LA GACETA N° 223 DEL 24 DE NOVIEMBRE DEL 2017
PODER LEGISLATIVO
PROYECTOS
EXPEDIENTE 19.985
PODER EJECUTIVO
DECRETOS
N° 40652-RREE
N° 40739-H
DOCUMENTOS VARIOS
EDUCACIÓN PÚBLICA
TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUSTICIA Y PAZ
AMBIENTE Y ENERGÍA
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
EDICTOS
AVISOS
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIONES
PODER LEGISLATIVO
SALUD
PODER JUDICIAL
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
INSTITUTO COSTARRICENSE DE
FERROCARRILES
AVISOS
MUNICIPALIDADES
ADJUDICACIONES
PODER JUDICIAL
INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS
CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO
SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
AVISOS
MUNICIPALIDADES
FE DE ERRATAS
INSTITUTO NACIONAL DE
APRENDIZAJE
MUNICIPALIDADES
REGLAMENTOS
MUNICIPALIDADES
RÉGIMEN MUNICIPAL
MUNICIPALIDAD DE BARVA
AVISOS
CONVOCATORIAS
AVISOS
NOTIFICACIONES
CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL
FE DE ERRATAS
MUNICIPALIDADES
Texto
dictaminado
Declaración
del Día del Padre y reforma al párrafo
primero del artículo 148 de la
Ley Nº 2, Código
de Trabajo,
de 27 de agosto de 1943
y sus reformas
ARTÍCULO 1.- Se
declara el 17 de junio como Día del Padre, el cual deberá celebrarse cada año y
se considerará un día feriado de pago obligatorio.
ARTÍCULO 2.- Se
reforma el párrafo primero del artículo 148 de la Ley N.° 2, Código de Trabajo,
de 27 de agosto de 1943 y sus reformas. El texto es el siguiente:
“Artículo 148.- Se
considerarán días feriados y, por lo tanto, de pago obligatorio los siguientes:
el 1º de enero, el 11 de abril, el Jueves y Viernes santos, el 1º de mayo, el 17
de junio, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de setiembre y el 25 de
diciembre. Los días 2 de agosto y 12 de octubre también se considerarán días
feriados, pero su pago no será obligatorio.
[…].”
Rige a partir de su publicación.
Nota: Este expediente puede ser consultado en
la Secretaría del Directorio.
1 vez.—Exonerado.—( IN2017189224 ).
EL PRIMER
VICEPRESIDENTE
EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA
DE LA REPÚBLICA
Y EL
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Con fundamento en lo establecido en los artículos
140 inciso 12) y 148 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.
Considerando:
I.—Que mediante Resolución 62/92 “Cooperación
Internacional para la Asistencia Humanitaria en los casos de desastre natural
desde el socorro hasta el desarrollo” de 01 de febrero de 2008, aprobada por la
Asamblea General de las Naciones Unidas, se establece la importancia de los
principios de neutralidad, humanidad, imparcialidad e independencia para la
prestación de asistencia humanitaria poniendo de relieve la responsabilidad de
todos los Estados de tomar medidas de preparación, respuestas y recuperación
inicial a fin de reducir los efectos de los desastres naturales, reconociendo
al mismo tiempo la importancia de la Cooperación Internacional en apoyo de los
esfuerzos de los países afectados.
II.—Que
con motivo del terremoto que afectó a la hermana nación de los Estados Unidos
Mexicanos el 19 de setiembre del 2017, y atendiendo los lazos de solidaridad y
fraternidad que históricamente han unido a la República de Costa Rica con esa
nación, el Gobierno de Costa Rica ha decidido tener a bien organizar y
conformar una “Misión de Asistencia Humanitaria” para que en condición de viaje
oficial se desplace a México, y proporcione la colaboración y la ayuda
necesaria a las autoridades de ese Ilustrado Gobierno en las tareas de búsqueda
y rescate en las zonas dañadas a causa del desastre, y al mismo tiempo patentice
la solidaridad del Pueblo y el Gobierno costarricense frente a la tragedia que
embarga y enluta a la nación mexicana.
III.—Que
existe un interés de los gobiernos de trabajar conjuntamente en la búsqueda de
soluciones en los problemas suscitados a raíz del terremoto, considerando
además que en ese país radican una cantidad considerable de ciudadanos
costarricenses. Por tanto;
Decretan:
DECLATORIA DE INTERÉS PÚBLICO LA ORGANIZACIÓN Y
CONFORMACIÓN DE LA “MISIÓN DE
ASISTENCIA
HUMANITARIA DE BÚSQUEDA Y RESCATE”,
QUE VIAJARÁ A LOS ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, CON EL PROPÓSITO DE
BRINDAR
COLABORACIÓN Y AYUDA
DEBIDO AL IMPACTO DEL
FENOMENO
TELURICO DEL
19 DE
SETIEMBRE DE 2017”
Artículo 1º—Declarar de Interés Público la
organización y conformación de la “Misión de Asistencia Humanitaria de Búsqueda
y Rescate” que con dicha condición viajará a los Estados Unidos Mexicanos, con
el propósito de prestar toda la colaboración y ayuda técnica que sea
indispensable a las autoridades de ese Ilustrado Gobierno, todo ello debido al
impacto del fenómeno telúrico del 19 de setiembre del año en curso.
Artículo
2º—La Misión estará conformada por las siguientes personas:
Sr. Iván Andrey Brenes Reyes, cédula N°
2-0528-0326, Representante del Gobierno de Costa Rica.
Sr. Walter Fonseca Bonilla,
cédula No. 1-0862-0485, Jefe Misión. Gerencia. Evaluación y Coordinación USAR.
Sr. William Emilio Hernández
González, cédula 1-0657-0886, Coordinación Gerencia USAR.
Sr. Oliver Salazar Mora, cédula
6-0318-0490, Coordinación Logística USAR.
Sr. Hugo Alberto Madrigal
Vargas, cédula 1-0805-0152, Coordinación Médica USAR.
Sr. Johnny Ramírez Zumbado,
cédula 4-0161-0354, Coordinación Planificación USAR.
Sr. Javier Moreira Villegas,
pasaporte 108750049, Capitán de la tripulación.
Sr. Norberto Ramírez González,
pasaporte 111180844, Tripulación.
Artículo 3º—La Misión humanitaria viajará en
la aeronave matrícula MSP-020, propiedad del Ministerio de Seguridad Pública de
Costa Rica.
Artículo
4º—El período de esta Misión será por una vigencia de 15 días, prorrogable
según la necesidad del Estado Mexicano.
Artículo
5º—Rige a partir del veintiuno de setiembre de dos mil diecisiete.
Dado en la Presidencia de la República a los
veintiún días el mes de setiembre del año dos mil diecisiete.
HELIO FALLAS VENEGAS.—El Ministro de
Relaciones Exteriores y Culto a. í., Alejandro E. Solano Ortiz.—1 vez.—O. C. Nº
30968.—Solicitud Nº 19910.—( D40652-IN2017189015 ).
EL
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Y EL MINISTRO DE HACIENDA
Con fundamento en las atribuciones que les
confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política;
los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley
N° 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus
reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y
Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento,
el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas;
y la Ley N° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República
para el Ejercicio Económico del 2017 de 30 de noviembre de 2016 y sus reformas.
Considerando:
1º—Que el inciso g) del artículo 5 de la Ley
N° 8131, publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus
reformas, establece que el presupuesto debe ser de conocimiento público por los
medios electrónicos y físicos disponibles.
2º—Que
el inciso b) del artículo 45 de la citada Ley N° 8131, autoriza al Poder
Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el
inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para tal
efecto.
3º—Que
mediante el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta N°
74 de 18 de abril de 2006 y sus reformas, se establece la normativa técnica,
referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República
y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.
4º—Que
el artículo 61 del Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN citado, autoriza para
que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se
realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en
las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del
ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos
asignados al programa y recodificar los presupuestos ordinarios y
extraordinarios, según la codificación general vigente.
5º—Que
se hace necesario emitir el presente Decreto a los efectos de atender un
conjunto de modificaciones presupuestarias que se requieren para cumplir con
los objetivos y metas establecidas en la Ley N° 9411, publicada en los Alcances
Digitales Nos. 299A, 299B y 299C a La Gaceta N° 238 de 12 de
diciembre de 2016 y sus reformas.
6º—Que
los ministerios incluidos en este decreto han solicitado su confección,
cumpliendo con lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente.
7º—Que
a los efectos de evitar la innecesaria onerosidad que representa el gasto de la
publicación total de este Decreto de modificación presupuestaria para el
Ministerio de Educación Pública, habida cuenta de que las tecnologías de
información disponibles en la actualidad permiten su adecuada accesibilidad sin
perjuicio de los principios de transparencia y publicidad; su detalle se publicará
en la página electrónica del Ministerio de Hacienda, concretamente en el
vínculo de la Dirección General de Presupuesto Nacional, y su versión original
impresa, se custodiará en los archivos de dicha Dirección General. Por
tanto;
Decretan:
Artículo 1º—Modificase el artículo 2° de la
Ley N° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para
el Ejercicio Económico del 2017, publicada en los Alcances Digitales Nos. 299A,
299B y 299C a La Gaceta N° 238 de 12 de diciembre de 2016 y sus reformas,
con el fin de realizar el traslado de partidas en los Órganos del Gobierno de
la República aquí incluidos.
Artículo 2º—La modificación indicada en el artículo anterior, es por
un monto de quinientos cinco millones novecientos cincuenta y un mil ochocientos
cincuenta y cinco colones sin céntimos (¢505.951.855,00) y su desglose en los
niveles de programa/subprograma, partida y subpartida presupuestaria estará
disponible en la página electrónica del Ministerio Hacienda en la siguiente
dirección: http://www.hacienda.go.cr/contenido/12485-modificaciones-presupuestarias,
y en forma impresa, en los archivos que se custodian en la Dirección General de
Presupuesto Nacional.
La rebaja en este Decreto se muestra como
sigue:
Para
ver la imagen solo en La Gaceta en
formato PDF
Artículo
3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.
Dado en la Presidencia de la República, a los
trece días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.
LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—Helio Fallas V.,
Ministro de Hacienda.—1 vez.—O.C. N° 32885.—Solicitud N° 17875.—( D40739 -
IN2017189036 ).
DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y
EVALUACIÓN DE
LA CALIDAD
REPOSICIÓN
DE TÍTULO
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 1, folio 253, título N° 2242, emitido por el Liceo San Rafael de
Alajuela, en el año dos mil trece, a nombre de Cascante Solórzano Aarón Alonso,
cédula N° 2-0741-0701. Se solicita la reposición del título indicado por
deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la
reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera
publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve
días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar,
Directora.—( IN2017186751 ).
PUBLICACIÓN
DE SEGUNDA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el Tomo 1, Folio 36, título N° 255, emitido por el Liceo de San Francisco Lic.
Daniel Oduber Quirós, en el año dos mil cinco, a nombre de Aguilar Musmanno
Josué Joél, cédula Nº 1-1447-0700. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los diez días del mes de octubre del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017186798 ).
Ante esta Dirección se ha presentado
la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito
en el tomo 2, folio 84, título Nº 1277, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes,
en el año dos mil uno, a nombre de Palmer García Cindy, cédula Nº 1-1170-0348.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, a los diez días del mes de noviembre del
dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017186838 ).
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 37, asiento 05, título Nº 92,
emitido por el Liceo de Sabanillas de Acosta, en el año dos mil siete, a nombre
de Murcia Ríos Yerrika Dayanna, cédula Nº 1-1416-0370. Se solicita la
reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este
edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince
días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de octubre del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017187901 ).
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller
en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 7, asiento Nº 29, emitido por
el Liceo Rural Gavilán Vesta, en el año dos mil ocho, a nombre de Paniagua Soto
Mario Gerardo, cédula Nº 7-0205-0942. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017188075 ).
Ante esta Dirección se
ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias,
inscrito en el tomo 01, folio 24, asiento Nº 302, emitido por el Colegio
Nocturno de Pococí, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Miranda
Esquivel María Esther, cédula Nº 1-0592-0837. Se solicita la reposición del
título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para
oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, a los siete días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017188178 ).
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 2, folio 87, título Nº 841, emitido por el Liceo San Pedro, en el año
dos mil once, a nombre de Gómez Méndez José Alejandro, cédula Nº 1-1575-0155.
Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original.
Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro
de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario
Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiséis días del mes de
octubre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—(
IN2017188194 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
Ante esta Dirección se ha presentado la
solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en
el tomo 01, folio 150, título Nº 956, emitido por el Liceo de Coronado, en el
año dos mil dos, a nombre de Escobar Mendoza Ricardo, cédula Nº 1-1123-0837. Se
solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se
publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de
los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial
La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de noviembre del dos mil
diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017184971 ).
Ante esta
Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión
de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el
tomo II, folio 73, título Nº 145, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A.
Pérez, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Quintero Gutiérrez
Iliria Sandra, cédula Nº 1-0686-0629. Se solicita la reposición del título
indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír
oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a
partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en
San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd.
Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017188307 ).
DIRECCIÓN
DE ASUNTOS LABORALES
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
De conformidad con la autorización extendida
por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la
reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social
denominada Asociación Nacional de Jefes de Sucursales del Seguro Social,
siglas: ANJES, acordada en asamblea celebrada el día 02 de diciembre de 2016.
Expediente N° S-S016. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del
Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario
Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro
que al efecto lleva este Registro mediante Tomo: 16, Folio: 265, Asiento: 5013,
del 13 de setiembre de 2017. La reforma afecta el artículo 9 del Estatuto. 13
de setiembre de 2017.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Subjefa.—( IN2017187788 ).
DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES
En sesión celebrada en San José a las
10:21 horas del 19 de setiembre del 2017, se acordó conceder Pensión de Gracia,
mediante la resolución JNPA-1605-2017, al señor Valladares Fernández Carlos
Manuel, cédula de identidad 1-382-767, vecino de limón, por un monto de ciento
diecinueve mil ochenta y un colones con cuarenta y ocho céntimos (¢119.081.48),
con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a
cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que
exista el contenido presupuestario correspondiente.—Irma Velásquez Yánez,
Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—( IN2017189044 ).
JUNTA
ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL
REGISTRO
DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
PUBLICACIÓN DE TERCERA
VEZ
Para
ver las imágenes de las marcas solo en La
Gaceta en formato PDF
Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de
identidad, en calidad de Apoderada Especial de, Lorena Velázquez Moncada,
divorciada, cédula de identidad 108570853 con domicilio en Bello Horizonte de
Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CHEF LORE Atelier
& Catering
como marca de comercio, en clase 43 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: 43 Servicios de restauración y catering. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 17 de julio del 2017. Solicitud Nº
2017-0006883. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de agosto del 2017.—Rina Ruiz Mata,
Registradora.—( IN2017171641 ).
Karen Alejandra Cruz
Steller, casada una vez, cédula de identidad 112240954, con domicilio en San
Antonio de Coronado, Residencias las 3 Rosas, casa 2B, Costa Rica, solicita la
inscripción de: DidáskO “El don de enseñar”,
como
marca de fábrica y servicios en clases: 16; 41 y 44 internacionales, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: materiales didácticos, en
clase 41: organización de talleres y servicios de educación y en clase 44:
terapias de psicología, terapias del lenguaje y terapias de psicopedagogía. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de setiembre de 2017.
Solicitud N° 2017-0008734. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de setiembre de
2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017186226 ).
Andrés
Vargas Rojas, soltero, cédula de identidad 114040372, en calidad de apoderado
especial de 3-102-742173 Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en
La Unión, San Juan, del Walmart; 200 metros al este, Centro Comercial Vía San
Juan, local número 7, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Divino
pecado como marca de comercio y servicios en clases 30 y 43 Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente;
Helados estilo tailandés, de melocotón, menta y arándano, de higo, pera, y
leche condensada, de tocineta con miel de maple, de vino tinto y uva negra, de
brownie con Nutella, de tiramisú, queque de zanahoria con cobertura de crema de
chocolate blanco, queque moka, cheesecake con cobertura espejo, brownie con
mousse de chocolate semiamargo, galletas de soletilla, éclairs, tarta de limón
con cascara de limón confitada, macaron de queso crema y arándanos, macaron de
banano y caramelo, macaron de manzana y canela, y macaron de chocolate y en
clase 43; Servicio de restauración de experiencia gastronómica, especializado
en alimentación enfocada en repostería, en presentaciones y recetas
tradicionales, étnicas, y fusión, en un establecimiento con ambiente galería de
arte, acondicionado con vitrinas con alta visibilidad que le dan un
protagonismo especial a los postres que están en exposición e iluminación para
resaltar los colores y las texturas de las obras de arte gastronómico, cuyo
menú incluirá pero no se limitará a los siguientes productos específicos:
helados estilo tailandés, de melocotón, menta y arándano, de higo, pera, y
leche condensada, de tocineta con miel de maple, de vino tinto y uva negra, de
brownie con nutella, de tiramisú, queque de zanahoria con cobertura de crema de
chocolate blanco, queque moka, cheesecake con cobertura espejo, brownie con
mousse de chocolate semiamargo, galletas de soletilla, éciairs, tarta de limón
con cascara de limón confitada, macaron de queso crema y arándanos, macaron de
banano y caramelo, macaron de manzana y canela, y macaron de chocolate. Fecha:
25 de Septiembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus
derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 13 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0009030. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 25 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017186227 ).
Edwin
Chavarría González, divorciado, cédula de identidad 203370392, en calidad de
apoderado generalísimo de Parque y Campin Mono Titi S. A., cédula jurídica
3101748376, con domicilio en de la esquina noroeste de la Iglesia la Agonía,
400 metros este, casa esquinera blanca a mano derecha, diagonal a la Escuela
Juan Rafael Meoño, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: PARQUE
Y CAMPIN MONO TITI, como nombre comercial en clase: 49 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la
protección de la flora y la fauna y al turismo de campin para el avistamiento
del mono Tití y las aves, ubicado en San Antonio de Damas de Parrita, de la
Escuela 800 metros calle hacia arriba. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 3 de noviembre de 2017. Solicitud N° 2017-0010787. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 10 de noviembre de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—(
IN2017186228 ).
Leiner
Jesús Rodríguez Rojas, divorciado, cédula de identidad 110700206, en calidad de
apoderado generalísimo de Mi Armario Sociedad de Responsabilidad Limitada, con
domicilio en Curridabat, 100 metros oeste del Supermercado AM-PM, edificio
esquinero, color blanco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Mi
Armario,
como nombre comercial en clase:
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento
comercial dedicado a venta de ropa, zapatos (calzado) y accesorios, ubicado en
Cartago, Turrialba Centro, Bario Pueblo Nuevo, frente al Abastecedor La Gloria.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre de 2017.
Solicitud N° 2017-0010554. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de noviembre de
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017186281 ).
Alejandro Mayorga
Delgado, casado una vez, cédula de identidad 205110663, con domicilio en
Atenas, Barrio Jesús, Sabana Larga, del Campo Ferial, 500 metros este, Calle
Los Carvajal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: HEARTS &
ARROWS
como marca de fábrica en clase: 40
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de confección
de prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de
octubre de 2017. Solicitud N° 2017-0010284. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de
noviembre de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017186345 ).
Jacqueline
Hernández Jiménez, casada dos veces, cédula de identidad Nº 109250936, en
calidad de apoderada generalísima de Grupo Inmobiliario Hernández y Rozo S. A.,
cédula jurídica Nº 3101591219, con domicilio en Mata Redonda, Condominio Brisas
del Oeste, Apto. 3-6 F, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: QD
como marca de fábrica y comercio, en
clases: 10 y 20 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en
clase 10: Almohadas para uso terapéutico. Clase 20: Almohadas con olor. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 11 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010041. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 26 de octubre del 2017.—Randall Abarca Aguilar,
Registrador.—( IN2017186375 ).
Lejandra Quesada
Brizuela, casada, cédula de identidad 112360667 con domicilio en Santa Ana,
Costa Rica, solicita la inscripción de: CIEL Esthetic Dentistry & Implants
como marca de
servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente:
en clase 44; Servicios de odontología, estética e instalación de implantes. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2017,
solicitud Nº 2017-0008794. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de setiembre del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017186399 ).
Eduardo Díaz
Cordero, casado una vez, cédula de identidad 107560893, en calidad de apoderado
especial de Baby Depot CR Limitada, cédula jurídica 3102722434, con domicilio
en Santa Ana Pozos, Condominio Fuerte Ventura, casa N° 6, San José, Costa Rica,
solicita la inscripción de: BABY DEPOT
como
nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo
siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de artículos de
bebé, tales como juguetes para bebés, todo tipo de artículos para decoración de
cuartos de bebés, cunas para bebés, coches para bebés, sillas de seguridad para
bebés, chupones para bebés, y artículos para el cuidado y la alimentación de
bebés, ubicado en San José, Santa Ana Pozos, Condominio Fuerte Ventura, casa N°
6. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de noviembre de 2016.
Solicitud N° 2016-0010909. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1° de noviembre de
2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017186473 ).
Manuel Echeverría
Echeverría, soltero, cédula de identidad 112870086, con domicilio en Santo
Domingo, Los Ángeles, 500 norte de la cancha de basquet, Heredia, Costa Rica,
solicita la inscripción de: Legacy Law
como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y
distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a: servicios
profesionales en el área legal, ubicado en San Pedro, Montes de Oca, ciento cincuenta
metros sur del INEC. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de
junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006152. A efectos de publicación téngase en
cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 06 de julio de
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017186482 ).
Gianluca Sassu
Piattelli, casado una vez, cédula de identidad Nº 801220637, con domicilio en
Curridabat, Sánchez, de la Iglesia de La Lía, 250 este y 200 sur Residencial
Monte Ayarco, casa B21, roja con portones negros frente a la caseta del guarda,
Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase: 44
internacional.
Para proteger y distinguir lo
siguiente: en clase 44: servicios psicológicos, psicodiagnóstico, terapéuticos,
psicología industrial, psicología clínica, neuropsicología y psicología general.
Fecha: 02 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de setiembre del
2017. Solicitud Nº 2017-0009462. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de noviembre del
2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017186511 ).
Esteban Hernández
Álvarez, soltero, cédula de identidad 401990768, en calidad de apoderado
especial de María Fernanda Alvarado Arias, soltera, cédula de identidad
402190117 con domicilio en Barva, Puente Salas, 100 metros norte del Bar
Herradura, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ASPHALT
como marca de comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de
vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos
valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir
de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre del 2017,
solicitud Nº 2017-0010275. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de octubre del
2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017186559 ).
Carlos
Alberto Valenciano Camer, divorciado, cédula de identidad 104940901 con
domicilio en Escazú, calle San Miguel, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: BARATUS DE QUEPOS como nombre comercial, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de
diferentes productos por ser una tienda por departamentos ropa de todo tipo de
hombre, mujer, niño y sus accesorios, ubicado en Puntarenas, Quepos. Local
número dos Contiguo a Pall Quepos CentroSe cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 20 de setiembre del 2017, solicitud Nº 2017-0009234. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—(
IN2017186572 ).
Marcela Rodríguez
González, casada una vez, cédula de identidad 204800812, con domicilio en
Esparza; 50 sur, del ICE sobre calle 01, Puntarenas, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Frolino
como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de
productos alimenticios para humanos y animales, ubicado en Puntarenas, Esparza,
Espíritu Santo, 50 sur del ICE sobre calle 01. Fecha: 06 de noviembre de 2017.
Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer
ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017.
Solicitud N° 2017-0010465. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 06 de noviembre del
2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017186578 ).
Gilbert Araya
Paniagua, casado una vez, cédula de identidad N° 302850204, con domicilio en
Turrialba centro, diagonal al Colegio I.E.T, Cartago, Costa Rica, solicita la
inscripción de: Panadería Pibe’s !Un mundo de sabor y tradición para toda la
familia!
como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y
distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la elaboración
de productos de panadería y pastelería, así como a la venta de productos
afines, como cafés, tés, lácteos, jugos, bebidas artificiales, entre otros,
ubicado en dos establecimientos comerciales, ambos ubicados en Turrialba,
Cartago, el primero denominado Panadería Pibe’s, en calle Puntarenas, diagonal
al Colegio IET, el segundo establecimiento denominado Panadería Pibe’2, ubicado
frente al Colegio Nocturno Doctor Enrique Menzel, en Turrialba centro. Fecha:
23 de octubre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos
para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes,
contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de
octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009761. A efectos de publicación, téngase
en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de
octubre del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017186614 ).
José Antonio Jaikel
Aguilar, casado una vez, cédula de identidad número 204140799, en calidad de
apoderado generalísimo sin límite de suma de Comercializadora Los Litros de
Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101722783 con domicilio en Santa Ana,
Hacienda Paraíso, casa 23, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de:
LOS LITROS PARADA ESTRATÉGICA
como marca de fábrica y comercio en clases 32 y 33 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: En clase 32: Cervezas, aguas minerales, y
gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y los zumos de frutas, siropes
y otras preparaciones para hacer bebidas. En clase 33: Bebidas alcohólicas.
Reservas: De los colores: Amarillo, verde, rojo y morado. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación
de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2017, Solicitud Nº 2017-0000671.
A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de
la Ley Nº 7978.—San José, 9 de octubre del 2017.—Sabrina Loáciga Pérez,
Registradora.—( IN2017186619 ).
Juan Carlos Villa
Solano, casado una vez, cédula de identidad 6-0224-0065 y Luis Enrique Vega
Arguedas, soltero, cédula de identidad 109350521 con domicilio en Santa Ana,
Pozos, Residencial Valle del Sol, San José, Costa Rica y San Rafael, del
Estadio Municipal; 150 metros al norte, Urbanización La Rosa, Heredia, Costa
Rica, solicita la inscripción de: DOÑA CANDELA como marca de servicios en
clase: 41 Internacional.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41; Un personaje de
entretenimiento. Fecha: 8 de Noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 18 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008102. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley 7978.—San José, 08 de noviembre del 2017.—Wendy López Vindas,
Registrador.—( IN2017186638 ).
Marcia Abarca
Bermúdez, casada una vez, cédula de identidad 112503355, en calidad de
apoderada especial de Diseño Maré de Costa Rica S. A., cédula jurídica
3101682315, con domicilio en Pozos de Santa Ana, Ecoresidencial Villa Real,
casa A22, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Kabbalah Hilo Rojo
de Protección,
como
marca de fábrica y comercio en clase: 14 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: bisutería. Reservas: de los colores : Rojo y negro. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de octubre de 2017.
Solicitud N° 2017-0010443. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto
en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de noviembre de 2017.—Milena
Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017186685 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderado
especial de Lenzing Aktiengesellschaft, con domicilio en: Werkstr. 2, 4860
Lenzing, Austria, solicita la inscripción de: ECOVERO, como marca de
fábrica y servicios en clases: 9, 10, 12, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27,
35 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9:
Estuches adaptados para teléfonos móviles; estuches para teléfonos; estuches
para PDA; estuches para calculadoras de bolsillo; fundas adaptadas para
lectores de CD; fundas adaptadas para lectores DVD; estuches para reproductores
de medios digitales; estuches para lentes; letreros publicitarios [mecánicos o
luminosos]; estuches adaptados para aparatos fotográficos; estuches para
cámaras grabadoras; carcasas para cámaras; separadores para acumuladores;
estuches para gafas; estuches para gafas de niño; estuches para lentes de
contacto; trajes de aviador resistentes al fuego; respiradores para filtrar el
aire; ropa ignífuga; trajes ignífugos para carreras de automóviles con fines de
seguridad; mantas ignífugas; ropa ignífuga; filtros para máscaras respiratorias;
filtros para máscaras respiratorias (no médicos); redes de seguridad; calzado
de protección frente a incendios; pasamontañas ignífugos; botas de protección
contra el fuego; trajes de protección contra los accidentes, las radiaciones y
el fuego; cascos para motociclistas; estuches adaptados para instrumentos de
disección para uso científico o de investigación; estuches adaptados para
instrumentos de disección que no sean para uso médico; filtros para
laboratorios; guantes resistentes al fuego; equipos de protección y seguridad;
en clase 10: Protectores de pecho; empapadores; paños médicos de materiales
textiles sin tejer; pinzas hemostáticas; malla quirúrgica; camas y mobiliario
médico, equipos para mover pacientes; cobertores para uso médico; sábanas de incontinencia
para su uso con bebés; sábanas de incontinencia para su uso con niños pequeños;
almohadones para uso médico; almohadas para uso ortopédico; almohadas para uso
terapéutico; almohadas soporíferas rellenas con plumón; sábanas [paños) para
uso médico; protectores de colchón para incontinentes; sábanas para personas
incontinentes [empapadores]; vestuario de uso médico; guantes de protección
desechables para uso médico; guantes para uso médico; guantes para su uso en
hospitales; medias de compresión médicas; malla quirúrgica que comprende
materiales artificiales; rodilleras para uso médico; en clase 12: Forros a
medida para la zona de carga de vehículos; revestimientos de vehículos;
tapizados para interiores de vehículos; interiores de protección para
vehículos; revestimientos de techos para vehículos; paneles interiores para
vehículos; asientos de seguridad de coche para niños; asientos de seguridad de
coche para niños; asientos de seguridad de coche para niños; asientos de niños
para su uso en vehículos; asientos para niños para su uso en coches; asientos
de seguridad para vehículos; asientos de seguridad de animales de compañía para
vehículos; asientos de seguridad de bebés y niños para vehículos; asientos de
seguridad para vehículos; doseles de asientos de coches; organizadores para
coches; organizadores de maleteros; fundas de asientos ajustadas para su uso en
automóviles; fundas de asientos para coches; asientos de automóvil; asientos de
automóvil para niños; cojines para asientos de vehículos; asientos de automóvil
para niños; protectores solares y viseras para automóviles a motor; en clase
16: Papel crepé; filtros y materiales filtrantes de papel; papel de filtro;
filtros de papel para cafeteras; materiales de embalaje impresos de papel;
contenedores de papel para embalaje; bolsas de papel para embalar; lazos
decorativos de papel para envolver; papel de embalaje decorativo; hojas de
control de humedad, de papel o de materias plásticas, para embalar productos
alimenticios; hojas de celulosa regenerada para embalar; etiquetas de papel
para regalos; envoltorios de papel para regalos; embalajes de cartón; películas
de materias plásticas para embalaje; papel impregnado con aceite para usar como
embalaje; cajas de cartón para embalar; material de embalaje de materias
plásticas; papel para envolver y embalar; sacos de papel; bolsas de papel para
embalar; lazos para decorar paquetes; bolsas de papel para embalar; bolsas y
artículos para empaquetar, envasar y almacenar, de papel, cartón y materias
plásticas; recipientes industriales de papel para embalaje; recipientes de
cartón para embalaje; recipientes de celulosa regenerada para embalaje; bolsas
(sobres, bolsitas) de papel o materias plásticas para empaquetar; películas
para envolver alimentos; cartón para empaquetado; cajas de cartón para embalar;
cajas de fibra de cartón; materias plásticas para embalaje (no comprendidas en
otras clases); material de envoltorios de papel; materiales de cartón para
embalar; materiales de papel reciclado para embalaje; materiales de fécula o
almidón para empaquetar; materiales para envase y embalaje; papel de envolver;
cajas de cartón para embalar; cajas de cartón para embalar; bolsas de papel
para embalar; hojas de viscosa para embalar; etiquetas de papel para
identificación; blocs de papel de escribir; libretas; etiquetas de papel; cajas
para lápices; estuches y cajas de papelería; bolígrafos; pizarras pequeñas;
cintas adhesivas para embalaje; productos de imprenta; adhesivos [artículos de
papelería]; pegatinas [calcomanías]; carteles publicitarios impresos de papel;
carteles publicitarios impresos de cartón; folletos; banderines de papel;
folletos, impresos; calendarios impresos; material promocional impreso;
decoraciones adhesivas de papel para paredes; anuarios [publicaciones
impresas]; calendarios; banderolas de papel; pósters; postales (tarjetas -);
prospectos; tarjetas de navidad; publicaciones promocionales; publicaciones
promocionales; letreros de papel o cartón; tableros de anuncios de cartón;
tableros de anuncios de cartón; cubiertas de libros; papel crepé para uso
doméstico; papel para su uso en la producción de papeles pintados; papel de
seda para su uso como material de papel de estarcido (ganpishi); papel para
fabricar bolsitas de té; toallitas de papel para desmaquillar; papel higiénico
de textura áspera; filtros de papel para café; papel para limpiar; pañuelos de
papel para la cara; hojas absorbentes de papel o de materias plásticas para
embalar productos alimenticios; pañuelos de papel; papel de seda; papel higiénico;
pañuelos de papel para uso cosmético; paños de celulosa; publicaciones
periódicas; blocs jurídicos; en clase 17: Fibras con fines de aislamiento;
mantas acolchadas para aislamiento; hilo de fibra regenerada para uso no
textil; fibras químicas para uso no textil; fibras sintéticas, que no sean para
uso textil; materiales y artículos para el aislamiento; tejidos aislantes;
telas hechas de fibras sintéticas [para aislamiento]; tejidos hechos de mezcla
de fibras sintéticas y naturales para su uso como aislamiento; tejidos de fibra
de carbono para su uso como aislamiento; tejidos de fibras producidas
químicamente para su uso como aislantes; tejidos de fibras orgánicas para su
uso como aislantes; fibras de vidrio para aislar; fibras impregnadas con resinas
sintéticas para aislamiento; lanas de fibras de carbón en bruto [aislamiento];
papel aislante; material aislante destinado a la industria aeronáutica;
materiales aislantes producidos a partir de materias plásticas; paneles
aislantes; cable magnético (aislamiento para -); papel impregnado con aceite
para aislamiento; aislamiento de tubos; componentes de aislamiento preformados;
papeles tratados para aislamiento; artículos y materiales para aislamiento
térmico; tableros de fibras para aislamiento de altas temperaturas; tejidos
resistentes al calor [para aislamiento]; cubiertas aislantes para tubos
industriales; material sintético aislante para la protección térmica de
tuberías; aislamientos con funciones de sellado para protección térmica;
camisas de aislamiento térmico para plantas industriales; materias térmicas
aislantes; artículos y materiales para aislamiento eléctrico; cintas
electroaislantes; aisladores para conductores eléctricos; papel para
condensadores eléctricos; sustratos para aislamiento eléctrico; artículos y
materiales para aislamiento acústico; losas acústicas; paneles de barrera para
el aislamiento acústico; aislamiento acústico para edificios; estructuras no
metálicas para la supresión del sonido [aislamiento]; hojas de celulosa [que no
sean para envolver o empaquetar); hojas de celulosa regenerada que no sean para
embalar; espuma de caucho; fibra de carbono; celulosa regenerada para su uso en
procesos de fabricación; hojas de viscosa que no sean para embalar; fibras de
carbono para su uso en la industria; fibras de carbono que no sean para uso
textil; fibras de carbón en bruto, que no sean para uso textil; tejidos de
fibra de carbono impregnados con resinas; hilos de fibras de carbón [que no
sean para uso en textiles]; espuma moldeada para embalaje; cintas de embalaje
(adhesivas) que no sean de uso doméstico o de papelería; fibras de materias
plásticas para fabricar cables de neumáticos; telas retardadoras de llama
[amianto]; paneles aislados ignífugos; materiales refractarios aislantes; fieltro
aislante; sustancias plásticas semielaboradas; materiales filtrantes [materias
plásticas o espumas semielaboradas]; en clase 20: Camas, colchones, almohadas y
cojines; accesorios para cunas de guardería [distintos de ropa de cama];
accesorios para cunas de guardería [distintos de ropa de cama]; fundas de
asientos de recambio [ajustadas] para muebles; revestimientos textiles para
muebles [a medida]; almohadas hinchables; almohadas de baño; accesorios de
cama, excepto ropa de cama; camas para niños hechas de tela en forma de saco;
colchones futón [distintos de colchones de parto]; almohadas reposacabezas;
cojines para embarazadas; protectores de colchones; colchones; colchones;
colchones [exceptuando los colchones para el parto]; colchonetas para dormir [cojines
o colchones]; almohadas cervicales; cojines de lactancia; cojines para animales
de compañía; almohadas; almohadas perfumadas; esteras de dormir para acampar
[colchonetas]; artículos de decoración textiles [cojines]; almohadas rellenas;
almohadas de sujeción para su uso en sillas de seguridad de niños para el
coche; almohadas de sujeción para su uso en asientos de niños; camas y
receptáculos para animales; camas para mascotas; casas para mascotas; tableros
para fijar carteles publicitarios; tablones publicitarios de exposición de
plástico [no luminosos]; en clase 21: Trapos antiestáticos para uso doméstico;
paños para desempolvar; telas para limpiar gafas; toalleros de aro; estuches
para palillos chinos; aplicadores para maquillaje de ojos; neceseres para
utensilios cosméticos; neceseres de tocador; aplicadores de cosméticos;
manoplas de cocina; paños de limpieza; paños de limpieza; paños de limpieza; en
clase 22: Fibras textiles en bruto y sus sucedáneos; líber; algodón en bruto;
lana tratada; fibras químicas para uso textil; fibras que son materiales
sintéticos parcialmente preparados para uso textil; fibras que son materiales
sintéticos en bruto para uso textil; copos de seda; fibras de hilo; banda de
cordones enrollados; materias textiles fibrosas en bruto; lana desengrasada;
fibras semisintéticas para uso textil; fibra de cáñamo [en bruto]; pelo de
conejo; yute; fibra de yute [bruto]; lana peinada; pelo de cachemir; pelusa de
algodón; materiales textiles fibrosos en bruto tratados con retardantes de llamas;
mohair; fibras naturales; fibras de relleno de poliéster; filamento de
poliéster; malla plástica de poliéster para embalar mercancías; fibras de
sílice vitrificado para uso textil; fibras de rafia; fibras de ramio; fibras
textiles en bruto; fibras en bruto de materias plásticas para uso textil; lino
en bruto [agramado]; seda en bruto; lana en estado bruto; desperdicios de seda
[relleno]; lana esquilada; fibras de seda; monofilamentos de poliéster de seda;
lana cardada; fibras sintéticas para uso textil; fibras sintéticas para uso
textil; filamentos textiles sintéticos; filamentos textiles; fibras textiles;
fibras textiles sin tejer; fibras para fabricar alfombras; fibras para fabricar
losetas de moqueta; fibras viscosas de silicio; lana en bruto o tratada; copos
de lana; bolsas y sacos para envasar, almacenar y transportar; forros para su
uso en contenedores; redes; soportes de cuerda para colgar plantas; eslingas y
cintas; cintas para atar las vides; cintas no metálicas para envolver o atar;
hamacas; bolsas para la cremación de cadáveres; bolsas de red para lavar
lencería; bolsas de malla para almacenamiento; bolsas de embalaje [sacos] de
materia textil para transporte a granel; bolsas de embalaje [sacos] de tejido
para almacenaje a granel; sacos; sacos hechos de materia textil; sacos para el
transporte de residuos; sacos para el transporte de materiales; sacos para el
almacenamiento de materiales a granel; sacos y bolsas (no comprendidos en otras
clases); sacos para almacenar materiales; sacos de gran capacidad para
transportar y almacenar productos a granel; bolsas que no sean de materias
textiles para el transporte a granel de materiales; bolsas que no sean de
materias textiles para el almacenamiento a granel de piensos para animales;
bolsas que no sean de materias textiles para el almacenamiento a granel de
materiales; bolsas de almacenamiento para zapatos; bolsas para velas; bolsas de
regalo de materias textiles para botellas de vino; bolsas protectoras de tela
para conservación de bolsos cuando no se usan; bolsas [sobres, bolsitas] de
materias textiles para empaquetar; bolsas [sobres, bolsitas] de materias
textiles para empaquetar; bolsas [sobres, bolsitas] de materias textiles para
empaquetar; redes de embalaje para transportar frutas y hortalizas; bolsas
[sobres, bolsitas] de materias textiles para empaquetar; bolsas textiles para
embalaje de mercancías [sobres, bolsitas]; lonas, toldos, tiendas y carpas;
tiendas de campaña para la pesca con caña; tiendas de campaña para el camping;
cubiertas no ajustables para vehículos; fundas no ajustables para embarcaciones
y vehículos acuáticos; lonas; toldos; tiendas [toldos] para vehículo tiendas
[toldos] para caravanas; tiendas hechas de materias textiles; tiendas para
montañismo o camping; velas; materiales para la fabricación de velas para
embarcaciones; sogas, cabos, cuerdas y cordeles; ataduras no metálicas para uso
agrícola; hilos no metálicos para envolver o atar; cordeles; bramantes de
polipropileno; cordeles hechos de sisal; bramantes no metálicos; cuerdas para
atar; hilos de embalaje; cuerda de macramé; hilos para usar en la construcción
de cables de neumáticos; cuerdas; cuerdas de fibras naturales y sintéticas;
cuerda para su uso en juguetes para animales domésticos; cuerdas de materias
sintéticas; cuerdas; cuerdas no metálicas; bramante de embalar; cuerdas de
embalaje; redes elásticas para productos cárnicos; redes de cáñamo; redes [no
metálicas o de amianto]; redes para su uso como cortavientos; redes de fibra
química; redes de protección de materias textiles contra desprendimientos de
piedras; redes de pesca comerciales; redes [aparejos]; redes para su uso con
estructuras flotantes; hilos de red; corrales de red para la piscicultura;
redes para dar sombra; redes de seda; redes ajustables; materiales para
acolchar y rellenar; plumón [plumas]; plumas de relleno [tapicería]; guata de
filtrado; material de relleno de fibras sintéticas; rellenos para almohadas
tapizadas; rellenos de espuma sintética; rellenos de edredones; relleno para
almohadas; rellenos para colchas; virutas de madera; miraguano [kapoc]; plumas
sueltas; materiales para acolchar; materiales de acolchado, distintos de caucho
o plástico, para almohadas; materiales de acolchado, distintos de caucho o
plástico, para sacos de dormir; materiales para relleno hechos de materias
fibrosas; materiales para relleno hechos de materias fibrosas; rellenos de
telas no tejidas; materiales de acolchado, que no sean de caucho o plástico,
para camas; guatas de poliéster; serrín; sisal; fibras de sisal; recipientes
textiles de embalaje industrial; vellón para el sector de la tapicería; guata
de relleno o acolchado [tapicería]; fibras de guata; lana de relleno;
materiales de relleno (excepto de papel, cartón, caucho o plástico); rellenos
para almohadas tapizadas; en clase 23: Hilos e hilados; hilo de angora; bobinas
de hilo; bobinas de hilado; algodón hilado; hilo de algodón; hilos de felpilla;
hilos de felpilla; hilo de seda de la variedad dupioni; hilados elásticos;
hilos elásticos para uso textil; tiras elásticas de fibras sintéticas para uso
textil; hebras de algodón hilado; hilados para uso textil; filamentos textiles
[hilos]; fibras flocadas; hilos; hilos de angora para uso textil; hilo de
algodón residual; hilos preorientados de poliéster; hilos de fibras de carbono
para uso textil; hilos de fibras sintéticas o mixtas para uso textil; hilo de
seda salvaje; hilados para tejer; hilos para uso doméstico; hilados para
aplicaciones textiles; hilo e hilado mezclado a base de fibra inorgánica; hilo
e hilados mezclado a base de algodón; hilo e hilados combinados con una base de
fibra química; hilos e hilados de fibra química para uso textil; hilos e
hilados de residuos desengrasados; hilo e hilado mezclado a base de cáñamo;
hilo e hilado de fibra regenerada [para uso textil]; hilo e hilado mezclado a
base de seda; hilo e hilado de fibra sintética; hilo e hilado mezclado a base
de lana; hilos e hilados para uso textil; hilos para vender en forma de kit;
hilo e hilado de algodón retorcido; hilos e hilados retorcidos; hilo e hilado
de cáñamo trenzado; hilo e hilado retorcido de seda; hilo e hilado de lana
retorcido; hilo (peinado) de fibras naturales; hilo e hilado trenzado mezclado;
hilo de estambre; hilo de borrilla de seda; hilo e hilado de fibra
semisintética [hilado de fibra natural químicamente tratado]; lanas para tejer
a mano; hilo e hilado de cáñamo en bruto; hilados e hilos termoestables; hilos
de yute; hebras de pelo de camello; hebras cardadas de lino para uso textil;
hilos cardados de cáñamo para uso textil; hebras cardadas de fibras naturales
para uso textil; hilos (cardados) de lana; hebras cardadas de lana para uso
textil; hilos de cachemira; hilos de fibra de cerámica para uso textil; hilos
de coco; hilos de rayón; hilo e hilado de lino; hilo de fibra de metal para uso
textil; hilo de coser para uso textil; hilos de coser; hilados naturales; hilos
que no sean metálicos para uso textil; fibra de poliéster hilada para uso
textil; hebras de sílice; hilo e hilado de ramio; hilo de seda en bruto; seda
hilada; hilo de seda; hilos y hebras para bordados; hilados para tejer; hilos
de punto de materiales acrílicos; hilos de punto de nailon; hilos de punto de
lana; hilados con textura de poliéster; hilados hechos de materiales sintéticos
para uso textil; hilos sintéticos; hilados de alfombra; hilos textiles; hilos
textiles de fibras artificiales; hilos textiles de fibras naturales; hilo e
hilado recubierto de caucho [para uso textil); hilos de hilados mixtos; hilos
encerados; hilo encerado; fibras de tejer para uso industrial; hilados; lana
hilada; hilo de lana; hilo de lana; en clase 24: Tejidos de borra; productos
textiles en piezas para su uso en tapicería; terliz; telas elásticas de punto
para ropa interior de señora; telas elásticas de punto para corpiños; telas elásticas
de punto para ropa deportiva; telas elásticas de punto para ropa de gimnasia;
tejidos de fibra para su uso en la fabricación de prendas de vestir; tejidos de
fibra para la fabricación de las fundas exteriores de muebles telas de fibra
para su uso en la fabricación de forros de calzado; tejidos de fibra para su
uso en la fabricación de forros de bolsas; fieltro; fieltro para su uso por
fabricantes de papel; tela de fieltro; telas retardadoras de llama [que no sean
de amianto]; franela [tela]; toalla [materias textiles]; forros y entretelas;
materiales de incrustación de telas no tejidas; telas de fibras químicas;
tejidos para uso textil; tejidos de puntillas; punto (tejidos de -); telas
impermeables engomadas; toalla [materias textiles]; ropa de hogar; jersey
[tejido]; jersey [tejido]; tejidos de fibras de carbono, excepto para
aislamiento; tejidos [géneros en pieza textiles] hechos de fibra de carbón;
tejidos hechos de fibras artificiales [excepto para aislamiento]; telas para
tapicería; telas de tapicería; telas para tapicería; tejidos para mobiliario en
piezas; tejidos para mobiliario en piezas; tejidos decorativos; fieltro no
tejido; telas de seda para muebles; tejido de fibra semisintética; tejidos de
fibras producidas químicamente, excepto para aislamiento; telas de fibras
orgánicas, excepto para aislamiento; telas de hilo de fibra regenerada; tejidos
hechos de fibras artificiales [excepto para aislamiento]; telas para su uso en
la confección de jerséis; punto (tejidos de -); telas de punto de hilo de
algodón; tejidos de punto de hebra de fibra química; telas de punto de hilo de
lana; telas hechas de fibras sintéticas y naturales mezcladas, que no sean para
el aislamiento; telas textiles para su uso en la fabricación de camas; telas
textiles para la confección de ropa blanca; tejidos textiles para su uso en la
fabricación de artículos de cama; telas textiles para la confección de mantas;
telas tejidas para su uso en la fabricación de muebles; telas textiles para su
uso en la confección de sábanas; telas textiles para su uso en la fabricación
de toallas; textiles para su uso en la fabricación de fundas de almohada;
géneros en pieza textiles para la confección de artículos de cama; géneros en
piezas textiles para la confección de toallas; tela; tejidos que son productos
textiles en piezas; terciopelos para mobiliario; géneros textiles no tejidos;
materias textiles no tejidas; materias textiles no tejidas; telas textiles no
tejidas para su uso como entretelas; telas no tejidas de fibras naturales;
telas no tejidas de fibras sintéticas; telas no tejidas en láminas para su uso
en la confección; telas tejidas para muebles; productos textiles,-y
sustitutivos de productos textiles; fundas para vestidos de noche de materias
textiles; mantas textiles para imprentas; telas desechables; tela de lino para
forrar zapatos; telas para paredes; artículos textiles domésticos hechos de
materiales no tejidos; fundas para vestidos de noche de materias textiles; tela
de colchón [cutí); fundas para muebles; mosquiteras; artículos textiles sin
tejer; sábanas guardapolvo; pañuelos de materias textiles; productos textiles
de franela; artículos textiles sin tejer; entretelas hechas de telas no
tejidas; fundas para muebles; revestimientos de muebles que no sean ajustables;
fundas sueltas de materias textiles para muebles; revestimientos de materias
textiles para muebles; fundas sueltas de materias textiles para muebles;
pañería (cortinajes de tela gruesa); cortinas; marcadores [etiquetas] de telas
para tejidos textiles; tapizados murales de materias textiles; ropa de cama;
ropa de cama; toalla [materias textiles]; toallas; ropa de cocina y
mantelerías; toallas; toallas de mano de materias textiles; ropa de cama y
mantelerías; trapos para secar vajilla; paños de cocina para secar; toalla
[materias textiles]; toallas de mano de materias textiles; manteles
individuales que no sean de papel; pequeños artículos de materias textiles
[ropa de mesa]; ropa de mesa; manteles no de papel; salvamanteles de materias
textiles; manteles de telas textiles no tejidas; servilletas de materias
textiles; ropa de mesa que no sea de papel; mantelería de materiales textiles;
mantelerías; guantes de baño; mantas para recién nacidos; cubrecolchones;
fundas de edredón; cobertores (edredones); mantas de cama de algodón; mantas de
cama de fibras artificiales; colchas de papel para camas; mantas de cama de
seda; mantas de lana; fundas de edredón; sábanas; cenefas para camas;
sobrecamas; volantes textiles para camas; ropa de cama de material textil que
no esté tejido; ropa de cama para niños; fundas de edredones; cobertores
(edredones); mantas para animales de compañía; colchas; mantas para exteriores;
ropa de cama desechable de materias textiles; edredones [cobertores de plumas);
ropa blanca de tejido de rizo; edredones para futones; sábanas cosidas en forma
de saco de dormir; ropa de cama impregnada; mantas para cunas; sábanas para
cunas; mantas para niños; fundas decorativas para almohadones de cama; mantas
para el regazo; fundas para colchones ajustables; fundas de almohada; fundas de
cutí para colchones y almohadas; fundas de colchón; fundas de colchón;
edredones rellenos de plumón; edredones; mantas de viaje; forros para el
interior de sacos de dormir; mantas de seda; sábanas ajustables; cobertores de
cama acolchados; edredones de tela de toalla; edredones de materias textiles;
edredones rellenos de plumas; edredones rellenos con una mitad de plumón;
edredones rellenos de material de relleno; edredones rellenos de materiales
sintéticos de relleno; colchas; cubiertas de edredón; fundas textiles para
edredones; productos textiles para su uso como ropa de cama; sábanas;
sobrecamas; sábanas con volantes; cenefas para camas; mantas de lana; ropa de
baño; toallas de baño grandes; toallas de baño; ropa de baño, excepto prendas
de vestir; toallas desechables; cobertores de felpa; toallas faciales de felpa;
toallas turcas; toallas turcas; toallas de baño grandes; toallas de baño
grandes; tela de felpa [material textil] adaptada para su uso en
distribuidores; toallas de manos; toallas para niños; ropa blanca para uso
doméstico, incluidas la toallitas de tocador; toallas desmaquilladoras
[textiles] distintas de las impregnadas con cosméticos; toallas
desmaquilladoras [textiles] distintas de las impregnadas con preparados de tocador;
telas de materias textiles tejidas para lavar el cuerpo, no para uso médico;
paños de material textil no tejido para lavar el cuerpo [que no sean de uso
médico]; guantes de aseo personal; manoplas hechas de telas no tejidas para
lavar el cuerpo; toallas de aseo; paños para lavar el cuerpo [que no sean para
uso médico]; materias textiles filtrantes; tejido ignífugo; en clase 25:
Artículos de sombrerería; gorros de baño; bandanas [pañuelos para el cuello];
gorras de béisbol; boinas; sombreros con borlas; sombreros de señora; gorros de
ducha; tocados de fiesta; sombreros fedora; fezes [gorros tradicionales de
origen turco]; gorros tipo pescador; gorras de golf; yashmaks (velos dobles
usados por mujeres musulmanas); cofias [artículos de sombrerería]; boinas de
lana; sombreros; armaduras de sombreros; solideos; gorros de waterpolo;
capuchas; sombreros pequeños; gorros con nudo para bebés; gorros de cocinero;
gorras y sombreros deportivos [que no sean cascos]; artículos de sombrerería
infantil; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza;
pañuelos cuadrados para la cabeza; yashmaghs [velo de las mujeres musulmanas];
mitras [ropa litúrgica]; sombreros de moda; gorros; viseras para gorras;
viseras para el sol [artículos de sombrerería]; gorros para dormir; sombreros
de papel [prendas de vestir]; gorros de papel para chefs; sombreros de papel
para enfermeras; gorros para fiestas [prendas de vestir]; manguitos de piel;
sombreros de piel; pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros para la lluvia;
gorras de punto; gorras planas;. gorras militares; sombreros de juncia
(sugegasa); antifaces para dormir; velos; tocas [prendas de vestir]; boinas
escocesas; bandas antisudor de tenis; gorros de esquiar; sombreros para el sol;
gorros y gorras para deportes; gorras de deporte; cintas para la cabeza; cintas
para absorber el sudor de la frente; sombreros de playa; gorras de punto;
pasamontañas; artículos de sombrerería de materias textiles térmicas; tocas
[sombreros]; pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros de lana; sombreros de
copa; prendas de vestir; prendas de noche; abrigos de noche; cuellos separables
para kimonos (haneri); cuellos postizos; escudetes de axila [partes de prendas
de vestir]; indumentaria de aikido; albas; chalecos de entrenamiento para
fútbol americano; parkas; trajes [vestuario]; trajes de noche; trajes de
mujeres; pajaritas; pantalones de vestir; monos de vestir; blusas; ropa de
trabajo; monos de trabajo; blusas; jerséis sin mangas; mantones; calentadores
de brazos [vestidos]; batas para doctores; pantalones de calentamiento; ropa
hecha de piel; guantes para conducir; ajuares de bebé [prendas de vestir];
ajuares de bebé [prendas de vestir]; prendas de una sola pieza [body] para
bebés; picardías [pijamas]; bragas para bebés; baberos de plástico para bebés;
ropa de bebé para la parte superior del cuerpo; sacos de dormir para bebés
[prendas de vestir]; bragas para bebés; ropa de bebé para la parte inferior del
cuerpo; ajuares de bebé [prendas de vestir]; buzos de abrigo para bebés; trajes
de baño; trajes de baño para señora; trajes de baño para caballeros; bañadores
ajustados que tienen copas de sujetador; trajes de baño para caballero y
señora; calzones de baño; trajes de baño; trajes de baño; albornoces;
pantalones cortos de baño; pantalones de baño; ropones (salidas) de baño;
batines; trajes de ballet; vestidos de fiesta; sujetadores bandeau [ropa
interior]; uniformes de béisbol; calzoncillos térmicos; camisetas interiores
térmicas; camisetas ombligueras; camisetas impresas; calentadores de piernas;
ropa de cachemira; ropa de cuero de imitación; ropa de lana; ropa para
automovilistas; ropa de bebé; ropa para damas de honor; ropa de patinaje
artístico; trajes de bautizo; prendas de vestir para la práctica del judo;
prendas de vestir para niños; prendas de vestir para niños pequeños; ropa de
niña; prendas de vestir de cuero para motoristas; ropa de cuero; prendas de
vestir de lino; ropa de papel; ropa de felpa; ropa de seda; ropa para artes
marciales; ropa de hípica [excepto cascos de jinete]; vestuario teatral; ropa
para pescadores; ropa para chico; vestuario para juegos de lucha libre; ropa
prenatal; pantalones para estar por casa; bermudas; mañanitas; calcetines de
cama; maillots; blazers; blusones; boas [bufandas]; leotardos; medias de cuerpo
entero; bodis [ropa interior]; boleros; corbatas de cordón; cazadoras tipo
bomber; calzoncillos; vestidos de novia; albornoces [capas con capucha];
sujetadores; bustiers; chaquetas marineras; capas; pantalones pirata de mujer;
abrigos cortos; pantalones de estilo militar; polainas (prendas de vestir);
casullas; camisolines; cheongsams (vestidos de raso en estilo chino); albas;
túnicas para coristas; prendas de noche; pantalones de pana; camisetas largas;
ropa de mujer; lencería femenina; vestidos; ropa exterior de señora; bragas;
ropa interior de mujer; ropa interior de mujer; chaquetas de plumas; chalecos
de plumón; pantalones vaqueros; sobretodos; chaquetones de trabajo con refuerzo
impermeable en los hombros; trajes de tres piezas [ropa]; trencas; pañuelos de
bolsillo [prendas de vestir]; trajes de una pieza; monos de vestir; monos
cortos [prendas de vestir]; ropa interior desechable; vestidos de patinaje;
mallas deportivas; medias de lana; faldas plisadas para quimonos formales
(hakama); disfraces [trajes]; vestidos de ceremonias para señoras; sujetadores
deportivos transpirables; camisetas de deporte transpirables; pantalones de
deporte transpirables; camisas de pesca; chaquetas de pescador; ropa polar;
chalecos de forro polar; pajaritas; trajes de vuelo; trajes de noche de gala;
ropa de etiqueta; fulares [prendas de vestir]; chaqués; trajes de chaqueta
informales; camisas deportivas; pantalones ligeros; ropa informal; bragas tipo
short; casacas de barbero; batines; reproducciones de equipaciones de fútbol;
camisetas de fútbol; chalecos de entrenamiento para fútbol; bolsas para
calentar los pies que no sean eléctricas; gabardinas [prendas de vestir];
galochas; polainas; chaqués; pantalones acolchados de deporte; camisetas
acolchadas de deporte; shorts acolchados de deporte; prendas de punto; guantes
de punto; chaquetas de punto; ropa interior de punto; jerséis tejidos con lana;
prendas de vestir tejidas; camisas tejidas; chaleco; polos; pantalones de golf;
pantalones, camisas y faldas de golf; faldas de golf; mallas; ropa de gimnasia;
calcetines cortos; disfraces para halloween (víspera de todos los santos);
tirillas; artículos para llevar en el cuello; fulares; braga de cuello;
calentadores de muñeca; guantes [prendas de vestir]; guantes para ciclistas;
guantes con puntas conductoras que pueden usarse al utilizar dispositivos
electrónicos portátiles provistos de pantallas táctiles; guantes incluyendo los
de piel, pellejo o cuero; calentadores de manos [prendas de vestir]; ropa para
estar en casa; camisas hawaianas; camisas hawaianas abotonadas delante;
canesúes de camisa; camisas; camisas para trajes; camisas con cuello; camisas
de cuello abierto; camisas con botones; camisones; combinaciones [ropa
interior]; camisas-chaqueta; pecheras de camisa; trajes para hombres; ropa de
hombre; ropa exterior de caballero; calcetines de caballero; ropa interior de
hombre; chalecos; vestidos de novia; chaquetas tipo leñador; canguros (suéteres
con capucha); bragas; pantalones largos; pantalones de cuero; pantalones para
niños; pantalones para niños; pantalones para personal de enfermería;
pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones de snowboard; trajes pantalón;
faldas pantalón; medias-calcetín; tirantes; ligueros de caballero; fajas [ropa
interior]; fajas [ropa interior]; chaquetas; chaquetas que son prendas de
vestir de deporte; chaquetas de forro polar; chaquetas de pesca; chaquetas con
mangas; chaquetas sin mangas; chaquetas para snowboard; chaquetas impermeables;
chaquetas, abrigos, pantalones y chalecos de caballero y de señora; forros para
chaquetas; pantalones de caza; chaquetas de caza; chalecos de caza; camisas de
caza; kimonos; prendas de tela vaquera [ropa]; pantalones vaqueros; chaquetas
vaqueras; jerseys [prendas de vestir]; pantalones de montar; chándales de
nailon; conjuntos de footing [ropa]; pantalones de chándal tipo sudadera;
prendas para llevar en la parte superior para hacer footing; pantalones de
chándal tipo sudadera; chaquetas heavy; chaquetones; uniformes de judo;
caftanes; camisolas; uniformes de artes marciales; uniformes para deportes de
combate; sudaderas con capucha; uniformes de karate; bufandas de cachemira;
equipos de kendo; uniformes caqui; faldas escocesas; faldas escocesas; kimonos;
vestidos; mandiles; vestidos; batas para personal de enfermería; forros
confeccionados (partes de prendas de vestir); bolsillos de prendas de vestir;
ropa de sport; bombachos; pantalones de senderismo; calcetines largos;
calentadores de rodilla; juegos de top y culote [ropa]; ropa de confección;
prendas superiores básicas de trajes tradicionales coreanos [jeogori]; chalecos
tradicionales coreanos para señora [baeja]; abrigos coreanos [durumagi];
chalecos térmicos acolchados; corseletes; cubrecorsés; corsés; corsés; corsés;
trajes [disfraces]; trajes de falda; disfraces para niños; trajes para usar en
juegos de rol; cuellos; cuellos postizos; cuellos para vestidos; corbatas;
corbatas pañuelo [ascots]; miriñaques; fajas de esmoquin; camisetas de manga
corta o manga larga; camisas de manga corta; camisas de manga corta; pantalón
corto; pantalones de chándal tipo sudadera; enaguas cortas; gabán corto para
quimono [haori]; capuchas [ropa]; batas de laboratorio; jerséis de manga larga;
camisetas interiores de manga larga; chaquetas largas; batas de dormir japonesas
[nemaki]; quimonos largos (nagagi); calzoncillos largos; baberos que no sean de
papel; petos de caza; ropa para correr; chalecos para hacer footing; trajes de
cuero; ropa de cuero; chaquetas de cuero; chaquetas de cuero; pantalones
informales; calzas [leggings]; lencería; ropa interior absorbente del sudor;
chaquetas reflectantes; lencería femenina; libreas; prendas para cubrir trajes
de baño; ropa exterior para niñas; manípulos [ropa litúrgica]; uniformes de
deporte; puños [prendas de vestir]; abrigos; pellizas; abrigos de algodón;
abrigos de tela vaquera [denim]; abrigos para señora; abrigos para hombre;
mantillas; antifaces para dormir; máscaras para los ojos; trajes de marinero;
corseletes; prendas de corsetería; minifaldas; triquinis; batines; batas de
descanso; trajes de motociclismo; guantes de motociclista; chaquetas de
motociclismo; manguitos [prendas de vestir]; vestidos hawaianos [muu-muus];
camisones; camisones; camisones; prendas para dormir; trajes de neopreno;
saltos de cama [picardías]; medias cortas; ropa exterior de señora; ropa
exterior; camisas de vestir; empeines de ratán tejido para sandalias de estilo
japonés; blusas de tirantes; tops para ciclistas; tops con capucha; blusas de
espalda descubierta; cintas para abrigar las orejas; orejeras [prendas de
vestir]; conjuntos de vestir; monos de trabajo; monos de trabajo; monos para
personal de enfermería; sobrecamisas; pareos; parkas; pelerinas; pieles
[prendas de vestir]; pellizas; abrigos y chaquetas de piel; capas de piel;
enaguas; pololos; polos; pantalones de pirata; delantales de plástico; culotes;
polos; polos de punto; suéteres de cuello alto; suéteres [polos]; ponchos;
suéteres; suéteres de cuello redondo; suéteres de cuello alto falso; suéteres
con cuello en v; suéteres sin mangas [ropa]; bombachos; pijamas; partes
inferiores de pijamas; ropa para ciclistas; pantalones para ciclistas; camisas
de ramio; maillots de protección para deportes acuáticos; chubasqueros; ropa de
lluvia; pantalones impermeables; abrigos impermeables; ponchos para la lluvia;
guantes de equitación; pantalones de montar; chaquetas de montar; faldas;
prendas superiores de cuello alto; cuellos vueltos [ropa]; camisetas de cuello
alto; suéteres de cuello alto; camisetas de rugby; pantalones cortos de rugby;
camisetas de rugby; chaquetas de safari; saris; sarongs [pareos]; zamarras;
abrigos de piel de oveja; protectores para cuellos de prendas de vestir;
bufandas [vestidos]; chales [sólo de punto]; chales y pañuelos de cabeza;
chales y estolas; fajas [bandas]; bandas faja para quimonos [obi]; uniformes de
árbitros; prendas para dormir; camisones; tops tipo tubo; pañuelos de cuello de
caballero; bragas; trajes para la nieve; trajes para la nieve; pantalones para
la nieve; pañuelos para los hombros; toquillas [prendas de vestir]; uniformes
escolares; delantales [prendas de vestir]; delantales de papel; bandas
abdominales para embarazadas; batas de premamá; calcetines sudorífugos; medias
absorbentes del sudor; bandas antisudor; bandas de muñeca para el sudor; cintas
para la cabeza; sobaqueras; calcetines antitranspirantes; cintas para absorber
el sudor de la frente; uniformes de enfermera; pantalones de baño; corbatas de
seda; bufandas de seda; sostenes adhesivos; capas de peluquería; chaquetillas;
vestidos de tubo; camisetas de cuello alto falso; camisas y pantalones cortos a
juego (lencería); petos cortos; shorts; pantalones cortos tipo chándal; bragas
altas tipo shorty [ropa interior]; trajes para la nieve; trajes de esquí de
competición; guantes de esquí; pantalones de esquí; chaquetas de esquí; ropa de
esquí; pasamontañas para esquí; mallas cortas reforzadas con protectores;
slips; fajas de esmoquin; esmoquin; esmóquines; trajes de snowboard; guantes de
snowboard; calcetines estilo japonés (tabo; calcetines y medias; ligas para
calcetines; sujetadores sin aros; vestidos veraniegos sin mangas para señora;
ropa de protección solar; monos cortos [ropa); picardías (baby doll);
chándales; ropa de deporte [exceptuando los guantes de golf]; ropa de deporte;
sujetadores de deporte; camisas deportivas; camisas deportivas de manga corta;
pantalones de deporte; chaquetas deportivas; calcetines de deporte; camisetas
de deporte; jerséis deportivos y pantalones para el deporte; chándales;
chalecos de atletismo; guardapolvos; chaquetas acolchadas [prendas de vestir];
chalecos acolchados; baberos de tela; baberos de tela para adultos; cuerdas de
ajuste para quimonos (datejime); peleles; camisas braga para niños y bebés;
ropa de playa; batas de playa; pantalones elásticos; prendas de punto; camisas
de punto; rebecas; tangas; ligas [ropa interior]; medias; medias absorbentes
del sudor; refuerzos de talón para medias; faja panty; pantis; mallas [prendas
de calcetería]; medias sin pie; prendas de mediería; calcetines sin pie; ropa
de surf suspensorios [lencería]; suéteres; pantalones de chándal; chaquetas
sudadera; sudaderas; pantalones cortos de chándal; trajes de taekwondo;
ceñidores de cintura; camisetas de tirantes; ropa de baile; trajes de baile;
tabardos; guantes de camuflaje; camisas de camuflaje; pantalones de camuflaje;
chaquetas de camuflaje; chalecos de camuflaje; pantalones escoceses; prendas de
vestir para jugar al tenis; camisas de tenis; vestidos de tenis; jerséis de
tenis; faldas de tenis; pantalones cortos de tenis; calcetines de tenis;
cinturones de materias textiles [prendas de vestir]; thobes [túnicas árabes];
trajes de teatro; calcetines térmicos; ropa interior térmica; togas; tops
[ropa]; trajes folclóricos; prendas de vestir japonesas tradicionales; tirantes
de sostenes; mallas con tirantes; pichis; sujetador sin tirantes; camisetas de
tirantes; ropa de gimnasia; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones
cortos de chándal; tops de chándal; impermeables cruzados; culotes de tirantes;
ropa de triatlón; prendas de punto; camisetas de deporte; trajes secos;
camisetas (de manga corta); pañuelos [ropa]; pañuelos de cuello; túnicas;
turbantes; ropa de gimnasia; pantalones cortos de gimnasia; tutús; conjunto de
dos piezas (twin sets); chaquetas exteriores coreanas que se llevan encima de
las prendas básicas [magoja]; pañales-bragas (ropa); sobretodos;
sobrepantalones; bufandas de cuellos; capotes; chales; ropa prenatal; ropa de
dormir para embarazadas; lencería para embarazadas; uniformes; uniformes para
uso comercial; uniformes de enfermera; uniformes de árbitros; prendas
interiores de cuerpo entero; lencería; prendas interiores para bebés; ropa
interior absorbente del sudor; tops (camisetas); camisetas interiores para
quimonos [juban]; camisetas interiores para quimonos (koshimaki); prendas
inferiores [ropa]; calzoncillos; camisolas interiores; enaguas; fajas para
nudos obi (obiage-shin); pantalones de chándal; lencería; prendas de protección
para la ropa; chaquetas de traje; camisetas de voleibol; ropa con aislamiento
térmico; chaquetas de calentamiento; tops de calentamiento; ropa resistente a
la intemperie; trajes impermeables para motociclistas; capas impermeables; ropa
para exteriores impermeable; escarpines de inmersión; pantalones impermeables;
chaquetas impermeables; chubasqueros [ropa]; trajes de esquí acuático; ropa
blanca de chefs; batas blancas para su uso en hospitales; caftanes; sudaderas;
chaquetas reversibles; chalecos; chalecos de cuero; cortavientos; ropa
resistente a la intemperie; ropa de agua para navegar; calzas y polainas;
cinturones para envolver para quimonos [datemaki]; pareos; pareos; pañales
[envolturas de bebés]; petos de esquiar; prendas de vestir cortaviento; trajes
cortaviento; pantalones cortaviento; jerséis cortaviento; chalecos de viento;
guantes de invierno; abrigos de invierno; prendas de mediería; ropa resistente
a condiciones climáticas externas; calcetines de lana; pantalones de yoga;
camisetas de yoga; trajes de espaldas y pantalones anchos [trajes zoot];
escudetes [partes de prendas de vestir]; escudetes para bañadores [partes de
prendas de vestir]; escudetes para calcetines salvapiés [partes de prendas];
escudetes para leotardos [partes de prendas de vestir]; escudetes para medias
[partes de prendas de vestir]; escudetes para pantis [partes de prendas de
vestir]; escudetes para ropa interior [partes de prendas de vestir]; calzado;
tacones; contrafuertes para calzado; botitas (calzado de lana para bebés);
zapatillas de baño; calzado de señora; plantillas de calzado; alpargatas;
plantillas para el talón; zapatos planos; tacones repujados de caucho o de
materiales plásticos; plantillas repujadas de caucho o de materiales plásticos;
antideslizantes para calzado; patucos; calcetines-zapatilla; contrafuertes para
zapatos; calcetines interiores para calzado; zapatos para correr; calzado para
niños; zapatillas de cuero; zapatos de cuero; zapatos de lona; zapatos
náuticos; empeines de sandalias de estilo japonés; patucos; manoletinas
[calzado]; viras de calzado; botas de agua; calzado para montar; calzado para
montar; tiras para zapatos; botas de rugby; babuchas y sandalias de mujer
(mules); zapatos sin cordones; zapatos; calzado de atletismo; zapatos
informales; calzado para jugar al futvóley (voleibol de pie); calzado con
cierre de gancho y rizo; zapatos de tacón alto; calzado de montañismo;
plantillas que no sean ortopédicas; palas de zapatos; suelas [calzado];
cubrezapatos, no para usos médicos; palas de calzado; zapatos para snowboard;
suelas de zapato; suelas de zapatillas; suelas para sandalias estilo japonés;
alpargatas; zapatos de baile; zapatos de baile de salón; zapatillas de tenis;
zapatillas de deporte; punteras de calzado; botas de pesca impermeables;
calzado impermeable; botas de invierno; zapatillas de yoga; sandalias japonesas
[zori]; lengüetas para zapatos y botas; ropa interior de mujer; guantes
isotérmicos para trajes acuáticos; pijamas [sólo de punto]; suelas intermedias;
en clase 27: Alfombras, alfombrillas y tapetes; alfombrillas de baño;
alfombrillas de baño de tela; alfombrillas de baño; alfombrillas de baño;
alfombras y alfombrillas para vehículos; alfombras (suelo); felpudos; alfombras
de pasillo [esteras]; alfombras orientales no tejidas (mosen); refuerzo para
baldosas de moqueta; refuerzos de alfombras; moquetas; losetas de alfombra;
refuerzos de base para revés de alfombras; alfombrillas de baño de tela;
moquetas textiles; papel pintado; papel pintado de vinilo; revestimientos
murales de papel; alfombras; en clase 35: Servicios promocionales, de marketing
y publicidad; colocación de carteles [anuncios]; publicidad en banners;
servicios de promoción comercial; servicios de relaciones públicas; publicidad
en línea (online); servicios de telemarketing; promoción de ventas para
terceros; publicidad; servicios de exposición de mercancías; preparación y
presentación de producciones audiovisuales con fines publicitarios;
organización y celebración de presentaciones de productos; presentaciones de
mercancías y servicios; demostración de ventas [para terceros]; demostración de
productos y servicios por medios electrónicos, también aplicable a los
servicios de teletienda y tienda en casa; demostración de productos con una
finalidad publicitaria; organización de demostraciones con una finalidad
publicitaria; demostración de productos; servicios de exposiciones y ferias
comerciales; organización de exposiciones con fines empresariales; organización
de exposiciones con fines publicitarios; dirección de exposiciones con fines
empresariales; dirección de exposiciones con fines empresariales; celebración
de exhibiciones con una finalidad publicitaria; organización de ferias y
exposiciones con fines comerciales y publicitarios; organización de salones
profesionales; exposiciones de moda con fines comerciales; organización de
exposiciones con fines comerciales; servicios de organización de eventos con
fines comerciales y promociones; organización de eventos, exhibiciones, ferias
y espectáculos con fines comerciales, promocionales y publicitarios;
organización de demostraciones con una finalidad publicitaria; planificación y
realización de ferias, exposiciones y presentaciones con fines económicos o
publicitarios; organización de exposiciones con fines publicitarios; alquiler
de espacios publicitarios en línea; alquiler de espacios publicitarios; distribución
de publicidad, marketing y material con fines promocionales; distribución de
material promocional; distribución de publicidad y anuncios comerciales;
difusión de anuncios publicitarios; distribución de material publicitario;
difusión de material publicitario y promocional; difusión de material de
marketing y publicitario; difusión de anuncios; divulgación de publicidad para
terceros; divulgación de publicidad para terceros a través de internet;
distribución y difusión de materiales publicitarios [folletos, prospectos,
impresos y muestras]; distribución de folletos; distribución de folletos;
distribución de folletos; distribución de muestras con fines publicitarios;
distribución de prospectos y muestras; distribución de folletos; distribución
de productos con fines publicitarios; distribución de muestras; distribución de
anuncios publicitarios; distribución y difusión de materiales publicitarios
[folletos, prospectos, impresos y muestras); distribución de folletos;
distribución de folletos; distribución de material promocional; organización de
la distribución de literatura publicitaria para responder a preguntas
telefónicas; organización de presentaciones con fines comerciales; trabajos de
oficina; gestión de negocios comerciales; servicios de gestión de cadenas de
suministro; administración comercial; estudio de mercados y en clase 42:
Servicios científicos y tecnológicos; servicios de asesoramiento en relación
con la investigación científica; servicios de análisis científicos asistidos
por ordenador; servicios de investigaciones científicas asistidas por
ordenador; servicios de ensayos científicos; recopilación de información
científica; preparación de informes científicos; facilitación de información
relacionada con la investigación científica; expedición de información
científica; servicios de asesoramiento relacionados con la ciencia; servicios
científicos y diseño relacionado con los mismos; servicios científicos e
investigación relacionada con los mismos; investigación científica relacionada
con los cosméticos; investigación científica con fines médicos; análisis e
investigaciones científicos; servicios de laboratorios científicos;
investigación científica e industrial; investigación científica con una
finalidad médica; servicios de consultoría en materia de ingeniería de
productos; servicios de ingeniería para terceros; servicios de consultoría de
ingeniería; ensayos de ingeniería; preparación de informes de ingeniería;
servicios de consultoría de ingeniería; investigación de ingeniería;
consultoría de ingeniería relacionada con ensayos; ingeniería técnica;
realización de estudios científicos; análisis científicos; servicios de
información en relación con la seguridad de productos químicos utilizados en
horticultura; servicios de información relacionados con la seguridad de
productos químicos utilizados en agricultura; investigación científica en
materia química; recopilación de información relacionada con la hidrología;
investigación científica relacionada con la ecología; ensayo de textiles;
pruebas de calidad de productos con fines de certificación; certificación
[control de calidad]; suministro de información sobre desarrollo de productos;
investigación y desarrollo de productos; diseño de alfombras; diseño de
materiales de embalaje y envoltorio; diseño de cortinas. Prioridad: Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 22 de mayo del 2017. Solicitud N°
2017-0004779. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 30 de mayo del 2017.—Ivonne Mora
Ortega, Registradora.—( IN2017186692 ).
Marianella
Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderado
especial de Ashley Furniture Industries, INC., con domicilio en One Ashley Way,
Arcadia, Wisconsin 54612, Estados Unidos de América, solicita la inscripción
de: VINTAGE CASUAL, como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es),
para proteger y distinguir lo siguiente: 35 servicios de tienda minorista en
los campos de muebles y artículos para el hogar. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 27 de abril del 2016. Solicitud Nº 2016-0003943. A
efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la
Ley Nº 7978.—San José, 16 de agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez,
Registradora.—( IN2017186694 ).
Roy
Francisco Chaves Araya, soltero, cédula de identidad 109720454, en calidad de
apoderado especial de Magui Consulting Services S.L., con domicilio en 28760
Tres Cantos-Madrid Travesía de Somosierra N° 5, 4° I, España, solicita la
inscripción de: RATIBYS, como marca de fábrica en clase: 5
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones
farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso
médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario,
alimentos para bebés; complementos alimenticios, para personas y animales;
emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales;
desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas,
herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados
a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de setiembre
de 2017. Expediente 2017-0009191. A efectos de publicación, téngase en cuenta
lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de octubre de
2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017186709 ).
Miguel
Enrique Mora Vindas, casado dos veces, cédula de identidad 106970684con
domicilio en Ujarrás de Sarapiquí de Alajuela, 75 metros al sur del salón
comunal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: DELEITES DEL
SABOR GUANACASTECO como marca de fábrica en clase 30 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30; Harinas y preparación de pan y
productos de pastelería y confitería. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 14 de agosto del 2017, solicitud Nº 2017-0007901. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº
7978.—San José, 17 de octubre del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—(
IN2017186712 ).
Luis
Rodolfo González León, divorciado una vez, cédula de identidad 401031375, en
calidad de apoderado especial de Vinaka S. A., cédula jurídica 3101742176, con
domicilio en Curridabat, del costado norte del parque de Curridabat, 100 oeste
y 50 sur, edificio blanco a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la
inscripción de: VINAKA como marca de fábrica y comercio en clases: 5 y
10. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Tiras
y glucómetros para la determinación de glucosa en sangre, test de diagnóstico
rápido de fertilidad, de enfermedades infecciosas (hepatitis, HIV, gonorrea,
sífilis, clamidia, helicobacter coli, cólera, rotavirus, adenovirus,
salmonella, malaria, dengue, chikunguya, zika, Chagas, streptococos,
tuberculosis, etc), de abuso de drogas, marcadores tumorales, marcadores
cardiacos, seguridad alimentaria y modificación genética de organismos, suturas
quirúrgicas (catgut, ácido poliglicolico, poliglecaprono, poliglactin, seda,
polipropileno, poliéster, poliamida, polidioxanona, etc.), mallas quirúrgicas,
catéteres (venosos centrales, venosos periféricos, para hemodiálisis, para
embolectomias, viscerales, femorales, percutáneos, de inseminación, para
endoureterotomias, uretrales, para nefrostomias, de balón, toraxicos,
umbilicales, etc.), Conectores (en “Y”, rectos, etc.), equipos (para trasfusión
de sangre, para administración de medicamentos, etc.), Sondas (foley, nelaton,
nasogástricas, succión, rectal, de alimentación, de succión, levin, etc.),
vendas (elásticas, de yeso, etc.), tubos (endotraqueales, de prolongación, de
succión, etc.), sellos de heparina, extensiones, líneas de infusión, bolsas (de
Eva, de colostomía, de sangre, etc.) sistemas de llenado de bolsas de Eva, luer
locks, ceras de hueso, prótesis de huesos y en clase 10: No indica. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 20 de octubre de 2017. Solicitud Nº
2017-0010337. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de noviembre de 2017.—Johnny Rodríguez
Garita, Registrador.—( IN2017186722 ).
Pedro González
López, casado una vez, cédula de identidad Nº 501530904, en calidad de
apoderado generalísimo de Asociación Agroecológica de Bagatzi, cédula jurídica
Nº 3002168761 con domicilio en: 800 metros sureste en el Centro de Población Bagatzi,
Bagaces, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: BAGATZI
como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para
proteger y distinguir lo siguiente: arroz. Se cita a terceros interesados en defender
sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses
siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 29 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006312. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—(
IN2017186740 ).
Adriana Rojas
Barrantes, casada una vez, cédula de identidad 114530661 con domicilio en San
Juan de Tibás; 25 mts. oeste, de La Escuela Jesús Jiménez, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Wifey
como marca de fábrica y servicios en clases: 25 y 35. Internacionales.
Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25; ropa, prendas de vestir,
y en clase 35; publicidad, gestión de negocios comerciales. Trabajos de
oficina. Fecha: 09 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010208. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017186821 ).
Adriana Rojas
Barrantes, casada una vez, cédula de identidad Nº 114530661, con domicilio en
San Juan de Tibás 25 metros oeste de la Escuela Jesús Jiménez, San José, Costa
Rica, solicita la inscripción de: Chumeco
como marca de fábrica y comercio en clase 25
internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa, prendas de
vestir. Fecha: 31 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en
defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos
meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto.
Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010207. A efectos de
publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N°
7978.—San José, 31 de octubre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—(
IN2017186822 ).
Luis Pal Hegedus,
casado, cédula de identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de
Fábrica de Móveis Florense Ltda., con domicilio en Av. 25 de Julho4090, Centro,
Flores Da Cuha/RS, Brasil, solicita la inscripción de: FLORENSE,
como
marca de fábrica y comercio en clase 20 internacional, para proteger y
distinguir lo siguiente: todo tipo de muebles. Se cita a terceros interesados
en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los
dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este
edicto. Presentada el 10 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004320. A efectos
de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley
7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—(
IN2017186895 ).
Paola
Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de
apoderado especial de Distribuidora Granada S. A., con domicilio en 5 avenida,
6-71, Zona 9, Guatemala, solicita la inscripción de: REFRICOM como marca
de fábrica y comercio en clase(s): 11. Internacional(es). Para proteger y
distinguir lo siguiente: Equipos y aparatos de aire acondicionado y sus partes;
máquinas, aparatos e instalaciones de refrigeración; máquinas, aparatos e
instalaciones de enfriamiento; refrigeradores; cámaras frigoríficas; máquinas y
aparatos frigoríficos; Vitrinas frigoríficas; congeladores; dispositivos para
enfriar el aire; Filtros para sistemas de aire acondicionado; aparatos y
máquinas para purificar el aire. Fecha: 9 de octubre de 2017. Se cita a
terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este
Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera
publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2017. Solicitud N°
2017-0008786. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el
artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del 2017.—Rolando Cardona
Monge, Registrador.—( IN2017187085 ).
Paola
Castro Montealegre, casada, cédula de identidad Nº 111430953, en calidad de
apoderado especial de Distribuidora Granada S. A., con domicilio en: 5 avenida,
6-71, Zona 9, Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: DISTRIBUIDORA
GRANADA, como marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional, para
proteger y distinguir lo siguiente: Equipos y aparatos de aire acondicionado y
sus partes; máquinas, aparatos e instalaciones de refrigeración; máquinas,
aparatos e instalaciones de enfriamiento; refrigeradores; cámaras frigoríficas;
máquinas y aparatos frigoríficos; vitrinas frigoríficas; congeladores;
dispositivos para enfriar el aire; filtros para sistemas de aire acondicionado;
aparatos y máquinas para purificar el aire. Fecha: 9 de octubre de 2017. Se
cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante
este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la
primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de setiembre del 2017.
Solicitud N° 2017-0008788. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo
dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de octubre del
2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017187087 ).
Marcas de ganado
Solicitud Nº 2017-2390.—Ref:
35/2017/5015.—José Didier Aguilar Mora, cédula de identidad Nº 6-0165-0501, en
calidad de apoderado generalísimo de Brankate del Sur Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-315670, solicita la inscripción de:
como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Osa,
Cortés, Estero Real, quinientos metros oeste de la escuela de Estero Real,
finca Betania. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para
hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a
partir de la publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del
2017. Según el expediente N° 2017-2390.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1
vez.—( IN2017187787 ).
Solicitud N° 2017-2270. Ref: 35/2017/4875.—Orger
Duarte Chaves, cédula de identidad 0107940182, solicita la inscripción de:
3 D
M
como marca de ganado,
que usará preferentemente en Puntarenas, Corredores, Corredor, La Nubes de
Caracol, un kilómetro al sureste de la escuela San Jorge. Se cita a terceros
interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro,
dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este
edicto.—Presentada el 27 de octubre del 2017.—Según el expediente N°
2017-2270.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017187789 ).
Patentes
de Invención
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
La señora Fabiola Saénz Quesada, cédula de
identidad 109530774, en calidad de apoderada especial de Dow Agrosciences LLC,
solicita la Patente PCT denominada: COMPOSICIÓN HERBICIDA SINÉRGICA QUE
CONTIENE PENOXSULAM, TRICLOPIR Y BISPIRIBAC. Los métodos para controlar las
malezas utilizando las composiciones sinérgicas que contienen penoxsulam,
triclopir y bispiribac, especialmente del arroz, caña de azúcar, cultivos de
cereales y de granos, pastos, praderas, pastizales, barbechos, tierras no
cultivadas, césped, manejo de la vegetación industrial IVM, plantas acuáticas y
césped, tanto como la protección de los cultivos del daño herbicida causado por
cualquiera de los componentes individuales. La memoria descriptiva,
reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación
Internacional de Patentes es: A01N 43/40, A01N 43/54, A01N 43/647, A01N 43/90 y
A61P 13/00; cuyos inventores son Mann, Richard K. (US); Carranza Garzon, Nelson
M. (CO) y Pacheco, Ruby A. (CO). Prioridad: N° 62/092,635 del 16/12/2014 (US).
Publicación Internacional: WO 2016/099803 Al. La solicitud correspondiente
lleva el número 2017-0000304 y fue presentada a las 09:39:56 del 04 de julio de
2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a
la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el
diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación
nacional.—San José, 12 de setiembre de 2017.—Randall Piedra Fallas,
Registrador.—( IN2017171642 ).
La
señor(a) (ita) Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en
calidad de apoderada general de AS IP Holdco, LLC, solicita la Patente PCT
denominada SISTEMAS DE ACOPLAMIENTO MAGNÉTICO DEL ROCIADOR DE GRIFO. Un
sistema de acoplamiento magnético de rociador de grifo incluye un conector que
se acopla a un extremo del caño, y la cubierta que se acopla al rociador y que
se acopla con el conector. El conector incluye una carcasa configurada para
disponerse en la boca del caño, e integrada con uno o más elementos magnéticos.
Los elementos magnéticos pueden insertarse en orificios correspondientes de la
carcasa del conector. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y
diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E03C
1/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Myers, Verne, H.; (US); Ye, Xiaojing; (CN);
Wicker, Nathan, J.; (US); Pitsch, Walter; (DE); Anthony, Philip, M.; (US) y
Eiger, Aaron, B.; (US). Prioridad: N° 62/117,662 del 18/02/2015 (US) y N°
62/238,397 del 07/10/2015 (US). Publicación Internacional: WO2016/134008. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000397 y fue presentada a las
13:07:55 del 01 de setiembre de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 03 de noviembre de 2017.—Randall
Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017186696)
El(la)
señor(a)(ita) Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en
calidad de apoderada general de AS IP Holdco, LLC, solicita la Patente PCT
denominada GRIFO DE EXTRACCIÓN OPERADO POR SENSOR. Un grifo de
extracción operado por sensor que puede incluir un caño que tiene una manguera
dispuesta en el mismo, un cabezal de pulverización de extracción acoplado de
manera fluida a la manguera y configurada para anclarse en un extremo del caño,
y un conjunto sensores dispuesto al menos parcialmente en el tubo próximo al
extremo del caño. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: E03C 1/05, F16K 31/02 y G05D 7/06;
cuyo(s) inventor(es) es(son) Li, Hsiao, Chang (US) y Seggio, Frank; (US).
Prioridad: N° 62/096, 045 del 23/12/2014 (US). Publicación Internacional:
WO2016/106339. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000298, y
fue presentada a las 13:06:41 del 30 de junio de 2017. Cualquier interesado
podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de
este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de noviembre de 2017.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2017186700 ).
La señor (a)(ita) Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada especial de
F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada OLIGÓMETROS
ANTISENTIDO DE TAU Y USOS DE ESTOS. La presente invención se refiere a
compuestos de oligómeros (oligómeros), que se dirigen a ARNm Tau en una célula,
lo que conduce a una expresión menor de la proteína Tau. La reducción de la
expresión de la proteína Tau es beneficiosa para el tratamiento de ciertos
trastornos médicos, por ejemplo, un trastorno neurológico. La memoria
descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la
Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/712, A61P 25/28 y C12N
15/113; cuyo(s) inventor(es) es(son) Nielsen, Niels Fisker (DK); Olson, Richard
E. (US); Cacace, Angela M. (US); Hagedorn,
Peter (DK); Jensen, Marianne Lerbech (DK); LI, Dong (US); Brown, Jeffrey M.
(US); Mercer, Stephen E. (US) y HØG, Anja Mølhart (DK). Prioridad: N°
62/112,058 del 04/02/2015 (US), N° 62/156,684 del 04/05/2015 (US), N°
62/237,922 del 06/10/2015 (US), N° 62/238,941 del 08/10/2015 (US), N°
62/279,610 del 15/01/2016 (US), N° 62/279,612 del 15/01/2016 (US) y N°
62/279,614 del 15/01/2016 (US). Publicación Internacional: WO 2016/126995. La
solicitud correspondiente lleva el número 2017 0000359, y fue presentada a las
13:24:41 del 04 de agosto de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse
dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso.
Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una
vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de octubre de
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017186705 )
La señora(ita) Marianella Arias
Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada general de
Stoller Enterprises, INC, solicita la Patente PCT denominada MÉTODO PARA MEJORAR LA PROPORCIÓN DE
FORMACIÓN DEL PRODUCTO DE REACCIÓN DE UN ÁCIDO CARBOXÍLICO Y UNA UREA VÍA
ADICIÓN ÁCIDA. La presente invención está
dirigida a un método para mejorar la proporción de formación de los productos
de reacción de un ácido carboxílico y una urea con la fórmula: donde R1, R2, R3
y R4 son iguales o diferentes y se seleccionan del grupo que consiste en
hidrógeno, grupos alquilo, alilo, vinilo y alcoxilo sustituidos y no
sustituidos que tienen de 1 a 6 átomos de carbono, grupos fenilo sustituidos y
no sustituidos y los haluros. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen
y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es:
C07C 273/18; cuyos inventores son: Stoller, Jerry (US) y Sheth, Ritesh (US).
Prioridad: N° 62/098,180 del 30/12/2014 (US). Publicación Internacional:
WO2016/109622. La solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000295 y fue
presentada a las 13:32:12 del 29 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá
oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este
aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta
y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 04 de octubre del
2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017186708 ).
DIRECCIÓN
NACIONAL DE NOTARIADO
HABILITACIÓN
DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con
oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San
Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE
SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como
delegatario para ser y ejercer la función
pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JOHAN DAVID GUTIERREZ VALVERDE,
con cédula de identidad número 3-0408-0582, carné número 23726.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se
invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a
efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE
(15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE 47612.—San
José, 09 de noviembre del 2017.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal
Notarial.—1 vez.—( IN2017188926 ).
HABILITACIÓN
DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San
José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro
Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido
solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la
función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de LILLY CAROLINA MURILLO
SANDI con cédula de identidad número 1-1410-0594, carné número 25714. De
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita
a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del
solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro
de los QUINCE (15) DIAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N°
17-001209-0624-NO.—San José, 04 de octubre del 2017.—Tattiana Rojas Salgado,
Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017189159 ).
DIRECCIÓN
DE AGUAS
EDICTOS
PUBLICACIÓN
DE TERCERA VEZ
ED-0235-2016.—Expediente Nº 15446A.—Sun Ranch
Ltda., solicita concesión de: 100 litros por segundo de la Quebrada Plazuela,
efectuando la captación en finca de Sun Resorts Ltda. en Liberia, Liberia,
Guanacaste, para uso agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 284.500 /
373.250 hoja Monteverde. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 12 de octubre de 2017.—Departamento de Información.—Andrés
Phillips Ureña.—( IN2017188351 ).
PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ
ED-UHTPNOB-0074-2017.—Exp
8446-A.—Fiduciaria De Inversiones Ahorro Coocique S. A., solicita concesión de:
7.2 litros por segundo de la Quebrada Naranjos Agrios, efectuando la captación
en finca de Hacienda La Torre S. A. en Tierras Morenas, Tilarán, Guanacaste,
para uso agroindustrial-beneficiado. Coordenadas 280.900/428.750 hoja Arenal.
Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro
del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de
Información.—San José, 9 de noviembre del 2017.—Andrés Phillips Ureña.—(
IN2017188616 ).
Expediente Nº 7555P.—Municipalidad de
Santo Domingo de Heredia, solicita concesión de: 30 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-880 en finca de su
propiedad en Santa Rosa (Santo Domingo), Santo Domingo, Heredia, para uso
consumo humano - poblacional. Coordenadas 217.500 / 526.900 hoja Abra; 30 litros
por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-704 en
finca de su propiedad en Santo Domingo (Santo Domingo), Santo Domingo, Heredia,
para uso consumo humano - poblacional. Coordenadas 219.000 / 526.500 hoja Abra;
4,82 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del
pozo AB-910 en finca de su propiedad en Santo Tomas, Santo Domingo, Heredia,
para uso consumo humano - poblacional. Coordenadas 218.220 / 528.150 hoja Abra.
Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a
partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de 2016.—Departamento
de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017188661 ).
ED-0226-2017.—Exp. 13580-A.—Osa Tucán
S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin
nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jiménez, Golfito,
Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 48.572 / 596.285
hoja Pavón. 1 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la
captación en finca de su propiedad en Jiménez, Golfito, Puntarenas, para uso
consumo humano y turístico. Coordenadas 48.561 / 596.304 hoja Pavón. Predios
inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes
contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de setiembre del
2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—(
IN2017188740 ).
ED-UHTPCOSJ-0191-2017.—Exp. 17533P.
Totai Citrus C.R S. A., solicita concesión de: 6 litros por segundo del
acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AZ-87 en finca de su
propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial lavado de
productos agrícolas. Coordenadas 271.242/490.457 hoja Aguas Zarcas. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 2 de noviembre del 2017.—Departamento de
información.—Andrés Phillips Ureña, Dirección de Agua.—( IN2017188798 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
ED-UHSAN-0038-2016.—Exp.
10285-P.—Ronald Francisico, Vásquez Rodríguez, solicita concesión de: 0.7
litros por segundo del pozo, efectuando la captación en finca de su propiedad
en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y
agropecuario-riego. Coordenadas 225.300/489.000 hoja Naranjo. Quienes se
consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la
primera publicación.—San José, 8 de julio del 2016.—Departamento de
Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017189279 )
ED-UHTPCOSR-0003-2017.—Exp.
8822-A.—Carara Rio Sur S. A., solicita concesión de: 0.15 litros por segundo
del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Jesús (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico.
Coordenadas 217.600/488.950 hoja río Grande. 0.15 litros por segundo del
nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Jesús (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso. Coordenadas 217.600/488.930 hoja
río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren
lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Departamento de
Información.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017189300 ).
ED-0221-2017.—Exp.
N° 17788A.—Waters of Portalon S. A, solicita concesión de: 0.05 litros por
segundo del nacimiento, efectuando la captación en finca de su propiedad en
Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 151.379 /
539.734 hoja Savegre. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados,
deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera
publicación.—San José, 19 de setiembre de 2017.—Departamento de Información,
Dirección de Agua.—Douglas Alvarado Rojas.—O.C. N° 33963.—Solicitud N° 18314.—(
IN2017192151 ).
DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS
REGISTRO NACIONAL MINERO
DGM-TOP-ED-017-2017
Solicitud de explotación en cauce
de
dominio público
EDICTO
En expediente Nº 2017-CDP-PRI-019
el señor Juan Félix Flores Cruz, mayor, casado una vez, empresario, cédula Nº
2-0315-0076, vecino de Jacó centro, Garabito, Puntarenas, apoderado
generalísimo de Acarreos Garabito S. A., cédula jurídica Nº 3-101-186076,
solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público
sobre el río Turrubaritos.
Localización
geográfica:
Sito en: distrito 5 Carara, cantón
16 Turrubares, provincia 1 San José.
Hoja
cartográfica:
Hoja Herradura, escala 1:50.000 det
I G N.
Localización
cartográfica:
Entre coordenadas generales:
1065440.55 - 1065440.72 Norte y 442854.20 - 442911.48 Este límite aguas arriba,
1064442.42 - 1064445.40 Norte y 442602.27 - 442506.34 este límite aguas abajo.
Área solicitada:
11 ha 8194.21 m2,
longitud promedio 1231.895 metros, según corista en plano aportado al folio 33.
Derrotero:
Coordenadas del vértice N° 1
1065440.55 Norte, 442854.20 Este.
Para
ver la imagen solo en La Gaceta en
formato PDF
Edicto basado en la solicitud
inicial aportada el 21 de marzo del 2017, área y derrotero aportados el 13 de
julio del 2017.
Con quince días hábiles de
término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan
derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional
Minero.—San José a las ocho horas cincuenta minutos del siete de noviembre del
dos mil diecisiete.—Registro Nacional Minero.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora,
Jefe.—( IN2017187090 ). 2 v.
2. Alt.
Registro Civil-Departamento Civil
SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS
Se hace saber
que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jaqueling Lisbeth
González Brizuela, ha dictado una resolución que en lo conducente dice:
Resolución Nº 1066-2010. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos
Jurídicos.—San José, a las nueve horas y siete minutos del dieciséis de junio
del dos mil diez. Ocurso Exp. Nº 7012-2010. Resultando 1º—…, 2º—…, 3º—...; Considerando:
I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:...,
Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kitzia Nayma Beltrand
González...; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita
es “Jaqueling Lisbeth” y no como se consignó.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina,
Jefe a. í.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—(
IN2017184986 ).
En resolución N° 2232-2017 dictada por
el Registro Civil a las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de
febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 50742-2016, incoado
por Shanny Genoveva Castro Mathews, se dispuso rectificar en el asiento de
nacimiento de Shanny Genoveva Castro Mathews, que los apellidos del padre y
número de cedula de identidad de la madre son Sucre Archinel y
7-0074-0819.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Carlos Luis Brenes
Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017185021 ).
En
resolución N° 1675-2017, dictada por el Registro Civil a las doce horas treinta
y siete minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de
ocurso N° 48715-2016, incoado por María de Lourdes Castillo, se dispusó
rectificar en el asiento de nacimiento de Dayreling Sthepania Vargas Castillo,
que el segundo nombre es Stephanie.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial
Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017185035 ).
Se hace saber que este Registro en
diligencias de ocurso incoadas por Karen Vanessa Obando Morález, ha dictado una
resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3154-2014. Registro Civil,
Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las doce horas
cuarenta y tres minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce. Ocurso.
Exp N° 30239-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos
probados:..., II. Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de
nacimiento de Brayan Jesús Aguirre Obando, en el sentido que el segundo
apellido de la madre... es “Móralez”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños,
Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—(
IN2017187618 ).
Registro
Civil-Departamento Civil
SECCIÓN
DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES
Aviso
de solicitud de naturalización
Emanuel Josué Mora Varela,
nicaragüense, cédula de residencia 155811220424, ha presentado solicitud para
obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y
Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos
comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en
nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la
publicación de este aviso. Exp. N° 5119-2017.—San José al ser las 3:57 del 7 de
noviembre de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017185431 ).
ASAMBLEA LEGISLATIVA
DE
LA REPÚBLICA DE COSTA RICA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000002-01
Actualización programa Licenciamiento de oficinas
y
servidores Enterprise Agreement de Microsoft
La Asamblea Legislativa, invita a
participar en la Licitación Pública Nº 2017LN-000002-01. El cartel
correspondiente está disponible en la Proveeduría, sita del cine Magaly, 50
metros norte y 50 metros oeste, edificio Sasso, segundo piso o en la dirección
electrónica
http://www.asamblea.go.cr/ga/Contrataciones/Forms/Licitacin%20pblica.aspx
El plazo para recibir ofertas vence
el día 20 de diciembre del 2017, a las 10:00:00 horas, momento en el cual se
procederá a la apertura de las mismas.
San José, 21 de noviembre del
2017.—Departamento de Proveeduría.—Sergio Ramírez Acuña, Director a. í.—Área de
Compras.—Responsable: Marianela Avalos Agüero, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº
27052.—Solicitud Nº 101640.—( IN2017189203 ).
PATRONATO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000001-01
Contratación para compra de microbús para el traslado
de
personas con discapacidad del PANARE
El
Patronato Nacional de Rehabilitación, estará recibiendo ofertas por escrito hasta
las 14:00 horas del 30 de noviembre del 2016. Los interesados podrán retirar el
pliego de condiciones el cual es gratuito, en el área de Proveeduría del
Patronato Nacional de Rehabilitación, sita en Pozos de Santa Ana 100 metros
este del Lagar.
Junta Directiva-PANARE.—Keilor
López Rodríguez, Presidente.—1 vez.—( IN2017189272 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
El Departamento de Proveeduría
invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000062-PROV
Contratación de un asesor externo del Comité del Riesgos
para
el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial
Fecha y hora de apertura: 18 de
diciembre de 2017, a las 10:00 horas. El respectivo cartel se puede obtener sin
costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados
podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduria
(ingresar al botón “Contrataciones Disponibles”)
San
José, 22 de noviembre de 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello
Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017189154 ).
HOSPITAL
SAN RAFAEL DE ALAJUELA
SUBÁREA
DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
LICITACIÓN
PÚBLICA Nº 2017LN-000003-2205
Servicio
de aseo y limpieza en el Hospital
San Rafael de Alajuela
Se informa a los interesados en participar de
la Licitación Pública Nº 2017LN-000003-2205, para la “Adquisición de servicio
de aseo y limpieza en el Hospital San Rafael de Alajuela”, su apertura se
realizará el día 14 de diciembre del 2017, a las 09:00 a. m. El cartel se
encuentra disponible en la página: www.ccss.sa.cr, o retirar el cartel físico en
el Área de Contratación Administrativa del Hospital San Rafael de Alajuela.
Alajuela, 21 de noviembre del 2017.—Dirección
General.—Dr. Francisco Pérez Gutiérrez.—1 vez.—( IN2017189087 ).
ÁREA
DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000029-5101
Sofosbuvir 400 mg y Velpatasvir 100 mg tableta recubierta
Código:
1-10-04-1200
Se informa a los interesados que
está disponible el cartel de la Licitación Pública Nº 2017LN-000029-5101, para
la adquisición de: Ítem único: Sofosbuvir 400 mg y Velpatasvir 100 mg tableta
recubierta Código: 1-10-04-1200. Apertura de ofertas: el día 12 de enero 2018 a
las 13:00 horas; en la dirección electrónica institucional:
http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN, en formato PDF,
o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y
Servicios, en el piso 11 del edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales,
teléfono 2539-1194.
San José, 22 de noviembre del
2017.—Línea de Producción de Medicamentos.—MBA. Guillermo Gamboa Hidalgo,
Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 13721.—( IN2017189092 ).
PROCESO
DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LN-000003-08
(Invitación)
Servicio
de concesión y explotación del servicio
de alimentación: soda del Centro
de Formación
Profesional de San Isidro de la
Unidad
Regional Brunca
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Brunca del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas
por escrito hasta las 10:00 horas del 20 de diciembre del 2017. Los interesados
podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de
Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros sur del
supermercado Coopeagri, Barrio Villa Ligia, Daniel Flores. Pérez Zeledón, o
bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles/.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 101577.—( IN2017188907 ).
COMPRA
DIRECTA N° 2017CD-000130-03
Compra
de alfombra para piso
El Proceso de Adquisiciones de la Unidad
Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará
recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 01 de diciembre del
2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es
gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela; 300 metros
al sur, del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección
http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.
Unidad de Compras
Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N°
25344.—Solicitud N° 101578.—( IN2017188908 ).
LICITACIÓN
PÚBLICA 2017LA-000001-01
Venta
de aproximadamente 2160 toneladas métricas de material de desecho metálico para
exportación
El Departamento de Proveeduría del Instituto
Costarricense de Ferrocarriles, recibirá ofertas para la licitación indicada,
hasta las 10:00 horas del día miércoles 13 de diciembre del 2017.
Los
interesados podrán retirar el cartel con las condiciones generales, en la
Proveeduría; previo pago de la suma de ¢1.000.00 en la Tesorería del Incofer.
San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic.
Marta Navarro Sandoval, Gerente Administrativa.—1 vez.—O. C. Nº
13472.—Solicitud Nº 101516.—( IN2017188893 ).
FUNDACIÓN
AMOR Y ESPERANZA
COMPRA
DIRECTA FUNDAE 002-2017
Compra
de “Treinta y tres sillas de ruedas especiales:
veintisiete (27) sillas de
ruedas manuales adaptadas
y seis (2) sillas de ruedas
eléctricas
La Fundación Amor y Esperanza, cédula
3-006-301766, 001-2017. Proyecto 002-2017 Donación de Ayudas Técnicas.
La
Fundación Amor y Esperanza, cédula jurídica 3-006-301766, va a realizar la
Compra Directa Fundae 002-2917, la cual se refiere a la compra de “Treinta y
tres sillas de ruedas especiales: veintisiete (27) sillas de ruedas manuales
adaptadas y seis (2) sillas de ruedas eléctricas.”
Se
convoca por este medio a las diferentes empresas Nacionales que se dedican a la
comercialización de sillas de ruedas adaptadas, para que participen y presenten
sus proformas.
1. Las condiciones generales establecidas para la presentación de
ofertas deberán ser recogidas en la dirección indicada en el punto 4 sin ningún
costo.
2. Plazo de entrega del cartel de la compra directa Fundae
002-2017: Jueves 30 de noviembre del año 2017 desde las 8:00 a. m. y hasta
las 12:00 m. d. sin excepciones.
3. Fecha de entrega y recepción de ofertas: Lunes 15 de enero
del año 2018 desde las 8:00 a.m. y hasta las 12:00 m. d. sin excepciones.
4. Dirección de entrega: Oficinas de la Fundación Amor y
Esperanza, Sección 2 A, consultorio 7, Hospital San Carlos, Barrio El Carmen,
Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela.
5. Exposición de muestras: Martes 06 de febrero año 2018. Hora:
10:00 am. en el Gimnasio Siglo XIX, 200 metros al norte del Hospital San
Carlos, en Ciudad Quesada, San Carlos.
6. No se enviarán ofertas por fax o vía internet, únicamente se
entregarán y se recibirán las mismas el día y la hora indicados en la dirección
establecida.
Lugar de entrega del cartel y recepción de
cotizaciones: Oficinas de la Fundación Amor y Esperanza, Sección 2 A,
consultorio 7, Hospital San Carlos, Barrio El Carmen, Ciudad Quesada, San
Carlos, Alajuela, Costa Rica. Código postal 21001. Informes al
2461-1726/2461-1374. Con el Licenciado Carlos Castro Guzmán.
Junta Administrativa de la Unidad.—MSc.
Shirley Pereira Badilla, Presidenta.—1 vez.—( IN2017189056 ).
MUNICIPALIDAD
DE ATENAS
LICITACIÓN
ABREVIADA N°2017LA-000001-01
Compra
de agregados asfalticos (lastre, arena, piedra,
cemento) para mejoras en la Red
Vial Cantonal
La Municipalidad de Atenas invita a todos los
posibles oferentes a participar en la licitación descrita. El plazo máximo para
recibir ofertas será el 05 de diciembre del 2017 a las 10:00 a. m. Las ofertas
deberán ser entregadas de forma física en la oficina de proveeduría ubicada en
el segundo piso del Palacio Municipal. El cartel de la licitación podrá ser
solicitado a través del correo electrónico proveeduria@atenasmuni.go.cr o
eloria@atenasmuni.go.cr
Lic. Freddy Chaves
Suárez. Proveedor.—1 vez.—( IN2017189270 ).
MUNICIPALIDAD DE ZARCERO
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000185-OPMZ
Compra de calzado waterproof, igual o superior
a
Columbia –Liftop II para hombre y bota
impermeable
cascade pass para mujer
Invitación a la Contratación
Directa Nº 2017CD-000185-OPMZ “Compra de calzado waterproof, igual o superior a
Columbia –Liftop II para hombre y bota impermeable cascade pass para mujer”. La
apertura será el día 01 de diciembre del año 2017, a las 9:00 a.m. horas, en el
Salón de Sesiones de la Municipalidad de Zarcero, ubicada 50 metros oeste de la
esquina noroeste del parque de Zarcero. El cartel respectivo, lo pueden
encontrar en la página www.zarcero.go.cr.
Zarcero, 22 noviembre del
2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2017189267 ).
FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES
DE GUANACASTE
LICITACIÓN
ABREVIADA N° LA-000001-2017
Adquisición
de mobiliario para oficina en madera
Se comunica a los interesados en participar
que la fecha máxima de recepción de ofertas para la adquisición de mobiliario
en madera, será el quinto día hábil posterior al día de publicación en el
Diario Oficial La Gaceta del año 2017, a las 10:00 horas, además se les
indica, que pueden retirar el pliego cartelario en las oficinas de la
Federación de Municipalidades de Guanacaste Ubicadas en el Edificio Municipal
de Cañas, segundo piso, antepenúltima puerta a mano derecha frente al ascensor,
llamando a la Federación de Municipalidades de Guanacaste al tel. 26690651.
Cañas, 16 de noviembre del 2017.—Licda.
Vivian Álvarez Barquero, Directora Ejecutiva.—1 vez.—( IN2017188525 ).
MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ,
GUANACASTE
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000015-01
Equipamiento del Centro Diurno para la Persona Adulto mayor
en Barrio Irvin,
distrito La Cruz, cantón de La Cruz,
con fondos del
programa III Construcción
y Equipamiento
del Centro Diurno
para Personas
Adultas Mayores
en Barrio Irvin
La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, les
invita a participar en el proceso de Licitación Abreviada N° 2017LA-000015-01,
contratación para la adquisición de artículos y mobiliario para el Equipamiento
del Centro Diurno para la Persona Adulto mayor en Barrio Irvin, distrito La
Cruz, cantón de La Cruz, con fondos del programa III Construcción y
Equipamiento del Centro Diurno para Personas Adultas Mayores en Barrio Irvin.
Se recibirán ofertas hasta el día 01 de diciembre del 2017, hasta las 09:00 horas,
en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de La Cruz. Sita 150
metros norte, del Parque Local. Para obtener toda la información sobre el
cartel de contratación y especificaciones técnicas pertinentes a este proceso
comunicarse al teléfono 2690-5715 o al correo electrónico
proveeduriamunilacruz@email.com con el Departamento de Proveeduría.
La Cruz, Guanacaste 21 de
noviembre del 2017.—Proveeduría Municipal.—Licda. Nury Jara Rodríguez,
Proveedora.—1 vez.—( IN2017188952 ).
CONTRATACIÓN
DIRECTA Nº 2017LA-000017-01
Adquisición de dos vehículos tipo pick- up,
doble
tracción, totalmente nuevos, año 2017
La Municipalidad de La Cruz,
Guanacaste, les invita a participar en el proceso de Licitación Abreviada Nº
2017LA-000017-01, contratación para la adquisición de dos vehículos tipo Pick-
Up, doble tracción, totalmente nuevos, año 2017, con fondos del programa I, II
y III.
Las ofertas se recibirán hasta las 09:00 horas del día 06 de
diciembre del año 2017, en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad
de La Cruz, sita 150 metros norte del Parque Local.
Para obtener toda la información sobre el cartel de
contratación y especificaciones técnicas pertinentes a este proceso comunicarse
al teléfono 2690-5715 o al correo electrónico proveeduriamunilacruz@gmail.com
con el Departamento de Proveeduría.
La
Cruz, Guanacaste 21 de noviembre del 2017.—Licda. Nury Jara Rodríguez,
Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017188957 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000016-01
Adquisición
de una caja de transferencia con Sistema de piso
Móvil (Traileta), totalmente
nueva, con fondos del programa
II Depósito y Tratamiento de
Basura
La Municipalidad de La Cruz Guanacaste, les
invita a participar en el proceso de Licitación Abreviada N° 2017LA-000016-01,
para la adquisición de una Caja de Transferencia con Sistema de Piso Móvil
(Traileta), totalmente nueva, con fondos del programa II Depósito y Tratamiento
de Basura
Se
recibirán ofertas hasta el día 05 de diciembre del 2017 hasta las 09:00 horas,
en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de La Cruz. Sita 150
metros norte del Parque Local.
Para
obtener toda la información sobre el cartel de contratación y especificaciones
técnicas pertinentes a este proceso comunicarse al teléfono 2690-5715 o al
correo electrónico proveeduriamunilacruz@gmail.com con el Departamento de
Proveeduría.
La Cruz, Guanacaste, 21
de noviembre del 2017.—Licda. Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.—1
vez.—( IN2017188966 ).
MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES
CONTRATACION
DIRECTA
CONCURSADA N° 2017CD-000225-01
Compra
de terreno para la construcción Parque
Tecnológico Socio Ambiental del
cantón de Siquirres
La Municipalidad de Siquirres, recibirá
ofertas hasta las 11:00 horas, del día 06 de diciembre del 2017, para la
“Compra de terreno para la construcción Parque Tecnológico Socio Ambiental del
Cantón de Siquirres”.
Los
interesados pueden solicitar el cartel al correo electrónico
proveeduria@siquirres.go.cr, a partir de la presente publicación, en horario de
lunes a viernes de 8:15 a. m. a 3:30 p. m.
Proveeduría.—Sandra Vargas Fernández,
Proveedora.—1 vez.—( IN2017189269 ).
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000027-PROV
(Aviso
de desierta)
Construcción de la II etapa del edificio
de
toma de muestras, Ciudad Judicial
Se comunica a todos los interesados
en el procedimiento de contratación indicado, que por acuerdo del Consejo
Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 103-17 del 14 de noviembre de 2017, artículos
VI, se dispuso declarar desierta la misma.
San
José, 22 de noviembre de 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello
Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017189150 ).
RED DE
SERVICIOS DE SALUD
CONTRATACIÓN
EXCEPTUADA 2017PP-000005-INS-RSS
Adquisición
de servicios profesionales médico
quirúrgicos de cirugía general
Se comunica a los interesados en este
concurso, cuya invitación a participar se publicó en La Gaceta N° 214
del 13 de noviembre del 2017, que es mismo se declaró Infructuoso al no contar
con ofertas.
San José, 22 de noviembre del 2017.—Licda.
Evelyn Marín Mora, Coordinadora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. N°
206-2016.—Solicitud N° 17005.—( IN2017189003 ).
GERENCIA
DE LOGÍSTICA
ÁREA DE
ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS
LICITACIÓN
PÚBLICA 2015LN-000021-05101
(Adjudicación)
Pruebas
para la determinación de gases arteriales
Se informa a todos los interesados que el
ítem único del concurso 2015LN-OOQ021-05101 adquisición de Pruebas para la
determinación de gases arteriales, se adjudicó bajo la modalidad de entregas
según demanda a la empresa Promoción Medica S. A., precio unitario de
$2,92 para un precio total estimado de $2.628.000,00.
San José, 21 de noviembre
del 2017.—Licda. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº
21646.—( IN2017189088 ).
CONCURSO
2017LN-000013-5101
Venda
de algodón y poliamida de 10 cm de ancho.
Venda para fijación elástica
cohesiva libre de látex
A todos los interesados en el presente concurso
se les informa que se encuentra en la página
http://www.ccss.sa.cr//licitaciones detalle?up=5101&tipo=PU la Adjudicación
del concurso 2017LN-000013-5101, por medio de la Resolución DABS 01993-2017 de
la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, a la Empresa:
Hospimédica S. A. por un precio unitario de $
1,38 y un monto total de: $397.440,00.
Además, se encuentra disponible copia física
en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios en el piso 11
del Edificio Laureno Echandi de Oficinas Centrales para consultas.
San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda.
Shirley Méndez Amador, Asistente.—Subárea de Insumos Médicos.—Licda. Kattia
Arce Ulate, Analista.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 18685.—( IN2017189093
).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000010-01
Compra de maquinaria para trabajar
la
madera y sus derivados
La Comisión Local Central de
Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 36-2017
celebrada el 21 de noviembre del 2017, artículo II, tomo el siguiente acuerdo:
a. Adjudicar la Licitación Abreviada Nº
2017LA-000010-01 para la compra de maquinaria para trabajar la madera y sus
derivados, según el dictamen técnico NTM-PGA-166-2017, NTM-PGA-176-2017 y
NTM-PGA-264-2017 y el dictamen legal ALCA-282-2017 y ALCA-282-2017, realizados
por las dependencias responsable de analizar las ofertas; así como en los
elementos de adjudicación consignados en el punto 5 del cartel, de la siguiente
manera:
a. Adjudicar la línea Nº 28 a la oferta Nº 1, de
la empresa Tecnosagot S. A., por un monto de ¢4.095.000,00, por ofrecer
un precio razonable y con un plazo de entrega de 25 días hábiles.
b. Adjudicar las líneas Nos. 4, 5, 7, 8, 10, 14,
15, 16, 22, 25, 27, 32 y 33 a la oferta Nº 2, de la empresa Maquinaria
Industrial FCM Escazú Internacional S. A., por un monto de ¢65.521.004,00,
por ofrecer un precio razonable y con un plazo de entrega, para la línea 4 de
17 días hábiles, para la línea 5 de 20 días hábiles, para las líneas 7, 8, 10,
22 y 33 de 90 días hábiles, para las líneas 14, 27 y 32 de 15 días hábiles,
para las líneas 15, 16 y 25 de 22 días hábiles.
c. Adjudicar las líneas Nos. 3, 12, 17, 21, 29 y
31 a la oferta Nº 4, de la empresa Indianápolis S. A., por un monto de
¢6.378.100,00, por ofrecer un precio razonable y con un plazo de entrega de 25
días hábiles.
d. Adjudicar las líneas Nos. 6, 9, 13, 18, 19,
20, 23, 24 (base 1) y 26 a la oferta Nº 5, de la empresa Capris, S. A.,
por un monto de ¢9.196.067,12, por ofrecer un precio razonable y con un plazo
de entrega, para las líneas 6, 9, 18, 19, 20 y 26 de 25 días hábiles y para las
líneas 13, 23 y 24 de 90 días hábiles.
e. Adjudicar la línea Nº 11 a la oferta Nº 6, de
la empresa Aceros Carazo Reimers S. A., por un monto de ¢9.196.067,12,
por ofrecer un precio razonable y con un plazo de entrega de 90 días hábiles.
f. Declarar infructuosas las líneas 1 y 2, por
precio excesivo.
g. Declarar infructuosas la línea 30, por falta
de oferentes.
h. Declarar infructuosas la línea 34, por
incumplimientos técnicos.
Unidad
de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº
25344.—Solicitud Nº 101575.—( IN2017188902 ).
LICITACIÓN
ABREVIADA 2017LA-000026-01
Compra de unidad móvil para impartir capacitación
y
formación profesional en refrigeración
y
aire acondicionado en el INA
La Comisión de Licitaciones del
Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 32-2017, celebrada el 21 de
noviembre del 2017, artículo V, recomienda adjudicar la contratación con base
en el dictamen técnico y elementos de adjudicación:
a. Aprobar la fe de erratas para que la
adjudicación dada en sesión 23-2017 celebrada el 14 de agosto del 2017, por la
Comisión de Licitaciones, según consta en el acta de esa sesión, artículo III,
se lea el nombre de la empresa adjudicada de la siguiente forma: Truckvan
Industria y Comercio Ltda (casa extrajera), representada por ICE
Electronics International S. A.
b. Lo demás acordado en la sesión 23-2017
celebrada el 14 de agosto del 2017, se mantiene incólume.
Unidad
de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 101579.—( IN2017188909 ).
REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.
LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000027-02
(Notificación
de declaratoria de desierto)
Mantenimiento externo de tanques
Se informa que la Gerencia General
de Recope, mediante el oficio GG-1000-2017 de fecha 20 de noviembre de 2017,
acuerda declarar desierta la presente contratación; lo anterior de conformidad
con lo establecido en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa, considerando que desde la perspectiva técnica una vez iniciado
el proceso de análisis con la corroboración del cumplimiento respecto de los
requerimientos técnicos generales establecidos para el concurso, de la forma en
que los oferentes disponen su cotización en la tabla de pagos, se advierte que
el cartel contiene una incongruencia, en el sentido que la tabla de pagos que
consta en el Anexo 4, no está conforme con la descripción que se brinda de los
renglones de pagos en el apartado 2.3 de Descripción de los renglones de pago,
disyuntiva que se focaliza en los renglones 1 y 28 de dicha tabla y que lleva a
los oferentes a cotizar sus rubros de diferentes formas, inhibiendo la
posibilidad de que las ofertas puedan ser evaluadas sobre una misma base.
Asimismo, se autoriza para que se proceda con la recotización, una vez
realizados los ajustes cartelarios correspondientes.
Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a
través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y
contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.
Dirección de Suministros.—Nora Iris
Álvarez Morales, Norma L. Álvarez
Morales, Directora.—1 vez.—O.C. Nº 2017-000142.—Solicitud Nº 101598.—(
IN2017189112 ).
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000003-02
(Notificación
de adjudicación)
Construcción del acceso y parqueos del plantel Moín
Se informa que el concurso en
referencia, fue adjudicado según acuerdo tomado por la Junta Directiva de
RECOPE, en el artículo Nº 5 de la Sesión Ordinaria Nº 5009-215, celebrada el
lunes 20 de noviembre, comunicado mediante oficio JD-0242-2017, de fecha 21 de
noviembre del 2017, de acuerdo con el siguiente detalle:
Para
ver la imagen solo en La Gaceta en
formato PDF
Notas importantes:
1. El adjudicatario dispondrá de diez (10) días
hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la
correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento
(10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses
adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del
contrato, contemplando los aspectos señalados en el apartado 6.2 Tomo I del
cartel.
2. La presente contratación será formalizada mediante
un contrato que será confeccionado por la Dirección Jurídica, y refrendado por
la Contraloría General de la República. A efectos de la legalización del mismo,
se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5%
del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.
3. Según se establece en la cláusula 5.6 inciso 1
del Tomo I del cartel, el contratista podrá optar por un anticipo de hasta de
un treinta por ciento (30%) del monto total adjudicado, con las obligaciones
que este demande.
4. La empresa recomendada, en caso de resultar
adjudicataria, deberá aportar la documentación legal requerida en la cláusula
4.1 del cartel, sub ítem 4.1.1.1, incisos a y b.
Se recuerda a los proveedores y
demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran
publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por
Recope.
Dirección de Suministros.—Nora Iris
Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2017-000142.—Solicitud Nº 101603.—(
IN32017189119 ).
MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO
CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017LA-000004-01
Contratación de servicios para trámite
de
concesión permanente
El Departamento de Proveeduría de
la Municipalidad de Guácimo, informa a los interesados en este concurso que en
Sesión Extraordinaria N° 32-17, mediante acuerdo número tres, celebrada el 16
de noviembre de 2017 el Concejo Municipal de Guácimo, adjudica este proceso de
contratación a Geotéctica Geología Técnica de Costa Rica S. A., cédula
jurídica Nº 3-101-541561 por un monto de ¢23.000.000.00., con plazo de entrega
de 20 meses.
Licda. Zilenia Venegas Vargas,
Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017188911 ).
PROCESO DE ADQUISICIONES
LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000040-01
Contratación de servicio de mantenimiento preventivo,
correctivo
y soporte técnico para la Plataforma
de
Seguridad del INA
La Comisión Local de la Sede
Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 36-2017, celebrada el
21 de noviembre del 2017, artículo IV, tomo el siguiente acuerdo:
a. Aprobar la fe de erratas para que se modifique
el acuerdo de la Comisión Local Central de Adquisiciones, tomado en su sesión
34-2017 celebrada el 07 de noviembre del 2017, en su artículo II, para que se
lea de la siguiente manera:
a. Adjudicar la Licitación Abreviada
2017LA-000040-01 para la contratación de mantenimiento preventivo, correctivo y
soporte técnico para la plataforma de seguridad del INA, según el dictamen
técnico USST-ADQ-389-2017 y el dictamen legal ALCA-592-2017, realizados por las
dependencias responsable de analizar las ofertas; así como en los elementos de
adjudicación consignados en el punto 7 del cartel, de la siguiente manera:
a. Adjudicar la línea N° 1 a la oferta N° 2 de la
empresa Cerdas-Ross Industries & Consulting Services S. A., por un
monto, por hora, de $245,00, por ofrecer un precio razonable y con un plazo
contractual de un año prorrogable año a año por tres años más, para un total de
4 años.
Unidad
de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N°
25344.—Solicitud N° 101576.—( IN2017188904 ).
MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN
SUB-PROCESO DE PROVEEDURÍA
LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000002-01
Contratación de servicios continuos de recolección,
transporte
y tratamiento de los residuos sólidos
generados
en el cantón de La Unión
La Municipalidad de La Unión
informa, ante Audiencia especial de la CGR recibida el 21 de noviembre del
2017, que se prorroga el plazo para recepción y apertura de ofertas, de la
licitación arriba indicada, para el día 12 de diciembre del año 2017, a las
11:00 horas (a.m.). El resto de la información se mantiene sin variaciones.
La Unión, 21 de noviembre del
2017.—Lic. Marvin Durán Vega, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017189225 ).
MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS
LICITACIÓN
ABREVIADA N° 2017LA-000003-01
Contratación
de empresa para realizar diseño de planos
eléctricos y ejecución de obras
del sistema eléctrico
del Mercado Municipal
Informa que mediante Resolución
Administrativa MP-PM-RES-022-11-2017 del 17 de noviembre del 2017, se ANULA DE
FORMA ABSOLUTA el proceso de contratación referenciado, por un error en las
especificaciones técnicas del cartel, el cual puede ocasionar problemas en la
satisfacción del fin público que se busca con el presente proceso.
Para
mayor información al teléfono 2661-2104 de la Proveeduría Municipal o al correo
electrónico lrojas@munipuntarenas.go.cr
Puntarenas, 17 de
noviembre del 2017.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1
vez.—( IN2017189256 ).
MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ
Le comunico el acuerdo adoptado por
el Concejo Municipal de Escazú en la Sesión Ordinaria Nº 80, Acta Nº 90 del 06
de noviembre del 2017, que indica lo siguiente:
Acuerdo AC-266-17 “Se acuerda: con fundamento en las
disposiciones de los artículos 11 y 169 de la Constitución Política; 11 y 13 de
la Ley General de la Administración Pública; 13 inciso c) y 43 del Código
Municipal; los oficios AL-1345-17 de la Alcaldía Municipal y AJ-789-17 del
Subproceso Asuntos Jurídicos; y siguiendo las recomendaciones contenidas en el
Dictamen C-AJ-034-14 de la Comisión de Asuntos Jurídicos las cuales este
Concejo hace suyas y las toma como fundamento para motivar este acuerdo se
dispone: Primero: aprobar el texto del proyecto de “Reglamento de Concejos de
Distrito”. Segundo: por tratarse de un reglamento interno y de conformidad con
lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, se ordena su publicación
en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese este acuerdo al señor
Alcalde Municipal en su despacho, para lo de su cargo”. Declarado
definitivamente aprobado.
REGLAMENTO DE CONCEJOS DE DISTRITO
DEL
CANTÓN DE ESCAZÚ
El Concejo Municipal de la
Municipalidad del cantón de Escazú, de conformidad con lo establecido en la
Constitución Política y el Código Municipal, y en uso de sus atribuciones emite
el presente Proyecto de Reglamento de Concejo de Distrito, el cual se regirá
por las siguientes disposiciones:
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Artículo 1º—El propósito del
presente reglamento, es regular el funcionamiento de los Concejos de Distrito
del Cantón y la coordinación que debe existir entre éstos y la Municipalidad.
Artículo 2º—El Concejo de Distrito es el órgano colegiado
encargado de colaborar en los distritos de la respectiva municipalidad. Se
preocuparán por fomentar la participación democrática, permitiendo el ejercicio
del poder a la ciudadanía en la toma de decisiones del Gobierno Local y que
afecten su jurisdicción territorial. Fomentarán los más altos valores éticos,
morales y culturales.
Artículo 3º—Los Concejos de Distrito se preocuparán por fomentar
la participación democrática de los pobladores del Cantón en decisiones del
Gobierno Local, para lo cual deberán realizar reuniones, visitas de campo.
Artículo 4º—Los Concejos de Distrito estarán integrados por
cinco miembros propietarios, a quienes se denominarán concejales y sus cinco
suplentes, todos vecinos del distrito, de los cuales, uno será la persona
síndica del distrito y otro la persona suplente, el primero en funciones de la
persona presidente. La persona síndica suplente sustituirá a la persona
presidente en su ausencia, asumiendo sus deberes y derechos.
Artículo 5º—La persona síndica propietaria o en su efecto la
persona síndica suplente será la encargada de dar a conocer en las sesiones del
Concejo Municipal los asuntos tratados en el Concejo de Distrito.
Artículo 6º—Las personas Concejales suplentes sustituirán a
las personas propietarias de su mismo partido político según el orden de
elección, en los casos de ausencia temporal u ocasional, serán sustituidos para
dicho efecto por la persona Presidente del Concejo de Distrito. Desempeñarán
sus cargos en forma gratuita.
Artículo 7º—Las personas miembros del Concejo de Distrito
serán elegidos popularmente por cuatro años, en forma simultánea con la
elección de las personas Regidores y de los Alcalde/as Municipales.
Artículo 8º—Las credenciales de las personas miembros
electos de los Concejos de Distrito serán otorgadas por el Tribunal Supremo de
Elecciones.
Artículo 9º—La Municipalidad velará por la integridad y
fortalecimiento de los Concejos de Distrito de su jurisdicción.
Artículo 10.—El Asesor del Concejo Municipal brindará
asesoría legal a los Concejos de Distrito previa coordinación con los mismos.
Artículo 11.—La Municipalidad ejecutará sus obras o
servicios públicos en cada distrito, atendiendo las solicitudes del Concejo de
Distrito, y atendiendo las recomendaciones en el Programa de Gobierno de la
Alcaldía Municipal y en el Plan de Desarrollo Cantonal de la Municipalidad de
Escazú.
CAPÍTULO II
Las funciones del Concejo de Distrito
Artículo 12.—Los Concejos de
Distrito tendrán las siguientes funciones de conformidad con el artículo 57 del
Código Municipal:
Proponer ante el
Concejo Municipal a las personas beneficiarias de las becas de estudio, bonos
de vivienda y alimentación, y las demás ayudas estatales de naturaleza similar
que las instituciones pongan a disposición de cada distrito.
Recomendar al
Concejo Municipal el orden de prioridad para ejecutar obras públicas en el
distrito, en los casos en que las instituciones estatales desconcentren sus
decisiones.
Proponer al
Concejo Municipal la forma de utilizar otros recursos públicos destinados al
respectivo distrito.
Emitir
recomendaciones sobre permisos de patentes de fiestas comunales
correspondientes a cada distrito.
Fomentar la
participación, consciente y democrática de los vecinos en las decisiones de sus
distritos.
Servir como órganos coordinadores entre
actividades distritales que se ejecuten entre el Estado, sus instituciones y
empresas, las municipalidades y las respectivas comunidades.
Informar
semestralmente a la municipalidad del cantón a que pertenezcan, sobre el
destino de los recursos asignados a los proyectos del distrito, así como de las
instancias ejecutoras de los proyectos.
Recibir toda
queja o denuncia, que sea de su conocimiento, sobre la ilegalidad _ o
arbitrariedad de una actuación material, acto, omisión o ineficiencia de las
personas funcionarias públicas, trasladarla ante el órgano o ente público que
corresponda y darles seguimiento, hasta la resolución final, a los casos que lo
ameriten.
Las funciones
que el Concejo Municipal delegue por acuerdo firme, conforme a la ley.
Otras funciones
Elegir a la
persona representante de los Concejos de Distrito ante la Junta Vial Cantonal,
a la persona representante propietario y suplente ante la Comisión de Trabajo
del Plan Regulador del Cantón de Escazú, representante ante la Comisión de
Becas.
Ser órgano de
colaboración de la Municipalidad y de enlace entre las comunidades que
representan.
Los Concejos
de Distrito impulsarán la participación ciudadana y de organizaciones comunales
y los vecinos(as) que deseen, convocando al menos una vez al año a participar
en la Asamblea de Concejo de Distrito para presentar sus proyectos.
Participar de
la Asamblea de Concejo de Distrito Ampliado, recibir y priorizar las
necesidades del distrito. Presentar los proyectos ante la Corporación Municipal
para la incorporación de recursos necesarios en el Plan Presupuesto del año
siguiente o en los Presupuestos Extraordinarios, para ejecutar.
CAPÍTULO III
Organización interna
Artículo 13.—La jurisdicción
territorial del Concejo de Distrito es el distrito y su cabecera será su sede.
Artículo 14.—La Jurisdicción territorial del Concejo de
Distrito, es el distrito y deberá aprobar un domicilio exacto para sus
reuniones y notificaciones, que comunicarán a la Municipalidad, sin perjuicio
de realizar reuniones y actividades en cualquier dirección, previo acuerdo y
conocimiento de las personas que lo integran.
Artículo 15.—Los Concejos de Distrito quedan autorizados
para celebrar reuniones con los vecinos de su circunscripción, con el fin de
considerar necesidades, problemas comunes y proponer soluciones acordes a la
realidad.
Artículo 16.—Los Concejos de Distrito deberán reunirse ordinariamente
al menos dos veces por mes. Se debe comunicar a la Municipalidad, el día, hora
y lugar que designen para tal efecto. Pueden celebrar sesiones extraordinarias
previa convocatoria de la persona presidente con 24 horas de antelación o
cuando así la convoquen por escrito tres de las personas que lo conforman.
Artículo 17.—El quórum para sesionar será de tres miembros.
En las sesiones podrán participar las personas suplentes con derecho a voz y
solo con derecho a voto únicamente cuando sustituyan a las personas
propietarias en ausencia de éstos.
Artículo 18.—Todas las sesiones serán públicas y la
participación de particulares podrá ser regulada por el Concejo de Distrito.
Artículo 19.—Los Concejos de Distrito deberán coordinar y
asistir a reunión interdistrital, una vez cada cuatro meses.
Artículo 20.—Los acuerdos serán tomados por simple mayoría
de votos de los miembros presentes y se tendrán por firme. En caso de empate,
el voto del presidente contará por dos y decidirá.
Artículo 21.—Las sesiones deberán dar inicio dentro de los
15 minutos siguientes a la hora señalada. Transcurrido ese tiempo si no se
cuenta con el quórum, no se podrá realizar la sesión. Las personas suplentes
que asuman la propiedad a partir de transcurrido el lapso mencionado no podrá
ser sustituido por la persona propietaria que llega después.
Artículo 22.—Son deberes de las personas miembros del
Concejos de Distrito:
Concurrir a las
sesiones del Concejo de Distrito
Dar su voto
afirmativo o negativo en asuntos que se sometan a su decisión, no pudiendo
abstenerse.
No abandonar
el lugar de sesión, sin el debido permiso de la persona presidente.
Desempeñar
aquello que se le encomienda.
Fiscalizar
las labores de la Corporación Municipal.
Participar en
las comisiones en las que se le asigne.
Guardar el
respeto y la compostura hacia los demás y sí mismo, en el ejercicio de sus
funciones.
Asistir a las
capacitaciones, talleres, charlas y otros, a los que son convocados.
Artículo 23.—Son facultades de las
personas miembros del Concejos de Distrito:
Pedir y obtener
de la persona presidente la palabra.
Formular
mociones por escrito y proponer.
Llamar a
orden a la persona presidente cada vez que se exceda en el desempeño de sus
funciones el o alguno de los concejales.
Velar porque
las acciones del Concejo de Distrito se realicen con el mayor orden y
responsabilidad dentro de los más altos principios de solidaridad, equidad y
sentido común.
Solicitar
informes sobre cualquier proyecto o estudio, en el distrito, que se esté
ejecutando o que este pendiente de ejecución.
Recibir
respuesta a los acuerdos dentro del plazo establecido por ley.
Artículo 24.—La persona presidente
del Concejo de Distrito se mantendrá en el cargo mientras ejerza su condición
de Síndico(a) propietario(a) del Distrito de que se trate.
Artículo 25.—La persona presidente del Concejo de Distrito
ejercerá aquellas funciones que le atribuyen las leyes y en especial:
Convocar,
presidir, abrir, suspender y cerrar las sesiones del Concejo de Distrito.
Ostentar la
representación del Concejo de Distrito.
Preparar el
orden del día para cada sesión.
Recibir las
votaciones y anunciar si hay aprobación o rechazo de la moción o asunto
sometida a votación.
Conceder la
palabra y quitarla a quien hiciere uso de ella sin permiso, o se excediera en
sus expresiones.
Vigilar el
orden de la sesión del Concejo de Distrito y aplicar la normativa de
participación establecida por el Concejo, a quienes presencien el acto y se
comporten indebidamente.
Firmar en unión
con él o la secretaria(a) las actas de cada sesión del Concejo de Distrito. En
caso de ausencia del o la secretaria(a) firmará el miembro asignado(a) por la
persona que preside.
Rendir
informe al Concejo Municipal sobre la ejecución de las obras en el distrito.
Artículo 26.—En la primera sesión
del Concejo de Distrito se elegirá de entre las personas miembros que
constituyan dicho órgano a una persona para que cumpla con la función de
secretario(a). Los restantes miembros fungirán como vocales.
Artículo 27.—Son deberes del secretario(a):
Asistir a las
sesiones del Concejo de Distrito, levantar las actas y tenerlas listas 24 horas
antes de la sesión para su aprobación.
Custodiar la
documentación que se remite al Concejo de Distrito para ser conocido e incorporarlo
dentro del acta.
Elaboración
de las actas y deben incluir: lugar, fecha y hora de la sesión, el orden del
día, indicar atención al público, la correspondencia recibida y enviada, la
lectura del acta anterior (para su aprobación o rechazo), las mociones, los
acuerdos y los asuntos varios.
Leer la
correspondencia recibida.
Llevar el
control de los asuntos pendientes que hayan sido solicitados o traslados a
otras instancias, a la Administración y al Concejo Municipal para su
resolución.
Artículo 28.—Son causas para perder
la calidad de concejal propietario o suplente:
La inasistencia
injustificada a tres sesiones consecutivas o más de cinco alternas en un
período de más de dos meses.
Trasladar su
domicilio fuera del distrito.
Estar
inhabilitado por sentencia judicial para el ejercicio de cargos públicos o
derechos civiles o tener en contra auto de procesamiento o condena por delitos
con Hacienda Pública.
Padecer
enfermedad que lo incapacite permanentemente para el ejercicio del cargo en la
gestión del Concejo de Distrito.
La renuncia
voluntaria debe ser presenta en forma escrita, conocida por el Concejo de
Distrito y el Concejo Municipal,
Por violentar
disposiciones jurídicas aplicables a la gestión del Concejo de Distrito.
CAPÍTULO IV
Partidas específicas
Artículo 29.—De conformidad con la
Ley N° 7755 de Partidas Específicas y su Reglamento, los Concejos de Distrito
recomendarán a la Administración Municipal, aquellos proyectos presentados por
organizaciones sociales y comunales.
Artículo 30.—La organización debe presentar el perfil de
proyecto que pretende desarrollar, con base en la guía para presentación de
proyectos emitido por la Corporación Municipal y de conformidad con los
requisitos establecidos. En el caso de ser requerido la Municipalidad proveerá
la asistencia técnica y profesional.
Artículo 31.—El Concejo de Distrito conocerá el perfil de
proyectos presentado en Asamblea de Concejo de Distrito Ampliado, por la
organización y emitirá el acuerdo de aprobación que quedará en el acta
respectiva.
CAPÍTULO V
Disposiciones finales
Artículo 32.—Los Concejos de
Distrito se regirán por todo lo previsto en el presente Reglamento, en los
Reglamentos emitidos por la Municipalidad, el Código Municipal y las Leyes
Conexas.
Artículo 33.—El presente Reglamento entrará a regir, a
partir de su aprobación en el seno del Concejo Municipal de Escazú. Su
publicación en La Gaceta deroga cualquier otro ya existente.”
Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez,
Secretaria Municipal.—1 vez.—O.C. Nº 35546.—Solicitud Nº 14825.—( IN2017187611
).
La Municipalidad de Barva, informa que
mediante el Acuerdo Municipal N° 1377-2017, adoptado en la sesión ordinaria N°
62-2017 celebrada en el salón de sesiones de la Municipalidad de Barva, a las
diecisiete horas con tres minutos del día 30 de octubre del 201, “El Concejo
Municipal de Barva acuerda aprobar la aplicación del descuento por pago
adelantado en el mes de diciembre del año 2017 a aquellos contribuyentes que
cancelen por adelantado en dicho mes los impuestos de patentes comerciales de
todo el año 2018; de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del
reglamento para el procedimiento de cobro administrativo, extrajudicial,
judicial y de arreglos de pago de nuestra municipalidad y en el artículo 69 de
la ley 7794 Código Municipal. Se aprueba que la tasa de descuento a aplicar
será del 5.75% (tasa de referencia). No obstante, se tendrán las siguientes
consideraciones:
Si la
tasa básica pasiva en el momento del pago es igual o superior a la tasa de
referencia (5.75%), se aplicará como porcentaje de descuento 5.75%.
Si la
tasa básica pasiva en el momento del pago es inferior a la tasa de referencia
(5.75%), se aplicará como porcentaje de descuento la tasa básica pasiva en el momento
del pago.
Licda. Yorleny Díaz Zárate, Encargada de
Patentes.—1 vez.—( IN2017187612 ).
SIQUIARES
SOCIEDAD ANÓNIMA
Convocatoria
a asamblea general ordinaria
de accionistas de Siquiares
Sociedad Anónima
Yo, José Antonio Pinto López, portador de la
cédula de identidad número 1-366-823 y en mi condición de presidente de la
sociedad que se dirá, convoco a todos los accionistas de Siquiares Sociedad
Anónima, cédula jurídica 3-101-007300 a la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas, según lo dispuesto por la cláusula novena de los
estatutos de la compañía, que se celebrará a las diez horas del 15 de diciembre
del 2017 en Hacienda Siquiares, sita en ruta 27, saliéndose en la radial de
Ciruelas, en tercera salida, un kilómetro y medio al oeste, rumbo a Turrúcares,
portón rojo a mano derecha, Alajuela, lugar en que se conduce el negocio de la
sociedad.
En esta
asamblea se conocerán, discutirán y aprobarán los siguientes asuntos:
Presentación, discusión y
aprobación de los estados financieros de los períodos con cierre al 30 de
setiembre de 2016 y al 30 de setiembre del 2017.
Conocimiento de la comunicación
de cesación de colaboración de la señora Margarita Barzuna en la operación de
las fincas y discusión, presentación de propuestas, y adopción de acuerdo, en
relación con la contratación de un administrador independiente que asuma la
administración y operación de las fincas incluyendo las facultades y
responsabilidades que se le atribuirán.
3. Presentación y discusión del presupuesto operativo de la finca y de
la Compañía correspondiente al período del 2017 a 2018 y discusión sobre aporte
de los socios para cubrir el déficit de la caja que presenta la operación.
4. Conocer y discutir propuesta para cambio de miembros de Junta Directiva.
En caso de que a la hora indicada no
estuviere presente el quórum de asistencia mínimo legal, se convoca
simultáneamente para llevar a cabo la asamblea general ordinaria en segunda
convocatoria una hora después, sea, a las once horas ese mismo día y en el
mismo lugar, y en la que se conocerá de la misma agenda.
Como
soporte de los temas que serán motivo de la agenda, se encuentran a disposición
de los socios los siguientes documentos:
a. Estados financieros correspondientes a los periodos 2015-2016,
2016-2017.
b. Estudio y recomendación elaborado por la empresa Doris Peters sobre
las funciones y el puesto de administrador que requiere la operación de la
finca.
c. Carta de la señora Margarita Barzuna informando sobre la cesación
de su colaboración en la operación de la finca.
Estos documentos podrán ser retirados en la
oficina sita en barrio La California, del parqueo del Cine Magaly 100 al este y
25 al sur, oficinas de Atrium Arquitectura, San José, o pueden ser solicitados
por correo electrónico dirigido a la siguiente dirección: jpinto@racsa.co.cr, y
serán remitidos en versión digital.
San José, 16 de noviembre del 2017.—Lic.
Gabriel Castro Benavides, Abogado.—1 vez.—( IN2017188947 ).
CLUB
DE PLAYA LAS GARZAS S. A.
El Club de Playa Las Garzas S. A.,
cédula Jurídica N° 3-101-095095-18, convoca a todos sus asociados a la Asamblea
Anual Ordinaria N° 51, a celebrarse el jueves 28 de diciembre del 2017, en el
Club de Playa Las Garzas S. A., en Bajamar de Garabito, Puntarenas, a las 10:00
horas en primera convocatoria y a las 11:00 horas en segunda convocatoria.
Agenda Asamblea Ordinaria.
Lectura y
aprobación del Acta de la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria N° 49, celebrada
el 28 de diciembre del 2016 y Acta de la Asamblea Extraordinaria N° 50, celebrada
el 25 de marzo del 2017.
Informe de la
Presidencia.
Informe de la
Tesorería.
Informe de la
Fiscalía.
Elección de
puestos de Junta Directiva: Presidente(a), Secretario(a) y Vocal 2
Mociones de
los asociados. Deberán entregarse por escrito antes del inicio de la Asamblea.
Lic. José Marcial Láscarez Vargas,
Presidente de la Junta Directiva.—1 vez.—( IN2017189089 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
CONDOMINIO
VERTICAL COMERCIAL PLAZA NAOS
Quien suscribe Liliana Valverde Mora, cédula
N° 4-150-465, en caridad de apoderada generalísima sin límite de suma de la
sociedad Servicios Integrados para Condominio L M y M Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica N° 3-101423219 a su vez representante legal de Condominio
Vertical Comercial Plaza Naos, cédula jurídica N° 3-109-635518 hago constar que
dado al extravío de los libros de Caja y Actas Junta Directiva de dicho
condominio sito en Heredia, solicito la reposición de los Libros ante el
Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Público.—San José, 27 de octubre
del 2017.—Lic. Lilliana Valverde Mora, Representante Legal.—( IN2017186746 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por suscripción de
Contrato Opción de Compraventa de cuotas de Sociedad y de Establecimiento
Comercial suscrito el día 14 de octubre de 2017, entre Nórdico Coffee House
Limitada, cédula jurídica N° 3-102-704403 y Olaf Wehrend portador del pasaporte
Alemán número CF5X76G4M, acordaron la venta del establecimiento mercantil
denominado Nórdico Coffee Shop, propiedad
de Nórdico Coffee
House Limitada, cédula jurídica
3-102-704403, así como las cuotas de ésta última sociedad, dedicado a Café
Restaurante, en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, Costa Rica, en el centro
comercial Plaza Tamarindo, local número 23. Con el objeto de cumplir con lo
establecido en el artículo 479 del Código de Comercio, se hace saber a todos
los interesados y acreedores que podrán presentarse en dicho establecimiento
comercial a hacer valer sus derechos, dentro de los quince días siguientes
contados a partir de la primera publicación.—Tamarindo, Guanacaste, 16 de
noviembre de 2017.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria.—( IN2017187871 ).
TIKIS
SEASIDE GRILLE GUANACASTE,
SANTA CRUZ, PLAYA POTRERO
Los señores Scott Murray (nombres) Megit
(apellido), con único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, portador
del pasaporte de su país de origen número: HM144241 quien representa a Tikis
Brasilito S. A., con cédula jurídica número: 3-101-709870 se encuentran en
proceso de venta a Caroline Grace (nombres) Kirkendoll (apellido), quien es
mayor de edad, con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense,
casada una vez, residente de los Estados Unidos de América, exactamente en uno
cuatro dos tres Adams St. New Orleans, Louisiana siete cero uno uno ocho,
Administradora de Inversiones, y con pasaporte de su país de origen número
502344308 el establecimiento comercial de restaurante ubicado en Guanacaste,
cantón Santa Cruz, distrito Cabo Velas, Playa Brasilito que opera bajo el
nombre comercial Tikis Seaside Grille. Se cita a acreedores e interesados, para
que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera
publicación de este aviso, a hacer valer sus derechos de conformidad con el
artículo 479 del Código de Comercio, en Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo,
Centro Comercial Plaza Conchal, segundo piso, local dieciocho-b, oficina de la
firma Expertis legal en horario de oficina de ocho de la mañana a cinco de la
tarde de lunes a viernes.—Guanacaste, 15 de noviembre del 2017.—Scott Murray
Megit.—( IN2017188292 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
TRABAJOS INTEGRALES CENTROAMERICANOS
TIC
SOCIEDAD ANÓNIMA
Ante
esta notaría se otorgó escritura de reposición del libro de Actas de Asamblea
General de la compañía Trabajos Integrales Centroamericanos TIC Sociedad Anónima,
al ser las quince horas del dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete. Es
todo.—San José, a las dieciséis horas del dieciocho de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Erika Chaverri Palma, Notaria.—1 vez.—( IN2017188323 ).
PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ
Yo, Ellyn María Ramírez Quesada,
notaria pública, con oficina abierta en Alajuela, cien metros Este de La Bomba
la Tropicana, oficina esquinera a mano izquierda, el día dieciséis de noviembre
del arlo dos mil diecisiete, al ser las ocho horas, mediante escritura ciento
ochenta y seis, procedo a protocolizar acta de asamblea número tres, de la
sociedad denominada Inversiones Osa de América O.L.G S.A., con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-tres tres tres cuatro nueve ocho,
mediante la cual se acuerda disolver la sociedad antes indicada, por no haberse
cumplido los objetivos sociales. Publíquese tres veces en el Diario Oficial La
Gaceta .Es todo.—Alajuela, dieciséis de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Ellyn María Ramírez Quesada, Notaria.—( IN2017187162 ).
PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ
Por
escritura pública de las catorce horas del veinte de noviembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de
socios de Grupo Cuenca FA Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil doscientos sesenta y cinco, mediante la
cual se elimina el capital social preferente y se reforma la cláusula quinta
del capital social. Es todo.—San José, veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic.
Gabriel Gutiérrez Castro, Notario.—( IN2017188352 ).
PUBLICACIÓN DE UNA VEZ
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 10 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Perfumes Especiales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notario.—1
vez.—CE2017009770.—( IN2017187741 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 40 minutos del 01 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Go Publi Imagen Sociedad
Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Catherine Vanessa Mora
Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017009771.—( IN2017187742 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas 00 minutos del 02 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Dasein Bliminse
Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Luis Guillermo
Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017009772.—( IN2017187743 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 01 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada I Secreti Di Venere Sociedad
Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz,
Notario.—1 vez.—CE2017009773.—( IN2017187744 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 02 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sonrisa del Pacifico
Herrick Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Harold
Alberto Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2017009774.—( IN2017187745 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Horizontes Cinco Coco
Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Ricardo León
Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2017009775.—( IN2017187746 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
11 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada From Scratch Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama,
Notario.—1 vez.—CE2017009776.—( IN2017187747 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 01 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sophointernational
Business Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda.
Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2017009777.—( IN2017187748 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 02 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora El Halcón
Tico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto
del 2017.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—CE2017009778.—(
IN2017187749 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 01 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada London Room Sociedad
Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Melba María Pastor
Pacheco, Notaria.—1 vez.—CE2017009779.—( IN2017187750 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 03 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Jivaqui
Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Laura Daniela
Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017009780.—( IN2017187751 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 02 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Las Delicias Aromáticas
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del
2017.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—CE2017009781.—(
IN2017187752 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Andrela del Este A D E
Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del
2017.—Licda. Kattia Quirós Chevez, Notaria.—1 vez.—CE2017009782.—( IN2017187753
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Axiom Images
Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Oscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2017009783.—( IN2017187754 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Soluciones Inmobiliarias Kalmar Sociedad Anónima.—San José,
03 de agosto del 2017.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—CE2017009784.—(
IN2017187755 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importaciones DYA Costa
Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Gladys Rozo
Quevedo, Notaria.—1 vez.—CE2017009785.—( IN2017187756 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Albufera Celular Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1
vez.—CE2017009786.—( IN2017187757 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada A A Rofer Sociedad
Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Francisco Esquivel Sánchez,
Notario.—1 vez.—CE2017009787.—( IN2017187758 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 19 de junio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios RWA
Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Edgar Alberto
García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2017009788.—( IN2017187759 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 30 minutos del 07 de junio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Vía Nova del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1 vez.—CE2017009789.—(
IN2017187760 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 28 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada LR Creations &
Manufacture Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto
del 2017.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2017009790.—(
IN2017187761 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
09 horas 45 minutos del 07 de junio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Vía Della Fontana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1
vez.—CE2017009791.—( IN2017187762 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
10 horas 00 minutos del 07 de junio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Vía Della Liberté Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Josue Morales Fallas, Notario.—1
vez.—CE2017009792.—( IN2017187763. ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora
Orinoco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto
del 2017.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1
vez.—CE2017009793.—( IN2017187764 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 01 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Rincón de
Azulillos CM Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic.
Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—CE2017009794.—( IN2017187765 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Remodelaciones CBR Orotina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.–Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—CE2017009795.—( IN2017187766 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
13 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Vans Rentacar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Diaz, Notario.—1
vez.—CE2017009796.—( IN2017187767 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Batro Sociedad Anónima.—San
José, 03 de agosto del 2017.–Licda. Karina Maroto Jiménez, Notaria.—1
vez.—CE2017009797.—( IN2017187768 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
11 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Mas Turismo en Osa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Billy Benjamín Latouche Ortiz, Notario.—1
vez.—CE2017009798.—( IN2017187769 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 01 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada The Iron Touch Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Pamela Andrea Cerdas Cerdas, Notaria.—1
vez.—CE2017009799.—( IN2017187770 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada F. A. Flores de
América Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Erasmo
Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2017009800.—( IN2017187771 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15 horas 30 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Casabe Organic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1
vez.—CE2017009801.—( IN2017187772 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 27 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fernández y
Rivas Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Rafael
Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017009802.—( IN2017187773 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inersiones El Profe
Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Rafael Mauricio
Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017009803.—( IN2017187774 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de junio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada MVCR- Gestion Patrimonial
Sociedad Anónima. San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Alejandro Fernández
Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2017009804.—( IN2017187775 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Texas Trailers CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Fabio Enrique Corrales Loría, Notario.—1
vez.—CE2017009805.—( IN2017187776 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 01 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada The Green Monkey of Costa
Rica TGMCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del
2017.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2017009806.—(
IN2017187777 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Usa Import
Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Jehiner Alfaro
Retana, Notario.—1 vez.—CE2017009807.—( IN2017187778 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Misimo Corporación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—1
vez.—CE2017009808.—( IN2017187779 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 20 horas 40 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Sansaa Aircraft Parts de Costa Rica Sociedad Anónima.—San
José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Mónica Fernández Mayorga, Notaria.—1
vez.—CE2017009809.—( IN2017187780 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Jas Enterprises
Holding Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Orlando Gustavo
Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2017009810.—( IN2017187781 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Suplidora Mawi
& Asociados Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic.
Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2017009811.—( IN2017187782 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 31 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Nfasis Sociedad de Responsabilidad
Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Guiselle Murillo Varela,
Notaria.—1 vez.—CE2017009812.—( IN2017187783 ).
Nathan
Matamoros Miranda, cédula Nº 1-1237-783, en su carácter de dueño de la
totalidad del capital social de: 3-101-576416 Sociedad Anónima. Por
haberse cancelado la totalidad de lo adeudado generado por la Ley Nº 9024
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese o
cambio de estado de disuelta a inscrita lo anterior de conformidad con la reforma
al transitorio segundo de la Ley Impuesto a las Personas Jurídicas Nº
9428.—Alajuela, 14 de noviembre del 2017.—Nathan Matamoros Miranda, Dueño.—1
vez.—( IN2017187993 ).
Los
suscritos, Rosa María Blanco Fernández, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula
número dos-trescientos cincuenta y tres-ochocientos veintisiete, y Errol
Daniels Ramírez Blanco, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número
dos-seiscientos-ochocientos treinta y tres, ambos vecinos de La Tigra de San
Carlos, Alajuela, ochocientos metros al este de la Escuela El Futuro, por medio
del presente edicto informa que, como titulares y dueños de todas las acciones
que representan la totalidad del capital social de la empresa: Transportes
El Flaco Sancarleño Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seis tres seis ocho cinco ocho, comparecerán, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Orotina, once de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Vicente León León, Abogado.—1 vez.—(
IN2017187994 ).
Julio
Sánchez Valerio, cédula Nº 2-267-449, en su carácter de dueño de la totalidad
del capital social de: 3-101-467949. Pacific Beach Of San Diego Sociedad
Anónima. Por haberse cancelado la totalidad de lo adeudado generado por la
Ley Nº 9024 solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional,
el cese o cambio de estado de disuelta a inscrita lo anterior de conformidad
con la reforma al transitorio segundo de la Ley Impuesto a las Personas
Jurídicas Nº 9428.—Alajuela, 17 de noviembre del 2017.—Julio Sánchez Valerio,
Dueño.—1 vez.—( IN2017187995 ).
Que
mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diez horas del trece
de noviembre del dos mil diecisiete, procedo a protocolizar acta de asamblea de
socios de la empresa: Programa de Servicios PSO S. A., mediante la cual
se modifica la cláusula primera del pacto social, para que en lo sucesivo se
lea: Corporación Somos Quántico Sociedad Anónima. Es todo.—San José,
dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Gamboa Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017187997 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de
socios de: Materiales de Construcción A J S. A., reformas cláusula 6. Se
nombra: tesorero.—San José, 11 de noviembre del 2017.—Lic. Randall Luna
Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017187999 ).
Familia
Kasor Sociedad Anónima modifica el pacto
constitutivo, respecto a domicilio social y representación legal. Escritura
otorgada en San José, a las dieciseis horas del dieciséis de noviembre del año
dos mil diecisiete. Presidente Roberto Enrique Gamboa Bermúdez.—Lic. Randall
Junnell Calvo Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188000 ).
Por
escritura otorgada a las diez horas del ocho de noviembre del año dos mil
diecisiete, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general de
accionista de la empresa de esta plaza Desarrollo Urbanístico y Obras
Constica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la totalidad del pacto
constitutivo.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Juan Pablo Morales Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017188004 ).
Los suscritos, Rodrigo Guevara Monge y María Lidia
Guevara Monge, solicitan cese de disolución sociedad denominada Tres-Ciento
Uno-Seiscientos Sesenta y Dos Mil Quinientos Treinta Dos S. A. Notaria:
Licda. Hilda Marta Alpízar Castrillo.—Licda. Hilda Marta Alpízar Castrillo,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188005 ).
Por
escritura número 7-73, otorgada a las 8:00 horas del 17 de noviembre del 2017,
otorgada ante la notaria de Veracruz Navarro Monge, se protocoliza el acta de
aumento de capital, reformándose la cláusula cuarta de los estatutos
constitutivos de la sociedad denominada Importadora Agro Irazú Sociedad
Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-402070.—Cartago, 17 de noviembre del
2017.—Licda. Veracruz Navarro Monge, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188008 ).
Ante
esta notaría, por escritura pública Nº 268 visible a folio 155 frente del tomo
8, a las 09 horas del 27 de octubre del 2017, se protocolizó acta de asamblea
general de socios donde se acuerda la disolución de Country Folks S. A.—Lic.
Francisco Orlando Salinas Alemán, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017188011 ).
Ante
mi notaría, se solicita el cese de disolución de Guías Inmobiliarios
Leyendas Costeras Lecos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos mil ochocientos treinta y uno, quedando
esta persona jurídica en la misma condición jurídica en que se encontraba antes
de su disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva.—San José,
seis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017188012 ).
Ante
esta notaría, por escritura pública Nº 261 visible a folio 151 vuelto del tomo
8, a las 16 horas del 11 de octubre del 2017, se protocolizó acta de asamblea
general de socios donde se acuerda la disolución de Inversiones Marblan S.
A.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Abogado y Notario.—1 vez.—(
IN2017188013 ).
Que,
ante esta notaría pública, se acordó el cese de disolución por acuerdo de
socios de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la ley Nº 9428
la sociedad denominada Avaris Enterprises Limitada Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cinco dos tres cinco cuatro
dos.—San José, doce horas del diecisiete de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Carlos Blanco Gutiérrez, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017188014 ).
Por
escrituras otorgadas ante mí, a las 08:00 horas del 16 de noviembre del 2017 y
08:00 del 17 de noviembre del 2017 se solicita cese de disolución de Grupo
Jorali Cartago S. A., e Inmobiliaria Comercial Tito E.I.R.L,
respectivamente. Licenciado Eugenio Ortiz Alvarez, notario público, cédula N°
105690003.—Lic. Eugenio Ortiz Alvarez, Notario.—1 vez.—( IN2017188016 ).
Los
suscritos, Jaime Mora Sánchez, mayor, casado una vez, mecánico de aviación,
cédula número cinco-doscientos cincuenta y uno-seiscientos setenta y seis, y
Kembly Monestel Rodríguez, mayor, casada una vez, contadora, cédula número
cinco-doscientos noventa y seis-novecientos setenta y cinco, ambos vecinos de
Barrio La Victoria de Liberia, Guanacaste, del Taller Zelman cien metros al
este y setena y cinco metros al norte, por medio del presente edicto informan
que, como titulares de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de Jaikembly M.R. S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil
cuatrocientos treinta y uno, comparecerán, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha:
Liberia, a las once horas del dieciséis del mes de noviembre del dos mil
diecisiete.—Jaime Mora Sánchez, Kembly Monestel Rodríguez.—Lic. Hugo Zúñiga
Clachar, Notario.—1 vez.—( IN2017188018 ).
Por
escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 09:00 horas del 03 de noviembre y
10:00 horas del 15 de noviembre del 2017, protocolicé: 1) Acta de cuotistas de Visión
Two International S.R.L., N° 3-102-686916, que reformó la cláusula de la
administración, y 2) Acta de asamblea general de socios de Expeditors Mar y
Tierra S. A., N° 3-101-062036, que reformó el domicilio social de la
compañía.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2017188019 ).
Mediante escritura otorgada ante la notaría, a las
09:00 horas del 17 de octubre del 2017, protocolicé el acta de asamblea general
de cuotistas de Dohrn Costa Rica Ltda, con cédula jurídica N°
3-102-407548, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio de
dicha compañía.—San José, 3 de noviembre del 2017.—Licda. Ana Carolina Sáenz
Gammans, Notaria.—1 vez.—( IN2017188020 ).
A
todas aquellas personas que tengan interés y relación de cualquier naturaleza
con la empresa Ciudad Huanuco CH Limitada, cédula jurídica N°
3-102-554638, así como al público en general, se les hace saber que los socios
que son propietarios de más del cincuenta y uno por ciento -51%- del capital
social suscrito y pagado de la referida empresa, comparecerán en escritura
pública a solicitar al Registro Nacional el cese de su disolución, de manera
que esta sociedad quede en la misma condición en que se encontraba antes de su
disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva, según lo regulado
por la Reforma del Transitorio II de la Ley Nº 9428, Impuesto de las Personas
Jurídicas de 21 de marzo del 2017. Cualquier comunicación dirigirla a
jtristan@blplegal.com o al fax 2205-3940.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188022 ).
A
todas aquellas personas que tengan interés y relación de cualquier naturaleza
con la empresa Las Cumbres de Playa Arco SRL, cédula jurídica N°
3-102-319200, así como al público en general, se les hace saber que los socios
que son propietarios de más del cincuenta y uno por ciento -51%- del capital
social suscrito y pagado de la referida empresa, comparecerán en escritura
pública a solicitar al Registro Nacional el cese de su disolución, de manera
que esta sociedad quede en la misma condición en que se encontraba antes de su
disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva, según lo regulado
por la Reforma del Transitorio II de la Ley Nº 9428, Impuesto de las Personas
Jurídicas de 21 de marzo del 2017. Cualquier comunicación dirigirla a
jtristan@blplegal.com o al fax 2205-3940.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188023 ).
A
todas aquellas personas que tengan interés y relación de cualquier naturaleza
con la empresa Playa Arco Developments SRL, cédula jurídica N°
3-102-318424, así como al público en general, se les hace saber que los socios
que son propietarios de más del cincuenta y uno por ciento -51%- del capital
social suscrito y pagado de la referida empresa, comparecerán en escritura
pública a solicitar al Registro Nacional el cese de su disolución, de manera
que esta sociedad quede en la misma condición en que se encontraba antes de su
disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva, según lo regulado
por la Reforma del Transitorio II de la Ley Nº 9428, Impuesto de las Personas
Jurídicas de 21 de marzo del 2017. Cualquier comunicación dirigirla a
jtristan@blplegal.com o al fax 2205-3940.—Licda. Magally María Guadamuz García,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188024 ).
Esta
notaría, se reformó la cláusula segunda del domicilio y se nombra nuevo gerente
de la sociedad Construvivienda San Miguel Limitada.—San Vito, veintitrés
de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Alexis Salazar Torres, Notario.—1
vez.—( IN2017188025 ).
El suscrito Francisco Manuel González Valenzuela,
quien es mayor, divorciado, director de fotografía, vecino de San José,
Rohrmoser del Parque La Amistad trescientos oeste cien norte, veinticinco este
casa E veinticinco, de nacionalidad chilena con cédula de residencia número uno
uno cinco dos cero cero cero uno uno seis cero uno solicita el cese de la
solución de la sociedad Oveja Negra Producciones Sociedad Anónima, cuya
cédula jurídica es la número tres-ciento uno-cuatro uno uno siete dos tres y
que se encontraba inscrita al tomo: quinientos cincuenta y dos. Asiento: diez
mil trescientos diecisiete, del diecisiete de agosto del dos mil cinco. Es
todo.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Francisco Manuel
González Valenzuela.—1 vez.—( IN2017188027 ).
Los suscritos, Claudia Regina Castillo Báez, quien
es mayor, casada una vez, con cédula número ocho-cero noventa y
seis-seiscientos treinta, publicista y Claudio Alberto Cordero Oreamuno, mayor,
casado una vez, productor de televisión, con cédula número uno-ochocientos
dos-cero sesenta y seis, ambos vecinos de San José, Curridabat, Granadilla, por
medio del presente edicto informamos que, como titulares del cien por ciento de
las acciones que representan la totalidad del capital social de Farolitos
Luminosos de Granadilla S. A., cédula jurídica número 3-101-349635
compareceremos, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciséis de noviembre del dos
mil diecisiete.—Claudia Regina Castillo Báez.—1 vez.—( IN2017188028 ).
Ante
mi notaría, al ser las 9:00 horas del 14 de noviembre 2017, se procede a
disolver y liquidar la sociedad Inversiones Doña Ana A.J.R. S. A.,
cédula jurídica 3-101-451814.—Licda. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1
vez.—( IN2017188030 ).
Ante
esta notaría, mediante escritura número noventa y nueve de las diez horas del
siete de noviembre de dos mil diecisiete, se solicitó al Registro Público el
cese de disolución de la sociedad Ermitanik S. A., cédula jurídica
tres-ciento uno- cuatro tres cero ocho siete nueve. Es todo.—San José,
diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Lisa María Bejarano
Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017188038 ).
Por
la escritura 256 ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 17 de noviembre
del 2017, mediante la cual se protocolizó la asamblea general ordinaria y
extraordinaria de 3-101-496709 Sociedad Anónima; mediante se disuelve la
sociedad.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Slawomir Wiciak Gasiorowska,
Notario Público.—1 vez.—( IN2017188043 ).
Jairo
Solano Monge y Kathia Rodríguez Córdoba, cédulas Nos. 1-0912-0257 y 5-0310-0924
respectivamente, ambos mayores, casados, comerciantes, vecinos de San Rafael de
Heredia; informan como titulares de más del 51 por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de Villas Uruz S. A., cédula
jurídica 3-101-495644; comparecerán dentro del plazo de Ley ante notaría
pública a otorgar escritura solicitando al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad de acuerdo al
transitorio 2 de la Ley 9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese
una vez en La Gaceta.—Heredia, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Lauren
Leandro Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188046 ).
Hoy
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tecnología
Orgánica Aplicada Tecorasa S. A. Se hacen nuevos nombramientos en la junta
directiva y se aumenta capital social. Escritura otorgada en San José, a las
9:00 horas del 17 de noviembre del 2017.—Licda. Imelda Arias del Cid,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188048 ).
El
señor, Daniel Cappella Domínguez, cédula N° 900360485, presidente con
facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Tres-Ciento
Uno-Quinientos Diecinueve Mil Ciento Ochenta y Seis Sociedad Anónima,
cédula N° 3-101-519186, solicito al Registro Mercantil, el cese de la
disolución de la sociedad indicada a efecto de que dicha persona jurídica quede
en la misma condición jurídica que se encontraba antes de su disolución.—San
José, 13 de noviembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Diana Varela Solano,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188051 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del día 17 de noviembre
del 2017, la empresa Nyesa Costa Rica Sociedad Anónima, protocolizó
acuerdos en donde se conviene modificar las cláusulas sétima y octava, respecto
de las asambleas y de la administración, por su orden.—San José, 17 de
noviembre del 2017.—Licda. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017188071 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día de hoy se acordó disolver
la compañía Costakul Sociedad Anónima.—Escazú, 16 de noviembre del
2017.—Licda. Carmen Fernández M., Notaria.—1 vez.—( IN2017188072 ).
Ante
el Lic. Juan Federico Arias Chacón, se reforma la cláusula sétima de la
administración del pacto constitutivo en la entidad B & T.L.L.C.
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-432833. Es todo.—Jacó, 18 de
noviembre 2017.—Lic. Juan Federico Arias Chacón.—1 vez.—( IN2017188073 ).
La
suscrita notaria, María Gabriela Elizondo Alpízar, comunica que el socio que
representa más del 51% del capital social de la sociedad: 3-101-555325
Sociedad Anónima (la cual se encuentra disuelta por Ley noventa
veinticuatro); me ha solicitado otorgar escritura pública solicitando el cese
de la disolución; de conformidad con la Ley Nº 9485.—Las Vegas, Nevada, Estados
Unidos, 18 de noviembre del 2017.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188074 ).
Por escritura número ciento treinta y tres,
otorgada en mi notaría, en San José, procedí a protocolizar asamblea general
ordinaria y extraordinaria de la sociedad de este domicilio: Anphora S. A.,
cédula de persona jurídica Nº 3-101-067925, mediante la cual se acuerda
aumentar su capital social a la suma de sesenta millones de colones y en
consecuencia se reforma la cláusula quinta de su pacto constitutivo.—San José,
17 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Alberto Berrocal Arias, Notario.—1 vez.—(
IN2017188080 ).
Mediante
escritura Nº 160 del tomo 21 de mí protocolo del día de hoy, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada: Quebrada de Alicante S. A., con cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil doscientos veintidós, en la
cual se acuerda disolver dicha sociedad.—Guadalupe, 16 de noviembre del
2017.—Licda. Aurelia Vargas Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188081 ).
Mediante
escritura Nº 159, del tomo 21 de mí protocolo, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Valle
Paraíso Gafer S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
noventa y seis mil seiscientos doce, en la cual se acordó disolver y liquidar
dicha sociedad.—Guadalupe, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Aurelia Vargas
Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188082 ).
Mediante
escritura Nº 161 del tomo 21 de mí protocolo, del día de hoy, se protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad
denominada. Excelsior Industria Química S. A., con cédula jurídica
número tres-ciento uno-ciento cuatro mil seiscientos veinticuatro, en la cual
se acuerda disolver dicha sociedad.—Licda. Aurelia Vargas Segura, Notaria
Pública.—1 vez.—( IN2017188083 ).
Mediante escritura Nº 162, del tomo 21 de mi
protocolo, del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Biochemical Internacional S. A.,
con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y dos mil
novecientos seis.—Guadalupe, 17 de noviembre de 2017.—Licda. Aurelia Vargas
Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188084 ).
Mediante escritura número 163, del tomo 21 de mi
protocolo, del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Pesticidas
Exclusivos S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos
once mil cuarenta y nueve.—Guadalupe, 17 de noviembre de 2017.—Licda. Aurelia
Vargas Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188085 ).
Mediante escritura Nº 164 del tomo 21 de mi
protocolo, del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Absentee Owners
Management S. A., en español Compañía Administradora de Propietarios
Ausentes S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero diecinueve
mil setecientos cuatro, en la cual se acuerda disolver dicha
sociedad.—Guadalupe, 17 de noviembre de 2017.—Licda. Aurelia Vargas Segura,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188086 ).
Luis
Mariano Vargas Rojas, cédula de identidad Nº 1-524-616 y Ana Cira Rivera
Sancho, cédula de identidad Nº 2-410-668, socios dueños del 100% del capital
social de Rosan del Norte S. A., cédula jurídica Nº 3-101-573339,
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la
disolución de su compañía realizada en virtud del artículo 6 de la Ley 9024.
Esto de conformidad a la Ley N° 9485 que reforma el Transitorio II de la Ley Nº
9428 de Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, jueves dieciséis de
noviembre del año 2017.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017188090 ).
Luis Mariano Vargas Rojas, cédula de identidad Nº
1-524-616 y Ana Cira Rivera Sancho cédula de identidad Nº 2-410-668, socios
dueños del 100% del capital social de Corporación Varive
Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-572405, solicita al Registro
de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de su
compañía realizada en virtud del artículo 6 de la Ley Nº 9024. Esto de
conformidad a la Ley N° 9485 que reforma el Transitorio II de la Ley Nº 9428 de
Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, jueves dieciséis de noviembre del
2017.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188093 ).
Ante
el suscrito notario se solicita reactivar la sociedad de esta plaza La
Finkilla Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco
ocho seis cinco siete cuatro.—Alajuela, diecisiete de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Abogado y Notario Público.—1 vez.—(
IN2017188094 ).
Ante
el suscrito notario se solicita reactivar la sociedad de esta plaza Materiales
de Construcción SF Sociedad Anónima, cedula jurídica-tres-ciento uno-dos
siete nueve cuatro cinco siete, Alajuela diecisiete de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017188095 ).
Ante
el suscrito notario se solicita reactivar la sociedad de esta plaza Tío Rico
de Río Segundo TRDRS Sociedad Anónima, cedida jurídica-tres-ciento uno-tres
dos cuatro uno uno dos.—Alajuela, diecisiete de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017188096 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecisiete de
noviembre 2017, protocolicé acta número uno de asamblea general extraordinaria
de accionistas de la sociedad Horizontes Sin Fronteras Mijook Sociedad
Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Merlin Leiva
Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017188098 ).
Por escritura otorgada en esta notaria, a las 14:30
horas del 17 de noviembre de 2017, protocolice acta de asamblea general donde
se acuerda disolución y liquidación la sociedad Insocaxa S. A.—Lic.
Carlos Eduardo Herrera Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188105 ).
Por
escritura otorgada ante mí a las veinte horas del quince de noviembre del dos
mil diecisiete, los socios que representan la totalidad del capital social de
la sociedad Desarrollos del Istmo Cabol Vizcaíno S. A., anteriormente
titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos mil, hoy disuelta
por morosidad en el pago del impuesto a entidades jurídica de conformidad con
el artículo sexto de la ley nueve mil veinticuatro, solicitaron el cese de su
disolución de conformidad con el Transitorio II de la Ley nueve mil
cuatrocientos veintiocho, Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, quince
de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1
vez.—( IN2017188108 ).
La
suscrita: Libia Juárez Gutiérrez, mayor, cédula de identidad número cinco–cero
doscientos nueve-cero seiscientos veintitrés, viuda, comerciante, vecina de
Guanacaste, Santa Cruz, Restaurante el Cacique Marino, un kilómetro al sur de
Ulicori, cédula de identidad número cinco-cero doscientos nueve-cero
seiscientos veintitrés, por medio del presente edicto informa que, como titular
de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital social de Restaurante El Marino S. A., cédula
jurídica número 3-101-299811, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Nicoya, al ser las
quince horas de diecisiete de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Manuel
Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188110 ).
Por
escritura otorgada ante mí a las a las quince horas del nueve de noviembre del
dos mil diecisiete, los socios que representan el cien por ciento del total de
las cuotas que componen el capital social de la sociedad Big Waves At La
Reserva A-Nineteen S. R. L., anteriormente titular de la cédula jurídica
tres-ciento dos quinientos veinte mil trescientos noventa y cinco, hoy disuelta
por morosidad en el pago del impuesto a entidades jurídica de conformidad con
el artículo sexto de la ley Nueve Mil Veinticuatro, solicitaron el cese de su
disolución de conformidad con el Transitorio II de la Ley Nueve Mil
Cuatrocientos Veintiocho, Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, nueve de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1
vez.—( IN2017188111 ).
Ante
esta notaria se protocoliza el acta de asamblea de socios de Inversiones Mil
Doscientos Noventa y Cuatro Sociedad Anónima, con cedula de persona
jurídica tres-ciento uno-siete cero nueve dos siete ocho; primero: Se revoca al
tesorero se modifica la cláusula de la representación judicial y extrajudicial
y se aumenta el capital social a treinta millones de colones. Es
todo.—Alajuela, 15 de noviembre del 2017.—Licda. María Francela Herrera Ulate,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188113 ).
Ante
esta notaría, mediante escritura treinta y uno, visible al folio dieciséis
vuelto, del tomo cinco, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria
de la sociedad de esta plaza denominada Roca Carolina Del Mar Sociedad
Anónima, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la compañía,
al amparo de lo dispuesto por la ley 9024.—Liberia, Guanacaste, 14 de noviembre
del 2017.—Licda. Yetty María Cortes Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188114
).
Ante
esta notaría, mediante escritura treinta, visible al folio dieciséis frente,
del tomo cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la
sociedad de esta plaza denominada Oak R1dge Limitada, en la que se
acuerda la disolución y liquidación de la compañía, al amparo de lo dispuesto
por la ley 9024.—Liberia, Guanacaste, 14 de noviembre del 2017.—Licda. Yetty
María Cortes Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188115 ).
Ante esta notaría, mediante escritura veintiocho,
visible al folio quince vuelto, del tomo cinco, se protocolizó acta de asamblea
general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada: Luna y Costa
Azul Sociedad Anónima, en la que se acuerda la disolución y liquidación de
la compañía, al amparo de lo dispuesto por la Ley Nº 9024.—Liberia, Guanacaste,
14 de noviembre del 2017.—Licda. Yetty María Cortés Hernández, Notaria.—1
vez.—( IN2017188116 ).
En
asamblea general extraordinaria celebrada el treinta de octubre del dos mil
diecisiete, se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, en cláusula primera del pacto
constitutivo de la sociedad: Servicio Administrativo Cobro y Pagos Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seis
tres dos cero tres ocho. Domiciliada: San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El
General, Pedregoso, setenta y cinco metros sur de la Escuela de Pedregoso.—Lic.
Geovanny José Sibaja Fallas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188118 ).
Ante
esta notaría, a las 16:00 horas del 17 de noviembre del 2017, mediante
escritura Nº 139 del tomo 17, se constituyó la sociedad: Efran CO S. A.
Presidenta: María Haydee Espinoza Molina.—Licda. Yamileth Fernández Sandí,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188119 ).
Se
protocoliza acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas, de la compañía: Las Diecisiete Marías Sociedad Anónima, en
la cual se reforman las cláusulas segunda y novena de los estatus. Se nombra
presidente, secretario, tesorero de junta directiva, fiscal y agente
residente.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Denia Isabel Morera
Flores, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2017188121 ).
Por
escritura trescientos cincuenta y nueve-dos, otorgada a las nueve horas del día
diecinueve de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea
de la sociedad número dos, de Open Codex Box Sociedad Anónima. Se
procede a la disolución de la sociedad. Cualquier interesado sírvase a reclamar
sus derechos.—Licda. Freyda Nazira Valladares Morales, Notaria Pública.—1
vez.—( IN2017188123 ).
Por
escritura número setenta y seis-once, otorgada ante esta notaría, a las 11:30
horas del día dieciocho de octubre del 2017, se protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara del Mar Villa
Número Cincuenta y Seis Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y
realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188124 ).
Por
escritura número ochenta y cinco-once, otorgada ante esta notaría, a las 11:30
horas del día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara del Mar Villa
Numero Treinta y Cuatro Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y
realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188125 ).
Por
escritura número ochenta y tres-once, otorgada ante esta notaría, a las 10:30
horas del día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ara del Mar Villa
Número Treinta y Dos Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y
realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188126 ).
Por
escritura número ochenta y siete-once, otorgada ante esta notaría, a las 12:30
horas del día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara del Mar Villa
Número Quince Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron
nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188127 ).
Por escritura
número ochenta y seis-once, otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del
día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Ara del Mar Villa Número Once
Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos
nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017188128 ).
Por
escritura número ochenta y cuatro-once, otorgada ante esta notaría, a las 11:00
horas del día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara del Mar Villa
Número Veinticuatro Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y
realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188129 ).
Los
suscritos Ok Gwan Kim Soom, mayor, casado una vez, médico, portador de la
cédula de identidad número ocho-cero cero noventa-cero ochocientos setenta y
cuatro, vecino de San José, Pavas, Rohrmoser, del antiguo AID cien metros norte
cincuenta metros este, y Raquel Aurora Carballo de La Espriella, mayor, casada
una vez, ama de casa, vecina de San José, Pavas, Rohrmoser, del antiguo AID
cien metros norte cincuenta metros este, cédula de identidad número
uno-ochocientos cincuenta y tres-cuatrocientos cuarenta y uno, por medio del
presente edicto informa que, como titulares del cien por ciento de las acciones
que representan la totalidad del capital social de Brisas y Sueños Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y siete
mil cincuenta y tres, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría
pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta .—San José, 15 de
noviembre del 2017.—Ok Gwan Kim Soom.—Raquel Aurora Carballo de La Espriella.—1
vez.—( IN2017188131 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas quince minutos del
dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos
de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Punta
Clara Inversiones Inmobiliarias S. A. Donde se acuerda modificar la
cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del
dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188133 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
diez horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad denominada Inversiones Punta Clara ZMT S. A. Donde se
acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José,
dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188135 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez
horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos mil
diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad denominada Península Las Mareas S. A. Donde se
acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José,
dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188136 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del dieciséis de
noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad denominada HZ Desarrollos
ZMT S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos
sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188137 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del dieciséis de
noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones
Península ZMT S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los
estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188138 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco
minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se
protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la
sociedad denominada El Jobo Desarrollos ZMT S. A. Donde se acuerda
modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1
vez.—( IN2017188139 ).
Ante esta notaría, por escritura otorgada a las
once horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete,
donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de
la sociedad denominada Jobo Desarrollos Inmobiliarios S. A. Donde se
acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José,
dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188140 ).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las once horas quince minutos del dieciséis
de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bahía Soley S. A.
Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San
José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller
Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188141 ).
La suscrita, Lucía del Pilar Arburola Rojas, mayor,
casada una vez, microbióloga, cédula número cinco-ciento cuarenta y uno-ciento
sesenta, vecina de Liberia, trescientos cincuenta metros al este del Banco de
Costa Rica, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Lluvia Eterna del Norte S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil setecientos cuarenta y cinco,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas
del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—Liberia, a las quince horas veintitrés minutos del diecisiete del
mes de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lucía del Pilar Arburola
Rojas.—Licda. Aida María Montiel Hector, Notaria.—1 vez.—( IN2017188143 ).
Por escritura pública número ciento cuatro, visible
al folio cincuenta y nueve frente del tomo cuatro del protocolo del licenciado
Geiner Enrique Molina Fernández, otorgada a las ocho horas treinta minutos del
día siete de noviembre del años dos mil dieciséis, se llevó a cabo el cambio de
representantes de la sociedad Villa Sophia El Guayacan Cuatro Sociedad
Anónima, nombrándose como nuevos representante al presidente Maximilian
Hidaldo Jara y como vicepresidente Warren Hidalgo Jara y como secretaria Fanny
Marcela Piedades Jara, y el tesorero el señor Maximiliano Hidalgo Retana, a su
vez se reformo su pacto social en cuanto a las facultades del
representante.—San José, veinte de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic.
Geiner Molina Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017188146 ).
Alejandro
Casasola Abarca y Orlando José Leiva Robles, constituyen la sociedad Soluciones
Globales Servicio al Cliente Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San
José, a las nueve y treinta horas del nueve de noviembre del dos mil diecisiete
ante el notario Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía,
Notario.—1 vez.—( IN2017188147 ).
Ante esta notaría, a solicitud de Fernando Clachar
Baldioceda, quien ostenta la totalidad del capital social de Operaciones
Agroindustriales del Pacífico OAP S. A., cédula jurídica número
3-101-609617, se solicitó el cese de disolución de dicha sociedad al amparo del
transitorio II de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo, 2017 y
su reforma, quedando dicha sociedad en la misma condición jurídica original
antes de la disolución con todos los efectos retroactivos correspondientes.—San
José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Jorge Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—(
IN2017188150 ).
Yo,
Ingrid Brown Sequeira, hago constar que en mi notaría protocolicé acta de Barpan
P&P S. A., cédula 3-101-387238, donde: por acuerdo unánime de los
accionistas éstos acuerdan disolver la sociedad. Escritura otorgada en San
José, a las 13:00 pm del 4 de noviembre del 2017.—Licda. Ingrid Brown Sequeira,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188156 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las horas del día ocho horas del
diecinueve de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de socios de la sociedad Interacciones Creativas CRC
Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena y tercera
revocándose los nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos
nombramientos.—San José, diecinueve de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Ofelia Jiménez Hernández, carnet cinco mil setecientos ochenta y nueve,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188158 ).
Ante
esta notaría, a las 20:00 horas del día 16 de noviembre del 2017. Se
protocolizaron actas de fusión por absorción de las sociedades Vwwabbit
Ltda. y Vw Beetle Ltda., absorbiendo y prevaleciendo Vwwabbit
Ltda.—San José, 09:00 horas del 17 de noviembre del 2017.—Lic. Luis Carlos
Vargas Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017188159 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día veinte de noviembre de dos mil
diecisiete, se solicita el cese de la disolución de la sociedad Ganadera La
Florida Del Norte Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-ciento
treinta y siete mil treinta y dos.—Bagaces veinte de noviembre de dos mil
diecisiete. Licda. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—( IN2017188160 ).
Por
escritura número ochenta y nueve -once, otorgada ante esta notaría, a las 9:30
horas del día catorce de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara Del Mar Villa
Numero Cuarenta y Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y
realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188169 ).
En mi
notaría, por escritura número ciento catorce-sesenta del tomo sesenta de mi
protocolo se protocolizó acta de asamblea de cuotistas de Tres-Ciento
Dos-Seis Cinco Tres Tres Ocho Siete Sociedad De Responsabilidad Limitada
reformando clausulas tercera, sexta y sétima y nombrando gerente y
subgerentes.—Cartago, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Mauricio
Vargas Barguil, Notario.—1 vez.—( IN2017188170 ).
Moraviautos
Sociedad Anónima, nombra nueva junta directiva y
fiscal por todo el plazo social presidente y secretario con facultades de
apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 20 de noviembre.—Lic.
Alexander Granados Loaiza, Notario.—1 vez.—( IN2017188174 ).
Por
escritura otorgada ante mi, a las 16:15 horas del 17 de noviembre del 2017 se
protocoliza acta y se reforma cláusula de junta directiva y representación de Medical
Aesthetics Centroamérica Sociedad Anónima. Se nombre nueva junta
directiva.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—( IN2017188180 ).
Por
escritura número dieciséis de las ocho horas del cuatro de octubre de dos mil
diecisiete, segundo tomo, protocolizo acta de asamblea ordinaria de cuotistas
de las dieciocho horas del dos de octubre del dos mil diecisiete en donde Sánchez
y Piedra S. R. L. revoca nombramiento de gerente y realiza nuevo
nombramiento.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Giselle Piedra Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2017188182 ).
Por
escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad Dawin in the Jungle Sociedad
Anónima, donde se acordó disolver con efecto inmediato la sociedad. Es
todo.—San José, 13 de noviembre del 2017.—Licda. María Laura Vargas Cabezas,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188186 ).
Por
escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general
extraordinaria de cuotistas de la sociedad 3-102-631692, donde se acordó
disolver con efecto inmediato la sociedad. Es todo.—San José, 13 de noviembre
del 2017.—Lic. María Laura Vargas Cabezas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188187 ).
Por
escritura otorgada ante mi a las diez horas treinta minutos del veinte de noviembre
del año dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad Casa Café Alegre
Sociedad De Responsabilidad Limitada, cedula jurídica N° 3-102-714909.—San
José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Eitel Álvarez Ulate, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188192 ).
Por
escritura pública número doscientos diez otorgada a las 17:00 del 4 de octubre
de 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta
de asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo Humberto Álvarez S.
A., se realiza un aumento de capital, modifica el pacto constitutivo en su
cláusula quinta sobre capital de la misma y séptima del pacto y se procede
designar vice.-presidente, tesorero, vocal uno, vocal dos y vocal tres de la
junta directiva así como fiscal.—San José, 17 de octubre del 2017.—Lic. Jorge
Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188193 ).
Por
escritura pública número doscientos siete otorgada a las 14:00 del 4 de octubre
de 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta
de asamblea general extraordinaria de la sociedad Logística de Carga S. A.
por la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula octava del pacto y
se procede designar vicepresidente, tesorero, vocal uno, vocal dos y vocal tres
de la junta directiva así como fiscal y agente residente.—San José, 17 de
octubre de 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188195
).
Por
escritura pública número doscientos ocho otorgada a las 15:00 del 04 de octubre
del 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar ata
de asamblea general extraordinaria de la sociedad Humberto Álvarez Sucesores
S. A. por la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula sexta
del pacto y se procede designar vicepresidente, tesorero, vocal uno, vocal dos
y vocal tres de la junta directiva así como fiscal y agente residente.—San
José, 17 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—(
IN2017188196 ).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, se acordó disolver la sociedad Inversiones
Mil del Pacto M & E S. A., cédula jurídica N° 3-101-242689, a partir de
esta fecha.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Ricardo Ananías Loaiza
Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017188198 ).
El
suscrito Mario Eduardo Sancho Odio, mayor, soltero, agente de seguros, cedula
de identidad uno seiscientos quince-trescientos veinte por medio del presente
edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de INSAFE S. A.,
cédula jurídica N° 3-101-082986 comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciséis
horas treinta minutos del 15 de noviembre de dos mil diecisiete.—Mario Eduardo
Sancho Odio.—1 vez.—( IN2017188199 ).
Ana
Lorena Vega Mesen, mayor, casada un vez, contadora, cédula número
uno-setecientos ochenta y seis-seiscientos ochenta y dos, vecina de San José, e
Lidia Isabel Vega Mesen, mayor, casada una vez, administradora, cédula número
uno-seiscientos ochenta y cinco-doscientos treinta y dos, vecina de San José,
costarricenses, solicitan cese de disolución de la Sociedad Tres-Ciento
Uno-Cuatrocientos Setenta y Seis Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos
cincuenta y nueve.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Ana
Lorena Vega Mesén.—Lidia Isabel Vega Mesén.—1 vez.—( IN2017188200 ).
Por
escritura pública número doscientos nueve otorgada a las 16:00 del 4 de octubre
de 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta
de asamblea general extraordinaria de la sociedad Transportes Logísticos HA
S. A., por la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula octava
del pacto y se procede designar vicepresidente, tesorero, vocal uno, vocal dos
y vocal tres de la junta directiva así como fiscal y agente residente.—San
José, 17 de octubre de 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—(
IN2017188202 ).
Por
escritura pública número dos otorgada a las 14:00 del 13 de octubre del 2017
ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad Almacenes del Pacifico H A
Alpha S. A., por la cual se modifica el pacto constitutivo en su
cláusula octava del pacto y se procede designar vice-presidente, tesorero,
vocal uno, vocal dos y vocal tres de la junta directiva así como fiscal y
agente residente.—San José, 17 de octubre de 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188204 ).
Por
escritura pública número dos otorgada a las 13:00 del 13 de octubre del 2017
ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta de
asamblea general extraordinaria de la sociedad SMC A Servicios Marítimos de
Centro América S. A., por la cual se modifica el pacto constitutivo en su
cláusula octava del pacto y se procede designar vice-presidente, tesorero,
vocal uno, vocal dos y vocal tres de la junta directiva así como fiscal y
agente residente.—San José, 17 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón
Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188206 ).
Por
medio de escritura número cuarenta, otorgada a las diez horas y treinta minutos
del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acuerdo de
socios de la sociedad Librería e Imprenta Hermanos Segura Sociedad Anónima,
donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo relativa al
domicilio de la sociedad, la décima relativa a la representación, se revoca el
nombramiento de toda la junta directiva y del fiscal y se realizan nuevos
nombramientos.—La Unión, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188207 ).
Por
medio de escritura número treinta y nueve, otorgada a las diez horas del
diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acuerdo de
socios de la sociedad Litografía e Imprenta Segura Hermanos Sociedad
Anónima, donde se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo
relativa a la representación, se revoca el nombramiento de toda la junta
directiva y del fiscal y se realizan nuevos nombramientos.—La Unión, diecisiete
de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón,
Notario.—1 vez.—( IN2017188208 ).
Ante esta notaría se constituyó la compañía Corporación
Oskana S. A., capital social: 10.000 colones. Representante: Osvaldo
Jiménez Jiménez.—San José, noviembre del 2017.—Lic. Dagoberto Rivera
Betancourt, Notario.—1 vez.—( IN2017188209 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 02 de noviembre del
2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la
sociedad denominada Nushaba Sociedad Anónima, con cédula jurídica número
tres-ciento uno-cuatro cuatro cero seis cinco cinco, con domicilio en
Guanacaste, Santa Cruz, Huacas, Centro Comercial Las Américas Local, número
quince, modificándose de la cláusula de representación del pacto social
constitutivo y la administración, nombrándose un presidente y secretario, por
todo el plazo social.—Guanacaste, Tamarindo, Santa Cruz, 02 de noviembre del
2017.—Licda. Marilyn Carvajal Pérez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188219 ).
Marta
Espinoza Obando y Javier Muñoz Castro constituyen sociedad anónima Corporación
Espinoza Muñoz S. A. Otorgada 15 de noviembre del 2017.—Lic. Johnny Pérez
Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017188222 ).
La
suscrita notaria hace constar que en mi notaría al ser las catorce horas del
cuatro de octubre del dos mil diecisiete, protocolice el acta en la cual se
acordó la disolución y liquidación de la sociedad identificada con su número de
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil
trescientos veintiuno sociedad anónima, cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil trescientos veintiuno, de
conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José
cinco de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Karla Cerdas López, Notaria.—1
vez.—( IN2017188223 ).
Por escritura otorgada en mi notaría a las 16:00
horas del 17 de noviembre del 2017, se solicitó el cese de la disolución de la
sociedad Ocean Advantage Holdings C. R. S. A, cédula jurídica
3-101-536088.—San Juan de Tibás, 17 de noviembre del 2017.—Lic. José Alberto
Campos Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017188224 ).
Por
escritura número ciento noventa y nueve del tomo dieciséis del protocolo del
suscrito notario de las trece horas del dieciséis de noviembre de dos mil
diecisiete, protocolicé acta de Treinta y Siete Mil Veintiocho L Plateado
Noventa y Nueve Sociedad Anónima, donde se acuerda su disolución.—Lic. José
Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—( IN2017188238 ).
Por
escritura otorgada ante mí a las 10:40 horas del día 17-11-2017 se pide el cese
de disolución de la sociedad Martzacar Internacional S. A., cédula
jurídica 3-101-274388.—Lic. Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—(
IN2017188240 ).
Mediante escritura número ciento treinta otorgada a
las nueve horas del trece de noviembre de dos mil diecisiete, por acuerdo de
socios se nombre nuevo presidente de la sociedad Ferretería y Materiales
Chong Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos seis
ocho nueve nueve dos. Presidente. Mario Enrique Chong Yu, casado una vez,
comerciante, con cédula de identidad número uno-ochocientos sesenta y
tres-seiscientos cincuenta y ocho, vecino de Limón centro, de la comandancia
ciento veinticinco metros al oeste, con facultades de apoderado generalísimo
sin límite de suma actuando en forma individual. Domicilio social: Limón
centro, de la comandancia ciento veinticinco metros al oeste, cantón y distrito
primero.—Limón, trece de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Thelma Curling
Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188241 ).
Mediante
escritura otorgada en mi notaría, se modificó la cláusula sexta, de los
estatutos de la sociedad tres-ciento dos-cuatrocientos setenta mil quinientos
veintiséis sociedad de responsabilidad limitada, actualmente Soluciones
Estructurales Inteligentes Sei, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Federico Jenkins
Moreno, Notario.—1 vez.—( IN2017188242 ).
El
suscrito Ramón Javier Aguilar Revelo, mayor, casado dos veces, empresario,
portador de la cédula de identidad número uno-quinientos setenta y siete-
cuatrocientos treinta y cinco y vecino de San José, San Rafael de Escazú,
condominio “Chula Vista”, por medio del presente edicto informo que, como
titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que
representan la totalidad del capital social de Buddha Modas del Oriente IQC
Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-287106, compareceré dentro
del plazo de ley, ante notario público a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional el cese de la disolución de la sociedad, al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo
del 2017, y su reforma.—San José, 11:00 horas del 15 de noviembre del 2017.—Lic.
Ramón Aguilar Revelo, Notario.—1 vez.—( IN2017188248 ).
El
suscrito Ramón Javier Aguilar Revelo, mayor, casado dos veces, empresario,
portador de la cédula de identidad número uno- quinientos setenta y siete-
cuatrocientos treinta y cinco y vecino de San José, San Rafael de Escazú,
condominio “Chula Vista”: por medio del presente edicto informo que, como
titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que
representan la totalidad del capital social de Bodas Creativas Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-217179, compareceré dentro del plazo de ley, ante
Notario Público a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la
disolución de la sociedad, al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su
reforma.—San José. 11:10 horas del 15 de noviembre del 2017.—Lic. Ramón Aguilar
Revelo, Notario.—1 vez.—( IN2017188249 ).
Ante
mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la
empresa: Anturios de Guápiles S. A., donde se reforma la cláusula
segunda del pacto constitutivo, a las doce horas del diez de noviembre del dos
mil diecisiete.—San José, 10 de noviembre del 2017.—Licda. María Estrella
Jiménez Sancho, Notaria.—1 vez.—( IN2017188255 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 17 de noviembre
del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la compañía: Vassilissia S. A., mediante la cual se
reformó la cláusula octava del pacto social.—San José, 17 de noviembre del
2017.—Licda. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188256 ).
Mediante
escritura número nueve, del tomo quinto: El señor James Albert Wiegand único
apellido Wiegand en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, divorciado
una vez, pensionado, portador de la cédula de residencia permanente número uno
ocho cuatro cero cero uno dos cuatro tres cuatro uno nueve, vecino de
Montezuma, Delicias, cien metros al norte del puente Amarillo, Cóbano,
Puntarenas; por medio del presente edicto informa que, como titular del
cincuenta y un por ciento de las cuotas que representan la totalidad del
capital social de: Grupo Dos Jaime de Playa Hermosa Limitada, cédula de
persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos doce mil treinta y cinco,
comparece ante esta notaría, a solicitar el cese de la disolución de la
sociedad, al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho del veintiuno de
marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario
Oficial La Gaceta.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Luis
Guillermo Marín Bonilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188260 ).
El
suscrito notario hace constar que por escritura ciento dos-nueve, otorgada a
las ocho horas del día diecisiete de octubre del dos mil diecisiete en San
José, protocolicé acuerdo de actas de asamblea general extraordinaria de la
sociedad denominada: Cruz de Castañas Inter Sociedad Anónima, cédula
jurídica número: tres-ciento uno-quinientos treinta y cinco mil cuatrocientos
ochenta y cinco, mediante los cuales se acuerda: reforma de la representación y
en sus cargos, revocatoria de persona con nombramiento y ratificación de
nombramiento en persona jurídica.—San José, a las diecisiete horas del día
diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Walter Rubén Hernández
Juárez, Notario.—1 vez.—( IN2017188264 ).
Juan
Carlos Chaverri Gamboa, mayor, soltero, comerciante, portador de la cédula de
identidad número uno-seiscientos diecisiete-seiscientos diez, y Georgina
Chaverri Gamboa, mayor, soltera, comerciante, portadora de la cédula de
identidad número: uno-seiscientos treinta y nueve-cuatrocientos ochenta, ambos
vecinos distrito cero tres Chomes, Poblado Punta Morales, Puntarenas,
quinientos metros al sur de la cantina El Huevo, por medio del presente edicto
informamos que, como titulares de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de: Cruceros Bena
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y
cinco mil doscientos cincuenta y nueve, compareceremos, dentro del plazo de
ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la
cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el
cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el
transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del
2017, y su reforma.—Heredia, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Walter Acosta
Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017188265 ).
La
suscrita Gina Meléndez Benovici, mayor, divorciada dos veces, abogada, vecina
de San José, costado este del Restaurante Bar Café Mundo, Barrio Otaya, cédula
número uno-cero cuatrocientos cuarenta y ocho-cero ciento veintinueve, por
medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un
por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Orisa
de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos veintidós mil novecientos noventa y siete, comparecerá, dentro
del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo
del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San
José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Gina Meléndez Benovici,
Abogada.—1 vez.—( IN2017188267 ).
La
suscrita Gina Meléndez Benovici, mayor, divorciada dos veces, abogada, vecina
de San José, costado este del Restaurante Bar Café Mundo, Barrio Otaya, cédula
número uno-cero cuatrocientos cuarenta y ocho-cero ciento veintinueve, por
medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un
por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de: Margin
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y siete
mil trescientos setenta y ocho, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinte de
noviembre del dos mil diecisiete.—Gina Meléndez Benovici, Abogada.—1 vez.—(
IN2017188268 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las once horas del catorce de noviembre del dos
mil diecisiete, se disminuyó el capital social y se modificó la cláusula quinta
del pacto constitutivo de la empresa denominada Estrella DSEL Norte Sociedad
Anónima.—San José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. José
Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2017188269 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas del catorce de noviembre del dos
mil diecisiete se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la
empresa denominada Jusolse de Santa Ana Sociedad Anónima y se
reestructura su junta directiva.—San José, catorce de noviembre del 2017.—Lic.
José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2017188270 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diez horas del catorce de noviembre del dos
mil diecisiete se disminuyó el capital social y se modificó la cláusula quinta
del pacto constitutivo de la empresa denominada Calova Limitada.
Capital suscrito y pagado.—San José, catorce de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2017188271 ).
La
suscrita, como social que representa el 100% del capital social de
la firma Inversiones
Empresariales del Norte I E N S. A., con cédula jurídica
número 3-101-197950 de conformidad con la ley 9485 del 19 de octubre del 2017,
anuncio que estoy solicitando el cese de la disolución de la indicada sociedad,
efectuado por el Registro Mercantil de conformidad con el Transitorio II de la
ley 9428.—San José, 28 de octubre del 2017.—Lic. María Cristina Solano Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188278 ).
La
suscrita, como social que representa el 100% del capital social de la firma Inversiones
Empresariales del Sur IES S. A., con cédula jurídica número
3-101-210382 de conformidad con la Ley 9485 del 19 de octubre del 2017, anuncio
que estoy solicitando el cese de la disolución de la indicada sociedad,
efectuado por el Registro Mercantil de conformidad con el Transitorio II de la
Ley 9428.—San José, 28 de octubre del 2017.—Licda. María Cristina Solano Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188279 ).
Ante esta notaría, se costituyó en San José, la Sociedad
Anónima New Days Concepts CR S. A., el día treinta de octubre
del 2017.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017188281 ).
Por
escritura otorgada hoy ante mí, la sociedad Santa Mónica S. A., modifica
la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San Mateo, 17 de noviembre del año
dos mil diecisiete.—Lic. Gerardo Arturo Badilla Rumoroso, Notario.—1 vez.—(
IN2017188285 ).
Ante
esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Digital
Consulting Events and Professional Marketing Services S. A., donde
se procedió a reformar la cláusula novena de la representación social.—San
José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Walter Solís Amen,
Notario.—1 vez.—( IN2017188297 ).
Ante
esta notaría, se solicita la reforma de la cláusula correspondiente al capital
social de la entidad Consultoría Forestal Barrantes y Asociaciados
Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos mil
ochocientos noventa y tres, para que el mismo aumente a la suma de doce mil
colones exactos, suscribiendo cada socio una acción y haciendo al aporte por
cada una de mil colones exactos a la cuenta bancaria de la sociedad.—Nicoya,
dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Firma Ilegible.—1 vez.—(
IN2017188299 ).
Mediante
escritura número cuatrocientos ocho, otorgada ante el notario, Carlos
Bertarioni Bolaños a las trece horas del diecisiete de noviembre de dos mil
diecisiete, Gerardo Ocampo Chaves, cédula 5-136-153, solicita al Registro
Nacional el cese de la disolución de Inversiones Mar Azul Sociedad Anónima,
cédula jurídica 1-065361. Es todo.—Lic. Carlos Bertarioni Bolaños, Notario.—1
vez.—( IN2017188303 ).
Ante
esta notaría de José Antonio Reyes Villalobos, mediante escritura número 14
Bis-4, visible al folio 13 F al folio 14V, otorgada en San José, a las 9 horas
con 20 minutos del 20 de noviembre del año 2017, se procedió a modificar el
pacto constitutivo de la sociedad Soluciones Eleusis S. A., con cédula
de persona jurídica número 3-101-589863.—San José, a las 11 horas con 00 del 20
de noviembre del 2017.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—(
IN2017188305 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, las sociedades Colegio
Británico de Costa Rica Sociedad Anónima y BritEd Sociedad Anónima,
acordaron unánimemente y a nivel de asambleas general ordinaria y
extraordinaria de socios, fusionarse por absorción plena que hace la primera,
de la segunda. Prevalece entonces Colegio Británico de Costa Rica Sociedad
Anónima. Igualmente, la sociedad prevaleciente: Colegio Británico de
Costa Rica Sociedad Anónima, modifica la cláusula quinta de su pacto
constitutivo: Del capital social aumentándolo. Dicho aumento ha sido
debidamente suscrito y pagado.—San José, dieciséis de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Esteban A. Chacón Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017188306 ).
Los
socios que representan más del 51% del capital social de la sociedad Inversiones
Papin Noventa y Ocho Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica N°
3-101-221560, comparecieron ante esta notaría a solicitar el cese de su
disolución, de manera que esta sociedad quede en la misma condición en que se
encontraba antes de su disolución, de conformidad con la Ley N° 9428 y del Transitorio
II de la Ley N° 9485 del 28/09/2017. Cualquier comunicación dirigirla a
licvargasq@gmail.com.—San Ramón de Alajuela, 20 de noviembre del 2017.—Lic.
Abraham Vargas Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2017188308 ).
Ante
mí a las 11:02 horas del 09 de noviembre de dos mil diecisiete, escritura
número 292-15 del tomo 15 del protocolo de la suscrita se
protocolizó acta número uno de la
sociedad Jairtere S. A., con cédula jurídica número 3-101-287619 en
donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría 2770-3341.—Pérez
Zeledón, 09 de noviembre del 2017.—Msc. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188310 ).
Ante
esta notaría, se tramita solicitud al Registro de Personas Jurídicas, el cese
de disolución de la sociedad: RMS Turam Galería Sociedad Anónima, cedula
jurídica 3-101-316014 por parte de Carlos González Solís, cedula de identidad
número dos cuatrocientos ochenta y cinco cuatrocientos cuarenta y
dos.—Alajuela, veinte de noviembre del 2017.—Lic. Marco A Espinoza Ortega,
Notario.—1 vez.—( IN2017188311 ).
Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas
del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
de la sociedad Okystorecom Limitada, en la que se modifica la cláusula
primera de la razón social.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Ana Lorena
Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2017188313 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de
noviembre del dos mil diecisiete, se reforma junta directiva y domicilio de la
sociedad: tres-ciento uno-setecientos cuarenta mil novecientos cincuenta y
uno sociedad anónima.—Heredia, a las quince horas del diecisiete de
noviembre del dos mil diecisiete.—Master Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1
vez.—( IN2017188314 ).
El
suscrito Michael Germán Villalobos Salazar, mayor, casado, empresario, vecino
de San José , portador de la cédula de identidad número uno-cero nueve cuatro
siete-cero nueve cero dos, por medio del presente edicto informa que, como
titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que
representan la totalidad del capital social de Vista del Pacífico Cerbaca VM
Dos S. A., cédula jurídica número 3-101-430555, comparecerá, dentro del
plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante
la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el
cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el
transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del
2017 y su reforma.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Víctor Manuel Lobo
Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2017188315 ).
El suscrito Michael Germán Villalobos Salazar,
mayor, casado, empresario, vecino de San José , portador de la cédula de
identidad número uno-cero nueve cuatro siete-cero nueve cero dos, por medio del
presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento
de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Maliche
Langosta Estates S. A., cédula jurídica número 3-101-428063, comparecerá,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto
en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de
marzo del 2017, y su reforma.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Víctor
Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2017188316 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario el día de hoy, las sociedades Tres
Esquinas De La Chiripa S. A. y Ruthle Asesoría Internacional S. A.,
por haber sido disueltas de oficio por el Registro Nacional, expresamente
solicitan el cese de la disolución, dejando las sociedades en la misma condición
jurídica en que se encontraban, con los efectos retroactivos que ello
conlleva.—Alajuela, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Miguel Ángel Jimenez
Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188317 ).
La suscrita notaria hace constar que ante mí, se
protocolizó el acta número trece de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la compañía Torre Guatetico de la Virgen Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil quinientos
ochenta y seis, en la cual se acordó la fusión por absorción de la compañía con
la sociedad Corporación Salinas e Hijos S. A., prevaleciendo esta
última.—San José, veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Carolina
Quirós Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188318 ).
La
suscrita notaria hace constar que ante mí se protocolizó el acta número ocho de
asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación
Salinas e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento un mil ciento cuarenta y siete, en la cual se acordó la fusión por
absorción de la compañía con la sociedad Torre Guatetico de la Virgen S. A.,
prevaleciendo Corporación Salinas e Hijos S. A.; asimismo se modificó la
cláusula quinta del capital social.—San José, veinte de noviembre de dos mil
diecisiete.—Licda. Carolina Quirós Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188319 ).
Por
escritura número 127 del tomo segundo de mi protocolo de las 16 horas del 16 de
agosto de 2017, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de accionistas
número uno de Expresiones en Cromo S. A., que nombra un nuevo presidente
de la junta directiva.—San José, 17 de noviembre de 2017.—Licda. Celia María
Cabezas Enciso, Notaria.—1 vez.—( IN2017188321 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 13 de octubre del 2017,
se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotitas de la
sociedad de responsabilidad limitada denominada: Vista Azul de Manuel
Antonio Maca Sociedad de Responsabilidad Limitada, se acuerda reformar la
cláusula quinta de los estatutos de la compañía. Silvia Díaz Solano, teléfono:
2234-0233, correo electrónico sdiaz@artaviaybarantes.com. Dirección: San José,
Barrio Escalante, calle 31 avenidas 9 y 11, Artavia y Barrantes Abogados.—San
José, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Silvia Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188322 ).
Ante
esta notaria se otorgó escritura de disolución de sociedad de la compañía Inversiones
Rokoya Sociedad Anónima, al ser las diez horas con cuarenta minutos del
ocho de noviembre del dos mil diecisiete. Es todo.—San José, a las quince horas
del quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Erika Chaverri Palma,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188324 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 08 horas del 10/11/2017, Antonio Aguilar
Martínez y Flor de María Montoya Molina, dueñas del capital social de Vegetación
y Tierra del Oeste S. A., solicitan el cese de su disolución.—San José, 16
de noviembre del 2017.—Lic. Randall Luna Jimenez, Notario.—1 vez.—(
IN2017188326 ).
El
suscrito notario protocoliza acta de las nueve horas del nueve de octubre de
dos mil diecisiete, en la que se reforma estatutos de la sociedad
Inversiones GACM Latinoamérica SRL.—San José, diecisiete de noviembre de
dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1 vez.—(
IN2017188327 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy se solicita al Registro
Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad Bijou
Colección S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y
ocho mil setecientos treinta y nueve, por encontrarse cancelados los periodos
adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las
Personas Jurídicas.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Roberto Castillo
Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017188333 ).
Los
que suscriben Flor María Sibaja Rojas, quien es mayor, casada una vez, ama de
casa, cédula de identidad número cinco-doscientos trece-seiscientos noventa y
cinco, y el señor Carlos Berrocal Ríos, quien es mayor, casado dos veces,
comerciante, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y
siete-trescientos ochenta, ambos vecinos de San Vicente de San Domingo de
Heredia, Residencial del Norte, casa número veintiocho; por medio del presente
edicto informamos que como titulares del cien por ciento de las acciones que representan
la totalidad del capital social de la sociedad Veintinueve de Enero Sociedad
Anónima, cédula Jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil
veintidós, compareceremos dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese
una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San Vicente de Santo Domingo de
Heredia, a las diez horas del veintiséis de octubre del dos mi diecisiete.—Flor
María Sibaja Rojas y Carlos Berrocal Ríos.—1 vez.—( IN2017188335 ).
El
suscrito, James Lawrence (nombre) Trask (apellido) de único apellido en razón
de su nacionalidad estadounidense, mayor de edad, casado una vez, empresario,
vecino de Quepos, Manuel Antonio, Condominio Cañón Verde, Casa Bambú, portador
del pasaporte de su país número cinco cuatro cinco ocho tres tres uno nueve
dos, dueño de la totalidad del capital social de la compañía denominada Corporación
J&J Real State Sociedad Anónima con cédula jurídica número
3-101-417922, hace constar que conforme al Transitorio II de la Ley 9428,
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, mediante
escritura otorgada ante el Notario Público de su elección el cese de la
disolución de la sociedad precitada.—James Lawrence Trask.—1 vez.—(
IN2017188336 ).
En mi
notaría en escritura pública número seis otorgada a las 18 horas 20 minutos del
día dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, el señor Lok Lo Chan Wong
solicita al Registro el cese de la disolución de la sociedad Turística
Ecoten S. A., cédula jurídica 3-101-228889.—Grecia, 16 de noviembre del
2017.—Licda. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188337 ).
En mi notaría en escritura pública número cinco
otorgada a las 17 horas 56 minutos del día dieciséis de noviembre del dos mil
diecisiete, el señor Lok Lo Chan Wong solicita al Registro el cese de la
disolución de la sociedad Golondrina Amanecer S. A., cédula jurídica
3-101-150291.—Grecia, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Isabel Cristina Vargas
Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188338 ).
Por
escritura 82 del tomo 26, a las 13 horas del día 20 de noviembre de 2017, ante
esta notaría, se modificaron las cláusulas: Primera del nombre social para que
en adelante se denomine Aires del Pacífico Sociedad Anónima, segunda del
domicilio social y octava de la administración para que ahora sea
administrada por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal,
además de un fiscal, de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Cuarenta y
Seis Mil Novecientos Catorce, cédula jurídica 3-101-546914.—San José, 20 de
noviembre de 2017.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017188339 ).
Ante
esta notaría, mediante escritura número ochenta y ocho-siete de las diez horas
del trece de noviembre del dos mil diecisiete, se acordó disolver la sociedad
Interpro E.L. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-183301. Es todo.—San
José, trece de noviembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Magda González
Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188340 ).
Pedro
Mena Martínez, mayor, divorciado, maestro de obras cédula N° 800810277, vecino
de Santo Domingo de Heredia de la Escuela Félix Arcadia Montero, cien metros
norte y veinte metros oeste, informo, que como titular de más del cincuenta y
un por ciento de las acciones que representan el capital social de Constructores
J & P de SD S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
treinta y cuatro mil trescientos cincuenta y ocho, compareceré, dentro del
plazo de ley, ante notaria pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual solicitaré al Registro de Personas Jurídicas, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 del 21 de marzo del 2017 y su
reforma.—Pedro Mena Martínez.—1 vez.—( IN2017188345 ).
Por
escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del dieciocho de
noviembre de dos mil diecisiete, la compañía Inversiones Agrícolas G V G E
Hijos Sociedad Anónima modificó la cláusula octava, de la
representación.—San José, Costa Rica, 20 de noviembre de 2017.—Licda. Ana María
Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188347 ).
Ante
mi notaría, se solicita el cese de disolución de Inmobiliaria Coffee
Terroirs VF Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
dos-cuatrocientos noventa mil quinientos veinte, quedando esta persona jurídica
en la misma condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución, con
los efectos retroactivos que ello conlleva.—San José, veinte de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—(
IN2017188348 ).
Ante
mi notaría, por escritura número cien del tomo sexto de mi protocolo, de las
ocho horas treinta minutos del veinte de noviembre del año en curso, se realizó
cambio de junta directiva y cambio de domicilio social de C y J de
Guanacaste Sociedad Anónima, tres-uno cero uno-uno cinco tres nueve uno
ocho.—Nicoya, Guanacaste, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Hamrin Abadía Briceño, Notario.—1 vez.—( IN2017188349 ).
Mediante
escritura autorizada por mí, a las 8:15 horas del 20 de noviembre de 2017, se
protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo
Corporativo Skyway Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-671222; mediante la cual se reforma el domicilio de la Compañía.—San
José, 20 de noviembre de 2017.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017188356).
Se
modifica la cláusula de la administración de: Encuentra Veinticuatro.Com
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos cincuenta y cinco mil setecientos noventa y seis.—San José, a
las catorce horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—( IN2017188357 ).
Se
efectúa cambio de junta directiva y se modifica cláusula sexta de: Merkdos
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos ochenta y cinco mil trescientos treinta y nueve.—San José, a
las catorce horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—( IN2017188360 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 08 de noviembre del
2017, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad: Gases
Industriales Gastech S. A., en la que se modifica la cláusula primera de
los estatutos “Primera: del nombre: la sociedad se denomina: Gases
Industriales Gastec Sociedad Anónima abreviable su aditamiento en “S.
A.”.—San José, 08 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña,
Notario.—1 vez.—( IN2017188363 ).
La
suscrita, Carmen Lidia Vega Picado, mayor, viuda, ama de casa, vecina de
Villarreal, Santa Cruz, Guanacaste, Playa Tamarindo, del Hotel Jardín de Edén,
ciento cincuenta metros este en casa Jabalí, placa de cerámica con nombre Casa
Jabalí en el muro (unicornio blanco tamaño natural), portadora de la cédula de
identidad número cinco-cero uno siete cero-cero cuatro seis tres, por medio del
presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de
las acciones que representan la totalidad del capital social de: Capricornio
C L P de Tamarindo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-trescientos cincuenta mil ciento treinta y nueve, comparecerá, dentro del
plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo
del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Lugar
y fecha: San José, diez horas diez minutos del veinte de noviembre del dos mil
diecisiete.—Carmen Lidia Vega Picado.—1 vez.—( IN2017188365 ).
Mediante
asamblea general extraordinaria de socios de las dieciocho horas del
veintisiete de octubre del dos mil diecisiete, con fundamento en el artículo
doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución
de la sociedad: Yoce de Sabanilla Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-doscientos mil ciento veintinueve, de lo cual da fe la
notaria que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San
Ramón, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carmen Lidia
Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188366 ).
Mediante
escritura Nº 272-13, otorgada el día de hoy, el único socio de Windfields
S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-492017, le solicita al Registro Nacional,
el cese de la disolución de dicha sociedad. Se cancela nombramiento de
liquidador.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Ricardo González Fournier,
Notario.—1 vez.—( IN2017188368 ).
Ante
mí, a las 10:48 horas del 09 de noviembre del 2017, escritura Nº 290-15 del
tomo 15 del protocolo de la suscrita, se levantó acta notarial de la sociedad Grupo
Empresarial Cenalvamo S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-355148, en donde
se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría: 2770-3341.—Pérez Zeledón,
09 de noviembre del 2017.—MSc. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188369 ).
Ante
esta notaría a solicitud de Mariflor Guier Serrano y Fernando Clachar
Baldioceda, quienes ostentan la totalidad del capital social de Agroindustria
Galeón del Pacífico S. A., cédula jurídica número 3-101-271284, se solicitó
el cese de disolución de dicha sociedad al amparo del transitorio II de la Ley
de Personas Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma, quedando
dicha sociedad en la misma condición jurídica original antes de la disolución
con todos los efectos retroactivos correspondientes.—San José, 17 de noviembre
del 2017.—Lic. Jorge Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017188373 ).
Por
escritura número veintiocho de las nueve horas del veinte de noviembre del dos
mil diecisiete, se transformó la sociedad Inversiones Lily Sociedad Anónima,
titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos
mil doscientos ochenta y siete, en sociedad de responsabilidad limitada.—San
José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Elena Castillo
Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017188374 ).
Johnny Martin Arma Vargas, cédula nueve-cero
sesenta y cinco-novecientos noventa y nueve, Regina Blustein Perales, cédula
nueve-cero sesenta y ocho-doscientos veintitrés, totalidad de las acciones de
la sociedad Comercializadora la Misión Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres- ciento uno-trescientos ochenta y siete mil doscientos treinta y dos,
solicitan el cese de la disolución de la sociedad, por ley 9428.—San José, 20
de noviembre del 2017.—Lic. Johnny Martin Arma Vargas, Notario.—1 vez.—(
IN2017188375 ).
La
suscrita Katherine Amador Vargas, mayor de edad, divorciada una vez,
administradora, portadora de la cédula de identidad número 1-0869-0655, vecina
de San José, Escazú, Guachipelín, ochocientos metros al oeste de la entrada
número uno, tercera casa a mano izquierda, por medio del presente edicto
informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones
que representan la totalidad del capital social de la empresa: Corporación
Flor de Papel S. A., cédula jurídica número: 3-101-336862, comparecerá,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a las ocho horas cuarenta minutos del catorce de
noviembre del diecisiete.—Katherine Amador Vargas, Administradora.—1 vez.—(
IN2017188376 ).
El suscrito Luis Alonso Salazar Rodríguez, mayor de
edad, divorciado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad número:
1-736-761, vecino de San José, Tibás, de la Municipalidad cien metros al este y
cincuenta metros al norte, frente a Autolavado San Juan, por medio del presente
edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de la empresa: Forest
Of Illusions S. A., cédula jurídica número: 3-101-420079, comparecerá,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428
de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La
Gaceta.—San José, a las ocho horas treinta minutos del catorce de noviembre
del dos mil diecisiete.—Luis Alonso Salazar Rodríguez.—1 vez.—( IN2017188377 ).
El
suscrito; Luis Alonso Salazar Rodríguez, mayor de edad, divorciado una vez,
abogado, portador de la cédula de identidad número: 1-736-761, vecino de San
José, Tibás de la Municipalidad cien metros al este y cincuenta metros al
norte, frente a Autolavado San Juan, por medio del presente edicto informa que,
como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de la empresa: tres-ciento
uno-quinientos trece mil siete s. a., cédula jurídica número: 3-101-513007,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, a las
ocho horas del catorce de noviembre del año diecisiete.—Lic. Luis Alonso
Salazar Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017188378 ).
El
suscrito; Luis Alonso Salazar Rodríguez, mayor de edad, divorciado una vez,
abogado, portador de la cédula de identidad número: 1-736-761, vecino de San
José, Tibás de la Municipalidad cien metros al este y cincuenta metros al
norte, frente a Autolavado San Juan, por medio del presente edicto informa que,
como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de la empresa: Inversiones El
Griego S. A., cédula jurídica número: 3-101-035258, comparecerá, dentro del
plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante
la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el
cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el
transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo
del 2017, y su reforma.—San José, a las ocho horas veinte minutos del catorce
de noviembre del año diecisiete.—Lic. Luis Alonso Salazar Rodríguez, Abogado.—1
vez.—( IN2017188379 ).
El
suscrito; Luis Alonso Salazar Rodríguez, mayor de edad, divorciado una vez,
abogado, portador de la cédula de identidad número: 1-736-761, vecino de San
José, Tibás, de la Municipalidad cien metros al este y cincuenta metros al
norte, frente a Autolavado San Juan, por medio del presente edicto informa que,
como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de la empresa: Inmobiliaria
Zulema S. A., cédula jurídica N° 3-101-146735, comparecerá, dentro del
plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de
marzo del 2017, y su reforma..—San José, a las ocho horas diez minutos del
catorce de noviembre del año diecisiete.—Lic. Luis Alonso Salazar Rodríguez,
Abogado.—1 vez.—( IN2017188380 ).
Por
escritura número veintinueve de las nueve horas treinta minutos del veinte de
noviembre del año dos mil diecisiete se transformó la sociedad Tres-Ciento
Uno-Quinientos Treinta Mil Trescientos Treinta y Seis Sociedad Anónima,
titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil
trescientos treinta y seis, en sociedad de responsabilidad limitada.—San José,
veinte de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188381 ).
Por
escritura número treinta y uno, tomo cinco de mi protocolo los señores José
Luis Bustamante Cerdas, e Ingrid Yamira Lewis Peña, como dueños de la totalidad
del capital social de la sociedad Inversiones Ariana y Cristian Sociedad
Anónima, se solicita cese de disolución, por transitorio de la ley nueve
mil cuatrocientos veintiocho y a su vez reformado por ley nueve mil cuatrocientos
ochenta y cinco. Tel 8677-8720.—Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, Notario.—1
vez.—( IN2017188383 ).
A
todas aquellas personas que tengan interés y relación de cualquier naturaleza
con la empresa HL Exploatatiile Internacionale Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres- ciento uno-seiscientos treinta mil trescientos setenta y
seis, con domicilio social en San José, Paseo Colón, edificio Torre Mercedes,
Noveno Piso, Oficina Weinstok Abogados, así como al público en general, se les
hace saber que los accionistas que son propietarios de más del cincuenta y uno
por ciento -51%- del capital social suscrito y pagado de la referida empresa,
comparecerán en escritura pública a solicitar al Registro Nacional el cese de
su disolución, de manera que esta sociedad quede en la misma condición en que
se encontraba antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello
conlleva, según lo regulado por la Reforma del Transitorio II de la Ley N°
9428, Impuesto de las Personas Jurídicas de 21 de Marzo de 2017. Cualquier
comunicación dirigirla a Uri Weinstok email uweinstok@blplegal.com.—Uri
Weinstok Mendelewicz.—León Weinstok Mendelewicz.—1 vez.—( IN2017188385 ).
Mediante la escritura de protocolización número
noventa del protocolo tres, del suscrito notario, otorgada en Uvita de Osa de
Puntarenas, a las quince horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.
La sociedad costarricense Rhino J.C.M.C. S. A., cédula jurídica
3-101-449801, modifica sus estatutos. Es todo.—Uvita, Osa, Puntarenas, veinte
de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho,
Notario.—1 vez.—( IN2017188393 ).
El
suscrito notario da fe que con fecha diecisiete de noviembre del dos mil
diecisiete se ha solicitado al Registro Público que cese la disolución de la
sociedad Nafos Sociedad Anónima, para que la sociedad quede en la misma
condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución. Es todo.—Limón
diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Salvador Orozco Trejos,
Notario.—1 vez.—( IN2017188397 ).
El
suscrito notario da fe que con fecha diecisiete de noviembre del dos mil
diecisiete, se ha solicitado al Registro Público que cese la disolución de la
sociedad Agrícola Foster y Hermanos S. A., para que la sociedad quede en
la misma condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución. Es
todo.—Limón, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Salvador
Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—( IN2017188398 ).
Por
escritura otorgada a las dieciocho horas del quince de noviembre en curso se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tienda
Cristal Sociedad Anónima en que se reformó el pacto social.—San José,
quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Fernández Zeledón,
Notario.—1 vez.—( IN2017188400 ).
Nosotros, Michael Jayag (nombre) Tabi (apellido) de
único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una
vez, pensionado, anteriormente con pasaporte de su país número 096964929,
actualmente con pasaporte de su país número 545538775, Michelle Karen (nombre)
Tabi (apellido) de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense,
mayor, casada una vez, administradora, anteriormente con pasaporte de su país
número 5962516, actualmente con pasaporte de su país número 55595515 y Scott
Allan (nombre) Drosselmeier (apellido) de único apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, maestro, anteriormente con
pasaporte de su país número 113324277, actualmente con pasaporte de su país
número 555955519, todos vecinos de 12-27 Summer Place, Farilawn, Nueva Jersey,
Estados Unidos de América, en nuestra condición de únicos socio de la sociedad
denominada Inversiones DRQ Diecisiete Mil S. A., con número de cédula
jurídica 3-101-405869, en virtud de que la sociedad fue disueltas por la
aplicación de la ley nueve mil veinticuatro, solicitamos el cese de la
disolución de dicha sociedad.—15 de noviembre del 2017.—Michael Jayag
Tabi.—Michelle Karen Tabi.—Scott Allan Drosselmeir.—1 vez.—( IN2017188401 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 14 de noviembre del 2017,
protocolicé acta de: Bambú Weddings S. A., de las 09:00 horas del 03 de
octubre del 2017, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo
de socios.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2017188403 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas en que se reforman las cláusulas: segunda y
sétima, se nombra tesorero y agente residente de la sociedad: Matvolsa
Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Mauricio
Martínez Parada, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017188406 ).
El
suscrito Edwin Ramírez Calvo, mayor, soltero conviviendo en unión libre,
agricultor, portador de la cédula de identidad número nueve-cero cuarenta y
seis-trescientos sesenta y uno, vecino de Liberia-Loma Alta, del quebrador de
Potrerillos, tres kilómetros al oeste, por medio del presente edicto informo
que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de: Agropecuaria La Bambi S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiséis mil seiscientos
veintidós, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto
de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una
vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Atenas, a las once horas del veinte
de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Adrián Prado Salas, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017188407 ).
La suscrita Zoila Flor Ramírez Arce, mayor de edad,
casada una vez, abogada, portadora de la cédula de identidad número
dos-cuatrocientos ochenta-cuatrocientos noventa y dos, vecina de Alajuela, San
Ramón, Piedades Norte, por medio del presente edicto informa que, como titular
de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital social de: Mayfra Z.F.R. S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos sesenta y
cinco, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de
otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas
Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario
Oficial La Gaceta.—Atenas, a las nueve horas del veinte de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Adrián Prado Salas, Notario.—1 vez.—(
IN2017188408 ).
Herkus
Mil Novecientos Noventa Sociedad Anónima, cédula
jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil cuatrocientos
cincuenta y cuatro, domiciliada en San José, Ciudad Colón, Barrio La Trinidad,
trescientos metros sur de la Iglesia; protocoliza acta: de acuerdo de
disolución de sociedad. Escritura número setenta y seis-treinta y uno del tomo
treinta y uno, otorgada a las catorce horas del trece de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017188411
).
Elektronik
W.K. Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil seiscientos cuarenta y seis,
domiciliada en San José, Mora, Ciudad Colón, Barrio La Trinidad, trescientos
metros sur de la Iglesia; protocoliza acta: de acuerdo de disolución de
sociedad. Escritura número setenta y cinco-treinta y uno del tomo treinta y
uno, otorgada a las trece horas del trece de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017188415
).
Cardiofit Rehabilitación & Sport Lab Sociedad
de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos noventa y cinco mil
quinientos cincuenta y siete, domiciliada en San José, Clínica Burstin, frente
a Clínica Bíblica, tercer piso; protocoliza acta: de acuerdo de disolución de
sociedad. Escritura número uno-treinta y dos del tomo treinta y dos, otorgada a
las ocho horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan
Carlos Matamoros Carvajal, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188416 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del
veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Betaman Dos
Mil Cuatro S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula sétima de la
administración y representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de
junta directiva y fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José,
treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van der Laat Robles,
Notario.—1 vez.—( IN2017188417 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas veinte minutos del
veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Swaton S. A.,
por la que se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración y
representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de junta directiva y
fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, treinta y uno de
octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1
vez.—( IN2017188418 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cuarenta minutos del
veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bejos S.
A., por la que se acuerda reformar la cláusula séptima de la administración
y representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de junta directiva
y fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, treinta y uno
de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1
vez.—( IN2017188419 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas diez minutos del veinticuatro
de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Beyaliza S. A.,
por la que se acuerda reformar la cláusula séptima de la administración y
representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de junta directiva y
fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, treinta y uno de
octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1
vez.—( IN2017188420 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas cincuenta minutos del
veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Banksia de
la Costa Sociedad de Responsabilidad Limitada, por la que se reforma la cláusula
sexta de la administración y representación de la sociedad. Se acuerda revocar
todos los nombramientos de gerentes y hacer nuevos.—San José, treinta y uno de
octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1
vez.—( IN2017188421 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cincuenta minutos del
veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bedyaji S.
A., por la que se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración
y representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de junta directiva
y fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, treinta y uno
de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1
vez.—( IN2017188422 ).
Uno
al Reves Sociedad Anónima, cedula jurídica
tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil setecientos, protocoliza acta:
modifica domicilio social y fiscal, se revoca nombramiento de agente residente
y se nombra nuevo. Escritura dos-treinta y dos del tomo número treinta y dos,
otorgada a las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017188423 ).
Protocolización
del acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Sisten
Maquinaria y Soporte Técnico SIMASOTEC Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil novecientos
veintiocho en donde se nombra nuevo tesorero. Escritura otorgada en la ciudad
de San José, a las 15:00 horas del 17 de noviembre del año 2017. Notario
público, Oscar Eduardo Salas González. Es todo.—San José 17 de noviembre del
año 2017.—Lic. Oscar Eduardo Salas González, Notario.—1 vez.—( IN2017188424 ).
Por
escritura de las 10,30 horas de hoy, protocolicé actas por las cuales se
acuerda fusionar por absorción Cortijo Tierra Morena Ltda. e Inversiones
Grupo Roble S.R.L., prevaleciendo la primera, que aumenta el capital social
y reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Se ratifica el
nombramiento de gerente.—Montes de Oca, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Fabio
Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017188425 ).
La
compañía Domus Mea S. A., cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil ochocientos setenta y seis, domiciliada
en San José, avenida central, calle central, Edificio Cosiol, cuarto piso, de
conformidad con el Transitorio II de la Ley N° 9428, impuesto a las personas
jurídicas, reformada por Ley N° 9485, solicita ante el Registro de Personas
Jurídicas, el cese de la disolución de dicha persona jurídica.—San José, 17 de
noviembre del 2017.—Licda. Ingrid Nickiford Rodríguez, Accionista.—1 vez.—(
IN2017188426 ).
Que
ante esta notaria pública, se acordó el cese de disolución por acuerdo de
socios de conformidad con lo establecido en el Transitorio II de la Ley 9428 de
la sociedad denominada Hermosa Mar Vista Uno A Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil novecientos
sesenta y siete.—Heredia, 19 de noviembre de 2017.—Licda. Sylvia Dall’Anese
Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017188429 ).
Por
escritura otorgada a las diecisiete horas del día siete de noviembre del dos
mil diecisiete, ante la Notaria Pública, Catalina María Aguilar Hernández, se
protocolizaron los acuerdos del acta de asamblea de accionistas de la sociedad
denominada Concesionaria Saam Costa Rica Sociedad Anónima, cédula
de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil
ochocientos setenta y seis, mediante la cual se amplía el plazo social de la
empresa, modificándose la cláusula quinta de los estatutos.—San José, veintiuno
de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Catalina María Aguilar Hernández,
notaría.—1 vez.—( IN2017188438 ).
Se
protocolizó acta de la sociedad Dimacar del Alto S. A., reforma
de representación. Presidente y secretaria con representación judicial y
extrajudicial de la sociedad.—Coronado, diecisiete de noviembre de dos mil
diecisiete.—Licda. Ligia Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017188441 ).
Por
escritura número treinta y siete, otorgada ante esta notaría, a las diez horas
con ocho minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete, se
protocolizó el acuerdo número uno del asiento dos que consta en el Libro de
Cuotistas de la sociedad de esta plaza denominada El Milagro Catorce de
Abril de Dos Mil Quince S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento
dos-setecientos dieciocho mil quinientos treinta y nueve, nombramiento de
gerente Shirley Rocío Soto Zúñiga, cédula uno-cero ochocientos cuarenta y
siete-cero cero noventa y cinco.—San Isidro de Coronado, dieciséis de noviembre
del año dos mil diecisiete.—Lic. Hugo Antonio Blanco Araya, Notario.—1 vez.—(
IN2017188456 ).
Por
escritura número treinta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las diez horas
con treinta y cuatro minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete,
se protocolizaron los acuerdos primero, segundo y tercero del acta de asamblea
extraordinaria número uno (libro dos) de accionistas de Marial Cascajal
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos
sesenta y tres mil cuatrocientos ochenta y tres, en donde se modifica la
cláusula quinta de los estatutos, aumentando el capital social, se revoca el
nombramiento de agente residente, se nombra al señor Ricardo Antonio Jiménez
Jiménez, cédula uno-mil quinientos ochenta y seis-cero cuatrocientos cuarenta y
uno, como nuevo tesorero y al señor Alejandro Jiménez Jiménez, cédula uno-mil
setecientos-cero seiscientos veintisiete como nuevo fiscal. Lic. Hugo Antonio
Blanco Araya, MSc., Notario Público, carné 14985.—San Isidro de Coronado,
dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Hugo Antonio Blanco Araya,
MSc., Notario.—1 vez.—( IN2017188457 ).
Por
escritura número veinticinco de las once horas del veintinueve de setiembre del
dos mil diecisiete, otorgada ante la notaria Dora Fernández Rojas, se
protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de: Inversiones
Gaceca del Este S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-tres dos tres
tres nueve tres, mediante la cual se cambia al secretario y tesorero, se
reforma la cláusula sétima.—San José, quince de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Dora María Fernández Rojas, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2017188458
).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 06 de noviembre del
2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la empresa: Realce Servicios de Limpieza Sociedad Anónima,
mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de
noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1
vez.—( IN2017188468 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de
noviembre del 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la empresa: Ekocorek Holdings Sociedad
Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San
José, 06 de noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017188469 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 06 de noviembre del
2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de
accionistas de la empresa: Grupek del Occidente Holdings Sociedad Anónima,
mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de
noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1
vez.—( IN2017188470 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 9 horas 30 minutos del 06 de
noviembre del 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la empresa: Tieksa Holdings Sociedad
Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San
José, 06 de noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017188471 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 06 de noviembre del
2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas
de la empresa: M.Q. Servicios Administrativos Externos Sociedad Anónima,
mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de
noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1
vez.—( IN2017188472 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas 30 minutos del 06 de
noviembre del 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general
extraordinaria de accionistas de la empresa: Dreams River Sociedad Anónima,
mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de
noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1
vez.—( IN2017188473 ).
Emerson
Barrantes Mojica, con cédula de identidad número: seis-doscientos
doce-doscientos ochenta y nueve y Rita Romero Zúñiga, con cédula de identidad
número tres-doscientos diecisiete-trescientos diecinueve, dueños del cien por
ciento de la empresa Baroz del Atlántico Sociedad Anónima, cédula
jurídica número jurídica tres-ciento uno-trescientos catorce mil seiscientos
cincuenta y siete, comparecerán en escritura pública a solicitar al Registro
Nacional el cese de su disolución, de manera que este queda en la misma
condición en que se encontraba antes de su disolución, según lo regulado por la
Reforma del Transitorio II de la Ley N° 9428, Impuesto de las Personas
Jurídicas de 21 de marzo del 2017. Cualquier comunicación dirigirla a la Licda.
Kattia Castillo Vargas, Guápiles, Pococí, Limón, Tel. 2710-3441.—Licda. Kattia
Castillo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188481 ).
Por escritura
pública otorgada en mi notaría a las 12 horas del 16 de noviembre del 2017,
protocolo 41, folio 164, vuelto número 263, el señor Leonardo Tinoco Camacho,
cédula 1-1079-169, solicitó el cese de la disolución de la sociedad Freses
16 P ** S. A., cedula jurídica 3-101-216.361. El señor Tinoco Camacho es
dueño de la totalidad de las acciones de esa sociedad. Lo anterior para cumplir
lo indicado en la Ley de Personas Jurídicas 9428 de 21 de marzo del 2017.—Lic.
José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017188484 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas del 9 de noviembre del
2017, se protocolizan actas donde se fusionan las sociedades Utaja S. A.,
cédula jurídica 3-101-072317 y Arze y Carrión Sociedad Anónima, cédula
jurídica 3-101-220240, prevaleciendo la última. Capital social 720000
colones.—Lic. Gustavo Acuña Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017188485 ).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta y tres otorgada en Santa Ana, a las
trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete,
ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro
Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: C R C Royal
Sociedad Anónima, cedula jurídica N° tres-ciento uno-cuatro cuatro cinco
ocho uno cuatro, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás
obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas, es
todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rosa María
Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188488 ).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta y dos otorgada en Santa Ana, a las
trece horas y quince minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete,
ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro
Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: C R C Royal
Ocho Sociedad Anónima, cedula jurídica N° tres-ciento uno-cuatro seis seis
ocho siete uno, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás
obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas. Es
todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María
Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188489 ).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta y uno otorgada en Santa Ana, a las
trece horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria
pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de
Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Cuatro
Seis Dos Dos Cero Ocho Sociedad Anónima, cedula jurídica número:
tres-ciento uno-cuatro seis dos dos cero ocho, por encontrarse cancelados los
periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al Impuesto a
las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188490
).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta otorgada en Santa Ana a las doce horas
y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante
la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro
Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: C R C Royal
Nueve Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro seis
seis ocho siete dos, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás
obligaciones tributarias referentes al Impuesto a las personas jurídicas. Es
todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rosa María
Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188491 ).
Mediante
escritura pública número ciento treinta y nueve otorgada en Santa Ana a las
doce horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete,
ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro
Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Tres-Ciento
Uno-Cuatro Cinco Dos Nueve Seis Cinco Sociedad Anónima, cedula jurídica
número: tres-ciento uno- cuatro cinco dos nueve seis cinco, por encontrarse
cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes
al Impuesto a las personas jurídicas: Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188492 ).
Mediante
escritura pública número ciento treinta y ocho otorgada en Santa Ana a las doce
horas y quince minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la
notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público
de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Tres-Ciento Uno-
Cuatro Cinco Dos Nueve Seis Cuatro Sociedad Anónima, cedula jurídica
número: tres- ciento uno-cuatro cinco dos nueve seis cuatro, por encontrarse
cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes
al impuesto a las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1
vez.—( IN2017188493 ).
Mediante
escritura pública número ciento treinta y siete otorgada en Santa Ana, a las
doce horas del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria
pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de
Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: C R C Royal Sociedad
Anónima, cedula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro cuatro seis cinco
seis seis, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás
obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas. Es
todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María
Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188494 ).
Ante
esta notaría a las diecisiete horas del veinte de noviembre del dos mil
diecisiete la sociedad Cubal de La Cueva Sociedad Anónima, cédula
jurídica número: tres-uno cero uno-cinco dos nueve ocho ocho tres, solicita
cese de disolución.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—(
IN2017188495 ).
Ante
esta notaría a las dieciséis horas del veinte de noviembre del dos mil
diecisiete se constituyó sociedad Jolakap Sociedad Anónima. Capital
social íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado
generalísimo sin límite de suma.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1
vez.—( IN2017188496 ).
En
escritura autorizada por el suscrito notario número ochenta y cinco de las
veintidós horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La
Familia Lodge SRL, cédula jurídica tres-ciento dos-siete tres siete ocho siete
tres, mediante el cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo,
para que en lo sucesivo diga así: Su domicilio social, estará en San José, San
Rafael de Escazú, avenida Escazú, Torre doscientos dos, oficina doscientos
cuatro en Bufete Funes y Matthis. Es todo.—Puntarenas, veintiuno de noviembre
del año dos mil diecisiete.—Lic. Ulises José Retana Jimenez, Notario.—1 vez.—(
IN2017188501 ).
La
suscrita notaria, Daniela Madrigal Rodríguez, hace constar que se disolvió la
sociedad denominada Argecon Corporativa Sociedad Anónima, en la ciudad
de Santa Ana, el trece de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Daniela
Madrigal Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188516 ).
Ante esta notaría, por escritura número ochenta y
seis-veinte, otorgada en San José, a las 15:00 horas del 20 de noviembre del
2017, los socios de la sociedad Inversiones Arenal Internacional I A I S. A.,
cédula: 3-101-294917, solicitan al Registro Nacional el cese de la disolución
de dicha sociedad.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Juan Carlos Herrera
Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017188517 ).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta y cuatro otorgada en Santa Ana, a las
trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre del dos mil
diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita
al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Agrícola
Tamarindo y Maní Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres-ciento
uno-cuatro dos dos cuatro ocho nueve, por encontrarse cancelados los periodos
adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las
personas jurídicas es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188519
).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta y cinco otorgada en Santa Ana, a las
catorce horas del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la
notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público
de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: La Cascada Verde del
Parque Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro dos
dos ocho cero ocho, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás
obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas. Es
todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María
Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188521 ).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta y siete otorgada en Santa Ana, a las
catorce horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete,
ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro
Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Lomas
Coronado Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres
seis siete cuatro uno uno, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y
demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas,
es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa
María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188522 ).
Por
escritura número ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad denominada: Infraestructura y Logística S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-499957, mediante la cual se acuerda su disolución.
Lic. Juan Carlos González Lavergne, carné Nº 5012. Teléfono: 2221-0839.—San
José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos González
Lavergne, Notario.—1 vez.—( IN2017188527 ).
Por
escritura número siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria
de socios de la sociedad denominada: Ribera de Sil Inversiones S. A.,
cédula jurídica Nº 3-101-485136, mediante la cual se acuerda su disolución.
Lic. Juan Carlos González Lavergne, carné Nº 5012. Teléfono: 2221-0839.—San
José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos González
Lavergne, Notario.—1 vez.—( IN2017188528 ).
Mediante
escritura pública número ciento cuarenta y seis, otorgada en Santa Ana, a las
catorce horas y quince minutos del día veinte de noviembre del dos mil
diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita
al Registro Público de Personas Jurídicas, la reinscripción de la sociedad: Harbor
de la Montaña Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento
uno-cuatro dos dos seis cuatro cinco, por encontrarse cancelados los periodos
adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las
personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188529 ).
Ante
esta notaría, se protocolizó disolución de: Bienes y Construcciones Mi Casa
S. A.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Sonia Montero Briceño, Abogada
y Notaria.—1 vez.—( IN2017188531 ).
La
empresa: Alternativas en Comunicación Sociedad Anónima, cédula jurídica
Nº 3-101-159266, mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las 08:00
horas del día 16 de noviembre del 2017, nombra nuevo presidente, cambia su
domicilio social, su representación y aumenta el capital social a diez millones
de colones.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Francisco Chacón Alpízar,
Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017188534 ).
Yo, Gabriela Calderón Murillo, cédula N° 1-812-004,
en mi condición de propietaria de la totalidad de las acciones de la sociedad 3-101-625893,
comparecerá ante la notaria Silvia Garbanzo Corrales, para solicitar el cese de
la disolución de dicha sociedad según Transitorio Segundo Ley 9428.—San José,
21 de noviembre del 2017.—Gabriela Calderón Murillo.—1 vez.—( IN2017188538 ).
Mediante
asamblea general extraordinaria de socias, con fundamento en el artículo
doscientos uno del Código de Comercio se acordó y quedo en firme la disolución
de la empresa Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cuatro Mil Cinco Noventa
y Nueve S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos
sesenta y cuatro mil ciento noventa nueve, de lo cual da fe la notaria que se
dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—Heredia, veinte de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Hazel Sancho González, Notaria.—1
vez.—( IN2017188540 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 9 octubre, 2017, se
modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: La segunda: del
domicilio. Se hacen nuevos nombramientos, en la mercantil Quinta Beso del
Sol S. A.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Esther Moya Jiménez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188544 ).
Ante
esta notaría el día catorce de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza
acta extraordinaria de la sociedad Inversiones Gabi Internacional Sociedad
Anónima, en la que modifica la cláusula sexta correspondiente a la
administración de la empresa.—San José, quince de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017188572 ).
Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas
treinta minutos del quince de noviembre del dos mil diecisiete, mediante
escritura trescientos veintidós, del tomo siete de mi protocolo, se reforma la
junta directiva, la representación judicial y extrajudicial, y los objetivos de
la sociedad B Y R Metrología Calidad e Ingeniería Sociedad de
Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento
dos-setecientos cuarenta y siete mil ochenta y ocho. Martes veintiuno de
noviembre del dos mil diecisiete. Teléfono: 2770-6171.—Lic. Owen Amen Montero,
Notario.—1 vez.—( IN2017188573 ).
Fabrizio
Ravetti Aguayo, notario público, con oficina en San José, doy fe que en mí notaría,
el día cuatro de noviembre del 2017, fue constituida la sociedad anónima de
esta plaza Activities For You Sociedad Anónima. Los teléfonos de esta
notaría son 8815-0655 y 2290-1190.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.—1
vez.—( IN2017188574 ).
Fabrizio
Ravetti Aguayo, notario público con oficina en San José, doy fe que en mí
notaría, el día dieciocho de octubre del 2017, fue constituida la sociedad
anónima de esta plaza Seguridad y Vigilancia Cambar Sociedad Anónima.
Los teléfonos de esta notaría son 8815-0655 y 2290-1190.—Lic. Fabrizio
Ravetti Aguayo, Notario.—1 vez.—( IN2017188575 ).
El
suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaria y mediante
escritura pública de las diez horas del día ocho de noviembre del dos mil
diecisiete, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo referente al
capital social de la sociedad denominada Servicios Médicos Virgen de
Guadalupe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-quinientos sesenta y tres mil setecientos setenta y seis.—Cartago, ocho de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1
vez.—( IN2017188577 ).
Mediante
escritura otorgada el día 26 de octubre de 2017, ante esta notaría, se modificó
el pacto constitutivo de Zonazul de Cartago S. A., con cédula jurídica
3-101-268962.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2017188584 ).
Mediante
escritura otorgada el día 26 de octubre de 2017, ante esta notaría, se modificó
el pacto constitutivo de Alvarenga Barragán Flor S. A., con cédula
jurídica 3- 101-74727.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—(
IN2017188585 ).
La
suscrita, Silvia Pérez Salazar, mayor, soltera, administradora, vecina de San
José, San Juan de Tibás, portadora de la cédula de identidad número
6-0281-0764, en su condición de apoderada especial con facultades suficientes
para este acto de la empresa CR Group LLC, debidamente constituida y
existente bajo las Leyes de Alabama, Estados Unidos de América; por medio del
presente edicto informa que, como su representada es propietaria de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Condominios A Quince Verdes El Brillante Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número 3-101-365897, comparecerá, dentro del
plazo de ley, ante los notarios públicos de su elección a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad
referida al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—San
José, a las catorce horas y cuarenta minutos del veinte de noviembre del año
2017.—Silvia Pérez Salazar, Apoderada Especial.—1 vez.—( IN2017188586 ).
Por
escritura otorgada ante la notaria Geraldine Marín Villegas, a las 11:00 a.m.
del 20 de noviembre 2017, se modificó la cláusula número cinco del pacto
constitutivo de la sociedad The Golden Products Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-651894, por lo que se emplaza a interesados para hacer valer
sus derechos.—Licda. Geraldine Marín Villegas, Abogada y Notaria Pública.—1
vez.—( IN2017188592 ).
Por
escritura otorgada, a las 10:00 horas del dieciséis de noviembre del 2017, ante
mi notaría, protocolicé acta de asamblea de socios en la cual se disuelve y
liquida la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta y Seis Mil
Quinientos Noventa y Nueve Sociedad Anónima.—San José, 20 de noviembre del
2017.—Lic. Roger Solórzano Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2017188604 ).
Por
escritura cuatro, otorgada ante el notario público Mario Enrique Ulate Ulate, a
las nueve horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, se
acordó modificar la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad
denominada Doña Lela de Mercedes Sociedad Anónima, fax +506
2237-6934.—Heredia, veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic.
Mario Enrique Ulate Ulate, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188605 ).
Por
escritura número ciento otorgada ante mí a las quince horas del veinte de
noviembre de dos mil diecisiete, la sociedad Cantaloa S. A., por la que
se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración. Además, se acuerda
revocar el nombramiento de la actual secretaria de la empresa y hacer un nuevo
nombramiento.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Licda. Raquel Quirós Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188606 ).
Por
escritura 75-2, se nombra nueva junta directiva y domicilio social de la
sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos
Cincuenta y Uno Sociedad Anónima.—San José, a las 9 horas del 10 de octubre
del 2017.—Lic. Ángel Roberto Reyes Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2017188608 ).
Por escritura número ciento otorgada ante mí a las
catorce horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, la sociedad Watercolor
Sunrise S.R.L., por la que se acuerda reformar la cláusula sexta de la
administración.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Licda. Raquel Quirós Mora,
Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188609 ).
Por
escritura de protocolización de acta, otorgada ante esta notaria, a las 7 horas
del 19 de noviembre del 2017, de la empresa Anto Fog de Las Américas Sociedad
de Responsabilidad Limitada, se reformó la cláusula tercera. Plazo
social.—Belén, Heredia, 19 de noviembre del 2017.—Lic. Daniel Murillo
Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188614 ).
Los
suscritos, Beleida María Arias Conejo, mayor, casada una vez, comerciante, con
cédula número dos-cero doscientos veintiuno-cero cuatrocientos ochenta y
cuatro; Joaquín Bernardo Arroyo Arias, mayor, casado una vez, comerciante, con
cédula número dos-cero cuatrocientos doce-cero quinientos veintiséis; José Guido
Arroyo Arias, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula número dos-cero
cuatrocientos cuarenta-cero ochocientos ocho; todos ellos vecinos de Alajuela,
La Garita, de la Iglesia de Dulce Nombre cien metros al norte, en el
Abastecedor la Deportiva; y María Esther Segura Villalobos, mayor, casada una
vez, comerciante, con cédula número dos-cero cuatrocientos treinta y cinco-cero
doscientos once, vecina de Alajuela, La Garita, de la escuela quinientos oeste,
por medio del presente edicto informamos que como dueños del cien por ciento de
las acciones que representan la totalidad del capital social de Guijo
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y
nueve mil cuatrocientos veintiocho compareceremos ante notario público de nuestra
elección, dentro del plazo de ley, a efecto de otorgar escritura pública
mediante la cual solicitaremos al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en
el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil
cuatrocientos veintiocho del veintiuno de marzo de dos mil diecisiete, y su
reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela,
doce horas del día veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Beleida María
Arias Conejo.—José Guido Arroyo Arias.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1
vez.—( IN2017188615 ).
Por escritura número ciento cincuenta y cinco, de
las diez horas, cincuenta minutos del día veinte de noviembre del año dos mil
diecisiete, otorgada por la suscrita notario, y de conformidad con lo
estipulado en la ley número nueve mil cuatrocientos veintiocho en el
transitorio segundo, de impuesto a las personas jurídicas del veintiuno de
marzo del dos mil diecisiete, la sociedad denominada Doña Brunilda H Y O
Sociedad Anónima, solicita al Registro Nacional de la Propiedad el cese de
su disolución y que regrese a su estado anterior.—San José, veinte de noviembre
del dos mil diecisiete.—Licda. María Elena Nájera Quirós, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188617 ).
Jacquelyn
Maye Disselkoen, ciudadana estadounidense, pasaporte de su país cuatro ocho
ocho uno dos cuatro siete tres, dueña de la totalidad del capital social de Armazón
en Las Nubes S. A., cédula jurídica N° 3-101-177367, solicita al Registro
Público el cese de la disolución de dicha compañía, de conformidad con la Ley
9485, transitorio segundo.—Alajuela, 13 de noviembre 2017.—Jacquelyn Maye
Disselkoen.—1 vez.—( IN2017188619 ).
En
esta notaría del licenciado David Salazar Mora, al ser las once horas treinta
minutos del tres de julio del año dos mil diecisiete, mediante la escritura
número sesenta y siete del tomo once de dicho notario, la sociedad Desarrollos
El Olingo del Baru S. A., está realizando nombramientos en los cargos de la
junta directiva.—Pérez Zeledón, tres de noviembre del año dos mil
diecisiete.—Lic. David Salazar Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188622 ).
Por
medio de la escritura número ciento noventa-cincuenta y ocho, visible al folio
ciento nueve frente, del protocolo cincuenta y ocho, de la suscrita notario, de
las diecisiete horas del ocho de noviembre del dos mil diecisiete, se solicitó
al Registro el cese de la disolución de la sociedad Agropecuaria Sabanillas
Méndez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos
diez mil ochocientos cincuenta y seis.—Parrita, ocho de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188626 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría, a las 13:40 horas del 9/11/17, se
protocolizó acta de Pimongole S. A., c. j. 3-101-275432. Acuerdo:
disolución de la empresa.—San Isidro, Pérez Zeledón, 09 de noviembre del
2017.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188627 ).
Por
escritura otorgada ante este notario público a las doce horas del veinte de
noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la compañía Contratista Electromecánica
M&C Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos ochenta y dos mil doscientos cuarenta y cinco, donde se
modifica la cláusula segunda del domicilio social y la cláusula quinta del
capital social.—Heredia, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Erick Cordero Sánchez,
Notario.—1 vez.—( IN2017188630 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 16:45 horas del 10/11/17, se
protocolizó acta de Constructora Sefa S. A., cj. 3-101-537233, acuerdo:
aumento de capital social.—San Isidro, Pérez Zeledón, 10 de noviembre del
2017.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188631 ).
Por
escritura número doscientos ochenta y dos del tomo doce del suscrito notario
público, otorgada a las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil
diecisiete, se solicitó al Registro de Personas Jurídicas el cese de la
disolución de Ramietura del Oeste Sociedad Anónima, cedula jurídica
tres-ciento uno-cinco siete dos uno dos uno.—San José, dieciséis de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Henry Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—(
IN2017188632 ).
Por
escritura número setenta y dos de las nueve horas con cuarenta minutos del
dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete, visible al folio cincuenta
vuelto del tomo once de mi Protocolo, se solicita ante esta notaría la cesión
de disolución de la sociedad de esta plaza denominada C & R Consultores
en Ingeniería y Ambiente Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-588151.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—(
IN2017188635 ).
La
sociedad Comercial Pirro S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general
extraordinaria de socios por la cual se disuelve.—Belén, Heredia, veinte de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Ramírez, Notario.—1 vez.—(
IN2017188636 ).
La
sociedad La Lucía S. A. protocoliza acuerdos de asamblea general
extraordinaria de socios por la cual se disuelve. Teléfono:8928-6987.—Belén,
Heredia, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Firma ilegible.—1 vez.—(
IN2017188637 ).
Por
escritura protocolizada ante esta notaría de las quince horas de hoy se
modifica las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Cafetalera
Los Ángeles Sociedad Anónima, y se nombra nueva junta directiva.—San José,
veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Javier Blanco Benavides,
Colegiado: 15190, Notario.—1 vez.—( IN2017188641 ).
Por
escritura protocolizada ante esta notaría, de las ocho y diez horas de hoy, se
modifica la cláusula de administración del pacto constitutivo de la sociedad: Asesoría
Técnica Laboral Sociedad Anónima.—San José, ocho de setiembre del dos mil
diecisiete.—Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2017188642 ).
Por
escritura protocolizada ante esta notaría, de las quince y quince horas de hoy,
se modifica las cláusulas: segunda, quinta y sexta del pacto constitutivo de la
sociedad: Invertica Sociedad Anónima, y se nombra nueva junta
directiva.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Javier
Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017188643 ).
Por
escritura protocolizada ante esta notaría, de las quince y quince horas de hoy,
se modifica las cláusulas: quinta y sexta del pacto constitutivo de la
sociedad: Vityas Sociedad Anónima, y se nombra nueva junta
directiva.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Javier
Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017188644 ).
La
suscrita, Maricruz Sánchez Carro, mayor, abogada, casada, vecina de Alajuela,
cédula Nº 2-491-943, en mi condición de autorizada del señor Michael Matejcek,
mayor, profesor, ciudadano estadounidense, casado una vez, vecino de 4505 Ave
41S, Minneapolis, Minnesota, Estados Unidos de América, por medio del presente
edicto informa que, como el señor Matejcek, titular del cien por ciento de las
cuotas que representan la totalidad del capital social de: Columbus Heights
Number One Hundred And Thirty Three Aliwenkura Limitada, cédula jurídica
número 3-102-433570, comparecerá, dentro
del plazo de ley, ante el Cónsul de Costa Rica respectivo a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—Maricruz Sánchez
Carro, Abogada.—1 vez.—( IN2017188645 ).
En
escritura Nº 198 del tomo 8 del notario Henry Gómez Pineda, carné Nº 10926, con
oficina abierta en Quepos, costado suroeste de la Iglesia Católica, compareció
la señora Christina Hiek (nombre) Ear (apellido), único apellido en razón de su
nacionalidad estadounidense, mayor, casada una vez, empresaria, vecino de Los
Ángeles, California, en su condición de accionista dueña de la totalidad del
capital social de la empresa: Catch Fish Le S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil doscientos cuarenta, y
solicita al Registro Público de la Propiedad, el cese de la disolución y
reinscribir dicha sociedad. Es todo.—Quepos, a las diez horas del 16 de
noviembre del 2017.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—( IN2017188646 ).
Por
medio de escritura número cincuenta y cuatro del tomo octavo del protocolo de
la notaria Maricruz Sánchez Carro, se protocolizó el acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios del empresario: Propiedades de la Costa
Paraíso R.B Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-dos cinco cuatro siete nueve cero, mediante la cual se acordó
la fusión por absorción de las siguientes sociedades: a) Casson Enterprises
Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-tres dos ocho dos seis nueve, sociedad que cuenta con un capital social de
cien colones. b) Firefly Light Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-seis siete cero dos siete cinco, sociedad que
cuenta con un capital social de cien mil colones. e) Tiny Monkey Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro dos
cuatro tres cero ocho, sociedad que cuenta con un capital social de diez mil
colones. d) Upper West Side Properties Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-tres seis nueve tres dos cinco,
sociedad que cuenta con un capital social de diez mil colones. Producto de la
fusión se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo a efectos
de que se incremente el mismo a la suma de trescientos veinte mil colones. La
presente fusión por absorción es puesta en conocimiento a todos los posibles
interesados para que manifiestan cualquier inconformidad en el plazo
establecido por ley.—Alajuela, veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—( IN2017188647 ).
La
suscrita Jean Sue Philp Gallup, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de
Alajuela, de la Escuela del Pacto de Jocote, cincuenta metros este, portadora
de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cinco cuatro
tres cuatro cero dos (184000543402), por medio del presente edicto informa que,
como titular del cien por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital
social de la sociedad: Montejo de la Vega S. A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y un mil quinientos cuarenta y seis
(3-101-341546), comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una
vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, a las diez horas con
quince minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Jean Sue Philp
Gallup.—1 vez.—( IN2017188649 ).
La
suscrita Jean Sue Philp Gallup, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de
Alajuela, de la Escuela del Pacto de Jocote, cincuenta metros este, portadora
de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cinco cuatro
tres cuatro cero dos (184000543402), por medio del presente edicto informa que,
como titular del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad
del capital social de la sociedad Río Tajo Ibérico S. A., cédula
jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y seis mil novecientos veintisiete
(3-101-076927), comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese
una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, a las diez horas del
veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Jean Sue Philp Gallup.—1 vez.—(
IN2017188650 ).
La
suscrita Jean Sue Philp Gallup, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de
Alajuela, de la Escuela del Pacto de Jocote, cincuenta metros este, portadora
de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cinco cuatro
tres cuatro cero dos (184000543402), por medio del presente edicto informa que,
como titular del cincuenta y uno por ciento de las cuotas que representan la
totalidad del capital social de la sociedad Archidona de la Reina SS.,
cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos treinta y seis mil
cuatrocientos cincuenta y ocho (3-102-336458), comparecerá dentro del plazo de
ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la
cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el
cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el
transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo
del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela,
a las diez horas con treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Jean
Sue Philp Gallup.—1 vez.—( IN2017188651 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 15:40 horas del 10/11/17, se
protocolizó acta de Mayoreo Palmares S. A., cj. 3-101-656862, acuerdo:
aumento de capital social.—San Isidro, Pérez Zeledón, 10 de noviembre del
2017.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188655 ).
Por
escritura otorgada en esta notaría a las 14 horas del 10/11/17, se protocolizó
acta de Ferretería Palmares S. A. cj Nº 3-101-181964. Acuerdo: aumento
de capital social.—San Isidro, Pérez Zeledón, 10 de noviembre del 2017.—MSc.
Jorge Zúñiga Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188656 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día seis de
noviembre de dos mil diecisiete, se reforma la cláusula cuarta del pacto
constitutivo de la sociedad de responsabilidad limitada denominada Proyectos
Agrícolas y Ornamentales Limitada A. y se modifica el plazo.—San José,
veinte de noviembre dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188658 ).
Mediante
acta número dos otorgada en el Libro Asamblea de Socios, a las 11:45 minutos
del 20 de noviembre del año 2017, por acuerdo unánime de socios de la compañía
sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y un mil
trescientos sesenta y siete, se acordó cesar la disolución de esta
empresa.—Heredia, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Casimiro Sánchez
Carballo, Notario.—1 vez.—( IN2017188659 ).
Ante esta notaría por escritura otorgada a las
dieciocho horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se tramita la
solicitud ante el Registro de Personas Jurídicas el cese de la disolución de la
sociedad denominada RCDS Cuatro Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica 3-101-344034, por parte del propietario del capital social
Mikel Arturo Ruiz Álvarez, conocido como Maikel Ruiz Álvarez, cédula de
identidad número 1-0884-0596.—Lic. Tatiana María De La Cruz Segura, Notaria.—1
vez.—( IN2017188660 ).
Por
escritura autorizada por el notario Guillermo José Herrera Martínez, carnet dos
siete dos uno, a las nueve horas del 31 de octubre del año en curso ,
protocolicé acta de Inversiones Solvi S. A., mediante la cual reforman
cláusula siete de estatutos, renuncian miembros de junta directiva y se nombran
nuevos.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Guillermo
José Herrera Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2017188666 ).
Mediante
escritura número 90, tomo 1, visible a folio 89 vuelto, a las 18:00 horas, del
día 16 de noviembre del 2017; por solicitud de accionistas dueños del cien por
ciento del capital social se solicita el cese de disolución de Condominio
Los Itabos Filial Cuarenta y Siete Osmio Sociedad Anónima, cédula jurídica
3-101-632416.—Licda. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2017188671 ).
Por
escritura número trescientos cuarenta y seis de las nueve horas del veintiuno
de noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de la sociedad Home
Star de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos treinta mil ciento cuarenta y cinco, en la cual se modificó la
junta directiva, domicilio social y cláusula novena de los estatutos sociales.
Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, carné 9335, cédula de identidad 1-0816-0062.—San
José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora Notario.—1
vez.—( IN2017188672 ).
Por
escritura 74-18, protocolizada hoy, se modificó cláusula 5 del capital social,
de Diamantes y Esmeraldas Sociedad Anónima.—San José. 12 de junio del 2017.—Lic.
Leonardo A. Madrigal Moraga, Notario.—1 vez.—( IN2017188673 ).
Que en mi notaria se reformaron estatutos de la
sociedad Chachapoyas S. A., con cedula jurídica número tres-ciento
uno-doscientos sesenta y siete mil doscientos uno. 8:00 horas del 18 de
noviembre de 2017. Presidente. Leo Brochu.—Lic. Minor Zamora Castellón.—Lic.
Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—( IN2017188675 ).
Que
en mi notaría se reformaron estatutos de la sociedad Inversiones View River
S. A. con cedula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil
cero treinta y dos 10:00 horas del 20 de noviembre del 2017. Presidente Marcos
Saborio Vega.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—( IN2017188676 ).
Que
en mi notaria se reformaron estatutos de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seis
Tres Nueve Cuatro Cinco Cinco, con cédula jurídica número tres-ciento
uno-seis tres nueve cuatro cinco cinco 10:00 horas, del 18 de noviembre de
2017. Presidente. Antoine Brochu.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017188677 ).
Steve
Brian Cohn como propietario de la totalidad del capital social de Sandalias
Quebradas de Centroamérica Sociedad Anónima, solicita al Registro Nacional
la suspensión de la disolución de la sociedad.—San José, 19 horas del 20 de
noviembre del 2017.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017188683 ).
Que
por escritura número sesenta y tres-tomo uno, otorgada a las diez horas del
tres de noviembre de dos mil diecisiete, ante la notaría de la Licda. Fráncel
Zúñiga Obando, se realiza cambio de la junta directiva de la sociedad anónima
que tiene como denominación social y número de cédula jurídica el siguiente: Diseño
y Publicidad Terbi Sociedad Anónima S. A., cédula jurídica número tres
ciento uno-seiscientos setenta y ocho mil ciento veinticinco, quedando como
presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Mónica
Murillo Medez, con cédula de identidad número uno-mil cincuenta y
siete-cuatrocientos sesenta y cinco.—Ciudad de Heredia, tres de noviembre de dos
mil diecisiete.—Licda. Fráncel Zúñiga Obando, Notaria.—1 vez.—( IN2017188685 ).
Mediante
escritura número sesenta y uno-tres otorgada a las diez horas con treinta
minutos del día diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete, se modificaron
la cláusula primera, segunda y novena del pacto social de Marlos Sociedad
Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doce mil
setecientos cuarenta. Es todo.—San José, diecisiete de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017188690 ).
Que ante esta notaría a las 10:30 horas del diez de
octubre del 2017, mediante escritura número dieciocho-dos, se solicita la
disolución de la empresa Comercial Abetone Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cinco nueve tres uno cero. Es
todo.—Licda. Karol Frutos Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188691 ).
Por
escritura número ciento veintiocho-diecinueve, se procedió a la protocolización
de asamblea general extraordinaria de la empresa Club de Playa Las Garzas S.
A., donde se da el nombramiento de vicepresidente, tesorero, vocal uno,
vocal dos y fiscal.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Rigoberto Jiménez
Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188694 ).
El
suscrito German Alfaro Salas, mayor, casado una vez, costarricense, empresario,
vecino de Santo Domingo de Heredia, Residencial Villa Adobe, casa trescientos
cinco, cédula de identidad dos-cero cuatrocientos noventa y cinco-cero
novecientos veintisiete, en su condición de gerente de esta compañía y la
señora Patricia Katherine Quintanilla Bandón, mayor, casada, peruana de
nacionalidad, con cédula de residencia 160400053318, mismo vecindario de su
esposo German; por medio del presente edicto informan que, como titulares de
más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad
del capital social de la sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de
persona jurídica N° 3-102-560082, comparecerán, dentro del plazo de ley, ante
notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma.
Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:20
horas, del 21 de noviembre del 2017.—Lic. Albin Obando Granados, Notario.—1
vez.—( IN2017188696 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, el día
veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de la
sociedad: Zocalo Walon Sociedad Anónima, con numero de cedula jurídica
N° 3-101-215413, donde se solicita el cese a la disolución de la sociedad.—San
José, nueve horas del veinte de noviembre dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Arturo
Arce Lara, Notario.—1 vez.—( IN2017188699 ).
Ante
esta notaría mediante escritura trescientos setenta y cuatro de las dieciséis
horas cuarenta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, se
disolvió la sociedad denominada Seven Group Ninety Six Corporation Sociedad
Anónima. Grecia, diecisiete de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notaria.—1 vez.—( IN2017188702 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las veintidós horas del quince de
noviembre del dos mil diecisiete, se constituye la sociedad anónima deportiva
denominada Academia de Formación Deportiva UBUNTU Sociedad Anónima
Deportiva.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda.
Liliana Cob Saborío, Notaria.—1 vez.—( IN2017188703 ).
Se
hace del conocimiento solicitud de cese de disolución de la sociedad
Agrícola Gonzaba de San Carlos Sociedad Anónima, cédula jurídica:
tres-ciento uno-uno nueve dos ocho ocho dos, conforme a la Ley número: nueve cuatro
ocho cinco.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017188705 ).
Ante
esta notaría por escritura otorgada a las 16:00 horas del día 20 de noviembre
del 2017, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos
Treinta y Un Mil Ochocientos Setenta y Seis Limitada, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y un mil ochocientos setenta
y seis, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 21 de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez,
Notario.—1 vez.—( IN2017188708 ).
Por
escritura pública otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José al ser
las dieciocho horas del día nueve de noviembre de dos mil diecisiete, se
protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de
la sociedad Q Logik Technologies Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete mil setecientos
noventa y uno, en la que se acordó reformar las cláusulas del capital social y
del domicilio de la sociedad.—San José, veinte de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Rolando José García Moya, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017188713 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría, de las
nueve horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza
acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socio, mediante la cual
se modifica la junta directiva de la sociedad: Corporación Bonaterra Alda S.
A.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Liliana Larios Quesada,
Notaria Publica.—1 vez.—( IN2017188716 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las 12:30 horas del 5 setiembre 2017 del
tomo 10 del protocolo del notario Carlos Eduardo Rojas Castro, se protocoliza
acta de la sociedad Transportes Pérez González Pegonza S. A. En la que
se revoca el nombramiento del presidente y se reforma la cláusula sexta del
pacto constitutivo y se nombran nuevos puestos en los cargos de presidente,
secretario y tesorero de la junta directiva.—Lic Carlos Eduardo Rojas Castro,
Notario.—1 vez.—( IN2017188721 ).
Se
hace saber: Que en mi notaría al ser las diez horas del día veinte de noviembre
del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo Gutiérrez Acevedo, portador
de cédula de identidad número uno-cero quinientos noventa y seis-cero
doscientos ochenta y siete, quien es dueño del cien por ciento del capital
social de Arrendadora Concave S. A., con cédula jurídica tres- ciento
uno- trescientos sesenta mil quinientos noventa y ocho, solicitando el cese de
disolución de la sociedad mencionada, encontrándose dentro del plazo y
facultado por el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas
número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José, veinte de noviembre del
dos mil diecisiete. Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, Notario.—1 vez.—(
IN2017188725 ).
Se
hace saber: Que en mi notaría al ser las diez horas con quince minutos del día
veinte de noviembre del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo Gutiérrez
Acevedo, portador de cédula de identidad número uno- cero quinientos noventa y
seis- cero doscientos ochenta y siete, quien es dueño del den por ciento del
capital social de Huercal- Overa CR Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil setecientos dos, solicitando
el cese de disolución de la sociedad mencionada, encontrándose dentro del plazo
y facultado por el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas
Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José, veinte de
noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. María del Rocío Quirós Arroyo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188726 ).
Se
hace saber: Que en mi notaría al ser las diez horas con veinticinco minutos del
día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo
Gutiérrez Acevedo, portador de cédula de identidad número uno-cero quinientos
noventa y seis- cero doscientos ochenta y siete, quien es dueño del cien por
ciento del capital social de Ligaveris Sociedad Anónima, con cédula
jurídica tres-ciento uno-doscientos siete mil seiscientos tres, solicitando el
cese de disolución de la sociedad mencionada, encontrándose dentro del plazo y
facultado por el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas
número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José, veinte de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188727 ).
Se
hace saber: Que en mi notaría al ser las diez horas con cuarenta minutos del
día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo
Gutiérrez Acevedo, portador de cédula de identidad número uno-cero quinientos
noventa y seis-cero doscientos ochenta y siete, quien es dueño del cien por
ciento del capital social de Stipule Enterprices Sociedad Anónima, con
cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil quinientos ochenta
y nueve, solicitando el cese de disolución de la sociedad mencionada,
encontrándose dentro del plazo y facultado por el Transitorio II de la Ley de
Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos
veintiocho.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. María
del Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188728 ).
Se
hace saber: Que en mi notaría al ser las once horas del día veinte de noviembre
del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo Gutiérrez Acevedo, portador
de cédula de identidad número uno-cero quinientos noventa y seis- cero
doscientos ochenta y siete, quien es dueño del cien por ciento del capital
social de El Wizaro Mágico Sociedad Anónima, con cédula jurídica
tres-ciento uno-trescientos sesenta mil quinientos noventa y ocho, solicitando
el cese de disolución de la sociedad mencionada, encontrándose dentro del plazo
y facultado por el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas
Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José, veinte de
noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. María del Rocío Quirós Arroyo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188729 ).
El
suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo,
y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula: uno-cero
cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presenté
edicto informa que, como titular dé más del cincuenta y un por ciento de las
acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Ornamentales
de Sarapiquí S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y
tres mil novecientos sesenta y cinco, comparecerá, dentro del plazo de ley,
ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de
veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en
el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Grecia a las ocho horas
quince minutos del dieciocho del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—( IN2017188730 ).
El
suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo,
y vecino de San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula: uno-cero
cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente
edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Agro
Trojas S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y un mil
quinientos noventa y uno, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría
pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de
marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el diario
oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Grecia a las ocho horas del dieciocho
del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. José Heinrich Von
Storren, Notario.—1 vez.—( IN2017188731 ).
El
suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo,
y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula: uno-cero
cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente
edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Palmas
de Coto S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y
cinco mil doscientos cuarenta y cuatro, comparecerá, dentro del plazo de ley,
ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de
veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en
el diario oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—Grecia, a las ocho horas
treinta minutos del dieciséis del mes de noviembre del año dos mil
diecisiete.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—(
IN2017188732 ).
El suscrito José Heinrich Von Storren, mayor,
casado una vez, ingeniero agrónomo, y vecino de: San Francisco de San Isidro de
Grecia, cédula: uno-cero cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por
medio del presente edicto informe que, como titular de más del cincuenta y un
por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital
social de Pimienta de Costa Rica S. A., cédula jurídica número
tres-ciento uno-cero noventa y un mil quinientos sesenta y ocho, comparecerá,
dentro del plazo de ley, ante notaria pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número
nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil
diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.
Lugar y fecha: Grecia a las ocho horas treinta minutos del dieciocho del mes de
Noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. José Heinrich Von Storren,
Notario.—1 vez.—( IN2017188733 ).
Los
socios, de Costa Esterillos Estates Anteridio Doscientos Treinta y Seis
Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-460598, solicitan el cese de la
disolución de la sociedad. Publíquese una sola vez. Firma responsable: Lic.
Arturo Monge Corrales, carné 13491.—San José, 13 de noviembre de 2017.—Lic.
Arturo Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2017188742 ).
Los socios, de Costa Esterillos Estates Costa
Esterillos Estates Cinoglosa Cero Treinta y Seis Sociedad Anónima, cédula
jurídica Nº 3-101-460548, solicitan el cese de la disolución de la sociedad.
Publíquese una sola vez. Firma responsable. Lic. Arturo Monge Corrales, carné
13491.—San José, 13 de noviembre de 2017.—Lic. Arturo Monge Corrales,
Notario.—1 vez.—( IN2017188744 ).
Las
socias Lilia Edit Rojas Jiménez, Giselle María Arias Barrantes y Karen Liseth
Lizano Villalobos han convenido en disolver y des inscribir la sociedad Soda
La Parada en el Mercado de Zarcero Sociedad Anónima, cédula jurídica número
tres-cientos uno-siete dos uno siete cuatro cinco. Es todo.—San José,
diecisiete de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Gabriel Valenciano
Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188745 ).
La
sociedad Tres-Ciento Uno-Siete Dos Dos Nueve Ocho Cuatro Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-siete dos dos nueve ocho cuatro, en
virtud de la renuncia del actual presidente, se nombre en sustitución a Carlos
Alberto Alvarado Quirós, cédula número dos-seis cuatro tres-cinco seis dos. Es
todo.—San José, trece de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Gabriel
Valenciano Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188747 ).
El
suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo,
y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula número uno-cero
cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente
edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Corporación
Agrícola Costarricense J H V S. A., cédula jurídica número tres-ciento
uno-ciento cuarenta y tres mil seiscientos cincuenta y cuatro, comparecerá,
dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura
pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del
Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo
dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número
nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil
diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.
Lugar y fecha.—Grecia, a las ocho horas del dieciséis del mes de noviembre del
año dos mil diecisiete.— Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Abogado.—1
vez.—( IN2017188748 ).
El
suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo,
y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula número uno-cero cuatrocientos
siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente edicto informa que,
como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que
representan la totalidad del capital social de Palmas Aceiteras del Pacífico
S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho mil
quinientos sesenta y nueve, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría
pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al
Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución
de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número Nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de
marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario
Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—Grecia a las nueve horas del dieciocho
del mes de noviembre del ario dos mil diecisiete.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños
Alpízar, Abogado.—1 vez.—( IN2017188749 ).
El suscrito José Heinrich Von Storren, mayor,
casado una vez, ingeniero agrónomo, y vecino de: San Francisco de San Isidro de
Grecia, cédula número uno-cero cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y
ocho, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad
del capital social de Maquinaria y Transportes Agrícolas J H V S. A.,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil seiscientos
cincuenta y dos, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de
marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario
Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Grecia a las ocho horas cuarenta y
cinco minutos del dieciocho del mes de noviembre del año dos mil
diecisiete.—Lic. José Heinrich Von Storren.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños
Alpízar, Abogado.—( IN2017188750 ).
El
suscrito James Tsui Kam, como titular del 100% de las acciones que representan
la totalidad del capital social de la sociedad WSJL Sociedad Anónima,
cédula jurídica N° 3-101-152618, de conformidad con el Transitorio II de la Ley
9428, solicito el cese de la disolución con los efectos retroactivos que ello
conlleva.—Santa Cruz, 17 de noviembre del 2017.—Msc. Carlos Luis Matarrita
Duarte, Notario.—1 vez.—( IN2017188751 ).
Ante
esta notaría, se protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de la
empresa IMC Integral Medical Care S.R.L., con cédula tres-ciento
dos-setecientos veintidós mil cuatrocientos nueve, en la cual se acordó
modificar la representación, y la administración de la sociedad mediante la
escritura número ciento treinta y tres-nueve del tomo noveno del protocolo del
notario Luis Diego Chacón Bolaños en conotariado con el suscrito notario público
Gunnar Núñez Svanholm, otorgada al ser las nueve horas del quince de noviembre
del dos mil diecisiete. Notario Público Gunnar Núñez Svanholm.—San José,
veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm,
Notario.—1 vez.—( IN2017188752 ).
En
escritura 63-7 del 14 de noviembre del 2017, protocolicé en lo conducente acta
de asamblea general de socios de Vallejo Investment S. A., cedula
jurídica 3-101-530301, se reforma la cláusula primera para se llame Vallejo
Rios Solutions S.A., se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta
directiva.—Heredia, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Jennie Morera Esquivel,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188756 ).
Ante
esta notaría mediante escritura número noventa y uno de las once horas treinta
minutos del trece de noviembre del dos mil diecisiete, se acordó disolver la
sociedad Serny Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-182047. Es
todo.—San José, trece de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magda
González Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188758 ).
Ante esta notaría mediante escritura número noventa
de las once horas quince minutos del trece de noviembre del dos mil diecisiete,
se acordó disolver la sociedad Kantara Sociedad de Responsabilidad Limitada,
cédula jurídica 3-102-122212. Es todo.—San José, catorce de noviembre del dos
mil diecisiete.—Licda. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188759 ).
El
señor Alexander Pirie Robson, solicita al Registro Nacional el cese de la
disolución de la sociedad Southtex S. A., en virtud de haber cancelado
los impuestos adeudados a las personas jurídicas.—San José, veinte de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Alexander Pirie Robson, Notario.—1 vez.—(
IN2017188762 ).
Se
deja constancia que en esta notaría Inversiones Gastronómicas de Jaco P Q S.
A., mediante escritura otorgada a las doce horas con diez minutos del diez
de noviembre del dos mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios del veinte de octubre del dos mil diecisiete, en la
cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—(
IN2017188763 ).
Se
deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Quinientos Ochenta y
Tres Mil Quinientos Cincuenta y Cinco S.R.L., mediante escritura otorgada a
las veinte horas con diez minutos del ocho de noviembre del dos mil diecisiete,
protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios del nueve de
octubre del dos mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic.
Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188764 ).
Por
escritura número trescientos nueve otorgada a las quince horas del diecisiete
de mayo del dos mil diecisiete, se modificó la cláusula sétima de Corporación
Inmobiliaria del Valle C I V Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Licda.
Karla Magaly Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188765 ).
Por
escritura de las 18:00 horas del 18 de noviembre del 2017, se constituyó la
sociedad: Vidrio Arte Keshet S.R.L. Representante: Susana Solano Orando.
Objeto: comercio y servicios. Domicilio.—San Rafael de Poás de Alajuela.—Lic.
Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017188766 ).
Se deja constancia que en esta notaría, Inversiones
Quejass Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada a las nueve horas con
diez minutos del nueve de noviembre del dos mil diecisiete protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios del doce de octubre del dos mil
diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto Vega,
Notario.—1 vez.—( IN2017188767 ).
Se
deja constancia que en esta notaría, Tres-Ciento Dos-Quinientos Cuatro Mil
Ochocientos Ochenta y Siete S.R.L., mediante escritura otorgada a las once
horas con veinte minutos del nueve de noviembre del dos mil diecisiete protocolizó
acta de asamblea general extraordinaria de socios del trece de octubre del dos
mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto
Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188768 ).
Por
escritura otorgada a las 16:00 horas del 13 de noviembre del 2017, se aumenta
capital de la sociedad Radiadores Odín de Costa Rica S. A., a la
suma setenta y tres millones cero treinta y tres mil seiscientos cuatro colones
con cincuenta y nueve céntimos.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017188769
).
Cabinas
Fontana Sociedad de Responsabilidad Limitada, en
escritura número 90-37 otorgada en esta notaría a las 17:00 horas de hoy se
protocoliza la asamblea general de cuotistas de esta sociedad efectuada a las
9:00 horas del 31 de octubre de 2017 donde se acodó disolver esa sociedad que
no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—San José, 09 de
noviembre del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario Público.—1
vez.—( IN2017188770 ).
Tres-Ciento
Dos Seis Ocho Nueve Uno Tres Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, en escritura número 96-37 otorgada en esta notaría a las 11
horas de hoy se protocoliza la asamblea general de cuotistas de esta sociedad
efectuada a la 10:00 horas del 17 de noviembre de 2017 donde se acodó disolver
esa sociedad que no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra
liquidador.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Lic. Carlos Eduardo Quesada
Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188771 ).
Barbie
Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada. en
escritura número 94-37 otorgada en esta notaría a las 8 horas de hoy se
protocoliza la asamblea general de cuotistas de esta sociedad, efectuada a las
8:00 horas del 17 de noviembre de 2017 donde se acordó disolver esa sociedad
que no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—San José,
20 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario
Público.—1 vez.—( IN2017188772 ).
En
escritura número 95-37 otorgada en esta notaría a las 10 horas de hoy, se
protocoliza la asamblea general de cuotistas de la sociedad Bodog
Enterainment Group Sociedad de Responsabilidad Limitada, efectuada a las
9:00 horas del 17 de noviembre del 2017, donde se acordó disolver esa sociedad
que no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—San José,
20 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1
vez.—( IN2017188773 ).
Ante esta notaría, se procede a solicitar el cese
de la disolución de la sociedad Constructora Eterna Primavera S. A., de
conformidad con el Transitorio II de la Ley del Impuesto a las Personas
Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho, y según los requerimientos
establecidos de la Circular D.R.P-J-cero trece-dos mil diecisiete.—San José,
quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Román Esquivel Font,
Notario.—1 vez.—( IN2017188774 ).
Se
deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos -Quinientos Ochenta y
Tres Mil Cuatrocientos Ochenta y Seis S.R.L., mediante escritura otorgada a
las nueve horas con diez minutos del diez de noviembre del dos mil diecisiete,
protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios del quince de
octubre del dos mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic.
Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188775 ).
Ante
mi notaría, a las 09:00 horas del 17 de noviembre de 2017, se disolvió
la sociedad denominada:
Solly de Heredia S. A.—San José, 21 de noviembre
del 2017.—Lic. Farid Breedy Gonzalez, Notario.—1 vez.—( IN2017188777 ).
Ante
esta notaría pública, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Eco Maracas S. A.,
mediante la cual se nombró un nuevo secretario de la junta directiva recayendo
en el señor David Gerardo Fallas Alvarado.—Ciudad de Aserri, veinte de
noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Evelio Castro Retana,
Notario.—1 vez.—( IN2017188779 ).
Corporación
Capricornio Princesa S. A., cédula jurídica
número: 3-101- 341439, hace saber que procede a disolver la sociedad por
acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del
Código de Comercio, quien se considere afectado por este proceso, puede
manifestar su oposición en el término de ley, contados a partir de la
publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Jacó, 20 de noviembre
2017.—Lic. Juan Federico Arias Chacón.—1 vez.—( IN2017188783 ).
A las
14:00 horas del 16 de noviembre del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta
de asamblea de la sociedad Anluzamo S. A., donde por acuerdo de socios se
acordó su disolución.—Cartago, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias
Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188784 ).
Tres
ciento uno setecientos un mil cincuenta y ocho S. A., cédula jurídica número: 3-101-701058, hace saber que procede a
disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo
doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado
por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley, contados
a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Jacó, 20 de
noviembre 2017.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017188785
).
A las
15:00 horas del 16 de noviembre del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta
de asamblea de la sociedad Mas Como Para Uno S. A., donde por acuerdo de
socios se acordó su disolución.—Cartago, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Jorge
Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188787 ).
Por
escritura otorgada a las quince horas con treinta minutos del veinte de
noviembre del dos mil diecisiete, los señores Gerardo Martín Salazar Álvarez y
Sonia Virginia Vargas Zamora, solicitaron al Registro Mercantil el cese de
disolución de la sociedad Finca de Coronado La Canaria Sociedad
Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y
cinco mil quinientos nueve, quien se considere afectado puede manifestar su
oposición en la siguiente dirección: San José, Escazú, San Rafael, Centro
Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, oficinas de Facio Abogados.—San
José, a las dieciséis horas del veinte de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Roldán Morales Novoa, Notario.—1 vez.—( IN2017188788 ).
Se
deja constancia que en esta notaría a las doce horas con quince minutos del
veinte de noviembre del dos mil diecisiete compareció el señor Carlos Aguilar
González, como dueño de la totalidad del capital social de tres-ciento
dos-cuatrocientos noventa y tres mil trescientos sesenta y dos S.R.L.,
cédula jurídica número 3-102-493362, para mediante escritura pública solicitar
al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas 9428 de 21 de marzo del 2017, y su
reforma.—Licda. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—( IN2017188791 ).
Mediante escritura autorizada por mí, a las 17:00
horas del 14 de noviembre de 2017, se protocolizó acta de asamblea general de
accionistas de la sociedad denominada Cafetalera Montenegro Sociedad Anónima,
cédula de persona jurídica número 3-101-109400, mediante la cual se reforma la
cláusula sétima de su pacto constitutivo.—San José, 21 de noviembre de
2017.—Lic. Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, Notario.—1 vez.—( IN2017188792
).
Por
escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 14:00 y 15:00 horas del 20 de
noviembre 2017, protocolicé las actas de asamblea general de socios de Corcoran
Sphere S. A., 3-101-634483, que acordaron disolver y liquidar dicha
compañía.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo,
Notario.—1 vez.—( IN2017188793 ).
Mediante la escritura de protocolización número
noventa y uno del protocolo tres, del suscrito notario, otorgada en Uvita de
Osa de Puntarenas, a las diez horas del veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete. Se acuerda disolver la sociedad costarricense Tres-Ciento
Uno-Quinientos Cincuenta y Tres Mil Novecientos Ochenta y Uno S. A., cedula
jurídica 3-101-553981.—Uvita, Osa, Puntarenas, veintiuno de noviembre del dos
mil diecisiete.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2017188795
).
Por
escritura otorgada a las 13 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Distribuidora
Alberto Castro Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Sebastián,
donde se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 16 de
noviembre del año 2017.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—(
IN2017188796 ).
El
suscrito Notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaria, el
día veinte de noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea
de El Caballo Holandes Sociedad Anónima. Wings of Dragonfly Sociedad
Anónima. Butterfly Effects Sociedad Anónima. Disolución de sociedad.
Es todo, firmo en Palmar, Osa, Puntarenas, a las diecisiete horas del veinte de
noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—(
IN2017188797 ).
Por
escritura cincuenta de las siete horas del 12 de noviembre del 2017,
protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Santa Fe
Uno F S. A. Se acuerda la disolución de la mismas, se pública este edicto
para los efectos del Código de Comercio.—Licda. Lucett Water Elli, Notaria.—1
vez.—( IN2017188799 ).
Mediante
la escritura de protocolización número noventa y dos del protocolo tres, del
suscrito notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas, a las once horas del
veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete. Se acuerda disolver la sociedad
costarricense La Magia de La Bella Naturaleza Sociedad de Responsabilidad
Limitada S.R.L., cedula jurídica 3-102-507823.—Uvita, Osa, Puntarenas,
veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho,
Notario.—1 vez.—( IN2017188803 ).
Por
escritura número cuarenta y dos del tomo primero del Notario Público, José
Fernán Pozuelo Kelley, otorgada a las nueve horas del veintiuno de noviembre de
dos mil diecisiete, se protocoliza la asamblea extraordinaria de accionistas
número seis de Desarrolladora Energética de Pantasma y El Istmo S. A.,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos treinta y dos
mil cuatrocientos ochenta y siete, mediante la cual se reforma la cláusula
sexta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. José Fernán Pozuelo Kelley, Notario.—1 vez.—( IN2017188804 ).
Rodrigo Camacho Mondragón y Rolando Benavides
Camacho solicitan la liquidación de la sociedad Auto Repuestos B E C A
Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de San José, Barrio Amón de la
esquina suroeste, del INVU setenta y cinco metros sur edificio Teresa, tercer
piso. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las once horas del
dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Lourdes Vindas Carballo,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188807 ).
Por
escritura otorgada ante la suscrita notaria, número ciento cincuenta y tres de
las dieciocho horas del veinte de julio del año dos mil diecisiete se
protocolizó acta número cuarenta y cuatro de asamblea extraordinaria de socios
de la sociedad Centro Educativo Montebello de Heredia Sociedad Anónima en
la que se nombra nuevo fiscal: Sandra Bejarano Gutiérrez.—Heredia, 17 de
noviembre del 2017.—Lic. María Auxiliadora Montoya Hernández, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188808 ).
Por escritura otorgada ante la suscrita notaria
número ciento cincuenta y dos de las diecisiete horas treinta minutos del
diecinueve de julio del dos mil diecisiete, se tomó el acuerdo de disolución de
la sociedad Jota C Patricia Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-ciento uno-quinientos setenta mil ochocientos cuarenta y nueve.—Heredia,
tres de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. María Auxiliadora Montoya
Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188809 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiuno de
noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizan las actas de asamblea general
extraordinaria de accionistas de las siguientes sociedades: TOP Media Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-doscientos cuarenta y un mil cero noventa y ocho; y Publivallas de Costa
Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos dieciocho mil quinientos sesenta y uno, para fusionar por
absorción la primera con la segunda, prevaleciendo TOP Media Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017188811 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiuno de
noviembre de dos mil diecisiete, se reforman las cláusulas segunda y quinta del
pacto constitutivo de TOP Media Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil cero
noventa y ocho.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017188813 ).
Ante
mi notaría, a las 14 horas del 20 de noviembre, por medio de escritura N° 274,
visible al folio 177 vuelto del tomo 26 de
mi protocolo, comparecieron Vilma Ramírez Delgado, cédula 4-0077-0009,
soltera; Elieth Ramírez Delgado, cédula 4-0079-0825, soltera; Magdalena Ramírez
Delgado, cédula 4-0086-0777, viuda; Lorena Ramírez Delgado, cédula 4-0114-0107,
casada una vez; y Ana Isabel Ramírez Delgado, cédula 4-0094-0706, casada una
vez, amas de casa, vecinas de San Antonio de Belén, cien sur de Antiguas Bodegas
de Abonos Abro, en su condición de apoderadas generalísimas sin límite de suma,
con representación judicial y extrajudicial, de la sociedad denominada Ma-Rami-Delga
S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco ocho nueve tres seis tres,
sociedad que es titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones
que representan la totalidad del capital social de la sociedad Costa Montaña
Estates Godorniz Cero Cincuenta y Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-cuatro cinco cuatro cinco cero ocho, para solicitar el
cese de disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio
segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su
reforma, autorizando a la suscrita notaria para proceder a la solicitud de
publicación una vez en el Diario Oficial La Gaceta del edicto
respectivo.—San Antonio de Belén, Heredia, a las 15 horas del 20 de noviembre
del 2017.—Licda. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2017188814 ).
Se
protocoliza acta número dos de la sociedad Eventos Ciclísticos Grupo del
Valle Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-677719, se
varia la conformación de la junta directiva.—Lic. Jairo Mauricio Guzmán
Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017188816 ).
Por escritura otorgada ante esta notaria, a las
08:00 horas del 06 de noviembre del 2017, se protocolizó acta de la sociedad
extraordinaria Corporación Salas y Rodríguez Corsaro S. A. En la cual se
disuelve la sociedad, de conformidad al artículo 201, inciso d) del código de
comercio, se prescindió del trámite de nombramiento de liquidador y demás
trámites de liquidación, ya que no hay activos ni pasivos.—Heredia, 21 de
noviembre del 2017.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—(
IN2017188817 ).
Por
medio de escritura otorgada en San José, a las 07:00 horas del 20 de noviembre
del 2017, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas, de la empresa denominada Inversiones Estralfa Sociedad Anónima,
mediante la cual se disuelve la empresa.—San José, 20 de noviembre del
2017.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017188818 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:30 horas del 06 de noviembre del
2017, se protocolizó acta de la sociedad extraordinaria Coronado Avendaño S.
A., en la cual se disuelve la sociedad, de conformidad al artículo 201,
inciso d) del Código de Comercio, se prescindió del trámite de nombramiento de
liquidador y demás trámites de liquidación, ya que no hay activos ni
pasivos.—Heredia, 21 de noviembre de 2017.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González,
Notario.—1 vez.—( IN2017188820 ).
Se
hace del conocimiento del público en general que todos los socios de Ganadera
Sardinas del Atlántico R&M S. A., cédula jurídica tres-ciento
uno-quinientos noventa y seis mil quinientos noventa y uno, acordaron el cese
de la disolución de la sociedad. Notaria del Lic. Ronald Córdoba Artavia.—Lic.
Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—( IN2017188821 ).
Por
medio de escritura otorgada en San José, a las 07:15 horas del 20 de noviembre
del 2017, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de
accionistas de la empresa denominada Inversiones L S Y R Sociedad Anónima,
mediante la cual se disuelve la empresa.—San José, 20 de noviembre del
2017.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017188822 ).
Por medio de escritura otorgada en San José, a las
07:30 horas del 20 de noviembre del 2017, se protocolizaron acuerdos de
asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada Naturalez
del Tulipán Amarillo Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la
empresa.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1
vez.—( IN2017188825 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 12 de octubre del
2017, se protocolizó acta de la sociedad extraordinaria Tricom Leasing Co S.
A., en la cual se disuelve la sociedad, de conformidad al artículo 201,
inciso d) del Código de Comercio, se prescindió del trámite de nombramiento de
liquidador y demás trámites de liquidación, ya que no hay activos ni
pasivos.—Heredia, 21 de noviembre de 2017.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González,
Notario.—1 vez.—( IN2017188826 ).
Por escritura otorgada ante mí a las once horas del
trece de noviembre de dos mil diecisiete, los señores Álvaro Roberto Álvarez
Herrera, cédula de identidad número uno-quinientos treinta y seis-novecientos
sesenta y nueve y Julio César Álvarez Herrera, cédula de identidad número
uno-novecientos noventa y siete-cuatrocientos quince, solicitan el cese de la
disolución de la sociedad Alquileres Mega Toldos Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil
cuatrocientos treinta y cuatro.—San José, trece de noviembre de dos mil
diecisiete.—Licda. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188827
).
Por
escritura autorizada a las nueve horas de hoy protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Latourette Park
Avenue Holdings Llc Sociedad Anónima, en que se modifican cláusulas novena de
sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad y
décimo primera en cuanto a la vigilancia; se nombran nuevos secretario y
tesorero y se revoca poder.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017188828 ).
Por
escritura autorizada a las ocho horas de hoy protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones E Y
L Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula sétima de sus estatutos,
en cuanto a la administración y representación de la sociedad y se nombran
nuevos secretario y tesorero.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017188830 ).
Por
escritura autorizada a las ocho horas de hoy protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad E Y L Zwick
Incorporated, Sociedad Anónima, en que se modifican cláusulas novena de sus
estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad y
décimo primera en cuanto a la vigilancia; se nombran nuevos secretario,
tesorero y fiscal y se revoca poder.—San José, quince de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017188833 ).
Se comunica a todos los interesados que los socios
de la sociedad Inversiones Agrícolas Jomaved Sociedad Anónima, cédula
jurídica tres-ciento uno-dos ocho dos cero cuatro seis, presenta ante el
Registro Público de la propiedad la solicitud de cese de disolución de la
sociedad, ante el notario Christian Javier Badilla Vargas.—Lic. Christian
Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017188835 ).
Por
escritura autorizada a las nueve horas de hoy protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Spikalont de
Santa Ana Llc Sociedad Anónima, en que se modifican cláusulas novena de sus
estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad; y
décimo primera, en cuanto a la vigilancia; se nombran nuevos secretario,
tesorero y fiscal y se revoca poder.—San José, quince de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017188836 ).
Por
escritura autorizada a las diez horas de hoy protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad El Pájaro
Cardenal De La Playa Sociedad Anónima, en que se modifican cláusulas novena
de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la
sociedad; y décimo primera, en cuanto a la vigilancia; se nombran nuevos
secretario y tesorero y se revoca poder.—San José, veintiuno de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—(
IN2017188838 ).
Por
escritura número diez-siete, otorgada ante los notarios Adrián Álvarez Orellana
y Mario Quesada Bianchini, a las 11:00 horas del día 21 de noviembre del 2017,
se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de
accionistas de la sociedad tres-ciento uno-setecientos cuarenta y seis mil
seiscientos setenta y cinco s. a., con cédula jurídica número 3-101 -746675
mediante la cual se modificó la cláusula primera del nombre y se otorgan
poderes.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Adrián Álvarez Orellana,
Notario.—1 vez.—( IN2017188839 ).
Por
escritura número veinte-seis, otorgada ante la notaría de Marcela María Alfaro
Orozco, a las dieciséis horas ocho de noviembre del dos mil diecisiete, se
protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas
de la sociedad denominada Corporación Agroindustrial Internacional S. A.,
mediante la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San
José, ocho de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Marcela María Alfaro
Orozco, Notaria.—1 vez.—( IN2017188840 ).
El
suscrito notario licenciado José Manuel Venegas Rojas, cédula de identidad
dos-trescientos noventa-seiscientos seis, carné ocho mil cuatrocientos sesenta
y uno, hace constar que en esta notaria, se confeccionó la escritura número
treinta y seis- cinco, de las nueve horas del veintitrés de octubre de dos mil
diecisiete, donde se realizó la protocolización del acta de asamblea general
extraordinaria de la sociedad Rigoleto Sociedad Anónima, cédula tres-
ciento uno-trescientos treinta y dos mil ochenta y dos y se modifica la
cláusula undécima del pacto constitutivo.—Alajuela, veinte de noviembre de dos
mil diecisiete.—Lic. José Manuel Venegas Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017188842
).
Por
escritura 110 del tomo 15, de esta notaría, al ser las 8:00 horas del 21 de
noviembre del año 2017, se reforma el acta constitutiva de la empresa Auto
Transportes Osa Península OMB Limitada, cédula Jurídica, 3-102-484214; en
cuanto a su domicilio legal, objeto y nombran dos gerentes. Es todo. Tel:
27716724.—San Isidro, Pérez Zeledón, provincia de San José, 21 de noviembre del
2017.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, carné 10486, Notario.—1 vez.—( IN2017188846
).
Ante
esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del
veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos
de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad
denominada Durman Esquivel S. A. Donde se acuerda modificar las
cláusulas sétima y novena, del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, veintiuno
de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188851 ).
Shahriar
Heydarian Heydarian, con cédula de identidad 8-0101-0195, solicita al Registro
Público, Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en
la entidad jurídica de tres-ciento uno-seiscientos catorce mil doscientos
noventa y cinco sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-seiscientos catorce mil doscientos noventa y cinco de
conformidad con el Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San José a las once horas
diez minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Evelyn
Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188852 ).
Shahriar Heydarian Heydarian, con cédula de
identidad 8-0101-0195, y María del Milagro conocida como Gabriela Chaves
Corrales, cédula de identidad número 4-122-778 solicitan al Registro Público,
Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en la
entidad jurídica de Inversiones Versev Sociedad Anónima, con cédula de
persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil novecientos
veintiocho de conformidad con el Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San José, a
las once horas cinco minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete.—Licda. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188853 ).
Shahriar
Heydarian Heydarian, con cédula de identidad 8-0101-0195, solicita al Registro
Público, Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en
la entidad jurídica de Akef Importaciones y Exportaciones Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos seis mil
ochenta y tres de conformidad con el Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San
José, a las once horas diez minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188854 ).
Por
escritura número 142 del tomo 17 de mi protocolo, otorgada las 10:10 del 15 de
noviembre del año 2017, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad
denominada Monkey Business Three Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número trescientos uno-quinientos ochenta y cuatro mil ochocientos
treinta y seis, lo anterior en concordancia con lo dispuesto en el transitorio
II de la Ley nueve mil veinticuatro.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Lic.
Gonzalo Víquez Carazo, carnet 10476, Notario.—1 vez.—( IN2017188859 ).
Por
escritura número 143 del tomo 17 de mi protocolo, otorgada las 10:20 del 15 de
noviembre del año 2017, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la
sociedad denominada trescientos uno-seiscientos cuarenta mil ochocientos
veinte, sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos cuarenta mil ochocientos veinte, lo anterior en concordancia
con lo dispuesto en el transitorio II de la Ley nueve mil veinticuatro.—San
José, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—( IN2017188862 ).
A
solicitud de Linda (Nombre) Wilson (apellido), quien mayor, casada, vecina de
mil ciento cuarenta y nueve Pascal Place, Northfolk Virginia, New Jersey,
anteriormente portadora del pasaporte número 56855267, y actualmente portadora
del pasaporte de su país 491675129, ciudadana de los Estados Unidos de América,
razón por la que solamente lleva un apellido, en mi condición de propietaria de
la totalidad del capital social de la sociedad Colonial Valley Sociedad
Anónima era titular de la cédula jurídica número tres ciento uno
trescientos ochenta y seis mil doscientos sesenta y dos, que constó inscrita en
el Registro Nacional, Sección Mercantil, tomo quinientos cuarenta y tres,
Asiento nueve mil noventa y nueve, al tenor de lo que establece el transitorio
II de la Ley N° 9024, reformado mediante la Ley N° 9485 se hace la presente
publicación para efectos de iniciar los trámites del cese de la disolución de
dicha sociedad.—Desamparados, San José, veinte de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188864 ).
Por
escritura número 140 del tomo 17 de mi protocolo, otorgada las 15:00 horas del
13 de noviembre del año 2017, el suscrito notario protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Hawks Lake View
Tvventy Seven Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y siete mil quinientos treinta y siete,
mediante la cual se reforman la cláusula setima de los estatutos sociales.—San
José, 13 de noviembre del 2017.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—(
IN2017188865 ).
A
solicitud de Lalena Isa (Nombres) Bennett (Apellido), mayor, soltera,
empresaria, súbdita canadiense, razón por la cual lleva un solo apellido,
vecina de Puntarenas, Playa Jaco, y portadora del pasaporte de su país número
MJ cuatro dos siete tres cinco ocho, quien actuando en su condición de
propietaria de la totalidad del capital social de la sociedad La Leña Isa
Venture Sociedad Anónima, que fuera titular de la cédula jurídica número
tres-ciento uno cuatrocientos catorce mil ochocientos veintinueve, y la que
constó inscrita en el Registro Nacional bajo el tomo quinientos cincuenta y
seis, Asiento quince mil seiscientos nueve y con domicilio en Puntarenas, Playa
Jaco, en Cabinas Vago, apartamento número nueve, de soda Hidalgo cien hacia la
playa y cincuenta hacia la izquierda, al tenor de lo que establece el
transitorio II de la Ley N° 9024, reformado mediante la Ley N° 9485 se hace la
presente publicación para efectos de iniciar los trámites del cese de la
disolución de dicha sociedad.—Desamparados, San José, veinte de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—(
IN2017188866 ).
Familia
García Varela Sociedad Anónima, cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil trescientos
ochenta y tres, nombra por el resto del plazo social un nuevo presidente
secretario, modifica su representación legal y reforma su domicilio social. Es
todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017188870 ).
Ante
esta notaría, trece horas y treinta minutos del día veinte de noviembre de dos
mil diecisiete, se otorgó escritura mediante la cual se solicitó el cese de la
disolución por Ley número nueve mil veinticuatro de la sociedad Proverbios
Nueve-Diez Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil seis.—San José, a los veinte días
del mes de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Olga Castillo Barahona,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188872 ).
Por
escritura número cuarenta y tres-veintidós, otorgada en mi despacho a las
quince horas del veinte de noviembre de dos mil dos mil diecisiete, se
protocolizó acuerdo de socios de disolución de sociedad, de conformidad con el
artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la sociedad Centro
de Ploteo e Impresión Digital Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil setecientos noventa y siete.
Es todo.—Grecia, veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Yuliana Gutiérrez
Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2017188876 ).
Mediante
escritura número 34-182, autorizada por mí a las 15:00 horas del 18 de
noviembre de 2017, las dueñas de la totalidad de las acciones que componen el
capital social, solicitan el cese de la disolución de la sociedad denominada Transportes
Rodríguez de Tres Ríos S. A., con cédula de persona jurídica número
3-101-255247.—Ciudad Quesada, 21 de noviembre de 2017.—Lic. Raúl Hidalgo
Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017188878 ).
Por
medio de escritura otorgada ante la suscrita en San Isidro de El General de
Pérez Zeledón, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del diez de
noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas de Inversiones Tres Gringos de Texas Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil ochocientos
cuarenta y nueve, se acordó su disolución a partir del día ocho de noviembre
del dos mil diecisiete. En cumplimiento con la normativa se cita a las personas
interesadas a efecto de que establezcan las reclamaciones u oposiciones que
tuviesen y se otorga el plazo de treinta días a partir de esta publicación, de
acuerdo con el artículo doscientos siete del Código de Comercio, reclamaciones
que se pueden establecer en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, de la
Estación de Bomberos, setenta y cinco metros al oeste y setenta y cinco metros
al norte en las oficinas del Bufete Sánchez y Asociados, o bien en la vía
jurisdiccional.—San Isidro de Pérez Zeledón, diez de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188880
).
El
suscrito, Doney Francisco Blanco Sánchez, mayor de edad, casado una vez,
comerciante, vecino de Palmares de Pérez Zeledón, costado oeste del parque,
portador de la cédula de identidad uno-cero seis seis dos-cero cinco siete
ocho, por medio del presente edicto informo que como titular de más del
cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del
capital social de Desarrollos Blabre Sociedad Anónima, cédula jurídica
tres-uno cero uno-tres cero nueve seis tres tres, disuelta por ley número nueve
mil veinticuatro, impuesto a las personas jurídicas, de veintitrés de diciembre
de dos mil once, comparecerá, dentro del plazo de ley ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y que dicha persona
jurídica quede en la misma condición jurídica en que ostentaba antes de su
disolución.—Pérez Zeledón, San Isidro, veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188881
).
Por
escritura otorgada ante esta notaria pública a las 11:00 horas del 21 de
noviembre del 2017, Café-Teras Pura Vida SRL, reforma su cláusula
sétima.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—( IN2017188882 ).
El
suscrito Edwin Mora Murcia, cédula de identidad 6-065-797, actuando como
presidente con facultades de apoderado generalísimo de la sociedad Stix S.
A., cédula jurídica 3-101-149673, por medio del presente edicto informa que
su representada, como titular del cien por ciento del capital social de la
sociedad Brand New Day Properties S. A., cédula jurídica 3-101-376149,
comparecerá dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de dicha sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez
en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de noviembre del
2017.—Edwin Mora Murcia, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—( IN2017188883 ).
A solicitud de Joshua Calhoun Wilson, quien es
mayor de edad, ciudadano de los Estados Unidos de América, razón por la cual
solamente lleva un apellido, soltero en unión libre, artista, vecino de vecino
de Guanacaste, Playa Flamingo, de la Plaza de Flamingo, trescientos metros
norte, y anteriormente portador del pasaporte de su país número dos cero siete
cuatro siete seis dos seis dos y actualmente portador de la cédula de
residencia uno ocho cuatro cero cero cero seis dos uno dos dos cuatro, y Mary
Jane Frank, quien es mayor, divorciada, y portadora de la cédula de residencia
número uno ocho cuatro cero cero cero cinco dos uno cuatro tres uno, vecina de
Guanacaste, Playa Flamingo, de la Plaza de Flamingo trescientos metros norte
quien actuando en su condición de propietarios de la totalidad del capital
social de la sociedad Bienes y Servicios Robledo de Rincón Largo de
Guanacaste Sociedad Anónima, que fuera titular de la cédula jurídica número
tres-ciento uno-trescientos noventa y nueve mil ciento sesenta y dos, y la que
constó inscrita en el Registro Nacional, bajo el tomo quinientos cuarenta y
nueve, asiento dieciséis mil novecientos cuarenta y cuatro y con domicilio en
San José de Casa Matute Gómez, doscientos metros al este y doscientos cincuenta
metros al sur Edificio Tenerife, al tenor de lo que establece el transitorio II
de la ley 9024, reformado mediante la Ley 9485 se hace la presente publicación
para efectos de iniciar los trámites del cese de la disolución de dicha
sociedad.—Desamparados, San José, veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188884 ).
Ante
esta notaria, a petición de la totalidad del capital social, se tramitará y
gestionará el cese de disolución de la sociedad Monte Bello Lote Cuarenta y
Tres Cinco Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento
uno-trescientos noventa y nueve mil cuatrocientos cincuenta, ante Registro
Nacional.—Playas del Coco, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Javier Campos Chaves,
Notario.—1 vez.—( IN2017188886 ).
Mediante
escritura otorgada el día 20 de noviembre de 2017, ante esta notaría, se
modificó el pacto constitutivo de El Álamo de Centroamérica, con cédula
jurídica 3- 101- 107757.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188888 ).
Por
escritura otorgada a las 12:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de Ata Trust Company S. A., en la que
se modificó el objeto.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Eugenio Vargas
Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017188891 ).
Ante
esta notaría, mediante escritura número noventa y dos de las ocho once horas
del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, se acordó disolver la sociedad
Poviglio Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-215847. Es todo.—San
José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magda González Salas,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188892 ).
Se
deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Noventa y
Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos S.R.L., mediante escritura
otorgada a las dieciséis horas con diez minutos del veinte de noviembre del dos
mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios
del dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete, en la cual se acuerda
disolver la sociedad.—Licda. Vanessa Mayela Calvo González, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188894 ).
Se
deja constancia que en esta notaría Todo Depende LLC Limitada, mediante
escritura otorgada a las diecisiete horas con veintidós minutos del veinte de
noviembre del dos mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general
extraordinaria de socios del dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete en
la cual se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Vanessa Mayela Calvo González,
Notaria.—1 vez.—( IN2017188895 ).
Se
deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Quinientos Tres Mil
Novecientos Noventa y Uno S.R.L., mediante escritura otorgada a las doce
horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, protocolizó acta de
asamblea general extraordinaria de socios del diecinueve de noviembre del dos
mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Vanessa Calvo
González, Notaria.—1 vez.—( IN2017188896 ).
Mediante
escritura número ciento uno otorgada por los notarios públicos Natalia María
González Bogarín y Adrián Esteban Obando Agüero, a las nueve horas veinte
minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, se modifica el pacto
constitutivo de la sociedad Ojo Grande de Quepos S. A., donde se
modifica la representación, se nombra tesorero y se revoca agente
residente.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Adrián Esteban Obando
Agüero, Notario.—1 vez.—( IN2017188897 ).
La
suscrita notaria, Natasha María Blanco Elizondo, comunica que el socio que
representa más del 51% del capital social de la sociedad La Casa del Mono
Sociedad Anónima, (la cual se encuentra disuelta por Ley Noventa
Veinticuatro); me han solicitado otorgar escritura pública solicitando el cese
de la disolución; de conformidad con la Ley N° 9485.—Uvita, Osa, Puntarenas, 10
de noviembre del 2017.—Licda. Natasha María Blanco Elizondo, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188898 ).
Mediante
escritura número ciento uno otorgada por los notarios públicos Natalia María
González Bogarín y Adrián Esteban Obando Agüero, a las nueve horas del
veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, actuando en conotariado en el
protocolo del primero, se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Hermanas
Chacón Pacheco Limitada, en cuanto a su domicilio, representación y
convocatoria, asimismo se realiza nombramiento de gerente.—San José, 21 de
noviembre del 2017.—Lic. Adrián Esteban Obando Agüero, Conotario.—1 vez.—(
IN2017188899 ).
Mediante
escritura autorizada por mí, a las 12:00 horas del 03 de noviembre de 2017, se
protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Internetq
Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número
3-101-358005; mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal y se
reforma el domicilio y la denominación de la compañía.—San José, 21 de
noviembre de 2017.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—(
IN2017188900 ).
A las
ocho horas del día siete del mes de noviembre del dos mil diecisiete en
escritura otorgada ante el suscrito notario, los únicos titulares de la
totalidad de acciones que conforman el capital social de la entidad PCCR
Computer Express-It Services Sociedad Anónima, han acordado disolver la
sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio.—San José, 7 de noviembre del 2017.—Lic. Jerry Campos Monge,
Notario.—1 vez.—( IN2017188901 ).
El suscrito notario da fe que mediante escrituras
otorgadas a las 8:00 y 8:30 horas del día 16 de noviembre de 2017, se otorgaron
las escrituras mediante las cuales los socios de las empresas Delben Cinco
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-331523 y Sonridec
Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-331524 acuerdan disolver
y liquidar estas sociedades de conformidad con lo que dispone el artículo 201
inciso d-) del Código de Comercio.—San José, 16 de noviembre de 2017.—Lic. José
Carlos Quesada González, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188905 ).
En
escritura pública número 266-3, al ser las 20:00 horas del 21 de noviembre del
2017, en mi notaría protocolicé el acta N° 1 del libro Asamblea de Socios N° 1
de 3-101-707244 S. A., en la cual se modificó la cláusula segunda del
pacto constitutivo.—Lic. Mauricio Matamoros Fernández, Notario.—1 vez.—(
IN2017188910 ).
Reforma
de pacto social, representación; en la sociedad Racymas Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos noventa y
cuatro mil novecientos cuatro. otorgado en San Isidro de Alajuela, a las nueve
horas con diez minutos del día veintidós de octubre del año dos mil
diecisiete.—Alajuela, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Roxana Beatriz Saborío
Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188912 ).
Ricardo
Vargas Rojas, cédula de identidad N° 9-046-725, Fernando Vargas Rojas, cédula
de identidad N° 9-029-019, Rodolfo Vargas Rojas, cédula de identidad N°
1-589-157, Luis Mariano Vargas Rojas, cédula de identidad N° 1-524-616,
Alejandro Salazar Vargas, cédula de identidad N° 4-142-106, socios dueños del
100% del capital social de Inversiones El Camino del Sol Naciente,
cédula jurídica N° 3-101- 372447, solicita al Registro de Personas Jurídicas
del Registro Nacional el cese de la disolución de su compañía realizada en
virtud del artículo 6 de la Ley 9024. Esto de conformidad a la Ley N° 9485 que
reforma el Transitorio II de la Ley N° 9428 de Impuesto a las Personas
Jurídicas.—San José, lunes veinte de noviembre del año 2017.—Lic. Willy
Hernández Chan, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188918 ).
Luis
Mariano Vargas Rojas, cédula de identidad N° 1-524-616 y Ana Cira Rivera
Sancho, cédula de identidad N° 2-410-668, socios dueños del 100% del capital
social de Consultores Vargas y Rivera S. A., cédula jurídica
3-101-196457, solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional
el cese de la disolución de su compañía realizada en virtud del artículo 6 de
la Ley 9024. Esto de conformidad a la Ley N° 9485 que reforma el Transitorio II
de la Ley N° 9428 de Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, lunes veinte
de noviembre del año 2017.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario Público.—1 vez.—(
IN2017188920 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general
extraordinaria de accionistas en que se reforman las cláusulas segunda y sexta
se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal, de la sociedad Inversiones
Transnacionales de Tecnología INTRATEC Sociedad Anónima.—San José, 21 de
noviembre del 2017.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Abogado y Notario.—1 vez.—(
IN2017188922 ).
Yo, Mark Alan (nombre) Vacker (apellido), de único
apellido en razón de mi nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez,
pensionado, pasaporte actual de mi país número 513459326, en mi condición de
único socio de la sociedad denominada Marco’s Mission Limitada, cédula
jurídica N° 3-102-479113, en virtud de que la sociedad fue disuelta por la
aplicación de la ley nueve mil veinticuatro, solicito el cese de la disolución
de dicha sociedad.—17 de noviembre del 2017.—
Mark Alan Vacker.—1 vez.—( IN2017188923 ).
Yo,
Mark Alan (nombre) Vacker (apellido), de único apellido en razón de mi
nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, pensionado, pasaporte
actual de mi país número 513459326, en mi condición de beneficiario del First
Amended & Restated Mark A. Vacker Intervivos Revocable Trust, que es el
único socio de las sociedades denominadas: (i) Peachi Paige’s Province S. A.,
cédula jurídica 3-101-458334, y (ii) Bandit’s Bandana Limitada, cédula
jurídica 3-102-478960, en virtud de que las sociedades fueron disueltas por la
aplicación de la ley nueve mil veinticuatro, solicito el cese de la disolución
de dichas sociedades.—17 de noviembre del 2017.—Mark Alan Vacker.—1 vez.—(
IN2017188924 ).
El
suscrito Saúl Salas Umaña, mayor, casado una vez, separado judicialmente,
empresario, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos
cinco-cero ochenta y dos, vecino de Orotina, Calle El Tigre, quinientos metros
al sur y quinientos metros al este del antiguo basurero, por medio del presente
edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las
acciones que representan la totalidad del capital social de Inversiones Saco
MCB Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos
cincuenta mil trescientos ochenta y siete, comparecerá, dentro del plazo de
ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la
cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el
cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el
transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo
del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia,
diez de noviembre del dos mil diecisiete.—Saúl Salas Umaña.—1 vez.—( IN2017188925
).
La suscrita, Ingrid Salas Umaña, del hogar, cédula
de identidad uno-seiscientos treinta y tres-dos nueve tres, casada una vez,
vecina de Orotina, Alajuela, Calle El Tigre, seiscientos metros este del
antiguo Colegio Santa Fe, por medio del presente edicto informa que, como
titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital social de Vefusa F y S de Orotina Sociedad Anónima,
con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y
tres mil cuatrocientos treinta y uno, comparecerá, dentro del plazo de ley,
ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se
solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la
disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo
de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su
reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Orotina,
dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Ingrid Salas Umaña.—1 vez.—(
IN2017188928 ).
Se
hace constar que los socios de Rohrmoser & Co. S. A., cédula
jurídica número 3-101-105925 solicitan al Registro de Personas Jurídicas el
cese de su disolución conforme al Transitorio II de la Ley de Impuesto a las
Personas Jurídicas número 9428.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. Edgar Rohrmoser Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2017188930 ).
La suscrita Rosa Iris Segura Quesada, con cédula de
identidad número 9-037-765, como dueña del 100% del capital social, de la
sociedad Transportes Yonkers R – I - D - G del Norte S. A., con cédula
jurídica número 3-101-415724; comparecerá dentro del plazo de ley ante notaria
pública a efecto de otorgar escritura donde se solicitará el cese de disolución
de la sociedad ante el Registro Público. Es todo.—Ciudad Quesada, 20 de
noviembre del 2017.—Lic. Rosa Iris Segura Quesada, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188932 ).
Ante
esta notaría se procede a solicitar el cese de la disolución de la sociedad tres
uno cero uno cuatro seis uno tres cuatro ocho s. a., de conformidad con el
Transitorio II de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil
cuatrocientos veintiocho, y según los requerimientos establecidos de la
Circular D.R.P-J- cero trece-dos mil diecisiete.—San José, veinte de noviembre
del año dos mil diecisiete.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—(
IN2017188935 ).
Ante
mí José Max Chaves Contreras, notario público, con oficina abierta en Cartagena
de Santa Cruz, Guanacaste, 250 metros norte de la entrada principal, comparecen
Antonietta (nombre) Onofri (apellido), con único apellido en razón de su
nacionalidad italiana, mayor, divorciada una vez, comerciante, con domicilio en
Tamarindo de Santa Cruz, Guanacaste, portadora de la cédula de residencia
138000032924 y Claudio Lorenzo Carmelo (nombre) Gallo (apellido), con único
apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor, divorciado una vez,
comerciante, con domicilio en Tamarindo de Santa Cruz, Guanacaste, portador de
la cédula de residencia 138000047504, manifiestan: como titulares cada uno del
cincuenta por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital
social de Agua Rica de Tamarindo GO Sociedad Anónima, cedula jurídica
3-101-213912, solicitan al Registro de Personas Jurídicas del Registro
Nacional, el cese de la disolución de la sociedad, al amparo de lo dispuesto en
el transitorio II de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo del
2017 y su reforma. Tel: 8373-4435.—Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste a las 11
horas y 30 minutos del 20 de noviembre del 2017.—Lic. José Max Chaves
Contreras, Notario.—1 vez.—( IN2017188936 ).
Ante esta notaría se procede a solicitar el cese de
la disolución de las sociedades Rio Nuba del Sur S. A.; Corporación
Americana El Terrerito S. A.; y, Corporación Agrícola Tunico S. A.,
de conformidad con el Transitorio II de la Ley del Impuesto a las Personas
Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho, y según los requerimientos
establecidos de la Circular D.R.P-J- cero trece-dos mil diecisiete.—San José,
veinte de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Román Esquivel Font,
Notario.—1 vez.—( IN2017188938 ).
Por
escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de
las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de accionistas de las
sociedades Flexi Park Uno Adonis S.A.; Flexipark Dos Agamenón S. A.;
y, Beyco Baking Ingredients S. A., mediante los cuales se fusionan las
dos primeras sociedades, con la última que las absorbe. Dicha fusión producirá
los siguientes efectos: a) cese de la personería jurídica individual de las
sociedades absorbidas; b) que la sociedad prevaleciente asume todos los activos
y pasivos, derechos y obligaciones e ingresos y gastos de las sociedades
absorbidas; c) el aumento en el capital social de la sociedad prevaleciente; y,
d) el inmediato cese en los cargos de los miembros de la Junta Directiva y
demás funcionarios y apoderados de las sociedades absorbidas. Además, se
reforma la cláusula quinta de la sociedad Beyco Baking Ingredients S. A.
y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, diecisiete de noviembre
del año dos mil diecisiete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—(
IN2017188939 ).
Por escritura otorgada número ciento setenta y
siete-uno que se encuentra al tomo primero de mi protocolo, se protocolizó acta
de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de El Refugio
Nosotros Sociedad Anónima, entidad titular de la cédula de persona jurídica
número tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil doscientos cuarenta y tres,
mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas quinta, octava, décimo
segunda y décimo sexta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de noviembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Milena Jaikel Gazel, Notaria.—1 vez.—( IN2017188941
).
Por
escritura otorgada número ciento setenta y seis-uno que se encuentra al tomo
primero de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas
de Crestone Peak Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada, entidad
titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos
noventa y seis mil ciento treinta y cinco, mediante la cual se acuerda reformar
la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de noviembre
del dos mil diecisiete.—Licda. Milena Jaikel Gazel, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188942 )
Inversiones
Castrobando S. A., cédula jurídica número
3-101-341944, así como al público en general, se les hace saber que los señores
Jesús Asdrúbal Castro Umaña, mayor, casado una vez mecánico, con cédula
1-0308-0911, Max Asdrúbal Castro Obando, mayor, soltero, estudiante, con cédula
10903-0897, Nancy Elizabeth Obando Salazar mayor, casada una vez, de hogar, con
cédula de identidad 1-0339-0350 y todos vecino de Tirrases de Curridabat en su
condición de accionistas titulares del cien por ciento -100%- del capital
social de la empresa, de conformidad con el transitorio segundo de la Ley N°
9428, así reformado, solicitarán a la Dirección de Personas Jurídicas del
Registro nacional el cese de disolución decretada en aplicación de la Ley N°
9024.—Lic. Ricardo Adolfo Badilla Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2017188977 ).
Nanmar
S. A., cédula jurídica número 3-101-510186, así
como al público en general, se les hace saber que los señores Max Asdrúbal
Castro Obando, mayor, soltero, mecánico, con cédula 10903-0897, Nancy Elizabeth
Obando Salazar mayor, casada una vez, de hogar, con cédula de identidad
1-0339-0350 y Vielka Castro Obando, mayor, divorciada, educadora, todos vecino
de Tirrases de Curridabat en su condición de accionistas titulares del cien por
ciento -100%- del capital social de la empresa, de conformidad con el
transitorio segundo de la Ley N° 9428, así reformado, solicitarán a la
Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de disolución
decretada en aplicación de la Ley N° 9024.—Lic. Ricardo Adolfo Badilla
Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2017188978 ).
Por escritura número 185-15, otorgada a las
dieciséis horas del 17 de noviembre de 2017, ante esta notaria Diana Elke
Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Moonsands Playa
Herradura Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la compañía.
Es todo. Licda. Diana Pinchanski Fachler, carné 15853.—Puntarenas, 17 de
noviembre de 2017.—Licda. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—(
IN2017188983 ).
Por escritura número 149-15, otorgada a las quince
horas del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, ante esta notaria Diana
Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de
la compañía de esta plaza denominada Del Maine Sociedad de Responsabilidad
Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula de la administración.
Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, carné: 15853.—Puntarenas, 21 de noviembre
de 2017.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—( IN2017189001
).
En
esta notaría escritura 126-4; el 100% del capital social solicitan al Registro
Nacional disolver la sociedad Grupo Industrial Everest de Costa Rica
Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos
cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y siete. Presidente: David Vargas
González, cédula 1-1152-439.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—(
IN2017189002 ).
En
esta notaria escritura 125-4; el 100% del capital social, solicitan al Registro
Nacional reactivar el estatus jurídico en base al “Transitorio II de la Ley
número Nueve mil cuatrocientos veintiocho”, de la sociedad Grupo Industrial
Everest E I E Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento
uno-seiscientos treinta y cinco mil novecientos cincuenta y cinco. Presidente:
David Vargas González, cédula 1-1152-439.—Lic. Greivin Ureña Fuentes,
Notario.—1 vez.—( IN2017189004 ).
He
protocolizado acta de la empresa Grupo Cargo Meta S.A., en la cual se
modifica cláusula administración y se hace nuevo nombramiento. Teléfono:
87-06-50-82.—San José, veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2017189005 ).
Mediante
escritura doscientos noventa y seis otorgada ante esta Notaria, se acuerda
modificar estatutos y domicilio social de la sociedad Limón Jugoso Sociedad
Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos sesenta y siete mil
seiscientos ocho.—21 de noviembre de 2017.—Licda. Cinthia Vargas Vargas,
Notaria.—1 vez.—( IN2017189006 ).
Por
escritura otorgada ante el suscrito notario de las nueve horas del quince de
noviembre de dos mil diecisiete, el señor Manuel Jiménez Mena, cédula
uno-setecientos treinta y cinco-doscientos veinte, en su condición de dueño de
la totalidad de las acciones de la compañía El Rey del Ganado S. A.,
cédula jurídica 3-101-540828, solicita el cese de la disolución de dicha
sociedad al amparo de ley número 9428.—San José, 15 de noviembre de 2017.—Lic.
Ricardo Moreno Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017189013 ).
Por
escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veintinueve de
setiembre del dos mil quince se protocolizó asamblea general extraordinaria de
accionistas de la sociedad Witchs Rock Industries Sociedad Anónima,
mediante la cual se acordó aumentar su capital social modificando la cláusula
quinta del pacto social.—San José, treinta de octubre del dos mil
diecisiete.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017189014 ).
Que
mediante escritura número setenta, del tomo dieciséis del notario Ronald E.
González Calderón, se solicita la cesación de disolución de la sociedad Ticoclub
S. A., persona con cédula de tres-ciento uno-doscientos diez mil sesenta y
siete, de conformidad con la circular DPJ-cero uno tres-dos mil diecisiete.—San
José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ronald E. González
Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017189029 ).
Martín Chacón Oviedo, portador de la cédula de
identidad número 4-0115-0512, dueño de la totalidad del capital social de Nova
Sagres Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-516504, solicita al
Registro Público el cese de la disolución de dicha compañía, de conformidad con
la Ley N° 9485, Transitorio Segundo.—San José, 17 de noviembre de 2017.—Martín
Chacón Oviedo.—1 vez.—( IN2017189031 ).
Manuel Ángel Fernández Conroy, portador de la
cédula de residencia número 726958583286, dueño de la totalidad del capital
social de Servicios Marítimos del Pacífico Sociedad Anónima, cédula
jurídica número 3-101-036258, solicita al Registro Público el cese de la
disolución de dicha compañía, de conformidad con la Ley N° 9485, Transitorio
segundo.— San José, 17 de noviembre de 2017.—Manuel Ángel Fernández Conroy.—1
vez.—( IN2017189032 ).
Raquel
Quirós Mora, portadora de la cédula de identidad número 1-1067-0474, dueña de
la totalidad del capital social de Synergy Dream Property Sociedad Anónima,
cédula jurídica número 3-101-577568, solicita al Registro Público el cese de la
disolución de dicha compañía, de conformidad con la Ley N° 9485, Transitorio
Segundo.—San José, 17 de noviembre de 2017.—Raquel Quirós Mora.—1vez.—(
IN2017189033 ).
Manfred
Fischel Robles, portador de la cédula de identidad número 1-0781-0960, dueño
del sesenta por ciento del capital social de Palo Seco Rodán Sociedad
Anónima, cédula jurídica número 3-101-131062, solicita al Registro Público
el cese de la disolución de dicha compañía, de conformidad con la Ley N° 9485,
transitorio segundo.—San José, 17 de noviembre de 2017.—Manfred Fischel
Robles.—1 vez.—( IN2017189034 ).
Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del
dos de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea
general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bisutería
Amatista CRC S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula primera del
nombre de la sociedad denominándose Inversiones Rocre Sociedad Anónima,
se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio y se revoca el
nombramiento de los miembros de la junta directiva y del fiscal de la sociedad
y hacer nuevos nombramientos.—San José, dos de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lcda. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017189035 ).
Conste que hoy, ante este notario la sociedad Feudos
& Capitales Limitada, modificó su pacto constitutivo en su cláusula
tercera sobre el objeto.—San José, 21 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique David
Céspedes Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017189040 ).
Por
escritura autorizada a las doce horas de hoy protocolicé acta de asamblea general
ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Automotores Elvatron
Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula sétima de sus estatutos,
en cuanto a la administración y representación de la sociedad y se reorganiza
la junta directiva.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil
diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017189041 ).
Por
escritura autorizada a las once horas de hoy protocolicé acta de asamblea
general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones
Oropéndola del Valle Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula
sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la
sociedad; se reorganiza la junta directiva y se nombra fiscal.—San José,
veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz,
Notario.—1 vez.—( IN2017189042 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 17 de noviembre de 2017, se
protocolizó formal disolución de la sociedad denominada Wasowski &
Sullivan S.R.L., cédula jurídica número 3-102-696736, en a solicitud del
único socio dueño del capital social. Es todo.—San José, 21 de noviembre del
2017.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017189043 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez
horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, comparece el
porcentaje de accionistas requerido por la Ley 9485, de la empresa Ocean
Villa Marina S. A., cédula jurídica número 3-101-447943, y solicita al
Registro Nacional, Dirección de Registro de Personas Jurídicas, el cese de su
disolución, con base en la Ley N° 9485, publicada en La Gaceta N° 197,
Alcance 250 del 19 de octubre del 2017.—Licda. Teresita Miranda Bermúdez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017189045 ).
En
asamblea general extraordinaria de La Pikuina S.A., cédula jurídica
número tres-ciento uno-trescientos ochenta y seis mil setenta y cinco celebrada
en su domicilio social, se reforma la cláusula novena de la administración de
la sociedad. Acta protocolizada ante esta notaría a las dieciséis horas del
tres de noviembre del dos mil diecisiete.—Patarrá, 10 de noviembre del
2017.—Licda. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017189046 ).
Por
escritura número cien de las doce horas del veinte de noviembre de dos mil
diecisiete, de la notaria Clara Isabel Loría Martínez; la empresa Inversiones
Farmacéuticas Centroamericanas y Del Caribe S.A., cédula jurídica
tres-ciento uno-ciento siete mil cuatrocientos cuarenta y tres, se protocoliza
acta de asamblea general extraordinaria de socios que acuerda la disolución
definitiva de la empresa.—Licda. Clara Loría Martínez, Notaria.—1 vez.—(
IN2017189047 ).
Por escritura otorgada ante esta notaría a las once
horas del veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, comparece el
porcentaje de accionistas requerido por la Ley 9485, de la empresa Folio
Real S. A., cédula jurídica N° 3-101-033575, y solicita al Registro
Nacional, Dirección de Registro de Personas Jurídicas, el cese de su
disolución, con base en la Ley N° 9485, publicada en La Gaceta número
197, Alcance 250 del 19 de octubre del 2017.—Licda. Teresita Miranda Bermúdez,
Notaria.—1 vez.—( IN2017189048 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veintiuno de
noviembre del año dos mil diecisiete, comparece el porcentaje de accionistas
requerido por la Ley N° 9485, de la empresa Flamingo Waterfront Management
S. A., cédula jurídica número 3-101-446741, y solicita al Registro
Nacional, Dirección de Registro de Personas Jurídicas, el cese de su
disolución, con base en la Ley número 9485, publicada en La Gaceta
número 197, Alcance 250 del 19 de octubre del 2017.—Licda. Teresita Miranda
Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2017189057 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veintiuno de
noviembre del año dos mil diecisiete, comparece el porcentaje de accionistas
requerido por la ley 9485, de la empresa Flamingo Finance and Equities S. A.,
cédula jurídica número 3-101-441979, y solicita al Registro Nacional, Dirección
de Registro de Personas Jurídicas, el cese de su disolución, con base en la Ley
número 9485, publicada en La Gaceta número 197, Alcance 250 del 19 de
octubre del 2017.—Licda. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria Pública.—1 vez.—(
IN2017189066 ).
En mi
notaría, a las trece horas del día veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete, he protocolizado acta de asamblea extraordinaria de la sociedad High
Seas Alliance Ltda., con cédula jurídica tres-ciento dos-seis ocho siete
cuatro cuatro uno. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se
nombra gerente.—Veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ronald
Blair Houston Mahon, Notario Público.—1 vez.—( IN2017189072 ).
Protocolización
de acuerdo de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la
sociedad denominada R.C.P.S. un Rincón Cerca del Pacífico Soleado Sociedad
Anónima, con cedula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos un
mil y cuatrocientos treinta y cuatro, en la cual se acuerda disolver la
compañía, otorgada en San José ante el notario público Carlos Fernando
Hernández Aguiar, a las doce horas del veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete. Teléfono: 2282-3300.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar,
Notario.—1 vez.—( IN2017189073 ).
Por
escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinte de noviembre de dos
mil diecisiete, se protocolizó el acta número siete de asamblea general
extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada On The Road Sociedad
Anónima, tomándose el acuerdo de modificar la cláusula segunda del
domicilio se efectúan nombramientos de junta directiva y fiscal. Es todo.—San
José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Leonora Granados
Sancho, Notaria.—1 vez.—( IN2017189074 ).
A efecto de publicación del Edicto correspondiente,
le informo que el 21 de noviembre del 2017, Rojo Azul Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-210997, los socios de la sociedad procedieron a disolver
y liquidar, esta sociedad, dicha disolución fue protocolizada mediante
escritura 255-4, visible al folio 86 vuelto del tomo 4 del protocolo, con fecha
10:30 horas del 21 de noviembre del 2017, por el notario Gerardo Enrique Arroyo
Rojas. Gerardo Enrique Arroyo Rojas. Abogado y notario, teléfono:
2283-9169.—Lic. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017189076 ).
Ante esta
notaría pública, mediante escritura número ciento veintitrés de las nueve horas
del día de hoy, se acordó solicitar el cese de disolución de la sociedad
denominada Invertek Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número
3-101-179874; de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley
9428.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Kattia Ramírez Fallas,
Notaria.—1 vez.—( IN2017189077 ).
A efecto de publicación del edicto correspondiente,
le informo que el 21 de noviembre del 2017, 3-101-657987 Sociedad Anónima,
cédula jurídica 3-101-657987, los socios de la sociedad procedieron a disolver
y liquidar, esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante
escritura 256-4, visible al folio 87 frente del tomo 4 del protocolo, con fecha
11:00 horas del 21 de noviembre del 2017, por el notario Gerardo Enrique Arroyo
Rojas. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, abogado y notario, teléfono:
2283-9169.—Lic. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017189078 ).
A efecto de publicación del edicto correspondiente,
le informo que el día 21 de noviembre del 2017, Nueve Mil Limitada,
cédula jurídica N° 3-102-074305, los socios de la sociedad procedieron a
disolver y liquidar, esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante
escritura N° 257-4, visible al folio 87 vuelto del tomo 4 del protocolo, con
fecha 11:30 horas del día 21 de noviembre del 2017, por el notario Gerardo
Enrique Arroyo Rojas, teléfono: 2283-9169.—Lic. Gerardo Enrique Arroyo Rojas,
Notario.—1 vez.—( IN2017189083 ).
Que
por escritura N° 364-7, del tomo 7 del protocolo del licenciado Royner
Barrientos Alfaro, se constituyó la sociedad: Empresas Colosuss S. A.—San
José, a las 20:00 horas del 14 de noviembre del 2017.—Lic. Royner Barrientos
Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017189085 ).
Mediante
la escritura sesenta y siete, otorgada el veinte de noviembre del dos mil
diecisiete, se protocolizó del acta número dos, de la sociedad Flor Morada
Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco dos
tres cuatro cero cinco. Donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de
socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de
Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o
activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de
ninguna naturaleza. Es todo.—Grecia, veinte de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Roberto José Suárez Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017189090 ).
Que
mediante escritura doscientos sesenta y ocho de las quince horas del diecisiete
de noviembre de dos mil diecisiete, protocolo quince del notario Guillermo
Enrique Segura Amador, Felipe José Phillips Barrantes, cédula seis-seiscientos
cuarenta y tres-quinientos trece, vecino de Puntarenas, en su calidad de socio
mayoritario ha solicitado al registro el cese de la disolución de la entidad
disuelta Isla Sol Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento
sesenta y ocho mil quinientos cuarenta.—Puntarenas, dieciséis de noviembre del
dos mil diecisiete.—Lic. Guillermo Enrique Segura Amador, Notario.—1 vez.—(
IN2017189096 ).
Que
mediante escritura número doscientos sesenta y nueve de las ocho horas del
dieciocho de noviembre de dos mil diecisiete, protocolo quince del notario
Guillermo Enrique Segura Amador, se modificó la cláusula décima del pacto
constitutivo de la entidad Jan Jan trading Sociedad Anónima, cédula
tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil seiscientos noventa, referente
a la administración de los negocios sociales.—Puntarenas, veinte de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Guillermo Enrique Segura Amador, Notario.—1 vez.—(
IN2017189097 ).
Por
escritura número doscientos otorgada ante esta notaría, a las doce horas del 30
de octubre del 2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de
socios de la sociedad I World Media Solutions S. A., con cédula de
persona jurídica N° 3-101-307253, en la cual se modifica el domicilio social de
la empresa.—San José, 22 de noviembre del 2017.—Lic. Jonathan Rodríguez Vargas,
Notario.—1 vez.—( IN2017189100 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaria, a las nueve horas treinta minutos del
veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, los socios que representan el
cien por ciento del capital social de la sociedad Molina Campos e Hijos
Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-304513, solicitan al
Registro Público el cese de la disolución de dicha sociedad de conformidad con
el transitorio II de la Ley 9428 reformado por la Ley 9485.—San José, 21 de
noviembre del 2017.—Lic. Alfieri Cavallini Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017189101
).
Por escritura otorgada a las 13 horas de hoy,
protocolicé acta de asamblea de socios de Alianza Consultores Aduanales
Sociedad Anónima, donde se reforma cláusula del capital social,
aumentándolo.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic.
Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017189104 ).
Ante
mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, provincia de
Limón, frente al Juzgado Penal, Maestros del Juego Sociedad Anónima,
cédula jurídica tres-ciento uno-siete cuatro dos tres dos ocho, modifica:
cambio de razón social a Rabbit Software System Sociedad Anónima, que es
nombre de fantasía, traducido al español Sistema de Software Conejo y se
modifica el objeto.—Siquirres, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Grace Marie
Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017189106 ).
Ante
mi Grace Marie Robinson Arias, notaria publica con oficina en Limón, Siquirres,
frente al Juzgado Penal, mediante escritura pública número ciento trece,
visible al folio ciento cincuenta y nueve vuelto del tomo número cuarenta y
ocho de mi protocolo, de las doce horas del día diecisiete de noviembre del año
en curso, la sociedad denominada Transportes y Drenajes Ulloa Limitada,
cédula jurídica tres-ciento dos-ciento nueve mil setecientos once, se acordó
disolver dicha sociedad conforme lo establecido en el artículo doscientos uno,
inciso D, del Código de Comercio. Se emplaza a los interesados o terceros con
mejor derecho a hacer valer sus derechos por lo que se hace la publicación de
ley de conformidad con el artículo doscientos siete del Código de
Comercio.—Siquirres, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Grace Marie Robinson
Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017189107 ).
Mediante protocolización de acta de asamblea
general ordinaria-extraordinaria de accionistas de la sociedad Cuzco
Imperial S. A., se modificó la cláusula octava de los estatutos en cuanto a
la representación.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Jeannette Salazar
Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017189108 ).
En escritura cuarenta y cinco otorgada en Cóbano de
Puntarenas, a las dieciséis horas del veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete ante el notario público Juan Diego Chaves Quesada, se solicita al
registro público de personas jurídicas la reinscripción de la sociedad
tres-ciento uno-seiscientos treinta y seis mil cincuenta sociedad anónima
cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y seis mil cincuenta, por
encontrarse cancelados las obligaciones tributarias referentes al Impuesto a
las Personas Jurídicas. Es todo.—Cóbano de Puntarenas, veintiuno de noviembre
del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—(
IN2017189109 ).
En
escritura número ciento cincuenta otorgada en Santa Ana, a las catorce horas y
treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, ante la
notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público
de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Aquisa Sociedad Anónima,
cédula jurídica número: tres-ciento uno-uno cero cero nueve cinco seis, por
encontrarse cancelados las obligaciones tributarias referentes al Impuesto a
las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017189110
).
Guillermo
Chaves Corrales solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas el
cese de la disolución que ha operado en la entidad jurídica de Inmobiliaria
Servel Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento
uno-cero ochenta y dos mil novecientos noventa y uno de conformidad con el
Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San José, a las quince horas cinco minutos
del día veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Evelyn Miranda Mora,
Notaria.—1 vez.—( IN2017189113 ).
El suscrito notario avisa que mediante escritura
número catorce, del tomo segundo del protocolo del notario Gumer Montero
Valverde, los señores: Óscar Danilo Ruiz Zeledón y la señora Jeannette Del
Socorro Martínez Romero, constituyeron la sociedad denominada: The Gilt
Galleon S. A. Informes al 244-3778.—Grecia de Alajuela, veintidos de
noviembre da dos mil diecisiete.—Lic. Gumer Montero Valverde, Notario.—1 vez.—(
IN2017189114 ).
Susana
Chaves Hernández, Pedro Bernal Chaves Corrales y Guillermo Chaves Corrales
solicitan al registro Público, Sección Personas Jurídicas el cese de la
disolución que ha operado en la entidad jurídica de Importadora y
Exportadora Chacosa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número
tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil cuatro de conformidad con el
Decreto Legislativo N° 9485. Es todo.—San José a las quince horas diez minutos
del día veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Evelyn Miranda
Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017189115 ).
Alejandra
Castro Carboni y Pedro Bernal Chaves Corrales solicitan al registro Público,
Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en la
entidad jurídica de Alpe y Familia Sociedad Anónima, con cédula de persona
jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil quinientos treinta
y dos de conformidad con el Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San José, a las
quince horas treinta minutos del día veintiuno de noviembre del dos mil
diecisiete.—Licda. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017189116 ).
Por
escritura otorgada ante esta notaría se protocolizan acuerdos de la sociedad JMC
Parqueos Sociedad Anónima, cédula Jurídica número tres-ciento
uno-setecientos cuarenta y dos mil quinientos setenta y uno. Se reforma
cláusula sobre la administración.—San José, veintidós de noviembre del dos mil
diecisiete.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—( IN2017189127
).
La
suscrita, Catalina Soto Mora, mayor de edad, casada una vez, abogada, vecina de
San José, Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones, ANS,
portadora de la cédula de identidad número uno-novecientos setenta y
tres-ochocientos sesenta y cuatro, por medio del presente edicto informa que,
como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de Celeste Vistana Uno Sociedad
Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y tres
mil ciento diez, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a
efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de
Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese
una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—San José, a las
once horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Catalina Soto
Mora.—1 vez.—( IN2017189129 ).
El
suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las doce
horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad
denominada New World Thoroughbred Sociedad Anónima. Es todo.—San José,
veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar,
Notario.—1 vez.—( IN2017189132 ).
El suscrito, Gerardo Oldemar Soto Jiménez, mayor de
edad, divorciado, vecino de Talamanca, Limón, Puesto Viejo, de la escuela de
Cocles cien metros al este, portador de la cédula de identidad número
uno-trescientos veintiocho-doscientos, por medio del presente edicto informa
que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que
representan la totalidad del capital social de Invercondo Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil setecientos setenta,
comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar
escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas
Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al
amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas
Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en
el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: San José, a las diez horas
del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Gerardo Oldemar Soto Jiménez.—1
vez.—( IN2017189133 ).
El
suscrito, Gerardo Oldemar Soto Jiménez, mayor de edad, divorciado, vecino de
Talamanca, Limón, Puesto Viejo, de la escuela de Cocles cien metros al este,
portador de la cédula de identidad número uno-trescientos
veintiocho-doscientos, por medio del presente edicto informa que, como titular
de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la
totalidad del capital social de Inversiones Doblecosta Sociedad Anónima,
cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y siete mil doscientos
veintiuno, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto
de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de
Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la
sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de
Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese
una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: San José, a las
nueve horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Gerardo Oldemar
Soto Jiménez.—1 vez.—( IN2017189136 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Premiun Outlet
Store Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Rafael
Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017009813.—( IN2017189335 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Marisquería Mar
Abierto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del
2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017009814.—(
IN2017189336 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 46 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Asesoría Legal
B&B Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Karina
Arce Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2017009815.—( IN2017189337 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de
agosto del 2017, se constituyó la sociedad denominada Valentus Of Costa Rica
Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Alejandro Solano
Flores, Notario.—1 vez.—CE2017009816.—( IN2017189338 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 24 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Luzal
Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Grettel Solano
Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2017009817.—( IN2017189339 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 07 horas 30 minutos del 31 de julio del 2017, se constituyó la sociedad
denominada Mi Carro SK Cero Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1
vez.—CE2017009818.—( IN2017189340 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Solviq Sociedad
Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Alejandro Pignataro
Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2017009819.—( IN2017189341 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tarentaize
Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz,
Notario.—1 vez.—CE2017009820.—( IN2017189342 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Badilla y George Sociedad
Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Nikohl Vargas Araya,
Notario.—1 vez.—CE2017009821.—( IN2017189343 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada The Idea House Cool Sociedad
Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Ana Cecilia Castro
Calzada, Notaria.—1 vez.—CE2017009822.—( IN2017183344 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13 horas 30 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Servicios de Protección Electrónica Sociedad
Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Meibol Jiménez Hernández,
Notario.—1 vez.— CE2017009823.—( IN2017189345 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
08 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Automovilia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
04 de agosto del 2017.—Licda. Lidia Isabel Castro Segura, Notaria.—1
vez.—CE2017009824.—( IN2017189346 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
17 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Atropos de Goya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1
vez.—CE2017009825.—( IN2017189347 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 03 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios Veterinario
Elipaes Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic.
Mario Naranjo Luna, Notario.—1 vez.—CE2017009826.—( IN2017189348 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Visita Médica Sociedad
Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Cinzia Víquez Renda,
Notaria.—1 vez.—CE2017009827.—( IN2017189349 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo R A
Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic.
Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017009828.—( IN2017189350 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 04 minutos del 20 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Prefabricados Dicon
Cuatro A Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Nancy
María Sánchez Padilla, Notaria.—1 vez.—CE2017009829.—( IN2017189351 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Oulansunlight Sociedad
Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Shuk Shen Young Au Yeung,
Notario.—1 vez.—CE2017009830.—( IN2017189352 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Evimeria
Inversiones Sociedad Anónima. San José, 04 de Agosto del 2017.–Lic. Luis
Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2017009831.—( IN2017189353 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
08 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Stempel de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Mariamalia Cedeño Otárola, Notaria.—1
vez.—CE2017009832.—( IN2017189354 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las
11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Axe Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
04 de agosto del 2017.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1
vez.—CE2017009833.—( IN2017189355 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada ITS Asesores en Seguridad Sociedad Anónima.—San José,
04 de agosto del 2017.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2017009834.—( IN2017189356 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 15 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada IITS Seguridad y Vigilancia Tica Sociedad Anónima.—San
José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2017009835.—( IN2017189357 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 24 de enero
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grune Erde Group Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Alexander Pizarro Molina, Notario.—1
vez.—CE2017009836.—( IN2017189358 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Especialistas En
Seguridad E.S Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del
2017.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2017009837.—(
IN2017189359 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Socarm Sociedad
Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. María Jesús Espinoza
Garro, Notaria.—1 vez.—CE2017009838.—( IN2017189360 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Investigaciones
Técnicas y Seguridad Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de
agosto del 2017.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1
vez.—CE2017009839.—( IN2017189361 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Playa Potrero Gold
Coast Properties Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de
agosto del 2017.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1
vez.—CE2017009840.—( IN2017189362 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Ortega
y Ávalos Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Henry
Danilo Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—CE2017009841.—( IN2017189363 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada O Dos y Padilla
Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Henry Danilo
Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—CE2017009842.—( IN2017189364 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Seevic Investments
Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Ruhal Román
Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—CE2017009843.—( IN2017189365 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Clearwater Pool & Spa Supplies Sociedad Anónima.—San
José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Araya Masís, Notario.—1
vez.—CE2017009844.—( IN2017189366 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tentalicious Saludable
Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Roy Gustavo Quesada
Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017009845.—( IN2017189367 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Unicredit de San
José Diecisiete Sociedad Anónima.—San José, 4 de agosto del 2017.—Lic.
Danilo Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—CE2017009846.—( IN2017189368 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Moyra Sociedad Anónima.—San
José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Henry Monge Zúñiga, Notario.—1
vez.—CE2017009847.—( IN2017189369 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Noguetec Cuatro R
Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Fredy Alonso
Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017009848.—( IN2017189370 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Obando
Racing y Tunning Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del
2017.—Lic. Rolando José Mora Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2017009849.—(
IN2017189371 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 13 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada OMR Paradise Limitada.—San
José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1
vez.—CE2017009850.—( IN2017189372 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 11 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada GTM Ingeniería Sociedad
Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. María Carolina Peláez Gil,
Notaria.—1 vez.—CE2017009851.—( IN2017189373 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Desamparados San Rafael Arriba Sociedad Anónima.—San José, 07
de agosto del 2017.—Lic. Carlos Humberto Serrano Pérez, Notario.—1
vez.—CE2017009852.—( IN2017189374 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Olam CR
Multinegocios Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Edry Herminio
Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2017009853.—( IN2017189375 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 20 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Rosangill Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Juan
Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2017009854.—( IN2017189376 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Pacífico Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto
del 2017.—Lic. William De Los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1
vez.—CE2017009855.—( IN2017189377 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada J.F. Padilla e
Hijos Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Gonzalo
Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2017009856.—( IN2017189378 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Two Men and a Lady
Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto
del 2017.—Lic. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2017009857.—(
IN2017189379 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada The Big Kahunas of
the Osa Tropical Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José,
07 de agosto del 2017.—Licda. Vilma Acuña Arias, Notaria.—1
vez.—CE2017009858.—( IN2017189380 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 20 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Fast Grain Coffee
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Nancy Tattiana
Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—CE2017009859.—( IN2017189381 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios del
Sur S Y S Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Alexis
Monge Agüero, Notario.—1 vez.—CE2017009860.—( IN2017189382 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Amortiguadores
& Compañía Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto
del 2017.—Lic. Carmen Cecilia Polo Camacho, Notario.—1 vez.—CE2017009861.—(
IN2017189383 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Clean Bag Sociedad
Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ángel Edmundo Solano
Calderón, Notario.—1 vez.—CE2017009862.—( IN2017189384 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Purple Sage Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1
vez.—CE2017009863.—( IN2017189385 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 04 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Terapia Física A Y A
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Carolina María
Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—CE2017009864.—( IN2017189386 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada A Orillas del
Guadalquivir Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic.
Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2017009865.—( IN2017189387 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada STS Soluciones
Electrónicas Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Carlos
Zúñiga Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2017009866.—( IN2017189388 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Vegetales Ros de
Occidente Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. José
Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2017009867.—( IN2017189389 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Thebit Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Adolfo José
Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2017009868.—( IN2017189390 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de agosto
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Dasha RPC Heredia
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Eduardo José Mora
Castro, Notario.—1 vez.—CE2017009869.—( IN2017189391 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 15 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Convertidora Integral Cipo de Costa Rica Sociedad
Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero,
Notario.—1 vez.—CE2017009870.—( IN2017189392 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 02 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Casa Renada
Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Liza Bertarioni Castillo,
Notaria.—1 vez.—CE2017009871.—( IN2017189393 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Textiles Soari
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Xochitl Camacho
Medina, Notaria.—1 vez.—CE2017009872.—( IN2017189394 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Global
Internacional Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic.
Carlos Zúñiga Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2017009873.—( IN2017189395 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada CI Consultores
Integrales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del
2017.—Lic. José Carlos Quesada González, Notario.—1 vez.—CE2017009874.—(
IN2017189396 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada R Cifuentes e
Hijos Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ever Vargas
Araya, Notario.—1 vez.—CE2017009875.—( IN2017189397 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada RSH Consulting
Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Óscar Manuel Funes
Orellana, Notario.—1 vez.—CE2017009876.—( IN2017189398 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada MT Group Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Paola
Castro Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2017009877.—( IN2017189399 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Inversiones JHJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—1
vez.—CE2017009878.—( IN2017189400 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada SYJ UBR
Transportes Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic.
Guillermo Echeverría Olaso, Notario.—1 vez.—CE2017009879.—( IN2017189401 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tabogo Sociedad
Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ever Vargas Araya,
Notario.—1 vez.—CE2017009880.—( IN2017189402 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Eco Four Sociedad
Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Celenia Godínez Prado,
Notaria.—1 vez.—CE2017009881.—( IN2017189403 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 50 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Crisnur Sociedad
Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Guisella Lara Camacho,
Notaria.—1 vez.—CE2017009882.—( IN2017189404 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de junio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Elosher Adventures Tours
Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Randall Francisco Alvarado
Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2017009883.—( IN2017189405 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Villa Titi
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ruhal Román
Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—CE2017009884.—( IN2017189406 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Zona de
Oportunidades Empresariales Zoe Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto
del 2017.—Lic. Deiber Porras Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2017009885.—(
IN2017189407 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Cero Uno Doce
Treinta y Cinco Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda.
Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2017009886.—( IN2017189408 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Piensa Orgánico
Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Antonio Aguilar
Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2017009887.—( IN2017189409 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 25 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada O de C Opificio del Caffé
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Gabriela Corrales
Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2017009888.—(IN2017189410 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Guía Optima Consultores
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Juan Alberto Román
Moya, Notario.—1 vez.—CE2017009889.—( IN2017189411 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Knot e One Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1
vez.—CE2017009890.—( IN2017189412 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 11 horas 30 minutos del 28 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Origen Costa Rica Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Ivania Araya Vargas, Notaria.—1
vez.—CE2017009891.—( IN2017189413 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Rozud Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Edgardo
Salvador Mena Páramo, Notario.—1 vez.—CE2017009892.—( IN2017189414 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Personal Consulting
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Ana Graciela
Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2017009893.—( IN2017189415 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 23 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Logistic and Trading Commerce Sociedad Anónima.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Adriana Chavarría Araya, Notaria.—1
vez.—CE2017009894.—( IN2017189416 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Integral
Technology Solutions Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del
2017.—Licda. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2017009895.—(
IN2017189417 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Medicina Regenerativa Doctor Luis Carlos Ordoñez
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. José Mario Rojas
Ocampo, Notario.—1 vez.—CE2017009896.—( IN2017189418 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Selina Sta Teresa
Re Dos Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Esteban
Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—CE2017009897.—( IN2017189419 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones
Inmobiliarias Jas de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—1
vez.—CE2017009898.—( IN2017189420 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas 00 minutos del 03 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Gerarth Sociedad
Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas,
Notaria.—1 vez.—CE2017009899.—( IN2017189421 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 16 horas 00 minutos del 26 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Forli GPS Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Rolando José García Moya, Notario.—1
vez.—CE2017009901.—( IN2017189423 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Café Nueve Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Soledad Bustos Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2017009902
.—( IN2017189424 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Alpejsa Alimentos
De Pejibaye Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. William
Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—CE2017009903.—( IN2017189425 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada L.A.J Soluciones
Industriales Verdes de Las Américas Sociedad Anónima.—San José, 07 de
agosto del 2017.—Lic. Milton Luis González Vega, Notario.—1
vez.—CE2017009904.—( IN2017189426 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Bendita Escapada
Pacífica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del
2017.—Lic. Adrián Echeverria Escalante, Notario.—1 vez.—CE2017009905.—(
IN2017189427 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Prosec Security
& Consulting Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda.
Kattia Lazo Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2017009906.—( IN2017189428 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada AV Studiocr
Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Eduardo Rojas Piedra,
Notario.—1 vez.—CE2017009907.—( IN2017189429 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 31 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Patricio y Calamardo
Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Andrés Francisco González
Anglada, Notario.—1 vez.—CE2017009908.—( IN2017189430 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sermiajo Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Rogelio
González Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017009909.—( IN2017189431 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada López Group
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Guiselle Sánchez
Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2017009910.—( IN2017189432 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 22 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada A.P.V.R. Familia
Rodríguez Cruz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto
del 2017.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2017009911.—(
IN2017189433 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tiana Yoga O.V.A.
Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Andrés Francisco González
Anglada, Notario.—1 vez.—CE2017009912.—( IN2017189434 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 09 horas 30 minutos del 07 de agosto del año 2017, se constituyó la
sociedad denominada Oxford Heights LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Liliana Patricia Padilla Grajales,
Notaria.—1 vez.—CE2017009913.—( IN2017189435 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones GACM
Latinoamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto
del 2017.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1
vez.—CE2017009914.—( IN2017189436 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 40 minutos del 01 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Bioclimatic Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1
vez.—CE2017009915.—( IN2017189437 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Villa Paraíso Limitada.—San
José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Fredy David Salazar Jiménez, Notario.—1
vez.—CE2017009916.—( IN2017189438 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Istore CR Sociedad de
Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Arcelio
Alberto Hernández Mussio, Notario.—1 vez.—CE2017009917.—( IN2017189439 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Gut Aliments CR Sociedad
de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de agosto del 2017.—Lic. Paul
Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2017009918.—( IN2017189440 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 31 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Dorcas Tabita Sociedad
Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Edwin Ramírez Poveda,
Notario.—1 vez.—CE2017009919.—( IN2017189441 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 31 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Impocosta Importaciones
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gerardo Brenes
Solano, Notario.—1 vez.—CE2017009920.—( IN2017189442 ).
Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a
las 13 horas 30 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad
denominada Importaciones el Regalo del Mundo Sociedad Anónima.—San José,
07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1
vez.—CE2017009921.—( IN2017189443 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 55 minutos del 31 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada La Cadena de Ventas CR
Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gerardo Brenes
Solano, Notario.—1 vez.—CE2017009922.—( IN2017189444 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 35 minutos del 31 de julio
del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importadora Ciudad de
Joyas Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gerardo
Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2017009923.—( IN2017189445 ).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Cincoceroseis
Ecommerce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del
2017.—Licda. Adriana González Soto, Notaria.—1 vez.—CE2017009924.—( IN2017189446
).
Mediante
escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de
agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importaciones La
Vaca de Colores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de
agosto del 2017.—Licda. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2017009992.—(
IN2017189447 ).
PUBLICACIÓN
DE PRIMERA VEZ
El Administrador de la Sucursal de la CCSS en
Palmar Norte, por no ser posible la notificación en su domicilio, procede a
efectuar la siguiente notificación por publicación a los Patronos incluidos
seguidamente, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de
Administración Pública, se le concede 5 días hábiles para normalizar su situación,
caso contrario el adeudo queda firme en sede administrativa y se dará inicio a
las acciones de cobro judicial, tanto en la Vía Civil como Penal. Se detalla
nombre, número patronal y el monto adeudado:
Para
ver la imagen solo en La Gaceta en
formato PDF
Sucursal Palmar Norte.—Lic.
Fulvio Alvarado Agüero, Administrador.—( IN2017187699 ).
MUNICIPALIDAD
DEL CANTÓN DE POÁS
En La Gaceta Nº 209 del día lunes 06
de noviembre del 2017, en la página Nº 57 se publicó el documento número IN2017180207,
donde por error se omitió la MATRIZ de Información de Valores de
Terrenos por Zonas Homogéneas Provincia 2 Alajuela Cantón 08 Poás Distrito 05
Sabana Redonda.
Para
ver la imagen solo en La Gaceta en
formato PDF
Lo demás permanece igual.
La Uruca, 23 de noviembre del 2017.—Lic.
Ricardo Soto Arroyo, Director General.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017192242 ).