LA GACETA N° 152 DEL 11 DE
AGOSTO DEL 2017
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
MINISTERIO
DE LA PRESIDENCIA
MINISTERIO
DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
DOCUMENTOS
VARIOS
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
AVISOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
UNIVERSIDAD
NACIONAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
PODER
LEGISLATIVO
BANCO
NACIONAL DE COSTA RICA
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
AVISOS
FE DE
ERRATAS
BANCO
CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
UNIVERSIDAD
NACIONAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
JUNTA
DE ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
Y DE
DESARROLLO ECONOMICO
DE LA
VERTIENTE ATLÁNTICA
AVISOS
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD
DE CARTAGO
MUNICIPALIDAD
SAN ISIDRO HEREDIA
REGLAMENTOS
MUNICIPALIDADES
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
UNIVERSIDAD ESTATAL A DISTANCIA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
INSTITUTO DE DESARROLLO RURAL
MUNICIPALIDADES
N° 700-PE
LA VICEMINISTRA DE LA PRESIDENCIA
Con fundamento en los Artículos
47 y 48 de la Ley 6227, Ley General de la Administración Pública y el Acuerdo
N° 030-MP, publicado en La Gaceta N° 87 del 7 de mayo de 2015.
ACUERDA:
Artículo
1°—Designar a los Señores Gerardo Alpízar Gamboa, cédula N° 2-340-628, y
Rogelio Chaves Barboza, cédula N° 6-202-165 funcionarios de la Unidad Especial
de Intervención del Ministerio de la Presidencia, para que participen como
visitantes distinguidos en las Fuerzas Comando 2017, que se llevará a cabo del
23 al 28 de julio del 2017, en la ciudad de Asunción, Paraguay.
Artículo 2°—Los gastos por concepto de viaje,
alojamiento y alimentación, serán cubiertos por el Comando Sur de Los Estados
Unidos.
Artículo 3°—Durante su participación en la
referida actividad, los funcionarios devengarán el 100% de su salario.
Artículo 4°—En un plazo no mayor a ocho días
naturales contados a partir de su regreso, los funcionarios rendirán un informe
ejecutivo a su superior jerárquico, describiendo las actividades desarrolladas,
los resultados obtenidos y los beneficios logrados para la Institución y el
país en general.
Artículo 5°—Rige del 22 al 29 de julio del
2017.
Dado en la Presidencia de la
República, el día 14 de julio del 2017.
Ana Gabriel Zúñiga Aponte,
Viceministra de la Presidencia.— 1 vez.—O. C. N° 32876.—Solicitud N° 10002.—(
IN2017157195 ).
N° 003-2017-GRH-DGME-MGP
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE GOBERNACIÓN Y POLICÍA
Con fundamento en las
atribuciones conferidas por los artículos: 140 inciso 1) y 146 de la
Constitución Política; 1, 6, 29, 30, 53 inciso a), y 65 de la Ley General de
Policía, Ley N°7410 del 26 de mayo de 1994, publicada en La Gaceta N°
103, Alcance N° 16 del 30 de mayo de 1994; 26, 33, 34 y Transitorio 1 del
Reglamento de Organización y Servicios de la Policía Profesional de Migración y
Extranjería, Decreto Ejecutivo N° 38756-MGP, del 24 de octubre del año 2014,
publicado en el Alcance N° 74 a La Gaceta N° 237 del 09 de diciembre de
2014.
Considerando:
I.—Que de acuerdo con la Sesión
Ordinaria Acta N° 09-2016-CPMGP del 04 de noviembre de 2016, el Consejo de
Personal del Ministerio de Gobernación y Policía, refrendó el nombramiento en
propiedad en el Régimen del Estatuto Policial del funcionario que se dirá.
II.—Que dicho servidor cumplió con los
requisitos impuestos por Ley General de Policía y por el Reglamento de
Organización y Servicios de la Policía Profesional de Migración y Extranjería.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Aprobar el ingreso al Estatuto Policial, con las
obligaciones y derechos que implica, de conformidad con la Ley General de
Policía, del siguiente funcionario:
|
Nombre |
Cédula |
N° puesto |
Clase |
1 |
Escobar López Francisco de Jesús |
2-0467-0568 |
04128 |
Policía de Migración 2 |
Artículo 2°—Rige a partir del 04
de noviembre de 2016.
Dado en la Presidencia de la
República, a las diez horas y dieciocho minutos del día treinta y uno de enero
del dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—El
Ministro de Gobernación y Policía, Luis Gustavo Mata Vega.—1 vez.—O. C. N°
3400031432.—Solicitud N° 5395.—( IN2017157204 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante
esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de
Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 123, Asiento 21,
título N° 248, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Purral, en el año
dos mil nueve, a nombre de Núñez Morales Jakeline Patricia, cédula Nº
1-1404-0480. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiuno días
del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017156790 ).
Ante esta Dirección se ha
presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 111, título Nº 552, emitido por el Liceo La
Rita, en el año dos mil quince, a nombre de Alfaro Avendaño Jaudieth Yari,
cédula Nº 4-0232-0988. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiún
días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017157066 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo 1, folio 279, título N° 721, emitido por el Liceo Ing. Manuel Benavides
R., en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Montero Romero
Laureano, cédula: 1-0734-0870. Se solicita la reposición del título indicado
por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de
octubre del 2016.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156881 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40, título
Nº 165, emitido por el Liceo de Tarrazú, en el año mil novecientos noventa y
cinco, a nombre de Granados Valverde José Faustino, cédula Nº 1-1011-0123. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de julio del
dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156897 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 41, título
N° 361, emitido por el Centro Educativo María Inmaculada, en el año dos mil
catorce, a nombre de Montiel Loaiza Ian Jorsuan, cédula 7-0253-0306. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de julio del
dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156954 ).
Ante esta dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 57, Título N° 466, emitido por el Colegio
Técnico Profesional Padre Roberto Evans Saunders de Siquirres, en el año mil
novecientos noventa y tres, a nombre de Briones Méndez María, cédula
3-0331-0944. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 28 de julio del
2017.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017156968 ).
Ante esta dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 26, título N° 1259, emitido por el Liceo
Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil catorce, a nombre de Pereira Vindas
María Tanisha, cédula 4-0231-0610. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 7 de junio del 2017.—Dirección de Gestión y Evaluación de la
Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157015 ).
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 17, título Nº 32, emitido por el Colegio
Nacional Virtual Marco Tulio Salazar Sede Escuela República de Colombia, en el
año dos mil quince, a nombre de Umaña Cerdas Elki Vanessa, cédula Nº
2-0754-0994. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes
de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017157133 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 02, título
Nº 07, emitido por el Colegio Madre del Divino Pastor de Corredores, en el año
dos mil dos, a nombre de Rojas Mora Marcel Gerardo, cédula Nº 6-0343-0143. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de enero del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157226 ).
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 1, folio 15, título Nº 30, emitido por el Colegio
Técnico Profesional de Pital, en el año mil novecientos noventa y seis, a
nombre de Liseth Hidalgo Paniagua. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original y corrección del nombre, cuyos nombres
y apellidos correctos son: Lizett Hidalgo Paniagua, cédula Nº 2-0515-0209. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157707 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 06,
asiento 10, título Nº 27, emitido por el Liceo de Mata de Plátano, en el año
dos mil doce, a nombre de Vicente de León Ronny Manuel, cédula Nº 8-0099-0378.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de marzo del dos
mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157728 ).
Ante este Departamento
se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en
Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 07, título Nº 26 y del Título de
Técnico Medio en Ejecutivo para Centros de Servicios, inscrito en el tomo 1,
folio 03, título Nº 05 ambos títulos en el año mil dos mil trece, ambos títulos
fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de San Rafael de Poás, a
nombre de Salazar Alfaro Rebeca, cédula Nº 2-0709-0806. Se solicita la
reposición de los títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los veintidós días del mes de junio del dos mil
diecisiete.—Departamento Evaluación Académica y Certificación.—MEd. Lilliam
Mora Aguilar, Jefa.—( IN2017158048 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 87, título N° 655, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Ricardo Castro Beer, en el año dos mil, a nombre de Alvarado Quesada Víctor
Eduardo, cédula 1-1154-0697. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
cuatro días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157018
).
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 2, folio 303, título Nº 3425 y del Título de Técnico
Medio en Informática en Programación, inscrito en el tomo 1, folio 304, título
Nº 4943, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico Profesional de
Educación Comercial y de Servicios en el año dos mil diez, a nombre de Pereira
Solera José Manuel, cédula Nº 1-1493-0966. Se solicita la reposición de los
títulos indicados por pérdida de los títulos originales. Se publica este edicto
para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017158074 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 13, título
Nº 68, emitido por el Centro Educativo Campestre, en el año dos mil cuatro, a
nombre de Muir Quinn Andrea Matilde, cédula Nº 9-0112-0946. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, al primer día del mes de agosto del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017158327 ).
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación
Media, inscrito en el tomo 01, folio 14, título Nº 69, emitido por el Colegio
Científico Interamericano, en el año dos mil catorce, a nombre de Loaiza Chaves
Alexa Sarita, cédula Nº 3-0500-0869. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los once días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017158433 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 254,
título Nº 3297, emitido por el Liceo de Escazú, en el año dos mil nueve, a
nombre de Calderón Hernández Cesar Andrés, cédula Nº 1-1452-0413. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, al primer día del mes de agosto del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017158448 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 397,
título Nº 2075, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año dos mil
nueve, a nombre de Alvarado Calvo Betzabeth, cédula Nº 1-1467-0732. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017158475 ).
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Técnico Medio en
Contabilidad en Costos, inscrito en el tomo 1, folio 29, asiento 22, título Nº
288, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Quepos, en el año dos mil
doce, a nombre de Bermúdez Mata Yerlin Maritza, cédula Nº 6-0403-0370. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de diciembre del dos mil
dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017158605 ).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de
Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización sindical denominada: Unión Nacional de Oficiales de Tránsito y
Afines, siglas: UNAOTRAA, al que se le asigna el código 994-SI, acordada en
asamblea celebrada el 27 de mayo del 2017. Habiéndose cumplido con lo
disposiciones contenidas en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley
Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la
inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de
registro que al efecto lleva este Registro, visible al tomo: 16, folio: 260,
asiento: 5001, del 18 de julio del 2017. La Junta Directiva nombrada en la
asamblea constitutiva celebrada el 27 de mayo del 2017, con una vigencia que va
desde el 27 de mayo del 2017 al 31 de julio del 2019, quedó conformada de la
siguiente manera:
Secretario General |
Joselito Ureña Vega |
Secretario General Adjunto |
Luis Fernando Jara Barrantes |
Secretaria de Finanzas |
Hazel Tencio Martínez |
Secretaria de Actas y Correspondencia |
Priscila Solano Venegas |
Secretario de Organización |
Yoseth Guerrero Solano |
Secretario de Educación |
Minor Delgado Flores |
Vocal |
Roberto Rojas Borbón |
Fiscal |
Wenceslao Pérez Sánchez |
18 de julio
de 2017.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Licda. Nuria Calvo Pacheco,
Jefe a. í.—Exonerado.—( IN2017156924 ).
De conformidad con la autorización
extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a
la inscripción de la organización sindical denominada: Sindicato de la Defensa
Pública, siglas SINDEPU al que se le asigna el Código 995-SI, acordada en
asamblea celebrada el 21 de abril del 2017. Habiéndose cumplido con lo
disposiciones contenidas en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la
inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de
registro que al efecto lleva este Registro, visible al Tomo: 1, Folio: 398,
Asiento: 5004, del 28 de julio del 2017. La Junta Directiva nombrada en la
asamblea constitutiva celebrada el 21 de abril de 2017, con una vigencia que va
desde el 21 de abril de 2017 al 30 de abril de 2019 quedó conformada de la
siguiente manera:
Secretario
General: Roberto Madrigal Zamora
Primera Secretaria General
Adjunta: Natalia Gamboa Sánchez
Segunda Secretaria General
Adjunta: Crissiam Wong Vega
Secretario de actas: Marco
Vinicio González Salas
Secretaria de Finanzas: Andrea
González Céspedes
Vocal 1: Sebastián Meses Arias
Vocal 2: Olman Ugalde González
Vocal 3: Ethel Duarte Hernández
Vocal 4: Roberto Díaz Sánchez
San José, 28 de
julio del 2017.
Licda. Nuria Calvo Pacheco, Jefe a. í.—Exonerado.— ( IN2017157056 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Las imágenes respectivas podrán verlas
en La Gaceta con firma digital en PDF
Yeison
Campos Fernández, cédula de identidad Nº 206150892, en calidad de apoderado
generalísimo de Innovagreen Technology Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-707247, con domicilio en: San Ramón, frente al lago de Alfaro, Alajuela,
Costa Rica, solicita la inscripción de: INNOVAGREEN TECHNOLOGY IGT INNOVAGREEN
TECHNOLOGY
como nombre comercial
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a automatización industrial, domotica, internet de las cosas, mantenimiento
industrial, electrónica, casas inteligentes, smart house, redes informáticas,
ubicado en Alajuela, San Ramón frente al lago de Alfaro. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 10 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006644.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 18 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017156609 ).
Federico Castro Kahle,
casado una vez, cédula de identidad 112030778, en calidad de apoderado especial
de C.K.I. S. A., cédula jurídica 3101131328, con domicilio en La Uruca,
edificio San José 2000, oficina PB-1, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: F.C.J. volcancito
como marca de fábrica y comercio
en clase: 30 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Productos
de café, té y sucedáneos del café. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 6 de junio de 2014. Solicitud Nº 2014-0004796. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de julio de 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2017156621 ).
Omar Chacón Hernández,
casado una vez, cédula de identidad Nº 303560969, en calidad de apoderado generalísimo
de Naseol Importaciones Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101563325, con
domicilio en de la entrada a La Puebla de los Pardos, 150 metros sur y 200
metros oeste, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: VFUEL
como marca de fábrica, en clases: 5 y 32
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 5:
complementos alimenticios deportivos y suplementos alimenticios. Clase 32:
bebidas sin alcohol; bebidas a base de frutas y zumos de frutas; siropes y
otras preparaciones para elaborar bebidas; gel deportivo de resistencia.
Reservas: de los colores: azul, gris y blanco. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de
julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006602. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio
del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156676 ).
Michael Tarcica
Galindo, soltero, cédula de identidad 114070869, en calidad de apoderado
generalísimo de Parkside Inmobiliaria S. A., cédula jurídica 3101669952, con
domicilio en cantón San José, Sabana Sur, 250 m al sur de Pops, casa a mano
derecha color azul de dos pisos, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: HOGARIS como marca de servicios en clase: 36, internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Negocios inmobiliarios. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 3 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006413. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017156698 ).
Julio César Ruiz
Chavarría, soltero, cédula de identidad 109550665, en calidad de apoderado
especial de Agropecuaria Blanco y González de Grecia Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3101217790 con domicilio en Grecia, San Roque, 100 metros norte del
Liceo León Cortés Castro, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: EL
CHAYOTE como nombre comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a: diferentes
actividades agro-eco turísticas, tales como producción de leche, servicios de
alquiler de caballos y servicios de alimentación; así mismo, servicios de
tours. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de diciembre de
2016. Solicitud Nº 2016-0012120. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 6 de abril de
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017156716 ).
Julio César Ruiz
Chavarría, soltero, cédula de identidad Nº 109550665, en calidad de apoderado
especial de Agropecuaria Blanco y González de Grecia Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3101217790, con domicilio en: Grecia, San Roque, cien metros norte
del Liceo León Cortes Castro, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:
LA ESPUMA, como nombre comercial, para proteger y distinguir lo
siguiente: un establecimiento comercial dedicado a diferentes actividades
agro-eco turísticas, tales como producción de leche, servicios de alquiler de
caballos; servicios de hospedaje, y servicios de alimentación; así mismo,
servicios de tours, ubicado en Alajuela, Grecia, barrio El Mezón 400 al norte
pulpería La Parada. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
diciembre del 2016. Solicitud N° 2016-0012123. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
08 de febrero del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017156720 ).
Monserrat Alfaro
Solano, divorciada, cédula de identidad 111490188, en calidad de apoderada
especial de Nutrapharm S. A., con domicilio en Bernardo O’higgins 156 Parque
Industrial Los Libertadores, Colina, Chile, solicita la inscripción de: SALUCOL
como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico
y veterinario; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y
sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés;
complementos alimenticios, para personas o animales; emplastos, material para
apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes;
productos para eliminar animales dañinos fungicidas, herbicidas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 01 de febrero del 2017, solicitud Nº
2017-0000925. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de febrero del 2017.—César Alfonso
Rojas Zúñiga, Registradora.—( IN2017156723 ).
Julio César Ruiz Chavarría, soltero, cédula de identidad 109550665, en
calidad de apoderado especial de Helados Sensación, Limitada, cédula jurídica
3102368681, con domicilio en Grecia Barrio El Mezón cuatrocientos al norte
pulpería La Parada, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: RASPADO
como marca de fábrica y comercio en clases: 30. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 30: Helados. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de diciembre de 2016. Solicitud Nº 2016-0012125. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 13 de febrero de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017156724 ).
Julián Wagner Torres,
cédula de residencia N° 148400240612, en calidad de apoderado generalísimo de
N° 3-101-627452 Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-627452, con
domicilio en Sabana Sur, del Tennis Club, 100 metros al este, 100 metros al
sur, 100 metros al este, 100 metros al norte y 75 metros al oeste, apartamento
N° 1, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como nombre comercial en
clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 49 un
establecimiento comercial dedicado a venta de ropa y artículos para bebés,
ubicado en Guadalupe, Goicoechea, 175 metros este de la Iglesia Católica. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003233. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 24 de mayo del
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017156727 ).
Nadiia Korzhova, de un
único apellido en razón de su nacionalidad ucraniana, soltera, pasaporte
EC801452, en calidad de apoderada generalísima sin límite de suma de Pacific
Fresh Foods Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101695544, con domicilio en
Escazú, distrito Central, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio El Pórtico,
primer nivel, Oficina número nueve, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Nana Banana,
como marca
de comercio en clase: 31 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: banano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de junio del
2017. Solicitud Nº 2017-0005249. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio de
2017.—Sabrina Loaiciga Pérez, Registradora.—( IN2017156743 ).
Kuan Fong Lai Lee,
casado una vez, cédula de identidad Nº 800670249 y María José Valverde
Barquero, casada una vez, cédula de identidad Nº 111440785, con domicilio en:
Curridabat, Granadilla, condominios Bosque Verde, casa Nº 2, San José, Costa
Rica y Curridabat, Granadilla, condominios Bosque Verde, casa Nº 2, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: WOKi
como marca
de servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios de bar, restaurante y catering service. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 24 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0007126.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 28 de julio del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017156747 ).
Ileana María Ríos
Chamorro, soltera, cédula de identidad 502120476, con domicilio en Liberia, 200
este de Farmacia Santa Fe, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Tía Ilea
como marca de fábrica y comercio
en clase: 29 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 29:
Jaleas, mermeladas, almibares, pulpas de frutas. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 29 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006309. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 13 de julio de 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017156766 ).
Sebastien Laurent
Lafaye, casado una vez, cédula de residencia N° 125000034813, en calidad de
apoderado generalísimo de S.T.C. Sustainable Trading Company, S. A., cédula
jurídica N° 3101636370, con domicilio en Curridabat, Guayabos, Condominio Via
Ciprés, casa N° 20, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ESTRELLA,
como marca de comercio en clase: 31, internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Productos agrícolas y hortícolas en bruto y sin procesar; granos
y semillas en bruto y sin procesar; plantas naturales; bulbos, plantones y semillas
para plantar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de julio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0006591. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de julio
del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017156793 ).
Sebastien Laurent
Lafaye, casado una vez, cédula de residencia 125000034813, en calidad de
apoderado generalísimo de S.T.C. Sustainable Trading Company S. A., cédula
jurídica 3101636370 con domicilio en Curridabat, Guayabos, Condominio Vía
Cipres, casa número 20, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MONARCA
como marca de comercio en clase 31 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Productos agrícolas y hortícolas en bruto y sin procesar; granos y
semillas en bruto y sin procesar; plantas naturales; bulbos, plantones y
semillas para plantar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de
julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006590. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de julio
del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017156794 ).
Álvaro Sáenz Saborío,
casado, cédula de identidad N° 105000072, en calidad de apoderado generalísimo
de Distribuidora Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica 3101009367, con
domicilio en La Lima, 300 norte de la Bomba Delta, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: AXENTUS, como marca de fábrica en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: insecticidas,
fungicidas, herbicidas, nematicidas y plaguicidas para uso agrícola. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 04 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0006454. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Ildreth Araya
Mesen, Registradora.—( IN2017156808 ).
Álvaro Sáenz Saborío,
casado, cédula de identidad 105000072, en calidad de apoderado generalísimo de
Distribuidora Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica 3101009367 con
domicilio en La Lima, 300 norte de la bomba Delta, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: MINERVA como marca de fábrica en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Insecticidas,
fungicidas, herbicidas, nematicidas y plaguicidas para uso agrícola. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del 2017, solicitud Nº
2017-0006455. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017156809 ).
Álvaro Sáenz Saborío,
cédula de identidad N° 105000072, en calidad de apoderado especial de
Distribuidora Comercial Agrotico S. A., cédula jurídica N° 3101009367, con
domicilio en La Lima, 300 norte de La Bomba Delta, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ARGENTO, como marca de fábrica y comercio en
clase: 5. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: insecticidas,
fungicidas, herbicidas, nematicidas y plaguicidas para uso agrícola. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 04 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0006456. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Ildreth Araya
Mesén, Registradora.—( IN2017156810 ).
Álvaro Sáenz Saborío,
casado, cédula de identidad N° 105000072, en calidad de apoderado generalísimo
de Distribuidora Comercial Agrotico S. A. cédula jurídica N° 3101009367-08, con
domicilio en La Lima, 300 norte de la Bomba Delta, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: ARGENTO PLUS, como marca de fábrica en
clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: insecticidas,
fungicidas, herbicidas, nematicidas y plaguicidas para uso agrícola. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 4 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0006457. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 13 de julio del 2017.—Ildreth Araya
Mesen, Registradora.—( IN2017156811 ).
Edgar Zurcher Gurdián,
cédula de identidad 105320390, en calidad de apoderado especial de TBL
Licensing LLC, con domicilio en 200 Domain Drive, Stratham, New Hampshire
03885, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: PRO
como marca de fábrica y comercio
en clase: 25 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 25:
Vestuario, calzado y sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005646. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de junio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017156827 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad N°
110660601, en calidad de apoderado especial de Apple INC., con domicilio en 1
Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América, solicita
la inscripción de: 3D TOUCH, como marca de fábrica y comercio en clase:
14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: joyería. Prioridad:
se otorga prioridad N° 67738 de fecha 28/07/2015 de Jamaica. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de enero de 2016. Solicitud Nº 2016-0000745. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesen,
Registradora.—( IN2017156828 ).
Edgar Zurcher Gurdián,
divorciado, cédula de identidad 105320390, en calidad de Apoderado Especial de
Comercializadora de Lácteos y Derivados Sociedad Anónima de Capital Variable
(COMLADE) con domicilio en Calzada Lázaro Cárdenas Nº 185, Col. Parque
Industrial Lagunero, C.P. 35077, Gómez Palacio, Durango, México, solicita la
inscripción de: Lala Te Cuida como señal de propaganda en clases
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 50 Para promocionar
bebidas a base de leche acondicionadas con café productos protegidos por la
solicitud de la marca CAFÉ
CON LECHE LALA CLASICO (DISENO),
en clase 29 inscrita el 05 de diciembre del 2016, según Reg. Nº258116; Bebidas
a base de leche acondicionadas con café, con sabor a mocha”, productos
protegidos por la solicitud de la marca CAFÉ CON LECHE LALA MOCHA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de diciembre del 2016, según
Reg. Nº258119; “Bebidas a base de leche acondicionadas con café”, productos
protegidos por la solicitud de la marca CAFÉ CON LECHE LALA VAINILLA (DISEÑO), en
clase 29, inscrita el 05 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 258117 Bebidas a
base de leche acondicionadas con café, sin azúcar”, productos protegidos por la
solicitud de la marca CAFÉ
CON LECHE LALA SIN AZUCAR (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 05 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 258115; “Leche y productos
lácteos, bebidas lácteas (predominando la leche), mantequilla, yogurt, crema,
crema ácida”, productos protegidos por la solicitud de la marca LA CRIOLLITA,
en clase 29, inscrita el 13 de mayo del 2016,” según Reg. Nº 252197; Carne,
pescado, aves y caza, extractos de carne, frutas y legumbres en conserva, secas
y cocidas, jaleas y mermeladas, huevos, especialmente, leche y productos
lácteos, aceites y grasas comestibles, salsas para ensaladas y conservas”,
productos protegidos por la solicitud de la marca LALA (DISEÑO), en clase
29, inscrita el 27 de octubre de 1998, según Reg. Nº 109550; “Carnes, pescado,
aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y
cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos;
aceites y grasas comestibles, conservas, encurtidos”, productos protegidos por
la solicitud de la marca LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 17 de abril del 2009, según
Reg. Nº 189036; “Leche bebidas lácteas, bebidas lácteas saborizadas, leche de
soja”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA 100
(DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de diciembre del 2016, según Reg. Nº
258121; Carne, extractos de carne, pescado, aves y caza; frutas y legumbres en
conserva, secas y cocidas, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y
productos lácteos, incluyendo leche y productos lácteos, bebidas lácteas
(predominando la leche), crema, (producto lácteo), producto lácteo (no de uso
medicinal), mantequilla, yogurt, aceite, grasas comestibles, gelatinas de
frutas”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA
(DISEÑO), en clase 29, inscrita el 02 de julio del 2015, según Reg. Nº 244567”;
Crema (producto lácteo), productos protegidos por la solicitud de la marca LALA CREMA
(DISEÑO), en clase 29, inscrita el 12 de junio del 2014, según Reg. Nº 236201
Crema (producto lácteo), productos protegidos por la solicitud de la marca LALA CREMA (DISEÑO), en CLASE 29,
inscrita el 11 de junio del 2014, según Registro Nº 236192; “Leche, otras
preparaciones a partir de leche y productos lácteos, todos los anteriores deslactosados”,
productos protegidos por la solicitud de la marca LALA DESLACTOSADA (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 06 de febrero del 2015, según Reg. Nº 241622; Leche, otras
preparaciones a partir de leche y productos lácteos, todos los anteriores deslactosados
y livianos (light)”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA DESLACTOSADA LIGHT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de febrero del 2015, según
Reg. Nº 241420; “Leche, otras preparaciones a partir de leche y productos
lácteos”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA ENTERA,
en clase 29, inscrita el 24 de octubre del 2014, según Reg. Nº 239385 Leche y
productos lácteos, bebidas lácteas (predominando la leche), crema (producto
lácteo), quesos, gelatinas de frutas, grenetina, mantequilla, yogurt”,
productos protegidos por la solicitud de la marca LALA GREK S (DISEÑO), en clase
29, inscrita el 01 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 257423; “Leche y
productos lácteos, bebidas lácteas (predominando la leche), crema (producto
lácteo), quesos, gelatinas de frutas, grenetina, mantequilla, yogurt”,
productos protegidos por la solicitud de la marca LALA GREKOS en clase 29, inscrita el 21
de diciembre del 2016, según Reg. Nº258651; Licuado de yogurt, ciruela, pasa y
nuez”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA LICUADO DE YOGHURT (DISEÑO), en
clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236184, Licuado de
yogurt, nuez y cereal”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA LICUADO DE YOGHURT, en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº
236188;/Licuado de yogurt de fresa, plátanos (bananos) y cerezas”, productos
protegidos por la solicitud de la marca LALA LICUADO DE YOGHURT,
en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014 según Reg. Nº 236194; Leche,
otras preparaciones a partir de leche y productos lácteos, todos los anteriores
livianos (light), productos protegidos por la solicitud de la marca LALA LIGHT (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 05 de febrero del 2015, según Reg. Nº241476; “Media crema (producto
lácteo)”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA MEDIA CREMA (DISEÑO), en
clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº236189; “Leche, otras
preparaciones a partir de leche y productos lácteos, todos los anteriores
semidescremados”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA SEMIDESCREMADA, en clase 29,
inscrita el 05 de febrero del 2015, según Reg. Nº 241477; Carne, pescado, aves
y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas;
jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y
grasas comestibles, conservas, encurtidos”, productos protegidos por la
solicitud de la marca LALA
VIVE, en clase 29, inscrita el 17 de abril del
2009, según Reg. Nº 189071; “Yogurt con sabor a fresa”, productos protegidos
por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según
Reg. Nº 236185; “Yogurt con sabor a fresa y mora”, productos protegidos por la
solicitud de la marca LALA
YOGHURT (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 11 de
junio del 2014, según Reg. Nº 236196; “Yogurt con sabor a durazno”, productos
protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en
clase 29, inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236190; Yogurt con
sabor a mango”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236195; “Yogurt con sabor a
manzana”, productos protegidos por solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 11 de junio del, 2014, según Reg. Nº 236187; “Yogurt de sabor
natural”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236191; “Yoghurt con sabor a
manzana”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 12 de junio del 2014, según Reg. Nº 236200; Yogurt con sabor a
mango”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236193; “Yogurt con sabor a
durazno”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236186; Yogurt con sabor a
fresa”, productos protegidos por la solicitud de la marca LALA YOGHURT (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 11 de junio del 2014, según Reg. Nº 236197; “Carnes, pescado, aves
y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas;
jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos; aceites y
grasas comestibles, conservas, encurtidos”, productos protegidos por la
solicitud de la marca LOS
VOLCANES, en clase 29, inscrita el 30 de enero
del 2009, según Reg. Nº 185482; Carnes, pescado, aves y caza, extractos de
carne; frutas y legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas,
compotas, huevos, leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles,
conservas, encurtidos”, productos protegidos por la solicitud de la marca LOS VOLCANES (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 02 de febrero del 2009, según Reg. Nº 185687; “Leche y productos
lácteos, incluyendo suero de leche y fórmula láctea no de uso médico, mezcla de
producto lácteo con grasa vegetal”, productos protegidos por la solicitud de la
marca NUTRI ESKIMO (DISEÑO), en
clase 29, inscrita el 01 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 257584; “Leche y
productos lácteos, incluyendo suero de leche y fórmula láctea no de uso médico,
mezcla de producto lácteo con grasa vegetal”, productos protegidos por la
solicitud de la marca NUTRI
ESKIMO (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 01 de diciembre del 2016, según
Reg. Nº 257636; “Leche y productos lácteos, incluyendo suero de leche y fórmula
láctea no de uso médico, mezcla de producto lácteo con grasa vegetal”,
productos protegidos por la solicitud la marca NUTRI ESKIMO (DISEÑO), en
clase 29, inscrita el 01 de diciembre del 2016, según Reg. Nº 257582; Leche y
productos lácteos con sabor a manzana-pera”, productos protegidos por la
solicitud de la marca PETIZOO
LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 13 de diciembre del 2013, según
Reg. Nº 232216; “Leche y productos lácteos con sabor a frutos rojos”, productos
protegidos por la solicitud de la marca PETIZOO LALA (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 13 de diciembre del 2013, según Reg. Nº 232215; “Leche y productos
lácteos con sabor a fresa”, productos protegidos por la solicitud de la marca PETIZOO LALA (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 13 de diciembre del 2013, según Reg. Nº 232217; “Leche y productos
lácteos: bebidas lácteas (predominando la leche), crema (producto lácteo),
quesos, crema batida, mantequilla, yogurt”, productos protegidos por la
solicitud de la marca PILI (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 25
de febrero del 2014, según Reg. Nº 233876; “Extractos de carne; frutas y
legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos,
leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles; conservas,
encurtidos”, productos protegidos por la solicitud de la marca SHOT, en
clase 29, inscrita el 12 de agosto del 2009, según Reg. Nº 193531; “Productos
lácteos”, productos protegidos por la solicitud de la marca TRÍO ESKIMO (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 04 de diciembre del 2006, según Reg. Nº 164415; “Carne, pescado,
aves y caza, extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y
cocidas; jaleas, mermeladas; huevos; leche y otros productos lácteos; aceites y
grasas comestibles; conservas, encurtidos”, productos protegidos por la
solicitud de la marca ULTRA
LALA (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 05 de noviembre de 1998, según
Reg. Nº 109725; “Leche y productos lácteos”, productos protegidos por la
solicitud de la marca ULTRA
NUTRI (DISEÑO), en clase 29, inscrita el 30 de octubre
del 2013, según Reg. Nº 231192; “Leche y productos lácteos”, productos
protegidos por la solicitud de la marca ULTRA NUTRI (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 30 de octubre del 2013, según Reg. Nº 231194; “Leche y productos
lácteos”, productos protegidos por la solicitud de la marca ULTRA NUTRI (DISEÑO), en clase 29,
inscrita el 30 de octubre del 2013, según Reg. Nº 231195; “Carnes, pescado,
aves y caza; extractos de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y
cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos lácteos;
aceites y grasas comestibles, conservas, encurtidos”, productos protegidos por
la solicitud de la marca YOMI, en clase 29, inscrita el 21 de enero del 2009, según Reg. Nº
184480; ya las cuales se refiere esta señal de propaganda. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001338.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017156829 ).
Harry Zurcher Blen,
casado, cédula de identidad número 104151184, en calidad de apoderado especial
de Chanel Sarl, con domicilio en Burgstrasse 26, CH-8750 Glarus, Suiza,
solicita la inscripción de: COCO, como marca de fábrica y comercio en
clases: 14; 18 y 25 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 14: metales preciosos y sus aleaciones; joyería, piedras preciosas y
semipreciosas; relojería e instrumentos cronométricos. En clase 18: Cuero e
imitaciones de cuero; pieles y cueros de animales; equipajes y bolsas para
cargar; sombrillas y parasoles; bastones; fustas y guarnicionería. En clase 25:
vestuario, calzado, sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0002724.—San José, 26 de
junio de 2017. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(
IN2017156830 ).
María del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderado
especial de María Fabiola Guerrero Calderón, soltera, cédula de identidad N°
114970503, con domicilio en Ciudad Colón, 150 metros oeste y 25 sur de la
Escuela Rogelio Fernández Güell, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: FOOD FOR LIFE Nutrición Sin Dietas,
como marca
de servicios en clase: 44. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: servicios de nutrición. Reservas: de los colores: verde, naranja y
verde azulado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de abril
del 2017. Solicitud Nº 2017-0003165. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio
del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017156831 ).
María del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada
especial de Ferrotti International Corp. con domicilio en Avenida Samuel Lewis,
torre Optima, piso 18, Ciudad de Panamá, Panamá, solicita la inscripción de:
MUNDOCUBES
como marca de fábrica y comercio en
clase 20 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Muebles
modulares. Reservas: De los colores: negro, azul, rojo y amarillo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo del 2017, solicitud Nº
2017-0005030. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017156832 ).
María del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad Nº 110660601, en calidad de apoderada
especial de Teva Pharmaceutical Industries Ltd., con domicilio en: Science
Based Industries Campus, Har Hotzvim, P.O. Box 1142, Jerusalem 91010, Israel,
solicita la inscripción de: CENMIRA, como marca de fábrica y comercio en
clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones
farmacéuticas para el tratamiento de la migraña. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 01 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005204. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 23 de junio del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017156833 ).
María Del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada
especial de The Concentrate Manufacturing Company of Ireland, con domicilio en
Swan Building, 3rd Floor, 26 Victoria Street, Hamilton, HM12, Bermuda, solicita
la inscripción de: NUESTRA MESA CON H2OH!, como marca de fábrica y
comercio en clase: 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 32: aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas; bebidas
de frutas y jugos de frutas; siropes y otras preparaciones para hacer bebidas;
bebidas gaseosas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de abril de
2017. Solicitud N° 2017-0003791. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de junio de
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017156834 ).
María del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada
especial de Apple Inc. con domicilio en 1 Infinite Loop, Cupertino, California
95014, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: HOMEPOD
como marca de fábrica y comercio en clase: 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Computadoras; hardware de cómputo; computadoras
portátiles; computadoras tipo tableta; aparatos e instrumentos de
telecomunicación, teléfonos, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes;
dispositivos inalámbricos para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio,
video, y contenido multimedia; aparatos para redes de comunicación,
dispositivos electrónicos portátiles capaces de proveer acceso a la Internet y
para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo electrónico y
otros datos digitales: hardware de cómputo usable [wearable]; dispositivos
electrónicos digitales usables [wearable] capaces de proveer acceso a la
Internet, para enviar, recibir y almacenar llamadas telefónicas, correo
electrónico, y otros datos digitales; relojes inteligentes; lentes
inteligentes; anillos inteligentes [dispositivos electrónicos]; administradores
de actividades usables [wearable] [dispositivos electrónicos]; lectores de
libros electrónicos; software de cómputo; software de cómputo para ajustar,
configurar, operar y controlar computadoras, periféricos de cómputo,
dispositivos móviles, teléfonos móviles, relojes inteligentes, lentes
inteligentes, dispositivos electrónicos usables [wearable], audífonos,
auriculares, televisiones, decodificadores, reproductores y grabadoras de audio
y video, sistemas de teatros en casa, y sistemas de entretenimiento; software
para el desarrollo de aplicaciones; software de juegos de computadora; archivos
pregrabados de audio, video y contenidos multimedia descargables; dispositivos
periféricos de cómputo; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos
móviles, dispositivos móviles electrónicos, dispositivos electrónicos móviles,
dispositivos electrónicos usables [wearable], a saber, relojes inteligentes,
lentes inteligentes, auriculares, audífonos, televisiones, decodificadores,
grabadoras y reproductores de audio y video; periféricos usables para ser
usados con computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles,
relojes inteligentes, lentes inteligentes, anillos inteligentes [dispositivos
electrónicos}, audífonos, auriculares, televisiones, decodificadores, y
grabadoras y reproductores de audio y video; aparatos de identificación y autenticación
biométrica [aparatos no médicos]; acelerómetros; altímetros; aparatos de
medición de distancia; aparatos para grabar datos de distancia; podómetros;
aparatos de medición para presión [aparatos no médicos]; aparatos indicadores
de presión; monitores, pantallas, pantallas de disposición frontal, y aparatos
de cómputo para colocarse en la cabeza, para ser usados con computadoras,
teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos
electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes,
televisiones, decodificadores, grabadoras y reproductores de audio y video;
pantallas de realidad virtual y aumentada, gogles, controles y auriculares;
anteojos 3D; lentes, gafas; lentes y gafas de sol; lentes; vidrios y cristales
ópticos; aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; flashes para cámaras;
teclados, ratones de computadora, alfombrillas para ratones de computadoras,
impresoras, unidades de disco de computadora, y discos duros; aparatos para
grabar y reproducir sonido; grabadoras y reproductores de audio y video
digitales; bocinas de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de
audio para vehículos con motor; aparatos para la grabación y reconocimiento de
voz; audífonos, auriculares; micrófonos; televisiones; receptores de televisión
y monitores; decodificadores; radiotransmisores y radiorreceptores;
dispositivos electrónicos y de cómputo, a saber, interfaces para vehículos
motorizados, paneles electrónicos de control, monitores, pantallas táctiles,
controles remotos, estaciones de carga de batería, conectores, switches y
controles de activación por voz; sistemas de posicionamiento global (GPS);
instrumentos de navegación; instrumentos de navegación para vehículos
[computadoras a bordo del vehículo]; controles remotos para controlar
computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles,
dispositivos electrónicos móviles usables [wearable], relojes inteligentes,
lentes inteligentes, audífonos, auriculares, reproductores y grabadoras de
audio y video, televisiones, decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas
de teatro en casa, y sistemas de entretenimiento; dispositivos usables
[wearable] para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos
electrónicos móviles, relojes electrónicos, lentes electrónicos, audífonos,
auriculares, grabadoras y reproductores de audio y video, televisiones,
decodificadores, bocinas, amplificadores, sistemas de teatro en casa y sistemas
de entretenimiento; aparatos para el almacenamiento de datos; chips de cómputo;
baterías; cargadores de batería; conectores eléctricos y electrónicos,
acopiadores, cables eléctricos, alambres eléctricos, cargadores, estaciones
para cargar batería, y adaptadores para ser usados con computadoras, teléfonos
móviles, computadoras portátiles, periféricos de cómputo, teléfonos móviles,
dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos móviles usables
[wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes, audífonos, auriculares,
grabadoras y reproductores de audio y video, televisiones, y decodificadores;
pantallas táctiles interactivas; interfaces para computadoras, pantallas de
computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles,
dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes inteligentes,
televisiones, decodificadores, y grabadoras y reproductores de audio y video;
láminas protectoras especiales para pantallas de computadora, pantallas de
teléfonos móviles, y de relojes inteligentes; partes y accesorios para
computadoras, periféricos de cómputo, teléfonos móviles, dispositivos
electrónicos móviles, dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes
inteligentes, lentes inteligentes, audífonos auriculares, grabadoras y
reproductoras de audio y video, televisiones y decodificadores; cubiertas,
bolsas, estuches, cajas, fundas, correas y cordones especialmente adaptados
para computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles,
dispositivos electrónicos usables [wearable], relojes inteligentes, lentes
inteligentes, audífonos, auriculares, decodificadores, grabadoras y
reproductores de audio y video; brazos extensibles para autofotos [mono pies de
mano]; cargadores de batería para cigarros electrónicos; collares electrónicos
para entrenar animales; agendas electrónicas; aparatos para revisar correo
[scanner]; cajas registradoras; mecanismos para aparatos de previo pago;
aparatos para dictado; aparatos para contar votos; aparatos electrónicos para
etiquetar productos; aparatos para seleccionar precios [scaners]; aparatos de fax;
aparatos e instrumentos de medición; tablones de anuncios electrónicos;
aparatos de medición; obleas electrónicas hechas de silicón para circuitos
integrados (wafers); circuitos integrados; amplificadores; pantallas
fluorescentes; controles remotos; filamentos para la conducción de la luz
(fibras ópticas); instalaciones electrónicas para controlar de forma remota
operaciones industriales; aparatos electrónicos para controlar la iluminación;
electrolizadores; extintores; aparatos radiológicos para uso industrial;
aparatos y dispositivos de salvamento; silbatos de alarma; caricaturas;
ovoscopios; silbatos para perros; imanes
decorativos; rejas electrificadas; controles remotos portátiles para aparatos
en automóviles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de junio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0005751. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de julio del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017156835 ).
María del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada
especial de Molinos de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101-009046, con domicilio en 400 metros al norte del Mall Internacional,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: PANNIVITA como marca
de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: Clase 30: Mejorantes para panificación y polvos de hornear. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de junio de 2017. Solicitud
Nº 2017-0005394. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 15 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017156838 ).
Edgar Zurcher Gurdian,
cédula de identidad N° 105320390, en calidad de apoderado especial de The
Ritz-Carlton Hotel Company, L.L.C., con domicilio en 10400 Fernwood Road,
Bethesda, Maryland 20817, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: THE RITZ-CARLTON YACHT COLLECTION, como marca de servicios en clase:
39. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: transporte de
pasajeros y de mercancías; embalaje y almacenamiento de mercancías; servicios
de cruceros; servicios de agencias de viajes, a saber, organización, reservas y
recepción de reservaciones para el transporte de pasajeros y mercancías,
servicios de cruceros, excursiones, paseos, vacaciones y viajes; organización
de y operación de excursiones, paseos, vacaciones y cruceros; servicios de guía
de viajes e información de viajes; servicios de planificación y gestión de
eventos, a saber, organización, programación y diseño de vacaciones; prestación
de información y asesoramiento en relación con todos los servicios antes mencionados.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0005802. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156839 ).
María Del Pilar López
Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada
especial de Starbucks Corporation con domicilio en 2401 Utah Avenue South,
Seattle, Washington 98134, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: R
como marca de fábrica y comercio en
clases 29; 32 y 33. Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente:
29) Leche, leche aromatizada, batidos, bebidas alimenticias a base de leche,
excluidos los batidos, bebidas a base de leche que contienen café, bebidas a
base de leche que contengan zumo de frutas; bebidas a base de leche que
contengan frutas; bebidas a base de leche que contengan chocolate; bebidas a
base de leche que contienen té; bebidas alimenticias a base de soja utilizada
como sustituto de la leche; bebidas energéticas a base de leche; leche en
polvo; mezclas de bebidas a base de productos lácteos; leche de soja;
bocadillos a base de frutas; mermeladas de fruta, compota, jaleas; pasta para
untar a base de carne, pasta para untar a base de pescado, pasta para untar a
base de pollo, pasta para untar a base de frutas, pasta para untar a base de
nueces, pasta para untar a base de vegetales, pasta para untar a base de
productos lácteos; vegetales cocidos; vegetales secos; vegetales en conserva;
ensaladas de verduras; fruta seca; frutas en conserva; ensaladas de frutas;
carne; pescado; aves de corral; caza; embutidos; extractos de carne; comidas
preparadas consistentes principalmente en carne, soja, aves de corral,
mariscos, verduras, frutas, tofu y/o queso; sopas; yogur, bebidas a base de
yogur; crema batida; queso; huevos; semillas preparadas; frutos secos
preparados, nueces sazonadas, nueces tostadas, bocadillos a base de nueces;
aceites y grasas comestibles., 32) Bebidas de frutas, zumos de frutas y bebidas
a base de frutas; bebidas vegetales, jugos vegetales y bebidas a base de
vegetales; bebidas no alcohólicas, a saber, bebidas gaseosas, refrescos;
bebidas energéticas, bebidas isotónicas; mezclas líquidas para hacer refrescos
y bebidas a base de frutas; polvos utilizados en la preparación de refrescos y
bebidas a base de frutas; jarabes para bebidas; agua potable embotellada
aromatizada y sin sabor, agua mineral, aguas gaseosas; bebidas a base de soja
que no sean sustitutos de la leche; concentrados y pulpa de frutas utilizados para
la fabricación de bebidas; bebidas nutricionalmente fortificadas, bebidas
fortificadas con vitaminas; cerveza; cócteles a base de cerveza., y 33) Bebidas
alcohólicas, excepto cerveza. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005752. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 26 de junio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017156840 ).
Édgar Zurcher Gurdián,
divorciado, cédula de identidad Nº 105320390, en calidad de apoderado especial
de Apple Inc. con domicilio en: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014,
Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BEDDIT, como
marca de fábrica, comercio y servicio en clases: 9, 10, 20, 24 y 42
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: sensores
eléctricos o electrónicos utilizados para medir, recopilar y rastrear el
bienestar general, los patrones de sueño, la calidad del sueño, los sonidos
respiratorios, los movimientos de respiración, la frecuencia cardiaca, los
movimientos de las extremidades y la actividad del movimiento durante el sueño
con fines científicos, sensores electrónicos o electrónicos utilizados para
medir, recopilar y rastrear variables ambientales, a saber, temperatura, luz,
calidad del aire y ruido ambiente durante el sueño con fines científicos;
software y aplicaciones de software para dispositivos móviles utilizados para
la recopilación y análisis de variables relacionadas con el sueño, el bienestar
general, las variables sanitarias y ambientales, a saber, temperatura, luz,
calidad del aire y ruido ambiente durante el sueño; software de computadora y
software de monitoreo usado para recolectar, medir, analizar y rastrear datos
para investigación de sueño; software para la promoción de la higiene del
sueño, la vida sana, la salud en general, y para la medición de variables
ambientales, a saber, software informático para organizar datos personales de
sueño o información en el campo de la higiene del sueño, temperatura, luz,
calidad del aire y ruido ambiental durante el sueño; dispositivos médicos, a
saber, dispositivo de almacenamiento electrónico en forma de medios de memoria
para almacenar información recopilada sobre patrones de sueño, bienestar, salud
y variables ambientales, a saber, temperatura, luz, calidad del aire y ruido
ambiental durante el sueño con fines científicos; software; instrumentos,
indicadores y controladores de medición, detección y control; dispositivos de
seguimiento; sensores y detectores; instrumentos de monitoreo; equipos de
procesamiento de datos y accesorios (eléctricos y mecánicos); en clase 10:
aparatos médicos, a saber, sensores y dispositivos de medición utilizados para
medir, recopilar y rastrear información sanitaria; aparatos médicos, a saber,
sensores y dispositivos de medición utilizados para medir, recopilar y rastrear
información sanitaria, a saber, patrones de sueño, calidad del sueño, sonidos
de la respiración, movimientos respiratorios, ritmo cardiaco, movimientos de
las extremidades y actividad del movimiento; aparatos médicos, a saber,
sensores y dispositivos de medición utilizados para medir, recoger y rastrear
variables ambientales, a saber, temperatura, luz, calidad del aire y ruido
ambiente, todo ello con fines médicos y sanitarios; instrumentos médicos con
software incorporado para el suministro y análisis de información sobre
patrones de sueño, bienestar general, a saber, calidad del sueño, respiración,
sonidos respiratorios, movimientos respiratorios, temperatura corporal, ritmo
cardiaco, presión arterial, movimientos de miembros, movimientos corporales,
movimiento durante el sueño, y variables ambientales, a saber,. temperatura
ambiente, luz, calidad del aire y ruido ambiente; dispositivos de diagnóstico
médico que utilizan información sobre la fase de sueño medida con relojes,
luces de activación, sensores y software, todos vendidos como una unidad;
dispositivos médicos, a saber, camas, colchones y fundas de colchón con
sensores integrados para el seguimiento de patrones de sueño, información sobre
salud y variables ambientales, todos para fines médicos y sanitarios, con fines
médicos y sanitarios; aparatos e instrumentos médicos; en clase 20: camas;
almohadas; colchones; cojines de colchón; cubiertas de colchón; bases de
colchón; muebles de dormitorio; muebles de dormitorio, a saber, marcos de cama,
mesitas de noche, cajones y estantes; en clase 24: sábanas y ropa de cama;
fundas de almohada utilizadas en ropa de cama; mantas de cama; cubiertas del
colchón; y en clase 42: investigación, diseño y desarrollo de software,
sensores y dispositivos para el seguimiento de patrones de sueño, bienestar
general, información de salud y variables ambientales; análisis, medición y
seguimiento de variables relacionadas con el sueño, la higiene del sueño, los
patrones de sueño, la calidad del sueño, la investigación del sueño, los
sonidos respiratorios, los movimientos respiratorios, la frecuencia cardiaca,
movimientos de extremidades, actividad de movimiento, vida sana, entrenamiento
físico, bienestar general, variables de salud y ambientales, tales como temperatura,
luz, calidad del aire y ruido ambiental; diseño y desarrollo de hardware y
software de computación; programación de software. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 19 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005821.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Ildreth Araya Mesén,
Registradora.—( IN2017156841 ).
Harry Zurcher Blen,
casado, cédula de identidad 1041501184, en calidad de apoderado especial de
Ceragem Co. Ltd. con domicilio en 10, Jeongja 1- Gil, Osaekdang-Ri,
Seonggeo-Eup, Seobuk-Gu, Cheonan-Si, Chungcheongnam-Do 31045, República Popular
Democrática de Corea, solicita la inscripción de: Shelax
como marca de fábrica y comercio
en clase 10 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Aparatos e
instrumentos médicos; aparatos médicos; aparatos para la moxibustión; aparatos
de termoterapia para uso médico; calentadores para uso médico; mantas térmicas
para uso médico; compresas térmicas para uso médico; sábanas aislantes de calor
para uso médico; cinturones aislantes de calor para uso médico; cojines
calentadores, eléctricos, para fines médicos; aparatos calentadores
terapéuticos de alta frecuencia; aparatos calentadores de alta frecuencia para
fines médicos; aparatos de masaje para uso médico; aparatos para masaje
terapéutico para propósitos médicos; aparatos de masaje eléctricos para uso
médico; aparatos de masaje portátiles para uso médico; aparatos de
fisioterapia; aparatos para terapia por acupresión; aparatos de terapia
eléctrica de alta frecuencia. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005907. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 03 de julio de 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017156842 ).
María Del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601,
en calidad de apoderado especial de Conair Corporation con domicilio en One
Cummings Point Road, Stamford, Connecticut 06902, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: POWERFX como marca de fábrica y comercio en
clase 8 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Máquinas para
cortar el cabello y cortadoras. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 23 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006070. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4
de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017156843 ).
Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad N° 104151184, en calidad
de apoderado especial de Margaritaville Enterprises LLC., con domicilio en 256
Worth Avenue, Suite Q-R, Palm Beach, Florida 33480, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: LANDSHARK BAR & GRILL, como marca de
servicios en clase(s): 43 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: 43 servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal,
servicios de restaurante y bar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de
junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006222. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio
del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156844 ).
Harry Zurcher Blen, casado, cédula de identidad 104151184, en calidad de
apoderado especial de Margaritaville Enterprises, LLC., con domicilio en 256
Worth Avenue, Suite Q-R, Palm Beach, Florida 33480, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: 5 O’CLOCK SOMEWHERE BAR como marca de
servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. Servicios de
restaurante y bar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0006221. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 3 de julio
del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156845 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601,
en calidad de apoderada especial de Array Biopharma Inc. con domicilio en 3200
Walnut Street, Boulder, Colorado 80301, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: BRAFCOVI como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Antiinfecciosos;
antiinflamatorios; productos farmacéuticos antibacterianos; antibióticos;
preparaciones antifúngicas; antivirales; productos farmacéuticos
cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones
farmacéuticas inhaladas para el tratamiento de enfermedades y trastornos
respiratorios; preparaciones farmacéuticas que actúan sobre el sistema nervioso
central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para el tratamiento de
enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para el
tratamiento y prevención de enfermedades y trastornos del sistema autoinmune,
del sistema metabólico, del sistema endocrino, del sistema músculo- esquelético
y del sistema genitourinario; preparaciones farmacéuticas para uso en
hematología y en trasplantes de tejidos y órganos; preparaciones farmacéuticas
para el tratamiento de enfermedades y afecciones oculares; preparaciones
farmacéuticas para el tratamiento de trastornos del ritmo cardíaco;
preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos
relacionados con el sistema inmune; preparaciones farmacéuticas para el
tratamiento de enfermedades renales; preparaciones farmacéuticas para el
tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de
la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de trastornos
de la piel; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología; preparaciones
farmacéuticas para uso en urología; productos farmacéuticos para uso
oftalmológico; productos farmacéuticos para la prevención y el tratamiento de
cáncer y los tumores; productos farmacéuticos para el tratamiento de
enfermedades óseas; productos farmacéuticos para el tratamiento de enfermedades
respiratorias; productos farmacéuticos para el tratamiento de enfermedades
respiratorias y asma. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de
junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005851. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de junio
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017156846 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
Randall González Porras,
divorciado una vez, cédula de identidad 205070125, en calidad de apoderado
especial de Importaciones S.M.H. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101156127,
con domicilio en La Uruca del Puente Juan Pablo segundo 200 metros al oeste y
50 metros al sur, edificio Juan Pablo segundo, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: SUPER GUARD
como marca
de fábrica y comercio en clase: 1 Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: 1: Coolant (refrigerante). Reservas: De los colores: negro y dorado.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio de 2017.
Solicitud Nº 2017-0005064. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio de
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156858 ).
Sileny Valverde
Brenes, casada una vez, cédula de identidad 304430593 con domicilio en Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Sonri Plan Clínica Odontológica
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a servicios odontológicos,
venta de implementos odontológicos, ubicado en Cartago, cantón Central,
distrito Occidental, 100 metros sur del Ministerio de Trabajo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0006724. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017156886 ).
Sileny Valverde Brenes, casada una vez, cédula de identidad 304430593,
con domicilio en Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Sonri Plan
Medical como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento comercial dedicado a servicios
médicos, medicina general, fisioterapia, nutrición y psicología, ubicado en
Cartago, Central, Occidental, 100 metros sur del Ministerio de Trabajo. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio de 2017. Solicitud Nº
2017-0006717. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de julio de 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017156887 ).
Sileny Valverde
Brenes, casada, cédula de identidad 304430593 con domicilio en Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: SONRI PLAN Medical
como marca
de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 44 Servicios médicos: Medicina general; fisioterapia, nutrición y
psicología. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio
del 2017, solicitud Nº 2017-0006718. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio
del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156888 ).
Hubert Alonso Campos
Arce, soltero, cédula de identidad 206020201, con domicilio en Mojón, Esparza,
del barrio La Unión 50 m oeste y 300 m norte, Puntarenas, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Moover como marca de servicios en clase 39
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios relacionados
con el alquiler de vehículos de transporte. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006737. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 20 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017156894 ).
Roy Samir Fallas Guevara, casado una vez, cédula de identidad 111480304,
con domicilio en San José, Curridabat, Granadilla, de la iglesia católica 100
metros al este, Condominios Torres Granadilla, apartamento B201, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: SPLENDOR CENTRO MEDICO como
nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a servicios médicos, estéticos
y cosméticos. Ubicado en San Pedro, San José, Los Yoses, de Tienda Arenas 200
metros sur frente a Implantes. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004644. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 8 de junio del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017156926 ).
Isabel Oliva Ojeda, casada una vez, cédula de identidad 800940099con
domicilio en Pavas, de la iglesia católica de Loreto, 350 m norte, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Hogar Geriátrica Santa Clara como marca de
servicios en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Clase 43: Servicio de cuido de adultos mayores (Hogar de Ancianos). Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo del 2017, solicitud Nº
2017-0004318. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de mayo del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017156931 ).
Maylin Campos
González, soltera, cédula de identidad Nº 101040566, en calidad de apoderado
especial de Distribuidora Goyca Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 310188884,
con domicilio en: La Trinidad de Moravia, 50 metros al sur de la Iglesia
Católica, Costa Rica, solicita la inscripción de: GOYCA
como marca de fábrica y comercio
en clases 3 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3: (preparaciones para blanquer ) cloro, ( sustancias para lavar la ropa
) detergente en polvo, detergente líquido para ropa, suavizante para ropa
(preparaciones para limpiar), detergente para vajilla, crema lavaplatos, crema
lavaplatos, liquido, limpia vidrios, (preparaciones para pulir pisos)
abrillantador tipo silicone, controlador de malos olores (aromatizador para
pisos), abrillantador para piso cerámica, abrillantador para piso terrazo y
mosaico (pulir), cera roja, cera blanca, limpiador en gel , (jabones) jabón
líquido para manos, shampo para vehículo, (preparaciones para desengrasar)
quita grasa de uso múltiple, crema para limpiar las manos de mecánico
(preparaciones para destaquear) desatorador para cañerías y en clase 5:
desinfectantes. Reservas: de los colores: blanco, celeste, rojo y verde. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006722. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de julio del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017156950 ).
Luis Ángel Fonseca
Gutiérrez, cédula 1-549-237, casado una vez, vecino de Aserrí, en calidad de
apoderado generalísimo de Fonvar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101067835
con domicilio en San José, 100 metros al norte del Bar Isas, barrio Quesada
Durán, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Vistas del Faro
como marca de servicios en clases 41 y 43
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación,
formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales. y
43 Servicios de alimentación y hospedaje temporal. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 6 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005346. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017156958 ).
Fabiola Sáenz Quesada,
divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de Apoderada Especial de
APM Terminals Moín Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101641075 con domicilio
en Pavas, Oficentro La Virgen, Condominio El Carmen del Mar, tercer piso
completo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ONE STOP GO sin salir de la TCM
como nombre
comercial, en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49
Un establecimiento comercial dedicado a servicios de pre-viaje (PTI) para
contenedores refrigerados; lavado para contenedores refrigerados; limpieza de
contenedores secos; seteo de temperatura para contendedores refrigerados;
mantenimiento y reparación de contenedores; inspección visual de contenedores;
respuesta de emergencia para funcionamientos fallidos de contenedores
refrigerados lleno, ubicado en Nueva Terminal de Contenedores de Moín, Playa,
Moín, Limón. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de julio del
2017. Solicitud Nº 2017-0006535. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017156970 ).
Máximo Gustavo Murillo
Araya, soltero, cédula de identidad 206740236, con domicilio en Grecia,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: LIFT Apparel
como marca de comercio y servicios en clases 25
y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en clase 25:
Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería y en clase 41: Educación,
formación, servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales, entretenimiento personal,
entrenamiento físico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de
febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001647. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de marzo
del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017156974 ).
Fabiola Sáenz Quesada,
divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de Apoderada Especial de APM
Terminals Moín Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-641075 con domicilio
en Pavas, Oficentro La Virgen, Condominio El Carmen del Mar, tercer piso
completo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ONE STOP GO sin
salir de la TCM
como marca
de servicios, en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Clase 42: Servicios de control técnico e inspección de contenedores
y sus partes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0006214. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017156975 ).
Pía Picado González,
casada una vez, cédula de identidad 109080354, en calidad de apoderado especial
de Comercial Astaris Costa Rica Cacr Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101730794 con domicilio en Curridabat, barrio La Napolera 100 metros norte y
25 al este del Centro Comercial Plaza Cristal, en el Bufete Picado & Léon
Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FipraX INSECTICIDA
como marca de fábrica en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Producto para la destrucción de
animales dañinos, insecticida. Reservas: De los colores: Azul, gris, blanco,
negro, rojo y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004365. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017156976 ).
Fabiola Sáenz Quesada,
divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial
de APM Terminals Moin Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-641075, con
domicilio en Pavas, Oficentro La Virgen, Condominio El Carmen del Mar, tercer
piso completo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ONE STOP GO
sin salir de la TCM,
como marca de servicios en
clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 37:
servicios de limpieza y reparación de contenedores. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006211.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017156979).
Fabiola Sáenz Quesada,
divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderado especial de
APM Terminals Moin, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-641075con domicilio
en Pavas, Oficentro La Virgen, Condominio El Carmen Del Mar, tercer piso
completo, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: ONE STOP GO sin
salir de la TCM como marca de servicios en clase 45 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase
45: Servicios de seguridad para la protección de bienes materiales. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017, solicitud Nº
2017-0006213. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017157021 ).
Manuel Acuña
Hernández, divorciado una vez, cédula de identidad 1-0509-0664, en calidad de
apoderado generalísimo de Agroambiente de Costa Rica S.A., cédula jurídica
3101510892, con domicilio en cantón de Tibás, distrito de Colima, Urbanización
4 Reinas, avenida 51 calle 30, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de:
como marca de comercio en clases: 1 y 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 1: Fertilizantes
y productos químicos para uso en la agricultura y en clase 5: Insecticidas
herbicidas, fungicidas, formicidas, nematicidas, rodenticidas, afidicidas,
acaricidas, bactericidas, molusquicidas, fumigantes y defoliantes. Reservas:
del color verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de julio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0006083. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de julio
del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017157034 ).
Roberto Retana
Chinchilla, divorciado, cédula de identidad 104490538, en calidad de apoderado
generalísimo de Retagri Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101721398 con
domicilio en Catedral, calles 21 y 23, avenida 10 Tercia, casa 2168, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: FOLISTAR como marca de comercio
en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1
Fertilizantes y Productos Químicos para uso en agricultura. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006183.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 31 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017157036 ).
Manolo Guerra Raven,
casado, cédula de identidad 800760914, en calidad de Apoderado Generalísimo de
Laboratorio Raven S. A., cédula jurídica 3-101-014499, con domicilio en Km. 6
Autopista Próspero Fernández, de la estación del peaje 1.5 km, oeste, frente a
Multiplaza, Escazú, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como señal
de propaganda en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Para promocionar productos para difusión eréctil, con relación a los registros
101773, 162220. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0006347. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de julio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017157050 ).
Alberto Casanova
Santos, casado, cédula de identidad 800800658, en calidad de apoderado
generalísimo de Costa Rica Pura Vida Sport Fishing S.A., cédula de identidad
3101693225 con domicilio en Montes de Oca San Pedro, Barrio Dent, 200 metros
norte de Grupo Q, Oficina Alpha Legal, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: u tour
como marca
de servicios en clase: 39. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: Los servicios de transporte. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006290. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de julio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017157054 ).
Alberto Casanova
Santos, casado, cédula de identidad 800800658, en calidad de apoderado
generalísimo de Costa Rica Pura Vida Sport Fishing S. A., cédula de identidad
3101693225, con domicilio en Montes de Oca San Pedro, Barrio Dent, 200 metros
norte de Grupo Q, oficina Alpha Legal, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: u Touring Costa Rica
como marca de servicios en clase 39
internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Los servicios de
transporte y tours. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de
junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006291. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de julio
del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017157055 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de
Silent Circle LLC con domicilio en 174 Waterfont Street, Suite 500, National
Harbor, Maryland 20745, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BLACKPHONE
como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 9: Teléfonos móviles; teléfonos inteligentes;
teléfonos tipo tableta; accesorios para teléfonos móviles, teléfonos
inteligentes, teléfonos tipo tableta, a saber, auriculares alámbricos,
auriculares inalámbricos, cargadores de baterías de dispositivos móviles para
automóviles; estuches plásticos como accesorios para teléfonos móviles,
teléfonos inteligentes, y teléfonos tipo tableta, dispositivos para uso de
manos libres, cubiertas protectoras de cierre a presión y abatibles, correas
para teléfonos, películas protectoras para pantallas, bolsos y cajas para
bloquear señales celulares, satelitales, de redes de área locales inalámbricas
y de frecuencias de protocolo de telecomunicaciones inalámbricas en la
naturaleza de bolsos y cajas bloqueadores de señal, baterías recargables,
cargadores de baterías y lápices ópticos (stylus); todos estos productos para
ser utilizados con teléfonos; software utilitario para la operación de
dispositivos móviles, software de aplicaciones para la transmisión y recepción
de comunicaciones encriptadas para ser utilizar en teléfonos, software
empresarial y de infraestructura para la operación de teléfonos móviles,
teléfonos inteligentes, teléfonos tipo tableta, software informático de
comunicación para la recepción y transmisión de datos, mensajes y comunicaciones
de voz para ser utilizados en teléfonos; software descargable para los
servicios de telecomunicaciones de voz y de video que conectan a la red
telefónica pública conmutada (PSTN, por sus siglas en inglés). Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre del 2016, solicitud
Nº 2016-0012208. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de abril del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017157068 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de
Televisora de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101006829 con domicilio en
Sabana Oeste Mata Redonda, edificio René Picado, frente al Estadio Nacional, La
Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: mejengueando con
GRADERÍA POPULAR
como marca de servicios, en
clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Educación;
capacitación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios
de producción de programas de televisión incluyendo, pero no limitado a, programas
televisivos de ayuda social, de concursos, de entretenimiento, de entrevistas,
de esparcimiento, de geografía, de historia, de humor, de información, de
noticias, de presentación de artistas, de turismo y de variedades; servicios de producción de programas de televisión
culturales, deportivos, educativos, infantiles y musicales; servicios de
producción de programas de televisión en directo y diferido; servicios de
producción de programas de televisión abierta o por suscripción; servicios de
educación, información y esparcimiento vía internet, programas televisivos, de
ayuda social, de concursos, de entretenimiento, de entrevistas, de
esparcimiento, de geografía, de historia, de humor, de información, de
noticias, de presentación de artistas, de turismo y de variedades, culturales,
deportivos, educativos, infantiles y musicales. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003183. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 20 de abril del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017157070 ).
Marcela Corrales
Murillo, soltera, cédula de identidad 113150564, en calidad de apoderado
especial de Natalia Barquero Vargas, casada una vez, cédula de identidad
111990192 con domicilio en Desamparados Centro 25 norte del Colegio Nuestra
Señora, Costa Rica, solicita la inscripción de: LCR MULTIMEDIOS
como marca de servicios en clase 38
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Difusión de
programas en multimedia, emisión de espacios de radio, tv y digitales. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2017, solicitud Nº
2017-0005523. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017157102 )
Danilo Navarro
Castillo, casado una vez, cédula de identidad 204350936, en calidad de
Apoderado Generalísimo de Eurofértil S. A., cédula jurídica 3-101-305813 con
domicilio en Alajuela Santiago, diagonal al radar del Aeropuerto Juan
Santamaría, 200 metros al norte, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: LIBERLEN como marca de fábrica en clase 1 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 1 Abono para suelo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006282.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 24 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017157105 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790060, en calidad de apoderada especial de
Televisora de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 310100682911, con
domicilio en Sabana Oeste, Mata Redonda, Edificio René Picado, frente al
Estadio Nacional, La Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
#YOSOYTICO
como señal de propaganda,
en clase: 50 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: educación;
capacitación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios
de producción de programas de televisión incluyendo, pero no limitado a, a
programas televisivos de ayuda social, de concursos, de entretenimiento, de
entrevistas, de esparcimiento, de geografía, de historia, de humor, de
información, de noticias, de presentación de artistas, de turismo y de
variedades; servicios de producción de programas de televisión culturales,
deportivos, educativos, infantiles y musicales; servicios de producción de
programas de televisión en directo y diferido; servicios de producción de
programas de televisión abierta o por suscripción; servicios de educación,
información y esparcimiento vía Internet, en relación a la marca TD+ (diseño),
clase 41, registro Nº 248311, inscrita el 20 de noviembre del 2015. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de
los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003182. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 25 de abril del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017157067 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
José Alberto Castillo Calvo, casado, cédula de
identidad Nº 700550165, en calidad de apoderado generalísimo de Mayoreo Abonos
Agro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101509513, con domicilio en La
Uruca, 300 metros norte de la plaza de los deportes y 250 metros al este, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LUZZE
como marca de fábrica y comercio, en clase: 11
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: para proteger lámparas
eléctricas, bombillos y plafones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de febrero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0001499. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de abril del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017136131 ).
Xinia Villegas Solano,
casada una vez, cédula de identidad Nº 601650957, con domicilio en: San Rafael
Abajo de Desamparados, Costa Rica, solicita la inscripción de: XIVI Le da
estilo a tu vida
como marca de fábrica y
comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
prendas de vestir. Reservas: de los colores rojo, gris y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio del 2017. Solicitud N°
2017-0006803. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de julio del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017157119 ).
María Jesús Badilla
Moreira, casada, cédula de identidad Nº 801010126, en calidad de apoderado
generalísimo de Sabores de La Chilena S. A., cédula jurídica Nº 3101681381 con
domicilio en: Santa Ana, La Uruca de la Cruz Roja 200 m al oeste, 100 m al
norte, 100 m al oeste, condominio La Hacienda del Bosque, casa N 15, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Sabores de la chilena
como marca de servicios en clase
43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de
restaurante de origen chileno. Reservas: de los colores negro, anaranjado. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006085. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017157131 ).
Hernán Navarro Rojas,
casado, cédula de identidad Nº 107050523, en calidad de apoderado general de
DUMESA S. A., con domicilio en: calle 76 N° 48-79 Medellín, Antioquia,
Colombia, solicita la inscripción de: Nauty Blue
como marca
de comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
ropa, zapatos, sombrerería y todo tipo de prendas de vestir. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005957.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017157136 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderado especial de
Compañía Licorera de Centroamérica S. A., con domicilio en sétimo piso Edificio
Fiduciario, Vía España N° 200, Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Flor
de Caña Spresso, como marca de fábrica y comercio en clase: 33
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 33: bebidas
alcohólicas (excepto cervezas). Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002972. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 5 de abril de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017157146 ).
Walter Núñez García,
divorciado, cédula de identidad 303710693, con domicilio en Flores, San
Joaquín, 250 este, 50 norte de la Clínica Jorge Volio, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: El Pollote,
como nombre comercial en
clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a distribución y venta de pollo, con
servicio de restauración y alimentación, ubicado en Heredia, costado este del
Mercado Nuevo, frente a la parada de buses de Santo Domingo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0007080. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 1° de agosto de 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017157147 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada especial de
Compañía Licorera de Centroamérica S. A., con domicilio en: sétimo piso
edificio fiduciario, Vía España Nº 200, Panamá, Panamá, solicita la inscripción
de: Flor de Caña LavaShot, como marca de fábrica y comercio en clase 33
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas
(excepto cervezas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de
marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002973. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de abril
del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017157148 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada especial de
International Vending Management, INC., con domicilio en 9901 East Street,
Indianapolis, Indiana 46229, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: IVM, como marca de servicios en clase 35 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Gestión de distribuidores automáticos
(máquinas expendedoras de productos) de terceros; proveer servicios de
distribuidores automáticos para terceros. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012197. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 04 de abril del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017157149 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de
Intercontinental Great Brands LLC con domicilio en 100 Deforest Avenue, East
Hanover, New Jersey 07936, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: Philadelphia
como marca de fábrica y comercio
en clases 29 y 30. Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: En
clase 29: Queso crema, queso y productos a base de queso, leche y productos de
leche y en clase 30: Productos de pastelería, repostería y confitería, hielos
comestibles, helado cremoso, dulces congelados, aderezos para ensaladas, salsas
(condimentos). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio de
2013. Solicitud Nº 2013-0006285. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de marzo de
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017157153 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada especial de
Intercontinental Great Brands LLC con domicilio en: 100 Deforest Avenue, East
Hanover, Nueva Jersey, 07936, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: TANG
como marca de fábrica y
comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Refrescos y aguas saborizadas; siropes, concentrados, mezclas en polvo y otras
preparaciones para hacer bebidas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de junio del 2014. Solicitud N° 2014-0005014. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 30 de marzo del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017157156 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada especial de
Televisora de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3101006829, con domicilio
en: Sabana Oeste, Mata Redonda, edificio René Picado, frente al Estadio
Nacional, La Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: mejengueando
con GRADERIA POPULAR
como marca
de servicios en clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: la transmisión de programas audiovisuales mediante streaming de
internet incluyendo terminales móviles por medio de tecnología móvil.
Transmisión y difusión de un programa televisivo, de ayuda social, de
concursos, de entretenimiento, de entrevistas, de esparcimiento, de geografía,
de historia, de humor, de información, de noticias, de presentación de
artistas, de turismo y de variedades, culturales, deportivos, educativos,
infantiles y musicales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de
abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003184. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 20 de abril
del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017157163 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad N° 1-679-960, en calidad de apoderada especial de
Abac-Aria Compressa S.P.A., con domicilio en Vía Cristoforo Colombo 3, IT-10070
Robassomero, Italia, solicita la inscripción de: ABAC,
como marca de fábrica y
comercio en clase 7 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Máquinas y máquinas herramientas; motores y generadores de poder (excepto para
vehículos terrestres); acoplamientos y elementos de transmisión (excepto para
vehículos terrestres); compresores; compresores de aire; compresores de pistón;
separadores de aire / agua; pistolas de aire comprimido; pistolas de spray;
trituradores eléctricos; martillos neumáticos; acoplamientos (excepto para
vehículos terrestres); válvulas (partes de máquinas); pistolas de grapas;
aspiradoras; lubricadores (partes de máquinas); cinceles para máquinas; filtros
(partes de máquinas); machacadoras; válvulas o llaves reguladoras. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre de 2013. Solicitud Nº
2013-0009056. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de abril del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017157164 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº 10679960, en calidad de
apoderada especial de Energym S. A., cédula jurídica Nº 3101736593, con
domicilio en Pavas, de la fábrica de alimentos Jacks, 175 metros oeste, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Infinitus Wellness Center como marca de servicios, en clase 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Gimnasios, servicios de
acondicionamiento físico y actividades deportivas; servicios dirigidos al
ejercicio, entrenamientos de manera individual o grupal, baile, educación
física, servicios relacionados con centros de gimnasia y deportes, asesoría en
el campo de entrenamiento físico y deportivo, asesoría en el campo de
instrucción y equipamiento para el entrenamiento físico deportivo, formación y
educación en temas deportivos y capacitaciones del movimiento humano, servicios
de entretenimiento de diversas disciplinas deportivas, actividades y
culturales, instrucción de yoga. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril
del 2017. Solicitud Nº 2017-0003641. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 08 de mayo
del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017157169 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº 1-0679-0960, en calidad
de apoderada especial de Energym S. A., cédula jurídica Nº 3101736593, con
domicilio en Pavas, de la fábrica de alimentos Jacks, 175 metros oeste, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Purefitness como marca de
servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
gimnasios, servicios de acondicionamiento físico y actividades deportivas;
servicios dirigidos al ejercicio, entrenamientos de manera individual o grupal,
baile, educación física, servicios relacionados con centros de gimnasia y
deportes, asesoría en el campo de entrenamiento físico y deportivo, asesoría en
el campo de instrucción y equipamiento para el entrenamiento físico deportivo,
formación y educación en temas deportivos y capacitaciones del movimiento
humano, servicios de entretenimiento de diversas disciplinas deportivas,
actividades y culturales, instrucción de yoga. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 21 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003635. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 09 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017157171 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de
Energym S. A., cédula jurídica 3101736593, con domicilio en Pavas, de la
Fábrica de Alimentos Jacks, 175 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Enercycling, como marca de servicios en clase: 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: actividades deportivas,
clases recreativas conducidas en una bicicleta estacionaria, clases de
spinning. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril de 2017.
Solicitud N° 2017-0003637. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de mayo de 2017.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2017157173 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada especial de
Sports Art S. A., cédula jurídica Nº 3101736620, con domicilio en Pavas, de la
fábrica de alimentos Jacks, 175 metros oeste, San José, Taiwán, provincia de China,
solicita la inscripción de: Intenza como marca de fábrica y comercio, en
clase: 28 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: equipo para
ejercicios, a saber, bicicletas para ejercicios, máquinas para remas, máquinas
de pesas, caminadores (Treadmills), máquinas que dan pasos subiendo y bajando
(Step Machines), máquinas elípticas, equipo deportivo y de acondicionamiento
físico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril del 2017.
Solicitud Nº 2017-0003643. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de mayo del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017157176 ).
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº 1-0679-0960, en calidad
de apoderada especial de Energym S. A., cédula jurídica Nº 3101736593, con
domicilio en Pavas, de la fábrica de alimentos Jacks, 175 metros oeste, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Oxigym como marca de
servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
gimnasios, servicios de acondicionamiento físico y actividades deportivas; servicios
dirigidos al ejercicio, entrenamientos de manera individual o grupal, baile,
educación física, servicios relacionados con centros de gimnasia y deportes,
asesoría en el campo de entrenamiento físico y deportivo, asesoría en el campo
de instrucción y equipamiento para el entrenamiento físico deportivo, formación
y educación en temas deportivos y capacitaciones del movimiento humano,
servicios de entretenimiento de diversas disciplinas deportivas, actividades y
culturales, instrucción de yogas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003638. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017157181 ).
Kattia María Barrantes
Zúñiga, soltera, cédula de identidad Nº 205540017, con domicilio en:
exactamente de la Universidad Santa Paula, 100 metros sur, 100 metros oeste,
300 metros sur y 75 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: kaba coffee center
como nombre
comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
un establecimiento comercial dedicado a centro de capacitación en temas relacionados
con la producción y comercialización de café; así como impartir capacitaciones
sobre barisimo, catación, tueste y cultura de café, ubicado en San José,
Curridabat, exactamente de Mc Donalds de Plaza del Sol, 300 metros sur y 75
metros este, instalaciones de Kaba Coffee Centre. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 17 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002486.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 2 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga,
Registrador.—( IN2017157196 ).
Kattia María Barrantez
Zúñiga, soltera, cédula de identidad 205540017con domicilio en de la
Universidad Santa Paula, 100 metros sur, 100 metros oeste, 300 metros sur y 75
metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: kaba café
FÁBRICA DE ESPECIALIDAD
como señal de propaganda en
clases: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 50: Para
promocionar café tostado en grano, café tostado en molido y café en verde. En relación con la marca KABA CAFÉ registro 227397.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de marzo de 2017.
Solicitud Nº 2017-0002487. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de marzo de
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017157197 ).
Kattia María Barrantes
Zúñiga, cédula de identidad 205540017, con domicilio en de la Universidad Santa
Paula, cien metros sur, cien metros oeste, trescientos metros sur y setenta y
cinco metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de comercio en clase: 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café tostado en grano,
café tostado en molido y café en verde. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1° de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0004209. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017157200 ).
Mario Suárez Castro,
casado una vez, cédula de identidad Nº 107080337, en calidad de apoderado
especial de Agrocomercial de Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101105722, con domicilio en Grecia, un kilómetro al sur de los, carretera a
Alajuela, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: COLO como
marca de fábrica y comercio, en clase: 7 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: máquinas y máquinas herramientas; motores (excepto
para vehículos terrestres); acoplamientos y órganos de transmisión (excepto
para vehículos terrestres); implementos agrícolas que no sean manuales;
incubadoras de huevos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006776. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio
del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017157220 ).
Guillermo Arturo
Delgado González, casado, cédula de residencia Nº 122200689207, en calidad de
apoderado generalísimo de Resuelva Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101659838 con domicilio en: Escazú, Guachipelín, Centro de Negocios plaza
Roble, edificio Los Balcones, cuarto piso, oficinas de Zurcher Odio &
Raven, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: resuelva
como marca
de servicios en clase 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
servicios de agencias de cobro de deudas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006785. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 31 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017157240 ).
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de
apoderado especial de Honeywell International Inc., con domicilio en 101
Columbia Road, Morristown, NJ 07962, Estados Unidos de América, solicita la
inscripción de: REDBOOST como marca de comercio en clase: 7
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: turbo compresor. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de marzo del 2017.
Solicitud Nº 2017-0002337. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de marzo del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017157251 ).
Kristel Faith Neurohr,
casada una vez, cédula de identidad Nº 1011430447, en calidad de apoderada
especial de Ballarini Paolo & Figli S.P.A., con domicilio en Vía
Risorgimento, 3 46017 Rivarolo Mantovano (MN), Italia, solicita la inscripción
de: BALLARINI como marca de comercio, en clase: 21 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: cestas para uso doméstico; cucharas para
servir [utensilios de cocina]; batidores, no eléctricos; mezcladores, no eléctricos,
para uso doméstico; moldes para pasteles [moldes]; calderos, cerámica para uso
doméstico; palillos; cierres para tapas de pote; recipientes para uso doméstico
o de cocina; moldes de cocina [moldes]; ollas de cocina; juegos de ollas para
cocinar; exprimidor de ajo [utensilios de cocina]; guantes para uso doméstico;
calderas no eléctricas; tapas de olla; ollas a presión, no eléctricas; sartenes
para estofados; filtros para uso doméstico; sartenes para freír; utensilios de
cocina no eléctricos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de
mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004362. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de mayo
del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017157252 ).
Denise Garnier Acuña,
cédula de identidad Nº 104870992, en calidad de apoderado especial de British
American Tobacco (Brands) Limited, con domicilio en: Globe House, 4 Temple
Place, London, WC2R 2PG, Reino Unido, solicita la inscripción de: FINE FEEL,
como marca de comercio en clase 34 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: cigarrillos, tabaco, productos de tabaco, encendedores, cerillas y
artículos para fumadores. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de mayo del 2015. Solicitud N° 2015-0004460. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 07 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2017157253 ).
Kristel Faith Neurhor,
cédula de identidad 111430447, en calidad de apoderada especial de Radio
Systems Ingenierie Video Technologies S.A.S., con domicilio en 23 Av Du General
Leclerc, 92340 Bourg La Reine, Francia, solicita la inscripción de: VIDEOFIED,
como marca de comercio en clase: 9. Internacionales. Para proteger y distinguir
lo siguiente: sistemas de alarmas y control de acceso residencial y comercial
que comprenden alarmas eléctricas y electrónicas, cámaras y equipos de video,
sensores de movimiento e infrarrojos, e instrumentos y componentes de
comunicaciones electrónicas, especialmente transmisores y receptores y enlaces
de datos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo de 2017.
Solicitud N° 2017-0002704. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de Julio de
2017.—Bernard Molina Alvarado Registrador.—( IN2017157254 ).
Kristel Faith Neurohr,
cédula de identidad Nº 111430447, en calidad de apoderada especial de Volcom,
LLC, con domicilio en: 1740 Monrovia, Ave., Costa Mesa, CA 92627, Costa Rica, solicita
la inscripción de: VOLCOM, como marca de comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa; calzado;
sombreros; cinturones (ropa); blusas; abrigos; vestidos; guantes, gorras;
sombreros; chaquetas; pantalones; pantalones de mezclilla; camisas;
pantalonetas; zapatos; botas; pantalones cortos; faldas, calcetines; suéteres;
pantalones deportivos, camisas de entrenamiento, trajes de baño; ropa interior;
chalecos (ropa) viseras; trajes de neopreno. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004176. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017157255 ).
Kristel Faith Neurohr,
cédula de identidad 111430447, en calidad de apoderado especial de Volcom, LLC
con domicilio en 1740 Monrovia, Ave., Costa Mesa, CA 92627, Costa Rica,
solicita la inscripción de: VOLCOM como marca de comercio en clase: 18.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 18: Cuero e imitaciones
de artículos de cuero; bolsos que se cargan para usos múltiples; bolsas de
atletismo; bolsos; mochilas de lona; bolsas para gimnasio; bolsas de mano;
monederos; estuches para llaves; maletas, sombrillas, billeteras. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo de 2017. Solicitud Nº
2017-0004175. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de mayo de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017157256 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad de
gestora oficiosa de Düring AG, con domicilio en Brunnenwiesenstrasse 14,
Dällikon 8108, Suiza, solicita la inscripción de: DURGOL, como marca de
comercio en clase: 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
preparaciones desincrustantes para uso doméstico. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0002810. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978..—San José, 31 de marzo de 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2017157257 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 1011430447, en calidad de
gestor oficioso de Düring AG, con domicilio en Brunnenwiesenstrasse 14,
Dällikon 8108, Suiza, solicita la inscripción de: DURGOL como marca de
comercio en clase: 1. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Preparaciones descalcificantes, excepto para uso doméstico. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002809. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 31 de marzo de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017157258 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de
GT Capital CORP., con domicilio en: 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: MS&R MEDICAL SOLUTIONS & RECOVERY
como marca de servicios en clase 36
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: administración de
reclamaciones se seguros. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000577. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 01 de febrero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017157263 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de GT
Capital Corp., con domicilio en 60 Market Square, Po Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: PRIMAVISIÓN OPTICAS
como marca de servicios en
clase: 44 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 44: Servicios
de óptica. Reservas: No se hace reserva de la palabra: OPTICAS. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud Nº
2017-0000432. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017157264 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de GT
Capital Corp., con domicilio en 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de:
como marca de comercio en clase: 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aros, estuches, lentes
de contacto, anteojos, cadenas, cordones, cristales, monturas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud N°
2017-0000430. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017157265 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de
GT Capital CORP., con domicilio en: 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: AV
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de venta
de aros de anteojos, estuches para anteojos, lentes de contacto, anteojos,
cadenas para anteojos, cordones, cristales, cristales para anteojos, monturas
para anteojos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero
del 2017. Solicitud N° 2017-0000429. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de enero
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017157266 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad N° 105570443, en calidad de apoderado especial de
GT Capital CORP., con domicilio en 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clase: 44
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 44 servicios de óptica.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0000426. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017157267 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de GT
Capital Corp., con domicilio en 60 Market Square, Po Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: PRIMAVISIÓN OPTICAS
como marca de comercio en clase:
9 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 9: Aros, estuches,
lentes de contacto, anteojos, cadenas, cordones, cristales, monturas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud Nº
2017-0000424. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017157268 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de GT
Capital Corp., con domicilio en 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: PRIMAVISIÓN OPTICAS,
como marca de servicios en
clase: 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
venta de aros de anteojos, estuches para anteojos, lentes de contacto,
anteojos, cadenas para anteojos, cordones para anteojos, cristales para
anteojos, monturas para anteojos. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud N° 2017-0000423. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 31 de enero de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017157269 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de
GT Capital Corp., con domicilio en: 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: MS&R MEDICAL SOLUTIONS & RECOVERY
como marca de servicios en clase
45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios personales
y sociales prestados para terceros para satisfacer necesidades individuales de
médicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2017.
Solicitud N° 2017-0000422. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de enero del
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017157270 ).
Cambio de Nombre N° 110847
Que
Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de
apoderada especial de L’OREAL, solicita a este Registro se anote la inscripción
de cambio de nombre de Laboratoires Decleor S. A. por el de L’OREAL, presentada
el 31 de marzo de 2017, bajo expediente 110847. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1900-7805903 Registro N° 78059 DECLEOR en clase 3
Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017157157 ).
Marcas
de Ganado
Solicitud N° 2017-1545.—Ref.:
35/2017/3259.—Cristobalina Corea Caravaca, cédula de identidad 0502120078,
solicita la inscripción de:
C W
5
Como marca de ganado, que usará
preferentemente en Guanacaste, Carrillo, Sardinal, Santa Rita, de la entrada
principal a Santa Rita, 200 metros al oeste. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10
días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el
21 de julio del 2017. Según el expediente N° 2017-1545.—Luz Vega,
Registradora.—1 vez.—( IN2017157160 ).
Solicitud Nº
2017-1535.—Ref: 35/2017/3217.—Mauricio Antonio Morales Mora, cédula de
identidad Nº 1-0936-0989, solicita la inscripción de:
como marca
de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Buenos Aires,
Colinas, Aguas Frescas, frente a la iglesia católica del lugar. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 20 de julio del 2017. Según el expediente N°
2017-1535.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017157167 ).
Solicitud Nº 2017-1441.—Ref: 35/2017/3060.—Róger Araya Méndez, cédula de
identidad 5-0123-0344, solicita la inscripción de:
R
O 1
como marca
de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Nicoya, Nicoya, Santa Ana,
500 metros sur y 100 metros este de la plaza de deportes, finca Los Ojoches. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017. Según el
expediente N° 2017-1441.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(
IN2017157213 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: 3-002-300778, denominación: Asociación Monte Tabor. Por cuanto dicha
reforma cumple con lo exigido por la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 2017. Asiento: 384228.—Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 11
minutos y 46 segundos, del 13 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez
Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017157166 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Pro Hospital de Liberia, con domicilio en la provincia de:
Guanacaste-Liberia, cuyos fines principales, entre otros son los siguientes:
fortalecer al hospital Doctor Enrique Baltodano Briceño en sus necesidades mas
apremiantes. Buscar alternativas de financiamiento para la compra de equipos
médicos para hospital Doctor Enrique Baltodano Briceño. Colaborar con el
mejoramiento de la infraestructura del Hospital. Cuyo representante, será el
presidente: Jorge Vargas Madrigal, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en tramite. Documento: Tomo: 2017, Asiento:
397127.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 21 minutos y 2 segundos,
del 28 de junio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017157203 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
estatuto de la entidad: Asociación El Santo Refugio, con domicilio en la
provincia de: Limón, Pococí, cuyos fines principales entre otros son los
siguientes: la extensión del evangelio de Jesucristo, preparación de líderes
cristianos como pastores evangelistas, maestros enseñanza de la palabra de Dios
a niños, jóvenes y adultos, formación de congregaciones cristianas para la
adoración de Dios y servicio cristiano, fomento de la unidad espiritual entre
las diversas entidades cristianas desarrollo del carácter y conducta del pueblo
hacia actitudes de respeto y participación positiva en la vida nacional. Cuyo
representante será el presidente: Ronulfo Cordero Mendoza, con las facultades
que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento:
396058.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 16 minutos y 34 segundos
del 14 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017157215 ).
Patentes de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Julián Antonio Batalla
Gallegos, en calidad de apoderado generalísimo de 3-102-735850 Sociedad de
Responsabilidad Limitada, solicita la Patente Nacional sin Prioridad denominada
PROCEDIMIENTO ORGÁNICO PARA LA POTENCIALIZACIÓN DEL AVGAS CONVENCIONAL Y EL
BIOAVGAS CON REDUCCIÓN DE EMISIONES. La suma de conocimiento acumulados
para producir un potencializador para AVgas y Bio AVgas a ser usado en
aviación, sobre todo en motores de combustión interna dando un resultado
excelente en cuanto a potencia, eficiencia, desplazamiento, cero corrosión, PH
neutro, congelación y almacenamiento de un producto totalmente orgánico. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: C10L 1/00 y C10L 10/00; cuyos
inventores son Calvo, Granados, Manuel (CR) y Robert Echeverría, Mario (CR).
Prioridad: . Publicación Internacional: . La solicitud correspondiente lleva el
Nº 2017-0000211, y fue presentada a las 14:35:28 del 24 de mayo de 2017. Cualquier
interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 10 de julio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156691
).
El señor Julián
Antonio Batalla Gallegos, en calidad de apoderado generalísimo de 3-102-735843
sociedad de responsabilidad limitada, solicita la Patente Nacional sin
Prioridad denominada PROCEDIMIENTO ORGÁNICO PARA POTENCIALIZAR EL DIESEL
CONVENCIONAL Y EL BIODIESEL CON REDUCCIÓN DE EMISIONES. La invención es
algo totalmente nuevo en la técnica que implica el uso de un potencializador y
reductor de emisiones basado exclusivamente en fuentes orgánicas reconocidas
siendo nuestro producto 99% orgánico y cero contaminante y produciendo efectos
de cero contaminación, potencialización, cero corrosión, cero acidez en
combustibles oleosos tanto fósiles como bio, implicando un mejoramiento en el
uso y fabricación de estos, y aplicando principios físicos y químicos dando
como resultado el potencializador y reductor de emisiones para diesel y
biodiesel. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C1OL 1/00, C1OL 10/00; cuyo(s) inventor(es)
es(son) Calvo, Granados, Manuel (CR) y Robert Echeverría, Mario (CR).
Prioridad:. Publicación Internacional:. La solicitud correspondiente lleva el
número 2017-0000212, y fue presentada a las 14:36:28 del 24 de mayo de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 10 de julio del 2017.—Randal Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156692
).
El(la) señor(a)(ita)
Julián Antonio Batalla Gallegos, en calidad de Apoderado Generalísimo de
3-102-735873 Sociedad de Responsabilidad Limitada, solicita la Patente Nacional
sin Prioridad denominada PROCESO ORGÁNICO PARA LA PREVENCIÓN DE CORROSIÓN Y
TEMPERATURAS EXTREMAS EN MOTORES DE COMBUSTIÓN INTERNA Y PROCESOS INDUSTRIALES
ENFRIADOS POR LÍQUIDOS. Este invento proporciona suplir una necesidad muy
apremiante en nuestro entorno el cual es la utilización de fuentes orgánicas
que producen efectos de prevención de corrosión, hidrolubricación, absorción de
temperaturas altas y mantenimiento de las propiedades líquidas en temperaturas
bajo cero, teniendo propiedades exotérmicas y
endotérmicas, pero con la ventaja de provenir de fuentes orgánicas que no
contaminan el medio ambiente. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
C10L 1/00 y C10L 10/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Calvo, Granados, Manuel
(CR) y Robert Echeverría, Mario (CR). Prioridad: . Publicación Internacional:
La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000213, y fue presentada a
las 14:37:04 del 24 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 10 de julio del 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156693 ).
El señor Julián
Antonio Batalla Gallegos, en calidad de apoderado generalísimo de 3-102-735874
sociedad de responsabilidad limitada, solicita la Patente Nacional sin
Prioridad denominada PROCEDIMIENTO ORGÁNICO PARA LA POTENCIALIZACIÓN DEL JET
FUEL CONVENCIONAL Y BIO JET FUEL CON REDUCCIÓN DE EMISIONES. Es la suma de
conocimiento acumulado para producir un potencializador orgánico para Jetfuel y
Biojetfuel a ser usado por los aviones a reacción, dando un resultado excelente
en cuanto a potencia, eficacia, desplazamiento, cero corrosión, PH neutro,
congelación y almacenamiento de un producto totalmente orgánico que es cero
contaminante por ser hiperoxidado y dar combustiones limpias sin radicales contaminantes
en sus cadenas de carbonos. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C10L
1/00 y C10L 10/00; cuyos inventores son Calvo, Granados, Manuel (CR) y Robert
Echeverria, Mario (CR). Prioridad:. Publicación Internacional:. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017- 0000214, y fue presentada a las 14:37:38
del 24 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 10 de julio del 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017156694 ).
El señor Julián
Antonio Batalla Gallegos, en calidad de apoderado generalísimo de 3-102-733702
sociedad de responsabilidad limitada solicita la Patente Nacional sin Prioridad
denominada PROCESO DE MEZCLA ORGÁNICA PARA LA POTENCIALIZACIÓN DE GASOLINA
FÓSIL Y BIOETHANOL CON REDUCCIÓN DE EMISIONES. Gama de conocimientos
acumulados para producir un potencializador para gasolina fósil convencional y
bioethanol carburante, con aumento en la potencia y torque, rendimiento,
eficiencia de combustión, desplazamiento, cero corrosión, ph neutro, almacenamiento
y transporte de un producto totalmente orgánico. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C10L 1/00 y C10L 10/00; cuyos inventores son
Calvo, Granados, Manuel (CR) y Robert Echeverría, Mario (CR). Prioridad:.
Publicación Internacional: La solicitud correspondiente lleva el número
2017-0000215, y fue presentada a las 14:38:13 del 24 de mayo del 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 10 de julio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—(
IN2017156695 ).
El señor Harry Zürcher
Blen, cédula de identidad 104151184, en calidad de apoderado especial de Graham
Packaging Company, L.P, solicita la Patente PCT denominada CONTENEDOR CON
TEXTURA RESISTENTE A ROZADURAS. Contenedor polimérico que incluye una base
que define una superficie de soporte y una pared lateral que se extiende hacia
arriba desde la base. La pared lateral tiene al menos una primera porción de
contacto que se extiende alrededor de un perímetro de la pared lateral. La
pared lateral incluye un patrón de superficie elevada en un área seleccionada
en las cercanías de la primera porción de contacto El patrón de superficie
elevada incluye una pluralidad de protrusiones que se extienden hacia afuera
desde la pared lateral y que tienen una superficie
exterior. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: B65D 1/02, B65D
1/44 y B65D 23/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Evans, Alicia (US); Patel,
Tapan, Y (IN); Mourad, Hassan (CA); Herrera Pérez, Jesús Gustavo (MX) y Díaz,
José Manuel (US). Prioridad:. Publicación Internacional: WO2016/089404. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000153, y fue presentada a las
13:59:47 del 19 de abril de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera
publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario
Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San
José, 27 de junio de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156706 ).
Inscripción N° 3394.—Ref: 30/2017/3400.—Por resolución de las 15:44 horas
del 14 de junio de 2017, fue inscrita la Patente denominada INSTALACIÓN
DISEÑADA PARA CONVERTIR ENERGÍA TÉRMICA AMBIENTAL EN ENERGÍA ÚTIL a favor
de la compañía Cohen, Yoav, cuyos inventores son: Cohen, Yoav (CH). Se le ha
otorgado el número de inscripción 3394 y estará vigente hasta el 18 de febrero
de 2030. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: F01K
27/00 2016.01. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con
el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—14 de junio
del 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2017156707 ).
La señora Fabiola
Sáenz Quesada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado
especial de Bayer AS, solicita la Patente PCT denominada COMPLEJOS RADIOFARMACÉUTICOS. La invención provee un método para la formación de un complejo
de torio dirigido a tejido, en donde dicho método comprende; a) formar un
quelante octadentado que comprende cuatro porciones hidroxipiridinona (HOPO)
sustituidas en la posición N con un grupo C1-C3alquilo, y una porción de
acoplamiento que termina en un grupo ácido carboxílico; b) acoplar dicho
quelante octadentado a por lo menos un péptido o proteína de direccionamiento a
tejido que comprende por lo menos una porción amina por medio de por lo menos
un reactivo de acoplamiento de amida para generar así un quelante de
direccionamiento a tejido; y c) poner en contacto dicho quelante de
direccionamiento a tejido con una solución acuosa que comprende un ion de por lo menos un isótopo de torio emisor alfa. La
memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K
51/10 y A61P 35/00; cuyo inventor es: Cuthbertson, Alan (GB). Prioridad: N° GB
1422512.2 del 17/12/2014 (GB). Publicación Internacional: WO 2016/096843 A1. La
solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000256, y fue presentada a las
09:26:21 del 16 de junio del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—San José,
18 de julio del 2017. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—Viviana Segura de la O, Registradora.—1 vez.—( IN2017156718 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
El señor
Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado
especial de Tensha Therapeutics Inc. solicita la Patente PCT denominada INHIBIDORES
DEL BROMODOMINIO. La presente invención hace referencia a compuestos
inhibidores del bromodominio, composiciones farmacéuticas que comprenden los
compuestos inhibidores del bromodominio y métodos para tratar un trastorno con
respuesta a la modulación de un polipéptido de la familia BET con los
compuestos y las composiciones farmacéuticas descritos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/551, A61P 15/16, A61P 29/00, A61P 3/00,
A61P 31/00, A61P 33/06, A61P 35/00, A61P 35/02, A61P 9/00 y C07D 495/14; cuyos
inventores son: Landau, Steven, B (US) y Kagey, Michael (US). Prioridad: N°
62/068,983 del 27/10/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/069578 A1. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000219 y fue presentada a las
09:13:12 del 26 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 10 de julio de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156877 ).
La señor(a)(ita)
Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad N° 106260794, en calidad de
apoderado especial de Eli Lilly And Company, solicita la Patente PCT denominada
INHIBRIDORES BACE1
SELECTIVOS. La presente invención proporciona un
compuesto de Fórmula II: o una sal aceptable para uso farmacéutico. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/542, A61P 25/28 y C07D
513/04; cuyos inventores son: Hembre, Erik James; (US); López, José Eduardo;
(US); Mcmahon, Jennifer Anne; (US); Richards, Simon James; (US); Winneroski,
Leonard Larry, Jr.; (US) y Woods, Timothy Andrew; (US). Prioridad: N°
62/119,391 del 23/02/2015 (US). Publicación Internacional: WO2016/137788. La solicitud
correspondiente lleva el N° 2017-0000315, y fue presentada a las 08:23:23 del
11 de julio del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 17 de julio de 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—1 vez.—( IN2017156882 ).
El señor Luis Diego Acuña Vega, cédula de identidad 111510238, en calidad
de apoderado especial de Hernández Miramontes, Jorge Antonio, solicita la
Patente PCT denominada MEZCLA DE ÁCIDOS CARBOXÍLICOS PARA TRATAR PACIENTES
CON INSUFICIENCIA RENAL. Es una mezcla de ácidos carboxílicos: ácido
cítrico, ácido succínico, ácido fumárico y ácido málico, y cualesquiera de sus
combinaciones 5 posibles. Dicho producto se utiliza preferentemente vía oral o
también vía intravenosa, en el tratamiento de pacientes con insuficiencia renal
crónica, hiperamonemia o condiciones humanas que cursen con balance nitrogenado
negativo. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/194, C07C 55/10 y C07C 55/20; cuyos
inventores son Hernández Miramontes, Jorge Antonio; (MX) y Hernández
Villanueva, Jorge Alberto; (MX). Prioridad: N° MX/a/2015/003641 del 20/03/2015
(MX). Publicación Internacional: WO2016/153331 A1. La solicitud correspondiente
lleva el número 2017-0000320, y fue presentada a las 08:26:41 del 13 de julio
del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses
siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de
circulación nacional.—San José, 28 de julio del 2017.—Viviana Segura De La O,
Registradora.—( IN2017157010 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE
NOTARIADO
HABILITACIÓN
DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de
Oca, costado oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, edificio A, 5to. piso,
HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y
HABILITACIÓN como delegataria para ser y
ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: NELLY NOHELIA
ACHÍO ARTAVIA, con cédula de identidad número 6-0368-0689, carné número 24774.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°
17-001076-0624-NO.—San José, 07 de agosto del 2017.—Unidad Legal
Notarial.—Anaida Cambronero Anchía, Abogada.—1 vez.—( IN2017158668 ).
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE
TERCERA VEZ
ED-UHTPNOB-0029-2017.—Exp. N° 17522A.—Sociedad de Usuarios de Agua El
Escobio del Asentamiento El Escobio, Wíbert Jiménez Solano, solicita concesión
de: 29 litros por segundo del Rio Negro, efectuando la captación en finca de
socios en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso riego y abrevadero.
Coordenadas 301.725/387.217 hoja Curubandé. Predios inferiores: Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 15 de marzo de 2017.—Leonardo Mauricio Solano
Romero, Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico Norte.—( IN2017157983 ).
ED-UHTPSOZ-0029-2017. Expediente Nº 9764A.—Oso Gigante de La Laguna S.
A., solicita concesión de: 0.1 litro por segundo del nacimiento sin nombre,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Savegre, Aguirre,
Puntarenas, para uso consumo humano - doméstico. Coordenadas 143.849 / 550.550
hoja Dominical. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 03 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur.—Francisco
Vargas Salazar.—( IN2017158085 ).
ED-0025-2017.—Exp. N°
17037P.—Corporación Bananera Nacional S. A., solicita concesión de: 7.6 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo SX-63 en
finca de su propiedad en Sixaola, Talamanca, Limón, para uso agroindustrial
empacadora de banano. Coordenadas 168.433/683.183 hoja Sixaola. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 20 de enero de 2017.—Douglas Alvarado Rojas,
Coordinador Departamento de Información.—( IN2017158257 ).
PUBLICACIÓN DE
SEGUNDA VEZ
ED-0184-2017.—Exp.
17609A.—Víctor Hugo, Sequeira Badilla, solicita concesión de: 0.25 litros por
segundo del río Tibás, efectuando la captación en finca de Aliento de La
Montaña S. A. en Concepción, San Rafael, Heredia, para uso agropecuario-riego.
Coordenadas 225.587 / 529.155 hoja Barva. 0.05 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Aliento de La
Montaña S.A. en Concepción, San Rafael, Heredia, para uso consumo humano.
Coordenadas 225.400 / 529.000 hoja Barva. Predios inferiores: Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 21 de julio del 2017.—Andrés Phillips Ureña,
Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—( IN2017158393 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-0164-2017.
Exp 16953A.—Banco Improsa S. A. (Constructora Sánchez Carvajal S. A.), solicita
concesión de: 8,9 litros por segundo de la Quebrada Cedro, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Escobal, Atenas, Alajuela, para uso
agropecuario-riego. Coordenadas 211.984 / 487.157 hoja Río Grande. Predios
inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 05 de julio de
2017.—Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—(
IN2017158842 ).
Registro
Civil -Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Francisca Dolores Herrera Pineda, nicaragüense,
cédula de residencia 155810859232, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp. N° 3606-2017.—San José al ser las 2:30 del 1 de agosto de
2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017157120 ).
Isamar Orozco Orozco, nicaragüense, cédula de residencia Nº 155806285021,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Nº 3730-2017.—San José al ser las
8:45 del 3 de agosto de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1 vez.—(
IN2017157150 ).
Ivonne Jaqueline Pérez Bernot, cubana, cédula de residencia 119200318419,
ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la
Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes
tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten
por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. 3731-2017.—San José, al ser las 8:48
del 3 de agosto de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017157165 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN PUBLICA 2017LN-000005-SCA
Concesión de instalación publica para prestar
el
servicio de la soda comedor en la Sede
Regional
Chorotega, Campus Liberia
La Universidad Nacional por
medio de la Proveeduría Institucional invita a personas físicas o jurídicas a
participar en la contratación de servicios para el “Concesión de instalación
pública para prestar el servicio de la soda comedor en la Sede Regional
Chorotega, Campus Liberia”.
Todas las ofertas se recibirán en la
Dirección Administrativa de la Sede Regional Chorotega-campus Liberia, ubicada
600 metros sur del Colegio Agropecuario, hasta las 14:00 horas del 05 de
setiembre del 2017. Todas las ofertas que no estén a esta hora y fecha serán
devueltas sin abrir, o caso contrario, no serán tomadas en cuenta para la
evaluación de las ofertas.
El pliego de condiciones podrá ser obtenido
por medio de la página web www.una.ac/proveeduria/
Heredia, 9
de agosto del 2017.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. N°
P0029258.—Solicitud N° 91775.—( IN2017158775 ).
HOSPITAL DR. MAX TERÁN VALLS
ÁREA DE GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000007-2308
(Aviso
N° 2)
Objeto contractual: instrumental médico (insumos) para
uso
en los servicios de cirugía general y ginecología
Debido a Objeción al Cartel
técnico presentada, se les comunica a los interesados a participar en el
presente Concurso, que la última versión del Cartel se encuentra a disposición
en el Área de Gestión de Bienes y Servicios del Hospital Max Terán Valls,
Puerto Quepos, situada de la esquina noreste del parqueo para vehículos de
funcionarios 50 metros al norte, parte posterior de las instalaciones del
Hospital.
El Pliego Cartelario con las especificaciones
técnicas y formularios respectivos pueden ser retirados en forma digital por el
oferente interesado en participar, a través de los siguientes medios:
1. A través de nuestra página web http://portal.ccss.sa.a/portal/page/portal/Portal/Licitaciones/UP-2308.
2. En nuestras oficinas administrativas de la
Subárea de Planificación y Contratación Administrativa del Área de Gestión de
Bienes y Servicios, sita en el Centro Hospitalario Hospital Dr. Max Terán
Valls/Caja Costarricense de Seguro Social, ubicado 300 metros de la pista de
aterrizaje de la Managua, distrito Quepos, cantón Quepos, provincia Puntarenas.
La última versión al Cartel está
constituida por las Condiciones y Especificaciones Técnicas y su Sistema de
Evaluación.
Es responsabilidad de quien adquiere el
cartel, mediante fotocopiado del mismo, en nuestras oficinas administrativas,
verificar que el mismo se le entrega completo. El costo por hoja es de ¢20.00
(veinte colones con 00/100).
Es importante indicar que se mantiene la
fecha y hora máxima de apertura de ofertas, para el miércoles 16-08-2017, al
ser las 13 horas con 00 minutos.
Subárea de
Planificación y Contratación Administrativa.—Licda. Ana Liseth Acuña
Vargas, Coordinadora.— 1 vez.— ( IN2017158920 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACION ABREVIADA N° 2017LA-000011-10
(Invitación)
Equipos de respaldo para Sistemas de Cómputo Masivos (UPS)
El Proceso Adquisiciones de la
Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje recibirá ofertas
por escrito para este concurso hasta las 10:00 horas del 30 de agosto del 2017.
Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones, el cual es gratuito y
está a disposición de los interesados en el Proceso de Adquisiciones de la
Unidad Regional de Cartago, ubicado costado norte del Centro Comercial
Metrocentro, Cartago. Ver página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/ConsultaCarteles/.
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 91748.—( IN2017158621 ).
COMPRA DIRECTA N°
2017CD-000090-03
Compra de madera contrachapada
(plywood)
y madera aglomerada
El Proceso Adquisiciones de la
Unidad Región Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje recibirá
ofertas por escrito para este concurso hasta las 10:00 horas del 21 de agosto
del 2017. Este pliego de condiciones es gratuito y está a disposición de los
interesados en este Proceso, sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros al sur, del
cruce de Cirrí. Ver Página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 91745.—( IN2017158626 ).
COMPRA DIRECTA 2017CD-000089-03
(Invitación)
Compra de artículos de tiendas de abarrotes
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje,
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 21 de agosto
del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela, 300 metros
al sur del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 91743.—( IN2017158627 ).
LICITACIÓN ABREVIADA
2017LA-000040-01 (Invitación)
Servicios de mantenimiento preventivo, correctivo y soporte
técnico
para la Plataforma de Seguridad del INA
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad de Compras Institucionales del Instituto Nacional de Aprendizaje
estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 08:00 horas del 04 de setiembre
del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito en el Proceso de Adquisiciones, sita en la Uruca, 2.5 kilómetros al
oeste del Hospital México o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 91741.—( IN2017158634 ).
MUNICIPALIDAD DE NARANJO
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000007-PM
Compra de vehículo Pick Up para UTGA
La Municipalidad de Naranjo les
comunica a todos los interesados en el proceso de licitación arriba indicada,
que por medio de la Proveeduría Institucional, recibirá ofertas hasta las 10:00
horas del día 29 de agosto del 2017.
El cartel de licitación se puede obtener a
partir de esta publicación en las oficinas de la Proveeduría de esta
Municipalidad ubicada costado norte del Templo Católico en Naranjo Centro.
Msc.
Alexander Acuña Corrales, Director Administrativo.— 1 vez.—( IN2017158867 ).
LICITACIÓN ABREVIADA
Nº 2017LA-000008-PM
Compra
de dos camiones para UTGA
La Municipalidad de Naranjo les comunica a
todos los interesados en el proceso de licitación arriba indicada, que por
medio de la Proveeduría Institucional recibirá ofertas hasta las 10:00 horas
del día 30 de agosto de 2017.
El cartel de licitación se puede obtener a partir de esta publicación en
las oficinas de la Proveeduría de esta Municipalidad ubicada costado norte del
templo católico en Naranjo centro.
Msc. Alexander Acuña
Corrales, Director Administrativo.— 1 vez.—( IN2017158868 ).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000017-01
Adquisición sistema cámaras robóticas
para
plenario y comisiones
Se avisa a todos los interesados
en la referida licitación que mediante oficio AL-DREJ-OFI-1178-2017 del 03 de agosto
de 2017, se acordó adjudicar la Licitación abreviada N° 2017LA-000017-01
“Adquisición sistema cámaras robóticas para plenario y comisiones” a la
empresa: Sonivisión S. A., cédula jurídica Nº 3-101-034067-27, por un
monto total de $41.497,00.
San José, 09 de agosto del
2017.—Proveeduría.—Marianela Ávalos Agüero, Directora a. í.—1 vez.—O. C. N°
27052.—Solicitud N° 91757.—( IN2017158806 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000023-01
Contratación
del servicio de mantenimiento correctivo
y preventivo a
autobancos y correos neumáticos que en la actualidad posee el Banco Nacional de
Costa Rica
Se comunica a los interesados de esta
Licitación Abreviada, que en el artículo 02 de la sesión ordinaria N° 852-2017,
celebrada por el Sub-Comité de Licitaciones el 17 de julio de 2017 se acordó:
adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2016LA-000023-01, de acuerdo al siguiente
detalle:
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
Todo conforme lo estipulado en el cartel, la oferta económica y el informe
técnico CPS-098-2017, que consta en el expediente administrativo y que forma
parte integral de la presente contratación.
La Uruca, 03 de agosto del 2017.—Proveeduría
General.—Alejandra Trejos Céspedes, Supervisora Operativa.—1 vez.—O. C. Nº
524007.—Solicitud Nº 91779.—( IN2017158822 ).
DIRECCIÓN FINANCIERA ADMINISTRATIVA
VENTA PÚBLICA VP-006-2017
La Caja Costarricense de Seguro Social, comunica a los interesados en
la Venta Pública arriba mencionada, que la Dirección Financiera Administrativa
mediante oficio DFA-1058-2017, del 31 de junio del 2017, acordó adjudicar la
Venta Pública VP-006-2017 de la siguiente manera:
Ítem |
Oferente |
Cédula |
Forma de pago |
Monto ¢ |
4 |
Morales González Fernando |
1-1376-546 |
Financiamiento C.C.S.S. |
91.500.000,00 |
La venta pública de los ítemes
1, 2 y 3 se declaran infructuosas por no haberse recibido ofertas.
El pago del respectivo ítem deberá efectuarse
de conformidad con los términos del cartel y la oferta.
Área Administrativa.—San José,
08 de agosto del 2017.—Lic. Rebeca Watson Porta, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017158643 ).
HOSPITAL SAN VICENTE
DE PAÚL
LICITACIÓN NACIONAL Nº 2017LN-000001-2208
Por reactivos para pruebas de inmunología
La Subárea de Contratación Administrativa
del Hospital San Vicente de Paúl, comunica a los proveedores participantes en
la presente Licitación, su adjudicación a la empresa: Abbott Healthcare
Costa Rica S. A.
Monto: $ 337.144,00 (Trescientos treinta y
siete mil ciento cuarenta y cuatro dólares con 00/100).
Heredia, 7 de agosto del
2017.—MSc. Óscar Montero Sánchez, Dirección Administrativa.—1 vez.—(
IN2017158907 ).
UNIDAD
REGIONAL CARTAGO
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000001-10
Control
de plagas Unidad Regional Cartago
y Centro de
Formación Cartago
La Comisión Local Regional de Adquisiciones de
la Unidad Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión
21-2017 celebrada el 08 de agosto del 2017 artículo III, acuerda adjudicar la
licitación en referencia en los siguientes términos:
Adjudicar
la Licitación Abreviada Nº 2017LA-000001-10 para el “Control de Plagas Unidad
Regional Cartago y Centro de Formación Cartago”, según el dictamen técnico
URMA-PSG-588-2017 y el dictamen legal URC-AL-158-2017, realizados por las
dependencias responsables de analizar las ofertas; así como en los elementos de
adjudicación consignados en el punto 11 del cartel, de la siguiente manera:
Oferta N° |
Oferente |
Líneas
recomendadas |
Monto anual
recomendado |
1 |
Control
Ecológico de Plagas Taboada y Asociados S. A. |
1 |
¢4.870.880.00 |
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 91747.—( IN2017158624 ).
2017CD-000081-03
Compra de materiales de línea ferretera
El Encargado del Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional
de Aprendizaje Ing. Fabian Zúñiga Vargas en el Acta N° 50-2017, celebrada el
día 08 de agosto del 2017, artículo I, tomó el siguiente acuerdo:
a) Adjudicar la Contratación Directa 2017CD-000081-03, para la “Compra
de Materiales de Línea Ferretera”, en los siguientes términos, según los
estudios técnicos URMA-PSG-635-2017 y NMV-PGA-315-2017 y el estudio
administrativo URCOC-PAS-IR-0083-2017:
b) Adjudicar las líneas Nº 2 y 5, a la oferta Nº 2
presentada por Distribuidora y Ferretería Bruma S. A., por un monto
total de ¢199.974,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un
precio razonable con un tiempo de entrega de 15 días hábiles.
c) Adjudicar las líneas Nº 1, 4 y 7, a la oferta
Nº 3 presentada por Mayoreo del Istmo S. A., por un monto total de
¢91.570,00 por cumplir con lo estipulado en el cartel y ofrecer un precio
razonable con un tiempo de entrega de 15 días hábiles.
d) Declarar infructuosas la línea Nº 3 porque los
oferentes que las cotizaron no cumplen técnicamente y la línea Nº 6 por no ser
ofertada.
Unidad de
Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 91746.—( IN2017158625 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA
N° 2017CD-000065-07
Servicio de mantenimiento de equipo de buceo
El Proceso de Adquisiciones de
la Unidad Regional Pacífico Central del Instituto Nacional de Aprendizaje,
comunica que el concurso de la contratación directa 2017CD-000065-07 “Servicio
de mantenimiento de equipo de buceo”, según acta del Proceso de Adquisiciones
Nº 088-2017 del 08 de agosto de 2017 y con base al estudio técnico del Núcleo
Náutico Pesquero FR-NNP-NNP-088-2017 y NNP-FUN-168-2017, se adjudica según se
detalla:
Oferta
N° 2: INDUSTRIAL FIRE AND RESCUED
EQUIPMENT, S. A., cédula de jurídica: 3101-310800 |
Línea: 2 |
Monto
anual adjudicado:
¢870.000,00 |
Lic. Allan Altamirano
Díaz, Jefe Unidad de Compras Institucionales.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud
Nº 91742.—( IN2017158630 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA
MANUEL
HIDALGO MORA
LICITACIÓN PÚBLICA JE-EMHM 01-2017
La Junta de Educación de la
Escuela Manuel Hidalgo Mora avisa adjudicación de Licitación Pública JE-EMHM
01-2017 “Contratación de proveedor de alimentos para ser preparados en el
comedor escolar de la Escuela Manuel Hidalgo Mora en la modalidad de
contratación de entrega según demanda”.
Se adjudica a la empresa Productos
Procesados M&L S. A. Esta contratación por sus características es de
cuantía inestimable, no podrá exceder los ¢34.758.318,14 (treinta y cuatro
millones setecientos cincuenta y ocho mil trescientos dieciocho 14/100
colones).
Aserrí, a los 07 días del mes de
agosto del 2017.—Yesenia Castillo Méndez, Presidenta.—1 vez.—( IN2017158854 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
La Proveeduría Institucional del
Banco Crédito Agrícola de Cartago informa que el número de Remate Público N°
5/2017, publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 150 del día
miércoles 09 de agosto del 2017 es incorrecto, siendo lo correcto Remate
Público N° 6/2017.
Licda.
Carmen Ma. González Brenes.—1 vez.—O. C. Nº PG-25.— Solicitud Nº 91760.—( IN2017158741
).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
SECCIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-00006-SCA
Contratación del servicio logístico de aprovisionamiento
de
bienes de uso común en la modalidad
suministro
según demanda
La Universidad Nacional a través
de la Proveeduría Institucional comunica que, se realiza la siguiente
modificación al cartel de la Licitación Pública 2017LN-000006-SCA,
En la Sección 3: Condiciones Especiales, el
punto número 3. Útiles y Materiales de Limpieza. Anexo 6, numeral 3.3.1,
incisos a) y b) para que se lean de la siguiente manera donde dice “fabricante”
léase correctamente “fabricante o importador”.
En virtud de la
modificación anterior, conforme a lo establecido en el artículo 60 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se traslada a fecha y hora
límite para la recepción de las ofertas hasta las 14 horas del 22 de agosto del
2017, en las instalaciones de la Proveeduría Institucional sita 250 metros
norte y 75 metros oeste del Liceo Mario Vindas en San Pablo de Heredia.
Ciudad de Heredia, 09 de agosto
del 2017.—MAP. Nelson Valerio Aguilar, Director.—1 vez.—O. C. Nº
P0029258.—Solicitud Nº 91786.—( IN2017158805 ).
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000019-2104
(Aviso N° 2)
Adquisición de: Equipo varios para sala de operaciones
Se les comunica a las empresas
interesadas en el presente concurso que se realizará acto de apertura para el
día 30 de agosto de 2017 a las 9:00 horas. Además que se realizaron
modificaciones a las Especificaciones Técnicas, por lo tanto ya se encuentran
disponibles en el centro de fotocopiado público, ubicado en planta baja de este
Hospital. Ver detalle y mayor información en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 7 de agosto del
2017.—Licda. Carmen Rodríguez Castro,
Coordinadora Subárea de Contratación Administrativa.— 1 vez.—O. C. Nº
129.—Solicitud Nº 91473.—( IN2017158904 ).
ÁREA DE ADQUISICIONES
DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACION ABREVIADA 2017LA-000041-05101
(Aviso
N° 1)
Etoposido 20 mg/ml. Inyectable, ampolla
con
5 ml, o frasco ampolla con 5 ml.
código:
1-10-41-3795
Se informa a
todos los interesados a participar del concurso antes mencionado que se
prorroga la fecha de apertura de ofertas para las 10:00 horas del día 22 de
setiembre del 2017, además se indica que las condiciones del cartel quedan
invariables “Vea detalles y mayor información en el expediente físico que está
disponible en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en
el piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales.
San José, 09 de agosto del
2017.—Línea de producción de Medicamentos.—Licda. Shirley Solano Mora Jefa a.
í.—1 vez.— O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 19456.—( IN2017158911 ).
GERENCIA LOGÍSTICA
2017LN-000009-5101
(Aviso N° 03)
(Modificaciones)
Sistema de osteosíntesis con placa de compresión bloqueada
para
medianos fragmentos, para pequeños fragmentos, con
placa
de compresión bloqueada para fractura de fémur
proximal,
con placa de compresión bloqueada para
osteotomías
y con placas anatómicas para pelvis.
A todos los interesados se les
comunica que se modifican las especificaciones técnicas del código
2-72-02-8104.
Dichos cambios están disponibles a partir de
esta fecha en la dirección electrónica institucional
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN o bien, en forma
física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el
piso 11 del Edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales para consultas.
El resto del cartel permanece
invariable.
San José, 08 de agosto del
2017.—Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios.—Licda. Shirley Méndez
Amador, Jefe a. í., Subárea de Insumos
Médicos.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud
Nº 21631.—( IN2017158913 ).
Se avisa a los interesados en el
concurso que se detalla a continuación, que se amplía el plazo para la
recepción y apertura de ofertas de la:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000003-01
Adquisición e instalación de un sistema electrónico
para
control perimetral por medio de analítica
de
video, de la terminal portuaria
Gastón
kogan Kogan (Moín)
Ampliación fecha de apertura: 30
de agosto 2017, a las 10:00 horas.
Limón, agosto,
2017.—Proveeduría.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor Admón. Portuaria.—1
vez.—O. C. N° 6401.—Solicitud N° 91761.—( IN2017158726 ).
PROVEEDURÍA
ADMINISTRACIÓN PORTUARIA
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000005-01
Compra de tres cabezales portuarios 2017
Se avisa a los interesados en el
concurso que se detalla a continuación, que se amplía el plazo para la
recepción y apertura de ofertas de la: Licitación Abreviada N°
2017LA-000005-01, compra de tres cabezales portuarios 2017.
Ampliación fecha de apertura: 28 de agosto
2017, a las 2:00 p.m. (14:00) horas.
Limón, agosto del 2017.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor Admón.
Portuaria.—1
vez.—O. C. N° 6401.—Solicitud N° 91764.—( IN2017158736 ).
Se avisa a los interesados en el
concurso que se detalla a continuación, que se amplía el plazo para la
recepción y apertura de ofertas de la:
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000014-01
Compra de 5 montacargas con capacidad de 2.500 kg
Fecha y hora de apertura.
Ampliación fecha de apertura: 17
de agosto del 2017, a las 10:00 horas.
Limón, julio, 2017.—Lic. Walter Anderson Salomons, Proveedor Admón.
Portuaria.—1
vez.—O. C. Nº 6401.—Solicitud Nº 91767.—( IN2017158746 ).
BN
VITAL OPC S. A.
La Proveeduría Institucional de BN Vital O. P.
C. S. A., comunica que por un error material en el acuerdo N° 1 de la sesión N°
06-2017, del Comité de Licitaciones donde se adjudicó de manera total la
Licitación Abreviada Nº 2017LA-000002-BNV01UCA denominada “Contratación para la
adquisición de una solución de virtualización de escritorio (VDI) y
dispositivos móviles para BN Vital”, siendo lo correcto que se adjudica
de manera parcial la solución mediante acuerdo número uno del Comité de
Licitaciones sesión Nº 09-2017 del día 08 de agosto del 2017, de la siguiente
manera:
Para el ítem número uno y único se adjudica a
la empresa Consorcio Orbe-Virtual Moon por un monto de USD$344,267.90 I.V.I
(Trescientos cuarenta y cuatro mil doscientos sesenta y siete dólares 90/100).
Incluye: 5 Servidores de Datacenter marca Hewlett Packard modelo HP Proliant,
Servidores de perímetro marca Hewlett Packard modelo HP Proliant, Veeam Backup
& Replication Standart additional years og production (24/7) maintenance
prepaid for veeam Backup & Replication Standart for VMWare (includes first
year 24/7), VMWare Workspace ONE Enterprise (Incudes AirWatch y Horizone)
Perperual: 150 User Production Support/Subscription, Diseño e implementación,
Soporte preventivo-actualizaciones- Correctivo- 5 años — 7x24, Capacitación
para usuario final, transferencia básica de conocimiento para usuario final y
transferencia avanzada de conocimiento para usuario técnico.
San José, 09 de agosto del 2017.—Proveeduría
Institucional.—Earlen Ugalde González, Encargado de Contratación
Administrativa.—1 vez.—( IN2017158728 ).
MUNICIPALIDAD DE CURRIDABAT
ALCALDÍA MUNICIPAL
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000001-01
Señor
Cristian González Sojo
Jefe del Departamento de
Proveeduría
Presente
Estimado señor:
Debido a lo ordenado mediante
oficio de la Alcaldía Municipal AMC-1083-2017 del 31 de julio de 2017, se
requiere de sus oficios para que se proceda con la publicación de la
modificación de las cláusulas I.14 y V de la Licitación Pública N°
2017LN-000001-01, las cuales quedan de la siguiente manera:
“I.14 Forma de Pago.
Las costas personales y procesales derivadas de las demandas de cobro judicial
serán canceladas por el contribuyente moroso, de la siguiente forma:
Los honorarios por la dirección de procesos
de cobro judicial serán cancelados según lo establecido en el artículo 21 del Decreto
Ejecutivo N° 39078-JP “Arancel de honorarios por servicios profesionales de
abogacía y notariado (Honorarios de Abogados, Abogadas y Notarios)” y serán
del cincuenta por ciento (50%) de la Tarifa General (artículo 16 del mismo decreto)
y deberán cancelarse de la siguiente manera:
a. La mitad con la presentación de la demanda o contestación,
b. Un veinticinco por ciento (25%) adicional con
la sentencia firme.
c. El último veinticinco por ciento (25%) con el
remate o con la aprobación de la liquidación, si no hay bienes. En ningún caso
los honorarios totales serán inferiores a cincuenta y cinco mil colones. En
caso de la terminación anticipada del proceso, sin perjuicio de lo que
resultare de acuerdo a la cuantía del juicio, los honorarios no podrán ser
inferiores a cincuenta y cinco mil colones, no serán divisibles y se pagarán en
un solo acto. En caso de llegarse a terminación anticipada del proceso por
conciliación, mediación o transacción se pagará la tarifa completa para este
tipo de procesos, es decir, el cincuenta por ciento (50%) de la Tarifa General.
El pago de los honorarios deberá ser avalado por la Asesoría Jurídica de la
Municipalidad, quien verificará la correcta elaboración de la demanda y la
respectiva presentación de la misma. Dicha cancelación, una vez avalada por la
Municipalidad se realizará en el plazo máximo de 30 días naturales (artículo 34
del Reglamento de Contratación Administrativa).
Los gastos procesales en los que
deba incurrir el profesional con ocasión de la presentación de las demandas
deben contar con la aprobación previa de la Municipalidad con la ayuda de la
Asesoría Legal y serán cubiertos por el contribuyente”
“V. Criterios de Desempate:
Dado que existe una etapa de admisibilidad que garantizaría que los oferentes
que logren superarla, poseen idoneidad para la prestación del servicio, y en
caso de existir un empate, se procederá a definir como primer criterio de
desempate, lo descrito en el artículo 55 bis del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, De persistir empate, se procederá a definir como
ganador al oferente que posea mayor cantidad de casos de cobro judicial
asignados durante los últimos 36 meses de experiencia. De persistir empate, se
convocará a las partes a una audiencia que se llevará a cabo dos días hábiles
después del comunicado que realizará el Departamento de Proveeduría a los
oferentes, de la existencia de un empate en la calificación. En esta audiencia
resultará adjudicatario quien luego de una tanda de diez lanzamientos de monedas,
tenga la mayor cantidad de ganes. De lo actuado se levantará un acta que será
suscrita por todos los asistentes.
San José, 01 de agosto de
2017.—Asesoría Legal.—Lic. Noel Mora Pérez.—Iván Zamora Montoya.—1 vez.—(
IN2017158899 ).
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000016-MUNIPROV
Contratación de empresa por un periodo de hasta por 08 meses
para
llevar a cabo la prestación de servicios con 17 personas
para
reforzar las actividades en los departamentos
de
comercial, cobro administrativo, bienes
inmuebles,
urbanismo, patentes, gis
y
actualización de datos
del
Área Tributaria
A los interesados en esta
licitación se les informa que de conformidad con la resolución número
PROV-03-2017, de las catorce horas del día tres de agosto del dos mil
diecisiete, se prorroga el plazo de adjudicación de este proceso licitatorio
hasta por (10) días hábiles contados a partir del día 11 de agosto del 2017.
Los interesados podrán accesar el cartel de licitación en nuestra página web
www.municarta.go.cr.
Proveeduría.—Licda. Isela Mata
Quirós, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017158826 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000008-01
Adquisición de una vagoneta
La Municipalidad de San Isidro
de Heredia, comunicado a los interesados en el concurso antes citado. Que se
encuentra a disposición modificación al
pliego de condiciones. Los interesados podrán solicitarla a partir de esta
publicación a los teléfonos: 2268-8104 ext. 115-116 o al correo electrónico
proveeduria@sanisidro.go.cr, de igual forma se enviará vía correo electrónico.
La recepción de las ofertas se prorrogó para el día 21 de agosto 2017 a las
10:00 a.m.
San Isidro
Heredia, 09 agosto 2017.—Proveeduría.—Licda. Sandra Ramírez Villalobos,
Proveedora.—1 vez.—( IN2017158779 ).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
Le comunico
el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la Sesión Ordinaria
Nº 65, acta Nº 71 del 26 de julio del 2017, que indica lo siguiente:
Acuerdo AC-177-17 “Se
acuerda: con fundamento en las disposiciones de los artículos 11, 169 y 170 de
la Constitución Política; 11, 13, 16, y 121 de la Ley General de la
Administración Pública; 2, 3,4 inciso a) y 13 inciso c) y 43 del Código
Municipal; 2.1.3 inciso II de las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público y
4.3.13 de Resolución No R-ODC-64-2013 ambas de la Contraloría General de la
República; los oficios AL-0854-2017 del Despacho de la Alcaldía Municipal,
AJ-549-2017 del Subproceso Asuntos Jurídicos, y GHA-162-2017 de Gestión
Hacendaria; y siguiendo las recomendaciones contenidas en el Dictamen número
C-AJ-023-17 de la Comisión de Asuntos Jurídicos, las cuales hace suyas este
Concejo y las toma como fundamento para motivar este acuerdo se dispone:
Primero: Aprobar el texto del Reglamento Interno sobre Variaciones al
Presupuesto de la Municipalidad de Escazú que se transcribe en el
Antecedente 6 del Punto Tercero del citado dictamen C-AJ-023-17. Segundo:
Comisionar a la Secretaría Municipal para que proceda a publicar de manera
integral el texto del Reglamento Interno sobre Variaciones al Presupuesto de
la Municipalidad de Escazú en el Diario Oficial La Gaceta por única
vez, en razón de tratarse de un reglamento interno. Notifíquese este acuerdo al
señor Alcalde Municipal en su despacho para lo de su cargo”. Declarado
definitivamente Aprobado.
REGLAMENTO INTERNO SOBRE VARIACIONES
AL PRESUPUESTO DE LA MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—Definiciones.
Para los efectos de este Reglamento se entiende por:
Jerarca: Concejo
Municipal, quien ejerce la máxima autoridad en materia presupuestaria del
Ayuntamiento, según las competencias asignadas por el Código Municipal.
Autoridad
Superior Administrativa: Alcalde o alcaldesa de la Municipalidad de
Escazú.
Aprobación
presupuestaria interna: Proceso por medio del cual el Concejo Municipal,
conoce y estudia el contenido del presupuesto formulado o de las variaciones
que se le presenten, en función de los objetivos y metas institucionales, así
como verifica el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que le
son aplicables. Como resultado de este proceso, el Concejo Municipal, emite
mediante un acuerdo, su aprobación o improbación, parcial o total.
Esta
aprobación otorgará validez y eficacia jurídica, permitiendo su ejecución para
el período respectivo, únicamente en casos en que no se requiera de la
aprobación presupuestaria externa.
Aprobación
presupuestaria externa: Proceso a cargo de la Contraloría General de la
República, por medio del cual conoce, verifica y se pronuncia mediante acto
razonado sobre el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas
aplicables al presupuesto inicial y sus variaciones, formuladas y aprobadas por
personas externas (pasivas) para el cumplimiento de sus objetivos y metas,
otorgándole validez y eficacia jurídica y permitiendo su ejecución para el
período respectivo.
Bloque de
legalidad: Conjunto de normas jurídicas, escritas y no escritas, a cuya
observancia se encuentra obligada la Administración Pública, el cual comprende
tanto la ley como las normas de rango superior, igual o inferior a ésta,
incluidos los principios generales y las reglas de la ciencia o de la técnica.
Clasificador
de ingresos: Instrumento normativo que ordena y agrupa los recursos con que
cuenta la entidad, en categorías homogéneas definidas en función de la
naturaleza y características de las transacciones que dan origen a cada una de
las fuentes de recursos.
Clasificador
por objeto del gasto: Conjunto de cuentas de gastos, ordenadas y
agrupadas de acuerdo con la naturaleza del bien o servicio que se esté
adquiriendo o la operación financiera que se esté efectuando.
Nivel de
aprobación presupuestaria externa: Nivel de detalle de
ingresos y de los egresos del presupuesto inicial y sus variaciones, sobre el
cual se ejerce la aprobación presupuestaria externa por parte de la Contraloría
General, el cual es definido por ésta.
Nivel de
aprobación presupuestaria interna: Nivel de detalle de los
ingresos y los egresos del presupuesto inicial y sus variaciones sobre el cual
se ejerce la aprobación presupuestaria interna por parte del Concejo Municipal.
Presupuesto:
Instrumento que expresa en términos financieros el plan operativo anual
institucional, mediante la estimación de los ingresos y egresos necesarios para
cumplir con objetivos y metas de los programas establecidos.
Presupuesto
extraordinario: Mecanismo que tiene por objeto incorporar al
presupuesto los ingresos extraordinarios y los gastos correspondientes, cuyas
fuentes son el crédito publico y cualquier otra extraordinaria según el
artículo 177 de la Constitución Política, los recursos excedentes entre los
ingresos presupuestados y los percibidos, así como los recursos del superávit.
Además, tiene el propósito de registrar las disminuciones de ingresos y el
efecto que dichos ajustes tienen en el presupuesto de egresos, así como cuando
se sustituyen por otras las fuentes de financiamiento previstas, sin que se
varíe el monto total de presupuesto previamente aprobado.
Modificación
presupuestaria: Es toda aquella variación que se realice en los
egresos presupuestados y que tenga por objeto disminuir o aumentar los
diferentes conceptos de estos o incorporar otros que no habían sido
considerados, sin que se altere el monto global del presupuesto aprobado.
Plan Anual
Operativo: Instrumento en el cual se concretan políticas de la institución,
mediante la definición de objetivos, acciones, indicadores y metas que deberán
ejecutarse durante el periodo presupuestario.
Ajuste
interno a nivel horizontal: Corresponde al ajuste horizontal en una misma
subpartida presupuestaria dentro del programa 1-Dirección y Administración
General y su estructura programática.
Sistema
informático de presupuestos públicos-SIPP: Sistema de información
electrónico establecido por la Contraloría General de la República para la
remisión de información presupuestaria.
Artículo 2º—Ámbito
de aplicación. Este reglamento será aplicable a la Municipalidad de Escazú.
Artículo 3º—Alcance.
Este reglamento constituye la normativa específica sobre las variaciones al
presupuesto emitido por la administración de la Municipalidad de Escazú.
CAPITULO II
Variaciones al Presupuesto
SECCIÓN 1
Aspectos Generales
Artículo 4º—Concepto
de variaciones presupuestarias. Corresponden a todo ajuste cuantitativo y
cualitativo al presupuesto aprobado por las instancias internas y externas
competentes, necesarias para el cumplimiento de los objetivos y metas,
derivados de cambios en el ámbito interno y externo de índole económico,
financiero, administrativo y legal, que pueden ocurrir durante el desarrollo
del proceso presupuestario.
Artículo 5º—Clasificadores
de ingresos y egresos. Las variaciones que se realicen al presupuesto deben
estar formuladas atendiendo el nivel de detalle establecido en los
clasificadores de ingresos y por objeto de gasto del Sector Público Municipal
vigentes y de conformidad con la normativa emitida por la Contraloría
General de la República.
Artículo 6º—Límite de
acción en el uso y disposición de los recursos públicos. El presupuesto
constituye el límite de ejecución de la Municipalidad de Escazú, en el uso y
disposición de sus recursos públicos y sólo podrá ser variado mediante los
mecanismos que el ordenamiento jurídico prevé.
Artículo 7º—Mecanismos
de variación al presupuesto. El presupuesto extraordinario y las
modificaciones presupuestarias constituyen mecanismos legales y técnicos para
realizar la inclusión de ingresos y gastos, así como los aumentos, traslados o
disminuciones de los montos de ingresos y egresos aprobados en el presupuesto
por parte de la instancia competente, acatando para ello el bloque de legalidad
que les aplica.
Artículo 8º—Vigencia
legal de los presupuestos extraordinarios y las modificaciones presupuestarias.
Los Presupuestos Extraordinarios entrarán en vigencia una vez que sea aprobado
por la Contraloría General de la República. Las Modificaciones Presupuestarias
tendrán efecto legal en el presupuesto a partir de la ratificación del acta en
la cual fueron aprobados o a partir de su acuerdo en firme.
Artículo 9º—Justificación
de los ajustes al presupuesto y su relación con el plan anual operativo.
Las variaciones que se realicen al presupuesto, ya sea por presupuesto
extraordinario o modificación, deberán estar debidamente justificadas e incorporar
como parte de la información que las sustenta, la relación de las variaciones
presupuestarias con el cumplimiento de los objetivos y metas del plan anual
operativo.
Artículo 10.—Responsabilidades
relacionadas con la aprobación presupuestaria interna. La instancia
Jerárquica, deberá de manera oportuna conocer, verificar y pronunciarse
mediante acto razonado sobre el cumplimiento de la normativa vigente emitida
por la Contraloría General de la República y otras leyes conexas, aplicable a
los presupuestos extraordinarios y modificaciones presupuestarias.
Cada solicitud de
variación presupuestaria que se presente para aprobación en las diferentes
instancias llevará una certificación emitida por la persona encargada del
presupuesto, donde conste el cumplimiento de la normativa vigente emitida por
la Contraloría General de la República y otras leyes conexas, aplicable a los
presupuestos extraordinarios y modificaciones presupuestarias.
Corresponderá a la
instancia superior inmediata o persona encargada de la elaboración del
presupuesto, responsable de la Dirección y Jerarca superior administrativo, la
verificación del cumplimiento de lo establecido en este reglamento y de la
normativa vigente emitida por la Contraloría General de la República y otras
leyes conexas, aplicable a los presupuestos extraordinarios y modificaciones
presupuestarias, mediante el formulario Nº F-CTP-13 “Formulario de verificación
de requisitos de cumplimiento de la normativa vigente emitida por la
Contraloría General de la República y otras leyes conexas, aplicable a los
presupuestos extraordinarios y modificaciones presupuestarias”.
La instancia Jerárquica
deberá garantizarse que los gastos que se incorporen por variación
presupuestaria y que generen obligaciones permanentes para la institución,
cuenten con el financiamiento seguro para los periodos futuros, lo cual debe
quedar debidamente documentado.
Artículo 11.—Custodia
de la información. Los expedientes que se generen por cada presupuesto
extraordinario y modificación presupuestaria serán custodiados por la oficina
de presupuesto y estarán accesibles tanto a las instancias de control interno
del ayuntamiento, como de la Contraloría General de la República para sus
funciones de fiscalización posterior.
SECCIÓN II
Presupuestos Extraordinarios
Artículo
12.—Aprobación de los presupuestos extraordinarios. Los presupuestos
extraordinarios deberán ser sometidos, previo a su ejecución, a la aprobación
del Jerarca y a la aprobación externa de la Contraloría General de la República.
Artículo 13.—Disposiciones
a considerar en el proceso de formulación y aprobación presupuestaria interna y
remisión a la Contraloría General de la República de los proyectos de
presupuesto extraordinario. Se considerarán al menos los siguientes aspectos:
Aspectos
generales:
Todo
proyecto de presupuesto extraordinario debe cumplir con la aplicación de la
normativa vigente emitida por la Contraloría General de la República y otras
leyes conexas, aplicable a los presupuestos extraordinarios y modificaciones
presupuestarias.
Debe
formularse atendiendo el nivel de detalle establecido en los clasificadores de
ingresos y por objeto de gasto del Sector Público vigentes y de conformidad con
la normativa emitida por la Contraloría General de la República al respecto.
Se
aprobará por el Concejo Municipal al mismo nivel de detalle con que fue
formulado.
Para
la remisión del presupuesto extraordinario a la aprobación de la Contraloría
General de la República, se establece un plazo de quince días hábiles una vez
que el mismo sea aprobado por el/la Jerarca. Lo anterior, acorde a lo regulado
en el artículo 97 del Código Municipal.
El
documento presupuestario que se remita a la Contraloría General para el trámite
de aprobación presupuestaria externa, deberá presentarse en forma electrónica,
conforme a las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público N-1-2012 y la
Resolución R-DC-064-2013 establecido por la Contraloría General de la República.
El
documento presupuestario que se remita a la Contraloría General mediante el
Sistema de Información de Presupuestos Públicos-SIPP, para el trámite de
aprobación presupuestaria externa, deberá incluir la siguiente información:
Sección de
ingresos
Sección
de gastos por partida general y por programas.
Sección
de información complementaria: Carta de presentación del Alcalde Municipal,
cuadros establecidos por la Contraloría General de la Republica, a saber:
Relación de puestos, estado de origen y aplicación de fondos, servicio a la
deuda, justificación de gastos, justificación de ingresos, transferencias
corrientes/capital sin fines de lucro y otros detalles e información
complementaria.
Anexos:
Matrices de plan anual operativo, copia del Acta del Concejo Municipal
debidamente foliada y sellada por la Auditoria interna y requisitos legales
(constancia CCSS estar al día obligaciones patronales, certificación INS estar
al día en el pago de la póliza de riesgos y certificaciones de declaraciones
juradas de cumplimiento de la normativa vigente emitida por la Contraloría
General de la República y otras leyes conexas, aplicable a los presupuestos
extraordinarios y modificaciones presupuestarias y certificación del acta de
aprobación) y otros atinentes. Será responsabilidad de la Secretaria Municipal
verificar que en el escaneo del acta se incorpore el exacto consecutivo de los
folios, tal como fue aprobada por el órgano Colegiado, para ser incluida dentro
de los anexos en el SIIP.
El número
máximo de presupuestos extraordinarios que se podrán presentar ante la
Contraloría General será de tres, salvo casos excepcionales debidamente
justificados y previamente autorizados por parte de la instancia competente del
órgano contralor.
La
presentación ante la Contraloría General de la República de los proyectos de
presupuesto extraordinario podrá efectuarse en el período comprendido entre el
primero de enero y el último día hábil del mes de setiembre y en este último
mes solo podrá presentarse un documento, salvo casos excepcionales debidamente
autorizados.
La
Alcaldía podrá en casos excepcionales y debidamente justificados solicitarle al
Concejo Municipal la autorización para tramitar ante la Contraloría General de
la República, la presentación de documentos adicionales en fechas posteriores a
los establecidos en los incisos (g) y (h).
Aspectos
específicos:
Relativos a
los ingresos:
En el caso
de rentas nuevas o recalificación de ingresos, entendida ésta última como la
incorporación al presupuesto de un incremento en una varias cuentas de ingresos
presupuestadas, se debe indicar el fundamento legal que respalda el incremento
del ingreso, cuando así proceda, las estimaciones, la metodología utilizada
para determinar los montos propuestos, un análisis general de la situación de todos
los ingresos y su comportamiento en relación con las estimaciones, ajustadas a
la normativa vigente emitida por la Contraloría General de la República y otras
leyes conexas, aplicable a los presupuestos extraordinarios y modificaciones
presupuestarias y según el ingreso de que se trate.
En
la recalificación de ingresos por concepto de impuestos, tasas o tarifas y
transferencias, se debe indicar la ley, resolución o decreto ejecutivo,
detallando el Nº Gaceta y fecha de la publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. Remitir escaneados los convenios y otros documentos que se
consideren atinentes.
Al
considerar una recalificación de ingresos, si la Municipalidad ha cerrado su
período económico anterior con déficit, debe tener presente que esté cubierto o
en su defecto haber remitido a la Contraloría General de la República o a la
instancia interna competente el plan de amortización del déficit.
Relativos a
los egresos
Los egresos
deben ser clasificados de acuerdo con el Clasificador por objeto del gasto vigente,
estar acorde con el bloque de legalidad y justificarse debidamente.
En
caso de transferencias deberán estar conforme con lo dispuesto en la ley que
autoriza dicho beneficio, según corresponda, así como indicar el nombre de la
entidad que la recibirá.
SECCIÓN III
Modificaciones Presupuestarias
Artículo
14.—Sobre las modificaciones presupuestarias. Las modificaciones
presupuestarias no requieren ser sometidas al trámite previo de aprobación por
parte de la Contraloría General de la República, salvo las excepciones que ésta
llegara a establecer mediante resolución motivada de la Gerencia de la División
de Fiscalización Operativa y Evaluativa.
Artículo 15.—Aprobación
de las modificaciones presupuestarias por parte del Concejo Municipal. La aprobación
de las modificaciones presupuestarias corresponderá al Concejo Municipal,
conforme lo establecido en la normativa vigente.
Artículo 16.—Disposiciones
comunes que deben observarse en el trámite interno de formulación, aprobación y
ejecución de modificaciones presupuestarias. El Concejo Municipal establece
que los mecanismos y procedimientos formales a cumplir de previo al trámite
interno de formulación y aprobación de las modificaciones presupuestarias son
los siguientes:
La cantidad
de modificaciones presupuestarias que de forma razonable se ajustan a las
necesidades institucionales y buscando el fomentar una mejor planificación de
los recursos desde la misma formulación del plan anual operativo y presupuesto
ordinario, se definen en la cantidad máxima de 6 modificaciones presupuestarias
en el año, y no podrá exceder el 25% del monto total del presupuesto. Una vez
superada la cantidad de modificaciones, el Concejo Municipal por acuerdo de
mayoría simple podrá autorizar al Alcalde, presentar una modificación
presupuestaria para casos excepcionales, por emergencia o por razones fortuitas
debidamente justificadas. Se establece las siguientes fechas para la
presentación de modificaciones presupuestarias: La segunda semana de los meses
de marzo, abril y junio, primera semana de mayo, última semana de setiembre y
octubre.
El
nivel de detalle requerido será el mismo nivel de detalle que se estableció
para la aprobación interna de los presupuestos ordinarios, correspondiendo
dicho nivel al de la máxima segregación, de conformidad con los clasificadores
presupuestarios para el sector público vigentes.
Toda
modificación presupuestaria deberá ser numerada en forma consecutiva, iniciando
con el número uno, seguido del número del mes y año correspondiente.
Los
directores(as) y jefaturas de proceso, subproceso remitirá mediante los
formularios automatizados en el sistema informático municipal, Nº F-CTP-05
“Modificaciones presupuestarias ante el Concejo Municipal”, junto con el
formulario Nº F-PPL-04 “Matriz de plan anual operativo” ante el Proceso de
Presupuesto y Planificación, debidamente razonado, firmado y aprobado por la
instancia superior inmediata. Igualmente, éstos deberán velar que los recursos
presupuestarios con fines específicos, leyes y compromisos sean rebajados para
financiar otras necesidades que se encuentren igualmente bajo el mismo marco
legal (fines - leyes y compromisos específicos).
Los
plazos establecidos para presentación, formulación y aprobación de la
modificación presupuestaria se ajustarán a los plazos indicados en el
procedimiento Nº 13.2 “Modificaciones Internas Ante el Concejo Municipal”,
según código Nº P-CTP-13, establecido en el Manual de Procedimiento
Institucional.
Los
directores(as) y jefaturas de proceso y Subproceso cuentan a su disposición con
información electrónica del presupuesto asignado para consultar y realizar los
movimientos presupuestarios requeridos. Además, se deberá realizar los estudios
de mercado de los requerimientos mediante los procesos de contratación administrativa,
para determinar los posibles saldos presupuestarios y realizar los ajustes
presupuestarios en tiempo y forma.
No
se podrán efectuar modificaciones presupuestarias para aumentar partidas o
subpartidas, con el fin de dar contenido o cubrir gastos ya ejecutados. No
podrá ejecutarse ninguna modificación presupuestaria si previamente esta no ha
sido aprobada por el órgano competente, a saber, el Concejo Municipal, según
las disposiciones de este reglamento.
Artículo
17.—Ajustes horizontales. Se podrán realizar ajustes internos a nivel
horizontal y subpartida, dentro de los macro procesos, procesos y subproceso
incorporados únicamente en el Programa 1-Dirección y Administración general,
según su estructura programática.
Artículo 18.—Evaluación.
Se evaluará y revisará periódicamente, de manera oportuna y expedita los
mecanismos y procedimientos empleados en la formulación y aprobación de la
modificación presupuestaria con el propósito de establecer, mantener y
perfeccionar el proceso presupuestario.
Artículo 19.—Registro
de los presupuestos extraordinarios y de las modificaciones presupuestarias.
Una vez recibido en la oficina de Presupuesto, el acuerdo de aprobación por
parte del Concejo Municipal, éste deberá registrar el mismo en el sistema
informático de la Municipalidad y en el Sistema de información de presupuestos
públicos de la Contraloría General de la República, conforme al procedimiento
establecido.
Artículo 20.—Variable
de género. Con respecto a la incorporación de la variable de género en
programas y proyectos desarrollados por la Municipalidad de Escazú, se deberá
cumplir con lo establecido con la Política Local de Igualdad y Equidad de
Género, aprobada por este gobierno local, tomando en consideración las
actualizaciones periódicas de la misma. Así mismo aplicar lo establecido en la
ley 7794 (y reformas por la ley 8679) sobre modificación a los artículos del
Código Municipal, relacionado con Presupuesto Municipal, indicados en el
capítulo IV de la ley.
Para aprobación del Plan
Anual Operativo, dentro de programas y proyectos, asegurar que este
contemple las políticas aprobadas por este gobierno local, dentro de los
objetivos, indicadores, acciones y metas a ejecutarse.
Para la aprobación
presupuestaria para el desarrollo de programas y proyectos, las instancias
jerárquicas responsables de aprobar proyectos, programas y presupuestos deberá
asegurarse del cumplimiento de la incorporación de la variable de género
(necesidades diferenciadas de hombres y mujeres) dentro de los mismos.
Artículo 21.—Responsabilidades.
La instancia jerarquía y titulares subordinados/as deberán establecer los
mecanismos que aseguren el adecuado cumplimiento de lo establecido en este
Reglamento. Lo anterior, sin perjuicio del control que debe ejercer la Unidad
de Auditoría Interna y de las competencias de la Contraloría General de la
República.
Artículo 22.—Régimen
Sancionatorio. El incumplimiento de lo establecido en este Reglamento y en
las Normas Técnicas sobre Presupuesto Público N-1-2012-DC-DFOE, del veintisiete
de febrero del dos mil doce y la Resolución Nº R-DC-064-2013 publicada en La
Gaceta Nº 101 del 28 abril del 2013, dará lugar a la aplicación de las
responsabilidades que establecen la Ley de la Administración Financiera de la
República y Presupuestos Públicos, la Ley General de Control Interno, Ley
Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito y las demás disposiciones
concordantes. La determinación de responsabilidades y la imposición de
sanciones según corresponda se realizará previa garantía del debido proceso,
para lo cual deberá observarse lo dispuesto en el Libro Segundo de la Ley
General de la Administración Pública, así como lo indicado en la normativa
dispuesta en los numerales 149 y 150 del Código Municipal.
Artículo 23.—Derogatorias
y modificaciones: Se deroga el Reglamento Interno sobre Variaciones al
presupuesto de la Municipalidad de Escazú aprobado mediante acuerdo municipal
AC-47-01-10 de la Sesión ordinaria Nº 200, Acta 285 del 23 de febrero del 2010
y publicado en el Diario Oficial La Gaceta Nº 70 de fecha 13 de abril
del 2010.
Artículo 24.—Vigencia.
Este Reglamento rige a partir de su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.”
Secretaría
Municipal.—Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez.—1 vez.—O. C. Nº 35546.—Solicitud
Nº 14820.—( IN2017157183 ).
VICERRECTORÍA EJECUTIVA
OFICINA DE REGISTRO Y
ADMINISTRACIÓN ESTUDIANTIL
PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO
Y EQUIPARACIÓN DE ESTUDIOS
REPOSICIÓN DE TÍTULO
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Yaneth
Adriana Rincón Trujillo, colombiana, cédula AR822758, ha solicitado
reconocimiento y equiparación del diploma de Licenciado en Biología y Química,
de la Universidad Francisco de Paula Santander de Colombia. Cualquier persona
interesada en aportar datos sobre la vida y costumbres de la solicitante, podrá
hacerlo mediante escrito que ha de ser presentado a la Oficina de Registro,
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Sabanilla,
31 de julio del 2017.—Licda. Susana Saborío Álvarez, Jefa.—1 vez.—(
IN2017156583 ).
UNIÓN DE ABOGADOS Y NOTARIOS EXTERNOS DE
BANCOS ESTATALES E INSTITUCIONES AFINES
Unión de
Abogados y Notarios Externos de Bancos Estatales e Instituciones Afines,
convoca a asamblea ordinaria a los asociados a celebrarse el miércoles 23 de
agosto del 2017, en el edificio académico del Colegio de Abogados y Abogadas de
Costa Rica. La primera convocatoria será a las 17:00 horas y de no haber quórum
se celebrará con los miembros presentes a las 17:30 horas.
Agenda:
1- Elección de la totalidad de la junta directiva
y fiscalía.
Grettrl
Arias Carmona, Asistente Administrativa.—1 vez.—( IN2017158839 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
WESTERN IP MANAGEMENT S. A.
La suscrita Kristel Faith Neurohr, abogada,
casada una vez, vecina de San José, Sabana Sur, Oficentro Ejecutivo La Sabana,
edificio 6, piso 5, portadora de la cédula de identidad N° 1-1143-447, en mi
condición de apoderada de Western IP Management S. A., sociedad constituida
bajo las leyes de la República de Panamá, con domicilio administrativo y
comercial situado en Panamá, Ciudad de Panamá, calle Samuel Lewis y Manuel
María Icasa, local S, dos, edificio Comosa, solicito se sirva inscribir la
sesión efectuada por: Gastón Monge Chévez, casado una vez, portador de la
cédula de identidad Nº 2-462-267, con establecimiento administrativo y
comercial situado: Escazú, costado este del Centro Comercial Trejos
Montealegre, a favor de: Western IP Management S. A., sociedad constituida bajo
las leyes de la República de Panamá, con domicilio administrativo y comercial
situado en Panamá, Ciudad de Panamá, calle Samuel Lewis y Manuel María Icasa,
local S, dos, edificio Comosa, sobre el siguiente signo distintivo: El Verdugo
diseño Nombre Comercial, registro Nº 60134, del 29 de enero de 1982, que
seguirá protegiendo: un local dedicado a la fabricación, compra, importación,
exhibición, distribución y venta de artefactos eléctricos y muebles en general.
Ubicado en San José, costado oeste del parque Morazán.—Kristel Faith Neurohr.—(
IN2017156446 ).
COLEGIO DE PROFESIONALES EN CIENCIAS
ECONÓMICAS DE COSTA RICA
De conformidad con el artículo
N° 241 de la Ley General de la Administración Pública, se procede a notificar
por publicación a los siguientes miembros del Colegio, los cuales no fue
posible la notificación en las direcciones que constan en la base de datos del
Colegio, el acuerdo n° 15 de la sesión extraordinaria de junta directiva N°
2674-2017, celebrada el 08 de mayo del 2017, en el cual se acordó suspenderlos
del ejercicio de la profesión por morosidad en el pago de sus cuotas de
colegiatura, según lo establecido en el artículo 35 inciso r) y 50 inciso b) de
la Ley Orgánica N° 7105.
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
Máster José
Alberto Carpio Solano, Fiscal.—Máster Katherine Víquez Ledezma, Secretaria.—(
IN2017156575 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Mediante escrituras
públicas número 47-5 otorgada a las 10:00 horas del día 27 de enero de 2017 y
número 100-5 otorgada a las 14 horas 30 minutos del día 26 de julio de 2017,
suscritas por el Accionista Fundador, sea el señor Melixander Arturo Abarca
Hidalgo, por las vendedoras, sean las sociedades Mekarau S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil tres, Proambiente Eco
Farma de Centroamérica S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos once mil setecientos dos, Distribuidora del Este Distafal S.
A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil
ochocientos sesenta, y por la Compradora, sea la sociedad Tres-Ciento Uno-
Setecientos Treinta Y Un Mil Trescientos Catorce S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno- setecientos treinta y un mil trescientos catorce y por la
Garante, sea la sociedad Cuestamoras Salud Costa Rica S. A., cédula jurídica
número tres- ciento uno- seiscientos trece mil ochocientos setenta y cinco,
acordaron la Compraventa de Establecimiento Mercantil en donde se traspasó el
Establecimiento Mercantil compuesto por una cadena de las siguientes 15
farmacias: (i) Farmacia La Bomba Zapote #2, (ii) Farmacia La Bomba Zapote,
(iii) Farmacia La Bomba Tibás, (iv) Farmacia La Bomba Santa Ana, (y) Farmacia
La Bomba San Francisco, (vi) Farmacia La Bomba Desamparados #2, (vii) Farmacia
La Bomba Guadalupe, (viii) Farmacia La Bomba Escazú 1, (ix) Farmacia La Bomba
Desamparados, (x) Farmacia La Bomba Curridabat #3, (xi) Farmacia La Bomba
Cronos Plaza, (xii) Farmacia La Bomba Curridabat #2, (xiii) Farmacia La Bomba
Cartago #1, (xiv) Farmacia La Bomba San Pedro 1 y (xv) Farmacia La Bomba
Heredia #1 ,todas bajo la marca denominada “Farmacia La Bomba”, dedicadas a la
venta de productos farmacéuticos y de cuidado personal. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante esta Notaría, sita en Escazú, San
Rafael, Trejos Montealegre, del restaurante Tony Romas, 600 metros oeste,
edificio del Banco General, sexto piso, Consortium Legal, dentro del término de
quince días naturales a partir de la primera publicación de este aviso.—San
José, 31 de julio de 2017.—Marcela María Alfaro Orozco.—( IN2017156536 ).
EUROPROTECTION
Que en
virtud de la firma del contrato privado de traspaso del nombre comercial
EUROprotection, registro N° 186625, que realiza Maniservi S. A., cédula
jurídica N° 3-101-325273, a favor de Aser A&V S. A., cédula jurídica
3-101-345577, el señor Alberto Veronesi Scorzato, cédula de identidad
8-0106-0304, en calidad de apoderado generalísimo de Aser A&V S. A.,
solicita al Registro Público, Registro de la Propiedad Industrial, se inscriba
el traspaso mencionado. Publicar en el Diario Oficial La Gaceta por tres
veces consecutivas en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 479 del
Código de Comercio.—Alajuela, 31 de julio del año 2017.—Lic. Alberto Veronesi
Scorzato, Notario.—( IN2017156772 ).
HOTEL PUNTA LEONA S.A.
(HOY REAL DE PUNTA LEONA S. A.)
Para efectos
del artículo 689 del Código de Comercio Real de Punta Leona S.A., (antes Hotel
Punta Leona S. A.), hace saber a quién interese que por haberse extraviado al
propietario, repondrá la acción preferida N° 69 de la serie F a nombre de
Inversiones Paco S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-032453-32, endosada
Shirley Karzen, con pasaporte N° 300214947, cualquier persona interesada al
respecto podrá oponerse durante un mes a partir de la última publicación de
este aviso. Real de Punta Leona S. A. Apoderado Generalísimo Boris Gordienko
Echeverría, responsable con cédula de identidad número 1-966-0019.—Boris
Gordienko Echeverría, Apoderado Generalísimo.—( IN2017156917 ).
COMPLEJO RECREATIVO BAJAMAR S. A.
Por medio de la presente y como presidente de
la sociedad Complejo Recreativo Bajamar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-150649,
solicito se publique el extravío de la Acción Nº 135, a nombre de Carlos Morera
Flores, cédula Nº 104530691.—26 de julio del 2017.—Lic. Leonardo Argüello
Delgado.—( IN2017156934 ).
UNIVERSIDAD
LATINA DE COSTA RICA
Ante la
Oficina de Registro de la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado la
solicitud de reposición de los siguientes: títulos Bachillerato en la Enseñanza
del Inglés, inscrito bajo el tomo VI, folio 4, asiento 40823 y la Licenciatura
en la Enseñanza del Inglés, inscrito bajo el tomo XI, folio 29, asiento 52621,
a nombre de Andrea Matilde Muir Quinn, cédula de identidad número 901120946. Se
solicita la reposición de los títulos indicado anteriormente por extravío del
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta. Se extiende la presente a solicitud del
interesado en el día y lugar de la fecha.—Departamento de Servicios
Estudiantiles y Registro.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2017156963 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
CORPORACION YIRLANNIA S. A.
Corporación
Yirlannia Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-226028, solicita al Registro
Nacional reposición por extravío, de un libro legal: Actas de Asamblea General
N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante ese
Registro o en el domicilio de su presidente: Jaime Quesada Barquero: San José,
Santa Ana, Piedades, quinientos metros al este de la Iglesia, en el término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso. Jaime Quesada
Barquero, cédula N° 9-0031-0280, Presidente.—San José, 31 de julio del
2017.—Jaime Quesada Barquero, Presidente.—1 vez.—( IN2017156994 ).
CORPORACIÓN JAFLOR SOCIEDAD ANÓNIMA
Corporación
Jaflor Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-223941, solicita al Registro
Nacional reposición por extravío, de un libro legal: actas de junta directiva
N° 1. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición ante ese
Registro o en el domicilio de su presidente: Jaime Quesada Barquero: San José,
Santa Ana, Piedades, quinientos metros al este de la iglesia, en el término de
ocho días hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 31 de
julio del 2017.—Jaime Quesada Barquero, cédula N° 9-0031-0280, Presidente.—1
vez.—( IN2017156995 ).
CAJA DE AHORRO Y PRÉSTAMOS
DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE EDUCADORES
Por
escritura número treinta y seis visible al folio noventa y cinco frente del
tomo cinco del protocolo de la conotaria, Ileana Maritza Gutiérrez
Badilla de las once horas de hoy, he procedido a levantar acta notarial para
dar inicio al tomo ciento sesenta y nueve del Libro de Actas de la Junta
Directiva de la Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de
Educadores. Consta de quinientas páginas, debidamente numeradas en orden
consecutivo, las cuales están firmadas y selladas por el suscrito lo que hago
constar en una razón de apertura igualmente firmada y sellada por quien
suscribe.—San José, veintiuno de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge
Alpízar Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017157003 ).
INVERSIONES ADASA DEL SOL S. A.
Se hace
constar que por escritura de las 10:30 horas del 21 de junio del 2017, la
compañía Inversiones Adasa del Sol S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos veinte mil seiscientos once, por motivo de extravío, solicita
ante el Registro Público la reposición del libro: Actas de Junta Directiva.
Oposiciones en el término legal establecido a partir de la última publicación
de este aviso.—San José, 31 de julio del 2017.—Lic. Eladio González Solís,
Notario.—1 vez.—( IN2017157040 ).
CORPORACIÓN ACORDE SOCIEDAD ANÓNIMA,
Por
escritura otorgada ante mí el día de hoy, se protocoliza solicitud de
legalización de libros por extravío de la compañía Corporación Acorde Sociedad
Anónima, con cédula jurídica tres-ciento ciento uno sesenta y cuatro mil
ochocientos veinte.—San José, 12 de mayo del 2017.—Lic. Jorge Sánchez Chacón,
Notario.—1 vez.—( IN2017157085 ).
TELESPAZIO ARGENTINA S. A.
El Registro
Nacional les informa: Se convoca a los propietarios, poseedores y cualquier
interesado, para que se apersonen a la Exposición Pública de Resultados del
Levantamiento Catastral: Proyecto de Formación de Catastro y Compatibilización de la Información Catastral y
Registral para Territorio Indígenas y Zona Marítimo Terrestre, licitación:
2015LN-000008-0005900001, número de contrato 0432015004400335-0
Vecinos del
distrito: Bahía Ballena, cantón: Osa, provincia: Puntarenas
Fecha Horario Lugar
19 al 26 de agosto, 2017 8:00 am a 4:00 pm Aulas
de Catecismo,
de
la iglesia católica
de
Bahía.
Diego Rodrigo Encinas.—1 vez.—(
IN2017157097 ).
AXIS
PROYECTOS S. A.
La sociedad Axis Proyectos
S. A.; con cédula jurídica Nº 3-101-501350; solicita ante el Registro Público
de la Propiedad, Sección Mercantil, la reposición de los siguientes libros:
Actas Consejo de Administración, Asambleas de Socios y Registro de Socios, todo
número uno; los cuales se extraviaron. Publíquese.—San José, 01 de agosto del
2017.—Olman Aguilar Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017157206 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Mediante escritura otorgada el
veinte de junio de dos mil diecisiete en mi notaría, se reforma la cláusula
quinta del pacto social de Desarrollos Hoteleros Guanacaste S.A.,
disminuyéndose su capital social.—San José, veintiséis de junio de dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—( IN2017156914 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada a las
doce horas del veinticinco de julio del dos mil diecisiete se constituyó Despacho
Venegas y Asociados Sociedad de Actividades Profesionales. Objeto
Contaduría, auditorio y consultoría. Gerente Jorge Nilo Venegas Mora CPA. Plazo
social noventa y nueve años. Capital trescientos sesenta mil colones. Domicilio
Heredia, Central, San Francisco. Gerente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Heredia, veintiocho de julio de junio del dos
mil diecisiete.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—( IN2017157218 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por medio de la escritura número
quince, otorgada a las once horas del día veintisiete de julio del año dos mil
diecisiete, ante esta notaría, se protocolizó actas de asambleas generales
extraordinaria de cuotistas y accionistas de las sociedades denominadas Panitser
Unit Nine Green Forest Studios Limitada y de la Kayalykulu Sociedad
Anónima, por medio de la cual se fusionan estas compañías prevaleciendo la
sociedad Kayalykulu Sociedad Anónima.—Lic. José Manuel Arias González,
Notario.—1 vez.—( IN2017157212 ).
Por medio de la escritura número dieciséis,
otorgada a las doce horas del día veintisiete de julio del año dos mil
diecisiete, ante esta notaría, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad Jakoz Unit Four Green Forest Limitada,
por medio de la cual se modifica la cláusula segunda del domicilio, la sexta de
la administración, la sétima de la representación judicial y extrajudicial, se
revoca el nombramiento del gerente y del agente residente y se nombran nuevos
miembros para estos puestos, notario público licenciado José Manuel Arias
González.—Lic. José Manuel Arias González, Notario.—1 vez.—( IN2017157214 ).
Por escritura otorgada ante
mi notaría a las catorce horas del primero de agosto de este año, se reforma la
cláusula sétima del pacto social constitutivo de la compañía Agricultura Los
Ángeles de Tures S. A., de la administración. Notario: Jorge Luis Fonseca
Fonseca.—Lic. Jorge Luis Fonseca Fonseca, Notario.—1 vez.—( IN2017157230 ).
Mediante escritura número
sesenta y tres-ocho, visible al folio cuarenta y cuatro vuelto, del tomo ocho
del protocolo del notario Andrés Francisco González Anglada, se modifican las
cláusulas dos y seis del pacto constitutivo de Siga Rodando sin Camino a
Nosara Sociedad Anónima, cédula de personería jurídica tres-ciento uno-seis
dos cuatro uno tres siete. Es todo.—Nosara, al ser las diecisiete horas del dos
de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Andrés Francisco González Anglada,
Notario.—1 vez.—( IN2017157242 ).
Por escritura número doscientos
setenta y uno otorgada por el notario público Jorge Arturo Campos Araya,
protocolicé el acta número uno de asamblea extraordinaria de socios de la
sociedad denominada Servicentro y Gasolinera San Pablo Turrubares Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número: Tres-ciento uno-cinco nueve
tres cinco tres ocho, mediante la cual se modifica la cláusula sexta de la
escritura constitución.—Alajuela, ocho de agosto de dos mil diecisiete.—Lic.
Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017158672 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 4 de agosto del 2017, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la Sociedad Promotora
Hotelera Promohotel. S. A., en la que se reforman las cláusulas segunda,
del domicilio, y sexta, de la junta directiva del pacto social, y se nombra
nueva junta directiva.—San José 7 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Alberto
Vargas Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017158673 ).
Por
escritura número doscientos ochenta y cinco-cuatro, otorgada en Cartago, La
Unión, a las 19:00 horas del 07 de agosto del 2017, se acordó la disolución de
la sociedad Muebles Metaluz S. A., cédula: 3-101-425863.—San José, 07 de
agosto del 2017.—Lic. Minor Alberto Coto Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017158681
).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas del 7 de agosto 2017, Cpoint
Entertaiment Two S. A. cédula jurídica 3-101-667207, reforma terminación de
plazo social hasta el día nueve de septiembre del dos mil diecisiete.—San José
7 de agosto del 2017.—Lic. Roberto Umaña Balser, Notario.—1 vez.—( IN2017158683
).
Hoy
protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de
tres-uno cero uno-seis seis cero ocho cero seis sociedad anónima, cédula de
persona jurídica número tres-uno cero uno-seis seis cero ocho cero seis,
mediante la cual se acordó disolver la compañía conforme al artículo doscientos
uno inciso d) del Código de Comercio; por medio de escritura otorgada en la
ciudad de San José a las nueve horas del ocho de agosto del dos mil diecisiete,
por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo,
Notario.—1 vez.—( IN2017158685 ).
La empresa Inversiones
Ulate y Paniagua S. A., con cedula jurídica N° 3-101-90497, procede a
realizar el nombramiento del puesto de secretaria, el cual se nombra a la
señora Edith Paniagua Vargas, mayor, casada una vez, oficios del hogar, vecina
de Alajuela, Pavas de Carrizal, frente a la Hacienda Montemar, con cedula de
identidad número cinco-dos uno cinco-dos nueve siete, por todo el plazo
social.—San José, 8 de agosto del 2017.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2017158686
).
Hoy
protocolicé los acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de tres-uno
cero uno-seis seis cero siete siete ocho sociedad anónima, cédula de
persona jurídica número tres-uno cero uno-seis seis cero siete siete ocho,
mediante la cual se acordó disolver la compañía conforme al artículo doscientos
uno inciso d) del Código de Comercio; por medio de escritura otorgada en la
ciudad de San José a las ocho horas del ocho de agosto del dos mil diecisiete,
por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo,
Notario.—1 vez.—( IN2017158690 ).
Ante esta notaría, por medio de
la escritura veintiséis al ser las ocho horas del ocho de agosto del dos mil
diecisiete, se protocoliza disolución de la siguiente sociedad anónima: Plaza
Universitaria S. A., cedula jurídica 3-101-273001; donde se acuerda
disolver dicha sociedad por acuerdo unánime de socios accionistas de acuerdo al
artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Dado en San José, 08
de agosto del 2017.—Licda. María Carpintero Mora, Notaria.—1 vez.—(
IN2017158693 ).
Ante esta notaría por medio de
la escritura veintiséis al ser las ocho horas del ocho de agosto del dos mil
diecisiete, se protocoliza disolución de la siguiente sociedad anónima: Plus
Lake S. A., cedula jurídica 3-101-325908; donde se acuerda disolver dicha
sociedad por acuerdo unánime de socios accionistas de acuerdo al artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—Dado en San José, 8 de agosto
del 2017.—Licda. María Carpintero Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017158694 ).
Por escritura otorgada ante
notaria, a las 13:00 horas del 8 de agosto de 2017, se solicita la inscripción
de la sociedad denominada Inversiones Auto-Vargas Sociedad Anónima, la
cual estará constituida por la señora María Fernanda Alfaro Vargas como
presidenta y el señor Juan Burgos Astorga como secretario.—Licda. Nubia
Cunningham Arana, Notaria.—1 vez.—( IN2017158696 ).
Por escritura
otorgada ante mi notaría, se ha modificado la cláusula quinta del pacto
constitutivo la sociedad denominada Gasolinera Curridabat Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-ochenta y seis mil ciento veintiocho, el cambio
modifica en cuanto al aumento de capital por veintidós millones quinientos mil
colones.—San José, ocho de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Edgardo René
Ramos Carmona, Notario.—1 vez.—( IN2017158699 ).
Por escritura ciento diecisiete
del tomo cinco otorgada ante mi notaría a las trece horas del ocho de agosto
del dos mil diecisiete, se modificó la cláusula primera de la sociedad Neoskynet
CR SRL.—Heredia, ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Jesús Osvaldo
Rojas Oconor, Notario.—1 vez.—( IN2017158701 ).
Por escritura otorgada hoy, de
14:00 horas de hoy, por el suscrito notario, se protocolizó asamblea de Multiforest
CR S. A., reformando estatutos, y nombrando secretario y tesorero.—San
José, siete de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Roig Mora Chaves, Notario.—1
vez.—( IN2017158702 ).
Por escritura otorgada hoy ante
el suscrito notario, se acuerda modificar la cláusula octava del pacto
constitutivo, de la sociedad Melkaso S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos ochenta y ocho mil trescientos cincuenta y
siete.—San José, nueve de agosto del 2017.—Licda. Gabriela Gamboa Morera,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158704 ).
Mediante asamblea general
extraordinaria del cinco de julio de dos mil diecisiete de La Joya de San
Ramón Limitada, se acordó modificar las cláusulas cuatro y sexta del
estatuto social, prorrogando el plazo social y la duración en el cargo de los
representantes legales. Lo anterior se protocolizó mediante escritura
trescientos sesenta y cuatro del tomo treinta y nueve de mi protocolo.
Licenciada María del Milagro Arguedas Delgado, Notaria Pública.—Licda. María
del Milagro Arguedas Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017158709 ).
En esta
notaría, a las 8:00 horas del 9 de agosto del 2017, se reformo las cláusulas
sexta y sétima de los estatutos de la compañía Data Soluciones
Internacionales Sociedad de Responsabilidad Limitada. Notaria Doris Monge
Díaz.—San José. 9 de agosto del 2017.—Licda. Doris Monge Díaz, Notaria.—1 vez.—(
IN2017158713 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 13:00 horas del 08 de agosto del 2017, protocolicé acta de 3-101-611889
S.A., de las 18:00 horas del 19 de julio del 2017, mediante la cual se
acuerda disolver la sociedad. Notario Hernán Cordero Baltodano, tel.
2201-6640.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2017158714 ).
Por escritura número ciento noventa, del tomo
uno, otorgada ante la notaria Nieves González Rivera, carné doce mil
veinticinco, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios,
de modificación de estatutos y renuncia y nombramientos de miembros de junta
directiva y fiscal de la sociedad denominada Asesores en Recursos Humanos y
Talento Empresarial Sociedad Anónima, cédula jurídica vigente número tres-ciento
uno-seiscientos veintinueve mil setecientos ochenta y tres.—Cartago, nueve de
agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Nieves González Rivera, Notaria.—1 vez.—(
IN2017158717 ).
Por escritura número ciento noventa y cuatro,
del tomo segundo de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San José, a las doce
horas del día ocho de agosto del dos mil diecisiete, la sociedad Pharmex
Limited S. A., se disuelve. Notaria: Ana Yesenia Navarro Montero, carné Nº
20.100, teléfono 2253-1726.—Licda. Ana Yesenia Navarro Montero, Notaria.—1
vez.—( IN2017158719 ).
Mediante escritura otorgada a las ocho horas
del veintitrés de enero del dos mil diecisiete, ante esta notaría, se
protocoliza acta de la asamblea general extraordinaria de la compañía La
Bervena de Upala S. A., cédula de persona jurídica número: tres-ciento
uno-trecientos veintidós mil cuatrocientos treinta, mediante la cual se
modifica el pacto constitutivo.—San José, nueve de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Oldemar Antonio Fallas Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017158725
).
A las once horas del día siete de agosto del
año dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Inmobiliaria Pasacoula (CR/CA)
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cuatrocientos treinta y tres mil seiscientos sesenta, mediante la cual se
modifica la cláusula segunda del pacto social, referente al domicilio. Es
todo.—San José, siete de agosto del año dos mil diecisiete.—Lic. Eric Scharf
Taitelbaum, Notario Público.—1 vez.—( IN2017158727 ).
Por escritura número ciento setenta y
cuatro-seis, de las once horas del ocho de agosto del dos mil diecisiete,
otorgada por esta notaría, se modificó el nombre de la entidad Tres-Ciento
Dos-Setecientos Veintisiete Mil Seiscientos Cincuenta y Nueve SRLTDA, la
cual de ahora en adelante se denominará Negocios e Inversiones JBSC SRLTDA.—San
José, a las once horas del ocho de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. José
Bernardo Soto Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017158730 ).
Por escritura número ciento setenta y dos-seis,
de las veintitrés horas del primero de agosto del dos mil diecisiete, otorgada
por esta notaría, modificó el nombre de la entidad Giorgios Pizza J.A.S. A.
Sociedad Anónima, la cual de ahora en adelante se denominará Tres-Ciento
Uno-Quinientos Noventa y Nueve Mil Seiscientos Cincuenta y Cinco Sociedad
Anónima, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras como S. A.—San José,
a las ocho horas del dos de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. José Bernardo Soto
Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017158731 ).
Lidia Isabel Castro Segura,
notaria pública, código 11138: certifica que ante esta notaría se presentó el
señor Santiago Sequeira Castro, con cédula Nº 5-298-856, vecino de La Garita de
La Cruz, a protocolizar el acta de la junta directiva de la Asociación Mixta
Agroindustrial y Ecoturística del Asentamiento El Gallo-Garita de La
Cruz-Guanacaste.—Liberia, 08 de agosto del año 2017.—Licda. Lidia Isabel
Castro Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017158732 ).
Por escritura autorizada al día
de hoy por la suscrita, Nexy María Pizarro Ortiz, protocolizo asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima con cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos noventa y uno cero ochenta y uno, celebrada el diecinueve de
julio a las diez horas, donde se revoca nombramiento de tesorero y se nombra
nuevo tesorero y se reforma la cláusula octava del pacto constitutivo.—Liberia,
a las once horas del veintisiete de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Nexy
María Pizarro Ortiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017158735 ).
Mediante acta protocolizada en
esta notaría, a las 18:00 horas del 18 de diciembre de 2015, se reforman
cláusulas quinta y sexta de la sociedad Eco Siquiares Garci Muñoz S. A.,
en cuanto a su capital social y representación.—Lic. Rodolfo Arroyo Porras,
Notario.—1 vez.—( IN2017158738 ).
La sociedad Kana y Erick
Sociedad Anónima, nombra nueva junta directiva y reforma las cláusulas
primera y octava de la administración, asamblea general extraordinaria
celebrada al ser las diez horas del veintinueve de junio del dos mil
diecisiete, protocoliza el notario Lic. William Quiel Rivera.—Lic. William
Quiel Rivera, Notario.—1 vez.—( IN2017158742 ).
Por escritura doscientos
ocho-seis de las doce horas del siete de agosto del dos mil diecisiete,
otorgada ante la notaria pública María José Chaves Cavallini, se reformaron los
estatutos del pacto social de Real Estate Malka S. A.—Licda. María José
Chaves Cavallini, Notaria.—1 vez.—( IN2017158743 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las quince horas cuarenta y cinco minutos del cuatro de agosto del dos mil
diecisiete, Linda Irene Wigley y Francini Porras Barquero, constituyen Playa
Azul de Santa Teresa Sociedad Anónima. el domicilio social será en
Puntarenas, cantón primero Puntarenas, distrito once Cóbano, Santa Teresa, cien
metros al noreste del Bar y Restaurante La Lora Amarilla. El capital social es
la suma de cien mil colones, representado por cien acciones nominativas de mil
colones cada una, el capital social ha sido íntegramente suscrito y pagado por
los socios de la siguiente manera: la socia Linda Irene Wigley, suscribe y paga
noventa acciones, la socia Franciny Porras Barquero, suscribe y paga diez acciones.
El aporte de la socia Linda Irene Wigley, de calidades indicadas, es mediante
una computadora marca Toshiba Dual Core, color negro, procesador INTEL,
valorada su aporte en noventa mil colones. El aporte de la socia Franciny
Porras Barquero, de calidades indicadas, es mediante una cámara fotográfica
marca Panasonic, modelo Lumix GH tres, valorado su aporte en diez mil colones,
corresponde a la presidenta la representación judicial y extrajudicial con
facultades de apoderada generalísima sin límite de suma, de conformidad con el
artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil, presidente; Linda
Irene Wigley.—San José, cuatro de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Luis
Mora Cascante, Notario.—1 vez.—( IN2017158744 ).
En escritura 41 de las 10:00
horas del 08 de agosto del 2017, Adrián Ramírez Ramírez, Andrey Darío, Adrián
Andrés y Alexander todos Ramírez González constituyen una sociedad de
anónima.—Lic. Marvin Vargas Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017158747 ).
En escritura 21 de las 15:00
horas del 31 de julio del 2017, protocolicé asamblea para cambio de secretario
y fiscal de Abajo Los Santos S. A.—Lic. Marvin Vargas Paniagua,
Notario.—1 vez.—( IN2017158748 ).
Por escritura otorgada ante mí, Constructora
Estructuras De Acero Roca Sociedad Anónima, nombra secretario de su junta
directiva. Escritura otorgada en Heredia, a las nueve horas del nueve de agosto
del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—(
IN2017158752 ).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las siete horas del ocho de agosto del dos mil diecisiete, donde se
protocolizan acuerdos de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
la sociedad denominada Callco La Gloria S. A. Donde se acuerda modificar
las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo.—San José, ocho de
agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1
vez.—( IN2017158756 ).
Por
escritura pública otorgada por el notario Manuel Porras Vargas al ser las nueve
horas del nueve de agosto del dos mil diecisiete; se acordó reformar la
cláusula décima de los estatutos de la sociedad Independent Luxury Travel
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada, referente a la
administración.—San José, a las nueve horas treinta minutos del nueve de agosto
del año dos mil diecisiete.—Lic. Manuel Porras Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017158759 ).
Esta notaria debidamente
comisionada procede a protocolizar mediante escritura dieciséis, de las nueve
horas del día siete de agosto del año dos mil diecisiete, comparecen: Carlos
Alberto Bonilla Ayub y la señora Jody Deane Steiger Goodman, como únicos
accionistas de la empresa Limonal del Puerto Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y cuatro mil
ochocientos noventa y seis, donde se acuerda la disolución de la empresa, es
todo.—San José, a las ocho horas del ocho de agosto de dos mil
diecisiete.—Licda. Rosibel Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2017158765 ).
Ante esta
notaría, mediante escritura ciento cuatro, de las ocho horas del día siete de
agosto de dos mil diecisiete se protocolizó acta de Asamblea general
extraordinaria de la empresa Sal Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-catorce mil novecientos veintitrés, donde se modificó la cláusula
cuarta pacto social. Es todo.—Alajuela, siete horas del ocho de agosto de dos
mil diecisiete.—Licda. Rosibel Rojas Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2017158766 ).
Ante esta
notaría, protocolicé acta mediante la cual la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Setenta y Ocho Mil Cincuenta y Nueve S. A., modificó su
domicilio.—San José, ocho de febrero del 2017.—Lic. Allan René Flores Moya,
Notario.—1 vez.—( IN2017158768 ).
Por escritura número ciento
noventa y tres, del tomo segundo de mi protocolo, otorgada en la ciudad de San
José, a las once horas del día ocho de agosto del dos mil diecisiete, la
sociedad Marsh Overseas S. A., se disuelve. Notaria: Ana Yesenia Navarro
Montero. Carné N° 20.100, teléfono 2253-1726.—Licda. Ana Yesenia Navarro
Montero, Notaria.—1 vez.—( IN2017158769 ).
Por
escritura otorgada a las once horas ante esta notaría el día de ocho de agosto
del año dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la sociedad Soldi
Enterprises Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica
tres-ciento dos-setecientos cuarenta y un mil ochocientos noventa y nueve, en
donde se reformaron las cláusulas tercera, quinta, sexta y sétima del pacto
constitutivo referentes al domicilio social, capital social, administración y
representación de la sociedad respectivamente. Asimismo, se realizaron nuevos
nombramientos de gerente y subgerente de la sociedad.—San José, ocho de agosto
de dos mil diecisiete.—Lic. Andrés Antonio Bonilla Valdés, Notario.—1 vez.—(
IN2017158781 ).
Por escritura número ciento cuarenta y ocho otorgada
ante esta notaría, a las diecisiete horas del tres de agosto del dos mil
diecisiete, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo la sociedad
denominada Tres- Ciento Uno- Seiscientos Noventa y Seis Mil Seiscientos
Setenta y Seis S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos noventa y seis mil seiscientos setenta y seis.—San José, tres
de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario.—1
vez.—( IN2017158782 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, se reforma el nombre de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Seiscientos
Treinta y Un Mil Seiscientos Veintitrés Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos treinta y un mil seiscientos
veintitrés.—Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, ocho de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Roy Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—( IN2017158785
).
La suscrita Sociedad IP
Consultores Group ME Sociedad Anónima con cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuatro nueve ocho cero dos cuatro, tomo quinientos setenta y uno, asiento
ochenta y dos mil noventa y tres, representada por Pedro Matarrita Cubillo, con
cédula cinco-ciento veinticuatro-ciento doce, Eddy Cabezas Murillo con cédula
uno-mil diecinueve- quinientos setenta y nueve, Mario Matarrita Dondi con
cédula uno-novecientos noventa y dos-quinientos ocho se dispone a cambiar el
nombre de la sociedad, el cual es el siguiente Citi Group Holding Costa Rica
Sociedad Anónima.—Puntarenas, ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic.
Guillermo Emilio Carballo Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017158787 ).
La suscrita notaria Kattia Vargas Álvarez hace
constar que se realizó cambio razón social, domicilio y de junta directiva de
la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Quinientos Setenta y Seis Mil Novecientos
Cincuenta y Nueve Sociedad Anónima, portadora de la cédula de identidad
número tres-ciento uno-quinientos setenta y seis mil novecientos cincuenta y
nueve, en la escritura veintidós visible al folio trece del tomo quinto de mi
protocolo. Es todo.—Escazú, a las ocho horas del nueve de agosto del año dos
mil diecisiete.—Lic. Kattia Vargas Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2017158807 ).
Hoy protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Fumigadora y
Transportadora Aérea Costarricense S. A. Se hacen nuevos nombramientos en
la junta directiva. Escritura otorgada en San José, a las 11 horas del 8 de
agosto del 2017.—Lic. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—( IN2017158808 ).
En la notaría del suscrito notario público, se
constituyó la sociedad Fibre de Vidrio Retana Sociedad Anónima, con
domicilio social San José, Barrio Carit frente al restaurante La Fuente. Se
emplaza a todos los interesados por el término de quince días para presentar
los reclamos correspondientes.—San José, ocho de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Guillermo Méndez Rodríguez, Abogado y Notario.—1 vez.—(
IN2017158809 ).
En la
notaría del suscrito notario
público, se constituyó la J Y R Sociedad Anónima, con domicilio
social San Antonio de Coronado, Condominios Agapantos número treinta. Se
emplaza a todos los interesados por el término de quince días para presentar
los reclamos correspondientes.—San José, siete de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Guillermo Méndez Rodríguez, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017158810
).
El suscrito notario Jorge Eduardo Villegas
Rojas, mediante escritura número sesenta y uno, otorgada el día de hoy, he
protocolizado acta de asamblea extraordinaria de Cheers To Go S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-699414, mediante la cual se reforma la cláusula
segunda del domicilio social y se otorga poder generalísimo sin límite de
suma.—Heredia, ocho de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Eduardo
Villegas Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017158811 ).
Por escritura otorgada ante mí,
el día 8 de agosto, la firma All Ocean Surf S. A., ha reformado la
cláusula 4, 6, ll, y se adicionan nuevas cláusulas de la número l5 a la 35 de
su pacto constitutivo. Fecha de otorgamiento 8 de agosto del 2017.—Lic.
Giovanni Bruno Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2017158813 ).
Ante esta
notaría, por Acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa
denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Noventa y Nueve Mil Ciento Cincuenta
y Ocho Sociedad Anónima, con cédula de personería jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos noventa y nueve mil ciento cincuenta y ocho, a las
quince horas con veinticinco minutos del diecinueve de junio del dos mil
diecisiete, hago constar que se acordó disolver la sociedad. Licenciada Xochitl
Camacho Medina, Notaria Nº catorce mil doscientos treinta y nueve.—Cartago,
ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Xochitl Camacho Medina,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158828 ).
Por escritura N° 189 de las
11:00 horas del 24 de julio del 2017, tomo 5 de la suscrita notaria, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Servicios
Nítidos Profesionales SNP Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-119044, donde
se acuerda modificar cláusula 8 y 9, se nombra junta directiva y fiscal.
Notaria Eugenia Brenes Rojas, teléfono 8864-5083.—San José, veinticuatro de
julio del dos mil diecisiete.—Licda. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017158830 ).
Por escritura N° 190 de las
12:00 horas del 24 de julio del 2017, tomo 5 de la suscrita notaria, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad SPS Staff
Solutions S. A., cédula N° 3-101-267478, donde se acuerda modificar
cláusula 6, se nombra junta directiva y fiscal. Teléfono: 8864-5083.—San José,
veinticuatro de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Eugenia Brenes Rojas,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158831 ).
Ante el notario público
licenciado Dennis Rubie Castro, mediante escritura otorgada a las ocho horas
del nueve de agosto del 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad de esta plaza La Fortuna Rojas Dafu Sociedad
Anónima. Se reforma la cláusula quinta del capital social el cual se
aumenta.—San José, a las diez horas del 9 de agosto del 2017.—Lic. Dennis Rubie
Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017158833 ).
Que en la asamblea extraordinaria
de la compañía Tres Ciento Dos Setecientos Veintisiete Mil S.R.L.,
cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos veintisiete mil, de las diez
horas del día tres de julio del dos mil diecisiete, celebrada en su domicilio
social, se acordó modificar la cláusula primera, referente al cambio de nombre
de la sociedad, además se acordó modificar la cláusula octava, referente a la
administración. Es todo. Notario Público José Antonio Silva Meneses, número de
cédula uno-mil ochenta y dos-quinientos veintinueve.—05 de julio del 2017.—Lic.
José Antonio Silva Meneses, Notario.—1 vez.—( IN2017158835 ).
Ante este
notario público, José Fermín Morales Campos, se constituye escritura número
ochenta y dos, iniciada en el folio sesenta frente, del tomo diez de mi protocolo,
en donde se modifica la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad Piscinas
del Sol Ilussions Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos diez mil trescientos ochenta y seis, referente a la junta
directiva y representación de dicha sociedad. Es todo.—Dado en Alajuela, el
ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. José Fermín Morales Campos,
Notario.—1 vez.—( IN2017158836 ).
Por
escritura número ciento once de las nueve horas con cinco minutos del cinco de
agosto del dos mil diecisiete, otorgada ante el Notario Público Rodrigo Jiménez
Salazar, los señores Jerónimo Alpízar Hernández, Emilce Avalos Chavarría,
Johnny Alpízar Ávalos, Alonso Alpízar Ávalos y Evelyn Mariela Alpízar Ávalos
únicos accionistas disuelven la sociedad denominada Compañía Jb de la Bocana
Sociedad Anónima.—Puriscal, 05 de agosto del 2017.—Lic. Rodrigo Jiménez
Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017158840 ),
Por
escritura número ciento cuarenta y uno-siete otorgada a diez horas treinta
minutos del veintiséis de julio del año dos mil diecisiete, se solicita la
disolución de la sociedad denominada Luayman de Palmares Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número tres-ciento uno doscientos nueve mil seiscientos
setenta y tres.—Heredia, nueve de agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Ileana
María Rodríguez González, Notaria.—1 vez.—( IN2017158841 ).
Mediante
escritura autorizada por el suscrito notario, a las 9:00 horas del día 09 de
agosto del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Corporación Cafsa Sociedad
Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto
constitutivo y revocar los nombramientos de junta directiva.—San José, 09 de
agosto del 2017.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017158847 ).
Mediante
escritura autorizada por el suscrito notario, a las 9:30 horas del día 09 de
agosto del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Financiera Cafsa Sociedad
Anónima, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula sétima del pacto
constitutivo y Revocar los nombramientos de Junta Directiva.—San José, 09 de
agosto del 2017.—Lic. Roberto León Gómez, Notario.—1 vez.—( IN2017158849 ).
La notaria Rosaura Carmiol
Yalico, hace constar que en asamblea general de la sociedad Continental
Security Group S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
noventa y seis mil diez, realizada el tres de agosto del dos mil diecisiete, se
modificó el domicilio social del pacto constitutivo.—San José, cuatro de agosto
del dos mil diecisiete.—Licda. Rosaura Carmiol Yalico, Notaria.—( IN2017158853
).
Por
escritura número tres-cuatro de las once horas con treinta minutos del día
nueve de agosto del dos mil diecisiete, se protocolizan los acuerdos de la
sociedad Renuevos de Boniato Sociedad Anónima, mediante los cuales se
hace un nuevo nombramiento al cargo de Tesorero. Teléfono veintidós-ochenta y
nueve-cuarenta y seis-treinta.—Lic. Federico Tinoco Brenes, Notario.—1 vez.—(
IN2017158857 ).
Por
escritura número cuatro-cuatro de las doce horas con treinta minutos del día
nueve de agosto del dos mil diecisiete, se protocolizan los acuerdos de la
sociedad Tallos de Turión Sociedad Anónima, mediante los cuales se hace
un nuevo nombramiento al cargo de tesorero. Teléfono veintidós-ochenta y
nueve-cuarenta y seis-treinta.—Lic. Federico Tinoco Brenes, Notario.—1 vez.—(
IN2017158858 ).
Por escritura número doscientos
once, otorgada ante el suscrito notario, se constituyó la sociedad Precisión
Alfaro y Gómez con un capital de ciento setenta y tres dólares. Presidente:
Eduard Antonio Alfaro Moreira, conocido como Edward Antonio Alfaro Moreira,
tesorero: Luis Fernando Rodríguez Rodríguez, secretaria: Ana Lucrecia Gómez
Vargas.—San José, ocho de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Luis
Rodríguez Herrera, Notario.—1 vez.—( IN2017158859 ).
Por asamblea extraordinaria de
accionistas de Ecotelas Noventa y Cinco Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres guión ciento uno guión ciento sesenta y cinco mil
setecientos cincuenta y ocho, celebrada en su domicilio social a las once horas
del trece de julio del dos mil diecisiete se acordó: reorganizar la junta
directiva, definir los alcances de la representación judicial y extrajudicial y
cambio de domicilio social.—San José, 08 de agosto del 2017.—Lic. Jorge Antonio
Rodríguez Bonilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2017158862 ).
Por asamblea extraordinario de accionistas
de El Armario Colonial Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres
guión ciento uno guión doscientos cincuenta y cinco mil dos, celebrada en su
domicilio social a las doce horas del trece de julio del dos mil diecisiete se
acordó: reorganizar la junta directiva y definir los alcances de la
representación judicial y extrajudicial.—San José, 8 de agosto del 2017.—Lic.
Jorge Antonio Rodríguez Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017158863 ).
En esta
notaría, a las 09:00 horas del 01 de febrero del 2017, por escritura 33
protocolicé constitución de Grupo Rozajo S. A., donde se
constituye.—Lic. Carlos Salas Porras, Notario.—1 vez.—( IN2017158865 ).
El suscrito
notario, hace constar que mediante escritura pública número cincuenta y
seis-uno, otorgada a las diez horas del nueve de agosto de dos mil diecisiete,
se protocolizó acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada trescientos uno-setecientos cuarenta y
un mil cuatrocientos setenta y seis Sociedad Anónima, titular de la
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos cuarenta y un mil
cuatrocientos setenta y seis, mediante la cual se transforma la misma en una
sociedad de responsabilidad limitada, y se realiza el nombramiento de su
representante. Es todo.—Heredia, nueve de agosto de dos mil diecisiete.—Licda.
Nathalie Woodbridge Gómez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158878 ).
Disolución: ante esta notaría,
se protocolizaron los acuerdos de 3-101-544809 S. A., a las doce horas
del primero de agosto del dos mil diecisiete. Se acordó la disolución de la
sociedad. No hay bienes a repartir por tanto no se nombra liquidador.—Licda.
Eleonora Alejandra Varela Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017158889 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las ocho horas del nueve de agosto del dos mil diecisiete, se
protocolizo el acta asamblea extraordinaria de socios en la cual se modifica la
cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad denominada El León de
San Pablo Sociedad Anónima. Es todo.—Licda. Marianela Jiménez Valerio,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158890 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09 horas del 09 de agosto de 2017, se protocolizó acta número
cuatro de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Econs
Structor Sociedad Anónima, se modifica la cláusula sexta del pacto
social.—San José, 09 de agosto del 2017.—Lic. Serguei Swirgsde González,
Notario.—1 vez.—( IN2017158892 ).
El suscrito notario protocoliza
acta del día quince de enero del dos mil quince, a las diez horas, en la que se
modifica cláusula de la representación, se nombra presidente de la sociedad Vista
de Congos Sociedad Anónima.—San José, nueve de agosto de dos mil
diecisiete.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1 vez.—(
IN2017158906 ).
El suscrito notario, protocoliza
acta del día quince de enero del dos mil quince, a las diez horas, en la que se
modifica cláusula de la representación, se nombra presidente de la sociedad Pasatiempo
en Punta Las Olas Sociedad Anónima.—San José, nueve de agosto
de dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1 vez.—(
IN2017158909 ).
El suscrito notario protocoliza
acta del día quince de enero del dos mil quince, a las diez horas, en la que se
modifica cláusula de la representación, se nombra presidente de la sociedad Todos
Los Días Sociedad Anónima.—San José, nueve de agosto de dos mil
diecisiete.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1 vez.—(
IN2017158912 ).
Ante esta notaría del licenciado
Herbert Ulloa Salas se protocolizó acta número seis del libro de actas de esta
plaza denominada Especies Del Bosque Lluvioso C D C S. A., cédula
jurídica 3-101-146495 donde renuncia la junta directiva y se nombra nueva junta
directiva.—San José, 3 de agosto del 2017.—Lic. Álvaro Ulate Hidalgo, Notario.—1
vez.—( IN2017158921 ).
Por escritura otorgada el día de
hoy se constituyó la empresa Soluciones Empresariales López & Varela S.
A. Domicilio San José, El Alto de Guadalupe. Plazo social cien años.
Presidente Jesús Antonio López Peralta, tesorera: Yorleny Varela Chinchilla con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 14 horas
del 08 de julio del 2017.—Licda. Nancy Rojo Vargas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017158925 ).
Por
escritura número 276-6 otorgada en mi notaría, a las 8:00 horas del 23 de junio
del 2017, se constituyó la Asociación de Baloncesto Heredia (HABA).Teléfono.—Heredia,
9 de agosto del 2017.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017158926 ).
Mediante
asamblea general extraordinaria, celebrada el 24 de julio de 2017, se acuerda
incrementar capital social de la empresa Multi Brands Internacional S. A.,
cédula jurídica 3-101-476348. Lic. Edwin Astúa Porras, notario público. Tel.
2262-3573.—Heredia 9 de agosto del 2017.—Lic. Edwin Astúa Porras, Notario.—1
vez.—( IN2017158927 ).
Ante esta notaría al ser las
nueve horas del nueve de agosto del dos mil diecisiete, se constituyó la
compañía denominada Meterasa Sociedad Anónima.—San José, nueve de agosto
del dos mil diecisiete.—Lic. Diego Armando Hernández Solís, Abogado y
Notario.—1 vez.—( IN2017158928 ).
La compañía denominada Spotted
Sandpiper S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-tres ocho cuatro cinco tres seis, con domicilio social en Guanacaste, Santa
Cruz, El Llano, exactamente a la par de la Estación de Servicios Oasis, hace
constar que mediante acuerdo unánime de socios en asamblea general
extraordinaria de accionistas; celebrada en dos seis siete cinco State Highway
ciento cuarenta Catheys Valley, nueve cinco tres cero seis, CA, Estados Unidos,
al ser las doce horas del veintisiete de julio del dos mil diecisiete, se
disuelve dicha sociedad, de acuerdo al artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio Costarricense y en el apartado VI de la directriz cero cero
dos-dos mil doce del Registro de Personas Jurídicas. Es todo.—La Garita, Santa
Cruz Guanacaste, al ser las trece horas del tres de agosto del dos mil
diecisiete.—Licda. Ismena Arroyo Marín, Notaria.—1 vez.—( IN2017158935 ).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las diecisiete horas del día de hoy, se constituyó la compañía Transportes
Medrano Sociedad Anónima. Domicilio: Alajuela. Capital: cien dólares.
Presidente con la representación judicial y extrajudicial de la Compañía, con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—San José, cuatro de
agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Lidiette Solís Zamora, Notaria.—1
vez.—( IN2017158936 ).
Por asamblea general de socios
se modificó el pacto social en su cláusula octava, de la sociedad JyK Jaque
Servicios S. A.—Cartago, 13 de junio del 2017.—Lic. Eduardo Cortés Morales,
Notario.—1 vez.—( IN2017158945 ).
En la notaría del suscrito, Lic.
Álvaro José Meza Lazarus, otorgo escritura número doscientos sesenta y tres, en
donde se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad Multiservicios
Yoco del Este S. A., en donde se modificó la cláusula segunda del pacto
constitutivo y se cambió el domicilio social de la sociedad. Es todo.—San José,
a las doce horas del ocho de agosto dos mil dieciséis.—Lic. Álvaro José Meza
Lazarus, Notario.—1 vez.—( IN2017158947 ).
Por
escritura otorgada a las nueve horas del ocho de agosto del dos mil diecisiete,
protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Plastilang Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ochenta y cinco mil
ciento once, por la que se reforman las cláusulas segunda en cuanto al
domicilio social y la cláusula sétima en cuanto a la administración de la
sociedad, de los estatutos de constitución.—San José, ocho de agosto del dos
mil diecisiete.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2017158949 ).
Por
escritura otorgada a las diez horas del ocho de agosto del dos mil diecisiete,
protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Luanglos Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento setenta y nueve
mil veintiséis, por la que se reforman las cláusulas segunda en cuanto al
domicilio social y la cláusula sétima en cuanto a la administración de la
sociedad, de los estatutos de constitución.—San José, ocho de agosto del dos
mil diecisiete.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2017158950 ).
Por
escritura otorgada a las once horas del ocho de agosto del dos mil diecisiete,
protocolicé acta de asamblea general de accionistas de Lang Y Alonso
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-ciento uno-ciento setenta
y nueve mil cincuenta y uno, por la que se reforman las cláusulas segunda en
cuanto al domicilio social y la cláusula sétima en cuanto a la administración
de la sociedad, de los estatutos de constitución.—San José, ocho de agosto del
dos mil diecisiete.—Lic. Fernando Mora Oreamuno, Notario.—1 vez.—( IN2017158954
).
Importaciones AM Sociedad
Anónima, acepta
renuncia de tesorera de junta directiva, revoca nombramiento de fiscal y hace
nuevos nombramientos por el resto del plazo social, así mismo, otorga poder
generalísimo sin límite de suma a las señoras Vivianne Haehner Pozuelo y
Annemarie Haehner Pozuelo. Escritura otorgada a las diez horas del nueve de
agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1
vez.—( IN2017158955 ).
Inmobiliaria del Oeste Segunda
Sociedad Anónima,
otorga poder generalísimo sin límite de suma a las señoras Vivianne Haehner
Pozuelo y Annemarie Haehner Pozuelo. Escritura otorgada a las nueve horas del
nueve de agosto de dos mil diecisiete.—Licda. Rosario Salazar Delgado,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158956 ).
Industrias MH Sociedad Anónima, reforma cláusula de la
representación, revoca nombramiento de
secretario-tesorero, acepta renuncia de fiscal y hace nuevos nombramientos por
el resto del plazo social, así mismo otorga poder generalísimo sin límite de
suma a las señoras Vivianne Haehner Pozuelo y Annemarie Haehner Pozuelo.
Escritura otorgada a las once horas del nueve de agosto de dos mil
diecisiete.—Licda. Rosario Salazar Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017158957 ).
Am de San José Sociedad Anónima, reforma la cláusula sétima del
pacto social, acepta renuncia de tesorera de junta directiva y hace nuevo
nombramiento por el resto del plazo social, así mismo, revoca poder
generalísimo sin límite de suma otorgado a Marta Arce Hernández de la misma
forma otorga poder generalísimo sin límite de suma a las señoras Vivianne
Haehner Pozuelo y Annemarie Haehner Pozuelo. Escritura otorgada a las ocho
horas del nueve de agosto de dos mil diecisiete.—Licda. Rosario Salazar
Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017158959 ).
Por escritura de las ocho horas
del nueve de agosto del dos mil diecisiete, protocolicé acta de la sociedad Super
Servicios Ferreteros Eveser de San Jose Sociedad S. A., en que se nombra
nueva secretaria de la junta directiva.—Licda. Patricia Araya Serrano,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158960 ).
Ante mi notaría mediante escritura 348 de las
15:00 horas del día 08 de agosto del 2017. Se constituye ARTINDOLE Sociedad
de Responsabilidad Ltda. Domicilio: Heredia, Barba, residencial Doña Elena,
casa uno, bloque B. Gerente: Eric Víquez Arias.—Santo Domingo, Heredia, 09 de
agosto del 2017.—Lic. Grethel Sánchez Cordero, Notaria.—1 vez.—( IN2017158964
).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Ref: 30/2017/8959.—Grupo
Hogarama S. A., cédula jurídica 3-101-095-667.—Documento: Cancelación por falta
de uso.—N° y fecha: Anotación: 2-109885 de 17/02/2017.—Expediente:
1994-0002246. Registro N° 641 H Hogarama en clase 50 Marca Mixto.—Registro de la
Propiedad Industrial, a las 14:09:14 del 24 de Febrero de 2017. Conoce este
Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por el
Claudio Murillo Ramírez, casado una vez, cédula de identidad 105570443, en
calidad de apoderado especial de GT Capital Corp., contra el registro del signo
distintivo H Hogarama, Registro N° 641, el cual protege y distingue: Propaganda
y publicidad en carteles, murales, periódicos, revistas y en general, cualquier
otro medio publicitario, con el fin de atraer la atención de los consumidores o
usuarios de actividades relacionadas con la comercialización y promoción de
productos electrodomésticos y eléctricos en general. en clase internacional,
propiedad de Grupo Hogarama S. A., cédula jurídica 3-101-095-667. Conforme a lo
previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos,
y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud
de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un
mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación,
proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho,
aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se
comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este
Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para
recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o
bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las
resoluciones posteriores con sólo que transcurran veinticuatro horas después de
dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de
Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de que esta
resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La
Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el
respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo
dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2), 3) y 4) y 242 de la Ley General
de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesor Jurídico.—(
IN2017156943 ).
Instituto de Desarrollo
Rural.—Región de Desarrollo Huetar Caribe.—Órgano Director del Procedimiento
Administrativo de Revocatoria de Adjudicación de la parcela N° 29 del
Asentamiento La Florita. Bataan de Matina de la provincia de Limón, al ser las
ocho horas del primero de agosto del dos mil diecisiete. De conformidad con lo
dispuesto en las disposiciones legales señaladas en los artículos 66 y 67 de la
Ley INDER N° 9036, concordante con el artículo 68 de la Ley de Tierras y
Colonizaciones N° 2825, el Reglamento Ejecutivo aprobado mediante Decreto
Ejecutivo N° 385975-MAG publicado en La Gaceta N° 28 del 29 de abril del
2015 y Ley General de Administración Pública, se constituye este Órgano
Director por el acuerdo de Junta Directiva tomado artículo 1, sesión 031-003
celebrada el 01 de julio del 2003, para instruir la investigación
administrativa a fin de determinar la verdad real de los hechos ocurridos en La
Parcela N° 29 ubicado en el Asentamiento La Florita, en el distrito de Jiménez,
cantón de Pococí, propiedad registral del INDER en matrícula 7030533-000 y
7030534-000 del partido de Limón, en el cual fue adjudicado a la señora Xinia
García Alonso, cédula de identidad N° 2-0515-0156 mediante el acuerdo de Junta
Directiva tomado en artículo 47 de la sesión Ordinaria N° 043-2007 celebrado el
17 de diciembre del 2007. Lo anterior por cuanto la Oficina de Desarrollo
Territorial Cariari determina en sus informes, que ustedes han incurrido en
incumplimiento del Contrato de Asignación de Tierras con la causal de Abandono
Injustificado del predio por no ejercer del mismo desde hace muchos años,
aclarando que tal causal están estipulada en los artículos 66 y 67 inciso b) de
la Ley de INDER N° 9036 que retorna a los artículos 67 y 68 inciso 4) párrafo
b) de la Ley de Tierras y Colonizaciones N° 2825 del 14 de octubre 1961 y sus
reformas. Se le informa a los administrados que tienen derecho a revisar y
fotocopiar el expediente que se localiza en la Sede del Órgano Director ubicada
Bataan centro, cantón de Matina, provincia de Limón, y que después de publicado
último edicto tienen derecho al Recurso de Revocatoria contra la Resolución
Inicial del órgano Director por un plazo de veinticuatro horas y posteriormente
al Recurso de Apelación por el plazo de cinco días contra la Resolución Final
de la Junta Directiva, los cuales deben interponerse ante este Órgano Director.
A los administrados, se le previene que dentro del plazo de tres días contados
después de la segunda publicación en La Gaceta, deben señalar lugar o
medio para atender notificaciones en casa u oficina dentro del perímetro
administrativo de la Región de Desarrollo Huetar Caribe sita en Bataan de
Matina, doscientos metros al oeste del Colegio Agropecuario, Sede del Órgano
Director o un número de fax ubicado dentro del territorio nacional, bajo el
apercibimiento de no hacerlo, las resoluciones que se dicten se tendrán por
notificadas en el plazo de veinticuatro horas, igual consecuencia se producirá
si el lugar señalado o el medio indicado, fuese impreciso, incierto o ya no
existiere. Se le concede audiencia por el plazo de quince días hábiles contados
a partir del día siguiente de la publicación del último edicto en La Gaceta,
para que se apersonen ante el Órgano Director en defensa de sus derechos y
ofrezcan las pruebas de descargo que consideren oportunas. Para dicha audiencia
se señalan las diez horas del veinticinco de agosto del dos mil diecisiete,
aclarando que deben acudir personalmente y no por medio de apoderado, aunque si
tienen derecho a estar asesorados por un abogado si lo desean. Asimismo, se
indica que en el mismo acto de comparecencia o en fecha anterior, por escrito
podrán aportar pruebas en su favor que consideren oportunas y hacer los
alegatos que estimen pertinentes, so pena de caducidad de tal derecho, en el
entendido de que no le serán recibidos en fecha posterior a la fecha señalada.
Se informa a los administrados que de comprobarse los hechos, la normativa
dispone la revocatoria de adjudicación y la nulidad del respectivo título de
propiedad que se haya otorgado. Se le informa a los administrados que se les
está notificando por edicto ya que no fueron localizados en el predio, ni en el
asentamiento, ni la Región de Desarrollo Huetar Caribe y se desconoce por
completo su domicilio o paradero inclusive por vecinos. Remítase esta
resolución a la Imprenta Nacional para la Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese.—Lic.
Manuel Rojas Sanabria, Órgano Director.—( IN2017156803 ). 2 v. 2.
MUNICIPALIDAD
DE SAN JOSÉ
NOTIFICACIÓN
DESPIDO
JEANCARLO GUTIERREZ
GONZALEZ
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
San José 18 de julio del 2017
DRH-OAL-1870-182-2017
Señor
JEANCARLO GUTIERREZ GONZALEZ
Señor Gutiérrez:
Según expediente Nº 182-3-17, iniciado a su
nombre, la Oficina de Asuntos Laborales emitió el propósito de despido sin
responsabilidad patronal a usted comunicado de forma personal mediante oficio
DRH-OAL-802-2017, por haber incurrido en falta al contrato de trabajo, al
ausentarse los días 10, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 27, 28, 29, 30
y 31 de marzo del 2017 sin justificación alguna, según el artículo 112 del
Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de San
José, recomendando la imposición de despido sin responsabilidad patronal
violando así mismo el artículo 147 del código Municipal; asimismo en cuanto a
la Junta de Relaciones Laborales mediante oficio N° JRL-112-2013, del 14 de
julio del 2017, del análisis del caso ese Órgano estableció, que: “esta
comisión considera mantener el propósito cursado con el beneficio del artículo
27 de la Convención Colectiva”
Así las cosas, el suscrito en ejercicio de las atribuciones y
obligaciones que me otorga el artículo 17 literal a) y k) del Código Municipal,
he decidido acoger la recomendación dada por la Junta de Relaciones Laborales,
por lo que con fundamento en la norma supra y atendiendo el procedimiento
señalado en el artículo 150 de ese Código y con fundamento en el artículo 112 del
Reglamento Autónomo de Organización y Servicios de la Municipalidad de San José
y el 81 del Código de Trabajo comunicarle que esta Municipalidad ha dispuesto
despedirlo de su cargo sin responsabilidad patronal, - al haber quedado
demostrado en forma fehaciente y contundente la falta a usted imputada en
oficio DRH-OAL-802-2017, lo que por ende generó pérdida de confianza hacia su
persona como funcionario municipal; lo anterior a partir del día 31 de julio
del 2017 por lo que su último día de relación laboral con esta Institución lo
será el día 30 de julio del 2017.
Igualmente hago de su conocimiento que esta comunicación admite los
recursos de revocatoria y apelación en subsidio ante este despacho, los cuales
deben interponerse dentro de los 8 días posteriores de serle notificado el
presente oficio. Dentro de este mismo plazo se deben exponer los motivos de
hecho y de derecho en que se fundamenta su inconformidad, así mismo debe
señalar lugar o medio de comunicación –fax- dentro del cantón Central de San José,
donde atender notificaciones.
Atentamente,
Ing. Johnny Araya Monge
Alcalde Municipal de San José
San José, 21 de julio de
2017.—Departamento de Comunicación.—Teo
Dinarte Guzmán, Jefa.—O.C. Nº 137647.—Solicitud Nº 90833.—( IN2017156638 ).