LA
GACETA N° 171 DEL 08 DE
SETIEMBRE DEL 2017
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y
ALCANTARILLADOS
INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE COSTA RICA
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
ENTE COSTARRICENSE DE ACREDITACIÓN
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE LA COMUNIDAD
AVISO
El Registro Público de Asociaciones de
Desarrollo de la Comunidad de la Dirección Nacional de Desarrollo de la
Comunidad, hace constar: Que la Asociación de Desarrollo Integral de
Filadelfia. Por medio de su representante: Alicia María del Rosario Herrera
Bolaños, cédula Nº 9-350-325, ha hecho solicitud de inscripción de la siguiente
reforma al estatuto: Artículo Nº 18 para que en adelante se lea así:
Artículo 18.—Para que se permita la figura de tres suplentes, la forma de votación
se mantiene, para que, en caso que se rompa el quórum estructural, la junta por
medio de un acuerdo sustituirá la plaza vacante con uno de los miembros
suplentes, aplicando el debido proceso, comunicándolo a la Dirección de Legal y
Registro.
Dicha reforma es visible a folio 151 del tomo
I del expediente de la organización comunal en mención que se encuentra en el
Departamento de Registro de la Dirección Nacional de Desarrollo de la
Comunidad, asimismo, dicha modificación fue aprobada mediante asamblea general
ordinaria de afilados celebrada el día 16 de julio del 2017. En cumplimiento de
lo establecido en los artículos 17, 19 y 34 del Reglamento a la Ley Nº 3859 “Sobre Desarrollo de la Comunidad” que rige esta materia, se emplaza por el
término de ocho días hábiles, a partir de la publicación de este aviso, a
cualquier persona, pública o privada y en especial a la Municipalidad, para que
formulen los reparos que estimen pertinentes a la inscripción en trámite,
manifestándolo por escrito a esta Dirección Legal y de Registro.—San José, a
las once horas del día cuatro de agosto del dos mil diecisiete.—Departamento de
Registro.—Licda. Rosibel Cubero Paniagua, Jefa.—1 vez.—( IN2017165477 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y EVALUACIÓN
DE LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 34, asiento 16, título N° 133, emitido por el Liceo Pacto del
Jocote, en el año dos mil dieciséis, a nombre de Molina Mayorga Luis Adrián,
cédula N° 1-1758-0263. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veinticinco días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017164044 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 3, folio 147, título Nº 1923, emitido por el Liceo Elías Leiva Quirós,
en el año dos mil seis, a nombre de Valverde Campos Vanessa de los Ángeles,
cédula Nº 3-0402-0464. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los veintiocho
días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017164358 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 2, Folio 33, Asiento N° 1346, emitido por el Colegio Bilingüe San Judas
Tadeo, en el año dos mil dos, a nombre de Alvarado Uribe Andrea Cristina,
cédula: 1-1277-0919. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida
del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veinticinco días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017165444 ).
Ante esta dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 120,
asiento N° 2151, emitido por el Colegio Bilingüe San Judas Tadeo, en el año dos
mil catorce, a nombre de Zamora Urdaneta Paula Victoria, cédula de residencia
186200270119. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los cuatro días del mes de mayo del dos mil
diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017165592 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del
Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 79, título
N° 436, emitido por el Colegio Técnico Profesional de Parrita, en el año dos
mil, a nombre de García Arias Sonia, cédula 1-1047-0165. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—Dado en San José, a
los veintitrés días del mes de mayo del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017165639 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 4, Folio 12, Título N° 57, emitido por el Colegio de Bagaces, en el año
mil novecientos noventa y dos, a nombre de Ordóñez Soto Carlos Snider, cédula
5-0284-0317. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del
título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres
días del mes de abril del dos mil diecisiete.—Med. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017165675 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 11, título N° 19, emitido por el CINDEA María Mazzarello, en
el año dos mil dieciséis, a nombre de De Gracia Campos Denisse Paola. Se
solicita la reposición del título indicado por cambio de apellido, cuyos
nombres y apellidos correctos son: Mora Campos Denisse Paola, cédula Nº
1-1629-0866. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición
solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación
en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
catorce días del mes de julio del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017165868 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 20, título N° 111, emitido por el Colegio Experimental
Bilingüe de Siquirres, en el año dos mil doce, a nombre de Campos Molina Erika
Vanessa, cédula: 7-0234-0550. Se solicita la reposición del título indicado por
pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los
veintiocho días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora
Aguilar, Directora.—( IN2017165883 ).
DIRECCIÓN DE ASUNTOS
LABORALES
REGISTRO DE
ORGANIZACIONES SOCIALES
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos
Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir
a su Estatuto Social la organización social denominada Asociación de
Investigadores en Criminalística y Afines, siglas: ANIC, acordada en asamblea
celebrada el día 26 de mayo de 2016. Expediente S-I079. En cumplimiento con lo
dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la
inscripción para su publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. La reforma ha sido
inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante
tomo: 16, folio: 255, asiento: 4950, del 07 de junio de 2017. La reforma afecta
la totalidad de los artículos del Estatuto. Con la reforma al artículo 1 varía
el nombre y en lo sucesivo se denominará Sindicato de Investigadores en
Criminalística y Afines, siglas ANIC.—26 de mayo del 2017.—Departamento de
Organizaciones Sociales.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Subjefa.—( IN2017165885 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la
organización social denominada: Cooperativa de Servicios y Productos
Alimenticios R.L., siglas: COOPEALIMSUR R.L., constituida en asamblea celebrada
el 15 de febrero del 2017. Número de expediente código 1628-CO. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49
de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se
envía un extracto para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidente: Isaac Elizondo Morales
Vicepresidente: Rolando Elizondo Cordero
Secretario: Moisés Elizondo
Morales
Vocal 1: Damián Elizondo Valverde
Vocal 2: Alberto García Mata
Suplente 1: Walter Elizondo Naranjo
Suplente 2: Juan Carlos Elizondo
Cordero
Gerente: Minor Elizondo Mora
San José, 2 de junio del 2017.—Registro de
Organizaciones Sociales.—Lic. Eduardo Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—( IN2017165439
).
De conformidad con
la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha
procedido a la inscripción de la organización social denominada: Cooperativa De
Servicios y Productos Alimenticios R. L., siglas: Coopealimsur R. L.,
constituida en asamblea celebrada e1 15 de febrero del 2017. número de
expediente código 1628-CO. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 29
de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio
de Trabajo, se procede a la inscripción y se envía un extracto para su
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidente Isaac
Elizondo Morales
Vicepresidente Rolando Elizondo Cordero
Secretaria Moisés Elizondo
Morales
Vocal
1 Damián
Elizondo Valverde
Vocal
2 Alberto
García Mata
Suplente
1 Walter Elizondo
Naranjo
Suplente
2 Juan Carlos
Elizondo Cordero
Gerente Minor
Elizondo Mora
San
José, 2 de junio del 2017.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017165562 ).
De
conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos
Laborales, se ha procedido a la inscripción de la organización social
denominada: Cooperativa Autogestionaria Agroindustrial y Servicios Múltiples
Guácimo R. L., siglas: COOPEAGROCARIBE R. L., constituida en asamblea celebrada
el 28 de abril de 2017. Número de expediente código 1641-CO. En cumplimiento
con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley de Asociaciones Cooperativas y 49
de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo, se procede a la inscripción y se
envía un extracto para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Presidenta |
María Cristina Espinoza López |
Vicepresidenta |
Leonor Espinoza López |
Secretaria |
Milena Espinoza López |
Vocal 1 |
José Ángel Espinoza Vargas |
Vocal 2 |
Siviany Moya Peraza |
Suplente 1 |
Gerardo Sánchez Salazar |
Suplente 2 |
Vacante |
Gerente |
Angela Espinoza López |
San José, 28 de agosto del 2017.—Lic. Eduardo
Díaz Alemán, Jefe.—1 vez.—( IN2017165566 ).
DIRECCIÓN NACIONAL
DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José, a las 8 horas
del 18 de julio del 2017, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la
resolución JNPA-1319-2016 al señor Jiménez Jiménez Edwin, cédula de identidad
1-319-339, vecino de Heredia; por un monto de ciento diecinueve mil ochenta y
un colones con cuarenta y ocho céntimos (¢119.081,48), con un rige a partir de
la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero
Nacional. El que se hay efectivo queda condicionado a que exista el contenido
presupuestario correspondiente.—Irma Velásquez Yánez, Directora.—1 vez.—(
IN2017166817 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
Para ver
marcas solo en La Gaceta con formato
PDF
Viviana Castro Alvarado, soltera, cédula de
identidad 112850844, en calidad de apoderada especial de Gretta Abarca Zúñiga,
soltera, cédula de identidad 206370848, con domicilio en Moravia, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: METABOLICSCR
como marca de
servicios en clase(s): 44. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: 44 Servicios médicos generales y asesoría nutricional. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 13 de marzo del 2017. Solicitud Nº
2017-0002311. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 22 de mayo del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017163995 ).
Fady Abdel Rohman Alaraj Al Araj, soltero,
pasaporte 0081307, en calidad de apoderado generalísimo de Golden World, cédula
jurídica 3-102-695117 con domicilio en Condominio 630, Torre B, Apartamento B
602, Don Bosco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Smiling HOME
como marca de comercio en clases: 20, 24 y
27. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 20:
cojines, en clase 24: sábanas, cortinas, colchas, cobijas, cenefas (de cortinas
y para camas), paños de cocina y para lavarse el cuerpo y en clase 27:
alfombras. Reservas: de los colores azul, amarillo, anaranjado y blanco. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio del 2017.
Solicitud N° 2017-0007075. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017164031 ).
Fady Abdel Rohman
Alaraj Al Araj, soltero, pasaporte 81307, en calidad de apoderado generalísimo
de Golden World, Cédula jurídica 3-102-695117 con domicilio en Condominio 630
torre 8 apartamento B 602 Don Bosco, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Jenin HOME FASHION
como marca de comercio
en clase 20 y 24 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en
clase 20: Almohadas y en clase 24: Cortinas, cobijas, paños de cocina y para
lavarse el cuerpo. Reservas: De los colores negro, gris, blanco y café. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio del 2017, solicitud Nº
2017-0007076. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 25 de agosto del 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017164032 ).
Luis Manuel
Gutiérrez Chacón, casado una vez, cédula de identidad 107960788, en calidad de
apoderado especial de Establishment Labs S. A., cédula jurídica 3101366337 con
domicilio en La Garita, Zona Franca Coyol, edificio B-15, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: E Establishment LABS
como marca de fábrica
y comercio en clases: 3, 5 y 10. Internacionales. Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 3: cosméticos, cremas y lociones, en clase 5: productos
farmacéuticos y productos higiénicos para medicina y en clase 10: aparatos e
instrumentos quirúrgicos y médicos, implantes y accesorios, dispositivos
médicos. Reservas: de los colores dorado y gris. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 22 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005950. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 19 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017164046 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Merz Pharma
GmbH & CO. KGaA, con domicilio en Eckenheimer Landstrasse 100, 60318,
Frankfurt AM Main, Alemania, solicita la inscripción de: ETERMIS como marca de fábrica y comercio en clase: 5
Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones
farmacéuticas; productos farmacéuticos para el cuidado de la piel; vacunas;
rellenos dérmicos inyectables; jeringuillas rellenas con fines médicos que
contienen productos farmacéuticos. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de noviembre del 2015, según Solicitud N° 2015-0010831. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 9 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017164074 ).
Harry Zurcher Blen, casado, cédula de
identidad 104151184, en calidad de apoderado especial de Apple Inc., con
domicilio en 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: APPLE SMART CONNECTOR como marca de fábrica y comercio en clase: 9. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: conectores eléctricos y electrónicos;
conectores electrónicos para dispositivos digitales móviles de mano
electrónicos y teclados. Prioridad: Se otorga prioridad N° 67859 de fecha
14/08/2015 de Jamaica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 15 de
febrero del 2016. Solicitud N° 2016-0001417. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 01 de agosto
del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—( IN2017164083 ).
María del Pilar López Quirós, Divorciada,
cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderado especial de IAMS Europe
B.V., con domicilio en Vosmatenweg 4, 7742 PB Coevorden, Países Bajos, solicita
la inscripción de: working in harmony como marca de fábrica y
comercio en clases: 1; 3; 5; 7; 8; 11; 18; 21; 28 y 31. Internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: 1) Químicos utilizados en la agricultura,
horticultura y forestales; fertilizantes; fertilizantes para ser usados en
acuarios y estanques de jardín; fertilizantes para plantas acuáticas;
ablandadores de agua; ablandadores de agua para uso en acuarios y estanques de
jardín; ablandadores de amoniaco y pH; kits de pruebas químicas; bacterias, así
como preparaciones que contienen bacterias para ser usadas para propósitos de
ablandamiento del agua., 3) Preparaciones para el cuidado corporal y de belleza
para animales; cosméticos para animales; preparaciones para acicalamiento de
animales; jabones; agentes de limpieza y aditivos de baño para animales;
champús para animales; acondicionadores para animales; aerosoles para el
cuidado y refrescamiento para animales; acondicionadores para la piel y evitar
la caída del pelo; preparaciones para desenredar la pelambre y el pelo de las
mascotas, preparaciones de control de olor para animales; quitamanchas y
removedores de olor; aerosoles en seco para acicalamiento y cuidado del pelaje;
preparaciones para acicalamiento; agentes limpiadores para jaulas;
preparaciones para limpieza y cuidado de mascotas y jaulas; toallitas húmedas;
preparaciones para el cuidado bucal y dental para animales; almohadillas
limpiadoras para ojos y oídos para animales; preparaciones para el cuidado de
la piel para animales; preparaciones y artículos de higiene para animales;
desodorantes para animales; limpiadores de grava de acuarios., 5) Alimentos
dietéticos adaptados para uso veterinario; sustancias dietéticas adaptadas para
uso veterinario; suplementos dietéticos para animales; suplementos medicinales
para animales; preparaciones veterinarias; preparaciones dietéticas y
suplementos alimenticios para animales; desinfectantes; preparaciones para
eliminar animales dañinos; bactericidas; vermífugos para animales; repelentes;
ablandadores de algas y alguicidas; herbicidas; fungicidas., 7) Bombas de aire;
bombas de agua; sistemas para airear el agua; máquinas limpiadoras;
aspiradoras; aspiradoras húmedas y secas; mangueras; cepillos; bolsas y filtros
para aspiradoras; aspiradoras de pelo para mascotas; aparatos eléctricos para
limpieza y mantenimiento de acuarios, terrarios y estanques de jardín; aparatos
de extracción para uso en estanques de jardín., 8 Herramientas e implementos
manuales; máquinas de afeitar; rasuradoras; artículos e instrumentos para el
cuidado corporal y de belleza de animales; cortadoras de pelo e instrumentos
removedores de pelo; máquinas para cortar el pelaje; rasuradoras de pelaje;
aparatos para remover el pelaje; tijeras, cuchillos; cuchillas; herramientas
para recortar el pelaje; aparatos para cortar y limar uñas para animales;
cortaúñas para animales; limas de uñas para animales; cortadoras de pelo., 11)
Aparatos para alumbrar, calentar y ventilar; filtros de aire; filtros de agua;
sistemas de filtración eléctricos; bombillas UV; sistemas de filtración de
agua; almohadillas filtrantes., 18) Cuero e imitaciones de cuero y productos de
estas materias no comprendidas en otras clases; pieles de animales; correas de
cuero (talabartería), arneses de cuero; estribos; cuero crudo masticable para
animales; collares para animales; correas para animales; fustas para animales;
talabartería; ropa para animales; prendas de vestir para animales; cubiertas y
mantas para animales para prendas de vestir; bolsas para el transporte de
animales., 21) Utensilios y contenedores para el hogar y la cocina; artículos
para animales; comederos para animales; comederos para aves; esponjas;
cepillos; peines; artículos para propósitos de limpieza; cepillos para acicalar
animales; cepillos para el pelaje para animales; utensilios para el
mantenimiento de mascotas; utensilios para el cuidado del pelaje y las uñas;
cepillos y peines para mascotas; artículos para hacer la manicura; paños para
limpieza; rascaderas; almohadillas para limpieza; rodillos; porcelana y loza no
incluidas en otras clases; contenedores para alimento para animales; comederos
para animales; tazones; tazones para alimento y tazones para bebida para
animales; acuarios; peceras; artículos para limpieza y mantenimiento de
acuarios, terrarios y estanques de jardín; jaulas para pájaros; jaulas para
mascotas; bandejas de arena para mascotas; cajas de arena para mascotas; palas
de arena para su uso con animales de compañía., 28 Juguetes; juegos; juegos de
mesa; marionetas; juguetes de peluche; aparatos de videojuego; juguetes para
animales, y 31) Alimentos y forraje para animales; alimento húmedo y seco para
animales; objetos comestibles y masticables para animales; golosinas
comestibles para animales; arena higiénica para gatos; arena para aves; nébeda;
semillas para aves; huesos de jibia para pájaros; material para lechos de
animales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de agosto del 2017,
según Solicitud N° 2017-0007589. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de agosto del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017164084 ).
Harry Zurcher Blen,
casado cédula de identidad 104151184, en calidad de apoderado especial de
Conducen, Sociedad de Responsabilidad Limitada (Conducen S.R.L.), cédula
jurídica 3102011928 con domicilio en Autopista General Cañas, km. 11,5,
intersección a San Antonio de Belén, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ECO PLUS
como marca de fábrica
y comercio en clase: 9. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
cables eléctricos, cables y conductores. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de marzo del 2017. Solicitud Nº 2017-0002424. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 07 de agosto del 2017.—Jamie Phillips Guardado, Registrador.—(
IN2017164086 ).
Edgar Zurcher Gurdián, cédula de identidad
105320390, en calidad de apoderado especial de Corporativo Internacional
Mexicano S. de R.L. de C. V., con domicilio en Calzada Vallejo N° 734, Colonia
Barrio Coltongo, Delegación Azcapotzalco, C.P. 02630, México, D.F., México,
solicita la inscripción de: CHOKIS Chocobase
como marca de fábrica y comercio en clase: 30 Internacionales para
proteger y distinguir lo siguiente: 30: Cacao; bocadillos de chocolate,
bocadillos con sabor a chocolate, galletas de chocolate, chips de chocolate,
barras de chocolate, cremas de chocolate, cremas con sabor a chocolate; cremas
de chocolate, cremas con sabor a chocolate; polvo con sabor a chocolate y
modificador de leche de chocolate. Reservas: De colores: Rojo, azul, blanco,
crema y café. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de marzo
del 2017, Solicitud N° 2017-0002834. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de agosto del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017164087 ).
María del Pilar
López Quirós, divorciada., cédula de identidad 110660601, en calidad de
apoderada especial de Importadora Maduro S. A. con domicilio en avenida
Frangipani N° 21, edificio IMSA ciudad de Panamá, Panamá, solicita la
inscripción de: noir como marca de fábrica y comercio en clases 24 y 25,
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente en clase 24: Tejidos y
productos textiles no comprendidos en otras clases, ropa de cama, ropa de mesa
y en clase 25: vestidos, calzados y sombrerería. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 23 de junio del 2017, solicitud Nº 2017-0006069. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 06 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017164088 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Pepsico
Strauss Fresh Dips & Spreads International GMBH, con domicilio en
Spitalgasse 2, Canton of Berne, 3011, Suiza, solicita la inscripción de:
como marca de fábrica y comercio en clases: 29 y 30 Internacionales
para proteger y distinguir lo siguiente: 29 Carne, pescado, aves y caza;
extractos de carne; frutas y vegetales en conserva, congeladas, secas y
cocidas; gelatinas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos teos;
aceites y grasas comestibles, aceite de ajonjolí, pasta de ajonjolí (tahini),
queso, crema, bebidas lácteas, productos lácteos, ensalada de verdura, ensalada
de vegetales con carne, pasta de garbanzos (humus), pasta de aceituna y yogur,
humus; guacamole (pasta de aguacate); dips hechos con aguacate (dips hechos de
vegetales); dips de yogur; dips de yogur griego. y 30 Café, té, cacao, azúcar,
arroz, tapioca, sagú, sustitutos del café; harina y preparaciones hechas de
cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles; miel, jarabe de
melaza; levadura, polvos para esponjar; sal, mostaza; vinagre; salsas
(condimentos); especias; hielo; toda clase de chutneys, salsas. Reservas: Del
color: naranja. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de julio
del 2017, Solicitud N° 2017-0006905. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 26 de julio del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017164089 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Iconix Latin
America LLC., con domicilio en 1450 Broadway, New York, NY 10018, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: LONDON
FOG como marca
de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Vestuario, calzado y sombrerería. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 18 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006951. A efectos de publicación
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27
de julio de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registrador.—( IN2017164090 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Naked Juice
Co. of Glendora, Inc, con domicilio en 1333 S. Mayflower Avenue, Monrovia Ca
91016, U.S.A., Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: THE NAKED TRUTH como señal de propaganda en clase: Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 50: Para promocionar jugos de frutas y vegetales,
zumos de frutas y agua con sabor a frutas”, productos protegidos por la
solicitud de la marca NAKED, en clase 32, inscrita el 19 de abril del 2013,
según Registro N° 225994. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006965. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 27 de julio de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017164091 ).
Edgar Zurcher Gurdian, cédula de identidad
105320390, en calidad de apoderado especial de SCA Hygiene Products AB, con
domicilio en SE-405 03 Goteborg, Suecia, solicita la inscripción de: TRIPLE+ como marca de fábrica y comercio en clase:
16 Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: 16 Papel sanitario;
servilletas de papel; pañuelos de papel desechables; toallas de papel para
secarse las manos; toallas de papel para la cocina; papel higiénico; papel
facial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de julio del 2017,
según Solicitud N° 2017-0006994. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de julio del
2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017164092 ).
Edgar Zurcher
Gurdián, cédula de identidad 105320390, en calidad de apoderado especial de
Laboratorios Casasco S.A.I.C. con domicilio en Boyacá, 237, ciudad de Buenos
Aires, Argentina, solicita la inscripción de: LOXCAR como marca de fábrica y comercio en clase 5 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas para uso
humano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio del 2017,
solicitud Nº 2017-0007116. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 04 de agosto del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017164093 ).
Harry Zurcher Blen, casado, cédula de
identidad 1041501184, en calidad de apoderado especial de Pepsico Inc., con
domicilio en 700 Anderson Hill Road, Purchase, NY 10577, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: NUTZILLA
como marca de fábrica y comercio en clase: 29 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 29 Bocadillos que consisten básicamente de frutas,
vegetales, frutos secos, frutos secos preparados, semillas comestibles o
combinación de los mismos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de julio del 2017, Solicitud N° 2017-0007205. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 3 de agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017164094 ).
Harry Zurcher Blen, casado, cédula de
identidad 104151184, en calidad de apoderado especial de Pepsico Inc., con
domicilio en 700 Anderson Hill Road, Purchase, NY 10577, Estados Unidos de
América, solicita la inscripción de: FRITOLAY MANIAX como marca de fábrica y comercio en clase: 29 Internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 29 Bocadillos que consisten básicamente de
frutas, vegetales, frutos secos, frutos secos preparados, semillas comestibles
o combinación de los mismos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 27 de julio del 2017, Solicitud N° 2017-0007206. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 3 de agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017164097 ).
María del Pilar
López Quirós, divorciada, cédula de identidad 110660601, en calidad de
apoderado especial de Takeda Pharmaceutical Company Limited con domicilio en
1-1, Doshomachi 4-Chome, Chuo-Ku, Osaka 540-8645, Japón, solicita la
inscripción de: TAKEDA como marca de fábrica y comercio en clases 5 y 10 internacionales,
para proteger y distinguir lo siguiente: 5 Preparaciones farmacéuticas y
veterinarias, productos higiénicos para uso médico, preparados a base de
vitaminas, suplementos alimenticios, suplementos nutricionales, sustancias
dietéticas para uso médico, alimentos para bebes, emplastos, material para
apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes;
productos para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. y 10 Aparatos
e instrumentos quirúrgicos, médicos y veterinarios, material de sutura. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 27 de julio del 2017, Solicitud Nº
2017-0007245. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de agosto del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017164098 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 11066601, en calidad de apoderado especial de FEN Worldwide
S.R.L., con domicilio en Ruta 8, km 17,500, Edificio Beta 4, Oficina 106,
Montevideo, Uruguay, solicita la inscripción de: ESPLENDOR como marca de servicios en
clase: 43 Internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 43 Servicios
de hoteles vacaciones, hoteles; servicios de alojamiento en moteles y servicios
de restaurante; reserva de alojamiento para otros; servicios de recepción a
saber, provisión de alojamiento, alimentos y bebidas; reservación de hoteles;
servicios de reserva de alojamiento y servicios de hospedaje, reserva de
restaurantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio
del 2017, Solicitud N° 2017-0007309. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de agosto del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017164099 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad 110660601, en calidad de apoderada especial de Buckeye
International Inc., con domicilio en 2700 Wagner Place, Maryland Heights,
Missouri 63043, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: SYMMETRY
como marca de fábrica y comercio en clase: 3 Internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Productos para limpieza industrial e institucional, a
saber, productos para la limpieza de manos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de julio del 2017, Solicitud N° 2017-0007310. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 7 de agosto del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017164100 ).
María del Pilar López Quirós, divorciada,
cédula de identidad N° 110660601, en calidad de apoderado especial de Apple
Inc. con domicilio en 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: LIVE
LISTEN, como
marca de fábrica y comercio en clase(s): 9 internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: 9: Software para reproducción y transmisión de sonido;
software de interfaz para ser usado en la conexión de un teléfono móvil o una
Tablet con un audífono. Computadoras; hardware de computadora; computadoras de
mano; computadoras tipo tableta; aparatos e instrumentos de telecomunicaciones;
teléfonos; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; dispositivos de
comunicación inalámbrica para la transmisión de voz, datos, imágenes, audio,
video y contenido multimedia; aparato de comunicación en red; dispositivos
electrónicos digitales de mano móviles capaces de proporcionar acceso a
Internet y para el envío, recepción y almacenamiento de llamadas telefónicas,
correo electrónico, y otros datos digitales; hardware de computadora móvil
(wearable, “usable”); dispositivos electrónicos de mano móviles (wearable)
digitales capaces de proporcionar acceso a Internet y para el envío, recepción
y almacenamiento de llamadas telefónicas, faxes, correo electrónico, y otros
datos digitales; relojes inteligentes; lentes inteligentes; anillos
inteligentes; rastreadores de actividad; pulseras conectadas [instrumentos de
medición]; lectores de libros electrónicos; software de computadora; programas
informáticos para crear, configurar, operar y controlar computadores,
periféricos, dispositivos móviles, teléfonos móviles, relojes inteligentes,
gafas inteligentes, dispositivos, audífonos, auriculares, televisores,
decodificadores, reproductores de audio y video portátiles y grabadoras,
sistemas de cine en casa, y sistemas de entretenimiento; software de desarrollo
de aplicaciones; software de juegos de computadora; contenido descargable
pre-grabado de audio, video y multimedia; dispositivos periféricos de
computadora; dispositivos periféricos para computadoras, teléfonos móviles,
dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles,
relojes inteligentes, gafas inteligentes, auriculares, audífonos, televisores,
decodificadores, y reproductores de audio y video y grabadoras; periféricos
portátiles para su uso con computadores, teléfonos móviles, dispositivos
electrónicos móviles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, anillos
inteligentes, audífonos, auriculares, televisores, decodificadores, y
reproductores y grabadoras de audio y video; identificación biométrica y
aparatos de autenticación; acelerómetros; altímetros; aparato de medida de
distancia; aparatos de registro de distancia; podómetros; aparatos de medición
de presión; indicadores de presión; monitores, pantallas de visualización,
casco de realidad virtual, y auriculares para su uso con computadores,
teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos
electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, televisores,
decodificadores y reproductores de audio y video y grabadoras; visualización de
realidad virtual y aumentada, gafas, controladores, y auriculares; gafas 3D;
anteojos; gafas de sol; lentes de gafas; vidrio óptico; productos ópticos;
aparatos e instrumentos ópticos; cámaras; flashes para cámaras; teclados,
ratones y alfombrillas de ratón, impresoras y unidades de disco y discos duros;
grabación de sonido y aparatos de reproducción; reproductores de audio y video
y grabadoras digitales; parlantes de audio; amplificadores de audio y
receptores; aparatos de audio de vehículo de motor; aparato de grabación de voz
y de reconocimiento de voz; auriculares; audífonos; micrófonos; televisores;
receptores de televisión y monitores; cajas convertidoras; radios; transmisores
y receptores de radio; interfaces de usuario para computadores en vehículos de
motor fuera de borda y dispositivos electrónicos, a saber, paneles de control
electrónicos, monitores, pantallas táctiles, mandos a distancia, estaciones de
acoplamiento, conectores, interruptores y mandos activados por voz; sistema de
posicionamiento global (dispositivos de GPS); instrumentos de navegación;
aparatos de navegación para vehículos [computadoras a bordo]; mandos a
distancia para el control de computadores, teléfonos móviles, dispositivos
electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes
inteligentes, gafas inteligentes, reproductores de audio y video y grabadoras,
televisores, decodificadores, altavoces, amplificadores, sistemas de cine en
casa, y sistemas de entretenimiento; dispositivos portátiles para controlar
computadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, relojes
inteligentes, gafas inteligentes, audífonos, reproductores de audio y video y
grabadoras, televisores, decodificadores, altavoces, amplificadores, sistemas
de cine en casa, y sistemas de entretenimiento; aparato de almacenamiento de
datos; chips de computadora; baterías; cargadores de baterías; conectores
eléctricos y electrónicos, acopiadores, alambres, cables, cargadores, bases,
estaciones de acoplamiento, y adaptadores para su uso con computadores,
teléfonos móviles, computadores de mano, periféricos de computador, teléfonos
móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos
portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes, auriculares,
reproductores y grabadoras de audio y video, televisores y decodificadores;
pantallas táctiles interactivas; interfaces para computadores, pantallas de
visualización para computadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos
móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas
inteligentes, televisores, decodificadores y reproductores de audio y video y
grabadoras; películas protectoras adaptadas para las pantallas de computador,
pantalla de teléfonos móviles y pantallas para teléfonos inteligentes;
repuestos y accesorios para computadores, dispositivos periféricos para
computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles,
dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, gafas inteligentes,
auriculares, audífonos, reproductores de audio y video y grabadoras
decodificadores; cubiertas, bolsas, estuches, fundas, correas y cuerdas de
seguridad para computadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos
digitales móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes,
gafas inteligentes, auriculares, audífonos, decodificadores, y reproductores y
grabadoras de audio y video; palos de autofotos; cargadores para cigarrillos
electrónicos. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0007386. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de agosto
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017164101 ).
Mauricio Madriz Badilla, soltero, cédula de
identidad 113540718, con domicilio en Rohrmoser, Pavas, del Parque de La
Amistad; 400 m. norte, 200 este y 50 N, cuarta casa mano derecha N° 21, Costa
Rica, solicita la inscripción de: ENTRE LINEAS
como marca de servicios en clase: 41. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de entretenimiento y culturales. Entre
Líneas es una agrupación musical. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 16 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007959. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 25 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017164112 ).
Edgar Daniel Herrera
Soto, soltero, cédula de identidad 110500213, en calidad de apoderado
generalísimo de Minerva Bebidas S. A., cédula jurídica 3101444478con domicilio
en Rosario, Naranjo, 1 km. norte del puente Rafael Iglesias, carretera Aledaña
a autopista Bernardo Soto, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Fruit Garden
como marca de
fábrica y comercio en clase 32 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 32 Bebidas a base de Aloe Vera y extractos de Fruta. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 31 de julio del 2017, solicitud Nº
2017-0007365. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 8 de agosto del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017164132 ).
José Enrique Arias Maduro, casado una vez,
cédula de identidad 104660482, en calidad de Apoderado Generalísimo de Sacheth
de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101123754 con domicilio en San José,
calles 33 y 31, avenida quinta, San José, Costa Rica, solicita la inscripción
de: MONQ
como marca de comercio, en clase 3 y 11 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente, en clase 3: Aceites esenciales para uso con unidades
portátiles de vaporización y en clase 11: Unidades portátiles de vaporización
alimentados por batería para la vaporización de aceites esenciales para la
inhalación personal. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de
agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007797. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Wendy López Vindas,
Registrador.—(2017164151).
Henry Angulo Moreno, casado dos veces, cédula
de identidad Nº 110190321, con domicilio en: San Pablo, Resid Sta. Isabel, casa
A3, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: REVSYS,
como marca de servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: servicios soporte técnico, diseño de software, consultorías
informáticas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de agosto
del 2017. Solicitud N° 2017-0008053. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de agosto
del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017164154 ).
Luis Diego Acuña
Vega, soltero, cédula de identidad 111510238, en calidad de apoderado especial
de Mercanow S. A., cédula jurídica 3101714397, con domicilio en Santa Ana,
Urbanización Río Oro, del Green Center, 100 m. norte, 100 m. este y 25 m.
norte, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: AKI, como marca de servicios en clase: 42 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 42: Programación, instalación, mantenimiento, análisis,
diseño, alojamiento y actualización de software y de aplicaciones móviles,
particularmente en la rama del mercadeo; suministro de información comercial a
través de aplicaciones móviles; investigación y desarrollo de nuevos productos
para terceros; alquiler de software y suministro software como servicio,
particularmente en la rama del mercadeo; asesoramiento tecnológico en la
personalización de sitios web y aplicaciones móviles para fines de mercadeo;
consultoría sobre tecnologías de la información, así como sobre diseño y
mercadeo de sitios web y de aplicaciones móviles; almacenamiento electrónico de
datos para la prospección de clientes; consultoría tecnológica en la rama del
mercadeo; creación y diseño de índices de información basados en la web para
terceros (servicios de tecnología de la información); provisión de motores de
búsqueda para Internet; computación en la nube; consultoría tecnológica. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de agosto de 2017.
Solicitud N° 2017-0007572. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto de
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017164163 ).
Eduardo Díaz
Cordero, casado una vez, cédula de identidad 107560893, en calidad de apoderado
especial de Edgar Valerio Valerio, casado una vez, cédula de identidad
106530136, con domicilio en Barrio Corazón de Jesús, del supermercado Palí, 200
metros norte, 75 metros este, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
n nebia,
como marca de comercio
en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: duchas,
duchas de cabezal, duchas tipo teléfono, duchas para manos, tubos flexibles que
son partes de las duchas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de
julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006779. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de agosto
del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017164186 ).
Cesar Gómez Montoya,
casado, cédula de identidad 303580966, en calidad de apoderado generalísimo de
Bottega Italiana Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101686962, con domicilio en
barrio Escalante, de la Rotonda del Farolito, 50 metros al sur, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: 8.1 2014 BOTTEGA ITALIANA,
como nombre comercial
en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado a la Importación y comercialización de
Papel, cartón; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías;
artículos de papelería; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso
doméstico; material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos
de oficina (excepto muebles); material de instrucción o material didáctico
(excepto aparatos); materias plásticas para embalar, caracteres de imprenta;
clichés de imprenta, muebles, espejos, marcos; productos de madera, corcho,
caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar,
espuma de mar, sucedáneos de todos estos materiales o de materias plásticas,
utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; peines y esponjas;
cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; lana de
acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción);
artículos de cristalería, porcelana y loza, tejidos y productos textiles, ropa
de cama; ropa de mesa, encajes y bordados, cintas y cordones; botones, ganchos
y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales, granos y productos agrícola,
hortícolas y forestales, animales vivos; frutas y verduras, hortalizas y
legumbres fresca; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para
animales; malta, bebidas alcohólicas, servicios de publicidad; gestión de
negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina,
transporte; embalaje y almacenamiento de mercancías; organización de viajes,
restauración (alimentación); hospedaje temporal, ubicado en San José, Pavas,
Rohrmoser, Bulevar Ernesto Rohrmoser, 50 metros oeste de la casa del
expresidente Óscar Arias Sánchez. Reservas: de los colores: azul y dorado. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 2 de julio de 2017. Solicitud
N° 2017-0006725. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de agosto de 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017164219 ).
Paula Alejandra Umaña Jara, casada una vez,
cédula de identidad 109730345, con domicilio en San Ramón Tres Ríos de Palí; 1
kilómetro al oeste, casa a mano izquierda, Costa Rica, solicita la inscripción
de: Naranja con rayas
como marca de comercio en clase 25
internacional para proteger y distinguir lo siguiente Prendas de vestir,
calzado y artículos de sombrerería. Reservas: De los colores anaranjado y
verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017,
según solicitud N° 2017-0003533. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 27 de abril del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017164221 ).
Janeth Rojas Salas, soltera, cédula de
identidad Nº 203380795, en calidad de apoderada especial de Asociación Cultural
Abriendo El Surco, cédula jurídica Nº 3002116953, con domicilio en: Ciudad
Quesada, San Carlos, 25 metros este Radio San Carlos, Alajuela, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Abriendo el Surco, como marca de servicios en
clase 38 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: programa
Radial. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de agosto del 2017.
Solicitud N° 2017-0007419. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 23 de agosto del
2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017164224 ).
|Carlos Gamboa Meneses, casado dos veces,
cédula de identidad Nº 106910376, en calidad de apoderado generalísimo de La Oveja
Negra Bar y Boquería Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101497415 con
domicilio en: Santa Ana, Residencial Bosques de Santa Ana, casa 1-6, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: La Oveja Negra
como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de hospedaje y alimentación. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 05 de junio del 2017. Solicitud N°
2017-0005301. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de julio del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017164229 ).
Alonso Aguilar
Salas, soltero, cédula de identidad 115580283, con domicilio en Santo Domingo,
Santo Tomás, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: EA ESTRUCTURART
INGENIRÍA·ARQUITECTURA,
como marca de
servicios en clase 42 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios de arquitectura e ingeniería. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006870. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 21 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez Registrador.—( IN2017164230 ).
Grettel Rojas
Hidalgo, casada, cédula de identidad 109610275, en calidad de apoderada
generalísima de Constructora Dicon del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101682576, con domicilio en Pérez Zeledón, San Isidro, Barrio la Palma, 350
metros suroeste de la escuela de la localidad, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: DICON
como marca de comercio
en clase: 19 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Fabricación de paneles, columnas, banquinas y bloques, todo elaborado con
concreto. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 1° de junio de 2017.
Solicitud N° 2017-0005167. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de agosto de
2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017164271 ).
Jorge Hernán Vásquez
Sancho, casado una vez, cédula de identidad 108350924, con domicilio en
Palmares, La Canalera, entrada principal, 50 mts. oeste y 75 mts. sur, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Chicharrones Papiringo Naturalmente
Crujientes
como marca de fábrica
y comercio en clase: 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
29: Chicharrones elaborados con piel de cerdo deshidratada y chicharrones elaborados
con carne de cerdo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de
agosto de 2017. Solicitud N° 2017-0008060. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de agosto de
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017164314 ).
María Gabriela
Miranda Urbina, divorciada una vez, cédula de identidad 111390272, en calidad
de apoderado especial de Servicios de Tratamientos OPC S. A, cédula jurídica
3101707755 con domicilio en 100 metros al este de las oficinas de Acueductos y
Alcantarillados, en calle 9, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
SERTRASA SERVICIOS DE TRATAMIENTO OPC S.A
como marca de
servicios en clases 4, 37 y 40 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: 4 Aceites de motores y sus derivados, 37 Servicios de venta de
combustible para calderas y 40 Tratamiento de residuos y aguas oleaginosas;
tratamiento de suelos y remediación de suelos. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 27 de febrero del 2017, solicitud Nº 2017-0001742. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 7 de marzo del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN2017164320 ).
Jessica Bogantes Jiménez, casada una vez,
cédula de identidad N° 109610641, con domicilio en Condominio Botánica Casa
Sesenta y Tres, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: EDU MKTCB,
como marca de servicios en clase: 41
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 41 servicios de
asesoría, capacitación, formación y educación, específicamente enfocados en
proyectos educativos dirigidos al sector de educación general básica.
Igualmente, servicios de recreo, diversión y entretenimiento de personas.
Reservas: de los colores: naranja, blanco, morado y gris. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 16 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007973.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 25 de agosto del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017164328 ).
Priscilla Alvarado
Marenco, casada tres veces, cédula de identidad Nº 106720636, con domicilio en
Desamparados, Las Gravilias, Residencial Casa Blanca, casa Nº 28, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Alma CASERA
como marca de
comercio, en clases: 29 y 30 internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente, en clase 29: Frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva,
congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y
productos lácteos; aceites y grasas comestibles; aderezos para ensalada. Clase
30: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y
preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería;
helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal;
mostaza; vinagre, salsas (con4imentos); especias; hielo. Reservas: de los
colores: negro, café claro, turquesa claro. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007425. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017164329 ).
Ricardo Alberto
Vargas Valverde, divorciado, cédula de identidad 106530276, en calidad de
apoderado especial de Sherington Management Inc. con domicilio en calle 54
Marbella, Edificio Mossfon, Ciudad De Panamá, Guatemala, solicita la
inscripción de: SECRET
JESUS
como marca de
servicios en clase: 41 Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
41 Producción de películas y documentales. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 19 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004714. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 22 de agosto 2017.—Jamie Phillips Guardado.—( IN2017164393 ).
Jorge Tristán Trelles, divorciado una vez,
cédula de identidad N° 103920470, en calidad de apoderado especial de The
Coca-Cola Company, con domicilio en One Coca-Cola Plaza, Atlanta, Georgia
30313, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: EMPRENDAMOS
JUNTOS COCA COLA,
como marca de servicios en clase: 41 internacional para proteger y
distinguir lo siguiente: clase 41: Educación formación, servicios de
entretenimiento, actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 21 de junio del 2017. Solicitud Nº 2017-0005871.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 29 de junio del 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017164939 ).
PUBLICACIÓN DE
PRIMERA VEZ
Ingrid
Vega Moreira, casada, cédula de identidad 110140567, en calidad de Apoderada
Generalísima de Importek Latinoamérica CR. S. A., cédula jurídica 3101582077
con domicilio en Sto. Domingo, Sta. Rosa, de la entrada después de la escuela
100 n y 500 o contiguo a Carrocerías Fallas, Heredia, Costa Rica, solicita la
inscripción de: F FIRENZE
como
marca de comercio, en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 18 Cuero y cuero de imitación; pieles de animales; artículos de
equipaje y bolsas de transporte; paraguas y sombrillas; bastones; fustas,
arneses y artículos de guarnicionería; collares, correas y ropa de animales.
Los artículos de equipaje y bolsas de transporte, por ejemplo, las maletas,
baúles, bolsas de viaje, bandoleras, porta bebe, mochilas escolares, etiquetas
identificadoras para artículos de equipaje, tarjeteros y las billeteras; las
cajas y cajones de cuero y de cartón-cuero, carteras. (bolsos de mano, de
bolsillo, escolares), tarjeteros. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007038. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 18 de agosto del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—(
IN2017163114 ).
José Alberto
Rodríguez Rivera, casado, cédula de identidad número 105240300, en calidad de
apoderado generalísimo sin límite de suma de Club Hotel Condovac la Costa
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3101024662, con domicilio en San Pedro,
Montes de Oca, exactamente en el Centro Comercial Plaza Carolina, local N°
cinco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: condovac la costa Club
& Hotel
como marca de
servicios en clase: 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios de hotelería, restaurante, bar, turísticos y venta de souvenirs
(objetos de recuerdos). Reservas: de los colores: verde, azul, blanco y
anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de junio de
2017. Solicitud N° 2017-0006212. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 11 de agosto de
2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—( IN2017163120 ).
Eduardo Arguedas Chaverri, casado una vez,
cédula de identidad Nº 400960634, en calidad de apoderado general de
Bioprocesos S. A., cédula jurídica Nº 3101166591, con domicilio en: Ulloa
Condominio Industrial San José de Ulloa, local Nº 26, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: BIOPROCESOS
como marca de fábrica en clase 1 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 1: Fertilizantes y foliares. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006293.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 11 de agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2017163154 ).
Grettel Rojas Hidalgo, casada, cédula de
identidad Nº 109610275, en calidad de apoderada generalísima de Constructora
Dicon del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101682576, con domicilio
en: Pérez Zeledón, San Isidro, barrio La Palma, 350 metros suroeste de la
escuela de la localidad, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
DICON
como marca de servicios en clase 37 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: los servicios relacionados con la construcción de
edificios, carreteras, puentes, presas o líneas de transmisión, así como la
prestación de servicios especializados en el campo de la construcción, tales
como la pintura, fontanería, instalación de calefacción, techado o
electricidad, asesoramiento en materia de construcción de edificios, los
servicios de alquiler de herramientas o de materiales de construcción, los
servicios de reparación, a saber, los servicios que consisten en dejar en buen
estado cualquier construcción desgastada, dañada, deteriorada o parcialmente
destruida (reparación de un edificio o de cualquier objeto deteriorado respecto
de su estado original), los diversos servicios de reparación tales como los
relacionados con la electricidad, el mobiliario, los instrumentos y las
herramientas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de junio
del 2017. Solicitud N° 2017-0005165. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de agosto
del 2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017163208 ).
Karen Alpízar Villalobos, cédula de identidad
N° 206450104, en calidad de apoderada generalísima de Decoraciones y Servicios
Rubertplast S. A., cédula jurídica 3101372645, con domicilio en Zona Industrial
de Desamparados del cementerio de la localidad 100 norte 75 este Residencial
Colonia del Sur etapa 6, Costa Rica, solicita la inscripción de: DuraMAT
ALFOMBRAS DURABLES PUBLICITARIAS
como marca de fábrica y comercio en clase:
27. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: 27: alfombras
publicitarias, alfombras de hule, alfombras atrapamugre, alfombras comerciales,
alfombras corporativas, alfombras troqueladas, tapetes publicitarios, tapetes
corporativos, alfombras de entrada. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 10 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006637. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 07 de agosto de 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017163213 ).
Mario Fco. Blanco Rojas, casado una vez,
cédula de identidad N° 202761392, con domicilio en Cartago, San Rafael de
Oreamuno, de la Iglesia del Bosque 50 metros este, Cartago, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Optiver Ópticas,
como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a óptica,
servicios y venta lentes, ubicado en Paraíso, Cartago, 150 metros oeste de la
esquina suroeste del parque Central Paraíso. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 4 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007581. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de agosto del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017163219 ).
María de los Ángeles
Gutiérrez Jiménez, divorciada, cédula de identidad 601370001, en calidad de
apoderada generalísima de Marisquería Altamar Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101601496, con domicilio en avenida 10, 200 metros al este y 75 metros al sur
del Gimnasio Nacional, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Bocana,
como nombre comercial
en clase internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un
establecimiento comercial dedicado al servicio de bar y restaurante, así como
el servicio de catering, de todo tipo de productos alimenticios, ubicado en San
José, Barrio Escalante, calle 33, 250 metros al sur del Fresh Market. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 29 de mayo de 2017. Solicitud N°
2017-0005001. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 05 de junio de 2017.—Alex Villegas
Méndez, Registrador.—( IN2017163229 ).
Eric Roberto Miguel Inclán, divorciado una
vez, cédula de residencia 122200805016, con domicilio en Escazú, San Rafael,
Guachipelín, Condominio Badulla N° 8, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: SANTOKATRIN
como marca de servicios en clase: 43
Internacional para proteger y distinguir lo siguiente: Clase 43: Servicio de
restauración, hospedaje temporal. Reservas: De los colores: rojo, verde,
amarillo, anaranjado, verde agua, crema, hueso, morado, dorado, negro y gris.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 9 de agosto del 2006, según
Solicitud N° 2017-0007752. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de agosto del
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017163233 ).
Eric Roberto Miguel Inclan, divorciado una
vez, cédula de residencia 122200805016, con domicilio en Escazú, San Rafael,
Guachipilín, condominio Badulla casa 8, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: ALEBRIJES Y KALAKAS
como marca de servicios en clase 43
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicio de
restauración, hospedaje temporal. Reservas: Del color dorado. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 09 de agosto de 2017. Solicitud Nº
2017-0007751. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de agosto de 2017.—César Alfonso Rojas
Zúñiga, Registrador.—( IN2017163234 ).
Frankz Diego Solano
Beer, divorciado una vez, cédula de identidad 107400822, con domicilio en 400
mts, norte de la Ultrapark, La Aurora de Heredia, Heredia, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: DANNY,
como marca de fábrica
en clase 29 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: frutas y
verduras, hortalizas frutas y verduras en conserva. Reservas: de los colores:
rojo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 01 de agosto de 2017.
Solicitud N° 2017-0007433. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de agosto de
2017.—Katherin Jiménez Tenorio Registradora.—( IN2017163257 ).
Frankz Solano Beer,
divorciado, cédula de identidad 107400822con domicilio en 400 metros norte de
la Ultra Park, La Aurora de Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de:
LUFFY como marca de fábrica en clase 3 internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: 3 Preparaciones para blanquear ropa y otras sustancias
para lavar ropa, preparaciones para limpiar, jabones no medicinales. Reservas:
De los colores : azul marino. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de del 2017, solicitud Nº 2017-0007432. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 23 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017163258 ).
Frankz Diego Solano
Beer, divorciado una vez, cédula de identidad Nº 107400822, con domicilio en
400 mts norte de la Ultrapark, La Aurora de Heredia, Heredia, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: XTREME como marca de fábrica, en clase: 3
internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: preparaciones para blanquear y otras sustancias para
lavar ropa y preparaciones para limpiar y desinfectar, jabones no medicinales.
Reservas: de los colores: rojo y celeste. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 01 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007431. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 23 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—(
IN2017163259 ).
Manuel Ernesto
Travisany Bazan, cédula de residencia Nº 115200025110, en calidad de apoderado
generalísimo de IFFC LAB Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101705084, con
domicilio en Escazú, del Centro Comercial Paco, 800 metros al sur, 100 metros
al oeste, 100 metros al sur y 100 metros al oeste, Condominio La Galvia, casa
Nº 5, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: freeminis
como marca de fábrica,
en clases: 16 y 28 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en
clase 16: Adornos hechos con papel y cartón. Clase 28: Juguetes. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 10 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007795. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 21 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017163269 ).
María del Milagro Chaves Desanti, casada dos
veces, cédula de identidad Nº 106260794, en calidad de apoderado especial de
Nexus & Frontaura Import Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3101710771
con domicilio en: Barreal, edificio Eurocenter 1, piso 5, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: BODEGA DEL PALACIO DE LOS FRONTAURA Y VICTORIA 1574
NEXUS
como marca de fábrica y comercio en clase 33
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 33: Bebidas
alcohólicas, a saber vinos. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 26 de enero del 2017. Solicitud N° 2017-0000728. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José,
22 de agosto del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017163282 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado
especial de Multimedios Estrellas De Oro S. A. de C.V. con domicilio en Avenida
Eugenia Garza Sada N° 2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León, México,
solicita la inscripción de: SNSerio como marca de servicios en clase 35
internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: 35 Publicidad; gestión de negocios comerciales;
administración comercial, trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 3 de agosto del 2017, solicitud Nº 2017-0007483. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita,
Registrador.—( IN20170163292 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, cédula de identidad Nº 113780918, en calidad de apoderado
especial de Multimedios Estrellas de Oro S. A. de C.V., con domicilio en
Avenida Eugenia Garza Sada Nº 2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León,
México, solicita la inscripción de: ...SNSERIO
como marca de
servicios, en clase: 38 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
Telecomunicaciones; servicios de difusión de programas de televisión; provisión
de canales de televenta; emisiones de televisión; programas de televisión;
comunicaciones por terminales de computadora; transmisión de archivos
digitales. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 03 de agosto del 2017. Solicitud Nº
2017-0007484. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017163293 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado
especial de Multimedios Estrellas de Oro, S.A. de C.V., con domicilio en
avenida Eugenia Garza Sada #2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León,
México, solicita la inscripción de: SNSerio como marca de
servicios en clase(s): 41. Internacional(es).
Para proteger y
distinguir lo siguiente: Educación; formación; esparcimiento; actividades
deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 3 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007485. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017163294 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula
de identidad Nº 113780918, en calidad de apoderado especial de Multimedios
Estrellas de Oro S. A. de C.V., con domicilio en: avenida Eugenia Garza Sada Nº
2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León, México, solicita la inscripción
de: BAILADÍSIMO
como marca de servicios en clase 38 internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: Telecomunicaciones; servicios de
difusión de programas de televisión; provisión de canales de televenta;
emisiones de televisión; programas de televisión; comunicaciones por terminales
de computadora; transmisión de archivos digitales. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 03 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007475.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2017163295 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula
de identidad 113780918, en calidad de Apoderado Especial de Multimedios
Estrellas de Oro S. A. de C.V., con domicilio en Avenida Eugenia Garza Sada Nº
2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León, México, solicita la inscripción
de: BAILADÍSIMO
como marca de servicios, en clase 35
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 35 Publicidad; gestión
de negocios comerciales; administración comercial, trabajos de oficina. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 3 de agosto del 2017. Solicitud Nº
2017-0007474. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Milena Marín
Jiménez, Registradora.—( IN2017163296 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, cédula de identidad Nº 113780918, en calidad de apoderado
especial de Multimedios Estrellas de Oro S. A. de C.V., con domicilio en
Avenida Eugenia Garza Sada Nº 2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León,
México, solicita la inscripción de: ADIVIGANA
como marca de
servicios, en clase: 41 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
41: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 03 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007473. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2017163297 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado
especial de Multimedios Estrellas De Oro S. A. de C.V. (La Compañía), con
domicilio en Avenida Eugenia Garza Sada #2145, Colonia Roma, Sur Monterrey,
Nuevo León, México, solicita la inscripción de: TDCR, como marca de servicios
en clase: 38 internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: telecomunicaciones; servicios de difusión de programas
de televisión; provisión de canales de televenta; emisiones de televisión;
programas de televisión; comunicaciones por terminales de computadora;
transmisión de archivos digitales. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 3 de agosto de 2017. Solicitud N° 2017-0007481. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 10 de agosto de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017163298 ).
Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, cédula
de identidad N° 113780918, en calidad de apoderado especial de Multimedios
Estrellas De Oro, S. A. De C.V., con domicilio en Avenida Eugenia Garza Sada Nº
2145, Colonia Roma, sur Monterrey, Nuevo León, México, solicita la inscripción
de: ADIViGANA
como marca de servicios en clase(s): 38, internacional(es) para
proteger y distinguir lo siguiente: 38 Servicios de difisión de programas de
televisión; provisión de canales de televenta; emisiones de televisión;
programas de televisión; comunicaciones por terminales de computadora; transmisión
de archivos digitales. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de
agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007472. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de
agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017163301 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado
especial de Multimedios Estrellas de Oro S. A. de C. V. con domicilio en
Avenida Eugenia Garza Sada N° 2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León,
México, solicita la inscripción de: ADIViGANA
como marca de
servicios en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
35 Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial,
trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de
agosto del 2017, Solicitud Nº 2017-0007471. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de
agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017163302 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, cédula de identidad 113780918, en calidad de apoderado
especial de Multimedios Estrellas De Oro S. A. de C.V., con domicilio en
Avenida Eugenia Garza Sada N° 2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León,
México, solicita la inscripción de: TDCR
como marca de
servicios en clase: 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
41: Educación; formación; esparcimiento; actividades deportivas y culturales.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de agosto de 2017.
Solicitud N° 2017-0007482. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de agosto de
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017163303 ).
Ricardo Alberto
Rodríguez Valderrama, cédula de identidad Nº 113780918, en calidad de apoderado
especial de Multimedios Estrellas de Oro S. A. de C.V., con domicilio en
Avenida Eugenia Garza Sada Nº 2145, Colonia Roma, Sur Monterrey, Nuevo León,
México, solicita la inscripción de: TDCR
como marca de
servicios, en clase: 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
35: Publicidad, gestión de negocios comerciales; administración comercial,
trabajos de oficina. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 03 de agosto del 2017.
Solicitud Nº 2017-0007480. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 10 de agosto del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017163304 ).
María del Carmen Parra Pimentel, soltera, cédula
de identidad 800980908, con domicilio en Tres Ríos, Avenida San Rafael,
contiguo al Campanario Colombiano, Costa Rica, solicita la inscripción de:
Clínica Dental SAN RAFAEL Dra. Parra Pimentel María
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a revisiones y diagnóstico dental, estética
dental, limpiezas y profilaxis, restauraciones, coronas y puentes, endodoncia,
exodoncias, cirugía de cordales, ortodoncia e implantes y blanqueamiento
dental. Ubicado en Cartago, San Rafael, Tres Ríos, Residencial Avenida San
Rafael, contigo al Campanario Colombiano. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 04 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006438. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 12 de julio de 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017163340 ).
Marvin Hernández
Solano, casado una vez, cédula de identidad 302800243, con domicilio en
Urbanización Metrópoli, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: GREEN
PROPERTY
como marca de
servicios en clase: 36 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
36: Actividad de bienes raíces. Reservas: de los colores: verde claro, verde
oscuro y blanco. Se cita a interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de julio de 2017.
Solicitud N° 2017-0006716. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 4 de agosto de
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017163434 ).
Angela Teresa Vargas Duarte, casada, cédula
de identidad 501760444, en calidad de apoderada generalísima de T Y M Quilting
S.A., cédula jurídica 3101685035 con domicilio en San Francisco de Dos Ríos, 75
metros al norte de Mega Super, apartamento N° 4, San José, Costa Rica, solicita
la inscripción de: El Jardín de la Abuela
como nombre comercial. Para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a clases de
quilting, venta de telas, hilos, kits de costura, clases de bordado, clases de
manualidades, acolchado, artículos para manualidades en general, velas
decorativas, joyería artesanal, reglas de quilting, artículos de madera para
pintar, muñecas de trapo, jabones artesanales, bordados, kits de quilting,
diseños pre cortados para aplicar, ubicado en San Francisco de Dos Ríos, 75 al
norte de Mega Súper, y en Barrio Escalante 100 metros este de la Rotonda El
Farolito ambos ubicados en San José. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada
el 17 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008000. A efectos de publicación
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25
de agosto de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017165473 ).
Angela Teresa Vargas
Duarte, casada, cédula de identidad 501760444, en calidad de apoderada
generalísima de T Y M Quilting S. A., cédula jurídica 3101685035, con domicilio
en San Francisco de Dos Ríos, 75 metros al norte de Mega Super, apartamento N°
4, San José, Costa Rica , solicita la inscripción de: El Jardín de la Abuela
Tienda de Quilts
como marca de
servicios en clase 41 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Formación en costura, quilting, bordado, tejido, manualidades, organización de
concursos culturales, organización de exhibiciones con propósitos culturales,
entrenamiento practico en quilting, costura, confección de muñecos de tela,
publicación de textos de costura, quilting y manualidades, conducción de
simposios y seminarios, producción de programas de televisión. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2017. Expediente N°
2017-0008002. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN20117165474 ).
Angela Teresa Vargas Duarte, casada, cédula
de identidad 501760444, en calidad de Apoderada Generalísima de T Y M Quilting
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101685035 con domicilio en San Francisco de
Dos Ríos, del Megasúper 75 metros al norte, apartamento Nº 4, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: EL
JARDÍN DE LA ABUELA
como marca de servicios, en clase 41 internacional, para proteger y distinguir
lo siguiente: Formación en costura, quilting, bordado, tejido, manualidades,
organización de concursos culturales, organización de exhibiciones con
propósitos culturales, entrenamiento práctico en quilting, costura, confección
de muñecos de tela, publicación de textos de costura, quilting y manualidades,
conducción de simposios, y seminarios, producción de programas de televisión.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de agosto del 2017.
Solicitud Nº 2017-0008003. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de agosto del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017165475 ).
Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de
identidad 111610034, en calidad de apoderada especial de Abraham Ary Goldik,
casado una vez, cédula de identidad 105270298, con domicilio en San Rafael de
Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TROK como marca de
fábrica y servicios en clases: 9; 35; 37; 39 44 y Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente:
clase 9: Aplicaciones de software para teléfonos móviles, clase 35: Servicios
relacionados con la administración de negocios comerciales. Gestión empresarial
de transporte y suministro, gestión de negocios comerciales de flotas de
transporte para terceros; servicios de tratamiento de datos en el ámbito del
transporte., clase 37: Servicios relacionados con alquiler de equipo, máquinas,
herramientas y aparatos de construcción y edificación que requieran de un
chofer/u operario, clase 39: Servicios relacionados con la organización de
transporte, organización de transportes de carga, organización del alquiler de
todo tipo de medios de transporte; remolque y transporte de coches como parte
de servicios para vehículos averiados, servicio de transporte automóviles,
servicios de transporte de vehículos de motor; servicio de transporte en
ambulancia, servicio de acompañamiento de pacientes durante su transporte;
servicio de alquiler coches con conductor servicios de asesoramiento de
distribución informatizada relacionados con el transporte. y clase 44:
Servicios relacionados con alquiler de equipo y maquinaria para explataciones
agrícolas que requieran de un chofer y/u operario. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 26 de julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0007194. A
efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 03 de agosto de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017165519 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad
Nº 111610034, en calidad de apoderada especial de Grupo Bimbo S. A.B de C.V.,
con domicilio en: Prolongación Paseo de La Reforma Nº 1000, Colonia Peña
Blanca, Santa Fe, 01210 México, Distrito Federal, México, solicita la
inscripción de: REGALIUX, como marca de fábrica y comercio en clase
30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: confitería y paletas
de caramelo. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 28 de julio
del 2017. Solicitud N° 2017-0007303. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 07 de agosto
del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017165520 ).
Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de
identidad N° 111610034, en calidad
de apoderado especial de Grupo
Bimbo S.A.B. DE C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N°
1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210 México, Distrito Federal, Costa
Rica, solicita la inscripción de: NAVILETAS, como marca de fábrica y
comercio en clase(s): 30 internacional(es), para proteger y distinguir lo
siguiente: 30 Confitería y paletas de caramelo. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 28 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007302. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 7 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017165521 ).
Roxana Cordero Pereira, soltera, cédula de
identidad 111610034, en calidad de apoderada especial de Grupo Bimbo S. A.B de
C.V., con domicilio en Prolongación Paseo de la Reforma N° 1000, Colonia Peña
Blanca, Santa Fe, 01210 México, Distrito Federal, Costa Rica, solicita la
inscripción de: VERO VARITAS ENCANTADAS como marca de fábrica y
comercio, en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
confitería y paletas de caramelo. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007301. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 07 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017165522 ).
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad
111610034, en calidad de apoderada especial de Grupo Bimbo S.A.B de C.V., con
domicilio en prolongación Paseo de La Reforma N° 1000, Colonia Peña Blanca,
Santa Fe, 01210 México, Distrito Federal, Costa Rica, solicita la inscripción
de: EAST BALT como marca de fábrica y comercio en clase 30
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Café, té, cacao y
sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de
cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel,
jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas
(condimentos); especias; hielo. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 28 de julio del 2017, solicitud Nº 2017-0007300. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 07 de agosto del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—(
IN2017165523 ).
Eduardo Uribe Bermúdez, casado, cédula de
identidad N° 106950379, en calidad de apoderado generalísimo de Uribe
Construcción S. A., cédula jurídica N° 3101177782, con domicilio en
Urbanización Las Flores, 400 oeste de Jardines del Recuerdo, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: MOBIFLEX,
como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: 49 un establecimiento comercial dedicado a
construcción y comercialización de tanques para agua, tanques de tratamiento de
aguas residuales, bañeras de hidromasajes, piscinas, postes, páneles, canales
de desagüe, láminas, perfiles, ubicado en San José, Santa Ana, de la Panadería
Musmani, 300 metros oeste, 100 metros norte, 25 metros oeste. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 7 de agosto del 2017. Solicitud Nº
2017-0007623. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Cesar Alfonso
Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017165531 ).
Erick Birkner Alvarado, casado una vez,
cédula de identidad Nº 900770338, en calidad de apoderado generalísimo de EBB
Costa Rica Sociedad Anónima con domicilio en: Guachipelín de Escazú, 500 metros
norte del Club Cubano, Condo El Tejar Nº 9, San Rafael, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: GUARI - TICOS NATURART como marca de fábrica y
comercio en clase 33 internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: bebidas alcohólicas (excepto
cervezas). Reservas: no se hace reserva de guari -ticos. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 08 de marzo del 2017. Solicitud N° 2017-0002167.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley N° 7978.—San José, 03 de julio del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017165533 ).
Erick Guadamuz Parra, casado una vez, cédula
de identidad 109520742, en calidad de apoderado generalísimo de Grupo Intertab
S. A., cédula jurídica 3101711923, con domicilio en Tejar, Guarco, Residencial
Las Catalinas, casa 15 II, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de:
INTERT@B
como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: 49: Un establecimiento comercial dedicado a venta de
tecnología, material educativo para robótica, servicios de computación, ubicado
en Cartago, Tejar, Guarco Residencial Las Catalinas casa 15 ii. Reservas: De
los colores: azul, negro y blanco. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 23 de mayo de 2017. Solicitud Nº 2017-0004799. A efectos de
publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San
José, 31 de mayo de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017165542 ).
Lana Jean Wedmore, soltera, cédula de
residencia 184000069132, en calidad de apoderado general de Asociación de
Desarrollo Integral Corcovado Carate de Puerto Jiménez de Golfito, cédula
jurídica 3-2-667596, con domicilio en Carate, distrito segundo de Puerto
Jiménez, cantón sétimo Golfito, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción
de: ADI CORCOVADO CARATE
como nombre comercial en clase internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a impulsar el
mejoramiento socio económico de la comunidad de playa carate, ubicado en
Carate, distrito de Puerto Jiménez, cantón de Golfito, Puntarenas. Reservas: De
los colores; no indica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de
agosto del 2017, Solicitud Nº 2017-0007656. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de
agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017165618 )
Jorge Tristán Trelles, cédula de identidad Nº
103940470, en calidad de apoderado especial de Ebel International Limited, con
domicilio en: Argyle House 41ª, Cedar Avenue, Hamilton, HM12, Bermudas,
solicita la inscripción de: L´GRAND PARFUM L´BEL, como marca de fábrica y
comercio en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
productos de perfumería. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0005826. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 25 de agosto del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017165653 ).
Pía Picado González,
casada una vez, cédula de identidad Nº 109080354, en calidad de apoderada
generalísima de Picado Lawyers Limitada, con domicilio en Curridabat, Barrio La
Napolera, 100 metros norte y 25 metros al este del Centro Comercial Plaza
Cristal, en Bufete Picado & León, Abogados, tercera casa a mano izquierda,
San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: signature regional law Group
como marca de
servicios, en clase 45 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios jurídicos. Reservas: de los colores: gris y rojo. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 04 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007527. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 11 de agosto del 2017.—Carlos Rosales Picado,
Registrador.—( IN2017165664 ).
Pía Picado González,
casada una vez, cédula de identidad 109080354, en calidad de apoderado especial
de Comercial Astaris Costa Rica Cacr Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101730794 con domicilio en Curridabat, barrio La Napolera 100 metros norte y
25 al este del Centro Comercial Plaza Cristal, en el Bufete Picado & León
Abogados, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de
fábrica y comercio en clase 1 internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente: 1 Productos químicos destinados a la agricultura,
horticultura y silvicultura. Reservas: De los colores: azul, gris, blanco,
negro, rojo y anaranjado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de
agosto del 2017, solicitud Nº 2017-0007528. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de
agosto del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017165666 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de apoderado especial de Comercial Química Masso
S. A., con domicilio en C/ Viladomat 321, 51 Planta, 08029 Barcelona, España,
solicita la inscripción de: DYNAMO como marca de fábrica y
comercio, en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas,
herbicidas, insecticidas; productos y preparaciones para el control de plagas;
acaricidas; venenos bacterianos; desinfectantes para wc químicos
(desinfectantes para inodoros); desodorantes que no sean de uso personal;
productos para fumigación; parasiticidas; productos veterinarios. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 26 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0007187. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 24 de agosto del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017165700 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad Nº 401550803, en calidad de apoderado especial de Comercial
Química Masso S. A., con domicilio en: C/ Viladomat 321, 5a planta, 08029,
Barcelona, España, solicita la inscripción de: LATIGO, como marca de fábrica y
comercio en clase 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
desinfectantes; productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas,
herbicidas, insecticidas; productos y preparaciones para el control de plagas;
acaricidas; venenos bacterianos; desinfectantes para wc químicos; desodorantes
que no sean de uso personal; productos para fumigación; parasiticidas;
productos veterinarios. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de
agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007567. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 24 de
agosto del 2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017165701 ).
Luis Esteban
Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de
apoderado especial de Comercial Química Masso S.A., con domicilio en c/
Viladomat 321, 5a planta, 08029 Barcelona, España, solicita la inscripción de: LUGER como marca de fábrica y comercio en clase 5. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: desinfectantes, productos para la
destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas, insecticidas;
productos y preparaciones para el control de plagas; acaricidas; venenos
bacterianos; desinfectantes para wc químicos; desodorantes que no sean de uso
personal; productos para fumigación; parasiticidas; productos veterinarios. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de agosto del 2017.
Solicitud Nº 2017-0007563. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 11 de agosto del
2017.—César Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017165702 ).
Luis Esteban
Hernández Brenes, casado, cédula de identidad 401550803, en calidad de
apoderado especial de Mónica Gabriela Mic, soltera, con domicilio en 266 Grey
Fox Drive, N2E3P2 Ontario, Canadá, solicita la inscripción de: MonEcolodge, como marca de fábrica y comercio en clases: 9 41; 42 y 43
internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: clase 9: Software
(programas grabados); aplicaciones descargables (software) para dispositivos
móviles. En clase 41: Educación; formación; servicios de entretenimiento;
actividades deportivas y culturales; Formación básica y avanzada, así como
información educativa; servicios de instrucción; servicios de entretenimiento;
producción de películas que no sean publicitarias; publicación de textos que no
sean publicitarios, redacción de textos no publicitarios; publicación de
materiales impresos que no sean publicitarios, en particular, libros, revistas
y periódicos; publicación electrónica de materias impresas que no sean
publicitarios; publicación electrónica de materias impresas que no sean
publicitarios, en particular revistas y periódicos, incluyendo el internet;
redacción de textos no publicitarios, en especial libros, revistas y
periódicos, incluyendo en el internet; publicación de textos que no sean
publicitarios, en especial libros, revistas y periódicos, incluyendo en el
internet; organización de exposiciones con fines culturales o educativos,
servicios educativos y de entretenimiento prestados por parques recreativos y
de atracciones. En clase 42: Servicios científicos y tecnológicos, así como
servicios de investigación y diseño en estos ámbitos; servicios de análisis e
investigación industriales; investigación y desarrollo de nuevos productos o
servicios para terceros; consultoría en evaluación y control de calidad; diseño
y desarrollo de equipos informáticos y de software y en clase 43: Servicios de
hospedaje temporal; servicios de restauración (alimentación); servicios de
bebidas y comidas preparadas para huéspedes; agencias de alojamiento [hoteles,
albergues]; servicios de reserva y alquiler de hoteles y albergues de
vacaciones; servicios de reserva de habitaciones y reserva de hoteles;
servicios de hotelería y albergue; servicios de catering; alquiler de salas de
reunión; servicios de bar; servicios de alimentos y bebidas preparadas para
clientes en restaurantes; servicios y alquiler de hoteles y albergues de
vacaciones, servicios de reserva de habitaciones y reserva de hoteles y
albergues, así como alojamiento y catering para huéspedes. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 14 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006836. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 10 de agosto de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017165703 ).
Luis Esteban Hernández Brenes, casado, cédula
de identidad 401550803, en calidad de Apoderado Especial de PRI S. A., con
domicilio en 111/115 Avenue de Luxembourg, L-4940 Bascharage, Luxemburgo,
solicita la inscripción de: K-Line by Pronokal Nutrition & Health
como marca de fábrica y comercio, en clases 5 y 32 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 5 Adelgazar (preparaciones medicinales
para-), aguas minerales (sales de -); potasio (sales de -) para uso médico;
sales de aguas minerales; soda (sales de -) uso médico; sosa (sales de -) para
uso médico; combinaciones de sales de calcio para uso farmacéutico; sales para
uso médico; sales de magnesio para uso farmacéutico; sales minerales para usos
medicinales; complementos dietéticos; alimentos dietéticos para regímenes;
suplementos dietéticos para uso médico; complementos dietéticos y nutritivos;
complementos alimenticios dietéticos; productos alimenticios dietéticos para
uso médico; alimentos dietéticos para su uso en la nutrición clínica; almidón
para uso dietético o farmacéutico; azúcar dietético para uso médico; bebidas
dietéticas para uso médico; bebidas como complemento dietético; complementos
alimenticios vitamínicos y minerales; complementos alimenticios dietéticos;
sales de magnesio para uso farmacéutico; sulfato de magnesio para uso
farmacéutico; potasio (sales de -) para uso médico; diuréticos; preparaciones
para su uso como aditivos para alimentos para consumo humano [medicamentosos];
productos químicos con fines farmacéuticos; edulcorantes artificiales (productos
farmacéuticos). y 32 Cerveza; aguas minerales y gaseosas, y otras bebidas sin
alcohol; bebidas de frutas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones
para elaborar bebidas; agua de litines; agua de Seltz; aguas [bebidas]; aguas
de mesa; aguas gaseosas; .aguas gaseosas (productos para elaborar -); aguas
minerales [bebidas]; aguas minerales (productos para elaborar -); aperitivos
sin alcohol; bebidas a base de suero de leche; bebidas de aloe vera sin
alcohol; bebidas de frutas sin alcohol; bebidas gaseosas (polvos para elaborar
-); bebidas isotónicas; bebidas (preparaciones para elaborar -); bebidas sin
alcohol; bebidas sin alcohol a base de miel; cerveza; cerveza (mosto de -);
cidra sin alcohol; cocteles sin alcohol; esencias para elaborar bebidas;
extractos de frutas sin alcohol; horchata; jengibre (bebida de -); jugos de
frutas; jugos vegetales [bebidas]; kvas [bebida sin alcohol]; leche de
almendras [bebida]; leche de maní [bebida sin alcohol]; licores (preparaciones
para elaborar -); licuados; limonadas; limonadas (siropes para -); lúpulo
(extractos de -) para elaborar cerveza; malta (cerveza de -); malta (mosto de
-); mostos; néctares de frutas sin alcohol; pastillas para bebidas gaseosas;
refrescos; siropes para bebidas; sorbetes [bebidas]; tomate (jugo de -)
[bebida]; uva (mosto de -); zarzaparrilla [bebida sin alcohol]; bebidas con
vitaminas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 12 de mayo del
2017. Solicitud Nº 2017-0004407. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 18 de agosto de
2017.—Mauricio Granados Morales, Registrador.—( IN2017165704 ).
Federico Carlos Alvarado Aguilar, casado,
cédula de identidad 900600982, en calidad de Apoderado Especial de JCR Kozmetik
Perakende Magazacilik Ticaret Anonim Sirketi con domicilio en Asaf Caddesi
Akbulut Plaza N° 1 Kat 4 VE 5 Seyrantepe, Kagithane - 34418, Istanbul, Turquía,
solicita la inscripción de: ATELIER REBUL DEPUIS 1895
como marca de fábrica y servicios, en clases 3; 4 y 35, internacional,
para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 3: productos de perfumería;
cosméticos; fragancias; desodorantes para uso personal o para animales; jabones
cosméticos, jabones perfumados, jabones en crema, jabones de baño; productos
para el cuidado dental, en especial geles blanqueadores dentales, enjuagues
bucales que no sean para uso médico; pastas dentífricas, preparaciones para
brillo y blanqueamiento dental, enjuagues bucales que no sean para uso médico.
En clase 4: Velas para iluminar, velas perfumadas, velas de té, velas de
fragancia para aromaterapia, velas para árboles de Navidad, lamparillas
(velas), lamparillas de noche (velas) y en clase 35: Servicios de mercadeo y
promoción de venta al por menor en comercios, Servicios de mercadeo y promoción
de venta al por mayor en comercios, servicio de mercadeo y promoción de ventas
al por mayor y al por menor en línea y servicios de mercadeo y promoción de
ventas por correo de productos de perfumería; cosméticos; fragancias
desodorantes para uso personal o para animales; jabones cosméticos, jabones perfumados,
jabones en crema, jabones de baño; productos para el cuidado dental, pastas
dentífricas, preparaciones para brillo y blanqueamiento dental, enjuagues
bucales que no sean para uso médico; velas para iluminar, velas perfumadas,
velas de té, velas de fragancia para aromaterapia, velas para árboles de
Navidad, lamparillas (velas), lamparillas de noche (velas). Reservas: De los
colores: blanco y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 9 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0007702. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017165767 ).
Federico Carlos
Alvarado Aguilar, casado una vez, cédula de identidad Nº 900600982, en calidad
de apoderado especial de Premio Incentives S. A., cédula jurídica Nº
3101237548, con domicilio en Monterrey de Montes de Oca, de la Fundación Costa
Rica-Canadá 50 metros oeste y 25 metros sur, casa a mano derecha, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: PREMIO DMC
como marca de
servicios, en clase: 35 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
los servicios de organización ejecución, explotación y supervisión de programas
de incentivos. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 09 de agosto del 2017.
Solicitud Nº 2017-0007700. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 29 de agosto del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017165769 ).
Federico Carlos Alvarado Aguilar, casado una
vez, cédula de identidad Nº 900600982, en calidad de apoderado especial de
Premio Incentives S.A., cédula jurídica Nº 3101237548, con domicilio en:
Monterrey de Montes de Oca, de la Fundación Costa Rica-Canadá 50 metros oeste y
25 metros sur, casa a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: 2 hacia Costa Rica
como marca de servicios en clase: 39. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: reservas de viajes, organización de tours para
viajeros, reservaciones de asientos de viaje, acompañamiento de viajeros,
transporte de viajeros, proveer direcciones a viajeros. Reservas: no hace
reserva de los términos: “Costa Rica” Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0007701. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—(
IN2017165770 ).
Carlos Andrés Mena
Porras, soltero, cédula de identidad Nº 113380097, en calidad de apoderado
especial de BFIT de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3101737594, con
domicilio en Escazú, San Rafael, del Mundo del Pan 600 metros al este, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: UFIT FEEL GOOD como marca de
comercio, en clases: 1; 5; 30; 32; 35 y 39 internacional.
Para proteger y
distinguir lo siguiente, en clase 1: proteínas para fabricar bebidas y
alimentos. Clase 5: complementos alimenticios para personas y sustancias
dietéticas para uso médico. Clase 30: preparaciones a base de cereales,
barritas de cereales ricas en proteínas. Clase 32: bebidas a base de frutas y
zumo de frutas con vitaminas, siropes, y bebidas enriquecidas con proteínas
para deportistas. Clase 35: venta de complementos alimenticios para personas,
venta de sustancias dietéticas para uso médico, gestión de negocios
comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. Clase 39:
transporte, embalaje y almacenamiento de mercancías, organización de viajes.
Reservas: de colores: naranja y negro. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 09 de agosto del 2017. Solicitud Nº 2017-0007710. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 30 de agosto del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017165778 ).
Álvaro Quesada
Chango, soltero, cédula de identidad 602940968, con domicilio en 100 metros
norte COOPEESPARTA, Esparza, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción
de: VCHOS
como marca de fábrica
y comercio en clase: 25. Internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: 25 Camisas, camisetas, short hombre y mujer, pantalonetas hombre
mujer, pantalones, ropa íntima, vestidos de baño, enaguas, ropa deportiva,
abrigos, gorras, sombreros, viceras, gorros, sandalias, tennis, zapatos,
medias, fajas ( cinturones de vestir) tela, estos artículos los pueden ser de
hombre, mujer, niño o niña. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de julio del 2017. Expediente N° 2017-0006941. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 16 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio Registradora.—(
IN2017165830 ).
María del Milagro Chaves Desanti, casada dos
veces, cédula de identidad 106260794, en calidad de Apoderada Especial de
Remigio, S. de R. L. de C.V., con domicilio en AV. Desierto de Los Leones
52-Subancla 1, San Ángel México, Ciudad de México CP. 01000, México, solicita
la inscripción de: REMIGIO E ITALIANNI´S como marca de servicios, en
clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de
restaurante italiano. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de
julio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006531. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 30 de agosto
del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017165855 ).
Sergio Solano Montenegro, casado una vez,
cédula de identidad 105780279, en calidad de Apoderado Especial de Protein S.
A. de C.V., con domicilio en Distrito Federal, Damas, 120, Colonia San José
Insurgentes, Delegación Benito Juárez, México, solicita la inscripción de: BIPROSOL
como marca de fábrica y comercio, en clase 5 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 5 Productos farmacéuticos, en específico medicamentos
para el tratamiento de la hipertensión arterial (tensión arterial alta). Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 24 de agosto del 2017. Solicitud Nº
2017-0008300. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 29 de agosto del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017165879 )
Carolina Chon Wua
Sánchez Tung, casada una vez, cédula de identidad Nº 603500799, con domicilio
en Tibás, 600 metros sur de la Iglesia San Bautista, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: CAROLINA Cheng
como marca de
comercio, en clase: 21 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente:
brochas de maquillaje. Reservas: de los colores: negro, dorado y oro rosa. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 19 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006974. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 24 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017165882 ).
Raúl Alberto Trejos Espinoza, soltero, cédula
de identidad N° 110150742, con domicilio en La Unión Tres Ríos, calle Bonilla,
Condominio Torres del Sol, apartamento 02, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: CONSTRUYENDO TALENTO
como marca de servicios en clase(s): 41
internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 41 Educación,
formación; servicios de entretenimiento, actividades deportivas y culturales.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0007136. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 4 de agosto del 2017.—Johnny
Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017165940 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad 110550703, en calidad de Apoderada Especial de L.L. Bean Inc., con
domicilio en 15 Casco Street Freeport, Maine, 04033, Estados Unidos de América,
solicita la inscripción de: BEAN como marca de fábrica y
comercio, en clase 18 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Clase 18: Productos hechos de cuero o imitación cuero, maletas, bolsos para
viajar, sombrillas, bastones, maletines, mochilas, bolsos para vagos, bolsos
para juegos, bolsos para acampar, bolsos para escaladores, bolsos de playa,
portafolios, estuche para tarjetas, collares para animales, bolsos para guardar
ropa, bolsos de mano, estuches para llaves, cordones, guías de cuero, bastones
de montañeros, billeteras, carteras, bolsos para la escuela, bolsos para
compras, maletas, valijas, neceseres, morrales, bolsos para deportes, bolos de
carga, bolsa de lona, bolsos, bolsos de campo, bolsos, maletín de mano para
viajar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 8 de agosto del 2017.
Solicitud N° 2017-0007674. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 21 de agosto del
2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017165963 ).
León Weinstok Mendelewicz, casado una vez,
cédula de identidad 112200158, en calidad de Apoderado Especial de ABC
Distribuciones S. A., cédula jurídica 3101073361 con domicilio en San José,
Avenida 10 bis, calles 21 y 23, casa número 2136, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: BRUNA como nombre comercial, para
proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la
comercialización y distribución de productos técnicos, insumos comerciales,
soluciones de empaque y papeles especiales, así como la representación de
distintas marcas comerciales. Ubicado en San José, San José, avenida 10 bis,
calles 21 y 23, casa número 2136. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de agosto de 2017. Solicitud Nº 2017-0008097. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 23 de agosto de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—(
IN2017165964 ).
Eduardo Calderón
Odio, casado, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderado especial
de Distribuidora de Alimentos Naturales y Nutricionales S. A. de C.V., con
domicilio en Manuel Ávila Camacho N° 44-A Col. Santa María Aztahuacan, D.F.,
C.P. 09570, México, solicita la inscripción de: BRONCOLIN ALICOLIX, como marca de fábrica y comercio en clase: 5 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: productos farmacéuticos y veterinarios;
productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias
dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebé, complementos
alimenticios para personas o animales; emplastos, material para apósitos;
material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; productos para
eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 24 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0007153. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 17 de agosto de 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017165965 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad 110550703, en calidad de Apoderada Especial de Distribuidora de
Alimentos Naturales y Nutricionales S. A. de C.V. con domicilio en Manuel Ávila
Camacho Nº 44-A Col. Santa María Aztahuacan, D.F., C.P. 09570, México, solicita
la inscripción de: HERBACIL CHAMPIOJO como marca de fábrica y
comercio, en clase 3 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos lociones para el cabello;
shampoo, acondicionadores, spray para el cabello, gel para el cabello, crema
para el peinado, aceites hidratantes, aclaradores, enjuagadores, todos los
anteriores dirigidos a combatir los piojos. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 26 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006109. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 21 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017165966 ).
León Weinstok Mendelewicz, casado una vez,
cédula de identidad Nº 112200158, en calidad de apoderado especial de Colgate
Palmolive Company, con domicilio en: 300 Park Avenue, New York, N.Y., 10022, Estados
Unidos de América, solicita la inscripción de: LADY
SPEED STICK DYNAMIC,
como marca de fábrica y comercio en clase 3 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Desodorantes y antitranspirantes para uso personal. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 04 de agosto del 2017.
Solicitud N° 2017-0007533. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 11 de agosto del
2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017165967 ).
Giselle Reuben
Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada
especial de Cuestamoras Costa Rica, Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101003111, con domicilio en Santa Ana- Uruca, Parque Empresarial Forum 1,
Edificio Cuestamoras, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Cuestamoras Energía
como marca de
servicios en clase(s): 42. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo
siguiente: 42 Servicios de consultoría tecnológica en el ámbito de la
generación de energía alternativa; realización de estudios de proyectos
técnicos y de investigación sobre el uso de la energía natural; investigacion
en el campo de la energía; diseño y desarrollo de sistemas de generación de
energías renovables; desarrollo de sistemas de gestión de energía y electricidad
; consultoría sobre servicios tecnológicas en el ámbito de suministro de
energía y electricidad. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de
julio del 2017. Expediente N° 2017-0006872. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de agosto
del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017165968 ).
Giselle Reuben
Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada
especial de Cuestamoras Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica
3101003111, con domicilio en Santa Ana, Uruca, Parque Empresarial Fórum 1,
Edificio Cuestamoras, tercer piso, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: C Cuestamoras Urbanismo, como marca de servicios en clase: 42
internacional.
Para
proteger y distinguir lo siguiente: asesoramiento en materia de planificación
urbanística; diseño urbano; investigación sobre construcción de edificios o
planificación urbanística; planificación en materia de urbanismo; servicios de
arquitectura y planificación urbanística; servicios de consultoría sobre
planificación urbanística. Reservas: de los colores: azul y verde. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 14 de julio de 2017. Solicitud N°
2017-0006871. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de agosto de 2017.—Carlos Rosales
Picado, Registrador.—( IN2017165969 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Cuestamoras Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica 3101003111 con domicilio en Santa Ana,
Uruca, Parque Empresarial Forum 1, edificio Cuestamoras, tercer piso, San José,
Costa Rica, solicita la inscripción de: Cuestamoras Energía
como marca de servicios en clase 40 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Producción de energía, reciclaje de residuos y
desechos relacionados con la producción de energía. Reservas: De los colores:
azul y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de julio
del 2017. Solicitud Nº 2017-0006873. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de agosto
del 2017.—Carlos Rosales Picado, Registrador.—( IN2017165971 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderado especial de Gastronómica
Algodón Suave Sociedad Anónima de capital variable con domicilio en: Calle
Olivo Nº 280, edificio 11 Departamento 4 Colonia Navidad Delegación Cuajimalpa,
Ciudad de México, México, solicita la inscripción de: mini MOYO
como marca de fábrica y comercio en clases 30
y 43 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30:
Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y
preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería;
helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal,
mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo y en clase 43:
Servicios de restauración (alimentación); servicios de venta de helados y
postres; servicios de cafetería. Reservas: de colores: verde y lila. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 01 de agosto del 2017. Solicitud N°
2017-0007410. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 17 de agosto del 2017.—Randall Abarca
Aguilar, Registrador.—( IN2017165972 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad N° 110550703, en calidad de apoderado especial de CHR. Hansen A/S,
con domicilio en Boge Allé Diez-Doce, DK-2970 Horsholm, Dinamarca, solicita la
inscripción de: LGG Excellence by Chr. Hansen,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 1 internacional (es),
para proteger y distinguir lo siguiente: 1 preparaciones bacteriológicas que no
sean para uso médico ni veterinario; cultivos bacteriológicos para su adición a
alimentos, leche y productos lácteos, incluyendo productos lácteos fermentados,
excepto para fines médicos y veterinarios; cultivos de microorganismos que no
sean para uso médico ni veterinario; cultivos de microorganismos para su uso en
la fabricación de alimentos y bebidas; lactobacilos para uso en la fabricación
de alimentos y bebidas; medios de arranque y enzimas para uso en la fabricación
de queso; preparaciones enzimáticas para usos industriales; enzimas para su uso
en la fabricación de leche y productos lácteos, incluidos los productos lácteos
fermentados. Reservas: de los colores: azul, negro y blanco. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003566.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 18 de agosto del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017165973 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Chr. Hansen A/S,
con domicilio en: BØGE ALLÉ DIEZ-DOCE, DK-2970 HØRSHOLM, Dinamarca, solicita la
inscripción de: LGG Excellence by Chr. Hansen
como marca de fábrica y comercio en clase 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
bacteriológicas para uso médico y veterinario; cultivos bacteriológicas para
uso como aditivo alimentario con fines médicos; bacterias y preparados de
bacterias, así como preparaciones biológicas y bioquímicas para uso médico y
asistencia sanitaria; cultivos bacteriológicos para su adición a productos
lácteos y lácteos fermentados, para uso médico; cultivos de microorganismos
para fines médicos y veterinarios; cultivos de microorganismos para uso en
suplementos dietéticos, suplementos alimenticios, preparaciones vitamínicas y
minerales; lactobacilos para uso como ingrediente en productos farmacéuticos y
suplementos alimenticios; preparaciones farmacéuticas y veterinarias;
sustancias dietéticas para uso médico; nutrientes dietéticos para uso médico;
suplementos dietéticos; suplementos alimenticios; preparaciones de vitaminas y
minerales; alimentos para bebés; bacterias de ácido láctico, lactobacilos para
uso médico y veterinario. Reservas: de los colores: azul, negro y blanco. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017.
Solicitud N° 2017-0003568. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 18 de agosto del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017165974 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad N° 110550703, en calidad de apoderado especial de CHR. Hansen A/S,
con domicilio en Boge Allé Diez-Doce, DK-2970 Horsholm, Dinamarca, solicita la
inscripción de: LGG Excellence by Chr. Hansen,
como marca de fábrica y comercio en clase(s): 29 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: 29 leche y productos lácteos,
incluidos los productos lácteos fermentados; quesos y productos de queso;
aditivos alimentarios a base de leche y productos lácteos, incluidos los
productos lácteos fermentados (no para uso médico); yogur, preparaciones de
yogur, excepto el yogur congelado; bebidas a base de soya, avena, coco, arroz o
almendra utilizadas como sucedáneos de la leche o sucedáneos de la leche
fermentada. Reservas: de colores: azul, negro y blanco. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 20 de abril del 2017. Solicitud Nº 2017-0003567.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 16 de agosto del 2017.—Ivonne Mora Ortega,
Registradora.—( IN2017165975 ).
Giselle Reuben
Hatounian, divorciada, cédula de identidad número 110550703, en calidad de
apoderada especial de Grupo Agroindustrial Numar Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3101173639, con domicilio en San José, distrito tercero
Hospital, Barrio Cuba, de la Iglesia Medalla Milagrosa, 50 metros al oeste, San
José, Costa Rica, solicita la inscripción de: TINTO,
como marca de fábrica
y comercio en clase: 30 internacionales, para proteger y distinguir lo
siguiente: té, todo tipo de té, cacao, chocolate, azúcar, arroz, tapioca, sagú,
harinas y preparaciones hechas a base de cereales, pan, bizcochos, tortas,
productos de pastelería y confitería; helados comestibles, miel, jarabe de
melaza, levadura, polvos para hornear, esponjar, sal, mostaza, pimienta,
aderezos, vinagre, salsas, especias, hielo; pastas alimenticias; condimentos y
aderezos para ensaladas; burritos, pizza, waffles, tortillas. Reservas: de los
colores: celeste, blanco, negro y verde. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 21 de abril de 2016. Solicitud N° 2016-0003731. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 24 de agosto de 2017.—Sabrina Loáiciga Pérez, Registradora.—(
IN2017165976 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad 110550703, en calidad de Apoderada Especial de Martín Alonso
Santaella Osuna, casado con domicilio en Industria Naviera Nº 152, Col. Las
Glorias del Colli, Zapopan, Jalisco, Zip Code 45010, México, solicita la
inscripción de: WING’S ARMY THE BEST WINGS como marca de servicios, en clase 43
internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: 43
Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio de 2017. Solicitud Nº
2017-0007058. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—( IN2017165977 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderado especial de Martín Alonso
Santaella Osuna, casado, con domicilio en: Industria Naviera Nº 152, Col. Las
Glorias del Colli, Zapopan, Jalisco, Zip Code 45010, México, solicita la
inscripción de: WING’S ARMY THE BEST WINGS.
como marca de servicios en clase 35 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: publicidad; gestión de negocios comerciales;
administración comercial; trabajos de oficina. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 20 de julio del 2017. Solicitud N° 2017-0007060. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley N° 7978.—San José, 16 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017165978 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad 110550703, en calidad de Apoderada Especial de Martín Alonso
Santaella Osuna con domicilio en Julio Berdegue Aznar 54-3 Fracc. El Cid,
Estado de Sinaloa, Mazatlán, México, solicita la inscripción de: WING’S ARMY
THE BEST WINGS
como marca de fábrica y comercio, en clase 25 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: 25 Prendas de vestir, calzado, artículos de
sombrerería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de julio
del 2017. Solicitud N° 2017-0007059. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de agosto de
2017.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—( IN2017165979 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad N° 110550703, en calidad de apoderado especial de Constructora
Copt Limitada, cédula jurídica 3102118987, con domicilio en Garabito Complejo
Residencial Los Sueños Resort, Oficinas Administrativas, La Marina Los Sueños,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: Lanterna RISTORANTE
ITALIANO,
como marca de servicios en clase(s): 43 internacional(es), para
proteger y distinguir lo siguiente: servicios de restauración (alimentación) de
comida italiana. Reservas: de los colores: blanco y verde no se reserva el
término Ristorante italiano. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 6 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006568. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 16 de agosto del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017165980 ).
Giselle Reuben
Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada
especial de Constructora Copt Limitada, cédula jurídica 3102118987, con
domicilio en Garabito Complejo Residencial los Sueños Resort, oficinas
administrativas, La Marina los Sueños, Puntarenas, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DOLCE VITA Coffee Sweets,
como nombre comercial,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a servicios de cafetería y repostería, ubicado en Garabito Puntarenas, Complejo
Residencial Los Sueños Resort, Oficinas Administrativas, La Marina Los Sueños,
Costa Rica. Reservas: de los colores: blanco, amarillo, café y negro. No se
hace reserva de los términos “coffee & sweets”. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 06 de julio de 2017. Solicitud N° 2017-0006563. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 14 de agosto de 2017.—Grettel Solís Fernández,
Registradora.—( IN2017165981 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad 110550703, en calidad de Apoderado Especial de Constructora COPT
Limitada, cédula jurídica 3102118987 con domicilio en Garabito Complejo
Residencial Los Sueños Resort, Oficinas Administrativas, La Marina Los Sueños,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: AlFresco BEACH CLUB
RESTAURANT
como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un
establecimiento comercial dedicado a prestar servicios de restauración
(alimentación), ubicado en Garabito, Puntarenas, Complejo Residencial Los
Sueños Resort, Oficinas Administrativas, La Marina Los Sueños, Costa Rica.
Reservas: De los colores: blanco, celeste, azul y negro. No se reserva los
términos: “BEACH CLUB RESTAURANT. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 6 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006561. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 14 de agosto del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—(
IN2017165982 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad Nº 110550703, en calidad de apoderada especial de Constructora
COPT Limitada, cédula jurídica Nº 3-102-118987, con domicilio en: Garabito
Complejo Residencial Los Sueños Resort, oficinas administrativas, La Marina Los
Sueños, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: AlFresco BEACH CLUB
RESTAURANT
como marca de servicios en clase 43 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de restauración (alimentación). Reservas: de
los colores: blanco, celeste, azul y negro. No se hace reserva de los términos
“Beach Club Restaurant. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de
julio del 2017. Solicitud N° 2017-0006562. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 14 de agosto
del 2017.—Grettel Solís Fernández, Registradora.—( IN2017165983 ).
Giselle Reuben
Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de
apoderada especial de Bru Caps Sociedad Anónima, con domicilio en Calzada La
Paz 0 Av. 23-13 Zona 17 Centro de Negocios La Paz Ofibodega 212, Costa Rica,
solicita la inscripción de: GRANA
como marca de fábrica
y comercio, en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo
siguiente: café, sucedáneos del café, café en presentación de cápsula, bebidas
a base de café, café sin tostar, saborizantes de café, aromatizantes de café.
Reservas: de los colores: blanco, café y beige. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 18 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006961. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 10 de agosto del 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017165984 ).
Giselle Reuben
Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de
apoderada especial de Constructora Copt Limitada, cédula jurídica Nº
3102118987, con domicilio en Garabito Complejo Residencial Los Sueños Resort,
Oficinas Administrativas, La Marina Los Sueños, Puntarenas, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Lanterna RISTORANTE ITALIANO
como nombre
comercial. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a prestar servicios de restauración (alimentación) de comida
italiana. Ubicado en Garabito, Puntarenas, Complejo Residencial Los Sueños
Resort, Oficinas Administrativas, La Marina Los Sueños, Costa Rica. Reservas:
de los colores: blanco y verde. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de julio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0006567. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de agosto del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017165985 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad N° 110550703, en calidad de apoderada especial de Constructora
Copt Limitada, cédula jurídica N° 3102118987, con domicilio en Garabito,
Complejo Residencial Los Sueños Resort, Oficinas Administrativas, La Marina Los
Sueños, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: LOS SUEÑOS marina
village,
como marca de servicios en clase: 35. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: publicidad; gestión de negocios comerciales;
administración comercial; trabajos de oficina. Reservas: del color azul. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0006516. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 14 de agosto del
2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017165986 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad 110550703, en calidad de apoderada especial de Constructora Copt
Limitada, cédula jurídica 3102118987, con domicilio en Garabito, Complejo
Residencial Los Sueños Resort, oficinas administrativas, La Marina Los Sueños,
Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: LOS SUEÑOS PROPERTIES
como marca de servicios en clase: 43.
Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de
restauración (alimentación); hospedaje temporal. Reservas: Del color: azul. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 05 de julio de 2017.
Solicitud Nº 2017-0006523. A efectos de publicación téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de agosto de
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017165987 ).
Giselle Reuben
Hatounian, divorciada, cédula de identidad Nº 110550703, en calidad de
apoderada especial de Constructora Copt Limitada, cédula jurídica Nº
3102118987, con domicilio en Garabito Complejo Residencial Los Sueños Resort,
Oficinas Administrativas, La Marina Los Sueños, Puntarenas, Costa Rica,
solicita la inscripción de: The Hook Up GOOD TIMES, GREAT FOOD
como marca de
servicios, en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
Servicios de restauración (alimentación). Reservas: de los colores: blanco,
amarillo y azul. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de julio del 2017.
Solicitud Nº 2017-0006566. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de agosto del
2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017165988 ).
Giselle Reuben
Hatounian, divorciada, cédula de identidad 110550703, en calidad de apoderada
especial de Constructora Copt Limitada, cédula jurídica 3102118987, con
domicilio en Garabito Complejo Residencial los Sueños Resort, Oficinas
Administrativas, la Marina los Sueños, Puntarenas, Costa Rica, solicita la
inscripción de: GOOD TIMES, GREAT FOOD the Hook Up,
como nombre comercial,
para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado
a prestar servicios de restauración (alimentación), ubicado en Garabito,
Puntarenas, Complejo Residencial Los Sueños Resort, oficinas administrativas,
La Marina Los Sueños, Costa Rica. Reservas: de los colores: blanco, amarillo y
azul. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de julio de 2017.
Solicitud N° 2017-0006565. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 16 de agosto de
2017.—Ildreth Araya Mesen, Registradora.—( IN2017165989 ).
Giselle Reuben Hatounian, divorciada, cédula
de identidad N° 110550703, en calidad de apoderada especial de Constructora
Copt Limitada, cédula jurídica N° 3102118987, con domicilio en Garabito
Complejo Residencial Los Sueños Resort, Oficinas Administrativas, La Marina Los
Sueños, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: DOLCE VITA Coffee
& Sweets,
como marca de servicios en clase: 43. Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: servicios de cafetería y repostería. Reservas: de los
colores: blanco, amarillo, café y negro. No hace reserva de los términos
“coffee & sweets”. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de
julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006564. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de agosto
del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017165990 ).
Aida Rodríguez
Badilla, soltera, cédula de identidad Nº 114420566, en calidad de apoderada
generalísima de Le Pitaya Mode Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula
jurídica Nº 3102741770, con domicilio en Palmares, 50 metros al sur del antiguo
Banco Nacional, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: Le Pitaya
como marca de
comercio, en clase 35 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
venta de prendas de vestir como ropa de vestidos de baño, camisas,
pantalonetas. Reservas: de los colores: negro y rojo. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 28 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0007323. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 31 de agosto del 2017.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—( IN2017165993 ).
Anotación de traspaso N° 140
Que María Vargas Uribe, cédula de identidad
107850618, en calidad de apoderado especial de Sumitomo Dainippon Pharma Co.
Ltd. solicita a este Registro se inscriba el traspaso parcial de Merck Sharp
& Dhome Corp. compañía titular de la solicitud de la patente de invención
denominada AGENTES TERAPÉUTICOS ASOCIADOS A LA DISFUNCIÓN DE LA
NEUROTRANSMISIÓN DE DOPAMINA D2 Y SEROTONINA 5-HT2A, a favor de Sumitomo Dainippon
Pharma Co. Ltd., quedando ambas empresas como copropietarias de la patente
indicada, de conformidad con el documento de traspaso por cesión así como el
poder; aportados el 06/07/2017. Publicar en La
Gaceta por
única vez, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento a la Ley N° 6867. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la
ley citada.—Oficina de Patentes.—Randall Piedra Fallas.—1 vez.—( IN2017165498
).
Cambio
de nombre N° 111144
Que María Vargas
Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618 , en calidad de apoderada
especial de Alcatel-Lucent USA Inc, solicita a este Registro se anote la
inscripción de Cambio de Nombre de Lucent Technologies, Inc. por el de
Alcatel-Lucent USA Inc, presentada el día 25 de abril de 2017 bajo expediente
111144. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 1996-0003392 Registro
N° 100766 LUCENT en clase 42 Marca Denominativa, 1996-0003393 Registro N° 100764 LUCENT en clase 37 Marca Denominativa y 1996-0003397 Registro N° 100765 LUCENT en clase 9 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N°
7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—1 vez.—( IN2017165502 ).
Cambio de nombre N° 113103
Que María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Janssen Vaccines Ag
(Janssen Vaccines SA) (Janssen Vaccines Ltd), solicita a este Registro se anote
la inscripción de Cambio de Nombre de Berna Biotech Ag (Berna Biotech SA)
(Berna Biotech Ltd.) por el de Janssen Vaccines Ag (Janssen Vaccines SA)
(Janssen Vaccines Ltd), presentada el día 10 de agosto de 2017 bajo expediente
113103. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2004-0001215 Registro
N° 148672 Hepavax-Gene en clase 5 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta
Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—Katherin Jiménez Tenorio, Registradora.—1 vez.—( IN2017165503 ).
Cambio de nombre Nº 113104
Que María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderado especial de Mitsubishi Chemical
Corporation, solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de
Nombre de Mitsubishi Rayon Co. Ltd. por el de Mitsubishi Chemical Corporation,
presentada el día 10 de agosto del 2017 bajo expediente 113104. El nuevo nombre
afecta a las siguientes marcas: 1900-2915317 Registro N° 29153 SHINKOLITE
en clase 17 Marca Denominativa, 1900-2950801 Registro N° 29508 SHINKOLITE
en clase 1 Marca Denominativa y 1900-2955217 Registro N° 29552 SHINKOLITE
en clase 17 Marca Denominativa. Publicar en la Gaceta Oficial por única vez, de
conformidad con el artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—Katherin Jiménez
Tenorio, Registradora.—1 vez.—( IN2017165504 ).
Cambio
de nombre Nº 110540
Que María Vargas
Uribe, divorciada, cédula de identidad Nº 107850618, en calidad de apoderada
especial de Valeant Farmacéutica S. A. de C.V., solicita a este Registro se
anote la inscripción de Cambio de Nombre de ICN Farmacéutica S. A. de C.V. por
el de Valeant Farmacéutica S. A. de C.V., presentada el día 16 de marzo de 2017
bajo expediente Nº 110540. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
1996-0002920 Registro Nº 98472 ESPAVEN en clase 5 Marca Denominativa,
1996-0007219 Registro Nº 100898 VIRAMID en clase 5 Marca Denominativa,
1996-0007220 Registro Nº 100899 MACROMAX en clase 5 Marca Denominativa,
1996-0007221 Registro Nº 100900 GLY DERM en clase 5 Marca Denominativa y
1996-0007222 Registro Nº 101049 GLY DERM en clase 3 Marca Denominativa.
Publicar en La
Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—1 vez.—( IN2017165505 ).
Cambio
de nombre No. 113073
Que María Vargas
Uribe, divorciada, cédula de identidad 107850618 , en calidad de Apoderado
Especial de Viega Holding GMBH & Co. Kg, solicita a este Registro se anote
la inscripción de Cambio de Nombre de Viega GMBH & Co. Kg. por el de Viega
Holding GMBH & Co. Kg, presentada el día 8 de agosto de 2017 bajo
expediente 113073. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas: 2010-0010565
Registro N° 211761 PROPRESS
en clase 6 Marca Denominativa, 2010-0010566 Registro
N° 211760 PROPRESS en clase 11 Marca Denominativa, 2010-0010567 Registro N° 211763 VIEGA en clase 11 Marca Denominativa, 2010-0010568 Registro N° 211762 PUREFLOW en clase 11 Marca Denominativa, 2010-0010569 Registro N° 211684 PUREFLOW en clase 19 Marca Denominativa, 2013-0011035 Registro N° 238154 Viega Smart Connect en clase 19 Marca Denominativa y 2014-0000300 Registro N° 238076 Viega Smart Connect en clase 6 11 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley No.
7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
85 de la Ley 7978.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—1 vez.—( IN2017165506 ).
Cambio de nombre Nº 112799
Que María Vargas Uribe, divorciada, cédula de
identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Laboratorio Aragó S.
L., solicita a este Registro se anote la inscripción de Cambio de nombre de
Laboratorio Arago S. A., por el de Laboratorio Aragó S. L., presentada el día
18 de julio de 2017 bajo expediente 112799. El nuevo nombre afecta a las
siguientes marcas: 1997-0001936 Registro Nº 104158 APAGO en clase 10 Marca Denominativa. Publicar en La Gaceta
Oficial por única vez, de conformidad con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—Katherin Jiménez Tenorio Registradora.—1 vez.—( IN2017165507 ).
Cambio de nombre Nº 112380
Que Hernán Navarro Rojas, casado, cédula de
identidad Nº 107050523, en calidad de apoderado general de Arcoli S.A.S.,
solicita a este Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Arcoli
S. A. por el de Arcoli S.A.S., presentada el día 26 de junio del 2017, bajo
expediente Nº 112380. El nuevo nombre afecta a las siguientes marcas:
2008-0002069 Registro Nº 181388 ARCOLI en clase 6 marca denominativa.
Publicar en La Gaceta Oficial por una única vez, de conformidad
con el artículo 32 de la Ley Nº 7978. A efectos de publicación, téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—Alex Villegas Méndez,
Registrador.—1 vez.—( IN2017165753 ).
Cambio de Nombre N° 113009
Que Aaron Montero Sequeira, casado una vez,
cédula de identidad 109080006, en calidad de apoderado especial de Citizen
Tokei Kabushiki Kaisha Also Trading AS Citizen Watch Co., Ltd., solicita a este
Registro se anote la inscripción de cambio de nombre de Citizen Holdings
Kabushiki Kaisha cc. Citizen Holdings Co., Ltd) por el de Citizen Tokei
Kabushiki Kaisha Also Trading AS Citizen Watch Co., Ltd., presentada el 03 de
agosto de 2017 bajo expediente 113009. El nuevo nombre afecta a las siguientes
marcas: 2007-0005997 Registro N° 174161 CITIZEN en clase 37 Marca Mixto.
Publicar en La Gaceta Oficial por única vez, de conformidad con el
artículo 32 de la Ley N° 7978. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—Katherin Jiménez Tenorio,
Registradora.—1 vez.—( IN2017166035 ).
Marcas de ganado
Solicitud N° 2017-1646.—Ref: 35/2017/3468.—Rosa Patricia Arguedas Vargas, cédula de identidad 1-0898-0792, solicita la inscripción de:
Para ver
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como marca de ganado, que usará
preferentemente en Limón, Pococí, Rita, La Sonia, situada al final de Calle
Morales y Flores. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 7 de agosto del 2017. Según
expediente N° 2017-1646.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—(
IN2017165527 ).
Solicitud No.
2017-1562.—Ref: 35/2017/3458.—Walter Rolando Cruz Sandoval, cédula de identidad
0107630246, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Pasturas
Modernas del Pacifico Pampa Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-725194,
solicita la inscripción de: PMP como marca de ganado, que
usará preferentemente en Guanacaste, Cañas, Cañas, El Hotel, de la entrada del
Hotel, 1.3 kilómetros al este. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles
contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 24 de julio
del 2017. Según el expediente No. 2017-1562.—Luz Vega, Registradora.—1 vez.—(
IN2017165869 ).
Solicitud Nº 201 7-1 648.—Ref.:
35/2017/3470.—Orlando Calvo Chaverri, cédula de identidad 5-0161-0041, solicita
la inscripción de:
Para ver
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como marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Cañas,
Cañas, Sandillal, 200 metros norte de las Romanitas. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto. Presentada el 07 de agosto del 2017. Según el expediente Nº
2017-1648.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017165870 ).
Solicitud No.
2017-1703.—Ref: 35/2017/3666.—Noe Adolfo Murillo Corrales, cédula de identidad
2-0419-0784, solicita la inscripción de:
N A
1
como
marca de ganado, que usará preferentemente en Guanacaste, Bagaces, Mogote,
Santa Cecilia de Guayabo de Bagaces, de la escuela 150 metros al norte. Se cita
a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de
este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2017. Según el expediente No.
2017-1703.—Karol Claudel Palma, Registrador.—1 vez.—( IN2017165924 ).
Patentes de Invención
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
La señora(ita) María Vargas
Uribe, cédula de identidad N° 107850618, en calidad de apoderada especial de F.
Hoffmann-La Roche AG., solicita la Patente PCT denominada DERIVADOS De 1-(HET)ARIL5ULFONIL-(PIRROLIDIN O
PIPERIDIN)-2-CARBOXAMIDA Y SU USO COMO ANTAGONISTAS DE TRPAl. La invención se refiere a
compuestos de fórmula I: y sales de los mismos y otros compuestos de fórmulas
II-IX tal como se divulgan en el presente documento. Además, la presente
invención se refiere a métodos para fabricar y a métodos para usar los
compuestos de fórmulas I-IX así como a composiciones farmacéuticas que
contienen dichos compuestos. Los compuestos pueden ser útiles para tratar
enfermedades y afecciones mediadas por TRPA1, tales como dolor o asma. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/402, A61K 31/4025, A61K
31/4545, A61P 11/00, A61P 11/06, A61P 11/14, A61P 17/04, A61P 19/02, A61P
27/16(A61P 29/00(C07D 401/12, C07D 401/14, C07D 403/12, C07D 403/14, C07D
405/14, C07D 409/14, C07D 417/12(y C07D 417/14 cuyos inventores son: Shore,
Daniel (CA); Verma, Vishal (US); Chen, Huifen (US); Kolesnikov, Aleksandr (US);
Wang, Lan (CA); Estrada, Anthony (US); Volgraf, Matthew (US) y Villemure,
Elisia (US); Do, Steven (US); Yuen, Po-wai (US); HU, Baihua (US); Wu, Guosheng
(US); Lin, Xingyu (CN); Lu, Aijun (CN). Prioridad: N° PCT/CN2015/073102 del
15/02/2015 (CN), N° PCT/CN2015/076318 del 10/04/2015 (CN) y N° PCT/CN2016/071061
del 15/01/2016 (CN). Publicación Internacional: WO 2016/128529 Al. La solicitud
correspondiente lleva el N° 2017-0000367 y fue presentada a las 14:27:42 del 08
de agosto del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.—Publíquese tres días
consecutivos en el Diario Oficial La
Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de agosto del
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017165500 ).
La señor(a)(ita) María Vargas Uribe, cédula
de identidad 107850618, en calidad de apoderada especial de Nihon Nohyaku Co.,
Ltd., solicita la Patente PCT denominada COMPOSICIÓN
HERBICIDA Y MÉTODOS DE USO. Se proporcionan una composición herbicida, un método de usar la composición
herbicida, y un método de control de malezas, que tiene un alto nivel de
seguridad para las plantas cultivadas, y que son capaces de controlar
efectivamente una mayor variedad de malezas y similares en dosis más bajas
mediante la exhibición de un efecto sinérgico de los ingredientes activos. La
composición herbicida incluye como ingredientes activos piraflufen-etilo o una
clase o dos o más clases de compuestos seleccionados del grupo que consiste en
un inhibidor de la síntesis de ácido graso de cadena muy larga y un inhibidor
de la fotosíntesis. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños
quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/26,
A01N 43/56, A01N 43/70 y A01P 13/00; cuyo(s) inventor(es) es(son) Grueninger,
Kurt; (MX) y Kiyokawa, Takahiro; (JP). Prioridad: N° 2015-031351 del 20/02/2015
(JP) y N° 2015-072444 del 31/03/2015 (JP). Publicación Internacional:
WO2016/133188. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000366, y fue
presentada a las 14:26:13 del 8 de agosto de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 11 de agosto de
2017.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2017165501 ).
El(la) señor(a)(ita)
Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en calidad de Apoderada
Especial de Comercializadora de Lácteos y Derivados, S. A de C.V, solicita la
Patente PCT denominada PROCESO PARA LA PRODUCCIÓN DE LECHE DESLACTOSADA CON
ALTO CONTENIDO EN PROTEÍNA Y CALCIO Y LECHE SIN DULZOR.
La presente invención está relacionada con la industria lechera en general y
con la industria del tratamiento de la leche para obtener leche deslactosada y
valoración del subproducto en particular, y todavía más particularmente con la
industria de tratamiento de leche por medio de diferentes medios de separación
de los componentes tales como los equipo de micro y nano filtración. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A23C 9/00 yA23C 9/142; cuyo(s)
inventor(es) es(son) Ricardo Arista Puigferrat (MX); Daniel Isaac Valenzuela Rodríguez
(MX); Juan Carlos de Santiago Ubaldo (MX); Rocío Leyva Jarquín (MX) y José
Ángel Martínez Gallegos (MX). Prioridad: N° 000156 del 07/01/2016 (MX).
Publicación Internacional: WO2017/119806 Al. La solicitud correspondiente lleva
el número 2017- 0000294, y fue presentada a las 10:51:23 del 28 de junio de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso.. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 23 de agosto de 2017.—Viviana Segura de la O,
Registradora.—( IN2017165518 ).
El señor Claudio
Murillo Ramírez, en calidad de Apoderado Especial de PSK Research LLC, solicita
la Patente PCT denominada MEZCLA DE FLUIDOS NO AZEOTRÓPICA PARA DISPOSITIVOS DE
CLIMATIZACIÓN. Mezcla de fluidos no azeotrópica para
aparatos de climatización caracterizada porque la mezcla se encuentra
constituida por los siguientes fluidos frigorígenos (gases) en determinadas
proporciones: 2-Metilpropano (lsobutane) CH (CH3)3 (R-600a), Pentafluoroethane
(R-125), Tetrafluoroethane (R-134a), Difluoronnethane (R-32). La mezcla dispone
en su composición al menos de un agente inhibidor de la polimerización
(hidroquinona, benzotriazol, dimetil-t-butilfenol). La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: C09K 5/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Vera,
Alarcon Sebastián (ES). Prioridad: N° 14/547,162 del 19/11/2014 (US). Publicación
Internacional: WO2016/079575. La solicitud correspondiente lleva el número
2017-0000252, y fue presentada a las 10:15:49 del 15 de junio del 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
Diario Oficial La
Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 22 de agosto del 2017.—Viviana Segura De La O,
Registradora.—( IN2017165886 ).
El señor Guillermo Rodríguez Zúñiga, en
calidad de apoderado especial de Basf, SE, solicita la Patente PCT denominada MÉTODO Y MEZCLAS PLAGUICIDAS PARA CONTROLAR PLAGAS
DE PENTATOMIDAE.
La invención se refiere a un método para controlar plagas de la familia de
Pentatonidae, que comprende la etapa de poner en contacto las plagas, su
suministro de alimento, su hábitat o su lugar de reproducción con una mezcla
plaguicida que comprende como compuesto activo I al menos un componente del
árbol ginkgo I, seleccionado del grupo que consiste en bilobalida, ginkgólido
A, ginkgólido B, ginkgólido C, ginkgólido J y ginkgólido M, y al menos un
compuesto activo como plaguicida II y/o al menos un compuesto activo como
fungicida III, como se define en la descripción, en una cantidad sinérgicamente
eficaz. La invención también se refiere a algunas de estas mezclas. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 37/24, A01N 37/34, A01N 43/22,
A01N 43/54, A01N 43/56, A01N 43/653, A01N 43/90, A01N 47/14, A01N 47/18, A01N
47/24, A01N 51/00, A01N 53/00, A01N 65/00 y A01P 7/04; cuyos inventores son:
Dietz, Jochen (DE); Dickhaut, Joachim (DE); Koller, Raffael (CH); Narine, Arun
(CA); Sálinger, Daniel (DE); Wach, Jean-Yves (FR); Londono, Diana (CO); Von
Deyn, Wolfgang, (DE) y Korber, Karsten (DE). Prioridad: N° 62/064,493 del
16/10/2014 (US). Publicación Internacional: WO 2016/059240 A1. La solicitud
correspondiente lleva el N° 2017-0000202, y fue presentada a las 09:36:38 del
16 de mayo del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres
meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días
consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 29 de agosto del
2017.—Viviana Segura de La O, Registradora.—( IN2017165970 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de
identidad 110180975, en calidad de apoderado especial de Novartis AG, solicita
la Patente PCT denominada CONJUGADOS DE ÁCIDOS GRASOS Y
APELINA SINTÉTICA CON MAYOR VIDA MEDIA. La invención proporciona un conjugado, o
una sal farmacéuticamente aceptable del mismo, que comprende un polipéptido
sintético de fórmula I: Q-R-P-R-L-C*-H-K-G-P-(Nle)-C*-F (I) o una amida o éster
del mismo; y un ácido graso seleccionado de: en el que dicho ácido graso está
unido covalentemente al extremo N-terminal del péptido a través de una de sus
funcionalidades de ácido carboxílico, opcionalmente a través de un enlazador de
polietilenglicol y en el que los dos aminoácidos de cisteína marcados con “*”
forman un enlace disulfuro entre las funcionalidades tiol de su cadena lateral.
Los conjugados son agonistas del receptor APJ. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A61K 45/06, A61K 47/48 y A61P 9/04; cuyos
inventores son Kanter, Aaron (US); Zecri, Frederic (FR) y Usera, Aimee
Richardson (US). Prioridad: N° 62/107,040 del 23/01/2015 (US). Publicación
internacional: WO2016/116842. La solicitud correspondiente lleva el número
2017-0000338, y fue presentada a las 12:14:36 del 21 de julio de 2017.
Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la
tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 27 de julio de 2017.—Viviana Segura De La O,
Registradora.—( IN2017166022 ).
El señor Néstor Morera Víquez, cédula de
identidad N° 110180975, en calidad de apoderado especial de Gilead Sciences,
INC, solicita la Patente PCT denominada FORMAS SÓLIDAS DE UN INHIBIDOR ASK1 REFERENCIA CRUZADA A APLICACIONES
RELACIONADAS.
Formas cristalinas de
5-(4-ciclopropil-1H-imidazol-1-i1)-N-(6-(4-isopropil-4H-1,2,4-triazol-3-ihpiridin-2-i0-2-fluoro-4-
metilbenzamida (Compuesto I) fueron preparadas y caracterizadas en estado
sólido: Compuesto I. También se proporcionan procedimientos de fabricación y
métodos de utilización de las formas cristalinas. La memoria descriptiva, reivindicaciones,
resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de
Patentes es: A61K 31/42, A61K 31/44, A61P 1/16, A61P 13/12, A61P 3/00, CO7D
401/14 y C07D 413/12; cuyos inventores son: Notte, Gregory (US); Carra, Ernest,
A (US); Andrés, Mark (US); Chan, Brenda, J. Burke (US); Chiu, Anna (US);
Lapina, Olga, Viktorovna (US); Lathrop, Stephen, P (US); Smolenskaya, Valeriya
(US) y Yu, Lok, Him (US). Prioridad: N° 62/096,406 del 23/12/2014 (US) y N°
62/269,066 del 17/12/2015 (US). Publicación Internacional: WO 2016/105453. La
solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000266, y fue presentada a las
13:40:07 del 19 de junio del 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro
de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese
tres días consecutivos en el diario oficial La
Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 28 de julio del
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017166023 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Inscripción N°
3422.—Ref: 30/2017/4440.—Por resolución de las 15:47 horas del 04 de agosto de
2017, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) PIRROLIDINA-2-CARBOXAMIDAS
SUSTITUIDAS a favor de la compañía F.Hoffmann-La Roche
AG, cuyos inventores son: Ross, Tina, Morgan (US); Ding, Qingjie (US); Liu,
Jin-Jun (US); Zhang, Jing (US); Zhang, Zhuming (US) y Jiang, Nan (US). Se le ha
otorgado el número de inscripción 3422 y estará vigente hasta el 8 de
septiembre de 2029. La Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01
es: A61K 31/40, A61K 31/4025, A61P 35/00, C07D 207/16, C07D 401/06, C07D
401/12, C07D 401/14, C07D 403/06, C07D 403/12, C07D 405/06, C07D 405/12, C07D
409/04, C07D 409/12, C07D 413/12 y C07D 417/12 2016.01. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la
Ley Nº 6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 32 de la Ley citada.—04 de agosto de 2017.—Melissa Solís Zamora,
Registradora.—1 vez.—( IN2017165499 ).
Inscripción N° 3430. Ref: 30/2017/4625.—Por
resolución de las 12:33 horas del 11 de agosto de 2017, fue inscrita la Patente
denominada USO DE ANÁLOGOS DE ÁCIDOS
HETEROAROMÁTICOS QUE CONTIENEN AZUFRE a favor de la compañía Bayer
Intelectual Property GMBH, cuyos inventores son: Davies Peter, Howard (PH);
Munks, Karl-Wilhem (DE) y Oshima, Akihisa (JP). Se le ha otorgado el número de
inscripción 3430 y estará vigente hasta el 22 de setiembre de 2029. La
Clasificación Internacional de Patentes versión 2016.01 es: A01N 43/80, A01N
43/828, A01N 43/836, A01P 3/00, A01P 5/00 y A01P 7/00. Publicar en La Gaceta
por única vez, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento a la Ley N°
6867. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo
32 de la Ley citada.—11 de agosto de 2017.—Daniel Marenco Bolaños,
Registrador.—1 vez.—( IN2017165926 ).
Inscripción N°
3406.—Ref: 30/2017/4132.—Por resolución de las 10:18 horas del 20 de julio de
2017, fue inscrito(a) la Patente denominado(a) PREPARACIÓN
DE (R) Y (S)-N-(3,4-DIFLUORO-2-(2-FLUORO-4-YODOFE-NILAMINO)-6-METOXIFENIL)-1-(2,3-DIHIDROXIPROPIL)CICLOPROPAN-1-SULFONAMIDA
Y DERIVADOS PROTEGIDOS DE LOS MISMOS a favor de la
compañía Ardea Biosciences, Inc., cuyos inventores son: Maderna, Andreas (US) y
Vernier, Jean-Michel (FR). Se le ha otorgado el número de inscripción 3406 y
estará vigente hasta el 10 de julio de 2030. La Clasificación Internacional de
Patentes versión 2016.01 es: C07C 303/38, C07C 303/40, C07C 309/82, C07C 309/85
y C07C 311/28 2016.01. Publicar en La Gaceta por única vez, de conformidad
con el artículo 22 del Reglamento a la Ley Nº 6867. A efectos de publicación,
téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley citada.—20 de julio
de 2017.—Melissa Solís Zamora, Registradora.—1 vez.—( IN2017166024 ).
REGISTRO
DE PERSONAS JURÍDICAS
Asociaciones Civiles
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica cédula Nº
3-002-671429, denominación: Asociación de Paracaidismo Caída Libre. Por cuanto
dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2017, Asiento: 515582.—Dado en el Registro Nacional, a las 8
horas 59 minutos y 52 segundos, del 28 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017165427 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Barrio México, con
domicilio en la provincia de: San José-Tibás, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: gestionar el mejoramiento, social, cultural,
educativo, organizativo y productivo de sus miembros, la creación de servicios
sociales y/o comunales. fomentar entre sus miembros el espíritu de ayuda mutua
en el orden social y cultural. Cuyo representante, será el presidente: David
José Fallas Torres, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2017 asiento: 415098 con adicional(es):
2017-472635.—Dado en el Registro Nacional a las 7 horas 51 minutos y 14
segundos, del 28 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017165438 )
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Confederación Afecavol,
con domicilio en la provincia de: San Jose, San Jose. Cuyos fines principales,
entre otros son los siguientes: planificar, organizar y administrar el
desarrollo, promoción y difusión en todas las modalidades y géneros del
voleibol en Centroamérica. Cuyo representante, será el presidente: Edgar
Eduardo Alvarado Ardon, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
Nº 218 del 8 de agosto de 1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles
a partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a
la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 503848.—Dado en el
Registro Nacional, a las 8 horas 26 minutos y 34 segundos, del 24 de agosto del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017165586 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Deportiva
Street Tres Por Tres, con domicilio en la provincia de: Cartago-La Unión. Cuyos
fines principales, entre otros son los siguientes: promover y desarrollar entre
todos sus asociados y la comunidad en general el baloncesto tres por tres,
maxibaloncesto tres por tres, street basketball (baloncesto en la calle),
basketball freestyle (acrobacias en el baloncesto), beach basketball
(baloncesto en la playa), street soccer (fútbol de la calle), fútbol tres por
tres, voleibol tres por tres, foot tennis tres por tres (fútbol-tenis tres por
tres), foot pong ball (ping pong con bola de fútbol). Cuyo representante, será
el presidente: Luis Fernando Esquivel Alcázar, con las facultades que establece
el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 503846.—Dado
en el Registro Nacional, a las 8 horas 56 minutos y 9 segundos, del 24 de
agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—(
IN2017165587 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Voleibol de
Abangares, con domicilio en la provincia de: Guanacaste-Abangares, cuyos fines
principales, entre otros son los siguientes: dirección, coordinación,
organización, supervisión, promoción y fomentar todo lo relacionado con el deporte
de voleibol en ambos géneros y en todas sus categorías de acuerdo con sus
propios estatutos y reglamentos y los entes oficiales de esta disciplina
deportiva. Cuyo representante, será el presidente: Heriberto Cubero Morera, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento: Tomo: 2017, Asiento: 503819.—Dado en el Registro Nacional, a las 10
horas 41 minutos y 20 segundos, del 28 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017165588 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Cristiana Casa de Restauración Tierra Fértil, con domicilio en la
provincia de: Guanacaste-Cañas, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: La propagación de la fe cristiana con base en la doctrina de
Jesucristo. El establecimiento de centros de estudios para la enseñanza de una
vida moral elevada, basada en las enseñanzas biblicas, la necesidad de la
investigación de las sagradas escrituras, la fidelidad cívica, entendiendo por
tal el deber y la responsabilidad del voto y respecto al gobierno y a sus
administradores, el deber de cada ser humano de adorar y someter su vida a la
voluntad de dios, procurar la paz. Cuyo representante, será el presidente:
Jairo Enrique Zúñiga Buzano, con las facultades que establece el estatuto. Por
encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley
No. 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir
de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en tramite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 453670.—Dado en el
Registro Nacional, a las 11 horas 36 minutos y 38 segundos, del 8 de agosto del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, .—1 vez.—( IN2017165616 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación Comité de
Vecinos Urbanización Santa Marta Y Griega, con domicilio en la provincia de:
San José-San José, cuyos fines principales entre otros son los siguientes:
velar por la conservación, administración, la buena marcha de los servicios y
el correcto uso de las áreas comunes ubicadas dentro de la urbanización,
comprendiendo el parque que se encuentra dentro de la urbanización y a su vez
toda la infraestructura o construcciones que existan dentro de este último,
contribuir a mejorar las condiciones de vida de los vecinos de la Urbanización
Santa Marta. Desarrollar cualquier actividad lícita dirigida al bienestar de
los vecinos de la... Cuya representante será la presidenta: María Marcela
Shedden Harris, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse
dicha entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 547641.—Dado en el Registro Nacional, a
las 10 horas 21 minutos y 23 segundos del 29 de agosto del 2017.—Lic. Luis
Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017165661 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Prodesarrollo de Los Agricultores del Asentamiento Paraíso, con
domicilio en la provincia de: Limón-Pococí, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: contribuir al desarrollo social, economico,
ecologico, ambiental, y agro empresarial de los asociados. buscar la
cooperación de instituciones y organizaciones para mejorar la calidad de vida
de los asociados y la comunidad en general. obtener la participación efectiva
de la comunidad en la búsqueda y decucion de proyectos amigables con el medio
ambiente.. Cuyo representante, será el presidente: Rosibel López Elizondo, con
las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro
dejas prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo: 2017 Asiento:339943.—Dado en el Registro Nacional, a las 8
horas 47 minutos y 21 segundos, del 28 de julio del 2017.—Lic. Henry Jara
Solís, Director.—1 vez.—( IN2017165682 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la
persona jurídica cédula: 3-002-066646, denominación: Asociación Universidad
Evangelica de las Americas. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por
la Ley N° 218 del 08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a
partir de esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la
inscripción en trámite. Documento Tomo: 2017 Asiento: 177058 con adicional
(es): 2017-491355.—Dado en el Registro Nacional, a las 13 horas 10 minutos y 41
segundos, del 8 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez,
Director.—1 vez.—( IN2017165711 ).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Pro Estudios para Niños y Jóvenes de Sitio de Mata de Turrialba, con
domicilio en la provincia de: Cartago-Turrialba, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: Promover un intercambio con fines educativos y
culturales de niños y jóvenes de sitio de Mata de Pavones, Turrialba, Cartago,
Costa Rica con niños y jóvenes del estado de Conneticut, Estados Unidos de
América. Cuyo representante, será el presidente: Jennifer Anne Roth, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley No. 218 del 08/08/1939, y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento Tomo:2017 Asiento:488674 con adicional(es): 2017-549611.—Dado en el
Registro Nacional, a las 12 horas 38 minutos y 57 segundos, del 29 de agosto
del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez..—( IN2017165732
).
Registro de Personas
Jurídicas, ha recibido para su inscripción el Estatuto de la entidad:
Asociación Deportiva Club Vida de Gimnasia San Ramón, con domicilio en la
provincia de: Alajuela-San Ramón, cuyos fines principales, entre otros son los
siguientes: Convocar en un espacio institucional común a todas las personas que
practiquen gimnasia rítmica en forma recreativa, deportiva o competitiva, con
el objeto de lograr el reconocimiento y el ejercicio pleno de los derechos y la
dignidad de las personas a participar plenamente en la vida deportiva, social y
cultural. Cuyo representante, será el presidente: Sider Patricia Jiménez
Hernández, con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha
entidad dentro de las prescripciones establecidas en la Ley N° 218 del
08/08/1939, y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta
publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en
trámite. Dado en el Registro Nacional, a las 11 horas 8 minutos y 36 segundos,
del 31 de julio del 2017. Documento tomo: 2017, asiento: 81504.—Lic. Henry Jara
Solís, Director a. í.—1 vez.—( IN2017165776 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Asociación de Productores
Agrícolas y Afines El Jardín, con domicilio en la provincia de: Limón-Pococí,
cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: la Formación de
Sinergias Estructuradas entre las Instituciones de Estado, organizaciones sin
fines de lucro y los ciudadanos de la comunidad El Jardín, La Rita Pococí,
Limón. El Desarrollo de Programas y proyectos para el mejoramiento de la salud,
el ambiente y el entorno de la comunidad. Cuyo representante, será la
presidenta: Leticia Fallas Valverde, con las facultades que establece el
estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de las prescripciones
establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus reformas. Se emplaza por 15
días hábiles a partir de esta publicación a cualquier interesado para que
formule reparos a la inscripción en trámite. Documento Tomo:2017 Asiento:
527177. Dado en el Registro Nacional, a las 10 horas 44 minutos y 48 segundos,
del 18 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1
vez.—( IN2017165785 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción el estatuto de la entidad: Asociación Cristiana
Alcanzando las Naciones de Costa Rica, con domicilio en la provincia de:
Cartago-Cartago. Cuyos fines principales, entre otros son los siguientes: la
propagación de la Fe Cristiana con base en la doctrina de Jesucristo. El
establecimiento de iglesias y centros de educación cristiana. Para la enseñanza
de una vida moral elevada, basada en las enseñanzas bíblicas. La necesidad de
la investigación de las sagradas escrituras. La fidelidad cívica, entendimiento
por tal el deber y la responsabilidad del voto y respeto al gobierno y a sus
administradores. Cuyo representante, será el presidente: Yuvany Rojas Méndez,
con las facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad
dentro de las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939 y sus
reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a
cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite.
Documento tomo: 2017, asiento: 478146.—Dado en el Registro Nacional, a las 6
horas 56 minutos y 5 segundos, del 29 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gustavo
Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017165805 ).
El Registro de Personas Jurídicas, ha
recibido para su inscripción la Reforma del estatuto de la persona jurídica
cédula: N° 3-002-665893, denominación: Asociación de Acción Social Lazitos de
Amor. Por cuanto dicha reforma cumple con lo exigido por la Ley Nº 218 del 08
de agosto de 1939 y sus reformas. Se emplaza por 15 días hábiles a partir de
esta publicación a cualquier interesado para que formule reparos a la inscripción
en trámite. Documento tomo: 2017, asiento: 325653.—Dado en el Registro
Nacional, a las 10 horas 41 minutos y 46 segundos, del 13 de junio del
2017.—Lic. Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017165812 ).
Registro de Personas Jurídicas, ha recibido
para su inscripción el Estatuto de la entidad: Empreactiva Asociación, con
domicilio en la provincia de: San José-Aserrí, cuyos fines principales, entre
otros son los siguientes: Promover el Desarrollo Integral de las Mujeres
Aserriceñas, así como colaborar con ellas en la capacitación y desarrollo de
sus habilidades, así como en la comercialización de sus productos. compartir
espacios de coordinación entre las mujeres para el fortalecimiento de las
capacidades ciudadanas y el ejercicio de un liderazgo transformador. Cuyo
representante, será la presidenta: Any Vanessa Mora Barahona, con las
facultades que establece el estatuto. Por encontrarse dicha entidad dentro de
las prescripciones establecidas en la Ley Nº 218 del 08/08/1939, y sus reformas.
Se emplaza por 15 días hábiles a partir de esta publicación a cualquier
interesado para que formule reparos a la inscripción en trámite. Documento
Tomo: 2016 Asiento: 539456 con adicional(es): 2017-405717.—Dado en el Registro
Nacional, a las 8 horas 7 minutos y 45 segundos, del 19 de julio del 2017.—Lic.
Luis Gustavo Álvarez Ramírez, Director.—1 vez.—( IN2017165903 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓIN
DE NOTARIA PÚBLICA. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegataria para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: DIANA KAROLINA QUESADA
HERNÁNDEZ, con cédula de identidad número 6-0364-0243, carné número 24988. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta de la
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°
17-001205-0624-NO.—San José, 01 de setiembre del 2017.—Licda. Anaida Cambronero
Anchía, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017166958 ).
CONVOCATORIA
PARA PARTICIPAR EN LA ASIGNACIÓN
DEL CONTINGENTE DE EXPORTACIÓN
DE QUESO
A ESTADOS UNIDOS
COMPROMISOS
OMC, AÑO 2018
En la página Web del Ministerio
de Comercio Exterior (www.comex.go.cr) se encuentra disponible el detalle del
contingente de exportación de queso a Estados Unidos, al amparo de los
compromisos ante la Organización Mundial del Comercio, disponible para el 2018.
Para mayor información sobre el tema, comunicarse con Leonor Obando, al teléfono:
2505-41-56 o al correo electrónico: leonor.obando@comex.go.cr.—Dirección
General de Comercio Exterior.—Marcela Chavarría Pozuelo, Directora General.—1
vez.—O. C. Nº 3400033768.—Solicitud Nº 19209.—( IN2017166107 ).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
REGISTRO
NACIONAL MINERO
SOLICITUD
DE EXPLOTACIÓN EN CANTERA
En expediente Nº 2774 Tajo Lacon Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula 3-102-285145, solicita concesión para
extracción en la finca número 6-150039 000, plano catastrado P-1103352-2006.
Localización Administrativa:
Sito en: distrito 11 Cóbano, cantón 01
Puntarenas, provincia 06 Puntarenas.
Localización cartográfica:
Hoja Cartográfica Río Ario Escala 1:50000
Coordenadas
del vértice 1: 184462.75, 416736.71
Área Solicitada:
10 ha 9253.12m2
Derrotero del Área a Concesionar:
Línea Azimut Distancia
° ‘ m
1 - 2 121 19.3 55.72
2 - 3 117 1.3 80.28
3 - 4 112 17.3 50.11
4 - 5 132 54.3 73.44
5 - 6 140 53.3 35.99
6 - 7 161 6.3 56.71
7 - 8 171 10.3 32.44
8 - 9 172 20.3 32.44
9 - 10 168 3.3 34.66
10 - 11 156 0.3 22.6
11 - 12 135 26.3 19.85
12 - 13 99 21.3 36.17
13 - 14 202 57.3 25.8
14 - 15 218 43.3 9.79
15 - 16 201 36.3 9.79
16 - 17 198 45.3 11.67
17 - 18 212 6.3 7.97
18 - 19 210 26.3 13.35
19 - 20 222 6.3 12.6
Línea Azimut Distancia
° ‘ m
20 - 21 223 22.3 235.54
21 - 22 294 40.3 190
22 - 23 302 2.3 190
23 - 24 25 49.1 209.37
24 - 1 34 55.4 76.88
Edicto basado en la solicitud
aportada el 13 de julio del 2016, área y derrotero aportado en plano
topográfico visible en folio 18. Con quince días hábiles de término, contados a
partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que
oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José, a las
catorce horas cuarenta y cinco minutos del veinticinco de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe.—(IN2017165558) 2 v. 1 Alt.
DIRECCIÓN DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
ED-0208-2017.—Exp.
5536A.—La Esquinita de San José S. A., solicita concesión de: 0.12 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Olga,
Xinia y Ana Iris Herrera Umaña En Santa Rosa, Tilarán, Guanacaste, para uso
Agropecuario - abrevadero, consumo humano - doméstico y agropecuario - riego -
otro. Coordenadas 278.200 / 429.785 hoja Arenal. Predios inferiores: Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 28 de agosto de 2017.—Unidad Hidrológica
Tárcoles, Pacífico Central.—Marilyn Mora Vega.—( IN2017166214 ).
ED-0200-2017. Exp. 15815A.—Sonia Navarro
Navarro solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de Héctor Luis Cecililano Quirós en
San Miguel (Desamparados), Desamparados, San José, para uso consumo humano.
Coordenadas 200.400/528.100 hoja Caraigres. Predios inferiores: No se indican.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 25 de agosto de 2017.—Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—Marilyn Mora Vega.—( IN2017166246 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
ED-0195-2017.—Exp.
14811-P. Roca Seca S. A., solicita concesión de: 20 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo BC-950 en finca de su
propiedad en Ceiba, Orotina, Alajuela, para uso industria y agropecuario-riego.
Coordenadas 209.214 / 466.859 hoja Barranca. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 14 de agosto del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017166449 ).
ED-UHSAN-0023-2017. Exp. 3038A.—Agropecuaria
La Quesera S. A., solicita concesión de: 0.45 litros por segundo del nacimiento
sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Vara Blanca,
Heredia, Heredia, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas
237.550/522.475 hoja Poás. 10 litros por segundo de la quebrada sin nombre,
efectuando la captación en finca de su propiedad en Vara Blanca, Heredia,
Heredia, para uso agropecuario-lechería, consumo humano-doméstico,
agropecuario-abrevadero y consumo humano-doméstico. Coordenadas 238.791/522.130
hoja Poás. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben
manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San
José, 05 de setiembre de 2017.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado
Rojas.—( IN2017166527 ).
ED-0330-2016.—Exp. 9922A.—Residencial Villas
Doria Ltda., solicita concesión de: 0,02 litros por segundo del nacimiento sin
nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Tambor, Alajuela,
Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 222.550 / 506.850 hoja
Naranjo. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 07 de marzo de 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017166618 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
ED-0205-2017.—Exp. N°
16611P.—José Alberto Arguedas Romano, solicita concesión de: 2 litros por
segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo ME-421 en
finca de su propiedad en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso consumo humano.
Coordenadas 291.147/380.883 hoja Monteverde. Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 25 de agosto de 2017.—Marilyn Mora Vega, Unidad
Hidrológica Tárcoles, Pacífico Central.—( IN2017167054 ).
ED-UHTPCOSJ-0089-2017.—Exp.
N° 17736A.—Guillermo Alpízar Valverde, solicita concesión de: 0.5 litros por
segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de Rancho
Sin Cuidados S. A. en Santiago Puriscal, San José, para uso agropecuario
abrevadero y consumo humano doméstico. Coordenadas 204.800/501.800 hoja Rio
Grande. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados deben manifestarlo
dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 28 de
agosto de 2017.—Marilyn Mora Vega, Unidad Hidrológica Tárcoles, Pacífico
Central.—( IN2017167063 ).
San José, a las trece horas treinta minutos
del veintinueve de agosto de dos mil diecisiete. (Exp. N° 459-S-2016).
Liquidación
de gastos del partido Avance Montes de Oca correspondientes a la campaña
electoral municipal 2016. Visto el oficio N° DFPP-459-2017 del 24 de agosto de
2017, suscrito por el señor Ronald Chacón Badilla, Jefe del Departamento de
Financiamiento de Partidos Políticos, mediante el cual indica que el partido
Avance Montes de Oca publicó, satisfactoriamente, el estado de sus finanzas y
la lista de sus contribuyentes correspondiente a los períodos anuales
concluidos el 30 de junio de los años 2012, 2013, 2014, 2015 y 2016, la cual se
realizó en el medio de comunicación El Camino en su edición N° 136 de agosto de
2017; SE DISPONE: habiéndose
subsanado el motivo que justificó la retención dispuesta por este Tribunal en
la resolución N° 392-E10-2017 de las 09:50 horas del 16 de enero de 2017, lo
procedente es levantar esa retención y ordenar el giro de la suma de
¢9.423.238,32 (nueve millones cuatrocientos veintitrés mil doscientos treinta y
ocho colones con treinta y dos céntimos), reconocida en esa resolución. Por consiguiente,
proceda el Ministerio de Hacienda, a través de la Tesorería Nacional, a girarle
al partido Avance Montes de Oca (cédula jurídica 3-110-668203) la suma en
cuestión, mediante depósito en la cuenta corriente a su nombre N° 001-0316594-9
del Banco de Costa Rica, la cual tiene asociada la cuenta cliente N°
15201001031659497. Notifíquese al partido Avance Montes de Oca y a la Dirección
General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos Políticos.
Comuníquese a la Tesorería Nacional y al Ministerio de Hacienda, dependencias a
las que, además, se remitirá copia simple de la resolución N° 392-E10-2017.
Publíquese en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado González.—Max Alberto
Esquivel Faerron.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Luis Diego Brenes Villalobos.—Mary
Anne Mannix Arnold.—1 vez.—( IN2017165861 ).
N° 5064-E10-2017.—Tribunal
Supremo de Elecciones.—San José, a las diez horas cuarenta minutos del
veintiuno de agosto de dos mil diecisiete.—Expediente N° 222-2017.
Liquidación de gastos de capacitación y organización del partido
Acción Ciudadana, cédula jurídica número 3-110-301964, correspondientes al
período octubre-diciembre de 2016.
Resultando:
1º—Por oficio número
DGRE-208-2017 recibido en la Secretaría General del Tribunal (TSE) el 4 de mayo
de 2017, el señor Héctor Fernández Masís, Director de Registro Electoral y
Financiamiento de Partidos Políticos, remitió a este Tribunal el informe número
DFPP-LT-PAC-12-2017 de 25 de abril de 2017, elaborado por el Departamento de
Financiamiento de Partidos Políticos y denominado: “Informe Relativo a la Revisión de la Liquidación Trimestral de Gastos Presentada
por el Partido Acción Ciudadana para el Período Comprendido entre el 1 de
octubre y el 31 de diciembre de 2016” (folios 1-11).
2º—En auto de las 10:00 horas del 9 de mayo
de 2017, este Tribunal confirió audiencia por ocho días hábiles a las
autoridades del partido Acción Ciudadana, en adelante PAC, para que, de previo
a resolver lo correspondiente, se manifestaran, si así lo estimaban, sobre el
citado informe (folio 12).
3º—Las autoridades del PAC no contestaron la
audiencia conferida.
4º—En los procedimientos se han observado las
prescripciones de ley.
Redacta la Magistrada Zamora Chavarría; y
Considerando:
I.—Hechos
probados: De
relevancia para la resolución de este asunto se tienen los siguientes: 1) que
el PAC tiene como reserva a su favor, para afrontar gastos por actividades
permanentes de organización y capacitación, la suma de ¢783.712.036,04 (ver
resolución número 4333-E10-2017 de las 11:00 horas del 12 de julio de 2017,
relativa a la liquidación de gastos permanentes de capacitación y organización
política de ese partido, correspondiente al período julio-setiembre de 2016,
agregada a folios 17-22, así como folio 24 vuelto); 2) que actualmente dicha
reserva está conformada por ¢695.154.662,58 para gastos de organización y
¢88.557.373,46 para gastos de capacitación (ver misma prueba); 3) que de la
revisión que se llevó a cabo sobre la liquidación trimestral de gastos
presentada por el PAC se han tenido por justificados gastos de organización por
un monto de ¢113.364.162,97 (folios 3, 4, 8 vuelto y 9); 4) que el PAC publicó
en el Semanario Universidad del 26 de octubre de 2016, páginas 29-35, el estado
auditado de sus finanzas, incluida la lista de contribuyentes o donantes, del
período que abarca del 1° de julio de 2015 al 30 de junio de 2016 (folios 4
vuelto, 9 vuelto y 25); 5) que el PAC no tiene multas pendientes de cancelar de
acuerdo con lo establecido en los artículos 300 del Código Electoral y 72 del
Reglamento sobre Financiamiento de Partidos Políticos (folios 4 vuelto y 9
vuelto); 6) que el PAC no posee obligaciones pendientes con la Caja
Costarricense de Seguro Social (folios 4 vuelto, 9 vuelto y 16); 7) que el PAC
reportó, para la liquidación de sus gastos, la cuenta corriente del Banco
Popular y de Desarrollo Comunal N° 161-000-841-010-4680-0, la cual tiene
asociado el número de cuenta cliente N° 1610008410104680-0 (folios 4 vuelto y 9
vuelto).
II.—Sobre
la reserva de capacitación y organización y su correspondiente liquidación
trimestral: En
Costa Rica rige un modelo mixto de financia miento de los partidos políticos,
de suerte que sus patrimonios se alimentan de “las contribuciones de personas
físicas, los bienes y los recursos que autoricen sus estatutos y que no prohíba
la ley, así como con la contribución del Estado” (artículo 86 del Código
Electoral). A esta última tienen derecho las agrupaciones que superen los
umbrales dispuestos constitucional y legalmente y en proporción a la votación
que obtengan en las elecciones; se accede a ese financiamiento público con
posterioridad a que se verifiquen los comicios, por la vía del reembolso de los
gastos lícitos que los partidos puedan comprobar, ante este Tribunal, como
efectivamente verificados.
La jurisprudencia de este Tribunal ha
establecido de manera reiterada que, conforme lo dispuesto en el artículo 96
inciso 1) de la Constitución Política, los partidos políticos no pueden dedicar
la contribución estatal exclusivamente para satisfacer gastos electorales, sino
que debe emplearse concomitantemente para financiar sus actividades permanentes
de organización partidaria y de capacitación de sus militantes. También se ha
insistido en que la definición de los porcentajes del aporte estatal que se
dedicarán a esas actividades de carácter permanente (organización y
capacitación) deben estar previstos en los estatutos partidarios.
Por tal motivo el Código Electoral ordena
que, al momento de resolverse las liquidaciones que hacen las agrupaciones
políticas luego de celebrados los comicios nacionales, se conforme una reserva
que les permita obtener el reembolso de futuros gastos que se hagan en época no
electoral para atender esas necesidades permanentes de capacitación y
organización. Esta reserva se fijará de acuerdo con el monto máximo de
contribución a que tenga derecho cada partido y según los porcentajes
correspondientes, predeterminados estatutariamente.
El artículo 93 del referido Código precisa
los gastos que, por este concepto, pueden ser objeto de reembolso. El numeral
107, por su parte, se refiere a la indicada reserva y al procedimiento que
deberá seguirse para su correspondiente liquidación:
“Artículo 107.-Comprobación de gastos. Dentro de los sesenta días hábiles siguientes a la declaratoria de
elección de diputados, cada partido con derecho a recibir el aporte estatal
deberá hacer su cobro al TSE, mediante una liquidación de los gastos de campaña
presentada de conformidad con lo establecido en este Código.
Recibida la liquidación, el Tribunal dictará la resolución que
determine el monto que corresponde girar al partido político, en un término
máximo de quince días hábiles. (...)
En el caso de los gastos de capacitación y organización política en
período no electoral, la liquidación deberá presentarse dentro de los quince
días hábiles posteriores al vencimiento del trimestre correspondiente. El TSE
dictará la resolución que determine el monto a girar, en un plazo máximo de
quince días hábiles. (...)
Si de la totalidad del monto que el partido político presente por
concepto de liquidación de gastos electorales queda algún remanente no
reconocido, este se sumará a la reserva prevista para financiar los gastos
ordinarios y permanentes de ese partido, en los rubros de organización y
capacitación.
En todo caso, de existir remanente, el monto a sumar no podrá ser
superior al monto que resulte del porcentaje definido previamente por el
partido para los rubros de organización y capacitación. Dicho remanente se liquidará
de conformidad con las reglas señaladas para la liquidación de los rubros al
que se suman.
(...)”.
III.—Ausencia de oposición respecto de los gastos rechazados por el
Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos: En virtud de que, por auto de
las 10:00 horas del 09 de mayo de 2017, esta Magistratura Electoral le concedió
audiencia a las autoridades del PAC para que se refirieran al informe técnico
N° DFPP-LT-PAC-12-2017 y que las autoridades partidarias omitieron referirse a
éste, no procede que este Tribunal emita pronunciamiento sobre los gastos
objetados.
IV.—Examen
de fondo: Con
vista en la revisión hecha por la Dirección General del Registro Electoral y
Financiamiento de Partidos Políticos de la liquidación presentada por el PAC
para justificar el aporte estatal con cargo a la reserva de capacitación y
organización (oficio N° DGRE-208-2017 e informe DFPP-LT-PAC-12-2017 del
Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos) y a la luz de lo que
disponen los artículos 107 del Código Electoral y 70 del Reglamento sobre el
Financiamiento de los Partidos Políticos, procede analizar lo siguiente:
1. Sobre la reserva de capacitación y organización del
PAC: De
conformidad con lo dispuesto en la resolución número 4333-E10-2017 de las 11:00
horas del 12 de julio de 2017, la reserva de capacitación y organización del
PRC está actualmente conformada por la suma de ¢783.712.036,04 de los cuales
¢695.154.662,58 corresponden al rubro de organización y ¢88.557.373,46 al de
capacitación.
2. Sobre los gastos de
organización aceptados y el monto a girar en favor del PAC: A partir de la documentación
presentada por el PAC para justificar los gastos que realizó del 1° de octubre
al 31 de diciembre de 2016 y del informe número DFPP-LT-PAC-12-2017 rendido por
el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, este Tribunal constata
que la citada agrupación política, de acuerdo con la revisión efectuada,
comprobó gastos de organización por la suma de ¢113.364.162,97. Esta cifra, por consiguiente,
viene a disminuir la porción de la reserva correspondiente a gastos permanentes
de organización política.
3. Sobre los gastos en proceso
de revisión: No
existen gastos en proceso de revisión.
4. Sobre el monto con que
quedará constituida la reserva para futuros gastos de organización y
capacitación del PAC: Dado que al PAG se le reconocieron ¢113.364.162,97 como gastos de organización,
corresponde deducir de la reserva establecida en su favor solamente esta cifra
dado que no comprobó gastos por concepto de capacitación.
Producto de esta operación,
dicha agrupación política mantiene en reserva, para afrontar gastos futuros en
los rubros mencionados, la suma de ¢670.347.873,07, de los cuales ¢581.790.499,61 corresponden al rubro de organización y ¢88.557.373,46 al de capacitación.
5. Sobre las deudas con la Caja
Costarricense de Seguro Social (CCSS): Está debidamente acreditado que el PAC no
tiene deudas con la CCSS, por lo que se encuentra al día con el pago de sus
obligaciones, por lo que resulta improcedente ordenar retención alguna por este
concepto.
6. Sobre la impertinencia de
ordenar otras retenciones. En el presente caso no resulta procedente efectuar retención alguna
en aplicación de lo dispuesto en el artículo 300 del Código Electoral, pues no
existe registro de que el PAC tenga multas pendientes de cancelación.
Adicionalmente, quedó acreditado
que esta agrupación está al día en lo que respecta a las publicaciones
previstas en el artículo 135 del Código Electoral, por lo que tampoco
corresponde retener suma alguna por este concepto.
7. Conclusión: En resumen, el monto de gastos
válidos comprobados al PAC por organización política, con base en la revisión
trimestral de gastos del 1° de octubre al 31 de diciembre de 2016, asciende a ¢113.364.162,97.
Por tanto
Proceda el Ministerio de
Hacienda, a través de la Tesorería Nacional, a girar al partido Acción
Ciudadana, cédula jurídica número 3-110-301964, la suma de ¢113.364.162,97 (ciento trece millones trescientos sesenta y cuatro mil ciento
sesenta y dos colones con noventa y siete céntimos) que, a título de
contribución estatal, le corresponde por gastos de organización política
válidos y comprobados del período que corre del 1° de octubre al 31 de
diciembre de 2016. Se le hace saber al Ministerio de Hacienda y a la Tesorería
Nacional que al partido Acción Ciudadana le queda, a su favor, una reserva de ¢670.347.873,07 (seiscientos setenta millones trescientos cuarenta y siete mil
ochocientos setenta y tres colones con siete céntimos) para afrontar gastos futuros
de organización y capacitación, de los cuales ¢581.790.499,61 (quinientos ochenta y un
millones setecientos noventa mil cuatrocientos noventa y nueve colones con
sesenta y un céntimos) corresponden a la reserva para el rubro de organización
y ¢88.557.373,46 (ochenta y ocho millones quinientos
cincuenta y siete mil trescientos setenta y tres colones con cuarenta y seis
céntimos) a la de capacitación, cuyo reconocimiento queda sujeto al
procedimiento de liquidaciones trimestrales contemplado en el artículo 107 del
Código Electoral. Tomen en cuenta el Ministerio de Hacienda y la Tesorería
Nacional que el partido Acción Ciudadana utilizó, para la liquidación de sus
gastos, la cuenta corriente del Banco Popular y de Desarrollo Comunal N°
161-000-841-010-4680-0, la cual tiene asociado el número de cuenta cliente N°
16100084101046800. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 del
Código Electoral en relación con el 73 del Reglamento sobre el Financiamiento
de los Partidos Políticos, contra esta resolución procede recurso de
reconsideración que debe interponerse en el plazo de ocho días hábiles.
Notifíquese al partido Acción Ciudadana. Una vez que esta resolución adquiera
firmeza, se comunicará a la Tesorería Nacional, al Ministerio de Hacienda y a
la Dirección General del Registro Electoral y Financiamiento de Partidos
Políticos y se publicará en el Diario Oficial.—Luis Antonio Sobrado
González.—Eugenia María Zamora Chavarría.—Max Alberto Esquivel Faerron.—Zetty
María Bou Valverde.—Luis Diego Brenes Villalobos.—1 vez ( IN2017165863 ).
Registro civil - Departamento Civil
SECCIÓN
DE ACTOS JURÍDICOS
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Exp. N°
36673-2016.—Registro Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San
José, a las diez horas cincuenta y cinco minutos del treinta y uno de marzo de
dos mil diecisiete. Diligencias de ocurso presentadas por Vera Violeta Calderón
Astúa, cédula de identidad número 1-0518-0854, tendentes a la rectificación de
su asiento de nacimiento, en el sentido que la fecha de nacimiento es ocho de
setiembre de mil novecientos cincuenta y nueve. Se previene a las partes
interesadas para que hagan valer sus derechos dentro del término de ocho días a
partir de su primera publicación.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—( IN2017160680
).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Se hace
saber que en diligencias de ocurso incoadas por Elieth Patricia Pérez Areas, se
ha dictado la resolución N° 5897-2016, que en lo conducente dice: Registro
Civil, Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once
horas cincuenta y cinco minutos del quince de noviembre de dos mil dieciséis.
Expediente N° 33975-2016. Resultando 1.-..., 2.-... Considerando: I.- Hechos
probados:..., II.- Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de
nacimiento de Ferguie Sharliz Vargas Pérez, en el sentido que el nombre de la
madre es Elieth Patricia.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017165623 ).
En resolución N° 2384-2017 dictada por el
Registro Civil a las catorce horas treinta y cinco minutos del veintisiete de
febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 47801-2016, incoado
por Cecilio Silvio Ortiz Acevedo, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Joel Alberto Ortiz Rivera, que el nombre y apellido de la madre
son Blanca Mery Rivera.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017165797 ).
Se hace saber que en diligencias de ocurso
incoadas por Felicia Fernández Duartes, se ha dictado la resolución N°
6627-2016 que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos. San José, a las trece horas dieciséis minutos del
veintitrés de diciembre de dos mil dieciséis. Exp. N° 20063-2016. Resultando
1.-... 2.-... Considerando: I.-Hechos Probados:... II.-Sobre el Fondo:... Por
Tanto: Rectifíquese el asiento de matrimonio de Jerónimo Antonio Hernández
Sanarruza con Felícitas del Socorro Hernández Duarte, en el sentido que el
nombre y los apellidos del cónyuge; así como el nombre, los apellidos y el
número de cédula de identidad de la cónyuge son Gerónimo Vanegas Hernández,
hijo de Ignacio Vanegas y María Hernández, no indican segundo apellido, Felicia
del Socorro Fernández Duartes, hija de María Jacinta Fernández Duartes y
5-0168-0437, respectivamente.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial
Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017165809 ).
En resolución Nº 2679-2017 dictada por el
Registro Civil a las ocho horas cincuenta y cinco minutos del siete de marzo
del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 24973-2016, incoado por Omar
Morales Chavarría, se dispuso rectificar en los asientos de nacimiento de Aaron
Franz Morales Rodríguez y Alexander Morales Rodríguez, que el nombre del padre
es: Omar.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Carlos Luis
Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017165829 ).
En resolución Nº 1908-2017 dictada por el
Registro Civil a las once horas cincuenta y siete minutos del trece de febrero
del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso Nº 49444-2016, incoado por
María Rebeca Mena González, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento
de Kevin José Navarro Cubero, que los apellidos de la madre son: Mena
González.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017165866 ).
En resolución N°
2662-2017 dictada por el Registro Civil a las trece horas treinta y ocho
minutos del seis de marzo del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N°
37754-2016, incoado por Jeffriends José Rodríguez Mejía, se dispuso rectificar
en el asiento de nacimiento de Brithany Sofia Rodríguez Montoya, que el segundo
apellido del padre es Mejía.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor
Civil a. í.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a.í.—1 vez.—( IN2017165878 ).
Se hace saber que, en diligencias de ocurso
incoadas por Ivania María Villegas Luna, se ha dictado la resolución N°
2842-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil, Departamento Civil,
Sección de Actos Jurídicos.—San José, a las trece horas quince minutos del diez
de mayo de dos mil dieciséis. Expediente N° 8236-2016. Resultando: 1º—...,
2º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Sobre el fondo:...; Por tanto:
Rectifíquense los asientos nacimiento de Gleiman Antonio Hernández Luna, Arhsli
Nairovi Cerda Hernández y Jarek Iván Alfaro Hernández, en el sentido que los
apellidos de la madre son Villegas Luna.—Lic. Luis Guillermo Chinchilla Mora,
Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro Lacayo, Jefa a. í.—1 vez.—(
IN2017165938 ).
Se hace saber que en
diligencias de ocurso incoadas por Xinia María Carranza Mejías, se ha dictado
la resolución N° 5465-2016, que en lo conducente dice: Registro Civil,
Departamento Civil, Sección de Actos Jurídicos. San José, a las once horas
trece minutos del diecinueve de octubre de dos mil dieciséis. Exp. N°
23100-2016. Resultando: 1°—…, 2°—... Considerando: I.—Hechos probados:...
II.—Sobre el fondo:... Por tanto: rectifíquese el asiento de nacimiento de
David Daniel Umaña Carranza, en el sentido que el nombre es Deivid Daniel.—Lic.
Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Licda. Irene Montanaro
Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017166019 ).
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Avisos
de solicitud de naturalización
Sirley Álvarez González, cubana, cédula de
residencia 119200389511, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad
costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. Nº
4224-2017.—San José, al ser las 11:06 del 31 de agosto de 2017.—Carolina
Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017165310 ).
Juan Carlos Miranda Garzón, colombiano,
cédula de residencia N° 117000669831, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito a este Registro, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente Nº 2172-2017.—San José, a las 3:00 horas del 3 de agosto de
2017.—German Alberto Rojas Flores, Jefe.—1 vez.—( IN2017165479 ).
Sugeyling Yineska Gutiérrez Lacayo,
nicaragüense, cédula de residencia N° DI-155815598120, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N° 4252-2017.—Alajuela, Central, al ser
las 14:42 horas del 31 de agosto del 2017.—Luis Guillermo Quesada Quesada,
Oficina Regional de Alajuela.—1 vez.—( IN2017165659 ).
Rafael Alejandro Camero Del Vecchio,
venezolano, cédula de residencia Nº 186200219715, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Nº 3976-2017.—San José, al ser las 9:48 del 29 de
agosto de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017165688 ).
Magna De Jesús
Ramírez Ramírez, salvadoreña, cédula de residencia N° 122200215405, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Sé emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4222-2017.—Guanacaste,
Liberia, al ser las 9:14 horas del 30 de agosto del 2017.—Karla Mendoza
Quirós.—1 vez.—( IN2017165722 ).
Marcos José Reyes Hernández, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155811974418, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Nº 4258-2017.—San José, al ser las 3:30 del 31 de agosto de
2017.—Selmary Vanessa Velásquez Sobalvarro.—1 vez.—( IN2017165777 ).
Lourdes María del Carmen Román Alonzo,
guatemalteca, cédula de residencia N° DI 132000147719, ha presentado solicitud
para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Expediente N° 4237- 2017. ran.—Alajuela, Grecia, al
ser las 15:00 horas del 30 de agosto del 2017.—Lic. Raúl Alfaro Núñez.—1 vez.—(
IN2017165780 ).
Brahyan Alexander
Ciro Nariño, colombiano, cédula de residencia N° 117001305826, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4242-2017.—Alajuela,
Orotina, al ser las 09:35 horas del 31 de agosto de 2017.—Carolina Guzmán
Salas.—1 vez.—( IN2017165784 ).
María Dolores
Aguirre Martínez, nicaragüense, cédula de residencia N° DI155813638535, ha
presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección
de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles
siguientes a la publicación de este aviso. Expediente N° 4156-2017.—Alajuela,
Los Chiles, al ser las 13:34 horas del 31 de agosto de 2017.—Wilson Antonio
Sánchez Carranza, Regional Los Chiles.—1 vez.—( IN2017165792 ).
Yesly Yuridia Moreno Zapata, nicaragüense,
cédula de residencia N° 155813846015, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro
del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
Expediente N° 4230-2017.—Limón, Pococí, al ser las 10:17 horas del 30 de agosto
de 2017.—Fabricio Alberto Cerdas Díaz, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017165795 ).
Rosalba Salazar de Restrepo, colombiana,
cédula de residencia N° DI 117001350231, ha presentado solicitud para obtener
la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones
del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 4009-2017.—Alajuela, Grecia, al ser las 13:00 horas del 29
de agosto de 2017.—Lic. Ulises Santamaría Salazar.—1 vez.—( IN2017165813 ).
Haxel Antonio Vega Aguirre, nicaragüense,
cédula de residencia N° DI155806558534, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente N° 4133-2017.—Heredia, Belén, al ser las 11:26 horas del 25
de agosto de 2017.—Emmanuel Carballo Rodríguez, Regional Heredia.—1 vez.—(
IN2017165843 ).
María González De
Castro, nicaragüense, cédula de residencia 155812410222, ha presentado
solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de
Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan
reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por
escrito en nuestras oficinas dentro del término de diez días hábiles siguientes
a la publicación de este aviso. 4137-2017.—San José, al ser las 12:24 del 25 de
agosto de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017165854 ).
Teófilo Castro Zelaya, nicaragüense, cédula
de residencia Nº 155812892700, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a
dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas,
dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este
aviso. Expediente Nº 4138-2017.—San José, al ser las 12:14 del 25 de agosto del
2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017165856 ).
Marvin Antonio Salgado, nicaragüense, cédula
de residencia 155809523914, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del
Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso.
4177-2017.—San José, al ser las 1:45 del 29 de agosto de 2017.—Juan José
Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017165910 ).
Yahaira de La Cruz Mairena Valle,
nicaragüense, cédula de residencia 155810842613, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. 4212-2017 cpb.—San José, al ser las 2:48 del 29 de
agosto del 2017.—Carolina Pereira Barrantes.—1 vez.—( IN2017165943 ).
Marco Antonio Mendoza Muñoz, nicaragüense,
cédula de residencia Nº 155819927912, ha presentado solicitud para obtener la
nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro
Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha
solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del
término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Nº
4257-2017.—San José al ser las 3:28 del 31 de agosto de 2017.—Carolina Pereira
Barrantes.—1 vez.—( IN2017165996 ).
AGRICULTURA Y GANADERÍA
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
LICITACIÓN ABREVIDA 2017LA-000007-0001600005
Contratación
de servicios de mantenimiento al sistema
de cómputo
denominado “Sistema Integrado Financiero
PIMA” (SIFPIMA)”
La Proveeduría de
PIMA avisa a todos los interesados que se ha formulado el cartel de Licitación
Abreviada N° 2017LA-000007-0001600005, concurso que tiene por objeto la
contratación de los servicios de un proveedor para que lleve a cabo los
trabajos de “Contratacion de servicios de mantenimiento al sistema de cómputo
denominado “Sistema Integrado Financiero Pima” (SIFPIMA)”. El cartel de licitación
correspondiente puede ser adquirido por los interesados en las oficinas de la
Proveeduría de PIMA ubicadas un kilometro al este del centro comercial Plaza
Real Cariari en Barrial de Heredia. Los interesados deberán cancelar la suma de
¢500 por concepto de copias del Cartel y los términos de referencia
correspondientes, o acceder a la versión digital de los documentos en la
dirección electrónica www.pima.go.cr, en el apartado de Proveeduría/ Carteles y
publicaciones. Las ofertas para este proceso de contratación se recibirán hasta
las 10:00 del martes 18 de setiembre del año 2017. Los oferentes que deseen
participar en el presente concurso podrán asistir a una inspección al sitio de
ejecución de los trabajos, esta visita esta programa para el Martes 12 de
septiembre del 2017 a las 09:30_am y será dirigida por el profesional encargado
del área de Tecnología de la Información Joel Brenes Rojas. Para consultas o
información adicional puede solicitarse al teléfono 2239-1233 extensiones 267 y
224, con personal de la Proveeduría. Barrial de Heredia.,
Roy Francisco Chaves
Araya.—1 vez.—( IN2017166981 ).
PODER
JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN
EJECUTIVA
DEPARTAMENTO
DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría invita a todos
los potenciales proveedores interesados en participar en los siguientes
procedimientos:
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000011-PROV
Concesión de soda y contratación de servicios de
alimentación
para los servidores judiciales y usuarios del edificio Anexo A
del Segundo Circuito Judicial de San José
Fecha y hora de apertura: 11 de octubre del
2017, a las 10:00 horas.
______
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000051-PROV
Mejoras varias a las celdas de acuerdo a la
normativa
de la Ley Nº 7600 y reforzamiento de portones de las celdas
del sótano del edificio de Tribunales del Primer
Circuito Judicial de San José
Fecha y hora de apertura: 2 de octubre del
2017, a las 10:00 horas.
Los
respectivos carteles se pueden obtener sin costo alguno a partir de la presente
publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de internet,
en la siguiente dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduría/invitaciones.
San José, 5 de setiembre del 2017.—Proceso de
Adquisiciones.—MBA. Yurli Arguello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017166803 ).
BANCO DE
COSTA RICA
LICITACION PÚBLICA Nº 2017LN-000016-01
Servicio
de impresión, personalización y distribución de libros
de cheques y de
depósitos en cuentas corrientes, en colones
y dólares del Banco
de Costa Rica
El Banco de Costa
Rica recibirá ofertas hasta las diez horas con treinta minutos (10:30 a.m.) del
05 de octubre del 2017, para la licitación en referencia, las cuales deberán
ser depositadas en el buzón de la Oficina de Contratación Administrativa,
ubicado en el tercer piso de Oficinas Centrales.
El cartel de la contratación que incluye las
especificaciones técnicas y condiciones generales, lo pueden obtener a través
de la página electrónica del Banco de Costa Rica, www.bancobcr.com.
Oficina de
Contratación Administrativa.—Rodrigo Aguilar S., Supervisor.—1 vez.—O. C. Nº
66348.—Solicitud Nº 93940.—( IN2017166303 ).
CONSEJO
NACIONAL DE RECTORES
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000002-CNR
Venta
de vehículos del CONARE
El Consejo Nacional
de Rectores avisa a los interesados que recibirá ofertas hasta las 10:00 horas
del 3 de octubre de 2017 para la venta de vehículos del CONARE.
La exhibición de los vehículos para la venta
se realizará el día lunes 18 de setiembre de 2017, jornada continua, en el
parqueo del CONARE, situado 1 km norte de la Embajada Americana, edificio
Franklin Chang Díaz.
Para retirar el cartel con los términos de
referencia y las especificaciones técnicas pueden descargar los archivos en la
dirección:
https://www.conare.ac.cr/servicios/proveeduria/contrataciones-y-licitaciones en
los siguientes enlaces: “Servicios”, “Proveeduría”, “Contrataciones y
Licitaciones” o bien solicitarlo al correo electrónico:
proveeduria@conare.ac.cr
Pavas, 6 de setiembre
de 2017.—Proveeduría Institucional.—MAP. Jonathan Chaves Sandoval.—1 vez.—O.C.
Nº 16416.—Solicitud Nº 94126.—( IN2017166874 ).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL
SAN JUAN DE DIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA N° 20I7LN-000010-2102
Frutas frescas
La Subárea de Contratación Administrativa del
Hospital San Juan de Dios informa a todos los potenciales oferentes que el
plazo para recibir ofertas será hasta el día 3 de octubre del 2017 a las 08:00
horas.
El
cartel licitatorio deberá ser retirado un día hábil posterior a esta publicación,
en la recepción del Área de Gestión de Bienes y Servicios de este nosocomio,
sita en el distrito Hospital, contiguo al Ministerio de Salud, al final de la
rampa del antiguo edificio de Rehabilitación.
San José, 5 de setiembre del 2017.—Subárea de
Contratación Administrativa.—MBA. Daniel Castro Vargas, Coordinador.— 1 vez.—( IN2017166861 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y
ALCANTARILLADOS
DIRECCIÓN
PROVEEDURÍA
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2017CDS-000111-PRI
(Convocatoria)
Servicio de transporte aéreo de helicóptero, para
traslado
de materiales en la comunidad indígena de Punta Burica
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados (AyA), cédula jurídica Nº 4-000-042138, comunica que se
recibirán ofertas hasta las 10:00 horas del día 20 de setiembre del 2017, para
la contratación arriba indicada.
Los
documentos que conforman el cartel, podrán descargarse en la dirección
electrónica: www.aya.go.cr o bien retirarse en la Dirección de Proveeduría del
AyA, sita en el Módulo C, piso 3 del Edificio Sede del AyA, ubicado en Pavas,
el mismo tendrá un costo de ¢500,00.
Iris Fernández Barrantes.—1 vez.—O. C. Nº 6000002134.—Solicitud Nº
94191.—( IN2017167086 ).
INSTITUTO
DE DESARROLLO RURAL
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la
apertura de siguiente proceso:
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2017CD-000108-01
Compra de ganado para beneficiarios del Proyecto El
Medio
Rural frente a los cambios climáticos, Oficina de Desarrollo
Territorial Talamanca del INDER
Fecha y hora de recepción de ofertas: 18 de
setiembre 2017, a las 10:00 horas (10:00 a. m.), en la Proveeduría
Institucional, Oficinas Centrales del INDER.
El
cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San
José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste,
100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, planta alta
del edificio B, en horario de 8:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no
tiene costo. También puede descargarse de la página web del IINDER
www.inder.lo.cr menú de CONTRATACIONES, CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS,
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a
la dirección mrmorales@inder.go.cr, sin embargo se realiza la salvedad que la
legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma
digital original que posee el INDER, del cual se tiene impresión adjunta en el
expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de
ofertas.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto, Proveeduría Institucional.—1 vez.—( IN2017166853 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la
apertura del siguiente proceso:
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000045-01
Compra de materiales metálicos, materiales
plásticos,
vestuario y textiles, herramientas e instrumentos y
materiales de construcción para productores
asociados a ADITIBRI y ADITICA en marco
del Proyecto El Medio Rural frente a los
retos del Cambio Climático
Fecha y hora de recepción de ofertas: viernes
29 de setiembre 2017, a las 10:00 horas (10:00 a. m.).
El
cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
puede retirarse personalmente en nuestras oficinas centrales, ubicadas en San
José, Moravia, San Vicente, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste,
100 metros al sur y 250 metros al oeste, Área de Contratación y Suministros,
planta alta del edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las 16:00 horas; el
cartel no tiene costo. Puede descargarse de la página web del Inder
www.inderno.cr menú de CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS, CARTELES, PROVEEDURÍA
INSTITUCIONAL, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a la
dirección kzamora@inder.go.cr; sin embargo la legalidad de las ofertas está
condicionada a que se ajusten al cartel en forma digital original que posee el
Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el expediente del proceso
licitatorio, para fines de verificación y evaluación de ofertas.
San José, Moravia, San Vicente.—Proveeduría
Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017166854 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la
apertura del siguiente proceso:
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000052-01
Contratación de firma consultora para diagnóstico
Censal de la franja fronteriza sur en el Sector
de Coto Brus, para determinar la situación
actual de tenencia de la tierra
Fecha y hora de recepción de ofertas: 04 de
octubre del 2017, a las 10:00 horas (10:00 a. m.), en la Proveeduría
Institucional, Oficinas Centrales del INDER.
El
cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
puede retirarse personalmente en nuestras Oficinas Centrales, ubicadas en San
José, San Vicente de Moravia, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste,
100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, planta alta
del Edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no
tiene costo. También puede descargarse de la página web del INDER:
www.inder.go.cr, menú de Contrataciones, Contrataciones Administrativas,
Proveeduría Institucional, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a
la dirección: mrmorales@inder.go.cr sin embargo se realiza la salvedad que la
legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma
digital original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el
expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de
ofertas.
San Vicente de Moravia, San José.—Licda.
Karen Valverde Soto, Proveeduría Institucional.—1 vez.—( IN2017166855 ).
El Instituto de Desarrollo Rural comunica la
apertura del siguiente proceso:
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000054-01
Compra de ganado para asentamientos administrados
por diversas oficinas de Desarrollo Territorial del Inder
Fecha y hora de recepción de ofertas: 02 de
octubre del 2017, a las 10:00 horas (10:00 a. m.), en la Proveeduría
Institucional, Oficinas Centrales del Inder.
El
cartel está a disposición a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta,
puede retirarse personalmente en nuestras oficinas centrales, ubicadas en San
José, Moravia, San Vicente, del antiguo Colegio Lincoln, 200 metros al oeste,
100 metros al sur y 250 metros al oeste, Proveeduría Institucional, planta alta
del edificio B, en horario de 08:00 horas hasta las 16:00 horas; el cartel no
tiene costo. También puede descargarse de la página web del Inder
www.inder.go.cr, menú de CONTRATACIONES, CONTRATACIONES ADMINISTRATIVAS,
PROVEEDURÍA INSTITUCIONAL, o puede solicitarse enviando un correo electrónico a
la dirección mrmorales@inder.go.cr, sin embargo se realiza la salvedad que la
legalidad de las ofertas está condicionada a que se ajusten al cartel en forma
digital original que posee el Inder, del cual se tiene impresión adjunta en el
expediente del proceso licitatorio para fines de verificación y evaluación de ofertas.
San José, Moravia, San Vicente.—Proveeduría
Institucional.—Licda. Karen Valverde Soto.—1 vez.—( IN2017166856 ).
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
PROCESO
ADQUISICIONES
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2017CD-000088-08
Uniformes para la Unidad Regional Brunca
El Proceso de Adquisiciones del Instituto
Nacional de Aprendizaje, Unidad Regional Brunca. Informa a los proveedores
interesados en participar en la Contratación Directa de Escasa Cuantía N°
2017CD-000088-08 “Uniformes para la Unidad Regional Brunca”.
Que el
plazo máximo para presentar ofertas de esta contratación directa es para el
próximo jueves 14 de setiembre del año 2017 a las 10:00 horas.
Este
pliego de condiciones es gratuito y está a disposición de los interesados en el
Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros sur del
supermercado Coopeagri, Barrio Villa Ligia, Daniel Flores. Pérez Zeledón, San
José y en la siguiente dirección electrónica:
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles/.
Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan
Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 94114.—(
IN2017166809 ).
COMPRA DIRECTA 2017CD-000075-05
Compra
de contenedores convertidos en oficina
El Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional Huetar Caribe del Instituto Nacional de
Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 9:00 horas del 18
de setiembre del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones
el cual es gratuito, en las oficinas del Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Huetar Caribe, ubicadas 1 km. al oeste de la sede de la Universidad de
Costa Rica, carretera Saopin en Limón o bien ver la página web del INA,
dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 94115.— ( IN2017166810 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ, GUANACASTE
CONTRATACIÓN
DIRECTA N° 2017CD-000178-01
La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, les
invita a participar en el proceso de Contratación Directa Nº 2017CD-000178-01,
con el objeto de contratación para realizar auditoria externa para evaluar el
cumplimiento de la normativa en materia de contratación administrativa y de
control interno aplicable al proceso de Proveeduría de la Municipalidad de La
Cruz Guanacaste, todo con Fondos del Programa I Auditoria Interna.
La
recepción de ofertas será el día 18 de setiembre del 2017, hasta las 10:00
horas, en el Departamento de Proveeduría, sita 150 metros norte del parque
local.
Para
obtener toda la información adicional y aclaraciones pertinentes a este proceso
comunicarse al teléfono 2690-5715 ó al e-mail: proveeduriamunilacruz@gmail.com
con el Departamento de Proveeduría.
Licenciada Nury Jara Rodríguez, Proveedora
Municipal.—1 vez.—( IN2017166875 ).
AGRICULTURA
Y GANADERÍA
PROGRAMA INTEGRAL DE MERCADEO AGROPECUARIO
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000001-0001600005
Contratación de servicios profesionales de seguridad
para las instalaciones del Programa Integral
de Mercadeo Agropecuario
Licitación Pública Nº
2017LN-000001-0001600005, denominada “Contratación de Servicios Profesionales
de Seguridad para las Instalaciones del Programa Integral de Mercadeo
Agropecuario”. La Proveeduría del PIMA en apego a la legislación aplicable y en
virtud del Acuerdo dos mil setecientos treinta y cinco, artículo dos, de la
Sesión Extraordinaria número dos mil ochocientos cincuenta y tres, del Consejo
Directivo de PIMA comunica a los interesados y al Público en general que se
adjudicó la Licitación Pública Nº 2017LA-000001-0001600005, a la oferta
presentada por la empresa Consorcio de Información y
Seguridad Sociedad Anónima, para la “Contratación de Servicios Profesionales de Seguridad para
las Instalaciones del Programa Integral de Mercadeo Agropecuario”, por un monto
de doscientos setenta y ocho millones quinientos ochenta y siete mil
cuatrocientos treinta y cuatro colones exactos (¢278.587.434,00), anuales. Lo
anterior según el análisis y evaluación de las ofertas que constan en el
expediente de contratación respectivo. Consultas o aclaraciones al respecto se
puede solicitar al teléfono 2239-1233 ext. 269 o directamente en las oficinas
de Proveeduría ubicadas un kilómetro al este del Mall Plaza Real Cariari en
Barrial de Heredia.
Heredia, 5 de setiembre del 2017.—Roy Chaves
Araya, Proveeduría.—1 vez.—( IN2017166979 ).
BANCO
POPULAR Y DE DESARROLLO COMUNAL
LICITACIÓN
PÚBLICA
N° 2017LN-000013-DCADM
Compra de equipo de cómputo
La División de Contratación Administrativa
del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del conocimiento de los
interesados, según resolución adoptada por la Comisión de Aprobación de
Licitaciones Públicas mediante acta N° 813-2017 del día 5 de setiembre del
2017, que se resolvió la presente licitación de la siguiente manera:
Ítems N° 1, 3 y 10- Industrias de Computación Nacional S. A. cédula jurídica 3-101-088093. Monto total adjudicado:
$60.674,27 (Sesenta mil seiscientos setenta y cuatro dólares con veintisiete
centavos). Moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica.
Ítems N° 6 y 11- Consorcio Telerad-Epson. Monto total adjudicado: $96.980,59 (Noventa y
seis mil novecientos ochenta dólares con cincuenta y nueve centavos). Moneda de
curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica.
Ítem N° 7- Arrendadora
Comercial R & II S. A. cédula jurídica 3-101-193298. Monto total adjudicado:
$77.371,67 (Setenta y siete mil trescientos setenta y un dólar con sesenta y
siete). Moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica.
Ítems N° 2, 5 y 8- Central de Servicios PC S. A. cédula
jurídica 3-101-096527. Monto total adjudicado: $246.794,37 (Doscientos cuarenta y seis mil
setecientos noventa y cuatro dólares con treinta y siete centavos). Moneda de
curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica.
Ítem N° 4- Componentes
El Orbe S. A. cédula jurídica 3-101-111502. Monto total adjudicado: $527.929,22
(Quinientos veintisiete mil novecientos veintinueve dólares con veintidós
centavos). Moneda de curso legal de los Estados Unidos de Norteamérica.
Ítem N° 9- Se declara infructuoso.
Garantía de cumplimiento: Cada adjudicatario
deberá rendir por este concepto durante los 5 (cinco) días hábiles siguientes a
la firmeza, el 10% del monto total adjudicado y con una vigencia mínima de dos
meses adicionales al plazo máximo de entrega de los equipos adjudicados.
Demás aspectos de acuerdo a lo establecido en
el Informe de Adjudicación N°129-2017.
Área de Gestión y Análisis de Compras.—Licda.
Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—( IN2017166900 ).
LICITACION PÚBLICA N° 2016LN-000022-DCADM
Contratación
de servicio de gestión de cobro de cuentas
declaradas por el
banco como operaciones
castigadas y/o
estimadas al 100%
(Consumo según
demanda)
La División de
Contratación Administrativa del Banco Popular y de Desarrollo Comunal hace del
conocimiento de los interesados en la Licitación Pública N°
2016LN-000022-DCADM, que la Comisión de Licitaciones Públicas mediante Acta
N°811 del 04 de setiembre del 2017, resolvió readjudicar la presente licitación
en los siguientes términos:
Adjudicatario: Gestionadora
Internacional Servicrédito S.A., cédula jurídica: 3-101-364397.
Oferta económica: porcentaje de comisión: 40%.
Garantía de cumplimiento: Gestionadora
Internacional Servicrédito S. A., dispondrá de cinco días hábiles contados a
partir de la firmeza del acto de adjudicación del concurso, para rendir cada
una garantía de cumplimiento por un monto de ¢40.000.000,00 (cuarenta millones
de colones exactos) con una vigencia mínima de veintiséis meses.
Demás condiciones y requisitos de conformidad
con el cartel definitivo, la oferta del adjudicatario, el informe de
adjudicación N° 125-2017 y el documento contractual que se suscribirá entre las
partes.
Área Gestión y
Análisis de Compras.—Licda. Ana Victoria Monge Bolaños, Jefa.—1 vez.—(
IN2017167095 ).
CAJA
COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL MÉXICO
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000030-2104
Adquisición
de obras varias de mantenimiento
Se les comunica a las
empresas interesadas en el presente concurso que la empresa adjudicada es: Servicios de
Mantenimiento Cubero S. A.. Ver detalle y mayor
información en http://www.ccss.sa.cr/licitaciones.
San José, 31 de
setiembre del 2017.—Subárea de Contratación Administrativa.—Licda. Carmen Rodríguez Castro, Coordinadora.— 1 vez.—O. C.
Nº 139.—Solicitud Nº 93729.—( IN2017166767 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y
ALCANTARILLADOS
DIRECCIÓN
PROVEEDURIA
LICITACIÓN
ABREVIADA Nº 2017LA-000022-PRI
Contratación de servicios de limpieza
para la Región Pacifico Central
El Instituto Costarricense de Acueductos y
Alcantarillados cédula jurídica 4-000-042138, comunica que mediante Resolución
de Adjudicación Nº GG-2017-676, se adjudica la Licitación Abreviada Nº.
2017LA-000022-PRI, “Contratación de servicios de limpieza para la Región
Pacífico Central”, a: Única oferta: Compañía
de Servicios Múltiples Masiza S. A., Posición 1: Monto anual ¢17.397.507,00;
Posición 2: Monto anual ¢6.205.422,00; Posición 3: Monto anual ¢6.205.422,00;
Posición 4: Monto anual ¢2.827.008,24; Posición 5: Monto anual ¢6.205.422,00;
Posición 6: Monto anual ¢3.661.483,20; Posición 7: Monto anual ¢6.205.422,00;
Posición 8: Monto anual ¢3.661.483,20; Posición 9: Monto anual ¢3.661.483,20;
Posición 10: Monto anual ¢3.661.483,20; Posición 11: Monto anual ¢3.661.483,20;
Posición 12: Monto anual ¢3.661.483,20; Posición 13: Monto anual ¢3.661.483,20
y Posición 14: Monto anual ¢3.661.483,20. Demás condiciones de acuerdo al
cartel y la oferta respectiva.
Licda. Jeniffer Fernández Guillén.—1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N°
94192.—( IN2017167089 ).
INSTITUTO
NACIONAL DE APRENDIZAJE
UNIDAD REGIONAL CARTAGO
PROCESO DE ADQUISICIONES
COMPRA DIRECTA Nº 2017CD-000082-10
Equipo
de carnicería para industria alimentaria
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Cartago del Instituto Nacional de Aprendizaje, en Acta Nº 56-2017 del
05 de setiembre del 2017, artículo II, acuerda adjudicar el trámite Nº
2017CD-000082-10 “Equipo de carnicería para industria alimentaria” de la
siguiente manera:
Oferta
N° |
Oferente |
Líneas
recomendadas |
Monto
recomendado |
1 |
Transmetal Haeberle S. A. |
1 |
¢ 1.900.000.00 |
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Encargado.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 94116.— ( IN2017166812 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD DE ALAJUELITA
LICITACIÓN
ABREVIDA 2017LA-000004-MA
Compra, acarreo y colocación para el Proyecto
de Mejoramiento de la Red Vial cantonal para
una intervención de 2.935 toneladas de asfalto
en bacheo y recarpeteo en varios sectores
del cantón de Alajuelita
A todos los proveedores que participaron en
la Licitación Abreviada 2017LA-000004-MA, “compra, acarreo y colocación para el
Proyecto Mejoramiento de la Red Vial Cantonal para una intervención de 2935
toneladas de asfalto en bacheo y recarpeteo en varios sectores del cantón de
Alajuelita”, según resolución de la Alcaldía de las catorce horas con treinta y
ocho minutos del cuatro de setiembre, del dos mil diecisiete, se aprueba la
recomendación de adjudicación, por lo que se adjudica a la empresa Asfaltos CBZ S. A., cédula jurídica 3-101-382370 la Licitación 2017LA-000004-MA con los
servicios ofertados.
Alajuelita, 4 de setiembre de 2017.—Licda.
Karen Redondo Bermúdez, Proveedora.—1 vez.—( IN2017166903 ).
MUNICIPALIDAD
DE LA CRUZ
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000005-01
Adquisición
e instalación de cuatro juegos infantiles
(PlayGround), para
ser colocados en espacios libres
en el centro del
distrito La Cruz, cantón La Cruz,
con fondos del
programa III construcción y
mejoras de Parques
Recreativos-Infantiles
en el Cantón (Ley
7184 y Ley 7739)
El Departamento de
Proveeduría de La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, les comunica a todos
los interesados que la Licitación Abreviada N° 2017LA-000005-01, para la adquisición
e instalación de cuatro juegos infantiles (PlayGround), para ser colocados en
espacios libres en el Centro del distrito La Cruz, cantón La Cruz, con fondos
del programa III construcción y mejoras de Parques Recreativos-Infantiles en el
Cantón (Ley 7184 y Ley 7739), se adjudicó a la empresa Suplidora Santa María
Limitada, cedula jurídica 3-102-519722, por un monto
¢17.550.000,00 (diecisiete millones quinientos cincuenta mil colones con cero
céntimos), mediante acuerdo N° 2-2 de la sesión ordinaria N° 34-2017 del 31 de
agosto del año en curso.
La Cruz, Guanacaste,
5 de setiembre del 2017.—Lcda. Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.—1
vez.—( IN2017166876 ).
AVISOS
OPERADORA
DE PLANES DE PENSIONES
COMPLEMENTARIAS DEL
BANCO POPULAR
Y DE DESARROLLO
COMUNAL S. A.
La Operadora de
Planes de Pensiones Complementarias del Banco Popular y de Desarrollo Comunal
S. A., recibirá ofertas en sus oficinas ubicadas en San José, en el segundo
piso del edificio anexo del Club Unión, frente a Correos de Costa Rica, para
participar en el siguiente proceso de remate:
REMATE N° 2017LN-000006-01
Remate
de vehículo propiedad de Popular Pensiones S. A.
El remate se llevará
a cabo a las 11:00 horas del 28 de setiembre del 2017, y el retiro de las
condiciones del remate se puede hacer en la Sección Administrativa, con un
horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:30 p.m., haciéndose entrega
únicamente en forma electrónica, por lo que el interesado deberán presentar un
dispositivo USB (llave maya) para entregar el archivo del cartel en formato
PDF; o bien, podrá solicitarlo vía correo electrónico a la dirección
joaarias@bp.fi.cr según el siguiente detalle:
Inscrito.
Libre de gravámenes.
Descripción y estado de la pintura.
• Frente: buen estado. Únicamente un pequeño
golpe en la parte inferior del bumper
• Parte trasera: pequeños
golpes en la parte inferior del bumper
• Laterales: Buen estado. Sin
golpes ni abolladuras
Descripción y estado
de la tapicería: de tela en buenas condiciones:
Con dirección hidráulica.
Tipo de frenos: de discos ventilados en las
cuatro ruedas
Llantas: tubulares en buen estado (70% de
vida), repuesto nuevo.
Equipo de sonido de fábrica
Halógenos: en buen estado
Marca: Toyota
Estilo: Land Cruiser Prado TX
Categoría: automóvil
Tracción: 4x4
Capacidad: 7 pasajeros
Año fabricación: 2012
Color: blanco
Placa: BBW 268
Motor: marca Toyota, cilindrada 3000 c.c,
cilindros 4, combustible diesel
Kilometraje: 11,231 km
Record de agencia.
Precio base: ¢19.881,000,00 (Diecinueve
millones ochocientos ochenta y un mil colones con 00/100).
El vehículo podrá ser examinado de lunes a
viernes, entre las 8:00 a.m. y las 12:00 medio día, en el parqueo de Popular
Pensiones S. A., ubicado en el edificio anexo del Club Unión, frente a Correos
de Costa Rica, San José, previa cita con el señor Joaquín Arias, al teléfono
2010-0402.
Licda. Cinthia Solano
Fernández, Gerente de Administración y Finanzas.—V°B° Lic. Verny A. Rodríguez
Martínez, Jefe Sección Administrativa.—1 vez.—( IN2017166849 ).
AVISOS
JUNTA DE EDUCACIÓN DE
LA ESCUELA UNIÓN DE ROSALES
La Junta de Educación
de la Escuela Unión de Rosales, con cédula jurídica número: 3-008-066623,
invita a los proveedores y proveedoras incluidos en el Registro de Proveedores
Institucional, a manifestar si es su deseo continuar activos en el mismo y en
caso afirmativo a actualizar los datos, en el mismo sentido acuerda invitar a
todas las y los interesados en formar parte del Registro de Proveedores
Institucional. Lo anterior para el ejercicio económico 2018. Las solicitudes se
recibirán hasta las dieciséis horas del veintidós de setiembre de dos mil
diecisiete, el formulario estará a disposición de las y los interesados en la
oficina principal de la Escuela Unión de Rosales en Rosales de Desamparados, Central,
Alajuela, a partir de la publicación del respectivo aviso en el horario de
08:00 a. m. a 03:00 p. m. y no tendrá ningún valor económico. Es todo.
Publíquese.
Ligia María Gómez
Salas, Presidenta.—1 vez.—( IN2017166867 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN DE LA ESCUELA JACINTO PANIAGUA RODRÍGUEZ
La Junta de Educación de la Escuela Jacinto
Paniagua Rodríguez, con cédula jurídica número: 3-008-061233 invita a los
proveedores y proveedoras incluidos en el Registro de Proveedores
Institucional, a manifestar si es su deseo continuar activos en el mismo y en
caso afirmativo a actualizar los datos, en el mismo sentido acuerda invitar a
todas las y los interesados en formar parte del Registro de Proveedores
Institucional. Lo anterior para el ejercicio económico 2018. Las solicitudes se
recibirán hasta las dieciséis horas del seis de octubre de dos mil diecisiete,
el formulario estará a disposición de las y los interesados en la oficina
principal de la Escuela Jacinto Paniagua Rodríguez, en San Roque, Grecia,
Alajuela, a partir de la publicación del respectivo aviso en el horario de
07:00 am a 04:00pm, y no tendrá ningún valor económico. Es todo. Publíquese.
Marcela Porras Zamora, Presidenta.—1 vez.—(
IN2017166998 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL DR. RAFAEL ÁNGEL CALDERÓN GUARDIA
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La Dirección General
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de la Ley General de la
Administración Pública en virtud de que materialmente resulto imposible
localizar a la empresa Merkur Comercio y Salud S. A. cédula jurídica
3-101-356818, en la dirección registrada sea San José, Sabana Sur de Mac
Donalds 50 metros al este y 110 metros al sur, casa N° 1414 por ignorarse su
actual domicilio se procede por esta vía a comunicar que mediante resolución
número 0012-08- 2017 del 10 de agosto del 2017, se inicia el procedimiento
administrativo de apercibimiento, con base en el artículo 39 de la Constitución
Política, 11, 93 y 99 inciso a de la Ley de Contratación Administrativa y el
artículo 308 (a) y siguientes por la Licitación Nacional 2008LN-00005-3003, por
concepto de azúcar en bolsa y paquetitos, códigos 3-08-01-0100/3-08-01-0102,
por no cumplir con las obligaciones pactadas en el contrato la cual se
encuentra visible a folios 000002 al 000011 del expediente de incumplimiento.
Señalándose la comparecencia oral y privada para el día 6 de octubre del 2017 a
las 9 a. m. en la oficina de la Jefatura del Área de Gestión y Bienes y
Servicios, ubicada en el tercer piso del edificio de la administración del
Hospital Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia, situado en San José, barrio
Aranjuez del Instituto Meteorológico 75 metros al oeste edificio a mano derecha
de muro color verde, portones negros, antes de la línea del tren. Caja Costarricense de Seguro Social Hospital
Dr. Rafael Ángel Calderón Guardia Área de Gestión de Bienes y Servicios 101.
Tel.: (506) 2212-11030 2212-1045 - Fax: (506) 2223-3912 Página 2 de 2 29 de
agosto de 2017 Se comunica que contra la presente resolución caben los recursos
de revocatoria y apelación dentro del plazo de los 24 horas siguientes a la
partir de la última notificación, ante la Dirección Administrativa Financiera
según los artículos 344, 345 y 346 de la Ley General de la Administración
Pública, Notifíquese.
Área de Gestión de
Bienes y Servicios.—Licda. Laura Torres Carmona, Jefa.—( IN2017163664 ).
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL
HOSPITAL
DR. MAX TERÁN VALLS
ÁREA DE
GESTIÓN BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000009-2308 (Aviso N° 1)
Objeto contractual: Insumos varios para uso del
servicio
de emergencias (agrupamiento de 25 ítems)
Debido a Objeciones al cartel presentadas, se
les comunica a los interesados a participar en el presente concurso, que la
última versión del cartel se encuentra a disposición en el Área de Gestión de
Bienes y Servicios del Hospital Max Terán Valls, Puerto Quepos, situada de la
esquina noreste del parqueo para vehículos de funcionarios 50 metros al norte,
parte posterior de las instalaciones del Hospital.
El
Pliego Cartelario con las especificaciones técnicas y formularios respectivos
pueden ser retirados en forma digital por el oferente interesado en participar,
a través de los siguientes medios:
A través de nuestra página Web
http://portal.ccss.sa.cr/portal/page/portal/Portal/Licitaciones/UP-2308.
En nuestras
oficinas administrativas de la Subárea de Planificación y Contratación
Administrativa del Área de Gestión de Bienes y Servicios, cita en el Centro
Hospitalario Hospital Dr. Max Terán Valls / Caja Costarricense de Seguro
Social, ubicado 300 metros de la Pista de Aterrizaje de la Managua, distrito
Quepos, cantón Quepos, provincia Puntarenas.
La última versión al Cartel está constituida
por las Condiciones y Especificaciones Técnicas y su Sistema de Evaluación.
Es
responsabilidad de quien adquiere el cartel, mediante fotocopiado del mismo, en
nuestras oficinas administrativas, verificar que el mismo se le entrega
completo. El costo por hoja es de ¢20.00 (Veinte colones con 00/100).
Es
importante indicar que se mantiene la fecha y hora máxima de apertura de
ofertas, para el jueves 21 de setiembre del 2017 al ser las 13 horas con 00
minutos.
Subárea de Planificación y Contratación
Administrativa.—Licda. Ana Lisette Acuña Vargas, Coordinadora.—1 vez.—(
IN2017166952 ).
HOSPITAL
DR. FERNANDO ESCALANTE PRADILLA
El Área Gestión Bienes y Servicios del
Hospital Dr. Fernando Escalante Pradilla de Pérez Zeledón, aclara
que en la Notificación de Adjudicación del expediente Nº 2017LN-000001-2701,
por compra de “Limpieza y vigilancia”, la cual fue publicada en La Gaceta
Nº 161, fechada 25 de agosto del 2017, se
indicó que la
empresa adjudicada para el ítem Nº 02 es: VMA Servicios de Limpieza Integrales S.
A., siendo lo correcto: Consorcio VMA-VMA Comercial.
San Isidro de El General, 09 de setiembre del
2017.—Área de Gestión Bienes y Servicios.—Licda. Ligia Castrillo Morales,
Jefa.—1 vez.—( IN2017167006 ).
INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y
ALCANTARILLADOS
LICITACIÓN ABREVIADA Nº. 2017LA-00053-PRI
(Circular N° 1)
Extensión
de línea primaria de media tensión trifásica
de Pleyades de
Valle la Estrella
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), cédula jurídica N° 4-000-042138,
comunica a todos los interesados en participar en la licitación arriba
indicada, que se prorroga la fecha de apertura de ofertas para el 20 de
setiembre del 2017, a las 8:00 horas. Demás condiciones permanecen invariables.
Licda. Iris Fernández
Barrantes, Dirección de Proveeduría.— 1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N°
94169.—( IN2017167057 ).
LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
N° 2017LN-000016-PRI
(Circular N° 3)
Construcción
del sistema de abastecimiento
de agua potable
para la comunidad
de Cajón de Pérez
Zeledón
(construcción de
planta potabilizadora)
El Instituto
Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, en adelante AyA, cédula jurídica
N° 4000-042138, comunica a todos los interesados en participar en la Licitación
arriba indicada, que se efectúan las siguientes modificaciones al cartel:
Modificaciones al Volumen I:
En el
Capítulo 1, el artículo 12 debe leerse de la siguiente manera:
Artículo 12: Vigencia
de las ofertas
Las
ofertas tendrán una vigencia mínima de 120 día s hábiles, contados a partir de
la fecha de su apertura.
En el
Capítulo 1, el artículo 15 debe leerse de la siguiente manera:
Artículo 15: Garantía
de participación
Cada
oferta deberá acompañarse de una Garantía de Participación. El monto de la
misma será de un 3% del valor total de la oferta y deberá tener 120 días
hábiles contados a partir de la fecha establecida para la apertura de ofertas.
Las demás condiciones
del cartel permanecen invariables.
Dirección de
Proveeduría.—Licenciada Iris Fernández Barrantes.— 1 vez.—O. C. N°
6000002134.—Solicitud N° 94185.—( IN2017167058 ).
MUNICIPALIDADES
MUNICIPALIDAD
DE ESCAZÚ
SUBPROCESO DE PROVEEDURÍA
MODALIDAD DE ENTREGA SEGÚN DEMANDA
LICITACIÓN PÚBLICA
N° 2017LN-000019-01 (Modificación)
Contratación
de servicio de vigilancia
de las
instalaciones municipales
Se comunica a los
potenciales oferentes, cuya invitación a participar se publicó en el Diario
Oficial
La Gaceta N° 153 del lunes catorce de agosto de dos
mil diecisiete, que en acatamiento de lo dispuesto en el artículo N° 60 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se prorroga el plazo para
la recepción de ofertas para el siguiente procedimiento de contratación
administrativa: Licitación Pública Modalidad de Entrega Según Demanda N°
2017LN-000019-01, contratación de servicio de vigilancia de las instalaciones
municipales.
Se recibirán ofertas hasta las nueve horas del
lunes 2 de octubre del 2017.
Licda. Laura Cordero
Méndez, Proveedora Municipal.—1 vez.— O. C. N° 34863.—Solicitud N° 94176.—(
IN2017167052 ).
MUNICIPALIDAD
DE CARTAGO
LICITACIÓN ABREVIADA
N° 2017LA-000022-MUNIPROV
Adquisición
de equipo móvil tipo hand held,
impresoras
portátiles y software
A los interesados en
esta licitación se les hace saber que en nuestra página web
www.muni-carta.go.cr, se encuentran aclaraciones a la misma.
Lic. Isela María
Quirós, Proveedora.—1 vez.—( IN2017166944 ).
N° 2017-391
ASUNTO: Modificación
parcial al Reglamento de asignación, uso y control de microcomputadoras
portátiles.
Sesión N° 201760 ordinaria.—Fecha de realización: 29/Aug/2017.—Acuerdo
N° 2017391.—Artículo 3.2 Modificación parcial al Reglamento de Asignación, Uso
y Custodia de microcomputadoras portátiles. Memorando
PRE-DJ-2017-03509.—Atención: Dirección Tecnologías de la Información, Dirección
Jurídica.—Asunto: Modificación parcial al Reglamento de asignación, uso y
control de microcomputadoras portátiles.—Fecha comunicación 31/Aug/2017.
MODIFICACIÓN PARCIAL AL
REGLAMENTO
DE ASIGNACIÓN, USO Y CONTROL
DE MICROCOMPUTADORAS PORTÁTILES,
ACUERDO N° 2010-503 DEL17 DE AGOSTO
DEL 2010, Y PUBLICADO EN EL PERIÓDICO
OFICIAL LA GACETA N° 181 DEL VIERNES
17 DE SETIEMBRE 2010
Conoce esta Junta Directiva del Proyecto de Modificación Parcial al
Reglamento de Asignación, Uso y Control de Microcomputadoras Portátiles” y
acuerda:
Considerandos:
I.—Que el AyA está en la obligación de regular la correcta asignación
del equipo de cómputo portátil a usuarios autorizados por el Reglamento vigente
para utilizar para sus labores o servicios cotidianos, o bien para proyectos
específicos, el equipo que sea propiedad del Instituto, o bien, esté en
alquiler.
II.—Que si bien el
artículo 3 siguientes y concordantes de la Ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la función Pública N° 8244, define que el
funcionario público estará obligado a orientar su gestión a la satisfacción del
interés público, así como administrar los recursos públicos con apego a
principios de legalidad, eficacia, economía y eficiencia, ello no exime al AyA
de establecer medidas de control respecto de la asignación y el uso del equipo
portátil que sean tanto adecuadas como razonables para cumplir con la finalidad
para lo cual han sido instauradas.
III.—Que es necesario
establecer un procedimiento que permita un trámite más expedito que el actual
en la entrega del equipo portátil a funcionarios o contratistas por parte de la
Dirección encargada de las Tecnología de Información, y mediante el cual se
logre el fin de resguardar los activos y establecer un control eficaz de su
asignación y uso.
IV.—Que el artículo
11, inciso i) de la Ley Constitutiva de AYA, le confiere a la Junta Directiva
la facultad de dictar sus propios Reglamentos Internos, razón por la cual es
legalmente procedente someterlos a revisión y modificación, en apego a la
ciencia, la técnica y la satisfacción de los intereses institucionales. Por
tanto:
Único: Esta Junta Directiva acuerda la siguiente modificación de los
artículos 3°, 5°, 7°, 8°, 10°, 11° y 12° del Reglamento de Asignación, Uso y
Control de Microcomputadoras Portátiles vigente:
Artículo 3°—Se podrá autorizar la asignación de
las microcomputadoras portátiles adquiridas por el AyA o bien que estén en
alquiler, a los funcionarios de la Institución nombrados en propiedad o
interinos, y a contratistas por servicios técnicos o profesionales, para su uso
y custodia durante el ejercicio exclusivo de las funciones que les corresponden
y en razón de los puestos que desempeñan, cuando ello se fundamente en razones
de necesidad y conveniencia institucional estrechamente relacionadas con las
funciones desempeñadas o los servicios prestados.
La microcomputadora portátil podrá asignarse
para las labores ordinarias del funcionario o contratista, o bien, para un
propósito o proyecto específico, mas en todo caso, será necesaria la
formalización de un Acta Administrativa de Asignación de Equipo de Cómputo en
el momento en el que se realice la entrega de la computadora portátil.
Al funcionario o contratista que se le apruebe
la asignación de una microcomputadora portátil, y ya dispone de una
microcomputadora de escritorio, deberá devolver esta última a la Dirección
encargada de las Tecnologías de Información para su reasignación, salvo que
exista una justificación técnica para disponer de ambos equipos.
Artículo 5°—Para el contratista del AyA rigen
las mismas disposiciones referentes al uso de bienes y activos que aplican para
los funcionarios, por lo que tanto en los carteles de los procedimientos de
contratación como en los contratos de servicios, AyA procurará que conste
claramente estipulado que el contratista será responsable por el uso de los
bienes, activos y herramientas institucionales que se le asignen para el
desempeño de sus funciones, y que en dichos documentos se describirán,
incluida, cuando proceda, una microcomputadora portátil cuyas condiciones y
características proveerá la Dirección encargada de las Tecnologías de
Información a nivel institucional.
Los documentos contractuales citados igualmente
detallarán las acciones a adoptar en caso de incumplimientos, de tal forma que
se garantice a AyA la recuperación del valor de los activos y sus accesorios,
cuando se den extravíos o daños por descuido o mal uso.
Sin demérito de lo señalado en los artículos
siguientes, para la entrega formal de la microcomputadora al contratista para
su uso exclusivo y personal deberá mediar en todo caso la firma del Acta
Administrativa de Asignación de Equipo de Cómputo, en la cual se detallará que
éste la recibe y se hace responsable por su adecuado uso y custodia.
Artículo 7°—Será responsabilidad de la
Dirección encargada de Tecnologías de Información la formalización del Acta
Administrativa de Asignación de Equipo de Cómputo al momento de realizar la
entrega del equipo. Lo anterior, una vez otorgada la aprobación de la asignación
a un funcionario o bien en un momento posterior a la firma de un contrato de
servicios, y tan pronto se dé el cumplimiento de otras condiciones o requisitos
detallados en los artículos precedentes. Será suscrita por la persona a la que
se le asignará el equipo, por el funcionario autorizado para realizar la
entrega, y al menos por otro servidor que presencie el acto. Estos dos últimos
deberán ser funcionarios de la Dirección mencionada.
En el Acta se incluirán como mínimo los datos
del usuario, la descripción detallada de la microcomputadora, la totalidad de
sus accesorios y cuando proceda el período de asignación del equipo. No
obstante, podrá incorporarse cualquier otro dato o información que se
consideren necesarios para el caso en particular, y sin que ello contravenga
las disposiciones reglamentarias.
Artículo 8°—El despido o renuncia del
funcionario, así como el vencimiento del contrato por servicios profesionales
del contratista, implicarán la devolución de la microcomputadora portátil.
Además, la Gerencia General, Subgerencias o Auditoría Interna, podrán
determinar, por razones que así lo justifiquen, el retiro de ésta, entre otras
causas por:
i) Cambio
de funciones del trabajador respecto de las que no se justifique el préstamo
del equipo.
ii) Cambio
de lugar de trabajo del funcionario en el que las nuevas funciones a asumir no
justifiquen el préstamo del equipo.
iii) Uso
indebido la microcomputadora portátil según lo establecen el presente
Reglamento y el Reglamento para la Adquisición y Administración de Recursos
Informáticos.
iv) Desaparición
de la necesidad institucional.
v) Limitaciones
presupuestarias que obliguen a una reasignación de los recursos.
vi) Incumplimiento
a las disposiciones de este Reglamento.
vii) Cualquier
otra causa a criterio discrecional de la Gerencia General, Subgerencias o
Auditoría Interna.
Artículo
10.—Condiciones
del equipo devuelto. El funcionario o contratista
deberá devolver el equipo en perfecto estado de funcionamiento y conservación
al Director de la Dependencia el mismo día del cese de sus funciones o
vencimiento del contrato, o bien cuando se configuren las situaciones del
artículo anterior; caso contrario, se le apercibirá por una única vez. De
persistir la negativa se interpondrá denuncia penal respectiva ante los
Tribunales de Justicia por retención indebida de bienes públicos.
El
Director de la Dependencia deberá coordinar la devolución del equipo con la
Dirección a cargo de las Tecnologías de Información a nivel institucional, lo
cual deberá hacerse constar por escrito para efectos de los controles
instaurados sobre el equipo asignado. Lo anterior será un requisito necesario
para poder realizar una posterior reasignación, según lo establece el
Reglamento de TI.
Artículo
11.—Son obligaciones de los funcionarios responsables y contratistas a quienes
se asigne una microcomputadora portátil propiedad de AyA o de alquiler:
i) Garantizar que no se comprometa la
información de la Institución, por lo que debe tener controles de acceso y
contar con un antivirus actualizado, para evitar la pérdida o divulgación a la
información almacenada y procesada por esta herramienta; igualmente debe contar
con un bloqueo de seguridad o control equivalente.
ii) Mantener únicamente
instalado el software autorizado y debidamente licenciado por la Institución.
iii) No dejar desatendido y sin
resguardo el equipo que transporta información importante de la Institución,
sensible y/o crítica, para prevenir hurto, fraude o mal uso de la información
por usuarios no autorizados.
iv) Utilizar la microcomputadora
portátil únicamente para labores atinentes a su cargo y que motivaron su
préstamo.
v) Acatar las disposiciones que
sobre la utilización de la microcomputadora se establezcan en el presente
Reglamento, en el Acta Administrativa, así como en cualquier otra normativa
institucional vigente.
vi) Proteger físicamente la
microcomputadora contra robo o extravío.
vii) En caso de robo o hurto,
presentar la denuncia respectiva ante la instancia judicial correspondiente, en
un plazo máximo de dos días hábiles posteriores a la comisión de los hechos,
debiendo presentar copia ante la Dirección encargada de las Tecnologías de
Información institucionales.
viii) En caso de extravío, robo,
daño u otra situación similar, previo a resolver lo que corresponda, exponer en
el término de dos (2) días hábiles ante la Gerencia General lo pertinente, a
fin de que se instauren los procesos que correspondan. Si se llegase a
comprobar el dolo o culpa grave, la Administración podrá ejercer las acciones
pertinentes para la recuperación o reparación del daño.
ix) Cualesquiera otra que se
haya considerado en el Acta que el funcionario o contratista han suscrito con
la Administración.
Artículo
12.—El funcionario o contratista por servicios profesionales o técnicos al que
se le asigne una microcomputadora portátil será responsable exclusivo de su
correcta utilización, tutela y custodia, así como de mantenerla en perfectas
condiciones de funcionamiento y conservación, lo mismo que a los accesorios y
componentes que también le fueran entregados (baterías, memorias, cargador,
mousse, cables, estuche, entre otros.)
El
incumplimiento comprobado de sus obligaciones según las detalla este
Reglamento, se considerará falta grave, y se le suspenderá inmediatamente su
otorgamiento, sin perjuicio de cualquier otro tipo de sanciones que, previo
debido proceso, sean establecidas conforme a la normativa vigente aplicable.
Para lo anterior, se
solicitará a quien corresponda, efectuar la investigación disciplinaria
pertinente que establece la Ley General de la Administración Pública.
La presente modificación rige a partir del día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Comuníquese. Publíquese.
Acuerdo firme.
Junta
Directiva.—Licda. Karen Naranjo Ruiz.—1 vez.—O. C. N° 6000002134.—Solicitud N° 93768.—(
IN2017165750 ).
SERVICIO
NACIONAL DE ADUANAS
SUBASTA PÚBLICA ADUANERA
De conformidad con la
Ley General de Aduanas Nº 7557 del 8 de noviembre de 1995, su reglamento y reformas,
se detalla a continuación las mercancías en condición de abandono que serán
subastadas públicamente y de forma individual en la Aduana Limón, a las 9:30 horas del día 28 del mes de setiembre del
año 2017, en las instalaciones de la
misma, sita situada en Limón centro, contiguo a las instalaciones Portuarias de
JAPDEVA.
Depositario Aduanero:
Terminales de Limón S. A., Código: A-152, cédula jurídica Nº 3-10107093206.
Dirección: carretera Saopín, contiguo al Liceo Nuevo de Limón.
Detalle
de la mercancía
Boleta Nº A152-08-2015.
Consignatario: Johnson y Johnson. Movimiento de inventario: 102499-2015.
Descripción: 10 cajas de aceite de bebe, nuevo Johnson´s, de 200ml, por unidad,
cada caja contiene 12 unidades. Cantidad: 10. Embalaje: cajas. Valor aduanero:
$794.40. Tiene la nota técnica 57. Precio base: ¢130.579,17.
Boleta
Nº A152-18-2016. Consignatario: Graciela Durley.
Movimiento de inventario: 112765-2016. Descripción: 410 pares de zapatos,
hamacas y toldos nuevos. pkg. Valor aduanero: $606,41. Precio base: ¢98.334,41.
Se informa a los interesados los siguientes
puntos para su consideración:
a. El interesado puede apersonarse al lugar de
ubicación de la mercancía, para observarla dentro del plazo de tres días
previos al inicio de la Subasta.
b. Para poder participar en la
subasta es indispensable depositar por concepto de anticipo y mediante cheque
certificado a favor de la Dirección General de Aduanas o de la aduana
correspondiente, una suma equivalente al 10% del precio base de las mercancías
que desee adquirir.
c. En caso de existir una
diferencia entre el monto del cheque que funge como anticipo y el monto de
adjudicación de las mercancías, el mismo se debe cancelar de forma inmediata o
más tardar el día hábil siguiente de la adjudicación, mediante efectivo
(entero- transferencia) o cheque certificado. La subasta aduanera es pública,
por lo que cualquier interesado puede tener acceso, con excepción de
participación como postor o comprador, tanto de forma directa o indirecta, de
los funcionarios del Servicio Nacional de Aduanas, ni sus parientes con
afinidad o consanguinidad hasta el tercer grado inclusive.
d. El costo por concepto de
bodegaje de las mercancías no está incluido en el precio base, por lo tanto los
interesados deben pactar tal rubro directamente con el respectivo depositario
aduanero.
e. En el caso de mercancías
sujeta a restricciones no arancelarias, el interesado debe presentar el debido
permiso, licencia o autorización vigente, en el momento de la subasta.
Dagoberto Galo Muñoz,
Gerente Aduana Limón.—Msc. Gabriel Porras Duran, Subgerente Aduana Limón.—1
vez.—O.C. Nº 3400031718.—Solicitud Nº 93823.—( IN2017166960 ).
VICERRECTORÍA DE VIDA ESTUDIANTIL
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ORI-4129-2017.—Castro
Myrie Sira, cédula 7-0086-0561, ha solicitado reposición del título Licenciada
en Administración Pública. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre
la vida y costumbres de la solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha
de ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes
a la publicación del tercer aviso. Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los
veintinueve días del mes de agosto del año dos mil diecisiete.—Oficina de
Registro e Información.—MBA José Rivera Monge, Director.—( IN2017164247 ).
Doctorado en Estudios de la Sociedad y la Cultura
(DESC), comunica al público en general clientes y proveedores el extravió de
los recibos de dinero del N° 0535856 al N° 0535860; 0535862 al 0535900; del
0579501 al 0579550, 0613151 al 0613200 y 696551 al 696600 por lo tanto, no se
hace responsable del uso indebido de estos documentos. Jacqueline Velásquez
Umaña, cédula 1-1038-0572.
Jacqueline Velásquez Umaña.—( IN2017164260 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ORI-3822-2017.—Rivera Varela José Ángel,
cédula 3-0181-0154, ha solicitado reposición del título Magister en
Administración de Negocios. Cualquier persona interesada en aportar datos sobre
la vida y costumbres del solicitante, podrá hacerlo mediante escrito que ha de
ser presentado ante esta Oficina dentro de los cinco días hábiles siguientes a
la publicación del tercer aviso.—Ciudad Universitaria Rodrigo Facio, a los once
días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—Oficina de Registro e Información.—MBA.
José Antonio Rivera Monge, Director.—( IN2017165539 ).
VICERRECTORÍA ACADÉMICA
EDICTO
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante el Departamento
de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición
de diploma, por: Extravío. Correspondiente al título de: Bachillerato en
Ciencias Geográficas con Énfasis en Ordenamiento del Territorio. Grado
académico: Bachillerato, registrado en el libro de títulos bajo: tomo 28, folio
82, asiento: 1344, a nombre de Vargas Bolaños Christian Alonso, con fecha: 5 de
julio de 2012, cédula de identidad: 112540314. Se pública este edicto para oír
oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 25 de agosto del 2017.—Departamento de
Registro.—M.A.E. Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2017164318 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante el Departamento
de Registro de la Universidad Nacional se ha presentado solicitud de reposición
de diploma, por: extravío, correspondiente al título de: Licenciatura en
Pedagogía con Énfasis en I y II Ciclos de la Educación General Básica. Grado
académico: Licenciatura, registrado en el libro de títulos bajo: tomo: 18,
folio: 341, asiento 2762, a nombre de Sánchez Torres Edgar, con fecha 29 de
noviembre del 2002, cédula de identidad: 6-0137-0362. Se publica este edicto
para oír oposiciones a dicha reposición dentro del término de quince días
hábiles a partir de la tercera publicación en La Gaceta.—Heredia, 7 de julio del 2017.—Departamento de Registro.—M.A.E. Marvin
Sánchez Hernández, Director.—( IN2017165547 ).
Ante el Departamento de Registro de la Universidad
Nacional se ha presentado solicitud de reposición de diploma, por: extravío.
Correspondiente al título de: Licenciatura en Administración Educativa. Grado
académico: Licenciatura. Registrado en el libro de Títulos bajo tomo 21, folio
14. Asiento: 168, a nombre de: Sánchez Torres Édgar, con fecha: 26 de abril del
2005, cédula de identidad: 6-0137-0362. Se pública este edicto para oír
oposiciones a dicha reposición, dentro del término de quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en La Gaceta, Heredia, 07
de julio del 2017.—Departamento de Registro.—Programa de Graduación.—M.A.E.
Marvin Sánchez Hernández, Director.—( IN2017165548 ).
EDICTOS
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
La señora Diana Carolina Noguera Orozco,
cédula de residencia Nº 117001595011, ha presentado para el trámite de
reconocimiento y equiparación el diploma con el título Ingeniera Ambiental,
obtenido en la Universidad del Cauca. Cualquier persona interesada en aportar
información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que
debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.
Cartago, 09 de mayo 2017.—Departamento de
Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O.C. Nº
20150003.—Solicitud Nº 91246.—( IN2017165092 ).
El señor Nicolás Pestaña Marín, cédula de identidad
N° 114260734, ha presentado para el
trámite de reconocimiento y equiparación el diploma con el título arquitecto
obtenido en la Universidad Nacional de la Plata. Cualquier persona interesada
en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un
escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del
Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 28 de agosto
2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 93527.—( IN2017165163 ).
El señor Jorge Alejandro Lépiz Chaves, cédula de
identidad No. 111790810, ha presentado para el trámite de reconocimiento y
equiparación el diploma con el título Master In Business Administration
obtenido en el INCAE. Cualquier persona interesada en aportar información al
respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser
presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico
de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación
del tercer aviso.
Cartago, 28 de agosto
2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 93528.—( IN2017165239 ).
La señora Genoveva Guadalupe Salmerón Mejía,
pasaporte N° 003943684, ha presentado para el trámite de reconocimiento y
equiparación el diploma con el título de Licenciada en Gerencia Informática
obtenido en la Universidad Dr. José Matías Delgado. Cualquier persona interesada
en aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un
escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del
Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 28 de agosto
2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 93534.—( IN2017165240 ).
El señor Luis Güell Carboni, cédula de residencia Nº
184000399018, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación el
diploma con el título Máster en Administración de Negocios con Énfasis en
Mercadeo obtenido en National University. Cualquier persona interesada en
aportar información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un
escrito que debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del
Instituto Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles
siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago,
28 de agosto 2017.—Departamento de Admisión y
Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez, M.Ed., Director.—O. C. Nº
20150003.—Solicitud Nº 93551.—( IN2017165309 ).
El señor Juan Carlos Brenes Torres, cédula de
identidad Nº 111620640, ha presentado para el trámite de reconocimiento y
equiparación el diploma con el título Master Universitario en Automática e
Informática Industrial obtenido en la Universidad Politécnica de Valencia.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este
trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 28 de agosto
2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O.C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 93575.—( IN2017165312 ).
La señora Mónica Porras García, cédula de residencia
N° 186200644603, ha presentado para el trámite de reconocimiento y equiparación
el diploma con el título Arquitecto obtenido en la Universidad Simón Bolívar.
Cualquier persona interesada en aportar información al respecto de este
trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que debe ser presentado en el
Departamento de Admisión y Registro del Instituto Tecnológico de Costa Rica,
dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación del tercer aviso.
Cartago, 28 de agosto
del 2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. N° 20150003.—Solicitud N° 93577.—( IN2017165368 ).
El señor Carlos Luis Chanto Espinoza, cédula de
identidad Nº 503020651, ha presentado para el trámite de reconocimiento y
equiparación el diploma con el título Maestría en Dirección Estratégica,
Especialidad Tecnologías de la Información, obtenido en la Universidad
Internacional Iberoamericana. Cualquier persona interesada en aportar
información al respecto de este trámite, podrá hacerlo mediante un escrito que
debe ser presentado en el Departamento de Admisión y Registro del Instituto
Tecnológico de Costa Rica, dentro de los quince días hábiles siguientes a la
publicación del tercer aviso.
Cartago, 03 de agosto del
2017.—Departamento de Admisión y Registro.—Ing. Giovanny Rojas Rodríguez,
M.Ed., Director.—O. C. Nº 20150003.—Solicitud Nº 91244.—( IN2017165432 ).
ÁREA DE ESTADÍSTICAS CONTINUAS
UNIDAD DE ÍNDICES DE PRECIOS
El Instituto Nacional
de Estadística y Censos avisa que los índices de precios de la construcción
base febrero 2012, correspondientes a julio de 2017, son los siguientes:
Para ver imagen solo en La Gaceta
con formato PDF
Elizabeth Solano
Salazar, Subgerente.—1 vez.—O. C. Nº 4577.—Solicitud Nº 92316.—( IN2017165922 ).
INFORMACIÓN
OEC 006-2017
El Ente Costarricense de Acreditación ECA, en
cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 16 del Reglamento de
Estructura Interna y Funcionamiento; publicado en La
Gaceta N° 77
del 13 de mayo del 2016, da a conocer el otorgamiento y estado de las
siguientes acreditaciones:
Para ver imágenes solo en La Gaceta
con formato PDF
San
José, 28 de agosto del 2017.—Ing. Eric Chaves Vega, MSc., Gerente General.—1
vez.—( IN2017165849 ).
JUNTA DE EDUCACIÓN DEL CENTRO EDUCATIVO ESCUELA DR.
RICARDO MORENO CAÑAS
Se hace conocimiento que la Junta de
Educación del Centro Educativo Escuela Dr. Ricardo Moreno Cañas, situada en
Jicaral, cédula jurídica 3-008-084216 ha solicitado a la Procuraduría General
de la República, la inscripción registral del bien inmueble no inscrito,
ubicado en la provincia de Puntarenas cantón de Puntarenas, distrito de
Lepanto, situada en la comunidad de Jicaral, terreno donde se localiza el
Centro Educativo Escuela Dr. Ricardo Moreno Cañas (escuela vieja), el cual
colinda al norte con, la Municipalidad de Puntarenas (parque), al sur con,
Manuel Cubero Vargas al este con, calle pública y oeste, María Luisa Contreras
Valdez, cuenta con plano catastrado número P-47939-92, con un área de 2256,08 m2;
dicha inscripción se realiza según el artículo 27 de la Ley 5060. Ley General
de Caminos Públicos. La Junta de Educación ha mantenido la posesión en dicho
inmueble por más de diez años, en forma quieta, pública, sin interrupción, de
buena fe ya título de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se
pretende inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la
publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y
Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación Pública (MEP) o bien
a la Procuraduría General de la República, Notaría del Estado en la cual se
están realizando las presentes diligencias. Nombre (presidente junta) Carlos
Alberto Méndez Salas, portador de la cédula de identidad N° 1-0502-0047.
San José, once de agosto del año dos mil diecisiete.—Carlos
Méndez Salas, Presidente de la Junta de Educación.—1 vez.—( IN2017165901 ).
Se hace conocimiento
que la Junta de Educación del centro educativo Escuela Dr. Ricardo Moreno
Cañas, situada en Jicaral, cédula jurídica 3-008-084216 ha solicitado a la
Procuraduría General de la República, la inscripción registral del bien
inmueble no inscrito, ubicado en la provincia de Puntarenas, cantón de
Puntarenas, distrito de Lepanto situada en la comunidad de Jicaral, terreno
donde se localiza el Centro Educativo Escuela Dr. Ricardo Moreno Cañas el cual
colinda al norte, con calle pública, al sur, con: Otoniel Guerrero Espinoza, al
este, con Misaei Alvarado Carmona y oeste, calle pública cuenta con piano
catastrado número P-869433-89 con un área de 17989,96 m2; dicha inscripción se
realiza según el artículo 27 de la Ley 5060. Ley General de Caminos Públicos.
La Junta de Educación ha mantenido la posesión en dicho inmueble por más de
diez años, en forma quieta, pública, sin interrupción, de buena fe y a título
de dueña. Quien se crea con derecho sobre el inmueble que se pretende
inscribir, deberá hacerlo saber en el plazo de un mes a partir de la
publicación del presente edicto, en la Dirección de Infraestructura y
Equipamiento Educativo (DIEE) del Ministerio de Educación Pública (MEP) o bien
a la Procuraduría General de la República, Notaria del Estado en la cual se
están realizando las presentes diligencias. Nombre (Presidente Junta) Carlos
Alberto Méndez Salas, portador de la cédula de identidad: 1-0502-0047.—San
José, once de agosto del año dos mil diecisiete.—Carlos Méndez Salas
Presidente.—1 vez.—( IN2017165902 ).
EDICTOS
La Municipalidad de
Golfito, Alcaldía Municipal hace del conocimiento general que la sociedad Casa
Clara Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-179849, domiciliada avenida
primera, calles 29 y 31, casa Nº 3144, San José y representada por el señor
Sergio Jiménez Odio, mayor, casado una vez, abogado, vecino San José, portador
de la cédula de identidad 1-0897-0615; de conformidad con el artículo 38 del
Reglamento de la ley 6043 sobre la Zona Marítimo Terrestre del 2 de marzo de
1977, Decreto Ejecutivo N° 7841-P del 16 de diciembre de 1977, solicita en
concesión una parcela localizada en Punta Banco, distrito cuarto Pavón, cantón
sétimo Golfito, provincia sexta Puntarenas, tramitado bajo el expediente N°
CO-46-B-1997, dicha parcela se ubica entre los mojones del Instituto Geográfico
Nacional Nº 206 al 208, no ubicándose en la parcela zonas clasificadas como
Patrimonio Natural del Estado según consta en el Informe ACOSA-PNE-022-10 del
06 de setiembre del año 2010. Dicha concesión consta de un área de 1 985.00 m2
(mil novecientos ochenta y cinco metros cuadrados) según se describe en el
plano catastrado Nº P-1464594-2010. Es terreno para dedicarlo al uso permitido
de vivienda unifamiliar de la Zona de Vivienda Recreativa-Turística (ZVR-T),
declarados así en el Plan Regulador de uso de suelo de Playa Banco, publicado
en el Diario oficial La
Gaceta N° 27 del jueves siete de febrero del 2002, y
linda al norte, calle pública; sur, zona restringida de la Zona Marítimo
Terrestre; este, zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre y calle pública
y oeste, zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre. Se conceden 30 días
hábiles a partir de esta única publicación a todos los interesados, para oír
oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Plataforma de Servicios
con la firma debidamente autenticada y con el timbre del Colegio de Abogados en
dos tantos (original y copia).—Golfito, 24 de agosto de 2017.—Elberth Barrantes
Arrieta, Alcalde.—1 vez.—( IN2017165449 ).
La Municipalidad de Golfito, Alcaldía Municipal hace
del conocimiento general que la sociedad Kaunos Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-179100, domiciliada avenida primera, calles 29 y 31, casa número
3144, San José y representada por el señor Norman de Pass Ibarra, mayor, casado
una veces, abogado, vecino de San José, portador de la cédula de identidad
9-0108-0186; de conformidad con el artículo 38 del Reglamento de la Ley N° 6043
sobre la Zona Marítimo Terrestre del 2 de marzo de 1977, Decreto Ejecutivo N°
7841-P del 16 de Diciembre de 1977, solicita en concesión una parcela
localizada en Punta Banco, distrito cuarto Pavón, cantón sétimo Golfito,
provincia sexta Puntarenas, tramitado bajo el expediente N° CO-46-C-1997, dicha
parcela se ubica entre los mojones del Instituto Geográfico Nacional N° 207 al
208, no ubicándose en la parcela zonas clasificadas como Patrimonio Natural del
Estado según consta en el Informe ACOSA-PNE-022-10 del 06 de setiembre del año
2010. Dicha concesión consta de un área de 1 550.00 m² (mil quinientos
cincuenta metros cuadrados) según se describe en el plano catastrado número
P-1465472-2010. Es terreno para dedicarlo al uso permitido de vivienda
unifamiliar de la Zona de Vivienda Recreativa-Turística (ZVR-T), declarados así
en el Plan Regulador de uso de suelo de Playa Banco, publicado en el Diario
Oficial La Gaceta N° 27 del jueves siete de febrero del 2002,
y linda al norte, zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre; sur, zona
restringida de la Zona Marítimo Terrestre; este, zona restringida de la Zona
Marítimo Terrestre, y oeste, calle pública de 14 metros. Se conceden 30 días
hábiles a partir de esta única publicación a todos los interesados, para oír
oposiciones, las cuales deberán ser presentadas en la Plataforma de Servicios
con la firma debidamente autenticada y con el timbre del Colegio de Abogados en
dos tantos (original y copia). Es todo.—Puntarenas, Golfito, 21 de agosto del
2017.—Firma elegible.—Elberth Barrantes Arrieta, Alcalde.—1 vez.—( IN2017165450
).
PRIVATE PROPERTY REGISTRY S. A.
Por este medio se convoca a asamblea general
extraordinaria de socios de Private Property Registry S. A., la cual se llevará
a cabo en las oficinas de la empresa, el día 16 de octubre del 2017. Asunto:
Elección de Junta Directiva. Primera convocatoria: a las 18:00 horas. Segunda
convocatoria: a las 19:00 horas.—Uri Lipzyc F., Secretario.—1 vez.—(
IN2017166840 ).
ROPEZA SOCIEDAD ANÓNIMA
Ropeza Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento treinta y dos mil cuatrocientos cinco, convoca a
sus socios a la realización de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios, a realizarse en su domicilio social, a las 14:00 horas del 06 de
octubre del 2017. La asamblea será a efecto de: (i) Comprobación de quórum.
(ii) Presentación y aprobación de informes. (iii) Comprobación de accionistas y
actualización de registros societarios. (iv) Aprobación de traspasos,
adjudicaciones y daciones en pago. (v) Reformas al pacto social y nombramientos
la junta directiva. De no haber quórum a la hora señalada, se realizará una
hora después con los socios presentes.—San José, Costa Rica, 05 de setiembre
del 2017.—Elizabeth Chaves Camacho, Presidenta.—1 vez.—( IN2017166938 ).
LOS BERRUECOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Convoca a todos sus
accionistas a la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, que se
celebrará el día 30 de setiembre del 2017, en San José, edificio Berrocal,
calle 3 avenidas 1 y 3, tercer piso. Se celebrará a las 15:00 horas en primera
convocatoria; y de no existir el quórum de ley se efectuará una segunda
convocatoria una hora después en el mismo lugar, y la Asamblea se llevará a
cabo con los accionistas presentes. Esta convocatoria se realiza por parte de
los socios con una representación de un sesenta y seis por ciento del capital
social conforme la cláusula novena del pacto constitutivo.
Asuntos
por tratar
Informe general de labores.
Aprobación de estados financieros.
Aprobación de dividendos.
Elección de miembros de la Junta Directiva.
Responsables.—Silvia
Delcore Berrocal, Laura Muñoz Delcore, Ricardo Muñoz Delcore, Accionistas.—1
vez.— ( IN2017167001 ).
FUNDACIÓN MUJER
Convocatoria Asamblea
Extraordinaria de Fundación Mujer - 22 de setiembre 2017 a realizarse en
Oficina Central, ubicada en Montes de Oca, Mercedes, Barrio Betania, 200 metros
norte y 75 metros este de la Escuela.
1. Primera convocatoria 8:00 p. m.
2. Segunda Convocatoria 9:00 p.m.
3. Comprobación quórum
4. Elección representante ante
Junta Administrativa
San José, 06 de
setiembre del 2017.—Licda. Zobeida Moya Lacayo, Directora Ejecutiva.—1 vez.—(
IN2017167020 ).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
CALAKIAL
KSB S. A.
Calakial KSB S. A., cédula jurídica N°
3-101-569577, hace del conocimiento público que, por motivo de extravío, la
señora Katia Soto Bourcart, cédula de identidad N° 1-0398-0512, ha solicitado
la reposición del certificado de acciones número cuatro de su propiedad,
representativo de las acciones número setenta y seis a la número cien
inclusive. Se emplaza a cualquier interesado que, al término de un mes a partir
de la última publicación de este aviso, manifieste su oposición dirigida a
Calakial KSB, S. A., domicilio en San José, Santa Ana, Residencial Villa Real,
casa número T veintiuno.—San José, 29 de agosto del 2017.—Dr. Carlos Roberto
Páez Sotela, Presidente.—( IN2017164310 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
SAN JOSÉ INDOOR CLUB S. A.
El San José Indoor
Club S. A., tramita la reposición de la Acción Nº 0217 a nombre de Guillermo
Alonso Guzmán, cédula de identidad Nº 104130404 por haberse extraviado.
Cualquier persona que se considere con derechos deberá apersonarse ante el San
José Indoor Club S. A., en sus oficinas sitas en Curridabat, dentro del plazo
indicado en el artículo 709 del Código de Comercio.—29 de agosto del
2017.—Jorge Porras Monge, Presidente.—( IN2017165847 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
CORPORACION
MONTAÑA DEL PACÍFICO SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, John Campbell Ermatinger, mayor de edad,
casado, comerciante, portador de la pasaporte de su país número cuatro cuatro
tres siete siete siete cuatro ocho cinco, vecino de Guanacaste, en su condición
de presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de la
entidad denominada: Corporación Montaña del Pacífico Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y un mil
quinientos treinta y nueve solicito al departamento Mercantil del Registro de
Personas Jurídicas, la Reposición de los libros: Actas Asamblea General, Actas
Registro de Socios, y Actas de Junta Directiva, todos número uno, los cuales
fueron extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación
a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro respectivo.—San
José, 09 de agosto del 2017.—Lic. John Campbell Ermatinger, Apoderado
Generalísimo.—1 vez.—( IN2017165433 ).
GALERÍA VALANTI SOCIEDAD ANÓNIMA
Yo, Martha Eugenia
Antillón Salazar, mayor, divorciada una vez, comerciante, portadora de la
cédula de identidad Nº 1-0260-0077, vecina de San José, en mi condición de
presidenta con facultades de apoderada generalísima sin límite de suma de la
entidad de esta plaza denominada Galería Valanti Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cien mil seiscientos cincuenta y tres,
solicito al Departamento Mercantil del Registro de Personas Jurídicas, la
reposición de los libros: Actas de Asamblea General número uno, el cual fue
extraviado. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
respectivo.—San José, 22 de agosto de 2017.—Martha Eugenia Antillón Salazar,
Presidenta.—1 vez.—( IN2017165435 ).
ASOCIACION DE FUNCIONARIOS DEL ÁREA DE CIENCIAS
ECONÓMICAS Y AFINES
DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE
COSTA RICA
Yo Jorge Humberto Hernández Solano, cédula de
identidad número 3-0323-0013, en mi calidad de presidente y representante legal
de la Asociación de Funcionarios del Área de Ciencias Económicas y Afines del
Instituto Tecnológico de Costa Rica (AFUACATEC), cedula jurídica N°
3-002-689134, solicito al Departamento de Asociaciones del Registro de Personas
Jurídicas, la reposición de los Libros de Actas de los Asambleístas, número 1,
los cuales fueron extraviados, se emplaza en 8 días hábiles a partir de la
publicación a cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones, fecha jueves 31 de agosto del 2017.—Jorge Humberto Hernández
Solano, Presidente.—1 vez.—( IN2017165460 ).
El suscrito, Luis Eduardo Gillen Brenes, cédula de
identidad 1-1211-0416, notifica a las autoridades y público en general el
extravío de sus facturas numeradas del 060 al 100, y avisa que las mismas
quedan anuladas.—San José, 28 de agosto del 2017.—Luis E. Gillen Brenes.—1
vez.—( IN2017165545 ).
CAMPAMENTO BRISA VERDE SOCIEDAD ANÓNIMA
Por escritura
otorgada por el suscrito notario público, a las nueve horas con veinte minutos
de hoy día nueve de agosto del dos mil dieciséis, el señor Antonio Briseño
Valverde. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de
suma de la sociedad de esta plaza Campamento Brisa Verde Sociedad Anónima, la
cual es titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
cuarenta y cinco mil quinientos treinta y cinco, solicita la reposición de los
siguientes libros legales de la sociedad: libro de Asamblea General de Socios,
Registro de Accionistas, y Actas Consejo de Administración, debido al extravío
de los mismos.—Lic. Roberto Alonso Rímola Real, Notario.—1 vez.—( IN2017165568
).
INMOBILIARIA SONYA S.J.S.J. SOCIEDAD ANÓNIMA
Inmobiliaria Sonya S.J.S.J. Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-647967, en virtud del extravío de los libros que
lleva esta sociedad, hace la solicitud del primer tomo de los libros ante el
Registro Público. Escritura pública, otorgada ante la notaria Angie María
Rodríguez Ugalde, número ciento dieciséis, visible a folio ciento uno vuelto
del tomo primero de la suscrita notaria.—Ciudad Quesada, quince de junio del
año dos mil diecisiete.—Licda. Angie María Rodríguez Ugalde, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2017165689 ).
3-102-665617 S. R. L.
Se hace saber a cualquier tercero interesado
que por motivos de extravío se ha procedido con la reposición del Libro de
Actas de Asamblea de Cuotistas y Registro de Cuotistas de la compañía
3-102-665617 S. R. L., cedula jurídica 3-102- 665617. Asimismo, por extravío se
han iniciado los trámites de reposición de los certificados de cuotas números I
y II, de dicha sociedad, a nombre de David George Watson, pasaporte canadiense
número WF061639. Por el término de Ley, se emplaza a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones, dirigidas a 3-102-665617 SRL., en
el Bufete Facio y Cañas, Sabana Business Center.—Lic. Sylvia Salazar Escalante,
Notaria.—1 vez.—( IN2017165714 ).
TECNOLOGÍA INFORMÁTICA ALPÍZAR
Y ASOCIADOS SOCIEDAD ANÓNIMA
Tecnología Informática Alpízar y Asociados
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101- 235685, por haberse extraviado
solicita la reposición de los siguientes libros: Registro de Socios, de Actas
de Asambleas de Socios y de Actas del Consejo de Administración. Quien se considere
afectado puede manifestar su oposición ante el Registro Nacional.—San José, 04
de setiembre del 2017.—Alberto Alpízar Acuña, cédula N° 1-0832-0286.—1 vez.—(
IN2017165991 ).
ASOCIACIÓN HOGAR PARA ANCIANOS PRESBÍTERO
JAFETH JIMÉNEZ MORALES DE GRECIA
Los suscritos, Aníbal
Sánchez Vega, cédula de identidad N° 2-0204-0064 y Rafael Ángel Conejo
Gutiérrez, cédula de identidad N° 2-0256-0987, en calidad de vicepresidente y
secretario, respectivamente, de la Asociación Hogar para Ancianos Presbítero
Jafeth Jiménez Morales de Grecia, cédula jurídica: 3-002-045715, solicito al
Departamento de Asociaciones del Registro de Personas Jurídicas la reposición
de los libros: Diario N° tres e Inventario y Balances N° dos, los cuales fueron
extraviados. Se emplaza por ocho días hábiles a partir de la publicación a
cualquier interesado a fin de oír objeciones ante el Registro de
Asociaciones.—29 de agosto del 2017.—Aníbal Sánchez Vega.
Vicepresidente.—Rafael Conejo Gutiérrez, Tesorero.—1 vez.—( IN2017166042 ).
VISIÓN TWO INTERNATIONAL SRL
Por escritura otorgada ante la notaría del
Lic. Abraham Stern Feterman, a las 13:00 horas del 01 de setiembre del 2017, se
otorgó escritura pública mediante la cual compareció ante nosotros el señor
Máximo Despian, en su carácter de subgerente de la compañía: Visión Two
International SRL, cédula jurídica Nº 3-102-686916, solicitando al Registro
Nacional, la reposición por extravío del libro número uno de: Asamblea de
Cuotistas.—San José, 01 de setiembre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2017166709 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por escritura otorgada ante esta notaría, a
las ocho horas del día treinta de agosto de dos mil diecisiete, se protocolizó
acta de asamblea de la compañía Condominio La Ladera Bloque
ENÑ Lote Cinco EEE Sociedad Anónima S. A., mediante la cual se acuerda la
transformación de la sociedad en Sociedad de Responsabilidad Limitada cambiando
su nombre a Radio Coverage Solutions Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San
José, treinta de agosto de dos mil diecisiete.—Licda. Laura Mariana Oviedo
Murillo, Notaria.—( IN2017165669 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, a
las nueve horas de hoy, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de Las
Blancas Garzas de Punta Cerritos Sociedad Anónima, mediante la
cual se disminuye el capital social reformándose la cláusula quinta de los
estatutos sociales.—San José, 30 de agosto del 2017.—Licda. Ana Lucía Espinoza
Blanco, Notaria.—( IN2017165994 ).
Mediante escritura 83 visible al folio 75 frente del
tomo 43 de mi protocolo, otorgada ante mi notaría a las 9:00 horas del 29 de
julio del 2015, se cedió y/o traspasó sin reservas el nombre comercial
Concretarq, a la compañía Soluciones y Materiales Concretarq Limitada, con
domicilio en Puntarenas Corredores centro un kilómetro sur del puente del Río
Caracol, cédula jurídica 3-102-633872; inscrito en el Registro de la Propiedad
Industrial en clase 49 internacional, para proteger un establecimiento
comercial dedicado a la venta y distribución de materiales y productos de
concreto, ubicado en La Palma del Caracol de Río Claro en Puntarenas un
kilómetro al sur del puente del Río Caracol. Número de Registro:
214294.—Grecia, 01 de setiembre del 2017.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—(
IN2017165891 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Por
protocolización en escritura ciento veintidós del tomo sexto del notario Allan
Pérez Montes, del treinta de agosto del dos mil diecisiete, la firma Tres-Ciento
Uno-Setecientos Treinta y Seis Mil Setecientos Cincuenta Seis S. A., reeligió la junta directiva.—Grecia, treinta de agosto del dos
mil diecisiete.—Lic. Allan Pérez Montes, Notario.—1 vez.—( IN2017165605 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las doce horas del treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete, se
protocolizó el acta de la sociedad denominada Total Petróleo Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-ciento setenta y un mil seiscientos setenta, mediante la cual se reformaron
las cláusulas: primera, octava y décima quinta de los estatutos sociales
referentes a la razón social, la administración y el agente residente
respectivamente. Es todo.—San José, treinta y uno de agosto de dos mil
diecisiete.—Lic. Roberto Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017165607 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las doce horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto del dos mil
diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de la sociedad
denominada Servicios
de Gestión Directa CRC Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-quinientos cincuenta y un mil quinientos treinta,
mediante la cual se reformaron las cláusulas, octava y la décima quinta
referentes a la administración social y el agente residente del pacto
constitutivo. Es todo.—San José, treinta y uno de agosto de dos mil
diecisiete.—Lic. Roberto Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017165608 ).
Por escritura 313, visible al folio
177 vuelto y 178 frente del tomo dos del protocolo de la notaria, Grace Murillo
Sánchez, otorgada a las 17:00 horas de 30 de agosto del 2017, con la cual en
pleno acuerdan disolver la sociedad, La Vega J.A.A.M.M. Sociedad
Anónima, cédula jurídica N° 3-101-645206.—Licda.
Grace Murillo Sánchez, Notaria.—1 vez.—( IN2017165609 ).
Por escritura otorgada hoy, a las
11:15 horas protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la
compañía Jorelsi
Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos ochenta y un mil novecientos cincuenta y seis, en la que se
acordó la disolución de la sociedad.—Alajuela, 31 de agosto del 2017.—Licda.
María Antonieta Rodríguez Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2017165611 ).
Ante esta notaría, por escritura
número 204-3, otorgada a las 10:00 horas del día 31 de agosto del año 2017, se
modificó la cláusula segunda el domicilio social, la cláusula octava de la
representación y se realizaron cambio de personeros en la sociedad anónima
denominada Zadok
de San José Sociedad Anónima, cédula de personería
jurídica número 3-101-164546. Es todo.—San José, a las 10:30 horas del treinta
y uno de agosto del año dos mil diecisiete.—Lic. Juan Guillermo Tovar González,
Notario.—1 vez.—( IN2017165619 ).
Ante esta notaría, por escritura
número 203-3, otorgada a las 09:30 horas del día 31 de agosto del año 2017, se
modificó la cláusula segunda el domicilio social, la cláusula octava de la
representación y se realizaron cambio de personeros en la sociedad anónima
denominada SBA
Suerte Bambú Azul Sociedad Anónima, cédula de
personería jurídica número tres-ciento uno-tres nueve siete cinco cero siete.
Es todo.—San José, a las diez horas del treinta y uno de agosto del año dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1 vez.—( IN2017165621
).
Ante esta notaría, por escritura
número 202-3, otorgada a las 09:00 horas del día 31 de agosto del año 2017, se
modificó la cláusula segunda el domicilio social, la cláusula octava de la
representación y se realizaron cambio de personeros en la sociedad anónima
denominada Acari
Agropecuaria del Caribe Sociedad Anónima, cédula de
personería jurídica número 3-101- 074697. Es todo.—San José, a las 11:00 horas
del treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.—Lic. Juan Guillermo
Tovar González, Notario.—1 vez.—( IN2017165624 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría número ciento ochenta y dos-dos de las dieciséis horas del treinta
de agosto del dos mil diecisiete, se reforma la cláusula segunda del Pacto
Constitutivo “Del domicilio” y se realiza el nombramiento de presidente y
secretario de la junta directiva, de la sociedad denominada Nicardo Sebari
S.A..—San José, 30 de agosto del 2017.—Licda. Paola
Castro Montealegre, Notaria.—1 vez.—( IN2017165626 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 15:00 horas del 14 de agosto del 2017, se constituyó la sociedad
denominada: Anka
Infinitum Group Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse
S.A., nombre que traducido al español es: Grupo Anka Infinito
Sociedad Anónima, pudiendo abreviarse S.A., su presidente es Yonatan Rodrigo Guillén Fonseca.—Lic. Dagoberto
Fallas Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2017165627 ).
Ante esta notaría por escritura N°
205-3, otorgada a las 10:30 horas del día 31 de agosto del año 2017, se
modificó la cláusula segunda el domicilio social, la cláusula octava de la
representación y se realizaron cambio de personeros en la sociedad anónima
denominada Los
Embalses de Centroamérica Número Ocho Sociedad Anónima cédula de personería jurídica 3-101-185719. Es todo.—San José, a
las 10:45 horas del treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.—Lic.
Juan Guillermo Tovar González, Notario.—1 vez.—( IN2017165628 ).
Mediante escritura doscientos
cuarenta y seis-dos otorgada a las nueve horas y quince minutos del treinta y
uno de agosto del año dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de Mandinga
Azul de Osa Sociedad Anónima, donde se reforma
parcialmente la cláusula segunda del domicilio social y la cláusula sétima de
representación, así como se revoca el cargo de agente residente y nombra nuevo
agente residente.—Tres Ríos de Coronado, Osa, Puntarenas, treinta y uno de
agosto del año dos mil diecisiete.—Licda. Vilma Acuña Arias, Notaria.—1 vez.—(
IN2017165630 ).
Ante esta notaría por escritura
número 206-3, otorgada a las 10:45 horas del día 31 de agosto del año 2017, se
modificó la cláusula segunda el domicilio social, la cláusula octava de la
representación y se realizaron cambio de personeros en la sociedad anónima
denominada Centro
Continental Omicron Sociedad Anónima, cédula de
personería jurídica 3-101-236758. Es todo.—San José, a las diez horas del
treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.—Lic. Juan Guillermo Tovar
González, Notario.—1 vez.—( IN2017165631 ).
A las 10 horas del día 24 del mes
de agosto del año 2017, se Disolvió la Sociedad denominada Old Manhattan
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos veintidós mil cuatrocientos treinta y seis.—Lic. Byron Ruiz
Padilla, Código de inscripción 21662, Notario.—1 vez.—( IN2017165633 ).
El día de hoy el suscrito notario
público protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Desarrollos
Alajuela S. A., celebrada a las 08:00 horas del 20 de
agosto del 2017, mediante la cual se reforma la cláusula del pacto social en
cuanto al domicilio social y se nombra tesorero y secretario de la junta
directiva y fiscal.—San José, 31 de agosto del 2017.—Lic. Orlando Araya Amador,
Notario.—1 vez.—( IN2017165634 ).
A las diez horas del día
veinticinco del mes de agosto del año dos mil diecisiete, se disolvió la
sociedad denominada Inmobiliaria
Fernando Montero Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-trecientos veintiséis mil seiscientos cuarenta y
seis.—Lic. Byron Ruiz Padilla, Código de inscripción 21662, Notario.—1 vez.—(
IN2017165635 ).
Por escritura 68-21 otorgada ante
el suscrito notario, a las 13 horas con 30 minutos del día 30 de agosto del
2017, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al
domicilio de la sociedad Echemare S. A. cédula
jurídica tres-ciento uno-tres nueve seis uno uno siete. Es todo.—San José,
Costa Rica, 31 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto,
Notario.—1 vez.—( IN2017165637 ).
Por escritura 69-21 otorgada ante
el suscrito notario, a las 14 horas del día 30 de agosto del 2017, se modifica
la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio de la
sociedad Cintruenigo
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-tres cinco dos
uno seis tres. Es todo.—San José, Costa Rica, 31 de agosto del 2017.—Lic. Juan
Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1 vez.—( IN2017165638 ).
Por escritura 70-21 otorgada ante
el suscrito notario, a las 14 horas con treinta minutos del día 30 de agosto
del 2017, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al
domicilio de la sociedad Cirenaica Limitada cédula
jurídica tres-ciento dos-cero nueve siete cuatro siete seis. Es todo.—San José,
Costa Rica, 31 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto,
Notario.—1 vez.—( IN2017165640 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las 10:30 horas del día 31 de agosto del 2017, se disuelve la sociedad
denominada Inmobiliaria
Vistas del Cañón Sociedad Anónima. Domicilio: en San
José, Moravia, de la esquina noroeste del cementerio trescientos setenta y
cinco metros este.—San José, 31 de agosto del 2017.—Licda. Lucrecia Campos
Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017165641 ).
Por medio de escritura otorgada
ante el suscrito en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las catorce
horas con treinta minutos del día veintitrés de agosto del año dos mil
diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de
cuotistas de Tres-Ciento
Dos-Seiscientos Sesenta y Nueve Mil Novecientos Cuatro Sociedad de
Responsabilidad Limitada, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento dos-seiscientos sesenta y nueve mil novecientos
cuatro, se acordó su disolución a partir del día diez de julio del año dos mil
diecisiete. En cumplimiento con la normativa se cita a las personas interesadas
a efecto de que establezcan las reclamaciones u oposiciones que tuviesen, y se
otorga el plazo de treinta días a partir de esta publicación, de acuerdo con el
artículo doscientos siete del Código de Comercio, reclamaciones que se pueden
establecer en el domicilio social de la sociedad en San José, Pérez Zeledón,
San Isidro de Pérez Zeledón, provincia de San José, cien metros al Norte del
Hotel y Casino Thunderbird, o bien en la vía jurisdiccional.—San Isidro de El
General de Pérez Zeledón, treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete.—Lic.
Randall Rubén Sánchez Mora, Notario.—1 vez.—(IN2017165644 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría dieciséis de agosto del dos mil diecisiete, se constituye la sociedad
anónima denominada Evolución
Producciones S. A., presidente Michael Jiménez
Torres.—Licda. Leda Patricia Mora Morales, Notaria.—1 vez.—( IN2017165645 ).
Por escritura 67-21 otorgada ante
el suscrito notario, a las 13 horas con 30 minutos del día 30 de agosto del
2017, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al
domicilio de la sociedad Energía Sureña S.A., cédula
jurídica tres-ciento uno-seis dos uno nueve ocho uno. Es todo.—San José, Costa
Rica, 31 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1
vez.—( IN2017165646 ).
Por escritura 66-21 otorgada ante
el suscrito notario, a las 13 horas del día 30 de agosto del 2017, se modifica
la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio de la
sociedad Grupo
Sureña S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-seis
cinco nueve uno cinco nueve. Es todo.—San José, Costa Rica, 31 de agosto del
2017.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1 vez.—( IN2017165647 ).
Por escritura 65-21 otorgada ante el
suscrito notario, a las 12 horas con 30 minutos del día 30 de agosto del 2017,
se modifican las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo referente al
domicilio y a la administración de la sociedad Hidrodesarrollos del Río
San Rafael S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-seis seis cero tres cinco tres. Es todo.—San José, Costa Rica, 31 de agosto
del 2017.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017165650 ).
Por escritura 64-21 otorgada ante
el suscrito notario, a las 12 horas del día 30 de agosto del 2017, se modifica
la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio de la
sociedad Fonelec
S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-seis
cinco cinco cero seis ocho. Es todo.—San José, Costa Rica, 31 de agosto del
2017.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1 vez.—( IN2017165651 ).
Por escritura 63-21 otorgada ante
el suscrito notario, a las 11 horas con 30 minutos del día 30 de agosto del
2017, se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al
domicilio de la sociedad Inversureña S.A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-cinco dos tres uno nueve nueve. Es todo.—San
José, Costa Rica, 31 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto,
Notario.—1 vez.—( IN2017165652 ).
Por escritura 62-21 otorgada ante
el suscrito notario, a las 11 horas del día 30 de agosto del 2017, se modifica
la cláusula segunda del pacto constitutivo referente al domicilio de la
sociedad Monteclaro
de Turrubares Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-cero cinco ocho siete cuatro nueve. Es todo.—San José, Costa Rica, 31 de
agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Esquivel Favareto, Notario.—1 vez.—(
IN2017165654 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, protocolice acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en
que se reforma la cláusula octava y se nombra presidente, y secretario de la
sociedad Constructora
Pura Vida Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto
del 2017.—Mauricio Martínez Parada, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017165655 ).
La suscrita notaria pública hago
constar que por medio de la escritura 124-3, de las 15:00 del 30 de agosto de
2017, se protocolizó acta de la sociedad Accendo Costa Rica S.RL., por medio de la cual se acuerda su disolución.—San José, 30 de
agosto de 2017.—Licda. Karla Corrales Gutiérrez, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017165656 ).
Por escritura 221 de las 08:00
horas del 31-08-2017 ante esta notaría, se protocoliza acta de la compañía El Escapado de
Santa Ana S. A., por la cual se modifica: cláusula
sexta del estatuto en cuanto a la representación legal; se nombra nuevo
presidente.—San José, 05 de enero del 2017.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Díaz,
Notario.—1 vez.—( IN2017165660 ).
En mi notaría, a las quince horas
del treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de la
sociedad CN
Ingenieros y Arquitectos Norteños S. A., cédula
jurídica 3-101-407934. Se sustituyó al secretario y se modificó la cláusula
cuarta del plazo social. Se solicita la publicación de este edicto para lo que
en derecho corresponda.—Ciudad Quesada, treinta y uno de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Rolando Miranda Zumbado, Notario.—1 vez.—( IN2017165662 ).
Ante esta notaría, a las once horas
del treinta de agosto del año dos mil diecisiete, mediante la escritura número
doscientos noventa y uno-doce, la señora Heylin Yasmín Núñez Montes, confiere
poder generalísimo sin límite de suma, a favor de Zeneida Montes
Hernández.—Quepos, treinta de agosto del año dos mil diecisiete.—Lic. Giovanni
Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—( IN2017165663 ).
Ante esta notaría, a las once horas
del veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete, mediante la escritura
número doscientos noventa-doce, la sociedad Kaberdouch S.R.L., confiere poder generalísimo sin límite de suma, a favor de
Elizett Mora Berrocal.—Quepos, treinta de agosto del año dos mil
diecisiete.—Lic. Giovanni Ruiz Mata, Notario.—1 vez.—( IN2017165665 ).
Por escritura 222 de las 15:00
horas del 31de agosto del 2017, ante esta notaría se protocoliza acta de la
compañía Reserva
El Tigre S. A., por la cual se modifica: “cláusula
sexta” del estatuto “en cuanto a la representación legal”; se nombra nuevo
presidente y secretario.—San José, 31 de agosto del 2017.—MSc. Marcos Osvaldo
Araya Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017165667 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las quince horas cincuenta y siete minutos del treinta y uno de
agosto del dos mil diecisiete, por acuerdo unánime de socios de la sociedad
anónima: AAA
Manejo de Residuos Sociedad Anónima, se procesa la
disolución de dicha sociedad.—Tres Ríos, 31 de agosto del 2017.—Licda. Grettel
Zúñiga Tortós, Notaria.—1 vez.—( IN2017165668 ).
Ante esta notaría, a las ocho horas
del día veintinueve de agosto del dos mil diecisiete, Henry José Chaves
Villalobos, cédula Nº 2-442-179, y Marvin Chaves Villalobos, cédula Nº
2-457-538, ambos vecinos de Barranca de Naranjo de Alajuela, contiguo a la
Escuela, constituyen una sociedad anónima denominada Camiones y Repuestos HNS
Chaves S.A., nombran como presidente al primero y
como secretario al segundo, ambos apoderados generalísimos sin límite de suma,
actuando conjuntamente o separadamente. Domicilio social: Barranca de Naranjo
de Alajuela, contiguo a la Escuela Pública de Barranca. Objeto: comercio en
general. Plazo social: noventa y nueve años. Capital social: diez acciones
comunes y nominativas de mil colones cada una.—San Ramón 29 de agosto del
2017.—Lic. José Joaquín Arias Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017165670 ).
Por escritura otorgada en mi
notaría, a las 12:00 horas del 31 de agosto del 2017, protocolicé acta de
asamblea general extraordinaria de socios de: Para Ubunto S. A., en virtud de la cual se reformó la cláusula sétima del pacto
social y se nombró nuevo tesorero y fiscal.—Tibás, San Juan, 31 de agosto del
2017.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017165671 ).
Ante esta notaría, se protocolizó
acta de asamblea de cuotistas por reformas de la sociedad denominada: Agroquisa de
Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada,
portadora de la cédula jurídica 3-102-242395. Notario Público: José Eduardo
Díaz Canales, cédula de identidad N° 1-555-988.—Pococí, Guápiles, treinta y uno
de agosto del 2017.—Lic. José Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—(
IN2017165672 ).
Disolución de la sociedad
denominada Corporación
Ganadera J M C del Atlántico S. A., cédula jurídica
3-101-273606, según escritura 246, otorgada a las trece horas treinta minutos
del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete, iniciada al folio 085 vuelto
del tomo VIII del protocolo de la notaria Evelin Sandoval Sandoval.—San José,
30 de agosto de 2017.—Licda. Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval,
Notaria.—1 vez.—( IN2017165676 ).
Disolución de la sociedad
denominada Inversiones
La Castellana de San José S. A., cédula jurídica 3-101-143091, según escritura 254, otorgada a
las veinte horas veinte minutos del veintiocho de agosto del año dos mil
diecisiete, iniciada al folio 088 frente del tomo VIII del protocolo de la
notaria Evelin Sandoval Sandoval.—San José, 31 de agosto de 2017.—Licda. Evelin
de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2017165677 ).
Por escritura número doscientos
catorce-siete, otorgada a las diecisiete horas del veintiséis de julio de dos
mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad: Jeld’s del Caribe Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-598812, se acuerda reformar la cláusula de
nombre social y la cláusula de administración. Es todo.—Limón, treinta de
agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Francisco Morales Ayales, Notario.—1 vez.—(
IN2017165678 ).
Reforma de la cláusula sétima y
rectificación de calidades de la sociedad denominada Jahaira y Briam S. A., cédula jurídica 3-101-120149, según escritura 262, otorgada a
las trece horas cuarenta minutos del treinta de agosto del año dos mil
diecisiete, iniciada al folio 091 frente del tomo VIII del protocolo de la
notaria Evelin Sandoval Sandoval.—San José, 31 de agosto de 2017.—Licda. Evelin
de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2017165679 ).
Por escritura otorgada ante mí, al
ser las quince horas del día treinta de agosto del dos mil diecisiete, se
acordó por acuerdo de los socios disolver y liquidar la sociedad 3-102-611538
SRL.—San José, 01 de setiembre 2017.—Lic. Hans Van
der Laat Robles, Notario.—1 vez.—( IN2017165680 ).
Por escrituras otorgadas ante mí, a
las al ser dieciséis horas del día treinta de agosto del dos mil diecisiete, se
acordó por acuerdo de los socios disolver y liquidar la sociedad Vacaciones y Propiedades de
Fantasía Vaprofa Sociedad Anónima S. A., cédula
3-101-246570.—San José, 01 de setiembre 2017.—Lic. Hans Van der Laat Robles,
Notario.—1 vez.—( IN2017165681 ).
Cambio de junta directiva, reforma
de la cláusula sexta de la sociedad denominada: 3101689528 S. A., cédula jurídica Nº 3-101-689528, según escritura Nº 263,
otorgada a las trece horas cincuenta y cinco minutos del treinta de agosto del
dos mil diecisiete, iniciada al folio 091 vuelto del tomo VIII del protocolo de
la notaria Evelin Sandoval Sandoval.—San José, 30 de agosto del 2017.—Licda.
Evelin de los Ángeles Sandoval Sandoval, Notaria.—1 vez.—( IN2017165684 ).
Ante esta notaría, se protocolizó
acta de asamblea de socios por disolución de la sociedad denominada: Inversiones
Zoraco Sociedad Anónima, portadora de la cédula jurídica
Nº 3-101-693243. Notario público: José Eduardo Díaz Canales, cédula de
identidad Nº 1-555-988.—Guápiles de Pococí, 31 de agosto del 2017.—Lic. José
Eduardo Díaz Canales, Notario.—1 vez.—( IN2017165685 ).
Por escritura número noventa y
siete-uno otorgada ante esta notaría, a las 17:00 horas del 26 de abril del
2017, protocolicé el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad Latic del
Norte C. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº
3-101-702953, mediante la cual se hizo cambio de presidente y modificación de
estatutos cláusula octava.—San Carlos, 26 de abril del 2017.—Licda. Angie María
Rodríguez Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2017165690 ).
Por escritura número cincuenta y
ocho-uno, otorgada ante esta notaría, a las 17:10 horas del 26 de abril del
2017, protocolicé el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad: Supermercado
Gran Aguas Zarcas Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-657198, mediante la cual se hizo cambio de presidente y modificación
de estatutos cláusula octava.—San Carlos, 26 de abril del 2017.—Licda. Angie
María Rodríguez Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2017165691 ).
Por escritura número cincuenta y
ocho-uno, otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 26 de mayo del
2017, protocolicé el acta de asamblea extraordinaria de la sociedad: Centro de
Distribución y Logística Economas Sociedad Anónima,
cédula jurídica Nº 3-101-652328, mediante la cual se modificó de estatutos
cláusula octava.—San Carlos, 26 de mayo del 2017.—Licda. Angie María Rodríguez
Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2017165692 ).
En mi notaría por escritura Nº 179
del tomo 5 otorgada en la ciudad de Limón, a las 07:00 horas del 22 de agosto
del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria del Club Miramar
S. A., donde modifican cláusula veintiséis.—Limón, 22
de agosto del 2017.—Licda. Natasha María Meléndez Valverde, Notaria.—1 vez.—(
IN2017165693 ).
En mi notaría, mediante escritura
Nº 42-12, otorgada a las 17:00 horas del 30 de agosto del 2015, se protocolizó
el acta de asamblea general extraordinaria que acordó la disolución de la
sociedad El
Alto de los Leones S.A., cédula jurídica Nº
3-101-603198.—San Ramón, Alajuela, 30 de agosto del 2017.—Licda. Carolina Muñoz
Solís, Notaria.—1 vez.—( IN2017165713 ).
Por escritura pública número
treinta y tres de las quince horas treinta minutos del veintiocho de agosto del
dos mil diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se
protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Global
Connection Enterprises S.R.L., mediante la cual se
acordó disolver la sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165715 ).
Por escritura pública número
treinta y cuatro de las dieciséis horas treinta minutos del veintiocho de
agosto del dos mil diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se
protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Pexa
Consulting Group Sociedad de Responsabilidad Limitada,
mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José, treinta de agosto
del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—(
IN2017165717 ).
Mediante escritura número cuatro de
las 15:00 horas del 28 de agosto del 2017, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de socios de: Administración AFL Sociedad
de Responsabilidad Limitada, con cédula de persona
jurídica Nº 3-102-737255, mediante la cual se acuerda modificar la cláusula del
domicilio social.—San José, 28 de agosto del 2017.—Licda. Sylvia Salazar
Escalante, Notaria.—1 vez.—( IN2017165718 ).
Por escritura pública número
veintisiete de las doce horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos
mil diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Cursa Corporation Ltda., mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José,
treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1
vez.—( IN2017165719 ).
Protocolización de acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la firma denominada: Domador
Software Ltda., cédula jurídica número: tres-ciento
dos-seiscientos noventa y siete mil ciento treinta y ocho, en la cual se
acuerda modificar la cláusula tercera: del domicilio.—San José, 01 de setiembre
del 2017.—Lic. Maynor Solano Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017165720 ).
Por escritura pública número
veintiocho de las trece horas del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete,
otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad: Draco Business Enterprises
D.B.E Ltda., mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165721 ).
Por escritura pública número
veintidós de las diez horas del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete,
otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad: Spika Business Services
Ltda., mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165723 ).
Por escritura pública número
veintinueve de las trece horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos
mil diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Blue Band Alliance Sociedad
de Responsabilidad Limitada, mediante la cual se
acordó disolver la sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165725 ).
Por escritura pública número
treinta de las catorce horas del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete,
otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad: Dilworth Consultants
Limitada, mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165727 ).
Por escritura pública número
veinticuatro de las once horas del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete,
otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad: Aster Management Services
Ltda., mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165729 ).
Por escritura pública número
veintiséis de las doce horas del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete,
otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad: Canopus Enterprises Ltda., mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José,
treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1
vez.—( IN2017165730 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
se protocolizó acta de la empresa Roli de San José Sociedad Anónima, en donde se reforma la cláusula sexta de los estatutos sociales.
Escritura otorgada en San José, a las 10:00 horas del día 30 de agosto del
2017.—Lic. Rogelio Fernández Sagot, Notario.—1 vez.—( IN2017165731 ).
En mi notaría, he protocolizado la
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Hidrosol de
Costa Rica Sociedad Anónima. Domiciliada en: San
José, Vázquez de Coronado, San Rafael, ochocientos metros al este de la entrada
a calle La Máquina, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos seis mil
setecientos veintiuno, todos los accionistas tomaron el acuerdo principal de
disolver la sociedad y que han prescindido del nombramiento de liquidador, conforme
se establece el acta constitutiva ya que no existen activos ni pasivos que
liquidar.—San José, 29 de agosto del 2017.—Lic. William Fernández Sagot,
Notario.—1 vez.—( IN2017165733 ).
Por escritura pública número
veinte, de las ocho horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos mil
diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Mirfak Management Services
Ltda., mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165734 ).
Por escritura otorgada hoy ante mí,
se protocolizó acta de la empresa: Inversiones Vibosa Montes de Oca Sociedad Anónima, en donde se reforman las cláusulas: primera, quinta y sétima de
los estatutos sociales. Escritura otorgada en San José, a las 15 horas 30
minutos del día 29 de agosto del 2017.—Lic. William Fernández Sagot, Notario.—1
vez.—( IN2017165735 ).
Por escritura pública número
veinticinco, de las once horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos
mil diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Blackpool Management
Services Ltda., mediante la cual se acordó disolver
la sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165737 ).
Por escritura pública número
veintiuno de las nueve horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos
mil diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Nunki Management Services
Ltda., mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco Soto
Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165738 ).
Por escritura pública número
diecinueve de las ocho horas del veintiocho de agosto del dos mil diecisiete,
otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó asamblea
extraordinaria de socios de la sociedad: Star Media Investments
S.R.L., mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165739 ).
Por escritura pública número
treinta y dos de las quince horas treinta minutos del veintiocho de agosto del
dos mil diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se
protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Galaxy Media
Services S.R.L., mediante la cual se acordó disolver
la sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165741 ).
Por escritura pública número
veintitrés de las diez horas treinta minutos del veintiocho de agosto del dos
mil diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Theta Holdings Ltda., mediante la cual se acordó disolver la sociedad.—San José,
treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1
vez.—( IN2017165742 ).
Por escritura número treinta y
cuatro, otorgada a las doce horas del veintinueve de agosto del dos mil
diecisiete, se reformó la cláusula quinta de la compañía: Auto Repuestos
Transmore Sociedad Anónima. Por escritura número
treinta y cinco, otorgada a las trece horas del veintinueve de agosto del dos
mil diecisiete, se reformó la cláusula: novena de la compañía: Repuestos El
Trébol Sociedad Anónima.—Licda. Karla Calderón
Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017165743 ).
Por escritura pública número
treinta y siete de las dieciocho horas del veintiocho de agosto del dos mil
diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: FX Holdings Hedge Partners
S.R.L., mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165744 ).
Por escritura pública número
treinta y cinco de las diecisiete horas del veintiocho de agosto del dos mil
diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Kilgro Consultant Group
Limitada, mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165745 ).
Por escritura pública número
treinta y uno de las quince horas del veintiocho de agosto del dos mil
diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se protocolizó
asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Paratex Global Enterprises
Limitada, mediante la cual se acordó disolver la
sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Francisco
Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165747 ).
Por escritura pública número
treinta y seis de las diecisiete horas treinta minutos del veintiocho de agosto
del dos mil diecisiete, otorgada ante el notario Francisco Soto Vega, se
protocolizó asamblea extraordinaria de socios de la sociedad: Ruta
Empresarial del Oeste Digital Limitada, mediante la
cual se acordó disolver la sociedad.—San José, treinta de agosto del dos mil
diecisiete.—Lic. Francisco Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017165749 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las ocho horas del primero de setiembre del dos mil diecisiete, se reformaron
las cláusulas cuarta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad: Florentina
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-81935.—San
José, 01 de setiembre del 2017.—Lic. Eitel Álvarez Ulate, Notario.—1 vez.—(
IN2017165752 ).
Protocolización de acuerdos de acta
de asamblea general de compañía: EMC Tecnología Sociedad Anónima, en donde se reforma cláusula primera del nombre.—San José, doce
horas del treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Anna Lía Volio
Elbrecht, Notaria.—1 vez.—( IN2017165756 ).
Mediante escritura número sesenta y
siete otorgada ante esta notaría, a las once horas del treinta y uno de agosto
de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la compañía Super Tesoro Sociedad Anónima.
Se nombra modifica representación.—San José, treinta y uno de agosto de dos mil
diecisiete.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2017165759 ).
Mediante escritura número sesenta y
seis otorgada ante esta notaría, a las diez horas del treinta y uno de agosto
de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la compañía Almacén El Tesoro Sociedad Anónima. Se nombra modifica representación.—San José, treinta y uno de
agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017165760 ).
Mediante escritura número sesenta y
cinco otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del treinta y uno de agosto
del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la compañía Soda Bedu Sociedad Anónima.
Se nombra modifica representación.—San José, treinta y uno de agosto del dos
mil diecisiete.—Lic. Luis Diego Cerdas Cisneros, Notario.—1 vez.—( IN2017165761
).
Ante mí, escritura Nº 7-101, se
reforma la cláusula de la representación de: Ethical Forestry
Plantations S. A., cédula jurídica Nº
3-101-630495.—San José, 31 de agosto del 2017.—Licda. Maricela Alpízar Chacón,
Notaria.—1 vez.—( IN2017165763 ).
Ante mí, en escritura 7-100, se
reforma la cláusula de la representación de Ethical Forestry S. A., cédula jurídica Nº 3-101-630458.—San José, 31 de agosto,
2017.—Licda. Maricela Alpízar Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2017165764 ).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, a las catorce horas del treinta de agosto del dos mil diecisiete.
Se procede a realizar el convenio de fusión por el sistema de absorción de la
sociedad Servers
Lodge S. A., con las sociedades Corporación
B.L. Ochenta y Cuatro de Santa Ana S. A., Torres Alella
Uno A Avall S. A., Corporación B.L. Ciento
Setenta y Dos de Santa Ana S. A., Investments
The Rock Twelve S. A. prevaleciendo la primera.—San
José, 01 de setiembre de 2017.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(
IN2017165771 ).
Que por escritura otorgada ante
esta notaría, a las once horas del veintitrés de agosto del dos mil diecisiete.
Se procede a realizar el convenio de fusión por el sistema de absorción de la
sociedad The
Money Maker Sociedad Anónima, con la sociedad Filial
Quinientos Seis Avalon Vista Montaña de Santa Ana S. A., prevaleciendo la primera.—San José, 01 de setiembre del
2017.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—( IN2017165772 ).
Por escrituras otorgadas ante mí,
al ser las ocho horas del día veintiuno de agosto del dos mil diecisiete, se
acordó por acuerdo de los socios disolver y liquidar la sociedad Alquimia del
Ser DVM Ltda., cédula 3-102-738265.—San José, 01 de
setiembre del 2017.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—( IN2017165773
).
Por escrituras otorgadas ante mí,
al ser nueve horas treinta minutos del día veintinueve de agosto del dos mil
diecisiete, se acordó por acuerdo de los socios disolver y liquidar la sociedad
Churrellenos
y Mas Costa Rica S. A., cédula N° 3-101-716671.—San
José, 1 de setiembre del 2017.—Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—(
IN2017165774 ).
Por escrituras otorgadas ante mí,
al ser las dieciséis horas treinta minutos del día treinta de agosto del dos
mil diecisiete, se acordó por acuerdo de los socios, disolver y liquidar la
sociedad: Live
Smart TA S. A., cédula jurídica Nº 3-101-709012.—San
José, 01 de setiembre del 2017.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1
vez.—( IN2017165775 ).
Ante mí Marilyn Bedoya Esquivel,
notario público con oficina en Turrúcares, hago constar que el día veintinueve
de agosto del dos mil diecisiete, se llevó a cabo la asamblea general
extraordinaria de la sociedad anónima Consultoría Tecnológica
Hospitalaria Sociedad Anónima, cédula jurídica
número: tres-ciento uno-trescientos cuarenta y nueve mil novecientos treinta y
siete, mediante la cual se realizó cambio en la junta directiva, así como de la
cláusula segunda y tercera en su razón social, y domicilio social. Marilyn
Bedoya Esquivel carné 12976.—Turrúcares, treinta de agosto del dos mil
diecisiete.—Licda. Marilyn Bedoya Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2017165779 ).
Mediante escritura otorgada en mi
notaría, a las 16 horas 30 minutos del día 23 de agosto de 2017, protocolicé
acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de 3-101-726353 S. A. mediante la cual se reforman la cláusula segunda del pacto social
en cuanto al domicilio de la sociedad.—San José, 23 de agosto de 2017.—Lic.
Carlos Manuel Serrano Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017165781 ).
Que mediante escritura número 123,
de las 9:30 horas del primero de setiembre de 2017, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Pilotes Helicoidales Costa
Rica S.A., cédula jurídica Nº 3-101-691063, mediante
la cual se modifica el domicilio de la compañía para que en lo sucesivo el
mismo se localice en San José, Hospital, Barrio Corazón de Jesús, de plaza
Aventura, cien metros oeste y doscientos metros sur, contiguo a Grupo Farmanova
Intermed.—Licda. Cinthya Calderón R., Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017165786 ).
Que mediante escritura número 124,
de las 10:00 horas del primero de setiembre de 2017, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Representaciones GMG S. A., cédula jurídica número 3-101-27969, mediante la cual se modifica
el domicilio de la compañía para que en lo sucesivo el mismo se localice en San
José, Hospital, Barrio Corazón de Jesús, de plaza Aventura, cien metros oeste y
doscientos metros sur, contiguo a Grupo Farmanova Intermed.—Cinthya Calderón
R.. Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017165791 ).
Hoy protocolicé los acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas de Café La Moderna Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres
tres-uno cero uno-cero cero siete ocho uno tres, mediante la cual se acordó
disolver la compañía conforme al artículo doscientos uno inciso d) del Código
de Comercio y se nombró Liquidador; por medio de escritura otorgada en la
ciudad de San José a las quince horas del treinta de agosto del dos mil diecisiete,
por el notario público Mauricio González Crespo.—Lic. Mauricio González Crespo,
Notario.—1 vez.—( IN2017165794 ).
Ante esta notaria protocolicé
acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la firma uno-ciento
uno-cinco siete uno ocho cero seis sociedad anónima,
cédula jurídica número: 3-101-571806, donde se modificó la cláusula segunda del
pacto constitutivo, cambiando el domicilio social.—Guápiles, Pococí, Limón, 25
de agosto del 2017.—Licda. Teresita Chaves Castillo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017165798 ).
Por escritura Nº 89-18,
protocolizada hoy, se modificó cláusula 1 del nombre y 2 nombre, y domicilio y
representación social, de: El Brillo de un Nuevo Amanecer S. A.—San José, 30 de agosto del 2017.—Lic. Leonardo A. Madrigal
Moraga, Notario.—1 vez.—( IN2017165799 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría de San José, a las nueve horas del primero de setiembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de Intepro, Instituto Técnico Progresivo Limitada. Por renuncia del gerente, se nombra gerente.—Licda. Roxana
Herrera Peña, Notaria.—1 vez.—( IN2017165801 ).
Por escritura número treinta y
siete del tomo uno de mi protocolo se constituyó la sociedad anónima que
llevará por nombre Manufacture
and Service Company Sociedad Anónima. Capital íntegramente
pagado y suscrito. Junta directiva electa.—Cartago, nueve horas del primero de
setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Daniela María Ilama Núñez, Notaria.—1
vez.—( IN2017165802 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría el día de hoy, se protocolizó el acta de asamblea de socios de Almacenes
Generales del Istmo S. A., mediante la cual se
modificó la cláusula de la representación del pacto constitutivo y de 3-101-684476
S. A., mediante la cual se acordó su fusión por
absorción con Nisa
del Pacífico S. A.—San José, treinta y uno de agosto
de dos mil diecisiete.—Lic. Rodrigo Arturo Atmetlla Molina, Notario Público.—1
vez.—( IN2017165804 ).
Ante esta notaría, debidamente
comisionado protocolizo el acta número tres de la asamblea general de socios, de
la empresa denominada Bienes e Inversiones Córdoba ATC S.A., cédula jurídica Nº 3-101-730896, celebrada a las 16:00 horas del
25 de agosto del 2017, representada por el capital social, se tomaron los
siguientes acuerdos: se nombra nuevo presidente.—San José, 31 de agosto de
2017.—Lic. Minor Alberto Coto Calvo, Abogado y Notario Público.—1 vez.—(
IN2017165807 ).
En escritura 103, visible al folio
66 v. y 67 f. del tomo 8 del protocolo del notario Henry Gómez Pineda, se
revocó el nombramiento de presidente y vicepresidente de la sociedad Recuerdos
Caycosta S. A., cédula jurídica: 3-101-629102, se
modificó la cláusula octava del pacto constitutivo y se nombró nuevo
presidente. Es todo.—Quepos, 25 de agosto del 2017.—Lic. Henry Gómez Pineda,
Notario.—1 vez.—( IN2017165810 ).
En escritura 84 visible en folio
52v y 53f del tomo 8 del protocolo del notario público Henry Gómez Pineda, se
constituyó al sociedad Empresa de Cooperación de
Vecinos de La Joya de Las Montanas Sociedad Anónima.
Es todo.—Quepos, 7 de julio del 2017.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1
vez.—( IN2017165811 ).
A las doce horas del día treinta de
agosto del año dos mil diecisiete, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Juvero
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cero ochenta y nueve mil novecientos sesenta y tres,
mediante la cual se modifica la cláusula sexta del pacto social, referente a la
administración. Es todo.—San José, treinta de agosto del año dos mil
diecisiete.—Lic. Robert C. van der Putten, Notario.—1 vez.—( IN2017165842 ).
En esta notaría escritura número
ciento veintitrés, emitida a las doce horas del veintitrés de febrero del dos
mil diecisiete, se constituyó la S. A., Applenature B M Sociedad
Anónima. Presidente: Manuel Francisco Briones
Fajardo.—Lic. José Rodrigo Serrano Masis, Notario.—1 vez.—( IN2017165845 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría, a las 10:00 horas del día de hoy, protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de: Centro Educativo Pasos de
Juventud S. A., cédula jurídica Nº 3-101-528887,
mediante la cual se reforma la cláusula de administración y se nombra
vicepresidente, secretario, tesorero, vocal y fiscal. Notario público: Jorge
Jiménez Cordero, cédula Nº 1-0571-0378.—San José, 31 de agosto del 2017.—Lic.
Jorge Jiménez Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017165848 ).
Mediante escritura otorgada a las
15:00 horas del 30 de agosto del 2017, se modifica el pacto constitutivo de la
sociedad Servicio
de Ambulancia Terrestre S.A., cédula jurídica N°
3-101-256927, se reforma la cláusula primera. Para que en adelante se denomine Fireade
Centroamérica Costa Rica S.A. Es todo.—31 de agosto
del 2017.—Licda. Nuria Solís Sáenz, Notaria.—1 vez.—( IN2017165851 ).
Por escritura de las diecisiete
horas de hoy, protocolicé acuerdos tomados por la sociedad de este domicilio, Elieca
Development S. A., en los que se acuerda su
disolución.—San José, 31 de agosto del 2017.—Lic. Federico Martén Sancho, Notario.—1 vez.—( IN2017165857 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las diez horas del veintiuno de agosto de dos mil diecisiete, se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Jaa Famdeno Sociedad
Anónima, titular de la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno- trescientos cuatro mil quinientos cinco, en la cual se
modificó la segunda cláusula del pacto constitutivo referente al domicilio. Es
todo.—San José, primero de setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Roberto
Esquivel Cerdas, Notario.—1 vez.—( IN2017165860 ).
Ante el suscrito notario se llevo a
cabo la modificación del pacto constitutivo y cambio de junta directiva de la
sociedad Darcon
Group One Inc Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno- quinientos treinta mil ochocientos treinta y cuatro,
celebrada en su domicilio social, otorgada a las diecisiete horas del día
veintinueve de agosto del año dos mil diecisiete.—Lic. Jhonny Solís Barrantes,
Notario.—1 vez.—( IN2017165864 ).
La suscrita Karen Montero Chaves,
como única dueña de las acciones de la sociedad Inversiones G.B.T.
S. A., notifica que esta sociedad ha sido
disuelta.—San José, 30 de agosto del 2017.—Lic. Edgar Montero Mejía, Notario.—1
vez.—( IN2017165867 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las 11:00 horas del 17 de agosto de 2017, Agropecuaria Lavagni
Sociedad Anónima, reformó la cláusula novena del
pacto constitutivo referente a la administración.—Cañas, Guanacaste, 01 de
setiembre de 2017.—Licda. Ester Solano Jerez, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017165872 ).
Por escritura otorgada en esta
notaría a las diecisiete horas y treinta minutos del treinta y uno de agosto de
dos mil diecisiete, por acuerdo de todos socios, no habiendo activos ni pasivos
que repartir, se acordó la disolución de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones
Carsan del Norte Sociedad Anónima. El suscrito
Notario da fe que este digital es copia fiel del original. 8371-39-09.—San
José, treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Hernán Alexis Pérez
Sanabria, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017165873 ).
Ante mí, Yeudi Aguirre Aguirre,
notario público, se ha constituido una sociedad anónima, cuyo representante con
calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma es Carlos León Elizondo,
en su condición de presidente de: Agri-Carga Di Lion Cía Constructora S. A. Escritura Nº 441 del tomo seis, otorgada a las quince horas del
doce de junio del dos mil diecisiete.—Ciudad Nelly, 29 de agosto del 2017.—Lic.
Yeudi Aguirre Aguirre, Notario.—1 vez.—( IN2017165874 ).
Por escritura otorgada en esta
ciudad el día de hoy, se reformó la cláusula segunda del pacto social
concerniente al domicilio de Inversiones Baes Servitrans Sociedad Anónima y se hicieron nombramientos de junta directiva.—San José,
veinticinco de agosto del dos mil diecisiete.—Msc. Andrea Quesada Méndez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017165880 ).
Yo, Marco Antonio Fernández López,
notario público con oficina en la ciudad de San José, hago constar que el día
veintiuno de agosto del dos mil diecisiete, protocolicé acta de la compañía Club del Cielo
Hoa Management Corporation Sociedad Anónima.” en la
cuál se modifica la cláusula de la administración y representación. Se realizan
nuevos nombramientos de presidente, secretario y tesorero.—San José, primero de
setiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Marco Antonio Fernández López, Notario.—1
vez.—( IN2017165881 ).
Por escritura 1-3 de las 16:00
horas del día 29 de agosto de 2017, se constituye sociedad Compañía Rica
Tica Fruit S.A., capital social suscrito y pagado, se
nombra junta directiva.—Lic. Diego Moya Meza, Notario.—1 vez.—( IN2017165887 ).
1) Por escritura otorgada el día de
hoy, número doscientos cinco de las ocho horas del día veintisiete de julio de
dos mil diecisiete, tomo doce, protocolicé acta número tres de asamblea general
extraordinaria de la compañía denominada Inmobiliaria Isabella
Guardiola Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y nueve mil trescientos
setenta y dos. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los Estatutos. Se
nombra nueva junta directiva, fiscal y agente residente. 2) Por escritura
otorgada el día de hoy, número doscientos cinco de las ocho horas treinta
minutos del día veintisiete de julio de dos mil diecisiete, tomo doce,
protocolicé acta número cuatro de asamblea general extraordinaria de la
compañía denominada Consorcio
Jurídico Guardiola y Asociados Sociedad Anónima, con
cédula de persona jurídica tres-ciento uno-doscientos ochenta y tres mil ciento
cinco. Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los Estatutos. Se nombra
nueva junta directiva, fiscal y agente residente. 3) Por escritura otorgada el
día de hoy, número doscientos veintiuno-doce, de las nueve horas del día doce
de agosto de dos mil diecisiete, protocolicé acta número dos de asamblea
general extraordinaria de la compañía denominada Inmobiliaria Barrio Luján
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
tres-ciento uno-trescientos ochenta y siete mil trescientos treinta y cuatro.
Se reforman las cláusulas segunda y sexta de los Estatutos. Se nombra nueva
junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, treinta de agosto del dos
mil diecisiete.—Lic. Johnny Alberto Sanabria Obando, Notario.—1 vez.—( IN2017165888
).
Por escritura N° 271 visible en su
inicio a folio 172 vuelto del tomo 20 del protocolo de Jorge Eduardo Mora
Bermúdez; se reforman las cláusulas segunda y sexta del pacto constitutivo de
la empresa Cumbremar
Pochote Tres S. A., cédula jurídica
3-101-371503.—Lic. Jorge Eduardo Mora Bermúdez, Notario.—1 vez.—( IN2017165889
).
Mediante escritura doscientos trece
otorgada ante mi notaría, a las diecisiete horas del veinticinco de agosto del
dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de la compañía Supergrecia I Sociedad Anónima, con domicilio en Alajuela, Grecia, cien metros norte del Palacio
Municipal segundo piso de Coopegrecia R. L., cédula jurídica número tres-ciento
uno-uno seis nueve cuatro siete seis, por virtud de la cual se reforma la
cláusula novena del pacto constitutivo y se nombra presidente.—Grecia, 01 de
setiembre del 2017.—Lic. Kerby Rojas Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017165890 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las 10:00 horas del 01 de setiembre del 2017, se solicita la
inscripción de la sociedad denominada: Kassem-Corra-Rig Sociedad
Anónima, la cual estará constituida por el señor
Rodrigo Corrales Sánchez, como presidente y el señor Kassem Lezzeik Hamed, como
secretario.—Licda. Nubia Cunningham Arana, Notaria.—1 vez.—( IN2017165892 ).
Por escritura otorgada ante el
notario Ernesto Azofeifa Cedeño
bajo escritura 253, en protocolo 9 a las 15:00 horas del
8-02-2016, se cambia la razón social de la sociedad anónima denominada Securitas
Sociedad Anónima, en donde se le cambia el nombre a Veritas
Poligrafía Cinco Cero Seis Sociedad Anónima,
domicilio San José, capital social diez mil colones, presidente Owen Arguedas
Arce.—31 de agosto del 2017.—Lic. Ernesto Azofeifa Cedeño, Abogado y Notario.—1
vez.—( IN2017165896 ).
El suscrito Arturo Montero Flores,
notario público con oficina en San Juan La Unión Cartago, te1. 22786996 hace
del conocimiento a quien interese, que ante mí se ha presentado Luis López
Grazioso, cédula número 8-0052-0717, a protocolizar acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Fabricación y Distribución de Productos Lácteos LG S.
A., cédula jurídica 3-101- 675807, la cual modifica
cláusula cuarta y décimo cuarta del pacto social. Nombramiento nuevo puesto
Junta Directiva y cambios en representación judicial y extrajudicial y
apoderados generalísimos.—San José 01/Set/2017.—Lic. Arturo Montero Flores,
Notario.—1 vez.—( IN2017165897 ).
Ante la suscrita notaria Luz Marina
Chaves Rojas, con oficina en Heredia los socios de la sociedad Foresgen
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-siete dos seis uno siete siete, solicitan su disolución. Es todo.—1° de
setiembre del 2017.—Licda. Luz Marina Chaves Rojas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017165899 ).
Ante la suscrita notaria Luz Marina
Chaves Rojas, con oficina en Heredia los socios de la sociedad denominada Inversiones
los Progenitores Zúñiga Arguedas Sociedad Anónima;
cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos noventa y seis mil
trescientos noventa y uno, solicitan cambio de la cláusula sétima. Es todo.—01
de setiembre del 2017.—Licda. Luz Marina Chaves Rojas, Notaria.—1 vez.—(
IN2017165900 ).
Por escrituras otorgadas ante la
notaría del Lic. Abraham Stern Feterman, a las 16:00, 16:30, 17:00 y 17:30 del
31 de agosto 2017 y 10:30 del 01 de setiembre 2017, protocolizamos las actas de
asamblea de socios de Corporación Navex S.A., 3-101-139962, Jesqui Internacional S.A.,
3-101-190660, Real
State Management S.A., 3-101-305283, Pebs S.A.,
3-101-201818, y Ecospace S.A., 3-101-260871, que acordaron transformarse en sociedades
limitadas con el mismo nombre y reformar sus pactos sociales en forma
integral.—San José, 01 de setiembre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2017165905 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las once horas del día veinte de agosto del año dos mil diecisiete,
se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas
mediante la cual se disuelve la sociedad Bali Sagrado S. A.—Mercedes Sur de Heredia, veinte de agosto del año dos mil
diecisiete.—Licda. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017165906 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las doce horas del día veinte de agosto del año dos mil diecisiete,
se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas
mediante la cual se disuelve la sociedad Texmanía S. A.—Mercedes Sur de Heredia, veinte de agosto del dos mil
diecisiete.—Licda. Virginia Hernández Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017165907 ).
Por escritura otorgada ante mí el
día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Cueros y Viniles de
Alajuela Sociedad Anónima, mediante la cual se
aprueba la disolución de la empresa.—Alajuela, 01 de setiembre de 2017.—Licda.
Liliana Villalobos Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017165911 ).
Por escritura otorgada ante mí, el
día de hoy, se protocoliza acta de la compañía Puente del Poblado Sociedad
Anónima, mediante la cual se aprueba la disolución de
la empresa.—Alajuela, 01 de setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Liliana
Villalobos Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017165912 ).
Mediante escritura otorgada en esta
notaría, a las trece horas cinco minutos del día dieciséis de agosto del dos
mil diecisiete, se constituyó la entidad denominada Hyco Hydraulic Components
Sociedad Anónima.—San José, 31 de agosto del
2017.—Lic. Alejandro Vargas Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017165913 ).
A las quince horas del día de hoy
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones
Alto Riesgo Poca Renta S. A., cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil doscientos
setenta y seis, en la que se reforman las cláusulas segunda y sétima, del pacto
constitutivo, referentes al domicilio y a la representación.—San José, 29 de
agosto del 2017.—Licda. Carmen Estrada Feoli, Notaria.—1 vez.—( IN2017165914 ).
Ante este notario, mediante las
escrituras número cuarenta y cinco del treinta de agosto del dos mil diecisiete
y cuarenta y siete del primero de setiembre del dos mil diecisiete, ambas del
tomo tres, se reformó la cláusula correspondiente al domicilio y se reformó la
cláusula correspondiente al capital, respectivamente de la sociedad Importaciones
Pucca & Jack S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos treinta mil dieciocho. Es todo.—San José, primero de setiembre
del mil diecisiete.—Licda. Lisa Bejarano Valverde, Notaria.—1 vez.—(
IN2017165916 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las diecisiete horas del treinta de agosto del dos mil diecisiete,
Gina Alejandra Alfaro Barrantes y Juan Antonio Cordero Hernández constituyen Proyectos e
Inversiones Coral Karillo Sociedad Civil. Objeto: Es
la consultoría en compra y venta de propiedades, industria, ganadería, turismo,
prestación de servicios, comercio en general, y toda clase de actividades y
servicios conexos. Capital: íntegramente suscrito y pagado. Administrador uno:
La señora Gina Alejandra Alfaro Barrantes. con todas las facultades.—Grecia,
treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Greivin Barrantes Barrantes,
Notario.—1 vez.—( IN2017165917 ).
Mediante escritura otorgada ante el
suscrito notario, a las quince horas del día treinta y uno de agosto
protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de Splash Buggy
Tours Sociedad Anónima, cédula tres-ciento
uno-seiscientos ochenta y cuatro mil novecientos cincuenta y seis; mediante los
cuales se modificó la cPor
escritura número ciento cincuenta y siete, otorgada ante esta notaría, a las
nueve horas del primero del setiembre dos mil diecisiete se disuelve la
sociedad El Tandoor de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad
Limitada, cédula
3-102-7053525.—San José, 1° de setiembre del 2017.—Licda. Sindy Priscilla
González Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2017165927 ).láusula
primera del pacto social. Es todo.—San José, treinta y uno de agosto de dos mil
diecisiete.—Lic. Enrique Loría Brunker, Notario Público.—1 vez.—( IN2017165919
).
El suscrito notario hace constar
que en mi notaría, mediante escritura número setenta y tres del treinta de
agosto del dos mil diecisiete, se protocolizaron acuerdos de Parque
Comercial Lindora Arize Cuatro Sociedad de Responsabilidad Limitada, en donde se reforma su pacto constitutivo y se nombran nuevos
gerentes.—San José, treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Gastón
Sancho Cubero, Notario.—1 vez.—( IN2017165921 ).
Por escritura número ciento
cincuenta y seis, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del primero del
setiembre dos mil diecisiete se disuelve la sociedad Palace Call Center Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula 3-102-
638274.—San José, primero de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Sindy
Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2017165928 ).
Por escritura número ciento
cincuenta y cinco, otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del primero del
setiembre dos mil diecisiete se disuelve la sociedad PJCR Administradora de
Recursos Humanos SRL., cédula 3-102-638278.—San José, primero de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Sindy Priscilla González Chacón, Notaria.—1 vez.—( IN2017165929
).
Ante esta notaría otorgan escritura
84, a las 15 horas del 17 de agosto 2017, se constituye sociedad denominada Multiservicios
y Representaciones BRS Sociedad Anónima Plazo social:
99 años. Capital: cien mil colones y la representación judicial y extrajudicial
le corresponde al presidente y tesorera con facultades apoderados generalísimos
sin límite. Es todo.—San José, 17 de agosto del 2017.—Licda. Christy Eugenia
Durán Jiménez, Notaria.—1 vez.— ( IN2017165932 ).
Mediante escritura número 136-16
otorgada 16:00 horas del 31 de agosto de 2017, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la empresa Coding Solution, cédula jurídica 3-101-721068. Se reforma la cláusula segunda en
cuanto al domicilio y la cláusula sétima en cuanto a la administración.—Licda.
Gladys Marín Villalobos, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017165937 ).
Mediante escritura otorgada en esta
notaria a las 8:00 horas del primero de setiembre de 2017, he procedido a
procotolizar el acta de la asamblea general extraordinaria de socios de la
compañía denominada Montehonor
Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-744470
mediante la cual los socios acordaron cambiar la denominación social pasando a
llamarse Montohonor
del Mar Sociedad Anónima.—Lic. Giovanni Vega Cordero,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017165942 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las nueve horas del veintisiete de agosto del dos mil diecisiete, se
protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas mediante
la cual se disuelve la sociedad 3-101-589555, otorgada en San
José, 01 de setiembre del 2017.—Licda. Evelyn Karina Ramírez Solórzano,
Notaria.—1 vez.—( IN2017165945 ).
Por escritura de las catorce horas
del primero de setiembre del año dos mil diecisiete, se constituye la sociedad A & R Load
Logistics Sociedad Anónima, presidente con facultades
de apoderado generalísimo sin límite de suma. Capital social: Diez dólares,
moneda de Estados Unidos de América.—San José, 1° de setiembre del año
2017.—Lic. Javier Clot Barrientos, Notario.—1 vez.—( IN2017165992 ).
Ante esta notaria a las 12 horas
del día 2 de setiembre del 2017, se nombra junta directiva y fiscal y se
reforma clausulas tercera y sexta del pacto constitutivo de Distribuidora
Vigara VG S. A. cédula jurídica 3-101-563160,
domicilio: Cañas, Guanacaste, presidente, secretario y tesorero, apoderados
generalísimos sin límite de suma.—San José, 2 de setiembre del 2017.—Lic.
Manuel Fernando Anrango Bonilla, Notario.—1 vez.—( IN2017165997 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría
de las 12:00 horas del 28 de agosto del 2017, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Gente Emprendedora de Limón
Sociedad Anónima cédula jurídica 3-101-310676, se
protocolizó acta de asamblea general donde se reformaron las cláusulas primera,
segunda, quinta y séptima del pacto constitutivo, se revocan y hacen nuevos
nombramientos de la junta directiva.—Limón, 1 de setiembre del 2017.—Licda.
Natasha M. Meléndez Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017166018 ).
La suscrita notaria hace del
conocimiento público que la sociedad Piñas y Tubérculos del Edén
Sociedad Anónima cedula jurídica tres-ciento
uno-setecientos quince mil quinientos noventa y uno, modifica la cláusula
décimo primera del pacto constitutivo.—Licda. Lolita Arias Sánchez, Notaria.—1
vez.—( IN2017166029 ).
Ante mi notaría, la sociedad Nacaissy
Sociedad Anónima protocoliza acta, se realiza
nombramiento de tesorero y se modifica cláusula quinta del pacto
constitutivo.—San José a las 08:00 horas del 01 de setiembre del 2017.—Licda.
María Elena Gamboa Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017166041 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaria, a las 09:00 del día 31 de agosto del 2017, se constituyó la sociedad
denominada Rojmar
Med Ingenieria Limitada.—San José, 4 de setiembre del
2017.—Lic. Rigoberto Rojas Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017166043 ).
Ante esta notaría, por escritura
número nueve-dieciséis de las quince horas del primero de setiembre del año dos
diecisiete se constituyó la compañía C. J. Caribean
Sail Sociedad de Responsabilidad Limitada,
nombrándose como gerente Jean Lambert. Es todo.—San José, primero de setiembre
del año dos mil diecisiete.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notaria.—1
vez.—( IN2017166061 ).
Ante este notaría por escritura
número ocho-dieciséis de las once horas del primero de setiembre del año dos
diecisiete se constituyó la compañía Mujeres Misioneras del
Nuevo Pacto Sociedad de Responsabilidad Limitada,
nombrándose como gerente María Mayrla Delgado Murillo. Es todo.—San José,
primero de setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda. María Verónica Méndez
Reyes, Notaria.—1 vez.—( IN2017166062 ).
Ante este notaría por escritura
número nueve-dieciséis de las quince horas del primero de setiembre del año dos
diecisiete se constituyó la compañía Q Lindo Aca C. J. Sociedad
de Responsabilidad Limitada, nombrándose como gerente
Jean Lambert. Es todo.—San José, primero de setiembre del año dos mil
diecisiete.—Licda. María Verónica Méndez Reyes, Notario.—1 vez.—( IN2017166063
).
Ante esta notaría, se constituyó
cambio de presidente y secretario de la empresa denominada Tres-Uno Cero
Uno-Seis Nueve Seis Cinco Cuatro Tres Sociedad Anónima, misma cédula jurídica, siendo su presidenta Evelyn Cascante
Quirós, cédula cuatro-uno ocho ocho-tres seis tres y secretado Óscar Efrén
Cascante Quirós, cédula dos-ocho dos dos-cero uno seis y su capital social es
de diez mil colones.—Alajuela, ocho horas tres de setiembre del dos mil
dieciséis.—Diego Armando Cascante Quirós.—Lic. Edgar Alfaro Gutiérrez,
Notario.—1 vez.—( IN2017166064 ).
Ante esta notaria al ser las once
horas del veintiuno de agosto del año dos mil diecisiete se protocoliza el acta
de aumento de capital social de la sociedad denominada: Banrey
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-uno
cero uno-tres tres siete cinco cinco siete. Notaría de la licenciada Maureen
Calvo Calvo, Mollejones de Platanares de Pérez Zeledón, treinta y cinco metros
sureste del Supermercado el Cruce, Pérez Zeledón, provincia de San José,
República de Costa Rica. Teléfonos: 8994-2444/8574-3436.—Licda. Maureen
Patricia Calvo Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2017166068 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura número ciento sesenta y ocho, se acuerda la disolución de Vmoviles
Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento
uno-seiscientos treinta y nueve mil ochocientos noventa y nueve.—Pérez Zeledón,
San Isidro de El General, dos de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana
Elena Barrantes Sibaja, Notaria.—1 vez.—( IN2017166069 ).
Por escritura otorgada ante mí se
protocolizó acta de la sociedad HCC del Fiordo
Sociedad Anónima. Reforma de cláusula novena y cambio
en junta directiva.—San José, treinta y uno de agosto del año dos mil
diecisiete.—Licda. Flor Eugenia Castillo Castro, Notaria.—1 vez.—( IN2017166091
).
Por escritura otorgada ante mí en
la ciudad de San José a las ocho horas del día primero de setiembre del dos mil
diecisiete, se constituye la sociedad Reflectivos de América
Sociedad Anónima. Domicilio: San José. Capital: cien
dólares, moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. Presidente y
secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma,
pudiendo actuar conjunta o separadamente.—San José, 01 de setiembre del
2017.—Licda. Adriana Salgado Calvo, Notaria.—1 vez.—( IN2017166094 ).
Por escritura otorgada en la ciudad
de San José, a las ocho horas del cuatro de setiembre de dos mil diecisiete, la
sociedad Inversiones
La Troja Chorotega S.A., modifica su nombre a Sparrow
Aircorp Sociedad Anónima, se modifica la cláusula del
objeto, del domicilio social, se revocan nombramientos de junta directiva y se
realizan nuevos.—San José, a las ocho y treinta horas del cuatro de setiembre
de dos mil diecisiete.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2017166111 ).
Por escritura otorgada a las 18:00
horas del 31 de agosto de 2017, se protocolizan acuerdos de la sociedad Grupo de
Seguridad Don Emilio Ltda., mediante los cuales se
reforma la cláusula de la administración.—San José, 31 de agosto de
2017.—Licda. Margarita Odio Rohrmoser, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017166113
).
Por escritura número 310 otorgada
ante esta notaría a las 13 horas del 1° de setiembre del 2017, se protocoliza
el acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Resoluciones
Globales Roba S. A., cédula jurídica 3-101-303172,
donde se acordó reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo en relación
con el cambio de domicilio social de dicha compañía. Es todo.—Licda. Clara
Zúñiga Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2017166126 ).
Por escritura otorgada a las dieciséis
horas del veintidós de agosto del dos mil diecisiete, se protocoliza asamblea
general extraordinaria de socios de la empresa de esta plaza Grupo
Empresarial Siglo X S. A., donde se acuerda disolver
la sociedad.—Licda. Mariselle Verdesia Meneses, Notaria.—1 vez.—( IN2017166129
).
Por escritura de doce horas de hoy,
en esta ciudad, protocolicé acta Inversiones Tequisquiapan S. A., en la cual reforma sus estatutos.—San José, 1° de setiembre de
2017.—Licda. Patricia Rivero Breedy, Notaria.—1 vez.—( IN2017166135 ).
Por escritura número ciento tres,
otorgada ante mí a las catorce horas del primero de setiembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad Urbanika Desarrolladora Sociedad de Responsabilidad
Limitada, por medio de la cual se reforma la cláusula
del domicilio.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017166137 ).
Por escritura número ciento cuatro
otorgada ante mí, a las catorce horas quince minutos del primero de setiembre
del dos mil diecisiete, se protocolizó la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Celcorp Sociedad de
Responsabilidad Limitada, por medio de la cual se
reforma la cláusula del domicilio. Notario público: Fernando Alfaro
Chamberlain, teléfono: 2282-3300.—Lic. Fernando Alfaro Chamberlain, Notario.—1
vez.—( IN2017166139 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 10 horas del 4 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de: Inmobiliaria
Brunello S.A., cédula jurídica número 3-101-526296,
mediante la cual se modifica la cláusula quinta del pacto social.—San José, 4
de setiembre del 2017.—Lic. Piero Gervasoni Brugiotti, Notario.—1 vez.—(
IN2017166140 ).
En mi notaría al ser las once horas
treinta minutos del ocho de agosto del dos mil diecisiete, se modificó la
cláusula sétima de la sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos
Veinte Mil Doscientos Cincuenta y Uno Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos veinte
mil doscientos cincuenta y uno. Es todo.—San José, cuatro de setiembre del dos
mil diecisiete.—Lic. Mauricio Bolaños Argueta, Notario.—1 vez.—( IN2017166143
).
Por escritura 208 otorgada a las
9:30 horas del 01 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la empresa Ascot & Keswick
Sociedad Anónima, donde se modificó pacto
social.—Lic. Erasmo Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017166149 ).
Por escritura 209 otorgada a las
10:00 horas del 1° de setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la empresa Inmobiliaria Solmi Sociedad
Anónima, donde se modificó pacto social.—Lic. Erasmo
Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017166150 ).
Por escritura ciento cuarenta y
nueve, visible al folio cincuenta y siete vuelto del protocolo dieciséis del
suscrito notario, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de Comercializadora
Paquito, cédula jurídica: tres-ciento uno-ciento
noventa y tres mil quinientos, modificando la cláusula segunda del pacto
constitutivo sobre el domicilio, así como la cláusula referente a la
representación, se elimina al agente residente.—Lic. José Alberto Rivera
Torrealba, Notario.—1 vez.—( IN2017166151 ).
Por escritura otorgada ante mí en
San José, a las once horas del veintinueve de agosto del dos mil diecisiete,
protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la
sociedad Playa
Ocotal Investment Fields At The Pacific S. A., en la que se modifica el pacto constitutivo y se nombra nueva
junta directiva.—San José, treinta de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Carlos
Roberto Solórzano López, Notario.—1 vez.—( IN2017166160 ).
El suscrito notario hace constar
que en esta fecha se ha protocolizado acta de la sociedad denominada Agrícola
Badimor S. A., reforma cláusulas 6 y 7.—San José, 01
de setiembre del 2017.—Lic. Luis Echeverri Trujillo, Notario.—1 vez.—(
IN2017166184 ).
A las 8 horas de hoy, protocolice
acta de Berros
Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-192674,
donde modifica la cláusula quinta del capital social y novena de la
administración. Junta directiva cuatro miembros presidente, vicepresidente,
secretario y tesorero. Presidente apoderado generalísimo sin límite de suma, en
ausencia los sustituye el vicepresidente.—San José, 03 de julio del
2017.—Licda. Dania Valverde Núñez, Notaria.—1 vez.—( IN2017166189 ).
Ante el licenciado Marvin Ramírez
Víquez, el día treinta y uno de agosto del 2017, se procede a la constitución
de la sociedad Business
Solutions and Technolies Sociedad Anónima.—Treinta y
uno de agosto del 2017.—Lic. Marvin Ramírez Víquez, Notario.—1 vez.—(
IN2017166191 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las dieciséis horas y cuarenta y nueve minutos del treinta y uno de
agosto del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad cuya identificación
será su cédula jurídica. Gerente: Luis Ricardo Zúñiga Zúñiga, con facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma con representación judicial y
extrajudicial, quien aceptó el cargo.—Lic. Eduardo López Arroyo, Notario.—1
vez.—( IN2017166194 ).
Mediante escritura autorizada por
mi a las 11,45 horas del 30 de agosto de 2017 se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de Redstone Investments Costa
Rica S.A., en la que se acordó reformar las cláusulas
segunda y séptima de los estatutos.—Ciudad Quesada, 30 de agosto de 2017.—Lic.
Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017166195 ).
Por escritura número treinta y
uno-trece, otorgada ante mi notaría, a las nueve horas del día treinta y uno de
agosto del dos mil diecisiete, se modificó la cláusula segunda de los
estatutos, del domicilio social y se nombra nuevo agente residente, de la
entidad denominada: Centro
Infantil Bilingüe Country Kids Sociedad Anónima.—Puntarenas,
01 de setiembre del 2017.—Lic. Javier Desanti Henderson, Notario.—1 vez.—(
IN2017166198 ).
Por escritura número
veintisiete-trece, otorgada ante mi notaría, a las trece horas del día treinta
y uno de julio del dos mil diecisiete, se modificaron las cláusulas segunda
correspondiente al domicilio social; la cláusula sexta, correspondiente a la
administración y se nombran nuevos gerentes, de la Indavi Limitada.—Puntarenas, 02 de agosto del 2017.—Lic Javier Desanti Henderson,
Notario.—1 vez.—( IN2017166199 ).
Por escritura número
diecisiete-trece, otorgada ante mi notaría, a las dieciocho horas del día
primero de junio del año dos mil diecisiete, se constituyó la entidad
denominada Inversiones
Unidas Dos Rosas de Occidente Sociedad Anónima._
Presidente: Roy Rojas León.—Puntarenas, 02 de agosto del 2017.—Lic. Javier
Desanti Henderson, Notario Público.—1 vez.—( IN2017166200 ).
Mediante escritura número ciento
noventa, otorgada en Moravia, a las ocho horas del veintiocho de agosto del dos
mil diecisiete, visible al folio ciento setenta y cinco del tomo décimo sexto
de mi protocolo, protocolizo acta de Rosfa P Y T S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos noventa y
cuatro mil trescientos doce, en que los accionistas acordaron disolver la
sociedad.—Moravia, veintiocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Gerardo
Bogantes Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN2017166204 ).
Por escritura número ciento noventa
y uno, otorgada en Moravia, a las nueve horas del veintiocho de agosto del dos
mil diecisiete, iniciada al folio ciento setenta y cinco vuelto del tomo décimo
sexto de mi protocolo, protocolizo actas de asambleas de accionistas de Lauca O C R S.
A., cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-ciento setenta y ocho mil trescientos veinticinco y de Sunshine
Developments S. A., cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos noventa y cinco mil trescientos treinta y siete,
en que en que los respectivos accionistas acuerdan fusionar ambas sociedades.
La primera sociedad es absorbida por la segunda sociedad, quien a su vez
modifica el pacto social y aumenta el capital social a veinte mil
colones.—Moravia, veintiocho de agosto del dos mil diecisiete.—Lic. Gerardo
Bogantes Hidalgo, Notario Público.—1 vez.—( IN2017166205 ).
Por escritura N° ciento sesenta,
otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas, del día 01 de setiembre del 2017,
los señores Arnoldo Pacheco Alvarado y Adriana Quesada Quesada constituyen Automotores M
L P Cinco Seis Siete Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de setiembre del 2017.—Lic. Alexander E. Rojas
Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017166213 ).
Se hace saber: Que en mi notaría, a
las once horas del día primero de setiembre del dos mil diecisiete, se aprobó
reformar la cláusula cuarto del pacto constitutivo de SJR Grandeur
Trading Limitada, cédula de persona jurídica número
tres-ciento dos-quinientos ochenta y ocho mil ochocientos sesenta y nueve.—San
José, primero de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Gonzalo Gutiérrez
Acevedo, Notario Público.—1 vez.—( IN2017166217 ).
Escritura otorgada a las dieciséis
horas quince minutos del 30 de agosto del 201 se constituyó la Fundación ARA
Transparencia para El Desarrollo Sostenible,
domicilio: Alajuela, La Guácima, Ciudad Hacienda Los Reyes, avenida del Café,
casa 1-doscientos cuatro. Plazo: perpetuo. Patrimonio: cien mil colones,
depositados en los miembros directores de la Fundación. Presidente con
facultades de apoderado general sin límite de suma, con la representación
judicial y extrajudicial Ana Cecilia de Ezpeleta Aguilar y Rebeca Linox Chacón.
Abogada y Notaria.—San José, 30 de agosto del 2017.—Licda. Ana Cecilia de
Ezpeleta Aguilar, Notaria .—1 vez.—( IN2017166221 ).
En escritura N° 56 tomo 51 de las
09 horas del 01 de setiembre del 2017, ante el notario Giovanni Portuguez
Barquero se constituyó la sociedad: Condominio Vista de Tamarindo FF Uno Uno Sociedad
Anónima, domicilio: San José, Montes de Oca, plazo:
100 años a partir de la constitución. Objeto: comercio y otros. Capital social:
1.000.000 de colones en 100 acciones comunes y nominativas de 10.000 colones
cada una, pagado en aporte de bienes muebles. Administración: presidente,
apoderado generalísimo sin límite de suma.—Cartago, 01 de setiembre del
2017.—Lic. Giovanni Portuguez Barquero, Notario.—1 vez.—( IN2017166223 ).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las siete horas treinta minutos del cuatro de setiembre del dos mil
diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea de general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Inmobiliaria
& Inversiones A Posse Ad Esse S. A. Donde se
acuerda practicar la fusión de la sociedad Costa Rica Utopian
Investments S. A. con la sociedad Inmobiliaria
& Inversiones A Posse Ad Esse S. A., siendo la
primera la prevaleciente.—San José, cuatro de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017166226 ).
Ante esta notaría, por escritura
otorgada a las ocho horas del cuatro de setiembre del dos mil diecisiete, donde
se protocolizan acuerdos de asamblea de general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad denominada Costa Rican Utopian
Investments S. A. Donde se acuerda practicar la fusión
de la sociedad Costa
Rica Utopian Investments S. A. con la sociedad Inmobiliaria
& Inversiones A Posse AD Esse S. A., siendo la
primera la prevaleciente. Además, se acuerda reformar las cláusulas quinta y
segunda, referente al capital social y al domicilio social de la compañía,
respectivamente.—San José, cuatro de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017166227 ).
Erika María Rodríguez Arias, Rita
Hilda Arias Álvarez y Stephanie María Espinoza Rodríguez constituyen empresa
denominada Grupo
Servicios Logísticos A.R.S. Sociedad Anónima.
Domicilio: San Pablo de Barva, Heredia, Urbanización Montecarlo. Capital social
quince mil colones. Representación recae en su presidente y tesorero con
facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, actuando conjunta o
separadamente. Escritura otorgada en la ciudad de Barva de Heredia, a las 12
horas del 01 de setiembre del 2017.—Lic. Fredy Vargas Chavarría, Notario.—1
vez.—( IN2017166231 ).
Yo, Serge Dupin Parren, cédula N°
8-0110-0255, liquidador de la sociedad: MGM Luz Inversiones S. A., cédula jurídica 3-101-497485; publico estado final de la
sociedad: único socio. Maurizio Iannuzzi, cédula de residencia 138000038716;
bienes: cuenta 200-02-079-1502-4 del Banco Nacional de Costa Rica. Cancelados
todos los gastos de la presente liquidación, los honorarios profesionales del
notario y el interés del fisco, el dinero restante corresponderá en forma
absoluta al señor Iannuzzi. Exp. 003-2017-hna.—Lic. Serge Dupin Parren,
Notario.—1 vez.—( IN2017166233 ).
M
J Móviles Jonafra Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica 3-101-327452, nombra liquidador a Carlos Eduardo Campos Jiménez,
mayor, casado una vez, portador de la cédula de identidad nueve-cero seis
dos-ciento tres, vecino de Lomas de San Francisco, de la farmacia trescientos
metros al oeste y cien sur por un periodo de seis meses. A partir del 15 de
setiembre del 2017.—San José, cuatro de setiembre del dos mil diecisiete.—Firma
ilegible.—1 vez.—( IN2017166234 ).
A las once horas del cuatro de
setiembre del dos mil diecisiete, protocolizo acta de asamblea general
extraordinaria de socios de Electronosara Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-seis tres cero siete cero
cero, donde modifica cláusula primera de pacto social y cambia denominación
social a Grupo
Nosara Ferretería y Acabados Sociedad Anónima. Es
todo.—San José, 04 de setiembre de 2017.—Lic. Roberto Quirós Coronado,
Notario.—1 vez.—( IN2017166244 ).
Ante mí, a las 14:00 horas del 29
de julio del año 2017, se constituyó la sociedad Keyla Paulina Sociedad
Anónima, capital suscrito y pagado y con un plazo de
noventa y nueve años.—San José, 29 de julio de 2017.—Lic. David Eugenio Romero
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017166261 ).
Por escritura otorgada en San José,
N° 191 de las 11:20 horas del 31 de agosto del 2017, se constituye sociedad
anónima, en la cual se solicita que el Registro de Personas Jurídicas de
oficio, según el Decreto N° 33171-J publicado el 14 de junio del 2016, como
denominación social se le indique el número de cédula de persona jurídica al
momento de su inscripción. Plazo: 100 años. Presidente con facultades apoderado
generalísimo sin límite de suma.—San José, 1 de setiembre del 2017.—Licda.
Cecilia García Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017166291 ).
En esta notaría, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de Comercial Yirufa Sociedad
Anónima, donde se nombra nuevo secretario y se
modifica la cláusula octava del pacto constitutivo.—San José, 3 de setiembre
del 2017.—Licda. Marianela Angulo Tam, Notaria.—1 vez.—( IN2017166294 ).
En esta notaría los señores
Stephanie Pamela Muñoz Jiménez, Wexford Antonio González Quesada y Edgar Fabián
Carvajal Murillo, constituyen la sociedad anónima: Solucondo Sociedad Anónima, con domicilio en San Joaquín de Flores frente a la clínica Jorge
Volio. Presidenta: Stephanie Pamela Muñoz Jiménez. Plazo social: cien años.
Capital social: veinte mil colones.—Alajuela, 04 de setiembre del 2017.—Licda.
Jésika Alfaro Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017166296 ).
En mi notaría se protocolizó acta
de asamblea extraordinaria de accionistas de la sociedad Kreative Kids
Montessori S. A.—San José, cuatro de setiembre del
dos mil diecisiete.—Licda. Ángela María Sánchez Lépiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017166309
).
En asamblea extraordinaria de Corporación F
Y A Stewart Sociedad Anónima, cédula jurídica número:
3-101-236007, celebrada a las 8:00 del 28 de agosto de 2017. Se modifica la
cláusula segunda, en cuanto al domicilio. Doy fe que es una copia fiel de su
original.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Lic. Harold Rafael Ureña Agüero,
Notario.—1 vez.—( IN2017166311 ).
En asamblea extraordinaria de Stewarts S. A., cédula jurídica número: 3-101-281201, celebrada a las 11:00 del
25 de agosto de 2017. Se acordó fusionar en una sola las empresas Stewarts S. A. y Bufete
Stewart S. A., mediante absorción de la segunda por
la primera. Se modifica la cláusula segunda y quinta, en cuanto al domicilio y
al capital social.—San José, 04 de setiembre del 2017.—Lic. Harold Rafael Ureña
Agüero, Notario.—1 vez.—( IN2017166312 ).
En asamblea extraordinaria de Bufete Stewart
S. A., cédula jurídica: 3-101-474355, celebrada a las
10:30 del 25 de agosto de 2017. Se acordó fusionar en una sola las empresas Stewarts S. A. y Bufete
Stewart S. A., mediante absorción de la segunda por
la primera.—San José, 04 de setiembre del 2017.—Lic. Harold Rafael Ureña
Agüero, Notario.—1 vez.—( IN2017166313 ).
Al ser las 12:00 del 01 de
setiembre del 2017, procedo a protocolizar el acta de asamblea general
extraordinaria de socios uno de Agregados Para Concreto S. A.,
cédula jurídica 3-101-118991, en la cual se acuerda reformar la cláusula décima
segunda y décima sétima del estatuto.—San José, 01 de setiembre del
2017.—Licda. Natalia María Rodríguez Ríos, Notaria.—1 vez.—( IN2017166316 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaria, a las catorce horas del veintinueve de agosto del año dos mil
diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la Sociedad denominada Terra Offroad Costa Rica
Sociedad Anonima, con cédula jurídica número tres -
ciento uno - setecientos diecisiete mil seiscientos dieciocho. Se reforma la
cláusula octava del pacto constitutivo y acepta la renuncia del tesorero y
fiscal y se hacen nuevos nombramientos.—Licda. Viviana Jiménez Ramírez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017166325 ).
Ante esta notaría, del Lic. Carlos
Serrano Pérez, sita en Tibas del parque doscientos metros al sur y cincuenta al
oeste, con fecha diecisiete de agosto del dos mil diecisiete, se protocolizó
acta número dos del libro de Asambleas Generales y Extraordinarias de la
sociedad TRES
— CIENTO UNO — SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL Novecientos Doce, Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-
seiscientos ochenta y siete mil novecientos doce, donde se acuerda la
disolución de dicha sociedad, por lo que se insta a cualquier interesado, que
dentro de un plazo de treinta días contados a partir de la publicación de este
edicto, a hacer valer sus derechos. San José al ser las diecisiete un minuto
del día primero de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Serrano Pérez,
Notario.—1 vez.—( IN2017166348 ).
Por escritura número 27 otorgada
ante esta notaría, a las 11 horas del 1° de setiembre del 2017, se constituye
la sociedad anónima con aporte de capital Yofi Shel Casa.—San José, 5 de setiembre del 2017.—Lic. Alejandro López Meoño,
Notario.—1 vez.—( IN2017166354 ).
Por escritura otorgada en mi
notaría, se constituye la sociedad Corporación Garzona Sagot Sociedad Anónima, domiciliada en Cartago, de la entrada principal del Instituto
Tecnológico de Costa Rica doscientos metros sur y doscientos metros oeste,
Capital Social: Cien dólares, debidamente suscrito y pagado. Presidente y
secretario representantes legales con facultades de apoderado generalísimo sin
límite de suma, en forma conjunta o separadamente.—San José, 29 de agosto del
2017.—Luis Diego Valdelomar Esquivel, Notario.—1 vez.—( IN2017166358 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 15:00 horas del 4 de setiembre de 2017 se protocolizó acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Organización
Educativa Internacional O.E.I S. A., cédula jurídica
3-101-670809, modificándose la cláusula 5 del capital social aumentando el
mismo.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Luis Alonso Quesada Díaz, Notario.—1
vez.—( IN2017166361 ).
Mediante acta de asamblea general
extraordinaria, celebrada a las diez horas del veintiocho de agosto del dos mil
diecisiete, los socios convienen disolver la sociedad denominada 3-101-584896
S. A., cédula jurídica 3-101-584896.—San José, 04 de
setiembre del 2017.—Lic. Guillermo Montealegre Mata, Notario.—1 vez.—(
IN2017166363 ).
La empresa Inversiones
Jaigu S. A., cédula jurídica Nº 3-101-536906, realiza
el cambio de tesorero con y modifica la representación judicial. Presidenta:
Leidy María Pérez García. Escritura otorgada en San José, a las 19 horas del 16
de agosto del 2017.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2017166368 ).
Por escritura otorgada ante mí a
las 09:30 horas, del 26 de agosto de 2017, se reforma cláusula de
administración de Auto
Transportes San José Piedra Blanca Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica Nº 3-101-098345, la sociedad será administrada por
presidente, tesorero y secretario. Corresponderá al presidente la
representación judicial y extrajudicial de la sociedad y tendrá facultades de
apoderado generalísimo sin límite de suma. Román Solano Estrada,
Presidente.—San José, 26 de agosto 2017.—Licda. Mireya Padilla García, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017166369 ).
En mi notaría he protocolizado la
asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Apartamento
Balance Diez Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y nueve mil ciento veintidós y
domiciliada en Heredia, Cubujuquí, costado noroeste del Estadio Rosabal
Cordero, en la que la totalidad de los socios toman el acuerdo principal de
disolver la sociedad.—Santa Cruz, Guanacaste, treinta y uno de agosto del año
dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Manuel Miranda Chacón, Notario.—1 vez.—(
IN2017166371 ).
Ante esta notaría, se procedió a la
disolución de las sociedades Grupo J.A. Roca del Sur S. A.
y Andme
Roca S. A. de conformidad con el artículo doscientos
uno inciso d) del Código de Comercio.—San José, 04 de setiembre de 2017.—Licda.
María de Los Ángeles Jiménez Acuña, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017166374 ).
Por escritura protocolizada ante
esta notaría de las 12:50 horas de hoy, se modifican la cláusula primero del
pacto constitutivo de la sociedad Muebles Tecnicoco Sociedad Anónima.—San José, cuatro de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Rónald Brealey Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN2017166389 ).
Por escritura protocolizada ante
esta notaría de los diez horas de hoy, se modifican la cláusula primera del
pacto constitutivo de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seis Ocho Cero Cero Dos Seis Sociedad
Anónima.—San José, doce de junio del dos mil
diecisiete.—Lic. Erick Brealey Bejarano, Notario Público.—1 vez.—( IN2017166390
).
Por escritura número cincuenta y
nueve-diecisiete, otorgada ante el notario Juan Manuel Godoy Pérez, a las
quince horas del treinta y uno de julio de dos mil diecisiete, se protocoliza
el acta de asamblea general extraordinaria de la compañía Vuela Aviación
S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-696997;
mediante la cual se reforma la cláusula: quinta, del pacto social.—San José,
cuatro de septiembre de dos mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Godoy Pérez,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017166392 ).
Ante ésta notaria pública se
procede a la disolución de la sociedad anónima, con nombre de fantasía Vista Sierpe
Sociedad Anónima, con domicilio social en Barrio
Lourdes, Ciudad Cortés del cantón de Osa, Puntarenas, con cédula jurídica N°
3-101-602414 y como secretaria con facultades de apoderada generalísima sin
límite de suma, pudiendo actuar conjunto o separadamente Martha Luz Venegas
Arguedas.—Ciudad Cortés Osa, Puntarenas, 31 de agosto del 2017.—Licda. Mayra
Argüello Alguera, Notaria.—1 vez.—( IN2017166407 ).
Mediante escritura número setenta y
siete, otorgada el día veintiocho de agosto del dos mil diecisiete, ante el
notario público Alexander Granados Loaiza, se disuelve la sociedad denominada Portal Imports
Sociedad Anónima, por unanimidad de votos de todos
los socios.—San José 28 de agosto del 2017.—Lic. Alexander Granados Loaiza,
Notario.—1 vez.—( IN2017166416 ).
En escritura ciento veinticinco,
tomo dos se constituyó sociedad anónima que lleva como nombre el número que le
asigne el registro. Dennia Barboza Núñez, notaria cc 11994.—Licda. Dennia
Barboza Núñez, Notaria.—1 vez.—( IN2017166420 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaria, a las nueve horas del 28 de agosto del 2017, se protocoliza acta de
asamblea general ordinaria y extraordinaria de Grupo Soal S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y nueve
mil doscientos setenta y ocho, en la cual se disuelve y liquida la
sociedad.—San José, 30 de agosto del 2017.—Lic. Alberto Fernández López,
Notario.—1 vez.—( IN2017166428 ).
Disolución de sociedad: Señora
Monserrat Rosa Sociedad Anónima, cedula jurídica
tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil trescientos veintiocho. Capital
social cien mil colones. Domicilio: Urbanización Casa de Campo Brasil de
Alajuela, casa cuarenta. Alajuela. Capital social: cien mil colones. María
Luisa Morales Alemán, presidenta, William Roberto Diaz Morales,
secretario.—Licda. Yadira Correa Martínez, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017166433 ).
Por escritura número ciento sesenta
y ocho de las nueve horas del día veintidós de agosto del dos mil diecisiete,
se constituye la empresa denominada Bress Producciones Impresas Empresa Individual de
Responsabilidad Limitada.—Lic. José Alberto Fonseca
D´Avanzo, Notario.—1 vez.—( IN2017166440 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las dieciséis horas, del cuatro de setiembre del dos mil diecisiete, la entidad
JIVILLA
A & C S.A., modificó la representación legal,
judicial y extrajudicial, con facultades de apoderado generalísimo. Sin límite
de suma, estará a cargo del presidente y vicepresidente, pudiendo actuar
únicamente de manera conjunta.—Palmares, cuatro de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Lucrecia González Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017166443
).
Mediante escritura N° 201, otorgada
en San José, a las 15:00 horas del día 29 de agosto del 2017, protocolicé acta
del libro de asamblea general de socios de la compañía Noche Sin Luna
Ni Estrellas de Escazú Sociedad Anónima, cedula
jurídica N° 3-101-588944, en la cual se nombra nuevo presidente y secretario de
la junta directiva y se modifica la cláusula segunda del pacto
constitutivo.—Lic. Luis Miguel Carballo Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017166448
).
El notario hace constar que por
escritura otorgada N° 89, otorgada a las 10:30 horas del día de hoy ante esta notaría,
se acordó disolver y liquidar Navarro y Navarro S.A.—San
José, 31 de agosto del 2017.—Lic. Ramón María Yglesias Piza, Notario.—1 vez.—(
IN2017166452 ).
Se hace constar que mediante
escritura número 197, otorgada a las 15:00 horas del 31/08/17, por la notaria
Alejandra Montiel Quirós, se protocoliza el acta número 2, de asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad Llautureo S. A., cédula de persona jurídica número 3-101-519280, mediante la cual
se acuerda la disolución, de dicha sociedad.—San José, 04 de setiembre del
2017.—Licda. Alejandra Montiel Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017166457 ).
Por escritura N° 16 del 29/08/2017
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la
sociedad Mundo
Viajes S. A., cédula jurídica 3-101-695997, mediante
la cual se acordó modificar la cláusula octava de la junta directiva del pacto
constitutivo.—San José, 01 de setiembre del 2017.—Licda. Badra María Núñez
Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017166461 ).
Por escritura otorgada a las 15:00
horas del 01 de setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea de la
sociedad Los
Quiquilos de Tata Sociedad Anónima. Se nombra junta
directiva parcialmente y se modifica la cláusula de la administración.—Licda.
Ana Victoria Kinderson Roldán, Notaria.—1 vez.—( IN2017166466 ).
Mediante escritura número 90-9
otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del uno de setiembre del dos mil
diecisiete, se disuelve Dilan del General Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-393550. Carné: 16394.—Lic. Jorge Luis
Zúñiga Elizondo, Notario.—1 vez.—( IN2017166467 ).
El suscrito notario público hace
constar que protocolicé el acta número uno de asamblea general extraordinaria
de accionistas de Design
Decoration Sociedad Anónima, mediante la cual se
acordó disolver la sociedad.—San José, cuatro de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Javier Eduardo Luna Montero, Notario.—1 vez.—( IN2017166471 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las nueve horas del primero de setiembre del dos mil diecisiete se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Mavipu
Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-119985 donde
se nombra junta directiva y se modifica pacto constitutivo cláusula sexta de
administración.—San José, 01 de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Óscar
Julio Rímola Umaña, Notario.—( IN2017166472 ).
El suscrito notario protocolizó el
día primero de setiembre del dos mil diecisiete el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Crosspoint Sociedad Anónima, en donde se acuerda el nombramiento de liquidador y se aprueba
la distribución de los bienes de la sociedad.—San José, primero de setiembre
del dos mil diecisiete.—Lic. William Richard Philps Moore, Notario.—1 vez.—(
IN2017166473 ).
Ante mi notaría el día cuatro de
setiembre del dos mil diecisiete, a las diecisiete horas, se llevó a cabo
asamblea general extraordinaria de accionistas de Petra Inversiones Carnosa
Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-666649
la misma se disuelve.—San José, cinco de setiembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Cristina Mata Colombari, Notaria.—1 vez.—( IN2017166477
).
Por escritura otorgada ante mí, el
día de hoy, se modificaron las cláusulas: sexta, quinta y se nombró nueva junta
directiva, de la empresa: Estructuras y Construcciones Jiménez (ESCOJISA) S. A.—San José, 30 de agosto del 2017.—Lic. Arnulfo Carmona Martínez,
Notario.—1 vez.—( IN2017166478 ).
Se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de disolución de la sociedad VDR Torre
Cedro Blanco Sociedad Anónima, con cédula jurídica
número tres-ciento uno-seis cinco siete cuatro seis cuatro. Escritura otorgada
San José, a las dieciocho horas del veintinueve de agosto del dos mil
diecisiete.—Licda. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2017166479 ).
Se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas Nor Oeste de Aviación
Sociedad Anónima, nombrando nueva junta directiva.
Escritura otorgada a las trece horas del veintinueve de agosto del dos mil diecisiete.—Licda.
Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2017166482 ).
Protocolización de acuerdos de la
asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Breezes Change
Sociedad Anónima a las nueve horas del veinte de
agosto del año dos mil diecisiete, por medio de la cual se acuerda la
disolución de sociedad.—San José, doce horas con cuarenta y ocho minutos del
primero de setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Sonia Patricia Tacsan
Chen, Notaria.—1 vez.—( IN2017166486 ).
Se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de IBG Correduría de Seguros
Sociedad Anónima, reforma pacto constitutivo y nombra
nuevos vocales y fiscal. Escritura otorgada a las diez horas del cinco de
setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Zaida María Rojas Cortés, Notaria.—1
vez.—( IN2017166484 ).
Por escritura Nº 523-3, otorgada a
las 14:00 horas del día de 12 de julio del 2017, ante esta notaría, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la compañía Transportes de
Bendición B & B, mediante la cual se reformaron
las cláusulas: primera del nombre, segunda del domicilio y sétima de la
representación, teléfono: 2283-9169.—San José, 26 de julio del 2017.—Lic.
Gerardo Quesada Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017166487 ).
Por escritura número 388, visible a
folio 189, vuelto del tomo 01 de la notaria Genie Alfaro Silva, se disuelve la
sociedad Inversiones
BRGG Rojo del Caribe Sociedad Anónima, con cédula
jurídica Nº 3-101-513352 a solicitud del presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma. Sr. Jorge Bonilla Rivas.—Licda. Genie Alfaro
Silva, Notaria.—1 vez.—( IN2017166490 ).
Ante mi notaría se protocolizó en
escritura número 0048 el 05 de setiembre del 2017, a las nueve horas, acta de
asamblea general extraordinaria número uno del tomo primero de J.E.B.C. de
Cartago Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
3-101-622151. Se aprueba aceptar renuncias de Rafael Fallas González y Andrés
Gómez Fuentes, nombrar nueva junta directiva, aumentar capital social y se
reforman las cláusulas quinta y sexta de pacto social.—Licda. Hiram Ardón
Sánchez, Notaria. Pública—1 vez.—( IN2017166494 ).
Ante mi notaría el veintinueve de
junio del dos mil diecisiete, se constituyó la sociedad denominada Grupo Casur de
Costa Rica Sociedad Anónima. Capital social: diez mil
colones.—Heredia, cuatro de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos
Delgado Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017166509 ).
Ante esta notaría se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa ALCUSA
Asesoría Logística en Consultoría Urbana Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos
dieciséis mil quinientos sesenta y tres, donde se modifica la cláusula segunda
del domicilio. Lic. Jonathan Jara Castro, cédula de identidad número uno- mil
ciento cuarenta y seis- cero trescientos ochenta y seis.—San José, cuatro de
agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—(
IN2017166212 ).
A las 15:00 horas del 4 de
setiembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de
las sociedades Canocase
Integral S. A. y Oil Palm Advisory Services
S. A., mediante la cual se fusionaron, prevaleciendo
la primera y se reformó la cláusula de capital social. Carnet 5950.—San José, 4
de setiembre del 2017.—Lic. Allan Roberto Guerrero Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2017166513 ).
Por escritura otorgada ante mí
notaría a las 09:00 horas del 28 de agosto del 2017, se protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios de Corporación Global de
Servicios y Comercios Sociedad Anónima, en la que se
modifica la cláusula cuarta, del pacto constitutivo. Lic. Rafael Ángel Calderón
Pacheco, tel.: 2225-05-50.—San José, 28 de agosto del 2017.—Lic. Rafael
Calderón Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2017166515 ).
Ante esta notaría se protocolizó el
acta de asamblea general extraordinaria de socios de la empresa SYL Ingeniería
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos veintinueve mil quinientos veintiocho, donde
se modifica la cláusula primera, únicamente en lo referente al domicilio
social.—San José, cuatro de setiembre de dos mil diecisiete. Cédula de
identidad número uno-mil ciento cuarenta y seis- cero trescientos ochenta y
seis.—Lic. Jonathan Jara Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017166516 ).
Ante la suscrita notaria, Deepa Health
Farm Sociedad Anónima cédula jurídica: 3-101-546050,
solicita la disolución y liquidación de la sociedad, mediante escritura número
17 del tomo 21 de mi Protocolo.—Licda. Carla Fiorella Vincenzi Zúñiga,
Notaria.—1 vez.—( IN2017166518 ).
Ante la suscrita notaria, Asociación
Compañerismo Bautista de Bagaces cédula jurídica:
3-002-695882, protocoliza acta número cuatro se nombra nueva junta directiva y
fiscales, mediante escritura número 14 del tomo 21 de mi protocolo.—Licda.
Carla Fiorella Vincenzi Zúñiga, Notaria.—1 vez.—( IN2017166521 ).
Mediante escritura número
doscientos cuarenta y nueve de las diez horas del primero de agosto del dos mil
diecisiete, se protocolizó en lo conducente acta de asamblea general
extraordinaria de socios de la sociedad Costa Esterillos Estates
Tejo Ciento Uno S. A. donde se modifica el pacto
social en su cláusula séptima.—San José, 01 de septiembre del 2017.—Lic. Arturo
Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2017166522 ).
Por escritura otorgada a las 20
horas del día de hoy se fusionan las empresas Captain Suites de Flamingo
Costa Rica S. A. con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-setecientos cuarenta y un mil doscientos cincuenta con
la empresa Captain
Suites Inc. Sociedad Anónima, con vista de
certificación emitida por notario público panameño debidamente legalizada y
apostillada la cual se encuentra inscrita en el Sistema Tecnológico de
Información del Registro Público de Panamá, sección mercantil ficha número:
Quinientos ochenta y siete mil ochocientos cincuenta y uno, sigla S. A. el
dieciocho de octubre de dos mil siete; y de que a la misma le fue otorgada
cédula jurídica para persona jurídica extranjera por el Registro Mercantil
costarricense con el número tres-cero doce-quinientos diez mil veinte,
prevaleciendo la primera empresa.—San José, 23 de agosto de dos mil
diecisiete.—Licda. Adriana Cordero Muñoz, Notaria Público.—1 vez.—(
IN2017166530 ).
Por escritura otorgada ante mí se
protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de
la sociedad Alvarado
y Paniagua de Liberia S. A., se acordó modificar las
cláusulas del domicilio y administración, así como nombrar nueva junta
directiva y fiscal. Es todo.—San José, 4 de septiembre del 2017.—Lic. Felipe
Esquivel Delgado, Notario.—1 vez.—( IN2017166532 ).
Por escritura número 41 otorgada
ante el suscrito notario, en la ciudad de Heredia, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas número 3-2017 de la sociedad Empresa
Constructora Multinacional de las Américas S. A.,
mediante la cual se acordó reformar la cláusula sexta del pacto constitutivo
que versa sobre la representación de la sociedad.—Heredia, treinta de agosto de
dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Gámez Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017166539 ).
Por escritura número 42 otorgada
ante el suscrito notario, en la ciudad de Heredia, se protocolizó el acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas número 1 de la sociedad Tecnología de
Conteo de Personas S. A., mediante la cual se acordó
reformar la cláusula octava del pacto constitutivo que versa sobre la
administración y representación de la sociedad.—Heredia, treinta de agosto de
dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Gámez Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017166540 ).
Por escritura número dieciocho,
otorgada ante el suscrito notario, a las ocho horas del veintinueve de agosto
del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria
de cuotistas de la empresa Lupe P & L Sociedad de Responsabilidad Limitada en la que se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y
se nombra subgerente por el resto del plazo social.—San José, cuatro de
setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Enrique Dengo Solera, Notario.—1
vez.—( IN2017166541 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaria, a las diez horas del cuatro de setiembre del año dos mil diecisiete
protocolice asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Tiempo de
Silampa Azul S. A., en la cual se reforma la cláusula
séptima y décima tercera del pacto constitutivo. Se nombra vocal y fiscal.—San
José, cuatro de setiembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Cristina Montero
González, Notaria.—1 vez.—( IN2017166545 ).
Ante esta notaria se fusionó por
absorción la con la sociedad tres ciento uno seiscientos treinta y cinco mil
novecientos ochenta y tres s. a. con cédula jurídica
3-101-635983, con la sociedad prevaleciente Acabados Montpelier S. A. con cédula jurídica 3-101-346129, y se reforma cláusula de capital
social. Es todo.—San José, 5 de setiembre del 2017.—Licda. Ana María Avendaño
Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017166550 ).
Por escritura otorgada ante mi
notaría, a las trece horas treinta y dos minutos del cuatro de setiembre del
dos mil diecisiete, por acuerdo unánime de socios de la Sociedad Anónima Ingeniería y
Representaciones de Equipo Médico Iremsa Sociedad Anónima, se reforma la cláusula segunda de los estatutos y se nombra
nuevo fiscal.—Tres Ríos, 05 de setiembre del 2017.—Lic. Grettel Zúñiga Tortós,
Notaria.—1 vez.—( IN2017166554 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaria, a las 10 horas 30 minutos del 01 de setiembre del 2017,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas celebrada
por la sociedad denominada The Ecologycal Fannie’s Farm Sociedad Anónima, en donde se revoca y se hace nuevo nombramiento de junta
directiva.—San José, Pérez Zeledón, 01 de setiembre del 2017.—Lic. Cristhian
Fabián Artavia Gamboa, Notario.—1 vez.—( IN2017166556 ).
Por escritura número diez-cinco,
otorgada a las trece horas y quince minutos del treinta de agosto del dos mil
diecisiete, ante la notaria pública Alejandra Larios Trejos, se protocolizó
acta de asamblea extraordinaria de accionistas de Auto Repuestos A M de
Liberia S. A., mediante la cual se le reformó la
cláusula quinta del pacto social aumentándose el capital social.—Liberia,
cuatro de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Alejandra Larios Trejos,
Notaria.—1 vez.—( IN2017166557 ).
Ante esta notaria, se ha
protocolizado el acta de asamblea extraordinaria de cuotistas de la sociedad Sweet Moments
S.R.L., cédula jurídica N° 3-102-734139, en la que se
nombra nuevo gerente.—Puerto Viejo de Talamanca, 4 de septiembre del
2017.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017166562 ).
Por escritura N° 214 de las 09:00
horas del 05 de setiembre del 2017, ante la suscrita notaria en el tomo quinto,
se constituye Finca
Rio Lajitas S. A. Licda. Eugenia Brenes Rojas,
Notaria carné 13620.—San José, cinco de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Eugenia Brenes Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017166563 ).
Por escritura otorgada ante esta
notaría a las 17:00 horas del día 04 de setiembre del 2017, se constituyó la
empresa denominada Inversiones
ZUVAMIM S. A., capital social cien mil colones, mediante
aporte a la sociedad de bienes inmuebles. Presidente, Mario Zumbado Zumbado,
cedula 4-121-762.—Heredia, Belén, 04 de setiembre del 2017.—Lic. Daniel Murillo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017166565 ).
Mediante escritura autorizada por
mí, a las dieciséis horas del cuatro de setiembre de dos mil diecisiete, se
modificó la cláusula novena y décima del pacto social constitutivo de la
sociedad Desarrollos
Urbanos El Pulu INC S. A.—San José, cuatro de
setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Gabriela Barrantes Alpízar, Notaria.—1
vez.—( IN2017166568 ).
Ante esta notaría por escritura
número ciento veinticinco-tres, otorgada a trece horas treinta minutos del
cuatro de setiembre de dos mil diecisiete, se protocolizan actas de asamblea
general extraordinaria de socios, donde se acuerda la fusión por absorción de
las sociedades Lusenga Mosi Sociedad Anónima y Ticonetwork Alliance Sociedad
Anónima prevaleciendo la sociedad Ticonetwork Alliance S. A.—San
José, cuatro de setiembre de dos mil diecisiete.—Licda. Gabriela Barrantes
Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2017166569 ).
Corporación
Agroindustrial del Atlántico Coragrasa S. A., liquida
sociedad. Escritura otorgada en Santo Domingo de Heredia, a las once horas
treinta minutos del día treinta de agosto del dos mil diecisiete.—Licda. Marta
Ma. Elizondo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017166575 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, se modifica la sociedad denominada Sigari de San Pablo
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-cuarenta once noventa y seis. Es todo.—Lic. Mauricio Montero Hernández,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017166582 ).
Mediante escritura otorgada ante
esta notaría, se modifica la sociedad denominada Estigia G y A Sociedad
Anónima, cédula jurídico número tres-ciento
uno-setecientos veinticuatro mil ochenta y cinco. Es todo.—Lic. Mauricio
Montero Hernández, Notario.—( IN2017166583 ).
Por asamblea de socios de la
empresa Transacciones
Go y Po S. A., se modificó la cláusula de la
representación. Escritura protocolizada por la suscrita notaria en San José, a
las doce horas del veintiuno de agosto del dos mil diecisiete.—San José, cinco
de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Sharon Núñez Milgran, Notaria.—1
vez.—( IN2017166588 ).
Por escritura otorgada ante el
notario Eric Quesada Arce, a las 17:00 horas del 04 de setiembre del 2017, de
la empresa 3102713602
SRL, se protocoliza acta número 1, Gerente: Aníbal
agüero Gómez.—San José, 05 de setiembre del 2017.—Lic. Eric Quesada Arce,
Notario.—1 vez.—( IN2017166596 ).
Por este medio el suscrito notario
hace constar que a las diez horas del diecisiete de febrero del dos mil
diecisiete, mediante escritura número ciento ochenta y nueve-seis otorgada en
el tomo sexto de mi protocolo, se protocolizaron acuerdos de asamblea de socios
de la sociedad El
Delfín Nor Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-tres cinco nueve tres cero, en los que se modifica la cláusula
sétima y octava de su pacto constitutivo, cambiando la forma de administración
de la sociedad.—Puerto Viejo, veintidós de julio del dos mil diecisiete.—Lic.
Johnny León Guido, Notario.—1 vez.—( IN2017166597 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las 15:00 horas del día 4-9-2017 se acuerda disolver la sociedad Inversiones
Moisa de Sabanilla S. A., cédula jurídica
3-101-311433.—Lic. Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017166599 ).
Que en la notaría del suscrito
notario, se ha realizado la escritura número noventa y dos, que corresponde a
Protocolización de acta de la sociedad Ingeniería Selva Salazar S.
A.—San José, cinco de setiembre del dos mil
diecisiete.—Li. Jorge Hernández Calvo, Notario.—1 vez.—( IN2017166602 ).
Por escritura otorgada ante mí, a
las once horas del cuatro de setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizan
acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad Taino
De Caslino, Sociedad Anónima, donde se acuerda
reformar la cláusula segunda del pacto constitutivo, se revoca nombramientos de
presidente, secretario y fiscal y se nombran nuevos personeros.—San José, cuatro
de setiembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ligia María González Leiva,
Notaria.—1 vez.—( IN2017166606 ).
A las ocho horas del día nueve del
mes de enero del dos mil diecisiete en escritura otorgada ante el suscrito
notario los únicos titulares de la totalidad de acciones que conforman el
capital social de la entidad 3-101-715190 Sociedad Anónima,
han acordado disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos
uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 4 de setiembre del 2017.—Lic.
Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017166607 ).
Por escritura otorgada hoy ante
esta notaría se protocolizaron las actas de Agrícola Cabeceras P.R.C.,
S.A. y Alfil Soluciones S.A. en las
que se acuerda la fusión de ambas, prevaleciendo la primera, y se reforman las
cláusulas 1, 2, 5 y 9 de los estatutos de la sociedad prevaleciente.—San José,
04 de setiembre de 2017.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Hernández, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017166610 ).
Ante esta notaría se constituyó en
San José la sociedad anónima Talento Seguro M C del Sur S. A., el día primero de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Max
Alberto Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017166620 ).
Mediante escritura pública se
constituyó ante esta notaría la compañía denominada Inversiones Franklajama
Sociedad Anónima, con un capital social de cien
dólares.—Alajuela, 5 de setiembre de 2017.—Lic. Alonso Soto Vargas, Notario.—1
vez.—( IN2017166626 ).
Mediante escritura pública número
trescientos dos, otorgada ante mí, a las 12:00 horas del día 31 de agosto del
2017, se protocolizó acta de la sociedad Centro de Investigación
Radiológico Guanacaste S. A., mediante la cual se
acuerda su disolución.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Abogado.—1 vez.—( IN2017166629
).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del día veintinueve de agosto del dos mil diecisiete,
se protocoliza Acta de Asamblea General Extraordinaria de socios de la sociedad
es Diseños
Exclusivos Alvalú Sociedad Anónima, mediante la cual
se reforma la cláusula Segunda del Pacto Constitutivo, cambiando su domicilio
a: José, Escazú, San Rafael, Avenida Escazú, Torre Lexus, etapa B, tercer piso,
oficina doscientos dos, oficina de ID LEGAL y se revocaron los nombramientos de
la Junta Directiva y se hacen nuevos nombramientos.—San José nueve horas del
veintinueve de agosto de dos mil diecisiete.—Lic. Gastón Ulett, Notario.—1
vez.—( IN2017166636 ).
Escritura otorgada a las 16 horas
30 minutos del 30 de agosto del 2017 se modificó la cláusula primera: del
nombre, de la sociedad denominada Servicios Legales y Fiduciarios Terra Sociedad de
Responsabilidad Limitada, y se denominará Servicios
Legales Terra Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 31 de agosto del año 2017.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga O, Notaria.—1
vez.—( IN2017166653 ).
Por escritura otorgada el 17 de
julio del 2017, ante mí, se protocoliza en acta de asamblea de accionistas de La Fuente de
las Américas S. A., cédula jurídica número
3-101-667024 en la que se modifica el pacto constitutivo en cuanto al cambio de
gerentes y domicilio social.—Lic. Juan Carlos Quirós Larios, Notario.—1 vez.—(
IN2017166656 ).
Por escritura 64 del tomo 25 de mi
protocolo se solicita la reinscripción de Tres Ciento Uno Quinientos
Treinta y Cuatro Mil Noventa Sociedad Anónima, en las
mismas condiciones y términos en las que se encontraba al momento de su
disolución, otorgada al ser las trece horas del cuatro de setiembre de dos mil
diecisiete.—Licda. Silvia Elena Suárez Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017166674
).
Por escritura pública autorizada ante
este notario, a las nueve horas del cuatro de setiembre dos mil diecisiete, se
disolvió la sociedad COTRACORI Corporación de Transportista de Costa Rica
Sociedad Anónima.—Lic. Luis Fernando León Alvarado,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017166678 ).
Mediante escritura del 04 setiembre
del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de ZF Trade Group
Corp S. A., mediante la cual se acordó reformar
parcialmente el pacto constitutivo de la Compañía.—San José, 04 de setiembre
del 2017.—Licda. Ana María Araya Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017166689 ).
El suscrito notario hace constar
que mediante escritura número ciento dieciséis, de las ocho horas del cinco de
setiembre del dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general de
socios de la sociedad: Grant Thornton Tax Costa Rica Sociedad Anónima, mediante la cual reforma sus estatutos sociales y nombra nueva
junta directiva y fiscal.—San José, nueve de setiembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Luis Mora Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017166690 ).
Por escritura Nº 111, otorgada ante
la notaria Ana María Araya Ramírez, en el protocolo Nº 2, a las 16:30 horas del
28 de agosto del 2017, se fusionaron las compañías: Inversiones Rurales de
Doble Tracción RG S. A., cédula jurídica Nº
3-101-172017; Servicios
Profesionales Feval S. A., cédula de persona jurídica
Nº 3-101-416583; Mariposa
del Este M.D.E S. A., cédula jurídica Nº
3-101-535121, e Inmobiliaria
Saca Río Oro S. A., cédula jurídica Nº 3-101-661675,
prevaleciendo esta última. Capital social: ¢141.000 colones exactos. Domicilio
social: San José, Santa Ana, Río Oro, cien metros al sur del Centro Comercial
Plaza Obelisco.—Licda. Ana María Araya Ramírez, Notaria.—1 vez.—( IN2017166691
).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las diez horas del primero de setiembre del 2017, se protocolizó el
acta de disolución de asamblea general de: 3-101-707189 S. A. Capital íntegramente suscrito y pagado.—San José, cuatro de
setiembre del 2017.—Licda. Ana María Araya Ramirez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017166692 ).
El suscrito notario hace constar
que mediante la escritura número doscientos novena y seis-trece de mi
protocolo, se disuelve la sociedad anónima Bioconsultora y Proyectos
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica tres-uno
cero uno-seis uno dos cuatro cero ocho. Lo anterior es copia fiel y exacta del
original.—Ciudad Quesada, cinco de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Roy
Alberto Guerrero Olivares, Notario.—1 vez.—( IN2017166695 ).
Por escritura otorgada a las 9:00
horas del cinco de setiembre de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de
asamblea de socios de la compañía Ceciliana Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quince mil ochocientos cincuenta y seis,
mediante la cual se modifican las cláusulas segunda, cuarta y sétima de los
estatutos y se reestructura la junta directiva.—San José, cinco de setiembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Javier Francisco Aguilar Villa, Notario.—1 vez.—(
IN2017166698 ).
Por escritura pública de las diez
horas del día de hoy, protocolicé el acta número once de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad: Sime Societa Industriale
Montaggi Elettrici Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-331811, mediante la cual se nombra nuevo tesorero de la junta
directiva.—San José, 04 de setiembre del 2017.—Lic. Carlos Alberto Riba
Gutiérrez, Notario.—1 vez.—( IN2017166700 ).
Por escritura Nº 37-2, otorgada
ante esta notaría, a las 11:30 horas del día 04 de setiembre del 2017, se constituyó
la empresa: Paraíso
de Playa San Josecito P.P.S.J. S. A.—San José, 05 de
setiembre del 2017.—Lic. Carlos Andrés Jiménez Rojas, Notario.—1 vez.—(
IN2017166706 ).
Se acuerda la modificación cláusula
sétima de la sociedad: Servicios Agrícolas y Pecuarios El Chilamate S. A., otorgándosele poderes al presidente, secretario y tesorero, la
actuación del secretario y tesorero serán conjuntas, y la del presidente
individual. Notario: Rodrigo Meza Vallejos. Teléfono: 2285-6767.—San José, 05
de setiembre del 2017.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—(
IN2017166713 ).
Se acuerda la modificación cláusula
sétima de la sociedad: First West Pioneer Company,
otorgándosele poderes al presidente, secretario y tesorero, la actuación del
secretario y tesorero serán conjuntas, y la del presidente individual.
Teléfono: 2285-6767.—San José, 05 de setiembre del 2017.—Lic. Rodrigo Meza
Vallejos, Notario.—1 vez.—( IN2017166714 ).
Se acuerda la modificación cláusula
sétima de la sociedad: Indaco Horquetas S. A.,
otorgándosele poderes al presidente, secretario y tesorero, la actuación del
secretario y tesorero serán conjuntas, y la del presidente individual. Notario:
Rodrigo Meza Vallejos. Teléfono: 2285-6767.—San José, 05 de setiembre del
2017.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—( IN2017166717 ).
Ante esta notaría, mediante
escritura trescientos ochenta y ocho de las trece horas diez minutos del
treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad
denominada Tres-Ciento
Uno-Quinientos Dieciséis Mil Ochocientos Noventa y Nueve Sociedad Anónima.—Grecia, cuatro de setiembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Emanuell Alfaro Umaña, Notario.—1 vez.—( IN2017166718 ).
Se acuerda la modificación cláusula
sétima de la sociedad Inversiones Picosol S.A.,
otorgándosele poderes al presidente, secretario y tesorero, la actuación del
secretario y tesorero serán conjuntas, y la del presidente individual.—San
José, 05 de setiembre del 2017.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—(
IN2017166719 ).
Se acuerda la modificación cláusula
sétima de la sociedad: Inversiones Salmorena S.A.,
otorgándosele poderes al presidente, secretario y tesorero, la actuación del
secretario y tesorero serán conjuntas, y la del presidente individual.—San
José, 05 de setiembre del 2017.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—(
IN2017166720 ).
Se acuerda la modificación cláusula
sétima de la sociedad Preparación Terrenos del Norte S.A., otorgándosele poderes al presidente, secretario y tesorero, la
actuación del secretario y tesorero serán conjuntas y la del presidente
individual. Notario Rodrigo Meza Vallejos. Teléfono 2285-6767.—San José, cinco
de setiembre del 2017.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—(
IN2017166722 ).
Se acuerda la modificación clausula
sétima de la sociedad Servicios y Mantenimiento de Plantaciones del Norte S.
A., otorgándosele poderes al presidente, secretario y
tesorero, la actuación del secretario y tesorero serán conjuntas y la del
presidente individual. Notario: Rodrigo Meza Vallejos. Teléfono 2285-6767.—San
José, cinco setiembre 2017.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—(
IN2017166723 ).
Se acuerda la modificación clausula
sétima de la sociedad Servicios Agrícolas La Virgen de Sarapiquí S. A., otorgándosele poderes al presidente, secretario y tesorero, la
actuación del secretario y tesorero serán conjuntas y la del presidente
individual. Notario: Rodrigo Meza Vallejos. Teléfono 2285-6767.—San José, 5
setiembre del 2017.—Lic. Rodrigo Meza Vallejos, Notario.—1 vez.—( IN2017166724
).
Por escritura otorgada ante esta
notaría, a las ocho horas del día dos de setiembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Eniacs Group
EG, Sociedad Anónima, por la cual no existiendo
activos ni pasivos se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, cinco de
setiembre del dos mil diecisiete.—Lic. Javier Alonso Blanco Benavides,
Notario.—1 vez.—( IN2017166726 ).
Por escritura de las quince horas
treinta y cinco minutos del diez de agosto del dos mil diecisiete, escritura
número seis del tomo cinco de esta notaría, se protocoliza acta de asamblea
general de socios de la sociedad de esta plaza denominada Inversiones
Reichel KVS De Liberia, S.A. Se acuerda nombramiento
de liquidador para la sociedad por acuerdo de socios, al amparo de la Ley nueve
mil veinticuatro.—Liberia, Guanacaste, diez de agosto del dos mil
diecisiete.—Licda. Daisybell Casasola Guillén, Notaria.—1 vez.—( IN2017166739
).
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ministerio de
Seguridad Pública.—Departamento Disciplinario Legal.—Inspección Policial.—Auto
de apertura.—Causa administrativa disciplinaria N° 0079-IP-2017-DDL.—San José,
a las 11:20 horas del 22 de agosto del 2017. De conformidad con lo establecido
en el Libro Segundo de la Ley General de la Administración Pública: “Del
Procedimiento Administrativo”; artículos 57, 83 y 84 de la Ley General de
Policía y 108, 109, 110 inciso 2) y 112 del Reglamento de Organización de este
Ministerio, procede el Departamento Disciplinario Legal, Inspección Policial,
como Órgano Director a iniciar Procedimiento Administrativo Ordinario en contra
de: Gilberto Ellis Segura, cédula de identidad N° 7-0132-0955, funcionario
destacado en la Delegación Policial de Limón, D88, a quien resultó materialmente
imposible notificar de manera personal, a efecto de determinar su participación
y responsabilidad disciplinaria y civil que se le pueda atribuir por las
siguientes faltas: “Ausencias injustificadas al trabajo los días comprendidos
del 03 al 08 de marzo, inclusive, todos del 2017. 2. Incumplimiento en la
obligación de avisar oportunamente a su superior de los motivos de tales
ausencias”. Lo anterior quebrantaría lo previsto en los artículos 81 inciso g)
del Código de Trabajo; 86 inciso e) y 87 del Reglamento de Servicio de los
Cuerpos Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública; 44 del
Reglamento Autónomo de Servicio del Ministerio de Seguridad Pública en
concordancia con el artículo 202 del Reglamento de Servicio de los Cuerpos
Policiales Adscritos al Ministerio de Seguridad Pública. Asimismo, le podría
acarrear la imposición de una sanción disciplinaria de uno a treinta días de
suspensión sin goce salarial o inclusive hasta el despido sin responsabilidad
patronal, y la consecuente inhabilitación para reingresar a cualquier otro
cuerpo de policía, durante un período de diez (10) años, con sustento en lo
previsto en los artículos 77, 78, 79, 88 incisos a) y b) y 89 de la Ley General
de Policía, así como compelerlo al pago de los salarios percibidos durante esas
fechas, así como al pago de los gastos en que ha tenido que incurrir la
Administración para poder comunicarle el presente Auto de Apertura. Para los
anteriores efectos, recábese la prueba pertinente a fin de esclarecer la verdad
real de los hechos, haciéndosele saber al encausado que este Órgano Director ha
ordenado realizar una audiencia oral y privada, a celebrarse en la Inspección
Policial del Departamento Disciplinario Legal del Ministerio de Seguridad
Pública, situado en San José, Zapote, de los semáforos sobre el puente de Casa
Presidencial 50 metros al sur, edificio a mano derecha color azul con
ventanales, a partir de las 09:30 horas del decimosexto día hábil contado a
partir de la tercera publicación del presente acto, en donde será atendido por
el Licenciado Andrés Cordero Chacón, funcionario de esta Oficina, asignado para
tal efecto. El encausado deberá comparecer personalmente y no por medio de
representante o apoderado, aunque puede hacerse asesorar y acompañar de un abogado
durante todo el procedimiento. El expediente puede ser consultado y fotocopiado
en esta Sección, en días y horas hábiles, el cual se encuentra conformado por
lo siguiente: Pruebas: documental: 1. Oficio N° 0274-03-2017-DPL-RH, de fecha 9
de marzo del 2017, recibido en este Departamento el 21 de abril del 2017,
suscrito por el Intendente Manuel Salas Corrales, Jefe de la Delegación
Policial de Limón, y documentación adjunta, (folios del 1 al 28). 2. Oficio N°
1136-2017-DDL-AIP, de fecha 8 de mayo del 2017, suscrito por la Investigadora
María López Araya, de Admisibilidad e Investigaciones Preliminares de este
Departamento. (Folio 29). 3. Correo electrónico del martes 9 de mayo del 2017,
remitido por María López, Investigadora de Admisibilidad e Investigaciones
Preliminares de este Departamento, al señor Manuel Salas Corrales, Jefe de la
Delegación Policial de Limón, en este se adjuntan los oficios en los cuales se
le solicitaba aclarar información relacionada con las ausencias reportadas.
(Folio 30). 4. Oficio N°1135-2017-DDL-AIP, de fecha 8 de mayo del 2017,
suscrito por la Investigadora María López Araya de Admisibilidad e
Investigaciones Preliminares de este Departamento. (Folio 31). 5. Oficio N°
0504-05-2017-DPL-RH, de fecha 26 de mayo del 2017, recibido en este
Departamento el 30 de mayo del 2017, suscrito por el Intendente Manuel Salas
Corrales, Jefe de la Delegación Policial de Limón. (Folio 32). 6. Oficio N°
4218-2017-DRH-DCODC-A, de fecha 1° de junio del 2017, suscrito por la
licenciada Ileana Brenes Pacheco, Jefa del Departamento de Control y
Documentación. (Folio 33). 7. Oficio N° 1400-2017-DDL-AIP, de fecha 9 de junio
del 2017, suscrito por el Licenciado José Pablo Chacón Mata, Jefe a. í. de
Admisibilidad e Investigaciones Preliminares de este Departamento. (Folios
34-37). En tal sentido se le hace saber al inculpado que dicha comparecencia
será el momento procesal oportuno para ofrecer y recibir toda la prueba y los
alegatos pertinentes; pudiendo aportar prueba escrita con antelación a dicha
comparecencia. Asimismo se le hace de su conocimiento que en contra de esta
resolución proceden los recursos de Revocatoria y Apelación en subsidio, a
interponer ante el Órgano Director que dicta esta resolución, a quien
corresponde resolver el primero y elevar el segundo al superior jerárquico. Es
potestativo emplear uno o ambos, pero será inadmisible el interpuesto pasadas
24 horas contadas a partir de la tercera publicación de este acto. Se le
previene que deberá señalar lugar para atender futuras notificaciones, de lo
contrario, se le estarán notificando las siguientes actuaciones en su lugar de
trabajo o en el último domicilio que conste en su expediente personal laboral,
de conformidad con los artículos 243, inciso 1) y 334 de la Ley General de la
Administración Pública. Toda la documentación y prueba habida en el expediente
administrativo puede ser consultada y copiada en este Departamento en días y
horas hábiles. Se le advierte al encausado que por la naturaleza de este
expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40 constitucional, 272 y 273
de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso
restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí
ventilado de interés únicamente para este Ministerio y las partes, por lo que
pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona
que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se
consigne. Todo de conformidad con el artículo 312 de la Ley General de
Administración Pública. Notifíquese.—Departamento Disciplinario Legal.—Raisa
Bravo García, Jefa.— O. C. N° 3400032757.—Solicitud N° 93349.—( IN2017164342 ).
Ministerio de Seguridad Pública.—Dirección Asesoría
Jurídica.—Oficina de Notificaciones. San José a las diez horas del 03 de julio
del dos mil diecisiete. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 241 de
la Ley General de la Administración Pública en virtud de que materialmente
resultó imposible localizar al encausado Steven Josué Beita Ureña, cédula de
identidad número 1-529-786, de la Delegación Policial de Parrita D-75, y por
ignorarse su actual domicilio, además no mantiene relación laboral con este
Ministerio, esta Dirección procede en esta vía legal, a notificarle que
mediante la resolución N° 178-IP-2017 DDL, del Departamento Disciplinario
Legal, de las 09:00 horas del 6 de junio del 2017: resolvió recomendar al
Consejo de Personal: 1) Despedirlo por causa justificada y sin responsabilidad
patronal, por presentar ausentismo laboral injustificado a partir del 3 de
setiembre del 2016. Además quedó acreditado que incurrió en incumplimiento de
la obligación de avisar oportunamente a su superior de los motivos de tales
ausencias. 2) Ordenar al Departamento de Remuneraciones y Compensaciones
realizar un estudio para determinar si se le pagaron salarios de más, de los
días señalados, en cuyo caso se deberá instaurar las diligencias cobratorias
pertinentes. 3) Advertirle que a partir de la notificación del presente acto,
se encuentra en la obligación de devolver en forma inmediata el uniforme
completo y demás equipo policial y activos que le hayan sido asignados para el
desempeño de sus funciones; de no cumplir con dicha obligación dentro del
término de 24 horas, se instaurarán las acciones que en derecho correspondan. 6)
Se le ordena a su jefatura inmediata, que se sirva establecer las
coordinaciones del caso, a fin de que su persona devuelva en forma inmediata el
uniforme completo y demás equipo policial y activos que le hayan sido asignados
para el desempeño de sus funciones. Que mediante el oficio N° 0651-2017 C.P.
del día 26 de junio del 2017, se transcribe el Acuerdo tomado por el Consejo de
Personal, en la sesión ordinaria N° 1070, celebrada el día 22 de junio del
2017, artículo VI, acuerdo segundo, de aceptar la recomendación de Despido, por
lo que acuerda: 1) Despedirlo por causa justificada, destacado en la Delegación
Policial de Parrita D-75, por tener plenamente demostrado que incurrió en la
falta intimada: Ausentismo laboral injustificado a partir del 03 de setiembre
del 2016. Además quedó acreditado que incurrió en incumplimiento de la
obligación de avisar oportunamente a su superior de los motivos de tales
ausencias. 2) A si mismo se le comunica que contra la presente resolución cabe
recurso de revocatoria y apelación dentro del tercer día a partir del recibo de
la presente, de conformidad con los artículos 345 y 346 de la Ley General de la
Administración Pública, el mismo debe presentarse en el Departamento Disciplinario
Legal. 3) Se ordena la ejecución el acto administrativo de conformidad al
numeral 146 de la Ley General de la Administración Pública. 4) Acoger la
recomendación del Órgano Director en cuanto a: 1) Ordenar al Departamento de
Remuneraciones y Compensaciones, realizar un estudio para determinar si se le
pagaron salarios de más, de los días señalados, en cuyo caso se deberán
instaurar las diligencias cobratorias pertinentes. 2) Advertirle que a partir
de la notificación del presente acto, se encuentra en la obligación de devolver
en forma inmediata el uniforme completo y demás equipo policial y activos que
le hayan sido asignados para el desempeño de sus funciones; de no cumplir con
dicha obligación dentro del término de 24 horas, se instaurarán las acciones
que en derecho correspondan. 3) Se le ordena a su jefatura inmediata, que se
sirva establecer las coordinaciones del caso, a fin de que su persona devuelva
en forma inmediata el uniforme completo y demás equipo policial y activos que
le hayan sido asignados para el desempeño de sus funciones. Por lo anterior se
le despide por causa justificada sin responsabilidad para el Estado a partir de
la fecha de la publicación del presente edicto. Expediente N° 362-IP-2016-DDL.
Notifíquese.—Lic. José Jeiner Villalobos Steller, Director Asesoría Jurídica.—
O. C. Nº 3400032757.—Solicitud Nº 93430.—( IN2017164361 ).
JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Documento Admitido Traslado al Titular
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Ref.: 30/2017/4087.—Gulf Costa Rica Company
S.A.—Documento: cancelación por falta de uso (Presentada por GULF
INTERNATIO).—N° y fecha: Anotación/2-107002 de 10/11/2016.—Expediente:
1900-3556600.—Registro N° 35566 GULF COSTA RICA CO. S. A. en clase 49 Marca
Denominativa. Registro de la Propiedad Industrial, a las 14:19:04 del 30 de
enero de 2017.—Conoce este Registro, la solicitud de Cancelación por falta de
uso promovida por Roxana Cordero Pereira, cédula de identidad 111610034, en
calidad de apoderada especial de Gulf International Lubricants Ltd, contra el
registro del signo distintivo GULF COSTA RICA CO. S.A., Registro N° 35566, el
cual protege y distingue: actividades relacionadas con el petróleo y sus
derivados, en clase internacional, propiedad de Gulf Costa Rica Company S.A.
Conforme a lo previsto en los artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos, y los artículos 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y
Otros Signos Distintivos, Decreto Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar
la solicitud de cancelación por falta de uso al titular citado, para que en el
plazo de un mes contados a partir del día hábil siguiente de la presente
notificación, proceda a pronunciarse respecto a la misma y demuestre su mejor
derecho, aportando al efecto las pruebas que estime convenientes, para lo cual
se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este
Registro. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para
recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo o si el
medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o
bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o
inexistente quedará notificado de las resoluciones posteriores con solo que
transcurran veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los
artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones Ley N° 8687. A manera de
excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación
en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento
del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir
notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3
y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Notifíquese.—Johana
Peralta, Asesora Jurídica.—( IN2017165515 ).
Ref: 30/2017/13883.—Embotelladora de Aguas Gaseosas
Huancayo S.R.L..—Documento: Cancelación por falta de uso (Presentada por Fuego
Brewing C) N° y fecha: Anotación/2-110297 de 07/03/2017.—Expediente:
2007-0005273 Registro N° 172391 Fuego en clase 32 Marca Denominativa.
Registro de la
Propiedad Industrial, a las 10:07:08 del 30 de marzo de 2017.
Conoce este Registro, la solicitud de
Cancelación por falta de uso, promovida por el Kristel Atencio Heinrich,
soltera, cédula de identidad 112730442, en calidad de apoderada general de
Fuego Brewing CO SRL contra el registro del signo distintivo Fuego, Registro N°
172391, el cual protege y distingue: Cervezas; aguas minerales y gaseosas y otras bebidas
no alcohólicas; bebidas y zumos de frutas; siropes y otras preparaciones para
hacer bebidas, en clase 32 internacional, propiedad de
Embotelladora de Aguas Gaseosas Huancayo S.R.L.. Conforme a lo previsto en los
artículos 38/39 de la Ley de Marcas y otros Signos Distintivos y los artículos
48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos, Decreto
Ejecutivo N° 30233-J; se procede a trasladar la solicitud de cancelación por
falta de uso al titular citado, para que en el plazo de un mes contados a partir
del día hábil siguiente de la presente notificación, proceda a pronunciarse
respecto a la misma y demuestre su mejor derecho, aportando al efecto las
pruebas que estime convenientes, para lo cual se comunica que el expediente se
encuentra a disposición de las partes en este Registro. Se les previene a las
partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se
advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare
la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado
permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará
notificado de las resoluciones posteriores con sólo que transcurran
veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y
34 de la Ley de Notificaciones, Ley N° 8687. A manera de excepción y en caso de
que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo
aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto
en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la
Administración Pública. Notifíquese.—Johana Peralta, Asesora Jurídica.—(
IN2017165930 ).
DIRECCIÓN
DE INSPECCIÓN
De conformidad con el artículo 20 del
Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
Trabajadores Independientes por ignorarse domicilio actual del patrono Grupo G
Consultoría Diseño y Construcción S. A., número patronal 2-3101682680-001-001,
la Subárea de Construcción notifica Traslado de Cargos 1241-2017-1769, por
eventuales omisiones salariales del trabajador Sácida Morales Jorge Arturo,
cédula N° 6-0197-0094, en el período de enero a mayo 2016, por la suma de
¢423.967,00 cuotas obrero patronales. Consulta expediente en San José c. 7 9,
avenida 2, edificio El Hierro, segundo piso. Se le confiere 10 días hábiles a
partir del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de
descargo y hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se previene señalar
lugar o medio para notificaciones dentro del perímetro administrativo
establecido por la Corte Suprema de Justicia del Primer Circuito Judicial de
San José; de no indicarlo las resoluciones posteriores se tendrán por
notificadas con solo el transcurso de 24 horas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 31 de agosto 2017.—Subárea de
Construcción.—Lic. Carlos Figueroa Araya, Jefe.—1 vez.—( IN2017165708 ).
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de las Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del patrono
García Hidalgo Luis Alexánder, número patronal 0-00111610482-001-001, se
procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea de Industria de la
Dirección de Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos número de caso
1239-2017-01537, que en lo que interesa indica: como resultado material de la
revisión salarial efectuada, se ha detectado omisiones salariales del
trabajador detallado en hoja de trabajo, folio 0022 del expediente
administrativo, por los períodos comprendidos del 10 de setiembre del 2014 al
19 de setiembre del 2015, por el trabajador José Gabriel Sacida Chavarría,
cédula de identidad 1-1758-0558. Total de salarios omitidos ¢6.496.140,78,
Total de cuotas obreras y patronales de la Caja ¢1.466.495,00. Total de
aportaciones de la Ley de Protección al Trabajador ¢373.524,00. Consulta
expediente: en esta oficina San José, calle 7, avenida 4, edificio Da Vinci
piso 3, se encuentra a su disposición el expediente para los efectos que
dispone la Ley. Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir
del quinto día siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y
para hacer las alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe
señalar lugar o medio para oír notificaciones dentro del perímetro
administrativo establecido por la Caja, el mismo que para los efectos
jurisdiccionales ha establecido la Corte Suprema de Justicia como Primer
Circuito Judicial de San José. De no indicar lugar o medio para notificaciones,
las resoluciones posteriores al Traslado de Cargos se tendrán por notificadas
con solo el transcurso de 24:00 horas contadas a partir de la fecha de
resolución. Notifíquese.—San José, 09 de agosto del 2017.—Subárea de
Industria.—Licda. Lenis Mata Mata, Jefe.—1 vez.—( IN2017165709 ).
De conformidad con los artículos 10 y 20 del
“Reglamento para Verificar el Cumplimiento de la Obligaciones Patronales y de
trabajadores Independientes”. Por ignorarse el domicilio actual del trabajador
independiente Javier Jesús Carnero Madrigal número de asegurado
0-800870899-999-001, se procede a notificar por medio de edicto, que la Subárea
de Industria de la Dirección de Inspección, ha dictado el Traslado de Cargos
número de caso 1239-2016-02407, que en lo que interesa indica: como resultado
material de la revisión de ingresos efectuada, se han detectado omisiones de
ingresos del trabajador independiente Javier Jesús Carnero Madrigal, número de
asegurado 0-800870899-999-001. Total, de ingresos omitidos ¢1.311.200,00, Total
de cuotas del régimen de enfermedad y maternidad y del I.V.M. de la Caja
¢133.744,00., por el periodo de mayo a agosto 2016. Consulta expediente: en
esta oficina San José, calle 7, avenida 4, edificio Da Vinci piso 3, se
encuentra a su disposición el expediente para los efectos que dispone la Ley.
Se les confiere un plazo de diez días hábiles contados a partir del quinto día
siguiente de su publicación, para ofrecer pruebas de descargo y para hacer las
alegaciones jurídicas pertinentes. Se le previene que debe señalar lugar o
medio para oír notificaciones dentro del perímetro administrativo establecido
por la Caja, el mismo que para los efectos jurisdiccionales ha establecido la
Corte Suprema de Justicia como Primer Circuito Judicial de San José. De no
indicar lugar o medio para notificaciones, las resoluciones posteriores al
Traslado de Cargos se tendrán por notificadas con solo el transcurso de 24:00
horas contadas a partir de la fecha de resolución. Notifíquese.—San José, 28 de
agosto del 2017.—Subárea de Industria.—Licda. Lenis Mata Mata, Jefa.—1 vez.—(
IN2017165710 ).
MUNICIPALIDAD DE MONTES DE OCA
NOTIFICACIÓN
DE COBRO ADMINISTRATIVO
Cobro Administrativo.—Montes de
Oca, diez horas del 3 de julio, 2017. Señora Loría Sáenz Madeleine, cédula de
identidad 1-04051115. Medio para notificaciones: Publicación en el Diario
Oficial La Gaceta de conformidad con lo establecido en los
artículos N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios y N° 241 de la Ley General de Administración Pública; se le(s)
insta para que, en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir
del día siguiente a la publicación del presente acto, se cancele ante esta
Municipalidad el adeudo sostenido por la finca del partido de San José N°
261459-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos
comprendidos entre III trimestre de 2015 al II trimestre del 2017, por un monto
de ¢384.538,80 (Trescientos ochenta y cuatro mil quinientos treinta y ocho
colones con 80/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos
entre III trimestre de 2015 al II trimestre del 2017, por un monto de
¢484.101.00 (Cuatrocientos ochenta y cuatro mil ciento un colones con 00/00).
Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la
ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo
supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales
expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con
intervalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de
Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente Técnico.—( IN2017157378 ). 3 v. 3 Alt.
Cobro
Administrativo.—Montes de Oca, diez horas treinta minutos del 3 de julio, 2017.
Señora Hernández Flores Sofía Isabel, cédula de identidad Nº 4-01570032,
Presidente Mallorca Sociedad Anónima, cédula jurídica 3401-083347. Medio para
notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 18, 19, 20 y
53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley
General de Administración Pública; se le (s) insta para que, en un plazo no
mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la
publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo
sostenido por la finca del partido de San José N° 104914-000, a saber: Impuesto
sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre III trimestre de
2013 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢178.511,35 (Ciento setenta y
ocho mil quinientos once colones con 35/100); la tasa de Servicios Urbanos por
los períodos comprendidos entre III trimestre de 2013 al II trimestre del 2017,
por un monto de ¢128.337.85 (Ciento veintiocho mil trescientos treinta y siete
colones con 85/00). Por la finca del partido de San José N° 018357-F-000, a
saber Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre III
trimestre de 2013 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢220.770,15
(Doscientos veinte mil setecientos setenta colones con 15/100); la tasa de
Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2013 al
II trimestre del 2017, por un monto de ¢265.587.55 (Doscientos sesenta y cinco
mil quinientos ochenta y siete colones con 55/00). Según el artículo 57 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera
intereses moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se
le (s) advierte que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local
podrá aplicar los mecanismos judiciales expuestos en el artículo 70 del Código
Municipal. Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez,
Asistente Técnico.—( IN2017157379 ). 3
v. 3 Alt.
Cobro
Administrativo.—Montes de Oca, nueve horas treinta minutos del 3 de julio del
2017. Señora Ramírez Ramírez Elodie, cédula de identidad N° 8-00880084,
presidente de Danelo D E Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-713733.
Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios
y N° 241 de la Ley General de Administración Pública; se le insta para que, en
un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a
la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo
sostenido por la finca del partido de San José N° 430203-000, a saber: Impuesto
sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre IV trimestre de 2015
al II trimestre del 2017, por un monto de ¢690.184,05 (Seiscientos noventa mil
ciento ochenta y cuatro colones con 05/100); la tasa de Servicios Urbanos por
los períodos comprendidos entre IV trimestre de 2015 al II trimestre del 2017,
por un monto de ¢260.727.55 (Doscientos sesenta mil setecientos veintisiete
colones con 55/00). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por
lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no
cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal.
Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez,
Asistente técnico.—( IN2017157381 ). 3
v. 3 Alt.
Cobro
Administrativo.—Montes de Oca, ocho horas treinta minutos del 03 de julio del
2017. Señor Ramírez Franco Gustavo, cédula de identidad N° 8-0077-0274,
presidente de Corporación Gusvi G.R.F. S. A. cédula jurídica 3-101-466962.
Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y
N°241 de la Ley General de Administración Pública; se le(s) insta para que, en
un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a
la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo
sostenido por la finca del partido de San José N° 019766-F-000, a saber:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre
de 2012 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢1.615.811,15 (un millón
seiscientos quince mil ochocientos once colones con 15/100); la tasa de
Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre II trimestre de 2015 al
II trimestre del 2017, por un monto de ¢2.733,40 (dos mil setecientos treinta y
tres colones con 40/00). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por
lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte que de no
cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal.
Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez,
Asistente Técnico.—( IN2017157383 ). 3
v. 3 Alt.
Cobro
Administrativo.—Montes de Oca, ocho horas del 3 de julio del 2017. Señores
Matarrita De la Peña Gylmar, cédula de identidad 7-0097-0740 y Herrera Soto
Rosa Virginia de la Inmaculada, cédula de identidad 6-0177-0828 Medio para
notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículos N°18, N°19, N° 20 y
N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley
General de Administración Pública; se le (s) insta para que, en un plazo no
mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la
publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo
sostenido por la finca del partido de San José N° 030215-F-001, a saber:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre II
trimestre de 2014 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢121.834,35 (Ciento
veintiún mil ochocientos treinta y cuatro colones con 35/100); la tasa de
Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre IV trimestre de 2011 al
II trimestre del 2017, por un monto de ¢276.936.15 (Doscientos setenta y seis
mil novecientos treinta y seis colones con 15/00). Por la finca del partido de
San José N° 030215-F-002, a saber, Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los
períodos comprendidos entre II trimestre de 2014 al II trimestre del 2017, por
un monto de ¢121.834,35 (Ciento veintiún mil ochocientos treinta y cuatro
colones con 35/100). Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos
Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el
monto señalado incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no
cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal.
Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo
Sánchez.—Asistente Técnico.—( IN2017157393 ). 3
v. 3 Alt.
Cobro Administrativo.—Montes de
Oca, a las once horas treinta minutos del 3 de julio del 2017.—Señora: Ybarra
Mora Yetty Raquel, cédula de identidad 1-1159-0214, Presidente de Parqueo
Público Calderón G Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-390964. Medio para
notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La
Gaceta. De
conformidad con lo establecido en los artículos N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53 del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios y N° 241 de la Ley General de
Administración Pública; se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho
(8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del
presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la
finca del partido de San José N° 321369-000, a saber: Impuesto sobre Bienes
Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2016 al II
trimestre del 2017, por un monto de ¢296.424,00 (doscientos noventa y seis mil
cuatrocientos veinticuatro colones 00/100); la tasa de Servicios Urbanos por
los períodos comprendidos entre I trimestre de 2016 al II trimestre del 2017,
por un monto de ¢352.735,85 (trescientos cincuenta y dos mil setecientos
treinta y cinco colones 85/100), según el artículo N° 57 del Código de Normas y
Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses moratorios por
lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le advierte que de no
conectarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar los
mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal.
Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez,
Asistente técnico.—( IN2017157394 ). 3
v. 3 Alt.
Cobro
Administrativo.—Montes de Oca, doce horas treinta minutos del 03 de julio del
2017. Señora Gómez López Mercedes Mayela, cédula de identidad N° 3-02050040,
presidenta de Servicios Médicos Gago S. A., cédula jurídica N° 3-101-240026
Medio para notificaciones: Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De conformidad con lo establecido en los artículo
N° 18, N° 19, N° 20 y N° 53, del Código de Normas y Procedimientos Tributarios
y N°241 de la Ley General de Administración Pública, se le(s) insta para que,
en un plazo no mayor a ocho (8) días hábiles contados a partir del día siguiente
a la publicación del presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el
adeudo sostenido por la finca del partido de San José N° 239782-000, a saber:
Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los períodos comprendidos entre I trimestre
de 2014 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢468.226,02 (cuatrocientos
sesenta y ocho mil doscientos veintiséis colones con 02/100); la tasa de
Servicios Urbanos por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2014 al II
trimestre del 2017, por un monto de ¢226.524,80 (doscientos veintiséis mil
quinientos veinticuatro colones 80/100). Según el artículo N° 57 del Código de
Normas y Procedimientos Tributarios, la ausencia de pago genera intereses
moratorios por lo que el monto señalado incrementará diariamente. Se le(s) advierte
que de no cancelarse el adeudo supra citado este gobierno local podrá aplicar
los mecanismos judiciales expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal.
Notifíquese tres veces con intervalos de ocho días entre las
publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez,
Asistente Técnico.—( IN2017157395 ). 3
v. 3 Alt.
Cobro
Administrativo.—Montes de Oca, once horas del 3 de julio, 2017. Señor Valerio
Ross Héctor Antonio, cédula de identidad Nº 1-05040839. Medio para notificaciones:
Publicación en el Diario Oficial La Gaceta. De
conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 18, 19, 20 y 53, del
Código de Normas y Procedimientos Tributarios y Nº 241 de la Ley General de
Administración Pública; se le (s) insta para que, en un plazo no mayor a ocho
(8) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación del
presente acto, se cancele ante esta Municipalidad el adeudo sostenido por la
finca del partido de San José N° 376529-000, a saber: Impuesto sobre Bienes Inmuebles
por los períodos comprendidos entre I trimestre de 2016 al II trimestre del
2017, por un monto de ¢125.058,75 (Ciento veinticinco mil cincuenta y ocho
colones con 75/100); la tasa de Servicios Urbanos por los períodos comprendidos
entre I trimestre de 2016 al II trimestre del 2017, por un monto de ¢579.731.55
(Quinientos setenta y nueve mil setecientos treinta y un colones con 55/00).
Según el artículo N° 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, la
ausencia de pago genera intereses moratorios por lo que el monto señalado
incrementará diariamente. Se le (s) advierte que de no congelarse el adeudo
supra citado este gobierno local podrá aplicar los mecanismos judiciales
expuestos en el artículo N° 70 del Código Municipal. Notifíquese tres veces con
intérvalos de ocho días entre las publicaciones.—Montes de Oca.—Captación de
Ingresos.—Karina Elizondo Sánchez, Asistente Técnico.—( IN2017157396 ). 3 v. 3 Alt.
MINISTERIO
DE JUSTICIA Y PAZ
En La
Gaceta Nº 166
del día viernes 01 de setiembre del 2017, en la página Nº 3 se publicó el
documento número IN2017163409, el cual contiene un acuerdo del Ministerio de
Justicia y Paz, donde por error se indica Nº MJP-671-2016, siendo lo correcto: AMJP-212-08-2017.
Lo
demás permanece igual.
La Uruca, 07 de setiembre del 2017.—M.Sc.
Ricardo Soto Arroyo, Director General Imprenta Nacional.—1 vez.—Exonerado.—(
IN2017167181 ).