LA GACETA N° 223 DEL 24 DE NOVIEMBRE DEL 2017

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

EXPEDIENTE 19.985

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 40652-RREE

N° 40739-H

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

JUSTICIA Y PAZ

AMBIENTE Y ENERGÍA

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

AVISOS

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER LEGISLATIVO

SALUD

PODER JUDICIAL

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES

AVISOS

MUNICIPALIDADES

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

AVISOS

MUNICIPALIDADES

FE DE ERRATAS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

MUNICIPALIDADES

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE BARVA

AVISOS

CONVOCATORIAS

AVISOS

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

PODER LEGISLATIVO

PROYECTOS

Texto dictaminado

EXPEDIENTE 19.985

Declaración del Día del Padre y reforma al párrafo

primero del artículo 148 de la Ley Nº 2, Código

de Trabajo, de 27 de agosto de 1943

y sus reformas

ARTÍCULO 1.-     Se declara el 17 de junio como Día del Padre, el cual deberá celebrarse cada año y se considerará un día feriado de pago obligatorio.

ARTÍCULO 2.-     Se reforma el párrafo primero del artículo 148 de la Ley N.° 2, Código de Trabajo, de 27 de agosto de 1943 y sus reformas. El texto es el siguiente:

“Artículo 148.- Se considerarán días feriados y, por lo tanto, de pago obligatorio los siguientes: el 1º de enero, el 11 de abril, el Jueves y Viernes santos, el 1º de mayo, el 17 de junio, el 25 de julio, el 15 de agosto, el 15 de setiembre y el 25 de diciembre. Los días 2 de agosto y 12 de octubre también se considerarán días feriados, pero su pago no será obligatorio.

[…].

Rige a partir de su publicación.

Nota: Este expediente puede ser consultado en la Secretaría del Directorio.

1 vez.—Exonerado.—( IN2017189224 ).

PODER EJECUTIVO

DECRETOS

N° 40652-RREE

EL PRIMER VICEPRESIDENTE

EN EJERCICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Con fundamento en lo establecido en los artículos 140 inciso 12) y 148 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

Considerando:

I.—Que mediante Resolución 62/92 “Cooperación Internacional para la Asistencia Humanitaria en los casos de desastre natural desde el socorro hasta el desarrollo” de 01 de febrero de 2008, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, se establece la importancia de los principios de neutralidad, humanidad, imparcialidad e independencia para la prestación de asistencia humanitaria poniendo de relieve la responsabilidad de todos los Estados de tomar medidas de preparación, respuestas y recuperación inicial a fin de reducir los efectos de los desastres naturales, reconociendo al mismo tiempo la importancia de la Cooperación Internacional en apoyo de los esfuerzos de los países afectados.

II.—Que con motivo del terremoto que afectó a la hermana nación de los Estados Unidos Mexicanos el 19 de setiembre del 2017, y atendiendo los lazos de solidaridad y fraternidad que históricamente han unido a la República de Costa Rica con esa nación, el Gobierno de Costa Rica ha decidido tener a bien organizar y conformar una “Misión de Asistencia Humanitaria” para que en condición de viaje oficial se desplace a México, y proporcione la colaboración y la ayuda necesaria a las autoridades de ese Ilustrado Gobierno en las tareas de búsqueda y rescate en las zonas dañadas a causa del desastre, y al mismo tiempo patentice la solidaridad del Pueblo y el Gobierno costarricense frente a la tragedia que embarga y enluta a la nación mexicana.

III.—Que existe un interés de los gobiernos de trabajar conjuntamente en la búsqueda de soluciones en los problemas suscitados a raíz del terremoto, considerando además que en ese país radican una cantidad considerable de ciudadanos costarricenses. Por tanto;

Decretan:

DECLATORIA DE INTERÉS PÚBLICO LA ORGANIZACIÓN Y

CONFORMACIÓN DE LA “MISIÓN DE ASISTENCIA

HUMANITARIA DE BÚSQUEDA Y RESCATE”,

QUE VIAJARÁ A LOS ESTADOS UNIDOS

MEXICANOS, CON EL PROPÓSITO DE

BRINDAR COLABORACIÓN Y AYUDA

DEBIDO AL IMPACTO DEL

FENOMENO TELURICO DEL

19 DE SETIEMBRE DE 2017”

Artículo 1º—Declarar de Interés Público la organización y conformación de la “Misión de Asistencia Humanitaria de Búsqueda y Rescate” que con dicha condición viajará a los Estados Unidos Mexicanos, con el propósito de prestar toda la colaboración y ayuda técnica que sea indispensable a las autoridades de ese Ilustrado Gobierno, todo ello debido al impacto del fenómeno telúrico del 19 de setiembre del año en curso.

Artículo 2º—La Misión estará conformada por las siguientes personas:

Sr. Iván Andrey Brenes Reyes, cédula N° 2-0528-0326, Representante del Gobierno de Costa Rica.

Sr. Walter Fonseca Bonilla, cédula No. 1-0862-0485, Jefe Misión. Gerencia. Evaluación y Coordinación USAR.

Sr. William Emilio Hernández González, cédula 1-0657-0886, Coordinación Gerencia USAR.

Sr. Oliver Salazar Mora, cédula 6-0318-0490, Coordinación Logística USAR.

Sr. Hugo Alberto Madrigal Vargas, cédula 1-0805-0152, Coordinación Médica USAR.

Sr. Johnny Ramírez Zumbado, cédula 4-0161-0354, Coordinación Planificación USAR.

Sr. Javier Moreira Villegas, pasaporte 108750049, Capitán de la tripulación.

Sr. Norberto Ramírez González, pasaporte 111180844, Tripulación.

Artículo 3º—La Misión humanitaria viajará en la aeronave matrícula MSP-020, propiedad del Ministerio de Seguridad Pública de Costa Rica.

Artículo 4º—El período de esta Misión será por una vigencia de 15 días, prorrogable según la necesidad del Estado Mexicano.

Artículo 5º—Rige a partir del veintiuno de setiembre de dos mil diecisiete.

Dado en la Presidencia de la República a los veintiún días el mes de setiembre del año dos mil diecisiete.

HELIO FALLAS VENEGAS.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Alejandro E. Solano Ortiz.—1 vez.—O. C. Nº 30968.—Solicitud Nº 19910.—( D40652-IN2017189015 ).

N° 40739-H

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE HACIENDA

Con fundamento en las atribuciones que les confieren los artículos 140 incisos 3) y 18) y 146 de la Constitución Política; los artículos 25 inciso 1), 27 inciso 1), y 28 inciso 2), acápite b) de la Ley N° 6227, Ley General de la Administración Pública de 2 de mayo de 1978 y sus reformas; la Ley N° 8131, Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos de 18 de setiembre de 2001 y sus reformas; su Reglamento, el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN de 31 de enero de 2006 y sus reformas; y la Ley N° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017 de 30 de noviembre de 2016 y sus reformas.

Considerando:

1º—Que el inciso g) del artículo 5 de la Ley N° 8131, publicada en La Gaceta N° 198 de 16 de octubre de 2001 y sus reformas, establece que el presupuesto debe ser de conocimiento público por los medios electrónicos y físicos disponibles.

2º—Que el inciso b) del artículo 45 de la citada Ley N° 8131, autoriza al Poder Ejecutivo a realizar las modificaciones presupuestarias no contempladas en el inciso a) del mismo artículo, según la reglamentación que se dicte para tal efecto.

3º—Que mediante el Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN, publicado en La Gaceta N° 74 de 18 de abril de 2006 y sus reformas, se establece la normativa técnica, referente a las modificaciones presupuestarias que el Gobierno de la República y sus dependencias pueden efectuar a través de Decreto Ejecutivo.

4º—Que el artículo 61 del Decreto Ejecutivo N° 32988-H-MP-PLAN citado, autoriza para que mediante decreto ejecutivo elaborado por el Ministerio de Hacienda, se realicen traspasos de partidas presupuestarias entre los gastos autorizados en las leyes de presupuesto ordinario y extraordinario de la República del ejercicio que se tratare, sin modificar el monto total de los recursos asignados al programa y recodificar los presupuestos ordinarios y extraordinarios, según la codificación general vigente.

5º—Que se hace necesario emitir el presente Decreto a los efectos de atender un conjunto de modificaciones presupuestarias que se requieren para cumplir con los objetivos y metas establecidas en la Ley N° 9411, publicada en los Alcances Digitales Nos. 299A, 299B y 299C a La Gaceta N° 238 de 12 de diciembre de 2016 y sus reformas.

6º—Que los ministerios incluidos en este decreto han solicitado su confección, cumpliendo con lo dispuesto en la normativa técnica y legal vigente.

7º—Que a los efectos de evitar la innecesaria onerosidad que representa el gasto de la publicación total de este Decreto de modificación presupuestaria para el Ministerio de Educación Pública, habida cuenta de que las tecnologías de información disponibles en la actualidad permiten su adecuada accesibilidad sin perjuicio de los principios de transparencia y publicidad; su detalle se publicará en la página electrónica del Ministerio de Hacienda, concretamente en el vínculo de la Dirección General de Presupuesto Nacional, y su versión original impresa, se custodiará en los archivos de dicha Dirección General. Por tanto;

Decretan:

Artículo 1º—Modificase el artículo 2° de la Ley N° 9411, Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el Ejercicio Económico del 2017, publicada en los Alcances Digitales Nos. 299A, 299B y 299C a La Gaceta N° 238 de 12 de diciembre de 2016 y sus reformas, con el fin de realizar el traslado de partidas en los Órganos del Gobierno de la República aquí incluidos.

Artículo 2º—La modificación indicada en el artículo anterior, es por un monto de quinientos cinco millones novecientos cincuenta y un mil ochocientos cincuenta y cinco colones sin céntimos (¢505.951.855,00) y su desglose en los niveles de programa/subprograma, partida y subpartida presupuestaria estará disponible en la página electrónica del Ministerio Hacienda en la siguiente dirección: http://www.hacienda.go.cr/contenido/12485-modificaciones-presupuestarias, y en forma impresa, en los archivos que se custodian en la Dirección General de Presupuesto Nacional.

La rebaja en este Decreto se muestra como sigue:

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Artículo 3º—Rige a partir de su publicación en el Diario Oficial.

Dado en la Presidencia de la República, a los trece días del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.

LUIS GUILLERMO SOLÍS RIVERA.—Helio Fallas V., Ministro de Hacienda.—1 vez.—O.C. N° 32885.—Solicitud N° 17875.—( D40739 - IN2017189036 ).

DOCUMENTOS VARIOS

EDUCACIÓN PÚBLICA

DIRECCIÓN DE GESTIÓN Y

EVALUACIÓN DE LA CALIDAD

REPOSICIÓN DE TÍTULO

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 253, título N° 2242, emitido por el Liceo San Rafael de Alajuela, en el año dos mil trece, a nombre de Cascante Solórzano Aarón Alonso, cédula N° 2-0741-0701. Se solicita la reposición del título indicado por deterioro del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los nueve días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017186751 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el Tomo 1, Folio 36, título N° 255, emitido por el Liceo de San Francisco Lic. Daniel Oduber Quirós, en el año dos mil cinco, a nombre de Aguilar Musmanno Josué Joél, cédula Nº 1-1447-0700. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los diez días del mes de octubre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017186798 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 84, título Nº 1277, emitido por el Liceo Rodrigo Facio Brenes, en el año dos mil uno, a nombre de Palmer García Cindy, cédula Nº 1-1170-0348. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diez días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017186838 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 1, folio 37, asiento 05, título Nº 92, emitido por el Liceo de Sabanillas de Acosta, en el año dos mil siete, a nombre de Murcia Ríos Yerrika Dayanna, cédula Nº 1-1416-0370. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los diecisiete días del mes de octubre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017187901 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo I, folio 7, asiento Nº 29, emitido por el Liceo Rural Gavilán Vesta, en el año dos mil ocho, a nombre de Paniagua Soto Mario Gerardo, cédula Nº 7-0205-0942. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los treinta y un días del mes de agosto del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017188075 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Ciencias, inscrito en el tomo 01, folio 24, asiento Nº 302, emitido por el Colegio Nocturno de Pococí, en el año mil novecientos ochenta, a nombre de Miranda Esquivel María Esther, cédula Nº 1-0592-0837. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017188178 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 2, folio 87, título Nº 841, emitido por el Liceo San Pedro, en el año dos mil once, a nombre de Gómez Méndez José Alejandro, cédula Nº 1-1575-0155. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los veintiséis días del mes de octubre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017188194 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Título de Bachiller en Educación Media, inscrito en el tomo 01, folio 150, título Nº 956, emitido por el Liceo de Coronado, en el año dos mil dos, a nombre de Escobar Mendoza Ricardo, cédula Nº 1-1123-0837. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a los siete días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017184971 ).

Ante esta Dirección se ha presentado la solicitud de reposición del Diploma de Conclusión de Estudios de Educación Diversificada en Ciencias y Letras, inscrito en el tomo II, folio 73, título Nº 145, emitido por el Liceo Santa Cruz Clímaco A. Pérez, en el año mil novecientos ochenta y tres, a nombre de Quintero Gutiérrez Iliria Sandra, cédula Nº 1-0686-0629. Se solicita la reposición del título indicado por pérdida del título original. Se publica este edicto para oír oposiciones a la reposición solicitada dentro de los quince días hábiles a partir de la tercera publicación en el Diario Oficial La Gaceta.—Dado en San José, a los tres días del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—MEd. Lilliam Mora Aguilar, Directora.—( IN2017188307 ).

TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCIÓN DE ASUNTOS LABORALES

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

De conformidad con la autorización extendida por la Dirección de Asuntos Laborales, se ha procedido a la inscripción de la reforma que acordó introducir a su Estatuto Social de la organización social denominada Asociación Nacional de Jefes de Sucursales del Seguro Social, siglas: ANJES, acordada en asamblea celebrada el día 02 de diciembre de 2016. Expediente N° S-S016. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Trabajo y 49 de la Ley Orgánica del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, se envía un extracto de la inscripción para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. La reforma ha sido inscrita en los libros de registro que al efecto lleva este Registro mediante Tomo: 16, Folio: 265, Asiento: 5013, del 13 de setiembre de 2017. La reforma afecta el artículo 9 del Estatuto. 13 de setiembre de 2017.—Licda. Nuria Calvo Pacheco, Subjefa.—( IN2017187788 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE PENSIONES

En sesión celebrada en San José a las 10:21 horas del 19 de setiembre del 2017, se acordó conceder Pensión de Gracia, mediante la resolución JNPA-1605-2017, al señor Valladares Fernández Carlos Manuel, cédula de identidad 1-382-767, vecino de limón, por un monto de ciento diecinueve mil ochenta y un colones con cuarenta y ocho céntimos (¢119.081.48), con un rige a partir de la inclusión en planillas. Constituye un gasto fijo a cargo del Tesorero Nacional. El que se haga efectivo queda condicionado a que exista el contenido presupuestario correspondiente.—Irma Velásquez Yánez, Directora Nacional de Pensiones.—1 vez.—( IN2017189044 ).

JUSTICIA Y PAZ

JUNTA ADMINISTRATIVA DEL REGISTRO NACIONAL

REGISTRO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Para ver las imágenes de las marcas solo en La Gaceta en formato PDF

Fabiola Sáenz Quesada, divorciada, cédula de identidad, en calidad de Apoderada Especial de, Lorena Velázquez Moncada, divorciada, cédula de identidad 108570853 con domicilio en Bello Horizonte de Escazú, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: CHEF LORE Atelier & Catering

como marca de comercio, en clase 43 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: 43 Servicios de restauración y catering. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de julio del 2017. Solicitud Nº 2017-0006883. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de agosto del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017171641 ).

Karen Alejandra Cruz Steller, casada una vez, cédula de identidad 112240954, con domicilio en San Antonio de Coronado, Residencias las 3 Rosas, casa 2B, Costa Rica, solicita la inscripción de: DidáskO “El don de enseñar”,

como marca de fábrica y servicios en clases: 16; 41 y 44 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 16: materiales didácticos, en clase 41: organización de talleres y servicios de educación y en clase 44: terapias de psicología, terapias del lenguaje y terapias de psicopedagogía. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 5 de setiembre de 2017. Solicitud N° 2017-0008734. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 28 de setiembre de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017186226 ).

Andrés Vargas Rojas, soltero, cédula de identidad 114040372, en calidad de apoderado especial de 3-102-742173 Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en La Unión, San Juan, del Walmart; 200 metros al este, Centro Comercial Vía San Juan, local número 7, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Divino pecado como marca de comercio y servicios en clases 30 y 43 Internacionales.

Para proteger y distinguir lo siguiente; Helados estilo tailandés, de melocotón, menta y arándano, de higo, pera, y leche condensada, de tocineta con miel de maple, de vino tinto y uva negra, de brownie con Nutella, de tiramisú, queque de zanahoria con cobertura de crema de chocolate blanco, queque moka, cheesecake con cobertura espejo, brownie con mousse de chocolate semiamargo, galletas de soletilla, éclairs, tarta de limón con cascara de limón confitada, macaron de queso crema y arándanos, macaron de banano y caramelo, macaron de manzana y canela, y macaron de chocolate y en clase 43; Servicio de restauración de experiencia gastronómica, especializado en alimentación enfocada en repostería, en presentaciones y recetas tradicionales, étnicas, y fusión, en un establecimiento con ambiente galería de arte, acondicionado con vitrinas con alta visibilidad que le dan un protagonismo especial a los postres que están en exposición e iluminación para resaltar los colores y las texturas de las obras de arte gastronómico, cuyo menú incluirá pero no se limitará a los siguientes productos específicos: helados estilo tailandés, de melocotón, menta y arándano, de higo, pera, y leche condensada, de tocineta con miel de maple, de vino tinto y uva negra, de brownie con nutella, de tiramisú, queque de zanahoria con cobertura de crema de chocolate blanco, queque moka, cheesecake con cobertura espejo, brownie con mousse de chocolate semiamargo, galletas de soletilla, éciairs, tarta de limón con cascara de limón confitada, macaron de queso crema y arándanos, macaron de banano y caramelo, macaron de manzana y canela, y macaron de chocolate. Fecha: 25 de Septiembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 13 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0009030. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 25 de setiembre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017186227 ).

Edwin Chavarría González, divorciado, cédula de identidad 203370392, en calidad de apoderado generalísimo de Parque y Campin Mono Titi S. A., cédula jurídica 3101748376, con domicilio en de la esquina noroeste de la Iglesia la Agonía, 400 metros este, casa esquinera blanca a mano derecha, diagonal a la Escuela Juan Rafael Meoño, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: PARQUE Y CAMPIN MONO TITI, como nombre comercial en clase: 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a la protección de la flora y la fauna y al turismo de campin para el avistamiento del mono Tití y las aves, ubicado en San Antonio de Damas de Parrita, de la Escuela 800 metros calle hacia arriba. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 3 de noviembre de 2017. Solicitud N° 2017-0010787. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 10 de noviembre de 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017186228 ).

Leiner Jesús Rodríguez Rojas, divorciado, cédula de identidad 110700206, en calidad de apoderado generalísimo de Mi Armario Sociedad de Responsabilidad Limitada, con domicilio en Curridabat, 100 metros oeste del Supermercado AM-PM, edificio esquinero, color blanco, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Mi Armario,

como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a venta de ropa, zapatos (calzado) y accesorios, ubicado en Cartago, Turrialba Centro, Bario Pueblo Nuevo, frente al Abastecedor La Gloria. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de octubre de 2017. Solicitud N° 2017-0010554. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 7 de noviembre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017186281 ).

Alejandro Mayorga Delgado, casado una vez, cédula de identidad 205110663, con domicilio en Atenas, Barrio Jesús, Sabana Larga, del Campo Ferial, 500 metros este, Calle Los Carvajal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: HEARTS & ARROWS

como marca de fábrica en clase: 40 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Servicios de confección de prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de octubre de 2017. Solicitud N° 2017-0010284. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de noviembre de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017186345 ).

Jacqueline Hernández Jiménez, casada dos veces, cédula de identidad Nº 109250936, en calidad de apoderada generalísima de Grupo Inmobiliario Hernández y Rozo S. A., cédula jurídica Nº 3101591219, con domicilio en Mata Redonda, Condominio Brisas del Oeste, Apto. 3-6 F, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: QD

como marca de fábrica y comercio, en clases: 10 y 20 internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente, en clase 10: Almohadas para uso terapéutico. Clase 20: Almohadas con olor. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 11 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0010041. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 26 de octubre del 2017.—Randall Abarca Aguilar, Registrador.—( IN2017186375 ).

Lejandra Quesada Brizuela, casada, cédula de identidad 112360667 con domicilio en Santa Ana, Costa Rica, solicita la inscripción de: CIEL Esthetic Dentistry & Implants

como marca de servicios en clase 44 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44; Servicios de odontología, estética e instalación de implantes. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2017, solicitud Nº 2017-0008794. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 18 de setiembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017186399 ).

Eduardo Díaz Cordero, casado una vez, cédula de identidad 107560893, en calidad de apoderado especial de Baby Depot CR Limitada, cédula jurídica 3102722434, con domicilio en Santa Ana Pozos, Condominio Fuerte Ventura, casa N° 6, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BABY DEPOT

como nombre comercial en clase: internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de artículos de bebé, tales como juguetes para bebés, todo tipo de artículos para decoración de cuartos de bebés, cunas para bebés, coches para bebés, sillas de seguridad para bebés, chupones para bebés, y artículos para el cuidado y la alimentación de bebés, ubicado en San José, Santa Ana Pozos, Condominio Fuerte Ventura, casa N° 6. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 7 de noviembre de 2016. Solicitud N° 2016-0010909. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 1° de noviembre de 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017186473 ).

Manuel Echeverría Echeverría, soltero, cédula de identidad 112870086, con domicilio en Santo Domingo, Los Ángeles, 500 norte de la cancha de basquet, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: Legacy Law

como nombre comercial en clase: Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: un establecimiento comercial dedicado a: servicios profesionales en el área legal, ubicado en San Pedro, Montes de Oca, ciento cincuenta metros sur del INEC. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de junio de 2017. Solicitud Nº 2017-0006152. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 06 de julio de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017186482 ).

Gianluca Sassu Piattelli, casado una vez, cédula de identidad Nº 801220637, con domicilio en Curridabat, Sánchez, de la Iglesia de La Lía, 250 este y 200 sur Residencial Monte Ayarco, casa B21, roja con portones negros frente a la caseta del guarda, Costa Rica, solicita la inscripción de: como marca de servicios, en clase: 44 internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 44: servicios psicológicos, psicodiagnóstico, terapéuticos, psicología industrial, psicología clínica, neuropsicología y psicología general. Fecha: 02 de noviembre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 26 de setiembre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009462. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 02 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017186511 ).

Esteban Hernández Álvarez, soltero, cédula de identidad 401990768, en calidad de apoderado especial de María Fernanda Alvarado Arias, soltera, cédula de identidad 402190117 con domicilio en Barva, Puente Salas, 100 metros norte del Bar Herradura, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: ASPHALT

como marca de comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25: Prendas de vestir. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de octubre del 2017, solicitud Nº 2017-0010275. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 30 de octubre del 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017186559 ).

Carlos Alberto Valenciano Camer, divorciado, cédula de identidad 104940901 con domicilio en Escazú, calle San Miguel, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: BARATUS DE QUEPOS como nombre comercial, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de diferentes productos por ser una tienda por departamentos ropa de todo tipo de hombre, mujer, niño y sus accesorios, ubicado en Puntarenas, Quepos. Local número dos Contiguo a Pall Quepos CentroSe cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de setiembre del 2017, solicitud Nº 2017-0009234. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Rina Ruiz Mata, Registradora.—( IN2017186572 ).

Marcela Rodríguez González, casada una vez, cédula de identidad 204800812, con domicilio en Esparza; 50 sur, del ICE sobre calle 01, Puntarenas, Costa Rica, solicita la inscripción de: Frolino

como nombre comercial en clase 49 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la venta de productos alimenticios para humanos y animales, ubicado en Puntarenas, Esparza, Espíritu Santo, 50 sur del ICE sobre calle 01. Fecha: 06 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010465. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 06 de noviembre del 2017.—Cesar Alfonso Rojas Zúñiga, Registrador.—( IN2017186578 ).

Gilbert Araya Paniagua, casado una vez, cédula de identidad N° 302850204, con domicilio en Turrialba centro, diagonal al Colegio I.E.T, Cartago, Costa Rica, solicita la inscripción de: Panadería Pibe’s !Un mundo de sabor y tradición para toda la familia!

como nombre comercial en clase(s): internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: Un establecimiento comercial dedicado a la elaboración de productos de panadería y pastelería, así como a la venta de productos afines, como cafés, tés, lácteos, jugos, bebidas artificiales, entre otros, ubicado en dos establecimientos comerciales, ambos ubicados en Turrialba, Cartago, el primero denominado Panadería Pibe’s, en calle Puntarenas, diagonal al Colegio IET, el segundo establecimiento denominado Panadería Pibe’2, ubicado frente al Colegio Nocturno Doctor Enrique Menzel, en Turrialba centro. Fecha: 23 de octubre del 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 4 de octubre del 2017. Solicitud Nº 2017-0009761. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 23 de octubre del 2017.—Wendy López Vindas, Registradora.—( IN2017186614 ).

José Antonio Jaikel Aguilar, casado una vez, cédula de identidad número 204140799, en calidad de apoderado generalísimo sin límite de suma de Comercializadora Los Litros de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101722783 con domicilio en Santa Ana, Hacienda Paraíso, casa 23, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: LOS LITROS PARADA ESTRATÉGICA

como marca de fábrica y comercio en clases 32 y 33 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: En clase 32: Cervezas, aguas minerales, y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y los zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas. En clase 33: Bebidas alcohólicas. Reservas: De los colores: Amarillo, verde, rojo y morado. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 25 de enero del 2017, Solicitud Nº 2017-0000671. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 9 de octubre del 2017.—Sabrina Loáciga Pérez, Registradora.—( IN2017186619 ).

Juan Carlos Villa Solano, casado una vez, cédula de identidad 6-0224-0065 y Luis Enrique Vega Arguedas, soltero, cédula de identidad 109350521 con domicilio en Santa Ana, Pozos, Residencial Valle del Sol, San José, Costa Rica y San Rafael, del Estadio Municipal; 150 metros al norte, Urbanización La Rosa, Heredia, Costa Rica, solicita la inscripción de: DOÑA CANDELA como marca de servicios en clase: 41 Internacional.

Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 41; Un personaje de entretenimiento. Fecha: 8 de Noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 18 de agosto del 2017. Solicitud N° 2017-0008102. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 08 de noviembre del 2017.—Wendy López Vindas, Registrador.—( IN2017186638 ).

Marcia Abarca Bermúdez, casada una vez, cédula de identidad 112503355, en calidad de apoderada especial de Diseño Maré de Costa Rica S. A., cédula jurídica 3101682315, con domicilio en Pozos de Santa Ana, Ecoresidencial Villa Real, casa A22, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Kabbalah Hilo Rojo de Protección,

como marca de fábrica y comercio en clase: 14 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: bisutería. Reservas: de los colores : Rojo y negro. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 24 de octubre de 2017. Solicitud N° 2017-0010443. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 2 de noviembre de 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017186685 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad Nº 106790960, en calidad de apoderado especial de Lenzing Aktiengesellschaft, con domicilio en: Werkstr. 2, 4860 Lenzing, Austria, solicita la inscripción de: ECOVERO, como marca de fábrica y servicios en clases: 9, 10, 12, 16, 17, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 27, 35 y 42 internacionales, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 9: Estuches adaptados para teléfonos móviles; estuches para teléfonos; estuches para PDA; estuches para calculadoras de bolsillo; fundas adaptadas para lectores de CD; fundas adaptadas para lectores DVD; estuches para reproductores de medios digitales; estuches para lentes; letreros publicitarios [mecánicos o luminosos]; estuches adaptados para aparatos fotográficos; estuches para cámaras grabadoras; carcasas para cámaras; separadores para acumuladores; estuches para gafas; estuches para gafas de niño; estuches para lentes de contacto; trajes de aviador resistentes al fuego; respiradores para filtrar el aire; ropa ignífuga; trajes ignífugos para carreras de automóviles con fines de seguridad; mantas ignífugas; ropa ignífuga; filtros para máscaras respiratorias; filtros para máscaras respiratorias (no médicos); redes de seguridad; calzado de protección frente a incendios; pasamontañas ignífugos; botas de protección contra el fuego; trajes de protección contra los accidentes, las radiaciones y el fuego; cascos para motociclistas; estuches adaptados para instrumentos de disección para uso científico o de investigación; estuches adaptados para instrumentos de disección que no sean para uso médico; filtros para laboratorios; guantes resistentes al fuego; equipos de protección y seguridad; en clase 10: Protectores de pecho; empapadores; paños médicos de materiales textiles sin tejer; pinzas hemostáticas; malla quirúrgica; camas y mobiliario médico, equipos para mover pacientes; cobertores para uso médico; sábanas de incontinencia para su uso con bebés; sábanas de incontinencia para su uso con niños pequeños; almohadones para uso médico; almohadas para uso ortopédico; almohadas para uso terapéutico; almohadas soporíferas rellenas con plumón; sábanas [paños) para uso médico; protectores de colchón para incontinentes; sábanas para personas incontinentes [empapadores]; vestuario de uso médico; guantes de protección desechables para uso médico; guantes para uso médico; guantes para su uso en hospitales; medias de compresión médicas; malla quirúrgica que comprende materiales artificiales; rodilleras para uso médico; en clase 12: Forros a medida para la zona de carga de vehículos; revestimientos de vehículos; tapizados para interiores de vehículos; interiores de protección para vehículos; revestimientos de techos para vehículos; paneles interiores para vehículos; asientos de seguridad de coche para niños; asientos de seguridad de coche para niños; asientos de seguridad de coche para niños; asientos de niños para su uso en vehículos; asientos para niños para su uso en coches; asientos de seguridad para vehículos; asientos de seguridad de animales de compañía para vehículos; asientos de seguridad de bebés y niños para vehículos; asientos de seguridad para vehículos; doseles de asientos de coches; organizadores para coches; organizadores de maleteros; fundas de asientos ajustadas para su uso en automóviles; fundas de asientos para coches; asientos de automóvil; asientos de automóvil para niños; cojines para asientos de vehículos; asientos de automóvil para niños; protectores solares y viseras para automóviles a motor; en clase 16: Papel crepé; filtros y materiales filtrantes de papel; papel de filtro; filtros de papel para cafeteras; materiales de embalaje impresos de papel; contenedores de papel para embalaje; bolsas de papel para embalar; lazos decorativos de papel para envolver; papel de embalaje decorativo; hojas de control de humedad, de papel o de materias plásticas, para embalar productos alimenticios; hojas de celulosa regenerada para embalar; etiquetas de papel para regalos; envoltorios de papel para regalos; embalajes de cartón; películas de materias plásticas para embalaje; papel impregnado con aceite para usar como embalaje; cajas de cartón para embalar; material de embalaje de materias plásticas; papel para envolver y embalar; sacos de papel; bolsas de papel para embalar; lazos para decorar paquetes; bolsas de papel para embalar; bolsas y artículos para empaquetar, envasar y almacenar, de papel, cartón y materias plásticas; recipientes industriales de papel para embalaje; recipientes de cartón para embalaje; recipientes de celulosa regenerada para embalaje; bolsas (sobres, bolsitas) de papel o materias plásticas para empaquetar; películas para envolver alimentos; cartón para empaquetado; cajas de cartón para embalar; cajas de fibra de cartón; materias plásticas para embalaje (no comprendidas en otras clases); material de envoltorios de papel; materiales de cartón para embalar; materiales de papel reciclado para embalaje; materiales de fécula o almidón para empaquetar; materiales para envase y embalaje; papel de envolver; cajas de cartón para embalar; cajas de cartón para embalar; bolsas de papel para embalar; hojas de viscosa para embalar; etiquetas de papel para identificación; blocs de papel de escribir; libretas; etiquetas de papel; cajas para lápices; estuches y cajas de papelería; bolígrafos; pizarras pequeñas; cintas adhesivas para embalaje; productos de imprenta; adhesivos [artículos de papelería]; pegatinas [calcomanías]; carteles publicitarios impresos de papel; carteles publicitarios impresos de cartón; folletos; banderines de papel; folletos, impresos; calendarios impresos; material promocional impreso; decoraciones adhesivas de papel para paredes; anuarios [publicaciones impresas]; calendarios; banderolas de papel; pósters; postales (tarjetas -); prospectos; tarjetas de navidad; publicaciones promocionales; publicaciones promocionales; letreros de papel o cartón; tableros de anuncios de cartón; tableros de anuncios de cartón; cubiertas de libros; papel crepé para uso doméstico; papel para su uso en la producción de papeles pintados; papel de seda para su uso como material de papel de estarcido (ganpishi); papel para fabricar bolsitas de té; toallitas de papel para desmaquillar; papel higiénico de textura áspera; filtros de papel para café; papel para limpiar; pañuelos de papel para la cara; hojas absorbentes de papel o de materias plásticas para embalar productos alimenticios; pañuelos de papel; papel de seda; papel higiénico; pañuelos de papel para uso cosmético; paños de celulosa; publicaciones periódicas; blocs jurídicos; en clase 17: Fibras con fines de aislamiento; mantas acolchadas para aislamiento; hilo de fibra regenerada para uso no textil; fibras químicas para uso no textil; fibras sintéticas, que no sean para uso textil; materiales y artículos para el aislamiento; tejidos aislantes; telas hechas de fibras sintéticas [para aislamiento]; tejidos hechos de mezcla de fibras sintéticas y naturales para su uso como aislamiento; tejidos de fibra de carbono para su uso como aislamiento; tejidos de fibras producidas químicamente para su uso como aislantes; tejidos de fibras orgánicas para su uso como aislantes; fibras de vidrio para aislar; fibras impregnadas con resinas sintéticas para aislamiento; lanas de fibras de carbón en bruto [aislamiento]; papel aislante; material aislante destinado a la industria aeronáutica; materiales aislantes producidos a partir de materias plásticas; paneles aislantes; cable magnético (aislamiento para -); papel impregnado con aceite para aislamiento; aislamiento de tubos; componentes de aislamiento preformados; papeles tratados para aislamiento; artículos y materiales para aislamiento térmico; tableros de fibras para aislamiento de altas temperaturas; tejidos resistentes al calor [para aislamiento]; cubiertas aislantes para tubos industriales; material sintético aislante para la protección térmica de tuberías; aislamientos con funciones de sellado para protección térmica; camisas de aislamiento térmico para plantas industriales; materias térmicas aislantes; artículos y materiales para aislamiento eléctrico; cintas electroaislantes; aisladores para conductores eléctricos; papel para condensadores eléctricos; sustratos para aislamiento eléctrico; artículos y materiales para aislamiento acústico; losas acústicas; paneles de barrera para el aislamiento acústico; aislamiento acústico para edificios; estructuras no metálicas para la supresión del sonido [aislamiento]; hojas de celulosa [que no sean para envolver o empaquetar); hojas de celulosa regenerada que no sean para embalar; espuma de caucho; fibra de carbono; celulosa regenerada para su uso en procesos de fabricación; hojas de viscosa que no sean para embalar; fibras de carbono para su uso en la industria; fibras de carbono que no sean para uso textil; fibras de carbón en bruto, que no sean para uso textil; tejidos de fibra de carbono impregnados con resinas; hilos de fibras de carbón [que no sean para uso en textiles]; espuma moldeada para embalaje; cintas de embalaje (adhesivas) que no sean de uso doméstico o de papelería; fibras de materias plásticas para fabricar cables de neumáticos; telas retardadoras de llama [amianto]; paneles aislados ignífugos; materiales refractarios aislantes; fieltro aislante; sustancias plásticas semielaboradas; materiales filtrantes [materias plásticas o espumas semielaboradas]; en clase 20: Camas, colchones, almohadas y cojines; accesorios para cunas de guardería [distintos de ropa de cama]; accesorios para cunas de guardería [distintos de ropa de cama]; fundas de asientos de recambio [ajustadas] para muebles; revestimientos textiles para muebles [a medida]; almohadas hinchables; almohadas de baño; accesorios de cama, excepto ropa de cama; camas para niños hechas de tela en forma de saco; colchones futón [distintos de colchones de parto]; almohadas reposacabezas; cojines para embarazadas; protectores de colchones; colchones; colchones; colchones [exceptuando los colchones para el parto]; colchonetas para dormir [cojines o colchones]; almohadas cervicales; cojines de lactancia; cojines para animales de compañía; almohadas; almohadas perfumadas; esteras de dormir para acampar [colchonetas]; artículos de decoración textiles [cojines]; almohadas rellenas; almohadas de sujeción para su uso en sillas de seguridad de niños para el coche; almohadas de sujeción para su uso en asientos de niños; camas y receptáculos para animales; camas para mascotas; casas para mascotas; tableros para fijar carteles publicitarios; tablones publicitarios de exposición de plástico [no luminosos]; en clase 21: Trapos antiestáticos para uso doméstico; paños para desempolvar; telas para limpiar gafas; toalleros de aro; estuches para palillos chinos; aplicadores para maquillaje de ojos; neceseres para utensilios cosméticos; neceseres de tocador; aplicadores de cosméticos; manoplas de cocina; paños de limpieza; paños de limpieza; paños de limpieza; en clase 22: Fibras textiles en bruto y sus sucedáneos; líber; algodón en bruto; lana tratada; fibras químicas para uso textil; fibras que son materiales sintéticos parcialmente preparados para uso textil; fibras que son materiales sintéticos en bruto para uso textil; copos de seda; fibras de hilo; banda de cordones enrollados; materias textiles fibrosas en bruto; lana desengrasada; fibras semisintéticas para uso textil; fibra de cáñamo [en bruto]; pelo de conejo; yute; fibra de yute [bruto]; lana peinada; pelo de cachemir; pelusa de algodón; materiales textiles fibrosos en bruto tratados con retardantes de llamas; mohair; fibras naturales; fibras de relleno de poliéster; filamento de poliéster; malla plástica de poliéster para embalar mercancías; fibras de sílice vitrificado para uso textil; fibras de rafia; fibras de ramio; fibras textiles en bruto; fibras en bruto de materias plásticas para uso textil; lino en bruto [agramado]; seda en bruto; lana en estado bruto; desperdicios de seda [relleno]; lana esquilada; fibras de seda; monofilamentos de poliéster de seda; lana cardada; fibras sintéticas para uso textil; fibras sintéticas para uso textil; filamentos textiles sintéticos; filamentos textiles; fibras textiles; fibras textiles sin tejer; fibras para fabricar alfombras; fibras para fabricar losetas de moqueta; fibras viscosas de silicio; lana en bruto o tratada; copos de lana; bolsas y sacos para envasar, almacenar y transportar; forros para su uso en contenedores; redes; soportes de cuerda para colgar plantas; eslingas y cintas; cintas para atar las vides; cintas no metálicas para envolver o atar; hamacas; bolsas para la cremación de cadáveres; bolsas de red para lavar lencería; bolsas de malla para almacenamiento; bolsas de embalaje [sacos] de materia textil para transporte a granel; bolsas de embalaje [sacos] de tejido para almacenaje a granel; sacos; sacos hechos de materia textil; sacos para el transporte de residuos; sacos para el transporte de materiales; sacos para el almacenamiento de materiales a granel; sacos y bolsas (no comprendidos en otras clases); sacos para almacenar materiales; sacos de gran capacidad para transportar y almacenar productos a granel; bolsas que no sean de materias textiles para el transporte a granel de materiales; bolsas que no sean de materias textiles para el almacenamiento a granel de piensos para animales; bolsas que no sean de materias textiles para el almacenamiento a granel de materiales; bolsas de almacenamiento para zapatos; bolsas para velas; bolsas de regalo de materias textiles para botellas de vino; bolsas protectoras de tela para conservación de bolsos cuando no se usan; bolsas [sobres, bolsitas] de materias textiles para empaquetar; bolsas [sobres, bolsitas] de materias textiles para empaquetar; bolsas [sobres, bolsitas] de materias textiles para empaquetar; redes de embalaje para transportar frutas y hortalizas; bolsas [sobres, bolsitas] de materias textiles para empaquetar; bolsas textiles para embalaje de mercancías [sobres, bolsitas]; lonas, toldos, tiendas y carpas; tiendas de campaña para la pesca con caña; tiendas de campaña para el camping; cubiertas no ajustables para vehículos; fundas no ajustables para embarcaciones y vehículos acuáticos; lonas; toldos; tiendas [toldos] para vehículo tiendas [toldos] para caravanas; tiendas hechas de materias textiles; tiendas para montañismo o camping; velas; materiales para la fabricación de velas para embarcaciones; sogas, cabos, cuerdas y cordeles; ataduras no metálicas para uso agrícola; hilos no metálicos para envolver o atar; cordeles; bramantes de polipropileno; cordeles hechos de sisal; bramantes no metálicos; cuerdas para atar; hilos de embalaje; cuerda de macramé; hilos para usar en la construcción de cables de neumáticos; cuerdas; cuerdas de fibras naturales y sintéticas; cuerda para su uso en juguetes para animales domésticos; cuerdas de materias sintéticas; cuerdas; cuerdas no metálicas; bramante de embalar; cuerdas de embalaje; redes elásticas para productos cárnicos; redes de cáñamo; redes [no metálicas o de amianto]; redes para su uso como cortavientos; redes de fibra química; redes de protección de materias textiles contra desprendimientos de piedras; redes de pesca comerciales; redes [aparejos]; redes para su uso con estructuras flotantes; hilos de red; corrales de red para la piscicultura; redes para dar sombra; redes de seda; redes ajustables; materiales para acolchar y rellenar; plumón [plumas]; plumas de relleno [tapicería]; guata de filtrado; material de relleno de fibras sintéticas; rellenos para almohadas tapizadas; rellenos de espuma sintética; rellenos de edredones; relleno para almohadas; rellenos para colchas; virutas de madera; miraguano [kapoc]; plumas sueltas; materiales para acolchar; materiales de acolchado, distintos de caucho o plástico, para almohadas; materiales de acolchado, distintos de caucho o plástico, para sacos de dormir; materiales para relleno hechos de materias fibrosas; materiales para relleno hechos de materias fibrosas; rellenos de telas no tejidas; materiales de acolchado, que no sean de caucho o plástico, para camas; guatas de poliéster; serrín; sisal; fibras de sisal; recipientes textiles de embalaje industrial; vellón para el sector de la tapicería; guata de relleno o acolchado [tapicería]; fibras de guata; lana de relleno; materiales de relleno (excepto de papel, cartón, caucho o plástico); rellenos para almohadas tapizadas; en clase 23: Hilos e hilados; hilo de angora; bobinas de hilo; bobinas de hilado; algodón hilado; hilo de algodón; hilos de felpilla; hilos de felpilla; hilo de seda de la variedad dupioni; hilados elásticos; hilos elásticos para uso textil; tiras elásticas de fibras sintéticas para uso textil; hebras de algodón hilado; hilados para uso textil; filamentos textiles [hilos]; fibras flocadas; hilos; hilos de angora para uso textil; hilo de algodón residual; hilos preorientados de poliéster; hilos de fibras de carbono para uso textil; hilos de fibras sintéticas o mixtas para uso textil; hilo de seda salvaje; hilados para tejer; hilos para uso doméstico; hilados para aplicaciones textiles; hilo e hilado mezclado a base de fibra inorgánica; hilo e hilados mezclado a base de algodón; hilo e hilados combinados con una base de fibra química; hilos e hilados de fibra química para uso textil; hilos e hilados de residuos desengrasados; hilo e hilado mezclado a base de cáñamo; hilo e hilado de fibra regenerada [para uso textil]; hilo e hilado mezclado a base de seda; hilo e hilado de fibra sintética; hilo e hilado mezclado a base de lana; hilos e hilados para uso textil; hilos para vender en forma de kit; hilo e hilado de algodón retorcido; hilos e hilados retorcidos; hilo e hilado de cáñamo trenzado; hilo e hilado retorcido de seda; hilo e hilado de lana retorcido; hilo (peinado) de fibras naturales; hilo e hilado trenzado mezclado; hilo de estambre; hilo de borrilla de seda; hilo e hilado de fibra semisintética [hilado de fibra natural químicamente tratado]; lanas para tejer a mano; hilo e hilado de cáñamo en bruto; hilados e hilos termoestables; hilos de yute; hebras de pelo de camello; hebras cardadas de lino para uso textil; hilos cardados de cáñamo para uso textil; hebras cardadas de fibras naturales para uso textil; hilos (cardados) de lana; hebras cardadas de lana para uso textil; hilos de cachemira; hilos de fibra de cerámica para uso textil; hilos de coco; hilos de rayón; hilo e hilado de lino; hilo de fibra de metal para uso textil; hilo de coser para uso textil; hilos de coser; hilados naturales; hilos que no sean metálicos para uso textil; fibra de poliéster hilada para uso textil; hebras de sílice; hilo e hilado de ramio; hilo de seda en bruto; seda hilada; hilo de seda; hilos y hebras para bordados; hilados para tejer; hilos de punto de materiales acrílicos; hilos de punto de nailon; hilos de punto de lana; hilados con textura de poliéster; hilados hechos de materiales sintéticos para uso textil; hilos sintéticos; hilados de alfombra; hilos textiles; hilos textiles de fibras artificiales; hilos textiles de fibras naturales; hilo e hilado recubierto de caucho [para uso textil); hilos de hilados mixtos; hilos encerados; hilo encerado; fibras de tejer para uso industrial; hilados; lana hilada; hilo de lana; hilo de lana; en clase 24: Tejidos de borra; productos textiles en piezas para su uso en tapicería; terliz; telas elásticas de punto para ropa interior de señora; telas elásticas de punto para corpiños; telas elásticas de punto para ropa deportiva; telas elásticas de punto para ropa de gimnasia; tejidos de fibra para su uso en la fabricación de prendas de vestir; tejidos de fibra para la fabricación de las fundas exteriores de muebles telas de fibra para su uso en la fabricación de forros de calzado; tejidos de fibra para su uso en la fabricación de forros de bolsas; fieltro; fieltro para su uso por fabricantes de papel; tela de fieltro; telas retardadoras de llama [que no sean de amianto]; franela [tela]; toalla [materias textiles]; forros y entretelas; materiales de incrustación de telas no tejidas; telas de fibras químicas; tejidos para uso textil; tejidos de puntillas; punto (tejidos de -); telas impermeables engomadas; toalla [materias textiles]; ropa de hogar; jersey [tejido]; jersey [tejido]; tejidos de fibras de carbono, excepto para aislamiento; tejidos [géneros en pieza textiles] hechos de fibra de carbón; tejidos hechos de fibras artificiales [excepto para aislamiento]; telas para tapicería; telas de tapicería; telas para tapicería; tejidos para mobiliario en piezas; tejidos para mobiliario en piezas; tejidos decorativos; fieltro no tejido; telas de seda para muebles; tejido de fibra semisintética; tejidos de fibras producidas químicamente, excepto para aislamiento; telas de fibras orgánicas, excepto para aislamiento; telas de hilo de fibra regenerada; tejidos hechos de fibras artificiales [excepto para aislamiento]; telas para su uso en la confección de jerséis; punto (tejidos de -); telas de punto de hilo de algodón; tejidos de punto de hebra de fibra química; telas de punto de hilo de lana; telas hechas de fibras sintéticas y naturales mezcladas, que no sean para el aislamiento; telas textiles para su uso en la fabricación de camas; telas textiles para la confección de ropa blanca; tejidos textiles para su uso en la fabricación de artículos de cama; telas textiles para la confección de mantas; telas tejidas para su uso en la fabricación de muebles; telas textiles para su uso en la confección de sábanas; telas textiles para su uso en la fabricación de toallas; textiles para su uso en la fabricación de fundas de almohada; géneros en pieza textiles para la confección de artículos de cama; géneros en piezas textiles para la confección de toallas; tela; tejidos que son productos textiles en piezas; terciopelos para mobiliario; géneros textiles no tejidos; materias textiles no tejidas; materias textiles no tejidas; telas textiles no tejidas para su uso como entretelas; telas no tejidas de fibras naturales; telas no tejidas de fibras sintéticas; telas no tejidas en láminas para su uso en la confección; telas tejidas para muebles; productos textiles,-y sustitutivos de productos textiles; fundas para vestidos de noche de materias textiles; mantas textiles para imprentas; telas desechables; tela de lino para forrar zapatos; telas para paredes; artículos textiles domésticos hechos de materiales no tejidos; fundas para vestidos de noche de materias textiles; tela de colchón [cutí); fundas para muebles; mosquiteras; artículos textiles sin tejer; sábanas guardapolvo; pañuelos de materias textiles; productos textiles de franela; artículos textiles sin tejer; entretelas hechas de telas no tejidas; fundas para muebles; revestimientos de muebles que no sean ajustables; fundas sueltas de materias textiles para muebles; revestimientos de materias textiles para muebles; fundas sueltas de materias textiles para muebles; pañería (cortinajes de tela gruesa); cortinas; marcadores [etiquetas] de telas para tejidos textiles; tapizados murales de materias textiles; ropa de cama; ropa de cama; toalla [materias textiles]; toallas; ropa de cocina y mantelerías; toallas; toallas de mano de materias textiles; ropa de cama y mantelerías; trapos para secar vajilla; paños de cocina para secar; toalla [materias textiles]; toallas de mano de materias textiles; manteles individuales que no sean de papel; pequeños artículos de materias textiles [ropa de mesa]; ropa de mesa; manteles no de papel; salvamanteles de materias textiles; manteles de telas textiles no tejidas; servilletas de materias textiles; ropa de mesa que no sea de papel; mantelería de materiales textiles; mantelerías; guantes de baño; mantas para recién nacidos; cubrecolchones; fundas de edredón; cobertores (edredones); mantas de cama de algodón; mantas de cama de fibras artificiales; colchas de papel para camas; mantas de cama de seda; mantas de lana; fundas de edredón; sábanas; cenefas para camas; sobrecamas; volantes textiles para camas; ropa de cama de material textil que no esté tejido; ropa de cama para niños; fundas de edredones; cobertores (edredones); mantas para animales de compañía; colchas; mantas para exteriores; ropa de cama desechable de materias textiles; edredones [cobertores de plumas); ropa blanca de tejido de rizo; edredones para futones; sábanas cosidas en forma de saco de dormir; ropa de cama impregnada; mantas para cunas; sábanas para cunas; mantas para niños; fundas decorativas para almohadones de cama; mantas para el regazo; fundas para colchones ajustables; fundas de almohada; fundas de cutí para colchones y almohadas; fundas de colchón; fundas de colchón; edredones rellenos de plumón; edredones; mantas de viaje; forros para el interior de sacos de dormir; mantas de seda; sábanas ajustables; cobertores de cama acolchados; edredones de tela de toalla; edredones de materias textiles; edredones rellenos de plumas; edredones rellenos con una mitad de plumón; edredones rellenos de material de relleno; edredones rellenos de materiales sintéticos de relleno; colchas; cubiertas de edredón; fundas textiles para edredones; productos textiles para su uso como ropa de cama; sábanas; sobrecamas; sábanas con volantes; cenefas para camas; mantas de lana; ropa de baño; toallas de baño grandes; toallas de baño; ropa de baño, excepto prendas de vestir; toallas desechables; cobertores de felpa; toallas faciales de felpa; toallas turcas; toallas turcas; toallas de baño grandes; toallas de baño grandes; tela de felpa [material textil] adaptada para su uso en distribuidores; toallas de manos; toallas para niños; ropa blanca para uso doméstico, incluidas la toallitas de tocador; toallas desmaquilladoras [textiles] distintas de las impregnadas con cosméticos; toallas desmaquilladoras [textiles] distintas de las impregnadas con preparados de tocador; telas de materias textiles tejidas para lavar el cuerpo, no para uso médico; paños de material textil no tejido para lavar el cuerpo [que no sean de uso médico]; guantes de aseo personal; manoplas hechas de telas no tejidas para lavar el cuerpo; toallas de aseo; paños para lavar el cuerpo [que no sean para uso médico]; materias textiles filtrantes; tejido ignífugo; en clase 25: Artículos de sombrerería; gorros de baño; bandanas [pañuelos para el cuello]; gorras de béisbol; boinas; sombreros con borlas; sombreros de señora; gorros de ducha; tocados de fiesta; sombreros fedora; fezes [gorros tradicionales de origen turco]; gorros tipo pescador; gorras de golf; yashmaks (velos dobles usados por mujeres musulmanas); cofias [artículos de sombrerería]; boinas de lana; sombreros; armaduras de sombreros; solideos; gorros de waterpolo; capuchas; sombreros pequeños; gorros con nudo para bebés; gorros de cocinero; gorras y sombreros deportivos [que no sean cascos]; artículos de sombrerería infantil; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; yashmaghs [velo de las mujeres musulmanas]; mitras [ropa litúrgica]; sombreros de moda; gorros; viseras para gorras; viseras para el sol [artículos de sombrerería]; gorros para dormir; sombreros de papel [prendas de vestir]; gorros de papel para chefs; sombreros de papel para enfermeras; gorros para fiestas [prendas de vestir]; manguitos de piel; sombreros de piel; pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros para la lluvia; gorras de punto; gorras planas;. gorras militares; sombreros de juncia (sugegasa); antifaces para dormir; velos; tocas [prendas de vestir]; boinas escocesas; bandas antisudor de tenis; gorros de esquiar; sombreros para el sol; gorros y gorras para deportes; gorras de deporte; cintas para la cabeza; cintas para absorber el sudor de la frente; sombreros de playa; gorras de punto; pasamontañas; artículos de sombrerería de materias textiles térmicas; tocas [sombreros]; pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros de lana; sombreros de copa; prendas de vestir; prendas de noche; abrigos de noche; cuellos separables para kimonos (haneri); cuellos postizos; escudetes de axila [partes de prendas de vestir]; indumentaria de aikido; albas; chalecos de entrenamiento para fútbol americano; parkas; trajes [vestuario]; trajes de noche; trajes de mujeres; pajaritas; pantalones de vestir; monos de vestir; blusas; ropa de trabajo; monos de trabajo; blusas; jerséis sin mangas; mantones; calentadores de brazos [vestidos]; batas para doctores; pantalones de calentamiento; ropa hecha de piel; guantes para conducir; ajuares de bebé [prendas de vestir]; ajuares de bebé [prendas de vestir]; prendas de una sola pieza [body] para bebés; picardías [pijamas]; bragas para bebés; baberos de plástico para bebés; ropa de bebé para la parte superior del cuerpo; sacos de dormir para bebés [prendas de vestir]; bragas para bebés; ropa de bebé para la parte inferior del cuerpo; ajuares de bebé [prendas de vestir]; buzos de abrigo para bebés; trajes de baño; trajes de baño para señora; trajes de baño para caballeros; bañadores ajustados que tienen copas de sujetador; trajes de baño para caballero y señora; calzones de baño; trajes de baño; trajes de baño; albornoces; pantalones cortos de baño; pantalones de baño; ropones (salidas) de baño; batines; trajes de ballet; vestidos de fiesta; sujetadores bandeau [ropa interior]; uniformes de béisbol; calzoncillos térmicos; camisetas interiores térmicas; camisetas ombligueras; camisetas impresas; calentadores de piernas; ropa de cachemira; ropa de cuero de imitación; ropa de lana; ropa para automovilistas; ropa de bebé; ropa para damas de honor; ropa de patinaje artístico; trajes de bautizo; prendas de vestir para la práctica del judo; prendas de vestir para niños; prendas de vestir para niños pequeños; ropa de niña; prendas de vestir de cuero para motoristas; ropa de cuero; prendas de vestir de lino; ropa de papel; ropa de felpa; ropa de seda; ropa para artes marciales; ropa de hípica [excepto cascos de jinete]; vestuario teatral; ropa para pescadores; ropa para chico; vestuario para juegos de lucha libre; ropa prenatal; pantalones para estar por casa; bermudas; mañanitas; calcetines de cama; maillots; blazers; blusones; boas [bufandas]; leotardos; medias de cuerpo entero; bodis [ropa interior]; boleros; corbatas de cordón; cazadoras tipo bomber; calzoncillos; vestidos de novia; albornoces [capas con capucha]; sujetadores; bustiers; chaquetas marineras; capas; pantalones pirata de mujer; abrigos cortos; pantalones de estilo militar; polainas (prendas de vestir); casullas; camisolines; cheongsams (vestidos de raso en estilo chino); albas; túnicas para coristas; prendas de noche; pantalones de pana; camisetas largas; ropa de mujer; lencería femenina; vestidos; ropa exterior de señora; bragas; ropa interior de mujer; ropa interior de mujer; chaquetas de plumas; chalecos de plumón; pantalones vaqueros; sobretodos; chaquetones de trabajo con refuerzo impermeable en los hombros; trajes de tres piezas [ropa]; trencas; pañuelos de bolsillo [prendas de vestir]; trajes de una pieza; monos de vestir; monos cortos [prendas de vestir]; ropa interior desechable; vestidos de patinaje; mallas deportivas; medias de lana; faldas plisadas para quimonos formales (hakama); disfraces [trajes]; vestidos de ceremonias para señoras; sujetadores deportivos transpirables; camisetas de deporte transpirables; pantalones de deporte transpirables; camisas de pesca; chaquetas de pescador; ropa polar; chalecos de forro polar; pajaritas; trajes de vuelo; trajes de noche de gala; ropa de etiqueta; fulares [prendas de vestir]; chaqués; trajes de chaqueta informales; camisas deportivas; pantalones ligeros; ropa informal; bragas tipo short; casacas de barbero; batines; reproducciones de equipaciones de fútbol; camisetas de fútbol; chalecos de entrenamiento para fútbol; bolsas para calentar los pies que no sean eléctricas; gabardinas [prendas de vestir]; galochas; polainas; chaqués; pantalones acolchados de deporte; camisetas acolchadas de deporte; shorts acolchados de deporte; prendas de punto; guantes de punto; chaquetas de punto; ropa interior de punto; jerséis tejidos con lana; prendas de vestir tejidas; camisas tejidas; chaleco; polos; pantalones de golf; pantalones, camisas y faldas de golf; faldas de golf; mallas; ropa de gimnasia; calcetines cortos; disfraces para halloween (víspera de todos los santos); tirillas; artículos para llevar en el cuello; fulares; braga de cuello; calentadores de muñeca; guantes [prendas de vestir]; guantes para ciclistas; guantes con puntas conductoras que pueden usarse al utilizar dispositivos electrónicos portátiles provistos de pantallas táctiles; guantes incluyendo los de piel, pellejo o cuero; calentadores de manos [prendas de vestir]; ropa para estar en casa; camisas hawaianas; camisas hawaianas abotonadas delante; canesúes de camisa; camisas; camisas para trajes; camisas con cuello; camisas de cuello abierto; camisas con botones; camisones; combinaciones [ropa interior]; camisas-chaqueta; pecheras de camisa; trajes para hombres; ropa de hombre; ropa exterior de caballero; calcetines de caballero; ropa interior de hombre; chalecos; vestidos de novia; chaquetas tipo leñador; canguros (suéteres con capucha); bragas; pantalones largos; pantalones de cuero; pantalones para niños; pantalones para niños; pantalones para personal de enfermería; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones de snowboard; trajes pantalón; faldas pantalón; medias-calcetín; tirantes; ligueros de caballero; fajas [ropa interior]; fajas [ropa interior]; chaquetas; chaquetas que son prendas de vestir de deporte; chaquetas de forro polar; chaquetas de pesca; chaquetas con mangas; chaquetas sin mangas; chaquetas para snowboard; chaquetas impermeables; chaquetas, abrigos, pantalones y chalecos de caballero y de señora; forros para chaquetas; pantalones de caza; chaquetas de caza; chalecos de caza; camisas de caza; kimonos; prendas de tela vaquera [ropa]; pantalones vaqueros; chaquetas vaqueras; jerseys [prendas de vestir]; pantalones de montar; chándales de nailon; conjuntos de footing [ropa]; pantalones de chándal tipo sudadera; prendas para llevar en la parte superior para hacer footing; pantalones de chándal tipo sudadera; chaquetas heavy; chaquetones; uniformes de judo; caftanes; camisolas; uniformes de artes marciales; uniformes para deportes de combate; sudaderas con capucha; uniformes de karate; bufandas de cachemira; equipos de kendo; uniformes caqui; faldas escocesas; faldas escocesas; kimonos; vestidos; mandiles; vestidos; batas para personal de enfermería; forros confeccionados (partes de prendas de vestir); bolsillos de prendas de vestir; ropa de sport; bombachos; pantalones de senderismo; calcetines largos; calentadores de rodilla; juegos de top y culote [ropa]; ropa de confección; prendas superiores básicas de trajes tradicionales coreanos [jeogori]; chalecos tradicionales coreanos para señora [baeja]; abrigos coreanos [durumagi]; chalecos térmicos acolchados; corseletes; cubrecorsés; corsés; corsés; corsés; trajes [disfraces]; trajes de falda; disfraces para niños; trajes para usar en juegos de rol; cuellos; cuellos postizos; cuellos para vestidos; corbatas; corbatas pañuelo [ascots]; miriñaques; fajas de esmoquin; camisetas de manga corta o manga larga; camisas de manga corta; camisas de manga corta; pantalón corto; pantalones de chándal tipo sudadera; enaguas cortas; gabán corto para quimono [haori]; capuchas [ropa]; batas de laboratorio; jerséis de manga larga; camisetas interiores de manga larga; chaquetas largas; batas de dormir japonesas [nemaki]; quimonos largos (nagagi); calzoncillos largos; baberos que no sean de papel; petos de caza; ropa para correr; chalecos para hacer footing; trajes de cuero; ropa de cuero; chaquetas de cuero; chaquetas de cuero; pantalones informales; calzas [leggings]; lencería; ropa interior absorbente del sudor; chaquetas reflectantes; lencería femenina; libreas; prendas para cubrir trajes de baño; ropa exterior para niñas; manípulos [ropa litúrgica]; uniformes de deporte; puños [prendas de vestir]; abrigos; pellizas; abrigos de algodón; abrigos de tela vaquera [denim]; abrigos para señora; abrigos para hombre; mantillas; antifaces para dormir; máscaras para los ojos; trajes de marinero; corseletes; prendas de corsetería; minifaldas; triquinis; batines; batas de descanso; trajes de motociclismo; guantes de motociclista; chaquetas de motociclismo; manguitos [prendas de vestir]; vestidos hawaianos [muu-muus]; camisones; camisones; camisones; prendas para dormir; trajes de neopreno; saltos de cama [picardías]; medias cortas; ropa exterior de señora; ropa exterior; camisas de vestir; empeines de ratán tejido para sandalias de estilo japonés; blusas de tirantes; tops para ciclistas; tops con capucha; blusas de espalda descubierta; cintas para abrigar las orejas; orejeras [prendas de vestir]; conjuntos de vestir; monos de trabajo; monos de trabajo; monos para personal de enfermería; sobrecamisas; pareos; parkas; pelerinas; pieles [prendas de vestir]; pellizas; abrigos y chaquetas de piel; capas de piel; enaguas; pololos; polos; pantalones de pirata; delantales de plástico; culotes; polos; polos de punto; suéteres de cuello alto; suéteres [polos]; ponchos; suéteres; suéteres de cuello redondo; suéteres de cuello alto falso; suéteres con cuello en v; suéteres sin mangas [ropa]; bombachos; pijamas; partes inferiores de pijamas; ropa para ciclistas; pantalones para ciclistas; camisas de ramio; maillots de protección para deportes acuáticos; chubasqueros; ropa de lluvia; pantalones impermeables; abrigos impermeables; ponchos para la lluvia; guantes de equitación; pantalones de montar; chaquetas de montar; faldas; prendas superiores de cuello alto; cuellos vueltos [ropa]; camisetas de cuello alto; suéteres de cuello alto; camisetas de rugby; pantalones cortos de rugby; camisetas de rugby; chaquetas de safari; saris; sarongs [pareos]; zamarras; abrigos de piel de oveja; protectores para cuellos de prendas de vestir; bufandas [vestidos]; chales [sólo de punto]; chales y pañuelos de cabeza; chales y estolas; fajas [bandas]; bandas faja para quimonos [obi]; uniformes de árbitros; prendas para dormir; camisones; tops tipo tubo; pañuelos de cuello de caballero; bragas; trajes para la nieve; trajes para la nieve; pantalones para la nieve; pañuelos para los hombros; toquillas [prendas de vestir]; uniformes escolares; delantales [prendas de vestir]; delantales de papel; bandas abdominales para embarazadas; batas de premamá; calcetines sudorífugos; medias absorbentes del sudor; bandas antisudor; bandas de muñeca para el sudor; cintas para la cabeza; sobaqueras; calcetines antitranspirantes; cintas para absorber el sudor de la frente; uniformes de enfermera; pantalones de baño; corbatas de seda; bufandas de seda; sostenes adhesivos; capas de peluquería; chaquetillas; vestidos de tubo; camisetas de cuello alto falso; camisas y pantalones cortos a juego (lencería); petos cortos; shorts; pantalones cortos tipo chándal; bragas altas tipo shorty [ropa interior]; trajes para la nieve; trajes de esquí de competición; guantes de esquí; pantalones de esquí; chaquetas de esquí; ropa de esquí; pasamontañas para esquí; mallas cortas reforzadas con protectores; slips; fajas de esmoquin; esmoquin; esmóquines; trajes de snowboard; guantes de snowboard; calcetines estilo japonés (tabo; calcetines y medias; ligas para calcetines; sujetadores sin aros; vestidos veraniegos sin mangas para señora; ropa de protección solar; monos cortos [ropa); picardías (baby doll); chándales; ropa de deporte [exceptuando los guantes de golf]; ropa de deporte; sujetadores de deporte; camisas deportivas; camisas deportivas de manga corta; pantalones de deporte; chaquetas deportivas; calcetines de deporte; camisetas de deporte; jerséis deportivos y pantalones para el deporte; chándales; chalecos de atletismo; guardapolvos; chaquetas acolchadas [prendas de vestir]; chalecos acolchados; baberos de tela; baberos de tela para adultos; cuerdas de ajuste para quimonos (datejime); peleles; camisas braga para niños y bebés; ropa de playa; batas de playa; pantalones elásticos; prendas de punto; camisas de punto; rebecas; tangas; ligas [ropa interior]; medias; medias absorbentes del sudor; refuerzos de talón para medias; faja panty; pantis; mallas [prendas de calcetería]; medias sin pie; prendas de mediería; calcetines sin pie; ropa de surf suspensorios [lencería]; suéteres; pantalones de chándal; chaquetas sudadera; sudaderas; pantalones cortos de chándal; trajes de taekwondo; ceñidores de cintura; camisetas de tirantes; ropa de baile; trajes de baile; tabardos; guantes de camuflaje; camisas de camuflaje; pantalones de camuflaje; chaquetas de camuflaje; chalecos de camuflaje; pantalones escoceses; prendas de vestir para jugar al tenis; camisas de tenis; vestidos de tenis; jerséis de tenis; faldas de tenis; pantalones cortos de tenis; calcetines de tenis; cinturones de materias textiles [prendas de vestir]; thobes [túnicas árabes]; trajes de teatro; calcetines térmicos; ropa interior térmica; togas; tops [ropa]; trajes folclóricos; prendas de vestir japonesas tradicionales; tirantes de sostenes; mallas con tirantes; pichis; sujetador sin tirantes; camisetas de tirantes; ropa de gimnasia; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones cortos de chándal; tops de chándal; impermeables cruzados; culotes de tirantes; ropa de triatlón; prendas de punto; camisetas de deporte; trajes secos; camisetas (de manga corta); pañuelos [ropa]; pañuelos de cuello; túnicas; turbantes; ropa de gimnasia; pantalones cortos de gimnasia; tutús; conjunto de dos piezas (twin sets); chaquetas exteriores coreanas que se llevan encima de las prendas básicas [magoja]; pañales-bragas (ropa); sobretodos; sobrepantalones; bufandas de cuellos; capotes; chales; ropa prenatal; ropa de dormir para embarazadas; lencería para embarazadas; uniformes; uniformes para uso comercial; uniformes de enfermera; uniformes de árbitros; prendas interiores de cuerpo entero; lencería; prendas interiores para bebés; ropa interior absorbente del sudor; tops (camisetas); camisetas interiores para quimonos [juban]; camisetas interiores para quimonos (koshimaki); prendas inferiores [ropa]; calzoncillos; camisolas interiores; enaguas; fajas para nudos obi (obiage-shin); pantalones de chándal; lencería; prendas de protección para la ropa; chaquetas de traje; camisetas de voleibol; ropa con aislamiento térmico; chaquetas de calentamiento; tops de calentamiento; ropa resistente a la intemperie; trajes impermeables para motociclistas; capas impermeables; ropa para exteriores impermeable; escarpines de inmersión; pantalones impermeables; chaquetas impermeables; chubasqueros [ropa]; trajes de esquí acuático; ropa blanca de chefs; batas blancas para su uso en hospitales; caftanes; sudaderas; chaquetas reversibles; chalecos; chalecos de cuero; cortavientos; ropa resistente a la intemperie; ropa de agua para navegar; calzas y polainas; cinturones para envolver para quimonos [datemaki]; pareos; pareos; pañales [envolturas de bebés]; petos de esquiar; prendas de vestir cortaviento; trajes cortaviento; pantalones cortaviento; jerséis cortaviento; chalecos de viento; guantes de invierno; abrigos de invierno; prendas de mediería; ropa resistente a condiciones climáticas externas; calcetines de lana; pantalones de yoga; camisetas de yoga; trajes de espaldas y pantalones anchos [trajes zoot]; escudetes [partes de prendas de vestir]; escudetes para bañadores [partes de prendas de vestir]; escudetes para calcetines salvapiés [partes de prendas]; escudetes para leotardos [partes de prendas de vestir]; escudetes para medias [partes de prendas de vestir]; escudetes para pantis [partes de prendas de vestir]; escudetes para ropa interior [partes de prendas de vestir]; calzado; tacones; contrafuertes para calzado; botitas (calzado de lana para bebés); zapatillas de baño; calzado de señora; plantillas de calzado; alpargatas; plantillas para el talón; zapatos planos; tacones repujados de caucho o de materiales plásticos; plantillas repujadas de caucho o de materiales plásticos; antideslizantes para calzado; patucos; calcetines-zapatilla; contrafuertes para zapatos; calcetines interiores para calzado; zapatos para correr; calzado para niños; zapatillas de cuero; zapatos de cuero; zapatos de lona; zapatos náuticos; empeines de sandalias de estilo japonés; patucos; manoletinas [calzado]; viras de calzado; botas de agua; calzado para montar; calzado para montar; tiras para zapatos; botas de rugby; babuchas y sandalias de mujer (mules); zapatos sin cordones; zapatos; calzado de atletismo; zapatos informales; calzado para jugar al futvóley (voleibol de pie); calzado con cierre de gancho y rizo; zapatos de tacón alto; calzado de montañismo; plantillas que no sean ortopédicas; palas de zapatos; suelas [calzado]; cubrezapatos, no para usos médicos; palas de calzado; zapatos para snowboard; suelas de zapato; suelas de zapatillas; suelas para sandalias estilo japonés; alpargatas; zapatos de baile; zapatos de baile de salón; zapatillas de tenis; zapatillas de deporte; punteras de calzado; botas de pesca impermeables; calzado impermeable; botas de invierno; zapatillas de yoga; sandalias japonesas [zori]; lengüetas para zapatos y botas; ropa interior de mujer; guantes isotérmicos para trajes acuáticos; pijamas [sólo de punto]; suelas intermedias; en clase 27: Alfombras, alfombrillas y tapetes; alfombrillas de baño; alfombrillas de baño de tela; alfombrillas de baño; alfombrillas de baño; alfombras y alfombrillas para vehículos; alfombras (suelo); felpudos; alfombras de pasillo [esteras]; alfombras orientales no tejidas (mosen); refuerzo para baldosas de moqueta; refuerzos de alfombras; moquetas; losetas de alfombra; refuerzos de base para revés de alfombras; alfombrillas de baño de tela; moquetas textiles; papel pintado; papel pintado de vinilo; revestimientos murales de papel; alfombras; en clase 35: Servicios promocionales, de marketing y publicidad; colocación de carteles [anuncios]; publicidad en banners; servicios de promoción comercial; servicios de relaciones públicas; publicidad en línea (online); servicios de telemarketing; promoción de ventas para terceros; publicidad; servicios de exposición de mercancías; preparación y presentación de producciones audiovisuales con fines publicitarios; organización y celebración de presentaciones de productos; presentaciones de mercancías y servicios; demostración de ventas [para terceros]; demostración de productos y servicios por medios electrónicos, también aplicable a los servicios de teletienda y tienda en casa; demostración de productos con una finalidad publicitaria; organización de demostraciones con una finalidad publicitaria; demostración de productos; servicios de exposiciones y ferias comerciales; organización de exposiciones con fines empresariales; organización de exposiciones con fines publicitarios; dirección de exposiciones con fines empresariales; dirección de exposiciones con fines empresariales; celebración de exhibiciones con una finalidad publicitaria; organización de ferias y exposiciones con fines comerciales y publicitarios; organización de salones profesionales; exposiciones de moda con fines comerciales; organización de exposiciones con fines comerciales; servicios de organización de eventos con fines comerciales y promociones; organización de eventos, exhibiciones, ferias y espectáculos con fines comerciales, promocionales y publicitarios; organización de demostraciones con una finalidad publicitaria; planificación y realización de ferias, exposiciones y presentaciones con fines económicos o publicitarios; organización de exposiciones con fines publicitarios; alquiler de espacios publicitarios en línea; alquiler de espacios publicitarios; distribución de publicidad, marketing y material con fines promocionales; distribución de material promocional; distribución de publicidad y anuncios comerciales; difusión de anuncios publicitarios; distribución de material publicitario; difusión de material publicitario y promocional; difusión de material de marketing y publicitario; difusión de anuncios; divulgación de publicidad para terceros; divulgación de publicidad para terceros a través de internet; distribución y difusión de materiales publicitarios [folletos, prospectos, impresos y muestras]; distribución de folletos; distribución de folletos; distribución de folletos; distribución de muestras con fines publicitarios; distribución de prospectos y muestras; distribución de folletos; distribución de productos con fines publicitarios; distribución de muestras; distribución de anuncios publicitarios; distribución y difusión de materiales publicitarios [folletos, prospectos, impresos y muestras); distribución de folletos; distribución de folletos; distribución de material promocional; organización de la distribución de literatura publicitaria para responder a preguntas telefónicas; organización de presentaciones con fines comerciales; trabajos de oficina; gestión de negocios comerciales; servicios de gestión de cadenas de suministro; administración comercial; estudio de mercados y en clase 42: Servicios científicos y tecnológicos; servicios de asesoramiento en relación con la investigación científica; servicios de análisis científicos asistidos por ordenador; servicios de investigaciones científicas asistidas por ordenador; servicios de ensayos científicos; recopilación de información científica; preparación de informes científicos; facilitación de información relacionada con la investigación científica; expedición de información científica; servicios de asesoramiento relacionados con la ciencia; servicios científicos y diseño relacionado con los mismos; servicios científicos e investigación relacionada con los mismos; investigación científica relacionada con los cosméticos; investigación científica con fines médicos; análisis e investigaciones científicos; servicios de laboratorios científicos; investigación científica e industrial; investigación científica con una finalidad médica; servicios de consultoría en materia de ingeniería de productos; servicios de ingeniería para terceros; servicios de consultoría de ingeniería; ensayos de ingeniería; preparación de informes de ingeniería; servicios de consultoría de ingeniería; investigación de ingeniería; consultoría de ingeniería relacionada con ensayos; ingeniería técnica; realización de estudios científicos; análisis científicos; servicios de información en relación con la seguridad de productos químicos utilizados en horticultura; servicios de información relacionados con la seguridad de productos químicos utilizados en agricultura; investigación científica en materia química; recopilación de información relacionada con la hidrología; investigación científica relacionada con la ecología; ensayo de textiles; pruebas de calidad de productos con fines de certificación; certificación [control de calidad]; suministro de información sobre desarrollo de productos; investigación y desarrollo de productos; diseño de alfombras; diseño de materiales de embalaje y envoltorio; diseño de cortinas. Prioridad: Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 22 de mayo del 2017. Solicitud N° 2017-0004779. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 30 de mayo del 2017.—Ivonne Mora Ortega, Registradora.—( IN2017186692 ).

Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderado especial de Ashley Furniture Industries, INC., con domicilio en One Ashley Way, Arcadia, Wisconsin 54612, Estados Unidos de América, solicita la inscripción de: VINTAGE CASUAL, como marca de servicios en clase(s): 35 internacional(es), para proteger y distinguir lo siguiente: 35 servicios de tienda minorista en los campos de muebles y artículos para el hogar. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 27 de abril del 2016. Solicitud Nº 2016-0003943. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 16 de agosto del 2017.—Milena Marín Jiménez, Registradora.—( IN2017186694 ).

Roy Francisco Chaves Araya, soltero, cédula de identidad 109720454, en calidad de apoderado especial de Magui Consulting Services S.L., con domicilio en 28760 Tres Cantos-Madrid Travesía de Somosierra N° 5, 4° I, España, solicita la inscripción de: RATIBYS, como marca de fábrica en clase: 5 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Preparaciones farmacéuticas y veterinarias; preparaciones higiénicas y sanitarias para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico o veterinario, alimentos para bebés; complementos alimenticios, para personas y animales; emplastos, material para apósitos; material para empastes e improntas dentales; desinfectantes; preparaciones para eliminar animales dañinos; fungicidas, herbicidas. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 19 de setiembre de 2017. Expediente 2017-0009191. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 3 de octubre de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017186709 ).

Miguel Enrique Mora Vindas, casado dos veces, cédula de identidad 106970684con domicilio en Ujarrás de Sarapiquí de Alajuela, 75 metros al sur del salón comunal, Alajuela, Costa Rica, solicita la inscripción de: DELEITES DEL SABOR GUANACASTECO como marca de fábrica en clase 30 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 30; Harinas y preparación de pan y productos de pastelería y confitería. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 14 de agosto del 2017, solicitud Nº 2017-0007901. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Nº 7978.—San José, 17 de octubre del 2017.—Bernard Molina Alvarado, Registrador.—( IN2017186712 ).

Luis Rodolfo González León, divorciado una vez, cédula de identidad 401031375, en calidad de apoderado especial de Vinaka S. A., cédula jurídica 3101742176, con domicilio en Curridabat, del costado norte del parque de Curridabat, 100 oeste y 50 sur, edificio blanco a mano derecha, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: VINAKA como marca de fábrica y comercio en clases: 5 y 10. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 5: Tiras y glucómetros para la determinación de glucosa en sangre, test de diagnóstico rápido de fertilidad, de enfermedades infecciosas (hepatitis, HIV, gonorrea, sífilis, clamidia, helicobacter coli, cólera, rotavirus, adenovirus, salmonella, malaria, dengue, chikunguya, zika, Chagas, streptococos, tuberculosis, etc), de abuso de drogas, marcadores tumorales, marcadores cardiacos, seguridad alimentaria y modificación genética de organismos, suturas quirúrgicas (catgut, ácido poliglicolico, poliglecaprono, poliglactin, seda, polipropileno, poliéster, poliamida, polidioxanona, etc.), mallas quirúrgicas, catéteres (venosos centrales, venosos periféricos, para hemodiálisis, para embolectomias, viscerales, femorales, percutáneos, de inseminación, para endoureterotomias, uretrales, para nefrostomias, de balón, toraxicos, umbilicales, etc.), Conectores (en “Y”, rectos, etc.), equipos (para trasfusión de sangre, para administración de medicamentos, etc.), Sondas (foley, nelaton, nasogástricas, succión, rectal, de alimentación, de succión, levin, etc.), vendas (elásticas, de yeso, etc.), tubos (endotraqueales, de prolongación, de succión, etc.), sellos de heparina, extensiones, líneas de infusión, bolsas (de Eva, de colostomía, de sangre, etc.) sistemas de llenado de bolsas de Eva, luer locks, ceras de hueso, prótesis de huesos y en clase 10: No indica. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 20 de octubre de 2017. Solicitud Nº 2017-0010337. A efectos de publicación téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 02 de noviembre de 2017.—Johnny Rodríguez Garita, Registrador.—( IN2017186722 ).

Pedro González López, casado una vez, cédula de identidad Nº 501530904, en calidad de apoderado generalísimo de Asociación Agroecológica de Bagatzi, cédula jurídica Nº 3002168761 con domicilio en: 800 metros sureste en el Centro de Población Bagatzi, Bagaces, Guanacaste, Costa Rica, solicita la inscripción de: BAGATZI

como marca de fábrica y comercio en clase: 30. Internacional. Para proteger y distinguir lo siguiente: arroz. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 29 de junio del 2017. Solicitud N° 2017-0006312. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 12 de julio del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017186740 ).

Adriana Rojas Barrantes, casada una vez, cédula de identidad 114530661 con domicilio en San Juan de Tibás; 25 mts. oeste, de La Escuela Jesús Jiménez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Wifey

como marca de fábrica y servicios en clases: 25 y 35. Internacionales. Para proteger y distinguir lo siguiente: en clase 25; ropa, prendas de vestir, y en clase 35; publicidad, gestión de negocios comerciales. Trabajos de oficina. Fecha: 09 de noviembre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010208. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017186821 ).

Adriana Rojas Barrantes, casada una vez, cédula de identidad Nº 114530661, con domicilio en San Juan de Tibás 25 metros oeste de la Escuela Jesús Jiménez, San José, Costa Rica, solicita la inscripción de: Chumeco

como marca de fábrica y comercio en clase 25 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: ropa, prendas de vestir. Fecha: 31 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 17 de octubre del 2017. Solicitud N° 2017-0010207. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 31 de octubre del 2017.—Ildreth Araya Mesén, Registradora.—( IN2017186822 ).

Luis Pal Hegedus, casado, cédula de identidad 105580219, en calidad de apoderado especial de Fábrica de Móveis Florense Ltda., con domicilio en Av. 25 de Julho4090, Centro, Flores Da Cuha/RS, Brasil, solicita la inscripción de: FLORENSE,

como marca de fábrica y comercio en clase 20 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: todo tipo de muebles. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 10 de mayo de 2017. Solicitud N° 2017-0004320. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 23 de mayo de 2017.—Alex Villegas Méndez, Registrador.—( IN2017186895 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad 111430953, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Granada S. A., con domicilio en 5 avenida, 6-71, Zona 9, Guatemala, solicita la inscripción de: REFRICOM como marca de fábrica y comercio en clase(s): 11. Internacional(es). Para proteger y distinguir lo siguiente: Equipos y aparatos de aire acondicionado y sus partes; máquinas, aparatos e instalaciones de refrigeración; máquinas, aparatos e instalaciones de enfriamiento; refrigeradores; cámaras frigoríficas; máquinas y aparatos frigoríficos; Vitrinas frigoríficas; congeladores; dispositivos para enfriar el aire; Filtros para sistemas de aire acondicionado; aparatos y máquinas para purificar el aire. Fecha: 9 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 6 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0008786. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 7978.—San José, 9 de octubre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017187085 ).

Paola Castro Montealegre, casada, cédula de identidad Nº 111430953, en calidad de apoderado especial de Distribuidora Granada S. A., con domicilio en: 5 avenida, 6-71, Zona 9, Guatemala, Guatemala, solicita la inscripción de: DISTRIBUIDORA GRANADA, como marca de fábrica y comercio en clase 11 internacional, para proteger y distinguir lo siguiente: Equipos y aparatos de aire acondicionado y sus partes; máquinas, aparatos e instalaciones de refrigeración; máquinas, aparatos e instalaciones de enfriamiento; refrigeradores; cámaras frigoríficas; máquinas y aparatos frigoríficos; vitrinas frigoríficas; congeladores; dispositivos para enfriar el aire; filtros para sistemas de aire acondicionado; aparatos y máquinas para purificar el aire. Fecha: 9 de octubre de 2017. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los dos meses siguientes, contados a partir de la primera publicación de este edicto. Presentada el 06 de setiembre del 2017. Solicitud N° 2017-0008788. A efectos de publicación, téngase en cuenta lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley N° 7978.—San José, 09 de octubre del 2017.—Rolando Cardona Monge, Registrador.—( IN2017187087 ).

Marcas de ganado

Solicitud Nº 2017-2390.—Ref: 35/2017/5015.—José Didier Aguilar Mora, cédula de identidad Nº 6-0165-0501, en calidad de apoderado generalísimo de Brankate del Sur Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-315670, solicita la inscripción de:

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Osa, Cortés, Estero Real, quinientos metros oeste de la escuela de Estero Real, finca Betania. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto. Presentada el 13 de noviembre del 2017. Según el expediente N° 2017-2390.—Karol Claudel Palma, Registradora.—1 vez.—( IN2017187787 ).

Solicitud N° 2017-2270. Ref: 35/2017/4875.—Orger Duarte Chaves, cédula de identidad 0107940182, solicita la inscripción de:

3   D

M

como marca de ganado, que usará preferentemente en Puntarenas, Corredores, Corredor, La Nubes de Caracol, un kilómetro al sureste de la escuela San Jorge. Se cita a terceros interesados en defender sus derechos para hacerlos valer ante este Registro, dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación de este edicto.—Presentada el 27 de octubre del 2017.—Según el expediente N° 2017-2270.—Elda Cerdas Badilla, Registradora.—1 vez.—( IN2017187789 ).

Patentes de Invención

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

La señora Fabiola Saénz Quesada, cédula de identidad 109530774, en calidad de apoderada especial de Dow Agrosciences LLC, solicita la Patente PCT denominada: COMPOSICIÓN HERBICIDA SINÉRGICA QUE CONTIENE PENOXSULAM, TRICLOPIR Y BISPIRIBAC. Los métodos para controlar las malezas utilizando las composiciones sinérgicas que contienen penoxsulam, triclopir y bispiribac, especialmente del arroz, caña de azúcar, cultivos de cereales y de granos, pastos, praderas, pastizales, barbechos, tierras no cultivadas, césped, manejo de la vegetación industrial IVM, plantas acuáticas y césped, tanto como la protección de los cultivos del daño herbicida causado por cualquiera de los componentes individuales. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A01N 43/40, A01N 43/54, A01N 43/647, A01N 43/90 y A61P 13/00; cuyos inventores son Mann, Richard K. (US); Carranza Garzon, Nelson M. (CO) y Pacheco, Ruby A. (CO). Prioridad: N° 62/092,635 del 16/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO 2016/099803 Al. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000304 y fue presentada a las 09:39:56 del 04 de julio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 12 de setiembre de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017171642 ).

La señor(a) (ita) Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada general de AS IP Holdco, LLC, solicita la Patente PCT denominada SISTEMAS DE ACOPLAMIENTO MAGNÉTICO DEL ROCIADOR DE GRIFO. Un sistema de acoplamiento magnético de rociador de grifo incluye un conector que se acopla a un extremo del caño, y la cubierta que se acopla al rociador y que se acopla con el conector. El conector incluye una carcasa configurada para disponerse en la boca del caño, e integrada con uno o más elementos magnéticos. Los elementos magnéticos pueden insertarse en orificios correspondientes de la carcasa del conector. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E03C 1/04; cuyo(s) inventor(es) es(son) Myers, Verne, H.; (US); Ye, Xiaojing; (CN); Wicker, Nathan, J.; (US); Pitsch, Walter; (DE); Anthony, Philip, M.; (US) y Eiger, Aaron, B.; (US). Prioridad: N° 62/117,662 del 18/02/2015 (US) y N° 62/238,397 del 07/10/2015 (US). Publicación Internacional: WO2016/134008. La solicitud correspondiente lleva el número 2017-0000397 y fue presentada a las 13:07:55 del 01 de setiembre de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 03 de noviembre de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017186696)

El(la) señor(a)(ita) Marianella Arias Chacón, cédula de identidad 106790960, en calidad de apoderada general de AS IP Holdco, LLC, solicita la Patente PCT denominada GRIFO DE EXTRACCIÓN OPERADO POR SENSOR. Un grifo de extracción operado por sensor que puede incluir un caño que tiene una manguera dispuesta en el mismo, un cabezal de pulverización de extracción acoplado de manera fluida a la manguera y configurada para anclarse en un extremo del caño, y un conjunto sensores dispuesto al menos parcialmente en el tubo próximo al extremo del caño.  La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: E03C 1/05, F16K 31/02 y G05D 7/06; cuyo(s) inventor(es) es(son) Li, Hsiao, Chang (US) y Seggio, Frank; (US). Prioridad: N° 62/096, 045 del 23/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/106339. La solicitud correspondiente lleva el número 2017- 0000298, y fue presentada a las 13:06:41 del 30 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el diario oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 6 de noviembre de 2017.—Viviana Segura de la O, Registradora.—( IN2017186700 ).

La señor (a)(ita) Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada especial de F. Hoffmann-La Roche AG, solicita la Patente PCT denominada OLIGÓMETROS ANTISENTIDO DE TAU Y USOS DE ESTOS. La presente invención se refiere a compuestos de oligómeros (oligómeros), que se dirigen a ARNm Tau en una célula, lo que conduce a una expresión menor de la proteína Tau. La reducción de la expresión de la proteína Tau es beneficiosa para el tratamiento de ciertos trastornos médicos, por ejemplo, un trastorno neurológico. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: A61K 31/712, A61P 25/28 y C12N 15/113; cuyo(s) inventor(es) es(son) Nielsen, Niels Fisker (DK); Olson, Richard E. (US); Cacace, Angela M. (US); Hagedorn, Peter (DK); Jensen, Marianne Lerbech (DK); LI, Dong (US); Brown, Jeffrey M. (US); Mercer, Stephen E. (US) y HØG, Anja Mølhart (DK). Prioridad: N° 62/112,058 del 04/02/2015 (US), N° 62/156,684 del 04/05/2015 (US), N° 62/237,922 del 06/10/2015 (US), N° 62/238,941 del 08/10/2015 (US), N° 62/279,610 del 15/01/2016 (US), N° 62/279,612 del 15/01/2016 (US) y N° 62/279,614 del 15/01/2016 (US). Publicación Internacional: WO 2016/126995. La solicitud correspondiente lleva el número 2017 0000359, y fue presentada a las 13:24:41 del 04 de agosto de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 31 de octubre de 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017186705 )

La señora(ita) Marianella Arias Chacón, cédula de identidad N° 106790960, en calidad de apoderada general de Stoller Enterprises, INC, solicita la Patente PCT denominada MÉTODO PARA MEJORAR LA PROPORCIÓN DE FORMACIÓN DEL PRODUCTO DE REACCIÓN DE UN ÁCIDO CARBOXÍLICO Y UNA UREA VÍA ADICIÓN ÁCIDA. La presente invención está dirigida a un método para mejorar la proporción de formación de los productos de reacción de un ácido carboxílico y una urea con la fórmula: donde R1, R2, R3 y R4 son iguales o diferentes y se seleccionan del grupo que consiste en hidrógeno, grupos alquilo, alilo, vinilo y alcoxilo sustituidos y no sustituidos que tienen de 1 a 6 átomos de carbono, grupos fenilo sustituidos y no sustituidos y los haluros. La memoria descriptiva, reivindicaciones, resumen y diseños quedan depositados, la Clasificación Internacional de Patentes es: C07C 273/18; cuyos inventores son: Stoller, Jerry (US) y Sheth, Ritesh (US). Prioridad: N° 62/098,180 del 30/12/2014 (US). Publicación Internacional: WO2016/109622. La solicitud correspondiente lleva el N° 2017-0000295 y fue presentada a las 13:32:12 del 29 de junio de 2017. Cualquier interesado podrá oponerse dentro de los tres meses siguientes a la tercera publicación de este aviso. Publíquese tres días consecutivos en el Diario Oficial La Gaceta y una vez en un periódico de circulación nacional.—San José, 04 de octubre del 2017.—Randall Piedra Fallas, Registrador.—( IN2017186708 ).

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

HABILITACIÓN DE NOTARIO(A) PÚBLICO(A). La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de: JOHAN DAVID GUTIERREZ VALVERDE, con cédula de identidad número 3-0408-0582, carné número 23726. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del (de la) solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DÍAS HÁBILES siguientes a esta publicación. EXPEDIENTE 47612.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017188926 ).

HABILITACIÓN DE NOTARIO PÚBLICO. La DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO con oficinas en San José, San Pedro de Montes de Oca, costado Oeste del Mall San Pedro, Oficentro Sigma, Edificio A, 5to.piso, HACE SABER: Que ante este Despacho se ha recibido solicitud de INSCRIPCIÓN Y HABILITACIÓN como delegatario para ser y ejercer la función pública Estatal del NOTARIADO, por parte de LILLY CAROLINA MURILLO SANDI con cédula de identidad número 1-1410-0594, carné número 25714. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 del Código Notarial, se invita a quienes conozcan hechos o situaciones que afecten la conducta del solicitante, a efecto de que lo comuniquen por escrito a esta Dirección dentro de los QUINCE (15) DIAS HÁBILES siguientes a esta publicación. Expediente N° 17-001209-0624-NO.—San José, 04 de octubre del 2017.—Tattiana Rojas Salgado, Abogada-Unidad Legal Notarial.—1 vez.—( IN2017189159 ).

AMBIENTE Y ENERGÍA

DIRECCIÓN DE AGUAS

EDICTOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

ED-0235-2016.—Expediente Nº 15446A.—Sun Ranch Ltda., solicita concesión de: 100 litros por segundo de la Quebrada Plazuela, efectuando la captación en finca de Sun Resorts Ltda. en Liberia, Liberia, Guanacaste, para uso agropecuario - riego y turístico. Coordenadas 284.500 / 373.250 hoja Monteverde. Predios inferiores: quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 12 de octubre de 2017.—Departamento de Información.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017188351 ).

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

ED-UHTPNOB-0074-2017.—Exp 8446-A.—Fiduciaria De Inversiones Ahorro Coocique S. A., solicita concesión de: 7.2 litros por segundo de la Quebrada Naranjos Agrios, efectuando la captación en finca de Hacienda La Torre S. A. en Tierras Morenas, Tilarán, Guanacaste, para uso agroindustrial-beneficiado. Coordenadas 280.900/428.750 hoja Arenal. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—Departamento de Información.—San José, 9 de noviembre del 2017.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017188616 ).

Expediente Nº 7555P.—Municipalidad de Santo Domingo de Heredia, solicita concesión de: 30 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-880 en finca de su propiedad en Santa Rosa (Santo Domingo), Santo Domingo, Heredia, para uso consumo humano - poblacional. Coordenadas 217.500 / 526.900 hoja Abra; 30 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-704 en finca de su propiedad en Santo Domingo (Santo Domingo), Santo Domingo, Heredia, para uso consumo humano - poblacional. Coordenadas 219.000 / 526.500 hoja Abra; 4,82 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AB-910 en finca de su propiedad en Santo Tomas, Santo Domingo, Heredia, para uso consumo humano - poblacional. Coordenadas 218.220 / 528.150 hoja Abra. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 24 de febrero de 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017188661 ).

ED-0226-2017.—Exp. 13580-A.—Osa Tucán S. A., solicita concesión de: 0.05 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jiménez, Golfito, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 48.572 / 596.285 hoja Pavón. 1 litros por segundo de la quebrada sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jiménez, Golfito, Puntarenas, para uso consumo humano y turístico. Coordenadas 48.561 / 596.304 hoja Pavón. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 26 de setiembre del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017188740 ).

ED-UHTPCOSJ-0191-2017.—Exp. 17533P. Totai Citrus C.R S. A., solicita concesión de: 6 litros por segundo del acuífero, efectuando la captación por medio del pozo AZ-87 en finca de su propiedad en Palmera, San Carlos, Alajuela, para uso agroindustrial lavado de productos agrícolas. Coordenadas 271.242/490.457 hoja Aguas Zarcas. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 2 de noviembre del 2017.—Departamento de información.—Andrés Phillips Ureña, Dirección de Agua.—( IN2017188798 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

ED-UHSAN-0038-2016.—Exp. 10285-P.—Ronald Francisico, Vásquez Rodríguez, solicita concesión de: 0.7 litros por segundo del pozo, efectuando la captación en finca de su propiedad en Zaragoza, Palmares, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico y agropecuario-riego. Coordenadas 225.300/489.000 hoja Naranjo. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 8 de julio del 2016.—Departamento de Información.—Douglas Alvarado Rojas, Coordinador.—( IN2017189279 )

ED-UHTPCOSR-0003-2017.—Exp. 8822-A.—Carara Rio Sur S. A., solicita concesión de: 0.15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso consumo humano-doméstico. Coordenadas 217.600/488.950 hoja río Grande. 0.15 litros por segundo del nacimiento sin nombre, efectuando la captación en finca de su propiedad en Jesús (Atenas), Atenas, Alajuela, para uso. Coordenadas 217.600/488.930 hoja río Grande. Predios inferiores: No se indican. Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Departamento de Información.—Andrés Phillips Ureña.—( IN2017189300 ).

ED-0221-2017.—Exp. N° 17788A.—Waters of Portalon S. A, solicita concesión de: 0.05 litros por segundo del nacimiento, efectuando la captación en finca de su propiedad en Savegre, Aguirre, Puntarenas, para uso consumo humano. Coordenadas 151.379 / 539.734 hoja Savegre. Predios inferiores: Quienes se consideren lesionados, deben manifestarlo dentro del mes contado a partir de la primera publicación.—San José, 19 de setiembre de 2017.—Departamento de Información, Dirección de Agua.—Douglas Alvarado Rojas.—O.C. N° 33963.—Solicitud N° 18314.—( IN2017192151 ).

DIRECCIÓN DE GEOLOGÍA Y MINAS

REGISTRO NACIONAL MINERO

DGM-TOP-ED-017-2017

Solicitud de explotación en cauce

de dominio público

EDICTO

En expediente Nº 2017-CDP-PRI-019 el señor Juan Félix Flores Cruz, mayor, casado una vez, empresario, cédula Nº 2-0315-0076, vecino de Jacó centro, Garabito, Puntarenas, apoderado generalísimo de Acarreos Garabito S. A., cédula jurídica Nº 3-101-186076, solicita concesión para extracción de materiales en cauce de dominio público sobre el río Turrubaritos.

Localización geográfica:

Sito en: distrito 5 Carara, cantón 16 Turrubares, provincia 1 San José.

Hoja cartográfica:

Hoja Herradura, escala 1:50.000 det I G N.

Localización cartográfica:

Entre coordenadas generales: 1065440.55 - 1065440.72 Norte y 442854.20 - 442911.48 Este límite aguas arriba, 1064442.42 - 1064445.40 Norte y 442602.27 - 442506.34 este límite aguas abajo.

Área solicitada:

11 ha 8194.21 m2, longitud promedio 1231.895 metros, según corista en plano aportado al folio 33.

Derrotero:

Coordenadas del vértice N° 1 1065440.55 Norte, 442854.20 Este.

Para ver la imagen solo en La Gaceta en formato PDF

Edicto basado en la solicitud inicial aportada el 21 de marzo del 2017, área y derrotero aportados el 13 de julio del 2017.

Con quince días hábiles de término, contados a partir de la segunda publicación, cítese a quienes tengan derechos mineros que oponer hacerlos valer ante este Registro Nacional Minero.—San José a las ocho horas cincuenta minutos del siete de noviembre del dos mil diecisiete.—Registro Nacional Minero.—Lic. José Ignacio Sánchez Mora, Jefe.—( IN2017187090 ).              2 v. 2. Alt.

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES

EDICTOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE ACTOS JURÍDICOS

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Jaqueling Lisbeth González Brizuela, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución Nº 1066-2010. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos.—San José, a las nueve horas y siete minutos del dieciséis de junio del dos mil diez. Ocurso Exp. Nº 7012-2010. Resultando 1º—…, 2º—…, 3º—...; Considerando: I.—Hechos probados:..., II.—Hechos no probados:..., III.—Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Kitzia Nayma Beltrand González...; en el sentido que el nombre de la madre de la persona ahí inscrita es “Jaqueling Lisbeth” y no como se consignó.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General.—1 vez.—( IN2017184986 ).

En resolución N° 2232-2017 dictada por el Registro Civil a las trece horas cuarenta minutos del veinticuatro de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 50742-2016, incoado por Shanny Genoveva Castro Mathews, se dispuso rectificar en el asiento de nacimiento de Shanny Genoveva Castro Mathews, que los apellidos del padre y número de cedula de identidad de la madre son Sucre Archinel y 7-0074-0819.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor.—Carlos Luis Brenes Molina, Jefe a. í.—1 vez.—( IN2017185021 ).

En resolución N° 1675-2017, dictada por el Registro Civil a las doce horas treinta y siete minutos del siete de febrero del dos mil diecisiete, en expediente de ocurso N° 48715-2016, incoado por María de Lourdes Castillo, se dispusó rectificar en el asiento de nacimiento de Dayreling Sthepania Vargas Castillo, que el segundo nombre es Stephanie.—Luis Guillermo Chinchilla Mora, Oficial Mayor Civil.—Irene Montanaro Lacayo, Jefa.—1 vez.—( IN2017185035 ).

Se hace saber que este Registro en diligencias de ocurso incoadas por Karen Vanessa Obando Morález, ha dictado una resolución que en lo conducente dice: Resolución N° 3154-2014. Registro Civil, Departamento Civil, Sección Actos Jurídicos. San José, a las doce horas cuarenta y tres minutos del dieciocho de setiembre de dos mil catorce. Ocurso. Exp N° 30239-2014. Resultando: 1º—..., 2º—..., Considerando: I.—Hechos probados:..., II. Sobre el fondo:..., Por tanto: Rectifíquese el asiento de nacimiento de Brayan Jesús Aguirre Obando, en el sentido que el segundo apellido de la madre... es “Móralez”.—Lic. Luis Antonio Bolaños Bolaños, Oficial Mayor Civil a. í.—Lic. Carlos Luis Brenes Molina, Jefe.—1 vez.—( IN2017187618 ).

AVISOS

Registro Civil-Departamento Civil

SECCIÓN DE OPCIONES Y NATURALIZACIONES

Aviso de solicitud de naturalización

Emanuel Josué Mora Varela, nicaragüense, cédula de residencia 155811220424, ha presentado solicitud para obtener la nacionalidad costarricense ante la Sección de Opciones y Naturalizaciones del Registro Civil. Se emplaza a quienes tengan reparos comprobados que hacer a dicha solicitud, para que los presenten por escrito en nuestras oficinas, dentro del término de diez días hábiles siguientes a la publicación de este aviso. Exp. N° 5119-2017.—San José al ser las 3:57 del 7 de noviembre de 2017.—Juan José Calderón Vargas.—1 vez.—( IN2017185431 ).

CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIONES

PODER LEGISLATIVO

ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000002-01

Actualización programa Licenciamiento de oficinas

y servidores Enterprise Agreement de Microsoft

La Asamblea Legislativa, invita a participar en la Licitación Pública Nº 2017LN-000002-01. El cartel correspondiente está disponible en la Proveeduría, sita del cine Magaly, 50 metros norte y 50 metros oeste, edificio Sasso, segundo piso o en la dirección electrónica http://www.asamblea.go.cr/ga/Contrataciones/Forms/Licitacin%20pblica.aspx

El plazo para recibir ofertas vence el día 20 de diciembre del 2017, a las 10:00:00 horas, momento en el cual se procederá a la apertura de las mismas.

San José, 21 de noviembre del 2017.—Departamento de Proveeduría.—Sergio Ramírez Acuña, Director a. í.—Área de Compras.—Responsable: Marianela Avalos Agüero, Jefa.—1 vez.—O.C. Nº 27052.—Solicitud Nº 101640.—( IN2017189203 ).

SALUD

PATRONATO NACIONAL DE REHABILITACIÓN

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000001-01

Contratación para compra de microbús para el traslado

de personas con discapacidad del PANARE

El Patronato Nacional de Rehabilitación, estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 14:00 horas del 30 de noviembre del 2016. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito, en el área de Proveeduría del Patronato Nacional de Rehabilitación, sita en Pozos de Santa Ana 100 metros este del Lagar.

Junta Directiva-PANARE.—Keilor López Rodríguez, Presidente.—1 vez.—( IN2017189272 ).

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

El Departamento de Proveeduría invita a participar en el siguiente procedimiento de contratación:

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000062-PROV

Contratación de un asesor externo del Comité del Riesgos

para el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial

Fecha y hora de apertura: 18 de diciembre de 2017, a las 10:00 horas. El respectivo cartel se puede obtener sin costo alguno a partir de la presente publicación. Para ello, los interesados podrán obtenerlo a través de Internet, en la siguiente dirección: www.poder-judicial.go.cr/proveeduria (ingresar al botón “Contrataciones Disponibles”)

San José, 22 de noviembre de 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurly Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017189154 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

HOSPITAL SAN RAFAEL DE ALAJUELA

SUBÁREA DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000003-2205

Servicio de aseo y limpieza en el Hospital

San Rafael de Alajuela

Se informa a los interesados en participar de la Licitación Pública Nº 2017LN-000003-2205, para la “Adquisición de servicio de aseo y limpieza en el Hospital San Rafael de Alajuela”, su apertura se realizará el día 14 de diciembre del 2017, a las 09:00 a. m. El cartel se encuentra disponible en la página: www.ccss.sa.cr, o retirar el cartel físico en el Área de Contratación Administrativa del Hospital San Rafael de Alajuela.

Alajuela, 21 de noviembre del 2017.—Dirección General.—Dr. Francisco Pérez Gutiérrez.—1 vez.—( IN2017189087 ).

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2017LN-000029-5101

Sofosbuvir 400 mg y Velpatasvir 100 mg tableta recubierta

Código: 1-10-04-1200

Se informa a los interesados que está disponible el cartel de la Licitación Pública Nº 2017LN-000029-5101, para la adquisición de: Ítem único: Sofosbuvir 400 mg y Velpatasvir 100 mg tableta recubierta Código: 1-10-04-1200. Apertura de ofertas: el día 12 de enero 2018 a las 13:00 horas; en la dirección electrónica institucional: http://www.ccss.sa.cr/licitaciones_detalle?up=5101&tipo=LN, en formato PDF, o bien, en forma física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios, en el piso 11 del edificio Laureano Echandi de Oficinas Centrales, teléfono 2539-1194.

San José, 22 de noviembre del 2017.—Línea de Producción de Medicamentos.—MBA. Guillermo Gamboa Hidalgo, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 13721.—( IN2017189092 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LN-000003-08

(Invitación)

Servicio de concesión y explotación del servicio

de alimentación: soda del Centro de Formación

Profesional de San Isidro de la Unidad

Regional Brunca

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 10:00 horas del 20 de diciembre del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Brunca, sita 250 metros sur del supermercado Coopeagri, Barrio Villa Ligia, Daniel Flores. Pérez Zeledón, o bien ver la página Web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles/.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 101577.—( IN2017188907 ).

COMPRA DIRECTA N° 2017CD-000130-03

Compra de alfombra para piso

El Proceso de Adquisiciones de la Unidad Regional Central Occidental del Instituto Nacional de Aprendizaje estará recibiendo ofertas por escrito hasta las 11:00 horas del 01 de diciembre del 2017. Los interesados podrán retirar el pliego de condiciones el cual es gratuito en el Proceso de Adquisiciones sita en Naranjo, Alajuela; 300 metros al sur, del cruce de Cirrí, o bien ver la página web del INA, dirección http://infoweb.ina.ac.cr/consultacarteles.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O.C. N° 25344.—Solicitud N° 101578.—( IN2017188908 ).

INSTITUTO COSTARRICENSE DE FERROCARRILES

LICITACIÓN PÚBLICA 2017LA-000001-01

Venta de aproximadamente 2160 toneladas métricas de material de desecho metálico para exportación

El Departamento de Proveeduría del Instituto Costarricense de Ferrocarriles, recibirá ofertas para la licitación indicada, hasta las 10:00 horas del día miércoles 13 de diciembre del 2017.

Los interesados podrán retirar el cartel con las condiciones generales, en la Proveeduría; previo pago de la suma de ¢1.000.00 en la Tesorería del Incofer.

San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Marta Navarro Sandoval, Gerente Administrativa.—1 vez.—O. C. Nº 13472.—Solicitud Nº 101516.—( IN2017188893 ).

AVISOS

FUNDACIÓN AMOR Y ESPERANZA

COMPRA DIRECTA FUNDAE 002-2017

Compra de “Treinta y tres sillas de ruedas especiales:

veintisiete (27) sillas de ruedas manuales adaptadas

y seis (2) sillas de ruedas eléctricas

La Fundación Amor y Esperanza, cédula 3-006-301766, 001-2017. Proyecto 002-2017 Donación de Ayudas Técnicas.

La Fundación Amor y Esperanza, cédula jurídica 3-006-301766, va a realizar la Compra Directa Fundae 002-2917, la cual se refiere a la compra de “Treinta y tres sillas de ruedas especiales: veintisiete (27) sillas de ruedas manuales adaptadas y seis (2) sillas de ruedas eléctricas.”

Se convoca por este medio a las diferentes empresas Nacionales que se dedican a la comercialización de sillas de ruedas adaptadas, para que participen y presenten sus proformas.

1.  Las condiciones generales establecidas para la presentación de ofertas deberán ser recogidas en la dirección indicada en el punto 4 sin ningún costo.

2.  Plazo de entrega del cartel de la compra directa Fundae 002-2017: Jueves 30 de noviembre del año 2017 desde las 8:00 a. m. y hasta las 12:00 m. d. sin excepciones.

3.  Fecha de entrega y recepción de ofertas: Lunes 15 de enero del año 2018 desde las 8:00 a.m. y hasta las 12:00 m. d. sin excepciones.

4.  Dirección de entrega: Oficinas de la Fundación Amor y Esperanza, Sección 2 A, consultorio 7, Hospital San Carlos, Barrio El Carmen, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela.

5.  Exposición de muestras: Martes 06 de febrero año 2018. Hora: 10:00 am. en el Gimnasio Siglo XIX, 200 metros al norte del Hospital San Carlos, en Ciudad Quesada, San Carlos.

6.  No se enviarán ofertas por fax o vía internet, únicamente se entregarán y se recibirán las mismas el día y la hora indicados en la dirección establecida.

Lugar de entrega del cartel y recepción de cotizaciones: Oficinas de la Fundación Amor y Esperanza, Sección 2 A, consultorio 7, Hospital San Carlos, Barrio El Carmen, Ciudad Quesada, San Carlos, Alajuela, Costa Rica. Código postal 21001. Informes al 2461-1726/2461-1374. Con el Licenciado Carlos Castro Guzmán.

Junta Administrativa de la Unidad.—MSc. Shirley Pereira Badilla, Presidenta.—1 vez.—( IN2017189056 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ATENAS

LICITACIÓN ABREVIADA N°2017LA-000001-01

Compra de agregados asfalticos (lastre, arena, piedra,

cemento) para mejoras en la Red Vial Cantonal

La Municipalidad de Atenas invita a todos los posibles oferentes a participar en la licitación descrita. El plazo máximo para recibir ofertas será el 05 de diciembre del 2017 a las 10:00 a. m. Las ofertas deberán ser entregadas de forma física en la oficina de proveeduría ubicada en el segundo piso del Palacio Municipal. El cartel de la licitación podrá ser solicitado a través del correo electrónico proveeduria@atenasmuni.go.cr o eloria@atenasmuni.go.cr

Lic. Freddy Chaves Suárez. Proveedor.—1 vez.—( IN2017189270 ).

MUNICIPALIDAD DE ZARCERO

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017CD-000185-OPMZ

Compra de calzado waterproof, igual o superior

a Columbia –Liftop II para hombre y bota

impermeable cascade pass para mujer

Invitación a la Contratación Directa Nº 2017CD-000185-OPMZ “Compra de calzado waterproof, igual o superior a Columbia –Liftop II para hombre y bota impermeable cascade pass para mujer”. La apertura será el día 01 de diciembre del año 2017, a las 9:00 a.m. horas, en el Salón de Sesiones de la Municipalidad de Zarcero, ubicada 50 metros oeste de la esquina noroeste del parque de Zarcero. El cartel respectivo, lo pueden encontrar en la página www.zarcero.go.cr.

Zarcero, 22 noviembre del 2017.—Vanessa Salazar Huertas, Proveeduría Municipal.—1 vez.—( IN2017189267 ).

FEDERACIÓN DE MUNICIPALIDADES

DE GUANACASTE

LICITACIÓN ABREVIADA N° LA-000001-2017

Adquisición de mobiliario para oficina en madera

Se comunica a los interesados en participar que la fecha máxima de recepción de ofertas para la adquisición de mobiliario en madera, será el quinto día hábil posterior al día de publicación en el Diario Oficial La Gaceta del año 2017, a las 10:00 horas, además se les indica, que pueden retirar el pliego cartelario en las oficinas de la Federación de Municipalidades de Guanacaste Ubicadas en el Edificio Municipal de Cañas, segundo piso, antepenúltima puerta a mano derecha frente al ascensor, llamando a la Federación de Municipalidades de Guanacaste al tel. 26690651.

Cañas, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Vivian Álvarez Barquero, Directora Ejecutiva.—1 vez.—( IN2017188525 ).

MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ, GUANACASTE

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000015-01

Equipamiento del Centro Diurno para la Persona Adulto mayor

en Barrio Irvin, distrito La Cruz, cantón de La Cruz,

con fondos del programa III Construcción

y Equipamiento del Centro Diurno

para Personas Adultas Mayores

en Barrio Irvin

La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, les invita a participar en el proceso de Licitación Abreviada N° 2017LA-000015-01, contratación para la adquisición de artículos y mobiliario para el Equipamiento del Centro Diurno para la Persona Adulto mayor en Barrio Irvin, distrito La Cruz, cantón de La Cruz, con fondos del programa III Construcción y Equipamiento del Centro Diurno para Personas Adultas Mayores en Barrio Irvin. Se recibirán ofertas hasta el día 01 de diciembre del 2017, hasta las 09:00 horas, en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de La Cruz. Sita 150 metros norte, del Parque Local. Para obtener toda la información sobre el cartel de contratación y especificaciones técnicas pertinentes a este proceso comunicarse al teléfono 2690-5715 o al correo electrónico proveeduriamunilacruz@email.com con el Departamento de Proveeduría.

La Cruz, Guanacaste 21 de noviembre del 2017.—Proveeduría Municipal.—Licda. Nury Jara Rodríguez, Proveedora.—1 vez.—( IN2017188952 ).

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017LA-000017-01

Adquisición de dos vehículos tipo pick- up,

doble tracción, totalmente nuevos, año 2017

La Municipalidad de La Cruz, Guanacaste, les invita a participar en el proceso de Licitación Abreviada Nº 2017LA-000017-01, contratación para la adquisición de dos vehículos tipo Pick- Up, doble tracción, totalmente nuevos, año 2017, con fondos del programa I, II y III.

Las ofertas se recibirán hasta las 09:00 horas del día 06 de diciembre del año 2017, en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de La Cruz, sita 150 metros norte del Parque Local.

Para obtener toda la información sobre el cartel de contratación y especificaciones técnicas pertinentes a este proceso comunicarse al teléfono 2690-5715 o al correo electrónico proveeduriamunilacruz@gmail.com con el Departamento de Proveeduría.

La Cruz, Guanacaste 21 de noviembre del 2017.—Licda. Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017188957 ).

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000016-01

Adquisición de una caja de transferencia con Sistema de piso

Móvil (Traileta), totalmente nueva, con fondos del programa

II Depósito y Tratamiento de Basura

La Municipalidad de La Cruz Guanacaste, les invita a participar en el proceso de Licitación Abreviada N° 2017LA-000016-01, para la adquisición de una Caja de Transferencia con Sistema de Piso Móvil (Traileta), totalmente nueva, con fondos del programa II Depósito y Tratamiento de Basura

Se recibirán ofertas hasta el día 05 de diciembre del 2017 hasta las 09:00 horas, en el Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de La Cruz. Sita 150 metros norte del Parque Local.

Para obtener toda la información sobre el cartel de contratación y especificaciones técnicas pertinentes a este proceso comunicarse al teléfono 2690-5715 o al correo electrónico proveeduriamunilacruz@gmail.com con el Departamento de Proveeduría.

La Cruz, Guanacaste, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Nury Jara Rodríguez, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017188966 ).

MUNICIPALIDAD DE SIQUIRRES

CONTRATACION DIRECTA

CONCURSADA N° 2017CD-000225-01

Compra de terreno para la construcción Parque

Tecnológico Socio Ambiental del cantón de Siquirres

La Municipalidad de Siquirres, recibirá ofertas hasta las 11:00 horas, del día 06 de diciembre del 2017, para la “Compra de terreno para la construcción Parque Tecnológico Socio Ambiental del Cantón de Siquirres”.

Los interesados pueden solicitar el cartel al correo electrónico proveeduria@siquirres.go.cr, a partir de la presente publicación, en horario de lunes a viernes de 8:15 a. m. a 3:30 p. m.

Proveeduría.—Sandra Vargas Fernández, Proveedora.—1 vez.—( IN2017189269 ).

ADJUDICACIONES

PODER JUDICIAL

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

DIRECCIÓN EJECUTIVA

DEPARTAMENTO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000027-PROV

(Aviso de desierta)

Construcción de la II etapa del edificio

de toma de muestras, Ciudad Judicial

Se comunica a todos los interesados en el procedimiento de contratación indicado, que por acuerdo del Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión Nº 103-17 del 14 de noviembre de 2017, artículos VI, se dispuso declarar desierta la misma.

San José, 22 de noviembre de 2017.—Proceso de Adquisiciones.—MBA. Yurli Argüello Araya, Jefa.—1 vez.—( IN2017189150 ).

INSTITUTO NACIONAL DE SEGUROS

RED DE SERVICIOS DE SALUD

CONTRATACIÓN EXCEPTUADA 2017PP-000005-INS-RSS

Adquisición de servicios profesionales médico

quirúrgicos de cirugía general

Se comunica a los interesados en este concurso, cuya invitación a participar se publicó en La Gaceta N° 214 del 13 de noviembre del 2017, que es mismo se declaró Infructuoso al no contar con ofertas.

San José, 22 de noviembre del 2017.—Licda. Evelyn Marín Mora, Coordinadora de Proveeduría.—1 vez.—O. C. N° 206-2016.—Solicitud N° 17005.—( IN2017189003 ).

CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL

GERENCIA DE LOGÍSTICA

ÁREA DE ADQUISICIONES DE BIENES Y SERVICIOS

LICITACIÓN PÚBLICA 2015LN-000021-05101

(Adjudicación)

Pruebas para la determinación de gases arteriales

Se informa a todos los interesados que el ítem único del concurso 2015LN-OOQ021-05101 adquisición de Pruebas para la determinación de gases arteriales, se adjudicó bajo la modalidad de entregas según demanda a la empresa Promoción Medica S. A., precio unitario de $2,92 para un precio total estimado de $2.628.000,00.

San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Andrea Vargas Vargas, Jefa.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 21646.—( IN2017189088 ).

CONCURSO 2017LN-000013-5101

Venda de algodón y poliamida de 10 cm de ancho.

Venda para fijación elástica cohesiva libre de látex

A todos los interesados en el presente concurso se les informa que se encuentra en la página http://www.ccss.sa.cr//licitaciones detalle?up=5101&tipo=PU la Adjudicación del concurso 2017LN-000013-5101, por medio de la Resolución DABS 01993-2017 de la Dirección de Aprovisionamiento de Bienes y Servicios, a la Empresa:

Hospimédica S. A. por un precio unitario de $ 1,38 y un monto total de: $397.440,00.

Además, se encuentra disponible copia física en la recepción del Área de Adquisiciones de Bienes y Servicios en el piso 11 del Edificio Laureno Echandi de Oficinas Centrales para consultas.

San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Shirley Méndez Amador, Asistente.—Subárea de Insumos Médicos.—Licda. Kattia Arce Ulate, Analista.—1 vez.—O. C. Nº 1142.—Solicitud Nº 18685.—( IN2017189093 ).

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000010-01

Compra de maquinaria para trabajar

la madera y sus derivados

La Comisión Local Central de Adquisiciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 36-2017 celebrada el 21 de noviembre del 2017, artículo II, tomo el siguiente acuerdo:

a.  Adjudicar la Licitación Abreviada Nº 2017LA-000010-01 para la compra de maquinaria para trabajar la madera y sus derivados, según el dictamen técnico NTM-PGA-166-2017, NTM-PGA-176-2017 y NTM-PGA-264-2017 y el dictamen legal ALCA-282-2017 y ALCA-282-2017, realizados por las dependencias responsable de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el punto 5 del cartel, de la siguiente manera:

a.  Adjudicar la línea Nº 28 a la oferta Nº 1, de la empresa Tecnosagot S. A., por un monto de ¢4.095.000,00, por ofrecer un precio razonable y con un plazo de entrega de 25 días hábiles.

b.  Adjudicar las líneas Nos. 4, 5, 7, 8, 10, 14, 15, 16, 22, 25, 27, 32 y 33 a la oferta Nº 2, de la empresa Maquinaria Industrial FCM Escazú Internacional S. A., por un monto de ¢65.521.004,00, por ofrecer un precio razonable y con un plazo de entrega, para la línea 4 de 17 días hábiles, para la línea 5 de 20 días hábiles, para las líneas 7, 8, 10, 22 y 33 de 90 días hábiles, para las líneas 14, 27 y 32 de 15 días hábiles, para las líneas 15, 16 y 25 de 22 días hábiles.

c.  Adjudicar las líneas Nos. 3, 12, 17, 21, 29 y 31 a la oferta Nº 4, de la empresa Indianápolis S. A., por un monto de ¢6.378.100,00, por ofrecer un precio razonable y con un plazo de entrega de 25 días hábiles.

d.  Adjudicar las líneas Nos. 6, 9, 13, 18, 19, 20, 23, 24 (base 1) y 26 a la oferta Nº 5, de la empresa Capris, S. A., por un monto de ¢9.196.067,12, por ofrecer un precio razonable y con un plazo de entrega, para las líneas 6, 9, 18, 19, 20 y 26 de 25 días hábiles y para las líneas 13, 23 y 24 de 90 días hábiles.

e.  Adjudicar la línea Nº 11 a la oferta Nº 6, de la empresa Aceros Carazo Reimers S. A., por un monto de ¢9.196.067,12, por ofrecer un precio razonable y con un plazo de entrega de 90 días hábiles.

f.   Declarar infructuosas las líneas 1 y 2, por precio excesivo.

g.  Declarar infructuosas la línea 30, por falta de oferentes.

h.  Declarar infructuosas la línea 34, por incumplimientos técnicos.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. Nº 25344.—Solicitud Nº 101575.—( IN2017188902 ).

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000026-01

Compra de unidad móvil para impartir capacitación

y formación profesional en refrigeración

y aire acondicionado en el INA

La Comisión de Licitaciones del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 32-2017, celebrada el 21 de noviembre del 2017, artículo V, recomienda adjudicar la contratación con base en el dictamen técnico y elementos de adjudicación:

a.  Aprobar la fe de erratas para que la adjudicación dada en sesión 23-2017 celebrada el 14 de agosto del 2017, por la Comisión de Licitaciones, según consta en el acta de esa sesión, artículo III, se lea el nombre de la empresa adjudicada de la siguiente forma: Truckvan Industria y Comercio Ltda (casa extrajera), representada por ICE Electronics International S. A.

b.  Lo demás acordado en la sesión 23-2017 celebrada el 14 de agosto del 2017, se mantiene incólume.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 101579.—( IN2017188909 ).

AVISOS

REFINADORA COSTARRICENSE DE PETRÓLEO S. A.

LICITACIÓN ABREVIADA Nº 2017LA-000027-02

(Notificación de declaratoria de desierto)

Mantenimiento externo de tanques

Se informa que la Gerencia General de Recope, mediante el oficio GG-1000-2017 de fecha 20 de noviembre de 2017, acuerda declarar desierta la presente contratación; lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 86 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, considerando que desde la perspectiva técnica una vez iniciado el proceso de análisis con la corroboración del cumplimiento respecto de los requerimientos técnicos generales establecidos para el concurso, de la forma en que los oferentes disponen su cotización en la tabla de pagos, se advierte que el cartel contiene una incongruencia, en el sentido que la tabla de pagos que consta en el Anexo 4, no está conforme con la descripción que se brinda de los renglones de pagos en el apartado 2.3 de Descripción de los renglones de pago, disyuntiva que se focaliza en los renglones 1 y 28 de dicha tabla y que lleva a los oferentes a cotizar sus rubros de diferentes formas, inhibiendo la posibilidad de que las ofertas puedan ser evaluadas sobre una misma base. Asimismo, se autoriza para que se proceda con la recotización, una vez realizados los ajustes cartelarios correspondientes.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de Suministros.—Nora Iris Álvarez Morales,  Norma L. Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O.C. Nº 2017-000142.—Solicitud Nº 101598.—( IN2017189112 ).

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 2016LN-000003-02

(Notificación de adjudicación)

Construcción del acceso y parqueos del plantel Moín

Se informa que el concurso en referencia, fue adjudicado según acuerdo tomado por la Junta Directiva de RECOPE, en el artículo Nº 5 de la Sesión Ordinaria Nº 5009-215, celebrada el lunes 20 de noviembre, comunicado mediante oficio JD-0242-2017, de fecha 21 de noviembre del 2017, de acuerdo con el siguiente detalle:

Para ver la imagen solo en La Gaceta en formato PDF

Notas importantes:

1.  El adjudicatario dispondrá de diez (10) días hábiles contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación para rendir la correspondiente garantía de cumplimiento, por un monto del diez por ciento (10%) del total adjudicado y con una vigencia mínima de tres (3) meses adicionales a la fecha probable de recepción definitiva del objeto del contrato, contemplando los aspectos señalados en el apartado 6.2 Tomo I del cartel.

2.  La presente contratación será formalizada mediante un contrato que será confeccionado por la Dirección Jurídica, y refrendado por la Contraloría General de la República. A efectos de la legalización del mismo, se deberán reintegrar las especies fiscales de ley correspondientes a un 0,5% del monto total del contrato, pagadero en su totalidad por el contratista.

3.  Según se establece en la cláusula 5.6 inciso 1 del Tomo I del cartel, el contratista podrá optar por un anticipo de hasta de un treinta por ciento (30%) del monto total adjudicado, con las obligaciones que este demande.

4.  La empresa recomendada, en caso de resultar adjudicataria, deberá aportar la documentación legal requerida en la cláusula 4.1 del cartel, sub ítem 4.1.1.1, incisos a y b.

Se recuerda a los proveedores y demás interesados que a través del sitio web www.recope.com se encuentran publicadas las licitaciones y contrataciones por escasa cuantía promovidas por Recope.

Dirección de Suministros.—Nora Iris Álvarez Morales, Directora.—1 vez.—O. C. Nº 2017-000142.—Solicitud Nº 101603.—( IN32017189119 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE GUÁCIMO

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº 2017LA-000004-01

Contratación de servicios para trámite

de concesión permanente

El Departamento de Proveeduría de la Municipalidad de Guácimo, informa a los interesados en este concurso que en Sesión Extraordinaria N° 32-17, mediante acuerdo número tres, celebrada el 16 de noviembre de 2017 el Concejo Municipal de Guácimo, adjudica este proceso de contratación a Geotéctica Geología Técnica de Costa Rica S. A., cédula jurídica Nº 3-101-541561 por un monto de ¢23.000.000.00., con plazo de entrega de 20 meses.

Licda. Zilenia Venegas Vargas, Proveedora Municipal.—1 vez.—( IN2017188911 ).

FE DE ERRATAS

INSTITUTO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PROCESO DE ADQUISICIONES

LICITACIÓN ABREVIADA 2017LA-000040-01

Contratación de servicio de mantenimiento preventivo,

correctivo y soporte técnico para la Plataforma

de Seguridad del INA

La Comisión Local de la Sede Central del Instituto Nacional de Aprendizaje, en sesión 36-2017, celebrada el 21 de noviembre del 2017, artículo IV, tomo el siguiente acuerdo:

a.  Aprobar la fe de erratas para que se modifique el acuerdo de la Comisión Local Central de Adquisiciones, tomado en su sesión 34-2017 celebrada el 07 de noviembre del 2017, en su artículo II, para que se lea de la siguiente manera:

a.  Adjudicar la Licitación Abreviada 2017LA-000040-01 para la contratación de mantenimiento preventivo, correctivo y soporte técnico para la plataforma de seguridad del INA, según el dictamen técnico USST-ADQ-389-2017 y el dictamen legal ALCA-592-2017, realizados por las dependencias responsable de analizar las ofertas; así como en los elementos de adjudicación consignados en el punto 7 del cartel, de la siguiente manera:

a.  Adjudicar la línea N° 1 a la oferta N° 2 de la empresa Cerdas-Ross Industries & Consulting Services S. A., por un monto, por hora, de $245,00, por ofrecer un precio razonable y con un plazo contractual de un año prorrogable año a año por tres años más, para un total de 4 años.

Unidad de Compras Institucionales.—Lic. Allan Altamirano Díaz, Jefe.—1 vez.—O. C. N° 25344.—Solicitud N° 101576.—( IN2017188904 ).

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE LA UNIÓN

SUB-PROCESO DE PROVEEDURÍA

LICITACIÓN PÚBLICA N° 2017LN-000002-01

Contratación de servicios continuos de recolección,

transporte y tratamiento de los residuos sólidos

generados en el cantón de La Unión

La Municipalidad de La Unión informa, ante Audiencia especial de la CGR recibida el 21 de noviembre del 2017, que se prorroga el plazo para recepción y apertura de ofertas, de la licitación arriba indicada, para el día 12 de diciembre del año 2017, a las 11:00 horas (a.m.). El resto de la información se mantiene sin variaciones.

La Unión, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Marvin Durán Vega, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017189225 ).

MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS

LICITACIÓN ABREVIADA N° 2017LA-000003-01

Contratación de empresa para realizar diseño de planos

eléctricos y ejecución de obras del sistema eléctrico

del Mercado Municipal

Informa que mediante Resolución Administrativa MP-PM-RES-022-11-2017 del 17 de noviembre del 2017, se ANULA DE FORMA ABSOLUTA el proceso de contratación referenciado, por un error en las especificaciones técnicas del cartel, el cual puede ocasionar problemas en la satisfacción del fin público que se busca con el presente proceso.

Para mayor información al teléfono 2661-2104 de la Proveeduría Municipal o al correo electrónico lrojas@munipuntarenas.go.cr

Puntarenas, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Luis Edward Rojas Barrantes, Proveedor Municipal.—1 vez.—( IN2017189256 ).

REGLAMENTOS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DE ESCAZÚ

Le comunico el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal de Escazú en la Sesión Ordinaria Nº 80, Acta Nº 90 del 06 de noviembre del 2017, que indica lo siguiente:

Acuerdo AC-266-17 “Se acuerda: con fundamento en las disposiciones de los artículos 11 y 169 de la Constitución Política; 11 y 13 de la Ley General de la Administración Pública; 13 inciso c) y 43 del Código Municipal; los oficios AL-1345-17 de la Alcaldía Municipal y AJ-789-17 del Subproceso Asuntos Jurídicos; y siguiendo las recomendaciones contenidas en el Dictamen C-AJ-034-14 de la Comisión de Asuntos Jurídicos las cuales este Concejo hace suyas y las toma como fundamento para motivar este acuerdo se dispone: Primero: aprobar el texto del proyecto de “Reglamento de Concejos de Distrito”. Segundo: por tratarse de un reglamento interno y de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Código Municipal, se ordena su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese este acuerdo al señor Alcalde Municipal en su despacho, para lo de su cargo”. Declarado definitivamente aprobado.

REGLAMENTO DE CONCEJOS DE DISTRITO

DEL CANTÓN DE ESCAZÚ

El Concejo Municipal de la Municipalidad del cantón de Escazú, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política y el Código Municipal, y en uso de sus atribuciones emite el presente Proyecto de Reglamento de Concejo de Distrito, el cual se regirá por las siguientes disposiciones:

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1º—El propósito del presente reglamento, es regular el funcionamiento de los Concejos de Distrito del Cantón y la coordinación que debe existir entre éstos y la Municipalidad.

Artículo 2º—El Concejo de Distrito es el órgano colegiado encargado de colaborar en los distritos de la respectiva municipalidad. Se preocuparán por fomentar la participación democrática, permitiendo el ejercicio del poder a la ciudadanía en la toma de decisiones del Gobierno Local y que afecten su jurisdicción territorial. Fomentarán los más altos valores éticos, morales y culturales.

Artículo 3º—Los Concejos de Distrito se preocuparán por fomentar la participación democrática de los pobladores del Cantón en decisiones del Gobierno Local, para lo cual deberán realizar reuniones, visitas de campo.

Artículo 4º—Los Concejos de Distrito estarán integrados por cinco miembros propietarios, a quienes se denominarán concejales y sus cinco suplentes, todos vecinos del distrito, de los cuales, uno será la persona síndica del distrito y otro la persona suplente, el primero en funciones de la persona presidente. La persona síndica suplente sustituirá a la persona presidente en su ausencia, asumiendo sus deberes y derechos.

Artículo 5º—La persona síndica propietaria o en su efecto la persona síndica suplente será la encargada de dar a conocer en las sesiones del Concejo Municipal los asuntos tratados en el Concejo de Distrito.

Artículo 6º—Las personas Concejales suplentes sustituirán a las personas propietarias de su mismo partido político según el orden de elección, en los casos de ausencia temporal u ocasional, serán sustituidos para dicho efecto por la persona Presidente del Concejo de Distrito. Desempeñarán sus cargos en forma gratuita.

Artículo 7º—Las personas miembros del Concejo de Distrito serán elegidos popularmente por cuatro años, en forma simultánea con la elección de las personas Regidores y de los Alcalde/as Municipales.

Artículo 8º—Las credenciales de las personas miembros electos de los Concejos de Distrito serán otorgadas por el Tribunal Supremo de Elecciones.

Artículo 9º—La Municipalidad velará por la integridad y fortalecimiento de los Concejos de Distrito de su jurisdicción.

Artículo 10.—El Asesor del Concejo Municipal brindará asesoría legal a los Concejos de Distrito previa coordinación con los mismos.

Artículo 11.—La Municipalidad ejecutará sus obras o servicios públicos en cada distrito, atendiendo las solicitudes del Concejo de Distrito, y atendiendo las recomendaciones en el Programa de Gobierno de la Alcaldía Municipal y en el Plan de Desarrollo Cantonal de la Municipalidad de Escazú.

CAPÍTULO II

Las funciones del Concejo de Distrito

Artículo 12.—Los Concejos de Distrito tendrán las siguientes funciones de conformidad con el artículo 57 del Código Municipal:

Proponer ante el Concejo Municipal a las personas beneficiarias de las becas de estudio, bonos de vivienda y alimentación, y las demás ayudas estatales de naturaleza similar que las instituciones pongan a disposición de cada distrito.

Recomendar al Concejo Municipal el orden de prioridad para ejecutar obras públicas en el distrito, en los casos en que las instituciones estatales desconcentren sus decisiones.

Proponer al Concejo Municipal la forma de utilizar otros recursos públicos destinados al respectivo distrito.

Emitir recomendaciones sobre permisos de patentes de fiestas comunales correspondientes a cada distrito.

Fomentar la participación, consciente y democrática de los vecinos en las decisiones de sus distritos.

 Servir como órganos coordinadores entre actividades distritales que se ejecuten entre el Estado, sus instituciones y empresas, las municipalidades y las respectivas comunidades.

Informar semestralmente a la municipalidad del cantón a que pertenezcan, sobre el destino de los recursos asignados a los proyectos del distrito, así como de las instancias ejecutoras de los proyectos.

Recibir toda queja o denuncia, que sea de su conocimiento, sobre la ilegalidad _ o arbitrariedad de una actuación material, acto, omisión o ineficiencia de las personas funcionarias públicas, trasladarla ante el órgano o ente público que corresponda y darles seguimiento, hasta la resolución final, a los casos que lo ameriten.

Las funciones que el Concejo Municipal delegue por acuerdo firme, conforme a la ley.

Otras funciones

Elegir a la persona representante de los Concejos de Distrito ante la Junta Vial Cantonal, a la persona representante propietario y suplente ante la Comisión de Trabajo del Plan Regulador del Cantón de Escazú, representante ante la Comisión de Becas.

Ser órgano de colaboración de la Municipalidad y de enlace entre las comunidades que representan.

Los Concejos de Distrito impulsarán la participación ciudadana y de organizaciones comunales y los vecinos(as) que deseen, convocando al menos una vez al año a participar en la Asamblea de Concejo de Distrito para presentar sus proyectos.

Participar de la Asamblea de Concejo de Distrito Ampliado, recibir y priorizar las necesidades del distrito. Presentar los proyectos ante la Corporación Municipal para la incorporación de recursos necesarios en el Plan Presupuesto del año siguiente o en los Presupuestos Extraordinarios, para ejecutar.

CAPÍTULO III

Organización interna

Artículo 13.—La jurisdicción territorial del Concejo de Distrito es el distrito y su cabecera será su sede.

Artículo 14.—La Jurisdicción territorial del Concejo de Distrito, es el distrito y deberá aprobar un domicilio exacto para sus reuniones y notificaciones, que comunicarán a la Municipalidad, sin perjuicio de realizar reuniones y actividades en cualquier dirección, previo acuerdo y conocimiento de las personas que lo integran.

Artículo 15.—Los Concejos de Distrito quedan autorizados para celebrar reuniones con los vecinos de su circunscripción, con el fin de considerar necesidades, problemas comunes y proponer soluciones acordes a la realidad.

Artículo 16.—Los Concejos de Distrito deberán reunirse ordinariamente al menos dos veces por mes. Se debe comunicar a la Municipalidad, el día, hora y lugar que designen para tal efecto. Pueden celebrar sesiones extraordinarias previa convocatoria de la persona presidente con 24 horas de antelación o cuando así la convoquen por escrito tres de las personas que lo conforman.

Artículo 17.—El quórum para sesionar será de tres miembros. En las sesiones podrán participar las personas suplentes con derecho a voz y solo con derecho a voto únicamente cuando sustituyan a las personas propietarias en ausencia de éstos.

Artículo 18.—Todas las sesiones serán públicas y la participación de particulares podrá ser regulada por el Concejo de Distrito.

Artículo 19.—Los Concejos de Distrito deberán coordinar y asistir a reunión interdistrital, una vez cada cuatro meses.

Artículo 20.—Los acuerdos serán tomados por simple mayoría de votos de los miembros presentes y se tendrán por firme. En caso de empate, el voto del presidente contará por dos y decidirá.

Artículo 21.—Las sesiones deberán dar inicio dentro de los 15 minutos siguientes a la hora señalada. Transcurrido ese tiempo si no se cuenta con el quórum, no se podrá realizar la sesión. Las personas suplentes que asuman la propiedad a partir de transcurrido el lapso mencionado no podrá ser sustituido por la persona propietaria que llega después.

Artículo 22.—Son deberes de las personas miembros del Concejos de Distrito:

Concurrir a las sesiones del Concejo de Distrito

Dar su voto afirmativo o negativo en asuntos que se sometan a su decisión, no pudiendo abstenerse.

No abandonar el lugar de sesión, sin el debido permiso de la persona presidente.

Desempeñar aquello que se le encomienda.

Fiscalizar las labores de la Corporación Municipal.

Participar en las comisiones en las que se le asigne.

Guardar el respeto y la compostura hacia los demás y sí mismo, en el ejercicio de sus funciones.

Asistir a las capacitaciones, talleres, charlas y otros, a los que son convocados.

Artículo 23.—Son facultades de las personas miembros del Concejos de Distrito:

Pedir y obtener de la persona presidente la palabra.

Formular mociones por escrito y proponer.

Llamar a orden a la persona presidente cada vez que se exceda en el desempeño de sus funciones el o alguno de los concejales.

Velar porque las acciones del Concejo de Distrito se realicen con el mayor orden y responsabilidad dentro de los más altos principios de solidaridad, equidad y sentido común.

Solicitar informes sobre cualquier proyecto o estudio, en el distrito, que se esté ejecutando o que este pendiente de ejecución.

Recibir respuesta a los acuerdos dentro del plazo establecido por ley.

Artículo 24.—La persona presidente del Concejo de Distrito se mantendrá en el cargo mientras ejerza su condición de Síndico(a) propietario(a) del Distrito de que se trate.

Artículo 25.—La persona presidente del Concejo de Distrito ejercerá aquellas funciones que le atribuyen las leyes y en especial:

Convocar, presidir, abrir, suspender y cerrar las sesiones del Concejo de Distrito.

Ostentar la representación del Concejo de Distrito.

Preparar el orden del día para cada sesión.

Recibir las votaciones y anunciar si hay aprobación o rechazo de la moción o asunto sometida a votación.

Conceder la palabra y quitarla a quien hiciere uso de ella sin permiso, o se excediera en sus expresiones.

Vigilar el orden de la sesión del Concejo de Distrito y aplicar la normativa de participación establecida por el Concejo, a quienes presencien el acto y se comporten indebidamente.

Firmar en unión con él o la secretaria(a) las actas de cada sesión del Concejo de Distrito. En caso de ausencia del o la secretaria(a) firmará el miembro asignado(a) por la persona que preside.

Rendir informe al Concejo Municipal sobre la ejecución de las obras en el distrito.

Artículo 26.—En la primera sesión del Concejo de Distrito se elegirá de entre las personas miembros que constituyan dicho órgano a una persona para que cumpla con la función de secretario(a). Los restantes miembros fungirán como vocales.

Artículo 27.—Son deberes del secretario(a):

Asistir a las sesiones del Concejo de Distrito, levantar las actas y tenerlas listas 24 horas antes de la sesión para su aprobación.

Custodiar la documentación que se remite al Concejo de Distrito para ser conocido e incorporarlo dentro del acta.

Elaboración de las actas y deben incluir: lugar, fecha y hora de la sesión, el orden del día, indicar atención al público, la correspondencia recibida y enviada, la lectura del acta anterior (para su aprobación o rechazo), las mociones, los acuerdos y los asuntos varios.

Leer la correspondencia recibida.

Llevar el control de los asuntos pendientes que hayan sido solicitados o traslados a otras instancias, a la Administración y al Concejo Municipal para su resolución.

Artículo 28.—Son causas para perder la calidad de concejal propietario o suplente:

La inasistencia injustificada a tres sesiones consecutivas o más de cinco alternas en un período de más de dos meses.

Trasladar su domicilio fuera del distrito.

Estar inhabilitado por sentencia judicial para el ejercicio de cargos públicos o derechos civiles o tener en contra auto de procesamiento o condena por delitos con Hacienda Pública.

Padecer enfermedad que lo incapacite permanentemente para el ejercicio del cargo en la gestión del Concejo de Distrito.

La renuncia voluntaria debe ser presenta en forma escrita, conocida por el Concejo de Distrito y el Concejo Municipal,

Por violentar disposiciones jurídicas aplicables a la gestión del Concejo de Distrito.

CAPÍTULO IV

Partidas específicas

Artículo 29.—De conformidad con la Ley N° 7755 de Partidas Específicas y su Reglamento, los Concejos de Distrito recomendarán a la Administración Municipal, aquellos proyectos presentados por organizaciones sociales y comunales.

Artículo 30.—La organización debe presentar el perfil de proyecto que pretende desarrollar, con base en la guía para presentación de proyectos emitido por la Corporación Municipal y de conformidad con los requisitos establecidos. En el caso de ser requerido la Municipalidad proveerá la asistencia técnica y profesional.

Artículo 31.—El Concejo de Distrito conocerá el perfil de proyectos presentado en Asamblea de Concejo de Distrito Ampliado, por la organización y emitirá el acuerdo de aprobación que quedará en el acta respectiva.

CAPÍTULO V

Disposiciones finales

Artículo 32.—Los Concejos de Distrito se regirán por todo lo previsto en el presente Reglamento, en los Reglamentos emitidos por la Municipalidad, el Código Municipal y las Leyes Conexas.

Artículo 33.—El presente Reglamento entrará a regir, a partir de su aprobación en el seno del Concejo Municipal de Escazú. Su publicación en La Gaceta deroga cualquier otro ya existente.”

Licda. Priscilla Ramírez Bermúdez, Secretaria Municipal.—1 vez.—O.C. Nº 35546.—Solicitud Nº 14825.—( IN2017187611 ).

RÉGIMEN MUNICIPAL

MUNICIPALIDAD DE BARVA

La Municipalidad de Barva, informa que mediante el Acuerdo Municipal N° 1377-2017, adoptado en la sesión ordinaria N° 62-2017 celebrada en el salón de sesiones de la Municipalidad de Barva, a las diecisiete horas con tres minutos del día 30 de octubre del 201, “El Concejo Municipal de Barva acuerda aprobar la aplicación del descuento por pago adelantado en el mes de diciembre del año 2017 a aquellos contribuyentes que cancelen por adelantado en dicho mes los impuestos de patentes comerciales de todo el año 2018; de conformidad a lo dispuesto en el artículo 12 del reglamento para el procedimiento de cobro administrativo, extrajudicial, judicial y de arreglos de pago de nuestra municipalidad y en el artículo 69 de la ley 7794 Código Municipal. Se aprueba que la tasa de descuento a aplicar será del 5.75% (tasa de referencia). No obstante, se tendrán las siguientes consideraciones:

Si la tasa básica pasiva en el momento del pago es igual o superior a la tasa de referencia (5.75%), se aplicará como porcentaje de descuento 5.75%.

Si la tasa básica pasiva en el momento del pago es inferior a la tasa de referencia (5.75%), se aplicará como porcentaje de descuento la tasa básica pasiva en el momento del pago.

Licda. Yorleny Díaz Zárate, Encargada de Patentes.—1 vez.—( IN2017187612 ).

AVISOS

CONVOCATORIAS

SIQUIARES SOCIEDAD ANÓNIMA

Convocatoria a asamblea general ordinaria

de accionistas de Siquiares Sociedad Anónima

Yo, José Antonio Pinto López, portador de la cédula de identidad número 1-366-823 y en mi condición de presidente de la sociedad que se dirá, convoco a todos los accionistas de Siquiares Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-007300 a la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, según lo dispuesto por la cláusula novena de los estatutos de la compañía, que se celebrará a las diez horas del 15 de diciembre del 2017 en Hacienda Siquiares, sita en ruta 27, saliéndose en la radial de Ciruelas, en tercera salida, un kilómetro y medio al oeste, rumbo a Turrúcares, portón rojo a mano derecha, Alajuela, lugar en que se conduce el negocio de la sociedad.

En esta asamblea se conocerán, discutirán y aprobarán los siguientes asuntos:

Presentación, discusión y aprobación de los estados financieros de los períodos con cierre al 30 de setiembre de 2016 y al 30 de setiembre del 2017.

Conocimiento de la comunicación de cesación de colaboración de la señora Margarita Barzuna en la operación de las fincas y discusión, presentación de propuestas, y adopción de acuerdo, en relación con la contratación de un administrador independiente que asuma la administración y operación de las fincas incluyendo las facultades y responsabilidades que se le atribuirán.

3.  Presentación y discusión del presupuesto operativo de la finca y de la Compañía correspondiente al período del 2017 a 2018 y discusión sobre aporte de los socios para cubrir el déficit de la caja que presenta la operación.

4.  Conocer y discutir propuesta para cambio de miembros de Junta Directiva.

En caso de que a la hora indicada no estuviere presente el quórum de asistencia mínimo legal, se convoca simultáneamente para llevar a cabo la asamblea general ordinaria en segunda convocatoria una hora después, sea, a las once horas ese mismo día y en el mismo lugar, y en la que se conocerá de la misma agenda.

Como soporte de los temas que serán motivo de la agenda, se encuentran a disposición de los socios los siguientes documentos:

a.  Estados financieros correspondientes a los periodos 2015-2016, 2016-2017.

b.  Estudio y recomendación elaborado por la empresa Doris Peters sobre las funciones y el puesto de administrador que requiere la operación de la finca.

c.  Carta de la señora Margarita Barzuna informando sobre la cesación de su colaboración en la operación de la finca.

Estos documentos podrán ser retirados en la oficina sita en barrio La California, del parqueo del Cine Magaly 100 al este y 25 al sur, oficinas de Atrium Arquitectura, San José, o pueden ser solicitados por correo electrónico dirigido a la siguiente dirección: jpinto@racsa.co.cr, y serán remitidos en versión digital.

San José, 16 de noviembre del 2017.—Lic. Gabriel Castro Benavides, Abogado.—1 vez.—( IN2017188947 ).

CLUB DE PLAYA LAS GARZAS S. A.

El Club de Playa Las Garzas S. A., cédula Jurídica N° 3-101-095095-18, convoca a todos sus asociados a la Asamblea Anual Ordinaria N° 51, a celebrarse el jueves 28 de diciembre del 2017, en el Club de Playa Las Garzas S. A., en Bajamar de Garabito, Puntarenas, a las 10:00 horas en primera convocatoria y a las 11:00 horas en segunda convocatoria.

Agenda Asamblea Ordinaria.

Lectura y aprobación del Acta de la Asamblea Ordinaria y Extraordinaria N° 49, celebrada el 28 de diciembre del 2016 y Acta de la Asamblea Extraordinaria N° 50, celebrada el 25 de marzo del 2017.

Informe de la Presidencia.

Informe de la Tesorería.

Informe de la Fiscalía.

Elección de puestos de Junta Directiva: Presidente(a), Secretario(a) y Vocal 2

Mociones de los asociados. Deberán entregarse por escrito antes del inicio de la Asamblea.

Lic. José Marcial Láscarez Vargas, Presidente de la Junta Directiva.—1 vez.—( IN2017189089 ).

AVISOS

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

CONDOMINIO VERTICAL COMERCIAL PLAZA NAOS

Quien suscribe Liliana Valverde Mora, cédula N° 4-150-465, en caridad de apoderada generalísima sin límite de suma de la sociedad Servicios Integrados para Condominio L M y M Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101423219 a su vez representante legal de Condominio Vertical Comercial Plaza Naos, cédula jurídica N° 3-109-635518 hago constar que dado al extravío de los libros de Caja y Actas Junta Directiva de dicho condominio sito en Heredia, solicito la reposición de los Libros ante el Departamento de Propiedad en Condominio del Registro Público.—San José, 27 de octubre del 2017.—Lic. Lilliana Valverde Mora, Representante Legal.—( IN2017186746 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por suscripción de Contrato Opción de Compraventa de cuotas de Sociedad y de Establecimiento Comercial suscrito el día 14 de octubre de 2017, entre Nórdico Coffee House Limitada, cédula jurídica N° 3-102-704403 y Olaf Wehrend portador del pasaporte Alemán número CF5X76G4M, acordaron la venta del establecimiento mercantil denominado Nórdico Coffee Shop, propiedad  de  Nórdico  Coffee  House  Limitada, cédula jurídica 3-102-704403, así como las cuotas de ésta última sociedad, dedicado a Café Restaurante, en Tamarindo, Santa Cruz, Guanacaste, Costa Rica, en el centro comercial Plaza Tamarindo, local número 23. Con el objeto de cumplir con lo establecido en el artículo 479 del Código de Comercio, se hace saber a todos los interesados y acreedores que podrán presentarse en dicho establecimiento comercial a hacer valer sus derechos, dentro de los quince días siguientes contados a partir de la primera publicación.—Tamarindo, Guanacaste, 16 de noviembre de 2017.—Licda. Yosandra Apú Rojas, Notaria.—( IN2017187871 ). 

TIKIS SEASIDE GRILLE GUANACASTE,

SANTA CRUZ, PLAYA POTRERO

Los señores Scott Murray (nombres) Megit (apellido), con único apellido en razón de su nacionalidad canadiense, portador del pasaporte de su país de origen número: HM144241 quien representa a Tikis Brasilito S. A., con cédula jurídica número: 3-101-709870 se encuentran en proceso de venta a Caroline Grace (nombres) Kirkendoll (apellido), quien es mayor de edad, con un solo apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, casada una vez, residente de los Estados Unidos de América, exactamente en uno cuatro dos tres Adams St. New Orleans, Louisiana siete cero uno uno ocho, Administradora de Inversiones, y con pasaporte de su país de origen número 502344308 el establecimiento comercial de restaurante ubicado en Guanacaste, cantón Santa Cruz, distrito Cabo Velas, Playa Brasilito que opera bajo el nombre comercial Tikis Seaside Grille. Se cita a acreedores e interesados, para que se presenten dentro del término de quince días a partir de la primera publicación de este aviso, a hacer valer sus derechos de conformidad con el artículo 479 del Código de Comercio, en Guanacaste, Santa Cruz, Playa Tamarindo, Centro Comercial Plaza Conchal, segundo piso, local dieciocho-b, oficina de la firma Expertis legal en horario de oficina de ocho de la mañana a cinco de la tarde de lunes a viernes.—Guanacaste, 15 de noviembre del 2017.—Scott Murray Megit.—( IN2017188292 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

TRABAJOS INTEGRALES CENTROAMERICANOS

TIC SOCIEDAD ANÓNIMA

Ante esta notaría se otorgó escritura de reposición del libro de Actas de Asamblea General de la compañía Trabajos Integrales Centroamericanos TIC Sociedad Anónima, al ser las quince horas del dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete. Es todo.—San José, a las dieciséis horas del dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Erika Chaverri Palma, Notaria.—1 vez.—( IN2017188323 ).

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yo, Ellyn María Ramírez Quesada, notaria pública, con oficina abierta en Alajuela, cien metros Este de La Bomba la Tropicana, oficina esquinera a mano izquierda, el día dieciséis de noviembre del arlo dos mil diecisiete, al ser las ocho horas, mediante escritura ciento ochenta y seis, procedo a protocolizar acta de asamblea número tres, de la sociedad denominada Inversiones Osa de América O.L.G S.A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-tres tres tres cuatro nueve ocho, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad antes indicada, por no haberse cumplido los objetivos sociales. Publíquese tres veces en el Diario Oficial La Gaceta .Es todo.—Alajuela, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ellyn María Ramírez Quesada, Notaria.—( IN2017187162 ).

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

Por escritura pública de las catorce horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de Grupo Cuenca FA Dos Mil Ocho Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil doscientos sesenta y cinco, mediante la cual se elimina el capital social preferente y se reforma la cláusula quinta del capital social. Es todo.—San José, veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Gabriel Gutiérrez Castro, Notario.—( IN2017188352 ).

PUBLICACIÓN DE UNA VEZ

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Perfumes Especiales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notario.—1 vez.—CE2017009770.—( IN2017187741 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 40 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Go Publi Imagen Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Catherine Vanessa Mora Chavarría, Notaria.—1 vez.—CE2017009771.—( IN2017187742 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16:00 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Dasein Bliminse Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Luis Guillermo Murillo Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017009772.—( IN2017187743 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 30 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada I Secreti Di Venere Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Segares Lutz, Notario.—1 vez.—CE2017009773.—( IN2017187744 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 20 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sonrisa del Pacifico Herrick Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Harold Alberto Chamberlain Bolaños, Notario.—1 vez.—CE2017009774.—( IN2017187745 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Horizontes Cinco Coco Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Ricardo León Vargas Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2017009775.—( IN2017187746 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada From Scratch Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, Notario.—1 vez.—CE2017009776.—( IN2017187747 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sophointernational Business Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Melissa Guardia Tinoco, Notaria.—1 vez.—CE2017009777.—( IN2017187748 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora El Halcón Tico Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—CE2017009778.—( IN2017187749 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada London Room Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Melba María Pastor Pacheco, Notaria.—1 vez.—CE2017009779.—( IN2017187750 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Distribuidora Jivaqui Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Laura Daniela Fernández Mora, Notaria.—1 vez.—CE2017009780.—( IN2017187751 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Las Delicias Aromáticas Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Carmen María Bergueiro Pereira, Notaria.—1 vez.—CE2017009781.—( IN2017187752 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Andrela del Este A D E Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Kattia Quirós Chevez, Notaria.—1 vez.—CE2017009782.—( IN2017187753 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Axiom Images Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Oscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2017009783.—( IN2017187754 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 19 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Soluciones Inmobiliarias Kalmar Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Luis Fernando Castro Gómez, Notario.—1 vez.—CE2017009784.—( IN2017187755 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importaciones DYA Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Gladys Rozo Quevedo, Notaria.—1 vez.—CE2017009785.—( IN2017187756 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Albufera Celular Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Radulovich Quijano, Notario.—1 vez.—CE2017009786.—( IN2017187757 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada A A Rofer Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Francisco Esquivel Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2017009787.—( IN2017187758 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 00 minutos del 19 de junio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios RWA Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Edgar Alberto García Quirós, Notario.—1 vez.—CE2017009788.—( IN2017187759 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de junio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Vía Nova del Este Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1 vez.—CE2017009789.—( IN2017187760 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 28 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada LR Creations & Manufacture Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2017009790.—( IN2017187761 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 09 horas 45 minutos del 07 de junio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Vía Della Fontana Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Josué Morales Fallas, Notario.—1 vez.—CE2017009791.—( IN2017187762 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 07 de junio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Vía Della Liberté Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Josue Morales Fallas, Notario.—1 vez.—CE2017009792.—( IN2017187763. ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Comercializadora Orinoco Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Bergman Alonso Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2017009793.—( IN2017187764 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 30 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Rincón de Azulillos CM Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Rubén Ramírez Quirós, Notario.—1 vez.—CE2017009794.—( IN2017187765 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Remodelaciones CBR Orotina Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.–Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2017009795.—( IN2017187766 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 13 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Vans Rentacar Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Marcos Osvaldo Araya Diaz, Notario.—1 vez.—CE2017009796.—( IN2017187767 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Batro Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.–Licda. Karina Maroto Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2017009797.—( IN2017187768 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Mas Turismo en Osa Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Billy Benjamín Latouche Ortiz, Notario.—1 vez.—CE2017009798.—( IN2017187769 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada The Iron Touch Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Pamela Andrea Cerdas Cerdas, Notaria.—1 vez.—CE2017009799.—( IN2017187770 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada F. A. Flores de América Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Erasmo Enrique Rojas Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2017009800.—( IN2017187771 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Casabe Organic Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—CE2017009801.—( IN2017187772 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 15 minutos del 27 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Fernández y Rivas Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017009802.—( IN2017187773 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inersiones El Profe Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017009803.—( IN2017187774 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 05 de junio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada MVCR- Gestion Patrimonial Sociedad Anónima. San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Alejandro Fernández Carrillo, Notario.—1 vez.—CE2017009804.—( IN2017187775 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Texas Trailers CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Fabio Enrique Corrales Loría, Notario.—1 vez.—CE2017009805.—( IN2017187776 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada The Green Monkey of Costa Rica TGMCR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notario.—1 vez.—CE2017009806.—( IN2017187777 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Usa Import Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Jehiner Alfaro Retana, Notario.—1 vez.—CE2017009807.—( IN2017187778 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Misimo Corporación Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Marcela Patricia Gurdián Cedeño, Notaria.—1 vez.—CE2017009808.—( IN2017187779 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 20 horas 40 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sansaa Aircraft Parts de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Mónica Fernández Mayorga, Notaria.—1 vez.—CE2017009809.—( IN2017187780 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Jas Enterprises Holding Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Orlando Gustavo Araya Amador, Notario.—1 vez.—CE2017009810.—( IN2017187781 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Suplidora Mawi & Asociados Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2017009811.—( IN2017187782 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Nfasis Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Guiselle Murillo Varela, Notaria.—1 vez.—CE2017009812.—( IN2017187783 ).

Nathan Matamoros Miranda, cédula Nº 1-1237-783, en su carácter de dueño de la totalidad del capital social de: 3-101-576416 Sociedad Anónima. Por haberse cancelado la totalidad de lo adeudado generado por la Ley Nº 9024 solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese o cambio de estado de disuelta a inscrita lo anterior de conformidad con la reforma al transitorio segundo de la Ley Impuesto a las Personas Jurídicas Nº 9428.—Alajuela, 14 de noviembre del 2017.—Nathan Matamoros Miranda, Dueño.—1 vez.—( IN2017187993 ).

Los suscritos, Rosa María Blanco Fernández, mayor, casada una vez, ama de casa, cédula número dos-trescientos cincuenta y tres-ochocientos veintisiete, y Errol Daniels Ramírez Blanco, mayor, casado una vez, comerciante, cédula número dos-seiscientos-ochocientos treinta y tres, ambos vecinos de La Tigra de San Carlos, Alajuela, ochocientos metros al este de la Escuela El Futuro, por medio del presente edicto informa que, como titulares y dueños de todas las acciones que representan la totalidad del capital social de la empresa: Transportes El Flaco Sancarleño Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seis tres seis ocho cinco ocho, comparecerán, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Orotina, once de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Vicente León León, Abogado.—1 vez.—( IN2017187994 ).

Julio Sánchez Valerio, cédula Nº 2-267-449, en su carácter de dueño de la totalidad del capital social de: 3-101-467949. Pacific Beach Of San Diego Sociedad Anónima. Por haberse cancelado la totalidad de lo adeudado generado por la Ley Nº 9024 solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese o cambio de estado de disuelta a inscrita lo anterior de conformidad con la reforma al transitorio segundo de la Ley Impuesto a las Personas Jurídicas Nº 9428.—Alajuela, 17 de noviembre del 2017.—Julio Sánchez Valerio, Dueño.—1 vez.—( IN2017187995 ).

Que mediante escritura otorgada ante esta notaría, al ser las diez horas del trece de noviembre del dos mil diecisiete, procedo a protocolizar acta de asamblea de socios de la empresa: Programa de Servicios PSO S. A., mediante la cual se modifica la cláusula primera del pacto social, para que en lo sucesivo se lea: Corporación Somos Quántico Sociedad Anónima. Es todo.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Gamboa Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017187997 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de socios de: Materiales de Construcción A J S. A., reformas cláusula 6. Se nombra: tesorero.—San José, 11 de noviembre del 2017.—Lic. Randall Luna Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017187999 ).

Familia Kasor Sociedad Anónima modifica el pacto constitutivo, respecto a domicilio social y representación legal. Escritura otorgada en San José, a las dieciseis horas del dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete. Presidente Roberto Enrique Gamboa Bermúdez.—Lic. Randall Junnell Calvo Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188000 ).

Por escritura otorgada a las diez horas del ocho de noviembre del año dos mil diecisiete, el suscrito notario protocoliza acta de asamblea general de accionista de la empresa de esta plaza Desarrollo Urbanístico y Obras Constica Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la totalidad del pacto constitutivo.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Pablo Morales Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017188004 ).

Los suscritos, Rodrigo Guevara Monge y María Lidia Guevara Monge, solicitan cese de disolución sociedad denominada Tres-Ciento Uno-Seiscientos Sesenta y Dos Mil Quinientos Treinta Dos S. A. Notaria: Licda. Hilda Marta Alpízar Castrillo.—Licda. Hilda Marta Alpízar Castrillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188005 ).

Por escritura número 7-73, otorgada a las 8:00 horas del 17 de noviembre del 2017, otorgada ante la notaria de Veracruz Navarro Monge, se protocoliza el acta de aumento de capital, reformándose la cláusula cuarta de los estatutos constitutivos de la sociedad denominada Importadora Agro Irazú Sociedad Anónima, con cédula jurídica Nº 3-101-402070.—Cartago, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Veracruz Navarro Monge, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188008 ).

Ante esta notaría, por escritura pública Nº 268 visible a folio 155 frente del tomo 8, a las 09 horas del 27 de octubre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general de socios donde se acuerda la disolución de Country Folks S. A.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017188011 ).

Ante mi notaría, se solicita el cese de disolución de Guías Inmobiliarios Leyendas Costeras Lecos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos mil ochocientos treinta y uno, quedando esta persona jurídica en la misma condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva.—San José, seis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188012 ).

Ante esta notaría, por escritura pública Nº 261 visible a folio 151 vuelto del tomo 8, a las 16 horas del 11 de octubre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general de socios donde se acuerda la disolución de Inversiones Marblan S. A.—Lic. Francisco Orlando Salinas Alemán, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017188013 ).

Que, ante esta notaría pública, se acordó el cese de disolución por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la ley Nº 9428 la sociedad denominada Avaris Enterprises Limitada Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cinco dos tres cinco cuatro dos.—San José, doce horas del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Blanco Gutiérrez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188014 ).

Por escrituras otorgadas ante mí, a las 08:00 horas del 16 de noviembre del 2017 y 08:00 del 17 de noviembre del 2017 se solicita cese de disolución de Grupo Jorali Cartago S. A., e Inmobiliaria Comercial Tito E.I.R.L, respectivamente. Licenciado Eugenio Ortiz Alvarez, notario público, cédula N° 105690003.—Lic. Eugenio Ortiz Alvarez, Notario.—1 vez.—( IN2017188016 ).

Los suscritos, Jaime Mora Sánchez, mayor, casado una vez, mecánico de aviación, cédula número cinco-doscientos cincuenta y uno-seiscientos setenta y seis, y Kembly Monestel Rodríguez, mayor, casada una vez, contadora, cédula número cinco-doscientos noventa y seis-novecientos setenta y cinco, ambos vecinos de Barrio La Victoria de Liberia, Guanacaste, del Taller Zelman cien metros al este y setena y cinco metros al norte, por medio del presente edicto informan que, como titulares de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Jaikembly M.R. S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y uno, comparecerán, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Liberia, a las once horas del dieciséis del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—Jaime Mora Sánchez, Kembly Monestel Rodríguez.—Lic. Hugo Zúñiga Clachar, Notario.—1 vez.—( IN2017188018 ).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 09:00 horas del 03 de noviembre y 10:00 horas del 15 de noviembre del 2017, protocolicé: 1) Acta de cuotistas de Visión Two International S.R.L., N° 3-102-686916, que reformó la cláusula de la administración, y 2) Acta de asamblea general de socios de Expeditors Mar y Tierra S. A., N° 3-101-062036, que reformó el domicilio social de la compañía.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017188019 ).

Mediante escritura otorgada ante la notaría, a las 09:00 horas del 17 de octubre del 2017, protocolicé el acta de asamblea general de cuotistas de Dohrn Costa Rica Ltda, con cédula jurídica N° 3-102-407548, mediante la cual se acordó reformar la cláusula del domicilio de dicha compañía.—San José, 3 de noviembre del 2017.—Licda. Ana Carolina Sáenz Gammans, Notaria.—1 vez.—( IN2017188020 ).

A todas aquellas personas que tengan interés y relación de cualquier naturaleza con la empresa Ciudad Huanuco CH Limitada, cédula jurídica N° 3-102-554638, así como al público en general, se les hace saber que los socios que son propietarios de más del cincuenta y uno por ciento -51%- del capital social suscrito y pagado de la referida empresa, comparecerán en escritura pública a solicitar al Registro Nacional el cese de su disolución, de manera que esta sociedad quede en la misma condición en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva, según lo regulado por la Reforma del Transitorio II de la Ley Nº 9428, Impuesto de las Personas Jurídicas de 21 de marzo del 2017. Cualquier comunicación dirigirla a jtristan@blplegal.com o al fax 2205-3940.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017188022 ).

A todas aquellas personas que tengan interés y relación de cualquier naturaleza con la empresa Las Cumbres de Playa Arco SRL, cédula jurídica N° 3-102-319200, así como al público en general, se les hace saber que los socios que son propietarios de más del cincuenta y uno por ciento -51%- del capital social suscrito y pagado de la referida empresa, comparecerán en escritura pública a solicitar al Registro Nacional el cese de su disolución, de manera que esta sociedad quede en la misma condición en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva, según lo regulado por la Reforma del Transitorio II de la Ley Nº 9428, Impuesto de las Personas Jurídicas de 21 de marzo del 2017. Cualquier comunicación dirigirla a jtristan@blplegal.com o al fax 2205-3940.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017188023 ).

A todas aquellas personas que tengan interés y relación de cualquier naturaleza con la empresa Playa Arco Developments SRL, cédula jurídica N° 3-102-318424, así como al público en general, se les hace saber que los socios que son propietarios de más del cincuenta y uno por ciento -51%- del capital social suscrito y pagado de la referida empresa, comparecerán en escritura pública a solicitar al Registro Nacional el cese de su disolución, de manera que esta sociedad quede en la misma condición en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva, según lo regulado por la Reforma del Transitorio II de la Ley Nº 9428, Impuesto de las Personas Jurídicas de 21 de marzo del 2017. Cualquier comunicación dirigirla a jtristan@blplegal.com o al fax 2205-3940.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—( IN2017188024 ).

Esta notaría, se reformó la cláusula segunda del domicilio y se nombra nuevo gerente de la sociedad Construvivienda San Miguel Limitada.—San Vito, veintitrés de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Alexis Salazar Torres, Notario.—1 vez.—( IN2017188025 ).

El suscrito Francisco Manuel González Valenzuela, quien es mayor, divorciado, director de fotografía, vecino de San José, Rohrmoser del Parque La Amistad trescientos oeste cien norte, veinticinco este casa E veinticinco, de nacionalidad chilena con cédula de residencia número uno uno cinco dos cero cero cero uno uno seis cero uno solicita el cese de la solución de la sociedad Oveja Negra Producciones Sociedad Anónima, cuya cédula jurídica es la número tres-ciento uno-cuatro uno uno siete dos tres y que se encontraba inscrita al tomo: quinientos cincuenta y dos. Asiento: diez mil trescientos diecisiete, del diecisiete de agosto del dos mil cinco. Es todo.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Francisco Manuel González Valenzuela.—1 vez.—( IN2017188027 ).

Los suscritos, Claudia Regina Castillo Báez, quien es mayor, casada una vez, con cédula número ocho-cero noventa y seis-seiscientos treinta, publicista y Claudio Alberto Cordero Oreamuno, mayor, casado una vez, productor de televisión, con cédula número uno-ochocientos dos-cero sesenta y seis, ambos vecinos de San José, Curridabat, Granadilla, por medio del presente edicto informamos que, como titulares del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Farolitos Luminosos de Granadilla S. A., cédula jurídica número 3-101-349635 compareceremos, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Claudia Regina Castillo Báez.—1 vez.—( IN2017188028 ).

Ante mi notaría, al ser las 9:00 horas del 14 de noviembre 2017, se procede a disolver y liquidar la sociedad Inversiones Doña Ana A.J.R. S. A., cédula jurídica 3-101-451814.—Licda. Tamara Montecinos Ahumada, Notaria.—1 vez.—( IN2017188030 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y nueve de las diez horas del siete de noviembre de dos mil diecisiete, se solicitó al Registro Público el cese de disolución de la sociedad Ermitanik S. A., cédula jurídica tres-ciento uno- cuatro tres cero ocho siete nueve. Es todo.—San José, diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Lisa María Bejarano Valverde, Notaria.—1 vez.—( IN2017188038 ).

Por la escritura 256 ante esta notaría, a las 14:00 horas del día 17 de noviembre del 2017, mediante la cual se protocolizó la asamblea general ordinaria y extraordinaria de 3-101-496709 Sociedad Anónima; mediante se disuelve la sociedad.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Slawomir Wiciak Gasiorowska, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188043 ).

Jairo Solano Monge y Kathia Rodríguez Córdoba, cédulas Nos. 1-0912-0257 y 5-0310-0924 respectivamente, ambos mayores, casados, comerciantes, vecinos de San Rafael de Heredia; informan como titulares de más del 51 por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Villas Uruz S. A., cédula jurídica 3-101-495644; comparecerán dentro del plazo de Ley ante notaría pública a otorgar escritura solicitando al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad de acuerdo al transitorio 2 de la Ley 9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en La Gaceta.—Heredia, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Lauren Leandro Castillo, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188046 ).

Hoy protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Tecnología Orgánica Aplicada Tecorasa S. A. Se hacen nuevos nombramientos en la junta directiva y se aumenta capital social. Escritura otorgada en San José, a las 9:00 horas del 17 de noviembre del 2017.—Licda. Imelda Arias del Cid, Notaria.—1 vez.—( IN2017188048 ).

El señor, Daniel Cappella Domínguez, cédula N° 900360485, presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma de Tres-Ciento Uno-Quinientos Diecinueve Mil Ciento Ochenta y Seis Sociedad Anónima, cédula N° 3-101-519186, solicito al Registro Mercantil, el cese de la disolución de la sociedad indicada a efecto de que dicha persona jurídica quede en la misma condición jurídica que se encontraba antes de su disolución.—San José, 13 de noviembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Diana Varela Solano, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188051 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:00 horas del día 17 de noviembre del 2017, la empresa Nyesa Costa Rica Sociedad Anónima, protocolizó acuerdos en donde se conviene modificar las cláusulas sétima y octava, respecto de las asambleas y de la administración, por su orden.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Ana Mercedes Sancho Rubí, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188071 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 15:00 horas del día de hoy se acordó disolver la compañía Costakul Sociedad Anónima.—Escazú, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Carmen Fernández M., Notaria.—1 vez.—( IN2017188072 ).

Ante el Lic. Juan Federico Arias Chacón, se reforma la cláusula sétima de la administración del pacto constitutivo en la entidad B & T.L.L.C. Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-432833. Es todo.—Jacó, 18 de noviembre 2017.—Lic. Juan Federico Arias Chacón.—1 vez.—( IN2017188073 ).

La suscrita notaria, María Gabriela Elizondo Alpízar, comunica que el socio que representa más del 51% del capital social de la sociedad: 3-101-555325 Sociedad Anónima (la cual se encuentra disuelta por Ley noventa veinticuatro); me ha solicitado otorgar escritura pública solicitando el cese de la disolución; de conformidad con la Ley Nº 9485.—Las Vegas, Nevada, Estados Unidos, 18 de noviembre del 2017.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—( IN2017188074 ).

Por escritura número ciento treinta y tres, otorgada en mi notaría, en San José, procedí a protocolizar asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad de este domicilio: Anphora S. A., cédula de persona jurídica Nº 3-101-067925, mediante la cual se acuerda aumentar su capital social a la suma de sesenta millones de colones y en consecuencia se reforma la cláusula quinta de su pacto constitutivo.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Alberto Berrocal Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017188080 ).

Mediante escritura Nº 160 del tomo 21 de mí protocolo del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Quebrada de Alicante S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y cuatro mil doscientos veintidós, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—Guadalupe, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Aurelia Vargas Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188081 ).

Mediante escritura Nº 159, del tomo 21 de mí protocolo, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada: Valle Paraíso Gafer S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y seis mil seiscientos doce, en la cual se acordó disolver y liquidar dicha sociedad.—Guadalupe, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Aurelia Vargas Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188082 ).

Mediante escritura Nº 161 del tomo 21 de mí protocolo, del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada. Excelsior Industria Química S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuatro mil seiscientos veinticuatro, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—Licda. Aurelia Vargas Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188083 ).

Mediante escritura Nº 162, del tomo 21 de mi protocolo, del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Biochemical Internacional S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y dos mil novecientos seis.—Guadalupe, 17 de noviembre de 2017.—Licda. Aurelia Vargas Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188084 ).

Mediante escritura número 163, del tomo 21 de mi protocolo, del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Pesticidas Exclusivos S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos once mil cuarenta y nueve.—Guadalupe, 17 de noviembre de 2017.—Licda. Aurelia Vargas Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188085 ).

Mediante escritura Nº 164 del tomo 21 de mi protocolo, del día de hoy, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Absentee Owners Management S. A., en español Compañía Administradora de Propietarios Ausentes S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-cero diecinueve mil setecientos cuatro, en la cual se acuerda disolver dicha sociedad.—Guadalupe, 17 de noviembre de 2017.—Licda. Aurelia Vargas Segura, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188086 ).

Luis Mariano Vargas Rojas, cédula de identidad Nº 1-524-616 y Ana Cira Rivera Sancho, cédula de identidad Nº 2-410-668, socios dueños del 100% del capital social de Rosan del Norte S. A., cédula jurídica Nº 3-101-573339, solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de su compañía realizada en virtud del artículo 6 de la Ley 9024. Esto de conformidad a la Ley N° 9485 que reforma el Transitorio II de la Ley Nº 9428 de Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, jueves dieciséis de noviembre del año 2017.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188090 ).

Luis Mariano Vargas Rojas, cédula de identidad Nº 1-524-616 y Ana Cira Rivera Sancho cédula de identidad Nº 2-410-668, socios dueños del 100% del capital social de Corporación Varive Internacional S. A., cédula jurídica Nº 3-101-572405, solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de su compañía realizada en virtud del artículo 6 de la Ley Nº 9024. Esto de conformidad a la Ley N° 9485 que reforma el Transitorio II de la Ley Nº 9428 de Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, jueves dieciséis de noviembre del 2017.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188093 ).

Ante el suscrito notario se solicita reactivar la sociedad de esta plaza La Finkilla Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cinco ocho seis cinco siete cuatro.—Alajuela, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Abogado y Notario Público.—1 vez.—( IN2017188094 ).

Ante el suscrito notario se solicita reactivar la sociedad de esta plaza Materiales de Construcción SF Sociedad Anónima, cedula jurídica-tres-ciento uno-dos siete nueve cuatro cinco siete, Alajuela diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017188095 ).

Ante el suscrito notario se solicita reactivar la sociedad de esta plaza Tío Rico de Río Segundo TRDRS Sociedad Anónima, cedida jurídica-tres-ciento uno-tres dos cuatro uno uno dos.—Alajuela, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Johnny Ramírez Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017188096 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las nueve horas del diecisiete de noviembre 2017, protocolicé acta número uno de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Horizontes Sin Fronteras Mijook Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve dicha sociedad.—Lic. Merlin Leiva Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017188098 ).

Por escritura otorgada en esta notaria, a las 14:30 horas del 17 de noviembre de 2017, protocolice acta de asamblea general donde se acuerda disolución y liquidación la sociedad Insocaxa S. A.—Lic. Carlos Eduardo Herrera Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188105 ).

Por escritura otorgada ante mí a las veinte horas del quince de noviembre del dos mil diecisiete, los socios que representan la totalidad del capital social de la sociedad Desarrollos del Istmo Cabol Vizcaíno S. A., anteriormente titular de la cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos mil, hoy disuelta por morosidad en el pago del impuesto a entidades jurídica de conformidad con el artículo sexto de la ley nueve mil veinticuatro, solicitaron el cese de su disolución de conformidad con el Transitorio II de la Ley nueve mil cuatrocientos veintiocho, Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017188108 ).

La suscrita: Libia Juárez Gutiérrez, mayor, cédula de identidad número cinco–cero doscientos nueve-cero seiscientos veintitrés, viuda, comerciante, vecina de Guanacaste, Santa Cruz, Restaurante el Cacique Marino, un kilómetro al sur de Ulicori, cédula de identidad número cinco-cero doscientos nueve-cero seiscientos veintitrés, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Restaurante El Marino S. A., cédula jurídica número 3-101-299811, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Nicoya, al ser las quince horas de diecisiete de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Manuel Vargas Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188110 ).

Por escritura otorgada ante mí a las a las quince horas del nueve de noviembre del dos mil diecisiete, los socios que representan el cien por ciento del total de las cuotas que componen el capital social de la sociedad Big Waves At La Reserva A-Nineteen S. R. L., anteriormente titular de la cédula jurídica tres-ciento dos quinientos veinte mil trescientos noventa y cinco, hoy disuelta por morosidad en el pago del impuesto a entidades jurídica de conformidad con el artículo sexto de la ley Nueve Mil Veinticuatro, solicitaron el cese de su disolución de conformidad con el Transitorio II de la Ley Nueve Mil Cuatrocientos Veintiocho, Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, nueve de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Cordero Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017188111 ).

Ante esta notaria se protocoliza el acta de asamblea de socios de Inversiones Mil Doscientos Noventa y Cuatro Sociedad Anónima, con cedula de persona jurídica tres-ciento uno-siete cero nueve dos siete ocho; primero: Se revoca al tesorero se modifica la cláusula de la representación judicial y extrajudicial y se aumenta el capital social a treinta millones de colones. Es todo.—Alajuela, 15 de noviembre del 2017.—Licda. María Francela Herrera Ulate, Notaria.—1 vez.—( IN2017188113 ).

Ante esta notaría, mediante escritura treinta y uno, visible al folio dieciséis vuelto, del tomo cinco, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Roca Carolina Del Mar Sociedad Anónima, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la compañía, al amparo de lo dispuesto por la ley 9024.—Liberia, Guanacaste, 14 de noviembre del 2017.—Licda. Yetty María Cortes Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188114 ).

Ante esta notaría, mediante escritura treinta, visible al folio dieciséis frente, del tomo cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada Oak R1dge Limitada, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la compañía, al amparo de lo dispuesto por la ley 9024.—Liberia, Guanacaste, 14 de noviembre del 2017.—Licda. Yetty María Cortes Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188115 ).

Ante esta notaría, mediante escritura veintiocho, visible al folio quince vuelto, del tomo cinco, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad de esta plaza denominada: Luna y Costa Azul Sociedad Anónima, en la que se acuerda la disolución y liquidación de la compañía, al amparo de lo dispuesto por la Ley Nº 9024.—Liberia, Guanacaste, 14 de noviembre del 2017.—Licda. Yetty María Cortés Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188116 ).

En asamblea general extraordinaria celebrada el treinta de octubre del dos mil diecisiete, se acordó la disolución de la sociedad de conformidad al artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, en cláusula primera del pacto constitutivo de la sociedad: Servicio Administrativo Cobro y Pagos Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seis tres dos cero tres ocho. Domiciliada: San José, Pérez Zeledón, San Isidro de El General, Pedregoso, setenta y cinco metros sur de la Escuela de Pedregoso.—Lic. Geovanny José Sibaja Fallas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188118 ).

Ante esta notaría, a las 16:00 horas del 17 de noviembre del 2017, mediante escritura Nº 139 del tomo 17, se constituyó la sociedad: Efran CO S. A. Presidenta: María Haydee Espinoza Molina.—Licda. Yamileth Fernández Sandí, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188119 ).

Se protocoliza acta de la asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas, de la compañía: Las Diecisiete Marías Sociedad Anónima, en la cual se reforman las cláusulas segunda y novena de los estatus. Se nombra presidente, secretario, tesorero de junta directiva, fiscal y agente residente.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Denia Isabel Morera Flores, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2017188121 ).

Por escritura trescientos cincuenta y nueve-dos, otorgada a las nueve horas del día diecinueve de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea de la sociedad número dos, de Open Codex Box Sociedad Anónima. Se procede a la disolución de la sociedad. Cualquier interesado sírvase a reclamar sus derechos.—Licda. Freyda Nazira Valladares Morales, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188123 ).

Por escritura número setenta y seis-once, otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del día dieciocho de octubre del 2017, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara del Mar Villa Número Cincuenta y Seis Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017188124 ).

Por escritura número ochenta y cinco-once, otorgada ante esta notaría, a las 11:30 horas del día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara del Mar Villa Numero Treinta y Cuatro Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017188125 ).

Por escritura número ochenta y tres-once, otorgada ante esta notaría, a las 10:30 horas del día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ara del Mar Villa Número Treinta y Dos Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017188126 ).

Por escritura número ochenta y siete-once, otorgada ante esta notaría, a las 12:30 horas del día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara del Mar Villa Número Quince Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017188127 ).

Por escritura número ochenta y seis-once, otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Ara del Mar Villa Número Once Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017188128 ).

Por escritura número ochenta y cuatro-once, otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día diez de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara del Mar Villa Número Veinticuatro Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017188129 ).

Los suscritos Ok Gwan Kim Soom, mayor, casado una vez, médico, portador de la cédula de identidad número ocho-cero cero noventa-cero ochocientos setenta y cuatro, vecino de San José, Pavas, Rohrmoser, del antiguo AID cien metros norte cincuenta metros este, y Raquel Aurora Carballo de La Espriella, mayor, casada una vez, ama de casa, vecina de San José, Pavas, Rohrmoser, del antiguo AID cien metros norte cincuenta metros este, cédula de identidad número uno-ochocientos cincuenta y tres-cuatrocientos cuarenta y uno, por medio del presente edicto informa que, como titulares del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Brisas y Sueños Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y siete mil cincuenta y tres, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta .—San José, 15 de noviembre del 2017.—Ok Gwan Kim Soom.—Raquel Aurora Carballo de La Espriella.—1 vez.—( IN2017188131 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Punta Clara Inversiones Inmobiliarias S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188133 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Punta Clara ZMT S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188135 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las diez horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Península Las Mareas S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188136 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las quince horas del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada HZ Desarrollos ZMT S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188137 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Inversiones Península ZMT S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188138 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las catorce horas cuarenta y cinco minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada El Jobo Desarrollos ZMT S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188139 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas treinta minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Jobo Desarrollos Inmobiliarios S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188140 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las once horas quince minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada Bahía Soley S. A. Donde se acuerda modificar la cláusula sétima de los estatutos sociales.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188141 ).

La suscrita, Lucía del Pilar Arburola Rojas, mayor, casada una vez, microbióloga, cédula número cinco-ciento cuarenta y uno-ciento sesenta, vecina de Liberia, trescientos cincuenta metros al este del Banco de Costa Rica, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Lluvia Eterna del Norte S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos setenta y un mil setecientos cuarenta y cinco, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Liberia, a las quince horas veintitrés minutos del diecisiete del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lucía del Pilar Arburola Rojas.—Licda. Aida María Montiel Hector, Notaria.—1 vez.—( IN2017188143 ).

Por escritura pública número ciento cuatro, visible al folio cincuenta y nueve frente del tomo cuatro del protocolo del licenciado Geiner Enrique Molina Fernández, otorgada a las ocho horas treinta minutos del día siete de noviembre del años dos mil dieciséis, se llevó a cabo el cambio de representantes de la sociedad Villa Sophia El Guayacan Cuatro Sociedad Anónima, nombrándose como nuevos representante al presidente Maximilian Hidaldo Jara y como vicepresidente Warren Hidalgo Jara y como secretaria Fanny Marcela Piedades Jara, y el tesorero el señor Maximiliano Hidalgo Retana, a su vez se reformo su pacto social en cuanto a las facultades del representante.—San José, veinte de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Geiner Molina Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017188146 ).

Alejandro Casasola Abarca y Orlando José Leiva Robles, constituyen la sociedad Soluciones Globales Servicio al Cliente Sociedad Anónima. Escritura otorgada en San José, a las nueve y treinta horas del nueve de noviembre del dos mil diecisiete ante el notario Humberto Jarquín Anchía.—Lic. Humberto Jarquín Anchía, Notario.—1 vez.—( IN2017188147 ).

Ante esta notaría, a solicitud de Fernando Clachar Baldioceda, quien ostenta la totalidad del capital social de Operaciones Agroindustriales del Pacífico OAP S. A., cédula jurídica número 3-101-609617, se solicitó el cese de disolución de dicha sociedad al amparo del transitorio II de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo, 2017 y su reforma, quedando dicha sociedad en la misma condición jurídica original antes de la disolución con todos los efectos retroactivos correspondientes.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Jorge Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017188150 ).

Yo, Ingrid Brown Sequeira, hago constar que en mi notaría protocolicé acta de Barpan P&P S. A., cédula 3-101-387238, donde: por acuerdo unánime de los accionistas éstos acuerdan disolver la sociedad. Escritura otorgada en San José, a las 13:00 pm del 4 de noviembre del 2017.—Licda. Ingrid Brown Sequeira, Notaria.—1 vez.—( IN2017188156 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las horas del día ocho horas del diecinueve de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad Interacciones Creativas CRC Sociedad Anónima, mediante la cual se reforma la cláusula novena y tercera revocándose los nombramientos de junta directiva y se hacen nuevos nombramientos.—San José, diecinueve de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ofelia Jiménez Hernández, carnet cinco mil setecientos ochenta y nueve, Notaria.—1 vez.—( IN2017188158 ).

Ante esta notaría, a las 20:00 horas del día 16 de noviembre del 2017. Se protocolizaron actas de fusión por absorción de las sociedades Vwwabbit Ltda. y Vw Beetle Ltda., absorbiendo y prevaleciendo Vwwabbit Ltda.—San José, 09:00 horas del 17 de noviembre del 2017.—Lic. Luis Carlos Vargas Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017188159 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día veinte de noviembre de dos mil diecisiete, se solicita el cese de la disolución de la sociedad Ganadera La Florida Del Norte Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-ciento treinta y siete mil treinta y dos.—Bagaces veinte de noviembre de dos mil diecisiete. Licda. Sonia Guzmán Coto, Notaria.—1 vez.—( IN2017188160 ).

Por escritura número ochenta y nueve -once, otorgada ante esta notaría, a las 9:30 horas del día catorce de noviembre del 2017, se protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad: Ara Del Mar Villa Numero Cuarenta y Tres Sociedad Anónima, mediante la cual se revocaron y realizaron nuevos nombramientos.—Licda. Lilliam Boza Guzmán, Notaria.—1 vez.—( IN2017188169 ).

En mi notaría, por escritura número ciento catorce-sesenta del tomo sesenta de mi protocolo se protocolizó acta de asamblea de cuotistas de Tres-Ciento Dos-Seis Cinco Tres Tres Ocho Siete Sociedad De Responsabilidad Limitada reformando clausulas tercera, sexta y sétima y nombrando gerente y subgerentes.—Cartago, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Mauricio Vargas Barguil, Notario.—1 vez.—( IN2017188170 ).

Moraviautos Sociedad Anónima, nombra nueva junta directiva y fiscal por todo el plazo social presidente y secretario con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma.—San José, 20 de noviembre.—Lic. Alexander Granados Loaiza, Notario.—1 vez.—( IN2017188174 ).

Por escritura otorgada ante mi, a las 16:15 horas del 17 de noviembre del 2017 se protocoliza acta y se reforma cláusula de junta directiva y representación de Medical Aesthetics Centroamérica Sociedad Anónima. Se nombre nueva junta directiva.—Lic. Ignacio Herrero Knöhr, Notario.—1 vez.—( IN2017188180 ).

Por escritura número dieciséis de las ocho horas del cuatro de octubre de dos mil diecisiete, segundo tomo, protocolizo acta de asamblea ordinaria de cuotistas de las dieciocho horas del dos de octubre del dos mil diecisiete en donde Sánchez y Piedra S. R. L. revoca nombramiento de gerente y realiza nuevo nombramiento.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Giselle Piedra Cortés, Notaria.—1 vez.—( IN2017188182 ).

Por escritura otorgada ante mí, se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Dawin in the Jungle Sociedad Anónima, donde se acordó disolver con efecto inmediato la sociedad. Es todo.—San José, 13 de noviembre del 2017.—Licda. María Laura Vargas Cabezas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188186 ).

Por escritura otorgada ante mí se protocolizaron acuerdos de la asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad 3-102-631692, donde se acordó disolver con efecto inmediato la sociedad. Es todo.—San José, 13 de noviembre del 2017.—Lic. María Laura Vargas Cabezas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188187 ).

Por escritura otorgada ante mi a las diez horas treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad Casa Café Alegre Sociedad De Responsabilidad Limitada, cedula jurídica N° 3-102-714909.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Eitel Álvarez Ulate, Notaria.—1 vez.—( IN2017188192 ).

Por escritura pública número doscientos diez otorgada a las 17:00 del 4 de octubre de 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Grupo Humberto Álvarez S. A., se realiza un aumento de capital, modifica el pacto constitutivo en su cláusula quinta sobre capital de la misma y séptima del pacto y se procede designar vice.-presidente, tesorero, vocal uno, vocal dos y vocal tres de la junta directiva así como fiscal.—San José, 17 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188193 ).

Por escritura pública número doscientos siete otorgada a las 14:00 del 4 de octubre de 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Logística de Carga S. A. por la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula octava del pacto y se procede designar vicepresidente, tesorero, vocal uno, vocal dos y vocal tres de la junta directiva así como fiscal y agente residente.—San José, 17 de octubre de 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188195 ).

Por escritura pública número doscientos ocho otorgada a las 15:00 del 04 de octubre del 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar ata de asamblea general extraordinaria de la sociedad Humberto Álvarez Sucesores S. A. por la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula sexta del pacto y se procede designar vicepresidente, tesorero, vocal uno, vocal dos y vocal tres de la junta directiva así como fiscal y agente residente.—San José, 17 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188196 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, se acordó disolver la sociedad Inversiones Mil del Pacto M & E S. A., cédula jurídica N° 3-101-242689, a partir de esta fecha.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Ricardo Ananías Loaiza Morales, Notario.—1 vez.—( IN2017188198 ).

El suscrito Mario Eduardo Sancho Odio, mayor, soltero, agente de seguros, cedula de identidad uno seiscientos quince-trescientos veinte por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de INSAFE S. A., cédula jurídica N° 3-101-082986 comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, dieciséis horas treinta minutos del 15 de noviembre de dos mil diecisiete.—Mario Eduardo Sancho Odio.—1 vez.—( IN2017188199 ).

Ana Lorena Vega Mesen, mayor, casada un vez, contadora, cédula número uno-setecientos ochenta y seis-seiscientos ochenta y dos, vecina de San José, e Lidia Isabel Vega Mesen, mayor, casada una vez, administradora, cédula número uno-seiscientos ochenta y cinco-doscientos treinta y dos, vecina de San José, costarricenses, solicitan cese de disolución de la Sociedad Tres-Ciento Uno-Cuatrocientos Setenta y Seis Mil Ochocientos Cincuenta y Nueve Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno cuatrocientos setenta y seis mil ochocientos cincuenta y nueve.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Ana Lorena Vega Mesén.—Lidia Isabel Vega Mesén.—1 vez.—( IN2017188200 ).

Por escritura pública número doscientos nueve otorgada a las 16:00 del 4 de octubre de 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Transportes Logísticos HA S. A., por la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula octava del pacto y se procede designar vicepresidente, tesorero, vocal uno, vocal dos y vocal tres de la junta directiva así como fiscal y agente residente.—San José, 17 de octubre de 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188202 ).

Por escritura pública número dos otorgada a las 14:00 del 13 de octubre del 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Almacenes del Pacifico H A Alpha S. A., por la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula octava del pacto y se procede designar vice-presidente, tesorero, vocal uno, vocal dos y vocal tres de la junta directiva así como fiscal y agente residente.—San José, 17 de octubre de 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188204 ).

Por escritura pública número dos otorgada a las 13:00 del 13 de octubre del 2017 ante el notario Jorge Manuel Chacón Mora, se procedió protocolizar acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad SMC A Servicios Marítimos de Centro América S. A., por la cual se modifica el pacto constitutivo en su cláusula octava del pacto y se procede designar vice-presidente, tesorero, vocal uno, vocal dos y vocal tres de la junta directiva así como fiscal y agente residente.—San José, 17 de octubre del 2017.—Lic. Jorge Manuel Chacón Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188206 ).

Por medio de escritura número cuarenta, otorgada a las diez horas y treinta minutos del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acuerdo de socios de la sociedad Librería e Imprenta Hermanos Segura Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula segunda del pacto constitutivo relativa al domicilio de la sociedad, la décima relativa a la representación, se revoca el nombramiento de toda la junta directiva y del fiscal y se realizan nuevos nombramientos.—La Unión, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188207 ).

Por medio de escritura número treinta y nueve, otorgada a las diez horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acuerdo de socios de la sociedad Litografía e Imprenta Segura Hermanos Sociedad Anónima, donde se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo relativa a la representación, se revoca el nombramiento de toda la junta directiva y del fiscal y se realizan nuevos nombramientos.—La Unión, diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188208 ).

Ante esta notaría se constituyó la compañía Corporación Oskana S. A., capital social: 10.000 colones. Representante: Osvaldo Jiménez Jiménez.—San José, noviembre del 2017.—Lic. Dagoberto Rivera Betancourt, Notario.—1 vez.—( IN2017188209 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 12:00 horas del 02 de noviembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotistas de la sociedad denominada Nushaba Sociedad Anónima, con cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cuatro cero seis cinco cinco, con domicilio en Guanacaste, Santa Cruz, Huacas, Centro Comercial Las Américas Local, número quince, modificándose de la cláusula de representación del pacto social constitutivo y la administración, nombrándose un presidente y secretario, por todo el plazo social.—Guanacaste, Tamarindo, Santa Cruz, 02 de noviembre del 2017.—Licda. Marilyn Carvajal Pérez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188219 ).

Marta Espinoza Obando y Javier Muñoz Castro constituyen sociedad anónima Corporación Espinoza Muñoz S. A. Otorgada 15 de noviembre del 2017.—Lic. Johnny Pérez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017188222 ).

La suscrita notaria hace constar que en mi notaría al ser las catorce horas del cuatro de octubre del dos mil diecisiete, protocolice el acta en la cual se acordó la disolución y liquidación de la sociedad identificada con su número de cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil trescientos veintiuno sociedad anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y cinco mil trescientos veintiuno, de conformidad con el artículo doscientos uno del Código de Comercio.—San José cinco de octubre del dos mil diecisiete.—Licda. Karla Cerdas López, Notaria.—1 vez.—( IN2017188223 ).

Por escritura otorgada en mi notaría a las 16:00 horas del 17 de noviembre del 2017, se solicitó el cese de la disolución de la sociedad Ocean Advantage Holdings C. R. S. A, cédula jurídica 3-101-536088.—San Juan de Tibás, 17 de noviembre del 2017.—Lic. José Alberto Campos Arias, Notario.—1 vez.—( IN2017188224 ).

Por escritura número ciento noventa y nueve del tomo dieciséis del protocolo del suscrito notario de las trece horas del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, protocolicé acta de Treinta y Siete Mil Veintiocho L Plateado Noventa y Nueve Sociedad Anónima, donde se acuerda su disolución.—Lic. José Alberto Rivera Torrealba, Notario.—1 vez.—( IN2017188238 ).

Por escritura otorgada ante mí a las 10:40 horas del día 17-11-2017 se pide el cese de disolución de la sociedad Martzacar Internacional S. A., cédula jurídica 3-101-274388.—Lic. Ronald Valverde Cordero, Notario.—1 vez.—( IN2017188240 ).

Mediante escritura número ciento treinta otorgada a las nueve horas del trece de noviembre de dos mil diecisiete, por acuerdo de socios se nombre nuevo presidente de la sociedad Ferretería y Materiales Chong Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-dos seis ocho nueve nueve dos. Presidente. Mario Enrique Chong Yu, casado una vez, comerciante, con cédula de identidad número uno-ochocientos sesenta y tres-seiscientos cincuenta y ocho, vecino de Limón centro, de la comandancia ciento veinticinco metros al oeste, con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma actuando en forma individual. Domicilio social: Limón centro, de la comandancia ciento veinticinco metros al oeste, cantón y distrito primero.—Limón, trece de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Thelma Curling Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188241 ).

Mediante escritura otorgada en mi notaría, se modificó la cláusula sexta, de los estatutos de la sociedad tres-ciento dos-cuatrocientos setenta mil quinientos veintiséis sociedad de responsabilidad limitada, actualmente Soluciones Estructurales Inteligentes Sei, Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Federico Jenkins Moreno, Notario.—1 vez.—( IN2017188242 ).

El suscrito Ramón Javier Aguilar Revelo, mayor, casado dos veces, empresario, portador de la cédula de identidad número uno-quinientos setenta y siete- cuatrocientos treinta y cinco y vecino de San José, San Rafael de Escazú, condominio “Chula Vista”, por medio del presente edicto informo que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Buddha Modas del Oriente IQC Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-287106, compareceré dentro del plazo de ley, ante notario público a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de la sociedad, al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, 11:00 horas del 15 de noviembre del 2017.—Lic. Ramón Aguilar Revelo, Notario.—1 vez.—( IN2017188248 ).

El suscrito Ramón Javier Aguilar Revelo, mayor, casado dos veces, empresario, portador de la cédula de identidad número uno- quinientos setenta y siete- cuatrocientos treinta y cinco y vecino de San José, San Rafael de Escazú, condominio “Chula Vista”: por medio del presente edicto informo que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Bodas Creativas Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-217179, compareceré dentro del plazo de ley, ante Notario Público a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de la sociedad, al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José. 11:10 horas del 15 de noviembre del 2017.—Lic. Ramón Aguilar Revelo, Notario.—1 vez.—( IN2017188249 ).

Ante mi notaría, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria  de  socios  de  la  empresa: Anturios de Guápiles S. A., donde se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, a las doce horas del diez de noviembre del dos mil diecisiete.—San José, 10 de noviembre del 2017.—Licda. María Estrella Jiménez Sancho, Notaria.—1 vez.—( IN2017188255 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del día 17 de noviembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la compañía: Vassilissia S. A., mediante la cual se reformó la cláusula octava del pacto social.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Cinthia Ulloa Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188256 ).

Mediante escritura número nueve, del tomo quinto: El señor James Albert Wiegand único apellido Wiegand en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, divorciado una vez, pensionado, portador de la cédula de residencia permanente número uno ocho cuatro cero cero uno dos cuatro tres cuatro uno nueve, vecino de Montezuma, Delicias, cien metros al norte del puente Amarillo, Cóbano, Puntarenas; por medio del presente edicto informa que, como titular del cincuenta y un por ciento de las cuotas que representan la totalidad del capital social de: Grupo Dos Jaime de Playa Hermosa Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-seiscientos doce mil treinta y cinco, comparece ante esta notaría, a solicitar el cese de la disolución de la sociedad, al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho del veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Luis Guillermo Marín Bonilla, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188260 ).

El suscrito notario hace constar que por escritura ciento dos-nueve, otorgada a las ocho horas del día diecisiete de octubre del dos mil diecisiete en San José, protocolicé acuerdo de actas de asamblea general extraordinaria de la sociedad denominada: Cruz de Castañas Inter Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-quinientos treinta y cinco mil cuatrocientos ochenta y cinco, mediante los cuales se acuerda: reforma de la representación y en sus cargos, revocatoria de persona con nombramiento y ratificación de nombramiento en persona jurídica.—San José, a las diecisiete horas del día diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Walter Rubén Hernández Juárez, Notario.—1 vez.—( IN2017188264 ).

Juan Carlos Chaverri Gamboa, mayor, soltero, comerciante, portador de la cédula de identidad número uno-seiscientos diecisiete-seiscientos diez, y Georgina Chaverri Gamboa, mayor, soltera, comerciante, portadora de la cédula de identidad número: uno-seiscientos treinta y nueve-cuatrocientos ochenta, ambos vecinos distrito cero tres Chomes, Poblado Punta Morales, Puntarenas, quinientos metros al sur de la cantina El Huevo, por medio del presente edicto informamos que, como titulares de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de: Cruceros Bena Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento ochenta y cinco mil doscientos cincuenta y nueve, compareceremos, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—Heredia, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Walter Acosta Campos, Notario.—1 vez.—( IN2017188265 ).

La suscrita Gina Meléndez Benovici, mayor, divorciada dos veces, abogada, vecina de San José, costado este del Restaurante Bar Café Mundo, Barrio Otaya, cédula número uno-cero cuatrocientos cuarenta y ocho-cero ciento veintinueve, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Orisa de Occidente Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos veintidós mil novecientos noventa y siete, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Gina Meléndez Benovici, Abogada.—1 vez.—( IN2017188267 ).

La suscrita Gina Meléndez Benovici, mayor, divorciada dos veces, abogada, vecina de San José, costado este del Restaurante Bar Café Mundo, Barrio Otaya, cédula número uno-cero cuatrocientos cuarenta y ocho-cero ciento veintinueve, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de: Margin Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setenta y siete mil trescientos setenta y ocho, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Gina Meléndez Benovici, Abogada.—1 vez.—( IN2017188268 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las once horas del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, se disminuyó el capital social y se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa denominada Estrella DSEL Norte Sociedad Anónima.—San José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2017188269 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del catorce de noviembre del dos mil diecisiete se modificó la cláusula novena del pacto constitutivo de la empresa denominada Jusolse de Santa Ana Sociedad Anónima y se reestructura su junta directiva.—San José, catorce de noviembre del 2017.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2017188270 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diez horas del catorce de noviembre del dos mil diecisiete se disminuyó el capital social y se modificó la cláusula quinta del pacto constitutivo de la empresa denominada Calova Limitada. Capital suscrito y pagado.—San José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Luis Pacheco Murillo, Notario.—1 vez.—( IN2017188271 ).

La suscrita, como social que representa el 100% del capital social  de  la  firma Inversiones Empresariales del Norte I E N S. A., con cédula jurídica número 3-101-197950 de conformidad con la ley 9485 del 19 de octubre del 2017, anuncio que estoy solicitando el cese de la disolución de la indicada sociedad, efectuado por el Registro Mercantil de conformidad con el Transitorio II de la ley 9428.—San José, 28 de octubre del 2017.—Lic. María Cristina Solano Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188278 ).

La suscrita, como social que representa el 100% del capital social de la firma Inversiones Empresariales del Sur IES S. A., con cédula jurídica número 3-101-210382 de conformidad con la Ley 9485 del 19 de octubre del 2017, anuncio que estoy solicitando el cese de la disolución de la indicada sociedad, efectuado por el Registro Mercantil de conformidad con el Transitorio II de la Ley 9428.—San José, 28 de octubre del 2017.—Licda. María Cristina Solano Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188279 ).

Ante esta notaría, se costituyó en San José, la Sociedad Anónima New Days Concepts CR S. A., el día treinta de octubre del 2017.—Lic. Max Aguilar Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017188281 ).

Por escritura otorgada hoy ante mí, la sociedad Santa Mónica S. A., modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San Mateo, 17 de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Gerardo Arturo Badilla Rumoroso, Notario.—1 vez.—( IN2017188285 ).

Ante esta notaría, se protocolizó asamblea general extraordinaria de socios de Digital Consulting Events and Professional Marketing Services S. A., donde se procedió a reformar la cláusula novena de la representación social.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Walter Solís Amen, Notario.—1 vez.—( IN2017188297 ).

Ante esta notaría, se solicita la reforma de la cláusula correspondiente al capital social de la entidad Consultoría Forestal Barrantes y Asociaciados Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos mil ochocientos noventa y tres, para que el mismo aumente a la suma de doce mil colones exactos, suscribiendo cada socio una acción y haciendo al aporte por cada una de mil colones exactos a la cuenta bancaria de la sociedad.—Nicoya, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2017188299 ).

Mediante escritura número cuatrocientos ocho, otorgada ante el notario, Carlos Bertarioni Bolaños a las trece horas del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete, Gerardo Ocampo Chaves, cédula 5-136-153, solicita al Registro Nacional el cese de la disolución de Inversiones Mar Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica 1-065361. Es todo.—Lic. Carlos Bertarioni Bolaños, Notario.—1 vez.—( IN2017188303 ).

Ante esta notaría de José Antonio Reyes Villalobos, mediante escritura número 14 Bis-4, visible al folio 13 F al folio 14V, otorgada en San José, a las 9 horas con 20 minutos del 20 de noviembre del año 2017, se procedió a modificar el pacto constitutivo de la sociedad Soluciones Eleusis S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-589863.—San José, a las 11 horas con 00 del 20 de noviembre del 2017.—Lic. José Antonio Reyes Villalobos, Notario.—1 vez.—( IN2017188305 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría el día de hoy, las sociedades Colegio Británico de Costa Rica Sociedad Anónima y BritEd Sociedad Anónima, acordaron unánimemente y a nivel de asambleas general ordinaria y extraordinaria de socios, fusionarse por absorción plena que hace la primera, de la segunda. Prevalece entonces Colegio Británico de Costa Rica Sociedad Anónima. Igualmente, la sociedad prevaleciente: Colegio Británico de Costa Rica Sociedad Anónima, modifica la cláusula quinta de su pacto constitutivo: Del capital social aumentándolo. Dicho aumento ha sido debidamente suscrito y pagado.—San José, dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Esteban A. Chacón Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017188306 ).

Los socios que representan más del 51% del capital social de la sociedad Inversiones Papin Noventa y Ocho Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica N° 3-101-221560, comparecieron ante esta notaría a solicitar el cese de su disolución, de manera que esta sociedad quede en la misma condición en que se encontraba antes de su disolución, de conformidad con la Ley N° 9428 y del Transitorio II de la Ley N° 9485 del 28/09/2017. Cualquier comunicación dirigirla a licvargasq@gmail.com.—San Ramón de Alajuela, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Abraham Vargas Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2017188308 ).

Ante mí a las 11:02 horas del 09 de noviembre de dos mil diecisiete, escritura número 292-15 del tomo 15 del protocolo de la suscrita  se  protocolizó  acta número uno de la sociedad Jairtere S. A., con cédula jurídica número 3-101-287619 en donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría 2770-3341.—Pérez Zeledón, 09 de noviembre del 2017.—Msc. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—( IN2017188310 ).

Ante esta notaría, se tramita solicitud al Registro de Personas Jurídicas, el cese de disolución de la sociedad: RMS Turam Galería Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-316014 por parte de Carlos González Solís, cedula de identidad número dos cuatrocientos ochenta y cinco cuatrocientos cuarenta y dos.—Alajuela, veinte de noviembre del 2017.—Lic. Marco A Espinoza Ortega, Notario.—1 vez.—( IN2017188311 ).

Por escritura otorgada ante mí a las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea de la sociedad Okystorecom Limitada, en la que se modifica la cláusula primera de la razón social.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Ana Lorena Coto Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2017188313 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las quince horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se reforma junta directiva y domicilio de la sociedad: tres-ciento uno-setecientos cuarenta mil novecientos cincuenta y uno sociedad anónima.—Heredia, a las quince horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Master Miguel Ángel Quesada Niño, Notario.—1 vez.—( IN2017188314 ).

El suscrito Michael Germán Villalobos Salazar, mayor, casado, empresario, vecino de San José , portador de la cédula de identidad número uno-cero nueve cuatro siete-cero nueve cero dos, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Vista del Pacífico Cerbaca VM Dos S. A., cédula jurídica número 3-101-430555, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2017188315 ).

El suscrito Michael Germán Villalobos Salazar, mayor, casado, empresario, vecino de San José , portador de la cédula de identidad número uno-cero nueve cuatro siete-cero nueve cero dos, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Maliche Langosta Estates S. A., cédula jurídica número 3-101-428063, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Víctor Manuel Lobo Quirós, Notario.—1 vez.—( IN2017188316 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario el día de hoy, las sociedades Tres Esquinas De La Chiripa S. A. y Ruthle Asesoría Internacional S. A., por haber sido disueltas de oficio por el Registro Nacional, expresamente solicitan el cese de la disolución, dejando las sociedades en la misma condición jurídica en que se encontraban, con los efectos retroactivos que ello conlleva.—Alajuela, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Miguel Ángel Jimenez Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188317 ).

La suscrita notaria hace constar que ante mí, se protocolizó el acta número trece de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Torre Guatetico de la Virgen Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y dos mil quinientos ochenta y seis, en la cual se acordó la fusión por absorción de la compañía con la sociedad Corporación Salinas e Hijos S. A., prevaleciendo esta última.—San José, veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Quirós Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188318 ).

La suscrita notaria hace constar que ante mí se protocolizó el acta número ocho de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Corporación Salinas e Hijos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento un mil ciento cuarenta y siete, en la cual se acordó la fusión por absorción de la compañía con la sociedad Torre Guatetico de la Virgen S. A., prevaleciendo Corporación Salinas e Hijos S. A.; asimismo se modificó la cláusula quinta del capital social.—San José, veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Carolina Quirós Rojas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188319 ).

Por escritura número 127 del tomo segundo de mi protocolo de las 16 horas del 16 de agosto de 2017, se protocoliza acta de asamblea extraordinaria de accionistas número uno de Expresiones en Cromo S. A., que nombra un nuevo presidente de la junta directiva.—San José, 17 de noviembre de 2017.—Licda. Celia María Cabezas Enciso, Notaria.—1 vez.—( IN2017188321 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 10:00 horas del 13 de octubre del 2017, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de cuotitas de la sociedad de responsabilidad limitada denominada: Vista Azul de Manuel Antonio Maca Sociedad de Responsabilidad Limitada, se acuerda reformar la cláusula quinta de los estatutos de la compañía. Silvia Díaz Solano, teléfono: 2234-0233, correo electrónico sdiaz@artaviaybarantes.com. Dirección: San José, Barrio Escalante, calle 31 avenidas 9 y 11, Artavia y Barrantes Abogados.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Silvia Díaz Solano, Notaria.—1 vez.—( IN2017188322 ).

Ante esta notaria se otorgó escritura de disolución de sociedad de la compañía Inversiones Rokoya Sociedad Anónima, al ser las diez horas con cuarenta minutos del ocho de noviembre del dos mil diecisiete. Es todo.—San José, a las quince horas del quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Erika Chaverri Palma, Notaria.—1 vez.—( IN2017188324 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 08 horas del 10/11/2017, Antonio Aguilar Martínez y Flor de María Montoya Molina, dueñas del capital social de Vegetación y Tierra del Oeste S. A., solicitan el cese de su disolución.—San José, 16 de noviembre del 2017.—Lic. Randall Luna Jimenez, Notario.—1 vez.—( IN2017188326 ).

El suscrito notario protocoliza acta de las nueve horas del nueve de octubre de dos mil diecisiete, en la que se reforma estatutos de la sociedad Inversiones GACM Latinoamérica SRL.—San José, diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1 vez.—( IN2017188327 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día de hoy se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad Bijou Colección S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento setenta y ocho mil setecientos treinta y nueve, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Roberto Castillo Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017188333 ).

Los que suscriben Flor María Sibaja Rojas, quien es mayor, casada una vez, ama de casa, cédula de identidad número cinco-doscientos trece-seiscientos noventa y cinco, y el señor Carlos Berrocal Ríos, quien es mayor, casado dos veces, comerciante, cédula de identidad número uno-trescientos cincuenta y siete-trescientos ochenta, ambos vecinos de San Vicente de San Domingo de Heredia, Residencial del Norte, casa número veintiocho; por medio del presente edicto informamos que como titulares del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la sociedad Veintinueve de Enero Sociedad Anónima, cédula Jurídica número tres-ciento uno-ciento treinta y seis mil veintidós, compareceremos dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San Vicente de Santo Domingo de Heredia, a las diez horas del veintiséis de octubre del dos mi diecisiete.—Flor María Sibaja Rojas y Carlos Berrocal Ríos.—1 vez.—( IN2017188335 ).

El suscrito, James Lawrence (nombre) Trask (apellido) de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor de edad, casado una vez, empresario, vecino de Quepos, Manuel Antonio, Condominio Cañón Verde, Casa Bambú, portador del pasaporte de su país número cinco cuatro cinco ocho tres tres uno nueve dos, dueño de la totalidad del capital social de la compañía denominada Corporación J&J Real State Sociedad Anónima con cédula jurídica número 3-101-417922, hace constar que conforme al Transitorio II de la Ley 9428, solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, mediante escritura otorgada ante el Notario Público de su elección el cese de la disolución de la sociedad precitada.—James Lawrence Trask.—1 vez.—( IN2017188336 ).

En mi notaría en escritura pública número seis otorgada a las 18 horas 20 minutos del día dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, el señor Lok Lo Chan Wong solicita al Registro el cese de la disolución de la sociedad Turística Ecoten S. A., cédula jurídica 3-101-228889.—Grecia, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188337 ).

En mi notaría en escritura pública número cinco otorgada a las 17 horas 56 minutos del día dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, el señor Lok Lo Chan Wong solicita al Registro el cese de la disolución de la sociedad Golondrina Amanecer S. A., cédula jurídica 3-101-150291.—Grecia, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Isabel Cristina Vargas Trejos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188338 ).

Por escritura 82 del tomo 26, a las 13 horas del día 20 de noviembre de 2017, ante esta notaría, se modificaron las cláusulas: Primera del nombre social para que en adelante se denomine Aires del Pacífico Sociedad Anónima, segunda del domicilio social y octava de la administración para que ahora sea administrada por un presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal, además de un fiscal, de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Cuarenta y Seis Mil Novecientos Catorce, cédula jurídica 3-101-546914.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Lic. Andrés Montejo Morales, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188339 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número ochenta y ocho-siete de las diez horas del trece de noviembre del dos mil diecisiete, se acordó disolver la sociedad Interpro E.L. Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-183301. Es todo.—San José, trece de noviembre del año dos mil diecisiete.—Licda. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188340 ).

Pedro Mena Martínez, mayor, divorciado, maestro de obras cédula N° 800810277, vecino de Santo Domingo de Heredia de la Escuela Félix Arcadia Montero, cien metros norte y veinte metros oeste, informo, que como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan el capital social de Constructores J & P de SD S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y cuatro mil trescientos cincuenta y ocho, compareceré, dentro del plazo de ley, ante notaria pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual solicitaré al Registro de Personas Jurídicas, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma.—Pedro Mena Martínez.—1 vez.—( IN2017188345 ).

Por escritura otorgada ante mi notaría, a las dieciséis horas del dieciocho de noviembre de dos mil diecisiete, la compañía Inversiones Agrícolas G V G E Hijos Sociedad Anónima modificó la cláusula octava, de la representación.—San José, Costa Rica, 20 de noviembre de 2017.—Licda. Ana María Solano Jerez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188347 ).

Ante mi notaría, se solicita el cese de disolución de Inmobiliaria Coffee Terroirs VF Limitada, con cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa mil quinientos veinte, quedando esta persona jurídica en la misma condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Alberto Schroeder Leiva, Notario.—1 vez.—( IN2017188348 ).

Ante mi notaría, por escritura número cien del tomo sexto de mi protocolo, de las ocho horas treinta minutos del veinte de noviembre del año en curso, se realizó cambio de junta directiva y cambio de domicilio social de C y J de Guanacaste Sociedad Anónima, tres-uno cero uno-uno cinco tres nueve uno ocho.—Nicoya, Guanacaste, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Hamrin Abadía Briceño, Notario.—1 vez.—( IN2017188349 ).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 8:15 horas del 20 de noviembre de 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Grupo Corporativo Skyway Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-671222; mediante la cual se reforma el domicilio de la Compañía.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188356).

Se modifica la cláusula de la administración de: Encuentra Veinticuatro.Com Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cincuenta y cinco mil setecientos noventa y seis.—San José, a las catorce horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—( IN2017188357 ).

Se efectúa cambio de junta directiva y se modifica cláusula sexta de: Merkdos Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y cinco mil trescientos treinta y nueve.—San José, a las catorce horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Leonardo Crespo Valerio, Notario.—1 vez.—( IN2017188360 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 08 de noviembre del 2017, se protocolizó acta de asamblea de socios de la sociedad: Gases Industriales Gastech S. A., en la que se modifica la cláusula primera de los estatutos “Primera: del nombre: la sociedad se denomina: Gases Industriales Gastec Sociedad Anónima abreviable su aditamiento en “S. A.”.—San José, 08 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Andrés Abarca Umaña, Notario.—1 vez.—( IN2017188363 ).

La suscrita, Carmen Lidia Vega Picado, mayor, viuda, ama de casa, vecina de Villarreal, Santa Cruz, Guanacaste, Playa Tamarindo, del Hotel Jardín de Edén, ciento cincuenta metros este en casa Jabalí, placa de cerámica con nombre Casa Jabalí en el muro (unicornio blanco tamaño natural), portadora de la cédula de identidad número cinco-cero uno siete cero-cero cuatro seis tres, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de: Capricornio C L P de Tamarindo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil ciento treinta y nueve, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Lugar y fecha: San José, diez horas diez minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Carmen Lidia Vega Picado.—1 vez.—( IN2017188365 ).

Mediante asamblea general extraordinaria de socios de las dieciocho horas del veintisiete de octubre del dos mil diecisiete, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio, se acordó y quedó en firme la disolución de la sociedad: Yoce de Sabanilla Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-doscientos mil ciento veintinueve, de lo cual da fe la notaria que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—San Ramón, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Carmen Lidia Elizondo Vásquez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188366 ).

Mediante escritura Nº 272-13, otorgada el día de hoy, el único socio de Windfields S.R.L., cédula jurídica Nº 3-102-492017, le solicita al Registro Nacional, el cese de la disolución de dicha sociedad. Se cancela nombramiento de liquidador.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Ricardo González Fournier, Notario.—1 vez.—( IN2017188368 ).

Ante mí, a las 10:48 horas del 09 de noviembre del 2017, escritura Nº 290-15 del tomo 15 del protocolo de la suscrita, se levantó acta notarial de la sociedad Grupo Empresarial Cenalvamo S. A., con cédula jurídica Nº 3-101-355148, en donde se acuerda disolver esta sociedad. Teléfono notaría: 2770-3341.—Pérez Zeledón, 09 de noviembre del 2017.—MSc. Paola Ramírez Acosta, Notaria.—1 vez.—( IN2017188369 ).

Ante esta notaría a solicitud de Mariflor Guier Serrano y Fernando Clachar Baldioceda, quienes ostentan la totalidad del capital social de Agroindustria Galeón del Pacífico S. A., cédula jurídica número 3-101-271284, se solicitó el cese de disolución de dicha sociedad al amparo del transitorio II de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma, quedando dicha sociedad en la misma condición jurídica original antes de la disolución con todos los efectos retroactivos correspondientes.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Jorge Cerdas Pérez, Notario.—1 vez.—( IN2017188373 ).

Por escritura número veintiocho de las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se transformó la sociedad Inversiones Lily Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y dos mil doscientos ochenta y siete, en sociedad de responsabilidad limitada.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017188374 ).

Johnny Martin Arma Vargas, cédula nueve-cero sesenta y cinco-novecientos noventa y nueve, Regina Blustein Perales, cédula nueve-cero sesenta y ocho-doscientos veintitrés, totalidad de las acciones de la sociedad Comercializadora la Misión Sociedad Anónima, cédula jurídica tres- ciento uno-trescientos ochenta y siete mil doscientos treinta y dos, solicitan el cese de la disolución de la sociedad, por ley 9428.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Johnny Martin Arma Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017188375 ).

La suscrita Katherine Amador Vargas, mayor de edad, divorciada una vez, administradora, portadora de la cédula de identidad número 1-0869-0655, vecina de San José, Escazú, Guachipelín, ochocientos metros al oeste de la entrada número uno, tercera casa a mano izquierda, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la empresa: Corporación Flor de Papel S. A., cédula jurídica número: 3-101-336862, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las ocho horas cuarenta minutos del catorce de noviembre del diecisiete.—Katherine Amador Vargas, Administradora.—1 vez.—( IN2017188376 ).

El suscrito Luis Alonso Salazar Rodríguez, mayor de edad, divorciado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad número: 1-736-761, vecino de San José, Tibás, de la Municipalidad cien metros al este y cincuenta metros al norte, frente a Autolavado San Juan, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la empresa: Forest Of Illusions S. A., cédula jurídica número: 3-101-420079, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las ocho horas treinta minutos del catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Luis Alonso Salazar Rodríguez.—1 vez.—( IN2017188377 ).

El suscrito; Luis Alonso Salazar Rodríguez, mayor de edad, divorciado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad número: 1-736-761, vecino de San José, Tibás de la Municipalidad cien metros al este y cincuenta metros al norte, frente a Autolavado San Juan, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la empresa: tres-ciento uno-quinientos trece mil siete s. a., cédula jurídica número: 3-101-513007, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, a las ocho horas del catorce de noviembre del año diecisiete.—Lic. Luis Alonso Salazar Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017188378 ).

El suscrito; Luis Alonso Salazar Rodríguez, mayor de edad, divorciado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad número: 1-736-761, vecino de San José, Tibás de la Municipalidad cien metros al este y cincuenta metros al norte, frente a Autolavado San Juan, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la empresa: Inversiones El Griego S. A., cédula jurídica número: 3-101-035258, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—San José, a las ocho horas veinte minutos del catorce de noviembre del año diecisiete.—Lic. Luis Alonso Salazar Rodríguez, Abogado.—1 vez.—( IN2017188379 ).

El suscrito; Luis Alonso Salazar Rodríguez, mayor de edad, divorciado una vez, abogado, portador de la cédula de identidad número: 1-736-761, vecino de San José, Tibás, de la Municipalidad cien metros al este y cincuenta metros al norte, frente a Autolavado San Juan, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la empresa: Inmobiliaria Zulema S. A., cédula jurídica N° 3-101-146735, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma..—San José, a las ocho horas diez minutos del catorce de noviembre del año diecisiete.—Lic. Luis Alonso Salazar Rodríguez, Abogado.—1 vez.—( IN2017188380 ).

Por escritura número veintinueve de las nueve horas treinta minutos del veinte de noviembre del año dos mil diecisiete se transformó la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta Mil Trescientos Treinta y Seis Sociedad Anónima, titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta mil trescientos treinta y seis, en sociedad de responsabilidad limitada.—San José, veinte de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Ana Elena Castillo Chaves, Notaria.—1 vez.—( IN2017188381 ).

Por escritura número treinta y uno, tomo cinco de mi protocolo los señores José Luis Bustamante Cerdas, e Ingrid Yamira Lewis Peña, como dueños de la totalidad del capital social de la sociedad Inversiones Ariana y Cristian Sociedad Anónima, se solicita cese de disolución, por transitorio de la ley nueve mil cuatrocientos veintiocho y a su vez reformado por ley nueve mil cuatrocientos ochenta y cinco. Tel 8677-8720.—Lic. José Miguel Zúñiga Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2017188383 ).

A todas aquellas personas que tengan interés y relación de cualquier naturaleza con la empresa HL Exploatatiile Internacionale Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres- ciento uno-seiscientos treinta mil trescientos setenta y seis, con domicilio social en San José, Paseo Colón, edificio Torre Mercedes, Noveno Piso, Oficina Weinstok Abogados, así como al público en general, se les hace saber que los accionistas que son propietarios de más del cincuenta y uno por ciento -51%- del capital social suscrito y pagado de la referida empresa, comparecerán en escritura pública a solicitar al Registro Nacional el cese de su disolución, de manera que esta sociedad quede en la misma condición en que se encontraba antes de su disolución, con los efectos retroactivos que ello conlleva, según lo regulado por la Reforma del Transitorio II de la Ley N° 9428, Impuesto de las Personas Jurídicas de 21 de Marzo de 2017. Cualquier comunicación dirigirla a Uri Weinstok email uweinstok@blplegal.com.—Uri Weinstok Mendelewicz.—León Weinstok Mendelewicz.—1 vez.—( IN2017188385 ).

Mediante la escritura de protocolización número noventa del protocolo tres, del suscrito notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas, a las quince horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete. La sociedad costarricense Rhino J.C.M.C. S. A., cédula jurídica 3-101-449801, modifica sus estatutos. Es todo.—Uvita, Osa, Puntarenas, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2017188393 ).

El suscrito notario da fe que con fecha diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete se ha solicitado al Registro Público que cese la disolución de la sociedad Nafos Sociedad Anónima, para que la sociedad quede en la misma condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución. Es todo.—Limón diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Salvador Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—( IN2017188397 ).

El suscrito notario da fe que con fecha diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se ha solicitado al Registro Público que cese la disolución de la sociedad Agrícola Foster y Hermanos S. A., para que la sociedad quede en la misma condición jurídica en que se encontraba antes de su disolución. Es todo.—Limón, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Salvador Orozco Trejos, Notario.—1 vez.—( IN2017188398 ).

Por escritura otorgada a las dieciocho horas del quince de noviembre en curso se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Tienda Cristal Sociedad Anónima en que se reformó el pacto social.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Carlos Fernández Zeledón, Notario.—1 vez.—( IN2017188400 ).

Nosotros, Michael Jayag (nombre) Tabi (apellido) de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, pensionado, anteriormente con pasaporte de su país número 096964929, actualmente con pasaporte de su país número 545538775, Michelle Karen (nombre) Tabi (apellido) de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casada una vez, administradora, anteriormente con pasaporte de su país número 5962516, actualmente con pasaporte de su país número 55595515 y Scott Allan (nombre) Drosselmeier (apellido) de único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, maestro, anteriormente con pasaporte de su país número 113324277, actualmente con pasaporte de su país número 555955519, todos vecinos de 12-27 Summer Place, Farilawn, Nueva Jersey, Estados Unidos de América, en nuestra condición de únicos socio de la sociedad denominada Inversiones DRQ Diecisiete Mil S. A., con número de cédula jurídica 3-101-405869, en virtud de que la sociedad fue disueltas por la aplicación de la ley nueve mil veinticuatro, solicitamos el cese de la disolución de dicha sociedad.—15 de noviembre del 2017.—Michael Jayag Tabi.—Michelle Karen Tabi.—Scott Allan Drosselmeir.—1 vez.—( IN2017188401 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:00 horas del 14 de noviembre del 2017, protocolicé acta de: Bambú Weddings S. A., de las 09:00 horas del 03 de octubre del 2017, mediante la cual se acuerda disolver la sociedad por acuerdo de socios.—Lic. Hernán Cordero Baltodano, Notario.—1 vez.—( IN2017188403 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se reforman las cláusulas: segunda y sétima, se nombra tesorero y agente residente de la sociedad: Matvolsa Cuatro Sociedad Anónima.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017188406 ).

El suscrito Edwin Ramírez Calvo, mayor, soltero conviviendo en unión libre, agricultor, portador de la cédula de identidad número nueve-cero cuarenta y seis-trescientos sesenta y uno, vecino de Liberia-Loma Alta, del quebrador de Potrerillos, tres kilómetros al oeste, por medio del presente edicto informo que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de: Agropecuaria La Bambi S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento veintiséis mil seiscientos veintidós, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Atenas, a las once horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Adrián Prado Salas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188407 ).

La suscrita Zoila Flor Ramírez Arce, mayor de edad, casada una vez, abogada, portadora de la cédula de identidad número dos-cuatrocientos ochenta-cuatrocientos noventa y dos, vecina de Alajuela, San Ramón, Piedades Norte, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de: Mayfra Z.F.R. S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y ocho mil setecientos sesenta y cinco, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Atenas, a las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Adrián Prado Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017188408 ).

Herkus Mil Novecientos Noventa Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y tres mil cuatrocientos cincuenta y cuatro, domiciliada en San José, Ciudad Colón, Barrio La Trinidad, trescientos metros sur de la Iglesia; protocoliza acta: de acuerdo de disolución de sociedad. Escritura número setenta y seis-treinta y uno del tomo treinta y uno, otorgada a las catorce horas del trece de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017188411 ).

Elektronik W.K. Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta mil seiscientos cuarenta y seis, domiciliada en San José, Mora, Ciudad Colón, Barrio La Trinidad, trescientos metros sur de la Iglesia; protocoliza acta: de acuerdo de disolución de sociedad. Escritura número setenta y cinco-treinta y uno del tomo treinta y uno, otorgada a las trece horas del trece de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017188415 ).

Cardiofit Rehabilitación & Sport Lab Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-seiscientos noventa y cinco mil quinientos cincuenta y siete, domiciliada en San José, Clínica Burstin, frente a Clínica Bíblica, tercer piso; protocoliza acta: de acuerdo de disolución de sociedad. Escritura número uno-treinta y dos del tomo treinta y dos, otorgada a las ocho horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188416 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas treinta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Betaman Dos Mil Cuatro S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración y representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de junta directiva y fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—( IN2017188417 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas veinte minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Swaton S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración y representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de junta directiva y fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—( IN2017188418 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cuarenta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bejos S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula séptima de la administración y representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de junta directiva y fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—( IN2017188419 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas diez minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Beyaliza S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula séptima de la administración y representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de junta directiva y fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—( IN2017188420 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las diecisiete horas cincuenta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Banksia de la Costa Sociedad de Responsabilidad Limitada, por la que se reforma la cláusula sexta de la administración y representación de la sociedad. Se acuerda revocar todos los nombramientos de gerentes y hacer nuevos.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van Der Laat Robles, Notario.—1 vez.—( IN2017188421 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las dieciséis horas cincuenta minutos del veinticuatro de octubre de dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bedyaji S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración y representación. Se acuerda revocar todos los nombramientos de junta directiva y fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, treinta y uno de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Hans Van der Laat Robles, Notario.—1 vez.—( IN2017188422 ).

Uno al Reves Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-doscientos cuarenta y ocho mil setecientos, protocoliza acta: modifica domicilio social y fiscal, se revoca nombramiento de agente residente y se nombra nuevo. Escritura dos-treinta y dos del tomo número treinta y dos, otorgada a las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos Matamoros Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017188423 ).

Protocolización del acta de la asamblea general extraordinaria de la sociedad Sisten Maquinaria y Soporte Técnico SIMASOTEC Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos setenta y nueve mil novecientos veintiocho en donde se nombra nuevo tesorero. Escritura otorgada en la ciudad de San José, a las 15:00 horas del 17 de noviembre del año 2017. Notario público, Oscar Eduardo Salas González. Es todo.—San José 17 de noviembre del año 2017.—Lic. Oscar Eduardo Salas González, Notario.—1 vez.—( IN2017188424 ).

Por escritura de las 10,30 horas de hoy, protocolicé actas por las cuales se acuerda fusionar por absorción Cortijo Tierra Morena Ltda. e Inversiones Grupo Roble S.R.L., prevaleciendo la primera, que aumenta el capital social y reforma la cláusula quinta del pacto constitutivo. Se ratifica el nombramiento de gerente.—Montes de Oca, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Fabio Alberto Arias Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017188425 ).

La compañía Domus Mea S. A., cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil ochocientos setenta y seis, domiciliada en San José, avenida central, calle central, Edificio Cosiol, cuarto piso, de conformidad con el Transitorio II de la Ley N° 9428, impuesto a las personas jurídicas, reformada por Ley N° 9485, solicita ante el Registro de Personas Jurídicas, el cese de la disolución de dicha persona jurídica.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Ingrid Nickiford Rodríguez, Accionista.—1 vez.—( IN2017188426 ).

Que ante esta notaria pública, se acordó el cese de disolución por acuerdo de socios de conformidad con lo establecido en el Transitorio II de la Ley 9428 de la sociedad denominada Hermosa Mar Vista Uno A Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y nueve mil novecientos sesenta y siete.—Heredia, 19 de noviembre de 2017.—Licda. Sylvia Dall’Anese Ruiz, Notaria.—1 vez.—( IN2017188429 ).

Por escritura otorgada a las diecisiete horas del día siete de noviembre del dos mil diecisiete, ante la Notaria Pública, Catalina María Aguilar Hernández, se protocolizaron los acuerdos del acta de asamblea de accionistas de la sociedad denominada Concesionaria Saam Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-trescientos diecinueve mil ochocientos setenta y seis, mediante la cual se amplía el plazo social de la empresa, modificándose la cláusula quinta de los estatutos.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Catalina María Aguilar Hernández, notaría.—1 vez.—( IN2017188438 ).

Se protocolizó acta de la sociedad Dimacar del Alto S. A., reforma de representación. Presidente y secretaria con representación judicial y extrajudicial de la sociedad.—Coronado, diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Ligia Mora Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017188441 ).

Por escritura número treinta y siete, otorgada ante esta notaría, a las diez horas con ocho minutos del día dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete, se protocolizó el acuerdo número uno del asiento dos que consta en el Libro de Cuotistas de la sociedad de esta plaza denominada El Milagro Catorce de Abril de Dos Mil Quince S.R.L., cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos dieciocho mil quinientos treinta y nueve, nombramiento de gerente Shirley Rocío Soto Zúñiga, cédula uno-cero ochocientos cuarenta y siete-cero cero noventa y cinco.—San Isidro de Coronado, dieciséis de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Hugo Antonio Blanco Araya, Notario.—1 vez.—( IN2017188456 ).

Por escritura número treinta y ocho, otorgada ante esta notaría, a las diez horas con treinta y cuatro minutos del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizaron los acuerdos primero, segundo y tercero del acta de asamblea extraordinaria número uno (libro dos) de accionistas de Marial Cascajal Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos sesenta y tres mil cuatrocientos ochenta y tres, en donde se modifica la cláusula quinta de los estatutos, aumentando el capital social, se revoca el nombramiento de agente residente, se nombra al señor Ricardo Antonio Jiménez Jiménez, cédula uno-mil quinientos ochenta y seis-cero cuatrocientos cuarenta y uno, como nuevo tesorero y al señor Alejandro Jiménez Jiménez, cédula uno-mil setecientos-cero seiscientos veintisiete como nuevo fiscal. Lic. Hugo Antonio Blanco Araya, MSc., Notario Público, carné 14985.—San Isidro de Coronado, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Hugo Antonio Blanco Araya, MSc., Notario.—1 vez.—( IN2017188457 ).

Por escritura número veinticinco de las once horas del veintinueve de setiembre del dos mil diecisiete, otorgada ante la notaria Dora Fernández Rojas, se protocolizó acuerdos de asamblea general extraordinaria de: Inversiones Gaceca del Este S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-tres dos tres tres nueve tres, mediante la cual se cambia al secretario y tesorero, se reforma la cláusula sétima.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Dora María Fernández Rojas, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2017188458 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 11:00 horas del 06 de noviembre del 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa: Realce Servicios de Limpieza Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188468 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 06 de noviembre del 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa: Ekocorek Holdings Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188469 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 06 de noviembre del 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa: Grupek del Occidente Holdings Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188470 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 9 horas 30 minutos del 06 de noviembre del 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa: Tieksa Holdings Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188471 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 09:00 horas del 06 de noviembre del 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa: M.Q. Servicios Administrativos Externos Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188472 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 8 horas 30 minutos del 06 de noviembre del 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa: Dreams River Sociedad Anónima, mediante la cual se acuerda disolver la presente compañía.—San José, 06 de noviembre del 2017.—Lic. Marcel Alejandro Siles López, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188473 ).

Emerson Barrantes Mojica, con cédula de identidad número: seis-doscientos doce-doscientos ochenta y nueve y Rita Romero Zúñiga, con cédula de identidad número tres-doscientos diecisiete-trescientos diecinueve, dueños del cien por ciento de la empresa Baroz del Atlántico Sociedad Anónima, cédula jurídica número jurídica tres-ciento uno-trescientos catorce mil seiscientos cincuenta y siete, comparecerán en escritura pública a solicitar al Registro Nacional el cese de su disolución, de manera que este queda en la misma condición en que se encontraba antes de su disolución, según lo regulado por la Reforma del Transitorio II de la Ley N° 9428, Impuesto de las Personas Jurídicas de 21 de marzo del 2017. Cualquier comunicación dirigirla a la Licda. Kattia Castillo Vargas, Guápiles, Pococí, Limón, Tel. 2710-3441.—Licda. Kattia Castillo Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188481 ).

Por escritura pública otorgada en mi notaría a las 12 horas del 16 de noviembre del 2017, protocolo 41, folio 164, vuelto número 263, el señor Leonardo Tinoco Camacho, cédula 1-1079-169, solicitó el cese de la disolución de la sociedad Freses 16 P ** S. A., cedula jurídica 3-101-216.361. El señor Tinoco Camacho es dueño de la totalidad de las acciones de esa sociedad. Lo anterior para cumplir lo indicado en la Ley de Personas Jurídicas 9428 de 21 de marzo del 2017.—Lic. José Manuel Llibre Romero, Notario.—1 vez.—( IN2017188484 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas del 9 de noviembre del 2017, se protocolizan actas donde se fusionan las sociedades Utaja S. A., cédula jurídica 3-101-072317 y Arze y Carrión Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-220240, prevaleciendo la última. Capital social 720000 colones.—Lic. Gustavo Acuña Alvarado, Notario.—1 vez.—( IN2017188485 ).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta y tres otorgada en Santa Ana, a las trece horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: C R C Royal Sociedad Anónima, cedula jurídica N° tres-ciento uno-cuatro cuatro cinco ocho uno cuatro, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas, es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188488 ).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta y dos otorgada en Santa Ana, a las trece horas y quince minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: C R C Royal Ocho Sociedad Anónima, cedula jurídica N° tres-ciento uno-cuatro seis seis ocho siete uno, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188489 ).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta y uno otorgada en Santa Ana, a las trece horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Cuatro Seis Dos Dos Cero Ocho Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro seis dos dos cero ocho, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al Impuesto a las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188490 ).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta otorgada en Santa Ana a las doce horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: C R C Royal Nueve Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro seis seis ocho siete dos, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al Impuesto a las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188491 ).

Mediante escritura pública número ciento treinta y nueve otorgada en Santa Ana a las doce horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Tres-Ciento Uno-Cuatro Cinco Dos Nueve Seis Cinco Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres-ciento uno- cuatro cinco dos nueve seis cinco, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al Impuesto a las personas jurídicas: Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188492 ).

Mediante escritura pública número ciento treinta y ocho otorgada en Santa Ana a las doce horas y quince minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Tres-Ciento Uno- Cuatro Cinco Dos Nueve Seis Cuatro Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres- ciento uno-cuatro cinco dos nueve seis cuatro, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188493 ).

Mediante escritura pública número ciento treinta y siete otorgada en Santa Ana, a las doce horas del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: C R C Royal Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro cuatro seis cinco seis seis, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188494 ).

Ante esta notaría a las diecisiete horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete la sociedad Cubal de La Cueva Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco dos nueve ocho ocho tres, solicita cese de disolución.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017188495 ).

Ante esta notaría a las dieciséis horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete se constituyó sociedad Jolakap Sociedad Anónima. Capital social íntegramente suscrito y pagado. Presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma.—Lic. Alexander Montero Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017188496 ).

En escritura autorizada por el suscrito notario número ochenta y cinco de las veintidós horas del diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad La Familia Lodge SRL, cédula jurídica tres-ciento dos-siete tres siete ocho siete tres, mediante el cual se reforma la cláusula segunda del pacto constitutivo, para que en lo sucesivo diga así: Su domicilio social, estará en San José, San Rafael de Escazú, avenida Escazú, Torre doscientos dos, oficina doscientos cuatro en Bufete Funes y Matthis. Es todo.—Puntarenas, veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Ulises José Retana Jimenez, Notario.—1 vez.—( IN2017188501 ).

La suscrita notaria, Daniela Madrigal Rodríguez, hace constar que se disolvió la sociedad denominada Argecon Corporativa Sociedad Anónima, en la ciudad de Santa Ana, el trece de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Daniela Madrigal Rodríguez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188516 ).

Ante esta notaría, por escritura número ochenta y seis-veinte, otorgada en San José, a las 15:00 horas del 20 de noviembre del 2017, los socios de la sociedad Inversiones Arenal Internacional I A I S. A., cédula: 3-101-294917, solicitan al Registro Nacional el cese de la disolución de dicha sociedad.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Juan Carlos Herrera Díaz, Notario.—1 vez.—( IN2017188517 ).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta y cuatro otorgada en Santa Ana, a las trece horas y cuarenta y cinco minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Agrícola Tamarindo y Maní Sociedad Anónima, cedula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro dos dos cuatro ocho nueve, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188519 ).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta y cinco otorgada en Santa Ana, a las catorce horas del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: La Cascada Verde del Parque Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro dos dos ocho cero ocho, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188521 ).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta y siete otorgada en Santa Ana, a las catorce horas y treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Lomas Coronado Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-tres seis siete cuatro uno uno, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas, es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188522 ).

Por escritura número ocho, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Infraestructura y Logística S. A., cédula jurídica Nº 3-101-499957, mediante la cual se acuerda su disolución. Lic. Juan Carlos González Lavergne, carné Nº 5012. Teléfono: 2221-0839.—San José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—( IN2017188527 ).

Por escritura número siete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad denominada: Ribera de Sil Inversiones S. A., cédula jurídica Nº 3-101-485136, mediante la cual se acuerda su disolución. Lic. Juan Carlos González Lavergne, carné Nº 5012. Teléfono: 2221-0839.—San José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Carlos González Lavergne, Notario.—1 vez.—( IN2017188528 ).

Mediante escritura pública número ciento cuarenta y seis, otorgada en Santa Ana, a las catorce horas y quince minutos del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas, la reinscripción de la sociedad: Harbor de la Montaña Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-cuatro dos dos seis cuatro cinco, por encontrarse cancelados los periodos adeudados y demás obligaciones tributarias referentes al impuesto a las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017188529 ).

Ante esta notaría, se protocolizó disolución de: Bienes y Construcciones Mi Casa S. A.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Sonia Montero Briceño, Abogada y Notaria.—1 vez.—( IN2017188531 ).

La empresa: Alternativas en Comunicación Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-159266, mediante asamblea general extraordinaria celebrada a las 08:00 horas del día 16 de noviembre del 2017, nombra nuevo presidente, cambia su domicilio social, su representación y aumenta el capital social a diez millones de colones.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Francisco Chacón Alpízar, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017188534 ).

Yo, Gabriela Calderón Murillo, cédula N° 1-812-004, en mi condición de propietaria de la totalidad de las acciones de la sociedad 3-101-625893, comparecerá ante la notaria Silvia Garbanzo Corrales, para solicitar el cese de la disolución de dicha sociedad según Transitorio Segundo Ley 9428.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Gabriela Calderón Murillo.—1 vez.—( IN2017188538 ).

Mediante asamblea general extraordinaria de socias, con fundamento en el artículo doscientos uno del Código de Comercio se acordó y quedo en firme la disolución de la empresa Tres-Ciento Uno-Quinientos Sesenta y Cuatro Mil Cinco Noventa y Nueve S. A., con cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y cuatro mil ciento noventa nueve, de lo cual da fe la notaria que se dirá con vista en el acta de asamblea citada. Es todo.—Heredia, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Hazel Sancho González, Notaria.—1 vez.—( IN2017188540 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 15:00 horas del 9 octubre, 2017, se modifica la siguiente cláusula del pacto constitutivo: La segunda: del domicilio. Se hacen nuevos nombramientos, en la mercantil Quinta Beso del Sol S. A.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Licda. Esther Moya Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188544 ).

Ante esta notaría el día catorce de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta extraordinaria de la sociedad Inversiones Gabi Internacional Sociedad Anónima, en la que modifica la cláusula sexta correspondiente a la administración de la empresa.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Eric Esquivel Carvajal, Notario.—1 vez.—( IN2017188572 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las catorce horas treinta minutos del quince de noviembre del dos mil diecisiete, mediante escritura trescientos veintidós, del tomo siete de mi protocolo, se reforma la junta directiva, la representación judicial y extrajudicial, y los objetivos de la sociedad B Y R Metrología Calidad e Ingeniería Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica número tres-ciento dos-setecientos cuarenta y siete mil ochenta y ocho. Martes veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete. Teléfono: 2770-6171.—Lic. Owen Amen Montero, Notario.—1 vez.—( IN2017188573 ).

Fabrizio Ravetti Aguayo, notario público, con oficina en San José, doy fe que en mí notaría, el día cuatro de noviembre del 2017, fue constituida la sociedad anónima de esta plaza Activities For You Sociedad Anónima. Los teléfonos de esta notaría son 8815-0655 y 2290-1190.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.—1 vez.—( IN2017188574 ).

Fabrizio Ravetti Aguayo, notario público con oficina en San José, doy fe que en mí notaría, el día dieciocho de octubre del 2017, fue constituida la sociedad anónima de esta plaza Seguridad y Vigilancia Cambar Sociedad Anónima. Los teléfonos de esta notaría son 8815-0655 y 2290-1190.—Lic. Fabrizio Ravetti Aguayo, Notario.—1 vez.—( IN2017188575 ).

El suscrito notario hace constar que el día de hoy, ante esta notaria y mediante escritura pública de las diez horas del día ocho de noviembre del dos mil diecisiete, se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo referente al capital social de la sociedad denominada Servicios Médicos Virgen de Guadalupe Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-quinientos sesenta y tres mil setecientos setenta y seis.—Cartago, ocho de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Erick Fabricio Jiménez Masís, Notario.—1 vez.—( IN2017188577 ).

Mediante escritura otorgada el día 26 de octubre de 2017, ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de Zonazul de Cartago S. A., con cédula jurídica 3-101-268962.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2017188584 ).

Mediante escritura otorgada el día 26 de octubre de 2017, ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de Alvarenga Barragán Flor S. A., con cédula jurídica 3- 101-74727.—Lic. Federico Brealey Zamora, Notario.—1 vez.—( IN2017188585 ).

La suscrita, Silvia Pérez Salazar, mayor, soltera, administradora, vecina de San José, San Juan de Tibás, portadora de la cédula de identidad número 6-0281-0764, en su condición de apoderada especial con facultades suficientes para este acto de la empresa CR Group LLC, debidamente constituida y existente bajo las Leyes de Alabama, Estados Unidos de América; por medio del presente edicto informa que, como su representada es propietaria de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Condominios A Quince Verdes El Brillante Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número 3-101-365897, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante los notarios públicos de su elección a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad referida al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—San José, a las catorce horas y cuarenta minutos del veinte de noviembre del año 2017.—Silvia Pérez Salazar, Apoderada Especial.—1 vez.—( IN2017188586 ).

Por escritura otorgada ante la notaria Geraldine Marín Villegas, a las 11:00 a.m. del 20 de noviembre 2017, se modificó la cláusula número cinco del pacto constitutivo de la sociedad The Golden Products Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-651894, por lo que se emplaza a interesados para hacer valer sus derechos.—Licda. Geraldine Marín Villegas, Abogada y Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188592 ).

Por escritura otorgada, a las 10:00 horas del dieciséis de noviembre del 2017, ante mi notaría, protocolicé acta de asamblea de socios en la cual se disuelve y liquida la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cuarenta y Seis Mil Quinientos Noventa y Nueve Sociedad Anónima.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Roger Solórzano Pacheco, Notario.—1 vez.—( IN2017188604 ).

Por escritura cuatro, otorgada ante el notario público Mario Enrique Ulate Ulate, a las nueve horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, se acordó modificar la cláusula octava del pacto constitutivo de la sociedad denominada Doña Lela de Mercedes Sociedad Anónima, fax +506 2237-6934.—Heredia, veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Mario Enrique Ulate Ulate, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188605 ).

Por escritura número ciento otorgada ante mí a las quince horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, la sociedad Cantaloa S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula sétima de la administración. Además, se acuerda revocar el nombramiento de la actual secretaria de la empresa y hacer un nuevo nombramiento.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Licda. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188606 ).

Por escritura 75-2, se nombra nueva junta directiva y domicilio social de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seiscientos Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos Cincuenta y Uno Sociedad Anónima.—San José, a las 9 horas del 10 de octubre del 2017.—Lic. Ángel Roberto Reyes Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2017188608 ).

Por escritura número ciento otorgada ante mí a las catorce horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, la sociedad Watercolor Sunrise S.R.L., por la que se acuerda reformar la cláusula sexta de la administración.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Licda. Raquel Quirós Mora, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188609 ).

Por escritura de protocolización de acta, otorgada ante esta notaria, a las 7 horas del 19 de noviembre del 2017, de la empresa Anto Fog de Las Américas Sociedad de Responsabilidad Limitada, se reformó la cláusula tercera. Plazo social.—Belén, Heredia, 19 de noviembre del 2017.—Lic. Daniel Murillo Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188614 ).

Los suscritos, Beleida María Arias Conejo, mayor, casada una vez, comerciante, con cédula número dos-cero doscientos veintiuno-cero cuatrocientos ochenta y cuatro; Joaquín Bernardo Arroyo Arias, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula número dos-cero cuatrocientos doce-cero quinientos veintiséis; José Guido Arroyo Arias, mayor, casado una vez, comerciante, con cédula número dos-cero cuatrocientos cuarenta-cero ochocientos ocho; todos ellos vecinos de Alajuela, La Garita, de la Iglesia de Dulce Nombre cien metros al norte, en el Abastecedor la Deportiva; y María Esther Segura Villalobos, mayor, casada una vez, comerciante, con cédula número dos-cero cuatrocientos treinta y cinco-cero doscientos once, vecina de Alajuela, La Garita, de la escuela quinientos oeste, por medio del presente edicto informamos que como dueños del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Guijo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento sesenta y nueve mil cuatrocientos veintiocho compareceremos ante notario público de nuestra elección, dentro del plazo de ley, a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual solicitaremos al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho del veintiuno de marzo de dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, doce horas del día veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Beleida María Arias Conejo.—José Guido Arroyo Arias.—Lic. Daniel Arroyo Bravo, Notario.—1 vez.—( IN2017188615 ).

Por escritura número ciento cincuenta y cinco, de las diez horas, cincuenta minutos del día veinte de noviembre del año dos mil diecisiete, otorgada por la suscrita notario, y de conformidad con lo estipulado en la ley número nueve mil cuatrocientos veintiocho en el transitorio segundo, de impuesto a las personas jurídicas del veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, la sociedad denominada Doña Brunilda H Y O Sociedad Anónima, solicita al Registro Nacional de la Propiedad el cese de su disolución y que regrese a su estado anterior.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. María Elena Nájera Quirós, Notaria.—1 vez.—( IN2017188617 ).

Jacquelyn Maye Disselkoen, ciudadana estadounidense, pasaporte de su país cuatro ocho ocho uno dos cuatro siete tres, dueña de la totalidad del capital social de Armazón en Las Nubes S. A., cédula jurídica N° 3-101-177367, solicita al Registro Público el cese de la disolución de dicha compañía, de conformidad con la Ley 9485, transitorio segundo.—Alajuela, 13 de noviembre 2017.—Jacquelyn Maye Disselkoen.—1 vez.—( IN2017188619 ).

En esta notaría del licenciado David Salazar Mora, al ser las once horas treinta minutos del tres de julio del año dos mil diecisiete, mediante la escritura número sesenta y siete del tomo once de dicho notario, la sociedad Desarrollos El Olingo del Baru S. A., está realizando nombramientos en los cargos de la junta directiva.—Pérez Zeledón, tres de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. David Salazar Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188622 ).

Por medio de la escritura número ciento noventa-cincuenta y ocho, visible al folio ciento nueve frente, del protocolo cincuenta y ocho, de la suscrita notario, de las diecisiete horas del ocho de noviembre del dos mil diecisiete, se solicitó al Registro el cese de la disolución de la sociedad Agropecuaria Sabanillas Méndez Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos diez mil ochocientos cincuenta y seis.—Parrita, ocho de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Esther Valverde Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188626 ).

Por escritura otorgada en esta notaría, a las 13:40 horas del 9/11/17, se protocolizó acta de Pimongole S. A., c. j. 3-101-275432. Acuerdo: disolución de la empresa.—San Isidro, Pérez Zeledón, 09 de noviembre del 2017.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188627 ).

Por escritura otorgada ante este notario público a las doce horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la compañía Contratista Electromecánica M&C Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos ochenta y dos mil doscientos cuarenta y cinco, donde se modifica la cláusula segunda del domicilio social y la cláusula quinta del capital social.—Heredia, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Erick Cordero Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017188630 ).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 16:45 horas del 10/11/17, se protocolizó acta de Constructora Sefa S. A., cj. 3-101-537233, acuerdo: aumento de capital social.—San Isidro, Pérez Zeledón, 10 de noviembre del 2017.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188631 ).

Por escritura número doscientos ochenta y dos del tomo doce del suscrito notario público, otorgada a las diez horas del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete, se solicitó al Registro de Personas Jurídicas el cese de la disolución de Ramietura del Oeste Sociedad Anónima, cedula jurídica tres-ciento uno-cinco siete dos uno dos uno.—San José, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Henry Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—( IN2017188632 ).

Por escritura número setenta y dos de las nueve horas con cuarenta minutos del dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete, visible al folio cincuenta vuelto del tomo once de mi Protocolo, se solicita ante esta notaría la cesión de disolución de la sociedad de esta plaza denominada C & R Consultores en Ingeniería y Ambiente Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-588151.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017188635 ).

La sociedad Comercial Pirro S. A., protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios por la cual se disuelve.—Belén, Heredia, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Manuel Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017188636 ).

La sociedad La Lucía S. A. protocoliza acuerdos de asamblea general extraordinaria de socios por la cual se disuelve. Teléfono:8928-6987.—Belén, Heredia, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Firma ilegible.—1 vez.—( IN2017188637 ).

Por escritura protocolizada ante esta notaría de las quince horas de hoy se modifica las cláusulas quinta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad Cafetalera Los Ángeles Sociedad Anónima, y se nombra nueva junta directiva.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Javier Blanco Benavides, Colegiado: 15190, Notario.—1 vez.—( IN2017188641 ).

Por escritura protocolizada ante esta notaría, de las ocho y diez horas de hoy, se modifica la cláusula de administración del pacto constitutivo de la sociedad: Asesoría Técnica Laboral Sociedad Anónima.—San José, ocho de setiembre del dos mil diecisiete.—Firma Ilegible.—1 vez.—( IN2017188642 ).

Por escritura protocolizada ante esta notaría, de las quince y quince horas de hoy, se modifica las cláusulas: segunda, quinta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad: Invertica Sociedad Anónima, y se nombra nueva junta directiva.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Javier Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017188643 ).

Por escritura protocolizada ante esta notaría, de las quince y quince horas de hoy, se modifica las cláusulas: quinta y sexta del pacto constitutivo de la sociedad: Vityas Sociedad Anónima, y se nombra nueva junta directiva.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Javier Blanco Benavides, Notario.—1 vez.—( IN2017188644 ).

La suscrita, Maricruz Sánchez Carro, mayor, abogada, casada, vecina de Alajuela, cédula Nº 2-491-943, en mi condición de autorizada del señor Michael Matejcek, mayor, profesor, ciudadano estadounidense, casado una vez, vecino de 4505 Ave 41S, Minneapolis, Minnesota, Estados Unidos de América, por medio del presente edicto informa que, como el señor Matejcek, titular del cien por ciento de las cuotas que representan la totalidad del capital social de: Columbus Heights Number One Hundred And Thirty Three Aliwenkura Limitada, cédula jurídica número  3-102-433570, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante el Cónsul de Costa Rica respectivo a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—Maricruz Sánchez Carro, Abogada.—1 vez.—( IN2017188645 ).

En escritura Nº 198 del tomo 8 del notario Henry Gómez Pineda, carné Nº 10926, con oficina abierta en Quepos, costado suroeste de la Iglesia Católica, compareció la señora Christina Hiek (nombre) Ear (apellido), único apellido en razón de su nacionalidad estadounidense, mayor, casada una vez, empresaria, vecino de Los Ángeles, California, en su condición de accionista dueña de la totalidad del capital social de la empresa: Catch Fish Le S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y siete mil doscientos cuarenta, y solicita al Registro Público de la Propiedad, el cese de la disolución y reinscribir dicha sociedad. Es todo.—Quepos, a las diez horas del 16 de noviembre del 2017.—Lic. Henry Gómez Pineda, Notario.—1 vez.—( IN2017188646 ).

Por medio de escritura número cincuenta y cuatro del tomo octavo del protocolo de la notaria Maricruz Sánchez Carro, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios del empresario: Propiedades de la Costa Paraíso R.B Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-dos cinco cuatro siete nueve cero, mediante la cual se acordó la fusión por absorción de las siguientes sociedades: a) Casson Enterprises Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-tres dos ocho dos seis nueve, sociedad que cuenta con un capital social de cien colones. b) Firefly Light Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seis siete cero dos siete cinco, sociedad que cuenta con un capital social de cien mil colones. e) Tiny Monkey Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatro dos cuatro tres cero ocho, sociedad que cuenta con un capital social de diez mil colones. d) Upper West Side Properties Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-tres seis nueve tres dos cinco, sociedad que cuenta con un capital social de diez mil colones. Producto de la fusión se acuerda modificar la cláusula quinta del pacto constitutivo a efectos de que se incremente el mismo a la suma de trescientos veinte mil colones. La presente fusión por absorción es puesta en conocimiento a todos los posibles interesados para que manifiestan cualquier inconformidad en el plazo establecido por ley.—Alajuela, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Maricruz Sánchez Carro, Notaria.—1 vez.—( IN2017188647 ).

La suscrita Jean Sue Philp Gallup, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Alajuela, de la Escuela del Pacto de Jocote, cincuenta metros este, portadora de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cinco cuatro tres cuatro cero dos (184000543402), por medio del presente edicto informa que, como titular del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad  del  capital  social de la sociedad: Montejo de la Vega S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cuarenta y un mil quinientos cuarenta y seis (3-101-341546), comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas Nº 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, a las diez horas con quince minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Jean Sue Philp Gallup.—1 vez.—( IN2017188649 ).

La suscrita Jean Sue Philp Gallup, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Alajuela, de la Escuela del Pacto de Jocote, cincuenta metros este, portadora de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cinco cuatro tres cuatro cero dos (184000543402), por medio del presente edicto informa que, como titular del cien por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la sociedad Río Tajo Ibérico S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero setenta y seis mil novecientos veintisiete (3-101-076927), comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, a las diez horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Jean Sue Philp Gallup.—1 vez.—( IN2017188650 ).

La suscrita Jean Sue Philp Gallup, mayor, casada una vez, pensionada, vecina de Alajuela, de la Escuela del Pacto de Jocote, cincuenta metros este, portadora de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cinco cuatro tres cuatro cero dos (184000543402), por medio del presente edicto informa que, como titular del cincuenta y uno por ciento de las cuotas que representan la totalidad del capital social de la sociedad Archidona de la Reina SS., cédula jurídica número tres-ciento dos-trescientos treinta y seis mil cuatrocientos cincuenta y ocho (3-102-336458), comparecerá dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Alajuela, a las diez horas con treinta minutos del veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Jean Sue Philp Gallup.—1 vez.—( IN2017188651 ).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 15:40 horas del 10/11/17, se protocolizó acta de Mayoreo Palmares S. A., cj. 3-101-656862, acuerdo: aumento de capital social.—San Isidro, Pérez Zeledón, 10 de noviembre del 2017.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017188655 ).

Por escritura otorgada en esta notaría a las 14 horas del 10/11/17, se protocolizó acta de Ferretería Palmares S. A. cj Nº 3-101-181964. Acuerdo: aumento de capital social.—San Isidro, Pérez Zeledón, 10 de noviembre del 2017.—MSc. Jorge Zúñiga Calderón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188656 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del día seis de noviembre de dos mil diecisiete, se reforma la cláusula cuarta del pacto constitutivo de la sociedad de responsabilidad limitada denominada Proyectos Agrícolas y Ornamentales Limitada A. y se modifica el plazo.—San José, veinte de noviembre dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Eduardo Lobo Solera, Notaria.—1 vez.—( IN2017188658 ).

Mediante acta número dos otorgada en el Libro Asamblea de Socios, a las 11:45 minutos del 20 de noviembre del año 2017, por acuerdo unánime de socios de la compañía sociedad anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos sesenta y un mil trescientos sesenta y siete, se acordó cesar la disolución de esta empresa.—Heredia, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Casimiro Sánchez Carballo, Notario.—1 vez.—( IN2017188659 ).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las dieciocho horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se tramita la solicitud ante el Registro de Personas Jurídicas el cese de la disolución de la sociedad denominada RCDS Cuatro Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica 3-101-344034, por parte del propietario del capital social Mikel Arturo Ruiz Álvarez, conocido como Maikel Ruiz Álvarez, cédula de identidad número 1-0884-0596.—Lic. Tatiana María De La Cruz Segura, Notaria.—1 vez.—( IN2017188660 ).

Por escritura autorizada por el notario Guillermo José Herrera Martínez, carnet dos siete dos uno, a las nueve horas del 31 de octubre del año en curso , protocolicé acta de Inversiones Solvi S. A., mediante la cual reforman cláusula siete de estatutos, renuncian miembros de junta directiva y se nombran nuevos.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Guillermo José Herrera Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2017188666 ).

Mediante escritura número 90, tomo 1, visible a folio 89 vuelto, a las 18:00 horas, del día 16 de noviembre del 2017; por solicitud de accionistas dueños del cien por ciento del capital social se solicita el cese de disolución de Condominio Los Itabos Filial Cuarenta y Siete Osmio Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-632416.—Licda. Fiorella Chaves Varela, Notaria.—1 vez.—( IN2017188671 ).

Por escritura número trescientos cuarenta y seis de las nueve horas del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de la sociedad Home Star de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos treinta mil ciento cuarenta y cinco, en la cual se modificó la junta directiva, domicilio social y cláusula novena de los estatutos sociales. Lic. Víctor Hugo Fernández Mora, carné 9335, cédula de identidad 1-0816-0062.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Víctor Hugo Fernández Mora Notario.—1 vez.—( IN2017188672 ).

Por escritura 74-18, protocolizada hoy, se modificó cláusula 5 del capital social, de Diamantes y Esmeraldas Sociedad Anónima.—San José. 12 de junio del 2017.—Lic. Leonardo A. Madrigal Moraga, Notario.—1 vez.—( IN2017188673 ).

Que en mi notaria se reformaron estatutos de la sociedad Chachapoyas S. A., con cedula jurídica número tres-ciento uno-doscientos sesenta y siete mil doscientos uno. 8:00 horas del 18 de noviembre de 2017. Presidente. Leo Brochu.—Lic. Minor Zamora Castellón.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—( IN2017188675 ).

Que en mi notaría se reformaron estatutos de la sociedad Inversiones View River S. A. con cedula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos doce mil cero treinta y dos 10:00 horas del 20 de noviembre del 2017. Presidente Marcos Saborio Vega.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario.—1 vez.—( IN2017188676 ).

Que en mi notaria se reformaron estatutos de la sociedad Tres-Ciento Uno-Seis Tres Nueve Cuatro Cinco Cinco, con cédula jurídica número tres-ciento uno-seis tres nueve cuatro cinco cinco 10:00 horas, del 18 de noviembre de 2017. Presidente. Antoine Brochu.—Lic. Minor Zamora Castellón, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188677 ).

Steve Brian Cohn como propietario de la totalidad del capital social de Sandalias Quebradas de Centroamérica Sociedad Anónima, solicita al Registro Nacional la suspensión de la disolución de la sociedad.—San José, 19 horas del 20 de noviembre del 2017.—Lic. Manuel Giménez Costillo, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188683 ).

Que por escritura número sesenta y tres-tomo uno, otorgada a las diez horas del tres de noviembre de dos mil diecisiete, ante la notaría de la Licda. Fráncel Zúñiga Obando, se realiza cambio de la junta directiva de la sociedad anónima que tiene como denominación social y número de cédula jurídica el siguiente: Diseño y Publicidad Terbi Sociedad Anónima S. A., cédula jurídica número tres ciento uno-seiscientos setenta y ocho mil ciento veinticinco, quedando como presidente con facultades de apoderado generalísimo sin límite de suma Mónica Murillo Medez, con cédula de identidad número uno-mil cincuenta y siete-cuatrocientos sesenta y cinco.—Ciudad de Heredia, tres de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Fráncel Zúñiga Obando, Notaria.—1 vez.—( IN2017188685 ).

Mediante escritura número sesenta y uno-tres otorgada a las diez horas con treinta minutos del día diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete, se modificaron la cláusula primera, segunda y novena del pacto social de Marlos Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doce mil setecientos cuarenta. Es todo.—San José, diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Manuel Enrique Ventura Rodríguez, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188690 ).

Que ante esta notaría a las 10:30 horas del diez de octubre del 2017, mediante escritura número dieciocho-dos, se solicita la disolución de la empresa Comercial Abetone Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cinco cinco nueve tres uno cero. Es todo.—Licda. Karol Frutos Fernández, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017188691 ).

Por escritura número ciento veintiocho-diecinueve, se procedió a la protocolización de asamblea general extraordinaria de la empresa Club de Playa Las Garzas S. A., donde se da el nombramiento de vicepresidente, tesorero, vocal uno, vocal dos y fiscal.—San José, 17 de noviembre del 2017.—Lic. Rigoberto Jiménez Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188694 ).

El suscrito German Alfaro Salas, mayor, casado una vez, costarricense, empresario, vecino de Santo Domingo de Heredia, Residencial Villa Adobe, casa trescientos cinco, cédula de identidad dos-cero cuatrocientos noventa y cinco-cero novecientos veintisiete, en su condición de gerente de esta compañía y la señora Patricia Katherine Quintanilla Bandón, mayor, casada, peruana de nacionalidad, con cédula de residencia 160400053318, mismo vecindario de su esposo German; por medio del presente edicto informan que, como titulares de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula de persona jurídica N° 3-102-560082, comparecerán, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017 y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, a las 10:20 horas, del 21 de noviembre del 2017.—Lic. Albin Obando Granados, Notario.—1 vez.—( IN2017188696 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, el día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de la sociedad: Zocalo Walon Sociedad Anónima, con numero de cedula jurídica N° 3-101-215413, donde se solicita el cese a la disolución de la sociedad.—San José, nueve horas del veinte de noviembre dos mil diecisiete.—Lic. Jorge Arturo Arce Lara, Notario.—1 vez.—( IN2017188699 ).

Ante esta notaría mediante escritura trescientos setenta y cuatro de las dieciséis horas cuarenta minutos del dieciséis de noviembre de dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad denominada Seven Group Ninety Six Corporation Sociedad Anónima. Grecia, diecisiete de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Emanuell Alfaro Umaña, Notaria.—1 vez.—( IN2017188702 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las veintidós horas del quince de noviembre del dos mil diecisiete, se constituye la sociedad anónima deportiva denominada Academia de Formación Deportiva UBUNTU Sociedad Anónima Deportiva.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Liliana Cob Saborío, Notaria.—1 vez.—( IN2017188703 ).

Se hace del conocimiento solicitud de cese de disolución de la sociedad Agrícola Gonzaba de San Carlos Sociedad Anónima, cédula jurídica: tres-ciento uno-uno nueve dos ocho ocho dos, conforme a la Ley número: nueve cuatro ocho cinco.—Lic. Eric Badilla Córdoba, Notario.—1 vez.—( IN2017188705 ).

Ante esta notaría por escritura otorgada a las 16:00 horas del día 20 de noviembre del 2017, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Tres-Ciento Uno-Quinientos Treinta y Un Mil Ochocientos Setenta y Seis Limitada, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos treinta y un mil ochocientos setenta y seis, donde se acuerda la disolución de la sociedad.—San José, 21 de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Tobías Felipe Murillo Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017188708 ).

Por escritura pública otorgada ante esta notaría, en la ciudad de San José al ser las dieciocho horas del día nueve de noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó el acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Q Logik Technologies Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y uno, en la que se acordó reformar las cláusulas del capital social y del domicilio de la sociedad.—San José, veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Rolando José García Moya, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188713 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, de las nueve horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socio, mediante la cual se modifica la junta directiva de la sociedad: Corporación Bonaterra Alda S. A.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Liliana Larios Quesada, Notaria Publica.—1 vez.—( IN2017188716 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las 12:30 horas del 5 setiembre 2017 del tomo 10 del protocolo del notario Carlos Eduardo Rojas Castro, se protocoliza acta de la sociedad Transportes Pérez González Pegonza S. A. En la que se revoca el nombramiento del presidente y se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombran nuevos puestos en los cargos de presidente, secretario y tesorero de la junta directiva.—Lic Carlos Eduardo Rojas Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017188721 ).

Se hace saber: Que en mi notaría al ser las diez horas del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo Gutiérrez Acevedo, portador de cédula de identidad número uno-cero quinientos noventa y seis-cero doscientos ochenta y siete, quien es dueño del cien por ciento del capital social de Arrendadora Concave S. A., con cédula jurídica tres- ciento uno- trescientos sesenta mil quinientos noventa y ocho, solicitando el cese de disolución de la sociedad mencionada, encontrándose dentro del plazo y facultado por el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete. Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, Notario.—1 vez.—( IN2017188725 ).

Se hace saber: Que en mi notaría al ser las diez horas con quince minutos del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo Gutiérrez Acevedo, portador de cédula de identidad número uno- cero quinientos noventa y seis- cero doscientos ochenta y siete, quien es dueño del den por ciento del capital social de Huercal- Overa CR Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ochenta mil setecientos dos, solicitando el cese de disolución de la sociedad mencionada, encontrándose dentro del plazo y facultado por el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. María del Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188726 ).

Se hace saber: Que en mi notaría al ser las diez horas con veinticinco minutos del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo Gutiérrez Acevedo, portador de cédula de identidad número uno-cero quinientos noventa y seis- cero doscientos ochenta y siete, quien es dueño del cien por ciento del capital social de Ligaveris Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-doscientos siete mil seiscientos tres, solicitando el cese de disolución de la sociedad mencionada, encontrándose dentro del plazo y facultado por el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188727 ).

Se hace saber: Que en mi notaría al ser las diez horas con cuarenta minutos del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo Gutiérrez Acevedo, portador de cédula de identidad número uno-cero quinientos noventa y seis-cero doscientos ochenta y siete, quien es dueño del cien por ciento del capital social de Stipule Enterprices Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos veinticinco mil quinientos ochenta y nueve, solicitando el cese de disolución de la sociedad mencionada, encontrándose dentro del plazo y facultado por el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188728 ).

Se hace saber: Que en mi notaría al ser las once horas del día veinte de noviembre del dos mil diecisiete, compareció el señor Gonzalo Gutiérrez Acevedo, portador de cédula de identidad número uno-cero quinientos noventa y seis- cero doscientos ochenta y siete, quien es dueño del cien por ciento del capital social de El Wizaro Mágico Sociedad Anónima, con cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos sesenta mil quinientos noventa y ocho, solicitando el cese de disolución de la sociedad mencionada, encontrándose dentro del plazo y facultado por el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. María del Rocío Quirós Arroyo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188729 ).

El suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula: uno-cero cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presenté edicto informa que, como titular dé más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Ornamentales de Sarapiquí S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y tres mil novecientos sesenta y cinco, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Grecia a las ocho horas quince minutos del dieciocho del mes de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—( IN2017188730 ).

El suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, y vecino de San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula: uno-cero cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Agro Trojas S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y un mil quinientos noventa y uno, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el diario oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Grecia a las ocho horas del dieciocho del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. José Heinrich Von Storren, Notario.—1 vez.—( IN2017188731 ).

El suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula: uno-cero cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Palmas de Coto S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y cinco mil doscientos cuarenta y cuatro, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el diario oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—Grecia, a las ocho horas treinta minutos del dieciséis del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Notario.—1 vez.—( IN2017188732 ).

El suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula: uno-cero cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente edicto informe que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Pimienta de Costa Rica S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-cero noventa y un mil quinientos sesenta y ocho, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaria pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Grecia a las ocho horas treinta minutos del dieciocho del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. José Heinrich Von Storren, Notario.—1 vez.—( IN2017188733 ).

Los socios, de Costa Esterillos Estates Anteridio Doscientos Treinta y Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-460598, solicitan el cese de la disolución de la sociedad. Publíquese una sola vez. Firma responsable: Lic. Arturo Monge Corrales, carné 13491.—San José, 13 de noviembre de 2017.—Lic. Arturo Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2017188742 ).

Los socios, de Costa Esterillos Estates Costa Esterillos Estates Cinoglosa Cero Treinta y Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica Nº 3-101-460548, solicitan el cese de la disolución de la sociedad. Publíquese una sola vez. Firma responsable. Lic. Arturo Monge Corrales, carné 13491.—San José, 13 de noviembre de 2017.—Lic. Arturo Monge Corrales, Notario.—1 vez.—( IN2017188744 ).

Las socias Lilia Edit Rojas Jiménez, Giselle María Arias Barrantes y Karen Liseth Lizano Villalobos han convenido en disolver y des inscribir la sociedad Soda La Parada en el Mercado de Zarcero Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-cientos uno-siete dos uno siete cuatro cinco. Es todo.—San José, diecisiete de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Gabriel Valenciano Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188745 ).

La sociedad Tres-Ciento Uno-Siete Dos Dos Nueve Ocho Cuatro Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-siete dos dos nueve ocho cuatro, en virtud de la renuncia del actual presidente, se nombre en sustitución a Carlos Alberto Alvarado Quirós, cédula número dos-seis cuatro tres-cinco seis dos. Es todo.—San José, trece de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Gabriel Valenciano Rojas, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188747 ).

El suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula número uno-cero cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Corporación Agrícola Costarricense J H V S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil seiscientos cincuenta y cuatro, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—Grecia, a las ocho horas del dieciséis del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.— Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Abogado.—1 vez.—( IN2017188748 ).

El suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula número uno-cero cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Palmas Aceiteras del Pacífico S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y ocho mil quinientos sesenta y nueve, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número Nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—Grecia a las nueve horas del dieciocho del mes de noviembre del ario dos mil diecisiete.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Abogado.—1 vez.—( IN2017188749 ).

El suscrito José Heinrich Von Storren, mayor, casado una vez, ingeniero agrónomo, y vecino de: San Francisco de San Isidro de Grecia, cédula número uno-cero cuatrocientos siete-mil doscientos treinta y ocho, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones (cuotas) que representan la totalidad del capital social de Maquinaria y Transportes Agrícolas J H V S. A., cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento cuarenta y tres mil seiscientos cincuenta y dos, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho de veintiuno de marzo del dos mil diecisiete, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: Grecia a las ocho horas cuarenta y cinco minutos del dieciocho del mes de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. José Heinrich Von Storren.—Lic. Alfonso Gerardo Bolaños Alpízar, Abogado.—( IN2017188750 ).

El suscrito James Tsui Kam, como titular del 100% de las acciones que representan la totalidad del capital social de la sociedad WSJL Sociedad Anónima, cédula jurídica N° 3-101-152618, de conformidad con el Transitorio II de la Ley 9428, solicito el cese de la disolución con los efectos retroactivos que ello conlleva.—Santa Cruz, 17 de noviembre del 2017.—Msc. Carlos Luis Matarrita Duarte, Notario.—1 vez.—( IN2017188751 ).

Ante esta notaría, se protocolizó acta general extraordinaria de accionistas de la empresa IMC Integral Medical Care S.R.L., con cédula tres-ciento dos-setecientos veintidós mil cuatrocientos nueve, en la cual se acordó modificar la representación, y la administración de la sociedad mediante la escritura número ciento treinta y tres-nueve del tomo noveno del protocolo del notario Luis Diego Chacón Bolaños en conotariado con el suscrito notario público Gunnar Núñez Svanholm, otorgada al ser las nueve horas del quince de noviembre del dos mil diecisiete. Notario Público Gunnar Núñez Svanholm.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Gunnar Núñez Svanholm, Notario.—1 vez.—( IN2017188752 ).

En escritura 63-7 del 14 de noviembre del 2017, protocolicé en lo conducente acta de asamblea general de socios de Vallejo Investment S. A., cedula jurídica 3-101-530301, se reforma la cláusula primera para se llame Vallejo Rios Solutions S.A., se reforma la cláusula sexta y se nombra nueva junta directiva.—Heredia, 16 de noviembre del 2017.—Licda. Jennie Morera Esquivel, Notaria.—1 vez.—( IN2017188756 ).

Ante esta notaría mediante escritura número noventa y uno de las once horas treinta minutos del trece de noviembre del dos mil diecisiete, se acordó disolver la sociedad Serny Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-182047. Es todo.—San José, trece de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188758 ).

Ante esta notaría mediante escritura número noventa de las once horas quince minutos del trece de noviembre del dos mil diecisiete, se acordó disolver la sociedad Kantara Sociedad de Responsabilidad Limitada, cédula jurídica 3-102-122212. Es todo.—San José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188759 ).

El señor Alexander Pirie Robson, solicita al Registro Nacional el cese de la disolución de la sociedad Southtex S. A., en virtud de haber cancelado los impuestos adeudados a las personas jurídicas.—San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Alexander Pirie Robson, Notario.—1 vez.—( IN2017188762 ).

Se deja constancia que en esta notaría Inversiones Gastronómicas de Jaco P Q S. A., mediante escritura otorgada a las doce horas con diez minutos del diez de noviembre del dos mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios del veinte de octubre del dos mil diecisiete, en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188763 ).

Se deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Quinientos Ochenta y Tres Mil Quinientos Cincuenta y Cinco S.R.L., mediante escritura otorgada a las veinte horas con diez minutos del ocho de noviembre del dos mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios del nueve de octubre del dos mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188764 ).

Por escritura número trescientos nueve otorgada a las quince horas del diecisiete de mayo del dos mil diecisiete, se modificó la cláusula sétima de Corporación Inmobiliaria del Valle C I V Sociedad de Responsabilidad Limitada.—Licda. Karla Magaly Calderón Murillo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188765 ).

Por escritura de las 18:00 horas del 18 de noviembre del 2017, se constituyó la sociedad: Vidrio Arte Keshet S.R.L. Representante: Susana Solano Orando. Objeto: comercio y servicios. Domicilio.—San Rafael de Poás de Alajuela.—Lic. Maynor Ignacio Sánchez Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017188766 ).

Se deja constancia que en esta notaría, Inversiones Quejass Sociedad Anónima, mediante escritura otorgada a las nueve horas con diez minutos del nueve de noviembre del dos mil diecisiete protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios del doce de octubre del dos mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188767 ).

Se deja constancia que en esta notaría, Tres-Ciento Dos-Quinientos Cuatro Mil Ochocientos Ochenta y Siete S.R.L., mediante escritura otorgada a las once horas con veinte minutos del nueve de noviembre del dos mil diecisiete protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios del trece de octubre del dos mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188768 ).

Por escritura otorgada a las 16:00 horas del 13 de noviembre del 2017, se aumenta capital de la sociedad Radiadores Odín de Costa Rica S. A., a la suma setenta y tres millones cero treinta y tres mil seiscientos cuatro colones con cincuenta y nueve céntimos.—Lic. Julio Rojas Paniagua, Notario.—1 vez.—( IN2017188769 ).

Cabinas Fontana Sociedad de Responsabilidad Limitada, en escritura número 90-37 otorgada en esta notaría a las 17:00 horas de hoy se protocoliza la asamblea general de cuotistas de esta sociedad efectuada a las 9:00 horas del 31 de octubre de 2017 donde se acodó disolver esa sociedad que no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—San José, 09 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188770 ).

Tres-Ciento Dos Seis Ocho Nueve Uno Tres Nueve Sociedad de Responsabilidad Limitada, en escritura número 96-37 otorgada en esta notaría a las 11 horas de hoy se protocoliza la asamblea general de cuotistas de esta sociedad efectuada a la 10:00 horas del 17 de noviembre de 2017 donde se acodó disolver esa sociedad que no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—San José, 20 de noviembre de 2017.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188771 ).

Barbie Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada. en escritura número 94-37 otorgada en esta notaría a las 8 horas de hoy se protocoliza la asamblea general de cuotistas de esta sociedad, efectuada a las 8:00 horas del 17 de noviembre de 2017 donde se acordó disolver esa sociedad que no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188772 ).

En escritura número 95-37 otorgada en esta notaría a las 10 horas de hoy, se protocoliza la asamblea general de cuotistas de la sociedad Bodog Enterainment Group Sociedad de Responsabilidad Limitada, efectuada a las 9:00 horas del 17 de noviembre del 2017, donde se acordó disolver esa sociedad que no tiene activos ni pasivos por lo que no se nombra liquidador.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Eduardo Quesada Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017188773 ).

Ante esta notaría, se procede a solicitar el cese de la disolución de la sociedad Constructora Eterna Primavera S. A., de conformidad con el Transitorio II de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho, y según los requerimientos establecidos de la Circular D.R.P-J-cero trece-dos mil diecisiete.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—( IN2017188774 ).

Se deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos -Quinientos Ochenta y Tres Mil Cuatrocientos Ochenta y Seis S.R.L., mediante escritura otorgada a las nueve horas con diez minutos del diez de noviembre del dos mil diecisiete, protocolizo acta de asamblea general extraordinaria de socios del quince de octubre del dos mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Lic. Roberto Soto Vega, Notario.—1 vez.—( IN2017188775 ).

Ante mi notaría, a las 09:00 horas del 17 de noviembre de 2017, se  disolvió  la  sociedad  denominada:  Solly  de  Heredia S. A.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Farid Breedy Gonzalez, Notario.—1 vez.—( IN2017188777 ).

Ante esta notaría pública, se ha protocolizado acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad Inversiones Eco Maracas S. A., mediante la cual se nombró un nuevo secretario de la junta directiva recayendo en el señor David Gerardo Fallas Alvarado.—Ciudad de Aserri, veinte de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Evelio Castro Retana, Notario.—1 vez.—( IN2017188779 ).

Corporación Capricornio Princesa S. A., cédula jurídica número: 3-101- 341439, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio, quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley, contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Jacó, 20 de noviembre 2017.—Lic. Juan Federico Arias Chacón.—1 vez.—( IN2017188783 ).

A las 14:00 horas del 16 de noviembre del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Anluzamo S. A., donde por acuerdo de socios se acordó su disolución.—Cartago, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188784 ).

Tres ciento uno setecientos un mil cincuenta y ocho S. A., cédula jurídica número: 3-101-701058, hace saber que procede a disolver la sociedad por acuerdo de socios de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Quien se considere afectado por este proceso, puede manifestar su oposición en el término de ley, contados a partir de la publicación del Diario Oficial La Gaceta.—Jacó, 20 de noviembre 2017.—Lic. Juan Federico Arias Chacón, Notario.—1 vez.—( IN2017188785 ).

A las 15:00 horas del 16 de noviembre del 2017, ante esta notaría se protocolizó acta de asamblea de la sociedad Mas Como Para Uno S. A., donde por acuerdo de socios se acordó su disolución.—Cartago, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Jorge Ramón Arias Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188787 ).

Por escritura otorgada a las quince horas con treinta minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, los señores Gerardo Martín Salazar Álvarez y Sonia Virginia Vargas Zamora, solicitaron al Registro Mercantil el cese de disolución de la sociedad Finca de Coronado La Canaria Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ochenta y cinco mil quinientos nueve, quien se considere afectado puede manifestar su oposición en la siguiente dirección: San José, Escazú, San Rafael, Centro Corporativo Plaza Roble, Edificio El Patio, tercer piso, oficinas de Facio Abogados.—San José, a las dieciséis horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Roldán Morales Novoa, Notario.—1 vez.—( IN2017188788 ).

Se deja constancia que en esta notaría a las doce horas con quince minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete compareció el señor Carlos Aguilar González, como dueño de la totalidad del capital social de tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y tres mil trescientos sesenta y dos S.R.L., cédula jurídica número 3-102-493362, para mediante escritura pública solicitar al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma.—Licda. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—( IN2017188791 ).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 17:00 horas del 14 de noviembre de 2017, se protocolizó acta de asamblea general de accionistas de la sociedad denominada Cafetalera Montenegro Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-109400, mediante la cual se reforma la cláusula sétima de su pacto constitutivo.—San José, 21 de noviembre de 2017.—Lic. Ricardo Alberto Rodríguez Valderrama, Notario.—1 vez.—( IN2017188792 ).

Por escrituras otorgadas ante esta notaría, a las 14:00 y 15:00 horas del 20 de noviembre 2017, protocolicé las actas de asamblea general de socios de Corcoran Sphere S. A., 3-101-634483, que acordaron disolver y liquidar dicha compañía.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Dan Alberto Hidalgo Hidalgo, Notario.—1 vez.—( IN2017188793 ).

Mediante la escritura de protocolización número noventa y uno del protocolo tres, del suscrito notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas, a las diez horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete. Se acuerda disolver la sociedad costarricense Tres-Ciento Uno-Quinientos Cincuenta y Tres Mil Novecientos Ochenta y Uno S. A., cedula jurídica 3-101-553981.—Uvita, Osa, Puntarenas, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2017188795 ).

Por escritura otorgada a las 13 horas de hoy, protocolicé acuerdos de la sociedad Distribuidora Alberto Castro Sociedad Anónima, domiciliada en San José, San Sebastián, donde se acordó disolver la sociedad por acuerdo de socios.—San José, 16 de noviembre del año 2017.—Lic. Arturo Varela Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2017188796 ).

El suscrito Notario Víctor Solís Castillo, hace constar que en esta notaria, el día veinte de noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó acta de asamblea de El Caballo Holandes Sociedad Anónima. Wings of Dragonfly Sociedad Anónima. Butterfly Effects Sociedad Anónima. Disolución de sociedad. Es todo, firmo en Palmar, Osa, Puntarenas, a las diecisiete horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Víctor Solís Castillo, Notario.—1 vez.—( IN2017188797 ).

Por escritura cincuenta de las siete horas del 12 de noviembre del 2017, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de socios de Santa Fe Uno F S. A. Se acuerda la disolución de la mismas, se pública este edicto para los efectos del Código de Comercio.—Licda. Lucett Water Elli, Notaria.—1 vez.—( IN2017188799 ).

Mediante la escritura de protocolización número noventa y dos del protocolo tres, del suscrito notario, otorgada en Uvita de Osa de Puntarenas, a las once horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete. Se acuerda disolver la sociedad costarricense La Magia de La Bella Naturaleza Sociedad de Responsabilidad Limitada S.R.L., cedula jurídica 3-102-507823.—Uvita, Osa, Puntarenas, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Felipe Gamboa Camacho, Notario.—1 vez.—( IN2017188803 ).

Por escritura número cuarenta y dos del tomo primero del Notario Público, José Fernán Pozuelo Kelley, otorgada a las nueve horas del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, se protocoliza la asamblea extraordinaria de accionistas número seis de Desarrolladora Energética de Pantasma y El Istmo S. A., con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-setecientos treinta y dos mil cuatrocientos ochenta y siete, mediante la cual se reforma la cláusula sexta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Fernán Pozuelo Kelley, Notario.—1 vez.—( IN2017188804 ).

Rodrigo Camacho Mondragón y Rolando Benavides Camacho solicitan la liquidación de la sociedad Auto Repuestos B E C A Sociedad Anónima. Domiciliada en la ciudad de San José, Barrio Amón de la esquina suroeste, del INVU setenta y cinco metros sur edificio Teresa, tercer piso. Escritura otorgada en la ciudad de Heredia, a las once horas del dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Lourdes Vindas Carballo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188807 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria, número ciento cincuenta y tres de las dieciocho horas del veinte de julio del año dos mil diecisiete se protocolizó acta número cuarenta y cuatro de asamblea extraordinaria de socios de la sociedad Centro Educativo Montebello de Heredia Sociedad Anónima en la que se nombra nuevo fiscal: Sandra Bejarano Gutiérrez.—Heredia, 17 de noviembre del 2017.—Lic. María Auxiliadora Montoya Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188808 ).

Por escritura otorgada ante la suscrita notaria número ciento cincuenta y dos de las diecisiete horas treinta minutos del diecinueve de julio del dos mil diecisiete, se tomó el acuerdo de disolución de la sociedad Jota C Patricia Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos setenta mil ochocientos cuarenta y nueve.—Heredia, tres de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. María Auxiliadora Montoya Hernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188809 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizan las actas de asamblea general extraordinaria de accionistas de las siguientes sociedades: TOP Media Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil cero noventa y ocho; y Publivallas de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos dieciocho mil quinientos sesenta y uno, para fusionar por absorción la primera con la segunda, prevaleciendo TOP Media Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017188811 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las ocho horas del veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete, se reforman las cláusulas segunda y quinta del pacto constitutivo de TOP Media Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos cuarenta y un mil cero noventa y ocho.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Álvaro Restrepo Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017188813 ).

Ante mi notaría, a las 14 horas del 20 de noviembre, por medio de escritura N° 274, visible al folio 177 vuelto del tomo 26 de  mi protocolo, comparecieron Vilma Ramírez Delgado, cédula 4-0077-0009, soltera; Elieth Ramírez Delgado, cédula 4-0079-0825, soltera; Magdalena Ramírez Delgado, cédula 4-0086-0777, viuda; Lorena Ramírez Delgado, cédula 4-0114-0107, casada una vez; y Ana Isabel Ramírez Delgado, cédula 4-0094-0706, casada una vez, amas de casa, vecinas de San Antonio de Belén, cien sur de Antiguas Bodegas de Abonos Abro, en su condición de apoderadas generalísimas sin límite de suma, con representación judicial y extrajudicial, de la sociedad denominada Ma-Rami-Delga S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-cinco ocho nueve tres seis tres, sociedad que es titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de la sociedad Costa Montaña Estates Godorniz Cero Cincuenta y Tres Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatro cinco cuatro cinco cero ocho, para solicitar el cese de disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma, autorizando a la suscrita notaria para proceder a la solicitud de publicación una vez en el Diario Oficial La Gaceta del edicto respectivo.—San Antonio de Belén, Heredia, a las 15 horas del 20 de noviembre del 2017.—Licda. Flor María Delgado Zumbado, Notaria.—1 vez.—( IN2017188814 ).

Se protocoliza acta número dos de la sociedad Eventos Ciclísticos Grupo del Valle Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica N° 3-101-677719, se varia la conformación de la junta directiva.—Lic. Jairo Mauricio Guzmán Jiménez, Notario.—1 vez.—( IN2017188816 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las 08:00 horas del 06 de noviembre del 2017, se protocolizó acta de la sociedad extraordinaria Corporación Salas y Rodríguez Corsaro S. A. En la cual se disuelve la sociedad, de conformidad al artículo 201, inciso d) del código de comercio, se prescindió del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación, ya que no hay activos ni pasivos.—Heredia, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—( IN2017188817 ).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 07:00 horas del 20 de noviembre del 2017, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada Inversiones Estralfa Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la empresa.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017188818 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 08:30 horas del 06 de noviembre del 2017, se protocolizó acta de la sociedad extraordinaria Coronado Avendaño S. A., en la cual se disuelve la sociedad, de conformidad al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se prescindió del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación, ya que no hay activos ni pasivos.—Heredia, 21 de noviembre de 2017.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—( IN2017188820 ).

Se hace del conocimiento del público en general que todos los socios de Ganadera Sardinas del Atlántico R&M S. A., cédula jurídica tres-ciento uno-quinientos noventa y seis mil quinientos noventa y uno, acordaron el cese de la disolución de la sociedad. Notaria del Lic. Ronald Córdoba Artavia.—Lic. Ronald Córdoba Artavia, Notario.—1 vez.—( IN2017188821 ).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 07:15 horas del 20 de noviembre del 2017, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas de la empresa denominada Inversiones L S Y R Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la empresa.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017188822 ).

Por medio de escritura otorgada en San José, a las 07:30 horas del 20 de noviembre del 2017, se protocolizaron acuerdos de asamblea general extraordinaria de accionistas, de la empresa denominada Naturalez del Tulipán Amarillo Sociedad Anónima, mediante la cual se disuelve la empresa.—San José, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Óscar Mata Muñoz, Notario.—1 vez.—( IN2017188825 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, a las 10:00 horas del 12 de octubre del 2017, se protocolizó acta de la sociedad extraordinaria Tricom Leasing Co S. A., en la cual se disuelve la sociedad, de conformidad al artículo 201, inciso d) del Código de Comercio, se prescindió del trámite de nombramiento de liquidador y demás trámites de liquidación, ya que no hay activos ni pasivos.—Heredia, 21 de noviembre de 2017.—Lic. Carlos Manuel Sánchez González, Notario.—1 vez.—( IN2017188826 ).

Por escritura otorgada ante mí a las once horas del trece de noviembre de dos mil diecisiete, los señores Álvaro Roberto Álvarez Herrera, cédula de identidad número uno-quinientos treinta y seis-novecientos sesenta y nueve y Julio César Álvarez Herrera, cédula de identidad número uno-novecientos noventa y siete-cuatrocientos quince, solicitan el cese de la disolución de la sociedad Alquileres Mega Toldos Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos setenta y cuatro mil cuatrocientos treinta y cuatro.—San José, trece de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Rosemarie Maynard Fernández, Notaria.—1 vez.—( IN2017188827 ).

Por escritura autorizada a las nueve horas de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Latourette Park Avenue Holdings Llc Sociedad Anónima, en que se modifican cláusulas novena de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad y décimo primera en cuanto a la vigilancia; se nombran nuevos secretario y tesorero y se revoca poder.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017188828 ).

Por escritura autorizada a las ocho horas de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones E Y L Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad y se nombran nuevos secretario y tesorero.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017188830 ).

Por escritura autorizada a las ocho horas de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad E Y L Zwick Incorporated, Sociedad Anónima, en que se modifican cláusulas novena de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad y décimo primera en cuanto a la vigilancia; se nombran nuevos secretario, tesorero y fiscal y se revoca poder.—San José, quince de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017188833 ).

Se comunica a todos los interesados que los socios de la sociedad Inversiones Agrícolas Jomaved Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-dos ocho dos cero cuatro seis, presenta ante el Registro Público de la propiedad la solicitud de cese de disolución de la sociedad, ante el notario Christian Javier Badilla Vargas.—Lic. Christian Javier Badilla Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017188835 ).

Por escritura autorizada a las nueve horas de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Spikalont de Santa Ana Llc Sociedad Anónima, en que se modifican cláusulas novena de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad; y décimo primera, en cuanto a la vigilancia; se nombran nuevos secretario, tesorero y fiscal y se revoca poder.—San José, quince de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017188836 ).

Por escritura autorizada a las diez horas de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad El Pájaro Cardenal De La Playa Sociedad Anónima, en que se modifican cláusulas novena de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad; y décimo primera, en cuanto a la vigilancia; se nombran nuevos secretario y tesorero y se revoca poder.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017188838 ).

Por escritura número diez-siete, otorgada ante los notarios Adrián Álvarez Orellana y Mario Quesada Bianchini, a las 11:00 horas del día 21 de noviembre del 2017, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad tres-ciento uno-setecientos cuarenta y seis mil seiscientos setenta y cinco s. a., con cédula jurídica número 3-101 -746675 mediante la cual se modificó la cláusula primera del nombre y se otorgan poderes.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Adrián Álvarez Orellana, Notario.—1 vez.—( IN2017188839 ).

Por escritura número veinte-seis, otorgada ante la notaría de Marcela María Alfaro Orozco, a las dieciséis horas ocho de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Corporación Agroindustrial Internacional S. A., mediante la cual se modifica la cláusula quinta del pacto constitutivo.—San José, ocho de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Marcela María Alfaro Orozco, Notaria.—1 vez.—( IN2017188840 ).

El suscrito notario licenciado José Manuel Venegas Rojas, cédula de identidad dos-trescientos noventa-seiscientos seis, carné ocho mil cuatrocientos sesenta y uno, hace constar que en esta notaria, se confeccionó la escritura número treinta y seis- cinco, de las nueve horas del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, donde se realizó la protocolización del acta de asamblea general extraordinaria de la sociedad Rigoleto Sociedad Anónima, cédula tres- ciento uno-trescientos treinta y dos mil ochenta y dos y se modifica la cláusula undécima del pacto constitutivo.—Alajuela, veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Manuel Venegas Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017188842 ).

Por escritura 110 del tomo 15, de esta notaría, al ser las 8:00 horas del 21 de noviembre del año 2017, se reforma el acta constitutiva de la empresa Auto Transportes Osa Península OMB Limitada, cédula Jurídica, 3-102-484214; en cuanto a su domicilio legal, objeto y nombran dos gerentes. Es todo. Tel: 27716724.—San Isidro, Pérez Zeledón, provincia de San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Nelson Quirós Naranjo, carné 10486, Notario.—1 vez.—( IN2017188846 ).

Ante esta notaría, por escritura otorgada a las ocho horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, donde se protocolizan acuerdos de acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de la sociedad denominada Durman Esquivel S. A. Donde se acuerda modificar las cláusulas sétima y novena, del pacto constitutivo de la sociedad.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Betzabeth Miller Barquero, Notaria.—1 vez.—( IN2017188851 ).

Shahriar Heydarian Heydarian, con cédula de identidad 8-0101-0195, solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en la entidad jurídica de tres-ciento uno-seiscientos catorce mil doscientos noventa y cinco sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos catorce mil doscientos noventa y cinco de conformidad con el Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San José a las once horas diez minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188852 ).

Shahriar Heydarian Heydarian, con cédula de identidad 8-0101-0195, y María del Milagro conocida como Gabriela Chaves Corrales, cédula de identidad número 4-122-778 solicitan al Registro Público, Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en la entidad jurídica de Inversiones Versev Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil novecientos veintiocho de conformidad con el Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San José, a las once horas cinco minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188853 ).

Shahriar Heydarian Heydarian, con cédula de identidad 8-0101-0195, solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en la entidad jurídica de Akef Importaciones y Exportaciones Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos seis mil ochenta y tres de conformidad con el Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San José, a las once horas diez minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017188854 ).

Por escritura número 142 del tomo 17 de mi protocolo, otorgada las 10:10 del 15 de noviembre del año 2017, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad denominada Monkey Business Three Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número trescientos uno-quinientos ochenta y cuatro mil ochocientos treinta y seis, lo anterior en concordancia con lo dispuesto en el transitorio II de la Ley nueve mil veinticuatro.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, carnet 10476, Notario.—1 vez.—( IN2017188859 ).

Por escritura número 143 del tomo 17 de mi protocolo, otorgada las 10:20 del 15 de noviembre del año 2017, se acuerda por la totalidad de los socios disolver la sociedad denominada trescientos uno-seiscientos cuarenta mil ochocientos veinte, sociedad anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-seiscientos cuarenta mil ochocientos veinte, lo anterior en concordancia con lo dispuesto en el transitorio II de la Ley nueve mil veinticuatro.—San José, 15 de noviembre del 2017.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo,  Notario.—1 vez.—( IN2017188862 ).

A solicitud de Linda (Nombre) Wilson (apellido), quien mayor, casada, vecina de mil ciento cuarenta y nueve Pascal Place, Northfolk Virginia, New Jersey, anteriormente portadora del pasaporte número 56855267, y actualmente portadora del pasaporte de su país 491675129, ciudadana de los Estados Unidos de América, razón por la que solamente lleva un apellido, en mi condición de propietaria de la totalidad del capital social de la sociedad Colonial Valley Sociedad Anónima era titular de la cédula jurídica número tres ciento uno trescientos ochenta y seis mil doscientos sesenta y dos, que constó inscrita en el Registro Nacional, Sección Mercantil, tomo quinientos cuarenta y tres, Asiento nueve mil noventa y nueve, al tenor de lo que establece el transitorio II de la Ley N° 9024, reformado mediante la Ley N° 9485 se hace la presente publicación para efectos de iniciar los trámites del cese de la disolución de dicha sociedad.—Desamparados, San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188864 ).

Por escritura número 140 del tomo 17 de mi protocolo, otorgada las 15:00 horas del 13 de noviembre del año 2017, el suscrito notario protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la compañía Hawks Lake View Tvventy Seven Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos treinta y siete mil quinientos treinta y siete, mediante la cual se reforman la cláusula setima de los estatutos sociales.—San José, 13 de noviembre del 2017.—Lic. Gonzalo Víquez Carazo, Notario.—1 vez.—( IN2017188865 ).

A solicitud de Lalena Isa (Nombres) Bennett (Apellido), mayor, soltera, empresaria, súbdita canadiense, razón por la cual lleva un solo apellido, vecina de Puntarenas, Playa Jaco, y portadora del pasaporte de su país número MJ cuatro dos siete tres cinco ocho, quien actuando en su condición de propietaria de la totalidad del capital social de la sociedad La Leña Isa Venture Sociedad Anónima, que fuera titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno cuatrocientos catorce mil ochocientos veintinueve, y la que constó inscrita en el Registro Nacional bajo el tomo quinientos cincuenta y seis, Asiento quince mil seiscientos nueve y con domicilio en Puntarenas, Playa Jaco, en Cabinas Vago, apartamento número nueve, de soda Hidalgo cien hacia la playa y cincuenta hacia la izquierda, al tenor de lo que establece el transitorio II de la Ley N° 9024, reformado mediante la Ley N° 9485 se hace la presente publicación para efectos de iniciar los trámites del cese de la disolución de dicha sociedad.—Desamparados, San José, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188866 ).

Familia García Varela Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos ochenta y ocho mil trescientos ochenta y tres, nombra por el resto del plazo social un nuevo presidente secretario, modifica su representación legal y reforma su domicilio social. Es todo.—Lic. Luis Diego Chaves Solís, Notario.—1 vez.—( IN2017188870 ).

Ante esta notaría, trece horas y treinta minutos del día veinte de noviembre de dos mil diecisiete, se otorgó escritura mediante la cual se solicitó el cese de la disolución por Ley número nueve mil veinticuatro de la sociedad Proverbios Nueve-Diez Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-quinientos cuarenta y dos mil seis.—San José, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Olga Castillo Barahona, Notaria.—1 vez.—( IN2017188872 ).

Por escritura número cuarenta y tres-veintidós, otorgada en mi despacho a las quince horas del veinte de noviembre de dos mil dos mil diecisiete, se protocolizó acuerdo de socios de disolución de sociedad, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio de la sociedad Centro de Ploteo e Impresión Digital Grecia Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos cincuenta mil setecientos noventa y siete. Es todo.—Grecia, veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Yuliana Gutiérrez Ugalde, Notaria.—1 vez.—( IN2017188876 ).

Mediante escritura número 34-182, autorizada por mí a las 15:00 horas del 18 de noviembre de 2017, las dueñas de la totalidad de las acciones que componen el capital social, solicitan el cese de la disolución de la sociedad denominada Transportes Rodríguez de Tres Ríos S. A., con cédula de persona jurídica número 3-101-255247.—Ciudad Quesada, 21 de noviembre de 2017.—Lic. Raúl Hidalgo Rodríguez, Notario.—1 vez.—( IN2017188878 ).

Por medio de escritura otorgada ante la suscrita en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, a las ocho horas con cuarenta y cinco minutos del diez de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza el acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de Inversiones Tres Gringos de Texas Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos ocho mil ochocientos cuarenta y nueve, se acordó su disolución a partir del día ocho de noviembre del dos mil diecisiete. En cumplimiento con la normativa se cita a las personas interesadas a efecto de que establezcan las reclamaciones u oposiciones que tuviesen y se otorga el plazo de treinta días a partir de esta publicación, de acuerdo con el artículo doscientos siete del Código de Comercio, reclamaciones que se pueden establecer en San Isidro de El General de Pérez Zeledón, de la Estación de Bomberos, setenta y cinco metros al oeste y setenta y cinco metros al norte en las oficinas del Bufete Sánchez y Asociados, o bien en la vía jurisdiccional.—San Isidro de Pérez Zeledón, diez de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188880 ).

El suscrito, Doney Francisco Blanco Sánchez, mayor de edad, casado una vez, comerciante, vecino de Palmares de Pérez Zeledón, costado oeste del parque, portador de la cédula de identidad uno-cero seis seis dos-cero cinco siete ocho, por medio del presente edicto informo que como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Desarrollos Blabre Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-uno cero uno-tres cero nueve seis tres tres, disuelta por ley número nueve mil veinticuatro, impuesto a las personas jurídicas, de veintitrés de diciembre de dos mil once, comparecerá, dentro del plazo de ley ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y que dicha persona jurídica quede en la misma condición jurídica en que ostentaba antes de su disolución.—Pérez Zeledón, San Isidro, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Ana Gabriela Mora Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188881 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria pública a las 11:00 horas del 21 de noviembre del 2017, Café-Teras Pura Vida SRL, reforma su cláusula sétima.—Lic. David Dumani Echandi, Notario.—1 vez.—( IN2017188882 ).

El suscrito Edwin Mora Murcia, cédula de identidad 6-065-797, actuando como presidente con facultades de apoderado generalísimo de la sociedad Stix S. A., cédula jurídica 3-101-149673, por medio del presente edicto informa que su representada, como titular del cien por ciento del capital social de la sociedad Brand New Day Properties S. A., cédula jurídica 3-101-376149, comparecerá dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de dicha sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Edwin Mora Murcia, Apoderado Generalísimo.—1 vez.—( IN2017188883 ).

A solicitud de Joshua Calhoun Wilson, quien es mayor de edad, ciudadano de los Estados Unidos de América, razón por la cual solamente lleva un apellido, soltero en unión libre, artista, vecino de vecino de Guanacaste, Playa Flamingo, de la Plaza de Flamingo, trescientos metros norte, y anteriormente portador del pasaporte de su país número dos cero siete cuatro siete seis dos seis dos y actualmente portador de la cédula de residencia uno ocho cuatro cero cero cero seis dos uno dos dos cuatro, y Mary Jane Frank, quien es mayor, divorciada, y portadora de la cédula de residencia número uno ocho cuatro cero cero cero cinco dos uno cuatro tres uno, vecina de Guanacaste, Playa Flamingo, de la Plaza de Flamingo trescientos metros norte quien actuando en su condición de propietarios de la totalidad del capital social de la sociedad Bienes y Servicios Robledo de Rincón Largo de Guanacaste Sociedad Anónima, que fuera titular de la cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos noventa y nueve mil ciento sesenta y dos, y la que constó inscrita en el Registro Nacional, bajo el tomo quinientos cuarenta y nueve, asiento dieciséis mil novecientos cuarenta y cuatro y con domicilio en San José de Casa Matute Gómez, doscientos metros al este y doscientos cincuenta metros al sur Edificio Tenerife, al tenor de lo que establece el transitorio II de la ley 9024, reformado mediante la Ley 9485 se hace la presente publicación para efectos de iniciar los trámites del cese de la disolución de dicha sociedad.—Desamparados, San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Luis Alejandro Álvarez Mora, Notario.—1 vez.—( IN2017188884 ).

Ante esta notaria, a petición de la totalidad del capital social, se tramitará y gestionará el cese de disolución de la sociedad Monte Bello Lote Cuarenta y Tres Cinco Seis Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-trescientos noventa y nueve mil cuatrocientos cincuenta, ante Registro Nacional.—Playas del Coco, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Javier Campos Chaves, Notario.—1 vez.—( IN2017188886 ).

Mediante escritura otorgada el día 20 de noviembre de 2017, ante esta notaría, se modificó el pacto constitutivo de El Álamo de Centroamérica, con cédula jurídica 3- 101- 107757.—Lic. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188888 ).

Por escritura otorgada a las 12:00 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de Ata Trust Company S. A., en la que se modificó el objeto.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Eugenio Vargas Ramírez, Notario.—1 vez.—( IN2017188891 ).

Ante esta notaría, mediante escritura número noventa y dos de las ocho once horas del catorce de noviembre del dos mil diecisiete, se acordó disolver la sociedad Poviglio Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-215847. Es todo.—San José, catorce de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Magda González Salas, Notaria.—1 vez.—( IN2017188892 ).

Se deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Cuatrocientos Noventa y Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Dos S.R.L., mediante escritura otorgada a las dieciséis horas con diez minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios del dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete, en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Vanessa Mayela Calvo González, Notaria.—1 vez.—( IN2017188894 ).

Se deja constancia que en esta notaría Todo Depende LLC Limitada, mediante escritura otorgada a las diecisiete horas con veintidós minutos del veinte de noviembre del dos mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios del dieciocho de noviembre del dos mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Vanessa Mayela Calvo González, Notaria.—1 vez.—( IN2017188895 ).

Se deja constancia que en esta notaría Tres-Ciento Dos-Quinientos Tres Mil Novecientos Noventa y Uno S.R.L., mediante escritura otorgada a las doce horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, protocolizó acta de asamblea general extraordinaria de socios del diecinueve de noviembre del dos mil diecisiete en la cual se acuerda disolver la sociedad.—Licda. Vanessa Calvo González, Notaria.—1 vez.—( IN2017188896 ).

Mediante escritura número ciento uno otorgada por los notarios públicos Natalia María González Bogarín y Adrián Esteban Obando Agüero, a las nueve horas veinte minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Ojo Grande de Quepos S. A., donde se modifica la representación, se nombra tesorero y se revoca agente residente.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Adrián Esteban Obando Agüero, Notario.—1 vez.—( IN2017188897 ).

La suscrita notaria, Natasha María Blanco Elizondo, comunica que el socio que representa más del 51% del capital social de la sociedad La Casa del Mono Sociedad Anónima, (la cual se encuentra disuelta por Ley Noventa Veinticuatro); me han solicitado otorgar escritura pública solicitando el cese de la disolución; de conformidad con la Ley N° 9485.—Uvita, Osa, Puntarenas, 10 de noviembre del 2017.—Licda. Natasha María Blanco Elizondo, Notaria.—1 vez.—( IN2017188898 ).

Mediante escritura número ciento uno otorgada por los notarios públicos Natalia María González Bogarín y Adrián Esteban Obando Agüero, a las nueve horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, actuando en conotariado en el protocolo del primero, se modifica el pacto constitutivo de la sociedad Hermanas Chacón Pacheco Limitada, en cuanto a su domicilio, representación y convocatoria, asimismo se realiza nombramiento de gerente.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Adrián Esteban Obando Agüero, Conotario.—1 vez.—( IN2017188899 ).

Mediante escritura autorizada por mí, a las 12:00 horas del 03 de noviembre de 2017, se protocolizó el acta de la asamblea general extraordinaria de accionistas de Internetq Costa Rica Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica número 3-101-358005; mediante la cual se nombra nueva junta directiva y fiscal y se reforma el domicilio y la denominación de la compañía.—San José, 21 de noviembre de 2017.—Lic. Ricardo Alberto Güell Peña, Notario.—1 vez.—( IN2017188900 ).

A las ocho horas del día siete del mes de noviembre del dos mil diecisiete en escritura otorgada ante el suscrito notario, los únicos titulares de la totalidad de acciones que conforman el capital social de la entidad PCCR Computer Express-It Services Sociedad Anónima, han acordado disolver la sociedad de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio.—San José, 7 de noviembre del 2017.—Lic. Jerry Campos Monge, Notario.—1 vez.—( IN2017188901 ).

El suscrito notario da fe que mediante escrituras otorgadas a las 8:00 y 8:30 horas del día 16 de noviembre de 2017, se otorgaron las escrituras mediante las cuales los socios de las empresas Delben Cinco Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-331523 y Sonridec Sociedad Anónima, cédula de persona jurídica 3-101-331524 acuerdan disolver y liquidar estas sociedades de conformidad con lo que dispone el artículo 201 inciso d-) del Código de Comercio.—San José, 16 de noviembre de 2017.—Lic. José Carlos Quesada González, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188905 ).

En escritura pública número 266-3, al ser las 20:00 horas del 21 de noviembre del 2017, en mi notaría protocolicé el acta N° 1 del libro Asamblea de Socios N° 1 de 3-101-707244 S. A., en la cual se modificó la cláusula segunda del pacto constitutivo.—Lic. Mauricio Matamoros Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017188910 ).

Reforma de pacto social, representación; en la sociedad Racymas Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número: tres-ciento uno-seiscientos noventa y cuatro mil novecientos cuatro. otorgado en San Isidro de Alajuela, a las nueve horas con diez minutos del día veintidós de octubre del año dos mil diecisiete.—Alajuela, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Roxana Beatriz Saborío Álvarez, Notaria.—1 vez.—( IN2017188912 ).

Ricardo Vargas Rojas, cédula de identidad N° 9-046-725, Fernando Vargas Rojas, cédula de identidad N° 9-029-019, Rodolfo Vargas Rojas, cédula de identidad N° 1-589-157, Luis Mariano Vargas Rojas, cédula de identidad N° 1-524-616, Alejandro Salazar Vargas, cédula de identidad N° 4-142-106, socios dueños del 100% del capital social de Inversiones El Camino del Sol Naciente, cédula jurídica N° 3-101- 372447, solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de su compañía realizada en virtud del artículo 6 de la Ley 9024. Esto de conformidad a la Ley N° 9485 que reforma el Transitorio II de la Ley N° 9428 de Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, lunes veinte de noviembre del año 2017.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188918 ).

Luis Mariano Vargas Rojas, cédula de identidad N° 1-524-616 y Ana Cira Rivera Sancho, cédula de identidad N° 2-410-668, socios dueños del 100% del capital social de Consultores Vargas y Rivera S. A., cédula jurídica 3-101-196457, solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de la disolución de su compañía realizada en virtud del artículo 6 de la Ley 9024. Esto de conformidad a la Ley N° 9485 que reforma el Transitorio II de la Ley N° 9428 de Impuesto a las Personas Jurídicas.—San José, lunes veinte de noviembre del año 2017.—Lic. Willy Hernández Chan, Notario Público.—1 vez.—( IN2017188920 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría, protocolicé acta de asamblea general extraordinaria de accionistas en que se reforman las cláusulas segunda y sexta se nombra presidente, secretario, tesorero y fiscal, de la sociedad Inversiones Transnacionales de Tecnología INTRATEC Sociedad Anónima.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Mauricio Martínez Parada, Abogado y Notario.—1 vez.—( IN2017188922 ).

   Yo, Mark Alan (nombre) Vacker (apellido), de único apellido en razón de mi nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, pensionado, pasaporte actual de mi país número 513459326, en mi condición de único socio de la sociedad denominada Marco’s Mission Limitada, cédula jurídica N° 3-102-479113, en virtud de que la sociedad fue disuelta por la aplicación de la ley nueve mil veinticuatro, solicito el cese de la disolución de dicha sociedad.—17 de noviembre del 2017.—  Mark Alan Vacker.—1 vez.—( IN2017188923 ).

Yo, Mark Alan (nombre) Vacker (apellido), de único apellido en razón de mi nacionalidad estadounidense, mayor, casado una vez, pensionado, pasaporte actual de mi país número 513459326, en mi condición de beneficiario del First Amended & Restated Mark A. Vacker Intervivos Revocable Trust, que es el único socio de las sociedades denominadas: (i) Peachi Paige’s Province S. A., cédula jurídica 3-101-458334, y (ii) Bandit’s Bandana Limitada, cédula jurídica 3-102-478960, en virtud de que las sociedades fueron disueltas por la aplicación de la ley nueve mil veinticuatro, solicito el cese de la disolución de dichas sociedades.—17 de noviembre del 2017.—Mark Alan Vacker.—1 vez.—( IN2017188924 ).

El suscrito Saúl Salas Umaña, mayor, casado una vez, separado judicialmente, empresario, portador de la cédula de identidad número uno-ochocientos cinco-cero ochenta y dos, vecino de Orotina, Calle El Tigre, quinientos metros al sur y quinientos metros al este del antiguo basurero, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Inversiones Saco MCB Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta mil trescientos ochenta y siete, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Heredia, diez de noviembre del dos mil diecisiete.—Saúl Salas Umaña.—1 vez.—( IN2017188925 ).

La suscrita, Ingrid Salas Umaña, del hogar, cédula de identidad uno-seiscientos treinta y tres-dos nueve tres, casada una vez, vecina de Orotina, Alajuela, Calle El Tigre, seiscientos metros este del antiguo Colegio Santa Fe, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Vefusa F y S de Orotina Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cuatrocientos cincuenta y tres mil cuatrocientos treinta y uno, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas número 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta.—Orotina, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Ingrid Salas Umaña.—1 vez.—( IN2017188928 ).

Se hace constar que los socios de Rohrmoser & Co. S. A., cédula jurídica número 3-101-105925 solicitan al Registro de Personas Jurídicas el cese de su disolución conforme al Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número 9428.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. Edgar Rohrmoser Zúñiga, Notario.—1 vez.—( IN2017188930 ).

La suscrita Rosa Iris Segura Quesada, con cédula de identidad número 9-037-765, como dueña del 100% del capital social, de la sociedad Transportes Yonkers R – I - D - G del Norte S. A., con cédula jurídica número 3-101-415724; comparecerá dentro del plazo de ley ante notaria pública a efecto de otorgar escritura donde se solicitará el cese de disolución de la sociedad ante el Registro Público. Es todo.—Ciudad Quesada, 20 de noviembre del 2017.—Lic. Rosa Iris Segura Quesada, Notaria.—1 vez.—( IN2017188932 ).

Ante esta notaría se procede a solicitar el cese de la disolución de la sociedad tres uno cero uno cuatro seis uno tres cuatro ocho s. a., de conformidad con el Transitorio II de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho, y según los requerimientos establecidos de la Circular D.R.P-J- cero trece-dos mil diecisiete.—San José, veinte de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Gavridge Pérez Porras, Notario.—1 vez.—( IN2017188935 ).

Ante mí José Max Chaves Contreras, notario público, con oficina abierta en Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste, 250 metros norte de la entrada principal, comparecen Antonietta (nombre) Onofri (apellido), con único apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor, divorciada una vez, comerciante, con domicilio en Tamarindo de Santa Cruz, Guanacaste, portadora de la cédula de residencia 138000032924 y Claudio Lorenzo Carmelo (nombre) Gallo (apellido), con único apellido en razón de su nacionalidad italiana, mayor, divorciado una vez, comerciante, con domicilio en Tamarindo de Santa Cruz, Guanacaste, portador de la cédula de residencia 138000047504, manifiestan: como titulares cada uno del cincuenta por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Agua Rica de Tamarindo GO Sociedad Anónima, cedula jurídica 3-101-213912, solicitan al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad, al amparo de lo dispuesto en el transitorio II de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 del 21 de marzo del 2017 y su reforma. Tel: 8373-4435.—Cartagena de Santa Cruz, Guanacaste a las 11 horas y 30 minutos del 20 de noviembre del 2017.—Lic. José Max Chaves Contreras, Notario.—1 vez.—( IN2017188936 ).

Ante esta notaría se procede a solicitar el cese de la disolución de las sociedades Rio Nuba del Sur S. A.; Corporación Americana El Terrerito S. A.; y, Corporación Agrícola Tunico S. A., de conformidad con el Transitorio II de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas número nueve mil cuatrocientos veintiocho, y según los requerimientos establecidos de la Circular D.R.P-J- cero trece-dos mil diecisiete.—San José, veinte de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—( IN2017188938 ).

Por escritura otorgada hoy ante el suscrito notario, se protocolizan acuerdos de las asambleas generales ordinarias y extraordinarias de accionistas de las sociedades Flexi Park Uno Adonis S.A.; Flexipark Dos Agamenón S. A.; y, Beyco Baking Ingredients S. A., mediante los cuales se fusionan las dos primeras sociedades, con la última que las absorbe. Dicha fusión producirá los siguientes efectos: a) cese de la personería jurídica individual de las sociedades absorbidas; b) que la sociedad prevaleciente asume todos los activos y pasivos, derechos y obligaciones e ingresos y gastos de las sociedades absorbidas; c) el aumento en el capital social de la sociedad prevaleciente; y, d) el inmediato cese en los cargos de los miembros de la Junta Directiva y demás funcionarios y apoderados de las sociedades absorbidas. Además, se reforma la cláusula quinta de la sociedad Beyco Baking Ingredients S. A. y se nombra nueva junta directiva y fiscal.—San José, diecisiete de noviembre del año dos mil diecisiete.—Lic. Román Esquivel Font, Notario.—1 vez.—( IN2017188939 ).

Por escritura otorgada número ciento setenta y siete-uno que se encuentra al tomo primero de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de El Refugio Nosotros Sociedad Anónima, entidad titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos veintitrés mil doscientos cuarenta y tres, mediante la cual se acuerda reformar las cláusulas quinta, octava, décimo segunda y décimo sexta del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Milena Jaikel Gazel, Notaria.—1 vez.—( IN2017188941 ).

Por escritura otorgada número ciento setenta y seis-uno que se encuentra al tomo primero de mi protocolo, se protocolizó acta de asamblea general de cuotistas de Crestone Peak Holdings Sociedad de Responsabilidad Limitada, entidad titular de la cédula de persona jurídica número tres-ciento dos-cuatrocientos noventa y seis mil ciento treinta y cinco, mediante la cual se acuerda reformar la cláusula tercera del pacto constitutivo.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Milena Jaikel Gazel, Notaria.—1 vez.—( IN2017188942 )

Inversiones Castrobando S. A., cédula jurídica número 3-101-341944, así como al público en general, se les hace saber que los señores Jesús Asdrúbal Castro Umaña, mayor, casado una vez mecánico, con cédula 1-0308-0911, Max Asdrúbal Castro Obando, mayor, soltero, estudiante, con cédula 10903-0897, Nancy Elizabeth Obando Salazar mayor, casada una vez, de hogar, con cédula de identidad 1-0339-0350 y todos vecino de Tirrases de Curridabat en su condición de accionistas titulares del cien por ciento -100%- del capital social de la empresa, de conformidad con el transitorio segundo de la Ley N° 9428, así reformado, solicitarán a la Dirección de Personas Jurídicas del Registro nacional el cese de disolución decretada en aplicación de la Ley N° 9024.—Lic. Ricardo Adolfo Badilla Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2017188977 ).

Nanmar S. A., cédula jurídica número 3-101-510186, así como al público en general, se les hace saber que los señores Max Asdrúbal Castro Obando, mayor, soltero, mecánico, con cédula 10903-0897, Nancy Elizabeth Obando Salazar mayor, casada una vez, de hogar, con cédula de identidad 1-0339-0350 y Vielka Castro Obando, mayor, divorciada, educadora, todos vecino de Tirrases de Curridabat en su condición de accionistas titulares del cien por ciento -100%- del capital social de la empresa, de conformidad con el transitorio segundo de la Ley N° 9428, así reformado, solicitarán a la Dirección de Personas Jurídicas del Registro Nacional el cese de disolución decretada en aplicación de la Ley N° 9024.—Lic. Ricardo Adolfo Badilla Martínez, Notario.—1 vez.—( IN2017188978 ).

Por escritura número 185-15, otorgada a las dieciséis horas del 17 de noviembre de 2017, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Moonsands Playa Herradura Sociedad Anónima, donde se acuerda la disolución de la compañía. Es todo. Licda. Diana Pinchanski Fachler, carné 15853.—Puntarenas, 17 de noviembre de 2017.—Licda. Diana Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—( IN2017188983 ).

Por escritura número 149-15, otorgada a las quince horas del veintitrés de octubre de dos mil diecisiete, ante esta notaria Diana Elke Pinchanski Fachler, se protocolizan acuerdos de asamblea de cuotistas de la compañía de esta plaza denominada Del Maine Sociedad de Responsabilidad Limitada, en donde se acuerda reformar la cláusula de la administración. Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, carné: 15853.—Puntarenas, 21 de noviembre de 2017.—Licda. Diana Elke Pinchanski Fachler, Notaria.—1 vez.—( IN2017189001 ).

En esta notaría escritura 126-4; el 100% del capital social solicitan al Registro Nacional disolver la sociedad Grupo Industrial Everest de Costa Rica Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-setecientos cuarenta y cinco mil doscientos cincuenta y siete. Presidente: David Vargas González, cédula 1-1152-439.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—( IN2017189002 ).

En esta notaria escritura 125-4; el 100% del capital social, solicitan al Registro Nacional reactivar el estatus jurídico en base al “Transitorio II de la Ley número Nueve mil cuatrocientos veintiocho”, de la sociedad Grupo Industrial Everest E I E Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y cinco mil novecientos cincuenta y cinco. Presidente: David Vargas González, cédula 1-1152-439.—Lic. Greivin Ureña Fuentes, Notario.—1 vez.—( IN2017189004 ).

He protocolizado acta de la empresa Grupo Cargo Meta S.A., en la cual se modifica cláusula administración y se hace nuevo nombramiento. Teléfono: 87-06-50-82.—San José, veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Jurgen Kinderson Roldán, Notario.—1 vez.—( IN2017189005 ).

Mediante escritura doscientos noventa y seis otorgada ante esta Notaria, se acuerda modificar estatutos y domicilio social de la sociedad Limón Jugoso Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos sesenta y siete mil seiscientos ocho.—21 de noviembre de 2017.—Licda. Cinthia Vargas Vargas, Notaria.—1 vez.—( IN2017189006 ).

Por escritura otorgada ante el suscrito notario de las nueve horas del quince de noviembre de dos mil diecisiete, el señor Manuel Jiménez Mena, cédula uno-setecientos treinta y cinco-doscientos veinte, en su condición de dueño de la totalidad de las acciones de la compañía El Rey del Ganado S. A., cédula jurídica 3-101-540828, solicita el cese de la disolución de dicha sociedad al amparo de ley número 9428.—San José, 15 de noviembre de 2017.—Lic. Ricardo Moreno Navarro, Notario.—1 vez.—( IN2017189013 ).

Por escritura otorgada a las dieciséis horas treinta minutos del día veintinueve de setiembre del dos mil quince se protocolizó asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad Witchs Rock Industries Sociedad Anónima, mediante la cual se acordó aumentar su capital social modificando la cláusula quinta del pacto social.—San José, treinta de octubre del dos mil diecisiete.—Lic. Adrián Fernández Madrigal, Notario.—1 vez.—( IN2017189014 ).

Que mediante escritura número setenta, del tomo dieciséis del notario Ronald E. González Calderón, se solicita la cesación de disolución de la sociedad Ticoclub S. A., persona con cédula de tres-ciento uno-doscientos diez mil sesenta y siete, de conformidad con la circular DPJ-cero uno tres-dos mil diecisiete.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ronald E. González Calderón, Notario.—1 vez.—( IN2017189029 ).

 Martín Chacón Oviedo, portador de la cédula de identidad número 4-0115-0512, dueño de la totalidad del capital social de Nova Sagres Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-516504, solicita al Registro Público el cese de la disolución de dicha compañía, de conformidad con la Ley N° 9485, Transitorio Segundo.—San José, 17 de noviembre de 2017.—Martín Chacón Oviedo.—1 vez.—( IN2017189031 ).

Manuel Ángel Fernández Conroy, portador de la cédula de residencia número 726958583286, dueño de la totalidad del capital social de Servicios Marítimos del Pacífico Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-036258, solicita al Registro Público el cese de la disolución de dicha compañía, de conformidad con la Ley N° 9485, Transitorio segundo.— San José, 17 de noviembre de 2017.—Manuel Ángel Fernández Conroy.—1 vez.—( IN2017189032 ).

Raquel Quirós Mora, portadora de la cédula de identidad número 1-1067-0474, dueña de la totalidad del capital social de Synergy Dream Property Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-577568, solicita al Registro Público el cese de la disolución de dicha compañía, de conformidad con la Ley N° 9485, Transitorio Segundo.—San José, 17 de noviembre de 2017.—Raquel Quirós Mora.—1vez.—( IN2017189033 ).

Manfred Fischel Robles, portador de la cédula de identidad número 1-0781-0960, dueño del sesenta por ciento del capital social de Palo Seco Rodán Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-131062, solicita al Registro Público el cese de la disolución de dicha compañía, de conformidad con la Ley N° 9485, transitorio segundo.—San José, 17 de noviembre de 2017.—Manfred Fischel Robles.—1 vez.—( IN2017189034 ).

Por escritura otorgada ante mí a las doce horas del dos de noviembre del dos mil diecisiete, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada Bisutería Amatista CRC S. A., por la que se acuerda reformar la cláusula primera del nombre de la sociedad denominándose Inversiones Rocre Sociedad Anónima, se acuerda reformar la cláusula segunda del domicilio y se revoca el nombramiento de los miembros de la junta directiva y del fiscal de la sociedad y hacer nuevos nombramientos.—San José, dos de noviembre del dos mil diecisiete.—Lcda. Raquel Quirós Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017189035 ).

Conste que hoy, ante este notario la sociedad Feudos & Capitales Limitada, modificó su pacto constitutivo en su cláusula tercera sobre el objeto.—San José, 21 de noviembre del 2006.—Lic. Enrique David Céspedes Salas, Notario.—1 vez.—( IN2017189040 ).

Por escritura autorizada a las doce horas de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Automotores Elvatron Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad y se reorganiza la junta directiva.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017189041 ).

Por escritura autorizada a las once horas de hoy protocolicé acta de asamblea general ordinaria y extraordinaria de socios de la sociedad Inversiones Oropéndola del Valle Sociedad Anónima, en que se modifica la cláusula sétima de sus estatutos, en cuanto a la administración y representación de la sociedad; se reorganiza la junta directiva y se nombra fiscal.—San José, veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Lic. José Leonardo Céspedes Ruiz, Notario.—1 vez.—( IN2017189042 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las 14:30 horas del 17 de noviembre de 2017, se protocolizó formal disolución de la sociedad denominada Wasowski & Sullivan S.R.L., cédula jurídica número 3-102-696736, en a solicitud del único socio dueño del capital social. Es todo.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Christian Garnier Fernández, Notario.—1 vez.—( IN2017189043 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las diez horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, comparece el porcentaje de accionistas requerido por la Ley 9485, de la empresa Ocean Villa Marina S. A., cédula jurídica número 3-101-447943, y solicita al Registro Nacional, Dirección de Registro de Personas Jurídicas, el cese de su disolución, con base en la Ley N° 9485, publicada en La Gaceta N° 197, Alcance 250 del 19 de octubre del 2017.—Licda. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2017189045 ).

En asamblea general extraordinaria de La Pikuina S.A., cédula jurídica número tres-ciento uno-trescientos ochenta y seis mil setenta y cinco celebrada en su domicilio social, se reforma la cláusula novena de la administración de la sociedad. Acta protocolizada ante esta notaría a las dieciséis horas del tres de noviembre del dos mil diecisiete.—Patarrá, 10 de noviembre del 2017.—Licda. Maritza Muñoz Delgado, Notaria.—1 vez.—( IN2017189046 ).

Por escritura número cien de las doce horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, de la notaria Clara Isabel Loría Martínez; la empresa Inversiones Farmacéuticas Centroamericanas y Del Caribe S.A., cédula jurídica tres-ciento uno-ciento siete mil cuatrocientos cuarenta y tres, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios que acuerda la disolución definitiva de la empresa.—Licda. Clara Loría Martínez, Notaria.—1 vez.—( IN2017189047 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las once horas del veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, comparece el porcentaje de accionistas requerido por la Ley 9485, de la empresa Folio Real S. A., cédula jurídica N° 3-101-033575, y solicita al Registro Nacional, Dirección de Registro de Personas Jurídicas, el cese de su disolución, con base en la Ley N° 9485, publicada en La Gaceta número 197, Alcance 250 del 19 de octubre del 2017.—Licda. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2017189048 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las ocho horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, comparece el porcentaje de accionistas requerido por la Ley N° 9485, de la empresa Flamingo Waterfront Management S. A., cédula jurídica número 3-101-446741, y solicita al Registro Nacional, Dirección de Registro de Personas Jurídicas, el cese de su disolución, con base en la Ley número 9485, publicada en La Gaceta número 197, Alcance 250 del 19 de octubre del 2017.—Licda. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria.—1 vez.—( IN2017189057 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría a las nueve horas del día veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, comparece el porcentaje de accionistas requerido por la ley 9485, de la empresa Flamingo Finance and Equities S. A., cédula jurídica número 3-101-441979, y solicita al Registro Nacional, Dirección de Registro de Personas Jurídicas, el cese de su disolución, con base en la Ley número 9485, publicada en La Gaceta número 197, Alcance 250 del 19 de octubre del 2017.—Licda. Teresita Miranda Bermúdez, Notaria Pública.—1 vez.—( IN2017189066 ).

En mi notaría, a las trece horas del día veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, he protocolizado acta de asamblea extraordinaria de la sociedad High Seas Alliance Ltda., con cédula jurídica tres-ciento dos-seis ocho siete cuatro cuatro uno. Se modifica la cláusula sexta del pacto constitutivo y se nombra gerente.—Veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ronald Blair Houston Mahon, Notario Público.—1 vez.—( IN2017189072 ).

Protocolización de acuerdo de asamblea general ordinaria y extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada R.C.P.S. un Rincón Cerca del Pacífico Soleado Sociedad Anónima, con cedula de persona jurídica tres-ciento uno-cuatrocientos un mil y cuatrocientos treinta y cuatro, en la cual se acuerda disolver la compañía, otorgada en San José ante el notario público Carlos Fernando Hernández Aguiar, a las doce horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete. Teléfono: 2282-3300.—Lic. Carlos Fernando Hernández Aguiar, Notario.—1 vez.—( IN2017189073 ).

Por escritura otorgada ante mí, a las quince horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, se protocolizó el acta número siete de asamblea general extraordinaria de accionistas de la sociedad denominada On The Road Sociedad Anónima, tomándose el acuerdo de modificar la cláusula segunda del domicilio se efectúan nombramientos de junta directiva y fiscal. Es todo.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Leonora Granados Sancho, Notaria.—1 vez.—( IN2017189074 ).

A efecto de publicación del Edicto correspondiente, le informo que el 21 de noviembre del 2017, Rojo Azul Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-210997, los socios de la sociedad procedieron a disolver y liquidar, esta sociedad, dicha disolución fue protocolizada mediante escritura 255-4, visible al folio 86 vuelto del tomo 4 del protocolo, con fecha 10:30 horas del 21 de noviembre del 2017, por el notario Gerardo Enrique Arroyo Rojas. Gerardo Enrique Arroyo Rojas. Abogado y notario, teléfono: 2283-9169.—Lic. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017189076 ).

Ante esta notaría pública, mediante escritura número ciento veintitrés de las nueve horas del día de hoy, se acordó solicitar el cese de disolución de la sociedad denominada Invertek Siete Sociedad Anónima, cédula jurídica número 3-101-179874; de conformidad con lo establecido en el transitorio II de la Ley 9428.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Kattia Ramírez Fallas, Notaria.—1 vez.—( IN2017189077 ).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el 21 de noviembre del 2017, 3-101-657987 Sociedad Anónima, cédula jurídica 3-101-657987, los socios de la sociedad procedieron a disolver y liquidar, esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante escritura 256-4, visible al folio 87 frente del tomo 4 del protocolo, con fecha 11:00 horas del 21 de noviembre del 2017, por el notario Gerardo Enrique Arroyo Rojas. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, abogado y notario, teléfono: 2283-9169.—Lic. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017189078 ).

A efecto de publicación del edicto correspondiente, le informo que el día 21 de noviembre del 2017, Nueve Mil Limitada, cédula jurídica N° 3-102-074305, los socios de la sociedad procedieron a disolver y liquidar, esta sociedad. Dicha disolución fue protocolizada mediante escritura N° 257-4, visible al folio 87 vuelto del tomo 4 del protocolo, con fecha 11:30 horas del día 21 de noviembre del 2017, por el notario Gerardo Enrique Arroyo Rojas, teléfono: 2283-9169.—Lic. Gerardo Enrique Arroyo Rojas, Notario.—1 vez.—( IN2017189083 ).

Que por escritura N° 364-7, del tomo 7 del protocolo del licenciado Royner Barrientos Alfaro, se constituyó la sociedad: Empresas Colosuss S. A.—San José, a las 20:00 horas del 14 de noviembre del 2017.—Lic. Royner Barrientos Alfaro, Notario.—1 vez.—( IN2017189085 ).

Mediante la escritura sesenta y siete, otorgada el veinte de noviembre del dos mil diecisiete, se protocolizó del acta número dos, de la sociedad Flor Morada Sociedad Anónima, con cédula jurídica número: tres-uno cero uno-cinco dos tres cuatro cero cinco. Donde se conviene disolver la sociedad por acuerdo de socios, de conformidad con el artículo doscientos uno, inciso d) del Código de Comercio. Se advierte que la compañía no tiene actualmente ningún bien o activo, ni ninguna deuda o pasivo, ni tiene operaciones ni actividades de ninguna naturaleza. Es todo.—Grecia, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Roberto José Suárez Castro, Notario.—1 vez.—( IN2017189090 ).

Que mediante escritura doscientos sesenta y ocho de las quince horas del diecisiete de noviembre de dos mil diecisiete, protocolo quince del notario Guillermo Enrique Segura Amador, Felipe José Phillips Barrantes, cédula seis-seiscientos cuarenta y tres-quinientos trece, vecino de Puntarenas, en su calidad de socio mayoritario ha solicitado al registro el cese de la disolución de la entidad disuelta Isla Sol Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-ciento sesenta y ocho mil quinientos cuarenta.—Puntarenas, dieciséis de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Guillermo Enrique Segura Amador, Notario.—1 vez.—( IN2017189096 ).

Que mediante escritura número doscientos sesenta y nueve de las ocho horas del dieciocho de noviembre de dos mil diecisiete, protocolo quince del notario Guillermo Enrique Segura Amador, se modificó la cláusula décima del pacto constitutivo de la entidad Jan Jan trading Sociedad Anónima, cédula tres-ciento uno-quinientos noventa y cuatro mil seiscientos noventa, referente a la administración de los negocios sociales.—Puntarenas, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Guillermo Enrique Segura Amador, Notario.—1 vez.—( IN2017189097 ).

Por escritura número doscientos otorgada ante esta notaría, a las doce horas del 30 de octubre del 2017, se protocoliza acta de asamblea general extraordinaria de socios de la sociedad I World Media Solutions S. A., con cédula de persona jurídica N° 3-101-307253, en la cual se modifica el domicilio social de la empresa.—San José, 22 de noviembre del 2017.—Lic. Jonathan Rodríguez Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017189100 ).

Por escritura otorgada ante esta notaria, a las nueve horas treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, los socios que representan el cien por ciento del capital social de la sociedad Molina Campos e Hijos Sociedad Anónima, con cédula jurídica N° 3-101-304513, solicitan al Registro Público el cese de la disolución de dicha sociedad de conformidad con el transitorio II de la Ley 9428 reformado por la Ley 9485.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Lic. Alfieri Cavallini Vargas, Notario.—1 vez.—( IN2017189101 ).

Por escritura otorgada a las 13 horas de hoy, protocolicé acta de asamblea de socios de Alianza Consultores Aduanales Sociedad Anónima, donde se reforma cláusula del capital social, aumentándolo.—San José, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Edgar Díaz Sánchez, Notario.—1 vez.—( IN2017189104 ).

Ante mí, Grace Marie Robinson Arias, notaria pública de Siquirres, provincia de Limón, frente al Juzgado Penal, Maestros del Juego Sociedad Anónima, cédula jurídica tres-ciento uno-siete cuatro dos tres dos ocho, modifica: cambio de razón social a Rabbit Software System Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, traducido al español Sistema de Software Conejo y se modifica el objeto.—Siquirres, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Grace Marie Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017189106 ).

Ante mi Grace Marie Robinson Arias, notaria publica con oficina en Limón, Siquirres, frente al Juzgado Penal, mediante escritura pública número ciento trece, visible al folio ciento cincuenta y nueve vuelto del tomo número cuarenta y ocho de mi protocolo, de las doce horas del día diecisiete de noviembre del año en curso, la sociedad denominada Transportes y Drenajes Ulloa Limitada, cédula jurídica tres-ciento dos-ciento nueve mil setecientos once, se acordó disolver dicha sociedad conforme lo establecido en el artículo doscientos uno, inciso D, del Código de Comercio. Se emplaza a los interesados o terceros con mejor derecho a hacer valer sus derechos por lo que se hace la publicación de ley de conformidad con el artículo doscientos siete del Código de Comercio.—Siquirres, 17 de noviembre del 2017.—Licda. Grace Marie Robinson Arias, Notaria.—1 vez.—( IN2017189107 ).

Mediante protocolización de acta de asamblea general ordinaria-extraordinaria de accionistas de la sociedad Cuzco Imperial S. A., se modificó la cláusula octava de los estatutos en cuanto a la representación.—San José, 21 de noviembre del 2017.—Licda. Jeannette Salazar Araya, Notaria.—1 vez.—( IN2017189108 ).

En escritura cuarenta y cinco otorgada en Cóbano de Puntarenas, a las dieciséis horas del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete ante el notario público Juan Diego Chaves Quesada, se solicita al registro público de personas jurídicas la reinscripción de la sociedad tres-ciento uno-seiscientos treinta y seis mil cincuenta sociedad anónima cédula jurídica tres-ciento uno-seiscientos treinta y seis mil cincuenta, por encontrarse cancelados las obligaciones tributarias referentes al Impuesto a las Personas Jurídicas. Es todo.—Cóbano de Puntarenas, veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Juan Diego Chaves Quesada, Notario.—1 vez.—( IN2017189109 ).

En escritura número ciento cincuenta otorgada en Santa Ana, a las catorce horas y treinta minutos del veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete, ante la notaria pública Rosa María Corrales Villalobos, se solicita al Registro Público de Personas Jurídicas la reinscripción de la sociedad: Aquisa Sociedad Anónima, cédula jurídica número: tres-ciento uno-uno cero cero nueve cinco seis, por encontrarse cancelados las obligaciones tributarias referentes al Impuesto a las personas jurídicas. Es todo.—Santa Ana, veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rosa María Corrales Villalobos, Notaria.—1 vez.—( IN2017189110 ).

Guillermo Chaves Corrales solicita al Registro Público, Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en la entidad jurídica de Inmobiliaria Servel Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-cero ochenta y dos mil novecientos noventa y uno de conformidad con el Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San José, a las quince horas cinco minutos del día veinte de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017189113 ).

El suscrito notario avisa que mediante escritura número catorce, del tomo segundo del protocolo del notario Gumer Montero Valverde, los señores: Óscar Danilo Ruiz Zeledón y la señora Jeannette Del Socorro Martínez Romero, constituyeron la sociedad denominada: The Gilt Galleon S. A. Informes al 244-3778.—Grecia de Alajuela, veintidos de noviembre da dos mil diecisiete.—Lic. Gumer Montero Valverde, Notario.—1 vez.—( IN2017189114 ).

Susana Chaves Hernández, Pedro Bernal Chaves Corrales y Guillermo Chaves Corrales solicitan al registro Público, Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en la entidad jurídica de Importadora y Exportadora Chacosa Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-doscientos noventa y siete mil cuatro de conformidad con el Decreto Legislativo N° 9485. Es todo.—San José a las quince horas diez minutos del día veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete.—Licda. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017189115 ).

Alejandra Castro Carboni y Pedro Bernal Chaves Corrales solicitan al registro Público, Sección Personas Jurídicas el cese de la disolución que ha operado en la entidad jurídica de Alpe y Familia Sociedad Anónima, con cédula de persona jurídica número tres-ciento uno-ciento cincuenta y siete mil quinientos treinta y dos de conformidad con el Decreto Legislativo 9485. Es todo.—San José, a las quince horas treinta minutos del día veintiuno de noviembre del dos mil diecisiete.—Licda. Evelyn Miranda Mora, Notaria.—1 vez.—( IN2017189116 ).

Por escritura otorgada ante esta notaría se protocolizan acuerdos de la sociedad JMC Parqueos Sociedad Anónima, cédula Jurídica número tres-ciento uno-setecientos cuarenta y dos mil quinientos setenta y uno. Se reforma cláusula sobre la administración.—San José, veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Rafael Francisco Mora Fallas, Notario.—1 vez.—( IN2017189127 ).

La suscrita, Catalina Soto Mora, mayor de edad, casada una vez, abogada, vecina de San José, Escazú, Centro Corporativo Plaza Roble, edificio Los Balcones, ANS, portadora de la cédula de identidad número uno-novecientos setenta y tres-ochocientos sesenta y cuatro, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Celeste Vistana Uno Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-seiscientos treinta y tres mil ciento diez, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el Transitorio Segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha.—San José, a las once horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Catalina Soto Mora.—1 vez.—( IN2017189129 ).

El suscrito notario hace constar que por escritura otorgada ante mí, a las doce horas del veinte de noviembre de dos mil diecisiete, se disolvió la sociedad denominada New World Thoroughbred Sociedad Anónima. Es todo.—San José, veintidós de noviembre del dos mil diecisiete.—Lic. Ricardo Vargas Aguilar, Notario.—1 vez.—( IN2017189132 ).

El suscrito, Gerardo Oldemar Soto Jiménez, mayor de edad, divorciado, vecino de Talamanca, Limón, Puesto Viejo, de la escuela de Cocles cien metros al este, portador de la cédula de identidad número uno-trescientos veintiocho-doscientos, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Invercondo Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-ciento doce mil setecientos setenta, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: San José, a las diez horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Gerardo Oldemar Soto Jiménez.—1 vez.—( IN2017189133 ).

El suscrito, Gerardo Oldemar Soto Jiménez, mayor de edad, divorciado, vecino de Talamanca, Limón, Puesto Viejo, de la escuela de Cocles cien metros al este, portador de la cédula de identidad número uno-trescientos veintiocho-doscientos, por medio del presente edicto informa que, como titular de más del cincuenta y un por ciento de las acciones que representan la totalidad del capital social de Inversiones Doblecosta Sociedad Anónima, cédula jurídica número tres-ciento uno-treinta y siete mil doscientos veintiuno, comparecerá, dentro del plazo de ley, ante notaría pública a efecto de otorgar escritura pública mediante la cual se solicita al Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional, el cese de la disolución de la sociedad al amparo de lo dispuesto en el transitorio segundo de la Ley de Personas Jurídicas N° 9428 de 21 de marzo del 2017, y su reforma. Publíquese una vez en el Diario Oficial La Gaceta. Lugar y fecha: San José, a las nueve horas del veinte de noviembre del dos mil diecisiete.—Gerardo Oldemar Soto Jiménez.—1 vez.—( IN2017189136 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Premiun Outlet Store Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017009813.—( IN2017189335 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Marisquería Mar Abierto Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Rafael Mauricio Rodríguez González, Notario.—1 vez.—CE2017009814.—( IN2017189336 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 46 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Asesoría Legal B&B Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Karina Arce Quesada, Notaria.—1 vez.—CE2017009815.—( IN2017189337 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 03 de agosto del 2017, se constituyó la sociedad denominada Valentus Of Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Lic. Alejandro Solano Flores, Notario.—1 vez.—CE2017009816.—( IN2017189338 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Luzal Sociedad Anónima.—San José, 03 de agosto del 2017.—Licda. Grettel Solano Sánchez, Notaria.—1 vez.—CE2017009817.—( IN2017189339 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 07 horas 30 minutos del 31 de julio del 2017, se constituyó la sociedad denominada Mi Carro SK Cero Tres Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Magally María Guadamuz García, Notaria.—1 vez.—CE2017009818.—( IN2017189340 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Solviq Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Alejandro Pignataro Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2017009819.—( IN2017189341 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tarentaize Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2017009820.—( IN2017189342 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 18 de abril del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Badilla y George Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Nikohl Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2017009821.—( IN2017189343 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada The Idea House Cool Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Ana Cecilia Castro Calzada, Notaria.—1 vez.—CE2017009822.—( IN2017183344 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios de Protección Electrónica Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Meibol Jiménez Hernández, Notario.—1 vez.— CE2017009823.—( IN2017189345 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Automovilia Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Lidia Isabel Castro Segura, Notaria.—1 vez.—CE2017009824.—( IN2017189346 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Atropos de Goya Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Guillermo Emilio Zúñiga González, Notario.—1 vez.—CE2017009825.—( IN2017189347 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 18 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Servicios Veterinario Elipaes Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Mario Naranjo Luna, Notario.—1 vez.—CE2017009826.—( IN2017189348 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Visita Médica Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Cinzia Víquez Renda, Notaria.—1 vez.—CE2017009827.—( IN2017189349 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo R A Desarrollos Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Guillermo Ureña Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017009828.—( IN2017189350 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 04 minutos del 20 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Prefabricados Dicon Cuatro A Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Nancy María Sánchez Padilla, Notaria.—1 vez.—CE2017009829.—( IN2017189351 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 15 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Oulansunlight Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Shuk Shen Young Au Yeung, Notario.—1 vez.—CE2017009830.—( IN2017189352 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Evimeria Inversiones Sociedad Anónima. San José, 04 de Agosto del 2017.–Lic. Luis Fernando Fallas Marín, Notario.—1 vez.—CE2017009831.—( IN2017189353 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 08 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Stempel de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Mariamalia Cedeño Otárola, Notaria.—1 vez.—CE2017009832.—( IN2017189354 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Axe Capital Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Ignacio Miguel Beirute Gamboa, Notario.—1 vez.—CE2017009833.—( IN2017189355 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada ITS Asesores en Seguridad Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2017009834.—( IN2017189356 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 15 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada IITS Seguridad y Vigilancia Tica Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2017009835.—( IN2017189357 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 16 horas 00 minutos del 24 de enero del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grune Erde Group Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Alexander Pizarro Molina, Notario.—1 vez.—CE2017009836.—( IN2017189358 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Especialistas En Seguridad E.S Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2017009837.—( IN2017189359 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Socarm Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. María Jesús Espinoza Garro, Notaria.—1 vez.—CE2017009838.—( IN2017189360 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Investigaciones Técnicas y Seguridad Sociedad Anónima Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Francisco Hernán Barth Villalobos, Notario.—1 vez.—CE2017009839.—( IN2017189361 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Playa Potrero Gold Coast Properties Llc Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2017009840.—( IN2017189362 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desarrollos Ortega y Ávalos Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Henry Danilo Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—CE2017009841.—( IN2017189363 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada O Dos y Padilla Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Henry Danilo Ledezma Ávalos, Notario.—1 vez.—CE2017009842.—( IN2017189364 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Seevic Investments Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Ruhal Román Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—CE2017009843.—( IN2017189365 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Clearwater Pool & Spa Supplies Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Juan Carlos Araya Masís, Notario.—1 vez.—CE2017009844.—( IN2017189366 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 19 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tentalicious Saludable Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Roy Gustavo Quesada Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017009845.—( IN2017189367 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Unicredit de San José Diecisiete Sociedad Anónima.—San José, 4 de agosto del 2017.—Lic. Danilo Chaverri Soto, Notario.—1 vez.—CE2017009846.—( IN2017189368 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Moyra Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Henry Monge Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017009847.—( IN2017189369 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Noguetec Cuatro R Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Fredy Alonso Ramírez Rodríguez, Notario.—1 vez.—CE2017009848.—( IN2017189370 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 17 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importaciones Obando Racing y Tunning Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Rolando José Mora Madrigal, Notario.—1 vez.—CE2017009849.—( IN2017189371 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 15 minutos del 13 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada OMR Paradise Limitada.—San José, 04 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Roberto Rivera Ruiz, Notario.—1 vez.—CE2017009850.—( IN2017189372 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 30 minutos del 11 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada GTM Ingeniería Sociedad Anónima.—San José, 04 de agosto del 2017.—Licda. María Carolina Peláez Gil, Notaria.—1 vez.—CE2017009851.—( IN2017189373 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Desamparados San Rafael Arriba Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Humberto Serrano Pérez, Notario.—1 vez.—CE2017009852.—( IN2017189374 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Olam CR Multinegocios Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Edry Herminio Mendoza Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2017009853.—( IN2017189375 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 20 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Rosangill Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Juan Manuel Gómez Mora, Notario.—1 vez.—CE2017009854.—( IN2017189376 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Pacífico Norte Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. William De Los Ángeles Rodríguez Astorga, Notario.—1 vez.—CE2017009855.—( IN2017189377 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada J.F. Padilla e Hijos Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Gonzalo Vargas Acosta, Notario.—1 vez.—CE2017009856.—( IN2017189378 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 00 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Two Men and a Lady Investments Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notario.—1 vez.—CE2017009857.—( IN2017189379 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 10 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada The Big Kahunas of the Osa Tropical Paradise Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Vilma Acuña Arias, Notaria.—1 vez.—CE2017009858.—( IN2017189380 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 20 minutos del 20 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Fast Grain Coffee Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Nancy Tattiana Zúñiga Oses, Notaria.—1 vez.—CE2017009859.—( IN2017189381 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Multiservicios del Sur S Y S Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Alexis Monge Agüero, Notario.—1 vez.—CE2017009860.—( IN2017189382 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Amortiguadores & Compañía Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Carmen Cecilia Polo Camacho, Notario.—1 vez.—CE2017009861.—( IN2017189383 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Clean Bag Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ángel Edmundo Solano Calderón, Notario.—1 vez.—CE2017009862.—( IN2017189384 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 14 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Purple Sage Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. María Gabriela Elizondo Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2017009863.—( IN2017189385 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 17 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Terapia Física A Y A Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Carolina María Ulate Zárate, Notaria.—1 vez.—CE2017009864.—( IN2017189386 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada A Orillas del Guadalquivir Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Johanny Esquivel Hidalgo, Notario.—1 vez.—CE2017009865.—( IN2017189387 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 22 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada STS Soluciones Electrónicas Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Zúñiga Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2017009866.—( IN2017189388 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría a las 10 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Vegetales Ros de Occidente Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. José Francisco Barahona Segnini, Notario.—1 vez.—CE2017009867.—( IN2017189389 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Thebit Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Adolfo José Hernández Aguilar, Notario.—1 vez.—CE2017009868.—( IN2017189390 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Dasha RPC Heredia Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Eduardo José Mora Castro, Notario.—1 vez.—CE2017009869.—( IN2017189391 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Convertidora Integral Cipo de Costa Rica Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Juan Ignacio Mas Romero, Notario.—1 vez.—CE2017009870.—( IN2017189392 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 30 minutos del 02 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Casa Renada Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Liza Bertarioni Castillo, Notaria.—1 vez.—CE2017009871.—( IN2017189393 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Textiles Soari Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Xochitl Camacho Medina, Notaria.—1 vez.—CE2017009872.—( IN2017189394 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Grupo Global Internacional Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Carlos Zúñiga Céspedes, Notario.—1 vez.—CE2017009873.—( IN2017189395 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada CI Consultores Integrales Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. José Carlos Quesada González, Notario.—1 vez.—CE2017009874.—( IN2017189396 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada R Cifuentes e Hijos Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2017009875.—( IN2017189397 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada RSH Consulting Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Óscar Manuel Funes Orellana, Notario.—1 vez.—CE2017009876.—( IN2017189398 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 27 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada MT Group Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Paola Castro Montealegre, Notaria.—1 vez.—CE2017009877.—( IN2017189399 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones JHJ Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2017009878.—( IN2017189400 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 45 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada SYJ UBR Transportes Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Guillermo Echeverría Olaso, Notario.—1 vez.—CE2017009879.—( IN2017189401 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tabogo Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ever Vargas Araya, Notario.—1 vez.—CE2017009880.—( IN2017189402 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Eco Four Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Celenia Godínez Prado, Notaria.—1 vez.—CE2017009881.—( IN2017189403 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 50 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Crisnur Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Guisella Lara Camacho, Notaria.—1 vez.—CE2017009882.—( IN2017189404 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 20 de junio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Elosher Adventures Tours Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Randall Francisco Alvarado Cubillo, Notario.—1 vez.—CE2017009883.—( IN2017189405 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Villa Titi Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ruhal Román Barrientos Saborío, Notario.—1 vez.—CE2017009884.—( IN2017189406 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Zona de Oportunidades Empresariales Zoe Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Deiber Porras Guerrero, Notario.—1 vez.—CE2017009885.—( IN2017189407 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Cero Uno Doce Treinta y Cinco Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Mariajosé Víquez Alpízar, Notaria.—1 vez.—CE2017009886.—( IN2017189408 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Piensa Orgánico Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Antonio Aguilar Ramírez, Notario.—1 vez.—CE2017009887.—( IN2017189409 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 15 minutos del 25 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada O de C Opificio del Caffé Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Gabriela Corrales Fallas, Notaria.—1 vez.—CE2017009888.—(IN2017189410 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Guía Optima Consultores Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Juan Alberto Román Moya, Notario.—1 vez.—CE2017009889.—( IN2017189411 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Knot e One Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Omar Jalil Ayales Aden, Notario.—1 vez.—CE2017009890.—( IN2017189412 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 28 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Origen Costa Rica Limitada Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Ivania Araya Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2017009891.—( IN2017189413 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Rozud Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Edgardo Salvador Mena Páramo, Notario.—1 vez.—CE2017009892.—( IN2017189414 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Personal Consulting Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Ana Graciela Alvarenga Jiménez, Notaria.—1 vez.—CE2017009893.—( IN2017189415 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 23 horas 00 minutos del 05 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Logistic and Trading Commerce Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Adriana Chavarría Araya, Notaria.—1 vez.—CE2017009894.—( IN2017189416 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 30 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Integral Technology Solutions Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. María Jesús Tamayo Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2017009895.—( IN2017189417 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Medicina Regenerativa Doctor Luis Carlos Ordoñez Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. José Mario Rojas Ocampo, Notario.—1 vez.—CE2017009896.—( IN2017189418 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Selina Sta Teresa Re Dos Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Esteban Carranza Kopper, Notario.—1 vez.—CE2017009897.—( IN2017189419 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones Inmobiliarias Jas de Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Ana Cecilia Solís Ugalde, Notaria.—1 vez.—CE2017009898.—( IN2017189420 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 02 horas 00 minutos del 03 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Gerarth Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Gabriela Oviedo Vargas, Notaria.—1 vez.—CE2017009899.—( IN2017189421 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 26 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Forli GPS Costa Rica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Rolando José García Moya, Notario.—1 vez.—CE2017009901.—( IN2017189423 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 26 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Café Nueve Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Soledad Bustos Chaves, Notaria.—1 vez.—CE2017009902 .—( IN2017189424 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Alpejsa Alimentos De Pejibaye Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. William Villegas Badilla, Notario.—1 vez.—CE2017009903.—( IN2017189425 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 00 minutos del 29 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada L.A.J Soluciones Industriales Verdes de Las Américas Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Milton Luis González Vega, Notario.—1 vez.—CE2017009904.—( IN2017189426 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Bendita Escapada Pacífica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Adrián Echeverria Escalante, Notario.—1 vez.—CE2017009905.—( IN2017189427 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 14 horas 00 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Prosec Security & Consulting Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Kattia Lazo Barrantes, Notaria.—1 vez.—CE2017009906.—( IN2017189428 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 08 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada AV Studiocr Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Eduardo Rojas Piedra, Notario.—1 vez.—CE2017009907.—( IN2017189429 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Patricio y Calamardo Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2017009908.—( IN2017189430 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Sermiajo Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Rogelio González Zúñiga, Notario.—1 vez.—CE2017009909.—( IN2017189431 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 18 horas 00 minutos del 06 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada López Group Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Guiselle Sánchez Solórzano, Notaria.—1 vez.—CE2017009910.—( IN2017189432 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 11 horas 50 minutos del 22 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada A.P.V.R. Familia Rodríguez Cruz Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Jhin Alonso Rojas Sánchez, Notario.—1 vez.—CE2017009911.—( IN2017189433 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 04 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Tiana Yoga O.V.A. Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2017009912.—( IN2017189434 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 30 minutos del 07 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Oxford Heights LLC Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Liliana Patricia Padilla Grajales, Notaria.—1 vez.—CE2017009913.—( IN2017189435 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 00 minutos del 07 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Inversiones GACM Latinoamérica Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Sergio Alberto Valverde Bermúdez, Notario.—1 vez.—CE2017009914.—( IN2017189436 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 09 horas 40 minutos del 01 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Bioclimatic Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Andrés Francisco González Anglada, Notario.—1 vez.—CE2017009915.—( IN2017189437 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 00 minutos del 24 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Villa Paraíso Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Fredy David Salazar Jiménez, Notario.—1 vez.—CE2017009916.—( IN2017189438 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 16 horas 00 minutos del 20 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Istore CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Arcelio Alberto Hernández Mussio, Notario.—1 vez.—CE2017009917.—( IN2017189439 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 00 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Gut Aliments CR Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 7 de agosto del 2017.—Lic. Paul Tacsan Tacsan, Notario.—1 vez.—CE2017009918.—( IN2017189440 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 15 horas 30 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Dorcas Tabita Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Edwin Ramírez Poveda, Notario.—1 vez.—CE2017009919.—( IN2017189441 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Impocosta Importaciones Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2017009920.—( IN2017189442 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 30 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importaciones el Regalo del Mundo Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2017009921.—( IN2017189443 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 55 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada La Cadena de Ventas CR Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2017009922.—( IN2017189444 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 13 horas 35 minutos del 31 de julio del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importadora Ciudad de Joyas Sociedad Anónima.—San José, 07 de agosto del 2017.—Lic. Luis Gerardo Brenes Solano, Notario.—1 vez.—CE2017009923.—( IN2017189445 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 10 horas 30 minutos del 05 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Cincoceroseis Ecommerce Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 07 de agosto del 2017.—Licda. Adriana González Soto, Notaria.—1 vez.—CE2017009924.—( IN2017189446 ).

Mediante escritura otorgada ante esta notaría, a las 12 horas 00 minutos del 08 de agosto del año 2017, se constituyó la sociedad denominada Importaciones La Vaca de Colores Sociedad de Responsabilidad Limitada.—San José, 08 de agosto del 2017.—Licda. Aixa Quesada Gutiérrez, Notaria.—1 vez.—CE2017009992.—( IN2017189447 ).

NOTIFICACIONES

CAJA COSTARRICENSE DEL SEGURO SOCIAL

PUBLICACIÓN DE PRIMERA VEZ

El Administrador de la Sucursal de la CCSS en Palmar Norte, por no ser posible la notificación en su domicilio, procede a efectuar la siguiente notificación por publicación a los Patronos incluidos seguidamente, de conformidad con los artículos 240 y 241 de la Ley General de Administración Pública, se le concede 5 días hábiles para normalizar su situación, caso contrario el adeudo queda firme en sede administrativa y se dará inicio a las acciones de cobro judicial, tanto en la Vía Civil como Penal. Se detalla nombre, número patronal y el monto adeudado:

Para ver la imagen solo en La Gaceta en formato PDF

 

Sucursal Palmar Norte.—Lic. Fulvio Alvarado Agüero, Administrador.—( IN2017187699 ).

FE DE ERRATAS

MUNICIPALIDADES

MUNICIPALIDAD DEL CANTÓN DE POÁS

En La Gaceta Nº 209 del día lunes 06 de noviembre del 2017, en la página Nº 57 se publicó el documento número IN2017180207, donde por error se omitió la MATRIZ de Información de Valores de Terrenos por Zonas Homogéneas Provincia 2 Alajuela Cantón 08 Poás Distrito 05 Sabana Redonda.

Para ver la imagen solo en La Gaceta en formato PDF

Lo demás permanece igual.

La Uruca, 23 de noviembre del 2017.—Lic. Ricardo Soto Arroyo, Director General.—1 vez.—Exonerado.—( IN2017192242 ).