LA GACETA N° 153 DEL 14 DE
AGOSTO DEL 2017
PODER EJECUTIVO
ACUERDOS
MINISTERIO
DE EDUCACIÓN PÚBLICA
DOCUMENTOS
VARIOS
OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL
SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN
ADMINISTRATIVA
PROGRAMA
DE ADQUISICIONES
MUNICIPALIDADES
LICITACIONES
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE PUERTOS
DEL
PACÍFICO
UNIVERSIDAD
ESTATAL A DISTANCIA
CONSEJO
NACIONAL DE RECTORES
CONSEJO
NACIONAL DE PRODUCCIÓN
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
BANCO
DE COSTA RICA
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
INSTITUTO
COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS
Y
ALCANTARILLADOS
SUPERINTENDENCIA
DE TELECOMUNICACIONES
COMISIÓN
NACIONAL DE PRÉSTAMOS
PARA LA
EDUCACIÓN
MUNICIPALIDADES
FE DE
ERRATAS
BANCO
NACIONAL DE COSTA RICA
BANCO
DE COSTA RICA
BANCO
CRÉDITO AGRÍCOLA DE CARTAGO
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
CONSEJO
NACIONAL DE RECTORES
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
MUNICIPALIDADES
REGLAMENTOS
SALUD
BANCO AGRÍCOLA DE CARTAGO
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA
Y URBANISMO
INSTITUCIONES
DESCENTRALIZADAS
PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA
RÉGIMEN
MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD
DE MONTES DE OCA
MUNICIPALIDAD DE ACOSTA
MUNICIPALIDAD
DE ALVARADO
MUNICIPALIDAD DE EL GUARCO
MUNICIPALIDAD DE ABANGARES
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
JUSTICIA Y PAZ
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
AVISOS
MUNICIPALIDADES
Nº
54-2017 AC.—Dieciocho de mayo del dos mil diecisiete
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA MINISTRA DE
EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos 140, inciso 2)
y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a) del Estatuto de
Servicio Civil, la Resolución Nº 12781 de las nueve horas treinta y cinco
minutos del ocho de mayo del dos mil diecisiete del Tribunal de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1º—Despedir con justa causa y sin
responsabilidad para el Estado, al servidor Loudwin José Alberto Núñez Rojas cc
Ludwing Núñez Rojas mayor de edad, cédula de identidad Nº 01-0670-0888, quien
labora como Profesor de Enseñanza Técnica Profesional en el Liceo Martha
Mirambell Umaña de Atenas, adscrito a la Dirección Regional de Educación de
Alajuela.
Artículo 2º—El presente acuerdo rige a partir del ocho de julio del dos
mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La Ministra de
Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O.C. Nº
3400031607.—Solicitud Nº 19652.—( IN2017157414 ).
N°
082-2017-AC.—San José, 7 de julio de 2017
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y LA
MINISTRA DE EDUCACIÓN PÚBLICA
Con fundamento en los artículos
140, inciso 2) y 146 de la Constitución Política de Costa Rica, 12 inciso a)
del Estatuto de Servicio Civil, la Resolución 037-2017-TASC de las diez horas
veinte minutos del treinta de junio de dos mil diecisiete, dictada por el
Tribunal Administrativo de Servicio Civil.
ACUERDAN:
Artículo 1°—Despedir con justa
causa y sin responsabilidad para el Estado, al servidor Luis Alberto Pérez
López, cédula de identidad N° 5-0296-0736, quien labora como Profesor de
Enseñanza Media-Especialidad Estudios Sociales-, en el Colegio Técnico
Profesional General Viejo, adscrito a la Dirección Regional de Educación de
Pérez Zeledón.
Artículo 2°—El presente acuerdo rige a partir
del diecisiete de julio de dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—La
Ministra de Educación Pública, Sonia Marta Mora Escalante.—1 vez.—O. C. N° 3400031607.—Solicitud
N° 19667.—( IN2017157353 ).
CONSEJO
NACIONAL DE VIALIDAD
DIRECCIÓN
DE GESTIÓN DEL RECURSO HUMANO
N°
015-2017.—San José, 26 de junio 2017
Con fundamento en lo que establece el artículo
140, inciso 2) de la Constitución Política y 2 del Estatuto de Servicio Civil.
ACUERDA:
Artículo 1º—Nombrar en propiedad en el Consejo
Nacional de Vialidad y con sujeción a las disposiciones del Régimen de Servicio
Civil, al siguiente funcionario:
Nombre Cédula N° Puesto Clase puesto
Eduardo Chavarría 1-0708-0218 509191 Profesional de servicio
Obando civil
2
Artículo 2º—Rige a partir del 01 de mayo del
2017.
Publíquese.—Dirección Ejecutiva.—Lic. Carlos
Solís Murillo, Director Ejecutivo a. í.—1 vez.—O. C. Nº 4910.—Solicitud Nº
90452.—( IN2017157520 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación
Diversificada “Rama Académica” Modalidad de Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo 1, folio 279, título N° 721, emitido por el Liceo Ing. Manuel Benavides
R., en el año mil novecientos ochenta y cinco, a nombre de Montero Romero Laureano,
cédula: 1-0734-0870. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 7 de octubre del
2016.—Dirección de Gestión y Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017156881 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 40,
título Nº 165, emitido por el Liceo de Tarrazú, en el año mil novecientos
noventa y cinco, a nombre de Granados Valverde José Faustino, cédula Nº
1-1011-0123. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días
del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017156897 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 41,
título N° 361, emitido por el Centro Educativo María Inmaculada, en el año dos
mil catorce, a nombre de Montiel Loaiza Ian Jorsuan, cédula 7-0253-0306. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiocho días del mes de julio del
dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156954 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 57,
Título N° 466, emitido por el Colegio Técnico Profesional Padre Roberto Evans
Saunders de Siquirres, en el año mil novecientos noventa y tres, a nombre de
Briones Méndez María, cédula 3-0331-0944. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, 28 de julio del 2017.—Dirección de Gestión y Evaluación de la
Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017156968 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 26,
título N° 1259, emitido por el Liceo Fernando Volio Jiménez, en el año dos mil
catorce, a nombre de Pereira Vindas María Tanisha, cédula 4-0231-0610. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, 7 de junio del 2017.—Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157015
).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 17,
título Nº 32, emitido por el Colegio Nacional Virtual Marco Tulio Salazar Sede
Escuela República de Colombia, en el año dos mil quince, a nombre de Umaña
Cerdas Elki Vanessa, cédula Nº 2-0754-0994. Se solicita la reposición del
título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157133 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 02,
título Nº 07, emitido por el Colegio Madre del Divino Pastor de Corredores, en
el año dos mil dos, a nombre de Rojas Mora Marcel Gerardo, cédula Nº
6-0343-0143. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada
dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el
Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días del mes de enero del
dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157226 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 15,
título Nº 30, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Pital, en el año
mil novecientos noventa y seis, a nombre de Liseth Hidalgo Paniagua. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original y
corrección del nombre, cuyos nombres y apellidos correctos son: Lizett Hidalgo
Paniagua, cédula Nº 2-0515-0209. Se publica este edicto para oír oposiciones a
la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la
tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los
veintiocho días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017157707 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 06,
asiento 10, título Nº 27, emitido por el Liceo de Mata de Plátano, en el año
dos mil doce, a nombre de Vicente de León Ronny Manuel, cédula Nº 8-0099-0378.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a los nueve días del mes de marzo del dos
mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157728 ).
Ante este Departamento se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 07,
título Nº 26 y del Título de Técnico Medio en Ejecutivo para Centros de
Servicios, inscrito en el tomo 1, folio 03, título Nº 05 ambos títulos en el
año mil dos mil trece, ambos títulos fueron emitidos por el Colegio Técnico
Profesional de San Rafael de Poás, a nombre de Salazar Alfaro Rebeca, cédula Nº
2-0709-0806. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de
los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintidós
días del mes de junio del dos mil diecisiete.—Departamento Evaluación Académica
y Certificación.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Jefa.—( IN2017158048 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 87, título N° 655, emitido por el Colegio Técnico Profesional
Ricardo Castro Beer, en el año dos mil, a nombre de Alvarado Quesada Víctor
Eduardo, cédula 1-1154-0697. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
cuatro días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Dirección de Gestión y
Evaluación de la Calidad.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017157018
).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 303,
título Nº 3425 y del Título de Técnico Medio en Informática en Programación,
inscrito en el tomo 1, folio 304, título Nº 4943, ambos títulos fueron emitidos
por el Colegio Técnico Profesional de Educación Comercial y de Servicios en el
año dos mil diez, a nombre de Pereira Solera José Manuel, cédula Nº
1-1493-0966. Se solicita la reposición de los títulos indicados por pérdida de
los títulos originales. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho
días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017158074 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 13,
título Nº 68, emitido por el Centro Educativo Campestre, en el año dos mil
cuatro, a nombre de Muir Quinn Andrea Matilde, cédula Nº 9-0112-0946. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, al primer día del mes de agosto del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017158327 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 14,
título Nº 69, emitido por el Colegio Científico Interamericano, en el año dos
mil catorce, a nombre de Loaiza Chaves Alexa Sarita, cédula Nº 3-0500-0869. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los once días del mes de mayo del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017158433 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo II, folio 254,
título Nº 3297, emitido por el Liceo de Escazú, en el año dos mil nueve, a
nombre de Calderón Hernández Cesar Andrés, cédula Nº 1-1452-0413. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, al primer día del mes de agosto del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017158448 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 397,
título Nº 2075, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año dos mil
nueve, a nombre de Alvarado Calvo Betzabeth, cédula Nº 1-1467-0732. Se solicita
la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica
este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los
quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los veintiocho días del mes de julio del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017158475 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición
del Título de Técnico Medio en Contabilidad en Costos, inscrito en el tomo 1,
folio 29, asiento 22, título Nº 288, emitido por el Colegio Técnico Profesional
de Quepos, en el año dos mil doce, a nombre de Bermúdez Mata Yerlin Maritza,
cédula Nº 6-0403-0370. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los doce días
del mes de diciembre del dos mil dieciséis.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017158605 ).
DEPARTAMENTO
DE ORGANIZACIONES SOCIALES
DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de
Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización sindical denominada: Unión Nacional de Oficiales de Tránsito y
Afines, siglas: UNAOTRAA, al que se le asigna el código 994-SI, acordada en
asamblea celebrada el 27 de mayo del 2017. Habiéndose cumplido con lo
disposiciones contenidas en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la
Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se procede a la
inscripción correspondiente. La organización ha sido inscrita en los libros de
registro que al efecto lleva este Registro, visible al tomo: 16, folio: 260,
asiento: 5001, del 18 de julio del 2017. La Junta Directiva nombrada en la
asamblea constitutiva celebrada el 27 de mayo del 2017, con una vigencia que va
desde el 27 de mayo del 2017 al 31 de julio del 2019, quedó conformada de la
siguiente manera:
Secretario General |
Joselito Ureña Vega |
Secretario General Adjunto |
Luis Fernando Jara Barrantes |
Secretaria de Finanzas |
Hazel Tencio Martínez |
Secretaria de Actas y Correspondencia |
Priscila Solano Venegas |
Secretario de Organización |
Yoseth Guerrero Solano |
Secretario de Educación |
Minor Delgado Flores |
Vocal |
Roberto Rojas Borbón |
Fiscal |
Wenceslao Pérez Sánchez |
18 de julio de
2017.—Departamento de Organizaciones Sociales.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Jefe
a. í.—Exonerado.—( IN2017156924 ).
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de
Asuntos Laborales, este Registro ha procedido a la inscripción de la
organización sindical denominada: Sindicato de la Defensa Pública, siglas
SINDEPU al que se le asigna el Código 995-SI, acordada en asamblea celebrada el
21 de abril del 2017. Habiéndose cumplido con lo disposiciones contenidas en el
artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social, se procede a la inscripción correspondiente. La
organización ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva
este Registro, visible al Tomo: 1, Folio: 398, Asiento: 5004, del 28 de julio
del 2017. La Junta Directiva nombrada en la asamblea constitutiva celebrada el
21 de abril de 2017, con una vigencia que va desde el 21 de abril de 2017 al 30
de abril de 2019 quedó conformada de la siguiente manera:
Secretario
General: Roberto Madrigal Zamora
Primera Secretaria General
Adjunta: Natalia Gamboa Sánchez
Segunda Secretaria General
Adjunta: Crissiam Wong Vega
Secretario de actas: Marco
Vinicio González Salas
Secretaria de Finanzas: Andrea
González Céspedes
Vocal 1: Sebastián Meses Arias
Vocal 2: Olman Ugalde González
Vocal 3: Ethel Duarte Hernández
Vocal 4: Roberto Díaz Sánchez
San José, 28 de
julio del 2017.
Licda. Nuria
Calvo Pacheco, Jefe a. í.—Exonerado.— ( IN2017157056 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Las imágenes respectivas podrán
verlas en La Gaceta con firma digital
en PDF
Randall González Porras,
divorciado una vez, cédula de identidad 205070125, en calidad de apoderado
especial de Importaciones S.M.H. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101156127,
con domicilio en La Uruca del Puente Juan Pablo segundo 200 metros al oeste y
50 metros al sur, edificio Juan Pablo segundo, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: SUPER GUARD
como marca de fábrica y comercio
en clase: 1 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 1: Coolant
(refrigerante). Reservas: De los colores: negro y dorado. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 15 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0005064. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 17 de julio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017156858 ).
Sileny Valverde
Brenes, casada una vez, cédula de identidad 304430593 con domicilio en Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Sonri Plan Clínica Odontológica
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 49 Un establecimiento comercial dedicado a servicios odontológicos,
venta de implementos odontológicos, ubicado en Cartago, cantón Central,
distrito Occidental, 100 metros sur del Ministerio de Trabajo. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0006724. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017156886 ).
Sileny Valverde Brenes,
casada una vez, cédula de identidad 304430593, con domicilio en Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Sonri Plan Medical como nombre
comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 49:
Un establecimiento comercial dedicado a servicios médicos, medicina general,
fisioterapia, nutrición y psicología, ubicado en Cartago, Central, Occidental,
100 metros sur del Ministerio de Trabajo. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006717. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 20 de julio de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017156887
).
Sileny Valverde
Brenes, casada, cédula de identidad 304430593 con domicilio en Cartago, Costa
Rica, solicita la inscripción de: SONRI PLAN Medical
como marca de servicios en clase
44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 44 Servicios
médicos: Medicina general; fisioterapia, nutrición y psicología. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017, solicitud Nº
2017-0006718. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017156888 ).
Hubert Alonso Campos
Arce, soltero, cédula de identidad 206020201, con domicilio en Mojón, Esparza,
del barrio La Unión 50 m oeste y 300 m norte, Puntarenas, Costa Rica, solicita
la inscripción de: Moover como marca de servicios en clase 39
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios relacionados
con el alquiler de vehículos de transporte. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0006737. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 20 de julio del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017156894 ).
Roy Samir Fallas
Guevara, casado una vez, cédula de identidad 111480304, con domicilio en San
José, Curridabat, Granadilla, de la iglesia católica 100 metros al este,
Condominios Torres Granadilla, apartamento B201, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: SPLENDOR CENTRO MEDICO como nombre comercial en
clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a servicios médicos, estéticos y cosméticos.
Ubicado en San Pedro, San José, Los Yoses, de Tienda Arenas 200 metros sur
frente a Implantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004644. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de junio
del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017156926 ).
Isabel Oliva Ojeda,
casada una vez, cédula de identidad 800940099con domicilio en Pavas, de la
iglesia católica de Loreto, 350 m norte, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Hogar Geriátrica Santa Clara como marca de servicios en clase 43
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 43: Servicio de
cuido de adultos mayores (Hogar de Ancianos). Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004318. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 19 de mayo del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017156931 ).
Maylin Campos
González, soltera, cédula de identidad Nº 101040566, en calidad de apoderado especial
de Distribuidora Goyca Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 310188884, con
domicilio en: La Trinidad de Moravia, 50 metros al sur de la Iglesia Católica,
Costa Rica, solicita la inscripción de: GOYCA
como marca de fábrica y comercio
en clases 3 y 5 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 3: (preparaciones para blanquer ) cloro, ( sustancias para lavar la ropa
) detergente en polvo, detergente líquido para ropa, suavizante para ropa
(preparaciones para limpiar), detergente para vajilla, crema lavaplatos, crema
lavaplatos, liquido, limpia vidrios, (preparaciones para pulir pisos)
abrillantador tipo silicone, controlador de malos olores (aromatizador para
pisos), abrillantador para piso cerámica, abrillantador para piso terrazo y
mosaico (pulir), cera roja, cera blanca, limpiador en gel , (jabones) jabón
líquido para manos, shampo para vehículo, (preparaciones para desengrasar)
quita grasa de uso múltiple, crema para limpiar las manos de mecánico
(preparaciones para destaquear) desatorador para cañerías y en clase 5:
desinfectantes. Reservas: de los colores: blanco, celeste, rojo y verde. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006722. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 28 de julio del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017156950 ).
Luis Ángel Fonseca
Gutiérrez, cédula 1-549-237, casado una vez, vecino de Aserrí, en calidad de
apoderado generalísimo de Fonvar Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101067835
con domicilio en San José, 100 metros al norte del Bar Isas, barrio Quesada
Durán, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Vistas del Faro
como marca de servicios en clases 41 y 43
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación,
formación, servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales. y
43 Servicios de alimentación y hospedaje temporal. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 6 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005346. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017156958 ).
Fabiola Sáenz Quesada,
divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de Apoderada Especial de
APM Terminals Moín Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101641075 con domicilio
en Pavas, Oficentro La Virgen, Condominio El Carmen del Mar, tercer piso
completo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ONE STOP GO sin salir de la TCM
como nombre comercial, en clase
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 49 Un establecimiento
comercial dedicado a servicios de pre-viaje (PTI) para contenedores
refrigerados; lavado para contenedores refrigerados; limpieza de contenedores
secos; seteo de temperatura para contendedores refrigerados; mantenimiento y
reparación de contenedores; inspección visual de contenedores; respuesta de
emergencia para funcionamientos fallidos de contenedores refrigerados lleno,
ubicado en Nueva Terminal de Contenedores de Moín, Playa, Moín, Limón. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 6 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0006535. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 17 de julio del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017156970 ).
Máximo Gustavo Murillo
Araya, soltero, cédula de identidad 206740236, con domicilio en Grecia,
Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: LIFT Apparel
como marca de comercio y servicios en clases 25
y 41 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en clase 25:
Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería y en clase 41: Educación,
formación, servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales,
entretenimiento personal, entrenamiento físico. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 23 de febrero del 2017. Solicitud Nº 2017-0001647. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 20 de marzo del 2017.—Wendy López Vindas,
Registradora.—( IN2017156974 ).
Fabiola Sáenz Quesada,
divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de Apoderada Especial de APM
Terminals Moín Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-641075 con domicilio
en Pavas, Oficentro La Virgen, Condominio El Carmen del Mar, tercer piso
completo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ONE STOP GO sin
salir de la TCM
como marca de servicios, en
clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 42:
Servicios de control técnico e inspección de contenedores y sus partes. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº
2017-0006214. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017156975 ).
Pía Picado González,
casada una vez, cédula de identidad 109080354, en calidad de apoderado especial
de Comercial Astaris Costa Rica Cacr Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101730794 con domicilio en Curridabat, barrio La Napolera 100 metros norte y
25 al este del Centro Comercial Plaza Cristal, en el Bufete Picado & Léon
Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FipraX INSECTICIDA
como marca de fábrica en clase 5 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Producto para la destrucción de
animales dañinos, insecticida. Reservas: De los colores: Azul, gris, blanco,
negro, rojo y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de mayo del 2017, solicitud Nº 2017-0004365. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017156976 ).
Fabiola Sáenz Quesada,
divorciada, cédula de identidad N° 109530774, en calidad de apoderado especial
de APM Terminals Moin Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-641075, con
domicilio en Pavas, Oficentro La Virgen, Condominio El Carmen del Mar, tercer
piso completo, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: ONE STOP GO
sin salir de la TCM,
como marca de servicios en
clase: 37 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 37:
servicios de limpieza y reparación de contenedores. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006211.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017156979).
Fabiola Sáenz Quesada,
divorciada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderado especial de
APM Terminals Moin, Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-641075con domicilio
en Pavas, Oficentro La Virgen, Condominio El Carmen Del Mar, tercer piso
completo, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: ONE STOP GO sin
salir de la TCM como marca de servicios en clase 45 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase
45: Servicios de seguridad para la protección de bienes materiales. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio del 2017, solicitud Nº
2017-0006213. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de julio del 2017.—Grettel Solís
Fernández, Registradora.—( IN2017157021 ).
Manuel Acuña
Hernández, divorciado una vez, cédula de identidad 1-0509-0664, en calidad de
apoderado generalísimo de Agroambiente de Costa Rica S.A., cédula jurídica
3101510892, con domicilio en cantón de Tibás, distrito de Colima, Urbanización
4 Reinas, avenida 51 calle 30, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de:
como marca de comercio en clases: 1 y 5.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 1: Fertilizantes
y productos químicos para uso en la agricultura y en clase 5: Insecticidas
herbicidas, fungicidas, formicidas, nematicidas, rodenticidas, afidicidas,
acaricidas, bactericidas, molusquicidas, fumigantes y defoliantes. Reservas:
del color verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 07 de julio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0006083. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 28 de julio
del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017157034 ).
Roberto Retana
Chinchilla, divorciado, cédula de identidad 104490538, en calidad de apoderado
generalísimo de Retagri Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101721398 con
domicilio en Catedral, calles 21 y 23, avenida 10 Tercia, casa 2168, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: FOLISTAR como marca de comercio
en clase 1 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 1
Fertilizantes y Productos Químicos para uso en agricultura. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 27 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006183.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 31 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017157036 ).
Manolo Guerra Raven,
casado, cédula de identidad 800760914, en calidad de Apoderado Generalísimo de
Laboratorio Raven S. A., cédula jurídica 3-101-014499, con domicilio en Km. 6
Autopista Próspero Fernández, de la estación del peaje 1.5 km, oeste, frente a
Multiplaza, Escazú, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como señal de propaganda en
clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Para promocionar
productos para difusión eréctil, con relación a los registros 101773, 162220.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006347. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de julio del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017157050 ).
Alberto Casanova
Santos, casado, cédula de identidad 800800658, en calidad de apoderado
generalísimo de Costa Rica Pura Vida Sport Fishing S.A., cédula de identidad
3101693225 con domicilio en Montes de Oca San Pedro, Barrio Dent, 200 metros
norte de Grupo Q, Oficina Alpha Legal, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: u tour
como marca de servicios en
clase: 39. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Los
servicios de transporte. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de
junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006290. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de julio del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017157054 ).
Alberto Casanova
Santos, casado, cédula de identidad 800800658, en calidad de apoderado
generalísimo de Costa Rica Pura Vida Sport Fishing S. A., cédula de identidad
3101693225, con domicilio en Montes de Oca San Pedro, Barrio Dent, 200 metros
norte de Grupo Q, oficina Alpha Legal, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: u Touring Costa Rica
como marca de servicios en clase 39
internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Los servicios de
transporte y tours. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de
junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006291. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de julio
del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017157055 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de
Silent Circle LLC con domicilio en 174 Waterfont Street, Suite 500, National
Harbor, Maryland 20745, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: BLACKPHONE
como marca de fábrica y comercio en clase 9 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Clase 9: Teléfonos móviles; teléfonos inteligentes;
teléfonos tipo tableta; accesorios para teléfonos móviles, teléfonos
inteligentes, teléfonos tipo tableta, a saber, auriculares alámbricos,
auriculares inalámbricos, cargadores de baterías de dispositivos móviles para
automóviles; estuches plásticos como accesorios para teléfonos móviles,
teléfonos inteligentes, y teléfonos tipo tableta, dispositivos para uso de
manos libres, cubiertas protectoras de cierre a presión y abatibles, correas
para teléfonos, películas protectoras para pantallas, bolsos y cajas para
bloquear señales celulares, satelitales, de redes de área locales inalámbricas
y de frecuencias de protocolo de telecomunicaciones inalámbricas en la naturaleza
de bolsos y cajas bloqueadores de señal, baterías recargables, cargadores de
baterías y lápices ópticos (stylus); todos estos productos para ser utilizados
con teléfonos; software utilitario para la operación de dispositivos móviles,
software de aplicaciones para la transmisión y recepción de comunicaciones
encriptadas para ser utilizar en teléfonos, software empresarial y de
infraestructura para la operación de teléfonos móviles, teléfonos inteligentes,
teléfonos tipo tableta, software informático de comunicación para la recepción
y transmisión de datos, mensajes y comunicaciones de voz para ser utilizados en
teléfonos; software descargable para los servicios de telecomunicaciones de voz
y de video que conectan a la red telefónica pública conmutada (PSTN, por sus
siglas en inglés). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de diciembre
del 2016, solicitud Nº 2016-0012208. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 07 de abril
del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017157068 ).
Marianella Arias Chacón,
cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de Televisora
de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101006829 con domicilio en Sabana Oeste
Mata Redonda, edificio René Picado, frente al Estadio Nacional, La Sabana, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: mejengueando con GRADERÍA POPULAR
como marca de servicios, en
clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Educación;
capacitación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios
de producción de programas de televisión incluyendo, pero no limitado a,
programas televisivos de ayuda social, de concursos, de entretenimiento, de
entrevistas, de esparcimiento, de geografía, de historia, de humor, de
información, de noticias, de presentación de artistas, de turismo y de
variedades; servicios de producción de programas de televisión culturales,
deportivos, educativos, infantiles y musicales; servicios de producción de
programas de televisión en directo y diferido; servicios de producción de programas
de televisión abierta o por suscripción; servicios de educación, información y
esparcimiento vía internet, programas televisivos, de ayuda social, de
concursos, de entretenimiento, de entrevistas, de esparcimiento, de geografía,
de historia, de humor, de información, de noticias, de presentación de
artistas, de turismo y de variedades, culturales, deportivos, educativos,
infantiles y musicales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto Presentada el 05 de
abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003183. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 20 de abril del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017157070 ).
Marcela Corrales
Murillo, soltera, cédula de identidad 113150564, en calidad de apoderado
especial de Natalia Barquero Vargas, casada una vez, cédula de identidad 111990192
con domicilio en Desamparados Centro 25 norte del Colegio Nuestra Señora, Costa
Rica, solicita la inscripción de: LCR MULTIMEDIOS
como marca de servicios en clase 38
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 38 Difusión de programas
en multimedia, emisión de espacios de radio, tv y digitales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 12 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0005523.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 27 de junio del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017157102 )
Danilo Navarro
Castillo, casado una vez, cédula de identidad 204350936, en calidad de
Apoderado Generalísimo de Eurofértil S. A., cédula jurídica 3-101-305813 con
domicilio en Alajuela Santiago, diagonal al radar del Aeropuerto Juan
Santamaría, 200 metros al norte, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción
de: LIBERLEN como marca de fábrica en clase 1 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 1 Abono para suelo. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006282.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley 7978.—San José, 24 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017157105 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790060, en calidad de apoderada especial de
Televisora de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 310100682911, con
domicilio en Sabana Oeste, Mata Redonda, Edificio René Picado, frente al
Estadio Nacional, La Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
#YOSOYTICO
como señal de propaganda, en clase: 50
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: educación;
capacitación; entretenimiento; actividades deportivas y culturales; servicios
de producción de programas de televisión incluyendo, pero no limitado a, a
programas televisivos de ayuda social, de concursos, de entretenimiento, de
entrevistas, de esparcimiento, de geografía, de historia, de humor, de
información, de noticias, de presentación de artistas, de turismo y de
variedades; servicios de producción de programas de televisión culturales,
deportivos, educativos, infantiles y musicales; servicios de producción de
programas de televisión en directo y diferido; servicios de producción de
programas de televisión abierta o por suscripción; servicios de educación,
información y esparcimiento vía Internet, en relación a la marca TD+ (diseño),
clase 41, registro Nº 248311, inscrita el 20 de noviembre del 2015. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003182. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 25 de abril del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017157067 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
José Alberto Castillo Calvo, casado, cédula de
identidad Nº 700550165, en calidad de apoderado generalísimo de Mayoreo Abonos
Agro Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101509513, con domicilio en La
Uruca, 300 metros norte de la plaza de los deportes y 250 metros al este, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LUZZE
como marca de fábrica y comercio, en clase: 11
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: para proteger lámparas
eléctricas, bombillos y plafones. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de febrero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0001499. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 19 de abril del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017136131 ).
Xinia Villegas Solano,
casada una vez, cédula de identidad Nº 601650957, con domicilio en: San Rafael
Abajo de Desamparados, Costa Rica, solicita la inscripción de: XIVI Le da
estilo a tu vida
como marca de fábrica y
comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
prendas de vestir. Reservas: de los colores rojo, gris y blanco. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 13 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006803.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 24 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017157119 ).
María Jesús Badilla
Moreira, casada, cédula de identidad Nº 801010126, en calidad de apoderado
generalísimo de Sabores de La Chilena S. A., cédula jurídica Nº 3101681381 con
domicilio en: Santa Ana, La Uruca de la Cruz Roja 200 m al oeste, 100 m al
norte, 100 m al oeste, condominio La Hacienda del Bosque, casa N 15, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Sabores de la chilena
como marca de servicios en clase
43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicio de
restaurante de origen chileno. Reservas: de los colores negro, anaranjado. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de junio del 2017.
Solicitud N° 2017-0006085. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 04 de julio del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017157131 ).
Hernán Navarro Rojas,
casado, cédula de identidad Nº 107050523, en calidad de apoderado general de
DUMESA S. A., con domicilio en: calle 76 N° 48-79 Medellín, Antioquia,
Colombia, solicita la inscripción de: Nauty Blue
como marca de comercio en clase
25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa, zapatos,
sombrerería y todo tipo de prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005957. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017157136 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderado especial de
Compañía Licorera de Centroamérica S. A., con domicilio en sétimo piso Edificio
Fiduciario, Vía España N° 200, Panamá, Panamá, solicita la inscripción de: Flor
de Caña Spresso, como marca de fábrica y comercio en clase: 33
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 33: bebidas
alcohólicas (excepto cervezas). Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002972. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 5 de abril de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017157146 ).
Walter Núñez García,
divorciado, cédula de identidad 303710693, con domicilio en Flores, San
Joaquín, 250 este, 50 norte de la Clínica Jorge Volio, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: El Pollote,
como nombre comercial en clase: internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a distribución y venta de pollo, con servicio de restauración y alimentación,
ubicado en Heredia, costado este del Mercado Nuevo, frente a la parada de buses
de Santo Domingo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio de
2017. Solicitud N° 2017-0007080. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1° de agosto de
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017157147 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada especial de
Compañía Licorera de Centroamérica S. A., con domicilio en: sétimo piso
edificio fiduciario, Vía España Nº 200, Panamá, Panamá, solicita la inscripción
de: Flor de Caña LavaShot, como marca de fábrica y comercio en clase 33
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas
(excepto cervezas). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 30 de
marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002973. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 05 de abril
del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017157148 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada especial de
International Vending Management, INC., con domicilio en 9901 East Street,
Indianapolis, Indiana 46229, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: IVM, como marca de servicios en clase 35 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Gestión de distribuidores automáticos
(máquinas expendedoras de productos) de terceros; proveer servicios de
distribuidores automáticos para terceros. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de diciembre del 2016. Solicitud Nº 2016-0012197. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 04 de abril del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017157149 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada especial de
Intercontinental Great Brands LLC con domicilio en 100 Deforest Avenue, East
Hanover, New Jersey 07936, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: Philadelphia
como marca de fábrica y comercio
en clases 29 y 30. Internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: En
clase 29: Queso crema, queso y productos a base de queso, leche y productos de
leche y en clase 30: Productos de pastelería, repostería y confitería, hielos comestibles,
helado cremoso, dulces congelados, aderezos para ensaladas, salsas
(condimentos). Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio de
2013. Solicitud Nº 2013-0006285. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de marzo de
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017157153 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada especial de
Intercontinental Great Brands LLC con domicilio en: 100 Deforest Avenue, East Hanover,
Nueva Jersey, 07936, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de:
TANG
como marca de fábrica y
comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Refrescos y aguas saborizadas; siropes, concentrados, mezclas en polvo y otras
preparaciones para hacer bebidas. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de junio del 2014. Solicitud N° 2014-0005014. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 30 de marzo del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017157156 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada especial de
Televisora de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3101006829, con domicilio
en: Sabana Oeste, Mata Redonda, edificio René Picado, frente al Estadio
Nacional, La Sabana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
mejengueando con GRADERIA POPULAR
como marca de servicios en clase
38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: la transmisión de
programas audiovisuales mediante streaming de internet incluyendo terminales móviles
por medio de tecnología móvil. Transmisión y difusión de un programa
televisivo, de ayuda social, de concursos, de entretenimiento, de entrevistas,
de esparcimiento, de geografía, de historia, de humor, de información, de
noticias, de presentación de artistas, de turismo y de variedades, culturales,
deportivos, educativos, infantiles y musicales. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 05 de abril del 2017. Solicitud N° 2017-0003184. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 20 de abril del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—(
IN2017157163 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad N° 1-679-960, en calidad de apoderada especial de
Abac-Aria Compressa S.P.A., con domicilio en Vía Cristoforo Colombo 3, IT-10070
Robassomero, Italia, solicita la inscripción de: ABAC,
como marca de fábrica y comercio en clase 7
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Máquinas y máquinas
herramientas; motores y generadores de poder (excepto para vehículos
terrestres); acoplamientos y elementos de transmisión (excepto para vehículos
terrestres); compresores; compresores de aire; compresores de pistón;
separadores de aire / agua; pistolas de aire comprimido; pistolas de spray;
trituradores eléctricos; martillos neumáticos; acoplamientos (excepto para
vehículos terrestres); válvulas (partes de máquinas); pistolas de grapas;
aspiradoras; lubricadores (partes de máquinas); cinceles para máquinas; filtros
(partes de máquinas); machacadoras; válvulas o llaves reguladoras. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 21 de octubre de 2013. Solicitud Nº
2013-0009056. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de abril del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017157164 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 10679960, en calidad de apoderada especial de
Energym S. A., cédula jurídica Nº 3101736593, con domicilio en Pavas, de la
fábrica de alimentos Jacks, 175 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Infinitus Wellness Center como marca de servicios, en
clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Gimnasios,
servicios de acondicionamiento físico y actividades deportivas; servicios
dirigidos al ejercicio, entrenamientos de manera individual o grupal, baile,
educación física, servicios relacionados con centros de gimnasia y deportes,
asesoría en el campo de entrenamiento físico y deportivo, asesoría en el campo
de instrucción y equipamiento para el entrenamiento físico deportivo, formación
y educación en temas deportivos y capacitaciones del movimiento humano,
servicios de entretenimiento de diversas disciplinas deportivas, actividades y
culturales, instrucción de yoga. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 21 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003641. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José,
08 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017157169 ).
Marianella Arias Chacón,
cédula de identidad Nº 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de Energym
S. A., cédula jurídica Nº 3101736593, con domicilio en Pavas, de la fábrica de
alimentos Jacks, 175 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Purefitness como marca de servicios, en clase: 41
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: gimnasios, servicios de
acondicionamiento físico y actividades deportivas; servicios dirigidos al
ejercicio, entrenamientos de manera individual o grupal, baile, educación
física, servicios relacionados con centros de gimnasia y deportes, asesoría en
el campo de entrenamiento físico y deportivo, asesoría en el campo de
instrucción y equipamiento para el entrenamiento físico deportivo, formación y
educación en temas deportivos y capacitaciones del movimiento humano, servicios
de entretenimiento de diversas disciplinas deportivas, actividades y
culturales, instrucción de yoga. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003635. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 09 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017157171 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de
Energym S. A., cédula jurídica 3101736593, con domicilio en Pavas, de la
Fábrica de Alimentos Jacks, 175 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Enercycling, como marca de servicios en clase: 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: actividades deportivas,
clases recreativas conducidas en una bicicleta estacionaria, clases de
spinning. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril de 2017.
Solicitud N° 2017-0003637. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de mayo de 2017.—Ivonne
Mora Ortega, Registradora.—( IN2017157173 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderada especial de
Sports Art S. A., cédula jurídica Nº 3101736620, con domicilio en Pavas, de la
fábrica de alimentos Jacks, 175 metros oeste, San José, Taiwán, provincia de
China, solicita la inscripción de: Intenza como marca de fábrica y
comercio, en clase: 28 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
equipo para ejercicios, a saber, bicicletas para ejercicios, máquinas para
remas, máquinas de pesas, caminadores (Treadmills), máquinas que dan pasos
subiendo y bajando (Step Machines), máquinas elípticas, equipo deportivo y de
acondicionamiento físico. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003643. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017157176 ).
Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad Nº 1-0679-0960, en calidad de apoderada especial de
Energym S. A., cédula jurídica Nº 3101736593, con domicilio en Pavas, de la
fábrica de alimentos Jacks, 175 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Oxigym como marca de servicios, en clase: 41
internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: gimnasios, servicios de
acondicionamiento físico y actividades deportivas; servicios dirigidos al
ejercicio, entrenamientos de manera individual o grupal, baile, educación
física, servicios relacionados con centros de gimnasia y deportes, asesoría en
el campo de entrenamiento físico y deportivo, asesoría en el campo de
instrucción y equipamiento para el entrenamiento físico deportivo, formación y
educación en temas deportivos y capacitaciones del movimiento humano, servicios
de entretenimiento de diversas disciplinas deportivas, actividades y
culturales, instrucción de yogas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003638. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017157181 ).
Kattia María Barrantes
Zúñiga, soltera, cédula de identidad Nº 205540017, con domicilio en:
exactamente de la Universidad Santa Paula, 100 metros sur, 100 metros oeste,
300 metros sur y 75 metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: kaba coffee center
como nombre comercial en clase
49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a centro de capacitación en temas relacionados con la
producción y comercialización de café; así como impartir capacitaciones sobre
barisimo, catación, tueste y cultura de café, ubicado en San José, Curridabat,
exactamente de Mc Donalds de Plaza del Sol, 300 metros sur y 75 metros este,
instalaciones de Kaba Coffee Centre. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002486. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 2 de junio del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017157196 ).
Kattia María Barrantez
Zúñiga, soltera, cédula de identidad 205540017con domicilio en de la
Universidad Santa Paula, 100 metros sur, 100 metros oeste, 300 metros sur y 75
metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: kaba café
FÁBRICA DE ESPECIALIDAD
como señal de propaganda en
clases: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 50: Para
promocionar café tostado en grano, café tostado en molido y café en verde. En
relación con la marca KABA CAFÉ registro 227397. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 17 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002487. A efectos
de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 29 de marzo de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017157197 ).
Kattia María Barrantes
Zúñiga, cédula de identidad 205540017, con domicilio en de la Universidad Santa
Paula, cien metros sur, cien metros oeste, trescientos metros sur y setenta y
cinco metros oeste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
como marca de comercio en clase: 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: café tostado en grano,
café tostado en molido y café en verde. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 1° de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0004209. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 26 de junio de 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—(
IN2017157200 ).
Mario Suárez Castro,
casado una vez, cédula de identidad Nº 107080337, en calidad de apoderado
especial de Agrocomercial de Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101105722, con domicilio en Grecia, un kilómetro al sur de los, carretera a
Alajuela, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: COLO como
marca de fábrica y comercio, en clase: 7 internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: máquinas y máquinas herramientas; motores (excepto
para vehículos terrestres); acoplamientos y órganos de transmisión (excepto
para vehículos terrestres); implementos agrícolas que no sean manuales;
incubadoras de huevos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006776. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio
del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017157220 ).
Guillermo Arturo
Delgado González, casado, cédula de residencia Nº 122200689207, en calidad de
apoderado generalísimo de Resuelva Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3101659838 con domicilio en: Escazú, Guachipelín, Centro de Negocios plaza
Roble, edificio Los Balcones, cuarto piso, oficinas de Zurcher Odio &
Raven, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: resuelva
como marca de servicios en clase
36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
agencias de cobro de deudas. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 13 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006785. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
31 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017157240 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de
Honeywell International Inc., con domicilio en 101 Columbia Road, Morristown,
NJ 07962, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: REDBOOST
como marca de comercio en clase: 7 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: turbo compresor. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002337. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 20 de marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017157251 ).
Kristel Faith Neurohr,
casada una vez, cédula de identidad Nº 1011430447, en calidad de apoderada
especial de Ballarini Paolo & Figli S.P.A., con domicilio en Vía
Risorgimento, 3 46017 Rivarolo Mantovano (MN), Italia, solicita la inscripción
de: BALLARINI como marca de comercio, en clase: 21 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: cestas para uso doméstico; cucharas para
servir [utensilios de cocina]; batidores, no eléctricos; mezcladores, no
eléctricos, para uso doméstico; moldes para pasteles [moldes]; calderos,
cerámica para uso doméstico; palillos; cierres para tapas de pote; recipientes
para uso doméstico o de cocina; moldes de cocina [moldes]; ollas de cocina;
juegos de ollas para cocinar; exprimidor de ajo [utensilios de cocina]; guantes
para uso doméstico; calderas no eléctricas; tapas de olla; ollas a presión, no
eléctricas; sartenes para estofados; filtros para uso doméstico; sartenes para
freír; utensilios de cocina no eléctricos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 11 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004362. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017157252 ).
Denise Garnier Acuña,
cédula de identidad Nº 104870992, en calidad de apoderado especial de British
American Tobacco (Brands) Limited, con domicilio en: Globe House, 4 Temple
Place, London, WC2R 2PG, Reino Unido, solicita la inscripción de: FINE FEEL,
como marca de comercio en clase 34 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: cigarrillos, tabaco, productos de tabaco, encendedores, cerillas y
artículos para fumadores. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 12 de mayo del 2015. Solicitud N° 2015-0004460. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 07 de junio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2017157253 ).
Kristel Faith Neurhor,
cédula de identidad 111430447, en calidad de apoderada especial de Radio
Systems Ingenierie Video Technologies S.A.S., con domicilio en 23 Av Du General
Leclerc, 92340 Bourg La Reine, Francia, solicita la inscripción de: VIDEOFIED,
como marca de comercio en clase: 9. Internacionales. Para proteger y distinguir
lo siguiente: sistemas de alarmas y control de acceso residencial y comercial
que comprenden alarmas eléctricas y electrónicas, cámaras y equipos de video,
sensores de movimiento e infrarrojos, e instrumentos y componentes de
comunicaciones electrónicas, especialmente transmisores y receptores y enlaces
de datos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 23 de marzo de 2017.
Solicitud N° 2017-0002704. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de Julio de
2017.—Bernard Molina Alvarado Registrador.—( IN2017157254 ).
Kristel Faith Neurohr,
cédula de identidad Nº 111430447, en calidad de apoderada especial de Volcom,
LLC, con domicilio en: 1740 Monrovia, Ave., Costa Mesa, CA 92627, Costa Rica,
solicita la inscripción de: VOLCOM, como marca de comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa; calzado;
sombreros; cinturones (ropa); blusas; abrigos; vestidos; guantes, gorras;
sombreros; chaquetas; pantalones; pantalones de mezclilla; camisas;
pantalonetas; zapatos; botas; pantalones cortos; faldas, calcetines; suéteres;
pantalones deportivos, camisas de entrenamiento, trajes de baño; ropa interior;
chalecos (ropa) viseras; trajes de neopreno. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 08 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004176. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017157255 ).
Kristel Faith Neurohr,
cédula de identidad 111430447, en calidad de apoderado especial de Volcom, LLC
con domicilio en 1740 Monrovia, Ave., Costa Mesa, CA 92627, Costa Rica,
solicita la inscripción de: VOLCOM como marca de comercio en clase: 18.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 18: Cuero e imitaciones
de artículos de cuero; bolsos que se cargan para usos múltiples; bolsas de
atletismo; bolsos; mochilas de lona; bolsas para gimnasio; bolsas de mano;
monederos; estuches para llaves; maletas, sombrillas, billeteras. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo de 2017. Solicitud Nº
2017-0004175. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de mayo de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017157256 ).
Kristel Faith Neurohr,
cédula de identidad 111430447, en calidad de gestora oficiosa de Düring AG, con
domicilio en Brunnenwiesenstrasse 14, Dällikon 8108, Suiza, solicita la
inscripción de: DURGOL, como marca de comercio en clase: 3
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: preparaciones
desincrustantes para uso doméstico. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de marzo de 2017. Solicitud N° 2017-0002810. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978..—San José, 31 de marzo de 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2017157257 ).
Kristel Faith Neurohr,
cédula de identidad 1011430447, en calidad de gestor oficioso de Düring AG, con
domicilio en Brunnenwiesenstrasse 14, Dällikon 8108, Suiza, solicita la
inscripción de: DURGOL como marca de comercio en clase: 1.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
descalcificantes, excepto para uso doméstico. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de marzo de 2017. Solicitud Nº 2017-0002809. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 31 de marzo de 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017157258 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de
GT Capital CORP., con domicilio en: 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: MS&R MEDICAL SOLUTIONS & RECOVERY
como marca de servicios en clase 36
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: administración de
reclamaciones se seguros. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000577. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 01 de febrero del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017157263 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de GT
Capital Corp., con domicilio en 60 Market Square, Po Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: PRIMAVISIÓN OPTICAS
como marca de servicios en
clase: 44 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 44: Servicios
de óptica. Reservas: No se hace reserva de la palabra: OPTICAS. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000432. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017157264 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de GT
Capital Corp., con domicilio en 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de:
como marca de comercio en clase: 9
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: aros, estuches, lentes
de contacto, anteojos, cadenas, cordones, cristales, monturas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud N°
2017-0000430. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017157265 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de
GT Capital CORP., con domicilio en: 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: AV
como marca de servicios en clase
35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de venta
de aros de anteojos, estuches para anteojos, lentes de contacto, anteojos,
cadenas para anteojos, cordones, cristales, cristales para anteojos, monturas
para anteojos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero
del 2017. Solicitud N° 2017-0000429. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de enero
del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017157266 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad N° 105570443, en calidad de apoderado especial de
GT Capital CORP., con domicilio en 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de:
como marca de servicios en clase: 44
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 44 servicios de óptica.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2017.
Solicitud Nº 2017-0000426. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de enero del
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017157267 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de GT
Capital Corp., con domicilio en 60 Market Square, Po Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: PRIMAVISIÓN OPTICAS
como marca de comercio en clase:
9 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 9: Aros, estuches,
lentes de contacto, anteojos, cadenas, cordones, cristales, monturas. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000424.
A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 31 de enero de 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017157268 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad de apoderado especial de GT
Capital Corp., con domicilio en 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: PRIMAVISIÓN OPTICAS,
como marca de servicios en clase: 35
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de venta de
aros de anteojos, estuches para anteojos, lentes de contacto, anteojos, cadenas
para anteojos, cordones para anteojos, cristales para anteojos, monturas para
anteojos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017.
Solicitud N° 2017-0000423. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de enero de
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017157269 ).
Claudio Murillo
Ramírez, cédula de identidad Nº 105570443, en calidad de apoderado especial de
GT Capital Corp., con domicilio en: 60 Market Square, PO Box 364, Belize City,
Belice, solicita la inscripción de: MS&R MEDICAL SOLUTIONS & RECOVERY
como marca de servicios en clase
45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios personales
y sociales prestados para terceros para satisfacer necesidades individuales de
médicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2017.
Solicitud N° 2017-0000422. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de enero del
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017157270 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Kristel Faith Neurohr, cédula de
identidad N° 1011430447, en calidad de apoderada especial de China National
Heavy Duty Truck Group CO., LTD, con domicilio en Sinotruck Technology Building
N° 777, Huaao Road, High-Tech Industrial Development Zone, Jinan, Shandong
Province, China, solicita la inscripción de: SITRAK,
como marca de comercio en clase 12 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Vehículos para locomoción por tierra, aire, agua o
ferrocarril; camión grúa; camiones; vagones, autobuses de motor, vehículos
militares para el transporte; vehículos eléctricos de entrega; automóviles;
electromotor para vehículos terrestres; máquinas para vehículos terrestres;
motores para vehículos terrestres; ciclocars; bombas para bicicletas; carros de
fundición; camiones de volteo neumáticos para vehículos; equipo para reparación
de cámaras de aire; aviones, barcos; bombas de aire (accesorios de vehículos),
dispositivos antirrobos para vehículos; arrancadores para vehículos terrestres;
mecanismos de propulsión para vehículos terrestres; carrocerías de automóviles;
cajas de engranajes para vehículos terrestres; neumático para automóviles;
chasis de vehículos de entrega; ruedas para automóviles. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000431. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 15 de febrero del 2017.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—( IN2017157271 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad Nº 1011430447, en
calidad de apoderada especial de China National Heavy Duty Truck Group Co., Ltd
con domicilio en: Sinotruck Technology Building Nº 777, Huaao Road, High-Tech
Industrial Development Zone, Jinan, Shandong Province, China, solicita la inscripción
de: SINOTRUK
como marca de comercio en clase:
37. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: mantenimiento y
reparación de vehículos de motor; limpieza de vehículos; estaciones de
gasolina, construcción, supervisión de la construcción de edificios; tapizado;
recauchado de neumáticos (llantas), servicios de pulverización y revestimiento;
desinfectado; instalación y reparación de alarmas antirrobo; información en
materia de reparaciones; instalación y reparación de equipos de calefacción;
instalación, reconstrucción de motores usados o parcialmente destruidos;
mantenimiento y reparación de aviones: impermeabilización. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 18 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000433.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 15 de mayo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017157286 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad N° 1011430447, en
calidad de apoderada especial de China National Heavy Duty Truck Group Co.,
Ltd, con domicilio en Sinotruck Technology Building N° 777, Huaao Road,
High-Tech Industrial Development Zone, Jinan, Shandong Province, China,
solicita la inscripción de: CNHTC,
como marca de comercio en clase: 37. Internacional. Para proteger y distinguir
lo siguiente: mantenimiento y reparación de vehículos de motor; limpieza de
vehículos; estaciones de gasolina, construcción, supervisión de la construcción
de edificios; tapizado; recauchado de neumáticos (llantas), servicios de
pulverización y revestimiento; desinfectado; instalación y reparación de
alarmas antirrobo; información en materia de reparaciones; instalación y
reparación de equipos de calefacción; instalación, reconstrucción de motores
usados o parcialmente destruidos; mantenimiento y reparación de aviones:
impermeabilización. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
enero del 2017. Solicitud Nº 2017-0000439. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 15 de mayo de 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017157287 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 1011430447, en calidad
de apoderado especial de China National Heavy Duty Truck Group CO., Ltd., con
domicilio en: Sinotruck Technology Building Nº 777, Huaao Road, High-Tech
Industrial Development Zone, Jinan, Shandong Province, China, solicita la
inscripción de: STR
como marca de comercio en clase
12 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: vehículos para
locomoción por tierra, aire, agua o ferrocarril; camión grúa; camiones;
vagones, autobuses de motor, vehículos militares para el transporte; vehículos
eléctricos de entrega; automóviles; electromotor para vehículos terrestres;
máquinas para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres;
ciclocars; bombas para bicicletas; carros de fundición; camiones de volteo;
neumáticos para vehículos; equipo para reparación de cámaras de aire; aviones,
barcos; bombas de aire (accesorios de vehículos), dispositivos antirrobos para
vehículos; arrancadores para vehículos terrestres; mecanismos de propulsión
para vehículos terrestres; carrocerías de automóviles; cajas de engranajes para
vehículos terrestres; neumático para automóviles; chasis de vehículos de
entrega; ruedas para automóviles. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000440. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 15 de febrero del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017157288 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad
de apoderado especial de China National Heavy Duty Truck Group Co., Ltd., con
domicilio en Sinotruck Technology Building N° 777, Huaao Road, High-Tech
Industrial Development Zone, Jinan, Shandong Province, China, solicita la
inscripción de: HOWO
como marca de comercio en clase:
12 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Vehículos para
locomoción por tierra, aire, agua o ferrocarril; camión grúa; camiones;
vagones, autobuses de motor, vehículos militares para el transporte; vehículos
eléctricos de entrega; automóviles; electromotor para vehículos terrestres;
máquinas para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres;
ciclocars; bombas para bicicletas; carros de fundición; camiones de volteo;
neumáticos para vehículos; equipo para reparación de cámaras de aire; aviones,
barcos; bombas de aire (accesorios de vehículos), dispositivos antirrobos para
vehículos; arrancadores para vehículos terrestres; mecanismos de propulsión
para vehículos terrestres; carrocerías de automóviles; cajas de engranajes para
vehículos terrestres; neumático para automóviles; chasis de vehículos de
entrega; ruedas para automóviles. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de enero de 2017. Solicitud Nº 2017-0000441. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 15 de febrero de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017157289 ).
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad 105570443, en calidad
de apoderado especial de Fide S. A., cédula jurídica 3101007159, con domicilio
en Montes De Oca, San Pedro, del Supermercado Muñoz y Nanne, 150 metros sureste,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FIDE Derma cover,
como marca de comercio en clase: 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos; productos higiénicos y
sanitarios para uso médico, relacionado con la piel. Reservas: de los colores:
blanco y dorado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de marzo de
2017. Solicitud N° 2017-0002908. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 5 de abril de 2017.—Alex
Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017157290 ).
Claudio Murillo Ramírez, cédula de identidad N° 105570443, en
calidad de apoderado especial de Fide S. A., cédula jurídica N° 3101007159, con
domicilio en Montes de Oca, San Pedro, del Supermercado Muñoz y Nanne, 150
metros sureste, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: FIDe Derma
cover, como marca de comercio en clase(s): 3 internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: jabones cosméticos; productos
de perfumería, aceites esenciales, cosméticos todo tipo relacionado con el uso
cosmético relacionados con la piel. Reservas: de los colores: blanco y dorado.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de marzo de 2017.
Solicitud Nº 2017-0002909. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 5 de abril del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017157291 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad Nº 1011430447, en
calidad de apoderada especial de Volcom, LLC con domicilio en: 1740 Monrovia,
Ave., Costa Mesa, CA 92627, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: como marca de comercio en clase 18 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: cuero e imitaciones de artículos de cuero; bolsos que se cargan para
usos múltiples; bolsas de atletismo; bolsos; mochilas de lona; bolsas para
gimnasio; bolsas de mano; monederos; estuches para llaves; maletas, sombrillas,
billeteras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 08 de mayo del
2017. Solicitud N° 2017-0004177. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de mayo del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017157292 ).
Kristel Kaith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad
de apoderado especial de Volcom, LLC, con domicilio en 1740 Monrovia, Ave.,
Costa Mesa, CA 92622, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de
comercio en clase: 25. Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 25 Ropa; calzado; sombreros; cinturones (ropa); blusas; abrigos;
vestidos; guantes, gorras; sombreros; chaquetas; pantalones; pantalones de
mezclilla; camisas; camisetas; pantalonetas; zapatos; botas; pantalones cortos;
faldas, calcetines, suéteres; pantalones deportivos, camisas de entrenamiento,
trajes de baño; ropa interior, chalecos (ropa) viseras, trajes de neopreno. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo de 2017. Solicitud
Nº 2017-0004179. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de mayo de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017157293 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 1011430447, en calidad
de Apoderado Especial de Volcom, LLC, con domicilio en 1740 Monrovia, Ave.,
Costa Mesa, CA 92627, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de
comercio en clase: 25. Internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: 25: Ropa: calzado; sombreros; cinturones (ropa); blusas; abrigos;
vestidos; guantes, gorras; sombreros; chaquetas; pantalones; pantalones de
mezclilla; camisas; camisetas; pantalonetas; zapatos; botas; pantalones cortos;
faldas, calcetines; suéteres; pantalones deportivos, camisas de entrenamiento,
trajes de baño; ropa interior; chalecos (ropa) viseras, trajes de neopreno. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 8 de mayo de 2017. Solicitud Nº
2017-0004180. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de mayo de 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017157294 ).
Kristel Faith Neurohr, casada una vez, cédula de identidad Nº
111430447, en calidad de apoderado especial de Volcom, LLC con domicilio en:
1740 Monrovia, Ave., Costa Mesa, CA 92622, Costa Rica, solicita la inscripción
de:
como marca de comercio en clase
18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: cuero e imitaciones
de artículos de cuero; bolsos que se cargan para usos múltiples; bolsas de
atletismo; bolsos; mochilas de lona; bolsas para gimnasio; bolsas de mano;
monederos; estuches para llaves; maletas, sombrillas, billeteras. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 08 de mayo del 2017. Solicitud N°
2017-0004178. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de mayo del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017157295 ).
Kristel Faith Neurohr, cédula de identidad 111430447, en calidad
de apoderada especial de British American Tobacco (Brands) Inc., con domicilio
en Globe House, 4 Temple Place, London, WC2R 2PG, Reino Unido, solicita la
inscripción de: glo,
como marca de comercio en clase: 34 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: cigarrillos; tabaco en bruto o manufacturado,
productos de tabaco; sustitutos del tabaco (no para uso médico); puros,
cigarrillos; encendedores, fósforos, artículos para fumadores; papel de
cigarrillos, tubos de cigarrillos, filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo
para enrollar cigarrillos, máquinas manuales para inyectar tabaco en tubos de
papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos;
productos de tabaco destinados a ser calentados dispositivos eléctricos y sus
partes con el fin de calentar cigarrillos o tabaco. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 7 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0005368. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 16 de junio de 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—(
IN2017157296 ).
Bernd Krause, divorciado, cédula de residencia N° 127600107821, en
calidad de apoderado generalísimo de Promatco Centroamericana Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3101160697, con domicilio en Rohrmoser, del Centro Comercial
El Triángulo, 600 metros norte, 200 metros este y 25 metros sur, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Duraflex, como marca de comercio en
clase(s). 1, internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: sellador de poliuretano
autonivelante y sellador de poliuretano pastoso. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 5 de mayo del 2017. Solicitud Nº 2017-0004108. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 21 de julio del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2017157299 ).
Aida Francini Fernández Villalobos, soltera, cédula de identidad
Nº 401660189, con domicilio en: San Rafael, de la iglesia católica 600 metros
norte, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: FE FISIOTERAPIA
EFECTIVA
como marca de servicios en clase
44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: servicios de
fisioterapia. Reservas: de los colores: anaranjado, celeste y azul. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 03 de mayo del 2017. Solicitud N°
2017-0004019. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 15 de mayo del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017157347 ).
Natalia Carranza González, soltera, cédula de identidad N°
112170924, en calidad de apoderada generalísima de Medical Aesthetics
Centroamérica S. A., cédula jurídica 3101739205, con domicilio en San Isidro de
la Casa Coral 200 este y 150 sur, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción
de: DMK CLINIC Medicina Estética,
como marca de servicios en clase(s): 44 internacionales) para proteger y
distinguir lo siguiente: 44 servicios médicos estéticos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005922.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 20 de julio del 2017.—lvonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017157370 ).
Edwin Segura Badilla, casado cuatro veces, cédula de identidad
103440088, en calidad de apoderado generalísimo de Importadora Macao S. A.,
cédula jurídica 3101698017, con domicilio en Mata Redonda, Rohrmoser, 300 mts.
oeste y 50 sur de Teletica, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Sôlbol,
como marca de fábrica y comercio en clase: 3. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: jabones de tocador y uso cosmético,
perfumería, aceites esenciales, lociones capilares, cremas de uso cosmético,
dentífricos, cosméticos en general, aceites esensiales, colonias, champús,
esmaltes de uñas, cosméticos para el cuidado y belleza de las uñas, estética y
cuerpo en general. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio de
2017. Solicitud N° 2017-0006679.—San José, 19 de julio de 2017. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017157373 ).
Viviana Lariza Chaves Alvarado, casada una vez, cédula de
identidad N° 702180077, en calidad de apoderado generalísimo de Inversiones
Montes & Chaves del Oeste S. A., cédula jurídica N° 3101741264, con
domicilio en Santa Ana, Río Oro, 1,5 km al sur de la escuela, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: A LA DERIVA MARISCOS & BOCAS SANTA ANA,
como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: 49 un establecimiento comercial dedicado a restaurante
dedicado a la venta de mariscos y bocas. Ubicado 1 km al este de la Gasolinera
Montes, Santa Ana, carretera vieja hacia Escazú. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 5 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006491. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017157374 ).
Juan
Vicente González Murillo, soltero, cédula de identidad 206600591, con domicilio
en 300 m este del Bar La Lira, Zaragoza, Palmares, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Vince STUDIO
como marca de servicios en clase: 42 Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 42: Servicios de planos constructivos, renders y
diseños de proyectos, modelos 3d. Reservas: De los colores: gris y anaranjado.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de junio de 2017.
Solicitud Nº 2017-0005593. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de julio de
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017157402 ).
Vayolla Julieth Quirós Gamboa, casada una vez, cédula de identidad
Nº 114390404, en calidad de apoderada generalísima de Dental Goodness Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101740994, con domicilio en Barrio
Francisco Peralta, 50 metros este de la Casa Italia, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: GOODNESS DENTAL como nombre comercial, en
clase: 49 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a servicios médicos y odontológicos. Ubicado
en: Escazú, ruta 27, calle paralela norte, 600 metros oeste del peaje de
Escazú, Edificio Duo Medical local Nº 22. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006774. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 31 de julio del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017157404 ).
Olga María Salas Pereira, casada una vez, cédula de identidad N°
105690371, con domicilio en Santa Ana, Condominio Puerta de Hierro, casa N° 14,
frente al más por menos de Santa Ana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: palorosa,
como marca de comercio en clase(s): 14 internacional(es), para proteger
y distinguir lo siguiente: 14 metales preciosos y sus aleaciones, artículos de
joyería, piedras preciosas y semipreciosas. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006349. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 31 de julio del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017157450 ).
Rubén Francisco Santamaría Rodríguez, cédula de identidad Nº
112310879, en calidad de apoderado generalísimo de El Mercado del Tapicero de
Occidente S. A., cédula jurídica Nº 3101397345 con domicilio en: Palmares, 400
m sur de la entrada, edificio Santamaría, Alajuela, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ROOSTER
como marca de servicios en
clases: 35 y 39. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en
clase 35: venta de visagras, rieles, grapas y accesorios para elaboración de
muebles y ferretería y en clase 39: distribución visagras, rieles, grapas y
accesorios para elaboración de muebles y ferretería. Reservas: de los colores;
rojo, negro, amarillo y naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 16 de
junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005744. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 26 de julio
del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017157460 ).
Sasha Patricia Suárez Ferreira, soltera, cédula de residencia N°
107600084331, en calidad de apoderado generalísimo de Dominical Coconut Kreme,
S.R.L., cédula jurídica N° 3102732197, con domicilio en Dominical, Bahía
Ballena, Osa, en el Centro Comercial Pueblo del Río, Específicamente 150 metros
al este de la entrada principal, Puntarenas, Costa Rica, solicita la
inscripción de: COCOLADO, como marca de fábrica en clase(s): 30
internacional(es).
Para proteger y distinguir lo siguiente: clase 30: postre de helado
artesanal congelado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de
junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005364. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de julio
de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017157466 ).
Olivier Rémy Gassiot, casado, cédula de residencia Nº
125000065930, en calidad de apoderado generalísimo de Silencio Turrialba
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101634618, con domicilio en La Unión, San
Juan, Condominio Hacienda Imperial, casa 41B, del Hipermás de Curridabat, 2
kilómetros al norte, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Doceo
Concilium Expertise como nombre comercial, en clase: 49 internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a
comercio en general. Ubicado en: Cartago, La Unión, San Juan, Condominio
Hacienda Imperial, casa 41B, del Hipermás de Curridabat, 2 kilómetros al norte.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de julio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0007113. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 01 de agosto del
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017157683 ).
Luis Carvajal Vargas, cédula de identidad Nº 105000907, en calidad
de apoderado general de Desarrollo E Investigación Agrícola de San José SRL,
cédula jurídica Nº 3-102-104895, con domicilio en Concepción de Tres Ríos, 200
metros norte del Colegio Bilingüe Victoria, casa Nº 92, Urbanización Monserrat,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: SILCAN como marca de
comercio, en clase: 1 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
químicos usados en la agricultura, horticultura y silvicultura, además de
abonos para tierras. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006944. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio
del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017157721 ).
Luis Carvajal Vargas, cédula de identidad Nº 105000907, en calidad
de apoderado general de Desarrollo E Investigación Agrícola de San José, cédula
jurídica Nº 3-102-104895, con domicilio en Concepción de Tres Ríos, 200 metros
norte del Colegio Bilingüe Victoria, casa Nº 92, Urbanización Monserrat,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: VAYCONIN como marca de
comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para
uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; complementos nutricionales para seres humanos y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales;
desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas,
herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0006949. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio
del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017157722 ).
Luis Carvajal Vargas, cédula de identidad Nº 105000907, en calidad
de apoderado generalísimo de Desarrollo E Investigación Agrícola de San José
S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-104895, con domicilio en Concepción de Tres
Ríos, 200 metros norte del Colegio Bilingüe Victoria, casa Nº 92, Urbanización
Monserrat, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: LEPIDOX como
marca de comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y
sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o
veterinario, alimentos para bebés; complementos nutricionales para seres humanos
y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e
improntas dentales; desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos;
fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006945. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio
del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017157723 ).
Luis Carvajal Vargas, cédula de identidad Nº 105000907, en calidad
de apoderado generalísimo de Desarrollo E Investigación Agrícola de San José,
cédula jurídica Nº 3-102-104895, con domicilio en Concepción de Tres Ríos, 200
metros norte del Colegio Bilingüe Victoria, casa Nº 92, Urbanización Monserrat,
Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: VAIPLEX como marca de
comercio, en clase: 5 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos y sanitarios para
uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; complementos nutricionales para seres humanos y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales;
desinfectantes; productos para eliminar animales dañinos; fungicidas,
herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de julio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0006946. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 27 de julio
del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017157724 ).
María Alejandra Solanas Ahrens, divorciada una vez, cédula de
identidad Nº 800840870 con domicilio en: Villareal de Santa Cruz, Guanacaste,
Costa Rica, solicita la inscripción de: GUANA sweet como marca de fábrica y
comercio en clase 30 internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: alfajores y productos de pastelería y panadería. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006874.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 27 de julio del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017157476 ).
Felipe Carazo Ortiz, casado dos veces, cédula de identidad N°
109240434, en calidad de apoderado general de Fundación para el Desarrollo de
la Cordillera Volcánica Central (FUNDECOR), cédula jurídica 3006099886, con
domicilio en cantón Sarapiquí, distrito Puerto Viejo, Costado Oeste de La
Iglesia Católica, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: unidos por
el bosque,
como marca de servicios en clases: 36; 40; 41; 42 y 44 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: clase 36: recaudación de fondos; clase
40: servicios de tala y corte de madera; clase 41: giras educativas; clase 42:
servicios científicos tecnológicos; y clase 44: servicios de agricultura y
silvicultura, servicios forestales. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0004358. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San
José, 28 de julio del 2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017157499).
Rolando Villalobos Bolaños, casado una vez, cédula de identidad
104820573, en calidad de apoderado generalísimo de Transportes y Mudanzas
Rolando Villalobos Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101549142, con domicilio
en Montes De Oca, Barrio Vargas Araya, del Súper Napoli, 125 metros al este,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MRV MUDANZAS, como marca de
servicios en clase: 39 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: transporte, embalaje y
almacenamiento de mercancías. Reservas: de los colores: negro, verde oscuro,
blanco y café claro. No hace reserva del término “Mudanzas”. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 30 de junio de 2017. Solicitud N° 2017-0006341. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 01 de agosto de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017157503 ).
Rolando Villalobos Bolaños, casado una vez, cédula de identidad N°
104820573, en calidad de apoderado generalísimo de Transportes y Mudanzas
Rolando Villalobos Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101549142, con
domicilio en Montes de Oca, Barrio Vargas Araya, del Súper Napoli 125 metros al
este, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: MRV MUDANZAS Rolando Villalobos
como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a transporte;
embalaje y almacenamiento de mercancías, ubicado en San José, Montes de Oca,
San Pedro, del antiguo Higuerón 25 metros al sur, carretera a Barrio Pinto,
locales a mano izquierda, local identificado con el nombre Mudanzas Rolando
Villalobos. Reservas: de los colores: negro, verde oscuro, blanco y café
oscuro. No se reserva la palabra “MUDANZAS”. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 30 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006342. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 1 de agosto del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017157504 ).
Cristina María Gálvez Pacheco, soltera, cédula de identidad
114530191, en calidad de Apoderada Generalísimo de 3-102-735547 Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3102735547 con domicilio en La Unión
de Ríos, Colinas de Montealegre, Condominio Guayacán, casa número 3, Cartago,
Costa Rica, solicita la inscripción de: S spátula como nombre comercial.
Para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial
dedicado a elaboración y comercialización de todo tipo de repostería, ubicado
en Cartago, Concepción de La Unión de Tres Ríos, costado norte del Colegio
Franco-Costarricense, Centro Comercial del Barrio Granadilla, local número
veinticuatro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de junio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0005658. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 31 de julio del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017157507 ).
Gabriel Luis Bonilla Sánchez, soltero, cédula de identidad
114170935 con domicilio en 150 metros al sur de la entrada de Valle del Sol en
Pozos, Santa Ana, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: La Roche
como nombre comercial en clase internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado
a pastelería, repostería y cafetería, ubicado 150 metros sur de la entrada
principal de Parque Valle del Sol en Lindora, Pozos, Santa Ana, San José. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 21 de abril del 2017,
solicitud Nº 2017-0003585. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 2 de mayo del
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017157519 ).
Marcas
de Ganado
Solicitud No. 2017-1539.—Ref:
35/2017/3306.—Priscilla Marín Durán, cédula de identidad N° 1-1177-0497,
solicita la inscripción de:
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
como marca de ganado, que usará preferentemente en San José, Moravia,
San Jerónimo, 200 metros norte de la iglesia católica. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 20 de julio del 2017. Según el expediente N°
2017-1539.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017157343 ).
Solicitud Nº 2017-1577.—Ref: 35/2017/3310.—Luis Rolando Pérez
Hernández, cédula de identidad Nº 0203320834, solicita la inscripción de:
4
8 D
como marca de ganado, que usará
preferentemente en Alajuela, Atenas, Jesús, Alto del Monte, frente al templo
católico. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la
publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017. Según el
expediente N° 2017-1577.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—( IN2017157375 ).
Solicitud Nº 2017-1511.—Ref: 35/2017/3177.—Fidel Varela Quesada,
cédula de identidad N° 2-0504-0723, solicita la inscripción de: 7FV, como marca de ganado, que usará preferentemente en Limón, Pococí,
Cariari, Palacios, 400 metros este de la pulpería Palacios. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro
de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.
Presentada el 18 de julio del 2017. Según el expediente N° 2017-1511.—Karol
Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017157430 ).
REGISTRO DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones civiles
AVISOS
Registro de Personas Jurídicas,
ha recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación de
Pequeños Emprendedores de Rancho Chilamate de Sarapiquí, con domicilio en la
provincia de: Heredia-Sarapiquí, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Firmar convenios con entidades públicas y privadas con el fin de
desarrollar los proyectos emprendedores dentro del territorio de comunidad
Rancho Chilamate. Cuyo representante, será el presidente: Eliécer Guillén
Durán, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley No. 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento: Tomo: 2017. Asiento:452927.—Dado en el Registro Nacional, A
las 8 horas 39 minutos y 30 segundos, del 31 de julio del 2017.—Lic. Henry Jara
Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2017157338 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción
la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula: N° 3-002-653053,
denominación: Asociación Cámara de Turismo y Comercio de Costa Ballena de Osa
de Puntarenas. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218
del 08 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 341871.—Dado en el
Registro Nacional, a las 11 horas 25 minutos y 19 segundos, del 19 de julio del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017157346 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Educativa Integral Casa de Las Estrellas,
con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Nicoya, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: la promoción de la educación preescolar,
primaria y secundaria, en el tanto y en el cuanto dicha actividad tiene un
impacto directo en el desarrollo social, económico y ambiental en Costa Rica,
lo cual a su vez conducirá al mejoramiento de las condiciones de vida de sus
habitantes y de las comunidades aledañas. Cuyo representante, será la
presidenta: Amanda Chambers, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento: 474332.—Dado en el
Registro Nacional, a las 10 horas 17 minutos y 15 segundos, del 28 de julio del
2017.—Lic. Henry Jara Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2017157371 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación de Criadores de Ganado Simgir de Las
Américas, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Cañas, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: fomentar, desarrollar la crianza y
promoción del ganado Singir, el cual es una mezcla de ganado Simmentar y ganado
Gir, con énfasis en la producción lechera. Cuyo representante, será el
presidente: Édgar Sánchez Aguilar, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento: Tomo: 2017, Asiento:
176845.—Dado en el Registro Nacional, a las 7 horas 26 minutos y 40 segundos,
del 13 de julio del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017157432 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido para su inscripción el
Estatuto de la entidad: Asociación Cristiana Monte de Dios Isla Chira, con
domicilio en la provincia de: Puntarenas-Puntarenas, cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: fomentar la fe cristiana entre sus asociados
como un medio para el mejoramiento conjuntos de sus vidas en lo espiritual y
familiar, promover el desarrollo integral de sus asociados y la comunidad
mediante la guía espiritual realizar actividades religiosas en la comunidad y
promover la evangelización de la fe cristiana en el distrito, cantón, provincia
y el territorio nacional costarricense así como fuera de las fronteras del
país. Cuyo representante, será el presidente: José Samuel Rodríguez Reyes, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Dado
en el Registro Nacional, a las 13 horas 50 minutos y 28 segundos, del 23 de
mayo del 2017.—Documento: Tomo: 2017, Asiento: 138839.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017157494 ).
Patentes
de invención
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
El señor Jorge Tristán Trelles,
cédula de identidad 103920470, en calidad de apoderado especial de Tensha
Therapeutics Inc. solicita la Patente PCT denominada INHIBIDORES DEL
BROMODOMINIO. La presente invención hace referencia a compuestos
inhibidores del bromodominio, composiciones farmacéuticas que comprenden los
compuestos inhibidores del bromodominio y métodos para tratar un trastorno con
respuesta a la modulación de un polipéptido de la familia BET con los
compuestos y las composiciones farmacéuticas descritos. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 31/551, A61P 15/16, A61P 29/00, A61P 3/00,
A61P 31/00, A61P 33/06, A61P 35/00, A61P 35/02, A61P 9/00 y C07D 495/14; cuyos
inventores son: Landau, Steven, B (US) y Kagey, Michael (US). Prioridad: N°
62/068,983 del 27/10/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/069578 A1. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000219 y fue presentada a las
09:13:12 del 26 de mayo de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de
los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 10 de julio de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017156877 ).
La señor(a)(ita) Milagro Chaves Desanti, cédula de identidad N°
106260794, en calidad de apoderado especial de Eli Lilly And Company, solicita
la Patente PCT denominada INHIBRIDORES
BACE1 SELECTIVOS. La presente invención
proporciona un compuesto de Fórmula II: o una sal aceptable para uso
farmacéutico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/542,
A61P 25/28 y C07D 513/04; cuyos inventores son: Hembre, Erik James; (US);
López, José Eduardo; (US); Mcmahon, Jennifer Anne; (US); Richards, Simon James;
(US); Winneroski, Leonard Larry, Jr.; (US) y Woods, Timothy Andrew; (US).
Prioridad: N° 62/119,391 del 23/02/2015 (US). Publicación Internacional:
WO2016/137788. La solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000315, y fue
presentada a las 08:23:23 del 11 de julio del 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 17 de julio de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—1 vez.—( IN2017156882 ).
El señor Luis Diego Acuña Vega, cédula de identidad 111510238, en
calidad de apoderado especial de Hernández Miramontes, Jorge Antonio, solicita
la Patente PCT denominada MEZCLA DE ÁCIDOS CARBOXÍLICOS PARA TRATAR
PACIENTES CON INSUFICIENCIA RENAL. Es una mezcla de ácidos carboxílicos:
ácido cítrico, ácido succínico, ácido fumárico y ácido málico, y cualesquiera
de sus combinaciones 5 posibles. Dicho producto se utiliza preferentemente vía
oral o también vía intravenosa, en el tratamiento de pacientes con
insuficiencia renal crónica, hiperamonemia o condiciones humanas que cursen con
balance nitrogenado negativo. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/194, C07C 55/10 y C07C
55/20; cuyos inventores son Hernández Miramontes, Jorge Antonio; (MX) y
Hernández Villanueva, Jorge Alberto; (MX). Prioridad: N° MX/a/2015/003641 del
20/03/2015 (MX). Publicación Internacional: WO2016/153331 A1. La solicitud
correspondiente lleva el número 2017-0000320, y fue presentada a las 08:26:41
del 13 de julio del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los
tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres
días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un
periódico de circulación nacional.—San José, 28 de julio del 2017.—Viviana
Segura De La O, Registradora.—( IN2017157010 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
La señor(a)(ita) María del Milagro Chaves Desanti, cédula de
identidad nº 106260794, en calidad de apoderada especial de Eli Lilly and
Company, solicita la Patente PCT denominada COMPUESTOS CO-AGONISTAS DE GIP Y
GLP-1. La presente invención se refiere a compuestos miméticos del péptido
de incretina dual que agoniza los receptores para tanto el polipéptido
insulinotrópico dependiente de la glucosa humana (GIP) y péptido-1 similar al
glucagón (GLP-1), y pueden ser útiles para tratar diabetes mellitus tipo 2
(T2D). La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan
depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 38/16, A61K
38/26, A61K 45/06, C07K 14/00, C07K 14/575 y C07K 14/605; cuyos inventores son
Alsina-Fernández, Jorge; (US); Bokvist, Bengt Krister; (US); Coskun, Tamen (US)
y Cummins, Robert Chadwick; (US). Prioridad: N° 62/101,408 del 09/01/2015 (US).
Publicación Internacional: WO2016/111971 Al. La solicitud correspondiente lleva
el Nº 2017-0000310, y fue presentada a las 09:05:22 del 7 de julio de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 11 de julio de 2017.—Hellen Marín Cabrera, Registradora.—(
IN2017157493 ).
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0184-2017.—Exp. 17609A.—Víctor Hugo,
Sequeira Badilla, solicita concesión de: 0.25 litros por segundo del río Tibás,
efectuando la captación en finca de Aliento de La Montaña S. A. en Concepción,
San Rafael, Heredia, para uso agropecuario-riego. Coordenadas 225.587 / 529.155
hoja Barva. 0.05 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la
captación en finca de Aliento de La Montaña S.A. en Concepción, San Rafael,
Heredia, para uso consumo humano. Coordenadas 225.400 / 529.000 hoja Barva.
Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 21 de julio del
2017.—Andrés Phillips Ureña, Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—(
IN2017158393 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ED-0164-2017. Exp 16953A.—Banco
Improsa S. A. (Constructora Sánchez Carvajal S. A.), solicita concesión de: 8,9
litros por segundo de la Quebrada Cedro, efectuando la captación en finca de su
propiedad en Escobal, Atenas, Alajuela, para uso agropecuario-riego.
Coordenadas 211.984 / 487.157 hoja Río Grande. Predios inferiores: Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 05 de julio de 2017.—Unidad Hidrológica
Tárcoles, Pacífico Central.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017158842 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-UHTPCOSJ-0058-2017.—Exp
11722P.—Fondo de Inversión Inmobiliario Multifondos, solicita concesión de: 1,5
litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo
AB-2043 en finca de su propiedad en Ulloa (Barreal), Heredia, para uso consumo
humano coordenadas 218.480 / 520.425 hoja Abra. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 13 de junio de 2017.—Andrés Phillips Ureña.—Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—( IN2017159052 ).
ED-0188-2017. Expediente Nº 17713P.—Arenal Hills Helecho Real Once
Doce y Trece Limitada, solicita concesión de: 0.05 litro por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo QP-67 en finca de Paige
Rosenbach Mc Carthy en Quepos, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano.
Coordenadas 374.200 / 446.470 hoja Quepos. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 31 de julio de 2017.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2017159294 ).
ED-0187-2017.—Exp. N° 17712P.—Corporación Betotimo S. A., solicita
concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por
medio del pozo QP-67 en finca de Paige Rosenbach Mac Carthy en Quepos, Aguirre,
Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 374.200/446.476 hoja Quepos.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—Departamento de Información.—San José, 31 de
julio de 2017.—Douglas Alvarado Rojas.—( IN2017159295 ).
ED-UHTPNOB-0023-2017.—Exp. N° 17508P.—Rancho El Dorado del Mar S.
A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del acuífero, efectuando la
captación por medio del pozo CJ-103 en finca de su propiedad en Cuajiniquil,
Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas
221.104/349.363 hoja Garza. Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 3 de marzo de 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque, Pacífico
Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN2017159296 ).
ED-UHTPNOB-0024-2017. Expediente Nº 17509P.—Rancho El Dorado del
Mar S. A., solicita concesión de: 0.05 litro por segundo del acuífero,
efectuando la captación por medio del pozo CJ-103 en finca de su propiedad en
Cuajiniquil, Santa Cruz, Guanacaste, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 221.104 / 349.363 hoja Cerro Azul. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 03 de marzo de 2017.—Unidad Hidrológica Tempisque,
Pacífico Norte.—Leonardo Solano Romero.—( IN2017159297 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber que en diligencias
de ocurso incoadas por Ester Jiménez Jiménez, se ha dictado la resolución Nº
3858-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas cincuenta minutos del
cuatro de julio del dos mil dieciséis. Expediente Nº 43865-2015. Resultando:
1º—…, 2º—…; Considerando: I.—Hechos probados:…, II.—Sobre el fondo:…; Por
tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Miguel Ángel de Jesús Alfaro
Vargas con Ester Ángela del Carmen Jiménez Jiménez, en el sentido que el
nombre, los apellidos y el número de cédula de identidad del cónyuge son:
Miguel Ángel Alfaro Vargas y 7-0028-0231, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo
Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1
vez.—( IN2017151068 ).
Registro
Civil -Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Hugo Alejandro Elías Chipoco,
peruano, cédula de residencia N° 160400333724, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N° 3713-2017.—San José, al ser las 1:16
del 1 de agosto de 2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—(
IN2017157328 ).
María Margarita Alvarado De Elías, peruana, cédula de residencia
160400333831, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
3714-2017.—San José, al ser la 1:42 del 01 de agosto de 2017.—Juan José
Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017157333 ).
Luz Esther Orrego Henao, colombiana, cédula de residencia
117000474922, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil.
Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud,
para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de
diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3682-2017.—San
José, al ser las 2:38 del 31 de julio de 2017.—Randall Gabriel Alpízar Muñoz.—1
vez.—( IN2017157369 ).
César Augusto Vezga Acevedo, venezolano, cédula de residencia
186200150320, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. 3134-2017.—San
José, al ser las 2:02 del 13 de julio de 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1
vez.—( IN2017157377 ).
Gregorio Ramon Rodríguez Obando, nicaragüense, cédula de
residencia DI 155818076401, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Exp.3742-2017.—Heredia, al ser las 10:43:41 del 3 de agosto de
2017.—Asistente Administrativo 2.—Yarenis Araya García, Oficina Regional
Heredia.—1 vez.—( IN2017157412 ).
Cristo Ivania Espinoza Méndez, nicaragüense, cédula de residencia
Nº 155804075821, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Nº
3639-2017.—San José al ser las 8:25 del 31 de julio de 2017.—Randall Gabriel
Alpízar Muñoz.—1 vez.—( IN2017157481 ).
Mario Alejandro Llorente Beaton, cubano, cédula de residencia
119200177706, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
3706-2017.—San José, al ser las 9:58 del 3 de agosto de 2017.—Carolina Pereira
Barrantes.—1 vez.—( IN2017157517 ).
Melissa Maura Ricardo, cubana, cédula de residencia
DI119200245916, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N°
3755-2017.—Heredia al ser las 15:24:02 del 3 de agosto del 2017.—Regional de
Heredia.—Yarenis Araya García, Asistente Administrativo 2.—1 vez.—(
IN2017157521 ).
MUNICIPALIDAD
DE SAN JOSÉ
COMISIÓN
DE FIESTAS DE SAN JOSÉ 2017-2018
FORMULARIO
PLAN DE ADQUISICIONES
La Comisión de Fiestas de San José 2017-2018,
con el fin de cumplir con lo señalado en el artículo 7 del Reglamento a la Ley
de Contratación Administrativa, informa a todos los potenciales proveedores que
deseen prestar servicios u ofrecer bienes; del siguiente Plan de Adquisiciones.
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
San José, 9 de agosto de 2017.—Departamento de
Comunicación.—Teo Dinarte Guzmán, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 140543.—Solicitud Nº
91842.—( IN2017159185 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000018-DCADM
(Invitación)
Adquisición de un sistema administrador de dispositivos
electrónicos
de pago quick pass, soporte, desarrollo
de
nuevas funcionalidades (consumo según demanda)
Apertura: Para las 10:00 horas
del día 30 de agosto del 2017. Retiro del cartel: Oficinas Centrales, de lunes
a viernes de 8:15 a. m. a 4:00 p. m., 6to piso, División de Contratación
Administrativa. Costo: ¢2.500,00 (dos mil quinientos colones con 00/100).
Área de Gestión y Análisis de
Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017159127 ).
CONTRATACIÓN DIRECTA 2017CD-000359-01
Contratación de servicios profesionales de una firma
especialista
en Recursos Humanos, para que diseñe
e
implemente un Plan de Desarrollo de Competencias
para
el personal del Instituto Costarricense
de
Puertos del Pacífico
El Departamento de Proveeduría
del INCOP invita a participar en la Contratación Directa 2017CD-000359-01 para
la “Contratación de servicios profesionales de una firma especialista en
Recursos Humanos, para que diseñe e implemente un Plan de Desarrollo de
Competencias para el Personal del Instituto Costarricense de Puertos del
Pacífico”.
Los interesados en participar en esta
contratación podrán solicitar el pliego de condiciones al correo
brojas@incop.go.cr a partir de la publicación de este aviso.
El plazo para la recepción de ofertas vence
el día 18 de agosto del 2017, a las 10:00 horas en la Oficina de Proveeduría
del INCOP en Puerto Caldera.
Mba. Juan Ariel Madrigal Porras,
Proveedor General.— 1 vez.—O. C.
Nº 28839.—Solicitud Nº 91860.—( IN2017158971 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000012-99999
Compra
de herramientas de laboratorio
La UNED requiere la compra de herramientas de
laboratorio, con el propósito de cumplir con los objetivos y metas establecidos
dentro del plan operativo anual institucional.
La Universidad Estatal a Distancia (UNED), recibirá ofertas por escrito,
hasta las 10:00 horas del 05 de setiembre del 2017.
Los interesados pueden obtener el cartel en forma gratuita, vía correo
electrónico a la siguiente dirección: cbrizuela@uned.ac.cr, a partir de esta
fecha. También pueden obtenerlo en la Oficina de Contratación y Suministros,
previo pago de ¢2.000,00 (dos mil colones con cero céntimos), en las cajas de
la Oficina de Tesorería, Sede Central de la UNED, sita, 800 metros este de la
Rotonda de la Bandera, carretera a Sabanilla, Montes de Oca. Se atenderán
consultas a los teléfonos, 2234-3236 ext. 3271 o 2253-2907 y 2224-6739.
Sabanilla, 09 de agosto del 2017.—Oficina de
Contratación y Suministros.—Mag. Yirlania Quesada
Boniche, Jefa.—1 vez.—(IN2017158968 ).
LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000004-CNR
Servicio de mantenimiento preventivo y correctivo general
de
las instalaciones eléctricas, mecánicas, arquitectónicas
y
equipos de servicio pertenecientes al Consejo
Nacional
de Rectores
El Consejo Nacional de Rectores
avisa a los interesados que se recibirá ofertas hasta las 14:00 horas del 12 de
setiembre de 2017, para la contratación del servicio de mantenimiento
preventivo y correctivo general de las instalaciones eléctricas, mecánicas,
arquitectónicas y equipos de servicio pertenecientes al Consejo Nacional de
Rectores.
Para retirar el cartel con los términos de
referencia, pueden descargar los archivos en la dirección:
http://www.conare.ac.cr en los siguientes enlaces: “Servicios”, “Documentos”,
“Proveeduría”, “Contrataciones y Licitaciones” o bien solicitarlo al correo
electrónico: proveeduria@conare.ac.cr.
Pavas, 9 de agosto del 2017.—MAP
Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 16416.—Solicitud N°
91792.—( IN2017158967 ).
FÁBRICA NACIONAL DE LICORES
SECCIÓN PROVEEDURÍA
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000012-PV
(Apertura
de Licitación)
Compra de cajas de cartón
La Fábrica Nacional de Licores,
por medio de su Proveeduría, comunica que se recibirán ofertas por escrito para
el siguiente concurso:
Descripción: Compra de cajas de
cartón
Tipo de concurso: Licitación
Abreviada 2017LA-000012-PV
Fecha de apertura: 31 de agosto
del 2017, 10:00 horas
Se invita a los interesados a
que retiren el respectivo cartel en la oficina de la Sección Proveeduría,
ubicada en Rincón de Salas Grecia, en horarios de lunes a viernes de 7:30 a.m.
a 3:30 p.m., sin costo alguno. Se puede acceder al mismo por medio de la página
www.fanal.co.cr. El acto de apertura de las ofertas se realizará en la oficina
de la Proveeduría.
San José, 9 de agosto del
2017.—División Adscrita al Consejo Nacional de Producción.—Departamento
Administrativo.—MBA. Francisco Merino Carmona.—1 vez.—( IN2017159393 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA 2017CD-000091-03
Compra de utensilios para panadería
El Proceso Adquisiciones de la
Unidad Región Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje,
recibirá ofertas por escrito para este concurso hasta las 10:00 horas del 22 de
agosto del 2017.
Este pliego de condiciones es gratuito y está
a disposición de los interesados en este proceso, sita en Naranjo, Alajuela,
300 metros al sur del cruce de Cirrí, ver página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 91907.—( IN2017158974 ).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000019-01 (Invitación)
Contratación de servicio de vigilancia
de
las instalaciones municipales
Se invita a los potenciales
oferentes a participar en el siguiente Proceso de Contratación Administrativa:
Licitación Pública N° 2017LN-000019-01, “Contratación de servicio de vigilancia
de las instalaciones municipales”.
Se recibirán ofertas hasta las 09:00 a. m.
horas del lunes 11 de setiembre de 2017.
El pliego de condiciones podrá obtenerse en
forma digital a través de sitio web www.escazu.go.cr o en la oficina de
Proveeduría, para lo cual las personas interesadas deberán traer un dispositivo
de almacenamiento USB libre de virus. Se advierte que, si el dispositivo USB se
encuentra infectado, no se transferirá el archivo solicitado. El horario para
gestionar la solicitud de información es de lunes a viernes de 7:30 a. m. a
4:00 p. m.
Para mayor información comunicarse con la
Proveeduría Municipal al teléfono 2208-7573.
Proceso de Proveeduría.—Licda.
Laura Cordero Méndez, Proveedora Municipal.—1 vez.—O. C. N°
34863.—Solicitud N° 91934.—(
IN2017159154 ).
LICITACIÓN PÚBLICA 2016LN-000008-01.
Aprovisionamiento de equipos WAN y LAN
de
telecomunicaciones
El Banco de Costa Rica, comunica
que la Comisión de Contratación Administrativa, en sesión 27-17 celebrada el 25
de julio del 2017, acordó adjudicar la licitación en referencia a empresa Redes
Fusionet S. A., por los montos adjuntos. La cantidad de servicios a
demandar se encuentran sujetas a las necesidades variantes de la oficina y se
cancelarán únicamente los servicios que se requieran.
Todo de conformidad con los términos y
requisitos establecidos en el cartel y la oferta del adjudicatario.
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
San José, 09 de agosto del
2017.—Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar Solórzano,
Supervisor.— 1 vez.—O. C. Nº 66348.—Solicitud Nº 91880.—( IN2017158972 ).
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA0000013-DCADM
Contratación de servicios de empresas para el mantenimiento
de
plantas eléctricas en todas las oficinas del Banco
Popular
(consumo por demanda)
La División de Contratación
Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento
de los interesados en la Licitación Abreviada N° 2017LA-000013-DCADM, que la
Comisión de Licitaciones Abreviada, mediante Acta N° 414 del 09 de agosto de
2017, resolvió adjudicar la presente licitación en los siguientes términos:
Adjudicatario: Servicios Técnicos y
Comerciales S. A., cedula jurídica N° 3-101-179862.
Oferta económica: ver folios folio 1156 del
expediente administrativo.
Garantía de cumplimiento: el adjudicatario
deberá rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, durante los 5
(cinco) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación del concurso,
por un monto de ¢4.000.000,00 (cuatro millones de colones exactos), con una
vigencia mínima de 14 meses.
Demás condiciones y requisitos de conformidad
con el cartel definitivo, la oferta del adjudicatario, el informe de
adjudicación N°112-2017 y el documento contractual que se suscribirá entre las
partes.
Área de Gestión y Análisis de
Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017159125 ).
HOSPITAL
DR WILLIAM ALLEN T.
OFICINA DE GESTION DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACION ABREVIADA 2017LA-000002-2307
Equipo médico 1
Comunica a los interesados en el
concurso mencionado, que mediante acto de adjudicación Nº 2017LA-02, se otorgó
la compra en mención de la siguiente manera:
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
El acto de adjudicación se
encuentra publicado en la página de la CCSS, en el siguiente link: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=2307&tipo=ADJ
Planificación de Bienes y
Servicios.—Lic. Cristian Aguilar Quesada.—1 vez.—( IN2017158966 ).
HOSPITAL
DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2016LA-000037-2101
(Notificación de
adjudicación)
Sillas
de ruedas varios tipos
La Dirección Administrativa Financiera del
Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, les comunica a los interesados en
este concurso, que se resolvió adjudicar la contratación de la siguiente
manera:
Oferta 3: Yire Médica H.P.S. A.
Ítem: 3.
Monto total aproximado: $143.014,42
Tiempo de entrega: 30 días naturales máximo.
Oferta 6: Equipo Médico Montes de Oca S. A.
Ítem: 1.
Monto total aproximado: $74,865.00.
Tiempo de entrega: 30 días naturales máximo.
Ver detalles en http://www.ccss.sa.cr
San José, 10 de agosto del 2017.—Subárea de
Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano, Coordinador.— 1 vez.—(
IN2017159285 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA INTERNACIONAL
Nº 2016LI-000006-PRI
(Declaratoria
desierto)
Colectores
Zona Sur, primera etapa extensión Aserrí,
desvíos y obras
complementarias
PROGRAMA
DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO
PRÉSTAMO
2493/OC-CR, BID
Acuerdo
de Junta Directiva Nº 2017-333
Institución financiera: Banco Interamericano de
Desarrollo
Tipo de adquisiciones: Adquisiciones de Obra
Sector: Agua Potable y Saneamiento
País del proyecto: Costa Rica
Nombre del Proyecto: Proyecto Mejoramiento Ambiental del Área
Metropolitana de San José
Operación de préstamo N° 2493/OC-CR
Licitación Nº: LPI N° 2016LI-000006-PRI
Nº de referencia UNDB: IDB1374-10/16
Descripción de la licitación: Colectores Zona Sur. Primera Etapa
Extensión Aserrí, Desvíos y Obras Complementarias”
Durante el proceso de licitación para la
construcción de las obras indicadas anteriormente, bajo el método de Licitación
Pública Internacional (LPI), las empresas citadas en la siguiente tabla
presentaron ofertas. Los precios de las ofertas de cada uno de los oferente se
presentan a continuación:
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
Determinación y comparación del precio de las
ofertas:
La Administración comunicó a los oferentes los
ajustes de precios que se realizaron debido a corrección de errores aritméticos
que se localizaron en los formularios de la Lista de Cantidades,
específicamente para la oferta número cinco, los cuales no fueron aceptadas.
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
Calificación de Ofertas:
Luego de realizar los ajustes a los errores aritméticos
y de conformidad a lo señalado en el cuadro anterior, el orden de las ofertas
evaluadas por posición corresponden a (de menor a mayor precio ofertado):
Posición N° 1: Oferta N° 5 Sinohydro
Corporation Limited. Se considera inelegible porque no superó la etapa de la
corrección de errores al haber modificado en esa fase el precio de la oferta.
Posición N° 2: Oferta N° 4
Consorcio Saneamiento Costa Rica. Se considera inelegible porque no cumplió con
la experiencia requerida.
Posición N° 3: Oferta N° 2
Acciona Agua S.A.U. Se considera inelegible por ser la oferta evaluada como la
más baja que responde a lo solicitado pero que excede el costo estimado por el
Prestatario, previamente a la licitación, por un monto considerable, lo que
representa una diferencia de 116.97%, es decir $20,089,628.96 de más.
Posición N° 4: Oferta N° 3
Consorcio BESSAC- VAGLIO. No se puede catalogar como la oferta evaluada como la
más baja, ya que presenta costos mayores a los presentados por la oferta número
3.
Posición N° 5: Oferta N° 1 Ludwig Pfeiffer Hoch-Und
Thiefbau GmbH & Co. KG. No se
puede catalogar como la oferta evaluada como la más baja, ya que presenta
costos mayores a los presentados por las ofertas número 3 y 4.
Declaración
de proceso licitatorio desierto:
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que la Junta
Directiva de AyA mediante el Acuerdo 2017-333 de fecha 19 de julio del 2017 de
la sesión Ordinaria N° 2017-51, determina con base en las razones legales y
administrativas esbozadas por la Comisión Asesora declarar desierta la presente
licitación Nº 2016LI-0006-PRI, por exceder el contenido presupuestario
establecido.
Unidad Agua Potable y Saneamiento.
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados.
Atentamente: Jennifer Fernández Guillén, Proveeduría Institucional, sita
en el módulo C, piso 3 del edificio sede del AyA en Pavas.
Ciudad: San José
País: Costa Rica
Tel: (506) 2242-5341/2242-5471 Fax: (506) 2242-5342
Correos: 2016li00006pri@aya.go.cr
Website:
[www.aya.go.cr]
Proveeduría Institucional.—Licda. Iris Patricia
Fernández Barrantes.—1 vez.—O.C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº 91423.—(
IN2017158970 ).
LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL
2017LI-000001-SUTEL
Contratación de servicios profesionales para la elaboración
de
reportes de desempeño del servicio de internet móvil
de
Costa Rica, basados en datos recopilados
mediante
aplicaciones instaladas en los
terminales
móviles de los usuarios
La Superintendencia de
Telecomunicaciones (SUTEL), con cédula jurídica N° 3-007-566209, según lo
autoriza el punto 4.4 del Procedimiento de Compras de la SUTEL y con base en lo
recomendado en el oficio 05770-SUTEL-DGC-2017 de la Dirección General de
Calidad, comunica a los interesados en la contratación de referencia, que
mediante el Acuerdo número 009-056-2017, el Consejo de la SUTEL, adjudica el
servicio indicado, por cumplir legal y técnicamente con lo requerido en el
cartel y por ofrecer un precio razonable, según lo siguiente:
A la empresa Open Signal Limited, por
un monto anual de $145.000.
A la vez se le informa al proveedor
adjudicado, que cuando este acto adquiera firmeza, cuenta con un plazo de 03
días hábiles como máximo, para que entregue en la unidad de gestión documental
de la SUTEL (tercer piso), en horario de lunes a viernes de 08:00 a. m. a 04:00
p. m. lo siguiente:
1- Documentos solicitados en el punto 5.2 del cartel.
2- Garantía de cumplimiento, conforme a lo estipulado
en el punto 10 del cartel.
3- Timbres fiscales de Ley o el entero de gobierno
que corresponde, por un monto de $725.00
Se cuenta con los fondos
suficientes para asumir esta contratación y se autoriza que sean utilizados de
la partida “Servicios de Ingeniería” asignados a la Dirección General de
Calidad.
Esta contratación puede prorrogarse por un
plazo máximo de 3 periodos adicionales.
Es importante indicar que lo que se menciona
en este documento es un extracto del estudio técnico de ofertas y del Acuerdo,
por lo que los mismos se encuentra en forma completa en el expediente
respectivo para lo que corresponda.
Unidad de Proveeduría.—Noilly
Chacón González.—1 vez.— O. C. N° OC-2808-17.—Solicitud N° 91929.—( IN2017159162 ).
REMATE Nº 2017RE-000002-01
Bien inmueble ubicado en Limón
Acto
final
La Sección Administrativa de
CONAPE, comunica que ha declarado infructuoso el Remate 2017RE-000002-01, bien
inmueble ubicado en Limón, con apertura a las 10:00 horas del 26 de julio de
2017, por no recibir ofertas para la adquisición del bien inmueble.
Sección Administrativa.—Lic.
Róger Granados Ugalde, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
28919.—Solicitud Nº 91171.— ( IN2017158965 ).
MUNICIPALIDAD DE SAN PABLO DE HEREDIA
PROVEEDURÍA MUNICIPAL
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000059-01
Adquisición de Autodesk Autocad Civil 3D 2018
La Municipalidad de San Pablo
informa que la Contratación Directa N° 2017CD-000059-01, se adjudicó a Teleservicios
Digitales JBM S.A.; cédula jurídica N° 3-101-393719, por un monto de $
1.960.00, (mil novecientos sesenta dólares con 00/100) y con un plazo de
entrega de 5 días hábiles, referente a la contratación supracitada.
San Pablo de Heredia, 09 de
agosto del 2017.—Óscar Hidalgo Mena, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017159102
).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000020-01
(Modificación
cartel N° 1)
Compra de servidores tipo blade, gabinetes, rack
y
componentes para servicios institucionales
sobre
windows con entregas por demanda
La Proveeduría General del Banco
Nacional de Costa Rica, comunica a los interesados en la Licitación Pública N°
2017LN-000020-01 que ya se encuentra disponible el cartel con las primeras
modificaciones correspondientes. Por ser tan extensas, favor pasar a retirar el
cartel modificado en la Proveeduría General, ubicada en La Uruca, frente a la
Mercedes Benz, en la Dirección General de Infraestructura y Compra a partir de
esta publicación.
Asimismo, retirar copia del oficio
DASTI-129-2017 correspondientes a aclaraciones de la Licitación de cita.
Las demás condiciones del cartel permanecen
invariables.
La Uruca, 16 de agosto del
2017.—Alejandra Trejos Céspedes, Proveeduría General.—1 vez.—O. C. Nº
524007.—Solicitud Nº 91943.—( IN2017159183 ).
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000009-01
Alquiler, instalación y mantenimiento de equipos
purificadores
de agua bajo la modalidad de
demanda,
en los edificios del Banco de
Costa
Rica, ubicados en todo el país
El Banco de Costa Rica informa
que recibirá ofertas para la licitación en referencia, hasta las diez horas con
treinta minutos (10:30 a. m.), del 6 de setiembre de 2017, las cuales deben ser
depositadas en el buzón de la Oficina de Contratación Administrativa, ubicado
en el tercer piso de oficinas centrales.
Asimismo se informa que se dejan sin efecto
las publicaciones referentes a esta licitación hechas en Las Gacetas
Nos. 145 y 147.
Los interesados pueden obtener el cartel en
la página del Banco de Costa Rica, en la siguiente ruta: bancobcr.com/Acerca
del BCR/Proveedores/Carteles/Licitación Pública.
San José, 9 de agosto del
2017.—Oficina de Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1
vez.—O. C. N° 66348.—Solicitud N° 91885.—( IN2017158973 ).
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL
Se informa a los interesados que
el número de Remate Público publicado en el Diario Oficial La Gaceta N°
150 del día miércoles 09 de agosto del 2017, corresponde al Remate Público N°
6/2017.
Licda. Carmen Ma. González
Brenes.—1 vez.—O. C. Nº PG-25.—Solicitud Nº 91931.—(
IN2017159153 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017-0000015-DCADM
(Prórroga Nº 1)
Contratación
de una empresa que brinde servicios de atención
y canalización de
solicitudes de servicio, incidentes, reclamos,
consultas,
problemas y requerimientos relacionados
con soporte
tecnológico y/o administrativo
Se les comunica a los interesados que en
atención de un recurso de objeción, se prorroga la fecha y hora para la
apertura de ofertas de este concurso, para el día 14 de setiembre del 2017 a
las 14:00 horas. Demás condiciones y requisitos permanecen invariables.
Área Gestión y Análisis de Compras.—Licda. Ana
Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017159126 ).
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000011-CNR
(Aviso)
Contratación
de una empresa que brinde servicios
médicos para la comunidad
universitaria
de la Sede Interuniversitaria de
Alajuela,
modalidad según demanda
El Consejo Nacional de Rectores
avisa a los interesados en participar en la Licitación Abreviada
2017LA-000011-CNR que se prorroga la fecha de apertura de ofertas para el día
29 de agosto de 2017 a las 14:00 horas.
Pavas, 09 de agosto de 2017.—MAP
Jonathan Chaves Sandoval, Proveeduría.—1 vez.—O. C. Nº 16416.—Solicitud Nº 91795.—( IN2017158969 ).
HOSPITAL DR. RAFAEL A. CALDERÓN GUARDIA
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL 2017LN-000004-2101
Se informa a los interesados en
participar en la Licitación Pública Nacional 2017LN-000004-2101 por concepto de
Reactivos para Coagulación lo siguiente:
1. Que la fecha para la recepción de ofertas se traslada para el 31 de
agosto de 2017, a las 09:00 a. m.
Las demás condiciones permanecen
invariables.
San José, 10 de agosto del
2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Lic. Glen Aguilar Solano,
Coordinador.— 1 vez.—( IN2017159286 ).
MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000006-OPMZ
Compra camión reciclaje
Modificación al cartel de la
Licitación Abreviada N° 2017LA-000006-OPMZ, “Compra camión reciclaje”. Léase:
en el apartado de condiciones de entrega: El vehículo deberá ser entregado en
el estacionamiento de la Municipalidad de Zarcero, el costo del traslado del
vehículo hasta la municipalidad correrá por parte del adjudicatario final,
cualquier inconveniente durante su traslado la municipalidad no asumirá ninguna
responsabilidad.
Zarcero, 9 de agosto del
2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2017159279 ).
MUNICIPALIDAD
DE LIBERIA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000004-01
Compra
de maquinaria pesada
para la
Municipalidad de Liberia
La Municipalidad de Liberia, comunica a todos
los interesados en participar en la Licitación Pública arriba indicada, que la
administración en tiempo y forma, realizó presentación de solicitud de “Adición
y Aclaración” a resolución emitida por la Contraloría General de la República,
respecto a Recursos de objeción presentados al cartel. Es por lo anterior
señalado que en espera del tiempo de respuesta, se prorroga el plazo de
apertura de ofertas para las 10:00 a.m. horas del día 04 de setiembre del 2017,
Las modificaciones resultantes se encontraran disponibles en la página web:
www.muniliberia.go.cr , “tramites” Proveeduría” el día 28 de agosto del año en
curso.
Las demás condiciones del cartel permanecen invariables.
Unidad de Proveeduría Municipal.—Licda. Ariana
Espinoza Montano.—1 vez.—( IN2017159276 ).
AVISO
DAJ-SM-1356-2017.—Dirección de
Asuntos Jurídicos. Ministerio de Salud. San José al primer día del mes de
agosto de dos mil diecisiete. A solicitud de la Auditoría General de Servicios
de Salud, somete a conocimiento de las instituciones y público en general el
siguiente proyecto de normativa:
▪ Reglamento para la autorización del internado médico universitario.
Para lo cual se otorga un plazo
de 10 días hábiles, de conformidad con el artículo 361 de la Ley General de la
Administración Pública, contados a partir del día siguiente de la publicación
de este aviso, para presentar ante la Dirección de Mejora Regulatoria del
Ministerio de Economía, Industria y Comercio, a través del Sistema de Control
Previo (SICOPRE), observaciones y comentarios con la respectiva justificación
técnica, científica o legal.
La versión digital de este proyecto de
normativa se encuentra en el Sistema de Control Previo, disponible en el sitio
Web del Ministerio de Economía Industria y Comercio:
http://www.meic.go.cr/
Las observaciones y comentarios
serán recibidos únicamente en el Sistema de Control Previo.
MSc. Ronny Stanley Muñoz
Salazar, Director Jurídico.— 1 vez.—O. C. N° 3400031658.—Solicitud N° 91084.— ( IN2017157568 ).
MODIFICACIÓN
AL REGLAMENTO PARA
LA UTILIZACIÓN DE LOS
RECURSOS
PARA GASTOS
OPERATIVOS
FIDEICOMISO
32-04
BANCREDITO-IMAS-BANACIO/73-2002
Artículo N° 1.—Se unifican y modifican el
artículo 4, 9 y 10, referente a los topes de contratación y procedimientos y se
lea: topes de contratación: Los Topes de
contratación que se aplica para la contratación de bienes y servicios son los
siguientes: a) Para contrataciones inferiores a ¢500.000,00 (quinientos mil
colones) se solicita una factura proforma; b) Para contrataciones superiores a
¢500.000,00 (quinientos mil colones) y hasta ¢5.000.000,00 (cinco millones de
colones), se solicitará tres facturas proforma; c) Para contrataciones
superiores a ¢5.000.000,00 (cinco millones y hasta ¢25.000.000.00 (veinticinco
millones de colones con 00/100) se invitará a cinco oferentes inscritos en el
registro de proveedores de la Unidad Ejecutora y se adjuntará el cartel con las
especificaciones técnicas; d) Para contrataciones superiores a ¢25.000.000.00
(veinticinco millones de colones con 00/100) se procederá a publicar la
invitación y cartel con las especificaciones técnicas en el Diario Oficial La
Gaceta, y a criterio de la Unidad Ejecutora, en un periódico de circulación
nacional.
Procedimientos de contratación: A continuación
se describe los procedimientos de contratación para todas las compras de bienes
y servicios:
1. De
la invitación para participar en el concurso
La invitación que se prepare para participar en
el concurso, deberá contener como mínimo las especificaciones técnicas para la
contratación, fecha y hora límite para entrega de ofertas, funcionario(a)
responsable de la contratación, adicionalmente y a criterio de la Unidad
Ejecutora, podrán solicitarse requisitos adicionales que se consideren
necesarios para dar seguridad jurídica y eficiencia al proceso de contratación.
2. De la publicación y contenido de la invitación al concurso.
La invitación a participar se publicará por los
medios físicos o electrónicos establecidos, de acuerdo al tipo de concurso que
se promueva y deberá contener un encabezado que incluya: la identificación de
la Unidad Ejecutora contratante; la indicación del tipo y número del concurso,
una breve descripción del objeto contractual, la hora y fecha de recepción de
ofertas y cualquier otra indicación que la Unidad Ejecutora considere
necesaria. El cartel y sus anexos deberán estar a disposición de cualquier
interesado, al menos desde el día siguiente en que se curse la última invitación.
La invitación a participar en los concursos se
realizará de la siguiente forma:
a) Para
contrataciones inferiores a ¢500.000,00 (quinientos mil colones) se invitará a
una persona física o jurídica que reúnan los requisitos necesarios, a
participar en el concurso, a través de fax o correo electrónico, la cual se
incluirá en el expediente de contratación administrativa.
b) Para contrataciones superiores a ¢500.000,00 (quinientos mil
colones) y hasta ¢5.000.000.00 (cinco millones de colones), se invitará a tres
personas físicas o jurídicas que reúnan los requisitos necesarios a participar
en el concurso, a través de fax o correo electrónico, la cual se incluirá en el
expediente de contratación administrativa.
c) Para contrataciones superiores a ¢5.000.000,00 (cinco millones y
hasta ¢25.000.000,00 (veinticinco millones de colones con 00/100) se invitará a
cinco personas físicas o jurídicas que reúnan los requisitos necesarios
conforme al cartel emitido al efecto. Se invitará al concurso, a través de fax
o correo electrónico, la cual se incluirá en el expediente de contratación
administrativa.
d) Para contrataciones superiores a ¢25.000.000.00 (veinticinco
millones de colones con 00/100) se procederá a publicar la invitación y cartel
con las especificaciones técnicas en el Diario Oficial La Gaceta y a
criterio de la Unidad Ejecutora, en un periódico de circulación nacional.
3. De
la presentación de oferta:
Las ofertas para la contratación de bienes y
servicios deberán presentarse ante la Unidad Ejecutora del Fideicomiso por
escrito y de conformidad con la invitación o cartel que se emita para tal
efecto. Las cuales se incluirán en el expediente de contratación
administrativa.
Las ofertas para concursos con un monto igual o
superior a cincuenta millones de colones, deberán presentarse en sobre cerrado,
indicando en el sobre la leyenda con el número de contratación, el objeto y el
nombre del oferente. Las cuales se incluirán en el expediente de contratación
administrativa.
Las ofertas para contrataciones cuyo monto sea
inferior a cincuenta millones, serán presentadas ante la Unidad Ejecutora
personalmente o a través del fax o correo electrónico. Las cuales se incluirán
en el expediente de contratación administrativa
Las ofertas formales deberán de presentarse
debidamente firmadas por la persona facultada para 1 cierre de recepción de
ofertas y apertura:
Se tendrá por finalizado el periodo de
recepción de ofertas a la hora y fecha señaladas.
En aquellas contrataciones superiores a
cincuenta millones, se realizará un acto formal de apertura en presencia de un
asesor legal, un representante de la Unidad Ejecutora y los oferentes
interesados en estar presentes en dicho acto. El asesor legal levantará un acta
donde se exponen los motivos más relevantes de las ofertas.
En contrataciones cuyo monto sea inferior a
cincuenta millones, no se realizará un acto formal, sino que se incluirán las
ofertas dentro del expediente administrativo, dejando constancia de la
recepción de las ofertas.
5. De la selección y adjudicación de ofertas:
La Unidad Ejecutora realizará el análisis y
valoración de la o las ofertas recibidas, de acuerdo a la conveniencia y a las
políticas de contratación de bienes y servicios del Fideicomiso.
a) Para
contrataciones inferiores a cinco millones de colones serán aprobadas por la
Unidad Ejecutora con la debida selección, justificación y razonabilidad de las
ofertas.
b) Para contrataciones superiores a cinco millones de colones serán
aprobadas por el Comité Director, con el análisis y valoración de la Unidad
Ejecutora y remitirá la recomendación para la adjudicación al Comité Director
para que tome la decisión final de adjudicación.
Una vez que el Comité Director adjudique se
tomará un acuerdo firme en sesión.
En caso de no ser elegida ninguna de las
ofertas por no ser de satisfacción del Comité Director, se deberá dejar
constancia de los motivos específicos de interés público considerados para
adoptar esa decisión.
La comunicación de adjudicación se realizará
por el mismo medio mediante el cual se invitó a participar en el concurso.
6. De la formalización de un contrato
a) Para
contrataciones de hasta cinco millones de colones, no será obligatoria la
elaboración de un contrato, sino que quedará a criterio de la Unidad Ejecutora.
b) Para contrataciones superiores a cinco millones de colones, la
Unidad Ejecutora remitirá la propuesta del contrato al Asesor Legal de
Fiduciario para que proceda a la revisión y firma por parte del adjudicatario
como del fiduciario.
c) En los casos en que la Unidad Ejecutora requiera modificar,
aumentar o disminuir unilateralmente un contrato, podrá hacerlo hasta por un
cincuenta por ciento (50%) de la prestación y objeto de la contratación, el
cuál será motivado mediante resolución administrativa y posteriormente se
procederá a realizar el adenda al contrato original.
Artículo N° 2.—Se adicione dos artículos el
primero: “Exceso en los límites del procedimiento”. Cuando se haya determinado
una contratación de escasa cuantía, un procedimiento ordinario, o bien una
contratación autorizada por la Contraloría General de la República con
fundamento en la estimación preliminar del negocio y posteriormente las ofertas
presentadas superen los límites para la aplicación del procedimiento respectivo,
no se invalidará el concurso, si este exceso no supera el 10% y el FIDUCIARIO
dispone de los recursos presupuestarios suficientes para asumir la erogación; y
el segundo modifica el artículo referente a las excepciones para que se lea
“Excepciones”: Se excluyen de los procedimientos de contratación, la actividad
contractual desarrollada entre entes de derecho siempre y cuando la actividad
desplegada se encuentre habilitada dentro de sus respectivas competencias. En
sus relaciones contractuales, deberán observar el equilibrio, la razonabilidad
entre las respectivas prestaciones y contraprestaciones y la venta de servicios
sea conveniente y oportuno para los intereses del Fideicomiso.
Otra excepción, la
Unidad Ejecutora y el FIDUCUARIO podrá acogerse a los indicado en el artículo
131 “Objetos de naturaleza o circunstancia concurrente incompatibles” de la Ley
de Contratación Administrativa y su Reglamento con el propósito de agilizar los
procesos de contratación permitidos en dichos artículos, con la justificación
correspondiente y la debida aprobación del Comité Director del Fideicomiso y de
acuerdo con el siguiente procedimiento: a) La Unidad Ejecutora prepara el
cartel con las especificaciones técnicas del caso; b) La Unidad Ejecutora
solicita la oferta única de acuerdo a las especificaciones técnicas; c) La
Unidad Ejecutora hace el estudio y recomienda al Comité Director y éste autoriza la contratación según la
recomendación de la Unidad Ejecutora; d)
Una vez elegida la oferta, la Unidad Ejecutora tramitará la solicitud de desembolso,
adjuntando la oferta única elegida y el acuerdo del Comité Director.
Aprobado por el Comité Director del citado Fideicomiso; en sesión
014-2017 del 01 de agosto de 2017, mediante acuerdo N°94.
Unidad Ejecutora.—Margarita Fernández Garita,
Gerente.— 1 vez.—( IN2017157566 ).
El Instituto Nacional de
Vivienda y Urbanismo comunica que mediante acuerdo de Junta Directiva tomado en
sesión extraordinaria N° 6271, artículo único, Inc. 1) celebrada el 28 de julio
de 2017, tomo acuerdo que textualmente dice:
Considerando:
I.—Que en el 2016 se contrató un
estudio actuarial para el Sistema de Ahorro y Préstamo (SAP), con el propósito
de revisar el estado del mismo y valorar la posibilidad de eventuales
modificaciones.
II.—Que dicho estudio presentó una propuesta
para modificar las condiciones de los planes a futuro, ofreciendo una tasa de
interés diferente al 9% y plazos variables.
III.—Que la Comisión de Fortalecimiento del
SAP, constituida para evaluar los informes actuariales y validar la propuesta
planteada, dio su aval a los datos utilizados en el estudio actuarial.
IV.—El tener porcentajes y montos fijos en el
Reglamento de Ahorro y Préstamo, impide implementar las propuestas y en general
le resta flexibilidad al Sistema de Ahorro y Préstamo para ajustarse a los
requerimientos del entorno económico, de la entidad y del país.
V.—Que los cambios propuestos al Reglamento
del SAP fueron avalados por la Asesoría Legal mediante oficio PE-AL-253-2017.
Se acuerda: Modificar los
artículos primero bis, segundo, cuarto y sétimo del Reglamento del Sistema de
Ahorro y Préstamo para que se lean de la siguiente forma:
INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO
REGLAMENTO
DEL SISTEMA DE AHORRO Y PRÉSTAMO
Artículo 1° bis.—El INVU se
reserva la posibilidad de gestionar y vender directamente los planes del
Sistema de Ahorro y Préstamo a los clientes, a través de la Unidad o Área
designada para tales efectos.
Igualmente el Instituto podrá acordar la
venta en paquetes con personas jurídicas públicas o privadas, de los planes del
Sistema de Ahorro y Préstamo. Será potestad exclusiva del Instituto como tal,
la venta de paquetes a entidades de carácter público.
Las comisiones resultantes de la gestión de
ventas de los contratos del Sistema de Ahorro y Préstamo, que realice
directamente el INVU, se incorporarán como parte de los ingresos corrientes de
la Institución.
El Instituto podrá para los presentes efectos
tramitar la colocación de cualquier tipo de contrato e incluso podrá
desarrollar un mercado secundario para la colocación de contratos maduros.
Artículo 2º—El Sistema de Ahorro y Préstamo
se llevará a efecto mediante la aprobación, por parte de la Junta Directiva, de
diversos planes.
En cada plan la Junta Directiva
señalará:
a) El importe mínimo y máximo de los contratos.
b) El porcentaje que el suscriptor se comprometerá
a ahorrar y el porcentaje que el Instituto prestará.
c) Plazos mínimo y máximo en que ese porcentaje
debe ser ahorrado.
d) Cuota de ingreso que debe pagarse
e) Número máximo de abonos mensuales en que la
cuota de ingreso debe ser cubierta.
f) Tasa de interés para la colocación del crédito
g) El plazo a que serán concedidos los préstamos.
Artículo 4.—La Junta Directiva,
por acuerdos generales previos, fijará los montos máximos de los contratos y
los topes de aplicación generales o por unidad de vivienda para los diversos
planes de inversión autorizados, así como las condiciones para el cambio de un
plan por otro o para que el plazo de amortización del crédito que se conceda al
madurar los contratos sea ampliado.
Los indicados acuerdos generales no
perjudicarán a los contratos ya suscritos, en perjuicio de sus titulares.
Las condiciones que regulen los contratos de
ahorro y préstamo serán las mismas cuando las viviendas a construir sean para
uso propio o para alquiler.
Sin perjuicio de los topes de aplicación para
cada unidad de vivienda, no habrá limitación alguna para la suscripción de
contratos, en cuanto a la cantidad que cada persona desea suscribir.
Se toman las siguientes
disposiciones generales:
a) La Junta Directiva fijará los montos máximos de los contratos y los
topes de aplicación generales o por unidad de vivienda, para cada plan de
inversión autorizado, así como las condiciones para el cambio de un plan para
otro o para que el plazo de amortización del crédito que se conceda al madurar
los contratos, sea ampliado.
b) El monto máximo de cada contrato así como el
mínimo, los fijará la Junta Directiva, previa recomendación del área que tenga
designado el manejo del Sistema de Ahorro y Préstamo. Al cumplir los contratos
con las condiciones para respaldar créditos, pueden fraccionarse hasta un
mínimo de un 25%. Se permite la suscripción de cualquier número de contratos y
monto, siempre y cuando se respete el monto mínimo y máximo por contrato.
c) La Junta Directiva del Instituto será la que,
previa recomendación del área que administra el Sistema de Ahorro y Préstamo, y
contando con los criterios técnicos necesarios, definirá los topes máximos por
solución.
Para todos los casos la tasa de
interés por aplicar a los préstamos es anual fija sobre los saldos, durante el
plazo del crédito otorgado.
d) La Gerencia presentará a conocimiento de la Junta Directiva para su
aprobación, los nuevos topes máximos por unidad habitacional, tomando como base
la actualización el índice general de precios al consumidor al 31 de diciembre
del año anterior.
e) Cuando el monto o número de contratos con
solicitud de cambio a planes más cortos exceda de los montos o topes
establecidos, el cambio se hará según el principio de primero o en tiempo,
primero en derecho.
Las reformas y normas generales
anteriores, no modifican las variaciones en lo conducente y demás normas
generales que se hayan emitido, que no contradigan las normas señaladas en este
artículo.
Estas disposiciones no serán
aplicables a los contratos ya suscritos, en perjuicio de sus titulares, excepto
en lo que los beneficie.
Artículo 7º—En caso de rescisión
o renuncia del contrato, por cualquiera de las causas que fuere, el Instituto
resarcirá al suscriptor el monto del ahorro que haya aportado, el cual no
incluye el monto correspondiente a la cuota de ingreso que al momento de la
rescisión tenga el Contrato, de conformidad con las políticas financieras y
actuariales vigentes.
Las devoluciones por concepto de renuncias,
préstamos parciales, devoluciones de cuotas de más y otras, las efectuará el
INVU dentro de los 30 días hábiles posteriores a la fecha en que el suscriptor
presente su solicitud.
Rige a partir de su publicación.
Acuerdo firme.
Unidad de Adquisiciones y
Contrataciones.—M.Sc. Alonso Oviedo Arguedas, Encargado.—1 vez.—( IN2017157435
).
AVISOS
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
A quien interese: se comunica que por
resolución Administrativa de las catorce horas del veintisiete de julio del dos
mil diecisiete, dictada por el Patronato Nacional de la Infancia, oficina local
de Cartago se declaro en estado de abandono en sede administrativa a la persona
menor de edad Aaron Gabriel Figueroa Navarro, confiriendo además el depósito
administrativo provisional del citado menor en la señora Olga Marta Navarro
Navarro. Notifíquese. Recurso. Procede recurso ordinario de Revocatoria con
Apelación en subsidio, que deberá interponer ante ésta Representación Legal
dentro del tercer día hábil inmediato siguiente a la fecha de la última
notificación a las partes, siendo que el de revocatoria será de conocimiento de
esta Representación Legal, y el de Apelación será resuelto por la Presidencia
Ejecutiva de la Institución. Plazo: Tres días hábiles contados a partir de la
tercera publicación de este edicto, los que deberán interponerse ante el Órgano
Director de la Oficina Local de Cartago. Expediente Nº administrativo
OLC-00262-2016.—Oficina Local de Cartago.—Lic. Rodolfo Jiménez Arias,
Representante.—O. C: N° 00041016.—Solicitud N° 17000036.—( IN2017157611 ).
A los señores Adriana Agüero
Arias y Danilo Antonio Gómez, se le comunica la resolución de las diez horas
del día siete de julio del año dos mil diecisiete, mediante la cual se dictó
Medida de Inicio de Proceso Especial de Protección en Sede Administrativa
Medida de Cuido Provisional de la persona menor de edad Monserrath Gómez Aguero
en los señores Jorge Eduardo Agüero Zúñiga y Flora Castro Odio. Plazo: Para
ofrecer Recurso de apelación 48 horas contadas a partir de la tercera
publicación de este Edicto, en el Diario Oficial La Gaceta. También se
le previene que debe señalar lugar, o fax donde recibir notificaciones, el cual
debe ser viable pues se intentará la comunicación en cinco oportunidades yen
caso de estar ocupado, desconectado o sin papel a la quinta vez, se consignará
así en el expediente y se tendrán por notificadas las resoluciones veinticuatro
horas después de dictadas. La interposición del Recurso de Apelación no
suspende el acto administrativo. Expediente Administrativo OLD-
00263-2017.—Oficina Local de Desamparados.—Licda. Raquel González Soro,
Representante Legal.—O. C. Nº 00041016.—Solicitud Nº 17000036.—( IN2017157612
).
A, Alicia Soto Segura, se les
comunica la resolución de las trece horas del cinco de junio del dos mil
diecisiete, que ordenó inicio del proceso especial de protección en sede
administrativa, y medida de abrigo temporal de Justin Andrés Corrales Soto, en
alternativa de protección institucional, por un plazo de seis meses, siendo la
fecha de vencimiento el 05 de diciembre del 2017. Aunado a ello ordenó
seguimiento psicológico y social, Notifíquese la anterior resolución a las
partes interesadas, personalmente o en su casa de habitación, a quienes se les
advierte que deberán señalar lugar conocido para recibir sus notificaciones, o
bien, señalar número de facsimile para recibir aquellas notificaciones que
pudieren practicarse por ese medio, en el entendido que de no hacerlo, o si el
lugar señalado fuere impreciso, inexacto o llegare a desaparecer, o si el medio
seleccionado fuere defectuoso, estuviere desconectado, sin suficiente provisión
de papel o por cualquier otro modo no imputable a esta institución se
interrumpiere la comunicación, las notificaciones futuras quedarán firmes
veinticuatro horas después de dictadas. Se les hace saber además, que contra la
presente resolución procede el recurso ordinario de apelación, que deberán
interponer ante esta Representación Legal dentro del plazo de dos días hábiles
siguientes a la fecha de la última notificación a las partes, el de recurso
será de conocimiento de la Presidencia Ejecutiva de esta institución, en el
entendido que hacerlo fuera de dicho término el recurso deviene en inadmisible.
Expediente: OLSR-00156-2014. Oficina Local de San Ramón.—Licda. Ana Lorena
Fonseca Méndez, Órgano Director del Procedimiento.—O. C. N° 00041016.—Solicitud
N° 17000036.—( IN2017157613 ).
Para los fines consiguientes la Dirección de
Servicios de la Municipalidad de Montes de Oca hace saber que la señor Araya
Marroni María Alejandra, cédula Nº 1-0569-0540, ha presentado escritura pública
rendida ante la notaria Sequeira Torres Mirta Elizabeth en la que dice que es
la apoderada generalísima sin límite de suma de la señora Araya Marroni María
Marta, cédula Nº 1-0701-0787 y que ambas son las titulares del derecho Nº 23
cuadros 1 del cementerio de San Pedro y que en este acto donan de forma
gratuita a la señora Alvarado Durán Ericka Daniela, cédula Nº 1-1205-0798 quien
acepta que quede inscrito a su nombre con las obligaciones o responsabilidades
que de este acto se derivan. La Municipalidad de Montes de Oca queda exonerada
de toda responsabilidad civil y penal y brindará un plazo de 8 días hábiles a
partir de esta publicación para escuchar objeciones.
Sabanilla de Montes de Oca, 22 de junio del
2017.—Lic. Guillermo Montero Marroquín, Encargado de Cementerios.— 1 vez.—(
IN2017157334 ).
La Municipalidad de Acosta
comunica que mediante el acuerdo Nº 13 por unanimidad de los presentes, de la
sesión Nº 61-2017 celebrada por el Concejo Municipal de Acosta el día 18 de
julio del 2017, acordó: “Que si un día feriado correspondiese a un día de
Sesión de Concejo Municipal está será trasladada para el día hábil siguiente”.
Norman Eduardo Hidalgo Gamboa,
Alcalde.—1 vez.— ( IN2017158178 ).
El Área de Bienes Inmuebles procede a publicar
en el periódico Oficial La Gaceta: todos los adendums que el Órgano de
Normalización Técnica emita con el objeto de corregir y/o aclarar los
contenidos de dicho Manual para efectos en lo indicado en la Ley Nº 7509 y sus
reformas, así como la actualización de las Matrices de valores de terrenos por
zonas homogéneas del cantón de Alvarado y tres distritos, dicho estudio fue
realizado en el mes de diciembre del año 2016. Rige a partir de su Publicación.
Ver matrices
Las
imágenes respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
Alvarado, 11 de julio del 2016.—Felipe Martínez
Brenes, Alcalde Municipal.—1 vez.—( IN2017157527 ).
De conformidad con lo acordado
por el Concejo Municipal de El Guarco en la sesión N° 90-2017, celebrada el 27
de julio de 2017, mediante acuerdo N° 266 definitivamente aprobado, se traslada
la sesión ordinaria del martes 15 de agosto, para el jueves 17 de agosto de
2017, a las 5:00 p. m., en el salón de sesiones municipal.
Katherine Quirós Coto,
Secretaria Municipal.—1 vez.— ( IN2017157175 ).
Comunica a todo el público en
general, el acuerdo CMA-0305-2017; emitido en la sesión ordinaria N° 30-2017,
capítulo VIII, artículo 3; celebrada el día treinta y uno de julio del año dos
mil diecisiete, en la sala de sesiones del Concejo Municipal, el cual en su
texto dice:
“Trasladar la sesión ordinaria del 15/08/2017 para el día
16/08/2017 y la sesión ordinaria del
26/12/2017 se traslada para el
13/12/2017. Se autoriza a la administración municipal, su publicación, en
el Diario Oficial La Gaceta.
Las Juntas de Abangares, 01 de
agosto del 2017.—Francisco Javier González Pulido, Secretario del Concejo
Municipal.— 1 vez.—( IN2017157427 ).
TRUSTCO INVESTMENT TRUST
COMPANY S. A.
Se convoca a todos los
accionistas de Trustco Investment Trust Company S. A., a la asamblea general
extraordinaria a celebrarse el día martes 29 de agosto del 2017, a las 8:00
horas, en el domicilio social. De no haber quórum a la hora indicada, se
sesionará en segunda convocatoria con los votos presentes a las 8:30 horas. En
la asamblea general extraordinaria se conocerán los siguientes asuntos:
Apertura de la asamblea general extraordinaria y establecimiento del quórum;
modificación del domicilio social de la Compañía. Asuntos varios.—San José, 8
de agosto del 2017. Junta Directiva.—Marcon Antonio Fernández López,
Presidente.—1 vez.—( IN2017159380 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Mediante escrituras públicas número 47-5
otorgada a las 10:00 horas del día 27 de enero de 2017 y número 100-5 otorgada
a las 14 horas 30 minutos del día 26 de julio de 2017, suscritas por el
Accionista Fundador, sea el señor Melixander Arturo Abarca Hidalgo, por las
vendedoras, sean las sociedades Mekarau S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil tres, Proambiente Eco Farma de
Centroamérica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos once
mil setecientos dos, Distribuidora del Este Distafal S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos ochenta y tres mil ochocientos sesenta, y
por la Compradora, sea la sociedad Tres-Ciento Uno- Setecientos Treinta Y Un
Mil Trescientos Catorce S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-
setecientos treinta y un mil trescientos catorce y por la Garante, sea la
sociedad Cuestamoras Salud Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres-
ciento uno- seiscientos trece mil ochocientos setenta y cinco, acordaron la Compraventa
de Establecimiento Mercantil en donde se traspasó el Establecimiento Mercantil
compuesto por una cadena de las siguientes 15 farmacias: (i) Farmacia La Bomba
Zapote #2, (ii) Farmacia La Bomba Zapote, (iii) Farmacia La Bomba Tibás, (iv)
Farmacia La Bomba Santa Ana, (y) Farmacia La Bomba San Francisco, (vi) Farmacia
La Bomba Desamparados #2, (vii) Farmacia La Bomba Guadalupe, (viii) Farmacia La
Bomba Escazú 1, (ix) Farmacia La Bomba Desamparados, (x) Farmacia La Bomba
Curridabat #3, (xi) Farmacia La Bomba Cronos Plaza, (xii) Farmacia La Bomba
Curridabat #2, (xiii) Farmacia La Bomba Cartago #1, (xiv) Farmacia La Bomba San
Pedro 1 y (xv) Farmacia La Bomba Heredia #1 ,todas bajo la marca denominada
“Farmacia La Bomba”, dedicadas a la venta de productos farmacéuticos y de
cuidado personal. Quien se considere afectado puede manifestar su oposición
ante esta Notaría, sita en Escazú, San Rafael, Trejos Montealegre, del
restaurante Tony Romas, 600 metros oeste, edificio del Banco General, sexto
piso, Consortium Legal, dentro del término de quince días naturales a partir de
la primera publicación de este aviso.—San José, 31 de julio de 2017.—Marcela
María Alfaro Orozco.—( IN2017156536 ).
EUROPROTECTION
Que en virtud de la firma del
contrato privado de traspaso del nombre comercial EUROprotection, registro N°
186625, que realiza Maniservi S. A., cédula jurídica N° 3-101-325273, a favor
de Aser A&V S. A., cédula jurídica 3-101-345577, el señor Alberto Veronesi
Scorzato, cédula de identidad 8-0106-0304, en calidad de apoderado generalísimo
de Aser A&V S. A., solicita al Registro Público, Registro de la Propiedad
Industrial, se inscriba el traspaso mencionado. Publicar en el Diario Oficial La
Gaceta por tres veces consecutivas en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 479 del Código de Comercio.—Alajuela, 31 de julio del año 2017.—Lic.
Alberto Veronesi Scorzato, Notario.—( IN2017156772 ).
HOTEL PUNTA LEONA S.A.
(HOY
REAL DE PUNTA LEONA S. A.)
Para efectos del artículo 689
del Código de Comercio Real de Punta Leona S.A., (antes Hotel Punta Leona S.
A.), hace saber a quién interese que por haberse extraviado al propietario,
repondrá la acción preferida N° 69 de la serie F a nombre de Inversiones Paco
S. A., cédula de persona jurídica N° 3-101-032453-32, endosada Shirley Karzen,
con pasaporte N° 300214947, cualquier persona interesada al respecto podrá
oponerse durante un mes a partir de la última publicación de este aviso. Real
de Punta Leona S. A. Apoderado Generalísimo Boris Gordienko Echeverría,
responsable con cédula de identidad número 1-966-0019.—Boris Gordienko
Echeverría, Apoderado Generalísimo.—( IN2017156917 ).
COMPLEJO
RECREATIVO BAJAMAR S. A.
Por medio de la presente y como presidente de
la sociedad Complejo Recreativo Bajamar S. A., cédula jurídica Nº 3-101-150649,
solicito se publique el extravío de la Acción Nº 135, a nombre de Carlos Morera
Flores, cédula Nº 104530691.—26 de julio del 2017.—Lic. Leonardo Argüello
Delgado.—( IN2017156934 ).
UNIVERSIDAD LATINA DE COSTA RICA
Ante la Oficina de Registro de
la Universidad Latina de Costa Rica, se ha presentado la solicitud de
reposición de los siguientes: títulos Bachillerato en la Enseñanza del Inglés,
inscrito bajo el tomo VI, folio 4, asiento 40823 y la Licenciatura en la
Enseñanza del Inglés, inscrito bajo el tomo XI, folio 29, asiento 52621, a
nombre de Andrea Matilde Muir Quinn, cédula de identidad número 901120946. Se
solicita la reposición de los títulos indicado anteriormente por extravío del
original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta. Se extiende la presente a solicitud del
interesado en el día y lugar de la fecha.—Departamento de Servicios
Estudiantiles y Registro.—Neda Blanco López, Directora.—( IN2017156963 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
SAN
JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor Club S. A., tramita la
reposición de la acción Nº 1607 a nombre de Gustavo Chavarría León, cédula de
identidad Nº 1-0609-0268 por haberse extraviado. Cualquier persona que se
considere con derechos deberá apersonarse ante el San José Indoor Club S. A.,
en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo indicado en el artículo
709 del Código de Comercio.—31 de julio del 2017.—Lic. Cristian Calderón M.,
Gerente General.—( IN2017157122 ).
INVERSIONES HOTELERAS PLAYA POCHOTE S. A.
Inversiones Hoteleras Playa
Pochote, S.A. cédula jurídica número 3-101-648751 (en adelante “La Empresa”),
hace del conocimiento público que, por motivo de haber hallado el original del
certificado accionario N° 2 de La Empresa, el cual le fue emitido a su nombre
en fecha 10 de febrero de 2013, el cual representa dos (2) acciones comunes y
nominativas con un valor nominal de cien colones (CR¢100,00) cada una, el señor
Ronald Zürcher Gurdián, mayor de edad, casado una vez, arquitecto, con
domicilio en San José, Santa Ana, portador de la cédula de identidad número
1-0532-0389, ha solicitado a la junta directiva de la empresa cancelar y dejar
sin efecto las diligencias societarias establecidas en el artículo 689 del
Código de Comercio de Costa Rica, con la finalidad de reponer dicho certificado
accionario.—San José, 1° de agosto del 2017.—Edgar Zürcher Gurdián,
Presidente.—( IN2017157158 ).
CLUB PLAYA JACÓ S. A.
Se hace saber que Zamoracano
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-556444, ha iniciado las gestiones de
reposición del certificado N° 852, por una acción del Club Playa Jacó S. A.,
por haberse extraviado. Quién se considere afectado en esta gestión debe
dirigirse a las oficinas del club para hacer valer sus derechos, en el plazo
indicado en el artículo 709 del código de comercio.—San José, el día 31 de
julio del 2017.—Firma Ilegible.—( IN2017157510 ).
UNIVERSIDAD METROPOLITANA CASTRO CARAZO
El Departamento de Registro de
la Universidad Metropolitana Castro Carazo, informa que se ha extraviado el
Título de Bachillerato en Administración de Aduanas registrado en el control de
emisiones de título tomo 1, folio 497, asiento 10312 con fecha de noviembre del
2008 a nombre de Karen Ruiz Hernández cédula número: uno uno cero cero nueve
cero cinco nueve ocho se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en La Gaceta.—San José, 28 julio del 2017.—Departamento de
Registro.—Ing. Alejandra González López, Directora.—1 vez.—( IN2017157589 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
CONSISA
ANS SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante esta notaría, se ha iniciado por extravío
el procedimiento de reposición del libro de Registro de Socios, Asamblea
General y Junta Directiva de la compañía Consisa ANS Sociedad Anónima, Nº
3-101-276657, oposiciones ante esta notaría dentro del término de cinco días
hábiles a partir de la publicación de este aviso.—San José, 01 de agosto del
2017.—Lic. Juan Carlos Montero Villalobos, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017157134 ).
MATADERO
DEL VALLE S. A.
Lucía Beatriz Gómez Chaves, cédula Nº
1-0960-0980, como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma de Matadero del Valle S. A., cédula jurídica Nº 3-101-95380,
comunico el extravío del libro de Actas de Junta Directiva número uno, motivo
por el cual se solicitará al Registro la reposición de dicho libro.—Heredia, 31
de julio del 2017.—Lucía Beatriz Gómez Chaves, Presidenta.—1 vez.—(
IN2017157304 ).
YEAR
ZERO BUSINESS LIMITADA
Yo, Stephannie Waserstein Rubinstein, mayor,
casada una vez, economista, vecina de Escazú, y portadora de la cédula de
identidad número uno-mil ciento cincuenta y ocho-cero ochenta y uno, actuando
en mi condición de gerente, con facultades de apoderada generalísima sin límite
de suma, de la sociedad Year Zero Business Limitada, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos ochenta y dos mil trescientos sesenta
y cinco, solicito al Departamento de Personas Jurídicas del Registro Nacional
la reposición de los libros sociales de mi representada, sean el libro de
Registro de Cuotistas, el libro de Actas de Asamblea General de Cuotistas,
debido al extravío de los mismos. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de
la publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro
de Personas Jurídicas del Registro Nacional.—San José, primero de agosto de dos
mil diecisiete.—Stephannie Waserstein Rubinstein, Gerente.—1 vez.—(
IN2017157313 ).
ASOCIACIÓN REGIONAL DE PESCADORES DE CHOMES
Yo, José Raúl Jiménez Patiño,
con cedula de identidad seis-ciento sesenta y siete-setecientos sesenta y nueve
en calidad de presidente y representante legal de la Asociación Regional de
Pescadores de Chomes, con cedula jurídica tres-cero cero dos-treinta y seis
siete dos seis ocho, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de
Personas Jurídicas la reposición de los libros del tomo uno de Acta de Asamblea
General, tomo uno del Órgano Directivo, tomo uno Registro de Asociados, Diario,
Balances e Inventarios, los cuales fueron extraviados. Se emplaza por ocho días
hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado a fin de oír
objeciones ante el registro de asociaciones.—Puntarenas, 1° de agosto del
2017.— José Raúl Jiménez Patiño, Presidente.—1 vez.—( IN2017157398 ).
ASOCIACIÓN DE EMPRESAS DE ZONAS
FRANCAS
DE COSTA RICA
Yo, Jorge Manuel Brenes Ramírez,
cédula de identidad número cuatro-cero nueve dos-cinco cinco dos, en mi calidad
de presidente y representante legal de la Asociación de Empresas de Zonas
Francas de Costa Rica, cédula jurídica número tres-cero cero dos-ciento trece
mil cuatrocientos doce, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro
de Personas Jurídicas del Registro Nacional, la reposición del libro de
Registro de Asociados número uno, el cual fue extraviado. Se emplaza por ocho
días hábiles a partir de la publicación de este edicto a cualquier interesado a
fin de oír objeciones ante el Registro de Asociaciones.—San José, 31 de julio
del 2017.—Jorge Manuel Brenes Ramírez, Presidente.—1 vez.—( IN2017157406 ).
ECOSOLYDAR
S. A.
Ecosolydar S. A., sociedad con cédula jurídica
número tres-ciento uno-seiscientos diecisiete mil novecientos ochenta y dos,
solicito ante el Registro Nacional de Costa Rica la reposición de los siguientes
libros legales: Asamblea General (número uno), Registro de Accionistas (número
uno), Junta Directiva (número uno), se avisa a los interesados que se procederá
con la emisión de libros nuevos. Quien se considere afectado puede manifestar
su oposición ante la Junta Directiva del Registro Nacional de Costa Rica,
dentro del término de ocho días hábiles a partir de la publicación de este
aviso.—Paola Rojas Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017157474 ).
TULE CASA S.A
Tule Casa S. A., con cédula
jurídica tres-uno cero uno-cuatro nueve cero cinco ocho cuatro, solicita ante
Registro Público, la legalización de libro número uno de Actas de Asamblea por
extravío.—San José, veintisiete de Junio de dos mil diecisiete.—Licda. Sinda
Góchez Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017157559 ).
COMERCIAL ZÚÑIGA CUEVAS S. A.
Ante el suscrito notario
Comercial Zúñiga Cuevas S. A., con cédula jurídica tres-ciento uno-noventa y
ocho mil ciento sesenta y dos, solicita reposición de libros legales.—Ciudad
Neily, veintiuno de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Luis Fernando Rojas
Arredondo, Notario.—1 vez.—( IN2017158588 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Mediante escritura otorgada el
veinte de junio de dos mil diecisiete en mi notaría, se reforma la cláusula
quinta del pacto social de Desarrollos Hoteleros Guanacaste S.A.,
disminuyéndose su capital social.—San José, veintiséis de junio de dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Lucía Espinoza Blanco, Notaria.—( IN2017156914 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
Por escritura otorgada a las
doce horas del veinticinco de julio del dos mil diecisiete se constituyó Despacho
Venegas y Asociados Sociedad de Actividades Profesionales. Objeto
Contaduría, auditorio y consultoría. Gerente Jorge Nilo Venegas Mora CPA. Plazo
social noventa y nueve años. Capital trescientos sesenta mil colones. Domicilio
Heredia, Central, San Francisco. Gerente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Heredia, veintiocho de julio de junio del dos
mil diecisiete.—Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—( IN2017157218 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por escritura número diecisiete
del tomo cuatro de mi protocolo, otorgada ante esta notaría, al ser las diez
horas con cuarenta y cinco minutos del día veintiocho del mes de abril del dos
mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad Isla Marcolini López S. A., mediante la cual se
reforman las cláusulas primera y segunda del pacto constitutivo y se hacen
nuevos nombramientos en la junta directiva.—San José, 28 de julio de 2017.—Lic.
Randall Emilio Ramírez Calero, Notario.—1 vez.—( IN2017157998 ).
Por escritura 180 otorgada a las
11:00 horas del 3 de agosto del 2017, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de la empresa La Cuesta del Moro Sociedad Anónima, donde
se modificó pacto social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—(
IN2017158382 ).
La suscrita notaria hace constar
que por escritura número cincuenta y cuatro-veintiuno, otorgada ante mí a las
trece horas del día siete de agosto del año dos mil diecisiete, en Cartago, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de Luxusauto
Pavicen Sociedad Civil, mediante la cual se revoca el nombramiento del
actual administrador y se nombró nuevo. Tel: 8873-7112. Carné 14531.—Cartago,
ocho de agosto del año dos mil diecisiete.—Licda. Dianela Ramírez Quesada,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158399 ).
Ante mí, Pedro Ramírez Williams,
notario público con oficina abierta en San José, escritura otorgada: a las 08
horas 40 minutos del de 07 de 07 del 2017 se constituyó la S. A.: Multiservicios
FamSC Guanacaste Sociedad Anónima, presidente: Ronald Sánchez Batista,
capital social totalmente suscrito y pagado, domicilio social: Liberia,
Guanacaste, barrio La Guaria, bloque c, casa número cinco.—8 del 08 del
2017.—Lic. Pedro Ramírez Williams, Notario.—1 vez.—( IN2017158416 ).
Mediante escritura 59 otorgada
ante este notario, a las 17:00 horas del 27 de julio del 2017, se acuerda
disolver la sociedad Roslili Investment R L A S. A., cédula de persona
jurídica número 3-101-462393. Con base al artículo 207 Código de Comercio. Es
todo.—Guanacaste, 27 de julio del 2017.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2017158424 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento sesenta y tres-ocho, otorgada a las once horas del
diecinueve de julio del dos mil diecisiete, se protocolizaron acuerdos de
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento
dos-setecientos cuarenta y un mil cuatrocientos veintidós sociedad de
responsabilidad limitada, con cédula jurídica tres-ciento dos-setecientos
cuarenta y un mil cuatrocientos veintidós, en la cual se cambia la razón social
de la sociedad y la distribución accionaria. Es todo.—San José, siete de agosto
del dos mil diecisiete.—Lic. Raymundo Volio Leiva, Notario.—1 vez.—(
IN2017158429 ).
El suscrito notario protocolizó
el día ocho de agosto del dos mil diecisiete el acta de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad B&C Dos Mil Siete ELMT
Limitada. Se modifica cláusula primera correspondiente al nombre para que
en adelante se denomine U & B Dos Mil Siete ELMT Limitada.—San
José, ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Roger Petersen Morice,
Notario.—1 vez.—( IN2017158431 ).
En escritura otorgada ante la notaria pública
Ana Gabriela Peña Valle, a las 15:00 horas del 7 de agosto del 2017, se
modifica la cláusula 9° del pacto social sobre la representación de la sociedad
anónima Saborío Consultores Gestión en Comunicación Política y Legislativa.
Ana Gabriela Peña Valle.—San José, 7 de agosto del 2017.—Licda. Ana Gabriela
Peña Valle, Notaria.—1 vez.—( IN2017158434 ).
Mediante escritura número Nº 65-6, de la notaria
del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 07 de agosto del 2017, visible al tomo
Nº 06, folio Nº 42 Vuelto, la sociedad anónima denominada Corporación Sadel
ML Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-259007, reformó la
cláusula décima segunda del pacto constitutivo. Es todo.—Alajuela, el 08 de
agosto del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017158436 ).
Por escritura número 61-6, otorgado ante esta
notaría, a las diecisiete horas del veinticuatro de julio del dos mil
diecisiete, se constituyó la empresa Acabados Metálicos Díaz e Hijos
Sociedad Responsabilidad Limitada. Capital social: cien mil colones. Plazo:
99 años. Domicilio: Alajuela-Alajuela, Desamparados, de la plaza de deportes de
Mondovi, son ochocientos metros al este, y veinticinco metros al sur. Se
nombran dos gerentes quienes tendrán la representación judicial y extrajudicial
de la sociedad con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
debiendo actuar conjuntamente. Es todo.—Dada en Alajuela, el 08 de agosto del
2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017158438 ).
Mediante escritura número 68-6, de la notaría
del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 07 de agosto del 2017, visible al tomo
Nº 06, folio Nº 44 Vuelto, la sociedad anónima denominada Salma de Santa
Teresa Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-662223, reformó las
cláusulas segunda, y décima primera del pacto constitutivo. Es todo.—Dada en
Alajuela, el 08 de agosto 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—(
IN2017158439 ).
Mediante escritura número 67-6, de la notaría
del Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 07 de agosto del 2017, visible al tomo
Nº 06, folio Nº 43 vuelto, la sociedad anónima denominada Krisha del Carmen
Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-661693, reformó las
cláusulas segunda y décima primera del pacto constitutivo. Es todo.—Alajuela,
07 de agosto del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano, Notario.—1 vez.—( IN2017158441
).
Mediante escritura Nº 66-6, de la notaría del
Lic. Hugo Salazar Solano, de fecha 08 de agosto del 2017, visible al tomo Nº
06, folio Nº 43 frente, la sociedad anónima denominada Tres-Ciento Uno-
Seiscientos Cinco Mil Novecientos Noventa y Dos Sociedad Anónima, con
cédula jurídica Nº 3-101-605992, reformó la cláusula décima del pacto constitutivo.
Es todo.—Dada en Alajuela, el 08 de agosto del 2017.—Lic. Hugo Salazar Solano,
Notario.—1 vez.—( IN2017158443 ).
La suscrita notaria en escritura
otorgada a las doce horas del ocho de agosto de dos mil diecisiete, protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Uno
Cero Uno-Seis Nueve Cinco Cinco Tres Cinco Sociedad Anónima, en la cual se
acordó, conforme lo estipulado en el artículo doscientos uno, inciso D del
Código de Comercio, disolver y consecuentemente liquidar la sociedad.—San José,
ocho de agosto de dos mil diecisiete.—Licda. Maritza Blanco Vargas, Notaria.—1
vez.—( IN2017158449 ).
Mediante escritura número
sesenta y dos, tomo ocho de las ocho horas del diecinueve de julio del dos mil
diecisiete, protocolizó acta de asamblea extraordinaria de socios de El
Amanecer de Lidia S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seis cinco tres
uno ocho uno, en la cual se modifica la cláusula cuarta del capital social.—San
Ramón, 07 de julio del 2017.—Licda. Julia Zeledón Cruz, Notaria.—1 vez.—(
IN2017158452 ).
Por escritura número 26-6 del 08
de agosto del año 2017, el Licenciado Alexander Soto Guzmán, protocoliza acta
en la que se acuerda cambiar la razón social de Brunca Inversiones Sociedad
Anónima, a El General Inversiones Sociedad Anónima.—San José, 08 de
agosto del 2017.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2017158455 ).
Por escritura número 10-6, del
08 de agosto del 2017, el Licenciado Alexander Soto Guzmán, constituye la
sociedad Multiservicios Personales MP Ochenta y Siete Sociedad de
Responsabilidad Limitada, siendo gerente Yrska López Sánchez.—San José, 8
de agosto del 2017.—Lic. Alexander Soto Guzmán, Notario.—1 vez.—( IN2017158456
).
Por escritura número doscientos
setenta y dos de las trece horas del tres de agosto del dos mil diecisiete, se
protocolizó el acta de la sociedad Desarrollos Ecológicos de Cabo Blanco S.
A., con cédula jurídica tres-ciento uno-ciento once mil quinientos
veinticuatro, en la cual se modificó la cláusula quinta de los estatutos
sociales. Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, notario, cédula: 1-0816-0062, carné
9335.—San José, 8 de agosto del 2017.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora,
Notario.—1 vez.—( IN2017158459 ).
Por escritura número cuarenta
del tomo diecisiete de mi protocolo, otorgada las nueve horas con veinticinco
minutos del 20 de junio del 2017, se acuerda por la totalidad de los socios
disolver la sociedad denominada W. B. I. Benboo LTDA, con cédula de
persona jurídica N° 3-102-473-617, lo anterior en concordancia con lo dispuesto
en el transitorio II de la Ley nueve mil veinticuatro. Licenciado Gonzalo
Víquez Carazo, carnet 10476.—San José, 20 de junio del 2017.—Lic. Gonzalo
Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—( IN2017158462 ).
Mediante protocolización de acta
de asamblea general ordinaria-extraordinaria de la sociedad 3-101-712338 S.
A., se reformó la cláusula referente a la administración y representación
legal de la sociedad.—San José, 8 de agosto del 2017.—Lic. Norman Mory Mora,
Notario.—1 vez.—( IN2017158463 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 09:00 horas del día 19 de julio del 2017, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Amenicorp Limitada, con
cédula jurídica N° 3-102-388420. Se modifica la cláusula cuarta del capital
social.—San José, 08 de agosto del 2017.—Licda. Lucrecia Gómez Mora, Notaria.—1
vez.—( IN2017158465 ).
Que en escritura de las 17:00
del 07/08/17 se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios
de Servicios Creativos J.F. del Oeste Sociedad Anónima, cédula
3-101-542102, se acordó modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo y
se aumenta el capital social.—Cartago, 08 de agosto del 2017.—Lic. Jorge Monge
Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017158470 ).
Por escritura otorgada a las
12:45 minutos del día catorce del mes de julio del 2017, se protocoliza el acta
número tres, de la asamblea general extraordinaria de accionistas, en la cual
se modifica, la cláusula primera, de la empresa de esta plaza 3-101-737897,
cédula jurídica N° 3-101-737897, para que en adelante la sociedad se denomine Wolf
Mall Center Limón Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse Wolf Mall Center
Limón S. A..—Limón, 15 de julio del 2017.—Licda. Carmen Adriana Álvarez
Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2017158471 ).
Por escritura N° 198 otorgada a
las 08:15 horas del 08 de agosto del dos mil diecisiete, ante la suscrita
notaria, se acuerda la disolución de la sociedad C M C Dental Services
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-trescientos
cuarenta y dos mil seiscientos sesenta y seis.—San José, 08 de agosto del dos
mil diecisiete.—Licda. Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017158482 ).
Por escritura N° 199 otorgada a
las 08:30 horas del 08 de agosto del dos mil diecisiete, ante la suscrita
notaria, se acuerda la disolución de la sociedad Ortolab Sociedad Anónima,
con cédula jurídica número: tres-ciento uno-ciento veintinueve mil novecientos
treinta y tres.—San José, 08 de agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Eugenia
Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017158483 ).
Por escritura N° 199 del tomo 8
de mi protocolo, otorgada a las 11:00 horas del 04 de agosto del 2017, se
acuerda disolver la sociedad Natura toda Sociedad Anónima, cédula
jurídica N° 3-101-661155.—San José, 04 de agosto del 2017.—MSc. Jorge A.
González Méndez, Notario.—1 vez.—( IN2017158484 ).
Se procede a la disolución de la
compañía denominada Representaciones Ohman S. A., con cédula jurídica N°
3-101-604810.—San José, quince de julio del dos mil diecisiete.—Licda. Tatiana
Vanessa Castro Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017158486 ).
Se procede a la disolución de la
compañía denominada Vica S.A., con cédula jurídica número
3-101-019605.—San José, ocho de agosto del año dos mil diecisiete.—Licda.
Tatiana Vanessa Castro Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017158487 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las diez horas del 7 de agosto del 2017, se protocoliza acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad SCC Seguridad
Corporativa Costarricense S. A. Se acuerda nombrar como nuevo Secretario
Alexander Pérez Muñoz, cédula uno-uno uno siete cero-cero seis seis y se nombra
en el puesto de fiscal a Jean Pablo Cubero Quesada, cedula uno-uno uno cuatro
tres-cero dos tres ocho.—Lic. Alejandro Solano Flores, Notario.—1 vez.—( IN2017158488
).
El notario público que suscribe,
debidamente autorizado para tal efecto, a las diecinueve horas del tres de
agosto de dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Compass Roofing LLC Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos treinta y tres mil
setecientos cuarenta y siete, donde se modificó el pacto social en cuanto a la
administración de la sociedad, se cambió la junta directiva.—San José, siete de
agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Ronald Marino Moscoso Solís, Notario.—1
vez.—( IN2017158514 ).
Ante este notario mediante
escritura número tres otorgada a las trece horas del veintiuno de julio del dos
mil diecisiete, se reformó la cláusula octava de la sociedad Silver Sunsets
Eleven SSE Limitada.—San José, veintiuno de julio del dos mil
diecisiete.—Lic. Carlos Araya González, Notario.—1 vez.—( IN2017158520 ).
Ante este notario mediante
escritura número cuatro otorgada a las trece horas treinta minutos del
veintiuno de julio del dos mil diecisiete, se reformó la cláusula sétima de la
sociedad Adda Investments Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, veintiuno de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Araya González,
Notario.—1 vez.—( IN2017158521 ).
La suscrita, Luz Marina Vásquez
Pacheco, notaria pública, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la sociedad denominada Palmareña Brewing Company Sociedad
Anónima. Escritura otorgada en Palmares a las diez horas del día cuatro de
agosto del año dos mil diecisiete, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos
noventa y un mil ochocientos, para realizar reforma de la cláusula segunda del
pacto constitutivo. Es todo.—Palmares, siete de agosto del año dos mil
diecisiete.—Licda. Luz Marina Vásquez Pacheco, Notaria.—1 vez.—( IN2017158522
).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 11:00 horas de hoy, se constituyó la sociedad denominada: C
A Assist Empresa Individual de Responsabilidad Limitada.—Quepos,
Puntarenas, 25 de julio del 2017.—Lic. Alberto José Fajardo Monge, Notario.—1
vez.—( IN2017158524 ).
Por escritura otorgada a las
once horas veinte minutos de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Alondra S.
A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—San José, ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Bernal
Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—( IN2017158527 ).
Por escritura otorgada a las
once horas diez minutos de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Bertram Investment
Corporation S. A., mediante la cual se reforma la cláusula segunda del
pacto constitutivo.—San José, ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic.
Bernal Chavarría Soley, Notario.—1 vez.—( IN2017158529 ).
Por escritura otorgada a las
once horas de hoy, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Somosaguas S.A.,
mediante la cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo.—San
José, ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Bernal Chavarría Soley,
Notario.—1 vez.—( IN2017158530 ).
Por escritura otorgada ante el
suscrito notario público Germán Serrano García, al ser las dieciocho horas
treinta minutos del día treinta y uno de julio de 2017, se protocolizó asamblea
general extraordinaria de accionistas de la empresa Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Noventa y Un Mil Treinta y Ocho Sociedad Anónima, en la
cual se reforma la cláusula segunda del pacto social.—San José, primero de
agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Germán Serrano García, Notario.—1 vez.—(
IN2017158534 ).
Se protocoliza asamblea de Tecno
Reloj Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos nueve
mil ochocientos setenta y ocho, se reforma estatutos.—San José, ocho de agosto
de dos mil diecisiete.—Lic. Steve Miguel Monge González, Notario Público.—1
vez.—( IN2017158536 ).
En mi oficina, en San Francisco
Dos Ríos, San José, el 22 de julio del 2017, del Lagar, cien metros al este y
cien al sur, el 22 de julio del 2017, se constituyó la sociedad ICB
Technologies Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de agosto
del 2017.—Lic. Luis Alberto Valverde Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017158538 ).
En San José, ante esta notaría,
a las 12:00 del 04 de agosto del 2017, se protocolizaron las actas de fusión de
las sociedades denominadas Terranova de Escazú S. A. y Vehículos
Punto Quince S. A., prevaleciendo la primera de estas. Asimismo, se reforma
la cláusula quinta del pacto constitutivo de Terranova de Escazú S. A.—San
José, 07 de agosto de 2017.—Msc. Juan Carlos Bonilla Portocarrero, Notario.—1
vez.—( IN2017158540 ).
En mi notaría, a las 8:00 horas
del día 07 de agosto del 2017 se constituyó la sociedad denominada Industrias
Giofacerocuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, capital social
íntegramente suscrito y pagado, con un plazo de 100 años a partir de su fecha
de constitución, domicilio en San José, Presidente: Panagiotis
Christofileas.—Lic. Douglas Castro Sánchez, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017158541 ).
Mediante la escritura otorgada a
las diez horas del día cuatro de agosto del dos mil diecisiete, visible a folio
setenta y seis frente del tomo diecisiete del protocolo del notario Hugo
Rodríguez Coronado, se constituyó la empresa AICO de Costa Rica S. A.—Lic.
Hugo Rodríguez Coronado, Notario.—1 vez.—( IN2017158542 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diecinueve horas del primero de agosto del dos mil diecisiete,
se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas,
celebrada las doce horas del día veinticuatro de julio del dos mil diecisiete,
en la cual se acordó la disolución de la sociedad Wayneprop S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-448786. Es todo. Rogelio Mariano Navas Rodríguez.
Notario Público.—San José, 8 de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Rogelio
Mariano Navas Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017158544 ).
Por escritura N° 96-1, otorgada
ante esta notaría, a las 10:00 horas del 8 de agosto del 2017, se protocolizó
acta de asamblea general de la sociedad Bodhi Tree Yoga Resort Ltda.,
con cédula jurídica N° 3-102-691600, mediante la cual se reformó la cláusula
quinta (capital social) de los estatutos. Firma responsable: Amy Rodríguez
Jiménez.—San José, 8 de agosto del 2017.—Licda. Amy Rodríguez Jiménez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158548 ).
Hoy ante esta notaria, se
protocolizaron actas de With Arms Wide Open Sociedad Anónima, Inversiones
del Lago y Sultana Sociedad Anónima y Ciguacat Sociedad Anónima, en
las que las dos primeras se fusionan en la última la cual prevalece. Se reforma
la cláusula quinta de Ciguacat Sociedad Anónima.—San José, cuatro de
agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1
vez.—( IN2017158551 ).
Ante esta notaría a las catorce horas del día
veinticinco de julio del dos mil diecisiete, se procede a protocolizar el acta
de la asamblea general extraordinaria de socios número uno de la sociedad El
Pinino de La Bajura Nicoyana S. A., celebrada el día veinticuatro de julio
del dos mil diecisiete, y en la cual según el acuerdo tercero, se cambia el
domicilio de la sociedad, estableciéndose como nuevo domicilio de la misma El
Rincón de Zaragoza de Palmares, de la Iglesia Católica, cien metros
oeste.—Palmares, ocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Edwin Villalobos
Salazar, Notario.—1 vez.—( IN2017158559 ).
3-101-702692 S. A.: modifica cláusula novena. Nombra nueva junta
directiva. Presidente: Rodny Martínez Fonseca, cédula Nº 107470130, Secretario
Juan Mauricio Fernández Mora, cédula Nº 303370727, ambos apoderados
generalísimos sin límite de suma, debiendo actuar conjuntamente en actos
superiores 5 mil USD. Tesorera: Margarita Obando Pérez, cédula Nº 1-0913-0480.
Fiscal: Juan Diego Martínez Rodríguez cédula Nº 117210156, todos vecinos de San
Juan de Tibás. San José. Lic. Luis Escalante Rodríguez, escritura 08 horas del
08-08-2017, F69F, Tomo 13. Es todo.—San José, 08 de agosto del 2017.—Lic. Luis
Arturo Escalante Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017158560 ).
Rafael Antonio Lozano Rodríguez, Allan
Rodríguez Jenkins, Juan Rafael Oliver Alvarado y Álvaro Anchía Chinchilla,
constituyen la sociedad EPIC Tecnologías de Gestión Avanzada de Tecnología e
Informática de Centroamérica S. A. Otorgada en San José a las 10 horas del
7 de agosto del 2017. Escritura N° 49. Notario: Roberto Pochet Torres.—Lic.
Roberto Pochet Torres, Notario.—1 vez.—( IN2017158565 ).
Ante esta notaría, al ser las doce horas del
primero de agosto del dos mil diecisiete, se reformó el acto constitutivo de la
sociedad Quinta de Hacienda Espinal Número Diecinueve CRBJ Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-seis ocho siete cinco cinco ocho. Se
reforma el pacto constitutivo en cuanto a la razón social y domicilio social,
para que en adelante diga la denominación social: la sociedad se denominara Inversiones
Zulia Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse su aditamento en S.A, y el
domicilio social será: Alajuela, cantón central, ciento diez metros norte de
los Helados Pops del parque Central. Se reforma el pacto constitutivo para que
en adelante la presidenta pueda otorgar poderes de toda clase para el buen
manejo de la sociedad.—Alajuela, al ser diez horas del día ocho de agosto del
dos mil diecisiete.—Lic. Vinicio Villegas Arroyo, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017158569 ).
Ante esta notaría al ser las catorce horas del
cuatro de agosto del dos mil diecisiete, se reformó el acto constitutivo de la
sociedad Comaco de Huacas Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil dos. Reformándose la
cláusula quinta del pacto constitutivo, para que en adelante diga: el capital
social es la suma de ciento cincuenta millones de colones.—Alajuela, al ser
diez horas veinte minutos del día siete de agosto del dos mil diecisiete.—Lic.
Vinicio Villegas Arroyo, Notario Público.—1 vez.—( IN2017158571 ).
Por escritura otorgada ante mi notaría, en Tres
Ríos, a las 8:00 horas del 7 de agosto del 2017; se constituyó la sociedad que
se denominará Ladikaad Sociedad Anónima. Plazo: 100 años. Capital
social: ¢3.000,00. Domicilio: Cartago, La Unión, Tres Ríos, 50 metros norte y
25 este pulpería El Sesteo. Presidente: Lauro Montoya Chavarría, Secretaria:
María de los Ángeles Zúñiga Richmond.—Lic. Eduardo Sanabria Rojas, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017158572 ).
Ante la notaría del Lic. Otto Giovanni
Ceciliano Mora, por medio de escritura otorgada a las 11:30 horas del día 31 de
julio del 2017, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria
de socios de la sociedad denominada: Frandar de Desamparados Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y
nueve mil seiscientos ochenta y seis, donde se acuerda la disolución de la
sociedad.—Heredia, treinta y uno de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Otto
Giovanni Ceciliano Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017158577 ).
Por escritura pública número
doscientos veintiuno otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del tres de
agosto del dos mil diecisiete, se protocolizó asamblea general extraordinaria
de accionistas número dos de la sociedad denominada Legaltech PHE S.A.,
en la que se modifica su domicilio social, se revoca nombramiento del
presidente de la sociedad y se nombra en su lugar a la señora Sandra Rechnitzer
Oconitrillo, portadora de la cédula de identidad número uno-ochocientos
cuarenta y tres-seiscientos ochenta y tres, se revoca nombramiento del
secretario de la sociedad y se nombra en su lugar al señor Gustavo Francisco
Navarro Miranda, portador de la cédula de identidad número uno-novecientos
treinta y uno-setecientos diecinueve y se revoca nombramiento del tesorero de
la sociedad y se nombra en su lugar a la señora Sandra Eugenia Oconitrillo
Zamora, portadora de la cédula de identidad número cuatro-cero noventa y
cuatro-novecientos siete. Es todo.—San José, 08 de agosto de 2017.—Licda. Paola
Vanessa Soto Cordero, Notaria.—1 vez.—( IN2017158579 ).
Por escritura pública número
cuarenta y siete-dos, otorgada a las catorce horas treinta minutos del veinte
de julio de dos mil diecisiete, se protocolizó un acta de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Agrícola Lloronal S.
A., mediante la cual se reformó la cláusula octava de los estatutos
sociales. Es todo.—San José, veinte de julio de dos mil diecisiete.—Licda.
Ivania Araya Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017158581 ).
Por escritura pública número
cuarenta y ocho-dos, otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del
veinte de julio de dos mil diecisiete, se protocolizó un acta de la asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Fernández y
Rohrmoser S. A., mediante la cual se reformó la cláusula sétima de los
estatutos sociales. Es todo.—San José, veinte de julio de dos mil
diecisiete.—Licda. Ivania Araya Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017158582 ).
En la notaría del suscrito Lic.
Álvaro José Meza Lazarus, otorgo escritura número doscientos sesenta y dos, en
donde se protocoliza asamblea general extraordinaria de la sociedad Ingeniería
y Perforación I P Sociedad de Responsabilidad Limitada, en donde se
protocoliza asamblea de transformación de dicha sociedad a sociedad anónima,
modificando así todo su pacto constitutivo. Es todo.—San José, a las doce horas
del ocho de agosto dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro José Meza Lazarus,
Notario.—1 vez.—( IN2017158594 ).
Por escritura otorgada a las
trece horas del ocho de agosto del 2017, se disuelve Ntechmode Sociedad
Anónima, cedula jurídica N° tres-ciento uno-seiscientos noventa y tres mil
setecientos cuarenta y uno.—San José, 8 de agosto del 2017.—Licda. Nancy
Tatiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—( IN2017158595 ).
Por instrumento público otorgado
ante esta notaría a las diecisiete horas cuarenta minutos del primero de agosto
del 2017, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad Hidrodesarrollos del Atlántico HDA S. A., sociedad con cédula
de persona jurídica tres-ciento uno-seis cinco ocho siete seis uno, en la que
se modificó la cláusula segunda (del domicilio) y la cláusula sexta (de la
administración).—San José, 8 de agosto de 2017.—Lic. Jorge Antonio Escalante
Escalante, Notario.—1 vez.—( IN2017158596 ).
En escritura autorizada por la
suscrita notaria a las ocho horas del ocho de agosto de dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Empresarial
de los Campos Verdes E.C.V. Sociedad Anónima, mediante la cual se modifica
la cláusula quinta del pacto social.—San José, ocho de agosto de dos mil
diecisiete.—Licda. Rebeca Ortega Muñoz, Notaria.—1 vez.—( IN2017158599 ).
Por escritura número doscientos
cuarenta y ocho-uno, otorgada ante mí, Daniel Alberto Tencio Sánchez, notario
público, con oficina en la ciudad de San José, exactamente en Pavas, de la
Iglesia Santa Barbará, doscientos metros oeste y cincuenta metros norte; a las
trece horas treinta minutos del veinte de enero del dos mil diecisiete;
escritura mediante la cual se modifica la cláusula primera del pacto
constitutivo de la sociedad Comunicaciones Delta Sociedad Anónima, con cédula
de persona jurídica N° tres-ciento uno-doscientos dieciséis mil quinientos
dieciocho; de tal manera que en lo sucesivo se lea: Primera. Nombre. La
sociedad se denominará Monitoreo y Seguridad Delta Sociedad Anónima,
siendo este un nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras
en Monitoreo y Seguridad Delta S. A. Es todo.—San José, veinte de enero
del dos mil diecisiete.—Lic. Daniel Tencio Sánchez, Notario.—1 vez.—(
IN2017158601 ).
Por escritura número doscientos
cuarenta y nueve-uno, otorgada ante mí, Daniel Alberto Tencio Sánchez, notario
público, con oficina en la ciudad de San José, exactamente en Pavas, de la
Iglesia Santa Barbará, doscientos metros oeste y cincuenta metros norte; a las
catorce horas del veinte de enero del dos mil diecisiete; escritura mediante la
cual se modifica la cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad Móviles
Delta Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos
dieciséis mil ciento treinta y cinco, de tal manera que en lo sucesivo se lea:
“Primera. nombre, la sociedad se denominará Administración y Móviles Delta
Sociedad Anónima, siendo este un nombre de fantasía, pudiendo abreviarse
las dos últimas palabras en Administración y Móviles Delta S. A. Es
todo.—San José, veinte de enero del dos mil diecisiete.—Lic. Daniel Tencio
Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017158602 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas del día siete de agosto del dos mil diecisiete,
se protocoliza acta de asamblea de accionistas de la sociedad Trope Trust
Services Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula de la
administración.—San José, siete de agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Silvia
Calvo Calzada, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017158607 ).
Jaco Bajo Sol Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-quinientos treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta,
nombra un nuevo presidente y secretario, reforma su domicilio social y la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad. Es todo.—Lic. Luis
Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017158608 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las siete horas del tres de agosto del dos mil diecisiete, se
disuelve y liquida Inmobiliaria Dorpi S. A. Teléfono celular:
8385-7793.—San José, 07 de agosto del 2017.—M.Sc. Ana Lucía Truque Morales,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158613 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de agosto del 2017, se
constituyó la sociedad denominada Cero Uno Doce Treinta y Cinco Sociedad
Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158616 ).
Yo, Álvaro Peralta Castillo,
Notario Público con oficinas abiertas en la ciudad de Guadalupe, Goicoechea,
debidamente autorizado, en asamblea general de socios de la empresa denominada,
Consorcio Técnico Veterinario de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número: Tres ciento uno ciento cincuenta y ocho mil
seiscientos noventa, celebrada a las once horas del día dieciocho de julio del
año dos mil diecisiete, según consta en el acta número ocho, contenida en el
libro de asambleas generales número uno, en el acuerdo tercero, procedo a
manifestar que: según el mismo acuerdo tercero del acta mencionada, por acuerdo
unánime de los socios de la empresa, se ha tomado la decisión de solicitar la
disolución de la empresa por haber cumplido ésta con el propósito para el cual
fue constituida, y en acuerdo al artículo doscientos uno inciso (d) del Código
de Comercio.—08 de agosto del 2017.—Lic. Álvaro Peralta Castillo, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017158622 ).
Ante mí, Roy Zumbado Ulate, se
constituye la sociedad Distribuidora Feragui Inter S. A., capital social
la suma de diez mil colones. Presidente: Ronald Fernández Aguilar.—Santa
Bárbara de Heredia, siete de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Roy Zumbado
Ulate, Notario.—1 vez.—( IN2017158623 ).
Ante este notario se protocolizó
el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Reeflex
de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-setecientos
dieciocho mil setecientos veintinueve, celebrada en Palmares a las quince horas
del diecisiete de junio del dos mil diecisiete asamblea donde totalidad de
socios acuerdan realizar los siguientes cambios: En la junta directiva se
revoca el nombramiento del secretario y tesorero y se nombra por el resto del
periodo como secretaria a Ana Raquel Vargas Mejía y tesorera a María Virginia
Fernández Solorzano. Modificar los estatutos de la sociedad modificándose la
sexta cláusula de manera que la representación legal no recaerá sobre el
presidente y el secretario sino que recaerá únicamente sobre el presidente.—San
Ramón, diecinueve de julio del dos mil diecisiete.—Lic. Wilberth Lobo Rojas,
Notario.—1 vez.—( IN2017158629 ).
Ante mí, Carlos Fernández
Vásquez, Notario Público, la empresa Il Giglio S. A., nombra nuevo
presidente y secretario de junta directiva, mediante la asamblea extraordinaria
de socios del 31 de julio del 2017. Escritura trescientos doce del tomo treinta
y uno del protocolo del suscrito notario.—Palmares, primero de agosto del dos
mil diecisiete.—Lic. Carlos Luis Fernández Vásquez, Notario Público —1 vez.—(
IN2017158632 ).
Se hace saber que Compañía
Gil Sor Nuevos Horizontes Dos Mil Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos treinta y cinco mil trescientos sesenta y siete
aprobó disolución de la sociedad mediante asamblea general extraordinaria de
socios. Se cita los interesados a hacer valer sus derechos y oposiciones. En la
notaría de la Licenciada Daly Mariel González Castro en Guanacaste, Liberia,
del cuerpo de bomberos doscientos metros al sur y veinte metros al este. Al
celular 8332-5105 o al correo electrónico dalyemi@gmail.com.—Licda. Daly Mariel
González Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2017158635 ).
Reforma a la cláusula segunda
del pacto constitutivo de Construcciones y Desarrollos Inmobiliarios La
Rambla Sociedad Anónima: En asamblea general extraordinaria de accionistas
que consta en el acta número cuatro del libro de actas de asamblea de socios y
celebrada en su domicilio social a las ocho horas del día ocho de agosto del
año dos mil diecisiete, se acordó por unanimidad de votos reformar la cláusula
“segunda” del pacto constitutivo de la sociedad Construcciones y Desarrollos
Inmobiliarios La Rambla S. A., con cédula jurídica 3-101-694064. Todos los
interesados pueden hacer valer sus derechos durante los treinta días
posteriores a esta publicación según lo establece el artículo doscientos siete
del Código de Comercio.—San José, Costa Rica, 09 de agosto del 2017.—Licda.
Solieth Lara Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017158636 ).
Yo, Georgia Lorena Montt
Villacura, carné cuatro cero tres cinco, notaria pública con oficina en San
José, Barrio Don Bosco, Centro Corporativo Internacional, cuarto piso,
debidamente autorizada, el día de hoy protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Autoglobal Service S. A. Se modifica la
cláusula sexta de los estatutos.—San José, veinticinco de mayo del año dos mil
diecisiete.—Licda. Georgia Lorena Montt Villacura, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017158640 ).
Por escritura otorgada ante mí,
a las 14:00 horas del día 31 de julio del 2017, se disuelve la sociedad
denominada Bulsique Sociedad Anónima. Domicilio: San José, San José,
Curridabat, Lomas de Ayarco Residencial Monteayarco casa I doce.—San José, 08
de agosto de 2017.—Licda. Lucrecia Campos Delgado, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017158642 ).
Por escritura número ciento
veinte-ocho, otorgada ante esta notaría a las diecisiete horas del cuatro de
agosto del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Luciérnaga Ochenta
y Ocho S. A., en la que se acordó modificar la cláusula sexta del pacto
social y se acuerda que el actual tesorero pase a ocupar el puesto de
secretario y que a su vez la actual secretario pase a ocupar el puesto de
tesorero.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Andrés Waisleder Goldberg,
Notario.—1 vez.—( IN2017158644 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 28 de julio del año 2017, se
constituyó la sociedad denominada Beta Innovation Group Usa Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de agosto del 2017.—Lic. Luis
Alberto Pereira Brenes, Notario.—1 vez.—( IN2017158645 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada a las 13:00 horas del 04 de agosto de 2017 se modifica el
domicilio social de la compañía Uvnco Inc. S. A., cédula jurídica número
3-101-477191.—San José, 04 de agosto de 2017.—Lic. Avi Maryl Levy, Notario.—1
vez.—( IN2017158646 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura otorgada a las 12:00 horas del 04 de agosto de 2017, se protocolizó
el acta uno de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad tres-ciento
uno-seiscientos noventa y cinco mil trescientos ochenta y nueve Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-695389, en la cual se acordó la
disolución de la misma conforme al artículo 201 inc. d).—San José, 04 de agosto
de 2017.—Licda. Goldy Ponchner Geller, Notaria.—1 vez.—( IN2017158647 ).
Yo, Juan Antonio Mainieri Acuña,
protocolicé acta de asamblea de Asistencia y Prevención Veinticuatro Horas
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cinco mil
seiscientos treinta y cuatro, domiciliada en San José, Santa Ana, Rio Oro,
Avalon Country Club, Edificio LB tres, apartamentos ciento uno; donde se
modifica la cláusula de la representación y se nombra nueva junta
directiva.—Diez de julio de dos mil diecisiete.—Lic. Juan Antonio Mainieri
Acuña, Notario.—1 vez.—( IN2017158650 ).
Por escritura otorgada en mi
notaría a las 08:00 horas del 07 de agosto de 2017, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Quimba de Osa S. A.,
en virtud de la cual se liquidó y disolvió dicha sociedad.—Tibás, San Juan, 07
de agosto de 2017.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—(
IN2017158654 ).
Mediante escritura número
seis-ciento catorce, otorgada por la notaria Mariela Solano Obando, a las 12:00
horas del día 08 de agosto del 2017, se protocoliza asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de la compañía REFCR Sociedad Anónima,
mediante la cual se modifican las cláusulas del domicilio y de la
administración.—San José, 08 de agosto del 2017.—Licda. Mariela Solano Obando,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158655 ).
Mediante escritura número
seis-ciento doce, otorgada por la notaria Mariela Solano Obando, a las 11:00
horas del día 07 de agosto del 2017, se protocoliza asamblea general ordinaria
y extraordinaria de accionistas de la compañía Casa Contemporánea Sociedad
Anónima, mediante la cual se modifica la cláusula sexta referente a la
administración.—San José, 7 de agosto del 2017.—Licda. Mariela Solano Obando,
Notaria.—1 vez.—( IN2017158656 ).
Ante esta notaría, sita en la
ciudad de Heredia, se tramita el proceso de disolución y liquidación en sede
notarial de la sociedad M D M Audit & Financial Advisory Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-535332. Se emplaza a terceros
interesados, para que, en el plazo de treinta días a partir de la publicación
de este edicto, se apersonen ante esta notaria a hacer valer sus derechos.
Expediente N° 0015-2017.—Heredia, 8 de agosto del 2017.—Licda. Iliana Cruz
Alfaro, Notaria.—1 vez.—( IN2017158657 ).
Por escritura otorgada ante la
notaria, Sandra Mara de Souza dos Santos, carné 15272, a las 11:00 horas del
día 07 de agosto del 2017, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad denominada Servicios Profesionales
de K-Nueve Sociedad Anónima, con cédula jurídica número 3-101-176502,
mediante la cual se reforma la cláusula sexta: La sociedad será administrada
por una junta directiva de tres miembros que serán: Presidente, secretaria y
tesorero. Corresponde únicamente al presidente la representación judicial y
extrajudicial de la compañía, con facultades cíe apoderado generalísimo sin
límite de suma. Podrá sustituir su poder en todo o en parte reservándose o no
su ejercicio, revocar las sustituciones que hiciera y hacer otras de nuevo.
Corresponde al presidente la obligación de convocar a asambleas generales y a
sesiones. La vigilancia estará a cargo de un fiscal, que al igual que los
miembros de la junta directiva durará en su cargo por todo el plazo
social.—Limón, 8 de agosto del 2017.—Licda. Sandra Mara de Souza dos Santos.—Lic.
Sandra Mara de Souza dos Santos, Notaria.—1 vez.—( IN2017158664 ).
Ante la suscrita notaria se
lleva a cabo la protocolización de modificación de clausula octava de la
constitución de la sociedad denominada El Gym Supply Sociedad Anónima,
cedula jurídica número tres-ciento uno-seis ocho ocho uno cinco nueve, otorgada
a las diecisiete horas del siete de agosto del año dos mil diecisiete.—Licda.
Irene Salazar Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017158667 ).
Por escritura número doscientos
setenta y tres otorgada por el notario público Jorge Arturo Campos Araya,
protocolicé el acta número ocho de asamblea extraordinaria de socios de la
sociedad denominada Chinague Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número: Tres-ciento uno-dos uno cero seis seis ocho, mediante la cual
se modifica la cláusula sétima de la escritura constitución.—Alajuela, ocho de
agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1 vez.—(
IN2017158669 ).
Por escritura número doscientos
setenta otorgada por el notario público Jorge Arturo Campos Araya, protocolicé
el acta número uno de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad
denominada Bendiciones Marguma Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número: tres-ciento uno-cinco siete siete ocho siete cero, mediante la
cual se modifica la cláusula sexta de la escritura constitución.—Alajuela, ocho
de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1
vez.—( IN2017158670 ).
Por escritura número doscientos
setenta y cuatro otorgada por el notario público Jorge Arturo Campos Araya,
protocolicé el acta número uno de asamblea extraordinaria de socios de la
sociedad denominada Jasdad Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica
número: tres-ciento uno-seis tres nueve nueve dos uno, mediante la cual se
modifica la cláusula sexta de la escritura constitución.—Alajuela, ocho de
agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Arturo Campos Araya, Notario.—1 vez.—(
IN2017158671 ).
Por escritura número ciento
cincuenta otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del cuatro de agosto del
dos mil diecisiete, se modifica la cláusula novena del pacto constitutivo de la
sociedad denominada Tres- Ciento Uno- Setecientos Veintisiete Mil
Trescientos Nueve S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-setecientos veintisiete mil trescientos nueve.—San José, cuatro de agosto
de dos mil diecisiete.—Lic. Jean Pierre Pino Sbravatti, Notario Público.—1
vez.—( IN2017158776 ).
Ante esta notaría se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de la empresa Tecnosolum
Consultores Geotécnicos Sociedad Anónima, donde: A) Se modificó la cláusula
quinta: del capital social, y B) Se modificó la cláusula octava: de la junta
directiva.—San José, ocho de agosto de dos mil diecisiete. Firma
Responsable.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017158914 ).
Por escritura otorgada ante el suscrito notario
se constituyó en esta fecha la sociedad con domicilio en Alajuela, Majoce-MC,
Sociedad Anónima. capital suscrito y pagado.—San Jose, 9 de agosto del
2017.—Lic. Carlos Francisco Salvatierra Ramos, Notario.—1 vez.—( IN2017158993
).
Mediante escritura pública número sesenta y
cinco-treinta y tres, otorgada a las ocho horas del nueve de agosto del año dos
mil diecisiete, se acuerda por unanimidad del capital social y al tenor del
artículo doscientos uno inciso d) del Código de Comercio, disolver la Sociedad
“La Casa de Patricia Sociedad Anónima, titular de la cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y siete mil novecientos
cincuenta y cuatro, con domicilio social en Cartago.—San José, 10 de agosto,
2017.—Lic. Jorge Arturo Pacheco Oreamuno, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017159001 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento admitido traslado al titular
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Ref: 30/2017/8959.—Grupo
Hogarama S. A., cédula jurídica 3-101-095-667.—Documento: Cancelación por falta
de uso.—N° y fecha: Anotación: 2-109885 de 17/02/2017.—Expediente:
1994-0002246. Registro N° 641 H Hogarama en clase 50 Marca Mixto.—Registro de
la Propiedad Industrial, a las 14:09:14 del 24 de Febrero de 2017. Conoce este
Registro, la solicitud de Cancelación por falta de uso, promovida por el
Claudio Murillo Ramírez, casado una vez, cédula de identidad 105570443, en
calidad de apoderado especial de GT Capital Corp., contra el registro del signo
distintivo H Hogarama, Registro N° 641, el cual protege y distingue: Propaganda
y publicidad en carteles, murales, periódicos, revistas y en general, cualquier
otro medio publicitario, con el fin de atraer la atención de los consumidores o
usuarios de actividades relacionadas con la comercialización y promoción de
productos electrodomésticos y eléctricos en general. en clase internacional,
propiedad de Grupo Hogarama S. A., cédula jurídica 3-101-095-667. Conforme a lo
previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos,
y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos
Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud
de Cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un
mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente notificación,
proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor derecho,
aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual se
comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este
Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para
recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o
bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores con sólo que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular
al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir
notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2),
3) y 4) y 242 de la Ley General de la Administración Pública.
Notifíquese.—Johana Peralta, Asesor Jurídico.—( IN2017156943 ).
DIRECCIÓN
REGIONAL CENTRAL DE SUCURSALES
SUCURSAL
DESAMPARADOS
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por no haber sido localizado el patrono Inversiones
Odontológicas DAYECA S. A., número patronal 2-03101502923-002-001, el Área de
Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos
1202-2017-00791 por eventuales omisiones salariales, por un monto de
¢1.058.993.00 en cuotas obrero patronales. Consulta expediente en esta oficina
Desamparados, sexto piso del oficentro del Mall Multicentro en Desamparados. Se
le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Desamparados; de no indicarlo
las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso
de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 01
de agosto del 2017.—Lic. Johel Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017157125 ).
De conformidad con el artículo
20 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales
y de Trabajadores Independientes por no haber sido localizado el trabajador
independiente Normando Porras Salazar, número patronal 0-0018830408-999-001, el
Área de Inspección de la Sucursal de Desamparados notifica Traslado de Cargos
1202-2017-01004 por aumento en el ingreso de referencia, por un monto de
¢77.289.00 en cuotas SEM e IVM. Consulta expediente en esta oficina
Desamparados, sexto piso del Oficentro del Mall Multicentro en Desamparados. Se
le confiere 10 días hábiles a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y hacer las alegaciones jurídicas
pertinentes. Se previene señalar lugar o medio para notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido los Tribunales de Desamparados; de no indicarlo
las resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con solo el transcurso
de 24 horas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—Desamparados, 01
de agosto del 2017.—Lic. Johel Sánchez Mora, Jefe.—1 vez.—( IN2017157126 ).
De conformidad con los artículos
10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones
Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual
del patrono Transporte Tenorio y Compañía Sociedad Anónima, número patronal
2-03101240662-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la
Subárea de Comercio de la Dirección de Inspección, ha dictado el Traslado de
Cargos número de caso 1240-2017-01008, que en lo que interesa indica:
Transportes Tenorio y Compañía Sociedad Anónima, número 2 03101240662 001 001,
presuntamente incurrió en omisiones salariales por la trabajadora Fidelina
Chavarría Vanegas en el período del 17 de junio 2014 al 29 de julio 2016 y por
ende, se debe confeccionar una planilla adicional por dicho periodo, los
salarios omitidos ascienden a la suma de ¢7.894.666,66, la suma correspondiente
a cuotas obrero patronales suman ¢1.783.107,00 y lo correspondiente a la Ley de
Protección al Trabajador asciende a la suma de ¢453.944,00; lo anterior de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 73 y 74 de la Constitución
Política de la Republica, articulo 176 del Código de Trabajo, artículos 3 y 20
de la Ley Constitutiva de la Caja, artículo 66 inciso D del Reglamento del
Seguro de Salud y el articulo 10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento.
Consulta expediente: en esta oficina San José, calle 7, Avenida 4, Edificio Da
Vinci, tercer piso, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene
que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 25 de mayo del 2017.—Subárea
Comercio.—Licda. Ivannia Gutiérrez Vargas, Jefa.—1 vez.—( IN2017157572 ).
De conformidad con los artículos
10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones
Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual
del patrono Infinito Net. Com S. A., número patronal 2-03101592362-001-001, se
procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Comercio de la
Dirección de Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso
1240-2017-1197, que en lo que interesa indica: como resultado material de la
revisión salarial efectuada, se han detectado diferencia salarial en el período
del 15 de junio al 31 de agosto del 2016, correspondiente al trabajador
Giovanni Alberto Conejo Román, con cédula de identidad 1-0825-0766. Total de
salarios omitidos ¢749.733,00, Total de cuotas obreras y patronales de la Caja
¢169.966,00. Total de aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador
¢43.110,00. Consulta expediente: en esta oficina San José, calle 7, Avenida 4,
Edificio Da Vinci piso 3, se encuentra a su disposición el expediente para los
efectos que dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles
contados a partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer
pruebas de descargo y para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le
previene que debe señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del
perímetro administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 20 de junio del 2017.—Subárea de
Comercio.—Licda. lvannia Gutiérrez Vargas, Jefa.—1 vez.—( IN2017157573 ).
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
Gustavo Adolfo Mora Carazo, número patronal 0-00105420786-001-001, se procede a
notificar por medio de edicto, que la Subárea de Comercio de la Dirección de
Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso 1240-2017-01043,
que en lo que interesa indica: Gustavo Adolfo Mora Carazo, número 0-00105420786
001 001, presuntamente incurrió en omisiones salariales por el trabajador Ramón
Antonio Rivera Disla, identificación del Seguro Social 1660101696, en el
período comprendido entre el 16 de octubre 2014 y el 13 de julio 2016, se debe
confeccionar una planilla adicional por dicho período, los salarios omitidos
ascienden a la suma de ¢6.659,649,90, la suma correspondiente a cuotas obrero
patronales suman ¢1.507.151,00 y lo correspondiente a la Ley de Protección al
Trabajador asciende a la suma de ¢382,925.00; lo anterior de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 73 y 74 de la Constitución Política de la Republica,
articulo 176 del Código de Trabajo, artículos 3 y 20 de la Ley Constitutiva de
la Caja, artículo 66 inciso D del Reglamento del Seguro de Salud y el articulo
10 del Reglamento para Verificar el Cumplimiento. Consulta expediente: en esta
oficina San José, calle 7, Avenida 4, Edificio Da Vinci, tercer piso, se
encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley.
Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día
siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido
por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la
Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no
indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00
horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 09 de
junio 2017.—Subárea Comercio.—Licda. Ivannia Gutiérrez Vargas, Jefa.—1 vez.—(
IN2017157574 ).
De conformidad con los artículos
10 y 20 del “Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones
Patronales y de trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual
del patrono I O L International Online Services Sociedad Anónima, número
patronal 2-03101330469-001-001, se procede a notificar por medio de edicto, que
la Subárea de Industria de la Dirección de Inspección, ha dictado el Traslado
de Cargos número de caso 1239-2017-01290, que en lo que interesa indica: como
resultado material de la revisión salarial efectuada, se ha detectado omisiones
salariales del trabajador detallado en hoja de trabajo, folio 0028 del
expediente administrativo, por los períodos comprendidos del 08 de abril del
2013 al 31 de marzo del 2014, y del 01 de setiembre al 09 de octubre del 2016,
por el trabajador Mainor Steve Molina Bernardi, cédula de identidad
1-0974-0019. Total de salarios omitidos ¢1.890.895,00, Total de cuotas obreras
y patronales de la Caja ¢423.117,00. Total de aportaciones de la Ley de
Protección al Trabajador ¢108.725,00. Consulta expediente: en esta oficina San
José, calle 7, avenida 4, edificio Da Vinci piso 3, se encuentra a su
disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley. Se les confiere
un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día siguiente de su
publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las alegaciones
jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o medio para oír
notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido por la Caja, el
mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de
Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio
para notificaciones, las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se
tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir
de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 2 de junio del 2017.—Subárea
de Industria.—Licda. Lenis Mata Mata, Jefa.—1 vez.—( IN2017157576 ).
COLEGIO
FEDERADO DE INGENIEROS
Y
DE ARQUITECTOS DE COSTA RICA
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Para información refiérase al N°
NT-032-2017/217-15, Auto de Intimación. En San José, Granadilla de Curridabat,
casa anexa número uno del Colegio Federado de Ingenieros y de Arquitectos de
Costa Rica (en adelante CFIA), al ser las 11:06 horas del veinte de julio de
2017, el Tribunal de Honor instaurado por la Junta Directiva General en el
acuerdo N° 23, sesión N° 37-15/16-G.E., de fecha 30 de agosto de 2016, resuelve
emitir y comunicar el auto de intimación que da inicio al proceso disciplinario
seguido en el expediente administrativo número 217-15, a la empresa Mac
Monteayarco Desarrollos Habitacionales Ltda. registro número CC-07641, por
su actuación en el siguiente asunto: En su condición de empresa miembro del
CFIA y en relación con el contrato suscrito con la Sra. Yehis Arguedas Picado
para la elaboración de planos constructivos de una casa de habitación de dos
plantas (folios 067 al 068) fechado 21 de febrero 2014, y contrato para la
construcción de casa de habitación (folios 073 al 080), proyecto localizado en
San Rafael Debajo de Desamparados, del supermercado Maxi Pali 300 metros oeste
y 10 metros norte, barrio los Ángeles, propiedad de Yehis Arguedas Picado,
firmados el 09 de marzo de 2014. Se le atribuye la presunta comisión de los
siguientes hechos, según acuerdo N° 23, sesión N° 37-15/16-G.E., denuncia
presentada por la Sra. Yehis Arguedas Picado e informe de inspección
DRD-INSP-468-2014 del 30 de setiembre de 2014. 1. No haber servido de manera
fiel, responsable y leal a sus clientes al: a. No haber inscrito ante el CFIA los
contratos de servicios profesionales en elaboración de planos constructivos y
construcción, visibles a folios 067 al 068 y 073 al 080. b. Haber tramitado
planos constructivos de un proyecto ante la Municipalidad de Desamparados el
cual no contaba con el sello del CFIA ni la firma del director ejecutivo o la
persona en quien delegó la junta directiva general dicha función. Y diferentes
a lo que se estaba ejecutando, ya que se tramitó una ampliación en segundo
nivel, siendo que la obra era una casa de habitación en dos plantas. c. Haber
realizado obras constructivas sin la supervisión, y dirección de un profesional
en arquitectura o ingeniería incorporado CFIA. d. Haber incumplido el contrato
para la construcción de casa de habitación, al dejar dejado en abandono la
construcción de la vivienda a nivel de levantamiento de paredes de la primera
planta. Con lo actuado podría haber faltado a: Ley Orgánica del CFIA: Artículos
8, incisos a), b), 12, 53, y 54. Reglamento Interior General del CFIA: Artículo
53. Ley de Construcciones: Capítulo XVIII 74 (licencia municipal para
construcción) y 81(responsabilidad). Reglamento de la Ley de Construcciones:
Capítulo II, artículo II.11. Reglamento para la Contratación de Servicios de
Consultoría en Ingeniería y Arquitectura del CFIA: artículo 11B, incisos j,
artículo 32. Reglamento de Empresas Consultoras y Constructoras del CFIA:
artículo 10, incisos a), d y e. Código de Ética Profesional del CFIA, Artículos
1, 2, 3, 7, 9, 18 y 19. Sobre los cargos que se le hace a Mac Monteayarco
Desarrollos Habitacionales Ltda., se le concede el plazo improrrogable de
veintiún días hábiles, contados a partir de la notificación del presente
auto para que conteste y diga si los rechaza por ser falsos, si los acepta por
ser ciertos o si los acepta sólo parcialmente y con modificaciones y
rectificaciones, así como para ofrecer toda la prueba de descargo que considere
oportuna y conveniente. Se le advierte que de no apersonarse al proceso este
continuará sin su participación, sin perjuicio de que pueda hacerlo en
cualquier momento, pero sin reposición de ningún trámite y tomando el proceso
en el estado en que se encuentre (artículo 78 Reglamento del CFIA que regula
los procedimientos de la aplicación de la ética profesional y sus efectos
patrimoniales). Se garantiza a la investigada el acceso en todo momento al
expediente N° 217-15, sus piezas y antecedentes de la denuncia
presentada en su contra. Tiene derecho a hacerse representar y asesorar por un
abogado, técnico o cualquier persona calificada que estime conveniente. Contra
la presente resolución caben los recursos ordinarios de revocatoria con
apelación en subsidio (artículos 99, 100 y 101 del Reglamento del CFIA que
regula los procedimientos de la aplicación de la ética profesional y sus efectos
patrimoniales), para lo cual cuenta con un plazo de siete días hábiles
contados a partir del día hábil siguiente de esta resolución. El recurso de
revocatoria deberá plantearse ante este mismo tribunal y será resuelto en la
misma sede. El de apelación será planteado de igual forma y será resuelto por
la Junta Directiva General. Asimismo, se cita a Mac Monteayarco Desarrollos
Habitacionales Ltda., en calidad de investigada para que comparezca por medio
de su representante legal, a la sede de este órgano en el Departamento de
Tribunales de Honor del CFIA, ubicada en la casa anexa número uno del edificio
del CFIA en Granadilla de Curridabat, contiguo al Indoor Club con el fin de
celebrar comparecencia oral y privada a que se refiere el artículo 79 del “Reglamento
del Proceso Disciplinario del CFIA”, que se llevará a cabo el día miércoles
27 de setiembre de 2017 a las 08:30 horas. En dicha audiencia podrá ejercer
su derecho de defensa y deberá aportar toda la prueba que no haya sido
aportada, bajo sanción de caducidad; podrá formular interrogatorios, argumentos
y conclusiones. La no asistencia a la comparecencia no impedirá que ésta se
lleve a cabo y se resolverá con los elementos de juicio existentes. Se apercibe
al investigado, que dentro del tercer día hábil y por escrito, de conformidad
con lo establecido en los artículos 32 del Reglamento del CFIA que regula
los procedimientos de la aplicación de la ética profesional y sus efectos
patrimoniales y 9 del Reglamento Especial para las Notificaciones y Comunicaciones,
deberá señalar un número de fax, o bien un correo electrónico donde recibir
notificaciones, bajo el apercibimiento de que si no lo hiciere, las
resoluciones posteriores se tendrán por notificadas con el solo transcurso de
veinticuatro horas después de dictadas. Igual consecuencia sucederá si el medio
escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al CFIA.
Notifíquese.—Tribunal de Honor de Empresas.—Ing. Jorge E. Montero Cabezas,
Presidente.—O. C. Nº 466-2017.—Solicitud Nº 91080.—( IN2017157567 ).
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
La Municipalidad de Alajuelita
notifica mediante la presente publicación las valoraciones realizadas por la
Unidad de Bienes Inmuebles y Valoración, debido a que no se localizaron a los
propietarios en el domicilio fiscal ni a ninguna otra persona en la dirección
de los inmuebles donde se practicaron los avalúos, habiéndose agotado las
formas de localización posible, se procede a notificar por edicto los
siguientes avalúos de conformidad con el artículo 137, inciso d, del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios y la Ley de Notificaciones.
La
imagen respectiva podrá verla en La
Gaceta con firma digital en PDF
El citado valor comenzará a
regir a partir del 1° de enero del 2018, conforme lo establece la Ley de Impuesto
sobre Bienes Inmuebles, Ley N° 7509, artículo 16; artículos 21, 29 y 16 de su
Reglamento. Se considera notificado al interesado a partir del tercer día hábil
siguiente a la fecha de publicación de este edicto.—San José, Alajuelita, 31 de
julio del 2017.—Subproceso de Bienes Inmuebles y Valoración.—Arq. Carolina Vega
Abarca, Encargada.—Ariana Melissa García Arias, Asistente Contratación
Administrativa.—1 vez.—( IN2017157325 ).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
NOTIFICACIÓN DE COBRO ADMINISTRATIVO
Cobro Administrativo.—Montes de
Oca, diez horas del 3 de julio, 2017. Señora Loría Sáenz Madeleine, cédula de
identidad 1-04051115. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario
Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los artículos N°
18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y
N° 241 de la Ley General de Administración Pública; se le(s) insta para que, en
un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a
la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo
sostenido por la finca del partido de San José N° 261459-000, a saber: Impuesto
sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre III trimestre de
2015 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢384.538,80 (Trescientos ochenta
y cuatro mil quinientos treinta y ocho colones con 80/100); la tasa de
Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre III trimestre de 2015 al
II trimestre del 2017, por un monto de ¢484.101.00 (Cuatrocientos ochenta y
cuatro mil ciento un colones con 00/00). Según el artículo N° 57 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses
moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s)
advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá
aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código
Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez,
Asistente Técnico.—( IN2017157378 ). 3
v. 1 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de Oca, diez horas
treinta minutos del 3 de julio, 2017. Señora Hernández Flores Sofía Isabel,
cédula de identidad Nº 4-01570032, Presidente Mallorca Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3401-083347. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario
Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos
Nos. 18, 19, 20 y 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N°
241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s) insta para que, en
un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a
la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo
sostenido por la finca del partido de San José N° 104914-000, a saber: Impuesto
sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre III trimestre de
2013 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢178.511,35 (Ciento setenta y
ocho mil quinientos once colones con 35/100); la tasa de Servicios Urbanos por
los períodos comprendidos entre III trimestre de 2013 al II trimestre del 2017,
por un monto de ¢128.337.85 (Ciento veintiocho mil trescientos treinta y siete
colones con 85/00). Por la finca del partido de San José N° 018357-F-000, a
saber Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre III
trimestre de 2013 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢220.770,15
(Doscientos veinte mil setecientos setenta colones con 15/100); la tasa de
Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2013 al
II trimestre del 2017, por un monto de ¢265.587.55 (Doscientos sesenta y cinco
mil quinientos ochenta y siete colones con 55/00). Según el artículo 57 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera
intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se
le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local
podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo 70 del Código
Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez,
Asistente Técnico.—( IN2017157379 ). 3
v. 1. Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de
Oca, nueve horas treinta minutos del 3 de julio del 2017. Señora Ramírez
Ramírez Elodie, cédula de identidad N° 8-00880084, presidente de Danelo D E
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-713733. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo
establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas
y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración
Pública; se le insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles
contados a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se
cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de
San José N° 430203-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los
períodos comprendidos entre IV trimestre de 2015 al II trimestre del 2017, por
un monto de ¢690.184,05 (Seiscientos noventa mil ciento ochenta y cuatro
colones con 05/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos
entre IV trimestre de 2015 al II trimestre del 2017, por un monto de
¢260.727.55 (Doscientos sesenta mil setecientos veintisiete colones con 55/00).
Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la
ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo
supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales
expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con
intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de
Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente técnico.—( IN2017157381 ). 3
v. 1 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de
Oca, ocho horas treinta minutos del 03 de julio del 2017. Señor Ramírez Franco
Gustavo, cédula de identidad N° 8-0077-0274, presidente de Corporación Gusvi
G.R.F. S. A. cédula jurídica 3-101-466962. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo
establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios y N°241 de la Ley General de Administración Pública;
se le(s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados
a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante
esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N°
019766-F-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos
comprendidos entre I trimestre de 2012 al II trimestre del 2017, por un monto
de ¢1.615.811,15 (un millón seiscientos quince mil ochocientos once colones con
15/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre II
trimestre de 2015 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢2.733,40 (dos mil
setecientos treinta y tres colones con 40/00). Según el artículo N° 57 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera
intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se
le(s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá
aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código
Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez,
Asistente Técnico.—( IN2017157383 ). 3
v. 1 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de
Oca, ocho horas del 3 de julio del 2017. Señores Matarrita De la Peña Gylmar,
cédula de identidad 7-0097-0740 y Herrera Soto Rosa Virginia de la Inmaculada,
cédula de identidad 6-0177-0828 Medio para notificaciones: Publicación en el
Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los
artículos N°18, N°19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública; se le (s) insta
para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del
día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta
Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N°
030215-F-001, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos
comprendidos entre II trimestre de 2014 al II trimestre del 2017, por un monto
de ¢121.834,35 (Ciento veintiún mil ochocientos treinta y cuatro colones con
35/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre IV
trimestre de 2011 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢276.936.15
(Doscientos setenta y seis mil novecientos treinta y seis colones con 15/00).
Por la finca del partido de San José N° 030215-F-002, a saber, Impuesto sobre
Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2014 al II
trimestre del 2017, por un monto de ¢121.834,35 (Ciento veintiún mil
ochocientos treinta y cuatro colones con 35/100). Según el artículo N° 57 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera
intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se
le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local
podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del
Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo
Sánchez.—Asistente Técnico.—( IN2017157393 ). 3
v. 1 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de
Oca, a las once horas treinta minutos del 3 de julio del 2017. Señora: Ybarra
Mora Yetty Raquel, cédula de identidad 1-1159-0214, Presidente de Parqueo
Público Calderón G Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-390964. Medio para
notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De
conformidad con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de
Administración Pública; se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho
(8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del
presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la
finca del partido de San José N° 321369-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles
por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2016 al II trimestre del
2017, por un monto de ¢296.424,00 (doscientos noventa y seis mil cuatrocientos
veinticuatro colones 00/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos
comprendidos entre I trimestre de 2016 al II trimestre del 2017, por un monto
de ¢352.735,85 (trescientos cincuenta y dos mil setecientos treinta y cinco
colones 85/100), según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el
monto señalado incrementará diariamente. Se le advierte que de no conectarse el
adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales
expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con
intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de
Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente técnico.—( IN2017157394 ). 3 v. 1 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de
Oca, doce horas treinta minutos del 03 de julio del 2017. Señora Gómez López
Mercedes Mayela, cédula de identidad N° 3-02050040, presidenta de Servicios
Médicos Gago S. A., cédula jurídica N° 3-101-240026 Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido
en los artículo N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios y N°241 de la Ley General de Administración Pública,
se le(s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados
a partir del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante
esta Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N°
239782-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos
comprendidos entre I trimestre de 2014 al II trimestre del 2017, por un monto
de ¢468.226,02 (cuatrocientos sesenta y ocho mil doscientos veintiséis colones
con 02/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I
trimestre de 2014 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢226.524,80
(doscientos veintiséis mil quinientos veinticuatro colones 80/100). Según el
artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia
de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará
diariamente. Se le(s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este
gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo
N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días
entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo
Sánchez, Asistente Técnico.—( IN2017157395 ). 3
v. 1 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de Oca, once horas
del 3 de julio, 2017. Señor Valerio Ross Héctor Antonio, cédula de identidad Nº
1-05040839. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 18, 19, 20
y 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley
General de Administración Pública; se le (s) insta para que, en un plazo no
mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la
publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo
sostenido por la finca del partido de San José N° 376529-000, a saber: Impuesto
sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2016
al II trimestre del 2017, por un monto de ¢125.058,75 (Ciento veinticinco mil
cincuenta y ocho colones con 75/100); la tasa de Servicios Urbanos por los
períodos comprendidos entre I trimestre de 2016 al II trimestre del 2017, por
un monto de ¢579.731.55 (Quinientos setenta y nueve mil setecientos treinta y
un colones con 55/00). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por
lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no
congelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal.
Notifíquese tres veces con intérvalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez,
Asistente Técnico.—( IN2017157396 ). 3
v. 1. Alt.