LA GACETA N° 150 DEL 9 DE AGOSTO DEL 2017

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

LICITACIONES

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

CONSEJO NACIONAL DE RECTORES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

REMATES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

REGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

MUNICIPALIDAD VÁZQUEZ DE CORONADO

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

MUNICIPALIDADES

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 934-P

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las atribuciones y facultades constitucionales y legales señaladas en el artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 47 inciso 3) de la Ley General de la Administración Pública, número 6227 del dos de mayo de mil novecientos setenta y ocho.

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar a la Sra. Cecilia Sánchez Romero, Ministra de Justicia y Paz, cédula de identidad N° 1-0548-0370, para que participe en la “V reunión ministerial centroamericana y de la República Dominicana sobre propiedad intelectual: El uso de la propiedad intelectual como herramienta para favorecer la promoción de las exportaciones y el desarrollo empresarial en la subregión centroamericana y la República Dominicana”.  La mencionada reunión se llevará a cabo en Panamá el día 20 de julio de 2017. El viaje inicia el 19 y finaliza el 21 de julio de 2017.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de tiquetes aéreos e impuestos de salida de ida y de regreso, así como el seguro médico, traslados, hospedaje y alimentación, serán cubiertos por la OMPI y la organización del evento estará a cargo del gobierno de Panamá a través del Ministerio de Comercio e Industria (MICI).

Artículo 3º—La señora Ministra rendirá un informe ejecutivo al señor Presidente de la República, en el plazo no mayor a ocho días naturales, contados a partir de su regreso al territorio nacional, en el cual describirá las actividades desarrolladas, los resultados obtenidos y los beneficios logrados para el Ministerio de Justicia y Paz y para el país en general.

Artículo 4º—En tanto dure la ausencia de la señora Ministra de Justicia y Paz, se nombrará al señor Marco Fabricio Feoli Villalobos como Ministro a. í. del Ministerio de Justicia y Paz, cédula de identidad número 1-1024-0006, de las 2:15 p. m. del 19 de julio a las 4:40 p. m. del 21 de julio de 2017, en que rige el viaje.

Artículo 5º—Rige a partir de las 2:15 p. m. del 19 de julio, hasta las 4:40 p. m. del 21 de julio del 2017.

Dado en la Presidencia de la República, el día catorce de junio del dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—1 vez.—O. C. Nº 30893.— Solicitud Nº 21136.—( IN2017156742 ).

DOCUMENTOS VARIOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIO CIVIL

Nº SC-010-2017.—San José, 21 de julio del 2017

Se hace saber que la Dirección General de Servicio Civil ha emitido las siguientes resoluciones:

DG-088-2017: Se modifica el Manual de Clases Anchas del Régimen de Servicio Civil (Resolución DG-055-97 y sus reformas), con el fin de actualizar las descripciones y especificaciones de las clases de la Serie Medicina Veterinaria.

DG-095-2017: Se modifica el artículo 9º de la Resolución DG-145-2010 de las 8 horas del 6 de mayo del 2010, para que se lea: Artículo 9º-. Para todos los efectos, el “pago adicional” que regula el presente cuerpo normativo se considera salario. Lo dispuesto en la presente resolución rige a partir del 10 de febrero del año 2017 y queda sujeto a disponibilidad presupuestaria.

Publíquese.—Lic. Hernán A. Rojas Angulo. MBA, Director General.—1 vez.—O. C. Nº 3400033006.—Solicitud Nº 90779.—( IN2017156628 ).

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN

DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 258, asiento N° 2500, emitido por el Colegio de Limón Diurno, en el año dos mil once, a nombre de Mc Loud Sagot Rachel Indira, cédula 1-1585-0742. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecinueve días del mes de febrero del dos mil quince.—Departamento de Evaluación Académica y Certificación.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—( IN2017154920 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 20, título N° 71, emitido por el CINDEA Ciudad Neilly, en el año dos mil siete, a nombre de Piedra Corella Edgar, cédula 1-1408-0019. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los quince días del mes de junio del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017155982 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 275, título Nº 1715, emitido por el Liceo de Alajuelita, en el año dos mil nueve, a nombre de González Ugarte Roberto José, cédula Nº 1-1456-0022. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veinticuatro días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156382 ).

Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 9, asiento 14, título N° 27, emitido por el Liceo de Sabanillas, en el año dos mil uno, a nombre de Alvarado Sánchez Felix Alexander, cédula N° 6-0320-0033. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diecisiete días del mes de marzo del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156468 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 276, título N° 1109, emitido por el Unidad Pedagogica de Colegio República de México, en el año dos mil seis, a nombre de Guido Gómez Priscilla, cédula 1-1362-0034. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156489 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 10, título N° 0018, emitido por el IPEC-Puntarenas, en el año dos mil nueve, a nombre de Vásquez Madrigal Kereny María, cédula 2-0582-0805. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial Diario Oficial La Gaceta.—San José, 13 de junio del 2017.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156500 ).

Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 11, título N° 38, emitido por el Liceo Capitán Ramón Rivas, en el año dos mil cinco, a nombre de Jennell Mariet Williams Phillips, cédula: 701650068. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se pública este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, el once del mes de mayo del dos mil dieciséis.—Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156509 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 123, Asiento 21, título N° 248, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Purral, en el año dos mil nueve, a nombre de Núñez Morales Jakeline Patricia, cédula Nº 1-1404-0480. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiuno días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156790 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 111, título Nº 552, emitido por el Liceo La Rita, en el año dos mil quince, a nombre de Alfaro Avendaño Jaudieth Yari, cédula Nº 4-0232-0988. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiún días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157066 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DEPARTAMENTO DE ORGANIZACIONES SOCIALES

DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Sindicato de Controladores Profesionales en Tránsito Aéreo, siglas: SITECNA, acordada en asamblea celebrada el día 04 de abril de 2017. Expediente S-T059. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante Tomo: 16, Folio: 259, Asiento: 5000, del 12 de julio de 2017. La reforma afecta el artículo 17 del Estatuto, 12 de julio de mayo del 2017.—Registro de Organizaciones Sociales.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Subjefe.—( IN2017156114 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 105320390, en calidad de apoderado especial de Novartis AG con domicilio en 4002 Basel, Suiza, solicita la inscripción de: UNIPEXY como marca de fábrica y comercio en clase: 10. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 10: Aparatos e instrumentos quirúrgicos para uso en cirugía oftálmica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005502. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de junio de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017153722 ).

Juan Antonio Ortiz Calderón, soltero, cédula de identidad Nº 105420849, con domicilio en: costado norte Ebais Frailes, Desamparados, Costa Rica, solicita la inscripción de: Arthur´s Bar y Restaurant frailes. Desamparados

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a bar-restaurante y sala eventos, ubicado en 700 mts norte Iglesia Católica Frailes, Desamparados. Reservas: de los colores: rojo, azul y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002002. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de marzo del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017153989 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Lenzing Aktiengesellschaft, con domicilio en Werkstr. 2, 4860 Lenzing, Austria, solicita la inscripción de: LENZING como marca de fábrica y servicios en clases: 1; 3; 5; 9; 10; 12; 16; 17; 20; 21; 22; 23; 24; 25; 27; 35 y 42 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Materiales para filtrar sustancias químicas y no químicas incluidos en esta clase; agentes filtrantes para la industria de las bebidas; materiales y preparaciones químicas para películas, fotografía e impresión; papel de seguridad (sensibilizado); fertilizantes, y productos químicos para su uso en agricultura, horticultura y silvicultura; ácido piroleñoso (vinagre de madera); furfural; sulfato de sodio; productos químicos utilizados en la ciencia; reforzadores químicos para el papel; substancias químicas, materias químicas y preparaciones químicas, y elementos naturales, 3 limpiadores faciales; mascarillas para el cuidado de la piel de las manos; acondicionadores para la piel; mascarillas cutáneas (cosméticos); cremas para acondicionar la piel con fines cosméticos; cremas para el cuidado de la piel que no sean de uso médico; preparados para el cuidado de la piel destinados a la eliminación de las arrugas; crema para limpiar la piel; lociones para limpiar la piel; limpiadores cutáneos (no medicinales); mascarillas corporales; preparaciones cosméticas para el cuidado facial; limpiadores cutáneos (cosméticos); preparaciones cosméticas de uso tópico para atenuar las arrugas faciales; parches cosméticos con filtro y pantalla solar para aplicar sobre la piel; toallitas impregnadas con un limpiador de la piel; lociones exfoliantes faciales; exfoliantes para limpiar la piel; exfoliantes con fines cosméticos; mascarillas para cerrar los poros utilizadas como cosméticos; mascarillas limpiadoras; mascarillas cosméticas; mascarillas faciales; champús; preparaciones para limpiar y aromatizar; productos para pulir muebles y suelos; preparaciones para desengrasar; toallitas limpiadoras impregnadas con preparados para la limpieza de las gafas; paños de limpieza impregnados con detergente; paños impregnados con una preparación pulidora para limpieza; toallitas húmedas impregnadas con detergente; paños de limpieza impregnados con detergente; toallitas que incorporan detergente de limpieza; preparaciones para pulir; preparaciones para bruñir; preparaciones para bruñir; bolsitas de incienso; preparaciones para suavizar tejidos; suavizantes para la ropa; productos para afilar; exfoliantes para el cuidado de la piel; artículos de tocador; bastoncillos de algodón para uso cosmético; toallitas desechables impregnadas con colonia; pañuelos perfumados; toallitas desechables impregnadas de compuestos limpiadores para uso facial; toallitas cosméticas prehumidificadas; toallitas húmedas de limpieza para uso higiénico y cosmético; mascarillas faciales limpiadoras; preparaciones para el cuidado de la piel; toallitas impregnadas para limpieza (no medicinales, para uso en personas); preparaciones de cuidado corporal no medicinales; cosméticos para tratamiento de belleza; toallitas impregnadas de aceites esenciales, para uso cosmético; toallitas impregnadas de preparaciones desmaquillantes; toallitas impregnadas de preparaciones desmaquillantes; desmaquilladores; toallitas faciales impregnadas con cosméticos; quitaesmaltes de uñas (cosméticos); quitaesmaltes; preparados de autobronceado (cosméticos); desodorantes personales; toallitas para bebés; cremas (que no sean medicinales) para limpiar la piel; cremas antiarrugas; hidratantes no medicinales; mascarillas para el cuidado de la piel de los pies; mascarillas para el cutis; exfoliantes faciales (que no sean medicinales); limpiadores faciales (cosméticos); algodón para uso cosmético; toallitas para la higiene femenina., 5 fibras alimentarias; suplementos nutricionales; productos y preparaciones dentales; materiales para improntas dentales; materias dentales para rellenar los dientes; materiales dentales para hacer modelos de dientes; materiales dentales para duplicar modelos de dientes; materiales de incrustación para la odontología; materiales de revestimiento para uso odontológico; resinas dentales para puentes, coronas y carillas provisionales; material para restauraciones dentales; materiales para prótesis dentales; materiales para dientes artificiales; materiales para puentes dentales; materiales para coronas dentales; preparaciones farmacéuticas para uso dental; materiales sintéticos de relleno para uso dental; materiales compuestos para uso dental; materiales para empastes dentales; masillas dentales; productos absorbentes para la higiene personal; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; preparaciones higiénicas para uso veterinario; pañales para animales de compañía; algodones impregnados en alcohol con fines médicos; desinfectantes para uso doméstico; desinfectantes para uso higiénico; desinfectantes para equipos e instrumentos médicos; desinfectantes para instrumentos médicos; desinfectantes para uso médico; desinfectantes para equipos e instrumentos odontológicos; paños desinfectantes; toallitas medicinales impregnadas; productos medicinales para lavarse las manos; toallitas para uso médico;  toallitas impregnadas de preparaciones antibacterianas; desinfectantes impregnados en tejidos; desodorantes para prendas de vestir y materias textiles; desodorantes para zapatos; preparaciones antisépticas para el cuidado de heridas; paños de limpieza impregnados con desinfectante para uso higiénico., 9 estuches adaptados para teléfonos móviles; estuches para teléfonos; estuches para pda; estuches para calculadoras de bolsillo; fundas adaptadas para lectores de cd; fundas adaptadas para lectores dvd; estuches para reproductores de medios digitales; estuches para lentes; letreros publicitarios (mecánicos o luminosos); estuches adaptados para aparatos fotográficos; estuches para cámaras grabadoras; carcasas para cámaras; separadores para acumuladores; estuches para gafas; estuches para gafas de niño; estuches para lentes de contacto; estuches para lentes; trajes de aviador resistentes al fuego; respiradores para filtrar el aire; ropa ignífuga; trajes ignífugos para carreras de automóviles con fines de seguridad; mantas ignífugas; ropa ignífuga; filtros para máscaras respiratorias; filtros para máscaras respiratorias (no médicos); redes de seguridad; calzado de protección frente a incendios; pasamontañas ignífugos; botas de protección contra el fuego; trajes de protección contra los accidentes, las radiaciones y el fuego; cascos para motociclistas; estuches adaptados para instrumentos de disección para uso científico o de investigación; estuches adaptados para instrumentos de disección que no sean para uso médico; filtros para laboratorios; guantes resistentes al fuego; equipos de protección y seguridad., 10 protectores de pecho; empapadores; paños médicos de materiales textiles sin tejer; pinzas hemostáticas; malla quirúrgica; camas y mobiliario médico, equipos para mover pacientes; cobertores para uso médico; sábanas de incontinencia para su uso con bebés; sábanas de incontinencia para su uso con niños pequeños; almohadones para uso médico; almohadas para uso ortopédico; almohadas para uso terapéutico; almohadas soporíferas rellenas con plumón; sábanas (paños) para uso médico; protectores de colchón para incontinentes; sábanas de incontinencia; vestuario de uso médico; guantes de protección desechables para uso médico; guantes para uso médico; guantes para su uso en hospitales; medias de compresión médicas; malla quirúrgica que comprende materiales artificiales; rodilleras para uso médico., 12 forros a medida para la zona de carga de vehículos; revestimientos de vehículos; tapizados para interiores de vehículos; interiores de protección para vehículos; revestimientos de techos para vehículos; paneles interiores para vehículos; asientos de seguridad de coche para niños; asientos de seguridad de coche para niños; asientos de seguridad de coche para niños; asientos de niños para su uso en vehículos; asientos para niños para su uso en coches; asientos de seguridad para vehículos; asientos de seguridad de animales de compañía para vehículos; asientos de seguridad de bebés y niños para vehículos; asientos de seguridad para vehículos; doseles de asientos de coches; organizadores para coches; organizadores de maleteros; fundas de asientos ajustadas para su uso en automóviles; fundas de asientos para coches; asientos de automóvil; asientos de automóvil para niños; cojines para asientos de vehículos; asientos de automóvil para niños; protectores solares y viseras para automóviles a motor., 16 papel crepé; filtros y materiales filtrantes de papel; papel de filtro; filtros de papel para cafeteras; materiales de embalaje impresos de papel; contenedores de papel para embalaje; bolsas de papel para embalar; lazos decorativos de papel para envolver; papel de embalaje decorativo; hojas de control de humedad, de papel o de materias plásticas, para embalar productos alimenticios; hojas de celulosa regenerada para embalar; etiquetas de papel para regalos; envoltorios de papel para regalos; embalajes de cartón; películas de materias plásticas para embalaje; papel impregnado con aceite para usar como embalaje; cajas de cartón para embalar; material de embalaje de materias plásticas; papel para envolver y embalar; sacos de papel; bolsas de papel para embalar; lazos para decorar paquetes; bolsas de papel para embalar; bolsas y artículos para empaquetar, envasar y almacenar, de papel, cartón y materias plásticas; recipientes industriales de papel para embalaje; recipientes de cartón para embalaje; recipientes de celulosa regenerada para embalaje; bolsas (envolturas, bolsitas) de papel o materias plásticas para embalar; películas para envolver alimentos; cartón para empaquetado; cajas de cartón para embalar; cajas de fibra de cartón; materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases); material de envoltorios de papel; materiales de cartón para embalar; materiales de papel reciclado para embalaje; materiales de fécula o almidón para embalar; materiales para embalaje; envolver (papel de -); cajas de cartón para embalar; cajas de cartón para embalar; bolsas de papel para embalar; hojas de viscosa para embalar; etiquetas de papel para identificación; blocs de papel de escribir; libretas; etiquetas de papel; cajas para lápices; estuches y cajas de papelería; bolígrafos; pizarras pequeñas; cintas adhesivas para embalaje; productos de imprenta; adhesivos (artículos de papelería); pegatinas (calcomanías); carteles publicitarios impresos de papel; carteles publicitarios impresos de cartón; panfletos; banderines de papel; folletos, impresos; calendarios impresos; material promocional impreso; decoraciones adhesivas de papel para paredes; anuarios (publicaciones impresas); calendarios; pancartas de papel; pósters; tarjetas postales; prospectos; tarjetas de navidad; publicaciones promocionales; publicaciones promocionales; publicaciones promocionales; publicaciones promocionales; letreros de papel o cartón; tableros de anuncios de cartón; tableros de anuncios de cartón; cubiertas de libros; papel crepé para uso doméstico; papel para su uso en la producción de papeles pintados; papel de seda para su uso como material de papel de estarcido (ganpishi); papel para fabricar bolsitas de té; toallitas de papel para desmaquillar; papel higiénico de textura áspera; filtros de papel para café; papel para limpiar; pañuelos de papel para la cara; hojas absorbentes de papel o de materias plásticas para embalar productos alimenticios; pañuelos de papel; papel de seda; papel higiénico; pañuelos de papel para uso cosmético; paños de celulosa; publicaciones periódicas; blocs jurídicos., 17 fibras con fines de aislamiento; mantas acolchadas para aislamiento; hilo de fibra regenerada para uso no textil; fibras químicas para uso no textil; fibras sintéticas, que no sean para uso textil; materiales y artículos para el aislamiento; tejidos aislantes; telas hechas de fibras sintéticas (para aislamiento); tejidos hechos de mezcla de fibras sintéticas y naturales para su uso como aislamiento; tejidos de fibra de carbono para su uso como aislamiento; tejidos de fibras producidas químicamente para su uso como aislantes; tejidos de fibras orgánicas para su uso como aislantes; fibras de vidrio para aislar; fibras impregnadas con resinas sintéticas para aislamiento; lanas de fibras de carbón en bruto (aislamiento); papel aislante; material aislante destinado a la industria aeronáutica; materiales aislantes producidos a partir de materias plásticas; paneles aislantes; cable magnético (aislamiento para -); papel aislante; papel impregnado con aceite para aislamiento; aislamiento de tubos; componentes de aislamiento preformados; papeles tratados para aislamiento; artículos y materiales para aislamiento térmico; tableros de fibras para aislamiento de altas temperaturas; tejidos resistentes al calor (para aislamiento); cubiertas aislantes para tubos industriales; material sintético aislante para la protección térmica de tuberías; aislamientos con funciones de sellado para protección térmica; camisas de aislamiento térmico para plantas industriales; materiales térmicas aislantes; artículos y materiales para aislamiento eléctrico; cintas electroaislantes; aisladores para conductores eléctricos; papel para condensadores eléctricos; sustratos para aislamiento eléctrico; artículos y materiales para aislamiento acústico; losas acústicas; paneles de barrera para el aislamiento acústico; aislamiento acústico para edificios; estructuras no metálicas para la supresión del sonido (aislamiento); hojas de celulosa (que no sean para envolver o empaquetar); hojas de celulosa regenerada que no sean para embalar; espuma de caucho; fibra de carbono; celulosa regenerada para su uso en procesos de fabricación; hojas de viscosa que no sean para embalar; fibras de carbono para su uso en la industria; fibras de carbono que no sean para uso textil; fibras de carbón en bruto, que no sean para uso textil; tejidos de fibra de carbono impregnados con resinas; hilos de fibras de carbón (que no sean para uso en textiles); espuma moldeada para embalaje; cintas de embalaje (adhesivas) que no sean de uso doméstico o de papelería; fibras de materias plásticas para fabricar cables de neumáticos; telas retardadoras de llama (amianto); paneles aislados ignífugos; materiales refractarios aislantes; fieltro aislante; tejidos de fibras producidas químicamente para su uso como aislantes; material sintético aislante para la protección térmica de tuberías; hojas de celulosa (que no sean para envolver o empaquetar); sustancias plásticas semielaboradas; materiales filtrantes (materias plásticas o espumas semielaboradas)., 20 camas, colchones, almohadas y cojines; accesorios para cunas de guardería (distintos de ropa de cama); accesorios para cunas de guardería (distintos de ropa de cama); fundas de asientos de recambio (ajustadas) para muebles; revestimientos textiles para muebles (a medida); almohadas hinchables; almohadas de baño; accesorios de cama, excepto ropa de cama; camas para niños hechas de tela en forma de saco; colchones futón (distintos de colchones de parto); almohadas reposacabezas; cojines para embarazadas; protectores de colchones; colchones; colchones; colchones (exceptuando los colchones para el parto); colchonetas para dormir (cojines o colchones); almohadas cervicales; cojines de lactancia; cojines para animales de compañía; almohadas; almohadas perfumadas; esteras de dormir para acampar (colchonetas); artículos de decoración textiles (cojines); almohadas rellenas; almohadas de sujeción para su uso en sillas de seguridad de niños para el coche; almohadas de sujeción para su uso en asientos de niños; camas y receptáculos para animales; camas para mascotas; cojines para animales de compañía; casas para mascotas; tableros para fijar carteles publicitarios; tablones publicitarios de exposición de plástico (no luminosos)., 21 trapos antiestáticos para uso doméstico; paños para desempolvar; telas para limpiar gafas; toalleros de aro; estuches para palillos chinos; aplicadores para maquillaje de ojos; neceseres para utensilios cosméticos; neceseres de tocador; aplicadores de cosméticos; manoplas de cocina; paños de limpieza; paños de limpieza; paños de limpieza., 22 fibras textiles en bruto y sus sucedáneos; líber; algodón en bruto; lana tratada; fibras químicas para uso textil; fibras que son materiales sintéticos parcialmente preparados para uso textil; fibras que son materiales sintéticos en bruto para uso textil; copos de seda; fibras de hilo; banda de cordones enrollados; materias textiles fibrosas en bruto; lana desengrasada; fibras semisintéticas para uso textil; fibra de cáñamo (en bruto); pelo de conejo; yute; fibra de yute (bruto); lana peinada; pelo de cachemir; pelusa de algodón; materiales textiles fibrosos en bruto tratados con retardantes de llamas; mohair; fibras naturales; fibras de relleno de poliéster; filamento de poliéster; malla plástica de poliéster para embalar mercancías; fibras de sílice vitrificado para uso textil; fibras de rafia; fibras de ramio; fibras textiles en bruto; fibras en bruto de materias plásticas para uso textil; lino en bruto (agramado); seda en bruto; lana en estado bruto; desperdicios de seda (relleno); lana esquilada; fibras de seda; monofilamentos de poliéster de seda; lana cardada; fibras sintéticas para uso textil; fibras sintéticas para uso textil; filamentos textiles sintéticos; filamentos textiles; fibras textiles; fibras textiles sin tejer; fibras para fabricar alfombras; fibras para fabricar losetas de moqueta; fibras viscosas de silicio; lana en bruto o tratada; copos de lana; bolsas y sacos para envasar, almacenar y transportar; forros para su uso en contenedores; bolsas y sacos para envasar, almacenar y transportar; redes; soportes de cuerda para colgar plantas; eslingas y cintas; cintas para atar las vides; cintas no metálicas para envolver o atar; hamacas; bolsas para conservar los cadáveres antes de la cremación; bolsas de red para lavar lencería; bolsas de malla para almacenamiento; bolsas de embalaje (sacos) de materia textil para transporte a granel; bolsas de embalaje (sacos) de tejido para almacenaje a granel; sacos; sacos hechos de materia textil; sacos para el transporte de residuos; sacos para el transporte de materiales; sacos para el almacenamiento de materiales a granel; sacos y bolsas (no incluidos en otras clases); sacos para almacenar materiales; bolsas (sacos) para transportar y almacenar productos a granel; bolsas que no sean de materias textiles para el transporte a granel de materiales; bolsas que no sean de materias textiles para el almacenamiento a granel de piensos para animales; bolsas que no sean de materias textiles para el almacenamiento a granel de materiales; bolsas de almacenamiento para zapatos; bolsas para velas; bolsas de regalo de materias textiles para botellas de vino; bolsas protectoras de tela para conservación de bolsos cuando no se usan; bolsas (envolturas, bolsitas) de materias textiles para embalar; bolsas (envolturas, bolsitas) de materias textiles para embalar; bolsas (envolturas, bolsitas) de materias textiles para embalar; redes de embalaje para transportar frutas y hortalizas; bolsas (envolturas, bolsitas) de materias textiles para embalar; bolsas textiles para embalaje de mercancías (sobres, bolsitas); lonas, toldos, tiendas y carpas; tiendas de campaña para la pesca con caña; tiendas de campaña para el camping; cubiertas no ajustables para vehículos; fundas no ajustables para embarcaciones y vehículos acuáticos; lonas; toldos; tiendas (toldos) para vehículos; tiendas (toldos) para caravanas; tiendas hechas de materias textiles; tiendas para montañismo o camping; velas; materiales para la fabricación de velas para embarcaciones; sogas, cabos, cuerdas y cordeles; ataduras no metálicas para uso agrícola; hilos no metálicos para envolver o atar; cordeles; bramantes de polipropileno; cordeles hechos de sisal; bramantes no metálicos; cuerdas para atar; hilos de embalaje; cuerda de macramé; hilos para usar en la construcción de cables de neumáticos; cuerdas; cuerdas de fibras naturales y sintéticas; cuerda para su uso en juguetes para animales domésticos; cuerdas de materias sintéticas; cuerdas; cuerdas no metálicas; bramante de embalar; cuerdas de embalaje; redes; redes elásticas para productos cárnicos; redes de cáñamo; redes (no metálicas o de amianto); redes para su uso como cortavientos; redes de fibra química; redes de protección de materias textiles contra desprendimientos de piedras; redes de pesca comerciales; redes (aparejos); redes para su uso con estructuras flotantes; hilos de red; corrales de red para la piscicultura; redes para dar sombra; redes de seda; redes ajustables; materiales para acolchar y rellenar; plumón (plumas); plumas de relleno (tapicería); guata de filtrado; material de relleno de fibras sintéticas; rellenos para almohadas tapizadas; rellenos de espuma sintética; rellenos de edredones; relleno para almohadas; rellenos para colchas; virutas de madera; miraguano (kapoc); plumas sueltas; materiales para acolchar; materiales de acolchado, distintos de caucho o plástico, para almohadas; materiales de acolchado, distintos de caucho o plástico, para sacos de dormir; materiales para relleno hechos de materias fibrosas; materiales para relleno hechos de materias fibrosas; rellenos de telas no tejidas; materiales de acolchado, que no sean de caucho o plástico, para camas; guatas de poliéster; serrín; sisal; fibras de sisal; recipientes textiles de embalaje industrial; vellón para el sector de la tapicería; guata de relleno o acolchado (tapicería); fibras de guata; lana de relleno; materiales de relleno (excepto de papel, cartón, caucho o plástico); rellenos para almohadas tapizadas., 23 hilos e hilados; hilo de angora; bobinas de hilo; bobinas de hilado; algodón hilado; hilo de algodón; hilos de felpilla; hilos de felpilla; hilo de seda de la variedad dupioni; hilados elásticos; hilos elásticos para uso textil; tiras elásticas de fibras sintéticas para uso textil; hebras de algodón hilado; hilados para uso textil; filamentos textiles (hilos); fibras flocadas; hilos; hilos de angora para uso textil; hilo de algodón residual; hilos preorientados de poliéster; hilos de fibras de carbono para uso textil; hilos de fibras sintéticas o mixtas para uso textil; hilo de seda salvaje; hilados para tejer; hilos para uso doméstico; hilados para aplicaciones textiles; hilo e hilado mezclado a base de fibra inorgánica; hilo e hilados mezclado a base de algodón; hilo e hilados combinados con una base de fibra química; hilos e hilados de fibra química para uso textil; hilos e hilados de residuos desengrasados; hilo e hilado mezclado a base de cáñamo; hilo e hilado de fibra regenerada (para uso textil); hilo e hilado mezclado a base de seda; hilo e hilado de fibra sintética; hilo e hilado mezclado a base de lana; hilos e hilados para uso textil; hilos para vender en forma de kit; hilo e hilado de algodón retorcido; hilos e hilados retorcidos; hilo e hilado de cáñamo trenzado; hilo e hilado retorcido de seda; hilo e hilado de lana retorcido; hilo (peinado) de fibras naturales; hilo e hilado trenzado mezclado; hilo de estambre; hilo de borrilla de seda; hilo de borrilla de seda; hilo e hilado de fibra semisintética (hilado de fibra natural químicamente tratado); lanas para tejer a mano; hilo e hilado de cáñamo en bruto; hilo e hilado de cáñamo en bruto; hilados e hilos termoestables; hilos de yute; hebras de pelo de camello; hebras cardadas de lino para uso textil; hilos cardados de cáñamo para uso textil; hebras cardadas de fibras naturales para uso textil; hebras cardadas de fibras naturales para uso textil; hilos (cardados) de lana; hebras cardadas de lana para uso textil; hilos de cachemira; hilos de fibra de cerámica para uso textil; hilos de coco; hilos de rayón; hilo e hilado de lino; hilo e hilado de lino; hilo de fibra de metal para uso textil; hilo de coser para uso textil; hilos de coser; hilados naturales; hilos que no sean metálicos para uso textil; fibra de poliéster hilada para uso textil; hebras de sílice; hilo e hilado de ramio; hilo de seda en bruto; seda hilada; hilo de seda; hilos y hebras para bordados; hilados para tejer; hilos de punto de materiales acrílicos; hilos de punto de nailon; hilos de punto de lana; hilados con textura de poliéster; hilados hechos de materiales sintéticos para uso textil; hilos sintéticos; hilados de alfombra; hilos textiles; hilos textiles de fibras artificiales; hilos textiles de fibras naturales; hilo e hilado recubierto de caucho (para uso textil); hilos de hilados mixtos; hilos encerados; hilo encerado; fibras de tejer para uso industrial; hilados; lana hilada; hilo de lana; hilo de lana., 24 tejidos de borra; productos textiles en piezas para su uso en tapicería; terliz; telas elásticas de punto para ropa interior de señora; telas elásticas de punto para corpiños; telas elásticas de punto para ropa deportiva; telas elásticas de punto para ropa de gimnasia; tejidos de fibra para su uso en la fabricación de prendas de vestir; tejidos de fibra para la fabricación de las fundas exteriores de muebles; telas de fibra para su uso en la fabricación de forros de calzado; tejidos de fibra para su uso en la fabricación de forros de bolsas; fieltro; fieltro para su uso por fabricantes de papel; tela de fieltro; telas retardadoras de llama (que no sean de amianto); franela (tela); toalla (materias textiles); forros y entretelas; materiales de incrustación de telas no tejidas; telas de fibras químicas; tejidos para uso textil; tejidos de puntillas; punto (tejidos de -); telas impermeables engomadas; toalla (materias textiles); ropa blanca; jersey (tejido); jersey (tejido); tejidos de fibras de carbono, excepto para aislamiento; tejidos (géneros en pieza textiles) hechos de fibra de carbón; tejidos hechos de fibras artificiales (excepto para aislamiento); telas para tapicería; telas de tapicería; telas para tapicería; tejidos para mobiliario en piezas; tejidos para mobiliario en piezas; tejidos decorativos; fieltro no tejido; telas de seda para muebles; tejido de fibra semisintética; tejidos de fibras producidas químicamente, excepto para aislamiento; telas de fibras orgánicas, excepto para aislamiento; telas de hilo de fibra regenerada; tejidos hechos de fibras artificiales (excepto para aislamiento); telas para su uso en la confección de jerséis; punto (tejidos de -); telas de punto de hilo de algodón; tejidos de punto de hebra de fibra química; telas de punto de hilo de lana; telas hechas de fibras sintéticas y naturales mezcladas, que no sean para el aislamiento; telas textiles para su uso en la fabricación de camas; telas textiles para la confección de ropa blanca; tejidos textiles para su uso en la fabricación de artículos de cama; telas textiles para la confección de mantas; telas tejidas para su uso en la fabricación de muebles de cama; telas textiles para su uso en la confección de sábanas; telas textiles para su uso en la fabricación de toallas; textiles para su uso en la fabricación de fundas de almohada; géneros en pieza textiles para la confección de artículos de cama; géneros en piezas textiles para la confección de toallas; tela; tejidos que son productos textiles en piezas; terciopelos para mobiliario; géneros textiles no tejidos; materias textiles no tejidas; materias textiles no tejidas; telas textiles no tejidas para su uso como entretelas; telas no tejidas de fibras naturales; telas no tejidas de fibras sintéticas; telas no tejidas en láminas para su uso en la confección; telas tejidas para muebles; productos textiles, y sustitutivos de productos textiles; fundas para vestidos de noche de materias textiles; mantas textiles para imprentas; telas desechables; forros y entretelas; tela de lino para forrar zapatos; telas para paredes; tejidos para uso textil; artículos textiles domésticos hechos de materiales no tejidos; ropa blanca; fundas para vestidos de noche de materias textiles; tela de colchón (cutí); fundas para muebles; mosquiteras; artículos textiles sin tejer; sábanas guardapolvo; pañuelos de materias textiles; productos textiles de franela; artículos textiles sin tejer; entretelas hechas de telas no tejidas; fundas para muebles; revestimientos de muebles que no sean ajustables; fundas sueltas de materias textiles para muebles; revestimientos de materias textiles para muebles; sábanas guardapolvo; fundas sueltas de materias textiles para muebles; pañería (cortinajes de tela gruesa); cortinas; marcadores (etiquetas) de telas para tejidos textiles; telas para paredes; tapizados murales de materias textiles; ropa de cama; ropa de cama; toalla (materias textiles); toallas; ropa de cocina y mantelerías; toallas; toallas de mano de materias textiles; ropa de cama y mantelerías; trapos para secar vajilla; paños de cocina para secar; toalla (materias textiles); toallas de mano de materias textiles; manteles individuales que no sean de papel; pequeños artículos de materias textiles (ropa de mesa); ropa de mesa; tapetes de mesa que no sean de papel; salvamanteles que no sean de papel; manteles de telas textiles no tejidas; servilletas de materias textiles; ropa de mesa que no sea de papel; mantelería de materiales textiles; mantelerías; guantes de baño; ropa de cama; mantas para recién nacidos; ropa de cama y mantelerías; cubrecolchones; fundas de edredón; cobertores (edredones); mantas de cama de algodón; mantas de cama de fibras artificiales; colchas de papel para camas; mantas de cama de seda; mantas de lana; fundas de edredón; sábanas; cenefas para camas; sobrecamas; volantes textiles para camas; ropa de cama de material textil que no esté tejido; ropa de cama para niños; fundas de edredones; cobertores (edredones); mantas para animales de compañía; colchas; mantas para exteriores; ropa de cama desechable de materias textiles; edredones (cobertores de plumas); ropa blanca de tejido de rizo; edredones para futones; sábanas cosidas en forma de saco de dormir; ropa impermeable de cama; mantas para cunas; sábanas para cunas; mantas para niños; fundas decorativas para almohadones de cama; mantas para el regazo; fundas para colchones ajustables; fundas de almohada; fundas de cutí para colchones y almohadas; fundas de colchón; fundas de colchón; edredones rellenos de plumón; edredones; mantas de viaje; forros para el interior de sacos de dormir; mantas de seda; sábanas ajustables; cobertores de cama acolchados; edredones de tela de toalla; edredones de materias textiles; edredones rellenos de plumas; edredones rellenos con una mitad de plumón; edredones rellenos de material de relleno; edredones rellenos de materiales sintéticos de relleno; colchas; cubiertas de edredón; fundas textiles para edredones; productos textiles para su uso como ropa de cama; sábanas; sobrecamas; sábanas con volantes; cenefas para camas; mantas de lana; ropa de baño; toallas de mano de materias textiles; toallas de baño grandes; toallas de baño; ropa de baño, excepto prendas de vestir; toallas desechables; cobertores de felpa; toallas faciales de felpa; toallas turcas; toallas turcas; toallas de baño grandes; toallas de baño grandes; tela de felpa (material textil) adaptada para su uso en distribuidores; toallas de manos; toalla (materias textiles); toallas de mano de materias textiles; toallas para niños; toalla (materias textiles); ropa blanca para uso doméstico, incluidas la toallitas de tocador; toallas desmaquilladoras (textiles) distintas de las impregnadas con cosméticos; toallas desmaquilladoras (textiles) distintas de las impregnadas con preparados de tocador; telas de materias textiles tejidas para lavar el cuerpo, no para uso médico; paños de material textil no tejido para lavar el cuerpo (que no sean de uso médico); guantes de aseo personal; manoplas hechas de telas no tejidas para lavar el cuerpo; toallas de aseo; paños para lavar el cuerpo (que no sean para uso médico); materias textiles filtrantes; tejido ignífugo., 25 artículos de sombrerería; gorros de baño; bandanas (pañuelos para el cuello); gorras de béisbol; boinas; sombreros con borlas; sombreros de señora; gorros de ducha; tocados de fiesta; sombreros fedora; fezes (gorros tradicionales de origen turco); gorros tipo pescador; gorras de golf yashmaks (velos dobles usados por mujeres musulmanas); cofias (artículos de sombrerería); boinas de lana; sombreros; armaduras de sombreros; solideos; gorros de waterpolo; capuchas; sombreros pequeños; gorros con nudo para bebés; gorros de cocinero; gorras y sombreros deportivos (que no sean cascos); artículos de sombrerería infantil; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; yashmaghs (velo de las mujeres musulmanas); mitras (ropa litúrgica); sombreros de moda; gorras; viseras para gorras; viseras para el sol (artículos de sombrerería); gorros para dormir; sombreros de papel (prendas de vestir); gorros de papel para chefs; sombreros de papel para enfermeras; gorros para fiestas (prendas de vestir); manguitos de piel; sombreros de piel; pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros para la lluvia; gorras de punto; gorras planas; gorras militares; sombreros de juncia (SUGEGASA); antifaces para dormir; velos; tocas (prendas de vestir); boinas escocesas; bandas antisudor de tenis; gorros de esquiar; sombreros para el sol; gorros y gorras para deportes; gorras de deporte; cintas para la cabeza; cintas para absorber el sudor de la frente; sombreros de playa; gorras de punto; pasamontañas; artículos de sombrerería de materias textiles térmicas; tocas (sombreros); pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros de lana; sombreros de copa; prendas de vestir; prendas de noche; abrigos de noche; cuellos separables para kimonos (1-laneri); cuellos postizos; escudetes de axila (partes de prendas de vestir); indumentaria de aikido; albas; chalecos de entrenamiento para fútbol americano; parkas; trajes (vestuario); trajes de noche; trajes de mujeres; pajaritas; pantalones de vestir; monos de vestir; blusas; ropa de trabajo; monos de trabajo; blusas; jerséis sin mangas; mantones; calentadores de brazos (vestidos); batas para doctores; pantalones de calentamiento; ropa hecha de piel; guantes para conducir; ajuares de bebé (prendas de vestir); ajuares de bebé (prendas de vestir); prendas de una sola pieza (body) para bebés; picardías (pijamas); bragas para bebés; baberos de plástico para bebés; ropa de bebé para la parte superior del cuerpo; nanas para bebés (prendas de vestir); bragas para bebés; ropa de bebé para la parte inferior del cuerpo; ajuares de bebé (prendas de vestir); buzos de abrigo para bebés; trajes de baño; trajes de baño para señora; trajes de baño para caballeros; bañadores ajustados que tienen copas de sujetador; trajes de baño para caballero y señora; calzones de baño; trajes de baño; trajes de baño; albornoces; calzones de baño; pantalones cortos de baño; ropones (salidas) de baño; batines; trajes de ballet; vestidos de fiesta; bandanas (pañuelos para el cuello); sujetadores bandeau (ropa interior); uniformes de béisbol; calzoncillos térmicos; camisetas interiores térmicas; camisetas ombligueras; camisetas impresas; calentadores de piernas; ropa de cachemira; ropa de cuero de imitación; ropa de lana; ropa para automovilistas; ropa de bebé; ropa para damas de honor; ropa de patinaje artístico; trajes de bautizo; prendas de vestir para la práctica del judo; prendas de vestir para niños; prendas de vestir para niños pequeños; ropa de niña; prendas de vestir de cuero para motoristas; ropa de cuero; prendas de vestir de lino; ropa de papel; ropa de felpa; ropa de seda; ropa para artes marciales; ropa de hípica (excepto cascos de jinete); vestuario teatral; ropa para pescadores; ropa para chico; vestuario para juegos de lucha libre; ropa prenatal; pantalones para estar por casa; bermudas; mañanitas; calcetines de cama; maillots; blazers; blusones; boas (bufandas); leotardos; medias de cuerpo entero; bodis (ropa interior); boleros; corbatas de cordón; cazadoras tipo bomber; boxers (calzoncillos); vestidos de novia; albornoces (capas con capucha); sujetadores; bustiers; chaquetas marineras; capas; pantalones pirata de mujer; abrigos cortos; pantalones de estilo militar; polainas (prendas de vestir); casullas; camisolines; cheongsams (vestidos de raso en estilo chino); albas; túnicas para coristas; prendas de noche; pantalones de pana; camisetas largas; ropa de mujer; lencería femenina; vestidos; ropa exterior de señora; bombachas; ropa interior de mujer; ropa interior de mujer; chaquetas de plumas; chalecos de plumón; pantalones vaqueros; sobretodos; chaquetones de trabajo con refuerzo impermeable en los hombros; trajes de tres piezas (ropa); trencas; pañuelos de bolsillo (prendas de vestir); trajes de una pieza; monos de vestir; monos cortos (prendas de vestir); ropa interior desechable; vestidos de patinaje; mallas deportivas; medias de lana; faldas plisadas para quimonos formales (hakama); disfraces (trajes); vestidos de ceremonias para señoras; sujetadores deportivos transpirables; camisetas de deporte transpirables; pantalones de deporte transpirables; camisas de pesca; chaquetas de pescador; ropa polar; chalecos de forro polar; pajaritas; trajes de vuelo; trajes de noche de gala; ropa de etiqueta; fulares (prendas de vestir); chaqués; trajes de chaqueta informales; camisas deportivas; pantalones ligeros; ropa informal; bragas tipo short; casacas de barbero; batines; reproducciones de equipaciones de fútbol; camisetas de fútbol; chalecos de entrenamiento para fútbol; bolsas para calentar los pies que no sean eléctricas; gabardinas (prendas de vestir); galochas; polainas; chaqués; pantalones acolchados de deporte; camisetas acolchadas de deporte; shorts acolchados de deporte; prendas de punto; guantes de punto; chaquetas de punto; ropa interior de punto; jerséis tejidos con lana; prendas de vestir tejidas; camisas tejidas; chaleco; polos; pantalones de golf pantalones, camisas y faldas de golf; faldas de golf mallas; ropa de gimnasia; calcetines cortos; disfraces para halloween (víspera de todos los santos); tirillas; artículos para llevar en el cuello; fulares; braga de cuello; calentadores de muñeca; guantes (prendas de vestir); guantes para ciclistas; guantes con puntas conductoras que pueden usarse al utilizar dispositivos electrónicos portátiles provistos de pantallas táctiles; guantes incluyendo los de piel, pellejo o cuero; calentadores de manos (prendas de vestir); ropa para estar en casa; camisas hawaianas; camisas hawaianas abotonadas delante; canesúes de camisa; camisas; camisas para trajes; camisas con cuello; camisas de cuello abierto; camisas con botones; camisones; combinaciones (ropa interior); camisas-chaqueta; pecheras de camisa; trajes para hombres; ropa de hombre; ropa exterior de caballero; calcetines de caballero; ropa interior de hombre; chalecos; vestidos de novia; chaquetas tipo leñador; canguros (suéteres con capucha); bombachas; pantalones largos; pantalones de cuero; pantalones para niños; pantalones para niños; pantalones para personal de enfermería; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones de snowboard; trajes pantalón; faldas pantalón; medias-calcetín; tirantes; ligueros de caballero; fajas (ropa interior); fajas (ropa interior); chaquetas; chaquetas que son prendas de vestir de deporte; chaquetas de forro polar; chaquetas de pesca; chaquetas con mangas; chaquetas sin mangas; chaquetas para snowboard; chaquetas impermeables; chaquetas, abrigos, pantalones y chalecos de caballero y de señora; forros para chaquetas; pantalones de caza; chaquetas de caza; chalecos de caza; camisas de caza; quimonos; prendas de tela vaquera (ropa); pantalones vaqueros; chaquetas vaqueras; jerseys (prendas de vestir); pantalones de montar; chándales de nailon; conjuntos de footing (ropa); pantalones de chándal tipo sudadera; prendas para llevar en la parte superior para hacer footing; pantalones de chándal tipo sudadera; chaquetas heavy; chaquetones; trajes de judo; caftanes; camisolas; uniformes de artes marciales; uniformes para deportes de combate; sudaderas con capucha; trajes de kárate; bufandas de cachemira; equipos de kendo; uniformes caqui; faldas escocesas; faldas escocesas; quimonos; vestidos; mandiles; vestidos; batas para personal de enfermería; forros confeccionados (partes de prendas de vestir); bolsillos de prendas de vestir; ropa de sport; bombachos; pantalones de senderismo; calcetines largos; calentadores de rodilla; juegos de top y culote (ropa); ropa de confección; prendas superiores básicas de trajes tradicionales coreanos (jeogori); chalecos tradicionales coreanos para señora (baeja); abrigos coreanos (durumagi); chalecos térmicos acolchados; corseletes; cubrecorsés; corsés; corsés; corsés; trajes (disfraces); trajes de falda; disfraces para niños; trajes para usar en juegos de rol; cuellos; cuellos postizos; cuellos para vestidos; corbatas; corbatas pañuelo (ascots); miriñaques; fajas de esmoquin; camisetas de manga corta o manga larga; camisas de manga corta; camisas de manga corta; pantalón corto; pantalones de chandal tipo sudadera; enaguas cortas; gabán codo para quimono (haori); capuchas (ropa); batas de laboratorio; jerséis de manga larga; camisetas interiores de manga larga; chaquetas largas; batas de dormir japonesas (nemaki); quimonos largos (nagagi); calzoncillos largos; baberos que no sean de papel; petos de caza; ropa para correr; chalecos para hacer footing; trajes de cuero; ropa de cuero; chaquetas de cuero; chaquetas de cuero; pantalones informales; calzas ileggings); lencería; ropa interior absorbente del sudor; chaquetas reflectantes; lencería femenina; libreas; prendas para cubrir trajes de baño; ropa exterior para niñas; manípulos (ropa litúrgica); uniformes de deporte; puños (prendas de vestir); abrigos; pellizas; abrigos de algodón; abrigos de tela vaquera (denim); abrigos para señora; abrigos para hombre; mantillas; antifaces para dormir; máscaras para los ojos; trajes de marinero; corseletes; prendas de corsetería; minifaldas; triquinis; batines; batas de descanso; trajes de motociclismo; guantes de motociclista; chaquetas de motociclismo; manguitos (prendas de vestir); vestidos hawaianos (muu-muus); camisones; camisones; camisones; prendas para dormir; trajes de neopreno; saltos de cama (picardías); medias cortas; ropa exterior de señora; ropa exterior; camisas de vestir; empeines de ratán tejido para sandalias de estilo japonés; blusas de tirantes; tops para ciclistas; tops con capucha; blusas de espalda descubierta; cintas para abrigar las orejas; orejeras (prendas de vestir); conjuntos de vestir; monos de trabajo; monos de trabajo; monos para personal de enfermería; sobrecamisas; pareos; parkas; pelerinas; pieles (prendas de vestir); pellizas; abrigos y chaquetas de piel; manguitos de piel; capas de piel; enaguas; pololos; polos; pantalones de pirata; delantales de plástico; culotes; polos; polos de punto; suéteres de cuello alto; suéteres (polos); ponchos; suéteres; suéteres de cuello redondo; suéteres de cuello alto falso; suéteres con cuello en v; suéteres sin mangas (ropa); bombachos; pijamas; partes inferiores de pijamas; ropa para ciclistas; pantalones para ciclistas; camisas de ramio; maillots de protección para deportes acuáticos; pañuelos cuadrados para la cabeza; chubasqueros; ropa de lluvia; pantalones impermeables; abrigos impermeables; ponchos para la lluvia; guantes de equitación; pantalones de montar; chaquetas de montar; faldas; prendas superiores de cuello alto; cuellos vueltos (ropa); camisetas de cuello alto; suéteres de cuello alto; camisetas de rugby; pantalones cortos de rugby; camisetas de rugby; chaquetas de safari; saris; sarongs; zamarras; abrigos de piel de oveja; protectores para cuellos de prendas de vestir; bufandas (vestidos); chales (sólo de punto); chales y pañuelos de cabeza; chales y estolas; fajas (bandas); bandas faja para quimonos (obi); uniformes de árbitros; prendas para dormir; antifaces para dormir; camisones; tops tipo tubo; velos; pañuelos de cuello de caballero; bombachas; trajes para la nieve; trajes para la nieve; pantalones para la nieve; pañuelos para los hombros; toquillas (prendas de vestir); uniformes escolares; delantales (prendas de vestir); delantales de papel; bandas abdominales para embarazadas; vestidos de premamá; calcetines sudorífugos; medias absorbentes del sudor; bandas antisudor; bandas de muñeca para el sudor; cintas para la cabeza; sobaqueras; calcetines antitranspirantes; cintas para absorber el sudor de la frente; uniformes de enfermera; pantalones cortos de baño; corbatas de seda; bufandas de seda; sostenes adhesivos; capas de peluquería; chaquetillas; vestidos de tubo; camisetas de cuello alto falso; camisas y pantalones cortos a juego (lencería); petos cortos; shorts; pantalones cortos tipo chándal; bragas altas tipo shorty (ropa interior); trajes para la nieve; trajes de esquí de competición; guantes de esquí; pantalones de esquí; chaquetas de esquí; ropa de esquí; pasamontañas para esquí; mallas cortas reforzadas con protectores; slips; fajas de esmoquin; esmoquin; esmóquines; trajes de snowboard; guantes de snowboard; calcetines estilo japonés (tabi); calcetines y medias; ligas para calcetines; sujetadores sin aros; vestidos veraniegos sin mangas para señora; ropa de protección solar; monos cortos (ropa); picardías (baby doll); chándales; ropa de deporte (exceptuando los guantes de golf); ropa de deporte; sujetadores de deporte; camisas deportivas; camisas deportivas de manga corta; pantalones de deporte; chaquetas deportivas; calcetines de deporte; camisetas de deporte; jerséis deportivos y pantalones para el deporte; chándales; chalecos de atletismo; guardapolvos; chaquetas acolchadas (prendas de vestir); chalecos acolchados; baberos de tela; baberos de tela para adultos; cuerdas de ajuste para quimonos (datejime); peleles; camisas braga para niños y bebés; ropa de playa; batas de playa; pantalones elásticos; prendas de punto; camisas de punto; rebecas; tangas; ligas (ropa interior); medias; medias absorbentes del sudor; refuerzos de talón para medias; faja panty; pantis; mallas (prendas de calcetería); medias sin pie; prendas de nnediería; calcetines sin pie; ropa de surf suspensorios (lencería); suéteres; pantalones de chándal; chaquetas sudadera; sudaderas; pantalones cortos de chándal; trajes de taekwondo; ceñidores de cintura; camisetas de tirantes; ropa de baile; trajes de baile; tabardos; guantes de camuflaje; camisas de camuflaje; pantalones de camuflaje; chaquetas de camuflaje; chalecos de camuflaje; pantalones escoceses; prendas de vestir para jugar a tenis; camisas de tenis; vestidos de tenis; jerséis de tenis; faldas de tenis; pantalones cortos de tenis; calcetines de tenis; cinturones de materias textiles (prendas de vestir); thobes (túnicas árabes); trajes de teatro; calcetines térmicos; ropa interior térmica; togas; tops (ropa); trajes folclóricos; prendas de vestir japonesas tradicionales; tirantes de sostenes; mallas con tirantes; pichis; sujetador sin tirantes; camisetas de tirantes; ropa de gimnasia; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones cortos de chándal; tops de chándal; impermeables cruzados; culotes de tirantes; ropa de triatión; prendas de punto; camisetas de deporte; trajes secos; camisetas (de manga corta); pañuelos (ropa); pañuelos de cuello; pañuelos cuadrados para la cabeza; túnicas; turbantes; ropa de gimnasia; pantalones cortos de gimnasia; tutús; conjunto de dos piezas (twin sets); chaquetas exteriores coreanas que se llevan encima de las prendas básicas (magoja); pañales-bragas (ropa); sobretodos; sobrepantalones; bufandas de cuellos; capotes; chales; ropa prenatal; ropa de dormir para embarazadas; lencería para embarazadas; uniformes; uniformes para uso comercial; uniformes de enfermera; uniformes de árbitros; prendas interiores de cuerpo entero; lencería; prendas interiores para bebés; ropa interior absorbente del sudor; tops (camisetas); camisetas interiores para quimonos (juban); camisetas interiores para quimonos (koshimaki); prendas inferiores (ropa); calzoncillos; camisolas interiores; enaguas; fajas para nudos obi (obiage-shin); pantalones de chándal; lencería; prendas de protección para la ropa; chaquetas de traje; camisetas de voleibol; ropa con aislamiento térmico; chaquetas de calentamiento; tops de calentamiento; ropa resistente a la intemperie; trajes impermeables para motociclistas; capas impermeables; ropa para exteriores impermeable; escarpines de inmersión; pantalones impermeables; chaquetas impermeables; chubasqueros (ropa); trajes de esquí acuático; ropa blanca de chefs; batas blancas para su uso en hospitales; caftanes; sudaderas; chaquetas reversibles; chalecos; chalecos de cuero; cortavientos; ropa resistente a la intemperie; ropa de agua para navegar; calzas y polainas; cinturones para envolver para quimonos (datemaki); pareos; pareos; pañales (envolturas de bebés); petos de esquiar; prendas de vestir cortaviento; trajes cortaviento; pantalones cortaviento; jerséis cortaviento; chalecos de viento; guantes de invierno; abrigos de invierno; prendas de mediería; ropa resistente a condiciones climáticas externas; calcetines de lana; pantalones de yoga; camisetas de yoga; trajes de espaldas y pantalones anchos (trajes zoot); escudetes (partes de prendas de vestir); escudetes para bañadores (partes de prendas de vestir); escudetes para calcetines salvapiés (partes de prendas); escudetes para leotardos (partes de prendas de vestir); escudetes para medias (partes de prendas de vestir); escudetes para pantis (partes de prendas de vestir); escudetes para ropa interior (partes de prendas de vestir); calzado; tacones; contrafuertes para calzado; botitas (calzado de lana para bebés); pantuflas de baño; calzado de señora; plantillas de calzado; alpargatas; plantillas para el talón; zapatos planos; tacones repujados de caucho o de materiales plásticos; plantillas repujadas de caucho o de materiales plásticos; antideslizantes para calzado; patucos; calcetines-zapatilla; contrafuertes para zapatos; calcetines interiores para calzado; zapatos para correr; calzado para niños; zapatillas de cuero; zapatos de cuero; zapatos de lona; zapatos náuticos; empeines de sandalias de estilo japonés; patucos; manoletinas (calzado); viras de calzado; botas de agua; calzado para montar; calzado para montar; tiras para zapatos; botas de rugby; babuchas y sandalias de mujer (mules); zapatos sin cordones; zapatos; calzado de atletismo; zapatos informales; calzado para jugar al futvóley (voleibol de pie); calzado con cierre de gancho y rizo; zapatos de tacón alto; calzado de montañismo; plantillas que no sean ortopédicas; palas de zapatos; suelas (calzado); cubrezapatos, no para usos médicos; palas de calzado; zapatos para snowboard; suelas de zapato; suelas de zapatillas; suelas para sandalias estilo japonés; alpargatas; zapatos de baile; zapatos de baile de salón; zapatillas de tenis; zapatillas de deporte; punteras de calzado; botas de pesca impermeables; calzado impermeable; botas de invierno; zapatillas de yoga; sandalias japonesas (zori); lengüetas para zapatos y botas; ropa interior de mujer; guantes isotérmicos para trajes acuáticos; pijamas (sólo de punto); suelas intermedias. , 27 alfombras, alfombrillas y tapetes; alfombrillas de baño; alfombrillas de baño de tela; alfombrillas de baño; alfombrillas de baño; alfombras y alfombrillas para vehículos; alfombras (suelo); felpudos; alfombras de pasillo (esteras); alfombras orientales no tejidas (mosen); refuerzo para baldosas de moqueta; refuerzos de alfombras; moquetas; losetas de alfombra; refuerzos de base para revés de alfombras; alfombrillas de baño de tela; moquetas textiles; papel pintado; papel pintado de vinilo; revestimientos murales de papel; alfombras., 35 servicios promocionales, de marketing y publicidad; colocación de carteles (anuncios); publicidad en banners; servicios de promoción comercial; servicios de relaciones públicas; publicidad en línea (online); servicios de telemarketing; promoción de ventas para terceros; publicidad; servicios de exposición de mercancías; preparación y presentación de producciones audiovisuales con fines publicitarios; organización y celebración de presentaciones de productos; presentaciones de mercancías y servicios; demostración de ventas (para terceros); demostración de productos y servicios por medios electrónicos, también aplicable a los servicios de teletienda y tienda en casa; demostración de productos con una finalidad publicitaria; organización de demostraciones con una finalidad publicitaria; demostración de productos; servicios de exposiciones y ferias comerciales; organización de exposiciones con fines empresariales; organización de exposiciones con fines publicitarios; dirección de exposiciones con fines empresariales; dirección de exposiciones con fines empresariales; celebración de exhibiciones con una finalidad publicitaria; organización de ferias y exposiciones con fines comerciales y publicitarios; organización de salones profesionales; exposiciones de moda con fines comerciales; organización de exposiciones con fines comerciales; servicios de organización de eventos con fines comerciales y promociones; organización de eventos, exhibiciones, ferias y espectáculos con fines comerciales, promocionales y publicitarios; organización de demostraciones con una finalidad publicitaria; planificación y realización de ferias, exposiciones y presentaciones con fines económicos o publicitarios; organización de exposiciones con fines publicitarios; alquiler de espacios publicitarios en línea; alquiler de espacios publicitarios; distribución de publicidad, marketing y material con fines promocionales; distribución de material promocional; distribución de publicidad y anuncios comerciales; difusión de anuncios publicitarios; distribución de material publicitario; difusión de material publicitario y promocional; difusión de material de marketing y publicitario; difusión de anuncios; divulgación de publicidad para terceros; divulgación de publicidad para terceros a través de internet; distribución y difusión de materiales publicitarios (folletos, prospectos, impresos y muestras); distribución de folletos; distribución de folletos; distribución de folletos; distribución de muestras con fines publicitarios; distribución de prospectos y muestras; distribución de folletos; distribución de productos con fines publicitarios; distribución de muestras; distribución de anuncios publicitarios; distribución y difusión de materiales publicitarios (folletos, prospectos, impresos y muestras); distribución de folletos; distribución de folletos; distribución de material promocional; organización de la distribución de literatura publicitaria para responder a preguntas telefónicas; organización de presentaciones con fines comerciales; trabajos de oficina; gestión de negocios comerciales; servicios de gestión de cadenas de suministro; organización de presentaciones con fines comerciales; organización de presentaciones con fines comerciales; administración comercial; estudio de mercados y 42 servicios científicos y tecnológicos; servicios de asesoramiento en relación con la investigación científica; servicios de análisis científicos asistidos por ordenador; servicios de investigaciones científicas asistidas por ordenador; servicios de ensayos científicos; recopilación de información científica; preparación de informes científicos; facilitación de información relacionada con la investigación científica; expedición de información científica; servicios de asesoramiento relacionados con la ciencia; servicios científicos y diseño relacionado con los mismos; servicios científicos e investigación relacionada con los mismos; investigación científica relacionada con los cosméticos; investigación científica con fines médicos; análisis e investigaciones científicos; servicios de laboratorios científicos; investigación científica e industrial; investigación científica con una finalidad médica; servicios de consultoría en materia de ingeniería de productos; servicios de ingeniería para terceros; servicios de consultoría de ingeniería; ensayos de ingeniería; preparación de informes de ingeniería; servicios de consultoría de ingeniería; investigación de ingeniería; consultaría de ingeniería relacionada con ensayos; ingeniería técnica; realización de estudios científicos; análisis científicos; servicios de información en relación con la seguridad de productos químicos utilizados en horticultura; servicios de información relacionados con la seguridad de productos químicos utilizados en agricultura; investigación científica en materia química; recopilación de información relacionada con la hidrología; investigación científica relacionada con la ecología; ensayos de ingeniería; servicios de ensayos científicos; ensayo de textiles; pruebas de calidad de productos con fines de certificación; certificación (control de calidad); suministro de información sobre desarrollo de productos; investigación y desarrollo de productos; diseño de alfombras; diseño de materiales de embalaje y envoltorio; diseño de cortinas. Prioridad: se otorga prioridad N° 015864333 de fecha 28/09/2016 de España. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de octubre del 2016, según Solicitud N° 2016-0010175. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de enero del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017154153 ).

Anel Aguilar Sandoval, soltera, cédula de identidad 113590010, en calidad de apoderado especial de The Bank of Nova Scotia, con domicilio en 44 King Street West, ON M5H 1H1, Canadá, solicita la inscripción de: Futlosofía

como marca de fábrica y comercio en clases: 9; 35; 36; 41 y 42 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 9 Aplicaciones de software. descargables relacionadas con eventos de fútbol, en clase 35 Estrategias promocionales para recompensas para aumentar la lealtad del cliente; servicios de estrategias promocionales para obtener recompensas para clientes frecuentes; administración de recompensas en especie por incentivos derivados de la acumulación de puntos, todos los anteriores relacionados con recompensas ligadas a eventos de fútbol., en clase 36 Servicios financieros y bancarios para las cuales el uso implicará recompensas para eventos de fútbol, en clase 41 Eventos deportivos, específicamente relacionadas con fútbol y en clase 42 Servicios de aplicaciones informáticas desarrolladas para atraer clientes con recompensas relacionadas con eventos de fútbol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017, según Solicitud N° 2017-0004094. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017154169 ).

León Weinstok Mendelewicz, cédula de identidad 1-1220-0158, en calidad de apoderado especial de CMI IP Holding, con domicilio en 46a, Avenue J. F. Kennedy L-1855, Luxemburgo, solicita la inscripción de: COCINA CON AMOR, COCINA CON PASTA INA como señal de propaganda. Para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar pastas. Relacionado con el signo “PASTA INA”, Registro número 262428. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de diciembre de 2015. Solicitud Nº 2015-0012052. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de julio de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154171 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderado especial de ConvaTec Inc., con domicilio en 1140 Center Pointe II, Suite 205, Bridgewater, Nueva Jersey 08807, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: MEVIA como marca de fábrica y comercio en clases 5 y 10 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Gasas de heridas; Vendajes de heridas para uso con dispositivos de terapia de herida por presión negativa; Apósitos para heridas que incorporan preparaciones para él diagnóstico; Apósitos para heridas que incorporan preparaciones para el diagnóstico para uso con dispositivos de terapia de herida por presión negativa; Vendajes plateados para heridas; Vendajes, Apósitos; Apósitos médicos, aplicadores; Apósitos antibacterianos; Apósitos antimicrobianos; vendas adhesivas; Vendajes quirúrgicos; Cintas adhesivas médicas; Vendajes para el cuidado de heridas. 10 Instrumentos y aparatos médicos; Instrumentos y aparatos de diagnóstico médico; Aparatos médicos para la cicatrización de heridas; Aparatos para el drenaje de heridas; Bolsas de drenaje para heridas; Aparatos de aspiración de heridas; Dispositivos médicos para cerrar heridas; Dispositivos para terapia de heridas; Dispositivos para la terapia de heridas por presión negativa; Dispositivos de terapia de heridas de diagnóstico de presión negativa; Aparatos para uso con dispositivos de terapia para heridas por presión negativa; Bombas médicas; Bombas médicas para uso con dispositivos para terapia de heridas por presión negativa; Tubos quirúrgicos para el drenaje de la herida; Cierres de heridas; Materiales de sutura y cierre de heridas y productos. Prioridad: Se otorga prioridad N° 3202277 de fecha 14/12/2016 de Reino Unido. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005552. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017154172 ).

Anel Aguilar Sandoval, soltera, cédula de identidad Nº 113590010, en calidad de apoderado especial de Bayer Intellectual Property GMBH, con domicilio en: Alfred-Nobel-STR. 10, 40789 Monheim Am Rhein, Alemania, solicita la inscripción de: PROTEAQ, como marca de fábrica y comercio en clases 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 1: productos químicos para la purificación del agua, preparaciones para el tratamiento del agua; microorganismos y enzimas para la purificación de agua en un estanque cultivado y en clase 5: suplementos nutricionales para uso en acuicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006244. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017154181 ).

Anel Aguilar Sandoval, soltera, cédula de identidad 113590010, en calidad de Apoderada Especial de Bayer Intellectual Property GMBH con domicilio en Alfred-Nobel-Straße 10, 40789 Monheim Am Rhein, Alemania, solicita la inscripción de: IOGEÑT como marca de fábrica y comercio, en clases 1 y 5. Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos para la purificación del agua, preparaciones para el tratamiento del agua; microorganismos y enzimas para la purificación de agua en un estanque cultivado, y 5 Suplementos nutricionales para uso en acuicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006243. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017154182 ).

Anel Aguilar Sandoval, soltera, cédula de identidad 113590010, en calidad de apoderado especial de Bayer Intellectual Property GMBH, con domicilio en Alfred-Nobel-STR.10, 40789 Monheim Am Rhein, Alemania, solicita la inscripción de: FÉTANT, como marca de fábrica y comercio en clases: 1 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos para la purificación del agua, preparaciones para el tratamiento del agua; microorganismos y enzimas para la purificación de agua en un estanque cultivado y clase 5: suplementos nutricionales para uso en acuicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0006242. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de julio de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017154183 ).

Anel Aguilar Sandoval, soltera, cédula de identidad 113590010, en calidad de apoderado especial de The Bank of Nova Scotia con domicilio en 44 King Street West, Toronto, On M5H 1H1, Canadá, solicita la inscripción de: FUTLOSOFÍA como marca de fábrica y comercio en clases 9; 35; 36; 41 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 9 Aplicaciones de software descargable desarrolladas para atraer clientes con recompensas relacionadas con eventos de fútbol, en clase 35 Estrategias promocionales para recompensas para aumentar la lealtad del cliente; servicios de estrategias promocionales para obtener recompensas para clientes frecuentes; administración de recompensas en especie por incentivos derivados de la acumulación de puntos, todos los anteriores relacionados con recompensas ligadas a eventos de fúbol, en clase 36 Servicios financieros y bancarios para las cuales el uso implicará recompensas para eventos de fúbol, en clase 41 Eventos deportivos, específicamente relacionados con fúbol y en clase 42 Servicios de aplicaciones informáticas desarrolladas para atraer clientes con recompensas relacionadas con eventos de fúbol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004095. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017154184 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad N° 110550703, en calidad de apoderada especial de Colgate Palmolive Company, con domicilio en 300 Park Avenue, New York, N.Y., 10022, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: LADY SPEED STICK ZERO%, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 3 desodorantes y antitranspirante para uso personal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006305. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154185 ).

Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula de identidad N° 110550703, en calidad de apoderada especial de Nopinkycr Inversiones, S. A. con domicilio en Montes de Oca, San Pedro, de Jiménez y Tanzi 200 metros al norte y 200 metros al este casa esquinera a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUBITE AL CHUNCHE, como marca de servicios en clase(s): 41 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 41 servicios de entretenimiento; organización de actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005553. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017154186 ).

Alejo Mauricio Herrera Hernández, soltero, cédula de identidad 206070017, en calidad de apoderado generalísimo de Slow Tourism Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101714226 con domicilio en Vásquez de Coronado, San Francisco, 125 al sur del puente El Durazno, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Slow Tourism Costa Rica

como marca de servicios en clase 39 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 39: Agencia de viajes, transporte turístico y operador turístico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004970. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154223 ).

María Eugenia Fallas Ávalos, divorciada, cédula de identidad 108660023con domicilio en del Fresh Market en Guayabos, 150 metros sur y 15 este, Urbanización Abedules, Guayabos de Curridabat, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HOME MADE MAGNOLIAS BAKERY

como marca de comercio en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 Galletas queques, cupcakes, pasteles, postres. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005203. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154260 ).

María Gabriela Miranda Urbina, divorciada una vez, cédula de identidad 111390272, en calidad de Apoderada Especial de Injinji Inc., con domicilio en San Diego, California, 10373 Roselle Street, Suite 130, San Diego California 92121, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:

como marca de fábrica y comercio, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 25 Ropa, medias, camisas, guantes, sombreros y gorras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006356. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017154261 ).

María Gabriela Miranda Urbina, divorciada una vez, cédula de identidad N° 111390272, en calidad de apoderado especial de INJINJI INC. con domicilio en San Diego California, 10373 Roselle Street, Suite 130, San Diego California 92121, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: INJINJI, como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Ropa, medias, camisas, guantes, sombreros y gorras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006355. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017154262 ).

María Gabriela Miranda Urbina, divorciada una vez, cédula de identidad Nº 111390272, en calidad de apoderado especial de Paletas Mara S. A. de C.V., con domicilio en: calle Manuel Doblado, Colonia Centro, Nº 653, C.P. 99630 Tabasco, Zacatecas, México, solicita la inscripción de: Dulces Mara

como marca de fábrica en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005361. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 11 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154263 ).

Rudolf Sauter Echeverría, casado una vez, cédula de identidad 105050621, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación Cámara de Propietarios de Bienes Inmuebles de la República de Costa Rica CAPROBI, cédula jurídica 3002092626 con domicilio en Sabanilla de Montes de Oca, exactamente del Súper La Cosecha 250 m norte, apartamentos don Alexis, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CAPROBI

como marca de servicios, en clases 36 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 36: Servicios de representación y asesoramiento de negocios inmobiliarios de los propietarios de bienes inmuebles; servicios relacionados con negocios inmobiliarios para lograr mejores niveles de competitividad y productividad; servicios inmobiliarios relacionados con la administración de inversiones inmobiliarias. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Reservas: De los colores: azul, negro y blanco. Presentada el 31 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003042. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de abril del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154266 ).

Pablo Enrique Guier Acosta, casado una vez, cédula de identidad N° 107580405, en calidad de apoderado especial de Sur Química Internacional S. A., con domicilio en calle Aquilino de La Guardia, Nº 8, Panamá, solicita la inscripción de: SUR KERMILL FASTACRYL,

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 1 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: productos químicos para la industria, la ciencia y la fotografía, así como para la agricultura, la horticultura y la silviacultura, resinas artificiales en bruto, materias plásticas en bruto; abonos para el suelo; composiciones extintores; preparaciones para templar y soldar metales; productos químicos para conservar alimentos, materias curtientes, adhesivos (pegamentos) para la industria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004462. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017154268 ).

Carlos Morales Araya, casado una vez, cédula de identidad 202700140, en calidad de apoderado generalísimo de Granja Avícola Los Once Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101119163 con domicilio en La Garita 200 metros oeste de la Escuela de La Garita, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Gallyfoods

como marca de fábrica en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 29: Carne de gallina y productos procesados con carne de gallina, embutidos de carne de gallina. Reservas: De los colores: Café, amarillo, azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005467. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154269 ).

Carlos Morales Araya, casado una vez, cédula de identidad Nº 202700140, en calidad de apoderado generalísimo de Granja Avícola Los Once Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101119163, con domicilio en La Garita, 200 metros oeste de la Escuela de La Garita, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Gallyfoods

como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a carne de gallina y productos procesados con carne de gallina, embutidos de carne de gallina y otras carnes. Ubicado: en Alajuela, La Garita, 200 metros oeste de la Escuela de La Garita. Reservas: de los colores: café, amarillo, azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005468. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154270 ).

Carlos Morales Araya, casado una vez, cédula de identidad 202700140, en calidad de apoderado generalísimo de Granja Avícola Los Once Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101119163, con domicilio en La Garita, 200 metros oeste de la escuela de La Garita, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de. OVOTICO

como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de huevo líquido, ubicado en Alajuela, La Garita, 200 metros oeste de la Escuela de la Garita. Reservas: De los colores: Café, blanco y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005469. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de julio de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154271 ).

Carlos Morales Araya, casado una vez, cédula de identidad 202700140, en calidad de apoderado generalísimo de Granja Avícola Los Once Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101119163, con domicilio en La Garita; 200 metros oeste, de la Escuela de La Garita, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: OVOTICO

como marca de fábrica en clase: 29 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 29: Huevo líquido homogenizado y pasteurizado y sus derivados. Reservas: De los colores: Café, blanco y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del 2017, según solicitud N° 2017-0005470. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154272 ).

Marvin Francisco Corrales Barboza, casado una vez, cédula de identidad Nº 105040816, en calidad de apoderado generalísimo de Banco de Costa Rica, cédula jurídica Nº 400000001909, con domicilio en calles 4 y 6, avenidas central y segunda, edificio central del Banco de Costa Rica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NOSOTRAS DECIDIMOS LUCHAR

como señal de propaganda, en clase: internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar la identidad y los servicios que presta el Banco de Costa Rica relacionados a negocios financieros y monetarios. En relación con el registro 250070. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0003100. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154288 ).

Esteban Chavarría Torres, divorciado una vez, cédula de identidad N° 110940571, en calidad de apoderado generalísimo de Jajuly y CO. Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101472671, con domicilio en Barrio Corazón de Jesús, 100 metros oeste y 100 metros al sur de Plaza Aventura, edificio Apoteka, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Farmacia MasVida de CAM, como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 35 el servicio que consiste en la comercialización y venta de productos farmacéuticos, preparaciones, productos higiénicos y sanitarios, alimentos y sustancias dietéticas, para uso médico, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas, emplastos, material para apósitos, empastes e improntas dentales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006583. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de julio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017154294 ).

Carlos Salas Guzmán, casado una vez, cédula de identidad 110220033, en calidad de apoderado generalísimo de Farmacia Sucre S. A., cédula jurídica 3101054264, con domicilio en Barrio Corazón de Jesús, 100 metros oeste y 100 metros al sur de Plaza Aventura, edificio Apoteka, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Pharmazon de CAM como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 35: Servicio que consiste en la comercialización y venta de productos farmacéuticos, preparaciones, productos higiénicos y sanitarios, alimentos y sustancias dietéticas, para uso médico, alimentos para bebés, complementos alimenticios para personas, emplastos, material para apósitos, empastes e improntas dentales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006584. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de julio de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017154295 ).

Sandrey Steward Murcia Mora, soltero, cédula de identidad Nº 115080797, con domicilio en de la Iglesia Católica de Higuito, 800 metros sureste, Urb. El Lince, casa 18B, Costa Rica, solicita la inscripción de: POSTNAUTA

como marca de servicios, en clase: 42 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: diseño de trabajos audiovisuales creativos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000541. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de febrero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154311 ).

Hazel María Barrantes Carvajal, casada una vez, cédula de identidad 109310982 con domicilio en Mercedes Norte, del Mirador; 25 metros al este, 250 metros al norte, 25 metros al sur, calle sin salida, casa amarilla con blanco, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: cede

como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 La organización, logística y desarrollo de todo tipo de eventos, actividades corporativas, coloquios, seminarios, simposios, congresos, convenciones, organización y recepción de bodas, fiestas de cumpleaños, fiestas de aniversario, fiestas diversas. Reservas: De los colores chocolate, rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017, Solicitud N° 2017-0006677. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017154319 ).

Hazel María Barrantes Carvajal, casada una vez, cédula de identidad 109310982 con domicilio en Mercedes Norte, del Mirador 25 metros al este, 250 metros al norte, 25 metros al sur calle sin salida, casa amarilla con blanco, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: cede eventos Logística integral e innovación

como marca de servicios, en clases 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Organización, logística y desarrollo de todo tipo de eventos, actividades corporativas, coloquios, seminarios, simposios, congresos, convenciones, organización y recepción de bodas, fiestas de cumpleaños, fiestas de aniversario, fiestas diversas. Reservas: De los colores: chocolate, rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017. Solicitud Nº 154320. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017154320 ).

Verny Barrantes Mora, soltero, cédula de identidad Nº 111290610, con domicilio en Concepción Abajo de Alajuelita, Urbanización 11 de Abril, casa 126, Costa Rica, solicita la inscripción de: ECOTransportes M.S DE COSTA RICA

como marca de servicios, en clase: 39 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase: 39: Prestación de servicios de transportes a través de aplicaciones tecnológica que somos amigables con el ambiente por la manera que se utilizan los dispositivos para hacer funcionar la misma. Reservas: de los colores: blanco, rojo, negro, azul y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006270. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017154330 ).

José Paulo Brenes Lleras, casado, cédula de identidad 106940636, en calidad de apoderado especial de Fernando Cortés Chapula, casado una vez, pasaporte G02501030 con domicilio en Cruz de Cristo 25, Santa Cruz Del Monte, Naucalpan, Estado de México, 53110, México, solicita la inscripción de: EPS Engine Power Shop Servicio Automotriz

como marca de servicios en clases 35; 37 y 39 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Servicios de tienda de compra, venta y comercialización de vehículos motorizados, sus partes, repuestos y accesorios, lubricantes, aditivos y aceites para motores, llantas para vehículos motorizados, así como los servicios de publicidad de los anteriores servicios; asistencia e información en la dirección de negocios relacionados con taller de reparación, mantenimiento y acondicionamiento de motores y vehículos motorizados, 37 Servicios de taller de mantenimiento y reparación de vehículos motorizados, motores, sus partes y accesorios; servicios de taller de cambio de aceite, lubricantes y aditivos del motor, servicios de taller de reparación e instalación de sistema de frenos, sistema eléctrico, sistema de escape y muflas, y clutch; taller de lavado de motores y vehículos motorizados; servicios de alineación y balanceo de llantas de vehículos motorizados; servicios de asesoría, información y consultoría sobre el mantenimiento y reparación de vehículos motorizados, motores, sus partes y accesorios, proveídos mediante un taller y 39 Servicios de tienda de alquiler y préstamo de vehículos motorizados: servicios de remolque. asistencia transporte de vehículos motorizados y motores, como parte de servicios para vehículos averiados: servicio de transporte de vehículos de motor y sus partes. Reservas: De los colores: rojo, verde y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001270. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de febrero del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017154335 ).

José Paulo Brenes Lleras, casado, cédula de identidad 106940636, en calidad de Apoderado Especial de Nissan Jidosha Kabushiki Kaisha (Also Trading As Nissan Motor Co., Ltd.) con domicilio en N° 2 Takara-Cho, Kanagawa-Ku, Yokohama-Shi, Kanagawa-Ken, Japón, solicita la inscripción de: EMPOWER THE DRIVE como marca de fábrica y comercio, en clase 12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 12 Vehículos de locomoción por tierra, aire, agua y por rieles; automóviles; vehículos eléctricos; vagones; camiones; camionetas (vehículos); vehículos de utilidad deportiva; buses motorizados; vehículos de recreación (RV); carros deportivos; carros de carreras; camiones; carretillas elevadoras; tractores, incluyendo tractores de remolque; remolques y semirremolques para vehículos; partes de vehículos terrestres, aéreos y acuáticos; aparatos de locomoción por tierra, aire o agua; motores para vehículos terrestres; motores eléctricos para vehículos terrestres; carrocerías para vehículos; chasis para vehículos; transmisiones para vehículos terrestres; partes de transmisión para vehículos terrestres; ejes de transmisión de vehículos terrestres; engranaje para vehículos terrestres; embragues para vehículos terrestres; ejes para vehículos; amortiguadores de suspensión para vehículos; resortes amortiguadores para vehículos; ruedas de vehículos; llantas para ruedas de vehículos; cubos de ruedas de vehículos; parches adhesivos de caucho para reparar neumáticos de llantas; frenos para vehículos; pastillas de freno para vehículos terrestres; parabrisas; escobillas para vehículos; parachoques de vehículos; volantes para vehículos terrestres; bocinas de vehículos; indicadores de dirección (direccionales) para vehículos; asientos de vehículos; cinturones de seguridad para asiento de vehículos; cabeceras para asientos de vehículos; alarmas de reversa para vehículos; dispositivos contra robo para vehículos; bolsas de aire (dispositivos de seguridad para vehículos terrestres); espejos retrovisores; plataformas elevadoras (partes de vehículos terrestres); accesorios de vehículos; alerones para vehículos; portaequipajes para vehículos; guardabarros; cadenas antiderrapantes; fundas de vehículos (formadas); fundas de asientos de vehículos; (accesorios de vehículos); bombas de aire (accesorios de vehículos); portaesquís para vehículos terrestres; encendedores de cigarrillos para vehículos terrestres; asientos de seguridad para niños; capotas para vehículos; puertas para vehículos; vehículos espaciales; aeroplanos; hidroaviones; aeronaves; carretas; motocicletas; botes; transbordadores (ferris); barcos; yates; bicicletas; sistemas de alertas sónicas para bicicletas; cadenas para bicicletas; motores de bicicletas; sillines de bicicletas; ceniceros para automóviles; frenos de disco para automóviles; carros; vehículos sin conductor (vehículos autónomos); retrovisores laterales para vehículos; soportes de motor para vehículos terrestres; parachoques para automóviles; tapones para tanques de gasolina de vehículos; convertidores de par para vehículos terrestres. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000874. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 8 de febrero de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017154337 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 11161034, en calidad de apoderada especial de Cuatro Dmentes Lab S.A., con domicilio en Santiago de San Rafael, Residencial Cozumel, casa 8c, frente al Mas x Menos de San Pablo, en La Suiza de San Rafael, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: PIZZA ROCKS como marca de fábrica y servicios en clases: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios relacionados con un festival gastronómico de pizzas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006231. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de junio de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017154338 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad Nº 111610034, en calidad de apoderada especial de Cuatro Dmentes Lab S. A., con domicilio en Santiago de San Rafael, Residencial Cozumel, casa 8C, frente al Mas x Menos de San Pablo, en La Suiza de San Rafael, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: BOCA FEST como marca de servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios relacionados con un festival gastronómico de aperitivos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006229. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017154339 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de Apoderado Especial de Zodiac International Corporation con domicilio en ciudad de Panamá, Calle 50, edificio Global Plaza, 6to piso, Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: DOLGENAL DUO como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebes, complementos alimenticios para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006226. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017154340 ).

Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de apoderada especial de Avon Products, Inc. con domicilio en 601 Midland Avenue, Rye, New York 10580, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: AVON LUCK LIMITLESS como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: cosméticos no medicados, fragancias (perfumería) no medicadas, artículos de tocador, aceites esenciales, cosméticos para el cuidado personal, preparativos para el cuidado de la piel, para el cuidado de los ojos,. para el cuidado de labios, para el cuidado del cabello, para el cuidado de los pies y para el cuidado de las uñas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005527. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017154341 ).

Ismael Fernando Alpízar Torres, casado una vez, cédula de identidad 110320640, con domicilio en Tejar Del Guarco, Residencial Los Tejares, frente al parque infantil, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Catrinas Boutique como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 49: Un establecimiento comercial dedicado a tienda de ropa, ubicado en Cartago, Tejar del Guarco, Residencial Los Tejares, frente al parque infantil. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006194. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 6 de julio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154368 ).

Roy Umaña Sánchez, soltero, cédula de identidad 106830193, en calidad de apoderado generalísimo de Digital Management Systems DMS S. A., cédula jurídica 3101576982, con domicilio en Moravia San Jerónimo 350 metros oeste del Ebais casa E 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DMS SOLUTIONS PROVIDER

como marca de comercio y servicios en clases: 9 y 45. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: 9 Aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes, soportes de grabación digitales, equipos de procesamiento de datos, ordenadores, software, y 45: Servicios de seguridad para la protección física de bienes materiales y personas. Reservas: De los colores: rojo y gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006017. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de julio de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017154387 ).

Luis Alberto Corella Víquez, casado una vez, cédula de identidad 203220074, en calidad de apoderado especial de Unión Nacional de Cooperativas del Norte R. L., cédula jurídica 3-004-045671 con domicilio en Ciudad Quesada, San Carlos, Barrio El Jardín; 200 m., sur de Tributación Directa en Ciudad Quesada, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: COLEGIO COOPERATIVO BILINGÜE SAN CARLOS BORROMEO

como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación y formación específicamente Bilingüe, siendo exactamente en idiomas Español e Inglés. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2017, Solicitud N° 2017-0000651. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de febrero del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154396 ).

Danilo González Ugalde, casado una vez, cédula de identidad 205890041, en calidad de apoderado generalísimo de Dinterweb Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101460153, con domicilio en San Carlos, Ciudad Quesada, 400 metros norte y 25 metros oeste del Parque de San Carlos, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: dinterweb,

como marca de servicios en clase: 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios científicos y tecnológicos; servicios de investigación y diseño en estos ámbitos, clinterweb diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software. Brindados por medio de un sitio web. Reservas: del color terracota. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000650. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de febrero de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154400 ).

Laura Alvarado Elizondo, casada una vez, cédula de identidad 110490541, con domicilio en La Trinidad de Moravia, del cementerio 5 metros sur, segunda casa, a mano derecha, portón eléctrico blanco, Costa Rica, solicita la inscripción de: BUBO,

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: academia de enseñanza de idiomas en línea, cursos de idiomas en línea de forma privada y en grupos pequeños de 2 a 4 estudiantes, servicios educativos, suministro en línea de videos educativos no descargables, suministro de publicaciones educativas electrónicas en línea o descargables, organización y dirección de talleres de formación, enseñanza empresarial de idiomas en forma virtual y presencial, diseño e implementación curricular, servicios de tutoría en idiomas, asesoría empresarial en educación, tecnologías educativas, diseño educativo y curricular. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006508. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de julio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017154418 ).

Natalia María Sojo Rodríguez, soltera, cédula de identidad 115150350, con domicilio en San José, Granadilla de Curridabat, del Taller Wabe, la segunda entrada a mano derecha, Residencial Bosques de Altamonte, Costa Rica, solicita la inscripción de: NutraSanté

como marca de servicios en clase: 44. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 44: Servicio médico nutricional, destinado a mejorar la salud de las personas mediante una correcta alimentación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003916. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de mayo de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154431 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad 107560893, en calidad de apoderado especial de El Delantal Verde Z & S Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101732510, con domicilio en Mercedes Norte, de la Pulpería Los Ángeles 50 metros este, 200 metros norte y 25 metros este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: El Delantal FOOD SERVICE,

como marca de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restauración (alimentación), restaurantes de auto servicio, servicios de banquetes, servicios de bebidas y comidas preparadas, servicios de catering. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006612. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154434 ).

Alejandro Javier Saborío Porras, soltero, cédula de identidad N° 113630897, en calidad de apoderado generalísimo de Licitex Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101688229, con domicilio en San José, Barrio Escalante, de la Rotonda El Farolito, 250 metros al sur, casa N° 739, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LICITEX ABOGACÍA Y NOTARIADO

como marca de servicios en clase(s): 45 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: clase 45: Servicios jurídicos: Los servicios prestados por juristas, asistentes jurídicos y abogados asesores, a personas, grupos de personas, organizaciones o empresas; administración jurídica de licencias; servicios de arbitraje; concesión de licencias de propiedad intelectual; concesión de licencias de software [servicios jurídicos]; consultoría en propiedad intelectual; servicios de contenciosos; gestión de derechos de autor; investigaciones jurídicas/ investigaciones judiciales; mediación; servicios de preparación de documentos jurídicos; registro de nombres de dominio [servicios jurídicos]; servicios de solución extrajudicial de controversias; servicios de vigilancia de los derechos de propiedad intelectual con fines de asesoramiento jurídico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0004780. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154451 ).

José Carlos Arce Carvalho, soltero, cédula de identidad 105180779, en calidad de apoderado generalísimo de Los Reyes Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101018204, con domicilio en La Guácima, Ciudad Hacienda Los Reyes, en las oficinas administrativas contiguas al acceso principal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Los Reyes Ciudad-Hacienda

como marca de servicios en clase: 36. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 36: Negocios inmobiliarios. Reservas: Se reservan los colores anaranjado, negro, azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005176. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de julio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154460 ).

Yadira Salazar Arce, casada una vez, cédula de identidad N° 602510337, con domicilio en 50 metros al sur del cruce hacia Brasilia en San Marcos de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: Ely Pollos ¡Más que Sabor!

como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a la venta de pollo frito y otros alimentos. Ubicado frente al Duty Free Las Delicias, en La Unión de Sabalito, Coto Brus, Puntarenas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005830. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017154480 ).

Luis Gerardo Ramírez García, casado una vez, cédula de identidad 111870330, con domicilio en Escazú centro, del Bar Restaurant La Taberna, 100 metros norte y 175 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: XIZ

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de enseñanza educativa y de entretenimiento en materia deportiva impartidos por el suscrito a las personas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004953. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 05 de junio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154490 ).

Jeannette Carvajal Bermúdez, divorciada una vez, cédula de identidad 109300669, en calidad de apoderada generalísima de Multiservicios Vargas & Carvajal S. A, cédula jurídica 3101723028 con domicilio en San Vito de Coto Brus; 250 sur Iglesia Evangélica, calle sin salida, Costa Rica, solicita la inscripción de: MULTISERVICIOS VARGAS & CARVAJAL Una firma un respaldo

como marca de servicios en clases: 37 y 45 Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 37 limpieza y remodelación. y 45 Seguridad Privada. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006299. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154495 ).

Robert C. Van Der Putten Reyes, divorciado, cédula de identidad 800790378, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Agrícola Guatemalteca, S. A., con domicilio en Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala 01011, Guatemala, solicita la inscripción de: FertiCROP FRIJOL

como marca de fábrica y comercio en clase: 1 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 1: Productos químicos destinados a la agricultura tales como fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para la tierra y los cultivos, todos ellos relacionados con el cultivo de frijol. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril de 2017. Solicitud Nº 2017-0003178. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017154523 ).

Robert C. Van Der Putten Reyes, divorciado, cédula de identidad 800790378, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Agrícola Guatelmalteca S.A., con domicilio en Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: FertiCROP MAIZ

como marca de fábrica y comercio en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos químicos destinados a la agricultura tales como fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para la tierra y los cultivos, todos ellos relacionados con el cultivo de maíz. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003173. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017154524 ).

Robert C. Van Der Putten Reyes, divorciado, cédula de identidad N° 800790378, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Agrícola Guatemalteca, S. A., con domicilio en Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala 01011, Guatemala, solicita la inscripción de: FertiCROP PASTO,

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 1 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos destinados a la agricultura tales como fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para la tierra y los cultivos, todos ellos relacionados con el cultivo de pasto. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003172. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017154525 ).

Robert C. Van Der Putten Reyes, divorciado, cédula de identidad 800790378, en calidad de Apoderado Especial de Distribuidora Agrícola Guatemalteca S. A., con domicilio en Anillo Periférico 17-36, Zona 11, Guatemala 01011, Guatemala, solicita la inscripción de: FertiCROP Piña

como marca de fábrica y comercio en clases 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos destinados a la agricultura tales como fertilizantes minerales, orgánicos, inorgánicos, para aplicación en la tierra, edáficos, foliares, solubles, mezclas físicas, químicas, fertilizantes compuestos o sencillos, abonos para la tierra y los cultivos, todos ellos relacionados con el cultivo de la piña. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003174. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017154526 ).

Leonardo Quesada Zamora, soltero, cédula de identidad Nº 114950247, con domicilio en San Luis, Santo Domingo, 200 metros oeste de la plaza de deportes, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: confi ARTE

como marca de fábrica, en clase: 30 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: productos de confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003930. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de mayo del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017154529 ).

Ricardo González Fournier, casado dos veces, cédula de identidad 105140630, en calidad de apoderado especial de Villalobos Sociedad Anónima de capital variable, con domicilio en San Salvador, Calle Gerardo Barrios Mil Trescientos Once, San Salvador, El Salvador, solicita la inscripción de: ROSVILL

como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Pan, galletas, bizcochos, tortas, productos de pastelería y confitería, preparados a base de harina cereales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005844. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de julio de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017154536 ).

Luis Pal Hegedus, casado, cédula de identidad Nº 105580219, en calidad de apoderado especial de Comercial Motores de los Andes Limitada, con domicilio en Av. Gladys Marín Millie Nº 6290, Comuna de Estación Central, Santiago, Chile, solicita la inscripción de: TRUCKSTAR

como marca de servicios, en clases: 35; 36; 37 y 39 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 35: servicios de administración, análisis y gestión de negocios; encuestas, evaluaciones, estimaciones, investigaciones e informes de marketing y negocios; servicios de registro, transcripción, composición, compilación y/o la sistematización de datos, comunicaciones escritas y/o de grabaciones, así como la explotación y/o la compilación de datos; servicios de publicidad y de promoción de productos y servicios por todos los medios de difusión; alquiler de espacios publicitarios; servicios de planificación de estrategias de publicidad y de marketing; servicios de importación, exportación, representación comercial, compra y venta al por mayor y al detalle, incluyendo compra y venta por medios electrónicos, de vehículos de locomoción terrestre, aérea o acuática y de maquinarias, sus repuestos, partes y accesorios, incluyendo, entre otros; enfriantes para motores o agentes refrigerantes para motores de vehículos y mastique para carrocerías, de la clase 01; de pinturas sellantes, lacas y barnices de la clase 02; preparaciones para limpiar y pulir vehículos, tales como champú, ceras y siliconas; aire comprimido enlatado para limpiar y quitar el polvo; ceras y cremas para proteger y limpiar el cuero; betunes conservantes para el cuero; productos para perfumar el ambiente y para eliminar malos olores de la clase 03; de aceites y grasas industriales, de aceites y grasas para motores; lubricantes; combustibles y carburantes de todo tipo; aditivos no químicos para carburantes; petróleo bruto o sin refinar y sus derivados; ceras y grasas para correas; ceras para uso industrial y ceras en general; encendedores; velas y materias de alumbrado; bujías y mechas para el alumbrado; preparaciones para acumular, absorber, regar y concentrar el polvo, de la clase 04; de cerraduras, candados y correas metálicas de la clase 06; de máquinas, máquinas herramientas, motores (excepto para vehículos terrestres), instrumentos agrícolas (no manuales) y sus partes; partes de motores, para vehículos terrestres o no, de la clase 07; de herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente, de la clase 08; de aparatos e instrumentos científicos, eléctricos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control y de socorro, tales como baterías, alarmas, antenas, indicadores, cables, cierre centralizado eléctricos de puertas y ventanas, termostatos, triángulos de señalización en caso de averías o accidentes y encendedores para cigarrillos para automóviles, así como aparatos para la grabación, transmisión, y reproducción del sonido o imágenes incluyendo equipos y sistemas para las comunicaciones y las telecomunicaciones, soportes de registro magnético, máquinas calculadoras, equipos para el tratamiento de la información, software y sistemas infotelemáticos, de la clase 09; de calentadores de agua, correas de aire acondicionado, descarchadores para vehículos, desempañadores para vehículos, dispositivos anti hielo para vehículos filtros de aire para sistemas de aire acondicionado para vehículos, instalaciones de ventilación y de climatización para vehículos; mangueras de calefacción, radiadores [calefacción], reflectores para vehículos, tapones de radiador; válvulas de calefacción de la clase 11; de vehículos y de aparatos de locomoción terrestre, aérea y acuática y sus partes, accesorios, componentes y piezas de recambio, acoplamientos, órganos de transmisión y motores para vehículos terrestres, carrocerías para vehículos, de la clase 12; de mangueras para radiadores y otros usos y relleno para carrocerías que consistan en caucho o materias plásticas, de la clase 17; de cerraduras y candados no metálicos de la clase 20; de vidrios y cristales de la clase 21; de cobertores y cuerdas para remolcar, eslingas no metálicas, cables no metálicos, y rellenos para carrocerías que no consistan en caucho o materias plásticas de la clase 22; y de alfombrillas para automóviles; tapetes para automóviles; alfombras antideslizantes de la clase 27, entre otros productos, como se dijo, que digan relación con vehículos de locomoción terrestre, aérea o acuática y de maquinarias, sus repuestos, partes y accesorios; servicios de asesoría, consultas e informaciones vinculados con los servicios antedichos. Clase 36: servicios financieros, monetarios, de crédito y de factoring; emisión de tarjetas de crédito; operaciones de crédito y financiamiento; pago de cuentas; préstamos y préstamos de garantía; servicios de corredores de valores, bienes y seguros; corretaje de valores y de arrendamiento con opción de compra (leasing); consultoría, corretaje e información en materia de seguros; servicios de suscripción de seguros; leasing de bienes muebles, consultoría financiera de leasing, de seguros, de crédito y de ahorro; servicios de administración, gestión, corretaje, arrendamiento, evaluación, tasación y valoración de bienes inmuebles; adquisición de bienes inmuebles para terceros; agencia de alquiler inmobiliaria; servicios de inversión en bienes inmobiliarios; servicios de préstamos inmobiliarios; servicios de inversión en bienes inmobiliarios; servicios de arrendamiento, corretaje, leasing y administración de inmuebles comerciales, oficinas y espacios de oficina; arrendamiento de propiedades; servicios de agencias inmobiliarias; asesoría, información y consultoría relacionadas con todos los anteriores servicios. Clase 37: servicios de reparación, mantenimiento e instalación de artículos y productos, especialmente de artículos de las clases 07, 09, 11 y 12, incluyendo servicios de reparación y mantenimiento de vehículos de aparatos de locomoción terrestre aérea y acuática de sus partes repuestos y accesorios, así como de maquinarias y de motores; servicios de lavado automático de vehículos. Clase 39: alquiler de automóviles y de vehículos de locomoción terrestre, aérea y acuática; transporte de pasajeros; servicio de alquiler de vehículos con conductor; servicios de choferes; transporte en taxi; almacenamiento, transporte y reparto de productos; alquiler de plazas de estacionamiento; provisión de estacionamiento de vehículos; alquiler de garajes; remolque de automóviles para emergencias; corretaje de transporte; planificación de rutas de viaje; organización de viajes y de excursiones; reserva de transportes; almacenamiento, transporte y reparto de productos; servicios de asesoría, consultas e informaciones vinculado con lo anterior. Reservas: de los colores: gris y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004127. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154552 ).

Juan Pablo Valverde Jiménez, soltero, cédula de identidad 108390665 con domicilio en San Antonio, Desamparados de Ekono 100 metros este casa Nº 20 I, Costa Rica, solicita la inscripción de: ZAIRON como nombre comercial, en clase: 49. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios de belleza, salón de belleza, ubicado en San Antonio, Desamparados, San José, de tienda Ekono 100 metros este, casa Nº 20 I. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004994. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017154558 ).

Jéssica María Mena Mena, casada una vez, cédula de identidad 304320380 con domicilio en San Isidro del Guarco, 50 metros norte del bar Happy Land, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: LABRANZA

como marca de servicios, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Gestión de negocios comerciales con énfasis en servicios agrícolas. Reservas: de colores: verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005897. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154569 ).

Andreina Solano Ramírez, soltera, cédula de identidad N° 304900932, en calidad de apoderado generalísimo de Nanonine Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101699109, con domicilio en de Alquileres Albesa 25 metros sur y 10 metros este, Residencial Las Brisas casa 4D, Los Ángeles, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: nanonine

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 1 Internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: clase 1: producto químico el cual crea una capa nanométrica en la superficie. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de diciembre del 2017. Solicitud Nº 2016-0011893. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de enero de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registrador.—( IN2017154620 ).

Andreina Solano Ramírez, soltera, cédula de identidad Nº 304900932, en calidad de apoderada generalísima de Nanonine Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101699109, con domicilio en de Alquileres Albesa 25 m sur y 10 m este, Residencial Las Brisas, casa 4D, Los Ángeles, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: CRYSTALXTREME

como marca de comercio, en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: producto químico el cual crea una capa nanométrica en la superficie. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011892. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154621 ).

Andreína Solano Ramírez, Soltera, cédula de identidad 304900932, en calidad de apoderada generalísima de Nanonine Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101699109, con domicilio en De Alquileres Albeso; 25 metros sur y 10 metros este, Residencial Las Brisas, casa 4D, Los Ángeles, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: LGN Liquid Glass NANOTECH

como marca de comercio en clase: 1 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 1: Producto químico el cual crea una capa nanométrica en la superficie. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de diciembre del 2016, según Solicitud N° 2016-0011891. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154622 ).

Andreína Solano Ramírez, cédula de identidad 304900932, en calidad de apoderada generalísima de Nanonine Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101699109 con domicilio en de Alquileres Albesa 25 metros sur y 10 metros este, Residencial Las Brisas casa 40, Los Ángeles, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Crystal Spray Fabric Protection

como marca de comercio, en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Producto químico el cual crea una capa nanométrica en la superficie. (Atomizador líquido de cristal el cual protege cualquier tipo de textil gracias a su nanotecnología y vuelve la superficie hidrófoba, oleófoba y más resistente). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011894. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de febrero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154623 ).

Andreina Solano Ramírez, soltera, cédula de identidad Nº 304900932, en calidad de apoderada generalísima de Nanonine Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101699109, con domicilio en de Alquileres Albesa 25 m sur y 10 m este, Residencial Las Brisas, casa 4D, Los Ángeles, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Crystalusion Liquid Glass Protection

como marca de comercio, en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: producto químico el cual crea una capa nanométrica en la superficie. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0011890. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de enero del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154624 ).

Sergio Solano Montenegro, casado una vez, cédula de identidad 105780279, en calidad de apoderado especial de Protein S. A. de C. V. con domicilio en Distrito Federal, Damas, 120, Colonia San José Insurgentes, Delegación Benito Juárez, México, solicita la inscripción de: FILCOS como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Productos farmacéuticos, en específico medicamentos para el tratamiento agudo y crónico de los signos y síntomas de la osteoartritis y de la artritis reumatoide. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006515. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017154629 ).

Fabricio Masís Aagesen, soltero, cédula de identidad 114630056, en calidad de apoderado generalísimo de BNMB Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101741158 con domicilio en Curridabat- Sánchez, Lomas de Ayarco Sur, 100 metros oeste del Colegio Yorkin, casa blanca contiguo al parque, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: PiEL DE PiE

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 25 Medias y calcetines. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006487. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017154638 ).

Greivin Reinier Acosta Rodríguez, casado una vez, cédula de identidad 603110838, con domicilio en San Ramón, detrás de estadio entrada a Residencial Los Tucanes, casa color verde, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Dormilones Store Pijamas y más

como nombre comercial en clase: Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a venta de ropa nueva para niños, niñas y adultos, pijamas, ropa de cama, zapatos, bolsas, bisutería, ubicado en San Ramón de Alajuela; 200 mts. oeste, de la entrada de emergencias del Hospital Carlos Luis Valverde Vega. Reservas: De los colores: Verde agua, fusia, blanco, negro y morado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio 2006, según Solicitud N° 2017-0006406. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154654 ).

Paula Danniela Mora González, casada una vez, cédula de identidad 113300805 con domicilio en San Francisco de Dos Ríos; de la esquina suroeste, del Parque El Bosque; 100 metros sur y 75 mts oeste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Suple Vita

como marca de comercio en clase: 5 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Suplemento alimenticio (colágeno), ayuda a fortalecer huesos, piel, articulaciones, potencia, crecimiento, cabello y uñas. Reservas: De los colores verde, celeste, amarillo, naranja, rojo y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006603. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar Registrador.—( IN2017154677 ).

Alba María Arce Mena, divorciada una vez, cédula de identidad N° 302380845, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones Kimu, cédula jurídica N° 3101712004, con domicilio en Restaurante El Molino, del Registro Civil, 400 sur, 100 oeste y 75 suroeste, Cartago, costa Rica, solicita la inscripción de: CAFÉ CULTURA TRADICION DE LA CASA,

como marca de comercio en clase(s): 30 internacional(es) para proteger y distinguir lo siguiente: clase 30: café, 100% puro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005939. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154678 ).

Miguel Ángel Ruibal Fernández, casado una vez, cédula de residencia Nº 186200615632, con domicilio en Escazú, Condominio San Rafael Lofts, apartamento número nueve, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SUSHI Ruibal MRKT

como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la elaboración y comercialización de comidas, específicamente comidas japonesas o sushi. Ubicado: en Trejos Montealegre, Centro Comercial Plaza Atiantis, número tres-dos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006277. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154727 ).

July Alexandra Betances Matos, casada una vez, cédula de residencia 121400187220 con domicilio en tope avenida 10, 50 al norte y 25 al este, Los Yoses, San Pedro, Costa Rica, solicita la inscripción de: Green Pet Food J.B.M

como marca de fábrica y comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 31: Comida natural sin preservantes para perros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005875. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154742 ).

Alfredo Gerardo Quirós Torres, casado una vez, cédula de identidad N° 301870811, con domicilio en Guápiles Urbanización Toro Amarillo, casa 38C: 75 metros suroeste de la Plaza de Deportes, Costa Rica, solicita la inscripción de: Loción Chilca Quirosito, como marca de fábrica y comercio en clase(s): 5 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: loción farmacéutica hecho a base de productos naturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005725. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154747 ).

Maikel Jiménez Mena, soltero, cédula de identidad 110250856 con domicilio en Calle Blancos, 250 m oeste y 250 m norte de la plaza de deportes, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: échele miel échele miel

como marca de comercio, en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 25 camisas personalizadas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005948. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154753 ).

Manuel E. Peralta Volio, cédula de identidad 900120480, en calidad de apoderado especial de Productora La Florida S. A., con domicilio en Echeverría, distrito 2° de Belén, en las instalaciones de Cervecería Costa Rica, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: BAVARIA Light

como marca de fábrica y comercio en clase: 32 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Cerveza Liviana Reservas: De los colores: plata, azul, rojo y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de febrero de 2017. Solicitud Nº 2017-0001109. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de marzo de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154764 ).

María Gabriela Arroyo Vargas, casada una vez, cédula de identidad 109330536, en calidad de apoderada especial de Fábrica de Bebidas Gaseosas Salvavidas Sociedad Anónima, con domicilio en Tercera Avenida Norte Final, Finca el Zapote, Zona Dos, Ciudad de Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: AGUA DEL MUNDO MAYA,

como señal de propaganda en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar aguas minerales; que se relacionaran con las marcas MAYA RAINFOREST, en la clase 32, presentada bajo los expedientes 2015-11709; 2015-11710; 2015-11712 que corresponden a los registros 262252, 262251 y 262250. Reservas: de los colores: verde, azul, blanco, celeste, amarillo y rosado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de diciembre de 2015. Solicitud N° 2015-0011711. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017154766 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de  Energym S. A., cédula jurídica 3101736593, con domicilio en Pavas, de la Fábrica de Alimentos Jacks, 175 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Energym, como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: gimnasios, servicios de acondicionamiento físico y actividades deportivas; servicios dirigidos al ejercicio, entrenamientos de manera individual o grupal, baile, educación física, servicios relacionados con centros de gimnasia y deportes, asesoría en el campo de entrenamiento físico y deportivo, asesoría en el campo de instrucción y equipamiento para el entrenamiento físico deportivo, formación y educación en temas deportivos y capacitaciones del movimiento humano, servicios de entretenimiento de diversas disciplinas deportivas, actividades y culturales, instrucción de yoga. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003648. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de abril de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017154775 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Sports Art S. A., cédula jurídica 3101736620, con domicilio en Pavas, de La Fábrica de Alimentos Jacks; 175 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sports Art, como marca de fábrica y comercio en clase: 28 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 28 Equipo para ejercicios, a saber, bicicletas para ejercicios, máquina para remar, máquinas de pesas, caminadoras (Tredmills), máquinas que dan pasos subiendo y bajando (Step Machines), máquinas elípticas, equipo deportivo y de acondicionamiento físico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril del 2017, según Solicitud N° 2017-0003647. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de abril del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017154781 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 906790960, en calidad de apoderada especial de Sports Art S. A., cédula jurídica 3101736620, con domicilio en Pavas, de la Fábrica de Alimentos Jacks, 175 metros oeste, San José, Comoras, solicita la inscripción de: Hoist como marca de fábrica y comercio en clase: 28, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 28 Equipo para ejercicios, a saber, bicicletas para ejercicios, máquina para remar, máquinas de pesas, caminadoras (Treadmills), máquinas que dan pasos subiendo y bajando (Step Machines), máquinas elípticas, equipo deportivo y de acondicionamiento físico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003646. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de abril del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017154785 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Tucel America LLC, con domicilio en 6950 NW 77 Court, Miami, Florida 33166, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: TUCEL, como marca de servicios en clase: 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de telefonía celular, operador de red virtual móvil (MVNO). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001638. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de marzo de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017154787 ).

Maylin Campos González, soltera, cédula de identidad N° 111040566, en calidad de apoderado generalísimo de Distribuidora Goyca Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101088884, con domicilio en La Trinidad de Moravia, 50 metros al sur de la Iglesia Católica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GOYCA,

como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 49 un establecimiento comercial dedicado a: la producción de jabones en polvo, jabones líquidos, cloros, desinfectantes líquidos, suavizantes de ropa, limpiadores quita manchas, ceras liquidas, neutralizantes para la acidez, productos limpiadores para piscinas, ubicado en San José, La Trinidad de Moravia, 50 metros al sur de la Iglesia Católica. Reservas: de los colores: blanco, celeste, rojo y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006723. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017154788 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Zhejiang Jiuli Hi-Tech Metals Co., Ltd, con domicilio en Zhenxi, Shuanglin Town, Huzhou, Zhejiang, China, solicita la inscripción de: Jiuli,

como marca de fábrica y comercio en clase: 6 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aleaciones de acero; acero fundido; tira/banda de acero; hojas/chapas de acero; postes de metal; juntas/racores de metal para tuberías; tubos de acero; tubos de metal; alambre de acero; juntas/empalmes de cables de metal, no eléctricas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de febrero de 2017. Solicitud N° 2017-0001346. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de abril de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154789 ).

Korana Arias Cortés, casada, cédula de identidad 401660877, en calidad de apoderada especial de Centro Educativo San Patricio S.A., cédula jurídica 3101113249; con domicilio en 275 metros al norte, del Parque Central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: SAINT EDWARD’S KINDERGARDEN

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios educativos para el cuidado de los niños en el jardín de niños, reconocidos por el ministerio de educación pública. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006683. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154825 ).

Korana Arias Cortes, casada, cédula de identidad 401660877, en calidad de apoderada especial de Centro Educativo San Patricio S. A., cédula jurídica 3101113249, con domicilio en 275 metros al oeste del parque central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: SAINT EDWARD SCHOOL

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios educativos en los ciclos de educación básica y secundaria, reconocidos por el ministerio de educación pública. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006684. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154826 ).

Korana Arias Cortes, casada, cédula de identidad 401660877, en calidad de apoderada especial de Centro Educativo San Patricio S.A., cédula jurídica 3101113249, con domicilio en 275 metros oeste del parque central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: SAINT EDWARD’S SCHOOL,

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios educativos en los ciclos de educación básica y secundaria, reconocidos por el Ministerio de Educación Pública. Reservas: no se hace reserva de los términos: “SCHOOL”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006686. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154827 ).

Korana Arias Cortes, casada, cédula de identidad 401660877, en calidad de apoderada especial de Centro Educativo San Patricio S.A., cédula jurídica 3101113249, con domicilio en 275 metros oeste del parque central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: SAINT EDWARD’S DAY CARE,

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios educativos para el cuidado de los niños en guardería, reconocidos por el ministerio de educación público. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006687. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo después el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154828 ).

Korana Arias Cortés, casada, cédula de identidad 401660877, en calidad de apoderada especial de Centro Educativo San Patricio S.A, cédula jurídica 3101113249, con domicilio en 275 metros al norte del parque central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: SAINT EDWARD’S ELEMENTARY SCHOOL

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios educativos en enseñanza bilingüe en los ciclos de educación básica de escuela reconocidos por el Ministerio de Educación Pública. Reservas: No se hace reserva de los términos “SCHOOL ni ELEMENTARY”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006688. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154829 ).

Korana Arias Cortes, casada, cédula de identidad 401660877, en calidad de apoderada generalísima de Centro Educativo San Patricio S. A., cédula jurídica 3101113249; con domicilio en 275 metros oeste, del Parque Central, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: SAINT EDWARDS BILINGUAL EDUCATIONAL SYSTEM

como marca de servicios en clase: 41 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios educativos en enseñanza bilingüe en los ciclos de educación básica preescolar, primaria y secundaria reconocidos por el Ministerio de Educación Pública. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006689. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154830 ).

Edwin Segura Badilla, casado cuatro veces, cédula de identidad N° 103440088, en calidad de apoderado especial de Nevada Zona Libre Sociedad Anónima, con domicilio en calle 15, avenida Santa Isabel, local 3, Zona Libre de Colón, Panamá, solicita la inscripción de: WOKALI, como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para colar, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y pulimentar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, productos de uso cosmético, lociones capilares, dentríficos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004314. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154839 ).

Raquel Susana Salazar Gómez, casada una vez, cédula de identidad 112330197, con domicilio en Jacó, Garabito; 300 mts. oeste, Municipalidad, Costa Rica, solicita la inscripción de: Juanita’s COMIDA LATINA

como nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a restaurante bar, expendio de comidas, licores, nacionales, extranjeros, cervezas, refrescos. Ubicado en Jacó, Garabito, Puntarenas, Centro Comercial Jacó Walk. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de abril del 2017, según Solicitud N° 2017-0003900. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017154840 ).

Edwin Segura Badilla, casado cuatro veces, cédula de identidad 103440088, en calidad de apoderado especial de Nevada Zona Libre Sociedad Anónima con domicilio en calle 15, avenida Santa Isabel, local 3, Zona Libre de Colón, Panamá, solicita la inscripción de: Homebright

como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 3: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para colar, suavizantes para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y pulimentar, jabones, perfumera, aceites esenciales, cosméticos, productos de uso cosmético, lociones capilares, dentífricos. Reservas: De los colores: azul, celeste oscuro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004313. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de julio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154841 ).

Edwin Segura Badilla, casado cuatro veces, cédula de identidad Nº 103440088, en calidad de apoderado especial de Nevada Zona Libre Sociedad Anónima, con domicilio en calle 15, avenida Santa Isabel, Local 3, Zona Libre de Colón, Panamá, solicita la inscripción de: LEMONVATE

como marca de fábrica y comercio, en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para colar, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y pulimentar, jabones, perfumería, aceites esenciales, cosméticos, productos de uso cosmético, lociones capilares, dentífricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004309. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 05 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154842 ).

Marcela Rodríguez Monge, soltera, cédula de identidad 304000343, en calidad de apoderada especial de SABESA S.A. de C.V, cédula jurídica 3101726679, con domicilio en Montes de Oca, Barrio Dent; 50 metros sur, del Consejo Monetario Centroamericano en el Boulevard, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ¡Más que una ferretería!

como señal de propaganda en clase: Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar artículos para el hogar y ferretería, en relación con el nombre comercial “NOVEX ¡ Más que una ferretería !” Registro 263282. Reservas: De los colores: Blanco y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de marzo del 2017, según Solicitud N° 2017-0002645. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154845 ).

Roberto Cordero Brenes, casado una vez, cédula de identidad N° 111660540, en calidad de apoderado especial de Soda Contenedor Norte Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101708499, con domicilio en Escazú, San Rafael, Carretera a Guachipelín, de Flash Car 75 metros sur, diagonal al centro Comercial Multiplaza, dentro del centro Comercial Combai Mercado Urbano, contenedor N° C1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GASTROZODA COMBAI, como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la venta de comidas y bebidas no alcohólicas, ubicado en San José, Escazú, San Rafael, carretera a Guachipelín, de Flash Car setenta y cinco metros sur, diagonal al Centro Comercial Multiplaza, dentro del Centro Comercial Combai Mercado Urbano, contenedor número C uno. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005643. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017154852 ).

Vayolla Julieth Quirós Gamboa, casada una vez, cédula de identidad 114390404, en calidad de apoderada generalísima de Dental Goodness Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101740994, con domicilio en Barrio Francisco Peralta, 50 metros este de la Casa Italia, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GOODNESS DENTAL,

como marca de servicios en clase: 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios médicos y odontológicos. Reservas: de los colores: gris, azul y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006775. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de julio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017154877 ).

Fernando Gamboa Gamboa, casado una vez, cédula de identidad 103750629, en calidad de apoderado especial de Cooperativa Agrícola Industrial y de Servicios Múltiples el General Responsabilidad Limitada (COOPEAGRI R.L.), cédula jurídica 3000445099, con domicilio en San Isidro de El General, Pérez Zeledón, contiguo a la terminal de buses del mercado municipal, segundo piso, Costa Rica, solicita la inscripción de: COOPEAGRI LOS BUENOS PRECIOS DEL SUR, como señal de propaganda en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: para promocionar gestión y administración comercial de supermercados relacionados con la marca CORPORACIÓN DE SUPERMERCADOS COOPEAGRI SAN ISIDRO, Registro 257727. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0004750. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 22 de junio de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017154888 ).

Allan Hidalgo Campos, soltero, cédula de identidad 107220811, en calidad de apoderado generalísimo de Andar Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101717331, con domicilio en Tibás, Colima, Cuatro Reinas, de la iglesia católica 50 al oeste, dos cuadras pequeñas sur y 75 oeste, casa 26 Q, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ANDAR CPSTA RICA

como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios y tratamientos médicos de podología. Ubicado en San José, Escazú, Avenida Escazú, torre 2, local 206. Reservas: De los colores: turquesa y gris. No se hace reserva de la denominación COSTA RICA. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006055. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio de 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registrador.—( IN2017154924 ).

Allan Hidalgo Campos, soltero, en calidad de apoderado generalísimo de Andar Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101717331 con domicilio en Tibás, Colima, Cuatro Reinas, de la Iglesia Católica; 50 metros al oeste, dos cuadras pequeñas sur y 75 metros al oeste, casa 26 Q, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ANDAR COSTA RICA

como marca de servicios en clase: 44 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 44 Servicios y tratamientos médicos de podología. Reservas: De los colores: turquesa, blanco y Para proteger y distinguir lo siguiente: 44 Servicios y tratamientos gris. No se hace reserva de la denominación Costa Rica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0006056. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega Registradora.—( IN2017154925 ).

Marco Antonio Fernández López, casado una vez, cédula de identidad 109120931, en calidad de apoderado especial de 3-101-613303 Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101613303, con domicilio en Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Patio, oficina FF 1-3, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: WINNERS Club

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Juegos de azar y casino. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005157. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017154932 ).

Marco Antonio Fernández López, casado una vez, cédula de identidad 109120931, en calidad de apoderado especial de 3-101-613303, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101613303, con domicilio en Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, oficina FF 1-3, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MC WZ

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Educación, formación, esparcimiento, actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005460. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017154933 ).

Marck Van Der Laat Robles, cédula de identidad 111960018, en calidad de apoderado especial de José Pablo Formal Rincón, soltero, cédula de identidad 111960018, con domicilio en San Pedro de Montes de Oca, Mall San Pedro, Ofimall, segundo piso, oficina administrativa, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: OCTOBER BEERFEST NUSHARK MEDIA

como marca de servicios en clase: 41 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 41: Servicios de entretenimiento relacionados con la realización de actividades culturales, fiestas y festivales a la venta de distintos tipos de cervezas y comidas. Reservas: De los colores azul, celeste, amarillo, rojo, café oscuro y café claro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de junio de 2015. Solicitud Nº 2015-0005734. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de enero de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017154947 ).

Máximo Eduardo Sáurez Ulloa, cc Max Sáurez Ulloa, casado una vez, cédula de identidad 104260032, en calidad de Apoderado Generalísimo de Seguros del Magisterio Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-571006, con domicilio en calle primera, avenidas ocho y diez, 400 metros al sur de la Catedral Metropolitana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: SM SEGUROS como marca de servicios, en clase 36 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 36: servicios de seguros. Reservas: De colores: Verde y azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005588. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(IN2017155874).

Jorge Luis Chan Chacón, soltero, cédula de identidad 113320657, en calidad de apoderado generalísimo de Artes Gastronómicas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101730018, con domicilio en San Sebastián, Residencial Zorobarú, del Taller Garro y Álvarez, 100 metros este, 300 metros sur, casa 40-C, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LAKAFFE

como marca de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restauración, consistente en la preparación de alimentos y bebidas para el consumo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005898. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de julio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017155887 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Evelyn Ivannia Gamboa Quesada, divorciada una vez, cédula de identidad 1-1199-0963, con domicilio en San Isidro del General, setenta y cinco metros suroeste del Supermercado San Luis, Barrio Sagrada Familia, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EG EVEGAM como marca de fábrica y comercio, en clase 25 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrería, camisas de manga corta, camisetas de deporte, camisetas de manga corta, camisetas de deporte sin mangas, prendas de vestir, uniformes, ropa de gimnasia, ropa para ciclistas, ropa exterior, ropa de confección, ropa de playa, ropa de cuero, suéteres, gorras, sombreros, viseras para gorras, trajes de baño, vestidos, pantalones. Reservas: De colores: anaranjado, azul rey y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0004456. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017156123 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela, S. A. de C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: AURA BY ARABELA, como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales; dentífricos no medicinales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005478. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de junio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017156133 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela, S. A. DE C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: ARABELA CLEAN CARE,

como marca de fábrica y comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales; dentríficos no medicinales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005626. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017156138 ).

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de Arabela, S. A. DE C.V., con domicilio en calle 3 norte N° 102 Parque Industrial Toluca 2000, CD. de Toluca, Estado de México, C.P. 50200, México, solicita la inscripción de: BISMARK BY ARABELA, como marca de fábrica en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: jabones de uso cosmético, productos de perfumería, aceites esenciales, productos cosméticos para el cuidado de la piel. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005625. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 21 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017156140 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula de identidad 113780918, en calidad de Apoderado Especial de, Multimedios Estrellas de Oro S. A. de C.V. con domicilio en Avenida Eugenia Garza Sada Nº 2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León, México, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 35: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial, trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005933. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017156143 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula de identidad N° 113780918, en calidad de apoderado especial de Multimedios Estrellas de Oro S.A DE C.V., con domicilio en Avenida Eugenia Garza Sada Nº 2145, Colonia Roma, sur Monterrey, Nuevo León, México, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 41: educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005936. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017156144 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado especial de Multimedios Estrellas de Oro S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Eugenia Garza Sada N° 2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León, México, solicita la inscripción de:

como marca de servicios en clase: 38 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 38: Servicios de difusión de programas de televisión; provisión de canales de televenta; emisiones de televisión; programas de televisión; comunicaciones por terminales de computadora; transmisión de archivos digitales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017, según Solicitud N° 2017-0005934. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017156145 ).

Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula de identidad N° 113780918, en calidad de apoderado especial de Rohto Pharmaceutical CO., LTD, con domicilio en 8-1, Tatsuminishi 1-Chome, Ikuno-ku, Osaka-Shi, Osaka 544-8666, Japón, solicita la inscripción de: HADA LABO TOKYO, como marca de fábrica en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 3 preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar, y raspar; jabones no medicados; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicados, lociones capilares no medicadas; dentífricos no medicados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005713. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de junio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017156146 ).

Edgar Rohrmoser Zúñiga, divorciado, cédula de identidad 106170586, en calidad de Apoderado Especial de Grupo P.I. Mabe S. A. de C.V. con domicilio en Avenida San Parlo Xochimehuacán N° 7213 Letra E, Colonia Loma, Puebla, Puebla C.P. 72230, México, solicita la inscripción de: Dry-Lock

como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Productos higiénicos y sanitarios, material para apósitos, toallas higiénicas, pañales y calzones desechables para bebés, pañales y calzones desechables para adultos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012131. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1 de febrero del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017156147 ).

Pablo Andrés Sancho Calvo, soltero, cédula de identidad 109670977, en calidad de Apoderado Especial de Distribuciones Agroalfa, Sociedad Anónima, con domicilio en Managua, 150 metros al sur de los semáforos Guanacaste, Nicaragua, solicita la inscripción de: AGROALFA

como marca de fábrica y comercio, en clases 1; 5; 35 y 44. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 1. Productos químicos para la industria, así como para la agricultura, la horticultura, y la silvicultura; abonos para el suelo; productos químicos para conservar alimentos. Clase 5. Productos veterinarios; complementos alimenticios para personas o animales; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Clase 35. Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, y en clase 44. Servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de octubre del 2015. Solicitud Nº 2015-0009533. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156159 ).

Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad 110140567, en calidad de Apoderada Generalísima de Importek Latinoamericana CR S. A., cédula jurídica 3101582077 con domicilio en Sto. Domingo, Sta. Rosa de la entrada después de la escuela 100 n y 500 o contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: AZIZA Studio PROFESIONAL

como marca de comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 3 Maquillaje y cosméticos, preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar; jabones no medicinales; productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales; dentífricos no medicinales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006575. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156167 ).

Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad N° 110140567, en calidad de apoderada generalísima de Importek Latinoamericana CR S. A., cédula jurídica N° 3101582077, con domicilio en Sto. Domingo, Sta. Rosa de la entrada después de la escuela 100 norte y 500 oeste contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: INTIMATE,

como marca de comercio en clase(s): 3 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 3 preparaciones para blanquear y otras sustancias para lavar la ropa, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones no medicinales, productos de perfumería, aceites esenciales, cosméticos no medicinales, lociones capilares no medicinales y dentífricos no medicinales, cremas corporales y manos, lociones manos y cuerpo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006576. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156168 ).

Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad 110140567, en calidad de apoderada generalísima de Importek Latinoamerica CR S. A., cédula jurídica 3101582077 con domicilio en Sto. Domingo, Sta. Rosa, de la entrada después de la escuela 100 n y 500 o contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Fire brand

como marca de comercio, en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 11 Aparatos de alumbrado, calefacción, producción de vapor, cocción, secado, parrillas de fogones, parrillas de hogares, barbacoas de gas y de carbón, cocinas de gas, cocinas de gas para acampar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006273. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156169 ).

Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad 110140567, en calidad de apoderado generalísimo de Importek Latinoamericana CR S. A. con domicilio en Sto. Domingo, Santa Rosa de la entrada después de la escuela 100 norte y 500 oeste contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Fire Brand,

como marca de comercio en clase: 4 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 4 aceites y grasasa para uso industrial, lubricantes, composiciones para absorber, rociar, asentar el polvo, combustibles (incluida la gasolina para motores) y materiales de alumbrado, velas y mechas de iluminación, gas petróleo, gas para cocinas, gas para cocinas para acampar, gas para parrillas y barbacoas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006274. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156170 ).

Ingrid Vega Moreira, casada, cédula de identidad 110140567, en calidad de Apoderada Generalísima de, Importek Latinoamerica CR S. A., cédula jurídica 3101582077 con domicilio en Sto. Domingo, Sta. Rosa de la entrada después de la escuela 100 n y 500 o contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Fire Brand

como marca de comercio, en clase 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 21 Pequeños aparatos y utensilios accionados manualmente para uso doméstico y culinario, artículos de cristalería y ciertos productos de porcelana, cerámica, loza o vidrio. Aparatos pequeños de cocina para picar, moler, exprimir o triturar accionados manualmente. Utensilios para servir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006275. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata Registradora.—( IN2017156171 ).

Carlos Roberto López León, casado, cédula de identidad N° 107880621, en calidad de apoderado especial de Latin Farma Sociedad Anónima con domicilio en Zona Franca, Parque Industrial Zeta-La Unión S. A. 4ta calle y 2da avenida “A” lote 18 “A” km. 30.5, Amatitlán, Guatemala, solicita la inscripción de: GYNECIST, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 productos farmacéuticos indicados para el tratamiento de infecciones urinarias de la mujer; sustancias dietéticas para uso médico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005609. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156185 ).

Sergio Quesada González, casado una vez, cédula de identidad 105530680, en calidad de Apoderado Especial de Casa SPI C.S.P.I. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101575251 con domicilio en Barrio Escalante, de la iglesia de Santa Teresita 300 este, 75 norte mano izquierda, edificio color beige, número 959, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NEVADO como marca de comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 30 hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005868. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 14 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017156187 ).

Karla Duran Valverde, casada una vez, cédula de identidad N° 109460191, con domicilio en Desamparados, 800 metros sureste de la Guardia Rural de Higuito, calle Rodillal, Costa Rica, solicita la inscripción de: JD.R.V JAMADOG,

como marca de fábrica y comercio en clase: 21 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 21 dispensador no mecanizado de alimento para perros. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006100. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017156205 ).

Ella Sofía Stein, casada una vez, cédula de residencia 127600041322, en calidad de Apoderada Generalísima de Nativ Fest Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102718147 con domicilio en Bello Horizonte, Escazú, del Puente Anonos 100 m oeste, 300 m sur y 75 m este, Condominio Santa Fe, C32, Costa Rica, solicita la inscripción de: NATIV como marca de fábrica y comercio, en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 32 Bebidas no alcohólicas cuyos ingredientes principales son de producción nacional. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de julio del 2016. Solicitud Nº 2016-0006996. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1 de marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017156210 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101679174, con domicilio en distrito El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TRESBIOT como marca de comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006441. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017156229 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad Nº 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3101679174, con domicilio en distrito El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GENCLOBEN como marca de comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico, crema de uso tópico, antibiótico, antifúngico y antiinflamatorio. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006443. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017156230 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad Nº 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101679174, con domicilio en distrito El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35 edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CEFTAPLIN como marca de comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006442. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017156231 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad Nº 111420317, en calidad de apoderada general de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101679174, con domicilio en San José, distrito El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: NEUROPLIN como marca de comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico que contiene vitaminas neurotropas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006594. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156232 ).

Denia Jiménez Acuña, casada una vez, cédula de identidad Nº 111420317, en calidad de apoderada especial de Caplin Point Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101679174, con domicilio en San José, distrito El Carmen, Barrio Escalante, avenidas 9 y 11, calle 35, edificio Batalla Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: DOLONEUROPLIN como marca de comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: producto farmacéutico que contiene una combinación de antiinflamatorios y vitaminas neurotropas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006595. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156233 ).

Pablo Andrés Sancho Calvo, soltero, cédula de identidad 109670977, en calidad de apoderado especial de Distribuciones AGROALFA Sociedad Anónima, con domicilio en Managua; 150 metros al sur, de los semáforos Guanacaste, Nicaragua, solicita la inscripción de: AGROALFA como marca de fábrica y servicios en clases: 1; 5; 35 y 44 Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 1 productos químicos para la industria, así como para la agricultura, la horticultura, y la silvicultura; abonos para el suelo; productos químicos para conservar alimentos., clase 5 productos veterinarios; complementos alimenticios para personas o animales; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas., clase 35 publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina, y clase 44 servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de octubre de 2015, según expediente Nº 2015-0009534. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156158 ).

César Gómez Montoya, casado, cédula de identidad 303580966, en calidad de apoderado especial de Bottega Italiana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101686962 con domicilio en barrio Escalante, de la Rotonda del Farolito 50 metros al sur, en las oficinas del Bufete Artavia y Barrantes, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: B.P. BOTTEGA PRIVEE

como marca de fábrica y servicios en clases 18; 20; 26; 31; 32; 39; 41; 42 y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 18 Cuero y cuero de imitación, productos de estas materias no comprendidos en otras clases; pieles de animales; baúles y maletas; paraguas y sombrillas; bastones; fustas y artículos de guarnicionería. 20 Muebles, espejos, marcos; productos de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases. 26 Encajes y bordados, cintas y cordones; botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales. 31 Granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para animales; malta. 32 Cervezas; aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas. 39 Transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; organización de viajes. 41 Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales. 42 Servicios científicos y tecnológicos, así como servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e investigación industriales; diseño y desarrollo de equipos informáticos y de software, y 43 Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. Reservas: De los colores rojo y dorado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006731. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017156264 ).

Treblink Omar Wanderlinder Rodríguez, casado una vez, cédula de residencia Nº 186200594327, en calidad de apoderado generalísimo de Snacks y Comestibles del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101735200, con domicilio en Santa Ana, de la Cruz Roja 100 metros oeste y 300 metros sur, Condominio Santa Ana Hills, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GUANA TURAL

como marca de fábrica y comercio, en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: arroz, arroz cocido, arroz integral, cereales, vinagre. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005985. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017153973 ).

José Manuel Quesada Carvajal, casado una vez, cédula de identidad N° 111050918, en calidad de apoderado generalísimo de Ceas Consultores CCSA INT. S. A., cédula jurídica N° 3101457403, con domicilio en La Uruca, de Las Bodegas de la Liga de La Caña, 100 metros al sur, 150 metros al oeste, casa N° 140, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FELADE, como marca de servicios en clase(s): 41 internacional(es).

Para proteger y distinguir lo siguiente: organización de congresos para la Educación, capacitación, certificación de personas en materia de cumplimiento legal y prevención del lavado de activos y delitos conexos. Reservas: del color: azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006020. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156291 ).

Giovanny Portuguez Molina, casado una vez, cédula de identidad Nº 106000931, en calidad de apoderado generalísimo de Lidersoft Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101223776, con domicilio en: San José, Catedral de la iglesia catedral Metropolitana doscientos metros al norte edificio Buen Campo, segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Eva como marca de servicios en clase 42 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: el diseño, desarrollo, mantenimiento, alquiler de software, así como asesoría y consultoría sobre software. Reservas: de los colores: gris, amarillo, verde y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006617. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017156322 ).

Giovanny Portuguéz Molina, casado una vez, cédula de identidad N° 106000931, en calidad de apoderado Generalísimo de Lidersoft Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101223776, con domicilio en San José, Catedral de La Iglesia Catedral Metropolitana 200 metros al norte edificio Buen Campo Segundo Piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Eva,

como marca de fábrica y comercio en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 9 programa de cómputo o informático. Reservas: de los colores: gris, amarillo, verde y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006615. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017156323 ).

Giovanny Portuguez Molina, casado una vez, cédula de identidad 106000931, en calidad de apoderado generalísimo de Lidersoft Internacional Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101223776, con domicilio en San José, catedral de la Iglesia Catedral Metropolitana 200 metros al norte edificio buen campo segundo piso, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: EVA como marca de servicios en clase: 35 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: Compilación y sistematización de información en bases de datos informáticas, consultoría sobre dirección de negocios. Reservas: De colores: gris, amarillo, verde y rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006616. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017156324 ).

Édgar Rohrmoser Zúñiga, divorciado, cédula de identidad Nº 106170586, en calidad de apoderado especial de Importadora NNA SPA, con domicilio en: edificio parque Oriente, Alonso de Córdoba Nº 5320, piso 18, oficina 1801, Las Condes, Santiago, Chile, solicita la inscripción de: BNNA JACK

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de noviembre del 2016. Solicitud N° 2016-0011429. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de enero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017156353 ).

Luis Esteban Hernandez Brenes, casado, cédula de identidad N° 401550803, en calidad de apoderado especial de Industria Del Mueble El Estilo Centroamericano S. A., cédula jurídica N° 3101718481, con domicilio en Escazú, San Rafael, del Peaje de la Autopista Próspero Fernández, 800 metros al oeste, edificio Fuentecantos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FAMESA

como marca de fábrica y comercio en clase(s): 20 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: muebles, esoejos, marcos, productos de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso„ marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas, no comprendidos en otras clases; muebles metálicos; muebles de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006837. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156366 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Brownlee & Fuster Corporation, con domicilio en calle 50 y 57 este, Obarrio, Corregimiento de Bella Vista, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Bioland SOLAR

como marca de fábrica y comercio en clases: 3 y 5. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 3: Aceites y cremas bronceadoras; bronceadores; productos de protección solar; preparaciones cosméticas para el bronceado de la piel; productos cosméticos para el cuidado de la piel y clase 5: Productos para quemaduras solares; productos de uso farmacéutico para las quemaduras solares; bálsamos, cremas, ungüentos y geles para quemaduras solares, todos de uso medicinal y/o farmacéutico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005632. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de julio de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017156367 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad Nº 401550803, en calidad de apoderado especial de Canopy Vistas Los Sueños S. A., cédula jurídica Nº 3101522863, con domicilio en: Garabito, Jacó, contiguo a la farmacia Jacó, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: VISTA LOS SUEÑOS RAINFOREST TOURS

como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a prestar los servicios de organización, reservas y arreglo de tours (visitas y excursiones guiadas), viajes de un día y visitas turísticas; consultoría de viajes y acompañamiento de viajeros en tours (visitas y excursiones guiadas); alquiler, reserva y proveeduría de actividades deportivas y de entretenimiento, tales como caminatas, cabalgatas y canopy; alquiler, reserva y proveeduría de barcos, en particular, botes de remos y de motor, veleros y canoas; alquiler, reserva y proveeduría de vehículos de motor, tales como cuadraciclos, buggys 4x4, bicicletas; alquiler, reserva y proveeduría de caballos para tours (visitas y excursiones guiadas), ubicado en Puntarenas, Garabito, Jacó, contiguo a la farmacia Jacó. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005945. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez, Garita, Registrador.—( IN2017156368 ).

Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Canopy Vista Los Sueños Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-522863, con domicilio en Garabito, Jacó, contiguo a la Farmacia Jacó, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: VISTA LOS SUEÑOS RAINFOREST TOURS

como marca de servicios en clase: 39. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de organización, reservas y arreglo de tours (visitas y excursiones guiadas); arreglo de servicios de transporte relacionados con tours (visitas y excursiones guiadas); organización, reservas y arreglos de excursiones, viajes de un día y visitas turísticas; visitas turísticas; consultoría de viajes y acompañamiento de viajeros en tours (visitas y excursiones guiadas); alquiler, reserva y proveeduría de actividades deportivas y de entretenimiento, tales como caminatas, cabalgatas y canopy; alquiler, reserva y proveeduría de barcos, en particular, botes de remos y de motor, veleros y canoas; alquiler, reserva y proveeduría de vehículos de ñiotor, tales como cuadraciclos, buggys 4x4, bicicletas; alquiler, reserva y proveeduría de caballos para tours (visitas y excursiones guiadas); distribución de paquetes de tours (visitas y excursiones guiadas); organización de viajes, vacaciones y visitas turísticas; servicios de agencia de viajes (incluidos en clase 39), en particular consultoría y servicios de reserva de viajes y tours (visitas y excursiones guiadas), brindando información sobre viajes y tours (visitas y excursiones guiadas), servicios de transporte y viajes; reserva de tours (visitas y excursiones guiadas); reserva de transporte para tours (visitas y excursiones guiadas); información sobre viajes y tours (visitas y excursiones guiadas) a través de Internet, en particular, sobre reservas y reservaciones de tours (visitas y excursiones guiadas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005944. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de julio de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017156369 ).

Gloria Sofía Márquez Diez, casada una vez, cédula de residencia 117001294310, Henry Armando Ceballos Vásquez, casado una vez, cédula de residencia Nº 117000248833, en calidad de representantes legales de Distribuidora Mana C Y M S.R.L, cédula jurídica Nº 3102741403, con domicilio en: Río Segundo, barrio Fátima, bodegas Terrum Nº 16, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: D L D’LAURENT PROFESIONAL

como marca de fábrica en clase: 3. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: lociones, crema, para cabello, tratamientos de cabello y alisantes de cabello. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006620. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017156388 ).

Marjorie Hernández Mora, casada una vez, cédula de identidad 107090838, con domicilio en Guadalupe, El Carmen, Urbanización Lomas de Tepejac 2, casa 33E, Costa Rica, solicita la inscripción de: Marjorie Hernández

como marca de fábrica y comercio en clase: 25 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 25: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006780. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de julio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156491 ).

Luis Antonio Reyes Mejías, cédula de identidad Nº 111590824; y Jonathan David Acosta Valverde, cédula de identidad Nº 111460095, ambos solteros, mayores de edad, en calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma de Cervecería Cuadriga Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101681597, con domicilio en Moravia, La Trinidad, Urbanización Guayabales, primera etapa, casa 10-A, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CERVEZA ROJO VIVO como marca de fábrica, en clase: 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: cerveza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003434. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017156507 ).

Luis Antonio Reyes Mejías, cédula de identidad Nº 111590824, y Jonathan David Acosta Valverde, cédula de identidad Nº 111460095, ambos mayores de edad, solteros, en calidad de apoderados generalísimos sin límite de suma de Cervecería Cuadriga Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101681597, con domicilio en Moravia, La Trinidad, Urbanización Guayabales, primera etapa, casa 10-A, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CERVEZA ACERO DAMASCO como marca de fábrica, en clase: 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: cerveza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003435. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017156508 ).

María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de identidad 111480307, en calidad de apoderada especial de Guio Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101739387, con domicilio en San José, costado este del Hospital México, Edificio la Perla, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GUIO EDUCATION mostrando el camino,

como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a servicios de educación, formación y capacitación profesional, y de organización, celebración y dirección de charlas, seminarios, convenciones, talleres, congresos, conferencias, cursos y actividades culturales con fines de formación y de educación sobre negocios y mercadeo, y servicios de consultoría en estrategia de comunicación, publicidad y marketing. Ubicado en San José, Pavas, Rohrmoser, 150 metros sur de Plaza Mayor, tapia blanca, con columnas de ladrillo gris. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006623. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156518 ).

María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de identidad 111480307, en calidad de apoderada especial de Guio Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101739387 con domicilio en San José, costado este del Hospital México, edificio La Perla, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GUIOEDUCATION mostrando el camino

como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Servicios de asesoramiento y consultoría en estrategia de comunicación, mostrando el camino publicidad y marketing. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006624. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156519 ).

María Laura Vargas Cabezas, soltera, cédula de identidad 111480307, en calidad de apoderada especial de Guio Group Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101739387, con domicilio en San José, costado este del Hospital México, edificio La Perla, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: GUIOEDUCATION mostrando el camino

como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de educación, formación y capacitación profesional. Organización, celebración y dirección de charlas, seminarios, convenciones, talleres, congresos, conferencias, cursos y actividades culturales con fines de formación y de educación sobre negocios y mercadeo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006625. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156520 ).

Karen Lucía Cabrera Montalbán, casada una vez, cédula de identidad 800990176, con domicilio en San Vicente de Moravia 50 oeste del Colegio de Farmacéuticos, Condominio Montealondra, casa N° 25, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: IMPRONTA

como marca de servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 41: Educación y formación. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012166. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de febrero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017156544 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Yeison Campos Fernández, cédula de identidad Nº 206150892, en calidad de apoderado generalísimo de Innovagreen Technology Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-707247, con domicilio en: San Ramón, frente al lago de Alfaro, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: INNOVAGREEN TECHNOLOGY IGT INNOVAGREEN TECHNOLOGY

como nombre comercial para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a automatización industrial, domotica, internet de las cosas, mantenimiento industrial, electrónica, casas inteligentes, smart house, redes informáticas, ubicado en Alajuela, San Ramón frente al lago de Alfaro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006644. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017156609 ).

Federico Castro Kahle, casado una vez, cédula de identidad 112030778, en calidad de apoderado especial de C.K.I. S. A., cédula jurídica 3101131328, con domicilio en La Uruca, edificio San José 2000, oficina PB-1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: F.C.J. volcancito

como marca de fábrica y comercio en clase: 30 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos de café, té y sucedáneos del café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de junio de 2014. Solicitud Nº 2014-0004796. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de julio de 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017156621 ).

Omar Chacón Hernández, casado una vez, cédula de identidad Nº 303560969, en calidad de apoderado generalísimo de Naseol Importaciones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101563325, con domicilio en de la entrada a La Puebla de los Pardos, 150 metros sur y 200 metros oeste, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: VFUEL

como marca de fábrica, en clases: 5 y 32 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 5: complementos alimenticios deportivos y suplementos alimenticios. Clase 32: bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para elaborar bebidas; gel deportivo de resistencia. Reservas: de los colores: azul, gris y blanco. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006602. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156676 ).

Michael Tarcica Galindo, soltero, cédula de identidad 114070869, en calidad de apoderado generalísimo de Parkside Inmobiliaria S. A., cédula jurídica 3101669952, con domicilio en cantón San José, Sabana Sur, 250 m al sur de Pops, casa a mano derecha color azul de dos pisos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: HOGARIS como marca de servicios en clase: 36, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Negocios inmobiliarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006413. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017156698 ).

Julio César Ruiz Chavarría, soltero, cédula de identidad 109550665, en calidad de apoderado especial de Agropecuaria Blanco y González de Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101217790 con domicilio en Grecia, San Roque, 100 metros norte del Liceo León Cortés Castro, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL CHAYOTE como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a: diferentes actividades agro-eco turísticas, tales como producción de leche, servicios de alquiler de caballos y servicios de alimentación; así mismo, servicios de tours. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012120. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de abril de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017156716 ).

Julio César Ruiz Chavarría, soltero, cédula de identidad Nº 109550665, en calidad de apoderado especial de Agropecuaria Blanco y González de Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101217790, con domicilio en: Grecia, San Roque, cien metros norte del Liceo León Cortes Castro, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: LA ESPUMA, como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a diferentes actividades agro-eco turísticas, tales como producción de leche, servicios de alquiler de caballos; servicios de hospedaje, y servicios de alimentación; así mismo, servicios de tours, ubicado en Alajuela, Grecia, barrio El Mezón 400 al norte pulpería La Parada. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012123. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 08 de febrero del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017156720 ).

Monserrat Alfaro Solano, divorciada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderada especial de Nutrapharm S. A., con domicilio en Bernardo O’higgins 156 Parque Industrial Los Libertadores, Colina, Chile, solicita la inscripción de: SALUCOL como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios, para personas o animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0000925. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registradora.—( IN2017156723 ).

Julio César Ruiz Chavarría, soltero, cédula de identidad 109550665, en calidad de apoderado especial de Helados Sensación, Limitada, cédula jurídica 3102368681, con domicilio en Grecia Barrio El Mezón cuatrocientos al norte pulpería La Parada, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: RASPADO como marca de fábrica y comercio en clases: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 30: Helados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012125. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de febrero de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017156724 ).

Julián Wagner Torres, cédula de residencia N° 148400240612, en calidad de apoderado generalísimo de N° 3-101-627452 Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-627452, con domicilio en Sabana Sur, del Tennis Club, 100 metros al este, 100 metros al sur, 100 metros al este, 100 metros al norte y 75 metros al oeste, apartamento N° 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:

como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 49 un establecimiento comercial dedicado a venta de ropa y artículos para bebés, ubicado en Guadalupe, Goicoechea, 175 metros este de la Iglesia Católica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003233. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de mayo del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017156727 ).

Nadiia Korzhova, de un único apellido en razón de su nacionalidad ucraniana, soltera, pasaporte EC801452, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Pacific Fresh Foods Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101695544, con domicilio en Escazú, distrito Central, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Pórtico, primer nivel, Oficina número nueve, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Nana Banana,

como marca de comercio en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: banano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005249. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio de 2017.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2017156743 ).

Kuan Fong Lai Lee, casado una vez, cédula de identidad Nº 800670249 y María José Valverde Barquero, casada una vez, cédula de identidad Nº 111440785, con domicilio en: Curridabat, Granadilla, condominios Bosque Verde, casa Nº 2, San José, Costa Rica y Curridabat, Granadilla, condominios Bosque Verde, casa Nº 2, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: WOKi

como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de bar, restaurante y catering service. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0007126. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de julio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017156747 ).

Ileana María Ríos Chamorro, soltera, cédula de identidad 502120476, con domicilio en Liberia, 200 este de Farmacia Santa Fe, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: Tía Ilea

como marca de fábrica y comercio en clase: 29 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 29: Jaleas, mermeladas, almibares, pulpas de frutas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006309. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 13 de julio de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017156766 ).

Sebastien Laurent Lafaye, casado una vez, cédula de residencia N° 125000034813, en calidad de apoderado generalísimo de S.T.C. Sustainable Trading Company, S. A., cédula jurídica N° 3101636370, con domicilio en Curridabat, Guayabos, Condominio Via Ciprés, casa N° 20, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ESTRELLA, como marca de comercio en clase: 31, internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos agrícolas y hortícolas en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto y sin procesar; plantas naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006591. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017156793 ).

Sebastien Laurent Lafaye, casado una vez, cédula de residencia 125000034813, en calidad de apoderado generalísimo de S.T.C. Sustainable Trading Company S. A., cédula jurídica 3101636370 con domicilio en Curridabat, Guayabos, Condominio Vía Cipres, casa número 20, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MONARCA como marca de comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Productos agrícolas y hortícolas en bruto y sin procesar; granos y semillas en bruto y sin procesar; plantas naturales; bulbos, plantones y semillas para plantar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006590. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017156794 ).

Álvaro Sáenz Saborío, casado, cédula de identidad N° 105000072, en calidad de apoderado generalísimo de Distribuidora Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica 3101009367, con domicilio en La Lima, 300 norte de la Bomba Delta, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: AXENTUS, como marca de fábrica en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: insecticidas, fungicidas, herbicidas, nematicidas y plaguicidas para uso agrícola. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006454. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017156808 ).

Álvaro Sáenz Saborío, casado, cédula de identidad 105000072, en calidad de apoderado generalísimo de Distribuidora Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica 3101009367 con domicilio en La Lima, 300 norte de la bomba Delta, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: MINERVA como marca de fábrica en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Insecticidas, fungicidas, herbicidas, nematicidas y plaguicidas para uso agrícola. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006455. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017156809 ).

Álvaro Sáenz Saborío, cédula de identidad N° 105000072, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica N° 3101009367, con domicilio en La Lima, 300 norte de La Bomba Delta, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: ARGENTO, como marca de fábrica y comercio en clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: insecticidas, fungicidas, herbicidas, nematicidas y plaguicidas para uso agrícola. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006456. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017156810 ).

Álvaro Sáenz Saborío, casado, cédula de identidad N° 105000072, en calidad de apoderado generalísimo de Distribuidora Comercial Agrotico S. A. cédula jurídica N° 3101009367-08, con domicilio en La Lima, 300 norte de la Bomba Delta, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: ARGENTO PLUS, como marca de fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: insecticidas, fungicidas, herbicidas, nematicidas y plaguicidas para uso agrícola. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006457. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017156811 ).

Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad 105320390, en calidad de apoderado especial de TBL Licensing LLC, con domicilio en 200 Domain Drive, Stratham, New Hampshire 03885, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PRO

como marca de fábrica y comercio en clase: 25 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 25: Vestuario, calzado y sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005646. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de junio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156827 ).

María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderado especial de Apple INC., con domicilio en 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: 3D TOUCH, como marca de fábrica y comercio en clase: 14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: joyería. Prioridad: se otorga prioridad N° 67738 de fecha 28/07/2015 de Jamaica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de enero de 2016. Solicitud Nº 2016-0000745. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017156828 ).

Edgar Zurcher Gurdián, divorciado, cédula de identidad 105320390, en calidad de Apoderado Especial de Comercializadora de Lácteos y Derivados Sociedad Anónima de Capital Variable (COMLADE) con domicilio en Calzada Lázaro Cárdenas Nº 185, Col. Parque Industrial Lagunero, C.P. 35077, Gómez Palacio, Durango, México, solicita la inscripción de: Lala Te Cuida como señal de propaganda en clases internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 50 Para promocionar bebidas a base de leche acondicionadas con café productos protegidos por la solicitud de la marca CAFÉ CON LECHE LALA CLASICO (DISENO), en clase 29 inscrita el 05 de diciembre del 2016, según Reg. Nº258116; Bebidas a base de leche acondicionadas con café, con sabor a mocha”, productos protegidos por la solicitud de la marca CAFÉ CON LECHE LALA MOCHA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de diciembre del 2016, según Reg. Nº258119; “Bebidas a base de leche acondicionadas con café”, productos protegidos por la solicitud de la marca CAFÉ CON LECHE LALA VAINILLA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 258117 Bebidas a base de leche acondicionadas con café, sin azúcar”, productos protegidos por la solicitud de la marca CAFÉ CON LECHE LALA SIN AZUCAR (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 258115; “Leche y productos lácteos, bebidas lácteas (predominando la leche), mantequilla, yogurt, crema, crema ácida”, productos protegidos por la solicitud de la marca LA CRIOLLITA, en clase 29, inscrita el 13 de mayo del 2016,” según Reg. Nº 252197; Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas, jaleas y mermeladas, huevos, especialmente, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles, salsas para ensaladas y conservas”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 27 de octubre de 1998, según Reg. Nº 109550; “Carnes, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, conservas, encurtidos”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 17 de abril del 2009, según Reg. Nº 189036; “Leche bebidas lácteas, bebidas lácteas saborizadas, leche de soja”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA 100 (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 258121; Carne, extractos de carne, pescado, aves y caza; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, incluyendo leche y productos lácteos, bebidas lácteas (predominando la leche), crema, (producto lácteo), producto lácteo (no de uso medicinal), mantequilla, yogurt, aceite, grasas comestibles, gelatinas de frutas”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 02 de julio del 2015, según Reg. Nº 244567”; Crema (producto lácteo), productos protegidos por la solicitud de la marca LALA CREMA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 12 de junio del 2014, según Reg. Nº 236201 Crema (producto lácteo), productos protegidos por la solicitud de la marca LALA CREMA (DISEÑO), en CLASE 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Registro Nº 236192; “Leche, otras preparaciones a partir de leche y productos lácteos, todos los anteriores deslactosados”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA DESLACTOSADA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 06 de febrero del 2015, según Reg. Nº 241622; Leche, otras preparaciones a partir de leche y productos lácteos, todos los anteriores deslactosados y livianos (light)”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA DESLACTOSADA LIGHT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de febrero del 2015, según Reg. Nº 241420; “Leche, otras preparaciones a partir de leche y productos lácteos”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA ENTERA, en clase 29, inscrita el 24 de octubre del 2014, según Reg. Nº 239385 Leche y productos lácteos, bebidas lácteas (predominando la leche), crema (producto lácteo), quesos, gelatinas de frutas, grenetina, mantequilla, yogurt”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA GREK S (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 01 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 257423; “Leche y productos lácteos, bebidas lácteas (predominando la leche), crema (producto lácteo), quesos, gelatinas de frutas, grenetina, mantequilla, yogurt”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA GREKOS en clase 29, inscrita el 21 de diciembre del 2016, según Reg. Nº258651; Licuado de yogurt, ciruela, pasa y nuez”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA LICUADO DE YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236184, Licuado de yogurt, nuez y cereal”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA LICUADO DE YOGHURT, en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236188;/Licuado de yogurt de fresa, plátanos (bananos) y cerezas”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA LICUADO DE YOGHURT, en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014 según Reg. Nº 236194; Leche, otras preparaciones a partir de leche y productos lácteos, todos los anteriores livianos (light), productos protegidos por la solicitud de la marca LALA LIGHT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de febrero del 2015, según Reg. Nº241476; “Media crema (producto lácteo)”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA MEDIA CREMA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº236189; “Leche, otras preparaciones a partir de leche y productos lácteos, todos los anteriores semidescremados”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA SEMIDESCREMADA, en clase 29, inscrita el 05 de febrero del 2015, según Reg. Nº 241477; Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, conservas, encurtidos”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA VIVE, en clase 29, inscrita el 17 de abril del 2009, según Reg. Nº 189071; “Yogurt con sabor a fresa”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236185; “Yogurt con sabor a fresa y mora”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236196; “Yogurt con sabor a durazno”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236190; Yogurt con sabor a mango”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236195; “Yogurt con sabor a manzana”, productos protegidos por solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del, 2014, según Reg. Nº 236187; “Yogurt de sabor natural”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236191; “Yoghurt con sabor a manzana”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 12 de junio del 2014, según Reg. Nº 236200; Yogurt con sabor a mango”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236193; “Yogurt con sabor a durazno”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236186; Yogurt con sabor a fresa”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236197; “Carnes, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, conservas, encurtidos”, productos protegidos por la solicitud de la marca LOS VOLCANES, en clase 29, inscrita el 30 de enero del 2009, según Reg. Nº 185482; Carnes, pescado, aves y caza, extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, conservas, encurtidos”, productos protegidos por la solicitud de la marca LOS VOLCANES (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 02 de febrero del 2009, según Reg. Nº 185687; “Leche y productos lácteos, incluyendo suero de leche y fórmula láctea no de uso médico, mezcla de producto lácteo con grasa vegetal”, productos protegidos por la solicitud de la marca NUTRI ESKIMO (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 01 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 257584; “Leche y productos lácteos, incluyendo suero de leche y fórmula láctea no de uso médico, mezcla de producto lácteo con grasa vegetal”, productos protegidos por la solicitud de la marca NUTRI ESKIMO (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 01 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 257636; “Leche y productos lácteos, incluyendo suero de leche y fórmula láctea no de uso médico, mezcla de producto lácteo con grasa vegetal”, productos protegidos por la solicitud la marca NUTRI ESKIMO (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 01 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 257582; Leche y productos lácteos con sabor a manzana-pera”, productos protegidos por la solicitud de la marca PETIZOO LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 13 de diciembre del 2013, según Reg. Nº 232216; “Leche y productos lácteos con sabor a frutos rojos”, productos protegidos por la solicitud de la marca PETIZOO LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 13 de diciembre del 2013, según Reg. Nº 232215; “Leche y productos lácteos con sabor a fresa”, productos protegidos por la solicitud de la marca PETIZOO LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 13 de diciembre del 2013, según Reg. Nº 232217; “Leche y productos lácteos: bebidas lácteas (predominando la leche), crema (producto lácteo), quesos, crema batida, mantequilla, yogurt”, productos protegidos por la solicitud de la marca PILI (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 25 de febrero del 2014, según Reg. Nº 233876; “Extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles; conservas, encurtidos”, productos protegidos por la solicitud de la marca SHOT, en clase 29, inscrita el 12 de agosto del 2009, según Reg. Nº 193531; “Productos lácteos”, productos protegidos por la solicitud de la marca TRÍO ESKIMO (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 04 de diciembre del 2006, según Reg. Nº 164415; “Carne, pescado, aves y caza, extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas; huevos; leche y otros productos lácteos; aceites y grasas comestibles; conservas, encurtidos”, productos protegidos por la solicitud de la marca ULTRA LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de noviembre de 1998, según Reg. Nº 109725; “Leche y productos lácteos”, productos protegidos por la solicitud de la marca ULTRA NUTRI (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 30 de octubre del 2013, según Reg. Nº 231192; “Leche y productos lácteos”, productos protegidos por la solicitud de la marca ULTRA NUTRI (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 30 de octubre del 2013, según Reg. Nº 231194; “Leche y productos lácteos”, productos protegidos por la solicitud de la marca ULTRA NUTRI (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 30 de octubre del 2013, según Reg. Nº 231195; “Carnes, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles, conservas, encurtidos”, productos protegidos por la solicitud de la marca YOMI, en clase 29, inscrita el 21 de enero del 2009, según Reg. Nº 184480; ya las cuales se refiere esta señal de propaganda. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001338. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156829 ).

Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad número 104151184, en calidad de apoderado especial de Chanel Sarl, con domicilio en Burgstrasse 26, CH-8750 Glarus, Suiza, solicita la inscripción de: COCO, como marca de fábrica y comercio en clases: 14; 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 14: metales preciosos y sus aleaciones; joyería, piedras preciosas y semipreciosas; relojería e instrumentos cronométricos. En clase 18: Cuero e imitaciones de cuero; pieles y cueros de animales; equipajes y bolsas para cargar; sombrillas y parasoles; bastones; fustas y guarnicionería. En clase 25: vestuario, calzado, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0002724.—San José, 26 de junio de 2017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017156830 ).

María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderado especial de María Fabiola Guerrero Calderón, soltera, cédula de identidad N° 114970503, con domicilio en Ciudad Colón, 150 metros oeste y 25 sur de la Escuela Rogelio Fernández Güell, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FOOD FOR LIFE Nutrición Sin Dietas,

como marca de servicios en clase: 44. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de nutrición. Reservas: de los colores: verde, naranja y verde azulado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003165. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017156831 ).

María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Ferrotti International Corp. con domicilio en Avenida Samuel Lewis, torre Optima, piso 18, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: MUNDOCUBES

como marca de fábrica y comercio en clase 20 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Muebles modulares. Reservas: De los colores: negro, azul, rojo y amarillo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0005030. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017156832 ).

María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad Nº 110660601, en calidad de apoderada especial de Teva Pharmaceutical Industries Ltd., con domicilio en: Science Based Industries Campus, Har Hotzvim, P.O. Box 1142, Jerusalem 91010, Israel, solicita la inscripción de: CENMIRA, como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la migraña. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005204. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017156833 ).

María Del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de The Concentrate Manufacturing Company of Ireland, con domicilio en Swan Building, 3rd Floor, 26 Victoria Street, Hamilton, HM12, Bermuda, solicita la inscripción de: NUESTRA MESA CON H2OH!, como marca de fábrica y comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 32: aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas de frutas y jugos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas; bebidas gaseosas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de abril de 2017. Solicitud N° 2017-0003791. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017156834 ).

María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Apple Inc. con domicilio en 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOMEPOD como marca de fábrica y comercio en clase: 9 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Computadoras; hardware de cómputo; computadoras portátiles; computadoras tipo tableta; aparatos e instrumentos de telecomunicación, teléfonos, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes; dispositivos inalámbricos para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio, video, y contenido multimedia; aparatos para redes de comunicación, dispositivos electrónicos portátiles capaces de proveer acceso a la Internet y para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y otros datos digitales: hardware de cómputo usable [wearable]; dispositivos electrónicos digitales usables [wearable] capaces de proveer acceso a la Internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico, y otros datos digitales; relojes inteligentes; lentes inteligentes; anillos inteligentes [dispositivos electrónicos]; administradores de actividades usables [wearable] [dispositivos electrónicos]; lectores de libros electrónicos; software de cómputo; software de cómputo para ajustar, configurar, operar y controlar computadoras, periféricos de cómputo, dispositivos móviles, teléfonos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, dispositivos electrónicos usables [wearable], audífonos, auriculares, televisiones, decodificadores, reproductores y grabadoras de audio y video, sistemas de teatros en casa, y sistemas de entretenimiento; software para el desarrollo de aplicaciones; software de juegos de computadora; archivos pregrabados de audio, video y contenidos multimedia descargables; dispositivos periféricos de cómputo; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos móviles electrónicos, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], a saber, relojes inteligentes, lentes inteligentes, auriculares, audífonos, televisiones, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y video; periféricos usables para ser usados con computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes inteligentes, lentes inteligentes, anillos inteligentes [dispositivos electrónicos}, audífonos, auriculares, televisiones, decodificadores, y grabadoras y reproductores de audio y video; aparatos de identificación y autenticación biométrica [aparatos no médicos]; acelerómetros; altímetros; aparatos de medición de distancia; aparatos para grabar datos de distancia; podómetros; aparatos de medición para presión [aparatos no médicos]; aparatos indicadores de presión; monitores, pantallas, pantallas de disposición frontal, y aparatos de cómputo para colocarse en la cabeza, para ser usados con computadoras, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisiones, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y video; pantallas de realidad virtual y aumentada, gogles, controles y auriculares; anteojos 3D; lentes, gafas; lentes y gafas de sol; lentes; vidrios y cristales ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; flashes para cámaras; teclados, ratones de computadora, alfombrillas para ratones de computadoras, impresoras, unidades de disco de computadora, y discos duros; aparatos para grabar y reproducir sonido; grabadoras y reproductores de audio y video digitales; bocinas de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de audio para vehículos con motor; aparatos para la grabación y reconocimiento de voz; audífonos, auriculares; micrófonos; televisiones; receptores de televisión y monitores; decodificadores; radiotransmisores y radiorreceptores; dispositivos electrónicos y de cómputo, a saber, interfaces para vehículos motorizados, paneles electrónicos de control, monitores, pantallas táctiles, controles remotos, estaciones de carga de batería, conectores, switches y controles de activación por voz; sistemas de posicionamiento global (GPS); instrumentos de navegación; instrumentos de navegación para vehículos [computadoras a bordo del vehículo]; controles remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos móviles usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, reproductores y grabadoras de audio y video, televisiones, decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa, y sistemas de entretenimiento; dispositivos usables [wearable] para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes electrónicos, lentes electrónicos, audífonos, auriculares, grabadoras y reproductores de audio y video, televisiones, decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas de entretenimiento; aparatos para el almacenamiento de datos; chips de cómputo; baterías; cargadores de batería; conectores eléctricos y electrónicos, acopiadores, cables eléctricos, alambres eléctricos, cargadores, estaciones para cargar batería, y adaptadores para ser usados con computadoras, teléfonos móviles, computadoras portátiles, periféricos de cómputo, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos móviles usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, grabadoras y reproductores de audio y video, televisiones, y decodificadores; pantallas táctiles interactivas; interfaces para computadoras, pantallas de computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, televisiones, decodificadores, y grabadoras y reproductores de audio y video; láminas protectoras especiales para pantallas de computadora, pantallas de teléfonos móviles, y de relojes inteligentes; partes y accesorios para computadoras, periféricos de cómputo, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos auriculares, grabadoras y reproductoras de audio y video, televisiones y decodificadores; cubiertas, bolsas, estuches, cajas, fundas, correas y cordones especialmente adaptados para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y video; brazos extensibles para autofotos [mono pies de mano]; cargadores de batería para cigarros electrónicos; collares electrónicos para entrenar animales; agendas electrónicas; aparatos para revisar correo [scanner]; cajas registradoras; mecanismos para aparatos de previo pago; aparatos para dictado; aparatos para contar votos; aparatos electrónicos para etiquetar productos; aparatos para seleccionar precios [scaners]; aparatos de fax; aparatos e instrumentos de medición; tablones de anuncios electrónicos; aparatos de medición; obleas electrónicas hechas de silicón para circuitos integrados (wafers); circuitos integrados; amplificadores; pantallas fluorescentes; controles remotos; filamentos para la conducción de la luz (fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación; electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial; aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; caricaturas; ovoscopios; silbatos para perros; imanes decorativos; rejas electrificadas; controles remotos portátiles para aparatos en automóviles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005751. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156835 ).

María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Molinos de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101-009046, con domicilio en 400 metros al norte del Mall Internacional, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: PANNIVITA como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 30: Mejorantes para panificación y polvos de hornear. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005394. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017156838 ).

Edgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad N° 105320390, en calidad de apoderado especial de The Ritz-Carlton Hotel Company, L.L.C., con domicilio en 10400 Fernwood Road, Bethesda, Maryland 20817, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: THE RITZ-CARLTON YACHT COLLECTION, como marca de servicios en clase: 39. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: transporte de pasajeros y de mercancías; embalaje y almacenamiento de mercancías; servicios de cruceros; servicios de agencias de viajes, a saber, organización, reservas y recepción de reservaciones para el transporte de pasajeros y mercancías, servicios de cruceros, excursiones, paseos, vacaciones y viajes; organización de y operación de excursiones, paseos, vacaciones y cruceros; servicios de guía de viajes e información de viajes; servicios de planificación y gestión de eventos, a saber, organización, programación y diseño de vacaciones; prestación de información y asesoramiento en relación con todos los servicios antes mencionados. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005802. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156839 ).

María Del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Starbucks Corporation con domicilio en 2401 Utah Avenue South, Seattle, Washington 98134, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: R

como marca de fábrica y comercio en clases 29; 32 y 33. Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 29) Leche, leche aromatizada, batidos, bebidas alimenticias a base de leche, excluidos los batidos, bebidas a base de leche que contienen café, bebidas a base de leche que contengan zumo de frutas; bebidas a base de leche que contengan frutas; bebidas a base de leche que contengan chocolate; bebidas a base de leche que contienen té; bebidas alimenticias a base de soja utilizada como sustituto de la leche; bebidas energéticas a base de leche; leche en polvo; mezclas de bebidas a base de productos lácteos; leche de soja; bocadillos a base de frutas; mermeladas de fruta, compota, jaleas; pasta para untar a base de carne, pasta para untar a base de pescado, pasta para untar a base de pollo, pasta para untar a base de frutas, pasta para untar a base de nueces, pasta para untar a base de vegetales, pasta para untar a base de productos lácteos; vegetales cocidos; vegetales secos; vegetales en conserva; ensaladas de verduras; fruta seca; frutas en conserva; ensaladas de frutas; carne; pescado; aves de corral; caza; embutidos; extractos de carne; comidas preparadas consistentes principalmente en carne, soja, aves de corral, mariscos, verduras, frutas, tofu y/o queso; sopas; yogur, bebidas a base de yogur; crema batida; queso; huevos; semillas preparadas; frutos secos preparados, nueces sazonadas, nueces tostadas, bocadillos a base de nueces; aceites y grasas comestibles., 32) Bebidas de frutas, zumos de frutas y bebidas a base de frutas; bebidas vegetales, jugos vegetales y bebidas a base de vegetales; bebidas no alcohólicas, a saber, bebidas gaseosas, refrescos; bebidas energéticas, bebidas isotónicas; mezclas líquidas para hacer refrescos y bebidas a base de frutas; polvos utilizados en la preparación de refrescos y bebidas a base de frutas; jarabes para bebidas; agua potable embotellada aromatizada y sin sabor, agua mineral, aguas gaseosas; bebidas a base de soja que no sean sustitutos de la leche; concentrados y pulpa de frutas utilizados para la fabricación de bebidas; bebidas nutricionalmente fortificadas, bebidas fortificadas con vitaminas; cerveza; cócteles a base de cerveza., y 33) Bebidas alcohólicas, excepto cerveza. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005752. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017156840 ).

Édgar Zurcher Gurdián, divorciado, cédula de identidad Nº 105320390, en calidad de apoderado especial de Apple Inc. con domicilio en: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BEDDIT, como marca de fábrica, comercio y servicio en clases: 9, 10, 20, 24 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: sensores eléctricos o electrónicos utilizados para medir, recopilar y rastrear el bienestar general, los patrones de sueño, la calidad del sueño, los sonidos respiratorios, los movimientos de respiración, la frecuencia cardiaca, los movimientos de las extremidades y la actividad del movimiento durante el sueño con fines científicos, sensores electrónicos o electrónicos utilizados para medir, recopilar y rastrear variables ambientales, a saber, temperatura, luz, calidad del aire y ruido ambiente durante el sueño con fines científicos; software y aplicaciones de software para dispositivos móviles utilizados para la recopilación y análisis de variables relacionadas con el sueño, el bienestar general, las variables sanitarias y ambientales, a saber, temperatura, luz, calidad del aire y ruido ambiente durante el sueño; software de computadora y software de monitoreo usado para recolectar, medir, analizar y rastrear datos para investigación de sueño; software para la promoción de la higiene del sueño, la vida sana, la salud en general, y para la medición de variables ambientales, a saber, software informático para organizar datos personales de sueño o información en el campo de la higiene del sueño, temperatura, luz, calidad del aire y ruido ambiental durante el sueño; dispositivos médicos, a saber, dispositivo de almacenamiento electrónico en forma de medios de memoria para almacenar información recopilada sobre patrones de sueño, bienestar, salud y variables ambientales, a saber, temperatura, luz, calidad del aire y ruido ambiental durante el sueño con fines científicos; software; instrumentos, indicadores y controladores de medición, detección y control; dispositivos de seguimiento; sensores y detectores; instrumentos de monitoreo; equipos de procesamiento de datos y accesorios (eléctricos y mecánicos); en clase 10: aparatos médicos, a saber, sensores y dispositivos de medición utilizados para medir, recopilar y rastrear información sanitaria; aparatos médicos, a saber, sensores y dispositivos de medición utilizados para medir, recopilar y rastrear información sanitaria, a saber, patrones de sueño, calidad del sueño, sonidos de la respiración, movimientos respiratorios, ritmo cardiaco, movimientos de las extremidades y actividad del movimiento; aparatos médicos, a saber, sensores y dispositivos de medición utilizados para medir, recoger y rastrear variables ambientales, a saber, temperatura, luz, calidad del aire y ruido ambiente, todo ello con fines médicos y sanitarios; instrumentos médicos con software incorporado para el suministro y análisis de información sobre patrones de sueño, bienestar general, a saber, calidad del sueño, respiración, sonidos respiratorios, movimientos respiratorios, temperatura corporal, ritmo cardiaco, presión arterial, movimientos de miembros, movimientos corporales, movimiento durante el sueño, y variables ambientales, a saber,. temperatura ambiente, luz, calidad del aire y ruido ambiente; dispositivos de diagnóstico médico que utilizan información sobre la fase de sueño medida con relojes, luces de activación, sensores y software, todos vendidos como una unidad; dispositivos médicos, a saber, camas, colchones y fundas de colchón con sensores integrados para el seguimiento de patrones de sueño, información sobre salud y variables ambientales, todos para fines médicos y sanitarios, con fines médicos y sanitarios; aparatos e instrumentos médicos; en clase 20: camas; almohadas; colchones; cojines de colchón; cubiertas de colchón; bases de colchón; muebles de dormitorio; muebles de dormitorio, a saber, marcos de cama, mesitas de noche, cajones y estantes; en clase 24: sábanas y ropa de cama; fundas de almohada utilizadas en ropa de cama; mantas de cama; cubiertas del colchón; y en clase 42: investigación, diseño y desarrollo de software, sensores y dispositivos para el seguimiento de patrones de sueño, bienestar general, información de salud y variables ambientales; análisis, medición y seguimiento de variables relacionadas con el sueño, la higiene del sueño, los patrones de sueño, la calidad del sueño, la investigación del sueño, los sonidos respiratorios, los movimientos respiratorios, la frecuencia cardiaca, movimientos de extremidades, actividad de movimiento, vida sana, entrenamiento físico, bienestar general, variables de salud y ambientales, tales como temperatura, luz, calidad del aire y ruido ambiental; diseño y desarrollo de hardware y software de computación; programación de software. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005821. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017156841 ).

Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad 1041501184, en calidad de apoderado especial de Ceragem Co. Ltd. con domicilio en 10, Jeongja 1- Gil, Osaekdang-Ri, Seonggeo-Eup, Seobuk-Gu, Cheonan-Si, Chungcheongnam-Do 31045, República Popular Democrática de Corea, solicita la inscripción de: Shelax

como marca de fábrica y comercio en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos e instrumentos médicos; aparatos médicos; aparatos para la moxibustión; aparatos de termoterapia para uso médico; calentadores para uso médico; mantas térmicas para uso médico; compresas térmicas para uso médico; sábanas aislantes de calor para uso médico; cinturones aislantes de calor para uso médico; cojines calentadores, eléctricos, para fines médicos; aparatos calentadores terapéuticos de alta frecuencia; aparatos calentadores de alta frecuencia para fines médicos; aparatos de masaje para uso médico; aparatos para masaje terapéutico para propósitos médicos; aparatos de masaje eléctricos para uso médico; aparatos de masaje portátiles para uso médico; aparatos de fisioterapia; aparatos para terapia por acupresión; aparatos de terapia eléctrica de alta frecuencia. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005907. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 03 de julio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156842 ).

María Del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderado especial de Conair Corporation con domicilio en One Cummings Point Road, Stamford, Connecticut 06902, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: POWERFX como marca de fábrica y comercio en clase 8 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Máquinas para cortar el cabello y cortadoras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006070. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017156843 ).

Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad N° 104151184, en calidad de apoderado especial de Margaritaville Enterprises LLC., con domicilio en 256 Worth Avenue, Suite Q-R, Palm Beach, Florida 33480, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: LANDSHARK BAR & GRILL, como marca de servicios en clase(s): 43 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 43 servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal, servicios de restaurante y bar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006222. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156844 ).

Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad 104151184, en calidad de apoderado especial de Margaritaville Enterprises, LLC., con domicilio en 256 Worth Avenue, Suite Q-R, Palm Beach, Florida 33480, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: 5 O’CLOCK SOMEWHERE BAR como marca de servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. Servicios de restaurante y bar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006221. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156845 ).

María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Array Biopharma Inc. con domicilio en 3200 Walnut Street, Boulder, Colorado 80301, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BRAFCOVI como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones farmacéuticas inhaladas para el tratamiento de enfermedades y trastornos respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune, del sistema metabólico, del sistema endocrino, del sistema músculo- esquelético y del sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para uso en hematología y en trasplantes de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos relacionados con el sistema inmune; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornos de la piel; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para uso en urología; productos farmacéuticos para uso oftalmológico; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de cáncer y los tumores; productos farmacéuticos para el tratamiento de enfermedades óseas; productos farmacéuticos para el tratamiento de enfermedades respiratorias; productos farmacéuticos para el tratamiento de enfermedades respiratorias y asma. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005851. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156846 ).

Marcas de Ganado

Solicitud Nº 2017-1402.—Ref: 35/2017/2992.—Carlos Fernando Loría Murillo, cédula de identidad Nº 2-0432-0403, solicita la inscripción de:

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

como marca de ganado, que usará preferentemente en Alajuela, San Carlos, Pital, Yucatán, en finca La Lela. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017. Según el expediente N° 2017-1402.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017156587 ).

REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS

Asociaciones civiles

AVISOS

El Registro de Personas Jurídicas,w ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Voluntarios de Occidente HCLVV, con domicilio en la provincia de: Alajuela, San Ramón, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: reunir y organizar a las personas de buena voluntad de uno y otro sexo y de espíritu activista para ayudar a los pacientes que ingresan diariamente al hospital Carlos Luis Valverde Vega, a resolver los diversos problemas que a estos aquejan con frecuencia en forma colateral o consecuente con la enfermedad o el internamiento, ya sea en relación con la misma salud quebrantada o en otros ordenes de la vida, como por ejemplo el espíritu económico y familiar. Cuyo representante, será la presidenta: Ana Isabel Carvajal Montanaro, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 234774, con adicional: 2017-390206.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 55 minutos y 32 segundos, del 7 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017156589 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Mixta de Monterrey de Cariari, con domicilio en la provincia de: Limón-Pococí, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: impulsar proyectos agrícolas que sean sostenibles a través del tiempo y que permitan a los asociados mejorar su nivel socio- económico. Fomentar, organizar, planificar, distribuir, coordinar y evaluar el trabajo, en pro del desarrollo agrícola en favor de los asociados, para un mejor aprovechamiento de los factores y recursos de producción. Cuyo representante, será el presidente: Francisco Antonio Gutiérrez Valencia, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento: 453796.—Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 36 minutos y 5 segundos, del 13 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017156630 ).

Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Vecinos Calle Los Jardines, con domicilio en la provincia de: Heredia-Heredia, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: Ser instrumento facilitador y orientador del desarrollo y esfuerzo comunal tendiente a obtener, mantener y mejorar los servicios públicos necesarios para calle Los Jardines. Cuyo representante, será el presidente: Juan Pablo Buchert, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2016. Asiento: 780670 con adicional(es): 2017-323356.—Dado en el Registro Nacional, a las 8 horas 24 minutos y 29 segundos, del 10 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017156760 ).

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Patentes de invención

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La señora Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad 109530774, en calidad de Apoderada Especial de RV Lizenz AG, solicita la Patente PCT denominada SISTEMA DE MONTAJE PARA INSTALACIONES INDUSTRIALES MODULARES. La invención se refiere a una instalación modular (1), en particular a una instalación industrial modular, que comprende una pluralidad de módulos de instalación en forma de cubo (20, 40a, 40C) que está dispuestos en dos o más capas apiladas una encima de la otra. Los módulos tienen una estructura de soporte que tiene puntos fijación (24, 24´, 44, 44´), en la que los puntos de fijación se proporcionan para conectar un módulo con puntos de fijación correspondientes de los módulos adyacentes de una capa situada por encima y/o por debajo de los mismos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E04B 1/348, E04B 1/98, E04H 5/02 y E04H 9/02; cuyo(s) inventor(es) es(son) Rüdlinger, Mikael (CH). Prioridad: N° 14200301.1 del 24/12/2014 (EP). Publicación Internacional: WO 2016/102703 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000257, y fue presentada a las 09:27:12 del 16 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156149 ).

El señor Federico Ureña Ferrero, Cédula de identidad 109010453, en calidad de apoderado especial de Genentech, Inc., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI FACTOR D HUMANIZADOS.

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61P 27/02 yC07K 16/18; cuyo(s) inventor(es) es(son) Kelley, Robert F. (US); Huang, Arthur J. (US); Lowman. Henry (US); Van Lookeren Campagne, Menno (NL) y Winter, Charles M. (US). Prioridad: N° 61/048,431 del 28/04/2008 (US), N° 61/048,689 del 29/04/2008 (US) y N° PCT/US2009/041785 del 27/04/2009 (US). Publicación Internacional: WO2009/134711A8. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000001, y fue presentada a las 13:46:09 del 9 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 19 de mayo de 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—( IN2017156309 ).

El(la) señor(a)(ita) Carolina Muñoz con, cédula de identidad 109630330, en calidad de apoderado especial de Children’s Hospital & Research Center at Oakland, solicita la Patente PCT denominada VARIANTES DE PROTEÍNAS DE UNIÓN AL FACTOR H Y MÉTODOS DE USO DE ESTAS. Se brindan proteínas variantes de unión al factor H que pueden provocar anticuerpos bactericidas para al menos una cepa de Neisseria meningitidis, composiciones que comprenden dichas proteínas y métodos de uso de dichas proteínas.. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/095, A61P 31/04, A61P 37/04 y CO7K 14/22; cuyo(s) inventor(es) es(son) BEERNINK, Peter T (US). Prioridad: N° 62/028,123 del 23/07/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/014719. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000020, y fue presentada a las 13:58:59 del 23 de enero de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de junio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156364 ).

El señor Luis Esteban Hernández Brenes, cédula de identidad Nº 4-155-803, en calidad de apoderado especial de TAG International Solutions Centroamerica Limitada, solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada PRECINTO ELECTRÓNICO GEOLOCALIZADOR DE UN ÚNICO RECEPTÁCULO CON SOFTWARE DE PROGRAMACIÓN, MONITOREO Y GESTIÓN DE ALARMAS PARA CONTENEDORES Y OTROS MEDIOS DE CARGA Y TRANSPORTE. La invención pertenece al campo de la fabricación y desarrollo de equipos de hardware integrados en su software correspondiente, enfocados a la seguridad electrónica para unidades de carga y transporte de mercancías. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E05B 39/00, E05B 45/06, E05B 47/00, E05B 65/00, E05B 83/00, E05B 83/02, G08B 1/08, G08B 13/22, G08C 21/00, G09F 3/03, H04L 9/00 y H05K 5/02; cuyo inventor es Guillermo Escobar Daroca (ES). Prioridad: . Publicación Internacional: . La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000239, y fue presentada a las 10:15:54 del 8 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156376 ).

La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de UCB Biopharma SPRL y Sanofi, solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS DE IMIDAZOL PENTACÍCLICOS FUSIONADOS. Una serie de derivados de imidazol pentacíclicos fusionados, que son potentes moduladores de la actividad de TNFa humano, son en consecuencia beneficiosos en el tratamiento y/o prevención de diferentes enfermedades humanas, que incluyen trastornos autoinmunológicos e inflamatorios; trastornos neurológicos y neurodegenerativos; trastornos de dolor y nociceptivos; trastornos cardiovasculares; trastornos metabólicos; trastornos oculares; y trastornos oncológicos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/4188, A61P 25/00, A61P 29/00, A61P 3/00, A61P 35/00, A61P 9/00, C07D 471/18, C07D 487/18 y C07D 493/18; cuyo(s) inventor(es) es(son) Heer, Jag Paul (GB); Filoche-Romme, Bruno (FR); de Haro García, Teresa (GB); Deligny, Michael (BE); Quincey, Joanna Rachel (GB); Xuan, Mengyang (GB); ZHU, Zhaoning (GB); Brookings, Daniel Christopher (GB); Calmiano, Mark Daniel (GB); Evrard, Yves (BE); Hutchings, Martin Clive (GB); Johnson, James Andrew (GB); Jadot, Sophie (BE); Keyaerts, Jean (BE); Mac Coss, Malcolm (US); Selby, Matthew Duncan (GB); Shaw, Michael Alan (GB); Swinnen, Dominique Louis Léon (BE); Schio, Laurent; (FR) y Foricher, Yann (FR). Prioridad: N° 14290299.8 del 03/10/2014 (EP), N° 1516264.3 del 07/04/2015 (EP) y N° 15171036.5 del 08/06/2015 (EP). Publicación Internacional: WO/2016/050975 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000167, y fue presentada a las 14:13:23 del 25 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de julio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156481 ).

La señor(a)(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada NUEVOS COMPUESTOS DE 5-AMINO-6H-TIAZOLO[4,5-D]PIRIMIDIN-2,7-DIONA 3-SUSTITUIDOS PARA EL TRATAMIENTO Y PROFILAXIS DE INFECCIONES VIRALES. La presente invención se refiere a compuestos de fórmula (I), en la que R1, R2 y R3 son como se describen en el presente documento, y a sus profármacos o una sal, enantiómero o diastereómero farmacéuticamente aceptable de los mismos, y a composiciones que incluye los compuestos y a métodos para usar los compuestos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/519, A61P 31/12, C07D 513/04 y C07H 19/24; cuyos inventores son Wang, Lisha (CN); Zheng, Xiufang (CN); Feng, Song (CN); Chen, Dongdong (CN); Gao, Lu; (CN); Li, Chao (CN); Wang, Baoxia (CN) y YUN, Hongying; (CN). Prioridad: N° PCT/CN2014/093224 del 08/12/2014 (CN) y N° PCT/CN2015/086987 del 14/08/2015 (CN). Publicación Internacional: WO2016/091698. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000237, y fue presentada a las 14:53:29 del 6 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 03 de julio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156482 ).

La señor(a)(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada especial de Jannsen Biotech, INC., solicita la Patente PCT denominada ANTICUERPOS ANTI-CD38 PARA EL TRATAMIENTO DE LA LEUCEMIA MIELOIDE AGUDA. La presente invención se refiere a métodos para el tratamiento de la leucemia mieloide aguda con anticuerpos anti-CD38. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 39/395, A61P 35/02 y C07K 16/28; cuyos inventores son Doshi, Parul (US); Danet-Desnoyers, Gwenn (US); Dos Santos, Cedric (US); Sasser, Amy (US) y Shan, Xiaochuan (US). Prioridad: N° 62/087,422 del 04/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO 2016/089960 A1. La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000233, y fue presentada a las 14:00:56 del 1 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 7 de julio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156483 ).

La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad N° 107850618, en calidad de apoderado especial de Dow Agrosciences, LLC, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS DE PICOLINAMIDA CON ACTIVIDAD FUNGICIDA. La presente descripción se refiere a picolinamidas de la Fórmula I y sus usos como fungicidas. Los fungicidas son compuestos de origen natural o sintético, que actúan para proteger y/o curar las plantas contra daño causado por hongos relevantes en agricultura. Generalmente, ningún fungicida solo es útil en todas las situaciones. Por consiguiente, las investigaciones actuales están dirigidas a producir fungicidas que puedan tener un mejor rendimiento, sean más fáciles de usar y cuesten menos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07C 229/08; cuyos inventores son: Bravo-Altamirano, Karla (US); Wilmot, Jeremy (US); Yao, Chenglin (US); Meyer, Kevin (US); Lu, Yu (CN); Loy, Brian (US); Buchan, Zachary (US); Jones, David (US); Rigoli, Jared (US); Dekorver, Kyle (US); Daeuble, John (US); Herricik, Jessica (US) y Wang, Xuelin (CN). Prioridad: N° 62/098,120 del 30/12/2014 (US) y N° 62/098,122 del 30/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO 2016/122802 A1. La solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000308, y fue presentada a las 09:43:33 del 5 de julio del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 11 de julio del 2017. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—1 vez.—( IN2017156484 ).

La señor(a)(ita) María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Dow Agrosciences, LLC, solicita la Patente PCT denominada USO DE COMPUESTOS DE PICOLINAMIDA COMO FUNGICIDAS. Esta descripción se refiere a picolinamidas de la fórmula I y a su uso como fungicidas. Los fungicidas son compuestos, de origen natural o sintético, que actúan para proteger y/o curar las plantas contra daño causado por hongos agrícolamente relevantes. En términos generales, ningún fungicida individual es útil en todas las situaciones. Por consiguiente, la investigación sigue en curso para producir fungicidas que puedan tener mejor desempeño, sean más fáciles de utilizar, y que cuesten menos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: AO1P 3/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Bravo-Altamirano, Karla (US); Wilmot, Jeremy (US); Yao, Chenglin (US); Meyer, Kevin (US); Lu, Yu (CN); Loy, Brian (US); Buchan, Zachary (US); Jones, David (US); Rigoli, Jared (US); Dekorver, Kyle (US); Daeuble, John (US); Wang, Xuelin (CN) y Herrick, Jessica (US). Prioridad: N° 62/098,120 del 30/12/2014 (US) y N° 62/098,122 del 30/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO 2016/109257 A1. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000307, y fue presentada a las 9:42:28 del 5 de julio del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de julio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156485 ).

La señora María Vargas Uribe, cédula de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Ariad Pharmaceuticals Inc, solicita la Patente PCT denominada FORMAS CRISTALINAS DE 5-CLORO-N4-[-2-(DIMETILFOSFORIL)FENIL]-N2-{2-METOXI-4-[4-(4-METILPIPERAZIN-1- YL)PIPERIDIN-1-IL] PIRIMIDINA-2,4-DIAMINA. En la presente se describen nuevas formas cristalinas de brigatinib, composiciones farmacéuticas que las comprenden y métodos para su preparación y uso. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/506, A61P 35/00 y C07D 239/48; cuyos inventores son Rozamus, Leonard, W (US) y Sharma, Pradeep (US). Prioridad: N° 62/066,849 del 21/10/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/065028. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000146, y fue presentada a las 14:10:11 del 18 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 3 de julio de 2017.—Viviana Segura De La O, Registradora.—( IN2017156486 ).

La señora Fabiola Saénz Quesada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderada general de Turzi, Antoine, solicita la Patente PCT denominada NUEVAS NORMALIZACIONES Y DISPOSITIVOS MÉDICOS PARA LA PREPARACIÓN DE PLASMA RICO EN PLAQUETAS (PRP) O CONCENTRADO DE MÉDULA ÓSEA (BMC) SOLOS O COMBINADOS CON ÁCIDO HIALURÓNICO. La presente invención se relaciona con el campo de regeneración tisular. Más particularmente, se refiere a nuevas normalizaciones y dispositivos médicos para la preparación de A-PRP, PRP, BMC, y tejido adiposo, solos o combinados con un biomaterial o extracto celular. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61M 1/02; cuyo inventor es Turzi Antoine (CH). Prioridad: N° GB 1421013.2 del 26/11/2014 (GB). Publicación Internacional: WO/2016/083549 A2. La solicitud correspondiente lleva  el número  2017- 0000288 y fue presentada a las 14:49:40 del 26 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 26 de julio de 2017.—Viviana Segura De La O. Registradora.—( IN2017156573 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El señor Julián Antonio Batalla Gallegos, en calidad de apoderado generalísimo de 3-102-735850 Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada PROCEDIMIENTO ORGÁNICO PARA LA POTENCIALIZACIÓN DEL AVGAS CONVENCIONAL Y EL BIOAVGAS CON REDUCCIÓN DE EMISIONES. La suma de conocimiento acumulados para producir un potencializador para AVgas y Bio AVgas a ser usado en aviación, sobre todo en motores de combustión interna dando un resultado excelente en cuanto a potencia, eficiencia, desplazamiento, cero corrosión, PH neutro, congelación y almacenamiento de un producto totalmente orgánico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C10L 1/00 y C10L 10/00; cuyos inventores son Calvo, Granados, Manuel (CR) y Robert Echeverría, Mario (CR). Prioridad: . Publicación Internacional: . La solicitud correspondiente lleva el Nº 2017-0000211, y fue presentada a las 14:35:28 del 24 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de julio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156691 ).

El señor Julián Antonio Batalla Gallegos, en calidad de apoderado generalísimo de 3-102-735843 sociedad de responsabilidad limitada, solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada PROCEDIMIENTO ORGÁNICO PARA POTENCIALIZAR EL DIESEL CONVENCIONAL Y EL BIODIESEL CON REDUCCIÓN DE EMISIONES. La invención es algo totalmente nuevo en la técnica que implica el uso de un potencializador y reductor de emisiones basado exclusivamente en fuentes orgánicas reconocidas siendo nuestro producto 99% orgánico y cero contaminante y produciendo efectos de cero contaminación, potencialización, cero corrosión, cero acidez en combustibles oleosos tanto fósiles como bio, implicando un mejoramiento en el uso y fabricación de estos, y aplicando principios físicos y químicos dando como resultado el potencializador y reductor de emisiones para diesel y biodiesel. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C1OL 1/00, C1OL 10/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Calvo, Granados, Manuel (CR) y Robert Echeverría, Mario (CR). Prioridad:. Publicación Internacional:. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000212, y fue presentada a las 14:36:28 del 24 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de julio del 2017.—Randal Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156692 ).

El(la) señor(a)(ita) Julián Antonio Batalla Gallegos, en calidad de Apoderado Generalísimo de 3-102-735873 Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada PROCESO ORGÁNICO PARA LA PREVENCIÓN DE CORROSIÓN Y TEMPERATURAS EXTREMAS EN MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA Y PROCESOS INDUSTRIALES ENFRIADOS POR LÍQUIDOS. Este invento proporciona suplir una necesidad muy apremiante en nuestro entorno el cual es la utilización de fuentes orgánicas que producen efectos de prevención de corrosión, hidrolubricación, absorción de temperaturas altas y mantenimiento de las propiedades líquidas en temperaturas bajo cero, teniendo propiedades exotérmicas y endotérmicas, pero con la ventaja de provenir de fuentes orgánicas que no contaminan el medio ambiente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C10L 1/00 y C10L 10/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Calvo, Granados, Manuel (CR) y Robert Echeverría, Mario (CR). Prioridad: . Publicación Internacional: La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000213, y fue presentada a las 14:37:04 del 24 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de julio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156693 ).

El señor Julián Antonio Batalla Gallegos, en calidad de apoderado generalísimo de 3-102-735874 sociedad de responsabilidad limitada, solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada PROCEDIMIENTO ORGÁNICO PARA LA POTENCIALIZACIÓN DEL JET FUEL CONVENCIONAL Y BIO JET FUEL CON REDUCCIÓN DE EMISIONES. Es la suma de conocimiento acumulado para producir un potencializador orgánico para Jetfuel y Biojetfuel a ser usado por los aviones a reacción, dando un resultado excelente en cuanto a potencia, eficacia, desplazamiento, cero corrosión, PH neutro, congelación y almacenamiento de un producto totalmente orgánico que es cero contaminante por ser hiperoxidado y dar combustiones limpias sin radicales contaminantes en sus cadenas de carbonos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C10L 1/00 y C10L 10/00; cuyos inventores son Calvo, Granados, Manuel (CR) y Robert Echeverria, Mario (CR). Prioridad:. Publicación Internacional:. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000214, y fue presentada a las 14:37:38 del 24 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de julio del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156694 ).

El señor Julián Antonio Batalla Gallegos, en calidad de apoderado generalísimo de 3-102-733702 sociedad de responsabilidad limitada solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada PROCESO DE MEZCLA ORGÁNICA PARA LA POTENCIALIZACIÓN DE GASOLINA FÓSIL Y BIOETHANOL CON REDUCCIÓN DE EMISIONES. Gama de conocimientos acumulados para producir un potencializador para gasolina fósil convencional y bioethanol carburante, con aumento en la potencia y torque, rendimiento, eficiencia de combustión, desplazamiento, cero corrosión, ph neutro, almacenamiento y transporte de un producto totalmente orgánico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C10L 1/00 y C10L 10/00; cuyos inventores son Calvo, Granados, Manuel (CR) y Robert Echeverría, Mario (CR). Prioridad:. Publicación Internacional: La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000215, y fue presentada a las 14:38:13 del 24 de mayo del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 10 de julio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156695 ).

El señor Harry Zürcher Blen, cédula de identidad 104151184, en calidad de apoderado especial de Graham Packaging Company, L.P, solicita la Patente PCT denominada CONTENEDOR CON TEXTURA RESISTENTE A ROZADURAS. Contenedor polimérico que incluye una base que define una superficie de soporte y una pared lateral que se extiende hacia arriba desde la base. La pared lateral tiene al menos una primera porción de contacto que se extiende alrededor de un perímetro de la pared lateral. La pared lateral incluye un patrón de superficie elevada en un área seleccionada en las cercanías de la primera porción de contacto El patrón de superficie elevada incluye una pluralidad de protrusiones que se extienden hacia afuera desde la pared lateral y que tienen una superficie exterior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B65D 1/02, B65D 1/44 y B65D 23/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Evans, Alicia (US); Patel, Tapan, Y (IN); Mourad, Hassan (CA); Herrera Pérez, Jesús Gustavo (MX) y Díaz, José Manuel (US). Prioridad:. Publicación Internacional: WO2016/089404. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000153, y fue presentada a las 13:59:47 del 19 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 27 de junio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156706 ).

Inscripción N° 3394.—Ref: 30/2017/3400.—Por resolución de las 15:44 horas del 14 de junio de 2017, fue inscrita la Patente denominada INSTALACIÓN DISEÑADA PARA CONVERTIR ENERGÍA TÉRMICA AMBIENTAL EN ENERGÍA ÚTIL a favor de la compañía Cohen, Yoav, cuyos inventores son: Cohen, Yoav (CH). Se le ha otorgado el número de inscripción 3394 y estará vigente hasta el 18 de febrero de 2030. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: F01K 27/00 2016.01. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—14 de junio del 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2017156707 ).

La señora Fabiola Sáenz Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial de Bayer AS, solicita la Patente PCT denominada COMPLEJOS RADIOFARMACÉUTICOS. La invención provee un método para la formación de un complejo de torio dirigido a tejido, en donde dicho método comprende; a) formar un quelante octadentado que comprende cuatro porciones hidroxipiridinona (HOPO) sustituidas en la posición N con un grupo C1-C3alquilo, y una porción de acoplamiento que termina en un grupo ácido carboxílico; b) acoplar dicho quelante octadentado a por lo menos un péptido o proteína de direccionamiento a tejido que comprende por lo menos una porción amina por medio de por lo menos un reactivo de acoplamiento de amida para generar así un quelante de direccionamiento a tejido; y c) poner en contacto dicho quelante de direccionamiento a tejido con una solución acuosa que comprende un ion de por lo menos un isótopo de torio emisor alfa. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 51/10 y A61P 35/00; cuyo inventor es: Cuthbertson, Alan (GB). Prioridad: N° GB 1422512.2 del 17/12/2014 (GB). Publicación Internacional: WO 2016/096843 A1. La solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000256, y fue presentada a las 09:26:21 del 16 de junio del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José, 18 de julio del 2017. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—( IN2017156718 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JUAN JOSÉ MORALES RIVERA, con cédula de identidad número 1-0655-0873, carné número 22247. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente Nº 17-000922-0624-NO.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Anaida Cambronero Anchía, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017158134 ).

INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: MARÍA JESÚS GUTIÉRREZ GUADAMUZ, con cédula de identidad número 5-0279-0864, carné número 22439. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación.—San José, 31 de julio de 2017. Expediente N° 17-001068-0624-NO.—Unidad Legal Notarial.—Licda. Kíndily Vílchez Arias, Abogada.—1 vez.—( IN2017158151 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-UHSAN-0011-2017.—Exp. N° 4334A.—Municipalidad de San Carlos, solicita concesión de: 5 litros por segundo del Nacimiento Salazar, efectuando la captación en finca de Rodolfo Zúñiga Gamboa en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso consumo humano. Coordenadas 256.490 / 492.910 Hoja Quesada. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de abril de 2017.—Unidad Hidrológica San Juan.—Nancy Quesada Artavia.—( IN2017155895 ).

ED-UHTPCOSJ-0032-2017.—Exp. N° 17607A.—Proyectos La Corteza Sociedad Anónima, solicita concesión de: 1 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tres Equis, Turrialba, Cartago, para uso doméstico, granja, abrevadero acuicultura, turismo, riego: Coordenadas 214.273 / 584.228 Hoja Tucurrique, 7 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tres Equis, Turrialba, Cartago, para uso doméstico, granja, abrevadero acuicultura, turismo, riego . Coordenadas 213.669 / 583.691 Hoja Tucurrique, 1 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tres Equis, Turrialba, Cartago, para uso doméstico, granja, abrevadero acuicultura, turismo, riego. Coordenadas 214.031 / 583.598 Hoja Tucurrique; quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 06 de junio de 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central, Dirección de Agua.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017157140 ).

ED-UHTPCOSJ-0030-2017. Exp. Nº 17599A.—M Y M Sociedad Anónima, solicita concesión de: 3 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Colorado (Pococí), Pococí, Limón, para uso doméstico, granja, abrevadero, turístico. Coordenadas: 296.412/574.936, hoja Tortuguero. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San Jose, 05 de junio del 2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017157141 ).

ED-UHSAN-0018-2017.—Exp. N° 17591A.—Xinia María, Murillo Núñez, solicita concesión de: 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de William Gerardo Rodríguez Méndez en Zapote (Alfaro Ruiz), Zarcero, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y riego. Coordenadas 246.844 / 492.505 Hoja Quesada. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de mayo de 2017.—Unidad Hidrológica San Juan, Dirección de Agua.—José Joaquín Chacón Solano.—( IN2017157142 ).

ED-UHSAN-0017-2017.—Exp. N° 17588A.—Bernal Rodríguez Benavides, solicita concesión de: 2 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de María Isabel Esquivel Solís en Quesada, San Carlos, Alajuela, para uso agropecuario, consumo humano y riego. Coordenadas 259.113 / 490.430 Hoja Aguas Zarcas. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 16 de mayo de 2017.—Unidad Hidrológica San Juan, Dirección de Agua.—José Joaquín Chacón Solano.—( IN2017157143 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHTPNOB-0029-2017.—Exp. N° 17522A.—Sociedad de Usuarios de Agua El Escobio del Asentamiento El Escobio, Wíbert Jiménez Solano, solicita concesión de: 29 litros por segundo del Rio Negro, efectuando la captación en finca de socios en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso riego y abrevadero. Coordenadas 301.725/387.217 hoja Curubandé. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 15 de marzo de 2017.—Leonardo Mauricio Solano Romero, Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—( IN2017157983 ).

ED-UHTPSOZ-0029-2017. Expediente Nº 9764A.—Oso Gigante de La Laguna S. A., solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 143.849 / 550.550 hoja Dominical. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 03 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco Vargas Salazar.—( IN2017158085 ).

ED-0025-2017.—Exp. N° 17037P.—Corporación Bananera Nacional S. A., solicita concesión de: 7.6 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo SX-63 en finca de su propiedad en Sixaola, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial empacadora de banano. Coordenadas 168.433/683.183 hoja Sixaola. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 20 de enero de 2017.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador Departamento de Información.—( IN2017158257 ).

PODER JUDICIAL

RESEÑAS

SALA CONSTITUCIONAL

ASUNTO:  Acción de Inconstitucionalidad

A LOS TRIBUNALES Y AUTORIDADES DE LA REPÚBLICA

HACE SABER:

Que en la Acción de Inconstitucionalidad que se tramita con el número 16-000795-0007-CO, promovida por, Emer Arturo Alfaro García, contra el artículo 22 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social, se ha dictado el VOTO número 2016009899 de las once horas y treinta minutos de trece de julio del dos mil dieciséis, que literalmente dice:

Por tanto: «Por unanimidad se declara con lugar la acción y, en consecuencia, se anula por inconstitucional la norma impugnada, artículo 22 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense de Seguro Social. Esta sentencia no afecta el citado artículo en su redacción actual de conformidad con lo acordado por la Junta Directiva en la Sesión No. 8823, artículo 11, del primero de febrero de 2016. Esta sentencia tiene efectos declarativos y retroactivos a la fecha de vigencia de la norma anulada, sin perjuicio de derechos adquiridos de buena fe. Comuníquese este pronunciamiento a los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como a la Caja Costarricense de Seguro Social. Reséñese este pronunciamiento en el Diario Oficial La Gaceta y publíquese íntegramente en el Boletín Judicial. Notifíquese.

Los magistrados Cruz Castro y Castillo Víquez ponen nota. Los magistrados Cruz Castro, Rueda Leal, Salazar Alvarado y Pacheco Salazar dan razones adicionales conjuntas. Los magistrados Salazar Alvarado y Pacheco Salazar agregan otras razones. Los magistrados Hernández Gutiérrez y Estrada Navas declaran con lugar la acción de inconstitucionalidad por razones diferentes y separadas».

San José, 26 de julio del 2017.

                                                                Gerardo Madriz Piedra

                                                                            Secretario

1 vez.—( IN2017156848 ).

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil - Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Exp. N° 9765-2015.—Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las diez horas cuatro minutos del dieciséis de junio del dos mil quince. Diligencias de ocurso presentadas por, María Bertilia Gómez Rodríguez, cédula de identidad número 2-312-333, vecina de Colorado, Pococí, Limón, tendente a la rectificación de su asiento de nacimiento en el sentido que la fecha de nacimiento es seis de enero de mil novecientos cincuenta y tres. Conforme lo señala el artículo 66 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones y del Registro Civil, publíquese este edicto por tres veces en el Diario Oficial La Gaceta. Se previene a las partes interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a partir de su primera publicación.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina. Jefe.—( IN2017156193 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

En resolución Nº 2044-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas veintitrés minutos del diecisiete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 17940-2015, incoado por Jaqueline del Socorro Flores Montiel, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Abdiel de Jesús Wilhelm Flores, que el nombre de la madre es: Jaqueline del Socorro.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017156769 ).

En resolución Nº 3597-2017 dictada por el Registro Civil a las diez horas cincuenta minutos del veintinueve de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 37138-2015, incoado por Gerald Dixian Solano Arley, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Gerald Dixian Solano Arley, que el primer nombre de la misma es: Geralyn.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017156817 ).

AVISOS

Registro Civil -Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Avisos de solicitud de naturalización

Roger Darío Sánchez Velásquez, colombiano, cédula de residencia 117000651820, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 3551-2017.—San José al ser las 1:30 del 28 de julio del 2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017156584 ).

Sabina del Rosario Amador Aguirre, nicaragüense, cédula de residencia N° 155814204923, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3328-2017.—San José, al ser las 9:54 del 24 de julio del 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017156592 ).

Eliseo Antonio Laínez Obando, nicaragüense, cédula de residencia N° DI155805527202, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que, los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 3417-2017.—Heredia, al ser las 12:43:46 del 31 de julio del 2017.—Oficina Regional de Heredia.—Yarenis Araya García, Asistente Administrativo.—1 vez.—( IN2017156617 ).

Isabel María Madrigal Fernández, cubana, cédula de residencia 119200289220, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3685-2017.—San José, al ser las 12:51 del 31 de julio de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017156620 ).

Lucelia Antonia Pérez Rodríguez, nicaragüense, cédula de residencia 155804629922, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3670-2017.—San José, al ser las 1:32 del 31 de julio de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017156635 ).

Salvador Vélez Avilés, estadounidense, cédula de residencia 184000842529, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3310-2017.—San José al ser las 10:05 del 31 de julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017156734 ).

Regina Margarita Núñez Luna, nicaragüense, cédula de residencia N° 155805925228, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. 4133-2016.—San José, a las 12:29 horas del 13 de junio de 2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017156752 ).

Ercila del Carmen Vega González, nicaragüense, cédula de residencia DI155809882133, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. NAT. 3683-2017.—Heredia al ser las 13:41:52 del 31 de julio de 2017.—Yarenis Araya García.—1 vez.—( IN2017156782 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

MODIFICACIONES A LOS PROGRAMAS

SEGURIDAD PÚBLICA

MODIFICACIÓN PLAN ANUAL DE ADQUISICIONES

2017

La Dirección de Proveeduría Institucional les informa a todos los interesados que a partir de esta fecha se ha publicado Modificación al Plan Anual de Adquisiciones del Ministerio de Seguridad Pública, correspondiente al siguiente programa presupuestario 09003 SEGURIDAD CIUDADANA, el cual se encuentra a su disposición en la dirección electrónica www.hacienda.go.cr, en el link de COMPRARED, así como en la dirección electrónica www.sicop.go.cr.

San José, 07 de agosto de 2017.—Dirección de Proveeduría Institucional.—Lic. Mario Umaña Mora, Director.—1 vez.—O. C. N° 3400031299.—Solicitud N° 91533.—( IN2017158205 ).

LICITACIONES

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

Llamado a Licitación

República de Costa Rica

Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior

Construcción de la ampliación

del Centro Universitario de Limón

EDU-UNED-159-PS-O-2017LPNS-000007

Préstamo Nº8194-CR

1) Este llamado a licitación se emite como resultado del Aviso General de Adquisiciones para este Proyecto publicado en la edición Nº DB Reference N° WB1717-03/14, de 26 de marzo del 2014.

2) El Gobierno de Costa Rica ha recibido un préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento/de la Asociación Internacional de Fomento, para financiar el costo del Proyecto de Mejoramiento de la Educación Superior, y se propone utilizar parte de los fondos de este préstamo para efectuar los pagos bajo el Contrato: “CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LIMÓN”, N° EDU-UNED-159-PS-O-2017LPNS-000007.

3) La Universidad Estatal a Distancia invita a los licitantes elegibles a presentar ofertas selladas para “CONSTRUCCIÓN DE LA AMPLIACIÓN DEL CENTRO UNIVERSITARIO DE LIMÓN”. Para esta licitación se dispone de un contenido presupuestario de $125.000,00.

4) La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional Simplificada (LPNS) establecidos en la publicación del Banco Mundial titulada Normas: Adquisiciones con Préstamos del BIRF y Créditos de la AIF, y está abierta a todos los licitantes de países elegibles, según se definen en dichas normas.

5) Los licitantes elegibles que estén interesados podrán obtener los documentos de la licitación completos, cartel, planos constructivos y anexos, solicitándolos a la dirección electrónica: gsibaja@uned.ac.cr, atención: Mag. Giovanni Sibaja Fernández. Los planos constructivos y anexos serán compartidos por medio de Dropbox.

6) Los requisitos de calificaciones incluyen: Cumplimiento de Especificaciones Técnicas, Experiencia del licitante, Personal, Facturación, Situación Financiera, entre otros requisitos de admisibilidad. No se otorgará un Margen de Preferencia a contratistas nacionales elegibles. Mayores detalles se proporcionan en los Documentos de Licitación.

7) Las ofertas deberán hacerse llegar a la dirección indicada abajo a más tardar a las 10:00 horas del día 29 de agosto del 2017. Ofertas electrónicas no serán permitidas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Declaración de Mantenimiento de la Oferta. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

8) La apertura de ofertas se efectuará en presencia de los representantes de los licitantes que deseen asistir, a la dirección indicada abajo, a las 10:00 horas del día 29 de agosto del 2017.

Nombre de la Oficina: Oficina de Contratación y Suministros.

Nombre del Funcionario: Giovanni Sibaja Fernández. Teléfono: 2527-2610.

Dirección: San José, Costa Rica, Universidad Estatal a Distancia, Sede Central de la UNED, Mercedes de Montes de Oca, de la Rotonda de la Bandera 800 metros este, carretera hacia Sabanilla. En la Oficina de Contratación y Suministros, Edificio A, tercer nivel. Horario de Oficina: 8:00 a.m. a 4:30 p.m.

Atención:

Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í. Oficina de Contratación y Suministros.

Teléfono: (506)2224-6739 / (506)2253-2907 / Fax: (506)2224-9759

Oficina de Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada Boniche, Jefa a. í.—1 vez.—( IN2017158035 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE INFRAESTRUCTURA Y TECNOLOGÍAS

DIRECCIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN

Y COMUNICACIONES

 SUBÁREA GESTIÓN DE COMPRAS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000007-1150

Equipo de cómputo e impresión para el proyecto

expediente digital único en salud

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación mencionada anteriormente, con apertura de ofertas para el 17 de agosto de 2017, a las 9:00 a. m. Valor aproximado del cartel ¢825,00. Ver mayores detalles en http://www.ccss.sa.cr.

Subárea Gestión de Compras.—Lic. Caleb Leiva Zeledón.— 1 vez.—( IN2017158175 ).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000036-5101 (Invitación)

Goserelina 3.6 mg (como acetato de goserelina), implante

de liberación prolongada jeringa prellenada.

Código: 1-10-38-4365

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Abreviada 2017LA-000036-5101, para la compra de ítem único goserelina 3.6 mg (como acetato de goserelina), implante de liberación prolongada jeringa. Código: 1-10-38-4365.

Apertura de ofertas: el 8 de setiembre del 2017, a las 10:00 horas; en la dirección electrónica institucional: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LA, en formato PDF, o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales. Teléfono 2539-1364.

San José, 8 de agosto del 2017.—Línea de Producción de Medicamentos.—Licda. Shirley Solano Mora. Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 19455.—( IN2017158311 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

DIRECCIÓN PROVEEDURÍA

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000036-PRI

Servicio de limpieza de agencias comerciales, planteles Tejar

del Guarco, tanques del sur e hidrantes y planta alta Tres Ríos

El Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138, comunica que se recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 07 de setiembre del 2017, para la licitación arriba indicada.

Reunión y visita:

El día 16 de agosto del 2017 a las 8:00 am, se llevará a cabo una reunión con los posibles oferentes para aclarar dudas y terminada la misma, se realizará un recorrido por los lugares de ejecución, partiendo del Edificio Autofores.

Los documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección electrónica www.aya.go.cr o bien retirarse en la Dirección de Proveeduría del AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del

Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas, el mismo tendrá un costo de ¢500,00.

Iris Patricia Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 91503.—( IN2017158050 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

El Instituto de Desarrollo Rural comunica la apertura del siguiente proceso:

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000043-01

Adquisición de equipo de cómputo para el INDER

Fecha y hora de recepción de ofertas: 31 de agosto del 2017, a las 11:00 horas, (11:00 a. m.), en la Proveeduría Institucional, oficinas centrales del INDER.

El cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste, 100 metros al sur y 250 metros al oeste, Área de Contratación y Suministros, planta alta del Edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr, menú de CONTRATACIONES, CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS, UNIDAD DE COMPRA 01, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección cearciae@inder.go.cr sin embargo la legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.

San Vicente de Moravia, San José.—Proveeduría Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017157985 ).

El Instituto de Desarrollo Rural comunica la apertura del siguiente proceso:

Nº 2017-CT-000006-FT

Adquisición de fincas para “Proyecto parcelas integrales

con base en Pimienta (Piper Nigrum), Grupo

Sarapicoop, La Virgen de Sarapiquí”

Lugar, fecha y hora de recepción de ofertas:

Oficina de Desarrollo Territorial del Inder en Puerto Viejo, Sarapiquí-Heredia, ubicadas 150 metros oeste y 100 metros sur de COOPELESCA (detrás de las bodegas del Colono). Viernes 25 de agosto de 2017, a las 10:00 horas.

El pliego de condiciones de esta adquisición estará a disposición de los interesados, sin costo alguno, a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, en la Dirección del Fondo de Tierras, ubicadas en San Vicente de Moravia, 100 metros oeste, 100 metros sur y 250 metros oeste de la entrada principal del Centro Comercial Plaza Lincoln, en horario de 08:00 a.m. a 16:00 p.m. de lunes a viernes. Asimismo puede descargarse de la página web del Inder www.inder.go.cr CONTRATACIONES, Compra de Fincas o solicitarlo por correo electrónico a: jjurado@inder.go.cr o mhidalgo@inder.go.cr. Para consultas favor dirigirse a los teléfonos 2247-7453 ó 27666113 y 27666757.

Juan Carlos Jurado Solórzano, Director Fondo de Tierras.— 1 vez.—( IN2017158133 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

UNIDAD REGIONAL HUETAR NORTE

CONTRATACIÓN DIRECTA DE ESCASA CUANTÍA

2017CD-000086-06 (Invitación)

Compra de folletos para uso de comercio y servicios

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Norte del Instituto Nacional de Aprendizaje, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 17 de agosto del 2017.

Los interesados podrán retirar el “Pliego de Condiciones”, el cual es gratuito, en el Proceso de Adquisiciones, sito en La Marina de La Palmera de San Carlos, 150 Metros al Norte de RTV; o bien, ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 91449.— ( IN2017157937 ).

COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000082-07 (Invitación)

Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo del sistema

de circuito cerrado de televisión CCTV del Centro Nacional

Especializado Náutico Pesquero y el Centro de

Formación Profesional de Puntarenas

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 09:00 horas del 18 de agosto de 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita Barranca, Puntarenas, 200 metros al norte de entrada principal de INOLASA, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 91593.— ( IN2017158204 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA

LICITACION ABREVIADA N° 20171A-000004-MA

Compra, acarreo y colocación para el proyecto mejoramiento

de la red vial cantonal para una intervención de

2935 toneladas de asfalto en bacheo y

recarpeteo en varios sectores del

cantón de Alajuelita

El cartel se podrá cancelar (cinco mil colones) y retirar, en la municipalidad, costado norte del parque central de Alajuelita a partir del día hábil siguiente a la publicación de esta invitación y las ofertas se recibirán 8 días hábiles contados a partir del día siguiente a la de publicación de esta invitación a las catorce horas en el salón de sesiones de la misma. La visita de pre oferta se determinará en el pliego de condiciones del cartel.

Alajuelita, 08 de agosto de 2017.—Contratación Administrativa.—Licda. Karen Redondo Bermúdez, Encargada, Notario.—1 vez.—( IN2017158326 ).

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

PROCESO DE PROVEEDURÍA

(Invitación)

Se invita a los potenciales oferentes a participar en el siguiente Proceso de Contratación Administrativa:

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000020-01

Servicios de alquiler de equipo de impresión y copias

modalidad de entrega según demanda

Se recibirán ofertas hasta las nueve horas del viernes 01 de setiembre de 2017.

El pliego de condiciones podrá obtenerse en forma digital a través de sitio web www.escazu.go.cr o en la oficina de Proveeduría, para lo cual las personas interesadas deberán traer un dispositivo de almacenamiento USB libre de virus. Se advierte que, si el dispositivo USB se encuentra infectado, no se transferirá el archivo solicitado. El horario para gestionar la solicitud de información es de lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:00 p.m.

Para mayor información comunicarse con la Proveeduría Municipal al teléfono 2208-7573.

Licda. Laura Cordero Méndez, Proveedora Municipal.— 1 vez.—O. C. Nº 34863.—Solicitud Nº 91537.—( IN2017158150 ).

MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000004-PROV

Adquisición de un sistema contable

presupuestario devengado NICSP

La Municipalidad de El Guarco, ubicada a un costado del parque de la ciudad de El Tejar de este cantón, invita a todos los interesados a participar en este proceso licitatorio a presentar su oferta. La apertura de las mismas será el 25 de agosto de 2017 a las 10:00 horas en esta Municipalidad. El cartel respectivo se puede adquirir gratuitamente únicamente al correo electrónico josegm@muniguarco.go.cr.

Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.— 1 vez.—( IN2017158194 ).

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000005-PROV

Servicios de alquiler de un sistema de ingresos municipales

La Municipalidad de El Guarco, ubicada a un costado del Parque de la Ciudad de El Tejar de este cantón, invita a todos los interesados a participar en este proceso licitatorio a presentar su oferta. La apertura de las mismas será el 25 de agosto de 2017 a las 11:00 horas en esta Municipalidad. El cartel respectivo se puede adquirir gratuitamente únicamente al correo electrónico josegm@muniguarco.go.cr

Lic. José Ml. González Molina, Proveedor Municipal.— 1 vez.—( IN2017158195 ).

ADJUDICACIONES

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000004-02.

Compra de equipo para la industria del plástico

La Comisión Local Regional de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Oriental del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 013-2017, celebrada el 04 de Agosto del 2017, artículo II tomó el siguiente acuerdo:

Adjudicar la Licitación Abreviada 2017LA-000004-02, “Compra de Equipo para la Industria del Plástico”, basados en el dictamen técnico NMM-PGA-156-2017, realizado por la dependencia responsable de analizar las ofertas, el dictamen legal URCO-AL-98-2017; así como los elementos de adjudicación consignados en el punto 14 del cartel, de la siguiente manera:

Al Oferente N° 1: Conceptos e Instrumentos Costa Rica S.A., la línea N° 1, por un monto de $172.450,00; por cumplir técnica y legalmente con respecto al cartel y especificaciones técnicas para la línea indicada; además su precio se considera razonable. Tiempo de entrega 60 días hábiles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 91450.— ( IN2017157942 ).

COMPRA DIRECTA 2017CD-000231-01

Servicio de confección de cheques (colones y dólares)

para la Unidad de Recursos Financieros

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en acta 228-2017, celebrada el 04 de agosto del 2017, artículo único recomienda adjudicar la contratación con base en el dictamen técnico, legal y elementos de adjudicación de la siguiente forma:

a.  Adjudicar la Compra Directa 2017CD-000231-01 para el servicio de confección de cheques (colones y dólares) para la Unidad de Recursos Financieros, según el dictamen URF-905-2017 el informe de recomendación UCI-PA-2328-2017, realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el cartel, de la siguiente manera:

    Adjudicar las líneas 1 y 2 a la única oferta presentada por Formularios Estandard Costa Rica S. A., por un precio razonable según dictamen técnico de ¢520.000,00 con un plazo de entrega según cronograma establecido en las especificaciones técnicas.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 91597.— ( IN2017158197 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000011-01

Compra de equipo para peluquería

El Proceso de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en acta 227-2017, celebrada el 04 de agosto del 2017, artículo único recomienda adjudicar la contratación con base en el dictamen técnico, legal y elementos de adjudicación de la siguiente forma:

a.  Adjudicar la Licitación Abreviada 2017LA-000011-01, para la compra de equipo para peluquería, según el dictamen técnico NSCA-PGA-121-2017 e informe de recomendación UCI-PA-2235-2017, realizados por las dependencias responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el cartel, de la siguiente manera:

    Adjudicar las líneas 3, 4, 7, 8 y 10, a la oferta 1 presentada por Inversiones Zuca S. A., por un precio razonable según dictamen técnico de $25.376,20 con un plazo de entrega de 45 días hábiles.

    Adjudicar las líneas 1, 2 y 9, a la oferta 3 presentada por Instituto Internacional de Formación Estética S. A., por un precio razonable según dictamen técnico de ¢4.429.373,14 con un plazo de entrega de 45 días hábiles.

    Declarar infructuosas las líneas 5 y 6 por incumplimientos técnicos.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 91596.— ( IN2017158200 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000053-05

Contratación de servicios de lavado de mantelería

El Encargado del Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Caribe del Instituto Nacional de Aprendizaje mediante acta 47-2017, celebrada el 4 de agosto del 2017, artículo I, tomó el siguiente acuerdo:

a.  Adjudicar la línea N° 1 a la empresa de Odilia Williams Wilson, lo correspondiente al trámite de Contratación 2017CD-000053-05, para la contratación de servicio de lavado de mantelería por un monto de ¢ 675.000,00, en los siguientes términos ya que de acuerdo al Estudio Técnico URHC-CFPL-184-2017, realizadas por la dependencia responsable de analizar las oferta, se determinó que la empresa cumple con las especificaciones técnicas establecidas en el cartel de contratación y que el precio es razonable.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 91595.— ( IN2017158199 ).

AVISOS

OPERADORA DE PLANES DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS DEL BANCO POPULAR

Y DE DESARROLLO COMUNAL S.A.

REMATE N° 2017LN-000004-01

Remate de vehículo propiedad de Popular Pensiones S.A.

La Operadora de Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal S.A., comunica a los interesados que el Remate N° 2017LN-000004-01 “Remate de vehículo propiedad de Popular Pensiones, S.A.” resultó infructuoso por falta de ofertas.

Administración y Finanzas.—Licda. Cinthia Solano Fernández, Gerente.—Sección Administrativa.—Lic. Verny Rodríguez Martínez, Jefe.—1 vez.—( IN2017158263 ).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000001-01

Compra de tóner y tintas para impresoras, faxes y otros,

bajo la modalidad de entrega según demanda

Se comunica a los interesados que en sesión ordinaria N° 347-2017 del 03 de agosto del 2017, el Comité de Licitaciones resolvió adjudicar a la única oferta recibida Jiménez y Tanzi S.A., cédula jurídica N° 3-101-006463, con un costo estimado anual de ¢38.318.834,49.

Administración y Finanzas.—Licda. Cinthia Solano Fernández, Gerente.—1 vez.—( IN2017158270 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000086-OPMZ

Marco y rejilla en madera plástica para pozo

El Alcalde Municipal de Zarcero mediante oficio MZ-ADJ-082-2017, adjudica la Contratación Directa Nº 2017CD-000086-OPMZ “Marco y rejilla en madera plástica para pozo”. A la empresa: Megasoluciones Empresariales GM S. A., cédula jurídica Nº 3-101-394839 por la suma de ¢ 2.300.000,00 (dos millones trescientos mil colones netos).

Zarcero, 07 agosto 2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017158191 ).

REMATES

BANCO CREDITO AGRICOLA DE CARTAGO

PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL

Remate Público Nº 5/2017

Venta de propiedades del Banco Crédito Agrícola de Cartago

Se invita a los interesados a participar en el remate indicado, el cual se realizará el día 07 de setiembre del 2017, a las 11:00 horas, en la Oficina de la Proveeduría Institucional, ubicada 200 metros al sur de la Estación de Servicio Delta, en el edificio del Depósito Agrícola y Almacén Fiscal de Cartago, barrio La Lima de Cartago.

Se realizará una presentación sobre las propiedades que se rematarán, con la finalidad de abordar las consultas e inquietudes de los potenciales interesados, sobre el detalle de las construcciones en cuanto a distribución arquitectónica, cantidad de aposentos y obras extras. Este evento se llevará a cabo el día jueves 17 de agosto del 2017, a las 9:00 horas, en el Club Unión, salón Dionisio Facio, segundo piso, con instalaciones ubicadas frente al Correo Nacional, en San José, lugar donde se hará entrega digital del cartel, los avalúos, planos catastrados y la presentación efectuada. Los interesados deberán confirmar su asistencia, enviando un correo electrónico a las siguientes direcciones electrónicas: carmen.gonzalez@bancreditocr.com y ericka.granados@bancreditocr.com, indicando la cantidad de personas que participarán, o bien, realizando la confirmación a los siguientes números de teléfono 2550-5128 / 2550-02-02.

Los bienes a rematar serán los siguientes:

Línea uno: terreno con edificio ubicado en Turrialba

Terreno con edificio ubicado en Turrialba de Cartago, con un área de terreno de 1.672,75 m2, finca Nº 3-00069994-000, plano catastrado Nº C-0015690-1972 y área de construcción 1820,23 m2. Ubicación: frente al supermercado Turribásico, provincia Cartago, cantón Turrialba, distrito Turrialba. Precio base ¢1.362.000.000,00.

Línea dos: terreno con edificio ubicado en la provincia de Cartago

Terreno con un área de 3850,00 m2, número de finca Nº 3-253344-000 y plano catastrado Nº C-1852404-2015 y área de construcción de 5654,07 m2. Ubicación: 200 metros al oeste del Parque Central de Cartago, provincia Cartago, cantón Cartago, distrito Occidental. Precio base ¢5.178.000.000,00

Línea tres: local comercial Nº 46 ubicado en Centro Comercial Metrocentro

Local comercial Nº 46, ubicado en el Centro Comercial Metrocentro, con un área de 60m2, finca Nº 3-16334-F-000 y plano catastrado Nº 3-209993-1994. Ubicación: provincia Cartago, cantón Cartago, distrito Occidental. Precio base ¢84.600.000,00

Línea cuatro: local comercial Nº 47 ubicado en Centro Comercial Metrocentro

Local comercial Nº 47, ubicado en el Centro Comercial Metrocentro, con un área de 60m2, finca Nº 3-16335-F-000 y plano catastrado Nº 3-209969-1994. Ubicación: provincia Cartago, cantón Cartago, distrito Occidental. Precio base ¢84.600.000,00

Línea cinco: terreno con edificio ubicado en la provincia de San José

Terreno con un área de 1611,00 m2, número de finca Nº 1-203352-000, plano catastrado Nº SJ-1770695-2014, área de construcción 10441,00 m2. Ubicación: provincia San José, cantón San José, distrito Hospital. Precio base ¢5.834.000.000,00

Las propiedades podrán ser observadas en la fecha y horario que se indica para cada línea del cartel, previa coordinación con el Ing. Juan José Serrano Berrocal, Jefe de la Oficina de Servicios Generales, al teléfono 2550-0202, extensión 4149 o 4151, quien coordinará la autorización de ingreso a las instalaciones.

Proveeduría Institucional.—Licda. Carmen María González Brenes.—1 vez.—O. C. Nº PG-24.—Solicitud Nº 91544.— ( IN2017158196 ).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA

NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIÓN INICIAL

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

La Dirección Administrativa Financiera de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente resultó imposible localizar a la empresa Merkur Comercio y Salud S. A. cédula jurídica 3-101-356818, en la dirección registrada sea San José, Sabana Sur de Mac Donalds 50 metros al este y 110 metros al sur, casa N° 1414 por ignorarse su actual domicilio se procede por esta vía a comunicar que mediante resolución número 0004-2016 del 05 de mayo del 2016, se inicia el procedimiento administrativo de apercibimiento y cobro de daños y perjuicios, con base en el artículo 39 de la Constitución Política, 11, 93 y 99 inciso a de la Ley de Contratación Administrativa y el artículo 3081(a) y siguientes por la Licitación nacional 2008LN-000017-3003, por concepto de abarrotes varios, códigos 3-20-01-100, 3-50-010100, 3-16-010300, 3-20-02-0100, 3-36-03-0100, 3-08-01-0700, 3-32-030050, 3-08-010200, 3-28-01-0155, 3-08-01-0400, 3-16-01-0450, 3-36-01-0600, 3-36-01-0800, 3-12-03-0100, 3-36-01-200, 3-16-02-0100, 3-32-03-0050, 3-16-02-0400, 3-20-01-0705 Y 3-20-01-0910 por no cumplir con las obligaciones pactadas en el contrato n°857 la cual se encuentra visible a folios 000186 al 000203 del expediente de incumplimiento. Señalándose la comparecencia oral y privada para el día 14 de setiembre del 2017 a las 9 am en la oficina de la Jefatura del Área de Gestión y Bienes y Servicios, ubicada en el tercer piso del edificio de la administración del Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, situado en San José, Barrio Aranjuez del Instituto Meteorológico 75 metros al oeste edificio a mano derecha de muro color verde, portones negros, antes de la línea del tren, según resolución del día 26 de julio del 2017, oficio HDRCG-PA0-00025-07-2017, visible a folios 000217 y 000218.

Se comunica que contra la presente resolución caben los recursos de revocatoria y apelación dentro del plazo de los 3 días hábiles siguientes a partir de la última notificación ante la Dirección Administrativa Financiera según los artículos 344, 345 y 346 de la Ley General de la Administración Pública, Notifíquese.

Dirección Administrativa Financiera.—Lic. Marco Segura Quesada.—( IN2017157024 ).

FE DE ERRATAS

CONSEJO NACIONAL DE RECTORES

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000003-CNR

Contratación de servicios de aseo, limpieza y manejo

de residuos para el CONARE

El Consejo Nacional de Rectores avisa a los interesados que se realizaron modificaciones y aclaraciones al cartel de la licitación de referencia las cuales pueden ser accesadas en la dirección: http://www.conare.ac.cr en los siguientes enlaces: “Servicios”, “Documentos”, “Proveeduría”, “Contrataciones y Licitaciones” o bien solicitarlo al correo electrónico: proveeduria@conare.ac.cr.

Pavas, 04 de agosto del 2017.—MAP Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 16416.—Solicitud N° 91479.— ( IN2017158209 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL MÉXICO

ADMINISTRACIÓN -SUBÁREA

DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000033-2104

(Primera prórroga)

Adquisición de insumos varios para

el Laboratorio de Histología

Se comunica a los interesados en el concurso en mención que la fecha de apertura se prorroga hasta nuevo aviso; además que de existir modificaciones al cartel se les estará comunicando por este mismo medio. Demás condiciones continúan invariables.

San José, 4 de agosto de 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.— 1 vez.—O. C. N° 128.—Solicitud N° 91361.— ( IN2017157944 ).

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000011-5101 (Aviso N° 1)

Pruebas bioquímicas automatizadas en sangre, orina, líquido cefalorraquídeo y otros fluidos biológicos

El Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios de la Caja Costarricense de Seguro Social, informa a todos los interesados en participar en la Licitación Pública 2017LN-000011-5101, que se prorroga la apertura de ofertas para el día 25 de setiembre del 2017 a las 10:00 horas, lo anterior, dado que se está atendiendo la fase dispositiva de la Resolución R-DCA-0586-2017 de la Contraloría General de la República, por recursos de objeción contra el cartel.

Ver detalles en el expediente físico en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de oficinas centrales.

San José, 07 de agosto del 2017.—Subárea de Reactivos y Otros.—Licda. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 19403.—( IN2017158313 ).

SUBÁREA DE INSUMOS MEDICOS

2017LN-000007-5101 (Aviso N° 03 Prórroga)

Venda elastica de 15 cms +1-1 mm

Se les comunica a los interesados que se prorroga la apertura de ofertas para el 06 de setiembre del 2017 a las 09:00 horas, por estar pendiente la respuesta de la Comisión de la nueva ficha Técnica, generada por la Resolución R-DCA-0407-2017 de la Contraloría General de la República.

Los demás términos del cartel permanecen invariables.

Además el aviso N° 03 se encuentra disponible en la dirección electrónica institucional:

http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=PU.

La cual se encuentra formato PDF, o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de oficinas centrales para consultas.

San José, 07 de agosto del 2017.—Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Licda. Shirley Méndez Amador, Jefa a. í.— 1 vez.—O. C. N° 1142.—Solicitud N° 21630.—( IN2017158316 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS

Y ALCANTARILLADOS

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000012-PRI

Alquiler de camiones cisterna para la distribucción de agua

potable en 4 regiones de diferentes zonas del país

modalidad: entrega según demanda

El Instituto costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica a todos los interesados que en la publicación efectuada en La Gaceta N° 142 el día jueves 27 de julio del 2017, se consignaron únicamente las posiciones adjudicadas, no así las posiciones declaradas infructuosas, con fundamento en el artículo 157 de la Ley General de la Administración Pública, se adiciona lo siguiente: Se declaran infructuosas las posiciones 2 y 4 por no contar con ofertas elegibles.

Dirección de Proveeduría.—Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N° 91471.— ( IN2017157950 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

COMPRA DIRECTA 2017CD-000062-09

Servicio de interpretación o facilitación de la comunicación en lengua de señas costarricense (LESCO) para el Centro de Formación de Heredia

Por error en la publicación de La Gaceta N° 148 del 07 de agosto del 2017, se indicó la fecha de apertura el 16 de agosto, siendo lo correcto el 14 de agosto del 2017.

Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones,  sita en  el Proceso de Adquisiciones, Heredia, 50 metros norte y 50 este de la Clínica del CCSS o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Los demás términos y condiciones se mantienen  invariables.

Unidad de Compras.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 91498.—  ( IN2017158037 ).

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000009-10

(Prórroga y aclaraciones)

Compra de caldera pirotubular para generación de vapor

de 20 BHP, tipo horizontal

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, informa a los proveedores interesados en participar en la Licitación Abreviada 2017LA-000009-10 “Compra de caldera pirotubular para generación de vapor de 20 BHP, tipo horizontal que el plazo máximo para presentar ofertas de esta compra se prórroga para el próximo 28 de agosto del 2017, a las 10:00 horas y se hacen las siguientes aclaraciones al cartel:

Punto 3.7. Del cartel: Personal Técnico.

Se debe consignar en este apartado:

El oferente deberá contar con al menos dos (2) que cuente con el siguiente perfil:

    Ingeniero y/o técnico en mecánico, electromecánico electricista o electrónico.

    Certificado por fábrica en la marca del equipo ofertado.

    Con al menos tres años de experiencia laboral en funciones o servicios iguales o similares al solicitado en esta contratación, los cuales deberán demostrar mediante referencias de las empresas donde trabajó, indicando que labores ha realizado. La experiencia se tomará en cuenta a partir de la fecha de emisión del título académico obtenido.

    Los técnicos deben laborar tiempo completo para la empresa, para lo cual deberán demostrar aportando documentación que evidencie dicho aspecto.

Para efectos de comprobar el grado académico de su personal técnico, el oferente deberá aportar en su oferta las copias de los títulos académicos – técnicos, los cuales deberán ser autenticados por abogado, o traer los originales para su confrontación.

Es importante indicar que el personal técnico aportado por la empresa que resulte adjudicada, debe prestar el servicio plenamente identificado mediante un gafete, contar con uniforme que identifique a la empresa y utilizar el equipo de seguridad personal tales como, lentes, chaleco reflectivo y guantes en el caso de ser estrictamente necesario.

El Instituto Nacional de Aprendizaje se reserva el derecho de inspeccionar dichas condiciones, cuando lo considera oportuno o conveniente en el momento en que se dé la prestación del servicio.

Punto 4 del cartel: Especificaciones técnicas.

Además de lo contenido en el apartado de especificaciones técnicas adjuntas al cartel, los oferentes concursantes deben contemplar los siguientes considerandos.

Punto A. Dimensiones de la Caldera.

Con relación a las dimensiones es importante aclarar, que las mismas están fundamentadas en que el cuarto de caldera que existe para tal fin, además en dicho recinto se instalaran otros equipos como calentadores de agua y compresor de aire, por lo que se cuenta con una área limitada, si la caldera que ofrece el oferente puede instalarse en el cuarto actual y cumple con el Reglamento, será considerada su oferta en el análisis técnico, por lo tanto, se deberá de incluir en la oferta, la ficha técnica del equipo ofrecido con las dimensiones de la caldera propuesta.

Tubos aleteados.

El tipo de tubo flux o de fuego de la cámara de combustión, se solicita aleteado para lograr la mejor transferencia térmica, mejorar la turbulencia siendo esto un factor importante para lograr los más altos rendimientos de la caldera y por lo consiguiente economía en el consumo del combustible, en éste caso del Gas Propano, así como la rapidez en lograr la presión de operación de vapor.

Eficiencia de 85 y 87%.

Entre más eficiente sea una Caldera, mayor será la economía del combustible, por lo que cada oferente deberá indicar la eficiencia de la caldera ofrecida, la cual deberá venir en el rango anteriormente indicado (85 y 87%). Lo anterior en pro a las políticas que tiene la Institución en las compras verdes.

Tipo de regulador.

Los reguladores para vapor, deben de ser de acción directa y se deberán de instalar indicadores de presión con carátulas no menor a 100 mm. de diámetro, escala en Kg/cm2 y PSI tipo secos antes y después del mismo, con sifón, válvula de cierre tipo bola.

Modulación del quemador.

El tipo de modulación del quemador, debe de ser variable tipo electrónica modulante, no se admitirá quemadores de una etapa o de dos etapas para cambio de porcentaje de la combustión, deberá ser modulante con variador electrónico para mayor eficiencia y eficacia.

Punto B. Sistema de dosificación de químicos.

Se debe leer tal y como se indica en las especificaciones técnicas del cartel, apartado B “Equipo de dosificación de equipo”. Con respeto a la alarma, es una alarma audiovisual que se debe instalar donde están ubicados los equipos, que requieren vapor (auto clave, marmita y túnel de vapor).

Tipo de alarma para el tanque de químicos.

El tanque para el producto químico, debe ser en Acero Inoxidable para mayor durabilidad y por el tipo de instalación que lleva el Laboratorio de Industria Alimentaria, así mismo deberá de contar con una alarma tipo sonora y con luz para poder visualizar y escuchar la misma, indicando el bajo nivel del producto químico dentro del tanque.

El oferente deberá presentar junto con su oferta un escrito que indique el diámetro de la tubería principal de vapor y el retorno de condensados, así como del tipo de material que utilizará para tal efecto, el cual debe de ser de Hierro Negro Ced. 40.  Los oferentes participantes deberán contemplar que la instalación incluya todos los accesorios tales como; piernas de condensados, trampas de condensados, manómetros, entre otros, de tal forma que los equipos que requieren vapor funcionen al 100 %, así como ambas tuberías.

Además:

Con respecto al Diseño de tubería a vapor, retorno de condensados, el diámetro de la tubería, trampeo, cuanto condensado.

El oferente deberá presentar junto con su oferta un escrito que indique el diámetro de la tubería principal de vapor y el retorno de condensados, así como del tipo de material que utilizará para tal efecto, el cual debe de ser de Hierro Negro Ced. 40.  Los oferentes participantes deberán contemplar que la instalación incluya todos los accesorios tales como; piernas de condensados, trampas de condensados, manómetros, entre otros, de tal forma que los equipos que requieren vapor funcionen al 100 %, así como ambas tuberías.

Con respecto al Aislamiento para las tuberías expuestas dentro del Laboratorio y las que están en el ducto:

Para las tuberías de la parte interna del Laboratorio, se solicita aislamiento térmico de Fibra Mineral y el forro exterior en lámina de acero inoxidable liso brillante.  Esto aplica para la tubería principal de vapor y retorno de condensados.

Para las tuberías de vapor y retorno condensados que se instalarán fuera del laboratorio, ya sean aéreas o dentro de las trincheras y dentro del cuarto de caldera, el aislamiento térmico podrá ser de fibra de vidrio y el forro exterior en acero inoxidable liso brillante y el calibre, será N° 26.

Es importante indicar que la calidad y condición del vapor será utilizada para la industria alimentaria, por lo tanto, deberá cumplir con lo que dicta la norma. Una vez analizados los cambios realizados, se determina que los mismos favorecen a la administración en la adquisición de equipos de mejores condiciones.

Con respecto a las aberturas de mano para inspección de la caldera, escalerillas, aislamiento/chaqueta de la caldera, sistema de control de sólidos disueltos:

    Se entiende que las calderas vienen de fábrica con los registros en la cámara de agua para la inserción y limpieza de la misma, por lo que cada oferente podrá hacer referencia a la cantidad, ubicación y medidas de los registros.

    En cuanto a escalerillas, no se solicitó, pues la caldera por la potencia que se ha solicitado es muy pequeña y se podrá tener acceso a todos sus componentes fácilmente. En caso de requerirse por una condición o solicitud del ente que otorga el permiso, deberá ser aportada por el contratista sin que esto genere un costo adicional para la administración.

    El aislamiento térmico se entiende que viene de fábrica de acuerdo al diseño de la marca y el modelo ofertado” como mínimo, por lo tanto, cada oferente presentará su propuesta de acuerdo al diseño de cada fabricante, se entiende que es un requisito que venga con su aislamiento de fábrica, por lo que no se solicita nada en especial para este aspecto.

    Para los sólidos disueltos, se propone un sistema automatizado de conductividad para el agua, con panel de control y operación, con sus respectivos accesorios y componentes para el correcto funcionamiento.

Finalmente, con respecto al Punto 3.10 del cartel:

Visita al sitio: se realizará una segunda visita al sitio el 21 de agosto del 2017, a las 10:00 horas, sita, costado norte del Centro Comercial Metrocentro, comunicarse con Cinthya Ramírez Solís al 2550-6623, Diego Chaves Guillen, al teléfono 2550-6651, Milagro Brenes Granados, al teléfono 2550-6612.

Todas las demás condiciones se mantienen invariables.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 91594.— ( IN2017158202 ).

JUNTA DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

Y DE DESARROLLO ECONÓMICO

DE LA VERTIENTE ATLÁNTICA

PROVEEDURÍA ADMINISTRACIÓN PORTUARIA

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000009-01

Compra de vehículos

Se avisa a los interesados en el concurso que se detalla a continuación que se amplía el plazo para la recepción y apertura de ofertas de la: Licitación Abreviada N° 2017LA-000009-01, “Compra de vehículos”.

Fecha y hora de apertura: ampliación fecha de apertura: 29 de agosto del 2017, a las 10:00 horas.

Limón, agosto del 2017.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor Admón. Portuaria.—1 vez.—O. C. N° 6401.—Solicitud N° 91483.—( IN2017157979 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000002-01

Contratación de servicios para transporte, tratamiento

y disposición final de los residuos sólidos ordinarios

y residuos sólidos no tradicionales generados

en el cantón de Curridabat

La Municipalidad de Curridabat comunica que mediante el Departamento de Proveeduría, informa a todos los oferentes interesados: visita al sitio y modificación a la Licitación Pública 2017LN-000002-01, “Contratación de servicios para transporte, tratamiento y disposición final de los residuos sólidos ordinarios y residuos sólidos no tradicionales generados en el cantón de Curridabat”.

Se informa que la visita al sitio, establecida en el inciso 5 Condiciones Especiales, acápite 5.15. Se llevará a cabo el día 21 de agosto del 2017 a las nueve horas en el Plantel Municipal ubicado de las bodegas de Mudanzas Mundiales 300 metros noroeste edificio a mano derecha.

Así mismo adjunto la modificación realizada a la Licitación Pública 2017LN-000002-01, misma que se realiza como consecuencia de la revisión realzada, posterior al recurso de objeción contra el cartel, interpuesto por la empresa Berthier Ebi de Costa Rica S.A. Con el fin de que ahora se lea:

Sección III

Criterios de evaluación y metodología

1.1.4 Disponibilidad anual de horario de servicios 10%.

La Municipalidad de Curridabat, tiene como política el recolectar los residuos a lo largo del cantón durante la mayor cantidad de días posibles durante el año, con el fin de brindar un servicio continuo a los ciudadanos. Se evaluará según el siguiente criterio:

Disponibilidad anual de horario de servicio

Puntaje %

Cero días feriados que no brindan el servicio durante el año

10

1 a 3 días feriados que no brindan el servicio durante el año

8

4 a 6 días feriados que no brindan el servicio durante el año

3

7 o más días feriados que no brinden el servicio durante año

0

 

Lic. Christian González S., Proveedor Municipal.— 1 vez.—( IN2017158019 ).

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

LICITACION ABREVIADA N° 2017LA-000005-OPMZ

Carpeta asfáltica

Aclaración al cartel de la Licitación Abreviada N° 2017LA-000005-OPMZ “Carpeta asfáltica”. La proveeduría municipal solicita se lea correctamente que para la presente contratación se tiene un contenido económico de ¢40.000.000,00 (cuarenta millones de colones netos).

Zarcero, 04 agosto del 2017.—Proveeduría Municipal.—Vanessa Salazar Huertas.—1 vez.—( IN2017158034 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000095-OPMZ

Compra de contenedores

Aclaración y modificación al cartel de la Contratación Directa Nº 2017CD-000095-OPMZ “Compra de contenedores”. Se agregar un apartado de garantía que indica: Garantías y Sustitución del bien: En caso de que el contenedor se dañe por causas no imputables a la Administración durante el periodo de garantía, el contratista está obligado a sustituir las partes dañadas hasta dejarlo en perfecto estado, esta garantía debe cubrir al artículo por un mínimo de 30 días a partir de la entrega en el plantel municipal”. Los contenedores no deben incluir ni llantas ni chasis, los contenedores deben ir pintados por dentro y por fuera.

Zarcero, 07 agosto del 2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2017158192 ).

MUNICIPALIDAD DE SANTA BARBARA DE HEREDIA

CARTEL DE LICITACION PÚBLICA N° 2017LN-000001-CL

(Modificaciones al cartel)

Compra e instalación de conjuntos de medición

para el acueducto de Santa Bárbara

Con apego a lo dispuesto en el artículo 60 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa y conforme a la solicitud de la Ingeniera Suyin Vargas, se les informa a los oferentes interesados es participar en la licitación pública antes descrita, que por error de forma se debe consignar la siguiente especificación, ya que es correcto que el caudal Q 3 = 1.6 m3/h (1.600 L/h), cabe indicar que esto se verificó en la norma ISO-4064-1 2005, solicitada en el cartel.

En Volumen 2 parte B) ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA HIDRÓMETROS DOMICILIARIOS ENCAPSULADOS TIPO CHORRO MULTIPLE DE 12.7mm, léase correctamente:

Artículo 1°—Los hidrómetros que adquiera la Municipalidad de Santa Bárbara, serán de cuerpo de bronce de velocidad del tipo “chorro múltiple” y deberán cumplir con el estándar de la norma ISO-4064 para medidores con una relación de Q3/Q1 = 50 o superior (R50 o superior), para medición de flujo de agua fría potable en conductos cerrados, caudal Q3=1,6 m3/h (1.600 L/h).

Santa Bárbara de Heredia, 4 de agosto del 2017.—Licda. Cynthia Salas Chavarría, Proveedora Municipal.— 1 vez.—( IN2017158371 ).

 

 

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE BELÉN

La suscrita Secretaria del Concejo Municipal de Belén, le notifica el acuerdo tomado, en la sesión ordinaria N° 41-2017, celebrada el once de julio del dos mil diecisiete y ratificada el dieciocho de julio del año dos mil diecisiete, que literalmente dice:

Artículo 8º—La Secretaria del Concejo Municipal Ana Patricia Murillo, informa que en La Gaceta N° 120 del lunes 26 de junio de 2017, se publicó la aprobación de reforma del artículo 18 del Reglamento a la Ley N° 9047, Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico para el cantón de Belén, aprobado en el Acta 29-2017.

Considerando:

1º—Que el pasado martes 04 de octubre del 2016, en el Alcance N° 206 a La Gaceta 190, mediante Decreto Legislativo número 9384 la Asamblea de Costa Rica publicó reforma al artículo 10 de la Ley N° 9047, Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, de 25 de junio de 2012.

2º—Que el artículo 18 del Reglamento a la Ley 9047 del Cantón de Belén, que se refiere al pago del tributo, contempla una forma de cálculo del impuesto de licores, sustentado en el Voto N° 11499-13 de fecha 28 de agosto de 2013, para lo cual se establecen las tablas para el cálculo del impuesto, que se venían utilizando hasta el pasado 31 de diciembre de 2016 y se encuentra desfasado.

3º—Que el cálculo del tributo supra indicado debe de realizarse conforme lo dispone el citado Decreto Legislativo número 9384, reforma al artículo 10 de la Ley N° 9047, Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico, de 25 de junio de 2012, del 04 de octubre del 2016.

“Artículo 18.—Pago del Tributo: El pago del Tributo deberá ser pagado por los patentados conforme lo indica el artículo 10 de la Ley N.° 9047, Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico.”

Se acuerda por unanimidad: No habiendo conocido objeciones a la Reforma del artículo 18 del Reglamento a la Ley N° 9047, Ley de Regulación y Comercialización de Bebidas con Contenido Alcohólico para el cantón de Belén, aprobado en el Acta 29-2017, queda el mismo definitivamente aprobado y entra en vigencia a partir de la presente publicación.

San Antonio de Belén, Heredia, 19 de julio del 2017.—Ana Patricia Murillo Delgado, Secretaria Concejo.— 1 vez.—( IN2017156469 ).

REMATES

BANCO POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL

El Área de Pignoración (Monte Popular) del Banco Popular, avisa que a las once horas del día 26 de agosto, se rematarán al mejor postor las garantías de las operaciones de crédito que tengan dos o más cuotas de atraso, o que su fecha de cancelación esté vencida, según lo establece el Reglamento de Crédito de Pignoración. El remate se efectuará en San José, calle primera, avenidas nueve y once, o de Radiográfica Costarricense 250 metros al norte, oficina del Centro de Crédito sobre Alhajas Amén. Remate Nº 535.

Las imágenes respectivas podrán verlas en La Gaceta con firma digital en PDF

Asdrúbal Cordero Obando, Asistente.—1 vez.—O. C. Nº 08-2017.—Solicitud Nº 2967.—( IN2017158076 ).

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO DE COSTA RICA

AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

A quien interese, hago constar que los Certificados de Depósito a Plazo del Banco de Costa Rica,

Cert Nº              Monto                   Plazo        Emitido                    Vence           Tasa

64519811    ¢2.000.000,00        210 días      06/12/2016             06/07/2017      5,60%

64519813    ¢1.000.000,00        210 días      06/12/2016             06/07/2017      5,60%

Certificados emitidos a la orden de Arabela Rivera Navarro, cédula Nº 1-271-104, emitidos por la oficina 500, Oficina Central, han sido reportados como sustraídos, por lo que se solicita al Banco de Costa Rica su reposición de acuerdo con lo establecido en los artículos 708 y 709 del Código de Comercio. Solicitante: Arabela Rivera Navarro, cédula Nº 1-271-104.

San José, 23 de junio del 2017.—Arabela Rivera Navarro, Solicitante.—( IN2017148004 ).

UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA

VICERRECTORÍA EJECUTIVA

OFICINA DE REGISTRO Y ADMINISTRACIÓN ESTUDIANTIL

PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO
Y EQUIPARACIÓN DE ESTUDIOS

REPOSICIÓN DE TÍTULO

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Yaneth Adriana Rincón Trujillo, colombiana, cédula AR822758, ha solicitado reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciado en Biología y Química, de la Universidad Francisco de Paula Santander de Colombia. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.

Sabanilla, 31 de julio del 2017.—Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—1 vez.—( IN2017156583 ).

REGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA

Edicto 032-2017.—Para los fines consiguientes el Departamento de Patentes de la Municipalidad de Montes de Oca, hace saber que Noelia Meneses Guillén, cédula 1-1327-0748, ha presentado solicitud de traspaso de la patente comercial cuenta N° 10036, a favor de Ileana María Guillén Quesada, cédula 3-0218-0522. La Municipalidad de Montes de Oca otorga 8 días naturales de plazo a partir de esta publicación para presentar objeciones.

San Pedro de Montes de Oca, 18 de julio del 2017.—Departamento Patentes.—Liliana Barrantes Elizondo, Jefa.— 1 vez.—( IN2017156467 ).

MUNICIPALIDAD VÁZQUEZ DE CORONADO

Resolución Administrativa.—AL-RA-001-2017.—Despacho del Alcalde.—San Isidro, al ser las ocho horas con treinta minutos del veinticuatro de enero del dos mil diecisiete.

Considerando:

1º—Que en la actualidad, es necesario implementar acciones que minimicen los tiempos en los que la administración municipal resuelve todo tipo de trámites. Por ello, es pertinente que el Director Financiero posea la capacidad de autorizar, tramitar y firmar pagos que deben ser honrados por el gobierno local.

2º—Que se requiere optimizar el uso del tiempo, con el objeto de atender en tiempo y forma los trámites administrativos y en aras de descongestionar el trabajo que se presenta en la firma constante de distintos documentos por parte del Alcalde. Por lo tanto:

Tomando en cuenta las consideraciones anteriores, este Despacho resuelve:

1º—Delegar en el Director del Departamento Financiero la autorización, trámite y firma del pago a instituciones públicas y privadas, entre ellas servicios públicos, internet, cable, recargas telefónicas, préstamos, cuotas obrero patronales, planillas, liquidaciones del personal, depósitos judiciales, seguros, marchamos, proveedores, aportes de ley, aportes a asociaciones y comités del cantón, cooperativas, pagos por sentencias y devoluciones de dinero, por medio del Sistema de Transferencia Electrónica o vía Simpe, con la verificación previa del Contador y del Tesorero y con observancia de todas las reglas de control interno vigentes en la Municipalidad. Autorizar el pago por medio de los Bancos Nacional y de Costa Rica.

2º—Por tratarse de la delegación del acto de conformidad con el artículo 92 de la Ley General de la Administración Pública, se ordena la publicación del presente acto por una vez en el Diario Oficial La Gaceta.

Es todo. Rige a partir de su publicación.

Arq. Rolando Méndez Soto, Alcalde Municipal.—1 vez.— ( IN2017156431 ).

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

En el Cementerio Central de Heredia, existe un derecho a nombre de familia Hernández Ramírez, la única hija viva desea, traspasar el derecho, además desea incluir beneficiarios indicándose así:

Arrendatario:    Kattia Cecilia Madrigal Hernández,

                                        cédula 01-0690-0037

Beneficiarios:     José Hernán Madrigal Hernández,

                              cédula Nº 01-0721-0997.

Lote Nº 267 Bloque I, medida 6 metros cuadrados para 4 nichos, solicitud 1925 recibo 858, inscrito en Folio 55 Libro 1. Datos confirmados según constancia extendida por la Administración de Cementerios con fecha 19 de octubre de 2016. Se emplaza por 30 días hábiles a todo aquel que pretenda tener derecho sobre el mismo, para que se apersone a la oficina de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Heredia, a fin de hacer valer sus derechos, caso contrario se inscribirá dicho derecho a nombre de la petente.

Lic. Juan José Carmona Chaves, Administrador de Cementerios.— 1 vez.—( IN2017156572 ).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

De conformidad con lo que disponen los artículos 3 y 12 de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles N° 7509 y su reformas, la Sentencia 1073-2010 del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección III, la Resolución de la Sala Constitucional N° 2011-003075 del 09 de marzo del 2011 y el artículo 2 de la Ley N° 9071, Ley de Regulaciones Especiales sobre la Aplicación de la Ley N° 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles de 9 de mayo de 1995, y sus reformas, para Terrenos de Uso Agropecuario, y en aras de dar cumplimiento a su competencia, esta Administración Tributaria procede a publicar la matriz de información de la Plataforma de Valores de Terrenos Agropecuarios del Cantón de Puntarenas, suministrada por el Órgano de Normalización Técnica, Dirección General de Tributación, Ministerio de Hacienda.

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

Esta herramienta será utilizada para la determinación administrativa de la base imponible de los bienes, a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, durante los procesos de valoración que se realicen. Para efectos de consulta por parte de los administrados, el Mapa de Valores de Terrenos Agropecuarios podrá ser localizado en la oficina de Catastro, Valoración y Bienes Inmuebles de la Municipalidad de Puntarenas.

Puntarenas, 27 de julio de 2017.—Randall Alexis Chavarría Matarrita, Alcalde Municipal.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017156645 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

El Tribunal Electoral del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica informa que en cumplimiento de los artículos 2, 16, 17, y 18 inciso 5 de la Ley Orgánica de este Colegio (ley número 13 del 28 de octubre de 1941 y sus reformas) y de los artículos 3 inciso b, 7 y 8 del Reglamento General de Elecciones del Colegio, en la sesión ordinaria número 01-2017, celebrada el 03 de agosto de 2017, se acordó en firme lo siguiente:

a)  Convocar a todas las personas profesionales que forman el Colegio a participar en la asamblea general ordinaria, a celebrarse el próximo sábado 02 de diciembre de 2017, para la elección de la totalidad de cargos de la junta directiva y fiscalía para el siguiente bienio. Los puestos sometidos a elección serán: Presidencia, Vicepresidencia, Secretaría, Prosecretaría, Tesorería, Vocalía I, Vocalía II, Vocalía III, Vocalía IV, Vocalía V y Fiscalía.

b) El proceso de elecciones se realizará de las nueve horas a las diecisiete horas, en la sede central del colegio, ubicada en Zapote, diagonal a la Rotonda de las Garantías Sociales, y en las siguientes Sedes Regionales:

Alajuela: Urbanización Ciruelas, de la esquina este del Centro Comercial Plaza Real, 300 metros al sur y 100 metros al este, casa esquinera número 5F.

Guápiles: Pococí, Guápiles, Barrio Los Ángeles, del cementerio, 800 metros al sur a mano derecha, 100 metros antes de llegar al Súper Los Cachorros, edificio color mostaza.

Heredia: Santa Lucía de Barva de Heredia, 400 metros al norte de la plaza de deportes.

Liberia: costado norte del Hotel Los Boyeros, segundo piso del edificio esquinero.

Limón: Limón centro, 75 metros al norte de los Tribunales de Justicia, antigua Clínica Santa Lucía.

Pérez Zeledón: Pérez Zeledón, Edificio Pedregoso, contiguo a Ferretería Pedregoso, frente a Delji.

Puntarenas: Puntarenas, en Carrizal, diagonal a la entrada principal de FERTICA, 100 metros al este de la Farmacia Carrizal.

San Carlos: Del Liceo de San Carlos, 50 metros al sur, frente a la Carnicería Maroto.

San Ramón: 75 metros al este de la esquina noroeste de los Tribunales de Justicia.

Santa Cruz: Guanacaste, diagonal a la entrada principal de los Tribunales de Justicia.

Sede Oeste: Escazú, Guachipelín, 800 metros al sur de Construplaza, Centro Comercial Plaza Mundo, local número 9.

Siquirres: Barrio María Auxiliadora, 50 metros al oeste de la antigua clínica, contiguo al Abastecedor Lorena.

Turrialba: 200 metros al norte de la Delegación de la Fuerza Pública, contiguo al Servicentro La Campiña, casa amarilla con portón blanco.

Zona Sur: Ciudad Neilly, frente al Hotel Centro Turístico Neilly.

c)  El término para solicitar la inscripción de candidaturas vencerá el viernes veintinueve de setiembre de dos mil diecisiete. Las solicitudes deberán presentarse en la Secretaría del Tribunal Electoral del Colegio, sita en la Sede Central, hasta las dieciséis horas de ese día, cumpliendo con todas las formalidades legales y reglamentarias. La Ley Orgánica se puede consultar en la dirección electrónica:

http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?para m2=NRTC&nValor1=1&nValor2=3127&param2=36&strTipM=TC&lResultado=358&strSim=simp

A su vez, el Reglamento General de Elecciones se puede consultar en la dirección:

http://www.pgrweb.go.cr/scij/Busqueda/Normativa/Normas/nrm_texto_completo.aspx?para m1=NRTC&nValor1=1&nValor2=79640&nValor3=100798&param2=1&strTipM=TC&lResultado=1&strSim=simp.

d) El Tribunal Electoral se permite recordarle a las personas candidatas la necesidad de tener disponibilidad de tiempo para asistir a las sesiones de Junta Directiva y Comisiones, estudiar proyectos, elaborar informes y cumplir con los deberes funcionales propios de cada cargo.

e)  Se informa a las personas candidatas que los puestos no son remunerados, salvo el de Fiscalía, conforme al artículo 60 del Reglamento Interior del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

f)  Se invita expresamente a todas las personas agremiadas que cumplan con los requisitos y que a bien lo tengan, para que inscriban sus candidaturas a los puestos elegibles antes mencionados.

g)  De conformidad con la normativa vigente, se ordena la publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial La Gaceta durante dos días consecutivos; en un diario de circulación nacional, así como en la página web oficial del Colegio.

Lic. Juan José Nassar G., Presidente.—Dr. Sergio Donato C., Secretario.—Licda. Magally Herrera J., Prosecretaria.— ( IN2017158335 ).                                                                                                        2 v. 1

RILANA’S PLACE S. A.

Convocatoria y agenda para asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios

El Secretario de la Junta Directiva de la sociedad Rilana’s Place S. A., titular de la cédula jurídica 3-101-532254, convoca a los socios a la asamblea general ordinaria y extraordinaria a celebrarse en el Hotel Rilanas Place, sito en Jacó, Garabito, Puntarenas, el día 14 de setiembre del año 2017 a las 5:00 p.m. en primera convocatoria ya las 6:00 p.m. la segunda convocatoria, a efectos de atender la siguiente agenda: (1) Comprobación de Quórum y nombramiento de Presidente y Secretario Ad Hoc de la Asamblea. (2) Reforma de la cláusula segunda de los estatutos (domicilio social). (3) Reforma de la cláusula sétima de los estatutos (administración). (3) Reforma a estatutos para establecer procedimiento de convocatoria de asambleas de socios. (4.) Autorización de venta de la finca del partido de Puntarenas inscrita bajo la matrícula de folio real número 6-140875-000 (Hotel Rilanas Place). (5) Autorización y Otorgamiento de poder especial a Secretario para firma de escritura de venta y traspaso de la finca del partido de Puntarenas inscrita bajo la matrícula de folio real número 6-140875-000 (Hotel Rilanas Place). (6) Definición de términos y condiciones del precio y forma de pago relativos a la venta de la finca del partido de Puntarenas inscrita bajo la matrícula de folio real número 6-140875-000 (Hotel Rilanas Place). (7) Revisión y aprobación de estados financieros del presente período fiscal. (8) Otorgamiento de poder especial al Secretario de la Junta Directiva para que en ausencia del Presidente firme el asiento y los nuevos certificados de acciones emitidos según el asiento uno del tomo dos del libro de registro de socios. (9) Asuntos varios / misceláneos. Nota: Se deja constancia de que los socios que no puedan asistir a la asamblea podrán hacerse representar mediante carta poder, misma que deberá estar autenticada por un abogado o notario. La presente convocatoria se hace conforme a lo dispuesto en el estatuto constitutivo y el Código de Comercio.

Donald Flanagan (Secretario).—1 vez.—( IN2017158061 ).

U SE YA MIPA SOCIEDAD ANÓNIMA

Se convoca a los socios de U Se Ya Mipa Sociedad Anónima a asamblea general extraordinaria a celebrarse en las instalaciones de la sociedad, sita en Pinar del Río, Peñas Blancas de Pérez Zeledón. En primera convocatoria a las diez horas del treinta de setiembre del dos mil diecisiete. De no haber quórum, en el mismo lugar y fecha una hora después en segunda convocatoria, para conocer de los siguientes asuntos:

1.  Informe del fiscal.

2.  Informe del tesorero.

3.  Informe de la presidencia.

4.  Revocatoria de los miembros de la Junta Directiva y del Fiscal.

5.  Nombramiento de nuevos miembros de Junta Directiva y de la Fiscalía.

6.  Mociones.

7.  Asuntos varios.

San Isidro de Pérez Zeledón.—17 de julio del 2017.—Ruperto Morera González, Presidente Junta Directiva.—1 vez.— ( IN2017158158 ).

URBE COSTA RICA SOCIEDAD ANÓNIMA

Urbe Costa Rica Sociedad Anónima cédula jurídica, tres-ciento uno-trescientos siete mil setecientos diecisiete convoca a sus socios a la realización de asamblea extraordinaria de socios a realizarse en su domicilio social Liberia, Guanacaste, de la Municipalidad de Liberia, cuatrocientos metros este, edificio esquinero de dos plantas, a las 8 horas del 7 de setiembre de 2017. La asamblea será a efecto de tomar acuerdos en cuanto a las operaciones y financiamiento de la compañía. De no haber quorum a la hora señalada se realizará una segunda convocatoria una hora después con los socios presentes.

Liberia Guanacaste, 31 de julio del 2017.—Douglas Dobles Cheves, Representante Legal.—1 vez.—( IN2017158244 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CONDOMINIO HOTEL VISTA AL SOL TERCERA ETAPA

Lesko Dos Mil Dieciséis Inversiones S. A., cédula jurídica 3-101-713792, como propietario de filiales del Condominio Hotel Vista Al Sol Tercera Etapa, cédula jurídica 3-109-231872 y al estar vencido el nombramiento del anterior administrador, comunico al público el extravío de los libros de Actas de Asamblea de Condóminos y Caja del citado condominio, para efectos del proceso de reposición correspondiente.—San José, 20 de julio del 2017.—Steven Dent Yeakel.—( IN2017155855 ).

PLÁSTICOS Y POLÍMEROS RENICK S.R.L.

Yo, Xinia Alfaro Mena, Abogada y Notaria de la empresa Plásticos y Polímeros Renick S.R.L., cédula jurídica tres-ciento dos-quinientos treinta y ocho mil seiscientos cincuenta y dos, a solicitud del señor José López Menéndez, Gerente de dicha sociedad procederé a la reposición del Libro de Asamblea General y Registro de Cuotistas de la empresa en virtud del extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante esta notaría en Goicoechea, trescientos metros sur y trescientos metros este del Cementerio de Guadalupe, casa N-veintinueve.—San José, veintiséis de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Xinia Alfaro Mena, Notaria.—( IN2017155873 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

CONDOMINIO FLORENCIA DE LLORENTE DE TIBÁS

Se informa que se está promoviendo ante la Sección de Propiedad en Condominio del Registro Público por extravío, la reposición del libro de actas del Condominio Florencia, cédula de persona jurídica N° 3-109-125202, inscrito en el Registro de Bienes Inmuebles, propiedad en condominio bajo la finca del partido de San José, número 418-M-000. Manuel Castrillo Córdoba, cédula 1-0594-0710, representante legal, Inversiones Castrillo y Soto S. A., cédula jurídica 3-101-431617, empresa administradora del condominio.—Manuel Castrillo Córdoba, Representante Legal.—( IN2017156156 ).

SCOTIABANK

San José, 26 de Julio del 2017

Scotiabank

Señores

SEVEN PHARMA LIMITADA

Presente Estimados señores:

Por medio de la presente, el suscrito hace constar que la empresa Seven Pharma Limitada, con el número de cedula jurídica 3-102-534220, es cliente de nuestra entidad financiera desde el año 2008.

Para los fines pertinentes nos permitimos indicar que el cliente anteriormente indicado posee un certificado de Inversión negociable numero 110000173032 por un monto de $6,500, el mismo se apertura el 1 de abril del 2014 con fecha de vencimiento al 14 de setiembre del 2015, el mismo no ha sido liquidado al día de hoy.

Se extiende la presente a solicitud del interesado el 26 de julio del 2017.—Sterlyn Montero Rojas, Subgerente Sucursal Guadalupe.—( IN2017156219 ).

SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.

El San José Indoor Club S. A., tramita la reposición de la acción Nº 1050 a nombre de Álvaro Bolaños González, cédula de identidad Nº 1-0371-0588 por haberse extraviado. Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—11 de julio del 2017.—Lic. Cristian Calderón M., Gerente General.—( IN2017156290 ).

LOS PERI-QUINES SALTADORES S. A.

Los Peri-Quines Saltadores S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-444867, comunica que va a reponer el certificado accionario N° 2, en razón de haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el plazo de 30 días naturales, al fax N° 2282-4679 o en las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana Centro, costado este de la Iglesia Católica, Centro Corporativo Jorge Volio.—San José, 13 de julio del 2017.—Arturo Javier Rosabal Arce, Presidente.—( IN2017156318 ).

PERICO ERICARTU A & R S. A.

Perico Ericartu A & R S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-481988, comunica que va a reponer el certificado accionario Nº 2, en razón de haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el plazo de 30 días naturales, al fax Nº 2282-4679 o en las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana Centro, costado este de la Iglesia Católica, Centro Corporativo Jorge Volio.—San José, 13 de julio del 2017.—Arturo Javier Rosabal Arce, Presidente.—( IN2017156321 ).

MATERIALES ELÉCTRICOS ÁGUILA

DE LATINOAMÉRICA S. A.

Materiales Eléctricos Águila de Latinoamérica, S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-176025, informa que va a reponer los certificados accionarios de la compañía, en virtud de haberse extraviado los mismos, se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de 30 días naturales, se apersonen a hacer valer sus derechos. Cualquier interesado puede comunicarse al 2282-4679 o las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana Centro, costado este de la iglesia católica, Centro Corporativo Jorge Volio. Publicar tres veces consecutivas.—San José, 13 de julio de 2017.—Ileana Arce Sauma, Presidenta.—( IN2017156325 ).

EAGLE MFG DE COSTA RICA S. A.

Eagle MFG de Costa Rica S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-176105, informa que va a reponer los certificados accionarios de la compañía, en virtud del extravío de los mismos, se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de 30 días naturales, se apersonen a hacer valer sus derechos. Cualquier interesado puede comunicarse al 2282-4679 o las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana Centro, costado este de la iglesia católica, Centro Corporativo Jorge Volio. Publicar tres veces consecutivas.—San José, 7 de julio de 2017.—Ileana Arce Sauma, Presidenta.—( IN2017156327 ).

MONTE LAGOS LAS ORQUIDEAS DOCE S. A.

Monte Lagos Las Orquídeas Doce S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-309869, comunica que va a reponer el certificado accionario número uno de la compañía, en razón de haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el plazo de 30 días naturales, al fax N° 2282-4679 o en las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana Centro, costado este de la Iglesia Católica, Centro Corporativo Jorge Volio.—San José, 13 de julio del 2017.—Ileana Arce Sauma, Presidenta.—( IN2017156328 ).

SERVICIOS LOGÍSTICOS LA VALENCIA ACL S. A.

Servicios Logísticos La Valencia ACL S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-678147, informa que va a reponer los certificados accionarios de la compañía, en virtud del extravío de los mismos, se emplaza a los interesados para que, dentro del plazo de 30 días naturales, se apersonen a hacer valer sus derechos. Cualquier interesado puede comunicarse al 2282-4679 o las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana Centro, costado este de la Iglesia Católica, Centro Corporativo Jorge Volio.—San José, 13 de julio de 2017.—Alexandra Rosabal Arce, Presidenta.—( IN2017156331 ).

EL PERICO RISPIADO B.P S. A.

El Perico Rispiado B.P. S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-443836, comunica que va a reponer el certificado accionario número 3, en razón de haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el plazo de 30 días naturales, al fax número 2282-4679 o en las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana centro, costado este de la iglesia católica, Centro Corporativo Jorge Volio. Publicar tres veces consecutivas.—San José, 13 de julio del 2017.—Arturo Javier Rosabal Arce, Presidente.—( IN2017156334 ).

ELECTROMATERIALES VALENCIA S. A.

Electromateriales Valencia S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-319524, comunica que va a reponer el certificado accionario número uno de la compañía, en razón de haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el plazo de 30 días naturales, al fax número 2282-4679 o en las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana centro, costado este de la iglesia católica, Centro Corporativo Jorge Volio. Publicar por tres veces consecutivas.—San José, 13 de julio del 2017.—Ileana Arce Sauma, Presidenta.—( IN2017156336 ).

EAGLE ELECTRIC CENTROAMERICAN S. A.

EAGLE ELECTRIC CENTROAMERICAN S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-090100, comunica que va a reponer el certificado accionario de la compañía, en razón de haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el plazo de 30 días naturales, al fax número 2282-4679 o en las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana centro, costado este de la iglesia católica, Centro Corporativo Jorge Volio. Publicar por tres veces consecutivas.—San José, 13 de julio del 2017.—Ileana Arce Sauma, Presidenta.—( IN2017156338 ).

NUEVA ERA DE LOS SEIS F R, S. A.

Ileana Arce Sauma, portadora de la cédula de identidad N° 1-0470-0997, en mi condición de albacea testamentaria, del proceso sucesorio notarial de quien en vida fue Arturo Rosabal Mora, tramitado ante la notaria pública Andrea Hulbert Volio, en las oficinas de la firma legal Hulbert Volio & Parajeles, bajo el expediente sucesorio notarial testamentario N° 2017-0002, de conformidad con el artículo 689 del Código de Comercio, se informa que la sociedad Nueva Era de Los Seis F R, S.A, con cédula de persona jurídica N° 3-101-275058, va a reponer el certificado de accionario número uno, en virtud de haberse extraviado el mismo, se emplaza a los interesados para que dentro del plazo de treinta días naturales, se apersonen a hacer valer sus derechos. Cualquier interesado puede comunicarse al 2282-4679 o las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana Centro, costado este de la Iglesia Católica, Centro Corporativo Jorge Volio.—Santa Ana, 13 de julio del 2017.—Ileana Arce Sauma, Albacea.—( IN2017156343 ).

NUEVA ERA DORADA S. A.

Nueva Era Dorada S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-220805, comunica que va a reponer el certificado accionario número uno de la compañía, en razón de haberse extraviado. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el plazo de 30 días naturales, al fax número 2282-4679 o en las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana centro, costado este de la iglesia católica, Centro Corporativo Jorge Volio. Publicar tres veces consecutivas.—San José, 13 de julio del 2017.—Ileana Arce Sauma, Presidenta.—( IN2017156345 ).

SUMINISTROS ELECTROTECNOLÓGICOS A G

DE CENTROAMÉRICA S. A.

Suministros Electrotecnológicos A G de Centroamérica S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-242104, comunica que va a reponer los certificados accionarios de la compañía, en razón de haberse extraviado los mismos. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el plazo de 30 días naturales, al fax N° 2282-4679 o en las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana Centro, costado este de la Iglesia Católica, Centro Corporativo Jorge Volio. Publicar 3 veces consecutivas.—San José, 13 de julio del 17.—Ileana Arce Sauma, Presidenta.—( IN2017156349 ).

ELECTRO CIRCUITOS S.A.

Electro Circuitos S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-077402, comunica que va a reponer el certificado accionario número uno de la compañía, en razón de haberse extraviado el mismo. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición en el plazo de 30 días naturales, al fax N° 2282-4679 o en las oficinas ubicadas en San José, Santa Ana Centro, costado este de la Iglesia Católica, Centro Corporativo Jorge Volio.—San José, 13 de julio del 2017.—Ileana Arce Sauma, Presidenta.—( IN2017156351 ).

KAREO COSTA RICA S. A.

Kareo Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-442799, hace del conocimiento público que por motivo de extravío, la sociedad Kareo Inc., una sociedad constituida y organizada de conformidad con las leyes de los Estados Unidos de América, solicita la reposición del certificado de acciones de la sociedad Kareo Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-442799, que representa 1.200.000 acciones comunes y nominativas de un colón cada una, el cual se encuentra a nombre de Kareo Inc. Se emplaza a cualquier interesado a manifestar su oposición ante el Bufete Consortium Legal, ubicado en San José, Escazú, Trejos Montealegre, del Restaurante Tony Roma’s, seiscientos metros al oeste, sexto piso.—San José, 13 de julio de 2017.—Alexandra Tarnoczy, Apoderada Generalísima.—( IN2017156389 ).

PHYSIS CARIBEANN, BED AND BREAKFAST

Mediante escritura pública número diecisiete-once, otorgada ante el notario Jorge Julián Ortega Volio, a las once horas del día 27 de julio del 2017, visible al folio: dieciocho frente, del tomo: once del protocolo del suscrito notario, se suscribió el contrato de compraventa de establecimiento mercantil mediante el cual Jeremy John Boryla y Emily Melinda Boryla, traspasan a favor de Matthew Morin Harkness y Juliet Dibella Harkness, elementos y activos de su establecimiento mercantil, dedicado a la explotación de hospedaje tipo Bed and Breakfast, que opera bajo nombre “Physis Caribeann, Bed and Breakfast” propiedad de Tres Cepas S. R.L, sociedad con cédula jurídica N° 3-102-597605, así como las acciones de ésta última sociedad, sito en Limón, cantón Talamanca, distrito Sixaola, Puerto Viejo, Miss Winny Town cincuenta metros oeste y cientos diez metros sureste del puente sobre el Río Caño Negro, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 478 siguientes y concordantes del Código de Comercio, el precio de venta de dicho establecimiento mercantil se encontrará depositado con la empresa Oakmont Capital Managment LLC, con domicilio en el 655 Allegheny Ave, Oakmont PA, Estados Unidos de América, actuando como depositario. Se convoca a los acreedores e interesados que pudiesen considerarse afectados por dicha compra venta, para que, dentro del término de 15 días hábiles a partir de la primera publicación, se apersonen a hacer valer sus derechos ante los representantes del depositario, en sus oficinas sitas en San José, Santa Ana, Centro, Centro Corporativo Jorge Volio, Bufete Hulbert Volio & Parajeles, en jornada de lunes a viernes a partir de las 09:00 horas a las 17:00 horas. Jorge Julián Ortega Volio, portador de la cédula de identidad costarricense N° 1-0852-0194, carné Colegio Abogados N° 15401, notario autorizante.—San José, 27 de julio del 2017.—Lic. Jorge Julián Ortega Volio, Notario.—( IN2017156384 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

WESTERN IP MANAGEMENT S. A.

La suscrita Kristel Faith Neurohr, abogada, casada una vez, vecina de San José, Sabana Sur, Oficentro Ejecutivo La Sabana, edificio 6, piso 5, portadora de la cédula de identidad N° 1-1143-447, en mi condición de apoderada de Western IP Management S. A., sociedad constituida bajo las leyes de la República de Panamá, con domicilio administrativo y comercial situado en Panamá, Ciudad de Panamá, calle Samuel Lewis y Manuel María Icasa, local S, dos, edificio Comosa, solicito se sirva inscribir la sesión efectuada por: Gastón Monge Chévez, casado una vez, portador de la cédula de identidad Nº 2-462-267, con establecimiento administrativo y comercial situado: Escazú, costado este del Centro Comercial Trejos Montealegre, a favor de: Western IP Management S. A., sociedad constituida bajo las leyes de la República de Panamá, con domicilio administrativo y comercial situado en Panamá, Ciudad de Panamá, calle Samuel Lewis y Manuel María Icasa, local S, dos, edificio Comosa, sobre el siguiente signo distintivo: El Verdugo diseño Nombre Comercial, registro Nº 60134, del 29 de enero de 1982, que seguirá protegiendo: un local dedicado a la fabricación, compra, importación, exhibición, distribución y venta de artefactos eléctricos y muebles en general. Ubicado en San José, costado oeste del parque Morazán.—Kristel Faith Neurohr.—( IN2017156446 ).

COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS

ECONÓMICAS DE COSTA RICA

De conformidad con el artículo N° 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar por publicación a los siguientes miembros del Colegio, los cuales no fue posible la notificación en las direcciones que constan en la base de datos del Colegio, el acuerdo n° 15 de la sesión extraordinaria de junta directiva N° 2674-2017, celebrada el 08 de mayo del 2017, en el cual se acordó suspenderlos del ejercicio de la profesión por morosidad en el pago de sus cuotas de colegiatura, según lo establecido en el artículo 35 inciso r) y 50 inciso b) de la Ley Orgánica N° 7105.

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

Máster José Alberto Carpio Solano, Fiscal.—Máster Katherine Víquez Ledezma, Secretaria.—( IN2017156575 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

COLEGIO DE LICENCIADOS Y PROFESORES

EN LETRAS, FILOSOFÍA, CIENCIAS Y ARTES

LEVANTAMIENTO SUSPENDIDOS JUNIO

A las siguientes personas se les comunica que, según nuestros registros, su situación de morosidad en el pago de sus cuotas de colegiación se encuentra normalizada. Por lo tanto, son colegiados activos a partir del mes abajo indicado. Se le recuerda a la sociedad costarricense que estos profesionales están habilitados para ejercer la docencia y áreas afines en Costa Rica.

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

M.Sc. Lilliam González Castro, Presidenta.—1 vez.—( IN2017156390 ).

GESTORÍA IRAZÚ SOCIEDAD ANÓNIMA

Mediante escritura otorgada en esta notaría, a las diez horas del treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, se solicita la reposición por pérdida o extravío de los libros legales de actas de Registro de Socios, Actas de Asamblea General de Socios y Actas de Junta Directiva, de la sociedad Gestoría Irazú Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-040946.—San José, 31 de julio de 2017.—Enio Dino Blando Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2017156423 ).

COLEGIO DE CONTADORES PÚBLICOS DE COSTA RICA

Considerando:

1°—Que mediante el artículo 5 del Reglamento al artículo 10 de la Ley Nº 1038 de Tarifas de Honorarios Profesionales para el Contador Público Autorizado, publicado mediante el Decreto Ejecutivo Nº 32909-H-MEIC, en La Gaceta Nº 49 del 9 de marzo del 2006, se le otorgó la facultad a la Junta Directiva del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica para actualizar anualmente la tarifa mínima de honorarios profesionales para los Contadores Públicos Autorizados.

2°—Que la actualización de las tarifas de Honorarios Profesionales para los Contadores Públicos Autorizados, debe realizarse en el mismo porcentaje del índice inflacionario establecido por el Banco Central de Costa Rica.

3°—Que para la actualización que corresponde al año 2017, se ha tomado en cuenta la variación acumulada de los Índices de Precios al Consumidor (IPC) publicados en el sitio Web del Banco Central de Costa Rica, por los años terminados en diciembre 2015, diciembre 2016 y por los cinco meses terminados en mayo 2017, datos que dan como resultado un Índice de Precios al Consumidor Acumulado de 0.88% durante el periodo antes indicado.

4°—Objetivo del presente Arancel: establecer el monto de los honorarios de los CPA por la prestación de sus servicios como profesional, la propiedad de los honorarios corresponde al profesional que ha sido requerido por el cliente.

Por tanto dispone

1°—Mediante acuerdo firme Nº 451-2017 de la Sesión Ordinaria número 14 celebrada el día 12 de junio del 2017, modificar las Tarifas Mínimas de Honorarios Profesionales de los Contadores Públicos Autorizados de conformidad con fundamento en los considerandos expuestos y contenidas  en el Artículo 3 del Decreto 32909 H-MEIC, cuya última actualización fue publicada en el Diario La Gaceta Nº 106 del miércoles 3 de junio del 2015,  debiendo leerse las nuevas tarifas como sigue:

Artículo 3°—Tarifas de honorarios profesionales autorizados. Se autorizan las siguientes tarifas mínimas de honorarios profesionales:

I) Honorarios mínimos de Auditoría Financiera, Informática u Operacional: El cálculo de honorarios profesionales debe ser efectuado tomando en cuenta los siguientes parámetros:

a.  Independientemente del tipo, naturaleza y tamaño de la empresa contratante y de la naturaleza simple o compleja del programa de una auditoría, la tarifa mínima para ésta es de ¢ 12.133,10 (doce mil ciento treinta y tres colones con diez céntimos) por hora profesional.

b.  Toda auditoría contratada en la que se emite un informe para dar una opinión  sobre un conjunto de estados financieros deberá cumplir con un mínimo de 80 horas profesionales. El profesional contratado, será el responsable de la calidad en la prestación del servicio,  así como de determinar si la auditoría convenida requiere emplear más horas del mínimo establecido en el presente inciso, en cuyo caso dichas horas serán cobradas, al menos, según la tarifa por hora profesional que corresponde a ¢12.133,10 (doce mil ciento treinta y tres colones con diez céntimos).

II) Honorarios mínimos de Asesoría y Consultoría Administrativa y Financiera, Fiscal y Contable. Se aplicará una tarifa mínima para la Asesoría y Consultoría Administrativa, Financiera, Fiscal y Contable, de ¢25.076,01 (veinticinco mil setenta y seis colones con un céntimo) por hora profesional.

En este apartado se contempla la siguiente circular:

“Circular certificación para efectos tributarios para solicitar el reconocimiento como gasto deducible el costo unitario inicial de un activo, cuando supere el 25% del valor de un salario base.”

III) Honorarios mínimos de Peritajes Extrajudiciales y Arbitrajes. Los honorarios que se originen en peritajes extrajudiciales asignados a Contadores Públicos Autorizados, solicitados por instituciones públicas, empresas privadas o particulares, para estudio o dictámenes especiales que impliquen la determinación de un valor económico, se regirán por las siguientes tarifas:

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

IV) Honorarios mínimos en Certificaciones de Ingresos: Los honorarios mínimos por Certificaciones de Ingresos se aplicarán con base a la siguiente escala:

a.  Certificación de ingresos brutos generados en relaciones laborales se aplicará la tarifa mínima de la siguiente manera:

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

b.  Certificación o estudio de ingresos que implique verificación de productos, gastos, costos para establecer ingresos netos originados en operaciones comerciales, industriales, profesionales, certificaciones de lucro cesante; certificaciones de saldo deudor y otras no consideradas en el inciso siguiente, se aplicará la tarifa mínima de la siguiente forma:

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

En este apartado se contempla la siguiente circular:

“Certificación de ingresos o estudio de ingresos”

“Certificación de variables para el cálculo de lucro cesante”.

“Certificación del saldo deudor por el uso de tarjeta de crédito o certificación del sobregiro en cuenta corriente o certificación por otro tipo de deuda”.

c.  Certificación o estudio de ingresos brutos relacionados con alquileres, intereses, pensiones, dividendos, comisiones que no provengan de relación laboral, la tarifa mínima será:

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

V) Honorarios de Estudios de Pre-factibilidad, Factibilidad y Flujos de Efectivo. La tarifa mínima para este tipo de Estudios será la siguiente:

a.  Se tomará como base de cálculo el monto total de la inversión inicial, entendiéndose como tal, el valor total del Proyecto que cubre los recursos propios y externos.

b.  La fijación de los honorarios se determinará utilizando los siguientes porcentajes:

La imagen respectiva podrá verla en La Gaceta con firma digital en PDF

VI) Otros casos:

a.  Al solicitar la actuación de un Contador Público Autorizado para que certifique los estados financieros de una empresa en marcha, en la cual sólo se requiere verificar la concordancia de los datos suministrados por la administración de la empresa con los registros formales de la misma, se aplicará una tarifa mínima de ¢101.110,34 (Ciento un mil ciento diez colones con treinta y cuatro céntimos).

En este apartado se contempla la siguiente circular:

 “Certificación de estados financieros”.

b.  En los casos en que se requiera la actuación de un Contador Público Autorizado para certificar hechos concretos tales como: Certificaciones de Solvencia, de Capital Accionario, de Pasivos, de estados de cuentas corrientes y otros afines, en donde no se solicita la opinión acerca de la razonabilidad de los estados financieros, sino más bien, la entidad, contenido, registro, documentación o concordancia del hecho que habrá de hacerse constar en la certificación, se aplicará una tarifa mínima de ¢ 80.887,94 ( ochenta mil ochocientos ochenta y siete colones con noventa y cuatro céntimos).

En este apartado se contemplan las siguientes circulares:

“Certificación de renta para efectos del cálculo de patente municipal”.

“Trabajos de compromisos de seguridad que son auditoría ni revisión de información financiera histórica”.

“Certificación de Cumplimiento de los Elementos del Reglamento de Gobierno Corporativo de la Bolsa Nacional de Valores”.

 “Certificación del monto por disminución de inventarios”.

c. En cuanto a las actuaciones que no tengan por objeto obtener la opinión formal del Contador Público Autorizado sobre la razonabilidad de los estados financieros de la empresa tomados en su conjunto, sino más bien referidas a los siguientes estudios especiales: revisiones, análisis o estudios especiales sobre determinadas cuentas, áreas o partes de un estado financiero, estudios o revisiones de los sistemas de control interno, estudios y análisis de carácter estadístico tendientes a plasmar la evolución económica o financiera de una empresa, o bien, de clasificación contable de estados financieros de una entidad la tarifa mínima para esta clase de servicios será de ¢ 12.133,10 (doce mil ciento treinta y tres colones con diez céntimos)por hora profesional.

En este apartado se contemplan las siguientes circulares:

“Informe de examen de información financiera prospectiva”.

“Trabajos de procedimientos convenidos respecto de información financiera NISR4400”.

“Trabajos de compilación de información financiera a NISR 4410”.

“Revisión de información financiera, NITR 2410 y NITR 2400(estados financieros o información financiera intermedia).”

“Certificación de índices y razones financieras”.

d.  En cualquier otra actuación profesional no considerada en los artículos anteriores se aplicará una tarifa mínima de ¢12.133,10 (doce mil ciento treinta y tres colones con diez céntimos) por hora profesional.

En este apartado se contemplan las siguientes circulares:

“Certificación de variables para el cálculo de lucro cesante”.

“Certificación sobre el uso de vehículos requerida por el decreto N°32015-J-H-TUR, sección 7.”

2º—En lo no modificado aquí, se mantiene vigente el Decreto actual Nº 32909-H-MEIC y su normativa.

3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

Lic. Mauricio Artavia Mora.—1 vez.—( IN2017156599 ).

CORPORACIÓN ROYARA GRE S. A.

Por escritura N° 256-13, otorgada ante la notaría del licenciado Randall Alvarado Cubillo, en el tomo trece del protocolo de dicho notario, se modifica solicita reposición de 3 libros legales por extravío de Corporación Royara GRE S. A., cédula jurídica: N° 3-101-306491.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—( IN2017156601 ).

INVERSIONES GEMINIS M & Y S. A.

Por escritura N° 257-13, otorgada ante la notaría del licenciado Randall Francisco Alvarado Cubillo, en el tomo trece, se solicita reposición de libros legales por extravío de Inversiones Geminis M & Y Sociedad Anónima, cedula jurídica N° 3-101-697031.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—( IN2017156602 ).

STIA COMERCIALIZADORA S. A.

Por instrumento público otorgado ante esta notaría, a las quince horas del día cuatro de julio del 2017, se solicita la reposición de los libros de Registro de Socios de la sociedad STIA Comercializadora S. A., sociedad con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y nueve mil ochocientos quince.—San José, veintiocho de julio de 2017.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2017156642 ).

ROSALINA CARTAGO LIMITADA

Por instrumento público otorgado ante esta Notaría, a las quince horas treinta minutos del día cuatro de julio del 2017, se solicita la reposición de los libros de asamblea de cuotistas de la sociedad Rosalina Cartago Limitada, sociedad con cédula de persona jurídica tres-ciento dos-ciento veintiún mil setecientos doce.—San José, veintiocho de julio de 2017.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2017156643 ).

M V S, SOCIEDAD ANONIMA

Por instrumento público otorgado ante esta notaría, a las dieciséis horas del día cuatro de julio del 2017, se solicita la reposición de los libros de Asamblea de Socios, Registro de Socios, Asambleas de Junta Directiva, de la sociedad M V S, Sociedad Anónima, sociedad con cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento cuarenta y nueve mil seiscientos cincuenta. Notario Público: Jorge Antonio Escalante Escalante.—San José, veintiocho de julio del 2017.—Lic. Jorge Antonio Escalante Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2017156644 ).

DASADA SOCIEDAD ANÓNIMA

Por escritura número veintidós otorgada a las 8:00 horas del día 10 de julio del 2017, otorgada ante mi notaría, Dasada Sociedad Anónima, por medio de su representante legal Édgar Montero Romero, solicita la reposición de los libros sociales de la compañía.—San José, veinticuatro de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Henry Vega Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017156649 ).

EL SINDICATO NACIONAL DE CONSERJES

El Sindicato Nacional de Conserjes (SINAC), a través de su representante legal María Zeneida Marín Bermúdez, cedula de identidad N° 1-0385-0746, informa a todos sus afiliados, nuestros números de telefónicos: telefax: 2256-0714 / teléfono: 2290-0441. Recepción de documentos de 8:00 am a 12:00 md de lunes a jueves, Paseo de los Estudiantes, de Acueductos y Alcantarillados 225 metros este mano izquierda.—María Zeneida Marín Bermúdez, Representante.—1 vez.—( IN2017156651 ).

ASOCIACIÓN DE NATACIÓN DESAMPARADEÑA

Yo, Isaac Mauricio García Gutiérrez, mayor, soltero, empresario, vecino, de San Juan de la Unión de Tres Ríos, sito del Waltmart, quinientos metros al este, cien metros al sur, y ciento cincuenta metros al oeste, Residencial Loma Verde, casa número cuarenta y siete; en mi calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de la Asociación de Natación Desamparadeña, cédula de persona jurídica número: tres-cero cero dos-seiscientos ocho mil doscientos ochenta y dos, solicito al Registro de Personas Jurídicas, la reposición del libro de Actas de Asamblea General N° 1, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 01 de julio del 2017.—Isaac Mauricio García Gutiérrez, apoderado generalísimo.—1 vez.—( IN2017156816 ).

Mediante escritura otorgada ante el suscrito notario, a las once horas del día de hoy se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Alabumi Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-trescientos veintisiete mil cuatrocientos nueve; mediante los cuales se modificó la cláusula segunda y sexta del pacto social. Es todo. San José, veintisiete de julio del dos mil diecisiete. Notario Público Enrique Loría Brunker.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario.—1 vez.—( IN2017156608 ).

Por medio de escritura otorgada al ser las once horas del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, ante el notario público Franklin Ariel Montero Blanco, se protocoliza acta de asamblea de socios de Star Cars Sociedad Anónima, donde se modifica las cláusula décimo segunda y décimo cuarta del pacto constitutivo.—San José, primero de marzo del dos mil trece.—Lic. Franklin Montero Blanco, Notario.—1 vez.—( IN2017156619 ).

Conforme escritura otorgada ante el notario Mario Alexander Sánchez Maroto, los señores Elimileth González Cáceres, cédula de identidad número seis-cero tres cuatro uno-cero uno ocho siete y Tati Gisella Badilla Villalobos, cédula de identidad número seis-cero tres dos ocho-cero dos nueve dos, constituyen Importaciones Mitaki de Sarapiquí Sociedad Anónima, con domicilio en Heredia, Puerto Viejo, Sarapiquí, Finca Alamo doscientos metros norte de la escuela casa número cuarenta y ocho nueve tres. Capital social ¢100.000 colones, totalmente suscrito y pagado.—Guápiles, 27 de julio del 2017.—Lic. Mario Alexander Sánchez Maroto, Notario.—1 vez.—( IN2017156623 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las diecisiete horas del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las sociedades Aytona Inmobiliaria S. A. y Grupo Empresarial de Supermercados S. A., en donde acordaron su fisión por el método de absorción, prevaleciendo la segunda sociedad, además modifica la cláusula quinta del pacto social.—San José, veintiocho de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Federico José Vega Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017156629 ).

Por escritura otorgada a las diez horas quince minutos del treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, ante el notario Sergio García Mejía, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Depósito Las Gravilias Sociedad Anónima, donde se acuerda reformar la cláusula cuarta de los estatutos de la compañía, correspondiente al capital.—San José, treinta y uno de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio García Mejía, Notario.—1 vez.—( IN2017156631 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las catorce horas del veintiséis de julio del dos mil diecisiete; protocolizó acta de la sociedad Newcomb Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto constitutivo referente a la administración. Es todo.—San Isidro de Pérez Zeledón, veintiséis de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Patricia Vargas Jara, Notaria.—1 vez.—( IN2017156632 ).

Por escritura otorgada a las quince horas cuarenta minutos del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, se protocolizan acuerdos por los que se modifica la cláusula uno de los estatutos de la empresa Intelpro S. A.—San José, a las quince horas cincuenta minutos del veintisiete de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Sara Sáenz Umaña, Notaria.—1 vez.—( IN2017156633 ).

En esta notaría, mediante escritura número trescientos noventa y nueve, se disuelve Grupo De Trabajo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y seis mil novecientos cincuenta y cuatro. San José veintiocho de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Mireya Elizondo Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017156639 ).

Por escritura otorgada el día de hoy se constituyó en mi notaría, la compañía LBS Norteña Sociedad Anónima, con un plazo de 99 años y podrá dedicarse al comercio, industria y agroindustria en general. Su capital social es la suma de treinta mil colones, con un capital totalmente suscrito y pagado, el presidente y secretario tienen la representación judicial con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma pero para dispone de cualquier forma o gravar de bienes muebles e inmuebles, debe ser en forma conjunta y con previa autorización de la junta directiva. 10:00 horas del día 28 de junio del 2017.—Lic. Jorge Henry Vega Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017156648 ).

Mediante escritura número ochenta otorgada por la notaría pública, Natalia María González Bogarín, a las ocho horas del veintisiete de julio de dos mil diecisiete, se modifica el domicilio, la representación y junta directiva de la sociedad Corporación J&J Real State Sociedad Anónima.—San José, 27 de julio del 2017.—Licda. Natalia María González Bogarín, Notaria.—1 vez.—( IN2017156650 ).

La suscrita notaria, Rosa Antonia Puello Suazo, da fe que el veinte de junio del dos mil diecisiete, se constituyó Inversiones Coronado CEPIAR Sociedad Anónima. El capital social será de diez mil colones, el aporte es la finca de San José, número dos seis uno cuatro cinco uno-cero cero cero y el vehículo placas BGM ocho ocho nueve.—San José, treinta y uno de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa Antonia Puello Suazo, Notaria.—1 vez.—( IN2017156652 ).

Ante mí, Gonzalo Murillo Álvarez, notario público con oficina en Arenal, Tilarán, Guanacaste; costado sur, del Gimnasio Comunal, debidamente comisionado al efecto procedo a protocolizar el acta de la asamblea general extraordinaria de la empresa denominada Ganadera Tiocinto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero cuatro cuatro seis ocho cero, que en lo conducente dice: Acta número tres: asamblea general extraordinaria de la empresa Ganadera Tiocinto Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno cero uno-cero cuatro cuatro seis ocho cero; celebrada en su domicilio social, a las dos horas del día trece del mes de julio del dos mil diecisiete, con la asistencia de la totalidad del capital social, motivo por el cual se prescinde del trámite de convocatoria previa y se toman los siguientes acuerdos: primero: se acepta la renuncia de la secretaria de la junta directiva la señora Amelia María León Umaña, mayor, divorciada, estilista, portadora de la cedula de identidad número seis-cero dos dos cero-cero siete nueve tres, a quien se le agradece el tiempo que colaboro con la empresa. Segundo: se nombra en el puesto de secretaria a Yesenia León Umaña, mayor, soltera, educadora, portadora de la cedula de identidad número cinco-cero tres tres tres-cero seis cero cuatro quien acepta y jura cumplir fielmente el cargo conferido y entra en posesión del mismo a partir del día de hoy. Tercero: se acuerda modificar el pacto constitutivo, en la cláusula de representación de la sociedad Ganadera Tiocinto Sociedad Anónima, para que la representación judicial y extrajudicial de la compañía sea de ahora en delante de la siguiente manera: corresponderá al presidente, secretario y tesorero la representación judicial y extrajudicial de la compañía, quien actuará con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o separadamente conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del código civil. Podrán sustituir o delegar sus poderes en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, revocar dichas sustituciones o delegaciones y efectuar otras nuevas. Sin limitarse a ser autorizados por asamblea de socios para ningún tipo de acto, pero para disponer de cualquier manera de los bienes muebles o inmuebles de la sociedad deben firmar conjuntamente al menos dos de ellos. Cuarto: se comisiona al Licenciado, Gonzalo Murillo Álvarez para que protocolice en lo conducente el presente acuerdo y proceda y proceda a su respectiva inscripción. Quinto: se declaran firmes todos los anteriores acuerdos y se levanta la sesión treinta minutos después de iniciada. El suscrito notario con vista del libro de actas respectivo da fe de que lo anterior es copia fiel y en lo conducente del acta de asamblea general extraordinaria de accionistas, asentada en el libro número uno, el cual fue debidamente legalizado y que al efecto lleva la sociedad; que el acta se encuentra debidamente firmada y los acuerdos tomados, firmes; que la asamblea se celebró cumpliendo los requisitos legales, con el quórum de ley y lo dispuesto en el pacto constitutivo, de la existencia y vigencia de la compañía con vista de la inscripción practicada en el sistema digitalizado del registro de personas jurídicas bajo la cédula jurídica número antes indicada. Así mismo da fe, de conformidad con lo dispuesto en el numeral setenta y siete del código notarial, que lo omitido en la presente transcripción no modifica, altera, condiciona, restringe ni desvirtúa lo transcrito. Así mismo que según lo dispuesto en el artículo ciento cinco del Código de Notarial, que ha adjuntado una copia del acta aquí protocolizada a su archivo de referencias. Confrontada en lo conducente, el acta preinserta con su original, resultó conforme y la apruebo firmando esta escritura en la ciudad de arenal, a las trece horas del día veintiséis del mes de julio del año dos mil diecisiete. Es todo. Expido un primer testimonio para la sociedad. Leo lo escrito, resulta conforme, lo apruebo y firmo en la ciudad de arenal, a las trece horas del día veintiséis del mes de julio del año dos mil diecisiete.—Lic. Gonzalo Murillo Álvarez, Notario.—1 vez.—( IN2017156653 ).

Por escritura pública de las 09:00 horas de hoy, protocolicé el acta número uno de asamblea general de Dos Lados Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-734247, se modificó la cláusula sexta del pacto constitutivo, relativa a su representación.—San José, 27 de julio de 2017.—Lic. Carlos Alberto Riba Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017156655 ).

Modificación de clausula octava de Inversiones Fercar Acosteñas S. A., cédula jurídica 3-101-727633, de la junta directiva. La sociedad será administrada por una junta directiva compuesta por tres miembros socios o no, con los cargos de presidente, secretario y tesorero. La elección de los directivos se regirá por el sistema de voto simple. Corresponderá al presidente la representación judicial y extrajudicial de la compañía, quien ostentará las facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrá sustituir o delegar su poder en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, revocar dichas sustituciones o delegaciones y efectuar otras nuevas.—Lic. Sergio Vidal Zúñiga López, Notario.—1 vez.—( IN2017156656 ).

A las diez horas del día de hoy, se constituyó la empresa Inmobiliaria Kudasal Sociedad Anónima. Capital: cien mil colones. Notaria: Georgette Barguil Peña.—San José, 28 de julio del 2017.—Licda. Georgette Barguil Peña, Notaria.—1 vez.—( IN2017156657 ).

A las 7:07 horas de hoy, ante esta notaría, se protocolizó el acta de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Grupo Calidad S. A., por medio de la cual se modificaron las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo y se nombró tesorero. Teléfono:  25 92 31 31.Fax: 25 92 45 15.—Cartago, 21 de julio de 2017.—Lic. Alfonso Víquez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017156658 ).

Mediante acta número cinco de la asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Super Baterías O.C. S. A., de esta plaza, cédula jurídica 3-101-358.818, se reforma la cláusula cuarta. Es todo.—San José, 20 de julio del 2017.—Lic. Mario Alberto Piña Líos, Notario Público, carné 8102.—1 vez.—( IN2017156665 ).

El día once de julio de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la sociedad Soapster Corporation Limitada, con cédula jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos veintidós mil quinientos noventa y siete; en donde se acuerda la disolución de dicha entidad por acuerdo de socios.—Desamparados, San José, treinta y uno de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017156666 ).

Ante esta notaría, al ser las dieciséis horas del primero de abril del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de la empresa Inversiones Barbastro S.R.L., donde se acuerda la modificación de las cláusulas tercera, sexta y séptima del pacto constitutivo y se nombra nuevo gerente.—San Ramón de Tres Ríos, 28 de julio del 2017.—Lic. Federico Batalla Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2017156667 ).

Mediante escritura número 18-6, otorgada a las 18:00 horas del 21 de julio del año 2017, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de socios de tres-ciento uno-setecientos treinta y dos mil S. A., mediante la cual se realiza: reforma de la cláusula octava del pacto constitutivo: de la junta directiva.—San Carlos, Ciudad Quesada, 24 de julio del año 2017.—Licda. Angie Andrea Montero Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017156669 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en Guanacaste a las 13:00 horas del 30 de julio de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la Muebles Fusión Sociedad Anónima, donde por decisión unánime de los socios se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Erika Vanessa Montero Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017156670 ).

Briusa Gusy Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos cuarenta y cuatro mil setenta y seis, reforma el domicilio social y reforma la representación judicial y extrajudicial. Es todo.—Lic Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017156682 ).

En notaría, de Lizeth Vargas Vargas, cédula 1-672-061, a las 16:00 horas, de hoy, se constituye la sociedad Alma del Este A. I.C.M. Sociedad Anónima. Capital suscrito y pagado. Apoderado generalísimo presidente.—San José, 26 de julio del 2017.—Licda. Lizeth Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017156671 ).

Por escritura, otorgada ante mí a las trece horas del veinticuatro de julio de dos mil diecisiete, se reformó la cláusula sétima de los estatutos de Diosa de la Bahía Sociedad Anónima.—Golfito, veinticuatro de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Jarlin Guerra Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2017156673 ).

Por escritura, otorgada ante mí, a las catorce horas del veinticuatro de julio de dos mil diecisiete, se reformó la cláusula sexta de los estatutos de Verde Cristal Sociedad Anónima.—Golfito, veinticuatro de julio de dos mil diecisiete.—Licda. Jarlin Guerra Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2017156674 ).

El suscrito Alejandro Sanabria Romero, notario público con oficina en San José, en escritura de las ocho horas del veintiocho de julio del dos mil diecisiete protocolicé el acta de asamblea de socios en la cual en la cual se modifica la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad denominada tres ciento uno quinientos dieciséis mil ciento sesenta y cinco Sociedad Anónima. Es todo, trece horas del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Sanabria Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017156675 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en Guanacaste a las 12:00 horas del 30 de julio de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la Alimar de Santa Cruz Sociedad Anónima, donde por decisión unánime de los socios se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Erika Vanessa Montero Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017156679 ).

Ante la notaría, del notario público, Luis Fernando León Alvarado, en conotariado con el notario, Erick Alberto Lizano Bonilla, mediante escritura número veintisiete-veinticuatro otorgada a las nueve horas del día veinticuatro de julio del año dos mil diecisiete, se protocoliza acuerdo de fusión de la sociedad Desarrollos Globales Marilau S. A., con la sociedad 3-101-559613 S. A.; así como se reforma la cláusula cuatro del pacto social de la primera sociedad que se refiere al capital social.—San José, Costa Rica, 24 de julio del 2017. Misma hora y fecha.—Lic. Erick Alberto Lizano Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017156680 ).

Ante mí, Alejandro Alonso Román González, notario con oficina en Atenas, compareció la totalidad de los cuotistas que conforman el capital social de la sociedad la Óptica Grupo Vlee Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis tres cero cinco cinco nueve yen forma unánime mediante escritura número ciento ocho otorgada en la ciudad de Atenas, a las nueve horas del treinta y uno de julio del dos mil diecisiete, escritura visible al folio ciento ocho frente del tomo treinta y cuatro del protocolo del suscrito notario y por acuerdo unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, treinta y uno de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Alonso Román González, Notario.—1 vez.—( IN2017156681 ).

Ante mí, Henry Alonso Víquez Arias, notario con oficina en Atenas, compareció la totalidad de los socios que conforman el capital social de la sociedad Vidrio Centro Atenas Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cinco uno tres uno uno y en forma unánime mediante escritura número cincuenta y siete otorgada en la ciudad de Atenas a las catorce horas del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, escritura cuarenta y siete visible al folio veintisiete vuelto del tomo  treinta y ocho del protocolo del suscrito notario y por acuerdo unánime se acordó disolver la indicada sociedad.—Atenas, veintisiete de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Henry Alonso Víquez Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017156684 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en Guanacaste, a las 10:00 horas del 30 de julio de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Bunbury Havnazul RT Catorce Sociedad Anónima, donde por decisión unánime de los socios se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Erika Vanessa Montero Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017156685 ).

Centro de Serenidad y Belleza Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-doscientos cuarenta y nueve mil cuatrocientos, reforma el domicilio social„ reforma la representación judicial y extrajudicial y nombra un nuevo presidente y secretario por el resto del plazo social. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario Público.—1 vez.—( IN2017156686 ).

En escritura número 244 de las 11:30 horas del 31 de julio del 2017 de la notaría, del Lic. Carlos Víquez Jara, actuando en forma conotariada con el suscrito notario, protocolizamos acta N° 30 de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la entidad Bolbaldi Limitada, cédula jurídica N° 3-102-032262, en la cual se nombró la vacante de gerente primero.—San José, 31 de julio del 2017. Lic. José Francisco Protti Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017156687 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 16:00 horas, del día 27 de julio del 2017, protocolicé asamblea general extraordinaria de socios, de la sociedad Maruh S. A. Se disuelve la sociedad.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017156688 ).

Ante ésta notaria, por escritura otorgada a las diez horas del día diecinueve de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Autos Transportes Chavarría Meza S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, treinta y uno de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Francisco González Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017156690 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en Guanacaste a las 11:00 horas del 30 de julio de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la International Sunny Properties Limitada, donde por decisión unánime de los socios se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Erika Vanessa Montero Corrales, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017156696 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las dieciséis horas del día veinte de julio del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Transnorte de Upala S. A., donde se reforman las cláusulas segunda y sétima del pacto constitutivo y se nombra nueva junta directiva.—San José, treinta y uno de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Gabriela Quirós Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2017156697 ).

Inversiones Lakmar S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios.—Belén, Heredia, veintinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Ramírez Villanea, Notario.—1 vez.—( IN2017156699 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, en Guanacaste a las 11:00 horas del 27 de julio de 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Jaspes del Trópico DT Sociedad Anónima, donde por decisión unánime de los socios se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Erika Vanessa Montero Corrales, Notaria.—1 vez.—( IN2017156701 ).

Por escritura número100 del tomo 21 de la notaria Carolina Segnini Rodríguez, a las 11:00 horas del 27 de julio del 2017, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Compañía Latinoamericana de Aplicaciones Informáticas Centroamérica S. A., en la cual se modifica el clausula segunda del estatuto social.—San José, 28 de julio de 2017.—Licda. Carolina Segnini Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017156702 ).

El suscrito notario protocolizó el día veintiséis de julio del dos mil diecisiete, el acta número uno de la sociedad Villananda LLC S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos un mil ciento noventa y seis, se modifica la cláusula sexta de administración, se revoca el nombramiento de los gerentes y del agente residente.—San José, treinta y uno de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Roger Petersen Morice, Notario.—1 vez.—( IN2017156703 ).

Por escritura número ochenta y cinco, otorgada en la ciudad de San José a las diez horas quince minutos del treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete, mediante la cual se dispuso la disolución de la sociedad denominada: Trepante Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno-quinientos cincuenta y ocho mil-novecientos noventa y siete, no se adjudican ni estiman ningún activo ni pasivo, por cuanto la sociedad no los generó durante su existencia. Artículo 201 del Código de Comercio.—San José, treinta y uno de junio del año dos mil diecisiete.—Licda. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2017156705 ).

Por escritura número ochenta y cuatro, otorgada en la ciudad de San José a las diez horas del treinta y uno de julio del año dos mil diecisiete, mediante la cual se dispuso la disolución de la sociedad denominada: Landerij Investering Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres- ciento uno-quinientos ochenta y ocho mil-novecientos cuarenta, no se adjudican ni estiman ningún activo ni pasivo, por cuanto la sociedad no los generó durante su existencia. Artículo 201 del Código de Comercio.—San José, treinta y uno de junio del año dos mil diecisiete.—Licda. Ligia María González Leiva, Notaria.—1 vez.—( IN2017156708 ).

Por escritura número 200-1 he protocolizado acta de Asamblea de la sociedad Arquitectura Interior Arinsa S. A., cédula jurídica 3-101 - 058454. Se reforman estatutos.—San José, 31 e julio del 2017. Licda. Sylvia Patricia Gómez Delgadillo, carné 22645.—Licda. Sylvia Patricia Gómez Delgadillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017156710 ).

NOTIFICACIONES

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

De conformidad con resolución JPIGTA-0835-2017 de las 09:00 horas del 25 de mayo del 2017. El Ministro de Trabajo y Seguridad Social, resuelve impartir aprobación final a la resolución JPIGTA-0835-2017, de sesión celebrada en San José, a las 09:00 horas del 27 de junio del 2017, de la Junta de Pensiones e Indemnizaciones de Guerra. Se otorga traspaso de pensión de guerra incoadas por Gutiérrez Pizarro Cecilia, cédula de identidad N° 5-047-481, a partir del día 01 de enero del 2017; por la suma de ciento diecinueve mil ochenta y un colones con cuarenta y ocho céntimos (¢119.081,48), mensuales en forma vitalicia, sin perjuicio de los aumentos que por costo de vida que se hayan decretado a la fecha. Se da así por agotada la vía administrativa. Notifíquese.—Alfredo Hasbunn Camacho, Ministro de Trabajo y Seguridad Social.—Irma Velásquez Yanez, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—( IN2017158214 ).

INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL

Instituto de Desarrollo Rural.—Oficina Territorial de Siquirres.—Notificación por abandono injustificado para dar inicio al procedimiento administrativo de revocatoria de adjudicación de la granja familiar N° 22 Asentamiento Manu. Batán de Matina, provincia de Limón, a las ocho horas con cuarenta minutos del 15 de julio del 2017. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 107 y 108 del Reglamento Autónomo para la Selección y Adjudicación de Solicitantes de Tierra, publicada en La Gaceta N° 38 del 22 de febrero del 2008 con reformas publicadas en La Gaceta N° 94 del 16 de mayo del 2008, en los artículos 110, 111 y 112 del Reglamento Autónomo de Procedimientos Administrativos del Instituto de Desarrollo Rural publicado en La Gaceta N° 116 del 16 de junio del 2010, se constituye este Órgano Director por acuerdo de Junta Directiva, tomado artículo 1, sesión 031-003, celebrada el 1° de julio del 2003, para instruir la investigación administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos en el lote N° 22, asentamiento Manu, el cual fue adjudicado mediante el acuerdo de junta directiva artículo XLIX, de la sesión 078-02, con fecha 18 noviembre del 20021 a favor 4-0170-0703 por cuanto la Oficina Territorial de Siquirres determina en informe ORS-1004-2016 del 14 de setiembre 2016, que la señora Cindy Vanessa Navarro Sequeira, cédula N° 4-0170-0703, adjudicataria ha incurrido en la causal por abandono injustificado del terreno, negligencia e ineptitud, estipulaciones reguladas en el artículo 68, inciso 4, párrafos b) y c) de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 y sus reformas y el artículo 67 de la Ley 9036. Se informa a la citada administrada que tienen derecho al recurso de revocatoria contra la resolución inicial del Órgano Director y de Apelación contra la Resolución final de la Junta Directiva los cuales deben interponerse ante este Órgano Director en el momento procesal correspondiente. A la administrada, se les previene que dentro del plazo de tres días contados al día siguiente de la notificación, debe señalar lugar o medio para atender notificaciones en casa u Oficina dentro del perímetro administrativo de la Oficina Territorial de Siquirres, o un número de fax, ubicado dentro del territorio nacional o cualquier medio de notificación, bajo apercibimiento que de no hacerlo las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas con solo el transcurso de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá si el lugar señalado o el medio indicado, fuese impreciso, incierto o ya no existiere. A la administrada señora Cindy Vanessa Navarro Sequeira N° 4-0170-0703, se le concede audiencia, por el término de quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del segundo edicto de La Gaceta para que se apersone ante el Órgano Director en defensa de sus derechos y ofrezcan las pruebas de descargo que considere oportunas. Debe acudir personalmente y no por medio de Apoderado, aunque si tienen derecho a estar asesorados por un abogado si lo desean. Asimismo se le indica que en el mismo acto de la comparecencia o en fecha anterior, por escrito podrá aportar las pruebas en su favor que considere oportuna y hacer los alegatos que estime pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la señalada. Se hace del conocimiento de los administrados que el proceso se instruye por presunto incumplimiento de los artículos 68 inciso 4), párrafos b) y c) de la Ley de Tierras y Colonización N° 2825 del 14 de octubre de 1961 y sus reformas, artículo 67 de la Ley 9036, referida a la causal de abandono injustificado, negligencia e ineptitud del predio. Se pone en su conocimiento, el expediente administrativo el cual se encuentra en la Oficina Territorial de Siquirres, el cual podrán revisar y fotocopiar dentro del horario normal del Instituto. Se le informa a la administrada que se les está notificando por edicto ya que no fueron localizados en el predio, Asentamiento, ni en la Región Huetar Atlántica se desconoce su domicilio o paradero inclusive por sus vecinos y familia según acta que consta en el expediente. Remítase esta resolución a la Imprenta Nacional para la publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese. Región de Desarrollo Huetar Caribe.—Lic. Manuel Rojas Sanabria, Asesor Legal Regional.—( IN2017158336 ).                                                                                                                                           2 v. 1

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ

NOTIFICACIÓN DESPIDO

JEANCARLO GUTIERREZ GONZALEZ

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

San José 18 de julio del 2017

DRH-OAL-1870-182-2017

Señor

JEANCARLO GUTIERREZ GONZALEZ

Señor Gutiérrez:

Según expediente Nº 182-3-17, iniciado a su nombre, la Oficina de Asuntos Laborales emitió el propósito de despido sin responsabilidad patronal a usted comunicado de forma personal mediante oficio DRH-OAL-802-2017, por haber incurrido en falta al contrato de trabajo, al ausentarse los días 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30 y 31 de marzo del 2017 sin justificación alguna, según el artículo 112 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de San José, recomendando la imposición de despido sin responsabilidad patronal violando así mismo el artículo 147 del código Municipal; asimismo en cuanto a la Junta de Relaciones Laborales mediante oficio N° JRL-112-2013, del 14 de julio del 2017, del análisis del caso ese Órgano estableció, que: “esta comisión considera mantener el propósito cursado con el beneficio del artículo 27 de la Convención Colectiva”

Así las cosas, el suscrito en ejercicio de las atribuciones y obligaciones que me otorga el artículo 17 literal a) y k) del Código Municipal, he decidido acoger la recomendación dada por la Junta de Relaciones Laborales, por lo que con fundamento en la norma supra y atendiendo el procedimiento señalado en el artículo 150 de ese Código y con fundamento en el artículo 112 del Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de San José y el 81 del Código de Trabajo comunicarle que esta Municipalidad ha dispuesto despedirlo de su cargo sin responsabilidad patronal, - al haber quedado demostrado en forma fehaciente y contundente la falta a usted imputada en oficio DRH-OAL-802-2017, lo que por ende generó pérdida de confianza hacia su persona como funcionario municipal; lo anterior a partir del día 31 de julio del 2017 por lo que su último día de relación laboral con esta Institución lo será el día 30 de julio del 2017.

Igualmente hago de su conocimiento que esta comunicación admite los recursos de revocatoria y apelación en subsidio ante este despacho, los cuales deben interponerse dentro de los 8 días posteriores de serle notificado el presente oficio. Dentro de este mismo plazo se deben exponer los motivos de hecho y de derecho en que se fundamenta su inconformidad, así mismo debe señalar lugar o medio de comunicación –fax- dentro del cantón Central de San José, donde atender notificaciones.

Atentamente,

Ing. Johnny Araya Monge

Alcalde Municipal de San José

San José, 21 de julio de 2017.—Departamento de Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—O.C. Nº 137647.—Solicitud Nº 90833.—( IN2017156638 ).