su uso en el enfriamiento para centros de procesamiento de datos, salas informáticas y otras aplicaciones de equipos informáticas y electrónicos; deshumidificadores para su uso en el enfriamiento para centro de procesamiento de datos, salas informáticas y otras aplicaciones de equipos informáticos y electrónicos. Prioridad: Se otorga prioridad N° 86/971,730 de fecha 11/04/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de octubre del 2016. Solicitud N° 2016-0009698. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154014 ).

María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Cervecería Independiente SRL., con domicilio en Montes de Oca San Pedro, segunda entrada a Los Yoses, en el Bufete GM Attorneys, frente a CEINTEC, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CERVECERIA INDEPENDIENTE

como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a producción, elaboración, venta y distribución de cervezas artesanales, ubicado en Playa Potrero, Tempate, Sta Cruz, Guanacaste, del Hotel Bahía del Sol 75 metro al este. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2016, Solicitud N° 2016-0012359. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de enero del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154015 ).

María de La Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de Cervecería Independiente SRL., con domicilio en Montes de Oca San Pedro, Segunda Entrada a Los Yoses, en el Bufete GM Attorneys, frente a CEINTEC, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CERVECERIA INDEPENDIENTE como marca de fábrica y comercio en clase: 32 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: 32 Cervezas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de diciembre del 2016, según Solicitud N° 2016-0012360. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de enero del 2017.—Wendy López Vindas, Registrador.—( IN2017154016 ).

María de la Cruz Villanea Villegas, casada dos veces, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de The Latin America Trademark Corporation, con domicilio en Edificio Comosa, primer piso, Avenida Samuel Lewis, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Hidrisage Ma’at MOUSSE

como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones capilares; dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de diciembre del 2016, Solicitud N° 2016-0012517. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017154017 ).

María de La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de VERTIV CO., con domicilio en 1050 Dearborn DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: V como marca de fábrica y comercio en clase: 6 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 6: Sistemas de paneles metálicos que comprenden paneles metálicos para paredes, techos, pisos y puertas y sus accesorios de montaje de metal para su uso en el control del flujo de aire de enfriamiento en centros de procesamiento de datos y salas informáticas; bandejas de cables de metal; construcciones metálicas prefabricadas para aplicaciones para centros de procesamiento de datos; sistemas compuestos de laminados de metal y fibra para envolver conductos, bandejas de cables y acero estructural. Prioridad: Se otorga prioridad N° 86/971,730 de fecha 11/04/2016 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre del 2016, según Solicitud N° 2016-0009700. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de enero del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154018 ).

María de La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de VERTIV CO., con domicilio en 1050 Dearborn DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: V

como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41: Servicios educativos, a saber, conducción de clases, seminarios y talleres en el campo de los sistemas de energía eléctrica, gestión de infraestructura para centros de procesamiento de datos y distribución de materiales de capacitación relacionados. Prioridad: Se otorga prioridad N° 86/971,730 de fecha 11/04/2017 de Estados Unidos de América. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre del 2016, según Solicitud N° 2016-0009695. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de enero del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154019 ).

María de La Cruz Villanea Villegas, casada una vez, cédula de identidad 109840695, en calidad de apoderada especial de VERTIV CO., con domicilio en 1050 Dearborn DR., Columbus, Ohio 43085, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: V

como marca de servicios en clase: 37. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: instalación, mantenimiento y reparación de sistemas de enfriamiento para centros de procesamiento de datos; instalación, mantenimiento y reparación de equipos de alimentación, informáticos y de comunicaciones; instalación, mantenimiento y reparación de sistemas de acondicionamiento de aire de salas informáticas (CRAC por sus siglas en inglés); instalación, mantenimiento y reparación de baterías; instalación, mantenimiento y reparación de sistemas de energía eléctrica; instalación, mantenimiento y reparación de baterías y celdas de combustible para sistemas de energía eléctrica. Prioridad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de octubre del 2016. Solicitud N° 2016-0009697. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154020 ).

 

Cambio de Nombre Nº 102298

Que Frutas Concentradas S.A.P.I de C.V., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Frutas Concentradas S.A. de C.V., por el de Frutas Concentradas S.A.P.I de C.V., presentada el día 10 de marzo de 2016 bajo expediente 102298. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-7763932 Registro Nº 77639 en clase 32 Marca Figurativa, 1900-7764032 Registro Nº 77640 JARRITOS en clase 32 Marca Denominativa y 1900-7807632 Registro Nº 78076 en clase 32 Marca Figurativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—1 vez.—( IN2017153400 ).

Cambio de Nombre Nº 111464-A

Que Mariana Vargas Roqhuett, soltera, cédula de identidad 304260709, en calidad de Apoderada Especial de LTJ Panamá Holding S. A., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de, Regina Andreu y Asociados S. A. C.V. por el de LTJ El Salvador S. A. de C.V., domicilio en el San Salvador, Departamento del Salvador, República de El Salvador, presentada el día 10 de mayo del 2017 bajo expediente 111464. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2007-0015942 Registro Nº 180716 LATINTOPJOBS (DISEÑO) en clase 35 marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978. Ivonne Mora Ortega, Registradora.—1 vez.—( IN2017153431 ).

Cambio de Nombre N° 111625

Que María del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula de identidad 106270794, en calidad de Apoderada Especial de Arconic Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Alcoa Inc., por el de Arconic Inc., presentada el día 17 de mayo de 2017 bajo expediente 111625. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2016-0003653 Registro N° 257265 en clase 1 2 6 11 12 19 20 40 42  Marca Figurativa y 2016-0003654 Registro N° 257266 ARCONIC en clase 1 2 6 11 12 19 20 40 42 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—1 vez.—( IN2017153518 ).

Cambio de Nombre Nº 111645

Que María del Milagro Chaves Desanti, casada dos veces, cédula de identidad Nº 106260794, en calidad de apoderada especial de Fossil Group Inc., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Fossil Inc. por el de Fossil Group Inc., presentada el día 18 de mayo del 2017, bajo expediente Nº 111645. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2006-0004608 Registro Nº 171238 SKAGEN en clase 14 marca mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—1 vez.—( IN2017153851 ).

Cambio de Nombre Nº 111929

Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado, cédula de identidad Nº 102990846, en calidad de apoderado especial de Pharmacia & Upjohn Company LLC, solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Pharmacia & Upjohn Company por el de Pharmacia & Upjohn Company LLC, presentada el día 31 de mayo del 2017, bajo expediente Nº 111929. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-5235805 Registro Nº 52358 LUTALYSE en clase 5 marca denominativa y 1900-5242905 Registro Nº 52429 NEO-SEC FORTE en clase 5 marca denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—1 vez.—( IN2017153891 ).

Cambio de Nombre Nº 105339

Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado, cédula de identidad N° 102990846, en calidad de apoderado especial de ZOETIS LLC., solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de ZOETIS LLC por el de ZOETIS P LLC., presentada el día 22 de agosto de 2016 bajo expediente N° 105339. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1900-6475805 Registro Nº 64758 PATHOZONE en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas, Registrador.—1 vez.—(IN2017153892 ).

Cambio de Nombre N° 111263

Que Marco Antonio Jiménez Carmiol, casado una vez, cédula de identidad 102990846, en calidad de apoderado especial de Kraft Foods Schweiz Holding GMBH, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de Nombre de Kraft Foods Schweiz Holdings A.G. por el de Kraft Foods Schweiz Holding GMBH, presentada el día 28 de abril de 2017 bajo expediente 111263. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0005819 Registro N° 101431 MILKA en clase 30 Marca Mixto, 1997-0002969 Registro N° 105300 MILKA FRESH en clase 30 Marca Mixto y 1997-0006388 Registro N° 108929 MILKA CHOCO KEKS en clase 30 Marca Mixto. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—1 vez.—( IN2017153893 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones Civiles

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Creciendo Juntos Valderramos, con domicilio en la provincia de: Cartago, La Unión. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Gestionar el mejoramiento habitacional, social, cultural, educativo y organizativo de sus miembros, la creación de servicios sociales, fomentar entre sus asociados el espíritu de ayuda mutua en el orden social, cultural, suministrar a los asociados los servicios que necesiten para su mejoramiento socio-organizativo, aprovechar el trabajo social a favor de sus asociados. Cuyo representante, será el presidente: Sergio Juan Parrilla Zelaya, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 243416, con adicional(es): 2017-377517. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 35 minutos y 30 segundos, del 30 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153314 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Parceleros Unidos de La Altura, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Tilarán, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promover y desarrollar alternativas de industrialización y la comercialización en el mercado nacional e internacional, promover la asistencia técnica y mejor tecnología entre sus asociados, que les permita optimizar su producción sin detrimento del medio ambiente. Cuyo representante, será el presidente: Rafael Ángel Méndez Castro, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 344977.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 25 minutos y 58 segundos, del 13 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153354 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Semi Ochenta y Seis, con domicilio en la provincia de: San José, San José. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: crear una escuela de baloncesto a nivel nacional, fomentar el aprendizaje del deporte. Cuyo representante, será el presidente: Johnny Monge Mata, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2016, asiento: 733715.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 49 minutos y 6 segundos, del 29 de mayo del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153367 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-358490, denominación: Asociación Artística para Niños. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 409538.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 37 minutos y 38 segundos, del 23 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153450 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-542742, denominación: Asociación Cristiana Mateo Veintiocho Diecinueve Veinte. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 275313.—Dado en el Registro Nacional a las 11 horas 35 minutos y 33 segundos, del 8 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153455 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la reforma del estatuto de la persona jurídica, cédula: 3-002-391853, denominación: Asociación Administradora del Acueducto Rural y Alcantarillado Sanitario de Ojo de Agua de Arancibia, Puntarenas. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 90793.—Dado en el Registro Nacional, a las 9 horas 32 minutos y 48 segundos del 11 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153461 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación para el Desarrollo del Deporte Laboral, con domicilio en la provincia de: San José- San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Promoción de la salud a través del deporte y la recreación. Útil uso del tiempo libre en actividades deportivas y recreativas. Buscar la integración familiar a través de actividades deportivas y recreativas. Cuyo representante, será el presidente: Arturo Fernando Castro Loría, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017. Asiento: 395602.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 2 minutos y 20 segundos, del 7 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153638 )

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Inición de Gimnasia Rítmica Acro-Ritmics, con domicilio en la provincia de: Guanacaste, Liberia, cuyos fines principales entre otros son los siguientes: promover la gimnasia rítmica mediante la enseñanza y la práctica de esta disciplina deportiva. organizar eventos de gimnasia en el cantón de naranjo. establecer escuelas de gimnasia para la comunidad de Naranjo. Cuyo representante será el presidente: Luis Andrey Obando Ugalde, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 395599, con adicional: 2017-445311.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 11 minutos y 2 segundos del 11 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153640 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Deportiva Cambute, con domicilio en la provincia de: Puntarenas-Quepos, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Dirección, coordinacion, organizacion, supervision, promocion y todo lo relacionado con el deporte del futbol en ambos géneros y en todas sus categorías, de acuerdo con sus propios estatutos y reglamentos y los entes oficiales de esta disciplina deportiva, promover el deporte del futbol mediante la enseñanza y la práctica de esta disciplina deportiva, organizar eventos del deporte del futbol. Establecer escuelas de la práctica del futbol en toda la comunidad. Cuyo representante, será el presidente: Edwin Arauz Rojas, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 361393.—Dado en el Registro Nacional, a las 14 horas 12 minutos y 41 segundos, del 19 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez—( IN2017153642 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Federación de Cámaras de Comercio e Industria Binacionales de Los Países de La Unión Europea en La República de Costa Rica, con domicilio en la provincia de: San José-Escazú, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: mejorar y ampliar el intercambio y la cooperación industrial y la inversión entre Costa Rica y La Unión Europea a través de sus miembros. Cuyo representante, será el presidente: Dirk Niehaus Meinert, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento: 10839 con adicional(es): 2017-365858.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 13 minutos y 57 segundos, del 14 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153652 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-197992, denominación: Asociación Hogar Salvando El Alcohólico de Curridabat Enrique Amador Céspedes, Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 445607.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 22 minutos y 27 segundos, del 18 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153665 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: 3-002-600838, denominación: Asociación Cristiana Benéfica Caleb ACBC. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 445604.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 55 minutos y 25 segundos, del 18 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153669 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Mundo Libre de Drogas Costa Rica AMLDCR, con domicilio en la provincia de: San José-San José, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Prestacion de servicios de asistencia social y desarrollo comunitario tendiente al apoyo en la defensa y promoción de la prevención contra drogas, que tenga como beneficiarios a personas, sectores y regiones de escasos recursos, así como la realización de toda clase de actividades tendientes al logro de mejores condiciones de subsistencia y desarrollo de dichas comunidades y de los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad. Cuyo representante, será el presidente: Renán Javier Aguilar Moraga, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 281195.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 38 minutos y 11 segundos, del 5 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017153702 ).

Marcas de Ganado

Para ver marcas con sus respectivas imágenes, favor ir a La Gaceta con firma digital en PDF

Solicitud Nº 2017-1434.— Ref. 35/2017/3043.—Ernesto Marín Acevedo Traña, cédula de identidad 0206170341, solicita la inscripción de:

W  K

8

Como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, Upala, San José, Popoyuapa, de la escuela 2 kilómetros al oeste. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2017. Según el expediente Nº 2017-1434.—Luz Vega Registradora.—1 vez.—( IN2017152830 ).

Solicitud N° 2017-1110.—Ref: 35/2017/2327.—Mauricio Barrantes Méndez, Cédula de identidad 0109030972, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Heredia, Sarapiquí, Horquetas 50 metros sur del cementerio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 30 de mayo del 2017. Según Solicitud N° 2017-1110.—Licda. Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017153340 ).

Solicitud N° 2017-1465.—Ref: 35/2017/3121.—José Ignacio Wong López, cédula de identidad 1-0939-0070, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Tilarán, Líbano, de la escuela 3 kilómetros al sur camino al Cerro San José. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio del 2017. Según solicitud N° 2017-1465.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017153352 ).

Solicitud N° 2017-1430.—Ref: 35/2017/3143.—David Cubillo Sánchez, cédula de identidad 0502450522, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Santa Cruz, Bernabela, finca Los Conejos, camino viejo a Ortega. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2017. Según el expediente N° 2017-1430.—Elda Cerdas Badilla Registradora.—1 vez.—( IN2017153584 ).

Solicitud N° 2017-1495. Ref: 35/2017/3157.—Gerardo Wilfrido Jiménez Ureña, cédula de identidad N° 1-0839-0461, solicita la inscripción de:

G

5   J

como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Siquirres, Maryland, Los Ángeles, 250 metros oeste de la escuela de Los Ángeles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 17 de julio del 2017. Según el expediente N° 2017-1495.—Karol Claudel Palma, Registrador.—1 vez.—( IN2017153654 ).

Solicitud N° 2017-1469.—Ref: 35/2017/3126.—María de Los Ángeles Castillo Villarreal, cédula de identidad 5-0142-0422, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Santa Cruz, Diriá, Diriá, del puente de hamaca de San Miguel, 150 metros al sur, Finca Los Espaveles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio del 2017. Según Solicitud N° 2017-1469.—Licda. Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017153679 ).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señor(a)(ita) Mariana Vargas Roqhuett, cédula de identidad Nº 304260709, en calidad de apoderada especial de Park, Chun Sun, solicita la Patente PCT denominada TRAMPA PARA PECES. Una trampa para peces de la presente invención incluye: una malla de trampa para peces formada con al menos una entrada; al menos un bastidor que soporta la malla de trampa para peces; al menos una parte de señuelo formada para extenderse desde la entrada de la malla de trampa para peces en una dirección hacia el interior del bastidor y que incluye una abertura de señuelo; y una parte de prevención de escape que forma un espacio aislado y que está proporcionada con al menos un agujero para el paso de peces a través del cual los peces pasan luego de pasar a través de la abertura de señuelo de la al menos una parte de señuelo. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01K 69/00; cuyo inventor es Park, Chun Sun (KR). Prioridad: N° 10-2014-0108913 del 21/08/2014 (KR). Publicación Internacional: WO2016/028108. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000068, y fue presentada a las 14:33:54 del 21 de febrero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de mayo de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017151846 ).

El señor Ernesto Gutiérrez Blanco, cédula de identidad 108480886, en calidad de apoderado especial de FMC Corporation, solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS Y LOS HERBICIDAS DE 6-ACIL-1,2,4-TRIAZINA-3,5-DIONA. Se revelan los compuestos que exhiben suficiente actividad herbicida en bajas dosis de aplicación, cuando se aplican al suelo y al follaje, y una composición agroquímica que utiliza los mismos, en particular los herbicidas. Los compuestos son los derivados de la triazina representados por la siguiente Fórmula 1 o las sales de las mismas, y los herbicidas que las contienen: en donde en la fórmula, R1 representa un átomo de hidrógeno; un grupo C1-C12 alquilo; un grupo C2-C6 alquenilo, etc., R2 representa un grupo C1-C12 alquilo, etc., Y y Z representan un átomo de oxígeno o un átomo de azufre, y A representa un grupo cíclico de 5 o 6 miembros que pueden contener un átomo de nitrógeno, un átomo de oxígeno, o un átomo de azufre. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/02, A01N 43/707, A01N 43/80, A01N 43/84, A01N 47/02, C07D 253/06, C07D 401/04, C07D 403/04, C07D 403/06, C07D 405/04, C07D 409/04, C07D 413/04 y C07D 417/04; cuyos inventores son: Mitsunari, Takashi (JP); Kobayashi, Masami (JP); Nagamatsu, Atsushi (JP); Kajiki, Ryu (JP) y Shibayama, Atsushi (JP). Publicación Internacional: WO2012/002096. La solicitud correspondiente lleva el número 2016- 0000364, y fue presentada a las 14:23:51 del 11 de agosto de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de mayo de 2017.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2017151937 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad Nº 110100975, en calidad de apoderado general de AS IP Holdco LLC, solicita la Patente PCT denominada: INODORO CON SISTEMA DE CHORRO CEBADO. Un sistema de inodoro de descarga sifónico y un método para cebar el mismo que tiene un conjunto de taza de inodoro que comprende por lo menos un conjunto de válvula de descarga de sistema de chorro y por lo menos una válvula de anillo; y una taza que tiene un anillo y un sistema de chorro que definen por lo menos un canal del sistema de chorro. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E03D 1/00, E03D 1/34 y E03D 11/13. Cuyo(s) inventor(es) es(son) Grover, David (US); McHale, James (US); Bucher, Christophe (US); Ishiyama, Daigo (US) y LE, Tuan (US). Prioridad: Nº 62/049,736 del 12/09/2014 (US). Publicación internacional: WO-2016/040957. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000137, y fue presentada a las 11:45:28 del 07 de abril del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 08 de junio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017152690 ).

El señor Néstor Morera Víquez, cédula de identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Iomet Pharma Ltd., solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS DE INDOL PARA USO EN MEDICINA. Se proporciona un compuesto inhibidor de la triptófano-2,3-dioxigenasa (TDO) y/o indoleamina -2,3- dioxigenasa (IDO) para su uso en medicina, cuyo compuesto comprende la siguiente Fórmula: en donde X1, X2, X3, X4, y X5 pueden ser iguales o diferentes y cada uno se selecciona independientemente a partir de C, N y O. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/404, A61K 31/4045, A61K 31/405, A61K 31/407, A61K 31/4184, A61K 31/4188, A61K 31/423, A61K 31/424, A61P 31/00, A61P 25/00, A61P 35/00, A61P 37/00, A61P 43/00, A61K 31/4355 y A61K 31/437; cuyos inventores son Cowley, Phillip (GB); Wise, Alan (GB); Davis, Susan (GB) y Kiczun, Michael (GB). Prioridad: N° 1406154.3 del 04/04/2014 (GB) y N° 1502156.1 del 10/02/2015 (GB). Publicación internacional: W02015/150097. La solicitud correspondiente lleva el número 2016-0000514 y fue presentada a las 11:32:41 del 04 de noviembre de 2016. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 06 de junio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017152691 ).

La señora Marianela Arias Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada especial de Alnylam Pharmaceuticals Inc, solicita la Patente PCT denominada: COMPOSICIONES Y MÉTODOS PARA INHIBIR LA EXPRESIÓN DEL GEN HA01 (HIDROXIÁCIDO-OXIDASA 1(GLICOLATO-OXIDASA). La invención se refiere a agentes de iARN, por ejemplo, agentes de iARN bicatenarios, que tienen como diana el gen HAO1, y a métodos de uso de tales agentes de iARN para inhibir la expresión de HAO1 y a métodos para tratar sujetos que padecen, por ejemplo, PH1. En la presente se describen agentes de iARN bicatenarios que inhiben la expresión de un gen HAO1 en una célula, tal como una célula en un sujeto, por ejemplo, un mamífero, tal como un ser humano que padece un trastorno asociado con HAO1 y usos de tales agentes de iARN bicatenarios. En ciertos aspectos de la invención, sustancialmente todos los nucleótidos de un iARN de la invención están modificados. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/713. Cuyo(s) inventor(es) es(son) Bettencourt, Brian (US); Querbes, William (US); Fitzgerald, Kevin (US); Liebow, Abigail (US) y Erbe, David V. (US). Prioridad: Nº 62/062,751 del 10/10/2014 (US), Nº 62/147/976 del 15/04/2015 (US) y Nº 62/214,602 del 04/09/2015 (US). Publicación internacional: WO 2016/057893. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000190, y fue presentada a las 10:22:34 del 09 de mayo del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 06 de junio del 2017.—Vivian Segura de la O.—( IN2017152776 ).

La señora Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderado especial de Bayer Pharma Aktiengesellschaft, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS PARA TRATAR EL CÁNCER. Derivados de profármacos de inhibidores de la quinasa Mps-1 y su uso en el tratamiento y/o la profilaxis de enfermedades. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/437, A61P 35/00 y C07D 471/04; cuyos inventores son Dr. Hans-Georg Lerchen (DE); Dr. Gerhard Siemeister (DE); Dr. Volker Schulze (DE); Dr. Ulrich Lücking (DE); Dr. Antje Margret Wengner (DE); Dr. Philip Lienau (DE) y Ursula Krenz (DE). Prioridad: N° EP 14196859.4 del 09/12/2014 (EP). Publicación Internacional: WO/2016/091825 A1. La solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000243 y fue presentada a las 10:43:13 del 9 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 22 de junio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017152945 ).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad Nº 106690228, en calidad de apoderado especial de Macrogenics Inc., solicita la Patente PCT denominada DIACUERPOS MONOVALENTES BIESPECÍFICOS QUE SON CAPACES DE UNIR CD19 Y CD3, Y USOS DE LOS MISMOS. Los diacuerpos monovalentes bi-específicos CD19 x CD3, y particularmente, anticuerpos Fc monovalentes bi-específicos CD19 x CD3, son capaces de unirse simultáneamente a CD19 y CD3, y se utilizan en el tratamiento de neoplasias hematológicas. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/00, A61K 39/395, A61P 35/00 y C07K 16/28. Cuyos inventores son Bonvini, Ezio (US); Koenig, Scott (US); Johnson, Leslie, S (US); Lam, Chia-ying, Kao (TW); Moore, Paul, A (GB) y Liu, Liqin (CN). Prioridad: Nº 62/055,695 del 26/09/2014 (US). Publicación internacional: WO2016/048938. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000109, y fue presentada a las 14:12:07 del 23 de marzo del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 16 de junio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017153023 ).

El señor Luis Diego Castro Chavarría, cédula de identidad 106690228, en calidad de apoderado especial de Operadora Central de Estacionamientos S.A.P.I. de C.V., solicita la Patente Nacional París denominada SISTEMA Y METODO DE GESTON DE ESTACIONAMIENTOS. Se describen métodos y sistemas de gestión de estacionamientos que tienen servidores y al menos una expedidora, al menos una validadora, al menos un validador de pensionados (nido), al menos un validador portátil, al menos una máquina de servicios adicionales a usuarios y al menos un punto de venta que en conjunto trabajan bajo el sistema de réplicas de información. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: GO6Q 10/00, GO6Q 20/00, GO6Q 50/30, GO7B 11/00, GO7B 15/02, GO7F 19/00 yHO4W 8/00; cuyos inventores son Rountree Medinilla, Jorge (MX). Prioridad: N° MX/a/2016/003149 del 10/03/2016 (MX). La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000088, y fue presentada a las 13:39:42 del 09 de marzo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 20 de junio de 2017.—Viviana Segura de la O, Registradora.—(IN2017153024 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

La señor(a) (ita) María Gabriela Bodden Cordero, cédula de identidad 701180461, en calidad de apoderada especial de Immunogen, Inc., solicita la Patente PCT denominada AGENTES CITOTÓXICOS MEJORADOS QUE COMPRENDEN NUEVOS MAITANSINÓIDES (Divisional 2011-594). Se describen nuevos maitansinóides que contienen tiol y disulfuro que tienen una sustitución mono o di-alquilo en el átomo alfa-carbono que tiene el átomo de azufre. Se describen también métodos para la síntesis de estos nuevos maitansinóides y métodos para el enlace de esos nuevos maitansinóides a agentes de enlace celular. Los conjugados de maitansinóide-agente de enlace celular son útiles como agentes terapéuticos, que son suministrados de manera específica a células objetivo y son citotóxicos. Estos conjugados exhiben eficacia terapéutica ampliamente mejorada en modelos de tumor con animales en comparación con los agentes previamente descritos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 47/48; cuyos inventores son Chari, Ravi, V.,J. (US) y Widdison, Wayne, C. (US). Prioridad: N° US/60/471,739 del 20/05/2003 (US). Publicación Internacional: WO2004/103272. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000291, y fue presentada a las 14:10:49 del 27 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 30 de junio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017153317 ).

El señor Andrey Dorado Arias, cédula de identidad Nº 108300937, en calidad de apoderado especial de H.Lundbeck A/S, solicita la Patente PCT denominada: 2-AMINO -6-(DIFLUOROMETIL) -5,5-DIFLUORO- 6-FENIL -3,4,5, 6-TETRAHIDROPIRIDINAS COMO INHIBIDORES DE BACE1. La presente invención se refiere a inhibidores novedosos de la enzima BACE1. Algunos aspectos independientes de la invención se refieren a composiciones farmacéuticas que comprenden dichos compuestos y usos de los compuestos para tratar trastornos para los cuales la reducción de depósitos de Aß es beneficiosa, tal como la enfermedad de Alzheimer. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/4439, A61K 31/444, A61K 31/497, A61K 31/506, A61P 25/28, C07D 401/12, C07D 413/12 y C07D 417/12. Cuyo(s) inventor(es) es(son) Marigo, Mauro (DK); Juhl, Karsten (DK) y Tagmose, Lena (DK). Prioridad: Nº PA201400648 del 10/11/2014 (DK) y Nº PA201500447 del 07/08/2015 (DK). Publicación internacional: WO 2016/075063. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000186, y fue presentada a las 13:04:28 del 08 de mayo del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de junio del 2017.—Viviana Segura de la O.—( IN2017153432 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Anotación de renuncia N° 105.—Que Rafael A. Quesada Vargas domiciliado en San José, en calidad de Apoderado Especial de Celgene Corporation, solicita a este Registro la renuncia total de el/la Patente PCT denominado/a DERIVADOS Y COMPOSICIONES DE ISOINDOL 4’ -O- SUSTITUIDOS, COMPOSICIONES QUE LAS COMPRENDEN Y METODOS DE USO DE LOS MISMOS, inscrita mediante resolución de las 13:10 horas del 6 de marzo de 2015, en la cual se le otorgó el número de registro 3153, cuyo titular es Celgene Corporation, con domicilio en 86 Morris Avenue, Summit, NJ 07901, Estados Unidos. La renuncia presentada surtirá efectos a partir de su publicación. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada. San José, 2 de mayo de 2017.—Daniel Marenco Bolaños, Registrador.—1 vez.—( IN2017153251 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-UHTPNOB-0071-2017.—Exp. 17669P.—Hacienda Guiones Real Estate Holdings Limitada, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del Pozo, efectuando la captación en finca de William Cobert en Nosara, Nicoya, Guanacaste, para uso consumo humano. Coordenadas 214.777 / 357.386 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 29 de junio del 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN2017153276 ).

ED-UHTPSOZ-0035-2017.—Exp. 17689-P.—La Torre Ceiba LLC Limitada, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del pozo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Bahía Ballena, Osa, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico y turístico. Coordenadas 136.195/555.953 hoja Dominical. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 10 de julio del 2017.—Francisco Vargas Salazar, Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—( IN2017153277 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-UHSAN-0022-2017.—Exp. 17668P.—Inversiones Nizo Internacional S. A., solicita concesión de: 2,5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo TA-52 en finca de su propiedad en Pital, San Carlos, Alajuela, para uso Agroindustrial. Coordenadas 283.647 / 505.520 hoja Tres Amigos. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de junio del 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—José Joaquín Chacón Solano.—( IN2017153025 ).

ED-0166-2017.—Expediente N° 12172A.—Desarrollos Inmobiliaria Alta Costa S. A., solicita concesión de: 0.06 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captacion en finca de su propiedad en Tárcoles, Garabito, Puntarenas, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 191.110/467.800 hoja Tárcoles. Predios inferiores… Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de julio de 2017.—Andrés Phillips Ureña, Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—( IN2017153415 ).

ED-0019-2017 Exp. 9788A.—Lidiette Vargas Moya, solicita concesión de: 4.86 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captacion en finca de su propiedad en Palmira (Carrillo), Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 282.800 / 361.950 hoja Carrillo norte. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de enero del 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017153553 ).

ED-UHTPSOZ-0036-2017. Exp. 17693A.—Agrícola Ganadera El Sueño S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Barú, Pérez Zeledón, San José, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 146.092/561.763 hoja Dominical. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 11 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2017153573 ).

ED-0173-2017.—Expediente Nº 10205P.—Exporpack S. A., solicita concesión de: 32 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-345 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario - riego - frutal. Coordenadas 276.045 / 359.697 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017153578 ).

ED-0172-2017.—Exp 10222P.—Exporpack S. A., solicita concesión de: 32 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-389 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 276.175/360.546 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017153581 ).

ED-0171-2017.—Expediente Nº 10265P.—Exporpack S. A., solicita concesión de: 20 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo CN-278 en finca de su propiedad en Sardinal, Carrillo, Guanacaste, para uso agropecuario-riego-frutal. Coordenadas 275.736 / 360.152 hoja Carrillo Norte. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017153587 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHTPCOSJ-0055-2017.—Exp. N° 17635P.—Euromobilia S. A., solicita concesión de: 2 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-2184 en finca de su propiedad en Hospital, San José, para uso industrial fabricación de muebles. Coordenadas 211.781 / 526.622 hoja San José. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 13 de junio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017153752 ).

ED-0169-2017.—Exp. N° 5987P.—Corporación de Desarrollo Agrícola del Monte S. A., solicita concesión de: 11 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo MN-46 en finca de su propiedad en Batán, Matina, Limón, para uso agroindustrial-bananeras y consumo humano-otro. Coordenadas 231.700/612.400 hoja Matina. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de julio de 2017.—Andrés Phillips Ureña, Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—( IN2017153784 ).

ED-0749-2016.—Exp. N° 16953A.—Constructora Sánchez Carvajal S. A., solicita concesión de: 5,5 litros por segundo de la Quebrada Vega, efectuando la captación en finca de su propiedad en Escobal, Atenas, Alajuela, para uso industria y riego. Coordenadas 212.110/487.378 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 08 de setiembre de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017153882 ).

ED-0168-2017. Expediente Nº 11780A.—S.U.A. de quebrada Mercedes Norte, solicita concesión de: 0.58 litro por segundo de la quebrada Mercedes Norte, efectuando la captación en finca de Carlos Luis Quesada Morales en Mercedes Sur, Puriscal, San José, para uso agropecuario - riego - flores. Coordenadas 202.000 / 500.550 hoja Río Grande. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 07 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017153947 ).

ED-0165-2017.—Exp 5334P.—Laura María Alfaro López solicita concesión de: 0.5 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo RG-225 en finca de su propiedad en Turrúcares, Alajuela, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego-pasto. Coordenadas 217.320 / 502.350 hoja Río Grande. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017154012 ).

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

DGM-TOP-ED-006-2017

Solicitud de explotación en cauce

de dominio público

En expediente N° 7-2013 el señor Fernando Sánchez Carvajal, mayor, casado una vez, empresario, cédula de identidad, 3-0169-0003, vecino de San Pedro de Montes de Oca, San José; apoderado generalísimo de Clafecavisa S. A., cédula jurídica 3-101-023210, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el Río Tárcoles.

Localización Geográfica:

Sito en: distrito 03 San Juan de Mata, Garitón 16 Turrubares, provincia 01 San José, distrito 04 Coyolar, cantón 09 Orotina, provincia 02 Alajuela y distrito 02 Tárcoles, cantón 11 Garabito provincia 06 Puntarenas.

Hoja Cartográfica:

Hoja Barranca, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales: 202954.727-203073.359 norte, 474700 este, límite aguas arriba y 202242.913-202313.087 norte, 474632.222-474751.844. Este límite aguas abajo.

Área Solicitada:

9 ha 5692.52 m2, longitud promedio 1017.54 metros, según consta en plano aportado al folia 62.

Derrotero: Coordenadas del vértice N° 1 1103661 33 norte, 577821,39 este.

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

 

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 07 de junio del 2013, área y derrotero aportados el 23 de mayo del 2014.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las siete horas cincuenta minutos del veintiocho de junio del dos mil diecisiete.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe.—( IN2017153245 ).             2 v. 1 Alt

DGM-TOP-ED-003-2017

Solicitud de explotación en cauce

de dominio público

En expediente N° 8-2014 la señora Ana Gabriela Ávila Jones, mayor, casada, asesora en tramitología minera, vecina de San Isidro de Coronado, cédula de identidad 1-553-865, apoderada especial  de Constructora HBS Tajo Agujas S. A., cédula jurídica 3-101-253495, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el río Turrubaritos.

Localización Geográfica:

Sito en: Montelimar, distritos 9 Chires y 3 San Juan de Mata, cantones 4 Puriscal y 16 Turrubares, provincia 1 San José.

Hoja Cartográfica:

Hoja Herradura, escala 1:50.000 del I.G.N.

Localización Cartográfica:

Entre coordenadas generales: 396264.75 - 396262.01 Norte, 405898.20 - 405955.73 Este límite aguas abajo y 397359.24 -397327.99 Norte, 405596.17 - 405558.41 Este límite aguas arriba.

Área solicitada:

5 ha 5300.39 m2, longitud promedio 1202.43 metros, según consta en plano aportado al folio 1.

DERROTERO:

Coordenadas del vértice N° 1 396388.02 Norte, 405952.55 Este.

LÍNEA

ACIMUT

DISTANCIA

 

°

m

cm

1 - 2

37

41

21

79

2 - 3

344

20

26

91

3 - 4

337

12

33

76

4 - 5

332

35

55

28

5 - 6

314

44

64

23

6 - 7

312

39

28

09

7 - 8

325

49

66

02

8 - 9

12

10

28

98

9 - 10

320

22

34

91

10 - 11

327

07

48

24

11 - 12

315

46

38

25

12 - 13

329

01

32

76

13 – 14

339

12

45

25

14 – 15

358

28

29

75

15 – 16

353

46

45

80

16 – 17

6

15

71

69

17 – 18

5

03

89

70

18 – 19

356

08

73

24

19 – 20

344

15

42

80

20 – 21

347

07

26

03

21 – 22

347

40

43

25

22 – 23

314

05

96

12

23 – 24

331

18

57

98

24 – 25

230

23

49

01

25 – 26

139

07

59

81

26 - 27

133

12

62

96

27 – 28

142

21

33

91

28 – 29

160

54

16

95

29 – 30

165

51

33

69

30 – 31

177

24

40

89

31 – 32

183

16

58

32

32 – 33

184

54

96

46

33 – 34

184

10

67

03

34 – 35

191

28

61

10

35 – 36

165

43

24

00

36 – 37

142

04

70

83

37 – 38

153

31

72

80

38 – 39

148

09

94

72

39 – 40

150

24

41

89

40 – 41

145

00

63

60

41 – 42

148

56

55

59

42 – 43

153

29

41

20

43 – 44

165

09

44

76

44 – 45

173

12

44

10

45 – 46

180

43

48

83

46 – 47

186

52

44

12

47 – 48

92

44

57

59

48 – 49

358

10

42

47

49 – 50

352

59

38

36

50 – 51

2

05

34

61

51 - 1

8

25

11

03

 

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 7 de agosto del 2014, área y derrotero aportados el 7 de agosto del 2014.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las doce horas cincuenta minutos del siete de junio del dos mil diecisiete.—Registro Nacional Minero.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe.—( IN2017153916 ).     2 v. 1 Alt.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

ACUERDOS

Propuesta de pago 40018 del 10 de mayo del 2017

La Dirección Ejecutiva del Tribunal

Supremo de Elecciones, acuerda

Girar a la orden de los interesados los presentes montos, para atender el pago de las cuentas correspondientes a las respectivas partidas del presupuesto.

 

Las imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

 

Francisco Rodríguez Siles, Director Ejecutivo.—Carlos Umaña Morales, Contador.—1 vez.—O. C. Nº 3400030797.—Solicitud Nº 89033.—( IN2017153239 ).

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

En resolución Nº 1257-2017 dictada por el Registro Civil a las nueve horas veintitrés minutos del veintisiete de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 51997-2013, incoado por Mercedes del Socorro Díaz Padilla, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Henry Samuel Díaz Díaz, que el nombre de la madre es: Mercedes del Socorro.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153203 ).

En resolución Nº 1393-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas cincuenta minutos del treinta de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 37568-2016, incoado por Daube Gutiérrez Rojas, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Jaison Gutiérrez Sandoval, que el nombre es: Jason.—Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153214 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Sira María Calderón Rodríguez, se ha dictado la resolución Nº 6364-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas veinticinco minutos del siete de diciembre del dos mil dieciséis. Expediente Nº 31743-2016. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Lenner Fabián Espinoza Calderón, en el sentido que el nombre de la madre es: Sira María.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153230 ).

En resolución Nº 3914-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas cuarenta minutos del diez de mayo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 4125-2017, incoado por Griselda Antonia Briones Aguirre, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Yorly Esmeralda Montalván Briones, José Miguel Rodríguez Briones y Oliver Mateo Rodríguez Briones, que el nombre de la madre es: Griselda Antonia.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153313 ).

En resolución Nº 2636-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas cinco minutos del seis de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 40950-2016, incoado por Fátima Mejía Delgadillo, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Nataly Dayanna Quirós Mejías, Karla Tatiana Quirós Mejías, Jonathan Rafael Quirós Mejías, Keilor Quirós Mejías y Erick Alberto Quirós Mejías, que el primer apellido de la madre es: Mejía.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017153326 ).

En resolución Nº 3837-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas del treinta y uno de mayo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 16948-2017, incoado por Judith Lizzeth Moreno Rugama, se dispuso rectificar en el asiento de matrimonio de Víctor Manuel Ramírez Madrigal con Judith Lizzeth Rugama Moreno, que los apellidos de la cónyuge, asimismo los apellidos del padre y el primer apellido de la madre de la misma son: Moreno Rugama, Moreno A y Rugama.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153341 ).

En resolución Nº 4064-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas cuarenta minutos del veintinueve de mayo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 45701-2014, incoado por Daysis Amirta Rodríguez Aguirrez, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Anderson José Rodríguez Aguirre y de Carlos David Rodríguez Aguirre, que el nombre y segundo apellido de la madre son: Daysis Amirta y Aguirrez, consecuentemente los segundos apellidos de los menores son: Aguirrez, y en el asiento de nacimiento de Axel Andrés Alvarado Rodríguez, que el nombre y segundo apellido de la madre es: Daysis Amirta y Aguirrez.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153552 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Marlin Leonicia Jarquín Duarte y debidamente ratificadas por Rosa Emilia Castellón Jarquín, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 024-2011. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas seis minutos del cinco de enero del dos mil once. Ocurso. Expediente Nº 33815-2009. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Hechos no probados:…, III.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Rosa Emilia Castellón Jarquín…; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es: Marlin Leonicia, y no como se consignó.—Lic. Óscar Fernando Mena Carvajal, Director General a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017153585 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Santos del Carmen Dávila, se ha dictado la resolución Nº 6233-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas treinta y cinco minutos del dos de diciembre del dos mil dieciséis. Expediente Nº 20943-2016. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los asientos de nacimiento de Yohelsi del Carmen Duartes Dávila, de Carlos Antonio Duartes López, y de Shirley López Dávila, en el sentido que el nombre y el apellido de la madre son Santos del Carmen Dávila.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153592 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por Zeneyda del Carmen Matamoro Zamora, se ha dictado la resolución Nº 657-2015, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas veinte minutos del diez de febrero del dos mil quince. Expediente Nº 51915-2014. Resultando: 1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquense los asientos nacimiento de Adriana Michelle Morales Matamoros; de Marvin Leandro Morales Matamoros; y de Génesis Fiorella Morales Matamoros, en el sentido que el nombre y el primer apellido de la madre de las personas inscritas son: Zeneyda del Carmen y Matamoro respectivamente.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Gerardo Enrique Espinoza Sequeira, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017153651 ).

En resolución Nº 1764-2017 dictada por el Registro Civil a las ocho horas cuarenta minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 50818-2014, incoado por Milagros Yaoska Goussen Hernández, se dispuso rectificar el asiento de matrimonio de José Arístides Chavarría Chavarría con Milagros Yahoska Goussen Hernández, en el sentido que el segundo nombre de la cónyuge es: Yaoska y el asiento de nacimiento de Hillary Yahoska Chavarría Goussen, en el sentido que el segundo nombre de la madre es: Yaoska.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153685 ).

En resolución Nº 3307-2017 dictada por el Registro Civil a las nueve horas cincuenta y siete minutos del veintitrés de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 162-2017, incoado por Ólger Efrén Altamirano Cruz, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Olver Daniel Cruz Artavia, que los apellidos del padre son Altamirano Cruz.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017153690 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Dinorah Patricia Fallas Quirós, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 3819-2013. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las ocho horas del trece de noviembre del dos mil trece. Ocurso. Expediente Nº 34946-2013. Resultando: 1º—…, 2º—…, 3º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Brigette Cristina Quirós Badilla, en el sentido que el nombre y los apellidos de la madre… son: Dinorah Patricia Fallas Quirós.—Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017153726 ).

Se hace saber que en diligencias de ocurso incoadas por María Raquel Reyna López, se ha dictado la resolución N° 5276-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil. Departamento Civil. Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas veinte minutos del ocho de octubre de dos mil dieciséis. Exp. N° 53473-2015. Resultando: 1º—..., 2º—.... Considerando: I.—Hechos Probados: ..., II.—Sobre el fondo:..., Por tanto, rectifíquese el asiento de nacimiento de Sharon Rachel Rueda Reyna, en el sentido que el nombre de la madre es María Raquel.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153760 ).

En resolución N° 3623-2017 dictada por el Registro Civil a las catorce horas cuarenta minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 53683-2016, incoado por María Adilia Días Centeno, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Sihany Naomy Flores Díaz, que el primer apellido de la madre es Días.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153772 ).

En resolución Nº 2103-2017 dictada por el Registro Civil a las once horas del veinte de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 32166-2015, incoado por Ceneyda Castillo Mairena, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Tony Rolando Potosme Castillo, que el nombre de la madre es: Ceneyda, y en los asientos de nacimiento de Erick Manuel Mairena Mairena y de Yeimy Tatiana Potosme Mairena, que los apellidos de la madre son: Castillo Mairena.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153883 ).

En resolución N° 079-2017 dictada por el Registro Civil a las quince horas doce minutos del tres de enero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 3206-2013, incoado por Xiomara Antonia Salgado Cisnero, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Erick Rubén López Salgado, que el nombre y apellidos de la madre son Xiomara Antonia Salgado Cisnero.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017153918 ).

En resolución N° 3215-2017 dictada por el Registro Civil a las nueve horas treinta minutos del veintidós de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 33134-2013, incoado por Olivia del Carmen Rayo Romero, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Nayelli Scarlette Rayo Romero, que el nombre de la madre es Olivia del Carmen.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017153925 ).

AVISOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Manuel de Jesús Flores Gómez, salvadoreño, cédula de residencia 122200426209, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3173-2017.—San José, al ser las 10:58 del 10 de julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017152939 ).

Yorling Marissela Olivas Rojas, nicaragüense, cédula de residencia N° 155817425910, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 1889-2016.—San José, al ser las 4:02 del 14 de julio del 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017152965 ).

Alejandra Aguileta Vergara, mexicana, cédula de residencia 148400051923, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3217-2017.—San José, al ser las 8:23 del 14 de julio del 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017152989 ).

Alfredo Aguileta Ángeles, mexicano, cédula de residencia 148400026314, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3216-2017.—San José, al ser las 8:12 del 14 de julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017152991 ).

Maria Elena Vergara de Aguileta, mexicana, cédula de residencia 148400051816, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3218-2017.—San José, al ser las 8:30 del 14 de julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017152994 ).

Oneyda Magaly Condega Paizano, nicaraguense, cédula de residencia 155815815612, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3305-2017.—San José al ser las 9:45 del 10 de julio de 2017.—Johana Marcela Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153096 ).

Yack Maura Fernández, cubano, cédula de residencia Nº DI119200198001, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—Expediente Nº 3422-2017.—Heredia, al ser las 14:37:59 del 14 de julio del 2017.—Oficina Regional de Heredia.—Emmanuel Carballo Rodríguez, Asistente Funcional 3.—1 vez.—( IN2017153110 ).

Edwin José Alvarado Vega, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155817377636, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3407-2017.—San José, al ser las 10:50 del 14 de julio del 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017153184 ).

Maryurit Mercedes Picado Reyes, nicaragüense, cédula de residencia 155816276911, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3017-2017.—Guanacaste, al ser las 14:28:07 del 17 de julio del 2017.—Oficina Regional de Liberia.—Karla Mendoza Quirós, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017153208 ).

Viviana Karina Cáceres Osorio, cédula de residencia 117000916122, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3400-2017.—Alajuela, al ser las quince horas con seis minutos del trece de julio de dos mil diecisiete.—Regional de Alajuela.—Walter Gerardo Villalobos Zúñiga, Jefe.—1 vez.—( IN2017153306 ).

Sebastián Molano Vélez, colombiano, cédula de residencia Nº 117000913226, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3294-2017.—San José, al ser las 03:44 del 07 de julio del 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017153307 ).

Luis Alberto Molano Ortiz, colombiano, cédula de residencia 117000913119, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 2945-2017.—San José, al ser las 3:13 del 14 de julio de 2017.—Johana Marcela Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153309 ).

Alejandra Ruiz Cruz, colombiana, cédula de residencia Nº 117001633426, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3276-2017.—San José, al ser las 10:58 del 18 de julio del 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017153327 ).

Ciaran Philip O Cleirigh, irlandés, cédula de residencia 137200001429, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.—Exp N° 3351-2017.—San José, al ser las 3:18 del 17 de julio de 2017.—Johana Marcela Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153350 ).

Sergio Pablo Cerda Martínez, nicaragüense, cédula de residencia 155802089007, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3318-2017.—San José, al ser las 1:15 del 17 de julio de 2017.—Johana Marcela Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153366 ).

Julio Andrés Escala, argentino, cédula de residencia Nº 103200030922, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3230-2017.—San José, al ser las 02:12 del 18 de julio del 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017153372 ).

Martha Iris Ruiz Federi, nicaragüense, cédula de residencia DI 155817943200, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3425-2017.—Alajuela, al ser las 15:25:17 del 14 de julio de 2017.—Lic. Kattia Jiménez Zamora, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017153412 ).

Beatriz Yolanda Barboza Davila, Venezolana, cédula de residencia 186200207924, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3397-2017.—San José, al ser las 2:35 del 13 de julio de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017153427 ).

Delia Mercedes Zapata Cárdenas, nicaragüense, cédula de residencia 155817971314, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3440-2017.—San José, al ser las 2:29 del 18 de julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017153453 ).

Elena Galante Marcos, española, cédula de residencia N° 172400075401, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente 2688-2017.—San José, al ser las 9:39 del 17 de julio del 2017.—Johana Marcela Venegas Valverde.—1 vez.—( IN2017153464 ).

Dominga del Rosario Mayorga Martínez, nicaragüense, cédula de residencia 155811872302, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3433-2017.—Turrialba, al ser las 09:47:06 del 17 de julio de 2017.—José Francisco Hernández Alpízar, Jefe.—1 vez.—( IN2017153520 ).

Lorenzo Mercedes Hernández Monterrosa, salvadoreño, cédula de residencia 122200400909, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3348-2017.—San José, al ser las 9:12 del 19 de julio de 2017.— Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017153537 ).

María Emma Monterrosa de Tolentino, salvadoreña, cédula de residencia Nº 122200380428, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3349-2017.—San José, al ser las 9:12 del 19 de julio del 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017153539 ).

Daniel Tuquerres Londoño, colombiano, cédula de residencia 117001496112, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 2431-2017.—San José, al ser las 3:42 del 17 de julio de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017153542 ).

Marling de los Ángeles Ordeñana Cano, nicaragüense, cédula de residencia número 155818684728, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente 3262-2017.—Provincia San José, al ser las 13:51:40 del 6 de julio de 2017.—Geovanny Solís Angulo, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017153644 ).

Eudomilia del Carmen Martínez García nicaragüense, cédula de residencia DI155808220605, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. N° de expediente 3450-2017.—Alajuela, al ser las 12:16:00 del 17 de julio de 2017.—Luis Diego Rocha Gutiérrez, Jefe de Oficina Regional Los Chiles.—1 vez.—( IN2017153676 ).

Josary Vanessa Pérez Méndez, nicaragüense, cédula de residencia N° DI155814827332, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3411-2017.—Limón, al ser las diez horas y treinta y ocho minutos del catorce de julio de dos mil diecisiete.—Oficina Regional de Pococí.—Fabricio Alberto Cerdas Díaz, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017153697 ).

Raisha Verónica Manzanares Maradiaga, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155817754404, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3330-2017.—San José, al ser las 11:14 del 11 de julio del 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017153701 ).

Jorge Enrique Ríos Cardona, colombiano, cédula de residencia N° 117000689125, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente 3493-2017.—San José, al ser las 9:56 del 19 de julio del 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017153765 ).

Armando Josué Palacios Alvarado, nicaragüense, cédula de residencia, RES 155815981920, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3497-2017.—Cañas, Guanacaste, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Oficina Regional de Cañas.—Jorge Luis Varela Rojas.—1 vez.—( IN2017153801 ).

Arlin Julissa Sarmiento Masariego, hondureña, cédula de residencia DI134000064326, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Número de expediente 3491-2017.—Puntarenas, al ser las 09:12:01 del 19 de julio de 2017.—Oficina Regional de Puntarenas.—Dagoberto Martín Herrera Araya, Jefe.—1 vez.—( IN2017153805 ).

Aurora María Vega Suárez, nicaragüense, cédula de residencia 155810333436, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3481-2017.—San José al ser las 1:02 del 19 de julio del 2017.—Selmary Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017153821 ).

Washington Lorenzo Lama Mayorga, ecuatoriano, cédula de residencia 121800063124, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3523-2017.—San José, al ser las 10:04 del 20 de julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017153888 ).

Astrid Lucrecia Herrera Arévalo, nacionalidad guatemalteca, cédula de residencia Nº DI132000181404 , ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente Nº 3334-2017.—Alajuela al ser las 09:15:49 del 20 de julio de 2017.—Oficina Regional de Orotina.—Rónald Ricardo Parajeles Montero, Jefe.—1 vez.—( IN2017153912 ).

Oliveros Torres Miguel Ángel, cédula de residencia 117001648220 ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3495-2017.—Alajuela, al ser las once horas con cuarenta minutos del diecinueve de julio de dos mil diecisiete.—Oficina Regional de Alajuela.—Walter Gerardo Villalobos Zúñiga, Jefe.—1 vez.—( IN20107153922 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

MODIFICACIÓN PLAN ANUAL

DE ADQUISICIONES 2017

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública correspondiente al siguiente programa presupuestario 09006 Policía de Fronteras el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de COMPRARED, así como en la dirección electrónica www.sicop.go.cr

San José 19 de julio de 2017.—Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. Nº 3400033107.—Solicitud Nº 90281.—( IN2017154000 ).

HACIENDA

MODIFICACIÓN AL PROGRAMA DE ADQUISICIONES

PROYECTADO PARA EL 2017

La Proveeduría Institucional de este Ministerio informa que el Programa de Adquisición de Bienes y Servicios, proyectado para el Ejercicio Presupuestario 2017, fue modificado una vez más y que ésta modificación, y cualquier otra que sea necesaria realizar posteriormente, estará disponible en forma gratuita en el sistema SICOP, con la indicación “Modificado al…”, en la dirección electrónica http://www.sicop.go.cr.

San José, 18 de julio del 2017.—Proveeduría Institucional.—Marco A. Fernández U., Proveedor.—1 vez.—O. C. N° 3400032033.—Solicitud N° 90273.—( IN2017154008 ).

CULTURA Y JUVENTUD

MUSEO HISTÓRICO CULTURAL JUAN SANTAMARÍA

PLAN ANUAL DE COMPRAS PARA EL AÑO 2017

De conformidad con las modificaciones a la Ley de Contratación Administrativa, publicadas en el Diario Oficial La Gaceta Nº 128 del 4 de julio del 2006, y de acuerdo al artículo 6 de la Ley de Contratación Administrativa, se informa que la primera modificación al plan anual de compras del Museo Histórico Cultural Juan Santamaría, para el año 2017, se encuentra a disposición de los interesados en la página oficial del Ministerio de Cultura y Juventud www.mcjd.go.cr,

San José, 13 de julio del 2017.—Karol Patricia Sanabria Rosales, Subproveedora Institucional a. í.—1 vez.—( IN2017154077 ).

BANCO DE COSTA RICA

MODIFICACIÓN PROGRAMA DE

ADQUISICIONES AÑO 2017

Descripción

Fecha estimada

Fuente de financiamiento

Monto aproximado

Remodelación Eléctrica del Edificio de Registro Nacional de Alajuela

II Semestre

BCR

¢135.000.000.00

 

Oficina Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano, Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº 66348.—Solicitud  90379.—( IN2017154079 ).

LICITACIONES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-0000015-DCADM

Contratación de una empresa que brinde servicios

de atención y canalización de solicitudes de servicio,

incidentes, reclamos, consultas, problemas

y requerimientos relacionados con soporte

tecnológico y/o administrativo

Apertura: para las 10:00 horas del día 18 de agosto del 2017. Retiro del cartel: Oficinas Centrales, de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m., 6to piso, división de Contratación Administrativa. Costo: ¢2.500.00 (dos quinientos colones con 00/100).

Área de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños.—1 vez.—( IN2017153987 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. MAXIMILIANO PERALTA

JIMÉNEZ DE CARTAGO

ÁREA DE GESTIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000038-2306

Canastas para procedimientos quirúrgicos

de O.R.L bajo la modalidad de entrega única

El Hospital Dr. Maximiliano Peralta Jiménez de Cartago, invita a los interesados a participar en el siguiente concurso:

    Número de Licitación: 2017LA-000038-2306.

    Descripción: Canastas para Procedimientos Quirúrgicos de O.R.L.

    Fecha máxima para el recibo de ofertas: 08 de agosto de 2017.

    Hora de apertura: 10:00 a.m.

Los interesados en participar y conocer mayores detalles, podrán solicitar el cartel de especificaciones a partir de esta publicación a los teléfonos 2591-1161 y 2591-8767, dicho cartel se enviará por correo electrónico, o bien puede accesar la página web de la institución, en la siguiente dirección: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones y descargar el cartel.

Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Iveth Gamboa Solano, Coordinadora a. í.—1 vez.—( IN2017153897 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CDS-00092-PRI

(Convocatoria)

Compra e instalación y puesta en funcionamiento

de módulo de poder para UPS, marca Gamatronic

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 08:00 horas del día 01 de agosto del 2017, para la “Compra e instalación y puesta en funcionamiento de módulo de poder para UPS, marca Gamatronic”. Los documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica: www.aya.go.cr o bien retirarse en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

Licda. Iris Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 90344.—( IN2017153917 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

El Instituto de Desarrollo Rural comunica la apertura del siguiente proceso:

CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000073-01

Renovación de licenciamiento de equipo

de telecomunicaciones para almacenamiento

y respaldo de aplicaciones de telecomunicaciones

Fecha y hora de recepción de ofertas: lunes 31 de julio del 2017, a las 10:00 horas (10:00 a. m.).

El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras oficinas centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, Planta alta del Edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr menú de LICITACIONES, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección kzamora@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.

Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153855 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000046-01

Adquisición de equipos de control, visualización y

optimización de tráfico en la red para Oficinas

de Desarrollo Territorial del INDER

Fecha y Hora de recepción de ofertas: 17 de agosto del 2017, a las 10:00 horas, (10:00 a. m.), en la Proveeduría Institucional, oficinas centrales del INDER.

El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras oficinas centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, Planta alta del Edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr menú de CONTRATACIONES, CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS, PROVEEDURIA INSTITUCIONAL, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección iazofeifa@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Proveeduría Institucional.—1 vez.—( IN2017153859 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA 2017CD-000231-01

Servicio de confección de cheques (colones y dólares)

para la Unidad de Recursos Financieros

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 26 de julio del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en La Uruca 2.5 kilómetros al oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 90314.—( IN2017153734 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA DE ESCASA CUANTÍA

N° 2017CD-000064-08

Motores usados de vehículos para uso didáctico,

Unidad Regional Brunca

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, Unidad Regional Brunca. Informa a los proveedores y empresarios en general interesados en participar en la contratación directa de escasa cuantía N° 2017CD-000064-08 “Motores usados de vehículos para uso didáctico, Unidad Regional Brunca”.

Que el plazo máximo para presentar ofertas a esta contratación directa es para el próximo martes 01 de agosto del 2017 a las 10:00 horas.

Este pliego de condiciones es gratuito y está a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros sur del supermercado Coopeagri, Barrio Villa Ligia, Daniel Flores. Pérez Zeledón, San José y en la siguiente dirección electrónica:

http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles/

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 90311.—( IN2017153735 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000004-09

Contratación de servicios de aseo y limpieza con

criterios ambientales para las aulas del Proceso

de Servicio al usuario ubicadas en

San Rafael de Heredia

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional de Heredia, recibirá ofertas por escrito para este concurso, hasta las 10:00 horas de 17 de agosto del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito, en  el Proceso de Adquisiciones, sita: Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 90309.— ( IN2017154002 ).

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000078-07

Folletos de Normas Marítimas Omi y otras organizaciones

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del día 01 de agosto del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita Barranca Puntarenas, 200 metros al norte de entrada principal de Inolasa, o bien ver la página web del Ina, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 90404.—( IN2017154092 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000080-OPMZ

Sistema aéreo no tripulado (UAS por sus siglas

en inglés (Unmanned Aircraft Systems)

Invitación a la Contratación Directa Nº 2017CD-000080-OPMZ “Sistema Aéreo no Tripulado (UAS por sus siglas en inglés (Unmanned Aircraft Systems)”. La apertura será el día 01 de agosto del año 2017, a las 10:00 a.m. horas, en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de Zarcero, ubicada 50 metros oeste de la esquina noroeste del parque de Zarcero. El cartel respectivo, lo pueden encontrar en la página www.zarcero.go.cr.

Zarcero, 20 julio del 2017.—Proveeduría Municipal.—Vanessa Salazar Huertas.—1 vez.—( IN2017154051 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA N° 2017CD-000086-OPMZ

Marco y rejilla en madera plástica para pozo

Invitación a la Contratación Directa N° 2017CD-000086-OPMZ “Marco y rejilla en madera plástica para pozo”. La apertura será el día 01 agosto del 2017, a las 11:00 a. m. horas, en el salón de sesiones de la Municipalidad de Zarcero, ubicada 50 metros oeste de la esquina noroeste del parque de Zarcero. El cartel respectivo, lo pueden encontrar en la página www. zarcero.go.cr.

Zarcero, 20 julio del 2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2017154078 ).

MUNICIPALIDAD DE GARABITO

LICITACIÓN ABREVIADA

Nº 2017LA-000005-MUGARABITO

Contratación de servicios de gestión administrativa

para el cobro de tributos municipales

La Municipalidad de Garabito por medio del Departamento de Proveeduría, recibirá ofertas hasta las catorce horas del 14 de agosto del 2017 para la Contratación de servicios de gestión administrativa para el cobro de tributos municipales. Los interesados pueden solicitar el cartel en la unidad de Proveeduría, por medio del correo electrónico proveeduría_munigarabito@yahoo.es o al teléfono 2643-3038 ext: 16 y 17.

Garabito, 14 de julio de 2017.—Proveeduría.—Licda. Ana Sofía Schmidt, Proveedora.—1 vez.—O. C. N° 13.—Solicitud N° 90308.—( IN2017153736 ).

ADJUDICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. FERNANDO ESCALANTE PRADILLA

2017LA-000011-2701

Solución de Glutaraldehído

El Área Gestión Bienes y Servicios del Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla de Pérez Zeledón, comunica el resultado del acto de adjudicación del expediente N° 2017LA-000011-2701, por la compra de solución de Glutaraldehído: ítem N° 01, adjudicado a la empresa Distribuidora Médica del Sur S. A.

San Isidro de El General, 14 de julio del 2017.—Área Gestión Bienes y Servicios.—Licda. Ligia Castrillo Morales, Jefa.— 1 vez.—( IN2017153873 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL Nº 2016LN-000022-PRI

Servicios para la solución integral de impresión

y digitalización a nivel institucional

(modalidad según demanda)

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que mediante Acuerdo de Junta Directiva Nº 2017-319 del 11 de julio del 2017, se adjudica la presente licitación a:

Oferta N° 2.—Consorcio Telerad Telecomunicaciones Radiodigitales S. A. - Epson Costa Rica S. A.

Posición N° 1: Precio unitario mensual por arrendamiento $81,75, precio unitario por página blanco y negro $0,0091.

Posición N° 2: Precio unitario mensual por arrendamiento $45,57, precio unitario por página blanco y negro $0,0093.

Posición N° 3: Precio unitario mensual por arrendamiento $77,16, precio unitario por página blanco y negro $0,0091.

Posición N° 4: Precio unitario mensual por arrendamiento $45,16, precio unitario por página blanco y negro $0,0079.

Posición N° 5: Precio unitario mensual por arrendamiento $58,78, precio unitario por página blanco y negro $0,0162, precio unitario por página a color $0,0628.

Posición N° 6: Precio unitario mensual por arrendamiento $39,50, precio unitario por página blanco y negro $0,0207, precio unitario por página a color $0,0995.

Posición N° 7: Precio unitario mensual por arrendamiento $230,15, precio unitario por página blanco y negro $0,0067.

Posición N° 8: Precio unitario mensual por arrendamiento $96,25, precio unitario por página blanco y negro $0,0076.

Precios de las páginas más impuesto de venta.

Se declaran desiertas las posiciones 9 y 10, ya que no se logra determinar la razonabilidad de los precios.

Demás condiciones de acuerdo al cartel y la oferta respectiva.

Dirección Proveeduría.—Iris Patricia Fernández Fernández.— 1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N° 90318.—( IN2017153770 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000018-01

Construcción de la nueva tubería de distribución para

el acueducto en Santa Clara de San Carlos, Región

de Desarrollo Huetar Norte, Oficina de Desarrollo

 Territorial de Ciudad Quesada

Adjudicar a favor de la oferta N° 4, presentada por la empresa Tecnología en el Uso de Aguas S. A., cédula jurídica 3-101-456307, proveedor N° 2097, por la suma de ¢118.130.480,00 (ciento dieciocho millones ciento treinta mil cuatrocientos ochenta colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 90 días naturales, según oficio GG-1065-2017 del 18 de julio de 2017.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153830 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000022-01

Construcción de Acueducto en el Asentamiento San Juan

Chiquito”, Región de Desarrollo Pacífico Central,

Oficina de Desarrollo Territorial de Orotina

Adjudicar a favor de la oferta N° 4, presentada por la empresa Tecnología en el Uso de Aguas S. A, cédula jurídica 3-101-456307, Proveedor N° 2097, por la suma de ¢49.248.200,00 (cuarenta y nueve millones doscientos cuarenta y ocho mil doscientos colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 90 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio del 2017.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153831 ).

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 9036 de Transformación IDA-INDER y al acuerdo de la Junta Directiva en el artículo 10, sesión ordinaria 26-2017, celebrada 17 de julio 2017, se comunica la adjudicación del siguiente proceso:

2017LA-0000017-01

Contratación de personas físicas o jurídicas para consultorías

en el marco del proyecto “El medio rural frente a los

retos del cambio climático”, que se implementa en

el Territorio Talamanca-Valle la Estrella”

A saber:

 

Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF

 

El control, seguimiento y fiscalización de la correcta ejecución del objeto contractual de esta licitación, estará a cargo de la Oficina Territorial de Talamanca, que fungirá como fiscalizador y encargado general del contrato, teniendo bajo su responsabilidad la obligación de generar los informes que sobre esta licitación requiera a la administración superior.

Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto, Proveedora.—1 vez.—( IN2017153854 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000064-01

Contratación de servicio de alimentación para la Asamblea

General Extraordinaria del CTDR Siquirres-Guácimo

y la Asamblea General Ordinaria del CTDR

Siquirres-Guácimo y la Asamblea Anual

ordinaria del Territorio San Carlos-

Peñas Blancas-Río Cuarto

El Instituto de Desarrollo Rural comunica que de conformidad con los Artículos 84, 86 y 223 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Artículo 30 de la Ley 9036 inciso f y según lo indicado en el oficio GG-1069-2017 del 18 de julio 2017, dicta el ACTO FINAL de la Contratación Directa 2017CD- 000064-01 “Contratación de servicio de alimentación para la Asamblea General Extraordinaria del CTDR Siquirres-Guácimo y la Asamblea General Ordinaria del CTDR Siquirres-Guácimo y la Asamblea Anual ordinaria del Territorio San Carlos-Peñas Blancas-Río Cuarto”, de acuerdo al siguiente detalle:

Adjudicar línea 1, a la empresa Centro Turístico Pacuare, cédula jurídica 3-101-048838, por haber obtenido la mayor calificación en la línea 1 con 100%, por un total de ¢1.270.000,00. Declarar infructuosa la línea 2.

La coordinación y fiscalización durante la ejecución del objeto de este proceso de contratación, estará a cargo de la Oficina de Siquirres, mediante el encargado Marco Vinicio Porras Suárez, en calidad de Unidad Solicitante del proceso de compra.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Coordinadora de la Proveeduría Institucional.—1 vez.—(IN2017153856).

El Instituto de Desarrollo Rural comunica que de conformidad con los artículos 84, 86 y 223 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, artículo 30 de la Ley 9036 inciso f y según lo indicado en el oficio GG-1070-2017 del 18 de julio 2017, dicta el acto final de la Contratación Directa 2017CD-000065-01, “Compra de insumos químicos para cultivo de frijol para los asentamientos y territorios de la Oficina de Desarrollo Territorial de Orotina”, de acuerdo al siguiente detalle:

Adjudicar de las líneas 1 a la 10, a la empresa Asociación Cámara de Productores de Caña del Pacífico, cédula jurídica 3-002-045365, por haber obtenido la mayor calificación en las líneas de la 1 a la 10 con I00%., por un total de ¢3.464.890,00.

La coordinación y fiscalización durante la ejecución del objeto de este proceso de contratación, estará a cargo de la Oficina de Orotina, mediante el encargado Roy Alfaro Arnáez, en calidad de Unidad Solicitante del proceso de compra.

San Vicente de Moravia, San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto, Coordinadora.—1 vez.— ( IN2017153857 ).

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 9036 de Transformación IDA-INDER, artículos 26 y 30 y el oficio GG-1056-2016 del 17 de julio 2017, se comunica la adjudicación del siguiente proceso:

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000016-01

Compra de insumos para el cultivo de arroz-frijol y equipo

pesado para el mejoramiento de las condiciones de la Agro

Cadena de Palma Aceitera Coopechires, todo de la

Oficina de Desarrollo Territorial de Puriscal

A las empresas por haberse cumplido a cabalidad con los aspectos propios del procedimiento de Contratación Administrativa: Romanas Ocony S. A., cédula jurídica N° 3-101-029749, por un monto de ¢18.300.000,00 colones; la línea 1. Colono Agropecuario S. A., cédula jurídica N° 3-101-268981, por un monto de ¢2.141.954,99 colones, las líneas 3, 11, 12, 16, 17 y 22 Romagro del Siglo XXI S.R.L., cédula jurídica 3-102-662924, por un monto de ¢7.660.383,00 colones, las líneas 2, 4, 5, 6, 7,8, 9, 10, 13, 14, 15, 18, 19, 20 y 21. La coordinación y fiscalización de la entrega de los bienes adjudicados recae en los funcionarios dispuestos para este fin, como encargados del contrato, en la Decisión Inicial.

Licda. Karen Valverde Soto, Proveedora Institucional.— 1 vez.—( IN2017153858 ).

El Instituto de Desarrollo Rural comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000053-01

Compra de productos de papel y cartón para el Inder

Según oficio GG-1059-2017 del 18 de julio del 2017 se adjudica el proceso de referencia de la siguiente manera:

A la empresa Distribuidora Ramírez y Castillo S. A., cédula jurídica 3-101-080638, las líneas 1-4-5-6-7-9-10-12-16-17-18-20-23, por haber cumplido con lo solicitado en el cartel y obtener un puntaje del 100%, por un monto total de ¢5.185.619,32.

A la empresa Sumiexpress S. A., cédula jurídica 3-101-318837, las líneas 2-3-11-13-14-15-19, por haber cumplido con lo solicitado en el cartel y obtener un puntaje del 100%, por un monto total de ¢749.347,80.

A la empresa Comercializadora AT del Sur S. A., cédula jurídica 3-101-237629, las líneas 8-21-22, por haber cumplido con lo solicitado en el cartel y obtener un puntaje del 100%, por un monto total de ¢54.801,75.

El control, seguimiento y fiscalización de la correcta ejecución de esta contratación recae en cada oficina solicitante del proceso las cuales se encuentran indicadas en el cartel, esto con el fin de garantizar el cumplimiento de las condiciones, especificaciones, plazos y demás condiciones de la contratación.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Coordinadora Proveeduría Institucional.—1 vez.—( IN2017153860 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000035-01

Adquisición de equipo de Telecomunicaciones

para sustitución por obsolescencia y mejora

tecnológica y de desempeño de la red

Institucional del INDER

El Instituto de Desarrollo Rural comunica que de conformidad con los Artículos 84, 86 y 231 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Artículo 30 de la Ley 9036 inciso f y según lo dictado en el oficio GG-1065-2017 del 18 de julio 2017, dicta el ACTO FINAL de la Licitación Abreviada 2017LA-000035-01 “Adquisición de equipo de Telecomunicaciones para sustitución por obsolescencia y mejora tecnológica y de desempeño de la red Insitucional del INDER”, de acuerdo al siguiente detalle:

Adjudicar a la empresa Netway S. A., cédula jurídica 3-101-384584, por un monto total de $215.641,37 y un plazo de entrega de 25 días hábiles por haber obtenido la puntuación más alta en la evaluación de las ofertas. La coordinación y fiscalización durante la ejecución del objeto de este proceso licitatorio recae en la oficina de Tecnologías de la Información.

San Vicente de Moravia, San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153861 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2016LA-000029-01

Adquisición de 37 invernaderos completos para

el territorio Turrialba-Jiménez y asentamientos

administrados por la Oficina de

Desarrollo Territorial de Turrialba

El Instituto de Desarrollo Rural comunica que de conformidad con los artículos 84, 86 y 231 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Artículo 30 de la Ley 9036 inciso f y según lo dictado en el oficio GG-1056-2017 del 17 de julio 2017, dicta el acto final de la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000029-01 “Adquisición de 37 invernaderos completos para el territorio Turrialba-Jiménez y asentamientos administrados por la Oficina de Desarrollo Territorial de Turrialba”, de acuerdo al siguiente detalle:

Se adjudica a la empresa Riegos Hidro Drip S. A., cédula jurídica 3-101-468777, por un monto de ¢69.768.695.81 colones y un plazo de entrega de 90 días naturales posteriores a la entrega de la Orden de Compra. La coordinación y fiscalización de la entrega de los bienes adjudicados recae en los funcionarios dispuestos para este fin, como encargados del contrato, en la Decisión Inicial.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Proveeduría Institucional.—1 vez.—( IN2017153862 ).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula Jurídica 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000023-01

Construcción de Acueducto en el Asentamiento Verdetica,

Región de Desarrollo Huetar Caribe, Oficina

de Desarrollo Territorial de Cariari

Adjudicar a favor de la oferta única, presentada por la empresa Tecnología en el Uso de Aguas S. A., cédula jurídica 3-101-456307, Proveedor N° 2097, por la suma de ¢137,896,950.00 (ciento treinta y siete millones ochocientos noventa y seis mil novecientos cincuenta colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 130 días naturales, según oficio 00-1065-2017, del 18 de julio del 2017.

San Vicente de Moravia, San José.—Licda. Karen Valverde Soto, Área de Contratación y Suministros.—1 vez.—( IN2017153863 ).

El Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica Nº 4-000-0142143, comunica la adjudicación del siguiente proceso de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000025-01

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

Caprinos Región de Desarrollo Central, Oficina

de Desarrollo Territorial de Cartago

Adjudicar a favor de la oferta Nº 11, presentada por la empresa: Alcapra ACP S. A., cédula jurídica Nº 3-101-516925, Proveedor Nº 4922, por la suma de ¢57.599.750,00 (cincuenta y siete millones quinientos noventa y nueve millones setecientos cincuenta colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 40 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio del 2017.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153865 ).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000027-01

Construcción de Salón de uso múltiple y una Batería

Sanitaria en el Asentamiento El Gallo Región

de Desarrollo Chorotega, Oficina

de Desarrollo Territorial Liberia

Adjudicar a favor de la oferta N° 14, presentada por la empresa Materiales Sarapiquí del Norte S. A., cédula jurídica 3-101-306292, proveedor N° 1101, por la suma de ¢32.050.000,00 (treinta y dos millones cincuenta mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 50 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio de 2017.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153866 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000028-01

Construcción de caminos en el Asentamiento Campesino

Rodolfo Dawning” Región de Desarrollo Chorotega,

Oficina de Desarrollo Territorial Cañas

Adjudicar a favor de la oferta N° 8, presentada por la empresa Alcapra ACP S. A., cédula jurídica 3-101-516925, Proveedor N° 4922, por la suma de ¢126.071.000,00 (ciento veintiséis millones setenta y un mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 60 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio del 2017.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN217153867 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000031-01

“Remodelación del CEPROMA del Asentamiento

Campesino País” Región de Desarrollo Huetar

Caribe, Oficina de Desarrollo

Territorial Talamanca

Adjudicar a favor de la oferta N° 4, presentada por la empresa Constructora Luis Barrantes S. A., cédula jurídica Nº 3-101-215011, Proveedor N° 1081, por la suma de ¢ 37.400.000,00 (treinta y siete millones cuatrocientos mil colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 60 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio de 2017.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153868 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000032-01

Construcción de puesto de salud, dos aulas adosadas y

una batería sanitaria en el colegio y un aula escolar

en la escuela todos del Asentamiento Campesino

Línea Vieja” Región de Desarrollo Huetar

Caribe, Oficina de Desarrollo

Territorial Cariari

Adjudicar a favor de la oferta N° 1, presentada por la empresa Construcciones Levell Brown Ltda., cédula jurídica Nº 3-102-164182, Proveedor N° 1774, por la suma de ¢ 87,521,159.00 (ochenta y siete millones quinientos veintiún mil ciento cincuenta y nueve colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 140 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio de 2017.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153869 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000034-01

Construcción de un aula escolar en la Escuela de

San Gerardo en Río Cuarto de Grecia. Región

de Desarrollo Huetar Norte, Oficina de

Desarrollo Territorial Puerto Viejo

Adjudicar a favor de la oferta Nº 8, presentada por la empresa: Materiales Sarapiquí del Norte S. A., cédula jurídica Nº 3-101-306292, Proveedor Nº 1101, por la suma de ¢13.291.200,00 (trece millones doscientos noventa y un mil doscientos colones con 00/100), con un plazo de ejecución total de 40 días naturales, según oficio GG-1065-2017, del 18 de julio del 2017.

San Vicente de Moravia, San José.—Área de Contratación y Suministros.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017153870 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000062-07

(Infructuoso)

Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo

de carretas para embarcaciones menores del INA

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, comunica que el concurso de la Compra Directa Nº 2017CD-000062-07 “Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de carretas para embarcaciones menores del INA”, se declara infructuoso, según acta del Proceso de Adquisiciones Nº 078-2017 del día 18 de julio del 2017, con base en el estudio técnico FR-NNP-PGA-101-2017.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 90310.—( IN2017154005 ).

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000064-07

Folletos para uso de comercio y servicios

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa el resultado de la compra directa en referencia:

Acuerdo del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central, que consta en el acta Nº 080-2017; de fecha 19 de julio de 2017, según el siguiente detalle:

Se adjudican de acuerdo al oficio NSCS-1831, las líneas Nos. 1, 2, 3, 5, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14, y 17 al oferente Inversiones Zuca S.A., cédula jurídica 3-101-216046, por un monto de ¢483.662,00.

Las líneas Nos. 4, 6, 10, 15, 16, 18, 19 y 20, se declaran infructuosas.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 90405.—( IN2017154093 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE NARANJO

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000002-PM

Compra de vehículo pick up 4x4 doble cabina para acueducto

Por este medio se informa a todos los interesados en el proceso de Licitación arriba indicado que el Concejo Municipal mediante acuerdo Municipal 50-29-604-2017 en su sesión ordinaria N° 29 de1 17 de julio de 2017 adjudica dicho procedimiento a la empresa Purdy Motor S. A., cédula jurídica 3-101-005744, por un monto total de ¢26.333.845,70 (tipo de cambio del dólar a la fecha de apertura ¢577,37), por la compra de 1 vehículo pick up estilo Land Cruiser Hard Top, año 2017, cabina doble 4x4, motor diesel.

Por ser único oferente y cumplir con los requerimientos técnicos y legales solicitados por lo administración.

Olger Alpízar Villalobos, Proveedor Institucional.—1 vez.—( IN2017154048 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000003-PM

Compra de camiones para la Unidad Técnica

de Gestión Ambiental

Por este medio se informa a todos los interesados en el proceso de Licitación arriba indicado que el Concejo Municipal mediante acuerdo Municipal SO-28-590-2017 en su sesión Ordinaria N° 28 del 10 de julio de 2017 declara infructuoso el presente procedimiento en vista de que a la hora y fecha establecidas para la apertura de ofertas no se recibieron propuestas.

Ólger Alpízar Villalobos, Proveedor Institucional.—1 vez.—( IN2017154049 ).

MUNICIPALIDAD DE BARVA DE HEREDIA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-01

Contrato de obra pública según demanda: Mantenimiento

de la red vial cantonal de Barva

A los interesados en la Licitación Pública N° 2017LN-000001-01, se les informa que mediante el acuerdo del Concejo Municipal N° 835-2017, de la sesión ordinaria N° 38-2017, aprobó el acto de adjudicación de la siguiente forma:

 

Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF

Barva de Heredia, 17 de julio del 2017.—Proveeduría Municipal.—Licda. Yesael Molina Vargas, Proveedora Municipal.— 1 vez.—( IN2017153898 ).

MUNICIPALIDAD DE FLORES

PROCESO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000003-01

Contratación de los servicios de recolección, transporte

y disposición final de los residuos

sólidos de valorizables

El Proceso de Proveeduría y Bodega de la Municipalidad de Flores, informa a todos los interesados, en el procedimiento de licitación abreviada Nº 2017LA-000003-01 que la Comisión Institucional de Licitaciones en la sesión ordinaria 18-2017 y mediante el acuerdo 51-17 adjudicó dicho procedimiento de la siguiente forma:

Línea 1: Servicio de recolección selectiva domiciliaria y transporte a destino de los residuos sólidos valorizables generados tanto en residencias como en comercios, instituciones y pequeñas industrias en los tres distritos del cantón de Flores, a la empresa Plataforma Internacional Real S. A., cédula jurídica 3-101-226529, por un periodo de un año y un monto de ¢32.640.000, a razón de ¢2.720.000,00 mensuales.

Línea 2: Servicio de valorización y recuperación de los residuos sólidos valorizables en el centro de recuperación de residuos, a la empresa Plataforma Internacional Real S. A., cédula jurídica 3-101-226529, por un periodo de un año y un monto de ¢8.820.000,00, a razón de ¢735.000 mensuales.

Línea 3: Servicio de alquiler, limpieza, recolección y traslado al relleno sanitario Uruka de EBI-BERTHIER, de 1 contenedor de desechos voluminosos a ubicar en un punto del cantón, a la empresa Berthier EBI de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3-101-215741, con un costo para el servicio de alquiler de contenedor (capacidad 25 m3), por un periodo de un año y un monto de ¢990.000 a razón de ¢82.500 mensuales, y para el servicio de traslado de desechos al relleno sanitario un costo de ¢18.750 por tonelada métrica.

En el Proceso de Proveeduría y Bodega de la Municipalidad se brindará toda la información adicional (Tel: 265-71-25 Ext. 107 Fax 265-56-52).

Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal.—1 vez.— ( IN2017153759 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000043-01

(Notificación acto final)

AMF-CE-2017-109

Contratación de arrendamiento de bodega

para el almacenamiento de materiales,

vehículos, activos en desuso y equipo

de la Municipalidad de Flores

A los interesados en el procedimiento de Contratación Directa 2017CD-000043-01, se les informa que la Alcaldía Municipal de Flores en fecha 18 de julio del 2017, mediante oficio AMF-CE-2017-108, adjudicó dicho procedimiento de la siguiente forma:

A la empresa Ferretería y Materiales de Construcción Ferremat S.A., con cédula jurídica N° 3-101-172560, por un periodo de 1 año, prorrogable por 3 años más, por un monto total de $19.200,00, a razón de $1.600,00 mensuales y con un plazo de entrega inmediato (1 día hábil), de conformidad con las condiciones técnicas del cartel y la oferta.

En el Proceso de Proveeduría de la Municipalidad se brindará toda la información adicional (Tel. 2265-7125, ext. 107, fax: 2265-5652).

Lic. Gerardo Rojas Barrantes, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017154032 ).

FE DE ERRATAS

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000008-DCADM

(Enmienda N° 1)

Contratación de empresa que brinde servicios de soporte

multicanal a los clientes del Banco Popular

por medio de un centro de contactos

(consumo según demanda)

Se les comunica a todos los interesados en este concurso que el documento que contiene la Enmienda N° 1 por atención de recurso de objeción al cartel, puede ser retirada en la División de Contratación Administrativa del Banco Popular, ubicado en el sexto piso de la sede central, en avenidas 2 y 4, calle 1, San José, en un horario de lunes a viernes de 8:15 a.m. a 4:00 p.m.

Demás condiciones y requisitos permanecen invariables.

Área de Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefe.—1 vez.—( IN2017154064 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000005-10

(Prórroga y modificación)

Contratación de abastecimiento continuo de gas licuado

de petróleo GLP (mezcla 70-30 propano-butano),

según demanda cuantía estimada para la

Unidad Regional de Cartago

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada Nº 2017LA-000005-10, las siguientes modificaciones al Cartel de Contratación:

A. Se amplía la fecha de apertura al día lunes 04 de agosto del 2017, misma hora y lugar.

B. El monto estimado por 4 años debe leerse correctamente: ¢40,000,000.00.

C. En las especificaciones técnicas se modifica el punto 14 donde se debe leer de la siguiente manera:

La empresa adjudicataria deberá contar con un equipo técnico consultor conformado por al menos: un ingeniero mecánico, electromecánico, químico o mantenimiento industrial, incorporado al colegio respectivo, con mínimo de dos años de experiencia certificada en sistemas de GLP, responsable de la instalación y mantenimiento de los tanques de almacenamiento y que declare bajo fe de juramento comprensión de los protocolos de seguridad establecidos en el decreto ejecutivo Nº 30131- MINAE-S, Reglamento para la Regulación del Sistema de Almacenamiento y Comercialización de Hidrocarburos y las Normas NFPA 54 y NFPA 58.

Las demás condiciones del cartel de contratación quedan invariables.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 90313.—( IN2017154003 ).

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000002-10

(Prórroga y modificación)

Contratación de servicios de seguridad y vigilancia física

y electrónica para las instalaciones del Centro Nacional

Especializado en Agricultura Orgánica y Centro

de Formación Profesional de Paraíso

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Pública 2017LN-000002-10, las siguientes modificaciones al Cartel de Contratación:

A. Se amplía la fecha de apertura al día lunes 07 de agosto del 2017, misma hora y lugar.

B. El plazo de adjudicación debe leerse correctamente como se detalla:

El INA se reserva un plazo de treinta (30) días hábiles para adjudicar o declarar infructuoso o desierto el concurso. De ser necesario se prorrogará el plazo de adjudicación de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente.

C. Se amplía puntos de las Especificaciones Técnicas como se detalla seguidamente:

Línea 1. Centro Nacional Especializado en Agricultura Orgánica.

1. Se incluye en el punto 8.2.3 “Especificaciones Técnicas de Cámaras” de las especificaciones técnicas los siguientes puntos, ya que no se mencionan los requerimientos técnicos de las cámaras para reconocimiento de placas y rostros a instalar en el Centro. Que se lea de la siguiente manera:

8.2.3.2 Cámaras Bullet IP captura de rostros.

-    Sistema tipo día/noche a color.

-    Mínimo de iluminación 0 Lux Ir Led On.

-    Con IR de mínimo 40 mts.

-    1/3 CMOS.

-    Con un mínimo de 3 MP (2048 X 1536).

-    Con lente varifocal de 2.8-12MM.

-    Video compresión MÍN H.264.

-    Debe incluir como mínimo AWB, AGC ajustable, WDR digital, DNR 3D.

-    Máscaras de privacidad.

-    Detección de movimiento, Multistreaming.

-    Soporte para SD Card hasta de 128 GB.

-    Conexión RJ45.

-    Alimentación POE.

-    Comunicación RS485.

-    Protocolo TCP/IP, ONVIF.

-    Audio en doble vía.

-    Entrada y salida de alarma.

-    Debe contar con protección para Interpreries IP66 y brazo anti cortes para evitar daños al cableado.

-    Debe contar con cuerpo metálico.

El oferente deberá aportar la ficha técnica de la cámara que cotice. La cámara que no cumpla con el mínimo establecido en las especificaciones anteriores no será considerada en el proceso de selección.

8.2.3.3 Cámaras Bullet IP captura de placas.

-    Sistema tipo día/noche a color.

-    Mínimo de Iluminación 0 Lux IR Led On.

-    Con IR de mínimo 50 mts.

-    1/2.8 cmos.

-    Con un mínimo de 3 MP (2048 x 1536).

-    Con lente varifocal de 2.8-12mm.

-    Video compresión Mín. H.264.

-    Debe incluir como mínimo AWB, AGC ajustable, WDR Digital, DNR 3D.

-    Máscaras de privacidad

-    Detección de movimiento, multistreaming.

-    Soporte para SD Card hasta de 128 GB.

-    Conexión RJ45.

-    Alimentación POE.

-    Comunicación RS485.

-    Protocolo TCP/IP, ONVIF.

-    Audio en doble vía.

-    Entrada y salida de alarma.

-    Debe contar con protección mínima para Interpreries IP66 y brazo anti cortes para evitar daños al cableado.

-    Debe contar con cuerpo metálico.

2. Se modifica el punto 8.2.8 “Especificaciones Técnicas de los Grabadores”, específicamente el párrafo que indica lo siguiente:

-    La cantidad de NVRS a instalar variara según el diseño de cada oferente, sin embargo al menos deben cumplir con los siguientes requisitos:

Estos deberán contar con grabación/captura de imágenes digital que permitirá la captura de imagen por movimiento, en tiempo real, para un reconocimiento total de las personas y vehículos que transiten, ingresen o egresen de las áreas descritas supra durante las 24 horas del día los 365 días del año. Deberá de almacenar la información al menos por 60 días y deberá permitir el monitoreo, acceso remoto vía internet, revisión, edición, configuración y captura de imágenes para generar videos e imágenes fijas en formato JPG, AVI o similares. para lo cual deberá de aportar los programas necesarios a las personas encargadas de cada área. Deberá contar con entradas de conexión directa y alimentación poe para cada canal, así como formato Onvif. Deberá contar con salidas de video en formatos VGA y HDMI, grabación en mínimo 1080 p, con opciones de grabación por horario, manual, movimiento o sensor, con capacidad de búsqueda por fecha, evento o archivo, con al menos una entrada de USB 2.0 para respaldos, con capacidad de dual Stream, con entradas y salidas de audio, con entradas y salida de alarma. deberán de contener al menos un puerto de comunicación RS-485. Todos deben de contar con un puerto RJ45 de mínimo 100 MBPS para transmisión de datos, así como la facilidad de instalarse en racks no mayores a 2u. cada uno de los NVR’S a instalar deben de almacenar en sitio al menos 60 días y deben de poder visualizarse desde la central de monitoreo, en la cual será almacenada la información en redundancia de mínimo 15 días previos.

-    El mismo, se leerá de la siguiente manera:

-    La cantidad de NVRS a instalar variara según el diseño de cada oferente, sin embargo al menos deben cumplir con los siguientes requisitos:

Estos deberán contar con grabación/ captura de imágenes digital que permitirá la captura de imagen por movimiento, en tiempo real, para un reconocimiento total de las personas y vehículos que transiten, ingresen o egresen de las áreas descritas supra durante las 24 horas del día los 365 días del año. Deberá de almacenar la información al menos por 30 días en tiempo real y deberá permitir el monitoreo, acceso remoto vía internet, revisión, edición, configuración y captura de imágenes para generar videos e imágenes fijas en formato JPG, AVI o similares. para lo cual deberá de aportar los programas necesarios a las personas encargadas de cada área. Deberá contar con entradas de conexión directa y alimentación POE para cada canal, así como formato Onvif. deberá contar con salidas de video en formatos VGA y HDMI, grabación en mínimo 1080 P, con opciones de grabación por horario, manual, movimiento o sensor, con capacidad de búsqueda por fecha, evento o archivo, con al menos una entrada de USB 2.0 para respaldos, con capacidad de dual Stream, con entradas y salidas de audio, con entradas y salida de alarma. Deberán de contener al menos un puerto de comunicación RS-485. todos deben de contar con un puerto rj45 de mínimo 100 MBPS para transmisión de datos.

3.  Se incluye en el punto 8.2.8 “Especificaciones Técnicas de los Grabadores” de las especificaciones técnicas los siguientes puntos, ya que no se menciona nada con respecto al software que controlará el sistema integral de CCTV que se instalará en el Centro.

-    Se debe de instalar un sistema analítico de video que será necesario para el manejo integral del sistema de CCTV así como la captura de rostros y placas en la institución con un almacenamiento mínimo de 30 días. El software debe contener al menos 2 licencias para servidores, y las licencias necesarias para la totalidad de las cámaras a instalar (16 unidades). Debe incluir mínimo 3 módulos para operador remoto y al menos 3 módulos para administración. debe permitir el acceso web de al menos 3 usuarios asignados por la institución. debe contar con las licencias para cada una de las cámaras designadas para la captura de placas, así como su respectivo acceso para cliente remoto. Además se debe contar con las licencias completas para todas las cámaras designadas para captura de rostros. adicionalmente se debe incluir la licencia de base de datos para como mínimo 500 placas y 500 reconocimientos de rostros faciales.

En la oficina de la persona encargada del centro nacional especializado en agricultura orgánica se deben instalar mínimo 2 (dos) servidor tipo Blade que soporten los algoritmos para los softwares de reconocimiento facial y reconocimiento de placas a 30 cuadros por segundo, con capacidad de almacenar 30 días previos de respaldo de todos los videos en caso de falla de algún grabador.

4.  Se modifica el punto 8.2.8 “Especificaciones Técnicas de los Grabadores”, específicamente el párrafo que indica lo siguiente:

-    Cada equipo debe de ser instalado en gabinetes de pared de 9U o similar y gabinetes de 25 U, según corresponda. Los mismos deben de ser sellados y deben de brindar la mayor protección posible a cada uno de los componentes ubicados en él.

-    El mismo, se leerá de la siguiente manera:

-    Los equipos de grabación deben ser instalados en gabinetes de pared de 9U con sus respectivas badejas, organizadores de cables, patch panel y conectores o similar y el equipo a instalar en la oficina de la persona encargada del centro nacional especializado en agricultura orgánica debe ser instalado en rack de 25U-19” o similar. los mismos deben de ser sellados y deben de brindar la mayor protección posible a cada uno de los componentes ubicados en él.

5. Se modifica el punto 8.2.8 “Especificaciones Técnicas de los Grabadores”, específicamente el párrafo que indica lo siguiente:

-    Adicionalmente se instalará un monitor (01) en el puesto de seguridad del ingreso principal de mínimo 42 pulgadas.

-    El mismo, se leerá de la siguiente manera:

-    Adicionalmente se instalará un monitor (01) en el puesto de seguridad del ingreso principal de mínimo 42 pulgadas. no lleva sistema de grabación, pero deberá tener visualización de las cámaras instaladas que indique la persona encargada del centro nacional especializado en agricultura orgánica. el contratista tiene que considerar todos los elementos y accesorios necesarios como CPU, UPS y otros para que las cámaras se puedan visualizar desde la caseta de seguridad del puesto de ingreso al centro. todos los costos correrán por cuenta del contratista.

6.  Se modifica el punto 8.2.8 “Especificaciones Técnicas de los Grabadores”, específicamente el párrafo que indica lo siguiente:

-    Los equipos a instalar, el cableado mínimo CAT6 (cubierto por ductos o tubería según corresponda) y accesorios requeridos en los sistemas solicitados en el puntos 8.y todos sus ítem, correrán por cuenta del contratista y deberá estar en funcionamiento óptimo a más tardar 20 días hábiles de haberse iniciado la prestación del servicio y mantenerse así durante toda la ejecución contractual.

-    El mismo, se leerá de la siguiente manera:

-    Los equipos a instalar, el cableado mínimo cat6 y accesorios requeridos en los sistemas solicitados en el punto 8 y todos sus ítems, correrán por cuenta del contratista y deberá estar en funcionamiento óptimo a más tardar 20 días hábiles de haberse iniciado la prestación del servicio y mantenerse así durante toda la ejecución contractual. para toda instalación de cableados, estos tendrán que estar cubiertos por canaletas y tubería en EMT cuando la misma quede expuesta y sea manipulable por terceras personas. se permitirá el uso de tubería en PVC solamente cuando la instalación no quede expuesta en las instalaciones.

Línea 2. Centro de Formación Profesional de Paraíso.

7. Se incluye en el punto 8. “Sistema Complementario de Alarmas” de las especificaciones técnicas los relacionado con los sensores perimetrales ya que no están incluidos y se requieren para seguridad de las instalaciones, considerando lo complicado de la zona que rodea el Centro. Que se lea de la siguiente manera:

8.1 Alarmas perimetrales para las instalaciones.

El contratista deberá de instalar un sistema de alarma perimetral alrededor de los edificios e instalaciones a considerar, el cual constará de dispositivos fotoeléctricos de mínimo dos haces para dar cobertura a cada uno de los siguientes puntos:

8.1.1 Se debe cubrir con una línea de sensores fotoeléctricos de mínimo dos haces el perímetro que comprende desde el portón de ingreso vehicular secundario al centro hasta la malla del sector este, con aproximadamente 70 metros lineales.

8.1.2 Se debe cubrir con una línea de sensores fotoeléctricos de mínimo dos haces el perímetro que comprende desde la malla del sector norte hasta la malla del sector sur, colindante con la malla del sector este con aproximadamente 40 metros lineales.

8.1.3 Se debe cubrir con una línea de sensores fotoeléctricos de mínimo dos haces el perímetro que comprende desde la malla del sector este hasta la esquina sureste de las instalaciones del centro, con aproximadamente 65 metros lineales.

8.1.4 Se debe cubrir con una línea de sensores fotoeléctricos de mínimo dos haces el perímetro que comprende desde el portón de ingreso vehicular secundario al centro hasta la malla del sector sur (a una distancia aproximada de 3 metros del edificio), con aproximadamente 40 metros lineales.

-    Dicho perímetro se debe instalar a dos metros de la malla y a 3 metros del costado este del edificio y los sensores se deben colocar con dos sensores por poste el primero a 40 centímetros altura y los segundos a 90 centímetros de altura.

-    Se aclara que se debe cubrir en su totalidad los perímetros mencionados. todos los sensores deberán ser conectados a un panel con su respectivo teclado, batería, sirena, transformador y fuente de poder, cada zona por separado y ubicado en el puesto de seguridad más cercano al área a cubrir.

-    Todos los cableados se deben hacer con tubería de conduit de 3/4 de pulgada UL tipo a con aditivo retardante de fuego y con todos los accesorios para su instalación.

-    La instalación de la tubería será subterránea (sin excepción) a una profundidad de mínima de 30 centímetros y deberá tener caja de registro fabricada en plástico cada 15 metros lineales de tubería subterránea.

-    Los sensores fotoelectricos seran montados en postes de hierro galvanizado de 2 pulgadas x 2 pulgadas y 1 metro de altura a partir del nivel de suelo con tapa sellante en la parte superior del mismo.

- Se deberán de cubrir todos los desniveles topográficos y los portones de ingresos y salidas cuando correspondan.

-    Toda tubería que no sea subterránea cuando se requiera deberá ser tipo EMT de 3/4 de pulgadas UL.

-    Todo el sistema tambien deberá de estar conectado a la central de monitoreo de la empresa contratista para que en caso de ser activada alguna zona, producto de un ingreso o egreso no autorizado por las mallas o perímetros, se active la alarma sonora (sirena) y alerte al personal de seguridad y el personal de seguridad en recorrido y/o puestos mas cercanos para detectar y frustrar las acciones no autorizadas. el sistema perimetral deberá estar monitoreado desde la central de operaciones de la empresa las 24 horas al día y durante todo el periodo contractual.

Las demás condiciones del Cartel de Contratación quedan invariables.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 90912.— ( IN2017154029 ).

REGLAMENTOS

SALUD

DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS

AVISOS

DAJ-CB-1148-2017.—Ministerio de Salud.—San José a los trece días del mes de julio de dos mil diecisiete. A solicitud de la Dirección de Garantía de Acceso a Servicios de Salud, somete a conocimiento de las instituciones y público en general la actualización de la siguiente norma:

    Norma para la Habilitación de Servicios de Farmacia.

Para lo cual se otorga un plazo de 10 días hábiles, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública, contados a partir del día siguiente de la publicación de este aviso, para presentar ante la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través del Sistema de Control Previo (SICOPRE), observaciones y comentarios con la respectiva justificación técnica, científica o legal.

La versión digital de este proyecto de normativa se encuentra en el Sistema de Control Previo, disponible en el sitio Web del Ministerio de Economía Industria y Comercio:

http://www.meic.go.cr/

Las observaciones y comentarios serán recibidos únicamente en el Sistema de Control Previo.

Lic. Ronald Chinchilla González, Director a. í. Jurídico.— 1 vez.—O. C. N° 3400031658.—Solicitud N° 90156.— ( IN2017153635 ).

DAJ-CB-1146-2017.—Dirección de Asuntos Jurídicos.—Ministerio de Salud.—San José, a los trece días del mes de julio de dos mil diecisiete. A solicitud de la Dirección de Garantía de Acceso a Servicios de Salud, somete a conocimiento de las instituciones y público en general la actualización de la siguiente norma:

Norma para la Habilitación de Consultorios de Atención Médica General o por Especialidades.

Para lo cual se otorga un plazo de 10 días hábiles, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la Administración Pública, contados a partir del día siguiente de la publicación de este aviso, para presentar ante la Dirección de Mejora Regulatoria del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través del Sistema de Control Previo (SICOPRE), observaciones y comentarios con la respectiva justificación técnica, científica o legal.

La versión digital de este proyecto de normativa se encuentra en el Sistema de Control Previo, disponible en el sitio Web del Ministerio de Economía Industria y Comercio: http://www.meic.go.cr/

Las observaciones y comentarios serán recibidos únicamente en el Sistema de Control Previo.

Lic. Ronald Chinchilla González, Director Jurídico a. í.—1 vez.— O. C. Nº 3400031658.—Solicitud Nº 90154.—( IN2017153583 ).

JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL

La junta directiva de la Junta de Protección Social dispone la aprobación del siguiente:

REGLAMENTO INTERNO PARA REGULAR LAS

ACTIVIDADES QUE EJECUTEN LOS FUNCIONARIOS

DE LA JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL EN LABORES

DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA E INSPECCIÓN DE VENDEDORES DE LOTERÍA

La junta directiva de la Junta de Protección Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 2° y 3° de la Ley N° 8718 y el artículo 103) inciso 1) de la Ley General de la Administración Pública inciso y

Considerando:

I.—Que el artículo 45 de la Convención Colectiva de Trabajo, suscrita el veintitrés de diciembre del dos mil dieciséis entre la Junta de Protección Social y la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados, establece:

Artículo 45:

La Junta reconocerá a los trabajadores (as) que ejecuten labores de Seguridad y Vigilancia e inspección de Vendedores de Lotería un porcentaje de un 18% del salario base como reconocimiento al riesgo inherente a su labor.

El reglamento que regula este porcentaje, será conocido y aprobado por la Junta Directiva de la J.P.S., previa consulta con el sindicato de la A.N.E.P., quién hará las aportaciones que considere pertinente.

No se reconocerá este porcentaje a los funcionarios que realicen labores administrativas por un lapso mayor a un mes o en caso de que el funcionario sea trasladado de manera temporal o permanente a un puesto que no comprenda las labores que justifican su pago.

II.—Que para dar cumplimiento a lo acordado en la Convención Colectiva se deben definir las reglas generales para optar por el reconocimiento de este plus salarial por parte de los funcionarios que realicen y ejecuten labores propias de seguridad y vigilancia e inspección de vendedores de lotería.

III.—Que la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados mediante oficio S.G. 13-17-2361-17 del 16 de junio del 2017, emite su criterio con respecto a esta propuesta de reglamento. Por tanto,

La junta directiva emite el:

REGLAMENTO INTERNO PARA REGULAR LAS

ACTIVIDADES QUE EJECUTEN LOS FUNCIONARIOS DE

LA JUNTA DE PROTECCIÓN SOCIAL EN LABORES

DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA E INSPECCIÓN

DE VENDEDORES DE LOTERÍA

Artículo 1º—Ámbito de aplicación: El presente reglamento será de aplicación obligatoria para el reconocimiento del plus salarial del 18% sobre el salario base por riesgo inherente a las labores propias de seguridad y vigilancia, así como por las labores de inspección de vendedores de lotería, estipulado en el artículo 45 de la Convención Colectiva de Trabajo, suscrita el veintitrés de diciembre del dos mil dieciséis entre la Junta de Protección Social y la Asociación Nacional de Empleados Públicos y Privados.

Artículo 2º—De las funciones de seguridad y vigilancia y de inspección de vendedores de lotería: Para todo efecto jurídico en la relación de servicio, se entiende que las funciones de seguridad y vigilancia y las funciones de inspección de vendedores de lotería son consustanciales al puesto de agente de seguridad y vigilancia y de inspector de loterías, por lo que la remuneración salarial que se erogue por dichos puestos, es por la ocupación del puesto y el consecuente desempeño de las funciones que el mismo conlleva. Por consiguiente, todo funcionario nombrado en tales puestos, indefectiblemente está obligado a desempeñar las funciones que el puesto conlleva.

Artículo 3º—Del riesgo inherente a sus labores. El plus salarial denominado “Riesgo inherente a sus labores” tiene la finalidad de compensar el riesgo inminente para la integridad física que implica el desempeño y ejecución de labores propias de seguridad y vigilancia, así como de labores de inspección de vendedores de lotería.

Este plus será reconocido única y exclusivamente a los funcionarios que realicen y ejecuten funciones de seguridad y vigilancia, así como labores de inspección de vendedores de lotería, en virtud del cumplimiento de las funciones propias de dichas unidades y en razón de la investidura, nombramiento, puesto y cargo que ostentan.

Artículo 4º—Del porcentaje de reconocimiento por riesgo inherente a sus labores. La Junta reconocerá a los funcionarios que realicen y ejecuten labores de seguridad y vigilancia, así como de inspección de vendedores de lotería, un plus salarial calculado en un 18% del salario base como reconocimiento al riesgo inherente a su labor.

Artículo 5º—Improcedencia del reconocimiento: La Junta no reconocerá dicho porcentaje a:

Ø  Al funcionario que realice labores administrativas por un lapso mayor a un mes.

Ø  Al funcionario que sea nombrado o trasladado de manera temporal o permanente a un puesto donde no realice y ejecute funciones de seguridad y vigilancia, así como labores de inspección de vendedores de lotería.

Artículo 6º—De la obligación de las jefaturas de informar la variación de circunstancias. Las jefaturas de las Unidades de Seguridad y Vigilancia y de Supervisión de Ventas tendrán la obligación de informar al Departamento Desarrollo del Talento Humano, sobre cualquier cambio de circunstancias que pueda llegar a significar la supresión del pago del riesgo policial a los funcionarios a su cargo.

La información deberá remitirse a más tardar en el mes siguiente de aquel en el que variaron las circunstancias, quedando cada jefe de unidad, supeditado a las sanciones disciplinarias que puedan corresponder en caso de que omita remitir la información oportunamente. Lo anterior sin perjuicio de otras responsabilidades que puedan atribuirse.

Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

El presente reglamento fue aprobado por junta directiva de la Junta de Protección Social, mediante acuerdo JD-607 correspondiente al artículo VII), inciso 1) de la sesión ordinaria 23-2017 realizada el día 26 de junio del 2017.

Acuerdo firme.

Julio Canales Guillén. Gerente General a. í.—1 vez.—O. C. Nº 21200.—Solicitud Nº 89858.—( IN2017153845 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE PALMARES

El Concejo Municipal de Palmares mediante acuerdo ACM-11-60-17, tomado en sesión ordinaria Nº 60 celebrada el 04 de julio del 2017, acuerda por unanimidad agregar un párrafo al artículo Nº 2 del Reglamento Interno de Sesiones del Concejo Municipal de Palmares, que dice: En caso de que el día de la sesión sea feriado o de asueto la sesión se traslada para el día hábil siguiente.

Palmares, 05 de julio del 2017.—Eithel Hidalgo Méndez, Secretaria del Concejo.—1 vez.—( IN2017153813 ).

MUNICIPALIDAD DE OROTINA

El Concejo Municipal de Orotina acuerda en la sesión ordinaria N° 991, celebrada el día 17-07-04-2017, Artículo 7-1 aprobar.

REFORMAS AL REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO

DE COBRO ADMINISTRATIVO EXTRAJUDICIAL

Y JUDICIAL DE LA MUNICIPALIDAD

DE OROTINA

Se reforman los artículos 16, 17 y 18 del Reglamento para el Procedimiento de Cobro Administrativo Extrajudicial y Judicial de la Municipalidad de Orotina, publicado en La Gaceta Nº 207 del 28 de octubre de 2011, para que, en adelante, se lean así:

Artículo 16.—Del agotamiento del cobro administrativo. La Unidad de Cobros notificará una vez al contribuyente que se encuentre moroso, otorgándole un plazo de diez días hábiles para que cancele la deuda con la Municipalidad. Vencido el plazo antes señalado, se dará por agotada la gestión administrativa de cobro y la cuenta pasará a cobro judicial.

Artículo 17.—Arreglos de pago. El arreglo de pago es el compromiso que adquiere la persona sujeta pasiva con la municipalidad, de pagar dentro del tiempo convenido por ambos, la obligación vencida adeudada a la municipalidad. El arreglo de pago podrá darse en cualquier etapa de cobro, sea administrativa o judicial.

Artículo 18.—Condiciones para otorgar arreglos de pago. El arreglo de pago se otorgará bajo las siguientes condiciones del sujeto pasivo:

a)  Debe demostrar que su situación económica le impide pagar de forma inmediata las obligaciones vencidas.

b)  El plazo para la cancelación total de la obligación vencida no podrá exceder de doce meses.

c)  Se deberá hacer un aporte inicial del 20% de la deuda total.

Rige a partir de su publicación en La Gaceta.

Kattia María Salas Castro, Secretaria del Concejo.— 1 vez.—( IN2017153846 ).

MUNICIPALIDAD DE LA UNION

PROYECTO DE REFORMA AL ARTÍCULO 14

DEL REGLAMENTO PARA EL PROCEDIMIENTO

DE COBRO ADMINISTRATIVO, JUDICIAL

Y EXTRA JUDICIAL

La Municipalidad de La Unión comunica que en la Sesión Ordinaria Nº 79 realizada el lunes 20 de abril del 2017, el Concejo Municipal de La Unión aprobó la publicación por segunda vez en el Diario Oficial La Gaceta la Reforma al artículo 14 del reglamento para el procedimiento de cobro administrativo, judicial y extra judicial, publicado por primera vez en La Gaceta Nº 57 del 21 de marzo del 2017. Por no haberse recibido objeciones ni observaciones dentro del plazo de Ley, se aprueba el texto tal y como fue publicado. Rige a partir de la presente publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

La Unión, 07 de julio de 2017.—Dr. Luis Carlos Villalobos Monestel, Alcalde.—1 vez.—( IN2017153746 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

UNIVERSIDAD DE COSTA RICA

VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ORI-1720-2017.—Quirós Arias Jairol, costarricense, número  de cédula 1-1098-0521, ha solicitado reposición del título de Maestría Profesional en Psicología del Trabajo y las Organizaciones. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los dieciocho días del mes de abril del año dos mil diecisiete.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—( IN2017152879 ).

ORI-3117-2017.—Caballero Quiñonez Gabriela Paola, R-234-2017, cédula 8-116-397, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciada en Contaduría Pública y Finanzas, Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio, 2017.—MBA. José Rivera Monge, Director.—1 vez.—O.C. N° 205141.—Solicitud N° 89906.—( IN2017153381 ).

ORI-2649-2017.—Gutiérrez Ramírez Hazel María, R-209-2017, cédula Nº 1-0966-0632, solicitó reconocimiento y equiparación del título Posgrado Clínico en Cuidados Paliativos Pediátricos, The University Of British Columbia, Canadá. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 09 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89214.—( IN2017152638 ).

ORI-2744-2017.—Kirk Bethany Jane, R-220-2017, residente temporal 184001508219, solicitó reconocimiento y equiparación del título Bachillerato Universitario en Español, California State University, Stanislaus, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 15 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 89215.—Solicitud N° 89215.—( IN2017152654 ).

ORI-3017-2017.—De Moor Joost Maarten, R-224-2017, pasaporte Nº 488809962, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Ciencias de la Tierra y Planetarias, The University Of New México, Estados Unidos de América. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 89217.—Solicitud Nº 89217.—( IN2017152657 ).

Ruphuy Chan Miguel, R-225-2017, cédula N° 1-1228-0235, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Filosofía en Ingeniería Eléctrica y Computacional, University of Waterloo, Canadá. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 28 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89218.—( IN2017152755 ).

ORI-3046-2017.—Moreira Muñoz María Carolina, R-226-2017, cédula Nº 1-1313-0811, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en Política Pública en Política y Gestión Ambiental, Universidad Yeungnam, Corea del Sur. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 30 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89219.—( IN2017152756 ).

ORI-3009-2017.—Ortíz Sandí José Alberto, R-227-2017, cédula 7-0066-0523, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Comunicaciones y Paz, Universidad para la Paz, Costa Rica. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 28 de junio del 2017.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89221.—( IN2017152817 ).

ORI-3028-2017.—Goncalves Da Silva Guilherme, R-229-2017, pasaporte Nº FP414396, solicitó reconocimiento y equiparación del título Farmacéutico, Universidad Católica de Brasília, Brasil. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89222.—( IN2017152962 ).

ORI-3014-2017.—Yajaira María Núñez Cortés, R-230-2017, cédula Nº 1-1311-0063, solicitó reconocimiento y equiparación del título Máster en Letras, State University of New York, University at Albany, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información de la solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de junio, 2017.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89224.—( IN2017152967 ).

ORI-3031-2017.—Araya Salas Marcelo, R-232-2017, cédula 1-1104-0947, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Filosofía, Biología, Universidad Estatal de Nuevo México, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 29 de junio del 2017.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89226.—( IN2017152975 ).

ORI-3045-2017.—Segura Quesada Tania, R-233-2017, cédula N° 1-1199-0126, solicitó reconocimiento y equiparación del título Maestría en Ciencias de la Nutrición, Universidade Federal de Viscosa, Brasil. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 30 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89227.—( IN2017152988 ).

ORI-3124-2017.—Venegas Fox Rubén Eduardo, R-236-2017, residente temporal 115200128227, solicitó reconocimiento y equiparación del título Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales, Universidad Diego Portales, Chile. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89911.—( IN2017153155 ).

ORI-3126-2017.—Solís Worsfold Ignacio, R-231-2017, cédula: 1-1485-0962, solicitó reconocimiento y equiparación del título Bachiller Universitario en Ciencias con Especialidad en Física, Lenoir-Rhyne University, Estados Unidos. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89902.—( IN2017153168 ).

ORI-3118-2017.—Jasser Melanie, R-237-2017, pasaporte: 34430030N, solicitó reconocimiento y equiparación del título Arquitecta, Universidad de Buenos Aires, Argentina. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—1 vez.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89912.—( IN2017153189 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ORI-3213-2017.—Lankester Campos Valerie Ann, R-247-2017-B, cédula: 1-1166-0838, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Maester de Ciencias en Economía Financiera, University of Essex, Inglaterra. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de julio del 2017.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89918.—( IN2017153209 ).

ORI-3212-2017.—Lankester Campos Valerie Ann, R-247-2017, cédula N° 1-1166-0838, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctor de Filosofía en Economía, University of Essex, Inglaterra. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89917.—( IN2017153223 ).

ORI-3114-2017.—Prince López José Antonio, R-238-2017, pasaporte: J297802, solicitó reconocimiento y equiparación del título Doctor en Medicina, Instituto Superior de Ciencias Médicas de la Habana, Cuba. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Rivera Monge, Director.—O. C: N° 205141.—Solicitud N°89913.—(IN2017153237 ).

ORI-3119-2017.—Tovar Garrido Josué, R-235-2017, cédula N° 1-1147-0557, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Mecánico, Universidad de Oriente, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89908.—( IN2017153246 ).

ORI-3184-2017.—Maynard Escobar Kenneth Antonio, R-241-2017, cédula N° 155813632208, solicitó reconocimiento y equiparación del título Cirujano Dentista, La Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, Nicaragua. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de julio de 2017.—Oficina de Registro e Información.—MBA. José Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89914.—( IN2017153253 ).

ORI-2704-2017.—Aguilera Pino Daniela Delvalle, R-213-2017, pasaporte: 138437370, solicitó reconocimiento y equiparación del título Odontóloga, Universidad Central de Venezuela, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 13 de junio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 88424.—( IN2017153305 ).

ORI-3214-2017.—Guerrero Abascal de Prado Carmen Lucía del Pilar, R-82-2005-B, pasaporte: 160549345, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Licenciada en Educación, Universidad del Valle de Guatemala, Guatemala. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89894.—( IN2017153351 ).

ORI-2965-2017.—Soley Soler Elías, costarricense, cédula Nº 1-0287-0858, ha solicitado reposición del título de Licenciado en Derecho. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los veintisiete días del mes de junio del dos mil diecisiete.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—( IN2017153376 ).

ORI-3089-2017.—Troconis Cárdenas Georgina, R-228-2017, pasaporte 070570968, solicitó reconocimiento y equiparación del título Ingeniero Civil, Universidad de Carabobo, Venezuela. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 04 de julio, 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89901.—( IN2017153380 ).

ORI-3216-2017.—Sánchez Fonseca Gerson David, R-244-2017, cédula Nº 1-1340-0232, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Licenciado en Relaciones Públicas, Universidad Rusa de la Amistad de los Pueblos, Rusia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 10 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. Nº 205141.—Solicitud Nº 89915.—( IN2017153388 ).

ORI-3179-2017.—Fernández Gutiérrez Juan Miguel, R-246-2017, cédula N° 3-0434-0115, solicitó reconocimiento y equiparación del Título Especialista en Periodoncia, La Pontificia Universidad Javeriana, Colombia. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, 07 de julio de 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José Antonio Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89916.—( IN2017153392 ).

ORI-3212-2017.—Lankester Campos Valerie Ann, R-247-2017, cédula: 1-1166-0838, solicitó reconocimiento y equiparación del título de Doctor de Filosofía en Economía, University of Essex, Inglaterra. La persona interesada en aportar información del solicitante, podrá hacerlo por escrito ante esta Oficina dentro de los 5 días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria, Rodrigo Facio, 10 de julio del 2017.—Oficina de Registro e Información.—M.B.A. José A. Rivera Monge, Director.—O. C. N° 205141.—Solicitud N° 89917.—( IN2017153395 ).

UNIVERSIDAD TÉCNICA NACIONAL

EDICTO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante la Universidad Técnica Nacional (UTN) se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Diplomado en Educación Superior Parauniversitaria del Colegio Universitario de Alajuela (CUNA), institución fusionada a la UTN, según la ley 8638 del 12 de mayo del 2008. El título a reponer corresponde a Anabelle Víquez Orozco, cédula N° 109450254 graduada de la Carrera “Diplomado en Educación Superior Parauniversitaria en Contabilidad y Finanzas” en el año 1999, a quien se le autoriza la reposición del título indicado por extravío del título original. Conforme la información que consta en los archivos de esta Institución, el título a reponer se encuentra inscrito en el Tomo CUNA 1, Folio 126, Asiento 306-99 y ante el Ministerio de Educación Pública se encuentra inscrito en el Tomo MEP-4, Folio 243, asiento 22.909. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, a los veintisiete días del mes de junio de 2017.—Lic. Marcelo Prieto Jiménez, Rector.—( IN2017152565 ).

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS

El Instituto Nacional de Estadística y Censos avisa que el índice de precios al consumidor (IPC) base junio 2015, correspondiente a junio de 2017 es de 100,880, el cual muestra una variación mensual de 0,08% y una variación acumulada del primero de julio de 2016 al treinta de junio de 2017 (doce meses) de 1,77%. Esta oficialización se hace con base en estudios realizados en el Instituto Nacional de Estadística y Censos.

San José, a los siete días de julio de dos mil diecisiete.—Elizabeth Solano Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. Nº 4577.—Solicitud Nº 89752.—(IN2017153275 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

AVISO

La Municipalidad del Cantón de Alajuelita comunica a los estimados vecinos y público en general, el acuerdo tomado en la Sesión 27 de 04 de julio donde se acuerda trasladar la sesión N° 30 del 25 de julio de 2017, al día jueves 27 de julio del presente año a las 19:00 horas.

San José, Alajuelita, 10 de julio  del 2017.—Emilia Martínez Mena, Secretaria Concejo Municipal Alajuelita.—Lic. Karen Redondo Bermúdez, Proveedora Municipal.—1 vez.—(IN2017153199 ).

MUNICIPALIDAD DE MORAVIA

El Concejo Municipal de Moravia, en Sesión ordinaria número 057 del 29 de mayo del 2017, acuerda aprobar la publicación de las Nuevas Matrices Informativas de los Mapas de Valores Unitarios de Terreno por Zonas Homogéneas para Terrenos de uso Agrícola del cantón de Moravia entregadas por el Órgano de Normalización Técnica del Ministerio de Hacienda en el año 2017. Este instrumento técnico sustentará los procesos de valoración inmobiliaria y las Declaraciones de Bienes Inmuebles de dichos predios agrícolas para establecer la base imponible y estimar sobre ella el cobro del respectivo impuesto de bienes inmuebles.

Lic. Roberto Zoch Gutiérrez, Alcalde de Moravia.—1 vez.—( IN2017153609 ).

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

Ajuste de tasas por servicios

En cumplimiento de lo que disponen los artículos 68 y 74, ambos del Código Municipal, Ley N° 7794, por acuerdos N° 8 de las 19:25 horas del 11 de julio del 2017, que consta en el artículo cuarto, capítulo 3º, del acta de la sesión ordinaria N° 63-2017, el Concejo de Curridabat acordó fijar las siguientes tasas por servicios municipales por metro lineal, las cuales entrarán a regir 30 días después de la presente publicación:

Aseo de vías por metro lineal por trimestre

Distrito

Tarifa propuesta

Centro

449,00

Granadilla

449,00

Sánchez

449,00

Tirrases

449,00

 

Recolección de desechos por metro lineal por trimestre

Distrito

Tarifa propuesta

Doméstica

986,00

Mixta

1.725,00

Comercial

2.465,00

 

 

Mantenimiento de parques y obras de ornato

por metro lineal por trimestre

 

Distrito

Tarifa propuesta

Centro

538,00

Granadilla

538,00

Sánchez

538,00

Tirrases

538,00

 

Alcantarillado pluvial por metro lineal por trimestre

Distrito

Tarifa propuesta

Metro lineal

482,00

 

Curridabat, 12 de julio del 2017.—Allan Sevilla Mora, Secretario.—1 vez.—( IN2017153755 ).

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POÁS

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA MPO-ALM-187-2017

Alcaldía Municipal.—Poás, al ser las 10:00 horas del 28 de junio del 2017.—De conformidad con lo establecido en los artículo 3 y 12 de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles N° 7509 y sus reformas, la sentencia 1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, Resolución de la Sala Constitucional N° 2011-003075 del 09 de marzo del 2011 y el artículo 2 de la Ley N° 9071, Ley Regulaciones Especiales sobre la Aplicación de la Ley N° 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, del 09 de mayo de 1995 y sus Reformas, para Terrenos de Uso Agropecuario, y en aras de dar cumplimiento a su competencia, la Alcaldía Municipal procede con la publicación de la Matriz de la Información de la Plataforma de Valores de Terrenos Agropecuarios del Cantón de Poás suministrado por el Órgano de Normalización Técnica, Dirección General de Tributación Directa, Ministerio de Hacienda, que se detalla a continuación:

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

Esta herramienta será utilizada para guiar, fiscalizar y dirigir los procesos de declaración, fiscalización y valoración de los Bienes Inmuebles de uso agropecuario del cantón de Poás, entrando a regir a partir de su fecha de publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

En Mapa de Valoraciones de Terrenos Agropecuarios que dieron origen a la matriz anterior se encuentra a disposición en la Municipalidad de Poás, en la Oficina de Valoraciones de Bienes Inmuebles.

Ing. José Joaquín Brenes Vega, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017153769 ).

CONCEJO MUNICIPAL DE DISTRITO DE CERVANTES

AVISO

El Concejo Municipal de Distrito de Cervantes, en sesión ordinaria N° 28 celebrada el 11 de julio 2017, acuerda, trasladar la fecha de las sesiones ordinarias, correspondientes a los días 25 de julio y 15 de agosto 2017, para los días, 26 de julio y 16 de agosto 2017, a las 5:30 p. m., por corresponder las fechas establecidas a días feriados. Acuerdo Definitivamente Aprobado. Publíquese en Diario Oficial La Gaceta.

Thais Araya Aguilar. Secretaria Municipal.—1 vez.—( IN2017153522 ).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Le informo que la Municipalidad de Heredia, en la sesión ordinaria del Concejo Municipal número cero noventa y seis-dos mil diecisiete, celebrada el día 26 de junio del 2017, artículo IV, aprobó en forma definitiva el proyecto de actualización de Tarifa de Servicios de Mantenimiento de Parques y Obras de Ornato, quedando la tarifa de la siguiente manera:

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

Servicio de mantenimiento de parques y obras de ornato

(Colones)

 

Lic. Enio Vargas Arrieta, Proveedor Municipal.—1 vez.— O. C. Nº 59479.—Solicitud Nº 89887.—( IN2017153792 ).

MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO

DE HEREDIA

La secretaria del Concejo Municipal de Santo Domingo de Heredia, comunica que mediante el acuerdo tomado bajo el artículo III, inciso 3.- de la sesión ordinaria 98-2017 de fecha 17 de julio de 2017. Se dispuso con base en lo establecido en el artículo 35 del Código Municipal, el traslado de la realización de la Sesión Ordinaria programada para el lunes 14 de agosto al miércoles 16 de agosto de 2017, a las 19:00 horas, en la Sala de Sesiones, ubicado en el edificio de esta Municipalidad. Publíquese en el Diario Oficial La Gaceta.—Gabriela Vargas Aguilar.—1 vez.—( IN2017153881 ).

MUNICIPALIDAD DE CARRILLO

EDICTO

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad Hermosa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-565886, representada por Janette Kay Macintyre, de nacionalidad estadounidense, quien es mayor, viuda una vez, comerciante, vecina de Playa Hermosa, Carrillo, Guanacaste, portadora de la cédula de residencia N° 184000558303, en su condición de secretaria con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la razón social antes indicada. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playa Hermosa, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste, mide dos mil metros cuadrados, que es terreno para darle un uso comercial, por ubicarse en la zonificación que indica el Plan Regulador Vigente para la Zona de Playa Hermosa, en su zona mixta (mix); los linderos del terreno son: Norte, zona restringida; sur, zona restringida; este, calle pública, oeste, zona pública. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y disposiciones del Minae. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de ésta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en ésta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 6 de julio del 2017.—Departamento Zona Marítimo Terrestre, Jorge Díaz Loría, Jefe.—1 vez.—( IN2017153509 ).

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que el señor Roy Courtney Bragg, cédula de residencia número 184000142019, soltero, empresario, vecino de Playas del Coco, Barrio San Martín 100 metros al este del bar Matapalo. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre número 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste. Mide: novecientos noventa y nueve metros cuadrados, que es terreno construido, para darle un uso de residencial de recreo, por ubicarse en la zona mixta que indica el Plan Regulador Vigente para la Zona de Playas del Coco; los linderos del terreno son: al norte, calle pública de catorce metros de ancho, sur, zona restringida; este, zona restringida; oeste, zona restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 29 de junio de 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.— 1 vez.—( IN2017153733 ).

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad Toro Blanco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-124484, representada por Federica Fiumana, de nacionalidad italiana, quien es mayor, soltera, empresaria, vecina de Playas del Coco, portadora de la cédula de residencia número 138000151010, en su condición de apoderada generalísima sin límite de suma de la razón social antes indicada. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre número 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste. Mide: trescientos diecisiete metros cuadrados, que es terreno para darle un uso de comercio turístico, por ubicarse en la zonificación que indica el Plan Regulador Vigente para la Zona de Playas del Coco, en su zona de núcleo para atracciones turísticas (TAN 3); los linderos del terreno son: Norte, calle pública; sur, calle pública; este, calle pública; oeste, zona restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 17 de julio de 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.— 1 vez.—( IN2017153761 ).

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad Triple Fin Beach Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-734697, representada por Vladimir Spivak, de nacionalidad canadiense, quien es mayor, soltero, comerciante, vecino de Playas del Coco, portador de la cédula de residencia número 112400181533, en su condición de Gerente 01 con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la razón social antes indicada. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre número 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo número 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste, mide un mil cuatrocientos treinta y siete metros cuadrados, que es terreno para darle un uso Residencial de Recreo, por ubicarse en la zonificación que indica el Plan Regulador Vigente para la Zona de Playas del Coco, en su Zona Mixta ( MIX ); los linderos del terreno son: norte, calle pública; sur, Patrimonio Natural del Estado (Manglar); este, zona restringida; oeste, zona restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 17 de julio del 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.— 1 vez.—( IN2017153762 ).

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que el señor Wilson Hite Bragg III, cédula de residencia Nº 184000892721, soltero, empresario, vecino de Playas del Coco, entrada a Monte Seco, 100 metros al oeste y 50 metros al sur. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste, mide setecientos setenta y tres metros cuadrados, que es terreno construido, para darle un uso de residencial de recreo, por ubicarse en la zona mixta que indica el Plan Regulador Vigente para la Zona de Playas del Coco; los linderos del terreno son: al norte, calle pública de catorce metros de ancho; sur: zona restringida; este, zona restringida y oeste, zona restringida. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 29 de junio de 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.— 1 vez.—( IN2017153768 ).

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad Berfepativa Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-077574, representada por su apoderado generalísimo el señor Bernardino Rojas Sánchez, quien es mayor, casado una vez, contador, vecino de Liberia, portador de la cédula de identidad número uno-cuatrocientos siete-mil ciento setenta y tres. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre Nº 6043 del 02 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo Nº 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en playa Hermosa, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste, mide doscientos treinta y cinco metros con un decímetro cuadrado, que es terreno para darle un uso Residencial de Recreo, por ubicarse en la Zona Mixta que indica el Plan Regulador Vigente para la Zona de Playa Hermosa; los linderos del terreno son: al norte, Zona Restringida; sur, Zona Restringida; este, calle pública; oeste: calle pública. Este terreno solicitado en concesión por la sociedad antes indicada, es para la ampliación del área de la concesión que se registra a su nombre en el Registro Público Nacional bajo la matrícula Nº 250-Z-000, con un área de un mil quinientos setenta y un metros con noventa y nueve decímetros cuadrados, concesión que finalizo el día seis de junio del dos mil dieciséis, presentando la solicitud de prórroga de concesión en tiempo. El total con la nueva área en ampliación a la concesión es de un mil ochocientos siete metros cuadrados, de acuerdo al nuevo levantamiento topográfico. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y disposiciones del MINAE. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de esta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en esta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 06 de julio del 2017.—Jorge Díaz Loría, Jefe.—1 vez.—( IN2017153771 ).

El Departamento de la Zona Marítimo Terrestre de la Municipalidad de Carrillo, comunica que la sociedad Clypsy Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-359355, representada por Elizabeth González Matarrita, quien es mayor, casada una vez, empresaria, vecina de Playas del Coco, Carrillo, Guanacaste, trescientos metros al este del Restaurante Claudio y Gloria, portadora de la cédula de identidad número tres-doscientos veinticuatro quinientos cuarenta y ocho, en su condición de presidente con facultades de apoderada generalísima sin límite de la razón social antes indicada. Con base en la Ley Sobre la Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 2 de marzo de 1977 y Decreto Ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en concesión un lote de terreno localizado en Playas del Coco, distrito Sardinal, cantón Carrillo, provincia de Guanacaste, mide doscientos metros cuadrados, que es terreno para darle un uso residencial de recreo, por ubicarse en la zonificación que indica el Plan Regulador vigente para la zona de playas del Coco, en su zona mixta (mix); los linderos del terreno son: Norte, zona restringida; sur, zona restringida; este, zona restringida, oeste, calle pública. Se advierte que la presente publicación no otorga derecho alguno y la misma se realiza sin perjuicio de que el área y uso quedan sujetas a las disposiciones del Plan Regulador Integral aprobado para la zona y disposiciones del Minae. Se conceden treinta días hábiles contados a partir de ésta publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en ésta Municipalidad en escrito y con los timbres de ley correspondientes, a dos tantos, además deberá identificarse debidamente el opositor.

Filadelfia, 27 de junio del 2017.—Departamento Zona Marítimo Terrestre.—Jorge Díaz Loría, Jefe.—1 vez.—( IN2017153920 ).

MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE

EDICTO

Franklin Alonso Carrillo Salazar, cédula número 5-0344-0686, solicitante de concesión de la parcela 13-B de playa San Miguel. Con base en la Ley de Zona Marítimo Terrestre N° 6043 del 02 de marzo de 1977 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Ejecutivo N° 7841-P de 16 de marzo de 1977; solicita en concesión un terreno localizado en Playa San Miguel, distrito sexto Bejuco, cantón noveno Nandayure, de la provincia de Guanacaste, parcela identificada con el número 13-B. Mide 1.174,00 metros cuadrados, para darle un Uso Residencial Turístico. Sus linderos son: Norte, calle pública; sur, zona restringida de la Zona Marítima Terretre; este, zona restringida de la Zona Marítima Terrestre (lote 13-A), oeste, calle pública. Se concede a los interesados un plazo máximo de treinta días hábiles contados a partir de ésta única publicación para oír oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Municipalidad ante la oficina del Alcalde Municipal. El opositor debe identificarse debidamente.

Carmona de Nandayure, Guanacaste.—Departamento de Zona Marítimo Terrestre.—Jokcuan Aju Altamirano, Encargado.— 1 vez.—( IN2017153764 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

GRANELES Y CONCENTRADOS DEL PACÍFICO S. A.

El suscrito presidente de la junta directiva de Graneles y Concentrados del Pacífico S. A., señor Luis Gonzaga Vásquez Sancho, de acuerdo al artículo N° 158 del Código de Comercio, convoca formalmente a la asamblea ordinaria-extraordinaria de socios a realizarse el día jueves 17 de agosto del 2017 en las instalaciones de GRACOPA S. A., ubicadas en San Joaquín de Barranca, Puntarenas, a las 10:00 de la mañana.

Orden del día:

10:00 a. m. Primera convocatoria, llamado a lista y verificación del quórum. En caso de no existir el quórum necesario se procederá a convocar en segunda convocatoria una hora después, procediéndose a celebrar la Asamblea con la totalidad de los socios presentes, por lo que los acuerdos se tomarán por votación de mayoría simple o cuando se de consenso por unanimidad.

10:15 a. m. Lectura, discusión y aprobación del orden del día.

10:30 a. m. Agenda de asuntos a tratar:

-    Presentación del estudio realizado para separar la Administración de GRACOPA de GRACO, a solicitud del Sr. Luis Vásquez Sancho y de la asamblea de socios del pasado mes de abril del 2017. Definir sí se separa la administración de GRACO o sí se continúa operando bajo la administración de GRACO.

-    Presentación del estudio financiero para evaluar la restructuración de las operaciones de crédito que se tienen con el Banco de Costa Rica y análisis de mantener las operaciones de crédito en dólares ó trasladarlas a colones.

-    Propuesta de trasladar las operaciones de crédito al Banco Nacional.

-    Presentación de los resultados de GRACOPA a Junio del 2017.

-    Definir sí se procede con la Construcción de la Bodega 6A y 6B.

-    Otros a tratar.

3:30 p. m. Ratificación de acuerdos.

19 de julio del 2017.—Luis Gonzaga Vásquez Sancho, Presidente.—1 vez.—( IN2017153808 ).

LA COMISIÓN NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS

La Comisión Nacional de Asuntos Indígenas, de conformidad con el artículo segundo, inciso c) de la Ley N° 5251, convoca a asamblea general ordinaria, a celebrarse el día 08 de setiembre del año dos mil diecisiete, a las 9:00 a.m.

Lugar:   Oficinas Centrales del Patronato Nacional de la Infancia (PANI). Ubicado: Barrio Lujan -San José, 300 metros sur de la esquina sureste de la Corte Suprema (Antigua Dos Pinos).

Agenda:

Comprobación de Quórum.

Saludo y bienvenida.

Presentación de informes de labores:

Presidente

Tesorero

Fiscal.

Elección de la junta directiva de la CONAI.

Asuntos varios

Cada Asociación de Desarrollo Integral Indígena, deberá nombrar a los delegados que los representará en la Asamblea General.

Nota: Los señores delegados designados por las Asociaciones de Desarrollo deberán presentar su acreditación ante el Departamento Legal de la Comisión Nacional de Asuntos Indígenas a más tardar el día 07 de setiembre del 2017. Original y una copia para su respectivo recibido del acuerdo de su nombramiento. Departamento que trasladara las acreditaciones a la Comisión Acreditadora el día de la Asamblea (08/09/2017), para su correspondiente aprobación.

Urbano Mendoza Palacio, Presidente Junta Directiva.— 1 vez.—( IN2017153837 ).

ASOCIACIÓN BANDA MUNICPAL DE GOICOECHEA

Se convoca a los asociados de la Asociación Banda Municipal de Goicoechea, a la asamblea a general extraordinaria de asociados, a celebrarse en las instalaciones de la Asociación en la Escuela Municipal de Música de Goicoechea, detrás de las piscinas Municipales, Guadalupe, Goicoechea, el sábado 26 de agosto del 2017, en la que se tocará como tema principal el nombramiento de junta directiva, además de otros de importancia, siendo la primera convocatoria el día en mención a las 9:00 a. m., sino existe quórum se celebrará la segunda convocatoria una hora después de la primera.—Goicoechea, 17 de julio del 2017.—Abraham Azofeifa Marín, Presidente.—1 vez.—( IN2017153986 ).

SPERATUM CR S.A.

Se convoca a asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de Speratum CR S.A., con cédula de personería jurídica número 3-101-679798, que será celebrada en la Ciudad de San José, Pavas, edificio Franklin Chang, oficinas de CENIBIOT (Centro de Innovaciones Biotecnológicas) a las 13:30 horas en primera convocatoria y a las 14:30 horas del 07 de agosto del año 2017 para tratar los siguientes asuntos: 1) Informe del Presidente de la Compañía y 2) Aprobación de planes de financiamiento de la Compañía.—San José, 20 de julio del 2017.—Christian Marín Müller, Presidente.—1 vez.—( IN2017154058 ).

FABRICACIÓN Y DISTRIBUCIÓN

DE PRODUCTOS LÁCTEOS LG S.A.

Fabricación y Distribución de Productos Lácteos LG S.A., cédula jurídica Nº 3-101-675807. Convocatoria a asamblea general extraordinaria de socios a celebrarse el 21 de agosto del 2017 al ser las quince horas en su domicilio social en San José, Curridabat, urbanización Hacienda Vieja, diagonal al Colegio. Puntos a tratar modificación cláusula cuarta y décimo cuarta del pacto constitutivo en relación con modificación en acuerdo de nombramientos de miembros de junta directiva, representación legal y apoderados generalísimos. La asamblea inicia a la hora indicada con mayoría simple, o en segunda convocatoria, una hora después, con los socios presentes.—San José, Curridabat, a los 20 días de julio de 2017.—Lic. Arturo Montero Flores, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017154059 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CLUB UNIÓN S. A.

José Francisco Aguilar Sánchez, cédula 2-142-938, en mi condición de Presidente del Club Unión S. A., cédula 3-101-001454, hago constar que la señora María Arnau Agustina, cédula 8-0001-0754 ha solicitado a la Junta Directiva del Club Unión S. A. la reposición de la acción común número 1499 serie A y acción privilegiada número 1599, serie A, por cuanto las mismas se extraviaron. Quien se considere afectado favor dirigirse a la Secretaría de la Junta Directiva, en el término de un mes contado a partir de la última publicación. Se ordena lo anterior según lo establece el artículo seiscientos ochenta y nueve del Código de Comercio.—San José, 07 de junio del 2017.—Ing. José, Francisco Aguilar Sánchez, Presidente.—( IN2017151840 ).

CREPES AND WAFLES FACTORY

Por este medio se comunica la venta del establecimiento mercantil, propiedad Óscar Saurez Sarnecka, cédula uno uno tres siete cuatro cero dos cuatro siete, conocido como Crepes And Wafles Factory ubicado ubicado en Container Platz, Santa Ana, ubicado exactamente del Restaurante Baccus, doscientos metros sur, al señor Ricardo Kupferschmidt, con pasaporte de su país C seis tres siete cuatro cinco cinco; y se cita a los acreedores e interesados, para que se presenten dentro del término de quince días naturales a partir de la primera publicación para hacer valer sus respectivos derechos.—San José, ocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Milena Valverde Mora, Notaria.—( IN2017151866 ).

GRUPO MUTUAL ALAJUELA - LA VIVIENDA

De conformidad con lo estipulado por los artículos 708 y 709 del Código de Comercio, el señor Ervin Álvarez Álvarez, cédula 202090989 ha presentado ante esta Entidad, solicitud de reposición de su Certificado CPH N° 100-301-803301267195 por ¢200,550,05 y con fecha de vencimiento del 06-08-2013.—Alajuela, 07 de julio del 2017.—Centro de Negocios Caja Central.—Josué Núñez Cartín, Gerente.—( IN2017151931 ).

UNIVERSIDAD SANTA LUCÍA

La Universidad Santa Lucía comunica la reposición del título de Bachillerato en Enfermería, que expidió esta universidad a Dayana Granados Gómez, cedula de identidad número 5-390-964; título que fue inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad tomo II, folio 391, número 19796; se comunica a quien desee manifestar su oposición a esta gestión, que deberá presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada 200 metros norte y 25 este de la Caja Costarricense del Seguro Social.—MSc. Ligia Meneses Sanabria, Rectora.—MSc. Alex Agüero Jiménez, Asistente de Rectoría.—( IN2017152027 ).

La Universidad Santa Lucía, comunica la reposición del título de Bachillerato en Administración de Negocios con énfasis en Contaduría, que expidió esta universidad a Carlina Guzmán Cortes, cedula de identidad N° 2-523-325; título que fue inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad tomo II, folio 424, número 20511; se comunica a quien desee manifestar su oposición a esta gestión, que deberá presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada 200 metros norte y 25 este de la Caja Costarricense de Seguro Social.—MSc. Ligia Meneses Sanabria, Rectora.—MSc. Alexis Agüero Jiménez, Asistente de Rectoría.—( IN2017152029 ).

La Universidad Santa Lucía comunica la reposición del título de Maestría en Administración de Servicios de Salud, que expidió esta Universidad a Lena Mariela Galagarza Matarrita, cédula de identidad Nº 5-314-049; título que fue inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad tomo II, folio 79, Nº 12773; se comunica a quien desee manifestar su oposición a esta gestión, que deberá presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía, ubicada 200 metros norte y 25 este de la CCSS en San José.—MSc. Ligia Meneses Sanabria, Rectora.—( IN2017152033 ).

La Universidad Santa Lucía, comunica la reposición del título de Licenciatura en Enfermería, que expidió esta universidad a Sandra María Saborío Valenciano, cedula de identidad número 1-1238-237; título que fue inscrito en el Registro de Títulos de la Universidad tomo I, folio 334, número 6999; se comunica a quien desee manifestar su oposición a esta gestión, que deberá presentarla por escrito en el plazo máximo de treinta días naturales siguientes a la última publicación de este edicto, ante la oficina de Registro de la Universidad Santa Lucía; ubicada 200 metros norte, y 25 este, de la CCSS en San José.—MSc. Ligia Meneses Sanabria, Rectora.—MSc. Alexis Agüero Jiménez, Asistente de Rectoría.—( IN2017152042 ).

SCOTIABANK DE COSTA RICA S. A.

Fabiola Sáenz Quesada, mayor, divorciada, número de cédula 1953774, en calidad de Apoderada Especial de Scotiabank de Costa Rica S. A., con domicilio en Costa Rica, San José, cantón Central, distrito Mata Redonda, Sabana Norte, Avenida de las Américas, edificio Scotiabank, comunica a los interesados la transferencia realizada por Autopistas del Sol S. A., a favor de Scotiabank de Costa Rica S. A., de los nombres comerciales: Autopistas del Sol número de registro 187783; Globalvia Ruta 27 número de registro 227676; Globalvia número de registro 227883 y Ruta 27 número de registro 227864. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este edicto.—Fabiola Sáenz Quesada, Apoderada Especial.—( IN2017152220 ).

INVERSIONES HOTELERAS PLAYA

POCHOTE S. A.

Inversiones Hoteleras Playa Pochote S. A., cédula jurídica número 3-101-648751 (en adelante “La Empresa”), hace del conocimiento público que, por motivo de extravío, el señor Ronald Zürcher Gurdián, mayor de edad, casado una vez, Arquitecto, con domicilio en San José, Santa Ana, portador de la cédula de identidad número 1-0532-0389, ha solicitado el día de hoy la reposición del certificado accionario N° 2 de La Empresa, el cual le fue emitido a su nombre en fecha 10 de febrero de 2013, el cual representa dos (2) acciones comunes y nominativas con un valor nominal de cien colones (CR¢100,00) cada una; lo anterior conforme a las diligencias societarias establecidas en el artículo 689 del Código de Comercio de Costa Rica. Se emplaza a cualquier interesado a manifestar su oposición en las oficinas de la empresa Caribe Hospitality, ubicadas en San José, Escazú, San Rafael, Avenida Escazú, edificio 102, torre 1, tercer piso, suite 306, con atención al Sr. Daniel Alfonso Campos Lara.—San José, 19 de mayo del 2017.—Edgar Zürcher Gurdián, Presidente.—( IN2017152271 ).

CALICOST S. A.

Victoria Sanz Pérez, cédula 3-0137-0136, mayor de edad, viuda, licenciada en educación, portadora de la cédula de identidad número tres-cero ciento treinta y siete-cero ciento treinta y seis, vecina de San José, solicita la reposición de su certificado de acciones número siete, serie D, de la sociedad Calicost S. A., con cédula jurídica N° 3-101-017160, el cual representa cinco acciones comunes y nominativas con un valor de mil colones cada una, debido a que este fue extraviado. Se emplaza a cualquier interesado para que dentro del plazo de 30 días que establece el artículo 689 del Código de Comercio, manifieste sus oposiciones. Estas podrán ser dirigidas a la siguiente dirección: San José, Mata Redonda, Edificio Sabana Business Center, piso 11, diagonal al Estadio Nacional, Bufete Facio y Cañas, atención a la licenciada Georgette Barguil Peña. Es todo.—San José, 11 de julio del 2017.—Victoria Sanz Pérez.—( IN2017152295 ).

UNIVERSIDAD CATÓLICA DE COSTA RICA

Ante el registro de la Universidad Católica de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de reposición del título de: Bachillerato en Psicología, emitido el 09 de diciembre de 2005, en la Sede San José, registrado en la Universidad bajo el Tomo 1, Folio 168, Número 3643 y registrado en el CONESUP en el Tomo 6, Folio 202 y Número 3573 a nombre de David Santiago Carmona Mena, con cédula de identidad número 1-1115-0922. Se solicita la reposición por haberse extraviado el original. Se extiende la presente, exclusivamente, para la publicación de los tres edictos en el Diario Oficial La Gaceta, a fin de oír oposiciones hasta por 15 días de la última publicación, a solicitud del interesado en la ciudad de Moravia, San José, a los once días del mes de julio del dos mil diecisiete.—Moravia, 11 de julio de 2017.—Departamento de Registro y Admisiones.—Licda. Magdalena Noguyera Navarrete, Directora.—( IN2017152442 ).

UNIVERSIDAD HISPANOAMERICANA

Ante la Dirección de Registro de la Universidad Hispanoamericana se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachillerato en Educación Preescolar Bilingüe, inscrito en el tomo tres, folio cuarenta, asiento cuatro mil seiscientos diez, del registro de emisión de títulos de esta Universidad, emitido el 24 de mayo de 2007, a nombre de Álvarez Pérez María Alejandra, cédula de identidad 1-1239-0532. Se solicita la reposición del título indicado por motivo de robo. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 06 de julio del 2017.—MSc. Melissa Montero Vargas, Directora de Registro.—( IN2017152555 ).

Ante la Dirección de Registro de la Universidad Hispanoamericana se ha presentado la solicitud de reposición del título de Licenciatura en Ciencias de la Educación con Enfasís en Administración Educativa, inscrito en el tomo tres, folio ciento ochenta y tres, asiento siete mil quinientos sesenta y nueve, del registro de emisión de títulos de esta Universidad, emitido el 29 de mayo de 2010, a nombre de Álvarez Pérez María Alejandra, cédula de identidad 1-1239-0532. Se solicita la reposición del título indicado por motivo de robo. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 06 de julio del 2017.—MSc. Melissa Montero Vargas, Directora.—( IN2017152558 ).

UNIVERSIDAD FLORENCIO DEL CASTILLO

Solicita reposición del título por extravío del original del estudiante Alvarado Salas Mairon, cédula de identidad número seis-doscientos sesenta-seiscientos cincuenta y seis, quien optó por el título de Maestría en Administración Educativa. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago al ser las dieciséis horas del trece de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Cristian Chinchilla Monge, Rector.—( IN2017152621 ).

Solicita reposición de los títulos por extravío de los originales de la estudiante Ubau Shion Gloria Mercedes, cédula de identidad número uno-mil doscientos setenta y seis-ciento cuarenta y tres, quien optó por los títulos de Bachillerato en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclo y Licenciatura en Ciencias de la Educación con Énfasis en I y II Ciclo. Se publica este edicto para escuchar oposiciones dentro del plazo de ocho días hábiles a partir de la tercera publicación.—Cartago al ser las ocho horas del cuatro de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Cristian Chinchilla Monge, Rector.—( IN2017152623 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

UNIVERSIDAD HISPANOAMERICANA

Ante la Dirección de Registro de la Universidad Hispanoamericana se ha presentado la solicitud de reposición del título de Licenciatura en Medicina y Cirugía, inscrito en el tomo cinco, folio dos, asiento once mil cuatrocientos treinta y seis, del registro de emisión de títulos de esta Universidad, emitido el 25 de mayo de 2013, a nombre de Sequeira Solís Luis Mauricio, cédula de identidad 5-0344-0551. Se solicita la reposición del título indicado por motivo de extravío. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 14 de julio del 2017.—MSc. Melissa Montero Vargas, Directora.—( IN2017153149 ).

NANA FALAFEL & JUICE BAR

Por suscripción de un Contrato Opción de Compraventa de Cuotas de Sociedad y de Establecimiento Comercial suscrito el día 5 de julio del 2017, entre Assaf Zvi Dekel portador de la cédula de residencia número 137600013816 y Marco M. Nahmias, portador del pasaporte estadounidense número 455067160, estas personas acordaron la venta del establecimiento mercantil denominado Nana Falafel & Juice Bar, propiedad de Nana Falafel & Juice Bar Limitada, sociedad con cédula jurídica número 3-102-722102, así como las cuotas de esta última sociedad, dedicado a Venta de Platillos Israelíes y ubicado en avenida 7, calle 62 A, Mata Redonda, San José. Todos los interesados y acreedores podrán presentarse en la oficina del suscrito Notario Público, sita en Artavia y Barrantes Abogados, ubicadas en San José, San José, Carmen, calle 31, avenidas 9 y 11, número 959, dentro de los quince días siguientes contados a partir de la primera publicación.—San José, 5 de julio del 2017.—Lic. Esteban Chaverri Jiménez, Notario.—( IN2017152398 ).

CONDOMINIO HORIZONTAL VERTICAL

RESIDENCIAL COMERCIAL VILA

DE SAN FRANCISCO I Y II ETAPA

Por este medio, se informa que fueron extraviados los libros de Actas de Asamblea de Condominios, de Actas de Junta Directiva y de Caja del Condominio Horizontal Vertical Residencial Comercial Vila de San Francisco I y II Etapa, cédula jurídica N° 3-109-704616, por lo que se solicita la reposición de los mismos. GDM Gerenciamientos SRL. Administrador de Condominio. Es copia fiel a la original. Es autentica Lic. María del Rocío Diaz Garita, Abogada y Notaria.—San José, 12 de julio de 2017.—Licda. María del Rocío Diaz Garita, Notaria.—( IN2017152545 ).

SALT WATER J S L SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Víctor Julio Loria Sáenz, cedula de identidad, cuatro-ciento cuarenta y uno-cuarenta y ocho, solicito la reposición de las acciones de la sociedad Salt Water J S L Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-trescientos doce mil trescientos sesenta y cinco, a mi nombre por haberse extraviado. Se publica este aviso para efectos del artículo 689 del Código de Comercio.—Vítor Julio Loria Sáenz.—( IN2017152999 ).

PANIFRESH COSTA RICA S.A.

En cumplimiento del artículo 698 del Código de Comercio, Panifresh Costa Rica Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres - ciento uno - seiscientos setenta mil novecientos quince, hace de conocimiento público que, por motivo de extravío, se procede a reponer los certificado de acciones Número uno y dos, cada uno representativo de cincuenta acciones comunes y nominativas y cuyos propietarios son: (i) Terry Investments S. A., una compañía debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de la República de Panamá, registrada en la ficha número tres uno uno uno tres siete, rollo cuatro ocho cinco tres uno, imagen dos; y, (ii) Pani-Interbakers S. A., una compañía debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de la República de Panamá, con la identificación jurídica número dos cero nueve cero siete uno dos – uno - siete cinco cinco cero siete cinco, respectivamente. Se emplaza a cualquier interesado para que, en el término de un mes a partir de la última publicación de este aviso, manifieste su oposición dirigida a Panifresh Costa Rica S. A., Santa Ana, Pozos, Centro Empresarial Forum Uno, oficina uno C uno, atención Lic. Daniel Araya González y Lic. Rodrigo Maffioli Márquez.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—(IN2017153162 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA

Ante la Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Licenciatura en Administración de Negocios, inscrito bajo el IX, Folio 20, Asiento 47683 a nombre de Édgar José Víquez Fennell, cédula de identidad número 602680254. Se solicita la reposición del título indicado anteriormente por extravío del original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Se extiende la presente a solicitud del interesado en el día y lugar de la fecha.—Departamento de Registro.—Neda Blanco López, Directora.—(IN2017153410 ).

BANCO PROMERICA DE COSTA RICA S.A.

Por este medio Banco Promerica de Costa Rica S.A., hace constar que Riscos del Cabo Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos treinta y siete mil trescientos cuarenta y seis, es la única propietaria del siguiente documento: Cheque número uno tres cinco seis dos, confeccionado por Banco Promerica de Costa Rica, S.A., el cual fue extraviado, por lo que para efectos de cobro no tienen ninguna validez, y por lo que se solicita su reposición.—San José, catorce de julio del dos mil diecisiete.—Luis Carlos Rodríguez Acuña, Subgerente de Finanzas y Operaciones.—( IN2017153517 ).

FARMACIA CAMACHO #1 y FARMACIA CAMACHO #2

Conforme a las disposiciones del Código de Comercio por venta de establecimiento mercantil, se cita a acreedores e interesados a fin de hacer valer sus derechos en la venta de Farmacia Camacho #1 y Farmacia Camacho #2, sita en provincia de San José, Pérez Zeledón, específicamente en Villa Ligia y Palmares respectivamente, a la empresa Danisa Willan S. A., y compañías relacionadas, todo dentro de un plazo de quince días hábiles. Los interesados podrán comunicarse y presentar toda documentación en el Bufete Calvo Elizondo, sita en San José, Escazú, San Rafael, del Supermercado Saretto; doscientos metros al norte, cien oeste y cien norte, frente al antiguo comité olímpico o bien al fax: 2588-0855.—San José, 18 de julio del 2017—Lic. Alan Elizondo Medina.—( IN2017153554 ).

AUTOBUSES CHILSACA S. A.

Ante mi notaría, a las ocho horas del 27 de junio del 2017, se protocoliza acta de asamblea general de la sociedad: Autobuses Chilsaca S. A., se reduce el capital social a la suma de 62700000 millones de colones, se reforma la administración y se nombran secretario, tesorera y agente residente.—Licda. Cris Vanessa Brenes Villalta, Notaria.—( IN2017153606 ).

MEJÍA Y AMORES S. A.

Mejía y Amores S. A., cédula jurídica número 3-101- 156644 hace del conocimiento público que por motivo de extravío, se repondrán la totalidad de las acciones de esta sociedad, las cuales son siete acciones de mil colones cada una, para un total de siete mil colones de capital social. Las mismas se distribuyen de la siguiente forma: tres acciones de a Ana Laura Mejía Amores y cuatro acciones a Saúl Mejía Pineda. Se emplaza a cualquier interesado a manifestar su oposición ante el Bufete Arguedas Delgado, ubicado en San Ramón de Alajuela, ciento setenta y cinco metros al norte de la Cañera.—San Ramón, 19 de julio de 2017.—Lic. Iván Andrés Salas Arguedas, Abogado.—( IN2017153753 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

PRODUCTOS AGRÍCOLAS DEL CAMPO L M S.A.

Yo, Adrián Bonilla Juncos, mayor de edad, divorciado, empresario, portador de la cédula de identidad número uno- seiscientos cuarenta-cuatrocientos cincuenta y tres, vecino de San José, Guachipelín de Escazú, Condominio Bosque de Las Lomas, en mi condición de vicepresidente ejecutivo y representante legal de la compañía Productos Agrícolas del Campo L M S.A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y un mil seiscientos cinco, con domicilio social en Alajuela, San Carlos, Santa María de Pocosol, quinientos metros al oeste de la Escuela, solicito al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional la reposición del libro número dos de Asamblea de Socios de dicha compañía, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación del presente aviso a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional. Lo anterior de conformidad con lo establecido en el procedimiento de reposición de libros sociales por extravío, pérdida, daño o sustracción, estipulado en el artículo catorce del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de libros de Sociedades Mercantiles.—San José, 27 de junio del 2017.—Adrián Bonilla Juncos, Vicepresidente Ejecutivo y Representante Legal.—1 vez.—( IN2017153219 ).

ASOCIACIÓN DE VECINOS

DEL RESIDENCIAL LOS ARCOS

REPOSICIÓN LIBROS EXTRAVIADOS

Yo, Jordi Martí Morales, cédula de identidad número: uno-uno cero ocho nueve-cero cuatro nueve ocho, en mi condición de presidente y representante legal de la Asociación de Vecinos del Residencial Los Arcos, cédula jurídica número tres-cero cero dos-sesenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cinco, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros: Registro de Asociados, Diario, Mayor, Inventarios y Balances, el número uno, los cuales fueron extraviados. Se emplaza ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San Antonio de Belén, 30 de junio del 2017.—Jordi Martí Morales, Presidente.—1 vez.—( IN2017153257 ).

DESARROLLOS ESTRATÉGICOS

EMPRESARIALES I C R SOCIEDAD ANÓNIMA

Desarrollos Estratégicos Empresariales I C R Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y un mil ochocientos noventa, hace constar la solicitud de reposición por pérdida o extravío de los libros legales de Actas de Registro de Socios, Actas de Asamblea General de Accionistas y Actas de Junta Directiva.—Licda. Andrea Mata D´Avanzo.—1 vez.—(IN2017153375 ).

MOAR COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA

SOCIEDAD ANÓNIMA

Yo, Arlette Marie Chaves Leer, cédula de identidad número uno-novecientos treinta y seis-cero doscientos ochenta y cuatro, en mi calidad de presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Moar Comunicación Estratégica Sociedad Anónima, cedula jurídica: 3-101-552910, hago constar que procedo a realizar trámite de legalización de Libros ante el Registro Nacional, Registro de Personas Jurídicas, para la debida reposición de los libros de Asamblea General de Socios, Registro de Accionistas y Junta Directiva, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el registro citado.—San José, 17 de julio de 2017.—Arlette Marie Chaves Leer, Presidenta.—1 vez.—( IN2017153382 ).

JOVIAMPA SOCIEDAD ANÓNIMA

Joviampa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero seis cuatro seis uno nueve, solicita ante el Registro Público la reposición del libro de Asamblea de Socios, número uno. Quien se considera afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Público Sección Mercantil, en el término de ocho días hábiles a partir de la presente publicación.—Heredia, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—María Alejandra Arias Madrigal.—1 vez.—( IN2017153408 ).

INVERSIONES FAMARCE S.A.

Inversiones Famarce Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y tres mil trescientos tres, hace constar la solicitud de reposición por pérdida o extravío de los libros legales de Actas de Registro de Socios, Actas de Asamblea General de Accionistas y Actas de Junta Directiva. Publíquese una vez.—Licda. Andrea Mata D´Avanzo, Notaria.—1 vez.—( IN2017153417 ).

JARDINES DE LA REINA SOCIEDAD ANÓNIMA

Por este medio y de conformidad con el artículo 14 del Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles, se informa del extravío y perdida de los Libros Legales y Contables de la sociedad Jardines de la Reina Sociedad Anónima, cedula de persona jurídica número 3-101-406171. Publíquese una vez para efectos de reposición de los libros por extravío.—San José, 13 de julio del 2017.—Sr. Fabián Augusto Castillo Angulo, Vicepresidente.—1 vez.—( IN2017153418 ).

CORPORACIÓN HERMANOS SÁNCHEZ

Y ASOCIADOS COHERSA S. A.

Corporación Hermanos Sánchez y Asociados Cohersa S. A., cédula jurídica 3-101-24970, solicitan la reposición de los Libros de Accionistas y de Asambleas, por extravío. Presidente: Álvaro Martín Sánchez Vega.—Álvaro Martín Sánchez Vega.—1 vez.—( IN2017153486 ).

CORPORACIÓN CLUB DE YATES MURPHY S. A.

Ante mí, en escritura 16-2, la sociedad Corporación Club de Yates Murphy S. A., cédula jurídica Nº 3-101-113449, ha solicitado al Registro Nacional la reposición del libro de Registro de Accionistas tomo uno por extravío.—San José, trece de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Laureano Castro Sancho, Notario Público.—1 vez.—( IN2017153533 ).

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

Morosidad Mayo 2017

A las siguientes personas se les comunica que una vez realizada la gestión administrativa de cobro, con corte al 31 de Mayo 2017, tal como lo establece la política POL-PRO-COB01 Gestión de Cobros, y según nuestros registros al 06 de Julio 2017, aún se encuentran morosos. Transcurridos diez días hábiles contados a partir de la fecha en que sus nombres aparezcan en esta publicación, de no cancelar la suma adeudada o firmar un arreglo de pago, se iniciará el proceso administrativo, al mismo tiempo se les recuerda que este trámite tiene como consecuencia la inhabilitación para el ejercicio legal de la profesión. Si al momento de la publicación ya realizó el pago respectivo, favor hacer caso omiso a la misma.

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta.—1 vez.—( IN2017153541 ).

De conformidad con lo que establece el artículo 479 del Código de Comercio, mediante documento privado de cesión de nombre comercial, la sociedad CC Mal País Limitada, cédula jurídica 3-102-537340, ha cedido a favor de CC Management Corp Limitada, cédula jurídica número 3-102-554662, el establecimiento comercial Hotel Casa Chameleon, registro número 195539.—San José, 13 de julio de 2017.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1 vez.—( IN2017153564 ).

EL GARABATO ESCONDIDO P.A. S. A.

Por escritura otorgada ante mí, a las ocho horas del diecisiete de julio de dos mil diecisiete, se solicitó asignación de número de legalización por extravío del tomo primero del libro de Actas de Asamblea de Socios de la sociedad denominada El Garabato Escondido P.A. S. A.—Liberia, diecisiete de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Eugenia Abellán Morera, Notaria.—1 vez.—( IN2017153567 ).

LOMAS DE SANTA LUCIA LIMITADA

Lomas de Santa Lucía Limitada, cédula jurídica N° 3-102-044502, por motivo que se extraviaron los libros legales de Actas Asamblea General y Actas Registro de Cuotistas de esta compañía, solicita la legalización de los mismos ante el Registro Público. Agnes Victoria Quirós Hernández, Gerente, Carolina Quirós Hernández y Andrea del Rosario Quirós Hernández, Subgerentes.—San José, 17 de julio del 2017.—Irene María Lobo Hernández.—1 vez.—( IN2017153571 ).

INVERSIONES JU.SA & DI. GA SOCIEDAD ANÓNIMA

Inversiones JU.SA & DI. GA Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-414358, domiciliada en Guanacaste, Liberia Barrio La Victoria, contiguo a Hogares Crea solicita la reposición de los siguientes libros: Actas de Asamblea de Socios, Actas de Junta Directiva, Registro de Accionistas. Quien se considere afectado dirigir las oposiciones a la Sección Legalización de Libros en el término de ocho días hábiles contados a partir de la última publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Liberia, 14 de julio de 2017.—Licda. Alejandra Jaén Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017153604 ).

ASOCIACIÓN DEPORTIVA GUATUSO FUTSAL

Yo, Víctor Chavarría Chaves, mayor, viudo una vez, vecino de Alajuela, Guatuso, portador de la cédula de identidad número: seis-uno cero cero-cinco siete tres, presidente y representante legal de la Asociación Deportiva Guatuso Futsal, inscrita y vigente en el Registro de Asociaciones, con cédula jurídica número: tres-cero cero dos-cuatro ocho dos siete tres uno, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas, la reposición de los libros de: número dos de Asamblea General, dos de Junta Directiva, dos de Registro de Asociados, dos de Diario, dos de Mayor, y dos de Inventarios y balances, ya que se extraviaron los número uno. Se emplaza por 8 días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones. Es todo.—Víctor Chavarría Chaves, Presidente.—1 vez.—( IN2017153639 ).

LAMIALI G V SOCIEDAD ANÓNIMA

Por haberse extraviado libros de la sociedad Lamiali G V Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica Nº 3-101-324787, con domicilio social doscientos metros este de escuela La Sabana, centro San Ramón, Alajuela, avisa a interesados y terceros que ha realizado diligencias de reposición de los tres libros de actas número uno de la sociedad, a saber, a) Actas de Asambleas de Socios, b) Junta Directiva y c) Registro de Socios.—San Ramón de Alajuela, 11 de julio del 2017.—Luis Ángel Granados Guevara, Presidente.—1 vez.—( IN2017153670 ).

INVERSIONES SIXAOLA SOCIEDAD ANÓNIMA

Rodrigo Alberto Carazo Zeledón, cédula número 1-363-910, liquidador de Inversiones Sixaola Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-034435, comunico que el patrimonio de Inversiones Sixaola, sociedad sin pasivo alguno, es:

1.  Finca del partido de San José, inscrita bajo el folio real 001659-F-000, la cual es despacho para oficinas ubicado en el quinto piso del Centro Colón.

2.  Los derechos de Inversiones Sixaola S.A. como actor en el proceso monitorio arrendaticio por falta de pago que se ventila ante el Juzgado Segundo Civil y de Menor Cuantía del Primer Circuito Judicial de San José, expediente N° 15-026444-1012-CJ, contra Balsatica Sociedad Anónima, actual inquilina del inmueble supra mencionado, el cual se estima en $19.000.00 USD.

3.  La totalidad del haber social se asignará al socio único de la empresa quien ha presentado los atestados correspondientes.

4.  De conformidad con el artículo 216 y conexos del Código de Comercio hago esta publicación en el diario oficial La Gaceta manifestando que los papeles y los libros de la sociedad quedarán a disposición de cualquier persona que se considere accionista de la empresa en mi oficina en San Rafael de Escazú, de la entrada principal del Country Club, 50 metros al norte y 75 metros al este, de 8 de la mañana a 4 de la tarde, de lunes a viernes; y que cualquier eventual accionista gozará de 15 días naturales a partir de esta publicación para presentar sus reclamaciones en la misma oficina y horarios indicados.

Rodrigo Alberto Carazo Zeledón, Liquidador.—1 vez.—( IN2017153695 ).

YAI ELECTRÓNICA LIMITADA

La señora Yolanda Ureña Gutiérrez, quien es mayor, viuda, de oficios del hogar, vecina de Mercedes Norte, Heredia, trescientos metros al norte del Restaurante La Carretica, Apartamento número dos, con cédula de identidad número: Uno-cero trescientos setenta y dos-cero doscientos dos, en calidad de subgerente y en ausencia del gerente y con facultades de apoderada generalísima sin límites de suma de la sociedad Yai Electrónica Limitada, hace constar que se ha solicitado la reposición de los libros de Registro de Accionistas y libro de Asamblea de Coutistas de la sociedad Yai Electrónica Limitada, cedula jurídica tres-ciento dos-cincuenta y cinco mil novecientos sesenta y seis, hacemos comunicado por única vez de la reposición de los mismo efectos que corresponda.—Lic. José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017153818 ).

MUNDIRAMA SOCIEDAD ANÓNIMA

Por escritura número ciento sesenta, autorizada en esta notaría, a las diez horas del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, se solicita número de legalización de libros para su reposición, de la compañía Mundirama Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-sesenta y cuatro mil sesenta y dos, debido al extravío del tomo uno del Libro de Registro de Socios y del tomo uno del Libro de Actas de Junta Directiva. Es todo.—San José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Ignacio Monge Dobles, Notario.—1 vez.—( IN2017153938 ).

JAFEDA S. A.

Por escritura otorgada en San José, de las once horas del diecinueve de junio del dos mil diecisiete, se solicita la reposición por extravío del tomo uno de los libros de actas de junta directiva y registro de socios de la sociedad Jafeda S. A., se oirán oposiciones en el Registro Público.—Félix Eduardo Lafuente Marín, Presidente.—1 vez.—( IN2017153965 ).

CONSORCIO GONSAN S. A.

Yo, Octaviano González Vega, cédula Nº 9-019-390, presidente y representante legal de Consorcio Gonsan S. A., cédula jurídica Nº 3-101-234772, solicito al Departamento de Mercantil del Registro de Personas Jurídicas la reposición de los libros número uno, de Actas de Registro de Accionistas y de Asamblea General de Socios, los cuales se extraviaron. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el registro mercantil.—13 de julio del 2017.—Octaviano González Vega, Presidente y Representante Legal.—1 vez.—( IN2017153967 ).

RANCHO ARENAL S. A.

Ante esta notaría, mediante escritura setenta-dos otorgada a las catorce horas del tres de julio de dos mil diecisiete, la sociedad Rancho Arenal Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-tres seis cinco uno seis uno solicita ante el Registro Nacional la asignación de asiento de legalización de los libros para la reposición del libro de Registro de Socios, por haberse extraviado el anterior.—Jonathan Jesús Solís Solís.—1 vez.—( IN2017153982 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por escritura otorgada ante el suscrito notario, a las diez horas de hoy se protocoliza acta de asamblea especial de accionistas de Holcom Industrial Sociedad Anónima, mediante la cual se disminuye el capital social reformándose la cláusula quinta de los estatutos sociales.—San José, 10 de julio del 2017.—Lic. Arnoldo López Echandi, Notario.—( IN2017151791 ).

Por escritura número 01-8, otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 10 de julio del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de cuotistas de Corporación de Supermercados Unidos S.R.L., mediante la cual se acordó la disminución del capital social, reformándose la cláusula quinta del pacto social.—San José, 11 de julio de 2017.—Lic. Juan Manuel Cordero Esquivel, Notario.—( IN2017151928 ).

Fabiola Sáenz Quesada, mayor, divorciada, cédula de identidad Nº 1953774, en calidad de apoderada especial de Inversiones Modelo S.A., con domicilio en Costa Rica, San José, carretera a San Francisco de Dos Ríos, frente a la fábrica Nugget, comunica a los interesados la transferencia realizada por Inversiones Modelo S.A. a favor de Ciento Setenta y Tres Cetres S.A., de los nombres comerciales: Edén número de registro 253775 y Motel Edén número de registro 41261. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este edicto.—Licda. Fabiola Sáenz Quesada, Notaria.—( IN2017152215 ).

Fabiola Sáenz Quesada, mayor, divorciada, cédula de identidad Nº 1953774, en calidad de apoderada especial de Inversiones Modelo S.A., con domicilio en Costa Rica, San José, carretera a San Francisco de Dos Ríos, frente a la Fábrica Nugget, comunica a los interesados la transferencia realizada por Inversiones Modelo S.A. a favor de Huracanes de Mayabeque S.A., de los nombres comerciales: Motel Paraíso número de registro 32466; Motel Paraíso número de registro 177641; Paraíso número de registro 253776. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este edicto.—Licda. Fabiola Sáenz Quesada, Abogada.—( IN2017152216 ).

Fabiola Sáenz Quesada, mayor, divorciada, cédula de identidad N° 1953774, en calidad de apoderada especial de Chavar S.A. con domicilio en Costa Rica, San José, San Francisco de Dos Ríos, contiguo al Motel El Paraíso, comunica a los interesados la transferencia realizada por Chavar S.A. a favor de Hotel Los Mochileros S.A., de los Nombres Comerciales: Motel Camino Nuevo número de registro 44014 y Motel Camino Nuevo número de registro 181239. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este edicto.—Licda. Fabiola Sáenz Quesada, Notaria.—( IN2017152217 ).

Compraventa de establecimiento mercantil-Las suscritas, Vivian Gazel Cortés y Ana Carolina Sáenz Gammans, hacemos constar que mediante la escritura pública número ochenta, visible al folio setenta vuelto, del tomo segundo de la notaria pública Vivian Gazel Cortés otorgada en San José, a las diecisiete horas del trece de julio del dos mil diecisiete se suscribió contrato de compra venta de establecimiento mercantil mediante el cual Cryovac Sealed Air de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, una sociedad constituida, organizada y existente bajo las leyes de la República de Costa Rica, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos noventa mil ciento sesenta y ocho, le vendió a BCPE Diamond Costa Rica S.R.L., una sociedad constituida, organizada y existente bajo las leyes de la República de Costa Rica, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-quinientos noventa mil ciento sesenta y ocho, el establecimiento mercantil conocido como Diversey en sus dos líneas de servicios Diversey Care e Hygiene Solutions; de conformidad con los artículos 479 siguientes y concordantes del Código de Comercio, se cita a los acreedores e interesados, para que se presenten con documento idóneo, dentro del término de 15 días a partir de la primera publicación del presente edicto, a hacer valer sus derechos, en las oficinas del depositario nombrado y aceptado para el cargo, Stratos Fiduciaria Limitada, situadas en San José, Santa Ana, plaza Murano, piso uno, oficina 14.—San José, 13 julio del 2017.—Licdas. Vivian Gazel Cortés y Ana Carolina Sáenz Gammans, Notarias.—( IN2017152736 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura pública número 108-11 de 12:15 horas del 19 de julio del 2017, otorgada ante el notario Hernán Cordero Baltodano, se formalizó el contrato de compraventa del establecimiento comercial Coconutz Bar And Restaurant, conocido también como -Going Coco Nutz-, localizado en Playas del Coco, Sardinal, frente a Hotel Coco Beach. De conformidad con lo establecido en el artículo 479, se convoca a acreedores e interesados para que dentro del plazo de 15 días a partir de esta publicación se apersonen a las oficinas de STCR Costa Rica Trust and Escrow Company Limited S. A., localizada en San José, Escazú, edificio Banco General, tercer piso, Trejos Montealegre, a hacer valer sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 483 del mismo Código.—19 de julio de 2017.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—( IN2017153902 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las 8:30 horas del 27 de junio del 2017, protocolicé actas de asamblea extraordinaria de accionistas de las sociedades: Vista Jacó Tres Mil Setecientos Cuatro S. A., cédula 3-101-675262, Vista Jacó Cuarenta y Un Mil Uno S. A., cédula 3-101-634713, Vista Jacó Seis Mil Cuatrocientos Dos S. A., cédula 3-101-686753, Vista Jacó Cinco Mil Doscientos Uno S. A., cédula 3-101-675272, Vista Jacó Seis Mil Cuatrocientos Tres S. A., cédula 3-101-668060 y Vista Jacó Seis Mil Quinientos Tres S. A., 3-101-662334, mediante las cuales se acuerda la disminución de capital social y reforma de la cláusula quinta de sus estatutos, y en cada una de las sociedades.—Heredia, 28 de junio del 2017.—Lic. Gustavo Adolfo Ramírez Cordero, Notario.—( IN2017154196 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Por escritura número sesenta y nueve-cuatro, celebrada en Alajuela, a las diecisiete horas del nueve de febrero del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta número uno de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa: Tres-Uno Cero Uno-Cinco Ocho Ocho Dos Cinco Seis Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-uno cero uno-cinco ocho ocho dos cinco seis, donde se acordó cambiar el domicilio social, reformar la junta directiva y efectuar nuevos nombramientos.—Alajuela, nueve de febrero del dos mil diecisiete.—Licda. Mónica Arroyo Herrera, Notaria.—1 vez.—( IN2017153284 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas del catorce de julio del año dos mil diecisiete, las señoras: Pierina Censore Pironi y Mónica Censore Pironi constituyeron sociedad anónima, denominada: María Antonieta Beauty Spa Sociedad Anónima. Presidenta: Pierina Censore Pironi. Secretaria: Mónica Censore Pironi, y tesorero: Luigi Enrique Antonutti Ramírez, capital social veinte dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América.—Lic. Sergio Bravo Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2017153335 ).

Mediante escrituras otorgadas ante la notaría, del Lic. Carlos Alberto Ayón Lacayo, a las 15:00 y 15:30 horas del 10 de julio de 2017, protocolizamos las actas de asamblea general de socios de Rectif Enatnz S. A., N° 3-101-692558, que acordaron disolver y liquidar la compañía.—San José, 13 de julio del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017153336 ).

La suscrita notaria Lindy Viviana Acuña Benavides, hace constar que mediante acta número uno de asamblea general extraordinaria socios de la sociedad Servicios Profesionales y Tecnológicos Cum Sociis Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis tres cuatro cinco uno seis, celebrada a las veinte horas del veinticuatro de enero del dos mil diecisiete, se acordó disolver la sociedad dicha por acuerdo de socios.—San José, catorce de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Lindy Viviana Acuña Benavides, Notaria.—1 vez.—( IN2017153337 ).

Por escritura otorgada ante la notaría del Lic. Carlos Alberto Ayón Lacayo, a las 09:00 horas del 17 de julio del 2017, protocolizamos el acta de asamblea de socios de Villa Catorce Wafou Apodis S. A., N° 3-101-457306, que reformó su domicilio social, su cláusula de administración y nombró nueva junta directiva y fiscal.—San José, 17 de julio del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017153338 ).

Ante esta notaría se protocolizó la asamblea extraordinaria de la empresa Panoramic View Holdings Sociedad Anónima, donde se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, 25 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Orlando Bermúdez Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017153342 ).

En la ciudad de Alajuela, mediante escritura 160-19, de las 10:00 horas del 03 de marzo del 2017, se constituyó la sociedad Coconut Shakk Sociedad Anónima, que en español se lee: Shakk de Coco Sociedad Anónima. El objeto principal la asesoría en administración de propiedades en condominio, pero en general podrá dedicarse al comercio. Plazo social 99 años. Domicilio: Puntarenas, Golfito, Pavones, Pilón, Condominio Bella Vista, número cinco. Capital social suscrito y pagado.—Lic. Arturo Ortiz Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017153347 ).

Por escritura N° doscientos noventa y cuatro, visible al folio ciento noventa vuelto, del tomo sétimo del protocolo del suscrito notario, se otorgó la escritura que solicita la cancelación del asiento registral de la empresa denominada Grupo Fraternidad Barveña S.A., con cédula jurídica N° 3-101-338408, por lo que se emplaza a cualquier interesado para que en el término de ley, haga las manifestaciones que a bien tenga de esta clausura.—Heredia, 18 de julio del 2017.—Lic. Carlos Luis Mejía Arguedas, Notario.—1 vez.—( IN2017153349 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se protocolizó el acta constitutiva de la sociedad: Suministro Digital Brenes y Aguilar Sociedad Anónima, constituida por los socios: Martín Antonio Brenes Mata, cédula de identidad Nº 303100514, y Vivian Celina Aguilar Soto, cédula de identidad Nº 303540549.—San José, 18 de julio del 2017.—Lic. Andrés Carrillo Rosales, Notario.—1 vez.—( IN2017153353 ).

Por escritura número doscientos cuarenta tres, otorgada a las dieciséis horas del día trece de julio del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada: Inversiones Arias Sociedad Anónima. Presidente y tesorera, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma. Domiciliada: en San José.—San José, 18 de julio del 2017.—Lic. Luis Fernando Sánchez Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017153356 ).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 09:00 horas del 18 de julio del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de 3-102-737430 Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica Nº 3-102-737430; por medio de la cual se acuerda modificar la cláusula quinta del capital social y sexta del pacto constitutivo en la cual se modifica la representación de los apoderados.—San José, 18 de julio del 2017.—Lic. Juan Roscio Etchart, Notario.—1 vez.—( IN2017153358 ).

Ante esta notaria otorgan escritura setenta y uno, a las dieciocho horas del veintinueve de mayo del dos mil diecisiete, se constituye la sociedad denominada Corporascion de Servicios Múltiples Blanco y Asociados de Norte Sociedad Anónima Plazo Social: 99 años, capital: diez mil colones y la representación judicial y extrajudicial le corresponde al presidente con facultades apoderado generalísimo sin límite de suma Es todo.—San José diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2017153360 ).

Por escritura otorgada, a las catorce horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocoliza el acta número dos de asamblea de socios de la sociedad Agencias de Aduanas Grupo Algisa Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno - ciento setenta y seis mil cuatrocientos uno.— Licda. Lency Jhannory Salas Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017153365 ).

Por escritura de las quince horas del quince de julio de dos mil diecisiete se reformó pacto social de la empresa Biocaribe ITL S. A., se reforma el domicilio.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—( IN2017153368 ).

Por escritura de las diez horas del dieciocho de julio de dos mil diecisiete se reformó pacto social de la empresa Torres del Parque Lechuga S. A., se reforma junta directiva.—Lic. Bernald Vargas Montero, Notario.—1 vez.—( IN2017153369 ).

Por medio de la escritura número treinta y siete, otorgada a las nueve horas treinta minutos del día dieciocho de julio de dos mil diecisiete, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Irileo S.A, por medio de la cual se modifica la cláusula novena del pacto relacionada a la administración. Se nombran nuevos miembros de junta directiva.—Heredia 18 de julio de 2017.—Lic. Luis Fdo Chavarría Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017153370 ).

Mediante escritura otorgada por esta notaría a las ocho horas del dieciocho de julio de dos mil diecisiete, se protocolizaron acuerdos de asamblea general de Mundo Vegano S. A., para la modificación de las cláusulas sobre el capital social y la administración. Presidente: Gustavo Pacheco Cartagena.—San José, 18 de julio de 2017.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—( IN2017153373 ).

Se hace saber que ante esta notaria se ha reformado el nombre social, el domicilio social y se ha nombrado nueva junta directiva y fiscal de la empresa Clínica Veterinaria Varela y Rosales S.A., con cédula jurídica número tres-ciento uno- quinientos ochenta y seis mil ciento veinte.—Licda. Floribeth Gómez Cubero, Notaria.—1 vez.—( IN2017153391 ).

Por escritura número ciento veinticuatro otorgada ante esta notaría, a las quince horas del doce de julio del dos mil diecisiete, se modifica cláusula novena del pacto constitutivo de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Setecientos Cuatro Mil Quinientos Cuarenta y Nueve S.A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos cuatro mil quinientos cuarenta y nueve.—San José, doce de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—( IN2017153396 ).

Por escritura número ciento veintitrés otorgada ante esta notaría, a las catorce horas treinta minutos del doce de julio del dos mil diecisiete, se modifica cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Sesenta y Dos Mil Ciento Ochenta y Siete S. A., cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- seiscientos sesenta y dos mil ciento ochenta y siete.—San José, doce de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—( IN2017153401 ).

Por escritura número sesenta - tres, otorgada a las quince horas del catorce de julio del dos mil diecisiete, ante el notario Juan Pablo Gamboa Amador, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada “Studio DA CRC Sociedad Anónima”, cédula jurídica tres – ciento uno - setecientos treinta y dos mil ochocientos diecisiete, celebrada a las diez horas del catorce de julio del año dos mil diecisiete, mediante la cual se reformó la cláusula decima segunda del pacto constitutivo, referentes a la representación. Es todo.—San José, diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Pablo Gamboa Amador, Notario.—1 vez.—( IN2017153409 ).

Por escritura número ciento cincuenta y cuatro, otorgada ante la suscrita notaria, a las 17:00 horas del día 18 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad Meléndez y Herrera S. A. con domicilio en San José, Goicoechea, San Francisco, Barrio Tournon, Centro Comercial El Pueblo, local número cuarenta y tres. Capital social diez dólares, representado por diez acciones comunes y nominativas de un dólar cada una, con un plazo de noventa y nueve años a partir de su constitución.—San José, 19 de julio de 2017.—Licda. Aracelly Espinoza Allan, Notaria.—1 vez.—( IN2017153411 ).

La suscrita notaria hace constar que por escritura otorgada por esta notaria a las siete horas y treinta minutos del día veintinueve de junio de dos mil diecisiete, se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo de la compañía Alpha Pharma Internacional Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres- ciento uno- cuatrocientos diecinueve mil seiscientos veintiuno. Es todo.—San José, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Laura Ulate Pascua, Notaria.—1 vez.—( IN2017153413 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las diez y cincuenta horas del día veintiuno de junio del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La Maria Luisa MVM, Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, veintidós de junio del dos mil diecisiete.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017153423 ).

Por escritura autorizada a las doce horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad “Serinsa, Servicios para la Industria Plástica, Sociedad Anónima”, en que se modifica cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración de la sociedad, y se reorganiza la junta directiva.—San José, diecisiete de julio de dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017153424 ).

Por escritura autorizada a las once horas de hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad “Inversiones Quima, Quintana Marrs, Sociedad Anónima”, en que se modifica cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la Administración de la Sociedad, se reorganiza la Junta Directiva y se elimina el cargo de agente residente.—San José, diecisiete de Julio de dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017153425 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las dieciocho horas del dieciocho de julio del dos mil diecisiete se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad denominada Tres - Ciento Uno- Setecientos Diecisiete Mil Setecientos Treinta y Dos Sociedad Anónima, domicilio Heredia, San Francisco, Condominio Bosques de Velarde, casa once - F. Acuerdo Primero. Se aumenta capital social se modifica la cláusula quinta.—Lic. Randall Segura Ulate, Notario.—1 vez.—( IN2017153428 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría número cuatrocientos seis - cuatro, a las nueve horas del veinte de abril del año dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La Abeja Asesina Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula segunda y quinta de los estatutos, y se nombra nueva junta directiva.—Grecia, a las nueve horas del veinte de abril del año dos mil diecisiete.—Licda. Olga Alvarado Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153442 ).

Por escritura otorgada ante mí a las ocho horas treinta minutos. del 18 de julio del 2017, se reforman los estatutos de la sociedad Brayben Internacional BRG S.R.L Se modifica la cláusula de administración.—Lic. Edwin Martín Chacón Saborío, Notario.—1 vez.—( IN2017153444 ).

Yo Yesenia Arce Gómez, notaria pública de Escazú, mediante escritura pública número ciento dieciocho se disolvió la sociedad: Concasse Industrias Sociedad Anónima, mediante escritura pública número ciento diecinueve se disolvió la sociedad: Fuego Blanco Sociedad Anónima la escritura pública se reforma el pacto constitutivo y se nombra nueva Junta directiva de la sociedad Computo Empresarial Los Socios Organizados Sociedad Anónima.—Escazú, 17 de julio de 2017.—Licda. Yesenia Arce Gómez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153448 ).

Al ser las quince horas del doce de julio del dos mil diecisiete se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la entidad denominada Bienes Familiares Rologa Sociedad Anónima. Se reforman cláusulas del domicilio y administración, se nombra junta directiva y fiscal.—Lic. Allan Garro Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017153456 ).

El suscrito notario Giovanni Salas Camacho, hace constar que hoy se constituye, sociedad anónima, de nombre mismo número de Cédula Jurídica S.A. Presidente; Juan Vianey Núñez Mora, cédula; 4-127-206, vicepresidente; Adriana Núñez Valerín, cédula 1-1290-170, tesorera; Kattia Núñez Valerín, cédula 1-1099-786, secretaria; Andrea Núñez Valerín, de cédula: 1-1290-169, vocal; Juan Carlos Núñez Valerín, de cédula 1-1142-148, Fiscal: Lidieth Ruiz Ruiz, cédula 5-203-749, constituida por cien acciones. Tel: 27643469.—Lic. Giovanni Salas Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2017153458 ).

Se modifica cláusula segunda del pacto constitutivo de Enerqum S. A. cédula jurídica 3-101-549342. Se nombra Junta directiva y fiscal.—Escritura otorgada a las 7:00 horas del 14 de julio del 2017.—Lic. Alonso Alvarado Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017153460 ).

Por escritura número 309 de las 15:00 horas del 10 de julio del 2017, Grupo Peraza Empresarial S.A., cédula jurídica 3-101-629870, nombra nueva junta directiva: presidente, secretario, tesorero y fiscal.—Tejar del Guarco, 11 de julio del 2017.—Lic. Danilo Cerdas Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2017153466 ).

Al ser las 16:00 horas del 22 del 05 del 2017, se modifica en esta notaría, capital social de la sociedad denominada Sus Gráficos Sociedad Anónima, cédula 3-101-327.118.—Naranjo, 19 de julio del 2017.—Licda.  Katia María Ledezma Padilla, Notaria.—1 vez.—( IN2017153490 ).

El suscrito notario público hace constar que mediante escritura pública número trescientos cuarenta y tres, del dieciocho de julio del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad anónima denominada Best Fruts Limitada, cuyo domicilio social es San José, Santa Ana; Lindora, Centro Comercial Momentum Lindora, Oficentro Nómada. Es todo.—San José, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Eric Vizcaíno Dávila, Notario.—1 vez.—( IN2017153494 ).

Se reforma la cláusula primera del pacto social, se cambia nombre a Soluciones de Trituración y Excavación, Sociedad Anónima, cédula jurídica tres – ciento uno – seiscientos setenta y dos mil novecientos quince.—Alajuela, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Delia A. Segura Soto, Notaria.—1 vez.—( IN2017153495 ).

Por escritura otorgada en San José a las ocho horas del siete de julio del 2017, ante la notaria Laura Avilés Ramírez, se acuerda la disolución de la sociedad Johnng de Samara Gte SA cédula jurídica 3-101-450480. Es todo.—San José, 07 de julio, 2017.—Licda. Laura Avilés Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153500 ).

Por escritura otorgada a las doce horas del día de hoy, en esta Notaría, se modificó la cláusula quinta del pacto social de la sociedad Relajaguas Escazu S. A.—San Jose dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Percy Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017153507 ).

Ante esta notaría, al ser las diez horas del día cinco de julio del año dos mil diecisiete, escritura número trescientos setenta y tres-nueve, han comparecido Luis Fernando Castrillo Marchena, Adita Vargas Esquivel, en su orden: el primero como presidente y socio y la segunda en calidad de socia y fiscal, acuerdan disolver la sociedad inscrita al tomo dos mil trece, asiento: doscientos noventa y cinco mil novecientos cincuenta y dos, bajo el nombre de Castimar de Adita Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-seis siete seis seis cuatro cero, por estar inactiva está excluida del procedimiento de liquidación.—Lic. Jose Daniel Martínez Espinoza, Notario.—1 vez.—( IN2017153508 ).

Se hace constar que el día dieciocho de julio del dos mil diecisiete a las nueve horas, acordó disolver la sociedad Construcciones Fortuna DCR Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-697612.—Licda Sally Madrigal Saborío, Notaria.—1 vez.—( IN2017153512 ).

Mediante escritura pública número cinco, otorgada a las quince horas del trece de julio del dos mil diecisiete, ante el notario Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, se reformó la cláusula cuarta (del capital) del Pacto Constitutivo de la sociedad Complejo Riverwalk RW, Sociedad Anónima, con número de cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta y cinco mil setecientos dieciocho.—Heredia, catorce de julio del 2017.—Lic. Rafael Ángel Gutiérrez Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017153515 ).

En asamblea general extraordinaria, la Asociación Administradora del Acueducto de Puente Sala de San Pedro de Barva, cédula jurídica Nº 3-002-257513, reforma los artículos 13 inciso c) y el artículo diecinueve de su pacto constitutivo.—San Rafael de Heredia, 18 de julio del 2017.—Lic. José Francisco Alfaro Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017153516 ).

Yo, Fernando Montero López, notario público hago constar que protocolicé asamblea extraordinaria de accionistas de la empresa Freedom Pura Vida Dos Mil Dieciséis Limitada por medio de la cual se nombra gerente y se reforma la cláusula segunda.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. Fernando Montero López, Notario.—1 vez.—( IN2017153521 ).

Mediante escrituras públicas de las dieciséis horas y dieciséis horas treinta minutos del dieciocho de abril del dos mil diecisiete, se protocolizaron actas de asambleas extraordinarias de socios de: Puravida Self Storage S. A. y Cabo Vida Custom Homes CVCH LLC Ltda., respectivamente, mediante las cuales en ambos casos se reforma la cláusula segunda de su pacto social.—San José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Alfredo Gallegos Villanea, Notario Público.—1 vez.—( IN2017153523 ).

Ante mí, en escritura Nº 20-2, se reforma la cláusula de la representación de la sociedad Kalyani Investments Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-678830.—San José, 18 de julio del 2017.—Lic. Laureano Castro Sancho, Notario.—1 vez.—( IN2017153524 ).

Mediante escritura número cuarenta y cuatro del día once de julio del año dos mil diecisiete, se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Riveranas Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres ciento uno-cuatrocientos cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y siete.—Lic. Silvia Dall’anese Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017153526 ).

A las 12:00 horas del hoy, protocolicé actas de asamblea de accionistas de las compañías Armdesco Corporación S. A. y 3-101651927, S. A. Se acuerda en cada una la disolución de la sociedad. No existen activos ni pasivos.—San José, 18 de julio del 2017.—Lic. Eduardo Méndez Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017153527 ).

Por escritura autorizada por el notario público Gabriel Castro Benavides, a las 14:30 horas del 12 de julio, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de: Mercantil Ministros MM S. A., con número de cédula jurídica 3-101-171683, celebrada el 06 de julio del 2017, mediante la que se modifica la cláusula segunda de los estatutos de la sociedad.—San José, 12 de junio del 2017.—Lic. Gabriel Castro Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017153528 ).

El suscrito notario hace constar que protocolicé el acta número trece de asamblea general extraordinaria de socios de Amimed Salud S.A., mediante la cual se reforma la cláusula tercera (aumento del capital social).—San José, doce de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Juan Pablo Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153529 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad: Multiservicios y Explotaciones Varias Edwards y Solís Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco uno cinco nueve cuatro ocho, mediante la cual se reforma la cláusula décima sétima, revocándose los nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—Limón, diecisiete horas veinticinco minutos del diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Stefany Borey Bryan, Notaria.—1 vez.—( IN2017153532 ).

Ante mí, en escritura 21-2, se reforma la cláusula de la representación de la sociedad Hermosas Villas Estates CR SRL, cédula jurídica 3-102-700225.—San José, 18 de julio de 2017.—Lic. Laureano Castro Sancho, Notario.—1 vez.—( IN2017153538 ).

Por escritura número ciento ocho otorgada a las 17 horas del 18 de julio del 2017, se protocolizó el acta reorganización junta directiva de Yaganajica Sociedad Anónima, de cédula jurídica N° 3-101-690797. Se toma el acuerdo del cambio de presidente, tesorero y fiscal en la junta directiva. Es todo.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. Eduardo Arauz Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017153544 ).

Por escritura otorgada en esta notaría en San José a las ocho horas del día cinco de julio del año dos mil diecisiete, se constituyó la fundación denominada: Fundación Para Una Vida Indígena Digna Fuvida.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. Carlos Morales Fallas, Notario.—1 vez.—( IN2017153545 ).

Por escritura otorgada a las 15:00 horas de hoy, se protocolizaron acuerdos de Arquigraf S. A. mediante los cuales se aumentó el capital social.—San José, 23 de junio del 2017.—Lic. Luis Ricardo Garino Granados, Notario.—1 vez.—( IN2017153549 ).

En mi notaría, mediante escritura número 16-12, otorgada a las 15:30 horas del 17 de julio del 2017, se protocolizó acta donde se reforma la cláusula segunda de los estatutos sociales de la sociedad Inversiones Milton Vargas y María Angelina Villalobos Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-269256.—San Ramón, Alajuela, 17 de julio del 2017.—Licda. Carolina Muñoz Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2017153551 ).

Por asamblea general extraordinaria de socios, protocolizada en esta notaría hoy a las 9:00 horas, de la compañía de esta plaza denominada Hotel Caribe Light S. A., en la que se reforman estatutos.—San José, 27 de junio del 2017.—Lic. Adolfo Rojas Breedy, Notario.—1 vez.—( IN2017153555 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Peraz S. A., mediante la cual se reformó la administración y se nombró vicepresidente.—San José, 11 de julio del 2017.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017153556 ).

Yo, Sebastián David Vargas Roldán, hago constar que el día de hoy, he protocolizado en mi notaría, acta de asamblea de accionistas de la sociedad Agropecuaria Valle Arriba S. A. donde se transforma su naturaleza. Es todo.—San José, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario Público.—1 vez.—( IN2017153557 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Farma Desarrollo Número Uno Pérez Zeledón Sociedad Anónima en la cual se reforma la cláusula quinta del pacto social. Escritura otorgada a las 12:00 del 18 de julio del 2017.—Lic. Alan Elizondo Medina, Notario.—1 vez.—( IN2017153558 ).

Yo, Sebastián David Vargas Roldán, hago constar que el día de hoy he protocolizado en mi notaría, acta de asamblea de accionistas de la sociedad Aquanissi Spring Volcanic Water S.A., donde se reforma integralmente el pacto constitutivo. Es todo.—San José, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2017153559 ).

Yo, Sebastián David Vargas Roldán, hago constar que el día de hoy, he protocolizado en mi notaría, acta de asamblea de accionistas de la sociedad: Todo Suspensión Aje S. A., donde se reforma la cláusula de administración. Es todo.—San José, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Sebastián David Vargas Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2017153560 ).

Ante esta notaría, al ser las doce horas veinte minutos del día trece de julio de dos mil diecisiete, se otorgó escritura mediante la cual se protocolizó la reforma de la cláusula segunda del pacto constitutivo de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Noventa y Tres Mil Setenta y Ocho Sociedad Anónima.—San José, a los trece días del mes de julio de dos mil diecisiete.—Licda. María Lucrecia Quesada Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017153561 ).

En mi notaría, al ser las catorce horas del trece de julio de dos mil diecisiete, se reformaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de la compañía Compañía Maderera San Joaquín Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cero sesenta y cinco mil ciento cuarenta y ocho. Es todo.—San José, trece de julio dos mil diecisiete.—Lic. José A. Reyes Villalobos.—1 vez.—( IN2017153562 ).

Por escritura 83-5 otorgada ante esta notaría al ser las 09:00 del 13 de julio del 2017, se protocoliza acta de asamblea de Costa Esterillos Estates Pau de Arco Cero Ochenta y Uno Sociedad Anónima, donde se modifican las cláusulas segunda y sexta, se nombra nuevo presidente: Jayne Ellen Hill, secretario: William Joseph Iovene y agente residente: Andrea Ovares López.—San José, 13 de julio del 2017.—Licda. Andrea Ovares López, Notaria.—1 vez.—( IN2017153565 ).

Ante la suscrita notaria, se constituyó la sociedad anónima denominada: S.J.H. Seguridad Privada Sociedad Anónima, otorgada a las catorce y cinco horas del trece de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153570 ).

Por escritura número ochenta y nueve-diez, otorgada ante la suscrita notaría, el día dieciocho de julio del dos mil dieciséis, se protocoliza acta de asamblea de accionistas de la sociedad: Jardines del Valle Seis Amarillo S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda y sexta.—San José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Rafaela Solano Granados, Notaria.—1 vez.—( IN2017153575 ).

Mediante escritura número 86-6, otorgada a las 10:30 horas del 13 de julio de 2017, se modificó: representación y domicilio de la sociedad Burgundi Mountain View VII Sociedad Anónima, cédula jurídica número: 3-101-431298.—Lic. Fernando Jiménez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153576 ).

Zoila Lilliam Ruiz Ruiz y Luisabelina Abellán Ruiz, constituyen: La Abu Sociedad Anónima. Domiciliada: en Liberia, con un capital social de ciento cinco dólares de los Estados Unidos de Norteamérica. Escritura otorgada en Liberia, a las once horas treinta minutos del dieciocho de julio del dos mil diecisiete, ante la notaria Yesenia Carrillo Miranda.—Licda. Yesenia Carrillo Miranda, Notaria.—1 vez.—( IN2017153588 ).

Ante esta notaría y mediante escritura número 155-5, se protocolizó asamblea extraordinaria de Novitec Consultores en Aplicaciones, cédula jurídica 3-101-616894, mediante la cual se modificaron las cláusulas del domicilio y representación, así como una restructuración de la junta directiva. Es todo.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. Diego José Mata Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017153591 ).

Por escritura otorgada, a las 09:00 horas del 19 de julio del 2017, se modifican las cláusulas de administración y junta directiva de la entidad Ansara Caridad Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-222800.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—( IN2017153593 ).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 19 de julio del 2017, se modifican las cláusulas de administración y junta directiva de la entidad Ramsa Caridad Sociedad Anónima, con cédula jurídica 3-101-222801.—Lic. Braulio Ulises Murillo Segura, Notario.—1 vez.—( IN2017153594 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 8 horas del 19 de julio del 2017, se reforma cláusula de domicilio social de Caburga S. A.—Licda. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017153595 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 15 horas del 18 de julio del 2017, se reforma cláusula de representación social de Distribuidora Galpaz Ltda.—Licda. Olga María Rivera Monge, Notaria.—1 vez.—( IN2017153596 ).

Carlos Enrique Calvo Quesada e Ivette Rocío López Salazar, constituyen la sociedad civil denominada Carive de San Francisco Sociedad Civil. Escritura otorgada en Grecia, a las 11:00 horas del 05 de julio del 2017.—Lic. Kendall Araya Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2017153599 ).

Por escritura siete, del trece de junio del dos mil diecisiete, a las catorce horas, se protocolizó acta de asamblea general de: Matucana Inc S. A., se acordó reformar el domicilio, la administración y nombrar nueva junta directiva y fiscal de la empresa.—San José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017153601 ).

Por escritura seis, del trece de junio del dos mil diecisiete, a las trece horas, se protocolizó acta de asamblea general de: Kisui Inc S. A., se acordó reformar el domicilio, la administración y nombrar nueva junta directiva y fiscal de la empresa.—San José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Marco Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017153602 ).

La suscrita notaria Alejandra Jaen Hernández da fe que mediante escritura N° 229 del tomo nueve del protocolo de la notaria Ana Gabriela Acevedo Rivera, Guanapan S. A., cambia de nombre a Guanapaletas Sociedad Anónima, se reforma la cláusula novena y se nombra nuevo tesorero, secretario, fiscal y agente residente.—Liberia, 19 de julio del 2017.—Licda. Alejandra Jaen Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017153605 ).

La suscrita notaria Alejandra Jaén Hernández, da fe que mediante escritura número 164 del tomo doce del protocolo de Glenda Rodríguez Carmona visible al folio ciento cuatro vuelto, la compañía Agencia de Viajes Luz de Mono Sociedad Anónima, reforma la cláusula del domicilio y aumenta el capital a veintisiete millones de colones.—Liberia, 14 de julio del 2017.—Licda. Alejandra Jaén Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017153607 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocoliza acta mediante la cual se disuelve la sociedad Marcyfar Apoteke S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos treinta y cinco mil novecientos noventa y uno.—San José, 17 de julio de 2017.—Licda. Beatriz Paola Jiménez Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017153608 ).

Por escritura otorgada ante la notaria, Sonia Corella Céspedes, a las trece horas del día diecisiete de julio de dos mil diecisiete, se constituye la sociedad Mundo Extintores S. A. Plazo cincuenta años, presidente y secretario con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma domicilio Alajuela, objeto social amplio.—Licda. Sonia Corella Céspedes, Notaria.—1 vez.—( IN2017153610 ).

Ante esta notaría compareció Valerie Alvarado Hernández, para constituir sociedad denominada Eco Car Wash Costa Rica, el día diecinueve de junio de dos mil diecisiete. Es todo.—Licda. Laura Lao Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153619 ).

A las 17:00 de hoy, se constituyó una sociedad anónima, cuyo nombre será su número de cédula. Capital: suscrito y pagado. Domicilio en San José. Presidente nombrado.—San José, diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Giovanni Enrique Incera Segura, Notario.—1 vez.—( IN2017153629 ).

Mediante escritura Nº 22, otorgada a las 09:00 horas del 17 de julio del 2017, ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de: Transportes Santa Clara S. A., cédula jurídica Nº 3-101-266675. Domiciliada: en San Gerardo de Río Cuarto de Alajuela, en las oficinas centrales de Finca Piñales de Santa Clara, trescientos metros al este de la Escuela, en la que se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo respecto a las facultades de sus representantes.—Lic. Mario G. López Durán, Notario.—1 vez.—( IN2017153631 ).

Mediante escritura número 23 otorgada a las 9 horas con 15 minutos del 17 de julio de 2017, ante esta notaría, se protocoliza asamblea general extraordinaria de accionistas de Piñales de Santa Clara S. A., cédula jurídica 3-101-103157, domiciliada en Heredia, Sarapiquí, distrito La Virgen San Gerardo de Río Cuarto, cuatro kilómetros al oeste de La Virgen de Sarapiquí, en la que se modifica las cláusula sexta del pacto constitutivo respecto a las facultades de sus representantes.—Lic. Mario G. López Durán, Notario.—1 vez.—( IN2017153632 ).

Por escritura 175-25 otorgada en Cartago a las 17:00 horas del 18 de julio del año 2017 la sociedad. 3-101-638333, S.A cédula jurídica 3-101-638333, disolución de sociedad.—Cartago, 19 de julio del 2017.—Lic. Luis Fernando Sáenz González, Notario.—1 vez.—( IN2017153647 ).

Por escritura otorgada el 18 de julio del 2017 a las 16:00 horas, protocolicé acuerdos de la empresa Calita S.A., reformando estatutos.—San José, 18 de julio del 2017.—Lic. Roberto Arguedas Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017153657 ).

Mediante escritura ochenta y cinco otorgada ante mi notaría a las trece horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la compañía Corporación Corrales Víquez S.A, con domicilio en Alajuela, Naranjo Candelada, Calle Cinco Esquinas, doscientos metros de la entrada, cédula jurídica tres-ciento uno-tres cuatro tres tres cuatro nueve; por virtud de la cual se reforma la cláusula sétima del pacto constitutivo.—Grecia, 19 de julio del 2017.— Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017153666 ).

Por escritura 160-16, otorgada en San José, a las 20:00 horas del 14 de junio del 2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de Unicapital S.A. Se transforma a Unicapital Sociedad de Responsabilidad Limitada, domicilio social en San José, Santa Ana, del Banco Nacional 75 metros sur, plazo 99 años a partir de la constitución. Objeto: Desarrollos inmobiliarios, inversiones, prestación de servicios privados y profesionales, bienes raíces, comercialización de bienes, la exportación e importación. Se varía cláusula de administración, se nombra gerente. Capital social: 100,000 colones, se nombra agente residente.—Licda. Annia Lobo Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017153675 ).

Bajo acta número uno asamblea general extraordinaria, de fecha diecinueve de abril del dos mil diecisiete, se ha solicitado al Registro Público, cambio de junta directiva y el domicilio de la Sociedad Proindsa Proveedores Industriales, cédula Nº 3-101-704382. Lic. Hannia Ramírez Rojas, cédula Nº 8340-8677.—Cartago, trece horas del dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Hannia Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017153680 ).

Por escritura número ochenta y siete, otorgada ante mí a las doce horas del diecinueve de julio del dos mil diecisiete, se constituyó la siguiente sociedad: Taxa Sociedad Anónima. Presidente con plenas facultades, domiciliada en San José, Santa Ana, capital social cien dólares, íntegramente suscrito y pagado mediante letras de cambio.—San José, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Jose Quirós Melendez, Notario.—1 vez.—( IN2017153687 ).

Por escritura pública de las 09:00 horas del 18 de julio de 2017, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de El Muro de Camembert, S.A., titular de la cédula jurídica número 3-101- 485991, mediante la cual se reforman la cláusula sétima de la representación.—Santa Ana, 18 de julio de 2017.— Lic.  Abraham Stern Feterman, Notario.—1 vez.—( IN2017153689 ).

Por escritura otorgada en San José a las 16 horas del 11 de julio del 2017, se constituye la sociedad Lariem Berakah Inversiones S. A., presidente Randald Leiva Roldan. Notaria Alejandra Fallas Valerio.—San José, 13 de julio del 2017.—Licda. Alejandra Fallas Valerio, Notario.—1 vez.—( IN2017153691 ).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy se constituyó la sociedad anónima L.H. Hustler Corcovado Sociedad Anónima, escritura número doscientos seis, visible al folio ciento treinta vuelto del tomo veintidós de mi protocolo. Capital suscrito y pagado totalmente en dólares.—San José, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Diego Hernández Núñez, Notario.—1 vez.—( IN2017153692 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número doscientos cincuenta y cinco de mi tomo treinta y cuatro, se protocolizó acta de la sociedad: Altamonte Sociedad Anónima.—Santa Ana, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017153699 ).

Ante esta notaria mediante escritura número doscientos cincuenta y cinco de mi tomo treinta y cuatro se protocolizó acta de la sociedad Common Reginal Wealth C.R.W Sociedad Anónima.—Santa Ana, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Audrys Esquivel Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017153700 ).

Según escritura otorgada por esta notaría a las ocho horas con treinta minutos del diecinueve de julio del presente año, se protocolizaron - acuerdos de asamblea general de Marana del Este Veintisiete S. A. para la modificación del domicilio social. Luis Rodolfo Calderón Mata, presidente.—San José, diecinueve de julio de dos mil diecisiete.—Lic. José Pablo Mata Ferreto, Notario.—1 vez.—( IN2017153703 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecinueve horas del diecisiete de junio del dos mil diecisiete, se constituyó la Sociedad Context Collective C.B., traducido al idioma español Contexto Colectivo C.B. Sociedad Anónima.—San José, tres de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Marta E. Benavides Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153729 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día siete de julio del año dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad San Rafael Plaza Azul Sociedad Anónima, con cédula jurídica: tres-ciento uno-cero noventa y nueve mil ciento sesenta y tres, en la que se modificó la cláusula segunda del domicilio. Lic. Juan Pablo Bello Carranza, cedula: 1-829-086.—San José, diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Pablo Bello Carranza, Notario.—1 vez.—( IN2017153732 ).

Por escritura otorgada a las 10:00 horas del 19 de julio del 2017 se protocolizó acta número tres de la asamblea de la sociedad Tres-Ciento Dos-Setecientos Cuarenta y Dos Mil Veintinueve Limitada, cédula de persona jurídica número 3-102-742029 y se acordó la reforma integralmente el pacto constitutivo de la sociedad y su estatutos.—Licda. Tatiana Cecilia Saborío Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2017153741 ).

Ante esta notaría por escritura pública, otorgada a las diez horas del diecinueve de julio del año dos mil diecisiete, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las Compañías Soluciones Trioibericas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres – ciento uno – doscientos setenta y dos mil quinientos setenta, Tequiche Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno - doscientos sesenta y un mil cuatrocientos cincuenta y cinco, Aero Importadora Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es la número tres - ciento uno – ciento treinta y dos mil setecientos seis, R Y E Del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres - ciento uno - ciento ochenta y siete mil quinientos ochenta y cuatro, H & K Fashion INC. Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es la número tres - ciento uno -seiscientos veintiséis mil ciento setenta y uno, mediante la cual las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Soluciones Trioibericas Sociedad Anónima. Es todo.—San José a las once horas cinco minutos del diecinueve de julio del año dos mil diecisiete.—Licenciado Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2017153742 ).

El suscrito notario hace constar que ante su notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Publicaciones Artinsa Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-062017, donde se reforma la cláusula referente a su junta directiva y donde se modifica la representación.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. Hannia Ross Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2017153743 ).

Por escritura ante la suscrita, a las ocho horas del día treinta y uno del año dos mil catorce, se disuelve y liquida la sociedad: Inversiones Cielos Tropicales del Pacífico S. A.—Licda. Lilliam Solano Cruz, Notaria.—1 vez.—( IN2017153744 ).

Ante esta notaría se constituyó la entidad jurídica denominada: Accesorios Antonella Sociedad de Responsabilidad Anónima, al ser las once horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Patricia Benavides Chaverri, Notaria.—1 vez.—( IN2017153751 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las 11:00 horas del día 28 de junio del 2017, se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa denominada: Frespan Real S.A., con cédula jurídica número 3-101-622144, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—Liberia, 12 de julio del 2015.—Lic. Greivin Cortés Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017153754 ).

Por asamblea general extraordinaria de socios, protocolizada por esta notaría a las 11:00 horas del 16 de febrero del 2017, se reforma la cláusula sexta de los estatutos y se nombra gerente en la sociedad Inversiones Copalchín S. R. L.—San José, 17 de febrero del 2017.—Licda. Adriana Vargas Núñez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153757 ).

Protocolización de asamblea general extraordinaria de socios de “Virtues of Tropical Life S. A.” cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos cuatro mil quinientos noventa y seis, la cual reforma las cláusulas quinta y sétima de los estatutos de la sociedad, que es del capital social y de la representación respectivamente. Escritura número ciento treinta y nueve-cuatro de las catorce horas treinta minutos del catorce de julio del año dos mil diecisiete.—San José, veinte de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Elizabeth María Álvarez Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2017153767 ).

Por escritura número ochenta y tres- veintidós, otorgada ante el notario Mauricio Benavides Chavarría, la sociedad Rancho Savegre Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-169317, aumenta su capital social y emite nuevos certificados de acciones.—Siete horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Mauricio Benavides Chavarría, Notario.—1 vez.—( IN2017153774 ).

Por escritura otorgada ante mi Manuel Antonio Sanabria Elizondo, en la ciudad de San Isidro de El General, Pérez Zeledón a las nueve horas del día diecisiete de mayo de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la entidad denominada Servicio de Saneamiento Rogelio Fernandez Q. Sociedad Anónima, se modifica razón social a Servicio de Saneamiento Alto y Rogelio Fernandez Q Sociedad Anónima.—San Isidro de El General, Pérez Zeledón, veintitrés de junio de dos mil diecisiete.—Lic. Manuel Antonio Sanabria Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2017153775 ).

Por escritura número cincuenta y nueve, de las nueve horas del veintiocho de junio del dos mil diecisiete del tomo once del notario David Zúñiga Jiménez, se protocolizó el acta número siete de la sociedad Grupo Propandra S. A., en la cual se tomó el acuerdo en disolver la sociedad. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, al ser las diecisiete horas del siete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Jefté David Zúñiga Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017153777 ).

En la notaria de la licenciada Ana Cedin Vásquez Solórzano, se nombra nueva junta directica de Maderas Arco S. A. Es todo.—Palmares, veinte de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Cedin Vásquez Solórzano, Notaria.—1 vez.—( IN2017153781 ).

La suscrita notaria Evelyn Alejandra Calderón Murillo, hace constar que mediante escritura número 18 del tomo 2 de mi protocolo se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de accionistas en la que se reforma la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad 3-101-725432 S. A., cédula jurídica 3-101-725432, relativa a su razón social, la cual en adelante se denominará Excavaciones Joy S. A.—Guápiles, 5 de julio de 2017.—Licda. Evelyn Alejandra Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017153782 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diez de julio de dos mil diecisiete, la sociedad denominada Corporación Kamarla Sociedad Anónima, procede a reformar la cláusula sexta del pacto social que en lo conducente dirá: El presidente tendrá la representación judicial y extrajudicial con facultades de apoderado generalísimo sin limitación de suma. Es todo.—Lic. Allan Mora Naranjo, Notario.—1 vez.—( IN2017153783 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría a las 15:00 horas del 18 de julio del 2017, se disuelve la sociedad denominada Catamar de Costa Rica S.A., cédula jurídica N° 3-101-058497.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. María José Hernández Ibarra, Notaria.—1 vez.—( IN2017153790 ).

En esta notaría, por escritura veintinueve-dos, de las doce horas del día trece de julio de este año dos mil diecisiete, se reforma la integración de la junta directiva de Agroindustrial Orias Laurent Sociedad Anónima.—Alajuela, 14 de julio del 2017.—Lic. Alex Gerardo Castro Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017153795 ).

Mediante escritura pública ciento cincuenta y uno del tomo sétimo del protocolo de esta notaría, se modifica la razón social y el objeto de la sociedad Getinsa Ingeniería Sociedad Limitada, cédula jurídica 3-012-669532. Es todo.—San José, a las diecisiete horas del día siete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Christian Díaz Barcia, Notario.—1 vez.—( IN2017153796 ).

Ante Jeannette Fallas Hidalgo, a las 20:30 horas del 26 06 2017, mediante la escritura 387 se realiza la constitución de la sociedad denominada “Inversiones Cafetaleras Don Rafa Sociedad Anónima” con domicilio en distrito Corralillo, cantón Central, provincia de Cartago, un kilómetro al sur del CTP San Juan Sur, frente a Gimnasio Vida & Salud. Primer presidente, secretario y tesorero con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente al menos dos de los representantes. Presidente: Carlos Ricardo Rivera Araya, cédula 3-468-352. Secretaria: Alejandra Lucía Hidalgo Araya cédula 1-1513-649. Tesorera: Yorleny María Rivera Araya, cédula 1-1326-990.—Cartago, 19 de julio de 2017.—Licda. Jeannette Fallas Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2017153797 ).

Por escritura otorgada ante mí, se reforma la junta directiva de la sociedad Gymnasio Extremo Ciudad Quesada S.A, cedula jurídica número 3-101-686420.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, 19 de julio del 2017.—Lic. Greivin Jiménez Méndez, Notario.—1 vez.—( IN2017153798 ).

Mediante asamblea general extraordinaria de la sociedad Martínez Robles Consultores Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-362436, celebrada en su domicilio social, a las 19 horas del 10 de julio del 2017, se reforman las cláusulas segunda y cuarta del pacto constitutivo. Se autoriza a la suscrita notaria a realizar la protocolización correspondiente.—Tres Ríos, 19 de julio del 2017.—Licda. Roxana Rodríguez Cascante, Notaria.—1 vez.—( IN2017153799 ).

Mediante asamblea general extraordinaria de la sociedad -Piñera Agrícola del Llano Sociedad Anónima”, cédula jurídica número 3-101-708436, celebrada en su domicilio social, a las 17 horas del 10 de julio del 2017, se reforma la cláusula segunda del Pacto Constitutivo. Se autoriza a la suscrita notaria a realizar la protocolización correspondiente.—Tres Ríos, 19 de julio del 2017.—Licda. Roxana Rodríguez Cascante, Notaria.—1 vez.—( IN2017153800 ).

Ante esta notaría, se tramita cambio en junta directiva de Repuestos y Servicios Nueva Generación S.A., cédula jurídica N° 3-101-733744, según acta asentada y firmada en libro correspondiente.—Licda. Lauren Leandro Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017153803 ).

En la notaría del licenciado José Alan Cordero Quesada, se nombra nueva junta directica de Transportes Las Palmas Transpasa S. A. Es todo.—San Ramón, veinte de julio del dos mil diecisiete.—José Alan Cordero Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2017153804 ).

Por escritura pública Nº 106-12, otorgada por la suscrita notaria a las 14:00 horas del día 01 de julio del año 2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de disolución de la empresa Inmobiliaria Damira Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-719524 con base en el inciso d) del artículo doscientos uno del Código de Comercio. Es todo.—Licda. Yesenia Villalobos Leitón, Notaria.—1 vez.—( IN2017153806 ).

Por escritura número ciento veinticinco otorgada ante esta notaría, a las quince horas treinta minutos del doce de julio del dos mil diecisiete, se modifica cláusula novena del Pacto Constitutivo de la sociedad denominada Tres-ciento uno-seiscientos sesenta y dos mil ochenta y tres S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y dos mil ochenta y tres.—San José, doce de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1 vez.—( IN2017153807 ).

El suscrito, Carlos Enrique Salazar Gamboa, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día dieciocho de julio del dos mil diecisiete, protocolicé acta de la empresa Colinas del Tempate Azul del Mar Ctam S. A. en la cual se modifica la cláusula de la administración y se realizan nuevos nombramientos de junta directiva. Asimismo protocolicé actas de las empresas Desarrolladora Vista Estadio S. A e Investments Groups S. R. L.—San José, trece horas veinte minutos del día dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Enrique Salazar Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017153815 ).

Que la sociedad Expansión And Open Sky Investments Sociedad Anónima, sociedad con cedula jurídica número tres- uno cero uno- cuatrocientos setenta y ocho mil doscientos treinta y ocho, ha modifico en acta de asamblea de socios la cláusula sexta de su pacto constitutivo la cual debe leerse así” sexta: Corresponde al presidente y secretario la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, con facultades de apoderados generalísimos sin límites de suma, pudiendo actuar conjunta o separadamente, podrán sustituir sus poderes en todo o en parte, revocar sustituciones y hacer otras de nuevo. Todo ello conservando sus facultades, asimismo dichos apoderados podrán por su cuenta y en nombre de la sociedad otorgar poderes generalísimos, generales, con o sin limitación de suma, o especiales para actos o contratos que consideren conveniente para la administración de la sociedad.” hacemos el comunicado por única vez para los efectos correspondientes.—Lic José Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017153816 ).

El señor Rolando Cordero Gamboa, mayor, casado una vez, técnico forestal, y vecino de Pérez Zeledón, Las Mesas de Pejibaye, un kilómetro al norte del salón comunal, con cédula de identidad número: uno-ochocientos cincuenta y seis-doscientos dos, en su calidad de propietario del cien por ciento del capital social de la sociedad denominada Inversiones Alambrina de P Z S. A., hace constar que se ha solicitado al Registro Público de Costa Rica, sección Mercantil, el cambio de domicilio social el cual será de ahora en adelante: Uvita, Bahía Ballena, Osa, doscientos cincuenta metros al oeste del centro llantero, Puntarenas, hacemos el comunicado por única vez para los efectos correspondientes.—Lic Jose Miguel León Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017153819 ).

Ante mi notaría se constituyó Seguridad El Olam S.A. Domicilio social: San José, Alajuelita. Objeto: Seguridad privada. Plazo social: 99 años. Capital social: Diez mil colones. Presidente: Diego Hernández Esquivel.—San José, 30 de junio del 2017.—Lic. Alexis Campos Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017153823 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día 14 de julio del 2017, se disuelve la sociedad denominada Seguridad Técnica Especializada SETASA Sociedad Anónima. Domicilio: San José, Escazú Centro Comercial Escazú contiguo a Ferretería Solís, local uno.—San José 14 de julio de 2017.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017153832 ).

Ante mí, Zaida Valderrama Rodríguez notaria pública de Alajuela a las 8 horas del 19 de julio del 2017 se nombró nueva junta directiva y fiscal de Safety World Security S. A., cédula jurídica número 3-101-460654.—Alajuela, 19 de julio del 2017.—Licda. Zaida Valderrama Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017153838 ).

Ante esta notaría, a las trece horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se constituye la empresa Quesamora de Santo Domingo Sociedad Anónima. Plazo social cincuenta años. Presidente Gerardo Antonio Mora Leitón.—Santo Domingo de Heredia 17 de julio del 2017.—Lic. Helberto  Morera González, Notario.—1 vez.—( IN2017153840 ).

El Verano de Enero J.S. del pacifico S.A, cédula jurídica número: 3-101- 434714, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de Ley, contados a partir de la publicación del diario oficial La Gaceta.—Jacó 14 de julio 2017.—Lic Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017153841 ).

KF Las Palmas Matapalo Sociedad Anónima. Por instrumento público número ochenta y cinco, otorgado en mi Notaría, en San José, emitida a las trece horas del día catorce de julio de dos mil diecisiete, se protocolizó la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad KF Las Palmas Matapalo Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y ocho mil seiscientos treinta y seis, mediante la cual se reforma la cláusula sexta, referida a la administración y facultades de los administradores.—San José, catorce de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, carné N° 15617, Notario.—1 vez.—( IN2017153842 ).

Por asamblea general extraordinaria de socios, protocolizada en esta notaría hoy a las 15:30 horas, de la compañía de esta plaza denominada Rocizaac S. A., en la que se reforman estatutos.—San José, 14 de julio del 2017.—Licda. Odilia Arrieta Angulo, Notaria.—1 vez.—( IN2017153843 ).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 16:00 horas del 06 de julio del 2017, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada: Telecr.Com Limitada, mediante la cual se disuelve la empresa.—San José, 06 de julio del 2017.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017153847 ).

La suscrita notaria Ileana Garita Arce, hago constar que la representación de la sociedad Soluciones Integrales de Diseño y Construcción (SIDECO) S. A., se presenta ante esta notaría a solicitar cambio de domicilio de dicha sociedad, siendo el real y actual Orosi, Paraíso, Cartago, trescientos metros norte del Almacén La Colonial. Es todo.—Cartago, veinte de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Ileana Garita Arce, Notaria.—1 vez.—( IN2017153848 ).

Mediante escritura ante mi otorgada en San José, a las once horas del catorce de julio del dos mil diecisiete se protocolizó acta de Radio Alfa S.A. donde se modifica el domicilio social.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2017153874 ).

Mediante escritura otorgada en San José a las doce horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete protocolicé actas de D T P Soluciones Uno S. A. y de Condominio La Ladera Bloque D.L.M. Lote Nueve III S. A. en donde se acuerda fusionarlas prevaleciendo la segunda.—Lic. Danilo Loaiza Bolandi, Notario.—1 vez.—( IN2017153875 ).

Por escritura número cincuenta y dos, otorgada ante mí, a las diez horas diez minutos del diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Sueños de Independencia Sociedad de Responsabilidad Limitada, por medio de la cual se reforma la cláusula del domicilio y el agente residente.—Lic. Federico Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—( IN2017153876 ).

Protocolización de acuerdo de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Shell House By The Sea, Sociedad de Responsabilidad Limitada con cédula de persona jurídica número tres - ciento dos -seiscientos veinticuatro mil setecientos noventa y ocho, en la cual se acuerda disolver la compañía. Teléfono: 2282-3300. Escritura otorgada en  San José, a las trece horas treinta minutos del diecinueve de julio del.—Lic. Federico Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—( IN2017153877 ).

Por escritura número cincuenta y ocho, otorgada ante mí a las trece horas del diecinueve de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Grupo Estratégico Comercial CRS, Sociedad Anónima, por medio de la cual se reforma la cláusula de la administración y la junta directiva. Teléfono: 2282-3300.—Lic. Federico Rucavado Luque, Notario.—1 vez.—( IN2017153878 ).

Mediante acta número cinco de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Academia de Belleza y Formación Profesional Enrique S. A. de esta plaza, cédula jurídica 3-101-150654, se reforman las cláusulas segundas, octava y se nombra nueva junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, 20 de julio 2017.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario.—1 vez.—( IN2017153879 ).

Proyectos Sostenibles Sura, Consultor1a Ecológica y Comunitaria Sociedad Anónima, solicita disolución de empresa. Escritura otorgada ante el notario Jorge Mario Piedra Arias al ser las dieciséis horas veinte minutos del once de julio del dos mil diecisiete.—San José, doce de julio dos mili siete.—Lic. Jorge Mario Piedra Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017153880 ).

Al ser las dieciocho horas del dieciséis de octubre de dos mil quince, procedo a protocolizar el acta general de asamblea general extraordinaria de Italiabella Travel, Sociedad Anónima, cédula jurídico número tres — ciento uno — seiscientos treinta y siete mil ochocientos veintisiete, en la cual se reforman las cláusulas: Primera: de la razón social, segunda: del domicilio social, sétima: de la administración.—Liberia, veintidós de marzo de dos mil diecisiete.—Lic. Bernal Arrieta Gonzalez, Notario.—1 vez.—( IN2017153884 ).

Mapapi PJH Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil setecientos treinta y siete reforma su representación judicial y extrajudicial. y reforma administración de la sociedad. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017153885 ).

Por escritura de nueve horas de hoy en esta ciudad protocolicé acta de Arrendamientos Sauma S.A. en la cual reforma sus estatutos.—San José, 20 de julio de 2017.—Licda. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—( IN2017153889 ).

Ligia Alvarado Miranda, notaria pública, comunica que la entidad Ansamares S. A. cédula jurídica número 3-101-059108 inscrita en personas jurídicas tomo 333, folio 106, asiento 00089 indica su disolución a partir del día diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Alajuela, 19 de julio 2017.—Licda. Ligia Alvarado Miranda, Notaria.—1 vez.—( IN2017153904 ).

Que la entidad Sintrona S. A., cédula jurídica número 3-101-238417, acepta la renuncia de su tesorera la señora Laura Marcela Alvarado Ramírez, cédula 2-560-291 y en su puesto se nombra Sabine Schulze de nacionalidad alemana mayor, soltera, cédula de residente 127600144332.—Alajuela, 19 de julio 2017.—Licda. Ligia Alvarado Miranda, Notaria.—1 vez.—( IN2017153905 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, se revoca el nombramiento y se nombra nuevo Fiscal de la sociedad Solidez Presente y Futuro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres- ciento uno- setecientos diecisiete mil treinta y ocho.—San José, 20 de julio del 2017.—Licda. Elizabeth Zamora Campos, Notaria.—1 vez.—( IN2017153906 ).

A las 09:00 horas del 20 de julio del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad “El Payo Dorado G.R.A., S. A.” donde se reformó la cláusula sétima del pacto social.—Cartago, 20 de julio del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153924 ).

Ante esta notaría, se reforma cláusula de la administración, de la sociedad O&H Hermanos Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno- tres cinco cinco tres cero siete, en cuanto a que presidente y secretario actuando en forma conjunta o separada pueden otorgar toda clase de poderes. Presidente: Hannia Elvettia Sánchez Viudas, cédula uno cero seiscientos trece cero setecientos cuarenta y dos.—San Jose, 19 de julio 2017.—Licda. Lissette Susana Ortiz Brenes, Notaria.—1 vez.—( IN2017153927 ).

Que en escritura autorizada por el suscrito notario, el diecisiete de julio de dos mil diecisiete, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios de Mueblería Tarragon Tree Limitada, mediante la cual se hacen reformas al pacto constitutivo y nuevos nombramientos.—Sarchí, 17 de julio de 2017.—Lic. Josué Campos Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017153930 ).

Por escritura pública otorgada ante la suscrita notaria, a las ocho horas treinta minutos del diecinueve de julio de dos mil diecisiete, se modificaron las cláusulas segunda y sétima del pacto social de la compañía Aluzar del BQ Sociedad Anónima.—Licda. Yiell Flores Madrigal, Notaria.—1 vez.—( IN2017153932 ).

Ante esta notaría se protocolizó el acta número once de Pacific Trust And Escrow Services S.A, donde se transforma la sociedad a una de Responsabilidad Limitada.—San José, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Marcela Freer Rohrmoser, Notaria.—1 vez.—( IN2017153933 ).

Por acta número dos se realiza asamblea ordinaria y cambio de junta directiva de la Asociación Solidaria Proayuda Indígena ASPI.—Alajuela a las dieciocho horas del ocho de julio del dos mil dieciséis.—Lic. Maximiliano Vargas Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017153934 ).

Mediante la escritura número 35-10, autorizada en mi notaría al ser las 10:00 horas del día 12 de julio del 2017, protocolicé el acta de asamblea general de accionistas de la sociedad “Ideas Desarrolladas y Servicios I D S Sociedad Anónima, en la cual reforma el pacto constitutivo y cambia el nombre a “GDCI Grupo de Desarrollo Creativo E Innovación Sociedad Anónima”.—San José, 19 de julio del 2017.—Licda. Fresia Ma. Ramos Ugarte, Notaria.—1 vez.—( IN2017153935 ).

A las 08:00 horas del 20 de julio del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad “Ichos de Cobre, S. A.” donde se reformó la cláusula sétima del pacto social.— Cartago, 20 de julio del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153937 ).

Por escritura otorgada en esta notaría a las once horas treinta minutos el día de hoy, se aumenta el capital social de la sociedad denominada Sistemas de Seguridad Digital Digitec Sociedad Anónima, inscrita en el registro de personas jurídicas bajo la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y cuatro mil ochocientos treinta y ocho, a sesenta millones de colones.—Alajuela, a las catorce del mes de julio del año dos mil diecisiete.—Licda. Sussy Brenes Alvarado, Notaria.—1 vez.—( IN2017153936 ).

Bajo acta número uno asamblea general extraordinaria, de fecha diecinueve de abril del dos mil diecisiete, se ha solicitado al Registro Público, cambio de junta directiva y el domicilio de la Sociedad Proindsa Proveedores Industriales, cédula Nº 3-101-704382. Lic. Hannia Ramírez Rojas, cédula Nº 8340-8677.—Cartago, trece horas del dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Hannia Ramírez Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017153680 ).

A las 09:00 horas del 20 de julio del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad “El Payo Dorado G.R.A., S. A.” donde se reformó la cláusula sétima del pacto social.—Cartago, 20 de julio del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153924 ).

Por escritura otorgada en mi notaría, el día 17 de julio del 2017, se constituyó Roystonea Sociedad Anónima, Plazo: Noventa y nueve años, Domicilio: Heredia. Objeto: Comercio en general. Apoderado generalísimo: Presidente. Con aporte ubicado en Puntarenas, folio real: 199353-000.—San José, 17 de julio del 2017.—Lic. Franklin Morera Sibaja, Notario.—1 vez.—( IN2017153931 ).

Mediante escritura pública N° 79 otorgada ante el notario público Carlos Roberto Rivera Ruiz, a las 10:00 horas del 13 de julio del 2017, se acordó la fusión por absorción de las sociedades Liguste Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica N° 3-102-668842 y Triangle Properties T.P.S.I. Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-454045, prevaleciendo esta última. Asimismo, se acuerda modificar la cláusula quinta del capital social de la sociedad prevaleciente en virtud de la fusión. Dentro del plazo de 30 días a partir de esta publicación, se emplaza a cualquier interesado a hacer valer sus derechos e intereses en la presente fusión.—San José, 13 de julio del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017153939 ).

Por escritura otorgada en esta notaría a las doce horas, el día de hoy, se aumenta el capital social de la sociedad denominada Vacron Costa Rica Sociedad Anónima, inscrita en el registro de Personas Jurídicas bajo la cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos sesenta y cuatro mil seiscientos noventa y dos, a siete millones de colones.—Alajuela, catorce del mes de julio del año dos mil diecisiete.—Licda. Sussy Brenes Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017153943 ).

Yo, Juan Manuel Gómez Mora, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día dieciocho de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía Performance Investments S.A. en la cual se disuelve la sociedad. Carné N° 22091. Tel. 2204-7080.—San José, dieciocho de julio dos mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017153946 ).

Que por escritura número 155, visible a folio 168 frente se acordó disolver la sociedad Holly Hills Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-437732. Visible en el tomo 28 del protocolo del suscrito notario público, el motivo de este edicto es la disolución de la empresa indicada.—Uvita de Osa, a las 12:00 horas del 17 de julio del 2017.—Lic. Eduardo Abarca Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017153948 ).

A las 12 horas del día diecinueve de julio del año dos mil diecisiete, protocolicé el acta de Tres-Ciento Uno-Seiscientos Once Mil Cuatrocientos Seis S. A., donde se acuerda cambiar el presidente, secretario y el nombre de la sociedad.—San José, veinte de julio del año dos mil diecisiete.—Licda. Andrea María Meléndez Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017153949 ).

Flor María Delgado Zumbado, comunica que ante su notaría se constituyó sociedad anónima cuya denominación social será Fran y Mila e Hijos Sociedad Anónima, para dedicarse a toda clase de negocio lícito.—Belén, diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2017153950 ).

Por escritura Nº 216, visible al folio 99-vuelto del tomo 13, a las 17:00 horas del 18 de julio del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Trasportes Rodríguez Valverde Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos diez mil seiscientos ochenta y dos, donde se acuerda la disolución de la misma, Nº 12976.—Turrúcares, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Marilyn Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2017153952 ).

Mediante escritura 214-43, otorgada ante notario Adolfo Ledezma Vargas, en Abangares, a las 17:00 horas del 02 de junio 2017, Bernio, Miguel Sebastián, ambos Garay Gaitán, Bonifacia Ramona y Florencia, ambos Masís Buzano y Yeison Gerardo Garay Masis, socios únicos de Salinera Garay S. A., solicitan la disolución de esta sociedad.—Lic. Adolfo Ledezma Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017153956 ).

Por escritura Nº 103-2, otorgada ante mí Robert Solís Sauma, a las 15:00 horas del 04 de julio del 2017, la sociedad Eccoterra ZN Sociedad Anónima, acuerdan cambio en la representación.—Ciudad Quesada, 18 de julio del 2017.—Lic. Robert Solís Sauma, Notario.—1 vez.—( IN2017153957 ).

Ante el notario público Andrés Oviedo Sánchez, mediante escritura Nº 360-2 otorgada a las 15:00 horas del 13 de julio del 2017, se constituyó la sociedad de esta plaza: Detalles Mágicos I.CR Sociedad Anónima.—Heredia, a las 12:00 horas del 19 de julio del 2017.—Lic. Andrés Oviedo Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017153959 ).

Por escritura número diecisiete-cero cinco, en esta notaría, se hace cambio de la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad ARNA BR S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y siete mil siete, Lic. Felicia Calvo Hidalgo, carné 11692, teléfono 83543791.—Cartago, 17 de julio del 2017.—Lic. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2017153961 ).

Por escritura número cuatrocientos cincuenta y cuatro, en esta notaría, se hace cambio de la cláusula quinta del pacto constitutivo de la sociedad Adelante Desarrollos S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos veintiún mil setecientos noventa.—Licda. Felicia Calvo Hidalgo, Notaria.—1 vez.—( IN2017153962 ).

Por escritura número cincuenta y uno otorgada a las ocho horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad Tres-Ciento Dos-Quinientos Veintiún Mil Trescientos Setenta y Uno, mediante la cual se disuelve la sociedad.—San Isidro, 17 de julio del 2017.—Licda. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—( IN2017153963 ).

Por escritura número cuarenta y tres, otorgada a las diez horas del día siete de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea de la sociedad: Tres-Ciento Dos-Quinientos Veintiún Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos. Se modifica nombre a: Varmi Ltda. Se modifica pacto constitutivo y se designa como gerentes generales a; Giovanni Varela Díjeres y Carmela Armijo Cabalceta, con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San Isidro, 7 de julio del 2017.—Licda. Alba Iris Ortiz Recio, Notaria.—1 vez.—( IN2017153964 ).

Por escritura otorgada ante mí, el día de hoy se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de disolución de Herencia Tori S. A.—San Pablo de Heredia, 19 de julio del 2017.—Lic. Edgardo Campos Espinoza, Notario.—1 vez.—( IN2017153966 ).

La sociedad Odontoasesores Centroamericanos Sociedad Anónima, realizó la disolución de su sociedad mediante escritura número: 78-01 otorgada a las 8:00 horas del 19 de julio del 2017 otorgada ante mí, notaria Cindy Yilena Herrera Camacho.—Ciudad Quesada, San Carlos 19 de julio del 2017.—Licda. Cindy Yilena Herrera Camacho, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017153968 ).

En escritura número 241 de las 10:00 horas del 18 de julio del 2017 de la notaría del Lic. Ferdinand von Herold Duarte, actuando en forma conotariada con el suscrito notario, protocolizamos acta N° 3 de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Vargas Ulloa Maquinaria Vauma S. A., cédula jurídica N° 3-101-311162, en la cual se reformaron los estatutos y se nombró nuevo secretario de junta directiva.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017153969 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria de accionistas de la sociedad: Cangemi S. A., con cédula de persona jurídica Nº 3-101-401758, en la cual se modifica el pacto constitutivo.—San Mateo, 17 de julio del 2017.—Lic. Leiner Molina Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017153974 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mike & Linda Ventanas Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San Mateo, trece horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Leiner Molina Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017153975 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las once horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mike & Linda Ventanas Sociedad Anónima, por la cual no existiendo activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San Mateo, trece horas del día diecisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Leiner Molina Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017153980 ).

Por escritura número ciento treinta y seis otorgada ante esta notaría, a las diecisiete horas del veintitrés de abril del dos mil diecisiete, se aumenta el capital social sociedad Compañía de Seguridad Industrial Cruz Verde S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cero dieciséis mil cuatrocientos sesenta y nueve.—San José, veinte de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2017153981 ).

Yo, José Andrés Masís Calvo, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía GCG Estudio AD S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración.—San José, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017153983 ).

Yo, José Andrés Masís Calvo, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía GCG Construcciones GCG S.A., en la cual se modifica la cláusula de la administración. Carné N° 13077. Tel. 2204-7080.—San José, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017153985 ).

Yo, José Andrés Masis Calvo, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía Consultores GGM Ingeniería S. A. en la cual se modifica la cláusula de la administración.—San José, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—Lic. José Andrés Masis Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017153988 ).

Yo, José Andrés Masís Calvo, notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía Ingeniería JLCA S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración.—San José, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017153991 ).

La suscrita notaria Irene Arrieta Chacón, hago constar que ante mi notaría se modificó la cláusula del nombre de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seis Siete Tres Ocho Ocho Tres Sociedad Anónima, para que en adelante se denomine Maya Alf Sociedad Anónima.—Puntarenas, 6 de julio del 2017.—Licda. Irene Arrieta Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2017153992 ).

Ante esta notaría, en escritura pública N° ciento uno de las diez horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete, del protocolo número cuarenta y de la notaria Adriana Chavarría Araya, carné 13171, se protocolizó acta de asamblea número dos de las diez horas del siete de abril del dos mil diecisiete de la empresa Kosturas Latinoamérica Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-siete cero ocho uno cinco cuatro, donde se revocó la presidente y la secretaria de la junta directiva y en su lugar se hicieron nuevos nombramientos.—Licda. Adriana Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017153993 ).

Ante esta notaría por escritura pública, otorgada a las diez horas del veinte de julio del dos mil diecisiete, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las compañías Corporación Comercial El Éxito Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos noventa y ocho, Importadora El Amigo Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-ciento cincuenta y seis mil doscientos veintiocho, mediante la cual las sociedades se fusionaron por el sistema de absorción subsistiendo la sociedad Corporación Comercial El Éxito Sociedad Anónima. Es todo.—San José, a las once horas cincuenta minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Marcelo Gamboa Venegas, Notario.—1 vez.—( IN2017153997 ).

Hoy he protocolizado el acta número veintitrés, de Corporación Inversiones Esterillos S. A., en la cual se reforma la cláusula sétima de los estatutos y se nombra presidente, secretaria y fiscal.—San José, 29 de junio del 2017.—Lic. Fernando Alonso Castro Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2017153998 ).

Yo, José Andrés Masís Calvo, Notario Público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día diecisiete de julio de dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía GGS Ingeniería y Diseño S. A., en la cual se modifica la cláusula de la administración. José Andrés Masís Calvo, carné N° 13077, tel.: 2204-7080.—San José, dieciocho de julio de dos mil diecisiete.—Lic. José Andrés Masís Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017154001 ).

María Nancy García Giraldo, Alexánder de Jesús Prisco Villa, Wilfer García Morales y Johana Marcela Restrepo Restrepo, constituyen la empresa Janawill Sociedad Anónima. Domiciliada en Centro Comercial de Guadalupe, local 38, capital social cien mil colones. Escritura otorgada en San José a las 16 horas del 19 julio 2017.—Lic. Luis Alberto Palma León, Notario Público.—1 vez.—( IN2017154011 ).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas con treinta minutos del veintidós de junio del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Trade and Investment of Santa Bárbara Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno cuatrocientos cuarenta y un mil trescientos sesenta y cinco, mediante la cual se adiciona la cláusula décimo tercera del pacto social relativa al agente residente.—San José, veinte de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Óscar Soley Loría, Notario.—1 vez.—( IN2017154022 ).

La suscrita notaria hace constar que a las dieciséis horas de hoy los señores: Carlos Paul Harnish Valderrama, constituyeron la sociedad denominada Inversiones OKO Sociedad Anónima, con un capital de ciento diez mil colones, pagados, domiciliada San Antonio de Coronado trescientos metros al este del Restaurante Mac Donald, San José, quien será el presidente.—San Isidro de Vásquez de Coronado, 23 de abril del 2017.—Licda. Yamileth Calderón Cerdas, Notaria.—1 vez.—( IN2017154024 ).

Mediante escritura 178-6 del tomo 06 de mi protocolo, otorgada esta ciudad a las 08:00 horas del 19 de julio del 2017, Centro Comercial Valle Próspero S. A., cédula 3-101-397553 modifica: A) Se cambia el domicilio social de la empresa. B) Se nombra tesorera: Lucrecia María Villalobos Picado; poder generalísimo limitado a la suma de $5.000 por transacción. C) Se nombra agente residente Licda. Ana Lorena Borges Montero por un período de dos años D) Se revoca poder general citas: 20016-202082-1-1.—San Isidro de El General, 19 de julio del 2017.—Licda. Ana Lorena Borges Montero, Notaria.—1 vez.—( IN2017154030 ).

Yo, Armando Blanco González, notario con oficina en Palmares, he procedido a protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Cascante Tres INC Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma sus estatutos en cuanto al domicilio social y se nombra presidente y secretaria.—Palmares, 19 de julio del 2017.—Lic. Armando Blanco González, Notario.—1 vez.—( IN2017154031 ).

Por escritura número 24-12, otorgada ante esta notaría a las 12:00 horas del 20 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Asociación Educativa Integral Casa de Las Estrellas de Garza.—San José, 20 de julio del 2017.—Lic. Jorge F. Baldioceda Baltodano, Carnet 11433, Notario.—1 vez.—( IN2017154034 ).

Por escritura número treinta, visible en el tomo setenta y uno del protocolo del suscrito notario, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa Qing Fa Sociedad Anónima, en la que se aumenta el capital social. Es todo.—San José, julio dieciocho de dos mil diecisiete.—Lic. Alexander Calderón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017154037 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 19:15 horas del 17 de julio de 2017, se disolvió la sociedad Indianware S. A.. Prescindiéndose del trámite de liquidación, por no haber activos ni pasivos. Lo anterior, para los efectos del artículo 207 del Código de Comercio.—San José, 20 de julio de 2017.—Lic. Luis Alberto Arias Naranjo, Notario.—1 vez.—( IN2017154041 ).

En esta notaría se protocolizó acta de asamblea de socios de la empresa Inversión Es Priale S.A., cambio de nombramientos de junta directiva.—San Jose veinte de julio de don mil diecisiete.—Licda. Ivania Vargas Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2017154042 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria a las doce horas treinta minutos del veintitrés de enero del dos mil diecisiete se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo, se revocan y se realizan nuevos nombramientos de gerente de la sociedad Varmoral Investments S.R.L., con cédula jurídica número tres- ciento dos-setecientos veintinueve mil novecientos cincuenta y ocho.—Lic. Jorge Fredy Chacón Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017154043 ).

Se hace constar que por escritura de las 17:00 horas del 18 de julio de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Cyril de la Garita S.A. Se reforma la cláusula de la representación de la compañía. Se nombra nueva junta directiva y fiscal, se nombra presidente a Cyril García Bagues, se nombra secretaria a Yolande Bosch Anduig, se nombra tesorera a Michele Bagues.—San José, 19 de julio de 2017.—Lic. Eladio Gonzalez Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017154045 ).

Se hace constar que por escritura de las 11:00 horas del 20 de julio de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la compañía Tres-Ciento Dos-Setecientos Un Mil Quinientos Setenta y Ocho Sociedad de Responsabilidad Limitada. Se reforman las cláusulas siguientes del pacto constitutivo: administración. Plazo de nombramiento de gerente y subgerente. Domicilio. Se nombra gerente a Magally Herrera Jiménez y subgerente a Eladio González Solís.—San José, 20 de julio de 2017.—Lic. Danny Saborío Muñoz, Notario Público.—1 vez.—( IN2017154046 ).

Ante esta notaría, a las 12:00 horas del 19 de julio del 2017, se protocolizaron actas de fusión por absorción de las sociedades Desarrollo de Plaguicidas S. A. y Servicio Agrícola Cartaginés S. A., esta última absorbió a la primera. Licenciado Raymundo Volio Leiva, cédula N° 1-0717-0652.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017154057 ).

Ante esta notaría, se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada cuya denominación social se establece de conformidad con lo dispuesto en el artículo dos del Decreto Ejecutivo número treinta y tres mil ciento setenta y uno-3; con un plazo de cien años y un capital social de doce mil de colones exactos.—San José, veinte de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—( IN2017154061 ).

Ante el suscrito notario Jenny Reyes Durán, se constituyó la sociedad anónima denominada Ingienería y Servicios Cordillera Costa Rica. El domicilio social será la ciudad de San José, Sabana Oeste, 10 metros oeste y 50 metros norte de la UCIMED y su capital social es un millón de colones.—San José, 17 de julio del 2017.—Licda. Jenny Reyes Durán, Notaria.—1 vez.—( IN2017154063 ).

Ante esta notaría, se realizó la asamblea general extraordinaria de la sociedad Inversiones Agrícolas Algefra S. A., mediante la cual se acordó la disolución de la misma, cuya acta fue protocolizada a las diez horas con treinta minutos del ocho de julio del dos mil diecisiete.—Pérez Zeledón, ocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Rosaura Madrigal Quirós, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017154066 ).

A las 11:00 horas del día veinte de julio del 2017, se protocolizó acta de asamblea de accionistas de Tarjetas BCT S. A., mediante la cual se reformó la cláusula quinta del capital social.—San José, 20 de julio del 2017.—Lic. José Gabriel Jerez Cerda, carné 20591, Notario.—1 vez.—( IN2017154068 ).

Que por escritura otorgada a las nueve horas del día siete de julio del año dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de Funny Story Sociedad Anónima, se acordó disolver la sociedad.—Licda. Johanna Bonilla Ulloa, Notaria.—1 vez.—( IN2017154069 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del treinta de mayo del dos mil diecisiete; protocolizo acta de la sociedad Los Sonidos del Bosque Sociedad de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo referente al domicilio. Es todo. Carné 9193.— San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—( IN2017154072 ).

Por escritura otorgada a las 13:00 del 19 de junio del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la Digraphic Sociedad Anónima, con la cédula jurídica 3-101-726187, en la cual se acuerda revocar el nombramiento del secretado y tesorero así como realizar los nuevos nombramientos. Modificar la cláusula segunda.—Alajuela 14 de julio del 2017.—Licda. Ivannia Jesús Marín Valerio, Notaria.—1 vez.—( IN2017154073 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas treinta minutos del diecinueve de junio del dos mil diecisiete; protocolizo acta de la sociedad Tres-Ciento Dos-Setecientos Veintiocho Mil Trescientos Setenta y Siete Limitada, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo referente a la administración. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, dieciocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—( IN2017154074 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número trescientos treinta y uno de fecha 26 de junio del dos mil diecisiete, visible al folio 178 vuelto, del tomo veintidós, se protocoliza acta de aumento de capital de la sociedad Cool Touch National Company S. A. cédula jurídica tres ciento uno seis cero siete cero ocho nueve, se invita a terceros a hacer valer sus derechos ante esta notaria, sita doscientos metros noreste de la Mc Donald’s Parque de la Paz.—San José 20 de julio del 2017.—Lic. Miguel Zamora Azofeifa, Notario.—1 vez.—( IN2017154076 ).

La Sociedad Inversiones Cruz Z Sociedad Anónima, mediante acta número cincuenta y siete de la asamblea general extraordinaria de accionistas, reforma la cláusula segunda de sus estatutos. Segunda: modificación del domicilio social: Su domicilio social será en Alajuela, Sarchí de Valverde Vega, doscientos cincuenta norte de la estación de bomberos, pero además podrá establecer sucursales y agencias en cualquier parte de la república o fuera de ella.—Esparza 18:00 horas del 29 de abril del 2014.—Lic. Franklin José Garita Cousin, Notario.—1 vez.—( IN2017154080 ).

Por escritura otorgada a las trece horas del veinte de julio del dos mil diecisiete, ante esta notaría se protocolizó el acta de junta directiva N° 06-2017 de Interclear Central de Valores S. A., se aumenta capital social y se modifica cláusula quinta del pacto social.—San José, 20 de julio del 2017.—Licda. Priscilla Soto Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017154081 ).

Ante el notario público Juan José Valerio Alfaro, mediante escritura número cinco del tomo dos otorgada a las dieciséis horas del veintiséis de junio del año dos mil diecisiete se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Codelabs Development Corp. S.A., en donde se modificó la junta directiva y la cláusula segunda del pacto social.—San José, a las trece horas del veinte de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Juan José Valerio Alfaro, Notario Público.—1 vez.—( IN2017154082 ).

Ante el notario público, Juan José Valerio Alfaro, mediante escritura número siete del tomo dos otorgada a las diez horas del cinco de julio del año dos mil diecisiete se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Teleféricos RFAT de Costa Rica S. A., en donde se modificó la junta directiva, las cláusulas sétima y tercera del pacto social.—San José, a las catorce horas del veinte de julio del año dos mil diecisiete.—Lic. Juan José Valerio Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017154083 ).

Ante el notario público Juan José Valerio Alfaro, mediante escritura número ocho del tomo dos otorgada a las once horas del cinco de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó asamblea general extraordinaria de la sociedad Dosel S. A., en donde se modificó la junta directiva, las cláusulas novena y tercera del pacto social.—San José a las catorce horas treinta minutos del veinte de julio del dos mil diecisiete.—Juan José Valerio Alfaro, Notario Público.—1 vez.—( IN2017154084 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas treinta minutos de 20 de julio de 2017, se transforma la sociedad anónima denominada Condo Cerro Verder Diez CVDI Sociedad Anónima, en una sociedad de responsabilidad limitada. Se modifica su razón social a R & RW Enterprises Limitada. Domicilio: Guanacaste, Carillo, Sardinal, Urbanización Las Palmas, Condominio Valle del Sol; número diez; objeto: comercio en general; plazo: 99 años; capital social: doce mil colones; apoderado generalísimo: gerente uno: Richard Dale Waldrop y gerente dos: Marandita Margareta Waldrop.—San José, veinte de julio de 2017.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017154085 ).

Por escritura número treinta y cuatro del tomo veintiséis, de las diez horas del día veinte de julio de dos mil diecisiete, ante esta notaría, se modificó la cláusula quinta del capital social para un monto total de treinta mil colones exactos, de la sociedad Inversiones Savar de Tobosi ISDT Sociedad Anónima.—San José, día veinte de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017154086 ).

Por escritura número treinta y cinco del tomo veintiséis, de las diez horas treinta minutos del veinte de julio de dos mil diecisiete, ante esta notaría, se modificó la cláusula quinta del capital social para un monto total de cuarenta mil colones exactos, de la sociedad Tres-Ciento Uno-Setecientos Veintiún Mil Setecientos Sesenta y Cinco Sociedad Anónima.—San José, veinte de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017154087 ).

En escritura número 242 de las 12:00 horas del 18 de julio del 2017 de la notaría del Lic. Ferdinand Von Herold Duarte, actuando en forma conotariada con el suscrito notario, protocolizamos acta Nº 4 de asamblea general extraordinaria de accionistas de la entidad Agropecuaria Ramírez S. A., cédula jurídica Nº 3-101-048180, en la cual se prorrogó el plazo social y se nombraron presidente, vicepresidente y fiscal.—San José, 19 de julio del 2017.—Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario Público.—1 vez.—( IN2017154088 ).

Mediante escrituras otorgadas ante esta notaría el día de hoy, se protocolizaron las actas asambleas de socios de Nisa del Pacífico S. A., y 3-101-684476 S.A., mediante las cuales se acordó y aprobó su fusión por absorción, prevaleciendo la primera.—San José, dieciséis de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario Público.—1 vez.—( IN2017154089 ).

Mediante escritura otorgada ante mí, protocolicé acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la empresa Visa International Costa Rica SRL, sociedad con cédula de persona jurídica número 3-102-737054, mediante la cual se modifica la cláusula octava de la administración.—San José, veinte de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Vargas Yong, Notario.—1 vez.—( IN2017154090 ).

Ante esta notaría se constituyó la entidad jurídica denominada; Bareta SM Sociedad de Responsabilidad Anónima, al ser las once horas del veinte de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Patricia Benavides Chaverri, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017154106 ).

Yo, Juan Antonio Mainieri Acuña, protocolicé acta de asamblea de Patco de Oro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos sesenta y nueve mil treinta y nueve; donde se modifica la cláusula de representación.—Veinte de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Juan Antonio Mainieri Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017154107 ).

Yo, Juan Antonio Mainieri Acuña, protocolicé acta de asamblea de Diad de Oro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintisiete mil novecientos ochenta y cinco; donde se modifica la cláusula de representación.—Veinte de julio del dos mil diecisiete.—Juan Antonio Mainieri Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017154108 ).

Por escritura de las dieciséis horas del veintinueve de junio de dos mil diecisiete, los señores Juan Pablo Mora Méndez y Lisbeth Méndez Gamboa, constituyeron la compañía denominada Electra Heredia L. M. G Sociedad Anónima, con domicilio social en la ciudad de Heredia centro, dedicada a la venta de repuestos y electrodomésticos en general, con un capital social de diez mil colones cancelado mediante aportes de artículos varios. Notario Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez. Tels. 8388-89-52 y 2221-99-35.—San José, 29 de junio de 2017.—Lic. Carlos Alberto Wolfe Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017154119 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, se constituyó la entidad denominada Compañía de Servicios y Alimentos Artesanales Merayo Sociedad Anónima, plazo noventa y nueve años. Presidente Alonso Merayo Cedeño. Escritura otorgada en la ciudad de San José, Curridabat, del correo cien metros al este y ciento cincuenta al sur, a las dieciséis horas y treinta minutos del día diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Eduardo Aguilar Wallen, Notario.—1 vez.—( IN2017154120 ).

Yo, Ana Lourdes Gólcher González, notaria pública con oficina abierta en San José, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de El Encanto Cartaginés Q.E.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintisiete mil quinientos setenta y cuatro, cambiando el domicilio y nombrando nuevo junta directiva, fiscal y agente residente. Escritura otorgada en San José, a las doce horas del veinte de julio del dos mil dieciséis.—Licda. Ana Lourdes Gólcher González, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017154125 ).

Por escrituras otorgadas ante mi notaría, a las 18:00 horas de los días 30 de mayo y 06 de julio, ambos del 2017, se protocoliza el acta uno de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Franka S & P Sociedad Anónima, modificándose las cláusulas segunda y octava del pacto constitutivo, así como revocatoria y nombramiento de nueva junta directiva y fiscalía de esa sociedad.—Grecia, 06 de julio del 2017.—Lic. Damián Alfaro Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017154126 ).

El suscrito notario hace constar que en mi notaría, se constituyó la entidad Doble J Sociedad de Responsabilidad Limitada. Capital social: Cien mil colones. Domicilio, San José, cantón primero San José, distrito octavo Mata Redonda, Rohrmoser, Residencial Jardines de Rohrmoser, casa número cuarenta y cinco. Plazo: Noventa y nueve años.—Lic. Ronald Antonio Sánchez Trejos, Notario.—1 vez.—( IN2017154127 ).

NOTIFICACIONES

OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL

El Ministerio de Obras Públicas y Transportes y el Consejo de Seguridad Vial, comunican a todas las personas físicas, jurídicas e instituciones públicas, interesadas legítimas en la devolución de los vehículos o chatarra de vehículos que se encuentran detenidos en los depósitos del Consejo de Seguridad Vial que:

Conforme con lo establecido en el artículo 155 de la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial, N° 9078, sobre la disposición de vehículos no reclamados, cuando no se gestione la devolución de un vehículo o de la chatarra de éste, que se encuentre a la orden de la autoridad judicial o administrativa transcurridos tres meses siguientes a la firmeza de la determinación que produce cosa juzgada o agota la vía administrativa, según corresponda, estos podrán ser objeto de donación o de remate.

En virtud de lo anterior, se otorgan quince (15) días hábiles contados a partir de la presente publicación para que los interesados en los vehículos que se dirán puedan hacer valer su derecho y apersonarse ante la Unidad de Impugnaciones respectiva.

Se recuerda que para la obtención de la orden judicial de devolución, sin perjuicio de otros requisitos que llegue a solicitar la autoridad judicial, se requiere la subsanación de la causa que origino la detención del vehículo: y que el conductor infractor y su propietario se encuentren al día en el pago de todas las multas de transito.

Se advierte que vencido el plazo indicado, sin que haya comparecido el interesado en el bien o se haya gestionado la devolución: sin más trámite se iniciara el proceso de donación o remate de los bienes, de conformidad con lo establecido en la ley de transito indicada.

Vencido el plazo, si los interesados han presentado constancia emitida por la Autoridad Judicial, en la que se indique que la causa que originó la detención se encuentra aún en conocimiento y pendiente de resolución según las circunstancias, los vehículos aún se mantendrán en custodia por un plazo razonable. De igual manera se procederá cuando se solicite la devolución y no se cumpla en el acto con la totalidad de los requisitos exigidos.

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

 

San José, Uruca, 11 de julio del 2017.—Unidad de Donaciones y Remate de Vehículos Detenidos.—Lic. Braulio Picado Villalobos, Encargado.—1 vez.—( IN2017153705 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Documento Admitido Traslado al Titular

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ref. 30/2017/22604.—Inversiones Jiménez y Renzi S. A., cédula jurídica 3-101-091218.—Documento: cancelación por falta de uso (Inversiones Jiménez y Renzi S).—N° y fecha: anotación/2-93727 de 24/10/2014.—Expediente: 1994-0007497.—Registro N° 91512 Choza Vidrio de Sol (Sunglass Hut) en clase 49 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 11:24:20 del 1° de junio de 2017.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Víctor Vargas Valenzuela, divorciado, cédula de identidad 103350794, en calidad de apoderado especial de Luxotica US Holdings Corp., contra el registro del signo distintivo Choza Vidrio de Sol (Sunglass Hut), Registro N° 91512, el cual protege y distingue: un establecimiento mercantil dedicado a la venta de lentes y aros para sol. Ubicado en el Centro Comercial Plaza Mayor, Pavas, San José. en clase internacional, propiedad de Inversiones Jiménez y Renzi S. A., cédula jurídica 3-101-091218. Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo que transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora Jurídica.—( IN2017152144 ).

Resolución acoge cancelación

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ref: 30/2017/8788.—Bliss World LLC.—Documento: Cancelación por falta de uso (Presentada por Italofarmaco S.).—Nro y fecha: Anotación/2-103103 de 28/04/2016.—Expediente: 2007-0011718 Registro N° 175434 Bliss en clase 5 Marca Mixto.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:59:19 del 24 de febrero de 2017.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por Melissa Mora Martín, en calidad de apoderada especial de Italofarmaco S. A., contra el registro del signo distintivo Bliss (Diseño), registro N° 175434, el cual protege y distingue: productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas en clase 5 internacional, propiedad de Bliss World LLC.

Resultando:

I.—Que por memorial recibido el 28 de abril del 2016, Melissa Mora Martín, en calidad de apoderada especial de Italofarmaco S. A., solicita la cancelación por falta de uso de la marca Bliss (Diseño), Registro N° 175434, en clase 5 internacional, propiedad de Bliss World Llc., (Folios 1 a 4).

II.—Que por resolución de las 13:43:25 horas del 31 de mayo del 2016, se procede a dar traslado al titular del distintivo marcario a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada. (Folio 10) Dicha resolución fue notificada el 20 de junio del 2016, y el 9 de agosto del 2016, a quien aparece como representante del titular de la marca y al solicitante de la cancelación por falta de uso el 14 de junio del 2016. (Folio 10 vuelto).

III.—Que por resolución de las 10:02:13 horas de 5 de setiembre del 2016, el Registro de Propiedad Industrial previene al solicitante de la cancelación para que aporte nueva dirección en virtud de la imposibilidad material de notificar conforme a derecho al titular del signo. (Folio 13) Dicha resolución fue debidamente notificada el 07 de setiembre del 2016. (Folio 16).

IV.—Que por memorial de fecha 12 de setiembre del 2016, la solicitante de la cancelación cumple con la prevención requerida y solicita se notifique por medio de edicto. (Folio 17).

V.—Que por resolución de las 10:09:48 horas del 20 de setiembre del 2016, se le previene al solicitante de la cancelación que en virtud de la imposibilidad material de notificar conforme a derecho al titular del signo distintivo que se pretende cancelar, proceda el solicitante a publicar la resolución de traslado emitida a las 13:43:25 horas del 31 de mayo del 2016, a realizar por tres veces en la Gaceta y posteriormente aporte los documentos donde conste las tres publicaciones. (Folio 18) Dicha resolución fue notificada al solicitante de la cancelación el 23 de setiembre del 2016. (Folio 21)

VI.—Que por memorial de fecha 21 de diciembre del 2016, el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación por no uso en el Diario Oficial La Gaceta Nos 201, 202 y 203 del 20, 21 y 24 de octubre del 2016, dentro del plazo otorgado. (Folio 22 a 26)

VII.—Que no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.

VIII.—En el procedimiento no se notan defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados:

-Que en este Registro de la Propiedad Industrial se encuentra inscrita la marca Bliss (Diseño), registro N° 175434, el cual protege y distingue: “Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas” en clase 5 internacional, propiedad de Bliss World Llc.

-Que en este Registro de Propiedad Industrial se encuentra la solicitud de inscripción 2014-8813 de la marca “Blissel” en clase 5 de la nomenclatura internacional para proteger y distinguir: “Productos farmacéuticos de uso ginecológico”, presentada por Italofarmaco S. A., cuyo estado administrativo es “rechazada de plano”

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Representación. Analizado el poder especial administrativo, documento referido por el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación por falta de uso y que consta en el expediente 2014-8813, se tiene por debidamente acreditada la facultad para actuar en este proceso de Melissa Mora MartínI como apoderada especial de la empresa Italofarmaco S. A., (Folio 5 y 6)

IV.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación.

El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de cancelación por no uso, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita. Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación promovidas por Melissa Mora Martín como apoderada especial de la empresa Italofarmaco S. A., se notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta N 201, 202 y 203 del 20, 21 y 24 de octubre del 2016, dentro del plazo otorgado. (Folio 22 a 26)

VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. A.- De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta por Melissa Mora Martín como apoderada especial de la empresa Italofarmaco S. A., se desprenden los siguientes alegatos: 1) Que su representada solicitó la inscripción de la marca Blissel y en virtud del registro 175434 no se logró la inscripción. 2) Que la marca Bliss (Diseño) tiene más de cinco años registrada y al día de hoy no ha sido utilizada, comercializada o distribuida en nuestro país.3) Que en el mercado costarricense no se conocen productos con el nombre Bliss y tampoco consta en la base de datos del Ministerio de Salud.

VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto N° 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

Solucionado lo anterior, entramos a otra interrogante: ¿Cómo se puede comprobar el uso de una marca? La normativa costarricense establece en el segundo párrafo del ya citado artículo 42, que cualquier medio de prueba admitido por la ley es suficiente, mientras que compruebe ese uso real y efectivo. En ese sentido, esa prueba puede ir desde la comprobación de publicidad, de la introducción en el mercado de los productos o servicios mediante los canales de distribución, estudios de mercadeo, facturas, en fin todo aquello que solo el titular del derecho sabe cómo y cuándo se han realizado.

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a Bliss World Llc., AG que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la marca Bliss (Diseño) para distinguir productos en clase 5.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso, analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad Italofarmaco S. A., demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, ya que de la solicitud de cancelación de marca se desprende que existió una solicitud de inscripción que fue rechazada en virtud del registro que se pretende cancelar.

En cuanto al uso, es importante resalta que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

“Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.

Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca”

Es decir, el uso de la marca debe de ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor; sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcario ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca Bliss (Diseño) al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este Registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos. En razón de lo anterior, dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: el uso real durante cinco años y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) se procede a cancelar por no uso el registro N° 175434, marca Bliss (Diseño) en clase 5 internacional propiedad de Bliss World Llc. Por tanto,

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, 1) Se declara con lugar la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por Melissa Mora Martín, en calidad de apoderada especial de Italofarmaco S. A., contra el registro del signo distintivo Bliss (Diseño), registro N° 175434, el cual protege y distingue: “Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos; fungicidas, herbicidas” en clase 5 internacional, propiedad de Bliss World Llc., Se ordena la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces consecutivas en el Diario Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos 241 siguientes y concordantes y 334 todos de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Registral Administrativo, conforme lo dispone el artículo 26 de la Ley de Procedimientos de Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual, N° 8039. Notifíquese.—Lic. Cristian Mena Chinchilla, Director.—1 vez.—( IN2017152493 ).

RF-99781.—Ref.: 30/2017/1633.—Jiangmen Dachangjiang Group Co. Ltd.—Documento: Cancelación por falta de uso (Presentado por Maquinaria y TR).—N° y fecha: Anotación/2-99781 de 25/11/2015. Expediente: 2008-0006379.—Registro Nº 183684 MAXTRA en clase 12 Marca Denominativa.

Registro de la Propiedad Industrial, a las 09:22:45 del 17 de enero del 2017. Conoce este registro la solicitud de cancelación por falta de uso, interpuesta por, Melissa Mora Martín, cédula 1-1041-825, en su condición de apoderada especial de la sociedad Maquinaria y Tractores Ltda., contra el registro de la marca de fábrica “MAXTRA”, registro Nº 183684, inscrita el 19 de diciembre del 2008 y con vencimiento el 19 de diciembre del 2018, en clase 12 internacional, para proteger “Vehículos para locomoción terrestre, aérea, marítima o sobre rieles; automóviles; motocicletas; bicicletas; vehículos electrónicos; carretillas; trineos (vehículos); neumáticos (llantas) para vehículos; motores para vehículos terrestres; dispositivos antirrobo para vehículos”, propiedad de la empresa Jiangmen Dachangjiang Group Co. Ltd., con domicilio en Nº 5 Jiandabei Rd, Jiangmen City, Guangdong Province, CN.

Resultando:

1°—Por memorial recibido el 25 de noviembre del 2015, Melissa Mora Martín, en su condición de apoderada especial de la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., presenta solicitud de cancelación por falta de uso contra el registro de la marca “MAXTRA”, registro Nº 183684, descrito anteriormente (F. 1-4).

2°—Que por resolución de las 14:56:23 horas del 9 de Diciembre de 2015, el Registro de la Propiedad Industrial procede a dar traslado por un mes al titular del signo distintivo marcario, a efecto de que se pronuncie respecto a la solicitud de cancelación presentada (F. 10).

3º—Que por resolución de las 10:15:29 horas del 1 de febrero de 2016, se le previene a la solicitante indicar las posibles direcciones físicas y completas del titular de la marca para realizar válidamente la notificación (F. 14)

4º—Que por el memorial recibido el 16 de febrero del 2016, la solicitante indica nuevo medio para notificar al titular del signo distintivo (F. 15).

5º—En virtud a la imposibilidad material de notificar a la empresa titular del signo por memorial recibido el 08 de marzo del 2016, la solicitante aporta nueva dirección e indica que en caso de que no sea posible notificar al titular mediante el medio aportado, se haga por medio de edicto (F.21).

6º—Que por resolución de las 14:39:07 horas del 6 de mayo de 2016, el Registro de la Propiedad Industrial, por imposibilidad material de notificar al titular marcario luego de todos los intentos posibles, ordena publicar el traslado de la cancelación en La Gaceta por tres veces consecutivas, quedando el edicto correspondiente a disposición de las partes, dicha resolución fue debidamente notificada el 22 de mayo del 2016 (F. 23).

7º—Que por memorial recibido el 22 de setiembre del 2016 el solicitante de la cancelación aporta copia de las publicaciones del traslado de la cancelación por no uso, en el Diario Oficial La Gaceta N° 171, 172, 173 del 6, 7 y 8 de setiembre del 2016 respectivamente (F. 27-31).

8º—Que a la fecha no consta en el expediente contestación del traslado de la cancelación por no uso.

9º—En el procedimiento no se nota defectos ni omisiones capaces de producir nulidad de lo actuado.

Considerando:

I.—Sobre los hechos probados.

Primero: Que en este registro se encuentra inscrita la marca fábrica “MAXTRA”, registro Nº 183684, inscrita el 19 de diciembre del 2008 y con vencimiento el 19 de diciembre del 2018, en clase 12 internacional, para proteger “Vehículos para locomoción terrestre, aérea, marítima o sobre rieles; automóviles; motocicletas; bicicletas; vehículos electrónicos; carretillas; trineos (vehículos); neumáticos (llantas) para vehículos; motores para vehículos terrestres; dispositivos antirrobo para vehículos” propiedad de la empresa Jiangmen Dachangjiang Group Co. Ltd (F. 32).

Segundo: En fecha 29 de setiembre del 2015 la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., solicitó la marca de fábrica y comercio “MATRA”, expediente 2015-9464, para proteger en clase 12 internacional “Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea o acuática, los motores para vehículos terrestres; los acoplamientos y elementos de transmisión para vehículos terrestres” trámite actualmente suspendido a la espera de las resultas del presente proceso (F. 33).

II.—Sobre los hechos no probados. Ninguno relevante para la resolución del presente asunto.

III.—Representación y facultad para actuar. Analizado el poder especial, documento referido por el interesado en su escrito de solicitud de la presente cancelación, se tiene por acreditada la facultad para actuar en este proceso de Melissa Mora Martín, cédula 1-1041-825 en su condición de apoderada especial de Maquinaria y Tractores Ltda. (F. 5-8).

IV.—Sobre los elementos de prueba. Este registro ha tenido a la vista para resolver las presentes diligencias lo manifestado por la parte promovente en su escrito de solicitud de cancelación por falta de uso (F. 1-4).

V.—En cuanto al Procedimiento de Cancelación. El Reglamento de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J, establece que una vez admitida a trámite la solicitud de CANCELACIÓN POR NO USO, se dará audiencia al titular del distintivo por el plazo de un mes, el cual rige a partir del día siguiente a la notificación de la resolución mediante la cual se le da traslado de la solicitud de cancelación de marca; lo anterior, de conformidad con el artículo 49 en concordancia con el numeral 8 del Reglamento en cita.

Analizado el expediente, se observa que la resolución mediante la cual se dio efectivo traslado de las diligencias de cancelación, se notificó mediante edicto debidamente publicado en el Diario Oficial La Gaceta números 171, 172, 173 del 6, 7 y 8 de setiembre del 2016 respectivamente (F. 27-31), sin embargo a la fecha, el titular del distintivo marcario no contestó dicho traslado.

VI.—Contenido de la Solicitud de Cancelación. De la solicitud de cancelación por no uso interpuesta, se desprenden literalmente los siguientes alegatos:

“[...] me presento... a solicitar la CANCELACIÓN POR FALTA DE USO del registro se la marca MAXTRA la sociedad Jiangmen Dachangjiang Group Co. Ltd., registró la marca MAXTRA, cuyo registro es el N° 183684 en fecha 19 de diciembre de 2008, en la clase 12 internacional [...] Maquinaria y Tractores Ltd., ha solicitado en Costa Rica la inscripción de las marcas MATRA, en clase 12, bajo el expediente número 2015-0009464 del 29 de setiembre de 2015 y MATRA STORE, nombre comercial bajo el expediente número 2015-0009465 del 29 de setiembre de 2015. En vista que las marcas mencionadas son similares a la marca MAXTRA previamente registrada y que esta última, no se encuentra en el mercado costarricense ni ha sido utilizado a nivel nacional; solicito respetuosamente la cancelación de la marca MAXTRA en Clase 12, Registro N° 183684 de fecha 19 de diciembre de 2008, para que mi representada Maquinaria y Tractores Ltda., pueda llevar a cabo la inscripción de sus marcas MATRA y MATRA STORE. [...] la empresa Jiangmen Dachangjiang Group Uf Co. Ltd., nunca ha usado la marca MAXTRA al día de hoy no lo hace y en definitiva no tiene intención de hacerlo. Por otra parte, en el mercado costarricense no se conoce ningún producto de la empresa peticionada que contenga el signo MAXTRA […] solicito se decrete formalmente la Cancelación por Falta de Uso del Registro N° 183684.

VII.—Sobre el fondo del asunto: Analizado el expediente y tomando en cuenta lo anterior, se procede a resolver el fondo del asunto:

Para la resolución de las presentes diligencias de cancelación de marca por falta de uso es de gran importancia recalcar lo dispuesto por el Tribunal Registral Administrativo en el Voto Nº 333-2007, de las diez horas treinta minutos del quince de noviembre de dos mil siete, que señala respecto a los artículos 42 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos lo siguiente:

...Estudiando ese artículo, pareciera que la carga de la prueba del uso de la marca, corresponde a quien alegue esa causal, situación realmente difícil para el demandante dado que la prueba de un hecho negativo, corresponde a quien esté en la posibilidad técnica o práctica de materializar la situación que se quiera demostrar.

...Ese artículo está incluido dentro del Capítulo VI de la Ley de Marcas, concretamente en las formas de “Terminación del Registro de la Marca”, y entre estas causales se establecen: control de calidad referido al contrato de licencia; nulidad del registro por aspectos de nulidad absoluta o relativa; cancelación por generalización de la marca; cancelación del registro por falta de uso de la marca y renuncia al registro a pedido del titular.

...Obsérvese como este Capítulo trata como formas de terminación del registro de la marca, tanto causales de nulidad como de cancelación, y aquí hay que establecer la diferencia entre uno y otro instituto. Esta diferenciación entre los efectos que produce la cancelación y los que produce la nulidad, se basa en el distinto significado de las causas que provocan una y otra. Las causas de nulidad afectan al momento de registro de la marca, implicando así un vicio originario, mientras que las causas de cancelación, tienen un carácter sobrevenido. Al efecto la doctrina ha dispuesto lo siguiente:

...Las prohibiciones de registro y los motivos de nulidad de marcas van indisolublemente unidos, de tal modo que éstos son consecuencia de aquéllas. Así, si un signo contraviene una prohibición de registro y, a pesar de ello es inscrito, adolece de nulidad Las causas de caducidad de la marca son extrínsecas a la misma, se producen durante su vida legal y no constituyen defectos ab origine del signo distintivo, a diferencia de las causas de nulidad (Manuel Lobato. Comentario a la Ley 17/2001 de Marcas. Editorial Civitas. Páginas 206 y 887.

...Bajo esta tesitura el artículo 37 de la ya citada Ley de Marcas, establece la nulidad de registro de una marca cuando se “contraviene alguna de las prohibiciones previstas en los artículos 7 y 8 de la presente ley”, sea en el caso del artículo 7, marcas inadmisibles por razones intrínsecas (nulidad absoluta), o en el caso del artículo 8, marcas inadmisibles por derechos de terceros (nulidad relativa). En ambos casos el Registro de la Propiedad Industrial, previo a la aprobación de inscripción de una marca, debe calificar la misma a efecto de que no incurra en las prohibiciones establecidas en los artículos dichos, ya que si se inscribe en contravención con lo dispuesto por esas normas legales, es una marca que desde su origen contiene una causal que puede provocar su nulidad, ya sea del signo como tal, como de algunos productos o servicios.

...Como ya se indicó supra, el artículo 39 que específicamente se refiere a la cancelación del registro por falta de uso de la marca, establece que la cancelación de un registro por falta de uso de la marca, también puede pedirse como defensa contra: “un pedido de declaración de nulidad de un registro de marca”. Pues bien, el artículo 42 que establece que la carga de la prueba del uso de la marca corresponderá a quien alegue la existencia de la nulidad, se refiere específicamente a esa causal, cuya marca desde su origen contiene vicios que contraviene en lo que corresponda los supuestos de los artículos 7 u 8 citados, cuya carga probatoria corresponde a quien alega esa causal

...Por lo anterior, de modo alguno ese precepto normativo puede ser interpretado en el sentido que lo hizo el Registro, ya que cada norma cumple una función pero desde una integración de ella con el resto del Ordenamiento Jurídico. No es posible para el operador jurídico y en el caso concreto analizar la norma 42, sin haber analizado la 39 que como se estableció, es indicativa de varios supuestos para cancelar el registro de una marca por falta de uso y ese precepto del 42, se refiere solo a uno de ellos, por lo que lleva razón el apelante al decir que: “su solicitud es cancelación por no uso y no nulidad por vicios en el proceso de inscripción”. En tal sentido este Tribunal por mayoría, concluye que la carga de la prueba le corresponde en todo momento al titular de la marca.

En virtud de esto, en el caso de las cancelaciones por falta de uso la carga de la prueba corresponde al titular marcario, en este caso a la empresa Hangmen Dachangjiang Group Co. Ltd., que por cualquier medio de prueba debe de demostrar la utilización de la marca MAXTRA, registro 183684.

Ahora bien, una vez estudiados los argumentos del solicitante de las presentes diligencias y analizadas las actuaciones que constan en el expediente, se tiene por cierto que la sociedad Maquinaria y Tractores Ltda., demuestra tener legitimación y un interés directo para solicitar la cancelación por falta de uso, de la solicitud de inscripción de marca que se presentó bajo el expediente 2015-9464, tal y como consta en la certificación de folio 33 del expediente, se desprende que las empresas son competidoras directas.

En cuanto al uso, es importante resaltar que el artículo 40 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos señala:

...Se entiende que una marca registrada se encuentra en uso cuando los productos o servicios que distingue han sido puestos en el comercio con esa marca, en la cantidad y del modo que normalmente corresponde, tomando en cuenta la dimensión del mercado, la naturaleza de los productos o servicios de que se trate y las modalidades bajo las cuales se comercializan. También constituye uso de la marca su empleo en relación con productos destinados a la exportación a partir del territorio nacional o con servicios brindados en el extranjero desde el territorio nacional.

...Una marca registrada deberá usarse en el comercio tal como aparece en el registro; sin embargo, el uso de la marca de manera diferente de la forma en que aparece registrada solo en cuanto a detalles o elementos que no son esenciales y no alteran la identidad de la marca, no será motivo para cancelar el registro ni disminuirá la protección que él confiere.

...El uso de una marca por parte de un licenciatario u otra persona autorizada para ello será considerado como efectuado por el titular del registro, para todos los efectos relativos al uso de la marca.

Es decir, el uso de la marca debe ser real, la marca debe necesariamente ser utilizada en el comercio y los productos a los que la misma distingue, deberán encontrarse fácilmente en el mercado, además deben estar disponibles al consumidor, sin embargo, si por causas que no son imputables al titular marcado ésta no puede usarse de la forma establecida no se procederá a la cancelación del registro respectivo.

Visto el expediente se comprueba que el titular de la marca MAXTRA registro 183684, al no contestar el traslado, ni señalar argumentos y aportar prueba que indicara a este registro el uso real y efectivo en el mercado costarricense de su marca, tales como, pero no limitados a, facturas comerciales, documentos contables o certificaciones de auditoría, incumple los requisitos establecidos por los artículos 39 y 40 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos.

En razón de lo anterior, se concluye que dicho titular en su momento oportuno pudo haber aportado la prueba correspondiente para demostrar que cumple con los requisitos que exige este ordenamiento para que su marca no sea cancelada, siendo el requisito subjetivo: que la marca es usada por su titular o persona autorizada para dicho efecto; el requisito temporal: que no puede postergarse o interrumpirse su uso por un espacio de 5 años precedentes a la fecha en la que se instauró la acción de cancelación y el requisito material: que este uso sea real y efectivo.

El uso de una marca es importante para su titular ya que posiciona la marca en el mercado, es de interés para los competidores, porque les permite formar una clientela por medio de la diferenciación de sus productos; para los consumidores, ya que adquieren el producto que realmente desean con solo identificar el signo y para el Estado, pues se facilita el tráfico comercial. Por otra parte, el mantener marcas registradas sin un uso real y efectivo constituye un verdadero obstáculo para el comercio ya que restringe el ingreso de nuevos competidores que sí desean utilizar marcas idénticas o similares a éstas que no se usan.

Siendo la figura de la cancelación un instrumento que tiene el Registro de la Propiedad Industrial que brinda una solución al eliminar el registro de aquellos signos que por el no uso (real, efectivo y comprobable) generan obstáculos para el ingreso de nuevos competidores, descongestionando el registro de marcas no utilizadas, aproximando de esta forma la realidad formal (del registro) a la material (del mercado) lo procedente es cancelar por no uso la marca “MAXTRA”, registro Nº 183684, descrita anteriormente.

VIII.—Sobre lo que debe ser resuelto. Analizados los autos del presente expediente, queda demostrado que el titular de la marca MAXTRA, registro Nº 183684, al no contestar el traslado otorgado por ley no comprobó el uso real y efectivo de su marca, por lo que para efectos de este registro y de la resolución del presente expediente, se tiene por acreditado el no uso de la misma, procediendo a su correspondiente cancelación.

Por consiguiente, y de conformidad con lo expuesto debe declararse con lugar la solicitud de cancelación por no uso, interpuesta por Melissa Mora Martín, en su condición de apoderada especial de la empresa Maquinaria y Tractores Ltda., contra el registro de la marca “MAXTRA”, registro Nº 183684. Por tanto

Con base en las razones expuestas y citas de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos N° 7978 y de su Reglamento, I) Se declara con lugar la solicitud de CANCELACIÓN POR FALTA DE USO, interpuesta contra el registro de la marca “MAXTRA”, registro Nº 183684, descrita anteriormente y propiedad de la empresa Jiangmen Dachangjiang Group Co. Ltd. II) Se ordena notificar al titular del signo mediante la publicación íntegra de la presente resolución por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta, de conformidad con lo establecido en el artículo 334 y 241 de la Ley General de Administración Pública; así como el artículo 86 de la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos y el 49 de su Reglamento, a costa del interesado y se le advierte que hasta tanto no sea publicado el edicto correspondiente y su divulgación sea comprobada ante esta Oficina mediante el aporte de los documentos que así lo demuestren, no se cancelará el asiento correspondiente. Comuníquese esta resolución a los interesados, a efecto de que promuevan los recursos que consideren oportunos, sea el de revocatoria y/o apelación, en el plazo de tres días hábiles y cinco días hábiles, respectivamente, contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, ante esta Autoridad Administrativa, quien en el caso de interponerse apelación, si está en tiempo, la admitirá y remitirá al Tribunal Observancia de los Derechos de Propiedad N° 8039. Notifíquese.—Lic. Jonathan Lizano Ortiz, Subdirector a. í.—( IN2017152494 )

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Se hace saber a Ignacio Esquivel Seevers, cédula de identidad 1-0768-0071, en calidad de titular registral de la finca del partido de Cartago matrícula 57518, Cataratas Tapantí Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-281324, en la persona de su presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma, señor Rodolfo Enrique Calvo Fernández, cédula de identidad 3-0222-0346, en calidad de titular registral de las fincas del partido de Cartago matrículas 149503 y 170963 y a la sucesión de quien fuera en vida: José Gilberto Sánchez Solano, cédula de identidad 3-0178-0932, titular registral de la finca del partido de Cartago matrícula 190975, que en este Registro se iniciaron Diligencias Administrativas de oficio, según los Reportes de Mantenimiento presentados ante la Dirección de este Registro a las 10:15 horas del 23 de febrero del 2017, elaborados en el Departamento Registral Catastral de este Registro, relacionados con los identificadores únicos 3023005751800, 30203016819500, 30203022729500, 30203019097500, 30203020092100, 30203019993000, 30203014524100, 30203014950300, 30203021215300, 30203017096300, 30203021215400 y 30203020022900 correspondientes a las fincas del partido de Cartago matrículas 57518, 168195, 227295, 190975, 200921, 199930, 145241, 149503, 212153, 170963, 212154, 200229. En virtud de lo anterior, esta Asesoría mediante resolución de las 13:00 horas del 20/04/2017 ordenó consignar nota de Advertencia Administrativa sobre las fincas de Cartago, matrículas 57518, 168195, 227295, 190975, 200921, 199930, 145241, 149503, 212153, 170963, 212154, 200229 y con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 11:00 horas del 12/07/2017 se autorizó la publicación por una única vez de un edicto para conferirle audiencia a las personas mencionadas, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga, y se les previene que dentro del término establecido, deben señalar facsímil, medio electrónico o en su defecto casa u oficina dentro de la ciudad de San José donde oír notificaciones, conforme al artículo 22 inciso b) del Decreto Ejecutivo N° 35509-J que es el Reglamento de Organización del Registro Inmobiliario, bajo apercibimiento, que de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se tendrán por notificadas 24 horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 20 y 21 de la Ley Sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público 3883 de 30 de mayo de 1967 y sus reformas, artículo 11 de la Ley de Notificaciones Judiciales 8687 vigente a la fecha, en correlación con el artículo 185 del Código Procesal Civil. Notifíquese. (Referencia exp. 2017-0214-RIM).—Curridabat, 12 de julio del 2017.—Departamento de Asesoría Jurídica Registral.—Máster José Carlos Álvarez Varela.—1 vez.—O. C. Nº OC17-0027.—Solicitud Nº 89746.—( IN2017153265 ).

REGISTRO INMOBILIARIA

Se hace saber a Marcos Eduardo Víquez Coto, portadora de la cédula de identidad 3-0359-0668,  en su condición de titular del derecho 005 de la finca de Cartago 70353, que en este Registro se ventila Diligencias Administrativas bajo expediente 2016-1305-RIM. Con el objeto de cumplir con el principio constitucional del debido proceso, por resolución de las 09:45 horas del 14 de julio del año 2017, se autorizó la publicación por una vez de un edicto para conferirle audiencia a la sucesión mencionada en la persona de su albacea o quien demuestre estar legitimación para representarla, por el término de quince días contados a partir del día siguiente de la última publicación del edicto en el Diario Oficial La Gaceta; a efecto de que dentro de dicho término presenten los alegatos que a sus derechos convenga. Y se le previene que dentro del término establecido para la audiencia, debe señalar medio, donde oír futuras notificaciones de este Despacho, todo de conformidad con los artículos 22 y 26 del Reglamento Organizacional del Registro Inmobiliario, Decreto Ejecutivo N° 35509-J; bajo apercibimiento de que, de no cumplir con lo anterior, las resoluciones se les tendrán por notificadas veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia se producirá si el lugar señalado fuere impreciso, incierto o ya no existiere, conforme a los artículos 22 y 26 del Reglamento de la materia y 11 de la Ley N° 8687 (que es Ley de Notificaciones Judiciales). Notifíquese. (Ref. Exp. 2016-1305-RIM), Registro Inmobiliario.—Curridabat, 14 de julio del 2017.—Lic. Joe Herrera Carvajal, Asesor Jurídico.—1 vez.—O. C. 17-0027.—Sol. 89910.—(IN2017153385 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL AMBIENTAL ADMINISTRATIVO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Expediente N° 101-05-02-TAA.—Resolución N° 773-2017-TAA.—Denunciada: Josefa Ramírez Chacón & Mark Anthony Mobley.—Tribunal Ambiental Administrativo.—San José, a las siete horas del día treinta de mayo del año dos mil diecisiete.

Resultando:

Lugar de los Hechos: San Juan de Mata, Turrubares, San José.

Infracción: Invasión y Afectación al área de protección. Vistas las actuaciones, entre ellas:

Resolución N° 274-2017-TAA de las 11 horas del 03 de marzo del 2017, visible a folios 174 a 184, mediante la cual este Tribunal procedió a la apertura del procedimiento ordinario administrativo y citación a audiencia oral y pública para las 08 horas 30 minutos de 26 de junio del 2017, en la sede de este Tribunal.

El Oficio 0-458-2017-TAA de fecha 10 de mayo del 2017, suscrito por la Licda. Grettel Álvarez Granados, Encargada Administrativa del Tribunal Ambiental Administrativo visible a folio 191, mediante el cual indica que: “Mediante oficio O-392-17 del 06/04/2017 se presentó la modificación presupuestaria H-005, para darle contenido económico a la publicación por edictos, sin embargo, la aprobación por parte del Ministerio de Hacienda tarda de uno a dos meses

aproximadamente.”

Se procede de conformidad con los artículos 21 y 50 de la Constitución Política, así como los preceptos 103, 106, 107, 108, 109, 110 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente, 1, 22 y 26 del Decreto Ejecutivo número 34136-MNAE, Reglamento de Procedimientos del Tribunal Ambiental Administrativo en relación con los artículos 297, 302, 316 y 311 de la Ley General de la Administración Pública, artículo 316 del Código Procesal Civil, y con el fin de no ocasionar indefensión a las partes, en este caso a los denunciados: señora Josefa Ramírez Chacón, cédula de identidad N° 6-066-973 y señor Mark Anthony Mobley, pasaporte N° 7022361075 de nacionalidad estadounidense quienes no ha sido ubicados a la fecha, y debido a lo indicado en el artículo 311 de la Ley General del Administración Pública, en cuanto al plazo, mismo que indica que la notificación debe realizarse con al menos 15 días hábiles de anticipación a la fecha de audiencia no se ha podido cumplir, con fundamento en el derecho a la defensa y a un debido proceso regulados en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, este Tribunal acuerda suspender la audiencia programada para las 08 horas 30 minutos del 26 de junio del 2017. Asimismo, en este mismo acto se procede a reprogramar, y se convoca a audiencia oral y pública a las 08 horas 30 minutos del día 15 de febrero del 2018 en las instalaciones de este Tribunal, dejando válidos los hechos imputados mediante la Resolución N° 274-2017-TAA de las 11 horas del 03 de marzo del 2017, visible a folios 174 a 184 del expediente administrativo.

Se procede de conformidad con los artículos 21 y 50 de la Constitución Política, así como los preceptos 103, 106, 107, 108, 109, 110 y 111 de la Ley Orgánica del Ambiente, 1, 22 y 26 del Decreto Ejecutivo número 34136-MNAE, Reglamento de Procedimientos del Tribunal Ambiental Administrativo en relación con los artículos 297, 302, 316 y 311 de la Ley General de la Administración Pública, artículo 316 del Código Procesal Civil, a:

1º—En virtud de lo indicado, con el fin de no ocasionar indefensión a las partes, en este caso a los denunciados: señora Josefa Ramírez Chacón, cédula de identidad N° 6-066-973 y señor Mark Anthony Mobley, pasaporte N° 7022361075 de nacionalidad estadounidense, quienes no ha sido ubicados a la fecha, y debido a lo indicado en el artículo 311 de la Ley General del Administración Pública, en cuanto al plazo, mismo que indica que la notificación debe realizarse con al menos 15 días hábiles de anticipación a la fecha de audiencia no se ha podido cumplir, con fundamento en el derecho a la defensa y a un debido proceso regulados en los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, este Tribunal acuerda suspender la audiencia programada para las 08 horas 30 minutos del 26 de junio del 2017. Asimismo, en este mismo acto se procede a reprogramar, y se convoca a audiencia oral y pública a las 08 horas 30 minutos del día 15 de febrero del 2018 en las instalaciones de este Tribunal, dejando válidos los hechos imputados mediante la resolución número Resolución N° 274-2017-TAA de las 11 horas del 03 de marzo del 2017, visible a folios 174 a 184 del expediente administrativo.

Notifíquese la presente a los señores (as):

1.  En calidad de denunciante: El señor Luis Quirós Rodríguez, Jefe de la Oficina Subregional de Puriscal, Área de Conservación Pacífico Central;

2   En calidad de denunciado:

2.1.    Sra. Josefa Ramírez Chacón, cédula de identidad N°6-066-973;

2.2.    Mark Anthony Mobley, pasaporte N° 7022361075 de nacionalidad estadounidense

3.  En calidad de tercero interesado: La señora Emilia Quesada Arce, cédula de identidad 3-175-931

4.  En calidad de testigo-perito: El señor Téc. Randal G. Vargas Borbón, de la Oficina Subregional de Puriscal, Área de Conservación Pacífico Central

Se le previene que al momento de dar respuesta se indique el número de expediente y el número de la presente resolución. Notifíquese.—Licda. Ligia Umaña Ledezma, Jueza Presidenta.—Licda. Maricé Navarro Montoya, Jueza Vicepresidenta.—Licda. Ruth Esther Solano Vázquez, Jueza.—O.C. N° 33448.—Solicitud N° 15218.—( IN2017150590 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

Tribunal Supremo de Elecciones.—San José, a las once horas del dieciocho de julio del dos mil diecisiete. Expediente Nº 190-2017.

Diligencias de cancelación de credenciales de regidor propietario que ostenta el señor Eduardo Rodríguez Bolaños en el Concejo Municipal de Montes de Oca, provincia San José, por supuestas ausencias injustificadas.

Debido a que, según lo acredita la Oficina de Correos de Costa Rica (folio 186), resulta imposible localizar al señor Eduardo Rodríguez Bolaños, regidor propietario de la Municipalidad de Montes de Oca, y que, en los términos establecidos en los artículos 224 y 258 del Código Electoral, en relación con los numerales 19 y 21 de la Ley de Notificaciones, no se notificó el auto de las 13:05 horas del 24 de mayo de 2017 en la dirección “Lourdes Montes de Oca San José supermercado Palí Lourdes 250 noreste”, se ordena, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 inciso d) del Código Electoral, notificar ese auto mediante edicto en La Gaceta; auto que literalmente expresa:

Diligencias de cancelación de credenciales de regidor propietario que ostenta el señor Eduardo Rodríguez Bolaños en el Concejo Municipal de Montes de Oca, provincia San José, por supuestas ausencias injustificadas.

De conformidad con lo que establece el artículo 258 del Código Electoral, se confiere audiencia al señor Eduardo Rodríguez Bolaños, por el término de ocho días hábiles y contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que se notifique esta resolución, de la gestión incoada por el Concejo Municipal de Montes de Oca tendiente a cancelar sus credenciales de regidor propietario, a efecto de que justifique sus ausencias o bien manifieste lo que considere más conveniente a sus intereses, dado que entre los meses de enero y mayo del año en curso no se habría presentado a las sesiones municipales. Se le hace saber al señor Rodríguez Bolaños que deberá señalar casa u oficina dentro del perímetro judicial de San José, número de fax o correo electrónico para atender notificaciones, bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo quedarán notificadas todas resoluciones posteriores con el solo transcurso de 24 horas después de dictadas. De igual modo, se informa al referido funcionario que, en caso de no contestar la presente audiencia, se entenderá que no existe oposición al proceso de cancelación y, en ese tanto, se pasará a resolver el asunto por el fondo, sin posibilidad de recurso posterior alguno. Notifíquese al Concejo Municipal concernido y al señor Rodríguez Bolaños en el domicilio registrado en el Departamento Electoral del Registro Civil, junto con la comunicación se le remitirá -además- copia simple de los folios 37-38, 134 y 135.”

Proceda la Secretaría a diligenciar lo correspondiente.—Luis Diego Brenes Villalobos, Magistrado Instructor.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017153945 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

SUCURSAL DESAMPARADOS

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Alertauno de Costa Rica S. A. número patronal 2-3101398371-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2017-00770 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢2,246,173.00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados, en Mall Multicentro, 6to piso del Oficentro. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 14 de julio de 2017.—Sucursal Desamparados.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017153445 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Publicaciones Porras y Gamboa G A V S.A. número patronal 2-3101428165-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos 1202-2017-00785 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢54.215,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados, en Mall Multicentro, 6to piso del Oficentro. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 14 de julio del 2017.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017153446 ).

De conformidad con el artículo 20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Marco Antonio Retana Chacón, número patronal 0-104030581-001-001, el Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica traslado de cargos 1202-2017-00789 por eventuales omisiones salariales, por un monto de ¢64.374,00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en Desamparados, en Mall Multicentro, 6to piso del Ofícentro. Se le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Sucursal Desamparados, 14 de julio de 2017.—Lic. Johel A. Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017153447 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

Instituto de Desarrollo Rural, cédula jurídica número: 4-000-042143, Asuntos Jurídicos de la Región de Desarrollo Brunca, Daniel Flores de Pérez Zeledón, San José, Costa Rica, a las nueve horas del diecisiete de julio de dos mil diecisiete. Que habiéndose concluido procedimiento de revocatoria de la asignación y subsecuente nulidad de título del lote 17, Centro de Población Gallardo, asentamiento Sándalo, el Instituto de Desarrollo Rural de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, debe cancelar las mejoras útiles y necesarias a quienes fueron despojados. Ante esta situación, se practicó avalúo de mejoras, el cual fue aprobado por Junta Directiva del Inder, donde se autoriza a la Dirección Región Brunca, actual Región de Desarrollo Brunca, para que comunique a la interesada. Ante esta situación y desconociéndose el domicilio, se le comunica a:

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

Se advierte que de conformidad con lo establecido en los artículos 342 a 346 de la Ley General de la Administración Pública, aplicado en forma supletoria, sobre lo resuelto, cabe recurso de revocatoria, que deberá interponerse dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente de la comunicación del acuerdo, el cual deberá ser presentado ante la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Rural, sito en Moravia, Los Colegios, costado oeste del Edificio IFAM. Notifíquese.—Asuntos Jurídicos de la Región de Desarrollo Brunca.—Licda. Marianela Quirós Mora.—( IN2017153344 ).         2 v. 1.